OBSERVATORIO LEGISLATIVO BOLETÍN 197

Page 1

Asociaciones Público Privadas // Febrero de 2012 // Boletín Nº

Asociaciones Público Privadas Ley 1508 de 2012 CONTEXTO OBJETIVO DEL OBSERVATORIO LEGISLATIVO En el Instituto de Ciencia Política se considera que la efectiva participación ciudadana tiene como requisito esencial el acceso a una información adecuada y oportuna. Por este motivo, el Observatorio Legislativo busca: i) generar espacios donde diversos sectores puedan debatir y reflexionar sobre el contenido de los proyectos; ii) brindar información acerca del trámite de los principales proyectos que se discuten en el Congreso, y iii) contribuir con el debate generando propuestas que desde la sociedad civil enriquezcan los proyectos. El Observatorio Legislativo es un proyecto del Instituto de Ciencia Política apoyado económicamente por la Comunidad de Madrid, en su interés por promover proyectos que permitan el fortalecimiento institucional. Esta publicación fue posible gracias al apoyo del gobierno de Estados Unidos, a través de su Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID). Las opiniones expresadas en este material no representan aquellas de USAID y/o las del gobierno de Estados Unidos”.

HOJA DE VIDA DE LA LEY Nombre: "Por la cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones". Número: Ley 1508 de 2012. Estado actual: Sanción Presidencial. 10 de enero de 2012. Autor: Juan Carlos Echeverry Garzón Ministro de Hacienda y Crédito Público, y Hernando José Gómez Restrepo, Director del DNP. Ponentes: Juan Carlos Restrepo Escobar (Senado), Carlos E Osorio y Rubén D Rodríguez (Cámara de Representantes) . Gacetas del congreso: 823/2011, 931/2011, 932/2011, 975/2011, 18/10/2011, 997/2011, 973/2011, 15/12/2011, 988/2011.

www.icpcolombia.org

L

a participación del sector privado en las obras de infraestructura se puede dar con arreglo a tres modelos básicos, el proyecto de obra pública, la concesión y la alianza público privada (APP)1.

Las APP son iniciativas de colaboración voluntaria entre diversos actores del sector público y del sector privado. Aunque pueden ser de diversos tipos, dichas asociaciones por lo general se establecen como estructuras de cooperación en las que se comparten responsabilidades, así como también conocimientos técnicos, experiencia y recursos2. En otras palabras, es la participación del sector privado en el desarrollo de proyectos de iniciativa pública y viceversa donde se convienen diferentes modelos de financiación que contemplen las capacidades de cada parte para controlar y mitigar un riesgo.

PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVADO EN OBRAS DE INFRAESTRUCTURA EN COLOMBIA Desde principios de los 90 la participación privada se ha concentrado principalmente en obras de infraestructura de transporte y en la prestación de servicios públicos3. Las figuras que han predominado en este tipo de participación han sido los diferentes tipos de concesiones, los convenios asociación o la creación de personas jurídicas publico-privadas. Estos esquemas han sido utilizados para desarrollar proyectos que no hubieran podido ejecutarse bajo un esquema de inversión pública debido a las restricciones fiscales existentes. En este sentido, la participación del sector privado es una fuente de financiación alternativa a la deuda y contribuye a optimizar el uso de los recursos públicos en beneficio de la sociedad. Si bien las concesiones son una de las herramientas principales para la construcción de infraestructura, en particular para el sector de transporte, estas se llevan a cabo utilizando compromisos de vigencias futuras, lo cual implica un riesgo de generar déficit a largo plazo y falta de gobernabilidad para las administraciones venideras. Además, es importante reconocer que las concesiones de obras públicas han presentado dificultades de diversa índole, tales como: i) la falta de experiencia por parte de las entidades para la realización de estudios de prefactibilidad, factibilidad, así como el diseño y estructuración financiera de los proyectos, lo cual impide que en los procesos de licitación las ofertas se ajusten al valor real de la obra, ii) la licitación por debajo del precio real por parte de los contratistas para luego solicitar adiciones y prórrogas al contrato inicial, iii) la corrupción y falta de transparencia en la adjudicación de contratos iv) la destinación indebida de anticipos por parte de los contratistas, v) la falta de una adecuada distribución de riesgos que se vea reflejada en los incentivos y formas de remuneración, entre otros. La Ley 1508 de 2012 ofrece un marco legal para las APP como herremienta para hacer frente a los problemas mencionados. No obstante, los proyectos desarrollados mediante APP no son nuevos. De hecho en Colombia ya se venían celebrando convenios de asociación con particulares y los contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro para vincular a los particulares en la prestación de servicios y construcción de infraestructura. Los primeros se encuentran regulados por el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, según el cual las entidades estatales podrán asociarse con personas jurídicas particulares, mediante la celebración de convenios de asociación o la creación de personas jurídicas, para el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones a su cargo. Este artículo fue declarado exequible por la Corte Constitucional en la sentencia C-671/994, en cuanto la función administrativa no pierde su naturaleza al ser prestada en conjunto con un particular, esta sigue estando al servicio de los intereses generales y se debe desarrollar con fundamento en los principios 1 Javier Serrano Rodríguez. Financiamiento de infraestructura de transporte. Revista de ingeniería. Scielo Edición N.32 Bogotá julio/diciembre. 2010. Se puede consultar en: http://bit.ly/AfptWO Esta presentación y el documento que surge de la misma, tienen su origen en el trabajo realizado por Javier Serrano Rodríguez, para el BID, DNP y el Ministerio de Transporte, con recursos del BID, titulado Financiamiento del Sector Transporte dentro del PMT, correspondiente al Programa BID COL 1090, Apoyo al Plan Nacional de Logística. 2 Comisión de Cooperación Técnica. Organización internacional del Trabajo (OIT) Reunión 301. GB.301/TC/1. Ginebra, marzo de 2008. 3 Exposición de motivos. Gaceta 823 de 2011.

197


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.