Boletín N° 87 • Zonas libres de segunda vivienda • enero de 2008
Con el apoyo de la fundación
Objetivo del Observatorio Legislativo En el Instituto de Ciencia Política se considera que la efectiva participación ciudadana tiene como requisito esencial el acceso a una información adecuada y oportuna. Por este motivo, el Observatorio Legislativo busca: i) generar espacios donde diversos sectores puedan debatir y reflexionar sobre el contenido de los proyectos; ii) brindar información acerca del trámite de los principales proyectos que se discuten en el Congreso, y iii) contribuir con el debate generando propuestas que desde la sociedad civil enriquezcan los proyectos. El Observatorio Legislativo es un proyecto del Instituto de Ciencia Política apoyado económicamente por la Comunidad de Madrid, en su interés por promover proyectos que permitan el fortalecimiento institucional.
Hoja de vida del proyecto Nombre del proyecto: "por el cual se crean las zonas libres de segunda vivienda para estimular la inversión". Número del Proyecto: 148 de 2007 de Cámara, y 201 de 2007 de Senado. Autor: ministro de Hacienda, Oscar Iván Zuluaga; ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luís Guillermo Plata; ministro de Ambiente, Vivienda y Des a r r o l l o Te r r i t o r i a l , J u a n L o z a n o Ramírez. Ponentes: por Cámara, Luís Salas, Fernando Tamayo, Felipe Orozco, Jairo Llanos, Ángel Cabrera y Luis Vanegas. Por Senado, Omar Yepes, Aur e lio Iragorri y Antonio de la Espriella. Gaceta del Congreso: 479, 603 y 659 de 2007. Estado actual: aprobado en primer debate en sesión conjunta terceras de Cámara y Senado, el día 5 de diciembre de 2007 y presentado en ponencia para segundo debate.
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Zonas libres de segunda vivienda Contexto
C
olombia se ha convertido en un destino atractivo para los turistas y jubilados extranjeros gracias a su ubicación geográfica estratégica, la competitividad del sector inmobiliario, la adecuada oferta de servicios, la cercanía a los mercados de Estados Unidos y Canadá, y los avances en la política de seguridad democrática, entre otros factores. Aprovechando estas circunstancias, y dentro del marco de una política de estímulo a la inversión extranjera en el país, el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) en el documento 3486 del 27 de agosto de 2007, llegó a la conclusión de que Colombia tiene un importante potencial para desarrollar zonas libres de segunda vivienda que es aquella adquirida con el objeto de residir en ella temporal o permanentemente con fines de descanso. Sin embargo, según el Conpes, para la creación de estas zonas libres, el país necesita un marco jurídico que lo haga atractivo a los inversionistas desarrolladores en una primera etapa, para posteriormente atraer a personas jubiladas y a rentistas de capital en el exterior con alto poder adquisitivo, es decir, demandantes de servicios que generen desarrollo económico en el país. Para esto, el Conpes dispuso que el gobierno nacional presentara a consideración del Congreso de la República un proyecto de ley en el que se establecieran las normas pertinentes para que sea efectivo el mercado de la segunda vivienda como ha sido aplicado en destinos como República Dominicana, Costa Rica y Panamá, países que han venido otorgando una serie de beneficios tributarios a los pensionados extranjeros logrando atraer importantes flujos de inversión extranjera. En ese contexto, los ministros de Hacienda, Oscar Iván Zuluaga; de Comercio, Industria y Turismo, Luís Guillermo Plata, y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Juan Lozano Ramírez, radicaron en el Congreso un proyecto de ley que crea las denominadas
zonas libres de segunda vivienda, como un instrumento para la generación y estímulo de inversión privada en diferentes zonas del país, a través de incentivos tributarios. Este proyecto está dirigido a los inversionistas que desarrollen las zonas libres de segunda vivienda y a los llamados baby boomers, población compuesta por personas generalmente jubiladas o cercanas a esta edad, las cuales representan cerca del 27% del total de la población de Estados Unidos con un ingreso anual promedio per cápita de US$58.000. Adicionalmente, el proyecto otorga beneficios para los nacionales residentes en el extranjero, que al igual que los jubilados, representan un potencial para el mercado de segunda vivienda, más aún cuando los envíos de remesas destinados a la compra de vivienda en Colombia han aumentado en los últimos años. Para el 2006, crecieron en un 62% con respecto al año an1 terior, lo que equivale a US$104 millones . El proyecto será estudiado en las sesiones extraordinarias del Congreso a iniciar el 6 de febrero. Sin embargo, aunque el gobierno nacional afirma que la inversión captada por este mecanismo generará empleo, desarrollo de áreas geográficas, y en general contribuirá al desarrollo social y económico del país; algunos senadores creen que la propuesta debe ser presentada en dos proyectos de ley diferentes: uno para pensionados rentistas con residencia temporal en el país, y otro para los inversionistas o desarrolladores de los proyectos. Más allá de esta discusión cabe preguntarse si realmente el proyecto traerá verdaderas ventajas al desarrollo del país y cuáles serán los mecanismos para que la medidad no se convierta en sólo una excención más de impuestos, si no que genere desarrollo real e integral en las zonas de construcción y en toda la población colombiana. 1 Exposición de motivos.