LA NUEVA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE COSTOS FINANCIEROS: UN PROPOSITO POR CUMPLIRSE EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Durante los últimos años, el sector financiero en Colombia se ha caracterizado por tener importantes niveles de estabilidad, al punto que, expertos como Luis Jorge Garay afirman que “el sistema financiero se ha vuelto más dinámico, lo que ha generado un ambiente propicio para la entrada de inversionistas extranjeros”. El año pasado fue radicado un proyecto de ley que pretende regular los costos de intermediación financiera en el país, con el paso del tiempo este ha venido avanzando en su trámite legislativo, y en la actualidad está a punto de convertirse en Ley de la República. Se trata del proyecto de ley 155 de 2015 senado, 036 de 2014 cámara “por medio de la cual se dictan normas en materia de costos de los servicios financieros, reportes en centrales de riesgo y se dictan otras disposiciones”. Este proyecto de ley es impulsado por la bancada del partido Conservador, en cabeza del actual Presidente del Directorio Nacional, el Representante a la Cámara David Barguil, que se ha caracterizado por presentar proyectos de ley relacionados con la regulación de servicios financieros. En este sentido, si la reglamentación en materia de costos financieros que propone la bancada conservadora llegará a ser una realidad, se podría pensar en importantes cambios en el sector financiero. En primer lugar, los consumidores podrían disponer de la totalidad del dinero que tienen en sus cuentas de ahorros sin que las entidades bancarias les pudieran cobrar una tarifa adicional por hacerlo. Otra medida a resaltar es el hecho de que en caso de tener una cuenta inactiva al usuario se le podrán cobrar costos financieros solo por los primero sesenta días, en ningún caso, se le podrá hacer un cobro retroactivo. Además, este proyecto de ley define cuándo debe considerarse a una cuenta de ahorros como inactiva. Quizás, uno de los elementos innovadores del articulado propuesto es el de obligar a las entidades financieras al reconocimiento de una tasa remuneratoria en la cuentas de ahorros de los usuarios siempre y cuando existan saldos favorables, medida que se puede entender como un incentivo a la cultura del ahorro. Por último el actual proyecto de ley, agrega dos parágrafos al artículo 12 de la Ley 1266 de 2008, en los cuales se establecen unas limitaciones sobre los reportes de información negativa por incumplimiento de obligaciones económicas de usuarios de servicios financieros.
Fuente : Imgkid.com