DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIONES MULTISECTORIALES ANTE LA PROBABLE OCURRENCIA DEL FENÓMENO EL NIÑO Y TEMPORADA DE LLUVIAS 2015 - 2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se crea mediante la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y lograr la preparación y atención ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, mediante el Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, se aprobó la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, como Política Nacional de obligatorio cumplimiento; norma que orienta la actuación de todos los actores involucrados que interactúan de manera articulada y participativa en la Gestión del Riesgo de Desastres; con la finalidad de proteger la integridad de la vida de las personas, su patrimonio y propender hacia un desarrollo sostenible del país; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 034-2014-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014-2021, que se constituye en uno de los principales instrumentos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, que integra los procesos de Estimación, Prevención, Reducción del Riesgo de Desastres, así como los de Preparación, Respuesta, Rehabilitación y Reconstrucción; cuyo objeto es establecer las líneas estratégicas, objetivos, acciones, procesos y protocolos de carácter plurianual, necesarios para concretar lo establecido en la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y en su Reglamento; Que, el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 20142021, señala que en el proceso de su implementación, tienen que desarrollarse los planes específicos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y en su Reglamento, así como