Guía Legal Edición 2013-2014

Page 1

EDICIÓN 2013 - 2014 » GRATIS

GUÍA LEGAL

UN SUPLEMENTO DE EL MUNDO NEWSPAPER

2116 E. CÉSAR CHÁVEZ ST. • AUSTIN, TX • 78702

Prepárese

en caso de que se apruebe una

Reforma

(512) 476-8636

Las parejas del mismo género también tienen derechos de familia P. 16 Entérese qué debe hacer para sacarle provecho al ObamaCare P. 32

Hay cosas que usted puede hacer antes de que se apruebe la ley P. 4

* ACCIDENTES DE AUTOS * ACCIDENTES DE TRABAJO * ACCIDENTES SERIOS * Liberación de la Cárcel * Defensa Criminal www.themartinezlawfirm.com

The Martínez Law Firm A PROFESSIONAL CORPORATION

¿QUIÉN ES SU ABOGADO? (512) 444-0025 NORTE: 8401 Research Blvd. Ste. B Austin, TX 78758 OFICINA PRINCIPAL SUR: 2101 S. IH 35 Ste 500 5to. Piso Austin, TX 78741

Lic. Heriberto Ed Martínez


W

R P

L P

F


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

DIRECTORIO

4

PREPÁRESE PARA UNA REFORMA

10

LA IMPORTANCIA DE UN BUEN RÉCORD CRIMINAL

BENEFICIOS DE HACERSE CIUDADANO

16

LOS DERECHOS DE LA FAMILIA

DENUNCIE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA

22

24

CUIDADO CON LOS FRAUDES AL COMPRAR CASA CONOZCA LAS LEYES LABORALES

32

20

ERRORES COMUNES CUANDO OCURRE UN CHOQUE

LOS INESPERADOS ACCIDENTES DE TRABAJO

26

12

30

¿QUIÉN MÁS PUEDE CALIFICAR PARA EL ‘OBAMACARE’? ENFRENTE EL ACOSO SEXUAL

34

DIRECTORIO Roberto A. Angulo Presidente y Director

Ángela M. Angulo Directora Ejecutiva

Director de Diseño: Carlos Max Salas

Lucía Borrero de Angulo Publisher

José G. Bruzón Editor

Diseño: Claudia P. Maya

Fotografías: Getty Images, Thinkstockphotos y EL MUNDO Newspaper

Una publicación de

Periodista: Carlos H. Lozano

3

Infórmese antes de tomar decisiones ÁNGELA M. ANGULO

angela@elmundonewspaper.com

P

or quinto año consecutivo publicamos esta GUÍA LEGAL, que en esta oportunidad pone énfasis en informar a nuestros amigos indocumentados respecto de temas tan diversos como los accidentes de tránsito; divorcios; compra de propiedades (casas, apartamentos, ‘mobile homes’); infracciones a la ley local, estatal y federal; y consejos de Inmigración. La finalidad es evitar que nuestra gente sea estafada. Es importante que tenga presente que si necesita ayuda legal contrate los servicios de abogados especialistas licenciados o a representantes acreditados por el Gobierno Federal que trabajen para organizaciones sin fines de lucro, reconocidas por la Junta de Apelaciones de Inmigración. También puede acercarse al Consulado de su país de origen, ya que sus representantes consulares también le pueden ofrecer valiosa información. Manténgase informado siempre y mejor si es con EL MUNDO NEWSPAPER y ¡evite ser ESTAFADO! Si necesita hacer algún tipo de consulta, respecto de la legitimidad de los abogados que desea consultar o si necesita algún otro tipo de asesoría, por favor escriba o visite:

State Bar of Texas 1414 Colorado St. Austin, TX 78701

O llame a los teléfonos: (800) 204-2222 y (512) 427-1463

ABOGADA DE INMIGRACIÓN

Dora A. Narvaez • Acción Diferida • Perdones • Peticiones Familiares • Divorcios y Herencias • Derecho Mexicano • Ciudadanía • Defensa de Deportación • Asilos 906 E. 5th St. Ste. 210 Austin, TX 78702

(512) 485-3005

PLANES DE PAGOS


4

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Prepárese para una

Reforma Millones de personas en el país tienen la posibilidad de calificar para beneficiarse con una probable ley de ajuste de estatus. Deben prepararse para cuando llegue el momento y así evitar complicaciones

W


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

ÁNGELA M. ANGULO

Lo primero que debe hacer es asegurarse de que cuenta con los documentos originales necesarios que prueben su identidad: ya sea la partida de nacimiento, el acta de matrimonio, los registros de la escuela en la que estudió o el pasaporte de su país de origen. Es recomendable que consiga, al menos, dos originales por cada documento.

PRESENCIA EN EL PAÍS

2

También será necesario que tenga a la mano documentos que pruebe que ha vivido y trabajado en este país, como recibos de renta del apartamento en el que vive, los recibos del pago de servicios de agua, teléfono, energía eléctrica y/o gas natural; de ser posible, también será útil conseguir certificados de alguna organización privada, pública o sin fines de lucro o de la iglesia que consignen su nombre y el servicio voluntario que hizo para ellos. También podrían ser consideradas pruebas de residencia los documentos de alguna cuenta de banco, facturas del pago de su celular; y los recibos de las remesas enviadas a su país. Todos estos documentos serán muy útiles. Recuerde que dejarlo todo para el último momento puede ser perjudicial debido a que miles o millones estarán recolectando estos papeles a través de sus Consulados.

tic

& True ,

tes

IDENTIDAD

Jus

1

cia

. P.C

E

l Congreso de la Unión aún no aprueba el proyecto de reforma migratoria, pero hay trámites que la comunidad indocumentada puede adelantar para estar lista a iniciar el proceso. Se trata de no perder el tiempo esperando hasta el último minuto.

Ga r

angela@elmundonewspaper.com

ia Sin Lími

GARCIA & TRUE, P.C. Abogada de Inmigración y Casos Criminales www.garciatrue.com

REPRESENTÁNDOTE EN CASOS

CRIMINALES: DWI Violencia Doméstica Drogas Robo Casos Federales

INMIGRACIÓN: Defensa de Deportación Acción Diferida Ciudadanía Visas U Peticiones Familiares

3

EL IDIOMA

Si su inglés no es muy bueno, mejórelo desde ahora. Este factor será muy importante para las autoridades. Inscríbase en alguno de los programas que se ofrecen en las escuelas, universidades, iglesias o centros comunitarios de la ciudad en la que vive. Muchas de estas clases son gratuitas. Y practique el idioma en casa. Una buena manera de aprender a expresarse y emplear los conocimientos que adquiere es escuchar música y ver televisión en inglés.

Abogada NICOLE TRUE

¡TE SACAMOS DE LA CÁRCEL! 1524 S. IH-35, STE. 207, AUSTIN, TX 78704

(512) 474-4114

5


6

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

AL DÍA CON LOS IMPUESTOS

4

Tan importante como las pruebas de identidad y de presencia física en este país, es el reporte de impuestos y el pago de cualquier pendiente, pasado o presente, con el IRS. Es muy probable que la reforma migratoria exija el reporte de impuestos de determinado número de años. Por eso es urgente obtener la tarjeta ITIN y comenzar a ponerse al día reportando con el IRS todos los años que ha vivido en este país. Al mismo tiempo, resuelva sus problemas con la ley. Especialmente si son casos no tan graves como multas de tránsito. Resolverlas a tiempo evitará que su récord se manche.

MUY IMPORTANTE

» Un notario no es una persona

autorizada para dar consejos legales de inmigración; sólo puede certificar y dar fe de la legalidad de los documentos que llegan a sus manos.

LOS DOCUMENTOS FEDERALES Pida una copia de su archivo de inmigración del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS). Si ha solicitado un beneficio con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía y fue negado, puede pedir una copia gratuita de su archivo (formulario G-639) en la página Web: www.uscis.gov. Si tiene una deportación en su historial no pida su archivo directamente, consulte con un abogado para que le aconseje qué pasos tomar. También pida su registro de huellas digitales del FBI y del Departamento de Justicia de Texas. Debe tener cuidado en este punto: aunque sus huellas salgan limpias, eso no significa que sus huellas digitales no registran algún incidente en otros bancos de datos de Inmigración.

5

EVITE PROBLEMAS CON LA POLICÍA Todos somos libres de divertirnos como mejor nos parezca siempre que no hagamos daño a nadie, pero cuando involucramos alcohol en nuestras celebraciones, el riesgo de perjudicar a otras personas (además de nuestra integridad física) es latente. La ley en Texas es muy estricta en este punto. Este es un delito que no pasará desapercibido para las auto-

6

ridades migratorias y arruinará todas las probabilidades de obtener un beneficio legal cuando se apruebe la reforma. Además de conducir embriagado, la comunidad indocumentada debe evitar cualquier cargo criminal (violencia doméstica, actos reñidos con la moral, peleas callejeras, multas por conducir a excesiva velocidad en zona escolar) ya que podría afectar su beneficio migratorio.

W

T


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

TENGA EN CUENTA

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

Es importante que todas las personas que puedan beneficiarse de una probable REFORMA MIGRATORIA estén preparadas para esa eventualidad. Es posible que algunos requisitos necesarios para calificar y poder solicitar los beneficios legales de esa ley sean:

» No tener problemas legales serios o antecedentes penales. » No tener vínculos, pasados o presentes, en actividades terroristas dentro o fuera de la Unión Americana. » No tener vínculos, pasados

DINERO LISTO

o presentes, en actividades de narcotráfico dentro o fuera de la Unión Americana. » Respetar las leyes y al Gobierno Federal de la Unión Americana. » Tener conocimientos de inglés básico, suficientes para

7

Si la reforma migratoria se aprueba y usted califica para obtener los beneficios de esa probable ley, no podrá realizar ningún trámite si no cuenta con dinero. Aún no hay nada definido pero desde hace año se dice que cualquier ley que otorgue documentación legal a los hombres y mujeres que no cuentan con permiso para vivir y trabajar en este país, consignará una penalidad. Así sucedió con la ‘Acción Diferida’. El monto exacto se sabrá cuando el Congreso de la Unión apruebe sus proyectos de ley y el Presidente la convierta en ley vigente. Además de este gasto, recuerde que se necesitará dinero para contratar a un abogado y para recabar los documentos necesarios para iniciar el trámite.

comunicarse, de forma oral o escrita. » Pagar una multa por haber infringido la ley federal de inmigración de la Unión Americana. » Pagar los honorarios de la solicitud del beneficio legal.

LIMPIE SU NOMBRE

Si ha tenido infracciones o ‘misdemeanors’, acuda a la Corte en la que fue sancionado y en la ventanilla que dice ‘criminal’ solicite copias certificadas de su récord. En la mayoría de las Cortes las copias son gratuitas. En algunos casos, podrá tramitar que se eliminen (o borren) de su récord ciertos delitos. Investigue en la Corte o mejor aún: consulte con un abogado criminal.

8

ASESORÍA PROFESIONAL

7

Finalmente, es necesario tener listos los números de varios abogados especializados en Inmigración para contactarlos tan pronto como se apruebe la Reforma Migratoria. Asegúrese de que el abogado que contrate esté registrado en la Barra de Abogados del Estado, cuya oficina está ubicada en el 1414 Colorado St. Austin TX 78701. También puede llamarlos marcando los números (512) 427-1463, si vive en Austin, o el (800) 204-2222, si vive en alguna otra ciudad texana. Los lectores deben tener presente que todo esto es una recomendación preliminar asumiendo que el proyecto de ley será aprobado; por lo tanto no debe tomarse como una descripción precisa ni como un consejo legal.

9


8

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

SI CAMBIA SU DIRECCIÓN

AVISE

S

i usted tiene pendiente un proceso migratorio con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y decide mudarse a otra vivienda, recuerde que debe notificarles su cambio de domicilio en un plazo de 10 días desde que asumió una nueva dirección. Informar al USCIS de su cambio de dirección es una de las responsabilidades que tienen los extranjeros

El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) debe recibir una notificación suya si usted decidió cambiar de domicilio

que desean permanecer en este país y obtener beneficios migratorios en el futuro. Además de librarse de serias penalidades y afectar su proceso con inmigración, usted debe notificar su cambio de domicilio para no perder ninguna citación importante con la agencia migratoria. Si desea completar el formulario en papel siga las siguientes indicaciones:

PASO 1

PASO 3

Visite la página Web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) en español: www.uscis.gov/es

Se abrirá una nueva página con el listado de resultados, escoja la primera opción de cambio de dirección.

PASO 2

En la página encontrará una barra de búsqueda del portal. Escriba lo siguiente: AR-11 (nombre del formulario del cambio de dirección).

PASO 5

Llene el formulario y envíelo por correo a la siguiente dirección: U.S Department of Homeland Security Citizenship and Immigration Services Attn: Change of Address 1344 Pleasants Dr. Harrisonburg, VA 22801

PASO 4

En la próxima pantalla, escoja la opción ‘Descargar’ en el formulario AR-11.

DESDE SU COMPUTADORA

También puede comunicarse con el Centro Nacional de Servicio al Cliente llamando al 1.800.375.5283. El trámite también se puede hacer electrónicamente entrando a la página https://egov.uscis.gov/coa/ displayCOAForm.do A través de este enlace podrá firmar el documento electrónicamente y guardar la evidencia en sus archivos. Este trámite no tiene ningún costo ya sea por correo regular o electrónico.

EVITE UNA MULTA Y LA DEPORTACIÓN

Si usted no notifica su cambio de domicilio al USCIS, está sujeto a que la agencia lo acuse de un delito menor por el que, si se le declara culpable, podría pagar una multa de hasta

200 dólares

y/o podría ir a la cárcel por un término de hasta 30 días. Además, podría ser deportado.

DETENIDOS POR EL ICE

Si un familiar fue detenido por Inmigración, puede intentar encontrarlo usando el buscador electrónico de ICE: https://locator. ice.gov/odls/homePage.do


y

AMPLIA EXPERIENCIA ATENDIENDO

CASOS COMPLICADOS

PONCE LAW FIRM, P.C. GRISELDA PONCE

ABOGADA DE INMIGRACIÓN

Defensa en Casos de Deportación Liberación de la Cárcel Peticiones Perdón Provisional Permisos de Trabajo

“INFÓRMESE” “PREPÁRESE” ¡Asegúrese de estar adelante de la Línea!

(512) 454-7700 Escuche a la ABOGADA PONCE cada Sábado de 9:00am a 9:30am por Fiesta 97.1 FM ¡Valiosa información sobre Inmigración!


10

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

La importancia de un buen

récord criminal ¿Cómo y a quiénes afecta?

CARLOS H. LOZANO

E

l récord criminal es la radiografía de nuestro breve o largo pasado. Aquellas faltas, delitos u otra clase de sanciones aparecen cuando se solicita el récord criminal, bien sea de parte de un abogado o personalmente. Cada Estado y ciudad de la Unión Americana tiene récords de todas y cada una de las personas legales, y algunas indocumentadas, que hayan tenido problemas con la ley. Cuando se aplica para la residencia permanente o temporal o para juramentar como ciudadano de este país, es necesario obtener el récord cri-

minal para solicitar ese beneficio legal, de manera que se pueda demostrar, antes del proceso, la situación del solicitante. En el récord criminal aparecen los tipos de castigo que ha recibido la persona infractora de la ley o si ésta ha cometido delitos; pero también aparece registrado cuando una persona no cumple con obligaciones impuestas por las autoridades. El abogado Oscar García, de la firma GARCIA, RAMIREZ y PIÑA, nos explica la importancia del récord criminal en los casos migratorios y lo que el Departamento de Inmigración quiere saber de los extranjeros: sus antecedentes.

W


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

¿Qué se busca al revisar un récord criminal de los solicitantes de la residencia temporal o permanente, y de aquellos residentes que desean hacerse ciudadanos de este país? Lo primero por aclarar es que un récord criminal con asuntos pendientes por resolver, sí afecta para algunas de las dos y eso es claro. En el récord criminal aparecen los arrestos, los delitos o convicciones, o el tipo de castigo (que fue impuesto a la persona), en fin, todo sale ahí, siempre que la persona haya pasado por las manos de las autoridades y le hayan tomado huellas dactilares. En algunos casos, la persona no sabe que está vinculada a una investigación y, por esa omisión, no es necesariamente inocente. Lo mejor es buscar su récord criminal ante la policía y analizarlo en detalle, y ese es trabajo para un abogado. También se da el caso de que esa persona está ‘limpia’. Es importante que tenga en cuenta que si estuvo involucrado en un accidente vehicular, ya sea como testigo, pasajero o conductor, y abandonó el lugar del accidente, esa circunstancia puede ser causal para manchar su récord criminal. También es importante saber que hay leyes estatales y federales; es ahí donde el rol del abogado es indispensable, ya que sólo un profesional en leyes podrá indagar a fondo en su récord criminal y preparar la mejor estrategia para su defensa.

A PORTARSE BIEN. El récord criminal puede afectar los trámites para quienes quieren ser residentes temporales, permanentes o para aquellos que buscan la ciudadanía. ¿Cómo se busca y para qué le sirve a una persona obtener su récord criminal? El récord criminal se obtiene en las oficinas de los Departamentos de Policía de cada ciudad y so-lamente cuesta 7 dólares. El proceso inicia con una revición de las huellas dactilares del solicitante, por lo que debe estar presente al hacer el trámite. Si es necesario, la investigación se ampliará a los archivos del FBI. El récord criminal es necesario para su defensa y lo puede solicitar el abogado que lo representa. El récord criminal demora entre uno a tres meses en ser expedido.

¿Cómo se puede evitar tener un mal récord criminal? Respetando las leyes, evitando los problemas; y si comete algún delito, por cualquier razón, antes de declararse culpable, consulte con un abogado. Si ha sido encarcelado y la Corte le da tiempo, utilice ese tiempo en buscar la ayuda de un abogado. Hay derechos de fianza, dependiendo del tipo de delito. Si tiene orden de deportación, tenga en cuenta que hay alternativas. En nuestra firma de abogados somos expertos, y si son indocumentados les hacemos valer sus derechos porque los tienen.

LAW OFFICES OF

Juan DeKruyff 16 años de Experiencia

El abogado Juan te ayuda 100% en español con: • • • •

11

Visas de Trabajo Residencia Permanente Petición de Familiares Defensa de deportación • TPS

Realizamos tu trámite de

ACCIÓN DIFERIDA

$535 para el abogado + $465 para USCIS = $1,000 total

(512) 912-7771 1715 East 6th Street, 208 Austin, TX 78702


12

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Beneficios de hacerse

ciudadano

Son varias las ventajas que una persona puede obtener al adoptar la nacionalidad estadounidense EXAMEN DE CIUDADANÍA EN ESPAÑOL

Para que una persona puede desarrollar el examen de ciudadanía en su idioma nativo, tiene que cumplir uno de los siguientes requisitos: 1. Exención 50/20. Él o la solicitante tiene que ser un adulto de 50 años y haber tenido residencia permanente (‘green card’) por un mínimo de 20 años continuos. 2. Exención 55/15. Él o la solicitante tiene que ser un adulto de 55 años y haber tenido residencia permanente (‘green card’) por un mínimo de 15 años continuos.

P

ara sustentar con un argumento inapelable, la máxima diferencia entre los beneficios de la residencia permanente y los de la ciudadanía, basta con decir que un ciudadano estadounidense no puede ser deportado del país. Otro beneficio indiscutible es que los ciudadanos de este país pueden viajar fuera de la Unión Americana por lar-

gos periodos de tiempo sin perjudicar su situación legal. Otro factor que inclina la balanza a favor de la naturalización es que hay ciertos trabajos que requieren que la persona sea ciudadana para ser contratada. Por último, es importante destacar que los ciudadanos tienen prioridad al someter una petición para la residencia permanente de sus familiares.

CIUDADANÍA POR NATURALIZACIÓN

La naturalización es el proceso por medio del cual se otorga la ciudadanía estadounidense a un ciudadano extranjero después de satisfacer los requisitos establecidos por el Congreso de la Unión en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Para solicitar la naturalización, presente el Formulario N-400 (Solicitud para Naturalización). El USCIS provee materiales educativos para ayudarlo a prepararse para el examen en tópicos como inglés, historia estadounidense y educación cívica. Usted puede ser elegible para la naturalización si:

» Ha sido residente permanente durante 5 años y reúne todos los otros requisitos de elegibilidad. » Ha sido residente permanente durante 3 años y reúne todos los requisitos de elegibilidad para tramitar la naturalización como cónyuge de un ciudadano estadounidense. » Está en el servicio activo en las Fuerzas Armadas de la Unión Americana y reúne todos los otros requisitos de elegibilidad necesarios para tramitar la naturalización.

W


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

13

TENGA EN CUENTA

Usted podría hacerse ciudadano estadounidense si su padre o madre (biológicos o adoptivos) han conseguido hacerse ciudadanos estadounidenses y usted no ha cumplido todavía los 18 años de edad. Si usted (o un familiar) es miembro de las Fuerzas Armadas, el proceso puede variar en tiempo.

S

CIUDADANÍA PARA LOS HIJOS

us hijos nacidos fuera de la Unión Americana pueden ser elegibles para la naturalización si usted es ciudadano estadounidense y se han reunido las siguientes condiciones bajo la sección 320 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), y la enmienda a la Ley de Ciudadanía de Hijos (CCA):

» Si por lo menos uno de los padres es ciudadano estadounidense, sea por nacimiento o por naturalización. » Si el hijo (o hija) es menor de 18 años de edad. » Si el hijo (o hija) reside en la Unión Americana bajo la custodia legal y física del progenitor ciudadano estadounidense y tiene su residencia permanente vigente. » El hijo (o hija) adoptivo(a) puede obtener la ciudadanía automáticamente bajo la sección 320 de la INA si satisface los requisitos bajo las secciones 101(b)(1)(E), (F) o (G) de la INA.

OFICINA LEGAL

Buttry & De Los Santos, PLLC Abogados de Inmigración, Criminal y Civil • Residencias • Ciudadanías • Perdón Provisional • Deportaciones • Acción Diferida • Naturalizaciones • Custodia • Divorcio • DWI • Robo

CONSULTAS GRATIS 223 West Anderson Lane #A131 Austin, Texas 78752

(512) 257-3030

REQUISITOS

Para ser elegible como ‘hijo’ (o hija) para los propósitos de la sección 320 de la INA, el considerado ‘hijo’ debe ser soltero. Además, si la persona nació sin que sus padres estuvieran casados, debe ser reconocido antes de cumplir 16 años de edad y estar bajo la custodia legal del padre (o la madre) que lo va a reconocer (el padre o la madre que es ciudadano estadounidense). Consulte la sección 101(c)(1) de la INA. Por último, un hijastro que NO ha sido adoptado no es elegible como ‘hijo’ bajo esta sección. Una persona que satisface los requisitos como ‘hijo’ de la sección 320 de la INA antes de cumplir los 18 años es automáticamente ciudadano sin tener que presentar una solicitud. Sin embargo, si desea obtener un Certificado de Ciudadanía del USCIS, debe tramitar el Formulario N-600 (Solicitud de Certificado de Ciudadanía).

ABOGADO DE INMIGRACIÓN Acción Diferida (DACA) Residencia Permanente Ciudadanía Deportación Visas U Todo tipo de perdones incluyendo Perdones Provisionales (Waivers)

IMMIGRATION AND NATIONALITY LAW

(512) 476-1959 “El abogado Matt Trevena es miembro de la barra estatal de Texas y cuenta con licencia para ejercer desde 1987 y es Certificado en Leyes de Inmigración y Nacionalidad por el Consejo de Especialidades Jurídicas de Texas.”

w w w. I m m i g r a t i o n L a w F i r m . c o m

Si necesita ayuda, llame para programar su cita GRATIS

THE LAW FIRM OF MATT TREVENA 1711 Rio Grande St. Austin, TX 78701


14

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Los pasaportes estadounidenses se tramitan a través del Departamento de Estado.

Income Tax Services

¡ES TU DEBER REPORTAR TUS IMPUESTOS! • Con o sin Reforma Migratoria • Con o sin Seguro Social • Con ingreso en cheque o efectivo 104 Robert T. Martínez Austin, TX 78702

(Esquina con César Chávez)

HORARIO DE TEMPORADA: Lunes a Viernes de 9am a 6pm Sábados de 9am a 6pm Domingos cerrado

E

EXCEPCIONES Y AJUSTES

xisten excepciones y modificaciones de los requisitos de naturalización disponibles para las personas elegibles. El USCIS también provee arreglos para las personas con discapacidades.

Por discapacidad médica

Puede que sea elegible para recibir una excepción de los requisitos de naturalización del examen de inglés y educación cívica si reúne los requisitos requeridos. Para solicitar esta excepción, presente el Formulario N-648 (Certificación Médica para Excepciones de Discapacidad).

Arreglos para discapacitados

Abierto todo el año

(512) 480-8031

Bajo la sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, se puede proporcionar arreglos o modificaciones para los solicitantes con problemas físicos o mentales que necesiten completar el proceso de naturalización. Se aconseja que los solicitantes enumeren sus necesidades en el espacio provisto en el formulario N-400.

Relacionadas al requisito del dominio del idioma inglés

Aunque tendría que presentar el examen de educación cívica, usted estaría exento del requisito de idioma inglés si: » Tiene 50 años de edad o más y tiene su residencia permanente vigente de la Unión Americana por 20 años (excepción ‘50/20’) al momento de solicitar la naturalización. » Tiene 55 años de edad o más y tiene su residencia permanente vigente de la Unión Americana por 15 años (excepción ‘55/15’) al momento de solicitar la naturalización Consideraciones: » Aún si es elegible para las excepciones del idioma inglés ‘50/20’ o ‘55/15’, usted debe presentarse al examen de educación cívica. » De llevarse a cabo el examen en su idioma natal, debe traer un intérprete para la entrevista. » Su intérprete debe hablar con fluidez el inglés y su idioma natal. » Otras reglamentaciones aplican para estos casos.

Juramento de Lealtad

A fin de naturalizarse, usted debe hacer un Juramento de Lealtad en una ceremonia pública.

Excepciones de la ‘Residencia Continua’

Si está involucrado en ciertos tipos de trabajo en el extranjero puede ser elegible para una excepción al requisito de la residencia continua. Consulte con su abogado si califica para esta excepción.


Tomamos nuestros casos personalmente

U-Visa l Residencia l Permiso de Trabajo l Acción Diferida l TPS

DWI l Violencia Familiar

l

Drogas l Violación de libertad condicional

7

24/ L L A C

www.EmigrateHoy.com ¡Te sacamos de la cárcel federal, de custodia criminal o inmigración! l

Detenemos deportaciones l Reducimos fianzas

Consultas Gratis y Confidenciales 2110A Boca Raton Dr. ste. 201 800 Dolorosa ste. 202 Austin, TX (512) 318-2936 San Antonio, TX (210) 255-3058 Houston – McAllen - Harlingen


16

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Los derechos

de la familia

CARLOS H. LOZANO

E

l eje fundamental de toda sociedad es la familia y en ella se contemplan sus derechos constitucionales, entre los que destaca la unión de un hombre y una mujer. Pero parte de la sociedad y las leyes han permitido otro tipo de relación de parejas y matrimonios, como lo son las uniones entre personas del mismo género, los cuales ya son aceptados en algunos Estados de la Unión.

Son la garantía para que cada grupo familiar pueda tener cubiertas el mínimo de necesidades que le permita su desarrollo positivo en la sociedad

Las parejas del mismo género tienen casi los mismos derechos que las parejas heterosexuales en determinadas zonas del país, aunque cada ley estatal varía en fondo y forma. Lo cierto es que las parejas homosexuales tienen

derechos, los cuales se deben hace respetar aún si se necesita un abogado para eso. La abogada de inmigración Iris A. Albizu-Rivera nos habla del marco legal de los derechos de la familia y de los intereses migratorios inherentes a ella.

W


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

¿Hasta dónde abarcan los derechos de familia en los asuntos migratorios? Es tan amplio el tema como las responsabilidades que se tienen. Dentro del tema de inmigración esos derechos tienen que ver con el de las visas y los casos de familia, pero también con los matrimonios, divorcios, manutención y custodia. El tema es bastante amplio si se le enmarca dentro de los derechos de familia, pero se precisan en materia de leyes. Hablo de que hay casos de petición de familiares; esposos pidiendo a sus cónyuges; hijos mayores de 21 años pidiendo a sus padres, abuelos y padres estadounidenses pidiendo a sus hijos y/o nietos. ¿Los derechos de familia aplican para todas las personas inmigrantes? Sea legal o indocumentado se tienen derechos y se cumplen. Para eso están las leyes y los derechos migratorios. Pero obviamente los procesos para cualquier caso son diferentes, ya que dependen de lo que se busca y cómo son también los beneficios que se logran. Hay algunos casos en los que está de por medio una deportación y si es un caso en derechos de familia, existen visas o beneficios que se logran; como por ejemplo si alguien ha sido sometido a violencia doméstica, hay una visa y una ley que impide que esa persona sea deportada. Pero lo mejor es consultar a un abogado.

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

IGUALDAD ANTE LA LEY

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) tiene la orden de evaluar las peticiones de visas presentadas a nombre de un cónyuge del mismo género, de la misma manera en que evalúa las presentadas a nombre de cónyuges del género opuesto.

¿Qué recomendaciones da para lograr los beneficios consagrados en los derechos de familia? Los derechos en materia de familia son tan amplios que podemos hablar horas o escribir muchas páginas sobre esto. Hay beneficios, leyes y organizaciones que ayudan a logralos. Es muy extenso el tema de derechos de familia y algunos pueden derivar en otros, o simplemente aparecen diferentes factores para aprobar un caso. Se necesita del conocimiento y la habilidad de un buen abogado para ayudarle a resolver el caso favorablemente. Las personas deben buscar la ayuda legal de un abogado, para eso estamos. Nadie mejor que el abogado para hablar de leyes, estamos exactamente para eso: para ganar un caso gracias a nuestro conocimiento de las leyes y para resolver a favor de los peticionarios.

SALGA DE LA CÁRCEL RÁPIDO

Morales & Navarrete “Los Licenciados”

CASOS • CRIMINALES FAMILIARES • FEDERALES INMIGRACIÓN • ACCIDENTES CONSULTA GRATIS Citas Disponibles los Sábados Planes de Pago

Llámanos las 24 horas

(512) 474-1499

1007 E. 7th St. Austin, Tx 78702 www.loslicenciados.com

17

¿Qué es lo que de inmediato avala el proceder de un caso? Es muy valiosa la información que ofrece el cliente al abogado. Una vez que se obtiene esa información, basada en hechos y circunstancias reales del potencial caso, hay una valoración y los factores que lo enmarcan para ‘armar’ el procedimiento a seguir y saber hacia dónde dirigirse en materia de derechos. Pero lo mejor es venir a nuestra oficina y abrir el diálogo para empezar. En los casos de matrimonio y divorcios, ¿cuáles son sus consejos? Para las personas que ya han salido de una relación y son maduras, realizadas en su vida profesional, con estabilidad económica y social: si en un futuro cercano entran en una relación, piensen en acuerdos prematrimoniales. Y para el caso de los divorcios: antes de dar ese paso, piensen en recibir ayuda –como terapias de familia–; busquen a los expertos en mediación, porque algunas veces esos conflictos tienen solución. Hay alternativas para no tener una dificultosa separación de pareja. Y si esto no logra salvar esa relación marital, resuelvan con un abogado de la forma más pacífica, justa y equilibrada, pero ante todo, si hay hijos de por medio, recuerden que ellos deben ser los primeros beneficiados, por su estabilidad emocional y económica.


CRIMINAL • DUI- DWI • Asalto • Robo • Asalto Sexual • Cargos Federales • Posesión de Drogas

¡NO NECESITA DOS ABOGADOS DIFERENTES!

Liberación de la Cárcel SERVICIO LAS 24 HORAS

1214 East 7th St. Austin, TX 78702

(512) 474-4445 Escríbenos a info@peekandtoland.com


INMIGRACIÓN • Ciudadanía • Residencia • Visas • Detenciones de ICE • Defensa de Deportaciones

¡NOSOTROS TE DAMOS LOS DOS SERVICIOS! HABLAMOS ESPAÑOL

SOMOS LOS ABOGADOS GÜEROS w w w. p e e k a n d t o l a n d . c o m


20

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

DENUNCIE LA

VIOLENCIA

DOMÉSTICA Este es un delito que debe ser reportado a las autoridades antes de que sea demasiado tarde

CARLOS H. LOZANO

L

a sufren mujeres y hombres, pero no por igual. Ellas la padecen con más regularidad. Está latente en nuestra comunidad y es tan silenciosa que se puede considerar un ‘cáncer social’. La violencia doméstica corroe a las familias, a las parejas, hasta que uno de los dos acaba muy mal. Y si hay hijos en el seno familiar, ellos también pagan las consecuencias. Respecto de la violencia doméstica, el abogado Oscar García, de la firma GARCIA, RAMIREZ y PIÑA, nos cuenta cómo se puede evitar y qué beneficios pueden lograr las víctimas (varones o mujeres) para protegerse.

W


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

Iris A. Albizu-Rivera Abogada de Inmigración

21

Albizu Law

Acuda a su abogada, infórmese sobre la Reforma Para información sobre dónde conseguir ayuda en su área, llame a la

LÍNEA TELEFÓNICA DE AUXILIO CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA: 1-800-799-SAFE ¿Cómo define la violencia doméstica y a quiénes afecta?

La violencia doméstica es un asalto o agresión física contra una persona, pero también la hay sicológica o mental. La hay en varios niveles y dependiendo del tipo o los daños físicos se le considera leve o muy grave. En muchos casos en los que hombres son los agresores, el detonante es el abuso de licor. Por lo general, de parte del hombre, la violencia se manifiesta físicamente; y de parte de la mujer, el daño es sicológico o mental. ¿La violencia doméstica es recurrente en Texas?

Si la hay y bastante en la comunidad hispana. Es duro decirlo pero es una realidad latente. Nosotros llevamos muchos casos de violencia doméstica. Y repito, el licor es un factor determinante en tales casos. Hay algo particular en nuestro Estado y es que en Texas se considera la unión libre o la relación de pareja con los mismos derechos que si fuesen casados. Lo explico así: Si la pareja lleva viviendo algún tiempo juntos y se demuestra tal convivencia, por alguna de las partes, se aplican los derechos y la ley para casos de violencia doméstica. También hay que aclarar que, aunque en Texas no está reconocido el matrimonio entre parejas del mismo sexo, hay derechos y leyes que aplican en casos de darse la violencia doméstica. ¿Cuáles son los derechos y qué leyes apoyan a una persona, hombre o mujer, para iniciar un proceso por violencia doméstica?

Para empezar hay que decir que no es necesario que exista un reporte de la policía para abrir un caso. Si la persona tiene pruebas o testigos y viene a nuestra oficina se puede empezar a armar el caso. Si hay evi-

dencia del abuso o maltrato físico que sustente la demanda se le puede ayudar (a la víctima) para que salga del problema, reclame sus derechos y consiga los beneficios por ser agredido. Y también debo decirles que hay organizaciones que pueden ayudar a orientar a las parejas, o a la persona si ya no hay convivencia. Pero lo mejor, siempre, es buscar un abogado y reclamar los derechos que consagra la ley para protegerse. ¿Cuáles son los derechos que se tienen una vez comprobado el caso de violencia doméstica?

Cuando un inmigrante es sometido a violencia doméstica existe la visa U y la VAWA (Violence Against Women Act), esta última protege sólo a la mujer abusada. En cuanto a la visa U, ésta sirve para las mujeres y los hombres que han sido víctimas de abuso por parte de su pareja. La visa U también puede aplicar en otros casos. Como firma de abogados, ¿cómo ustedes ayudan a que la violencia doméstica no sea un ‘cáncer para la comunidad en general’?

Hemos estado involucrados en un plan de trabajo para ayudar a prevenir este mal que afecta a nuestra comunidad, en foros y conferencias en donde damos valiosa información a las personas, para que prevengan y estén atentas a no caer en la violencia doméstica. Acudimos a la ‘Semana de la Prevención’ y allí logramos dar información importante sobre el tema y avisarles que la violencia doméstica se da en todo tipo de hogares y no discrimina por raza, credo ni estrato social. También les digo que no tengan temor de hacer valer sus derechos y que deben denunciar, bien sea ante nosotros como abogados, o ante las autoridades.

CASOS DE INMIGRACIÓN • Deportación • Visas • Perdones • Liberación de la cárcel VISAS Y CASOS DE FAMILIA • Divorcio • Manutención • Custodia Licenciada en la Corte de Texas

iris@albizulaw.com • www.albizulaw.com 111 W Anderson Ln Ste D-207 • Austin TX 78752

(512) 861-5638

PROTEJA SUS DERECHOS ANTES DE INVERTIR EN BIENES RAÍCES

¡YO TE AYUDO!

MARIO FLORES Abogado w w w. M a r i o F l o r e s L a w. c o m

• Bienes Raíces • Testamentos • Inmigración • Deportación • Criminal

(512) 582-2728 314. E. Highland Mall Blvd. Ste 208 Austin, TX 78752


22

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Errores comunes cuando ocurre

un choque CARLOS H. LOZANO

C

uando sufra un accidente de tránsito, mientras no sea de gravedad –es decir, que usted sale ileso– no pierda la calma y llame a un abogado. Es la mejor recomen-

dación. Recuerde que es importante que usted NO intente resolver el tema por su propia cuenta, porque puede meterse en situaciones más complicadas que el accidente mismo, aunque NO sea culpable. Estas recomendaciones las da el abogado Heriberto Martínez experto en casos de accidente.

Pero hay otras consideraciones que debe tener en cuenta para no caer en los errores más frecuentes que se cometen una vez se está involucrado en un accidente. El abogado Martínez nos recomienda tener en cuenta éstos puntos y algo más sobre el seguro de su vehículo.

LOS ERRORES MÁS COMUNES El primero hace referencia a que no pierda la calma, una vez se dé cuenta que puede hablar o controlar la situación. Llame a la policía y no intente arreglar el asunto por su cuenta. Una vez llegue la policía, pídales un reporte del accidente. No hable de inmediato a la compañía de seguros, tómese su tiempo, porque podría usted dar una impresión equivocada que se puede volver en su contra, si desea realizar futuros reclamos. Lo que sí debe hacer es hablar con un abogado y cuéntele todo lo relacionado al accidente, para que el experto sepa cuál es la mejor estrategia para su defensa. No piense que por no tener seguro para su vehículo o por ser indocumentado no tiene derechos. Los tiene y un abogado se los puede hacer valer. Es importante que recuerde NO HACER reclamos por sí mismo, ya que para eso están los abogados. En muchos casos, la primera consulta es gratis y si llama apenas ocurrido el accidente, la consulta tampoco tiene costo. Otro frecuente error es no obtener la suficiente información sobre el accidente. Busque y pregunte si alguien fue testigo del mismo. Tome fotos y si es el caso escriba lo que pasó. Algunas

veces la persona se declara culpable del accidente sin intención o con ella. Por ejemplo, la otra persona le dice: “Lo siento fue mi culpa, no quería hacer esto o aquello”, desde ese momento la frase debe quedar escrita. Recuerde que ese papel será una prueba. Y seguimos con lo errores más comunes. Otro que se puede volver un gran problema y con consecuencias graves, es no ir al doctor o consultar a un especialista. El abogado Heriberto Martínez recomienda hacerlo y asegura que hay consultas, en caso de accidente, que no tienen costo: “Nosotros le podemos indicar a dónde ir o a cuáles médicos llamar. La gente se tortura pensando que gastará fortunas y me pregunta ‘¿Y cuánto me costará?’, pero yo les aseguro que hay atención médica especializada para cada caso, a precios razonables. Recuerde que entre más tiempo pase de ocurrido el accidente menos fuerza tendrá su reclamo. Es decir, es menos probable demostrar que los daños físicos fueron causados por el accidente. Parece obvio, pero mucha gente lo pasa por alto.

W


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

23

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

EL SEGURO DEL COCHE Conducir un vehículo necesita de un gran sentido de responsabilidad y por eso existen los seguros, los cuales son necesarios para cubrir los daños provocados en una colisión o algún otro tipo de accidente vial en la que se registren pérdidas materiales, lesionados o alguna fatalidad. Para empezar cuando usted adquiera un seguro vehicular, y si compra a crédito el vehículo, lo mejor es obtener una póliza con el seguro complementario denominado GAP (Guaranteed Auto Protection) que le protege en caso de que una pérdida total del auto le obligue a pagar quizás miles de dólares –a pesar del seguro que ya tiene–. Por ejemplo: Si choca y su vehículo sufre una pérdida total, casi siempre creemos que el seguro cubrirá todo, pero no es así: lo más probable es que tenga que pagar la diferencia entre el verdadero valor del vehículo en el momento del accidente –según el estimado que haga la compañía de seguros– y la cantidad que todavía le debe a la firma que le dio el préstamo. El GAP le cubre gran parte de ese valor. Otro muy buen consejo es obtener el ‘full cover’ en su seguro de auto, pero incluya la opción PIP (Personal Injury Protection) que en ciertos casos le puede librar de perder el vehículo o le evita perder dinero por no poder trabajar, ya que ese seguro le garantiza dinero para sobrepasar esos días de invalidez laboral. Otro opción que debe considerar es contratar el ‘Insurance

MUY IMPORTANTE. Es necesario que usted cuente con un seguro vehicular y que maneje con cuidado para evitar accidentes. Y tenga en cuenta que conducir un vehículo bajo los efectos del alcohol es un delito criminal.

Comprehensive’. El abogado Martínez explica por qué: “Si le cae un árbol a su vehículo, o usted deja la ventana abierta y se le inunda el coche por culpa de la lluvia, o si de pronto se lo roban, esta ‘Insurance Comprehensive’ cubre este tipo de casos –que se consideran accidentes–. Finalmente, nunca deje por fuera el ‘Collision Accident’ que claramente es para accidentes”.

2011

“John Rubin was recognized as a Texas Super Lawyer for 2010 and 2011. Super Lawyers are a Thomson Reuters service.”


24

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Los inesperados

accidentes de trabajo Si se lastima cumpliendo sus labores, tiene garantizadas las prestaciones médicas y salariales

S

e considera accidente de trabajo a cualquier lesión que sufra el trabajador mientras desempeña sus labores para beneficio de su empleador. Lesiones de trabajo específicas son, por ejemplo, la caída de un objeto en el pie de un empleado, una cortada en el dedo de la mano o lastimarse por levantar un objeto pesado. Un trabajador tiene derecho a los beneficios de compensación al trabajador por cualquier lesión o enfermedad causada por el trabajo independientemente de quién tenga la culpa.

CONFIDENCIALIDAD

QUE OTRA PERSONA HABLE POR USTED

» Si resulta lesionado debe reportar su lesión a su empleador dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha en que ocurrió su accidente o a partir de la fecha en que se enteró que su enfermedad estaba relacionada con su trabajo. Si no proporciona esta información a su empleador dentro de esos 30 días, usted podría perder su derecho para obtener los beneficios. » También debe enviar completo el formulario ‘Reclamo del Empleado para Compensación por una Lesión Relacionada con el Trabajo o Enfermedad Ocupacional’ (DWC041S) al Departamento de Seguros de Texas, División de Compensación para Trabajadores (TDI-DWC) dentro del lapso de un (1) año, a partir de la fecha en que sucedió su lesión, para proteger sus derechos.

Un empleado puede tener derecho a beneficios de compensación laboral a pesar de que la lesión no ocurrió mientras estaba en su lugar de trabajo. Por ejemplo: Un empleado es lesionado en el estacionamiento de la empresa; también cuando ha sufrido un accidente en el trayecto hacia o desde su centro laboral. Otras consideraciones incluyen lesiones en la hora del almuerzo y en actividades promovidas por el empleador.

Texas Department of Insurance Division of Workers Compensation 7551 Metro Center Dr., Suite 100 MS-93 Austin, TX 78744

La información sobre su reclamación es confidencial y sólo los participantes relacionados con su reclamación tienen derecho a obtener esta información. Para mayor información, por favor comuníquese con el Programa de Asistencia al Consumidor al 1-800-252-7031.

PLAZOS DEL RECLAMO

LESIÓN FUERA DEL TRABAJO

ENVÍE SU RECLAMO AQUÍ

Para poder autorizar a otra persona para que hable con el TDI-DWC de parte suya, usted tendrá que proporcionar por escrito un aviso donde proporciona el nombre de la persona autorizada, con su firma original y entregar esta información a su oficina local. Para mayor información, comuníquese con el Programa de Asistencia al Consumidor al 1-800-252-7031.

QUÉ HACER EN CASO DE LESIONARSE EN EL TRABAJO

Reporte el accidente. El incumplimiento o retraso en informar la lesión a su empleador puede resultar en una denegación de beneficios de compensación laboral. Recuerde: Si el empleador no tiene conocimiento de la lesión, no está obligado a proporcionar atención médica. El empleado herido debe informar siempre a su delegado sindical y a su empleador respecto de cualquier incidente. Sólo así podrá obtener un asesoramiento adecuado.

Sólo los médicos que tienen licencia para ejercer en Texas pueden atender las lesiones o enfermedades de compensación para trabajadores. Para ver una lista de doctores licenciados en nuestro Estado visite, la página: www.tdi.state.tx.us/wc/ hcprovider/locatedoctor.html

CUIDADO CON EL FRAUDE

El fraude ocurre cuando una persona deliberada e intencionalmente oculta, falsifica o hace declaraciones falsas para negar u obtener beneficios de compensación para trabajadores o cobertura de seguros o de lo contrario beneficiarse del engaño.

W


n s o n a n : / l

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

OBLIGACIÓN DEL EMPLEADOR

LOS BENEFICIOS MÉDICOS

Tras recibir el aviso y al tener conocimiento de una lesión, el empleador debe proporcionar inmediatamente el formulario ‘Aviso de Reclamo’ al empleado dentro de las primeras 24 horas. Esto también se llama ‘Notificación de la Reclamación’ o, simplemente, un formulario de reclamación. Una copia firmada por el empleador debe ser proporcionada al empleado.

Los beneficios médicos pagan por el tratamiento médico necesario de una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo. Si usted se lesionó en el trabajo, podría ser elegible para recibir beneficios médicos. Un abogado puede ayudarlo a conseguir lo mejor para usted.

25

COMPENSACIÓN SIN TRABAJAR

En base a cada caso, se determina si una persona califica para los Beneficios de Ingresos Temporales (TIB). Los TIB reemplazan una porción de los ingresos perdidos por un empleado a causa de su lesión o enfermedad relacionada con el trabajo. Si usted es elegible, recibirá pagos por parte de la compañía aseguradora de su empleador. Tenga en cuenta que su elegibilidad depende de su habilidad o inhabilidad para regresar a su trabajo.

DETALLES Para mayor información respecto a sus derechos y responsabilidades en el Sistema de Compensación para Trabajadores, por favor comuníquese con el Programa de Asistencia al Consumidor llamando al 1-800-252-7031. También puede comunicarse con la División de Compensación para Trabajadores (TDI-DWC) del Departamento de Seguros de Texas en las siguientes direcciones:

»»

Oficina Central 7551 Metro Center Drive Suite 100 Austin, TX, 78744-1645 (512) 804-4000 Oficina de Austin 4616 West Howard Lane Suite 130 Austin, TX 78728-6303 (512) 933-1899

Para obtener más información, llame al 1-800-252-7031 o visite la página www.tdi.texas.gov/wc/employee/index.html

AYUDA PARA PAGAR LAS CUENTAS

Existen agencias locales que quizás le puedan ayudar mientras su reclamación se está resolviendo. Por ejemplo, algunas agencias proporcionan ayuda para pagar las cuentas de servicios públicos (luz, agua y gas, entre otras). Cada condado o ciudad cuenta con sus propios servicios. Para obtener más información sobre los servicios disponibles en su área, llame con el Programa de Asistencia al Consumidor al 1-800-252-7031.

DEFENSA CRIMINAL

Servicios de Liberación de la Cárcel D.W.I. Conducir en Estado de Ebriedad D.W.L.S. Conducir con Licencia Suspendida Asalto Robo Posesión de Drogas Crímenes Violentos Infracciones de Tránsito

La Primera Consulta es Gratuita

Todos mis clientes reciben una atención personalizada y asesoramiento jurídico a precios accesibles. Trato a mis clientes con honestidad, compasión y respeto. Manejo sus casos con gran dedicación y diligencia. Siempre estoy disponible y es mi orgullo personal el mantener a mis clientes bien informados y atender cualquier preocupación que puedan tener acerca de su caso o asuntos secundarios.

1515 W. 6th. Street Austin, TX 78703

disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.

(512) 474-1818


26

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Cuidado con los fraudes al

comprar casa

Es primordial asesorarse antes de tomar la decisión de invertir en una vivienda

¿ F U

E d s

»

d c

»

c

»

m s d p

»

JOSÉ G. BRUZÓN

l y d

Con asesoría del Abogado Gabriel Gutiérrez

C

omo consecuencia de la inexperiencia y desconocimiento, cientos de hispanos son víctimas cada año de las estafas inmobiliarias; y por el hecho de no calificar a un préstamo hipotecario, este delito parece ser más común entre las personas que no cuentan con un estatus legal en los Estados Unidos. En sentido general, cuando una persona desea comprar un inmueble, lo primero que hace –en el caso de no contar con todo el dinero en efectivo– es visitar un banco o agencia de préstamo para saber cuánto dinero puede financiar. Para eso, un requisito fundamental es contar con un número de seguro social. También se requiere de un buen historial de crédito para proceder al préstamo. En caso de no tener uno o ninguno de eso dos requerimientos, lo más normal es acudir a lo que comúnmente se conoce como “compra de casa dueño a dueño”; y aquí es donde viene el peligro. De lo anterior, el mayor error que se comente es no verificar si el vendedor es realmente el dueño de la propiedad y, adicionalmente, si el inmueble tiene deudas pendientes sobre ella. Como un escudo, están las empresas o agencias de títulos que aseguran los derechos e intereses del comprador al protegerlo contra reclamaciones o errores. De hecho, y antes de que ocurra el cierre del negocio, esta compañía se dedica a investigar todo lo relacionado con la propiedad, lo que incluye si realmente el supuesto vendedor está en la facultad de hacer la venta y de que no existen otras hipotecas o deudas impuestas sobre el inmueble. Así, queda evidenciado que no es suficiente que se muestre un título de propiedad para garantizar la compra-venta. Para el caso de las viviendas hipotecadas, éstas se pueden vender sólo en el caso de que el nuevo comprador sea autorizado directamente por el banco o agencia de préstamo dueña del inmueble. Está claro que hay soluciones más seguras, ya sea para los residentes legales como para lo que no tienen un estatus legal en el país. Por otro, las agencias de título no trabajan si no cuentan con

W

»

i n

»

PARA CONSIDERAR

Los escenarios que a continuación les presentamos se pueden evitar si usted contrata a un abogado o busca una agencia de titulación para que haga la comprobación de la propiedad.

ESCENARIO 1

Una persona tiene un accidente en una propiedad y demanda a su dueño. Más adelante, el propietario de la casa vende el inmueble. Si el vendedor no notifica de la demanda aún no pagada y el comprador no se da cuenta, éste último tendrá que pagar la hipoteca además de la demanda impuesta a la propiedad, aunque no haya sido dueño del mismo cuando ocurrió el incidente.

ESCENARIO 2

Una casa está hipotecada y el dueño de la hipoteca decide vender por un monto menor a la deuda principal. El nuevo comprador entrega personalmente dinero en efectivo

una orden de compra-venta, misma que puede ser obtenida si trabaja con un agente de bienes raíces o si el actual dueño de la propiedad cuenta con una. Aunque en general no es muy común contratar

para solventar parte de la deuda y se compromete a seguir pagando la hipoteca. En este caso, el comprador puede perder su dinero y jamás ser el dueño del inmueble.

ESCENARIO 3

El dueño legítimo de una vivienda fallece y deja sus bienes a sus tres hijos. Uno de ellos, que tiene el mismo nombre y apellido del progenitor que aparece en el título de propiedad, decide a escondidas vender el inmueble. En este caso, el nuevo comprador, si no verifica la información, pierde todo el dinero invertido y la casa, ya que esta no se podía vender sin la autorización de los otros dos hermanos.

a un abogado, ya que el agente de bienes raíces es quien asesora, en las compras dueño a dueño es necesario contar con uno para que la inversión sea segura y las promesas no se las lleve el viento.


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

¿CUÁL ES LA FUNCIÓN DE UN ABOGADO?

Manufactured Housing Twin Towers Office Center 1106 Clayton Ln. Suite 270W. Austin, TX 78723 (512) 475-2200 (800) 500-7074 processing@tdhca.state.tx.us

En las compras de casas dueño a dueño, el abogado de bienes raíces se ocupa de:

» Revisar y preparar el contrato de compra y negociar todas las cláusulas. » Asesorar con los términos y condiciones del préstamo. » Fijar las condiciones de los pagos

mensuales; esto incluso cuándo se hará, dónde se realizarán los depósitos, qué pasa en caso de no pagar.

» Fijar las condiciones para asegurar la toma de posesión de la propiedad y del título una vez que se terminen de realizar los pagos. » Asegurar que se realizan las inspecciones correspondientes para no tener que pagar más en el futuro. » Ayudar en todo el proceso.

27

ALERTA CON LAS CASAS

PREFABRICADAS

Otra de las mayores estafas en el mercado hipotecario se encuentran en las compras de las casas prefabricadas, conocidas como ‘Mobile Homes’. En este sentido, los delitos se dan no sólo porque se vende el inmueble sin tener la facultad ni título de la misma para hacerlo, sino también porque en varios casos el vendedor hace una falsa promesa de arreglar cualquier desperfecto que tenga la vivienda. Lastimosamente, en este tipo de compra no hay mucho que se pueda hacer para no caer en la trampa, más que pedir que le muestren el título del inmueble,

ya sea nuevo o usado. Con una copia de ese documento y el número de serie del mismo –es un número único para cada casa prefabricada–, el comprador debe ir a las oficinas de Manufactured Housing (ver dirección). Con la información que se provee a esta agencia estatal, se sabrá quién es el dueño de la casa prefabricada, dónde estuvo ubicada y cuál es su situación actual, entre otros detalles importantes. Como complemento, y sin lugar a dudas, lo mejor es contratar a un abogado que ayude en todo el proceso para que no hayan malas sorpresas.

Abogado Gabriel Gutiérrez Jr. f DIVORCIOS

¿LASTIMADO?

f CUSTODIAS

f LESIONES PERSONALES

f ADOPCIÓN f BIENES Y RAÍCES

f NEGLIGENCIA MÉDICA f ACCIDENTES DE AUTO f ACCIDENTES DE TRABAJO

f DEFENSA CRIMINAL f TESTAMENTOS

(512) 472-9211

Lago NORTE

Riverside Dr. Woodland Ave. IH-35

f MANUTENCIÓN

2101 S. IH 35 Suite # 209 (Sobre la lateral de la IH-35)

Oltorf St.

2101 S. IH 35 SUITE #209 AUSTIN, TX 78741 CERTIFICADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DE ESPECIALISTAS EN DERECHOS DE DAÑOS CORPORALES


28

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Matrimonios entre personas

del mismo género TAMBIÉN TIENEN BENEFICIOS LEGALES

»

El matrimonio de parejas del mismo sexo es legal en los siguientes Estados: Connecticut, Delaware, Illinois, Iowa, Maine, Maryland, Massachusetts, Minnesota, New Hampshire, New York, Rhode Island, Vermont y Washington.

IMPORTANTE

Las uniones civiles no deben confundirse con matrimonios. Las uniones civiles otorgan la mayoría de los beneficios de un matrimonio civil, tal como: poder hacer tomar decisiones médicas y derecho a visitar a los niños pero no los beneficios federales. Las uniones civiles son legales en Colorado, Hawaii, Illinois, y New Jersey y no están cubiertas por la decisión de la Corte Suprema aunque algunas agencias federales pueden reevaluar sus criterios en base a esta decisión.

Iguales ante el IRS

El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internas (IRS) decidieron que parejas del mismo sexo, que se casaron legalmente dentro de una jurisdicción que reconoce este tipo de matrimonio, serán tratadas como casados para propósitos del impuesto federal. Este dictamen aplica si la pareja vive dentro de la jurisdicción que reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, o una jurisdicción que no reconoce los matrimonios entre parejas del mismo sexo.

E

l Acta de Defensa del Matrimonio (DOMA) definía el matrimonio como una ‘unión legal entre un hombre y una mujer, como marido y mujer’. DOMA negaba a las parejas del mismo género acceso a beneficios federales y protecciones que estaban disponibles para las parejas heterosexuales. Pero el 26 de junio del 2013, en una decisión dividida, la Corte Suprema decidió que la Sección 3 de DOMA violaba la cláusula de Protección Igualitaria garantizada por la Quinta Enmienda de la Constitución, ya que le ordenaba al Gobierno Federal que no tomara en cuenta a los matrimonios legales de parejas del mismo género y evitaba que calificaran para beneficios federales que sí estaban disponibles para las parejas heterosexuales. La decisión NO legalizó los matrimonios de parejas del mismo sexo en todos los Estados de la Unión Americana, así que la decisión judicial solamente beneficiará a las parejas del mismo género en donde el matrimonio de parejas del mismo sexo ya es legal. Cualquier matrimonio entre personas del mismo sexo que fue legalmente constituido en uno de los 50 Estados de la Unión, el Distrito de Columbia, un territorio de la Unión Americana o un país en el extranjero será protegido por el dictamen. Sin embargo, este fallo no aplica a uniones domésticas o civiles, u otros acuerdos similares reconocidos bajo la ley estatal. En Texas, las parejas del mismo sexo, cuyo matrimonio ocurrió en un Estado donde el matrimonio es legal, pueden tramitar peticiones familiares porque las leyes de migración juzgan la legalidad del matrimonio o divorcio en el Estado o país en donde ocurrió el mismo. Por ejemplo, si una pareja se casa en México y después obtiene el divorcio en Austin o San Antonio (Texas), el matrimonio es legal si se realizó de acuerdo a las leyes mexicanas. El divorcio es legal para propósitos migratorios si fue hecho de acuerdo a las leyes estatales de Texas aunque México no lo reconozca y la pareja tenga que tomar pasos adicionales para que el divorcio sea reconocido en territorio mexicano. Recuerde que las leyes de inmigración lidian con anulaciones de matrimonio, matrimonios, divorcios, y demás, llegadas de todas partes del mundo.


Accidentes de Auto Lesiones Personales Indemnizaciones Inmigración Salario o Tiempo Extra NO PAGADO

Daniel B. Ross

¡NOSOTROS PODEMOS AYUDARLE A RECUPERAR SU DINERO!

ROSS LAW GROUP COMPENSACIÓN LABORAL

Si ha trabajado más de 40 horas a la semana, puede tener derecho a pagos extras no cobrAmos costos De corte, HonorArios o gAstos A MENOS DE QUE USTED GANE SU CASO

TOMAMOS CASOS EN TODO TEXAS Austin • Houston • sAn Antonio • DAllAs

Llame ahora

(512) 474-7677

1104 San Antonio St. Austin, TX 78701 www.rosslawgroup.com

Llámenos para recibir folletos gratuitos sobre: Accidentes de auto, inmigración, horas extras y reservas de propinas.


30

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Conozca las

leyes laborales E

Existen disposiciones legales que pueden otorgarle beneficios

n la mayoría de las circunstancias, los empleadores pueden despedirlo(a) ‘a voluntad’, es decir, en cualquier momento, por cualquier razón; la ley ni siquiera exige que le den una razón por ser despedido(a). Sin embargo, existen algunas excepciones a la regla de despido ‘a voluntad’. Es ilegal que su patrón lo despida: » Por su raza, sexo, color, origen nacional, religión, género, orientación sexual; edad o discapacidad (incluyendo embarazo), condición médica, idioma (o acento), o estado matrimonial. » En incumplimiento de un contrato. Puede haber un ‘contrato implícito’ si usted tiene una expectativa razonable de trabajo continuo (basado normalmente en tener mucho tiempo trabajando para el mismo empleador, promociones continuas y evaluaciones de rendimiento favorables). » Como represalia por ejercer sus derechos legales (presentar una demanda por sueldo no recibido, por ejemplo). » Por haber reportado a su empleador a una agencia de gobierno o a la policía.

El ‘úsalo o piérdelo’ es ilegal

Usted no pierde el tiempo de vacaciones que no ha usado cuando se termina su empleo. Si es despedido o renuncia, usted tiene derecho a recibir el tiempo de vacaciones no usado al igual que su pago final. Aunque su empleador no permita tomar vacaciones si no hasta después de haber trabajado cierto tiempo, usted puede estar ‘acumulando’ beneficios de vacaciones desde el primer día de trabajo. Sin embargo, un empleador puede poner un límite ‘razonable’ al tiempo total de vacaciones que un empleado puede acumular a través del tiempo.

Su ex empleador no puede mentir

Si su empleador previo es contactado para dar una referencia cuando usted solicite un empleo nuevo, puede, por ley, decir cosas malas sobre usted o su rendimiento en el trabajo, con tal de que diga la verdad. Asimismo, el empleador no puede dar información sobre usted o su trabajo sabiendo que es falsa, tratando así de prevenir que usted consiga un nuevo empleo. Además, sí es legal que el patrón dé su opinión sobre su rendimiento (como decir que ‘era indigno de confianza’) , pero no puede decir cosas que son falsas de hecho (‘estaba robando’). Debido a que la diferencia entre lo que es legal o ilegal es tan pequeña, muchos empleadores han decidido que sólo proveerán las fechas en que una persona estuvo trabajando para ellos. Aunque estas políticas han sido ampliamente adoptadas NO son requeridas por la ley.

W


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

No pueden descontarle dinero por error razonable

Es ilegal que un empleador descuente dinero del sueldo de un empleado para reponer un error no intencional, falta de dinero o rompimiento (una pérdida causada por un error o accidente). Para hacer tal descuento, el empleador debe mostrar que el hecho fue causado por la deshonestidad, mala conducta o negligencia del empleado. También es ilegal, en muchas ocupaciones, que un empleador descuente el costo del uniforme o herramientas (excepciones incluyen herramientas y equipo usado en ciertos oficios e instrumental usado por estilistas y manicuristas).

Puede rehusarse a realizar trabajos peligrosos

El Código Laboral de Texas le permite que se niegue a realizar un trabajo peligroso, siempre y cuando sea lo suficientemente arriesgado como para que cualquier persona razonable pensara que su salud o seguridad estarían en peligro al hacer dicho trabajo. Antes de rehusarse a hacerlo, asegúrese de hacerle saber a su supervisor que hay condiciones inseguras. Si la compañía no corrige la situación y usted decide negarse a realizar el trabajo, asegúrese de informarle a su supervisor por escrito o frente a otras personas exactamente por qué se niega a hacerlo.

Tu trabajo vale

Por ley federal, el pago mínimo es $7.25 por hora para todos los empleados. Después de 40 horas de trabajo en una semana, el patrón tiene que pagar a sus empleados tiempo y medio cada hora. Este derecho no aplica a los trabajadores agrícolas o empleados domésticos que vivan en el hogar de trabajo.

Empleado aunque lo llamen ‘contratista independiente’

Su designación como ‘empleado’ o como ‘contratista independiente’ depende de cómo usted hace su trabajo, no por su título. Si usted es empleado, puede recibir seguro de desempleo, compensación de trabajadores, protección de salud y seguridad y protección contra la discriminación. Si usted es clasificado como contratista independiente, no tiene estas protecciones. La diferencia entre un ‘empleado’ y un ‘contratista independiente’ se mide por varios factores. Si responde ‘sí’ a las siguientes preguntas es más probable que usted sea un ‘contratista independiente’. Si responde ‘no’ es más probable que usted sea designado como ‘empleado’:

» ¿Provee usted los materiales, herramientas y/o el lugar de trabajo? » ¿Requiere su ocupación mucha habilidad o destreza? ¿Es realizada

sin supervisión?

» ¿Lo emplean por un corto periodo de tiempo? » ¿Le pagan por cada trabajo? (en vez de pagarle por hora, semana o

año).

» ¿Su trabajo está fuera del negocio regular que le está pagando? (Por ejemplo, un pintor en una escuela tiene más probabilidad de ser un contratista independiente que un maestro). » ¿Hay oportunidad de ganancia o pérdida dependiendo de su habilidad como administrador? » ¿Cree usted que está estableciendo una relación de contratista independiente?

40 años de experiencia ayudando a mis paisanos en asuntos de bienes raíces, herencias, testamentos y fraudes.

MACK RAY HERNÁNDEZ Attorney at Law and Mediator

Soy perfectamente bilingüe.

¡Permítame ayudarle personalmente! MackRay@HernandezLaw.com

901 South MoPac Expressway Barton Oaks Plaza One, Suite 300 Austin, Texas 78746

31

(512) 477-9433 Fax: (866) 819-5374


32

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

ADEMÁS DE LOS CIUDADANOS ESTADOUNIDENSES Y DE LOS RESIDENTES PERMANENTES...

¿QUIÉN MÁS PUEDE CALIFICAR

PARA EL ‘OBAMACARE’?

U

no de los objetivos de la Ley Federal de Protección al Paciente y Cuidado de Salud Asequible, mejor conocida como ‘ObamaCare’, es incrementar la cobertura médica y hacerla más accesible para todos. Bajo esta ley, determinadas personas que están ‘legalmente presentes’ (lawfully present) en la Unión Americana podrían recibir ayuda financiera para adquirir cobertura médica de acuerdo a una escala proporcional que dará más ayuda a quienes tengan menos ingresos económicos. Desafortunadamente, las personas indocumentadas no tendrán acceso a los beneficios de salud creados por el ‘ObamaCare’. Sin embargo, los inmigrantes indocumentados de bajos recursos seguirán siendo elegibles para el Medicaid cuando se trata de servicios médicos de emergencia. Además, podrán obtener servicios médicos de ‘no emergencia’ en ciertos centros de salud comunitarios y hospitales públicos. Los hijos solteros menores de edad de los inmigrantes indocumentados –que son ciudadanos estadounidenses o estén legalmente presentes en el país– podrán tomar ventaja del ‘ObamaCare’, incluyendo la obtención de subsidios para pagar la cobertura médica, siempre y cuando llenen los requisitos correspondientes. Además, seguirán teniendo acceso a programas médicos para niños tales como el Programa de Seguro de Salud para Niños (CHIP). Según un análisis legal realizado por el Centro Nacional de Ley de Inmigración, el Gobierno Federal ha determinado que las siguientes personas se consideran ‘legalmente presentes’ en la Unión Americana –además de los ciudadanos estadounidenses y de los residentes permanentes– y podrían ser elegibles para recibir beneficios del ‘ObamaCare’, siempre que cumplan con determinados requisitos: » Solicitantes para ajuste de estatus que tengan peticiones familiares o de trabajo aprobadas. » Personas que están huyendo de algún tipo de persecución en su país de origen. » Refugiados. » Personas que entraron con permiso condicional a la Unión Americana. » Asilados. » Personas a quienes se les ha otorgado postergación de deportación o remoción. » Personas a quienes se les ha otorgado postergación de deportación o remoción bajo el Convenio en Contra de la Tortura. » Solicitantes de asilo o postergación de deportación/remoción.

PERSONAS QUE HAN VIVIDO EN EL PAÍS POR LARGO TIEMPO

» Aquellos que tienen visas de no inmigrante que no han violado los términos de sus visas » Ciudadanos de Micronesia, las Islas Marshall y Palau.

EXCEPCIONES HUMANITARIAS

» Personas en el Estatus de Protección Temporal (TPS) » Personas que han entrado a la Unión Americana bajo libertad condicional (Parole) » Cubanos y haitianos que han entrado a territorio estadounidense. » Salida Forzada Diferida (Deferred Enforced Departure) » Inmigrantes juveniles especiales.

PERSONAS QUE HAN VIVIDO EN EL PAÍS POR LARGO TIEMPO

SOBREVIVIENTES DE CRÍMENES SERIOS

Los sobrevivientes de violencia doméstica que soliciten o son otorgados ciertos beneficios migratorios cómo VAWA. » Víctimas de Tráfico Humano y ciertos de sus parientes que solicitan o son otorgados la visa T. » Personas que se les ha otorgado o están solicitando la visa U.

Residentes Temporales Legales y personas que solicitan beneficios bajo el Programa de Legalización de la Ley de Reforma y Control de Inmigración (IRCA). » Personas que solicitan beneficios bajo el Programa de Legalización de la Ley de Inmigración Legal y Equidad Familiar (LIFE). » Personas que se les ha otorgado el estatus de Unidad Familiar. » Personas que están solicitando la cancelación de un proceso de deportación o remoción. » Personas con órdenes de supervisión. » Personas que solicitan beneficios bajo el programa de Registro (Registry). Es importante no mentir al solicitar beneficios públicos del Gobierno Federal ya que esto le puede afectar al solicitar beneficios migratorios en el futuro. Ante cualquier duda, consulte con un abogado o representante del Gobierno Federal antes de hacer cualquier trámite.

W


WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

33

ASISTENCIA LEGAL EN MÉXICO The Martínez Law Firm, P.C.

• Juicios Civiles • Familiares • Testamentarios • Mercantiles • Penales • Divorcios • Patria Potestad de Menores-Custodia • Rectificación de Actas • Poderes Notariales • Derecho Empresarial • Migratorio, etc.

(512) 444-0025

Lic. Antonio H. Velasco ¡Consulta 2101 S. IH 35 Ste. 500 Lic. Heriberto Licenciado en GRATIS! Ed Martínez 5to. Piso Austin, TX Derecho Mexicano


34

GUÍA LEGAL 2013 - 2014

WWW.ELMUNDONEWSPAPER.COM

Enfrente el

acoso sexual Este comportamiento compulsivo tiene varios matices y no sólo se reduce a un accionar de índole sexual Expresiones de acoso sexual

Acoso sexual puede ser expresado de varias maneras tal como comentarios sobre su cuerpo o actividad sexual, chistes sexuales, pedidos de favores sexuales, presión para citas, manosear, tocar, miradas no favorables, carteles que degraden a las mujeres, asalto sexual o violación.

Tipos de acoso sexual

E

l acoso sexual consiste de cualquier atención sexual desagradable que usted puede recibir en el trabajo. Es un tipo de discriminación basada en sexo y es ilegal. El acoso sexual está prohibido por ley estatal y federal. Acuérdese que usted no tiene la culpa del acoso sexual; es atención sexual no deseada. Ignorar el acoso no lo hace desaparecer; frecuentemente lo empeora. Genérese un sistema de apoyo y hable del acoso con sus amigos y familia. Y de inmediato documente el acoso. Mantenga un diario personal y apunte las fechas, horarios, lugares y detalles de cualquier incidente, incluyendo testigos. Mantenga todas las cartas escritas, cartas por correo electrónico, recados o fotografías que recibe del acosador. La documentación de la conducta acosadora ayudará a asegurar que no es su palabra contra la palabra del acosador. Hable con compañeros de trabajo que simpatizan con su causa. Usted RECIBA ASISTENCIA puede descubrir que otros están encontránUsted puede obtener información respecto de dose con los mismos problemas y si se quejan los procedimientos que puede iniciar si ha sufrido juntos, las quejas pueden ser recibidas más acoso sexual, comunicándose con la Comisión de seriamente. Lo más importante es hablar con Igualdad de Oportunidad, llamando al su acosador respecto de su conducta. Hágalo 1-800-669-3362. muy claro; dígale que sus acciones son desagradables y que usted desea que las pare. Si usted está incomodo(a) o tiene miedo de estar solo(a) con su acosador, sería una buena idea escribirle una carta. Esa carta debe incluir los datos de lo que ha sucedido usando todos los detalles posibles, incluyendo fechas (o fechas aproximadas), lugares y descripciones de los incidentes. Describa cómo estas situaciones le han hecho sentir (enojado(a), atemorizado(a), etcétera) y consigne sus pensamientos sobre lo que ocurrió. Especifique y reclame lo que usted quiere que ocurra en adelante con alguna de las siguientes frases: ‘Yo deseo que nuestra relación sea puramente profesional’; ‘Yo no quiero que me toque o que haga comentarios con respeto a mi cuerpo’. Mantenga una copia de la carta.

Hay dos tipos principales de acoso sexual: 1. ‘Quid pro quo’ (‘una cosa por otra’); y 2. ‘Ambiente laboral hostil’. ‘Quid pro quo’ se refiere al acoso sexual en el cual un(a) empleado(a) se siente presionado(a) a dar algo para ganar un beneficio relacionado al trabajo. Un(a) empleado(a) puede sentir que tiene que aguantar la conducta acosadora o someterse a pedidos de favores sexuales para evitar meterse en problemas en el trabajo.

La obligación del empleador

Empleadores tienen una obligación de proveer un ambiente laboral sin acoso y responder a las quejas de empleados referentes a alegaciones de acoso sexual. Ley requiere que empleadores tomen pasos razonables para prevenir acoso en el trabajo, incluyendo apostar información en el trabajo sobre acoso y discriminación, y distribuir información sobre acoso sexual.

Procedimientos de agravio de la empresa

Hable con su supervisor (si esa no es la persona que la está acosando) o con otro gerente respecto del acoso. Usted también puede hablar con el departamento de recursos humanos de su oficina; y si existe, también puede hablar con el oficial de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de su empresa.

Demandas y pleitos formales

Si ninguna de estas acciones funciona, usted puede archivar un reclamo formal de acoso sexual. Usted puede archivar un reclamo contra el acosador individual y también contra del empleador en algunos casos.


Traducido por José G. Bruzón

La verdad sobre los cargos relacionados con las drogas NO SEAS UNA VÍCTIMA, NO SEAS UNA ESTADÍSTICA

Norm Silverman (512) 485-3003 Thesilvermanlawgroup.com

S

i usted es acusado de un crimen por drogas, entonces debe prepararse para luchar. Los fiscales no le dejarán salir simplemente porque son amigos de su abogado o porque trabajaron juntos cuando él era fiscal. La única razón por la que un caso relacionado con drogas es descartado se debe a que los fiscales temen perder. Depende de su abogado infundir este temor a su fiscal. Para ello, su abogado debe: (1) Preparar cada caso como si fuera el único y (2) Poseer la trayectoria y la reputación de haberlos derrotado en el pasado.

MUESTRA DE CASOS EN EL PASADO 1998: 10 kilos de cocaína: NO CULPABLE. 2001: 4 kilos de cocaína en un caso de conspiración federal: NO CULPABLE. 2002: 20 kilos de cocaína, condena revertida: CASO DESESTIMADO. 2003: 1 kilo de cocaína, condena revertida: CASO DESESTIMADO. 2003: 4 kilos de cocaína: NO CULPABLE. 2008: 200,000 dosis de MDMA y 25 kilos de cocaína: NO CULPABLE. 2009: 3,000 kilos de marihuana: CASO DESESTIMADO. 2009: Posesión de cocaína: MOCION PARA SUPRIMIR OTORGADO. 2009: 1,000 dosis de éxtasis: CASO DESESTIMADO. 2010: Conspiración de ser cómplice de producir y distribuir una sustancia controlada para vender “cut”: CASO DESESTIMADO. Norm lideró una defensa agresiva que aseguró la desestimación de todos los cargos contra 32

personas con nexos Musulmanes, en la Corte Federal de la Florida. Todos los acusados tenían nexos Musulmanes. Le reto a buscar otro abogado con mi récord. Muchos abogados que solicitan un caso no tienen la menor idea de cómo ganarlo. Quiero que comprendas lo que hago y por qué funciona.

Por definición, los informantes criminales son considerados como poco confiables. Como Justice Jackson Jackson dijo hace 40 años: “El uso de informantes, accesorios, cómplices, falsos amigos o cualquiera otro tipo de traición, que son ‘negocios sucios’, puede levantar serias dudas de credibilidad”.

Hay tres defensas principales contra cargos de drogas 1. Ilegal registro y decomiso. Todas las requisas deben basarse en una orden judicial, causa probable y circunstancias exigentes o con permiso. • Orden de registro: Muchos abogados sienten que si la policía tiene una orden de cateo es porque había una buena razón para hacerlo; pero esto NO ES CIERTO. La ley requiere que la orden de registro declara la causa probable para la búsqueda dentro de sus cuatro esquinas. Esto significa que los hechos en que se basan para establecer una causa probable no se pueden cambiar después en la corte por un policía que miente. • Causa probable + circunstancias exigentes: Esto significa que la policía tenía una causa probable y una excusa razonable para explicar su fallo en conseguir una orden. Por ejemplo, te paran mientras conduces y huelen olor a marihuana quemada. El olor es la causa probable y la movilidad del coche es la exigencia. Pero hay límites a esta regla. La policía no puede crear su propia exigencia. Por ejemplo, no puede entrar a su hogar basado solamente en el olor de la marihuana. • Permiso: Una persona nunca debe permitir una requisa. Pero si usted aceptó, no todo está perdido. El permiso debe ser un acto libre y voluntario. Amenazas como cargar a otros,, de llevar sus hijos a Child Protective Services (CPS) –Servicios de Protección al Menor–, o de llamar a inmigración pueden estar bajo un permiso involuntario. Asimismo, un permiso que se da solamente después de una arresto ilegal o detención puede que no sea válido por la ley.

Pillamos a los informantes Tenemos años de experiencia en llegar al fondo de sus problemas con los informantes. Nuestros investigadores son ex policías de narcóticos. Si el gobierno pretende decir que no involucraron a un informante, diciendo que era un paro de tráfico ‘normal’, NOSOTROS ENCONTRAMOS LA VERDAD. • Si el gobierno admite que estuvo involucrado un informante pero intenta ocultar su identidad, NOSOTROS ENCONTRAMOS LA VERDAD. • Si el gobierno revela la identidad de un informante, pero intenta decir que es creíble, NOSOTROS ENCONTRAMOS LA VERDAD.

2. Participación de un informante Un gran número de casos son el resultado directo de la acción de un informante. Generalmente, los informantes mienten, engañan y hasta roban para obtener lo que quieren. A veces lo hacen para ayudarse a ellos mismos y desestimar sus propios casos legales, o el caso de un familiar. A veces, significa la reducción de su condena o entrega de dinero en efectivo.

3. Insuficiente prueba de conocer la posesión de las drogas El acusado siempre presume que es inocente. No es contra la ley ser descubierto cerca de las drogas. No es contra la ley estar en una misma casa con drogas. No es contra la ley que en el mismo auto donde viaja hayan drogas. Pero si es contra la ley que a conciencias, usted cuide, custodie, controle o administre las drogas. NO TIENE QUE PROBAR QUE NO SABÍA QUE LAS DROGAS ESTABAN PRESENTES. El gobierno TIENE QUE PROBAR QUE USTED SI SABÍA. En Pocas Palabras Si usted ha sido acusado en un caso de drogas, su futuro estará determinado por la elección del abogado. ¿Está destinado a ir a la prisión? Tendría que vivir la vida como un criminal condenado, sin la esperanza de conseguir un buen trabajo, asistir a la universidad o conseguir vivienda; o ¿vas a continuar la vida con un borrón y cuenta nueva? Si has leído hasta ahora, el próximo paso es llamarme. Hacerlo puede salvar tu vida, tu reputación y la de tu familia.

Grupo Jurídico Silverman 501 N. IH-35 Austin, TX 78702


The Martínez Law Firm A PROFESSIONAL CORPORATION

¿QUIÉN ES SU ABOGADO? Lic. Heriberto Ed Martínez

* ACCIDENTES DE AUTOS * ACCIDENTES DE TRABAJO * ACCIDENTES SERIOS

* Liberación de la Cárcel * Defensa Criminal

(512) 444-0025 NORTE

8401 Research Blvd. Ste. B Austin, TX 78758

OFICINA PRINCIPAL SUR

2101 S. IH 35 Ste 500 5to. Piso Austin, TX 78741

w w w. t h e m a r t i n e z l a w f i r m . c o m


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.