Residuos peligrosos

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Residuos Comerciales Requisitos específicos para residuos peligrosos


Requisitos de identificación 1. ¿Qué requisitos de identificación debe de cumplir si genera residuos peligrosos?

Debo identificar los residuos antes de la entrega y determinar sus características de peligrosidad (de acuerdo con el código LER).

Obligaciones de información

2. ¿Qué requisitos de información debe de cumplir si genera residuos peligrosos?

Si genero residuos comerciales peligrosos debo enviar anualmente a la Comunidad Autónoma una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico.

Para más información sobre cómo cumplir dicho requisito, véase la web de la Comunidad de Madrid.

Almacenamiento 3. ¿Qué requisitos de almacenamiento debe de cumplir si genera residuos peligrosos? Debe cumplir los siguientes requisitos:

• Para el almacenamiento, debo protegerlos de la intemperie y utilizar sistemas de retención de vertidos y derrames.

• Almacenamiento máximo en el lugar de generación: seis meses (posibilidad de prórroga excepcional de seis meses).

• No mezclar residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales.


Envasado y etiquetado 4. ¿Qué requisitos de envasado y etiquetado debe de cumplir si genera residuos peligrosos? Debe cumplir los siguientes requisitos:

• Los residuos peligrosos deben estar envasados, de acuerdo con la normativa de sustancias peligrosas. Consulte a su gestor de residuos sobre cómo llevar a cabo el envasado de residuos.

• Los recipientes o envases que contengan residuos peligrosos deben estar etiquetados de forma clara

y visible, legible e indeleble. Consulte a su gestor de residuos sobre cómo llevar a cabo el etiquetado de residuos.

¿Qué requisitos deben cumplir estas etiquetas? Deben contener la siguiente información: • • • • •

El código LER y la descripción del residuo Código y descripción de las características de peligrosidad de acuerdo con el anexo I de Ley 7/2022. Nombre, asignación de Número de Identificación Medioambiental (en adelante «NIMA»), dirección, postal y electrónica, y teléfono del productor o poseedor de los residuos. Fecha en la que se inicia el depósito de residuos. La naturaleza de los peligros que presentan los residuos, que se indicará mediante los pictogramas descritos en el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008.

Debe tener una dimensión mínima de 10x10 cm. Debe estar firmemente fijada al envase. Deben ser anuladas, si fuera necesario, las indicaciones o etiquetas anteriores, de forma que no induzcan a error o desconocimiento del origen y contenido del envase. No será necesaria una etiqueta cuando sobre el envase aparezcan marcadas de forma clara las informaciones indicadas.

Residuos asimilables a domésticos peligrosos 5. ¿Qué debe hacer con los residuos peligrosos que genere en pequeñas cantidades y que son asimilables a domésticos?

A los residuos peligrosos que genere en pequeñas cantidades y que son asimilables a los que se pueden producir en el hogar (que tengan la consideración de “residuos domésticos peligrosos”), no se les aplican los requisitos que acabamos de comentar, hasta que no hayan sido entregados a los sistemas de recogida municipal (recogida especial puerta a puerta o punto limpio).

Puede ser el caso de envases que contengan restos de sustancias peligrosas (raticidas, insecticidas, productos químicos de limpieza/desinfección, etc.). Si tiene dudas sobre cómo y cuándo sus residuos pueden ser considerados residuos domésticos peligrosos y ser entregados a la Mancomunidad, póngase en contacto previamente con la Mancomunidad a través del siguiente correo electrónico: autonomosmicroempresas@sierranorte.madrid.


Guía sobre gestión de los residuos comerciales


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