GeopolĂtica del conocimiento jurĂdico
BIBLIOTECA UNIVERSITARIA Ciencias Sociales y Humanidades
Filosofía política y del derecho
GeopolĂtica del conocimiento jurĂdico
Daniel Bonilla Maldonado (Compilador)
Bonilla, Daniel Geopolítica del conocimiento jurídico / Daniel Bonilla Maldonado, Jorge L. Esquirol, Jeremy Perelman; traductor Carlos Morales de Setién Ravina; compilador Daniel Bonilla Maldonado. – Bogotá: Siglo del Hombre Editores y Universidad de los Andes, 2015. 368 páginas; 21 cm. -- (Biblioteca universitaria de ciencias sociales y humanidades) 1. Derecho 2. Derecho y sociedad 3. Geopolítica I. Esquirol, Jorge L, autor II. Perelman, Jeremy, autor III. Morales de Setién Ravina, Carlos, traductor IV. Tít. V. Serie. 320.12 cd 21 ed. A1497921 CEP-Banco de la República-Biblioteca Luis Ángel Arango
Título original: Daniel Bonilla (ed.), Constitutionalism of the Global South, Cambridge University Press, New York, 2013. By permission. © Daniel Bonilla Maldonado La presente edición, 2015 © De la traducción de los capítulos de James J. Silk, David Bilchitz, Jeremy Perelman y Jorge L. Esquirol, Carlos F. Morales de Setién Ravina © Siglo del Hombre Editores Cra 31A n.º 25B-50, Bogotá D. C., Colombia PBX: (57-1) 337 77 00, fax: (57-1) 337 76 65 www.libreriasiglo.com © Universidad de los Andes Cra. 1 n.º 18A-10 Bogotá, D. C. PBX: (57-1) 339 49 49 - ext. 2382, fax: (57-1) 281 21 30 www.uniandes.edu.co Carátula Juan Felipe Sanmiguel Armada electrónica Ángel David Reyes Durán ISBN: 978-958-665-361-9 Impresión Panamericana Formas e Impresos S. A. Calle 65 n.º 95-28, Bogotá D. C. Impreso en Colombia-Printed in Colombia Todos los derechos reservados. Esta publicación no puede ser reproducida ni en su todo ni en sus partes, ni registrada en o transmitida por un sistema de recuperación de información, en ninguna forma ni por ningún medio, sea mecánico, fotoquímico, electrónico, magnético, electroóptico, por fotocopia o cualquier otro, sin el permiso previo por escrito de la editorial.
Índice
Introducción La geopolítica del conocimiento jurídico: teoría y práctica....................................................... Daniel Bonilla
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I. El conocimiento jurídico y el poder............................ 17 II. La superestructura de la economía política del conocimiento jurídico: dos modelos..................... 19 III. El libre mercado de las ideas jurídicas........................ 22 IV. El modelo colonial de producción de conocimiento jurídico............................................. 27 V. La economía política del conocimiento jurídico en acción...................................................................... 36 Consultorios jurídicos universitarios en el Norte y Sur Globales: entre la igualdad y la subordinación. ................
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Daniel Bonilla
I. La dinámica centro-periferia en el mundo académico del derecho del derecho y los consultorios jurídicos universitarios................... 52
A. La relación vertical entre los consultorios jurídicos universitarios.......................................... 52 B. La realidad detrás de esta imagen de homogeneidad.................................................. 65 II. El contexto de los consultorios jurídicos y el desbalance entre sus objetivos.............................. 76 A. Tres tipos de proyectos desarrollados en los consultorios jurídicos.................................. 77 a. Las comisiones de investigación de los hechos (fact finding missions)........................................ 77 b. Consultorías........................................................ 85 c. Seminarios.......................................................... 92 B. El (des)balance entre la justicia social, el desarrollo profesional y los fines pedagógicos.. 94 III. Tres criterios normativos............................................. 103 ¿Del imperio a la empatía? La colaboración entre consultorios jurídicos del norte global y el sur global
Un ensayo en conversación con Daniel Bonilla.................................................. 111 James J. Silk I. ¿La estructura de la dominación Norte-Sur y la subordinación es inevitable? Tomarse en serio los ejemplos de la igualdad y la reciprocidad.............. 116 II. El individuo en la estructura Norte-Sur: caminando al paso de los privilegios y los viejos prejuicios… ¿o resistiéndose a ellos?............................................... 121 III. La misión de la justicia social en el centro de la educación jurídica en los consultorios jurídicos universitarios: fuente de compromiso y empatía...................................................................... 124 IV. La solidaridad humana: la búsqueda del principio de universalidad de los derechos humanos................. 130
V. La confluencia de la solidaridad y la universalidad: adoptar el imperativo de la empatía y la humildad de su fracaso inevitable................................................ 135 VI. Responsabilidad individual: aplicar los principios a la práctica........................................... 138 VII. Conclusión: escapar del determinismo estructural haciéndonos responsables........................................... 139 La creación de un espacio “intermedio”: hacia una concepción de intercambios en condiciones de igualdad en el mundo académico jurídico del Norte y el Sur Globales......................................................
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David Bilchitz
I. Introducción................................................................ 141 II. El problema: la desigualdad y sus efectos en los intercambios entre el Sur y el Norte Globales....... 146 A. Desigualdad entre Norte y Sur en la producción de conocimiento........................ 147 B. Los efectos de la desigualdad en las relaciones.... 151 III. Beneficios instrumentales de los intercambios globales y la (re)valoración del Sur Global.............................................................. 157 A. Beneficios derivados del intercambio y diversidad de condiciones.................................. 158 B. Oponerse a las valoraciones desiguales del Norte y el Sur Globales................................... 161 1. Lo “antiguo” y lo “nuevo”................................... 162 2. Ser especialista frente a ser generalista................ 164 3. Desapego frente a involucramiento..................... 166 IV. El valor intrínseco de los intercambios: una perspectiva africana.............................................. 172 A. Relaciones en la teoría moral y el derecho africanos................................................................. 173
B. ¿Hacia un modelo africano de relaciones globales?................................................................ 178 1. Relaciones como fines en sí mismos.................... 179 2. Relación y diálogo............................................... 180 3. Relaciones y sus implicaciones morales............... 181 4. Identificación...................................................... 181 5. Solidaridad.......................................................... 183 V. Conclusión................................................................... 185 Activismo transnacional de derechos humanos, colaboraciones en consultorios jurídicos y economía política de la responsabilidad de los consultorios jurídicos ante la sociedad: la cartografía del espacio intermedio. ...............
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Jeremy Perelman
I. El activismo de derechos humanos orientado a la economía: un mapa preliminar............................. 205 A. El normativismo de derechos humanos de Naciones Unidas y la juridificación del desarrollo......................................................... 208 B. Tendencias innovadoras en el activismo de los derechos humanos...................................... 214 1. Nuevos caminos para la denuncia y el avergonzamiento abiertos por las ong................ 215 2. Activismo crítico-pragmático de derechos humanos.............................................................. 218 3. Activismo centrado en la producción económica........................................................... 223 II. Práctica de derechos humanos orientada a la economía y el dilema del “Norte Global” frente al “Sur Global”: cartografiar un espacio intermedio.. 227 A. El Proyecto Ghana: los derechos como huellas y las prácticas del activismo crítico-pragmático de derechos humanos............................................ 232
1. El proyecto del Legal Resources Center de Harvard-Ghana y la práctica de derechos como huellas....................................................... 235 2. Confianza y guiones abiertos como práctica de encuentro........................................................ 239 3. La práctica del pluralismo reflexivo.................... 244 4. Incorporar la práctica experimental a una economía política expansiva de la responsabilidad ante la sociedad................. 247 B. Los derechos humanos, el desarrollo económico y la globalización, y el programa de consultorio jurídico universitario en la Facultad de Derecho de Science Po..................................... 252 1. El programa de consultorio jurídico universitario en la Facultad de Derecho de Science Po: génesis, contexto y aparición........ 253 2. Human Rights, Economic Development and Globalization: oportunidades y retos en la práctica del activismo de derechos humanos orientado hacia la economía................ 270 III. Conclusión: cartografiar las fronteras de “un espacio intermedio” en la práctica del activismo transnacional de derechos humanos........... 284
El nuevo latinoamericanismo jurídico....................... 289 Jorge L. Esquirol I. Introducción................................................................ 289 II. El discurso jurídico en Latinoamérica........................ 293 III. Estudios jurídicos latinoamericanos............................ 295 A. Las formas dominantes......................................... 300 B. La lógica de la reforma para el desarrollo............. 303 C. La repercusión de los estudios jurídicos latinoamericanistas en Latinoamérica................... 305 D. La geopolítica del latinoamericanismo jurídico... 308
IV. Hacia un nuevo pensamiento académico sobre “el derecho en Latinoamérica”.......................... 313 A. Derecho y sociedad............................................... 315 B. Análisis distributivo............................................... 318 C. Esencialismo.......................................................... 322 D. Los latinoamericanos como los nuevos latinoamericanistas................................................ 326 E. Crítica en el centro................................................ 329 V. Conclusión................................................................... 332 Un examen a los intercambios académicos: más allá de la división entre Norte y Sur........... 335 Isabel C. Jaramillo Sierra I. Introducción................................................................ 335 II. Tres debates sobre el conocimiento legal y su naturaleza específica pero objetiva....................... 337 A. Derecho comparado: entre la cultura y la naturaleza........................................................ 338 B. Derecho internacional: responsabilidad nacional, grupos sociales y poder.......................... 344 C. La naturaleza objetiva del conocimiento legal...... 348 D. El argumento de una división entre Norte y Sur en el contexto del conocimiento legal......... 352 III. Prácticas de intercambio académico........................... 353 A. Visitantes de las facultades de derecho estadounidenses..................................................... 355 B. Visitantes de las facultades de derecho latinoamericanas.................................................... 361 IV. Algunas conclusiones e ideas preliminares sobre las futuras investigaciones................................................. 366
Introducción La geopolítica del conocimiento jurídico: teoría y práctica Daniel Bonilla*
La economía política1 del conocimiento jurídico determina cuáles son los productos jurídicos que deben crearse, su valor, los canales para su intercambio y las formas en que deben ser usados.2 Esta economía política está constituida por dos dispositivos que se entrecruzan tanto práctica como analíticamente. * Profesor asociado de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes y director del Grupo de Derecho de Interés Público de la misma facultad. 1
Barry Stewart Clark, Political Economy: A Comparative Approach (1998), pp. 18-20.
2
Véase Daniel Bonilla, “La economía política del conocimiento jurídico”, 26 Brazilian Journal of Empirical Legal Studies vol. 2, n. 1 (2015). En este artículo presento una discusión detallada sobre los dispositivos culturales y prácticos que componen la economía política del conocimiento jurídico. En particular, me concentro en el análisis de los dos modelos que menciono brevemente en esta introducción: el libre mercado de las ideas jurídicas y el modelo colonial de producción de conocimiento jurídico.
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Por un lado, tenemos el conjunto de normas que regulan la conducta de los operadores jurídicos; la superestructura de esta economía política.3 Este conjunto de reglas y principios articula los mandatos que deben guiar a los operadores del derecho que están interesados en crear conocimiento jurídico, importarlo o exportarlo, utilizarlo o lograr su reconocimiento. Por el otro lado, están las prácticas y las relaciones de poder dentro de las cuales efectivamente se crea, intercambia, legitima y pone en operación el conocimiento jurídico, la estructura de esta economía política.4 La relación entre estos dos componentes de la economía política es de doble vía. Están imbricados y se condicionan mutuamente. El dispositivo normativo y simbólico no es simplemente una consecuencia de las relaciones de poder que determinan las prácticas en este campo social. La estructura no es una representación del armazón conceptual que la describe, critica e intenta gobernar. El dispositivo práctico y el conceptual están constantemente interactuando y modificándose mutuamente. Los continuos entrecruzamientos, encuentros y conflictos que caracterizan su existencia determinan sus contornos y formas básicas. El concepto de derecho que domina la conciencia jurídica de los operadores de una comunidad política, por ejemplo, determina una parte significativa de sus acciones.5 Así, en una comunidad en donde el concepto formalista del derecho controla la imaginación jurídica, los jueces intentarán materializar los componentes normativos del mecanicismo judicial.6 La
3
Véase Raymond Williams, Base and Superstructure in Marxist Cultural Theory, en Meenakshi G. Durham y Douglas Kellner. Media and Cultural Studies: Key works (2006).
4
Ibid.
5
Paul Kahn, Political Theology: Four New Chapters of Sovereignty (2011), p. 93.
6
Sobre el formalismo jurídico latinoamericano véanse Daniel Bonilla, El formalismo jurídico, la educación jurídica y la práctica profesional del derecho en
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teoría de la decisión judicial que es consecuencia del concepto formalista del derecho, interiorizada por los jueces a través de procesos implícitos o explícitos, determinará sus conductas. Estos jueces formalistas intentarán presentar sus decisiones como neutras y describirán sus prácticas como una mediación entre normas jurídicas y hechos que no está contaminada por su subjetividad. En consecuencia, el juez articulará y presentará sus productos jurídicos —las sentencias— como la consecuencia de un proceso lógico particular: el silogismo. Esta descripción, claro, está entretejida con categorías más abstractas como la separación entre sujeto y objeto de conocimiento, objetividad, razón y verdad de las que el juez puede o no estar consciente. Los conceptos jurídicos, es importante no perderlo de vista, se localizan en una red epistemológica más amplia de la cual son solamente un nodo. Sin embargo, el concepto de derecho dominante —la superestructura jurídica— no es autónoma frente a las prácticas jurídicas y frente a los equilibrios de poder que se dan en el campo del derecho. Estos y aquellas lo determinan en parte. Siguiendo con el ejemplo, los cambios en las prácticas judiciales también pueden determinar cambios en las estructuras simbólicas y conceptuales que describen y evalúan la decisión judicial. El arribo de una nueva generación de jueces, por ejemplo, puede transformar la manera como se redactan, fundamentan y socializan las sentencias. Estos jueces, bien organizados y con una conciencia política sólida, pueden cambiar las relaciones de poder en la judicatura y poner en cuestión el mecanicismo judicial. No obstante, la relación entre la estructura y la superestructura jurídicas es más compleja aún. No son dispositivos estables y autónomos que solo interactúan en momentos excepcionales en donde se transforman parcial o totalmente. Las conexiones entre Latinoamérica, en Helena Olea (ed.), Derecho y pueblo mapuche (2013); y Rogelio Pérez-Perdomo, Rule of Law and Layers in Latin American, Annals of the American Academy of Political and Social Science (2005), p. 110.
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estos dos componentes de la economía política del conocimiento jurídico son mucho más estrechas, continuas y cotidianas. Así, la nueva generación de jueces que triunfa en el campo jurídico, para continuar con el análisis del ejemplo, no actúa mecánicamente o motivada solo por el deseo de acceder al poder. Ellos están guiados por un conjunto de ideas jurídicas, originalmente marginales, con las que fueron educados o con las que tuvieron contacto durante su práctica profesional. Las nuevas formas de creación de conocimiento jurídico —en este caso, de articular, fundamentar y difundir sentencias—, pueden, por ejemplo, ser producto de nuevas reflexiones sobre la legitimidad de los jueces y el control que deben ejercer los ciudadanos sobre ellos. En los casos difíciles, las nuevas sentencias, por tanto, presentarían de manera explícita y clara los elementos extrajurídicos que las determinan. La vieja guardia jurídica será entonces desbancada o debilitada y las nuevas formas de pensar la decisión judicial podrán dominar o entrar a ser parte de la conciencia jurídica de los operadores de esa comunidad política. El dominio del formalismo jurídico en una comunidad política, por tanto, no es un simple reflejo de las relaciones de poder y una reproducción de las prácticas dominantes en la conciencia jurídica. El dominio de una teoría mecanicista de la decisión judicial no puede explicarse de manera precisa y completa como el producto de una única variable: el conjunto de prácticas ritualistas, que son consecuencia del balance de poder jurídico, dentro de una comunidad en donde triunfó un sector conservador de la comunidad jurídico-política. De igual manera, el reemplazo o relativización del concepto formalista del derecho en la comunidad tampoco puede comprenderse solo como un cambio en las prácticas jurídicas, que es consecuencia de unas nuevas relaciones de poder entre los operadores que constituyen a la comunidad jurídica, por ejemplo, el triunfo de un sector liberal o de izquierda en el mundo académico, la política o la economía. El balance de poder político que determina el triunfo del antiformalismo o el formalismo en la conciencia jurídica es, a 16
su vez, consecuencia de una serie de ideas que condicionan la acción de los operadores jurídicos que entran en la lucha por el derecho. Los jueces que se ven influidos por ideas que, por ejemplo, describen y analizan la influencia de elementos extrajurídicos en los casos difíciles o que consideran que eliminarlos de la decisión judicial permite garantizar valores como la igualdad y la seguridad jurídica. La estructura y la superestructura jurídicas, como lo ilustra este ejemplo, están entretejidas y se influencian mutuamente de manera continua. En ocasiones, el aparato conceptual se corresponde con las prácticas de manera notable y el campo goza de una considerable estabilidad. Las transformaciones en los dos componentes se dan dentro del marco de referencia teórico y práctico dominante. En otras, el conflicto es lo que caracteriza las relaciones entre estos dos componentes de la economía política del conocimiento jurídico. Tanto en el aparato conceptual y simbólico como en las prácticas encontramos centros y periferias que interactúan constantemente. Prácticas y conceptos que se consideran dominantes son puestos en cuestión o reemplazados por prácticas y conceptos alternativos.
I. El conocimiento jurídico y el poder El análisis de la economía política del conocimiento jurídico, por tanto, pone en evidencia que el conocimiento jurídico es una forma de poder que tiene dinámicas propias e importantes implicaciones prácticas.7 El conjunto de normas y actividades que componen esta economía política determina cuestiones como cuáles son los objetos de estudio que se consideran valiosos en las facultades de derecho; cuáles son las contextos de
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Para un análisis sobre cómo funciona la economía del conocimiento jurídico en el campo del derecho constitucional véase Daniel Bonilla, “Introduction”, en Daniel Bonilla (ed.), Constitutionalism of the Global South: The Three Activist Courts of India, South Africa and Colombia (2013).
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