LA VILLA DEL ROSARIO DE CÚCUTA: CUNA DEL ESTADO NACIONAL COLOMBIANO

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LA VILLA DEL ROSARIO DE CÚCUTA: CUNA DEL ESTADO NACIONAL COLOMBIANO

Devenir histórico de los Valles de Cúcuta y la Villa de Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta, 1549-1821

Silvano Pabón Villamizar Historiador UIS

VILLA DEL ROSARIO 2020


La Villa del Rosario de Cúcuta: cuna del Estado nacional colombiano Por: Silvano Pabón Villamizar Historiador UIS Académico de Número

Introducción La historia de la institucionalidad primigenia de la actual municipalidad de Villa del Rosario, aunque corresponde al desarrollo poblacional de la segunda mitad del Siglo XVIII, está vinculada a los tiempos y procesos poblacionales de las dos centurias anteriores, pues inició en el Siglo XVI con la ocupación e incorporación de los originalmente llamados llanos y valles de Cúcuta al mundo hispánico con la fundación de la ciudad de Pamplona en 1549 y la Villa de San Cristóbal en 1561, cuyos términos y jurisdicciones se fijaron justo por el cauce de los ríos Táchira y Cúcuta. De hecho, las vegas bajas del río Táchira fueron compartidas jurisdiccionalmente por los cabildos de la ciudad de Pamplona y de la villa de San Cristóbal, donde sus vecinos, de una y otra unidad territorial, asentaron importantes unidades agroganaderas desde los primeros tiempos de vida hispánica. En el Siglo XVII se estableció la doctrina y pueblo de indios de Cúcuta, 1641, erigida como la primera unidad territorial de estos estratégicos valles, así fuera en el marco de la “República de los Indios”, constituía en todo caso la posibilidad de que los pobladores blancos del sector empezaron a ser asistidos espiritual y sacramentalmente por el cura doctrinero de dicho pueblo. Luego, ya avanzado el Siglo XVIII, el número de vecinos blancos y mestizos como de esclavos localizados en las haciendas y conucos de cacao exigió una mejor administración eclesiástica, razón por la cual se decidió en 1750 erigir una viceparroquia intitulada Nuestra Señora de la Concepción en la margen izquierda del río Táchira, sufragánea del Cura y Vicario de la parroquia de San Joseph de Guasimal, aunque ocasionalmente podía ser servida o atendido sus feligresado por el doctrinero de Cúcuta. Sin embargo, como el asiento de la capilla de la viceparroquia de nuestra Señora de la Concepción se localizó en la parte baja de las vegas del río Táchira, los vecinos asentados vegas arriba no les quedaba muy cerca y dado su crecido número, decidieron para 1761 erigir una nueva viceparroquia con la advocación de Nuestra Señora del Rosario, también sufragánea del curato de San Joseph del Guasimal. La prosperidad del vecindario en virtud de sus exitosas plantaciones de cacao, la llegada de nuevos pobladores e inversionistas a estos valles, por el despoblamiento de la ciudad de San Faustino de los Ríos, cuyos vecinos más notables se mudaron a estos valles de Cúcuta, como la presencia de inmigrantes hispánicos, mediterráneos y franceses que engrosaron estos vecindarios en las décadas finales del siglo XVIII, fueron condiciones que pulsaron, tanto la erección de la parroquia formal de Nuestra Señora del Rosario, como su pronto ascenso político al ser titulada en 1792 como “muy noble, leal y valerosa villa de Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta”. Pero la Villa de Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta no solo cosechaba logros económicos con su producción de cacaos y excelente comercio con San José de Cúcuta, con la ciudad de Pamplona, con la región del Táchira y por supuesto con la ciudad de Maracaibo, sino que reaccionó exitosamente contra los quebrantos y plagas del cacao diversificando su agroindustria hacia la


siembra y beneficio de café. Una formidable alianza de uno de sus empresarios más solventes, Don Pedro Chaveau1, con Don Gervasio Rubio2, hacendado y empresario del Táchira, permitió el ingreso del cultivo del café a estas tierras, de tal modo que ya para el año de 1803, estas plazas estaban exportando café a través del río Zulia y puerto de Maracaibo. La institucionalidad de la parroquia formal de Nuestra Señora del Rosario no obedeció a un proyecto poblacional o parroquial complicado o accidentado, como sí lo fueron los casos de las erecciones parroquiales de San Joseph y San Cayetano. Se trató sí de dar respuesta pastoral y eclesiástica a un importante grupo de vecinos que se hallaban ciertamente retirados de la capilla doctrinera de Cúcuta, y más aún con el río Pamplona de por medio con la parroquia de San José, erigida en 1734. Ahora bien, en términos del interactuar jurisdiccional entre los distintos cabildos y gobiernos coloniales sobre el imbricado valle de los ríos Táchira y Pamplona, es necesario reconocer que a partir de la década del 1740, tiempo en que se registra una importante reivindicación político administrativa de la ciudad y gobernación de San Faustino de los Ríos, las riberas del Táchira, asiento del feligresado que daría origen al nuevo curato de Nuestra Señora del Rosario se puso bajo la administración del Gobernador de aquella ciudad. Fue así como los vecinos más notables o acomodados, apoyados por el Gobernador de San Faustino, lograron poco tiempo después, en 1774, que la joven viceparroquia fuera titulada como curato formal bajo la misma denominación y advocación mariana de Nuestra Señora del Rosario. Los valles de Cúcuta llegaron a las postrimerías del sistema hispánico como a los albores de la República con tres curatos establecidos en el lado del Nuevo Reino de Granada; dos parroquias y la vieja doctrina del pueblo de indios de Cúcuta, las servían de base al vertiginoso ascenso demográfico y económico del sector, merced a la producción y comercialización del cacao, las mieles y el ganado mayor; así como su favorable y estratégica posición geopolítica. El tránsito de la parroquia de Nuestra Señora del Rosario a su titularidad en villa con gobierno autónomo obedeció a un proyecto conjunto con su vecina San Joseph del Guasimal. Ambas consiguen en 1792 sendas cédulas reales, donde se elevaron políticamente a cada una de ellas con los títulos de muy “Noble, Valerosa y Leal” Villa.

1. El topónimo “Cúcuta” y su primacía en la región En noviembre de 1549 arribó la hueste del Capitán Ortún Velasco y Don Pedro de Orsúa a las tierras bajas de los actuales ríos Pamplonita y Táchira, después de haber atravesado de sur a norte la provincia de los Chitareros, prehispánicos habitantes de Sierras Nevadas. Allí fueron recibidos por una parcialidad indígena que vivía en los pastizales y bajo grandes y frondosos árboles de las 1

Don Pedro Chaveau fue un inmigrante francés que llegó a la Villa del Rosario de Cúcuta a finales del Siglo XVIII. Tuvo notable éxito como empresario y comerciante. Constituyó una boyante empresa agroganadera con Don Gervasio Rubio, terrateniente del Táchira, para introducir el cultivo de cafetos en la banda izquierda del río Táchira. Fue el mayordomo de fábrica y constructor del templo parroquial o Iglesia Mayor de la Villa del Rosario de Cúcuta, obra que se ejecutó entre 1798 y 1808, año en que fue bendecida y consagrada a los oficios religiosos. 2 Don Gervasio Rubio fue un destacado hacendado, terrateniente, empresario y comerciante tachirense de finales del Siglo XVIII y principios del XIX, impulsor del cultivo del café en el Táchira. De su emporio agrícola y ganadero surgió la población de Rubio, actual capital del municipio Junín del estado Táchira venezolano.


vegas de aquellos afluentes, cuyo cacique principal dijo llamarse Cúcuta, nombre que generó la creciente y pronta supremacía de este sonoro onomatopónimo3 que terminó dándole nombre a diversos elementos geográficos de toda una estratégica región. La fuerza y primacía del topónimo Cúcuta inició con la relevancia del cacique Cúcuta y sus sujetos en un sitio sumamente estratégico para los vecinos de la recién fundada ciudad de Pamplona de Indias, pues constituían un repartimiento y encomienda de indios que hacía posible que estos extensos llanos y valles fértiles fueran aplicados a la ciudad como ejidos para pastoreo de ganado mayor, como para asignación de estancias y caballerías para aquellos vecinos que iniciaron la implementación sendas unidades agroganaderas para la producción de mieles y azúcar en sus plantaciones de caña dulce. Ahora bien, Cúcuta como topónimo y punto de referencia para múltiples actividades administrativas, económicas y logísticas en la construcción del territorio hispánico desde la plaza de Pamplona, así como por lo estratégico de su entorno, empezó a aplicarse para diversos componentes de la geografía regional: 1) Cacique Cúcuta: La hueste de don Pedro de Orsúa y el Capitán Ortún Velasco, fundadores de la ciudad de Pamplona, reconocieron, apuntaron y repartieron indios del cacique “Cucutaquemarí” y sus sujetos en Miguel de Tiebas, quien en 1552 los vendió a Sebastián Lorenzo, según título de encomienda protocolizado por el propio Capitán Orsúa en Suratá. También recibieron indios de los “Llanos de Cúcuta” o fueron sus encomenderos Don Alonso Duran el viejo, Andrés de Rodas, el capitán Juan de Torres, Don Dionisio Velasco y Don Cristóbal de Araque y Ponce de León. “Cucutaquemarí” era el nombre del cacique en el título de encomienda. Los españoles terminaron llamándolo Cúcuta, generándose de inmediato el poderoso topónimo que dio nombre a todo un territorio en tiempos coloniales y componentes de la historia republicana como el Terremoto de Cúcuta y el Ferrocarril de Cúcuta4. 2) Llanos de Cúcuta: Fue la primera aplicación de Cúcuta como topónimo. Llamaron los españoles vecinos de la ciudad de Pamplona este amplio sector de vegas fértiles y terrazas aluviales “Llanos de Cúcuta”, justo como referencia geográfica para la aplicación de estas tierras como ejidos y dehesas de la ciudad, donde pastaría el ganado mayor de sus vecinos. Sin embargo, además de usar esas tierras de ejidos el Cabildo empezó a titular estancias y caballerías a sus vecinos, quienes de inmediato implementaron sendas haciendas o unidades agroganaderas dedicadas a la producción de mieles, azúcar y ganado bobino como equino y mular5. Grandes “hatos comunes” de ganado mayor o marca individual de su dueño, pues tanto los vecinos de Pamplona como de la Villa de San Cristóbal apacentaban allí sus semovientes. 3) Valles de Cúcuta: Este nombre aparece indistintamente con el de “Llanos de Cúcuta”, pero se consolida en las dos últimas décadas del Siglo XVI y primeras del XVII, al ser aplicado 3

Onomatopónimo (Del griego onoma: nombre). Todos los topónimos que se relacionan con los nombres de personas, para el caso nombres de grandes hombres o jefaturas étnicas. Ejemplo: González, Cúcuta, Cocuy, Enciso, Chiquinquirá, Duitama, Firavitoba, Guayabal de Síquima, Lenguazaque, Paipa, Pauna, Pesca, Quipile, Somondoco, Sotaquirá, Sutamarchán, Tibasosa, Tunja, Turmequé, Zipaquirá, La María, Las Mercedes. 4 AGN, Visitas de Santander, Tomo 3. F 802r. Cfr.: Rico, J.J. (1992) América, dolor inédito. Bogotá: Antares. Pág. 272. 5 Pabón, S. (1996) Historia del poblamiento y construcción del espacio hispánico en Pamplona. Cúcuta: Cámara de Comercio.


en documentos públicos como en el protocolo de escrituras públicas, en los actos administrativos, en los negocios y en las operaciones fiscales o tributarias como en los remates de diezmos6. Valles de Cúcuta es el referente geográfico más usado en la documentación y expedientes llevados para la erección de parroquias, titulación y posesión de las villas españolas a finales del Siglo XVIII7. 4) Río de Cúcuta: Nombre dado al río Táchira bajo en las discusiones jurisdiccionales dadas en forma recurrente entre los cabildos de la ciudad de Pamplona y Villa de San Cristóbal. Subsistió con mayor claridad la denominación de río Cúcuta al segmento del actual río Pamplonita, desde la confluencia del Táchira hasta su desembocadura en el río Zulia, antes río de Las Batatas. Los linderos de la Villa de San Cristóbal con la ciudad de Pamplona, se establecieron así: “Para agora y para siempre jamás, hacia la banda de la dicha ciudad de Pamplona hasta el río que llaman de Cocuta por límite para las Justicias desta dicha Villa y para las de la dicha ciudad de Pamplona, para evitar escándalos que entre las dichas Justicias suelen tener, que no puedan pasar con vara del dicho río de Cocuta a esta parte, ni las Justicias desta dicha Villa ponen a la otra parte, si no fuera la Justicia Mayor que es o fuere de la dicha ciudad; y que los ejidos y pastos sean comunes, así para los vecinos desta dicha Villa como para los de la dicha ciudad de Pamplona, como Villa que está poblada a pedimento de la dicha ciudad”8.

5) Repartimiento y encomienda de indios de Cúcuta: Definición del título o cédula que entregó los indios del cacique Cucutaquemarí a Miguel de Tiebas, quien hiciera dejación de ellos (los vendió) para que le fueran nuevamente encomendados en Sebastián Lorenzo. Así se inició la historia y tradición de usufructo y administración hispánica de los indios del valle y llanos de Cúcuta, pueblo de indios que subsistió hasta su igualación y tránsito al sistema republicano en 1822. 6) El pueblo y doctrina de indios de Cúcuta: Don Antonio Beltrán de Guevara, teniente de corregidor de la ciudad de Tunja, visitó los indios de los valles de Cúcuta y ordenó el establecimiento de su doctrina con la construcción y ornamentación de dos capillas doctrineras. Así que para la capilla de los indios de Pedro Dionisio Velasco, asentados en el sitio de Palogordo, se dispuso que la construcción de la misma se verificaría: “...por la traza que le está dada en el llano de Palogordo, algo desviada de la que se mandó quemar, y en el mismo sitio y llano, y alrededor de la dicha iglesia se ha de poblar el dicho pueblo por la traza que está dada. Tiene noventa y cuatro indios. La cual dicha orden quedará como en ella se contiene, porque ansí conviene al servicio de Dios y de Su Majestad”9. La doctrina quedó así constituida con 210 indios, con que contaba el pueblo de Cúcuta, del referido Pedro Dionisio Velasco. Para la doctrina de Capacho se dispuso que se hiciera una capilla en el “asiento donde está la iglesia vieja y en el mismo sitio se ha de poner el dicho 6

AHNP-NS, Archivo Histórico Notarial de Pamplona. Tomos 1-15, 1574-1602. AGN, Colonia: Poblaciones: SC.46. Legajo Fundación, agregación, separación espiritual de poblaciones. “Título de villas a San José de Guasimal y Rosario de Cúcuta. - POBLACIONES-SAN:SC.46, 2, D.7. Fecha inicial y fecha final 1793– 1799. 8 AGN, Archivo General de la Nación. Colonia: Empleados Públicos de Venezuela. Tomo V. Folios 20-22v. 9 AGN, Colonia: Visitas de Santander. Autos de la Visita del Capitán Don Antonio Beltrán de Guevara, teniente de corregidor de la ciudad de Tunja, año de 1602. Tomo 51, folio 2r 7


pueblo, por la traza que está dada”. El pueblo lo componían 116 indios, quienes debidamente congregados y repoblados, como los anteriores de Velasco, formaban lo que a la postre sería el pueblo y doctrina de Cúcuta. Sin embargo, este poblamiento y doctrina que dejara instaurado Don Antonio Beltrán de Guevara no se cumplió a cabalidad. Los indios seguían en las haciendas de los terratenientes o sus encomenderos, las capillas no recibieron el decoro debido, como tampoco la asistencia clerical que se había ordenado. En consecuencia, en diciembre de 1641 el Doctor Don Diego Carrasquilla Maldonado visitó las Provincias de Pamplona, San Cristóbal y La Grita, y en su recorrido encontró que el pueblo de Cúcuta no estaba congregado y que carecía de resguardos; aunque sí estaban siendo doctrinados por fray Juan de Amaya. En esta ocasión, fueron congregados los naturales de las parcialidades de Cúcuta, Tamoco, Camaracos, Abricaes y Caçaderos, del capitán Cristóbal de Araque y Ponce de León, donde se reportó la existencia de 54 indios útiles. Acompañado por los mismos indios, el visitador Saavedra, recorrió la zona buscando el sitio más adecuado para establecer el pueblo de congregación y con el consentimiento de los frailes Luis de Olmos y Juan de Amaya, propuso a los indios Cúcutas, Tamacos, Abricaes, Casaderos y Camaracos que se asentaran en el sitio de los Camaracos, donde existía una capilla nueva. Y, para verificar el repoblamiento y asentamiento definitivo del pueblo y doctrina de Cúcuta, les señaló como resguardos. “...desde las juntas de los ríos de Cúcuta y Pamplona corriendo el río que baja de Pamplona arriba por la madre vieja de dicho río que es la más arrimada al Casadero, hasta llegar al puesto del Pescadero, y de allí a la iglesia vieja, cortando derecho hasta dar a las tapias y corral de Cúcuta, hasta el río de Cúcuta, por el río abajo hasta llegar a las juntas del primer lindero”10.

Además entregó a algunos indios propiedades con carácter particular. A Don Diego, el gobernador de los indios de Cúcuta, le asignó un pedazo de tierra privada para él y sus hijos, y al indio Baltazar Cordero un pedazo entre el Palmar y Guasimal de Cúcuta, para la cría de sus ovejas. A los indios Camaracos, Abricaes y Casaderos les dio las tierras de "La capilla para arriba" y a los de Cúcuta y Tamaca "de la capilla para abajo" en el sitio del antiguo corral del encomendero Cristóbal de Araque. Quedó así establecido en firme el pueblo de reducción y sus resguardos11. 7) Villa de San José de Cúcuta y Villa de Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta: El notable crecimiento poblacional como su boyante economía hicieron de las dos parroquias diocesanas de los valles de Cúcuta, San Joseph del Guasimal (1734) y Nuestra Señora del Rosario (1761), dos feligresados productivos y mercantiles con fuertes vínculos con la ciudad y puerto de Maracaibo, por donde exportaban sus cacaos e importaban sus mercaderías europeas. A partir de 1784 elevaron sus solicitudes de erigirse en villas españolas con gobiernos autónomos, segregadas de su matriz original la ciudad de Pamplona.

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AGN, Colonia: Resguardos de Santander, rollo 14, ítem 21. AGN, Colonia: Resguardos de Santander. Autos de la Visita de Carrasquilla Maldonado, 1641. Rollo 14, ítem 21.



El título real les fue conferido en 1792 y la posesión de sus gobiernos se verificó en 1793, por Don Juan Antonio de Villamizar y Peña, teniente de ce corregidor de la ciudad de Pamplona. Las dos villas fueron tituladas con el apelativo CÚCUTA, configurándose así la primacía histórica del topónimo Cúcuta, en tanto las tres unidades territoriales existentes en estos valles llevarían en nombre Cúcuta: El pueblo de indios de Cúcuta, la Villa de San José de Cúcuta y la Villa de Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta.

“Ordenanzas que Yo Don Juan Antonio de Villamizar, Teniente de Corregidor en la Ciudad de Pamplona, formo para el Gobierno de esta Villa de Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta, en virtud de las facultades que se me han comunicado por el Excelentísimo Señor Virrey de Este Reyno”12. Sin embargo, puede notarse en la documentación oficial de la Villa Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta, casi de inmediato empezaron a acortar un poco su extenso nombre. Poco a poco fueron suprimiendo el “Nuestra Señora” y fue primando Villa del Rosario de Cúcuta. De hecho, para 1821 la toponimia oficial de esta unidad territorial en los documentos públicos era “Villa del Rosario de Cúcuta”. En la sanción presidencial de la Constitución de la República de Colombia de 1821 se puede leer: “Palacio del Gobierno de Colombia, en el Rosario de Cúcuta, a 6 de octubre de 1821” y firma Simón Bolívar, Libertador Presidente con sus cuatro secretarios; aunque en la firma de los diputados del día 30 de agosto, sí aparece la data como “Villa del Rosario de Cúcuta”. Finalmente, resulta sumamente relevante observar que para los funcionarios republicanos, empezando por el propio Vicepresidente Santander, la economía en la extensión de los nombres fue extrema. A la Villa Nuestra Señora del Rosario pronto pasaron a nombrarla como ROSARIO solamente, en los censos, estadísticas y documentos oficiales en general. A la Villa de Dan José de Cúcuta de inmediato pasaron los republicanos a llamarla solo “San José” y al otrora Pueblo de Indios de Cúcuta, simplemente CÚCUTA durante todo el Siglo XIX, hasta que el Padre Demetrio Mendoza consiguió una ordenanza de la Asamblea Departamental de Santander en 1898 que le cambió el nombre al municipio de Cúcuta (antiguo pueblo de indios) para llamarlo San Luis. En 1913, ya en tiempos del departamento Norte de Santander, San Luis fue eliminado como municipio para ser anexado a San José en calidad de corregimiento.

2. Antecedentes para la institucionalidad parroquial Nuestra Señora del Rosario El poblamiento y erección de la Parroquia de Nuestra Señora del Rosario en las vagas fértiles de la margen izquierda del río Táchira no responde plenamente al esquema explicativo encontrado para el establecimiento y desarrollo de la mayoría de las parroquias granadinas de finales del período colonial. De una parte, no se trató de un feligresado formado lentamente, agregado a un asentamiento indígena, caso Parroquia de San Joseph del Guasimal o San Luis de Toledo; donde como es sabido, la primera se erigió en 1734 segregando sus vecinos de la doctrina o pueblo de indios de Cúcuta y la de Toledo se erigió en 1790, segregando su feligresado blanco y mestizo 12

AGN, Colonia: Poblaciones: SC.46. Legajo Fundación, agregación, separación espiritual de poblaciones. “Título de villas a San José de Guasimal y Rosario de Cúcuta. - POBLACIONES-SAN:SC.46, 2, D.7. Fecha inicial y fecha final 1793– 1799.


del pueblo de indios de Labateca. Y, de otro lado, el establecimiento y desarrollo poblacional de Nuestra Señora del Rosario fue ciertamente vertiginoso, extremadamente rápido, de tal manera que su tránsito de viceparroquia a parroquia formal, como de ésta a villa fue muy fugaz; y quizá lo más interesante, se verificó con relativa facilidad y solvencia, sin ninguna oposición. 2.1 La Viceparroquia de Nuestra Señora de la Concepción. En las vegas del río Táchira, parte baja, ya sobre su confluencia con el río de Pamplona y términos del resguardo del pueblo de indios de Cúcuta, se estableció un importante grupo de estancieros y hacendados plantadores de cacao, quienes para mediados del Siglo XVIII demandaban asistencia eclesiástica y espiritual en sus inmediaciones. Así pues, aprovechando la visita pastoral que realizara en Julio 16 de 1750 el Doctor Don Joseph Vinerez al valle de Cúcuta y culata del lago de Maracaibo (Gibraltar y Barinas), prevista desde el Arzobispado Metropolitano de Santafé, solicitaron aquellos cacaoteros que se les asignara un clérigo, para que, en calidad de vice-párroco les asistiera; pues se hallaban retirados de San Joseph del Guasimal como de San Antonio del Táchira, mediados además por crecidos ríos que les privaban de asistir a cumplir con sus preceptos de Fe Cristiana en las parroquias existentes en forma debida. En consecuencia, el referido visitador Vinerez, una vez que regresó de sus correrías pastorales a la Parroquia de San Joseph, le ordenó a su padre y vicario: “que para una prongta administración de los vecinos residentes entre el río de Pamplona y el de Táchira, sea obligado el cura de esta Parroquia a poner un subalterno que resida en la Vice-Parroquia de Nuestra Señora de la Concepción que dexamos aprobada por tal, cita en el intermedio de dichos dos ríos,...”13.

Las razones fundamentales tenidas en cuenta para favorecer o atender los clamores de este crecido y próspero vecindario, fue el hecho de hallarse un tanto imposibilitados para acudir a los circundantes curatos ya existentes; ya fuera a la parroquia de San Joseph del Guasimal, a la capilla doctrinera del pueblo de indios de Cúcuta o a la parroquia de San Antonio del Táchira, pues en tiempos de lluvias los ríos que les intermediaban se envestían de “crecidas aguas”, lo cual impedía su oportuna y eficiente atención evangélica y sacramental; preocupación máxima de aquel visitador eclesiástico. La administración de la viceparroquia de Nuestra Señora de la Concepción estaría a cargo o asistida por un subalterno del Vicario de San Joseph, pues éste gozaba de la cooperación de un coadjutor que le había nombrado el Arzobispo de Santafé. Así que, dicho subalterno o teniente de cura podría y debía tener como estipendio anual por servir aquella viceparroquia, la suma de $50 pesos que abonaría el propietario beneficiado de San José. Sin embargo, el referido teniente de cura y vicepárroco de Nuestra Señora de la Concepción debía levantar cada año un padrón del vecindario a su cargo, considerando que muchos de sus feligreses, habitantes de la otra banda del río Táchira serían del Párroco de San Antonio. Ello implicaría que si bien debían ser atendidos en este nuevo vicecurato, debían en consecuencia aportar media primicia para su sostenimiento y la otra media se la pagarían a su párroco en San 13

APSJ - NS. Bautismal. Tomo I f7rv y 25r. Auto de visita del Doctor Don Joseph Vinerez al Valle de Cúcuta y Parroquia de San José, 1750.


Antonio. Se trataba entonces de resolver el problema de la inasistencia eclesiástica del vecindario bajo del río Táchira, de una y otra banda del afluente, recaudando los estipendios del vicepárroco de las rentas de San Joseph como de San Antonio14. Interesa para la comprensión de los procesos poblacionales de la margen izquierda del río Táchira, hasta su confluencia con el río Pamplona, cómo fue la presencia organizacional y administrativa de la Iglesia la fuerza pulsora y el factor determinante que permitió tomar la iniciativa para organizar o institucionalizar ese sector de la población; considerando sí, la sustentación y definición que aporta la perspectiva agrícola cacaotera como precursora y responsable del establecimiento poblacional en las vegas fértiles de dichos ríos. 2.2 La efímera existencia de la viceparroquia de Nuestra Señora de la Concepción: Al vecindario que se asentaba en las riberas del río Táchira, hasta su confluencia con el río Pamplona, se le dotó o instituyó de administración eclesiástica en aquel año de 1750, el 16 de Julio, con la erección de la viceparroquia de Nuestra Señora de la Concepción, como ya se anotara. Y, luego, sólo once años más tarde, en agosto 5 de 1761, se instituyó una segunda viceparroquia, un poco más arriba, por la misma banda izquierda del río Táchira, la también viceparroquia de Nuestra Señora del Rosario. Estos dos nuevos vicecuratos subalternos, dependientes o sufragáneos del párroco rector o Beneficiado de la Parroquia de San Joseph de Guasimal, como se ha visto. En 1765 oficiaba como vicario y beneficiado del curato de San Joseph Don Esteban Antonio Gutiérrez de Caviedes, presbítero, así mismo superior responsable de las viceparroquias de Nuestra Señora de la Concepción y de Nuestra Señora del Rosario en las vagas del río Táchira. Asistía estas dos últimas el Padre Gregorio Galavis, joven presbítero natural del mismo valle, quien obraba como subalterno o teniente del padre Gutiérrez de Caviedes. Sin embargo, ha de tenerse en cuenta como las relaciones económicas y demográficas de amplia dinámica en aquellos tiempos, dadas en aquellos pueblos, especialmente a cargo de la producción y comercio del cacao, y por la misma perspectiva geográfica del sector; dieron un mayor auge al feligresado de Nuestra Señora del Rosario, de tal manera que en 1774 se le tituló como parroquia formal con su cura propio. Este evento previó, de hecho, la inclusión de los vecinos del sector de Nuestra Señora de la Concepción en la jurisdicción eclesiástica de Nuestra Señora del Rosario y entre los linderos de esta nueva Parroquia, excepto los vecinos de la franja derecha del río Táchira, quienes continuaban bajo la jurisdicción del párroco de San Antonio. No se tiene noticia o dato empírico cierto sobre el proceso de demolición o extinción de aquella viceparroquia de Nuestra Señora de la Concepción, aunque en el Archivo Parroquial de Nuestra Señora del Rosario aparece uno que otro registro sacramental celebrado allá hasta 1774, no después; lo cual hace suponer que se extinguió con la erección formal de Nuestra Señora del 14

El territorio y vecindario de las vagas bajas del río Táchira que beneficiaría o atendería la viceparroquia de Nuestra Señora de la Concepción corresponde a los actuales sectores de El Escobal y Boconó hacia Villa Silvania, del lado colombiano, y al sector de la población de Ureña en Venezuela. El estipendio del vicepárroco de Nuestra Señora de la Concepción lo aportarían los párrocos de San Joseph y San Antonio, pues atendería feligresado de ambas vegas del río Táchira que servía de lindero entre los dos curatos. El doctrinero del pueblo de indios de Cúcuta estaba fuera de esa discusión, dado que su jurisdicción y misión era la doctrina de naturales en términos de sus resguardos.


Rosario. Sin embargo, puede, de hecho, reconocerse a la viceparroquia de Nuestra Señora de la Concepción, instalada el 16 de julio de 1750 entre la confluencia de los ríos Táchira y Pamplona, como antecedente poblacional indiscutible de la institucionalización primigenia de Nuestra Señora del Rosario.

3. Nuestra Señora del Rosario, de viceparroquia a parroquia formal La viceparroquia de Nuestra Señora del Rosario se instituyó e inició labores de pastoral y administración de sacramentos el cinco de agosto de 1761, con una eucaristía en la cual se bautizó una niña llamada María Hernández. Aunque, para aquella fecha ya se estaban haciendo atenciones eclesiásticas ocasionales y/o ambulatorias en este sector de la futura parroquia rosariense. Se celebraba la eucaristía en una hacienda, se bautizaba o se casaba en ceremonia especial o privada uno que otro feligrés, o simplemente recibía asistencia del doctrinero del Pueblo de Cúcuta o un clérigo vecino de San Joseph del Guasimal, de San Antonio o de la Villa de San Cristóbal. En 1761 fueron bautizados en la viceparroquia de Nuestra Señora del Rosario, ya en una rudimentaria capilla, dos párvulos por el Maestro Don Martín Galavis, vecino de la ciudad de Pamplona y coadjutor o teniente de cura del Vicario de San Joseph. En 1762 se registraron en esta viceparroquia ocho recién nacidos, mientras que el primer matrimonio anotado y celebrado oficialmente allí, se verificó el 20 de agosto de ese mismo año. Cuatro casamientos celebró el Padre Galavis en esta nueva viceparroquia de Nuestra Señora del Rosario en 1762. En 1763 casaron allí tres parejas, e igual número en 1774. La institucionalidad eclesiástica iba en correspondencia con la consolidación de una élite lugareña, aristocrática por demás. Así, en 1765 casó allí Don Juan Bautista de Omaña Rivadeneira con Doña María Inés Galavis, viuda de Don Juan Cristóbal de Omaña. Los Omaña Rivadeneira y los Galavis eran dos de las familiar más notables de la naciente unidad territorial y de todo el Valle; como quiera que fueran, entre otras cosas, los ancestros del benemérito padre de la Patria, el General Francisco de Paula Santander. En los registros bautismales del Archivo Parroquial contienen un formidable indicador del crecimiento demográfico y progreso de la viceparroquia de Nuestra Señora del Rosario en aquellos años. Así por ejemplo, en 1768 se bautizaron allí 60 párvulos y 69 en 1769, donde ofició como vicepárroco el Padre Joseph Antonio Serrano, teniente de Don Esteban Antonio Gutiérrez de Caviedes, Vicario de San Joseph de Guasimal15. El mismo Padre Serrano presenció 26 matrimonios en 1768, lo cual, frente a los 60 párvulos bautizados, da una importante idea del crecimiento de la población y progreso de la feligresía. Ya habían construido una pequeña capilla donde se oficiaban los rituales sacramentales y de doctrina ordinariamente. De igual modo, reportaba el referido Vicepárroco haber sepultado aquel año 24 cadáveres, mientras que en 1769 registró sólo nueve decesos en su capilla.

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AAH - NS. Primer libro de bautismos de la Parroquia de Nuestra Señora del rosario de Cúcuta, 1761 - 1821.


4. La dinámica poblacional en la institucionalidad parroquial de Nuestra Señora del Rosario En un tiempo muy corto se dieron cambios y progresos significativos en este feligresado. Viceparroquia en 1761, título y erección de parroquia formal en 1774 y posesión de su título de “muy noble, valerosa y leal villa” en 1793. Cada uno de esos estadios o condiciones de crecimiento y desarrollo significa una racionalidad y una imagen de lo ocurrido en aquella sociedad en una época especial, las postrimerías del sistema hispánico en que soplaban ya vientos de modernidad. La Corona española había autorizado nuevas migraciones de Europa hacia las estos reinos, el comercio se incrementaba y el Estado y la misma Iglesia intentaban modernizar la sociedad en lo administrativo, institucional y fiscal. Son ya tiempos del despotismo ilustrado. Para los valles de Cúcuta y sus feligresados, tanto los diocesanos como de doctrina de indios de Cúcuta, la perspectiva económica fue el motor que jalonó el poblamiento acelerado de sus comunidades, tanto de las vegas del Táchira como del mismo río Pamplona, en la segunda mitad del siglo XVIII, especialmente lo pertinente a la producción, circulación y mercado externo del cacao. Para el año de 1772 los pobladores de Nuestra Señora del Rosario, aun sin contar con escribano público ni justicia ordinaria de mediana o mayor jurisdicción, habían establecido una oficina de administración de correos en su parroquia, servida por Don Juan Francisco Rueda, quien en aquella ocasión solicitaba al Gobierno Central se estableciera “un correo mensual con la ciudad de Maracaibo”16. De hecho, las relaciones comerciales y el advenimiento de viajeros, capitales y gentes de todo tipo que pasaban por los valles de Cúcuta, ameritaba el establecimiento de esta red de comunicación de carácter oficial, pues al fin de cuentas, Maracaibo era el destino de la producción cacaotera de todo el sector. Ahora bien, en cuanto a la demografía del feligresado de Nuestra Señora del Rosario, el comportamiento del índice de crecimiento registrado desde su institución parroquial en 1774 hasta la primera década del Siglo XIX fue significativo. En los registros parroquiales se puede observar un ascenso considerable del número de párvulos bautizados, año a año, partiendo de 49 niños en 1773 hasta los 130 en 1786. Luego, sigue una curva moderada hasta 1806, donde el número de registros iguala el de 20 años antes. Por otra parte, las cifras de población aportadas a través de visitas pastorales y oficiales revelan la necesidad de buscar otras explicaciones al vertiginoso crecimiento demográfico verificado en aquel valle, en la segunda mitad del Siglo XVIII. Pues bien, en 1778 los vecinos principales de la Parroquia de Nuestra Señora del Rosario enseñaron un padrón del feligresado de su curato, en el cual se registraban 220 personas cabezas de familia y un total de 450 almas. Luego, en 1792 se levantó un padrón del vecindario de El Rosario con el fin de justificar y conformar el expediente de erección y posesión del título de Villa, en el cual aparece una población total de 2.473 personas de todas castas y estados. El notorio crecimiento demográfico tiene una explicación en la inmigración, en la medida en que el paso de 450 personas en 1778 a 2.473 en 1792, catorce años, es ciertamente un incremento muy alto para que estuviera a cargo del crecimiento natural del vecindario. Así por ejemplo, en 16

AGN, Colonia: Correos de Santander, Tomo 1, ff 519 - 529.


1765 se registraron los matrimonios de Pablo Nausa, natural de la jurisdicción de Tunja. Don Bernardo Mathei de Piedri, súbdito italiano, casó allí con Doña María Ana de Figueroa, vecina de la ciudad de Pamplona17. Salvador Rubio, vecino de Bochalema, casó en Nuestra Señora del Rosario aquel año de 1765 con Manuela Pérez, residente en la hacienda de La Garita. Y, como ellos, es posible hallar año tras año los casamientos de gentes venidas de múltiples jurisdicciones; de tal manera que en un momento dado, la inmigración que recibía la parroquia de Nuestra Señora del Rosario no era nada despreciable, a tal punto de observarse como traía consigo no pocos problemas sociales para un vecindario en construcción.

Fuente: Archivo Parroquial de Nuestra Señora del Rosario. Libro Primero de Bautismos.

Una de las preocupaciones más serias de los visitadores eclesiásticos y las justicias del Rey sobre este Valle era, sin duda, el problema de la inmigración y los efectos que ello comportaba o representaba: vagancia y delincuencia especialmente. Así lo hizo anotar en los autos de visita a la parroquia de Nuestra Señora del Rosario el Licenciado Don Joseph Carrión y Marfil, Vicario General del Arzobispado de Santafé, al prevenir a su párroco que tuviera especial cuidado con los nuevos feligreses que llegaban a su curato; especialmente al recibirles información para sus casamientos, pues no en todos los casos se tendría certeza de solterías y honorabilidad de contrayentes fuereños. El otro problema, los vagos, era advertido con igual o mayor rigor que el primero. Se pedía que asumiera junto al orden civil un control sobre los vagabundos que rondaran los caminos y asiento de su parroquia; pues según lo exponía el avezado visitador Carrión y Marfil:

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AAH-NS. Primer libro bautismal de Nuestra Señora del Rosario. Don Bernardo Mathei de Piedri era hijo de Don Antonio Marcos Mathei y de Ángela María Piedri, naturales de “Chenturi en el Cabo de Corzo de la Ysla de Córzega”. Notable familia de súbditos del reino de Italia que al unirse matrimonialmente con Doña Ana de Figueroa, hija del Capitán Don Joseph de Figueroa, entran a las redes de la élite local, tanto de la parroquia del Rosario como de la Ciudad de Pamplona en sí. Hoy los Piedri figuran o son reconocidos en los círculos sociales de San José de Cúcuta y el Norte de Santander.


“…son graves los inconvenientes que resultan de que se permita en los pueblos gente vaga, y más si son hombres o mujeres, casados en otra parte; mandaba y mandó Su Señoría al actual cura y que en adelante fuere, que por más tiempo de tres días no consienta la mansión en esta parroquia de hombre o mujer casado en otra parte, a menos que no concurran para más detención, motivos suficientes que deberán constarle, sin que valga el que digan, quando vengan hombre y mujer el que con efecto están casados, pues de ello deberán manifestar certificación o documento que suficientemente lo acredite; pero siendo uno solo, le estrechará a salir del pueblo, como se ha dicho, auxiliándose en caso necesario del brazo secular”18.

Tres días para extrañar o expulsar un inmigrante si no certificaba su procedencia y estado civil era ciertamente una medida fuerte contra la vagancia. Pero, ¿qué se entendía por vagancia o vago en aquellos tiempos? Por qué la vía sacramental y eclesiástica era el mecanismo para realizar su control. ¿Era el estado sacramental de las personas una forma efectiva y eficiente para realizar el control social en una población de vertiginoso crecimiento poblacional? Fuere cual fuere la práctica gobernativa de control real de la sociedad, lo que en esta Parroquia se observa es un poblamiento y racionalidad constructiva que rompe las perspectivas comunes o más generales de la explicación jurisdiccional y poblacional dada para el movimiento parroquial granadino, expuesto para ilustrar comprensivamente la formación de la región. Era esta región cacaotera algo así como un polo de atracción poblacional, donde podrían generarse nuevas y fuertes relaciones de desarrollo económico y comercial, a tal punto que podía generar su propia área de influencia. De una parte, Nuestra Señora del Rosario no fue una parroquia producto de una segregación de vecinos blancos agregados a un curato o doctrina de indios, aunque su feligresado rodeaba el viejo resguardo de Cúcuta. No lo es porque en ningún momento en su proyecto parroquial intervino aquella doctrina de indios, ni al pueblo de naturales le afectó en manera alguna el que se erigieran los habitantes de las vegas del río Táchira como parroquia. Y, de otra parte, el grueso del feligresado de Nuestra Señora del Rosario fue integrado por inmigrantes de múltiples lugares en un tiempo relativamente corto. Integraban su vecindario familias que habían abandonado la ciudad de San Faustino de los Ríos; inmigrantes extranjeros franceses como Don Pedro Chaveau, los Villafrade y los Fortoul, italianos como los Mathei Piedri, entre otros; además de catalanes, vascos y mediterráneos como corzos y cerdeños. De hecho, hasta familias indígenas de pueblos demolidos o en vía de extinción como los de Arboledas, Chopo y Chinácota venían a asentarse en esta parroquia; según se lo hicieron saber sus vecinos al visitador Don Francisco Antonio Moreno y Escandón, fiscal de la Real Audiencia de Santafé, en julio 29 de 1778, al referirle que: “aunque residían los indios Juan Grande con su familia, del pueblo de Arboledas, y otro fulano Berbesí del mismo pueblo, pagaban su tributo al corregidor con cuyo consentimiento se habían establecido en esta parroquia, como también otro nombrado Adrián Ruiz, del pueblo de Guácimos, y la india Juana Chica con toda su familia, y aunque solían llegar otros

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APNSR-NS. Bautismal. Tomo 2 ff 54r - 59v. autos de visita practicada por el Señor Licenciado Don Joseph Carrión y Marfil, Provisor Vicario y Visitador General, punto u ordenanza 9a., abril 19 de 1781.


indios de otros pueblos, se retiraban después de la cosecha de cacao, y que habían adquirido lo necesario para satisfacer el tributo”19.

Los valles de Cúcuta y al parecer la parroquia de Nuestra Señora del Rosario se constituyó en un destino temporal como mercado u oferta laboral para todo un territorio, pues tiempos de cosecha del cacao la demanda de mano de obra atraía gente de todas latitudes, muchos de los cuales terminaban quedándose en la jurisdicción. Más adelante se verá cómo en la argumentación expuesta para que esta parroquia fuera erigida o titulada “Villa”, se presentó el hecho de contar con un gran potencial de tierras realengas que podrían y estaban prontas a ser descubiertas y colonizadas; pues la jurisdicción de la Parroquia se extendería hasta los confines del valle de Labateca (Páramo del Tamá, cabecera del Río Táchira)20. En 1778 los vecinos de la parroquia de Nuestra Señora del Rosario se sentían cómodos con respecto a las distancias con sus centros administrativos mayores, como la Villa de San Cristóbal y la ciudad de Pamplona, y con su vecina San Joseph de Guasimal. Contaban con asistencia espiritual por su cura propio y un alcalde pedáneo que podía desagraviar y administrar justicia en causas menores. Sin embargo, decían experimentar o padecer ciertas “molestias y quebrantos en sus haciendas, cuando por no recibir bastante jurisdicción en el Pedáneo se veían precisados a ocurrir al Alcalde Ordinario de Pamplona que permanecía en San José”21. La anterior queja se dirigía a alcanzar para su feligresado un funcionario real de mayor rango o competencia, pues en aquella fecha, 1778, carecían de escribano y jueces competentes para las problemáticas de tierras, pleitos y negocios que se les solían presentar.22 En este sentido, se aprovechó la visita de Don Francisco Antonio Moreno y Escandón, Fiscal General del Nuevo Reino, para hacer notar sus aspiraciones de reivindicación política e institucional de su comunidad parroquial. En aquella ocasión, junio 28 de 1778, Moreno y Escandón se presentó en Nuestra Señora del Rosario con el fin de indagar su estado, gobierno y población; para lo cual solicitó se levantara un padrón de vecinos que debían presentar los representantes del feligresado y sustentar un interrogatorio de visita. En consecuencia, comparecieron ante el alto oficial real: Don Juan Ignacio Gutiérrez de Caviedes, Don Bernardo Sánchez y Don Bartolomé de la Concha, quienes en cumplimiento de lo mandado expusieron entre otras cosas, lo siguiente: “Que los corregidores y demás jueces cumplían como eran obligados en sus empleos, sin que tuvieran que deducir, no notar en el ejercicio de sus ministerios, y que en los tránsitos de su jurisdicción no había ventas, no mesones, para abasto de los pasajeros”. “Que aquella parroquia no tenía escribano, y cuando se les ofrecía otorgar algún instrumento ocurrían a la parroquia de San José donde residía el único, exigiéndoles los derechos conforme al arancel, y cumpliendo éste con el ejercicio de su empleo; no obstante de que no dejaban de experimentar algún perjuicio, por la distancia y el río que mediaba, que en algunos tiempos no permitía el pasos por sus crecientes”. 19

MORENO Y ESCANDON, Francisco Antonio. Indios y Mestizos de la Nueva Granada a Finales del Siglo XVIII. Bogotá Banco Popular, 1985. Pág. 450. 20 La jurisdicción territorial de El Rosario en tiempos decimonónico incluía los actuales territorios de Ragonvalia y Herrán, zonas colonizadas a la luz de la expansión agrícola cafetera, iniciada por los rosarienses. 21 MORENO Y ESCANDON. Indios y Mestizos... Op. Cit. Pág. 450. 22 Hasta 1793 la protocolización de los negocios, pleitos y cobranzas realizados en el Rosario estuvo a cargo de Don Alejandro Ortiz Manosalva, escribano real y público en San José.


“Que la cárcel era capaz y proporcionada, en las presentes circunstancias, al estado de aquella nueva fundación y que se persuadía se construiría otra más fuerte, en finalizándose la iglesia en cuya obra se estaba entendiendo”. “Que tenía dos escuelas públicas establecidas con acuerdo de cura, y alcalde contribuyendo cada niño al maestro a proporción de las facultades del padre, aunque algunos pobres enseñaba sin este alivio, por su imposibilidad, y finalmente que la población tenía los defectos que se le notaba y se le iban reparando con su establecimiento por ser moderna erección”23.

El Doctor Don Francisco Antonio Moreno y Escandón, funcionario de reconocido pensamiento ilustrado, tuvo una visión muy certera del estado de la Parroquia y su gran potencial de desarrollo, tanto económico como social. Su interés, si bien es cierto, iba más por una perspectiva modernizadora del Estado y una mejor y más eficiente administración de la sociedad civil, reconocía que esta comunidad en crecimiento debía contar con una mejor administración de justicia y fomento de su comercio y producción. Veía cómo su situación geográfica proporcionaba grandes ventajas de comercio, tanto con el interior del Reino como con la provincia de Maracaibo, a dónde se embarcaban los cacaos que producían en su distrito y haciendas. Estos argumentos fueron utilizados por el vecindario de Nuestra Señora del Rosario en la sustentación de su proyecto para ganar del Rey el título de Villa que estuvieron solicitando desde 1784. Auto final de Visita: “Que habiendo practicado la Visita de la parroquia de Nuestra Señora del Rosario nombrada La Fundación en el Valle de Cúcuta, y reconocido su estado, gobierno y ventajosas proporciones que goza por su situación y comercio, así para lo interior del Reino, como para la Provincia de Maracaibo, y embarque de los cacaos que produce su Distrito y haciendas en él establecidas, que fundan esperanzas de su adelantamiento, y que en lo sucesivo logre mayores aumentos, para que así se verifique deberá el Alcalde Partidario, no sólo dedicarse a reparar los defectos que en lo material padece la población, con arreglo a los edificios ya fundados, y que en adelante se fabricasen, sino también estrechara los vecinos, y a los que sean de Pamplona tienen allí situadas sus haciendas, a que concurran según sus facultades y a que se adelante y concluya el edificio de la Iglesia principiado como carga inherente a que se impuso el feligresado en la erección de la Parroquia, a que por su parte debe igualmente conspirar el Juez de Fábrica, que hubiese nombrado como así se le hará saber, y lo tendrá entendido el que sucediese en el empleo de Alcalde Partidario; como también, que así al presente como a los sucesores se les ordena que en la misma conformidad, acordando antes si convendrá fortalecer y redificar la cárcel que existe, o construir una nueva, convoque al vecindario, y avaluado el costo, se reparta entre todos, concurriendo unos con su trabajo personal y otros con materiales o dinero a medida de su caudal y facultades, con justa equitativa distribución, para que no se dilate una obra que tanto conduce a poner freno a los delincuentes, y a la mejor administración de justicia”24.

En consecuencia, creía el visitador, en correspondencia con los anhelos del mismo vecindario que para el adelantamiento, tanto de la población como del mismo Real Erario, debía instituirse un alcalde partidario con suficiente jurisdicción para que no solamente se dedicara a reparar defectos y males que padecía la población, sino que se dedicara al arreglo y adelanto de los edificios públicos y particulares ya construidos. Debía junto con el vecindario ocuparse de 23 24

Ibídem, pág. 450 Ibídem,


construir una iglesia adecuada, decente y ornamentada, así como la edificación de una cárcel; para lo cual debería convocar a todo el vecindario, conduciendo el esfuerzo común a través de contribuciones equitativas25. La parroquia de Nuestra Señora del Rosario se constituía así en un prototipo de comunidad moderna, ajustada a las aspiraciones, ideario y proyectos del gobierno borbónico. Sus haciendas, plantaciones y conucos de cacao llevaron a la conformación de una comunidad parroquial fuerte, de donde su élite hacendataria contó con la suficiente solvencia para proyectar su erección y titulación en Villa; privilegio político administrativo que alcanzaron en 1792 y del cual se les posesionó en 1793.

5. El templo parroquial de Nuestra Señora del Rosario El caserío “La Fundación”, como llamaron inicialmente al asentamiento parroquial de Nuestra Señora del Rosario, se hallaba aún en 1777 en incipiente estado de urbanización poblacional. La iglesia primera pronto resultó incompetente para el creciente vecindario y la obra en sí no progresaba. Así las cosas, los vecinos optaron por emprender la construcción de un nuevo templo, con mayor capacidad y en un mejor lugar, pues donde se hallaba el primero aún no se había formado la plaza y el lugar era húmedo y anegadizo, especialmente en tiempo de lluvias. El proyecto les llevaba a construir un nuevo templo en “lugar más decente y mejor”, para lo cual compraron una casa que ocupaba el solar adecuado. La mencionada propiedad era de una Señora Doña María Encarnación Medrano, quien la había obtenido por donación del Señor Manuel Lloret, y su precio de venta fue de $800 pesos26. Ciertos problemas jurídicos tuvieron que sortear los vecinos apoderados del feligresado, mientras echaron abajo la vieja casona del Señor Lloret e iniciaron la construcción del nuevo Templo Parroquial del Rosario. El enunciado Don Manuel Lloret, una vez ve el interés público de su vieja propiedad, ya enajenada por donación, quiso desconocer esta operación para reclamar o reivindicar el dominio sobre dicho inmueble. Sin embargo, la querella no prosperó en su favor y el vecindario sacó adelante la obra, redefiniendo de paso el espacio y perspectiva urbanística de la recientemente erigida Parroquia que pronto se convertiría en Villa. Don Juan Antonio de Omaña Rivadeneira, notable hacendado del lugar, oficiaba como alcalde pedáneo de la parroquia de Nuestra Señora del Rosario y encabezaba la recolección de dineros comunitarios para los gastos de la fábrica del templo. Lideró el Señor Omaña Rivadeneira al feligresado, no sólo en las obras de infraestructura urbana, sino en la misma administración civil y política del vecindario, creciente por demás, a pesar de no contar con escribano propio ni fuero competente para administrar justicia, pues los problemas de su gente los debía conocer el Alcalde Partidario de San José, a la sazón Don Josef Ignacio Jácome y Guerrero, vecino de la ciudad de Pamplona y residente en aquella parroquia. O, en su defecto les atendían jurídicamente las

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Ibídem, pág. 451 AGN, Colonia: Fábrica de Iglesias, Tomo 19, ff 732r-735v. Representación de Juan Antonio de Omaña Rivadeneira sobre la reedificación del Templo Parroquial de Nuestra Señora del Rosario en otro sitio, 1777-1778. 26


justicias de la Villa de San Cristóbal, especialmente el Teniente de Corregidor de dicha Villa o un alcalde ordinario de la misma27. Sin embargo, los progresos no resultaron del todo alentadores. Pronto las rentas de la Fábrica de Iglesia se fueron descapitalizando, de tal modo que para 1780 la obra se había parado por completo; pues para empezar los $800 pesos del valor del terreno ya habían sido un importante y oneroso esfuerzo para el vecindario. En consecuencia, para el mes de abril de aquel mismo año, época en que Licenciado Don Josef Carrión y Marfil, provisor y vicario general del arzobispado de Santafé, visitó esta parroquia y la encontró inconclusa e incluso con serios desperfectos en la obra del templo, de tal manera que su concepto se dirigía al hecho de “que con respecto del atraso que se experimenta en la obra de la Nueva Iglesia principiada, pues hace el espacio de más de dos años que no se trabaja en ella al paso que cada día es más necesaria y útil en este feligresado, porque aumentándose con conocida dificultad, pueden todos concurrir y caber en la pequeña antigua iglesia, indecente además por su fábrica”28.

El Licenciado Carrión y Marfil ordenó expresamente, tanto al Cura como al feligresado, que se debía reiniciar el recaudo de las contribuciones comunitarias acostumbradas para la continuación de la obra del Templo. Cada uno de los vecinos cabezas de familia y labradores comunes aportarían a la Fábrica, según “prorrateo igual entre todos les cupiere atendiendo sus facultades y arbitrios”. Luego, para el cumplimiento de lo mandado por el referido Vicario, se celebró una junta de todo el feligresado, donde lo fundamental sería acometer de nuevo la obra del Templo. La cobranza y recaudo de los aportes de la comunidad fue tarea asignada a Don Pedro Chaveau, quien en consecuencia obró como Mayordomo de Fábrica29. El carácter comunitario de la obra obligaba al Señor Chaveau a llevar cuenta individual de los aportes, mismos que se recaudaban en plazos cortos. De tal modo que se estableció una correspondencia cierta y operatividad efectiva entre los aportes y el progreso de la obra. Se corrigieron errores arquitectónicos y de diseño, tanto en muros como en arcos, y se proyectaron los alcances de la cantería y la obra de madera, tanto del cañón central como de las naves. De otro lado, para el fortalecimiento de la empresa comunitaria de la Fábrica del Templo se optó por exigir la redención de algunos de los principal que tenían las cofradías de las “Benditas Ánimas o las otras”, según inventario, cuenta y tanteo de las operaciones con los inquilinos de dichos dineros30. En este sentido, se acudió, del mismo modo a fortalecer el recaudo conminando a 27

No está por demás recordar que los valles de Cúcuta, incluido el sector del Rosario, antes de su erección en Villa, comprendían una zona de ambigua jurisdicción entre la ciudad de Pamplona, la Villa de San Cristóbal y la Gobernación de San Faustino de los Ríos. 28 Archivo Parroquial de Nuestra Señora del Rosario (APNSR-NS). Bautismal, Tomo 2, ff 56r. Visita Pastoral del Licenciado Don Josef Carrión y Marfil, abril 19 de 1780. 29 La Fábrica de Iglesia era parte de la institucionalidad parroquial, se constituía por prescripción canónica como del Estado, se administraba con una junta de vecinos y un mayordomo de fábrica, quien llevaba las cuentas y libros de carga y data con los recaudos y gastos, además de rendir los informes al Tribunal de Cuentas de la Real Audiencia de Santafé. Para el caso de Nuestra Señora del Rosario, todos los informes de Fábrica de Iglesia se encuentran en el AGN y son una fuente extraordinaria sobre la génesis e institucionalidad de Villa del Rosario. 30 Las tres cofradías eran: la de Nuestra Señora de las Angustias, las Ánimas Benditas y la del Santísimo Sacramento del Altar, cuyos capitales se prestaban bajo la modalidad crediticia de “censo” a los hacendados y vecinos para que


propietarios de unidades agrícolas no residentes en la Parroquia, en la medida en que se consideraba que había “varios sujetos hacendados con crecida porción de esclavos y otros sirvientes en sus posesiones, los que por vivir sus dueños o amos en distinta feligresía, no contribuyen a aquella Iglesia y cura de donde reciben los Santos Sacramentos... Debemos que los tales hacendados, los que tuvieren posesión en feligresía de esta parroquia, se han de concertar con el cura..., que conforme al número de los dichos esclavos han de pagar la mitad de los que los blancos”31.

En efecto, el razonamiento apuntaba hacia el hecho de que todas las unidades familiares y productivas asentadas en la Parroquia debían contribuir con la Fábrica del Templo, ya fuera por tasa o cuota fija o a través del sistema cofradial. Las limosnas cofradiales para los esclavos negros o pardos se establecían en un 50% del valor tasado para blancos y mestizos, suma que debían pagar sus amos, en especial los hacendados que los tenían en cantidad. La obra del templo afrontó no pocos contratiempos, pues además de la falta de recursos, los problemas de diseño y los alegatos jurídicos, el vecindario se embarcó a partir de 1784 en una nueva empresa que les demandó grandes sumas de dinero: conseguir la erección y titulación de su parroquia en villa autónoma, segregada de su matriz la ciudad de Pamplona. Ese proyecto de reivindicación política y administrativa les acarreó grandes gastos en su trámite; básicamente en abogados, certificaciones, escribanías, comisiones, viajes y representaciones, y los derechos del Real Erario, entre otros; de tal modo que las inversiones en las obras del Templo debieron minimizarse durante esos años en que adelantaban aquel proceso. Luego, ya titulados y posesionados o instituidos como “Villa de Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta”, a partir de 1793, la preocupación por el Templo Parroquial debía tomar nuevos derroteros, tal como lo preveían las Ordenanzas de Buen Gobierno y las funciones públicas del Ayuntamiento y ahora muy diligentes autoridades y justicias de la nueva villa. En 1807, atendiendo disposiciones gubernamentales y eclesiásticas superiores, el Cabildo de la Villa del Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta, a través de su alcalde ordinario, Don Sebastián García, ordenó un avalúo minucioso del estado de la obra; tanto de lo ya construido como de lo faltante. Dicho avalúo fue encargado a Juan Francisco Moreno, maestro albañil, quien presentó

produjeran una renta dedicada a sus objetos sociales, pero en esta ocasión se ordenó que redimieran esos censos y recuperaran, tanto el capital o principales como los réditos, y los aplicaran a la Fábrica del Templo. En tiempo ordinario o sin una obra de esta magnitud, las rentas y dineros de las cofradías se aplicaban a su propósito genético: La Nuestra Señora del Rosario para las celebraciones marianas y fiesta patronal, la del Santísimo para los gastos del aceite y la cera, mantener encendida la lámpara del Sagrario y la fiesta del Corpus Cristi, y la de las Ánimas para la misa de los lunes y día de Todos los Santos. Las rentas cofradiales en sí se aplicaban al sostenimiento del “culto divino” y la congrua y sustentación del cura, además de dar socorro a los hermanos cofrades en calamidades de muerte o enfermedad. 31 Archivo Parroquial de Nuestra Señora del Rosario (APNSR-NS). Bautismal, Tomo 2, ff 56r. Visita Pastoral del Licenciado Don Josef Carrión y Marfil, abril 19 de 1780. f 59r-v. Hasta aquella época los hacendados no realizaban aportes eclesiásticos por sus esclavos, de tal modo que el visitador Carrión y Marfil les ordenó que pagaran aunque fuera la mitad de la suma pagada por los libres, blancos y mestizos. De algún modo debían reunirse los recursos para la obra del Templo.


su informe técnico “de lo que se ha edificado del 28 de Mayo del año de 1804 a el día dos de Marzo de 1807”32. A estas alturas la edificación ya tenía cubiertas, donde se habían instalado unas 35.000 tejas, en sus muros se habían pegado más de 16.000 ladrillos y se habían pisado unas 120 varas lineales de pared de tierra. El frontis o fachada principal, las cornisas y su techumbre estaban terminados. Todo lo cual ascendía a los $6.630 pesos y siete tomines invertidos. El avalúo correspondiente a los trabajos de madera y ensamblajes los realizó Matías Pagüencia, maestro carpintero, quien básicamente reportó el valor de la madera empleada en la construcción como cuartones, tirantes, soleras, cumbreras, limatones, cerchas, vigas, varas y otros materiales conexos como cañas, amarres y clavos; todo ello evaluado en $2.852 pesos y cinco tomines. El valor total de lo invertido en la obra del Templo Parroquial de Nuestra Señora del Rosario en aquellos últimos tres años ascendía los $9.483 pesos y cuatro tomines33. Sin embargo, lo hasta esa fecha invertido no era el problema. El asunto estaba en definir lo que faltaba y cómo financiar la continuidad de la obra. Para la conclusión de la Iglesia, según el estado en que se hallaba, precisaba el Albañil, debían invertirse, entre otras cosas, lo pertinente al arreglo de los pisos, cuyo costo sería de unos $900 pesos entre ladrillo y obreros, unas cien varas de pared de tierra pisada (unos $1.000 pesos), piedra canteada o “sillal” para enlozar los pisos (unos $900 pesos), los pañetes y encalados (unos $800 pesos), las tapias de las naves que costarían unos $700 pesos y una serie de labores como la torre, el bautisterio, gradas, adecuación de la Capilla Mayor, la Sacristía, columnas, umbrales, yesos y blanquimentos, entre otros. Así, el valor proyectado por lo faltante en cuanto a obra de albañilería ascendía a los $6.500 pesos. Lo correspondiente a materiales y obra de madera faltante fue evaluado en una suma cercana a los $2.000 pesos, donde se cuentan aspectos como tablas cepilladas, vigas, listones, cuartones y madera labrada para ensamblaje, barandas, puertas, ventanas, escaleras para la torre, madera para el coro, entre otras.34. En consecuencia, el valor del faltante total de la obra ascendía a los $8.500 pesos, mismos que habría de asumir, tanto el vecindario como el mismo Cabildo de sus rentas de propios. El Templo Parroquial de la Villa del Rosario de Cúcuta debió estar terminado en pocos años, pues como es sabido, allí sesionó el Congreso General de Colombia, tanto en su legislatura ordinaria como en su calidad de Congreso Constituyente que redactó y promulgó la llamada por la historiografía tradicional como “Constitución de Cúcuta” de 1821, donde se creó el marco jurídico y administrativo de la República de Colombia, también nombrada por los publicistas e historiadores decimonónicos y de principios del Siglo XX como “Gran Colombia”35. 32

Documento publicado en Gaceta Histórica. Números 37-43 (junio de 1936). Págs. 155-160 Ibídem, pág. 157 34 Ibídem, pág. 160 35 La Gran Colombia NO existió jurídicamente. No existió nunca un país o estado que se llamara la Gran Colombia. Fue el nombre dado a ese periodo histórico de la Primera República de Colombia, 1819-1831. Se acuño reiteradamente en el “Compendio de Historia de Colombia para la enseñanza en las escuelas primarias de la República”, escrito con motivo del “Centenario de la Patria” en 1910 y publicado en Bogotá en 1911. Luego se consolida esa figura a nivel internacional con la obra de David Bushnell, historiador inglés considerado el “padre de los colombianistas” extranjeros, con obras emblemáticas como “Colombia, un país a pesar de sí mismo” o “El régimen de Santander en la Gran Colombia” publicado en 1954, entre Otras. 33


Hoy sería impensable una obra de tal magnitud para una comunidad relativamente pequeña, a pesar de la solvencia económica que podrían tener algunas de las familias más notables o solventes del feligresado de la Villa, de tal modo que hay que reconocer los esfuerzos de aquel vecindario para fortalecer su estructura urbana y su civilidad a través de grandes obras. El templo parroquial, escenario de privilegio como sede de los constituyentes republicanos, sería mucho más que eso, sería la iglesia mayor de una pujante villa, neogranadina primero y republicana después.

Iglesia del Rosario de Cúcuta. Acuarela de Carmelo Fernández. Comisión Corográfica, 1851-1852. Colección Biblioteca Nacional.


Sin embargo, hoy surge la necesidad de repensar y resignificar el valor que se está dando a sus ruinas; se conservan sí, pero no se les respeta su singularidad, su originalidad y tampoco su autenticidad, pues para sólo referir un detalle, se ha puesto contra todo gusto estético un icono de Simón Bolívar justo en el presbiterio del templo, enrareciendo la magia y sentido clásico que tienen estas formidables ruinas. No se trata de despreciar la iconografía bolivariana, se trata de sugerir un mejor trato con las huellas de nuestro pasado, no es precisamente el presbiterio de esta única, auténtica y bellísima iglesia colonial el asiento de una moderna estatua, así sea del Libertador; ha de haber otro lugar para ello. Localizar el icono de Bolívar en el interior del Templo Histórico de Villa del Rosario es tanto así como si los italianos colocaran un icono de José Garibaldi o de Benito Mussolini en el Coliseo Romano o en la Vía Apia junto a la Columna de Trajano, o los chinos pusieran las estatuas de Sung Yang Tsen o de Mao Tse Tung en la Gran Muralla China, o que los españoles pusieran al Generalísimo Franco en la Mezquita de Córdoba, guardadas las debidas proporciones36.

PABÓN, S. (2019). Cúcuta: Imágenes de su Historia. San José de Cúcuta: Museo Norte de Santander ciudad de Cúcuta.

6. La agroindustria del café en Colombia inició en la Villa del Rosario de Cúcuta «Negro como el diablo, caliente como el infierno, puro como un ángel, dulce como el amor» Talleyrand (1754-1838), político francés.

El café es la bebida universal por excelencia, se consume en todos los países del mundo. Como grano es una semilla que procede el arbusto del cafeto, una rubiácea que crece en climas cálidos y cuyo cultivo y beneficio es relativamente reciente.

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Tres condiciones fundamentales contempla la UNESCO para declarar un bien de interés cultural y patrimonial: Su originalidad, su autenticidad y su singularidad. El icono de Bolívar en el presbiterio del Templo Histórico rompe con esos tres principios. El que se haya usado el Templo para el Congreso Constituyente de 1821 y ahí en sus sacristía se hayan realizado actos públicos relativos a ese hito histórico y Bolívar haya pasado por el lugar, no amerita que deba ser instalado ahí el personaje. Bolívar fue un hombre público por excelencia. Su lugar es la plaza pública.


Nos han dicho que el café se originó en Arabia, pero la verdadera patria del café fue Etiopía, en el África Oriental, en un territorio llamado «Kaffa», de donde deriva su nombre. A la altura de la Edad Media los mercaderes africanos llevaron esas semillas aromáticas a la península de Arabia, país donde se inició su cultivo. Luego, desde Arabia los peregrinos que iban a la Meca lo pasaron a Europa, a través de Egipto y Turquía, en tiempos del Imperio Otomano. En Colombia la historia reconoce a los Jesuitas como los primeros en plantarlo, en la región del Orinoco, hacia 1732, dando crédito a la obra del Padre Gumilla, El Orinoco Ilustrado. El cultivo se expandió por territorio venezolano y hacia algunas regiones de Boyacá y Cundinamarca pero en forma muy incipiente. Luego nos contaron que fue el Padre Francisco Romero, párroco de Salazar de las Palmas en 1834, quien conminó a sus feligreses desde el confesionario, por vía de la penitencia, a la siembra de cafetos, según el número de fornicios o la gravedad de los pecados le iba asignando la cantidad de matas de café que debía plantar para expiar sus culpas. La historia del Padre Romero parece ser cierta, como la réplica que de dicha penitencia hicieron otros clérigos de la época. Lo que no resultó cierto, más bien otra mentirilla de la historia tradicional, fue que haya sido Salazar la primera población en producir café para el mercado en Colombia; pues las plantaciones de café en Salazar se iniciaron en la década de 1830, en tanto en las vegas de Villa del Rosario ya se beneficiaba café desde finales del Siglo XVIII y principios del XIX, registrando las primeras exportaciones del grano a partir de 1803. En la última década del Siglo XVIII le llegó una plaga al cacao, una mancha amarilla que dañaba los frutos, dando al traste con parte de esta empresa. Pero los cacaoteros de Villa del Rosario de Cúcuta y del Táchira encontraron la manera de sustituir sus cultivos en desgracia por un nuevo producto, el café. Así fue como una alianza estratégica realizada entre Don Pedro Chaveau, empresario francés en Nuestra Señora del Rosario, y Don Gervasio Rubio, terrateniente y empresario del Táchira, implementaron en sus haciendas plantaciones de cafetos con destino al mercado mundial ya establecido. En 1803, además de Don Pedro Chaveau, hacendados de Villa del Rosario como Don Antonio Sánchez Osorio, Don Vicente de Medina y Don Andrés Entrena producían café de excelente calidad para el mercado, lo mismo que Don Vicente Bustamante y Don Nepomuceno Piedri en San José de Cúcuta, tal como lo muestra el Protocolo Notarial de Cúcuta. Siguiendo la ruta del café desde que los Jesuitas lo plantaron por primera vez en el Llanos Orientales del Orinoco, su expansión vertiginosa por Venezuela, su llegada al Táchira por San Cristóbal y la actual población de Rubio a finales del Siglo XVIII, así como su establecimiento en Villa del Rosario de Cúcuta y en San José de Cúcuta, puede verse su lento pero seguro desplazamiento por los ríos Pamplona, Zulia y Peralonso, hasta su consolidación tres décadas después en Salazar de las Palmas a partir del Padre Romero y sus penitencias a los campesinos. Luego su extraordinario crecimiento, generando la roturación de nuevas tierras, nuevos asentamientos humanos, dando origen a pueblos como Gramalote, Lourdes, Ragonvalia, Herrán, La Donjuana, Villa Sucre, entre otros pueblos del café. Esta historia lleva a pensar mejor y más profundo en las personas, en sus actores, en los empresarios cacaoteros y cafeteros como Don Pedro Chaveau, Los Fortoul, Los Entrena, Los


Villafrade, o los Omaña Rivadeneira, todos aquellos quienes con su tesón y férreo emprendimiento utilizaron una crisis (la peste del cacao) como pulsión hacia el progreso con un nuevo renglón de la producción, el café. Era una época de trabajo legal y denodado, emprendimiento efectivo, mérito y decencia en los negocios; en virtud de lo cual consolidaron una élite honorable, realizando obras de interés comunal como el sistema de riegos, estilo románico y el mismo Templo Mayor de la villa, hoy ruinas de la Villa Histórica o Villa Antigua en el parque Grancolombiano, patrimonio cultural de la Nación.

7. Establecimiento oficial de linderos entre San José y Villa del Rosario 7.1 Linderos establecidos en la formación y posesión de las villas coloniales de 1793: 7.1.1 Linderos de la Villa de San José de Cúcuta: Don Juan Antonio de Villamizar y Peña, teniente de corregidor en la ciudad de Pamplona y juez comisionado para la posesión de la Villa de San José de Cúcuta, procedió a redefinir los linderos y jurisdicción, siguiendo los linderos con los cuales se había erigido la parroquia de San Joseph del Guasimal en 1734, estableciéndolos así: … desde las juntas del río Zulia con el de Pamplona, siguiendo éste aguas arriva hasta donde se dentra la quebrada de Oraraque, que baja del zerro de Orope, y de esta junta siguiendo la dicha quebrada aguas arriva hasta su origen, del qual, tomando derechura, sigue a dar a la quebrada que llaman de la Yegüera, y de ésta aguas abajo hasta dentrar en el río de Zulia, y de éste todo el río abajo hasta sus juntas con el de Pamplona37.

Como puede verse, el lindero de la Villa de San José de Cúcuta con la Villa del Rosario era el río Pamplonita (llamado Pamplona en tiempos coloniales), siguiendo la tradición de las jurisdicciones parroquiales diocesanas. Para el caso, reivindican para la Villa de San José der Cúcuta los mismos linderos que tenía la parroquia de San Josef de Guasimal, erigida en 1734. 7.1.2 Linderos de la Villa del Rosario de Cúcuta: Don Juan Antonio de Villamizar se presentó en la parroquia de Nuestra Señora del Rosario el 8 de mayo de 1793 e hizo pregonar el título de Villa que les ha sido conferido, al tiempo que exponía que debía tomarse el río Pamplona como lindero ineluctable para la división territorial y jurisdiccional de las dos villas, pues en aquellos tiempos ocurría “…que no habiéndose hasta ahora hecho perfecta división de los términos del Arzobispado de Santafé y del Obispado de Mérida, resultarían no pocas contiendas sobre la paga de diezmos por quedar el resguardo del pueblo [de Cúcuta] entre ambas diócesis, los indios experimentan un trastorno grande. Y últimamente ahora se tiene por río de Pamplona el brazo que corre por entre el resguardo por llevar en la actualidad más porción de agua, llegará caso (como ha sucedido ya más de una vez) el que no aquel brazo, sino este que divide el terreno de la Villa tome la denominación de río Pamplona, y por consiguiente ya

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ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, AG. Colonia: Poblaciones, Tomo 2. Expediente y Autos seguidos por Don Antonio Villamizar, vecino de la ciudad de Pamplona, sobre la formación de las villas de San José y del Rosario de Cúcuta.


no quedaría inmutable y tan fijo el lindero como debía según lo proveído en el Superior Despacho”38.

En aquellos tiempos, como dice la Biblia, el río Pamplona (hoy Pamplonita) formaba una gran isla al dividirse en dos brazos; uno por el actual cause y el otro por la llanura aluvial, más o menos por la actual Avenida 1ra e inmediaciones de la Avenida Gran Colombia, formando una isla que perteneció a las tierras del resguardo del pueblo de indios de Cúcuta, asentado desde 1641 en la margen derecha del río Pamplona, el actual Barrio San Luis de San José de Cúcuta. Sin embargo, el funcionario como juez poblador, debía establecer uno linderos y jurisdicción más o menos cierta para la Villa del Rosario, lo cual dispuso de la siguiente manera: “...desde las juntas del río de Táchira con el de Pamplona y que media entre uno y otro río hasta el Alto de la Laxa que divide los feligresados de esta Villa y pueblo de Chinácota, y respecto a que desde donde termina el feligresado deste mismo pueblo hacia las vertientes del expresado río de Táchira se considera haber una gran extensión de tierra de muchas leguas que por montuosa y áspera, o por mejor decir, por no haber querido alguno emprehender su descubrimiento se halla hasta ahora inhabitada... y todos quantos descubrimientos hicieren sus vecinos por esa parte hasta dar con las pobladas tierras de cultivo y de pastos que hubiere en el Valle de las Angustias, de cuyos contornos nace el referido río Táchira...”39.

Es obvio que para estos tiempos esos linderos resultan muy ambiguos en ciertos sectores, mas no en lo referente a la Villa de San José, pues quedaba claro que el límite era en río Pamplona. Sin embargo, en la historia de estas unidades territoriales y sus linderos encontramos que merece especial atención el desarrollo histórico del pueblo de indios de Cúcuta durante el Siglo XIX, pues compromete de alguna manera lo referente a los linderos entre las dos villas en cuestión. 7.2 Linderos oficiales reconocidos en la Comisión Corográfica de Agustín Codazzi, 185140. La Comisión Corográfica fue integrada por el Gobierno Nacional, dirigida por Agustín Codazzi, para hacer la “Jeografía Física i Política de las Provincias de la Nueva Granada”. En la revisión geográfica y documental que realizaron encontraron que los términos del Cantón del Rosario y San José eran del siguiente modo: Confines del Cantón San José según Codazzi en 1851: “Confina el cantón San José, al Sur, con la Provincia de Pamplona por dos quebradas y por dos serranías; al Norte, con la República de Venezuela por el curso del río La Grita; al Este, con la misma República por medio del río Guaramito, la quebrada China, unas cumbres de cerros, la quebrada Don Pedro y el curso del Pamplonita; y con el cantón del Rosario, por el curso del mismo Pamplonita y una serranía hasta tocar con el límite de Pamplona; finalmente, al Oeste, con el cantón Salazar por medio del río Zulia”41. 38

Archivo General de la Nación, AGN. Colonia: Poblaciones Varias, rollo 8, ítem 23. Expediente de Don Juan Antonio Villamizar y Peña, teniente de corregidor de la ciudad de Pamplona, en la posesión del título de Villa y nombramiento de justicias de la Villa del Rosario de Cúcuta, año de 1793. 39 Ibídem 40 CODAZZI, Agustín. Jeografía Física i Política de las Provincias de la Nueva Granada. Provincias de Soto, Santander, Pamplona, Ocaña, Antioquia y Medellín. Bogotá: Banco de la República, 1958. San José y El Rosario pertenecían a la Provincia de Santander. 41 Ibídem, pág. 74


En este momento histórico está claro que el límite entre San José y Villa del Rosario sigue siendo el río Pamplonita, su lindero original colonial de 1793. De hecho, durante todo el Siglo XIX, El Rosario, como se le llamó oficialmente, no tuvo variaciones en su estructura jurídica o jurisdiccional, excepto por las diferentes denominaciones de las unidades territoriales y su protagonismo en la división política, cuando además de distrito fue cabecera del cantón del Rosario. O el fraccionamiento de su territorio con la creación de Planadas y Mundo Nuevo, hoy los municipios de Ragonvalia y Herrán respectivamente. Pero no hubo variaciones limítrofes con San José de Cúcuta, a pesar de la fragilidad política como unidad territorial del viejo Pueblo de Cúcuta, que finalmente terminó haciendo parte de la jurisdicción de San José al ser eliminado definitivamente de su condición de municipio en el año de 1913. Los confines del cantón del Rosario según Codazzi en 1851 eran: “…al Norte con el de San José mediante el río Pamplonita; al Sur con el de Pamplona, provincia de este nombre; al Este con la República de Venezuela mediante el río Táchira; y al Oeste con el cantón San José por la cumbre de unos cerros y el curso del Pamplonita”42.

Codazzi no puso mucho interés en la especificación del lindero entre los cantones de San José y El Rosario, pues en aquellos años el pueblo de Cúcuta había sido degradado a la categoría de ‘aldea’, sufragánea de San José. Entonces, los linderos entre Cúcuta y El Rosario que eran la quebrada de Boconó, desde su desembocadura en el río Táchira hasta su nacimiento en las inmediaciones del cerro que hace el divorcio de aguas con el río pamplonita, para caer en dirección noroeste por un caño seco que desemboca en el Pamplonita, eran por supuesto los linderos cantonales. Es por eso que usa la expresión: “al Oeste con el cantón San José por la cumbre de unos cerros y el curso del Pamplonita”43. 7.3 El avance de San José sobre la margen derecha del río Pamplonita en detrimento del territorio de El Rosario Entre 1870, 1888 y 1896 se adelantaron obras muy importantes en materia de infraestructura vial sobre los caminos que conectaban estos asentamientos urbanos. Una, la construcción del Puente de San Rafael, fábrica de cal y canto, para unir a San José con el camino Nacional a Pamplona. Dos, un camino carretero sobre el antiguo camino real de San Rafael al pueblo de Cúcuta, y de 42

Ibídem, pág. 76 La historia institucional y política del Pueblo de Indios de Cúcuta estuvo afectando la constitución territorial de El Rosario a lo largo del Siglo XIX, pues en tanto el caserío de Cúcuta iba siendo reconocido como “aldea” o “distrito parroquial” los linderos se alteraban. Por ejemplo, en virtud de la instauración del Estado Soberano de Santander, Cúcuta fue despojado del reconocimiento territorial que traía desde 1821, razón por la cual no aparece en el Censo de 1870 y sus habitantes fueron sumados a la población de San José; pero aquel mismo año, en octubre, fue erigido ese caserío del “pueblo de Cúcuta” en “aldea”, siendo eliminada de nuevo por la Asamblea del Estado en 1879, pasando a integrar el territorio de San José, municipalidad que lo asimiló en calidad de corregimiento. Luego en 1887 esta aldea del “Pueblo de Cúcuta” fue agregada, tanto al distrito del Rosario como de San José las tierras de la margen izquierda del río Pamplonita. En 1888, el 15 de noviembre, la extinguida aldea del pueblo de Cúcuta volvió a ser erigida en distrito municipal con los límites que tenía antes de 1887. Y, finalmente mediante la Ordenanza 30 de 1898 el municipio del Pueblo de Cúcuta fue denominado o renombrado San Luis de Cúcuta, nombre que llevó hasta su demolición o extinción definitiva en abril 25 de 1913, con lo cual fue anexado a San José en calidad de corregimiento y sus tierras incorporadas en esa jurisdicción. 43


éste a la plaza de El Rosario por las vegas de los ríos Pamplonita y Táchira. Y, tres, ampliación del antiguo camino privado de San Javier, desde el Puente de San Rafael al nuevo asentamiento de El Rosario44. Estas inversiones y actuaciones administrativas dieron a la municipalidad de San José una primacía y liderazgo considerables sobre El Rosario, derivándose de ello un posicionamiento efectivo sobre parte de su jurisdicción, con acciones como el correr arbitrariamente el lindero original que era el río Pamplonita hasta el camino carretero, con lo cual se envolvían o asimilaban para San José las vegas fértiles de la margen derecha del Río, lo que correspondía a las haciendas o predios de Toldaderos y San Isidro principalmente. Se configuró una apropiación territorial de hecho sobre tierras de El Rosario, sin que esa municipalidad pusiera la más mínima oposición. En el año de 1913 el municipio de San Luis, creado y rebautizado así en 1989 a partir del antiguo pueblo de Cúcuta, con los mismos linderos que traía desde su existencia antigua, fue demolido y convertido en corregimiento de la capital San José. Sin embargo, por alguna razón, Villa del Rosario fue descuidando un poco su territorio occidental de la margen derecha del río Pamplona, al tiempo que crecía la población y ocupación de la capital San José de Cúcuta sobre dicha margen; a tal punto que terminó por reconocerse que el lindero entre las dos jurisdicciones en esta parte era el camino real que conducía desde San Rafael hasta San Luis, actual carretera a San Mateo. Sin embargo, las autoridades de El Rosario sí fueron conscientes que sus límites territoriales con San José seguían siendo, si no el río Pamplonita, por lo menos sí el Camino Carretero de San Rafael a San Luis, como se le llamó al pueblo de Cúcuta a partir de 1898. Prueba de ello es que el Señor Personero y Concejo Municipal de El Rosario confieren la Escritura No. 0162 del 14 de febrero de 1939 al Señor Eugenio Gandolfo, sobre tierras de ubicadas justo al lado derecho del predio Toldaderos, mediando la carretera que conduce de San Rafael a San Luis y El Escobal. Esta actuación y acto de soberanía de Villa del Rosario se ejerce sin oposición ninguna, pues ese señorío se realiza muy a pesar de la Ordenanza No. 10 de 1934 con la que se pretendió validar un acuerdo del Concejo Municipal de Cúcuta donde se redefinían unilateralmente esos linderos en forma arbitraria. Dicho acuerdo municipal de San José de Cúcuta sustentaba, y así lo expresa la Ordenanza en cuestión, que esos eran los territorios sobre los cuales se “ha venido ejerciendo jurisdicción”. Como puede verse, se trata de una reconfiguración de los linderos ancestrales y originales, ejercida unilateralmente por parte de San José de Cúcuta, sin que la municipalidad del Villa del Rosario haya interpuesto ningún recurso en aquellos tiempos ni en el presente. Sin embargo, se reconoce en estos documentos que para 1939 y años sucesivos, los funcionarios o agentes del Estado en Villa del Rosario, Concejo Municipal y Personería Municipal, así como su Tesorería y Catastro Municipal; todos ellos tenían claro que el territorio de su jurisdicción llegaba hasta el río Pamplonita (o por lo menos hasta el carreteable del puente San Rafael a San Luis. Prueba de ello es que confieren la escritura 0162 al Señor Eugenio Gandolfo, con todos sus merecimientos y términos de legalización, sin ninguna duda ni oposición de justicia o jurisdicción alguna. 44

Gaceta de Santander. Socorro, sábado 15 de octubre de 1870. Decreto X. Gaceta de Santander, 1888. Págs. 1819. Gaceta de Santander. Informe del Gobernador a la Asamblea Departamental. Bucaramanga, 1890


Anexo No. 1. REAL CEDULA DE ERECCION DE LA PARROQUIA DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO EN VILLA, ARANJUEZ 18 DE MAYO DE 1792

Don Carlos Cuarto por la gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Menorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y tierra firme del mar océano; Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán, Conde de Absburgo, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina, &= Por cuanto con representación de quince de octubre de mil setecientos ochenta y seis, remitió mi Real Audiencia de Santafé testimonio de los autos causados en la instancia promovida por los vecinos de la parroquia de Nuestra Señora del Rosario, del valle de Cúcuta, jurisdicción de la ciudad de Pamplona, en el distrito del virreinato del Nuevo Reino de Granada, sobre que se les conceda título de Villa, informando le parecía ser arreglada esta pretensión, por las apreciables y necesarias circunstancias con que se halla adornada dicha Parroquia, y por carecer de la administración de justicia pues no es suficiente a desempeñarla uno de los alcaldes de la ciudad de Pamplona, que está dispuesto residía precisamente en aquella Parroquia: He venido a consulta de mi Consejo de Cámara de Indias de diez y ocho de mayo de mil setecientos ochenta y nueve, en concederla el título de Villa. Y habiendo merecido mi Real atención la lealtad, fidelidad y servicios de los vecinos de la propia parroquia del Rosario, es mi real voluntad tenga el Título de NOBLE, FIEL Y VALEROSA VILLA, para que de este modo sirva de ejemplo y emulación a otras poblaciones.- Que su ayuntamiento se componga de un alcalde ordinario, cuatro regidores, mayordomo de propios, alguacil, y un escribano de consejo y público, según ordena la Ley Segunda del Libro Cuarto, Título Sétimo de la Recopilación de Yndias; y se saquen a pública venta y remate los cuatro indicados oficios de regidor, y el de escribano público, con arreglo a las Leyes Primera y Sétima del Título diez Libro Octavo, para que, como vendibles y renunciables, enteren los respectivos interesados en cajas reales, las partes correspondientes a mi Real Hacienda- Que siendo consiguiente la independencia y separación de esta Villa de la ciudad de Pamplona, a la que hasta ahora ha estado subordinada, y para evitar en lo sucesivo contiendas y disputas entre una y otra sobre aprovechamiento de terrenos, nombre mi virrey de Santafé sujeto de probidad, conducta e inteligencia que, en clase de comisionado, demarque y deslinde los terrenos de la referida ciudad, por la parte del valle de Cúcuta, separando los que hayan de quedar por pertenecientes a la nueva Villa, y a la parroquia de San José, su anexa poniendo cotos, hitos o mojones que señalen la división de límites entre la expresada ciudad, y nueva villa de Nuestra Señora del Rosario.- Que el comisionado ejecute la propuesta división de términos, de suerte que tanto al vecindario de Pamplona, como al de la nueva Villa, queden los terrenos precisos, y necesarios por aquella parte, para los usos indispensables, cuidando de señalar a la última los que juzgue convenientes para ejidos y dehesas y tierras de pasto y labor, precisas a dicha Villa con proporción al número de sus vecinos; cuyos ejidos y dehesas se consideren como de el común, y ramo de propios, según los tienen las demás villas y ciudades, y está prevenido por las leyes Trece y Catorce del Libro Cuarto, Título Sétimo. Y que evacuadas por el Comisionado dichas diligencias, me informe con testimonio de todo, por mano del propio mi Virrey, a quien así mismo he resuelto se presente este mi Real Título - Por tanto, mando, que de aquí en adelante la referida parroquia de Nuestra Señora del Rosario, pueda llamarse, y nombrarse, y se titule y nombre Noble, Fiel y Valerosa Villa; poniéndose así en todas las cartas, provisiones y privilegios que se la expidieren por mí, y por los Reyes mis sucesores, y en todas las escrituras e instrumentos que pasaren ante el escribano de la misma Villa; y que goce igual tratamiento y prerrogativas que las que están concedidas a las demás Villas.- Y por esta mi carta, o su traslado signado de escribano público, ruego, y encargo al Serenísimo Príncipe de Asturias, mi muy caro, y amado hijo, y mando a los infantes, prelados, duques, marqueses, condes, ricos - hombres, priores de las órdenes, comendadores, y subcomendadores;


y a mis consejos, presidentes y oidores de mis reales audiencias, así de estos reinos como de los de las Yndias; a los gobernadores, corregidores, contadores mayores de cuentas, y otros cualesquier jueces de mi casa y corte, y chancillerías; a los alcaldes de los castillos, y casas fuertes y llanas; a todos los consejos, alcaldes, alguaciles, meninos, caballeros, escuderos, oficiales y hombres buenos de las ciudades, villas y lugares de todos mis Reinos y Señoríos, y a los demás mis vasallos de cualesquier estado, condición, preeminencia, o dignidad, que ahora son, o fueren de aquí adelante, guarden y hagan guardar la expresada merced a la referida parroquia de Nuestra Señora del Rosario del valle de Cúcuta, sin contravenir, ni permitir se contravenga a ella en cosa alguna.- Y de este Despacho se tomará razón en las contadurías generales de valores y distribución de mi Real Hacienda, y en la de mi Consejo de las Yndias dentro de dos meses de su data, expresándose por la primera quedar satisfecho o asegurado lo correspondiente al derecho de la media anata por esta gracia, la que, no ejecutándose así, quedará nula y de ningún valor, ni efecto. Dado en Aranjuez a diez y ocho de mayo de mil setecientos noventa y dosYO EL REY.

Anexo No. 2 ESCRITURA DE ADQUISICIÓN DE LOS EJIDOS Y DEHESAS PARA LA VILLA DEL ROSARIO, 179345 Notorio sea como nos Mateo Díaz, José Antonio y Juan José Díaz de Rueda de esta vecindad, otorgamos y conocemos que vendemos en venta real y por juro de heredad perpetuamente desde ahora y para siempre jamás al vecindario de esta Noble, Fiel y Valerosa Villa de Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta para el establecimiento de ejidos y dehesas, es a saber: dos mil doscientas treinta y tres varas castellanas de tierra de criar, a lo largo de seiscientas cincuenta y cuatro y media varas de ancho; el largo de ella de oriente a poniente, y el ancho de norte a sur, y los linderos los siguientes: por el sur con tierras del presbítero Don Nicolás Rodríguez, por el poniente con tierras de las haciendas de los Colorados y Patios, y por el norte y oriente con solares desiertos y tierras de Nos los vendedores, y dicha tierra se halla inmediata a esta Villa con la quebrada de los Ángeles de por medio, y libre de todo gravamen, censo, e hipoteca que no le tienen en manera alguna, y de los derechos reales a Su Majestad, pertenecientes como así lo aseguramos; y vendemos con todas sus entradas y salidas, aguas, montes y abrevaderos, usos, costumbres, derechos y servidumbres en cantidad de cincuenta pesos de a ocho reales moneda corriente en este Reyno, que confesamos tener recibimos a nuestra plena satisfacción de mano de los compradores. Y por porque su entrega no parece presente, renunciamos a la excepción y leyes de la innumerata pecunia, paga y prueba su recibo. Y confesamos que los enunciados cincuenta pesos es el justo valor y precio de dichas varas de tierra, que no valen más, y si algo más valen o valer pueden, de la demasía y más valor, hacemos gracia y donación, buena, pura, mera, perfecta e irrevocable que el derecho llama intervivos con las insignuaciones necesarias, cerca de lo cual renunciamos la Ley de los Quinientos Suelos Aureos con el nuevo ordenamiento Real fecho en cortes de Alcalá de Henares y los cuatro años declarados para pedir rescinción del verdadero contrato engaño mayor o menor, enorme o enormísimo con todas las demás leyes que tratan de las cosas que se compran o se venden por la mitad, más o menos de su legítimo valor. Y desde ahora para siempre nos desistimos y apartamos del derecho de propiedad, dominio, acción, tenencia y señorío que a la referida tierra hemos tenido y nos pertenecía, y todo ello con sus derechos reales y personales, evicción y saneamiento, lo cedemos, renunciamos y transpasamos en dichos compradores para que como cosa suya propia y adquirida con su dinero en venta real como ésta lo es con justo derecho y título, aprehendan su posesión en la manera que mejor les convenga y la hayan, gocen y posean, vendan, cambien o enajenen a su beneficio del fin a que se dirige esta venta. Y prometemos que esta venta le será a los compradores, cierta, segura y de toda paz, y que en razón de ella no se les moverá 45

AHNC-NS, Caja 02. Tomo 04. Folios 56r-57v. Escritura de venta de tierras para los ejidos de la Villa del Rosario de Cúcuta, 1793.


pleito ni despojo, y si tal aconteciere, luego que llegue a nuestra noticia o que seamos requeridos en cualquier manera y estado de la causa, nos opondremos a su defensa y a nuestra costa le seguiremos hasta dejarlos en quieta y pacífica posesión, y si conseguirlo no pudiéremos, le daremos otras tales y tan buenas tierras como las aquí relacionadas, y que puedan servir para el mismo destino que estas, o les volveremos los narrados cincuenta pesos y pagaremos los costos y costas que en el asunto de impidieren con sólo testimonio del auto sentencia de despojo y simple juramento de los compradores en que diferimos la probanza. Y al cumplimiento de lo contenido en esta escritura nos obligamos con nuestras personas y bienes muebles e inmuebles y raíces, presentes y futuros; y damos poder a las justicias y jueces de Su Majestad para que a ello nos compelas y apremien por todo rigor de derecho y remedio executivo como por sentencia pasada en cosa juzgada y consentida, para cuyo efecto renunciamos todas las leyes y derechos a nuestro favor, y la Sit Convenerit de Jurisdiccione Unnium Judicum última pragmática de sumisiones con las que prohibe la general renunciación de las leyes. Que es fecho en esta citada Villa, a trece de mayo de mil setecientos noventa y tres años. Ante mi Alexandro Ortíz Manosalva, escribano real notario de Yndias. E yo dicho escribano que presento soy con los otorgantes, a los cuales doy fe que conozco, así lo dicen, otorgan y firman, siendo testigos Don Esteban y Don Miguel Fortoul y Don Guillermo Omaña. Y estando presente Don Pedro León Gutiérrez, alcalde partidario de esta Villa, aceptó esta escritura a nombre de todo el vecindario. Y queda satisfecho el Real Derecho de Alcabala de esta venta. Mateo Díaz. José Antonio Díaz de Rueda. Juan Joseph Díaz de Rueda. Pedro León Gutiérrez. Lucas Brizeño. Ante mí: Alexandro Ortíz Manosalva, Escribano Real.

BIBLIOGRAFÍA Y FUENTES CONSULTADAS 

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