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1.4 Requisito de adquisición de potencia

Este instrumento también prevé la información a través de la cual el CENACE deberá acreditar que existen las condiciones de racionamiento inminente, y, entre otros, las acciones operativas necesarias para asegurar la operación confiable del SEN. Cabe señalar que este instrumento inicialmente establecía dos tipos de protocolos de acción, que consisten en lo siguiente:

1. Protocolo preventivo. Se aplicaba cuando el CENACE identificaba que el SEN estaba próximo a entrar en estado operativo de emergencia, y existían las condiciones suficientes para llevar a cabo un proceso de evaluación competitivo para la contratación de potencia.

En este protocolo, la Comisión evaluaba ex-ante que la alternativa, o combinación de alternativas, que presentara el CENACE, representara la opción técnica más conveniente para evitar la condición de emergencia. Actualmente ya no es aplicable este protocolo debido a la emisión de las Subastas de Confiabilidad. De acuerdo con lo anterior, como parte de la mejora regulatoria, la Comisión, a través del acuerdo A/020/2018 por el cual se emitieron las Subastas por Confiabilidad, determinó en su punto de acuerdo quinto, la derogación del Protocolo preventivo.

2. Protocolo correctivo. Se aplica cuando el CENACE identifica que el SEN está próximo a entrar en estado operativo de emergencia, y no hay suficiente tiempo para llevar a cabo un proceso de evaluación competitivo para la contratación de potencia. En este protocolo, la Comisión evalúa de manera ex-post, las acciones tomadas por el CENACE.

De acuerdo con lo antes expuesto, el Protocolo correctivo es el único instrumento actualmente vigente, mismo que se ha aplicado todos los años desde 2019.

El 14 de enero de 2016, se publicó en el DOF la resolución RES/916/2015, por la que la Comisión establece el requisito mínimo que deberán cumplir los suministradores y los usuarios calificados participantes del mercado para adquirir potencia en términos del artículo 12, fracción XXI de la LIE. El Requisito de adquisición de potencia se determina a partir de la demanda de los centros de carga en las horas críticas del SEN y de la Reserva de Planeación

Protocolo Preventivo:

Derogado mediante el acuerdo A/020/2018

Protocolo Correctivo:

Actualmente se aplica en el Sistema Baja California, garantizando su Reserva de Planeación y Operativa

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