Sindicato Mexicano de Electricistas REGISTRO No. 760
Integrado por Trabajadores de la Industria Eléctrica DOMICILIO SOCIAL: 3a DE ANTONIO CASO No. 45 APARTADO POSTAL 10439 MEXICO , D. F. CODIGO POSTAL 06470 TEL: 55 46 32 00
Camaradas: en fechas recientes Alejandro Muñoz ha declarado que “El patrimonio del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) podría ser reclamado por todos los socios de esa organización, incluidos los jubilados”. Para exhibir las mentiras y los intereses a los que sirve ese traidor, haremos cita textual de los Artículos 133, 134 y 135 de nuestros estatutos, en donde están plasmadas nuestras normas, principios y objetivos, fruto de muchos años de luchas y sacrificios, que nuestros padres fundadores tuvieron a bien redactar para evitar los actos de traición y deslealtad para con nuestra organización sindical. A su vez hacemos mención a lo que se establece en los Artículos 364 y 380 de la Ley Federal del Trabajo. ESTATUTOS CAPITULO NOVENO DE LAS REGLAS PARA LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL SINDICATO Artículo 133.- DISOLUCIÓN DEL SINDICATO.- Para que se disuelva el Sindicato Mexicano de Electricistas es necesario que se llenen los requisitos que establecen las Fracciones siguientes: I.- Asamblea General Extraordinaria.- Que sea convocada a una Asamblea General Extraordinaria con una anticipación mínima de un mes, con el único y exclusivo objeto de llevar a cabo públicamente el cómputo de la votación relativa. II.- Convocatoria y Cédulas de Votación.- Que se entregue a todos y cada uno de los Miembros Activos del Sindicato que sean trabajadores de planta, una copia de la Convocatoria respectiva y dos Cédulas personales de votación - color amarillo para los votos en pro de la disolución y color rojo para los votos en contra - en las que la Secretaría del Interior haga constar el nombre completo, el Departamento o División Foránea a la que pertenezcan y el número de la credencial de los citados Miembros Activos, quienes deberán firmar la Cédula respectiva y destruir la otra. III.- Efectividad de la Disolución.- Que en las Cédulas de Votación de color amarillo se haga constar que todos los Agremiados que voten en favor de la disolución, declaren expresamente su resolución de no formar ninguna otra Agrupación de carácter sindical y de permanecer en calidad de trabajadores no sindicalizados pues, caso contrario, no ha lugar a disolver el Sindicato, sino a reorganizarlo cambiando sus Estatutos en la forma que se juzgue conveniente. IV.- Comisión de Escrutinio.- Que la Comisión de Escrutinio que al efecto se forme quede integrada por los Miembros Propietarios de la Comisión de Trabajo, quienes deberán proceder a sellar y firmar los sellos de la urna de votación y a depositar en ella las Cédulas de Votación que sus representados les hubieren entregado, pudiendo éstos pasar personalmente a hacer el depósito de sus votos.