Reporte Canon y Sobrecanon Petrolero –primer semestre 2015
TRANSFERENCIAS primer semestre 2015 El presente reporte brinda información de las transferencias efectivamente realizadas y percibidas durante el primer semestre del 2015 por concepto de Canon y Sobrecanon Petrolero, de acuerdo a los registros del Ministerio de Economía y Finanzas.
A diferencia de los otros tipos de canon existentes (minero, gasífero, hidroenergético, pesquero y forestal), en el caso del petróleo se presenta un sobrecanon, como consecuencia de establecer una tasa adicional a la determinada inicialmente (salvo en el caso de Huánuco). En ese mismo sentido, se debe precisar que el Canon y Sobrecanon Petrolero está constituido por leyes particulares para cada departamento.
Por otro lado, desde el 2012 aumentaron los porcentajes de Canon y Sobrecanon y se añadió un nuevo concepto que proviene del Impuesto a la Renta (IR), el cual no estaba contemplado previamente. De esta manera, el Canon y Sobrecanon queda constituido de la siguiente manera: i) Para la actividad de explotación realizada en las Regiones de Loreto, Ucayali, Piura y Tumbes el monto del Canon y Sobrecanon está constituido por:
ii)
Para la actividad de explotación realizada en la provincia de Puerto Inca - Región de Huánuco, el canon se compone del 15% del valor de la producción de petróleo y el 50% del IR de las empresas que realizan actividad de explotación de petróleo y gas mediante contratos de licencia y de servicios. No cuenta con sobrecanon.
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