2019 POLITICA PUBLICA DE PIVC

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2.1.3. Intermediación laboral ilegal La intermediación laboral es definida como el envío de trabajadores en misión para prestar servicios a empresas o institución a través de una Empresa de Servicios Temporales. Estas empresas son organizaciones que suministran personal a terceros beneficiarios para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades, a través de sus propios trabajadores. En este marco, la intermediación laboral ilegal es el envío de trabajadores en misión para prestar servicios a empresas o instituciones a través de entidades no autorizadas para actuar como Empresas de Servicios Temporales. La problemática de la intermediación laboral ilegal puede dimensionarse a partir de las averiguaciones, visitas y sanciones impuestas, que realizan los Inspectores de Trabajo, en el marco del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo. Para el período 2014-2017 se iniciaron 633 averiguaciones por intermediación laboral. De estas el 67,1% se desarrollaron a empresas usuarias, el 11,7% a SAS que actuaron como intermediadoras, sin contar con la autorización (sociedad por acciones simplificadas) y el 8,8% a CTA (cooperativas). A continuación, se muestra la trayectoria de las averiguaciones por intermediación laboral: Ilustración 12 Averiguaciones preliminares por intermediación laboral 2014-2017

Fuente: Subdirección de Gestión Territorial Ministerio de Trabajo (2018)

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