EXTRANJEROS EN PRISIÓN. UNA MARGINACIÓN REITERADA
LUIS RAMÓN RUIZ RODRÍGUEZ
Prof. Titular de Derecho penal Universidad de Cádiz
1. El extranjero ante el sistema penal 2. Inmigración y seguridad: un método para la exclusión 3. De la marginación al sistema penal. El caso de la prisión. 4. De vuelta a la exclusión. El final de la pena privativa de libertad.
La proximidad fonética y sonora entre los términos inmigración y marginación es puramente accidental, pero algunas casualidades se convierten en persistentes realidades que terminan por hacer olvidar que son producto del azar. Tanto las razones como las circunstancias que rodean a la inmigración como fenómeno, conducen de manera forzosa, y en demasiadas ocasiones, a un paralelismo casi exacto entre el hecho en sí de la inmigración y el resultado material de la marginación en la que se desarrolla buena parte del proceso. No puede dejarse de lado que la situación de los extranjeros que se trasladan de territorio por razones de necesidad económica o de supervivencia, en cualquier país de destino al que llegan, suele estar definida por la prevención de los habitantes y las instituciones que los reciben ante quienes, representando las diferencias, crean espacios de inseguridad frente a una identidad colectiva con un cierto grado de homogeneidad. Este recelo se traduce en dos actitudes bien conocidas. La primera consiste en trasladar al inmigrante el mensaje de que se les recibe con generosidad en la medida en la que se mantengan en los espacios físicos, económicos y sociales que los nacionales estén dispuestos a ceder, respondiendo a la diferencia con la diferencia. La segunda, que mientras sean extranjeros es preciso que tengan presente que la igualdad de derechos no es absoluta, entre otras razones, porque su situación siempre debe visualizarse como provisional y sometida a una voluntad política cambiante de naturaleza coyuntural (RODRÍGUEZ MESA). Estos condicionantes favorecen que, a muchos niveles, incluso el trato objetivamente igualitario se convierta en un trato discriminatorio. En los Estados europeos occidentales las políticas sociales están basadas en la constatación de que algunos colectivos identificados como desfavorecidos precisan de la actuación de los poderes públicos para evitar espacios de marginación. Por ello, las originales posiciones del Estado de Derecho, que mantenían el principio de igualdad ante la ley básicamente en un plano formal, se han ido 1