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Rechazo vecinal a construcción irregular

EL PRIMER PASO

Carta publicada en la sección Usted Tiene La Palabra del periódico local La Palabra de Ezeiza el 23 de agosto de 2018. La compartimos porque representa simbólicamente el primer paso en el camino de la defensa del patrimonio arquitectónico y paisajístico del barrio, y de un entorno y de un estilo de vida característicos.

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Estimado Sr. Director de La Palabra de Ezeiza D. José María Marcos:

De mi mayor consideración:

Me dirijo a Usted a fin de transmitir la inquietud que produce, frente a las propias narices de propietarios y habitantes del Barrio Parque El Trébol, donde suelo residir los fines de semana con mi familia, el ostensible avance de la especulación inmobiliaria que no respeta normativas edilicias y menos aún el régimen de servidumbres y construcción imperante en el Barrio Parque. Entre las calles Los Robles y los Eucaliptus (alturas 800) sobre la calle Las Tipas al 30, se viene desarrollando – desde inicios del 2017- un engendro edilicio de condominios a la luz de todos los vecinos que asistimos impasibles ante una construcción que avanza a pasos agigantados y que, una vez terminados, serian vendidos como dúplex (a ojos vista se pueden apreciar 8 (ocho) unidades). Ello además de constituir una violación flagrante a las normas municipales, alteraría – una vez terminados- de manera irreversible la tranquilidad de las zonas aledañas, el nivel de alturas del paisaje, el horizonte estético del Barrio y la naturaleza misma de un Barrio Parque- abierto, de casas unifamiliares, de viviendas mayormente de fin de semana y de apacible tranquilidad- al tiempo que constituiría un precedente difícil de remontar, ante la avidez de inversores y desarrolladores inmobiliarios que compran enormes terrenos en el Barrio y los quieren transformar en urbanizaciones privadas. En lo personal, he mandado notas al Municipio a fin de que detengan las obras a inicios de marzo del año pasado; luego de solicitar una inspección y proceder a la clausura del emprendimiento que dejóo medianamente tranquilos a los vecinos, constatamos con estupor que la obra sigue viento en popa. La Sociedad de Fomento – SOCFOM- por su parte ha hecho gestiones alertando a las autoridades de esta anómala construcción. Más allá de continuar como un directo afectado, la labor de queja ante el Municipio y eventualmente llegar a instancias judiciales, insto a todos mis vecinos a la acción colectiva y a sumarse al rechazo ante semejantes avances, en la consciencia de que si permitimos que se viole la esencia misma del Barrio, terminaremos a la larga sumidos en la vorágine urbana y permitiendo que los especuladores inmobiliarios cuya ética es el dinero, se llenen los bolsillos a costa de nuestro derecho a vivir en un entorno de paz y tranquilidad. Ezequiel Martín Barakat ezbarakat@gmail.com DNI: 21.460.356

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El barrio y la SocFom

CONSTRUCCIÓN IRREGULAR: RECHAZO DEL VECINDARIO

La segunda mitad del año estuvo signada por una importante movilización del vecindario en contra de un emprendimiento inmobiliario que no respeta las servidumbres y que contaminaría las napas por la carencia de cloacas, afectaría la belleza del barrio y atentaría contra el valor de las propiedades. A continuación, una reseña de lo ocurrido.

A finales de 2017, algunos asociados a la SocFom advirtieron con cierta preocupación que se comenzaba una obra de grandes dimensiones en la esquina de Los Robles y Las Tipas y que no había cartel que anunciarala existencia de permiso municipal y el nombre del profesional responsable. El dato engrosó la frecuente lista de reclamos a las correspondientes dependencias del gobierno local sobre temas barriales. Al tiempo, el único portón de entrada por entonces –situado en la calle Las Tipas - apareció cruzado por una faja de clausura. Meses más tarde, los trabajos se reiniciaron frenéticamente pero con el cartel bien visible, lo que tranquilizó a todos por el momento. Para el invierno de este año, ya era evidente que no se trataba de una vivienda. Ni de dos, sino de cuatro, apiñadas en un terreno del cual ocupaban una proporción mucho mayor que la permitida en total por las normas vigentes en la materia. El 23 de agosto, el periódico local La Palabra de Ezeiza publicó la carta de un vecino que se puso al hombro la tarea de lograr que las normas violadas por particulares fueran respetadas por las instituciones encargadas de velar por ellas. Esa carta – que reproducimos en estas páginas con autorización de Ezequiel Barakat, su autor – marcó, en cierto sentido, el comienzo del alerta masivo del vecindario. Ezequiel redactó de inmediato un petitorio para juntar firmas que la SocFom publicó en las redes sociales y compartió con sus asociados, mientras algunos de ellos salían a sumar voluntades casa por casa. En pocos días, el petitorio apoyado por una larga lista de firmantes informados –que indicaron su documento de identidad y domicilio en el barrio - se incorporó al expediente abierto en el Juzgado de Faltas Nº1 de Ezeizaa raíz de la denuncia del mismo Ezequiel. Más medios – Diario Sur, Clarín Zonal Sur – se hicieron eco de la protesta vecinal. El 28 de septiembre de 2018 se dictó la sentencia. En su fallo, el Juez de Faltas hace lugar a la denuncia

de Ezequiel e impone una multa al propietario del inmueble por infracción a los artículos 19 (incumplimiento en tiempo y forma de las órdenes o intimaciones impuestas y notificadas); 77 (iniciación de obras o instalaciones en contravención a las disposiciones vigentes), y 82 (falta de presentación en término del plano conforme a obra) de la Ordenanza Municipal de Faltas Nº2539/10 y sus modificaciones. Intima asimismo al propietario y a su apoderado, en un plazo de treinta (30) días contados a partir de que la resolución quede firme, a demoler las construcciones internas y externas que no estén autorizadas en el plano registrado por la Municipalidad de Ezeiza. También los intima a cumplir con las servidumbres que afectan el título de propiedad del inmueble “siempre que no se opongan al derecho otorgado por la Ordenanza 2550/10” en virtud de la cual fue posible registrar el plano con posterioridad a la clausura. Por último, ordena a la Subsecretaría de Planeamiento, Obras Particulares y Catastro que verifique el cumplimiento de lo resuelto y que, ante el incumplimiento, “proceda en consecuencia”, esto es, se ocupe de demoler las construcciones clandestinas con cargo a los condenados (artículo 15 de la Ordenanza Nº 2539/10). No esperamos con los brazos cruzados: el 21 de noviembre solicitamos al Honorable Concejo Deliberante que se excluyera a El Trébol de los beneficios de la Ordenanza 2550/10 y sus modificaciones para todas las obras antirreglamentarias (texto en página siguiente). Luego de la euforia inicial por la excelente resolución judicial, fue creciendo la incertidumbre frente al incumplimiento de los imputados y, ahora también, de Planeamiento, Obras Particulares y Catastro. Vencido largamente el plazo estipulado al escribirse estas líneas, la espera atenta continúa. Una vez pasadas las fiestas y la feria judicial de enero, volveremos a este asunto, recurriendo a las instancias competentes para que se cumpla o se haga cumplir lo mandado.

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El barrio y la SocFom

Al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

La Unión, 21 de noviembre de 2018 Asunto: EXCLUSIÓN DEL BARRIO PARQUE EL TRÉBOL DEL ALCANCE DE LA ORDENANZA 2550/2010 La Sociedad de Fomento y Biblioteca Popular del Barrio Parque El Trébol solicita al Honorable Concejo Deliberante la consideración y aprobación de la exclusión del Bario Parque El Trébol de los alcances de la Ordenanza 2550/2010 con el propósito de preservar y conservar el citado Barrio que es parte relevante del patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, paisajístico y ecológico de J.M. Ezeiza, haciendo cumplir las servidumbres reales, perpetuas y continuas que afectan las propiedades en él comprendidas y lo dispuesto por la Ordenanza 1594/1979 y sus modificaciones

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A continuación, se fundamenta esta solicitud, considerando: 1.) Que no se conocen ni se alegan razones sociales, económicas ni ambientales atendibles que justifiquen la legalización de obras clandestinas en el entorno del Barrio Parque El Trébol, por lo cual la continuidad de la vigencia de la Ordenanza 2550/2010 en dicho barrio no tiene fundamento alguno y en la práctica es una moratoria permanente para quienes incumplen las normas sin otro propósito comprensible que la mera especulación inmobiliaria.

2.) Que en acto formalizado ante el Escribano Mateo Pérez Allendro el 15 de octubre de 1948 a folio 2448 vuelta del Registro a su cargo Nº3 de la Capital Federal se constituyeron servidumbres sobre los terrenos que forman el Barrio Parque El Trébol, inscriptas en el Registro de la Propiedad al folio 363 año 1948 y marginal año 1949 del Registro de Servidumbres y Locaciones.

3.) Que las mencionadas servidumbres - concepto que alude al derecho que limita el dominio de un predio denominado fundo sirviente en favor de las necesidades de otro llamado fundo dominante, perteneciente a otra persona natural o jurídica – reales, perpetuas y continuas, constituyen un derecho real que afecta a los inmuebles y obliga a sus propietarios.

4.) Que las mencionadas servidumbres fueron creadas por los planificadores del Barrio Parque con el propósito de que las mismas constituyesen el marco jurídico específico para sostener la identidad del Barrio Parque a través del tiempo.

5.) Que los propietarios aceptan las restricciones de uso y constructivas, las cuales tienen el efecto de un

contrato al que se obligan, al firmar la escritura traslativa de dominio.

6.) Que los límites del Barrio Parque El Trébol están

claramente

establecidos

en

la

Ordenanza

1594/1979.

7.) Que el Barrio Parque El Trébol es un proyecto urbanístico integral notable, surgido a mediados del siglo pasado, en armonía con la fauna, la flora y el paisaje autóctonos de la Provincia de Buenos Aires, y cuyas características originales, en virtud de las mencionadas servidumbres, perviven en la actualidad, luego de transcurridos setenta años del mencionado acto fundacional.

Por todo lo anterior y como queda dicho, la Sociedad de Fomento y Biblioteca Popular del Barrio Parque El Trébol solicita al Honorable Concejo Deliberante la consideración y aprobación de la EXCLUSIÓN DEL BARRIO PARQUE EL TRÉBOL DE LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA 2550/2010, cuyas prórrogas sucesivas dieron lugar a emprendimientos inmobiliarios que violentaron las mencionadas servidumbres, provocaron denuncias y protestas de los vecinos y, en un caso reciente, la intervención de la justicia ordenando la demolición de lo construido. A la espera de una pronta y favorable resolución, los abajo firmantes en nombre y representación de la Sociedad de Fomento y Biblioteca Popular Barrio Parque El Trébol saludan al Honorable Concejo Deliberante con su consideración más distinguida.

Firmantes: María de las Mercedes Alberdi (Secretaria) y Jorge Amadeo Scalise (Presidente)

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