ACERCA DEL SISTEMA DE RIESGO DEL SISTEMA FINANCIERO

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SUPERINTENDENCIA DE BANCOS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA GESTIÓN DE RIESGO SOBRE EL SISTEMA FINANCIERO DOMINICANO 12 de Mayo del 2011

ACERCA DE LA GESTIÓN DE RIESGO SOBRE EL SISTEMA FINANCIERO DOMINICANO Conferencia Dictada por Haivanjoe NG Cortiñas Superintendente de Bancos de la República Dominicana 12 de Mayo del 2011 IV Congreso Latinoamericano de Riesgo La Romana, R. D.

Deseo iniciar esta conferencia, agradeciendo a ASM Risk Consultors la gentil invitación para comparecer en este IV Congreso Latinoamericano de Riesgo, ocasión propicia para presentarles algunos aspectos de la gestión de riesgo en el Sistema Financiero Dominicano, desde la perspectiva del Supervisor. Las experiencias de crisis financieras han puesto en evidencia la importancia de una adecuada gestión de riesgos sobre el Sistema Financiero; de que ésta se sustente en un marco regulatorio y de supervisión sólido que proteja los recursos de los depositantes y asegure la solvencia y estabilidad financiera. La regulación busca establecer las normas y lineamientos mínimos que deben acatar las entidades de intermediación financiera para operar en un entorno saludable; con el proceso de supervisión se busca que las entidades financieras gestionen sus riesgos acorde a su perfil de negocio, minimizando la exposición al riesgo de los recursos captados de terceros. El colapso de entidades financieras, tanto a nivel local como internacional, ha dejado de manifiesto la necesidad de identificar, medir, evaluar y mitigar con precisión los niveles de riesgos asumidos por las entidades de intermediación financiera. Paralelamente, los organismos de control bancario, con una visión más crítica de la gestión de riesgos, han reorientado sus funciones hacia una supervisión preventiva, garantizando que las entidades cuenten con capital suficiente para absorber las pérdidas derivadas de los escenarios de vulnerabilidad financiera. En este sentido, la gestión de riesgos juega un papel preponderante en los avances y regularización de los sistemas financieros. Esto debido a que involucra establecer el contexto para la gestión, identificación y medición de los riesgos que podrían afectar las actividades de intermediación financiera, así como las estrategias de mitigación y control del impacto calculado de los riesgos que deben asumir las referidas entidades. Consciente de la importancia relativa de la gestión de riesgos y con el interés de realizar una supervisión más efectiva, acorde a la evolución y desarrollo del mercado 1


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financiero, la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana ha venido desarrollando desde el año 2007, significativos avances en las prácticas de supervisión, alineadas con los estándares internacionales de una banca globalizada que cada día desarrolla operaciones más complejas y donde los riesgos son potenciales mayores; así como también en el ámbito de la regulación, como lo es el actual proyecto de modificación de la Ley Monetaria y Financiera que cursa en el Congreso de la República.

Rol de la Superintendencia de Bancos en la supervisión y gestión de riesgos del Sistema Financiero En la República Dominicana, la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, define las atribuciones y competencias de la Superintendencia de Bancos en su rol de miembro de la Administración Monetaria y Financiera. Dicha Ley establece que la regulación del Sistema Monetario y Financiero debe estar orientada a mantener, en el plano monetario, la estabilidad de los precios y, en el aspecto financiero, la liquidez, solvencia y normal funcionamiento de las entidades de intermediación financieras y cambiarias. El alcance de la regulación del Sistema Financiero Dominicano comprende además la fijación de las políticas, reglamentación, ejecución, supervisión y aplicación de sanciones, en los términos establecidos en la referida Ley y en los reglamentos dictados para su desarrollo. De acuerdo a lo estipulado en la Ley Monetaria y Financiera, compete a la Superintendencia de Bancos la supervisión de las entidades de intermediación que operan en el Sistema Financiero Dominicano, conforme a su misión de asegurar la estabilidad, solvencia y eficiencia del sistema financiero y cambiario, y de proteger a los usuarios de los servicios financieros y cambiarios, mediante una supervisión efectiva, contribuyendo de esta manera al desarrollo socioeconómico de la República Dominicana. En este sentido, la Superintendencia de Bancos verifica el cumplimiento por parte de las entidades de los términos establecidos en la Ley Monetaria y Financiera, en los Reglamentos, Instructivos y Circulares emitidas, además de requerir la constitución de provisiones para cubrir riesgos y exigir la regularización de los incumplimientos a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Como consecuencia de las actividades de supervisión, la Superintendencia de Bancos tiene la potestad de requerir cualquier tipo de información relevante de los regulados, verificar la calidad de la misma y difundirla promoviendo la transparencia. Adicionalmente, puede formular

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recomendaciones y proponer reglamentaciones a ser aprobadas por la Junta Monetaria, emitir Instructivos y Circulares e imponer sanciones a aquellas entidades que incumplan los requerimientos establecidos en el marco de la Ley. Esto con la finalidad de fortalecer el marco de regulaciones prudenciales y de promover cimientos más sólidos al Sistema Financiero, que permitan mejorar la capacidad de prevención y de reacción del mismo a eventuales tensiones financieras. Actualmente, la Superintendencia de Bancos supervisa un total de 74 entidades de intermediación financiera, clasificadas en 15 Bancos Múltiples, 11 Asociaciones de Ahorros y Préstamos, 25 Bancos de Ahorro y Crédito, 22 Corporaciones de Crédito, y el Banco Nacional de Fomento de la Vivienda y la Producción. La actividad de intermediación del Sistema Financiero Dominicano se enmarca en un modelo de banca tradicional, caracterizado por el desarrollo de actividades de captación y colocación, estando poco desarrollado el negocio en los mercados financieros internacionales. Al 31 de marzo del año 2011, los activos de los intermediarios financieros supervisados ascienden a RD$770,712.6 millones, con una participación de 40.3% en el Producto Interno Bruto (PIB) de la economía dominicana. En la misma fecha, las captaciones del Sistema Financiero totalizaron RD$636,806.4 millones, representando el 33.3% del PIB. Estos indicadores reflejan que existe un vínculo estrecho entre el Sistema Financiero y la actividad económica, denotando la importancia de mantener un sistema financiero sólido, robusto y dinámico, sin comprometer la estabilidad económica y financiera del país. A nivel organizativo, la adopción del modelo de supervisión basada en riesgos supuso para la Superintendencia de Bancos una reorganización interna, eliminando la división entre los técnicos de supervisión in situ y extra situ, además de la reestructuración y creación de nuevos departamentos. Las actividades de supervisión a entidades de intermediación involucran dos áreas fundamentales. Por un lado, los departamentos de Supervisión, que realizan las actividades de seguimiento e inspección, mediante el análisis de la situación financiera, patrimonial y de riesgos de las entidades de intermediación, verifican el cumplimiento normativo y monitorean que los procesos de gestión de riesgos sean apropiados a la estructura, orientación y perfil de riesgos de cada entidad. Por otro lado, el departamento de Gestión de Riesgos y Estudios, realiza informes y análisis de la situación financiera del sistema, así como relativos a la evaluación de los riesgos supervisados y pruebas de tensión, a partir de las informaciones remitidas por las entidades financieras y, además, proporciona asesoramiento en aspectos técnicos y económicos relacionados a la política económica, al diseño, procesamiento e interpretación de las informaciones disponibles.

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Modelo de Supervisión Basada en Riesgos: Elementos relevantes, transición y avances En el año 2009, la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana inició el proceso de implementación del Modelo de Supervisión Basada en Riesgos, adoptando el modelo base del Organismo Supervisor de Canadá (OSFI). Este enfoque que se sustenta en una evaluación más cualitativa del riesgo, complementa el modelo de supervisión tradicional basado en la verificación y cumplimiento de las normativas que se ha venido implementado. Asimismo, se perfila más cercano a la realidad de las entidades supervisadas y persigue evaluar la viabilidad futura de las mismas, con la finalidad de prevenir y/o contrarrestar eventuales situaciones adversas que podrían poner en riesgo la estabilidad financiera y económica del país. El principal objetivo de la Superintendencia de Bancos en la adopción de este modelo de supervisión basada en riesgos consiste en establecer un sistema eficaz para evaluar la solidez y solvencia de las entidades de intermediación y preservar el funcionamiento sano de las mismas, mediante el análisis sistemático de la situación financiera, de los riesgos asumidos, los procesos de control y gestión que aplican, la determinación del perfil de riesgos de las entidades, además de dar seguimiento al cumplimiento de las normativas. En abril de 2010, fue publicado el Marco de Supervisión para las entidades de intermediación financiera, que constituye el eje central para la implementación de la supervisión basada en riesgos, el cual fue diseñado con el apoyo de la OSFI y del Grupo de Asesoría Internacional (AIG). El mismo, es de aplicación uniforme a todas las entidades reguladas, tomando en consideración sus diferencias en cuanto a perfil, estrategia y gestión de riesgos. De acuerdo al modelo citado, el proceso de evaluación de riesgos se inicia con la identificación de las actividades significativas de la entidad, es decir, aquellas actividades que son fundamentales para alcanzar los objetivos y estrategias de negocios. La identificación de dichas actividades se basa en un nivel adecuado de conocimiento sobre la entidad supervisada, el sector al que ésta pertenece, así como el entorno en que desarrolla sus operaciones. Posteriormente se evalúa el riesgo inherente a cada actividad, teniendo en cuenta la probabilidad de ocurrencia de un evento adverso, el tamaño potencial y su impacto en el capital y las utilidades de las entidades.

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El modelo de supervisión basada en riesgos dominicano está compuesto por tres elementos básicos: una regulación efectiva y prudente, seguimiento continuo a la supervisión, y la capacidad de la Superintendencia de Bancos para imponer sanciones, en función de lo establecido en la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, y en los reglamentos dictados para su desarrollo. Como muestra del avance que la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana ha alcanzado; podríamos citar la ejecución de un Plan Piloto del modelo de supervisión basada en riesgo, que abarca cuatro entidades del sistema, una por cada tipo de entidad de intermediación financiera. El plan piloto se ejecuto durante el 2010 y el mismo consistió en la determinación de los riesgos inherentes de cada actividad significativa, esto es, los riesgos de crédito, mercado, liquidez y operacional, así como también la evaluación y calificación de esos riesgos. De igual forma se evaluaron los aspectos de gestión de riesgo como el consejo de administración, auditoría interna, cumplimiento, entre otros. Una vez determinado, evaluado y conjugado todos los elementos considerados se obtuvieron las distintas calificaciones de riesgo neto de las entidades que conformaron el plan piloto. o Regulación efectiva y prudente La Ley Monetaria y Financiera establece que las entidades de intermediación financiera deben contar con adecuados sistemas de control de riesgos, mecanismos independientes de control interno y establecimiento claro y por escrito de sus políticas administrativas. En la misma, se faculta a la Superintendencia de Bancos a efectuar la supervisión consolidada a las entidades que formen parte de un conglomerado financiero, con la finalidad de evitar la piramidación del patrimonio, los excesos a los límites de créditos permitidos a una entidad de intermediación financiera individual, los conflictos de intereses entre partes vinculadas y el grupo de riesgo de la entidad, el arbitraje regulatorio y el riesgo de contagio. Con el objetivo de fortalecer el Sistema Financiero y el marco regulatorio del mismo, se han dictaminado una serie de normativas, que constituyen la base de la aplicación del modelo de supervisión basado en riesgos y son extensivas a todas las entidades de intermediación financiera. Estas abarcan la evaluación, gestión y monitoreo de los

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riesgos de mercado, liquidez, y operacional, de los límites de concentración de riesgos, la evaluación de activos, límites de créditos a partes vinculadas, gobierno corporativo, así como el riesgo operacional. Un aspecto fundamental es el relativo a la adecuación y suficiencia de capital, para el cual la normativa establece que las entidades de intermediación financiera deben mantener un coeficiente de solvencia mayor o igual al 10%, de manera que el patrimonio técnico de las entidades proporcione un colchón para absorción de las pérdidas inesperadas y para mitigar el impacto de reducciones en el valor de los activos. Adicionalmente, se ha elaborado un proyecto de modificación de la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, el cual contempla el fortalecimiento del enfoque de supervisión basada en riesgos, a raíz de las recomendaciones del Financial Sector Assessment Program (FSAP) 2009-2010, que incluye el requerimiento del capital económico en base al perfil de riesgo tanto a nivel individual como en base consolidada. Además se faculta a la Superintendencia de Bancos a aplicar, con previa autorización de la Junta Monetaria, un coeficiente de solvencia individual superior al 10%, con carácter transitorio, en función del perfil de riesgo determinado de una entidad. El anteproyecto circunscribe la ampliación de la capacidad de acción de la Superintendencia de Bancos, la inclusión a la regulación y supervisión de entidades no accionarias como las Cooperativas de Ahorro y Crédito, así como la regulación, supervisión y régimen sancionador del mercado cambiario y de los participantes en el Sistema de Pagos. En el mismo proyecto, se reforzarán temas relacionados a la evaluación y clasificación de carteras por líneas de negocios, riesgo de mercado distinguiendo entre la cartera de negociación e inversión y sus respectivos factores de riesgos; además se amplían los aspectos referentes a controles internos, con la introducción de requerimientos mínimos sobre los procesos, papel de la auditoría interna y externa, así como mejoras de las normas de gobierno corporativo. o Seguimiento continuo a la supervisión El proceso de seguimiento continuo a la supervisión fundamentalmente contempla tres tipos de acciones. Por un lado los seguimientos y análisis a distancia (extra situ), a partir de la revisión de los estados financieros, de la evolución y tendencia de los riesgos, y otras informaciones relevantes. Por otro lado están las visitas de inspección globales y parciales, que permiten la verificación directa de las informaciones suministradas a la Superintendencia de Bancos, el grado de cumplimiento de las distintas normas, un mayor conocimiento de las prácticas de gestión de los riesgos y de valoración de los

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activos, así como la evaluación directa de aspectos cualitativos (políticas, organización, gestión, controles) que inciden en la situación de las entidades. Finalmente, el seguimiento continuado in situ, que facilita la obtención temprana de información y una mayor anticipación en la adopción de medidas supervisoras. Para sustentar las actividades del proceso de supervisión, este organismo supervisor cuenta con un amplio sistema de información que se alimenta de un set de datos que deben remitir periódicamente las entidades de intermediación relativas a los estados contables, informes de auditorías, información sobre accionistas, además de un sistema de información denominado central de riesgos, de donde se obtienen datos de los créditos que las entidades conceden a sus clientes a nivel individual, por grupos y sectores económicos, rangos de préstamos, tipo de actividad, etc., a una escala comparable entre las distintas entidades. El cambio de un sistema de supervisión estático de verificación y cumplimiento a un sistema preventivo mas cualitativo y con un enfoque de riesgo ha llevado su tiempo, tanto en la formación de los recursos humanos como en el desarrollo de herramientas que faciliten el nuevo enfoque. Consciente de que la efectividad de la supervisión requiere también de la existencia de medios humanos y técnicos adecuados, además de un amplio sistema de información, la Superintendencia de Bancos ha realizado importantes inversiones en la capacitación de su personal técnico, con el objetivo de que éstos adquieran un conocimiento profundo de las técnicas de evaluación de riesgos y desarrollen las habilidades prácticas necesarias para la implementación del modelo de supervisión. Esto se realiza con el propósito de que los técnicos estén bien capacitados, de manera que sea posible desarrollar una cultura supervisora común orientada a un enfoque preventivo de riesgos. o Capacidad de imponer sanciones En función de las atribuciones que le confiere la Ley Monetaria y Financiera, la Superintendencia de Bancos puede adoptar medidas correctivas además de imponer sanciones a las entidades financieras que incumplan los requerimientos establecidos en la normativa vigente, como un mecanismo orientado a garantizar el cumplimiento normativo y la disciplina de mercado, contribuyendo de esta manera a preservar la estabilidad del Sistema Financiero. o Transición hacia el modelo de supervisión basada en riesgos Las experiencias de crisis demostraron que el modelo de supervisión tradicional no es suficiente para resguardar la estabilidad del Sistema Financiero, ya que su carácter estático sustentado en el conocimiento de la situación contable y financiera presente y

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en el control administrativo del cumplimiento de las normas, no proporciona indicadores preventivos de la viabilidad futura de las entidades de intermediación financiera. A raíz de esto, surge la necesidad de complementar las tareas de verificación con una valoración cualitativa sistemática mediante un enfoque de riesgo, que permita anticiparse a los posibles problemas con indicadores de alertas oportunos de cambios potenciales en la situación financiera, y reforzar las medidas preventivas que puedan adoptarse. La transición de un modelo de supervisión tradicional a un enfoque basado en riesgos trae consigo implicaciones importantes, ya que no sólo supone un cambio cultural relativo a la forma de supervisar, sino que demanda mayores recursos y la adaptación de la organización interna de la supervisión para trabajar de forma más cercana a las entidades supervisadas. Con el nuevo modelo, se busca determinar, de acuerdo al perfil de riesgo, qué entidades son más vulnerables y susceptibles de presentar problemas futuros, para así concentrar en ellas recursos de supervisión adicionales y prevenir crisis futuras. El perfil de riesgo refleja el nivel de preocupación de la entidad, dado que resume el riesgo potencial de que la misma presente problemas de solvencia, rentabilidad y liquidez en el futuro. La determinación del perfil de riesgos se realiza mediante la revisión y evaluación del riesgo inherente, el gobierno interno, la gestión y control de los riesgos, la determinación del riesgo residual, la valoración del gobierno corporativo y la revisión y evaluación de los recursos propios de la entidad. Por tanto, se necesita una combinación de análisis cuantitativo y evaluaciones cualitativas para determinar dicho perfil. La gestión y el control de los riesgos han de estar fundamentados en criterios de gobierno corporativo y deben ser el resultado de una cultura de riesgos bien definida por el Consejo de Directores, comunicada por la Alta Gerencia e implantada a todos los niveles de la entidad. En este sentido, la normativa de gobierno corporativo proporciona los principios y lineamientos básicos que las entidades de intermediación financiera deben adoptar para la implementación de sanas prácticas de gestión, conforme a los estándares internacionales y acordes con la naturaleza y escala de sus actividades. La gestión y control de los riesgos en que incurre la entidad deben ser proporcionales al volumen o tamaño del riesgo correspondiente, pero también a la complejidad y sofisticación de la actividad desarrollada, ya que las entidades sofisticadas, que cuentan con diversos productos complejos necesitan disponer de sistemas de gestión y

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control mucho más estrictos que aquellas entidades que desarrollan productos tradicionales. Por esto, para la evaluación de la suficiencia, adecuación y eficacia del funcionamiento de los sistemas de gestión y control interno para cada uno de los riesgos, es necesario tener presente tanto el tamaño como la complejidad del riesgo asumido. La importancia de la evaluación del gobierno interno, de la gestión y control de los riesgos y de los recursos propios radica en conocer la verdadera situación de solvencia de la entidad que, a su vez, proporciona una visión de los riesgos futuros a los que pueden enfrentarse las entidades. La aplicación del modelo de supervisión basada en riesgos inició en abril de 2010 con la asistencia de la OSFI, mediante la calibración de dicho modelo en cuatro entidades del sistema. Actualmente, el modelo es de aplicación uniforme a todas las entidades de intermediación financiera, teniendo en cuenta las características particulares, naturaleza, rango, complejidad y perfil de riesgo que cada una presenta. En este sentido, se han desarrollado matrices de riesgos para cada entidad de intermediación financiera, definiendo las actividades significativas correspondientes y su nivel de riesgo inherente. Estas matrices se utilizan para registrar la evaluación y calidad de la gestión de riesgos, la determinación de la calificación del Riesgo Neto Global, Riesgo Compuesto y sus respectivas tendencias, en horizonte temporal previamente establecido, según las características de la entidad supervisada. Adicionalmente, se realizó la planificación de las inspecciones in situ para lo que resta del año 2011, y se procedió a la elaboración de las guías de trabajo y las notas de sección para evaluar cada actividad significativa a partir de las áreas funcionales involucradas en los procesos de cada entidad, conforme a las mejores prácticas. Los principales desafíos relacionados con la implementación de la supervisión basada en riesgos, están relacionados al desarrollo de una cultura de riesgos en las entidades de intermediación financiera y del juicio experto en los supervisores basado en el perfecto equilibrio de la interpretación de indicadores tanto cuantitativos como cualitativos que miden el desempeño de los indicadores de riesgo de las entidades.

De la gestión de riesgo en las entidades de intermediación financiera dominicanas

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En el marco de Basilea II, la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana recientemente realizó una “Encuesta sobre Avances en Materia de Gestión de Riesgos” a las entidades de intermediación financiera. A continuación, me permito compartir con ustedes algunos de los resultados arrojados por la referida encuesta, los cuales fueron contrastados con la experiencia de este Organismo en materia de la evaluación de riesgos a través de las visitas de inspección y el monitoreo de las informaciones remitidas sobre la medición de los riesgos. En relación al fortalecimiento de la gestión de riesgos, los resultados de la encuesta señalan que más del 66% de las entidades realizaron mejoras significativas en sus procesos de gestión de riesgos, a raíz de la crisis financiera internacional. Estas mejoras se orientaron en las políticas, procesos y controles internos, así como en la adecuación de sistemas de riesgo y calidad de las informaciones, destacándose la necesidad de priorizar inversiones en la capacitación y entrenamiento del personal, y en la mejora de las plataformas tecnológicas. Asimismo, el 93% de las entidades indicó que su Junta Directiva se mantiene al tanto de la supervisión y de los niveles de riesgos a los que están expuestas sus actividades; y el 82% de las mismas aseguran mantener la independencia de la función de auditoría interna. El 91% de los encuestados manifestó contar con una unidad para la gestión integral de riesgos, independiente de las áreas de negocios de la entidad. No obstante hay grandes retos que superar en estos aspectos, particularmente, en las entidades más pequeñas que aún están en proceso de implementación de estas disposiciones. Con relación al riesgo de crédito, un 83% de las entidades que participaron de la encuesta afirmó haber establecido metodologías para la administración integral de este riesgo con estrategias de identificación, medición, control y mitigación. En lo referente a la calificación crediticia, un 60% utiliza sistemas de scoring para la calificación de riesgo de personas individuales, y un 33% califica las empresas con sistemas de ratings. En cuanto al riesgo de mercado, el 78% de las entidades cuenta con metodologías de medición, control y mitigación de dicho riesgo, basadas en el modelo regulatorio. Esto puesto que el 96% de las mismas no han desarrollado modelos alternativos para la administración del riesgo de mercado, que no es un requerimiento contenido en la normativa. Dado que el mercado financiero está poco desarrollado en el país, el 96% de los encuestados gestiona el riesgo de mercado a partir de su balance general, y sólo el 6% contempla también productos derivados.

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En lo referente al riesgo de liquidez, los resultados de la encuesta señalan que el 84% de los intermediarios financieros consideran aspectos cualitativos y cuantitativos para la gestión del riesgo de liquidez. Asimismo, se observó que alrededor del 52% de las entidades no han establecido límites internos como indicadores de alerta de liquidez, y tampoco realizan pruebas de estrés para evaluar el impacto sobre la liquidez de factores internos y externos. Sin embargo, un 70% manifestó haber establecido planes de contingencias reales para manejar posibles crisis de liquidez. Los sistemas de administración del riesgo operacional se encuentran a diferentes niveles de avance, debido a que la normativa es de reciente aplicación y a los altos costos de implementación que requiere el establecimiento de sistemas de información, plataformas tecnológicas y planes de continuidad del negocio adecuados a los mejores estándares internacionales para la gestión de riesgos, sobre todo en entidades pequeñas con bajo nivel de capitalización. No obstante, alrededor del 50% de las entidades han implementado algún tipo de estándar internacional para la gestión de riesgos y la seguridad de la información entre los cuales se destacan: ITIL, COBIT, COSO, ISO27006, entre otros. Conforme a los resultados de la encuesta, las entidades más grandes y, que además forman parte de grupos financieros, cuentan con instancias que aprueban estrategias y políticas con sistemas de gestión de riesgos a nivel consolidado y se están preparando para la implementación de Basilea II. Esto se evidencia en el hecho de que varias de las instituciones más grandes del país, iniciaron los procesos de implementación de riesgo operacional establecidos en el Pilar I de Basilea II, antes de la emisión del Reglamento sobre el particular y, a la fecha, presentan altos niveles de avances en la administración de dicho riesgo. Las entidades de intermediación financiera han efectuado avances significativos en la implementación de sistemas de gestión de los principales riesgos a los que están expuestas y demuestran estar comprometidos con la capacitación de sus recursos y con realizar mejoras en su capacidad tecnológica, incluso en las entidades más pequeñas. Finalmente, es importante resaltar que, aunque en la República Dominicana la participación de entidades financieras con capital extranjero no es significativa, la Superintendencia de Bancos mantiene buenas relaciones de cooperación con organismos supervisores internacionales, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las normas prudenciales transfronterizas, contribuyendo de esta manera a potenciar la estabilidad financiera internacional. Además ha suscrito convenios de cooperación e

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intercambio de información con los organismos supervisores de Centroamérica, Panamá, Canadá, Fed de New York, Argentina, Chile, Colombia, Perú, Venezuela, Grand Cayman, Haití, Antillas Holandesas, entre otros. La Superintendencia de Bancos entiende que el dialogo y la cooperación con otros organismos supervisores son esenciales para la eficaz supervisión de los grupos financieros y para la convergencia hacia las mejores prácticas de supervisión, por lo que se manifiesta dispuesta a colaborar y participar activamente en la promoción de es estrategias de consolidación de buenas prácticas de gestión, en aras de fomentar la estabilidad financiera local y regional.

Muchas Gracias

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