Tras la modificación del Estatuto de los trabajadores (RDL 2/2015 de 23 de octubre) a partir del 13 de mayo de 2019 será obligatorio registrar el horario de la jornada laboral. Además, según el BOE del 12 de marzo, la empresa debe conservar los registros “durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.
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