Audiencia de control de la detención y Formalización. Fecha Magistrado Fiscal Defensor Hora inicio Hora termino Sala Tribunal Acta RUC RIT
Chanco., veinte de septiembre de dos mil trece CLAUDIA ALEJANDRA GOMEZ VALDES JUAN PABLO PEREIRA RUBIO CRISTIAN BARRIENTOS ROJAS 08:46AM 09:03AM Sala 1 Juzgado de Letras y Garantía de Chanco. Elizabeth Bustos Zárate 1300913937-5 396 - 2013
NOMBRE IMPUTADO MARTIN JOSE LARRAIN HURTADO SOFIA FERNANDA GAETE RAMIREZ SEBASTIAN EDWARDS GREZ
RUT 0017XXXXX-X 0017XXXXX-X 0017XXXXX-X
DIRECCION XXXXXXXX N° XXX, Las Condes XXXXXXX N° XXX, Las Condes XXXXXXXX N° XX, Las Condes
COMUNA Santiago Santiago Santiago
Actuaciones efectuadas I.- PATROCINIO Y PODER II.- CONTROL DE DETENCION: Se declara ajustada a derecho la detención de los tres imputados.
Apercibimiento: RUC 1300913937-5
RIT 396-2013
Ámbito afectado PARTICIPANTES.: Denunciado. LARRAIN HURTADO MARTIN JOSE PARTICIPANTES.: Denunciado. - GAETE RAMIREZ SOFIA FERNANDA PARTICIPANTES.: Denunciado. EDWARDS GREZ SEBASTIAN
Detalle del Hito Art. 26 y 33
Valor 1
Art. 26 y 33
1
Art. 26 y 33
1
Formalización de la investigación: HECHOS: En la madrugada del día 18 de Septiembre de 2013, en circunstancias que don Martín José Larraín Hurtado, conducía en ineficiente estado físico y psíquico su vehículo Jeep marca Toyota, color amarillo, placa patente FE-9053, modelo Land Cruiser color amarillo, en compañía de don Sebastián Edwards Grez y doña Sofía Fernanda Gaete Ramírez, en un camino público en la comuna de Pelluhue, cuando en el cruce Quinta Chile con la ruta M-80-N, Martín Larraín ingresa al desarrollo de una curva, hacia la izquierda, continúa su desplazamiento de manera rectilínea y
tangencial, ingresando con parte de su estructura a la berma, atropellando al peatón don Hernán del Carmen Canales Canales, quién fallece en el lugar, debido a un politraumatismo que le genera una anemia severa. Frente a este atropello Martin Larraín se da a la fuga del lugar no dando cuenta a Carabineros del accidente ni su participación en este y no brindando auxilios a la víctima. Posteriormente, alrededor de las seis de la mañana con cuarenta y cinco minutos se presentaron en la guardia del Retén de Curanipe de Carabineros de Chile, don Sebastián Edwards Grez y doña Sofía Fernanda Gaete Ramírez, denunciando que alrededor de las cinco horas con cuarenta y cinco minutos, mientras se encontraban en la Ruta M-80-N, frente al cruce Quinta Chile, de la comuna de Pelluhue, escucharon que una persona caminaba y en sentido contrario vieron acercarse una camioneta doble cabina, color blanco, para luego escuchar un fuerte golpe y ver que la camioneta huía del lugar, percatándose que había una persona tendida en la acera. Entregando así, información falsa a quienes debían realizar las primeras diligencias de investigación, con el fin de ubicar e individualizar al participante del accidente de tránsito. Ocultando con ello la intervención de Martín José Larraín Hurtado, y su vehículo el Jeep marca Toyota, placa patente FE-9053, en la muerte del señor Canales Canales.CALIFICACION JURIDICA. Respecto del imputado Martín José Larraín Hurtado Delito: Cuasidelito de Homicidio del artículo 492 del Código Penal, en relación con el artículo 490 del mismo cuerpo legal N° 1., Participación: Autor Grado de Desarrollo: Consumado También se le imputa el delito establecido en el artículo 196 en relación con el artículo 174 de la Ley de Tránsito, esto es abandonar el lugar del accidente no dando cuenta a Carabineros ni prestando auxilio a la víctima. Respecto los imputados Sebastián Edwards Grez y Sofía Fernanda Gaete Ramírez Delito: se les investiga por el delito de Obstrucción a la Investigación del artículo 269 Bis, del Código Penal. Participación: en el cual tienen ambos imputados la calidad de autores, de acuerdo al artículo 15 del Código Penal. Grado de Desarrollo: En grado de consumado La Defensa: Le quedan claros los antecedentes de la investigación: RUC
RIT
Ámbito afectado
Detalle del Hito
Valor
1300913937-5
396-2013
RELACIONES.: LARRAIN HURTADO MARTIN JOSE / Cuasidelito de homicidio.
RELACIONES.: GAETE RAMIREZ SOFIA FERNANDA / Obstrucción a la investigación.
RELACIONES.: EDWARDS GREZ SEBASTIAN / Obstrucción a la investigación.
Grado de participación
Autor.
Escala Grado de ejecución Grado de participación
Ninguno. CONSUMADO Autor.
Escala Grado de ejecución Grado de participación
Ninguno. CONSUMADO Autor.
Escala Grado de ejecución
Ninguno. CONSUMADO
Decreta medidas cautelares, artículo 155 letra d) y f): El Ministerio Público: Solicita para los imputados las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, letras d) y f).La Defensa: No se opone El Tribunal: Decreta como medidas cautelares las del articulo 155 letra d) y f), esto es el arraigo nacional de los imputados, y la prohibición de los imputados
de
comunicarse
entre
ellos.
Se
ordena,
despachar
los
correspondientes oficios a la Policía de Investigaciones, a fin de que controlen el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas, haciendo presente que los imputados tienen domicilio en la Comuna de Las Condes, ciudad de Santiago. A solicitud del Ministerio Publico, y no habiendo oposición de la Defensa, Se decreta, la incautación del teléfono celular del imputado Martin José Larraín Hurtado. RUC 1300913937-5
RIT 396-2013
Ámbito afectado PARTICIPANTES.: Denunciado. LARRAIN HURTADO MARTIN JOSE
PARTICIPANTES.: Denunciado. - GAETE RAMIREZ SOFIA FERNANDA
Detalle del Hito Escala de duración
Valor Ninguno.
Tipo de medida Tipo de medida Escala de duración
Art. 155 letra d. Art. 155 letra f. Ninguno.
PARTICIPANTES.: Denunciado. EDWARDS GREZ SEBASTIAN
Tipo de medida Tipo de medida Escala de duración
Art. 155 letra d. Art. 155 letra f. Ninguno.
Tipo de medida Tipo de medida
Art. 155 letra d Art. 155 letra f.
Fija plazo cierre de investigación: 3 MESES La Defensa propone un plazo de investigación de 3 meses.El Ministerio Público: No se opone: RUC 1300913937-5
RIT 396-2013
Ámbito afectado RELACIONES.: LARRAIN HURTADO MARTIN JOSE / Cuasidelito de homicidio. RELACIONES.: GAETE RAMIREZ SOFIA FERNANDA / Obstrucción a la investigación. RELACIONES.: EDWARDS GREZ SEBASTIAN / Obstrucción a la investigación.
Detalle del Hito Tiempo investigación
Valor 3
Escala Tiempo investigación
Meses. 3
Escala Tiempo investigación
Meses. 3
Escala
Meses.
Detalle del Hito -
Valor -
¿Emitió certificado de libertad?
1
¿Emitió certificado de libertad?
1
Orden de libertad: RUC 1300913937-5
RIT 396-2013
Ámbito afectado PARTICIPANTES.: Denunciado. LARRAIN HURTADO MARTIN JOSE PARTICIPANTES.: Denunciado. - GAETE RAMIREZ SOFIA FERNANDA PARTICIPANTES.: Denunciado. EDWARDS GREZ SEBASTIAN
Dirigió la audiencia y resolvió doña CLAUDIA ALEJANDRA GOMEZ VALDES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Cauquenes, Subrogante Legal del Juzgado de Garantía de Chanco.-
JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA CON COMPETENCIA EN FAMILIA CHANCO
OFICIO N° Chanco, 23 de Septiembre de 2013. En causa RUC. Nº 1300913937-5 y RIT. N° 3962013, por los delitos de Cuasidelito de Homicidio y del delito establecido en el artículo 196 en relación con el artículo 174 de la Ley de Tránsito, esto es abandonar el lugar del accidente no dando cuenta a Carabineros ni prestando auxilio a la víctima, en contra del imputado MARTIN JOSE LARRAIN HUIRTADO,
cédula
de
identidad
N°
17.XXX.XXX-X,
domiciliado
en
XXXXXXXX N° XXX, Las Condes, Santiago, y del delito de Obstrucción a la investigación del artículo 269 bis, del Código Penal, en contra de los imputados SOFIA FERNANDA GAETE RAMIREZ, cédula de identidad N° 17.XXX.XXX-X, domiciliada en XXXXXXXX N° XXX, Las Condes, Santiago y de SEBASTIAN EDWARDS GREZ, cédula de identidad N° 17.XXX.XXX-X, domiciliado en XXXXXXXX N° XXX, Las Condes, Santiago, se ha ordenado Oficiar a Ud., a fin de comunicarle
que por resolución dictada en audiencia de fecha 20 de
Septiembre de 2013, se decretaron respecto de los imputados ya mencionados las Medidas Cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, letras d) y f), esto es el arraigo nacional de los imputados, y la prohibición de los imputados de comunicarse entre ellos. Saluda Atte. a Ud.CLAUDIA GOMEZ VALDES JUEZ SUBROGANTE LUIS ZAPATA JARA SECRETARIO(S)
SEÑOR. COMISARIO DE LA POLICIA DE INVESTIGACIONES LAS CONDES – SANTIAGO.CGV/ebz