Wednesday Dec 22, 2021

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Wednesday, December 22, 2021

San Juan The

50¢

DAILY

Star

‘Hamilton’ & Other Broadway Shows Cancel Performances Through Christmas

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‘The Last Thing Puerto Rico Needs’

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Oversight Board Sues Over Pension Laws It Says ‘Make Promises the Government Cannot Afford’

Governor Aims to With Omicron Surging, Biden Facilitate COVID Testing; Announces Gov’t Will Provide Won’t Rule Out Booster 500 Million Free Home Tests Requirement

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NOTICIAS EN ESPAÑOL P 18

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Wednesday, December 22, 2021

The San Juan Daily Star


GOOD MORNING

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December 22, 2021

The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday.

Governor: Next focus is facilitating COVID testing, possibly requiring booster

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ov. Pedro Pierluisi Urrutia said Tuesday that he would be seeking additional measures against COVID-19, this time to make it easier for people to be screened for the coronavirus. “If a person takes the test, it is because he has had contact with someone and the [health] insurance has to cover it. I do not rule out that we are taking measures for those who have the Vital Plan to have the test covered regardless of the reason why it is obtained,” the governor said in a radio interview on NotiUno. “In the same way, I am sure that the insurance commissioner is considering the possibility of requiring that, in insurance plans -- that is, those that are not regulated by the federal government -- this requirement is also included.” “We have to protect Puerto Rico and one way to protect Puerto Rico is for people to get tested and quickly detect if they have the virus and [if they do] then go into quarantine and not infect anyone else,” he added. Pierluisi said Health Secretary Carlos Mellado López requested 300,000 tests that were received or are about to arrive on the island. He did not rule out opening additional centers to test for COVID-19. “I do not rule out requiring the booster either and I

am going to do it as I did this year,” the governor said. “I’m going to go by sectors of our economy. I will start with the highest priority and I will be monopolizing all sectors to require the booster.” Pierluisi said he anticipated the complaints of some sectors as to the new Executive Order 2021-081, which establishes that all restaurants, bars and “chinchorros,” as well as other establishments where food and drink are consumed, must require proof of vaccination against COVID-19 or a negative test performed within 48 hours before entering. With the change, the 50 percent capacity alternative was eliminated for establishments that did not require evidence of vaccination or negative test, as previously reported by the STAR. In addition, it is established that all passengers -- vaccinated or not vaccinated -- who travel to Puerto Rico by domestic flight must present a negative COVID-19 test carried out within 48 hours before arriving on the island. People who do not arrive with a negative test will have 48 hours to do it in Puerto Rico or they will be fined. Likewise, unvaccinated people who travel to Puerto Rico on domestic flights must also quarantine for seven days, regardless of whether they arrive with or without a negative test result.

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The governor said the health secretary requested 300,000 tests that have either been received or are about to arrive on the island.


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Wednesday, December 22, 2021

Sources: Process for selecting deans at UPR Carolina remains obfuscated By THE STAR STAFF

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ore than a month after seeking the Academic Senate’s green light for a consultation to pick new deans, University of Puerto Rico (UPR) Carolina Provost José Meza has yet to inform the university community of the names of the candidates for academic and administrative deans and has yet to conduct consultations for the selection of a dean of students, sources close to the process said. Meza did not return requests for comment left in his office. The sources within the university community accused Meza of irregularities and noncompliance with regulations in the selection process and appointment of deans. They said Meza has appointed individuals to those positions who are unqualified and has kept them there for over a year without seeking the approval of the Academic Senate or UPR’s governing board, the latter of which has said it is up to UPR President Mayra Olavarría Cruz and not the board to intervene in the matter. “It is discouraging for us to denounce this to the press, to denounce what is happening in our university community and to have the officials who are supposed to oversee all of this

do nothing,” one of the sources said. On Nov. 18, after the STAR revealed the gross violations of university law in the appointment of deans, Meza requested in a meeting of the Academic Senate to be authorized to conduct a direct consultation for the appointment of all deans. “The university community thought that this process that the provost intended to carry out was highly questionable, since he already appointed deans whose appointments were never reported to the Academic Senate,” one of the sources said. “Some of these individuals have been occupying the position for more than a year; furthermore, it was evident that Meza, with this untimely and irregular process, intended to remedy his lack of compliance with the norms that regulate the appointments of deans that have taken place during his incumbency.” Thirteen days after his request to the Academic Senate, Meza issued letters and dissemi-

nated through emails the start of the consultation process for the appointment of the deans of academic affairs and administrative affairs. The letters were plagued with errors because Meza quoted regulations that do not exist, one of the sources said. In the memos, he cites articles 37.3.1.2 “of the UPR General Regulation. These articles do not exist in the aforementioned document; what does exist is a new section 37.3.1.2 that amends article 37 in the same,” the source said. In the calls, when indicating the requirements that the candidates must satisfy so that the consulted community knows them, not included is the new section 37.3.1.2.3 of the UPR General Regulation that includes the professional credentials such as leadership and capacity that the candidate must have for the position and standards of professional ethics that are required of the person. Also not listed are other characteristics and qualities referred to in section 40.5 of the regulations and which are regularly included as part of the candidate’s profile. According to the information received, it is not evident that a call has been made for candidates outside the university community. The consultation was held from Dec. 1 to Dec.

10, more than a week after classes ended and when there are very few people on campus. “At this moment, more than a month after the request to the Academic Senate and over 11 days from the closing of the call, the consulted community does not know who the nominated candidates for each dean position are, and they do not know where to go to examine their curriculum vitae, the work plan and other circumstances of each of them,” another source said. “A consultation carried out correctly requires a properly oriented university community with access to the information of each candidate. We do not even know how the consultation will be carried out with the teaching and non-teaching personnel affected by the appointment as well as the students.” “The last day of classes at the institution was November 23, 2021 and the consultation with the university community to nominate and select deans was scheduled by the provost from December 1 to 10, a non-school period in which there are no students or teachers, and most of the non-teaching staff are on regular leave,” one of the sources added. “Thus, it is not yet known how the consultation of the teaching and nonteaching staff affected by the appointments as well as the students will be carried out.”

Fiscal board files response to judge’s request for more data to support POA By THE STAR STAFF

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he Financial Oversight and Management Board for Puerto Rico on Tuesday filed its response to the request of the U.S. District Court for the District of Puerto Rico for more information about certain aspects of the proposed Plan of Adjustment that would restructure some $33 billion in debt. Judge Laura Taylor Swain has not confirmed the debt adjustment plan yet and in a Dec. 15 ruling expressed concern about aspects of the proposed plan. She said the oversight board proposed to displace numerous laws to execute the plan. She said the preemption provisions in the plan were overly vague and broad and appear to be inconsistent with the Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act (PROMESA). Swain said a preemption provision should be directed to specified legislation and should include language specifically addressing the scope of preemption and not just the entire contents of the law. The oversight board said the Plan of Adjustment preempts several Puerto Rico laws that are inconsistent with the provisions of PROMESA, including Act 80-2020, Act 81-2020 and Act 82-2020, as well as Joint Resolution 33-2021, which requires the partial implementation of Act 80-2020. Act 80 would add certain new benefits for government employees. The board also sued to repeal those laws.

Under the Plan of Adjustment, government employees and retirees are receiving payment in full on account of all lawfully accrued pension obligations. The government, however, attempted to increase benefits to some employees, which would give a select group of employees more than full payment – and more benefits than other employees. The oversight board has also filed a modified Plan of Adjustment to address certain additional comments of the court, including providing for the full payment to allowed claims for eminent domain and inverse condemnation claims if the court adheres to the views in its order and the confirmation order issued by the court becomes final. Swain had objected to the proposed plan’s treatment of “unsecured” portions of allowed eminent domain claims, and “the absence of any appropriate treatment for allowed inverse condemnation claims.” The judge said this was materially defective because the plan doesn’t provide for full payment of the “unsecured” portion of those claims and the takings clause of the U.S. Constitution prohibits the debtor from impairing and discharging any obligation to provide “just compensation” for the physical taking of private property for public use. Allowed eminent domain claims are separately classified in the plan, the judge noted. Judge Swain said the holders of those claims assert they hold prepetition constitutional claims based on seizures of property under the commonwealth’s

eminent domain power. Swain concluded that for “unsecured” eminent domain and inverse condemnation claims that are ultimately allowed, the proposed plan as currently written is defective because the treatment of the claims would violate the takings clause of the Constitution.

U.S. District Court Judge Laura Taylor Swain


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Fiscal board sues PR gov’t over pension laws By THE STAR STAFF

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he Financial Oversight and Management Board for Puerto Rico late Monday sued Gov. Pedro Pierluisi Urrutia and government agencies in the U.S. District Court for the District of Puerto Rico to stop the government from implementing and enforcing Joint Resolution 33-2021, Act 80-2020, Act 81-2020 and Act 82-2020 because, the oversight board claims, they would add sig- David Skeel, chairman of the Financial Overnificant and unaffordable retirement benefits sight and Management Board for Puerto Rico for government employees. “The acts will reinstate the fiscal mismanagement that existed before PROMESA it engaged with the government to explore [the Puerto Rico Oversight, Management and ways to make the laws affordable. Economic Stability Act] and caused Puerto “The Oversight Board proposed an apRico to incur over $120 billion in unafford- proach in June 2021 that could work with able debt, including $55 billion of unfunded respect to a partial implementation of Act 80. pension obligations,” the suit reads. “Repeat- The Government never made any proposal for ing history, the Acts would create billions implementing Acts 81 and 82,” the board said. of dollars in new unfunded defined-benefit “Ultimately, no agreement was ever reached pension obligations for the Commonwealth on the implementation of any of these laws.” with no viable plan or method to cover the Now, legal action is necessary because increased costs.” the government enacted Joint Resolution 33The government enacted Act 80, Act 81 2021, which purports to require the partial and Act 82 in August 2020 without sufficient implementation of Act 80 within 30 days, the analysis of how much the new retirement oversight board said. benefits would cost and how to pay for the “The Oversight Board is disappointed additional costs. The administrations of Pier- that the government failed to keep its word luisi and his predecessor, former Gov. Wanda not to implement these pension laws that Vázquez Garced, both explicitly agreed not to make promises the government cannot afimplement the three laws until the government ford,” said the board’s chairman, David Skeel. and the oversight board agreed on an afford- “The Oversight Board would have preferred able implementation plan, the board said. to work with the government to find a viable For over a year, the oversight board said alternative that would provide teachers, police

officers, and other government employees with a real plan that Puerto Rico can afford rather than falling back into the old ways of making promises that cannot be fulfilled.” “The Oversight Board will continue to try to engage with the government to create an affordable solution,” Skeel said. Based on information provided by the government and on the oversight board’s own analysis, the board determined that Act 80, Act 81 and Act 82 combined could increase the government’s expenses by as much as $8.3 billion over the next 30 years, in violation of the Certified Fiscal Plan and the proposed Plan of Adjustment, which would reduce creditors’ claim by 80% but pay government pensions in full. Even if only partially implemented as contemplated by Joint Resolution 33, the government’s own data show that Act 80 will increase costs well beyond the Certified Fiscal Plans’ allocations for pension expenses. Even partly implementing Act 80 could cause the commonwealth to incur additional costs of close to $61 million in the first year alone. Unless the government was to permanently eliminate the positions of employees who retire early under Act 80, the cost would be far higher, the oversight board said. “We have been working for five years to reduce Puerto Rico’s debt to sustainable levels. The Plan of Adjustment is now in the process of confirmation. Yet, the three pension laws create new pension debt obligations tied to an already bankrupt pension system,” Skeel said. “The government and the Oversight

Board both hope the court will confirm the plan. The last thing Puerto Rico needs is more fiscal mismanagement, just as it is on the verge of getting out of bankruptcy and returning to prosperity.” Fiscal Agency and Financial Advisory Authority Executive Director Omar Marrero Díaz said later on Tuesday that AAFAF lawyers are evaluating the lawsuit filed by the oversight board (JCF by its Spanish initials). “After extensive conversations, the Government of Puerto Rico succeeded in getting the JCF to desist from its intention to cut retiree pensions as part of the bankruptcy process under the federal PROMESA law. That commitment also extends to our public employees who are about to retire and who deserve a fair pension,” Marrero Díaz said in a written statement. “For this reason, our administration has tried to negotiate in good faith with the Board to reach a consensus in relation to Laws 80, 81 and 82, with the purpose of improving, in a fiscally responsible manner, the quality of life of our non-essential public employees who are about to retire.” “Despite our efforts and the many viable alternatives and solutions that we have presented to the JCF, last night that body filed a lawsuit before Judge Swain to annul Laws 80, 81 and 82, as well as Joint Resolution 33, which would put the partial implementation of the Incentive Retirement Program, created under Law 80-2020, underway. Our attorneys are evaluating the appeal to determine the next steps to follow,” added Marrero Díaz, who is also Puerto Rico’s secretary of state.

Retired police will have gov’t health plan starting Jan. 1 By THE STAR STAFF

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ov. Pedro Pierluisi Urrutia announced on Tuesday that all interested retired police officers will be able to participate for free in the Vital Plan, the government health care plan, as of Jan. 1, 2022. “To all police officers who retired after June 30, 2013, who saw their income affected by receiving a cut in the government’s contribution to their medical plan, today I tell you that starting in January you will no longer have to worry, because you will be able to enjoy for free the Vital Plan, one of the most complete health services plans,” the governor said in a written declaration. Pierluisi said he expects about 1,200 retired police officers to be able to qualify to participate in the health plan starting in January. Retired police officers who qualify and are interested in

subscribing to the plan will be able to go to the Pedro Rosselló Convention Center in Miramar today starting at 9 a.m. There, Vital Plan service providers will be offering guidance on coverage and benefits. Potential participants will be able to choose the provider and the plan that best suits their needs. “We want to physically have the entire working group of insurers in the Convention Center to ensure that all retired police personnel have the resources and attention necessary to orient themselves well about each insurer and its offers, and make an informed decision”, Pierluisi added. The government’s Vital Plan promotes free selection among contracted insurers: First Medical, MMM, Triple S and the Mennonite Health Plan. In addition, it allows the insured to select the insurance company of his or her preference. All four insurers have the same health coverage; the only thing that changes between them is the hiring of their network of providers.

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Wednesday, December 22, 2021

Governor appoints interim chief Concepción Tirado to head firefighters By THE STAR STAFF

G Marcos Concepción Tirado

ov. Pedro Rafael Pierluisi appointed Marcos Concepción Tirado as commissioner of the Puerto Rico Firefighters Bureau (NBPR by its Spanish initials) onTuesday. “More than words with actions, the commissioner of the Fire Department, Marcos Concepción Tirado, has shown that he is more than qualified to exercise the position,” the governor said in a written statement. “Being a firefighter is not an easy task and directing them is intense work. Firefighters work tough scenarios with gallantry, bravery, focus and effectiveness, and ours have stood out at all times. It is in times

of challenge that the brave grow up and that is why I have to emphasize that, under the leadership of the now commissioner, the Firefighters Bureau has successfully handled situations as regrettable as those that occurred recently in Las Piedras, the Ballajá barracks and a few weeks ago in Río Piedras. I trust that the Senate will evaluate this appointment on its merits.” Concepción Tirado has been in the Firefighters Bureau, formerly the Fire Department, for more than 20 years. After graduating from the Firefighters Academy in 2000, for three years he was the firefighter in charge of duty at the San Juan Metropolitan Station and in 2007 he was promoted to the rank of

Inspector I. Later, he served as an instructor at the academy, as a zone commander, and as assistant commissioner for fire prevention and firefighting until he was nominated on an interim basis on Sept. 30 as commissioner of the NBPR. Having been appointed during a legislative recess, Concepción Tirado immediately takes possession of the post and eventually must be confirmed by the island Senate. The official designation comes after 140 new firefighters graduated from the academy on Monday and the governor reiterated that he will continue to fight to do salary justice to all firefighters.

Cruz Soto tells Romero to admit he was wrong with Head Start accusations By THE STAR STAFF

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ormer San Juan Mayor Carmen Yulín Cruz Soto reacted Tuesday to the Department of Justice’s determination not to recommend the appointment of a Special Independent Prosecutor (FEI by its Spanish initials) to her and two former Head Start program officials. “I received a letter signed by the Secretary of Justice indicating that he accepts the determination of the Division of Integrity and Affairs of the Comptroller of Justice not to recommend the appointment of an FEI for this public servant as former mayor, for Mrs. Myrna Hernández Serrano as former director or for Mrs. Yvette del Valle Soto as former president,” Cruz Soto said in a written statement. “In other words, the three former officials have been exonerated of the accusations made by the mayor. I would ask Mr. Miguel Romero that, as he did when presenting the allegations, he make a Facebook transmission to publicize the letter signed by the Secretary of Justice. That would be asking someone who has proven not to have

maturity. That would be asking for integrity and honesty from someone who is not capable of owning up.” “As mayor, one never uses power to prosecute or accuse unjustly,” the former mayor added. “My wish is that, after almost a year of his tenure, Miguel Romero understands that the tricks of persecuting and staining reputations say very little about the respect he has for the seat that he dubiously holds.” The Department of Justice determined Monday not to recommend the appointment of an FEI against Cruz Soto and other former San Juan officials because, the agency said, there is insufficient cause to believe that they engaged in criminal conduct or gross negligence in administering the Head Start and Early Head Start programs. “The evaluation of the test did not reflect that Yvette del Valle Soto, former president of the governing board of Head Start programs, Myrna Hernández Serrano, former director of Head Start programs, and the former mayor of San Juan had intentionally or negligently breached their

Former San Juan Mayor Carmen Yulín Cruz Soto duties related to the administration of the Head Start and Early Head Start programs, particularly with regard to the monitoring process, or that this would cause the loss of funds, as defined by this concept in the Puerto Rico Penal Code,” Justice Secretary Domingo Emanuelli Hernández

said in a written statement. On June 8, Romero Lugo, sent the Department of Justice a communication in which he alleged that Cruz Soto and the other two officials had engaged in gross negligence in administering the Head Start and Early Head Start programs. He added that as a result, the municipality lost automatic eligibility for millions of dollars in federal funds to operate the programs, leading to the closure of several centers and the firing of employees, among other things. Romero said his allegations were based on the result of a routine monitoring of the programs, carried out in 2016 by the Administration for Children and Families. However, according to the investigation, the deficiencies pointed out in a monitoring report are not related to the administration or fiscal aspects of the programs, so there was no direct participation on the part of the former mayor or the aforementioned officials. In addition, the investigation revealed that the reduction in federal funds allocated to the Head Start program is not directly related to the performance of the accused officials.

Ex-ADL director gets supervised release in fraud case involving PDP campaign contributor By THE STAR STAFF

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.S. District Court Judge Pedro Delgado on Tuesday sentenced Sally López Martínez, the former director of the Labor Development Administration (ADL), to two years of supervised release for conspiracy to commit fraud in a scheme that benefited Anaudi Hernández Pérez, a Popular Democratic

Party campaign contributor. The judge took into consideration that López Martínez has served three years and nine months in prison and accepted a recommendation from the prosecution to sentence her to a supervised release of two years. She must also pay a $5,000 fine. López Martínez pleaded guilty on Tuesday to having fraudulently awarded two contracts to J.M. Professional & Train-

ing, in favor of Hernández Pérez, while she was in charge of the ADL. The former official had been sentenced to nine years in prison in August 2017. It was not until April 2021 that the U.S. First Circuit Court of Appeals in Boston ordered a new trial for her after concluding that her trial should have been carried out separately from that of other defendants.


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Biden steps up pandemic response with help for hospitals and expanded testing By THE NEW YORK TIMES

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acing an alarming surge in coronavirus cases that threatens to overwhelm the nation’s hospital system, President Joe Biden stepped up his administration’s pandemic response again Tuesday and tried to reassure an anxious nation, telling Americans that “we should all be concerned about omicron, but not panicked.” In a White House address, Biden directed his defense secretary to get 1,000 military medical professionals ready to help where needed; he announced new vaccination and testing sites; and he said his administration was buying 500 million rapid COVID-19 tests to distribute free to the public. But first, Biden took on the role of comforter-in-chief, reminding Americans that, despite the highly infectious new omicron variant, the situation today is far different from when the pandemic began in early 2020, when there were no vaccines or treatments and vital medical equipment was in short supply. He insisted, as he has in the past, that there was no need for lockdowns now. “This is not March of 2020,” Biden declared. “Two hundred million people are vaccinated. We’re prepared; we know more.” Biden ran for office on a promise to curb the pandemic, only to be confronted with a shape-shifting virus that is now claiming more than 1,000 American lives every day and spreading with stunning speed, as well as a divisive political climate in which many Americans, particularly supporters of former President Donald Trump, have refused to get vaccinated. In his remarks, Biden noted that Trump recently said he had received a booster shot and that “thanks to the prior administration and the scientific community, America is one of the first countries to get the vaccine.” He criticized the “dangerous misinformation on cable TV and social media,” and companies and personalities who were “making money by peddling lies and allowing misinformation that can kill their own customers and their own

People wait in line for COVID testing at Boston Logan International Airport in Boston on Tuesday, Dec. 21, 2021. supporters.” While Biden acknowledged that the virus was infecting some vaccinated people, he urged unvaccinated Americans to get their shots, and vaccinated people to get boosters if they are eligible, saying that the unvaccinated have “a

significantly higher risk of ending up in the hospital — or even dying.” Some infectious disease experts say it is simply not possible now to stop the omicron variant from spreading and that the administration must focus on slowing it, protecting the most vulnerable and pre-

People wait to be tested for COVID-19 at a temporary testing site in Miami on Tuesday, Dec. 21, 2021.

venting already strained hospital systems from being overwhelmed. “The main goal, really, is to prevent people from losing their health and straining hospitals, delaying cancer care and surgeries for people who need it, delaying health care worker burnout,” said Lu Borio, a former acting chief scientist for the Food and Drug Administration. The Centers for Disease Control and Prevention reported Monday that omicron, which was causing less than 1% of new COVID-19 cases in the United States as December began, now accounts for nearly three-quarters of new cases, a statistic that underscores the urgency of Biden’s moves. So-called “breakthrough infections” among vaccinated people are increasingly common, though many of those cases involve either mild symptoms or none at all. The 500 million tests that the administration intends to purchase, and the website where Americans will be able to request them, will not be available until sometime in January. “It’s fantastic to publicly and clearly acknowledge the important role of testing, but the success now depends on the speed in which these tests can be distributed, and making a clear and easy process to do so,” said Mara Aspinall, an expert in biomedical diagnostics at Arizona State University. “Time is of the absolute essence.” Some said the testing plan was too little, too late. “A start (finally), but billions are needed to help prevent spread,” Dr. Eric Topol, founder and director of the Scripps Research Translational Institute, wrote on Twitter. It was not immediately clear where the tests would come from, how they would be shipped or whether there would be limits on the number an individual could order. As much as trying to address the practical problems facing the nation, Biden tried to address the nation’s wounded psyche. “I know you’re tired, really, and I know you’re frustrated,” he said, adding, “We all want this to be over, but we’re still in it.”


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For first time, Jan. 6 panel seeks information from a House member

From left: Reps. Stephanie Murphy (D-Fla.), Pete Aguilar, (D-Calif.) Zoe Lofgren (D-Calif.), Bennie Thompson (D-Mi­ss.), Liz Cheney (R-Wyo.), Jamie Raskin (D-Md.), and Elaine Luria (D-Va.), as the House committee investigating the Jan. 6 Capitol riot meets for a vote on pursuing contempt charges against Mark Meadows, the last White House chief of staff for former President Donald Trump, at the Capitol in Washington on Monday, Dec. 13, 2021. By LUKE BROADWATER

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he House committee investigating the Jan. 6 attack on the Capitol is seeking testimony and documents from Rep. Scott Perry, R-Pa., the first public step the panel has taken to try to get information from any of the Republican members of Congress deeply involved in former President Donald Trump’s effort to stay in power. The committee sent a letter on Monday to Perry, the incoming chairman of the ultraconservative House Freedom Caucus, asking for him to meet with its investigators and voluntarily turn over his communications

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during the buildup to the riot. To date, the panel has been reluctant to issue subpoenas for information from sitting members of Congress, citing the deference and respect lawmakers in the chamber are supposed to show one another. But Rep. Bennie Thompson, D-Miss., the chairman of the panel, has pledged to take such a step if needed. “The select committee has tremendous respect for the prerogatives of Congress and the privacy of its members,” Thompson said in his letter to Perry. “At the same time, we have a solemn responsibility to investigate fully all of these facts and circumstances.” A spokesman for Perry did not immediately respond to a request for comment. In the weeks after the 2020 election, Perry, a member of Congress since 2013, compiled a dossier of voter fraud allegations and coordinated a plan to try to replace the acting attorney general, who was resisting Trump’s attempts to overturn the election, with a more compliant official. A former Army helicopter pilot and a retired brigadier general in the National Guard whose colleagues call him General Perry, Perry introduced Trump to Jeffrey Clark, the acting head of the Justice Department’s civil division

who became one of the Stop the Steal movement’s most ardent supporters. Around this time, the committee said, investigators believe Perry was communicating with Mark Meadows, who was then the White House chief of staff, via an encrypted app, Signal. Clark has said he will invoke his Fifth Amendment right against self-incrimination when he next appears before the panel. “We have received evidence from multiple witnesses that you had an important role in the efforts to install Mr. Clark as acting attorney general,” Thompson wrote to Perry. “When Mr. Clark decided to invoke his Fifth Amendment rights, he understood that we planned to pose questions addressing his interactions with you, among a host of other topics.” Shortly after Trump lost the election, Perry joined Rep. Jim Jordan, R-Ohio, as they huddled with senior White House officials at Trump campaign headquarters in Arlington County, Virginia, and came up with a strategy that would become a blueprint for Trump’s supporters in Congress: hammer home the idea that the election was tainted, announce legal actions being taken by the campaign and bolster the case with allegations of fraud. Perry pressed the case for weeks, and in January circulated a letter written by Pennsylvania state legislators to Sen. Mitch McConnell of Kentucky and Rep. Kevin McCarthy of California, the top Republicans in each chamber, asking Congress to delay certification. “I’m obliged to concur,” Perry wrote. The committee also said it wanted to ask Perry about discussions he was involved in regarding allegations that voting machines had been corrupted. The panel asked him to turn over all “relevant electronic or other communications” related to the buildup to Jan. 6, including his communications with Trump and his legal team as well as others involved in planning rallies on Jan. 6 and the objections in Congress to Joe Biden’s victory. The panel proposed meeting with Perry between Christmas and NewYear’s or in the first full week of January. The move to seek information from Perry comes as the House is planning how best to commemorate the horrors of Jan. 6, when the pro-Trump mob that stormed the Capitol injured dozens of police officers in a rampage that left several dead. More than 700 defendants have been charged in connection with the siege. House Speaker Nancy Pelosi, D-Calif., said Monday that the anniversary of the attack next month would be a day of “solemn observance.” “Already, preparations are underway for a full program of events, including a discussion among historians about the narrative of that day; an opportunity for members to share their experiences and reflections from that day; and a prayerful vigil in the evening,” Pelosi wrote in a letter to fellow lawmakers on Monday.


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Haitian migrants file lawsuit protesting treatment by border patrol

In his lawsuit, Mirard Joseph, center, accused the U.S. government of abuse, inhumane treatment and denial of due process under a public health rule that gives border officials the authority to expel most undocumented people who cross into the United States during the pandemic. By EILEEN SULLIVAN

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irard Joseph was bringing food to his wife and child, he said, when a Border Patrol agent on horseback in Del Rio, Texas, “lashed at” him with his reins and dragged him by the collar toward the Rio Grande, which in that region separates the United States from Mexico. The treatment of Joseph, an immigrant who was seeking asylum but has been deported, and other Haitian migrants by

agents in September is the subject of a federal investigation after President Joe Biden described it as “outrageous” and promised that “there will be consequences.” The union representing the Border Patrol agents has defended them, saying they were merely doing their job as thousands of migrants crossed into the small border town. The migrants’ side of the story was laid out for the first time Monday, in a lawsuit against the government filed in U.S. District Court for the District of Columbia.

By Joseph’s telling, the agent in a widely published photograph let go of him when the horse appeared close to trampling him. “It was the most humiliating experience of my life,” he said in the lawsuit, which recounts his experience and those of 10 other Haitians in Del Rio and during their expulsions. The complaint accuses the government of physical and verbal abuse, inhumane treatment and denial of due process under a public health rule that gives border officials authority to expel most people who cross into the United States illegally during the coronavirus pandemic. The migrants are being represented by immigrant advocacy organizations Justice Action Center, Haitian Bridge Alliance and Innovation Law Lab. The lawsuit alleges that the Biden administration knew an influx of migrants was coming but deliberately made no humanitarian preparations — a strategic decision, the suit says, meant to deter more Haitians from trying to cross into the United States. Among other things, the plaintiffs are asking to be allowed to return to the United States and remain there while they request asylum. The photographs of Joseph and others in Del Rio prompted criticism of the Biden administration’s response to the thousands of Black migrants who were crossing illegally into the United States at the time, many in search of asylum. Regardless of the outcome of the suit, the plaintiffs’ accounts could become part of the investigation into the agents’ actions in Del Rio, which is being conducted by Customs and Border Protection’s Office of Professional Responsibility. The Homeland Security Department said the office was reviewing images for possible misconduct and interviewing witnesses, Border Patrol employees and senior leaders at Customs and Border Protection. Yet some have questioned how witnesses could be interviewed if so many of the migrants who had gathered in Del Rio were expelled to Haiti or returned to Mexico. In Joseph’s case, the photographs prompted accusations that the agents had used their reins as whips — a claim that is central to the investigation. According to Joseph’s complaint, that was indeed what

happened. But the Border Patrol union has said the agents were twirling their reins, as they are trained to do, to deter people from getting too close to their horses and therefore avoid injuries. Several plaintiffs said they “saw officers on horseback using reins as whips against people” in the Rio Grande. One migrant, identified in the lawsuit as Esther, said agents on horseback chased her back into the river in the direction of Mexico. She said the horses nearly ran over her as the agents shouted, “Go back to Mexico.” Another plaintiff, identified as Paul, said he saw Border Patrol agents beating Black migrants. As he was in the middle of the Rio Grande, Paul said he saw agents cut a rope that had been strung across the river to help people cross more safely. He said he watched Haitians in deeper water struggle not to drown and also saw agents pushing migrants into the river on the Del Rio side. The plaintiffs also said that they lacked enough food and water, which led many migrants to fall ill and, in some cases, to cross the river back to Mexico to find food. The Biden administration said at the time that it was providing food, water and medical treatment to the migrants in a makeshift encampment under and around a bridge. The situation was a critical moment in Biden’s first year of handling surging numbers of migrants at the border. The administration’s response, which included the expulsion of thousands of Haitians, galvanized civil rights groups and others to press for better treatment of Black migrants in particular. According to recent government data, nearly 16,000 Haitians crossed into Del Rio in September; about 40% of them were expelled under the public health rule, known as Title 42. The complaint describes squalid conditions under the Del Rio International Bridge, where many spent more than a week when temperatures regularly exceeded 100 degrees. Jen Psaki, the White House press secretary, said Sept. 20, “Obviously, any circumstance where individuals are not treated humanely, whether they are coming to our border or not, is not in line with the Biden administration policies.”


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Wednesday, December 22, 2021

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How the 2020s economy could resemble the 1980s By NEIL IRWIN

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t is easy to recall the 1980s as being a boom time for the United States economy — a time of gleaming excess that, among other things, powered Ronald Reagan to a landslide reelection in 1984. But the decade didn’t start out quite so sunny. And understanding the history of how the economy went from bust to boom in the early 1980s offers a surprising model for optimism about how the U.S. economy could progress in the next couple of years. All it would take is for the Federal Reserve to pull off a delicate economic pivot that is the mirror image of the one it managed four decades ago. Now, high inflation and a seemingly never-ending pandemic are depressing Americans’ attitudes about the economy. By contrast, in December 1981 — when Reagan had been president for 11 months, just as President Joe Biden has now — conditions were by most measures substantially worse. The unemployment rate was 8.5% and would keep rising throughout 1982. Inflation was 8.9%, and indexes of consumer sentiment were abysmal. In an issue of Time magazine published this month 40 years ago, if you flip past a cover story that ranks the performance of Reagan’s Cabinet and an advertisement pitching a Smith-Corona typewriter as a holiday gift for your child, you see just how bad the vibes were. “Gathering Gloom for Workers,” goes the headline, reporting that “A spreading slump swells the long gray line of the unemployed.” The article said joblessness was so high in Detroit that community leaders “fear that they are sitting on a smoldering powder keg of urban unrest.” If nothing else, this chronology is a reminder that conditions can change surprisingly quickly. By the time Reagan was reelected in 1984, the jobless rate was 7.2% and falling and inflation was down to 4.2%. Some commentators have argued that Biden has the opportunity to be an inverse of Reagan politically (much of this commentary, it should be noted, came before Sen. Joe Manchin pulled his support from the president’s signature Build Back Better bill ). And there is of course no telling what the next three years will bring politically, regardless of what happens to the economy. But in terms of the economic backdrop, it is important to understand the “why” of the Reagan economic reversal. Those gloomy unemployment numbers in Reagan’s first two years were a consequence of aggressive tightening of monetary policy by Fed Chair Paul Volcker, who was aiming to end the high inflation of the 1970s. Across the government, including in the Reagan administration, there was a concerted focus on breaking inflation, even as the job market worsened. “What I find startling about this downturn is that so few politicians are calling for federal job training or the extension of unemployment be-

Federal Reserve Chairman Jerome Powell speaks after President Joe Biden announced Powell’s nomination to continue as chair of Federal Reserve chair, at the White House in Washington on Nov. 22, 2021. nefits,” said Alan Greenspan, a former presidential adviser who would go on to succeed Volcker, in the 1981 Time article. “Five years ago, politicians would have been stumbling all over themselves to demand anti-recession spending.” By late 1981, there were signs it was starting to work. That same article, for example, notes that Teamsters who had managed a 31.5% pay raise in 1979 promised to be “reasonable” in the next negotiations, and that employees at major airlines had agreed to a 10% wage reduction. With this progress against inflation, Volcker was ready to relent and begin lowering interest rates. This enabled a speedy recovery from the recession, powering the Reagan boom and a period in which both unemployment and inflation were steadily falling. As the Fed chair now, Jerome Powell has until recently faced the opposite problem. For most of the 2010s, inflation was lower than the Fed aims for and the job market was persistently weak. And for the first nine months or so of the pandemic, too-low inflation and too few jobs appeared to be the predominant economic problem. Just one year ago, in December 2020, bond market prices implied that inflation would remain below the Fed’s 2% target for years to come, and the jobless rate was still 6.7%. Powell and the Fed organized their strategy for monetary policy around building the Fed’s credibility that it would no longer allow a persistently too-low inflation and

a too-weak job market. A new “flexible average inflation targeting” strategy introduced in 2020 was built on allowing inflation to sometimes overshoot 2%. That, in turn, helps explain why the Fed has been slow to move toward tighter money this year, even as inflation soared and the job market recovered quickly. Only this month, after year-over-year inflation reached a whopping 6.8%, did Powell undertake a clear shift toward tighter money. He signaled the Fed would speed up the end of its bond-buying program and could begin raising interest rates in the first part of 2022. Just as Volcker was willing to allow a recession to take hold to break the high-inflation cycle of the 1970s, Powell has, until recently, emphasized that an inflationary surge that started earlier this year was likely to be temporary and that the urgency of achieving full employment was paramount. The Powell pivot to tighter money in 2021 is the equivalent of Volcker’s 1981 move: By then Volcker was ready to relent and, in effect, declare victory, cutting interest rates and setting the stage for the economy to recover. The signs that inflationary pressures were shifting downward was sufficiently compelling that the psychology had broken. “It was a nasty, nasty fall, but Volcker stuck the landing to the point that many parts of the macroeconomic landscape could be changed and tilted toward prosperity and markets,” said Paul McCulley, an economist and senior fellow at Cornell Law School.


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Wednesday, December 22, 2021

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Starbucks says it will bargain with workers at Buffalo store ‘in good faith’ By NOAM SCHEIBER

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tarbucks earlier this week said that it intended to bargain “in good faith” with a store in Buffalo, New York, where employees voted to unionize this month following a sometimes contentious election campaign. The store is the only one of roughly 9,000 company-owned U.S. locations to have a union, although many locations owned and operated by other companies under licensing agreements with Starbucks have unions. “From the beginning, we’ve been clear in our belief that we do not want a union between us as partners, and that conviction has not changed,” Rossann Williams, the company’s president of retail for North America, said in a letter to U.S. employees Monday. “However, we have also said that we respect the legal process,” she added. “This means we will bargain in good faith with the union that represents partners in the one Buffalo store that voted in favor of union representation.” Throughout the campaign in Buffalo, which began in late August, union supporters complained that out-of-town officials who converged on their stores, including Williams, were monitoring and intimidating them. The company said the officials had come to Buffalo to help solve issues like understaffing and inadequate training, and that it had taken similar steps around the country since the spring. But following the announcement of the results of elections

at three Buffalo-area stores Dec. 9, in which the union won in one store, lost in one and was leading in a third store where vote challenges must still be resolved, the union indicated it wanted to take a more conciliatory posture. “We’d like to sort of offer the olive branch to the company and say, ‘Let’s put this behind us,’” said Michelle Eisen, a Starbucks employee in Buffalo who was one of the leaders of the organizing campaign. “Now is the time, let’s get to the bargaining table as quickly as possible and help us negotiate the best contract that the service industry has ever seen.” The union last week said it had filed an objection to the

Starbucks workers celebrated the outcome of the vote this month to unionize in Buffalo.

election at the Buffalo-area location where it lost, arguing that the company’s actions violated the “laboratory conditions” under which elections are supposed to be held, making a fair vote impossible. Starbucks has invested heavily over the years in its reputation as a good employer. Part-time employees are eligible for health insurance and the company covers tuition for employees who are admitted to an online degree program at Arizona State University. Starbucks’ annual report details its generosity toward employees and says they are “significant contributors to our success as a global brand that leads with purpose.” In the days before Williams’ letter, union supporters said the company was continuing to intimidate and monitor employees at three more Buffalo-area stores that had filed petitions for union elections. “We’re asking them to drop this anti-union campaign and end this union busting” Jaz Brisack, an employee who helped lead the union campaign, said in a statement Friday. “We have to ask, why are abusive out-of-state ‘support’ managers still in our Buffalo community?” The company denies that it has been trying to intimidate workers and says the out-of-town personnel are helping to resolve operational issues at the stores. An election date has not yet been set at those stores or two Boston-area stores where workers filed for union elections after the Buffalo results earlier this month.


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Wednesday, December 22, 2021

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Asian stocks firm after Wall Street rout, but Omicron risks loom

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sian shares advanced on Tuesday, shrugging off a bruising Wall Street session, as Chinese markets cheered Beijing’s move to help troubled property firms, although surging cases of the Omicron coronavirus variant remain a worry for investors. U.S. stock indexes retreated more than 1% as positive COVID-19 case counts rose and President Joe Biden’s social spending and climate bill hit a significant setback. The negative mood brightened somewhat in Asian hours with European and U.S. stock futures up and some assets battered in Monday’s selling finding buyers, although volumes were thin heading into year-end holidays. European markets appeared set for a higher open with the pan-region Euro Stoxx 50 futures STXEc1 up 1.1%. German DAX futures FDXc1 rose 0.93% while London’s FTSE futures FFIc1 added 1.02%. U.S. stock futures, the S&P 500 e-minis ESc1 , were up 0.72%. MSCI’s broadest index of Asia-Pacific shares outside Japan .MIAPJ0000PUS climbed 0.81% after declining on Monday to the lowest in a year. Japan’s Nikkei .N225 rose 2% after two sessions of decline with chip-related Tokyo Electron 8035.T and Advantest 6857.T leading the pack, as investors bought into Monday’s heavy selloff. Australian stocks .AXJO were up 0.9%. While the widespread selling in global shares appeared to have eased, investors are still concerned about Omicron risks. “COVID remains a threat to the global economy. Initial evidence suggests the Omicron variant is more transmissible but results in less severe illness compared to previous variants,” economists at CBA wrote in a note. Elsewhere in Asia, China and Hong Kong equities rose on Tuesday, with real estate stocks extending their rebound. China’s blue-chip CSI300 index .CSI300 was 0.45% higher while the Shanghai Composite Index .SSEC rose 0.67%. Hong Kong’s Hang Seng index .HIS added 0.58%. The moves higher come as Beijing reportedly urged large private and state-owned property companies to acquire real estate projects from troubled developers to reduce risks that mounting debt piles will destabilise the economy. “Chinese regulators’ encouragement for such acquisitions would help troubled developers ease their debt pressure and improve the current operating conditions of the whole real estate industry,” said Zhang Zihua, chief investment officer at Beijing Yunyi Asset Management.

MOST ASSERTIVE STOCKS

PUERTO RICO STOCKS

COMMODITIES

CURRENCY

LOCAL PERSONAL LOAN RATES Bank

LOCAL MORTGAGE RATES Bank

FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS

BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental

3.00% 0.00 3.50% 0.00 3.50% 2.00 3.75% 2.00 3.50% 0.00 3.50% 0.00

3.50% 000 4.00% 0.00 3.75% 2.00 3.75% 2.00 5.50% 0.00 3.75% 5.50

PERS.

CREDIT CARD

AUTO

BPPR --.-- 17.95 4.95 Scotia 4.99 14.99 4.99 CooPACA

6.95 9.95

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Reliable

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First Mort 7.99 --.-- --.-Oriental 4.99 11.95 4.99


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Haiti missionaries describe dramatic escape from kidnappers

A spokesman for Christian Aid Ministries described the dramatic escape of 12 missionaries who had been held captive in Haiti for two months. Their account has not been independently verified. By ELIZABETH DIAS

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he 12 missionaries who were freed from captivity in Haiti last week had staged a dramatic escape Wednesday night, making their way past guards and traveling on foot for about 10 miles while carrying two small children, their missionary organization said Monday. “They found a way to open the door that was closed and blocked, filed silently to the path that they had chosen to follow and quickly left the place that they were held, despite the fact that numerous guards were close by,” Weston Showalter, the spokesperson for Christian Aid Ministries, said at a news briefing at the organization’s home office in Ohio, recounting the story for the first time. The account of the escape comes solely from the U.S. missionary group. The police and government officials in Haiti did not respond to requests for comment on the incident. The FBI declined to comment beyond an earlier statement expressing gratitude for the safe release of the hostages. The ordeal began two months ago, when the group was kidnapped by a gang called 400 Mawozo in a neighborhood of Port-au-Prince after visiting an orphanage. Gang members surrounded its van, penning the missionaries in with two vehicles, and then

took them to a small house. The missionaries were held in a small room, about 10 by 12 feet, Showalter said. The group that escaped included a married couple, a 10-month-old baby, a 3-year-old child, a 14-year-old girl, a 15-year-old boy, four men and two women, he said. Five other members of the group had been released during the past month. For days, Showalter said, the missionaries prayed that God would reveal the right moment for their escape. Twice when they planned to flee, God told them to wait, he said. But on Wednesday night, the missionaries put on their shoes and packed water in their clothes. They used a mountain as a landmark and followed the light of the moon and “the sure guidance of the stars,” he said. As daylight broke, they found someone to help them make a phone call. Later that day, they were on a Coast Guard flight to Florida. “They were finally free,” Showalter said, through tears. It was not clear how the missionaries escaped their guards after weeks of being held captive under close watch. The organization said that an unspecified ransom had been provided but did not describe the

money as leading directly to the hostages’ freedom. Instead David N. Troyer, general director of Christian Aid Ministries, said that “after many days of waiting and no action on the part of the kidnappers, God worked in a miraculous way to enable the hostages to escape.” Some people, who were not identified, “provided funds to pay a ransom and allow the negotiation process to continue,” Troyer said. “We are not able to say anything further in respect to these negotiations.” A State Department spokesperson would not comment on the episode but noted that the U.S. government doesn’t pay ransoms. A person familiar with the negotiations said a third party paid the ransom, not the U.S. government. Pierre Espérance, a prominent human rights defender in Haiti, said the missionaries’ description of their experience was very unusual — mass kidnappings in the past have been resolved by the payment of a ransom. Kidnapping has become the main security threat in Haiti over the past year, as the country slipped deeper into an economic and political crisis. Faced with a power vacuum after the death of President Jovenel Moïse in July, and with a rapidly shrinking legal economy, gangs in the capital of Port-au-Prince have increasingly resorted to kidnapping for ransom to finance themselves, targeting even pastors in their churches and doctors fighting the coronavirus pandemic. The gang that kidnapped the Christian Aid Ministries group also held other hostages in the same building, Showalter said, and the missionaries tried to talk with them through the walls, or share food and water with them. The group sang, prayed and recited Scripture verses throughout the days and nights. The captors provided “large amounts of baby food” for the small children, he said, and the adults received small portions of food, including things like half a hard-boiled egg, or rice and beans with a fish sauce. They had limited access to clean drinking water and some hygiene items, but the water they received to bathe in was “severely contaminated,” he said, and some people developed “festering sores.” The hostages spoke to the gang leader on several occasions, he said, and warned him of God’s eventual judgment if he and the gang members continued their behavior. “Although they were threatened on multiple occasions and even wondered if death was near in some cases, none of the hostages were physically hurt or abused by the kidnappers,” he said.


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Pope says high number of domestic violence cases is ‘almost satanic’ By ELISABETTA POVOLEDO

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ope Francis, speaking on a prime-time television program, said that there was something “almost satanic” about the high number of cases of women who had been victims of domestic violence. The pope made the comment during a show broadcast Sunday on Canale 5, Italy’s top private channel, called “Francis and the Invisibles” that was intended to put a spotlight on people who were struggling in different ways. It featured three women and a man who met with the pope to talk about various issues and ask for advice. Francis was speaking to an Italian woman named Giovanna, a victim of domestic violence who had left her abusive relationship and found herself without a job and homeless with her four children because of the coronavirus. He urged her to be strong. “The number of women who are beaten, abused in their homes, even by their husbands, is very, very high,” Francis said Sunday night. “The problem is that, for me, it is almost satanic, because it is taking advantage of the weakness of those who cannot defend themselves, can only block the blows. It is humiliating, very humiliating.” Lockdown restrictions intended to stop the spread of the coronavirus have left many women in a vulnerable position, and Francis has spoken out against domestic violence on several occasions since the pandemic began nearly two years ago. He has repeatedly called on society to protect vulnerable women at risk, singling out the victims in his prayers. In February, he released a video calling attention to the issue, and its many manifestations: “psychological violence, verbal violence, physical violence, sexual violence,” Francis said. These abuses are “acts of cowardice and a degradation of all humanity.” In his Christmas message last year, he called on people to be “supportive and helpful” to “women who have suffered domestic violence during these months of lockdown.” And on Easter Monday, in 2020, when many countries were imposing strict lockdown provisions, Francis spoke out in support of the “many mothers and sisters and grandmothers who are confined to their homes” and “are at risk of enduring violence.” More recently, Francis marked the International Day for the Elimination of Violence Against Women on Nov. 25 by writing on Twitter: “The various forms of illtreatment that many women suffer are acts of cowardice and degradation of all humanity. We must not look the other way,” the pope wrote on his account, @pontifex. Many cases of domestic violence are not reported, but according to U.N. Women, the United Nations organization dedicated to empowering women and gender equality, almost 1 in 3 women — an estimated 736 million around the world — have been subjected to vio-

Pope Francis at his weekly general audience in The Vatican this month. lence from a partner or sexual violence from someone else at least once. Last month, the organization issued a report suggesting that domestic violence had intensified during the pandemic, which had also made women feel more vulnerable to abuse, sexual harassment and violence, affecting their emotional and mental health. The World Health Organization also monitors violence against women and recently carried out a 16-day campaign called #SafeHome with the soccer governing body FIFA to “raise awareness about domestic violence and support those at risk.”

Francis met with Giovanna, the abuse victim, for “Francis and the Invisibles,” a reference to people at times marginalized and unseen by society, a special news program filmed in the Casa Santa Marta, his residence inside the Vatican. He also met with Maria, a homeless woman, Pierdonato, a man who had served 25 years in prison, and Maristella, an 18-year-old student who expressed the concerns of her generation struggling through the pandemic. “I knew he put people at ease, but I wasn’t expecting this,” Giovanna said on-screen of her meeting with Francis.


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Wednesday, December 22, 2021

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Crack down hard, or wait and see? Europe splits on omicron response.

A department store in Paris on Monday. France has ruled out lockdowns, curfews or closures. By NORIMITSU ONISHI and NICHOLAS CASEY

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he Dutch can now invite only two guests to their homes as part of a new lockdown. In Denmark, where masks and other social restrictions had all but disappeared thanks to a successful vaccination campaign, cinemas, amusement parks, zoos and other establishments are closed once again. By contrast, France has ruled out lockdowns, curfews or closures on a continent where new COVID-19 rules are being announced every day in the face of the omicron variant’s rapid spread. “The French exception,” the front page of one newspaper, Le Parisien, said Monday. For now, France — as well as Spain and, to a lesser extent, Italy — is betting that high vaccine and booster coverage, along with earlier restrictions it put in place, will be enough to keep the coronavirus variant manageable, adopting a wait-and-see attitude as a sense of urgency grips the Netherlands, Denmark and Britain. The numbers show why. In London, the number of COVID cases rose by 30% last week, and the mayor declared a “major incident” — an emergency status that frees up resources. Denmark is now recording more than 9,000 new cases daily, one of the highest infection rates in the world. And the Netherlands became the first country in Europe to return to a full lockdown amid fears that its relatively low number of intensive care

unit beds would be overwhelmed. Spain, Italy and France all have lower COVID cases per 100,000 people than some of their northern neighbors, at least for now. Governments are accelerating booster shots as the scientific evidence accumulates that two vaccine doses are insufficient to stop infection, though the vaccines appear to reduce the risk of hospitalization and serious illness. The United States is carefully watching Britain and Denmark for clues of what might happen at home, since both countries are good at tracking variants. In France, the government said that omicron was now estimated to have caused hundreds of cases and that it would be the dominant variant by early next month. An average of 52,471 coronavirus cases per day were reported in France in the past week, according to a New York Times database, up 23% from the average two weeks ago. The government of President Emmanuel Macron has encouraged vaccinations by issuing health passes to people who receive shots and has managed to keep schools and most establishments open. More than 70% of the French population has received two doses, though some 6 million have yet to receive a single shot. Fresh restrictions would chip away at that success just four months before presidential elections. The government is focused on tightening restrictions on unvaccinated people in the new year by making France’s

health pass contingent on getting vaccinated. Currently, people can also obtain a pass with a recent negative COVID test. The government has also shortened the wait before people can receive a booster shot to four months, from five. So far, about 17.5 million people have had boosters, or about 36% of the population that had received two doses. “It’s annoying, but this year there’s at least more of a Christmas spirit than last year, when we had a curfew,” said Sherryline Ramos, a student in communications who was strolling with a friend along the Champs-Élysées in Paris. “We couldn’t go out and enjoy Christmas decorations.’’ In Spain, there has also been little appetite to return to the restrictions that became common during previous waves of the virus. Such a move, before the Christmas holiday, is considered both politically and economically treacherous. Last week, officials raised the country’s alert level, and they now report 50 infections per 100,000 people, the steepest rate in months. But Monday, Prime Minister Pedro Sánchez signaled a wait-and-see approach, noting that hospitalizations remained lower than elsewhere in Europe and that the vaccines appeared to be doing their job. “With notably higher contagion figures, we have lower hospitalization and intensive care occupation than a year ago,” he said. “The first conclusion is that vaccination works and that this health crisis can only be stopped by science.” Medical experts agree that Spain’s high vaccination rates have set it apart from other European countries. More than 80% of the country is fully vaccinated. But some in the public health community expressed reservations about the government’s current approach. Rafael Vilasanjuan, policy director of ISGlobal, a public health think tank in Barcelona, said that as countries in northern Europe move urgently to try to slow the variant, Spain could be losing valuable time in getting ahead of it. In Italy, the government is considering imposing new measures amid concerns over omicron, but Prime Minister Mario Draghi said Monday that a final decision had not been made. The government has made the vaccination campaign a national priority. In the Netherlands, concerns over omicron’s effects on the health care system pushed the government over the weekend to order the closure of all but essential businesses until the second week of January. The number of guests allowed into people’s homes was limited to two, though four will be allowed on Christmas and New Year’s Eve. Michel de Blaeij, 33, who lives in Terneuzen, a city in the south of the Netherlands, said he supported the measures, but he was critical of what he considers the government’s lack of clarity and consistency. The government’s decision to send schoolchildren home on Christmas vacation a week early had left many parents scrambling, he said. “You just don’t know where you stand,” he said, adding, “The general mood is frustration right now.”


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What we lose if we don’t build back better By PAUL KRUGMAN

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will leave the savvy political analysis to others. I don’t know why Sen. Joe Manchin apparently decided to go back on an explicit promise he made to President Joe Biden. Naïvely, I thought that even in this era of normbreaking, honoring a deal you have just made would be one of the last norms to go, since a reputation for keeping your word once given is useful even to highly cynical politicians. I also do not know what, if anything, can be saved from the Build Back Better framework. What I do know is that there will be huge human and, yes, economic costs if Biden’s moderate but crucial spending plans fall by the wayside. Failure to enact a decent social agenda would condemn millions of American children to poor health and low earnings in adulthood — because that is what growing up in poverty does. It would condemn millions more to inadequate medical care and financial ruin if they got ill, because that is what happens when people lack adequate health insurance. It would condemn hundreds of thousands, maybe more, to unnecessary illness and premature death from air pollution, even aside from the intensified risk of climate catastrophe. I am not speculating here. There is overwhelming

PO BOX 6537 Caguas PR 00726 Telephones: (787) 743-3346 • (787) 743-6537 (787) 743-5606 • Fax (787) 743-5100

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evidence that children in low-income families who receive financial aid are significantly healthier and more productive than those who didn’t once they become adults. Uninsured Americans often lack access to needed medical care and face unaffordable bills. And studies show that policies to mitigate climate change will also yield major health benefits from cleaner air over the next decade. As an aside, it is not clear how many Americans realize the extent to which we are falling behind other nations in terms of meeting basic human needs. For example, I still keep running into people who believe that we have the world’s highest life expectancy, when the reality is that we can expect to live between three and five fewer years than citizens of most European countries. There are also, by the way, large and growing gaps between U.S. states. In 1979, life expectancy in West Virginia was only about 14 months shorter than in New York; by 2016, the gap had widened to six years. And yes, Manchin’s home state would benefit immensely from the social spending its Democratic senator seems determined to block. The weakness of the U.S. social safety net also has economic consequences. It is true that we still have high gross domestic product per capita — but that is largely because Americans take far less vacation time than their counterparts abroad, which means that they produce more because they work more hours. In other ways we lag. Even before the pandemic, Americans in their prime working years were less likely to be employed than citizens of Canada or many European countries, probably in part because we do not help adults stay in the workforce by providing child care and parental leave. But can we afford to make our lives better? One answer is that other rich countries seem to manage it just fine. Another answer is that Manchin’s objections to the proposed legislation evaporate under scrutiny. Manchin asserted that the Congressional Budget Office determined that the cost of the bill is “upwards of $4.5 trillion.” No, it didn’t. That was a Republican-demanded estimate of outlays — not the considerably smaller impact on the deficit — under the assumption that everything in the legislation would be made permanent, which isn’t what the bill says. And if Congress did vote to extend programs like the child tax credit, it would probably also vote for revenue offsets. The budget office analysis of the legislation as actually written — which found it roughly deficit-neutral — is a much better guide to its likely fiscal impact than this rigged hypothetical. As for Manchin’s claim that we have a “staggering” national debt, maybe it is worth noting that federal interest payments as a percentage of GDP are only half what

“I don’t know why Senator Joe Manchin apparently decided to go back on an explicit promise he made to President Biden,” writes The New York Times columnist Paul Krugman. “What I do know is that there will be huge human and, yes, economic costs if Biden’s moderate but crucial spending plans fall by the wayside.” they were under Ronald Reagan, and that if you adjust for inflation — as you should — they are basically zero. What about inflation? The proposed spending in Build Back Better is spread over multiple years, so it wouldn’t do a lot to raise overall demand in the near term — the first-year addition to the deficit would be just 0.6% of GDP, which isn’t enough to make much difference to inflation in any model I know. Besides, the Federal Reserve has just made it clear that it is ready to raise interest rates if inflation does not subside, so government spending should matter even less. As I said, I am not going to try to analyze Manchin’s thought processes, and I will leave it to others to speculate about his personal motives. What I can say is that the letter he released to explain why he said what he said on Fox News doesn’t read like a carefully worked-out policy statement; it doesn’t even read like a coherent ideological manifesto. Indeed, it feels rushed — a grab bag of Republican talking points hastily trotted out in an attempt to justify his abrupt betrayal and to portray himself as a victim. Sorry, but no. America — not a senator who is taking heat for a broken promise — is the victim in this story.


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Wednesday, December 22, 2021

Agregan más funcionalidades al VACU-ID para hacer visible la dosis de refuerzo de la vacuna contra el COVID-19 POR CYBERNEWS

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AN JUAN – El principal oficial ejecutivo de Innovación e Información, Enrique Völckers Nin, informó el martes que se actualizó la aplicación de CESCO Digital en la sección de ‘VACU-ID’ a fin de agilizar el proceso para evidenciar que las personas que asistan a eventos cuenten con las tres dosis de la vacuna contra el COVID-19. A esos fines, en el escudo de VACU-ID aparecerá un signo de suma (+) en un círculo verde, adicional leerá de la siguiente forma: Covid-19

Reforzado. “Dado al reciente aumento en contagios de COVID-19 y cumpliendo con las disposiciones en las más recientes Órdenes Ejecutivas, trabajamos una actualización para que en el VACU-ID sea visible que las personas cuentan con la tercera dosis o el refuerzo de la vacuna”, detalló Völckers Nin en declaraciones escritas. El también director de la Oficina de Innovación y Servicios de Tecnología (PRITS, por sus siglas en inglés), explicó que el VACU-ID “se trabajó de manera que pueda ser rápidamente adaptado a las necesida-

des de la pandemia; esto nos ayuda a añadir funcionalidades de forma expedita. Seguiremos actualizando y mejorando el VACU-ID y CESCO Digital conforme a las necesidades de la ciudadanía gracias a la interoperabilidad creada entre el Departamento de Salud, el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y PRITS”. Se informó que es necesario actualizar la aplicación de CESCO Digital en su teléfono móvil. Si los datos se encuentran en el PREIS, no será necesaria ninguna acción adicional.

Una muerte y sobre 772 casos de COVID-19 según Salud POR CYBERNEWS

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AN JUAN – El informe de COVID-19 del Departamento de Salud reportó el martes sobre 772 casos positivos confirmados y una muerte. La persona fallecida es un hombre de 73 años de la Región Metropolitana.

El monitoreo cubre el periodo del 5 de diciembre al 19 de diciembre de 2021. Hay 53 adultos hospitalizados y 20 menores. Con una dosis hay al menos dos millones, 734 mil, 707 personas. Con las dosis completadas hay dos millones, 442 mil, 651 personas. El total de muertes atribuidas es de 3,287.

Julio “Pipe” Abreu radica su candidatura para alcalde de Guaynabo POR CYBERNEWS

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UAYNABO – El comerciante Julio “Pipe” Abreu Sáez presentó el martes, su candidatura a la alcaldía de Guaynabo. “En este momento crítico que vive nuestro pueblo, quiero brindarles la tranquilidad que en mi tendrán un alcalde que viene a restaurar la confianza y credibilidad en el gobierno municipal. Tengo el compromiso y la preparación para darle un buen gobierno a Guaynabo. Invito a los elec-

tores a romper con las ataduras del pasado, para lograr un cambio verdadero en la administración municipal”, dijo Abreu Sáez en declaraciones escritas. Abreu Sáez, es un comerciante de Guaynabo, ingeniero industrial egresado de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Mayagüez (RUM). Actualmente es legislador municipal. Aseguró que “mi formación académica y mi experiencia en el sector privado, me capacita para trabajar en una estructura municipal que sea eficiente, accesible a todos los ciuda-

danos, sin burocracia ni favoritismos, que promueva un ambiente laboral saludable en el que nadie se sienta excluido o marginado”. “Como residente y comerciante de Guaynabo, me identifico con las aspiraciones que tenemos como pueblo, de tener líderes que respondan al bien común y no a intereses particulares. No soy político, soy un ciudadano que quiere aportar ideas y soluciones diferentes a los problemas que todos enfrentamos a diario, por eso he decidido aspirar”, concluyó.


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Wednesday, December 22, 2021

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‘Hamilton’ and other Broadway shows cancel performances through Christmas By MICHAEL PAULSON

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everal of Broadway’s biggest shows, including “Hamilton,” “Hadestown” and “Aladdin,” are canceling all performances until after Christmas, and “Jagged Little Pill” announced it was closing for good, as a spike in coronavirus cases batters the performing arts throughout North America as well as in London. The cancellations, prompted by positive coronavirus tests among cast or crew members, come at the worst possible time for many productions, because the holiday season is typically the most lucrative time of year. It has been a trying week for the performing arts. On Saturday and Sunday, about onethird of Broadway shows canceled their performances. On Monday, “Jagged Little Pill,” a rock musical featuring Alanis Morissette songs that had paused performances Saturday after positive tests, said it would not reopen at all. The musical had still been finding its financial footing when the pandemic hit, and then was rocked again by the omicron variant; its producers said in a statement that “the rapid spread of the omicron variant has, once again, changed everything.” And, with the omicron variant driving a surge in cases, there were multiple COVID-prompted cancellations off-Broadway, as well as in Chicago, Houston, Denver, Los Angeles and other cities. “Hamilton,” a sold-out juggernaut that had been the top-grossing show on Broadway, cited breakthrough COVID-19 cases in its company as the reason for the cancellation. The show has been dark since Dec. 15 — the matinee went on as scheduled that day, but the evening performance was scrapped — and the first possible next performance is Dec. 27. “Hadestown,” a contemporary retelling of the Orpheus and Eurydice myth, also canceled performances until Dec. 27, as did “Dear Evan Hansen,” about a high school student with anxiety; “Ain’t Too Proud,” about the Temptations; “Harry Potter and the Cursed Child,” a sequel to the novels; and “MJ,” a new musical about Michael Jackson that is still in previews. And “Aladdin,” which weathered a 12-day

shutdown in October, announced Mon- Cleveland. “Kimberly Akimbo” at Atlantic Theater In the dance world, Alvin Ailey Ame- Company, “Morning Sun” at Manhattan day that it would be closed until Sunday. Most shows are still running — the- rican Dance Theater canceled performan- Theater Club and “While You Were Parre are currently 31 productions on Bro- ces at New York City Center, while Mark tying” at Soho Rep. Although the cancellations have adway, and at least two-thirds of them, Morris canceled performances over the including long-running hits like “The Lion weekend at Zellerbach Hall at the Univer- been prompted by the testing of arts worKing,” “Wicked” and “The Phantom of sity of California, Berkeley. kers, there are indications that safety prothe Opera,” continue to perform. And a In sports, the NBA and NHL annou- tocols for audiences are likely to shift: The strong-selling revival of “The Music Man,” nced a round of game postponements, Metropolitan Opera announced last week starring Hugh Jackman and Sutton Foster, and the NFL adjusted its testing policies, that it would require COVID booster shots started previews Monday night. for patrons, as well as employees, starting to address a surge in cases. The news of the last few days has The film world offered evidence that in mid-January. The Public Theater said it been grim for those hoping the performing audiences are still willing to gather. The would require not only proof of vaccinaarts had finally moved past the devastatin- industry had a great weekend, thanks to tion, but also a negative COVID-19 test, Spider-Man. But not all theaters were joi- for entry; in the short-term that new poligly long pandemic shutdown. The timing was particularly terrible ning the party: Metrograph, citing the pan- cy will only affect audiences at Joe’s Pub, for the Rockettes, who last week canceled demic, said it would close its Lower East which is the only part of the Public with all remaining performances of their annual Side theater until Christmas, and Spectacle performances scheduled over the next Christmas Spectacular, a holiday staple for Theater, in Brooklyn, closed until Jan. 4. few weeks. many tourists. Other holiday shows were And, in a flashback to earlier panOff-Broadway, there were multiple affected, too: A production of “A Christ- shows down over the past week, often demic practices, some organizations are mas Carol” at the Center Theater Group canceling at the very last minute. “Trevor,” rethinking live audiences. “Saturday Night in Los Angeles canceled all performances a new musical at Stage 42, canceled its Live” last weekend performed without until after Christmas, while in Houston Sunday matinee and then Monday said it a live audience. Play-PerView, a streatwo performances of the Alley Theater’s would shut down, canceling the remai- ming platform born in the first weeks of production of the Christmas staple were ning two weeks of performances. And the pandemic, canceled a live reading in canceled as well. In Ontario, the Shaw among those that canceled at least one Los Angeles on Monday, opting to stream Festival Theater canceled all remaining performance were “The Alchemist” at Red only, while a New York cabaret space, performances of “Holiday Inn” and cut Bull Theater, “Cheek to Cheek” at York the Green Room 42, said Monday that it capacity in half for “A Christmas Carol.” Theater Company, “Emmet Otter’s Jug- would begin livestreaming all of its shows, A performance of Handel’s “Mes- Band Christmas!” at New Victory Thea- while still continuing to welcome in-persiah” at Carnegie Hall by Musica Sacra ter, “Hear/Now:LIVE!” at Keen Company, son patrons, “until this wave passes.” that was scheduled for Tuesday was postponed after a small number of positive tests, the ensemble announced. Britain has been dealing with a raft of cancellations — so much so that the National Theater in London simply shut down until January. Concerns about the omicron variant are also starting to take a toll on future productions: The first North American production of Tom Stoppard’s acclaimed new play, “Leopoldstadt,” was canceled entirely; it had been scheduled to begin a seven-week run in Toronto on Jan. 22. And in Ottawa, Ontario, “Hamilton” postponed a scheduled run by six months. The pandemic is once again hitting touring Broadway shows: “Ain’t Too Proud” postponed its run at the Kennedy Center in Washington by two weeks; “Pretty Woman” canceled its final several performances in Chicago; “The Lion The Broadway production of “Hamilton” canceled performances until afKing” has canceled several performances ter Christmas, citing breakthrough coronavirus cases. The recent surge is in Denver and “Wicked” has done so in upending the arts.


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Best comedy of 2021

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show, wildly funny and deeply felt, that mocks how easily mental struggles can be turned into entertainment before doing just that. Best Arena Spectacle There were prop missiles, shining diamonds and a By JASON ZINOMAN studying with Marcel Marceau, dating Warren Zevon and massive sign that announced “World War III” in lights. I’m farting in front of Prince. She gives you what you want in a still not sure what the battle was about, but as soon as born omedy got dangerous in 2021. Not cancel-culture “Saturday Night Live” memoir, but what makes her audio- entertainer Katt Williams charged into the Barclays Center, dangerous (though after creating one of the loudest book excel is her nimble voice, impersonating a collection yellow sneakers a blur, it was clear he had won. controversies of the year with his Netflix special “The of characters, none more charismatic than her own. Best Netflix Debut Best Documentary Closer,” Dave Chappelle might disagree). More like “I might Naomi Ekperigin is a natural, a comic who can make “Mentally Al” catches up with unsung comic Al Lubel you laugh at just about anything: summing up Nancy Meycontract COVID at this show” dangerous. After a (hopefully) once-in-a-lifetime shutdown of live performances, audienc- when he’s near broke, disheveled and struggling with an ers movies, vaccines, clichés (why Los Angeles sucks), the es returned to indoor shows, and comics picked up where impossibly dysfunctional relationship with his mother. On- way she says “OK.” In a half-hour set, as part of the collecstage, however, he’s consistently hilarious, even when the tion “The Standups” that will be released on Netflix on Dec. they left off. These are some of the highlights. Best Punchline Inside a Club to Defuse COVID Anxiety audience doesn’t think so. After countless documentaries 29, she even has two jokes about the color beige that earn One night at the Comedy Cellar, Dave Attell told a guy about how a really funny person became a star, there’s fi- laughs. It’s a delight. in the crowd: “I’m glad you’re wearing a mask because we nally a revelatory one exploring why one didn’t. Best Grand Unified Theory Best Political Comedy need a survivor to tell the story.” But in the basement of the In describing how the porn industry pioneered everySometimes the most powerful punch is a jab. In “Oh thing on the internet, from user-generated content to diverWest Side Comedy Club, Bill Burr took down the elephant in the room even quicker: “I’m happy to be down here working God, an Hour About Abortion” — an understated, humane sity casting, Danny Jolles, in his endearing and far too overand deeply funny examination of the experience of having looked Amazon Prime Video special, “Six Parts,” finds a new on a new variant.” an unwanted pregnancy and an abortion — Alison Leiby way to describe the fragmentation and filtering of the news: Best Experimental Comedy Tig Notaro is not the first stand-up to turn herself into a uses observational comedy to reframe a political question at fetishes. All news, he argues, has become “kink news,” cacartoon, but her “Drawn” HBO special was the most ambi- a critical moment for reproductive rights. tering to our narrow, even perverse, whims. tious attempt, using a different animated style for each bit Best Keystone Cops Update Best Inside Comedy Parody — realistic one moment, whimsically fantastical the next, Not since Charlie Chaplin has running from the police Last year ended with the release of “An Evening With veering from the perspective of the audience to a cockroach. been as funny as Tiffany Haddish in “Bad Trip,” a scripted Tim Heidecker,” a parody of edgy stand-up comedy that was Imagine if Pixar did stand-up. movie on Netflix that includes unscripted scenes, such as a bit too vague to really resonate. Now, Heidecker hit the Best Musical Comedy Haddish emerging from under a prison bus dressed in an bull’s-eye with his recent YouTube spoof of “The Joe Rogan This was the year that visual humor caught up to the orange jumpsuit, forcing a male bystander into an uncom- Experience”; its 12-hour running time (really one hour on verbal kind in comedy specials. Bo Burnham invented a new fortable decision. a loop) is its first joke. So precise, so meticulously sensiBest Special comic vocabulary with his Netflix hit “Inside,” a filmic medtive to the details, to the cadence and lingo of that podcast, itation on isolation, the internet and ironic distance itself. There’s never been a better year for handsome com- his conversation with two sycophantic guests (played with It was so tuneful and thematically well made that a block- ics making jokes about their fraying mental health. Along pitch-perfect smarm by Jeremy Levick and Rajat Suresh) is buster musical is surely in his future. with Bo Burnham unraveling onscreen and John Mulaney a master class in sounding absolutely earth-shattering while Best Opening Bit describing the depths of his addiction in live shows, British saying precisely nothing. In “Imperfect Messenger,” a Comedy Central special comic James Acaster delivered his masterwork, “Cold LasaBest Argument for the Staying Power of ‘Curb Your packed with refined comic gems, Roy Wood Jr. begins by gne Hate Myself 1999,” on Vimeo. It’s a nearly three-hour Enthusiasm’ discussing things that are not racist but feel racNo comedy that started in 2000 should ist. Things that have, as he puts it while rubstill be this funny. Part of the reason for this feat bing his thumb and his fingers together as if is the consistently elite supporting performanche’s grasping at something, “the residue of races, none more important than Susie Essman, ism” — like when white people use the word who shined this year. Famous for her volcanic “forefathers,” or when you go somewhere and fury, she can do dry and understated just as there’s “too many American flags,” which he well. I have not laughed louder at a television calls “too much freedom.” He rubs his fingers show this year than after hearing her say the and thumb again and asks: “How many Ameriword “caftan.” can flags equal one Confederate flag?” Most Underrated Star Comic Best Directing Jim Gaffigan has put out so much mateWith a jangling horror soundtrack, clausrial for so long that he’s easy to take for granttrophobic close-ups and the menacing humor ed. The fact that he’s family friendly probably of a Pinter play, the movie “Shiva Baby” offers a doesn’t help his press either. His dynamite new modern spin on the postgraduate angst of “The special, “Comedy Monster” (premiering TuesGraduate.” Its director, Emma Seligman, is the day on Netflix), may be his best, showing Gafmost promising cringe-comedy auteur to come figan at his most dyspeptic. It suits him. Who along in years. would have thought that he would so satisfyBest Memoir ingly eviscerate marching bands and parades? In the Audible original “May You Live in From left, a scene from Tig Notaro’s HBO special “Drawn,” Susie Essman in Or have the most unexpected prop joke of the Interesting Times,” Laraine Newman describes HBO’s “Curb Your Enthusiasm” and Tiffany Haddish in Netflix’s “Bad Trip.” year (keep an eye out for a grand piano).

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Our favorite healthy habits of 2021 By TARA PARKER-POPE

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hat good things did you do for yourself in 2021? This year on Well, we suggested a number of small habits that can make life just a little better. It’s not too late to try them and pick a few you’d like to continue. Here are eight of our favorites. Claim the best hours of your day What time of day do you feel your best? For some people, we may feel most energetic during the first few hours of the morning. For night owls, evening might be our best time of day. Now ask yourself, “Who gets those hours?” Do you spend your best hours checking emails, catching up on work or doing tasks for your family? Try giving that time to yourself instead. Use it to focus on your priorities, rather than someone else’s. You can use that hour or two for anything you want — it might be for a hobby, a project that you feel passionate about, time with your children or even to volunteer and help others. Setting aside your best hours to focus on personal goals and values is the ultimate form of self-care. Enjoy exercise snacks Too often we think of exercise as a formal activity we have to do for an hour at the gym each day. But a number of studies show that short bursts of exercise several times a day lead to meaningful gains in fitness and overall health. Just as you might grab a handful of chips or nuts to break the monotony of your day, an exercise “snack” is a quick movement break. Get up and pace when you’re on the phone. Do jumping jacks, lunges or a wall sit, or walk the stairs for 20 seconds. My go-to exercise snack is 10 wall push-ups. Take a gratitude photo If a gratitude journal isn’t your thing, make a plan to take one photo a day of something special in your life. It can be a cute picture of your dog, a sunset or a delicious meal. Take a moment to study the photo, sit with your feelings of gratitude, and then share it with a friend or post it on social media. When we make an effort to notice our surroundings or show appreciation for the people, places or things that make us happy, it’s called “savoring.” Scientists know that savoring exercises can lead to meaningful gains in overall happiness and well-being. Create a ‘feelings’ list Every day when you brush your teeth or make your coffee, ask yourself: How are you, really? Think of a word that describes exactly what you’re feeling. Unsettled? Energetic? Delighted? Frazzled? (Avoid standard answers like “good,” “fine” or “OK.”) This simple labeling activity is surprisingly effective for calming stress and taking the sting out of negative thoughts. (The Hoffman Institute has a detailed feelings list at hoffma-

ninstitute.org.) Studies show that when we label our feelings, it helps turn off the emotional alarm system in our brain and lowers our stress response. Ask your kids to pick a word that describes their feelings every day, too. It can be a surprisingly fun family routine. Do a five-finger meditation This is an easy way to calm yourself, no matter where you are. Use the index finger of one hand to trace the outline of the opposite hand. As you trace up a finger, breathe in. As you trace down, breathe out. Continue finger by finger until you’ve traced your entire hand. Now reverse directions and do it again, making sure to inhale as you trace up, and exhale as you trace down. I’ve used this method on airplanes, before getting my COVID vaccine shots and during stressful meetings, and it works every time. Make it easy In the scientific study of habit formation, the thing that makes it harder for you to achieve your goal is called friction, which typically comes in three forms — distance, time and effort. The friction-free habits you’ll keep are those that are convenient, happen close to home and don’t take much time or effort. For example, one of my goals this year was to cook more and stop ordering takeout or buying expensive store-prepared foods. I hated going to the grocery store, and I found it

difficult to cook for one person. Then I read a Wirecutter article on the best meal kit delivery services and realized I could make home cooking a lot easier on myself. I started using the Martha Stewart & Marley Spoon meal kits, and it was like having my own personal sous-chef. By removing the friction, cooking is now fun, easy and delicious. Watch the jellyfish One of the best mindfulness tips I came across this year was from Cord Jefferson, the television writer who thanked his therapist on national television when he won an Emmy. Jefferson told me he struggled with traditional meditation, but he enjoys watching a web camera showing the jellyfish at the Monterey Bay Aquarium. Bookmark the jelly-cam at montereybayaquarium.org and get lost in the gentle pulses of the jellyfish for a short mindfulness break during your workday. Find a health buddy Choose a friend who shares your health goals and make a plan. Meet each other once or twice a week for a walking date. Or it could be a daily text check-in to see how you’re doing on a diet or a Zoom call to work together on a decluttering project. Studies show we’re more likely to reach our goals when we bring along a friend for the journey.

Labeling your feelings, and exercise snacks, are a couple examples of Well’s best advice for better living.


22 LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. Demandante v.

EDDIE NIEVES FIGUEROA; GLADYS RAMÍREZ MOYENO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados CIVIL NUM.: DCD2014-1935. SALA: 701. SOBRE: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. AVISO DE SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PÚBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 10 de noviembre de 2021, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Royal Gardens, situada en el Barrio Pájaros del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, marcada con el número 9 de la Manzana “D”, con un área de 391.82 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar número 10, en distancia de 29.64 metros; por el SUR, con el solar número 8, en distancia de 24.00 metros; por el ESTE, con la Calle Esther, en distancia de 19.15 metros y por el OESTE, con los solares números 13 y 14, en distancia de 12.90 metros. Inscrito al folio 244 del tomo 1,754 de Bayamón, finca número #22,181 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Bayamón. La propiedad ubica en: Urb. Royal Gardens, D9, Calle Esther, Bayamón, PR. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 26 de junio de 2019 y notificada el 20 de agosto de 2019, en el presente caso civil, a saber la suma de $104,673.10 por concepto de principal; $2,605.77 por concepto de intereses acumulados, $32.24 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses

@

continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; y la suma $12,401.90 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 31 DE ENERO DE 2022 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en el cuarto piso, Oficina de Alguaciles de Subastas de Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $124,019.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 7 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $82,679.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 14 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $62,009.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas

que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 22 de november de 2021. JOSE F MARRERO ROBLES, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante Vs.

SUCESIÓN DE ANA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ COMPUESTA POR “FULANO DE TAL” Y “SUTANO DE TAL”, COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y POSIBLES MIEMBROS DE LA SUCESIÓN; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Demandados Civil Núm.: GR2018CV00341. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. Yo, EDGARDO AL-

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DEBOL MIRANDA, ALGUACIL PLACA #282, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Caguas, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia Nunc Pro Tunc que se me libró con fecha del 14 de mayo de 2020, por la Secretaria del Tribunal Superior de Caguas en relación con la Sentencia Sumaria en Rebeldía Enmendada Nunc Pro Tunc dictada en 12 de mayo de 2020, notificada 14 de mayo de 2021 y habiéndose publicado el lunes, 20 de septiembre de 2021, la Notificación de Sentencia por Edictos expedida el 9 de septiembre de 2021, venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad inmueble que se describe a continuación: URBANA: Parcela marcada con el número quinientos siete (507), en el Plano de Parcelación de la Comunidad Rural Celada de los Barrios Celada y Hato Nuevo del término municipal de Gurabo, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos noventa y dos punto ochenta (392.80) metros cuadrados. En lides por el NORTE, con la parcela número quinientos diecinueve (519) de la Comunidad; por el SUR, con la Calle número veintisiete (27) de la Comunidad; por el ESTE, con la parcela número quinientos ocho (508) de la Comunidad y por el OESTE, con la parcela número quinientos seis (506) de la Comunidad. Sobre este solar enclava una casa para fines residenciales. Consta inscrita al folio 44 del tomo 242 de Gurabo, Finca Número 9,173, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Caguas. Por su procedencia está afecta a Condiciones restrictivas sobre edificación y uso. Designada esta propiedad como Hogar Seguro de conformidad con la Ley 195 del 13 de septiembre de 2011. Dirección de la propiedad: Solar 507 Calle 27 Parcelas Nuevas, Barrio Celada, Gurabo, Puerto Rico 00778. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de las subastas. El precio mínimo de licitación con relación a la propiedad anteriormente descrita y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el 18 DE ENERO 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $92,446.84. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el 25 DE ENERO 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $61,631.22. TERCERA SUBASTA: Se celebrará el 1 DE FEBRERO 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. PRECIO

(787) 743-3346

Wednesday, December 22, 2021 MÍNIMO: $46,223.42. Las subastas se llevarán a cabo para satisfacer al Banco demandante de las siguientes sumas de dinero adeudadas por la parte demandante conforme a la Sentencia dictada, a saber, la suma de $90,850.00 adeudada por concepto de principal e intereses vencidos al 2 de octubre de 2018, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, los cargos por demora vencidos que a igual fecha ascienden a $522.78, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, las sumas adeudadas por concepto de seguros y/o contribuciones, la suma de $887.55 por concepto de adelantos, más la suma de $9,180.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactados. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Tribunal de Caguas, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal de los Estados Unidos de América, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogados hasta la suma convenida, en tercer término los intereses acumulados hasta la fecha de la subasta según pactados hasta su total y completo pago, en cuarto término, las sumas establecidas para el pago de recargos por demora hasta la fecha de la subasta y en quinto término la suma principal adeudada. Disponiéndose, que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. El inmueble anteriormente descrito se encuentra afecto al siguiente gravamen posterior: ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA radicada en el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, Civil Número GR2018CV00341 sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria de fecha 2 de noviembre de 2018, seguida por Firstbank Puerto Rico (Demandante) Vs.

Ana González Hernández, et al (Demandada). Por la misma se reclama el pago de la suma de $90,850.00, más intereses vencidos y otros cargos, anotado al Tomo Karibe de Gurabo el 29 de junio de 2019, como Anotación “A” sobre la Finca 9173, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, el cual se refiere al caso del epígrafe en la presente causa de acción. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante, si los hubiere, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, toda vez que el precio de remate no se destina a su extinción. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Caguas, Puerto Rico, a 26 de octubre de 2021. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, ALGUACIL PLACA #282, ALGUACIL SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA DE BAYAMÓN

LIME HOMES, LTD. Demandante V.

SUCESIÓN DE ROSE ALI MILLET LÓPEZ, T/C/C ROSA ALI MILLET LÓPEZ, T/C/C ROSA ALI MILLE LOPEZ COMPUESTA POR JOSÉ ANÍBAL SOTO CRUZ, POR SÍ Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, ZUTANO DE TAL, ZUTANA DE TAL, A, B Y C; HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA DEL

The San Juan Daily Star ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

Demandados Civil Núm.: BY2019CV02938. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, EDGARDO ELÍAS VARGAS SANTANA ALGUACIL AUXILIAR PLACA #193, Alguacil de la División de Subastas del Centro Judicial de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 19 de octubre de 2021 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $99,870.01 de principal, dictada en el caso de autos el día 22 de julio de 2021, notificada por edicto y archivada en autos el día 29 de julio de 2021. Dicha Sentencia fue publicada el 2 de agosto de 2021, en el periódico “The San Juan Daily Star’’; procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Toa Alta, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: URBANA: Solar de forma irregular denominado número 3 de la manzana 3Y del sector Colinas del Plata de la Urbanización Alturas de Bucarabones, radicada en el Barrio Ortiz del municipio de Toa Alta con una cabida de 254.50 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 10.18 metros con el área de facilidades vecinales; por el SUR, en 10.18 metros con la calle número 58-A; por el ESTE en 25.00 metros con el solar 2 de la manzana 3Y; y por el OESTE, en 25.00 metros con el solar 4 de la manzana 3Y. La propiedad consta inscrita al folio 191 del tomo 436 de Toa Alta, finca número 22316 del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son

las siguientes: $99,870.01 de principal; intereses al 7.375%, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; recargos a razón del 5% de cada pago vencido no recibido dentro de los quince (15) días después de la fecha de vencimiento; más el 100% del principal para costas, gastos y honorarios de abogados pactado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $105,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, $70,122.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $52,500.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 18 DE ENERO DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 25 DE ENERO DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 1RO. DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en la Oficina del Alguacil de Subastas, localizada en el Cuarto Piso, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De Estudio de Título realizado, no surgen gravámenes preferentes ni gravámenes posteriores, los cuales deban ser cancelados. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo


The San Juan Daily Star a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 03 de diciembre de 2021. EDGARDO ELÍAS VARGAS SANTANA, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #193.

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LEGACY MORTGAGE ASSET TRUST 2019-GS7 Demandante V.

MIRIAM SOTO COLÓN

Demandada Civil Núm.: BY2021CV00771. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, JOSÉ F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #131, Alguacil de la División de Subastas del Centro Judicial de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 20 de octubre de 2021 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $129,333.54 de principal, dictada en el caso de autos el día 5 de agosto de 2021, notificada y archivada en autos el día 6 de agosto de 2021; procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Toa Baja, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: JW7 Rufino Martinez St., Levittown Dev., Toa Baja, PR 00949. URBANA: Solar marca-

do con el número 7 del bloque JW situado en la Urbanización Levittown, unidad de planificación 7-B en barrio Sabana Seca de Toa Baja con un área de 310 metros cuadrados con 50 centímetros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 23.00 metros con el solar número 6; por el SUR, en 23.00 metros con el solar número 8; por el ESTE, en 13 metros 50 centímetros con el solar número 9 y por el OESTE, en 13 metros 50 centímetros con Calle Rufino Ramírez, según plano Calle 734. En este solar enclava una casa de cemento diseñada para una familia. Finca #14038 INSCRITA AL FOLIO 146 DEL TOMO 232 DE TOA BAJA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BAYAMON, SECCION SEGUNDA. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $128,333.54 de principal y balance diferido de $11,496.07 para un total de $139,829.61; intereses al 5.875%, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; recargos a razón del 5% de cada pago vencido no recibido dentro de los quince (15) días después de la fecha de vencimiento; más el 10% del principal del pagaré, equivalente a $14,400.00, para cubrir costas, gastos y honorarios de abogados pactado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $144,000.00 para la propiedad descrito. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, $96,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta. se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $72,000.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 18 DE ENERO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 25 DE ENERO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 1RO. DE FEBRERO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en la Oficina del Alguacil de Subastas, localizada en el Cuarto Piso, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De Estudio de Titulo realizado, no surgen gravámenes preferentes, que deban ser cancelados. Del Estudio de Título realizado surge el siguientes gravámenes posteriores, que serán

Wednesday, December 22, 2021 objeto de ejecución por esta subasta: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Doral Mortgage LLC. suscrito bajo affidávit número 7302; por la suma principal de $28,000.00, con intereses al 8.875% anual, vencedero el 1ro. de octubre de 2023, tasada en uno cantidad equivalente al principal, en virtud de la escritura número 339, otorgada en San Juan, el 30 de septiembre de 2008, ante lvonne González Medrano, inscrita al Folio 85vto. del Tomo 674 de Toa Baja, finca número 14038, según inscripción 11. Aviso de Demanda a favor del Banco Popular por la suma de $15,164.07, demanda número de caso BY2019CV04959 sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca ante el Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón, Banco Popular de Puerto Rico, demandante vs Miriam Soto Colon demandado a 26 de agosto de 2019. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa Orden y Mandamiento Judicial dirigidos al Registrador de la Propiedad de la Sección correspondiente, para la cancelación de aquellos posteriores. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 06 de diciembre de 2021. JOSÉ F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL, AUXILIAR PLACA #131.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION T/C/C FANNIE MAE DEMANDANTE VS.

SUCESIÓN DE FE HERMIDA ENRIQUEZ Y LA SUCESIÓN DE JOSE TOMAS OÑATE GONZALEZ AMBAS COMPUESTAS POR SU HEREDERO CONOCIDO GUILLERMO OÑATE HERMIDA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PERSONAS CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES

DEMANDADOS CIVIL NÚM.: KCD2016-0092. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 21 de junio de 2021, y según Orden y Mandamiento del 2 de noviembre de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar número 301 de la Manzana “P” del Plano de la Urbanización Reparto Baldrich, radicado en el Barrio de Hato Rey del término municipal de Rio Piedras (ahora Gobierno de la Capital de Puerto Rico), con una cabida superficial de 457.25 metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias: por el NORTE, en 14.00 metros, con la Calle Private Efrain Jimenez; por el SUR, en 15.30 metros, con el solar #326 y con parte del solar número 325, ambos de la Urbanización; por el ESTE, en 31.00 metros, con el

solar #302 de la urbanización; y por el OESTE, en igual medida, con el solar #300 de la Urbanización. Enclava un edificio de concreto de dos plantas y dos unidades residenciales. FINCA NUMERO: 3,324, inscrita al folio 103 del tomo 265 de Río Piedras Norte, sección II de San Juan. Nota aclaratoria: En el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección II, se describe la propiedad tal y como se transcribió anteriormente. Sin embargo, en la Escritura número 710, otorgada el 16 de octubre de 2009, se indica que la colindancia Sur está quince metros y medio con el solar número 326 y como parte del solar número 325. DIRECCIÓN FÍSICA: URB. REPARTO BALDRICH M-270 CALLE ROSSY (T/C/C CALLE MANUEL F. ROSSY) SAN JUAN PR 00918 T/C/C URB. REPARTO BALDRICH P-301 SAN JUAN PR 00918 Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 18 de enero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $306,826.07. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 25 de enero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $204,550.71. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 1 de febrero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $153,413.03. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $301,545.05 de principal, más intereses convenidos al 4.00% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de

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abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/ deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 23 de noviembre de 2021. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

BANCO POPULAR DE

PUERTO RICO

DEMANDANTE VS.

SUCESIÓN DE JORGE GÓMEZ GARCÍA, COMPUESTA POR SUS HEREDEROS CONOCIDOS ARLEEN GÓMEZ CONTES, JORGE GÓMEZ CONTES, MICHELL GÓMEZ CONTES, JAVIER GÓMEZ FELICIANO, JOSE EDGARDO GÓMEZ FELICIANO, JORGE GÓMEZ FELICIANO, JORGE GÓMEZ ACOSTA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN

DEMANDADOS CIVIL NÚM.: TJ2018CV00371. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Carolina, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 9 de diciembre de 2019 y según Orden y Mandamiento del 5 de noviembre de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la urbanización Colinas de Fair View, sección séptima, localización en el barrio Las Cuevas de Trujillo Alto, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el número del solar cuarenta y uno (41) de la manzana cuatro guion Q (4-Q), área del solar: trescientos veinte con ochenta y cuatro (320.84) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con los solares número uno (1) y número dos (2), distancia de doce metros seiscientos noventa y uno milésimas (12.691) de otro; por el SUR, con la calle doscientos veinte (220), distancia de catorce (14) metros; por el ESTE, con el solar número 40, distancia de veinticuatro (24) metros; y por el OESTE, con el solar número 42, distancia de veinticuatro (24.00) metros. Enclava casa de concreto. FINCA NÚMERO: 12,874, inscrita al folio 214 del tomo 257 de Trujillo Alto, sección IV de San Juan. Dirección Física: URB. COLINAS DE FAIR VIEW, SECCIÓN SEPTIMA SOLAR 41 MANZANA 4-Q, CALLE 220 TRUJILLO ALTO PR 00976.

Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 24 de enero de 2022, a las 1:30 de la tarde, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $131,957.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 31 de enero de 2022, a las 1:30 de la tarde, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $87,971.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 7 de febrero de 2022, a las 1:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $65,978.50. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. A tenor con la Regla 51.3 (b) de Procedimiento Civil y el Artículo 99 de la Ley 210-2015, conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, el tribunal ordenó que el Alguacil de este Tribunal luego de haberse efectuado la correspondiente publicación de edictos en un periódico de circulación general, proceda a vender en pública subasta al mejor postor la propiedad descrita en las Determinaciones de Hechos de la Sentencia y que del producto de dicha venta, proceda a pagar en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas y honorarios de abogados según concedidos en la sentencia, en tercer término los intereses acumulados por la sentencia, en cuarto término los recargos acumulados, en quinto cualquier suma antes indicada como sobregiro en la cuenta de reserva y en sexto término hasta la suma de $99,105.94, para cubrir el prin-


24 cipal adeudado, disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Si se anula la venta, el comprador tendrá derecho a la devolución del depósito de la venta judicial menos los honorarios y costos incurridos en el proceso de venta judicial. No tendrá ningún otro recurso contra el acreedor hipotecario ejecutante ni la representación legal de éste. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará

en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 23 de noviembre de 2021. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO #830, ALGUACIL SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

PATRICIA MATOS HERNÁNDEZ T/C/C PATRICIA ALEJANDRA MATOS HERNÁNDEZ

DEMANDADOS CIVIL NÚM.: SJ2019CV10393. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA IN REM. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 8 de septiembre de 2021 y según Orden y Mandamiento del 10 de noviembre de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial de forma irregular localizado en la Primera Planta del Edificio “F” del Condominio Villas de Montecarlo, situado en la Avenida Villas de Montecarlo, del término municipal de San Juan, Puerto Rico. Apartamento número “F” raya siete cero uno (F-701). Área neta del apartamento: ochocientos cuarenta punto cincuenta y nueve cuarenta y ocho (840.5948) pies cuadrados equivalentes a setenta y ocho punto diez y nueve metros cuadrados (78.19). En lindes: Colinda por el NORTE, con área común en una distancia de seis punto uno cinco nueve (6.159) metros equivalentes a veinte pies con dos pulgadas (20 - 2”); por el SUR, con área común en una distancia de trece punto cincuenta una distancia de seis punto uno cinco nueve (6.159) metros equiva-

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Wednesday, December 22, 2021

lentes a veinte pies con dos pulgadas (20 – 2”); por el ESTE, con pared medianera que lo separa del apartamento “F” raya siete cero dos (F-702), en una distancia de diez punto ochenta y dos (10.82) metros equivalentes a treinta y cinco pies con seis pulgadas (35’- 6”); por el OESTE, con área común en una distancia de trece punto cincuenta y seis (13.56) metros equivalentes a cuarenta y cuatro pies con seis pulgadas (44’6”). El inmueble ante descrito consta de un nivel y está dividido en los siguientes elementos: sala-comedor, cocina, área de lavandería, dos baños y tres cuartos dormitorios con sus closets unidos por un pasillo central. Contiene un calentador de agua y gabinetes de cocina. Puerta de entrada con acceso al vestíbulo del edificio. Este apartamento goza del uso exclusivo de un patio posterior y lateral que es el elemento común limitado el cual está delimitado en la forma y manera que surge de los planos del proyecto y la escritura matriz. Le corresponde a este apartamento en los elementos comunes generales punto cero cero nueve dos ocho por ciento (0.00928%). También le corresponde un estacionamiento rotulado con el número 701, según surge del plano de inscripción. FINCA NÚMERO: 32,889, inscrita al folio móvil del tomo 980B de Sabana Llana, sección V de San Juan. Nota aclaratoria: La descripción registral en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V, consta tal y como fue transcrita anteriormente. En la Escritura número 446, otorgada el 19 de octubre de 2007, consta lo siguiente; También le corresponden dos (2) estacionamientos rotulados con el número 701, según surge del plano de inscripción. Dirección Física: COND. VILLAS DE MONTECARLO APT. F-701 SAN JUAN PR 00924. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 24 de enero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en mi oficina sita en el en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $114,921.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 31 de enero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $76,614.00. De no haber remanente o adjudicación en esta

segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 7 de febrero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $57,460.50. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. A tenor con la Regla 51.3 (b) de Procedimiento Civil y el Artículo 99 de la Ley 2102015, conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, el tribunal ordenó que el Alguacil de este Tribunal luego de haberse efectuado la correspondiente publicación de edictos en un periódico de circulación general, proceda a vender en pública subasta al mejor postor la propiedad descrita en las Determinaciones de Hechos de la Sentencia y que del producto de dicha venta, proceda a pagar en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas y honorarios de abogados según concedidos en esta sentencia, en tercer término los intereses acumulados por esta sentencia, en cuarto término los recargos acumulados, en quinto cualquier suma antes indicada como sobregiro en la cuenta de reserva y en sexto término hasta la suma de $93,324.26 para cubrir el principal adeudado, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 5.5% anual hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $11,492.10 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a

efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y en el Cuartel Estatal de Policía del Municipio donde se celebrará la Subasta y en el Cuartel Estatal de Policía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 3 de diciembre de 2021. EDWIN E LOPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

ANGEL LUIS SERRANO FELICIANO T/C/C ANGEL L. SERRANO FELICIANO

DEMANDADA CIVIL NÚM.: CA2019CV00807. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTE-

CA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Carolina, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 19 de julio de 2019, y según Orden y Mandamiento del 26 de noviembre de 2019 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número mil ocho (1008) Apartamento residencial de forma irregular localizado en la tercera planta del Edificio (1000) del Condominio Parque Juliana, situado en la Parcela B, sita en el Barrio Trujillo Bajo del municipio de Carolina. El área aproximada es de mil trescientos diecinueve puntos cinco mil novecientos treinta y tres cuadrados (1,319.5933 p.c.), equivalentes a ciento veintidós punto seiscientos treinta y ocho metros cuadrados (122.638 m.c.). Son sus linderos, NORTE, con área de lobby y las escaleras de acceso y entrada del edificio; SUR, con pared medianera que lo separa del edificio novecientos del condominio; ESTE, con espacio exterior del condominio; OESTE, con espacio exterior del edificio. La puerta de entrada de este apartamento está situada en su lindero Norte. Consta de salacomedor, cocina, balcón, tres dormitorios, área de lavandería y dos (2) baños. Le corresponde como elemento común limitado de este apartamento el uso de forma exclusiva de un área de techo de aproximadamente mil noventa y cuatro puntos nueve mil ciento noventa y cuatro pies cuadrados (1,094.9194 p.c.), equivalentes a ciento uno punto setecientos cincuenta y ocho metros cuadrados (101.758 m.c.). Dicha área tiene una escalera de acceso localizada en la colindancia Oeste del apartamento. Le corresponden dos (2) espacios de estacionamiento identificados con el número mil ocho (1008). Este apartamento tiene una participación de uno punto dos nueve cuatro siete nueve por ciento (1.29479%) en los elementos comunes del condominio. FINCA NÚMERO: 61,412, inscrita al folio 25 del tomo 1429 de Carolina, sección II de Carolina. Dirección Física: Cond. Paque Juliana Apt. 1008, Tercera Planta, Edif. 1000 Carolina, PR 00985. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 24 de enero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en mi oficina sita en el

edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $138,600.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 31 de enero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $92,400.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 7 de febrero de 2022, a las 11:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $69,300.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $138,172.46 de principal, más intereses convenidos al 6.1250% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/ deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora

y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 23 de noviembre de 2021. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO #830, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

SUCESIÓN DE HÉCTOR LUIS CASTELLS ARCHILLA COMPUESTA POR SU HEREDERO CONOCIDO HÉCTOR CASTELLS SANTIAGO T/C/C HÉCTOR CASTELLS; SUCESIÓN DE JOSEFINA SANTIAGO GARCÍA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES DEMANDADOS

CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) y DEPARTAMENTO DE HACIENDA GOBIERNO DE PUERTO RICO

PARTES INTERESADAS CIVIL NÚM.: CA2019CV01421 (409). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUN-


The San Juan Daily Star CIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Carolina, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 17 de octubre de 2019, y según Orden y Mandamiento del 27 de febrero de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal. Apartamento dos mil setecientos uno (2701). Apartamento residencial de forma irregular de un (1) sólo nivel localizado en la primera (1ra) planta del edificio número siete (7) del Condominio Jardines de Monte Alto, situado en el Barrio Las Cuevas, del término municipal de Trujillo Alto, Puerto Rico, con una cabida superficial de aproximada de ochocientos un pies cuadrados (801.00 p.c.), equivalentes a setenta y cuatro punto cuatro uno cinco tres metros cuadrados (74.4153 m.c.). Colinda por el NORTE, en una distancia aproximada de treinta pies cuatro pulgadas (30’-40”) con áreas comunes; por el SUR, en una distancia de aproximada de treinta y cuatro pies cinco pulgadas (34’-5”) con áreas comunes; por el ESTE, en una distancia aproximada de nueve pies cinco pulgadas (9’-5”) con el apartamento dos mil ochocientos uno (2801) y en una distancia aproximada de dieciséis pies siete pulgadas (16’-7”) con áreas comunes y por el OESTE, en una distancia aproximada de veintiséis pies diez pulgadas (26’-10”) con el apartamento dos mil seiscientos uno (2601). Consta de sala-comedor, cocina, tres (3) cuartos dormitorios, un (1) baño, terraza y la puerta de entrada está por su lado Norte. Le corresponde a este apartamento una participación aproximada de cero punto cero cero seis nueve dos tres por ciento (0.006923%) en los elementos comunes generales del condominio. A este apartamento le corresponde un (1) espacio de estacionamiento identificado con el número dos mil setecientos uno (2701). FINCA NÚMERO: 30,347, inscrita al folio móvil del tomo 654 de Trujillo Alto, sección IV de San Juan. NOTA ACLARATORIA: En el Registro de la Propiedad de San Juan Sección IV, la descripción registral consta tal y como fue transcrita anteriormente. En la Escritura número 633, otorgada el 13 de septiembre de 2002, consta lo siguiente: • URBANA: Propiedad Horizontal. Apartamento residencial de forma irregular de un (1) sólo nivel

localizado en la primera (1ra) planta del edificio número siete (7) del Condominio Jardines de Monte Alto, situado en el Barrio Las Cuevas. Dirección Física: COND. JARDINES DE MONTE ALTO APT. 2701, PISO 1, EDIF. 7 TRUJILLO ALTO, PR 00976. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 24 de enero de 2022, a las 11:45 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Carolina. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $80,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 31 de enero de 2022, a las 11:45 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $53,333.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 7 de febrero de 2022, a las 11:45 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $40,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $57,775.70 de principal, más intereses convenidos al 6.2500% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de

Wednesday, December 22, 2021 ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 23 de noviembre de 2021. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO #830, ALGUACIL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

LEGAL NOTICE M&T 481238 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR.

Nydia Margarita Cabanillas Torregrosa Demandante v.

La sucesión de Nilda Eulalia Ruiz Rivera t/c/c Nilda R. Vila compuesta por Edgardo Manuel Vila Ruiz, María Eugenia Vila

Ruiz, Carlos Ramón Vila Ruiz y José Enrique Vila Ruiz; Estados Unidos de América

Demandados CIVIL NÚM: SJ2021CV04596. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 26 de ENERO de 2022, a las 11:30 de la MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond. Iberia II, 522 calle Austral Apt. 401, San Juan, PR 00920 y que se describe a continuación: URBANA: HORIZONTAL PROPERTY: Apartment number 401 of an irregular shape of reinforced concrete and concrete blocks located on the fourth floor of Condominio Iberia II, 552, Austral Street, Altamira Development, Monacillos and Pueblo Viejo wards of San Juan and Guaynabo, Puerto Rico, respectively, with a total approximate private area of one thousand three hundred seventy two square feet and thirty hundredths of square foot equivalent to one hundred twenty seven square meters and forty nine hundredths of square meter. It consists of an open terrace, living-dining room, foyer extending six feet forward of the main entrance, kitchen, master bedroom with dresser, two additional bedrooms, two bathrooms, various closets and hallways. It bounds by the NORTH, in several distances of fifty seven feet three inches, equivalent to seventeen meters and forty five hundredths of a meter with an open space above driveway and parking areas, with closet enclosing electrical meters of the apartment of this floor, with corridor leading to stairway and to elevators, with southern wall of apartment 402 and open space facing parking area; by the SOUTH, in several distance of fifty seven feet, three inches, equivalents to seventeen meters and forty five hundredths of seven feet, three inches, equivalent to seventeen

meters and forty five hundredths of a meter with driveway leading from Austral street to parking area; by the EAST, in several distances of thirty seven feet, ten inches, equivalent to eleven meters and fifty three hundredths of a meters with open space above parking area, with western wall of apartment 402 and with corridor leading to elevators; by the WEST, in several distances of thirty seven feet ten inches, equivalent to eleven meters and fifty three hundredths of a meter with open space above driveway leading to parking area and with open space above parking area. Elementos comunes 2.61%. Tiene una participación en los elementos comunes limitados 27.98% y le corresponde el estacionamiento B-9. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 50 del tomo 727 de Monacillos, finca número 22,605, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $188,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 2 de FEBRERO de 2022, a las 11:30 de la MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $125,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 de FEBRERO de 2022, a las 11:30 de la MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $94,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 31, otorgada el día 23 de enero de 2009, ante el Notario Sheilla E. Santos Camacho y consta inscrita en el folio 138 (vuelto) del tomo 920 de Monacillos, finca número 22,605, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera, inscripción undécima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $148,142.30 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 3.680% anual desde el día 27 de abril de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por servicio y las primas de seguro que continúan acumulándose hasta el saldo de la

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obligación, la suma de $18,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $18,800.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $18,800.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA: Constituída por Nilda Eulalia Ruíz Rivera (soltera), en garantía a un pagaré a favor de SECRETARIO DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, o a su orden, por la suma de $282,000,00, sus intereses al 3.68% anual y vencedero el 15 de mayo de 2073, según escritura número 32, otorgada en San Juan, el 23 de enero de 2009, ante la notario Sheilla E. Santos Camacho. Inscrita al folio 125 del tomo 935 de Monacillos. Inscripción duodécima. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos

semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 9 de diciembre de 2021. FDO. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE M&T 56668 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR.

LUNA RESIDENTIAL II LLC Demandante v.

Daribel Pérez Molina

Demandada CIVIL NÚM: CA2020CV00904. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 18 de ENERO de 2022, a las 1:00 de la TARDE en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond. Chalets de la Fuente, ‘Town House’, Edif. 21, Número 2103, Bo. Martin Gonzalez, Carolina, PR 00987 y que se describe a continuación: URBANA: Town House numero 2103. PROPIEDAD HORIZONTAL: ‘Town House’numero 2103 localizado en el Edificio número 21 del Condominio Chalets de la Fuente, cuyo condominio está localizado en el Barrio Martín González de Carolina, Puerto Rico. Consiste de una vivienda residencial de 2 pisos, con un

área residencial de 1,895.00 pies cuadrados, equivalentes a 176.11 metros cuadrados, distribuidos de la siguiente forma: El primer piso del Town House, número 2103, tiene un área residencial de 1012.00 pies cuadrados, equivalentes a 94.05 metros y está compuesto de un área de sala, comedor, cocina, medio baño, terraza cubierta y garaje con espacio para dos automóviles. El segundo piso del Town House, número 2103 tiene un área residencial de 883.00 pies cuadrados, equivalentes a 82.06 metros y está compuesto de 2 dormitorios con un closet cada uno, un baño, closet de lavandería (laundry closet) y un dormitorio principal con un closet con pasillo (walk-in-closet), un segundo closet y baño. La entrada principal del Town House número 2103 está localizada en su lindero Norte del primer piso, la cual da acceso directo al área de entrada asignada como anejo del Town House número 2103. Los 2 pisos del Town House número 1802 se conectan por una escalera interior. El primer piso del Town House número 2103 colinda por el NORTE, con área de rodaje y area de entrada asignadas como anejo del Town House número 2103 en una distancia de 7.42 metros; por el SUR, con área de patio asignada como anejos del Town House número 2103, en una distancia de 7.42 metros; por el ESTE, con el Town House número 2102 y área de patio asignada como anejo del Town House número 2103 en una distancia de 15.75 metros; por el OESTE, con el Town House número 2104 y área de entrada asignada como anejo del Town House número 2103 en una distancia de 15.75 metros. El segundo piso del Town House número 2103 colinda por el NORTE, con elemento común general exterior en una distancia de 7.42 metros; por el SUR, con elemento común general exterior en una distancia de 7.42 metros; por el ESTE, con el Town House número 2102, en una distancia de 13.26 metros; por el OESTE, con el Town House número 2104 y elemento común general exterior en una distancia de 13.26 metros. Están asignados como anejos de este Town House: 1) un área de rodaje (Driveway), con una cabida de aproximadamente 325.005 pies cuadrados, equivalentes a 30.193 metros cuadrados, II) un área de entrada con una cabida de aproximadamente 208.439 pies cuadrados, equivalentes a 19.364 metros cuadrados y (III) un área de patio con una cabida aproximadamente 502.67 pies cuadrados, equivalentes a 46.698 metros cuadrados. La cabida total de este Town House incluyendo sus anejos es de 2931.114 pies cuadrados, equivalentes a 272.365 metros cuadrados. El Town House esta


26 afecto a servidumbre para tubería pluvial que discurre a través del área de patio asignada como anejo a este Town House y a servidumbre para Distribución de Telecomunicaciones y de Televisión por Cable a favor de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Pueto Rico. El Town House numero 2103 tiene una participación de 0.601676% en los elementos comunes generales del Condominio Chalets de la Fuente. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 224 del Tomo 1474 de Carolina, finca número 62568, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $216,700.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el 25 de ENERO de 2022, a las 1:00 de la TARDE. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $144,466.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el 1 de FEBRERO de 2022, a las 1:00 de la TARDE. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $108,350.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 320, otorgada el día 17 de diciembre de 2010, ante el Notario Shakira Paralitici Pérez y consta inscrita en el Folio 224 del Tomo 1474 de Carolina, finca número 62568, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $181,756.22 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.125% anual desde el día 1 de septiembre de 2019. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $21,670.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $21,670.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $21,670.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipo-

teca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Banco Santander de Puerto Rico vs. Daribel Pérez Molina (soltera), ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, en el caso civil número CA2020CV00904, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $178,605.50 y otras cantidades, según Demanda de fecha 10 de marzo de 2020. Anotada al folio Tomo Karibe de Carolina. Anotación A. B. EMBARGO ESTATAL: Anotado sobre esta finca, como perteneciente a Daribel Pérez Molina, por la suma de $6,799.68 a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según certificación de fecha 6 de octubre de 2021. Anotado el 7 de octubre de 2021, al asiento 2021006909-EST del Libro de Embargos Estales Karibe. Y para conocimiento de licitadores del

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 22, 2021

público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Carolina, Puerto Rico, hoy día 9 de diciembre de 2021. (FDO.) ELLIOT FERNANDEZ, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE PONCE.

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY,FSB, AS TRUSTEE OF STANWICH MORTGAGE LOAN TRUST I Demandante vs.

LA SUCESION DE MARIA GENOVEVA QUINONES JUSTINIANO COMPUESTA POR JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS CON INTERES EN LA SUCESION; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)

Demandados CIVIL NUM. GY2018CV00098. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS.

A: La Parte Demandada, al (a la) Secretario(a) de Hacienda de Puerto Rico y al Público General:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque gerente, giro postal, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América al nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, el 19 de enero de 2022, a las

10:00 de la mañana, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número A-22 de la Urbanización Santa Elena Development, Segunda Extensión, localizado en los Barrios Jaguas y Pueblo, éste último lugar conocido por los sitios del municipio de Guayanilla, Puerto Rico, con un áreade 268.64 metros cuadrados. En lindes: NORTE, solar A-21 de esta misma urbanización en una distancia de 21.66 metros; SUR, solar A-23 de esta misma urbanización en una distancia de 21.07 metros; ESTE, con la Calle Número 1 de esta misma urbanización en una distancia de 11.77 metros; OESTE, con terrenos dedidado a uso público que lo separa de la Carretera Estatal Número 2 en una distacia de 12.75 metros. Enclava en este solar una estructura dedicada a vivienda, construida de hormigón armado y bloques. FINCA 4809 INSCRITA AL FOLIO 100 DEL TOMO 133 DE GUAYANILLA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONCE, SECCION SEGUNDA. Propiedad localizada en: A22 Calle 1, Ext. Santa Elena, Guayanilla, PR 00656. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: a. AVISO DE DEMANDA con fecha 15 de octubre de 2001 seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayanilla en el caso civil número J3CI2001-00273 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Citibank NA, demandante v. Maria Genoveva Quiñones Justiniano, demandados. Por la misma se reclama el pago del préstamo Hipotecario garantizado con la Hipoteca por $40,082.00, de la inscripción 4ª antes relacionada, adeudando $38,320.04 de principal, más intereses. Anotada el 5 de diciembre de 2001 al folio 151 del tomo 194 de Guayanilla, anotación “A”. b. AVISO DE DEMANDA con fecha 27 de diciembre de 2018 seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, en el caso civil número GY2018CV00098, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Carrington Mortgage Services, LLC, demandante v. Maria Genoveva Quiñones Justiniano, demandados. Por la misma se reclama el pago del préstamo Hipotecario garantizado con la Hipoteca por $40,082.00, de la inscripción 4ª antes relacionada, adeudando

$22,807.31 de principal, más otras sumas. Anotada el 19 de febrero de 2019 al Tomo Karibe, finca 4809 de Guayanilla, anotación “B”. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo mínimo de subasta la suma de $40,082.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, el 26 de enero de 2022, a las 10:00 de la mañana, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $26,721.33, dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la tercera subasta, la suma de $20,041.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, el 2 de febrero de 2022, a las 10:00 de la mañana. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $22,807.31 de principal, intereses al tipo del 8.00000% anual según ajustado desde el día 1 de julio de 2014 hasta el pago de la deuda en su totalidad, más la suma de $4,008.20 por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, y otros adeudados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación

en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Ponce, Puerto Rico, hoy día 23 de noviembre de 2021. LUIS R SANCHEZ VEGA #748, ALGUACIL DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE M&T 42386 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR.

MTGLQ Investors, L.P. Demandante v.

Abraham Casul Romero, Claudia Yojanna Milla Ramírez t/c/c Claudia Y. Casul y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos

Demandante CIVIL NÚM: BY2020CV04146. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el 13 de ENERO de 2022, a las 10:00 de la MAÑANA en la oficina de Alguaciles de Subasta sita en el cuarto piso del edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Villa Verde, G23 calle 10, Bayamón, PR 00959-2074 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 23 del Bloque ‘G’ en el Plano de Inscripción de la Urbanización Villa Verde, localizado en el Barrio Guaraguao Abajo del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida superficial de 247.20 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 24.00 metros con el solar número 24; por el SUR, en una distancia de 24.00 metros con el solar número 22; por

el ESTE, en una distancia de 10.30 metros con los solares número treinta 39 y 40 y por el OESTE, en una distancia de 10.30 metros con la Calle número 10. Enclava una casa residencial de hormigón armado dedicada a vivienda. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 201 del tomo 1,353 de Bayamón, finca número 60,667, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $119,400.30. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe, localizada en la oficina de Alguaciles de Subasta sita en el cuarto piso del edificio, el 20 de ENERO de 2022, a las 10:00 de la MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $79,600.20. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe, localizada en la oficina de Alguaciles de Subasta sita en el cuarto piso del edificio, el día 27 de ENERO de 2022, a las 10:00 de la MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $59,700.15. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 290, otorgada el día 12 de septiembre de 2005, ante el Notario José M. Birriel Barreto y consta inscrita en el folio 146 del tomo 1,835 de Bayamón, finca número 60,667, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción séptima. El pagaré y la escritura de hipoteca fueron modificados por las partes el 28 de mayo de 2013 mediante la escritura núm. 59 otorgada ante la Notario Leilany Carrión del Toro. En virtud de la misma, se estableció como nuevo principal adeudado la cantidad de $119,400.00- cantidad a utilizarse como tipo mínimo en caso de ejecución, se difirió la cantidad de $15,083.03, se extendió la fecha de vencimiento al 1 de junio de 2053 y se modificó la tasa de interés de la siguiente forma: (a) la tasa de interés anual sería 4. 300820º% del 1 de julio de 2013 al 1 de junio de 2018 y (b) la tasa de interés anual sería 6.25% del 1 de julio del 2018 hasta la fecha de vencimiento. La escritura de modificación consta inscrita al folio 91 del tomo 1,925 de Bayamón, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, finca número 60,667,

inscripción décima. El 4 de septiembre de 2018, como parte de las moratorias ofrecidas por el paso de los Huracanes María e Irma sobre Puerto Rico, se difirió la cantidad de $1,367.10. La referida suma sería pagadera a la fecha de vencimiento de la obligación y no genera intereses. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $97,972.43 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.250% anual desde el día 1 de julio de 2019. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, se pagará la cantidad de $16,450.13 denominado como balance diferido que no genera intereses. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $11,940.03 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $11,940.03 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $11,940.03 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la


The San Juan Daily Star presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Doral Bank vs. Abraham Casul Romero y su esposa, Claudia Johanna Milla Ramírez, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número DCD 20110169, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $87,858.40 y otras cantidades, según Demanda de fecha 14 de enero de 2014. Anotada al folio 146 del tomo 1835 de Bayamón. Anotación A. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por MTGLQ Invertors L.P. vs. Abraham Casul Romero y su esposa, Claudia Johanna Milla Ramírez también conocida como Claudia Yojanna Mila Ramírez y Claudia Y. Casul, en el Centro Judicial de Bayamón, en el caso civil número BY 2020CV04146, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $97,972.43 y otras cantidades, según Demanda de fecha 22 de diciembre de 2020. Anotada al Tomo Karibe de Bayamón. Anotación B. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 10 de NOVIEMBRE de 2021. FDO. JOSE F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL AUXILIAR 131. ***

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

QUEST IMPORT & EXPORT INC.; SUCESIÓN

Wednesday, December 22, 2021 DE AIDA TERESA LÓPEZ CRUZ COMPUESTA POR RANDELL ESTEBAN AYALA LÓPEZ, PAULA VALERIA AYALA LÓPEZ Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA Y POR SÍ ROBERTO AYALA GÓMEZ

Demandados Civil Núm.: DCD2015-0408. (703). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA.

A: LOS CODEMANDADOS DE EPIGRAFE Y AL PÚBLICO EN GENERAL:

El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una Sentencia dictada en el caso de epígrafe el 29 de junio de 2015, notificada el 2 de julio de 2015, una Orden de Ejecución de Embargo emitida el 1 de octubre de 2021 y un Mandamiento de Ejecución de Embargo emitido el día 5 de octubre de 2021, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, procederá a vender en subasta, y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, y/o giro postal, dinero en efectivo, cheque de gerente o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal, o letra bancaria, con similar garantía de todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que adelante se describe. Se anuncia por la presente que la subasta habrá de celebrarse el día 2 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Predio de terreno a espaldas de la calle Comerío de Bayamón, compuesto de 50’ de frente por 80’ de fondo, o sea, 4,000.00 pies cuadrados, equivalentes a 372.00 metros cuadrados, con lindes por el NORTE, con terrenos de Jesús Llanos; por el ESTE, con terrenos de José L. Pesquera; por el SUR, con camino propiedad de José L. Pesquera y por el OESTE, con solares que hacen frente a la calle de Comerío y que son propiedad de José L. Pesquera y de Mateo Pérez. Consta inscrita al folio 151 del tomo 1948 de Bayamón Sur (Sección I de Bayamón), finca número 7251. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al demandante, total o parcialmente, según sea el caso, de la referida sentencia que fue dictada por las siguientes sumas: $15,140.00 de principal más $21,180.23 de intereses a la fecha de 17 de mayo de 2021. Esta subasta

no tiene fijación de tipo mínimo por tratarse de una ejecución de sentencia por embargo. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón, durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, incluyendo el gravamen por las contribuciones sobre la propiedad inmueble adeudadas, si los hubiere, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá Libre de Cargas y Gravámenes posteriores. En testimonio de lo cual, expido el presente aviso, el cual firmo y sello, hoy 16 de diciembre de 2021, en Bayamón, Puerto Rico. MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, ALGUACIL PLACA #735, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

EILEEN RIVERA FLORIDO, SU ESPOSO FULANO DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: D1CD2017-0153. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA.

A: LOS CODEMANDADOS DE EPIGRAFE Y AL PÚBLICO EN GENERAL:

El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una Sentencia dictada en el caso de epígrafe el 15 de agosto de 2017, notificada el 24 de agosto de 2017; y de un Mandamiento de Ejecución emitido el día 7 de diciembre de 2021, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, procederá a vender en subasta, y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, y/o giro postal, dinero en efectivo, cheque de gerente o cheque certificado a nombre

del Alguacil del Tribunal, o letra bancaria, con similar garantía de todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que adelante se describe. Se anuncia por la presente que la primera subasta habrá de celebrarse el día 8 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: SAN FERNANDO GARDENS APARTMENTS: Apartamento #B2-21, para fines residenciales, con un área superficial de 899.52 pies cuadrados. En lindes por el NORTE, en 36’11” con el apartamiento #B2-22 y con las escaleras; por el SUR, en 33’8” con el apartamento #B1-22 y con una pared que da al exterior del edificio; por el ESTE, en 24’3” con una pared que da al exterior del edificio y por el OESTE, en 27’10” con una pared que da al exterior del edificio. La puerta de entrada a este apartamento, está localizada en la pared que da al lado Norte y comunica con las escaleras. Consta este apartamiento de sala-comedor, cocina, tres dormitorios con sus respectivos guardarropas, un bañó, “laundry”, balcón y piso de terrazo. PORCENTAJE: Elementos Comunes Generales: .0069087%. Finca número 53764, inscrita al folio 35 del tomo 1753 de Bayamón Sur (Sección I de Bayamón). Dirección Física: San Fernando Apto 21 Edif B-2 Bayamón PR 00957. El siguiente pagaré consta inscrito en la propiedad antes mencionada y es el que se pretende ejecutar: HIPOTECA: Por $49,000.00, con intereses al 7-3/4% anual, en garantía de un pagaré a favor de Doral Mortgage Corporation, o a su orden, que vence el 1ro de julio de 2032. Según escritura #34, otorgada en San Juan, el 28 de junio de 2002, ante Rafael A. Ojeda Diez, inscrita al folio 37 del tomo 1753 de Bayamón Sur, inscripción 7ma. La referida hipoteca grava el bien inmueble antes descrito. Que según surge del estudio de título, la propiedad se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: Preferente: HIPOTECA: Por $15,000.00, sin intereses, en garantía de un pagaré a favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, que vence en 6 años. Según escritura #35, otorgada en San Juan, el 28 de junio de 2002, ante Rafael A. Ojeda Diez, inscrita al folio 35 del tomo 1753 de Bayamón Sur, inscripción 6ta. Posterior: AVISO DE DEMANDA: Dicta en el Caso Civil #DCD2017-0153, Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón; seguido por Banco Popular de Puerto Rico (demandante) versus Eileen Rivera Florido, su esposo Fu-

lano de Tal y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos (demandados). Se reclama el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 7ma, reducida a $38,563.19, más intereses y otras sumas, o la venta de esta finca en pública subasta. Anotada al tomo Karibe de la Sección I de Bayamón, finca #53764 de Bayamón Sur, anotación A y última, con fecha de 22 de agosto de 2017. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al demandante, total o parcialmente según sea el caso, de la referida sentencia que fue dictada por las siguientes sumas: $38,563.19 por concepto de principal, más $129.80 por concepto de recargos por atraso, más $21.12 por concepto de escrow, más intereses al 7.75% anual a partir del 1 de agosto de 2016 hasta su completo pago, más 5% de todo pago en atraso, más $4,900.00 como cantidad estipulada para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón, durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, incluyendo el gravamen por las contribuciones sobre la propiedad inmueble adeudadas, si los hubiere, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá Libre de Cargas y Gravámenes posteriores. Los tipos mínimos a utilizarse para la subasta son los siguientes: El inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de CUARENTA Y NUEVE MIL DÓLARES ($49,000.00) para que dicha suma sirva de tipo mínimo en la primera subasta a celebrarse. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en el mismo lugar antes mencionado, el día 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, sirviendo como tipo mínimo para dicha segunda subasta, una suma equivalente a las dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado para la primera subasta, o sea, la suma de TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS DÓLARES CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($32,666.67) para la finca an-

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tes descrita. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes mencionado, el día 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, una suma equivalente a la mitad (1/2) del tipo mínimo fijado para la primera subasta, o sea, la suma de VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS DÓLARES ($24,500.00) para la finca antes descrita. En testimonio de lo cual, expido el presente aviso, el cual firmo y sello, hoy 16 de diciembre de 2021, en Bayamón, Puerto Rico. MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, ALGUACIL PLACA #735, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

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ORIENTAL BANK

Parte Demandante Vs.

DEBORAH YANTÍN AYALA; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Parte Demandada Civil Núm.: SJ2021CV05685. (604). Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: DEBORAH YANTÍN AYALA.

QUISITIVA (USUCAPIÓN). EMPLAZAMIENTO POR EDICESTADO LIBRE ASOCIADO TO. DE PUERTO RICO TRIBUA: ISABEL SAEZ NAL GENERAL DE JUSTICIA MORALES. 31 PAINE ST TRIBUNAL DE PRIMERA INSWORCESTER, MA 01605. TANCIA SALA SUPERIOR DE Por la preset te se le notifica ARECIBO que la parte demandante, BARMAGDA CUEVAS MOLINA BARITA MEJIAS FERNANDEZ Demandante V. ha presentado ante este HonoFIRSTBANK rable Tribunal demanda contra PUERTO RICO; ET ALS usted, solicitando la concesión Demandado(a) del siguiente remedio: PRESCivil Núm.: AR2020CV00770. CRIPCION ADQUISITIVA Sobre: CANCELACIÓN DE (USUCAPIÓN).Representa a PARGARÉ EXTRAVIADO. NO- la parte demandante, el abogaTIFICACIÓN DE SENTENCIA do cuyo nombre y dirección se POR EDICTO. consigna de inmediato: Lcdo Wilson A. Galarza Galarza A: JUAN DEL PUEBLO RUA 14551 Y JUANA DEL PUEBLO Executive Building 623 Ave. Ponce de León COMO POSIBLES Suite 803 TENEDORES Y San Juan, Puerto Rico 00917 CUALESQUIER PERSONA Tel. (787) 649-6091 lcdowilsongalarza@gmail.com DESCONOCIDA CON le apercibe que si no comPOSIBLE INTERÉS EN Se pareciese usted a contestar LA OBLIGACIÓN CUYA dicha demanda dentro del CANCELACIÓN POR término de 30 días a partir de DECRETO JUDICIAL SE la publicación de este edicto radicando el original de la SOLICITA. (Nombre de las partes a las que se le contestación ante el Tribunal correspondiente, con copia a notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que sus- la parte demandante, podría cribe le notifica a usted que el dictarse sentencia en rebeldía 15 de diciembre de 2021, este en su contra concediendo el Tribunal ha dictado Sentencia, remedio solicitado en la deSentencia Parcial o Resolución manda, sin más citarle ni oírle. en este caso, que ha sido debi- Expedido bajo firma y sello del damente registrada y archivada Tribunal en Bayamón, Puerto en autos donde podrá usted Rico, hoy 08 de diciembre de enterarse detalladamente de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA los términos de la misma. Esta SÁNCHEZ, SECRETARIA REnotificación se publicará una GIONAL. AMALYN FIGUEROA sola vez en un periódico de NIEVES, SECRETARIA AUXIcirculación general en la Isla LIAR DEL TRIBUNAL. de Puerto Rico, dentro de los LEGAL NOTICE 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando ESTADO LIBRE ASOCIADO usted una parte en el procedi- DE PUERTO RICO TRIBUmiento sujeta a los términos NAL DE PRIMERA INSTANCIA de la Sentencia, Sentencia CENTRO JUDICIAL DE SAN Parcial o Resolución, de la cual JUAN SALA SUPERIOR 807 puede establecerse recurso ED DANIEL de revisión o apelación dentro RIVERA CASTILLO del término de 30 días contaDemandante Vs. dos a partir de la publicación JOHN DOE Y RICHARD por edicto de esta notificación, ROE (POSIBLES dirijo a usted esta notificación TENEDORES que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este DESCONOCIDOS DEL edicto. Copia de esta notificaPAGARÉ EXTRAVIADO) ción ha sido archivada en los Demandados autos de este caso, con fecha Civil Núm.: SJ2021CV07024. de 16 de diciembre de 2021. Sobre: CANCELACIÓN DE En Arecibo, Puerto Rico, el 16 PAGARÉ HIPOTECARIO EXde diciembre de 2021. VIVIAN TRAVIADO. EMPLAZAMIENY. FRESSE GONZÁLEZ, SETO POR EDICTO. ESTADOS CRETARIA. YADIRA LIZ CUEUNIDOS DE AMÉRICA, EL VAS CORREA, SECRETARIA PRESIDENTE DE LOS ESTAAUXILIAR. DOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO LEGAL NOT ICE RICO, SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO A: JOHN DOE Y RICHARD DE PUERTO RICO TRIBUROE, POSIBLES NAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYATENEDORES DEL MÓN PAGARÉ EXTRAVIADOS.

LEGAL NOTICE

LA SECRETARIA que suscribe le notifica a usted que el 10 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de diciembre de 2021. En San BARBARITA Juan, Puerto Rico, el 16 de diMEJIAS FERNANDEZ ciembre de 2021. GRISELDA Parte Demandante Vs RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA REGIONAL. ELSA ISABEL SAEZ MORALES MAGALY CANDELARIO CAParte Demandada BRERA, SECRETARIA AUXI- Caso Núm.: BY2021CV04695. LIAR DEL TRIBUNAL I. Sobre: PRESCRIPCIÓN AD-

Se le notifica por medio del presente edicto que se presentó en este tribunal una demanda en solicitud de cancelación de un pagaré extraviado a favor DORAL BANK, o a su orden, por $329,600.00, con intereses al 6.375% anual, vencedero


28 el 1 de noviembre de 2025, según consta de la escritura número 722, otorgada en San Juan, el 13 de octubre de 2005, ante el Notario Rey Javier de León Colón, inscrito al folio 13 del tomo 734 de Trujillo Alto, finca número 26769, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección IV, sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado con el #58 del bloque AN de la Urbanización Antillana, radicada en el Barrio Dos Bocas del término municipal de Trujillo Alto, Puerto Rico, con una cabida de 391 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 17.00 metros, con los solares #31 y #32; por el SUR, en 17.00 metros, con la calle #4; por el ESTE, en 23.00 metros con el solar #57; y por el OESTE, en 23.00 metros con el solar #59. Enclava una casa de concreto diseñada para una familia. Consta inscrita al folio 15 del tomo 734 de Trujillo Alto, finca número 26769. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta. Número de Catastro: (19) 116-072-877-18000. POR LA PRESENTE se les emplaza y requieren que presenten al Tribunal su alegación responsiva dentro de los treinta (30) días de haber sido publicado este emplazamiento excluyéndose el día de la publicación. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá radicar el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notifique con copia al abogado de la parte peticionaria. Lcda. Lisdaira Serrano Martínez; 273 Ave. Ponce de León Plaza 273, Ste.700 Hato Rey PR 00917; Tel. 787-447-1990 / 787-469-3737; E-mail: lisdairaserrano@gmail.com. SE LE APERCIBE que, de no hacer sus alegaciones responsiva a la demanda dentro del término aquí dispuesto, se les anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy día 29 de octubre de 2021. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA REGIONAL. DANILSA ORTIZ RAMOS, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA.

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ORIENTAL BANK Demandante V.

FIRSTBANK PUERTO RICO, JOHN DOE Y

RICHARD DOE

Demandado(a) Civil: AG2021CV01225. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

Sala: 207. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO E INTERPELACIÓN DE HEREDEROS. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: JOHN DOE Y RICHARD DOE. DIRECCIÓN DESCONOCIDA. A: DORALIZ GREEN P/C LCDO. JAVIER ORTIZ; FULANO Y MONTALVO CINTRÓN. PO SUTANO DE TAL COMO BOX 11750, FERNÁNDEZ POSIBLES HEREDEROS JUNCOS STATION, SAN DESCONOCIDOS DE LA JUAN, PUERTO RICO SUCESIÓN DE PEDRO 00910-1750. JUAN GREEN ORTIZ. (Nombre de las partes a las que se le

notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 16 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de diciembre de 2021. En Aguadilla, Puerto Rico, el 17 de diciembre de 2021. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA. ZUHEILY GONZÁLEZ AVILÉS, SECRETARIA AUXILIAR.

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LEGACY MORTGAGE ASSET TRUST 2019-PR1 Parte Demandante Vs.

SUCESION PEDRO JUAN GREEN ORTIZ, COMPUESTA POR DORALIZ GREEN ORTIZ; PETER JOHN GREEN ORTIZ; MICHELLE GREEN ORTIZ; EDWARD GREEN ORTIZ Y FULANO Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; DORA LUZ ORTIZ FRANCO POR SÍ Y COMO CÓNYUGE SUPÉRSTITE; CRIM

Parte Demandada Civil Núm.: HU2021CV00608.

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 22, 2021 tancia de veintisiete punto noventa y cuatro (27.94) metros con el Lote número G guion cinco (G-5); por el SURESTE, en una distancia de cuarenta y un punto ochocientos treinta (41.30) metros con la calle número uno (#1) de la Urbanización; y por el SUROESTE en una distancia de cincuenta punto ochocientos veintiún (50.821) metros con los lotes número G guion uno (G-1), G guion dos (G-2) y G guion Tres (G-3). Enclava una estructura de hormigón, que consta de sala, comedor, cocina, lavandería, cuatro dormitorios y dos baños. Consta inscrita al tomo Karibe de Naguabo, finca número 14,067. Registro de la Propiedad, Sección de Humacao. SE LES APERCIBE que de no hacer sus alegaciones responsivas a la demanda dentro del término aquí dispuesto, se les anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. Interpelación de Herederos: Por la presente se le notifica a los herederos anteriormente señalados que por haber aceptado la herencia responden por las sumas reclamadas en esta demanda por ser la continuación del causante Pedro Juan Green Ortiz, en la alternativa de no haber herederos anteriormente relacionados aceptado o rechazado la herencia esta demanda constituye interpelación a los herederos para que la acepten o rechacen dentro del término de 30 días desde recibir copia de la misma. Se les apercibe que de no hacer su declaración dentro del plazo de cuarenta y cinco días se dará la herencia por aceptada según lo dispuesto en el artículo 1578 del Código Civil de Puerto Rico, 2020; (Banco Bilbao Vizcaya Argentaria v Latino Americana de Exportaciones(164 DPR 689). POR LO ANTERIORMENTE INDICADO, se les emplaza y requiere que, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este EDICTO, notifiquen si aceptan o repudian la herencia a: LCDO. ROBERTO C. LATIMER VALENTIN; LBRG LAW OFFICE, P.O. BOX 9022512, San Juan, P.R. 00902-2512, Tel. 787-724-0230; apercibiéndole que, de no contestar la Demanda, radicando el original en la Corte ante el Tribunal correspondiente, con copia a la parte Demandante, se les anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal hoy, día 15 de diciembre de 2021. DOMINGA GÓMEZ FUSTER, SECRETARIA REGIONAL I. F/ NORIE I. MERCADO LABOY, SECRETARIA AUXILIAR.

En dicha demanda se tramita un procedimiento de cobro de dinero y ejecución de hipoteca bajo el número mencionado en el epígrafe. Se alega en dicho procedimiento que la parte Demandada incurrió en el incumplimiento del Contrato de Hipoteca, al no poder pagar las mensualidades vencidas correspondientes a los meses de noviembre de 2018, hasta el presente, más los cargos por demora correspondientes. Además adeuda a la parte demandante las costas, gastos y honorarios de abogado en que incurra el tenedor del pagaré en este litigio. De acuerdo con dicho Contrato de Garantía Hipotecaria la parte Demandante declaró vencida la totalidad de la deuda ascendente a la suma de $190,201.35 la cual se desglosa a continuación: la suma principal de $185,432.15, más intereses a razón del 6.00% anual, desde el 1 de octubre de 2018, hasta el presente y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, la suma principal de $4,769.20 como balance diferido y el cual no genera intereses; así como todos aquellos créditos y sumas que surjan de la faz de la obligación hipotecaria y de la hipoteca que la garantiza, incluyendo una suma equivalente al 10% de la suma principal, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado todo según pactado. La parte Demandante presentará para su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, un AVISO DE PLEITO PENDIENTE (“Lis Pendens”) sobre la propiedad objeto de esta acción cuya propiedad es la siguiente: URBANA: Solar marcado con el número G-Seis (G-6) de la Urbanización Casa Bella, localizada en la Carretera PR guion novecientos setenta y tres (Puerto de mil veintitrés punto seiscientos sesenta y ocho metros cuadrados (1,023.688 m.c.). En lindes por el NORESTE, en una distancia de nueve punto doscientos catorce (9.214) metros Rico-973) Kilómetro cero punto sesenta (Km. 0.60) del Barrio Marina Ward en Naguabo, Puerto Rico, con un área con la calle númeLEGAL NOTICE ro uno (#1) de la Urbanización; por el NOROESTE, en una dis- ESTADO LIBRE ASOCIADO

DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

ORIENTAL BANK Demandante

ORIENTAL BANK, JOHN DOE Y RICHARD ROE (POSIBLES TENEDORES DESCONOCIDOS DEL PAGARÉ EXTRAVIADO) Demandados

SUCESION DE BETTY Civil Núm.: HU2021CV01163. Sobre: CANCELACIÓN DE EGLAE FLORES FLORES PAGARÉ EXTRAVIADO. EMAKA BETTY EGLAD PLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉFLORES FLORES RICA, EL PRESIDENTE DE COMPUESTA POR SU HERMANA NADIA LOS EE. UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO FLORES FLORES, JANE RICO, S.S. DOE Y JOHN DOE, A: JOHN DOE Y RICHARD COMO MIEMBROS ROE, POSIBLES DESCONOCIDOS; TENEDORES DEL CENTRO DE PAGARÉ EXTRAVIADO. DEPARTAMENTO Se le notifica por medio del presente edicto que se ha preDE HACIENDA POR sentado en este tribunal una CONDUCTO DE LA en solicitud de canceDIVISION DE CAUDALES demanda lación de un pagaré extraviado RELICTOS; CENTRO DE a favor de Oriental Bank, o a RECAUDACIONES DE su orden, por $80,000.00, con INGRESOS MUNICIPALES intereses al 5 % anual, vence el

Demandado (a) Civil Núm.: SJ2020CV07107. Sala: 506. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JANE DOE Y JOHN DOE, COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS.

EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 16 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de diciembre de 2021. En San Juan, Puerto Rico, el 17 de diciembre de 2021. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA REGIONAL. MARTHA ALMODÓVAR CABRERA, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE HUMACAO

JOSÉ LUIS ARROYO ARROYO Demandante Vs.

su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Humacao. Se le apercibe que, si dejare de hacerlo, se dictará sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la demanda. Deberá enviar copia de su alegación responsiva a la abogada de la parte demandante, cuya información es la siguiente: Lcda. Lisdaira Serrano Martínez RUA 17356 273 Ave. Ponce de León Plaza 273, Ste.700 Hato Rey PR 00917 lisdairaserrano@gmail.com Extendido bajo mi firma y sello del tribunal, hoy 18 de noviembre de 2021. DOMINGA GÓMEZ FUSTER, SECRETARIA REGIONAL. KEYLA PÉREZ FIGUEROA, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA 1ro de noviembre del 2024, se- SALA SUPERIOR DE AGUAgún consta de la escritura 293, DILLA otorgada en Humacao, Puerto THE TITLE SECURITY Rico, el día 30 de octubre del GROUP, LLC 2009, ante el Notario Público Demandante V. Javier A. Rivera Meléndez, insORIENTAL BANK AND crito al Sistema Karibe de Humacao, finca # 5566, sobre la TRUST; JUAN DEL siguiente propiedad: URBANA: PUEBLO Y JUANA Solar marcado con el número DEL PUEBLO Y siete del Bloque “H” según el Plano de Inscripción de la Urba- CUALESQUIER PERSONA DESCONOCIDA CON nización San Antonio Sección Segunda, situada en el Barrio POSIBLE INTERÉS EN Mabú del término municipal LA OBLIGACIÓN CUYA de Humacao, Puerto Rico, con CANCELACIÓN POR una cabida superficial de CuaDECRETO JUDICIAL SE trocientos Ocho metros con Setenta y Cinco centímetros cuaSOLICITA drados y en colindancias: por Demandados el NORTE, en quince metros Civil Núm.: AG2019CV01402. con setenta y cinco milésimas Sobre: CANCELACIÓN DE de metro con un paso de servi- PAGARÉ EXTRAVIADO. EMdumbre a favor de la Autoridad PLAZAMIENTO POR EDICTO. de las Fuentes Fluviales que la ESTADOS UNIDOS DE AMÉsepara de la carretera en pro- RICA, EL PRESIDENTE DE yecto desvió de Humacao; por LOS ESTADOS UNIDOS, EL el SUR, en quince metros con ESTADO LIBRE ASOOADO la calle número Ocho de la Ur- DE PUERTO RICO, SS. banización San Antonio.; por el A: JUAN DEL PUEBLO ESTE, en veintiséis metros cinY JUANA DEL PUEBLO cuenta centímetros con el solar COMO POSIBLES número Ocho del Bloque “H” de TENEDORES Y la Urbanización; y por el OESTE, en veintiocho metros con CUALESQUIER PERSONA el solar número seis del Bloque DESCONOCIDA CON “H” de la Urbanización San AnPOSIBLE INTERÉS EN tonio. Sobre el solar antes desLA OBLIGACIÓN CUYA crito enclava una casa de una CANCELACIÓN POR planta de concreto y bloques de concreto para residencia de DECRETO JUDICIAL SE una familia. Por la presente se SOLICITA. le emplaza y requiere para que Por la presente se le notifica presente al Tribunal su alega- que ha sido presentada en este ción responsiva dentro de 30 Tribunal una Demanda en su días contados a partir de la pu- contra en el pleito de epígrafe. blicación del Edicto, excluyén- En este caso la parte demandose el día de la publicación. dante ha radicado una DemanUsted deberá presentar su ale- da para que se decrete judigación responsiva a través del cialmente el saldo de 1 pagaré Sistema Unificado de Manejo y hipotecarios: pagaré un pagaré Administración de Casos (SU- a favor de de $183,750.00, con MAC), al cual puede acceder intereses al 3% sobre el “priutilizando la siguiente dirección me rate” anual vencedero a la electrónica: https://unired.ra- presentación. Dicho pagaré majudicial.pr/sumac/, salvo se fue suscrito mediante Escritura represente por derecho propio, número 396, en Ponce, Puerto en cuyo caso deberá presentar

Rico, el día 21 de diciembre de 2002, ante el notario Gadiel Morales Oliveras, inscrita al folio 201 del tomo 156 de Rincón, inscripción 3ra, sobre la propiedad que se describe a continuación, sobre la siguiente propiedad: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento C guión veintidós (C-22): Apartamento residencial de dos (2) plantas localizado en el Edificio número II uno (II-1) del Condominio Punta del Mar Beach Village II, que forma parte del complejo residencial turístico Punta del Mar en el Barrio Puntas del término Municipal de Rincón, con un área cubierta de mil seiscientos ochenta y uno pies cuadrados con dieciséis décimas de otro (1,681.16), equivalentes a ciento cincuenta y seis metros cuadrados con diecinueve décimas de otro (156.19) y un área descubierta de trescientos sesenta y siete pies cuadrados con treinta cuatro décimas de otro (367.34) equivalentes a treinta y cuatro metros cuadrados con trece décimas de otro (34.13) para un área total de dos mil cuarenta y ocho pies cuadrados con cincuenta décimas de otro (2,048.50), equivalentes a ciento noventa metros cuadrados con treinta y dos décimas de otro (192.32), colindando por el NORTE, con una distancia total de cuarenta y dos pies con seis pulgadas (42’ 6”) con el Apartamento C guión veintiuno (C-21) y con un área de uso común limitado a dicho apartamento; Por el SUR, en varias alineaciones con una distancia de cuarenta y dos pies con seis pulgadas (42’-6”) con área común limitado de este apartamento; ESTE, en varias alineaciones con una distancia total de veintiocho pies con dos pulgadas (28’-2”) con área de uso común limitado a este apartamento; y por el OESTE, con una distancia de veintiocho pies (28’-2”) con el Apartamento C guión 23 (C23). Contiene este apartamento en su primera planta, vestíbulo exterior, una terraza descubierta, sala, comedor, cocina, salón familiar, medio baño, escalera y área de almacén bajo la escalera; segunda planta contiene un dormitorio principal con vestidor y baño con área de lavado separada, otro dormitorio y un baño adicional, pasillo con dos armarios, lavandería y dos balconetas en voladizo. Corresponde a esta unidad el uso común limitado de una franja de tres metros de fondo de área verde comunal que colinda con los límites Sur y Este. En la porción de esta franja que ubica a lo largo de la pared exterior del área de comedor se podrá instalar para uso exclusivo de esta unidad un generador de emergencia, bajo las especificaciones limitaciones y restricciones según establecidas en los documentos entregados al momento del cierre de las es-


The San Juan Daily Star crituras de segregación y compraventa. Corresponde a este apartamento los espacios de estacionamiento número dos guión veintidós (2-22) y dos guión veintitrés (2-23), según plano de distribución de estacionamientos que forma parte de los planos presentados al Registro de la Propiedad para establecer el Régimen de Propiedad Horizontal. Corresponde a este apartamento el uso común limitado de su área de techo para localizar las unidades de aire acondicionado y tanques de reserva de agua de esta unidad. Este apartamento tiene una participación equivalente a tres punto cuatro mil novecientos noventa y dos porciento (3.4992%) sobre las áreas comunales. Número 7,695, inscrita al folio 201 del tomo 156 de Rincón. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Aguadilla. La parte demandante alega que dicho pagaré ha sido saldado según más detalladamente consta en la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaría de este Tribunal. Por tratarse de una obligación hipotecaria y pudiendo usted tener interés en este caso o quedar afectado por el remedio solicitado, se le emplaza por este edicto que se publicará una vez en un periódico de circulación diaria general de Puerto Rico. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio. Debe notificar con copia de ella a la abogada de la parte demandante la Lcda. Lizbet Aviles Vega, Urb. Los Sauces, Calle Pomarrosa #222, Humacao, PR 00791; Tel. (787) 3540061, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, apercibiéndole que de no hacerlo así dentro del término indicado, el Tribunal podrá anotar su rebeldía y dictar sentencia concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día 26 de noviembre de 2019. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA REGIONAL. ERIKA L. CRUZ PÉREZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

JUAN ANTONIO RODRIGUEZ FERMIN

Wednesday, December 22, 2021 T/C/C JUAN A. RODRIGUEZ FERMIN; JENNIFER HERNANDEZ CARTAGENA

Demandados Civil Núm.: RG2018CV00444. (303). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, DENISE BRUNO ORTIZ, ALGUACIL AUXILIAR #266, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 25 de junio de 2021 y para satisfacer la cantidad adeudada de $108,102.59 de principal mediante Sentencia dictada en el caso de autos el 30 de abril de 2021, notificada y archivada en autos el 30 de abril de 2021 y publicada mediante edicto en el Periódico “The San Juan Daily Star” el 10 de mayo de 2021, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Rio Grande, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Urb. Alturas de Río Grande, B-89 Calle 2, Río Grande, PR 00745. URBANA: Solar radicado en la Urbanización Alturas de Río Grande, situada en el Barrio Ciénaga Baja del término Municipal de Río Grande, Puerto Rico, marcado con el número ochenta y nueve del Bloque “B” (89-B), con un área de trescientos quince metros cuadrados, doce centímetros cuadrados (315.12mc). En lindes por el NORTE, en trece metros trece centímetros (13.13mc) con el solar sesenta y dos del Bloque “B” (62-B); por el SUR, en trece metros trece centímetros (13.13mc) con la Calle dos (2) (Río Corfú); por el ESTE, en veinticuatro metros (24.00m) con el solar ochenta y ocho del Bloque “B” (88-B) y por el OESTE, en veinticuatro metros (24.00m) con el solar noventa del Bloque “B” (90-B). Consta inscrita al folio 92 del tomo 67 de Río Grande, finca #5,468, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección III. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, en el caso de epígrafe, que se desglosan de la siguiente forma: $108,102.59 de principal más intereses devengados a la tasa de 3.50% según pactados, la suma de $729.50 por

concepto de cargos por demora, más la suma de $12,077.20 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactados. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $120,772.00 para la propiedad antes descrita. De declarase la subasta desierta y tener que celebrarse una segunda subasta el tipo mínimo serán dos terceras partes (2/3) del precio mínimo antes mencionado; $80,514.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo de la tercera subasta la mitad (1/2) del precio pactado; $60,386.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 11 DE ENERO DE 2022, A LAS 1:30 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 19 DE ENERO DE 2022, A LAS 1:30 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el 26 DE ENERO DE 2022, A LAS 1:30 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo. Del Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes: Servidumbres a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico, Puerto Rico Telephone Company, Municipio de Río Grande, Central Canóvanas, condiciones restrictivas de edificación y servidumbre a favor de Estados Unidos de América. Del Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen preferente: Condiciones Restrictivas de Venta por el término de 10 años impuestas por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico por haber concedido la suma de $5,927.24 para sufragar gastos de cierre, según Esc. #635 en San Juan el 25 de agosto de 2012 ante Raúl J. Vilá Sellés, inscrita al folio 117 del tomo 544 de Río Grande, finca #5468 inscripción 8va. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del

municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en la Sala de Fajardo, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2021. SHIRLEY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, ALGUACIL REGIONAL #161. DENISE BRUNO ORTIZ, ALGUACIL AUXILIAR #266.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

MARIA ESTRELLA PEREZ ALICEA; SUCESION DE NESTOR TORRES DELGADO COMPUESTA POR SUS MIEMBROS FULANA DE TAL, MENGANO DE TAL, SUTANA DE TAL Y MARIA ESTRELLA PEREZ ALICEA EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA

Demandados Civil Núm.: FA2019CV00450. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, SANDRALIZ MARTÍNEZ TORRES, ALGUACIL AUXILIAR #737, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo a los demandados y al público en general les notifico que,

cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 28 de junio de 2021 y para satisfacer la cantidad adeudada de $21,273.73 de principal mediante Sentencia dictada en el caso de autos el 28 de octubre de 2019, notificada y archivada en autos el 13 de enero de 2020 y publicada mediante edicto en el Periódico “The San Juan Daily Star” el 21 de enero de 2020, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Río Grande, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Alturas de Río Grande, R-974 Calle 17B, Río Grande, PR 00745. URBANA: Solar radicado en el barrio Ciénaga Baja del Municipio de Río Grande, marcado en el plano de inscripción con el número novecientos setenta y cuatro del bloque R de la Urbanización Alturas de Río Grande, con una cabida de trescientos cincuenta y siete punto cuarenta y nueve metros cuadrados en lindes: Norte con lote número mil quince en una distancia de quince metros y con lote número mil diez seis en una distancia de trece punto ochenta metros, sur con lote número novecientos setenta y tres en una distancia de veintiséis punto ochenta y cuatro metros, este con calle número diecisiete B en una distancia de doce punto ochenta y cinco metros, oeste con Main Street, en una distancia de trece metros, Este solar está afecto a servidumbre de un ancho de cinco pies a lo largo de su colindancia Norte a favor de Puerto Rico Telephone Company. Enclava una estructura tipo individual, dedicada a vivienda construido de hormigón. Consta inscrita al folio 99 del tomo 264 de Río Grande, Finca número 18,445, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección III. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, en el caso de epígrafe, que se desglosan de la siguiente forma: $21,273.73 por concepto de principal, más intereses al 7.00% anual, más 4% de todo pago en atraso, más “escrow” en retraso, más $4,000.00 como cantidad estipulada para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $40,000.00 para la propiedad antes descrita. De declarase la subasta

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desierta y tener que celebrarse una segunda subasta el tipo mínimo serán dos terceras partes (2/3) del precio mínimo antes mencionado; $26,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo de la tercera subasta la mitad (1/2) del precio pactado; $20,000.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 11 DE ENERO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 19 DE ENERO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 26 DE ENERO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo. Del Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes: Servidumbres a favor de la Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico, Puerto Rico Telephone Company, Municipio de Rio Grande, Central Canóvanas, condiciones restrictivas y servidumbre a favor de Loiza Sugar Co. Servidumbre a favor de Estados Unidos de América para la instalación de líneas eléctricas. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como

bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en la Sala de Fajardo, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2021. SHIRLEY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, ALGUACIL REGIONAL #161. SANDRALIZ MARTÍNEZ TORRES, ALGUACIL AUXILIAR #737.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE EN FAJARDO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

JOSÉ MEDINA GONZÁLEZ T/C/C JOSÉ MIGUEL MEDINA GONZÁLEZ, SU ESPOSA MONSERRATE ROBLES PÉREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: N3CI2011-00613. Sobre: COBRO DE DINERO Y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, DENISE BRUNO ORTIZ, ALGUACIL AUXILIAR #266, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 8 de noviembre de 2019 y para satisfacer la cantidad adeudada de $161,895.59 de principal mediante Sentencia dictada en el caso de autos el 10 de julio de 2012, notificada y archivada en autos el 10 de agosto de 2012 y publicada mediante edicto en el Periódico “The San Juan Daily Star” el 17 de agosto de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad

localizada en el Municipio de Río Grande, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Bo. Cienaga Alta, RD 958 Km 7.7, Río Grande, PR 00745. URBANA: Lote número 3. Predio de terreno en el Barrio Ciénaga Alta del término municipal de Río Grande, Puerto Rico, con una cabida de 4134.38 metros cuadrados o su equivalente a 1.05 cuerdas. En lindes: por el Norte, en una distancia de 67.307 metros, con el lote 4 del mismo plano mencionado; por el Sur, en una distancia de 99.710 metros, con camino municipal; por el Este, en una distancia de 198.413 metros, con el lote 2 del mismo plano; y por el Oeste, en una distancia de 38.657 metros con camino de acceso al lote número 4. Consta inscrita al Tomo Karibe de Río Grande, finca número 31,285, Registro de Carolina, Sección III. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, en el caso de epígrafe, que se desglosan de la siguiente forma: $161,895.59 de principal, más los intereses acumulados desde el 1ro de julio de 2010, los cuales continuarán en aumento en conformidad con los términos y acuerdos del contrato de préstamo hasta su total y completo pago; más una cantidad equivalente al 10% del principal original del pagaré para el pago de las costas, gastos y honorarios de abogados; más los cargos por demora; más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $170,340.00 para la propiedad antes descrita. De declarase la subasta desierta y tener que celebrarse una segunda subasta el tipo mínimo serán dos terceras partes (2/3) del precio mínimo antes mencionado; $113,560.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo de la tercera subasta la mitad (1/2) del precio pactado; $85,170.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 11 DE ENERO DE 2022, A LAS 2:30 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 19 DE ENERO DE 2022, A LAS 2:30 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 26 DE ENERO DE 2022, A LAS 2:30 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para co-


30 nocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en la Sala de Fajardo, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2021. SHIRLEY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, ALGUACIL REGIONAL #161. DENISE BRUNO ORTIZ, ALGUACIL AUXILIAR #266.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

DANIEL JUSINO ORSINI, DANIL VILLEGAS SANTIAGO

Demandados Civil Núm.: NSCI201700241. (303). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, DENISE BRUNO ORTIZ, ALGUACIL

AUXILIAR #266, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 5 de julio de 2019 y para satisfacer la cantidad adeudada de $88,663.90 de principal mediante Sentencia dictada en el caso de autos el 15 de mayo de 2019, notificada y archivada en autos el 16 de mayo de 2019, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Rio Grande, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: EE-62 Calle G, Alturas de Río Grande, Río Grande, Puerto Rico 00745-3417. URBANA: Solar radicado en la Urbanización Alturas de Río Grande, Sección Tercera, situada en el Barrio Ciénaga Baja del término municipal de Río Grande, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización como el Solar número sesenta y dos del bloque EE, con un área de trescientos sesenta y seis punto noventa metros cuadrados. En lindes por el Norte, en trece punto cero cinco metros, con la calle G, por el Sur, en trece punto cero cinco metros, con Pedro Hiraldo, por el Este, en veintiocho punto veinticuatro metros, con el solar número EE guión sesenta y uno, por el Oeste, en veintisiete punto noventa y nueve metros, con el solar número EE guión sesenta y tres. Enclava una casa. Consta inscrita al folio doscientos veinte (220) del Tomo ciento noventa (190) de Río Grande, finca número nueve mil doscientos ochenta y tres (9,283), Registro de la Propiedad de Carolina, Sección tercera. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, en el caso de epígrafe, que se desglosan de la siguiente forma: $88,663.90 por concepto de principal, 6.00% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $1,342.68 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, más costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $109,112.00 para la propiedad antes descrita. De declarase la subasta desierta y tener que celebrarse una segunda subasta el tipo mínimo

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 22, 2021

serán dos terceras partes (2/3) del precio mínimo antes mencionado; $72,741.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo de la tercera subasta la mitad (1/2) del precio pactado; $54,556.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 11 DE ENERO DE 2022, A LAS 3:00 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 19 DE ENERO DE 2022, A LAS 3:00 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 26 DE ENERO DE 2022, A LAS 3:00 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo. Del Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes: Servidumbres y condiciones restrictivas. Del Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: Aviso de Demanda dictado el 4 de enero de 2017 en el Tribunal de Primera Instancia Sala de Río Grande caso civil #N3CI2017-0005 sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Daniel Jusino Orsini y Danil Villegas Santiago donde se solicita de la deuda garantizada con la hipoteca de la inscripción 7ma reducida a $89,082.48 o la venta en pública subasta, anotado al tomo Karibe finca #9283 de Río Grande el 6 de marzo de 2017 anotación “A”. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos

los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en la Sala de Fajardo, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2021. SHIRLEY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, ALGUACIL REGIONAL #161. DENISE BRUNO ORTIZ, ALGUACIL AUXILIAR #266.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO

REVERSE MORTGAGE FUNDING, LLC Demandante V.

Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de diciembre de 2021. En Guaynabo, Puerto Rico, el 17 de diciembre de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL II. DIAMAR GONZÁLEZ BARRETO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO

Demandante Vs. SUCESION DE LUZ LA SUCESION DE MARIA GUADALUPE JAIME LUIS CLAVELL DIAZ, T/C/C LUZ VAZQUEZ COMPUESTA MARIA GUADALUPE, POR XONDRA COMPUESTA POR CLAVELL, LEMARIE MARIE LUZ NAVARRO CLAVELL, JEROME GUADALUPE, JOSE CLAVELL Y JAIME NAVARRO GUADALUPE, CLAVELL; FULANO Y FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO FULANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA DESCONOCIDOS; SUCESION; CENTRO DE CENTRO DE RECAUDACIONES DE RECAUDACIONES INGRESOS MUNICIPALES MUNICIPLAES; Y A LOS (CRIM) ESTADOS UNIDOS DE Demandados AMERICA

Demandado(a) Civil: GB2019CV00405. Sala: 201. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DE NOMBRES DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN DE LUZ MARÍA GUADALUPE DÍAZ, T/C/C LUZ MARÍA GUADALUPE.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de diciembre de 2021, este

Civil Núm.: PO2021CV01964. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Y MANDAMIENTO DE INTERPELACIÓN. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A LA PARTE CODEMANDADA: XONDRA CLAVELL, LEMARIE CLAVELL, JEROME CLAVELL, Y JAIME CLAVELL, COMO MIEMBROS DE LA SUCESIÓN DE JAIME LUIS CLAVELL VÁZQUEZ,

A LA SIGUIENTE DIRECCIÓN: FÍSICA: LL111 (L-18) CALLE 21 URB. JARDINES DEL CARIBE PONCE, PR 00728, Y POSTAL: 111 CALLE 21 URB. JARDINES DEL CARIBE PONCE, PR 00725, HC 1 BOX 10266 PEÑUELAS, PR 006249725.

Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda Enmendada en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la vía ordinaria en contra de la La Sucesión de Jaime Luis Clavell Vázquez, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante por concepto de hipoteca la suma de $119,366.93 por concepto de principal, desde el 1ro de mayo de 2016, más intereses al tipo pactado de 3.50% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además La Sucesión de Jaime Luis Clavell Vázquez adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $12,231.40. Además La Sucesión de Jaime Luis Clavell Vázquez se comprometió a pagar una suma equivalente a $12,231.40 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $12,231.40 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Por razón de dicho incumplimiento, y al amparo del derecho que le confiere el Pagaré, el demandante ha declarado tales sumas vencidas, líquidas y exigibles en su totalidad. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Quedan emplazados y notificados de que en este Tribunal se ha radicado una demanda enmendada en su contra. Se les ordena a que dentro del término de treinta (30) días, a partir de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en Ia herencia de Jaime Luis Clavell Vázquez. Los co-demandados miembros de La Sucesión de Jaime Luis Clavell Vázquez se incluyen en la demanda enmendada ya que como herederos responden por las cargas de la herencia según lo dispuesto en Nuestro Ordenamiento Jurídico. Se les apercibe y notifica que, de no expresarse dentro de ese término de 30 días en torno a su aceptación o repudiación de herencia,

la herencia se tendrá por aceptada. También se les apercibe que luego del transcurso del término de 30 días antes señalado contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia del causante y, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme el Articulo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. 2785. Se ordena a la parte demandante a que, en vista de que La Sucesión de Jaime Luis Clavell Vázquez, se incluye a los herederos conocidos de Jaime Luis Clavell Vázquez denominados Xondra Clavell, Lemarie Clavell, Jerome Clavell, y Jaime Clavell, como miembros de la Sucesión de Jaime Luis Clavell Vázquez, proceda a notificar la presente Orden mediante publicación de un edicto a esos efectos una sola vez en un periódico de circulación diaria general de la Isla de Puerto Rico. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los sesenta (60) días siguientes ala publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de CARDONA & MALDONADO LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. Duncan Maldonado Ejarque, P.O. Box 366221, San Juan, Puerto Rico 00936-6221; Tel (787) 622-7000, Fax (787) 6257001, Abogado de la Parte Demandante. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https:// unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 17 de diciembre de 2021, en Ponce, Puerto Rico. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL. GLORIVEE MORALES SÁEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

ROBERT CONCEPCION SOTO

Demandado (a) Civil Núm.: AU2021CV00202. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: ROBERT CONCEPCION SOTO.

EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 15 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de diciembre de 2021. En Aguada, Puerto Rico, el 17 de diciembre de 2021. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA REGIONAL. ERIKA I. CRUZ PÉREZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

CESAR A. LORENZO RODRIGUEZ

Demandado(a) Civil Núm.: AG2021CV00224. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: CESAR A. LORENZO RODRIGUEZ.

EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 15 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos


The San Juan Daily Star de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de diciembre de 2021. En Aguada, Puerto Rico, el 17 de diciembre de 2021. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA REGIONAL. ERIKA I. CRUZ PÉREZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MANATÍ

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

GUARIONEX ROSARIO RIVERA

Parte Demandada Civil Núm.: MT2021CV00644. (102). Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A La Parte Demandada: GUARIONEX ROSARIO RIVERA A SUS ÚLTIMAS DIRECCIONES CONOCIDAS: BRISAS DE MAR CHIQUITA, N12 CALLE 5, MANATÍ, PR 00674, BO AMELIA, 33 CALLE GUILLERMO SALDANA, GUAYNABO, PR 00965-5131.

Queda usted notificado que en este Tribunal se ha radicado demanda sobre ejecución de hipoteca por la vía ordinaria en la que se alega que se adeuda las siguientes cantidades: $135,537.63 de principal, más intereses sobre dicha suma al 4.5% anual desde el 1 de julio de 2014 hasta su completo pago, más $1,955.76 de recargos acumulados, los cuales continuarán en aumento hasta el saldo total de la deuda, más la cantidad estipulada de $13,430.90 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. La propiedad que garantiza hipotecariamente el préstamo es la siguiente: URBANA: Lote de terreno localizado en la calle número 5 Este de la Urbanización Brisas de Mar Chiquita en el Barrio Tierras Nuevas Salientes del Municipio de Manatí, Puerto Rico, identificada en el plano de inscripción aprobado por la Administración de Reglamentos y Permisos

Wednesday, December 22, 2021

para la urbanización como solar N guion doce (N-12). El mismo tiene una cabida de 302.25 metros cuadrados. En lindes por el NORTE: con calle número 5 Este; por el SUR: con solares números N-16 y N-17; por el ESTE: con el solar número N-11; y por el OESTE: con el solar número N-13. En este solar enclava una estructura de hormigón armado y bloques. La misma consta de 3 cuartos dormitorios, dos baños, sala, comedor, cocina, marquesina doble y demás dependencias. El solar está afectado por una servidumbre de paso de 1.52 metros de ancho a lo largo de la colindancia Norte para infraestructura de cable y telefonía y por un transformador en esta misma colindancia. Inscrita al tomo Karibe de Manatí, Finca 20535. Registro de la Propiedad de Manatí. La escritura de hipoteca y su modificación constan inscritas al tomo Karibe de Manatí, Finca 20535. Registro de la Propiedad de Manatí, inscripción quinta y sexta. La demandante es la tenedora por endoso en blanco, por valor recibido y de buena fe del referido pagaré objeto de la presente acción. La parte demandada deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación a la abogada de la Parte Demandante, Lcda. Belma Alonso García, cuya dirección es: PO Box 3922, Guaynabo Puerto Rico 009703922, Teléfono y Fax: (787) 789-1826, (787) 708-0566 correo electrónico: oficinabelmaalonso@gmail.com, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, excluyéndose el día de la publicación, se le anotará la rebeldía y se le dictará Sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal, hoy 17 de diciembre de 2021, en Manatí, Puerto Rico. VIVIAN Y. FRESSE GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. SARAY SALGADO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MAYAGÜEZ

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

SUCESIÓN DE IVÁN ALADINO AYALA ALVARADO Y SUCESIÓN DE CARMEN GLORIA VÁZQUEZ VÁZQUEZ, COMPUESTAS POR FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES

Demandados Civil Núm.: MZ2021CV01103. 207. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS.

fono se consigna de inmediato: BUFETE FORTUÑO & FORTUÑO FAS, C.S.P. LCDO. JUAN C. FORTUÑO FAS RUA NUM.: 11416 PO BOX 3908, GUAYNABO, PR 00970 TEL: 787-751-5290, FAX: 787-751-6155 E-MAIL: ejecuciones@fortuno-law.com Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 9 de diciembre de 2021. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA. MARITZA LEBRÓN ROSADO, SUB-SECRETARIA.

to. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 20 de diciembre de 2021. En Ponce, Puerto Rico, el 20 de diciembre de 2021. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL. EREINA AGRONT LEÓN, SECRETARIA AUXILIAR.

MICHAEL DERBY T/C/C JOSEPH M. DERBY T/C/C JOSEPH DERBY Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

FIRSTBANK PUERTO RICO

MAXINE SYLVIA FAGUNDO RODRIGUEZ Parte Demandada

(Nombre de las partes a las que se les notifica la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 14 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edic-

to de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 20 de diciembre de 2021. En San Juan, Puerto Rico, el 20 de diciembre de 2021. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA REGIONAL. ELSA MAGALY CANDELARIO CABRERA, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

BRUNILDA RIVERA T/C/C BRUNILDA DERBY, SU ESPOSO JOSEPH

RODRIGUEZ VAZQUEZ Y OTROS

Demandado(a) Civil: GM2021CV00675. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: CARMEN LUZ RODRIGUEZ VAZQUEZ T/C/C CAMRN MUÑIZ, POR SI Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA DE LA SUCESION DE CARLOS ANTONIO MUÑIZ GALLARDO, FULANO Y FULANA DE TAL; MENGANO Y SOCIEDAD LEGAL DE MENGANA DE TAL COMO BIENES GANANCIALES POSIBLES HEREDEROS COMPUESTA POR DESCONOCIDOS DE LA AMBOS. URB. SUCESION DE CARLOS MELÉNDEZ SEGUNDA ANTONIO MUÑIZ SECCIÓN 68 CALLE F, GALLARDO, WALESKA FAJARDO, PR 00738. MUÑIZ RODRIGUEZ, DIRECCIÓN POSTAL: COMO MIEMBRO DE LA 1124 WAYNEWOOD DR, SUCESION DE CARLOS WAXHAW NC 28173-6906. ANTONIO MUÑIZ (Nombre de las partes a las que se le GALLARDO. notifican la sentencia por edicto)

Demandado(a) Civil: FA2021CV00675. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJELEGAL NOTICE CUCIÓN DE HIPOTECA. NOESTADO LIBRE ASOCIADO TIFICACIÓN DE SENTENCIA DE PUERTO RICO TRIBUPOR EDICTO. NAL GENERAL DE JUSTICIA LEGAL NOT ICE A: BRUNILDA RIVERA TRIBUNAL DE PRIMERA INSESTADO LIBRE ASOCIADO TANCIA SALA SUPERIOR DE T/C/C BRUNILDA DERBY, DE PUERTO RICO TRIBU- SAN JUAN SU ESPOSO JOSEPH NAL GENERAL DE JUSTICIA BANCO POPULAR DE MICHAEL DERBY T/C/C TRIBUNAL DE PRIMERA INSPUERTO RICO JOSEPH M. DERBY T/C/C TANCIA SALA SUPERIOR DE Parte Demandante Vs. JOSEPH DERBY Y LA PONCE

Demandante Vs A: SUCESIÓN DE Civil Núm.: SJ2019CV08310. GIL AUGUSTO MEDINA (604). Sobre: COBRO DE DIIVÁN ALADINO AYALA ALVARADO Y SUCESIÓN HERNANDEZ, TERESA NERO: EJECUCIÓN DE HIMALDONADO RIVERA Y POTECA. NOTIFICACIÓN DE DE CARMEN GLORIA LA SOCIEDAD LEGAL DE SENTENCIA POR EDICTO. VÁZQUEZ VÁZQUEZ, A: MAXINE SYLVIA BIENES GANANCIALES COMPUESTAS POR FAGUNDO RODRIGUEZ. COMPUESTA POR FULANO DE TAL LA SECRETARIA que suscriAMBOS Y SUTANA DE TAL be le notifica a usted que el Demandado 20 de diciembre de 2021, este COMO HEREDEROS Civil Núm.: PO2021CV01758. Tribunal ha dictado Sentencia, DESCONOCIDOS Salón: 406. Sobre: EJECUSentencia Parcial o Resolución Y/O PARTES CON CIÓN DE HIPOTECA Y COen este caso, que ha sido debiINTERÉS EN DICHAS BRO DE DINERO. NOTIFICA- damente registrada y archivada CIÓN DE SENTENCIA POR SUCESIONES. URB. en autos donde podrá usted EDICTO. enterarse detalladamente de VILLA ALBA E-24 CALLE A: GIL AUGUSTO MEDINA los términos de la misma. Esta 6, SABANA GRANDE, PR HERNANDEZ, TERESA notificación se publicará una 00637. MALDONADO RIVERA Y sola vez en un periódico de POR LA PRESENTE se le emcirculación general en la Isla plaza para que presente al tri- LA SOCIEDAD LEGAL DE de Puerto Rico, dentro de los bunal su alegación responsiva BIENES GANANCIALES 10 días siguientes a su notificadentro de los treinta (30) días COMPUESTA POR ción. Y, siendo o representando de haber sido diligenciado este usted una parte en el procediAMBOS, PARA SER emplazamiento, excluyéndomiento sujeta a los términos NOTIFICADOS POR se el día del diligenciamiento. de la Sentencia, Sentencia EDICTO. Usted deberá presentar su aleParcial o Resolución, de la cual gación responsiva a través del P/C: LIC. MONICA puede establecerse recurso de Sistema Unificado de Manejo y TABALES MALDONADO. revisión o apelación dentro del Administración de Casos (SUPO BOX 9022512, SAN término de 30 días contados a MAC), al cual puede acceder JUAN, PR 00902-2512. partir de la publicación por edicutilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su centra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Se le apercibe que, conforme al artículo 1,578 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §11,021, usted tiene derecho aceptar o repudiar la herencia, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de publicación de este edicto. A esos efectos, de no rechazarla se tendrá la herencia por aceptada y se anotará la rebeldía en su contra, dictándose sentencia a favor de la parte demandante. Representa a la parte demandante, la representación legal cuyo nombre, dirección y telé-

31

EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 10 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 13 de diciembre de 2021. En FAJARDO, Puerto Rico, el 13 de diciembre de 2021. WANDA I. SEGUÍ REYES, SECRETARIA REGIONAL. SUE LAURIE SOTO ACEVEDO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA

E. M. I. EQUITY MORTGAGE, INC. Demandante V.

CARMEN LUZ

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 14 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 20 de diciembre de 2021. En GUAYAMA, Puerto Rico, el 20 de diciembre de 2021. MARISOL ROSADO RODRÍGUEZ, SECRETARIA. ILEANA CRUZ VÁZQUEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR DE JUANA DÍAZ

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

LUIS A. RIVERA

MARTINEZ, GREY WALESKA RIVERA GARCIA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES, COMPUESTA POR AMBOS; UNITED STATES OF AMERICA

Demandados Civil Núm.: JD2021CV00594. (1). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LUIS ANDRES RIVERA MARTINEZ. 108 SABANA LLANA WARD., JUANA DÍAZ, PR 00795; BO. GUAYABAL, SECTOR CERRO, KM 1, JUANA DÍAZ, PR 00795; B5 CALLE 2, VILLA EL ENCANTO, JUANA DÍAZ, PR 00795-2702. De: BANCO POPULAR DE PUERTO RICO.

Se le emplaza y requiere que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramaiudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Este caso trata sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Garantías en que la parte demandante solicita que se condene a la parte demandada a pagar: la suma principal de $75,049.82, Más la suma de $21,016.36, que incluye intereses, cargos por demora y otros cargos, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de 10% del principal, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se le apercibe que, si dejare de hacerlo, se dictará contra usted sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. Lcdo. José Antonio Lamas Burgos Número del Tribunal Supremo 15693 221 Ponce de León Ave., Suite 900, San Juan, PR 00917, Teléfono: (787) 296-9500, Correo Electrónico: jlamas@lvprlaw.com EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy 17 de diciembre de 2021. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL. GLORIVEE MORALES SÁEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.


32 LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

OSCAR MONTES AMPUDIA

Demandados Civil Núm.: CA2021CV03085. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A La Parte CoDemandada: OSCAR MONTES AMPUDIA, A SUS ÚLTIMAS DIRECCIONES CONOCIDAS: (A) G-93 COND. RIO VISTA CAROLINA, PR 00985; (B) G-93 COND. RIO VISTA CAROLINA, PR 00987.

Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega entre otras cosas que la parte demandada adeuda a la parte demandante por concepto de hipoteca la suma de $81,431.21 por concepto de principal, desde el 1ro diciembre de 2019, más intereses al tipo pactado de 4.50% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $10,475.70. Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $10,475.70 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $10,475.70 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 182, otorgada en Guaynabo, Puerto Rico, el día 12 de julio de 2013, ante el notario Elyvette Fuentes Bonilla, de la finca número 52,511, inscrita al Folio 14 del Tomo 1224 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. Por razón de dicho incumplimiento, y al amparo del derecho que le confiere el Pagaré,

el demandante ha declarado tales sumas vencidas, líquidas y exigibles en su totalidad. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Por tratarse de una obligación hipotecaria y pudiendo usted tener interés en este caso o quedar afectando por el remedio solicitado, se le emplaza por este edicto que se publicará una vez en un periódico de circulación diaria general de Puerto Rico. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https:// unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal y notifique copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de CARDONA & MALDONADO LAW OFFICES, P.S.C. ATENCIÓN al Lcdo. Duncan Maldonado Ejarque, P.O. Box 366221, San Juan, Puerto Rico 00936-6221; Tel (787) 622-7000, Fax (787) 625-7001, Abogado de la Parte Demandante. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, apercibiéndole que de no hacerlo así dentro del término indicado, el Tribunal podrá anotar su Rebeldía y dictar Sentencia, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 21 de diciembre de 2021, en Carolina, Puerto Rico. LCDA. MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. MARY D. CARRASQUILLO BETANCOURT, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

MIGUEL ALFREDO SANABRIA BERMUDEZ TCC MIGUEL A. SANABRIA BERMUDEZ Y FRANCES DONNELL Y SANTIAGO HERNANDEZ TCC FRANCES SANTIAGO HERNANDEZ

Demandado(a) Civil: VB2019CV00299. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA VÍA ORDINARIA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: MIGUEL ALFREDO SANABRIA BERMUDEZ TCC MIGUEL A.

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 22, 2021

SANABRIA BERMUDEZ DE LA TANCA SUITE 200 SAN JUAN PR 00901. Y FRANCES DONNELL (Nombre de las partes a las que se le Y SANTIAGO notifican la sentencia por edicto) HERNANDEZ TCC EL SECRETARIO(A) que susFRANCES SANTIAGO cribe le notifica a usted que el 8 de diciembre de 2021, este HERNANDEZ A SUS ULTIMAS DIRECCIONES Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución CONOCIDAS: en este caso, que ha sido debiCOMUNIDAD CERRO damente registrada y archivada GORDO, PARCELA #75 en autos donde podrá usted enCALLE 1 VEGA ALTA, terarse detalladamente de los PR 00692; QUINTAS DE términos de la misma. Esta nose publicará una sola DORADO, G-14 CALLE tificación vez en un periódico de circulaEUCALIPTO, DORADO PR ción general en la Isla de Puer00646-4735. to Rico, dentro de los 10 días

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 2 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de diciembre de 2021. En Vega Baja, Puerto Rico, el 16 de diciembre de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. MARITZA ROSARIO ROSARIO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE COAMO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

VICTOR MANUEL LOPEZ MUÑOZ

Demandado(a) Civil: CO2019CV00597. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: VICTOR MANUEL LOPEZ MUÑOZ, A8 3 ST LOS LLANOS WARD COAMO PR 00745, 131 BO CALZADA MERCEDIDA PR 00715. P/C LCDO REGGIE DIAZ HERNANDEZ, 500 CALLE

siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de diciembre de 2021. En COAMO, Puerto Rico, el 17 de diciembre de 2021. ELIZABETH GONZÁLEZ RIVERA, SECRETARIA. MARIELY LÓPEZ COLÓN, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

JOHN DOE

Demandado(a) Civil: BY2021CV04355. Sala: 506. Sobre: SUSTITUCIÓN DE PAGARÉ. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JOHN DOE COMO TENEDOR DESCONOCIDO DEL PAGARE.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 16 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de

revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de diciembre de 2021. En BAYAMÓN, Puerto Rico, el 17 de diciembre de 2021. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. MARILYN COLÓN CARRASQUILLO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO

ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY II Plaintiff V.

FREDDY CABALLERO DEL AGUILA

Defendant Civil No.: 16-01118 (FAB). IN REM - FORECLOSURE OF MORTGAGE. NOTICE OF SALE.

To: FREDDY CABALLERO DEL AGUILA, GENERAL PUBLIC, AND ALL PARTIES THAT MAY HAVE AN INTEREST IN THE PROPERTY.

WHEREAS Judgment in favor of Plaintiff was entered for the principal sum of $180,521.94, accrued annual interests of 7.95%, and deferred balance of $31,947.85 for a total of $212,469.79 from the September 1, 2014 until full payment, plus mortgage and risk insurance premiums, late fees and any other amount expressly agreed-upon in the mortgage deed, from the date stated above until full payment thereof, plus 10% for attorneys’ fees and legal costs in the amount of $18,622.49. Such interests continue to accrue until the debt is paid in full. WHEREAS, pursuant to said judgment, the undersigned SPECIAL MASTER, Joel Ronda Feliciano, was ordered to sell at public auction for US currency in cash or certified check, without appraisal or right to redemption to the highest bidder. The public sale shall be held at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federal Building Office 150, 1st. floor, 150 Carlos Chardón Avenue, San Juan, Puerto Rico 00918 and at the office E Street, Lot 3, Section 4, Los Frailes Industrial Park, Guaynabo, Puerto Rico 00969 (18,3699028-66.1126971). The public sale will be of the following property: “URBANA: Solar número cuatrocientos veintiséis, parcela de terreno sita en la manzana N en el plano de la Urbanización del Reparto Baldrich del barrio Hato Rey del término muni-

cipal de Rio Piedras, Puerto Rico, marcado con el número cuatrocientos veintiséis de la manzana N del citado piano de dicha urbanización, con un área superficial de cuatrocientos cincuenta y nueve punto ochenta metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en treinta y cinco punto diez metros, con la calle Coll y Taste (antes Rafael) de dicha urbanización; por el OESTE, en veinticinco punto setenta metros, con el solar número cuatrocientos veinticinco de la urbanización Baldrich; por el SUR, es el apex de un triángulo formado por las líneas Sur y ESTE qua colinda en cuarenta y tres punto ochenta metros, con terrenos del municipio de Rio Piedras.” Recorded at page 222 of volume 506 of Rio Piedras Norte, property number 12,647, Registry of the Property of Puerto Rico, Section II of San Juan. The mortgage foreclosed as part of the instant proceeding is recorded at page number 222 of volume number 506 of Rio Piedras Norte, in the Registry of Property of San Juan, Second Section, property number 12,647. The property described above is encumbered by the following junior lien: mortgage in the amount of $34,500.00 in favor of Doral Bank, or to its order, bearing annual interest equal to 9.95% and due on December 1, 2025, pursuant to deed number 552, executed in San Juan, Puerto Rico on November 17, 2005, before Victor R. Nuñez Arco, recorded at page 97 of volume 1527 of the Registry. Potential bidders are advised to verify the extent of preferential liens with the holders thereof. It is understood that the potential bidders acquire the property subject to any and all the senior liens that encumber the property. It shall be understood that each bidder accepts as sufficient the title that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax liens (express, tacit, implied or legal) shall continue in effect it being understood further that the successful bidder accepts then and is subrogated in the responsibility for the same and the bid price shall not be applied toward the cancellation of the senior liens. WHEREFORE, the FIRST PUBLIC SALE will be held on FEBRUARY 28TH, 2022 AT 1:30PM and the minimum bidding amount that will be accepted is the sum of $186,224.95. In the event said first auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a SECOND PUBLIC AUCTION shall be held on MARCH 7TH, 2022 AT 1:30PM and the minimum bidding amount that will be accepted is the sum of $124,149.96. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a THIRD PUBLIC AUC-

TION shall be held on MARCH 14TH, 2022 AT 1:30PM and the minimum bidding amount that will be accepted is the sum of $93,112.47. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued canceling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the aforementioned office of the Clerk of the United States District Court. In San Juan, Puerto Rico, this 15th day of December, 2021. Joel Ronda Feliciano, Special Master, Email: rondajoel@me.com, Tel: 787-565-0415.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC Demandante Vs.

deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Greenspoon Marder, LLP Lcda. Frances L. Asencio-Guido R.U.A. 15,622 TRADE CENTRE SOUTH, SUITE 700 100 WEST CYPRESS CREEK ROAD FORT LAUDERDALE, FL 33309 Telephone: (954) 343 6273 Frances.Asencio@gmlaw.com Expedido bajo mi firma, y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy 29 de noviembre de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL. SANDRA BÁEZ HERNÁNDEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADILLA

SUCESION ANGEL MORALES RIVERA COMPUESTA POR ANGEL WILMINGTON SAVINGS MORALES ALICEA; JOHN FUND SOCIETY, FSB, DOE Y JANE DOE COMO NOT INDIVIDUALLY BUT POSIBLES HEREDEROS SOLELY AS TRUSTEE DESCONOCIDOS; SARA FOR FINANCE OF ALICEA VIERA POR SI Y AMERICA STRUCTURED EN LA CUOTA VIUDAL SECURITIES USUFRUCTUARIA; ACQUISITION TRUST ESTADOS UNIDOS DE 2018-HB1 Demandante Vs. AMERICA; CENTRO DE RECAUDACION DE ELBA ABAD VELAZQUEZ MALDONADO T/C/C INGRESOS MUNICIPALES Demandados ELBA A. VELAZQUEZ Civil Núm.: BY2021CV03941. MALDONADO T/C/C Sobre: EJECUCIÓN DE HIELBA VELAZQUEZ POTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNI- MALDONADO T/C/C ELBA DOS DE AMÉRICA, EL PRE- ABAD VELAZQUEZ T/C/C SIDENTE DE LOS ESTADOS ELBA A. VELAZQUEZ UNIDOS, EL ESTADO LIBRE T/C/C ELBA VELAZQUEZ; ASOCIADO DE PUERTO ESTADOS UNIDOS DE RICO, SS. AMERICA A: ANGEL MORALES Demandados ALICEA; JOHN DOE Civil Núm.: AG2021CV01281. Y JANE DOE COMO Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOSIBLES MIEMBROS POTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDESCONOCIDOS DE DE AMÉRICA, EL PRELA SUCESION ANGEL DOS SIDENTE DE LOS ESTADOS MORALES RIVERA; SARA UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ALICEA VIERA POR SI Y ASOCIADO DE PUERTO EN LA CUOTA VIUDAL RICO, SS. A: ELBA ABAD USUFRUCTUARIA. POR LA PRESENTE se le VELAZQUEZ emplaza para que presente al MALDONADO T/C/C Tribunal su alegación responELBA A. VELAZQUEZ siva a la demanda dentro de MALDONADO T/C/C los treinta (30) días a partir de ELBA VELAZQUEZ la publicación de este edicto. Usted deberá presentar su ale- MALDONADO T/C/C ELBA gación responsiva a través del ABAD VELAZQUEZ T/C/C Sistema Unificado de Manejo y ELBA A. VELAZQUEZ Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder T/C/C ELBA VELAZQUEZ. utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberé presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Si usted

POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al Tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto. Usted deberá presentar su ale-


The San Juan Daily Star gación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberé presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Greenspoon Marder, LLP Lcda. Frances L. Asencio-Guido R.U.A . 15,622 TRADE CENTRE SOUTH, SUITE 700 100 WEST CYPRESS CREEK ROAD FORT LAUDERDALE, FL 33309 Telephone: (954) 343 6273 Frances.Asencio@gmlaw.com Expedido bajo mi firma, y sello del Tribunal, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día 29 de noviembre de 2021. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA. ARLENE GUZMÁN PABÓN, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC. Demandante vs.

FERNANDO DIAZ CASELLAS T/C/C FERNANDO DIAZ POR SI Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; SUCESION INA LUISA VARGAS ORTIZ T/C/C INA VARGAS ORTIZ T/C/C INA LUISA VARGAS COMPUESTA POR FERNANDO DIAZ VARGAS; JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados CIVIL NUM. SJ2020CV05905. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: La Parte Demandada, al (a la) Secretario(a) de Hacienda de Puerto Rico y al Público General:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por

el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 18 de enero de 2022, a las 10:00 de la mañana, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar catorce (14) del bloque “LC” de la Cuarta Extensión de la Urbanización Country Club, Primera Etapa, de acuerdo con el plano de inscripción de dicha Urbanización, localizado en el barrio Sabana Llana de la municipalidad de Rio Piedras, San Juan, Puerto Rico, con un área total de trescientos uno punto setenta y seis (301.76) metros cuadrados. En lindes por el Noreste, en trece punto veinte (13.20) metros, con la calle doscientos noventa y cuatro (294); por el Suroeste, en trece punto quince (13.15) metros con la calle doscientos (200); por el Sureste, en veinte punto cero cero (20.00) metros, con el solar quince (15); por el Noroeste, en veintidós punto cuarenta y siete (22.47) metros, con el solar trece (13). Enclava una casa de concreto reforzado de una sola planta para fines residenciales. Inscrita al folio 121 del tomo 218 de Sabana Llana, finca 9718, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V. La Hipoteca Revertida consta inscrita al folio 1843 del tomo 1129 de Sabana Llana, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V, Inscripción 5ª. Propiedad localizada en: 4TA EXT. URB. COUNTRY CLUB, 958 CALLE CEILAN, SAN JUAN, PR 00924. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano. Suma de la Carga: $217,500.00. Fecha de Vencimiento: 21 de septiembre de 2084. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anterio-

Wednesday, December 22, 2021 SALA SUPERIOR DE SAN Manuel Rodriguez Gonzalez; y JUAN. por el Oeste, en una distancia REVERSE MORTGAGE de trece punto cero dos metros (13.02), con la calle número FUNDING LLC. ciento tres (#103) de dicha urDemandante vs. banización. Enclava una casa. SUCESION DANIEL Inscrita al folio 166 del tomo 180 QUIÑONES RIVERA de Sabana Llana, finca 8,068, T/C/C DANIEL QUIÑONES Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V. La HipoCOMPUESTA POR teca Revertida consta inscrita al PABLO QUIÑONES folio 37 del tomo 1059 de SabaRIVERA; JOHN DOE na Llana, finca 8,068, Registro Y JANE DOE COMO de la Propiedad de San Juan, POSIBLES HEREDEROS Sección V, inscripción 12ª. DESCONOCIDOS; MARIA Propiedad localizada en: URB. MARGARITA RIVERA COUNTRY CLUB, 977 (13-EC) LUIS F. MACHICOTE, COLON T/C/C MARIA CALLE SAN JUAN, PR 00924. Según RIVERA COLON, POR figuran en la certificación reSI Y EN LA CUOTA gistral, la propiedad objeto de VIUDAL USUFRUCTARIA; ejecución está gravada por las ESTADOS UNIDOS DE siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del TiAMERICA; CENTRO tular: N/A. Suma de la Carga: DE RECAUDACIÓN DE N/A. Fecha de Vencimiento: INGRESOS MUNICIPALES N/A. Según figuran en la certiDemandados ficación registral, la propiedad CIVIL NUM. SJ2021CV00154. objeto de ejecución está graSOBRE: EJECUCION DE HI- vada por las siguientes cargas POTECA. EDICTO DE SUBAS- posteriores a la inscripción del TA. ESTADOS UNIDOS DE crédito ejecutante: Nombre del AMERICA EL PRESIDENTE Titular: Secretario de la VivienDE LOS ESTADOS UNIDOS da y Desarrollo Urbano. Suma EL ESTADO LIBRE ASOCIA- de la Carga: $240,000.00. FeDO DE PUERTO RICO. SS. cha de Vencimiento: 17 de ocA: La Parte Demandada, tubre de 2092. Se entenderá al (a la) Secretario(a) de que todo licitador acepta como Hacienda de Puerto Rico bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y al Público General: y gravámenes anteriores y los Certifico y Hago Constar: Que preferentes al crédito ejecutanen cumplimiento con el Mandate antes descritos, si los hubiemiento de Ejecución de Sentenre, continuarán subsistentes. cia que me ha sido dirigido por El rematante acepta dichas el (la) Secretario(a) del Tribunal cargas y gravámenes anteriode Primera Instancia, Sala Sures, y queda subrogado en la perior de San Juan, en el caso responsabilidad de los mismos, de epígrafe, venderé en pública sin destinarse a su extinción el subasta y al mejor postor, por precio del remate. Se establece separado, de contado y por como tipo de mínima subasta la moneda de curso legal de los suma de $160,000.00, según Estados Unidos de América y/o acordado entre las partes en el Giro Postal y Cheque Certificaprecio pactado en la escritura do, en mi oficina ubicada en el de hipoteca. De ser necesaTribunal de Primera Instancia, ria una segunda subasta por Sala de San Juan, el 18 DE declararse desierta la primera, ENERO DE 2022, A LAS 11:00 la misma se celebrará en mi DE LA MA˜NANA, todo derecho oficina, ubicada en el Tribunal título, participación o interés de Primera Instancia, Sala de que le corresponda a la parte San Juan, el 25 DE ENERO demandada o cualquiera de DE 2022, A LAS 11:00 DE LA ellos en el inmueble hipotecado MAÑANA, y se establece como objeto de ejecución que se desmínima para dicha segunda sucribe a continuación: URBANA: basta la suma de $106,666.67, Solar marcado con el número 2/3 partes del tipo mínima trece (13) del bloque EC del establecido originalmente. Si plano de inscripción de la Setampoco se produce remate gunda Extensión de la Urbanini adjudicación en la segunda zación Country Club, situada subasta, se establece como en el Barrio Sabana Llana de la mínima para la tercera subasta, municipalidad de Rio Piedras, la suma de $80,000.00, la mitad San Juan, Puerto Rico, con (1/2) del precio pactado y dicha una cabida superficial de cuasubasta se celebrará en mi ofitrocientos ocho punto quince cina, ubicada en el Tribunal de (408.15) metros cuadrados. En Primera Instancia, Sala de San lindes por el Norte, en una disJuan, el 1 DE FEBRERO DE tancia de veintisiete punto cero 2022, A LAS 11:00 DE LA MAnueve (27.09) metros, con el ÑANA. Dicha subasta se llevasolar número catorce (#14) del rá a cabo para, con su producto bloque EC; por el Sur, en una satisfacer a la parte demandandistancia de veinticinco metros te, el importe de la Sentencia LEGAL NOTICE (25.00) con el solar doce (12); dictada a su favor ascendente por el Este, en una distancia ESTADO LIBRE ASOCIADO a la suma de $127,783.82 por DE PUERTO RICO TRIBU- de diecinueve (19.00) metros concepto de principal, más inNAL DE PRIMERA INSTANCIA con terrenos propiedad de tereses y otros gastos acumures, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $145,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 25 de enero de 2022, a las 10:00 de la mañana, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $96,666.66, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la tercera subasta, la suma de $72,500.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 1 de febrero de 2022, a las 10:00 de la mañana. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $116,598.63 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 3.567% anual hasta tu total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $14,500.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en San Juan, Puerto Rico, hoy 23 de noviembre de 2021. Pedro Hieye Gonzalez, Alguacil Regional.

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lados hasta al 31 de diciembre de 2020 (los cuales continúan acumulándose), para un total de $154,190.53; la cantidad estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado en caso de reclamación judicial y que correspondan a intereses y cargos por demora posterior a dicha fecha; así como cualquier otra suma que se haga en virtud de la escritura de hipoteca. Dichas sumas están vencidas, son liquidas y exigibles. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en San Juan, Puerto Rico, hoy 23 de noviembre de 2021. Pedro Hieye Gonzalez, Alguacil Regional.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE MAYAGÜEZ

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. Demandante V.

JOSE CARRERO PAGAN, ROSARIO RIVERA QUIÑONES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, JOHN DOE

Demandadas Civil Núm.: MZ2021CV01395. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO POR LA VÍA JUDICIAL. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, S. S.

A: JOHN DOE COMO TENEDOR DESCONOCIDO DE LOS PAGARÉS: 1) Pagaré a favor de PORTADOR, o a su orden, por la suma de

500 Calle De La Tanca $71,000.00, con interés al San Juan, Puerto Rico 00901 9.99% por los primeros Tel.: (787) 523-2670 120 meses y durante Fax: (787) 523-2664 rdíaz@bdslawpr.com periodos consecutivos Expido este edicto bajo mi firde 60 meses a razón ma y el sello de este Tribunal, del tipo fijo al añadir un hoy 15 de diciembre de 2021. punto porcentual a la tasa LCDA. NORMA G. SANTANA preferencial, vencedero IRIZARRY, SECRETARIA REa la presentación, según GIONAL. JAZMÍN SANABRIA SECRETARIA AUconsta escritura #143, TORRES, XILIAR. otorgada en SABANA LEGAL NOTICE GRANDE el día 11 DE JUNIO DE 2001, ante el ESTADO LIBRE ASOCIADO notario JOSE M. BIAGGI DE PUERTO RICO TRIBUGENERAL DE JUSTICIA JUNQUERA, inscrita al NAL TRIBUNAL DE PRIMERA INSfolio MOVIL, del tomo 268 TANCIA SALA SUPERIOR DE de SABANA GRANDE BAYAMÓN finca #9573 inscripción FIRSTBANK 4ta. Dicho Pagaré quedó PUERTO RICO Demandante V. modificado en virtud de la REINALDO CANEDA escritura #1400, otorgada DOMINGUEZ, T/C/C en MAYAGÜEZ, el día 13 REYNALDO CANEDA DE DICIEMBRE DE 2004, DOMÍNGUEZ, IDALIS ante el notario JOSE A. AMADOR LOPEZ. Inscrito RIVAS CORDERO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE al folio 139vto del tomo 303 de SABANA GRANDE, BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR finca #9573, inscripción AMBOS 6ta; 2) el Pagaré a favor Demandado(a) de PORTADOR, o a su Civil: BY2021CV03156. 402. orden, por la suma de Sobre: EJECUCIÓN DE HIPO$11,000.00, con interés TECA POR LA VÍA ORDINAal 6.99% por razón de un RIA. NOTIFICACIÓN DE SENpunto porcentual sobre el TENCIA POR EDICTO. A: DALIS RIVAS interés fluctuante, lo que CORDERO Y LA sea de mayor, y vencedero SOCIEDAD LEGAL DE la presentación, según BIENES GANANCIALES consta escritura #1399, COMPUESTA POR otorgada en SABANA AMBOS. GRANDE, el día 13 DE (Nombre de las partes a las que se le DICIEMBRE DE 2004, notifican la sentencia por edicto) ante el notario JOSE A. EL SECRETARIO(A) que susAMADOR LOPEZ, inscrita cribe le notifica a usted que el al folio 139 del tomo 303 de 16 de diciembre de 2021, este ha dictado Sentencia, SABANA GRANDE finca # Tribunal Sentencia Parcial o Resolución 9573 inscripción 5ta. en este caso, que ha sido debi-

Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda incoada en su contra dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio. Si usted deja de presentar y notificar su alegación responsiva dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la Demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Los abogados de la parte demandante son. ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: Lcdo. Reggie Díaz Hernández RUA Núm.: 16,393 BERMUDEZ DIAZ & SÁNCHEZ LLP Suite 209

damente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de diciembre de 2021. En Bayamón, Puerto Rico, el 16 de diciembre de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. ELIBETH M. TORRES ALICEA, SECRETARIA AUXILIAR.


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Wednesday, December 22, 2021

In a disrupted NFL, teams scramble to adjust their routines By KEN BELSON and EMMANUEL MORGAN

A

thletes are creatures of habit, but NFL players are in a league of their own. Nearly everything in their busy lives during the season is tightly prescribed: Sleep, meals, practices, training sessions, time in the trainer’s room. So on Friday, when the NFL bowed to the surge in the number of players testing positive for the coronavirus and moved three weekend games to Monday and Tuesday, it did more than disrupt fans’ television viewing habits. In addition to the “Monday Night Football” game, the Cleveland Browns played the Las Vegas Raiders on Monday, after their game Saturday was moved. Then, on Tuesday night, the Washington Football Team was scheduled to play the Eagles in Philadelphia at the same time the Seattle Seahawks were at the Los Angeles Rams. The extra days off give injured players more time to heal, a blessing this late in the season, when muscles, joints and bones are sore from months of abuse. But players and teams build rhythms as a season progresses, and the last-minute tweaks to the schedule — all in the name of finishing the season on time and keeping the league’s television partners happy — can create havoc for players and coaches. Extra practices need to be created, including more time for video to be watched, which has the potential drawback of giving players and coaches so much time that they overthink an opponent. Travel schedules are also disrupted: On Monday, the Browns and Raiders kicked off at 5 p.m. in Cleveland, which was 2 p.m. Las Vegas time, an unusual time for an NFL game to begin. The early-week games also give teams less time to recuperate and plan for Week 16, when many teams are battling to qualify for the postseason. “Teams are going to get impacted going into next Sunday,” said Steve Gera, who worked in the front offices of the Browns and the then-San Diego Chargers for 10 years and who now runs a sports performance company. “We’re in the back half of the season, and you have a com-

Cleveland’s Takkarist McKinley was taken off the field on a medical cart during Monday’s game against Las Vegas. The game had been delayed because of a coronavirus outbreak among Browns players and staff. pressed timeline, so these games will have a bigger impact on the teams trying to rest up and get ready for the playoffs.” The schedule changes are a function of the number of players on the league’s COVID-19 reserve list, which has ballooned in recent days because of the spread of the omicron variant. On Monday, 43 players were added to the list, including Travis Kelce of Kansas City and Joey Bosa on the Chargers. There are so many players on the reserve list for Cleveland and Washington that the teams had to consider starting quarterbacks signed from their practice squads. Coaches, for their part, have to adjust their routines, too. Rams coach Sean McVay said that for planning purposes, he treated Sunday like a typical Friday and treated Monday like a typical Saturday in hopes of aligning the game plan and practice flow for a Tuesday game. After facing the Seahawks, the Rams will play the Minnesota Vikings on Sunday, which will give his team the same amount of rest it would receive if it were playing a Thursday night game after a Sunday game. McVay said the Rams were emphasizing mental preparation because of the shuffling. “These are things that we’re well

equipped to do this late in the season, especially,” McVay said on a call with reporters Sunday. “It’s a real premium on the above-the-neck information and maximizing walk-throughs and things like that.” Washington coach Ron Rivera echoed McVay. His team’s schedule worked out well, he said, because it played the Dallas Cowboys on Dec. 12 and will face them again Sunday night on a short week after the Eagles game. The schemes from their previous meeting should still be fresh, Rivera said, and players and coaches had the unusual opportunity of watching the Cowboys-Giants game on Sunday, film that they typically would have watched later in the week. “Most of the work’s been done with the exception of this next game that they’re going to play,” Rivera said Saturday in a news conference. The effect of the juggled schedule on injuries is difficult to track, Gera said, because so few games are postponed in a given season. The league moved games last year when outbreaks spread on teams. Teams played on a Tuesday for the first time in a decade, and one game was played on a Wednesday afternoon. The quality of play appeared to suffer in

those games. The San Francisco 49ers also played two of their home games in Glendale, Arizona, because of local prohibitions on large-scale gatherings. The vast majority of games, though, were played on schedule, and this season the league did not have to postpone any games until Week 15. Five of the six teams that had their games moved played on the Sunday of the previous weekend, so those teams had an equal amount of rest. (The Rams played Dec. 13, a Monday, so they had one fewer day off than their opponent Tuesday, the Seahawks. But the Rams are home.) The older players, too, may benefit from the extra day or two of rest because they tend to take longer to recover from injuries than their younger teammates, particularly at this point in the season. That this is the first season to have 17 regularseason games makes rest a large bonus. And while players have complained about games on Thursdays and their effect on their bodies, at least one study, which looked at injuries from 2012-17, found that injury rates were not appreciably altered by playing games on those days rather than limiting the schedule to Sundays and Mondays. Coaches love to tell their players to take one game at a time and not to think too far ahead. But the six teams whose games were moved have no choice but to look at the Week 16 calendar. The Browns, for instance, who lost to the Raiders 16-14 on Monday and dropped to last place in the AFC North, are scheduled to play the Packers on Saturday in Green Bay, Wisconsin, never a hospitable place for visiting teams. Last season, 15 games were rescheduled, including a handful that were moved by shuffling bye weeks. When postponed games were played in the same week, the home team won in four of the six instances. The accommodation for teams with a high number of players on the COVID-19 list has not gone over well with players on teams unaffected by outbreaks. “So we have to suffer and compromise our schedule because of another teams mistake,” Eagles safety Rodney McLeod tweeted Friday. “Make it make sense! Smh.”


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Wednesday, December 22, 2021

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Step aside, LeBron and Dak, and make room for Banjo and Kazooie By JOE DRAPE

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miniature basketball hoop hangs from the bedroom door. Soccer trophies are prominent on the dresser. Each sport competes for the time and attention of David and Matthew Grimes. But both are losing ground to another staple of adolescence: the video game console. David, 13, and Matthew, 11, are fledgling e-sports athletes. David thumbs his controllers and listens to strategy talk from a YMCA coach on Monday nights. On Wednesday, he takes on all comers. Matthew has league play Thursday. At least one weekend a month, they compete in a Super Smash Bros. Ultimate tournament. David and Matthew are part of a surging migration among members of Generation Z — as those born from 1997 to 2012 are often labeled — away from the basketball courts and soccer fields built for previous generations and toward the PlayStations and Xboxes of theirs. It’s not a zero-sum game: Many children, including the Grimeses, enjoy sports both virtual and physical. But it’s clear that the rise of e-sports has come at the expense of traditional youth sports, with implications for their future and for the way children grow up. E-sports got a boost, especially at the grassroots level, during the pandemic. Between at-home learning and the shutdown of youth sports, a high-tech generation found even more escape and engagement on its smartphones and consoles. Participation in youth sports was declining even before COVID-19: In 2018, only 38% of children ages 6 to 12 played team sports on a regular basis, down from 45% in 2008, according to the Sports & Fitness Industry Association. In June 2020, the pandemic’s early days, 19% of parents with children in youth sports said their child was not interested in playing sports, according to a survey conducted by the Aspen Institute’s Sports and Society Program. By September 2021, that figure was 28%. On average, children play less than three years in a sport and quit by age 11, according to the survey. Why? Mostly because it is not fun anymore. The implications are global. There are more than 2.4 billion gamers — about onethird of the world’s population, according to Statista, an international marketing and consumer data firm based in Germany. There

Matthew Grimes, 13, left, and brother David, 11, started participating in e-sports as an alternative to in-person athletics during the pandemic. are professional teams around the world that compete in tournaments for prize pools up to $34 million as well as tens of thousands of other competitions with prize money or contested in school and recreational leagues, accounting for more than $1 billion in global e-sports revenues. The effect on traditional sports is just one of the concerns often expressed about this phenomenon. The proliferation of esports conjures images of children eating sugary snacks late into the night as they stare at their screens. Research, however, doesn’t fully support this, with a 2019 German study finding only “a slight positive correlation” between gaming and body mass in adults, but not children. Some youth sports coaches seem to understand the spell video games cast over their players. In 2018, a lacrosse coach in New Jersey decided if he could not beat them, he’d join them. He gave a pregame talk that demonstrated his deep knowledge of Fortnite, and it ricocheted through social media. “This is just like Fortnite, just like Battle Royale,” he said. “Twenty-four teams, there’s four left. You know what? There’s four left, we’ve got Chug Jugs, we’ve got

the golden SCAR. Let’s go! This is no different than a Fortnite battle. Let’s go win this, baby!” The waning interest in sports is hardly surprising when 87% of teenagers in the United States have iPhones, according to a survey of 10,000 young people by investment bank Piper Sandler, or when 26% of Gen Z youths named video games as their favorite entertainment activity, compared to 10% who chose watching television. “There is a lot more stuff competing for the attention of young people — e-sports is a big one,” said Travis Dorsch, associate professor and founding director of the Families in Sport Lab at Utah State University. “As kids get older, there is more tug at them academically and socially. We’re seeing a lot of dropouts. This creates a reckoning for youth sports.” The more than $19 billion youth sports industrial complex, with its private coaching, interstate travel and $350 baseball bats, shoulders some of the blame. Ten-month seasons in pursuit of a college scholarship in a single sport can mean that kids get yelled at by overzealous coaches and parents spend thousands of dollars on team fees and travel expenses.

“We’re at an inflection moment of sports in America,” said Tom Cove, president and CEO of the Sports & Fitness Industry Association, which compiles an annual report on participation in sports. “While families were at home during the pandemic, they did not have to drive their kids to practices four nights a week. “They liked it. They decided that there must be a better way.” For Tony and Dawnita Grimes, that way led them to the YMCA of Metropolitan Dallas and a greater appreciation for e-sports. Let the games begin Frisco, Texas, a city of 200,000 about 28 miles north of Dallas, is football country. It is home to The Star, the world headquarters of the Dallas Cowboys. David Grimes wears a Cowboys T-shirt and can tell you about the team’s quarterback, Dak Prescott. When The Star opened, David was chosen to carry the helmet of linebacker Leighton Vander Esch before a preseason training camp session. Tony Grimes is a sales executive with PepsiCo. He played high school football growing up in South Los Angeles. Dawnita Grimes, a lawyer, was on dance and tennis teams growing up in Kentucky. Tony and Dawnita Grimes steer their sons away from football because of the risk of injury but encourage soccer, swimming, basketball and golf. They want the boys to be well rounded, so David plays trumpet and Matthew piano. Sometimes the scramble of school, sports and other activities led to quick dinners or late starts on homework. The Grimeses were busy but adept at conducting the rhythms of family life. Then came the pandemic. The cancellation of games left the boys with time on their hands. “Because of COVID, I started to play video games,” David Grimes said. Little brother Matthew was right behind him. Their mother and father were immersed in their screens, too, and in a surrender familiar to many parents, were not as disciplined as usual about clocking the amount of time their boys were on their devices. “Oh yeah, it was a lifeline,” said Dawnita Grimes. “They were cut off from their friends. Most hadn’t exchanged numbers, or they don’t know each other’s last names. Unless you knew their parents, it was hard to connect, and I hate to say it, except through these games.”

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Wednesday, December 22, 2021

From page 35 Tony Grimes admits that he likes picking up his boys’ controllers and trying to master another universe. Beyond the peace and quiet David and Matthew’s screen time afforded him, he had a new appreciation for the skills necessary to be competitive. “You have to be focused, understand strategy and have good hand-eye coordination,” he said. On a recent evening, David carried the game console downstairs so he could tell Matthew, his parents and a visitor what he had learned the previous night from the Y’s online tutorial. Both boys held their controllers gently, as if they were holding a bird. “It’s not enough to watch the games, you have to actually play them,” David Grimes said. “So you have to find a character that you’re good with.” “Get Hero or Cloud,” Matthew said as his brother clicked through characters. E-sports let kids have fun with their friends even when they’re not together. Audio headsets allow players to talk — or often scream — at one another as if they were sitting side by side. Anyone who has listened to their sons or daughters competing online has heard at least one side of conversation carried out as effortlessly as the cross talk between two basketball players on the playground during a game of HORSE.

Dawnita and Tony Grimes with their sons.

“The hierarchy you usually find in traditional sports is gone — everyone is just there,” said Dorsch, who was one of the lead investigators on the Aspen Institute research. “It’s more of a meritocracy.” He believes that e-sports have evolved that way because of the absence of adult influence at the introductory stage. “You go to a soccer or basketball program and you can tell immediately the 6-year-olds who are athletic and have talent,” Dorsch said. “Their parents see it and think, ‘Well, he or she could be really good with better coaching.’” For kids, that can turn a passion into a pursuit. A costly one, for parents. In a 2016 study, Dorsch and his colleagues found many households spent as much as 10.5% of their gross income annually — sometimes $20,000 or more — on personal trainers, travel costs and private teams for their children. “Then it becomes about the adults in the room,” he said. “And they want a return on their investment.” In the Grimes family, the love of sports was handed down the traditional way. During one-on-one games on the miniature hoop hanging from the bedroom door, Tony Grimes was always Michael Jordan and David was LeBron James. It offered Tony Grimes an opportunity to tell the boys about a hero of his

youth and how he compared to a hero of theirs. Now, those conversations are often reversed. Tony Grimes listens to David talk about why he prefers Banjo and Kazooie, Super Smash Bros. characters, over other game avatars. Instead of shooting percentages and scoring averages, the conversation is about B-button moves or side special ones that can mean the difference between victory and defeat. “So this is my favorite character, but I’m not great at playing him,” David said, conjuring a character named Hero onto the screen. “There are some characters that you really want to get good with. I’m not. Yet.” So, Banjo and Kazooie are more important to you than LeBron and Dak? “Pretty much, yeah,” David said, “because those are the characters I have to play with if I want to win a match or a tournament.” A new playing field He has plenty of chances to compete. In April, the YMCA of America launched a national e-sports pilot in 120 of its U.S. branches. It was an immediate hit in the Dallas area, where more than 500 middle to high school age kids have participated in its programs. “We knew how popular the games were and the fact that tournaments could be held remotely gave us a way to engage with kids during the pandemic,”

said Rodney Black, program director for the YMCA of Metropolitan Dallas. “The interest was immediate and continues to grow. The plan is to have an on-site gaming lounge in 2022.” It was just the kind of mainstream recognition that persuaded Dawnita Grimes to open the online world a little wider for her boys. “You hear the stories about predators, and you worry about how addictive these games are,” she said. “Here it is organized and supervised, and you don’t have to worry about bad language and poor sportsmanship.” David has won one tournament and Matthew beat his big brother in another. Still, neither has abandoned soccer and both are looking forward to tennis, golf and swimming in the spring and summer. David, however, knows there are professionals who have sponsors and can make millions in tournament play. You can almost hear the youth league football coaches pulling their hair out when he talks about it. “It’s safer than other sports. You don’t get hurt,” he said. “Well, you still have to worry about hands because if your hands get messed up, that’s a problem because you got to be able to play the game.” He pauses, then smiles. “It would be awesome to get paid to play video games.”


The San Juan Daily Star

Wednesday, December 22, 2021

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Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9

Crossword

Answers on page 38

Wordsearch

GAMES


HOROSCOPE Aries

38

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 22, 2021

(Mar 21-April 20)

Just as the holiday week is about to get underway, the focus shifts to your sector of goals and responsibilities. With the Sun entering this zone from today, as well as Mercury’s sizzling link, an idea or opportunity may be something that you’ll experiment with. If you do decide to go ahead, then it could change things for the better. Try not to feel bad about a recent mistake though.

Libra

(Sep 24-Oct 23)

The approaching holidays could be a real family affair, if you can sort out one or two issues earlier rather than later. Today’s lunar links to Venus and Pluto may make you very aware of this matter, and keen to do something about it. But don’t let it dominate things Libra, as you have enough to be getting on with, and need all the available headspace to keep up to the mark.

Taurus

(April 21-May 21)

Scorpio

Gemini

(May 22-June 21)

Sagittarius

(Nov 23-Dec 21)

Capricorn

(Dec 22-Jan 20)

Ready to set sail? New experiences and opportunities may call out to you, and this desire for something more will be strengthened by the Sun’s move into your sector of adventure. At the same time, an intense situation could be on your mind and distracting you from getting on with various tasks. Is there something you can do? If not, let it go, and you’ll breeze through the day.

Fiery Mars in your relationship zone, could find you keen to do something for others and put a smile on their faces. What might be more difficult is giving back to yourself though. Powerful lunar links today can encourage you to do just that. If you’ve bought gifts for everyone else, how about treating yourself to something you’ve wanted for a very long time. You deserve it!

Cancer

(June 22-July 23)

The Sun’s move into your relationship zone, will enhance your social life and interactions. Don’t feel that you need to say yes to every request that comes your way, as you may end up with more than you can handle. The Moon in your sign links to Venus and Pluto, and could be a call to look to your needs if you’ve neglected them. A special treat or pampering session will be so good for you.

Leo

(July 24-Aug 23)

Festive leisure plans may spice up coming days, and yet you could be all geared up to get to work on a promising idea. Although there can be last minute gifts to buy and preparations to attend to, the urge to make a start might override such matters. A little everyday could get the ball rolling, while still enabling you to keep up to speed with duties that are becoming urgent.

Virgo

(Aug 24-Sep 23)

Your leisure zone is buzzing with activity, and the Sun’s move into this sector from today adds a sunny glow to social events, get-togethers and your own interests and hobbies. What about romance? Feelings may be reverberating and causing some confusion, unless you can sort things out. This isn’t a time for snap decisions, but to be patient, as the situation may shift and change.

(Oct 24-Nov 22)

A sassy lunar tie from your sector of far horizons, can see you taking a step forward that may require courage. While the Moon could shine a light on the positives, it might also accentuate the pitfalls too, skewing your perspective. In a few days you may have a more balanced view, and this is the time to decide. On a festive note, a brilliant idea can save you time and money.

The Sun’s move into your money zone, brings a chance to take stock of your current situation and set your intentions for the coming weeks and months. If one matter is troubling you, this is the time to shine a light on it and find a way to resolve it fast. Don’t shy away from getting expert advice should you need it, Archer. Once this is sorted, you can breathe easy and feel at peace. As the Sun enters your sign from today for a four week stay, it brings inspired thoughts and ideas with it that you may be keen to start working on. As this is also the Winter Equinox, it’s a pivotal time of year when the darkness gradually gives way to light. If you’ve been in the dark about an important issue or relationship, you will soon see the light and can act with confidence.

Aquarius

(Jan 21-Feb 19)

Today’s lunar link in your wellness sector, could be a call for restraint when faced with the temptation of festive fayre. No matter how much someone begs you to try their latest ultra-fattening and totally delicious recipe, be strong and opt for the smallest bite or none. If you can resist this time, it may be easier to hold back over coming days when there’s even more on offer.

Pisces

(Feb 20-Mar 20)

Your social life shimmers with seasonal promise, as the Sun eases into Capricorn for the next four weeks, Pisces. Be prepared for a busy time ahead with friends and family. Plus, its presence can bring clarity to relationships that may have become strained recently. The Cancer Moon adds a compassionate and caring touch, which might inspire you to reach out and make amends.

Answers to the Sudoku and Crossword on page 37


Wednesday, December 22, 2021

39

CARTOONS

Herman

Speed Bump

Frank & Ernest

BC

Scary Gary

Wizard of Id

For Better or for Worse

The San Juan Daily Star

Ziggy


40

Wednesday, December 22, 2021

The San Juan Daily Star


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