Tuesday, December 29, 2020
San Juan The
50¢
Photo: Pedro Correa Henry
Southern PR Can’t Deal with More Years of Pollution: Environmental Groups Demand Gov’t End AES-PREPA Deal
DAILY
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Latin Music & the World Mourn Death of Composer Armando Manzanero
P19
SIP Panel: Investigation Isn`t Over
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EA Releases New ‘Transparency Barometer’ for Citizens to Monitor Governance
Prosecutor Appointed to Investigate Parties in COVID-19 Test Purchasing Case; Justice Dept. Recommendation Against Inquiry Rejected
P6
NOTICIAS EN ESPAÑOL P 17
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Tuesday, December 29, 2020
The San Juan Daily Star
GOOD MORNING
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December 29, 2020
The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday.
Governor signs executive order to rebuild Arecibo Observatory
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By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com
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ov. Wanda Vázquez Garced signed an executive order on Monday that establishes the reconstruction of the Arecibo Observatory as public policy of the Puerto Rico government. In a message from La Fortaleza through Facebook, Vázquez emphasized the importance of the Arecibo Observatory as a center for scientific research of global impact for the past 57 years. The governor also said the observatory has encouraged thousands of Puerto Ricans to study science. In addition, the place has been a tourist destination for decades and has put the name of Puerto Rico, and especially Arecibo, on the global map. As part of the executive order, $8 million is allocated to help rebuild a “much more modern” observatory, the governor said. Vázquez pointed out that the Arecibo Observatory had deteriorated over the years, culminating in its collapse on Dec. 1. The National Science Foundation (NSF), an independent entity of the United States government, owns and is responsible for maintaining the observatory facilities, but it had been cutting the budget assigned to the observatory for years. The NSF had in its custody about $14 million, of which it used about $3 million, which the Federal Emergency Management Agency provided to make repairs and replace generators after the passage of hurricanes Irma and Maria across Puerto Rico in September 2017. “At that time [on Dec. 1] we took the initiative as part of the public policy of the Government of Puerto Rico to assist with all agencies,” the governor said. “Then the efforts were going to be directed to the reconstruction of the Observatory. So that it continues to be the place not only of scientific interest, of advancement, where many students have advanced in their different studies, but also of tourism.” “So today [Monday] for me is a great opportunity, a great day because we have achieved a large part of the commitments we made” to help rebuild the observatory, she said. “We had previously indicated to the National Science Foundation our intention to help this educational, scientific and tourist attraction center, once they announced that it would be closed,” Vázquez said. “But once the tragedy occurred, we redirected our efforts in order to work with the cleanup of the place, the
residence and the reconstruction.” On Dec. 1, the last cables that held what is known as the Gregorian dome failed, causing the 900-ton platform to crash onto the 1,000 feet (305 meters)-indiameter plate, causing greater damage. Almost a month earlier, on Nov. 6 at around 7:39 p.m., a main cable failed at the observatory, causing damage to the installation’s main plate. Unlike the auxiliary cable that failed in the same installation on Aug. 10, this main cable did not come out of its socket, but instead broke and fell onto the reflector dish below, causing additional damage to that dish and other nearby cables. as reported on Nov. 8. On Nov. 19, the NSF announced that it was going to dismantle the dish, since it did not consider it possible to repair it safely. The Arecibo Observatory was established in 1963 but had been modernized and expanded on several occasions, so it did not lose validity in research. The observatory has been instrumental in investigating asteroids, particularly those approaching Earth. The scientific facility was the leading research center in the world for determining the shape and size of asteroids, what they are made of, their speed and their path.
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Tuesday, December 29, 2020
SIP appointed to investigate parties in COVID-19 test purchasing process By THE STAR STAFF
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he Office of the Special Independent Prosecutor Panel (PFEI by its Spanish initials) determined Monday to assign special independent prosecutors (SIPs) to investigate the actions of those responsible for the purchase of COVID-19 tests, rejecting a prior recommendation made by the Puerto Rico Justice Department against investigating the matter. In reaching its determination, the PFEI evaluated the sworn statements in the tax summary forwarded by the Justice Department. From those statements, according to the PFEI, it appears that several officials and individuals, without legal authority, improperly intervened with clearly regulated purchasing and acquisition processes. The intervention included placing undue pressure on the former interim secretary of Health to sign a milliondollar purchase order in 20 minutes without conducting a rigorous analysis as required by the regulations. The investigation came about after Promedical, an Australian company virtually unheard of before the pandemic, had promised the government in May that it would deliver large quantities of COVID-19 tests as part of a $38 million deal, but never delivered them by a specific deadline. The company is better known for selling erectile dysfunction, vaginal rejuvenation, massage
and cryotherapy machines. Although the initial referral from the Justice Department to the PFEI included Gov. Wanda Vázquez Garced and other officials, the PFEI -- according to the record before its consideration -- focused the investigation on Lilliam Sánchez, assistant La Fortaleza chief of staff; Mabel Cabeza, a La Fortaleza official attached to the COVID Medical Task Force; Gen. José Burgos, former commissioner of the Emergency Management Bureau; and Juan Maldonado, an attorney. However, the PFEI was specific in saying that its focus did not mean other officials mentioned in the resolution had been exempted. As established by the PFEI’s enabling law, there will be no impediment for the SIP to determine
to expand his investigation if evidence is obtained against other individuals. The panel entrusted the in-depth investigation to SIP Ramón Mendoza Rosario, who will be assisted by other delegated prosecutors according to the workload of the aforementioned assignments. The possible charges against Sánchez, Cabeza and Burgos relate to possible infractions of the Penal Code in its Article 261 (Undue influence), Article 254 (Undue intervention in government operations), Article 262 (Breach of duty), Article 263 (Loss of public funds through action or omission and negligence), Article 264 (Misappropriation of public funds), and Article 269 (Perjury). Infringements of Article 3.2 of the Anti-Corruption Code (Ethical Obligations and
Responsibilities) are also attributed to them. Regarding the officials, the alleged infractions of Article 4.2 of the Government Ethics Law will also have to be considered. As for Maldonado, the investigation will focus on possible infractions of Articles 212, 254, 261 and 269 on ideological falsehood, undue intervention in government operations, undue influence, and perjury, respectively. “Certainly, we are facing a complex case of high public interest where we have the duty to ensure that no conduct goes unpunished, where human pain during a pandemic could be buried in the face of an excessive and insensitive profit motive and the interest of some to control the processes to advance agendas and unsuspected advantages,” the PFEI noted in its resolution. In the letter, the constitutional mandate to ensure that the use of the people’s money is linked to the general welfare of all citizens was forcefully specified. “The aforementioned mandates are not suspended in a state of emergency,” reads the resolution. “Greater rigor and discipline is imposed.” Consequently, it is the obligation of the SIPs to evaluate and determine whether any of the other officials mentioned in the reports must answer for what happened in the case at hand, according to the evidence obtained in the course of their investigation, the PFEI said.
Special independent prosecutor panel shelves case against ex-Guánica mayor By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com
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he Special Independent Prosecutor Panel (SIP) issued a resolution Monday shelving the case against former Guánica Mayor Martín Vargas Morales. The case originated with a referral to the PSIP as part of the final report of the Puerto Rico Senate Municipal Affairs Committee (Senate Resolution 0070). The investigation began with a complaint filed by Mayor Santos Seda Nazario about works of art that were acquired with municipal funds during Vargas Morales’ tenure as mayor. According to the report of the investigating prosecutor, Rafael Sánchez Hernández, both the reports of the island Justice Department and those of the Comptroller’s Office reveal that the acquired works were destined to be exhibited at the Pedro Juan Vargas Mercado Museum of Art and History in Guánica. According to the aforementioned informa-
tion, the work “Flor del Aire” is the only one that has not been located. However, there is no proof that anyone appropriated it. The SIP resolution cites the Justice Department report by stating that “Mayor Martín Vargas Morales did not exercise the best judgment, in that he was neither prudent nor sensible.” In addition, it is pointed out that the cost of the works was excessive and extremely unnecessary. However, in the case of events that occurred between 2006 and 2007, the possible crimes would be prescribed by the statute of limitations. As of this date, it is of greater importance for the panel that Article 4 of Lev 2-1988 provides that the entity would have jurisdiction over officials within four years after they have left office. Vargas Morales ceased his duties as mayor of Guánica more than nine years ago, for which reason the SIP lacks jurisdiction to address the matter, according to the panel’s resolution.
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Coronavirus relief disbursement period extended through 2021 By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com
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ov. Wanda Vázquez Garced and Fiscal Agency and Financial Advisory Authority (AAFAF by its Spanish initials) Executive Director Omar Marrero Díaz confirmed on Monday that the U.S. Congress has extended until Dec. 31, 2021 the period for the Puerto Rico government to continue the disbursement process through federal assistance programs to different sectors of Puerto Rico, in accordance with the Strategic Disbursement Plan for the Coronavirus Relief Fund (CRF) and as established by the Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security Act, commonly known as the CARES Act. “This extension will allow the government to continue tackling the effects of the COVID-19 pandemic on multiple fronts in Puerto Rico,” the governor said in a written statement. “In addition, an additional $150 million is guaranteed for contact tracing programs through the Puerto Rico Municipal Case Investigation and Contact Tracing System.” Marrero Díaz noted that at present the funds disbursed under the aforementioned programs amount to $1.49 billion of the $2.2 billion assigned to Puerto Rico. During the validity of the CRF programs,
$480.8 million has been distributed to the economic sectors of the island. The funds have benefited 7,152 employers who received help for payroll, 25,381 small businesses, 1,269 midsize businesses, 190,064 self-employed individuals and 562 hotels and related businesses. In addition, $390 million has been distributed to ensure that private and public hospitals have the necessary tools to respond to the emergency caused by the pandemic, including the risk incentive payment “hazard pay” for health professionals who are at risk of infection from COVID-19. Regarding the response to COVID-19 and the tracking of cases, the island government has made available more than $270 million to implement programs for these purposes at the municipal level, as well as for the acquisition of personal protective equipment and disinfection material and for the implementation of other programs aimed at promoting social distancing. In addition, over $300,000 was earmarked for the acquisition of deep-freeze refrigerators and materials necessary to protect the distribution of COVID-19 vaccines. Some $40 million was also distributed for a dozen proposals for telemedicine programs to ensure that medical services are available to all residents of Puerto Rico. Meanwhile, $200 million
was destined for the island’s 78 municipalities for eligible expenses related to the emergency. At the same time, vouchers totaling about $17.3 million have been redeemed by 21,522 high school graduates who obtained technological equipment and internet services in order to access their classes at a university or postsecondary educational institution virtually. Also, some $45.9 million in internet access subsidies were distributed to 143,425 students and teachers of the public education system. “As of Dec. 17, 2020, $580,437,565 in funds left over from the reserve and programs that had met their objective remained to be distributed or obligated. Although this amount would have been incurred before Dec. 30, 2020, our goal is to use these funds efficiently and to ensure that the Department of Health and other emergency response institutions have the necessary resources to continue their efforts,” Marrero Díaz said. “It is important to note that this extension will allow us to secure and reserve an additional $150 million to extend the contact tracing program through the Puerto Rico Municipal Case Investigation and Contact Tracking System until Dec. 31, 2021.” The AAFAF chief said an additional $150 million was allocated to the Unemployment Fund Trust to guarantee its solvency. Another $150 million will also be allocated for the
Gov. Wanda Vázquez Garced island’s public and private hospitals. “We will continue to closely monitor all programs and disbursements so that economic aid reaches the sectors that need it most,” Marrero Díaz said. “Meanwhile, our administration will continue to work hard to disburse the remaining funds through these programs for the benefit of the most productive sectors and through other entities that will also join our efforts to support the communities.”
Community, environmental groups demand gov’t cancel AES contract with PREPA Say island ‘can’t take seven more years of pollution’ By PEDRO CORREA HENRY Twitter: @PCorreaHenry Special to The STAR
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he coalition Resistance Against Toxic Coal Ash and Carbon Combustion in Puerto Rico gathered Monday with other environmental and community organizations to demand that the island government cancel Applied Energy Systems’ (AES) coal bunker contract with the Puerto Rico Electric Power Authority (PREPA) “because it puts thousands of southern islanders’ lives in danger.” Southeastern Environmental Community Alliance spokesperson Timmy Boyle said that
even if the contract has seven years left until it reaches its deadline, either governor Wanda Vázquez Garced or governor-elect Pedro Pierluisi should repeal the deal immediately because “our lives and health are more valuable than anything else.” “Puerto Ricans who live in the South can’t take seven more years of pollution that makes us ill and poisons us more as the days go by,” Boyle said, adding that the coalition has requested a repeal for 18 years as the enterprise took blame for polluting groundwater in the town of Guayama with radiation and heavy metals such as arsenic, chromium, selenium, molibdenum and other toxins. Meanwhile, Puerto Rico Physicians and Surgeons Association (CMCPR by its Spanish initials) Medical Foundation President Domingo Luis Cáceres Ortiz raised concern “not only for Guayama, but for the rest of Puerto Rico.” “This is based on the situation of having a coal bunker that generates toxic coal ash [that ends up in] our bodies of water and our lands 24/7, during the 365 days of the year at the cost of $350 million, which is an amount of money difficult for our country to produce,” Cáceres Ortiz said. “We have been in the forefront of working with these communities as they are not only impoverished, they also have very specific needs.”
The CMCPR Medical Foundation president told members of the press that according to a research study conducted by Dr. Luis Bonilla and students from the School of Public Health at the University of Puerto Rico Medical Sciences Campus, citizens exposed to coal bunkers are more susceptible to ailments such as “respiratory issues, cardiovascular complications, severe allergies and, what we fear the most, different types of cancer.” Cáceres Ortiz said later that he has received letters from AES since the research study was released threatening that the foundation must “cease and desist [from holding] any press conferences unless they were notified.” “We met at the [Physicians and Surgeons] Association and told them that we don’t need to ask for permission when we have to talk about health issues,” Cáceres Ortiz said. “If they believe that our research study was prepared in favor of the community, we demand that they release their own studies.” “At the moment, we haven’t received any research studies from them,” he added. “These kinds of power stations are being shut down around the world. We don’t need more stations that produce electric power using coal,” the physician insisted. “This is not a whim of the doctors, this is a whim of the health of our people. We have to fight so that this country has health.”
Meanwhile, Erasmo Cruz, spokesperson for Comunidad Guayamesa Unidos por su Salud, called on the island Natural and Environmental Resources Department and Health Department to “get their act together and do something about the coal ash.” “We are breathing coal ash every day,” he said. “Our bodies of water in both Guayama and Salinas, where [AES] has spread coal ash, are also polluted, our roads are being filled with coal ash; everywhere we move, there’s coal ash. Has Natural Resources done something about it? No. Has the Health Department done something? No. Who else must we complain to? They’re murdering us.” Electrical Industry and Irrigation Workers Union President Ángel Figueroa Jaramillo said the union has been in support of the community since the coal bunker began operations in 1994 “because it was not going to produce any new jobs, it was going to pollute our country, and it was not going to reduce electric power price rates.” “We wish to flip a switch and have electric power, we want to live in the comfort of modern times, but that comfort should not be at the cost of our citizens’ lives,” Figueroa Jaramillo said, later insisting that the both the AES and the LUMA Energy contracts with PREPA should be repealed “because they pose a threat to our well being.”
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The San Juan Daily Star
Tuesday, December 29, 2020
Espacios Abiertos develops ‘Transparency Barometer’ to help citizens monitor public governance Media outlets released more than 400 news articles on transparency in 2020, the non-profit organization says By PEDRO CORREA HENRY Twitter: @PCorreaHenry Special to The STAR
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n order to continue promoting its mission for governmental accountability and civil participation, non-profit organization Espacios Abiertos (EA) on Monday released its Transparency Barometer, a free digital repository created for people who are interested in learning about and monitoring public governance through the search for news articles that report on transparency. EA said in a written statement that the repository has helped the organization understand that transparency in government assets, especially during the COVID-19 emergency, the lack of open processes in public governance and access to information were issues that captured both the attention and concern of citizens and public opinion. According to an analysis from the Barometer, in 2020 there were: * 121 instances (2 per week on average) in which the news headlines included the word transparency; * 62 instances (1 per week on average) in which the word government was related to transparency, where the government was asked for transparency in its management or different agencies were mentioned as needing to comply
with or exercise it; * 27 instances (2 per month on average) in which COVID-19 was related to the word transparency or the lack of it in the management of the pandemic; * 25 instances (2 per month on average) in which the word information was related to issues of transparency and information requirements on the part of the government, or when the government and its agencies promised to offer information as part of their commitment to transparency; * 22 instances (2 per month on average) in which the word missing was directly related or indirectly included with transparency issues. EA Public Policy Analyst María Mercedes Rodríguez Rivera said the release of more than 400 news articles on transparency shows that “citizens have more interest that their government is transparent in all of its processes and that there are more instances of civil participation and integration of communities in governance.” “Those claims should be heard by our officials,” Rodríguez Rivera said. “We urge citizens to use our repository and to call in every instance that requires transparency from government management.” As for transparency during the pandemic, the analyst said public opinion has focused on plans regarding the failed purchase of COVID-19 serological tests, data on the status of the pandemic and the lack of periodic release of such data, warnings on possible corruption cases, both FBI and Special Independent Prosecutor Panel cases against public officials, and demands from civil organizations for transparency.
As for instances involving the coronavirus, Rodríguez Rivera noted that all instances of action were remedial, adding that no instance used transparency and access to information in a comprehensive and proactive manner as a preventive measure against the misuse of resources or improved access to health, ignoring the recommendations and warnings raised by some organizations at the beginning of the pandemic. As for other instances demanding transparency, the non-profit organization highlighted that events such as the hurricane relief supplies found in a warehouse in Ponce, the Puerto Rico Electric Power Authority’s integrated plan and the complaints on lack of transparency in contracts and a possible increase in electric power price rates, EA requesting information from the State Elections Commission, the Center for Investigative Journalism requesting information on the structural condition of island schools, and the lack of transparency during the general elections were other trending topics.
FEMA ends year with close to 400 project obligations per month By THE STAR STAFF
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n the face of the obstacles of 2020 – earthquakes, floods and a pandemic that slowed the island’s productive sector – the Federal Emergency Management Agency (FEMA) ended the year with nearly 400 project obligations per month, paving the way for a total of $13.4 billion in recovery funds. To date, the Hurricane Maria recovery operations on the island have produced the largest amount of approved disaster funding for a disaster in FEMA’s history. “This year’s challenges further strengthened our commitment to the people of Puerto Rico. Our sense of duty and willingness is unstoppable, and we are proud to be able to help our island during this historic recovery,” said José Baquero Tirado, the federal disaster recovery coordinator for Puerto Rico and the U.S. Virgin Islands, in a written statement. While commemorating the three-year mark for Hurricane Maria, the agency awarded the two projects with the largest amount of funds in FEMA history. The nearly $9.5 billion obligation for the Puerto Rico Electric Power Authority aims to move permanent work projects forward in several facilities that provide service to 1.5 million residential, commercial and industrial clients. Likewise, over $2 billion was obligated for the Puerto Rico Department of Education to address damage in more than 5,300 buildings, pavilions and recreational areas, among other sites, in more than 1,100 schools, the statement reads. The director of the Central Office of Recovery, Reconstruction and Resilience, Ottmar Chávez, said the Puerto Rico government has adapted to address all the pressing situations that arose.
“We are very pleased to have achieved the largest allocation in the history of FEMA for the reconstruction of the electrical system and the Department of Education,” he added in the statement. “We have also achieved million-dollar allocations to address the crises of hurricanes Irma and Maria, the earthquakes and the COVID-19 pandemic. The work has been hard, but we have been diligent.” Similarly, the municipalities will benefit from a $1.2 billion injection for 3,741 projects for roads, public buildings, parks, sports facilities, community centers and other essential facilities for residents. Many of these spaces are used for community activities and as distribution centers during emergencies. Although natural disasters like hurricanes and earthquakes cannot be avoided, there are ways to take measures to minimize their effects. To date, nearly $240 million has been awarded for this purpose. In addition, about $53.4 million was obligated under the Hazard Mitigation Grant Program to strengthen facilities across the island, like at Luis Muñoz Marín International Airport. In the first phase of the project for the largest international travel hub in the Caribbean, designs are underway for an electrical system that will reduce the disruption of services if a failure occurs. Another $18 million was allocated to update and enforce building code guidelines and compliance. Another FEMA priority this year were projects that seek to preserve the island’s cultural heritage. The National Archives and the Cabezas de San Juan natural reserve in Fajardo, for example, were approved at $7.4 million and $701,300, respectively.
The agency reinforced its commitment to the environment by performing several assessments of the Camuy caves, a natural treasure of internationally recognized value. Experts will prepare a cost estimate and make other recommendations that will improve the infrastructure of the Espiral, Catedral and Clara caves. The goal is to reopen this natural formation as it represents an important income for the Camuy, Lares and Hatillo municipalities. “Over the past three years, we have obligated over $19.5 billion for costs related to hurricanes Irma and Maria under our Public Assistance program,” Baquero Tirado said. “We remain steadfast in our commitment to the island.”
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Tuesday, December 29, 2020
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A look at what’s in the stimulus package Trump signed By ZACH MONTAGUE
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he $900 billion stimulus bill that President Donald Trump finally signed into law on Sunday evening goes well beyond providing the $600 checks that became a huge sticking point in getting the legislation across the finish line. The relief package casts a wide net with a variety of measures aimed at addressing the needs of millions of Americans, including those who have lost their jobs, as well as small businesses, nursing homes, colleges, universities and K-12 schools. The package extends some provisions of the original stimulus package that was passed in the spring, while adding new measures to help working families who have continued to suffer amid the pandemic. The full text of the bill ran almost 5,600 pages. Here’s a look at what is included. Individual payments Among the most anticipated components of the legislation is the direct payment, with $600 going to individual adults with an adjusted gross income of up to $75,000 a year based on 2019 earnings. Heads of households who earn up to $112,500 and a couple (or someone whose spouse died in 2020) who make up to $150,000 a year would get twice that amount. Eligible families with dependent children would receive an additional $600 per child. In a change from the last round, payments will not be denied to citizens married to someone without a Social Security number, allowing some spouses of immigrants in the country illegally to claim the benefit this time around. On Dec. 22, Trump threatened to veto the bill because he said the payments were too low. He is advocating payments of $2,000. House Democrats planned to bring up an amendment to the bill on Thursday, an aide who was familiar with the proposal said. It is not clear how the House and Senate will act. Unemployment benefits With millions of Americans still unemployed, Congress acted to extend multiple programs to help those out of work, albeit at less generous levels than in the spring. The agreement would revive enhanced federal jobless benefits for 11 weeks, providing a lifeline for hard-hit workers until March 14. The new benefit, up to $300 per week, is half the amount provided by the original stimulus bill in the spring. The legislation also extends Pandemic Unemployment Assistance — a program aimed at a broad set of freelancers and independent contractors — for the same period, providing an additional $100 per week. Education resources School budgets have been severely crippled by the pandemic and left some of the most vulnerable students
The $900 billion stimulus bill that President Trump finally signed into law on Sunday evening goes well beyond providing the $600 checks that became a huge sticking point in getting the legislation across the finish line. in dire academic and financial straits. The bill provides $82 billion for education, including about $54 billion for K-12 schools and $23 billion for colleges and universities. While the package provides far more money for K-12 schools than the first stimulus bill in March, the funds still fall short of what both sectors say they need to blunt the effect of the pandemic. Many school districts that transitioned to remote learning this year were forced to make expensive adjustments to accommodate students while often shedding staff to balance their budgets. Colleges and universities are also facing financial constraints amid rising expenses and falling revenue. “The money provided in this bill will provide some limited relief, which is welcome news to struggling students and institutions. But it is not going to be nearly enough in the long run or even the medium term,” Ted Mitchell, president of the American Council on Education, said in a statement. Funding for broadband infrastructure The legislation includes $7 billion for expanding access to high-speed internet connections, nearly half of which will go toward helping cover the cost of monthly internet bills by providing up to $50 per month to lowincome families. The deal also sets aside $300 million for building out infrastructure in underserved rural areas and $1 billion in grants for tribal broadband programs. Targeted aid for small businesses The agreement sets aside $285 billion for additional loans to small businesses under the Paycheck Protection Program, renewing the program created under the initial stimulus legislation. The latest version includes stricter terms that appear intended to correct some of the unpopular elements of the original program. It caps loans at $2 million and makes them available only to borrowers with fewer than 300
employees that experienced at least a 25% drop in sales from a year earlier in at least one quarter. The agreement also sets aside $12 billion specifically for minority-owned businesses. And publicly traded companies will be ineligible to apply this time around. Funding for vaccines and nursing homes The legislation sets aside nearly $70 billion for a range of public health measures, including $20 billion for the purchase of vaccines, $8 billion for vaccine distribution and an additional $20 billion to help states continue their test-and-trace programs. The bill also allows a federal program that insures mortgages for nursing homes to dole out emergency loans aimed at helping hard-hit elder care centers. Help for child care The bill provides $10 billion for the child care industry, with those funds intended to help providers struggling with reduced enrollment or closures stay open and continue paying their staffs. The funds are also supposed to help families struggling with tuition payments. Support for climate measures In an unusual rebuke of the Trump administration’s climate policy, the deal includes new legislation to regulate hydrofluorocarbons, the powerful greenhouse gases common in air conditioners and refrigerators. It also allocates $35 billion to fund wind, solar and other clean energy projects. A Ban on surprise medical bills The package will also help millions of Americans avoid unexpected — and often exorbitant — medical bills that can result from visits to hospitals. The bill makes it illegal for hospitals to charge patients for services like emergency treatment by out-of-network doctors or transport in air ambulances, which patients often have no say about. Rental protections The compromise would protect tenants struggling with rent by extending a moratorium on evictions for another month, through Jan. 31. The Department of Housing and Urban Development separately issued a similar moratorium on Monday that protects homeowners against foreclosures on mortgages backed by the Federal Home Administration. It runs until Feb. 28. The bill also provides $25 billion in rental assistance. Food security Expanding one of the most reliable channels of aid, the agreement increases monthly food stamp benefits — known as the Supplemental Nutrition Assistance Program, or SNAP — by 15% for six months, beginning on Jan. 1. The overall legislation provides $13 billion for increased nutrition assistance, $400 million of which will support food banks and food pantries. An additional $175 million is earmarked for nutrition programs under the Older Americans Act, such as Meals on Wheels.
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The San Juan Daily Star
Tuesday, December 29, 2020
After the vaccine: Sore arm, yes. Headache, maybe. Regrets, no. By AMY HARMON
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wo and a half hours after being injected with a COVID-19 vaccine, Dr. Taneisha Wilson was hit with the worst headache of her life. In her home office in Cranston, Rhode Island, Wilson, 38, an emergency physician with a constitution she calls “horse-like,” laid her head down on the desk. Fighting a wave of nausea, she let out an involuntary groan loud enough to be heard by her husband in a room down the hall. “Are you OK, babe?” he called. “It felt like I got smacked,” Wilson recalled in an interview. That is not how most people who get the vaccine feel afterward, but reactions like Wilson’s were not uncommon in the clinical trial results of the two COVID vaccines now being distributed across the country. Pfizer, the company that makes the one she received, reported that some 13% of recipients ages 18 to 55 had a bad headache after the first dose. About 16% of those who received the other vaccine, made by Moderna, in a latestage trial had a reaction strong enough to prevent them from going about their daily routine. As tens of millions of Americans await their turn for a shot, many are hungering for details about what to expect. So, at the request of friends, colleagues and reporters, some people like Wilson who were in the vanguard of the biggest vaccination program in U.S. history are beginning to offer their personal accounts. The New York Times interviewed several dozen of the newly vaccinated in the days afterward. They recounted a wide spectrum of responses, from no reaction at all — “Can’t even tell I had the shot,” said a hospital worker in Iowa City,
An undated photo provided by Dr. Matthew Harris, of Harris receiving his COVID-19 vaccine. Harris reported a fever and joint pain after receiving the vaccine. Iowa — to symptoms like uncontrolled shivering and “brain fog.” A nurse assistant in Glendora, California, wondered whether the fever he ran was a side effect of the vaccine or a sign that he had been infected by one of his COVID patients. And there was a dizzying variety of sore arms. Some likened the pain to that from a flu shot; for others, it was considerably worse. Like nearly every vaccine recipient who spoke to The Times for this article, Wilson stressed that she had no regrets about getting the shot, despite the headache, which was gone within 36 hours. The Food and Drug Administration has
found the vaccines to be safe and remarkably effective. And public health leaders say mass vaccination is the only hope for controlling the virus that is now claiming the lives of close to 3,000 Americans a day. But in these first weeks of vaccination, there is an inescapable element of suspense. Along with a card reminding them when to get the necessary second dose, vaccine recipients are handed information on how to report side effects to the Centers for Disease Control and Prevention through an app called V-Safe. The Pfizer-BioNTech and Moderna vaccines both rely on a genetic technology that has never before yielded a vaccine that won regulatory approval. They are authorized for emergency use only. Studies of their safety, including the cases of an Alaska health care worker and a Boston doctor who experienced severe allergic reactions after receiving their shots, are still underway. And as Wilson crawled into bed at 10:30 on a weekday morning, she could not help but be “hyper-aware,” she said, “that I had just been vaccinated with this novel vaccine.” Navigating a Brain Fog As vaccines go, experts have agreed, the two being distributed now elicit more reactions than most. At the Sundale Nursing Home in Morgantown, West Virginia, Betty Shannon, 81, said some fellow residents had an upset stomach after becoming some of the nation’s first seniors to receive a COVID vaccine. Lorenzo Alfonso, 34, a nurse assistant in California, was unusually tired and achy.
Delayna Frint, a nurse in Highlands Ranch, Colorado, said her arm was so sore after the shot that in order to hang intravenous therapy bags, she had to lower the stands. But for infectious disease experts, a nation down for the count with post-vaccine malaise would be the best news in a long time. The side effects dissipate within a few days, and they are a signal, the experts say, that the vaccine is working. “We call them ‘side’ effects, but it’s really just an effect,” said Dr. Paul Offit, a University of Pennsylvania vaccinologist who is a member of the FDA’s vaccine advisory panel. “This is what your immune response does when it’s responding to an infection.” The vaccines each work by prompting the body to make a particular protein that the coronavirus uses to enter human cells; neither exposes the recipient to the virus itself. The presence of that protein in the body sets off the production of new antibodies that can destroy the protein — the key to providing protection against a future invasion of the actual virus. But the process also releases substances that can cause inflammation, which can result in fever, fatigue, headache and other symptoms. Many more participants in the vaccine trials registered discomfort after the second dose, given three or four weeks later, than after the first. That is probably because by that time, the body is already primed to attack the protein, experts said. Most of the reactions experienced by the 1.9 million Americans who received a vaccine this month had already been seen among the roughly 35,000 people who were vaccinated in the Pfizer and Moderna clinical trials. But experts expect new ones to appear: “If it’s a one-in-a-million thing, you need a million to see even one,” said Dr. Peter Doshi, an associate professor at the University of Maryland School of Pharmacy. Some may be mild allergic reactions, like the “body-wide itching” and “mild, small hives along forearm” that Dr. Megan Hajjar of Farmington, Connecticut, described in a Facebook post with a video clip. Or they may be more severe, like the handful of cases of anaphylaxis that the CDC has already identified. And others may simply be more intense versions of what the trials called “fatigue.” Alyson MacGregor, an associate professor of emergency medicine at Brown University and an accomplished home chef, said she spent the day after her vaccination in a mental fog that turned her attempt at the most basic of meals into an inedible blob. “I can’t believe I messed up ramen,” she told her husband that night. She felt, she said, as if “there was a cloud over me, following me around.”
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Tuesday, December 29, 2020
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A quiet life, a thunderous death, and a nightmare that shook Nashville By RICK ROJAS, ADAM GOLDMAN and JAMIE McGEE
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nthony Warner had a solitary job as an information technology specialist, stopping in to various offices to fix computers. He was 63. He was not married. His neighbors barely knew him. He sent an email to one of his clients three weeks ago to say he was retiring. He started shedding possessions: He told his ex-girlfriend that he had cancer and gave her his car. Records show that he signed away his home on the day before Thanksgiving. But he made sure to hold on to one last thing: His RV, a Thor Motor Coach Chateau that he kept in his backyard. He parked the vehicle around 1:22 a.m. Christmas morning on Second Avenue North in downtown Nashville, in the heart of a district of honky-tonks, restaurants and boot shops that would often be packed but was quiet in the small hours of a holiday morning. The RV had been rigged with explosives and a speaker set to play a warning and a song: “Downtown” by Petula Clark, a hit released in 1964 celebrating the bright lights and bustle of a vibrant city. The lights are much brighter there / You can forget all your troubles, forget all your cares A few hours later, police officers heard the speaker’s message and rushed to clear as many people out of nearby apartments and hotels as they could. Just before dawn, the RV exploded, its concussion reverberating for blocks. Debris was flung several blocks away. Warner was inside the RV. It is believed that he was the only person who died. “We’ve come to the conclusion that Anthony Warner is the bomber,” Donald Q. Cochran, the U.S. attorney for the Middle District of Tennessee, said at a news conference Sunday. “He was present when the bomb went off, and he perished in the bombing.” Investigators said they believe that he acted alone. He was identified through remains found scattered among the wreckage. Hundreds of federal investigators had flocked into Nashville after the blast, chasing the leads that poured in by the hundreds to locate the culprit. Now that they have found him, they are still trying to make sense of who he was and why he would set off an explosion that shattered a district where the lights are indeed bright and people flock to forget their trouble and cares in a year with no shortage of them. “These pieces of information will help us understand the suspect’s motives,” Douglas Korneski, the special agent in charge of the FBI field office in Memphis, said at the news conference. He added, “None of those answers will ever be enough for those who have been affected by this event.” Warner emerged as a person of interest after investigators from the Tennessee Highway Patrol were able to find a vehicle identification number for the RV among the rubble. That led federal agents to a brick duplex belonging to Warner in Antioch, a community in the Nashville area roughly 11 miles from where the explosion occurred. On Saturday morning, a bomb team swept the duplex to check for explosives, and then dozens of federal investigators combed the property for evidence. Images of the same duplex, captured on Google Street
View in March and May 2019, show an RV in the yard that appears similar to the one that the police say was detonated. Warner had experience working with electronics as an information technology contractor for Nashville area businesses, and also had a burglar alarm business that was registered in Tennessee from 1993-98, according to state records. Steve Fridrich, president of Fridrich & Clark Realty in Nashville, said that he had been in contact with the FBI about Warner, who he said he hired occasionally, usually around once a month, to work on computers. Fridrich said that Warner was not an employee and that he believed he provided IT support for several businesses. Fridrich said Warner sent the firm an email Dec. 5 saying that he was retiring. “He’s a nice guy, and this seems uncharacteristic of the Tony we know,” Fridrich wrote in a text message. “He was very professional and knew his stuff.” The two-bedroom duplex searched by investigators is one of several on a quiet cul-de-sac. Children played tag nearby and neighbors looked on as agents from the FBI and Bureau of Alcohol, Tobacco, Firearms and Explosives streamed in and out of the house. “It’s a quiet neighborhood,” said Diana Hernandez, who lived a few blocks away. “It’s very surprising. It’s like a movie scene.” The police released a photograph of the RV that shows the vehicle heading through downtown with its headlights on, the white camper illuminated by streetlights and glowing storefronts. Officer James Luellen of the Nashville Department came
upon the vehicle several hours later. He was responding to reports of gunfire. Instead, he found the RV, with its speaker warning that a bomb was inside and that it was about to detonate. He also remembered the song that was interspersed with a countdown. Lyrics about bright lights stuck in his mind. He called for backup and was quickly joined by five other officers: Brenna Hosey, Michael Sipos, Amanda Topping, James Wells and Sgt. Timothy Miller. Other than Miller, an 11-year veteran, none had been with the Police Department longer than four years. Since Friday, they have been held up as heroes, with officials saying that the bombing could have created far more carnage without their quick action. “I think they may consider what they did a regular part of their duties,” Mayor John Cooper said as he stood beside the officers at a news conference Sunday. “But we in Nashville know it was extraordinary.” At the news conference, the officers spoke publicly about their work on Christmas morning for the first time. They described rushing into buildings and rousting residents — “scaring the bejesus” out of at least one of them. Then there was a burst of orange, and the officers remembered temporarily losing their hearing from the concussion of the blast. They remembered searching for their colleagues afterward, worried that they had been hurt or killed, and then feeling grateful that they and others in the neighborhood had survived. “That was God,” Wells said. “I’m not going to shy away from that.”
Law enforcement officers investigate the house that had belonged to Anthony Quinn Warner, the 63-year-old man who apparently blew himself up in the Christmas morning explosion in Nashville.
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Tuesday, December 29, 2020
The year inequality became less visible, and more visible than ever By EMILY BADGER
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his year, many Americans left the places where it was still possible to encounter one another. White-collar workers stopped going downtown, past homeless encampments and to lunch counters with minimum-wage staff. The welloff stopped riding public transit, where in some cities they once sat alongside commuting students and custodial workers. Diners stopped eating in restaurants, where their tips formed the wages of the people who served them. Americans also stopped broadly sharing libraries, movie theaters, train stations and public school classrooms, the spaces that still created common experience in increasingly unequal communities. Even the DMV, with its cross-section of life in a single room, wasn’t that anymore. Instead, people who could afford it retreated into smaller, more secure worlds during the pandemic. And that has made it harder to see all the inequality that worsened this year: the unemployment that soared even as the stock market did, the eviction threats that grew as home prices hit new highs. In another way, however, the inequality already present in the economy became more visible than ever this year. With delivery services, restaurant couriers and personal shopping apps, low-wage workers were now — in far larger numbers — coming right to the doorstep of the well-off. Standing there in masks, their economic precarity was exposed. “What these apps do is force people who live stable lives to confront the instability of working-class lives — very directly and for their own benefit,” said Louis Hyman, an economic historian at Cornell. “Before these apps, it was easy to pretend that wasn’t really happening,” he said of the yawning gaps in the economy. “There were ways to imagine those delivery people were not emblematic of anything.” Historians are watching this moment with a fraught question: Will there emerge a broader demand for structural reforms to address inequality, or a further retreat by the affluent from its problems? Recessions, they say, can clarify where the economy is
Grand Central Terminal during rush hour as lockdowns began in March. heading. The companies and industries that prosper during them often anticipate how society will change in the years to come. The advertising industry grew during the Great Depression, as companies fought for scarce consumer dollars and sold escapism in alcohol, tobacco and entertainment. The ad industry anticipated the American consumer culture of the postwar era. Accounting firms and banks boomed, too, out of the New Deal-era regulation that came from the Depression. Later, the recession of the early 1990s presaged the downsizing and outsourcing of even middle-class jobs, and the rise of consulting firms to manage that shift. And out of the wreckage of the foreclosure crisis, institutional investors foresaw a new market for single-family rental homes. Today, the companies that are thriving — some with eye-popping IPOs — have harnessed both the particular circumstances of social distancing and the longer-term trends of a society pulling apart. These companies enable you to hold a meeting without visiting the office, to buy a home without glad-handing a real estate agent, to eat restaurant meals without entering a restaurant, to enjoy entertainment without theaters, to shop without retail.
They “remind us of a long historical process of social fragmentation that is now more obvious than ever,” said David Kennedy, a Stanford historian who has written extensively about the Great Depression. “It seems to me that what they reveal is how easy it is, and how big a market there is, in our society for the kinds of services that keep us distanced from one another.” There is a tension, though, between the isolation of the well-off and the visible dependence of many of their conveniences on low-wage labor. Kennedy is deeply pessimistic that real change will emerge from it. The Great Depression created pain more broadly across the economy and lasted a decade, opening a larger political window for reform. “It’s been a very long time since people across the income spectrum felt that acting in the collective interest was going to be more beneficial than acting in individual interests,” said Margaret O’Mara, a historian at the University of Washington. In Seattle around her, people were already starting to broach these questions before the pandemic. Young tech workers were enthusiastic early adopters of food delivery services and apps like Uber and Lyft. And there was already a clear disso-
nance, she said, between the experience of gig workers and the spiraling housing prices and gleaming new construction tied to Seattle’s tech boom. That was before it became awkwardly clear that the gig workers were now risking their health, too. Back in the spring, Harvard historian Lizabeth Cohen wrote an article for The Atlantic expressing hope that, as in the New Deal era, America could respond to economic calamity by transforming itself into a more equitable society. It was early in the pandemic, when everyone was still celebrating the economy’s new heroes: the grocery store clerks, delivery workers, janitors and front-line nurses. That was before the pandemic became fully politicized, before the tech IPOs and before Congress allowed unemployment aid to expire. As the pandemic has dragged on, and as the gap has widened in how Americans experience it, Cohen has grown less sure that lessons of empathy and unity from the Great Depression can apply today. We are farther apart now than even six months ago, let alone before the pandemic. “Just think about the pathways and where they took you — you went in and got coffee in a place where you saw people who were being paid by the hour, not by the month,” Cohen said. Those small moments vanished. Within the middle-class neighborhoods and second-home retreats where remote workers withdrew, there were no homeless people on the sidewalk. “It seems there were fewer and fewer of those interactions, but they really were important for just expanding the social world you live in,” she said. “Maybe that’s the scariest dimension of this. The opportunities to interact with people who are not like yourself have shrunk.” Hyman, however, is still optimistic, pointing out that there’s something powerful in how visible inequality becomes when a worker drops off a customer’s Whole Foods order. “That’s partially what made the industrial economy a better economy: images of children working in factories, the desperate poor of the 1930s,” he said. “Visibility is a good thing, that people are forced to confront it.”
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Tuesday, December 29, 2020
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The gospel of hydrogen power By ROY FURCHGOTT
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n December, the California Fuel Cell Partnership tallied 8,890 electric cars and 48 electric buses running on hydrogen batteries, which are refillable in minutes at any of 42 stations there. On the East Coast, the number of people who own and drive a hydrogen electric car is somewhat lower. In fact, there is just one. His name is Mike Strizki. He is so devoted to hydrogen fuel-cell energy that he drives a Toyota Mirai even though it requires him to refine hydrogen fuel in his yard himself. “Yeah I love it,” Strizki said of his 2017 Mirai. “This car is powerful, there’s no shifting, plus I’m not carrying all of that weight of the batteries,” he said in a not-so-subtle swipe at the world’s most notable hydrogen naysayer, Elon Musk. Strizki favors fuel-cell cars for the same reasons as most proponents. You can make fuel using water and solar power, as he does. The byproduct of making hydrogen is oxygen, and the byproduct of burning it is water. Hydrogen is among the most plentiful elements on earth, so you don’t have to go to adversarial countries or engage in environmentally destructive extraction to get it. The car is as quiet to drive as any other electric, it requires little maintenance and, because it doesn’t carry 1,200 pounds of batteries, has a performance edge. His infatuation with hydrogen began with cars, but it didn’t end there. In 2006 he made the first house in the United States to be powered entirely by hydrogen produced on site using solar power. Nine years later he made the second. He says he has built hydrogen-power home systems for conservationists and celebrities — one of his systems reportedly powers Johnny Depp’s private island in the Bahamas. Strizki is using his retirement to evangelize for the planet-saving advantages of hydrogen batteries. He has faced opposition from the electric, oil and battery industries, he said, as well as his sometimes supporter, the Energy Department. Then there is the ghost of the 1937 Hindenburg explosion, which hovers over all things hydrogen. The financial crash of the high-flying hydrogen truck manufacturer Nikola has not advanced his case. Strizki’s expertise has made him a cult figure in hydrogen circles, where he has consulted on notable projects for two decades. He has worked on high school science projects as well as a new $150,000-ish hydrogen hypercar that claims to get 1,000 miles per fill-up. “Oh, I know Mike Strizki very well, very well,” said Angelo Kafantaris, chief executive of Hyperion, the company that makes that Hypercar, the XP-1. Using a federalstandard dynamometer test, the XP-1, which claims a 0-to60-mph time of 2.2 seconds and a top speed of 221 mph, is said to achieve a range of 1,016 miles on a single tank. “I think Mike is an integral part of everything we do at Hyperion,” Kafantaris said.
Mr. Strizki with his 9-year-old granddaughter as he filled one of his Toyota Mirais with hydrogen fuel. Strizki, 64, wasn’t always a conservationist. He said he spent a decade drag racing at the Englishtown Raceway in New Jersey with a succession of cars, including a Shelby GT350 with a Boss 302 engine transplant. “The car was hot,” he said. “I didn’t see the ground for the first two gears.” He discovered hydrogen power while working at the New Jersey Transportation Department’s Office of Research and Technology. Batteries that powered electric message signs didn’t hold a charge in severe cold. Strizki was tasked with finding a solution. He turned to hydrogen fuel cells like those NASA used in space. He left his state job for the private sector where he worked on Peugeot’s hydrogen concept car, a mini fire engine, and then a Chrysler hydrogen minivan called the Natrium, which was a modified Town & Country and went zero to 60 in a glacial 16 seconds. Although Strizki lacks Ivy League credentials — he attended a community college and then got a “life experience” master’s from an unaccredited online college — he is who the Ph.D.s often turn to for solutions, said Doanh Tran, an alternative-energy consultant who was a manager of fuel cell vehicles and technologies at DaimlerChrysler, and who has a doctorate. “You can design almost anything on paper,” Tran said, “but to make it work is a whole different animal. You need the patience and creativity.” Bringing hydrogen vehicles into wide use on the East
Coast strained even Strizki’s talent for invention. On the West Coast, Arnold Schwarzenegger, the former California governor, who owned a hydrogen Hummer, cleared regulatory barriers with a pen stroke in 2004. The East has a series of bureaucracies to navigate. For instance, hydrogen is not authorized to travel via bridges and tunnels. “We wouldn’t want to put out a vehicle that you couldn’t drive into Manhattan,” said Gil Castillo, who tracks regulations at Hyundai Motor North America. Ever since Elon Musk called fuel cells “staggeringly dumb,” there has been a fierce rivalry between lithium-ion and hydrogen backers. Cooler heads see a place for each. Electric is suitable for people with a garage who travel limited distances and can charge overnight. But for long-haul trucks, hydrogen doesn’t add weight or reduce cargo space the way batteries do. Furthermore, hydrogen tanks can be refueled in minutes. You wouldn’t know if you were driving next to a hydrogen car. Toyota, Hyundai and Honda each have had company demonstrator cars near the Air Liquide stations. But you would know if it was Strizki’s. On the side is an illustration of the motor and systems that lurk beneath the sheet metal. “People think it’s some kind of advertising, but it’s good; I can educate people,” he said, especially at car shows. “People are fascinated. They don’t believe this exists, then they say, ‘Why don’t we have this?’”
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Tuesday, December 29, 2020
Stocks
Wall Street climbs to record as fiscal aid bill signed W all Street’s main indexes rose on Monday as consumer stocks surged on the launch of a nationwide COVID-19 vaccine campaign, while Alexion Pharmaceuticals jumped on a $39 billion buyout offer from AstraZeneca in one of the year’s biggest deals. Administration of the vaccine developed by Pfizer and its German partner BioNTech began on Monday, after the shot received emergency-use approval from federal regulators last week. The inoculations are seen as pivotal toward ultimately halting the COVID-19 pandemic, which has claimed more than a million lives around the world and brought economic activity to a halt. Consumer discretionary stocks were among the best performing sectors on the S&P 500 on Monday, while travel and leisure stocks, which are among the worst hit by the virus outbreak, also gained. Cruise operator Carnival Corp rose 0.8%, while American Airlines Group added 0.3%. Alexion Pharmaceuticals Inc was among the top boosts to the S&P 500 and the Nasdaq, surging 31.0% to a 4-1/2 year high after British drugmaker AstraZeneca said it would buy the U.S. biotech firm. AstraZeneca’s U.S.-listed shares fell 6.1%. “It is a sign that animal spirits are back ... companies are reluctant to do deals when they have a negative outlook on the future, but the fact that you are seeing these types of big deals on merger Mondays is a sign of things to come,” said Thomas Hayes, managing member at Great Hill Capital Llc in New York. At 12:00 p.m. ET, the Dow Jones Industrial Average was up 63.55 points, or 0.21%, at 30,109.92, the S&P 500 was up 13.59 points, or 0.37%, at 3,677.05. The Nasdaq Composite was up 144.87 points, or 1.17%, at 12,522.74. Uncertainty over more fiscal stimulus had cut short a recent rally in U.S. stocks, after the Senate last week approved a one-week extension of federal funding to avoid a government shutdown and to provide more time for negotiations on coronavirus relief and an overarching spending bill. “Equities have performed very strongly in what has been a very difficult economic environment ... there is some vulnerability there if the market concludes that fiscal support is at its end,” Eric Winograd, senior economist at AllianceBernstein told the Reuters Global Market Forum. Focus was also on early voting in a pair of U.S. Senate races in Georgia that will determine control of the chamber and heavily influence lawmaking. E-commerce company Alibaba Group Holding Ltd shed 2.6% after China warned its internet majors of more anti-trust scrutiny, slapped fines and announced probes into deals involving Alibaba and Tencent Holdings Ltd. Electric-car maker Tesla Inc rose 4% as anticipation of the firm’s addition to the S&P 500 benchmark next week offset a report of production delays. Walt Disney Co fell about 2.7% after rallying on Friday and was the biggest drag on the Dow after BMO Capital Markets downgraded the stock.
MOST ASSERTIVE STOCKS
PUERTO RICO STOCKS
COMMODITIES
CURRENCY
LOCAL PERSONAL LOAN RATES Bank
LOCAL MORTGAGE RATES Bank
FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS
BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental
3.00% 0.00 3.50% 0.00 3.50% 2.00 3.75% 2.00 3.50% 0.00 3.50% 0.00
3.50% 000 4.00% 0.00 3.75% 2.00 3.75% 2.00 5.50% 0.00 3.75% 5.50
PERS.
CREDIT CARD
AUTO
BPPR --.-- 17.95 4.95 Scotia 4.99 14.99 4.99 CooPACA
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Reliable
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4.40
First Mort 7.99 --.-- --.-Oriental 4.99 11.95 4.99
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Tuesday, December 29, 2020
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Chinese citizen journalist sentenced to 4 years for COVID reporting By VIVIAN WANG
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Chinese court on Monday sentenced a citizen journalist who documented the early days of the coronavirus outbreak to four years in prison, sending a stark warning to those challenging the government’s official narrative of the pandemic. Zhang Zhan, 37, the citizen journalist, was the first known person to face trial for chronicling China’s outbreak. Zhang, a former lawyer, had traveled to Wuhan from her home in Shanghai in February, at the height of China’s outbreak, to see the toll from the virus in the city where it first emerged. For several months she shared videos that showed crowded hospitals and residents worrying about their incomes. In China, the news media is tightly controlled by the state. Some citizen journalists try to offer more independent reporting, which they post on the internet and social media platforms. But their work is often censored and they are routinely punished. Zhang was fiercely critical of the government in her dispatches, asking why it had tried to silence whistleblowers about the virus and questioning whether Wuhan’s lockdown had been enacted too harshly. She also directly challenged propaganda exalting the government response. Almost since the very beginning of the outbreak, the Chinese government has been locked in an unrelenting campaign to quash criticisms that it initially tried to conceal the virus. It has arrested other citizen journalists, threatened grieving family members and censored social media. In place of those criticisms, the government cast itself as responsible, benevolent and transparent in dealing with the public health emergency — an image that infuriated Zhang.
“The government’s way of managing this city has just been intimidation and threats,” she said in one of her videos. “This is truly the tragedy of this country.” That turned out to be her last video. In May, Zhang abruptly stopped responding to messages. Her friends later learned that she had been arrested and brought back to Shanghai, accused of spreading lies and making up false information. In protest of her arrest and indictment, Zhang had begun a prolonged hunger strike, her lawyers said. In response, authorities force-fed her through a feeding tube and restrained her hands so she could not pull it out. Zhang’s trial, at the Shanghai Pudong New District People’s Court on Monday, lasted less than three hours. The official charge on which she was convicted was “picking quarrels and provoking trouble,” a vague charge commonly used against critics of the government. Prosecutors had initially recommended a sentence between four and five years.
The Shanghai Pudong New District People’s Court, where the citizen journalist Zhang Zhan was sentenced after reporting on the early days of the pandemic.
Zhang appeared for the trial in a wheelchair, one of her lawyers, Zhang Ke Ke, wrote Monday on WeChat, a messaging app. He had written in a post a few days earlier that she had lost a significant amount of weight and was almost unrecognizable from even just a few weeks before. Zhang Zhan barely spoke during the hearing, except to say that people’s speech should not be censored, wrote Zhang Ke Ke, who is not related to Zhang Zhan. After the sentence was announced, Zhang’s mother, who had been escorted to the courthouse for the trial by security officials, sobbed uncontrollably, said Ren Quanniu, another of Zhang’s lawyers. Few others had been allowed in, as sensitive hearings in China are often held behind closed doors. Before the trial, reporters and supporters of Zhang gathered near the courthouse but were pushed away by security officials. One of Zhang’s friends, Li Dawei, said he and around 10 other people who had tried to attend the hearing were brought to a nearby police station. Chen Jiangang, a Chinese human rights lawyer, said the length of Zhang’s sentence showed that the government saw preserving its narrative of the outbreak as fundamental to its hold on power. “Any time the Chinese Communist Party thinks of a case as political, what they use is suppression. Extremely cruel suppression,” said Chen, who fled to the United States last year. “What was Zhang Zhan’s crime?” he continued. “She just went to Wuhan, saw some things, talked about them. That’s it.” Zhang was one of at least four citizen journalists to disappear abruptly from Wuhan after offering on-the-ground information that at times contrasted with the official narrative. Two others, Chen Qiushi and Li Zehua, were reportedly later released, though another, Fang Bin, is still missing.
South Africa records one million coronavirus infections. By LYNSEY CHUTEL
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n Sunday, reported infections in South Africa surpassed 1 million since the start of the pandemic. The country has now recorded 1,004,413 cases, with 26,735 deaths. With one of the strictest initial lockdowns in the world, South Africa avoided the high death toll that many experts feared. As restrictions eased in the last quarter of the year, however, the death toll climbed steadily, spiking before the holiday season. Many South Africans also traveled from cities to more rural provinces to celebrate the holidays. Officials recorded a daily increase of more than 14,000 cases on Christmas Day and the two days before, though the number fell to 9,502 new cases Sunday.
Doctors and nurses in overwhelmed hospitals urged the government to return to stricter lockdown measures and restrict gatherings. “There’s a huge problem regarding adequate staff, nurses as well as doctors,” Dr. Angelique Coetzee, the president of the South African Medical Association told SABC News, the public broadcaster, on Sunday. As the number of infections climbed, President Cyril Ramaphosa held an emergency meeting with the National Coronavirus Command Council, a group of Cabinet ministers, according to local news reports. Ramaphosa is expected to announce new measures soon. Early in December, South Africa tried to curb the spread of infections in hot spots by imposing a curfew, banning the sale of alcohol on weekends and closing beach-
es. Mask wearing was made mandatory at any gatherings throughout the country. This second wave of the virus is believed to be spurred by a variant of the virus discovered by South African scientists, alongside a new variant discovered in Britain. Scientists began noting an increased number of younger patients who had no vulnerabilities, or comorbidities, Zwelini Mkhize, the minister of health, said in a statement announcing the discovery earlier this month. South Africa does not have access to any vaccines yet, but Ramaphosa assured citizens that the country will have enough vaccines for 10% of the population. The vaccines will arrive via an agreement with Covax, an international body established to secure the vaccine for poorer countries.
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Tuesday, December 29, 2020
The San Juan Daily Star
Italy turns to flower power to help spread vaccine message
A computer-generated image showing one of the pavilions designed by the architect Stefano Boeri in Piazza del Popolo in Rome. By JASON HOROWITZ
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his has been an ugly year for Italy. The first wave of the coronavirus took the country by surprise and killed tens of thousands. The second wave somehow took the government by surprise and has killed thousands more. And Italians, desperate for the arrival of the vaccine next month, have struggled to get their hands on simple flu shots or to understand if they will have to be home — and stay home — for Christmas. To brighten things up as Italians await the vaccine, the government has turned to urban planner and architect Stefano Boeri. Best known for making so-called vertical forests out of Milan skyscrapers, Boeri has sought to help his country with architectural flower power — designing 1,500 pavilions with a primrose theme where the vaccine will be distributed. “The primrose is the first flower after the winter, it’s something even a child knows,” Boeri said in an interview, calling his vision for the building design “a strong message that everyone can understand.” Italy has run with the proposal, making its official Italian slogan for vaccination, “With a flower, Italy comes back to life.” So have the critics, a plethora of whom found the government’s emphasis on Milanese design a little misplaced in a pandemic. “A clown show,” proclaimed one Italian member of the European Parliament. “Idiots,” offered a prominent commen-
tator. “I don’t want a primrose,” protested a top Italian economist, Carlo Cottarelli. “I want an anti COVID vaccine!” But Boeri rejects the cynicism. “Flowers are serious,” he wrote on Twitter, and in the interview he explained why the primrose was the ideal image for Italy’s vaccination program, which kicked off Sunday. “It’s one thing to go get vaccinated in a container or in a military field hospital and it’s another to go into a luminous space in the form of a flower,” he said. The project took root about three weeks ago, when Boeri received a call from Domenico Arcuri, Rome’s special commissioner for the coronavirus emergency. Arcuri explained, he said, that although hospitals and empty gyms would be the main vaccination points, there would also be a need for external, temporary pavilions to be created. The program to vaccinate at least 40 million Italians to reach herd immunity would last for at least a year and a half. Boeri immediately agreed to help. Like many in northern Italy, he has lost close friends and family to the coronavirus. He said that while the pandemic cast a pall over the year and the country, that made the flashes of generosity and kindness, professionalism and sacrifice shine even brighter. “The demonstrations of generosity were beautiful,” said Boeri, adding that Italy’s vibrant volunteer sector “at times substituted the lacunae of the state.” It was in that spirit that he and his team, which took no compensation, labored. “It was the least we could do.”
He and Arcuri agreed that they needed a single, coherent image to spread the word and inspire people to roll up their sleeve. Boeri said he and his team worked furiously over two weeks to come up with something. They sought an image, he said, that could be universally understood as positive “by a 4-year-old or an intellectual in the north or a young migrant.” He said they excluded antagonistic images that could “promote anxiety,” like a simple graphic of a bar crossing out the spiky virus, but were also careful not to promote the notion that a vaccine would set you free. So they nixed proposals like an image of two young people wrapped in an embrace, or of a mask flying away into the uninfected ether. When the flower idea emerged, it immediately resonated. “We began to think that the message had to be so direct that even the pavilions should resemble flowers,” Boeri said. The next question became which flower to choose, a complicated decision in a country where flowers are often identified with political parties. “We entered in a madness about the relationship between politics and botany,” he said. Boeri first thought of a daisy, but then he and his team recalled that it was affiliated with a now defunct center-left party. They dismissed an Alpine flower, which is the symbol of the nationalist League. They flirted with the idea of the yellow sunflower, but it seemed too close to the bright yellow stars of Italy’s populist Five Star Movement. But once the primrose entered the picture, it struck them as a no-brainer. Boeri presented the plan to Prime Minister Giuseppe Conte and the country’s powerful health minister, Roberto Speranza. They expressed their pleasure with the “positivity of the message” and thanked him for his work, he said. But since the primrose comes in many different hues, “we discussed a little bit on the color.” Conte liked the fuchsia chosen by Boeri, but also thought yellow would be nice, the architect said. Fuchsia was the final choice. The government will now open bids for construction companies and publicity firms, which could make alterations. But as it stands now, the pavilions are to be built from wood and biodegradable fabric, and have airflow, waiting rooms and light. They are to be inviting hubs of inoculation. The promotional video for the project shows flowers blooming in thousands of piazzas across the peninsula. Models of the round white pavilions, stamped from above with fuchsia flowers were imagined in the Piazza del Popolo in Rome, the Piazza del Duomo in Milan and in Trieste and Naples and elsewhere. The designs looked as if Scooby-Doo had taken a spin through Italy in a giant Mystery Machine van, losing tires along the way. Boeri said smaller towns would have flower-branded gazebos. In any case, the primrose would mark the spot where vaccines could be found. Some have even proposed that the vaccinated should wear primrose pins to identify themselves. “The primrose is the symbol of the vaccination,” Boeri said. “Wherever you get vaccinated, there will be a primrose.”
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EU’s mass vaccination campaign starts, with nursing homes as focus By MELISSA EDDY and MARC SANTORA
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rom nursing homes in France to hospitals in Poland, older Europeans and the workers who care for them rolled up their sleeves Sunday to receive coronavirus vaccine shots in a campaign to protect more than 450 million people across the European Union. The inoculations offered a rare respite as the continent struggles with one of its most precarious moments since the coronavirus pandemic began. Despite national lockdowns, restrictions on movement, shuttering of restaurants and cancellations of Christmas gatherings, the virus has stalked Europe into the dark winter months. The spread of a more contagious variant of the virus in Britain has raised such alarm that much of continental Europe rushed to close its borders to travelers coming from the country, effectively plunging the nation as a whole into quarantine. In Germany, a nursing home in the eastern state of SaxonyAnhalt chose not to wait for Sunday’s planned rollout of the vaccination campaign across the European Union, inoculating a 101-year-old woman and dozens of other residents and staff members Saturday, hours after the doses arrived. People were also vaccinated Saturday in Hungary and Slovakia. Early Sunday, dozens of minivans carrying coolers filled with dry ice to keep the doses of the Pfizer-BioNTech vaccine from rising above minus 70 degrees Celsius fanned out to nursing homes across the German capital as part of the wave of immunizations. The rollout comes as Europe’s largest nation is confronting its deadliest period since the start of the pandemic. With nearly 1,000 deaths recorded in Germany every day in the week before Christmas, a crematory in the eastern state of Saxony operated around the clock, straight through the holiday, to keep up. “I’ve never had to see it this bad before,” said Eveline Müller, the director of the facility, in the town of Görlitz. More than 350,000 people in the 27 nations that make up the European Union have died from COVID-19 since the first fatality was recorded in France on Feb. 15. And for many countries, the worst days have come in recent weeks. In Poland, November was the deadliest month since the end of World War II. While doctors have learned how to better care for COVID-19 patients, an effective medical treatment remains elusive. So the rapid development of vaccines is being hailed not only as a remarkable scientific achievement but also as hope for a world knocked off its axis. Yet the joy that greeted the news of successful vaccine candidates in November has been tempered as the rollouts in Britain and the United States have underscored the challenges ahead. Vaccination campaigns in Russia and China, meanwhile, are using products that have not cleared the same regulatory hurdles as those created by Pfizer-BioNTech and Moderna, the vaccines currently being rolled out in the West. Mexico became the first country in Latin America to start inoculating its population Friday. And regulators in India are expected to soon approve the use of a vaccine developed by AstraZeneca and the University of Oxford. By the new year, the largest inoculation effort in human history is expected to be in full swing. But supply shortages, logistical
hurdles, misinformation, public skepticism and the sheer scale of the effort ensure that it will be an uphill struggle against a virus that is constantly evolving. While experts said there was no indication that any known variant would render vaccines less effective in individuals, they said further study was needed. And the higher the rate of infection, the greater the urgency to have people vaccinated. The new variant is spreading in Britain with such ferocity that there is a growing debate about whether to give more people a single dose of the Pfizer-BioNTech vaccine — offering roughly 50% effectiveness at preventing illness — rather than giving a smaller number of people the two doses required for protection levels estimated at 95%. Still, the rollout of the vaccine across Europe was celebrated. “Today, we start turning the page on a difficult year,” Ursula von der Leyen, the European Commission president, wrote on Twitter. “The #COVID19 vaccine has been delivered to all EU countries.” The Greeks are calling their vaccination campaign “Operation Freedom.” As in much of Europe, skepticism there about coronavirus vaccines runs deep, and the slogan is aimed at swaying undecided people. For Italians — whose suffering at the outset of the pandemic served as a warning for the world and whose current death toll is again among the worst in Europe — a 29-year-old nurse stepped up to take the first shot. “It’s the beginning of the end,” said the nurse, Claudia Alivernini, after she got her early-morning inoculation at Rome’s Spallanzani hospital.
“We health workers believe in science. We believe in this vaccine. It’s important to be vaccinated — for ourselves, for those near us, for our dear ones, the collectivity and our patients,” she said. For some countries, the first vaccinations offer a chance at a redemption of sorts for failings during the pandemic’s first wave. In the spring, as the virus swept into nursing homes in France, the crisis remained in the shadows until deaths reached a scale that could no longer be ignored. There was therefore symbolic resonance when nursing home residents were chosen to receive the first inoculations in the country. In Spain, where more than 16,000 people died in nursing homes in the first three months of the pandemic, the inoculation campaign was also slated to kick off in a nursing home in the city of Guadalajara. The European Union’s member states made a show of solidarity by waiting for the bloc’s regulatory board, the European Medical Association, to approve the vaccine before beginning coordinated national campaigns. But how those will play out in individual countries is likely to be disparate. All EU member states have national health care systems, so people will be vaccinated free of charge. But just as hospitals in poorer member states like Bulgaria and Romania were overwhelmed in the latest wave of the virus, the networks in those countries will face challenges in distributing vaccines. While each nation is determining how to carry out its campaign, in general the first phase will focus on people most at risk of exposure and those most likely to have serious health conditions: health care workers and the oldest citizens.
A resident of a nursing home receives an injection of the Pfizer-BioNTech Covid-19 vaccine in Munich, Dec. 27, 2020. An ambitious plan to inoculate more than 450 million people across Europe comes at a precarious moment for the continent, with many countries struggling with their worst outbreaks since the start of the pandemic.
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NEW YORK TIMES EDITORIAL
The pandemic’s inhuman demands By MICHELLE GOLDBERG
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ournalist Anne Helen Petersen recently asked, on Twitter, for articles about the “long-term psychological effects” of the pandemic. She soon noticed that many of the replies were about the damage it was doing to children. Seeing this crystallized something I’d been dimly aware of. The strange politics of the coronavirus have created a taboo, at least in certain progressive circles, in talking too much about the emotional suffering wrought by nine months of purgatorial isolation. It’s easier to discuss what it’s doing to our kids, because we feel justified in trying to spare them pain. If, before this year, I felt for a day the way I now feel all the time, I’d consider it an emergency and do anything I could to fix it. Now that I’m waiting out a pandemic in a small apartment with small kids and winter closing in, most things I’d need to do to be less miserable are proscribed, though sometimes by suggestion rather than decree. In many cases, it’s up to each of us to decide how much seclusion, how much joylessness, how much boredom and frustration we can tolerate, even though the pandemic means that whatever risks we take for relief aren’t ours alone. So emotional respite has become a public good.
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Many conservatives, not surprisingly, feel entitled to make whatever use of the commons they want. Throwing gratuitous holiday parties is like the social equivalent of “rolling coal,” modifying vehicles to be extra polluting and thus own the libs. By contrast the liberal response, at least publicly, has often been an expectation of near-total social abstinence. Some blue states made this official in November, banning most gatherings of people who don’t live together, even when they’re outdoors. But even without edicts, the rules seem clear enough. When journalist Will Leitch wrote an essay about living a life that’s careful but not completely lockeddown, he titled it, “Confessions of Pandemic RiskTaker.” As Julia Marcus, a public health researcher at Harvard Medical School, wrote in The Atlantic, “Americans have been told during this pandemic that taking any risks, no matter how carefully calculated, is a sign of bad character.” I don’t blame public health authorities for this. America — though not only America — has let the virus get so out of control that only inhuman measures can begin to contain it. But people will, naturally, rebel against modes of living that are inhuman. A privatized, shame-based pandemic response is inadequate
and doomed to fail. It is also, until vaccines are widely distributed, all we have. This weekend, Dr. Deborah Birx, coordinator of the White House coronavirus response, became the latest political leader exposed as an apparent coronavirus hypocrite. Birx had warned Americans, rightly, not to travel over Thanksgiving, or celebrate with people outside their household. But according to The Associated Press, the day after Thanksgiving, she went to one of her Delaware vacation properties with her daughter, son-in-law and grandchildren. (She said in a statement that they went to winterize the place, and that they’re all part of the same “immediate household,” though they live in different homes.) Birx joins a dubious pantheon that includes Gov. Gavin Newsom of California, who attended a dinner party at an opulent Napa Valley restaurant after exhorting citizens to social distance, and Mayor Steve Adler of Austin, Texas, who recorded a video telling people to stay home while he was on vacation in Mexico. Obviously, such lapses reek of entitlement and irresponsibility; leaders have a duty to model the sacrifices they demand of others. Perhaps the reason they keep happening, though, is that few can endure the loneliness that is a moral requirement of this moment. Often, when people find themselves unable to live up to public standards, it inspires discussion and literary confession. But with a few exceptions — Leitch’s piece is one — the pandemic makes candor about transgressive behavior harmful. No one who takes the disease seriously wants to create a permission structure for people to endanger others because they just can’t bear to keep living the way we’re all supposed to. In April, when the pandemic was still new, I interviewed a community leader in a particularly hardhit Brooklyn housing project who told me, frankly, that she and her friends weren’t social distancing because they needed each other too much, especially in apocalyptic times. “You don’t want to know that your friends and family are going to lock you out because there’s zombies outside,” she said. I couldn’t help but sympathize. At the time my family, vastly more privileged, had moved in with friends at a remote country house, hoping to wait out a disaster we expected to end in a month. We’re alone now, but I understand people who decide they can’t be, even if these decisions are collectively calamitous. My guess is that when this ends, many will start talking about the loopholes they found to avoid losing their minds. For now, as this hellish year reaches its end, solace and guilt are intertwined.
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Estudiantes de Medicina se unen a esfuerzos de la GNPR en vacunación contra el COVID-19 Por THE STAR El Ayudante General de Puerto Rico, General de División José J. Reyes, informó el lunes que 120 estudiantes de tercero y cuarto año de medicina de diversas universidades del país se estarán integrando el miércoles a los esfuerzos de la Guardia Nacional en el proceso de vacunación contra el COVID-19. “Estos estudiantes de medicina son voluntarios y estarán reforzando este proceso de vacunación en el Pedrín Zorrilla y en los otros centros de la Guardia Nacional que están próximos a abrir”, expresó Reyes en comunicación escrita. “Hemos sido afortunados en contar con estos jóvenes desde inicios de esta emergencia. Estuvieron con nosotros durante la preparación para los cernimientos médicos en los aeropuertos y hoy nuevamente dicen presente para continuar la lucha contra el COVID-19”. Para poder administrar la vacuna los estudiantes tendrán dos días de adiestramiento por parte del Programa de Adiestramientos del Departamento de Salud para capacitarse en el manejo de los fármacos de Pfizer y Moderna. El mismo está a cargo del profesor Ángel Martínez de la Escuela de Medicina San Juan Bautista. Este grupo de estudiantes provienen de la Universidad Central del Caribe en Bayamón, del Recinto de Ciencias Médicas de la UPR, de la Escuela de Me-
dicina San Juan Bautista en Caguas y de la Escuela de Medicina en Ponce. “Desde que iniciamos esta vacunación la pasada semana en el Coliseo Pedrín Zorrilla, hemos estado haciendo ajustes según vemos la dinámica del proceso. Siempre hay oportunidad de mejorar y así lo estamos haciendo. Contar hoy con el apoyo de estos nuevos profesionales de la salud nos llena de orgullo y es uno de los muchos pasos que hemos dado para mejorar”, indicó Reyes. El Ayudante General informó también que este miércoles estará abriendo el centro regional de vacunación en el Centro de Bellas Artes de Caguas, con lo que aumentaría el número de profesionales de la salud vacunados. De igual forma informó que para el Coliseo Pe-
drín Zorrilla en Hato Rey, se estableció un plan en el cual se están vacunando a profesionales de la salud de los municipios de Canóvanas, Carolina, Guaynabo, Loíza, San Juan y Trujillo Alto. “Este es el plan que estamos siguiendo en el Pedrín Zorrilla. La apertura del centro de Caguas, así como de otros centros proyectados, aliviará el flujo de personas a vacunarse en Hato Rey”, dijo Reyes. Por otro lado, en el Coliseo Pedrín Zorrilla, se estarán vacunando 600 personas diarias, proceso que inicia a las 7:00 de la mañana. Desde las 5:30 de la mañana se estarán ubicando los vehículos en el estacionamiento del complejo por orden de llegada, se estará tomando la temperatura, se harán las preguntas de cernimiento y se estará llevando a cabo el registro de las personas a vacunar. Una vez completada la capacidad máxima se cerrarán los portones de acceso al Coliseo Pedrín Zorrilla. Los sábados y domingo solo se atenderán médicos y dentistas. Otros próximos centros de vacunación de la GNPR proyectados a abrir son en Ponce, Mayagüez, Humacao, Fajardo, Aguadilla, Bayamón, Barranquitas, Vieques y Culebra. Hasta el domingo 27 de diciembre 3,216 profesionales de la salud se habían vacunado contra el COVID-19 en el Coliseo Pedrín Zorrilla. El lunes The STAR reportó que la GNPR hizo un llamado a los estudiantes para que se unieran a los esfuerzos de vacunación.
DDEC presenta nuevo Índice de Indicadores Coincidentes en la Manufactura Por THE STAR
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l secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Manuel Laboy Rivera, anunció el lunes, el desarrollo del Índice de Indicadores Coincidentes en la Manufactura, una nueva herramienta de métrica y análisis de la actividad económica de dicho sector y destacó que el mismo reflejó que la industria mantiene un ritmo de recuperación. “El más reciente reporte correspondiente a octubre de 2020 reflejó que la manufactura continúa ganando terreno a pesar de haberse registrado durante abril de 2020 una de las bajas mensuales más significativas en mucho tiempo debido al cierre total decretado a causa de la propagación del Covid-19. La actividad industrial, medida por el Índice de Indicadores Coincidentes en la Manufactura, al compararse con el mes de septiembre del año en curso aumentó 0.9 por ciento”, indicó Laboy Rivera en comunicacion escrita. Sin embargo, al comparar la lectura de octubre de 2020 con el mismo mes del año anterior, el Índice de Indicadores Coincidentes en la Manufactura registró una baja de 2.0 por ciento, consecuencia directa de la reducción en la actividad económica producto de
la pandemia del Covid-19. Esta es la reducción anual más atenuada desde que comenzó la pandemia y representa la séptima caída consecutiva del Índice tras haberse registrado 19 alzas seguidas antes del lockdown, evidenciado que este factor interrumpió un proceso de recuperación en el sector. El secretario del DDEC, explicó “estos resultados responden al desarrollo de este nuevo índice que su equipo de trabajo diseñó y probó por espacio de un año, utilizando las más recientes técnicas econométricas de construcción de índices números compuestos, usando una fuerte base práctica, empírica y metodológica tras 70 años de experiencia en este campo. Algunas de las funciones del Índice de Indicadores Coincidentes en la Manufactura son: identificar y analizar los puntos de inflexión a corto plazo en la economía; analizar el impacto de los ciclos de la economía de Puerto Rico y de Estados Unidos, así como el mundo en referencia de análisis local, entre otros”. La metodología utilizada en esta herramienta tiene como base las fórmulas usadas por The Conference Board. Estas fórmulas tienen una base de desarrollo de índices ya utilizadas por varias décadas. Este índice ha estado computándose interna-
mente por más de un año como periodo de prueba y como todo instrumento de métricas, constantemente se analizó su comportamiento y diseño para detectar cambios en la estructura económica de Puerto Rico y recalibrar el mismo con el fin de mantenerlo a la vanguardia en el desarrollo de herramientas estadísticas. Los componentes asociados al sector de manufactura del Índice de Indicadores Coincidentes en la Manufactura son: Empleo Asalariado No Agrícola; Nóminas; Horas Trabajadas; Balance Comercial Indexado; y Consumo de Energía Industrial.
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The artists we lost in 2020, in their words By GABE COHN, PETER LIBBEY and LAUREN MESSMAN
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t’s always difficult to lose a favorite actor or a beloved musician. But in 2020, a year of crisis upon crisis, some of those losses were especially painful, brought on by a pandemic that killed hundreds of thousands of people in the United States alone. The artists on this list could help us better understand the time we’re living through, or at least help us get through it with a smile or cathartic cry. Here is a tribute to them, in their own words. “When I dared to challenge the system that would relegate us to victims and stereotypes with no clear historical backgrounds, no hopes or talents, when I questioned that method
you’re doing the work that’s best for you.” — Sean Connery, actor, born 1930 “I’m not conceited — I’m convinced.” — Little Richard, singer, born 1932 “My life has been a quest for knowledge and understanding, and I am nowhere near having achieved that. And it doesn’t bother me in the least. I will die without having come up
something: happy, sad, even horny.” — Eddie Van Halen, guitarist, born 1955 “In my opinion, the goal of music in a film is to convey what is not seen or heard in the dialogue. It’s something abstract, coming from afar.” — Ennio Morricone, composer, born 1928 “The older you get, I have to say, the funnier you find life. That’s the only way to go. If you get serious about yourself as you get old, you are pathetic.” — Diana Rigg, actress, born 1938
Little Richard Chadwick Boseman
Eddie Van Halen of portrayal, a different path opened up for me, the path to my destiny.” — Chadwick Boseman, actor, born 1976 “It’s crucial to know where the work stops and your life begins.” — Ann Reinking, dancer, born 1949 “I don’t consider myself an artist. I consider myself a very opinionated man who uses words as fighting tools.” — Larry Kramer, writer, born 1935 “When that first photograph was taken of Earth from space and you saw this little ball in blackness … I became aware of what I felt I was. I feel very much that a tree is a relative, a cousin. Everything in this world, I find, I’m related to.” — Luchita Hurtado, artist, born 1920 “If you start thinking of your image, or what the mysterious ‘they’ out there are thinking of you, you’re in a trap. What’s important is that
Luchita Hurtado with the answers to many things in life.” — Alex Trebek, TV host, born 1940 “Dancing and singing is all I always wanted. Doing what you want makes you happy — and old.” — Othella Dallas, dancer, born 1925 “All I know is that rock ’n’ roll guitar, like blues guitar, should be melody, speed and taste, but more important, it should have emotion. I just want my guitar playing to make people feel
“I would like to thank God because she makes everything possible.” — Helen Reddy, singer, born 1941 “Laughter is the answer to all the pain I experienced as a kid. When I’m not doing it, it all gets eerie and weird. I am only left with the memories that inhabit me that can only be knocked out by hearing laughter.” — Jerry Stiller, comedian, born 1927 “I have never had any support, I have not been encouraged by anyone, it is not in my character or the customs of my family. I made myself on my own, thanks to my work.” — Christiane Eda-Pierre, singer, born 1932 “I am totally a believer in the idea that style is a limitation of perception and understanding. And what I’ve tried in my life is to avoid style and find an essential reason for making things.” — Milton Glaser, designer, born 1929 My life is in a turmoil My thighs are black and blue My sheets are stained so is my brain What’s a girl to do? — Cristina, singer, born 1956 “I’d rather write about a high school prom or something than write about a midlife crisis, you know?” — Adam Schlesinger, songwriter, born 1967 “I’m an actor. I can play a lizard, anything. I’ve worked in ‘nontraditional’ theater. I did ‘Of
Mice and Men.’ Played Slim. The great Joe Fields did a Willy Loman. We as actors want to act.” — Anthony Chisholm, actor, born 1943 “I would prefer to live forever in perfect health, but if I must at some time leave this life, I would like to do so ensconced on a chaise longue, perfumed, wearing a velvet robe and pearl earrings, with a flute of Champagne beside me and having just discovered the answer to the last problem in a British cryptic crossword.” — Olivia de Havilland, actress, born 1916 “Listening to classical music is like reading philosophy books, not everybody has to do it. Music is not for everybody.” — Krzysztof Penderecki, composer, born 1933 “If I do something somebody likes, well, I’m satisfied because somebody liked what I did, but I don’t think it’s important.” — Helen LaFrance, artist, born 1919 “If I thought a man had never committed a sin in his life, I don’t think I’d want to talk with him. A man with flaws is more interesting.” — Kirk Douglas, actor, born 1916 “I was strong and tireless and full of passion and loved dancing as deeply as one could ever love anything.” — Aileen Passloff, dancer, born 1931 “I love my wife, I love my family, I love my life, and I love my music.” — Kenny Rogers, singer, born 1938 “An artist who goes around proclaiming that the art he’s making is art is probably making a serious mistake. And that’s one mistake I try not to make.” — Peter Beard, artist, born 1938 “What we don’t need in country music is divisiveness, public criticism of each other, and some arbitrary judgment of what belongs and what doesn’t.” — Charley Pride, singer, born 1934 “The way I am is that I put everything I have into whatever I’m doing or thinking about at the moment. So it’s not right when people say I’m self-absorbed. I think I’m just absorbed.” — Elizabeth Wurtzel, author, born 1967 “I was driven, if anything, even harder by all of my successes. There was always more to attain, and more to achieve, and more musical depths to plumb, and lurking behind it all, the terrifying risk of failure.” — Leon Fleisher, pianist, born 1928 “I know the business of acting is sharing an experience, provoking an emotion. I don’t want to use the world love. It’s an abused word, hackneyed. But the truth is that I love to act in the theater.” — Zoe Caldwell, actress, born 1933
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Romance song master Armando Manzanero dies at 85 By ELSA VELÁZQUEZ SANTIAGO Twitter: @elsavelazquezpr Special to The Star
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020 took away another big star. A huge one. Yet his legacy will keep living and his romantic lyrics will keep inspiring. Mexican singer-songwriter Armando Manzanero, known as the king of romanticism, ballads and boleros, died Monday from COVID-19 after having been intubated for several days in a Mexico City hospital. The president of the Society of Authors and Composers of Mexico died from complications of the coronavirus, according to several Mexican media outlets. On Sunday he showed slight signs of recovery, and at one point was on a ventilator. Manzanero’s manager, Laura Blum, said he died of complications from a kidney problem. After the news was known, Mexican President Andrés Manuel López Obrador had a few words of recognition for the artist as he ended his Monday morning press conference. “I perceived as never before that Armando Manzanero was a man of the people;
that is why I am very sorry for his death. A great composer, [and] also a representative of authors and composers from Mexico,” the president said. “We send to his family and friends, to all the singer-songwriters, our condolences for this unfortunate loss for the artistic world, and I no longer want to continue with this press conference and nothing else ends.” Manzanero was a crooner best known for songs such as “Somos Novios,” which, with lyrics translated into English, beca-
me the 1968 hit “It’s Impossible” for Perry Como, and later, in 1972, sung by the King of Rock ’N’ Roll, Elvis Presley. Manzanero was also the author of classics of Mexican romantic music, such as “Somos novios,” “Voy a apagar la luz,” “Contigo aprendí,” “Te Extraño,” “Esta tarde vi llover,” “Adoro,” “Mía” and “No.” He sang his own creations, but others also made hits of them. Voices from all around the world performed Manzanero’s tunes. He wrote more than 400 songs. Local artists reacted to Manzanero’s passing. Salsa singer Gilberto Santa Rosa posted on Facebook and Twitter: “The music is dressed in mourning once more. Master Armando Manzanero, the creator of the romantic song, a genius of popular music, says goodbye. His musical legacy will be in charge of keeping the memory of him alive. Fly high Master!” For her part, singer Ednita Nazario condemned the virus that right now covers the whole world and thanked the musician for his career. “I don’t forgive you, you horrible virus,” Nazario said on her Twitter account. “You take the romance made music. My admired and adored teacher Armando Manzanero.”
The artists we lost in 2020, in their words
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“I am a dancer who loves dance, any kind of dance. In choreographing, I don’t think of dance as ballet, modern or anything, just dance.” — Louis Johnson, dancer, born 1930 “I like to surprise myself. I’ve always been attracted to projects where I don’t know how they’re going to turn out. If I ever evince bravery in my life, it tends to be at a keyboard.” — Terrence McNally, playwright, born 1938 “I found myself involved with the dance as a child in Hawaii. We’d have picnics on the sand and get up and do hulas. I didn’t even know what I was talking about at the time, but I wanted to create my own theater.” — Jean Erdman, dancer, born 1916 “I’m not a virtuoso, but I was able to write songs that people could identify with. I don’t think I’ve done bad for a guy from Slab Fork, West Virginia.” — Bill Withers, singer, born 1938 “I am allergic to any art related to propaganda. And everything: commercial propaganda, political propaganda, religious propaganda — it is all about propaganda. And the greatness
“Life nails you to something real in the falsehood of the stage. I have always felt a connection between daily life and art. I’ve always known where the stage door was, to get in and get out. Some others get lost in the maze. My reality has been my key.” — Mirella Freni, singer, born 1935 “I’ve been criticized for doing very Brechtian design, but when I go to a play or an opera, I love getting involved rather than just looking at it. I prefer a total theatrical experience to an analytical experience.” — Ming Cho Lee, theater designer, born 1930
Sean Connery of art, like poetry or music, is that it is totally unnecessary.” — Christo, artist, born 1935 “I’m horrified at the notion of autobiography because I’m already constructing the lies I’m going to tell.” — John le Carré, author, born 1931
Ennio Morricone
“Always and forever, his hymns to his love will live in us and in every being that believes in love,” she added. “Thank you, teacher of teachers!” Other artists such as Ricky Martin, Pedro Capó, Marc Anthony and Kany García also posted their messages of mourning over the sudden death of the Mexican composer. Manzanero was born in Mérida, Yucatán, on Dec. 7, 1935, according to the biography published by the Society of Authors and Composers of Mexico. In 2014, in conjunction with the GRAMMY Awards, the Recording Academy in the United States recognized Manzanero with the Lifetime Achievement Award for his artistic career. He was the first Mexican to receive that recognition. The last public appearance of Manzanero was on Dec. 11 in Mérida, where he inaugurated the Casa Manzanero Museum. He had several ex-wives, seven children and 16 grandchildren, all of whom survived him. At press time, it was being reported that his family will not hold a funeral. Manzanero’s songs from 60 years ago still live. The legacy of one of the biggest, brightest balladeers for music and hopeless romantics still remains. “You can pick up a camera. The technology is there. You can get your friends together and you can make a movie. You should do it. Now.” — Lynn Shelton, director, born 1965 “The producer kept telling me: ‘Get tough. Get mean. Get angry.’ But I’m a nice guy. I’m Canadian.” — Nick Cordero, actor, born 1978 “You have got to be tough. Don’t just give up in life. Be strong, and believe in what you believe in.” — Toots Hibbert, singer, born 1942 “I want people to enjoy what I do, and understand what I’m doing is for their enjoyment. And that’s all I can ask for.” — Regis Philbin, TV host, born 1931 “Let others decide whether or not I’m a good writer. I know I’m a good Irish storyteller.” — Mary Higgins Clark, author, born 1927 “No one could have imagined I would be an actor, I was so shy. So thin. But the desire was so intense.” — Irrfan Khan, actor, born 1967 “As long as you keep yourself in love with people, you can transcend time.” — Betty Wright, singer, born 1953 When I get to heaven I’m gonna take that wristwatch off my arm What are you gonna do with time After you’ve bought the farm? — John Prine, musician, born 1946
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Tuesday, December 29, 2020
The San Juan Daily Star
Puppy scams have spiked in the pandemic
By CHRISTINE HAUSER
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ylvia Lopez, who was laid off from her job this year because of the pandemic, saw an adorable pug puppy named Ted online. For $400, a price advertised as a promotion, she bought the puppy and then paid more than $800 to have it flown from Virginia to her home in Texas, where she and her family were in quarantine. Thousands of dollars later, after additional fees and a crate payment, the emails from the “breeder” and the recommended “courier company” abruptly stopped. Voicemail and text messages were not returned. Ted never arrived, and Lopez’s requests for a refund were met with silence. “I was a trusting fool, and I paid the price for it,” said Lopez, 63, who provided emails and electronic records of the transactions. “I thought, ‘OK, this is going to be very simple. I pay money; I get the dog.’ “But that did not happen,” she said. “It is a very emotional letdown.” Consumer groups say experiences like Lopez’s have become more common this year as more Americans seek to foster, adopt and buy dogs and cats as they isolate at home. In November, the latest month for which it had complete figures, the Better Business Bureau received 337 complaints from people about such scams, compared with 77 in November 2019. Scammers are notorious for preying on people who are vulnerable during natural disasters, but the isolation of
the pandemic has created fertile ground for those looking to exploit people who are seeking the comfort of four-legged companions, mostly puppies, consumer advocates say. Many use social distancing mandates to explain why buyers cannot see dogs in person before committing. “The pandemic has given scammers a new tool in their arsenal,” the Better Business Bureau said in a report this month about the rise in puppy scams. In what it called a “COVID-19 bump,” the bureau’s Scam Tracker, a forum for victims to report how they have been cheated, showed a spike in pet fraud reports in April as states were imposing restrictions on Americans’ movements. The majority of the reports are for undelivered puppies, especially for Yorkshire terriers and French bulldogs, but kittens account for about 12% of the complaints, the bureau said. Lopez was among the victims who filed a complaint. On Nov. 16, about two months after she started the process of buying Ted, she sent an email to the breeder, who had given her name as Amanda. “I am writing to you because at this point in time I have not received the pug puppy you were supposed to fly to me,” Lopez wrote. “I request humbly that you refund to me the $400.00 I sent to you through Zelle.” She said she never received a reply or a refund. Total losses from pet scams this year are projected to reach $3.1 million, the Better Business Bureau said, reflecting a steady increase since 2017, when consum-
ers reported $448,123 in losses. The scammers’ tactics are evolving. Many now use mobile payment apps like Zelle and CashApp, replacing wire transfers. They often use fake online forms to process credit card information. Then, when the cardholder gets an error message, they ask for electronic funds and often use the credit card information to fund their scams, the bureau said. The Federal Trade Commission, which has been warning about online puppy scams for years, also said that the coronavirus had provided scammers with a new pretext to charge extra fees for virus-related “regulations.” Some ask for money for special climate-controlled crates, “reimbursable” pet insurance and nonexistent coronavirus vaccines. Others ask for money for a COVID-19 “permit,” according to Petscams.com, which tracks fraudulent puppy websites. Fraudsters also illustrate their sites with stock images of puppies and commonly tell buyers they cannot pick up the pet because of COVID-19 restrictions. Scammers often go to elaborate lengths to appear legitimate, advertising their dogs as being registered with the American Kennel Club to “entice” a customer, said Brandi Hunter, a spokesperson for the club. She said potential buyers could contact the club for verification. The club also recommends using Google’s image search function to see if a puppy appears on several websites. Hunter said consumers should avoid money-wiring services and be wary of conversations that happen only by text and situations in which money is requested right away. “Puppy scams are prevalent around the holidays and generally involve someone who has no puppies at all, who is playing on the emotion of getting a new puppy to scam people out of money,” Hunter said. This month, Daniela Harvis and her husband reached out to an apparent breeder in Virginia to buy a miniature Australian shepherd puppy named Huck as a Christmas present for their 11-year-old son, Lucas. After a series of text messages requesting payment, Harvis used Zelle to pay $750. She was told a “nanny” would accompany the dog to Kennedy International Airport and then to their home on Long Island, New York. She thought that the arrangement and language sounded off. Also, a texted video of “Huck” did not resemble the photograph on the website. The next day, a man called and said that he had the dog in a crate and that she had to pay an additional $950 for “refundable” pet insurance. Her offer to drive to Virginia to pick up the dog herself was rebuffed. “At this point I knew,” she said. “I said to him, ‘Give me my money. I don’t think there is any dog.’” She never heard back.
The San Juan Daily Star
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2020: A year in fitness like no other By GRETCHEN REYNOLDS
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his year, the novel coronavirus crept into and transformed every aspect of our lives, including our fitness. In countless ways — some surprising, and a few beneficial and potentially lasting — it altered how, why and what we need from exercise. At the start of the year, few of us expected a virus to upend our world and workouts. In January and February, I was writing about topics that seemed pressing at the time, such as whether low-carbohydrate, ketogenic diets endanger athletes’ skeletal health; if fatsoled, maximalist running shoes might alter our strides; and how completing a marathon — remember those? — remodels first-time racers’ arteries. The answers, by the way, according to the research, are that avoiding carbs for several weeks may produce early signs of declining bone health in endurance athletes; runners donning supercushioned, marshmallowy shoes often strike the ground with greater force than if they wear skinnier pairs; and a single marathon renders new runners’ arteries more pliable and biologically youthful. But concerns about shoe cushioning and racing tended to fade in March, when the World Health Organization declared COVID-19 a pandemic and we suddenly had new, top-of-the-mind worries, including social distancing, masks, aerosol spread and lockdowns. The effects on our exercise routines seemed to be both immediate and stuttering. At that time, none of us knew quite how and whether to work out in these new circumstances. Should we still run, ride and stroll outside if our community had instituted stay-athome restrictions? Did we need to wear a mask during exercise — and could we do so without feeling as if we were suffocating? Were communal drinking fountains safe? My first column grappling with these and related topics appeared on March 19. The experts I spoke with then were adamant that we should aim to remain physically active during the
A jogger wearing a face mask in Manhattan on July 28, 2020. The novel coronavirus crept into and transformed every aspect of our lives, including the way we work out. pandemic — but avoid shared drinking fountains. They also pointed out, though, that many questions about the virus, including how to exercise safely, remained unresolved. After that, our experience with — and the research about — COVID and exercise snowballed. A much-discussed April study, for instance, showed that brisk walking and running could alter and accelerate the flow of air around us, sending expired respiratory particles farther than if we stayed still. Consequently, the study concluded, runners and walkers should stay 15 or more feet from others, more than double the standard 6 feet of separation then recommended. (Subsequent research found that outdoor activities were generally safe, though experts still suggest staying as far apart as is practical, and wearing a mask.) Another cautionary study I wrote about in June tracked 112 COVID in-
fections in South Korea that spring to Zumba classes. A few infected instructors introduced the virus to their students during close-quarter, indoor, exuberant classes. Some students carried it home, infecting dozens of their family members and friends. Most rapidly recovered. But the study’s story was disquieting. “Exercising in a gym will make you vulnerable to infectious disease,” one of its disease-detective authors told me. Thankfully, other science about exercising in the time of COVID was more encouraging. In two recent experiments involving masked exercisers, researchers found that face coverings barely budged people’s heart rates, respirations or, after some getting used to, subjective sense of the workouts’ difficulty. Moving felt the same, whether participants wore masks or not. (I use a cloth mask or neck gaiter on all my hikes and runs now.)
More surprising, the pandemic seems to have nudged some people to start moving more, additional research found. An online survey of runners and other athletes in June reported that most of these already active people said they were training more frequently now. A separate British study, however, produced more-nuanced results. Using objective data from an activity-tracking phone app, its authors found that many of the older app users were up and walking more regularly after the pandemic began. But a majority of the younger, working-age adults, even if they had been active in the before times, sat almost all day now. COVID’s long-range impacts on how often and in what ways we move are unsettled, of course, and I suspect will be the subject of considerable research in the years ahead. But as someone who writes about, enjoys and procrastinates with exercise, the primary lesson of this year in exercise for me has been that fitness, in all its practical and evocative meanings, has never been so important. In a useful study I wrote about in August, for instance, young college athletes — all supremely fit — produced more antibodies to a flu vaccine than other healthy but untrained young people, a result that will keep me working out in anticipation of the COVID vaccine. More poetically, in a mouse study I covered in September, animals that ran became much better able to cope later with unfamiliar trouble and stress than animals that had sat quietly in their cages. And in perhaps my favorite study of the year, people who took “awe walks,” during which they sought out and focused on the small beauties and unexpected wonders along the way, felt more rejuvenated and happier afterward than walkers who did not cultivate awe. In other words, we can dependably find solace and emotional — and physical — strength in moving through a world that remains lovely and beckoning. Happy, healthy holidays, everyone.
22 to de 2015, según consta de la escritura #602, otorgada en San ESTADO LIBRE ASOCIADO DE Juan, el 31 de agosto de 2007, PUERTO RICO TRIBUNAL DE ante el Notario Pedro R. Cintrón PRIMERA INSTANCIA SALA DE Rivera, inscrita al folio 94 vuelto UTUADO. del tomo 167 de Jayuya, finca #2,528, inscripción 8va., ConCONDADO 3, LLC diciones de venta por 8 años. Demandante, Vs. Que en cumplimiento del ManEDDIE NARVAEZ damiento de Ejecución de SenRODRIGUEZ Y SU tencia expedido el día 5 de feESPOSA FRANCHESCA brero de 2020, por la Secretaria MARIE RIVERA del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y OSTALAZAYLA SOCIEDAD LEGAL DE al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: CaBIENES GANANCIALES rretera 144 Bo. Coabey, Jayuya, COMPUESTA POR Puerto Rico 00664: RUSTICA: Lote #5 radicado en el barrio AMBOS Coabey de término municipal Demandados CIVIL NUM.: UT2019CV00351. de Jayuya, Puerto Rico, con una SOBRE: COBRO DE DINERO cabida de 607.697 metros cuaY EJECUCION DE HIPOTECA . drados y en lindes al NORTE, AVISO DE VENTA EN PÚBLICA con el remanente de la finca de la cual se segrega este lote proSUBASTA. piedad de José E. Reyes Sierra; A: EDDIE NARVAEZ al SUR, que es su frente con la RODRIGUEZ Y SU carrera estatal #144 que conduESPOSA FRANCHESCA ce de Jayuya a Villalba; al ESTE, MARIE RIVERA con el lote #4; y al OESTE, con el lote #6. Inscrito al folio 86 del OSTALAZA Y LA 67 de Jayuya, Registro de SOCIEDAD LEGAL DE tomo la Propiedad de Utuado, finca BIENES GANANCIALES número 2,528, Inscripción SexCOMPUESTA POR ta. Del Registro de la Propiedad de Utuado, surge que la antes AMBOS; FREYRE mencionada propiedad aparece MORTGAGE afecta al siguiente gravamen CORPORATION preferente: FREYRE MORTO A SU ORDEN; GAGE CORPORATION O A SU AUTORIDAD PARA EL ORDEN: A cuyo favor aparece FINANCIAMIENTO DE LA inscrito un pagaré por la suma $12,000.00, intereses al 14% VIVIENDA DE PUERTO de anual y a vencer el 1 de abril del RICO O A SU ORDEN: 1995, según consta de la escriY AL PUBLICO EN tura #70, otorgada en San Juan, el 7 de marzo de 1985, ante el GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Notario Luis R. Torres, inscrito al Tribunal de Primera Instancia, folio 88 del tomo 67 de Jayuya, Sala Superior, Centro Judicial finca #2,528, inscripción 4ta. El de Utuado, Utuado, Puerto Rico, producto de la subasta se destihago saber a la parte demanda- nará a satisfacer al demandante da, y al PUBLICO EN GENE- hasta donde alcance, la SENRAL: y a todos los acreedores TENCIA dictada a su favor, por que tengan inscritos o anotados la suma de: (a) la suma princisus derechos sobre los bienes pal de $62,553.22; (b) la suma hipotecados con posterioridad de $2,179.03 por concepto de a la inscripción del crédito del los intereses acumulados al 15 ejecutante, o de los acreedores de marzo de 2019, más los intede cargas o derechos reales reses que se hayan acumulado que los hubiesen pospuesto a la fecha en que se dicta la sena la hipoteca ejecutada y las tencia; (c) la suma de $85.98 por personas interesadas en, o con concepto de cargos por mora; derecho a exigir el cumplimien- (d) la suma de $238.99 por conto de instrumentos negociables cepto de deficiencia por la cuengarantizados hipotecariamente ta plica (“Escrow deficiency”) y: con posterioridad al crédito eje- (e) la suma de $7,556.50 por cutado, siempre que surjan de la concepto de honorarios de abocertificación registral, para que gado. El total adeudado acupuedan concurrir a la subasta si mulara intereses a la tasa fijada les convenga o satisfacer antes por la Junta Financiera de la del remate el importe del crédito, Oficina del Comisionado de Insde sus intereses, costas y hono- tituciones Financieras vigente a rarios de abogados asegurados, la fecha de la sentencia, siendo quedando entonces subrogados esta de 6.50%. Los intereses se en los derechos del acreedor continúan acumulando hasta el ejecutante a saber: AUTORI- saldo total de la deuda, para cuDAD PARA EL FINANCIAMIEN- brir el principal adeudado, dispoTO DE LA VIVIENDA DE PUER- niéndose que si quedare algún TO RICO, o a su orden: A cuyo remanente luego de pagarse favor aparece inscrito un pagare las sumas antes mencionadas por la suma de $6,711.00, sin in- el mismo deberá ser depositatereses y a vencer el 31 de agos- do en la Secretaría del Tribunal
LEGAL NOTICE
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para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 11 DE FEBRERO DE 2021 A LA 1:30 DE LA TARDE, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Utuado, Utuado, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $100,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 18 DE FEBRERO DE 2021 A LA 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $66,666.67, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 25 DE FEBRERO DE 2021 A LA 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $50,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general,
staredictos@thesanjuandailystar.com
el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Utuado, Puerto Rico, hoy día 24 de noviembre de 2020. Evelyn Torres Rivera, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Utuado.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR.
MTGLQ INVESTORS, L.P. Parte Demandante Vs.
JOHNNY BONANO VILLARREAL TCC Juan Bonano Villarreal y su esposa Anita Jeanette Hernández Rivera, por Si y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Parte Demandada CASO CIVIL NUM. CA2019CV00646. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA IN REM. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Carolina, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $115,289.64, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho prin-
(787) 743-3346
Tuesday, December 29, 2020 cipal y computados al 4% anual hasta su total pago y completo pago; más el 3% computado sobre cada mensualidad; cargos por demora devengados, más la suma de $12,325.00 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Residencial Caney, situado en el Barrio Las Cuevas del Municipio de Trujillo Alto, Puerto Rico, marcado con el número veintiséis (26) de la manzana E, con un área de trescientos veintidós punto cero cero (322.00) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar E guion treinta y uno (E31) distancia de catorce punto cero cero (14.00) metros; por el SUR, con la Calle Número uno (1) distancia de catorce punto cero cero (14.00) metros; por el ESTE, con el solar E guion veinticinco (E-25) distancia de veintitrés punto cero cero (23.00) metros y por el OESTE, con el solar E guion veintisiete (E-27) distancia de veintitrés punto cero cero (23.00) metros. El descrito contiene una casa de concreto diseñada para una familia. Inscrita al folio ciento nueve (109) del tomo ciento cuarenta y nueve (149) de Trujillo Alto, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección IV, finca número siete mil doscientos noventa y cuatro (7294). Dirección Física: Urb. Villas de Caney, E-26 Calle Aracibo, Trujillo Alto, Puerto Rico 00976. La primera subasta se llevará a cabo el día 27 de enero de 2021, a las 11:00 de la mañana, servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $122,855.67 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 3 de febrero de 2021, a las 11:00 de la mañana y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $81,903.78. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 10 de febrero de 2021, a las 11:00 de la mañana y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $61,427.84. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor
hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Carolina, Puerto Rico a 1 de diciembre de 2020. Manuel Villafañe Blanco, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA.
The San Juan Daily Star LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
BAUTISTA REO PR CORP.; Demandantes v.
HÉCTOR LUIS GONZÁLEZ RIVERA T/C/C HÉCTOR GONZÁLEZ RIVERA Y ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Demandados CIVIL NÚM. DCD2012-3166 (504). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PUEBLO DE PUERTO RICO. SS. YO, el(la) Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia, expedido el 2 de julio de 2020 por la Secretaría del Tribunal de Bayamón, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo o en cheque certificado o de gerente, a la orden del Alguacil suscribiente, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, el día 21 de enero de 2021, a las 11:00 a.m., en el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, todo título, derecho o interés que corresponda a la parte demandada sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número veintitrés (#23) del bloque NN de la Urbanización El Cortijo, localizado en el Barrio Cerro Gordo, del municipio de Bayamón, Puerto Rico, con un área de ciento ochenta y ocho punto sesenta y cuatro metros cuadrados (188.64 m.c.). En lindes por el NORTE, en ocho punto sesenta y cinco metros (8.65 m), con los solares número once (#11) y número doce (#12); por el SUR, siete metros (7.00 m), con la calle número seis (#6); por el ESTE, en veinticuatro metros (24.00 m), con el solar número veintidós (#22); y por el OESTE, en veinticuatro metros (24.00 m) con el solar número veinticuatro (#24). Enclava una edificación. Consta inscrito al folio número 277 del tomo número 1,048 de Bayamón, finca número 47,060, inscripción primera. Dirección Física: #23 Bloque NN, Calle 6, Urb. El Cortijo, Bayamón, PR. La propiedad descrita anteriormente está afecta a los siguientes gravámenes: Afecta por su procedencia: Condiciones Restrictivas y Servidumbres. Por sí afecta a: HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Master Mort-
gage Corporation, o a su orden, por la suma de $135,000.00, con interés al 8.50% y vencedero 1 de enero de 2021, según consta de la escritura #3, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el día 5 de enero de 2006, ante el Notario Público Wilfredo R. Picorelli Osorio, inscrita al folio 128 del tomo 1790 de Bayamón Sur, inscripción 8ª. ANOTACIÓN DE DEMANDA: Es objeto de esta anotación la Hipoteca a favor de Master Mortgage Corporation, por la suma de $135,000.00 que surge de la inscripción #8ª. DEMANDANTE: Doral Bank; DEMANDADO: Titulares, Cantidad Adeudada $127,955.29, por concepto de principal más intereses, según Demanda expedida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso Civil Núm. DCD-20123166 el día 19 de noviembre de 2012, inscrito al folio 128 vto del tomo 1790, Anotación A de fecha del 22 de agosto de 2013. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA: Es objeto de esta modificación la Hipoteca por $135,000.00, que surge de la inscripción 8ª; comparece Titular y Doral Recovery II, LLC como tenedor del pagaré, y convienen en modificar los términos de la misma en cuanto a los siguientes extremos: el vencimiento será a la presentación a partir de la fecha de esta escritura al interés de 10%. Según consta de la escritura #37, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 31 de enero de 2014, ante el Notario Público Gadiel D. Rosario Rivera, inscrito al folio 128 vto del tomo 1790 de Bayamón Sur, inscripción 9ª. Servirá como tipo mínimo para la primera subasta en ejecución de la Finca Número 47,060 antes descrita la suma de $135,000.00, conforme a lo estipulado en la Escritura de Hipoteca #3, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el 5 de enero de 2006 ante el Notario Público Wilfredo R. Picorelli Osorio. De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta, en el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, el día 28 de enero de 2021, a las 11:00 a.m. El tipo mínimo para la segunda subasta será dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $90,000.00. De no adjudicarse la propiedad en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, el día 4 de febrero de 2021, a las 11:00 a.m. El tipo mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $67,500.00. Esta subasta se hará para satisfacer a la parte demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado a BAUTISTA REO PR CORP. ascendente al 30 de septiembre de 2019 a la suma de $206,999.83
The San Juan Daily Star desglosados de la siguiente forma: por concepto de principal la suma de $125,016.52, intereses en atraso por la suma de $64,049.99, los cuales se acumularán a razón de $21.70 por día (per diem); cargos por mora por la suma de $2,094.82, otros gastos por la suma de $2,338.50, más costas, gastos y honorarios de abogado pactados por la suma de $13,500.00, hasta el total pago de la deuda. La venta en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables. El Alguacil procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble, de conformidad con las disposiciones de Ley. POR LA PRESENTE, se les notifica a los titulares de créditos y/o cargas registrales posteriores, si alguno, que se celebrará la SUBASTA en la fecha, hora y sitio anteriormente señalados, y se les invita a que concurran a dicha subasta, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualificaciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en tres (3) lugares públicos del Municipio donde se celebrará la subasta señalada. Además, en un periódico de circulación general en dos (2) ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en Bayamón, Puerto Rico, a 8 de diciembre de 2020. Maribel Lanzar Velázquez, Alguacil. Placa 735, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN.
ALBA CABA, MARITZA MONTALVO NIEVES, POR SÍ Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESIÓN DE RAMÓN ALBA MARTE EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, FULANO DE TAL Y SUTANA MÁS CUAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS
Demandados CIVIL NÚM: BY2019CV04758. SOBRE: EJECUCIÓN DE hipoteca (in rem). AVISO DE SUBASTA . ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PUEBLO DE PUERTO RICO. SS. YO, el(la) Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia, expedido el 21 de enero de 2020 por la Secretaría de este Tribunal, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo o en cheque certificado o de gerente, a la orden del Alguacil suscribiente, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, el día 21 de enero de 2021, a las 10:30 a.m., en el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, todo título, derecho o interés que corresponda a la parte demandada sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 11 del Bloque AQ de la URBANIZACION LEVITTOWN, radicada en, el Barrio SABANA SECA del término municipal de TOA BAJA, Puerto Rico, con una cabida de 310.50 metros cuadrados. En Linderos: NORTE, en 23.00 metros con el solar número 12; SUR, en 23.00 metros con el solar número 10; ESTE, en 13.50 metros con el solar número 20; OESTE, en 13.50 metros con la Calle Lydia según plano Calle 471. Enclava edificación para fines residenciales. Finca número 7,728, inscrita al folio 6 del tomo 123 de Toa Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección II. Dirección Física: Calle Lydia #11-AQ, Cuarta Sección, Urbanización Levittown, Toa Baja, Puerto Rico. La propiedad descrita anteriormente está afecta a los siguientes gravámenes: Por su procedencia está afecta a servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales; Autoridad de Acueductos y Alcantarillados; Municipio de LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE Toa Baja; Puerto Rico Telephone PUERTO RICO TRIBUNAL DE Company; Estados Unidos de PRIMERA INSTANCIA SALA Norte América. Servidumbre de paso. Condiciones Restrictivas. SUPERIOR DE BAYAMÓN. Por sí afecta a: HIPOTECA en BLACK SANDS REO, LLC, garantía de un pagaré a favor de Demandante v. EMI EQUITY MORTGAGE INC, SUCESIÓN DE RAMÓN o a su orden, por la suma de ALBA MARTE compuesta $156,150.00, con interés al 6%, y vencedero el 1 de febrero de por ERIC JEFFREY 2038, según consta de la escri-
Tuesday, December 29, 2020 tura #24, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de enero de 2008, ante el Notario Público David Cardona Dingui, inscrita al folio 214 del tomo 641 de Toa Baja, finca #7728, inscripción 13ra. AVISO DEMANDA de fecha 20 de mayo de 2013 radicada ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso Civil Núm. DCD2013552, sobre Ejecución de Hipoteca; seguido por FirstBank Puerto Rico vs. La Sucesión de Ramón Alba Marte, Yaritza Alba Montalvo, Erick Jeffrey Alba Caba y Maritza Montalvo Nieves, se le solicita el pago de la hipoteca que resulta de la inscripción 13ra por la suma de $147,740.50 de principal, más intereses al 6% y otras sumas, o la venta de esta finca en pública subasta, anotada al folio 214 del tomo 641, finca #7728, Anotación A, el 6 de noviembre de 2013. AVISO DEMANDA de fecha 20 de agosto de 2019 radicada ante el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, en el caso Civil Núm. BY2019CV04758, sobre Ejecución de Hipoteca; seguido por NSCM2019-2, LLC vs. Sucesión de Ramón Alba Marte, compuesta por Erick Jeffrey Alba Cava y Maritza Montalvo Nieves, se le solicita el pago de la hipoteca que resulta de la inscripción 13ra por la suma de $224,058.93, anotada al tomo Karibe de Toa Baja, finca #7728, Anotación B, el 19 de diciembre de 2019. Servirá como tipo mínimo para la primera subasta de la Propiedad antes descrita la suma de $156,150.00, conforme a lo estipulado en la Hipoteca número 24 del 30 de enero de 2008, otorgada ante el Notario Público David Cardona Dingui. De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta, en el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, el día 28 de enero de 2021, a las 10:30 a.m. El tipo mínimo para la segunda subasta será dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $104,100.00. De no adjudicarse la propiedad en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, el día 4 de febrero de 2021, a las 10:30 a.m. El tipo mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $78,075.00. Esta subasta se hará para satisfacer a la parte demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado a BLACK SANDS REO, LLC, ascendente al 31 de julio de 2019, en una suma no menor de $224,058.93 distribuido como se indica a continuación: a. $147,740.50 por concepto de principal; más. b. $61,900.36 por concepto de intereses acumulados, los cuales continúa acumulándose diariamente a razón de $20.94; más c. $14,418.07 por concepto de otros gastos; más d. $15,615.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de
abogado expresamente pactados. La venta en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables. El Alguacil procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble, de conformidad con las disposiciones de Ley. POR LA PRESENTE, se les notifica a los titulares de créditos y/o cargas registrales posteriores, si alguno, que se celebrará la SUBASTA en la fecha, hora y sitio anteriormente señalados, y se les invita a que concurran a dicha subasta, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualificaciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en tres (3) lugares públicos del Municipio donde se celebrará la subasta señalada. Además, en un periódico de circulación general en dos (2) ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA, en Bayamón, Puerto Rico, a 8 de diciembre de 2020. Maribel Lanzar Velázquez Alguacil, Placa 735, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS.
LIME HOMES, LTD. Parte Demandante Vs.
ORLANDO SOSA CRUZ, su esposa MARILYN RIVERA GONZALEZ, y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos; GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
Parte Demandada CASO CIVIL NUM: ECD20170832 (704). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Al-
guacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $117,674.79, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 6.50% anual desde el primero de febrero de 2014 hasta su total pago y completo pago; más el 4% computado sobre cada mensualidad por razón de cargos por demora devengados desde el primero de marzo de 2014, más la suma de $13,566.00 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Parcela tres guion A (3-A), radicada en el Barrio Hato de San Lorenzo, Puerto Rico, con un área de mil trescientos cincuenta y seis puntos veinticinco metros cuadrados (1356.25 m.c.). EN lindes por el Norte, en cincuenta y cuatro metros y medio dos guion A (2-A), por el Sur, en cincuenta y cuatro punto cero cero metros (54.00), con la parcela cuatro guion A (4-A), por el Este en veinticinco metro punto cero cero metros (25.00 m), con un camino de uso público; por el Oeste en veinticinco metros punto cero cero metros (25.00 m) con Antonio Davidson. Inscrita al folio ciento setenta (170) del tomo ciento cincuenta (150) de San Lorenzo, finca número siete mil quinientos treinta (7,530). Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Caguas. Dirección Física: Barrio Hato, Parcela 3-1 Carretera 183 KM 5.0, Interior, San Lorenzo, Puerto Rico 00754. La primera subasta se llevará a cabo el día 26 de enero de 2021 a las 9:30 de la mañana, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de 135,660.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 2 de febrero de 2021 a las 9:30 de la mañana y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $90,440.00. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebra-
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rá una tercera subasta el día 9 de febrero de 2021 a las 9:30 de la mañana, y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $67,830.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán
de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Caguas, Puerto Rico a 9 de diciembre de 2020. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, Placa 282, ALGUACIL DEL TRIBUNAL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE PONCE.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR DE RIO GRANDE.
ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Demandante V.
NILSA MILLÁN SABALIER
Demandada CIVIL NUM. N3CI20130095 (002). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, Sandraliz Martinez Torres, Alguacil de la División de Subastas de la Sala Superior de Fajardo, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 12 de mayo de 2020 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $65,166.83 de principal, 6.50% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $362.51 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda; $5,122.64 de otros gastos, $310.00 de cargos por “escrow”, más costas, gastos y honorarios de abogados pactados en 10% del principal del Pagaré, dictada en el caso de autos el día 10 de diciembre de 2013, notificada y archivada en autos el día 15 de enero de 2014. Procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Rio Grande, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: RUSTICA: Parcela radicada en el barrio Zarzal del término municipal de Rio Grande con una cabida superficial de una cuerda; y en lindes: al Norte, con la Sucesión de Martin Lebrón; al Sur y Oeste, en ciento siete metros setenta y dos centímetros y cuarenta y cinco metros ocho centímetros respectivamente, con terrenos de la finca principal de la cual se segrega propiedad del señor Manuel Alicea Castillo y esposa y al Este, en treinta y tres metros cuarenta centímetros con un camino vecinal. Enclava casa de
dos plantas. Finca 2468, inscrita al folio 122 del tomo 51 de Rio Grande, Sección III, Registro de la Propiedad de Carolina. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, cuyas cantidades son las siguientes: $65,166.83 de principal, 6.50% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $362.51 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda; $5,122.64 de otros gastos, $310.00 de cargos por “escrow”, más costas, gastos y honorarios de abogados pactados en 10% del principal del Pagaré. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $67,900.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo la cantidad de $42,266.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será la cantidad de $33,950.00. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 13 de enero de 2021, a la 1:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 21 de enero de 2021, a la 1:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 28 de enero de 2021, a la 1:30 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. De Estudio de Título realizado no surgen gravámenes preferentes. De Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual
24 podrá ser cancelado: Aviso de Demanda dictado el 18 de febrero de 2013 en el Tribunal de Primera Instancia Sala de Rio Grande caso civil #N3CI20130095 sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la vía ordinaria seguido por Doral Bank vs Nilsa Iris Millán Sabatier donde se solicita el pago de la deuda garantizada con la hipoteca de $67,900.00 reducida a $65,166.83 o la venta en publica subasta, anotado al tomo Karibe, finca #2468 de Rio Grande el 12 de julio de 2019 anotación “A”. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Fajardo, Puerto Rico, a 15 de diciembre de 2020. Sandraliz Martinez Torres, Placa 737, ALGUACIL.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
ROBERTO ANTONIO RIVERA LÓPEZ EX-PARTE
PETICIONARIO CIVIL NUM. BY2020CV03754. SOBRE: EXPEDIENTE DOMINIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS.
A: PERSONAS IGNORADAS, Sucn. Tomás Vázquez, Sucn. Eloy Rivera, y Sucn. Justo Morales.
Por la presente se le notifica a usted que se ha presentado ante este Tribunal el expediente arriba mencionado, con el fin de justificar e inscribir a favor de la parte Promovente, el dominio que tienen sobre la siguiente finca: “RUSTICA” : Predio de terreno radicado en el barrio Achiote del término municipal de Naran-
jito, Puerto Rico , compuesto de CUATRO MIL TRESCIENTOS TRES PUNTO DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (4,303 295 m. c.) , equivalentes a UNO PUNTO CERO, NOVENTA Y CINCO CUERDAS (1 095 cdas.), en lindes por el NORTE, con Canito Vázquez , por el SUR, con Modesto Rivera Vázquez, por el ESTE, con Modesto Rivera Vázquez, y el OESTE, con Justo Morales . Alega la parte Peticionaria que adquirió la finca descrita mediante escritura número 26 del 28 de agosto de 2020, en Naranjito, Puerto Rico, ante el Notario Jorge Manuel Diaz Rodríguez. Es abogado de los Peticionarios: LIC. JORGE M. DIAZ RODRIGUEZ, PO BOX 852 , NARANJITO, P.R. 007190852, TELEFONO: (787) 8694042, jorgemdiazrodriguez@ gmail.com . Este Tribunal ordenó que se publique la pretensión por tres veces durante el término de veinte dias en un periódico de circulación general diaria, para que los que tengan algún derecho real sobre el inmueble descrito , las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción, y en general, a todos los que desearen oponerse, entre el lo s los colindantes, puedan efectuarlo dentro del término de veinte días a partir de la última publicación del presente edicto. Por tanto, libro la presente en Naranjito, Puerto Rico, hoy dia 9 de diciembre de 2020. LCDA. LAURA I SANTA SANCHEZ, Sec Regional. Sandra I Cruz Vazquez, Sec Serv a Sala.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PONCE.
APEX BANK (antes, Oriental Bank) Demandante; v.
HECTOR DANIEL COSTA MADERA, ANA BEATRIZ OLIVERAS PEREZ y la SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES compuesta por ambos
Demandados CIVIL NÚM. JCD2017-0316 (601). Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de PONCE, hago saber a la parte demandada, HECTOR DANIEL COSTA MADERA, ANA BEATRIZ OLIVERAS PEREZ y la SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES compuesta por ambos, BANCO POPULAR DE PUERTO RICO y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 4 de febrero de 2020, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública
The San Juan Daily Star
Tuesday, December 29, 2020
subasta por el precio mínimo de $275,000.00 y al mejor postor la propiedad de la dirección 268 Paseo del Puerto, Estancias de Vista Bahía, Peñuelas PR 00624 y que se describe como sigue: URBANA: Solar identificado con el número 9 del bloque A de la calle 1 en el plano de inscripción de la Urbanización Estancias de Vista Bahía, radicada en el Barrio Tallaboa Encarnación en la parcela B de la finca Extensión Vista Bahía, del término municipal de Peñuelas, Puerto Rico, con una cabida superficial de 2935.6352 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 40.166 metros con la calle 1; por el SUR, en una distancia de 40.00 metros con propiedad del señor Rafael Barrera; por el ESTE, en una distancia de 71.568 metros con el solar número 10 del bloque A de la Urbanización Estancias de Vista Bahía. Por el Norte del solar discurre una servidumbre de paso de 3 metros para aguas pluviales. Sobre dicho solar enclava una casa tipo unifamiliar para fines residenciales, valorada en $275.000.00. Finca 8396 inscrita al folio 234 del tomo 154 de Peñuelas, Registro de la Propiedad de Ponce, Sección II. La finca antes descrita se encuentra afecta al siguiente gravamen: i) HIPOTECA constituida por Hector Daniel Costa Madera y su Esposa Ana Beatriz Oliveras Perez en garantía de un pagaré, a favor de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria de PR, o a su orden, por $275,000.00 al 6.25% vencedero el 1 de septiembre del 2033, según Esc. #379 en San Juan a 23 de agosto del 2003 ante Omar I. Arill Vizcarrondo, inscrita al folio 154 del tomo 234 de Peñuelas finca #8396 inscripción 2da. ii) HIPOTECA constituida por Hector Daniel Costa Madera y su esposa Ana Beatriz Oliveras en garantía de un pagaré, a favor de Banco Popular de PR, o a su orden, por $100,000.00 al Prime Rate, vencedero a la Demanda, según Esc. #89 en Ponce a 9 de mayo de 2008 ante Manuel A. Frau Catasus, inscrita al folio 154 del tomo 234 de Peñuelas finca #8396 inscripción 4ta. (iii) HIPOTECA constituida por Hector Daniel Costa Madera y su esposa Ana Beatriz Oliveras en garantía de un pagaré, aff#. 8455, a favor de Banco Popular de PR, o a su orden, por $150,000.00 al Prime Rate, vencedero a la Demanda, según Esc. #221 en Peñuelas a 12 de diciembre de 2008 ante Manuel A. Frau Catasus, inscrita al folio 154 del tomo 234 de Peñuelas finca #8396 inscripción 5ta. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dictada el 10 de mayo de 2018, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la cantidad de $211,851.20 de principal, más intereses que continuarán acumulándose al 6.50%
anual desde el día 1 de octubre de 2016 hasta el saldo total de la deuda, $89.78 a balance de “escrow”, $799.69 a cargos por demora y $27,500.00 de costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 13 de enero de 2021, a las 10:00 de la mañana, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma, la cantidad de $275,000.00 sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 20 de enero de 2021, a las 10:00 de la mañana, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $183,333.33. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 27 de enero de 2021, a las 10:00 de la mañana, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $137,500.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si
les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En PONCE, Puerto Rico, hoy 14 de diciembre de 2020. Jorge M Hernandez Pagan, ALGUACIL REGIONAL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PONCE.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN.
BOSCO CREDIT X, LLC, BY FRANKLIN CREDIT MANAGEMENT CORPORATION AS SERVICER Demandante vs.
JUANA MILAGROS ROMERO MEDRANO
Demandados CIVIL NUM. SJ2019CV03439. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS.
A: La Parte Demandada, al (a la) Secretario(a) de Hacienda de Puerto Rico y al Público General:
Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de SAN JUAN, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro
Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 26 de enero de 2021, a las 10:00 de la mañana, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBAN: Apartment number FOUR HUNDRED THREE (403). Horizontal Property: Residential apartment of rectangular shape, located at the fourth floor of THE CRYSTAL HOUSE CONDOMINIUM, at the De Diego Street, Sabana Llana Ward, of Río Piedras, Municipality of San Juan, Puerto Rico. Said apartment with an area of approximately eight hundred forty-five point zero zero square feet (845.00), equivalent of seventy-eight square meters and fifty square centimeters (78.50 sq. mts.) and its boundaries are as follows: by the NORTH, in a distance of thirty-five feet zero inches (35’0”) with common corridor, ventilation shaft, separated by wall and entrance door; by the EAST, in a distance of twenty-four feet four inches (24’4”), with apartment number Four Hundred Five (405) separated by bearing wall; by the SOUTH, in a distance of thirty-five feet zero inches (35’0”) with exterior space separated by wall and balcony’s wall; by the WEST, in a distance of twenty-four feet four inches (24’4”), with apartment number Four Hundred One (401) separated by bearing wall. This apartment comprises: livingdining, hall, two bedrooms with closet, linen closet, bathroom, laundry, kitchen and balcony. The bathroom is equipped with bathtub, lavatory, and water closet. The kitchen is equipped with cabinets and heater. This entrance of the apartment is located on its North boundary, connected with the common corridor of the floor with access to the outside. A este apartamento le corresponde el estacionamiento descubierto marcado con el número cincuenta y nueve (59). Elementos comunes: cero punto tres nueve uno ocho por ciento (0.3918%). Inscrita al folio 288 del tomo 520 de Sabana Llana, Registro de la Propiedad, Sección Quinta de San Juan; finca número 21,489. Propiedad localizada en: 368 AVE. DE DIEGO, CONDOMINIO CRISTAL HOUSE, APTO. 403, SAN JUAN, PR 00924. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Scotiabank Puerto Rico y asegurado por la Autoridad para el Financiamien-
to de la Vivienda de Puerto Rico Suma de la Carga: $10,000.00 Fecha de Vencimiento: 1 de septiembre de 2041. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $101,022.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 2 de febrero de 2021, a las 10:00 de la mañana, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $67,348.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la tercera subasta, la suma de $50,511.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 9 de febrero de 2021, a las 10:00 de la mañana. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma principal de $90,046.25 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 5.5% anual hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $10,102.20 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The SAN JUAN Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expe-
dido en San Juan, Puerto Rico, hoy 9 de diciembre de 2020. Edwin E. Lopez Mulero, Alguacil Auxiliar.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE UTUADO SALA SUPERIOR DE LARES.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.
LUIS ALBERTO FELICIANO RUIZ, CARMEN MARÍA MÉNDEZ SOTO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
DEMANDADOS CIVIL NUM.: UT2019CV00148. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA “IN REM” (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE UTUADO, SALA SUPERIOR DE LARES, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el 5 de febrero de 2021, a las 2:00 de la tarde, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE UTUADO, SALA SUPERIOR DE LARES, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: #13 CALLE EMILIO CASTRO, BARRIO PUEBLO, LARES, PR 00669 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el Barrio Pueblo del término municipal de Lares, Puerto Rico, que mide quince metros diez centímetros de frente que es su lado ESTE, treinta y un metros; por su lado OESTE, que es su espalda colindando en la Sucesión Vilellas, cuarenta y nueve metros, treinta y cuatro centímetros; por su lado SUR, colindando con don Ramón Medina y cuarenta y nueve metros diez centímetros, colindando con don Antonio Gerena; y por el NORTE, o sea un área superficial de mil ciento catorce metros cuadrados dos con setenta centímetros de metros cuadrados. Enclava una casa para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 184 del Tomo 162 de Lares, finca número 6,932, Registro de la Propiedad, Sección de Utuado. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la
The San Juan Daily Star suma de $84,660.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de febrero de 2021, a las 2:00 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $56,440.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 19 de febrero de 2021, a las 2:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $42,330.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 29 otorgada en Hatillo, Puerto Rico, el día 29 de octubre de 2005, ante el Notario Raúl Edgardo Santiago Vélez, y consta inscrita al Folio 185 del Tomo 342 de Lares, finca número 6,932, en el Registro de la Propiedad, Sección de Utuado, inscripción Octava (8va). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $68,525.59 por concepto de principal, desde el 1ro de septiembre de 2017, más intereses al tipo pactado de 6.50% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $8,466.00. Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $8,466.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $8,466.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE UTUADO, SALA SUPERIOR DE LARES durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de rema-
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te. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Lares, Puerto Rico, hoy día 16 de diciembre de 2020. Elliot Lopez Quiles, ALGUACIL CONFIDENCIAL #241, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE UTUADO SALA SUPERIOR DE LARES.
LEGAL NOTICE 205149 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR.
Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae Demandante v.
Juana Matías Vázquez t/c/c Juanita Matías Vázquez
Demandada CIVIL NÚM: DCD2016-0377 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INS-
TANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 de enero de 2021 a las 10:45 de la mañana, en la sala 503 del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond. San Francisco Apt B 1704 Bayamón, PR 00956 y que se describe a continuación: PROPIEDAD HORIZONTAL: SAN FRANCISCO CONDOMINIUM. Apartment No. B-1704, rectangular shaped three bedrooms unit, with a total construction area of 865.46 square meters, equivalent to 80.40 square meters, distributed in 798.06 square feet, equivalent to 74.14 square meters of enclosed area and 67.40 square feet, equivalent to 6.26 square meters of porch. The main entrance is located in Building ‘B’ of the Condominium and occupies part of the 17th floor. The maximum length of this unit is 25’5’ and the maximum width is 44’4’. Its boundaries are: by the North, in a distance of 44’4’, equivalent to 13.52 meters, with exterior common areas; by the South, in a distance of 44’4’, equivalent to 13.52 meters, with the common wall that separates it from apartment No. 1703 and the common exterior areas; by the East, in a distance of 24’1’, equivalent to 7.34 meters, with the common wall, that separates it from apartment No. 1701 and interior and exterior common areas; and by the West, in a distance of 25’3’, equivalent to 7.70 meters (according to deed seven zero meters), with the exterior common areas. This unit contains a kitchen, a living room, a dining room, three bedrooms with closets, two bathrooms and a covered porch. Se le asigna a este apartamento el estacionamiento No. 40 como elemento común limitado. El apartamento tiene una participación de 0.61792% en los elementos comunes del Condominio. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 111 del Tomo 1703 de Bayamón Sur, finca número 71284, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $68,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 de febrero de 2021 a las 10:45 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras
partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $45,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el 10 de febrero de 2021 a las 10:45 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $34,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 903, otorgada el día 20 de septiembre de 2002, ante el Notario Juan Carlos Goitia Rosa y consta inscrita en el Folio 202 del Tomo 1762 de Bayamón Sur, finca número 71284, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $53,393.98 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de julio de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $6,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $6,800.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $6,800.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecu-
tante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A. HIPOTECA por la suma principal de $24,700.00 en garantía de un pagaré a favor de LA CORPORACION PARA EL FINCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden, sin intereses y vencimiento a los 20 años, tasada en $24,700.00, constituida mediante escritura No. 193, otorgada en San Juan el 1ro de junio del 2000, ante Miguel A. García Rivera, inscrita al folio 111 del tomo 1703 de Bayamón Sur, finca No. 71284, inscripción 2da. Mediante escritura No. 155 otorgada en San Juan, el 19 de diciembre del 2019, ante Fernando Javier Valentín Matos, comparece LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, subordinando la hipoteca de la inscripción 3ra, en favor de la que motivó la inscripción 2da, quedando esta última con rango preferente, anotada con fecha 2 de enero del 2020, al margen del Sistema Karibe, finca No. 71284 de Bayamón Sur. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de DICIEMBRE de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
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t/c/c Fannie Mae Demandante v.
Moraima I. Vélez Ayala t/c/c Moraima Isabel Vélez Ayala (Titular Registral) ahora la Sucesión de Moraima I. Vélez Ayala t/c/c Moraima Isabel Vélez Ayala compuesta por Héctor Ríos Rosario t/c/c Héctor Ivan Ríos Rosario por sí y en la cuota viudal usufructuaria; Sylvia Ayala Hanset y Fulano y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos
Demandados CIVIL NÚM: BY2019CV02266. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 de enero de 2021, a las 11:15 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON SALA SUPERIOR, SALA 503, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Muñoz Rivera, 2 Calle Arpegio, Guaynabo, PR 00969, y que se describe a continuación: Urbana: Solar marcado con el número 230 del bloque M-7 antes, ahora calle Arpegio número 2 del plano de inscripción de la Urbanización Muñoz Rivera, situada en el Barrio Los Frailes del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico, con un área superficial de 364.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 25.33 metros, con los solares número 199 y 200; por el Sur, en 24.94 metros, con el solar número 228; por el Este, en 15.00 metros, con la calle número 4; y por el Oeste, en 13.97 metros, con el solar número 203 del mencionado plano. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 106 del Tomo 106 de Guaynabo, finca número 9360, en el Registro de la ProLEGAL NOTICE piedad de Guaynabo. El tipo 208036 mínimo para la primera subasta ESTADO LIBRE ASOCIADO DE del inmueble antes relacionado, PUERTO RICO TRIBUNAL DE será el dispuesto en la Escritura PRIMERA INSTANCIA SALA DE de Hipoteca, es decir la suma BAYAMON SALA SUPERIOR. de $147,000.00. Si no hubieFederal National re remate ni adjudicación en la Mortgage Association primera subasta del inmueble
mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 de febrero de 2021, a las 11:15 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $98,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 de febrero de 2021, a las 11:15 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $73,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 479, otorgada el día 30 de junio de 2004, ante el Notario Enrique N. Vela Colón y consta inscrita en el Folio 369 del Tomo 1543 de Guaynabo, finca número 9360, en el Registro de la Propiedad de Guaynabo, inscripción décimocuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $112,929.53 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.250% anual desde el día 1 de septiembre de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $14,700.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $14,700.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $14,700.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se
relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A. GRAVAMEN POSTERIOR. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de First Federal Finance Corp., por la suma de $25,000.00 de principal, intereses al 9.450% anual, vencedero 1 de diciembre de 2021, constituida mediante escritura número 499, otorgada en San Juan el 2 de diciembre de 2005, ante la notario público Elba Cruz Rodríguez, e inscrita al folio 370 del tomo 1543 de Guaynabo, finca 9360, inscripción 15ª. B. LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS SE ENCUENTRAN PRESENTADOS Y PENDIENTES DE DESPACHO: 1. Al ASIENTO 2018-039546-GU01 del Sistema Karibe, se presentó el día 2 de mayo de 2018, la escritura número 11, otorgada en San Juan el 30 de abril de 2018, ante la notario público Rebecca Díaz Guerrero, sobre Cancelación de Hipoteca por $25,000.00. 2. Al ASIENTO 2019-048531-GU01 del Sistema Karibe, se presentó el día 13 de mayo de 2019, la Demanda expedida el 2 de mayo de 2019, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, caso civil número BY2019CV02266, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Banco Popular de Puerto Rico versus Moraima I. Vélez Ayala, también conocida como Moraima Isabel Vélez Ayala (Titular Registral) ahora la Sucesión de Moraima I. Vélez Ayala, también conocida como Moraima Isabel Vélez Ayala compuesta por Héctor Ríos Rosario, también conocido como Héctor Iván Ríos Rosario por sí y en la cuota viudal usufructuaria; Sylvia Ayala Hanset y Fulano y Fulana del Tal como posibles herederos desconocidos, por la suma de $112,929.53. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Es-
26 tado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamon, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL PLACA 193, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE 207482 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
Ramón M. Valle Rivera t/c/c Ramón Manuel Valle Rivera t/c/c Ramón Valle Rivera (Titular Registral) ahora la Sucesión de Ramón M. Valle Rivera t/c/c Ramón Manuel Valle Rivera t/c/c Ramón Valle Rivera compuesta por Rosana Mendoza Rivera t/c/c Roxana Mendoza Rivera por sí y en la cuota viudal usufructuaria y Fulano y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos
Demandados CIVIL NÚM: BY2018CV01854. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 de enero de 2021, a las 11:00 de la mañana, en la sala 503 en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Rexville, AS-13 Calle 62, Bayamón, PR 00957 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 13 del bloque AS del plano de inscripción de la Urbanización Rexville, situada en el Barrio Pájaros
de Bayamón, con una cabida de 294.68 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 12.953 metros con el solar número 4; por el Sur, en 12.953 metros con la calle número 62; por el Este, en 22.750 metros con el solar número 12; y por el Oeste, en 22.750 metros con el solar número 14. Enclava una casa para una familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 231 del Tomo 922 de Bayamón, finca número 41,381, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $108,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 de febrero de 2021, a las 11:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $72,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 de febrero de 2021, a las 11 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $54,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 186, otorgada el día 2 de junio de 2005, ante el Notario Omar Ivan Arill Vizcarrondo y consta inscrita en el Folio 44 del Tomo 1839 de Bayamón, finca número 41,381, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción séptima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $84,587.65 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.750% anual desde el día 1 de julio de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $10,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $10,800.00para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $10,800.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
The San Juan Daily Star
Tuesday, December 29, 2020
CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL PLACA 193, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE 103022 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR.
Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae Demandante v.
Elpidio Hernández Ortega,
Petronila Pizarro Valentín y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales, antes, ahora Sucesión de Elpidio Hernández Ortega compuesta por Petronila Pizarro Valentín por sí y en la cuota viudal usufructuaria, Carmen Hernández y Fulano y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos
Demandados CIVIL NÚM: BY2019CV03727. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA (IN REM). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR en la sala 503, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 de enero de 2021, a las 10:15 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA 503, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 16 Sector el Frutal, Parcela de Terreno Bo. Hato Tejas, Bayamón, PR 00959 y que se describe a continuación: URBANA: Parcela de terreno en el BARRIO HATO TEJAS del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida superficial de 366.2161 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de 20.90 metros, con el Lote No. 9; por el Sur, en una distancia de 20.90 metros, con camino dedicado a uso público; por el Este, en una distancia de 17.498 metros, con el Lote No. 2; y por el Oeste, en una distancia de 17.964 metros, con la finca principal de la cual se segrega. Enclava una casa. Es el remanente de la finca de este número luego de la segregación y su descripción fue tomada según escritura No.69 otorgada en San Juan el 21 de septiembre de 1985, ante Armindo Colón Vargas, anotada al margen del folio 161 del tomo 1282 de Bayamón Sur, anotado con fecha 31 de marzo de 1986. TRACTO REGISTRAL: Se segrega de la finca No. 6869, inscrita al folio 59 del tomo 135 de Bayamón Sur. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 161 vto del Tomo 1282 de Bayamón Sur, finca número 57658, en el Registro de la Propiedad
de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $45,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 de febrero de 2021, a las 10:15 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $30,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 de febrero de 2021, a las 10:15 de la mañana Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $22,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 177, otorgada el día 15 de octubre de 2005, ante el Notario Ivonne Santiago Camacho y consta inscrita en el Folio 40 del Tomo 1856 de Bayamón Sur, finca número 57658, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción octava. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $16,507.84 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.375% anual desde el día 1 de febrero de 2018. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $4,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $4,500.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $4,500.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el
precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Associates International Holdings Corporation, o a su orden, por la suma de $22,000.00 de principal, intereses al 13.981%anual, vencedero el 4 de abril de 2028, constituida mediante escritura número 288, otorgada en Bayamón, el 31 de marzo de 2008, ante el notario público Félix R. Figueroa Cabán, e inscrita al folio 40 del tomo 1856 de Bayamón, finca 57658, inscripción 11va. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE 208307 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR.
Federal National Mortgage Association
t/c/c Fannie Mae Demandante v.
Wilma C. Ramos Rolón t/c/c Wilma Cecilia Ramos Rolón
Demandada CIVIL NÚM: BY2019CV03391. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 de enero de 2021, a las 1:45 de la tarde en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR SALA 503, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 3202 Paseo Centurión St., Levittown, Toa Baja, PR 00949 t/c/c F3202 Calle Centurion Urb Levitown Lakes Toa Baja PR 00949 y que se describe a continuación: URBANA: Solar No. 3202 del Bloque ‘F’ de la URBANIZACIÓN LEVITTOWN, en el Barrio Sabana Seca de Toa Baja, Puerto Rico, compuesto de 368.48 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 12.62 metros y arco de 3.40 metros, con la Calle Centurión, (según plano Calle No. 409); Sur, en 16.00 metros, con Paseo Público; Este, en 23.00 metros, con el solar No. 3201; y por el Oeste, en 23.27 metros, con el solar No. 3203. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 35 del Tomo 84 de Toa Baja, finca número 5875, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $100,800.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 de febrero de 2021, a las 1:45 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $67,200.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 de febrero de
2021, a las 1:45 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $50,400.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 139, otorgada el día 26 de mayo de 2001, ante el Notario Brunilda R. Santiago Acevedo y consta inscrita en el Folio 21 vto del Tomo 458 de Toa Baja, finca número 5875, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, inscripción décima. El 27 de enero de 2010 las partes firmaron el acuerdo interno “Home Affordable Modification Agreement” para un nuevo principal de $93,450.67. Comenzando el 1 de febrero de 2010 hasta el 1 de enero de 2015 con intereses al 2.000% anual. Luego, comenzando el 1 de febrero de 2015 hasta el 1 de enero de 2016 con intereses al 3.000% anual. Luego, comenzando el 1 de febrero de 2016 hasta el 1 de enero de 2017 con intereses al 4.000% anual. Por último, comenzando el 1 de febrero de 2017 hasta el 1 de mayo de 2041 con intereses al 5.000% anual. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $72,012.66 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.750% anual desde el día 1 de mayo de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $10,080.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $10,080.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $10,080.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge
The San Juan Daily Star de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Por la suma principal de $22,000.00, en garantía de un pagaré a favor de DORAL BANK, o a su orden, con intereses al 9.450% anual y vencimiento el 1ro de noviembre del 2019, tasada en $22,000.00, constituida mediante escritura No. 423, otorgada en San Juan, el 29 de octubre del 2004, ante Roberto A. Combas Martínez, inscrita al folio 215 del tomo 571 de Toa Baja, finca No. 5875, inscripción 11va. B: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Toa Alta, en el Caso Civil No. TA2018CV00427, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por el Banco Popular de Puerto Rico, versus Titular, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 11va, el cual asciende a la suma principal de $5,917.24, mas costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 13 de agosto del 2018, anotado el 29 de agosto del 2018, al Sistema Karibe, finca No. 5875, de Toa Baja, anotación “A”. C: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Toa Alta, en el Caso Civil No. BY2019CV03391, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por el Banco Popular de Puerto Rico, versus Titular, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 11va, el cual asciende a la suma principal de $72,012.66, más costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 18 DE JUNIO DE 2019, anotado el 11 de julio del 2019, al Sistema Karibe, finca No. 5875, de Toa Baja, anotación “B”. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la
Tuesday, December 29, 2020
colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL, SALA SUPERIOR BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE 90186 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR.
Banco Cooperativo de Puerto Rico Demandante v.
La sucesión de José Guillermety Ramos t/c/c José Enrique Guillermety Ramos compuesta por Enrique Augusto Guillermety Pérez y Norma Evelyn Ramos Collazo
Demandados CIVIL NÚM: DCD2017-0428 (504). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 26 de enero de 2021 a las 3:30 de la tarde en la sala 503 en el edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Royal Palm, IG24 calle Cruz de Malta, Bayamón, PR 00956-3109 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la URBANIZACIÓN ROYAL PALM, Extensión No. 2, situado en el Barrio Minillas de Bayamón, con el No. 24 de la Manzana ‘IG’. Área de 364.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el solar No. 27, distancia de 14.00 metros; por el Sur, con la Calle ‘B’, distancia de 14.00 metros; por el Este, con el solar No.
23, distancia de 26.00 metros; y por el Oeste, con el solar No. 25, distancia de 26.00 metros. Contiene una casa residencial de concreto reforzado para una familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 116vto del tomo 1,828 de Bayamón, finca número 22,275, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $124,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 2 de febrero de 2021 a las 3:30 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $82,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 de febrero de 2021 a las 3:30 de la tarde.. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $62,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 156, otorgada el día 13 de diciembre de 2007, ante el Notario René Labarca Iturrondo y consta inscrita en el folio 116vto del tomo 1,828 de Bayamón, finca número 22,275, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción novena. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $109,717.46 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.250% anual desde el día 1 de octubre de 2016. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $12,400.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $12,400.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $12,400.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las car-
gas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA: Constituida por José Enrique Guillermety Ramos (soltero), en garantía de un pagaré a favor de ADVANCE MORTGAGE BANKERS INC., o a su orden, por la suma de $31,000.00, sus intereses al 10% anual y vencedero el 1 de enero de 2018, según la escritura número 157, otorgada en Bayamón, el 13 de diciembre de 2007, ante el notario Rene Labarca Iturrondo. Inscrita al folio 97 del tomo 1865 de Bayamón. Inscripción décima. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA: Comparece Enrique Augusto Guillermety Pérez y su esposa, Norma Evelyn Ramos Collazo y Banco Popular de Puerto Rico, para modificar la hipoteca por $31,000.00, en cuanto a su principal que será de $37,285.82, sus intereses al 5.75% anual con pagos de $217.59 y vencedero el 1 de septiembre de 2049, ampliada por $6,285.82, según la escritura número 337, otorgada en San Juan, el 13 de septiembre de 2019, ante el notario Francisco Javier Del Valle Torres. Inscrita al Tomo Karibe de Bayamón. Inscripción duodécima. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. José Enrique Guillermety Ramos también conocido como José Enrique Guillermety Ramos, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso civil número DCD 2017-0428, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago
de hipoteca, con un balance de $109,717.46 y otras cantidades, según Demanda de fecha 7 de abril de 2017. Anotada al Tomo Karibe de Bayamón. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL PLACA193. ****
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON.
PRCI LOAN CR, LLC Parte demandante, v.
ECR TRANSPORT, INC.; EDGAR JAVIER COLLAZO RIVERA t/c/c EDGAR COLLAZO RIVERA; ECR PROPERTY, INC.; ECORI TRANSPORT, INC.; TRANSPORTE COLLAZO RIVERA, INC.; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
Parte demandada CASO NUM.: DCD2012-3259. SALA NUM.: (701). SOBRE:. EJECUCION DE HIPOTECA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA.
A: ECR TRANSPORT, INC.; EDGAR JAVIER COLLAZO RIVERA t/c/c EDGAR COLLAZO RIVERA; ECR PROPERTY, INC.; ECORI TRANSPORT, INC.; TRANSPORTE COLLAZO RIVERA, INC.; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; WESTERBANK PUERTO RICO O A SU ORDEN; Y AL PUBLICO EN GENERAL:
El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, y al PUBLICO EN GENERAL: y a todos los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hi-
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poteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surjan de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante a saber: 1) WESTERBANK PUERTO RICO O A SU ORDEN: A cuyo favor aparece inscrito un pagare por la suma de $2,200,000.00, intereses al 12% anual, vencedero a la presentación, según consta de la escritura #22, otorgada en San Juan, el 15 de mayo de 2007, ante el Notario Rodney W. Colón Ortíz. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, finca número 31,675, inscripción 3ra. (2) WESTERBANK PUERTO RICO O A SU ORDEN: A cuyo favor aparece inscrito un pagare por la suma de $345,000.00, intereses al 2% sobre la tasa de intereses base, vencedero a la presentación, según consta de la escritura #113, otorgada en San Juan, el 28 de diciembre de 2007, ante el Notario Rene Vázquez Rivera. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, finca número 31,675, inscripción 4ta. (2) WESTERBANK PUERTO RICO O A SU ORDEN: A cuyo favor aparece inscrito un pagare por la suma de $533,000.00, intereses al 12% anual, vencedero a la presentación, según consta de la escritura #48, otorgada en San Juan, el 2 de abril de 2009, ante el Notario Juan Carlos Ortega Torres. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, finca número 31,675, inscripción 5ta. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 2 de septiembre de 2020, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: SR 865, Km 24.5 Media Luna Ward, Toa Baja PR 00659: RUSTICA: Predio de terreno propiedad de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, localizado en el Barrio Media Luna, del municipio de Toa Baja, con una cabida superficial de diecisiete punto setenta y dos cuerdas (17.62 cdas.), equivalentes a sesenta y nueve mil seiscientos sesenta y cinco punto dieciséis metros cuadrados (69,665.16 m.c.). En lindes por el NORTE, con terrenos de la Industria Lechera (INDULAC) y con terrenos de Estación de Radio de la Base Naval; por el SUR, con terrenos de la Industria Lechera (INDULAC), con terrenos de la finca NAVY, propiedad de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, arrendado a Carrero Engineering, S.E., con terrenos pertenecientes a la Autoridad de Desperdicios Sólidos
y camino municipal; por el ESTE, con terrenos de la finca Navy, propiedad de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, arrendado a Carrero Engineering, S.E. y con terrenos remanente de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico; y por el OESTE, con terrenos de la Autoridad de Desperdicios Sólidos, con camino municipal y con terrenos de la Industria Lechera (INDULAC). Finca número 31675, inscrita al folio 43 del tomo 701 de Toa Baja, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Bayamón. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor es: A. Préstamo Número 2731274-9002 (ahora 258130167). La suma de $4,715,787.22 por concepto de principal, $1,493,802.00 de intereses vencidos al 12 de diciembre de 2014, los cuales continúan acumulándose a razón de la tasa pactada hasta el total pago y solvento del principal, más $104,996.80 por concepto de cuenta plica, más $110,836.83 por concepto de mora, más todas las costas, gastos y desembolsos incurridos en relación al cobro de las sumas adeudadas, más $482,500.00 por concepto de honorarios de abogado. B. Préstamo Número 2731274-9003 (ahora 258130168). La suma de $347,380.00 por concepto de principal, más $35,300.00 por concepto de honorarios de abogado. C. Costas y Honorarios. La suma de $517,800.00 por concepto de gastos, costas y honorarios de abogado pactados en cada uno de los pagarés hipotecarios. Los intereses se continúan acumulando hasta el saldo total de la deuda, para cubrir el principal adeudado, disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el 20 DE ENERO DE 2021 A LAS 10:45 AM, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Piso 5, Sala 503, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $500,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día el 27 DE ENERO DE 2021 A LAS 10:45 AM, en la oficina antes mencionada del Alguacil que
suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $333,333.34, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día el 3 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:45 AM, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $250,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 10 de diciembre de 2020. Maribel Lanzar Velazquez, Placa 735, Alguacil, División de Subastas Tribunal de Primera Ins-
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Superior
de
inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de LEGAL NOTICE $225,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la priM&T 18-03-80592 mera subasta del inmueble menCY2018CV00018 cionado, se celebrará una ESTADO LIBRE ASOCIADO DE SEGUNDA SUBASTA en las ofiPUERTO RICO TRIBUNAL DE cinas del Alguacil que suscribe PRIMERA INSTANCIA CENTRO el día 9 DE FEBRERO DE 2021, JUDICIAL DE CAGUAS SALA A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. SUPERIOR En la segunda subasta que se LUNA ACQUISITION LLC celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del Demandante V. pactado en la primera suISMAEL ORTIZ BONILLA, precio basta, o sea la suma de LILLIAM RAMOS $150,000.00. Si tampoco hubieBAHAMUNDI T/C/C re remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará LILLIAN ANNETTE RAMOS BAHAMUNDI Y una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscriLA SOCIEDAD LEGAL DE be el día 16 DE FEBRERO DE BIENES GANANCIALES 2021, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta COMPUESTA POR servirá de tipo mínimo la mitad AMBOS (1/2) del precio pactado para el Demandados Civil Núm.: CY2018CV00018. caso de ejecución, o sea, la Sobre: EJECUCIÓN DE HIPO- suma de $112,500.00. La hipoteTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ca a ejecutarse en el caso de EDICTO DE SUBASTA. El Al- epígrafe fue constituida medianguacil que suscribe por la pre- te la escritura número 174, otorsente CERTIFICA, ANUNCIA y gada el día 29 de mayo de 2002, hace CONSTAR: Que en cumpli- ante el Notario Raúl A. Rovira miento de un Mandamiento de Burset y consta inscrita en el FoEjecución de Sentencia que le lio 236 del Tomo 132 de Cidra, ha sido dirigido al Alguacil que finca número 5634, en el Regissuscribe por la Secretaría del tro de la Propiedad de Caguas, TRIBUNAL DE PRIMERA INS- Sección Segunda, inscripción TANCIA CENTRO JUDICIAL DE sexta. Modificada la hipoteca en CAGUAS SALA SUPERIOR, en cuanto al principal por la suma el caso de epígrafe procederá a de $217,275.00, intereses al vender en pública subasta al 6.000%, vencedero el 1 de nomejor postor quién pagará de viembre de 2042, según escritucontado y en moneda de curso ra número 95, otorgada en San legal de los Estados Unidos de Juan, el día 16 de octubre de América, giro postal o por che- 2012, ante el notario Jacqueline que de gerente a nombre del Al- J. Martínez Romero, inscrita al guacil del Tribunal de Primera folio 38 del tomo 384 de Cidra, Instancia el día 2 DE FEBRERO inscripción 10ª. Dicha subasta DE 2021, A LAS 10:15 DE LA se llevará a cabo para con su MAÑANA en su oficina sita en el producto satisfacer al Demanlocal que ocupa en el edificio del dante total o parcialmente según TRIBUNAL DE PRIMERA INS- sea el caso el importe de la SenTANCIA CENTRO JUDICIAL DE tencia que ha obtenido ascenCAGUAS SALA SUPERIOR, dente a la suma de $203,715.30 todo derecho, título e interés que por concepto de principal, más tenga la parte demandada de intereses al tipo pactado de epígrafe en el inmueble de su 7.125% anual desde el día 1 de propiedad que ubica en RD 734 septiembre de 2017. Dichos inBo. Arenas Monticello, KM 3.4, tereses continúan acumulándoCayey, PR 00737 y que se des- se hasta el pago total de la oblicribe a continuación: RUSTICA: gación. Se pagarán también los Parcela de terreno sita en el Ba- cargos por demora equivalentes rrio Arenas del término municipal a 5.000% de la suma de aquede Cidra, con una cabida super- llos pagos con atrasos en exceficial de 5 cuerdas, equivalentes so de 15 días calendarios de la a una hectárea, 96 áreas y 52 fecha vencimiento, la suma de centiáreas, marcada con el No. $22,500.00 para costas, gastos 81 del plano de parcelación de la y honorarios de abogado, la finca principal de la cual se se- suma de $22,500.00 para cubrir grega. Son sus colindancias: por los intereses en adición a los gael Norte, con las parcelas Nos. rantizados por ley y la suma de 57, 58 y 76 de las que la separa $22,500.00 para cubrir cualquier un camino privado; por el Sur, en otro adelanto que se haga en un triángulo formado por las par- virtud de la escritura de hipotecelas Nos. 82 y 111; por el Este, ca, más intereses según proviscon la parcela No. 82; y por el to por la regla 44.3 de las de Oeste, con las parcelas Nos. 80 Procedimiento Civil. Que los auy 111. TRACTO REGISTRAL: tos y todos los documentos coSe segrega de la finca No. 5399, rrespondientes al Procedimiento inscrita al folio 155 del tomo 126 incoado estarán de manifiesto de Cidra. La propiedad antes re- en la SECRETARIA DEL TRIBUlacionada consta inscrita en el NAL DE PRIMERA INSTANCIA Folio 232 del Tomo 132 de Cidra, CENTRO JUDICIAL DE CAfinca número 5634, en el Regis- GUAS SALA SUPERIOR durantro de la Propiedad de Caguas, te las horas laborables. Se enSección Segunda. El tipo míni- tenderá que todo licitador acepta mo para la primera subasta del como bastante la titularidad del
The San Juan Daily Star
Tuesday, December 29, 2020
inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, en el caso Civil No. E CD2011-1502, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Oriental Bank and Trust, versus Titular, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca, la cual asciende a la suma principal de $20,922.17, mas costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 4 de noviembre del 2011, anotado el 31 de octubre del 2012 al folio 37vto del tomo 384 de Cidra, finca No. 5634, anotación “A”. B: HIPOTECA: Por la suma principal de $20,458.00 en garantía de un pagare a favor del PORTADOR, con intereses al 10% anual vencimiento en un ano, tasada en $24,553.80, constituida mediante escritura No. 1 otorgada en San Juan el 9 de enero del 2013, ante Francisco Radison Pérez, inscrita al folio 38 del tomo 384 de Cidra, finca No. 5634, inscripción 11ª. C: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Caguas, en el Caso Civil No. CY2018CV00018 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Oriental Bank versus Titular, se solicita el pago de la deuda garantiza con hipoteca de la inscripción 6ta, la cual asciende a la suma principal de $203,715.30 mas costas, gastos e intereses, demanda de fecha del 5 e abril del 2018, anotada el 18 de diciembre del 2018 al Sistema Karibe Finca No.
5634 de Cidra, anotación “B”. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Caguas, Puerto Rico, hoy día 1 de diciembre de 2020. FDO. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593.
LEGAL NOTICE M&T 480729 CG2019CV01764 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
MADISON ALAMOSA HECM, LLC Demandante V.
LA SUCESIÓN DE CELESTINO DEL VALLE VALDEZ T/C/C/ CELESTINO DEL VALLE COMPUESTA POR LUIS RAMÓN DEL VALLE GALARZA, JOSÉ MANUEL DEL VALLE GALARZA, MARÍA DOLORES DEL VALLE GALARZA Y JUAN ORLANDO DEL VALLE GALARZA Y LA SUCESIÓN DE RAMONA GALARZA CONTRERAS T/C/C RAMONA GALARZA GALARZA T/C/C RAMONA GALARZA COMPUESTA POR LUIS RAMÓN DEL VALLE GALARZA, JOSÉ MANUEL DEL VALLE GALARZA, MARÍA DOLORES DEL VALLE GALARZA Y JUAN ORLANDO DEL VALLE GALARZA; FULANO Y FULANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE CELESTINO DEL VALLE VALDEZ T/C/C/ CELESTINO DEL VALLE; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
Demandados Civil Núm.: CG2019CV01764. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la
presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Bairoa Golden Gates, C5 calle B, Caguas, PR 00727-1132 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 5 del bloque C de la Urbanización Bairoa Golden Gate, localizado en el Barrio Bairoa del término municipal de Caguas, Puerto Rico, con un área superficial de 427.800 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 27.60 metros, con el solar número 6; por el SUR, en 27.60 metros, con solar número 4; por el ESTE, en 15.50 metros, con la calle ‘B’; y por el OESTE, en 15.50 metros, con el solar número 11. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 162 del tomo 1,278 de Caguas, finca número 44,863, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $190,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $126,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $95,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 119, otorgada el día 30 de marzo de 2009, ante el Notario Laura Mía González Bonilla y consta inscrita en el folio 4,847 del tomo 1,793 de Caguas, finca número 44,863, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección
Primera, inscripción quinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $135,793.57 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.390% anual desde el día 17 de marzo de 2016. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por servicio y las primas de seguro que continúan acumulándose hasta el pago de la obligación, la suma de $19,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $19,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $19,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca; más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor del Secretario del Departamento de la Vivienda y Desarrollo Urbano o a su orden por la suma principal de $285,000.00
con intereses al 4.39% anual y vencedero el 6 de abril de 2076, según escritura número 120 otorgada ante la Notario Laura Mía González Bonilla el 30 de marzo de 2009. Inscrita al folio 4847 del tomo 1793 de Caguas, inscripción quinta. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Madison Alamosa HECM, LLC vs. La sucesión de Celestino del Valle Valdez t/c/c/ Celestino del Valle compuesta por Luis Ramón del Valle Galarza, José Manuel Del Valle Galarza, María Dolores Del Valle Galarza y Juan Orlando Del Valle Galarza y la sucesión de Ramona Galarza Contreras t/c/c Ramona Galarza Galarza t/c/c Ramona Galarza compuesta por Luis Ramón del Valle Galarza, José Manuel Del Valle Galarza, María Dolores Del Valle Galarza y Juan Orlando Del Valle Galarza; Fulano y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos de Celestino del Valle Valdez t/c/c/ Celestino del Valle; Estados Unidos de América, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, en el caso civil número CG2019cv01764 sobre ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $135,793.57, según Demanda de fecha 17 de mayo de 2019. Inscrito en la finca 44,863, anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Caguas, Puerto Rico, hoy día 23 de noviembre de 2020. FDO. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593.
LEGAL NOTICE THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO
DEUTSCHE BANK NATIONAL TRUST COMPANY Plaintiff V.
ISMAEL PAGAN-CEDENO, ET ALS
Defendants Civil No.: 18-1889. (ADC). JUDGMENT BY DEFAULT. It appears from the records on file in this proceeding that the summons and the complaint of the instant case were served upon defendants pursuant to, and in compliance with the applicable Federal Rules of Civil Procedure. The defendants failed to answer or otherwise
please in this case therefore default was entered against the defendant pursuant to F.R.Civ.P. 55 (a). Upon plaintiff’s motion for judgment, having submitted all of the evidence necessary to prove the allegations of the complaint and from the information included in the records on file in this proceeding the Court being fully advised in the premises hereby enters judgment by Default pursuant to F.R.Civ.P. 55 and ORDERS, ADJUGES and DECREES: The mortgage constituted by ISMAEL PAGAN CEDENO and WANDA IVETTE GONZALEZ RIVERA by deed number 340, before notary public Carlos R. Garriga Blanco at Humacao, on July 31, 2006, securing a mortgage note, payable to the order of the plaintiff is a valid and subsisting mortgage and constitutes a lien prior to the estate or interest of the defendant(s) in the above cause, on the mortgaged premises, as described in paragraph 6 of the complaint on file in the above cause, to wit: RUSTICA. Solar numero veintisiete (27) del Bloque CC sito en el Proyecto de viviendas conocido como Hacienda Primavera, ubicado en el Barrio Bayamon en Cidra, Puerto Rico, con una cabida superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PUNTO DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE (333.247) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE, con Solsticio Street; por el SUR, con el lote numero doce (12) del bloque CC; por el ESTE, con el lote numero veintiocho (28) del bloque CC; y por el OESTE, con el lote numero veintiséis (26) del bloque CC. Contiene una casa tipo Yagrumo que cuenta con las siguientes facilidades: tres (3) habitaciones, dos (2) baños, y sala-comedor, cocina, marquesina doble. Inscrita al Folio 165 del Tomo 461 de Cidra, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección II, Finca 16,889, 3rd Inscription. Defendant(s) ISMAEL PAGAN CEDENO and WANDA IVETTE GONZALEZ RIVERA as debtor(s) under said note and as present owner(s) of the land and buildings hereinbefore referred to, are hereby ordered and adjudged to pay unto the plaintiff the sum of Principal Balance of $204,254.70, Interest Due through November 30, 2020 of $77,099.04, Late Charge Payment $3,935.01, Unapplied Balance ($408.30), Funds owed by Borrower $1,068.46 and Attorney’s fees and Costs of 10% in the total amount of $20,500.00 plus interest thereafter at the daily accrual rate of 7.5% until final payment, and costs. Deutsche Bank National Trust Company is the owner and holder in due course of the note having acquired it for value received in the ordinary course of business. It was expressly stipulated in the note and the mortgage deed that if any one or more of the terms and conditions of the Mortgage were not fulfilled, the whole outstanding balance
The San Juan Daily Star of the debt would be declared to be immediately due and payable. Defendants have failed to perform an obligation under the terms of the mortgage. Deutsche Bank National Trust Company has tried to collect the indebtedness evidenced by the mortgage note without avail thus the entire principal sum and accrued interests and expenses have become due and payable pursuant to the acceleration clause of the note and the mortgage deed. After declaring all the indebtedness of the defendants due and payable, said defendant owes Deutsche Bank National Trust Company and is hereby ORDERED to pay the plaintiff the following amounts: 1. Principal Balance of $204,254.70, 2. Interest Due through November 30, 2020 of $77,099.04, 3. Late Charge Payment $3,935.01, 4. Unapplied Balance $408.30, Funds owed by Borrower $1,068.46, 5. Attorney fees and costs of 10% in the total amount of $20,500.00 plus interest thereafter at the daily accrual rate of 7.5% until final payment, and costs. If the defendants do not pay the amount of money herein ordered to pay or any part thereof within ten (10) days from the date of entry of judgment, the property, pursuant to plaintiff’s request and with the purpose of collecting the moneys due pursuant to the note, the mortgage deed and this judgment shall be sold by the Special Master at a public auction or judicial sale to the highest bidder thereof. The Special Master appointed by this Court shall conduct the sale of the property hereinabove mentioned in accordance with 28 U.S.C. Section 2001 and Section 2002. The amount of $205,000.00 shall serve as the minimum bidding amount for the first public sale. Should the first public sale fail to produce an award or adjudication, two-thirds of the aforementioned amount shall serve as the minimum bidding amount for the second public sale. Should there be no award or adjudication at the second public sale, the minimum bidding amount for the third public sale shall be one half of the aforementioned amount. The Special Master shall issue the corresponding notice of sale to be published in a newspaper of general circulation. Once the order of confirmation of the sale is entered, the Special Master will execute the corresponding deed of judicial sale to the purchaser who shall be entitled to the delivery of the property and its physical possession. Said possession may be obtained through eviction of the occupant of the property without the need of further order of this Court. Any funds derived from the sale to be made in accordance with the terms of this judgment and such further orders of this Court shall be applied as follows: a) To the payment of all proper expenses attendant upon said sale, including the expenses, outlays and compensation of the Special
Tuesday, December 29, 2020
Master appointed herein, after the said compensation and expenses shall have been fixed and approved by the Court, all said expenses to be deducted from the sum of $20,500.00, provided in the deed of mortgage for costs, charges and disbursements, expenses and attorneys’ fees. b) To the payment of all expenses or advances made by the plaintiff for an amount not to exceed $20,500.00. c) To the payment of that part of the indebtedness owed to plaintiff up to the amount of Principal Balance of $204,254.70, Interest Due through November 30, 2020 of $77,099.04, Late Charge Payment $3,935.01, Unapplied Balance $408.30, Funds owed by Borrower $1,068.46 and Attorney fees and Costs of 10% in the total amount of $20,500.00 plus interest thereafter at the daily accrual rate of 7 1/2% until final payment, and costs, and that plaintiff have execution therefore due in the above cause, after deduction of the expenses mentioned in the preceding subparagraph (a). Plaintiff in these proceeding may apply to this Court for such further orders as it may deem advisable to its interest in accordance with the terms of this judgment and the Clerk shall proceed to issue all writs necessary to enforce and execute the same. SO ORDERED. At San Juan, Puerto Rico, on this 23rd day of December, 2020. AIDA M. DELGADO-COLÓN, UNITED STATES DISTRICT JUDGE.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE Aguadilla SALA SUPERIOR DE Aguadilla
MTGLQ INVESTORS, L.P. Vs
SAMUEL PADILLA GONZALEZ Y OTROS
Civil: AG2020CV00255 (Salón 603 Civil). Sobre: COBRO DE DINERO - ORDINARIO Y OTROS. NOTIFICACIÓN.
A: CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES. P.O. BOX 195387 SAN JUAN, PUERTO RICO 00919. EDMY CORTIJO VILLOCK. PRSERVICE@ TMPPLLC.COM. MYRTA ZORAIDA FERRER ROSA. HC03 BOX 33467 AGUADILLA, PUERTO RICO 00603. SAMUEL PADILLA GONZALEZ. HC03 BOX 33467 AGUADILLA, PUERTO RICO 00603. SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES PADILLAFERRER. HC3 BOX 33467 AGUADILLA, PUERTO
RICO 00603.
El (La) Secretario(a) que suscribe certifica y notifica a usted que con relación al (a la) CASO DE EPÍGRAFE este Tribunal emitió una SENTENCIA el 21 de diciembre de 2020. Se aneja copia o incluye enlace: Presione aquí para acceder al documento electrónico objeto de esta notificación. SE LE ADVIERTE que al ser una parte o su representante legal en el caso sujeto a esta SENTENCIA, usted puede presentar un recurso de apelación, revisión o certiorari de conformidad con el procedimiento y en el término establecido por ley, regla o reglamento. CERTICO que la determinación emitida por el Tribunal fue debidamente registrada y archivada hoy 22 de diciembre de 2020, y que se envió copia de esta notificación a las personas antes indicadas, a sus direcciones registradas en el caso conforme a la normativa aplicable. En esta misma fecha fue archivada en autos copia de esta notificación. En Aguadilla, Puerto Rico, a 22 de diciembre de 2020. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA REGIONAL. ZUHEILY GONZÁLEZ AVILÉS, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.
LEGAL NOTICE M&T 19-07-72197 CG2019CV02827 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
U.S. BANK NATIONAL ASSOCIATION NOT IN ITS INDIVIDUAL CAPACITY BUT SOLELY AS TRUSTEE FOR THE RCAC PASSTTHROUGH TRUST, SERIES 2014-PR Demandante V.
RICARDO DE SOTO RODRÍGUEZ POR SÍ Y COMO MIEMBRO DE LA AHORA SUCESIÓN DE TERESA RODRÍGUEZ MOJARENA Y COMPUESTA ADEMÁS DE DALILA DE SOTO RODRÍGUEZ
Demandados Civil Núm.: CG2019CV02827. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro
postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Jardines de Caguas E10 Calle E, Caguas Puerto Rico 00725 t/c/c Urb. Jardines de Caguas, Barrio Cañabon, Solar 10 Bloque EE, Caguas Puerto Rico 00725 y que se describe a continuación: URBANA: Solar No. 10 del Bloque ‘E’ de la URBANIZACIÓN JARDINES DE CAGUAS, situado en el Barrio Cañabón de Caguas, con un área de 350.00 (35,000, según Certificación Registral) metros cuadrados. Colinda por el Noreste, en 14.00 metros, con la Calle ‘E’; por el Suroeste, en 14.00 metros, con Batey; por el Sureste, en 25.00 metros, con el solar No. E-9; y por el Noroeste, en 25.00 metros, con el solar No. E-11. Enclava una casa de hormigón de concreto y bloques. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio móvil del Tomo 1,602 de Caguas, finca número 16,763, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $119,286.80. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $79,524.53. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $59,643.40. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 370, otorgada el día 31 de mayo de 2002, ante el Notario Rafael Antonio Vélez Pérez y consta inscrita en el Folio móvil del Tomo 1,602 de Caguas, finca número 16,763, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera, inscripción quinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $114,735.21 por concepto de principal, más intereses al tipo
pactado de 4.375% anual desde el día 1 de abril de 2018. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $11,928.68 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $11,928.68 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $11,928.68 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. La referida hipoteca fue modificada en cuanto al principal que será ahora por $119,286.80, sus intereses serán al 4.375% anual y su vencimiento será para el 1ro. de febrero del 2046, todo mediante escritura número 68 otorgada en San Juan el 29 de febrero del 2016, ante Magda V. Alsina Figueroa. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A. Modificación: La hipoteca relacionada ad-supra ha sido modificada, compare-
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ciendo Los Titulares y U.S. Bank National Association, éste último como tenedor por endoso del pagaré, en cuanto al principal que será ahora por $119,286.80, sus intereses serán al 4.375% anual y su vencimiento será para el 1ro. de febrero del 2046, todo mediante escritura No. 68 otorgada en San Juan el 29 de febrero del 2016, ante Magda V. Alsina Figueroa, inscrita al Sistema Karibe, finca No. 16763 de Caguas, inscripción 7. B. Aviso de Demanda del 1ro. de agosto del 2019, en el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Caguas, en el Caso Civil No. CG2019CV02827, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por el U.S. Bank National Association, as Trustee for RCAC pass Through Trust Series 2014-PR versus Titulares, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca la cual asciende a la suma principal de $114,735.21, más costas, gastos e intereses. Consta presentado al asiento 2020-086152-CA01, Sistema Karibe, con fecha 15 de agosto del 2019, aparece presentado y pendiente de inscripción. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Caguas, Puerto Rico, hoy día 23 de noviembre de 2020. FDO. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.
LEGAL NOTICE M&T 18-03-80593 CG2018CV00181 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
ORIENTAL BANK Demandante V.
ISMAEL SÁNCHEZ RIVERA T/C/C ISRAEL SÁNCHEZ RIVERA
Demandado Civil Núm.: CG2018CV00181. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecu-
ción de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Apt. 3 A Cond. Bunker, Caguas, PR 00725 y que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Unidad de vivienda de forma sustancialmente cuadrada, de un sólo nivel en el Edificio ‘A’ del PROYECTO BUNKER PARK APARTMENTS, en el Barrio Pueblo de Caguas, construída de hormigón y bloques de hormigón, conteniendo salacomedor, cocina, tres habitaciones, un baño y balcón. La puerta de entrada está localizada por su colindancia Norte, por donde tiene acceso a los elementos comunes, con el número, cabida y colindancias que se describen a continuación: Apartamento No. A-03, localizado en el tercer piso de este Edificio, en el extremo Este del solar donde radica el Proyecto. Cabida: 798.375 pies cuadrados, equivalentes a 74.172 metros cuadrados. Colindancias: Colinda por el Norte, con el estacionamiento y áreas comunes, en 27’3’; por el Sur, con el patio, en 27’3’; por el Este, con el patio, en 31’6’; y por el Oeste, con el apartamento No. B-03, en 29’0’ Participación en elementos comunes: 0.084%. Espacio de estacionamiento: Le pertenece el uso y disfrute del espacio de estacionamiento identificado con el mismo número del apartamento, para un automóvil. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 24 del Tomo 1766 de Caguas, finca número 61,544, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $60,300.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $40,200.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta
se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $30,150.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 10, otorgada el día 29 de marzo de 2010, ante el Notario María Uxia Miranda Rivas y consta inscrita en el Folio 24 vto. del Tomo 1766 de Caguas, finca número 61,544, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera, inscripción sexta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $53,263.54 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.500% anual desde el día 1 de octubre de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 3.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $6,030.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $6,030.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $6,030.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de,
30 o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: Al asiento 2018-036720-CA-01, Sistema Karibe, con fecha 25 de abril del 2018, aparece presentado y pendiente de inscripción, Aviso de Demanda del 5 de abril del 2018, en el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Caguas, en el Caso Civil No. GR 2018 CV 00181 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Oriental Bank versus Titular, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 6ª., la cual asciende a la suma principal de $63,263.54 mas costas, gastos e intereses. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Caguas, Puerto Rico, hoy día 1 de diciembre de 2020. FDO. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593.
AMÉRICA, EL ESTADO LIBRE va a través del Sistema UnificaASOCIADO DE PUERTO RICO. do de Manejo y Administración A: UNITED MORTGAGE de Casos (SUMAC), al cual pueacceder utilizando la siguienCORPORATION; JOHN de te dirección: https://unired.ramaDOE Y RICHARD ROE. judicial.pr/sumac/ salvo que se POR EL PRESENTE EDICTO, represente por derecho propio, se le notifica que se ha radicado en cuyo caso deberá presentar en esta Secretaría por la parte su alegación responsiva en la demandante, Demanda para secretaría del tribunal. Si usted que se decrete judicialmente deja de presentar su alegación el saldo del pagaré hipotecario responsiva dentro del referido por la suma de $36,800.00 de término, el tribunal podrá dictar principal y vencedero 1ro de sentencia en rebeldía en su conseptiembre de 2017 a favor de tra y conceder el remedio soliciUnited Mortgage Corporation, tado en la demanda, o cualquier o a su Orden, garantizado con otro, si el tribunal, en el ejercicio hipoteca según consta de la es- de su sana discreción, lo encritura número 1265 otorgada en tiende procedente. La dirección San Juan, Puerto Rico, el 14 de postal de la abogada de la parte agosto de 1987 ante el Notario demandante es la siguiente: José Enrique Amedeo; y pagaLcda. Adela Surillo Gutierrez ré hipotecario por la suma de Collazo, Connelly & Surillo LLC, P.O. Box 70212 San Juan, PR 00936$38,750.00 de principal y vence8212; Teléfono: 625-9999. dero 1ro de abril de 2009 a favor de Doral Mortgage Corporation, EN TESTIMONIO DE LO CUAL, o a su Orden, garantizado con expido el presente Edicto que hipoteca según consta de la firmo y sello en San Juan, Puerescritura número 112 otorgada to Rico, hoy 18 de diciembre de en San Juan, Puerto Rico, el 8 2020. GRISELDA RODRÍGUEZ SECRETARIA. de abril de 1999 ante el Notario COLLADO, Víctor R. Núñez Arco, sobre la ROSA M. TORRÉNS COLÓN, siguiente propiedad: URBANA: SECRETARIA DE SERVICIOS Solar radicado en el Barrio Sa- A SALA.
bana Llana de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, marcado con el número diecinueve del Bloque E de la Urbanización Montecarlo con una cabida superficial de trescientos setenta y cinco punto noventa y ocho (375.98) metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en veintiún punto cincuenta metros (21.50) y un arco de cinco punto cincuenta metros (5.50), con la Avenida Principal de la Urbanización; por el SUR, en veinticinco metros (25.00) con el Solar número dieciocho del Bloque B de la Urbanización; por el ESTE, en quince punto trece metros (15.13) con un paseo o mall de la Urbanización; y por el OESTE en punto sesenta y seis metros, con la Calle número tres. Hay construida en este solar una casa residencial de concreto y bloque que consiste principalmente de marqueLEGAL NOTICE sina, balcón, sala, comedor, tres ESTADO LIBRE ASOCIADO DE habitaciones, dos baños y una PUERTO RICO TRIBUNAL DE cocina. La escritura de hipoteca PRIMERA INSTANCIA SALA se encuentra inscrita: al folio 236 del tomo 290 de Sabana Llana, SUPERIOR DE SAN JUAN inscripción 4ta.; e inscrita al foANTONIO lio 17 del tomo 1123 de Sabana ROQUE RODRIGUEZ Llana, inscripción 5ta., como Demandante Vs. Asiento Abreviado Extendidas las líneas el día 23 de abril de UNITED MORTGAGE CORPORATION; DORAL 2015, según Ley número 216 día 27 de diciembre de 2020, MORTGAGE LLC COMO del respectivamente, Registro de la SUCESOR EN DERECHO Propiedad de San Juan, Sección DE DORAL MORTGAGE Cuarta, finca número 12,395. La CORPORATION; JOHN parte demandante alega que DOE Y RICHARD ROE dichos pagarés se han extraviado según más detalladamente COMO DEMANDADOS consta en la Demanda radicada DESCONOCIDOS CON que puede examinarse en la Secretaría de este Tribunal. POR POSIBLE INTERÉS LA PRESENTE se le emplaza Demandados Civil Núm.: SJ2020CV06261. para que presente al tribunal su Sobre: CANCELACIÓN DE PA- alegación responsiva dentro de GARÉS EXTRAVIADOS. EM- los treinta (30) días de haber PLAZAMIENTO POR EDICTO. sido publicado este emplazaLOS ESTADOS UNIDOS DE miento, excluyéndose el día de AMÉRICA, EL PRESIDENTE la publicación. Usted deberá DE LOS ESTADOS UNIDOS DE presentar su alegación responsi-
The San Juan Daily Star
Tuesday, December 29, 2020
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE MAYAGÜEZ.
Reverse Mortgage Funding, LLC DEMANDANTE vs.
Jeronimo Irizarry Irizarry, t/c/c Geronimo Yrizarry, t/c/c Geronimo Irizarry lrizarry, t/c/c Jeronimo Irizarry por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales que compone junto a Iris Camelia Ríos Rivera, t/c/c Iris Camelia Ríos, t/c/c Iris C. Ríos Rivera, t/c/c Iris C. Ríos; Iris Camelia Ríos Rivera, t/c/c Iris Camelia Ríos, t/c/c Iris C. Ríos Rivera, t/c/c Iris C. Ríos por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales que compone junto a Jeronimo lrizarry lrizarry, t/c/c Geronimo Yrizarry, t/c/c Geronimo Irizarry Irizarry, t/c/c Jeronimo I. lrizarry; y a los Estados Unidos de América.
DEMANDADOS CIVIL NUM. MZ2020CV00751. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA . EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS . EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.
A: Jeronimo lrizarry lrizarry, t/c/c Geronimo
Yrizarry, t/c/c Geronimo Irizarry . lrizarry, t/c/c Jeronimo L Irizarry por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales que . compone junto a Iris Camelia Ríos Rivera, t/c/c Iris Camelia Ríos, t/c/c Iris C. Ríos Rivera, t/c/c . Iris C. Ríos; Iris Camelia Ríos Rivera, t/c/c Iris Camelia Ríos, t/c/c Iris C. Ríos Rivera, t/c/c . Iris C. Ríos por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales que compone . junto a Jeronimo lrizarry Irizarry, t/c/c Geronimo Yrizarry, t/c/c Geronimo Irizarry . lrizarry, t/c/c Jeronimo l. lrizarry
POR LA PRESENTE , se les emplaza y se les notifica que se ha presentado en la Secretaria . de este Tribunal la Demanda del caso del epígrafe solicitando la ejecución de hipoteca y el cobro . de dinero relacionado al pagaré suscrito a favor de First Equity Mortgage Bankers, Inc., o a su . orden, por la suma principal de $210,000.00 , con intereses computados sobre la misma desde su . fecha hasta su total y completo pago a razón de la tasa de interés de 5.060% anual, la cual será . ajustada mensualmente. obligándose además al pago de costas. gastos y desembolsos del litigio, . más honorarios de abogados en una suma de $21,000.00 , equivalente al 10% de la suma principal . original. Este pagaré fue suscrito bajo el affidávit número 656 ante el notario Shariann Morales . Feliciano. Lo anterior surge de la hipoteca constituida mediante la escritura número 342 otorgada . el 12 de octubre de 2012, ante el mismo notario público , presentada al folio al asiento 502 del diario 752 de Mayagüez del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Mayagüez La . Hipoteca Revertida grava la propiedad que se describe a continuación: . - URBANA: Solar número 19 de la manzana W de trescientos treinta y siete metros . cincuenta centímetros cuadrados radicado en la Urbanización Alturas de Algarrobo, . localizado en el Barrio Miradero de Mayagüez, Puerto Rico, en lindes por el NORTE, en . una distancia de 13.50 metros , con la calle número 20 de la Urbanización; por el SUR, en . una distancia de 13.50 metros con Alturas de Mayagüez; por el ESTE , en una distancia de . 25.00 metros con el solar número 18; y por el OESTE , en una distancia de 25.00 metros, . con el solar 20. . . Contiene una casa de concreto diseñada para una familia . Finca número 28.884. inscrita al folio 158 del tomo 967 de Mayagüez. Registro . de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de
Mayagüez. . Se apercibe y advierte a ustedes como personas desconocidas, que deberá presentar su . alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos . (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: . https:// unired.jan1ajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá . presentar su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal. De no contestar la demanda . radicando el original de la contestación ante la secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala . de Mayagüez , y notificar copia de la contestación de esta a la parte demandante por conducto de . su abogada, GLS LEGAL SERVICES, LLC, Atención: Leda. Genevieve López Stipes , . Dirección: P.O . Box367308, San Juan, P.R. 00936-7308, Teléfono: 787-758-6550 , dentro de los . próximos 60 días a partir de la publicación de este emplazamiento por edicto, que será publicado . una sola vez en un periódico de circulación diaria general en la isla de Puerto Rico, se le anotará . la rebeldía y se dictará sentencia, concediendo el remedio solicitando en la Demanda sin más citarle . ni oírle. . Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal hoy 18 de DICIEMBRE de 2020. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, Secretario (a) REGIONAL. FIZAHIRA RODRIGUEZ SOLER, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN
LEGACY MORTGAGE ASSET TRUST 2019-PR1 Demandante V.
ASSOCIATES INTERNATIONAL HOLDINGS CORPORATION, JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES TENEDORES DESCONOCIDOS
Demandado(a) Civil: BY2020CV02962. 402. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.
A: JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES TENEDORES DESCONOCIDOS.
(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 11 de diciembre de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación
se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 22 de diciembre de 2020. En Bayamón, Puerto Rico, el 22 de diciembre de 2020. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. ELIBETH M. TORRES ALICEA, SECRETARIA AUXILIAR.
LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION T/C/C FANNIE MAE Demandante V.
LAS SUCESIONES DE FÉLIX A. BRAVO ALERS T/C/C FÉLIX AMED BRAVO ALERS Y ELBA C. ROSARIO SOTO T/C/C ELBA CLAUDINA ROSARIO SOTO COMPUESTA POR FÉLIX YAMIL BRAVO ROSARIO Y LA SUCESIÓN DE FÉLIX AHMED BRAVO ROSARIO COMPUESTA POR CLOUDY ANN BRAVO LIPIEC Y WINDY ANN BRAVO LIPIEC; SUTANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE FÉLIX AHMED BRAVO ROSARIO
Demandados Civil Núm.: KCD2014-0923. (903). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del
Alguacil del Tribunal de Primera Instancia en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en el Cond. Galería I, Estacionamiento Número 139, San Juan, PR 00918 y que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: CONDOMINIO GALERÍAS FASE I de Río Piedras Norte. Estacionamiento: 139. Cabida 13.79 metros cuadrados. PARA MAYOR CLARIDAD SE DESCRIBE NUEVAMENTE: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Área de estacionamiento localizada en el Ground Floor Upper Level del Condominio Galerías Fase I, el cual está localizado en la Avenida Arterial Hostos del Barrio Hato Rey de la ciudad de San Juan, Puerto Rico, que se describe como sigue: Estacionamiento número 139, con un área de 148.50 pies cuadrados, equivalentes a 13.79 metros cuadrados. Colinda por el Norte, con Rampa; por el Sur, con Parking número 138; por el Este, con Parking número 72, y por el Oeste, con Roadway in Garage. Le corresponde una participación de 0.0751% en los elementos comunes limitados. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Tomo Karibe de Río Piedras Norte, finca número 38,822 en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda. Las subastas se celebrarán en los siguientes días y horas. El tipo mínimo será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca y en la sentencia del presente caso. PRIMERA FECHA: 1 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $6,880.00. SEGUNDA FECHA: 8 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $4,586.67. TERCERA FECHA: 16 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $3,440.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 23, otorgada el día 24 de abril de 2003, ante el Notario Antonio R. Escriba Oliver y consta inscrita en el Tomo Karibe de Río Piedras Norte, finca número 38, 822 en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $69,972.81 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.250% anual desde el día 1 de agosto de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días ca-
lendarios de la fecha vencimiento, la suma de $8,600.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $8,600.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $8,600.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de los inmuebles y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge del estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: DEMANDA pleito seguido por Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae vs. Félix A. Bravo Alers t/c/c Félix Amed Bravo Alers, Elba C. Rosario Soto t/c/c Elba Claudina Rosario Soto, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil KCD2014-0923, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, según Demanda de fecha 29 de abril de 2014. Anotada al folio 113 del tomo 1626 de Río Piedras Norte, Inscripción cuarta. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en
The San Juan Daily Star
Tuesday, December 29, 2020
detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el LEGAL NOTICE procedimiento sujeta a los térmiESTADO LIBRE ASOCIADO nos de la Sentencia, Sentencia DE PUERTO RICO TRIBUNAL Parcial o Resolución, de la cual GENERAL DE JUSTICIA SALA puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del SUPERIOR DE CAGUAS término de 30 días contados a BANCO POPULAR DE partir de la publicación por edicPUERTO RICO to de esta notificación, dirijo a Demandante Vs usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha JENNY MYRNALEE DELGADO ROSA, SU de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha ESPOSO MARCOS sido archivada en los autos de REYES RODRIGUEZ Y LA este caso, con fecha de 21 de SOCIEDAD LEGAL DE diciembre de 2020. En Caguas, LEGAL NOTICE BIENES GANANCIALES Puerto Rico, el 21 de diciembre de 2020. CARMEN ANA PEESTADO LIBRE ASOCIADO COMPUESTA POR DE PUERTO RICO TRIBUREIRA ORTIZ, SECRETARIA. AMBOS, SUCESION GLORIMAR RIVERA RIVERA, NAL GENERAL DE JUSTICIA DE JUANA ROSA T/C/C SECRETARIA AUXILIAR. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE JUANA ROSA CORREA LEGAL NOTICE BAYAMÓN T/C/C JUANA ROSA ESTADO LIBRE ASOCIADO DE BANCO POPULAR DE ROSA COMPUESTA PUERTO RICO TRIBUNAL DE PUERTO RICO POR SU HEREDERA PRIMERA INSTANCIA SALA Demandante V. CONOCIDA JENNY SUPERIOR DE BAYAMÓN
que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Las propiedades a ser ejecutadas se adquirirán libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a las disposiciones de la ley vigente, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL SUPERVISOR, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA.
SUCESION DE RAMON VALLE TALAVERAS Y OTROS
Demandado(a) Civil: BY2018CV02288. Sala: 504. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.
este caso, con fecha de 21 de diciembre de 2020. En Bayamón, Puerto Rico, el 21 de diciembre de 2020. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. MARÍA E. COLLAZO, SECRETARIA AUXILIAR.
MYRNALEE DELGADO ROSA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PERSONAS CON INTERES EN DICHA SUCESION; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
A: JEANETTE VALLE HEMRAJ, ARACELIS Demandado VALLE HEMRAJ Y Civil Núm.: CG2019CV02848. Sobre: COBRO DE DINERO Y ELIZABETH VALLE HEMRAJ; FULANO DE EJECUCIÓN DE HIPOTECA. DE SENTENTAL Y SUTANA DE TAL NOTIFICACIÓN CIA POR EDICTO. COMO HEREDEROS A: JENNY MYRNALEE DESCONOCIDOS Y/O DELGADO ROSA, SU PARTE CON INTERES DE ESPOSO MARCOS LA SUCESION DE RAMON REYES RODRIGUEZ Y LA VALLE TALAVERA. SOCIEDAD LEGAL DE (Nombre de las partes a las que se BIENES GANANCIALES le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que susCOMPUESTA POR cribe le notifica a usted que 12 AMBOS, SUCESION de junio de 2020, este Tribunal DE JUANA ROSA T/C/C ha dictado Sentencia, Sentencia JUANA ROSA CORREA Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente T/C/C JUANA ROSA registrada y archivada en autos ROSA COMPUESTA donde podrá usted enterarse POR SU HEREDERA detalladamente de los términos CONOCIDA JENNY de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un MYRNALEE DELGADO periódico de circulación general ROSA; FULANO DE en la Isla de Puerto Rico, dentro TAL Y SUTANA DE TAL de los 10 días siguientes a su COMO HEREDEROS notificación. Y, siendo o repreDESCONOCIDOS sentando usted una parte en el procedimiento sujeta a los térmiY/O PERSONAS CON nos de la Sentencia, Sentencia INTERES EN DICHA Parcial o Resolución, de la cual SUCESION. puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de
(Nombre de las partes a las que se les notifica la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 20 de marzo de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.
LUIS RAFAEL SANTOS MAS, NELLY YAZMARIS ALGARÍN ALICEA T/C/C NELLY Y. ALGARÍN ALICEA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Parte Demandada Civil Núm.: BY2019CV03448. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia de 11 de octubre de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia del 11 de diciembre de 2019 y el Mandamiento de Ejecución del 12 de diciembre de 2019 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 27 DE ENERO DE 2021, A LAS 2:45 DE LA TARDE en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, en la Sala 503 del quinto piso, ubicado en la carretera #2, Km. 11.03, Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: RÚSTICA: Predio de terreno localizado en el Barrio Dajaos del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida su-
perficial de 700.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 2 alineaciones distintas que totalizan 12.748 metros; con parte del remanente de la finca principal; por el SUR, en 5 alineaciones distintas que totalizan 40.623 metros con terrenos de Neftalí Algarín; por el ESTE, en 3 alineaciones distintas que totalizan 33.302 metros con la parte de la finca principal de la cual se segrega; y por el OESTE, con una sola alineación de 28.363 metros con parte del remanente de la finca de la cual se segrega, según surge del plano de inscripción aprobado. La propiedad consta inscrita al Folio 169 del Tomo 1836 de Bayamón, Finca Número 75556, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. La escritura de hipoteca consta inscrita como asiento abreviado al Folio 8411 del Tomo 1965 de Bayamón, Finca Número 75556, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. Inscripción cuarta. DIRECCIÓN FÍSICA: SR 812 DAJAOS WARD, BAYAMÓN, PR 00959. El tipo mínimo para la primera subasta será de $89,082.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, día 3 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 2:45 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $59,388.00. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 10 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 2:45 DE LA TARDE, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $44,541.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $76,768.64 de principal, más intereses sobre dicha suma al 5% anual desde el 1 de septiembre de 2017 hasta su completo pago, más $326.83 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $8,908.20 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente ejecutar: a) Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Luis Rafael Santos Mas, Nelly Yazmaris Algarín Alicea también conocida como Nelly Y. Algarín Alicea y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales, compuesta por ambos, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ba-
yamón, en el caso civil número BY2019CV03448, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $76,768.64 y otras cantidades, según Demanda de fecha 19 de junio de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Bayamón. Anotación A. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de diciembre de 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL PLACA #918, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.
MARÍA NERYS MATOS RÍOS T/C/C MARÍA MATOS RÍOS
Parte Demandada Civil Núm.: BY2019CV03417. Sobre: COBRO DE DINERO y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia de
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18 de octubre de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia del 12 de diciembre de 2019 y el Mandamiento de Ejecución del 16 de diciembre de 2019 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 27 DE ENERO DE 2021, A LAS 3:00 DE LA TARDE en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, en la Sala 503 del quinto piso, ubicado en la carretera #2, Km. 11.03, Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: RÚSTICA: Barrio Galateo de Toa Alta, Puerto Rico. Cabida: 1,795.2779 metros cuadrados. Linderos por el NORTE, con terrenos de Jesús Córdoba, Jorge L. Oyola y Víctor Rosado; por el SUR, con solar número dos (2) y Calle Principal del Proyecto en plano de inscripción; por el ESTE, con terrenos de Jesús Córdoba, Jorge L. Oyola y Víctor Rosado; y por el OESTE, con solar número cinco (5) y Calle Principal del Proyecto. La propiedad consta inscrita al Tomo Karibe de Toa Alta, Finca Número 28286, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. La escritura de hipoteca consta inscrita al Tomo Karibe de Toa Alta, Finca Número 28286, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. Inscripción séptima. DIRECCIÓN FÍSICA: RD. 804, KM 0.3 INT GALATEO WD. TOA ALTA, PR 00953. El tipo mínimo para la primera subasta será de $103,098.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 3 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:00 DE LA TARDE, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $68,732.00. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 10 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:00 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $51,549.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de suma de $95,529.79 de principal, más intereses sobre dicha suma al 4% anual desde el 1 de agosto de 2017 hasta su completo pago, más $280.38 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $10,309.80 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cual-
quier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente ejecutar: A) Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. María Nerys Matos también conocida como María Matos Ríos, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número BY2019CV03417, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $95,529.79 y otras cantidades según Demanda de fecha 19 de junio de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Toa Alta. Anotación A. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de diciembre 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL PLACA #918, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
E. VIÑAS SERRANO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Parte Demandada Civil Núm.: BY2019CV02872. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 25 de septiembre de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia del 21 de noviembre de 2019 y el Mandamiento de Ejecución del 22 de noviembre de 2019 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 27 DE ENERO DE 2021, A LAS 2:30 DE LA TARDE en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, en la Sala 503 del quinto piso, ubicado en la carretera #2, Km. 11.03, Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado con el Número Nueve (9) del Bloque A de la Urbanización Villas de Caparra, localizada en el Barrio Juan Sánchez de Bayamón, con una cabida de 399.05 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el Solar Número Doce (12), en 10.80 metros; por el SUR, con la Calle A, en 17.20 metros; por el ESTE, con los Solares Número Seis (6), Siete (7) y Ocho (8), en 2.98 metros, más 11.97 metros, más 12.95 metros que hacen un total de 27.90 metros; y por el OESTE, con los Solares Números Diez (10) y Once (11) en 27.00 metros. En este solar enclava una casa de concreto dedicada a vivienda. La propiedad consta inscrita al Folio 186 del Tomo 840 de Bayamón, Finca Número 37812, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 64 del Tomo 1796 de Bayamón, Finca Número 37812, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. Inscripción octava. DIRECCIÓN FÍSICA: VILLAS DE CAPARRA A9 CALLE A LEGAL NOTICE BAYAMÓN, PR 00959-7603. El ESTADO LIBRE ASOCIADO DE tipo mínimo para la primera suPUERTO RICO TRIBUNAL DE basta será de $138,380.00. De PRIMERA INSTANCIA SALA no haber adjudicación en la priSUPERIOR DE BAYAMÓN mera subasta se celebrará una BANCO POPULAR DE SEGUNDA SUBASTA, el día 3 DE FEBRERO DE 2021, A LAS PUERTO RICO 2:30 DE LA TARDE, en el mismo Parte Demandante Vs. en la cual el tipo mínimo BARTOLOMÉ BAUZÁ lugar, será de dos terceras partes del GARCÍA, MARÍA EUGENIA tipo mínimo fijado en la primera VIÑAS SERRANO subasta, o sea, $92,253.33. De T/C/C MARÍA VIÑAS DE no haber adjudicación en la seBAUZÁ T/C/C MARÍA gunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 10
32 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 2:30 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $69,190.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de suma $116,584.00 de principal, más intereses sobre dicha suma al 4.5% anual desde el 1 de junio de 2018 hasta su completo pago, más $205.54 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $13,838.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente ejecutar: a) Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Bartolomé Bauza García y su esposa, María E. Viñas Serrano, también conocida como María Eugenia Viñas Serrano y como María Viñas de Bauza, ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón, en el Caso Civil Número BY2019CV02872, sobro Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $116,584.00 y otras cantidades, según Demanda de fecha 29 de mayo de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Bayamón. Anotación B. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015.
Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de diciembre de 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL PLACA #918, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: Lcdo. Francisco Fernández Chiqués a du dirección: Fernández Chiqués, LLC, P.O. Box 9749, San Juan, P.R. 00908; Teléfono 787-7223040 / Fax (787) 722-3317 denLEGAL NOTICE tro del término de Treinta (30) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE días de haberse publicado este PUERTO RICO TRIBUNAL DE edicto, descontando la fecha de PRIMERA INSTANCIA SALA DE la publicación del edicto. Se le advierte que, si usted deja de CAROLINA ACM CDGY VI LN, LLC presentar su alegación responsiva dentro del referido término, Demandante V. podrá dictar sentencia DOMINGA ESCRIBANO elentribunal rebeldía en su contra y conSANCHEZ POR SI Y ceder el remedio solicitado en la COMO MIEMBRO DE demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en ejercicio de su sana LA SUCESION DE discreción lo entiende procedenCARLOS MANUEL te. Se le ORDENA además a NEGRON PABON usted(es) a que dentro del térmiCOMPUESTA ADEMAS no legal de treinta (30) días, de POR ALEXIS NEGRON haberse publicado del presente ESCRIBANO, SUCESION edicto, descontando la fecha de su publicación, acepte o repudie DE JUAN CARLOS la participación que le corresNEGRON ESCRIBANO ponda en la herencia de Carlos COMPUESTA POR Manuel Negron Pabón. SE LES APERCIBE a los herederos anFULANO DE TAL Y FULANA DE TAL COMO tes mencionados que de no expresarse dentro de ese término POSILES HEREDEROS de treinta (30) días en torno a DESCONOCIDOS; JOHN su aceptación o repudiación de DOE Y JANE DOE COMO herencia, se presumirá que han POSIBLES HEREDEROS aceptado la herencia de la causante, Carlos Manuel Negron DESCONOCIDOS DE Pabón, y, por consiguiente, resCARLOS MANUEL ponden por las cargas de dicha NEGRON PABON; herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 CENTRO DE L.P.R.A 2785. EXPEDIDO BAJO RECAUDACIONES MI FIRMA Y SELLO DE ESTE INGRESOS TRIBUNAL. En Carolina, Puerto MUNICIPALES (CRIM); Rico, hoy día 15 de diciembre de 2020. LCDA. MARILYN APONADMINISTRACION PARA EL SUSTENTO DE TE RODRÍGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. IDA FERNÁNDEZ MENORES RODRÍGUEZ, SECRETARIA Demandado(s) AUXILIAR DEL TRIBUNAL. Civil Núm.: CN2020CV00188. Sobre: EJECUCIÓN DE HILEGAL NOTICE POTECA (IN REM). EMPLAESTADO LIBRE ASOCIADO DE ZAMIENTO POR EDICTO E PUERTO RICO TRIBUNAL DE INTERPELACIÓN. LOS ESTAPRIMERA INSTANCIA SALA DE DOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL CAROLINA PRESIDENTE DE LOS EE.UU., ACM CDGY VI LN, LLC EL ESTADO LIBRE ASOCIADO Demandante V. DE P.R., S.S.
A: JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE CARLOS MANUEL NEGRON PABON.
Queda(n) emplazado(s) y notificado(s) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Ejecución de Hipoteca In REM en su contra. Se le notifica para que comparezca ante el Tribunal dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el presente caso. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del
The San Juan Daily Star
Tuesday, December 29, 2020
DOMINGA ESCRIBANO SANCHEZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE CARLOS MANUEL NEGRON PABON COMPUESTA ADEMAS POR ALEXIS NEGRON ESCRIBANO, SUCESION DE JUAN CARLOS NEGRON ESCRIBANO COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y FULANA DE TAL COMO POSILES HEREDEROS DESCONOCIDOS; JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS
DESCONOCIDOS DE CARLOS MANUEL NEGRON PABON; CENTRO DE RECAUDACIONES INGRESOS MUNICIPALES (CRIM); ADMINISTRACION PARA EL SUSTENTO DE MENORES
sante, Carlos Manuel Negron Pabón, y, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A 2785. EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DE ESTE TRIBUNAL. En Carolina, Puerto Rico, hoy día 15 de diciembre de 2020. LCDA. MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. IDA FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, SECRETARIA Demandado(s) Civil Núm.: CN2020CV00188. AUXILIAR DEL TRIBUNAL. Sobre: EJECUCIÓN DE HILEGAL NOTICE POTECA (IN REM). EMPLAESTADO LIBRE ASOCIADO DE ZAMIENTO POR EDICTO E INTERPELACIÓN. LOS ESTA- PUERTO RICO TRIBUNAL DE DOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRIMERA INSTANCIA CENTRO PRESIDENTE DE LOS EE.UU., JUDICIAL DE TOA ALTA EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., S.S.
A: FULANO DE TAL Y FULANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE JUAN CARLOS NEGRON ESCRIBANO.
Queda(n) emplazado(s) y notificado(s) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Ejecución de Hipoteca In REM en su contra. Se le notifica para que comparezca ante el Tribunal dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el presente caso. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: Lcdo. Francisco Fernández Chiqués a du dirección: Fernández Chiqués, LLC, P.O. Box 9749, San Juan, P.R. 00908; Teléfono 787-7223040 / Fax (787) 722-3317 dentro del término de Treinta (30) días de haberse publicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Se le advierte que, si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en ejercicio de su sana discreción lo entiende procedente. Se le ORDENA además a usted(es) a que dentro del término legal de treinta (30) días, de haberse publicado del presente edicto, descontando la fecha de su publicación, acepte o repudie la participación que le corresponda en la herencia de Carlos Manuel Negron Pabón. SE LES APERCIBE a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se presumirá que han aceptado la herencia de la cau-
PR RECOVERY AND DEVELOPMENT JV, LLC Demandante Vs.
CARLOS A. RIVERA GONZÁLEZ H/N/C SNAPSHOT, CATHERINE RODRÍGUEZ FALCÓN & LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandados Civil Núm.: TA2020CV00500. Sobre: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.
A: CARLOS A. RIVERA GONZÁLEZ H/N/C SNAPSHOT, POR SI Y EN REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES - URB. CAMPOS DEL TOA BOX 2718 TOA ALTA, PUERTO RICO 00953 / RR 7 BOX 2718 TOA ALTA, PUERTO RICO 00953-8204. A: CATHERINE RODRÍGUEZ FALCÓN, POR SI Y EN REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES - URB. CAMPOS DEL TOA BOX 2718 TOA ALTA, PUERTO RICO 00953 / RR 7 BOX 2718 TOA ALTA, PUERTO RICO 00953-8204.
POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), la cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda o cual-
quier otro sin más citarle ni oírle, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El sistema SUMAC notificará copia al abogado de la parte demandante, el Lcdo. José F. Aguilar Vélez cuya dirección es: P.O. Box 71418 San Juan, Puerto Rico 00936-8518, teléfono (787) 993-3731 a la dirección jose.aguilar@orf-law.com y a la dirección notificacions@orf-law. com. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en Toa Alta, Puerto Rico, hoy día 15 de diciembre de 2020. En Toa Alta, Puerto Rico, el 15 de diciembre de 2020. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL. LIRIAM HERNÁNDEZ OTERO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.
LEGAL NOTICE
dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. La abogada de la parte demandante es la Lcda. Marjaliisa Colón Villanueva, abogada de los demandantes, a su dirección en Apartado 7970 en Ponce PR 00732. Notifíquese. En cumplimiento de Orden de este Tribunal, expido el presente EDICTO bajo mi firma y sello del Tribunal, en Aguadilla, Puerto Rico a 15 de diciembre de 2020. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA REGIONAL. ARLENE GUZMÁN PABÓN, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
LEGAL NOTICE
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN SUPERIOR DE AGUADILLA REVERSE MORTGAGE
ÁNGEL JAVIER GONZÁLEZ CUEVAS
FUNDING LLC.
Por la presente quedan notificados que el demandante de epígrafe ha presentado demanda alegando la pérdida de un pagaré por la suma de $90,000.00 a favor de Westerbank ahora Banco Popular de Puerto Rico, o a su orden, según consta de la Escritura Número 466, otorgada el 30 de octubre de 2007, ante el Notario José A. Amador López. Se advierte que transcurridos treinta (30) días de la publicación de este edicto y no habiendo oposición alguna a la demanda, este Tribunal dictará sentencia de acuerdo con lo solicitado en la misma. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.
Demandante Vs.
SUCESION HECTOR BANCO BILBAO VICENTE RIVERA VIZCAYA ARGENTINA DAVILA COMPUESTA PUERTO RICO AHORA POR HECTOR R. RIVERA ORIENTAL FINANCIAL NEVAREZ, MILAGROS GROUP INC; JOHN DOE RIVERA NEVAREZ, JOHN Y RICHARD ROE COMO DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES TENEDORES POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DESCONOCIDOS; Parte Demandada AIDA ROSA NEVAREZ Civil Núm.: AG2020CV01035. FUENTES POR SI Sobre: CANCELACIÓN DE PAY EN CUANTO A GARÉ EXTRAVIADO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRILA CUOTA VIUDAL CA, PRESIDENTE DE LOS ESUSUFRUCTUARIA; TADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ESTADOS UNIDOS DE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE AMERICA; CENTRO DE PUERTO RICO. RECAUDACIONES DE A: JOHN DOE Y INGRESOS MUNICIPALES RICHARD ROE COMO Demandados POSIBLES TENEDORES Civil Núm.: BY2019CV03471. DESCONOCIDOS DEL Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOPAGARÉ EXTRAVIADO. TECA. EDICTO DE SUBASTA. Parte Demandante Vs.
A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:
Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de BAYAMON, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 9 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:45 DE LA TARDE, todo derecho
título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el numero Treinta y Dos (32) del Bloque “EN” de la Urbanización Santa Juanita, radicado en el barrio Minillas de Bayamón, Puerto Rico, que comprende un área de Trescientos Uno punto treinta metros cuadrados (301.30 m.c). En lindes por el NORTE, con el solar número treinta y cinco; por el SUR, con la calle Encina Sur; por el ESTE, con el solar número treinta y uno; y por el OESTE, con el solar número treinta y tres del bloque “EN”. Enclava edificación para fines residenciales. Inscrita al folio 133 del tomo 661 de Bayamón Sur, finca número 30,530, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. La hipoteca objeto de esta ejecución se encuentra inscrita al folio 171 del tomo 1743 de Bayamón Sur, finca 30,530, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I, inscripción 7ª. Propiedad localizada en: URB. SANTA JUANITA, EN-32 CALLE ENCINA SUR, BAYAMON, PR 00956. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano. Suma de la Carga: $187,500.00. Fecha de Vencimiento: 23 de julio de 2090. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $187,500.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 17 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:45 DE LA TARDE, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $125,000.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $93,750.00, la mitad (1/2) del precio pactado
The San Juan Daily Star y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 24 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:45 DE LA TARDE. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $98,697.83 por concepto de principal, más la suma de $4,160.94 en intereses acumulados al 30 de junio de 2019 y los cuales continúan acumulándose a razón de 2.40% anual hasta su total y completo pago; más la sumas de $4,835.54 en seguro hipotecario; $4,410.00 en cargos por servicio; $489.00 de seguro; $375.00 en tasaciones; $80.00 en inspecciones de la propiedad; más la cantidad de 10% en la suma de $18,750.00 para gastos, costas y honorarios de abogado, esta última habrá de devengar intereses al máximo del tipo legal fijado por la oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aplicable a esta fecha, desde este mismo día hasta su total y completo saldo. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Bayamón, Puerto Rico, hoy 15 de diciembre de 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL REGIONAL. MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, ALGUACIL PLACA #735.
Tuesday, December 29, 2020 ANTONIO HERNANDEZ COMPUESTA POR SUS HIJOS JOSE LUIS HERNANDEZ RESTO, CARMEN ELSIE HERNANDEZ CORDERO, DAMARIS HERNANDEZ CORDERO Y JOSE HERNANDEZ CORDERO Y FULANO Y SUTANO DE TAL; ELSIE CORDERO ACEVEDO, TAMBIÉN CONOCIDO COMO ELSIE CORDERO DE HERNANDEZ; JOSE HERNANDEZ CORDERO, NINETTE MARRERO COSME Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados
CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)
Parte con Interés Civil Núm.: SJ2019CV02729. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.
A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:
Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 9 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:15 DE LA TARDE, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demanLEGAL NOTICE dada o cualquiera de ellos en ESTADO LIBRE ASOCIADO DE el inmueble hipotecado objeto PUERTO RICO TRIBUNAL DE de ejecución que se describe a PRIMERA INSTANCIA SALA DE continuación: URBANA: Solar marcado con el número DOCE BAYAMÓN (12) del bloque BN de la UrbaBOSCO CREDIT X, nización Santa Juanita, radicada LLC, BY FRANKLIN en el Barrio Minillas de BayaCREDIT MANAGEMENT món, Puerto Rico, que comprende un área de CUATROCIENCORPORATION AS TOS OCHENTA Y OCHO SERVICER PUNTO VEINTIDOS METROS Demandante Vs. CUADRADOS (488.22M/C), en SUCESION DE JOSE lindes por el NOROESTE, con ANTONIO HERNANDEZ el solar número ONCE (11) del bloque BN; por el SURESTE, MEDINA, TAMBIÉN CONOCIDO COMO JOSE con el solar número TRECE (13) del bloque BN; por el NORES-
TE, con la calle Yokohama; y por el SUROESTE, con los solares número TREINTA Y CUATRO (34) y número TREINTA Y CINCO (35) del bloque BN. Contiene una casa residencial para una familia. Inscrita al folio 226 del tomo 473 de Bayamón Sur, finca número 21533, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. Dicha hipoteca consta inscrita al folio 95 vuelto del tomo 1879 de Bayamón Sur, finca número 21533, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I, inscripción 8ª. Propiedad localizada en: BN-12 YOKOHAMA, URB. SANTA JUANITA, BAYAMON, PR 00956. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $125,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 17 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:15 DE LA TARDE, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $83,333.33, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $62,500.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 24 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:15 DE LA TARDE. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $110,855.33 de principal; más $8,660.55 por concepto de intereses devengados hasta el 28 de febrero de 2019, más aquellos que se continúen acumulando hasta su total y completo pago; más $2,859.22 en fondos adeudados; más $1,000.48 por
concepto de cargos por demora devengados hasta el 28 de febrero de 2019, más aquellos que se continúen acumulando hasta su total y completo pago; y la cantidad de $12,500.00 por concepto de suma estipulada como líquida para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otra cantidad de dinero que BOSCO CREDIT X, LLC, BY FRANKLIN CREDIT MANAGEMENT CORPORATION AS SERVICER tenga que desembolsar con relación al presente litigio durante la vigencia de este caso. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Bayamón, Puerto Rico, hoy 15 de diciembre de 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL REGIONAL. SRA. MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, ALGUACIL PLACA #735.
LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYNABO
APEX BANK
Demandante V.
ROBERTO JOSÉ FRANCO DEL TORO NAHIR LIZZETTE ZAVALA QUIÑONES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR ESTOS COMPUESTA
Demandados Civil Núm.: GB2019CV00169. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guaynabo, hago saber a la parte demandada ROBERTO JOSÉ FRANCO DEL TORO NAHIR LIZZETTE ZAVALA QUIÑONES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR ESTOS COMPUESTA, Y AL PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 20 de febrero de 2020, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $144,000.00 y al mejor postor, pagadero en efectivo, cheque de gerente o giro postal, a nombre del alguacil del tribunal, la propiedad que
se describe a continuación: COND. PLAZAS DE TORRIMAR II, APT. H 103, GUAYNABO, PR 00969, y que se describe de la siguiente manera: URBANA: Apartamento H-103. Propiedad Horizontal: Apartamento residencial de 2 niveles, de forma regular, localizado en los 2 piso bajo del edificio marcado H-1 construido de hormigón bloques, acero estructural y materiales accesorios en el Condominio Plazas de Torrimar II en el barrio Frailes de Guaynabo, Puerto Rico, con un barrio Frailes de Guaynabo, Puerto Rico, con un área de 1,163.58 pies cuadrados, equivalentes a 108.10 metros cuadrados con las colindancias siguientes: Primer Nivel, con un área de 574.08 pies cuadrados, equivalentes a 53.15 metros cuadrados, por el NORTE, en 27’ 4” con el apartamento 104; por el SUR, en 27’ 4” con el apartamento 102; por el ESTE, en 23’ 0” con el exterior; y por el OESTE, en 23’ 0” con el exterior. Segundo nivel: con un área de 614.08 pies cuadrados, equivalentes a 58.21 metros cuadrados, por el NORTE, en 29’ 4” con el apartamento 104; por el SUR, en 31’ 4” con el apartamento 102; por el ESTE, en 23’ 0” con el exterior; y por el OESTE, en 23’ 0” con el exterior. Este apartamento contiene en el primer nivel salón sala y comedor, cocina, laundry, baño, closet y escalera que conduce al segundo nivel, en el segundo nivel contiene 3 habitaciones, 3 closets, baño y vestíbulo y los espacios de estacionamiento marcado #105 y #106. La entrada principal está localizada en la fosa de la escalera que llega a los patios comunales de los edificios que conduce la vía pública. Este apartamento goza del uso exclusivo de un patio que es elemento común limitado el cual está delimitado y marcado por puntos y/o verjas según surge de los planos del proyecto. Corresponde a este apartamento el 1.51% en los elementos comunes al inmueble y el 0.96% en los elementos comunes limitados. Finca 38670 inscrita al folio 190 del tomo 1096 de Guaynabo, Registro de la Propiedad de Guaynabo. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA constituida por Roberto José Franco del Toro y su esposa Nahir Lizzette Zavala Quiñones, en garantía de un pagaré, afidávit #2979, a favor de Eurobank, o a su orden, por la suma de $144,000.00 con intereses al 7% anual y vencimiento 1 de septiembre de 2037. Constituida por la Escritura 197 otorgada en San Juan el 31 de agosto de 2007 ante el notario Julio Francisco Fernández Rodríguez, e inscrita al folio 163 del tomo 1222 de Guaynabo, finca 38670, Registro de la Propiedad de Guaynabo, inscripción 3. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la su-
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basta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 25 de septiembre de 2019, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $123,343.30 de principal, $8,346.23 de interés que continuarán acumulándose desde el día 1 de enero de 2018 hasta el saldo total al 7% anual, $195.82 de escrow balance, $488.00 de cargos por atraso, $2,575.03 de otros cargos, $14,400.00 de costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 26 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guaynabo, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $144,000.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 5 DE MARZO DE 2021 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $96,000.00. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 12 DE MARZO DE 2021 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $72,000.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción
cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuestos al gravamen del actor y a los dueños poseedores, tenedores de, o interesados en título trasmisible por endoso al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor, y con los cuales no hubiese tenido el efecto la notificación del escrito inicial y del Mandamiento de requerimiento de pago para que puedan concurrir a la subasta si les conviene o satisficiera antes del remate el importe del crédito de sus intereses, costas y honorarios de abogados, asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, una vez confirmada la venta o adjudicación, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PÚBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Guaynabo, Puerto Rico, hoy 16 de diciembre de 2020. FRANCES TORRES CONTRERAS #325, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE GUAYNABO.
Civil Núm.: CA2020CV02469. Sobre: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS (IN REM). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.
A: MANUEL ANGEL QUIÑONES GONZÁLEZ POR SI Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES, COMPUESTA POR EL Y POR SELENIA TORRES FIGUEROA. PO BOX 1490, CANÓVANAS, PUERTO RICO 00729. De: ORIENTAL BANK.
POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva dentro de los 30 días siguientes a la publicación de este edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramaiudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Este caso trata sobre Ejecución de Garantías (In Rem) en que la parte demandante solicita que se condene a la parte demandada a pagar: la suma principal de $76,574.23, más intereses a razón de 4.5 %, desde el 1 de septiembre de 2017, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $87.04 por cargos por mora, más la suma de $180.82 en conexión con la cuenta de reserva, más la suma de $8,590.50 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se le apercibe que si dejare de hacerlo, se dictará contra usted sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle LEGAL NOTICE ni oírle. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE Lcdo. Juan C. Salichs Pou, PUERTO RICO TRIBUNAL DE Número del Tribunal Supremo PRIMERA INSTANCIA SALA 11,115 SUPERIOR DE CAROLINA PO Box 195553, San Juan, PR, 00919-5553, ORIENTAL BANK Teléfono: (787) 449-6000, Demandante V. Facsímile: (787) 474-3892, MANUEL ANGEL Correo Electrónico: jsalichs@splawpr.com QUIÑONES GONZÁLEZ, EXTENDIDO BAJO MI FIRMA SELENIA TORRES y Sello del Tribunal, hoy día 15 FIGUEROA Y LA de diciembre de 2020. LCDA. SOCIEDAD LEGAL DE MARILYN APONTE RODRÍBIENES GANANCIALES, GUEZ, SECRETARIA REGIONAL. IDA FERNÁNDEZ RODRÍCOMPUESTA POR GUEZ, SECRETARIA AUXILIAR AMBOS DEL TRIBUNAL. Demandado
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Saying goodbye to the knuckleball, and its master By TYLER KEPNER
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hey gather every year, except for this cruel one, in the village where they are immortal. The men on the stage in Cooperstown, N.Y., at the annual Baseball Hall of Fame induction ceremonies, brought joy to millions. We look at them and see endless summer. Yet life goes on for them after the final out, and only their feats live forever. The further they get from the field, the stronger their sense of mortality. “It’s kind of bittersweet, because each year you sit there and you look around and you say to yourself, ‘Who’s not going to be here next year?’” Ozzie Smith said recently. “And it happens so quickly. When you first go in, you see all these people and you don’t think in those terms: ‘When is this person going to leave this earth?’ This year was a real tough one.” Smith, the virtuoso shortstop, spoke by phone this month before the departure of yet another grand old man of the game. On Sunday we learned that Phil Niekro, the greatest knuckleball pitcher in baseball history, had died of cancer the day before at age 81. Niekro joined Al Kaline, Tom Seaver, Lou Brock, Bob Gibson, Whitey Ford and Joe Morgan in a grim lineup of greats we lost in 2020. They all overlapped for one season — 1967 — and Niekro played the most recently, in 1987, with Cleveland, Toronto and, for a final cameo, the Atlanta Braves, his primary team. He was 48 years old then, his fifth year in a row as the game’s oldest player. Defying age, of course, is part of the magic of the knuckleball. Hoyt Wilhelm, the other knuckler with a plaque in Cooperstown, retired at 49. Charlie Hough was 46, Tim Wakefield 45, R.A. Dickey 42. The majors’ oldest player this season was a designated hitter, Albert Pujols, who is 40. On a related note, the knuckleball is essentially extinct. The website FanGraphs, which tracks every pitch, counted only three pitchers who threw the knuckleball in 2020: Erik Kratz, Todd Frazier and Bryan Holaday, position players moonlighting as pitchers at the end of blowouts. The idea that his pitch would survive only as a joke must
Niekro discovered the pitch he used via 24 main league seasons from his father, additionally named Phil, a sandlot pitcher in Ohio who turned to it after hurting his arm. have dismayed Niekro. “Phil and Charlie and Wake, they all would share how important it is to perpetuate the craft,” Dickey, who won the 2012 National League Cy Young Award while with the New York Mets, said by phone Sunday. “We know how hard it is to do it, how rare it is to do it — and it’s so hard to evaluate. It’s hard to catch it, it’s hard to coach it. It’s hard to predict what it’s going to be.” Niekro learned the pitch he used through 24 major league seasons from his father, also named Phil, a sandlot pitcher in Ohio who turned to it after hurting his arm. It worked so well for young Phil in pickup games with neighborhood kids — including John Havlicek, the future NBA Hall of Famer — that he never saw the need for other pitches. “I didn’t know there were knuckleball pitchers in the big leagues,” Niekro said a few years ago. “I didn’t even know what a knuckleball was. It was just something that I had fun with, playing catch with my dad.” Jim Bouton, the author of “Ball Four,” loved telling the story of meeting Niekro in Kearny, Neb., in 1959, when they were both 20 years old and just starting their pro careers. Bouton noticed Niekro practic-
ing his knuckleball in the outfield before a game, and the pitch was dancing. Bouton threw several pitches, including a knuckleball, and asked Niekro what else he threw. Nothing else, Niekro replied, and Bouton felt pity for him. By 1963, Bouton was winning 21 games for the Yankees and starting in the World Series, while Niekro had still not surfaced in the majors. “I remembered him and I thought, ‘Oh, that poor kid, he’s still in the minor leagues and I don’t know how he hangs on, because I’m on my way to the Hall of Fame,’” Bouton said, a few years before his death in 2019. “Well, guess what? That poor kid, limited to one pitch — he’s in the Hall of Fame now. It’s a good reminder for me of the tortoise and the hare.” Niekro was 27 before he reached the majors for good, in August 1966, but his mastery of that one pitch gave him a staggering kind of durability. He had just 31 victories by his 30th birthday, and 287 thereafter. He logged more than 1,000 innings from 1977 through 1979, when he averaged 19 wins and 19 losses per season. He chafed in 1982 when a couple of other future Hall of Famers — Manager
Joe Torre and Gibson, his pitching coach — reduced his workload. “I didn’t coach him; he was too old to coach,” Gibson said with a laugh in 2015. “Right before we got there, he’d be winning 19 or so, but also losing 19. So what we did, we would get into the sixth or seventh inning and we’d see him not pitching so well and we’d take him out. Oh, it would tick him off! “The first year we got there, he was 17-4 but he was mad at us because we were taking him out. We wouldn’t leave him in there long enough to get whacked around, because in the seventh or eighth inning, he started getting pretty tired — and because he was throwing a knuckleball, he figured he could just go ahead and pitch nine innings. But that knuckleball doesn’t knuckle, either, when you get tired.” Niekro would finish with 5,404 innings, fourth on the career list behind Cy Young, Pud Galvin and Walter Johnson, who were all born in the 19th century. But while the knuckleball is easier on the arm — the pitcher is trying to kill spin, not impart it — no other practitioners approached Niekro’s innings total. The knuckleball only looks like an everyman pitch; it actually takes superhuman patience and persistence. Mastering it, Niekro would tell aspirants, requires complete fidelity. “My advice to them is take your fastball, curveball and slider and forget about ’em — flush ’em down the toilet,” he said. “You’re going to be a knuckleball pitcher. That’s all we’re going to throw.” For decades after Niekro’s retirement, the pitch wobbled but endured; someone was always throwing it, from Hough to Tom Candiotti to Wakefield to Dickey, with others mixed in. In 2019, though, it surfaced for just 12 forgettable innings by Steven Wright and Ryan Feierabend. And in 2020 it was gone. Now Niekro is gone, too, and while his pitch might return, there will never be another pitcher quite like him. “He had a presence that just transcended what you encounter every day in the clubhouse,” Dickey said. “Supernatural, that’s what he was for me — that supernatural representation of what the pitch could become.”
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What we learned from Week 16 of the NFL season By BENJAMIN HOFFMAN
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he Pittsburgh Steelers overcame a huge deficit to shock the Indianapolis Colts. The Kansas City Chiefs barely beat the Atlanta Falcons, and the Baltimore Ravens continued their surge with a win over the New York Giants. The top spot in the AFC playoffs has been decided — as has the No. 1 pick in next year’s draft — but even the irrelevant teams showed some pluck Sunday. And the Green Bay Packers closed the night in style with a blowout win over the Tennessee Titans. Here’s what we learned: — There is some fight left in the Steelers. Pittsburgh came into the day on a three-game losing streak and appeared to be headed toward a fourth consecutive loss when it fell behind the Indianapolis Colts, 24-7, in the third quarter. From that point, the game belonged entirely to the Steelers. Ben Roethlisberger started the comeback in the third quarter by throwing a deep 39-yard touchdown pass to Diontae Johnson. He then added a 5-yard touchdown to Eric Ebron and a 25-yarder to JuJu Smith-Schuster in the fourth as Pittsburgh’s defense shut down Indianapolis. The Colts’ final four drives resulted in two punts, an interception and a turnover on downs. Pittsburgh, which clinched the AFC North title with Sunday’s win, is currently a half-game ahead of Buffalo for the No. 2 seed in the AFC playoffs. Indianapolis, which fell to 10-5, has been one of the NFL’s better teams this season but is currently not in line for a playoff spot because the Baltimore Ravens and the Cleveland Browns own tiebreakers over the Colts. — The Chiefs love to play with fire. A win was hardly necessary for Kansas City, as the Chiefs were virtually assured of the No. 1 seed in the AFC playoffs even if they lost their final two games. But watching Kansas City barely hang on for a 17-14 win at home over the Atlanta Falcons reinforced the idea that Patrick Mahomes’ team tends to play down to its competition. A sloppy effort against Atlanta had the Chiefs losing, 14-10, with just over two minutes remaining and would have headed to overtime if not for an unlikely miss from Atlanta’s Younghoe Koo, as the Pro Bowl kicker’s attempt at a game-tying 39-yard field goal sailed wide right. Regardless of how close they cut it, the Chiefs improved to 14-1 and clinched the AFC’s only first-round bye. Perhaps by the divisional round of the playoffs, the Chiefs will
NFL.com breaks down what you need to know from all of Sunday’s action around the league in Week 16. decide that it is important to try for the entire game. — The Ravens control their playoff destiny. Baltimore dropped to 6-5 with a loss to Pittsburgh on Dec. 2 — the team’s fourth defeat in five games — and seemed like a long shot to make the playoffs. A soft schedule and a return to form by quarterback Lamar Jackson have righted the ship, and thanks to a 27-13 victory over the Giants, the Ravens can now secure the team’s third straight trip to the playoffs simply by beating the Cincinnati Bengals next week. Baltimore’s four-game win streak has included only one victory over a team with a winning record, but an average of 37 points a game is impressive no matter the opponent. —There will be a division winner with a losing record. The Washington Football Team came into the day with dreams of finishing the season at 8-8, but a 20-13 loss at home to the Carolina Panthers dropped Washington to 6-9, meaning the NFC East will be won by a team that is, at best, 7-9. The division’s teams have often been hard to watch, but they will provide the most exciting subplot of Week 17, as the Footballers, the Dallas Cowboys and
the Giants will all go into the season’s final day with a chance at earning a playoff game at home. Washington can make it nice and simple by winning a road game against the eliminated Philadelphia Eagles — a result that would be far more attainable should quarterback Alex Smith return from a calf injury. — Frank Gore is going out in style. After a loss to the Los Angeles Chargers in November dropped the New York Jets to 0-10, Gore, 37, addressed his team’s struggles (and his own future), saying, “You don’t want to go 0-16, especially if this is my last year. I can’t go out like that.” Last week Gore helped the Jets end their 13-game losing streak by scoring the 100th touchdown of his career. This week he ran for a team-high 48 yards as the Jets beat the Cleveland Browns, 23-16. In doing so, Gore joined Emmitt Smith and Walter Payton as the only players in NFL history with at least 16,000 yards rushing; only two other active players, Detroit’s Adrian Peterson (14,757) and Tampa Bay’s LeSean McCoy (11,102), have more than 10,000. — Trevor Lawrence is moving about six hours south. The downside of Gore getting his wish to go out well with the Jets is
the team having officially handed the No. 1 pick in next year’s draft to the Jacksonville Jaguars, which almost assuredly will lead to Lawrence, Clemson’s star quarterback, taking a long drive down Interstate 95 to replace Gardner Minshew rather than heading north to replace Sam Darnold. The Jaguars were emphatic in their failure Sunday, losing by 4117 to the suddenly surging Chicago Bears. But at least on offense Jacksonville should be a terrific landing spot for Lawrence, as he will immediately be handed a good young running back (James Robinson) and two talented young wide receivers (D.J. Chark and Laviska Shenault Jr.). Sunday’s Top Performers Top Passer: Andy Dalton Dalton has taken his lumps this season, but he had his first 300-yard game in more than a year and kept Dallas alive in the race for the NFC East. Dalton’s memorable performance against Philadelphia included completions of more than 50 yards to three different wide receivers (Michael Gallup, Amari Cooper and CeeDee Lamb).
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From page 35 Top Runner: Samaje Perine It is hard for other runners to seem notable after Alvin Kamara’s record-tying, sixtouchdown performance for New Orleans on Friday, but Perine had a terrific day for Cincinnati in the Bengals’ 37-31 upset of the Houston Texans. Perine had a 46-yard run in the third quarter and put Cincinnati up to stay with a 3-yard score in the game’s final two minutes. Top Receiver: Davante Adams Adams had yet another dominant performance, with his three touchdowns in the snow against the Tennessee Titans, helping Green Bay improve to 12-3. Adams now has an NFL-leading 17 receiving touchdowns this season — the most by a player since Rob Gronkowski in 2011. With 1,328 yards receiving, Adams is just 58 short of tying his career high, which he set in 2018. One* Sentence About Sunday’s Games *Except when it takes more. Chiefs 17, Falcons 14: It was a quiet day by Kansas City’s lofty standards, and the team’s running game looked far less effective without the injured Clyde Edwards-Helaire, but the Chiefs did have the silver lining of Travis Kelce reaching 1,416 yards receiving for the season, breaking the single-season record for a tight end set by George Kittle in 2018. Kelce has one more game to add to his total, provided Kansas City doesn’t rest him in next week’s irrelevant game against the Los Angeles Chargers. Packers 40, Titans 14: Green’s Bay’s comfort in the snow was evident as the Packers made quick work of Tennessee. Aaron Rodgers had the same number of touchdowns (four) as he had incompletions, A.J. Dillon and Aaron Jones rushed for a combined 218 yards and Davante Adams scored three times. Steelers 28, Colts 24: At halftime, Indianapolis was romping to an easy win. The
Diontae Johnson began the Steelers’ comeback against the Colts with a diving catch for a 39-yard touchdown. Ben Roethlisberger added two more scoring passes in the fourth quarter to help Pittsburgh secure a 28-24 win. second half was another story, as the Steelers stopped trying to dink and dunk themselves to victory and had their aggressiveness pay off in spades, with the team earning its first AFC North title in three seasons. Seahawks 20, Rams 9: It was hardly an explosive effort, but Seattle clinched the NFC West title, kept alive a small chance at a firstround bye, and continued to show dramatic improvement on the defensive side of the ball. Despite its loss, Los Angeles controls its own fate next week. A win would give the Rams a wild-card spot in the playoffs. Ravens 27, Giants 13: The Giants’ third
straight loss was largely a result of Baltimore’s offense overwhelming them, but the Ravens’ defense had a fine day as well, making Daniel Jones’ life miserable with six sacks and 11 quarterback hits. Jets 23, Browns 16: It took a total team effort for Cleveland to lose, with Baker Mayfield completing just 28 of his 53 passes, the Browns’ celebrated running game averaging just 2.5 yards a carry and the team’s defense making the Jets’ Sam Darnold look downright competent. A win would have clinched a playoff spot for Cleveland, but the Browns will now go into Week 17 fighting with Mi-
ami, Baltimore and Indianapolis for the three wild-card spots in the AFC. Panthers 20, Footballers 13: Curtis Samuel put on a show for Carolina, piling up 158 yards from scrimmage, but the story of the day was quarterback Dwayne Haskins being benched for ineffective play on the heels of losing his captaincy as a result of off-field behavior. You have to assume that Haskins’ days in Washington are numbered. Cowboys 37, Eagles 17: Everything went right for Dallas, with Andy Dalton throwing for 377 yards and three touchdowns, Ezekiel Elliott rushing for 105 yards and Michael Gallup, Amari Cooper and CeeDee Lamb all putting on a show against Philadelphia’s overwhelmed secondary. Jalen Hurts topped 300 yards passing for a second consecutive week, but wasn’t able to turn that yardage into enough points. Chargers 19, Broncos 16: Denver had the ball with a chance to win the game in the final minute, but Drew Lock’s desperation heave was intercepted, handing Los Angeles its sixth win of the season. Bears 41, Jaguars 17: It is not like Jacksonville had any motivation to win — quite the opposite — but watching Chicago put up 28 consecutive points to start the second half couldn’t have been very fun. Chicago’s win, combined with Arizona’s loss Saturday, has the Bears in line for the NFC’s final wild-card spot. That sets up an entertaining Week 17 in which Chicago closes its season with a home game against the top-seeded Green Bay Packers, and the Cardinals have a tough matchup on the road against the Rams. Bengals 37, Texans 31: Brandon Allen threw for 371 yards and two touchdowns and Samaje Perine ran for 95 yards and two scores, powering Cincinnati to its first road win since Sept. 30, 2018. Houston dropped to 4-11, having absolutely wasted a season of quarterback Deshaun Watson’s prime.
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Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9
Crossword
Answers on page 38
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GAMES
HOROSCOPE Aries
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(Mar 21-April 20)
You could experience a tussle between wanting to enjoy life and do your own thing, and needing to attend to key responsibilities. The Sun’s positive tie with Uranus suggests pushing yourself and getting them out of the way, as you’ll be free to do as you please then. On a social note, lovely Venus in a faraway zone can invite you to forge exciting and dynamic connections, Aries.
Libra
(Sep 24-Oct 23)
You may have some great ideas, and it seems you also have the desire to make something of them as well. As the radiant Sun aligns with energizing Uranus, a radical opportunity might become available to you Libra. It could involve an investment of time and energy on your behalf, but relatives and family members can be only too willing to chip in, in a bid to see you succeed.
Taurus
(April 21-May 21)
Scorpio
Gemini
(May 22-June 21)
Sagittarius
(Nov 23-Dec 21)
Capricorn
(Dec 22-Jan 20)
You may feel happy about moving out of your comfort zone and doing something rather bold. With the Sun in your adventure sector making positive ties to Uranus in your sign, your decision to move ahead can leave you feeling good, Taurus. Ready to forge ahead career wise? Someone who has experience could be willing to support you, giving some much needed reassurance.
You can either persist in believing something that you suspect is not true, or take steps to discover whether it is or not. For instance, you may hope that a plan has the potential to succeed as much as you would like it to. If there is the slightest doubt Gemini, it’s worth investigating, as it might be easy to resolve. If it looks like a no go, then leave it alone.
Cancer
(June 22-July 23)
Socially, you may find yourself mixing with people who are idealistic, innovative and humanitarian. Their presence can influence you, and perhaps encourage you to think along similar lines. Being with them could inspire you to actively support a group or a cause that is very close to your heart, and to get involved in a practical and very satisfying way, Cancer.
Leo
(July 24-Aug 23)
There may be much you can accomplish by liaising with the right people. With a very positive line-up influencing your work and other personal goals, you can make a sterling impression over coming days that captures the attention of movers and shakers. You seem to be very willing to go that extra mile to show you mean business, and this could reward you, Leo.
Virgo
(Aug 24-Sep 23)
If it seems that making progress has been a struggle for some time and you haven’t done as much as you hoped, then be kind to yourself Virgo. The fact that you have persevered is certainly a sign of your integrity. With Jupiter and Saturn now in your lifestyle zone, the focus is on greater productivity. With a few tweaks here and there, suddenly you’ll find you can do so much more.
(Oct 24-Nov 22)
Someone’s refreshing outlook on life could leave you feeling so much better, and set you up for a positive day and week ahead. Chatting to them might help you to see some of your own issues from a completely different perspective too. Mind, the Moon’s angle to hazy Neptune can leave you confused by another conversation with someone you admire. If in doubt, trust your instincts.
The difference between a potentially bad investment and a good one, can be very clear over coming days. Impulsive urges may be one sign that a goal isn’t thought out, and that it might not bring lasting satisfaction. More stable influences could inspire you to think carefully about how you might improve your chances and achieve your list of accomplishments, as well as your reputation.
If your energy levels seem to dip, then it’s likely down to all the hard work you’ve been putting into your plans and projects. If so, then think about treating yourself to a well-deserved break. A nature walk can be very soothing and so might a trip to a beautiful place. If you need more help to ease away tension, then a massage or spa treatment could be your best bet.
Aquarius
(Jan 21-Feb 19)
If you feel like some time to yourself, then the cosmos encourages you take it, if possible. With the Sun and Mercury in a secluded sector, a chance to veer off schedule and to do as you please can leave you feeling grounded and at ease. If one issue has been very much on your mind, then relaxing could allow you to see that perhaps it is not so urgent after all, and easily resolved.
Pisces
(Feb 20-Mar 20)
The signs for collaborating on a great project look good, and today may bring an even greater indication that you are on the right tracks. Conversation flows and new ideas seem to show up thick and fast. Mind, with angles to nebulous Neptune, you can be in two minds whether to take advantage of another opportunity that could involve your creative talents. Why not give it a go?
Answers to the Sudoku and Crossword on page 37
Tuesday, December 29, 2020
39
CARTOONS
Herman
Speed Bump
Frank & Ernest
BC
Scary Gary
Wizard of Id
For Better or for Worse
The San Juan Daily Star
Ziggy
40
Tuesday, December 29, 2020
The San Juan Daily Star