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Wednesday, December 30, 2020

San Juan The

50¢

DAILY

Star

Designer to the Famous and Merchant to the Masses, Pierre Cardin, Dies at 98 P20

SPECIAL REPORT

The Year in Review 2020 Part 1

The Stories That Shook the Island: Top Local News Month-by-Month

P4-5

Puerto Rico Treasury Dept. Discusses & Explains Stimulus Checks P3

Pierluisi’s Swearing-In Ceremony to Go Forward with 400 Guests, But Forget Traditional Three Kings Toy Delivery

NOTICIAS EN ESPAÑOL P 16

P5


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Wednesday, December 30, 2020

The San Juan Daily Star


GOOD MORNING

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December 30, 2020

The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday.

Parés discusses stimulus checks while push in US Senate to increase them is blocked

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hile Puerto Rico Treasury Secretary Francisco Parés was in an online press conference discussing the disbursement of a second round of financial assistance as part of the recently enacted $900 billion Bipartisan-Bicameral Omnibus COVID Relief Deal, Republican leadership in the U.S. Senate on Tuesday blocked a swift vote on a bill already passed by the House of Representatives to increase direct payments to citizens to $2,000 from $600. “We can only count on the $600 check program, but some 2.8 million people will benefit,” Parés said. “Therefore, we shortchanged this.” Parés, along with Assistant Treasury Secretary Ángel Pantojas and Roxanna Santiago, the Internal Revenue secretary, discussed the new stimulus package. The Treasury chief first discussed the $1,200 check given under the first stimulus package that began in May by way of explaining why some individuals have not received payments yet approved under the Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security (CARES) Act. Some 13,000 island residents have not received checks because they have the wrong bank account numbers and need to change them in the agency system, known as SURI, which is the Spanish acronym for internal revenue unified system. Some 4,300 checks sent out to individuals who opted for paper checks were returned by the U.S. Postal Service because of problems with the addresses. A total of 1.5 million checks have been disbursed. Santiago said the returned checks are at the Treasury Department and individuals must send a message through SURI to the agency. “You will get information back confirming if you have a check and then you must come to the Department with that information,” she said. To correct the bank account numbers, the individuals must also use the SURI platform to make the appropriate changes. Parés said there is a Dec. 31 deadline for individuals to claim their checks if they have not done so because that is the date by which the agency has to issue checks, but there is also a process through the 2020 income tax return. Regarding the second stimulus package signed by President Trump over the weekend, Resident Commissioner Jenniffer González Colón spoke about proposed amendments to increase the direct relief payments to citizens to $2,000. The U.S. House approved the increase in the checks Monday. After González Colón spoke at the press conference, Parés revealed that Senate Majority Leader Mitch McConnell had blocked Senate Minority Leader Chuck Schumer’s attempt to hold an immediate vote on increasing the direct payments in the year-end coronavirus relief bill. Parés said 2.8 million individuals on the island are expected to benefit from the new stimulus checks. He said that because the Treasury already has citizens registered in

its database, the process of disbursing the new checks next year is expected to move faster. The distribution plan for the new $600 checks to individuals who make less than $75,000 and to their dependents must still be approved by the Internal Revenue Service. The checks will not only go to individuals and couples but also to dependents, she added. The information that will be used to issue the checks is from the 2019 income tax forms. Individuals who never requested the stimulus checks will be able to request them through their 2020 income tax returns. Those who are not required to file income tax returns must still file the form to obtain the payments. Parents who have not paid their child support obligations will be subject to an offset, which means that the money will go toward those payments. The $900 billion Bipartisan-Bicameral Omnibus COVID Relief Deal, which provides a stimulus to individuals, businesses, and hospitals in response to the economic distress caused by COVID-19 pandemic and was signed into law over the weekend, does not include funding to states and local governments, and does not provide any liability protections for businesses related to the coronavirus. It includes funding for individual stimulus checks, a restart and expansion of the popular Paycheck Protection Program (PPP), including clarification that business expenses paid with PPP loan funds are tax deductible, other new and expanded Small Business Administration (SBA) loan programs, direct targeted funding to certain industries, unemployment compensation program extensions, payroll and other tax credits and deductions. The legislation includes $284 billion in funds to restart the business program and enable borrowers to seek first or second loans, subject to new eligibility restrictions. It also expands the forgivable loan program to nonprofits, business leagues, such as chambers of commerce, and visitor bureaus and destination marketing organizations. Some $40 billion is allocated to an extended SBA Emergency Economic Injury Disaster Loan grant period that now runs through 2021. The SBA is now given 21 days to review the applicant’s eligibility and either grant disbursement or provide notice of ineligibility. Also under the legislation, the secretary of the Treasury is given leave to invest up to $9 billion in low- and moderateincome community financial institutions to provide capital investments for neighborhoods disproportionately impacted by COVID-19. The legislation extends the Pandemic Unemployment Assistance benefits, a federal program covering the selfemployed and gig workers, from Dec. 31 of this year to March 14 of 2021. It also provides Federal Pandemic Unemployment Compensation in the amount of an additional $300 per week beginning after last Saturday, Dec. 26, and ending before March 14, 2021, for up to 24 weeks of unemployment.


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2020 covers islanders with climate of uncertainty Earthquakes, COVID-19’s Arrival, Unused Emergency Supplies Found, Gov’t Chaos & More By PEDRO CORREA HENRY Twitter: @PCorreaHenry Special to The Star

However, a 6.4-magnitude earthquake in southeastern Puerto Rico woke up islanders on Jan. 7, causing significant damage in towns and to structures in the south and leaving the entire island without electricity.

This is the first of two parts of the series The Year in Review 2020.

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rom January until June, international conflicts, earthquakes, governmental chaos, and a global pandemic led Puerto Rico and their citizens into a challenging year. The STAR reviewed some of the events that gathered the most attention from the public and media outlets during the first half of 2020. Tensions between US and Iran raise fears of possible conflict President Donald Trump on Jan. 1 threatened a retaliation against Iran after pro-Iranian protesters attacked a U.S. embassy in Baghdad as a demonstration against American drone airstrikes. Trump said later on Jan. 3 that he ordered a precision drone strike at the Baghdad airport to “terminate” Maj. Gen. Qasem Soleimani, a top Iranian commander who was plotting “imminent and sinister attacks on American diplomats and military personnel.” Oil prices rose sharply by 4 percent amid an escalation in tensions between the U.S. and Iran after it was confirmed that Soleimani was killed in a U.S.-authorized strike. Meanwhile, other threats were underway to shape this year’s history. On the same day, the World Health Organization reported an outbreak of pneumonia caused by a new type of coronavirus in Wuhan, China. The outbreak prompted Singapore and Hong Kong to introduce screening processes for travelers from the city. It came amid fears expressed online that the virus could be linked to the SARS (severe acute respiratory syndrome) virus. Southern PR trembles at dawn on Three Kings Day The Puerto Rico Seismic Network reported a 5.9 tremor on Jan. 6 at the south of the island. The aftershock damaged residences, roads, schools, and historical structures, including the collapse of Punta Ventana in Guayanilla. The earthquakes had begun on Dec. 28, 2019, raising concerns among citizens and scientists.

Citizens find warehouse loaded with essential supplies for Hurricane Maria victims With citizens organizing to provide essential supplies for earthquake victims in the south of Puerto Rico as government relief efforts faltered, content creator Lorenzo Delgado, also known as El León Fiscalizador on Facebook, went viral on Jan. 18 as a warehouse was found in Ponce’s La Guancha sector with essential supplies that were supposed to be handed out by the government and dated back to October 2017, a month after Hurricane Maria ravaged the island. The viral video caused citizens to flock to the location and push for the supplies to be handed over. Cots, thousands of bottles of water, disposable diapers, gas stoves, Federal Emergency Management Agency blue tarps and baby formula, among other items, were found. On the same day, Gov. Wanda Vázquez Garced dismissed Emergency Management and Disaster Administration Bureau Commissioner Carlos Acevedo due to the controversy and assigned former State Secretary Elmer Román to address the emergency. On Jan. 19, Vázquez dismissed both Family Secretary Glorimar Andujar and Housing chief Fernando Gil Enseñat, while insisting that they did not know about the inventory in the Ponce warehouse. Nonetheless, documents from August 2019 showed that both the governor and Román signed a “Joint Operational Catastrophic Incident Plan” that detailed state emergency warehouses, the La Guancha depot included. Then-Health chief didn’t expect coronavirus arrival On Jan. 27, then-Puerto Rico Health Secretary Rafael Rodríguez Mercado said he wasn’t expecting that the coronavirus detected in China and that to date has taken the lives of nearly 1.8 million people

worldwide would not arrive in Puerto Rico through common travelers as there are no direct flight connections between the island and the Asian country. Meanwhile, Rodríguez Mercado said that what the Health Department was “a little more concerned about is that there is always an influx of illegal [immigrants] coming from China,” and he urged citizens to keep calm and said the agency was speaking with federal entities about how to tackle the virus. Killing of Alexa sparks outrage, sadness over transphobia Neulisa Alexa Luciano Ruiz, a homeless, Black, trans woman, was killed on Feb. 24 in Toa Baja, after someone called the police to falsely report that Ruiz was using the women’s bathroom at a McDonald’s restaurant improperly. Ruiz’s murder, which was recorded and uploaded to social media, sparked outrage within the LGBTQIAP+ community, which led to a vigil being held at the University of Puerto Rico to pay respect and raise awareness among islanders that trans lives matter and deserve better. Rap artist Bad Bunny performed on Feb. 29 on The Tonight Show Starring Jimmy Fallon sporting a t-shirt with the message: “They killed Alexa, not a man in a skirt.” At press time, no person had been arrested for Alexa’s killing.

Neulisa Alexa Luciano Ruiz, a homeless, black, trans woman, was killed on Feb. 24 in Toa Baja. (Photo: Facebook) Then-Health chief warns coronavirus might arrive in PR after all Rodríguez Mercado backtracked on Mar. 1 from previous statements, saying in a Noticentro interview that the coronavirus “could arrive” as the Dominican Republic reported its first COVID-19 case and urged citizens to be cautious. The first case in the Dominican Republic

was from an Italian woman who was visiting the island nation, while Italy already had reported 1,694 confirmed cases and 34 casualties. Meanwhile, the Puerto Rico Health Department reported its first suspicious case of coronavirus on Mar. 8. That case concerned a 68-year-old Italian woman who had arrived from the Costa Luminosa cruise, which was barred from docking in Jamaica due to coronavirus concerns. COVID-19 case of Panamanian doctor alerts government On Mar. 11, the government said during a press conference that it was trying to trace the movements of a Panamanian doctor who spent the weekend partying on the island -- including attending the National Day of Salsa, a musical festival held at Hiram Bithorn Stadium in Hato Rey, where more than 25,000 people had gathered -- before being confirmed with COVID-19 back at home in Panama. Meanwhile, local authorities said there were five suspicious cases on the island that were still being evaluated. Among them was an 86-year-old nursing home resident who had not traveled off the island, but was taken to the hospital with severe respiratory problems. On Mar. 12, Vázquez declared a state of emergency and activated the Puerto Rico National Guard in response to the worldwide COVID-19 outbreak by deploying the Guard’s medical unit to all Puerto Rico airports. She also requested that citizens comply with “social distancing.” Meanwhile, Rodríguez Mercado resigned as secretary of Health on Mar. 13 after three COVID-19 cases were confirmed on the island. Governor decrees full lockdown to control spread of coronavirus Amid the three confirmed COVID-19 cases, Vázquez declared an executive order and requested that the majority of the entertainment industry shut down because “it would promote the crowding of people.” In addition, a curfew from 9 p.m. until 5 p.m. until March 30 went into effect. On Mar. 25, the first resident coronavi-

(Erika P. Rodriguez/The New York Times)


The San Juan Daily Star a 48-year-old private school teacher in Rincón, who was married to a local police officer, passed away. Furthermore, the government faced heavy criticism as COVID-19 testing was sporadic among first responders and essential workers. The government extended the lockdown on Mar. 26 and declared a curfew starting from 7 p.m. to 5 a.m., from Mar. 30 until Apr. 12. In addition, Vázquez tweeted that Interim Health Secretary Concepción Quiñones de Longo had resigned from her post. It was later announced that Lorenzo González Feliciano was to be appointed Health secretary. Gov’t tried to buy COVID rapid tests from enterprises with close ties to NPP On Apr. 5, the island Health Department tried to buy around a million coronavirus rapid tests from contractors Apex and 313 LLC, who had no experience in medical product management and whose owners had ties with the New Progressive Party (NPP), for $38 million. The transaction was halted once it arrived at a bank that reported the high payment back to the Treasury Department. Vázquez later defended the transaction on Apr. 8, deeming it legitimate, brushed off claims to the contrary as “distractions” and alleged that no permission for the purchase was required because the island was under a state of emergency. Meanwhile, Financial Oversight and Management Board Executive Director Natalie Jaresko said on Apr. 9 that every purchase from the government had to be evaluated by the board, whether there was a contract in place or not. Judge agrees to consider lawsuit on Puerto Rico school food crisis A judge on May 7 agreed to consider a lawsuit filed by a group of mothers and nonprofits who accused the Department of Education (DE) evading its duty to open public school cafeterias to feed students amid a pandemic.

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The judge’s refusal to dismiss the lawsuit as requested by the government came amid new problems that had arisen since the agency had abruptly changed its position a week prior and announced it would open school cafeterias under certain restrictions. It had previously refused to do so, citing concerns of infection among students and cafeteria workers, of which 64 percent are elderly. Such resistance raised further controversy as the Youth Development Institute released a study stating that six in 10 children on the island live in poverty. On June 1, non-governmental organization Mesa Social condemned DE’s legal attempts to deny opening school cafeterias, calling them “criminal negligence.” Governor signs new Civil Code and Electoral Code amid opposition Amid resistance from LGBTQIAP+ and An empty toilet paper section at a grocery store in the Rio Piedras area of San Juan, community organizations, and complaints Puerto Rico, March 15, 2020. In one of the most serious U.S. crackdowns yet over about a lack of transparency during the Covid-19, the governor of Puerto Rico ordered most businesses on the island to shut legislative process, the governor on June 1 signed the new Civil Code authored down. (Erika P. Rodriguez/The New York Times) by now former NPP Rep. María Milagros Charbonier. Vázquez told members of the press that it was an “advanced civil code,” while legal experts and activists claimed that the code could induce confusing interpretations over earned rights such as abortion, marriage equality, gender change on birth certificates, and surrogacy. With Senate Bill 1314 not achieving consensus from civil rights organizations and opposition political parties, Vázquez announced on June 20 via a press release the signing of the new Electoral Code authored by Senate President Thomas Rivera Schatz. The new code would go into effect ahead of both the primary and general elections. The governor said she had met with different sectors and even handed back the bill for amendments on issues such as electronic voting. Likewise, she recognized it as “extremely difficult for all parties to agree completely on all points.” (Erika P. Rodriguez/The New York Times)

Pierluisi defends his swearing-in ceremony with 400 guests By THE STAR STAFF

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overnor-elect Pedro Pierluisi Urrutia defended his planned swearing-in ceremony on Tuesday, to which 400 people are invited, even though he said he would not rule out amendments to the next executive order that same day. “Official acts are exempt from the provisions of the order, to begin with,” Pierluisi said at a press conference. “Second, there will always be someone who criticizes; sometimes it is

due to a diversity of opinion, other times it is due to a lack of opinion, other times it is due to partisan political agendas. I respect the criticism, but the act of taking office by a governor is established in our Constitution. It is an indispensable formality in a democracy like the one we live in in Puerto Rico.” “No one is going to set a foot in there who does not have a negative COVID test,” he added. The event will take place on Saturday, Jan. 2, in front of El Capitolio in the Puerta de Tierra sector of San Juan. “It is not as if the rule is that 3,000 people attend this

activity. I mean, I think the numbers speak for themselves,” the governor-elect said when he was challenged on the matter. On the other hand, Pierluisi said he will not hold the traditional Fiesta de Reyes de La Fortaleza. “We cannot carry out that delivery of toys as was done previously,” the governor-elect said in response to questions from the press. “Any activity that we conduct will be substantially different and will seek to protect the health of our people, above all,” he added.


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Health Dept. ready to expand Medicare, Medicaid services By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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he Puerto Rico Department of Health is ready to serve citizens who apply for the benefits of the Government Plan-Vital Plan, after receiving authorization from the Centers for Medicare and Medicaid Services (CMS) to alter the income scale of participants in order to include more citizens, the island agency announced Tuesday. Under the new scenario, citizens who previously did not qualify for income could be eligible to receive the benefit temporarily, until Sept. 30, 2021, said Health Secretary Lorenzo González Feliciano, who anticipated that the department will be sending letters to people who applied for the aid and were ineligible due to income, so that they can apply again under the new scale. “This is excellent news. We are ready to receive the application from those citizens who do not yet have a medical plan and whose income level can now qualify them,” González Feliciano said. “Health is a right that we all have and having a plan for its citizens should be a priority for any government. Now, with these new income scales, many people will be able to go to their doctor, buy their medicines and take care of themselves in a

preventive way, as it should be.” The Health secretary thanked Natalie Jaresko, executive director of the federal Financial Oversight and Management Board, who he said was key to achieving such an important benefit for Puerto Rico. The director of Medicaid in Puerto Rico, Luz Cruz Romero, added that in addition to the new income scale, the CMS also authorized an increase in the Children’s Health Insurance Program (CHIP) income level, so now the table is as follows: “This income is net. Depending on the family composition and socioeconomic situation, you could apply discounts,” Cruz Romero said. “For this reason, we urge citizens -- nuclear family -- who have experienced a reduction in their income, whether due to job loss, reduction of work hours or some other situation, to request the benefits of the Vital Plan, since they could be eligible.” She also emphasized that a family with children could be eligible even if the parents were not eligible, since under the CHIP program, the level of income to qualify is even higher. To apply forVital Plan benefits, citizens must access the website: www.medicaid.pr.gov and

fill out the application. Any citizen who does not have access to the internet, or who needs assistance to fill out the application, can contact the center from Monday to Friday from 8 a.m. to 6 p.m. at (787) 641-4224 or TTY (787) 625-6955. “We want citizens to take advantage of this opportunity. It is important that you know that if there is a need to contact you to clarify any information provided in the application or a need for any additional information, an employee of

the Medicaid Program will be calling you at the phone number you provided in the application, and that the employee’s phone number may be indicated as a private number on your phone,” Cruz Romero said. “It is also important that, once the application is submitted online, you must monitor your email, since they could also contact you by this means. You must check the mailbox for ‘spam’ or ‘junk’ as the email could receive it there.”

Lawyers grapple with diminished hours, income during pandemic By THE STAR STAFF

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ore than half of Puerto Rico’s 13,000 lawyers have experienced a reduction in hours and salaries as a result of the COVID-19 pandemic that has spurred restrictions to business operations since March. A study of the legal services industry was prepared by Microjuris.com along with economic consulting firm Estudios Técnicos. The study showed the challenges for and adaptability of legal professionals in the face of the coronavirus pandemic. The results of the study reveal that 59.3 percent of the legal professionals surveyed experienced a reduction in their salary or in the number of working hours during the pandemic, even though in 2019 they had experienced an increase of 2.4 percent in their average salary compared to 2018. “Our legal system is not only made up of institutions. Understanding the state of the law operators is key to providing conditions that favor access to justice,” Microjuris.com CEO Ataveyra Medina Hernández said in a written statement. “This longitudinal study can guide the formulation of public policies that support a legal profession and industry that has

adapted to the external challenges of recent years, particularly after the COVID-19 pandemic.” According to the study, 35.7 percent of those surveyed consider that their greatest challenge during the pandemic was migrating to remote work. Meanwhile, 30.6 percent of the surveyed legal professionals indicated that their greatest challenge was the decrease in their clientele. The director of analysis and social policy at Estudios Técnicos, Anitza María Cox Marrero, said “the longitudinal view allows us to observe the changes in the work modalities of legal professionals after COVID-19 and how this affects the redefinition of legal practice and legal services.” Regarding adaptability to the pandemic, the results of the survey show that the percentage of lawyers who work from home increased by 11.9 percent. During 2019, only 22.7 percent of legal professionals worked from home. In 2020, the figure reached 34.6 percent. “The study shows a portrait of the trends of opportunity that can emerge from the COVID-19 pandemic. For example, the increase in the use of technology to make the practice viable continues to increase,” Medina Hernández noted. “The diversification of the exercise of the legal profession is a trend that we must continue to look at.” She noted the increase in the percentage of lawyers who practice the profession in private companies, local, state or federal government, and in non-profit entities. The study also shows that the number of legal professionals who say they will move from Puerto Rico over the next three years was reduced by 9.1 percent. Some 650 lawyers, from a population of 13,944 legal professionals who are licensed in Puerto Rico, participated in the study, which has a margin of error of plus or minus 3.8

percent and a 95 percent confidence level. The study reveals that 50.8 percent of legal professionals identify as men, 48.8 percent identify as women and .05 percent identify as transgender. The median age of male and female lawyers in Puerto Rico is 50 years. Some 50.5 percent have incomes that exceed the $75,000 annual mark and 36 percent have graduate studies in addition to the Juris Doctor degree. About 80 percent of the surveyed lawyers have provided pro bono services or services free of charge at some time, compared to 52 percent of legal professionals who provided pro bono services in 2019.

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McConnell links $2,000 stimulus checks to voter security and tech protections BY CATE EDMONDSON

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en. Mitch McConnell of Kentucky, the majority leader, blocked an effort to hold an immediate vote to increase stimulus checks to $2,000 on Tuesday, saying instead that the Senate would “begin a process” to consider bigger payments, along with other demands issued by President Donald Trump, leaving the fate of the measure unclear as more Republicans clamored to endorse it. McConnell did not elaborate further on how — or when — the Senate would move to consider Trump’s demands, which the president made Sunday after finally agreeing to sign a $900 billion stimulus package and government spending bill into law. Trump had held the package hostage for days, insisting that lawmakers more than triple the direct payments to $2,000 from $600, remove a legal shield for companies like YouTube and Facebook and investigate “very substantial voter fraud.” The president relented only after Republican lawmakers persuaded him to sign the legislation, saying Sunday that he had been promised Congress would take up his demands. McConnell’s decision to block a vote on increasing the stimulus payments came as a growing number of Republican senators voiced support for the larger checks, and as pressure mounted on the Senate to vote on the measure. Sen. Chuck Schumer of New York, the minority leader, tried to force an immediate vote on increasing the size of Senate Majority Leader Mitch McConnell (R-Ky.) walks the checks using a procedural tactic that allows senators Dec. 29, 2020. to advance legislation unless another senator objects. McConnell blocked the measure. “Senate Democrats strongly support $2,000 checks. who has privately urged his members not to object to the Even President Trump supports $2,000 checks,” Schumer election results when Congress meets on Jan. 6 to ratify said. “There’s one question left today: Do Senate Republi- them, portrayed the president’s request as “exploring further cans join with the rest of America in supporting $2,000 ways to protect the sanctity of American ballots.” But Trump checks?” has been laser-focused on getting Congress to investigate A growing number of Republican senators have en- “the very substantial voter fraud which took place,” an asdorsed higher stimulus payments, including Sens. Kelly sertion he has repeated contrary to considerable evidence. Loeffler and David Perdue, both Georgia lawmakers facing The House voted Monday evening to increase the size tight runoff elections next week, who announced Tuesday of the checks to $2,000, daring Senate Republicans to either that they supported larger stimulus checks. approve the heftier sum or defy Trump. The president kept They joined a handful of others, including Sens. Marco up his campaign for the measure Tuesday, demanding in a Rubio of Florida, Josh Hawley of Missouri and Lindsey tweet “$2000 for our great people, not $600!” Graham of South Carolina, who have backed increasing the The House vote, which just reached the two-thirds checks to $2,000. But the majority of Senate Republicans majority needed to pass, came a day after Trump finally have so far remained opposed to the plan. signed off on a $900 billion pandemic relief package he McConnell’s decision to link all of Trump’s demands initially denounced as a “disgrace” and refused to sign. together could doom any chance of passage. While De- The legislation, which passed 275-134, was supported by mocrats all support larger checks, they are unlikely to 44 Republican members. endorse a hasty overhaul of the legal shield in place for In signing the relief bill Sunday night, Trump claimed social media companies, especially measures put forward in a statement that the Senate would “start the process for by Republican senators aimed at confronting what they a vote” on legislation that would increase direct payments believe is anti-conservative bias. and pledged that “much more money is coming.” Democrats are also likely to resist anything that could Republican lawmakers in the House were visibly frusbe seen as trying to undermine the outcome of the 2020 trated with Trump’s demand. Some of the president’s closest presidential election, as Trump has suggested. McConnell, allies, including Reps. Steve Scalise of Louisiana, the No.

to his office at the Capitol in Washington, on Tuesday,

2 Republican, and Jim Jordan of Ohio, voted against the measure, and Rep. Kevin Brady of Texas, the top Republican on the Ways and Means Committee, complained on the House floor that the proposal had been “hastily dropped on us at the last minute” and wouldn’t assist those who needed it most. “I worry that this whopping $463 billion won’t do what’s needed, stimulate the economy or help workers get back to work,” Brady said.


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Wednesday, December 30, 2020

New York bans most evictions as tenants struggle to pay rent

By DANA RUBINSTEIN

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he New York Legislature on Monday overwhelmingly passed one of the most comprehensive anti-eviction laws in the nation, as the state contends with high levels of unemployment caused by a pandemic that has taken more than 330,000 lives nationwide. Tenants and advocacy groups have been dreading the end-of-year expiration of eviction bans that have kept people in their homes even as they fell months behind in their rent. Under the new measure, landlords will be barred from evicting most tenants for at least another 60 days in almost all cases. The measure will not only block landlords from evicting most tenants but will also protect some small landlords from foreclosure and automatically renew tax exemptions for homeowners who are elderly or disabled. The Legislature convened an unusual special session between Christmas and New Year’s to pass the measure, acting quickly because the governor’s executive order barring many evictions was slated to expire on Dec. 31. The legislators’ urgency reflected a national concern over the fate of millions of people without jobs and access to job opportunities, as the pandemic continues to eat away at the economy. The passage of the bill comes as a relief for renters like Vincia Barber, 40, of Crown Heights, Brooklyn, who said she lost her job

as a nanny and hasn’t paid rent in months. “This is the best thing they could do for us today,” said Barber, who added that two of her relatives had died of the coronavirus. Once the bill becomes law in New York, tenants like Barber can protect their homes by submitting a document stating financial hardship related to the coronavirus. As many as 1.2 million New York households are currently at risk of being removed from their homes, according to a database maintained by Stout, a consulting firm. For eviction cases that are already working their way through the courts, the law will halt proceedings for at least 60 days. Landlords would not be allowed to begin new eviction proceedings until at least May 1. Some landlords resisted the measure, arguing that the law didn’t adequately distinguish between tenants with resources and those without. They said the new law paid too little heed to property owners who are themselves grappling with diminished financial resources, as tenants fall behind on rent and ground-floor retail tenants go out of business. The legislation attempts to address those concerns by making it harder for banks to foreclose on smaller landlords who are themselves struggling to pay bills. On Monday evening, Gov. Andrew M. Cuomo signed the bill, which will go into effect immediately. The state’s emergency action comes a

day after President Donald Trump signed a $900 billion relief package, which included $1.3 billion in rental relief for New Yorkers and extended a federal eviction moratorium — and two days after unemployment benefits expired for millions of Americans. The state and federal legislation speak to the precarious financial situation facing millions of Americans, nine months into the pandemic. Nationally, an estimated 7 million to 14 million households are at risk for eviction, according to Stout’s database. They are thought to be short between $11 billon and $20 billion in rent. Other states have taken steps to delay evictions as well. Gov. Ned Lamont of Connecticut has extended that state’s ban until Feb. 9. Last week, Gov. Jay Inslee of Washington extended an eviction moratorium until March 31. New York and the other states acted to plug holes in a federal moratorium that housing advocates say does not do enough to protect tenants from losing their homes. The requirements to qualify for eviction protection are considered onerous, and several states took their own action. The New York Senate approved the new measure 40-21 on Monday, while the state Assembly voted 99-47. What makes New York’s new law exceptional is its reach: It eases the process for tenants and small landlords to claim financial hardships and eliminates hurdles for disabled and older homeowners to renew tax exemptions. In New York state, even under Cuomo’s order, eviction proceedings have continued, but landlords have largely been barred from physically removing tenants from their homes. A smattering of evictions resumed in October, particularly for those tenants who were unable to convince judges that their financial hardships were related to the coronavirus. As of November, 8% of New York state residents were unemployed, more than twice as many as this time last year. State Labor Department figures indicate that the unemployment rate in New York City is significantly higher. Small businesses and their employees in Manhattan’s core have been especially hard hit, as commuters have all but vanished. Winsome Pendergrass, 63, a tenant

and activist from the Brownsville neighborhood of Brooklyn, lost her main source of income providing in-home care. Three months behind in rent, she said the legislation will bring her some relief. “I myself suffer from high blood pressure and I don’t want to be running out there and overexert myself in the pandemic, because the money I am coming up with is just to pay the rent,” she said. But landlords argue the bill oversteps, allowing tenants to avoid eviction by merely stating financial hardship rather than proving it. “With no requirement of proof that the COVID-19 pandemic negatively affected their income, and no income limitation to qualify for eviction protection, a tenant whose household income went from a half-million dollars to $250,000 would qualify for eviction protection by declaring that their income has been ‘significantly reduced,’” said Joseph Strasburg, president of the Rent Stabilization Association, a landlord group. The new state law will allow evictions to proceed in cases where judges find tenants have persistently created a nuisance for neighbors, like playing loud music at 3 a.m., or created hazardous conditions. The hardship declaration would not only cover financial hardship but also a “significant health risk” of moving in the pandemic. The law also seeks to address the plight of landlords who own 10 or fewer apartments, allowing them to file similar financial hardship declarations with their mortgage lenders, to delay foreclosure proceedings. The law also applies to foreclosures involving tax liens. The new law is by no means a panacea. Tenants will continue to owe landlords any back rent they haven’t paid, once the moratorium ends. The $1.3 billion in rent relief authorized by the federal government should help, tenant advocates say, but it will not be enough to cover all tenants’ back rent. Michael McKee, the treasurer of Tenants PAC, a tenants rights group, praised the law as “very close” to everything his organization wanted, but also warned that “when this is all lifted, there will be people owing thousands and thousands of back rent they cannot pay.”


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A tornado, a pandemic and now a bombing: ‘Nashville strong’ is tested By RICK ROJAS, STEVE CAVENDISH and JAMIE McGEE

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ashville did not need another test of its grit. Over the years, the city was strong after the Cumberland River surged beyond its banks, and it clawed its way back from tornadoes. But this year has been nothing but tests. There was another tornado, this one ripping a trail of devastation in parts of the city that had been at the center of Nashville’s boom. And the coronavirus: It has nearly claimed a tourism industry that had been thriving, and it took John Prine, a singer and songwriter who was a beloved figure in the city. Then, in the final days of an awful year, in the quiet of Christmas morning, a man bent on mass destruction drove an RV loaded with explosives into the heart of Nashville’s downtown. “One more event in Nashville’s 2020,” Mayor John Cooper said in a news conference hours after the explosion Friday. In an interview the next day, he added, “We’ve seen dark days, but we’re digging deep.” There was a measure of relief in the immediate aftermath of the bombing: No one died other than Anthony Warner, whom investigators identified as the perpetrator. But the explosion inflicted physical and emotional wounds: Three people were injured and there are fears that some of the damaged buildings, among the oldest in Nashville, cannot be restored. Parts of downtown have been reopened, but the area directly around where the explosion occurred on Second Avenue remains closed. One building has already collapsed. Others still stood but were largely gutted. Metal, wood, wires and brick filled the avenue. Many residents have also been unsettled as officials debated whether the attack met the threshold to be considered terrorism. The police on Monday night released an officer’s body camera footage of the moments before and after the explosion, but investigators are still trying to understand the motivation behind the bombing. “We don’t know for sure that we’ll ever get to the complete answer,” David Rausch, the director of the Tennessee Bureau of Investigation, said Monday on NBC’s “Today” show. For years, Nashville has been in the midst of an upswing, with construction cranes dotting the skyline. The population has soared, as have home prices. Nashville takes pride in its regular place atop lists of friendliest cities, and it has become known for a certain can-do attitude. But for some, it feels like that resolve could be nearing its limits. “It’s so hard to keep pushing,” said Trey Cioccia, who runs the Black Rabbit and the Farm House restaurants, where business is down 80% from last year. “But we do it for our staff, neighbors, partners, our livelihood.” Of course, Nashville is not alone in having a year to forget. In many places, 2020 has amounted to a pileup of staggering hardship and loss. In California, the pandemic compounded one of the worst wildfire seasons the West Coast has endured; in Louisiana, it was serial hurricanes — including one of the most powerful to hit the state — on top of being one of the earliest hot spots for the virus. Nashville has been rebuilding after the tornado in March,

A building destroyed by a tornado in the Buena Vista neighborhood of Nashville, March 4, 2020. In 2020, Nashville has weathered a tornado’s devastation, the rippling consequences of the coronavirus pandemic, then, a bewildering and unsettling attack made a tough year tougher. which killed two people in the city. In the North Nashville, East Nashville and Germantown neighborhoods there are still churches missing parts of their roofs and businesses reduced to rubble. Attaboy, the East Nashville bar where the two people killed were employees, opened again for the first time in October. Then in May, a rare line of thunderstorms known as a derecho blustered through Nashville, knocking out electricity while shredding trees and utility poles. Now, Nashville is among the metropolitan areas with the greatest number of new coronavirus cases, relative to its population, in the last two weeks. Measures to curb the virus have also been the cause of acrimony. Bar owners downtown have pushed back against public health orders, arguing that such restrictions have eviscerated their businesses. The motto “Nashville Strong” emerged after floodwaters spread through the city in 2010, as some 19 inches of rain fell in some places and an engorged Cumberland River spilled over, swamping homes and businesses and killing 11 in the Nashville area. The phrase appeared on T-shirts and caps and in a mural that became a popular backdrop for Instagram posts. But many in the city embraced it as more than a slogan. “Nashville strong is actually a thing,” said Cooper, who took office last year and in that time has done 90 public information sessions with the Office of Emergency Management, more than all of his predecessors combined. “We’ve had to demonstrate that this year.” Ralph Schulz, the president of the Nashville Area Chamber of Commerce, recalled how many businesses imperiled

by the flood were able to survive with help from competitors: Bakeries, offices and even industrial businesses shared space until damaged facilities could be repaired. “And in this case, again, you’ve got an isolated geographic area that’s heavily hit and you will see the rest of the community form around those businesses and help them as much as possible,” Schulz said. “It’s very important as a part of Nashville’s brand that Second Avenue be a vibrant and vital place.” Yet achieving that could be a monumental undertaking. The bombing tore through a row of old warehouses that date to the 1800s, built along the river near where steamboats docked. “They talk about rebuilding,” said Elizabeth Mayhall, a historic preservation advocate, “but there’s really no way to replace these.” When she arrived in the neighborhood in 1984, many of those buildings were vacant. Over three decades, the area was gradually revived, as restaurants, bars, shops and other businesses started moving in. She looked at photographs of the devastation and the street was almost unrecognizable. All of the work that had been done to rejuvenate the old buildings had been undone in a flash. “Man, I’m feeling it pretty deeply,” she said. “I like to call it the heart and soul of Music City,” Mayhall said. “That one little intersection between Broadway and Second Avenue is the epicenter of Nashville.” But in a different sense, there was a hope that Nashville would be buoyant, relying on the city’s endurance through other troubles as a guide. “I like to think this city as a whole can get through anything,” said Marcus Dixon, who saw the tornado’s damage through his work in a hardware store.


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Wednesday, December 30, 2020

Retailing’s tumultuous year began before the pandemic

Houston Premium Outlets, a mall in Cypress, Texas, on Black Friday. By SAPNA MAHESHWARI and MICHAEL CORKERY

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he retail industry was in the midst of a transformation before 2020. But the onset of the pandemic accelerated that change, fundamentally reordering how and where people shop, and rippling across the broader economy. Many stores closed for good, as chains cut physical locations or filed for bankruptcy, displacing everyone from highly paid executives to hourly workers. Amazon grew even more powerful and unavoidable as millions of people bought goods online during lockdowns. The divide between essential businesses allowed to stay open and nonessential ones forced to close drove shoppers to big-box chains like Walmart, Target and Dick’s and worsened struggling department stores’ woes. The apparel industry and a slew of malls were battered as millions of Americans stayed home and a litany of dress-up events, from proms to weddings, were canceled or postponed. This year’s civil unrest and its thorny issues for American society also hit retailers. Businesses closed because of protests over George Floyd’s killing by

a white police officer, and they reckoned with their own failings when it came to race. The challenges faced by working parents, including the cost and availability of basic child care during the pandemic, were keenly felt by women working at stores from CVS to Bloomingdale’s. And there were questions about the treatment of workers, as retailers and their backers treated employees shoddily during bankruptcies or failed to offer hazard pay or adequate notifications about workplace COVID-19 outbreaks. Many Americans felt the retail upheaval — the industry is the secondbiggest private employment sector in the United States — and some shared their experiences this year with The New York Times. ‘That’s what i did my whole life’ Joyce Bonaime, 63, of Cabazon, California, has worked in retailing since the 1970s. In the past 14 months, she became one of many store employees whose lives were upended by bankruptcies — first at Barneys New York and more recently at Brooks Brothers. Bonaime had spent about 10 years as a full-time stock coordinator for a Barneys outlet at Desert Hills Premium Outlets near her home, overseeing

the shipping and receiving of designer wares, when the retailer filed for bankruptcy and liquidated late last year. “Barneys treated people very badly at the end there,” Bonaime said. The retailer, she said, sent inconsistent messages about severance payments and the timing of store closures, which limited people from finding other jobs just before the holiday shopping season. After Barneys, Bonaime secured a full-time stockroom position at Brooks Brothers in the same outlet mall. But the pandemic forced the store to temporarily close in March, and she was furloughed. She anticipated returning once the store reopened this summer. But Bonaime’s job was terminated this month and she lost her health benefits. She is now collecting unemployment checks for the first time in her life. When Bonaime started her career, working at shoe stores and completing a management training program at one chain, retailers had a different relationship with employees and communities, she said. “We went through training on the bones in the foot and the muscles; we knew a lot about our industry,” she said. “We would reach out to local high

Joyce Bonaime of Cabazon, Calif., is collecting unemployment benefits for the first time after working in retailing since the 1970s.

schools and work with the cheerleading team and find a shoe they liked for outfits and give them a discount and make sure they had the right sizes.” Bonaime, who is getting by right now, feels stuck. She had planned to work a few more years before retiring, but her options are limited. Businesses at the outlet mall are struggling — and it was already hard to interview last year as a woman in her 60s, she said. Amazon is hiring, but she is concerned about the risk of accidents in a warehouse. “This pandemic just changes everything because I would have no problem getting a job otherwise,” she said. “I just don’t think there’s going to be anything in retail, and that’s what I did my whole life.” ‘I was collateral damage’ Soon after the pandemic hit, Nordstrom said it would permanently close its three high-end Jeffrey boutiques, which were founded by Jeffrey Kalinsky and acquired by the retailer in 2005. Kalinsky, a Nordstrom executive who had focused on bringing designer apparel to the retailer, retired as part of the move. The Jeffrey stores, in New York, Atlanta and Palo Alto, California, had dressed the likes of Gwyneth Paltrow and even been lampooned on “Saturday Night Live.” The first location, in Atlanta, would have celebrated its 30th anniversary in August. Kalinsky, 58, said in an interview that he was recovering from COVID-19 at the end of March when he became aware that the stores might remain shut after a temporary closure. “It felt like I had a gun pointed at me,” he said. “The folks I always dealt with at Nordstrom were always very transparent, and I can only surmise that they were looking at how to position themselves to get through this period — and I was collateral damage.” He had once told the Jeffrey staff that it was like the original cast in a Broadway musical, performing at an “amazing level” for customers every day. The hardest part of this year was telling employees about the closing, he said.


The San Juan Daily Star “That day was probably the most difficult, emotional day of my entire life,” he said. “I felt just gutted. It was indescribable.” Employees have told him that they “miss the merchandise, they miss the edit, they miss the specialness.” His goal was for Jeffrey to carry the best merchandise but “sell it an environment that was very democratic,” he said. “I wanted to showcase it all and wanted it all to be next to each other. I wanted the friction of Gucci next to Dries next to Comme des Garçons. I wanted to feel the tension in a good way because that, in my opinion, is how the perfect closet is.” Kalinsky hopes to find a job designing for an American brand, saying he is not prepared to retire from retailing. He wonders if Jeffrey could have survived the pandemic by working with vendors and landlords. “We had an impressive business, a wonderful clientele, and we would have been fine — but did we have a piggy bank for COVID? No,” he said. A man with a van Trent Griffin-Braaf started this year feeling more confident than ever. The transportation company he created to ferry guests from hotels in the Albany, New York, area to local attractions like the racetrack in Saratoga Springs was catching on. But when the coronavirus shut down tourism, weddings and conferences, Griffin-Braaf’s passenger vans were idled and his business was in jeopardy. “We were really in a rough place,” he said. In the late summer, his company became a carrier for Amazon and shifted to e-commerce deliveries. His team of 70 drivers and other staff include immigrants from Africa and India, workers laid off from restaurants, a struggling nail salon owner and recent college grads “just trying to figure it out” during the pandemic. His drivers cover a 150-mile radius around Albany, including many rural areas where the number of Amazon shoppers is increasing, he said. “All you see around here is Amazon,” he said. “Come work for Amazon.” Many of his drivers were earning 10 hours of overtime a week during the peak holiday season. “I feel blessed to be busy, because so many people aren’t right now,” he said.

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Jeffrey Kalinsky, the founder of Nordstrom’s Jeffrey boutiques, says he is not ready to retire from retailing. Griffin-Braaf, 36, has not given up on passenger vans. He has started driving workers living in parts of Albany with limited public transportation to their jobs at distribution centers and other businesses far from bus lines. On the weekends, he volunteers the vans to drive families to visit loved ones in upstate prisons. Griffin-Braaf, who served time in prison years ago, said that long term, he hoped to have tractor-trailers to move e-commerce packages across the country, and to offer van service in other “transportation deserts” around the state so people could get to work. “I know how hard it is to get a job if you don’t have a car, and I have seen how hard it is when you don’t get visits in prison,” he said. “I have lived these things.” ‘We are glad you are here’ Lauren Jackson and her two sisters inadvertently chose the wrong time to open the first Black-owned beauty supply store in their hometown, Buffalo, New York: March 7, two weeks before the state ordered them to shut down. So the sisters reopened it as an “essential business,” stocking hand sanitizers, masks and other pandemic necessities. Their store, the Hair Hive, reopened in early April, which helped them build a customer base while competitors stayed closed. “Everything happens for a reason,” said Jackson, 28. She and her sisters, Danielle Jackson and Brianna Lannie, had talked about

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opening the store for several years. It is five minutes from their childhood home on the east side of Buffalo, a predominantly Black neighborhood where their parents still live. The sisters were initially intimidated about trying to break into the wellestablished industry. “We didn’t want to tell anyone so they wouldn’t say, ‘You can’t compete with them,’” Jackson said. “We didn’t even tell our parents.” The sisters got a loan from a family member and another from a Buffalo nonprofit. Lauren Jackson said she had watched other Black-owned businesses in her neighborhood come and go over the years, including salons, barbershops and restaurants that often closed because the younger generation didn’t want to take over after the founding family members retired. Jackson wants to break that trend. “A lot of people come into the store because we are Black-owned,” she said. “They feel comfortable knowing we can relate with what’s going on with their hair. They tell us, ‘We are glad you are here.’” ‘Scared of what might be coming’ In June, as the first wave of the coronavirus was finally coming under control in New York City, Feisal Ahmed got a call from his manager at Macy’s. Would he like to return to his job selling luxury watches when the store in Herald Square reopened? “I am already there,” he told his boss. “Put me first in

line.”

Ahmed was in his early 20s and a recent emigrant from Bangladesh when he started working at Macy’s in 1994. He met his wife in the store, was able to make a down payment on a house in Astoria, Queens, and saved up enough money to start his own laundry, which he eventually sold. “I owe a lot to this job,” he said. But after an initial feeling of relief and excitement to return to work after four months of lockdowns, reality set in for Ahmed. He has gone some days without selling a single watch, for which he would earn a commission. Last week, business picked up for a few days, driven by last-minute Christmas shopping, but it was nowhere near a normal holiday pace. “The pandemic, job security — people are scared to spend money,” he said. Still, Ahmed feels lucky. In New York City, retail jobs make up 9% of private-sector employment, and many have been slow to return. At stores selling clothing and clothing accessories, employment is down more than 40% from a year ago, according to a recent report by the state comptroller’s office. Ahmed said that as a member of the Retail, Wholesale and Department Store Union, he had certain job protections. But he worries about what the winter will bring, as the pandemic continues to keep many shoppers away. “Employees are scared of what might be coming,” he said.

Lauren Jackson owns and runs the Hair Hive in Buffalo with her sisters.


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Stocks

S&P 500, Dow at record levels on fiscal aid relief, vaccine optimism T he S&P 500 and the Dow hovered at record levels in choppy trading on Tuesday as bets that fiscal aid will fuel a vaccine-led economic recovery boosted sentiment in the final days of the year. The tech-heavy Nasdaq, however, retreated as investors locked in profit in some of the market leading names such as Apple Inc and Tesla Inc. Wall Street’s three main indexes opened at new highs for a second straight session after President Donald Trump signed a $2.3 trillion fiscal bill that restored jobless benefits to millions of Americans and averted a federal government shutdown. While the Democratic-led U.S. House of Representatives approved a proposal to increase the COVID-19 payment checks to $2,000 from $600, it faces a tough path in the Republican-controlled Senate on Tuesday. “This stimulus package represents an economic bridge until full vaccination... It’s a very good thing for the economy, for the people who are hurt and for the stock market,” said Thomas Hayes, managing member at Great Hill Capital Llc in New York. Meanwhile, more than 2 million Americans have been inoculated, helping investors overlook a surge in infections that topped 19 million, with California, a major U.S. virus hot spot, likely to extend strict stay-at-home orders. Unprecedented monetary as well as fiscal stimulus and positive vaccine data have helped the S&P 500 bounce back from a virus-led crash in March. The benchmark index is looking at its best fourth-quarter performance since 2003 as investors returned to economically-sensitive stocks from the so called ‘stay-at-home’ plays on hopes of economic recovery. After a recent rally on hopes of full economic reopening, financial, energy and industrials posted the steepest losses among the S&P sectors. At 10:40 a.m. ET, the Dow Jones Industrial Average rose 11.99 points, or 0.04%, to 30,415.96, the S&P 500 gained 3.26 points, or 0.09%, to 3,738.62 and the Nasdaq Composite fell 12.94 points, or 0.10%, to 12,886.49. The CBOE volatility index ticked higher after hitting a three-week low with trading volumes expected to be low in the holiday-shortened week. Shares of planemaker Boeing Co added 1% as its 737 MAX plane resumed passenger flights in the United States for the first time after a 20-month safety ban was lifted last month. Snapchat owner Snap Inc gained 8% after Goldman Sachs raised its price target on the stock on upbeat revenue growth prospects. Declining issues outnumbered advancers by a 1.6-to-1 ratio on the NYSE and by a 2.6-to-1 ratio on the Nasdaq. The S&P 500 posted 21 new 52-week highs and no new low, while the Nasdaq recorded 161 new highs and 22 new lows.

MOST ASSERTIVE STOCKS

PUERTO RICO STOCKS

COMMODITIES

CURRENCY

LOCAL PERSONAL LOAN RATES Bank

LOCAL MORTGAGE RATES Bank

FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS

BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental

3.00% 0.00 3.50% 0.00 3.50% 2.00 3.75% 2.00 3.50% 0.00 3.50% 0.00

3.50% 000 4.00% 0.00 3.75% 2.00 3.75% 2.00 5.50% 0.00 3.75% 5.50

PERS.

CREDIT CARD

AUTO

BPPR --.-- 17.95 4.95 Scotia 4.99 14.99 4.99 CooPACA

6.95 9.95

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First Mort 7.99 --.-- --.-Oriental 4.99 11.95 4.99


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For COVID-19 vaccines, some are too rich — and too poor

Thosh Mzwamadoda with her son Emihile at their home in Masiphumelele township near Cape Town, South Africa, Dec. 6, 2020. By MATT APUZZO and SELAM GEBREKIDAN

A

few months from now, a factory in South Africa is expected to begin churning out 1 million doses of COVID-19 vaccine each day in the African country hardest-hit by the pandemic. But those vials will probably be shipped to a distribution center in Europe and then rushed to Western countries that have preordered them by the hundreds of millions. None have been set aside for South Africa. The country, which will help manufacture the vaccine and whose citizens have enrolled in clinical trials, does not expect to see the first trickle of doses until around the middle of next year. By then, the United States, Britain and Canada, which have already started, may have vaccinated more than 100 million people. The first year of the COVID-19 pandemic revealed that a country’s wealth would not spare it from the virus. Overconfidence, poor planning and ignored warnings felled some of the world’s richest nations. But now, money is translating into undeniable advantages. Over the past few months, rich nations like the United States and Britain

have cut deals with multiple drug manufacturers and secured enough doses to vaccinate their citizens many times over. China and Russia have conducted their own trials and begun mass vaccination programs. Yet countries like South Africa are in a singular bind because they cannot hold out hope for charity. Although its gover-

nment is nearly insolvent and half of its citizens live in poverty, South Africa is considered too rich to qualify for cut-rate vaccines from international aid organizations. “Where you’re not rich enough but you’re not poor enough, you’re stuck,” said Salim Abdool Karim, a public health researcher who leads the country’s coronavirus advisory council. Poor and middle-income nations, largely unable to compete in the open market, rely on a complex vaccine sharing scheme called Covax. A collaboration of international health organizations, Covax was designed to avoid the inequities of a free-market free-for-all. But its deals come with strings attached, and health advocates are questioning its transparency and accountability. By the middle of next year, South African officials hope to secure their first vaccine doses under Covax, even as they negotiate to buy supplemental supplies from drug manufacturers. But in a country where luxury estates are walled off from sprawling squatter villages, many expect the newest vaccines to remain a privilege for residents who can pay out of pocket or through supplemental insurance — a program that disproportionately benefits white people.

The South African Minister of Health Zweli Mkhize tours a nightclub near Cape Town, South Africa, to see if COVID-19 regulations are being upheld, Dec. 4, 2020.

“You’ll be able to stride into your local private pharmacy and pay a couple hundred rand (about $15) and say, ‘Hit me baby,’” said Francois Venter, a researcher at the University of the Witwatersrand in Johannesburg. ‘Maybe we’ll get the vaccine in 2025’ The best chance that many South Africans have to get vaccinated anytime soon is to volunteer for a clinical trial and test unproven vaccines on their bodies. But that arrangement has raised ethical questions. First is whether countries like South Africa, which is supporting trials by four drugmakers, should be guaranteed doses if the trials succeed. The government hasn’t received such a guarantee. And at any rate, such an arrangement would be ethically murky, since it would punish countries that participate in unsuccessful trials. This month, as Britain prepared to begin its vaccination campaign, dozens of people walked from their shacks in Masiphumelele township, south of Cape Town, to the gates of the Desmond Tutu Health Foundation. They waited outside for hours, under the shade of a gum tree, for a chance to enroll in a clinical trial of the Johnson & Johnson vaccine. “The people at the top, they’re going to get the vaccine, the people who have power,” said Mtshaba Mzwamadoda, 42, who lives in a one-bedroom corrugated metal shack with his wife and three children. “Maybe we’ll get the vaccine in 2025.” “We’ll all be dead then,” said Prudence Nonzamedyantyi, 46, a housekeeper from the same township. “That’s why we signed up,” Mzwamadoda said. “This is the only chance I have.” Katherine Gill, an AIDS researcher who is leading the trial, usually tempers her enthusiasm for such tests. But early results from other drugmakers have been promising. “My assumption is that unless you get onto a vaccine study, you’re not going to have access to any vaccine anytime soon,” Gill said, “which is obviously Continues on page 14


14 From page 13 quite heartbreaking.” In the 1990s, when antiretroviral drugs to treat HIV were developed, South Africans volunteered for clinical trials, knowing that they could never afford the medicine otherwise. “If you had money, you were able to buy it. If you didn’t, you died,” Venter said. “It’s going to be the same thing again.” Covax was set up to prevent that. It came together with money and support from the World Health Organization, the Coalition for Epidemic Preparedness Innovations and GAVI, the Vaccine Alliance. Countries, even those that cannot hope to compete on the open market, can buy into Covax and receive vaccines. Poor countries pay nothing. Secret deals South African medical advisers say the Covax system is incredibly important but also deeply frustrating. Governments must pay upfront without knowing what vaccine they will receive or getting any guarantees on when the doses will arrive. Covax estimates the price per dose but offers little recourse if the cost is ultimately much higher. Countries must assume all of the risk if the vaccine fails or if anything goes wrong. During a recent call with reporters, Covax officials called their vaccine sharing program “the only global solution to this pandemic.” “We still need more doses and, yes, we still need more money, but we have a clear pathway to securing the initial 2 billion doses and then beyond that,” said Seth Berkley, the chief executive of Gavi, the Vaccine Alliance. Still, Berkley and other officials declined to reveal their arrangements with drug companies, describing them as company secrets. They also did not make public the deals they have struck with individual countries. “They’re agreeing to buy something with public money, and we won’t have any influence on pricing,” said Fatima Hassan, a human rights lawyer. “Covax is saying the pricing is fair, but we don’t know. Where’s the transparency?” Those trade-offs might be palatable for countries receiving the medicine nearly free. But South Africa is paying about $140 million for its Covax doses to vaccinate roughly 10% of its population, including health care workers and

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Wednesday, December 30, 2020

some high-risk people. The government hopes to cover the country’s remaining 50 million people through private deals with drug companies. Globally, the process is secretive, with governments not disclosing the prices they are paying for vaccines. When a Belgian minister recently published the European Union’s price list, she revealed that prices vary depending on who’s doing the buying. Many South Africans are deeply skeptical of pharmaceutical companies and wary of rampant government corruption. The health minister, Zweli Mkhize, said in a recent call with reporters that it was essential that rich countries not hoard vaccines, but otherwise the government has said little about its plans. Outraged, health advocates have threatened to sue the country’s government to make the plans public. Ultimately, though, money is the great differentiator. From the outset, South Africa’s government knew it could not afford to order doses before they were tested and approved, as wealthy countries did. “While these countries have gone on a shopping spree, we haven’t even started window shopping,” Ames Dhai, a bioethics professor and member of the government’s vaccine advisory panel, told doctors on a recent webinar. No guarantee South Africa has seen this play out before. In 2009, when the world feared a devastating H1N1 flu outbreak, rich countries hoarded the earliest vaccines. While the outbreak was far weaker than expected, it revealed the inequities that exist when countries compete for lifesaving medicine. One example is the HPV vaccine, a drug that can prevent cervical cancer but is in short supply in South Africa. Supplies are so tight that the World Health Organization has recommended that wealthy countries temporarily stop expanding their vaccinating campaigns to cover boys, so other nations can focus at least on covering young girls. For the COVID-19 vaccine, government officials and advisers say they have met with or received preliminary inquiries from most of the major drug companies. Abdool Karim, the head of the country’s coronavirus council, said the

country needed to be judicious in choosing a vaccine that best fits the needs of South Africa. Rushing to buy the Pfizer vaccine, for example, which requires shipping and storage at ultracold temperatures, made no sense when cheaper, simpler and more manageable medicines were on the horizon, he said. But because South Africa did not preorder doses from private companies, the country may have to watch its own domestic drugmaker, Aspen Pharmacare, produce vaccines for other countries before they are available domestically. Under contract with Johnson & Johnson, Aspen is expected to produce millions of vaccine doses. South African officials have high hopes for the vaccine, which does not need cold storage and promises to require one injection rather than two. “We’ll participate in your trials, we’ll manufacture your vaccines, but we don’t know if we’ll get access,” Hassan said. Johnson & Johnson has promised to sell its vaccines at break-even prices and provide half a billion doses to Covax to help poor countries. Aspen’s chief executive, Stephen Saad, said he was proud of that commitment. But he acknowledged that there is no guarantee for South Africa. “It’s J&J’s decision as to where the

product goes,” he said. South Africa, which is now past 1 million COVID-19 cases, is facing its second wave. Public health officials are particularly worried about a new mutation that they believe may have made the virus more contagious. In poor and working-class townships, the greater fear is of a new lockdown. The government’s earlier aggressive lockdown devastated the economy and confined many people to tin shacks built an arm’s length apart, with a dozen families sharing an outhouse and many more sharing a water tap. “It’s impossible to have social distancing here,” said Mzwamadoda, who was selected for the drug trial. He is counting on the vaccine, hoping he got the actual medicine and not a placebo. “I want my life back,” he said. Mzwamadoda woke up the day after his injection feeling well. He talked it over with his wife, and they decided that she would walk to Gill’s clinic and enroll that weekend. A few days later, though, Gill got word that Johnson & Johnson did not need any new test subjects at her location. Data was pouring in. A good outcome, but that meant that when people began lining up at the gates early the next morning, she had to turn them away.

The South African Minister of Health Zweli Mkhize tours a nightclub near Cape Town, South Africa, to see if COVID-19 regulations are being upheld, Dec. 4, 2020.


The San Juan Daily Star

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Austrian lockdown covers schools and stores, but not ski hills By MELISSA EDDY

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ost of their European neighbors can only dream of snow-covered slopes while they endure holiday lockdowns, but Austrians are jamming ski resort parking lots and lift lines, defying social distancing rules as they take to the runs of their alpine country. Austrians’ relationship to skiing is deeply emotional. For many it is a birthright and national pastime, given that more than half of their country is mountainous, and they take pride in the Austrian role in developing the sport. So despite a third national lockdown that took effect Saturday, the country decided that ski resorts could remain open, but only for residents of Austria. Skiers are required to wear medical-grade masks while in line for and riding on the lifts and gondolas, but calls for social distancing have been futile. The ski season that began the day before Christmas has led to traffic jams and long, crowded lift lines, prompting the police to issue warnings for people to stay home and local authorities to call on Monday for security reinforcements at some resorts. But to some skiers, the experience of spending a sunny afternoon on the slopes of the Alps — in the midst of a lockdown, after months of life in the coronavirus pandemic — felt like an illicit pleasure. “I know that it is complete insanity to close everything except the ski hills in a lockdown,” said Fabian Hasler, a 20-year-old student from Graz, who has been skiing since childhood and spent Sunday at the Tauplitz resort in Styria, east of Salzburg. “But as a passionate skier, for me this bit of normalcy was like a shot of heroin.” Yet videos of skiers jammed together while waiting for lifts, packed between cars in parking lots and making their way up to the lift lines drew criticism among Austria’s European Union neighbors, whose ski hills remained closed. It also raised eyebrows among Austrians who questioned the importance their leaders place on the right to speed down a snowy mountainside. “Since yesterday and until Jan. 18, we are not allowed to visit the grandparents,” Armin Wolf, who anchors the main evening news broadcast of Austria’s ORF public television, wrote on Twitter, along with a picture of people packed tightly together in line at a ski resort over the weekend. Austria has gone back and forth on its lockdowns, largely closing down all of public life in the spring, only to open it again in the summer in hopes of salvaging some tourism revenue by welcoming Europeans seeking an escape to the mountains. In mid-November, the country closed down again in an effort to bring down soaring infection numbers and allow for a more relaxed atmosphere over the Christmas holiday. But new infections, hospitalizations and deaths remained higher than at their peak in April, so the government decided to shut down public life after Christmas. Operators of ski slopes and outdoor skating rinks lobbied hard for their sports to be permitted during the lockdown. “We have to see it in the full context. There have always been exceptions allowing for people to practice sports,” Karl Nehammer, Austria’s interior minister, told the Kronen Zeitung

tabloid. “And just like we go running here in Vienna, people in the west go skiing.” Some of the worst overcrowding has been at ski areas easily reached from urban areas, including Vienna, that people have fled for the slopes. Police reports of blocked streets and images of packed lift lines prompted local leaders to call on Monday for increased security and strategies for social distancing. “Based on our experience, the security plans of the ski areas will be adapted to ensure social distancing even with a large flow of skiers and other guests,” said Markus Achleitner, the minister of tourism in Upper Austria. “All those responsible are working to be able to offer their guests the most relaxing and safe ski experience,” Achleitner said. “But I ask everyone to keep their distance while waiting in line, and wear their masks.” German media were quick to pick up on the chaotic start of Austria’s ski season, with reminders that the Austrian ski resort Ischgl had seeded outbreaks across Europe last winter. The news weekly Focus predicted “Ischgl 2.0,” while Der Spiegel asked, “Nothing learned from Ischgl?” While the spreading in Ischgl has been linked to the bars and after-hours partying in the resort, not the slopes, skiers from Britain, Iceland, the United States and other countries returned from their ski vacations in February and March infected with the virus, accelerating its spread. It remains an especially sensitive subject in Germany, where hundreds of cases were traced to the resort.

Yet the roads leading to ski areas in western Germany looked much like those in Austria this weekend, with cars backed up for miles. Though the lifts were not running and all of the services, including toilets, remained closed, skiers eager for a ride down a snowy slope turned up in record numbers “Please don’t come here,” the Winterberg ski resort said in a post on its Facebook page, pleading with people to stay home or, if they were already on the road, to turn around. In early December, France, Italy and Germany all agreed to keep their ski areas closed over the holidays in an effort to slow the pandemic. But Chancellor Sebastian Kurz of Austria fought hard for a widely cherished and economically vital industry. After weeks of heated debate within the European Union, Kurz found a compromise in keeping ski slopes open, but tourists out. Hotels and restaurants remain closed and a 10-day quarantine requirement was imposed on anyone entering the country from abroad, in an effort to discourage weekenders and day-trippers, especially from Germany. Like Austria, Switzerland, which is not an EU member, has also decided to allow its ski resorts to remain open, despite having a much higher infection rate than most of its neighbors, including Austria. But after new, more transmissible coronavirus variants emerged in Britain and South Africa, the Swiss decided on Dec. 20 to stop all fights from those two countries and require anyone who had arrived from there since Dec. 14 to spend 10 days in quarantine.

Inside the Kitzloch, an après-ski bar in Ischgl where the entire waitstaff tested positive for the coronavirus, in Austria, July 22, 2020. Austria’s ski season, which began the day before Christmas, has led to traffic jams and long, crowded lift lines.


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The San Juan Daily Star

NEW YORK TIMES EDITORIAL

Joe Biden’s climate team actually cares about climate By THE NYT EDITORIAL BOARD

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s President-elect Joe Biden rolls out his climate and environment team, it is worth recalling, if only to grasp the distance between then and now, the hopeless bunch President-elect Donald Trump presented us with four years ago. Trump tapped Scott Pruitt to run the Environmental Protection Agency, Ryan Zinke the Interior Department and Rick Perry the Energy Department. Pruitt, by common consent the worst of the mediocrities in Trump’s Cabinet, helped persuade him to withdraw from the Paris Agreement on climate change and set in motion the rollback of every important regulation approved by the Obama administration to reduce greenhouse gases. Zinke, in plain imitation of Teddy Roosevelt, rode a horse to work on his first day on the job, but within a year had ceded to the oil, gas and coal industries millions of acres of public land that Roosevelt would almost certainly have tried to protect. In Perry, Trump chose a man who back in 2011 recommended the abolition of the very department Trump was asking him to run. The Biden team is as different as different can be. For starters, it actually cares about climate. In the two people the presidentelect has chosen to be his top advisers in the White House, there is even an element of poetic justice. One is John Kerry, the former secretary of state who helped orchestrate the Paris Agreement that Trump so quickly abandoned, and whose main job now will be to restore America’s global credibility and leadership position on the climate issue. The second is

PO BOX 6537 Caguas PR 00726 Telephones: (787) 743-3346 • (787) 743-6537 (787) 743-5606 • Fax (787) 743-5100

Dr. Ricardo Angulo Publisher Manuel Sierra

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Lisette Martínez

María Rivera

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Gina McCarthy, who will help devise and direct Biden’s domestic policy response, making sure that all agencies of government are pulling in the same direction. As with Kerry, her solid achievements while serving as Barack Obama’s EPA administrator were undone by Trump, including rules aimed at sharply reducing greenhouse gases from vehicles, power plants and oil and gas operations. It will require great charity on her part not to take some satisfaction in seeing these rules restored. The people Biden has named to key posts in the various federal agencies are no less committed, including an economic team led by Brian Deese, who quarterbacked Obama’s climate program. Jennifer Granholm, a two-term Michigan governor and a champion of renewable energy, was selected to run the Energy Department, which is entrusted with finding breakthrough technologies. Pete Buttigieg, a former mayor of South Bend, Indiana, who was among Biden’s challengers for the Democratic nomination, has been designated to lead a Transportation Department with an important role in developing climate-friendly mass transit. Deb Haaland, a member of Congress and Democrat from New Mexico, was named to be the interior secretary. The Haaland appointment is interesting, and not just for symbolic reasons. True, she would be the first Native American appointed to a Cabinet secretary position. Critically important, from a climate perspective, she would oversee 500 million acres of federal land, including national parks and wilderness and mixed-use land, which under her predecessors — first Zinke, then David Bernhardt, an oil industry lobbyist — were increasingly given over to drilling, mining, logging and development, all the things that enable greenhouse gases and that a good climate policy does not want. There are, of course, other reasons for leaving some lands completely alone — to protect endangered species and clean water sources, for instance, and simply for the enjoyment of future generations. To those we can now add the imperative of slowing climate change. The only controversy in this selection process involved the EPA. Biden’s first choice was reportedly Mary Nichols, who worked at the agency years ago before becoming California’s air quality regulator and arguably the nation’s most energetic voice on climate change. But activists claimed that she had ignored air quality concerns in disadvantaged neighborhoods, and while their policy arguments were largely specious, this was a fight Biden did not need. Besides, he had already recruited McCarthy, who is generationally and ideologically on the same wavelength as Nichols. So he chose instead Michael Regan, North Carolina’s top environmental regulator, who did much good in a state where progress on environmental issues has never been easy. Regan would be the second Black person to run the EPA, the first being Lisa Jackson, who served in Obama’s first term. It will fall to the new administrator to revive agency morale, give science its rightful place in decision-making and restore, in addition to the Obama emissions rules, the broad powers of the Clean Water Act, which were narrowed under Trump. All in all, a handsome batch of résumés, but résumés won’t match the urgent challenge ahead. How urgent? Just over two years

ago, the Intergovernmental Panel on Climate Change, the world’s preeminent authority on global warming, warned that the world must transform its energy systems by midcentury in order to limit warming to 1.5 degrees Celsius above preindustrial levels, or risk widespread ecological and social disruptions — including but not limited to die-offs of coral reefs, sea level rise, drought, famine, wildfires and potential migrations of whole populations searching for food and fresh water. More pointedly, it stressed that the next decade was crucial, that emissions would have to be on a sharp downward path by 2030 for any hope of success, that there was no gentle glide path and that the world’s political leaders would have to take a firm grip on the emissions curve and wrench it downward in a hurry. With that in mind, Biden pledged to achieve net zero emissions by 2050 and, along the way, eliminate fossil fuel emissions from the power sector by 2035. What this in turn is likely to require is set forth in a detailed Princeton study, summarized by The Times’ Brad Plumer on Dec. 15: a doubling, annually, in the pace of new wind and solar power; a huge increase in the number of new battery-powered cars sold every year, from 2% now to 50% of new sales by 2030, with charging stations to serve them; a big jump in the number of homes heated by electric heat pumps instead of oil and gas; and, necessarily, a vast increase in the capacity of the electric grid to handle all this clean power. This transformation of the energy delivery system will not be achieved by regulation, although that will surely help, or, as some groups seem to believe, by simply ending hydraulic fracturing for oil and gas. What the Princeton study envisions is great amounts of new public and private investment, bigger by far than the modest energy-related tax breaks in the year-end spending and coronavirus relief package (which also, happily, included a provision that would curtail the use of planet-warming refrigerants called HFCs, thus bringing the United States in alignment with the rest of the world). Extracting the necessary trillions from a potentially divided Congress is the tallest of tall orders. The betting now is on two possible legislative paths, maybe both: a stimulus bill with all sorts of green investments tucked into it, along the lines of the 2009 Obama stimulus but much bigger; and, after that, a big infrastructure bill targeted at projects that will reduce greenhouse gas emissions. Biden’s strategy is still in the making. But whatever path he chooses, progress in this still-fractured country will require all the energy and smart ideas his team can muster and all the negotiating skills Biden himself has acquired in a half-century of public service.


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Gobernadora firma ley para promover la agilización de procesos de adopción Por THE STAR

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a gobernadora Wanda Vázquez Garced convirtió el martes, en ley el Proyecto de la Cámara 2430 para enmendar la Ley de Adopción de Puerto Rico con el propósito de promover la implementación de dicha ley, ampliar el “task force” de adopción, y establecer reuniones periódicas entre el Departamento de la Familia y las organizaciones sin fines de lucro o con fines de lucro, públicas o privadas que promueven la adopción de menores en Puerto Rico, entre otras medidas. La medida, que fue aprobada en Cámara y Senado de manera unánime, establece incluir a un representante de la Rama Judicial al “task force” de adopción, además de un representante del Colegio de Profesionales del Trabajo Social de Puerto Rico, y un representante del Departamento de Justicia. “Esta ley promueve agilizar los procesos de adopción e integrar profesionales, organizaciones, individuos y agencias gubernamentales enfocados en mejorar la calidad de niños y jóvenes que esperan ser adoptados”, manifestó la gobernadora en comunicación escrita. La misma establece además un término para que los departamentos de la Familia y de Salud preparen el rótulo sobre entrega voluntaria para distribuirlo a todas las instituciones de servicios de salud a través de todo Puerto Rico, y establecer multas administrativas por el incumplimiento de distintas disposiciones. Dispone además para que el Departamento de la Familia convoque públicamente cada seis meses a todas las organizaciones que promuevan la adopción de menores a una reunión de trabajo para discutir los esfuerzos de dicho Departamento sobre las adopciones, estudiar y proponer enmiendas a las leyes relacionadas con la adopción, promover esfuer-

zos integrados para agilizar la adopción de menores, y cualquier otro asunto relacionado. El Departamento de la Familia cuenta con un registro electrónico denominado “Registro Estatal Voluntario de Adopción de Puerto Rico”, en el que se incluyen todos los nombres de los menores cuyo plan de permanencia es la adopción, y de las partes adoptantes con información actualizada y precisa para identificarlos, según se requiera mediante reglamentación. Luego de que un solicitante haya ingresado al referido registro, no tendrá que actualizar los documentos sometidos y aceptados originalmente por el Departamento de la Familia, hasta que el Panel de Selección de Candidatos comience la evaluación de su solicitud dirigida a establecer una colocación. El que un solicitante no tenga los documentos actualizados, no será razón para su descalificación.

Las reuniones ordinarias del Panel antes indicado se llevarán a cabo consecutivamente cada dos semanas y de ser necesario podrá convocar reuniones extraordinarias. Las reuniones se podrán celebrar físicamente o por videoconferencia a través de cualquier medio tecnológico. La medida fue incluida por la gobernadora en la pasada Sesión Extraordinaria, luego de que en el mes de noviembre en el simposio ‘Adopción: Regalo de Amor’, celebrado por la Cámara de Representantes, un grupo de reconocidos peritos en el tema le solicitaron la misma. En el grupo estaban la doctora Caly Rodríguez de Rivera Dueño, exsecretaria del Departamento de la Familia bajo la administración de Pedro Rosselló González, la licenciada María Ortiz, destacada litigante en casos de adopción y familia, y la licenciada Diana Cordero, quien es madre adoptante.

General Reyes habla sobre una aplicación para el proceso de vacunación Por THE STAR

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l general José Reyes de la Guardia Nacional de Puerto Rico (GNPR) mencionó el martes que se desarrolló una aplicación para el proceso de vacunación de COVID-19 en la primera fase. “Estamos utilizando una aplicación que hemos desarrollado para establecer un proceso de citas y la semana que viene, entre el 4 y el 7, vamos a estar abriendo Arecibo, Mayagüez, Ponce y Humacao”, dijo Reyes a preguntas de la prensa. “Por eso queremos esta aplicación para agilizar el proceso”, abundó. En cuanto a Vieques y Culebra, Reyes mencionó que “vamos a hacer un operativo entre el 11 y 16 de

enero, pero vamos a vacunar a todas las personas en la Fase Uno”. Explicó que los sábados se atenderán exclusivamente a médicos y dentistas. El anuncio de la nueva aplicación se da luego de que médicos tomaran la decisión de pernoctar frente a los portones del Coliseíto Pedrín Zorrilla para asegurar un turno de los 600 que se están brindando por día. Recientemente en entrevista con CyberNews, Reyes dijo que la iniciativa de crear un registro o aplicación en teoría era correcto, sin embargo, era algo difícil ponerlo en práctica. La excirujana general de Estados Unidos, doctora Antonia Cohello de Novello participó del proceso de vacunación.


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A history of the Cheetah in ‘Wonder Woman’ By DEVIN FULLER

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hile the Cheetah may not be the most popular cat woman DC Comics has been responsible for, her high-profile appearance in the “Wonder Woman” sequel has a chance to earn her a whole new generation of fans. “Wonder Woman 1984” (in theaters and streaming on HBO Max) has Gal Gadot reprising her role as Diana, now navigating life (and shoulder pads) in the 1980s while maintaining her superhero side gig. And Kristen Wiig joins as Diana’s colleague Barbara Minerva, whose issues with self-confidence ultimately transform when she emerges as the Cheetah. While that character has undergone a number of personality changes in the comics over the years, her complicated relationship with Wonder Woman has been a constant thread that is continued in the new film. Here’s a look at the history of the Cheetah, from her origins as a socialite wearing a cat costume to her modern interpretation as a half-cat, half-woman beast. The first Cheetah Wonder Woman creator William Moulton Marston first introduced the Cheetah in 1943, with “Wonder Woman” No. 6. The original Cheetah is a wealthy socialite named Priscilla Rich who becomes intensely jealous of the attention Diana receives for her abilities. Her envy manifests into a split personality called the Cheetah. While she has no super powers of her own, Priscilla dons a cheetah costume and engages in a series of elaborate schemes to try to bring down her rival and ruin her reputation. Wonder Woman defeats her and uses her lasso of truth to uncover the Cheetah’s true identity, causing Priscilla to reveal her insecurities. Wonder Woman takes pity on her and allows her to stay as a captive of the Amazons to try to reform her ways. Those rehabilitation efforts end up having mixed results, with Priscilla returning as the Cheetah several times over the next 40 years as Wonder Woman continued to offer her opportunities to redeem herself. Priscilla eventually retires from her Cheetah lifestyle and dies of an unspecified illness, with her niece Deborah briefly taking over the alter ego.

The new Cheetah Writers George Pérez and Len Wein introduced a different version of the Cheetah in 1987 with “Wonder Woman” No. 7 (the series restarted from No. 1 earlier that year). Here, Barbara Minerva is a greedy and selfish archaeologist who forces an African tribe to perform a ritual on her, hoping it will give her immortality. Instead, she receives the ability to transform into the catlike Cheetah, gaining superhuman strength and speed; the ritual partially backfires, and her human form becomes frail and weak. As a result, she can only live up to her true potential as the Cheetah. Barbara is much less sympathetic than Priscilla, and she’s shown murdering people

even before she turns into the Cheetah. She first encounters Wonder Woman while trying to steal her golden lasso. She presents herself as an ally to earn Wonder Woman’s trust, but her plot fails when holding the lasso of truth causes her to reveal her true intentions. She develops a growing hatred for Wonder Woman over the years, yet the Amazon Princess still often takes pity on Barbara, even saving her life when she’s in peril. The two share a degree of mutual respect, occasionally fighting together against a common enemy, though ultimately Barbara still harbors jealousy. The revised new Cheetah In 2016, Barbara received an updated

backstory from writer Greg Rucka that made her Cheetah fate more tragic. In this version, Barbara is Diana’s friend, and is cursed by the plant god Urzkartaga during an ill-fated archaeological expedition. She becomes resentful of Diana for introducing her to the world of magic and gods, and dooming her to be a monster. While the previous iteration of Barbara was able to transform back into a human, this one is trapped in her Cheetah form. She and Wonder Woman eventually work together to kill Urzkartaga, and she returns to human, but her transformation is short-lived. She ultimately sacrifices herself to the curse once again and decides she’s better off as the Cheetah.

In an undated image provided by DC, Wonder Woman and the Cheetah featured in a DC comic. While the Cheetah may not be the most popular cat woman DC Comics has been responsible for, her high-profile appearance in the “Wonder Woman” sequel has a chance to earn her a whole new generation of fans.


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With no tickets to sell, arts groups appeal to donors to survive By ROBIN POGREBIN

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ne of the headliners of the New York Philharmonic’s fall gala last month was Leonard Bernstein, leading his old orchestra in the overture to “Candide.” Yes, Bernstein died three decades ago. But since the gala, like so much else, was forced to go remote, the Philharmonic had some fun with the format, filming its current players performing to historical footage of Bernstein wielding his baton. The virtual gala had some advantages: it cost less to produce, with no catering, linen rentals and flower arrangements for a black-tie audience, and it reached some 90,000 people, while the concert hall holds around 2,700. But when it came to the bottom line, the picture was less rosy. The virtual event raised less than a third of what the gala concert took in last year: $1.1 million, down from $3.6 million, a vivid illustration of the steep challenge of raising money for the arts during a global pandemic. With little or no earned income coming in amid canceled performances and proscribed public gatherings, nonprofit cultural institutions across the nation are scrambling to attract a source of revenue that is often even more important to their bottom lines: philanthropy. Now, as they anxiously await the results of their yearend appeals for donations, they are facing competition from pressing causes including hunger, health care and social justice. “I am pedaling quickly to try to make sure that we can try to figure out how to make it through,” said Deborah F. Rutter, the president of the Kennedy Center in Washington, which ended its fiscal year on Sept. 30 with a $500,000 deficit compared to last year’s balanced budget. “We are heavily dependent on contributed revenues to survive.” The going has, indeed, been rough. Box office revenues for many institutions have fallen off a cliff: ticket sales for performing arts groups in the United States were down 96.3% in November compared to that month last year, according to a report released last month by the analytics group TRG Arts. And donations do not appear to be making up the difference. The outbreak has forced institutions to find creative ways to interact with donors: virtual cocktail parties, music quiz-

zes, meet-the-musician online events. “It’s a long way to make up for the gap, and I think we should all be realistic about the fact that this is nowhere near a substitute,” said Henry Timms, the president of Lincoln Center, who helped develop #GivingTuesday in 2012, a day to encourage philanthropy on the Tuesday after Thanksgiving. But he added that “when the traditional fundraising vehicles return, a lot of us will have also learned some new digital tricks.” Among those tricks: New York City Center has invited audiences to “Make Someone Happy” this holiday season by sending as a gift (for $35) digital access to its Evening With Audra McDonald, available on demand through Jan. 3. And earlier this month, Ars Nova, an artists incubator in New York, raised more than $400,000 during its 24-hour livestream telethon, which featured more than 200 artists. Museums are struggling to raise funds in the absence of events, and because they were forced to close during the first few months of the pandemic. “We count on the front door for about 30% of the budget, so to lose that in one fell swoop is perilous,” said Richard Armstrong, the director of the Solomon R. Guggenheim Museum, which is projecting a $13 million deficit and had to cancel a potentially high-traffic Joan Mitchell touring retrospective because the timing no longer worked. Rather than pivot to a virtual gala, the Guggenheim decided to scrap that event altogether — instead inviting donations to a “Gala Fund” — in part because of Zoom fatigue and because online programming had not been a strong point. “We were a little far behind on virtual previously, so we had to catch up and we’re still figuring that out,” Armstrong said. “We certainly put out a lot of content in the seven months. We’ve learned, I think better, how to make the online museum more comparable to the physical space.” But many arts institutions must navigate a sensitive fundraising climate — making the case for culture as a worthy cause, while remaining mindful of the international health crisis, rising hunger, and a national reckoning around racial and social justice. “We were careful not to be overreaching, allowing partner organizations to do what they had to do, like United Way or other community service organizations

Sara Adams as the Sugar Plum Fairy in “George Balanchine’s The Nutcracker” in New York, Dec. 16, 2018. With no performances of “George Balanchine’s The Nutcracker” in the 2020 season, New York City Ballet and the School of American Ballet had to move their family benefit fundraiser online. that were literally dealing with life-anddeath situations,” Mark A. Davidoff, the chairman of the Detroit Symphony Orchestra, said. “How much is enough, and how much might be too much?” This month’s annual summit of the Arts Funders Forum, which aims to increase private funding for arts and culture in the United States, emphasized how arts institutions need to demonstrate to donors what they are doing to drive social change. “Of the causes that Americans of all generations do support,” said Melissa Cowley Wolf, director of the forum, during her opening remarks, “arts and culture do not make the top seven.” Many nonprofit institutions are hoping to apply for aid available in the stimulus bill that President Donald Trump signed Sunday night. Amid the crisis, some foundations are stepping in to try to help keep institutions afloat, and large organizations are seeking emergency support from their boards. Still, fundraising challenges remain formidable. What is typically a subtle dance — we’ll give you this perk, if you give us your dollars — has now become a more brazen cry for help. This month, the Metropolitan Museum of Art placed donation boxes in the

lobby of its Fifth Avenue entrance: “Please give to The Met to help us connect others to the power of art.” The Detroit Symphony launched what it is calling a Resilience Fund “to ensure that our world-class orchestra keeps the music playing for our community during the COVID-19 crisis and beyond.” The New York Philharmonic has established the “It Takes an Orchestra Challenge,” trying to raise $1.5 million by Dec. 31. David M. Ratzan, a New Yorker who typically takes his son to several concerts a year, contributed $100. “If people don’t pitch in,” he said, “these places won’t exist.” The orchestra was forced to cancel its entire current season, and this month its musicians agreed to substantial salary cuts as its administration was reorganized to allow Deborah Borda, its president and chief executive, to focus on two priorities: renovating David Geffen Hall, its Lincoln Center home, and fundraising. “It’s an incredibly serious situation,” Borda said. “Our last concert was March 10 and we can’t play this entire year and then the next question is, looking forward, what will happen in the fall of 2021? What is going to happen with the vaccine? How comfortable will people feel about coming back?”


FASHION The San Juan Daily Star

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By RUTH LaFERLA

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ierre Cardin, the visionary designer and licensing pioneer who invented the business of fashion as it is conducted today, has died. He was 98. His death was confirmed Tuesday by the French Academy of Fine Arts. He died at the American Hospital in Neuilly-sur-Seine, just outside Paris, his family said, according to Agence France-Presse. “Fashion is not enough,” Cardin once told Eugenia Sheppard, the American newspaper columnist and fashion critic. “I don’t want to be just a designer.” He never was just that. He clothed the famous — artists, political luminaries, tastemakers and members of the haute bourgeoisie — but he was also a merchant to the masses with an international brand, his name affixed to an outpouring of products, none too exalted or too humble to escape his avid eye. There were bubble dresses and bath towels, aviator jumpsuits and automobiles, fragrances and ashtrays, even pickle jars. Planting his flag on the Rue du Faubourg Saint-Honoré in Paris, he proceeded to turn the country’s fashion establishment on its head, reproducing fashions for mass, readyto-wear consumption and dealing a blow to the elitism that had governed the Parisian couture. In a career of more than three-quarters of a century, Cardin remained a futurist. “He had this wonderful embrace of technology and was in love with the notion of progress,” said Andrew Bolton, head curator at the Costume Institute of the Metropolitan Museum of Art in New York. In 1958, Cardin put models in crash helmets matched with tiny skirts and colored stockings. He dressed men, and women, in spacesuits. In 1969, NASA commissioned him to create an interpretation of a spacesuit, a signal inspiration in his later work. “The dresses I prefer,” he said at the time, “are those I invent for a life that does not yet exist.” His designs were influenced by geometric shapes, often rendered in synthetic fabrics like silver foil, paper and brightly colored vinyl. The materials would shape the dominant aesthetic of the early 1960s. It was a new silhouette that “denied the body’s natural contours and somehow seemed asexual,” Bolton said. “His ability to sculpt fabric with an architectural sensibility was his real signature,” he added.

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Wednesday,Wednesday, March 4, 2020 December 30, 2020

Pierre Cardin

designer to the famous merchant to the masses, dies at 98

Pierre Cardin with models in 1979. He reproduced fashions for ready-to-wear consumption, dealing a blow to the elitism that had governed the Parisian couture.

The San Juan Daily Star Cardin drew inspiration from everywhere, be it the pagodas he visited in China, op art painting or automotive design. “I’m always inspired by something outside, not by the body itself,” he told The New York Times in 1985. Clothing, he said, was meant “to give the body its shape, the way a glass gives shape to the water poured into it.” Yet his men’s ready-to-wear designs, introduced in 1960, were decidedly more faithful to the body’s outlines. Built on narrow shoulders, high armholes and a fitted waist, they were streamlined and somewhat severe, dispensing in some cases with traditional collars in favor of the simple banded Nehru, a namesake adaptation of the style worn by the Indian prime minister. Those suits were slow to catch on in the United States — until the Beatles appeared in knockoff versions on the Ed Sullivan television show in 1966. Nehru-mania ensued. Cardin had laid the foundations for a global empire by the late 1950s. At a time when France was fashion’s uncontested epicenter, he was bringing his designs to Moscow, Tokyo and Beijing, doing more to erode international boundaries than any designer of the day. In 1957, he became the first to forge business ties with Japan and by 1959 he was selling his fashions there. He sensed a vast, untapped market for fashionable clothing in Central Europe and Asia, and by the end of the 1960s was offering his designs for mass production in China. In 1983, Cardin became the first French couturier to penetrate the Soviet Union: His designs were manufactured in Soviet factories and sold under the Cardin label in Cardin boutiques in Moscow. He conceived of himself above all as a prolific ideas man, relishing his role as the overseer of a realm that encompassed clothing accessories, furniture, household products and fragrances sold through some 800 licensees in more than 140 countries on five continents. Chocolates, pens, cigarettes, frying pans, alarm clocks and cassette tapes — all bore the Cardin logo, as did shoes, lingerie, blouses, neckwear, wallets, belts and, more recently, an Android tablet. By the mid1980s, Cardin stood at the helm of a marketing organization and network of licensees paying him royalties of 5% to 12%, a stream of income that earned him the unofficial title “the Napoleon of licensers.” “I was born an artiste,” he told The Times in 1987, “but I am a businessman.”


The San Juan Daily Star

Wednesday, December 30, 2020

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Don’t let the pandemic stop your shots By PAULA SPAN

P

eggy Stein, 68, a retired teacher in Berkeley, California, skipped a flu shot this year. Her reasoning: “How could I get the flu if I’m being so incredibly careful because of COVID?” Karen Freeman, 74, keeps meaning to be vaccinated against shingles, but hasn’t done so. A retired college administrator in St. Louis, she quipped that “denial has worked well for me these many years.” Sheila Blais, who lives on a farm in West Hebron, New York, has never received any adult vaccine. She also has never contracted the flu. “I’m such an introvert I barely leave the farm, so where’s my exposure?” said Blais, 66, a fiber artist. “If it’s not broke, don’t fix it.” While older adults await vaccination against COVID-19, public health officials also worry about their forgoing, forgetting, fearing or simply not knowing about those other vaccines — the ones recommended for adults as we age and our immune systems weaken. “There’s a lot of room for improvement,” said Dr. Ram Koppaka, associate director for adult immunization at the Centers for Disease Control and Prevention. Every year, campaigns urge older adults to protect themselves against preventable infectious diseases. After all, influenza alone has killed 12,000 to 61,000 Americans annually over the past decade, most of them 65 or older, and has sent 140,000 to 810,000 people a year to hospitals. The coronavirus pandemic has introduced another imperative. Those hospitals are filling fast with COVID-19 patients; in many places they are already swamped, their staffs overworked and exhausted. “Knowing how stressed the health care system is, prevention is key,” said Dr. Nadine Rouphael, a vaccine researcher and infectious disease specialist at Emory University. “When we have record numbers of deaths, why would you go to a hospital for a vaccine-preventable illness?” Yet the nation has long done a better job of vaccinating its children than its elders. The most recent statistics, from 2017, show that about one-third of adults over 65 had not received a flu shot within the past year. About 30% had not received the pneumococcus vaccine. The proportion receiving the shingles vaccine, a fairly recent addition to the list, has

Even as older adults await the coronavirus vaccine, many are skipping the standard ones. That’s not wise, health experts say. inched up, but by 2018 only 34.5% of people over 60 had been vaccinated. Moreover, Koppaka pointed out: “When you look deeper, there are long-standing, deep, significant differences in the proportion of Black and Hispanic adults getting vaccines compared to their white counterparts. It’s really unacceptable.” Close to 40% of non-Hispanic whites had been vaccinated against shingles, for instance, compared with fewer than 20% of Blacks and Hispanics. One might expect a group who can recall polio fears and outbreaks of whooping cough to be less hesitant to get vaccinated than younger cohorts. “You’ll probably have a different concept of vaccination from someone who never experienced what a serious viral illness can do,” Koppaka said. When it comes to the COVID-19 vaccine, for instance, only 15% of those over 65 say they would definitely or probably not get it, compared with 36% of those 30-49, a Kaiser Family Foundation tracking poll showed earlier this month. (Stein, Blais and Freeman all said they would happily accept the COVID vaccine.) But for other diseases, vaccination rates

lag. Given that older people are more vulnerable to severe illness from them, why the gaps in coverage? Internists and other doctors for adults don’t promote vaccines nearly as effectively as pediatricians do, said Dr. William Schaffner, an infectious disease specialist at Vanderbilt University. Older patients, who often see a variety of doctors, may also have trouble keeping track of when they got which shot. Experts fear that vaccination rates may have fallen further during the pandemic, as they have among children, if older people wary of going to doctors’ offices or pharmacies skipped shots. Financial and bureaucratic obstacles also thwart vaccination efforts. Medicare Part B covers three vaccines completely: influenza, pneumococcus and, when indicated, hepatitis B. The Tdap and shingles vaccines, however, are covered under Part D, which can complicate reimbursement for doctors; the vaccines are easier to obtain in pharmacies. Not all Medicare recipients buy Part D, and for those who do, coverage varies by plan and can include deductibles and copays. Still, older adults can gain access to most recommended vaccines for no or low cost, through doctors’ offices, pharmacies, supermarkets and local health departments. For everyone’s benefit, they should. Here’s what the CDC recommends: Influenza. An annual shot in the fall — and it’s still not too late, because flu season peaks from late January into February. Depending on which strain is circulating, the vaccine (ask for the stronger versions for seniors) prevents 40 to 50% of cases; it also reduces illness severity for those infected. Thus far this year, flu activity has remained extraordinarily low, perhaps because of social distancing and masks or because closed schools kept children from spreading it. Manufacturers shipped a record number of doses, so maybe more people got vaccinated. In any case, fears of a flu/COVID “twindemic” have not yet been realized. Nevertheless, infectious disease experts urge older adults (and everyone over 6 months old) to get flu shots now. “Flu is fickle,” Schaffner said. “It could take off like a rocket in January.” Tetanus, diphtheria, pertussis. A booster of TD vaccine every 10 years, to prevent tetanus and diphtheria. If you’ve never had the Tdap vaccine — which adds prevention against

pertussis — that’s the one you want. Although pertussis, better known as whooping cough, occasionally shows up in adults, newborns are particularly at risk. Pregnant women will ask expectant grandparents to get a Tdap shot. Because it is covered under Part D, a pharmacy is the best bet. Pneumococcus. “It’s a pneumonia vaccine, but it also prevents the most serious consequences of pneumonia, including meningitis and bloodstream infections,” Koppaka said. People over 65 should get the polysaccharide formula — brand name Pneumovax — but there are certain circumstances, such as immune-compromising conditions, to discuss with a health care provider. Those over 65 may choose, again in consultation with a provider, to also get the conjugate pneumococcal vaccine (brand name Prevnar), which provides some additional protection. If so, CDC guidelines specify which vaccine to take when. Shingles. Social distancing won’t ward off this disease; anyone who had chickenpox, which is just about every senior, still carries the virus. “If you live to be 80, you stand a 35 to 50% chance of having an episode,” Schaffner said. “And the older you are when you get it, the more apt you are to get the most serious complication” — lingering nerve pain called post-herpetic neuralgia. The CDC recommends Shingrix, the highly effective shingles vaccine the Food and Drug Administration approved in 2017, for everyone over 50. The previous shingles vaccine has been discontinued. Get Shingrix even if you had the earlier vaccine, Zostavax, and even if you’ve had shingles — it can recur. The two required shots, given two to six months apart, can total $300 out of pocket. But Medicare Part D beneficiaries will pay an average of $50 for the pair, said a spokesman for the manufacturer GlaxoSmithKline, and people with private insurance even less. Hepatitis A and hepatitis B. These aren’t age-related; the vaccines are recommended for people with certain health conditions, including chronic liver disease and HIV infection, or for travelers to countries where the diseases are widespread. The hepatitis B vaccine is also recommended, at a provider’s discretion, for diabetics over 60 who haven’t been previously vaccinated. Talk to a health care professional about your risks.


22 La propiedad a venderse en pública subasta se describe ESTADO LIBRE ASOCIADO como sigue: URBANA: SoDE PUERTO RICO TRIBU- lar número Cincuenta y Siete NAL DE PRIMERA INSTANCIA (57) de la Manzana Cuatro M SALA SUPERIOR DE BAYA- (“4M”) de la URBANIZACIÓN MON. LOMAS VERDES, Barrio Minillas de Bayamón, Puerto Rico, BOSCO CREDIT X, compuesto de TRESCIENTOS LLC, representado SETENTA Y NUEVE PUNTO por su Agente de CERO CUATRO (379.04) MEServicios FRANKLIN TROS CUADRADOS, en linCREDIT MANAGEMENT des por el NORTE, con solar número Cincuenta y Ocho (58), CORPORATION en veintiocho punto ochenta y Demandante vs. JOSE ALBERTO COLON cuatro (28.84) metros; por el SUR, en veintisiete punto sePEREZ; SUCESION DE tenta y tres (27.73) metros, con MARIA LYDIA PEREZ el solar número Cincuenta y Seis (56); por el ESTE, con los ROCHE, también conocida como MARIA solares número Veintidós (22) y (23), en catorce punto LYDIA PEREZ, compuesta Veintitrés veintisiete (14.27) metros; y por por sus hijos AIDA el OESTE, con la Calle número LYDIA COLON PEREZ y Cincuenta y Seis (56), en trece JOSE ALBERTO COLON punto treinta (13.30) metros. Enclava una casa. La escritura PEREZ; CENTRO DE de hipoteca se encuentra insRECAUDACION DE crita al Sistema Karibe de BaINGRESOS MUNICIPALES yamón Sur, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección (CRIM) Primera, finca número 14,124, Demandados CIVIL NÚM. BY2019CV01721 inscripción sexta. Modificada la (702). SOBRE: COBRO DE DI- hipoteca de la inscripción 6ta., NERO (Ejecución de Hipoteca en cuanto a su vencimiento, por la Vía Ordinaria). EDICTO el cual será a la presentación, según la escritura número 100, DE SUBASTA. Al: Público en General otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el día 30 de julio de 2013, A: A LA PARTE ante el Notario Público Ramón DEMANDADA Bordelies Díaz, inscrita al tomo Yo, MARIBEL LANZAR VE- Karibe de Bayamón Sur, ReLAZQUEZ, Alguacil de este gistro de la Propiedad de BaTribunal, a la parte demandada yamón, Sección Primera, finca y a los acreedores y personas 14,124, inscripción 8va. La dicon interés sobre la propiedad rección física de la propiedad que más adelante se descri- antes descrita es:Urbanización be, y al público en general, Lomas Verdes, Solar 4M-57, HAGO SABER: Que el día 21 Calle Tula, Bayamón, Puerto de enero de 2021, a las 4:00 Rico. La Subasta se llevará de la tarde,en mi oficina en la a efecto para satisfacer a la Sala 503, Quinto Piso, sita en parte demandante la suma de el Tribunal de Primera Instan- $90,856.52 de principal, intecia, Sala Superior de Bayamón, reses a 5.50% anual, desde el Bayamón, Puerto Rico, vende- 1ro. de octubre de 2018, hasta ré en Pública Subasta la propie- completo pago, más la cantidad dad inmueble que más adelan- de $11,610.00 estipulada para te se describe y cuya venta en costas, gastos y honorarios de pública subasta se ordenó por abogado, mas recargos acula vía ordinaria al mejor postor mulados, todas cuyas sumas quien hará el pago en dinero en están líquidas y exigibles. Que efectivo, giro postal o cheque la cantidad mínima de licitación certificado a nombre del o la Al- en la primera subasta para el guacil del Tribunal de Primera inmueble será de $116,100.00 Instancia. Los autos y todos los y de ser necesaria una segundocumentos correspondientes da subasta, la cantidad mínima al procedimiento incoado, esta- será equivalente a 2/3 partes rán de manifiesto en la Secre- de aquella, o sea, la suma taría del Tribunal de Bayamón de $77,400.00 y de ser necedurante horas laborables. Que saria una tercera subasta, la en caso de no producir remate cantidad mínima será la mitad ni adjudicación en la primera del precio pactado, es decir, la subasta a celebrarse, se ce- suma de $58,050.00. La prolebrará una segunda subasta piedad se adjudicará al mejor para la venta de la susodicha postor, quien deberá satisfacer propiedad, el día 28 de enero el importe de su oferta en mode 2021, a las 4:00 de la tarde neda legal y corriente de los y en caso de no producir rema- Estados Unidos de América en te ni adjudicación, se celebra- el momento de la adjudicación rá una tercera subasta el día y que las cargas y gravámenes 4 de febrero de 2021, a las preferentes, si los hubiese, con4:00 de la tarde en mi oficina tinuarán subsistentes, entensita en el lugar antes indicado.

LEGAL NOT ICE

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diéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a 10 de diciembre de 2020. MARIBEL LANZAR VELAZQUEZ, ALGUACIL PLACA 735, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs.

RICARDO LUIS RODRIGUEZ DOMENECH, MIRIAM DENISSA JOSOY RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados CIVIL NÚM. KCD2013-0423 (902). SOBRE: ACCION IN REM Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA.

Al: Público en General A: RICARDO LUIS RODRIGUEZ DOMENECH, MIRIAM DENISSA JOSOY RIVERA, también conocida como MIRIAM DENNIS JOSOY RIVERA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos; DORAL BANK, (o Sucesor en Derecho), por tener Hipoteca en Garantía de Pagaré a su favor por la suma de $55,000.00; BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, por tener Aviso de Demanda anotado a su favor por la suma de $34,565.98.

Yo, EDWIN E. LOPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 25 de enero de 2021, a las 11:00 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribu-

staredictos@thesanjuandailystar.com

nal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, San Juan, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de San Juan durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 1 de febrero de 2021, a las 11:00 de la mañana y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 8 de febrero de 2021, a las 11:00 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el #501 de la Urbanizacion Los Arboles de Montehiedra, radicada en el barrio Caimito de Rio Piedras, termino municipal de San Juan, Puerto Rico, compuesto de 687.2072 metros cuadrados, equivalentes a 0.1748 cuerdas. En lindes por el NORTE, con terrenos de A.H. Development, S.E., en una distancia de 18.096 metros; por el SUR, con la calle Guasima, en una distancia de 18.250 metros; por el ESTE, con el lote 500, en una distancia de 37.845 metros; y por el OESTE, con el lote 502, en una distancia de 37.692 metros. Enclava una casa. Finca número 20,962, inscrita al folio 153 del tomo 741 (agora) de Rio Piedras Sur, Seccion IV de San Juan. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Urbanización Los Arboles de Montehiedra, Solar #501, Barrio Caimito, Río Piedras, San Juan, Puerto Rico. La Subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $362,494.24 de principal, $1,736.95 de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $7,720.65 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda y $42,000.00 de honorarios de abogado, más costas y gastos del pleito, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $420,000.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes

(787) 743-3346

Wednesday, December 30, 2020 de aquella, o sea, la suma de $280,000.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $210,000.00. De declararse desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad hipotecada a ser vendida en pública Subasta se encuentra afecta a los siguientes gravámenes posteriores: Hipoteca en Garantía de Pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma principal de $55,000.00, con intereses al 7.95% anual, vencedero el día 1ro. de marzo de 2019, según consta de la Escritura Número 104, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 7 de febrero de 2004, ante el Notario Público Mario Voungh Di Frisco, inscrita al folio 153 del tomo 741 de Río Piedras Sur, Registro de la Propiedad, Seccion IV de San Juan, finca número 20,962, inscripción 5ta y última. Aviso de Demanda, del día 6 de noviembre de 2015, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el Caso Civil número KCD2015-2408, seguido por Banco Popular de Puerto Rico, contra Ricardo Luis Rodríguez Domenech y Miriam Denissa Josoy Rivera, por la suma de $34,565.98, anotada el día 25 de noviembre de 2015, al folio 193 del tomo 865 de Río Piedras Sur, Registro de la Propiedad, Seccion IV de San Juan. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Podrán concurrir como postores a todas las subastas los titulares de créditos hipotecarios vigentes y posteriores a la hipoteca que se cobra o ejecuta, si alguno o que figuren como tales en la certificación registral y que podrán utilizar el montante de sus créditos o parte de alguno en sus ofertas. Si la oferta aceptada es por cantidad mayor a la suma del crédito o créditos preferentes al suyo, al obtener la

buena pro del remate, deberá satisfacer en el mismo acto, en efectivo o en cheque de gerente, la totalidad del crédito hipotecario que se ejecuta y la de cualesquiera otro créditos posteriores al que se ejecuta pero preferente al suyo. El exceso constituirá abono total o parcial en su propio crédito. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, 8 de diciembre de 2020. EDWIN E. LOPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, ALGUACIL, DIVISIÓN DE EJECUCION DE SENTENCIAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. *

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS.

MTGLQ INVESTORS, L.P. Parte Demandante Vs.

ANGEL MARIANO JORDAN RODRIGUEZ y su esposa MIRIAM PEREZ NEGRON y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Parte Demandada CIVIL NUM. CG2019CV00260. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $24,033.26, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 7.750% anual hasta su total pago y completo pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad; cargos por demora devengados, más la suma estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar

The San Juan Daily Star de forma rectangular que mide doce punto cero (12.00) metros de frente por veintiún punto cero (21.00) metros de fondo, marcado con el número treinta y siete (37) de la Manzana E de la Urbanización Villa Turabo, propiedad de la Everlasting Development Corporation que radica en el Barrio Turabo de Caguas, Puerto Rico, con un área superficial de doscientos cincuenta y dos punto cero (252.00) metros cuadrados, en lindes por el Norte, Sur, Este y Oeste, con terrenos propiedad de la Everlasting Development Corporation y dando frente al Sur con la calle denominada Calle número tres (3) de la urbanización. Inscrita al folio ciento cuarenta y uno (141) del tomo doscientos cincuenta y nueve (259) de Caguas, finca número siete mil cuatrocientos noventa y dos (7492), Registro de la Propiedad de Caguas, Sección I Dirección Física: 37e Villa Turabo Calle L, Caguas Puerto Rico 00725. La primera subasta se llevará a cabo el día 26 de enero de 2021 a las 9:45 de la mañana y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $64,000.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 2 de febrero de 2021 a las 9:45 de la mañana y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $42,666.66. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 9 de febrero de 2021 a las 9:45 de la mañana y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $32,000.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y

gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Caguas, Puerto Rico a 9 de diciembre de 2020. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, PLACA 282, ALGUACIL DEL TRIBUNAL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAGUAS.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS.

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

JEANNETTE MATOS CARDONA

Parte Demandada CASO CIVIL NUM: CG2018CV03311. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, a


The San Juan Daily Star los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $89,700.19, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 4.00% anual hasta su total pago y completo pago; más el 4% computado sobre cada mensualidad; cargos por demora devengados, más la suma de $10,332.30 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado en el plano de inscripción con el número cinco (5) del bloque D de la Urbanización Valle Tolima, radicado en el Barrio Cañabon de Caguas, Puerto Rico, que mide doscientos cincuenta y cuatro con cincuenta (254.50) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la calle número cuatro (4), en diez punto cero (10.00) metros; por el Sur, con una servidumbre de paso de la Autoridad de Fuentes Fluviales, en once punto cero cuarenta (11.040) metros; por el Este, con el solar numero seis (6), en veintitrés punto ciento diez (23.110) metros; y por el Oeste, con el solar número cuatro (4), en veintisiete punto setecientos ochenta y nueve (27.789) metros. Enclava casa tipo dúplex que comparte por su lado Oeste una pared medianera de treinta y seis con tres pulgadas (36’3’’) con la casa enclavada en el solar número cuatro (4). Inscrita al Folio doscientos sesenta y cinco (265) del Tomo setecientos cincuenta y tres (753) de Caguas, Finca veinticuatro mil quinientos veintinueve (24,529), Registro de la Propiedad de Caguas, Sección I. Inscrita al folio doscientos sesenta y cinco (265) del tomo setecientos cincuenta y tres (753) de Caguas, finca número veinticuatro mil quinientos veintinueve (24,529). Dirección Física: D5 N Millan St Valle Tolima, Caguas, Puerto Rico 00725. La primera subasta se llevará a cabo el día 26 de enero de 2021 a las 9:15 de la mañana, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $103,323.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 2 de febrero de 2021 a las 9:15 de la mañana y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de

dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $68,882.00. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 9 de febrero de 2021 a las 9:15 de la mañana y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $51,661.50. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de

Wednesday, December 30, 2020 la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Caguas, Puerto Rico a 9 de diciembre de 2020. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, PLACA 282, ALGUACIL DEL TRIBUNAL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS.

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY FSB d/b/a Christiana Trust, as indenture Trustee, for the CSMC 2015-PR 1 Trust Mortgage-Backed Notes, Series 2015-PR1 Parte Demandante Vs.

CESAR VEGA COTTO y su esposa RITA MARIA FONTANEZ TORRES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Parte Demandada CIVIL NUM. CG2019CV00015. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $271,048.42, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 4.250% anual hasta su total pago y completo pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad; cargos por demora devengados, más la suma estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Residencia de dos (2) niveles de hormigón armado y bloques, de uso residencial e identificada como bloque J, lote ocho (J-8) de la Urbanización Preciosa, en el Barrio Rincón del término municipal de Gurabo, Puerto Rico. Consta de cuatro (4) habitaciones, dos (2) baños y medio (1/2), family room, sala, comedor, cocina, marquesina y

closet. La estructura está enclavada en un solar individual con cabida superficial de trescientos cincuenta y uno punto cero cuarenta (351.040) metros cuadrados y colinda: por el Norte, con los solares tres (3) y dos (2), en una distancia de once punto treinta y nueve (11.39) metros y dos punto once (2.11) metros; por el Sur, con la Calle Serena, en una distancia de trece punto cincuenta (13.50) metros; por el Este, con el solar número siete (7), en una distancia de veintiséis punto cero cero (26.00) metros; y por el Oeste, con el solar número nueve (9), en una distancia de veintiséis punto cero cero (26.00) metros. Inscrita al folio sesenta y cinco (65) del tomo cuatrocientos sesenta y cinco (465) de Gurabo, finca número dieciocho mil sesenta y dos (18062), Registro de la Propiedad de Caguas, Sección II. Dirección Física: J8 Calle Serena Alta Paz, Gurabo, Puerto Rico 00778. La primera subasta se llevará a cabo el día 26 de enero de 2021 a las 9:00 de la mañana, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $265,200.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 2 de febrero de 2021 a las 9:00 de la mañana y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $176,800.00. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 9 de febrero de 2021 a las 9:00 de la mañana y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $132,600.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su

extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Caguas, Puerto Rico a 9 de diciembre de 2020. EDGARO ALDEBOL MIRANDA, PLACA 282, ALGUACIL DEL TRIBUNAL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAGUAS.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS.

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

SUCESION DE JOSE ORLANDO ROLON MORALES también conocido como José Rolón Morales compuesta por John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos; su esposa AIDA LUZ GUTIERREZ RIOS; ADMINISTRACION PARA EL SUSTENTO DE MENORES Y CENTRO DE RECAUDACIOIN DE INGRESOS MUNICIPALES

Parte Demandada CASO CIVIL NUM: ECD20170616 (703). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA

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VIA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $101,185.91, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 3.750% anual hasta su total pago y completo pago; más el 4% computado sobre cada mensualidad; cargos por demora devengados, más la suma de $10,211.60 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número treinta y cuatro (34) del bloque I del plano de inscripción de la Urbanización Mari-Olga, radicada en el Barrio Turabo de Caguas, Puerto Rico, con una cabida de trescientos veinticinco (325.00) metros cuadrados. Colindante por el NORTE, en veinticinco punto cero cero (25.00) metros, el solar treinta y cinco (35); por el SUR, con el solar número treinta y tres (33), en veinticinco punto cero cero (25.00) metros; por el ESTE, en trece punto cero cero (13.00) metros, con los solares número dos (2) y tres (3); y por el OESTE, con la calle número cinco (5), en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros. Enclava una casa. Inscrito al folio ciento veinte (120) del tomo quinientos cinco (505) de Caguas, finca número diecinueve mil ochocientos setenta y cuatro (19,874), en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección I. Dirección Física: 1-34 San Francisco 5, Mariolga Dev., Caguas, Puerto Rico 00725. La primera subasta se llevará a cabo el día 26 de enero de 2021 a las 10:00 de la mañana y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $102,116.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 2 de febrero de 2021 a las 10:00 de la mañana y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $68,077.33. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará

una tercera subasta el día 9 de febrero de 2021 a las 10:00 de la mañana y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $51,058.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante

las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Caguas, Puerto Rico a 9 de diciembre de 2020. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, PLACA 282, ALGUACIL DEL TRIBUNAL TRIBUNAL PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAGUAS.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

ORIENTAL BANK Demandante v.

SUCESIONES DE ANDRÉS NALES ESCOBAR e IRIS DOMINGA PÉREZ RUIZ compuesta por sus hijos: CARMEN YOLANDA, ANDRÉS, EDNA, VÍCTOR, NEREIDA, ÁNGEL, SAMUEL, RUBÉN e IRIS LUISA, todos de apellidos NALES PÉREZ, FULANO y MENGANO DE TAL, como posibles herederos desconocidos; UNITED STATES OF AMERICA

Demandado CIVIL NÚM: BY2019CV06070. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. EDICTO DE SUBASTA. Yo, al público en general. MARIBEL LANZAR VELAZQUEZ, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 13 de octubre de 2020, que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal, en Sala 503 Piso 5 sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Bayamón, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la parte demandada Sucesiones de Andres Nales Escobar e Iris Dominga Pérez Ruiz compuesta por sus hijos: Carmen Yolanda, Andrés, Edna, Víctor, Nereida, Ángel, Samuel, Rubén e Iris Luisa, todos de apellidos Nales Pérez, y Fulano y Mengano de Tal como posibles herederos desconocidos. Dirección Física: Calle 7 GG-19, Victoria Heights, Bayamón, Puerto Rico 00959. Finca 47,329, al folio 257 del tomo 1,14 de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Baya-


24 món. URBAN: Parcel of land located at Victoria Heights Development, Hato Tejas Ward, Municipality of Bayamón, Commonwealth of Puerto Rico, with the number nineteen of block “GG” and area as follows: three hundred twelve square meters and thirty five square centimeters. Boundaries: on the NORTH, in a distance of twenty two meters fifty centimeters, with lot number eighteen of block “GG”; on the SOUTH, in a distance of nineteen meters, with Street number two; on the EAST, in a distance of fourteen meters, with lot number fifteen of block “G”; and on the WEST, in a distance of ten meters fifty centimeters and arc in a distance of five meters fifty centimeters, with Street number seven. On this lot there is a reinforced concrete and cement blocks dwelling designed for residential purposes. Finca 47,329. Por su procedencia está: a. Servidumbres. b. Condiciones restrictivas sobre edificación y uso. Por sí está afecta a: a. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de R & G Premier Bank of Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $100,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero el día 1 de enero del 2037, constituida mediante la escritura número 426, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el día 20 de diciembre del 2006, ante el notario Mario Quintero Pintor, e inscrita al folio 214 vuelto del tomo 1,847 de Bayamón Sur, finca número 47,329, inscripción 7ma. b. Aviso de Demanda de fecha 15 de octubre de 2019, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el Caso Civil Número BY2019CV06070, seguido por Scotiabank de Puerto Rico, contra Andrés Nales Escobar, Iris Dominga Pérez Ruiz y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, United State of America, sobre cobro de Dinero, por la suma de $80,818.18, anotado el 17 de octubre de 2019, al tomo Karibe de Bayamón Sur, finca número 47,329, Anotación A. OBSERVACIÓN: Embargo Federal contra Andres Nales, seguro social patronal xx-xxx7325, dirección Street 2 C4 Parque San Miguel, Bayamón, PR 00959, por la suma de $6,043.48, notificación número 792757911, presentado el día 21 de junio del 2011, anotado al folio 49, Asiento 2, del libro de Embargos Federales número 11. Embargo Federal contra Andres Nales & M. Flores, seguro social xxx-xx-4911, por la suma de $6,116.65, notificación número 824006711 y notificación de refile 395074819, Certificación del 25 de octubre de 2011, (Manatí), presentado el día 26 de noviembre de 2019 y anotado el 16 de diciembre de 2019 al Asiento 2019-011752-FED, del Sistema Karibe. Embargo Federal contra Andres Nales, seguro social xxx-xx-7325, por

la suma de $5,103.19, notificación número 792757711 y notificación de refile 395187519, Certificación del 10 de junio de 2011, anotado el 16 de diciembre de 2019 al Asiento 2019011754-FED, del Sistema Karibe. Embargo Federal contra Andres Nales, seguro social xxx-xx-7325, por la suma de $5,103.19, notificación número 792757911 y notificación de refile 395187919, Certificación del 27 de noviembre de 2019, anotado el 23 de enero de 2020 al Asiento 2020-000418-FED, del Sistema Karibe. Embargo Federal contra Andres Nales & M. Flores, seguro social xxxxx-4911, por la suma de $6,116.65, notificación número 816049411 y notificación de refile 395074919, Certificación del 21 de septiembre de 2011, presentado el 26 de noviembre de 2019 y anotado el 14 de enero de 2020, al Asiento 2020000011-FED, del Sistema Karibe. Sentencia de fecha 22 de agosto de 2003, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Bayamón, en el caso civil número CM 20030878, seguido por la Asociación de Residentes Parque San Miguel, Inc., versus Andrés Nales y Fulana de Tal, por la suma de $1,759.51, presentada y anotada el día 11 de enero de 2011, al folio 48 del Registro de Sentencias número 4. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 47,329 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: Primera Subasta: 25 de enero de 2021. Hora: 9:45 am, Precio Mínimo: $100,000.00, Hipoteca: Escritura Número 426 sobre Primera Hipoteca, otorgada el día 20 de diciembre de 2006, ante el notario Mario Quintero Pintor. Segunda Subasta: 1 de febrero de 2021, Hora: 9:45am, Precio Mínimo: $66,666.67. Tercera Subasta: 8 de febrero de 2021, Hora: 9:45am, Precio Mínimo: $50,000.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 5 de agosto de 2020, notificada el 7 de agosto de 2020 y publicada el dia 13 de agosto de 2020, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: La suma principal de $80,818.18, más intereses a razón de 7%, desde el 1

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 30, 2020

de mayo de 2019, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $1,823.54 por cargos por mora, más la suma de $10,000.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 14 de diciembre de 2020. Maribel Lanzar Velazquez, Placa 735, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO COOPERATIVO DE PUERTO RICO P/C DE SU AGENTE DE SERVICIO ORIENTAL BANK Demandante V.

ELVIN ROBLES GABRIEL, YARILUZ PEREZ MARRERO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: BY2020CV00221. (402). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. EDICTO DE SUBASTA.

Yo, al público en general MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. CERTIFICO Y HAGO SABER. Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 23 de noviembre de 2020, que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal, Sala 503 Piso 5 sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Bayamón, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la parte demandada ELVIN ROBLES GABRIEL, YARILUZ PEREZ MARRERO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS. Dirección Física: 829RD Ramal 8829, Km. 3.7, Chicharo Comm, Bayamón, Puerto Rico 00949. Finca 36,282, al folio 36 del tomo 801 de Bayamón Sur, Registro Digital de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Sección I de Bayamón. RÚSTICA: Parcela radicada en el Barrio Dajaos del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida superficial de mil dieciséis metros con doscientos treintiocho milímetros cuadrados, y en lindes por el NORTE y OESTE, en veintiún metros con treinta centímetros y cincuenta metros con cuarentiún centímetros con terrenos propiedad del señor Segundo Resto; por el SUR, en veinte metros con once centímetros con la Carretera Municipal conocida por el “Chicharro”; y por el ESTE, en cincuentiún metros con setenta centímetros con la finca principal de la cual se segrega. Finca 36,282. Por su procedencia está: Libre de Cargas. Por sí está afecta a: a. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de R&G Premier Bank of Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $84,000.00, con intereses al 7.50% anual, vencedero el día 1 de abril de 2037, constituida mediante la escritura número 26, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 31 de marzo de 2007, ante el notario José Alberto Maymo Azize, e inscrita al folio 126 del tomo 1855 de Bayamón Sur, finca número 36,282, inscripción 11ma. b. Aviso de Demanda de fecha 19 de enero de 2020, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el Caso Civil Número BY2020CV00221, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Oriental Bank, contra Elvin Robles Gabriel, Yariluz Pérez Marrero y la Sociedad Legal de Bienes

Gananciales, compuesta por ambos, mediante la cual se ordena el pago de $69,313.83 más costos y en su defecto la venta en pública subasta, anotada al 27 de enero de 2020, al tomo Karibe de Bayamón Sur, finca número 36,282, Anotación A. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 36,282 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: FECHA DE SUBASTA: PRIMERA SUBASTA: 25 DE ENERO DE 2021 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $84,000.00. HIPOTECA: Escritura Número 26 sobre Primera Hipoteca, otorgada el día 31 de marzo de 2007, ante el notario Jose Alberto Maymo Azize. SEGUNDA SUBASTA: 1 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $56,000.00. TERCERA SUBASTA: 8 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $42,000.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 15 de octubre de 2020, notificada el 15 de octubre de 2020, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: La suma principal de $69,313.83, más intereses a razón de 7.5%, desde el 1 de agosto de 2019, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $1,607.10 por cargos por mora, más la suma de $8,400.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abo-

gado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 14 de diciembre de 2020. SRA. MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, ALGUACIL PLACA #735, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

ORIENTAL BANK Demandante V.

SUCESION DE HÉCTOR ANTONIO CAMACHO PÉREZ Y SUCESION DE CARMEN LYDIA MALDONADO NEGRON COMPUESTA POR: OLGA OFELIA CAMACHO GONZALEZ, HECTOR JESUS CAMACHO MALDONADO; FULANO Y MENGANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS

Demandado Civil Núm.: BY2019CV05192. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. EDICTO DE SUBASTA. Yo, al público en general MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. CERTIFICO Y HAGO SABER. Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 25 de noviembre de 2020, que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal, Sala 503 Piso 5 sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Bayamón, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la parte deman-

dada SUCESION DE HECTOR ANTONIO CAMACHO PEREZ Y SUCESION DE CARMEN LYDIA MALDONADO NEGRON, COMPUESTA POR: OLGA OFELIA CAMACHO GONZALEZ, HECTOR JESUS CAMACHO MALDONADO, FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS. Dirección Física: Reparto Valencia, Calle 14 AN-4, Bayamón, Puerto Rico 00959. Finca 46,123, al folio 91 del tomo 1027 de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Bayamón Sur. URBANA: Solar radicado en la Urbanización Reparto Valencia, situada en el Barrio Hato Tejas de Bayamón, Puerto Rico, que se describe en el Plano de Inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar cuatro del Bloque “AN”, con un área de ciento ochentidos metros cuadrados y sesentiun centímetros cuadrados. En lindes por el NORTE, en un arco con una longitud de siete metros y con cincuentisiete centímetros con la Avenida Orquídea; SUR, en un arco con una longitud de siete metros con la Calle número catorce; ESTE, en veinticinco metros con el Solar número cinco; y OESTE, en veinticinco metros con el Solar número tres. En este solar enclava una casa de concreto para residencia de una familia. Finca 46,123. Por su procedencia está: a. Condiciones restrictivas sobre edificación de uso. b. Servidumbres. Por sí está afecta a: a. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de RG Premier Bank of Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $73,500.00, con intereses al 6 1/8 % anual, vencedero el día 1 de marzo de 2033, constituida mediante la escritura número 125, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el día 28 de febrero de 2003, ante el notario Héctor Moyano Noriega, e inscrita al folio 178 del tomo 1776 de Bayamón Sur, finca número 46,123, inscripción 12ª. b. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Municipio de Bayamón, o a su orden, por la suma principal de $17,853.00, sin intereses, vencedero en 10 años, constituida mediante la escritura número 10, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el día 28 de febrero de 2003, ante el notario Leonides Díaz Urbina, e inscrita al folio 52 del tomo 1789 de Bayamón Sur, finca número 46,123, inscripción 13ª. c. Aviso de Demanda de fecha 6 de septiembre de 2019, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el Caso Civil Número BY2019CV05192, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Scotiabank de Puerto Rico, contra Sucesión de Héctor Antonio Camacho Pérez y Sucesión de Carmen Lydia Maldonado Ne-

grón, compuesto por Olga Ofelia Camacho González, Héctor Jesús Camacho Maldonado, Fulano y Mengano de Tal, como posibles herederos desconocidos, mediante la cual se ordena el pago de $50,861.22, más costas y en su defecto la venta en pública subasta, anotada el 17 de septiembre de 2019, al tomo Karibe de Bayamón Sur, finca número 46,123, Anotación A. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 46,123 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: FECHA DE SUBASTA: PRIMERA SUBASTA: 25 DE ENERO DE 2021 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $73,500.00. HIPOTECA: ESCRITURA NÚMERO 125 SOBRE HIPOTECA, OTORGADA EL DÍA 28 DE FEBRERO DE 2003, ANTE EL NOTARIO HÉCTOR MOYANO NORIEGA. SEGUNDA SUBASTA: 1 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $49,000.00. TERCERA SUBASTA: 8 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $36,750.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 5 de octubre de 2020 y notificada el mismo 5 de octubre de 2020 y publicada el 8 de octubre de 2020, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: La suma principal de $50,861.22, más intereses a razón de 6.125%, desde el 1 de marzo de 2019, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $809.37 por cargos por mora, más la suma de $287.17 en conexión con la cuenta de reserva, más la suma de $7,350.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos


The San Juan Daily Star transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 14 de diciembre de 2020. MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, ALGUACIL PLACA #735, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

CITIMORTGAGE, INC. Demandante V.

KATHERINE IVETTE ACHECAR MARTINEZ

Demandados Civil Núm.: DCD2015-2440. (503). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO( A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 26 DE ENERO DE 2021 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe

a continuación: URBANA: Solar número 1191 del Bloque “G” de la Urbanización Levittown, Barrio Sabana Seca de Toa Baja, Puerto Rico, compuesto de 343.01 metros cuadrados. En lindes: NORTE, en un arco de 9.42 metros con el Paseo Dalia; SUR, en 18.40 metros y un arco de 7.06 metros con paseo público; ESTE, en 17.50 metros con el solar 1190; OESTE, en 24.55 metros con el solar 1192. Enclava una casa. FINCA NO. 4674 INSCRITA AL FOLIO 211 DEL TOMO 59 DE TOA BAJA, SECCION SEGUNDA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BAYAMON. Propiedad localizada en: Urb. Levittown, G-1191 Calle Paseo Dalia, Toa Baja, PR 00949. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: A. HIPOTECA en garantía de pagaré a favor de Secretary of Housing and Urban Development of United States, o a su orden, por la suma de $6,600.99 con intereses al 6.500% anual y vencimiento 1o de agosto de 2035. Constituida por la Escritura 2 otorgada en San Juan el 21 de mayo de 2008 ante la notario Marysol López González e inscrita al folio 111 del tomo 549 de Toa Baja, finca 4674, inscripción 15a. B. HIPOTECA en garantía de pagaré a favor de United States Department of Housing and Urban Development, o a su orden, por la suma de $50,000.00 sin intereses y vencedero a la presentación. Constituida por la Escritura 30 otorgada en San Juan el 13 de enero de 2012 ante la notario Fabiola Ansotegui Blanc e inscrita al folio 111 del tomo 549 de Toa Baja, finca 4674, inscripción 16a. C. AVISO DE DEMANDA del 2 de octubre de 2015 seguido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número DCD2015-2440; Citimortgage, Inc., demandante v. Katherine lvette Achecar Martínez, demandada. Por la misma se reclama el pago de $132,268.43, más otras sumas. Anotada el 18 de mayo de 2016 al Tomo Karibe, finca 4674 de Toa Baja, anotación “A”. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo mínimo de subasta la suma de $136,850.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura

Wednesday, December 30, 2020 de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 2 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $91,233.33, dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $68,425.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 9 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $132,268.43 de principal, intereses al tipo del 4.50000% anual según ajustado desde el día 1 de diciembre de 2014 hasta el pago de la deuda en su totalidad, más la suma de $13,685.00 por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, y otros adeudados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRlMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 16 de diciembre de 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL REGIONAL. SRA. MARIBEL LANZAR VELÁZQUEZ, ALGUACIL PLACA #735.

CORPORATION AS SERVICER Demandante vs.

JUANA CANDIDA SOSA PADILLA T/C/C JUANA C. SOSA PADILLA Y JENNIE SOSA PADILLA

Demandados CIVIL NUM. SJ2019CV01898. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: La Parte Demandada, al (a la) Secretario(a) de Hacienda de Puerto Rico y al Público General:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de SAN JUAN, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 26 de enero de 2021, a las 10:30 de la mañana, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL. APARTAMENTO RESIDENCIAL identificado con el número SETESIENTOS NUEVE (709), localizado en el SEPTIMO PISO del Complejo conocido como CONDOMINIO “VISTAS DE SAN JUAN” que a su vez está localizado en el Numero Seiscientos (600) de la Avenida Manuel Fernandez Juncos en el área conocida como “Tras Miramar” en el BARRIO SANTURCE SUR del término municipal de SAN JUAN, Puerto Rico. Tiene un área superficial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y OCHO PIES CUADRADOS (443.88 P.C.) equivalentes a CUARENTA Y UNO PUNTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (41.24 M.C.). EN LINDES: Por el NORTE, en una distancia total de seis punto diecisiete metros (6.17 m.), equivalentes a veinte pies con tres pulgadas (20’3”), con pared que lo separa de los elementos exteriores; por el SUR, en una distancia total de seis punto diecisiete metros LEGAL NOTICE (6.17 m.), equivalentes a veinte ESTADO LIBRE ASOCIADO pies con tres pulgadas (20’3”), DE PUERTO RICO TRIBU- con pared que lo separa del paNAL DE PRIMERA INSTANCIA sillo común del Septimo Piso; SALA DE SAN JUAN. por el ESTE, en una distancia BOSCO CREDIT X, total de seis punto ochenta y seis metros (6.86 m.), equivaLLC, BY FRANKLIN lentes a veintidós pies con seis

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pulgadas (22’6”), con pared que lo separa del Apartamento numero Setecientos Siete (707); y por el OESTE, en dos (2) alineaciones y una distancia total de seis punto ochenta y seis metros (6.86 m.), equivalentes a veintidós pies con seis pulgadas (22’6”), con paredes que lo separan del Apartamento numero Setecientos Once (711) y del elemento común (“chase”). Su puerta principal de acceso se encuentra localizada en su lado SUR, la cual se comunica con el pasillo común del Séptimo Piso. Contiene un (1) cuarto dormitorio, un (1) baño, closet, sala-comedor y cocina. Le corresponde a este Apartamento, en los elementos comunes generales, un cero punto veintiocho por ciento (0.28%). Consta inscrita al folio 221 del tomo 463, Finca 17,027 de Juana Diaz, Registro de la Propiedad de SAN JUAN, Sección I. Este inmueble proviene de una finca mayor cabida de donde se individualizo conocido como el Condominio Vistas de San Juan, el cual está sometido a un Régimen de Propiedad Horizontal, que fue enmendado mediante la escritura numero dos (2) del día siete (7) de mayo de dos mil ocho (2008), otorgada en San Juan, Puerto Rico ante el Notario Público, Manuel Ramon Purcell-Mattei, presentada al Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera al Asiento mil ciento cincuenta y cuatro (1,154) del diario mil ochenta y siete (1,087), pendiente de inscripción. Finca Veinte Mil seiscientos noventa y cinco (20,695), Santurce Sur. Propiedad localizada en: 709 Vistas de San Juan, San Juan, PR 00926. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $152,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi ofi-

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cina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 2 de febrero de 2021, a las 10:30 de la mañana, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $101,333.33, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la tercera subasta, la suma de $76,000.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 9 de febrero de 2021, a las 10:30 de la mañana. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $131,834.84 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 4.5% anual desde el 1 de abril de 2018 y hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $15,200.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en San Juan, Puerto Rico, hoy 9 de diciembre de 2020. Edwin E. Lopez Mulero, Alguacil Regional.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR.

FAF ADVANCE GROUP, LLC Demandante v.

JOSÉ JAIME BOU CARRO; GOBIERTO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; JOHN DOE Y RICHARD ROE Demandados

CIVIL NÚM. DCD2012-1546 (702). SOBRE: COBRO DE DINERO; EJECUCIÓN DE PRENDA E HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA; CANCELACIÓN DE GRAVAMEN FEDERAL. AVISO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PUEBLO DE PUERTO RICO. SS. YO, Maribel Lanzar Velazquez, el Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 16 de diciembre de 2019, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo o en cheque certificado o en cheque de gerente a la orden del alguacil suscribiente en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América el día 19 de enero de 2021 a las 2:45 de la tarde, en 5to piso Sala 503 localizada en el Centro Judicial de Bayamón, todo título, derecho o interés que corresponda a las partes codemandadas sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Casa de concreto armado, hoy con techo de azotea, marcado con el numero quince (15) de la Calle Gandara, ocupada por la Farmacia Concepción y de catorce (14) vara de frente por once (11) de fondo igual a ciento siete (107) metros con dos (2) centímetros cuadrados de medida superficial. El solar mide ciento sesenta y seis punto sesenta (166.60) metros cuadrados y colinda por la derecha, entrando, con propiedad del Doctor Urbano Ramírez antes, hoy Jovino Matos; izquierda, con solar del municipio de Corozal y casa de Ángel Pérez; y por el fondo, con propiedad de Adela Bou, viuda de Álvarez antes, hoy Doctor José Bou y Manuel Joglar. Existe en el mismo solar y con una dependencia de la casa, una estructura de concreto para almacén y cuatro (4) garaje que miden veintisiete pies; por el Este en veinticuatro (24) pies; por el Sur, veinte (20) pies por el fondo.” Inscrita al folio 1 del tomo 49 del Registro de la Propiedad de Barranquitas Sección I, demarcación Corozal, finca número 12. Dirección física: Calle Gándara #15, Corozal, Puerto Rico 00783. Afecta por su procedencia a: Libre de Gravámenes. Por sí a: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Eurobank, o a su orden por la suma de $125,000.00 de principal, intereses al 12% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante escritura numero 95, otorgada en San Juan, el 18 de diciembre de 1996, ante el Notario Público Nelson William González, e inscrita al folio 247 del tomo 201 de Corozal, finca 12, inscripción 21ª. Demanda expedida el 13 de junio de 2012, en el Tribunal de Primera Ins-

tancia, Sala de Bayamón, caso civil número DCD2012-1546, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Oriental Bank and Trust versus José Jaime Bou Carro, por la suma de $294,177.52, anotado al folio 125 del tomo 324 de Corozal; Finca 12, anotación C. El gravamen objeto de ejecución en este procedimiento es la que surge de la Escritura de Primera Hipoteca número 95, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 18 de diciembre de 1996 ante el Notario Público Nelson William González, en la cual se establece como precio mínimo para la primera subasta la suma de $125,000.00. De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 26 de enero de 2021, a las 2:45 de la tarde. El precio mínimo para la segunda subasta serán dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $83,333.33. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 2 de febrero de 2021, a las 2:45 de la tarde. El precio mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $62,500.00. Del producto de dicha venta, procedera al Alguacil a pagar, en primer término, los gastos del Alguacil; en segundo término, las cantidades que la parte demandada aún adeuda conforme a la Sentencia dictada menos la cantidad de $278,052.20 correspondientes a las adjudicadciones de otras dos propiedades y un embargo de fondos realizado, disponiendo que, si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a las mismas. La venta en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de estos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. POR LA PRESENTE, se le notifica a los titulares de créditos y/o cargas registrales posteriores, si alguno, que se celebrarán las SUBASTAS en las fechas, horas y sitio anteriormente señalados, y se les invita a que concurran a dichas


26 subastas, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualificaciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en dos (2) lugares públicos del Municipio dónde se celebrarán las subastas señaladas. Además, en un periódico de circulación general en dos ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en Bayamón, Puerto Rico, a 17 de diciembre de 2020. Maribel Lanzar Velazquez, Placa 735, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

DITECH FINANCIAL LLC Demandante vs.

ELISA LUISA INFANTE MIRANDA T/C/C ELIZA LUISA INFANTE MIRANDA; OCTAVIO MALDONADO LOPEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados CIVIL NUM. KCD2017-0557 (506). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS.

A: La Parte Demandada, al (a la) Secretario(a) de Hacienda de Puerto Rico y al Público General:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 26 de enero de 2021, a las 9:00 de la mañana, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en

el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: Descrita conforme su inscripción 4ª en Ágora como sigue: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Villas de las Américas, localizado en el Barrio Hato Rey y Monacillos del término municipal de San Juan, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción d Servidumbre a favor del Estado Libre Asociado De Puerto Rico urbanización, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número de marcado con el número 16 del bloque “B” de la Urbanización con un área de solar de 212.774 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar marcado con el número 15 del bloque “B” de la Urbanización, en una distancia de 20.890 metros cuadrados; por el SUR, con terrenos de Ramón Nevárez López, en una distancia de 20.81 metros lineales; por el ESTE, con la Calle Número Dos (2) de la Urbanización, en una distancia de 10.18 metros lineales; y por el OESTE, con la Calle Número Uno existente, en una distancia de 10.23 metros lineales. FINCA: 7223 INSCRITA AL FOLIO 001 DEL TOMO 283 DE MONACILLOS ESTE Y EL CINCO, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN JUAN, SECCION QUINTA. Propiedad localizada en: B-16 Calle 2, Urb. Villas de las Americas, San Juan, PR 00927 Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo mínimo de subasta la suma de $200,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 2 de febrero de 2021, a las 9:00 de la mañana, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $133,333.33, 2/3 partes del tipo mínimo establecido

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 30, 2020

originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la tercera subasta, la suma de $100,000.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 9 de febrero de 2021, a las 9:00 de la mañana. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $179,369.09 de principal, intereses al tipo del 6.37500% anual según ajustado desde el día 1 de febrero de 2014 hasta el pago de la deuda en su totalidad, más la suma de $20,000.00 por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, y otros adeudados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en San Juan, Puerto Rico, hoy día 9 de diciembre de 2020. PEDRO HIEYE GONZALEZ, Alguacil Regional.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

LA SUCESIÓN DE ROSA IRIS MERCADO BUTTER COMPUESTA POR SANDRA FIGUEROA MERCADO; FULANO Y FULANA DE TAL COMO POSIBLES MIEMBROS

DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN; CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)

Demandados Civil Núm.: AR2019CV00839. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el 10 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: D-10 CALLE ATUN URB. VISTAS DEL ATLANTICO ARECIBO, PR 00612 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 10 del Bloque D de la Urbanización Vistas del Atlántico, radicado en el Barrio Hato Abajo del término municipal de Arecibo, Puerto Rico. Area del solar: 191.763 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 12.15 metros, con el solar número 11 del Bloque D; por el SUR, en una distancia de 8.65 metros, con la calle número 4 de la Urbanización; por el ESTE, en una distancia de 16.00 metros, con el solar número 9 del Bloque D; y por el OESTE, en una distancia de 12.38 metros, con la Calle número 3 de la Urbanización. Sobre dicho solar enclava una casa diseñada para una familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita al al Folio 155 del Tomo 1197 de Arecibo, finca número 41,302, Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera (1ra). El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $72,950.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 18 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $48,633.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en

la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 25 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $36,475.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 145 otorgada en Guaynabo, Puerto Rico, el día 1 de septiembre de 2000, ante el Notario Carlos L. González Alonso, y consta inscrita al Folio 155 del Tomo 1197 de Arecibo, finca número 41,302, en el Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera (1ra), inscripción quinta (5ta). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido condenando a La Sucesión de Rosa Iris Mercado Butter ascendente a la suma de $52,672.92 por concepto de principal, desde el primero (1ro) de noviembre de 2017, más intereses al tipo pactado de 8.1/2% anual. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, La Sucesión de Rosa Iris Mercado Butter adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $7,295.00. Además, La Sucesión de Rosa Iris Mercado Butter se comprometió a pagar una suma equivalente a $7,295.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $7,295.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los

acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. LUENGY VIERA ROMERO, ALGUACIL DE SUBASTAS #556, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

JULIO ANTONIO OQUENDO FIGUEROA T/C/C JULIO OQUENDO FIGUEROA

Demandado Civil Núm.: KCD2016-0755. (806). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN,

SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el 2 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: CALLE DEL PILAR, SOLAR #55, SAN JUAN, PUERTO RICO 00923 y que se describe a continuación: URBANA: Solar de 125.83 metros cuadrados, sito en la Calle del Pilar de Río Piedras y marcado con el número 55 de dicha calle, antes con el número 2, colinda por el SUR, su frente, en 12.69 metros, con la calle del Pilar; por el NORTE, su fondo, en 12.67 metros, con propiedad de Guillermo Fernández; por el ESTE, derecha entrando, en 11.3 metros, con otro solar número 57 de la calle del Pilar segregada de esta finca; y por el OESTE, en 9.50 metros, con el solar número 1 del plano de Urbanización de la finca principal. En este solar han construido una casa de concreto armado de dos plantas y una sola vivienda con garaje anexo. La finca descrita es el remanente luego de descontada la segregaciones efectuadas. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 22 del Tomo 1478 de Río Piedras Norte, finca número 5,504, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $159,300.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $106,200.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 17 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $79,650.00. Las hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 162 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 25 de marzo de 2008, ante el Notario Félix Javier Santiago García, y consta inscrita al

Folio 22 del Tomo 1478 de Río Piedras, finca número 5,504, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda, inscripción Décimo Quinta. (15ta). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $143,596.85 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.875% anual desde el primero (1ro.) de noviembre de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte Demandante los cargos por demora equivalentes a 5.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $15,930.00. Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $15,930.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $15,930.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados


The San Juan Daily Star en los derechos del acreedor FRANCISCO SANCHEZ ejecutante. La propiedad objeto (FALLECIO); JOHN de ejecución y descrita anteriorY JANE DOE COMO mente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores POSIBLES HEREDEROS una vez el Honorable Tribunal DESCONOCIDOS DE expida la correspondiente OrLA SUCESION DE den de Confirmación de Venta FRANCISCO RODRIGUEZ, Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en ge- MENGANO Y MENGANA neral se publicará este Edicto DE TAL COMO de acuerdo con la ley por es- POSIBLES HEREDEROS pacio de dos semanas en tres DESCONOCIDOS sitios públicos del municipio en DE VICTOR RAMON que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribu- ANDUJAR DOMACASSE; nal y la Colecturía. Este Edicto JUAN DEL PUEBLO Y será publicado dos veces en JUANA DEL PUEBLO un diario de circulación general COMO POSIBLES en el Estado Libre Asociado de HEREDEROS Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido DESCONOCIDOS DE el presente Edicto de subasta FRANCISCO SANCHEZ; bajo mi firma y sello de este DEPARTAMENTO DE Tribunal en San Juan, Puerto HACIENDA Y CENTRO Rico, hoy día 18 de diciemDE RECAUDACION DE bre de 2020. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL DE INGRESOS MUNICIPALES SUBASTAS, TRIBUNAL DE (CRIM) PRIMERA INSTANCIA, CENDemandados TRO JUDICIAL DE SAN JUAN, Civil Núm.: KCD2016-0851. SALA SUPERIOR. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA “IN REM” (VÍA ORDILEGAL NOTICE NARIA). EDICTO DE SUBASESTADO LIBRE ASOCIADO TA. El Alguacil que suscribe DE PUERTO RICO TRIBUpor la presente CERTIFICA, NAL DE PRIMERA INSTANCIA ANUNCIA y hace CONSTAR: CENTRO JUDICIAL DE SAN Que en cumplimiento de un JUAN SALA SUPERIOR Mandamiento de Ejecución de BANCO POPULAR DE Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe PUERTO RICO por la Secretaría del TRIBUDemandante Vs. NAL DE PRIMERA INSTANCIA LA SUCESION DE JUDICIAL DE SAN AMERICA RODRIGUEZ CENTRO JUAN, SALA SUPERIOR, en PACHECO COMPUESTA el caso de epígrafe procederá POR NEREIDA ANDUJAR a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, RODRIGUEZ T/C/C cheque certificado en moneda NERIDA ANDUJAR legal de los Estados Unidos RODRIGUEZ, VICTOR de América el 2 DE FEBRERO RAMON ANDUJAR DE 2021, A LAS 10:30 DE LA RODRIGUEZ (FALLECIO); MAÑANA, en su oficina sita en FRANCISCO RODRIGUEZ el local que ocupa en el edificio TRIBUNAL DE PRIMERA (FALLECIO); FULANO Y del INSTANCIA CENTRO JUDIFULANA DE TAL COMO CIAL DE SAN JUAN, SALA POSIBLES HEREDEROS SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la DESCONOCIDOS DE parte demandada de epígrafe LA SUCESION DE en el inmueble de su propiedad AMERICA RODRIGUEZ que ubica en CONDOMINIO PACHECO; LA SUCESION PLAZA UNIVERSIDAD 2000, 839 CALLE AÑASCO, APARDE VICTOR RAMON ANDUJAR RODRIGUEZ TAMENTO #222, SAN JUAN, P.R 00927 y que se describe COMPUESTA POR a continuación: URBANA: ProJUAN GUILLERMO piedad Horizontal: Apartamento ANDUJAR DOMACASSE; residencial localizado en el piso dos (2) de la Torre denominaVICTOR RAMON ANDUJAR DOMACASSE da A del “Condominio Plaza Universidad 2000”, sometido (FALLECIO); ANGEL al Régimen de Propiedad HoRAMON ANDUJAR rizontal, ubicado en la Calle VAZQUEZ; ALBERTO Añasco del Municipio de San ANDUJAR; SUTANO Y Juan, Puerto Rico. Apartamende un solo nivel de forma SUTANA DE TAL COMO to rectangular y está localizado POSIBLES HEREDEROS en la parte Oeste del edificio, DESCONOCIDOS con un área total aproximada de ochocientos cuarenta y tres DE LA SUCESION punto treinta y siete (843.37) DE VICTOR RAMON pies cuadrados, equivalentes ANDUJAR RODRIGUEZ; a setenta y ocho punto tres mil LA SUCESION DE quinientos dieciséis (78.3516) FRANCISCO RODRIGUEZ metros cuadrados. Sus lindes y distancias son las siguientes: COMPUESTA POR

Wednesday, December 30, 2020 por el NORTE, en una distancia de veintiún pies siete pulgadas (21’7”) con el apartamento doscientos veintiuno (221); por el SUR, en una distancia de ocho pies seis pulgadas (8’6”) con áreas comunes, pasillo y almacén y en una distancia de trece pies diez pulgadas (13’10”) con el apartamento 223; por el OESTE, en una distancia de treinta y ocho pies y una y media pulgadas (38’ 1 ½) ” con área de estacionamiento abajo; y por el ESTE, en una distancia de treinta y ocho pies y una y media pulgadas (38’ 1 ½)” con áreas comunes y pasillo. Este apartamento consta de dos (2) cuartos dormitorios, un (1) baño completo, cocina, salacomedor y pasillo. La puerta de entrada de este apartamento está en el lado Este y por ella se sale al pasillo común que da a los ascensores y la escalera y de ahí se sale al exterior. Este apartamento tiene una participación en los elementos comunes generales de punto cero cero dos cinco cuatro dos cuatro por ciento (.0025424%) y una participación en los elementos comunes limitados de punto cero cero dos tres cinco dos por ciento (.002352%). A este apartamento se le asigna el uso del estacionamiento marcado con el número nueve (9) en el plano del área de estacionamiento del primer nivel de estacionamiento, como elemento común limitado. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 231 del Tomo 1396 de Río Piedras Norte, finca número 37,985, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda (2da). El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $58,105.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $38,736.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 17 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $29,052.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 273 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 27 de abril de 2001, ante el Notario Vanessa López Ortiz, y consta inscrita al folio 231 vuelto del tomo 1396 de Río Piedras Norte, finca número 37,985, en

el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda (2da), inscripción Segunda (2da). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido condenando a la parte demandada ascendente a la suma de $43,903.69 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 7.0% anual desde el 1 de noviembre de 2015 y hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguros adeudados y la suma de $5,810.50 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan a continuación. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Municipio de San Juan, o a su orden, por la suma principal de $25,000.00, sin intereses, vencedero en 10 años, constituida mediante la escritura número 274, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 27 de abril de 2001, ante la notario Vanessa López Ortiz, e inscrita al folio 232 vuelto del tomo 1396 de Río Piedras Norte, finca número 37,985, inscripción 3ra. Sujeta a Condiciones de Venta por los primeros 24 meses. Por la presente se notifica a los acreedores conocidos y desconocidos que tengan inscritos, no inscritos, presentados y/o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita

a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE M&T 19-03-480751 DCD2014-0005 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

LENDING ADVISORS INC. Demandante V.

DELIA ENID OROPEZA COSME

Demandada Civil Núm.: DCD2014-0005. (701). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 DE ENERO DE 2021 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la sala 503 en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Candelario Arena, 266 Roble, Toa Baja PR 00951 y

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que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela de terreno marcado con el número doscientos sesenta y seis (266) en el plano de parcelación de la comunidad rural Candelaria Arenas del barrio Candelaria del termino municipal de Toa Baja, Puerto Rico con una cabida superficial de cero punto novecientos noventa y dos cuerdas (0.992) equivalentes a trescientos ochenta y nueve punto ochenta y dos metros cuadrados (389.82 m.c.). En lindes por el Norte, con la parcela número doscientos sesenta y cinco (265) de la comunidad; por el Sur, con la calle número seis (6) de la comunidad; por el Este, con la parcela número doscientos sesenta y dos (262) y doscientos sesenta y uno (261) de la comunidad. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 298 del Tomo 520 de Toa Baja, finca número 15514, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $48,750.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $32,500.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $24,375.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 593, otorgada el día 29 de noviembre de 2003, ante el Notario Ivonne González Medrano y consta inscrita en el Folio 145 del Tomo 547 de Toa Baja, finca número 15514, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, inscripción décima. El pagaré y la escritura de hipoteca fueron modificados mediante la escritura numero 321, otorgada el 20 de marzo de 2013, ante la Notario Magda Alsina Figueroa. En la escritura de modificación se hace constar que el principal del pagaré será $55,738.59, que los pagos mensuales de principal e intereses serán de $438.50, comenzando el 1 de mayo de 2013 y un pago final de $77,734.80 el 1 de diciembre de 2018. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea

el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $55,706.52 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.750% anual desde el día 1 de junio de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $4,875.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $4,875.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $4,875.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. En adición la parte demandada adeuda a la parte demandante un pago final de $77,734.80 a la fecha de vencimiento. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Doral Bank vs.

Delia Oropeza Cosme, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso civil número DCD 20140005, Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama pago de hipoteca por la suma de $55,706.52 y otras sumas, según Demanda (no especifica la fecha). Inscrita al Folio 145 del Tomo 547 de Toa Baja, anotación B. B: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Doral Financial Bankers vs. Delia Oropeza Cosme, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso civil número DCD20140901, Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama pago de hipoteca por la suma de $50,526.57 y otras sumas, según Demanda de fecha del 10 de mayo de 2004. Inscrita al Folio 145 del Tomo 547 de Toa Baja. Inscripción duodécima. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOT ICE M&T 17-05-53740 DCD2017-0882 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante V.

DENNIS FRANCISCO MARTÍNEZ CRUZ, JANET GONZÁLEZ MONTAÑEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Y ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DISTRITO DE PUERTO RICO

Demandados Civil Núm.: DCD2017-0882. (703). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la


28 presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 DE ENERO DE 2021 A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en la SALA 503 en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Praderas del Río, 23 Calle Bucana, Toa Alta, PR 00953 y que se describe a continuación: Urbana: URBANIZACIÓN PRADERA DEL RÍO I de Toa Alta. Solar: 23. Cabida: 485.107 Metros Cuadrados. Linderos: Norte, en una distancia de 35.121 metros, el solar número 22 de la Urbanización. Sur, en 02 distancias, una de 31.002 metros y 5.234 metros, con el solar número 24 y 26 de la Urbanización. Este, en una distancia de 12.208 metros, con el solar número 77 de la Urbanización. Oeste, en una distancia de 13.732 metros, con la Calle número 1 de la Urbanización. Contiene una casa para fines residenciales. Es segregación de la finca 24555, inscrita al folio 49 del tomo 489 de Toa Alta. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 27 del Tomo 532 de Toa Alta, finca número 26,831, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $202,458.57. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $134,972.38. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $101,229.29. La hipoteca a ejecutarse en el

caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 135, otorgada el día 26 de marzo de 2013, ante el Notario David E. Vera Umpierre y consta inscrita en el Folio 142 del Tomo 550 de Toa Alta, finca número 26,831, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, inscripción tercera. La escritura y pagaré fueron modificados el 15 de octubre de 2015 mediante escritura pública de modificación y ampliación de hipoteca número 455, otorgada en San Juan, ante la notario Alexandra M. Serracante Cadilla para modificar el balance principal a $202,458.57 y modificar el interés al 3.75% anual vencedero el 1 de noviembre de 2045. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $199,051.36 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 3.75% anual desde el día 1 de octubre de 2016. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $26,906.80 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $26,906.80 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $26,906.80 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca; más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. A: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de ADVANCE MORTGAGE BANKERS, INC, o a su orden por la suma principal de $268,028.00 con intereses al 4.50% anual y vencedero el 1 de octubre de 2041 según escritura número 6 otorgada ante el Notario Joel Vázquez Cognet el 16 de septiembre de 2011. Inscrita al folio 142 del tomo

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 30, 2020

550 de Toa Alta, inscripción segunda. Nota: PRESENTACIÓN: Presentada el 23 de octubre de 2019, al asiento 2019-112790-BY03, la escritura número 20, otorgada en San Juan, el 16 de octubre de 2019 ante la notario Digna Zaheida Matos Fort, por Advantage Mortgage Bankers, para que se inscriba cancelación de hipoteca por la suma de $268,028.00. Pendiente de cancelación. B: CONDICIONES RESTRICTIVAS: Impuestas por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda, limitando la capacidad de vender o enajenar la propiedad por diez años, al amparo del programa “Mi Nuevo Hogar”, por la suma de $10,000.00, según la escritura número 39, otorgada en San Juan, el 16 de septiembre de 2011, ante la notario Mariana García García. Inscrita al folio 27 del tomo 532 de Toa Alta. Inscripción primera. Surge de un estudio de título efectuado que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Secretary of Housing and Urban Development, o a su orden por la suma principal de $79,361.94, sin intereses y vencedero el 1 de noviembre de 2045 según escritura número 456 otorgada ante la Notario Alexandra M. Serracante Cadilla el 15 de octubre de 2015. Presentada el 6 de noviembre de 2015, al asiento 502 del Diario 534. B: PRESENTACIÓN: Presentada el 7 de septiembre de 2016, al asiento 2016-086176 BY03, 534 la escritura número 466, otorgada en San Juan, el 15 de octubre de 2015 ante la notario Alexandra M. Serracante Cadilla, por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, para que se reconozca su consentimiento y ratificación a la modificación y cancelación parcial de hipoteca presentada al asiento 501 del

Diario 534. Pendiente. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE M&T 18-10-54249 BY2018CV04045 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE TOA ALTA

FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION T/C/C FANNIE MAE Demandante V.

LOUIS ROSADO MÉNDEZ, JANNETTE LEVY HARTLINE MELÉNDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civi Núm.: BY2018CV04045. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe po r la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE TOA ALTA , en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 DE ENERO DE 2021 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en la sala 503 en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON , todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Bo. Higuillar, 604 A Calle 19, Dorado, PR 00646 y que se describe

a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número 604-A en el plano de parcelación de la comunidad Rural San Antonio del Barrio Higuillar del término municipal de Dorado, Puerto Rico, con una cabida superficial de 462.50 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la parcela número 19 de la comunidad; por el Sur, con área rocosa de la comunidad; por el Este, con área rocosa de la comunidad; por el Oeste, con la parcela número 604 de la comunidad. Enclava una estructura de una sola planta para fines residencial, bloques y hormigón que tiene 3 cuartos, 2 baños, cocina y sala pequeña de concreto y bloques, techada de zinc en parte, con un valor de $10,000.00, según la escritura número 21, otorgada en Dorado, el 23 de julio de 1996, ante el notario Héctor L. Santana Nevarez. Inscrita al folio 72 del tomo 242 de Dorado. Inscripción segunda. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 65 del Tomo 173 de Dorado, finca número 8507, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $35,914.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $23,942.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $17,957.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 241, otorgada el día 29 de marzo de 2001, ante el Notario Hector L. Torres Vila y consta inscrita en el Folio 72 del Tomo 242 de Dorado, finca número 8507, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta, inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $24,052.00 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.125% anual desde el día 1 de abril de 2018. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los car-

gos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $3,591.40 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $3,591.40 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $3,591.40 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE TOA ALTA durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Federal National Mortgage Association (Fannie Mae) vs. Louis Rosado Méndez y su esposa, Jannette Levy Hartline Meléndez, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Toa Alta, en el caso civil número CD 12-1346, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $30,871.17 y otras cantidades, según Demanda de fecha 20 de septiembre de 2012. Ano-

tada al folio 61 del tomo 283 de Bayamón. Anotación A. B: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Firstbank de Puerto Rico vs. Louis Rosado Méndez y su esposa, Jannette Levy Hartline Meléndez, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número BY2018CV04045, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $24,052.00 y otras cantidades, según Demanda de fecha 8 de noviembre de 2018. Anotada al tomo Karibe de Dorado. Anotación B. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Toa Alta, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL, SALA DE TOA ALTA.

LEGAL NOTICE M&T 19-05-208298 BY2019CV03611 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

LORENZO NIEVES ORTEGA, OLGA I. RIVERA JORGE T/C/C OLGA IRIS RIVERA JORGE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: BY2019CV03611. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién

pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 27 DE ENERO DE 2021, A LAS 1:30 DE LA TARDE, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR SALA 503 todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en PR 830 KM 1.6, Los Goveos Sect, Bayamón, PR 00956 y que se describe a continuación: Rústica: Finca Barrio Buena Vista de Bayamón, con un área de mil (1,000.00) metros cuadrados, equivalentes a cero punto dos mil quinientos cuarenta y cuatro (0.2544) cuerdas. En lindes por el Norte, con Juan Rivera; por el Sur, con Pedro Pizarro; por el Este, con Jorge Nieves; y por el Oeste, con la finca principal. Enclava una estructura en concreto de un nivel para fines residenciales con una cabida de mil cien (1,100.00) pies cuadrados y consta de dos cuartos, sala-comedor, cocina, dos (2) baños y balcón, por valor de $20,000.00, mediante escritura número 15, otorgada en Bayamón el 13 de febrero de 1996, ante el notario público Juan Marín Hernández, e inscrita al folio 22 del tomo 1590 de Bayamón, finca 68425, inscripción 5ª. Se constituye servidumbre de paso en beneficio de esta finca como predio dominante sobre la finca principal como predio sirviente. TRACTO REGISTRAL: Se segrega de la finca 66066, inscrita al folio 296 del tomo 1493 de Bayamón. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 21 del Tomo 1590 de Bayamón, finca número 68425, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $127,569.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 3 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 1:30 DE LA TARDE. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $85,046.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 1:30 DE LA TARDE. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $63,784.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epí-


The San Juan Daily Star grafe fue constituida mediante la escritura número 23, otorgada el día 31 de julio de 2014, ante el Notario Yaritza Deya Meléndez y consta inscrita en el Folio del Tomo Karibe de Bayamón, finca número 68425, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción undécima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $117,096.71 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.500% anual desde el día 1 de febrero de 2018. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $12,756.90 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $12,756.90para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $12,756.90 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus inte-

Wednesday, December 30, 2020

reses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. FDO. EDGARDO E. VARGAS, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE M&T 36666 CG2019CV00011 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

LIME RESIDENTIAL, LTD. Demandante V.

LA SUCESIÓN DE RAFAEL COTTO GONZÁLEZ COMPUESTA POR NYDIA ESTHER COTTO LÓPEZ, LUIS HUMBERTO COTTO MELÉNDEZ, JOSÉ OSCAR COTTO MELÉNDEZ Y LA SUCESIÓN DE RAFAEL COTTO LÓPEZ, COMPUESTA A SU VEZ POR SOFÍA COTTO, MIRIAM COTTO, MERCEDES COTTO Y RAFAEL JR. COTTO; FULANO Y FULANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE RAFAEL COTTO GONZÁLEZ; SUTANO Y SUTANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE RAFAEL COTTO LÓPEZ

Demandados Civil Núm.: CG2019CV00011. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sen-

tencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 3 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Condado Moderno, B19 calle 5, Caguas, PR 00725-2424 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 19 de la manzana B, radicado en la Urbanización Extensión Condado Moderno, en el Barrio Bairoa de Caguas con un área de 322.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la calle número 5 en distancia de 14.00 metros; por el Sur, con el solar número 23, en distancia de 14.00 metros; por el Este, con el solar número 20, en distancia de 23.00 metros y por el Oeste, con el solar número 18, en distancia de 23.00 metros. Enclava una casa de concreto reforzado, diseñada para una familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 80 del tomo 874 de Caguas, finca número 29,270, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $135,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $90,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 17 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $67,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 217, otorgada el día 26 de octubre de 2006, ante el Notario Rafael Maldonado Pérez y consta inscrita en el folio 142 del tomo 1,693 (ágora) de Caguas, finca nú-

mero 29,270, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera, inscripción novena. El pagaré y la escritura de hipoteca fueron modificados mediante acuerdo entre las partes titulado Citi Affordable Modification Agreement firmado el 7 de septiembre de 2011, estableciéndose como nuevo principal adeudado la cantidad de $138,112.82, extendiendo la fecha de vencimiento al 1 de diciembre de 2036 y modificándose la tasa de interés anual de forma escalonada de la siguiente forma: (a) la tasa de interés anual será 5.00% desde el 1 de septiembre de 2011 hasta el 31 de agosto de 2013; (b) la tasa de interés anual será 6.00% desde el 1 de septiembre de 2013 hasta el 31 de agosto de 2014; (c) la tasa de interés anual será 7.00% desde el 1 de septiembre de 2014 hasta el 31 de agosto de 2015 y (d) la tasa de interés anual será 7.50% desde el 1 de septiembre de 2015 hasta el saldo de la obligación. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $128,850.57 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7. 00% anual desde el día 1 de enero de 2015 hasta el 31 de agosto de 2015 y al tipo pactado de 7.50% desde el 1 de septiembre de 2015 hasta el saldo de la obligación. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $13,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $13,500.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $13,500.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estu-

dio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por DLJ Mortgage Capital, Inc. vs. La sucesion de Rafael Cotto González, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, en el caso civil número CG2019CV00011 sobre ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $128,850.57, según Demanda de fecha 2 de enero de 2019. Anotada al tomo Karibe de Caguas, anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Caguas, Puerto Rico, hoy día 23 de noviembre de 2020. FDO. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

OSP CONSORTIUM LLC Demandante v.

E. MENDOZA & CO., INC.; EDUARDO MENDOZA CORPORATION; E.M.T. SHIRTS DISTRIBUTORS, INC.; EDUARDO

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MENDOZA VIDAL, MARTA FERNÁNDEZ TORRES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS

Demandados CIVIL NÚM. BY2019CV05361. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECAS. AVISO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA } S.S. EL PUEBLO DE PUERTO RICO. YO, el(la) Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia sobre Bienes Muebles e Inmuebles, expedido el 19 de diciembre de 2019 por la Secretaría de este Tribunal, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo o en cheque certificado o de gerente, a la orden del Alguacil suscribiente, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, el día 21 de enero de 2021, a las 10:15 de la mañana en el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, todo título, derecho o interés que corresponda a la parte demandada sobre el inmueble que se describe a continuación: “RÚSTICA: Solar radicado en la Urbanización Royal Palm Extensión II, situada en el Barrio Minillas de Bayamón, Puerto Rico, marcado en el número cuarenta y cuatro (44) de la manzana “IF” con un área de trescientos treinta y seis punto treinta y tres metros cuadrados (336.33m.c.). En lindes por el Norte con el solar número once (11), distancia de trece punto cincuenta metros (13.50 m); por el Sur, con la calle principal de Lomas Verdes, distancia de trece punto cincuenta metros (13.50 m); por el Este, con el solar número cuarenta y tres (43), distancia de veinticuatro punto ochenta y un metros (24.81 m); y por el Oeste, con el solar número Cuarenta y Cinco (45) en una distancia de veinticuatro punto noventa y nueve metros (24.99 m). Enclava una casa de concreto reforzado y bloques de concreto para una familia.” Finca número 22,122 inscrita al folio 171 del tomo 486 de Bayamón Sur, Registro de Bayamón, Primera (I) Sección. Dirección Física: Urbanización Royal Palm, IF-44 Ave. Lomas Verdes, Bayamón, Puerto Rico 1 La propiedad descrita anteriormente está afecta a los siguientes gravámenes: Por su procedencia está afecta a servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company, servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, servidumbre a favor de la Puerto Rico Railway Light Power Co., servidumbre a favor de la Autoridad de

Acueductos y Alcantarillados, servidumbre a favor del Municipio de Bayamón, Condiciones Restrictivas de Edificación y Uso. Por sí afecta a: HIPOTECA a favor del PORTADOR, por la suma de $280,000.00, intereses al 15% anual, vencedero a la demanda, según escritura número 61, otorgada en Guaynabo, Puerto Rico, el 15 de septiembre de 2008, ante el Notario Público Herman Cestero Rodríguez, inscrita al folio 2485 del tomo 1965 de Bayamón Sur, finca número 22122, inscripción 14na. ANOTACIÓN DE DEMANDA: Es objeto de esta anotación la hipoteca a favor del portador por la suma de $280,000.00 que surge de la inscripción 14ta. DEMANDANTE: Condado 2 LLC; DEMANDADOS: E. Mendoza & Co., Inc., Eduardo Mendoza Corporation, EMT Shirts Distributors, Inc., Eduardo Mendoza Vidal, Marta Fernández Torres y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ellos. Cantidad adeudada: $2,738,085.41. Según DEMANDA expedida por el Tribunal de Bayamón en el caso Civil Núm. BY2019CV5361 de fecha 12 de septiembre de 2019. Inscrita al tomo KARIBE de Bayamón, Anotación A de fecha 17 de septiembre de 2019. Según pactado en la Escritura número 61, otorgada en Guaynabo, Puerto Rico, el 15 de septiembre de 2008, ante el Notario Público Herman Cestero Rodríguez que es objeto de este procedimiento, servirá de tipo mínimo para la primera subasta de la Finca número 22,122 la suma de $280,000.00. De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta, Tribunal de Bayamón, el día el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, el día 28 de enero de 2021, a las 10:15 de la mañana. El tipo mínimo para la segunda subasta será dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $186,666.67. De no adjudicarse la propiedad en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en el quinto piso, Sala 503, Tribunal de Bayamón, el día 4 de febrero de 2021, a las 10:15 de la mañana. El tipo mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $140,000.00. Esta subasta se hará para satisfacer a la parte demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado a OSP CONSORTIUM LLC, ascendente a las siguientes sumas al 12 de septiembre de 2019: A. $2,999,548.59, la cual se compone de: (i) $2,687,580.67 por concepto de principal; más (ii) $293,484.16 por concepto de intereses acumulados y no pagados, los cuales continúan acumulándose a razón de 9.5% anual; (iii) y $18,483.76 por concepto de mora, en virtud

del Préstamo Original; más B. $69,468.81, la cual se compone de: (i) $50,504.74 por concepto de principal; más (ii) $1,887.64 por concepto de intereses acumulados y no pagados, los cuales continúan acumulándose a razón de 10.42% anual; (iii) más $17,076.43 por concepto de mora; más C. Una suma agregada no menor a $144,500.00 cargos por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado pactados. La venta en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables. El Alguacil procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del imnueble, de conformidad con las disposiciones de Ley. POR LA PRESENTE, se les notifica a los titulares de créditos y/o cargas regístrales posteriores, si alguno, que se celebrará la SUBASTA en la fecha, hora y sitio anteriormente señalados, y se les invita a que concurran a dicha subasta, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualifícaciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en tres (3) lugares públicos del Municipio donde se celebrará la subasta señalada. Además, en un periódico de circulación general en dos (2) ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en Bayamón, Puerto Rico, a 8 de diciembre de 2020. Maribel Lanzar Velazquez, Placa 735, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN. ***

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE COMERÍO

AGORI, INC.


30 Demandante V.

FULANO DE TAL Y MENGANO DEL CUAL

Demandado(a) Civil: CR2020CV00179. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ HIPOTECARIO EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: FULANO DE TAL Y MENGANO DEL CUAL.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 23 de diciembre de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 28 de diciembre de 2020. En COMERÍO, Puerto Rico, el 28 de diciembre de 2020. ELIZABETH GONZÁLEZ RIVERA, SECRETARIA. MARÍA I. CRUZ ORTIZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE

PR 00936-8518.

(Nombre de las partes a las que se les notifica la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 3 de marzo de 2020, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 28 de diciembre de 2020. En Ponce, Puerto Rico, el 28 de diciembre de 2020. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL. GISELLE BERNARD MARCUCCI, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE

Parte Demandante V.

EUGENIO

ESTADO LIBRE ASOCIADO GARCIA JIMENEZ DE PUERTO RICO TRIBUParte Demandada NAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INS- CIVIL NUM: HU2020CV00393. TANCIA SALA SUPERIOR DE SOBRE: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR PONCE EDICTO. ESTADOS UNIDOS PR RECOVERY AND DE AMERICA ELPRESIDENDEVELOPMENT JV. LLC. TEDELOSEE.UU. EL ESTADO Demandante Vs LIBRE ASOCIADO DE P.R. SS

MARITZA MEDINA ACEVEDO Y JOSE R. AVILES ASENCIO Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: PO2019CV03405. Salón: 406. Sobre: COBRO DE DINERO ORDINARIO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO ENMENDADA.

A: MARITZA MEDINA ACEVEDO Y JOSE R. AVILES ASENCIO Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS. P/C LCDO. JOSE F. AGUILAR VELEZ, PO BOX 71418 SAN JUAN,

Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando Ia siguiente dirección electrónica: https:// unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en Ia secretarla del tribunal. Debe saber que en caso de no hacerlo asI podrá dictarse Sentencia en Rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en Ia demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy dIa 28 de diciembre de 2020. Dominga Gomez Fuster, Secretaria. Karilin Morales Figueroa, Sec Auxiliar del Tribunal I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Municipal de HUMACAO.

PALMAS DEL MAR HOMEOWNERS ASSOCIATION, INC. Demandante v.

RICHARD LEWIS HEIMER REDBORD, ESTHER RHEINS HEIMER BEINBLIT, Y SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

ESTADO LIBRE ASOCIADO Demandado(a) DE PUERTO RICO TRIBU- Civil: Núm. HU2020CV00424. NAL DE PRIMERA INSTANCIA Sobre: COBRO DE DINERO. SALA DE HUMACAO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO. PALMAS DEL MAR

HOMEOWNERS ASSOCIATION, INC.

A: EUGENIO GARCIA JIMENEZ

POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que notifique a: GONZALEZ & MORALES LAW OFFICES, LLC P0 BOX 10242 HUMACAO, PR 00792 TELEFONO: (787) 852-4422 FACSMlL: (787) 285-4425 Email: jrg©gonzalezmorales.com abogados de Ia parte demandante, cuya dirección es Ia que deja indicada, con copia de su contestación a Ia Demanda, copia de Ia cual le es servida en este caso, dentro de los TREINTA (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, excluyéndose el dIa del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 30, 2020

A: RICHARD LEWIS HEIMER REDBORD, ESTHER RHEINS HEIMER BEINBLIT, Y SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS: A SU DIRECCION CONOCIDA 31 GLACIER DRIVE, SMITHTOWN, NEW YORK, ESTADOS UNIDOS, 11787-2316

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 22 de diciembre de 2020 , este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la

publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 28 de diciembre de 2020. En HUMACAO , Puerto Rico, el 28 de diciembre de 2020. DOMINGA GOMEZ FUSTER, Secretario(a). f/ ILEANA MIRANDA ARROYO, Secretario(a) Auxiliar.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PONCE

REVERSE MORTGAGE FUNDING, LLC Demandante Vs.

FLAVIA JIMÉNEZ SABLÓN, T/C/C FLABIA JIMÉNEZ SABLÓN; Y A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: PO2020CV01109. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: FLAVIA JIMÉNEZ SABLÓN, T/C/C FLABIA JIMÉNEZ SABLÓN.

POR LA PRESENTE, se les emplaza y se les notifica que se ha presentado en la Secretaria de este Tribunal la Demanda del caso del epígrafe solicitando la ejecución de hipoteca y el cobro de dinero relacionado al pagaré suscrito a favor de The Money House, Inc., o a su orden, por la suma principal de $177,000.00, con intereses computados sobre la misma desde su fecha hasta su total y completo pago a razón de la tasa de interés de 4.28% anual, la cual será ajustada mensualmente, obligándose además al pago de costas, gastos y desembolsos del litigio, más honorarios de abogados en una suma de $17,700.00, equivalente al 10% de la suma principal original. Este pagaré fue suscrito bajo el affidávit número 1,278 ante el notario Laura Mia González Bonilla. Lo anterior surge de la hipoteca constituida mediante la escritura número 251, otorgada el 14 de mayo de 2009, ante el mismo notario público, inscrita al folio 1 del tomo 1193 de Ponce, finca número 4,814, inscripción 12da. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de Ponce. La Hipoteca Revertida grava la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Parcela de terreno en la Urbanización Las Delicias, Primera Unidad de Planificación, en el Barrio Magueyes de Ponce, Puerto Rico, y que se describe

en el Plano de Inscripción de la Urbanización Delicias, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número Del Solar: Uno (1) Del Bloque con un área de trescientos cincuenta y siete metros cuadrados con treinta y siete centímetros cuadrados, en lindes por el NORTE, en veinticuatro metros, con el solar número dos; por el SUR, en veinte metros cincuenta centímetros y dos metros setenta y cinco centímetros, con la Calle número diecisiete; por el ESTE, en quince metros, con el solar número cuarenta y tres; por el OESTE, en once metros cincuenta centímetros y dos metros setenta y cinco centímetros, con la Calle número diecisiete. Finca número 4,814, inscrita al folio 88 del tomo 901 de Ponce. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de Ponce. Se apercibe y advierte a ustedes como personas desconocidas, que deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal. De no contestar la demanda radicando el original de la contestación ante la secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, y notificar copia de la contestación de esta a la parte demandante por conducto de su abogada, GLS LEGAL SERVICES, LLC, Atención: Lcda. Genevieve López Stipes, Dirección: P.O. Box 367308, San Juan, P.R. 009367308, Teléfono: 787-758-6550, dentro de los próximos sesenta (60) días a partir de la publicación de este emplazamiento por edicto, que será publicado una sola vez en un periódico de circulación diaria general en la isla de Puerto Rico, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia, concediendo el remedio solicitando en la Demanda sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal hoy 3 de diciembre de 2020. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL. EREINA AGRONT LEÓN, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

COMO POSIBLES TENEDORES DEL PAGARÉ EXTRAVIADO Y CUYA IDENTIDAD SE DESCONOCE AL PRESENTE

sola vez en un periódico de circulación diaria general en la isla de Puerto Rico, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia, concediendo el remedio solicitando en la Demanda sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal hoy 28 de diciembre de 2020. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIA. LILI RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, SUBSECRETARIA.

Demandada Civil Núm.: CG2020CV01604. Sobre: SUSTITUCIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. EDICTO DE EMPLAZAMIENTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE. LEGAL NOTICE UU., EL ESTADO LIBRE ASOESTADO LIBRE ASOCIADO CIADO DE PUERTO RICO, DE PUERTO RICO TRIBUSS. NAL DE PRIMERA INSTANCIA A: JAMES B. NUTTER & CENTRO JUDICIAL DE SAN COMPANY, MAGDALENA JUAN

REYES ORTIZ Y FULANO Y SUTANA DE TAL COMO POSIDLES TENEDORES DEL PAGARÉ EXTRAVIADO Y CUYA IDENTIDAD SE DESCONOCE AL PRESENTE.

Por la presente se les notifica que se ha radicado en esta Secretaría la demanda de epígrafe en la cual se alega que el pagaré que a continuación se describe se ha extraviado y que no existe tenedor del mismo ni acreedor por medio de pignoración, y así han solicitado la sustitución del mismo: El inmueble hipotecado para garantizar el pago del pagaré antes mencionado se describe como sigue: RÚSTICA: Solar marcado con el número treinta en el Plano de Parcelación de la Comunidad Rural Río Hondo del Barrio Rio Hondo del Barrio Río Hondo del término municipal de Mayagüez, Puerto Rico, con una cabida superficial de cero cuerdas con ochocientos cuatro diez milésimas de otra, equivalente a trescientos diez y seis punto veintitrés metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la parcela número treintiuno de la Comunidad. Por el SUR con la parcela número veintinueve de la comunidad. Por el ESTE con la Calle número tres de la comunidad. Por el OESTE, con un desagüe pluvial número uno de la comunidad. Finca número 26,018, inscrita al folio 25 del tomo 887 de Mayagüez. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Mayagüez. Se apercibe y advierte a ustedes como personas desconocidas, que no contestar la demanda radicando el original de la contestación LEGAL NOTICE ante la secretaria del Tribunal ESTADO LIBRE ASOCIADO de Primera Instancia, Sala de DE PUERTO RICO TRIBUCaguas, y notificar copia de la NAL DE PRIMERA INSTANCIA contestación de esta a la parte SALA DE CAGUAS demandante por conducto de REVERSE MORTGAGE su abogado, GLS LEGAL SERFUNDING, LLC VICES, LLC, Atención: Lcda. Demandante Vs. Charline Michelle Jiménez THE MONEY HOUSE, Echevarría, Dirección: P.O. Box 367308, San Juan, P.R. 00936INC., JAMES B. 7308, Teléfono: 787-758-6550, NUTTER & COMPANY, dentro de los próximos treinta MAGDALENA REYES (30) días a partir de la publicación de este emplazamiento por ORTIZ Y FULANO edicto que será publicado una Y SUTANA DE TAL

WILMARIE MALDONADO DOMINGUEZ, FELIX ARMANDO NIEVES SANTIAGO Demandante Vs.

HECTOR JAVIER NIEVES SANTIAGO

Demandado Civil Núm.: SJ2020RF01262. Salón: 706. Sobre: PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD Y ADOPCIÓN. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: HECTOR JAVIER NIEVES SANTIAGO. DIRECCIÓN: JARDINES DE CAMPO RICO, EDIFICIO 6, APARTAMENTO 122, SAN JUAN, PR 00924.

POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la Demanda que se acompaña con este Emplazamiento, dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento, notificando copia de la misma al abogado (a) de la parte Demandante o a ésta, de no tener representación legal. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), el cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired.ramajudicial. pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. VAZQUEZ & ASSOCIATES LAW OFFICES LCDA. ROSA L. VAZQUEZ LOPEZ RUA 17483 / Col. 18853 379 Calle Cesar González Hato Rey, San Juan, PR 00918 Tel (787) 766-0949 / Fax (787) 771-2425 Email: vazquezyasociadospr@gmail.com

EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL, en SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día 11 de diciembre de 2020. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA DEL TRIBUNAL. CARMEN J. CASTRO SERRANO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA

GRETMARIE MORFFE RODRIGUEZ Demandante Vs.

CESAR ANAUDY VICTORIO DEL ORBE

Demandado Civil Núm.: CA2020RF00821. Salón: 301. Sobre: DIVORCIO (RUPTURA IRREPARABLE). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: CESAR ANAUDY VICTORIO DEL ORBE. RESIDENCIAL SABANA ABAJO EDIFICIO 20 APARTAMENTO 289, CAROLINA, PUERTO RICO 00983.

POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la Demanda que se acompaña con este Emplazamiento, dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento, notificando copia de la misma al abogado (a) de la parte Demandante o a ésta, de no tener representación legal. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), el cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired.ramajudicial. pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. VAZQUEZ & ASSOCIATES LAW OFFICES LCDA. ROSA L. VAZQUEZ LOPEZ RUA 17843 / COL 18853 379 Calle Cesar González Hato Rey, San Juan, PR 00918 Tel (787) 766-0949 / Fax (787) 771-2425 Email: vazquezyasociadospr@gmail.com EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 15 de diciembre de 2020. LCDA. MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. TAMARA FRANCO


The San Juan Daily Star la Propiedad de Caguas, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inLEGAL NOTICE mueble antes relacionado, será M&T el dispuesto en la Escritura de 42248 Hipoteca, es decir la suma de CG2019CV02564 $142,500.00. Si no hubiere reESTADO LIBRE ASOCIADO mate ni adjudicación en la priDE PUERTO RICO TRIBU- mera subasta del inmueble NAL DE PRIMERA INSTANCIA mencionado, se celebrará una CENTRO JUDICIAL DE CA- SEGUNDA SUBASTA en las GUAS SALA SUPERIOR oficinas del Alguacil que suscriLIME RESIDENTIAL, LTD. be el día 10 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 9:15 DE LA MADemandante V. ÑANA. En la segunda subasta OTNIEL que se celebre servirá de tipo LÓPEZ FONTANEZ mínimo las dos terceras partes Demandado (2/3) del precio pactado en la Civil Núm.: CG2019CV02564. primera subasta, o sea la suma Sobre: EJECUCIÓN DE HIPO- de $95,000.00. Si tampoco huTECA POR LA VÍA ORDINA- biere remate ni adjudicación en RIA. EDICTO DE SUBASTA. El la segunda subasta se celebraAlguacil que suscribe por la rá una TERCERA SUBASTA en presente CERTIFICA, ANUN- las oficinas del Alguacil que CIA y hace CONSTAR: Que en suscribe el día 17 DE FEBREcumplimiento de un Manda- RO DE 2021, A LAS 9:15 DE LA miento de Ejecución de Senten- MAÑANA. Para la tercera sucia que le ha sido dirigido al Al- basta servirá de tipo mínimo la guacil que suscribe por la mitad (1/2) del precio pactado Secretaría del Tribunal de Pri- para el caso de ejecución, o mera Instancia, Centro Judicial sea, la suma de $71,250.00. La de Caguas, Sala Superior, en el hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe procederá a caso de epígrafe fue constituivender en pública subasta al da mediante la escritura númemejor postor quién pagará de ro 352, otorgada el día 7 de contado y en moneda de curso agosto de 2009, ante el Notario legal de los Estados Unidos de Jorge García Soto y consta insAmérica, giro postal o por che- crita en el folio 46 del tomo 569 que de gerente a nombre del de Cayey, finca número 23,343, Alguacil del Tribunal de Primera en el Registro de la Propiedad Instancia el día 3 DE FEBRE- de Caguas, Sección Primera, RO DE 2021, A LAS 9:15 DE LA inscripción segunda. El pagaré MAÑANA en su oficina sita en fue modificado por las partes el el local que ocupa en el edificio 20 de julio de 2018 mediante el del Tribunal de Primera Instan- documento interno titulado cia, Centro Judicial de Caguas, Loan Modification Agreement. Sala Superior, todo derecho, tí- En virtud del mismo, se establetulo e interés que tenga la parte ció como nuevo principal adeudemandada de epígrafe en el dado la cantidad de inmueble de su propiedad que $148,279.40, se extendió la feubica en Villas de Johnny Tole- cha de vencimiento al 1 de dido, 7 calle 1, Cayey, PR 00737 ciembre de 2054 y se difirió la y que se describe a continua- cantidad de $26,319.70, la cual ción: URBANA: Solar número 7 será denominada como balande la Urbanización Villas de ce diferido que no genera inteJohnny Toledo, localizado en el reses y será pagadero en la feBarrio Beatriz de Cayey, Puerto cha de vencimiento. Además, Rico, con una cabida superficial se modificó la tasa de interés de 160.580 metros cuadrados. anual de forma escalonada, seEn lindes por el Norte, en una gún se transcribe a continuadistancia de 17.058 metros con ción: (a) la tasa de interés anual solar y estructura de la unidad será 2.500% desde el 1 de número 8 de la urbanización agosto de 2018 hasta el 31 de Villas de Johnny Toledo; por el julio de 2021; (b) la tasa de inteSur, en una distancia de 17.058 rés anual será 3.500% desde el metros con solar número 6 de 1 de agosto de 2021 hasta el 31 la urbanización Villas de Jo- de julio de 2022; (c) la tasa de hnny Toledo; por el Este, en interés anual será 4.500% desuna distancia de 9.414 metros de el 1 de agosto de 2022 hasta con área verde; y por el Oeste, el 31 de julio de 2023; (d) la en una distancia de 9.414 me- tasa de interés anual será tros con calle número 1 de ur- 5.500% desde el 1 de agosto banización Villas de Johnny de 2023 hasta el 31 de julio de Toledo. Enclava edificación tipo 2024; (e) la tasa de interés Town House o casa en hilera de anual será 6.500% desde el 1 2 niveles de forma irregular. En- de agosto de 2024 hasta el 31 trada principal mirando hacia el de julio de 2025 y (f) la tasa de Oeste que colinda con calle nú- interés anual será 7.500% desmero 1 de la urbanización Villas de el 1 de agosto de 2025 hasta de Johnny Toledo. Primera el saldo de la obligación. Dicha planta: sala, comedor, cocina, subasta se llevará a cabo para área de lavandería, medio baño con su producto satisfacer al y marquesina. Segunda planta: Demandante total o parcial3 dormitorios, 1 baño y terraza. mente según sea el caso el imLa propiedad antes relacionada porte de la Sentencia que ha consta inscrita en el folio 46 del obtenido ascendente a la suma tomo 569 de Cayey, finca nú- de $121,365.24 por concepto mero 23,343, en el Registro de de principal, más intereses al RINCÓN, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

Wednesday, December 30, 2020 tipo pactado de 2.500% anual desde el día 1 de diciembre de 2018. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $14,250.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $14,250.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $14,250.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Wilmington Savings Fund Society, FBS d/b/a Christiana Trust, as indenture Trustee for the CSMC 2015-PR1, Mortgage Backed Notes Series 2015PR1 vs. Otniel López Fontánez (soltero), ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, en el caso civil

número CG 2019-CV-02564, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $121,365.24 y otras cantidades, según Demanda de fecha 10 de julio de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Caguas. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Caguas, Puerto Rico, hoy día 1 de diciembre de 2020. FDO. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593.

LEGAL NOTICE M&T 480733 CG2019CV02293 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

REICG, LLC.

Demandante V.

LA SUCESIÓN DE JOSÉ LUIS RODRIGUEZ CAPBLANCO T/C/C JOSÉ LUIS RODRIGUEZ CAPBLANC T/C/C JOSÉ L. RODRIGUEZ CAPBLANC T/C/C JOSÉ RODRIGUEZ CAPBLANC T/C/C JOSÉ L. RODRIGUEZ T/C/C JOSÉ RODRIGUEZ COMPUESTA POR FULANO Y FULANA DE TAL COMO SUS POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Y LA SUCESIÓN DE ANA MERCEDES AGRELOT VILÁ T/C/C ANA M. AGRELOT VILÁ T/C/C ANA AGRELOT VILÁ T/C/C ANA MERCEDES AGRELOT T/C/C ANA M. AGRELOT T/C/C ANA AGRELOT COMPUESTA POR SUTANO Y SUTANA DE TAL COMO SUS POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: CG2019CV02293.

Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 de febrero de 2021 a las 10:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Hacienda Sabanera, 126 Camino Las Trinitarias, Cidra, PR 00739 y que se describe a continuación: URBANA: Lote número 126. Predio de terreno radicado en la Hacienda Sabanera localizada en el Barrio Bayamón del término municipal de Cidra, Puerto Rico, con una cabida superficial de 1018.15 metros cuadrados. Colinda por el NORTE, con el camino de las Trinitarias; por el SUR, con el lote número 121; por el ESTE, con el lote número 125; por el OESTE, con el lote número 127. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 110 del tomo 2 de Cidra, finca número 13,309, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $456,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $304,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 DE FEBRERO DE 2021 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $228,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 10, otorgada el día 15 de

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abril de 2010, ante el Notario Dinorah Collazo Ortiz y consta inscrita en el folio 201 del tomo 471 de Cidra, finca número 13,309, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $191,987.89 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.560% anual desde el día 13 de abril de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por servicio y las primas de seguro que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación; la suma de $45,600.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $45,600.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $45,600.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos

y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA: Constituida por José Luis Rodríguez Capblanc y su esposa, Ana Mercedes Agrelot Vilá en garantía a un pagaré a favor de SECRETARY OF THE DEPARTMENT OF HOUSING AND URBAN DEVELOPMENT, o a su orden, por la suma de $456,000.00, sus intereses al 5.560% anual y vencedero el 1 de octubre de 2084, según escritura número 11, otorgada en Cayey, el 15 de abril de 2010, ante la notaria Dinorah Collazo Ortiz. Inscrita en la página 201 de Cidra, Tomo 471. Inscripción tercera. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Madison Alamosa HECM, LLC vs. La sucesión de José Luis Rodríguez Capblanco t/c/c José Luis Rodríguez Capblanc t/c/c José L. Rodríguez Capblanc t/c/c José Rodríguez Capblanc t/c/c José L. Rodríguez t/c/c José Rodríguez compuesta por Fulano y Fulana de Tal como sus posibles herederos desconocidos y la sucesión de Ana Mercedes Agrelot Vilá t/c/c Ana M. Agrelot Vilá t/c/c Ana Agrelot Vilá t/c/c Ana Mercedes Agrelot t/c/c Ana M. Agrelot t/c/c Ana Agrelot compuesta por Sutano y Sutana de Tal como sus posibles herederos desconocidos y Estados Unidos de América, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, en el caso civil número CG 2019CV-02293 sobre ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $191,987.89, según Demanda de fecha 20 de junio de 2019. Anotada al tomo Caguas de Karibe, anotación A. EMBARGO FEDERAL: Anotado contra José Rodríguez, seguro social XXX-XX-2266, por la suma de $5,107.73, según notificación número 388869419, presentada el 3 de diciembre de 2019, al asiento 2019-011286-FED del Libro Único de Embargos Federales de Karibe. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Caguas, Puerto Rico, hoy día 11 de diciembre de 2020. FDO. ÁNGEL GÓMEZ GÓMEZ, ALGUACIL PLACA #593.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

EDUARDO VIDAL DOUSSOU, YUANKA MILAGROS CABRERA VILLAREAL T/C/C YUANKA MILAGROS CABRERA VILLARREAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Parte Demandada Civil Núm.: BY2019CV03659. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia de 22 de octubre de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia del 12 de diciembre de 2019 y el Mandamiento de Ejecución del 18 de diciembre de 2019 en el caso de epígrafe, procederé a vender día 27 DE ENERO DE 2021, A LAS 3:15 DE LA TARDE en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, en la Sala 503 del quinto piso, ubicado en la carretera #2, Km. 11.03, Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Villa España Row House, situado en el Barrio Juan Sánchez del término municipal de Bayamón, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del Solar Seis (6). Área del solar 134.961 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar número cinco (5), distancia de 19.250 metros; por el SUR, con el solar número (7), distancia de 19.250 metros; por el ESTE, con acceso A, distancia de 7.11 metros; por el OESTE, con Villa España Shopping Center, distancia de 7.11 metros. Enclava una casa. La propiedad consta inscrita al Folio 270 del Tomo 31 de Bayamón Norte, Finca Número 937, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 7 del tomo 253 de Bayamón Norte, Finca Número


32 937, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. Inscripción octava. DIRECCIÓN FÍSICA: VILLA ESPAÑA ROW HOUSE LOT 6 CALLE A BAYAMÓN, PR 00961. El tipo mínimo para la primera subasta será de $106,564.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 3 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:15 DE LA TARDE, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $71,042.66. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 10 DE FEBERO DE 2021, A LAS 3:15 DE LA TARDE, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $53,282.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de suma de $94,078.46 de principal, más intereses sobre dicha suma al 5% anual desde el 1 de octubre de 2017 hasta su completo pago, más $771.08 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $10,656.40 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente ejecutar: A) Presentación: Presentada el 22 de agosto de 2019, al asiento 2019‑089126BY03, según Demanda de fecha 27 de junio de 2019, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso civil número BY2019CV03659, seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Eduardo Vidal Doussou y su esposa Yuanka Milagros Cabrera Villareal también conocida como Yuanka Milagros Cabrera Villarreal, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $94,078.46 y otras cantidades, o la venta de pública subasta de la propiedad. Pendiente de anotación. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que

obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 2102015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de diciembre 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL PLACA #918, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO COMO AGENTE DE SERVICIO DE MASSACHUSETTS MUTUAL LIFE INSURANCE COMPANY (MASS MUTUAL) Parte Demandante Vs.

RICARDO GENCIANO VALERIO GARCÍA T/C/C RICARDO VALERIO GARCÍA T/C/C RICARDO GEARSIANO VELERIO GARCÍA, ELSA JEANNETTE ALGARRA LAYTON T/C/C ESLA JEANNETTE LAYTON T/C/C ELSA A. DE VALERIO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, SANDRA DEL CARMEN VALERIO MATÍAS, VICENTE GARCÍA DEL VALLE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Parte Demandada Civil Núm.: BY2019CV01732. Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 30, 2020

POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia en Rebeldía con fecha de 24 de junio de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia de 20 de agosto de 2019 y el Mandamiento de Ejecución del 22 de agosto de 2019 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 27 DE ENERO DE 2021, A LAS 2:00 DE LA TARDE en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, en la Sala 503 del quinto piso, ubicado en la carretera #2, Km. 11.03, Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Santa Juanita (Sección #12) situada en el Barrio Guaraguao de Bayamón, Puerto Rico marcado con el número FV-10, con un área de 209.00 metros cuadrados. En lindes por el: NORTE: en 9.52 metros con área de estacionamiento; por el SUR: en 9.50 metros, con la calle East Mizar; por el ESTE: en 21.60 metros con el solar número 11 y por el OESTE: con 22.40 metros con el solar número 9. Contiene una casa de concreto para una familia. La propiedad consta inscrita al Folio 46 del Tomo 1040 de Bayamón, Finca 46,654 del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 64 del Tomo 1763 de Bayamón, Finca 46,654 del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. Inscripción novena. DIRECCIÓN FÍSICA: URB. IRLANDA HEIGHTS FV10 CALLE MIZAR BAYAMÓN PR 00956-5553. El tipo mínimo para la primera subasta será de $108,909.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 3 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 2:00 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $72,606.00. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 10 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 2:00 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $54,454.50. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima

conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia en Rebeldía, por la suma $75,202.00 de principal, más intereses sobre dicha suma al 6.5% anual desde el 1 de septiembre de 2017 hasta su completo pago, más $299.42 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $10,890.90 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar. a) Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Ricardo Gensiano Valerio García, también conocido como Ricardo Gearsiano Valerio García y su esposa, Elsa Jeanette Algarra Layton, también conocida como Elsa Jeannette Layton y Elsa A. De Valerio, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número BY2019CV01732, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, inscripción novena, con un balance de $75,202.00 y otras cantidades, según Demanda de fecha 5 de abril de 2019, anotada al Tomo Karibe de Bayamón, Finca #46654, Anotación A, el 7 de mayo de 2019. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se le advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, tal como lo expresa la Ley Núm. 210 2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO

para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de diciembre de 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL PLACA #918, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

JAVIER CRUZ SERRANO, TIARA MARTÍNEZ SUÁREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES, COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: CA2019CV02099. (403). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. EDICTO DE SUBASTA. Yo MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, al público en general. CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 25 de noviembre de 2019 que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, cheque certificado o giro postal, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Carolina, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la parte demandada Javier Cruz Serrano, Tiara Martínez Suárez y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales, Compuesta por Ambos. Dirección Física: Urb. Loma Alta, 41 O Greda (12) Street, Carolina, PR 00987. Finca 48131, inscrita al folio 49 del tomo 1106 de Carolina, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Carolina. URBANA: Solar marcado con el número 41 del Bloque “O” del Plano de Inscripción de la Urbanización Loma Alta Turn Key MCI-2 y MCI2-A, radicado en el Barrio Martín González del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con un área superficial de doscientos setenta y cinco (275.00) metros cuadrados,

con las siguientes colindancias; Por el NORTE, en once (11.00) metros, con la Calle número diecisiete (17) del mencionado Plano; por el SUR, en uno punto setenta y ocho (1.78) metros, con el solar número treinta y dos (32) en nueve punto veintidós (9.22) metros, con el solar treinta y tres (33) ambos del bloque “O” del mencionado plano; por el ESTE, en veinticinco (25.00) metros, con el solar número cuarenta y dos (42) y por el OESTE, en veinticinco (25.00) metros, con el solar número cuarenta (40), ambos del bloque “O” del mencionado plano. Enclava una casa. Finca 48131: Por su procedencia está afecta a: a. Servidumbre a favor de la Parcela I número 29,453 y H número 33,581. b. Servidumbre a favor de la finca número 42,454 propiedad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. c. Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. d. Servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico. e. Servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company. f. Condiciones Restrictivas. g. Condiciones de Venta. Por sí está afecta a: a. Sujeta a Condiciones de Venta bajo el Programa Mi Nuevo Hogar, donde se le concede la suma de $4,194.24 para sufragar gastos de cierre, por un término de 10 años. b. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de VIG Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma principal de $86,700.00, con intereses al 6% anual, vencedero el día 1 de diciembre de 2042, constituida mediante la escritura número 263, otorgada en Carolina, Puerto Rico, el día 30 de noviembre de 2012, ante el notario Francisco J. Biaggi Landrón, e inscrita al folio 75 del tomo 1504 de Carolina, finca número 48,131, inscripción 7ma. c. Aviso de Demanda de fecha 13 de junio de 2019, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, en el Caso Civil número CA2019-CV02099, seguido por Banco Popular de Puerto Rico, contra Javier Cruz Serrano, Tiara Martínez Suarez y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $79,970.84, más intereses y otras sumas, anotado el día 3 de septiembre de 2019, al tomo Karibe de Carolina, finca número 48,131, Anotación “C”. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 48131 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: FECHA DE SUBASTA: PRIMERA SUBASTA: 4 DE MARZO DE 2021 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $86,700.00. HIPOTECA: Escritura Número 263, sobre Hipoteca, otorgada el 30 de noviembre de 2012, ante el Notario Francisco J. Biaggi Landrón. SEGUNDA SUBASTA: 11 DE MARZO DE 2021 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA.

PRECIO MÍNIMO: $57,800.00. TERCERA SUBASTA: 18 DE MARZO DE 2021 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $43,350.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 25 de septiembre de 2019 y archivada en los autos el 26 de septiembre de 2019, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: Al 1 de julio de 2018, las siguientes cantidades: la suma principal de $79,970.84, la suma de $6,656.37, que incluye intereses según pactados, cargos por demora y otros cargos, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de 10% del principal, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 22 de diciembre de 2020. MANUEL VILLAFAÑE BLAN-

CO, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO

LIME HOMES, LTD

Parte Demandante Vs.

MARGARITA CINTRON SANTANA

Parte Demandada Civil Núm.: HU2018CV00098. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA - IN REM. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Humacao, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $215,922.49, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 4.250% anual hasta su total pago y completo pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad; cargos por demora devengados, más la suma estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: Solar número nueve (9) del Plano de inscripción parcial radicado en el Barrio Santiago y Lima de la municipalidad de Naguabo, Puerto Rico, con una cabida superficial de mil veintisiete punto cuatro mil sesenta y seis (1,027.4066P) metros cuadrados, equivalentes a cero punto dos mil seiscientos catorce (0.2614) cuerdas. Colindantes pro el Norte, con camino dedicado a uso público Al por el Sur, con terrenos de Carmen María Fuentes de Fuentes; por el Este, con remanente de la finca principal de la cual se segrega; y por el Oeste, con el solar número ocho (8) del plano de inscripción. Inscrita al folio diez (10) del tomo ciento noventa y siete (197) de Naguabo, finca número once mil sesenta y tres (11063). Registro de la Propiedad de Humacao. Dirección Física: Lot 9 Km 66.5 Sr 3 Santiago, Naguabo, Puerto Rico 00718. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 24 DE MARZO DE 2021, A LAS


The San Juan Daily Star 2:30 DE LA TARDE, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $223,101.80 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 31 DE MARZO DE 2021, A LAS 2:30 DE LA TARDE, y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $148,734.53. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 7 DE ABRIL DE 2021 A LAS 2:30 DE LA TARDE, y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $111,550.90. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor

Wednesday, December 30, 2020

ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Humacao, Puerto Rico a 10 de diciembre de 2020. MARÍA DEL PILAR RIVERA RIVERA, ALGUACIL REGIONAL, ALGUACIL DEL TRIBUNAL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE HUMACAO. WILNELIA RIVERA DELGADO, ALGUACIL AUXILIAR #249.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

NEWREZ LLC D/B/A SHELLPOINT MORTGAGE SERVICING Demandante Vs.

MANUEL ERASMO VANDO QUINONES, ILSA VIOLETA SANTIAGO SANCHEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; ASSOCIATES INTERNATIONAL HOLDINGS CORPORATION D/B/A CITIFINANCIAL; DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Demandados Civil Núm.: KCD2016-2153. (505). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal

de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 2 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 3 del bloque C de la Urbanización Venus Gardens, radicado en el Barrio Sabana Llana, Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con un área superficial de 437.86 metros cuadrados. En linderos por el NORTE, con el solar número 4, en una longitud de 28.47 metros; por el SUR, con el solar número 2, en una longitud de 29.91 metros; por el ESTE, con los solares números 9 y 10, en una longitud de 15.07 metros; y por el OESTE, con la calle número 12, en una longitud de 15.00 metros. En este solar enclava una casa de concreto para vivienda. Propiedad localizada en: 1733 Calle Libra, Urb. Venus Gardens, San Juan, PR 00926. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: A. HIPOTECA en garantía de pagaré a favor de Associates International Holding Corp. h/n/c Citifinancial, o a su orden, por la suma de $32,000.00 con intereses al 12.294% anual y vencimiento 4 de septiembre de 2022. Constituida por la Escritura 546 otorgada en San Juan el 31 de julio de 2007 ante el notario Felix R. Figueroa Caban e inscrita al folio 82 del Tomo 1019 de Sabana Llana, finca 17738, inscripción sexta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo mínimo de subasta la suma de $144,973.80, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera,

la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 9 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $96,649.20, 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $72,486.90, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 17 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $111,872.24 de principal, intereses al tipo del 4.50000% anual según ajustado desde el día 1 de diciembre de 2015 hasta el pago de la deuda en su totalidad, más la suma de $14,497.30 por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, y otros adeudados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en San Juan, Puerto Rico, hoy día 18 de diciembre de 2020. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL, ALGUACIL DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

AWILDA ESTELA QUIÑONEZ T/C/C AWILDA ESTELA QUIÑONES

Parte Demandada Civil Núm.: BY2019CV03221. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA “IN REM”. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia de 5 de agosto de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia del 25 de septiembre de 2019 y el Mandamiento de Ejecución del 25 de septiembre de 2019 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 27 DE ENERO DE 2021, A LAS 3:30 DE LA TARDE en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, en la Sala 503 del quinto piso, ubicado en la Carretera #2, Km. 11.03, Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar radicado en la Urbanización El Cortijo, situada en el Barrio Cerro Gordo del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, marcado con el número 32 del bloque “L”, con un área de 192.46 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con una distancia 26.23 metros, con el solar número 32; por el SUR, en 26.37 metros, con el solar número 31; por el ESTE, en un arco con una longitud de 7.00 metros, con el Expreso Río Hondo; y por el OESTE, en un arco con una longitud de 7.62 metros, con la calle número 14. Enclava una casa. La propiedad consta inscrita al Folio 251 del Tomo 961 de Bayamón, Finca 43175, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 114 del Tomo 1882 de Bayamón, Finca 43175, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. Inscripción novena. DIRECCIÓN FÍSICA: URB. EL CORTIJO L32 CALLE 14 BAYAMÓN, PR 00956-5642. El tipo mínimo para la primera subasta será de $84,867.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 3 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:30 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $56,578.00. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará

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una TERCERA SUBASTA el día 10 DE FEBRERO DE 2021, A LAS 3:30 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $42,433.50. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $75,238.53 de principal, más intereses sobre dicha suma al 5.5% anual desde el 1 de agosto de 2017 hasta su completo pago, más $246.50 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $8,486.70 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente ejecutar: Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Awilda Estela Quiñonez también conocida como Awilda Estela Quiñones, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número BY2019CV03221, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $75,238.53 y otras cantidades, según Demanda de fecha 12 de junio de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Bayamón. Anotación A. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley

Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de

Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de diciembre de 2020. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL PLACA #918, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE

“AT&T Mobility, LLC is proposing to construct a 34-foot overall height small cell pole telecommunications support structure near Dr. Sanchez Castaño Ave., Carolina, Puerto Rico (N18° 23’ 29.3”; W65° 57’ 29.5”). AT&T Mobility, LLC invites comments from any interested party on the impact the tower may have on any districts, sites, buildings, structures or objects significant in American history, archaeology, engineering or culture that are listed or determined eligible for listing in the National Register of Historic Places. Comments may be sent to Environmental Corporation of America, ATTN: Annamarie Howell, 1375 Union Hill Industrial Court, Suite A, Alpharetta, Georgia 30004. Comments must be received within 30 days. For questions please call Annamarie Howell 770-667-2040. HMF/ W1365” ** AT&T Mobility, LLC propone construir una estructura de telecomunicaciones de poste celular de 34 pies de altura total cerca Dr. Sanchez Castaño Ave., Carolina, Puerto Rico (N18° 23’ 29.3”; W65° 57’ 29.5”). AT&T Mobility, LLC, invita a los comentarios de cualquier parte interesada sobre el impacto que la propuesta puede tener en cualquier distrito, sitio, edificio, estructura u objeto significativo en la historia americana, arqueología, ingeniería o cultura que esté en la lista o sea elegible para la lista en el Registro Nacional de Lugares Históricos, de conformidad con la Sección 106 de la Ley Nacional de Preservación Histórica. Los comentarios relacionados específicamente con los recursos históricos pueden enviarse a Environmental Corporation of America, ATTN: Annamarie Howell, 1375 Union Hill Industrial Court, Suite A, Alpharetta, GA 30004. Los comentarios deben recibirse dentro de los 30 días de la fecha de este aviso. Para preguntas, llame a Annamarie Howell 770667-2040. HMF/W1365”

“AT&T Mobility, LLC is proposing to construct a 34-foot overall height small cell pole telecommunications support structure near Monserrate Ave., Carolina, Puerto Rico (N18° 24’ 22.1”; W65° 58’ 13.2”). AT&T Mobility, LLC invites comments from any interested party on the impact the tower may have on any districts, sites, buildings, structures or objects significant in American history, archaeology, engineering or culture that are listed or determined eligible for listing in the National Register of Historic Places. Comments may be sent to Environmental Corporation of America, ATTN: Dina Bazzill, 1375 Union Hill Industrial Court, Suite A, Alpharetta, Georgia 30004. Comments must be received within 30 days. For questions please call Dina Bazzill 770-667-2040x111. LJB/ W4188” ** “AT&T Mobility, LLC propone construir una estructura de telecomunicaciones de poste celular de 34 pies de altura total cerca de Monserrate Ave., Carolina, Puerto Rico (N18° 24’ 22.1”; W65° 58’ 13.2”). AT&T Mobility, LLC, invita a los comentarios de cualquier parte interesada sobre el impacto que la propuesta puede tener en cualquier distrito, sitio, edificio, estructura u objeto significativo en la historia americana, arqueología, ingeniería o cultura que esté en la lista o sea elegible para la lista en el Registro Nacional de Lugares Históricos, de conformidad con la Sección 106 de la Ley Nacional de Preservación Histórica. Los comentarios relacionados específicamente con los recursos históricos pueden enviarse a Environmental Corporation of America, ATTN: Dina Bazzill, 1375 Union Hill Industrial Court, Suite A, Alpharetta, GA 30004. Los comentarios deben recibirse dentro de los 30 días de la fecha de este aviso. Para preguntas, llame a Dina Bazzill 770-667-2040x111. LJB / W4188 “

LEGAL NOTICE


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The San Juan Daily Star

Wednesday, December 30, 2020

Knee problems prompt Roger Federer to skip the Australian Open By MATHEW FUTTERMAN

A

s organizers finalized plans to move the Australian Open to February from its usual January start, the top 100 men and women in the world rushed to sign up, yearning to play a Grand Slam in a country with few cases of the coronavirus, even if it meant a two-week quarantine upon arrival. Then, just days after signing on, Roger Federer announced Monday he would not play in Australia after all as he works his way back from knee surgeries. Federer hopes to play again, but will a return take the form of a farewell tour or a legitimate run at championships? Federer turns 40 in August. He has not played a competitive tournament since the 2020 Australian Open, where he made it through two five-set matches before falling to Novak Djokovic, the eight-time champion, in the semifinals. He also played a charity match in South Africa in February, but he announced early during the pandemic that he would shut down for the rest of the season as the sport itself was working out when it might return. As he recovered in Switzerland from his first knee surgery during the initial lockdown, Federer charmed fans by hitting in the snow outside his house. Then came his announcement that he’d had a second surgery in the spring, and he spoke of his slow recovery. “I’ve had two knee surgeries, so it has been dominated by that — by rehabbing, being on crutches, recovering from the surgery and taking it step by step. I must say I feel much better already again,” he said during a sponsor appearance last summer. As expected, he skipped the U.S. Open and the French Open. Tennis inched toward its next phase, as Dominic Thiem and Al-

Roger Federer last played competitively during the 2020 Australian Open. exander Zverev battled in the U.S. Open final to become the first new men’s Grand Slam winner since 2014, with Thiem coming out on top. (Rafael Nadal skipped the tournament to avoid traveling to the U.S., and Djokovic was ejected for swatting a ball that hit a line judge.) Nadal tied Federer with his 20th Grand Slam at the French Open in October. Federer remained hopeful that he might be able to appear in Australia, especially after it became clear that the tournament would be pushed back three weeks to accommodate strict protocols for international travelers, including players.

But in a statement to The Associated Press, Tony Godsick, Federer’s agent, said Federer had decided that despite recent progress, his best chance for success in whatever time he has left in professional tennis would be to return after the Australian Open. “I will start discussions this coming week for tournaments that begin in late February and then start to build a schedule for the rest of the year,” Godsick said. That could include plans for the Olympics, where Federer won a gold medal in doubles in 2008 and a silver in singles in 2012.

In a statement, Craig Tiley, the Australian Open tournament director, said: “The Australian Open has always held a special place in his heart — remember it was Roger who first called the Australian Open the ‘happy slam’.” Federer is still the world No. 5. He last won the Australian Open in 2018 at 37. It is his most recent Grand Slam title. After he nearly won Wimbledon in 2019, it seemed as if he might be able to compete at the highest level for several more years. Now it is unclear when he might come back, much less contend against his longtime rivals, Djokovic and Nadal.


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Wednesday, December 30, 2020

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Seahawks defense is an asset again in division-clinching win By BEN SHPIGEL

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he corner of the end zone beckoned for Los Angeles Rams running back Darrell Henderson, who took a thirdquarter handoff, rounded the edge and sprinted toward the pylon. Scurrying away from Seattle’s line, Henderson evaded one defender — but not the man who raced clear across the formation to drag him down from behind, 2 yards short of the goal line. “There was no way I was going to let him walk into that end zone,” said Seahawks safety Jamal Adams. By preventing a touchdown, Adams preserved the Seahawks’ lead and embodied a smothering defensive effort that fueled their fifth victory in six games, 20-9, over Los Angeles at Lumen Field in Seattle, and clinched their first NFC West title since 2016. Back then, Seattle’s identity revolved around its defense, around a fierce pass rush, a formidable secondary and the colorful personalities who powered them. This team doesn’t reach or surpass the lofty standard set by the Legion of Boom. But over the past five weeks, as the playoffs draw near, no team has allowed fewer points (61) than the Seahawks. “There were times during the season where everybody had enough statistics to go ahead and blow us out, that we weren’t worth anything on defense,” coach Pete Carroll said. “This defense is good. And they’ve shown it and they’ve declared it. This is the kind of defense that we’ve played in years past.” Midway through the season, even as they were winning, the Seahawks were trending toward defensive embarrassment: the most yards and most passing yards allowed in league history. The unit’s improvement has coincided with a drop in quality from its opposing quarterbacks — facing Colt McCoy, Dwayne Haskins and Sam Darnold in three consecutive games — but also with enhanced communication and comfort. “You keep the explosive plays down, the points stay down,” safety Quandre Diggs said after a game in which Los Angeles had only three plays of at least 20 yards, none longer than 26. “I think that’s been

Seahawks safety Jamal Adams chased down Rams running back Darrell Henderson to save a touchdown in the third quarter of Seattle’s win on Sunday to clinch the N.F.C. West division. the big thing for us.” Even though the Rams ran 14 more plays and held the ball nearly six minutes longer than Seattle, they managed only three field goals, stifled in moments big and small. The Seahawks (11-4) sacked Jared Goff three times and intercepted him once, and were at their mightiest near their end zone, stuffing the Rams on four chances inside the Seattle 5-yard line after Adams’ tackle. Right before that stand, the Rams (9-6), trailing by 13-6, faced second-and-5 from the Seattle 7. They ran a play that Adams had seen before, had sensed was coming, and he tore into the backfield as soon as the ball was snapped. Pursuing Henderson as if powered by rocket fuel, Adams yanked him down, saving what could have been the tying touchdown. In a sequence that Carroll said he’ll never forget, the next four plays went for minus-2, 3, 0 and 0 yards, and after the Seahawks knocked back Malcolm Brown on fourth down, they galloped away together.

“Give us a blade of grass, and we’ll defend it,” Carroll said. “We were in full-on attack mode.” That attack mode materialized on offense in spurts Sunday, as Russell Wilson escaped the Rams’ pressure just enough times to lead two second-half touchdown drives, running for one score and throwing another to Jacob Hollister with 2:51 remaining. In clinching the division title, Seattle assured itself of earning at least the No. 3 seed in an NFC playoff bracket that, bizarrely enough, might not even wind up including the Rams. Even in this week-to-week league, they are as trustworthy as an email from a Nigerian prince. Just as they were approaching stability, winning four of five in a stretch that began with a Week 10 victory against Seattle, they faltered at home against the winless New York Jets. Put another way, after beating Bill Belichick’s New England Patriots on a short week, Sean McVay had 10 days to out-coach the Jets’ Adam Gase

and could not. The Rams, denied a postseason berth for the second consecutive week, can secure a wild-card spot by beating Arizona in Week 17. But they might have to play without Goff, whose status was imperiled after he appeared to dislocate his right thumb, on his throwing hand. Even before Goff got hurt, he struggled. The first half unfolded as an extension of both teams’ recent fortunes, all middling offense and suffocating defense with a modicum of scoring. Had the field been shortened to 60 yards, Seattle and Los Angeles might not have noticed: Neither ran a play in the red zone. The Rams’ forays into Seahawks territory produced two field goals and an interception that defied justification. On firstand-10 from the 29-yard line, Goff, flushed right, tottered toward the sideline, where a sliver of open space welcomed him. Instead of running, he floated a pass across his body into an area the size of a city park but absent any receivers. One of a few Seattle defenders nearby, Diggs swooped in for the interception, Goff’s 13th of the season, and Seattle converted the turnover into the field goal that sent the game sputtering into halftime at 6-6. When asked what he saw on the interception, Diggs said: “I couldn’t tell you. I mean, my coaches always told me in high school when I was a quarterback, never throw the ball across your body.” Reliable quarterback play distinguished Seattle from the Rams on Sunday. But so did something else: On the same field where nearly 12 months earlier the Seahawks had lost the division by inches, when on fourth down San Francisco stopped Hollister just outside the end zone, their defense — once maligned but now, just when the Seahawks needed it, was an asset a strength — won them the NFC West by the same margin. Afterward, appearing on a video call, Adams screamed how good it felt, after three seasons with the woeful Jets, to be a division champion. Before lighting up his victory cigar, he offered a prediction, one that could be proven true in a matter of weeks. “We’re the best defense in the league,” Adams said, “and you can quote that.”


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Wednesday, December 30, 2020

A state skirmish over NCAA amateurism rules has quickly become a national battle By BILLY WITZ The New York Times Sports department is revisiting the subjects of some compelling articles from the last year or so. Here is their original report on the introduction of a California bill that would allow college athletes to benefit financially from their fame.

W

hen Greg Sankey, the commissioner of the Southeastern Conference, suggested recently that the NCAA tap the legislative brakes on new rules that would allow athletes — be they gymnasts or football stars — to cash in on their fame, Nancy Skinner was not surprised. Skinner, a California state senator from Berkeley, said such foot-dragging was familiar, something she had first noticed several years ago when Condoleezza Rice — appointed by the NCAA to head a commission that would propose college basketball reforms — was discouraged from suggesting in her report that players receive a share of the revenue they generate. “At that point, it was, hey, they’re not going to do it on their own,” Skinner said. “They’ve got to be forced.” Not long after that, Skinner got to work on legislation outlawing NCAA restrictions on athletes at California universities that prevented them from earning money from the use of their names, images or likenesses. For example, while a film major who doesn’t play a varsity sport is permitted to generate income making YouTube videos, a film major who is also an athlete may not. Senate Bill 206 — or the Fair Pay to Play Act, as the proposal was called — received shout-outs from presidential candidates Andrew Yang and Sen. Bernie Sanders of Vermont and basketball stars LeBron James and Draymond Green. It passed unanimously in both houses of the state Legislature before Gov. Gavin Newsom shrugged off an argument from the NCAA board of governors that the bill was unconstitutional and signed it into law in September 2019. At the time, the NCAA and college administrators warned of a doomsday scenario: that California universities would be banned from competing for NCAA championships because they would have unfair advantages in luring recruits with the op-

Nancy Skinner, a California state senator, recently proposed new legislation that would bolster the Fair Pay to Play Act that she wrote and that was signed in California in September 2019. portunity to make money from their athletic skill and fame. Soon, though, rather than sticking out as an outcast, California became a trendsetter. Colorado, Florida, New Jersey and Nebraska passed similar legislation, and bills in the same vein have been proposed in more than 20 other states. The NCAA, rather than fight these movements at the state level, has gone to Congress to seek federal legislation that would supersede state laws and provide antitrust protection to fend off lawsuits that have begun to chip away at the amateurism model that has prevented athletes from sharing in the profits that have made millionaires of top coaches and administrators. Two Senate bills introduced this month will get greater attention in the next session, which begins in January. One, introduced by Sen. Roger Wicker, R-Miss., allows athletes to make money off their names, im-

ages and likenesses, but it comes with restrictions — including protecting colleges’ lucrative apparel deals — as well as the NCAA’s coveted antitrust exemption. The other, by Sen. Cory Booker, D-N.J., reaches far beyond image rights, calling for profitsharing with players in sports like football, men’s and women’s basketball and baseball. Which bill gets greater attention will be determined by who controls the Senate after the two runoff elections in Georgia on Jan. 5. Booker said the state legislation had forced the NCAA’s hand, leaving it no choice but to come to Congress. He said lawmakers could correct a mistake made in the 1950s, when the NCAA coined the term “student-athlete” to convince Congress and subsequently the courts that players should not be considered employees and therefore could not pursue workers’ compensation claims if injured.

“We think that this is the right opportunity,” Booker said, “where we have a lot of leverage to get forward an athlete-centered proposal that can stop the exploitation, ensure their safety, expand their educational opportunities and frankly help them actually share in some of the revenue that’s being created by their work.” Skinner also recently proposed new legislation that would bolster the Fair Pay to Play Act and push up its implementation date by as much as 17 months, to Aug. 1, so that it would go into effect on the same date as any NCAA rules that are adopted by the governing body next month. It would also go into effect a month after the Florida law. “I want to make sure California studentathletes have the protections that we were intending for them,” Skinner said. To that end, there have been several adjustments to the language of the Fair Pay to Play Act, which Skinner said would make explicit parts of the law that are now merely implied. For example, the NCAA proposal would allow a swimmer to give lessons, but only if the client or a family member paid for them. Skinner would assure that the athlete could be paid by, for example, a nonprofit group that helps lowincome children receive swim lessons. She points out that such restrictions would not be placed on a music student who gave lessons, so there should not be any on a swimmer. The latest California bill also proposes adding a severability clause so that if the NCAA challenges aspects of the law, the whole law would not be suspended until the court case was resolved, something that could take years. And despite a wave carrying what she views as a civil rights issue from statehouses to the U.S. Senate, Skinner suspects the matter is far from resolved — whether it is in court or in Congress. “This is a huge industry, and with any huge industry, the folks that are receiving and controlling the money are going to protect their interests and protect them hard,” Skinner said. “Regardless of who’s controlling the Senate, there’s going to be incredible pressure to try to get a national bill that, in effect, serves the NCAA versus students. Everyone who cares about this issue, and wants to make sure that student-athletes are getting a fair shake, needs to monitor it.”


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Wednesday, December 30, 2020

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Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9

Crossword

Answers on page 38

Wordsearch

GAMES


HOROSCOPE Aries

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The San Juan Daily Star

Wednesday, December 30, 2020

(Mar 21-April 20)

Tweaking your routines could turn out to be a great idea, if it helps you work smarter rather than harder. Need a little encouragement? Look back at recent successes and all you have accomplished over past months, and you’ll find you have a lot to be proud of. Even so, with Venus angling towards Neptune, agreements or negotiations may require careful handling, Aries.

Libra

(Sep 24-Oct 23)

With Uranus in your sector of transformation, it would be no surprise if you felt a desire for a clean sweep. If something has been bothering you, then you may be more than ready to sort it out. With Venus in your sector of talk and thought, a good place to start might be to share your concerns with someone, as their input and advice could be helpful for knowing what to do next.

Taurus

(April 21-May 21)

Scorpio

Gemini

(May 22-June 21)

Sagittarius

(Nov 23-Dec 21)

Capricorn

(Dec 22-Jan 20)

You may feel more vulnerable when dealing with others, and this can make it harder to stand up for yourself, if necessary. With an edgy Venus/Neptune angle on the cards, you might avoid conflict, preferring to keep the peace, at least for now. Have something to communicate? This is a time to make full use of your emotions, as doing so could turn matters to your advantage, Taurus.

It might help to set clear objectives regarding your goals for the day Gemini, otherwise it may be all too easy to fritter away your time, when it could be used more effectively. Indeed, the path of least resistance can appeal the most. Need to relax? Give yourself a chance to unwind and recharge. What activities leave you happiest? Indulge these, and you could refuel in no time.

Cancer

(June 22-July 23)

You can get a lot of help and support from others, and experience good energy as well, and the nice thing is that it will be mutual. The exchanges you enjoy today could uplift and inspire you. Even so, if you’re connecting with someone for the first time, nebulous influences suggest they might not be all they seem. Until you know them better, don’t believe everything you hear.

Leo

(July 24-Aug 23)

With a bright focus on a prominent zone there’s lots to be glad about, and with continued work an important goal can begin to show promise. Go easy around finances though, as a deal or offer that seems to promise a lot, may be lacking. This is not to say that it won’t work at all, but that you need to understand the ins and outs of it in order to extract the rewards that you hope for.

Virgo

(Aug 24-Sep 23)

Ready to give your place a new look? Hold fire, as with a muddled focus your taste and judgement could be skewed. That idea that looked so good online or in a magazine, might not translate so well once you get started. Give yourself a few days and get feedback from creative friends, as you may then come up with something original and better suited to your needs.

(Oct 24-Nov 22)

The Sun and Mercury in Capricorn suggest this can be a lively day, when ideas are exchanged and information shared. Don’t be surprised if you pick up on others’ thoughts before they have said anything though, Scorpio. An intuitive aspect could alert you to their plans or motives. You may sense what is going on, and so adjust your plans accordingly, giving you an advantage.

Reaching an agreement might be difficult over coming days, as with Venus making an awkward aspect to Neptune, there could be some confusion to contend with. Someone may keep changing their mind, making it hard to decide on anything. If you can hold off from making any key decisions for a few more days, then it may become obvious what to do and how to go about it.

You can benefit from taking an inventive and creative approach to current plans, and by being flexible and adaptable. While you might not be able to do things as you would normally, you may be able to find ways around any current restrictions that are not only workable, but that bring a positive outcome. It might not be what you expected, but the results could still prove inspiring.

Aquarius

(Jan 21-Feb 19)

Feel an extra burst of courage? As expansive Jupiter continues in your sign, it could help override the more pressured energies of Saturn, also in Aquarius. This is a time to balance spontaneous and direct action with a more cautious approach, so that you neither come to a standstill nor sabotage results by being too impulsive. This heightened focus can serve you well, Aquarius.

Pisces

(Feb 20-Mar 20)

You may be sensitive to others’ moods, Pisces. A hazy Neptune tie suggests that you could get needlessly involved in dramas unless you are careful. Be sympathetic, but try not to get so sucked in that you begin to suffer too. A combination of planets might encourage you to set firmer boundaries so you can be more productive, especially if this is happening far too often lately.

Answers to the Sudoku and Crossword on page 37


Wednesday, December 30, 2020

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CARTOONS

Herman

Speed Bump

Frank & Ernest

BC

Scary Gary

Wizard of Id

For Better or for Worse

The San Juan Daily Star

Ziggy


40

Wednesday, December 30, 2020

The San Juan Daily Star


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