Friday to Sunday Feb 25-27, 2022

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February 25-27, 2022

San Juan The

DAILY

Star 50¢

Ukraine Crisis Could Add to the Problems Facing US Economy

P11

Puerto Rico Receives $900 Million in Federal Aid for Highways P5

FBI Asks for Citizens’ Help to Apprehend & Prosecute Alexa Negrón’s Killer P6

A Personal Plea Fiscal Board Executive Director, a First-Generation Ukrainian American, Calls for Strict Sanctions Against Russia for Invasion of Ukraine P3

NOTICIAS EN ESPAÑOL P 18


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The San Juan Daily Star

February 25-27, 2022

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February 25-27, 2022

The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday.

Fiscal board executive director calls for strict sanctions against Russia for invasion of Ukraine

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Governor: Conflict’s impact on Puerto Rico remains to be seen By THE STAR STAFF

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s Financial Oversight and Management Board Executive Director Natalie Jaresko called upon Washington on Thursday to impose strict sanctions against Russia for attacking Ukraine, Gov. Pedro Pierluisi Urrutia said the impact of the conflict on Puerto Rico was uncertain. “As for how this situation can impact Puerto Rico, well, obviously, the first thing that comes to mind is the impact on the oil and gasoline markets,” the governor said in response to questions from the press. “There may also be an impact on the markets and on interest rates, but let’s not get ahead of ourselves. Let’s see what happens.” The Puerto Rico Electric Power Authority began to store fuel supplies and prepare for what some say could be a long conflict along Europe’s eastern border. When asked about government actions to mitigate increases in oil costs, the governor replied “we are going to see the decisions made by the president of the United States.” “In the past he has used the U.S. oil reserves to stabilize the markets; oil reserves, natural gas reserves as well,” Pierluisi said. “So, again, what I can say is let’s not get ahead of ourselves. Let’s hope that this will be resolved quickly, for the good not only of Ukraine, but for the good of the world.” The Department of Consumer Affairs later in the day froze gasoline prices. The governor confirmed that there are more than 90 members of the Puerto Rico National Guard near the conflict zone. “They are not yet on stage as such, exposed,” he said. “But, they are in the area under the direction of the United States military.” Russia bombarded cities as forces advanced toward Kyiv. As of Thursday afternoon, at least 40 Ukrainian service members had been killed. Russian forces captured the abandoned Chernobyl nuclear power plant. One of the people who was individually impacted by Thursday’s events was Jaresko, the daughter of immigrants from Ukraine. “Ukraine is a peaceful country. The sole desire of the people of Ukraine is to live in peace and freedom,” she said. “Now, the world is witnessing an unprovoked and unjust attack on this peaceful nation by Russian military forces. Russia is violating international law, the Charter of the United Nations, and the Helsinki Accords. Most tragically, Russia is violating the very basic moral

principles of Humankind.” “Today, I stand with Ukraine. Today I lend my voice to the future of a peaceful and free Ukraine,” Jaresko said. “I beg every friend, every stranger, every American, to stand with Ukraine, to call on Washington and demand the most severe sanctions on Russia and Russians who facilitate this aggression – and, for those who believe, to pray for the people of Ukraine.” Jaresko said she is the child of Ukrainian immigrants. “My grandparents fled the Communist regime of Russia and the Nazi regime of Germany,” she said. “My mother was born a refugee in Germany. My father arrived in the U.S. as a teenager and served in the U.S. Army in the Korean War. Together, they raised three children and built a life here in peace and freedom.” “When the Soviet Union collapsed under its lies and failures, I, as a first-generation American, returned to a free and peaceful Ukraine. For the next 25 years, I worked alongside brave Ukrainians to destroy the remnants of authoritarianism, hatred, and intolerance,” Jaresko continued. “Brick by brick, Ukrainians built new institutions, a new economy, new communities, an entrepreneurial class based on centuries of higher educational excellence. I, the daughter from Chicago, Illinois, was able to join the government of a free Ukraine in Kyiv, though the war had just begun.” Now, eight years later, “missiles have been raining down on most major cities. Hundreds have died …,” she said. “The stakes are great.”

Financial Oversight and Management Board Executive Director Natalie Jaresko


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Lawmaker seeks probe of ‘wasteful spending’ on UPR board meeting at hotel By THE STAR STAFF

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ew Progressive Party Rep. María de Lourdes Ramos has filed a resolution ordering a probe into the “wasteful spending” of close to $30,000 on a weekend meeting at an Isla Verde hotel by the University of Puerto Rico (UPR) governing board at a time when the institution has budget limitations. However, the STAR learned that several UPR board members on Thursday were slated to ask for the resignation of Governing Board President Mayda Velasco at a scheduled meeting, arguing that she did not inform the governing board about the activities and that the expenditures were not approved by the board. Velasco had convened the meeting but told board members its contents were not going to be aired. At press time, it was not known if the board members had asked for her resignation or not. Ramos’ resolution, HR 686, also calls for a probe into the UPR’s interference with the institution’s retirement system after an appeals court decision from September 2021 that ruled the system was not under the governing board’s jurisdiction. Velasco tried to get the board to pass a ruling stating that the board was not going to comply with the appeals court ruling, but the board rejected it. “Although the board rejected it in a majority vote, Velasco, nonetheless, issued a certification, stating that the board had approved it because two abstentions were not counted toward the vote,” Ramos told the STAR. The UPR governing board wants to change the retirement system to a defined contribution system composed

Rep. María de Lourdes Ramos of 401-K accounts. Regarding the wasteful spending, Ramos said that when she asked Velasco for an explanation about the hotel expenditures, the UPR board president insulted her.

Ramos confirmed that several UPR board members told her that they never authorized the activity or the amounts spent. Former UPR President José Saldaña told the STAR that such excessive expenditures on an activity related to the board should have required the board’s approval. In a single weekend, the governing board spent $25,187 between hotel accommodations, food, internet and other services, according to invoices contained in the resolution authored by Ramos. Of that figure, $10,194 was spent on 13 “Deluxe” rooms between Feb. 3 and Feb. 6. The money was spent on the Second Meeting of the Committee of External Collaborators of the Institutional Transformation Office (OTI by its Spanish initials), which is attached to the governing board and was created in 2018. OTI collaborators are in charge of evaluating the operation of the Medical Sciences Campus. Ramos said the Medical Sciences Campus has very nice facilities in which the collaborators could have stayed and that there was no need for the excessive expenditures. Ramos said she is also seeking to investigate claims that among the external collaborators are officials from Northwestern University in Evanston, Illinois, which is where Velasco teaches, because of a possible conflict of interest. On the weekend of Nov. 18-20, 2021, UPR funds were used for another meeting at a hotel in Isla Verde that at the time charged $1,757 per day for 10 rooms.

DACO freezes fuel prices in response to Russia’s invasion of Ukraine By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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onsumer Affairs (DACO by its Spanish acronym) Secretary Edan Rivera Rodríguez issued an order on Thursday to freeze prices related to fuels in Puerto

Rico. The announcement was made in the afternoon at the DACO offices in the Minillas Government Center. As regards freezing gasoline prices, Gov. Pedro Pierluisi Urrutia said DACO can only freeze profit margins, but referred the matter to Rivera Rodríguez. The price freeze came after Popular Democratic Party House Majority Leader Rep. Ángel Matos García asked the governor and the DACO chief earlier Thursday to freeze the price of gasoline on the island. “It is unacceptable that with a conflict of only eight hours in Ukraine, already at the gasoline pumps we see price increases,” Matos García said in a written statement.

Consumer Affairs Secretary Edan Rivera Rodríguez “I don’t want to imagine at what price we are going to see fuel, if this conflict spreads. My call is for the Governor and the Secretary of DACO not to remain observers and to take action immediately.” The legislator specified that in Puerto Rico, with the mere rumor of instability in some part of the world, prices

increase. However, it takes a long time for prices to come down, he added. “I am sure that there are already those who still have fuel in reserve, have begun to increase prices,” Matos García said. “It is for this reason that the Governor must freeze prices and act for the benefit of Puerto Ricans.”


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Puerto Rico gets $900 million in federal aid for highways By THE STAR STAFF

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resident Biden and the U.S. Department of Transportation on Thursday announced more than $1.14 billion to repair and rebuild roads and bridges in Puerto Rico and four other U.S. territories – American Samoa, the Commonwealth of the Northern Mariana Islands, Guam and the U.S. Virgin Islands – under the Bipartisan Infrastructure Law, also known as the Infrastructure Investment and Jobs Act. The total amount being made available to Puerto Rico and the U.S. territories in fiscal year (FY) 2022 is $219 million. The historic legislation will improve life for residents in Puerto Rico and the territories and create well paying jobs and economic growth, officials said at a news conference. Specifically, it will help repair and rebuild roads and bridges, allowing for funds to be applied to climate change mitigation, resilience, equity, and safety for all users, including cyclists and pedestrians. “This funding will help Puerto Rico and the territories improve their highway networks, stimulate economic opportunity and increase highway safety,” Deputy Federal

Highway Administrator Stephanie Pollack said. “Today’s funding will help move forward major repairs to highways and bridges and improve transportation systems on these islands.” The Bipartisan Infrastructure Law will provide over a 14% increase in funding for Puerto Rico and the territories to make critical road and bridge investments compared to the funding provided in the Fixing America’s Surface Transportation Act. Over the five years of the Bipartisan Infrastructure Law, Puerto Rico will receive more than $900 million and the four other territories will receive $240 million. In FY 2022, FHWA will provide $173 million in funding for Puerto Rico and a total of nearly $46 million for the four other territories to pay for critical infrastructure needs. The Transportation Equity Act for the 21st Century of 1998 established the Puerto Rico Highway Program. The Federal-Aid Highway Act of 1970 created the Territorial Highway Program, and subsequent legislation continued the program. The Bipartisan Infrastructure Law continues to provide dedicated funding to assist each territory in the construction and improvement of a system of arterial and collector highways, and necessary inter-island connectors.

Deputy Federal Highway Administrator Stephanie Pollack

Governor: Alternatives exist to raising tolls on roads By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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ov. Pedro Pierluisi Urrutia said Thursday that despite the fact that the Financial Oversight and Management Board approved an increase in tolls in the Puerto Rico Highways and Transportation Authority (HTA) Fiscal Plan, alternatives exist to avoid such an increase. “Tomorrow I understand that the Board is convening to certify the Fiscal Plan and that is when we will have the details,” the governor said in response to questions from the press. “Based on the information that I have, what we are going to do is to do everything possible to reduce or mitigate these toll increases. There are different ways to do it.” “Perhaps the period in which the necessary funds must be raised can be stretched or lengthened, but we are going to do everything possible so that the increases are not so drastic, especially in these years,” he added. Pierluisi said that in Friday’s meeting with the oversight board he will make his statement on the subject. “This is a process that continues. The fiscal plan is a living document; it can undergo changes, it can be amended,” the governor said. “For example, if additional federal funds arrive at the Highway Authority that can be used for operational matters of the Authority that were being addressed with state funds, that could change the landscape. I give that as an example. Also, if we improve negotiations with creditors, this can have a positive impact [on an increase] in tolls. Finally, the Authority has ways in which it can optimize its collections; for example, with two-way toll stations, among others, or adding tolls on

Gov. Pedro Pierluisi roads that do not exist, they may be new roads. Tomorrow we will make the statements that [the matter] does not end there; we will find a way to reduce or mitigate those increases.” The members of the oversight board on Tuesday certified the updated fiscal plan for the HTA, which establishes the need to increase toll rates by 8.3 percent per year to keep the island’s toll highways in good condition. Meanwhile, the spokesman for the New Progressive Party delegation in the island House of Representatives, Carlos “Johnny” Méndez Nuñez, rejected the increase on Thursday. “The decisions of the Board have to be made taking into consideration the reality of current Puerto Rico, not based on numbers in an Excel table,” Méndez Nuñez said in a written statement. “The increase, so marked of 8.3 percent for three consecutive years, added to the high costs of gasoline, which will only rise even more with the war [in Ukraine] caused by the Russian Federation, will complicate the economic situa-

tion of our people, already overwhelmed by the historic rate of inflation that we are experiencing.” “I call on the [oversight board] to review the recently certified Fiscal Plan of the Highway and Transportation Authority, which includes marked increases at toll stations on Puerto Rico’s highways,” the former House speaker added. “The cost of traveling on highways will become almost prohibitive, as is the case with PR-66, which runs from Carolina to Río Grande. Same with other highways. These are the routes that our people travel the most to go to their workplaces, their children’s schools and their homes. These increases are very onerous and more so coming from the COVID-19 virus pandemic, as well as the other current economic factors.”

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February 25-27, 2022

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FBI asks for citizens’ help to prosecute killer of Alexa Negrón By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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wo years after the murder of Alexa Negrón in Toa Baja, the special agent in charge of the FBI’s San Juan Field Office in Puerto Rico, Joseph González, said Thursday that authorities know who is responsible for the crime, but they need citizen help to find them, so they are offering a reward of $25,000 to achieve the prosecution of those responsible. “Two years ago, on this very day, Alexa Negrón Luciano lost her life violently and for no reason. Since that moment, the FBI and the Puerto Rico Police have been working to bring justice to Alexa,” said González, who was joined at a press conference at the FBI field office by the U.S. Attorney for the District of Puerto Rico W. Stephen Muldrow and commonwealth Justice Secretary Domingo Emanuelli. “Today I have

Alexa Negrón Luciano a very clear message: I know who it was. We know who it was. But that is not enough to legally prosecute a person.”

“Likewise, I know that there are people who are listening to us and seeing us right now, who know who it was. They heard something. They saw something. They were told something,” the FBI official added. “And today we are asking for the help of the people to get this person off the street. That’s why we’re offering a $25,000 reward for information leading to the indictment and arrest of the person responsible for Alexa’s murder.” González said personnel from the Toa Baja Municipal Police, the Puerto Rico Police and the FBI are engaged in a door-to-door operation in that municipality to talk with citizens and obtain information. “It has been two years since Alexa’s murder and we continue to investigate to bring her justice,” Muldrow said. Alexa was found dead in the early hours of Feb. 24, 2020, on shoulders of the PR-165 and PR-865 highways.

FEMA approves $15.2 million for Firefighters Bureau projects By THE STAR STAFF

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he Federal Emergency Management Agency (FEMA) has approved projects for which the Firefighters Bureau requested funds under FEMA’s Public Assistance Program, for a total of 21 emergency and permanent works projects for a total of $15.4 million. Of those, about $10.7 million will be distributed in 18 permanent projects, where the funds will be used for upgrades to the structures belonging to the bureau and for content replacement as a result of damage from Hurricane Maria. “With the completion of all recovery funding obligations for the Fire Department, we are paving the way for the agency to have optimal facilities for its employees and the public,” said José G. Baquero, the federal disaster recovery coordinator for Puerto Rico. “The repairs to this essential public safety agency will allow first responders to continue working and training.” Notable projects include repairs to the Fire Academy in the Jueyes neighborhood of Salinas, which will benefit from a federal grant for work on the trailers used for storage, the

training room, the classroom, academy offices, the hazardous materials simulator, and for refilling oxygen tanks. Meanwhile, the obligation of $1.2 million for the repair of seven fire stations in the San Juan region includes the Hato Rey and San Juan Metropolitan stations, as well as stations in Corozal, Dorado, Guaynabo, Naranjito and Toa Baja. The work includes the replacement of roof tiles, an air conditioner unit, portable radios, computers, monitors and other equipment; lead and asbestos management; and the replacement of various doors, lights, roofs, windows and fences, among other things. The project also qualifies for about $220,000 in hazard mitigation funds for structural reinforcements and management of leaks, among other repairs to prevent similar damage from future atmospheric events. The Firefighters Bureau also has among its approved funds $1.5 million for repairs to the bureau’s central workshop on Las Palmas Street in Santurce, which was built in 1950. For the Caguas region, FEMA approved $1.3 million for repairs in various bureau facilities, including the municipalities

Some $1.2 million will go toward the repair of seven fire stations in the San Juan region, including the Hato Rey and San Juan Metropolitan stations. of Humacao, Juncos, Las Piedras, Maunabo, Naguabo, San Lorenzo and Yabucoa. In addition, FEMA obligated some $903,500 for repairs to various fire stations in the Aguadilla region. The funds will contribute to repairs at two stations in Cabo Rojo ─ including the one in Boquerón ─ as well as the fire stations in Aguada, Aguadilla, Añasco, Hormigueros, Isabela, Lajas and Las Marías.

55% discount for overdue debts with CRIM ends Monday By THE STAR STAFF

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onday is the deadline to benefit from the 55 percent discount on the payment of overdue debts with the Municipal Revenue Collections Center (CRIM by its

Spanish acronym). CRIM Executive Director Reinaldo Paniagua Látimer announced Thursday that, after that date, the staggered discounts of 40 percent and 25 percent will be applied until June 30, as stipulated in the Special Regulation for Taxpayer Benefits for Debt Payment, as approved by the CRIM and endorsed by the Financial Oversight and Management Board. “We again call on citizens to take advantage of this great opportunity to update those accounts that have been in the CRIM records for many years, paying only the principal of the debt with a 55 percent discount, without interest, surcharges or penalties, because, although the plan continues, the discounts are reduced,”

Paniagua Látimer said in a written statement. He noted that the special plan will continue with a 40 percent discount during March and April and a 25 percent discount for May and June. The objectives of the Special Taxpayer Benefit Regulation for Debt Payment” are to collect tax debts on overdue real estate and update the records of taxpayers who carry debts with the CRIM. The regulation provides that the 55 percent discount will apply to those invoices dating back to 2016. “As of noon today we had managed to raise $163.5 million, which shows the great interest that this project has aroused among debtor taxpayers,” Paniagua Látimer said.


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Vulnerable Democrats, seeking distance from the left, offer a midterm agenda By JONATHAN WEISMAN

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cluster of House Democrats from conservativeleaning districts is circulating a reworked legislative agenda for the coming election season that would embrace some of President Joe Biden’s most popular initiatives and tackle rising prices while distancing lawmakers from the left’s most divisive ideas. The plan, obtained by The New York Times, seeks to inoculate the most vulnerable Democrats from the culture wars pursued by Republicans trying to win back the congressional majority. Its existence underscores how successful Republicans have been at weaponizing issues like pandemic-related school closures and “defund the police” efforts against Democrats in politically competitive districts. The draft agenda was written by Reps. Abigail Spanberger of Virginia, Steven Horsford of Nevada, Josh Gottheimer of New Jersey, Dean Phillips of Minnesota and Elissa Slotkin of Michigan. It includes almost 75 bipartisan bills already drafted and broader bullet points such as “Combat Rising Costs for Food, Gas, Housing and Utilities,” “Reduce Prescription Drug Prices, Co-Pays and Deductibles” and “Fight Crime & Invest in Law Enforcement.” Rather than proposing cuts to funding for police departments, for example, it suggests financing the hiring of additional officers, especially in rural and small-town departments — though it would also fund body cameras and training, demands from liberal critics of law enforcement. Taking on Republican efforts to end mask mandates and school closures, the agenda includes legislation to “reestablish faith in America’s public health system and ensure preparedness for future pandemics, so that our economy and schools can remain open.” The plan avoids other items popular with progressives, such as a $15 minimum wage and a universal, single-payer “Medicare for All” insurance system, but it embraces some of the most broadly popular health care initiatives in Biden’s now-moribund Build Back Better Act: an agreement to allow Medicare to negotiate the prices of some of the most expensive drugs on the market and an expansion of Medicare to cover vision, dental and hearing care. With their wafer-thin congressional majority and a president whose approval ratings are mired around 42%, Democrats are facing formidable headwinds in November’s midterm elections. The document, though stuffed with actual legislation, is more notable for its political message than for its policy details — in part because it omits any mention of how to pay for its initiatives. Some of its headline initiatives are not backed by the legislation below those programs. The plan promotes “Combating the Climate Crisis,” for instance, but the bills listed on that topic address the reliability and resilience of the electricity grid, top concerns for climate change doubters. But the agenda’s authors hope to at least revive a

Supporters urging Congress to pass the Build Back Better Act in December. The draft agenda embraces some of the most broadly popular health care initiatives of that plan.

sense of momentum in a Democratic Congress that has entered the doldrums since enactment of a $1.2 trillion infrastructure law in November, followed by the Senate’s stymying of House-passed climate and social safety net legislation and a far-reaching voting rights bill. It is no accident that the document is circulating just before Biden’s State of the Union address Tuesday, and the following week’s House Democratic “issues” retreat. The dozens of bills listed in the agenda all have Democratic and Republican authors, many of them endangered either by anti-Democratic momentum or by challengers endorsed by former President Donald Trump. One such bill, written by Reps. Debbie Dingell, DMich., and Liz Cheney, R-Wyo., would make permanent Medicare tele-health expansions undertaken during the pandemic. There is a diabetes prevention bill by Reps. Diana DeGette, D-Colo., and Tom Rice of South Carolina, a Republican who, like Cheney, voted to impeach Trump. An expansion of tax-favored education savings accounts is co-sponsored by Spanberger and Rep. Fred Upton of Michigan, another Republican who voted to impeach. Also included is a significant expansion of eligibility for child and adult nutrition programs, drafted by Reps. Suzanne Bonamici, D-Ore., and Jaime Herrera Beutler, R-Wash., facing a serious Trump-backed challenge for her impeachment vote. There are even incentives for utilities to invest in cybersecurity written by Sen. Joe Manchin, D-W.Va., who has raised the contempt of the left by blocking the social policy and climate change bill in the Senate, and refusing to join his party in changing the filibuster rule to pass voter protection legislation over Republican opposition. But most striking is how the draft agenda takes on issues that appear to be dominating the campaign trail, even if they have not generated much debate on the floors of the House and the Senate.

To beat back inflation, one bill the group is pushing would “prohibit” foreign governments from participating in cartellike activities, a hit at OPEC that would have no real effect. The Federal Energy Regulatory Commission would be granted the authority to order refunds for natural gas bills “that are unjust, unreasonable, unduly discriminatory or preferential.” And assistance would be given to new and small meat processors to combat monopoly pricing from the few dominant meat processors, an effort already underway by the Biden administration. Rising crime rates across the country would also receive attention, through an expansion of existing grants to local law enforcement, new safety requirements for ride-hailing companies, stronger reporting requirements for electronic communication service providers to help track child predators and a new federal crime designation for “porch pirates” who steal packages from home stoops. One measure included in the agenda appears to accept the Republican talking point that the coronavirus was created in a laboratory in China, then covered up by the World Health Organization — assertions that have been challenged repeatedly by scientific researchers. The Never Again International Outbreak Prevention Act, by Reps. Brian Fitzpatrick, R-Pa., and Conor Lamb, a centrist Democrat running for the Senate in Pennsylvania, “would provide accountability with respect to international reporting and monitoring of outbreaks of novel viruses and diseases, sanction bad actors and review the actions of the World Health Organization.”

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February 25-27, 2022

3 men plead guilty in plot to attack US power grid By JESÚS JIMÉNEZ

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hree men pleaded guilty earlier this week in a plot to attack power grids in the United States, which they believed could lead to economic and civil unrest and create the opportunity for white leaders to rise, federal prosecutors said. The men, Christopher Brenner Cook, 20, of Columbus, Ohio; Jonathan Allen Frost, 24, of West Lafayette, Indiana, and of Katy, Texas; and Jackson Matthew Sawall, 22, of Oshkosh, Wisconsin, each pleaded guilty in U.S. District Court in Columbus on Wednesday to one count of conspiring to provide material support to terrorists. They will each face up to 15 years in prison when they are sentenced. A date has not been scheduled. Kenneth Parker, the U.S. attorney for the Southern District of Ohio, said in a statement on Wednesday that the three

men “conspired to use violence to sow hate, create chaos, and endanger the safety of the American people.” Timothy Langan, assistant director of the FBI counterterrorism division, said in a statement that the three men expected their plot to lead to “economic distress and civil unrest.” “These individuals wanted to carry out such a plot because of their adherence to racially or ethnically motivated violent extremist views,” Langan said. Samuel Shamansky, a lawyer for Frost, said on Wednesday that Frost had “accepted complete responsibility for his reprehensible conduct.” “He has completely disavowed the racist viewpoints previously embraced,” Shamansky said. “Regrettably, Mr. Frost fell prey to the misinformation espoused on the internet and now recognizes how dangerous the medium can be. Moreover, Mr. Frost has committed himself toward rehabilitation and doing everything with-

As part of a plot to attack power grids in the United States, the three men focused on substations in different regions of the country, according to prosecutors. in his power to remedy his misdeeds.” Lawyers for Cook and Sawall declined to comment on Wednesday. In fall 2019, Frost and Cook met in an online chat group, and they began talking about the possibility of attacking a power grid, according to plea agreements. Within weeks, the two men began making efforts to recruit others and began sharing reading material that promoted white supremacy and neo-Nazism. By late 2019, Sawall, a friend of Cook’s, also joined the efforts, prosecutors said. As part of their plot, each man focused on substations in different regions of the country, and how to attack the power grids with rifles, according to court documents. The three men discussed that by knocking out power across the country for an extended period, civil unrest would spread, a race war could break out and the next Great Depression could be induced, according to court documents. “People wouldn’t show up to work, the economy could crash and there would be a ripe opportunity for potential (white) leaders to rise up,” Cook’s plea agreement said. “One theme of the group discussions centered around the need to create disorder to bring the system down, which would cause people to doubt the system and create a true revolutionary force against the system.” In February 2020, the three men

met in Columbus for more talks about their plot, according to court documents. When they met, Frost gave Cook an AR47, and the two men trained with the rifle at a shooting range, according to court documents. Frost also gave Cook and Sawall suicide necklaces that he had filled with fentanyl, which were to be ingested if they were caught by the police, according to court documents. While they were in Columbus, Sawall and Cook bought spray paint and used it to write the phrase “Join the Front” on a swastika flag under a bridge at a park, according to court documents. The men had more plans to spread propaganda while they were in Ohio until they encountered the police during a traffic stop, during which Sawall ingested his suicide necklace but survived, according to a plea agreement. It was not immediately clear on Wednesday night why Sawall and Cook had been stopped by the police at that time. A call to federal prosecutors on Wednesday evening was not immediately returned. The FBI searched the homes of the three men in August 2020. Agents found multiple firearms, chemicals that could have been used to create an explosive device, and Nazi-related books and videos, according to court documents.


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February 25-27, 2022

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Following Canadian lead, US convoy hits the road By SHAWN HUBLER and ALAN FEUER

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hough it was billed as a grassroots, nonpartisan event intended to oppose government COVID-19 mandates, a trucker demonstration that left California for Washington, D.C., earlier this week appeared to be tightly aligned with far-right organizations and activists. Many of those behind the demonstration, which was planned as an American version of the past month’s chaotic Canadian protest, have connections to the violent attack on the Capitol in January 2021, or supported the lie that fraud in the 2020 presidential election was to blame for Donald Trump’s loss. “We’re just trying to show what the people who back us believe — and our own beliefs — of what our country needs to go back to,” said Jeff Sandberg, a Republican truck driver from Texas whose vehicle was hauling a massive banner covered in slogans such as “We Will Not Comply!!” and “Let’s Go Brandon,” a meme created to insult President Joe Biden. Brian Brase, a convoy spokesperson and Ohio-based truck driver, said the motorcade was expected to grow as the trucks wended across the country. “We believe tens of thousands will join in,” he said. About 40 truckers were on hand with their rigs as the convoy rolled out Wednesday in Adelanto, California, about 180 miles west of the Arizona state line. A flag-strewn send-off rally that resembled a Make America Great Again event drew about a hundred more vehicles. At truck stops in the surrounding area, most local drivers seemed only dimly aware of the California convoy or too busy to take part. Unlike in Ottawa, Ontario, where a recent weekslong protest shut down parts of Canada’s capital, the activity near Barstow, California, on Wednesday seemed highly staged, with memorabilia stands and food trucks. The group behind the convoy — one of several in the United States expected to launch over the next few days — is demanding an end to the national emergency, meant to streamline the government response to the pandemic, that was first declared by Trump in March 2020 and recently extended by Biden. The protesters also want congressional hearings into the origin of the pandemic and an end to government health rules requiring masks and vaccinations, a move that has already begun as new cases have ebbed. Brase, a former public affairs director for an advocacy group that pushed during the

The crowd at a send-off rally for truckers making their way to Washington in protest of the national emergency in place due to the coronavirus pandemic, in Adelanto, Calif., Feb. 23, 2022. Trump administration to relax limits on driving time for commercial truckers, said that the cross-country protest would be peaceful. A statement by the group said the demonstration would end near the nation’s capital, but that the convoy would not enter Washington. Law enforcement authorities warned against disruption of the sort that roiled Canada for several weeks. In Washington, officials from the U.S. Capitol Police said they would facilitate the demonstration as a “lawful First Amendment activity,” but also had set some security measures in motion. The Defense Department authorized deployment of about 700 unarmed National Guard personnel from the District of Columbia and neighboring states to help manage traffic, and Capitol Police said that plans were being drawn up to reinstall the temporary fence that was erected around the Capitol after last year’s Jan. 6 riot. An American trucker protest has been discussed for at least a month on social media and right-wing news outlets, inspired by the one that crossed Canada, demanding an end to a mandate requiring truckers crossing the U.S.-Canada border to get vaccinated against COVID-19. American truckers have no such mandate, and as a towering surge in new cases has rapidly ebbed, most states — including California — have eased restrictions. But Brase said his group felt compelled to express

solidarity with health care workers, public employees and others for whom vaccination has become a requirement. Last week, a conservative political action committee that has focused in the past on defending Rep. Matt Gaetz, R-Fla., an ally of Trump’s who is being investigated by the Justice Department, issued a call for participation in an American convoy that would start in Ohio and California and reach Washington on March 6. Darrel Courtney, CEO of the Adelanto Stadium and Event Center, said he received a call last week from Leigh Dundas, an Orange County lawyer and Republican activist, who

wanted to rent the parking lot. Dundas, a lawyer for an anti-vaccine group whose leader was charged with entering the U.S. Capitol on Jan. 6, was videotaped the day before the riot rallying pro-Trump crowds with calls to kill any “alleged Americans” who might have helped undermine the 2020 elections. Two hours northeast of Los Angeles, Adelanto is known chiefly for its prisons. Gabriel Reyes, the city’s part-time mayor — a Republican who operates a small currency trading and marketing business — said the city-owned stadium, which once hosted minor league baseball, was little used except for an annual cannabis festival, “Kushstock.” “I didn’t see us making beaucoup bucks off of this,” he said, “but if they all want to fill up at our Arco station and we get that California tax, then hey, we’re going to say, ‘Thank you!’ ” On Wednesday, the mayor’s wife sang the national anthem for the truckers before they departed for their next stop, Kingman, Arizona. Speakers at the rally included Dr. Pierre Kory, a vocal advocate of the discouraged use of the anti-parasitic drug ivermectin as a COVID-19 treatment, and Rob McCoy, a Republican politician and Southern California evangelical pastor who has gained prominence flouting pandemic rules and calling the state’s governor, Gavin Newsom, “Governor Newssolini.” Dundas, who was the event’s MC, said, “It’s been two years, and it is time to open this darn economy with no more restrictions on it.” Outside Adelanto, Mario Acevedo, who had stopped to wash the tires of his big rig on the way to Nevada, said he did not “have that time or luxury, unfortunately” to skip work for the convoy. “I got to provide for my family,” he said.

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February 25-27, 2022

41 million Americans are QAnon believers, survey finds By TIFFANY TSU

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ore than a year after Donald Trump left office, the QAnon conspiracy theory that thrived during his administration continues to attract more Americans, including many Republicans and far-right news consumers, according to results from a survey released Thursday from the Public Religion Research Institute. The nonprofit and nonpartisan group found that 16% of Americans, or roughly 41 million people, believed last year in the three key tenets of the conspiracy theory. Those are that Satanist pedophiles who run a global child sex-trafficking operation control the government and other major institutions, that a coming storm will sweep elites from power and that violence might be necessary to save the country. In October 2021, 17% of Americans believed in the conspiracy theory, up from 14% in March, the survey said. At the same

A hat with a QAnon symbol at a 2020 Trump rally in Wisconsin. time, the percentage of people who rejected QAnon falsehoods shrank to 34% in

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October from 40% in March. The survey covered more than 19,000 respondents and was conducted across the country throughout 2021. The QAnon movement, which the FBI considers to be a potential terrorist threat, centers on an anonymous author whose online messages, signed Q, fueled the spread of the reality-warping ideology. Trump also figured in the conspiracy theory as someone who was recruited by top military officials to use his presidency against the shadowy liberal cabal. The conspiracy theory was amplified and spread on social media. After Trump lost the 2020 presidential election, QAnon was expected to be hobbled without him. But it has persisted despite that and despite efforts by tech platforms to staunch its spread. Forensic linguists have also tried to unmask and defang the anonymous author who signed online messages as Q. QAnon adherents, including one known as the QAnon Shaman, have been connected to violent crimes and to last year’s Capitol riot. The convoluted mythology could influence the midterm elections this year, with dozens of candidates for national office expressing at least some support of QAnon. Robert P. Jones, the founder and CEO of the research group and a social scien-

ce researcher with decades of experience, said he never expected to be dealing with serious survey questions about whether powerful U.S. institutions were controlled by devil-worshiping, sex-trafficking pedophiles. To have so many Americans agree with such a question, he said, was “stunning.” “There’s a real temptation to dismiss this as farcical and kind of outlandish, but we were convinced pretty early on that this was actually a serious movement that’s making inroads into not only mainstream political parties but also mainstream religious groups and putting down roots in more mainstream institutions,” Jones said. “We saw this move from the message boards on Reddit to the U.S. Capitol on Jan. 6 — this is a reality that we really have to contend with.” Believers are “racially, religiously and politically diverse,” Natalie Jackson, the institute’s director of research, said in a statement. But some demographics are more likely to fit the bill. Among Republicans, 25% found QAnon to be valid, compared with 14% of independents and 9% of Democrats. Media preferences were a major predictor of QAnon susceptibility, with people who trust far-right news sources such as One America News Network and Newsmax nearly five times more likely to be believers than those who trust mainstream news. Fox News viewers were twice as likely to back QAnon ideas, the survey found. Most QAnon believers associated Christianity with being American and said that the United States risked losing its culture and identity and must be protected from foreign influence. Nearly 7 in 10 believers agreed with the lie that the 2020 election was stolen from Trump. More than half of QAnon supporters are white, while 20% are Hispanic and 13% are Black. They were most likely to have household incomes of less than $50,000 a year, hold at most a high school degree, hail from the South and reside in a suburb. The results are from 19,399 respondents to four surveys conducted by the institute throughout 2021. The margin of error is plus or minus 0.9 percentage points, the institute said.


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Ukraine crisis could add to the problems facing US economy By JEANNA SMIALEK and ANA SWANSON

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ussia’s attack on Ukraine could have economic repercussions globally and in the United States, ramping up uncertainty, roiling commodity markets and potentially pushing up inflation as gas and food prices rise around the world. Russia is a major producer of oil and natural gas, and the geopolitical conflict has sent prices of both sharply higher in recent weeks. It is also the world’s largest wheat exporter, and is a major food supplier to Europe. The United States imports relatively little directly from Russia, but a commodities crunch caused by the conflict could have knock-on effects that at least temporarily drive up prices for raw materials and finished goods when much of the world, including the United States, is experiencing rapid inflation. Global unrest could also spook U.S. consumers, prompting them to cut back on spending and other economic activity. If the slowdown were to become severe, it could make it harder for the Federal Reserve, which is planning to raise interest rates in March, to decide how quickly and how aggressively to increase borrowing costs. Central bankers noted in minutes from their most recent meeting that geopolitical risks “could cause increases in global energy prices or exacerbate global supply shortages,” but also that they were a risk to the outlook for growth. The magnitude of the potential economic fallout is unclear, because the scope and scale of the conflict remain anything but certain. But a foreign conflict could further delay a return to normalcy after two years in which the coronavirus pandemic has buffeted both the global and U.S. economies. Tension between Russia and Ukraine is escalating when U.S. consumers are already contending with quickly rising prices, businesses are trying to navigate roiled supply chains, and people report feeling pessimistic about their financial outlooks despite strong economic growth. “The level of economic uncertainty is going to rise, which is going to be negative for households and firms,” said Maurice Obstfeld, a senior fellow at the Peterson Institute for International Economics. He noted that the effect would be felt most acutely in Europe and to a lesser degree in the United States. A major and immediate economic implication of the showdown in Eastern Europe ties back to oil and gas. Russia produces 10 million barrels of oil a day, roughly 10% of global de-

mand, and is Europe’s largest supplier of natural gas, which is used to fuel power plants and provide heat to homes and businesses. The United States imports comparatively little Russian oil, but energy commodity markets are global, meaning a change in prices in one part of the world influences how much people pay for energy elsewhere. It is unclear how much a conflict would push up prices, but energy markets have already been jittery — and fuel prices have risen sharply — on the prospect of an invasion. If oil increases to $120 per barrel by the end of February, past the $95 mark it hovered around last week, inflation as measured by the Consumer Price Index could climb close to 9% in the next few months, instead of a projected peak of a little below 8%, said Alan Detmeister, an economist at UBS who formerly led the prices and wages section at the Fed. “It becomes a question of: How long do oil prices, natural gas wholesale prices stay elevated?” he said. “That’s anybody’s guess.” The $120 per barrel mark for oil is a reasonable estimate of how high prices could go, said Patrick De Haan, head of petroleum analysis at GasBuddy. That would translate to roughly $4 per gallon at the pump on average, he said. Oil may be the major story when it comes to the inflationary effects of a Russian conflict, but it is not the only one. Ukraine is also a significant producer of uranium, titanium, iron ore, steel and ammonia, and a major source of Europe’s arable land. Christian Bogmans, an economist at the International Monetary Fund, said a conflict in Ukraine could further inflate global food prices, which were set to stabilize after skyrocketing last year. Russia and Ukraine together are responsible for nearly 30% of global wheat exports, while Ukraine alone accounts for more than 15% of global corn exports, he said. And many of Ukraine’s growing regions for wheat and corn are near the Russian border. The rising price of gas and fertilizer, as well as droughts and adverse weather in some regions, like the Dakotas, had already helped to push up the global price of wheat and other commodities. Ukraine is also a significant producer of barley and vegetable oil, which goes into many packaged foods. “In case of a conflict, production might be interrupted, and shipping may be affected as well,” Bogmans said. If other countries impose sanctions on Russian food items, that could

Near Schastia, Ukraine, Ukrainian soldiers speak through a fence at a checkpoint between Ukrainian-held territory and the separatist Luhansk region that has been recognized by Russia as independent on Wednesday, Feb. 23, 2022. further limit global supplies and inflate prices, he said. But because food costs make up a small portion of inflation, that may not matter as much to overall price data, Detmeister at UBS said. It is also hard to guess exactly how import prices would shape up because of the potential for currency movements. If a conflict drives global uncertainty and causes investors to pour money into dollars, pushing up the value of the currency, it could make U.S. imports cheaper. There could also be other indirect effects on the economy, including rattling consumer confidence. Households are sitting on cash stockpiles and probably could afford higher prices at the pump, but climbing energy costs are likely to make consumers unhappy when prices overall are already climbing and economic sentiment has swooned. “The hit would be easily absorbed, but it would make consumers even more miserable, and we have to assume that a war in Europe would depress confidence directly, too,” Ian Shepherdson at Pantheon Macroeconomics wrote in a Feb. 15 note. Another risk to American economic activity may be underrated, Obstfeld said: The threat of cyberattack. Russia could respond to sanctions from the United States with digital retaliation, roiling digital life at a time when the

internet has become central to economic existence. “The Russians are the best in the world at this,” he said. “And we don’t know the extent to which they have burrowed into our systems.”

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February 25-27, 2022

Starbucks strategy for responding to union elections is dealt a setback By NOAM SCHEIBER

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he National Labor Relations Board dealt a blow to Starbucks’ legal strategy in response to a growing union campaign earlier this week, rejecting the company’s argument that workers seeking to unionize in a geographic area must vote in a single union election. In a ruling involving an election in Mesa, Arizona, the board noted the long-standing presumption that a single store is an appropriate unit for a vote — as union supporters have insisted. Starbucks workers at more than 100 stores nationwide have filed for union elections, and workers at two stores in Buffalo, New York, have already unionized. Unions typically prefer smaller elections, which tend to increase their chances of winning, albeit on a smaller scale. Workers United, the union seeking to represent Starbucks employees, has complained that Starbucks has repeatedly resisted store-by-store elections despite gaining little traction on the issue as a way to delay votes and stop the union’s momentum.

Starbucks has argued that the elections should be marketwide because employees can work at multiple locations and because the stores in a market are managed as a relatively cohesive unit. It has made this case in its requests to appeal labor board decisions ordering elections on a store-by-store basis in Buffalo and Mesa, and in other filings related to union elections around the country. Before Wednesday’s ruling, the board had been unmoved by the company’s argument in Buffalo as well. But unlike the request for an appeal in Buffalo, which the board rejected on an ad hoc basis, the action in the Arizona case sets a binding precedent and will most likely make it more difficult for Starbucks to successfully raise such objections in the future. Nonetheless, the company indicated it would still press the issue. “Our position since the beginning has been that all partners in a market or district deserve the right to vote on a

decision that will impact them,” Reggie Borges, a Starbucks spokesperson, said in a statement, using the company’s term for its employees. “We will continue to respect the NLRB’s process and advocate for our partners’ ability to make their voices heard.” Workers in Mesa and at three Buffalo-area locations have voted in store-by-store elections, but the board postponed those vote counts while resolving Starbucks’ appeals. In the short term, the board decision means that a vote count at a Starbucks store in Mesa can go forward after being postponed last week. In a statement Wednesday, the union criticized both Starbucks and the labor board for the delays in counting ballots. “Partners are confident in our ability to stand strong, but justice delayed is justice denied, and we will continue to push for our right to organize without delay,” the statement said.

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13 Stocks

Nasdaq, S&P 500 end sharply higher as West hits Russia with new sanctions

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tocks dropped on Thursday, as tensions escalated in Ukraine over Russia’s decision to send forces into that nation’s eastern regions and as the U.S. and its western allies move to retaliate with sanctions. The S&P 500 fell 44 points, or 1%, to 4,304.83, pushing the benchmark index into correction territory, or more than 10% below its all-time high set in January. The Dow lost 595 points, or 1.4%, to close at 33,594. The tech-heavy Nasdaq composite was down 1.2%. President Biden on Tuesday afternoon announced new sanctions against Russia as a result of what he called a “Russian invasion of Ukraine,” a response to Russia President Vladimir Putin’s move to send forces into Ukraine’s eastern breakaway regions. Mr. Biden said the sanctions, closely coordinated with allies and partners, will target two large banks in Russia and its sovereign debt. “That means we cut off Russia’s government from western financing,” the president said. Major market indexes are in a three-day slide as investors closely watch the crisis in Ukraine. The White House is referring to Russian troop deployments in eastern Ukraine as an “invasion” after initially hesitating to use the term. That’s a red line that President Joe Biden said would result in the U.S. levying severe sanctions against Moscow. Russia’s recognition of the independence of several regions in eastern Ukraine and decision to send in forces has raised fears that a full-scale invasion is near. The crisis in Ukraine has made for volatile energy prices over the last few weeks. U.S. crude oil prices were up 1.4% on Tuesday. Russia is a major energy producer and the tensions over Ukraine have brought wide swings in volatile energy prices, on top of the inevitable risks of a broader conflict. Oil prices already had surged recently to their highest level since 2014. By early Tuesday, the advance of U.S. benchmark crude oil had abated slightly. It was up about $3, or 3.5%, to about $94 per barrel in electronic trading on the New York Mercantile Exchange. The price of Brent crude, the standard for international oils, gained about $4.50, or nearly 5%, to hit about $98 per barrel. U.S. trading was closed Monday for Presidents Day, but markets in Europe and Asia shuddered as Putin moved to secure Russia’s hold on Ukraine’s rebel regions, adding to fears of a full-scale invasion. Those actions have undermined hopes for averting a conflict that could cause massive casualties, energy shortages on the continent and economic chaos around the globe. The U.S. and European Union condemned Russia and prepared to hit back with sanctions. On Tuesday, Germany suspended the approval process for the Nord Stream 2 pipeline that would bring Russian natural gas to Europe. Western powers have feared Russia might use skirmishes in Ukraine’s eastern regions as a pretext for an attack on the democracy, which has defied Moscow’s attempts to pull it back into its orbit.

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The invasion of Ukraine: How Russia attacked and what happens next By AUSTIN RAMZY

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fter months of troop and tank buildups, of grim warnings of violence and vague assurances of peace, and of efforts at diplomacy in Washington, the halls of the United Nations and the capitals of Europe, Russia’s invasion of Ukraine began early Thursday, with shelling and rocket attacks on several major cities including the capital, Kyiv. Explosions thundered in the dim light before dawn, minutes after President Vladimir Putin of Russia cynically declared the start of a “special military operation” to “demilitarize” Ukraine but not occupy the country. His announcement came as the U.N. Security Council held an emergency meeting, stunning ambassadors who had to deliver impromptu reactions to the rapidly changing events. Hours before the attacks began, President Volodymyr Zelenskyy of Ukraine made a dramatic televised plea to the people of Russia, saying he wanted to speak to them directly after Putin had rejected his phone call. “Listen to the voice of reason,” Zelenskyy said. “The Ukrainian people want peace.” They did not get it. — Here’s a look at the conflict, how it came to this point and what happens next: What is the state of the fighting? Ukrainians had hoped for months that the forecasts of an invasion from Russia, a nation with which they share much history and culture, could not be true. But Thursday they awoke to its dire reality. Long lines of cars moved out of Kyiv, many heading west in hopes of finding sanctuary in one of the few parts of the country not ringed with Russian forces. Ukrainians lined up at bank machines and stocked up on groceries. In other places, people sought protection in subway stations and bomb shelters as air raid sirens sounded out. More than 40 Ukrainian soldiers were killed and dozens were wounded Thursday morning, said Oleksiy Arestovich, an adviser to Zelenskyy. Dozens of civilians were also killed, Ukraine’s ambassador to the United States said. Ukraine’s government said Russian troops also attacked

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from Belarus to the north, where they had been deployed for military exercises that the United States had said were possible cover for building an invasion force to assault Kyiv. The troops hit border checkpoints with artillery, heavy equipment and small arms. By evening in Ukraine, the Russians had pushed into the highly radioactive Chernobyl exclusion zone north of Kyiv, Ukraine’s interior ministry said, risking damage to the nuclear reactor that melted down in 1986, now encased in cement. The Russian military also came north from Crimea, and troops landed in Odessa on the Black Sea, according to Ukrainian officials. Russian forces destroyed more than 70 military targets in Ukraine, including 11 airfields, three command points and a naval base, the Russian Defense Ministry said in a statement Thursday. Russia shelled more than a dozen cities and towns. Missiles hit targets in Dnipro, Kharkiv and a number of other cities, Ukrainian officials said. Explosions were reported in Kyiv, including at the capital’s airport. Russia said its forces had disabled all of Ukraine’s air defenses and air bases, while Ukraine’s military said it had shot down six Russian planes and one helicopter. In the east, Russian-backed separatists launched attacks in the breakaway regions of Luhansk and Donetsk, which they claim but only partly control, Russian state media reported. Why did Russia invade? Putin has long sought to assert some control over his neighbor, which was once part of the Russian empire and the Soviet Union. He has expressed a sense of humiliation at the collapse of the Soviet Union and grievance at how the West filled the void. NATO, the military alliance that includes the United States and European powers, has added members in Central and Eastern Europe that had once been Soviet states or part of its sphere of influence, including Hungary, Poland, Estonia, Latvia, Lithuania and the Czech Republic. In 2008, NATO said Ukraine and Georgia, both former Soviet states, could also join, without detailing when or how that would happen. For Putin, that crossed a red line. In 2014, after Ukraine’s pro-Russian president was ousted in giant street protests, Putin moved to annex Crimea. He also supported separatist forces that control parts of the eastern regions of Luhansk and Donetsk, where they have waged a protracted fight with the Ukrainian military. Ukraine’s leadership has pursued a policy of closer ties with the West. The country has written into its constitution a goal of joining NATO. But that is unlikely to happen any time soon. Some member nations, which must vote unanimously, remain concerned about extending military commitments and have doubts about the strength of the rule of law in Ukraine, a young democracy with extensive corruption. But even the remote prospect of Ukraine joining NATO has infuriated Putin, who calls it a threat to Russian security. What led to this point? Starting last fall, Russia began to mass troops along its border with Ukraine and in Belarus, an aligned former Soviet state. The deployments were described as training exercises, but the force continued to expand to as many as 190,000 troops. The United States and its allies warned that Putin ap-

peared set to invade, often citing intelligence that would have traditionally remained secret. Russia repeatedly dismissed those assertions. “Wars in Europe rarely start on a Wednesday,” Vladimir Chizhov, Russia’s ambassador to the European Union, said last week. But Monday, Putin said he would recognize the so-called Donetsk and Luhansk People’s Republics and directed the Russian military to deploy troops in those regions for what he called “peacekeeping functions.” In a lengthy speech, Putin presented his case for aggression against Ukraine, calling it an artificial creation of the Soviet Union that was manipulated into declaring independence. He accused Ukraine’s leaders of oppressing the country’s Russianspeaking population, fomenting hatred toward Moscow and planning hostility toward Russia, necessitating self-defense. How has the world responded? Ukraine, the United States and others have condemned Russia’s aggression and dismissed Putin’s justifications. The United States and European Union allies have announced a range of limited sanctions already, targeting much of Putin’s inner circle. Those measures included suspending a natural gas pipeline project to Germany, blocking international transactions by some Russian banks and freezing the overseas assets of some wealthy Russian families and top officials. Both America and Europe promised far tougher measures if Russia went as far as a full invasion of Ukraine. They have been negotiating the outlines of the steps for weeks and are expected to come ahead with new penalties quickly. But the likelihood of outside military intervention appears small, even though the United States and some European allies have provided weapons to Ukraine. Some of the first responses to Russia’s invasion came from the U.N. Security Council, which was holding an emergency meeting as Putin announced military action. “Unfortunately, while we’ve been meeting in the Security Council tonight, it appears that President Putin has ordered that last step,” said the U.S. ambassador, Linda ThomasGreenfield. “This is a grave emergency.” Ukraine’s ambassador, Sergiy Kyslytsya, called on his Russian counterpart to phone Putin and ask him to stop the war. “There is no purgatory for war criminals,” Kyslytsya said. “They go straight to hell, ambassador.” The Russian ambassador, Vasily Nebenzya, responded that his country was not attacking the Ukrainian people but rather “the junta in power in Kyiv.” The Security Council was expected to vote Friday on a resolution condemning Russian actions, which Russia, a permanent member of the council, will likely veto. President Joe Biden said on Twitter that he had met with his counterparts from other Group of 7 countries and that they had “agreed to move forward on devastating packages of sanctions and other economic measures to hold Russia to account.” Biden said he spoke with Zelenskyy, who he said asked him “to call on the leaders of the world to speak out clearly against President Putin’s flagrant aggression, and to stand with the people of Ukraine.”


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Many Russians feel a deep unease over going to war By ANTON TROIANOVSKI

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aiting for her friends on Moscow’s primly landscaped Boulevard Ring this week, Svetlana Kozakova admitted that she’d had a sleepless night. She kept checking the news on her phone after President Vladimir Putin’s aggrieved speech to the nation Monday that all but threatened Ukraine with war. “Things are going to be very, very uncertain,” she said, “and, most likely, very sad.” For months, Russians of all political stripes tuned out U.S. warnings that their country could soon invade Ukraine, dismissing them as an outlandish concoction in the West’s disinformation war with the Kremlin. But this week, after several television appearances by Putin stunned and scared some longtime observers, that sense of casual disregard turned into a deep unease. Early Thursday morning, any remaining skepticism that their country would invade was put to rest, when Putin declared a “special military operation” in Ukraine. Pollsters said most Russians probably supported Putin’s formal recognition of the Russian-backed territories in eastern Ukraine this week, especially because they had no choice in the matter and because no significant political force inside the country has advocated against it. War is a different matter altogether, though; in recent days, Russia has not seen any of the jubilation that accompanied the annexation of Crimea in 2014. Going to war is one of Russians’ greatest fears, according to the Levada Center, an independent pollster. And after Putin’s angry speech and his cryptic televised meeting with his Security Council on Monday, Russians realized that possibility was lurching closer toward becoming reality. “This hatred that you could read in him so clearly, it wasn’t fake,” said Gleb Pavlovsky, a political analyst and former adviser to Putin. The sense of foreboding intensified Wednesday when Moscow said that separatist leaders in eastern Ukraine had requested Putin’s help, widely viewed in the West as a fabricated justification for invasion. Early Thursday, Ukraine President Volodymyr Zelenskyy made a direct appeal to the Russian people, speaking Russian in a video address posted online. He urged them to disregard Russian propaganda and do all they could to stop a war that could kill tens of thousands. “Do Russians want war?” Zelenskyy as-

Russian howitzers are loaded onto train cars at a station outside Taganrog, Russia, near the border with Ukraine, on Tuesday, Feb. 22, 2022. ked at the end of his speech. “I would very much like to answer this question. But the answer depends only on you — the citizens of the Russian Federation.” Putin’s response came shortly after, saying he would seek to “demilitarize” Ukraine. But many Russians still subscribe to the Kremlin narrative of a Russia forced to fight back against Western powers determined to destroy it. Putin’s address Monday, for all its emotion, was in tune with the grievances of many older Russians still smarting from the poverty that followed the fall of the Soviet Union and the lost prestige that accompanied it. But for others, especially younger people, a war and the possibility of another downward spiral in relations with the West could mean losing what freedom and opportunity they feel remain in Russia. Tigran Khachaturyan, a 20-year-old history student walking his corgi named Gatsby at central Moscow’s Patriarch’s Pond, said before the invasion began that he knew from studying the past that the worsening international tensions would lead to decline inside the country. “I’ve seen many examples of states pursuing various imperial ambitions and forgetting about the very goal of the state: the welfare of the people who live in it,” Khachaturyan said. “I don’t support this policy and view it negatively.” And yet there is desperately little that Russians can do to change their country’s trajectory. That became even clearer after

Monday’s Security Council meeting at which Putin at times browbeat and humiliated his most powerful and senior officials into telling him that he should recognize the separatist territories. The central message of this extraordinary spectacle of fealty, which the Kremlin taped, edited and aired on television, appeared to be that it was Putin alone who had the power to chart Russia’s course. In society, opposition to this aggressive policy has been muted. The liberal-minded activists who could have been expected to lead an anti-war movement have largely been exiled or imprisoned. This Sunday will mark the seventh anniversary of the murder in Moscow of liberal politician Boris Nemtsov, one of the loudest voices inside Russia opposing the annexation of Crimea in 2014. Opposition leader Alexei Navalny warned that Russia was about to “squander the historical chance for a normal rich life for the sake of war, dirt, lies” and Putin’s personal luxury — but Navalny was writing from prison, where he faces an additional 15-year term. The idea of a war with Ukraine was unfathomable to many Russians in part because millions of them have friends and relatives there. Putin’s annexation of Crimea in 2014 was popular both because so many Russians felt a personal attachment to the Soviet-era vacationland and because it was accomplished without a shot being fired. The Kremlin has explained its support for the Russian-backed separatists in eastern Ukraine as a necessary, humanitarian intervention to aid brethren under attack by a nationalist, illegitimate government. Many Russians accept that false narrative, which is one reason more than half of those surveyed told

Levada, the pollster, last year that they would support the separatist territories’ independence or their annexation to Russia. Still, while state media trumpeted Putin’s recognition of the separatist territories with great fanfare, Russians responded with none of the spontaneous euphoria that accompanied the annexation of Crimea. Eastern Ukraine — even to those who buy the Kremlin’s narrative about persecuted ethnic Russians in need of help — holds none of the emotional symbolism that Crimea did. In central Moscow this week before Russia began its invasion, Alexei Ivanov, 53, who works in a construction company, reflected that even the Crimea annexation had made him “neither richer nor happier.” Ever since, he said, it has felt like Russia’s leadership runs the country focused on their own goals. “They want something, they have some plans,” he said. “Common people don’t fully get their true intentions.”

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How Colombian feminists decriminalized abortion: With help from their neighbors By JULIE TURKEWITZ

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ecades of grassroots organizing, with meetings in living rooms and in the streets, online and across borders, have produced a tectonic shift on abortion in Latin America, a historically conservative region where access to the procedure has long been severely limited. In just over a year, Colombia has joined Mexico and Argentina in knocking down barriers to abortion. It’s all the more striking in contrast to the shift taking place in the United States, the country whose Supreme Court decision guaranteeing the right to abortion — Roe v. Wade — had been a seminal spark for many activists in Latin America. As the United States faces growing restrictions on abortion, feminist activists in Latin America are increasingly relying on one another for legal strategy, organizing tactics and inspiration, pointing out that their counterparts to the north might have something to learn from them. “It’s now an inspiration going south to north,” said Catalina Martínez Coral, 37, a Colombian lawyer and member of Causa Justa, the coalition of abortion rights groups that brought the case recently considered by the Colombian court. “We are going to inspire people in the United States to defend the rights set out in Roe v. Wade.” As abortion rights advocates in Colombia prepared to make their case before the country’s highest court this year, they drew their tactics from their neighbors: They learned from lawyers in Mexico, adopted a song-and-dance performance similar to one in Chile and waved the green handkerchiefs that first emerged as a symbol of the movement in Argentina. And when the country’s high court ruled in their favor Monday, largely striking down a measure that made abortion a crime,

Abortion rights supporters celebrate in front of Colombia’s Constitutional Court, which ruled to decriminalize abortion, in Bogotá, Colombia, on Monday, Feb. 21, 2022. they gathered outside the courthouse to celebrate and to thank those who had helped them make the moment possible: their partners across Latin America. Abortion still has plenty of opponents in the region, including the Colombian president, Iván Duque, a conservative who condemned the ruling Tuesday. “I am worried that abortion, which goes against life, will become a regular practice,” he told local media shortly after taking office. “And that in a machista country, people will resort to it, and for many it will become a contraceptive in place of the condom.” In Colombia, feminist activists’ call for abortion rights went mainstream over the past two years, as their counterparts won big in neighboring countries. The origins of the movement, however, go back decades — at least to 1973, when a Colombian gynecologist accepted an invitation to visit the United States just as the U.S. Supreme Court ruled on Roe v. Wade. The doctor, Jorge Villarreal Mejía, had for years been horrified by the number of women he saw sick and dying from botched abortions in Colombian hospitals. In the United States, he toured some of the country’s earliest legal abortion clinics. And he returned to Colombia convinced that he

had to replicate them. He started a reproductive health clinic, Oriéntame, in the capital, Bogotá, in 1977. And the organization in many ways helped pave the way for this week’s decision. Despite a law criminalizing abortion, Oriéntame began to openly help hundreds of thousands of Colombian women who had already begun ending their pregnancies — explaining to authorities that it was helping women who were already suffering from failed or incomplete abortions. Over the years, Oriéntame was frequently targeted by authorities who accused it of breaking the law, while vandals scrawled “assassins” outside the office. But tensions escalated in 1994, when police knocked down the clinic’s doors, guns drawn, and took off with patients’ records, beginning a legal process that lasted a decade and could have landed Villarreal in prison. That was when Cristina Villarreal — Villareal’s daughter, who was taking over the clinic — decided they needed to go beyond providing medical help and begin uniting with feminist activists working to change the legal landscape in which they worked. “It doesn’t make sense for us to continue on two different roads,” she recalls saying of activists and medical practitioners. “Now is the moment.” Soon, Cristina Villarreal and others had formed La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, a coalition whose main goal was to eliminate the law criminalizing abortion. For Colombia, she said, “this was totally, totally radical and revolutionary.” But putting the issue on the public agenda was difficult, and not just because abortion was opposed by the powerful Catholic Church and most of the public. “This is a country, as you know, that has been beaten by conflict and war,” said Ana Cristina González Vélez, 53, a co-founder of the organization, adding, “That meant

that for many years ending the conflict occupied the agendas of women’s groups.” Pushing for legalization of abortion through Colombia’s Congress seemed a dead end. More than a half-dozen attempts had failed when, around 2004, a Colombian lawyer named Mónica Roa approached the Mesa and proposed a new tactic. Roa had recently returned from the United States, where she was working for a legal advocacy group called the Center for Reproductive Rights. She would go to the country’s Constitutional Court — famously more liberal than its Congress — and argue that the law criminalizing abortion violated women’s rights to life, health and reproductive autonomy. In 2006, she achieved a major victory for the movement when the court ruled that the country must allow abortions when a woman’s health was at risk, when a fetus had serious health problems or when a pregnancy resulted from rape. Around 2016, the women devised a new strategy — one intended to change both the legal landscape and public opinion, with a strong public awareness component. As the Colombians worked, Argentine feminists began a campaign to push legalization through Congress. Their effort included hundreds of thousands of women marching in the streets, united by an easily identifiable symbol: a green handkerchief. In late 2019, Argentina’s Congress legalized abortion — and two months later, just as the pandemic was beginning, Colombia’s Causa Justa coalition was born. This time, it had campaigns on Twitter, TikTok, Instagram and Facebook, and marched across the country. It had a radio campaign targeting areas with limited connectivity and a reggaeton song that women performed in the streets. They called on celebrities to openly support them. Suddenly, public officials were being forced to declare a position on the topic, and green scarves began to appear on necks, backpacks and bicycles all over Bogotá. And in September 2020, a group of lawyers from Causa Justa — drawing on legal lessons from Canada — sent a petition to the Constitutional Court, arguing that in practice, the existence of a law criminalizing abortion violated a woman’s “fundamental right” to voluntary termination of pregnancy under the exceptions laid out in 2006. On Monday, judges voted 5-4 in their favor, decriminalizing abortion up to 24 weeks.


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No justification for a brazen invasion By THE EDITORIAL BOARD

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xplosions were reported in cities across Ukraine early Thursday morning after President Vladimir Putin of Russia vowed in a speech to “demilitarize” the neighboring nation, and any hope for a peaceful resolution to the crisis appeared all but snuffed out. On Wednesday, Ukraine declared a 30-day state of emergency, called up military reserves and warned its citizens to leave Russia. The European Union announced it was preparing to handle a large influx of refugees uprooted by war. Financial markets are bracing for the turmoil that a land war and sanctions could unleash across the global economy. As the cause of all of this, Vladimir Putin is giving a master class in dangerous and destructive leadership and making it all the more important that President Joe Biden and other nations stand resolutely together in the face of threats, feints and misinformation and remain disciplined and energized in confronting Putin. He is clearly playing a long game, and the West should continue to prepare for that and make clear, as Biden has done, that the Russian president is acting unacceptably and will pay consequences for his actions. The scope of Putin’s professed ambition is alarming and bewildering for much of the world. As Biden asked, “Who in the Lord’s name does Putin think gives him the

PO BOX 6537 Caguas PR 00726 Telephones: (787) 743-3346 • (787) 743-6537 (787) 743-5606 • Fax (787) 743-5100

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right to declare new so-called countries on territory that belonged to his neighbors?” All this makes clear that Putin’s massive buildup on Ukraine’s borders is not primarily about NATO or security. It’s all about his xenophobic, imperial and misguided notion that Ukraine was inherently an appendage of Russia, its independence a historical fluke and its rulers usurpers. His recognition of separatist states in Ukraine extended not only to enclaves controlled by pro-Russian forces but also to entire provinces, amounting to a major chunk of Ukrainian territory that includes the important port of Mariupol. The magnitude of the Russian gambit is staggering. Whatever Putin’s ideas on how Ukraine should relate to Russia, whatever his grievances over Western encroachment on what he perceives as Russia’s sphere of influence, whatever his views on Russia’s place in Europe and the world, an unprovoked invasion of a sovereign European state is an unprovoked declaration of war on a scale, on a continent and in a century when it was thought to be no longer possible. If nothing else, Putin should consider what this means for his people, to whom he has lied, day after day, about purported threats and slights from Ukraine and the West. There will be body bags coming home to Russia and economic dislocation and global ostracism for a nation that has suffered terribly over the past century from war and totalitarian rule. Biden, for his part, has managed this crisis with toughness, patience, resolve and dignity, revealing regularly what U.S. intelligence knew about Putin’s schemes. It was a novel approach to crisis management in the age of social media and probably helped harden European resolve during the ambiguous monthslong buildup of Russian forces. Putin should see that this is the resolute face of the world’s premier democracy and most powerful nation. U.S. Secretary of State Antony Blinken canceled a meeting scheduled for this week with the Russian foreign minister, Sergey Lavrov. In a letter to Lavrov, Blinken said that diplomatic offramps exist “if Russia is prepared to take demonstrable steps to provide the international community with any degree of confidence it’s serious about deescalating and finding a diplomatic solution.” Biden and America’s NATO allies have properly declared going to war with Russia over Ukraine unthinkable. Ukraine, far weaker militarily than Russia, will have to bear the brunt of the attack alone, though, as Biden warned, the sanctions against Russia will have far-reaching economic costs for Europe and the United States, starting with an inevitable increase in the cost of energy. Biden was right not to unleash the full arsenal of sanctions yet. As long as there is the slightest chance of deterring a full-scale invasion, he and his allies and partners must retain sticks and carrots, however few remain. That could include declaring Putin and his lieutenants war criminals, subject to arrest anywhere outside Russia. Many

Illustration by The New York Times; photographs by Emile Ducke for The New York Times and Maxim Shipenkov, via Getty Images more banks can be added to the few that have been barred from the global financial system; trade in a broad array of technologies needed by Russian industry can be banned. These sanctions will also hurt the West, especially Germany, and Russia may well retaliate through cyberattacks or other means that could shake global energy markets. Any such costs should be weighed against the gravity of what Russia has done. Analysts and historians will long debate whether Putin’s grievances had bases in fact, whether the United States and its allies were too cavalier in expanding NATO, whether Russia was justified in believing that its security was compromised. There will also be heated questioning over whether Biden and other Western leaders could have done more to assuage Putin. But no, there is absolutely no justification for a brazen invasion of a weaker neighbor. To answer Biden’s anguished question, nobody and nothing have given Putin the right to seize territory or decide the fate of neighboring nations. The consequences of his aggression will be terrible for Ukraine and painful for the West and will exact a huge cost on Russia in lives and stunted development. For all this, Putin carries the full responsibility.


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Sector de Leche lanza certificación para mejorar producción POR CYBERNEWS

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AN JUAN – El presidente del Sector de Leche de la Asociación de Agricultores de Puerto Rico (AAPR) y la Cooperativa de Productores de Leche de Puerto Rico (COOPPLE), Manuel Martínez Arbona anunciaron el jueves el lanzamiento de la Ruta 2024 para transformar la industria lechera puertorriqueña. “Queremos seguir mejorando el sector para poder hacerle frente a los retos que enfrentamos y potenciar este sector para suplir la demanda de productos lácteos de Puerto Rico y aumentar la confianza y respaldo del consumidor. Estamos apostando a la diferenciación del producto con aspectos como la producción de leche cruda con estándares de calidad por encima del Grado A y el concepto de pastoreo todo el año (grass feed) del ganado que produce un producto superior”, indicó Martinez Arbona en declaraciones escritas. Explicó que esta iniciativa consiste en el desarrollo de una certificación que garantiza las mejores prácticas de producción en el trópico mientras se atiendan las necesidades del consumidor y mercados emergentes. “El futuro de la industria local está en la diversificación y variedad de productos lácteos para atender la demanda del consumidor y a eso vamos encaminados con esta iniciativa. La meta es que en la segunda mitad del año 2024 las plantas elaborado-

ras tengan disponible un abasto de leche cruda suficiente y continuo que cumpla con estos parámetros para que puedan desarrollar productos nuevos que satisfagan las necesidades del consumidor local y externo en leche fluida, especializada y derivados lácteos”, indicó por su parte, Ramón González Beiró, secretario de Agricultura. Martínez Arbona indicó que parte de la diferenciación del producto a futuro incluirá el cumplimiento del manejo de los animales con los códigos del Farmers Assuring Responsible Management (FARM) para el bienestar y salud del animal, la responsabilidad con el ambiente y la garantía de que el recurso humano que maneja la producción en las operaciones ganaderas tiene las garantías laborales exigidas a nivel federal y local. Uno de los ganaderos que ha adoptado el sistema de grass feed es Camilo Román Muñiz, quién posee una operación ganadera de leche de primera clase en el municipio de San Sebastián. “Hemos adoptado algunas prácticas de conservación de suelo y agua, además de un manejo que ha resultado en un aumento en la producción de los forrajes tropicales de la finca, un aumento en la producción de leche y reducción en la dependencia y consumo de alimentos concentrados en la operación. Este modelo es el futuro de la industria lechera”, indicó Román Muñiz. En el año 2019 mediante un donativo de Rural Development (RD), agencia adscrita a USDA, se

logró un acuerdo colaborativo de COOPPLE con el Servicio de Extensión Agrícola (SEA) adscrito al Colegio de Ciencias Agrícolas de la Universidad de Puerto Rico en el cual se desarrolló un plan de trabajo que incluyó la orientación y educación a los distintos componentes de la industria. Luego en el año 2021 y tras otro donativo a COOPPLE de la Natural Resources Conservation Service (NRCS), agencia adscrita a USDA, tanto la Junta Administrativa del Fondo de Fomento de la Industria Lechera de Puerto Rico (FFIL), el Departamento de Agricultura de Puerto Rico y suplidores del sector privado se unieron para darle impulso al programa que hace oficial su lanzamiento y disponibilidad de fondos estatales y federales para todos los miembros del Sector de Leche. El sector de leche es el segmento agrícola más grande de PR: produce el 40 por ciento del ingreso bruto agrícola anual, crea 16,000 empleos directos e indirectos y es el único que satisface el consumo del 100 por ciento de la leche fresca. En la isla hay unas 245 vaquerías de leche de 216 ganaderos.

10 muertes, 232 casos y 5.57 la tasa de positividad por COVID-19 según informe del DS POR CYBERNEWS

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AN JUAN – El informe de COVID-19 del Departamento de Salud (DS) reportó el jueves sobre 98 casos positivos confirmados, 134 casos probables y 10 muertes. Las personas fallecidas son 8 hombres y 2 mujeres entre las edades de 60 y 94 años de la región de Arecibo, Bayamón, Caguas, Mayagüez y Metropolitano, respectivamente. El monitoreo cubre el periodo del 8 de fe-

brero de 2022 al 22 de febrero de 2022. La tasa de positividad bajó a 5.57 por ciento. Hay 108 adultos hospitalizados y de ellos, 22 están en intensivo. Mientras, 13 menores están hospitalizados y ninguno está en intensivo. 12 adultos están en ventiladores y ningún menor. Con una dosis hay al menos dos millones, 923 mil, 175 personas. Con las dosis completadas hay dos millones, 621 mil, 237 personas. El total de muertes atribuidas es de 4,098.

Se siente temblor al sur de la Isla POR CYBERNEWS

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AN JUAN – Un temblor fue registrado a eso de las 4:48 de la tarde del jueves con epicentro al

sur de la Isla. Preliminarmente el sismo fue de 4.22 grados. No se han reportado daños. Asimismo, no hay advertencia de tsunami.


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‘Ride the Eagle,’ ‘Bergman Island’ and more streaming gems By JASON BAILEY

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few more gems from 2021 make their way to the front of this month’s out-of-the-box streaming recommendations, along with a pair of charmingly personal documentary portraits and an explosive telling of a pressing and timely historical story. ‘Ride the Eagle’ (2021) The shaggy-dog charms of Jake Johnson receive a prime showcase in this warm and winning indie comedy-drama — and that shouldn’t come as a surprise, since Johnson co-wrote the script with director Trent O’Donnell. Johnson stars as Leif, a 30-something slacker whose mother (Susan Sarandon) abandoned him at age 12 to join a cult. She dies, leaving him her cabin near Yosemite as part of a “conditional inheritance,” for which he must complete a list of tasks intended to put him on the right path. The modest but rewarding screenplay plays to each actor’s strengths, taking advantage of the kooky energy of Sarandon, the sharp comic timing of D’Arcy Carden (as Leif’s ex-girlfriend) and the cantankerous warmth of J.K. Simmons (as mom’s ex-boyfriend). Lessons are learned, inevitably, but O’Donnell manages to muster up earnestness and sincerity without losing any edge or humor. Stream it on Hulu. ‘The Map of Tiny Perfect Things’ (2021) This YA-tinged “time bounce” comedy-drama name-checks its most noted narrative ancestor, “Groundhog Day,” fairly early on, but it has more in common with “Palm Springs,” another film that merged the gimmick of the time loop with the conventions of the boy-meets-girl rom-com. In this case, the high schooler Mark (Kyle Allen) discovers that his classmate Margaret (Kathryn Newton) is also stuck repeating the same day over and over, so they join up to break the pattern or, at the very least, have a good time together while trying. Newton and Allen generate considerable chemistry, while Lev Grossman’s screenplay thoughtfully dips into the complicated philosophical questions that make these stories so irresistible. Stream it on Amazon. ‘Bergman Island’ (2021) “I don’t like it when artists I love don’t behave so well in real life.” So notes Chris (Vicky Krieps), a filmmaker, married to another one (Tim Roth); they’re taking a working vacation on the island of Faro, where their shared hero Ingmar Bergman both lived and made his films. It’s a conundrum of interest to writer and director Mia Hansen-Love, who uses Chris’ journey to ask perpetually pointed questions about separating art from artists. But Hansen-Love’s film is also romantic and playful, particularly in its second half, when we get a glimpse at the deeply personal screenplay Chris is drafting while on the trip. Krieps and Roth have exactly the right handle on their characters and their prickly dynamic, as the two of them love, stimulate and annoy each other, all at once. Stream it on Hulu. ‘In the Same Breath’ (2021) We’re so emotionally and psychologically done with the COVID-19 pandemic that it’s tempting to wave off art that deals with it in a meaningful way. But this gripping do-

Jake Johnson as Leif in “Ride the Eagle,” a film he co-wrote with the director Trent O’Donnell. cumentary from director Nanfu Wang reminds us of the horrifying tactical and political errors of the pandemic’s earliest days and all but begs us to learn from them. Working from Wuhan, the initial flash point of the outbreak, Wang gathers surveillance videos, secret recordings inside hospitals, news clips and official government footage to ticktock not only the spread of the virus, but the spread of misinformation around it. Exhaustingly powerful and frequently harrowing, it’s a nonfiction film that’s pitched and paced like a white-knuckle thriller. Stream it on HBO Max. ‘137 Shots’ (2021) In Cleveland in November 2012, a 60-plus police car chase ended with 13 officers firing 137 rounds to kill Timothy Russell and Malissa Williams, who were unarmed. Michael Milano’s riveting documentary investigates not only the night in question (via powerfully intercut testimony, dashcam videos and expert witnesses) but the department’s attempt to cover up their mistakes as part of the city’s powder-keg history of racial inequality and the pattern of “unreasonable and unnecessary use of force” by its police. Milano keeps peeling back layers of bias and corruption before folding in the near-concurrent murder of Tamir Rice, ultimately amounting to much more than the story he sets out to tell; it becomes less a true-crime documentary than an in-depth exploration of the psychic divide that has split this country in two. Stream it on Netflix. ‘Detroit’ (2017) In one of the most notorious (documented) occurrences of police brutality of the 1960s, known as the Algiers Motel incident, a riot task force, which included Detroit and Michigan state police officers and National Guard members, inte-

rrogated, tortured and murdered several Black men during Detroit’s 1967 12th Street Riot. Kathryn Bigelow’s dramatization — penned by her “Hurt Locker” and “Zero Dark Thirty” collaborator Mark Boal — is a difficult film to watch, detailing the horrifying tactics of those officers in wrenching detail. But it’s rare to see a major Hollywood production (much less one from a white filmmaker) willing to address these issues with such unblinking clarity. Stream it on Amazon. ‘The B-Side: Elsa Dorfman’s Portrait Photography’ (2017) Errol Morris’ documentaries tend to delve into serious matters like crime (“The Thin Blue Line”), politics (“The Fog of War”) and their intersections (“Standard Operating Procedure”). But he has a lighter side, best glimpsed in this short, modest and lovely bio-doc of his friend and neighbor, photographer Elsa Dorfman. Her medium is an unusual one — large-scale, oversize portraits — but her camera catches details that a standard photograph doesn’t. And Morris draws a clear line from her work to his, which has always focused on the tiny details that tell a larger story. Stream it on Netflix. ‘Presenting Princess Shaw’ (2015) Samantha Montgomery works as a nurse by day, grinding out an unglamorous living for meager pay. But at night she becomes a superstar — an a cappella vocalist whose YouTube videos are overwhelming in their emotion. Ido Haar’s documentary is, on its surface, the story of how this miraculous but unknown talent is discovered by Ophir Kutiel, aka Kutiman, a composer and producer who gives her a deserved spotlight. But underneath, it’s a film about the undying artistic spirit and how so many gifted dreamers are just one click from the chance to shine. Stream it on HBO Max.


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Gary Brooker, singer for Procol Harum, dies at 76 By JON PARELES

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ary Brooker, the singer and pianist of the early progressive rock group Procol Harum, who co-wrote songs including “A Whiter Shade of Pale,” the improbable but overpowering hit during the 1967 Summer of Love, died Saturday at his home in Surrey, England. He was 76. Brooker had been receiving treatment for cancer, the band said in a statement confirming his death. With his grainy, weathered-sounding voice and a piano style steeped in gospel, classical music, blues and the British music hall, Brooker led Procol Harum in songs that mixed pomp and whimsy, orchestral grandeur and rock drive. Brooker composed nearly all of Procol Harum’s music; Keith Reid, who did not perform with the band, provided lyrics that invoked literary and historical allusions and spun tall tales, sometimes at the same time. Although “A Whiter Shade of Pale” was both its first and biggest hit, and the band steadfastly avoided showmanship, Procol Harum sustained a five-decade career. It recorded and toured steadily until 1977, and it regrouped sporadically in lineups led by Brooker to continue making albums until 2017. Brooker, the band’s statement said, “was notable for his individuality, integrity, and occasionally stubborn eccentricity. His mordant wit, and appetite for the ridiculous, made him a priceless raconteur (and his surreal inter-song banter made a fascinating contrast with the gravitas of Procol Harum’s performances).” “A Whiter Shade of Pale” drew on Johann Sebastian Bach’s “Air on a G String” for its chord progression; Matthew Fisher’s organ opened with a stately melody and Brooker sang a countermelody, somberly offering the surreal paradoxes of Reid’s lyrics. In 2009, Fisher successfully sued to receive a shared credit for composing the song. Procol Harum’s combination of classical influences, elaborately poetic lyrics and extended compositions made it a progenitor of progressive rock, but Brooker habitually shrugged off that category. “Prog — it was not invented when we started,” he told Goldmine magazine in 2021. “We always try to be progressive in what we do. So, we made our first album and then we tried to move on, to progress.” Gary Brooker was born May 29, 1945, in London. His father, Harry Brooker, was a musician; Gary learned piano, cornet, trombone, guitar and banjo while growing up. Harry Brooker died when Gary was 11 and his mother, Violet May Brooker, found work on a factory assembly line.

Mr. Brooker performing at the O2 Arena in London in 2020. Procul Harum performed for five decades. Brooker dropped out of college to work as a musician, and at the end of the 1950s he began playing in the Paramounts, which largely performed American R&B songs. By the time the Paramounts broke up in 1966, they had shared bills with the Rolling Stones and the Beatles; later, Brooker would play studio sessions and concerts with the former Beatles. Brooker started a new band, which included Fisher, to play the songs that he had begun writing with Reid: the Pinewoods, which were soon renamed Procol Harum, fractured Latin for “beyond these things.” The new band’s combination of piano and organ was uncommon in British rock, though American gospel groups used it, as did the rock group the Band. Brooker described his initial idea for the band as “a bit of classical, a bit of Bob Dylan, a bit of Ray Charles.”

Procol Harum’s first recording session, working with studio musicians, yielded “A Whiter Shade of Pale.” When it became a hit, guitarist Robin Trower and drummer B.J. Wilson, who had been in the Paramounts, joined Procol Harum to record its self-titled 1967 debut album. Its structural ambitions expanded on its 1968 album, “Shine On Brightly,” which included the five-part, 18-minute suite “In Held ’Twas in I.” Brooker married Françoise Riedo in 1968. She survives him. The title track of Procol Harum’s 1969 album “A Salty Dog” featured a dramatic orchestral arrangement by Brooker, and Procol Harum soon began performing with orchestras. Its 1971 album, “Live in Concert with the Edmonton Symphony Orchestra,” brought it an American hit with an expansive remake of “Conquistador,” from Procol Harum’s debut album. By then, both Fisher and Trower had left Procol Harum and Brooker was the band’s clear leader. Its 1973 album, “Grand Hotel,” reveled in orchestration; its 1974 “Exotic Birds and Fruit” emphatically rejected it. Songwriters Jerry Lieber and Mike Stoller produced “Procol’s Ninth” in 1975. In 1977, Brooker decided that “For the time being, Procol Harum had nothing more to say.” He joined Eric Clapton’s band in the late 1970s, touring and recording, and he made solo albums. Brooker’s 1985 album, “Echoes in the Night,” was produced by Fisher and included contributions from Reid and Wilson. Brooker restarted Procol Harum in 1990 with Fisher, Trower and Reid to record “The Prodigal Stranger.” During the long gaps between Procol Harum’s studio albums — the band released “The Well’s on Fire” in 2003 and “Novum” in 2017, for which Pete Brown replaced Reid as the lyricist — Brooker toured with Procol Harum, performed with Ringo Starr’s AllStarr Band and Bill Wyman’s Rhythm Kings, and organized charity concerts that brought him recognition as a Member of the Order of the British Empire in 2013. In 2021, Procol Harum released “Missing Persons” and “War Is Not Healthy,” a final pair of reflective Brooker-Reid songs. Brooker soberly assessed his band in 2021. “We don’t do a lot of grooves, but we do a good bit of rock,” Brooker told Goldmine. “Down in the core, though, there’s the music where I’m trying to reach the people and to make them feel something that’s right. And I don’t mean they’re going to jump up and down and want to dance. Fine if they’re going to. But I mean, if I saw a tear roll down their face that would be a good reaction — to reach people in their emotions, in the inside somewhere, not just on the surface.”


The San Juan Daily Star

February 25-27, 2022

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Will it croqueta? Miami pushes the limits of a favorite snack. By CHRISTINA MORALES

B

reakfasts from a bakery here start with shots of robust coffee and a beloved finger food shaped like a cigar. These golden appetizers run out faster than cake at parties. And every week, restaurants churn out thousands of them. Croquetas are as ubiquitous as the Cuban sandwich. They’re eaten anytime, as a snack, a party staple or breakfast. Made with béchamel and minced ham, chicken or fish, the bite-size cylinders are rolled in breadcrumbs, then deep-fried. “Something as little as croquetas is such a cultural movement,” said Jonathan Andrade, who is in charge of making croquetas for the restaurant Islas Canarias and its brand Croqueta County, often considered by fans to be the “gold standard” of the food’s classic varieties. While Spanish and Cuban immigrants brought the croqueta to Miami, chefs today are taking the croqueta’s basic framework and adapting it to reflect the county’s increasing cultural diversity. So many bakeries and restaurants now have a notable croqueta — with innovative flavors like ham, bacon and Gouda, or short rib — that it’s hard to even list them all. Croquetas are also a symbol of local heritage. They’re put on T-shirts, celebrated at an annual festival and popularized on social media. Croquetas are one of the trademarks of Cuban food, a hallmark of celebration and a cherished grab-and-go item among the rush of the area. Croquetas are so respected in Miami-Dade and Broward counties, that the counties even declared a Croqueta Day in 2020. Islas Canarias, named after the Canary Islands, where Andrade’s great-grandparents are from, was opened by his grandparents in 1977. Over many decades, the restaurant has perfected a recipe from Andrade’s great-grandmother. But when his sister, Eileen Andrade, traveled to South Korea in 2013 and learned about its cuisine, it opened a world of possibilities. At her other restaurants, Finka Table and Tap, Amelia’s 1931 and Barbakoa by Finka, the siblings experiment with flavors like kimchi mojo pork, jambalaya shrimp, Buffalo cauliflower and an Elena Ruz sandwich. “That kind of opened a path to think outside the box and be creative,” Andrade said. Miami’s first croqueta bar, Dos Croquetas, opened in 2019. The menu includes classic flavors such as ham and chicken, along with matching sauces, but staff members encourage customers to try more novel versions like the creamy spinach, the bacon cheeseburger, the Buffalo chicken, or the labor-intensive 305, with picadillo and maduros, which takes eight hours to make. The medianoche croqueta (which inspired Andrade to make his Elena Ruz-sandwich version) incorporates all the elements of the sandwich, like pork and pickles, in every bite. “Our goal is to transition people from the traditional flavors,” said Alec Fernandez, who estimates they sell about 17,000 croquetas a week. “It’s the ultimate respect to turn this old-school item, and modernize and evolve how people perceive a croqueta.” Vicky Carballo, Fernandez’s aunt, who largely develops

Dos Croquetas offerings, said she focuses on surprising depths of flavor, since “we are coming into a market with croquetas on every corner.” Other places, like Vegan Cuban Cuisine, which opened in 2020, are filling a need for croquetas to fit a vegan lifestyle. Lismeilyn Machado, who learned to make croquetas with her family in Cuba, sells about 4,000 croquetas a week with her husband, Steven Rodriguez, from their tiny restaurant. Little by little, she replaced each of the croquetas’ most important ingredients with vegan substitutes like cashew cream and a soy-based ham. A garbanzo croqueta is made with chickpeas and cassava flour to cater to people with food allergies. No one has pushed the croqueta’s limit like Breadman Miami, which serves mini croquetas on a vanilla layer cake. Andy Herrera, the bakery’s owner, was inspired by a piece of cake at a party that was touched by a croqueta. He thought the sweet, salty and smoky flavors went well together, and when a customer challenged him to make a cake that was different, “the croqueta cake was born.” On top of selling about 1,200 croquetas daily, the bakery makes at least three of these cakes a day. The bakery has even done croqueta wedding and quinceañera cakes. “The only thing I can tell you is that after owning a bakery, it’s astonishing how many croquetas people eat,” he said. “It’s pretty breathtaking.”

Ham Croquetas Recipe from Jonathan Andrade Adapted by Christina Morales Crisp ham croquetas, gooey on the inside, are as synonymous with Miami as the Cubano. Deep-fried and shaped like cigars, these ham snacks are a classic Cuban dish. Though many new Cuban bakeries and restaurants play around with the ingredients, ham remains the most popular croqueta base. This version, from Islas Canarias Restaurant in Miami, is considered by many to be gold-star croquetas that hit the ideal sweet and salty notes. Squeeze some fresh lime on top, drizzle with hot sauce and serve with saltine crackers. Yield: About 20 croquetas Total time: 1 hour 30 minutes, plus overnight chilling

Ingredients: 1 pound honey ham, coarsely chopped 1 Spanish onion (12 ounces), coarsely chopped 4 tablespoons unsalted butter 1 cup all-purpose flour 1 2/3 cups whole milk 1/4 cup curly parsley, finely chopped 1 tablespoon garlic powder 1 teaspoon fine salt, plus more to taste 2 cups finely crushed soda crackers or plain breadcrumbs (4 ounces) 1 large egg, room temperature Vegetable oil, for frying (about 4 cups) Lime wedges, hot sauce and saltine crackers, for serving Preparation: 1. In a food processor, pulse the ham and onion until coarsely ground. Set aside. 2. In a large saucepan, melt the butter over medium heat. Quickly whisk in 1/2 cup flour and cook, whisking constantly, until smooth and tan, 2 to 3 minutes. While whisking, gradually add 1 cup milk, then continue whisking until the mixture thickens to the consistency of soft mashed potatoes, 1 to 2 minutes. Add the remaining 1/2 cup flour and use a wooden spoon or sturdy spatula to stir until very thick, firm and a darker shade of brown, 1 to 2 minutes. Some browning on the bottom of the pan is OK. 3. To the pan, add the ham mixture, parsley, garlic powder and salt, and vigorously mix until the ingredients are evenly incorporated, 3 to 5 minutes. Transfer the mixture to a sheet pan lined with plastic wrap or parchment paper and pat into a 9-by-7-inch rectangle. Refrigerate for at least 2 hours or preferably overnight. 4. Cut the chilled paste into 21 (3-by-1-inch) rectangles, then gently roll each into a 3-inch-long cylinder. Make sure the croquetas are smooth and without cracks. Place the croquetas on the sheet pan and chill in the freezer for 30 minutes. 5. Place the cracker crumbs on a plate. In a medium bowl, combine the egg and remaining 2/3 cup milk, and whisk until combined. 6. Submerge 4 to 5 chilled croquetas in the milk mixture to thoroughly coat, then transfer immediately to the crackers, making sure the croquetas are coated in the crumbs. Return to the sheet pan and repeat with the remaining croquetas. Freeze again until firm but not frozen, 15 to 30 minutes. Don’t freeze for longer than 30 minutes as they may burst in the hot oil. 7. Toward the end of the chilling time, fill a small Dutch oven or heavy saucepan with oil to a depth of 1 1/2 inches. Heat over medium-high until a deep-fry thermometer registers 350 degrees. If you don’t have a thermometer, use a croqueta as a test piece: Carefully drop in 1 croqueta. If it immediately begins to fry and brown, the oil is ready. Carefully add 2 to 3 croquetas and fry, turning if needed to evenly cook, until golden brown,1 1/2 to 2 1/2 minutes. Transfer to a plate lined with paper towels and let rest for 1 to 2 minutes before serving. Repeat with the remaining croquetas, working in batches and adjusting the heat to maintain the oil temperature. Serve immediately with lime wedges, hot sauce and saltine crackers.


22 LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

DARITZA GARCIA TORRES

Parte Demandada Caso Civil Núm.: HSCI201500312. Sobre: COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Humacao, Oficina de Subasta; a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $107,909.23 de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal computados al 5.00% anual, desde el día primero de septiembre de 2014 hasta su total y completo pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad, hasta su total pago, más la suma de $11,385.00 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar número ciento cinco (105), radicado en la Urbanización Los Valles, localizada en el Barrio Santiago y Lima del término municipal de Naguabo, que se describe en el plano de inscripción, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar: ciento cinco (105). Área del solar: SETCIENTOS CUARENTA Y DOS PUNTOS TREINTA Y UNO METROS CUADRADOS (742.31). En lindes por el Norte, en una distancia de veinte punto doscientos uno (20.201) metros lineales con la Charca de Retención; por el Sur, en una distancia de treinta punto ochocientos setenta y cinco (30.875) metros lineales con la Calle Acceso; y por el Oeste, en una distancia de treinta y cuatro punto novecientos sesenta y cinco (34.965) metros lineales con la Charca de Retención.

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Sobre dicho solar enclava una cada de concreto para fines residenciales. El expresado solar se haya afecto a las siguientes servidumbres. Servidumbres telefónicas: franja de terreno de una punto cincuenta y dos (1.52) metros de ancho, que discurre a lo largo de su patio delantero con relación a la colindancia de la Calle Guama. Servidumbre: franja de terreno de “Tensor Electrónico” de tres (3) metros de ancho por tres (3) metros localizados en su colindancia Sur con la Calle Guama. Inscrita a la finca 15419 de Naguabo, inscripción primera, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Humacao. Dirección Física: 105 Guama St. Urbanización Los Valles, Naguabo, Puerto Rico 00718. La propiedad se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: Condiciones restrictivas a favor de La Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico. Condiciones Restrictivas que se establecen: Para viabilizar la adquisición del bien inmueble, la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, a través de su programa Mi Nuevo Hogar, según Escritura número9 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 14 de abril de 2011, ante el notario Adrián González Costa, según inscripción 1. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 21 DE ABRIL DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $113,850.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 28 DE ABRIL DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $75,900.00. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $56,925.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada

conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Humacao, Puerto Rico a 19 de enero de 2022. María Del Pilar Rivera Rivera, Alguacil Regional, Alguacil Del Tribunal De Primera Instancia, Sala De Humacao. Wilnelia Rivera Delgado, Alguacil Auxiliar #249.

staredictos@thesanjuandailystar.com

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

CARMEN DELIA ALMEYDA LÓPEZ T/C/C CARMEN D. ALMEYDA LÓPEZ T/C/C CARMEN DELIA ALMEIDA LÓPEZ T/C/C CARMEN D. ALMEDIA LÓPEZ

Demandada Civil Núm.: AG2019CV00751. Sala: 601. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla, Aguadilla, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PÚBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 11 de enero de 2022, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el Barrio Caimital Bajo de Aguadilla, compuesto de ciento diez y siete punto setenta y cinco metros cuadrados y en lindes: por el NORTE, en siete punto ochenta y cinco metros con Josefina Hernández y la finca principal de la cual se segrega; por el SUR, en siete punto ochenta y cinco metros con callejón que los separa de la finca principal de la cual se segrega; por el ESTE y OESTE, en quince metros, respectivamente, con la finca principal de la cual se segrega, propiedad de la Sucesión de Luis Illanas Blanco. Enclava una casa residencial de concreto con las siguientes dependencias, salacomedor, tres dormitorios, dos baños, cocina y balcón según consta de la inscripción primera y segunda. Inscrita al folio 204 del tomo 140 de Aguadilla, finca #6,451. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Aguadilla. Dicha propiedad ubica en: Caimital Bajo WD 13 Fuerte St. Aguadilla, PR 00603. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor el día 29 de octubre de 2021, y notificada el

(787) 743-3346

The San Juan Daily Star

Friday, February 25, 2022 3 de noviembre de 2021 en el presente caso civil, a saber, la suma de $24,197.10 por concepto de principal; generando intereses a razón de 5.625% desde el 1ro de mayo de 2018; cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, y la suma de $3,400.00 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 20 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la Oficina de Alguaciles de Subastas del Tribunal de Aguadilla, Sala Superior, Aguadilla, Puerto Rico, localizada en el segundo piso del dicho Tribunal. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $34,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 27 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la Oficina de Alguaciles de Subastas del Tribunal de Aguadilla, Sala Superior, Aguadilla, Puerto Rico, localizada en el segundo piso del dicho Tribunal. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $22,666.66, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 4 DE MAYO DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la Oficina de Alguaciles de Subastas del Tribunal de Aguadilla, Sala Superior, Aguadilla, Puerto Rico, localizada en el segundo piso del dicho Tribunal. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $17,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida

como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día 26 de enero de 2022. CAROL CHALMERS SOTO, ALGUACIL CONFIDENCIAL, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AGUADILLA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE RÍO GRANDE EN FAJARDO.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

EDUARDO MENDEZ RIVERA por sí y como miembro de la SUCESIÓN DE ANGELICA MORALES MARTINEZ

compuesta por MANUEL MENDEZ MORALES, CARMEN DOLORES LÓPEZ MORALES y PEDRO JUAN LÓPEZ MORALES; FULANO(A) DE TAL Y SUTANO(A) DE TAL como posibles herederos desconocidos y/o partes con interés en dicha Sucesión, DEPARTAMENTO DE HACIENDA, CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados CIVIL NÚM. RG2021CV00121. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. Yo, Denise Bruno Ortiz, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Fajardo, al público HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha de 23 de noviembre de 2021, por la Secretaria de este Tribunal, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de la parte demandada de epígrafe sobre la siguiente propiedad perteneciente a la parte demandada, la cual se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el Barrio Ciénaga Baja del Municipio de Río Grande, Puerto Rico, marcado en el Plano de Inscripción con el número mil trescientos sesenta y tres (1,363) del Bloque Z del Proyecto Alturas de Río Grande, con una cabida de trescientos cuarenta y seis punto doce (346.12) metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en quince (15.00) metros, con la Calle “Main”; SUR, en once metros cincuenta centímetros (11.50) y un arco de cinco metros cincuenta centímetros (5.50), con la Calle número veinticinco (25); por el ESTE, en diez y nueve metros setenta y cinco centímetros (19.57), con la Calle número veinte y tres guión A (23-A); y por el OESTE, en veinte y tres metros con veinte y cinco centímetros (23.25), con el solar número mil trescientos sesenta y cuatro (1,364). Enclava una estructura tipo individual, dedicada a vivienda, construida en hormigón.” Consta inscrita al folio 282, tomo 223 de Río Grande,

finca número 10,657, del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de III de Carolina. Dirección física: Alturas de Rí Grande 1363-Z Calle 25 Rio Grande PR 00745. La finca 10,657 está gravada con la siguiente hipoteca cuya ejecución se solicita en la subasta objeto de este edicto: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Popular Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma principal de $125,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 312, otorgada en Fajardo, Puerto Rico, el día 20 de noviembre de 2007, ante la notario Ana C. Reyes Morales, e inscrita al tomo Karibe, finca número 10,657, inscripción 3ra. La propiedad está afecta a los siguientes gravámenes: A. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Secretario de la Vivienda y DesarrolloUrbano, o a su orden, por la suma principal de $125,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 313, otorgada en Fajardo, Puerto Rico, el día 20 de noviembre de 2007, ante la notario Ana C. Reyes Morales, e inscrita al tomo Karibe de Río Grande, finca número 10,657, inscripción 4ta., como Asiento Abreviado, extendidas las líneas el día 17 de mayo de 2018, en virtud de la Ley número 216 del día 27 de diciembre de 2010. (Fue presentado el día 18 de diciembre de 2007, al Asiento 1,573 del Diario 237). B. Aviso de Demanda de fecha 1 de agosto de 2016, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Río Grande, en el Caso Civil número N3CI201600388, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por el Banco Popular de Puerto Rico versus Eduardo Méndez Rivera; Angélica Martínez y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales; y Estados Unidos de América, por la suma de $126,326.00, más intereses y otras sumas adicionales o en su defecto la venta en Pública Subasta, anotado el día 17 de mayo de 2018, al tomo Karibe de Río Grande, finca número 10,657, Anotación “A”. C. Aviso de Demanda de fecha 12 de marzo de 2021, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Río Grande en Fajardo, en el Caso Civil número RG2021CV00121, sobre Ejecución de Hipoteca, seguido por el Banco Popular de Puerto Rico versus Eduardo Méndez Rivera, por sí y como miembro de la Sucesión de Angelina Morales Martínez, compuesta por Luz Méndez Morales; Ana Méndez Morales y Manuel Méndez Morales; Fulano de Tal y Suta-


The San Juan Daily Star no de Tal, como posibles herederos desconocidos y/o partes con interés en dicha Sucesión; Departamento de Hacienda; Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales y Estados Unidos de América, por la suma de $199,328.14, más intereses y otras sumas adicionales o en su defecto la venta en Pública Subasta, anotado el día 2 abril de 2021, al tomo Karibe de Rí Grande, finca número 10,657, Anotación “B”. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Banco Popular de Puerto Rico por la hipoteca de $125,000.00 total o parcialmente. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Banco Popular de Puerto Rico total o parcialmente el importe de la Sentencia emitida el 19 de septiembre de 2021, notificada y archivada en autos el 20 de septiembre de 2021. El importe de la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, asciende a las siguientes cantidades: $199,328.14 de principal al 31 de marzo de 2021, más intereses al tipo pactado de 7% anual, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda, más una suma de $12,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más la cantidad de $12,500.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $12,500.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: Primera Subasta: Se celebrará el día 8 de junio de 2022 a las 11:30 a.m. Precio mínimo: $108,000.00. Segunda Subasta: Se celebrará el día 15 de junio de 2022 a las 11:30 a.m. Precio Mínimo: $72,000.00. Tercera Subasta: Se celebrará el día 22 de junio de 2022 a las 11:30 a.m. Precio Mínimo: $54,000.00. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Fajardo, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la subasta, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de

recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante el título del inmueble y las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, si los hubiere, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se le apercibe a los tenedores de gravámenes posteriores al que se ejecuta que, para proteger cualesquiera derechos que tengan sobre el inmueble, deberán comparecer a la subasta, pues de no hacerlo así y de no igualar el precio de venta del gravamen hipotecario que se ejecuta, el Tribunal ordenará la cancelación de todos los gravámenes posteriores. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Fajardo, durante horas laborables. Para conocimiento de la parte demandada y de toda persona que tenga interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, si alguna, y para la concurrencia de licitadores y para el público en general el presente edicto se publicará en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico una vez por semana por un término de dos (2) semanas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre cada publicación. Se fijará además, en tres (3) lugares públicos del Municipio donde ha de celebrarse la subasta, estos lugares serán la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía de dicho Municipio. Se notificará a la parte demandada copia del edicto de subasta mediante correo certificado con acuse de recibo a su dirección que obra en autos. Una vez efectuada la correspondiente venta judicial, otorgaré la escritura del traspaso al licitador victorioso, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la

Friday, February 25, 2022 obligación reconocida por la Sentencia. Colocaré al licitador victorioso en posesión física de la Propiedad mediante el lanzamiento de los ocupantes en el término legal de veinte (20) días desde la fecha de la venta en pública subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el Tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante o ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. El Registrador de la Propiedad cancelará, libre de derechos, todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción, y procederá a la inscripción de la venta a favor del comprador en subasta libre de todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción. Expido el presente edicto bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo. En Fajardo, Puerto Rico, a 2 de febrero de 2022. Denise Bruno Ortiz, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO. Shirley Sanchez Martinez, Alguacil Regional.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante Vs.

VALERIE ANN SALIT T/C/C VALERIE SALIT T/C/C VALERIE A. SALIT T/C/C VALERIE ANNE SALIT, POR SÍ Y COMO VIUDA SUPÉRSTITE DE DAVID AXEL LINDSTRAND; SARAH ANN LINDSTRAND T/C/C SARAH CATALONE, ROBERT AXEL LINDSTRAND, ELIZABETH ALISA LINDSTRAND T/C/C ELIZABETH LUPI, ANDREW ALLEN LINDSTRAND COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA SUCESIÓN DE DAVID AXEL LINDSTRAND T/C/C DAVID LINDSTRAND

Demandados Civil Núm.: HU2018CV00733. Saló Núm.: 205. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. Yo, MARÍA DEL PILAR RI-

VERA RIVERA, ALGUACIL REGIONAL, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Humacao, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha del 11 de diciembre de 2019, por la Secretaria del Tribunal Superior de Humacao en relación con la Sentencia Sumaria en Rebeldía, dictada el 5 de diciembre de 2018, notificada el 7 de diciembre de 2018, y habiéndose publicado la Notificación de Sentencia por Edictos el 14 de diciembre de 2018, venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad inmueble que se describe en el idioma inglés según se detalla a continuación: “URBAN: Horizontal Property: Apartment number (212), of irregular shape located on the first (1st) floor of Building 2-A, Maralago Condominium, located at Palmas del Mar, in Candelero Ward, in the Municipality of Humacao, Puerto Rico. This apartment has an approximate area of 1,612.076 square feet, equivalent to 149.8212 square meters. Its boundaries area as follows: by the NORTH, in a distance of (33’8 ½”), with the back yard of said apartment; by the SOUTH, in a distance of 33’ 8 ½”) with the corridor and with common elements; by the EAST, in a distance of (54’2”), with apartment number 213, and a part of the back yard of apartment number 213; and by the WEST, in a distance of (54’2”) with part of the back yard of this apartment, with the corridor and with apartment number 211. Main Entrance: The main entrance of this apartment is located on the South side of the apartment leading directly to the exterior of the building. This apartment consists of a foyer, a linen closet, a bedroom with closet, a master bedroom with a bathroom, and walk-in closet, an additional bathroom in the hallway, a laundry closet, a kitchen a living/dining room, and a terrace. Bark Yard: This apartment has the right of the exclusive use of a back yard with an approximate area of 530.271 square feet, equivalent to 49.28 square meters as a limited common elements. Common Elements: This apartment has a part and appurtenant to it 1.1822% of the Common Elements of the Condominium. Parking Spaces: It also has as part and appurtenant as a Common Element limited to it two (2) parking spaces, in the parking area identified with the Unit Designation followed by the letters A and B. Closet: One Closet identified with the Unit Designation followed by the number one (1). Golf Cart: And one golf cart space parking, identified with the Unit Designation followed by the letter G.” Consta inscrita al folio 86 del tomo 620 de Humacao, Finca Número 26,589,

Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Humacao. Dirección de la propiedad: 212 Apartamento 2-A, Condominio Maralago, Humacao, Puerto Rico 00791. Catastro Número 51-304-000-005-25094. Se designó esta propiedad como Hogar Seguro en virtud de la Ley 195 del 13 de septiembre de 2011, conocida como “Ley del Derecho de Protección del Hogar Principal y el Hogar Familiar. Propiedad cualificada bajo el la Ley 216 del día 31 de mayo de 2013. Por su procedencia está afecta a: a. Servidumbres. b. Condiciones restrictivas sobre edificación y uso. c. Servidumbre a favor de la finca 26,406 (Parcela PP12 & 17). d. Condiciones restrictivas a favor de Palmas del Marzo Properties Inc. e. Servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico. f. Servidumbre a favor de la finca 9,775. g. Servidumbre a favor de la finca 26,462. h. Servidumbre a favor de la finca 26,456 (Parcela RC-2). i. Servidumbre a favor de la finca 13,750 (Parcela 14 y de la finca 26,391 (Beach Club Parcel). j. Derecho de tanteo a favor de Palmas del Marzo Properties Inc. k. Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de las subastas. El precio mínimo de licitación con relación a la propiedad anteriormente descrita y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el 17 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $244,800.00. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el 24 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $163,200.00 TERCERA SUBASTA: Se celebrará el 31 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $122,400.00. Las subastas se llevarán a cabo para satisfacer al Banco demandante de las siguientes sumas de dinero adeudadas por la parte demandante conforme a la Sentencia dictada, a saber, la suma de $229,419.97 adeudada por concepto de principal e intereses vencidos al 27 de junio de 2018 y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, los cargos por demora vencidos que a igual fecha ascienden a $428.58, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $13.00 por concepto de adelantos, más las sumas adeudadas por concepto de seguros y/o contribuciones y/u otros cargos, más la suma de $24,480.00, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactados. Además, la parte

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demandante reclamó a los demandados la suma de $4,285.77 adeudada por concepto de las mensualidades correspondientes a los meses de octubre a diciembre de 2017, ambas inclusive, relativas a la moratoria concedida por el paso del Huracán María por Puerto Rico. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Tribunal de Humacao, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal de los Estados Unidos de América, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogados hasta la suma convenida, en tercer término los intereses acumulados hasta la fecha de la subasta según pactados hasta su total y completo pago, en cuarto término, las sumas establecidas para el pago de recargos por demora hasta la fecha de la subasta y en quinto término la suma principal adeudada. Disponiéndose, que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. El inmueble anteriormente descrito se encuentra afecto al siguiente gravamen posterior: ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA radicada en el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Humacao, Civil Número HU2018CV00733(205) sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria de fecha 20 de agosto de 2018, seguida por Firstbank Puerto Rico (Demandante) Vs. Valerie Ann Salit T/C/C Valerie Salit T/C/C Valerie A. Salit T/C/C Valerie Anne Salit, por sí y como viuda supérstite de David Axel Lindstrand; Sarah Ann Lindstrand T/C/C Sarah Catalone, Robert Axel Lindstrand, Elizabeth Alisa Lindstrand T/C/C Elizabeth Lupi, Andrew Allen Lindstrand como únicos y universales herederos de la Sucesión De David Axel Lindstrand T/C/C David Lindstrand (Demandada). Por la misma se reclama el pago de la suma de $229,419.97, más intereses vencidos y otras sumas representadas por la hipoteca de la inscripción 5ta, anotado al Tomo Karibe Anotación “A” sobre la Finca Número 26,589 de Humacao, Registro de la Pro-

piedad de Humacao, el cual se refiere al caso del epígrafe en la presente causa de acción. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante, si los hubiere, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, toda vez que el precio de remate no se destina a su extinción. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Humacao, Puerto Rico, a 09 de noviembre de 2021. MARÍA DEL PILAR RIVERA RIVERA, ALGUACIL REGIONAL, ALGUACIL SUPERIOR. JENNISA GARCÍA MORALES, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #796.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC. Demandante Vs.

SUCESION MARIA ASUNCION TIZOL MARTINEZ T/C/C MARIA A. TIZOL MARTINEZ T/C/C MARIA ASUNCION TIZOL T/C/C MARIA TIZOL MARTINEZ T/C/C MARIA A. TIZOL T/C/C MARIA TIZOL COMPUESTA POR WANDA SEPULVEDA TIZOL, ERNESTO SEPULVEDA TIZOL; JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: SJ2020CV06087. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO

DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 15 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el numero cincuenta y ocho (58) del Bloque “C” de la Urbanización Park Gardens (Maracay Town Houses), radicada en el Barrio Sabana Llana, de Rio Piedras, termino municipal de San Juan, Puerto Rico, con un área superficial de doscientos noventa y siete punto vero siete (297.07) metros cuadrados; en lindes por el NORTE, en una distancia de cuarenta y dos punto treinta (42.30) metros con el solar cincuenta y siete (57) del Bloque “C”; por el SUR, en una distancia de cuarenta y dos punto cuarenta y seis (42.46) metros con el solar cincuenta y nueve (59) del Bloque “C”; por el ESTE, en una distancia de siete punto cero uno (7.01) metros, con la Calle Maracaibo; y por el OESTE, en una distancia de siete punto cero uno (7.01) metros con el canal de concreto conocido como Juan Méndez. Sobre dicho solar enclava una casa de concreto reforzado con techo del mismo material, que consiste de sala, comedor, cocina, terraza, recibidor, estudio, jardín interior, vestíbulo, tres (3) habitaciones, tres (3) cuartos de baño y marquesina. La casa contiene gabinetes de cocina y calentador de agua. Inscrita al folio 253 del tomo 510 de Sabana Llana, finca 21,135, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V. Propiedad localizada en: URB. PARK GARDENS (MARACAY TOWN HOUSES), C-58 CALLE MARACAIBO, SAN JUAN, PUERTO RICO 00926. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad


24 objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano. Suma de la Carga: $210,000.00. Fecha de Vencimiento: 12 de septiembre de 2084. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $210,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 24 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $140,000.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $105,000.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 31 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $88,911.65 por concepto de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 4.979% anual hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $21,000.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación

en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en San Juan, Puerto Rico, hoy 4 de febrero de 2022. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN

BOSCO CREDIT X, LLC, BY FRANKLIN CREDIT MANAGEMENT CORPORATION AS SERVICER Demandante Vs.

SUCESION DE JUAN EPIFANIO BAEZ LIBERATA, COMPUESTA POR JOHN DOE Y RICHARD DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Y MARIA LUISA DE JESUS SOSA POR SI Y EN SU CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y CENTRO DE RECAUDACION SOBRE INGRESOS MUNICIPALES “CRIM”

Demandados Civil Núm.: SJ2019CV03894. Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE PRENDA Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 15 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto

The San Juan Daily Star

Friday, February 25, 2022

de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el Barrio Sabana Llana del término municipal de San Juan, Puerto Rico; marcado con el numero uno Calle Buenos Aires Mil Diez en el plano titulado planos de inscripción preparados por el Ingeniero Civil Eddie García Mendoza y fechado el día quince de abril de mil novecientos ochenta y uno, con una cabida superficial de doscientos ochenta y ocho punto veintiséis metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con terrenos propiedad de la Primera Iglesia Bautista, en una distancia de veintiuno punto ochenta y dos metros (Calle Buenos Aires); por el SUR, con el solar número dos, Calle Buenos Aires Mil Doce del plano, en una distancia de veintiuno punto ochenta metros; por el ESTE, con la Calle Buenos Aires, en distancia de cinco punto veinte metros, en dos alineaciones; y por el OESTE, con el solar número diez, Calle Col Mil Nueve del plano, en distancia de cinco punto cincuenta metros y con el solar número once, Calle Coll Mil Siete del plano, en distancia de once metros. Enclava una casa. Finca número 28,315, inscrita al folio 2 del tomo 694 de Sabana Llana, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V. Propiedad localizada en: 1010 BUENOS AIRES ST., SABANA LLANA, SAN JUAN, PR 00923. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $122,400.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 24 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de

$81,600.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $61,200.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 31 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de la suma de $103,737.79 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 7.375% anual desde el 1 de noviembre de 2018 hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $12,240.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en San Juan, Puerto Rico, hoy 4 de febrero de 2022. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

SUCESIÓN DE ANA ROSA NIEVES DELGADO T/C/C ANNIE NIEVES COMPUESTA POR EDGAR M. LAFONTAINE NIEVES, Y MENGANO DE TAL, POSIBLE HEREDERO DESCONOCIDO Parte Demandada

Civil Núm.: SJ2019CV09314. (506). Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 4 de noviembre de 2021, la Orden de Ejecución de Sentencia del 13 de enero de 2022 y el Mandamiento de Ejecución del 19 de enero de 2022 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 17 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en la Avenida Muñoz Rivera, Esquina Coll y Toste, Parada 37, San Juan, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar Número Ciento catorce (114) radicado en la calle Degetau, Santurce Norte, sitio del Seboruco San Juan, Puerto Rico compuesto de 181.10 metros cuadrados. En lindes por el NORTE: en 18.44 metros cuadrados con el Solar Número Ciento quince (115); por el SUR: en 18.50 metros con el Solar Número Ciento trece (113); por el ESTE: en 10.00 metros con el solar de P. Moczó y M.E. Carmona; por el OESTE: en 9.80 metros cuadrados con la calle Degetau que es su frente. Enclava una casa de concreto dedicada a fines residenciales. La propiedad consta inscrita al folio 160 del tomo 1233 de Santurce Norte, Finca 11329. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección I. La escritura de hipoteca consta inscrita como asiento abreviado al folio 160 del tomo 1233 de Santurce Norte, Finca 11329. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección I. Inscripción duodécima (12ma). DIRECCIÓN FÍSICA: VILLA PALMERAS, 307 CALLE DEGETAU (SOLAR 114), SAN JUAN, PR 00915. SUBASTAS: FECHAS: PRIMERA: 17 DE MARZO DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $89,000.00. SEGUNDA: 29 DE MARZO DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $59,333.33. TERCERA: 5 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $44,500.00. El tipo mínimo para la primera subasta será de $89,000.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, día 29 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo

será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $59,333.33. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $44,500.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $66,437.33 de principal, intereses sobre dicha suma de 5.95% anual desde el 1 de junio de 2017 hasta su completo pago, más $605.17 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $8,900.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar: Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Sucesión de Ana Rosa Nieves Delgado también conocida como Annie Nieves, compuesta por Edgar M. Lafontaine Nieves, Fulano y Mengano de Tal, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, Puerto Rico en el caso Civil Número SJ2019CV09314, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $66,437.33 y otras cantidades, según Demanda de fecha 9 de septiembre de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Santurce Norte. Anotación A. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al

crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 2102015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en San Juan, Puerto Rico, hoy 11 de febrero de 2022. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

SANDRA MILAGROS LUGO ANDÚJAR

Parte Demandada Civil Núm.: KCD2015-2501. (902). Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 25 de agosto de 2016 , la Orden de Ejecución de Sentencia Enmendada del 11 de enero de 2022 y el Mandamiento de Ejecución Enmendado del 12 de enero de 2022 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 17 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en la Avenida Muñoz Rivera, Esquina Coll y Toste, Parada 37, San Juan, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBAN: HORIZONTAL PROPERTY: Residential apartment twelve hundred four; is rectangular in shape and located in Condominium Madrid Plaza VBC-one hundred twenty three, which is located at General Valero Street in Sabana Llana Ward of the Municipality of San Juan, Puerto Rico, with a total superficial area for private use

of one thousand one hundred fifty seven square feet and fifty six hundredths of a square foot measuring twenty nine linear feet with four inches in length by thirty with nine lineal feet with two and half inches in width. Bounded on the NORTH: By the corridor; SOUTH: By the Southern exterior wall of the building; EAST: By apartment twelve zero three; WEST: By apartment twelve zero five. The principal entrance faces the corridor. This unit consist of a living-dining room, four bedrooms with a closet each, two (2) bathroom with a linen closet, a hallway with a storage closet, laundry and a porch. The bathrooms includes shower stall, wash basin and toilet and the kitchen store with oven, a skin, space for refrigerator and water heater. Le corresponde a este apartamento un porcentaje en los elementos comunes de cero punto cero cinco seis dos por ciento (.00562%). La propiedad consta inscrita al Folio 183 del Tomo 571 de Sabana Llana, Finca 23351. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 144 del Tomo 995 (Ágora) de Sabana Llana, Finca 23351, Inscripción décima (10ma). La escritura de modificación consta inscrita al Tomo Karibe de Sabana Llana, Finca 23351, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V. Inscripción Undécima (11ma). DIRECCIÓN FÍSICA: CONDOMINIO MADRID PLAZA, 999 CALLE GENERAL VALERO, APTO. 1204, SAN JUAN PR 009243715. SUBASTAS: FECHAS: PRIMERA: 17 DE MARZO DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $90,394.97. SEGUNDA: 29 DE MARZO DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $60,263.31. TERCERA: 5 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $45,197.48. El tipo mínimo para la primera subasta será de $90,394.97. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 29 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $60,263.31. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $45,197.48. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es


The San Juan Daily Star mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $89,932.77 de principal más intereses sobre dicha suma al 3.25% anual desde el 1 de mayo de 2015, hasta su completo pago, más $451.64 por recargos adeudados desde el día 1 de junio de 2015 hasta su total pago, más la cantidad estipulada de $9,300.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en San Juan, Puerto Rico, hoy 11 de febrero de 2022. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

DANIEL ORLANDO MARTÍNEZ TORRES, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Parte Demandada

Civil Núm.: SJ2019CV03440. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 3 de diciembre de 2021 , la Orden de Ejecución de Sentencia del 12 de enero de 2022 y el Mandamiento de Ejecución del 13 de enero de 2022 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 17 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en la Avenida Muñoz Rivera, Esquina Coll y Toste, Parada 37, San Juan, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: RÚSTICA: Comunidad Rural Hill Brothers de Sabana Llana. Solar Número E Trescientos ocho (308), Cabida superficial de 0.0787 cuerda, equivalente a 309.51 metros cuadrados. En lindes por el NORTE: con la parcela Número Trescientos siete (307) D de la comunidad; por el SUR: con la parcela Número Trescientos ocho (308) D de la comunidad; por el ESTE: con la calle número treinta y tres (33) de la comunidad y por el OESTE: con la parcela Número Trescientos ocho (308) F de la comunidad. Enclava una casa. La propiedad consta inscrita al folio 8 del tomo 561 de Sabana Llana, Finca 22934. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V. La escritura de hipoteca consta inscrita al folio móvil del tomo 925 de Sabana Llana, Finca 22934. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V. Inscripción décima octava. DIRECCIÓN FÍSICA: PARCELAS FALÚ, 308 CALLE 33, SAN JUAN PR 00924-3155. SUBASTAS: FECHAS: PRIMERA: 17 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $83,686.00. SEGUNDA: 29 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $55,790.66. TERCERA: 5 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $41,843.00. El tipo mínimo para la primera subasta será de $83,686.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el 29 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $55,790.66. De

Friday, February 25, 2022 no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $41,843.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $61,582.41 de principal, más intereses sobre dicha suma al 9% anual desde el 1 de mayo de 2018 hasta su completo pago, más $249.48 recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $8,368.60 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesan los siguientes gravámenes posteriores a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar: Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Persona jurídica no expresada, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número KCD2009-3909, sobre cobro de dinero, reclamando el pago de hipoteca con un balance de $77,385.45 y otras cantidades, según Demanda de fecha 13 de octubre de 2009. Anotada como asiento abreviado al folio 174 del tomo 1128 (ágora) de Sabana Llana. Inscripción vigésima. Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Daniel Orlando Martínez Torres, Estados Unidos de América, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número 2016-2418, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $66,387.23 y otras cantidades, según Demanda de fecha 14 de octubre de 2016. Anotada al Tomo Karibe de Sabana Llana. Anotación B. Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Daniel Orlando Martínez Torres, Estados Unidos de América, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número SJ2019CV03440, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $61,582.41 y otras cantidades, según Demanda de fecha 9 de abril de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Sabana Llana. Anotación C. Bitácora: AL ASIENTO 1085 DEL DIARIO 877, presentada

el 22 de febrero de 2007, documento judicial de fecha 30 de enero de 2007, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil numero KCD 07-0156-2007, sobre Ejecución de Hipoteca para que se anote remedio a favor de R&G Mortgage Corporation por la suma de $83,686.00. Retirado el 27 de agosto de 2008, no lo han vuelto a presentar. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en San Juan, Puerto Rico, hoy 11 de febrero de 2022. Edwin E. López Mulero, Alguacil Auxiliar, Alguacil Del Tribunal De Primera Instancia, Centro Judicial De San Juan, Sala Superior.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

NEREIDA TALAVERA SANTIAGO

Parte Demandada Civil Núm.: BY2019CV03220. Sala: 505. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA “IN REM”. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Algua-

cil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia en Rebeldía dictada el 17 de octubre de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia del 7 de enero de 2022 y el Mandamiento de Ejecución del 12 de enero de 2022 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 15 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el Cuarto Piso de la Oficina del Alguacil de Subastas, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, ubicado en la Carretera Número Dos (#2), Kilómetro 10.4, Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, cheque de gerente o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal; todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: RÚSTICA: Parcela marcada con el número 277 C en el plano de parcelación de la Comunidad Rural Candelaria del Barrio Candelaria del término municipal de Toa Baja, Puerto Rico, con una cabida de superficial de 606.70 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con parcela número 277 B de la comunidad; por el SUR, con ramal A 23 de la comunidad; por el ESTE, con la parcela 277 E de la comunidad; y por el OESTE, con parcela número 277 de la comunidad. Inscrita al folio 86 del tomo 445 de Toa Baja, Finca Número 25186, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección II. La escritura de hipoteca consta inscrita al tomo Karibe de Toa Baja, Finca Número 25186, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección II. Inscripción séptima. DIRECCIÓN FÍSICA: COMUNIDAD RURAL CANDELARIA ARENAS, C-277, CALLE ALELÍ, TOA BAJA, PR 00949. SUBASTAS: FECHAS: PRIMERA: 15 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $116,191.00. SEGUNDA: 29 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $77,460.66. TERCERA: 5 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $58,095.50. El tipo mínimo para la primera subasta será de $116,191.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 29 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $77,460.66. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $58,095.50. Si

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se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $112,014.17 de principal, más intereses sobre dicha suma al 4.25% anual desde el 1 de abril de 2018 hasta su completo pago, más $137.16 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $11,619.10 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del Estado de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar: Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico Vs. Nereida Talavera Santiago (soltera), ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón, en el Caso Civil Número BY2019CV03220, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $112,014.17 y otras cantidades, según Demanda de fecha 12 de junio de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Toa Baja. Anotación A. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en

general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 15 de febrero de 2022. José F. Marrero Robles, Alguacil Auxiliar Placa #131, Alguacil Del Tribunal De Primera Instancia, Centro Judicial De Bayamón, Sala Superior.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN

ORIENTAL BANK Demandante V.

OMAR ALMONTE ECHEVARRIA; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Demandados Civil Núm.: SJ2020CV06258. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA.

AL PUBLICO EN GENERAL; A LA PARTE DEMANDADA Y A LOS TENEDORES DE GRAVÁMENES POSTERIORES.

YO, EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, al público en general, POR LA PRESENTE HAGO SABER: CERTIFICO Y HAGO SABER: Cumpliendo con un Mandamiento de Ejecución de Sentencia del Secretario de este Tribunal, venderé en pública subasta al mejor postor en moneda legal de los Estados Unidos, en mi oficina, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el día 7 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, la siguiente propiedad: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número diecisiete cero dos (1702): Apartamento residencial número diecisiete cero dos (1702), e forma rectangular localizado en el piso número diecisiete del Condominio Puerta del Sol, que ubica en la Carretera Estatal número ciento ochenta y uno del Barrio Sabana Llana de Río Piedras, Municipio de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de seiscientos sesenta y seis punto catorce pies cuadrados siendo sus medidas lineales treinta ay dos pies pulgadas de largo, por veintidós pies ocho pulgadas de ancho; en lindes por el NORTE, en una distancia de dieciocho pies cuatro pulgadas (18’4”) con el apartamento número diecisiete cero tres; por el SUR, en una distancia de veintidós pies ocho pulgadas (22’8”) con terrenos donde enclava el edificio; por el ESTE, en una distancia de treinta y dos pies diez pulgadas (32’10”) con la escalera y pasillo; y por el OESTE, en una distancia de treinta y dos pies pulgadas

(32’10”) con terrenos donde enclava el edificio. La puerta principal de este apartamento tiene acceso al pasillo central del piso. Esta unidad residencial consta de lo siguiente: sala-comedor, baño, pasillo, con closet, cocina y tres cuartos dormitorios, con su closet cada uno. Porcentaje: cero punto cero cero cuatro dos ocho siete tres por ciento (0.0042873%), en los elementos comunes generales del Condominio. Finca número 32176, inscrita al folio 1 del tomo 975 de Sabana Llana. Registro de la Propiedad de Puerto Rico de San Juan, 5ta Sección. La dirección física es: Condominio Puerta del Sol Apartamento 1702 San Juan, PR 00911. El tipo mínimo fijado para la ejecución del bien inmueble antes mencionado lo es la suma de $71,400.00. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante, hasta donde sea posible, el importe de la sentencia dictada el pasado 9 de septiembre de 2019 y notificada el 13 de septiembre de 2019 en el caso de epígrafe, ascendente a las siguientes cantidades: $54,421.48 de principal, más $2,303.92 de intereses acumulados hasta el 26 de febrero de 2020 más los que continúen acumulándose hasta el pago total y completo de la deuda a razón de $10.40 diarios, más la cantidad de $1,004.82 por recargos, más $8,233.59 de otros cargos; más la suma de $7,140.00 por honorarios de abogados pactados. En caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, y el tipo mínimo para ésta será $47,600.00 que es las dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 23 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, y el tipo mínimo para esta subasta será $35,700.00 que es la mitad del precio mínimo pactado para la primera subasta. Cuando se declare desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. Todas las subastas deberán ser acordadas y celebradas según lo ordenado por el Tribunal. La subasta antes indicada se llevará a cabo en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Los autos y todos los documentos corres-


26 pondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. El inmueble consta afecto por el siguiente gravamen preferencial: a. Condiciones restrictivas, constituidas mediante la escritura número 54, otorgad en San Juan, Puerto Rico, el día 23 de septiembre de 1992, ante el notario Alfredo Castro Mesa, e inscrita al folio 1 del tomo 975 de Sabana Llana, finca número 32,176, inscripción 3ra. El inmueble antes relacionado consta afecto al siguiente gravamen posterior: b. Modificación de la hipoteca de la inscripción 9na, en cuanto al principal, se cancela parcialmente por la suma de $4,325.80, para un nuevo principal que será por $67,074.20, con intereses al 6.50%n anual, vencedero el 1 de noviembre de 2034, mediante la escritura número 22, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 13 de febrero de 2017, ante el notario Juan A. Martínez Romero, e inscrita al tomo Karibe de Sabana Llana, finca número 32,176, inscripción 11ra. c. Aviso de Demanda de fecha 19 de noviembre de 2020, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el Caso Civil número SJ2020CV06258, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Oriental Bank, contra Omar Almonte Echevarría, Estado Unidos de América, por la suma de $54,421.48, más intereses y otras sumas, anotado el día 13 de septiembre de 2021, al tomo Karibe de Sabana Llana, finca número 32,176, Anotación A. d. Embargo Federal contra Omar Almonte Echevarría, con seguro social xxx-xx-9512, por la suma de $12,293.45, Notificación número 386107019, según Certificación de fecha 4 de octubre de 2019, anotado el 22 de octubre de 2019, al asiento 2019-010105-FED. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas preferentes, si alguna, continuarán subsistentes; entiéndase que el rematante los acepta y quedan subrogados en la responsabilidad del mismo sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Para la publicación de este edicto en un periódico de circulación general una vez por semana, durante dos semanas consecutivas, y para la colocación del mismo en tres sitios públicos visibles del municipio en que se celebre la subasta, libro el presente en San Juan, Puerto Rico, hoy día 16 de febrero del 2022. Edwin E. López Mulero, Alguacil Auxiliar, Alguacil Del Tribunal De Primera Instancia, Sala De San Juan.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE FAJARDO.

ORIENTAL BANK Demandante v.

CARMEN R. VIERA RIVERA T/C/C CARMEN ROSA VIERA RIVERA

Demandada CIVIL NÚM. N3CI201300299. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo, hago saber a la parte demandada CARMEN R. VIERA RIVERA T/C/C CARMEN ROSA VIERA RIVERA y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 13 de septiembre de 2021, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $157,000.00 y al mejor postor, pagadero en efectivo, cheque de gerente o giro postal, a nombre del alguacil del tribunal, la propiedad que se describe a continuación: MANSIONES DE HACIENDA JIMÉNEZ, 5 CALLE FLAMBOYAN, RÍO GRANDE, PR 00745, y que se describe de la siguiente manera: URBANA: Solar marcado con el número Cinco (5) Primera Fase, de la Urbanización Mansiones de Hacienda Jiménez, localizada en el barrio Jiménez de la municipalidad de Rio Grande, Puerto Rico, con una cabida superficial de SEISCIENTOS PUNTO SETENCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS (600.714 M.C.), en lindes por el NORTE, en veintidós punto veintisiete (22.27) metros lineales, con el solar número cuatro (4) de la urbanización; por el SUR, en treinta punto sesenta y un (30.61) metros lineales con el solar número seis (6) de la Urbanización; por el ESTE, en veinticinco punto setenta y un (25.71) metros lineales, con la Calle Flamboyán de la urbanización; y por el OESTE, en veintitrés punto veintisiete (23.27) metros lineales, con los solares nueve (9) y diez (10) de la Urbanización. Enclava una casa. Finca 29868 inscrita al folio 221 del tomo 41 de Río Grande, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección III. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA en garantía de pagaré a favor de Oriental Bank and Trust, o a su orden, por la suma de $157,000.00 con intereses al 5.00% anual y vencimiento 1 de septiembre de 2039. Constituida por la Escritura 244

The San Juan Daily Star

Friday, February 25, 2022

otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 28 de agosto de 2009 ante el notario Alicia Diaz Santiago, inscrita al sistema Karibe de Río Grande, finca 29868, inscripción 5, Registro de Carolina, Sección III. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 16 de marzo de 2020, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $150,771.41 de principal, intereses al 5.00% desde el día 1 de abril de 2012; intereses vencidos; gastos por demora y $15,700.00 estipulados para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 9 de marzo de 2022 a las 2:30 de la tarde, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $157,000.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 16 de marzo de 2022 a las 2:30 de la tarde, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $104,666.67. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 24 de marzo de 2022 a las 2:30 de la tarde, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $78,500.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio

de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Fajardo, Puerto Rico, hoy 3 de noviembre de 2021. DENISE BRUNO ORTIZ, Alguacil Auxiliar #266. Shirley Sanchez Martines, Alguacil Regional #161. Tribunal De Primera Instancia Sala De Fajardo.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

CITIMORTGAGE, INC. Demandante V.

JOSE RAFAEL FONSECA RIVERA Y SU ESPOSA MARIBEL SANTIAGO VAZỌUEZ, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Demandados Civil Núm.: DCD2015-0627. (504). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque gerente, giro postal, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América al nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 14 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: SOLAR RADICADO EN LA URBANIZACION BAYAMON GARDENS EN EL BARRIO PAJAROS DEL TERMINO MUNICIPAL DE BAYAMON, PUERTO RICO, QUE SE DESCRIBE EN EL PLANO DE INSCRIPCION DE LA URBANIZACION CON EL NUMERO, AREA Y COLINDANCIAS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACION: SOLAR NUMERO 9 DEL BLOQUE “N” AREA DEL SOLAR 552.19 METROS CUADRADOS. EN LINDES POR EL NORTE, CON LA CARRETERA ESTATAL NUMERO 861, EN UNA DISTANCIA DE 17.40 METROS; POR EL SUR, CON LA CALLE NUMERO 21, EN UNA DISTANCIA DE 15.00 METROS; POR EL ESTE, CON EL SOLAR NUMERO 10, EN UNA DISTANCIA DE 32.53 METROS; Y POR EL OESTE, CON EL SOLAR NUMERO 8, EN UNA DISTANCIA DE 41.08 METROS. SOBRE DICHO SOLAR ENCLAVA UNA CASA DE CONCRETO DISENADA PARA UNA FAMILIA CON FINES RESIDENCIALES. FINCA: 57071 INSCRITA AL FOLIO 221 DEL TOMO 1269 DE BAYAMON, SECCION I, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BAYAMON. Propiedad localizada en: N-9 CALLE 21, URB. BAYAMON GARDENS, BAYAMON, PR 00957. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas

anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: a. EMBARGO a favor de Estado Libre Asociado De Puerto Rico expedido mediante Certificación del 10 de diciembre de 1999 por el Departamento de Hacienda por la suma de $14,414.68 por concepto de Contribuciones sobre Ingresos. Anotado el 13 de diciembre de 1999 al folio 223 vuelto del tomo 1269 de Bayamón Sur, finca 57071, anotación “A”. b. EMBARGO a favor de Estado Libre Asociado De Puerto Rico expedido mediante Certificación del 7 de mayo de 1999 por el Departamento de Hacienda por la suma de $14,414.68 por concepto de Contribuciones sobre Ingresos. Anotado el 13 de enero de 2000 al folio 223 del tomo 1269 de Bayamón Sur, finca 57071, anotación B”. c. AVISO DE DEMANDA con fecha 3 de marzo de 2015 seguido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número DCD2015-0627, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Citimortgage, Inc. demandante v José Rafael Fonseca Rivera y su esposa Maribel Santiago Vázquez, demandado. Por la misma se reclama el pago de $66,862.30, más otras sumas. Anotada el 26 de julio de 2017 al Tomo Karibe, finca 57071 de Bayamón Sur, anotación “C”. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo mínimo de subasta la suma de $91,922.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 28 DE MARZO DE 2022 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $61,281.33, dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $45,961.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera

Instancia, Sala de Bayamón, el 4 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $66,862.30 de principal, intereses al tipo del 7.50000% anual según ajustado desde el día 1 de diciembre de 2013 hasta el pago de la deuda en su totalidad, más la suma de $9,192.20 por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, y otros adeudados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio a PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 10 de febrero de 2022. José F. Marrero Robles, Alguacil Auxiliar, Alguacil De Subastas, Tribunal De Primera Instancia, Centro Judicial De Bayamón, Sala Superior. ***

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

SUCESIÓN DE EDUVIGES REYES CRUZ, COMPUESTA POR SUS MIEMBROS SARAGOZA REYES CRUZ, BENEDICTA REYES CRUZ, OTILIO REYES CRUZ, FLOR REYES CRUZ, CRUCITA REYES CRUZ, FRANCISCO REYES CRUZ, NATIVIDAD REYES CRUZ Y FELIX REYES CRUZ Demandados

Civil Núm.: D1CD2016-0080. (506). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. INTERPELACIÓN POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. DE AMÉRICA, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO MIEMBROS DE LA SUCESIÓN DE SARAGOZA REYES CRUZ.

Queden notificados que en este Tribunal se ha solicitado y aceptado, una interpelación judicial de la parte demandante a Fulano De Tal, Fulana de Tal, Sutano De Tal y Sutana de Tal conforme dispone el Artículo 1578 del Código Civil, 31 LP.R.A. §11021. Se ordena a dicha codemandada a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la publicación del presente edicto, acepte o repudie la participación que le corresponda en la Sucesión de Saragoza Reyes Cruz. Si los herederos antes mencionados no se expresaren dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de la herencia, ésta se tendrá por aceptada. También se le apercibe a los herederos antes mencionados que luego del transcurso del término de treinta (30) días antes señalado contados a partir de la fecha de la publicación del presente Edicto, se presumirá que ha aceptado la herencia del causante, y por consiguiente, responde por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 1587 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §11041. La abogada de la parte demandante es la Lcda. Myriam Krystal Cruz González cuya dirección física y postal es: Cond. El Centro I, Suite 801, 500 Muñoz Rivera Ave., San Juan, Puerto Rico 00918; y cuyo número de teléfono es (787) 946-5268 y facsímile (787) 946-0062. Se le advierte que este edicto se publicará en un periódico de circulación general una sola vez y que, si no comparecen a repudiar o aceptar la herencia, radicando el original de la misma en el Tribunal, con copia al abogado de la parte demandante dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del Edicto, se presumirá que ha aceptado la herencia del causante, y por consiguiente, responde por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 1587 del Código Civil de Puerto Rico. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 16 de febrero de 2022. LAURA SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. NÉ-


The San Juan Daily Star LIDA OCASIO, SUBSECRETARIA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICOTRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN - SUPERIOR LIMITADO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Vs

Friday, February 25, 2022 SERVICES, LLC., COMO AGENTE DE ACE ONE FUNDING, LLC Demandante Vs.

JOSE D. NIEVES NIEVES Demandante Vs. Y FULANA DE TAL; CARMEN R. CANALES AMBOS POR SI Y COMO VELEZ, FULANO DE TAL MIEMBROS DE LA Y LA SOCIEDAD LEGAL SOCIEDAD LEGAL DE DE GANANCIALES BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR QUE AMBOS COMPONEN AMBOS

Demandada Caso Núm.: TA2021CV00660. Sobre: COBRO DE DINERO. Caso: D1CD2016-0080. Sobre: EMPLAZAMIENTO POR EDICEJECUCIÓN DE HIPOTECA. TO. NOTIFICACIÓN DE SENTENA: JOSÉ D. NIEVES CIA POR EDICTO.

REYES CRUZ, EDUVIGES (SUCN)

FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL.

EL SECRETARIO(A) QUE SUSCRIBE LE NOTIFICA A USTED QUE EL 08 DE AGOSTO DE 2018, ESTE TRIBUNAL HA DICTADO SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCIÓN EN ESTE CASO, QUE HA SIDO DEBIDAMENTE REGISTRADA Y ARCHIVADA EN AUTOS DONDE PODRÁ USTED ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TÉRMINOS DE LA MISMA. ESTA NOTIFICACIÓN SE PUBLICARÁ UNA SOLA VEZ EN UN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN GENERAL EN LA ISLA DE PUERTO RICO, DENTRO DE LOS 10 DÍAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACIÓN. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED UNA PARTE EN EL PROCEDIMIENTO SUJETA A LOS TÉRMINOS DE LA SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCIÓN, DE LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RECURSO DE REVISIÓN O APELACIÓN DENTRO DEL TÉRMINO DE 30 DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN POR EDICTO DE ESTA NOTIFICACIÓN, DIRIJO A USTED ESTA NOTIFICACIÓN QUE SE CONSIDERARÁ HECHA EN LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO. COPIA DE ESTA NOTIFICACIÓN HA SIDO ARCHIVADA EN LOS AUTOS DE ESTE CASO, CON FECHA DE 16 DE FEBRERO DE 2022. LIC. BELLVER ESPINOSA, ALEJANDRO. A L E J A N D R O @ B E L LV E R LAW.COM. LIC. CRUZ GONZÁLEZ, MYRIAM KRYSTAL. M Y R I A M @ B E L LV E R L AW. COM. EN BAYAMÓN, PUERTO RICO, EL 16 DE FEBRERO DE 2022. LAURA SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. NÉLIDA OCASIO ORTEGA, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR DE TOA ALTA

ISLAND PORTFOLIO

SERVICES, LLC, COMO AGENTE DE FAIRWAY ACQUISITIONS FUND, LLC

NIEVES Y FULANA DE TAL; AMBOS POR SÍ Y COMO MIEMBROS DE LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES QUE AMBOS COMPONEN. URB. TERR DEL TOA 3E13 CALLE 25 TOA ALTA, P.R. 009534846.

POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), la cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda o cualquier otro sin más citarle ni oírle, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El sistema SUMAC notificará copia al abogado de la parte demandante, el Lcdo. Kenmuel J. Ruiz López cuya dirección es: P.O. Box 71418 San Juan, Puerto Rico 00936-8518, teléfono (787) 993-3731 a la dirección kenmuel.riuz@orf-law.com y a la dirección notificaciones@ orf-law.com. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en Toa Alta, Puerto Rico, hoy día 2 de diciembre de 2021. En Toa Alta, Puerto Rico, el 2 de diciembre de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL. MARITZA BONILLA HERNÁNDEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

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Demandados Civil Núm.: CA2021CV02697. Salón: 401. Sobre: COBRO DE DINERO ORDINARIO / INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: CARMEN R. CANALES VÉLEZ, FULANO DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS. BO. BUENA VISTA 105 CALLE GRANADA CAROLINA, PUERTO RICO 009854315.

POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), la cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda o cualquier otro sin más citarle ni oírle, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El sistema SUMAC notificará copia a los abogados de la parte demandante, el Lcdo. Kevin Sánchez Campanero cuyas direcciones son: P.O. Box 71418 San Juan, Puerto Rico 009368518, teléfono (787) 993-3731 a la dirección kevin.sanchez@ orf-law.com, y a la dirección notificaciones@orf-law.com. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 13 de enero de 2022. En Carolina, Puerto Rico, el 13 de enero de 2022. LCDA. MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. SOLMARIE MONTERO CASTRO, SECRETARIA AUXILIAR.

a la publicación del presente edicto, se le estará enviado ESTADO LIBRE ASOCIADO a usted por correo certificado DE PUERTO RICO TRIBU- con acuse de recibo, una copia NAL DE PRIMERA INSTANCIA del emplazamiento y de la deSALA DE GUAYNABO manda presentada al lugar de su última dirección conocida: ORIENTAL BANK Cond. Villa de la Fuente, Suite Demandante V. CC3 Guaynabo, PR 0095; 1353 FERNANDO Luis Vigoreaux, PMB 596, ECHEGARAY ROMERO, Ave. Guaynabo, PR 00966-2715. FULANA DE TAL Y LA EXPEDIDO bajo mi firma y el SOCIEDAD LEGAL sello del Tribunal en Guaynabo, Puerto Rico, hoy día 14 de feDE GANANCIALES brero de 2022. LCDA. LAURA COMPUESTA POR I. SANTA SÁNCHEZ, SECREAMBOS TARIA REGIONAL. MAIRENI Demandados TRINTA, SUB-SECRETARIA. Civil Núm.: GB2021CV00328. Sobre: COBRO DE DINERO LEGAL NOTICE POR LA VÍA ORDINARIA. EMESTADO LIBRE ASOCIADO PLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉ- DE PUERTO RICO TRIBURICA, EL PRESIDENTE DE NAL DE PRIMERA INSTANCIA LOS EE. UU., EL ESTADO LI- CENTRO JUDICIAL DE CAROBRE ASOCIADO DE PUERTO LINA SALA SUPERIOR

LEGAL NOTICE

RICO, SS.

A: FERNANDO ECHEGARAY ROMERO, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS.

POR MEDIO del presente edicto se le notifica de la radicación de una demanda en cobro de dinero por la vía ordinaria en la que se alega que usted adeuda a la parte demandante, Oriental Bank, ciertas sumas de dinero, y las costas, gastos y honorarios de abogado de este litigio. El demandante, Oriental Bank, ha solicitado que se dicte sentencia en contra suya y que se le ordene pagar las cantidades reclamadas en la demanda. POR EL PRESENTE EDICTO se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra, y conceder el remedio solicitado en la Demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El abogado de la parte demandante es: Jaime Ruiz Saldaña, RUA número 11673; Dirección: PMB 450, 400 Calle Calaf, San Juan, PR 00918-1314; Teléfono: (787) 759-6897; Correo electrónico: legal@jrslawpr. com. Se le advierte que dentro de los diez (10) días siguientes

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

GUILLERMO EMILIO FULCAR BERIGUETE T/C/C GUILLERMO E. FULCAR BERIGUETE T/C/C GUILLERMO E. FULCAR BERIGUET Y ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: CA2019CV01272. Sala: 409. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR, , en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 30 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CAROLINA, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: M-2 CALLE CLAVEL, URB. VISTAS DEL OCEANO, LOIZA, PR 00772 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Vistas del Océano, localizado en el Barrio Medianía Baja del término municipal de Loíza, Puerto Rico, que se describe en el Plano de Inscripción, con el número, áreas y colindancias que se relacionan a continuación: número del solar: dos (2) del Bloque M (M-2). Áreas del solar: doscientos setenta y cinco metros cuadrados (275.00 m.c). En lindes: por el NORTE,

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en una distancia de doce punto cincuenta (12.50) metros lineales, con la Calle número ocho (8); por el SUR, en una distancia de doce punto cincuenta (12.50) metros lineales, con los solares diez (10) y nueve (9) del Bloque K (K-10 Y K-9); por el ESTE, en una distancia de veintidós (22.00) metros lineales, con el Solar tres (3) del Bloque M (M-3); y por el OESTE, en una distancia de veintidós (22.00) metros lineales, con el Solar uno (1) del Bloque M (M-1). Afecta a servidumbre telefónica: franja de terreno de 1.52 metros de ancho por 12.50 metros de largo, localizada en la colindancia Norte. Contiene una casa de concreto para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 1 del Tomo 202 de Loiza, finca número 9,613, inscripción Primera (1ra), Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $104,141.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 6 DE ABRIL DE 2020, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $69,427.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 13 DE ABRIL DE 2020, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $52,070.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 202 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 21 de julio de 1999 ante la Notario Nay Del Carmen Rodríguez González, y consta inscrita al Folio 2 del Tomo 202 de Loiza, finca número 9,613.00, inscripción Primera (1era). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido contra la parte demandada ascendente a la suma de $67,186.43 por concepto de principal, desde el 1ro de abril de 2017, más intereses al tipo pactado de 6.1/2% anual, dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte co-demandada Guillermo Emilio Fulcar Beriguete t/c/c Guillermo E. Fulcar Beriguete t/c/c Guillermo E. Fulcar Beriguet adeuda a la parte

demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $10,414.10. Además, la parte co-demandada Guillermo Emilio Fulcar Beriguete t/c/c Guillermo E. Fulcar Beriguete t/c/c Guillermo E. Fulcar Beriguet se comprometió a pagar una suma equivalente a $10,414.10 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $10,414.10 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesa el gravamen posterior a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relaciona a continuación: A) Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda de los Estados Unidos de América, o a su orden, por la suma principal de $7,223.50, sin intereses, vencedero el día 1ro de agosto de 2029, constituida mediante la escritura número 128, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 25 de abril de 2011, ante el notario Melvin E. Rodríguez Torres, e inscrita al tomo Karibe de Loíza, finca número 9,613, inscripción 3ra. B) Embargo a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, contra Guillermo Fulcar Beriguette, en la suma de $47,754.87, Seguro Social xxx-xx-4382, Caso 10002-2006, según Certificación de fecha 3 de mayo de 2010, presentado y anotado el día 7 de junio de 2010 y anotado al folio 25 Orden 95 del Libro del ELA número 1. C) Sentencia dictada el día 20 de junio de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Municipal de Loíza, en el Caso Civil número FCC12012-00233, seguido por Asociación de Urbanización Vistas de Océano Inc., demandante versus Guillermo Emilio Fulcar Beriguette, por una cuantía de $1,618.31 y otras, anotado el día 10 de octubre de 2013, al folio 70 del Registro de Sentencias número 2. Por la presente se notifica a los acreedores conocidos y desconocidos que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados

para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 16 de febrero de 2022. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL #830, ALGUACIL DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

ORIENTAL BANK COMO AGENTE DE SERVICIOS DE THE MONEY HOUSE, INC. Demandante Vs.

MICHELLE FIGUEROA ANDINO, MODESTO ESCALERA ORTIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: CA2020CV00099. Sala: 404. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR, , en el caso de epígrafe procederá a vender en


28 pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 30 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CAROLINA, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: LOT #3, CARR. PR-956 BARRIO GUZMAN ABAJO, RIO GRANDE, PR 00745 y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela de terreno #3, radicada en el barrio Guzmán Abajo, del término municipal de Rio Grande, con una cabida superficial de 3,755.04 metros cuadrados, equivalentes a 0.9554 cuerda, colindando por el NORTE, con faja de terreno dedicada a uso público; por el SUR, con otra faja de terreno dedicada a uso público y con la parcela #4 del plano de inscripción; por el ESTE, con la parcela #4 del plano de inscripción y por el OESTE, con la parcela #2 del plano de inscripción. ENCLAVA: Se han construido sobre esta finca, las siguientes edificaciones. A. Una residencia unifamiliar de una planta, construida de cemento, con dimensiones de 21’ de ancho por 50’ de longitud, con un área total de 1,050 pies cuadrados, distribuidos entre sala-comedor, los dormitorios con closets, una cocina, un cuarto de baño, un balcón y un área para lavado y planchado. Cuenta, además, con una marquesina cerrada, con dimensiones de 50’ de longitud por 9.5’ de ancho. El piso, excepto en el baño, está revestido con losetas nativas. Se le estima a esta estructura, un valor de $38,520.00. B. Una residencia de dos plantas, con una vivienda independiente en cada una. Su construcción es de cemento, pero con techo de zinc, con dimensiones de 35’ de longitud por 22’ de ancho y un área de 770 pies cuadrados, distribuidos entre una sala-comedor, dos dormitorios con closets, una cocina, un cuarto de baño, con área para lavado y planchado y un balcón. Los pisos están revestidos con losetas de terrazo. Se estima a esta residencia un valor de $40,430.00. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 29 del Tomo 168 de Rio Grande, Finca número 8,337, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $112,917.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 6 DE ABRIL DE 2020, A LAS

9:15 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $75,278.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 13 DE ABRIL DE 2020, A LAS 9:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $56,458.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 145 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 21 de julio de 2015 ante el Notario Wilfredo R. Picorelli Osorio, y consta inscrita al Tomo Karibe de Rio Grande, finca número 8,337, inscripción Sexta (6ta). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido contra la parte demandada ascendente a la suma de $105,113.11 por concepto de principal, desde el 1ro de septiembre de 2019, más intereses al tipo pactado de 4.50% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $11,291.70. Además, la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $11,291.70 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $11,291.70 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio

The San Juan Daily Star

Friday, February 25, 2022

de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores conocidos y desconocidos que tengan inscritos, no inscritos, presentados y/o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en el Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 15 de febrero de 2022. SAMUEL GONZÁLEZ ISAAC, ALGUACIL DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.

ALBERTO VÁZQUEZ TORRES; IVETTE NAIR VÁZQUEZ TORRES, COMO HEREDEROS DE LA SUCESIÓN DE LUIS ANTULIO VÁZQUEZ GONZÁLEZ Y DE LUZ MARÍA TORRES DOSAL T/C/C LUZ MARÍA TORRES DE VÁZQUEZ; Y SUCESIÓN DE EVELYN YANET VÁZQUEZ TORRES, COMO HEREDERA DE LAS SUCESIONES DE LUIS ANTULIO VÁZQUEZ GONZÁLEZ Y DE LUZ MARÍA TORRES DOSAL T/C/C LUZ MARÍA TORRES DE VÁZQUEZ, COMPUESTA POR SUS HIJOS: , ROLANDO DAVID HADOCK VÁZQUEZ Y GRACE HADOCK VÁZQUEZ; “JOHN DOE Y RICHARD ROE’’ COMO POSIBLES HEREDEROS DE LA SUCESIÓN DE LUIS ANTULIO VÁZQUEZ GONIÁLEZ; “JOHN DOE Y RICHARD ROE’’ COMO POSIBLES HEREDEROS DE LA SUCESIÓN DE LUZ MARÍA TORRES DOSAL T/C/C LUZ MARÍA TORRES DE VÁZQUEZ; “JOHN DOE Y RICHARD ROE’’ COMO POSIBLES HEREDEROS DE LA SUCESIÓN DE EVELYN YANET VÁZQUEZ TORRES; CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (C.R.I.M.)

Demandados Civil Núm.: PO2021CV02034. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA “IN REM”. MANDAMIENTO ORDEN DE INTERPELACIÓN. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE LEGAL NOTICE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUDE PUERTO RICO, SS. NAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PON- A: JAIME LUIS VÁZQUEZ CE SALA SUPERIOR TORRES; JOSÉ ALBERTO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

SUCESIÓN DE LUIS ANTULIO VÁZQUEZ GONZÁLEZ; SUCESIÓN DE LUZ MARÍA TORRES DOSAL T/C/C LUZ MARÍA TORRES DE VÁZQUEZ; AMBAS SUCESIONES COMPUESTAS POR SUS HIJOS: CARMEN ENID VÁZQUEZ TORRES; JAIME LUIS VÁZQUEZ TORRES; LOURDES MILAGROS VÁZQUEZ TORRES; JOSÉ

VÁZQUEZ TORRES; LOURDES MILAGROS VÁZQUEZ TORRES; COMO HEREDEROS DE LA SUCESIÓN DE LUIS ANTULIO VÁZQUEZ GONZÁLEZ Y DE LUZ MARÍA TORRES DOSAL T/C/C LUZ MARÍA TORRES DE VÁZQUEZ; ROLANDO DAVID HADOCK VÁZQUEZ Y GRACE HADOCK VÁZQUEZ COMO HEREDERO DE LA SUCESIÓN DE EVELYN

YANET VÁZQUEZ TORRES.

POR CUANTO: Se ha dictado en el presente caso la siguiente Orden: “ORDEN: Examinada la moción presentada por la parte demandante, y examinados los autos del caso, el Tribunal le imparte su aprobación de la interpelación judicial de la parte demandante, conforme dispone el Artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2787, a los siguientes: NOMBRE DE CODEMANDADO: JAIME LUIS VÁZQUEZ TORRES, como heredero de la Sucesión de Luis Antulio Vázquez González y de Luz María Torres Dosal t/c/c Luz María Torres de Vázquez. DIRECCIÓN QUE SURGE DEL EMPLAZAMIENTO DILIGENCIADO: Urb. Hacienda la Cima calle Yagrumo Esq. Sauce D-4, Cidra, PR 00739. NOMBRE DE CO-DEMANDADO: JOSÉ ALBERTO VÁZQUEZ TORRES, como heredero de la Sucesión de Luis Antulio Vázquez González y de Luz María Torres Dosal t/c/c Luz María Torres de Vázquez. DIRECCIÓN QUE SURGE DEL EMPLAZAMIENTO DILIGENCIADO: Urb. El Bosque Calle la Cruz #3323, Ponce, PR 00717. NOMBRE DE CO-DEMANDADO: LOURDES MILAGROS VAZQUEZ TORRES, como heredera de la Sucesión de Luis Antulio Vázquez González y de Luz María Torres Dosal t/c/c Luz María Torres de Vázquez. DIRECCIÓN QUE SURGE DEL EMPLAZAMIENTO DILIGENCIADO: Carr. 132 Km. 2.1 Bo. Canas Sector Pastillo, Ponce, PR 00728. NOMBRE DE CODEMANDADO: ROLANDO DAVID HADOCK VÁZQUEZ, como heredero de la Sucesión de EVELYN YANET VÁZQUEZ TORRES. DIRECCIÓN QUE SURGE DEL EMPLAZAMIENTO DILIGENCIADO: Carr. 132 Km. 21.5 Café Ebenezer Express, Ponce, PR 00728. NOMBRE DE CO-DEMANDADO: GRACE HADOCK VÁZQUEZ, como heredera de EVELYN YANET VÁZQUEZ TORRES. DIRECCIÓN QUE SURGE DEL EMPLAZAMIENTO DILIGENCIADO: 3628 (BM3) Lola Rodríguez de Tio Street, Las Delicias Development, Ponce, Puerto Rico 00728; P.O. Box 7105, PMB 651, Ponce, Puerto Rico 00728. Se ORDENA a los herederos de los causantes antes mencionados, a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia de dichos causantes. Se le APERCIBE a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. También se le APERCIBE a los herederos antes mencionados que luego

del transcurso del término de treinta (30) días antes señalado contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia del causante y, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2785. DADA en Ponce, Puerto Rico, a 31 de enero de 2022. F/ LUZ D. FRATICELI ALVARADO, JUEZA”. POR CUANTO: Se le(s) advierte a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en las herencias de los causantes antes mencionados. POR ORDEN DEL TRIBUNAL de Primera Instancia, expido el presente Mandamiento, bajo mi firma y sello oficial, en Ponce, Puerto Rico, hoy día 2 de febrero de 2022. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL. GLORIVEE MORALES SÁEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

López Caballer, inscrita a la finca 4,257 de Cataño, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Cuarta Sección de Bayamón.

Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda incoada en su contra dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicialpr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio. Si usted deja de presentar y notificar su alegación responsiva dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la Demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Los abogados de la parte demandante son. ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: LEGAL NOTICE Lcdo. Reggie Díaz Hernández RUA Núm.: 16,393 ESTADO LIBRE ASOCIADO BERMUDEZ & DIAZ LLP DE PUERTO RICO TRIBUSuite 209 NAL DE PRIMERA INSTANCIA 500 Calle De La Tanca SALA DE BAYAMÓN San Juan, Puerto Rico 00901 Tel.: (787) 523-2670 BANCO POPULAR DE Fax: (787) 523-2664 PUERTO RICO, INC. rdíaz@bdprlaw.com Demandante V. Expido este edicto bajo mi firma LUIS ALBERTO RIVERA y el sello de este Tribunal, hoy MELÉNDEZ, ANABEL 16 de febrero de 2022. LCDA. CORREA VERDEJO Y LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, REGIONAL. LA SOCIEDAD LEGAL SECRETARIA IVETTE M. MARRERO BRADE GANANCIALES CERO, SECRETARIA AUXICOMPUESTA POR LIAR DEL TRIBUNAL I.

AMBOS, GREAT ATLANTIC MORTGAGE CORPORATION CORP., JOHN DOE

Demandadas Civil Núm.: BY2022CV00608. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO POR LA VÍA JUDICIAL. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, S. S.

LEGAL NOTICE M&T 16-09-53972 GB2018CV01215 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

ESTRELLA HOMES III LLC Demandante V.

LA SUCESIÓN DE MARIANA FRANCESCHI RODRÍGUEZ T/C/C A: GREAT ATLANTIC MARIANA EVELIA MORTGAGE FRANCHESCI CORPORATION RODRÍGUEZ CORP. Y JOHN DOE COMPUESTA POR JOSÉ COMO TENEDOR JUAN DE MARTINEZ DESCONOCIDO DEL FRANCESCHI, MAITE PAGARÉ a favor de MARTINEZ FRANCESCHI, Great Atlantic Mortgage ROSI MARTINEZ Corporation, por la FRANCESCHI, FULANO suma $64,920.00, con Y FULANA DE TAL COMO intereses al 7.50% anual, POSIBLES HEREDEROS vencimiento el 1 de DESCONOCIDOS Demandados diciembre de 2027. Así Civil Núm.: GB2018CV01215. resulta de la escritura Sobre: COBRO DE DINERO número 1,021 otorgada Y EJECUCIÓN DE HIPOTEen Bayamón, el 29 de CA POR LA VÍA ORDINARIA. noviembre de 1997, ante EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la el notario Manuel R.

presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 15 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond. Monte Verde, Apt. F-103, Guaynabo, PR 00969 y que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento F-103: Apartamento residencial de un nivel, de forma sustancialmente rectangular, localizado en el primer piso del Edificio ‘’F’’ identificado con el número F-103, en el Condominio Monte Verde, situado en el barrio Frailes del Municipio de Guaynabo, Puerto Rico, con un área aproximada de 911.14 pies cuadrados equivalentes a 84.64 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia aproximada de 7.10 metros, con pared que lo separa de los elementos exteriores; por el Sur, en una distancia aproximada de 7.10 metros, con pared que lo separa de elementos exteriores; por el Este, en una distancia aproximada de 12.20 metros, con pared donde se encuentra su entrada y lo separa del pasillo común que lo separa del apartamento E-104; y por el Oeste, en una distancia de aproximadamente 12.70 metros, con pared que lo separa del apartamento F-102. Consiste de sala-comedor, cocina, balcón, pasillo, dos dormitorios, dos baños, área aproximada para lanvandería, closets. Le corresponde el uso exclusivo de un patio delimitado por verja. Le corresponde un porcentaje en los elementos comunes generales de 0.113 por ciento. Espacios para dos autos señalados F-103. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 20 del Tomo 1150 de Guaynabo, finca número 40,274, en el Registro de la Propiedad de Guaynabo. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $117,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA


The San Juan Daily Star SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 29 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $78,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 5 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $58,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 133, otorgada el día 31 de marzo de 2005, ante el Notario Luis Felipe Negrón Rodríguez y consta inscrita en el Folio 207 del Tomo 1308 de Guaynabo, finca número 40,274, en el Registro de la Propiedad de Guaynabo, inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $95,861.19 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.250% anual desde el día 1 de abril de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $11,700.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $11,700.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $11,700.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estu-

Friday, February 25, 2022

dio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Firstbank Puerto Rico vs. Mariana Evelia Franceschi Rodríguez también conocida como Mariana Franceschi Rodríguez (soltera), ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guaynabo, en el caso civil número GB 2018-CV01215, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $95,861.19 y otras cantidades, según Demanda de fecha 27 de diciembre de 2018. Anotada al Tomo Karibe de Guaynabo. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 15 de febrero de 2022. FDO. JOSÉ F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #131, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

LEONCIO CAMPOS

DE LA CRUZ

Demandante V.

LISETTE MILAGROS GOMEZ

A: VICTOR MANUEL DÍAZ DÍAZ. PO BOX 709 RIO BLANCO PR 00744; PO BOX 4040 JUNCOS PR 00777; 90 CALLE 3 VILLAS DEL RÍO BLANCO, NAGUABO PR 00718.

Demandado(a) Civil: SJ2021RF01567. (706). Sobre: DIVORCIO (RUPTURA DE LOS NEXOS DE CONVIVENCIA). NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO. Por la presente se le emplaza para que presente al tribunal A: SRA. LISETTE su alegación responsiva dentro MILAGROS GOMEZ. (Nombre de las partes a las que se le de los 30 días de haber sido notificado este emplazamiento, notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que sus- excluyéndose el día del diligencribe le notifica a usted que el ciamiento. Usted deberá pre17 de febrero de 2022, este sentar su alegación responsiva Tribunal ha dictado Sentencia, a través del Sistema Unificado Sentencia Parcial o Resolución de Manejo y Administración de en este caso, que ha sido debi- Casos (SUMAC), al cual puedamente registrada y archivada de acceder utilizando la direcen autos donde podrá usted ción electrónica https://unired. enterarse detalladamente de ramajudicial.pr, salvo que se los términos de la misma. Esta represente por derecho propio, notificación se publicará una en cuyo caso deberá presentar sola vez en un periódico de su alegación responsiva en la circulación general en la Isla secretaría del tribunal. Si usted de Puerto Rico, dentro de los deja de presentar su alegación 10 días siguientes a su notifica- responsiva dentro del referido ción. Y, siendo o representando término, el tribunal podrá dicusted una parte en el procedi- tar sentencia en rebeldía en su miento sujeta a los términos contra y conceder el remedio de la Sentencia, Sentencia solicitado en la demanda, o Parcial o Resolución, de la cual cualquier otro, si el tribunal, en puede establecerse recurso de el ejercicio de su sana discrerevisión o apelación dentro del ción, lo entiende procedente. término de 30 días contados a Representa a la parte demanpartir de la publicación por edic- dante el Lcda. Raquel Deseda to de esta notificación, dirijo a Belaval, Delgado & Fernández, usted esta notificación que se LLC, PO Box 11750, Fernánconsiderará hecha en la fecha dez Juncos Station, San Juan, de la publicación de este edic- Puerto Rico 00910-1750. Tel. to. Copia de esta notificación ha [787] 274-1414. DADA en Husido archivada en los autos de macao, Puerto Rico, a 2 de feeste caso, con fecha de 17 de brero de 2022. DOMINGA GÓfebrero de 2022. En San Juan, MEZ FUSTER, SECRETARIA Puerto Rico, el 17 de febrero REGIONAL. ILEANA MIRANDA de 2022. GRISELDA RODRÍ- ARROYO, SECRETARIA AUXIGUEZ COLLADO, SECRETA- LIAR DEL TRIBUNAL. RIA. GLENDALYS MARTÍNEZ LEGAL NOTICE SHERMAN, SECRETARIA AUESTADO LIBRE ASOCIADO XILIAR. DE PUERTO RICO TRIBULEGAL NOTICE NAL GENERAL DE JUSTICIA ESTADO LIBRE ASOCIADO TRIBUNAL DE PRIMERA INSDE PUERTO RICO TRIBU- TANCIA SALA SUPERIOR DE NAL DE PRIMERA INSTANCIA CAGUAS SALA DE HUMACAO JOAQUINA

ORIENTAL BANK

Parte Demandante V.

VICTOR MANUEL DIAZ DIAZ, SUCESIÓN DE JACKELINE LOPEZ ROLDAN COMPUESTA POR JACKELINE FONTANEZ LOPEZ, FULANA DE TAL Y FULANO DE TAL Parte Demandada

DEPARTAMENTO DE HACIENDA; CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES

Partes con Interés Civil Núm.: HU2021CV01222. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA, COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

REBOLLO AYALA Demandante V.

EX PARTE

Demandado(a) Civil: CG2021CV02383. Sala: 304. Sobre: EXPEDIENTE DE DOMINIO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: COLINDANTES DE LA PROPIEDAD Y PERSONAS DESCONOCIDAS A QUIENES PUEDAN PERJUDICAR LA INSCRIPCION SOLICITADA.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 1 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted en-

terarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de febrero de 2022. En Caguas, Puerto Rico, el 16 de febrero de 2022. IRASEMIS DÍAZ SÁNCHEZ, SECRETARIA. GLORISSETTE RIVERA REYES, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MAYAGÜEZ

BAUTISTA CAYMAN ASSET COMPANY Demandante V.

FULANO DE TAL Y MENGANO DEL CUAL

Demandado(a) Civil: MZ2021CV00606. (206). Sobre: CANCELACIÓN O RESTITUCIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: FULANO DE TAL Y MENGANO DEL CUAL.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 18 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de febrero de 2022. En Mayagüez, Puerto Rico, el 18 de febrero de

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2022. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA. ALEXANDRA M. LÓPEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

ORIENTAL BANK Demandante V.

JUAN E. BERRIOS SANTIAGO Y OTROS

Demandado(a) Civil: VB2021CV00203. Sobre: ESTADO LIBRE ASOCIADO COBRO DE DINERO. NOTIFIDE PUERTO RICO TRIBU- CACIÓN DE SENTENCIA POR NAL DE PRIMERA INSTANCIA EDICTO. CENTRO JUDICIAL DE CAA: JUAN E. BERRIOS GUAS.

LEGAL NOTICE

NIKKE ITURRINO ORTIZ, POR SÍ, Y FRANCISCO SUAREZ Y NIKKE ITURRINO ORTIZ COMO MIEMBROS DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS DEMANDANTES VS.

DINA ITURRINO ORTIZ; ESTTER ITURRINO ORTIZ; NICOLE ITURRINO LEJET

DEMANDADAS CIVIL NÚM. CG2022CV00425. SOBRE: DIVISION DE COMUNIDAD HEREDITARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: NICOLE ITURRINO LEJET URB PUERTO NUEVO 290 CALLE 13 NW SAN JUAN, PUERTO RICO 00920

POR LA PRESENTE se le notifica que ha sido presentada en este Tribunal por la parte demandante una demanda sobre división de comunidad hereditaria, cuyos hechos se detallan en la misma, la cual puede ser examinada en la secretaría de este Tribunal. REPRESENTA a e! demandante e! bufete RIVERA COLON, RIVERA TORRES & RIVERA RIOS (Lcdo. Víctor M. Rivera Torres) con dirección en Ave. Fernández Juncos #1420, San Juan, Puerto Rico 00909, teléfonos (787) 727-5710, fax (787) 268-1835, e-mail: victor.rivera@rcrtrblaw. com. Se le advierte que este edicto se publicará en un periódico de circulación general una sola vez y que si no comparece en el término de treinta (30) días desde su publicación, el demandante podrá solicitar que se dicte sentencia en rebeldía, declarándose con lugar la demanda, sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello de! Tribunal, hoy día 11 de febrero de 2022. Lisilda Martinez Agosto, Secretaria. Jessenia Pedreza Andina, SubSecretaria.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE TOA ALTA

SANTIAGO, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de febrero de 2022. En Toa Alta, Puerto Rico, el 18 de febrero de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. LIRIAM M. HERNÁNDEZ OTERO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE TOA ALTA

ORIENTAL BANK Demandante V.

JULIO GONZALEZ RIVERA

Demandado(a) Civil: BY2021CV00937. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JULIO GONZALEZ RIVERA

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de

los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de febrero de 2022. En Toa Alta, Puerto Rico, el 18 de febrero de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. LIRIAM M. HERNÁNDEZ OTERO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

SONIA ISAURY FEBUS GARCIA Demandante V.

WILL ELIER COTTO MIRANDA

Demandado(a) Civil: BY2021RF02152. Sobre: PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: WILL ELIER COTTO MIRANDA.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 16 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de febrero de 2022. En Bayamón, Puerto Rico, el 18 de febrero de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. FDO. DERILIZ GONZÁLEZ AQUINO,


30 SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA

PUERTO RICO PROPERTIES SOLUTIONS LLC. Demandante Vs.

ROYAL BANK DE PUERTO RICO HOY ORIENTAL BANK; JOHN DOE; RICHARD ROE

Demandados Civil Num:. CA2022CV00411. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: JOHN DOE Y RICHARD ROE, COMO POSIBLES TENEDORES DEL PAGARÉ.

POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva dentro de los 30 días de haber sido diligenciado este emplazamiento, excluyéndose el, día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección: https:// unired.ramajudicial.pr salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Por medio del presente edicto se les notifica de la radicación de una Demanda de Cancelación de Pagaré Extraviado en la que se solicita la cancelación del siguiente pagaré hipotecario, que posiblemente se ha extraviado, luego de haber sido saldado por el deudor hipotecario: pagaré a favor de ROYAL BANK OF CANADA, o a su orden, por la suma de $27,500.00, con interés al 10.375%, pagadero el 1 de abril de 1988 y 179 pagos adicionales; (venciendo el 1 de abril de 2003), según consta de la escritura número 103, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el Notario Roberto L. Córdova, inscrita al folio 221 del tomo 305 de Carolina Sur, finca número 11545, inscripción tercera. La parte demandante solicita del Honorable Tribunal que declare con lugar la demanda y en su consecuencia ordene al Secretario del Tribunal que expida Mandamiento

al Registrador de la Propiedad correspondiente, para que dicho funcionario proceda a cancelar en los libros a su cargo la referida hipoteca dejando la propiedad aquí descrita libre de dicho gravamen hipotecario. POR EL PRESENTE EDICTO se les emplaza y requiere para que conteste la Demanda radicando el original de su contestación ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Carolina, y notificándole con copia de dicha contestación al abogado del demandante, Lcdo. Ricardo J. Cacho Rodríguez, 54 Calle Resolución, Suite 303, San Juan, Puerto Rico 00920-2729 Tel: (787) 722-2242; Fax: (787) 722-2243, cachor@microjuris.com dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación de este Edicto; si dejaren de así hacerlo, se les anotará la rebeldía y se dictará sentencia contra ustedes concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal de Carolina, Puerto Rico, hoy 18 de febrero de 2022. LCDA. MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. LILLIAM ORTIZ NIEVES, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS

ESTRELLA HOMES, LLC. Parte Demandante V.

ERMELINDA RIVERA RAMOS Y LA SUCESIÓN DE LUIS ANTONIO PEREZ HERNANDEZ COMPUESTA POR MAYDA J. PÉREZ MEDINA, DARYSABEL PÉREZ MEDINA, JUAN LUIS PÉREZ MEDINA, GLOMIR MARIE PÉREZ FLORES, LIXZALIZ PÉREZ MEDINA, LUIS ANTONIO PÉREZ RIVERA, FULANO Y FULANA DE TAL Parte Demandada

CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES, DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Parte con Interés Civil Núm.: CY2019CV00142. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de CAGUAS, hago saber a la parte demandada, ERMELINDA RIVERA RAMOS y la SUCESIÓN DE LUIS ANTONIO PÉREZ HERNÁNDEZ

The San Juan Daily Star

Friday, February 25, 2022

compuesta por MAYDA J. PÉREZ MEDINA, DARYSABEL PÉREZ MEDINA, JUAN LUIS PÉREZ MEDINA, GLORIMIR MARIE PÉREZ FLORES, LIXZALIZ PÉREZ MEDINA, LUIS ANTONIO PÉREZ RIVERA, FULANO Y FULANA DE TAL; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES, DEPARTAMENTO DE HACIENDA; Y AL PÚBLICO EN GENERAL que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 8 de diciembre de 2021, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor pagadero en efectivo, cheque de gerente o giro postal, a nombre del Alguacil del Tribunal, la siguiente propiedad con dirección física: [22 Calle Hucar, Estancias de Beatriz, Cayey, PR 00736] y que se describe como sigue: RUSTICA: Parcela número 22, predio de terreno localizado en el Barrio Beatriz del término municipal de Cayey, Puerto Rico, con una cabida de 2.76224 cuerdas equivalentes a 10857.50 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Calle Número 5 en una distancia de 80.50 metros lineales; por el SUR, con las parcelas 19 y 20 en una distancia de 80.50 metros lineales; por el ESTE, con el solar 22-C segregado en una distancia de 135.09 metros lineales y por el OESTE, con el solar 21 y 21- C segregados en dos alineaciones continuas que suman una distancia de 127.69 metros lineales. Finca 18232 inscrita al folio 100 del tomo 497 de Cayey, Registro de la Propiedad de Caguas. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA en garantía de pagaré a favor de Oriental Bank and Trust, o a su orden, por la suma de $364,000.00 con intereses al 5.75% anual y vencimiento 1 de enero de 2042. Constituida por la Escritura 98 otorgada en San Juan el 13 de diciembre de 2011 ante el notario Juan Carlos Ortega Torres, e inscrita al folio 152 del tomo 547 de Cayey, finca 18232, inscripción 15ª. (1001/1164). (ii) AVISO DE DEMANDA con fecha 4 de junio de 2019 seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, en el caso civil número CY2019CV00142, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Oriental Bank, demandante v. Ermelinda Rivera Ramos y la Sucesión de Luis Antonio Pérez Hernández compuesta por Mayda J. Pérez Medina, Darysabel Pérez Medina, Juan Luis Pérez Medina, Glorimar Marie Pérez Flores, Lixzaliz Pérez Medina, Luis Antonio Pérez Rivera; Fulano y Fulana de Tal, demandados; Departamento de Hacienda, Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales, parte con interés. Por la misma se reclama el pago de $329,263.60, más otras sumas. Anotada el

9 de marzo de 2020 al Tomo Karibe, finca 18232 de Cayey, anotación “C”. (2020-016787CA01). La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dictada el 13 de octubre de 2021, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la cantidad ascendiente a $329,263.60 de principal, $4,786.99 de balance por moratoria del Huracán María, $9,150.75 de intereses acumulados al 5.75% anual, $531.05 de cargos por demora, $532.59 en Escrow, más $32,926.00 de costas, gastos y honorarios de abogado. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 24 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de CAGUAS, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma, la cantidad de $364,000.00 sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 31 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $242,666.66. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el 7 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad (1/2) del precio pactado para la primera subasta, o sea, $182,000.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de estos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad para ejecutar será adquirida libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los

hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PÚBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En CAGUAS Puerto Rico, hoy 16 de febrero de 2022. ALBERTO NEGRÓN ROMÁN, ALGUACIL PLACA #435, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAGUAS.

en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de febrero de 2022. En Carolina, Puerto Rico, el 18 de febrero de 2022. LCDA. MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA. MARICRUZ APONTE ALICEA, SECRETARIA AUXILIAR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO

DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY, FSB, AS TRUSTEE OF STANWICH MORTGAGE LOAN TRUST D Demandante V.

JUAN ALBERTO RUIZ MARTINEZ

Demandados Civil Núm.: DCD2013-0004. (503). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE LEGAL NOTICE AMÉRICA, EL PRESIDENTE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE LOS ESTADOS UNIDOS, DE PUERTO RICO TRIBUNAL EL ESTADO LIBRE ASOCIAGENERAL DE JUSTICIA SALA DO DE PUERTO RICO, SS. SUPERIOR DE CAROLINA A: LA PARTE

Demandante V.

ALFREDO VAZQUEZ VELAZQUEZ Y OTROS

Demandado(a) Civil: CA2021CV02655. Sala: 402. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: ALFREDO VAZQUEZ VELAZQUEZ, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque gerente, giro postal, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América al nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 14 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, todo derecho título,

participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento Pent-house. Apartamento Número 11403. Apartamento residencial de forma irregular localizado en el cuarto nivel del Edificio número 11 del Condominio Flamingo Apartments, radicado en los Barrios Pájaros y Hato Tejas del término municipal de Bayamón, Puerto Rico. El área aproximada del apartamento es de 1605.68 pies cuadrados, equivalentes a 149.14 metros cuadrados, la cual ésta distribuida de la siguiente manera: (i) 163.20 pies cuadrados equivalentes a 15.14 metros cuadrados el área de la terraza techada (covered terrace), (ii) 107.25 pies cuadrados equivalentes a 9.96 metros cuadrados el área de la terraza descubierta (open terrace), (iii) 1335.230 pies cuadrados equivalentes a 124.04 metros cuadrados las demás áreas del apartamento. Son sus linderos en el primer nivel por el NORTE, en una distancia de 34`9” con espacio común aéreo; por el SUR, en una distancia de 23`9” con espacio común aéreo; por el ESTE, en una distancia de 44`8” con el apartamento 11402 y con espacio común aéreo y por el OESTE, en una distancia de 43`4” con el apartamento 11404, con elementos comunes generales y con espacio común aéreo. Son sus linderos en el segundo nivel por el NORTE, en una distancia de 29`3” con elementos comunes generales; por el SUR, en una distancia de 29`3” con espacio común aéreo; por el ESTE, en una distancia de 27`5” con el apartamento 11402 y por el OESTE, en una distancia de 26`6” con el apartamento 11404 y con espacio común aéreo. La puerta de entrada de este apartamento está situada en su lindero Oeste de su primer nivel. Su primer nivel consta de una sala-comedor, una cocina, un balcón en el cual están localizadas las escaleras interiores del apartamento, las cuales dan acceso al segundo nivel del apartamento, un pasillo principal en el cual están localizados un laundry, un linen closet, dos cuartos con closets y un dormitorio principal con closet y un baño. Su segundo nivel consta de un recibidor el cual da acceso a las escaleras interiores del apartamento, las cuales conducen al primer nivel de dicho apartamento, un family y dos terrazas (una techada y una descubierta). Le corresponde a este apartamento dos espacios de estacionamientos identificados con el mismo número del apartamento. Este apartamento tiene una participación de 0.631325324% en los elementos comunes generales del condominio. Consta

inscrita al folio 182 del tomo 1891 de Bayamón Sur, finca número 78,436, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Bayamón. Propiedad localizada en: Apt. 11403, Flamingo Apts., Bayamón, PR 00959. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: a. AVISO DE DEMANDA con fecha 27 de diciembre de 2012 radicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón en el caso civil número DCD20130004 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Oriental Bank and Trust, demandante v. Juan Alberto Ruiz Martínez, demandados. Por la misma se reclama el pago del préstamo Hipotecario garantizado con la Hipoteca por $162,172.00, de la inscripción 2ª antes relacionada, adeudando $160,201.67 más otras sumas. Anotada el 16 de agosto de 2013 al folio 88 del tomo 1903 de Bayamón Sur, anotación “A”. b. EMBARGO contra Juan Alberto Ruiz Martínez, con seguro social xx-1444, por la suma de $33,008.19, expedido el 27 de mayo de 2015 por el Departamento de Hacienda, caso #100-01-20072008-2009. Anotado el 10 de marzo de 2020 al Tomo Karibe, finca 78436 de Bayamón Sur, anotación “B”. c. EMBARGO a favor de Estado Libre Asociado De Puerto Rico contra Juan A. Ruiz Martínez, mediante Certificación BAY-11-1912 del 16 de agosto de 2011 por el Departamento de Hacienda por la suma de $26,859.30 por concepto de Contribuciones Sobre Ingresos. El embargo es anotado el 16 de septiembre de 2011 al folio 141, orden número 1355, al amparo de las disposiciones de la Ley 12 del 20 de enero de 2010, Libro 30 de Embargos Ley 12 de Bayamón. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de estos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo mínimo de subasta la suma de $163,992.38, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de


The San Juan Daily Star Bayamón, el 28 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $109,328.25, dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $81,996.19, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 4 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $160,201.67 de principal, intereses al tipo del 4.87500% anual según ajustado desde el día 1 de junio de 2012 hasta el pago de la deuda en su totalidad, más la suma de $16,399.23 por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, y otros adeudados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 10 de febrero de 2022. JOSÉ F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #131, ALGUACIL DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE

Friday, February 25, 2022

TOA ALTA

ORIENTAL BANK Demandante V.

ANGEL SANTIAGO DIAZ

Demandado(a) Civil: TA2021CV00942. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: ANGEL SANTIAGO DIAZ.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de febrero de 2022. En Toa Alta, Puerto Rico, el 18 de febrero de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. LIRIAM M. HERNÁNDEZ OTERO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE TOA ALTA

ORIENTAL BANK Demandante V.

CARLOS RODRIGUEZ DIAZ

Demandado(a) Civil: CZ2021CV00098. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: CARLOS RODRIGUEZ DIAZ.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notifica-

ción. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de febrero de 2022. En Toa Alta, Puerto Rico, el 18 de febrero de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. LIRIAM M. HERNÁNDEZ OTERO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. Demandante V.

JOSÉ ANTONIO NIEVES ORTÍZ, T/C/C JOSÉ NIEVES ORTÍZ

Demandado Civil Núm.: DCD2015-2789. (402). Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 5 de marzo de 2020, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: RUSTICA: Predio de terreno radicado en el Barrio Loncas de Naranjito, de 1,07.50 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el remanente de la finca principal; al SUR, con camino existente dedicado a uso público; al ESTE, con el solar número 6 y al OESTE, con el solar número #8 identificándose este solar con el solar número #7, en el plano de inscripción. Inscrito al folio 209 del tomo 221 de Naranjito, finca número #5,369 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Barranquitas. La finca antes relacionada se encuentra afectada a varios gravámenes posteriores al que se pretende ejecutar, los cuales se describen de la siguiente manera: HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor del SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por la

suma de $54,868.42 de principal, sin intereses y vencedero el día 1 de junio de 2044, según consta de la escritura número #1,505, otorgada en San Juan, el día 17 de diciembre de 2013, ante la notario Magda V. Alsina Figueroa, e inscrita al folio 9 del tomo 235 de Naranjito, finca número 5,369, inscripción 14ta y última. Embargo Federal contra C. Espinosa y J. Nieves, seguro social xxx-xx-2638, por la suma de $10,873.96, notificación número 381033919, Certificación de fecha 11 de septiembre de 2011, presentado el día 27 de septiembre de 2019, al Asiento 2019-009530-FED del Sistema Karibe. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 10 de mayo de 2017 y notificada el 30 de mayo de 2017, en el presente caso civil, a saber la suma de $133,497.52 por concepto de principal; $691.40 por concepto de intereses acumulados; $73.06 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, y la suma de $18,589.70 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 24 DE MARZO DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en el cuarto piso, Oficina de Alguaciles de Subastas de Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $185,897.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 31 DE MARZO DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en el cuarto piso, Oficina de Alguaciles de Subastas de Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $123,931.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 7 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en el cuarto piso, Oficina de Alguaciles de Subastas de Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $92,948.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase de-

sierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 16 de febrero de 2022. Edgardo Elías Vargas Santana, Alguacil Auxiliar Placa #193, División De Subastas, Tribunal De Primera Instancia, Sala Superior De Bayamón.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

GLENN GABRIEL ACEVEDO MARTÍNEZ, SU

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ESPOSA, NELLY MARIE VARGAS CARRILLO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

DEMANDADOS CIVIL NUM.: CA2019CV01777. SALA: 403. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA VÍA ORDINARIA, EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR, , en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 30 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CAROLINA, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: APARTAMENTO 109, CONDOMINIO PARQUE ARCOIRIS, TRUJILLO ALTO, PR 00976 y que se describe a continuación: RUSTICA: Propiedad Horizontal. Apartamento residencial de forma irregular localizado en la Primera Planta del Edificio A del Condominio Parque del Arcoiris, localizado en la Carretera Ochocientos Cuarenta y Ocho (848), kilómetro Veintiuno Interior (km. 21 int.), Barrio Las Cuevas, Sector Saint Just, del término municipal de Trujillo Alto, Puerto Rico , el cual se describe en la Escritura Matriz de Dedicación al Régimen de Propiedad Horizontal con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Apartamento Número: Ciento Nueve (109), Área del Departamento: Noventa y Dos Metros Cuadrados con Dos Mil Diez Diezmilésimas Partes de Otro (92.2010 M.C.). En Lindes: Por el Norte, en Seis metros con Sesenta y Cinco centésimas partes de otro (6.65 m.) área de Patio Posterior; por el Sur, en Cinco metros con Veintiuna centésimas partes de otro (5.21 m.)con área común; por el Este en Diez metro con Cincuenta y Nueve centésimas partes de otro (10.59 m) con pared medianera que lo separa del Apartamento identificado con el número Ciento Diez (110); por el Oeste, en Dieciséis Metros con Veintisiete centésimas partes de otro (16.27 m.) con pared medianera que lo separa del Apartamento identificado con el número Ciento Ocho (108). Tiene su puerta de la entrada y salida por su lado

Este que da al área del pasillo que conduce a las escaleras que le bridan acceso al Edificio y además tiene una (1) puerta de salida por su lado Norte ubicada en una habitación, la cual le provee acceso al área de Patio Posterior. Consta de Balcón; Sala-Comedor; una (1) habitación-dormitorio con su closet; un pasillo que brinda acceso a las siguientes áreas: Cocina, área de Lavandería; un (1) baño completo de uso general; una (1) habitación-dormitorio con su closet; y una (1) habitación-dormitorio principal (master room) en la cual ubican un área de “walk-in closet” y un (1) baño completo. Le corresponden a este Apartamento dos (2) espacios de estacionamiento identificados con los números Ciento Nueve (109) y Ciento Nueve A (109-A). A este Apartamento le corresponde una participación en los elementos comunes del Condominio de punto cero cero cuatro siete cinco cinco (.004755). La propiedad antes relacionada consta inscrita al Tomo móvil 651 de Trujillo Alto, Finca número 30,299, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $82,538.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 6 DE ABRIL DE 2020, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $55,025.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 13 DE ABRIL DE 2020, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $41,269.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 815 otorgada en Carolina, Puerto Rico, el día 31 de octubre de 2018 ante el Alejandro J. Mues Arias, y consta inscrita al Tomo Karibe de Trujillo Alto, finca número 30,299, inscripción Sexta (6ta). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido contra la parte demandada ascendente a la suma de $82,538.00 por concepto de principal, desde el 1ro de diciembre de 2018, más intereses al tipo pactado de 5.75% anual que continúan acumulándose hasta el pago

total de la obligación. Además, la parte co-demandada Glenn Gabriel Acevedo Martínez, su esposa Nelly Marie Vargas Carrillo y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $8,253.80. Además, la parte co-demandada Glenn Gabriel Acevedo Martínez, su esposa Nelly Marie Vargas Carrillo y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos se comprometió a pagar una suma equivalente a $8,253.80 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $8,253.80 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores conocidos y desconocidos que tengan inscritos, no inscritos, presentados y/o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se ad-


32 quirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en el Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 15 de febrero de 2022. Manuel Villafañe Blanco, Alguacil De Subastas Tribunal De Primera Instancia Centro Judicial De Carolina Sala Superior.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC., POR SÍ Y COMO AGENTE DE SERVICIOS DE BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, QUIEN A SU VEZ ES SUCESOR DE POPULAR MORTGAGE, INC. Demandante V.

SUCESIÓN DE DIANA M. MUÑOZ MARTINEZ T/C/C DIANA M MUÑIZ MARTINEZ DE CABRERO COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL; THE MONEY HOUSE, LNC; JOHN DOE Y RICHARD DOE COMO POSIBLES TENEDEROS DEL PAGARÉ

Demandados Civil Núm.: BY2021CV04774. Sobre: SUSTITUCIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, S.S.

TORRE 2, APT 702 BO. PUEBLO VIEJO GUAYNABO, PUERTO RICO 00966.

Por la presente se les notifica que se ha presentado en este Tribunal la Demanda de epígrafe. Se le emplaza y requiere para que notifique a: Lcdo. Fernando Gierbolini; MONSERRATE, SIMONET & GIERBOLINI, 101 Ave. San Patricio, Edificio Maramar Plaza, Suite 1120, Guaynabo, Puerto Rico 00968; Tel: (787) 620-5300, abogado de la parte demandante, con copia de la contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto, que se publicará una (1) vez en un periódico de circulación diaria general. Se le apercibe que si no contesta la Demanda radicando el original de la misma a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https:// unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal Superior dentro del término antes indicado, y notificando con copia a la parte demandante, se le anotará la rebeldía y se le dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado a favor de la parte demandante sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 22 de febrero de 2022. Lcda. Laura I. Santa Sánchez, Secretaria Regional. Alba Brito Borgen, Secretaria Auxiliar Del Tribunal.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA

ORIENTAL BANK COMO AGENTE DE SERVICIOS DE THE MONEY HOUSE INC. Demandante V.

CARLOS ENRIQUE LOPEZ VAZQUEZ, AMARILIS BERRIOS AMBERT Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS (DEUDORES HIPOTECARIOS); JOSEPH EMANUELLE VEGA QUIÑONES (TITULAR REGISTRAL)

The San Juan Daily Star

Friday, February 25, 2022

VEGA QUIÑONES (TITULAR REGISTRAL) A SU ÚLTIMA DIRECCIÓN CONOCIDA: FÍSICA Y POSTAL: A-12 CALLE 2 URB. VELOMAS VEGA BAJA, PR 00693.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 22 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 22 de febrero de 2022. En Vega Baja, Puerto Rico, el 22 de febrero de 2022. Lcda Laura I. Santa Sánchez, Secretaria. Maritza Rosario Rosario, Secretaria Auxiliar.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO

Por la presente se les notifica que se ha presentado en este Tribunal la Demanda de epígrafe. Se le emplaza y requiere para que notifique a: Lcdo. Fernando Gierbolini; MONSERRATE, SIMONET & GIERBOLINI, 101 Ave. San Patricio, Edificio Maramar Plaza, Suite 1120, Guaynabo, Puerto Rico 00968; Tel: (787) 620-5300, abogado de la parte demandante, con copia de la contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto, que se publicará una (1) vez en un periódico de circulación diaria general. Se le apercibe que si no contesta la Demanda radicando el original de la misma a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https:// unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal Superior dentro del término antes indicado, y notificando con copia a la parte demandante, se le anotará la rebeldía y se le dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado a favor de la parte demandante sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 31 de enero de 2022. VIVIAN Y. FRESSE GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. PILAR H. MERCADO GONZÁLEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO.

SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC

Banco Popular de Puerto Rico

VALERIE CASTRO PEREZ, JOSE LENIEL MOLINA SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Carmen María De Jesús Rivera, t/c/c Carmen M. De Jesús, t/c/c Carmen María De Jesús De Román, t/c/c Carmen M. De Jesús Rivera; Sucesión de Ángel M. Román, t/c/c Ángel Manuel Román González, t/c/c Ángel M. Román González compuesta por Carmen María De Jesús Rivera, t/c/c Carmen M. De Jesús, t/c/c Carmen María De Jesús De Román, t/c/c Carmen M. De Jesús Rivera, Fulano de Tal y Sutano de Tal como posibles herederos desconocidos; y a los Estados Unidos de América

Demandante V.

Demandados Civil Núm.: AR2021CV01702. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, S.S.

A: SUCESION DE DIANA M. MUÑOZ MARTINEZ T/C/C DIANA M MUÑIZ MARTINEZ DE CABRERO A: VALERIE CASTRO COMPUESTA POR PEREZ, JOSE LENIEL FULANO DE TAL Y MOLINA SANTIAGO Y SUTANO DE TAL COMO LA SOCIEDAD LEGAL POSIBLES HEREDEROS DE GANANCIALES Demandado(a) DESCONOCIDOS; COMPUESTA POR JOHN DOE Y RICHARD Civil: BY2021CV04099. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJEAMBOS. 2Z, 30 ST. DOE COMO POSIBLES CUCIÓN DE HIPOTECA. NOTENEDEROS DEL TIFICACIÓN DE SENTENCIA JARDINES DE ARECIBO (SAN DANIEL), ARECIBO, POR EDICTO. PAGARÉ. COND. P.R. 00612. GARDEN HILLS PLAZA, A: JOSEPH EMANUELLE

DEMANDANTE VS.

DEMANDADOS CIVIL NUM.: AR2019CV02329. SALA: 403. SOBRE: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordina-

ria. EDICTO DE SUBASTA.

Al: Público en General A: CARMEN MARÍA DE JESÚS RIVERA, T/C/C CARMEN M. DE JESÚS, T/C/C CARMEN MARÍA DE JESÚS DE ROMÁN, T/C/C CARMEN M. DE JESÚS RIVERA; SUCESIÓN DE ÁNGEL M. ROMÁN, T/C/C ÁNGEL MANUEL ROMÁN GONZÁLEZ, T/C/C ÁNGEL M. ROMÁN GONZÁLEZ COMPUESTA POR CARMEN MARÍA DE JESÚS RIVERA, T/C/C CARMEN M. DE JESÚS, T/C/C CARMEN MARÍA DE JESÚS DE ROMÁN, T/C/C CARMEN M. DE JESÚS RIVERA, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; Y A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Yo, Angel De Jesus Torres Perez, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, a los demandados, acreedores y al público en general con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, por la presente CERTIFICO, ANUNCIO y HAGO CONSTAR: Que el día 14 de marzo de 2022, a las 10:00 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo, Puerto Rico, procederé a vender en Pública Subasta, al mejor postor, la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria mediante Sentencia dictada en el caso de epígrafe el 24 de agosto de 2020, la cual se notificó y archivó en autos el día 25 de agosto de 2020. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 21 de marzo de 2022, a las 10:00 de la mañana y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 29 de marzo de 2022, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina sita en el lugar antes indicado. Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que ha sido liberado por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo, en el caso de epígrafe con fecha de 23 de diciembre de 2021, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su

propiedad ubicado en: 52 Luis R. Esteves, Urb. Garcia, Arecibo, PR 00612, y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el Barrio Hato Abajo de Arecibo del sitio denominado el Olimpo de Arecibo, Barriada San Luis, midiendo SEISCIENTOS CUARENTA Y DIS PUNTO OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (642.875 M.C.) o sea veinticinco punto y tres metros (25.73m.) por el lado Este, frente a la Calle número Trece (13), en veinticinco punto cero cero metros (25.00m.), por su espalda u OESTE, en veinticinco punto cero cero metros (25.00 m.), por cada uno de sus lados Norte y Sur. Enclava una cada de concreto armado de dos (2) plantas con piso de losetas. Linda al NORTE, con terrenos de García y Compañía S. C.; al SUR con el solar de Inés Mena de Blanco; al ESTE, con la Calle número Trece (13); y al OESTE, con terrenos de Manuel Martínez. Finca número 11,280 inscrita al folio número 125 del tomo 241 de Arecibo. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Arecibo. La subasta se llevará a cabo para satisfacer, hasta donde alcance, el importe de las cantidades adeudadas a la parte demandante conforme a la sentencia dictada a su favor, a saber: $253,975.33, incluyendo intereses y otros gastos acumulados hasta el 31 de mayo de 2020, y los cuales continúan acumulándose a razón del 7.00% por ciento anual, hasta su completo pago; más la cantidad de $30,000.00, equivalente al 10% de la suma principal original pactada, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado; más recargos acumulados hasta la fecha en que se pague la deuda; más cualquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, así como cualesquiera otras sumas pactadas en la escritura de hipoteca, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 331, otorgada el día 21 de diciembre de 2009, Arecibo, Puerto Rico, ante la Notaria Pública Ileana Corral Lizardi y consta inscrita al tomo Karibe de Arecibo, finca número 11,280, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Arecibo. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las

subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Entiéndase: Hipoteca Revertida en garantía de un pagaré a favor del Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma principal de $300,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero el día 7 de mayo de 2083, constituida mediante la escritura número 332, otorgada en Arecibo, Puerto Rico, el día 21 de diciembre de 2009, ante la notario Ileana Corral Lizardi, e inscrita al tomo Karibe de Arecibo, finca número 11,280, inscripción 17ma., como Asiento Abreviado, extendidas las líneas el día 14 de marzo de 2016, en virtud de la Ley número 216 del día 27 de diciembre de 2010. (Fue presentado el día 12 de enero de 2010, al Asiento 1,022 del Diario 840). Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta del inmueble antes descrito será la suma de $300,000.00 según se establece en la escritura de hipoteca antes relacionada. En caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en su primera subasta se ordena la celebración de una segunda subasta de dicho inmueble, en la cual, la cantidad mínima será una equivalente a 2/3 parte de aquella, o sea la suma de $200,000.00; desierta también la segunda subasta de dicho inmueble, se ordena la celebración de una tercera subasta en la cual, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado para la primera subasta, es decir la suma de $150,000.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación, entiéndase efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Una vez efectuada la venta de dicha propiedad, el Alguacil procederá a otorgar la escritura de traspaso al licitador victorioso en subasta, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de

la obligación reconocida por la sentencia dictada en este caso. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Si el producto de la venta fuere insuficiente para satisfacer la cantidad reclamada, se procederá a la ejecución de la sentencia en contra de la parte demandada por el remanente de las sumas no satisfechas, mediante embargo y venta en ejecución de cualesquiera otros bienes propiedad de la parte demandada en cantidad suficiente para dejar cubierta y totalmente satisfecha a la parte demandante cualquier deficiencia o parte insoluta de la sentencia dictada a su favor según dispuesto en la sentencia dictada en este caso. Se dispone, conforme con la sentencia dictada en este caso que, una vez efectuada la subasta y vendido el bien inmueble, los adjudicatarios sean puestos en posesión del mismo dentro del término de veinte (20) días por el Alguacil de este Honorable Tribunal y los actuales poseedores lanzados del referido inmueble. Y para la concurrencia de licitadores y para el público en general, se publicará este Edicto de acuerdo con la ley, mediante edicto, en un periódico de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, una vez por semana, por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto de Subasta para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Arecibo, Puerto Rico, a 18 de enero de 2022. Angel De Jesus Torres Perez, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE ARECIBO.

LEGAL NOTICE M&T 41814 DCD2016-0557 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

MTGLQ INVESTORS, L.P. Demandante V.

MIGUEL ANGEL FERNÁNDEZ FALCÓN, NOEMI RODRÍGUEZ ALVAREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados


The San Juan Daily Star Civil Núm.: DCD2016-0557. (504). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 24 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en la oficina de Alguaciles de Subasta en el cuarto piso del edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond. Terrazas de Montecasino Barrio Candelaria de Toa Baja , Apt 505, Toa Baja P.R 00949 y que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento No. 505, localizado en el segundo piso del Edificio No. 5 del CONDOMINIO TERRAZAS DE MONTECASINO, cuyo Condominio está localizado en el Barrio Candelaria de Toa Baja y Barrio Mucarabones de Toa Alta, Puerto Rico. El apartamento No. 505 está localizado en el Barrio Candelaria de Toa Baja, Puerto Rico. Consiste de una vivienda residencial de un piso, con un área superficial de 1,484.60 pies cuadrados, equivalentes a 137.97 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con elemento común general exterior, en una distancia de 14.33 metros; por el Sur, con elemento común general exterior, las escaleras y el vestíbulo del Edificio No. 5, en dos distancias de 13.11 metros y 1.22 metros; por el Este, con el Edificio No. 6, con las escaleras y el vestíbulo del Edificio No. 5, en dos distancias de 13.11 metros y 1.22 metros; y por el Oeste, con el apartamento No. 502 y las escaleras del Edificio No. 5, en dos distancias de 7.32 metros y 3.86 metros. El apartamento No. 505 esta compuesto de un recibidor, sala, comedor, cocina, área familiar (‘family room’), balcón, pasillo interior, closet de pasillo interior, cuarto de lavandería (‘laundry’), un baño en el área del pasillo interior, dos dormitorios con un closet cada uno y un dormitorio principal (master bedroom), con un closet con pasillo (‘walk-incloset’) y baño. La entrada principal de este apartamento esta localizada en su lindero Sur la cual conecta el recibidor del apartamento con el vestíbulo

del segundo piso del Edificio No. 5 del Condominio Terrazas de Montecasino, el cual es un elemento común general del Condominio Terrazas de Montecasino. Le corresponde como elemento común limitado del Condominio Terrazas de Montecasino un estacionamiento doble (‘back to back’) identificados con los Nos. 84 y 85. Este apartamento tiene una participación de 0.8654% en los elementos comunes generales del Condominio Terrazas de Montecasino y una participación de 0.4491% en los elementos comunes limitados del Condominio Terrazas de Montecasino. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el tomo Karibe de Toa Baja, finca número 32,909, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $176,909.04. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en la oficina de Alguaciles de Subasta en el cuarto piso del edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior el día 31 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $117,939.36. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en la oficina de Alguaciles de Subasta en el cuarto piso del edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior el día 7 de abril de 2022, a las 10:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $88,454.52. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 274, otorgada el día 30 de septiembre de 2010, ante el Notario Melvin E. Rodríguez Torres y consta inscrita en el tomo Karibe de Toa Baja, finca número 32,909, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, inscripción cuarta. La hipoteca antes mencionada fue modificada el 28 de febrero de 2013, mediante la escritura 40 ante el notario Leilany Carrión Del Toro. La misma modifica el principal para responder por una suma de $176,909.04. Siendo el 1 de marzo de 2043 su nueva fecha de vencimiento. La referida escritura consta inscrita en el tomo Karibe de Toa Baja, finca número 32,909, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, inscripción

Friday, February 25, 2022 quinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $165,489.42 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.625% anual desde el día 1 de agosto de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. También, se pagará la cantidad de $4,629.10 denominado como balance diferido que no genera intereses. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $17,690.90 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $17,690.90 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $17,690.90 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abo-

gado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Miguel Ángel Fernández Falcon y su esposa, Noemi Rodríguez Alvarez, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número DCD 2016-0557, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $170,118.52 y otras cantidades, según Demanda de fecha 4 de marzo de 2016. Anotada al Tomo Karibe de Toa Baja. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 23 de febrero de 2022. Fdo. Edgardo Elías Vargas Santana, Alguacil Auxiliar Placa #193.

LEGAL NOTICE M&T 42246 BY2019CV05237 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY, FSB, D/B/A CHRISTIANA TRUST, AS INDENTURE TRUSTEE, FOR THE CSMC 2015-PR1 TRUST, MORTGAGE-BACKED NOTES, SERIES 2015-PR1 Demandante V.

LA SUCESIÓN DE INGRID FRANCESCA SMITH PÉREZ COMPUESTA A SU VEZ POR LA SUCESIÓN DE CARMEN NEREIDA PÉREZ; FULANO Y FULANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE INGRID FRANCESCA SMITH PÉREZ; SUTANO Y SUTANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE CARMEN NEREIDA PÉREZ

Demandados Civil Núm.: BY2019CV05237.

Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 28 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA en la oficina de Alguaciles de Subasta sita en el 4to piso del edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Villas de San Miguel, 29A calle San Miguel, Bayamón, PR 00959-7746 y que se describe a continuación: URBANA: Urbanización Villas de San Miguel de Bayamón Sur. Solar número 29. Propiedad localizada en el Bloque A del Proyecto de Reforma de la comunidad ‘El Polvorin’ radicada en el Barrio Juan Sánchez de Bayamón. Colinda por el Norte, con la calle Principal o calle San Miguel; por el Sur, con terrenos administrados por la Oficina del Síndico para Liquidación de los Activos de la Corporación de Renovación Urbana; por el Este, con el solar número A-31; y por el Oeste, con solar número A-27. La propiedad se extiende sobre un área de 303.7451 metros cuadrados. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 137 del tomo 1,847 de Bayamón, finca número 75,917, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $84,182.48. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en la oficina de Alguaciles de Subasta sita en el 4to piso del edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, el día 4 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $56,121.65. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en la oficina de

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Alguaciles de Subasta sita en el 4to piso del edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, el día 11 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $42,091.24. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 495, otorgada el día 30 de agosto de 2006, ante el Notario Pedro R. Cintrón Rivera y consta inscrita en el folio 137 del tomo 1,847 de Bayamón, finca número 75,917, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción quinta. El 28 de junio de 2010 las partes otorgaron la escritura núm. 51 sobre Modificación de Hipoteca ante el Notario Antonio R. Pavía-Vidal. Mediante la misma se estableció como nuevo principal adeudado la cantidad de $84,182.48, cantidad a utilizarse como nuevo tipo mínimo en caso de subasta pública, y se redujo la tasa de interés anual a 5.375%. La referida escritura consta inscrita al folio 192 del tomo 1,854 de Bayamón, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción séptima, de la finca número 75,917. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $84,025.47 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.375% anual desde el día 1 de diciembre de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 3.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $8,144.30 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $8,144.30 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $8,144.30 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los

mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA: Constituida por Ingrid Francesca Smith Pérez, (soltera), en garantía a un pagaré a favor de AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO o a su orden, por la suma de $11,000.00, sin intereses y vencedero el 30 de agosto de 2014, según escritura número 496, otorgada en San Juan, el 30 de agosto de 2006, ante el notario Pedro R. Cintrón Rivera. Inscrita al folio 137 del tomo 1847 de Bayamón. Inscripción sexta. SUBORDINACION DE HIPOTECA: Postergada la hipoteca de la inscripción sexta, a favor de la hipoteca de la inscripción séptima, para que esta última tenga rango preferente, según la escritura número 197, otorgada en San Juan, el 4 de agosto de 2011, ante la notario Carlos O. Bermúdez Monroig. Anotada al margen del folio 197 del tomo 1848 de Bayamón. Inscripción octava. AVISO DE DEMANDA:Pleito seguido por Wilmington Savings Fund Society, FSB d/b/a Christiana Trust, as indenture trustee for the CSMC 2015-PR1, Mortgage Backed Notes, Series 2015PR1 vs. Ingrid Francesca Smith Pérez (soltera), ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número BY 2019-CV05237, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $84,025.47 y otras cantidades, según Demanda de fecha 9 de septiembre de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Bayamón. Anotación A. Y para conocimiento de licitado-

res del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 23 de febrero de 2022. Fdo. Edgardo Elías Vargas Santana, Alguacil Auxiliar Placa #193.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

RAUL MURIÑO LÓPEZ Parte Demandante Vs.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, FULANO DESCONOCIDO

Parte Demandada Caso Civil Núm.: SJ2021CV04301. Sala: 503. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: FULANO DESCONOCIDO Y BANCO POPULAR DE PUERTO RICO.

EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 18 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 22 de febrero de 2022. En San Juan, Puerto Rico, el 22 de febrero de 2022. Griselda Rodríguez Collado, Secretaria Regional. Rosimar López Robles,Secretaria Auxiliar Del Tribunal I.


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The San Juan Daily Star

February 25-27, 2022

UEFA will strip St. Petersburg of Champions League final By TARIQ PANJA

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uropean soccer’s governing body is convening an emergency meeting of its top board members Friday after deciding to strip St. Petersburg, Russia, from hosting the Champions League final, the biggest club game of the year, after Russia’s invasion of Ukraine. The governing body, UEFA, had resisted taking the measure earlier this week, even after the country moved into two rebel-held parts of Ukraine and after President Vladimir Putin announced that Russia had formally recognized them as independent republics. UEFA took the measure after Russia’s invasion began early Thursday. The game, on May 28, was to be played in a stadium built ahead of the 2018 World Cup and financed by Russian energy giant Gazprom, a major UEFA sponsor since 2012. In 2021, UEFA added Gazprom’s chair, Alexander Dyukov, to its board, known as the Executive Committee. It is unclear if Dyukov will attend the meeting, which will be a video call. UEFA said in a statement that its president, Aleksander Ceferin, a Slovene lawyer, decided to call for the meeting “following the evolution of the situation between Russia and Ukraine in the last 24 hours.” “UEFA shares the international community’s significant concern for the security situation developing in Europe and strongly condemns the ongoing Russian military invasion in Ukraine,” it said. Speculation began this week about potential sites for a relocated game, with the British news media calling for it to be played in London. Last year’s final was played between two English teams, Manchester City and Chelsea, which is bankrolled by Russian billionaire Roman Abramovich. The Champions League final has faced disruption since the outbreak of the coronavirus, with the tournament’s denouement played out in Portugal for two straight years. Other sites remain a possibility, including Istanbul, which had to make do with hosting rights for 2023 after giving up the final game in 2020 and 2021. The British government had been the

The Krestovsky Stadium in St. Petersburg, Russia, will no longer be hosting the Champions League final. most vocal in calling for the game to be taken away from Russia, with officials actively lobbying soccer authorities. “I have serious concerns about the sporting events due to be held in Russia, such as the Champions League final, and will discuss with the relevant governing bodies,” Nadine Dorries, the British government minister responsible for sports, wrote on Twitter. Fan groups, too, had called for the game’s relocation. “On this tragic day, our thoughts are with everyone in Ukraine, our friends, colleagues, members, & their loved ones,” the Fans Supporters Europe group tweeted hours after Russia’s invasion had started. “Given the events unfolding, we expect an imminent announcement from UEFA on the relocation of the Champions League final.” Soccer federations from Poland, Czech Republic and Sweden have written to FIFA calling for Russia to be banned from hosting playoff games for the Qatar World Cup. Poland is due to meet Russia in Moscow next month, and if Russia wins, it will face a final eliminator against the winner of the game be-

tween the Czechs and Sweden also in Russia. Gazprom’s influence extends beyond UEFA. Officials from the company — which controls Russia’s top club, FC Zenit — sit in other influential positions, like the board of the European Club Association, a representative group for top clubs. Gazprom has since 2007 also sponsored one of Germany’s leading teams, Schalke, an association that now appears to be at an end. “Following recent developments, FC Schalke 04 have decided to remove the logo of main sponsor GAZPROM from the club’s shirts. It will be replaced by lettering reading ‘Schalke 04’ instead,” the club said on Twitter on Thursday. UEFA will also decide on the fate of teams from Russia still involved in its competitions. Zenit was on Thursday to play the second game of its two-leg playoff against Real Betis in Spain in the Europa League, Europe’s second-tier club tournament. The crisis has also led to mounting speculation about the future of Abramovich’s decade-long ownership of Chelsea. He was not named in a first

tranche of Russian billionaires subject to British government sanctions this week. But some lawmakers said that Abramovich, as well as Alisher Usmanov, a billionaire whose holding company USM is the biggest partner of another Premier League team, Everton, should be added to the sanctions list. Chris Bryant, a lawmaker in the opposition Labour Party, told Parliament on Thursday that Abramovich should be “no longer able to own a football club in this country.” Bryant criticized the government for allowing Abramovich to continue doing business in Britain after saying he had seen official government documents from 2019 that described the Russian as having “links to the Russian state and his public association with corrupt activity and practices.” “That is nearly three years ago and yet remarkably little has been done in relation,” Bryant said. Abramovich previously faced difficulties entering Britain after new visa restrictions were imposed in 2018. A spokesman for Chelsea declined to comment.


The San Juan Daily Star

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MLB tells union games will be lost without a deal soon By JAMES WAGNER

W

ith the scheduled start of the 2022 regular season approaching and little progress made toward a new collective bargaining agreement despite face-to-face negotiations this week, Major League Baseball reiterated its position — and its threat — to the players’ union Wednesday. MLB told the union during talks in Jupiter, Florida that it was serious about its stated deadline of striking a labor deal by Feb. 28, that it would begin canceling games if it was not met, and that it would not pay players for those missed games, said a league spokesperson who spoke to reporters on the condition that he not be named. Missed games would not be rescheduled, he said. A union official, who spoke on condition of anonymity given the sensitive nature of the negotiations, confirmed that MLB relayed this ultimatum during talks Wednesday. The 162-game regular season is set to begin March 31. There is no requirement that games be canceled after Monday; that is simply MLB’s preferred date to reach a deal in time to play a full season. The league doubled down on that position Wednesday — but with firmer words. Players, though, have previously issued their own threat during these labor negotiations. They had told MLB negotiators that they were reluctant to grant club owners an expanded playoff — worth an estimated $100 million annually — if games and money were taken from them, the official said. Earlier this month, MLB Commissioner Rob Manfred said losing regular-season games would be “disastrous” for the industry. He also suggested that a minimum spring training length of four weeks — two weeks shorter than normal — made sense to avoid a spike in injuries like the one before the pandemic-shortened, 60-game 2020 regular season. Although Manfred did not publicly offer a specific deadline or threat then, MLB’s view of the calendar was implied. During a negotiating session in New York on Feb. 12, MLB presented its deadline to the union. The league reasoned that, in order to fit in four weeks of camp and have players and staff in place in Arizona and Florida to begin spring training by March 3, a new accord should be agreed upon by Monday. The union, though, didn’t agree that Feb. 28 should be a firm deadline. In 1990,

Tony Clark, left, the executive director of the players’ union, arriving for Wednesday’s talks with Bruce Meyer, the union’s chief negotiator. for example, the 32-day lockout cut spring training in half, but the full schedule of regular-season games was played, beginning a week later than usual. Believing the sides have had a year to reach a new agreement and that deadlines are deadlines, the MLB spokesperson said Wednesday that the sides still had five days to figure out a new labor pact. Spring training, which was supposed to begin last week, hasn’t started yet because MLB locked out the players Dec. 2 — the day after the previous five-year CBA expired — and a new labor deal has not materialized. Late last week, MLB announced that the start of spring training games, originally slated for Feb. 26, would be postponed “until no earlier” than March 5. The last work stoppage in MLB to cost the league regular-season games was the 1994-95 player strike, which resulted in the loss of more than 900 games and the 1994 World Series. Overall, the union has been seeking a series of improvements to the economic structure of the sport, with a goal of helping younger players who are on less lucrative contracts, improving competition among teams, curbing service time manipulation and injecting more spending. The league, though, believes that players have a fair sys-

tem without a hard salary cap and sees it as a matter of wealth distribution — that star players are disproportionately commanding more than others. Sensing increased urgency, the sides gathered at Roger Dean Stadium this week, beginning Monday — and talks could perhaps last all week should they prove productive. Not only did the negotiating teams of both sides come to the spring training home of the St. Louis Cardinals and the Miami Marlins, but so did two club owners and at least 10 players who hold leadership positions in the union. So far, though, each side has been frus-

trated with the other because of moves they have viewed as only modest concessions — or even backward. Several big matters, such as the luxury tax or revenue-sharing systems, remain unresolved. On Wednesday, MLB’s latest offer was in one area: a $10,000 increase in the proposed league minimum salary, starting with $640,000, and rising by $10,000 each year. The union has sought a minimum salary of $775,000, which would climb $30,000 each season. The minimum salary in 2021 was $570,500. Despite the disagreements between the sides, they agreed to meet again on Thursday.

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The San Juan Daily Star

February 25-27, 2022

For some NBA prospects, a taste of the big time By TANIA GANGULI

A

mauri Hardy sat in the stands during the NBA’s All-Star Weekend in Cleveland, watching his little brother, Jaden, on the court with the best young players in the league. He thought about the work Jaden had put into his game and the guts he showed in leaving home as a teenager to follow a nontraditional path into professional basketball. “I’m not sure if he actually realizes how big of a moment it is, but I did because I grew up watching this game a lot,” Amauri Hardy said, proudly. “Just to see him out there with the jersey on with our last name on it, just representing for our whole family.” He added, “He’s been making the best of these moments.” Jaden Hardy, 19, does not play in the NBA, although he believes he could have been drafted last year, right out of high school, if the rules had allowed it. Instead, he signed with the NBA G League Ignite, a developmental team in Northern California that allows elite prospects to play professionally in the United States before they are eligible for the NBA draft. This season, playing for the Ignite offered another perk. The NBA included players from that experimental team in its festivities surrounding the All-Star Game. It was a chance for the league to showcase the Ignite, a project now in its second year. It also gave the players, many of them teenagers, an incomparable experience. Four players from the Ignite — Hardy, Scoot Henderson, MarJon Beauchamp and Dyson Daniels — joined 24 first- and second-year NBA players, 12 from each conference. The players were split into four teams, each with six NBA players and one Ignite player, for a mini-tournament on the Friday of All-Star Weekend. Ignite players Fanbo Zeng and Mike Foster were scheduled to take part in a shooting competition during the tournament, but Zeng couldn’t participate because of an injury. “I was nervous before the game before I even got out there, but when I got out there it was kind of relieving,” Beauchamp said. He watches the All-Star events every year, he said, “so just seeing myself on the screen is pretty amazing.” While league rules prevent players from going straight from high school to the NBA, playing for the Ignite can be a lucrative path for prospects when compared with playing in college — Ignite players can make up to $500,000 for the season. It can be a more

Jaden Hardy, 19, left, was among those from the G League Ignite invited to participate in festivities surrounding the N.B.A. All-Star Game. familiar one than playing overseas, which some have tried. They first heard that a few of them would get to participate in All-Star Weekend while at a practice in New York. “I just thanked God, honestly,” Henderson said. “I was very excited. The first thing I did was call my parents and share the moment with them. They were just saying they were proud of me and what I’ve done through my year.” The rest of their teammates attended Friday night’s events, as did family members and friends. Amauri Hardy was a family member and a teammate — he plays on the Ignite along with his brother. Daniels’ father traveled from the family’s home in Australia and saw his son for the first time in months. This is the second season the Ignite has existed. The team was designed to play a schedule that includes games against other G League teams and international exhibitions. Last year’s team produced two top 10 draft picks — Jalen Green, by the Houston Rockets, and Jonathan Kuminga, by the Golden State Warriors. It is made up of prospects and veterans who serve as mentors. They practiced

in Cleveland on Thursday and Saturday in preparation for a Sunday afternoon game against the Cleveland Charge, the Cavaliers’ G League affiliate. Practices include competition and camaraderie for this group. They’re all trying to become lottery picks, most of them in this year’s draft. “It’s a little tense in practice sometimes,” Foster said. “They’ve developed into brothers. We got that brotherly fight.” On Friday morning, they sat for the Rising Stars media day. That’s when Jaden Hardy started to really feel part of the weekend. “It was just fun to be able to be out there on the court with those young stars really and just being able to go out there and just laugh and compete,” he said. One of those young stars was guard Tyrese Haliburton of the Indiana Pacers, a second-year NBA player who met Hardy at a camp a few years ago. “I think him being around us, seeing us young guys who are thriving in the NBA, I think he’s getting a little bit of a taste of that,” Haliburton said. “And his future is bright, so I’m excited for him to get to the league.” Hardy’s team played against Beau-

champ’s in the semifinals, and Hardy’s team won. Beauchamp caught two lobs for dunks from Cole Anthony, a second-year guard for the Orlando Magic. “I’m sure it had to be a surreal experience,” Anthony said. “Not even playing in the NBA, being at NBA All-Star, that has to be one of the dopest experiences a kid can experience. I wish I could’ve been there when I was in college just that year before going into the draft.” Among the players Henderson was most excited to play with Friday night was LaMelo Ball, the NBA’s 2020-21 Rookie of the Year. When Henderson thought about his path to pro basketball, Ball was one of his role models. Ball left high school after his sophomore year to play professionally in Lithuania. In his rookie year, Ball was confident, noted Henderson, who joined the Ignite after his junior year of high school. Henderson was part of Ball’s team for the Rising Stars Challenge, and thrilled for an opportunity to play with him. Conversely, Ball appreciated Henderson’s interest in his path. “My whole journey I felt like it was going to help the younger generation, which I feel like it’s doing,” Ball said. “So just having kids do what they want, I feel like it’s great.” But restrictions remain on players as they attempt to enter the NBA. Henderson, for example, will not be eligible for the draft until 2023. “If I had the opportunity and that chance, I would definitely love to play in the NBA next year,” Henderson said. Henderson added that he had found the environment with the Ignite helpful given the mentorship opportunities and the chance to play against NBA talent. Beauchamp was a little nervous backstage Friday before he was introduced as a participant in the Rising Stars Challenge to a bigger audience than he had ever played for. But the butterflies dissipated by the time he arrived for introductions. His appearance was an honor normally reserved for players in their first or second NBA seasons, not those, like Beauchamp, preparing for the draft. Between his accomplished teammates and the NBA veterans he saw sitting courtside, he looked around and thought about what he wanted for his future. “I feel like it motivates me to want to be here,” Beauchamp said. “Again and again and again.”


The San Juan Daily Star

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Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9

Crossword

Answers on page 38

Wordsearch

GAMES


HOROSCOPE Aries

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(Mar 21-April 20)

What are you committed to, Aries? You may be wedded to an idea, a cause or an interest or group, and not even realize this is the case. This is a good time to reflect on how you channel most of your energy. Are there other areas of your life or even relationships, that might be suffering as a result? Think about this, as it could be time to create a better balance all round.

Taurus

(April 21-May 21)

Gemini

(May 22-June 21)

With Venus and Mars forging a strong and positive tie to Neptune, your vision of what is possible can be helped by having a sound strategy to make it a reality. This could be one of the better times to focus on a long-term goal, as you’ll be willing to stick with it for the long haul. Regarding getting your message across, a lively Mercury link suggests you’ll be impressive.

Is something so complicated, it’s giving you a headache? Trying to get to grips with a matter may be tying you in knots, and causing you to feel out of sorts. Give yourself a break, and turn your attention to what can be done. You could make positive strides with a personal goal, career or business matter, and if you know exactly what you want to accomplish, you’re halfway there.

Cancer

The San Juan Daily Star

February 25-27, 2022

(June 22-July 23)

Libra

(Sep 24-Oct 23)

Time to get on with those tasks or admin you’ve been putting off. You may not feel like it, but it’s worth making a sterling effort today. If you don’t, then events might force you to make a start and you’ll be under a lot more pressure. On another note, Mercury’s link with healing Chiron, can be a call to forgive and forget. No one is perfect, and your kindness will be appreciated.

Scorpio

(Oct 24-Nov 22)

If you say it like it is now, others may be pleased you’ve brought an issue to their attention, especially if it was not at all obvious. You might be praised for your honesty and ability to call a spade a spade. If you leave this for another day or two, you could find the opposite is true and others will be annoyed at you pointing out something that they really don’t want to hear.

Sagittarius

(Nov 23-Dec 21)

Capricorn

(Dec 22-Jan 20)

The Moon in your sign encourages you to focus on the big picture, especially if you feel an emotional pull towards an idea or opportunity. Others might insist you pay attention to the details, but in your present mindset, it may not be possible. You need to paint with broad brushstrokes. You’ll be more inclined to fill in the details once you’re sufficiently inspired.

Dream of living a different lifestyle in another place? You can, if you stop thinking about it and do something practical to make it happen. This might include connecting with others who have accomplished something similar, and getting some tips and tricks from them. If this has been on your mind for some time Cancer, then you’ll be ready to make a start and see where it takes you.

Your mind can be busy over coming days, making it almost impossible to sit still or concentrate for long. Despite this, you could still make progress. You might latch onto something or someone that fascinates you, and then you’ll accomplish much until your interest starts to wane. Plus, you may refuse to accept something that’s offered for free, because pride gets in the way.

Leo

Aquarius

(July 24-Aug 23)

(Jan 21-Feb 19)

Others may try to deflect you from your path, because they are worried about the outcome. If it feels right to you and the desire is strong, then refuse to be put off. With Venus and Mars aligned and ethereal Neptune involved, the urge to go after something might be stronger than ever because of your emotional investment. The more you want it, the more you’ll push hard to get it, Leo.

Involved in a misunderstanding, Aquarius? You’ll soon resolve it. If you’re willing to look at the matter from other perspectives, it can pave the way for better communication. With luck, you’ll see this coming and be able to sidestep it in advance. Ready to simplify your schedule? The less your mind is occupied, the more you’ll be alert to the new opportunities that are waiting for you.

Virgo

Pisces

(Aug 24-Sep 23)

If you weren’t sure what to aim for before, you may be closer to the mark now, Virgo. With Venus and Mars in practical Capricorn aligning with Neptune, it will be easier to put a name to your dreams. Your attention to detail and down-to-earth nature will do the rest. You could be keen to link up with someone who has vision and imagination, and this collaboration can be golden.

(Feb 20-Mar 20)

If you’re feeling hemmed in by certain friends or the clubs you’re involved with, be open to broadening your social horizons. The current planetary backdrop hints that you could do with a breath of fresh air in more ways than one. Yet with a delightful focus on your sign, your charms might be very much on display Pisces, which can prove so attractive to many people.

Answers to the Sudoku and Crossword on page 37


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CARTOONS

Herman

Speed Bump

Frank & Ernest

BC

Scary Gary

Wizard of Id

For Better or for Worse

The San Juan Daily Star

Ziggy


40

February 25-27, 2022

The San Juan Daily Star


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