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Monday, January 17, 2022

San Juan The

DAILY

Star 50¢

How the ‘Djokovic Affair’ Finally Concluded P34

A New Plan for PREPA? Photo: Héctor René Santos

With No Legislative Approval for Rate Hikes, Fiscal Board May Dump Utility’s RSA, Submit Debt Adjustment Plan Instead P3

PDP House Delegation Proposes Moratorium on Utility, Highway Toll Hikes P4

NOTICIAS EN ESPAÑOL P 18

La Fortaleza: Approval of New UPR President ‘Is in the Hands of the Governing Board’ P5


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Monday, January 17, 2022

The San Juan Daily Star


GOOD MORNING

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January 17, 2022

The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday with h d ediƟ diƟon, along l i a Weekend EdiƟon to cover Friday, Saturday and Sunday.

Fiscal board may abandon PREPA RSA, submit debt adjustment plan instead

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plan’s provisions freezing defined benefit accruals and future costs of living adjustments, Swain said he Financial Oversight and Management that upon the plan’s effective date, the Puerto Rico Board for Puerto Rico may abandon the re- Oversight, Management and Economic Stability Act structuring support agreement (RSA) for the (PROMESA) preempts Acts 91-2004, establishing Puerto Rico Electric Power Authority (PREPA) and, the Teachers Retirement System (TRS), and 12-1954, instead, submit a debt adjustment plan in March establishing the judiciary retirement system (JRS), for the public utility, lawyer Rolando Emmanuelli providing for the future accrual of defined benefits and future cost of living adjustments. told the STAR Sunday. “Absent preemption, the amount of CommonPREPA has been in bankruptcy since 2017 to wealth revenues that would need to be spent on restructure some $9 billion in debt. The island Legislature has declined to pass TRS and JRS pension benefits in fiscal year 2022 measures to enable PREPA’s current debt adjustment is $984 million. Absent preemption, these inconplan because of objections to possible rate hikes. sistent statutes would undermine the restructuring “They will abandon the RSA because they will contemplated by the Plan,” Swain said. “Enabling not get the Legislature’s green light for approval of legislation is not required to establish the freeze of a three cent hike [to pay for the debt],” Emmanuelli defined benefits or the elimination of COLAs [cost of living adjustments]. Obligations arising from said. The debt adjustment plan could be one in Commonwealth statutes, including statutes providconsensus with bondholders or one that is not, ing employees the right to accrue pension or other which means bondholders could get very little for retirement benefits, give rise to claims which can be impaired and discharged pursuant to the Plan.” their investment. In her order last week asking for changes to the Meanwhile, the oversight board submitted the latest version of the central government’s debt debt deal, Swain said the confirmation order is a adjustment plan last Friday but reserved its right to final order intended to be binding on all parties in interest, and shall not be subject to collateral attack appeal some of the provisions of the plan. or other challenge in any For instance, the other court or other fooversight board said it rum, except as permitted may appeal Judge Laura under applicable law. Taylor’s Swain decision “Confirmation of that eminent domain the Plan constitutes a claims should be paid. judicial determination, The board has classipursuant to section 4 fied them as unsecured of PROMESA, that all creditors. laws, rules, and reguThe plan calls for lations giving rise to the elimination of the reobligations of the Debttirement systems for the ors discharged by the courts and the teachers, Plan and this Confirwho could appeal the mation Order pursuant decision to the circuit to PROMESA are precourt. The debt adjustempted by PROMESA ment plan will change and such discharge shall the current retirement prevail over any general systems for those groups or specific provisions of to one that is a defined territory laws, rules, and benefits plan. regulations,” Swain said. By reason of the Title III Bankruptcy Court Judge Laura Taylor Swain

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Monday, January 17, 2022

Congrats roll in to Guaynabo mayor-elect O’Neill Rosa

Guaynabo mayor-elect Edward O’Neill Rosa By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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ongratulations from his fellow New Progressive Party (NPP) members greeted Guaynabo mayor-elect Edward O’Neill Rosa following his electoral victory Saturday, while the mayor-elect said Popular Democratic Party (PDP) leaders who said the victory will lead to an eventual PDP victory in Guaynabo for a four-year term in the next general elections were dreaming. Gov. Pedro Pierluisi Urrutia, the NPP president, congratulated O’Neill Rosa on Saturday.

“I congratulate the new mayor of Guaynabo, Edward O’Neill! We count on you to do a great job and strive to give all Guaynabeños the quality of life they deserve,” the governor said on his Twitter account. “We are going to work together to continue rebuilding Puerto Rico and moving toward progress.” Mayors Federation President Gabriel Hernández Rodríguez welcomed O’Neill Rosa. The Mayors Federation groups NPP mayors on the island. “Guaynabo elected Edward O’Neill Rosa as its mayor for the remainder of this four-year term, so as president of the Puerto Rico Mayors Federation we congratulate him on his victory and welcome him to our organization,” Hernández Rodríguez said. “We are confident that under his mandate the needs of each one of the citizens of Guaynabo will be well attended and that his experience in public service will give him the necessary tools to manage the municipality well. Starting today, the mayor will have the support of the entire Federation membership and we invite him to be an active part of the decision-making and discussions that we will have before our organization. Many congratulations and success in his assignment.” Meanwhile, the NPP vice president and spokesman for the party’s minority in the island House of Representatives, Carlos “Johnny” Méndez Núñez, anticipated that he will meet with O’Neill Rosa in the spirit of collaboration. “The NPP delegation in the House of Representatives places great emphasis on direct communication with the mayors in the search for solutions to the needs of the 78

municipalities of the island,” Méndez Núñez said. “We are ready to support the new mayor of Guaynabo, Edward O’Neill, in the development of legislation that positively impacts the municipality.” O’Neill Rosa thanked the electorate of Guaynabo on Saturday. “My first words of thanks go to the Guaynabeños who have placed the trust of their vote in me,” he said in a written statement. “Your support is deeply appreciated. Know that I will not fail you and I will work with all the strength of my heart to restore the luster to Guaynabo.” In response to remarks that with his victory the PDP has the opportunity to win the Guaynabo mayor’s seat in elections next year, O’Neill Rosa said: “That was said by [former governor] Aníbal Acevedo Vilá on television. I’m going to make him look bad.” “I am a working man who comes to provide services as they should be provided,” the mayor-elect said at a press conference Saturday. “The party has a new face, with new ideas.” According to the numbers of the State Elections Commission, 11,605 people voted in the special election. O’Neill Rosa obtained 7,153 votes (61.64 percent), Julio “Pipe” Abreu Sáez 2,232 votes (19.23 percent), Dana Miró Medina 1,744 votes (15.03 percent), and Ricardo Aponte Martínez 444 votes (3.83 percent). Votes by direct nomination (presumed to belong to Rep. Jorge Navarro Suárez) numbered 251 and Marigdalia Ramírez Fort received 32 votes. There were 235 blank ballots, two challenged and 12 protested.

House PDP proposes moratorium on electricity, water, highway toll hikes By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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he Popular Democratic Party (PDP) delegation in the House of Representatives filed a measure on Sunday to establish a moratorium for subscribers on payments of increases in electricity and water bills. The measure also prohibits the collection of hiked tolls for the next 12 months. “Despite the economic crisis in which we find ourselves, LUMA and the [Puerto Rico] Electric Power Authority have requested an increase in the electricity rate that reaches 16 percent over the current rate. According to reports, the Aqueduct and Sewer Authority (PRASA) is following the same path, and will soon announce a potential increase in its rate as well,” said Small and Midsize Business and Permitting Committee Chairman Jessie Cortés Ramos in a written statement. “With this measure, we want to safeguard economic security and guarantee the essential services of drinking water and electricity for hundreds of thousands of Puerto Rican families.” He noted that the voluntary nature of the measure allows for a client or subscriber who wishes to continue making their payments as usual to do so.

Joint House Resolution 249 orders PRASA, LUMA Energy, and the electric power authority, PREPA, to establish a voluntary moratorium, at the option of the customer or subscriber, on payments for increased utility bills, drinking water and electricity, respectively, corresponding to the 12 months following its approval. In the same way, it prohibits the collection of surcharges and penalties from a client or subscriber and/or the suspension of services to take advantage of the aforementioned moratorium due to the health emergency due to the increase in positive cases of coronavirus (COVID-19) and the level of hospitalizations. In addition, it prohibits the Highway Authority from any increase in the collection of tolls on the island’s highways for the next 12 months from the approval of the resolution. Rep. Estrella Martínez Soto emphasized that the measure is aimed at the most economically vulnerable families. “A person who finds himself in a precarious economic situation as a result of the measures implemented in this emergency may benefit from the moratorium in order to have the resources to meet his basic needs and that of his loved ones, without facing charges, penalties or increases. in interest rates or additional interest that additionally violates their financial conditions,” said Martínez Soto, who added that many couples

in which both parents work have had to make the difficult decision that one of them stays at home taking care of their children, who do not have a school to attend in person. Rep. Eladio Cardona Quiles said meanwhile that the measure could help even those who are active in the labor force since they have seen families’ cost of living increase onerously.

Rep. Jessie Cortés Ramos


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Monday, January 17, 2022

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La Fortaleza denies having any hand in selection of UPR president By THE STAR STAFF

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a Fortaleza denied allegations Sunday that it was influencing the selection of a permanent University of Puerto Rico (UPR) president in favor of current UPR Río Piedras Chancellor Luis Ferrao Delgado while UPR Arecibo Chancellor Carlos Andújar Rojas said such allegations won’t stop him from applying for the job. Andújar has not yet applied for the position because he is still thinking about it, but he acknowledged that his documents are ready. “I am a chancellor already and one does not lose anything by submitting oneself to the process,” Andújar told the STAR. “I don’t think there is a need for external influences other than the five references [requested in the application].” Ferrao has filed his candidacy for the position but did not answer STAR requests for comment. The STAR also learned that a third person, a female candidate, also applied for the job but at press time had not been identified. The deadline for application is today and sources told the STAR that Ferrao is the candidate being pushed by La Fortaleza. He is the candidate being pushed by former UPR Governing Board chairman Walter Alomar, who is very close to Gov. Pedro Pierluisi Urrutia, one

of the sources said. A group of pro-statehood university students, FEstadistasUPRii, on Sunday also expressed support for Ferrao in a posting, which got the thumbs up of former UPR-Cayey Chancellor Juan Varona Echeandía, who pleaded guilty to charges related to the CRECE project and was ousted as a tenured professor in 2021. The sources said Ferrao has the support of some of the UPR Governing Board members such as chairwoman Mayda Velasco, vice president Emilio Colón, and members Antonio Monroig and Alejandro Camporreale, along with the backing of Education Secretary Eliezer Ramos Alicea and of the representative from the Puerto Rico Fiscal Agency and Financial Advisory Authority. Another sector, however, is supporting Andújar because, they say, he is more of an independent thinker and will do what is needed to put the university on a solid fiscal path. La Fortaleza denied it was intervening in the candidacy. “The governor has always respected the University of Puerto Rico’s autonomy and has indicated that the approval of a new president is in the hands of the Governing Board,” La Fortaleza said in remarks to the STAR. “The governor has emphasized that the selected person must take the university to its maximum capacity.”

University of Puerto Rico Arecibo Campus Chancellor Carlos Andújar Rojas

UPR extends admissions deadline to Feb. 28 By THE STAR STAFF

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the university admission test. However, students may apply prior to receiving test results.

he University of Puerto Rico (UPR) has extended until Feb. 28 the deadline for new students to apply online to begin studies in August, UPR Interim President Mayra Olavarría Cruz announced on Sunday. “The operations of the UPR, as in all organizations and institutions in the country, have been affected by the pandemic caused by the COVID-19 coronavirus and more recently by the rebound caused by the omicron variant,” Olavarría Cruz said in a written statement. “In response to this reality, we have made the decision to extend the deadline for admission of new entrants in order to give new students more time to complete their transition process to university life.” UPR Admissions Office Director Ivonne Calderón added that the admission application process, which is done online through the portal www.upr.edu/ admissions, is simple and agile. “The University has specialized personnel to guide and clarify the questions of the student body. We want to support them in the application process …” Calderón said the admission criteria remain the University of Puerto Rico Interim President Mayra same: the student’s general average and the result of Olavarría Cruz

Currently, the UPR offers its programs through online technologies as a measure to prevent the spread of COVID-19 with a view to resuming the courses in person this semester as soon as the health situation due to the pandemic allows it. The institution has health and safety protocols, as well as a reopening plan that is updated in accordance with the instructions issued by the Government of Puerto Rico through executive orders.

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Monday, January 17, 2022

PREPA: Accion Group published green energy RFP too soon By THE STAR STAFF

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Acción Group to work as independent coordinator in the Tranche 2 process, which was followed last week by the Tranche 2 notice. “However, the PREB has not published an official resolution defining and establish-

he Puerto Rico Electric Power Authority (PREPA) has complained that Accion Group, the firm hired to act as independent coordinator (IC) to move forward proposed renewable energy projects, published a notice related to Tranche 2 projects prematurely. PREPA Executive Director Josue Colón Ortiz said in a statement that the energy sector regulator, the Puerto Rico Energy Bureau (PREB), has not defined or established the responsibilities of each party in the process for the Tranche 2 projects as it did with Tranche 1 projects. On Jan. 11, Accion Group announced it was requesting proposals for 500 megawatts (MW) of renewable energy and 250 MW for energy storage resources for PREPA pursuant to Tranche 2 projects. The notice said Accion Group and the PREB were going to host a stakeholder webinar tentatively scheduled for Jan. 28 and asked interested potential market participants and others to register for the webinar through the IC website. PREPA said that on Dec. 13 and again on Jan. 14, it filed motions asking the PREB to designate Accion Group as independent coordinator along with a list of instructions and dispositions detailing the process to be followed to move the Tranche 2 projects forward. Prior to that, it was published that on Puerto Rico Electric Power Authority ExecuDec. 13 that PREB had signed a contract with tive Director Josue Colón Ortiz

ing the process and responsibilities of the parties in the Tranche 2 request for proposals [RFP],” PREPA said in a statement. Colón Ortiz reaffirmed PREPA’s commitment to move forward on the utility’s transition process. However, he noted that in the process to get the Tranche 1 process forward, PREB published a document titled Joint Regulation for the Procurement, Evaluation, Selection, Negotiation and Award of Contracts for the Purchase of Energy and for the Procurement, Evaluation, Selection, Negotiation and Award Process for the Modernization of the Generation Fleet. “In our interest to be transparent with the people of Puerto Rico and in compliance with the provisions established by the PREB, PREPA authorized the Tranche 1 renewable energy process in compliance with Rule 8815,” Colón Ortiz said. “Also in the Tranche 1 process, the Authority used the digital program Power Advocate, a specialized system for the management of data. This platform allowed all proponents access to all communications and documents related to the RFP.” The Tranche 1 projects, which sought to obtain 1,000 MW of renewables and 500 MW of battery storage, including 150 MW of virtual power, were first published in February. By November, PREPA sent a final proposal to the selected proponents for a power purchase and operating agreement, but on Nov. 8, the PREB ordered PREPA to present the results of the selection of propos-

als with the evaluation of prices by Nov. 12 and to complete the evaluation by Dec. 1. PREPA, however, requested a sevenday extension of the Dec. 1 deadline. After a brief process, on Dec. 15, PREPA’s board approved and authorized the presentation of the proposals selected by the PREB and the Financial Oversight and Management Board. As of Dec. 16, 2021, PREPA had reached agreements in principle to contract about 733 MW of renewable energy and 220 MW of battery energy storage systems. PREPA did not recommend contracting more energy in Tranche 1 since the prices at which those contracts were being offered were very high and therefore to the detriment of the consumer. Colón Ortiz said that “while continuing to work with Tranche 1, the Tranche 2 process was also being worked on in parallel.” “On October 15, 2021, the draft RFP document for Tranche 2 was presented for evaluation and approval of the PREB,” he said. “But on October 29, 2021, PREB sent a Resolution and Order to the Authority indicating that the Tranche 2 process would be carried out through an independent coordinator and that an additional resolution would establish the powers and responsibilities of this coordinator, in addition to the role of the Electric Power Authority in the Tranche 2 RFP process. The PREB said at the time that it was dissatisfied with the manner in which PREPA was handling the process.

Vieques mayor: No schools will close on the island municipality By THE STAR STAFF

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ieques Mayor José Corcino Acevedo said Sunday that no public school will be closed in the island municipality. “Although yesterday the Secretary of Education was categorical in saying that the department is not developing plans to close schools, I also want to be categorical that no school can be closed on Vieques, now or in the future,” the mayor said in a written statement.

“We endorse the substitution of a school with another newly built one, but not to close campuses; I make that clear.” On Saturday, the Center for Investigative Journalism published a report indicating that the Department of Education has a plan to close 83 schools by 2026. Hours later, Education Secretary Eliezer Ramos Parés denied that schools are to be closed in the near future. “Vieques is an island municipality, so the

education of our children in the public school system is a priority for us,” Corcino Acevedo added. “Our topography and demographic development sets the parameters for the current school system. This, in terms of schools, meets existing needs. We believe that renovation and construction of new schools on Vieques is needed and should be a priority, but at the same time, none of the existing schools can be closed.” Vieques has six public school campuses, of which one is a high school.

Vieques Mayor José Corcino Acevedo


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Monday, January 17, 2022

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Health care workers and hospitals confront the fallout from Supreme Court vaccine mandate By AUDRA D.S. BURCH and REED ABELSON

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ust days after the Supreme Court’s decision requiring health care workers to be vaccinated, the nation’s health care systems braced for the possibility of some resistance and more staff shortages — particularly in the states that banned mandates or had none. The ruling lands not long after the anniversary of widespread vaccine distribution in a country still largely split over how best to protect Americans during a pandemic that has produced multiple surges. In upholding the Biden administration’s requirement for millions of health care workers, the decision could wedge health care workers between opposing state and federal policies. Local and regional hospitals, as well as multistate hospital chains, have wrestled with the resistance among some nurses and other staff to the COVID vaccines. Many of the larger hospital groups, including the Cleveland Clinic and HCA Healthcare, suspended their own vaccination mandates last month while they awaited the Supreme Court’s decision. And some are still assessing the conflict with murky anti-vaccine requirements imposed in Florida, Texas and some other states. But the rising infections among staffs in hospitals and nursing homes, among the unvaccinated and the vaccinated, have lent urgency to the mandates even though some hospitals and nursing homes warn of staff defections spurred by enforcing immunization. Jennifer Bridges, one of the nurses fired in late June from Houston Methodist Hospital for not getting the vaccine and who now works for a private clinic in that city, said she doesn’t regret her decision. Bridges said she still considers the vaccine experimental. “I think your own medical bodily autonomy is very important,” she said. “I don’t think anyone should force you to do something against your will.” But many medical experts say mandates are effective in persuading more people to become vaccinated, which they say is essential to helping prevent the spread of the virus. “At a time when we’re closing in on 850,000 Americans having died in the worst global pandemic in a century, and when infections and hospitalizations are continuing to soar, it is the obligation of our public agencies to require and enforce essential public safety measures to protect the lives and health of all American workers,” said Zenei Triunfo-Cortez, president of the union National Nurses United. Although 21 states and the District of Columbia have already mandated vaccines for health care workers, six states — Texas, Montana, Arkansas, Indiana, Tennessee and Georgia — implemented bans that prohibited some employers from requiring vaccines. Eighteen states had no requirement for health care workers, while five, in-

Local and regional hospitals, as well as multistate hospital chains, have wrestled with the resistance among some nurses and other staff to the COVID-19 vaccines. cluding Utah, Arizona and Michigan, exempted health care organizations from bans on vaccine requirements. The Supreme Court ruling covered two dozen states that had been the subject of federal injunctions that prohibited the Centers for Medicare & Medicaid Services from imposing a mandate. About 10 million workers at approximately 76,000 health care facilities, including hospitals and long-term care facilities, are affected by the requirement. In Florida, Gov. Ron DeSantis called the new federal policy “insane” at a news conference Thursday. The state’s Agency for Health Care Administration also indicated it would not survey health care facilities about compliance of the vaccine mandate. On Friday, DeSantis reiterated his position, posting on Twitter that Florida will reject federal mandates, “which are rooted in political, not medical science.” Still, federal laws ordinarily displace, or “preempt,” contrary state and local ones, and in allowing the mandate for health care workers, the Supreme Court at least implicitly ruled that it overrode state laws banning vaccination requirements at facilities participating in the Medicaid and Medicare programs. The specter of potentially losing federal funding if they do not comply has already persuaded some hospital chains to require vaccinations for workers who did not qualify for a medical or religious exemption. “If we do not comply with the CMS mandate, we could compromise our ability to serve our communities and provide care to patients under the Medicare and Medicaid programs,” a spokesperson for HCA said in a statement. The system, which employs about 275,000 workers, said more than 90% of its workers were vaccinated or had qualified for an exemption. Federal officials said they would work with hospitals and nursing homes to ensure they can vaccinate their workers, and regulators rarely revoke federal funds. But

many argue the threat of losing funding remains. “Why risk losing Medicare, which is your lifeline?” asked Mark Neuberger, a lawyer with Foley & Lardner who advises health care organizations on employment issues. Other hospital groups, including the Cleveland Clinic, also said they planned to comply. The clinic said about 85% of its employees were vaccinated. Exactly how many hospital workers are unvaccinated is unclear, and even under the new rules, health care workers are often able to get medical or religious exemptions. But the concern remains — particularly among nursing homes and smaller rural hospitals — that the mandate will exacerbate the existing staffing shortages that have crippled much of the country during this latest surge. And many health care executives fear being caught in the crosshairs between states such as Florida or Arkansas, which are adamantly opposed to the requirement, and federal officials who say “all states are expected to comply.” “Hospitals don’t want to be caught between the federal government and the state government,” said Mary Mayhew, president and CEO of the Florida Hospital Association. “The Supreme Court ruling makes clear the authority that CMS has to implement and enforce its vaccine mandate.” With the recent COVID surges, states were already grappling with vaccine requirements. Despite the Mississippi attorney general’s decision to join nearly a dozen other states that filed suit against the Biden administration’s vaccine mandate, many hospitals in the state had already instituted vaccination requirements for their workers. At the University of Mississippi Medical Center in Jackson, officials said that just 10 of its 10,000 employees, or 0.1%, had been terminated for refusing to get vaccinated. But smaller hospitals that have long struggled to retain workers and until now had resisted vaccine requirements for their employees said they worried about the ruling’s impact. Lee Bond, CEO of the Singing River Health System on the state’s Gulf Coast, said he feared the ruling could lead to the departure of hundreds of workers. “Even the loss of one nurse can have a negative impact on the number of patients for whom we are able to deliver care,” he said. In Texas, Gov. Greg Abbott signed an executive order banning employers from requiring vaccines last year, and more recently, his office sued the Biden administration for requiring Army National Guard members in his state to get the shots. Although Texas filed its own lawsuit and had gotten a separate injunction, the state hospital association is advising hospitals to follow the federal rules in light of the Supreme Court decision.


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Monday, January 17, 2022

Hostages rescued safely, suspect dies in Texas synagogue standoff By MICHAEL LEVENSON and MARGARITA BIRNBAUM

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olice on Saturday night rescued a rabbi and several hostages who had been held by a man who claimed to have weapons and explosives at a synagogue in the Dallas-Fort Worth area, ending a tense 11-hour standoff, authorities said. “Prayers answered,” Gov. Greg Abbott of Texas said on Twitter after the standoff was over in the suburb of Colleyville. “All hostages are out alive and safe.” Michael C. Miller, the Colleyville police chief, said at a news conference that a hostage-rescue team had entered the synagogue, and the suspect was dead. He and other authorities declined to identify the man or say how he had died. They did not make clear whether any weapons had been recovered.

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About 200 local, state and federal law enforcement officers had converged on the synagogue, including a team of FBI agents who flew from Quantico, Virginia, authorities said. The man had taken four hostages during a morning service at Congregation Beth Israel, a Reform synagogue in Colleyville, a city of about 26,000 residents that is about 15 miles northeast of Fort Worth, authorities said. The Texas Department of Public Safety said the man had demanded to see his “sister,” who may not actually be related to him and who is currently in U.S. federal custody for “terroristic events” in Afghanistan. “The man claims he and his sister will be going to Jannah (Muslim belief of heaven) after he sees her,” the department said in a statement earlier Saturday. The congregation had been holding a service at 10 a.m. It was being livestreamed on its Facebook page when, police said, they were called at 10:41 a.m. On the livestream, a man could be heard shouting about dying and not liking police officers, although the context was not clear because the stream was inaudible at times. A video of the livestream did not show what was going on inside the synagogue. The man could also be heard demanding to get his sister on the phone before the livestream stopped. “It’s a deal,” he said at one point. “It’s a deal I had with you.” One male hostage was released at about 5 p.m., police said. He was unharmed. Miller said hostage negotiators had

been speaking to the man throughout the day. President Joe Biden put out a statement Saturday saying he was sending “love and strength” to members of the synagogue and the Jewish community overall. “There is more we will learn in the days ahead about the motivations of the hostage taker,” he said. “But let me be clear to anyone who intends to spread hate — we will stand against antisemitism and against the rise of extremism in this country.” Eugene Posnock, a member of the synagogue, said she and other members had been following the service on Zoom when the man entered the sanctuary, disrupting prayers. She said all she heard was yelling in the

background before the connection was lost. The hostage situation came as synagogues and Jewish institutions across the country have been on high alert after attacks like the one that killed a woman in Poway, California, in 2019, and another that killed 11 people in Pittsburgh in 2018. Bradley Orsini, senior national security adviser for Secure Community Network, which consults with synagogues across the country on safety procedures, said that a colleague had advised Congregation Beth Israel on its security procedures last summer. The consultation typically involves preparing for an active-shooter situation and developing awareness of any security threats, he said.

A hostage was escorted out of Congregation Beth Israel on Saturday evening.

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Monday, January 17, 2022

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Trump rally underscores Republican tension over how to win in 2022 By JEREMY W. PETERS

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ormer President Donald Trump returned Saturday to Arizona, a cradle of his political movement, to headline a rally in the desert that was a striking testament to how he has elevated fringe beliefs and the politicians who spread them — even as other Republicans openly worry that voters will ultimately punish their party for it. Trump’s favored candidate for governor, Kari Lake, is a first-time office seeker who has threatened to jail the state’s top elections official. His chosen candidate to replace that elections official, a Democrat, is a state legislator named Mark Finchem, who was with a group of demonstrators outside the Capitol Jan. 6 as rioters tried to stop the certification of the 2020 election. And one of his most unflinching defenders in Congress is Rep. Paul Gosar, who was censured by his colleagues for posting an animated video online that depicted him killing a Democratic congresswoman and assaulting President Joe Biden. All three spoke at Trump’s rally in front of thousands of supporters on Saturday in the town of Florence, outside Phoenix. It was the first stadium-style political event he has held so far in this midterm election year in which he will try to deepen his imprint on Republicans running for office at all levels. When Trump took the stage in the evening, he lavished praise on the slate of election-denier candidates in attendance. And he suggested that perpetuating his grievances about being cheated would be a decisive issue for Republican candidates. “We can’t let them get away with it,” Trump said. Then, he added, referring to Lake and her rejection of the 2020 results: “I think it’s one of the reasons she’s doing so well.” But as popular as the former president remains with the core of the GOP’s base, his involvement in races from Arizona to Pennsylvania — and his inability to let go of his loss to Biden — has veteran Republicans in Washington and beyond concerned. They worry that Trump is imperiling their chances in what should be a highly advantageous political climate, with Democrats deeply divided over their

Flags in Florence, Ariz., before a rally held by former President Donald Trump, Jan. 15, 2021. policy agenda and Americans taking a generally pessimistic view of Biden’s leadership a year into his presidency. Sen. Mitch McConnell, the Republican leader, and other senior party officials have expressed their misgivings in recent days about Trump’s fixation on the last election, saying that it threatens to alienate the voters they need to win over in the next election in November. Those worries are particularly acute in Arizona, where the far-right, Trumpendorsed candidates could prove too extreme in a state that moved Democratic in the last election as voters came out in large numbers to oppose Trump. The myth of widespread voter fraud is animating Arizona campaigns in several races, alarming Republicans who argue that indulging the former president’s misrepresentations and falsehoods about 2020 is jeopardizing the party’s long-term competitiveness. “I’ve never seen so many Republicans running in a primary for governor, attorney general, Senate,” said Chuck Coughlin, a Republican consultant who has worked on statewide races in Arizona for two decades. “Usually you get two, maybe three. But not five.” At the rally on Saturday, every speaker who took the stage before Trump repeated a version of the false assertion

that the vote in Arizona in 2020 was fraudulent. Gosar, the congressman, did so in perhaps the darkest language, invoking the image of a building storm, a metaphor commonly used by followers of the QAnon conspiracy theory. And he called for people involved in counting ballots in Arizona in 2020 to be imprisoned. “Lock them up,” Gosar told the crowd. “That election was rotten to the core.” For Republicans who are concerned about Trump’s influence on candidates they believe are unelectable, the basic math of such crowded primaries is difficult to stomach. A winner could prevail with

just one-third of the total vote — which makes it more than likely a far-right candidate who is unpalatable to the broader electorate can win the nomination largely on Trump’s endorsement. Conservative activists in Arizona have long supplied Trump with the energy and ideas that formed the foundation of his political movement. In 2011, when the real estate developer and reality television star was testing the waters for a possible presidential campaign, his interest in the conspiracy theories that claimed former President Barack Obama’s birth certificate was a forgery led him to Arizona Tea Party activists and a state legislator. They were pushing for a state law to require that political candidates produce their birth certificates before qualifying for the ballot. Trump invited them to Trump Tower. One of those activists, Kelly Townsend, now a state senator, spoke to the crowd Saturday and praised those who sought to delegitimize Biden’s win. As speaker after speaker attacked the credibility of the vote Saturday — those with Trump’s official imprimatur were announced as “Trump endorsed” — several also called on the state Legislature to retroactively vote to overturn Biden’s win. Trump’s allies said they expect the issue to take on more urgency in the coming weeks, even though it would have no legal or practical impact. “Arizona is a red state,” said state Sen. Wendy Rogers, leading the crowd on a “Decertify” chant. “We are not turning purple.”.


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The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

Census memo cites ‘unprecedented’ meddling by Trump administration

Commerce Secretary Wilbur Ross, center, Attorney General William Barr, right, and President Donald Trump, left, before making a statement about the census in the Rose Garden of the White House, in Washington, July 11, 2019. By MICHAEL WINES

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newly disclosed memorandum citing “unprecedented” meddling by the Trump administration in the 2020 census and circulated among top Census Bureau officials indicates how strongly they sought to resist efforts by the administration to manipulate the count for Republican political gain. The document was shared among three senior executives including Ron S. Jarmin, a deputy director and the agency’s day-to-day head. It was written in September 2020 as the administration was pressing the bureau to end the count weeks early so that if President Donald Trump lost the election in November, he could receive population estimates used to reapportion the House of Representatives before leaving office. The memo laid out a string of instances of political interference that senior census officials planned to raise with Wilbur Ross, who was then the secretary of the Commerce Department, which oversees the bureau. The issues involved crucial technical aspects of the count, including the privacy of census respondents, the use of estimates to fill in missing population data, pressure to take shortcuts

to produce population totals quickly, and political pressure on a crash program that was seeking to identify and count immigrants living in the country illegally. Most of those issues directly affected the population estimates used for reapportionment. In particular, the administration was adamant that — for the first time ever — the bureau separately tally the number of immigrants living illegally in each state. Trump had ordered the tally in a July 2020 presidential memorandum, saying he wanted to subtract them from House reapportionment population estimates. The census officials’ memorandum pushed back especially forcefully, complaining of “direct engagement” by political appointees with the methods that experts were using to find and count unauthorized noncitizens. “While the presidential memorandum may be a statement of the administration’s policy,” the memo stated, “the Census Bureau views the development of the methodology and processes as its responsibility as an independent statistical agency.” The memorandum was among hundreds of documents that the Brennan Center for Justice at New York University’s

law school obtained in a lawsuit seeking details of the Trump administration’s plans for calculating the allotment of House seats. The suit was concluded in October, but none of the documents had been made public until now. Reached by email, Ross said he neither recalled seeing the memorandum nor discussing its contents with the bureau’s executives. A spokesperson for the Census Bureau, Michael C. Cook, said he could not immediately say whether census officials actually raised the issues with Ross or, if so, what his response was. The Trump administration had long been open about its intention to change the formula for divvying up House seats among the states by excluding noncitizens from the population counts. That would leave an older and whiter population base in states with large immigrant populations, something that was presumed to work to Republican advantage. Trump’s presidential memorandum ordering the Census Bureau to compile a list of noncitizens for that purpose prompted a far-reaching plan to scour billions of government records for hints of foreigners living here, illegally or not. The bureau proved unable to produce the noncitizen count before Trump left office, and noncitizens were counted in the allocation of House seats, just as they had been in every census since 1790. But as the documents show, that was not for lack of effort on the part of the Commerce Department and its leader at the time. Among other disclosures, undated documents show that Ross was enlisted to lobby 10 Republican governors whose states had been reluctant to turn over driver’s license records and lists of people enrolled in public assistance programs so that they could be screened for potential noncitizens. Ross said in his email that he had “called state officials, both Republican and Democrat, who were slow or reluctant to share data with us.” He continued, “The objective was to get the maximum sources of data that could help us to have as complete and accurate a census as possible.” News reports at the time suggested

that many states were resisting requests to provide information, and one slide presentation in June 2020 showed that only three states — Iowa, Nebraska and South Dakota — had agreed to turn over driver’s license records. But the presentation showed that the administration had enjoyed much more success in obtaining public assistance records. Twenty-nine states and one California jurisdiction had signed agreements to disclose aid recipients under the Supplemental Nutrition Assistance Program, commonly known as food stamps. The documents show that career professionals at the Census Bureau repeatedly warned that it would be difficult or impossible to compile a list of noncitizens from such records, especially in time to subtract them from the population totals used to reapportion the House, which were due on the last day of 2020. The list of noncitizens was a priority for two political appointees whom Trump had placed in the bureau’s senior management, Nathaniel T. Cogley and Benjamin Overholt. Census Bureau experts had been “consistently pessimistic” about their ability to find and remove unauthorized residents from population totals used in apportioning the House, the agency’s top career official, Jarmin, wrote in an email to Cogley and the head of the Census Bureau, Steven Dillingham, shortly after Trump ordered the noncitizens list. The pressure from the political appointees to come up with a number remained intense, as the September 2020 memorandum emailed to Jarmin; another top career official, Enrique Lamas; and the bureau’s chief of staff, Christa D. Jones, made clear. The memo appears to have been a draft of talking points about political interference that officials wanted to raise with Ross before reapportionment figures were to be delivered to Trump. It began with an observation that the Commerce Department was “demonstrating an unusually high degree of engagement in technical matters” involving the calculation of population totals, a pattern of interference it called “unprecedented relative to the previous censuses.”


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Monday, January 17, 2022

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CVS and Walgreens temporarily shut some stores as omicron cases soar By AMANDA HOLPUCH

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VS and Walgreens, two of the biggest pharmacy chains in the United States, temporarily closed some stores over the weekend because of staff shortages complicated by the soaring number of people infected with the omicron variant. Mike DeAngelis, a spokesperson for CVS, said the “vast majority” of stores would operate with normal hours over the weekend. There are more than 9,900 CVS stores across the United States. “A tiny fraction of stores are temporarily closed on one or both days of the weekend to help address acute staffing issues amidst both the omicron surge and the workforce shortage affecting nearly every industry and company,” DeAngelis said in an email. Rebekah Pajak, a spokesperson for Walgreens, said closures were at a “small percentage” of the company’s

more than 9,000 stores, and in most cases, the affected stores would be open at least one weekend day. “When making the difficult decision to adjust store hours, we make every effort to minimize disruption for our customers,” Pajak said in an email. “We select days with the lowest prescription demand, ensure that there is a nearby pharmacy to meet any immediate prescription needs and provide patients as much advanced notice as possible through signage, automated phone calls and adjustments in refills.” There has been a jump in coronavirus cases in most of the country in the past two weeks, although cases are starting to decline or level off in cities including New York and Cleveland, which had omicron-driven surges in recent weeks. Worker shortages have been worsened by the omicron wave in industries including health care and air tra-

CVS and Walgreens, two of the biggest pharmacy chains in the United States, temporarily closed some stores over the weekend because of staff shortages complicated by the soaring number of people infected with the omicron variant. vel. Retail workers have also described how they have had to grapple with in-

creased workloads and shifting guidelines because of the omicron surge.

Starbucks workers will vote on a union at three more stores By NOAM SCHEIBER

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he National Labor Relations Board on Friday ordered union elections at three Starbucks stores in the Buffalo, New York, area, where two other Starbucks stores voted to unionize late last year. The victories for the union created the only two unionized Starbucks locations out of roughly 9,000 company-owned stores in the country. The union lost at a third store in the Buffalo area but has formally objected to the outcome there. Ballots in the coming round of Starbucks elections will be mailed to workers Jan. 31 and will be due back Feb. 22. The labor board will tally the votes the next day. Since workers at three locations in the Buffalo area first sought union elections in late August, employees of at least 15 other Starbucks stores have filed petitions for elections, most of them since the labor board announced a union victory in

Buffalo on Dec. 9. The campaigns appear to be driven by young, liberal and well-educated Starbucks employees in cities like Boston, Chicago and

Knoxville, Tennessee, who tend to be sympathetic to unions and were energized by the Buffalo victory. The company’s employees have traditionally been more liberal and

Maggie Carter, a barista at Starbucks, in Knoxville, Tenn., with union cards, Jan. 12, 2022.

better educated than those of other retail and dining establishments. They also tend to be better paid and enjoy more generous benefits. The three stores in Buffalo where workers will begin voting this month filed petitions for their elections in November. After the union campaign formally began there in August, Starbucks officials from out of town converged on the city, where they sought to resolve operational issues and educate workers about what joining a union would entail, according to the company. Many workers in Buffalo have said that they found the presence of the out-of-town officials disruptive and that they felt the officials were intimidating workers as they considered whether to support the union. In addition to the Buffalo elections, the labor board has scheduled an election to begin this month at a Starbucks store in Mesa, Arizona, where workers also filed for an election in November.


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The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

For retail workers, omicron disruptions aren’t just about health

People read notices posted at an Apple store in Miami Beach that closed due to coronavirus cases on Dec. 21, 2021. A weary retail work force is experiencing the fallout from the latest wave of the pandemic, with a rapidly spreading variant cutting into staffing. By SAPNA MAHESHWARI and MICHAEL CORKERY

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ong checkout lines. Closed fitting rooms. Empty shelves. Shortened store hours. Plus the dread of contracting the coronavirus and yet another season of skirmishes with customers who refuse to wear masks. A weary retail workforce is experiencing the fallout from the latest wave of the pandemic, with a rapidly spreading variant cutting into staffing. While data shows that people infected with the omicron variant are far less likely to be hospitalized than those with the delta variant, especially if they are vaccinated, many store workers are dealing with a new jump in illness and exposures, grappling with shifting guidelines around isolation and juggling child care. At the same time, retailers are generally not extending hazard pay as they did earlier in the pandemic and have been loath to adopt vaccine or testing mandates. “We had gotten to a point here where we were comfortable, it wasn’t too bad, and then all of a sudden this new variant came and everybody got sick,” said Artavia Milliam, who works at H&M in Hudson Yards in Manhattan, which is popular with tourists. “It’s been overwhelming, just having to deal with not having enough staff and then twice as many people in the store.” Milliam, a member of the Retail, Wholesale and Department Store Union, is vaccinated but contracted the virus during the holidays, experiencing mild symptoms. She said that fewer employees were working registers and organizing clothing and that her store had been clo-

sing the fitting rooms in the mornings because nobody was available to monitor them. Macy’s said last week that it would shorten store hours nationally on Mondays through Thursdays for the rest of the month. At least 20 Apple Stores have had to close in recent weeks because so many employees had contracted COVID-19 or been exposed to someone who had, and others have curtailed hours or limited in-store access. At a Macy’s in Lynnwood, Washington, Liisa Luick, a longtime sales associate in the men’s department, said, “Every day, we have call-outs, and we have a lot of them.” She said the store had already reduced staff to cut costs in 2020. Now, she is often unable to take breaks and has fielded complaints from customers about a lack of sales help and unstaffed registers. “Morale could not be lower,” said Luick, who is a steward for the local unit of the United Food and Commercial Workers union. Even though Washington has a mask mandate for indoor public spaces, “we get a lot of pushback, so morale is even lower because there’s so many people who, there’s no easy way to say this, just don’t believe in masking,” she added. Store workers are navigating the changing nature of the virus and trying their best to gauge new risks. Many say that with vaccinations and boosters, they are less fearful for their lives than they were in 2020 — the United Food and Commercial Workers union has tracked more than 200 retail worker deaths since the start of the pandemic — but they remain nervous about catching and spreading the virus. At a Stop & Shop in Oyster Bay, New

York, Wally Waugh, a front-end manager, said that checkout lines were growing longer and that grocery shelves were not being restocked in a timely manner because so many people were calling in sick with their own positive tests or those of family members. At a QFC grocery store in Seattle, Sam Dancy, a front-end supervisor, said many colleagues were calling out sick. The store, part of a chain owned by Kroger, has closed early several times, and customers are helping to bag their own groceries. There are long lines, and some of the self-checkout lanes are closed because employees aren’t available to oversee them. “Some people are so tired of what’s going on — you have some that are exposed and some that are using it as an excuse to not have to work to be around these circumstances,” said Dancy, a member of the local food and commercial workers union, who has worked at the chain for 30 years. “I have anxiety till I get home, thinking, ‘Do I have this or not?’ It’s a mental thing that I think a lot of us are enduring.” Shifting guidelines around isolation are also causing confusion at many stores. While H&M has instructed employees like Milliam to isolate for 14 days after testing positive for COVID-19, Macy’s said in a memo to employees last week that it would adopt new guidance from the Centers for Disease Control and Prevention that recommended shortening isolation for infected people to five days from 10 if they are asymptomatic or their symptoms are resolving. But even if retailers shorten isolation periods, schools and day-care facilities may have longer quarantine periods for exposed families, putting working parents in a bind. Luick of Macy’s said she felt the guidance was aimed at “constantly trying to get people to work,” and did not make her feel safer. Even as omicron spreads faster than other variants, employers have not shown a willingness to reinstitute previous precautions or increased pay, said Kevin Schneider, secretary-treasurer of a unit of the United Food and Commercial Workers in the Denver area. Like many retailers, Kroger hasn’t provided hazard pay nationally since the early stages of the pandemic, though the union is negotiating for it to be reinstated. The chain has also discontinued measures like controlling how many customers are allowed in stores at a time. The union has been asking for armed guards at all of its stores in the Denver area as incidents of violence increase. “The company says they are providing a safe environment for workers to do their jobs in,” Schneider said. “We don’t believe that.” In a statement, a Kroger spokeswoman

said, “We have been navigating the COVID-19 pandemic for nearly two years, and, in line with our values, the safety of our associates and customers has remained our top priority.” The company added that front-line employees had each received as much $1,760 in additional pay to “reward and recognize them for their efforts during the pandemic.” More broadly, the staffing shortages have put a new spotlight on a potential vaccine-ortesting mandate from the Biden administration, which major retailers have been resisting. The fear of losing workers appears to be looming large, especially now. While the retail industry initially cited the holiday season rush for its resistance to such rules, it has more recently pointed to the burden of testing unvaccinated workers. After oral arguments in the case on Friday, the Supreme Court’s conservative majority expressed skepticism about whether the Biden administration had legal authority to mandate that large employers require workers to be vaccinated. The National Retail Federation, a major industry lobbying group, said in a statement last week that it “continues to believe that OSHA exceeded its authority in promulgating its vaccine mandate.” The group estimated that the order would require 20 million tests a week nationally, based on external data on unvaccinated workers, and that “such testing capacity currently does not exist.” Still, Macy’s was among major employers that started asking employees for their vaccination status last week ahead of the Supreme Court hearing Friday and said it might require proof of negative tests beginning on Feb. 16. “Our primary focus at this stage is preparing our members for an eventual mandate to ensure they have the information and tools they need to manage their workforce and meet the needs of their customers,” said Brian Dodge, president of the Retail Industry Leaders Association, which includes companies like Macy’s, Target, Home Depot, Gap and Walmart. As seasonal COVID-19 surges become the norm, unions and companies are looking for consistent policies. Jim Araby, director of strategic campaigns for the food and commercial workers union in Northern California, said the retail industry needed to put in place more sustainable supports for workers who got ill. For example, he said, a trust fund jointly administered by the union and several employers could no longer offer COVID-related sick days for union members. “We have to start treating this as endemic,” Araby said. “And figuring out what are the structural issues we have to put forward to deal with this.”


The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

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Raskin nomination for Fed regulation chief puts Wall Street on notice

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.S. President Joe Biden’s decision to nominate Sarah Bloom Raskin to lead regulation and supervision at the Federal Reserve will put a progressive in the most powerful role overseeing Wall Street’s biggest banks. Raskin, a former Fed governor and Treasury official under former President Barack Obama, will replace Randal Quarles who was appointed the Fed’s vice chair for supervision by Republican former President Donald Trump in 2017, the White House said on Friday. Quarles stepped down from the role in October and left the central bank at the end of December. The bank supervision role is the most consequential of several vacancies on the Fed’s seven-member Board of Governors available to be filled by Biden, giving the first-term Democrat an opportunity to steer the direction of both Wall Street oversight and monetary policy for years to come. Biden also picked economists Lisa Cook and Philip Jefferson to help fill out the Fed board. Raskin is expected to take a much tougher stance on Wall Street than Quarles, who riled progressives with an industryfriendly approach that included easing several rules introduced following the 2007-2009 global financial crisis. She would drive policy on thorny issues including climate change financial risks, community lending rules, and financial technology companies, and would likely review several of Quarles’ rule changes which spanned rules on banks’ speculative investments, derivatives trading, liquidity and capital. Biden has already decided to renominate Fed Chair Jerome Powell to a second term and Governor Lael Brainard to the Fed’s other vice chair slot, which is focused on the Fed’s economic and monetary policy agenda. As with those two appointments, Raskin would have to be confirmed by the thinly divided Senate where she might face a highly partisan reception. Raskin has been confirmed twice before, but those votes predated the current partisan rancor that pervades Capitol Hill. Those who have worked with her say she is able to build consensus. “Sarah is an incredibly collaborative individual,” said Kathleen Murphy, CEO of the Massachusetts Bankers Association. “She listens to everybody.” As the former CEO of the Maryland Bankers Association, Murphy worked closely with Raskin to navigate the global financial crisis when she was commissioner of financial regulation for Maryland from 2007-2010. Together, they dealt with the first bank failure in Maryland in 40 years.“Everyone felt like they had a voice at the table. They may not have agreed with her … but they felt that their views were heard.” A Harvard-trained lawyer with an undergraduate degree in economics from Amherst College, Raskin served on the Fed Board from 2010 to 2014 before moving to Treasury as deputy secretary. While her role then did not specifically involve bank oversight, Raskin took a tough stance on key elements of the Fed’s post-crisis reform agenda.

MOST ASSERTIVE STOCKS

PUERTO RICO STOCKS

COMMODITIES

CURRENCY

LOCAL PERSONAL LOAN RATES LOCAL MORTGAGE RATES Bank

FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS

BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental

3.00% 3.50% 3.50% 3.75% 3.50% 3.50%

0.00 0.00 2.00 2.00 0.00 0.00

3.50% 4.00% 3.75% 3.75% 5.50% 3.75%

000 0.00 2.00 2.00 0.00 5.50

Bank

PERS.

CREDIT CARD

AUTO

BPPR

--.--

17.95

4.95

Scotia

4.99

14.99

4.99

CooPACA

6.95

9.95

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Reliable

--.--

--.--

4.40

First Mort

7.99

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--.--

Oriental

4.99

11.95

4.99


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Monday, January 17, 2022

The San Juan Daily Star

Djokovic leaves Australia after losing last-ditch appeal By YAN ZHUANG

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ovak Djokovic’s last-ditch attempt to salvage his hopes of defending his Australian Open title has failed, with judges ruling Sunday that Australia’s immigration minister was within his rights to cancel the unvaccinated tennis star’s visa for a second time on the basis that the player could pose a risk to public health and order. The judges’ decision cannot be appealed. Djokovic said in an emailed statement that he was

Novak Djokovic, second from left, on Sunday at Melbourne Airport after the Federal Court upheld a government decision to cancel his visa to play in the Australian Open.

“extremely disappointed” but that he respected the ruling. He said he would “cooperate with the relevant authorities in relation to my departure from the country.” Djokovic’s legal team had argued in court Sunday that the immigration minister, Alex Hawke, had erred by canceling Djokovic’s visa on the grounds that he could encourage anti-vaccination sentiment in Australia. Hawke had not considered whether deporting Djokovic could also stoke such sentiment, Djokovic’s lawyers argued. But a panel of three federal judges rejected that argument and sided with the government. A lawyer for Hawke argued Sunday that Djokovic’s team could not possibly prove that the immigration minister had failed to consider the consequences of his decision. Chief Justice James Allsop did not give reasons for the judges’ decision, saying that they would be provided Monday at the earliest. The decision was unanimous, he said at a hearing Sunday afternoon. He added that Djokovic must pay the government’s legal fees. He said the ruling was not a reflection on the validity of Hawke’s decision to cancel Djokovic’s visa Friday — only on the merits of his decision-making process. Djokovic arrived Sunday night at Melbourne Airport, where he boarded an Emirates flight bound for Dubai, United Arab Emirates. He could be barred from entering Australia for the next three years under its laws regarding visa cancellations, but the government could waive that.

Prime Minister Scott Morrison said in a statement that he welcomed the decision “to keep our borders strong and keep Australians safe,” adding that “Australians have made many sacrifices during this pandemic, and they rightly expect the result of those sacrifices to be protected.” In Djokovic’s native Serbia, President Aleksandar Vucic said that he had spoken to the player and offered his support. “I told him that I can’t wait for him to come to Serbia and return to his country, and to be where he is always welcome,” Vucic said in a statement. The dispute ran up against the Monday start of the Australian Open, a Grand Slam championship event that is one of the biggest tournaments of the year in tennis along with the French Open, Wimbledon and the U.S. Open. In addition to chasing his 10th Australian Open men’s singles title, Djokovic had been hoping to break a tie with Rafael Nadal and Roger Federer for the most Grand Slam championships in tennis history. They each have 20. “I am uncomfortable that the focus of the past weeks has been on me, and I hope that we can all now focus on the game and tournament I love,” Djokovic said in his statement. “I would like to wish the players, tournament officials, staff, volunteers and fans all the best for the tournament.” The ATP Tour said in a statement that more time was required “to take stock of the facts and to take the learnings from this situation.”

New Zealand’s leader says there are signs of extensive damage in Tonga By NATASHA FROST

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day after the volcanic eruption off Tonga’s shores, communications were still out in much of the Pacific island nation, but there were signs of significant damage from the eruption and resulting tsunami, Prime Minister Jacinda Ardern of New Zealand said Sunday. Ardern, whose country has close ties to Tonga, said the tsunami had had “a significant impact on the foreshore on the northern side of Nuku’alofa,” the Tongan capital, “with boats and large boulders washed ashore.” “Shops along the coast have been damaged and a significant cleanup will be needed,” she said at a news conference. The tsunami was caused by an eight-minute eruption of the undersea volcano Hunga-Tonga-Hunga-Ha’apai, located about 40 miles north of Tongatapu, Tonga’s main island, on which about 70% of the population live. Contact with Tonga was still extremely limited Sunday afternoon, and communication with more remote parts of the country had not yet resumed. Ardern said official damage assessments were not yet available because of the difficulties with communication. Nuku’alofa was covered in a thick film of volcanic dust, she said, but conditions were otherwise stable and power had

been restored to some of the city. “A clear indication that has come from Tonga is a need for water,” Ardern said. “The ash cloud has, as you can imagine, caused contamination. That’s on top of already a challenging environment, in terms of water supply.” Countries including Australia and New Zealand have offered the country aid, and a New Zealand defense force reconnaissance flight was set to deploy Monday morning, subject to conditions, including ash fall. A New Zealand navy vessel will also soon depart for the country, Ardern said. In a post on Twitter, the United States secretary of state, Antony Blinken, offered his condolences: “Deeply concerned for the people of Tonga as they recover from the aftermath of a volcanic eruption and tsunami. The United States stands prepared to provide support to our Pacific neighbors.” Tonga, a nation of about 105,000 people, has experienced successive natural disasters in recent years. In 2018, more than 170 homes were destroyed and two people killed by Cyclone Gita, a Category 5 tropical storm. Two years later, in 2020, Cyclone Harold caused an estimated $111 million of damage, including extensive flooding. The country, which has reported just one case of the coronavirus, has struggled economically during the pandemic. It closed its borders in March 2020, effectively cutting off all

tourism to the country, which had previously made up about 12% of its GDP. “We stand ready to support the government and the people of Tonga,” a spokesperson for the United Nations in the Pacific said in a post on Twitter. “Unfortunately this is not over, and more eruptions and consequent tsunamis may follow.”

The eruption Saturday of the underwater volcano off Tonga, as captured by a Japanese weather satellite, Himawari-8.


The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

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Pay your power bill, Myanmar soldiers say, or pay with your life By RICHARD C. PADDOCK

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he schoolteacher had just gotten out of bed when four Myanmar army soldiers pounded on her door. Her electricity payment was overdue, they said, and ordered her to pay it immediately at the government power company office. The teacher, Thida Pyone, asked what would happen if she refused. “One soldier pointed his gun at me and said, ‘If you choose your money over your life, then don’t go pay the bill,’” she recounted. She was so frightened, she got goose bumps. She grabbed her money and went straight to the payment office, not even taking time to change out of her yellow and pink pajamas. After the Myanmar military seized power in a Feb. 1 coup, millions of people walked off their jobs in protest. Millions also began refusing to pay for electricity, an act of civil disobedience aimed at depriving the junta of a crucial source of revenue. Experts doubt that these efforts alone can bring down the regime. But 11 months after the coup, the military appears so desperate for cash that its soldiers have begun acting as debt collectors. For weeks, residents say, troops have been going door to door alongside power company workers to extract payments in major urban areas, including the nation’s two largest cities, Yangon and Mandalay. The soldier’s threat to Thida Pyone was part of a wider, violent crackdown as the regime has tried to crush street protests and the civil disobedience movement. Soldiers and the police have killed at least 1,466 civilians, including nearly 200 who died during torture at interrogation centers, according to the Assistance Association for Political Prisoners. At least 85 young protesters were shot in the head at demonstrations, the rights group said. The coup and subsequent crackdown also threw the nation’s economy into crisis as millions left their jobs in protest, including doctors, engineers, bank staff, power company employees and railway workers. Most have not returned. The economy had previously been projected to grow in 2021, but with the coup and the COVID-19 pandemic, the World Bank estimates that it contracted by more than 18% instead. The United Nations Development Program predicts that urban poverty rates will triple by early 2022, according to a December report based on a survey of 1,200 households. “A slide into poverty of this scale could mean the disappearance of the middle class — a bad omen for any rapid recovery from this crisis,” Kanni Wignaraja, director of the agency’s bureau for Asia and the Pacific, said in a statement accompanying the report. Myanmar’s currency, the kyat, has plummeted since the coup to less than half its previous value, driving up prices for imports such as fuel and cooking oil. Cash remains in short supply as people, lacking confidence in the banks, hoard kyat. Banks are no longer stocking even a handful of ATMs. Customers who want their money must obtain a token online or make an appointment by phone; both are almost impossible to do. Most people get cash from their accounts by transferring it to a broker and paying a commission

of as much as 7%. After a previous military regime began opening the country in 2010, Myanmar saw economic growth with increased international investment and a higher standard of living. The coup has undone this progress. “In the past 10 months, the country has lost all its gains from the past 10 years,” said Hein Maung, an economist based in Myanmar. “The cost of doing business has increased substantially. There is a booming informal economy of drug trafficking, illegal logging, money laundering and other illegal businesses.” A decline in electricity payments, as well as tax revenues and international development assistance, has cost the regime about one-third of the revenue that the previous government used to receive, he said. Many public services, like health care and schools, are barely functioning, and the regime has halted many longer-term programs reliant on state funding, such as infrastructure projects. Myanmar’s shadow opposition government, the National Unity Government, has urged the public to stop paying for electricity. In September, it said that 97% of people in Mandalay and 98% in Yangon had done so, costing the regime $1 billion by that point. Ko Si Thu Aung, 24, who sells vintage clothes online, had not paid his bill since February in support of the civil disobedience movement. But on Christmas Day, soldiers came to his home and cut the power line. After two days without electricity, he decided he had no choice.

“If there is no electricity, I can’t work,” he said as he stood in line with more than 300 others waiting to pay their bills at the office of the Mandalay Electricity Supply Cooperative. “I feel bad because our money will become bullets to kill people.” He said he would atone by donating more than the amount of his electricity payment to the People’s Defense Force, an anti-regime militia formed since the coup. Opponents of the regime have also targeted lesser revenue sources, such as motor vehicle payments, by not renewing driver’s licenses or car registration. Soldiers have begun trying to collect more money by stopping drivers at random and inspecting their documents. And revenue from the state-run lottery dropped to nearly zero after most of the public stopped buying tickets. Opponents also have mounted a boycott against companies owned by the military, which operates two vast conglomerates with more than 120 subsidiaries. Among those affected are military-owned beer producers, banks, a cigarette manufacturer, tourist hotels, an insurance company and the cellphone company Mytel, a joint venture with Vietnam’s defense ministry. In Mandalay, where the power goes out every day for hours at a time, the regime’s strong-arm campaign to collect electricity payments began in October. Power outages were common before the coup but recently have become longer and more frequent. The energy ministry blames the outages in part on a fourfold increase in the price of imported natural gas.

People use flashlights in a “hashtag flash strike” campaign to protest the military coup in Yangon, Myanmar, April 11, 2021. For weeks, residents say, troops have been going door to door alongside power company workers to extract payments in major urban areas, including the nation’s two largest cities, Yangon and Mandalay.


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The downfall of Prince Andrew: Here’s what you need to know By DAN BILEFSKY

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e was a dashing helicopter pilot and war hero who captivated millions of Britons during the Falkland Islands War. Royal watchers liked to say he was a favorite of his mother, Queen Elizabeth II. These days, however, Prince Andrew, 61, is drawing global infamy and revulsion over accusations that he raped a teenager in 2001. The prince has repeatedly denied the accusations. But last week, his once-glittering royal life was shattered irreparably after a federal judge in Manhattan ruled that a civil case related to the sexual abuse accusations could proceed. The reaction from Buckingham Palace was swift and punishing. Just a day later, the prince’s 95-year-old mother stripped him of his military titles and royal patronages. Going forward, the prince will no longer use the title “His Royal Highness,” a symbol of his status as a senior member of the royal family. The Sun, a popular British tabloid, summed it up: Andrew had been “effectively banished.” Looming over the case is the prince’s friendship with former financier and convicted sex offender Jeffrey Epstein, who the accuser, Virginia Giuffre, claimed had trafficked her to the prince. Epstein committed suicide in prison in 2019. The case has deeply shaken the royal family, already

In an undated image provided by federal prosecutors, Prince Andrew with Virginia Giuffre, who accuses him of raping her as a teenager, and Ghislaine Maxwell. After a New York judge ruled that a civil suit against the prince could move forward, he was stripped of his military titles. What happens now?

buffeted by scandal and the rancorous departure of Prince Harry and his wife, Meghan. The timing could hardly be worse: Elizabeth is poised to celebrate her 70th anniversary on the throne this year, and the monarchy — the symbol and unifier of an often restive nation — has been seeking to burnish and renew its brand for future generations. Who is Andrew? Born on Feb. 19, 1960, Andrew attended Gordonstoun boarding school in Scotland, his father’s alma mater. He appears to have inherited his father’s adventurous bent and went on to a distinguished military career. A spare, rather than the heir, to the throne, his busy bachelorhood — linked to actresses and models, among others — was tabloid fodder, earning him the nickname “Randy Andy” and a reputation as a playboy prince. When he married Sarah Ferguson in 1986, he became the Duke of York. The marriage ended in divorce a decade later amid accusations of infidelity. But the couple, who had two daughters, Princess Beatrice and Princess Eugenie, remained close. They continue to share a home at Royal Lodge, a residence near Windsor Castle. While as a young man Andrew was known as something of a rake, he earned respect after training as a naval officer and serving as a helicopter pilot during the Falkland Islands War. His appetite for risk was evident in 2012 when, to raise money for charity, he abseiled down the side of the Shard, an iconic London skyscraper, from the 87th floor. Why is Andrew in trouble? Andrew’s woes are largely the result of his association with Epstein, who was being held on federal sex-trafficking charges when he died, and Ghislaine Maxwell, who was recently found guilty of conspiring with Epstein to recruit, groom and abuse underage girls. The accusations against Andrew surfaced in 2015 during a federal lawsuit against Epstein in Florida. One accuser, Giuffre, claimed that the prince had raped her when she was 17. After a disastrous BBC interview, broadcast in November 2019, in which he tried to explain his friendship with Epstein — and spurred a backlash after characterizing the behavior of the convicted sex offender as “unbecoming” — the prince announced he was indefinitely stepping away from public life. During the interview, the prince said he had “no recollection” of meeting Giuffre. But he could not explain a widely published photograph taken in London that showed him with his arm around the girl’s waist. He told the BBC that he had no memory of the photograph “ever being taken.” He also made several bizarre claims to deflect his accuser’s charges, among them that he was medically incapable of sweating. Giuffre has asserted that the prince was sweating profusely during one of their meetings. In August 2021, Giuffre filed a lawsuit against Andrew in federal court in Manhattan, New York, repeating her accusations. His lawyers have tried to get the case dismissed, but on Jan. 12, a judge allowed the suit to proceed.

How has the queen reacted? After the ruling this week in the sexual abuse lawsuit, Buckingham Palace announced that the prince would be relinquishing his military titles and royal charities. In a stinging rebuke, the palace also said the prince would no longer use the title “His Royal Highness.” The palace’s terse statement said that Andrew would “continue not to undertake any public duties” and that he “is defending this case as a private citizen.” The language of the palace’s announcement appeared carefully calibrated to stave off any efforts by the prince to rehabilitate himself. The decision to deprive Andrew of his military titles and the honorific “His Royal Highness” puts him on the same footing as his nephew, Harry, who was forced to give up both after he and his wife withdrew from royal duties and moved to Southern California in 2020. What does this mean for the royal family? Elizabeth will mark 70 years on the throne in February, which was supposed to offer an opportunity to reframe the royal narrative after three years of unrelenting turmoil. But now the lurid tableau of a sexual abuse lawsuit unfolding in a Manhattan courtroom could cast a pall over her celebrations. There are also deeper, more long-lasting risks for the monarchy as it seeks to remain relevant in the age of TikTok. The queen remains beloved by the British public for her work ethic and long service; she has been served by 14 prime ministers, beginning with Winston Churchill, and has edged out Queen Victoria as the longest-reigning monarch in British history. But members of the younger generation have come of age during a period when the monarchy has been rocked by scandal, and the accusations against Andrew are helping to solidify that perception. As it is, in multicultural Britain and beyond, some have already felt alienated from the monarchy after Meghan and Harry’s departure. The sense of it being an anachronistic family out of touch with contemporary mores was reinforced during an explosive interview with Oprah Winfrey in which Meghan, a biracial former actress, raised the issue of racism within the royal family. The relegation of Andrew to the royal wilderness will also reinforce the royal model of Prince Charles, who will succeed his mother after her death and who has been advocating a streamlined House of Windsor. What are the next steps in the case against Andrew? If both sides agree to a settlement, which would bring the lawsuit to an end, Andrew would likely not have to admit any liability or wrongdoing, but he could face sizable financial costs. Under an agreed-upon scheduling order in the lawsuit, lawyers for Giuffre and Andrew must complete legal discovery — the exchange of documents and the taking of depositions of experts — by July 14. If the case goes to trial before a jury, it could lead to the public airing of tawdry and damaging details about the prince that could further undermine the monarchy.


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Maskless and inaccurate By DAVID LEONHARDT

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hen the Supreme Court justices emerged from the red drapes at the front of the courtroom Jan. 7 and took their seats — to hear arguments about President Joe Biden’s vaccine mandate — all but one of the justices there were wearing masks. The exception was Neil Gorsuch. That Gorsuch would resist mask wearing is no surprise. He is a conservative judge with a libertarian streak who has spent his life around Republican politics. In conservative circles, masks have become a symbol of big-government subjugation. But his decision not to wear one — while the other Republican appointees on the court all were — still felt surprising. The justices usually make an effort to treat one another respectfully. They disagree on the law, sometimes harshly, while maintaining productive and even warm relationships, like the famous friendship between Antonin Scalia and Ruth Bader Ginsburg. “When you’re charged with working together for most of the remainder of your life, you have to create a relationship,” Sonia Sotomayor said a few years ago, describing her welcoming of Brett Kavanaugh. “This is our work family.” Gorsuch had to know that his masklessness could make other justices uncomfortable, including 83-year-old Stephen

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Breyer and Sotomayor, 67, who has diabetes, a COVID risk factor. Sotomayor sits next to Gorsuch on the bench and, notably, chose not to attend the Jan. 7 argument in person. She participated remotely, from her chambers. When Ruth Marcus of The Washington Post asked a Supreme Court spokesperson whether Sotomayor had done so because Gorsuch was maskless, Marcus got no response. One of the few public comments from somebody close to Gorsuch came from Mike Davis, a conservative activist and former Gorsuch clerk. On Twitter, Davis defended his former boss by writing, “We know cloth masks don’t [work].” It was a statement that managed to be both exaggerated and beside the point. Masks, especially medical masks like KN95 and N95 masks, reduce the spread of COVID, studies show. In response to that evidence, the Supreme Court tells lawyers and reporters in the courtroom to wear medical masks. The effect of masks may not be as large as their advocates sometimes claim, and masks can impede communication. So I recognize that well-meaning people can disagree about when they should be worn. Still, Gorsuch’s lack of a mask inside the courtroom seemed needlessly risky and disdainful of his colleagues. “Wearing a mask is the decent thing to do,” Marcus wrote in her Washington Post column, “especially when you are around vulnerable individuals.” This past week, Gorsuch again appeared without a mask at the court. His decision seems emblematic of a country where partisan loyalty can trump COVID reality. It also seems emblematic of a court on which the justices are increasingly willing to behave as partisan actors rather than impartial judges. ‘Wildly incorrect’ During the first hour of the two-hour argument Jan. 7, Sotomayor listed the evidence of COVID’s continuing threat, to illustrate the benefits of a vaccine mandate. (The court ruled in the case Thursday, blocking Biden’s vaccine mandate for large employers, while allowing a narrower one for health care providers. Gorsuch opposed both mandates, while Sotomayor favored both.) In making the case for mandates, Sotomayor first noted that COVID cases were surging and hospitals were near capacity. She then turned her attention to children: “We have over 100,000 children, which we’ve never had before, in serious condition and many on ventilators.” That last sentence is simply untrue. PolitiFact called it “way off.” Khaya Himmelman of The Dispatch described it as false and misleading. Daniel Dale of CNN wrote that Sotomayor had made “a significant false claim.” Glenn Kessler, The Washington Post’s fact checker, called it “wildly incorrect.” Fewer than 5,000 U.S. children were in the hospital with COVID in the past week, and many fewer were in “serious condition” or on ventilators. Some of the hospitalized

The Supreme Court justices last spring. children probably had incidental cases of the virus, meaning they had been hospitalized for other reasons and tested positive while there. COVID is overwhelmingly mild in children, even those who are unvaccinated. The risks are not zero, and they have risen during the current wave of infections, especially for children with major underlying health problems. But the risks remain extremely low. Consider these numbers: Over the past week, about 870 children were admitted to hospitals with COVID, according to the Centers for Disease Control and Prevention. By comparison, more than 5,000 children visit emergency rooms each week for sports injuries. More than 1,000 are hospitalized for bronchiolitis during a typical January week. Similarly, the risk of COVID hospitalization for children — even in recent weeks — has been much lower than the risk from the respiratory virus known as RSV, as public health researcher Katelyn Jetelina has shown. Or consider this: Vaccinated seniors are at much more risk of severe COVID illness than unvaccinated children. Sotomayor’s statement may not have been central to the case. But it was not a random error, either. Many other Americans on the left half of the political spectrum have also been exaggerating COVID’s risks to children. As the authors of a Gallup poll last year wrote, “Republicans consistently underestimate risks, while Democrats consistently overestimate them.” I understand that these exaggerations often stem from an admirable desire to protect children from harm. But the result has been the opposite: The pandemic’s disruptions have led to lost learning, social isolation and widespread mental health problems for children. Many American children are in crisis — as a result of pandemic restrictions rather than the virus itself. The Supreme Court’s Jan. 7 session was striking because it highlighted both halves of the country’s partisan-based self-deceptions. Many conservatives are refusing to wear masks — or, even worse, refusing to be vaccinated — out of a misplaced belief that COVID is harmless. Many liberals are sensationalizing COVID’s risks out of a misplaced belief that it presents a bigger threat to most children and vaccinated adults than continued isolation and disruption do. Partisanship, as some political scientists like to say, is a helluva drug.


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18 muertes, 6,515 casos y 35.4 la tasa de positividad por COVID-19 según informe del DS POR CYBERNEWS

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AN JUAN – El informe de COVID-19 del Departamento de Salud (DS) reportó el domingo sobre 1,983 casos positivos confirmados, 4,532 casos probables y veinticinco muertes. Las personas fallecidas son 12 hombres y 6 mujeres entre los 65 y 93 años en las regiones de Bayamón, Caguas, Mayagüez, Metropolitano y Ponce. El monitoreo cubre el periodo del 31 de di-

ciembre al 14 de enero de 2022. La tasa de positividad subió a 35.4 por ciento. Hay 868 adultos hospitalizados y de ellos, 129 están en intensivo. Mientras, 62 menores están hospitalizados y 3 están en intensivo. 88 adultos están en ventiladores y 2 menores. Con una dosis hay al menos dos millones, 808 mil, 622 personas. Con las dosis completadas hay dos millones, 507 mil, 104 personas. El total de muertes atribuidas es de 3,511.

Gobernador dice decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos no afectan mandatos de vacunación en Puerto Rico POR CYBERNEWS

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A FORTALEZA – El gobernador Pedro Rafael Pierluisi Urrutia dijo a fines de la semana pasada que tras la decisión del Tribunal Supremo Federal no afecta los mandatos de vacunación en Puerto Rico. “Las decisiones dictaminadas ayer por el Tribunal Supremo Federal no afectan los mandatos de vacunación en Puerto Rico emitidos por medio de las órdenes

ejecutivas. Al contrario, estas se mantienen en todo vigor”, dijo Pierluisi Urrutia el viernes en declaraciones escritas. “En particular, la decisión del Tribunal Supremo Federal revocando el mandato de vacunación contra el COVID-19 de la Occupational Safety and Health Administration (“OSHA”) solo concluyó que el estatuto habilitador de esa agencia federal no le confería autoridad para requerir un mandato de vacunación contra el COVID-19. En cambio, en Puerto Rico estatutos como la “Ley del Departamento de Seguridad de Puerto Rico” y la “Ley Orgánica del Departamento de Salud”, expresamente confieren al Gobierno de Puerto Rico la facultad para emitir distintas medidas y órdenes para atender un estado de emergencia y una situación de salud pública como es una pandemia. Esto incluye los mandatos de vacunación a distintos sectores de la población. Por otro lado, la segunda determinación del Tribunal Supremo Federal validó la autoridad del secretario de Salud federal para emitir un mandato de vacunación de COVID-19 a los em-

Doble asesinato en Caguas POR CYBERNEWS

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AGUAS – Un doble asesinato se reportó a eso de las 9:23 de la noche del sábado, en la carretera PR-52 kilómetro 22.2 en Caguas. Según el reporte de la Policía, se recibió una llamada a través del Sistema de Emergencia 9-1-, sobre múltiples detonaciones.

pleados de salud en las facilidades participantes de Medicare y Medicaid, sujeto únicamente a excepciones por razones médicas y religiosas”, añadió. “Esa decisión refuerza nuestros mandatos de vacunación, al validar un esquema similar. Es decir, un mandato de vacunación que permite las excepciones médicas y religiosas. La decisión del Tribunal Supremo Federal reconoció la información científica en la que se fundamentó el mandato, que la vacuna es un medio adecuado para evitar el contagio y la transmisión del virus, la razonabilidad de la medida, entre otros asuntos importantes de estos mandatos. Ante ello, continuamos enfocados en atender adecuadamente la emergencia e implementando las medidas necesarias para combatir esta pandemia de COVID-19”, culminó. El Tribunal Supremo de Estados Unidos bloqueó el mandato del presidente Joseph “Joe” Biden a las grandes empresas, que requería que exigieran a sus empleados que se vacunaran contra el COVID-19 o presentaran semanalmente pruebas negativas a coronavirus.

Al llegaral lugar, encontraron en el interior de un vehículo Mitsubishi, Outlander color blanco, los cuerpos de Joel Urbina Alcaraz de 42 años, residente en Gurabo y Joshua González Ortiz de 27 años residente en Caguas. Ambos presentaban múltiples heridas de bala en diferentes partes del cuerpo. De la escena se ocuparon múltiples casquillos de diferentes calibres. El agente Jesús Torres, adscrito a la División de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Criminales de Caguas y el fiscal Darío Vicepo investigan.


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SAG Award nominations 2022: The complete list, snubs and surprises By KYLE BUCHANAN

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ith the Golden Globes reduced to a chaotic session of live-tweeting, let’s hope this year’s Screen Actors Guild Awards can finally bring a little clarity to Oscar season. Indeed, the SAG Awards, voted on by the Hollywood actors’ guild SAG-AFTRA, are considered by many to be the strongest precursor when it comes to predicting Oscar momentum in the acting races. In most years, at least four of the five SAG nominees in each acting category will also receive an Oscar nomination. After the nominations were announced Wednesday morning, many lauded performances got a shot in the arm, though some notable actors will now have to hope for Oscar to recognize what SAG has snubbed. Which are which? Here’s my breakdown of this year’s SAG movie categories, followed by the full list of nominations. Supporting Actor Ben Affleck, “The Tender Bar” Bradley Cooper, “Licorice Pizza” Troy Kotsur, “CODA” Jared Leto, “House of Gucci” Kodi Smit-McPhee, “The Power of the Dog” So the group liked Kenneth Branagh’s “Belfast” enough to nominate its ensemble in the top category, but neither of the film’s notable actors, Jamie Dornan and Ciaran Hinds, made the cut in the supporting category? Instead, SAG nominated a sensitive Ben Affleck for “The Tender Bar” and Bradley Cooper for his fun, small role in “Licorice Pizza.” Sure, why not! We’ll see if those two repeat at the Oscar nominations, but I think the other three men in the category are safely locked in. I’m happy to include Troy Kotsur here, since he’s so good as Outstanding Cast “Belfast” “CODA” “Don’t Look Up” “House of Gucci” “King Richard” Actor in a Leading Role Javier Bardem, “Being the Ricardos” Benedict Cumberbatch, “The Power of the Dog” Andrew Garfield, “Tick, Tick … Boom!” Will Smith, “King Richard” Denzel Washington, “The Tragedy of Macbeth”

Nicole Kidman, left, and Javier Bardem were both nominated for their performances in “Being the Ricardos.” the father in “CODA,” but this race may ultimately come down to the enigmatic Kodi SmitMcPhee in “The Power of the Dog” and Jared Leto’s big, blustery transformation in “House of Gucci.” Supporting Actress Caitriona Balfe, “Belfast” Cate Blanchett, “Nightmare Alley” Ariana DeBose, “West Side Story” Kirsten Dunst, “The Power of the Dog” Ruth Negga, “Passing” DeBose and Dunst have been stalwart nominees in this category all season, and Negga’s inclusion is a relief, since “Passing” hasn’t mustered much awards heat outside of her performance. I never would have expected Balfe to be the lone nominee from “Belfast” because awards voters love the film so much, but that may increase her odds of winning if SAG voters wish to single the movie out. And then there’s Blanchett, who edged out other supporting actress hopefuls like Aunjanue Ellis (“King Richard”), Ann Dowd (“Mass”), Rita Moreno (“West Side Story”) and Meryl Streep (“Don’t Look Up”). She’s terrific as a slinky femme fatale in “Nightmare Alley,”

Actress in a Leading Role Jessica Chastain, “The Eyes of Tammy Faye” Olivia Colman, “The Lost Daughter” Lady Gaga, “House of Gucci” Jennifer Hudson, “Respect” Nicole Kidman, “Being the Ricardos” Actor in a Supporting Role Ben Affleck, “The Tender Bar” Bradley Cooper, “Licorice Pizza” Troy Kotsur, “CODA” Jared Leto, “House of Gucci” Kodi Smit-McPhee, “The Power of the Dog”

but it’s still a surprise to see her here since the movie hasn’t really caught on. Can Moreno or Ellis leapfrog past her at the Oscars? Actor Javier Bardem, “Being the Ricardos” Benedict Cumberbatch, “The Power of the Dog” Andrew Garfield, “Tick, Tick … Boom!” Will Smith, “King Richard” Denzel Washington, “The Tragedy of Macbeth” Cumberbatch, Garfield, Smith and Washington are all widely expected to repeat at the Oscars, setting up a real clash of the titans for the win. But it’s a big shocker to see Javier Bardem here for his spirited performance as Desi Arnaz in “Being the Ricardos.” SAG voters clearly responded to this behind-the-scenes story of TV actors working on an iconic show. Bardem beat out some pretty heavyhitting competition in this category, including Peter Dinklage for “Cyrano” and Leonardo DiCaprio for “Don’t Look Up.” Since DiCaprio’s movie is still amassing momentum — Netflix says it’s the second-most-watched movie ever on the streamer — the fifth slot in this Oscar race remains up for grabs. Actress Jessica Chastain, “The Eyes of Tammy Faye” Olivia Colman, “The Lost Daughter” Lady Gaga, “House of Gucci” Jennifer Hudson, “Respect” Nicole Kidman, “Being the Ricardos” Awards voters are sucker for a convincing transformation into a real person, and this category offers it in spades: Chastain, Gaga, Hudson and Kidman all played real-life figures and the work they put into those roles is evident. You would have thought, then, that Kristen Stewart’s acclaimed turn as Princess Diana in “Spencer” would be right up SAG’s alley, but voters proved

Actress in a Supporting Role Caitriona Balfe, “Belfast” Cate Blanchett, “Nightmare Alley” Ariana DeBose, “West Side Story” Kirsten Dunst, “The Power of the Dog” Ruth Negga, “Passing” Stunt Ensemble in a Movie “Black Widow” “Dune” “The Matrix Resurrections” “No Time to Die” “Shang-Chi and the Legend of the Ten Rings” Ensemble in a Drama Series “The Handmaid’s Tale”

surprisingly resistant to crowning her. If Stewart couldn’t even get nominated by SAG, her Oscar chances are looking very shaky. I wonder, then, if an Oscar battle is brewing between two women looking for their second Academy Award: Kidman, who transforms into Lucille Ball in “Being the Ricardos,” and Colman, both prickly and sympathetic as a troubled mother in “The Lost Daughter.” Cast “Belfast” “CODA” “Don’t Look Up” “House of Gucci” “King Richard” Though this is considered SAG’s top category, it has less of a correlation with the best-picture race. Last year’s Oscar winner, “Nomadland,” wasn’t even nominated for the outstanding-cast SAG Award, because the guild prefers to honor a big ensemble instead of a film dominated by only one or two performances. That’s why “Don’t Look Up,” which employs virtually everyone in SAG, can make the cut even though none of its individual actors were recognized, while “The Power of the Dog,” which scored nods for Cumberbatch, Dunst and Smit-McPhee, proved too intimate for a top nomination. Or maybe SAG just really wanted to recognize some crowd-pleasers, which is why “Belfast,” “CODA” and “King Richard” all made the cut. As for “House of Gucci,” the reviews may be too mixed to power the film to a bestpicture nomination at the Oscars, but SAG had no such qualms. Say what you will about Gaga, Leto and all the rest, but no movie this year featured more acting. Here’s the complete list:

“The Morning Show” “Squid Game” “Succession” “Yellowstone” Actor in a Drama Series Brian Cox, “Succession” Billy Crudup, “The Morning Show” Kieran Culkin, “Succession” Lee Jung-jae, “Squid Game” Jeremy Strong, “Succession” Actress in a Drama Series Jennifer Aniston, “The Morning Show” HoYeon Jung, “Squid Game” Elisabeth Moss, “The Handmaid’s Tale”

Sarah Snook, “Succession” Reese Witherspoon, “The Morning Show” Ensemble in a Comedy Series “The Great” “Hacks” “The Kominsky Method” “Only Murders in the Building” “Ted Lasso” Actor in a Comedy Series Michael Douglas, “The Kominsky Method” Brett Goldstein, “Ted Lasso” Continues on page 20


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Don’t sleep on these 6 performances during awards season By KYLE BUCHANAN

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ow that the Screen Actors Guild has issued its nominations and the Golden Globes have … well, livetweeted … this awards season’s acting races are starting to come into focus. Still, I’d like to coax adventurous Oscar voters to look elsewhere, since so many of the best performances were overlooked by both groups. Here are five stellar turns that still deserve their due, as well as a sixth performance that ought to be doing even better than it is. Renate Reinsve, ‘The Worst Person in the World’ Here are some things Renate Reinsve does as Julie, the lead character of “The Worst Person in the World”: She switches her college major; she flirts; she dates one guy and thinks about dating another; sometimes she dances, does drugs, writes, takes pictures; she worries, more often than she should, that she is aimless. But in this collection of small things that make up a real life, the movie’s aim proves incredibly true. Reinsve, 34, is a Norwegian performer but looks so much like Dakota Johnson that you’ll start wondering why Johnson doesn’t get to be in romantic dramedies that are this real and appealing, or why Hollywood has stopped making them anymore. (The film, which had a small, Oscar-qualifying release last year, will be released in more U.S. theaters next month.) Maybe that’s why I treasured this one so much, although most of that credit ought to go to Reinsve for playing somebody so specific in her unfocused sprawl that you’d think you should be able to text Julie for drinks after watching her movie. Colman Domingo, ‘Zola’ What can’t Colman Domingo make better? The 52-yearold Broadway veteran has become one of our best character actors, popping up in a host of awards season movies like “Lincoln,” “Selma” and “If Beale Street Could Talk.” He can play sly — with his raised eyebrows and shady silences, he almost stole “Lee Daniels’ The Butler” from the rest of that film’s starry cast — or solid, as when he embodied the traditionalist opposite a fiery Chadwick Boseman in “Ma Rainey’s Black Bottom.” “Zola” is less obvious as an Oscar contender than those films were, but Domingo’s performance in it still deserves attention. As a pimp who strings along our heroine (Taylour Paige) during a strip club road trip gone wrong, Domingo is both frightening and a live-wire hoot, sometimes toggling between those extremes in the space of a line. After proving to be a good luck charm opposite so many award-winning performances, it’s high time the Oscars let themselves be charmed by Domingo himself.

Clockwise from top left, Colman Domingo, Ruth Negga, Jessie Buckley, Olga Merediz, Renate Reinsve and Ben Affleck. Jessie Buckley, ‘The Lost Daughter’ I’ve enjoyed getting to know the work of Irish actor Jessie Buckley in movies like “I’m Thinking of Ending Things” and “Wild Rose,” but at no point while watching her did I muse, “You know who she ought to play? A young Olivia Colman!” In fact, it seems like folly for director Maggie Gyllenhaal to even cast Buckley as the earlier version of Colman’s character in “The Lost Daughter”: Is there really enough space between the 32-year-old Buckley and the 47-year-old Colman that we’d buy them as distinct poles of the same person? Somehow, it works, and that’s while Buckley is juggling several other balls besides. Not only must she convince as Colman, she has to tease out this unhappy character’s mysterious back story and sell several scenes that sound unsympathetic on paper — like flipping out on her children and contemplating adultery as a fun change of pace. Still, Buckley is so adroit and inherently gripping that you don’t question a single second. To even survive that assignment is a feat — to ace it and emerge as the stealth MVP of the movie is a whole other level entirely. Olga Merediz, ‘In the Heights’ A spirited summer release, “In the Heights” seemed like one of the year’s first major Oscar contenders until an underwhelming box office performance consigned it to also-ran status. That quick brushoff now seems unfair, since most of the awards contenders that came months later — including “West Side Story,” a much more expensive adaptation about singing in the streets of New York — scarcely did any better. Perhaps it’s time for another look at “In the Heights,” especially if it gets more eyes on Olga Merediz, the 65-year-

SAG Award nominations 2022: From page 19 Steve Martin, “Only Murders in the Building” Martin Short, “Only Murders in the Building”

Jason Sudeikis, “Ted Lasso” Actress in a Comedy Series Elle Fanning, “The Great” Sandra Oh, “The Chair” Jean Smart, “Hacks” Juno Temple, “Ted Lasso”

Hannah Waddingham, “Ted Lasso” Actor in a TV Movie or Limited Series Murray Bartlett, “The White Lotus” Oscar Isaac, “Scenes From a Marriage” Michael Keaton, “Dopesick” Ewan McGregor, “Halston”

old actor who originated the role of Abuela Claudia onstage. Her song “Paciencia y Fe” becomes the film’s centerpiece number, a fantasia on the immigrant experience that flits breathtakingly across several decades. Director Jon M. Chu stages the scene well — with a lot of beautiful dancing and clever, effects-aided cuts — but the vulnerable Merediz, singing her heart out, is what you remember most. (You could crop out everything but her face and not miss a beat.) Ben Affleck, ‘The Last Duel’ Sometimes, when I look at who gets nominated for an Oscar, I want to channel Kristen Johnston’s blowzy socialite from “Sex and the City” and exclaim, “No one’s fun anymore! Whatever happened to fun?” This is what happens when people equate seriousness with worthiness: We get a full slate of earnest, po-faced nominees. As a bulwark against that, may I continue to suggest the 49-year-old Ben Affleck for your consideration? No, not for the altogether more conventional “The Tender Bar,” which just earned him a SAG nod: Instead, please nominate him for having the time of his life in “The Last Duel,” in which his randy count throws orgies, negs Matt Damon, tells ribald jokes and beseeches Adam Driver to take his pants off. Is it all a bit anachronistic? Does the movie have him using a British accent instead of a French one? Can anyone on this planet make sense of his hair? Yes, yes and no, but what of it? Affleck’s so much fun that only a pro could pull all of that off. Ruth Negga, ‘Passing’ Ruth Negga managed SAG and Golden Globe nominations for her work in “Passing,” but I’m still moved to include her on this list because “Passing” itself has not gotten its awards due, and I fear that puts the 40-year-old Negga in danger of being snubbed. There are few films I’ve thought more about this season than this directorial debut from actor Rebecca Hall, and absolutely no performance that has stuck with me more than Negga’s. In “Passing,” based on the 1929 novel by Nella Larsen, Negga plays Clare, a light-skinned Black woman who’s passing as white. When she reunites with her childhood friend Irene (Tessa Thompson), an already fraught existence becomes doubly so: Clare steps out on her racist white husband (Alexander Skarsgard) to flirt with Irene in all sorts of provocative ways. Does she see Irene’s respectable life as an upstanding Black wife in Harlem and covet what she has shunned? Or does she want to entice Irene into an in-between life where the bond between them may even become romantic. I’m still not entirely sure, because a year after watching this movie, I continue to turn Negga’s performance over to examine it from new angles. That’s what you call a gem, isn’t it?

Evan Peters, “Mare of Easttown” Actress in a TV Movie or Limited Series Jennifer Coolidge, “The White Lotus” Cynthia Erivo, “Genius: Aretha” Margaret Qualley, “Maid” Jean Smart, “Mare of Easttown”

Kate Winslet, “Mare of Easttown” Stunt Ensemble in a TV Series “Cobra Kai” “The Falcon and the Winter Soldier” “Loki” “Mare of Easttown” “Squid Game”


The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

21

Can a gay cruise keep 5,500 people safe amid COVID? By CEYLAN YEGINSU

A

s the omicron variant of the coronavirus continues to surge onboard cruise ships, forcing several cruise lines to cancel and postpone voyages, Atlantis Events, a gay and lesbian tour operator, is preparing to launch one of its biggest events Sunday: a 5,500-person Caribbean cruise marking the company’s 30th anniversary. Even as the pandemic is raging around the world and the Centers for Disease Control and Prevention has issued a stark warning telling Americans to avoid travel on cruise ships, regardless of their vaccination status, Atlantis insists that its vaccination mandate, testing requirements and health protocols are enough to provide a safe environment for guests throughout the voyage. Many passengers are convinced. “It’s time to start living our lives again and vaccines and tests allow us to do that. This isn’t COVID 2020,” said Andre Mayer, a graphic designer from Germany who paid more than $4,000 for the weeklong cruise on board Royal Caribbean’s Oasis of the Seas. “This is going to be the wildest party for our community in two years. I’m talking dirty dancing, sex, drugs, raves, orgies and sweet, sweet freedom.” For the hundreds of cruise passengers who contracted the coronavirus on board other ships in recent weeks, many falling ill and spending days in quarantine, their experience couldn’t have been further from the carefree vacation that Mayer anticipates. After testing positive, many hoped to isolate in their airy rooms with balconies, but were transferred to basic quarantine facilities — some of them without windows — and served food that they described as cold and hideous. For some booked on the Atlantis anniversary cruise, these reports and the omicron wave of the virus is causing them to reconsider their plans. But the company’s strict cancellation policy does not offer refunds for changes made within 60 days of departure, forcing guests to weigh health risks against losing thousands of dollars. “The COVID reality changes so quickly that there needs to be more flexibility,” said Aiden Morgan, a 44-year-old dance teacher from Boston. Morgan sold his ticket on Facebook, but was only offered a $1,480 for his $3,800 ticket.

Passengers at a deck party onboard an Atlantis Events cruise, held in October 2021. “I’m getting a lot of pressure from my friends to go and believe me, I really want to go and get it on, but it just seems crazy to me to risk getting sick and being trapped on a boat,” Morgan said. “Some nights I lose sleep and get the sweats just thinking about being in a cold room all alone with COVID.” Rich Campbell, CEO of Atlantis Events, said that his events company was not able to offer the same flexibility as billion-dollar cruise lines, which have many fleets and sailings to transfer bookings, and the financial resources to offer refunds. “In order to exist we take massive risks to operate these charters,” Campbell said. “We signed a contract with the cruise line that cannot be changed or canceled. If I told Royal Caribbean that I was canceling the cruise tomorrow, they would come back and say ‘great but you still owe us the money.’ ” Out of the 2,700 rooms sold, Campbell said only 35 have been canceled since Jan. 1. For guests who cannot travel because of government restrictions or lockdowns, Atlantis is showing more flexibility and issuing credits for future cruises, Campbell said. Because of the fast-changing circumstances of the pandemic, he said, the company is approaching cancellation requests on a caseby-case basis and trying to accommodate as many people as possible.

“We are here to take care of people and we are doing our best,” he said. “But if someone comes to us and just says they want their money back, because they don’t feel comfortable going on the cruise, then we recommend that they take out ‘cancel for any reason’ travel insurance.” Since restarting operations in the United States in June, many cruise lines and tour operators have adopted flexible cancellation policies, offering credit or refunds to cus-

tomers who want to make itinerary changes because of the coronavirus. Before the pandemic, Atlantic Events hosted more than 25,000 guests each year, organizing specialty gay and lesbian events on cruise ships and resorts around the world. Last year it was forced to cancel or postpone several events, including its 30th anniversary cruise. “We had almost two years with no income, and we are a tiny self-financed company. It was a huge challenge to survive,” Campbell said. Ron Davis, a 50-year-old talent manager from Nashville, Tennessee, who will be embarking on his 26th Atlantis cruise Sunday, said the calls to cancel the cruise are overblown and exacerbated by the stigma against gay cruises that presumes they are all drug-fueled sex parties with no limits. “The cruise is whatever you make of it and there is something for everyone,” Davis said. “I have never been part of an orgy, I have never done cocaine off a stair rail. Sure, if you want that you can find it, but it’s not all people having rampant sex out in the open.” For Davis, the upcoming cruise does not feel any more dangerous than taking a flight, or going for happy hour at his local bar where customers are not tested beforehand. “I don’t think I’m bulletproof, but I’m doubled vaxxed and boosted and I’m careful,” he said.


22 LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE PONCE

REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC. Demandante Vs.

GLORIA GONZALEZ T/C/C GLORIA M. GONZALEZ T/C/C GLORIA MARIA GONZALEZ T/C/C GLORIA MARIA GONZALEZ NIEVES T/C/C GLORIA M. GONZALEZ NIEVES T/C/C GLORIA GONZALEZ NIEVES; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Demandados Civil Núm.: PO2020CV01245. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, el 3 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: “URBANA: Solar marcado con el número trece (13) del bloque “D” en el plano de la Urbanización Jardines de Ponce del Barrio Machuelo del término municipal de Ponce, Puerto Rico, con un área de SEISCIENTOS OCHENTA PUNTO CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTICUATRO (680.5644) METROS CUADRADOS. En colindancias por el Norte en veintiocho punto treinta y tres (28.33) metros con el solar Centro Cultural y área de Parque; por el Sur, en veintidós punto treinta y nueve (22.39) metros con la calle C; por el Sureste en diecisiete punto veinticuatro (17.24) metros con la calle C; por el Este

@

en siete punto noventa y seis (7.96) metros con la calle C y por el Oeste en treinta punto cero cero (30.00) metros con el solar D raya catorce (D-14). Sobre este solar se ha construido una casa de concreto de hormigón y bloques. Inscrita al folio 174 del tomo 1218 de Ponce Norte, finca 33,806, Registro de la Propiedad de Ponce, Sección I. La hipoteca objeto de esta ejecución se encuentra inscrita al folio 45 del tomo 2098 de Ponce Norte, finca 33,806, Registro de la Propiedad de Ponce, Sección I, inscripción 3ª. Propiedad localizada en: JARINES DE PONCE, D-13 CALLE C, PONCE, PR 00730-1770. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano. Suma de la Carga: $357,000.00. Fecha de Vencimiento: 1 de enero de 2088. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $357,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, el 10 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $238,000.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $178,500.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, el 17 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Dicha

subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $191,406.91 por concepto de principal, más la suma de $73,360.57 en intereses acumulados al 30 de septiembre de 2020 y los cuales continúan acumulándose a razón de 5.560% anual hasta su total y completo pago; más la sumas de $6,597.19 en seguro hipotecario; $3,780.00 en cargos por servicio; $6,950.00 en seguro de la propiedad; $1,000.00 de tasación; $240.00 de inspecciones; $35.00 en mantenimiento; $1,993.30 de adelantos de costas y honorarios; más la cantidad de 10% del pagare original en la suma de $35,700.00, para gastos, costas y honorarios de abogado, esta última habrá de devengar intereses al máximo del tipo legal fijado por la oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aplicable a esta fecha, desde este mismo día hasta su total y completo saldo. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Ponce, Puerto Rico, hoy 7 de diciembre de 2021. JORGE M. HERNÁNDEZ PAGÁN, ALGUACIL REGIONAL. MANUEL MALDONADO, ALGUACIL PLACA #820

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

JUAN ALBERTO

staredictos@thesanjuandailystar.com

FIGUEROA VEGA Y SU ESPOSA GLORIA BEATRIZ LOPEZ CRUZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Parte Demandada Civil Núm.: GM2021CV00199. Sala: 303. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA - IN REM. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS.

A: JUAN ALBERTO FIGUEROA VEGA Y SU ESPOSA GLORIA BEATRIZ LOPEZ CRUZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS: Y AL PÚBLICO EN GENERAL:

El Alguacil que suscribe, certifica y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Todo derecho, título, participación e interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: RÚSTICA: Parcela de terreno identificada con el número “J” veinticinco (J-25) en el Plano de Inscripción de la Urbanización Villas de Arroyo, radicada en el Barrio Ancones del término municipal de Arroyo, Puerto Rico, con una cabida superficial de doscientos sesenta y ocho punto noventa y seis (268.96) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con las parcelas identificadas “J” uno (J-1) y “J” dos (J-2); por el SUR, con la calle número cinco (5); por el ESTE, con la parcela identificada “J” veintiséis (J-26); y por el OESTE, con la parcela identificada “J” veinticuatro (J-24). Afecto a servidumbre eléctrica en parte de su colindancia Oeste. Consta inscrita al folio al folio 115 del tomo 192 de Arroyo, finca 7,271, Registro de la Propiedad, Sección de Guayama. La propiedad objeto de ejecución está localizada en la siguiente dirección: Villas de Arroyo, J-25 Calle 5, Arroyo,

(787) 743-3346

The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022 P.R. 00714. Se informa que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravamen posterior, una vez sea otorgada la escritura de venta judicial y obtenida la Orden y Mandamiento de cancelación de gravamen posterior. (Art. 51, Ley 210-2015). En relación a la finca a subastarse, se establece como tipo mínimo de licitación en la Primera Subasta la suma de $117,300.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la Escritura de Hipoteca #501, otorgada en Patillas, Puerto Rico, el día 19 de diciembre de 2005, ante el notario Wendell W. Colón Muñoz, inscrita al folio 26 del tomo 193 de Arroyo, finca #7,271, inscripción 5ta. La PRIMERA SUBASTA, se llevará a cabo el día 10 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el tipo mínimo para la primera subasta es la suma de $117,300.00. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 17 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o sea, la suma de $78,200.00. Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 25 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar y regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $58,600.00. Dicha subasta se llevará a cabo, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor, a saber: Suma Principal: $100,855.51, con intereses a razón del 5.50% anual, desde el 1 de junio de 2017, hasta el presente y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, más los cargos por demora que se corresponden a los plazos atrasados desde la fecha anteriormente indicada a razón de la tasa pactada de 5% de cualquier pago que éste en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento, más adelantos para el pago de seguros y contribuciones, entre otros; más una suma equivalente a $11,730.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera otros adelantos que se hayan hecho la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca y

del Pagaré hipotecario. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal, durante las horas laborables. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los referentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se procederá a otorgar la correspondiente Escritura de Venta Judicial y el Alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días, de conformidad con las disposiciones de Ley. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Se informa que la propiedad objeto de ejecución se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Expedido en Guayama, Puerto Rico, a 22 de diciembre de 2021. ÁNGEL MERCADO QUILES, ALGUACIL PLACA #140.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN

MMG I, PR CR, LLC Demandante V.

ERNESTO FELIX ORTIZ CLAUDIO T/C/C ERNESTO ORTIZ CLAUDIO

Demandada Civil Núm.: SJ2021CV00656. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA IN- REM. AVISO DE

VENTA EN PÚBLICA SUBAS- y se describe a continuación: Condominio Puerta del Sol Apt. TA. 2010 San Juan, Puerto Rico A: ERNESTO FELIX 00926: URBANA: Propiedad ORTIZ CLAUDIO Horizontal: Condominio Puerta T/C/C ERNESTO del Sol de Sabana Llana, AparORTIZ CLAUDIO; tamento 2010, Cabida 679.88 AUTORIDAD PARA EL pies cuadrados. Apartamento FINANCIAMIENTO DE LA residencial 2010, de forma reclocalizado en el piso VIVIENDA DE PUERTO tangular número veinte (20) del CondoRICO; Y AL PUBLICO EN minio Puerta del Sol, que ubica GENERAL: en la carretera Estatal número El que suscribe, Alguacil del ciento ochenta y uno (181), Tribunal de Primera Instancia, del Barrio Sabana Llana de Sala Superior, Centro Judicial Rio Piedras, Municipio de San de San Juan, San Juan, Puer- Juan, Puerto Rico, con una cato Rico, hago saber a la parte bida superficial de seiscientos demandada, y al PUBLICO setenta y nueve punto ochenta EN GENERAL: y a todos los y ocho pies cuadrados (679.88 acreedores que tengan inscri- p/c), siendo sus medidas lineatos o anotados sus derechos les treinta y dos pies con diez sobre los bienes hipotecados pulgadas de largo (32’10”), por con posterioridad a la inscrip- veintidós pies ocho pulgadas ción del crédito del ejecutante, de ancho (22”8”); en lindes por o de los acreedores de cargas el NORTE, en una distancia de o derechos reales que los hu- dieciocho pies cuatro pulgadas biesen pospuesto a la hipote- (18’4”), con el apartamento ca ejecutada y las personas numero dos mil nueve (2009); interesadas en, o con derecho por el SUR, en una distancia a exigir el cumplimiento de ins- de veintidós pies ocho pultrumentos negociables garan- gadas (22’8”), con terrenos tizados hipotecariamente con donde enclava el edificio; por posterioridad al crédito ejecu- el ESTE, en una distancia de tado, siempre que surjan de la treinta y dos pies con diez pulcertificación registral, para que gadas (32’10”), con terrenos puedan concurrir a la subasta donde enclava el edificio: y por si les convenga o satisfacer el OESTE, en una distancia de antes del remate el importe del treinta y dos pies con diez pulcrédito, de sus intereses, cos- gadas (32’10”), con el pasillo tas y honorarios de abogados central del piso. La puerta prinasegurados, quedando enton- cipal del apartamento tiene acces subrogados en los dere- ceso al pasillo central del piso. chos del acreedor ejecutante Esta unidad residencial consta a saber: 1) AUTORIDAD PARA de lo siguiente: sala-comedor; EL FINANCIAMIENTO DE LA cocina; baño; pasillo con cloVIVIENDA DE PUERTO RICO set; y tres (3) cuartos dormio a su orden: A cuyo favor apa- torios con su closet cada uno. rece inscrito un pagare de la El apartamento tiene un por suma de $15,000.00 sin inte- ciento de participación en los reses y a vencer el 14 de sep- elementos comunes generales tiembre de 2012, según consta de punto cero cero cuatro tres de la escritura otorgada en siete cinco siete (.0043757). San Juan, ante el Notario Fer- A este apartamento le corresnando Luis Meléndez López, ponde como elemento común inscrito en Karibe de Sabana limitado el estacionamiento Llana, finca # 35,966 inscrip- número 116. Consta inscrita ción 5ta. Que en cumplimiento finca numero 35,966 de Sabadel Mandamiento de Ejecu- na Llana; Registro de la Proción de Sentencia expedido el piedad Sección Quinta de San día 29 de noviembre de 2021, Juan. El producto de la subasta por la Secretaria del Tribunal, se destinará a satisfacer al deprocederé a vender y venderé mandante hasta donde alcanen pública subasta y al mejor ce, la SENTENCIA dictada a postor la propiedad que ubica su favor, el día 2 de septiembre


The San Juan Daily Star de 2021 en el presente caso civil, a saber, tiene la suma de $60,610.64 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo 7.5% anual hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $6,600.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. Los intereses se continúan acumulando, hasta el saldo total de la deuda, para cubrir el principal adeudadio, disponiendose que si quedare algun remanente luego de apgarese las sumas antes mencionadas del mismo debera ser depositado en la Secretaria del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 8 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $66,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 15 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $44,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 23 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $33,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga

Monday, January 17, 2022

y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 27 de diciembre de 2021. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

AMARILIS DÍAZ FLORES; UNITED STATES OF AMERICA

Demandados Civil Núm.: SJ2019CV06157. (506). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: AMARILIS DÍAZ FLORES. DIRECCIÓN FÍSICA: COND. PORTAL DE LA REINA, APT.

GA-3-231, SAN JUAN, PR 00924. DIRECCIÓN POSTAL: HC20, BOX 25731, SAN LORENZO, PR 00754. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA P/C FISCALIA FEDERAL: TORRE CHARDÓN, SUITE 1201, 350 CALLE CARLOS E. CHARDÓN, SAN JUAN PR 00918. PUBLICO EN GENERAL.

El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América y cuyo pago se efectuará en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número “GA-3-231” de un nivel, localizado en la planta baja del Edificio número ocho (8) “Reina Catalina” del Condominio Portal de la Reina, localizado en la Avenida Montecarlo del Barrio, Sabana Llana de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico. Tiene un área superficial de mil ciento sesenta pies cuadrados (1,160.00), equivalentes a ciento siete punto ochenta metros cuadrados (107.80) y un área de patio descubierta y cercada de ciento noventa y ocho punto cuarenta y tres pies cuadrados (198.43), equivalentes a dieciocho punto cuarenta y cuatro metros cuadrados (18.44). Colinda por el NORTE, en una distancia de veintisiete pies cero pulgadas (27’ 0”), otra de cinco pies nueve pulgadas (5’ 9”), otra de trece pies cero pulgadas (13’ 0”) y otra de diecisiete pies con diez pulgadas (17’ 10”), con área común; por el SUR, en una distancia de veinte pies seis pulgadas (20’ 6”), otra de seis pies cero pulgadas (6’ 0”), otra de doce pies cero pulgadas (12’ 0”), con área común; por el ESTE, en una distancia de veintisiete pies cero pulgadas (27’ 0”), con el apartamento “GA-4-232”; y por el OESTE, en una distancia de treinta y tres pies seis pulgadas (33’ 6”), con el apartamento “GA-2-230”. Tiene su puerta de entrada y salida por su lado Sur, que da al pasillo exterior y a los caminos que conducen al área de estacionamiento. Consta de sala-comedor, cocina, lavandería, tres habitaciones, dos baños, terraza y un área de patio descubierta y cercada. Le corresponde los

estacionamientos identificados con el número quinientos catorce (514) y quinientos quince (515). Le corresponde a su titular el siguiente porciento en los elementos comunes generales (0.0042907%). Finca 33,046, inscrita al tomo Móvil de Sabana Llana, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Quinta de San Juan. B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Que la Propiedad se encuentra afecta los siguiente gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta en la presente causa de acción. Embargo Federal contra J. Narváez Oliver y A. Díaz Flores, seguro social xxx-xx-7820, dirección P.O. Box 368148, San Juan, Puerto Rico 00936-8148, por la suma de $20,769.65, Notificación número 236558716, Certificación del 2 de noviembre de 2016, anotado el dia 12 de diciembre de 2016 al Asiento 2016-010328FED del Sistema Karibe. No podemos precisar que la persona embargada y la titular en esta finca sean la misma persona. E. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $69,235.20 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 6.75% anual hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguros adeudados y la suma de $7,035.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. Se fija como tipo mínimo para la primera subasta la cantidad de $70,350.00. La PRIMERA SUBASTA se celebrará el día 8 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en la Oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, por el tipo mínimo de $70,350.00. De declararse desierta dicha subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 15 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la segunda subasta lo será 2/3 partes del precio mínimo de la primera, o sea, $46,900.00. De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 23 DE FE-

BRERO DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera subasta lo será 1/2 del precio mínimo de la primera, o sea, $35,175.00. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de catorce (14) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 29 de diciembre de 2021 en San Juan, Puerto Rico. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR.

INTERAMERICAN BANKING GROUP, CORP., Demandante, v.

JOSÉ MIGUEL VENTURA ASILIS su esposa JOSEFINA ABREU CISNEROS también conocida como JOSEFINA VENTURA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos y los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Demandados Civil Núm: KCD2015-1211. Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA : Yo, Edwin E. Lopez Mulero, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en virtud del mandamiento expedido el 7 de julio de 2021, por la Secretaría de este Tribuna l, dirigido al que suscribe, procederé a vende r en pública subasta, al mejor postor, en moneda de los Estados Unidos de América siempre que sea pago de contado y/o cheque de gerente y/o giro postal y por el precio mínimo de tres millones de dólares ($3,000,000.00), el inmueble hipotecado en este caso, el cual se describe como sigue: URBANA: Parcela de terreno situada en la sección Norte del Barrio Santurce de esta ciudad, en la urbanización conocida por el Condado; tiene una superficie de quinientos veinticinco metros cuadrados (525.00 m/c), en lindes por el Norte, que es su frente, con la Avenida Ponce de León del Condado, hoy Avenida Magdalena, en diecinueve punto cuarenta y cinco metros cuadrados; al Sur que es su fondo, en veinte punto sesenta metros con terrenos de la Urbanización Behn Brothers; a; Este, que es su izquierda, entrando en veintisiete punto cuarenta y siete metros con más terrenos de la Urbani-

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zación Behn Brothers y al Oeste , que es su derecha, entrando en veinticinco punto once metros con la finca principal de Mariano Rodríguez Ceinos. Enclava una casa de concreto de una sola planta, vivienda para una familia de nueve habitaciones, dos baños, garaje y cuarto de servicio. Consta inscrita al folio noventa y cinco (95) del tomo doscientos veintiocho (228) de Santurce Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, finca número nueve mil sesenta y nueve (9,069). Dirección Física: Ave. Magdalena #1204, Condado, San Juan, PR 00907. Dicha propiedad consta inscrita a favor de José Miguel Ventura Asilis y su esposa Josefina Abreu Cisneros, quienes adquirieron mediante compra según consta en la Escritura Número veintiséis (26), otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día dos (2) de abril de mil novecientos ochenta (1980), ante el notario José R. Gómez Alegría, inscrita al folio ciento sesenta y dos (162) del torno setecientos sesenta y ocho (768) de Santurce Norte,, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, finca número nueve mil sesenta y nueve (9,069), inscripción novena. Con el importe de dicha venta se habrán de satisfacer a la parte demandante las siguientes cantidades, según la Sentencia Sumaria dictada dictada por el Honorable Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan el día doce (12) de abril de dos mil veintiuno (2021): José Miguel Ventura Asilis y su esposa Josefina Abreu Cisneros y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos adeuda solidariamente a la parte demandante: la suma de doscientos cincuentainueve mil novecientos noventainueve dólares ($259,999.00) por concepto del principal adeudado, más ciento diecinueve mil quinientos noventa y nueve dólares con setenta y siete centavos ($119,599.77) en intereses acumulados al 19 de febrero de 2020, los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación a razón de cincuenta y siete dólares con setenta y ocho centavos ($57.78) per diem, cargos por demora acumulados los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación y la suma de treinta y cinco mil novecientos noventa y nueve dólares con noventa centavos ($35,999.90) por concepto de costas y honorarios de abogado previamente pactados. Las sumas antes descritas están garantizadas mediante hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Portador, por la suma principal de trescientos cincuentainueve mil novecientos noventainueve dólares ($359,999.00), intereses al ocho por ciento (8%) anual, y

a vencer a su presentación, según consta en escritura pública número ciento sesenta y tres (163) otorgada el diecinueve (19) de diciembre de do s mil doce (2012) ante el Notario Jesús Delgado Vélez, la cual consta inscrita al folio setenta y nueve (78) del torno mil doscientos once (l,211)(ágora) de Santurce Norte,, Registro de la Propiedad de San Juan , Sección Primera, finca número nueve mil sesenta y nueve (9,069). La primera subasta se llevará a efecto en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, a las 11:30 de la mañana del día 25 de enero de 2022. por el tipo mínimo de tres millones de dólares ($3,000,000.00) . Si no produjera remate ni adjudicación la primera subasta, queda señalada la segunda subasta que dispone la ley para las 11:30 de la mañana del día 1 de febrero de 2022, por el tipo mínimo de dos millones de dólares ($2,000,000.00); si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta; se señala la tercera subasta que dispone la ley para las11:30 de la mañana del día 8 de febrero de 2022, por el tipo mínimo de la mitad del precio pactado, o sea, un millón quinientos mil dólares ($1,500,000 .00). Las tres subastas señaladas se celebrarán a las hora s y fechas antes indicadas en mi oficina sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se advierte que los licitadores aceptan como bastante la titulación de la finca anteriormente descrita y que se adquiere con las cargas y gravámenes anteriores y preferentes al crédito que se ejecuta, las cuales continuarán subsistentes. A la vez se entenderá que el rematante acepta cualquier las cargas y gravámenes anteriores y preferentes al crédito que se ejecuta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Según surge de las constancias del Registro de la Propiedad existen los siguientes gravámenes y/o cargas preferentes o anteriores al crédito que se ejecuta: a. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Portador, o a su orden, por la suma principal de trescientos sesenta mil dólares ($360,000.00), más intereses sobre el balance insoluto a razón del por ciento anual igual a la tasa preferencia “Prime Rate” fluctuante, según se define en el Reglamento Número veinticuatro raya A (24-A) de la Junta Reguladora de Tasas de Interés y Cargos por Financia-

miento de Puerto Rico, aprobado el veintisiete (27) de diciembre de mil novecientos ochenta y dos (1982); vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número treinta y dos (32), otorgada el día once (11) de marzo de mil novecientos noventa y dos (1992), ante el nota rio José Tomás Román Ríos, e inscrita al folio doscientos treinta y do s (232) del tomo ochocientos cuarenta y uno (841) de Santurce Norte, finca número nueve mil sesenta y nueve (9,069), inscripción décimo cuarta. b. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Portador, o a su orden, por la suma principal de doscientos setenta y ocho mil cuatrocientos nueve dólares ($278,409.00), con intereses al ocho por ciento (8%) anual, vencedero a la presentación, según consta en la escritura número ocho (8), otorgada el día veinticinco (25) de enero de dos mil doce (2012), ante el notario Jesús Delgado Vélez, e inscrita al folio setenta y ocho (78) del tomo mil doscientos once (1,211) (ágora) de Santurce Norte, finca número nueve mil sesenta y nueve (9,069), inscripción décimo quinta. Subordinada la hipoteca de la inscripción décimo cuarta, a favor de la hipoteca de la inscripción décimo quinta, según la escritura número nueve (9), otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día veinticinco (25) de enero de dos mil doce (2012), ante el notario Jesús Delgado Vélez, nota al margen de la inscripción décimo quinta. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que la adjudicación se hará al mejor postor y que el pago de la licitación deberá hacer se en el acto de la subasta y moneda de los Estados Unidos de América quedando autorizadas únicamente pago de contado y/o cheque de gerente y/o giro postal. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello con el sello de esta oficina en San Juan, Puerto Rico, hoy día 6 de diciembre del 2021. EDWIN E LOPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

ORLANDO MANDRY TORRES, O.M.T RENTAL & MAINTENANCE SERVICES, S. E. T/C/C O.M.T MAINTENANCE SERVICES S.E.

Parte Demandada Civil Núm.: PO2019CV01858.


24 Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 16 de octubre de 2019, la Orden de Ejecución de Sentencia del 15 de enero de 2020 y el Mandamiento de Ejecución del 22 de enero de 2020 y Enmendado el 16 de diciembre de 2021 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 22 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Ponce, Sala Superior, en 2150 Ave. Santiago de los Caballeros, Ponce, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, cheque de gerente o giro postal, todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado con el Número trece (13) del Bloque H en el plano de la Urbanización Jardines de Ponce, radicada en el Barrio Machuelo del término municipal de Ponce, Puerto Rico, con una cabida de 450.00 metros cuadrados. En linderos NORESTE, en 30.00 metros con el solar H-14; por el SUROESTE, en 30.00 metros con el solar número H-12; por el SURESTE, en 15.00 metros con la Calle D; y por el NOROESTE, en 15.00 metros con terrenos de la Urbanización Jardines de Ponce. Sujeto a servidumbre de paso de 5 pies de ancho a lo largo de su lado Noreste para el sistema telefónico. Sobre este solar se ha construido una casa de concreto de hormigón y bloques. La propiedad consta inscrita al Folio 218 del Tomo 1219 de Ponce, Finca Número 33934, Registro de la Propiedad de Ponce, Sección I. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 186 del Tomo 1999 de Ponce, Finca Número 33934, Registro de la Propiedad de Ponce, Sección I. Inscripción duodécima. Dirección Física: Jardines de Ponce, H13 Calle D, Ponce, PR 00731. SUBASTAS: FECHAS: PRIMERA: 22 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $176,000.00. SEGUNDA: 1 DE MARZO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $117,333.33. TERCERA: 8 DE MARZO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $88,000.00. El tipo mínimo para la primera subasta será de $176,000.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 1 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA

MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $117,333.33. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 8 DE MARZO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $88,000.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $137,366.41 de principal, más intereses sobre dicha suma al 6.625% anual desde el 1 de mayo de 2017 hasta su completo pago, más $1,798.20 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $17,600.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar: a. Hipoteca: Constituida por O.M.T. Maintenance & Services, S.E., en garantía a un pagaré a favor de Portador, o a su orden, por la suma de $45,000.00, sus intereses al 10% anual y vencedero a la presentación, según consta de la escritura Número ocho (8), otorgada (no expresa), el 28 de mayo de 2003, ante la notario Carmen Feliciano Cortés. Inscrita al Folio 186 del Tomo 1999 de Ponce, finca #33934, inscripción undécima. b. Embargo Estatal: Anotado sobre esta finca como perteneciente a O.M.T. Maintenance & Services, S.E. por concepto de ingresos, por la suma de $2,576.71, según certificación de fecha 19 de septiembre de 2006, expedido por Colector de Rentas Internas. Anotada al Folio 127 del Tomo 77 de Ponce, Libro de Embargos, bajo el Número de Orden quinientos cinco (505), Registro de Embargos Sección I de Ponce, el 19 de septiembre de 2006, número de caso trescientos (300). Nota: Dicho embargo fue cancelado en el historial de la finca pero en el Tomo de Embargos continúa vigente. c. Postergación: Postergada la hipoteca de la inscripción undécima, a favor de la hipoteca duodécima para que esta última tenga rango preferente, según consta de escritura #43, otorgada en Ponce el 31 de marzo de 2004, ante la notario Ivelisse Toro Zambrana, inscrita al Folio 186 vuelto del Tomo 1999 de Ponce Finca

The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

#33934, inscripción decimotercera. d. Acta de Subsanación: Se hace constar que O.M.T. Maintenance and Services, S.E. es una Sociedad Especial, según consta de la escritura #42, otorgada (no expresa), el 31 de marzo de 2004, ante la notario Ivelisse Toro Zambrana y la escritura #167, otorgada en Ponce, el 21 de mayo de 2003, ante el notario Alfonso J. Gómez Roubert, inscrita al Folio 186 vuelto del Tomo 1999 de Ponce, Finca #33934, inscripción decimocuarta. e. Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Orlando Mandry Torres, O.M.T. Rental & Maintenace, S.E. (así consta) también conocida como CO.MT Maintance Services, S.E., ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, en el caso Civil Número PO2019CV01858, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca con un balance de $137,366.41 y otras cantidades, según Demanda de fecha 31 de mayo de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Ponce. Anotación C. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Ponce, Puerto Rico, hoy 30 de diciembre de 2021. Juan Rolando Cruz Román, Alguacil Placa #965, Alguacil Del Tribunal De Primera Instancia, Centro Judicial De Ponce, Sala Superior. ***

LEGAL NOTICE M&T 19-04-208219 BY2019CV02859 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

RUBÉN J. RODRÍGUEZ CID T/C/C RUBÉN JOSÉ RODRÍGUEZ CID

Demandado Civil Núm.: BY2019CV02859. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 22 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 26 Park East Cond., Bayamón, PR 00957 y que se describe a continuación: Urbana: Apartamento número veintiséis (26). Propiedad Horizontal. Apartamento residencial de forma irregular identificado con el número veintiséis (26) del Condominio Park East, localizado en la zona urbana del término municipal de Bayamón, Puerto Rico. El área total aproximada de este apartamento es de 1,228.54 pies cuadrados, equivalentes a 114.14 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de 53’ 6’, con área común; por el Sur, en una distancia aproximada de 52’ 5’, con área común; por el Este, en una distancia aproximada de 23’ 3’, con área común; y por el Oeste, en una distancia aproximada de 26’ 5’, con área común. La puerta de entrada de este apartamento está localizada en su colindancia Norte a través de la cual se llega a los elementos comunes generales, por los cuales se tiene acceso a la vía pública. Este apartamento consta de sala-comedor, cocina, cuarto de lavandería, cuarto

de alacena, un baño, dos cuartos dormitorios, balcón y patio. Le corresponde el uso de un espacio de estacionamiento doble identificado con el número 185. Tiene una participación de 0.010318% en los elementos comunes generales del condominio. propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 16 del Tomo 238 de Bayamón Norte, finca número 11,449, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $135,900.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 1RO DE MARZO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $90,600.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $67,950.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 586, otorgada el día 28 de septiembre de 2006, ante el Notario Gildren S. Caro Pérez y consta inscrita en el Folio 16 del Tomo 238 de Bayamón Norte, finca número 11,449, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $113,843.87 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.000% anual desde el día 1 de octubre de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $13,590.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $13,590.00para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $13,590.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al

CENTRO JUDICIAL DE BAYA- ro A-27. La propiedad se exMÓN SALA SUPERIOR tiende sobre un área de WILMINGTON SAVINGS 303.7451 metros cuadrados. FUND SOCIETY, FSB, La propiedad antes relacionada consta inscrita en el folio 137 D/B/A CHRISTIANA del tomo 1,847 de Bayamón, TRUST, AS INDENTURE finca número 75,917, en el Registro de la Propiedad de BayaTRUSTEE, FOR THE CSMC 2015-PR1 TRUST, món, Sección Primera. El tipo para la primera subasta MORTGAGE-BACKED mínimo del inmueble antes relacionaNOTES, SERIES 2015-PR1 do, será el dispuesto en la EsDemandante V. critura de Hipoteca, es decir la LA SUCESIÓN DE INGRID suma de $84,182.48. Si no hubiere remate ni adjudicación en FRANCESCA SMITH PÉREZ COMPUESTA A SU la primera subasta del inmueble se celebrará una VEZ POR LA SUCESIÓN mencionado, SEGUNDA SUBASTA en la ofiDE CARMEN NEREIDA cina de Alguaciles de Subasta PÉREZ; FULANO Y sita en el 4to piso del edificio FULANA DE TAL COMO del Tribunal de Primera InstanPOSIBLES HEREDEROS cia, Centro Judicial de BayaSala Superior, el día 1RO DESCONOCIDOS DE món, DE MARZO DE 2022, A LAS INGRID FRANCESCA 10:15 DE LA MAÑANA. En la SMITH PÉREZ; SUTANO segunda subasta que se celeY SUTANA DE TAL COMO bre servirá de tipo mínimo las POSIBLES HEREDEROS dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera DESCONOCIDOS DE subasta, o sea la suma de CARMEN NEREIDA $56,121.65. Si tampoco hubiePÉREZ re remate ni adjudicación en la Demandados segunda subasta se celebrará Civil Núm.: BY2019CV05237. una TERCERA SUBASTA en la Sobre: COBRO DE DINERO Y oficina de Alguaciles de SubasEJECUCIÓN DE HIPOTECA ta sita en el 4to piso del edificio POR LA VÍA ORDINARIA. del Tribunal de Primera InstanEDICTO DE SUBASTA. El Al- cia, Centro Judicial de Bayaguacil que suscribe por la pre- món, Sala Superior, el día 9 DE sente CERTIFICA, ANUNCIA y MARZO DE 2022, A LAS 10:15 hace CONSTAR: Que en cum- DE LA MAÑANA. Para la terceplimiento de un Mandamiento ra subasta servirá de tipo mínide Ejecución de Sentencia que mo la mitad (1/2) del precio le ha sido dirigido al Alguacil pactado para el caso de ejecuque suscribe por la Secretaría ción, o sea, la suma de del Tribunal de Primera Instan- $42,091.24. La hipoteca a ejecia, Centro Judicial de Baya- cutarse en el caso de epígrafe món, Sala Superior, en el caso fue constituida mediante la esde epígrafe procederá a vender critura número 495, otorgada el en pública subasta al mejor día 30 de agosto de 2006, ante postor quién pagará de contado el Notario Pedro R. Cintrón Riy en moneda de curso legal de vera y consta inscrita en el folio los Estados Unidos de América, 137 del tomo 1,847 de Bayagiro postal o por cheque de ge- món, finca número 75,917, en rente a nombre del Alguacil del el Registro de la Propiedad de Tribunal de Primera Instancia el Bayamón, Sección Primera, día 22 DE FEBRERO DE 2022, inscripción quinta. El 28 de juA LAS 10:15 DE LA MAÑANA nio de 2010 las partes otorgaen la oficina de Alguaciles de ron la escritura núm. 51 sobre Subasta sita en el 4to piso del Modificación de Hipoteca ante edificio del Tribunal de Primera el Notario Antonio R. Pavía-ViInstancia, Centro Judicial de dal. Mediante la misma se estaBayamón, Sala Superior, todo bleció como nuevo principal derecho, título e interés que adeudado la cantidad de tenga la parte demandada de $84,182.48, cantidad a utilizarepígrafe en el inmueble de su se como nuevo tipo mínimo en propiedad que ubica en Urb. caso de subasta pública, y se Villas de San Miguel, 29A calle redujo la tasa de interés anual a San Miguel, Bayamón, PR 5.375%. La referida escritura 00959-7746 y que se describe consta inscrita al folio 192 del a continuación: URBANA: Ur- tomo 1,854 de Bayamón, Rebanización Villas de San Miguel gistro de la Propiedad de Bayade Bayamón Sur. Solar número món, Sección Primera, inscrip29. Propiedad localizada en el ción séptima, de la finca Bloque A del Proyecto de Re- número 75,917. Dicha subasta forma de la comunidad ‘El Pol- se llevará a cabo para con su vorin’ radicada en el Barrio producto satisfacer al DemanJuan Sánchez de Bayamón. dante total o parcialmente seColinda por el Norte, con la ca- gún sea el caso el importe de la lle Principal o calle San Miguel; Sentencia que ha obtenido asLEGAL NOTICE por el Sur, con terrenos admi- cendente a la suma de nistrados por la Oficina del Sín- $84,025.47 por concepto de M&T dico para Liquidación de los principal, más intereses al tipo 42246 Activos de la Corporación de pactado de 5.375% anual desBY2019CV05237 ESTADO LIBRE ASOCIADO Renovación Urbana; por el de el día 1 de diciembre de DE PUERTO RICO TRIBU- Este, con el solar número A-31; 2017. Dichos intereses contiNAL DE PRIMERA INSTANCIA y por el Oeste, con solar núme- núan acumulándose hasta el Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 12 de ENERO de 2022. Fdo. Edgardo Vargas Santana, Alguacil Auxiliar Placa #193, Tribunal De Primera Instancia, Sala Superior De Bayamón.


The San Juan Daily Star pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 3.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $8,144.30 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $8,144.30 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $8,144.30 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA: Constituída por Ingrid Francesca Smith Pérez, (soltera), en garantía a un pagaré a favor de AUTORIDAD PARA EL FINANCIMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO o a su orden, por la suma de $11,000.00, sin intereses y vencedero el 30 de agosto de 2014, según escritura número 496, otorgada en San Juan, el 30 de agosto de 2006, ante el notario Pedro R. Cintrón Rive-

Monday, January 17, 2022

ra. Inscrita al folio 137 del tomo 1847 de Bayamón. Inscripción sexta. SUBORDINACION DE HIPOTECA: Postergada la hipoteca de la inscripción sexta, a favor de la hipoteca de la inscripción séptima, para que esta última tenga rango preferente, según la escritura número 197, otorgada en San Juan, el 4 de agosto de 2011, ante la notario Carlos O. Bermúdez Monroig. Anotada al margen del folio 197 del tomo 1848 de Bayamón. Inscripción octava. AVISO DE DEMANDA:Pleito seguido por Wilmington Savings Fund Society, FSB d/b/a Christiana Trust, as indenture trustee for the CSMC 2015-PR1, Mortgage Backed Notes, Series 2015PR1 vs. Ingrid Francesca Smith Pérez (soltera), ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso civil número BY 2019-CV05237, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $84,025.47 y otras cantidades, según Demanda de fecha 9 de septiembre de 2019. Anotada al Tomo Karibe de Bayamón. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 12 de ENERO de 2022. Fdo. Edgardo Vargas Santana, Alguacil Auxiliar Placa #193.

LEGAL NOTICE M&T 20-12-481339 BY2021CV00572 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

APEX BANK

Demandante V.

HARRY TORRES RAMOS, VIVIAN MARTINEZ RUIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: BY2021CV00572. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA - IN REM. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA,

ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 22 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el 4to piso del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en FF-2 Real St., Bayamón, PR 00956 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Segunda Fase de la Urbanización Vistas del Bosque, conocida como Borsque de las Palmas, situada en el Barrio Buena Vista del término municipal de Bayamón, el cual se describe en el plano de inscripcion de la Urbanización con el solar #FF-2, con un area de 420 metros cuadrados En lindes por el NORTE, en 30 metros , con el solar FF-3; por el SUR, en 30.00 metros, con el solar FF-1; por el ESTE, en dos alineaciones que suman 14.00 metros, con los solares FF-16 y FF-17; y por el OESTE, en 14.00 metros, con la calle #1 de Bosque de las Palmas. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 129vto del Tomo 1831 de Bayamón, finca número 75,326, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $259,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 1RO DE MARZO DE 2022, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $172,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $129,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la es-

critura número 323, otorgada el día 26 de septiembre de 2006, ante el Notario Wilfredo R. Picorelli Osorio y consta inscrita en el Folio 129vto del Tomo 1831 de Bayamón, finca número 75,326, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $219,755.40 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.500% anual desde el día 1 de noviembre de 2017. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $25,900.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $25,900.00para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $25,900.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados

en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 12 de ENERO de 2022. Fdo. Edgardo Elías Vargas Santana, Alguacil Auxiliar Placa #193, Tribunal De Primera Instancia, Sala Superior De Bayamón.

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INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: CO2018CV00116. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA - IN REM. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque CertificaLEGAL NOTICE do, en mi oficina ubicada en el ESTADO LIBRE ASOCIADO Tribunal de Primera Instancia, DE PUERTO RICO TRIBUSala de Coamo, el 28 DE FENAL DE PRIMERA INSTANCIA BRERO DE 2022, A LAS 10:00 SALA SUPERIOR DE COAMO DE LA MAÑANA, todo derecho WILMINGTON SAVINGS título, participación o interés FUND SOCIETY, FSB, que le corresponda a la parte NOT INDIVIDUALLY BUT demandada o cualquiera de SOLELY AS TRUSTEE ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se desFOR FINANCE OF cribe a continuación: RUSTICA: AMERICA STRUCTURED Parcela marcada con el número 133 en el plano de parcelación SECURITIES ACQUISITION TRUST de la comunidad rural Palmarejo del Barrio Palmarejo del 2019-HB1 término municipal de Coamo, Demandante Vs. Puerto Rico, con una cabida SUCESION TOMAS superficial de 0.3769 cuerdas, VILLANUEVA MELENDEZ equivalentes a 1,481.66 metros cuadrados. En lindes por el CORREA T/C/C TOMAS V. MELENDEZ NORTE, con la parcela 134 de la comunidad, por el SUR, con CORREA T/C/C la parcela 132 de la comunidad, TOMAS VILLANUEVA por el ESTE, con la parcela 239 MELENDEZ T/C/C TOMAS de la comunidad y por el OESTE, con la Calle número 8 de V. MELENDEZ T/C/C la comunidad. Finca número TOMAS MELENDEZ inscrita al folio 198 del CORREA T/C/C TOMAS 7,780, tomo 322 de Coamo, Registro MELENDEZ COMPUESTA de la Propiedad de BarranPOR PEDRO MELÉNDEZ quitas. La Hipoteca Revertida consta inscrita al folio 198 del CORREA, ISIDRA MELÉNDEZ CORREA, tomo 322 de Coamo, finca 7,780, Registro de la Propiedad CARMEN MELÉNDEZ de Barranquitas, inscripción 8ª. PONCE T/C/C CARMEN Propiedad localizada en: CORODRIGUEZ, BRENDA MUNIDAD PALMAREJO, #133 MELÉNDEZ PONCE Y CALLE 8, COAMO, PR 00769. Según figuran en la certificación KIMBERLY PONCE Y registral, la propiedad objeto de POR SUS POSIBLES ejecución está gravada por las HEREDEROS siguientes cargas anteriores DESCONOCIDOS JOHN o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: DOE Y JANE DOE; SUCESIÓN SILVERIO N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certiMELÉNDEZ CORREA ficación registral, la propiedad COMPUESTA POR JOHN objeto de ejecución está graROE Y JANE ROE COMO vada por las siguientes cargas POSIBLES HEREDEROS posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del DESCONOCIDOS; Titular: Secretario de la VivienESTADOS UNIDOS DE da y Desarrollo Urbano. Suma AMERICA; CENTRO DE de la Carga: $135,000.00. FeRECAUDACIONES DE cha de Vencimiento: 18 de sep-

tiembre de 2086. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $135,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Coamo, el 7 DE MARZO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $90,000.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $67,500.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Coamo, el 14 DE MARZO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $61,113.89 por concepto de principal, más la suma de $27,349.27 en intereses acumulados al 31 de marzo de 2019 y los cuales continúan acumulándose a razón de 5.060% anual hasta su total y completo pago; más la sumas de $8,556.23 en seguro hipotecario; $440.00 en tasaciones; $280.00 en inspecciones de la propiedad; más la cantidad de 10% en la suma total de $13,500.00, para gastos, costas y honorarios de abogado, esta última habrá de devengar intereses al máximo del tipo legal fijado por la oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aplicable a esta fecha, desde este mismo día hasta su total y completo saldo. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal

durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Coamo, Puerto Rico, hoy 15 de diciembre de 2021. JUAN O. BURGOS BURGOS, ALGUACIL REGIONAL. RODOLFO LARA MARTÍNEZ, ALGUACIL PLACA #321.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

YARITZA ISAAC BETANCOURT; WILSON VELAZQUEZ CARRASQUILLO

Demandados Civil Núm.: CA2021CV02091. Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA.

Al: PÚBLICO EN GENERAL. A: YARITZA ISAAC BETANCOURT; WILSON VELAZQUEZ CARRASQUILLO.

Yo, SAMUEL GONZÁLEZ ISAAC, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 14 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 1:30 DE LA TARDE en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Carolina, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Carolina durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 22 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 1:30 DE LA TARDE y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 1RO. DE


26 MARZO DE 2022, A LAS 1:30 DE LA TARDE en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamiento número Cuatro guión Treinta y Dos (4-32): Apartamiento residencial de forma irregular, identificado con el número Treinta y Dos (32), localizado en el tercer nivel del Edificio número Cuatro (4) del CONDOMINIO GARDEN VIEW, situado en el Sector Villa Carolina del término municipal de Carolina, Puerto Rico. Tiene una cabida aproximada de SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO TRESCIENTOS VEINTICUATRO (775.324) PIES CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y DOS PUNTO CERO DOS NUEVE (72.029) METROS CUADRADOS. Colinda por el NORTE, en una distancia aproximada de 27’11-1/2”, con elemento exterior; por el SUR, en una distancia aproximada de 27’11-1/2”, con elemento exterior; por el ESTE, en una distancia aproximada de 35’5”, con el apartamiento identificado con el número 4-25; y por el OESTE, en una distancia aproximada de 35’5”, con elemento exterior, con elemento común y con el apartamiento identificado con el número 4-31. La puerta de entrada de este apartamiento está situada en su colindancia Oeste a través de la cual se llega a los elementos comunes generales, por los cuales se obtiene acceso a la vía pública. Tiene sala-comedor, cocina, terraza, dos habitaciones y dos baños. Tiene una participación de 0.009082% en los elementos comunes generales del Condominio. A este apartamento le corresponde un espacio de estacionamiento identificado con el número 47, como elemento común limitado. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 143 del tomo 1370 de Carolina Sur, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, finca número55,803, inscripción segunda. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Condominio Garden View, Sector Villa Carolina, 11780, Apartamento 4-32, Carolina, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $90,953.49 de principal, intereses al 6.25% anual, desde el día 1ro. de noviembre de 2017, hasta su completo pago, más la cantidad de $11,525.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $115,250.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $76,833.33 y de ser necesaria

una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $57,625.00. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como suficiente la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Podrán concurrir como postores a todas las subastas los titulares de créditos hipotecarios vigentes y posteriores a la hipoteca que se cobra o ejecuta, si alguno o que figuren como tales en la certificación registral y que podrán utilizar el montante de sus créditos o parte de alguno en sus ofertas. Si la oferta aceptada es por cantidad mayor a la suma del crédito o créditos preferentes al suyo, al obtener la buena pro del remate, deberá satisfacer en el mismo acto, en efectivo o en cheque de gerente, la totalidad del crédito hipotecario que se ejecuta y la de cualesquiera otro créditos posteriores al que se ejecuta pero preferente al suyo. El exceso constituirá abono total o parcial en su propio crédito. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Carolina, Puerto Rico, a 30 de diciembre de 2021. SAMUEL GONZÁLEZ ISAAC, ALGUACIL DEL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: JOHN DOE Y JANE DOE, DEMANDADOS DESCONOCIDOS:

Queden emplazados y notificados que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Pagaré Extraviado. Se advierte que debe presentar al tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los TREINTA (30) DIAS de haber sido diligenciado este emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar Sentencia en Rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la Demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su discreción, lo entiende procedente. Favor de enviar alegación responsiva a: Tromberg, Morris & Poulin, LLC Lcda. Edmy Cortijo Villock R.U.A. 18,126 1515 South Federal Highway, Suite 100 Boca Raton, FL 33432 Tel. 877-338-4101 / Fax 561-338-4077 prservice@tmppllc.com De no recibir su contestación a la demanda dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación de este edicto, la parte demandante podrá solicitar que se le anote la rebeldía, y que se dicte sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. Se enviará al Demandado copia del Emplazamiento y la Demanda dentro del término de diez (10) días de esta publicación a su última dirección conocida. EXPEDIDO BAJO MI FIRMA, y el sello de este Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 04 de enero de 2022. Lcda. Laura I. Santa Sánchez, Secretaria Regional. Mircienid González Torres, Secretaria Auxiliar.

EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.

A: VILMARYS ACOSTA MARTÍNEZ, POR SI Y EN REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA CON OSCAR AUGUSTO TORRES RAMOS. FISICA - TURABO GDNS III DEV 17 LOT R-5 CALLE 32 CAGUAS, PR 00725; POSTAL: TURABO GDNS III R5-17 CALLE 32 CAGUAS PR 00727-5916.

Por la presente se le notifica a usted que se ha radicado en esta Secretaría la demanda de epígrafe. Se le emplaza y requiere para que notifique al licenciado: Alberto De Diego Collar, DE DIEGO LAW OFFICES, PSC, PO BOX 79552, Carolina, PR 00984-9552, Teléfono: (787)622-3939, abogado de la parte demandante, con copia de la contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto, que se publicará una vez en un periódico de circulación diaria general. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https:// unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio. Se le apercibe que si no contesta la demanda dentro del término antes indicado, radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente, y notificando con copia a la parte demandante, se le anotará la rebeldía y se le dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado a favor de la parte demandante sin mas citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 30 de diciembre de 2021. LEGAL NOTICE LISILDA MARTÍNEZ AGOSTO, LEGAL NOTICE VIONNETTE ESTADO LIBRE ASOCIADO SECRETARIA. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBU- ESPINOSA CASTILLO, SEDE PUERTO RICO TRIBU- NAL DE PRIMERA INSTANCIA CRETARIA AUXILIAR. NAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS SALA SUPERIOR DE BAYALEGAL NOTICE ORIENTAL BANK MÓN Demandante V. ESTADO LIBRE ASOCIADO WILMINGTON SAVINGS DE PUERTO RICO TRIBUOSCAR AUGUSTO FUND SOCIETY, FSB, AS NAL DE PRIMERA INSTANCIA TORRES RAMOS, SALA DE CAROLINA EN RÍO TRUSTEE OF STANWICH VILMARYS ACOSTA GRANDE

MORTGAGE LOAN TRUST F

MARTINEZ, POR SI Y EN REPRESENTACIÓN DE Demandante Vs. LA SOCIEDAD LEGAL DE BANCO BILBAO BIENES GANANCIALES VIZCAYA DE PR (AHORA COMPUESTA POR ORIENTAL BANK), JANE AMBOS DOE Y JOHN DOE Demandados

Demandados Civil Núm.: CG2021CV02279. Civil Núm.: BY2021CV05124. Sobre: COBRO DE DINERO Y

PR RECOVERY AND DEVELOPMENT JV, LLC Demandante V.

LA SUCESION DE NESTOR J. MORENO VILA, COMPUESTA POR VIVIANA DEL MAR MORENO ROHENA,

GENESIS MORENO AGUILAR, NESTOR J. MORENO BENITEZ Y FULANO DE TAL; BASILIA RIVERA DÍAZ

Demandados Civil Núm.: FBCI2016-01224. Sala: 807. Sobre: COBRO DE DINERO INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y EJECUCIÓN DE GRAVAMEN MOBILIARIO. AVISO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PUEBLO DE PUERTO RICO, S.S. YO, MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, el Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo, en cheque certificado o en cheque de gerente a la orden del alguacil suscribiente en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América el día 4 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en mi oficina localizada en el Centro Judicial de Carolina, todo título, derecho o interés que corresponda a las partes codemandadas sobre el inmueble que se describe a continuación: “RUSTICA: Parcela marcada con el número doscientos noventa (290) en el Plano de Parcelación de la Comunidad Rural Campo Rico del Barrio Hato Puerco del término municipal de Canóvanas, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos noventa y siete punto treinta y siete (397.37) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con parcela número trescientos cincuenta y cuatro (354) de la Comunidad; por el SUR, con Calle de la Comunidad; por el ESTE, con Calle de la Comunidad; y por el OESTE, con parcela número doscientos noventa y uno (291) de la Comunidad.” La Propiedad antes descrita consta inscrita al folio 134 vuelto del tomo 219 de Canóvanas, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección III de Carolina, finca número 10,235. DIRECCIÓN FÍSICA: Calle 17 Número 290 de la Comunidad Rural Campo Rico del Barrio Hato Puerco, Canóvanas, Puerto Rico, 00729. AFECTA POR SI: HIPOTECA: a favor de Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $180,000.00, devengando intereses al 7% anual, y vencedero el 5 de febrero de 2034, según consta escritura #3, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 7 de febrero de 2014, ante el notario Frank M. González-Acevedo, inscripción 12ma. EMBARGO ESTATAL:

A favor de Departamento de Hacienda (DH) presentado al Asiento 2016-000179-EST el día 29 de enero de 2016, por la suma de $1,632.23, siendo el deudor Néstor Moreno Vila. Número de Embargo: CAR-160031; Número de Cuenta: XXXXX-4886. El gravamen objeto de ejecución en este procedimiento es la que surge de la Escritura de Hipoteca en Garantía de Pagaré número 3 otorgada ante la Notario Público Frank M. González el 7 de febrero de 2014, inscripción 12ma, en la cual se establece como precio mínimo para la primera subasta la suma de $180,000.00. De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 11 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA. El precio mínimo para la segunda subasta serán dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $120,000.00. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 18 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA. El precio mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $90,000.00. Esta subasta se hará para satisfacer a la Parte Demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado bajo la sentencia en este caso, que al 15 de mayo de 2021 los codemandados adeudan bajo la Sentencia a la parte demandante la cantidad total de $192,821.10, desglosado en $162,531.73 de principal, $29,796.05 de intereses acumulados, más los que se continúen acumulándose hasta el saldo total de la deuda, y $493.32 de cargos por mora, y una cantidad adicional de $18,000.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactados en el Pagaré Hipotecario que garantiza la deuda. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titularidad que da base a las mismas. La venta en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de estos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. POR LA PRESENTE, se le notifica a los titulares de créditos y/o cargas registrales posteriores, si alguno, que se celebrarán las SUBASTAS en las fechas, horas y sitio ante-

riormente señalados, y se les invita a que concurran a dichas subastas, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualificaciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. SE HACE CONSTAR que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables, bajo el epígrafe de este caso. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en dos (2) lugares públicos del Municipio dónde se celebrarán las subastas señaladas. Además, en un periódico de circulación general en dos ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en Carolina, Puerto Rico, a 9 de noviembre de 2021. Manuel Villafañe Blanco, Alguacil #830, Tribunal De Primera Instancia, Sala Superior De Carolina.

LEGAL NOTICE M&T 205068 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

Stephanie Mari Portell Mayson t/c/c Stephanie Marie Portell Maysonet

Demandada CIVIL NÚM: DCD2016-0258 (506). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 22 DE FEBRERO DE 2022, a las 10:00 de la MAÑANA en su oficina sita en el 4to piso del del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga

la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Vega Dorada, #6 Calle A , Vega Alta, PR, 00692 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el No. 6 de la URBANIZACIÓN VEGA DORADA, radicado en el Barrio Sabana, Sector Breñas, Carretera Estatal No. PR-693, kilómetro 14 interior del término municipal de Vega Alta, Puerto Rico. Con una cabida de 368.75 metros cuadrados y sus colindancias son las siguientes: por el Norte, con una alineación de 25.00 metros lineales, con el solar No. 9; por el Sur, con una alineación de 25.00 metros lineales, con el solar No. 7; por el Este, con una alineación de 14.75 metros lineales, con el solar No. 15; y por el Oeste, con una alineación. de 14.75 metros lineales, con la Calle ‘A’. Afecta a este solar una servidumbre de 1.52 metros de ancho que discurre a todo lo largo de su colindancia. Oeste a favor de la Junta Reglamentadora de Telecomuniciones.es de Puerto Rico. En dicho solar enclava una estructura de concreto diseñada para fines residenciales, para una familia, construída de acuerdo a los pianos y especificaciones. Por su procedencia se encuetra afecto a servidumbres de uso público y a condiciones restructuvas sobre edificación. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio Karibe del Tomo karibe de Vega Alta, finca número 20470, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $229,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 1RO DE MARZO DE 2022, a las 10:00 de la MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $152,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 DE MARZO DE 2022, a las 10:00 de la MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $114,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 413, otorgada el día 29 de abril de 2013, ante el Notario David Toledo David y consta inscrita en el Folio karibe del Tomo karibe de Vega Alta, finca número 20470, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, inscripción segunda.


The San Juan Daily Star Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $224,155.69 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 3.990% anual desde el día 1 de mayo de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $22,900.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $22,900.00para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $22,900.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres

Monday, January 17, 2022

sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 12 de enero de 2022. FDO. EDGARDO ELIAS VARGAS SANTANA, ALGUACIL AUXILIAR PLACA 193 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

IRIZARRY, SECRETARIA. LUZ dentro de los 10 días siguientes NELDY CHICO ACEVEDO, a su notificación. Y, siendo o SECRETARIA AUXILIAR. representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los LEGAL NOTICE términos de la Sentencia, SenESTADO LIBRE ASOCIADO tencia Parcial o Resolución, DE PUERTO RICO TRIBUNAL de la cual puede establecerse GENERAL DE JUSTICIA TRI- recurso de revisión o apelación BUNAL DE PRIMERA INSTAN- dentro del término de 30 días CIA SALA SUPERIOR MUNICI- contados a partir de la publicaPAL DE SAN JUAN ción por edicto de esta notificaBANCO POPULAR DE ción, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha PUERTO RICO en la fecha de la publicación Parte Demandante Vs. de este edicto. Copia de esta LEGAL FINANCE notificación ha sido archivada CORPORATION, en los autos de este caso, con ORIENTAL BANK T/C/C fecha de 10 de enero de 2022. En San Juan, Puerto Rico, el 10 ORIENTAL BANK & enero de 2022. GRISELDA TRUST COMO SUCESOR de RODRÍGUEZ COLLADO, SEEN DERECHO DE RG CRETARIA REGIONAL. ELSA PREMIER BANK OF MAGALY CANDELARIO CAPUERTO RICO, FEDERAL BRERA, SECRETARIA AUXIDEPOSIT INSURANCE LIAR DEL TRIBUNAL I.

CORPORATION (FDIC) LEGAL NOTICE COMO SÍNDICO DE ESTADO LIBRE ASOCIADO RG MORTGAGE DE PUERTO RICO TRIBUCORPORATION, JOSÉ NAL DE PRIMERA INSTANCIA E. MUÑIZ GONZÁLEZ SALA DE AGUADILLA T/C/C JUAN E. MUÑIZ ELIZABETH ORTIZ VALLE Demandante Vs. GONZÁLEZ, MILAGROS REBECCA JOHN DOE; RIVERA DÍAZ Y LA RIVERA MALAVE RICHARD ROE SOCIEDAD LEGAL Demandante V. Demandados DE GANANCIALES Civil No.: AG2021CV01588. JOHN DOE Y RICHARD COMPUESTA POR Sobre: CANCELACIÓN DE ROE COMO POSIBLES PAGARÉ EXTRAVIADO. EMAMBOS, JOSEFINA TENEDORES MORALES VIUDA DEL PLAZAMIENTO POR EDICTO. DESCONOCIDOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉVALLE, FULANO Y Demandado(a) RICA, EL PRESIDENTE DE Civil: MZ2021CV01191. Sobre: MENGANO DE TAL, LOS EE. UU., EL ESTADO LICANCELACIÓN DE EXTRAPOSIBLES TENEDORES BRE ASOCIADO DE PUERTO VIADO. NOTIFICACIÓN DE DESCONOCIDOS DEL RICO. SENTENCIA POR EDICTO. A: JOHN DOE Y RICHARD PAGARÉ A: JOHN DOE Y Parte Demandada ROE, COMO POSIBLES RICHARD ROE COMO Civil Núm.: SJ2021CV06765. TENEDORES DEL POSIBLES TENEDORES (508). Sobre: CANCELACIÓN PAGARÉ. DE PAGARÉ EXTRAVIADO DESCONOCIDOS. POR LA PRESENTE se le emLEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AÑASCO

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 11 de enero de 2022. En Añasco, Puerto Rico, el 11 de enero de 2022. LCDA. NORMA G. SANTANA

POR LA VÍA JUDICIAL. NOplaza para que presente al triTIFICACIÓN DE SENTENCIA bunal su alegación responsiva POR EDICTO. dentro de los 30 días de haber A: LEGAL FINANCE sido diligenciado este emplaCORPORATION, JOSÉ zamiento, excluyéndose el día E. MUÑIZ GONZÁLEZ del diligenciamiento. Usted T/C/C JUAN E. MUÑIZ deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema GONZÁLEZ, MILAGROS Unificado de Manejo y AdminisRIVERA DÍAZ Y LA tración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando SOCIEDAD LEGAL la siguiente dirección: https:// DE GANANCIALES unired.ramajudicial.pr salvo COMPUESTA POR que se represente por derecho AMBOS, JOSEFINA propio, en cuyo caso deberá MORALES VIUDA DEL presentar su alegación responsiva en la secretaría del VALLE, FULANO Y Tribunal. Si usted deja de preMENGANO DE TAL, su alegación responsiva POSIBLES TENEDORES sentar dentro del referido término, el DESCONOCIDOS DEL tribunal podrá dictar sentencia PAGARÉ. en rebeldía en su contra y conLA SECRETARIA que suscribe ceder el remedio solicitado en le notifica a usted que el 4 de la demanda, o cualquier otro, enero de 2022, este Tribunal ha si el tribunal, en el ejercicio de dictado Sentencia, Sentencia su sana discreción, lo entiende Parcial o Resolución en este procedente. Por medio del precaso, que ha sido debidamente sente edicto se les notifica de registrada y archivada en autos la radicación de una Demanda donde podrá usted enterarse de Cancelación de Pagaré Exdetalladamente de los términos traviado en la que se solicita la de la misma. Esta notificación cancelación del siguiente pagase publicará una sola vez en ré hipotecario, que posiblemenun periódico de circulación ge- te se ha extraviado, luego de neral en la Isla de Puerto Rico, haber sido saldado por el deu-

dor hipotecario: pagaré a favor del Portador, por la suma de $40,000.00, según consta de la escritura número 174, otorgada en Mayagüez, Puerto Rico, el día 19 de julio de 1994, ante el Notario José M. Biaggi Landrón, inscrita al folio 104 vuelto del tomo 371 de Aguadilla, inscripción séptima. La misma fue modificada para reducir su interés al 7.99% anual y vencimiento al 19 de julio de 2014, según surge de la escritura número 284, otorgada en Aguadilla, Puerto Rico, el 30 de agosto de 1999, ante el Notario José M. Biaggi Landrón, inscrita al margen de la inscripción séptima. Modificada nuevamente para que su por ciento de interés sea finalmente de 9.99% anual, según surge de la escritura número 1,177, otorgada en Mayagüez, Puerto Rico, el 18 de octubre de 2002, ante el Notario José A. Amador López, inscrita al folio móvil del tomo 602 de Aguadilla, inscripción undécima. La parte demandante solicita del Honorable Tribunal que declare con lugar la demanda y en su consecuencia ordene al Secretario del Tribunal que expida Mandamiento al Registrador de la Propiedad correspondiente, para que dicho funcionario proceda a cancelar en los libros a su cargo la referida hipoteca dejando la propiedad aquí descrita libre de dicho gravamen hipotecario. POR EL PRESENTE EDICTO se les emplaza y requiere para que conteste la Demanda radicando el original de su contestación ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, y notificándole con copia de dicha contestación al abogado del demandante, Lcdo. Alejandro J. Cacho Rodríguez, 54 Calle Resolución, Suite 303, San Juan, Puerto Rico 009202729 Tel: (787) 722-2242; Fax: (787) 722-2243, cachor@microjuris.com dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación de este Edicto; si dejaren de así hacerlo, se les anotará la rebeldía y se dictará sentencia contra ustedes concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal de Aguadilla, Puerto Rico, hoy 11 de enero de 2022. Sarahí Reyes Pérez, Secretaria Regional. Nathalie I. Acevedo Quiñones, Sub-Secretaria.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO

ANTONIO RODRÍGUEZ NIEVES Demandante Vs.

ELIZABETH DE JESÚS MOJICA

Demandada Civil Núm.: SL2021RF00060.

27

Sala: 503. Sobre: DIVORCIO - RUPTURA IRREPARABLE. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.

considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de A: ELIZABETH DE JESÚS este caso, con fecha de 12 de MOJICA. 309 W. INDIANA enero de 2022. En San Juan, Puerto Rico, el 12 de enero de AVE. PHILADELPHIA, PA 2022. GRISELDA RODRÍGUEZ 19133. COLLADO, SECRETARIA RESe le notifica a usted que se GIONAL INTERINA. ANGELA ha radicado en el Tribunal de M. RIVERA HERNÁNDEZ, SEPrimera Instancia Sala de Ca- CRETARIA AUXILIAR. guas, el Caso Civil Núm. SLLEGAL NOTICE 2021RF00060 sobre DIVORCIO. Se le emplaza y requiere ESTADO LIBRE ASOCIADO para que notifique a la LCDA. DE PUERTO RICO TRIBUIVETTE ROSSANA GARCÍA NAL DE PRIMERA INSTANCIA CRUZ, a la siguiente dirección: SALA SUPERIOR DE SAN P.O. BOX 373151, CAYEY, JUAN. PR 0000737-3151. Teléfono BANCO POPULAR DE 787-286-9900 Email: garciaPUERTO RICO cruzlaw@gmail.com, Abogada DEMANDANTE VS. de la Parte Demandante, copia DELVA RODRIGUEZ de sus alegaciones y/o contestación a la demanda, origiRODRIGUEZ nal deberán radicar ante este DEMANDADA Honorable Tribunal, dentro de CIVIL NÚM.: SJ2017CV00854. los treinta (30) días siguientes SOBRE: COBRO DE DINERO a la publicación de este Edic- Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. to. Si dejare de hacerlo se le EDICTO ANUNCIANDO PRIanotará la rebeldía y se dictará MERA, SEGUNDA Y TERCEsentencia en rebeldía conce- RA SUBASTA. El Alguacil que diendo el remedio solicitado suscribe, funcionario del Tribupor la demandante sin más ci- nal de San Juan, Puerto Rico, tarle ni oírle. Extendido bajo mi por la presente anuncia y hace firma y sello de este Tribunal. saber al público en general que En Caguas, Puerto Rico, a 11 en cumplimiento con la Sentende enero de 2022. IRASEMIS cia dictada en este caso con DÍAZ SÁNCHEZ, SECRETA- fecha 2 de noviembre de 2021 RIA REGIONAL INTERINA. y según Orden y Mandamiento IVELISSE GÓMEZ FALCÓN, del 16 de diciembre de 2021 liSUB-SECRETARIA. brado por este honorable Tribunal, procederé a vender en púLEGAL NOTICE blica subasta al mejor postor, y ESTADO LIBRE ASOCIADO por dinero en efectivo, cheque DE PUERTO RICO TRIBUNAL certificado o giro postal a nomGENERAL DE JUSTICIA SALA bre del Alguacil del Tribunal con SUPERIOR DE SAN JUAN todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la ORIENTAL BANK propiedad que se describe a Demandante (a) Vs. continuación: PROPIEDAD GUILLERMO HORIZONTAL: Apartamento RAMOS VELEZ trescientos dos (302), ubicado Demandado (a) en el piso terrero del Edificio Civil Núm.: SJ2019CV12101. número tres, cual edificio está Sala: 506. Sobre: EJECUCIÓN localizado en el lado Este del DE HIPOTECA. NOTIFICAinmueble sometido al Régimen CIÓN DE SENTENCIA POR de Propiedad Horizontal, conoEDICTO. cido por Condominio FontaineA: GUILLERMO bleu (así surge) Village, ubicado en el barrio Monacillos del RAMOS VELEZ. EL SECRETARIO(A) que sus- Municipio de San Juan, Puerto cribe le notifica a usted que el Rico, cuya entrada y salida da 24 de noviembre de 2021, este hacia la calle San José, la cual Tribunal ha dictado Sentencia, radica en el lado Suroeste del Sentencia Parcial o Resolución inmueble; está construido de en este caso, que ha sido debi- hormigón reforzado y bloques damente registrada y archivada de hormigón con un área de en autos donde podrá usted piso de mil quinientos cincuenta enterarse detalladamente de y cinco pies cuadrados con los términos de la misma. Esta cuatro centésimas de otro notificación se publicará una (1,555.04 p/c), equivalentes a sola vez en un periódico de ciento cuarenta y cuatro metros circulación general en la Isla cuadrados con cuatrocientos de Puerto Rico, dentro de los sesenta y siete milésimas de 10 días siguientes a su notifica- otro (144.467 m/c). Su forma es ción. Y, siendo o representando aproximadamente rectangular y usted una parte en el procedi- consta de dos niveles; el primemiento sujeta a los términos ro ubicado en el primer piso y el de la Sentencia, Sentencia segundo en el segundo piso. Parcial o Resolución, de la cual Su entrada está localizada en puede establecerse recurso de el primer piso en el lado Oeste revisión o apelación dentro del del edificio y da acceso a eletérmino de 30 días contados a mentos comunes generales de partir de la publicación por edic- la propiedad, a través de la aceto de esta notificación, dirijo a ra y del área de estacionamienusted esta notificación que se to y de rodaje para llegar a la

vía pública. El primer nivel ubicado en el primer piso está dividido en los siguientes elementos: una cocina, una sala-comedor-family room, un medio baño, un área para lavandería, un closet para almacenaje y unas escaleras que dan acceso al segundo nivel ubicado en el segundo piso. Contiene un calentador de agua y gabinetes de cocina. El primer piso tiene una cabida de setecientos ochenta pies cuadrados con treinta y siete centésimas de otro (780.37 p/c), en lindes por el NORTE, en treinta y cinco pies nueve pulgadas (35’9”), con el apartamento trescientos uno (301); por el SUR, en cuarenta pies once pulgadas (40’11”) con el apartamento trescientos tres (303); por el ESTE, en veinte pies diez pulgadas (20’10”), con el patio que constituye un área común limitada; y por el OESTE, en veinte pies diez pulgadas (20’10”), con el vestíbulo del edificio que da acceso al apartamento. El segundo nivel ubicado en el segundo piso está dividido en los siguientes elementos: tres cuartos dormitorios con sus closets, unidos por un pasillo central, dos baños, uno con acceso al pasillo central y el segundo ubicado dentro del área del cuarto dormitorio principal, un linen closet en el pasillo y una escalera con acceso al primer piso. El segundo piso consta de un área de setecientos setenta y cuatro pies cuadrados con sesenta y siete centésimas de otro (774.67 p/c), en lindes por el NORTE, en treinta y nueve pies nueve pulgadas (39’9”) con el apartamento trescientos uno (301); por el SUR, en treinta y cinco pies nueve pulgadas (35’9”), con el apartamento trescientos tres (303); por el ESTE, en veinte pies diez pulgadas (20’10”), con el exterior del edificio; y por el OESTE, en veinte pies diez pulgadas (20’10”), con el exterior del edificio. Existe un patio posterior que es un área común limitada cuyo uso es exclusivo de este apartamento, sujeto a las disposiciones de ley y de la escritura de Constitución de Régimen de Propiedad Horizontal. Le corresponde en forma permanente e inseparable dos espacios de estacionamiento los cuales están debidamente identificados en el plano de estacionamiento que forma parte de los planos generales del condominio. Los espacios de estacionamiento que le corresponde a este apartamento serán adjudicados en la escritura de Individualización y Compraventa, y llevarán el mismo número del apartamento. Le corresponde a este apartamento en los elementos comunes generales el uno punto mil setecientos ochenta y dos por ciento (1.1782%). Le corresponde a este apartamento en los gastos de operación y mantenimiento


28 general del condominio el uno punto doscientos cuarenta y uno por ciento (1.1241%). FINCA NÚMERO: 25,928, inscrita al folio 99 del tomo 907 de Monacillos, sección III de San Juan. Dirección Física: COND. FOUNTAINEBLEU VILLAGE t/c/c COND. FONTAINBLUE) APT. 302 GUAYNABO, PR 00969. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 9 de febrero de 2022, a las 9:30 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $300,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 16 de febrero de 2022, a las 9:30 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $200,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 24 de febrero de 2022, a las 9:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $150,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Tribunal dictó Sentencia declarando con lugar la demanda y, por consiguiente, ordenó a la parte demandada DELVA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, a pagar a la parte demandante la suma vencida de $261,763.32 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 6.75% anual hasta su completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $30,000.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el

desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 30 de diciembre de 2021. ERIK F OSUNA ACEVEDO, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

JAYNIROCHARLOTTE ORTIZ ROSADO T/C/C JAYNIR C. ORTIZ ROSADO T/C/C JAYNIRCHARLOTTE ORTIZ ROSADO; AUTORIDAD PARA EL

The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO

DEMANDADA CIVIL NÚM.: SJ2019CV04379. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 28 de noviembre de 2019, y según Orden y Mandamiento del 3 de marzo de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamiento residencial número novecientos dos (902) de forma rectangular, localizado en el piso número nueve (9) Edificio “B” del Proyecto VBCCiento Cincuenta y Ocho (VBC158) Condominio Valle de Berwind, hoy conocido como Torres de Cervantes, que ubica en la calle Elder esquina calle “Treinta y Seis”(36) del Barrio Sabana Llana del término municipal de Río Piedras, del Municipio de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de novecientos diecisiete punto ocho cero tres tres (917.8033) pies cuadrados, siendo sus medidas lineales treinta y nueve pies cinco y un cuarto (39’5¼”) de largo por veinticuatro pies ocho y media (24’8½”) de ancho, en lindes por el NORTE, veinticuatro pies ocho y media pulgadas (24’8½”) con la pared exterior del edificio; por el SUR, dieciocho pies tres y tres cuartos pulgadas (18’3¾”) con el apartamiento número novecientos cuatro (904); por el ESTE, treinta pies siete y un cuarto pulgadas (30’7¼”) con el pasillo; por el OESTE, treinta y nueve pies cinco y un cuarto pulgadas (39’5¼”) con la pared exterior del edificio. La puerta principal del apartamiento tiene acceso al pasillo central del edificio. Esta unidad residencial consta de lo siguiente: sala-comedor, balcón, cocina, baño, pasillo con closet, calentador de agua de treinta (30) galones, nevera, estufa y tres (3) cuartos de dormitorio con su closet cada uno. El valor del apartamiento es de cincuenta y cinco mil ochocientos dólares ($55,800) y tiene un porciento (%) de participación en los elementos comunes de punto cero cero dos cuatro seis (.0024046). Le corresponde un (1) espacio de estacionamiento identificado con el mismo número del apartamento. Condiciones restrictivas por 8 años por “La Llave

para tu Hogar”. FINCA NÚMERO: 26,229, inscrita al folio 141 del tomo 653 de Sabana Llana, sección V de San Juan. Nota aclaratoria: La descripción registral surge del Registro de la Propiedad tal como se transcribió anteriormente. La Escritura Número 683 no incluye la parte correspondiente al valor del inmueble.) Dirección Física: COND. TORRES DE CERVANTES (T/C/C COND. VALLE DE BERWIND) APT. 902 B SAN JUAN, PR 00924. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 9 de febrero de 2022, a las 11:00 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $75,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 16 de febrero de 2022, a las 11:00 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $50,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 24 de febrero de 2022, a las 11:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $37,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la Demanda y determinó que la parte demandada adeuda a la parte demandante la cantidad de $71,372.07, que se desglosa de la siguiente manera: $58,380.06 de principal, $8,159.61 de interés; $753.20 de Escrow/Impotand Overdraft; $1,276.53 de Recoverable Corporate Advance; $427.12 de Unpaid Late Charges; $10.00 de Payoff Statement Fee; $10.00 de Legal Docs. Handling; $1,622.75 de Legal Fees; $719.28 de Add Mortgage Ins.; $13.52 de Adj/Other Fees, al día 30 de Agosto de 2019. Estas sumas aumentan a razón del 6.00% de intereses al año hasta su completo pago; más

diez por ciento (10%) para costas, gastos y honorarios de abogado; los intereses pactados por cada mensualidad vencida y no pagada, por concepto de recargos acumulados; y cualquier otra suma que se permita bajo la hipoteca, todas cuya suma son líquidas y exigibles. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, por éstos contar con una hipoteca a su favor por la suma de $15,000.00, sin intereses, y a vencer el 29 de octubre de 2012, según consta de la escritura #684, otorgada en San Juan ante el Notario Luis O. Cintrón Fonalledas, inscrito al folio 166 del tomo 1016 de Sabana Llana. Condiciones: La Llave para tu Hogar por ocho (8) años. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instan-

cia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 30 de diciembre de 2021. EDWIN E LOPEZ MULERO, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

CLARA ELISA TORRES TEJADA

DEMANDADA CIVIL NÚM.: SJ2021CV03140. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 13 de octubre de 2021 y según Orden y Mandamiento del 13 de diciembre de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado en el número sesenta del proyecto de renovación urbana conocida como “San José Open Land” situado en el Barrio Sabana Llana del término municipal de Río Piedras, con una cabida superficial de trescientos ochenta y cinco metros cuadrados con cincuenta y tres centésimas de metro cuadrado, en lindes por el NORTE, con el solar cincuenta y nueve, en distancia de veintiocho metros con cuarenta centésimas; por el SUR con el solar sesenta y uno, en distancia de veintinueve metros con diez centímetros; por el ESTE, con la servidumbre de paso de la Calle A, en distancia de trece metros con cuarenta centímetros; y por el OESTE, con el solar setenta y uno, en distancia de tres metros y el solar en setenta, en distancia de diez metros con cuarenticinco centímetros. FINCA NÚMERO: 7,709, inscrita al folio 121 del tomo 173 de Sabana Llana, sección V de San Juan. Nota aclaratoria: En el Registro de la Propiedad, Sección V de San Juan, la descripción registral consta tal y como fue transcrita

anteriormente. En la Escritura número 365, otorgada el 26 de julio de 2011, consta lo siguiente; URBANA: Solar marcado en el número sesenta del proyecto de renovación urbana conocida como “San José Open Land URPR”, cinco guión 9 (5-9), situado en el Barrio Sabana Llana del término municipal de Río Piedras. Dirección Física: BO. SABANA SOLAR 60, CALLE A SAN JUAN, PR 00923. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 9 de febrero de 2022, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $130,315.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 16 de febrero de 2022, a las 10:00 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $86,876.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 24 de febrero de 2022, a las 10:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $65,157.50. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. A tenor con la Regla 51.3 (b) de Procedimiento Civil y el Artículo 99 de la Ley 210-2015, conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, el tribunal ordenó que el Alguacil de este Tribunal luego de haberse efectuado la correspondiente publicación de edictos en un periódico de circulación general, proceda a vender en pública subasta al mejor postor la propiedad descrita en las Determinaciones de Hechos de la Sentencia y que del producto de dicha venta,

proceda a pagar en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas y honorarios de abogados según concedidos en esta sentencia, en tercer término los intereses acumulados por esta sentencia, en cuarto término los recargos acumulados, en quinto cualquier suma antes indicada como sobregiro en la cuenta de reserva y en sexto término hasta la suma de $116,829.62 para cubrir el principal adeudado, disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio


The San Juan Daily Star donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 30 de diciembre de 2021. EDWIN E LOPEZ MULERO, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO.

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MARELI LLORENS GARCIA

DEMANDADA CIVIL NÚM.: GB2019CV00557. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Guaynabo, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 29 de octubre de 2019, y según Orden y Mandamiento del 22 de enero de 2020 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Estancias del Riberas del Río, localizada en el barrio Guaraguao del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del Solar: Quince (15). Área del Solar: Mil cuatrocientos dieciocho puntos cinco mil cincuenta metros cuadrados (1,418.5050 m.c.). En lindes por el NORTE, con el lote número dieciséis (16), en una distancia de treinta punto sesenta y nueve metros (30.69 m.); por el SUR, con calle municipal, en dos distancias que suman ciento doce punto doscientos ochenta y dos metros (112.282 m); por el ESTE, con servidumbre eléctrica de doscientos noventa y nueve punto mil quinientos siete metros cuadrados, a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica, en una distancia de cuarenta punto veinticinco metros (40.25 m.); y por el OESTE, con el lote número catorce (14), en dos distancias que suman cuarenta y cuatro punto ochenta y seis (44.86 m.). El inmueble

antes descrito contiene una casa de concreto diseñada para una familia, construida de acuerdo con los planos y especificaciones aprobados por la Administración Federal de Hogares, la Administración de Reglamentos y Permisos y otras agencias gubernamentales. FINCA NÚMERO: 44,515, inscrita al folio 216 del tomo 1302 de Guaynabo. Registro de Guaynabo. Nota aclaratoria: En el Registro de la Propiedad de Guaynabo, la descripción registral consta tal y como fue transcrita anteriormente. En la Escritura número 409, otorgada el 10 de agosto de 2005, consta lo siguiente; ESTE, con servidumbre eléctrica, en una distancia de cuarenta punto veinticinco metros (40.25 m.). Dirección Física: COND. LOS ARCOS EN SUCHVILLE APT. 316 GUAYNABO, PR 00969. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 8 de febrero de 2022, a las 9:40 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Guaynabo. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $336,800.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 15 de febrero de 2022, a las 9:40 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $224,533.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 22 de febrero de 2022, a las 9:40 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $168,400.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. En su consecuencia, se ordenó al Alguacil de este Tribunal luego de haberse efectuado la correspon-

Monday, January 17, 2022 diente publicación de edictos en un periódico de circulación general, proceda a vender en pública subasta al mejor postor la propiedad descrita en las Determinaciones de Hechos de la Sentencia y que del producto de dicha venta, proceda a pagar en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas y honorarios de abogados según concedidos en la Sentencia, en tercer término los intereses acumulados por la Sentencia, en cuarto término los recargos acumulados, en quinto cualquier suma antes indicada como sobregiro en la cuenta de reserva y en sexto término hasta la suma de $271,327.29 para cubrir el principal adeudado, disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado

en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 21 de octubre de 2021. FRANCES TORRES CONTRERAS #825, ALGUACIL SALA SUPERIOR DE GUAYNABO.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION T/C/C FANNIE MAE DEMANDANTE VS.

SUCESIÓN DE JUAN RAMÓN SALAZAR PÉREZ; SUCESIÓN DE MARÍA CRISTINA PADÍN VIRELLA T/C/C MARÍA CRISTINA PADÍN DE SALAZAR; SUCESION DE MARÍA DEL C. SALAZAR PADÍN, COMPUESTAS POR SU HEREDERO CONOCIDO RAFAEL SALAZAR; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES

DEMANDADOS CIVIL NÚM.: SJ2021CV03603. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 18 de octubre de 2021 y según Orden y Mandamiento del 14 de diciembre de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés

de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar sito en el Barrio Monacillos de la municipalidad de Río Piedras, marcado con el número Once-A de la manzana ‘AM’ de la Urbanización Caparra Terrace, con un área superficial de doscientos treinta y siete metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados más o menos, el cual colinda por el NORTE, con solar Catorce de la manzana ‘AM’; por el SUR, con la Calle número Ciento Uno de la urbanización; por el OESTE, solar número diez de dicho bloque ‘AM’; y ESTE, con propiedad once B de dicho bloque ‘AM’. Enclava en este solar una casa de concreto armado con techo de azotea y losas del país, de una sola planta que consiste de una vivienda de tres dormitorios con sus closets, sala y comedor en una sola unidad, cocina con su closet, balcón y cuarto de baño. Dicha propiedad tiene únicamente en común con la número Once-B de la manzana ‘AM’ la pared medianera que divide su edificación de la edificación en la dicha parcela Once-B de la manzana ‘AM’. FINCA NÚMERO: 9,806, inscrita al folio 26 del tomo 258 de Monacillos, sección III de San Juan. Nota aclaratoria: La descripción registral transcrita anteriormente, consta tal y como fue descrita en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección III. En la Escritura número 358, otorgada el 24 de abril de 2003, consta lo siguiente; URBANA: Solar sito en el Barrio Monacillos de la municipalidad de Río Piedras, marcado con el número once guion “B” (11-B) de la manzana ‘AM’ de la Urbanización Caparra Terrace. Oeste con propiedad once guion A (11-A). Tiene pared medianera con la casa del solar once guion A (11-A). Dirección Física: BO. MONACILLOS URB. CAPARRA TERRACE SOLAR 11-A, MANZANA AM SAN JUAN, PR 00921. Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 9 de febrero de 2022, a las 10:30 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $75,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 16 de febrero de 2022, a las 10:30 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $50,000.00.

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De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 24 de febrero de 2022, a las 10:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $37,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. A tenor con la Regla 51.3 (b) de Procedimiento Civil y el Artículo 99 de la Ley 210-2015, conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, el tribunal ordenó que el Alguacil de este Tribunal luego de haberse efectuado la correspondiente publicación de edictos en un periódico de circulación general, proceda a vender en pública subasta al mejor postor la propiedad descrita en las Determinaciones de Hechos de la Sentencia y que del producto de dicha venta, proceda a pagar en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas y honorarios de abogados según concedidos en esta sentencia, en tercer término los intereses acumulados por esta sentencia, en cuarto término los recargos acumulados, en quinto cualquier suma antes indicada como sobregiro en la cuenta de reserva y en sexto término hasta la suma de $61,342.19 para cubrir el principal adeudado, tal como así se determinó en un procedimiento ante la Corte de Quiebra que conllevó descargo de dicha obligación personal subyacente. Disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de to-

dos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 30 de diciembre de 2021. EDWIN E LOPEZ MULERO, Alguacil Auxiliar. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO ST. TROPEZ Demandante Vs.

SUCN. DE JOSEFA A. RIVERA CERVERA, TAMBIÉN CONOCIDA POR SUCN. JOSEFA A. RIVERO CERVERA, SUCESIÓN DESCONOCIDA COMPUESTA POR

FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL

Demandados Civil Núm.: CA2020CV01555. Sobre: COBRO DE DINERO. AVISO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: SUCN. DE JOSEFA A. RIVERA CERVERA, TAMBIÉN CONOCIDA POR SUCN. JOSEFA A. RIVERO CERVERA, SUCESIÓN DESCONOCIDA COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL. PO BOX 363407 SAN JUAN, PR 00936-3407; CONDOMINIO ST. TROPEZ APTO 2-E 6267 AVE. ISLA VERDE, CAROLINA, PR 00979. FIRST FEDERAL SAVING AND LOAN ASSOCIATION OF PUERTO RICO (AHORA FIRSTBANK)

Yo, MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, al público en general, CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en virtud del mandamiento expedido por el Secretario de este Tribunal, el día 2 de diciembre de 2021 en el caso de epígrafe, dirigido al que suscribe, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor, en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal, por la suma de $14,491.65 por concepto de cuotas de mantenimiento adeudadas al mes de julio de 2020, cuya cantidad aumenta a razón de $137.37 mensuales, intereses, penalidades y derramas, las costas, gastos y honorarios por la cantidad de $401.26, más intereses al 4.25% desde la fecha en que se dicta la sentencia y hasta que ésta sea satisfecha, el inmueble que se describe como sigue: URBANA: Apartamiento individualizado de concreto armado y bloques de hormigón, de uso residencial identificado con el número Dos E (2E) localizado en la parte Noroeste del piso segundo de la Torre “A” del edificio conocido como CONDOMINIO ST. TROPEZ, localizado en el Kilómetro Número Uno (1), Hectómetro Número Tres (3) de la Carretera Estatal Número Ciento Ochenta y Siete (187) del barrio Isla Verde del término municipal de Carolina, Puerto Rico. Tiene una cabida superficial de Cuatrocientos Cuarenta y Seis pies cuadrados (446 P/C) equivalentes a Cuarenta y Uno punto Cuarenta y Cinco metros cuadrados (41.45 m/c) aproximadamente, y consta de un vestíbulo de entrada, sala-comedor-dormi-


30 torio-kitchenette, baño y balcón. La puerta principal está localizada en el vestíbulo, la cual lo comunica con el pasillo de uso común que conduce a los vestíbulos del edificio y a la calle. Colinda, por el Norte, Veinte y cuatro pies con Nueve pulgadas (24’9’’) equivalentes a Siete punto Cincuenta y Cuatro metros (7.54 mts.) aproximadamente, con el Apartamiento Dos D (2D); por el Sur Doce pies con Cuatro pulgadas (12’ 4”) equivalentes a Tres punto Setenta y Seis metros (3.76 mt.) aproximadamente, con elementos exteriores del edificio, en Siete pies con Dos pulgadas (7’ 2’’) equivalentes a Dos punto Diez y Ocho metros (2.18 mt.) aproximadamente, con el pozo de los elevadores, en Cinco pies con Tres pulgadas (5’ 3’’) equivalentes a Uno punto Sesenta metros (1.70 mt.) aproximadamente con el vestíbulo de elevadores del piso; por el Este, Diez y Nueve pies (19 p.) equivalentes a Cinco punto Setenta y Nueve metros (5.79 mt.) aproximadamente, con el pasillo de uso común; por el Oeste, Diez y Nueve pies (19 p.) equivalentes a Cinco punto Setenta y Nueve metros (5.79 mt.) con elementos exteriores del edificio. Corresponde a este apartamiento, en los elementos comunes generales del Inmueble una participación de Cero punto Doscientos Noventa y Siete por ciento (0.297%) y en los elementos comunes restrictivos de la Torre “A” una participación de Cero punto Tres Mil Cuatrocientos Noventa y Tres por ciento (0.3493%). Inscrita al folio 82 del Tomo 406 de Carolina Norte, finca número 15,549, del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera, Inscripción 5ta. CARGAS: Por su procedencia a servidumbre a favor de la Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico, Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y a condiciones restrictivas sobre edificación. Afecta, además: Hipoteca a favor de First Federal Saving and Loan Association of Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $14,600.00, con intereses al 7 3/4% anual vencederos al 1ro de julio de 1997, según inscripción 1ra. La propiedad consta inscrita a favor de Josefa Rivera Cervera, quien adquiere por compra por fa cantidad de $31,500.00, según consta de la Escritura Número Dos (2) otorgada en Carolina, Puerto Rico, el 20 de febrero de 1987, ante el Notario Rafael Lebrón Olivero, inscrita al folio 82 del tomo 406 de Carolina Norte, Finca número 15,549, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera, según la inscripción quinta. Con el importe de dicha venta se habrán de satisfacer a la parte demandante las cantidades otorgadas mediante la Sentencia dictada por el Honorable Tribunal de Primera

Instancia de Puerto Rico, Sala de Carolina, el 12 de octubre de 2021, ordenando a la parte demandada a pagar a la demandante la suma de $14,491.65 por concepto de cuotas de mantenimiento adeudadas al mes de julio de 2020, cuya cantidad aumenta a razón de $137.37 mensuales, intereses, penalidades y derramas, las costas, gastos y honorarios por la cantidad de $401.26, más intereses al 4.25% desde la fecha en que se dicta la sentencia y hasta que ésta sea satisfecha. La subasta se llevará a efecto en mi oficina, situada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina a las 1:15 de la tarde del jueves 3 de febrero de 2022, por las sumas antes indicadas. Se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que la adjudicación se hará al mejor postor y que el pago de la licitación deberá hacerse en el acto de la subasta y en moneda de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la ley. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello con el sello de esta oficina, en Carolina, Puerto Rico, hoy 20 de diciembre de 2021. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL #830, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA.

y las costas, gastos y honorarios de abogado de este litigio. El demandante, Oriental Bank, ha solicitado que se dicte sentencia en contra suya y que se le ordene pagar las cantidades reclamadas en la demanda. POR EL PRESENTE EDICTO se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr/sumac/, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra, y conceder el remedio solicitado en la Demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El abogado de la parte demandante es: Jaime Ruiz Saldaña, RUA número 11673; Dirección: PMB 450, 400 Calle Calaf, San Juan, PR 00918-1314; Teléfono: (787) 759-6897; Correo electrónico: legal@jrslawpr. com. Se le advierte que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, se le estará enviando LEGAL NOTICE a usted por correo certificado ESTADO LIBRE ASOCIADO con acuse de recibo, una copia DE PUERTO RICO TRIBUNAL del emplazamiento y de la deDE PRRMERA INSTANCIA manda presentada al lugar de su última dirección conocida: SALA DE CAMUY Bo. Corcovada, Carr. 492 KM ORIENTAL BANK 4.1, Hatillo, PR 00659; PO Box Demandante V. 140634, Arecibo, PR 00614EDWIN D. ANDUJAR 0634. EXPEDIDO bajo mi firma ROMAN, FULANA DE TAL y el sello del Tribunal en HatiY LA SOCIEDAD LEGAL llo, Puerto Rico, hoy día 13 de diciembre de 2021. VIVIAN Y. DE GANANCIALES FRESSE GONZÁLEZ, SECRECOMPUESTA POR TARIA REGIONAL. SUHAIL AMBOS SERRANO MOYA, SECRETADemandados RIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL. Civil Núm.: HA2021CV00193. LEGAL NOTICE Sobre: COBRO DE DINERO POR LA VÍA ORDINARIA. EM- ESTADO LIBRE ASOCIADO PLAZAMIENTO POR EDICTO. DE PUERTO RICO TRIBUESTADOS UNIDOS DE AMÉ- NAL DE PRIMERA INSTANCIA RICA, EL PRESIDENTE DE SALA SUPERIOR DE ARECILOS EE. UU., EL ESTADO LI- BO. BRE ASOCIADO DE PUERTO SUN WEST MORTGAGE RICO, SS.

A: FULANA DE TAL POR SÍ Y COMO MIEMBRO DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA CON EDWIN D. ANDÚJAR ROMAN.

POR MEDIO del presente edicto se le notifica de la radicación de una demanda en cobro de dinero por la vía ordinaria en la que se alega que usted adeuda a la parte demandante, Oriental Bank, ciertas sumas de dinero,

The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

COMPANY, INC. Demandante v.

SAUL ANTONIO NEBOT ROSARIO, MONICA LOPEZ QUILES y la SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES compuesta por ambos

Demandados CIVIL NÚM. CCD2017-0175 (403). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO DE SUBASTA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL

PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Yo, ANGEL DE J TORRES PEREZ, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Arecibo, al público HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha de 15 de octubre de 2021, por la Secretaria de este Tribunal, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de la parte demandada de epígrafe sobre la siguiente propiedad perteneciente a la parte demandada, la cual se describe a continuación: RUSTICA: Solar marcado con la letra A en el plano de inscripción, radicado en el Barrio Domingo Ruiz de Arecibo, con una cabida superficial de mil doscientos cuatro punto veintidós (1,204.22) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el solar marcado con la letra B en el plano de inscripción; por el Sur, con el solar segregado en el caso número noventa y uno guión cero seis guión A doscientos cuarenta y uno guión APL (91-06-A241-APL); por el Este, con solar marcado con la letra I, en el plano de inscripción; y por el Oeste, con carretera número seiscientos treinta y ocho (638). Es el remanente según la escritura número ciento dos (102), otorgada en Arecibo, Puerto Rico el día 18 de noviembre de 1992, ante el notario Jorge L. Couto González, inscrito al folio 40 del tomo 991 de Arecibo, inscripción 2da.” Consta inscrita al folio 46, tomo 651 de Arecibo, Registro de la Propiedad, Sección de Primera (I) de Arecibo, finca número 29,718. Dirección Física: SR 656 KM 0.7 Lot A El Maga Sect. Bajadero Ward Arecibo, P.R. 00612. La finca 29,718 está gravada con la siguiente hipoteca cuya ejecución se solicita en la subasta objeto de este edicto: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Sun West Mortgage Company, Inc., o a su orden, por la suma principal de $165,306.00, con intereses al 4.00% anual, vencedero al día 1 de diciembre de 2044, constituida mediante la escritura número 27, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 24 de noviembre de 2014, ante la notario Patricia Pérez Surillo, e inscrita al folio 111 del tomo 1247 de Arecibo, finca número 29,718, inscripción 11ma. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Sun West Mortgage Company, Inc por la hipoteca de $165,306.00 total o parcialmente. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Sun West Mortgage Company, Inc total o parcialmente el importe de la Sentencia emitida

el 21 de octubre de 2019. El importe de la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, asciende a las siguientes cantidades: $159,107.13 de principal, más intereses al tipo pactado de 3.75% anual a partir del 1 de enero de 2017, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda, más una suma de $16,530.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más la cantidad de $16,530.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $16,530.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: Primera Subasta: Se celebrará el día 1ro de febrero de 2022, a las 9:30 am. Precio mínimo: $165,306.00. Segunda Subasta: Se celebrará el día 8 de febrero de 2022, a las 9:30 am. Precio Mínimo: $110,204.00. Tercera Subasta: Se celebrará el día 15 de febrero de 2022, a las 9:30 am. Precio Mínimo: $82,653.00. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Arecibo, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la subasta, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante el título del inmueble y las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, si los hubiere, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se le apercibe a los tenedores de gravámenes posteriores al que se ejecuta

que, para proteger cualesquiera derechos que tengan sobre el inmueble, deberán comparecer a la subasta, pues de no hacerlo así y de no igualar el precio de venta del gravamen hipotecario que se ejecuta, el Tribunal ordenará la cancelación de todos los gravámenes posteriores. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Arecibo, durante horas laborables. Para conocimiento de la parte demandada y de toda persona que tenga interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, si alguna, y para la concurrencia de licitadores y para el público en general el presente edicto se publicará en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico una vez por semana por un término de dos (2) semanas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre cada publicación. Se fijará además, en tres (3) lugares públicos del Municipio donde ha de celebrarse la subasta, estos lugares serán la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía de dicho Municipio. Se notificará a la parte demandada copia del edicto de subasta mediante correo certificado con acuse de recibo a su dirección que obra en autos. Una vez efectuada la correspondiente venta judicial, otorgaré la escritura del traspaso al licitador victorioso, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la Sentencia. Colocaré al licitador victorioso en posesión física de la Propiedad mediante el lanzamiento de los ocupantes en el término legal de veinte (20) días desde la fecha de la venta en pública subasta y para ello procederé a romper candados de ser necesario. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el Tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante o ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. El Registrador de la Propiedad cancelará, libre de derechos, todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción, y procederá a la inscripción de la venta

a favor del comprador en subasta libre de todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción. Expido el presente edicto bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo. En Arecibo, Puerto Rico, a 17 de NOVIEMBRE de 2021. ANGEL DE J TORRES PEREZ, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR ARECIBO.

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SARA DÍAZ GONZÁLEZ Parte Demandante Vs.

POPULAR MORTGAGE, INC.; JOHN DOE / POSEEDOR DESCONOCIDO

Parte Demandada Civil Núm: CG2021CV03112. Sobre: CANCELACIÓN O RESTITUCIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO.

A: JOHN DOE / POSEEDOR DESCONOCIDO.

POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda de epígrafe dentro de los TREINTA (30) DIAS a partir de la publicación de este edicto; el cual se publicará en un periódico de circulación general diaria durante una (1) sola vez. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, la entiende procedente. LCDO. PEDRO A. CRESPO CLAUDIO (RUA 17415) EMPHATIA NOTARY & LEGAL ADVISORS, PSC 282 Urb. La Serranía Caguas, Puerto Rico 00725-1810 Tel. 939-337-5550 E-mail: pcrespo@emphatialaw.com POR ORDEN DEL JUEZ DE ESTE TRIBUNAL, hoy día 21 de diciembre de 2021. EXPEDIDO bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy día 22 de diciembre de 2021. LISILDA MARTÍNEZ AGOSTO, SECRETARIA. LILI RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

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CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

EVELYN RODRIGUEZ ORTEGA

Demandada Civil Núm.: GM2019CV00611. (303). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, LITZY M. CORA ANAYA, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #247, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 26 de octubre de 2021 y para satisfacer la cantidad adeudada de $35,542.86 de principal mediante Sentencia dictada en el caso de autos el 27 de agosto de 2021, notificada y archivada en autos el 8 de septiembre de 2021, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Guayama, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Urb. Villa de Monte Río A-3, Guayama, PR 00791. URBANA: Solar marcado con el número tres (3) del bloque “A” de la Urbanización Villa de Monte Ríos, ubicada en el barrio Caimital, sitio Olimpo de Guayama, Puerto Rico, con una cabida superficial de 391.224 metros cuadrados y en lindes al Norte, por donde mide diez y seis metros, con la calle #2 de la urbanización; al Sur, en diez y seis punto cero sesenta y ocho metros, con terrenos de la Academia Adventista; al Este, en veintitrés punto setecientos trece metros, con el solar #2 del mismo bloque y al Oeste, en veinticinco punto ciento noventa metros, con el solar #4 del mismo bloque. Enclava una casa. Consta inscrita al folio 215 del tomo 268 de Guayama, finca #8437, Registro de la Propiedad de Guayama. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, en el caso de epígrafe, que se desglosan de la siguiente forma: de $35,542.86 de principal, 6.5% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $68.17 de cargos por demora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda,


The San Juan Daily Star mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $52,500.00 para la propiedad antes descrita. De declarase la subasta desierta y tener que celebrarse una segunda subasta el tipo mínimo serán dos terceras partes (2/3) del precio mínimo antes mencionado; $35,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo de la tercera subasta la mitad (1/2) del precio pactado; $26,250.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 1 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 8 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 15 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama. Del Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes: Servidumbres a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico. Del Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: Hipoteca constituida por Evelyn Rodríguez Ortega, soltera en garantía de un pagaré a favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por $15,000.00 sin intereses, vencedero el 1 de noviembre de 2011, según Esc. #447 en San Juan el 14 de mayo de 2003 ante Pedro Mario Rivera Matos, inscrita al folio 42 del tomo 462 de Guayama finca #8437 inscripción 16ta. Contiene condiciones de venta por 8 años. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo

Monday, January 17, 2022

certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en la Sala de Guayama, Puerto Rico, a 12 de enero de 2022. LITZY M. CORA ANAYA, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #247.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

DOMINGO SANTIAGO COMAS

Demandado Civil Núm.: JCD2016-0954. (406). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, MANUEL MALDONADO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 14 de agosto de 2019 y para satisfacer la cantidad adeudada de $143,188.87 de principal mediante Sentencia dictada en el caso de autos el 6 de junio de 2017, notificada y archivada en autos el 11 de junio de 2019 y publicada mediante edicto en el periódico “The San Juan Daily Star” el 16 de junio de 2019, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certifi-

cado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Ponce, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Urbanización Hacienda Juliana, 12 C Calle Monserrate, Ponce, PR 00780. URBANA: Solar marcado con el número doce (12) del bloque “C” (12-C) del plano de la Urbanización Hacienda Juliana situada en el Barrio Coto Laurel, Ponce, Puerto Rico, con un área superficial de cuatrocientos metros cuadrados (400 m.c.). Colinda por el Norte, en veinticinco metros (25 m.) con el solar trece (13) del mismo bloque; por el Sur, en veinticinco metros (25 m.) con el solar número once (11) del mismo bloque; por el Este, en dieciséis metros (16 m.) con el solar número veinte (20) del mismo bloque y por el Oeste, en dieciséis metros (16 m.) con la calle Monserrate de la misma urbanización. Este solar está afectado por una servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company a lo largo de la colindancia Oeste en un ancho de cinco pies y servidumbre legal a favor de Cable TV a lo largo de la colindancia Oeste en un ancho de cinco pies. Enclava en dicho solar una estructura Modelo Laurel I, de una planta para fines residenciales, compuesta de área de sala, comedor, cocina y “family room”, área de “laundry” bajo techo, tres habitaciones, dos baños. Área total de construcción aproximada: Mil novecientos veinte pies cuadrados (1920 p.c.). Consta inscrita al folio 159 del tomo 2110 de Ponce, Registro de la Propiedad de Ponce, Sección I. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, en el caso de epígrafe, que se desglosan de la siguiente forma: $143,188.87 de principal, 4% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $1,065.06 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $156,802.00 para la propiedad antes descrita. De declarase la subasta desierta y tener que celebrarse una segunda subasta el tipo mínimo serán dos terceras partes (2/3) del precio mínimo antes mencionado; $104,534.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo de la tercera subasta la mitad (1/2) del precio pactado; $78,401.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 1 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 2:45 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se

llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 8 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 2:45 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 15 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 2:45 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. Del Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes: Servidumbres a favor de la Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico, condiciones restrictivas de uso y construcción, servidumbre a favor de The Pipelines of Puerto Rico, Inc. y servidumbre a favor del Cuerpo de Ingenieros de los Estados Unidos de América. Del Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen preferente: Condiciones Restrictivas de venta por el término de 10 años impuestas por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico por haber concedido la suma de $9,249.95 para sufragar gastos de cierre, según Esc. #408 en Ponce el 11 de octubre de 2011 ante Ana Cristina Díaz Velasco, inscrita al folio 159 del tomo 2110 de Ponce Norte, finca #64720 inscripción 1ra. Del Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: Hipoteca constituida por Domingo Santiago Comas, soltero en garantía de pagaré bajo aff. #11, 144 a favor de Popular Mortgage, Inc., o a su orden por $156,802.00 al 4% anual, vencedero el 1 de noviembre de 2041, según Esc. #310 en San Juan el 11 de octubre de 2011 ante Félix Joel Zambrana Ortiz, inscrita al folio 159vto del tomo 2110 Ponce Norte, finca #64720 inscripción 2da. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y

gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en la Sala de Ponce, Puerto Rico, a 12 de enero de 2022. MANUEL MALDONADO, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

SUCESIÓN DE HILDA MORALES CARDONA COMPUESTA POR FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, ZUTANO DE TAL, ZUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN; HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

Demandados Civil Núm.: PO2018CV00547. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, MANUEL MALDONADO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Se-

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cretario del Tribunal de epígrafe con fecha 9 de noviembre de 2021 y para satisfacer la cantidad adeudada de $78,764.98 de principal mediante Sentencia dictada en el caso de autos el 22 de junio de 2021, notificada y archivada en autos el 22 de junio de 2021 y publicada mediante edicto en el periódico “The San Juan Daily Star” el 1 de julio de 2021, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Ponce, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Urb. Santa Teresita, 5707 AF-18 Calle San Carlos 4, Ponce, PR 00730. URBANA: Solar marcado con el número AF guión dieciocho (AF-18) del plano de inscripción del proyecto VBC-203 denominado Santa Teresita, radicado en el barrio Machuelo Abajo y Portugués del término municipal de Ponce, Puerto Rico, con una cabida superficial de 266.20 metros cuadrados. En lindes al Noreste, en una distancia de 22.00 metros, con el solar #17; al Noroeste, en una distancia de 12.10 metros, con el solar #3; al Sureste, en una distancia de 12.10 metros, con la calle #4 y al Suroeste, en una distancia de 22.00 metros, con el solar #19. Enclava una estructura de hormigón y bloques de hormigón dedicada a vivienda con un reparto de tres dormitorios, marquesina, sala, comedor, cocina y baño. Consta inscrita al folio 171 del tomo 1498 de Ponce Norte, finca 45,203 Registro de la Propiedad de Ponce, Sección I. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, en el caso de epígrafe, que se desglosan de la siguiente forma: $78,764.98 de principal, 4.5% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $56.04 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $88,880.00 para la propiedad antes descrita. De declarase la subasta desierta y tener que celebrarse una segunda subasta el tipo mínimo serán dos terceras partes (2/3) del precio mínimo antes mencionado; $59,253.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo de la tercera subasta la mitad (1/2) del precio pactado; $44,440.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el

1 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 3:15 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 8 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 3:15 DE LA TARDE. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 15 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 3:15 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. Del Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes: Servidumbres a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico y Municipio de Ponce. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspon-

dientes. Librado en la Sala de Ponce, Puerto Rico, a 12 de enero de 2022. MANUEL MALDONADO, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

ANGELES MARIA ROBLES ACEVEDO Demandante V.

CITIBANK N.A.; JOHN DOE Y RICHARD ROE

Demandado(a) Civil Núm.: SJ2021CV07257. Sala: 903. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JOHN DOE Y RICHARD ROE.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 11 de enero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 12 de enero de 2022. En San Juan, Puerto Rico, el 12 de enero de 2022. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA. MILDRED J. FRANCO REVENTÓS, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

ANGELES MARIA ROBLES ACEVEDO Demandante V.

JAMES T. BARNES OF PUERTO RICO, INC. Y/O

Demandado(a) Civil: CA2021CV02941. Sala: 403. Sobre: CANCELACIÓN O RESTITUCIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JAMES T. BARNES OF PUERTO RICO, INC.,


32 JOHN DOE, RICHARD ROE.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 11 de enero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 12 de enero de 2022. En Carolina, Puerto Rico, el 12 de enero de 2022. LCDA. MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA. LILLIAM ORTIZ NIEVES, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE

UNA (1) sola vez en un periódico de circulación diaria general en la Isla de Puerto Rico; se les anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA REGIONAL. NILDA L. IRIZARRY RODRÍGUEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

PABLO LOPEZ SANTIAGO; ZENAIDA ROSA RAMOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Parte Demandada Civil Núm.: CG2021CV02821. Sala: 802. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: PABLO LOPEZ SANTIAGO, ZENAIDA ROSA RAMOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA POR LA PRESENTE se les SALA DE MAYAGÜEZ emplaza y requiere para que MAYRA conteste la demanda dentro de LARACUENTE BERNAT los treinta (30) días siguientes Parte Demandante Vs. a la publicación de este EdicGAMAL ABDEL to. Usted deberá radicar su alegación responsiva a través RIVERA O’NEILL del Sistema Unificado de MaParte Demandada Civil Núm: MZ2021RF00666. nejo y Administración de CaSobre: DIVORCIO, RUPTURA sos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente IRREPARABLE. EDICTO. dirección electrónica: http:// A: GAMAL ABDEL RIVERA O’NEILL. 15374 unired.ramajudicial.pr/sumac/, salvo que se presente por deSUMMIT PLACE CIRCLE, recho propio, en cuyo caso NAPLES, FLORIDA 34119. deberá radicar el original de Por la presente se le emplaza y su contestación ante el Tribuse le notifica que se ha presen- nal correspondiente y notifique tado en la Secretaría de este con copia a los abogados de la Tribunal la Demanda de GA- parte demandante, Lcda. MóMAL ABDEL RIVERA O’NEILL nica Tabales Maldonado al PO en el caso de epígrafe contra BOX 9022512, San Juan, P.R. su persona. Se le apercibe y 00902-2512; Teléfono: 787advierte a usted, que de no 724-0230. En dicha demanda contestar la Demanda radican- se tramita un procedimiento de do el original de la contestación cobro de dinero y ejecución de ante la Secretaría del Tribunal hipoteca bajo el número mende Primera Instancia, Sala de cionado en el epígrafe. Se aleMayagüez, y notificar copia ga en dicho procedimiento que de la contestación de ésta a la parte Demandada incurrió en la parte demandada MAYRA el incumplimiento del Contrato LARACUENTE BERNAT; por de Hipoteca, al no poder pagar conducto de su abogado, Lcdo. las mensualidades vencidas Luis Roberto Santos Montalvo, correspondientes a los meses a su dirección: P. O. Box 1809, de diciembre de 2019, hasta Mayagüez, Puerto Rico 00681- el presente, más los cargos 1809, Teléfono 787-833-5466, por demora correspondientes. dentro de los próximos TREIN- Además adeuda a la parte deTA (30) días a partir de la publi- mandante las costas, gastos y cación de este Emplazamiento honorarios de abogado en que por Edicto, que será publicado incurra el tenedor del pagaré

The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

en este litigio. De acuerdo con dicho Contrato de Garantía Hipotecaria la parte Demandante declaró vencida la totalidad de la deuda ascendente a la suma de $39,176.99 más intereses al 5.875% anual, así como todos aquellos créditos y sumas que surjan de la faz de la obligación hipotecaria y de la hipoteca que la garantiza, incluyendo una suma equivalente al 10% de la suma principal del pagaré pactado para costas, gastos y honorarios de abogado. La parte Demandante presentará para su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, un AVISO DE PLEITO PENDIENTE (“Lis Pendens”) sobre la propiedad objeto de esta acción cuya propiedad es la siguiente: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento residencial identificado con el número tres (3), siendo este de forma rectangular, con una cabida superficial de cuatrocientos veinte punto cero ocho pies cuadrados (420.08 p.c), equivalentes a treinta y nueve punto cero dos seis siete metros cuadrados (39.0267m.c) localizado en el primer nivel del edificio conocido como Condominio Villa Victoria que está situado en La Carretera Número Siete tres cuatro (734), en la Comunidad Gandara, del Barrio Sua del término municipal de Cidra, Puerto Rico. Consta de un (1) nivel, siendo sus linderos los siguientes: por el NORTE, con el área de estacionamientos, en una distancia de doce pies con cinco y un cuarto de pulgada (12’5¼”) equivalentes a tres punto setenta y nueve metros lineales (3.79m.c); por el SUR, con área verde, en una distancia de doce pies con cinco y un cuarto de pulgadas (12’5¼”) equivalentes a tres punto setenta y nueve metros lineales (3.79m.l); por el ESTE, con el Apartamento Numero Dos (2) de este proyecto, en una distancia de treinta y tres pies con nueve y un cuarto de pulgada (33’9¼”) equivalentes a diez punto veintinueve metros lineales (10.29m.l.); por el OESTE, con el apartamento número cuatro (4), en una distancia de treinta y tres pies con nueve y un cuarto de pulgadas (33’9¼”) equivalente a diez punto veintinueve metros lineales (10.29m.l.). Consta de una (1) habitación, un closet de lavandería, pasillo, baño completo con inodoro, lavamanos, ducha y accesorios, cocina y sala/comedor. La puerta de entrada de este apartamento está situada en su lindero NORTE y por ella se entra a la sala del apartamento. Este apartamento tiene una participación de cinco punto setenta y seis por ciento (5.66%) en los elementos comunes generales del condominio. Le corresponde a este apartamento el uso y disfrute del estacionamiento identificado con el mismo número del apartamento. Este

apartamento es una individualización de su finca matriz, la cual consta inscrita al folio 9 del tomo 161 de Cidra, finca 6,634, sometida al Régimen de Propiedad Horizontal al Asiento 425 del Diario 667, Registro de la Propiedad, Sección Segunda. SE LES APERCIBE que de no hacer sus alegaciones responsivas a la demanda dentro del término aquí dispuesto, se les anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal en Caguas, Puerto Rico. A 11 de enero de 2022. LISILDA MARTÍNEZ AGOSTO, SECRETARIA REGIONAL. YAMAIRA M. RÍOS CARRASCO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

LEGAL NOTICE

recciones son: P.O. Box 71418 San Juan, Puerto Rico 009368518, teléfono (787) 993-3731 a la dirección kevin.sanchez@ orf-law.com, a la dirección natalie.bonaparte@orf-law.com y a la dirección notificaciones@orflaw.com. EXTENDIDO BAJO FIRMA y el sello del Tribunal, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 8 de diciembre de 2021. En Caguas, Puerto Rico el 8 de diciembre de 2021. Lisilda Martínez Agosto, Secretaria. Vilma Oyola Rivera, Secretaria Auxiliar Del Tribunal.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE MANATÍ

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

YARITZA TORRES MONTALVO

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUDemandada NAL DE PRIMERA INSTANCIA Civil Núm.: MT2021CV00380. SALA DE CAGUAS Sobre: COBRO DE DINERO ISLAND PORTFOLIO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA SERVICES, LLC, COMO POR LA VÍA ORDINARIA). AGENTE DE ACE ONE EDICTO DE SUBASTA.

FUNDING, LLC Demandante Vs.

JOSE O. ORTEGA FERNANDEZ

Demandado Civil Núm.: CG2021CV01541. Salón: 705. Sobre: COBRO DE DINERO ORDINARIO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: JOSE O. ORTEGA FERNANDEZ - REPTO. CAGUAX F-2 CALLE NABORIA, CAGUAS, PR 00725-3308.

POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), la cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda o cualquier otro sin más citarle ni oírle, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El sistema SUMAC notificará copia a los abogados de la parte demandante, el Lcdo. Kevin Sánchez Campanero y la Lcda. Natalie Bonaparte Servera cuyas di-

Al: PÚBLICO EN GENERAL. A: YARITZA TORRES MONTALVO.

Yo, WILFREDO RODRÍGUEZ CARRIÓN, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 23 DE FEBRERO DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Manatí, Manatí, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Manatí durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 3 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 10 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: URBANIZACIÓN LOS ROSALES II de Manatí. Solar: TREINTA (30) Bloque “1”. Cabi-

da: TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO PUNTO SESENTA Y DOS (381.62) METROS CUADRADOS. Linderos: NORTE, su fondo, en una distancia de 14.50 metros, con la Urbanización Los Rosales I; SUR, su frente, en distancia de once punto cero cero (11.00) metros, con la Calle número 6 y un arco de cinco punto cincuenta (5.50) metros, con las Calles números 6 y 4; ESTE, su derecha entrando, en una distancia de veintiséis punto cincuenta (26.50) metros, con el solar número Veintinueve (29) del Bloque “I” de la Urbanización; y por el OESTE, su izquierda entrando, en distancia de veintitrés punto cero cero (23.00) metros, con la Calle número Nueve (9) y un arco de cinco punto cincuenta (5.50) metros, con las Calles números 4 y 6. Enclava una casa de dos niveles, cada uno, contiene las siguientes facilidades: Primer nivel: Doble marquesina, sala, comedor, cocina, área de “laundry”, medio baño y escalera que conduce al segundo nivel. Segundo Nivel: Dormitorio principal con dos closets, vestidor y baño y otros dos dormitorios con sus closets en el pasillo. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 12 del tomo 570 de Manatí, Registro de la Propiedad de Manatí, finca número 14,458, inscripción séptima. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Urbanización Los Rosales III de Manatí, Solar 30, Blq. 1, Calle 3 (hoy Buzón 32, Calle 3ra. Ave.), Manatí, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $128,005.58 de principal, intereses al 3.75% anual, desde el día 1ro. de diciembre de 2019, hasta su completo pago, más la cantidad de $14,728.30 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $147,283.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $98,188.67 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $73,641.50. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo lici-

tador acepta como suficiente la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Podrán concurrir como postores a todas las subastas los titulares de créditos hipotecarios vigentes y posteriores a la hipoteca que se cobra o ejecuta, si alguno o que figuren como tales en la certificación registral y que podrán utilizar el montante de sus créditos o parte de alguno en sus ofertas. Si la oferta aceptada es por cantidad mayor a la suma del crédito o créditos preferentes al suyo, al obtener la buena pro del remate, deberá satisfacer en el mismo acto, en efectivo o en cheque de gerente, la totalidad del crédito hipotecario que se ejecuta y la de cualesquiera otro créditos posteriores al que se ejecuta pero preferente al suyo. El exceso constituirá abono total o parcial en su propio crédito. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Manatí, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2021. Wilfredo Rodríguez Carrión, Alguacil Confidencial, #Placa 135, Alguacil Del Tribunal, Sala Superior De Manatí.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO

REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC. Demandante Vs.

OLGA OSORIO CORREA T/C/C CORREA OLGA OSORIO T/C/C OLGA SORIO CORREA T/C/C OLGA CORREA POR SI Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; SUCESION NICOLAS TORRENS QUIÑONES T/C/C QUIÑONES NICOLAS TORRENS T/C/C/ NIC TORRENS QUIÑONES T/C/C NICOLAS TORRENS T/C/C NICOLAS QUIÑONES COMPUESTA POR RICARDO TORRENS OSORIO; JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: RG2021CV00419. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION NICOLAS TORRENS QUIÑONES T/C/C QUIÑONES NICOLAS TORRENS T/C/C/ NIC TORRENS QUIÑONES T/C/C NICOLAS TORRENS T/C/C NICOLAS QUIÑONES.

POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al Tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberé presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Greenspoon Marder, LLP Lcda. Frances L. Asencio-Guido R.U.A. 15,622 TRADE CENTRE SOUTH, SUITE 700 100 WEST CYPRESS CREEK ROAD FORT LAUDERDALE, FL 33309 Telephone: (954) 343 6273 Frances. Asencio@gmlaw.com Expedido bajo mi firma, y sello del Tribunal, en Fajardo, Puerto Rico, hoy 28 de diciembre de 2021. WANDA I. SEGUÍ REYES, SECRETARIA REGIONAL. LINDA I. MEDINA MEDINA, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE TOA ALTA - SUPERIOR LIMITADO

BOSCO IX OVERSEAS, LLC BY FRANKLIN C Vs

GARRIDO PAGAN, FREDDY

Caso: D3CD2016-0099. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

FREDDY


The San Juan Daily Star

GARRIDO PAGAN.

EL SECRETARIO(A) QUE SUSCRIBE LE NOTIFICA A USTED QUE EL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2021, ESTE TRIBUNAL HA DICTADO SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCIÓN EN ESTE CASO, QUE HA SIDO DEBIDAMENTE REGISTRADA Y ARCHIVADA EN AUTOS DONDE PODRÁ USTED ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TÉRMINOS DE LA MISMA. ESTA NOTIFICACIÓN SE PUBLICARÁ UNA SOLA VEZ EN UN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN GENERAL EN LA ISLA DE PUERTO RICO, DENTRO DE LOS 10 DÍAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACIÓN. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED UNA PARTE EN EL PROCEDIMIENTO SUJETA A LOS TÉRMINOS DE LA SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCIÓN, DE LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RECURSO DE REVISIÓN O APELACIÓN DENTRO DEL TÉRMINO DE 30 DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN POR EDICTO DE ESTA NOTIFICACIÓN, DIRIJO A USTED ESTA NOTIFICACIÓN QUE SE CONSIDERARÁ HECHA EN LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO. COPIA DE ESTA NOTIFICACIÓN HA SIDO ARCHIVADA EN LOS AUTOS DE ESTE CASO, CON FECHA DE 12 DE ENERO DE 2022. LIC. ALBORS AGULLÓ, NATALIA CRISTINA. PRSERVICE@ RASLG.COM. LIC. ASENCIO GUIDO, FRANCÉS L. FRANC E S . A S E N C I O @ G M L AW. COM. LIC. COBB VÉLEZ, NICOLE MARIE. COBBVELEZ@ GMAIL.COM. LIC. SÁEZ MARRERO, ANDRÉS. LCDO.ANDRESSAEZ@GMAIL.COM. EN TOA ALTA, PUERTO RICO, EL 12 DE ENERO DE 2022. LAURA SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. LIRIAM M. HERNÁNDEZ OTERO, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE PUERTO RICO TRIBUNAL SUPERIOR CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO.

PRISCILA CRUZ RODRIGUEZ y el menor John Marcos León Cruz, representado por su madre con patria potestad, Priscila Cruz Rodríguez y BENJAMIN LEON BOYRIE (Demandante) Vs.

UNION CARBIDE GRAFITO, YABUCOA PLANT INC. (Doe) (660289036), JOHN DOE INSURANCE AGENCY, ETZEPI LEÓN RIVERA, KENNETH BENJAMIN LEON BOYRIE, AXEL

Monday, January 17, 2022

BENJAMiN LEÓN BOYRIE, DASHIRA LEÓN RIVERA y JENNY LEÓN DOE

(Demandados) CIVIL NUM.: HU2021CV01238. SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. S.S.

A: UNION CARBIDE GRAFITO, YABUCOA PLANT INC PO BOX 22 YABUCOA PUERTO RICO 00767

POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal, ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia al abogado de la parte demandante: LCDO. JULIO LUIS CASTRO (RUA 4929) Hc# I Buzón 4593 Yabucoa, Puerto Rico 00767 Tel. (787) 407-8043 Fax (787) 893-6937 jlcIo@yahoo.com Este caso trata de Acción de Daños y Perjuicios causados por la muerte de Benjamín León León como consecuencia de estar expuesto al material cancerígeno conocido como asbesto cemento mientras ejercía labores para su patrono Union Carbide Grafito, Yabucoa Plant Inc. Se le apercibe que de no hacerlo, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO Ml FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 30 de diciembre de 2021. Dominga Gómez Fuster, Sec Regional. Norte J Mercado, SubSecretaria.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO EN CAGUAS

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

JORDY VIC GALVEZ MARTINEZ, SU ESPOSA AZALEA MUÑOZ CABALLERO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: E2CI201700264. (305). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA.

Al: PÚBLICO EN GENERAL. A: JORDY VIC GALVEZ MARTINEZ, SU ESPOSA AZALEA MUÑOZ CABALLERO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS.

Yo, ALBERTO NEGRÓN ROMÁN, ALGUACIL PLACA #435, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 22 DE FEBRERO DE 2022, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, Caguas, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Caguas durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 1RO. DE MARZO DE 2022, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el 9 DE MARZO DE 2022, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número Nueve guión A (9-A) del Bloque “E” de la URBANIZACIÓN JARDÍNES DE SAN LORENZO del Barrio Quemados, radicada en el término municipal de San Lorenzo, Puerto Rico, con una cabida superficial de TRESCIENTOS CUARENTA PUNTO VEINTIDÓS (340.22) METROS CUADRADOS. En linderos: por el NORTE, en una distancia de DOCE PUNTO VEINTIOCHO (12.28) METROS, con la Carretera Estatal número Ciento Ochenta y Uno (181) que conduce de Patillas a San Lorenzo; por el SUR, en una distancia de DOCE PUNTO VEINTIOCHO (12.28) METROS, con la Calle número Cuatro (4) de la Urbanización; por el ESTE,

en una distancia de VEINTISIETE PUNTO SEISCIENTOS SESENTA Y DOS (27.662) METROS, con el solar número Nueve guión B (9-B) de la Urbanización; y por el OESTE, en una distancia de VEINTISIETE PUNTO SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE (27.749) METROS, con el solar número Diez guión B (10-B) de la Urbanización. Enclava casa. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 209 del tomo 412 de San Lorenzo, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, finca número 11,132, inscripción séptima. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Urbanización Jardines de San Lorenzo, Número E9-A, Calle 4, San Lorenzo, Puerto Rico. Se aclara que existe una servidumbre de paso sobre esta finca como predio sirviente en beneficio a favor de las unidades 9C-3 y 9D-E como predios dominantes, según la escritura número 28, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 21 de abril de 1978, ante el notario Mario M. Oronoz, inscrita al folio 96 vuelto del tomo 213 de San Lorenzo, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, finca número 11,132, inscripción segunda. La Subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $66,542.46 de principal, intereses al 6.625% anual, desde el día 1ro. de enero de 2017, hasta su completo pago, más la cantidad de $8,330.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado y recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $83,300.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $55,533.33 de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $41,650.00. De declararse desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gra-

vámenes posteriores. Podrán concurrir como postores a todas las subastas los titulares de créditos hipotecarios vigentes y posteriores a la hipoteca que se cobra o ejecuta, si alguno o que figuren como tales en la certificación registral y que podrán utilizar el montante de sus créditos o parte de alguno en sus ofertas. Si la oferta aceptada es por cantidad mayor a la suma del crédito o créditos preferentes al suyo, al obtener la buena pro del remate, deberá satisfacer en el mismo acto, en efectivo o en cheque de gerente, la totalidad del crédito hipotecario que se ejecuta y la de cualesquiera otro créditos posteriores al que se ejecuta pero preferente al suyo. El exceso constituirá abono total o parcial en su propio crédito. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Caguas, Puerto Rico, a 10 de enero de 2022. ALBERTO NEGRÓN ROMÁN, ALGUACIL PLACA #435, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR

LIME HOMES, LTD

Parte Demandante Vs.

JOSE ENRIQUE MAYORAL AMY, TAMBIÉN CONOCIDO COMO JOSE MAYORAL AMY, LISA MARIE PENFIELD KIRBY TAMBIÉN CONOCIDA COMO LISA PENFIELD KIRBY Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA POR CONDUCTO DEL FISCAL FEDERAL DE LA CORTE DE DISTRITO DE ESTADOS UNIDOS PARA EL DISTRITO DE PUERTO RICO

Parte Demandada Caso Civil Núm.: FA2019CV00915. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Fajardo, Oficina de Subasta; a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Esta-

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dos Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $146,116.19 de balance de principal, más los intereses sobre dicha suma al 6.25% anual, desde el día primero de marzo de 2012 hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora computados al 5% sobre cada mensualidad de principal e interés, más la suma de $12,000.00 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: Solar Bloque E número siete (7) de la comunidad de La Romana del Barrio Flamenco del término municipal de Culebra, con una cabida de setecientos sesenta y uno punto quinientos sesenta y ocho (761.568) metros cuadrados, por le Norte, con Calle número siete (7) y Parcela número seis (6); por el Sur, con Parcela número trece y ocho (13 y 8); por el Este, con Calle número siete (7); y por el Oeste, con Parcelas número seis, catorce y trece (6,14 y 13). Inscrita al folio cincuenta y cinco (55) del tomo veintiocho (28) de Culebra, finca número mil doscientos noventa y seis (1296). Registro de la Propiedad de Fajardo. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 6 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $120,000.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 13 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $80,000.00. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $60,000.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acree-

dor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Fajardo, Puerto Rico a 8 de diciembre de 2021. SHIRLEY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, ALGUACIL REGIONAL #161, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE FAJARDO. SANDRALIZ MARTÍNEZ TORRES, ALGUACIL AUXILIAR #737.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

SALA SUPERIOR DE CABO ROJO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

VICTOR RAUL RIVERA ALMODOVAR; CLARIBEL CRUZ LOPEZ T/C/C MARIBEL CRUZ LOPEZ

Demandados Civil Núm.: CB2021CV00540. (206). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: CLARIBEL CRUZ LOPEZ T/C/C MARIBEL CRUZ LOPEZ. PO Box 448, Mayagüez, Puerto Rico 00681-0448; 40 NEW CASTLE DRIVE, KISSIMMEE, FLORIDA 34746. De: BANCO POPULAR DE PUERTO RICO.

Se le emplaza y requiere que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramaiudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Este caso trata sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Garantías en que la parte demandante solicita que se condene a la parte demandada a pagar: la suma principal de $179,827.98, más la suma de $2,593.39, que incluye intereses, cargos por demora y otros cargos, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de 10% del principal, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se le apercibe que, si dejare de hacerlo, se dictará contra usted sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. Lcdo. José Antonio Lamas Burgos Número del Tribunal Supremo 15693 221 Ponce de León Ave., Suite 900, San Juan, PR 00917, Teléfono: (787) 296-9500, Correo Electrónico: jlamas@lvprlaw.com EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy 12 de enero de 2022. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA REGIONAL II. REBECA MEDINA FIGUEROA, SUB-SECRETARIA.


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Monday, January 17, 2022

The San Juan Daily Star

How the ‘Djokovic Affair’ finally came to an end By DAMIEN CAVE

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he day before the Australian Open was set to begin, Novak Djokovic, possibly the greatest tennis player of all time, ran up against a group of determined opponents that no amount of talent, training, money or willpower could overcome. He lost his final bid to stay in Australia on Sunday when a three-judge panel upheld the government’s decision to cancel his visa. More broadly, he lost to a government determined to make him a symbol of unvaccinated celebrity entitlement; to an immigration law that gives godlike authority to border enforcement; and to a public outcry, in a nation of rule followers, over what was widely seen as Djokovic’s reckless disregard for others, after he said he had tested positive for COVID last month and met with two journalists anyway. “At this point, it’s about social norms and enforcing those norms to continue to get people to move in the same direction to overcome this pandemic,” said Brock Bastian, a social psychology professor at the University of Melbourne. “In this culture, in this country, a sense of suddenly upending those norms has a great cost politically and socially.” Only in the third exasperating year of a pandemic could the vaccination status of one individual be invested with so much meaning. For more than a week, the world gawked at a conflict centered on a controversial racket-swinger, filled with legal minutiae and dramatic ups and downs. On Sunday morning in Australia, more than 84,000 people watched the livestream of the hearing in a federal court, many of them presumably tuning in from other countries. What they witnessed was the saga’s bizarre final court scene: a six-panel video conference with lengthy arguments, in distant rooms of blond wood, about whether the immigration minister had acted rationally in exercising his power to detain and deport. The chief justice, James Allsop, announced the decision just before 6 p.m., after explaining that the court was not ruling on the merits of Djokovic’s stance or on whether the government was correct in arguing that he might influence others to resist vaccination or defy public health orders. Rather, the court simply found that the immigration minister was within his rights to cancel the tennis star’s visa for a second time based on that possibility. Just a few days earlier, Djokovic’s lawyers had won a reprieve from his first visa cancellation, hours after his arrival Jan. 5 at Melbourne’s airport. As of Friday morning, he seemed to be on his way to competing for a 10th Australian Open title and a record-breaking 21st Grand Slam. But that initial case had never reached beyond procedure, focusing on how Djokovic was treated at the airport as border officials had held him overnight. In the second round, his lawyers argued that the government had used faulty logic to insist their client’s presence would energize anti-vaccination groups, making him a threat

Novak Djokovic on his way to a hearing on Sunday in Melbourne, Australia. He was forced out of the country over concerns that his presence could stoke antivaccine sentiment. to public health. In fact, they argued, anti-vaccine sentiment would be aggravated by his removal, citing protests that followed his first visa cancellation. “The minister is grasping for straws,” said Nicholas Wood, one of Djokovic’s lawyers. The alternative scenario — that deportation would empower anti-vaxxers — “was not considered,” he maintained. Wood also disputed the government’s claim that Djokovic, 34, was a well-known promoter of vaccine opposition. The only comments cited in the government’s court filing, he said, came from April 2020, when vaccines had not yet been developed. Ever since then, his lawyers added, Djokovic had been careful to say very little about his vaccination status, which he confirmed only in his paperwork for Australia’s medical exemption. “There was no evidence before the minister that Mr. Djokovic has ever urged any others not to be vaccinated,” they wrote in a court filing before Sunday’s hearing. “Indeed, if anything, Mr. Djokovic’s conduct over time reveals a zealous protection of his own privacy rather than any advocacy.” The case, though, ultimately turned on the immigration minister, Alex Hawke, and his personal views. Allsop pointed out in court that Australian immigration law provided a broad mandate: Evidence can simply include the “perception and common sense” of the decision-maker. Stephen Lloyd, arguing for the government, told the court it was perfectly reasonable for the immigration minister to be concerned about the influence of a “high-profile unvaccinated individual” who could have been vaccinated by now but had not done so. He added that the concern about Djokovic’s impact went beyond vaccination, noting that Djokovic had not isolated after he said he tested positive for COVID in mid-December, meeting instead with two journalists in Belgrade, Serbia. The government, Lloyd said, was worried that Australians would emulate his disregard for the standard rules of

COVID safety if he were allowed to stay. “His connection to a cause whether he wants it or not is still present,” Lloyd said. “And his presence in Australia was seen to pose an overwhelming risk, and that’s what motivated the minister.” The court sided with the government, announcing its decision without immediately detailing its reasoning. While Prime Minister Scott Morrison welcomed the decision (“strong borders are fundamental to the Australian way of life,” he said), some legal scholars said the end result, and the back-and-forth that preceded it, should be cause for shame in Australia. “The saga has exposed much long-running dysfunction and injustice in the Australian system: excessively strict, Byzantine and unpredictable entry rules, but paradoxically special treatment through exemptions for the rich and famous,” said Ben Saul, a professor of international law at the University of Sydney. He added that the case showed how the immigration minister’s “god powers” were essentially “unreviewable by the courts” and often led to “the unnecessary, obsessive and cruel detention of foreigners.” Human rights lawyers suggested that the reasoning behind the visa cancellation — made in the heat of an election year by a government struggling to manage the latest COVID outbreak — could even lead later to the suppression of free speech. Djokovic said he was “extremely disappointed” by the court’s ruling but would comply and leave the country. In Serbia, the decision drew another round of scorn. “The Australian government’s conduct toward him has been utterly disgraceful,” Vuk Jeremic, the Serbian foreign minister from 2007 to 2012 who later served as the president of the United Nations General Assembly, said in an email. He called the entire case an example of politicized harassment. “Novak is a victim of brinkmanship by shameless populists, exclusively driven by snap opinion polls,” he said. Recent polls have in fact shown that a majority of Australians supported Djokovic’s removal. Even some of the most die-hard sports fans have said that the world’s topranked male player never should have been allowed to come without being vaccinated. But in many ways, the Djokovic drama — with its squabbles over state and federal jurisdiction, its flawed communication from Open organizers, and all of the attention paid to a star while the average Australian couldn’t find an athome COVID test in pharmacies — has left nearly everyone involved looking bruised and foolish. Players and fans have now been left wondering how this year’s Open will be remembered: for the tennis or for the “Djokovic affair”? “It’s a tricky situation we’ve got ourselves into,” said Bastian, the social psychologist. “We have a strong sporting identity as a nation, and the way that part of our identity gets represented in the world is important to us. If that is tarnished, we’ll take notice.”


The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

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Chris Evert, tennis hall of famer, says she has ovarian cancer By VIMAL PATEL

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ormer tennis star Chris Evert, an 18-time Grand Slam singles champion, has an early form of ovarian cancer, she said Friday in a story posted on ESPN.com. The stage 1C cancer was detected after a preventive hysterectomy, and it has not spread elsewhere in her body, according to the story. Evert, 67, who began the first of six rounds of chemotherapy this week, is an analyst for ESPN. The cancer was removed during the hysterectomy, and there is a greater than 90% chance it won’t return, according to the story. “I’ve lived a very charmed life,” Evert said in the story. “Now I have some challenges ahead of me. But, I have comfort in knowing the chemotherapy is to ensure that cancer does not come back.” A representative for Evert did not immediately reply to an email late Friday. Evert is one of the most celebrated players in tennis history. She became the

first player, male or female, to win 1,000 singles matches and was ranked first or second in the world from 1975 to 1986, according to the International Tennis Hall of Fame. Dr. Joel Cardenas, a doctor for Evert, said in the story that an early diagnosis is more likely if a patient is current on doctor visits, understands her family history and has a good relationship with her gynecologist. “Women should know the risk factors, too — endometriosis, history of breast cancer and infertility are among them,” he said. “The average age for ovarian cancer diagnosis is 63.” Genetic testing and counseling are encouraged if a patient has a family history of ovarian cancer, Cardenas said. Evert’s younger sister, Jeanne Evert Dubin, also a professional tennis player, died of ovarian cancer in February 2020 at age 62. Ovarian cancer can run in families, and one’s risk is increased if a mother, sister or daughter has had the disease, according to the American Cancer Society.

“I’ve lived a very charmed life,” Chris Evert said. “Now I have some challenges ahead of me.”

In October 2017, the sisters were rushing through an airport when Evert noticed Dubin was out of breath, according to the ESPN story. Shortly after that, a doctor detected ovarian cancer

in Dubin. It was in a late stage and had spread. “When I go into chemo, she is my inspiration,” Evert said. “I’ll be thinking of her. And she’ll get me through it.”

Burrow leads way as Cincinnati captures first playoff victory in 31 years By KEN BELSON

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large majority of players on the host Cincinnati Bengals and the Las Vegas Raiders had never played in a playoff game, but one side received a valuable bit of preparation for its postseason run. The Bengals’ 26-19 victory against the Raiders on Saturday at Paul Brown Stadium, the franchise’s first playoff victory in 31 years, could prove to be valuable experience when Cincinnati hits the road next week in the AFC divisional round. The Raiders, a franchise that had not made the postseason since 2016 and last won a playoff game in 2002, suffered from a lack of rest and preparation that showed. On Saturday, quarterback Joe Burrow led the Bengals’ high-powered

offense on scoring drives in their four possessions in the first half, connecting for touchdowns with receiver Tyler Boyd and tight end C.J. Uzomah. Burrow relied largely all game on the rookie receiver Ja’Marr Chase, who finished with nine catches for 116 yards. The Bengals had more trouble

Cincinnati Bengals quarterback Joe Burrow

moving the ball in the second half, and were slowed by at least one penalty not called against the Raiders. But Burrow, who finished with 244 yards on 24 of 34 passing with no interceptions, provided just enough offense to counter the Raiders, who moved the ball much better in the second half on the strength of big plays by quarterback Derek Carr and running back Josh Jacobs, and several critical penalties on the Bengals. But Cincinnati’s defense held off Carr and the Raiders, who mounted a feverish attempted comeback after being behind 26-16, in the fourth quarter with no timeouts and less than two minutes to play. Carr kept the game close, hitting DeSean Jackson on a pass to convert on fourth-and-5 from the Raiders’ 44. The Raiders kicked a field goal on the

drive with less than four minutes remaining to narrow their deficit to 26-19. The Bengals drained more than two minutes off the clock on the ensuing possession but could not score. The Raiders got the ball back on their own 35 with 1 minute, 51 seconds remaining. Carr hit Jacobs for a 15-yard gain and the Bengals were charged with a roughing-the-passer penalty, bringing the Raiders past midfield. Without any timeouts, Las Vegas had little margin for error, and the weight of Cincinnati’s past playoff failures heightened the drama. But on fourth-and-goal from the Bengals’ 9, Carr was intercepted by Germaine Pratt, ending the Raiders’ topsy-turvy season, and sealing the long-awaited playoff win for the Bengals.


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The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

Josh Allen, Bills are near-perfect in dismantling the Patriots

Josh Allen completed 21 of 25 passes for 308 yards and five scores in Saturday’s trouncing of the New England Patriots. By KEN BELSON

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or Bills fans, there are playoff victories — rare as they might be — and then there are playoff victories over the Patriots, the first of which happened Saturday when Buffalo trounced New England 47-17. To say that this game, and this outcome, were longawaited would be an understatement. No team has given the Bills more grief in the past 20 years than the Patriots, a team that won the AFC East 16 times during that span. That run of success overlapped with a big chunk of the Bills’ 17-year playoff drought that ended in 2017. Heading into Saturday’s game, the Patriots had a 77-461 franchise record against the Bills, a .626 winning percentage. The departure of Tom Brady to Tampa Bay and the arrival of Josh Allen in Buffalo have reset the scales a bit: The Bills have won three of their four regular games against the Patriots the past two seasons. But Saturday, Allen’s near-perfect performance showed that the Bills are no longer tiptoeing past the AFC East’s longtime boogeyman. Like the Boston Red Sox finally beating the New York Yankees in 2004, Buffalo smote their longtime nemesis in epic fashion. The Bills scored touchdowns on all seven of their offensive possessions. They did not punt the ball. They did not attempt to kick any field goals. They did not turn the ball over. On a freezing Saturday night at home in Orchard Park, N.Y.,

the Bills were nearly perfect against the Patriots, who have toyed with the team mercilessly for years. “It’s big for this community,” said safety Micah Hyde, who had one interception and nearly scored on a 52-yard punt return in the fourth quarter. “We know the history for the last 20 years.” From the opening drive, Allen sprayed passes to his fleet-footed receivers and ran past defenders. By halftime, the Bills had built a 24-point lead, the largest first-half deficit in Patriots postseason history. For the game, Allen completed 21 of 25 passes for 308 yards and five scores. He ran 66 yards. Last season, the Bills swept the Patriots, who were without Brady for the first time in two decades, and established a longer postseason as their target. A loss to Kansas City in the AFC championship game evolved the team, under Allen, from happy-to-be-here playoff entrants to title contenders even if that planned path ran through New England. The Patriots surprised many observers this season by clawing their way back to the playoffs behind rookie quarterback Mac Jones, who played on an accelerated learning curve. But after a seven-game winning streak, the Patriots went 1-3 down the stretch and entered the postseason as a wild-card team for the first time in Patriots coach Bill Belichick’s tenure in New England. Despite giving up the second fewest points in the league, their defensive secondary was undermanned. On Saturday, in the second coldest Bills home game

ever — 7 degrees at kickoff — Jones forced passes under pressure. Receivers dropped catchable balls. Jones was picked off twice and sacked three times by a Bills defense that had given up the fewest points in the league during the regular season. When he finally hit receiver Kendrick Bourne for the Patriots’ first touchdown late in the third quarter, narrowing their deficit to 33-10, the game was largely over. Before kickoff, Jim Kelly and Thurman Thomas, cornerstones of the Bills’ four consecutive Super Bowl appearances in the early 1990s, were on the field to rile up the crowd that, based on years of experience, feared the worst but hoped for the best. Fittingly, Kelly, a Hall of Fame quarterback, wore a Josh Allen jersey while Thomas wore a Devin Singletary jersey to honor the Bills’ current running back who, like Allen, showed off his versatility Saturday. Singletary had 81 yards rushing, two scores in the second quarter, and three catches for 13 yards. His proficiency catching and rushing forced the Patriots to keep him under watch, helping Bills’ receivers Emmanuel Sanders, Isaiah McKenzie and Stefon Diggs to break free. Allen seemed in control throughout, even when he wasn’t. On his first touchdown pass, he evaded defenders before lofting the ball to the back of the end zone as he fell out of bounds. Allen was trying to throw the ball away, but instead, tight end Dawson Knox hauled it in for an 8-yard score. “I didn’t mean for that to happen,” Allen said sheepishly after the game. Allen held the ball for 9.64 seconds on the play, the longest time for any touchdown pass in more than three seasons, according to the NFL’s Next Gen statistics. It was one of many plays Allen made Saturday that cemented his reputation as a fan favorite. He toyed with the Patriots like few quarterbacks have, throwing and running at will. With the game out of reach, Allen tossed his fifth and final touchdown pass to offensive tackle Tommy Doyle, who lined up as an eligible receiver. “The Bills just blew up the Death Star,” said Nellie Drew, a lifelong Bills fan from Buffalo, referring to the Star Wars space station. “Josh Allen is the young Jedi who has finally vanquished the eBill emperor,” Belichick. Allen was playing in the fifth playoff game of his career, three of which came during the COVID-19 attendance restrictions of the 2020 season. The Bills won home playoff games last January against the Indianapolis Colts and Baltimore Ravens, but both games were played in front of only a few thousand fans. Saturday’s game, a near sellout with fans standing and stomping the entire game, felt more like the coming out party for a team on the rise. During the Belichick-Brady era, no team in the AFC East had so talented a quarterback and so stifling a defense. The Bills will now play the lowest remaining seed in the AFC after Sunday’s Kansas City-Pittsburgh Steelers game. If Kansas City wins, the Bills will travel there for a rematch of last season’s AFC conference championship, which the Chiefs won 38-24. And if Buffalo is able to exact revenge, the Bills’ balance may come to define a new era.


The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

37

Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9

Crossword

Answers on page 38

Wordsearch

GAMES


HOROSCOPE Aries

38

(Mar 21-April 20)

The Moon’s angle with helpful healer Chiron, could highlight an uncomfortable issue that you’d really like to resolve. You may be particularly sensitive today, which is why you’ll notice it even more. Another leading aspect might give you the determination to overcome it, you just need to make a firm commitment to doing so. Don’t know where to start? Get some expert advice, Aries.

Taurus

(April 21-May 21)

Gemini

(May 22-June 21)

Other people’s beliefs and ideas may seem to drown out your own thoughts on key issues. But perhaps this is because you’ve been reluctant to share them. If something is that important to you, then you might worry you will be criticized, which could be hurtful. Even so, speaking your truth may now be a vital step forward, and a part of embracing who you are and being more authentic.

While you may be bonded to your friends, there could be some who come with a price tag. And regarding a certain someone, you might feel it’s time that you drop ties, especially if you no longer feel that great in their company. If you know them very well, this may not be as easy as it should be. Yet with the Sun making a powerful link, you can sense the time has come.

Cancer

The San Juan Daily Star

Monday, January 17, 2022

(June 22-July 23)

Libra

(Sep 24-Oct 23)

If you’ve experienced some ups and downs with the family, these feelings may build in intensity. Could this be a call to set firmer boundaries, Libra? Unless you do, the changes you desire might not happen. Mind, with Venus continuing to rewind in your home zone, there can be a few issues that need ironing out. You’ll feel better if you make a start as soon as possible.

Scorpio

(Oct 24-Nov 22)

Looking for something that can help resolve a knotty issue? The Moon’s angle to healer Chiron, suggests a need to rise above it and see it from a fresh perspective. Or it might help to chat to someone who is completely detached from it, and able to give an unbiased opinion. You could also try letting it go completely, if this is possible, as the solution may then show up by itself.

Sagittarius

(Nov 23-Dec 21)

Capricorn

(Dec 22-Jan 20)

Expect the unexpected, and consider simplifying things as far as possible. A relaxed and flexible approach could be just what is needed to handle life’s detours. There can be some perks to things not proceeding to plan, and that is finding new ways to accomplish your goals. Ready to make some new discoveries? Let your curiosity lead the way and follow the road less travelled.

Friends can certainly surprise you over coming days Cancer, by saying the most interesting things or coming out with ideas that seem to apply to your situation. You might even get a call or visit from someone you haven’t seen in a while, and this too could be intriguing in a good way. Plus, some interaction may be necessary to clear a misunderstanding, allowing it to heal at last.

If an activity stirs your interest, it could become something you return to over and over. You may find out about it by accident though. And you might be so engrossed, that everything else seems to recede into the distance. Enjoy yourself, but don’t forget about other important issues you have on the boil, as with the right focus, a lucrative opportunity can soon be yours, Capricorn.

Leo

Aquarius

(July 24-Aug 23)

(Jan 21-Feb 19)

The current position of asteroid Vesta, may have made you more aware that you do have a calling. It doesn’t have to be anything grandiose, but if you feel a kinship with a cause or idea, then don’t dismiss it. Aspects of your lifestyle, such as your job or other activities, could prevent you from doing as much as you might. If this is a problem, a decision can now be due, Leo.

A desire for something different on the domestic front, could leave you excited by the possibilities now open to you. Feel a tad resistant? If so, reflect on them further, and you might begin to see how this is the key to progress. Going ahead may be disruptive, but once it’s done, the results can pleasantly transform aspects of your life and give you a sense of achievement.

Virgo

Pisces

(Aug 24-Sep 23)

The chance of a trip could come out of the blue, and might lead you to accept an invite to a place that has been on your list of things to do for years. The fact that you never asked for it can make it even more enjoyable. Wondering about the cost? Ideas as to how to raise extra funds may show up just in time. If everything falls into place, there should be no reason why you can’t go.

(Feb 20-Mar 20)

A brilliant flash of an idea can leave you excited at what might be about to unfold. The inspiration could come in the form of a dream or while enjoying a relaxing walk. If you’ve been struggling with an issue, the answer may arrive suddenly, so stay alert and make a note as soon as you can. Willing to give it a chance? It might work better than anything else you have tried.

Answers to the Sudoku and Crossword on page 37


Monday, January 17, 2022

39

CARTOONS

Herman

Speed Bump

Frank & Ernest

BC

Scary Gary

Wizard of Id

For Better or for Worse

The San Juan Daily Star

Ziggy


40

Monday, January 17, 2022

The San Juan Daily Star


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