Wednesday Mar 16, 2022

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Wednesday, March 16, 2022

San Juan The

50¢

DAILY

Star

Suzanne Ujaque Is a Fashion Force to Be Reckoned With P21

As Central Gov’t PAD Takes Effect, Acting Governor Outlines Fiscal Restrictions on Some Agencies P4

War in Ukraine: Citizens Stream Out of Mariupol as City Officials Struggle to Account for the Dead P14

Attendance Low Some 45% of Educators Do Not Report to Public Schools as Part of ‘Teacher’s Flu’ PAD Implementation Protest P5

NOTICIAS EN ESPAÑOL P 19


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The San Juan Daily Star

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C O M P R A T U S B O L E T O S YA E N

MARZO 18-19-20 R O O S E V E LT R O A D S

W W W. C I B S P R . C O M

LA SONORA PONCEÑA VIERNES, 7PM

YAVIAH

SÁBADO, 7PM

YOMO

SÁBADO, 8PM

LIMI-T 21

DOMINGO, 2PM

PRODUCE ARTURO GUZMÁN


GOOD MORNING

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The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday.

LUMA seeks rate hike because of Ukraine invasion

Today’s

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T&D system operator notes in filing that it does not benefit from increases in generation fuel costs By THE STAR STAFF

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UMA Energy announced Tuesday that it has filed the required quarterly fuel and purchased power cost adjustments with the Puerto Rico Energy Bureau (PREB) highlighting the significant effect of global events on the Puerto Rico Electric Power Authority’s (PREPA) generation fuel costs. The calculated fuel and purchased power adjustments for a residential customer is approximately 4 cents per kilowatt-hour. Puerto Rico’s regulator, the PREB, will review and approve the final impact of any fuel and purchased power cost adjustments on customer rates. Nonetheless, LUMA Energy is seeking a hike in energy rates slated to go into effect in April. As LUMA notes in its formal filing, the company does not generate energy, and does not set or profit from any increase in fuel prices – they are set by global markets that continue to be impacted by the global pandemic, disruptions to global production and, most recently, the Russian invasion of Ukraine. LUMA’s responsibility, as detailed in the filing, is to calculate the quarterly fuel and purchased power adjustments. Fuel costs are provided by PREPA, whose responsibility it is to generate energy and purchase fuel required for generation from PREPA’s power plants, according to a company statement. In the filing to the PREB, LUMA also made clear that LUMA has no control over how rising fuel prices may directly impact customer rates or bills – which are exclusively set by the PREB – nor does it financially benefit from any change or increase in generation fuel costs. “Global events, including the pandemic, global supply disruptions and the recent invasion of Ukraine by Russia, are having a direct impact on the fuel costs used by PREPA to generate energy,” said Wayne Stensby, president and CEO of LUMA. “While we can’t control how these global events impact customer rates, we are determined to help and urge our customers to reach out to learn about a LUMA payment plan or the array of readily available financial assistance programs.” As part of an effort to help its customers, the company is continuing a campaign across social media channels, including Twitter and Facebook, aimed at raising awareness of various government financial programs available to all eligible customers. In addition,

LUMA will continue to promote its own payment plan options for customers who may have difficulty paying their energy bills, now or in the future. The company will be strongly encouraging customers to call 1-844888-5862 or visit lumapr.com to learn what assistance programs could work best for customers facing concern over their bill. “Given that PREPA’s cost of fuel and energy purchases from other generators currently make up more than 70% of our customers’ bills, we are greatly concerned by the continued negative impact that global events are having on fuel prices and customer rates, and we are determined to do all we can to help our customers,” Stensby said. “We are working together with key leaders across Puerto Rico to raise public awareness about several government assistance programs that could offer assistance to those eligible.” Puerto Rico is heavily dependent on expensive diesel and bunker fuels to generate electricity. As fuel costs change based on the global marketplace, there is a formal regulatory process for adjusting customers’ rates accordingly. Puerto Rico customers’ electricity rates are adjusted on a quarterly basis to account for the changing cost of fuel used for power generation and other factors.

LUMA Energy President & CEO Wayne Stensby


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With PAD locked in, steps taken to prevent another fiscal crisis By THE STAR STAFF

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s a debt adjustment plan (PAD by its Spanish acronym) for the central government went into effect Tuesday, the government also put in place provisions that seek to prevent another fiscal crisis and ban certain entities from issuing bonds. Secretary of State Omar Marrero Díaz, who on Tuesday was acting governor, said Puerto Rico may not be able to incur in new debt through bond issues unless they are aimed at financing capital projects. Financial Oversight and Management Board Executive Director Natalie Jaresko said Puerto Rico may not be able to sell bonds in the markets unless it presents all of its audited financial statements. The last audited statement produced by the island government is from 2018. Besides the restructuring of the central government debt, which was reduced from $33 billion to $7 billion, the government restructured its Puerto Rico Sales Tax Corp. (COFINA) debt as well as the debts of the Government Development Bank, whose $5 billion in debt was reduced to about $3 billion, and the Puerto Rico Aqueduct and Sewer Authority debt, whose debt service payments were reduced. In 2020, the government enacted the Puerto Rico Debt Responsibility Act, which established a debt management policy to help prevent future debt problems. For instance, long-term debt can only be used for capital improvements, long-term debt or bond issues must be limited to 30 years, and the principal of debt backed by taxes must be repaid two years after the issuance.

Secretary of State Omar Marrero Díaz, at left “Debt is not going to be issued to finance the deficit or to balance the budget with cash,” Marrero Díaz said at a press conference. “That is prohibited. To issue debt, provision is made for capital improvements. And even the principal of that debt has to be paid off in the first two years immediately.” He noted that “clear restrictions are placed on how and when debt can be issued to guarantee that those practices that were done in the past do not happen again.” Marrero Díaz said there will be new economic restric-

tions for some government agencies that will not be able to issue bonds as part of the PAD that is now in force. The debt limit was also reduced. “The new social contract requires that no administration exceed what is a new debt limit of 7.94 percent. That’s the new debt limit,” Marrero Díaz said. “We are currently going to be at 6.5 percent. However, we do not foresee the need to issue debt.” The agencies that will not be able to issue debt again are the Infrastructure Financing Authority, the Convention Center District Authority, the Public Buildings Authority, the Public Finance Corp. and the central government retirement system. “Those entities that issued debt and that had outstanding bonds, that were restructured or canceled as part of this adjustment plan, will no longer be able to issue debt,” Marrero Díaz said. In addition to reducing the total amount of central government debt, the new PAD reduces annual debt service (what Puerto Rico will have to repay annually in principal and interest on central government and COFINA debt) from $4.2 billion to $1.15 billion, which represents a reduction of 73 percent. Meanwhile, that transaction involves reducing the ratio of debt to gross product from 101 percent to 53 percent. In addition, the restructuring of the debt promotes the climate of investment and opportunities by eliminating the uncertainty caused by the bankruptcy, and in turn, restores investors’ confidence in Puerto Rico, and directs the return of the island to the capital markets, Marrero Díaz said.

Oversight board chairman touts gov’t PAD’s benefits By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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inancial Oversight and Management Board Chairman David Skeel on Tuesday praised the entry into force of the commonwealth debt adjustment plan (PAD by its Spanish acronym) and insisted that it will save the Puerto Rico government more than $50 billion in debt service payments. “The entry into force represents a fundamental step to put an end to the financial crisis in Puerto Rico,” Skeel said in a written statement. “Today, the Government of Puerto Rico formally moves from fiscal instability and insolvency to a future of opportunity and growth, which makes today a truly historic day.” “The Adjustment Plan paves the way for sustainable economic growth by eliminating the gloom of bankruptcy that all residents and businesses in Puerto Rico have felt, in one way or another. Executing the debt exchange and completing the cash payments puts an end to this painful chapter for the Government of Puerto Rico, although the debt of other institutions remains to be resolved, in particular that

of the Puerto Rico Electric Power Authority (PREPA) and the Highway and Transportation Authority (ACT by its Spanish acronym),” he added. “I want to thank all the Oversight Board and Government staff for the tremendous work they have done to achieve today’s victory,” said the executive director of the oversight board, Natalie Jaresko. “Completing more than 170 work tasks has allowed us to achieve a significant reduction of $33 billion in claims, create the Trust to deposit $1,5 billion to ensure that they finally receive pensions of $10 billion to preserve and protect pensions, millions in Defined Contribution accounts under Law 106-2017 for System 2000 participants and Law 1/447 retirees, and achieve eligibility for Social Security and the Defined Contribution Plan under Law 106-2017 for teachers and judges in order to receive benefits equivalent to other government employees.” The island government completed the exchange of more than $33 billion in existing bonds and other claims for $7 billion in new bonds. Annual debt service will be reduced from a high of $3.9 billion before debt restructuring to a stable, Financial Oversight and Management Board Chairman affordable and predictable amount of $1.15 billion a year. David Skeel


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Some 10,000 educators walk off the job with ‘teacher’s flu’ By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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ducation (DE) Secretary Eliezer Ramos Parés said Tuesday that only 55 percent of public school teachers showed up for work. “We recognize the just struggle of the teachers, but we urge them to keep it away from the classroom,” Ramos Parés said in a written statement. “Our students need us in the schools to address the academic lag and achieve the progress initiated after the return to the face-to-face modality at the schools.” As detailed by the DE, out of the total number of appointed teachers, some 21,383, 11,797 teachers, or 55 percent, went to work at their respective schools on Tuesday. Meanwhile, the attendance of other teachers was 67 percent, or 1,514, present. Ninety percent of school directors (701) were on the job Tuesday. Education Secretary Eliezer Ramos Parés The number of schools covered by the data was 772. Also on Tuesday, a small group from teachers’ organizations staged a protest in front of the federal court building on Carlos Chardón Avenue in Hato Rey. The protest was part of the implementation of the central government debt adjustment plan (PAD by its Spanish acronym). The protest proceeded peacefully. Also, on highway PR-2, at the intersection with PR-417 in the Guanábanos de Aguada neighborhood, around 15 people, mostly teachers, staged a protest. Meanwhile, after the entry into force of the PAD and the freezing of teachers’ pensions on Tuesday, the Puerto Rico Teachers Association (AMPR by its Spanish initials) and its Local Union filed a claim before U.S. District Puerto Rico Teachers Association PresidentVíctor Manuel Court Judge Laura Taylor Swain on Tuesday demanding Bonilla Sánchez

that teachers be paid for the economic damages they will suffer as a result of their retirement freeze. “As exclusive representatives of the teaching profession, we presented before Judge Swain an Evidence of Claim (Rejection Damages Proof of Claim), for the amount of not less than $3.9 billion, demanding that the government and the Financial Management and Oversight Board pay the economic damage that the thousands of teachers and participants of the Teachers Retirement System will experience when their retirement is frozen as of today,” said AMPR President Víctor Manuel Bonilla Sánchez, who was accompanied by Melissa López and José Luis Barrios, legal representatives of the organization. After the claim was filed by the AMPR and its Local Union, Judge Swain admitted the claim for the stated amount, and it will be up to the oversight board to show the exact amounts that the government will contribute during the next 30 years to the Social Security accounts of the teachers whose retirement was frozen, if it is interested in objecting to the amount owed to the teachers, the AMPR officials said. “Our fight continues,” Bonilla Sánchez said. “The AMPR and its Local Union will continue to call for and defend the interests and rights of teachers in PROMESA [Puerto Rico Oversight and Management Board] procedures. This is another step to vindicate the teaching profession in the face of the abuse suffered with the approval of the PAD.” Sybaris Morales Paniagua, interim general secretary of the AMPR-Local Union, added that she will also continue her efforts with the government and the Legislature to identify the necessary funds to address the situation of teachers’ retirement. She noted that currently the government is considering the alternatives that the AMPR has presented in favor of educators.

Grenade found near San Juan bakery removed for controlled detonation By THE STAR STAFF

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No injuries or other such effects were reported related to the discovery of a live grenade in San Juan and its removal and subsequent controlled detonation.

ersonnel from the Puerto Rico Police Bureau’s Explosives Division carried out a controlled detonation Tuesday of a grenade found near a bakery on José de Diego Avenue in San Juan. The controlled detonation took place at the Isla de Cabras range. The discovery of the grenade was reported at around 5:49 p.m. on Monday, so it was necessary to create a perimeter and vacate the nearby establishment. No injuries or other effects from the emergency situation were reported. The situation was dealt with by agents from the Explosives Division and other specialized emergency personnel.

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Study suggests that medical cannabis industry is saturated By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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ive years after the establishment of the medical cannabis industry in Puerto Rico, the Medicinal Cannabis Industry Members Association (MICaM by its Spanish acronym), commissioned an economic study from Economic Intelligence, led by economist Gustavo Vélez, which reveals the excessive proliferation of dispensaries throughout the island and the precipitous drop in sales in those establishments. “Since we do not have a published study required by law by the Regulatory Board that provides parameters and criteria for the granting of licenses, we decided to carry out this study on our industry,” MICaM President José Aleczer Rivera in a written statement. “Five years after its creation, we have to measure the real impact it is having at an economic level, not only for the government in terms of cannabis taxes, but also for dispensary owners and local cannabis producers.”

One of the aspects that add great value to the medical cannabis industry is that it is an extremely beneficial industry for the local economy, since all stages of the business chain, from cultivation to distribution, are carried out locally, noted Aleczer Rivera, an attorney. Annually, the value of the market is estimated at $250 million to $300 million a year, and the island treasury has collected about $65 million in taxes from the industry, which has generated about 5,000 direct and indirect jobs. Despite the fact that Law 42 of 2017, which regulates medical cannabis, establishes the obligation to publish a study on the market that includes the criteria of geographical area, size of the industry and proportion between patients and establishment licenses, which must be published in the first 15 days of each calendar year, no study has yet been published. “Currently, 277 medicinal cannabis dispensary licenses have been granted, distributed mainly in the [San Juan] metropolitan area, which creates a saturation of the market, being unfavorable for dispensary owners, particu-

larly considering that in Puerto Rico there are 119,664 cannabis patients and that there are 311 new applications,” Aleczer Rivera said. “In 2021 alone, 89 were granted, increasing the number of dispensaries by 53 percent; all of this is evidence of the excessive growth of the industry.” The study carried out shows that there are about 432 patients for each dispensary on the island, while the average in states with medical cannabis markets is 1,898 patients per dispensary. In the mainland United States, most states with medical cannabis closely regulate the opening of new dispensaries, thus controlling the saturation of the industry. “In Puerto Rico, 3.7 percent of the population are medical cannabis patients, one of the highest rates in the United States,” said Vélez, whose firm conducted the study. “However, we have been able to see a decline in medical cannabis sales that has coincided with the opening of new dispensaries, a reduction in the number of registered patients and lower cannabis prices. For example, medical cannabis

sales in January 2022 were down 41 percent compared to January 2021. In addition, the drop in prices from $2,500 per pound in 2019 to $1,400 in 2022 coincides with the expansion of dispensaries in the island.” The study further indicates that monthly sales per dispensary have dropped from $69,732 in January 2021 to $39,423 in January 2022, creating a precarious situation for the cannabis industry on the island. “If controls are not established on the number of dispensaries on the island and the renewal of patient licenses is not facilitated, the industry faces a serious systemic risk that could cause the loss of many dispensaries and other components of the ecosystem,” Vélez said. “The market already has the characteristics of imbalance on the supply side,” he added. “Obviously, supply has grown faster than demand, which has driven the average sale per dispensary to dangerously low levels, which prevents acceptable levels of profitability and therefore has the potential to affect the industry as a whole.”

Resident commissioner urges US House panel to prioritize unfinished PR water projects By THE STAR STAFF

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esident Commissioner Jenniffer González Colón said Tuesday that she made recommendations on water projects the U.S. Army Corps of Engineers (USACE) should prioritize because many of the agency’s projects in Puerto Rico have been pending completion for some time. González Colón brought the matter to the attention of the Transportation and Infrastructure Committee of the U.S. House of Representatives, which is preparing recommendations for the drafting of the next Water Resources Development Act. “The expectation is that the Transportation and Infrastructure Committee evaluates these priorities and requests and makes its decision as to what recommendations to put in the version of the legislation that is finally presented,” González Colón said in a written statement. “This [has been done because] Congress is in the process of drafting the next reauthorization of the Water Resources Development Act (WRDA),” she added. “With regard to this legislation, the Transportation and

non-federal sponsors or non-federal partners included in the feasibility study. This improves the matching agreement between non-federal sponsors retroactive to 2015. 2. Request for language on project progress in Puerto Rico, requiring a quarterly report to Congress on projects approved for construction and funded by the Bipartisan Budget Act of 2018, Public Law 115-123, and the Infrastructure Investment and Jobs Act, Public Law 117 -58, located in Puerto Rico, and 3. Greater San Juan Coastal Storm Damage Protection Project Authorization -Resident Commissioner Jenniffer González Feasibility Study Completed, Chief Engineer’s Report Submitted 9/21/2021 Colón The resident commissioner also disInfrastructure Committee asked its members, cussed reauthorizations or projects previously including the resident commissioner, for their authorized and funded at least partially or recommendations on language, policy, and approved by USACE under the 2018 BBA Biauthorizations in areas concerning the Corps partisan Budget Act (BBA) disaster supplement, but requiring reauthorizations. These include of Engineers in our districts.” The preliminary list presented by the Río Guanajibo – originally authorized González Colón to the committee includes under WRDA 1999 – $60 million allocated from BBA 2018 – validation report approved the following: 1. A request for language allowing Oct. 4, 2021; the Río Nigua – originally authorthe Corps of Engineers to credit all work by ized under WRDA 1999. BBA 2018 allocation:

$60 million – validation report expected in June 2022; the Río Grande de Loíza (Gurabo/ Caguas) – authorized under WRDA 1992 – initially allocated $250 million proposed from BBA 2018 – request reauthorization and request validation report; the approval to start Río Guayanilla – management report signed Aug. 15, 2020 with an estimate of $154.3 million; the order for a feasibility study so that USACE can assume responsibility for improvements to the port of Yabucoa; the request to double the maximum value limit and the global budget for the so-called continuing authority projects, commonly referred to as CAP projects, under sections 205, 208 and 14 of the flood control laws, and to give greater flexibility in the cost/benefit calculation to facilitate the development of projects in small communities; the request for an amendment to adjust for inflation the current limit of $455,000 for projects in which the municipality is exempt from contributing matching funds; and the request for attention to projects and studies that have been pending for years and that have been identified as a priority by USACE, the commonwealth Department of Natural and Environmental Resources or other agencies.


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Document in Jan. 6 case shows plan to storm government buildings By ALAN FEUER

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document found by federal prosecutors in the possession of a far-right leader contained a detailed plan to surveil and storm government buildings around the Capitol on Jan. 6 last year, people familiar with the document said earlier this week. The document, titled “1776 Returns,” was cited by prosecutors last week in charging the far-right leader, Enrique Tarrio, the former head of the Proud Boys extremist group, with conspiracy. The indictment of Tarrio described the document in general terms, but the people familiar with it added substantial new details about the scope and complexity of the plan it set out for directing an effort to occupy six House and Senate office buildings and the Supreme Court last Jan. 6. The document does not specifically mention an attack on the Capitol building itself. But in targeting high-profile government buildings in the immediate area and in the detailed timeline it set out, the plan closely resembles what actually unfolded when the Capitol was stormed by a pro-Trump mob intent on disrupting congressional certification of President Joe Biden’s Electoral College victory. Many questions remain about the document, including who wrote it and how it made its way to Tarrio, according to prosecutors, on Dec. 30, 2020, as President Donald Trump was engaged in a series of overlapping schemes to keep himself in power. The people familiar with the document said other evidence the government has gathered suggests that it may have been provided to Tarrio by one of his girlfriends at the time. Prosecutors have not accused Tarrio of using the document to guide the actions of the Proud Boys who played a central role in the Capitol attack. Nor do the charges against him offer any evidence that he shared the document with his five co-defendants: Ethan Nordean, Joseph Biggs, Zachary Rehl, Charles Donohoe and Dominic Pezzola. But the document could help explain why prosecutors chose to charge Tarrio with conspiracy, even though he was not at the Capitol during the attack. And it appears to be the first time that prosecutors have sought to use evidence of a specific written plan to storm and occupy government buildings in their wide-ranging investigation into the attack and what led up to it. Tarrio’s lawyer, Nayib Hassan, declined to comment. Broken into five parts — Infiltrate, Execution, Distract, Occupy and Sit-In — the nine-page document recommends recruiting at least 50 people to enter each of the seven government buildings and advises protesters to appear “unsuspecting” and to “not look tactical,” the people familiar with it said. After ensuring that crowds at the buildings are “full and ready to go,” the document suggests that “leads and seconds” should enter and open doors for others to go in, “causing trouble” to distract security guards, if necessary. Should the crowds fail to gain entrance to the buildings quickly, the document suggests pulling fire alarms at nearby stores, hotels and museums to further distract guards or police, the people said. It then says protesters should occupy the buildings and conduct sit-ins, even recommending slogans for people

The indictment of Enrique Tarrio was a significant development in the Justice Department’s sprawling investigation of the Capitol attack. to chant, like “We the people” and “No Trump, No America.” The document also makes suggestions for the days leading up to Jan. 6, the people said, advising protesters to “scope out” road closures near the seven target buildings. On the morning of the protest, they added, the document suggests having “scouts” drive around the buildings to look for “roadblocks.” While much of document is marked for “internal” use, the people said, it contains a section, known as the “Patriot Plan,” that appears to have been meant for public distribution. This part of the document suggests that crowds begin to gather at the seven buildings at 1 p.m. on Jan. 6, the people familiar with it said. Thirty minutes later, the public part of the plan calls for the crowds to await a “signal from lead” and then to “storm” the buildings. Unlike many of his subordinates, Tarrio was not in Washington on Jan. 6, having been arrested two days earlier for vandalizing a Black Lives Matter banner at a Black church in the city after a pro-Trump rally in December 2020 that spiraled into violence after nightfall. Charged with a second crime — the possession of two high-capacity rifle magazines — he was ordered to leave Washington by a local judge as part of his release agreement. But federal prosecutors said in their indictment that although Tarrio was not accused of “physically taking part in the breach of the Capitol,” he nonetheless “led the advance

planning and remained in contact with other members of the Proud Boys during” the storming of the building. Prosecutors have claimed, for example, that Tarrio issued orders before the attack for members of the group to leave behind their traditional black-and-yellow polo shirts and remain “incognito” when they arrived in Washington. In the days leading up to the attack, Tarrio also took part in a private Telegram group chat with other Proud Boys called the Ministry of Self-Defense and appeared to watch from a distance as several leaders and members of the group stormed the Capitol, prosecutors said. Arrested last Tuesday, in his hometown, Miami, Tarrio is expected to appear in court there Tuesday for a hearing to determine his bail. On Monday, prosecutors released court papers recommending that he remain in custody and arguing that he encouraged his compatriots to press on even as they broke into the Capitol. “Proud Of My Boys and my country,” Tarrio posted on social media not long after lawmakers were chased from the building, delaying the final certification of the presidential election. Around the same time, prosecutors said, a member of the Proud Boys posted a message in an encrypted chat asking, “Are we a militia yet?” Tarrio responded with a one-word voice note, prosecutors said: “Yep.”


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AVISO AMBIENTAL INTENCIÓN DE RENOVAR PERMISO DE INYECCIÓN SUBTERRÁNEA El peticionario, Bar-Cafetería El Llanito, cuya dirección postal es HC-70, Box 49101, San Lorenzo, Puerto Rico 00754 -9925, representado por la Sra. Catalina Navarro Oquendo, Propietaria, ha solicitado al Área de Calidad de Agua (ACA) del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) la renovación del permiso de operación, UIC-0366-0059, para un sistema de inyección subterránea (SIS) Clase VC-1, bajo las disposiciones del Reglamento para el Control de la Inyección Subterránea (RCIS) y la Ley Federal de Agua Potable Segura, según enmendada 42 USC 300f et seq. (LFAPS). El SIS consiste de un tanque séptico de 11.83 pies de largo por 5.5 pies de ancho por 9 pies de profundidad líquida, con una capacidad de 4,380 galones y dos (2) pozos filtrantes. El primer pozo filtrante comparte una pared con el tanque séptico y es de 11.5 pies de largo por 6 pies de ancho por 9 pies de profundidad líquida con un área de percolación de 212 pies cuadrados y el segundo pozo filtrante es de 8 pies de ancho por 8 pies de largo por 7 pies de profundidad líquida con un área de percolación de 224 pies cuadrados, para la disposición de aguas usadas, provenientes de los baños y cocina de la instalación. El referido SIS está localizado en la Carretera PR-181, Km 3.5, Barrio Quemados, San Lorenzo, Puerto Rico. Luego de realizada la evaluación correspondiente de los documentos sometidos, el DRNA tiene la intención de renovar el permiso de operación para la instalación antes mencionada en conformidad con los requisitos del RCIS y de la LFAPS. Esta notificación se hace para informar que el DRNA, ha preparado el borrador del permiso de operación de forma tal que el público interesado pueda someter sus comentarios con relación al mismo. El permiso contiene las condiciones y prohibiciones necesarias para cumplir con los requisitos reglamentarios aplicables. Copia de la solicitud del permiso que sometió el peticionario ante el DRNA, el borrador del permiso y otros documentos relevantes estarán a la disposición del público para ser examinados, a petición del interesado mediante el envío de un correo electrónico a la siguiente dirección: inyeccionsubterranea@drna.pr.gov o visitando el ACA, cuya oficina está localizada en el Piso 3 Ala A del Edificio de Agencias Ambientales Cruz A. Matos, Carretera PR-8838, Km 6.3, Sector El Cinco, Río Piedras, Puerto Rico. Copia de dichos documentos pueden adquirirse en el ACA, entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. de lunes a viernes o escribiendo a la siguiente dirección: Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, San José Industrial Park, 1375 Avenida Ponce de León, San Juan, Puerto Rico 00926. Las partes interesadas o afectadas pueden enviar sus comentarios por escrito al Sr. Ángel R. Meléndez Aguilar, Gerente del ACA, o solicitar una vista pública por escrito al Secretario del DRNA, a la dirección postal o correo electrónico antes indicado. Los comentarios por escrito o la solicitud de vista pública deberán ser sometidos al DRNA no más tarde de treinta (30) días a partir de la fecha de publicación de este aviso. La fecha límite para someter comentarios puede ser extendida si se estima necesario o apropiado para el interés público. La solicitud para una vista pública deberá señalar la razón o las razones que en la opinión del solicitante ameritan la celebración de la misma. De realizarse una vista pública los interesados o afectados tendrán una oportunidad razonable para presentar evidencia o testimonio sobre si se emite o deniega el permiso, si el Secretario determina que dicha vista es necesaria o apropiada. En San Juan, Puerto Rico, hoy 24 de febrero de 2022. Gobierno de Puerto Rico

Rafael A. Machargo Maldonado Secretario

DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES

Este anuncio se publica conforme a lo requerido por la Ley Núm. 4162004, según enmendada, conocida como la “Ley sobre Política Pública Ambiental”, los reglamentos aprobados a su amparo; y las leyes y reglamentos federales aplicables. El costo del Aviso Público es sufragado por la entidad peticionaria.

San José Industrial Park, 1375 Ave. Ponce de León, San Juan PR 00926 ' (787) 999.2200 • 6 (787) 999.2303 • www.drna.pr.gov

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Democrats want investigation into Postal Service’s gas guzzlers contract By LISA FRIEDMAN

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group of House Democrats called earlier this week for an investigation into a decision by Postmaster General Louis DeJoy to purchase up to 165,000 gasoline-powered mail trucks over the Biden administration’s objections that the multibillion-dollar contract would undermine the nation’s climate goals. The contract, worth up to $6 billion over 10 years, would be the Postal Service’s first large-scale vehicle purchase in three decades. In a letter to U.S. Postal Service Inspector General Tammy Whitcomb, lawmakers questioned whether the Postal Service had complied with a law requiring environmental reviews of major federal actions. Both the Environmental Protection Agency and the White House Council on Environmental Quality have said that the Postal Service had made the wrong decision to buy gasoline-powered trucks based on a flawed environmental analysis. The Postal Service estimated that the new vehicles would get 29.9 mpg. A separate analysis by the EPA found the vehicles could achieve less than half that: just 14.7 mpg. And with the air-conditioning running, the new trucks would only get 8.6 mpg, the EPA said. The EPA said the review did not consider any feasible alternatives to gas-powered vehicles and that the Postal Service issued a contract for the vehicles before even completing its flawed review. Carolyn Maloney, chairwoman of the House Committee on Oversight and Reform, and other Democrats on the panel asked Whitcomb to determine if the Postal Service made “inaccurate or unproven assumptions” about the environmental impact of combustion engine vehicles, including underestimating their greenhouse gas emissions. “Postal vehicles serve a public purpose — helping to deliver the mail six days a week across the United States — and must do so in an environmentally sound manner,” the lawmakers wrote. President Joe Biden has ordered all federal agencies to phase out the purchase of gasoline-powered vehicles and buy only zero-emissions cars and trucks by 2035 as part of his agenda to speed the transition away from fossil fuels and tackle climate change. The Postal Service, however, is an independent agency that is not bound by the administration’s climate rules. The Postal Service owns more than 231,000 vehicles, one of the largest civilian fleets in the world. The distinctive white, red and blue trucks roam the country from congested cities to quiet rural towns. An all-electric fleet would not only deliver environmental benefits and help an emerging

manufacturing sector, but serve as a powerful symbol of an administration that is determined to speed the transition away from fossil fuels. The Postal Service has argued it could not afford an all-electric fleet and that 10% of the new trucks would be electric while 90% would be gasoline-powered. Sue Brennan, a spokeswoman for the Postal Service, said in a statement that the agency is committed to electrifying its fleet and said it will “continue to pursue the acquisition” of additional electric vehicles as its financial position improves.” The Build Back Better Act, Biden’s centerpiece legislative agenda, includes about $6 billion to help the Postal Service pay for electric vehicles and charging stations. That bill is stalled in Congress. Environmental groups and other government agencies have called the Postal Service’s decision flawed, saying it relies on unrealistic assumptions — like gasoline at $2.19 a gallon. That’s well below the $4.33 average gas price Americans are paying in the wake of Russia’s invasion of Ukraine, but it is also far lower than the average pump price before the war. Congress earlier this month approved a $107 billion financial overhaul of the Postal Service, and it currently is awaiting Biden’s signature. Neither the House nor Senate version, both of which passed with broad bipartisan support, included amendments that would force a change in the agency’s truck contract.

A United States Postal Service truck in New York, Dec. 18, 2021. A group of House Democrats called Monday, March 14, 2022, for an investigation into a decision by Postmaster General Louis DeJoy to purchase up to 165,000 gasoline-powered mail trucks over the Biden administration’s objections that the multibillion-dollar contract would undermine the nation’s climate goals.


The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

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TSA has issued hundreds of thousands of dollars in fines for mask mandate violations By EILEEN SULLIVAN

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ver the past six months, the Transportation Security Administration ramped up civil citations to passengers, mostly aboard airplanes, who refused to comply with mask mandates, slapping them with more than $640,000 in proposed fines, according to a government report released earlier this week. It was a stark increase compared with a six-month period from February to September of last year, when the TSA issued more than 2,000 warnings and fined just 10 passengers a total of $2,350, according to a news release in October. In total, between Feb. 2, 2021, and March 7, 2022, the agency fined 922 people for violating mask mandates and issued 2,709 warnings, the report, by the Government Accountability Office, said. The wearing of masks to stop the spread of the coronavirus became a cultural flashpoint during the early months of the pandemic and has continued to be polarizing.

Last week the Biden administration extended the mask mandate for air travel and public transportation to April 18, while the Centers for Disease Control and Prevention reviews the policy to see if it is still necessary. Both the TSA and the Federal Aviation Administration investigate incidents in which people do not comply with mask mandates. The TSA’s authority is not limited to air travel, but covers airports and other modes of public transportation. During 2021, the FAA proposed more than $5 million in fines for unruly airplane passengers; most of the incidents were mask related. R. Carter Langston, a spokesperson for the TSA, said the process for reporting incidents became better understood in the past six months, which is why the citations and penalties increased so significantly. In late October, the chairman of the House Homeland Security Committee, Rep. Bennie Thompson, D-Miss., urged the TSA to enforce more penalties. The report did not include any recommendations for the agency.

Transportaion Security Administration officers standing guard after shutting down a security checkpoint to investigate a potential security threat at Minneapolis St. Paul International Airport in April 2021.

Suspect in shootings of 5 homeless men arrested in Washington By ANDY NEWMAN, CAMPBELL ROBERTSON and ASHLEY SOUTHALL

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30-year-old Washington, D.C., man with a lengthy history of mental illness and assault charges was arrested early Tuesday in connection with a series

of shootings that killed two homeless men in New York and Washington and wounded three others. The suspect, identified by relatives and law enforcement officials as Gerald Brevard III, was arrested around 2:30 a.m. in southeast Washington by agents with the federal Bureau of Alcohol, Tobacco, Firearms

Still images taken from surveillance video and provided by the New York Police Department show the person who the police believe shot two homeless people in lower Manhattan early Saturday, March 12, 2022.

and Explosives, said a spokeswoman, Whitney Cruse. Brevard’s father, Gerald Brevard Jr., confirmed his son’s arrest and extended “deepest condolences” to the victims and their families. In a statement sent by text to a reporter, the elder Brevard, who lives in Virginia, wrote that despite his son’s many encounters with the criminal justice system, his illness had not been addressed — showing, he said, “how the system has failed regarding the treatment of so many.” “I cannot speak to the details of the case,” he said. “I can only speak to the issue of the failure of the judicial system identifying that my son suffers from mental illness but not treating it.” The younger Brevard had a record of misdemeanors and felonies in Washington and northern Virginia, including several charges of assault, according to court records. In 2019, he was found mentally incompetent after a court-ordered examination and was temporarily committed to Saint Elizabeths Hospital, a psychiatric hospital operated by the city’s Department of Behavioral Health. His arrest came after a brief but intense two-city manhunt. He is accused of shooting three homeless men in Washington earlier this month and two more in lower Manhattan on Saturday, all while they were sleeping in the middle of the night. One victim in each city died; the man who died in Washington was also stabbed and his tent set on fire. Washington’s Metropolitan Police Department said Brevard was being interviewed by its homicide branch. Continues on page 10


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Wednesday, March 16, 2022

From page 9 “Thanks to the community for all your tips,” the department said in a tweet. Authorities had offered $70,000

AVISO AMBIENTAL INTENCIÓN DE RENOVAR PERMISO DE INYECCIÓN SUBTERRÁNEA El peticionario, Servicios Integrados Health Care, cuya dirección postal es Calle Lirios 191, Ciudad Jardín, Carolina, Puerto Rico 00987, representado por la Sr. Buenaventura Rodríguez, Propietario, ha solicitado al Área de Calidad de Agua (ACA) del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) la renovación del permiso de operación, UIC-0761-0025, para un sistema de inyección subterránea (SIS) Clase VC-1, bajo las disposiciones del Reglamento para el Control de la Inyección Subterránea (RCIS) y la Ley Federal de Agua Potable Segura, según enmendada 42 USC 300f et seq. (LFAPS). El SIS consiste de un tanque séptico de 18 pies de largo por 10 pies de ancho por 7.5 pies de profundidad líquida, con una capacidad de 10,098 JDORQHV \ WUHV SR]RV ¿OWUDQWHV GH SLHV GH ODUJR SRU SLHV GH ancho por 9 pies de profundidad líquida con un área de percolación de 360 pies cuadrados, cada uno, para la disposición de 1,650 galones por día de aguas usadas provenientes de los baños y cocina de la instalación. El referido SIS está localizado en la Carretera PR-958, Km 0.9, Barrio Ciénaga Alta, Río Grande, Puerto Rico. Luego de realizada la evaluación correspondiente de los documentos sometidos, el DRNA tiene la intención de renovar el permiso de operación para la instalación antes mencionada en conformidad con los requisitos del RCIS y de la LFAPS. (VWD QRWL¿FDFLyQ VH KDFH SDUD LQIRUPDU TXH HO '51$ KD SUHSDUDGR HO borrador del permiso de operación de forma tal que el público interesado pueda someter sus comentarios con relación al mismo. El permiso contiene las condiciones y prohibiciones necesarias para cumplir con los requisitos reglamentarios aplicables. Copia de la solicitud del permiso que sometió el peticionario ante el DRNA, el borrador del permiso y otros documentos relevantes estarán a la disposición del público para ser examinados, a petición del interesado mediante el envío de un correo electrónico a la siguiente dirección: LQ\HFFLRQVXEWHUUDQHD#GUQD SU JRY R YLVLWDQGR HO $&$ FX\D R¿FLQD HVWi ORFDOL]DGD HQ HO 3LVR $OD $ GHO (GL¿FLR GH $JHQFLDV $PELHQWDOHV &UX] $ Matos, Carretera PR-8838, Km 6.3, Sector El Cinco, Río Piedras, Puerto Rico. Copia de dichos documentos pueden adquirirse en el ACA, entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. de lunes a viernes o escribiendo a la siguiente dirección: Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, San José Industrial Park, 1375 Avenida Ponce de León, San Juan, Puerto Rico 00926.

for information that led to an arrest and conviction. After a Monday evening news conference in Washington at which new pictures of the suspect were made public, police in New York received a tip with Brevard’s name, according to a law enforcement official. He was arrested soon after. Mayor Muriel Bowser, in a joint statement Tuesday with her counterpart in New York, Eric Adams, underscored the role that tips played in the investigation. “We said that the work to remove this man from our streets was urgent, and our communities responded,” Bowser said. The extended shooting spree prompted an intense search across both cities. Authorities said the man shot three men sleeping outdoors in Washington between March 3 and March 9, as well as the two men in lower Manhattan. Adams said the arrest was the result of a successful joint effort between city and federal officials “to bring a coldblooded killer to justice.” He added, “Gun violence against anyone, let alone our most vulnerable populations, is sick, but thanks to the coordination between different levels of law enforcement and the public’s help, those experiencing homelessness can breathe a sigh of relief today.” At the news conference Monday, the mayors and police officials of both cities had pleaded for help finding the gunman. In New York, investigators searched homeless encampments with outreach workers, looking for others whom the gunman might have targeted, law enforcement officials said, and distributed flyers with pictures of a suspect. And they searched block by block for people sleeping on the streets, encouraging them to move into shelters for their own safety. Many questions about the gunman remained unanswered, including why he targeted people living on the street. Authorities said they connected the cases after a police captain investigating the killing of a homeless man

The San Juan Daily Star in Washington saw a photo on social media of the suspect in the New York attacks. Ballistics analysis confirmed Sunday that the same gun was used in all five shootings, according to the ATF. In each of the shootings, a lone gunman dressed in dark clothing targeted homeless men between midnight and dawn. Police have not released the names of the victims, about whom few details are known. As news of the arrest spread in Washington on Tuesday, Gregory Hammett, a 62-year-old disabled and homeless veteran, said he was slightly relieved but still fearful for his safety. “You have to be out there to understand that on any given night, things change so fast, and you can end up with a world of hurt,” said Hammett, who was about to return to living in the tent encampment in front of Union Station, after a respite in assisted living. “If you’re out there, you never know when someone is going to come at you, maybe to rob you or bonk you on the head,” he said. The shootings come at an anxious moment for the thousands of people who live unsheltered in New York. And they come several weeks into a campaign by Adams to remove people who shelter in the subway system. Advocates for homeless people had warned that the effort would push many people to the street who refuse to stay in the city’s barrackslike group shelters, which they find rife with crime and interpersonal conflict. In interviews in both cities before the arrest, several homeless people said they were unnerved by the attacks, but not enough to move indoors. “Listen, the streets are dangerous,” Marty Mercer, 51, said near his tent in the makeshift campground in front of Union Station in Washington on Monday as commuters hurried by. “Just because someone is doing this on a serial basis is no different.”

Las partes interesadas o afectadas pueden enviar sus comentarios por escrito al Sr. Ángel R. Meléndez Aguilar, Gerente del ACA, o solicitar una vista pública por escrito al Secretario del DRNA, a la dirección postal o correo electrónico antes indicado. Los comentarios por escrito o la solicitud de vista pública deberán ser sometidos al DRNA no más tarde de treinta (30) días a partir de la fecha de publicación de este aviso. La fecha límite para someter comentarios puede ser extendida si se estima necesario o apropiado para el interés público. La solicitud para una vista pública deberá señalar la razón o las razones que en la opinión del solicitante ameritan la celebración de la misma. De realizarse una vista pública los interesados o afectados tendrán una oportunidad razonable para presentar evidencia o testimonio sobre si se emite o deniega el permiso, si el Secretario determina que dicha vista es necesaria o apropiada. En San Juan, Puerto Rico, hoy 24 de febrero de 2022. Gobierno de Puerto Rico

Rafael A. Machargo Maldonado Secretario

DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES

Este anuncio se publica conforme a lo requerido por la Ley Núm. 4162004, según enmendada, conocida como la “Ley sobre Política Pública Ambiental”, los reglamentos aprobados a su amparo; y las leyes y reglamentos federales aplicables. El costo del Aviso Público es sufragado por la entidad peticionaria.

San José Industrial Park, 1375 Ave. Ponce de León, San Juan PR 00926 (787) 999.2200 • (787) 999.2303 • www.drna.pr.gov

People receive free lunches at the Holy Apostles Soup Kitchen in Manhattan on Monday, March 14, 2022.


The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

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Airline ticket sales exceed a 2019 milestone for the first time By NIRAJ CHOKSHI

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ising fuel prices may present an obstacle, but the airline recovery in the United States appears to be on track for now. With the omicron coronavirus variant receding and pandemic restrictions being eased, the airline industry turned a corner last month, according to an analysis by the Adobe Digital Economy Index, which draws on online sales from six of the top 10 U.S. airlines. According to the analysis, ticket sales for domestic flights in February exceeded those for the same month in 2019, a first since the pandemic began two years ago. Travelers spent an estimated $6.6 billion on domestic flights in February, about 6% more than three years earlier, according to the analysis. The number of tickets sold was up 4%, while fares were up about 5%, lagging overall inflation. Early data indicate that the trends are holding up this month, too. “We’re seeing things open up in terms of people’s thinking about travel,” said Vivek Pandya, who led the analysis. “The question now becomes: How much can that momentum continue to push forward?” The data bodes well for airlines, which have been preparing for months for what the industry expects to be a robust summer travel season. Consumers appear to be optimistic, too: The number of tickets sold last month for domestic travel between June and August was down just 3% from the number in February 2019, according to the analysis. But while hopes are high for the months ahead, there is concern that rising fuel prices and persistent inflation could pressure airlines to raise fares and discourage potential customers from flying. “Between the fuel impact and the discretionary income impact on leisure travelers, it’s going to slow whatever would have been happening,” said Samuel Engel, a senior vice president and airline industry analyst at ICF, an advisory firm. Russia’s invasion of Ukraine sent oil prices soaring, raising the cost of jet fuel, which is one of the biggest line-item expenses for airlines. And while the global price of jet fuel has declined somewhat from its post-invasion peak, it ended last week up 19.5% from a month earlier and up about 82% over the last year, according to the Platts Jet Fuel Price Index. American Airlines and United Airlines are particularly exposed to ballooning fuel costs, while Delta Air Lines is somewhat insulated thanks to its refinery in Trainer, Pennsylvania. Southwest Airlines employs an investing strategy known as “hedging” to offset spikes in the price of fuel, which it estimated will cover as much as 64% of the fuel it could consume this year. U.S. airlines may try to cover fuel-price increases by raising fares, a process that can take months to play out, but

Hartsfield-Jackson Atlanta International Airport. Airlines sold more tickets and collected more revenue from domestic flights in February than in the same month in 2019. carriers typically are limited in how much they can pass on to customers, industry analysts said. And with the rebound being led by leisure travelers, who are far more sensitive to ticket prices than corporate travelers, airlines will have to tread carefully. Other options include cutting flights that are barely profitable or reining in plans to restore flights. “In general, growth may slow, or, as is the current case, capacity that airlines would have brought back if the pandemic continued to recede won’t return,” Helane Becker, an airline analyst at the investment bank Cowen, wrote in a recent research note. At the same time, some consumers facing higher prices for goods and services may not have much left to spend on vacations, experts said. And while some budget carriers may target those travelers, there’s no guarantee that airlines will cut fares across the board, especially when facing steep debt accrued during the pandemic and pressure from shareholders eager to see profits, said Henry Harteveldt, a travel industry analyst and the president of Atmosphere Research Group. “Airline CEOs are not in a generous state of mind these days, nor are their CFOs, so I’m not expecting airlines to discount seats to the same extent that we may have otherwise seen,” he said. “I think that there’s a lot of pressure on airlines to keep their airfares as high they can.” Depending on how Russia’s war on Ukraine plays out,

airlines may also not see the rebound in lucrative trans-Atlantic travel that they had expected, experts said. But domestic and short-distance international travel have and will continue to lead the recovery. And despite the hurdles in the industry’s way, analysts and airlines are preparing for a strong summer season. “What we’ll end up with is a domestic summer that looks very good as opposed to great,” Engel said. As of Monday, airlines had more than 2.1 million domestic flights scheduled from June to August, according to Cirium, an aviation data provider. That figure could change substantially in the intervening months, but is currently just 8% lower than the number of flights scheduled over the same months in 2019. Last summer’s scheduled flights were down 16% from the summer of 2019.

Loyalty Finance LLC

Préstamos Personales Pequeños otorgados para la semana que terminó el sábado, 12 de marzo de 2022 Tasa Mínima (%)

Promedio Ponderado (%)

Tasa Máxima (%)

85.00%

95.79%

112.00%


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Wednesday, March 16, 2022

The San Juan Daily Star

Companies partly exiting Russia are under pressure to make it all or nothing By LAUREN HIRSCH

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s Western governments ratchet up their economic punishments against Russia, the corporate world has paused or pulled out of operations there. But as the list of companies quitting Russia grows by the day — and as Russia’s attacks on Ukraine escalate — differences in the degree of disconnection are spurring debate, the DealBook newsletter notes. Companies that have paused operations or announced limited pullouts are coming under pressure to make a more definitive break: all or nothing, in or out. That has led some to rapidly revise their plans, raising questions about the long-term implications. Some corporate withdrawals are partial. Procter & Gamble, for example, has “discontinued all new capital investments” in Russia. It is also “significantly reducing” its product portfolio there to focus on “basic health, hygiene and personal care items needed by the many Russian families who depend on them in their daily lives.” Danone and PepsiCo made similar moves, halting new investments and stopping sales of some products, but continuing with dairy and baby products, arguing that those products serve essential needs. Is that enough? “The point is that we’re trying to starve the regime of their resources,” said William Browder, a hedge fund manager who worked in Russia and has long campaigned against corruption there. Some companies that initially said they would remain in Russia backtracked within days, including Deutsche Bank and retailer Uniqlo. Others, including Shell, were pushed

Andeno Co Tasa mínima, promedio ponderado, y máxima para préstamos personales pequeños otorgados para la semana que terminó el sábado, 12 de marzo de 2022

Tasa Mínima (%)

Promedio Ponderado (%)

Tasa Máxima (%)

30%

32%

33%

Procter & Gamble, maker of Tide laundry detergent, said it had “discontinued all new capital investments” in Russia but would still sell health and hygiene products to Russians. to go further than they originally announced. Shutting down plants, offices and supply chains is complicated. Procter & Gamble’s Gillette plant in St. Petersburg, for example, exports shaving products to more than 50 countries and accounts for 70% of the Russian shaving-product market. There are also concerns at some companies about expropriation and intellectual property theft. Some executives have argued it is not up to companies to lead on the punishments that Russia faces. “I don’t think businesses are supposed to decide how global trade works in the world,” David Solomon of Goldman Sachs told Time magazine. “Government sets policy, and then businesses follow that policy.” (The bank said last week that it would wind down its business in Russia.) How does this square with pledges to embrace broader

stakeholder concerns? The days of companies saying they serve only shareholders are long gone. (“We want to be a force for good and a force for growth,” P&G says.) And society’s expectations for companies have changed since Coca-Cola sold drinks in Nazi Germany and Heineken brewed beer in Rwanda during the genocide there. (Both companies said they would suspend their operations in Russia.) Corporations also spend big to lobby for public policy that puts them at the forefront of important social and environmental issues. The precedent set by pulling out of Russia may test corporate policies about where to draw the line for doing business in places facing geopolitical or human rights concerns; in other words, it is becoming harder for boardrooms to see things in shades of gray.


The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

13 Stocks

Wall Street jumps as S&P snaps 3-day slump; Fed on tap U .S. stocks rallied on Tuesday and the S&P 500 ended a 3-day skid as another drop in oil prices and a softerthan-expected reading on producer prices helped ease inflation fears among investors, with the focus turning to the Federal Reserve’s upcoming policy announcement. Brent crude settled below $100 a barrel after rocketing higher to more than $139 last week, providing some temporary relief for equity investors that have seen stocks come under pressure this year from surging inflation concerns, uncertainty over the Fed’s policy path to tame rising prices and more recently, escalating conflict in Ukraine. U.S. producer prices increased solidly in February as the cost of goods like gasoline surged, and further gains are in the pipeline following Russia’s invasion of Ukraine, which has made crude oil and other commodities more expensive. Still, the data for the 12 months through February matched expectations predicting a 10% increase in producer prices, while the producer price index for final demand on a monthly basis increased 0.8%, just shy of the 0.9% estimate and lower than the 1.2% increase registered in January. The market is now fully pricing in a rate hike of at least 25 basis points when the central bank makes its policy statement on Wednesday. Investors will also be closely watching the Fed’s projections for the path of rate hikes this year and in coming years to rein in inflation.[IRPR] Fed Chairman Jerome Powell has recently floated multiple rate hikes this year as the Fed seeks to curb inflation. “The fact is (PPI) was weaker than the expectation so therefore the idea that Jay Powell is right going 25 basis points seems to be the way the market feels today, that could change tomorrow,” said Ken Polcari, managing partner at Kace Capital Advisors in Boca Raton, Florida. “The market is in a very oversold position, there are still going to be bumpy roads ahead but today could just be one of those snap-back rallies like we saw last week.” The Dow Jones Industrial Average rose 599.1 points, or 1.82%, to 33,544.34, the S&P 500 gained 89.34 points, or 2.14%, to 4,262.45 and the Nasdaq Composite added 367.40 points, or 2.92%, to 12,948.62. The S&P 500 slumped about 2.4% in the prior three sessions and recently joined the Dow, Nasdaq and Russell 2000 in forming a “death cross” technical pattern, when a short-term moving average crosses below a longer-term moving average, which some investors believe signals more near-term weakness is likely. Ten of the 11 major S&P sectors advanced, with technology and consumer discretionary stocks leading the way while energy, the sole positive sector on the year, slumped nearly 4% on the day along with crude prices. Megacap growth stocks gained with Microsoft Corp up 3.87% and Apple up 2.97%, providing the biggest boosts to the S&P 500 and the Nasdaq. Meanwhile, investors also closely tracked a steep jump in daily COVID-19 infections in China for the possibility of denting global economic growth, and progress in Ukraine-Russia talks to end their weeks-long conflict.

MOST ASSERTIVE STOCKS

PUERTO RICO STOCKS

COMMODITIES

CURRENCY

LOCAL PERSONAL LOAN RATES Bank

LOCAL MORTGAGE RATES Bank

FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS

BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental

3.00% 3.50% 3.50% 3.75% 3.50% 3.50%

0.00 0.00 2.00 2.00 0.00 0.00

3.50% 4.00% 3.75% 3.75% 5.50% 3.75%

000 0.00 2.00 2.00 0.00 5.50

PERS.

CREDIT CARD

AUTO

BPPR --.--

17.95 4.95

Scotia 4.99

14.99 4.99

CooPACA

6.95

9.95

2.95

Reliable

--.--

--.--

4.40

First Mort 7.99

--.-- --.--

Oriental 4.99

11.95 4.99


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Wednesday, March 16, 2022

The San Juan Daily Star

Streams of people exit Mariupol as city officials struggle to account for the dead By VALERIE HOPKINS and MARC SANTORA

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fter helping a friend stanch the bleeding from a shrapnel wound Tuesday morning during renewed shelling in Mariupol, Ukraine, Anastasia Kushnir and her family decided it was time to take the opportunity to get out of the besieged coastal city, where they had been struggling to stay alive for the past three weeks. “There was heavy shelling and aerial bombardment,’’ said Kushnir, who is 21. “But we made it out, fortunately.” Kushnir and her family members made it as far as Urzuf, a small beachside town on the Sea of Azov 28 miles from Mariupol, a way station on their way farther north and west, to safety. A drive that usually takes 30 minutes took five hours, as their car joined a convoy of thousands of others trying to leave after waiting weeks for a humanitarian corridor to open. About 160 cars left Monday, and an estimated 4,000 cars, or 20,000 people, were expected to leave the city Tuesday, city officials said. Kushnir said she saw cars broken down along the road; many had run out of gasoline, which she said was nearly impossible to find in the region. But still, she said, she was relieved to be out of Mariupol and away from the constant shelling. “Humanitarian corridors have been partially opened today,” President Volodymyr Zelenskyy said in a speech Tuesday. “Little by little, people are leaving the besieged city by private transport.” However, he lamented that “a convoy with humanitarian cargo for Mariupol remains blocked. For several days in a row.” About 2,000 vehicles had managed to escape the city by Tuesday afternoon, and another 2,000 were packed to leave before nightfall, Pyotr Andryushchenko, an assistant to Mariupol’s mayor, told The New York Times. Officials told civilians hoping to leave to delete all messages and photos from phones in case Russian soldiers tried to search them for signs of support for Ukrainian forces. Kushnir said she and her family had

Residents have been sheltering in basements for warmth and protection from Russian attacks. tried to leave before, but the locations where a convoy was being organized were being shelled. While they waited, she said, she and her family slept on the floor of a room with no electricity, no lights, no windows and no heating. “There is not a single residential building left with windows in my neighborhood,” she said. After five days, they started to run out of food. Residents organized into groups, with men walking amid the shelling to find water, and women improvising outdoor cook stoves to make watery vegetable soups. Temperatures dropped to as low as 16 degrees Fahrenheit, Kushnir said. “We had to drink tea constantly to keep warm,” she said, adding that some elderly people had died of cold and hunger. As she left her city by car, she saw bodies lying in the street that authorities had not managed to collect or bury.

“People who died are not buried; they just lie where they died,” she said. “There is an enormous number of them.” With some residents crushed in the rubble from the relentless Russian onslaught and others dying in freezing conditions with no heat, food or clean water, officials in the besieged coastal city of Mariupol are struggling to account for the number of dead and missing. Officially, 2,400 civilians killed in the city have been identified, but Andryushchenko said he believed the toll was far higher. “We have inaccurate data on civilians killed,” he said in an interview with Current Time, a Ukrainian radio station. He said the official figure represented a “small handful” of those killed and estimated that the actual total could be as high as 20,000. A battleground since the first hours

of the war, Mariupol is under an increasingly relentless assault that is taking an unspeakable toll. Ukrainian estimates for the number of civilians trapped in the city have ranged from 200,000 to 400,000, with the latest estimate being 300,000. The region’s top official, Pavlo Kyrylenko, who until martial law was declared was its governor, announced that the Russians were also holding doctors and patients of the main intensive care hospital hostage. An estimated 400 people are inside. “It is impossible to get out of the hospital,” Kyrylenko wrote on Telegram, quoting a message from one of the facility’s employees. “They shoot hard; we sit in the basement. Cars have not been able to drive to the hospital for two days. Highrise buildings are burning around.” The Kremlin has said that it is Ukrainian forces that are keeping people trapped in the city. The Ukrainian government said that repeated attempts at mass evacuation have failed as Russian forces continue their attack. The Ukrainian army’s high command said Tuesday that its forces had managed to repel the latest Russian attempt to move into the city, claiming to have destroyed two tanks, seven infantry fighting vehicles and one armored personnel carrier. “After the losses, the occupiers stopped the offensive and retreated,” the Ukrainian military said. The Ukrainians noted that their forces had also suffered losses. It is nearly impossible to independently verify almost any information out of Mariupol, as nearly all lines of communication have been severed. Kushnir, a model, described the persistent fear of being there for the past three weeks: “Every day is like a new birth. That is, you do not know whether you make it home or not.” After she arrived in Urzuf, she had her first proper meal in weeks. But her mind was occupied with new, pressing questions, she said: “How will it be possible to get somehow to a safe place in Ukraine? Where is it safe in this country? How it will be possible to go abroad, where it can be safe for us?”


The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

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‘I’m not scared of anything’: Death and defiance in a besieged Ukrainian city By MICHAEL SCHWIRTZ

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lla Ryabko stood in the courtyard of the city morgue, trembling with grief and rage. Her son, Capt. Roman Ryabko, had been killed in fighting on the first day of the war in Ukraine, but two weeks had passed, and his body had not yet been prepared for burial. “He’s there lying in a bag,” she said, gesturing to the covered bodies on the ground. “They’re not even giving him to me so that I can wash him. I have to take him away in a bag, a garbage bag.” The morgue is overflowing. Bodies are being released to families in the state they arrived. Bodies are in the corridor, in the administrative offices, in the courtyard, in a storage shed nearby. They are soldiers and civilians. Even as Ryabko cried out her anguish, artillery strikes shook the ground beneath her feet. There were already 132 bodies in the morgue that day. There is shelling every day in Mykolaiv. Russian forces want to take Mykolaiv because it stands in their way. The Varvarivsky Bridge in the city is the only passage for miles across the wide mouth of the Southern Buh River. By seizing the bridge, Russian fighters can push along the Black Sea coast west to Odesa, the headquarters of the Ukrainian navy and the country’s largest civilian port. To get to the bridge, they have to go through the Ukrainian fighters who, so far, have not budged. And so the Russian troops bomb, randomly and indiscriminately, striking neighborhoods, hospitals and supermarkets, opting for terror in the absence of military gain. At least a dozen civilians were killed by airstrikes over the weekend, according to local authorities. Yet there is also a refusal to succumb. Trash is still being collected. There is the family who closed down a high-end interior design business and now drives around the city delivering food to needy residents. A group of local guys banded together to try to fix a Russian tank damaged in the fighting so that Ukraine’s military might use it. A few blocks from the morgue, the Coffee Go cafe is doing a brisk business, even as artillery fire rattles the plate-glass windows. When the owners tried to close down, their teenage employees rebelled, said Viktoria Kuplevskaya, an 18-year-old barista with a streak of orange in her hair.

A Ukrainian soldier at a front-line position outside Mykolaiv, Ukraine, on Sunday, March 6, 2022. “We wanted to work,” she said. “I’m not scared of anything.” Once a center of shipbuilding for the Russian Empire, Mykolaiv was among the first places attacked after Russian President Vladimir Putin gave the order to invade Feb. 24. The Russian troops have pressed deep into the city limits, only to be pushed out, leaving behind the burned-out carcasses of armored vehicles. No one knows how long Ukrainian defenders can hold. Russian forces have attacked with tanks, artillery and fighter jets, pummeling the city on three sides. Every day brings more death. But also defiance. The governor “Good morning. We’re from Ukraine.” So begins the typical morning video message from Vitaliy Kim, the regional governor. His upbeat videos on Facebook and Telegram, which he invariably opens by flashing a peace sign and toothy smile, typically garner 500,000 views, roughly equal to the city’s population. “When he smiles, we can go to bed,” said Natalya Stanislavchuk, who has been volunteering to deliver food to the needy. “If Kim says we can sleep calmly, then we can sleep calmly.” Kim posts videos throughout the day, a mix of reassurance and withering denigration of Russian forces. The messages are meant to bolster the spirits of city residents, even if the booms they are hearing sound terrifyingly close. “What can I say — the 17th day of war, all is well, the mood is excellent,” Kim

said in a message over the weekend that began with news of an airstrike on a residential neighborhood. “We have freedom, and we’re fighting for it. And all they have is slavery. We want all of our dreams to come true, and we’re moving in that direction. Together to victory.” The targets The fireball lit up the night sky like an early sunrise. Another day of Russian shelling had begun. It was Monday, March 7, and Russian forces had launched an early morning attack that jolted residents from their beds. A cruise missile had hit a barracks filled with sleeping soldiers from the 79th Ukrainian Air Assault Brigade. Eight were killed and another eight were missing, their bodies buried in the pile of rubble. In one neighborhood of densely packed apartment blocks, residents alternated between clearing out their shattered homes and dashing to basement bomb shelters amid continuing strikes. The missile strikes had blown out windows and sprayed shrapnel through furniture, walls and appliances. “Look at how the Russian world is saving us,” said Marina Babenko, a mother of two, referring sarcastically to Putin’s claim that Russia was waging a war of liberation. “We were living fine and had everything we needed. Now they’re bombing residential neighborhoods, women and children.” The defiant Two older women were sitting on a bench in a city park, watching three young children play, when their conversation was interrupted by an ominous droning sound: an air raid siren. The women kept talking. After a few minutes, they slowly rose, bundled the youngest child into a stroller and walked away in no great hurry. Russian rocket attacks may now set the rhythm of life in Mykolaiv, but many residents are determined to play the song in a key of their own choosing. There has been an exodus from Mykolaiv during the past two weeks. On some mornings, large convoys of cars and buses have snarled traffic at the Varvarivsky Bridge. The bridge is the escape route. It is also a prize that Russian forces covet. But should they enter the city, in addition to Ukrainian military forces, the Russian troops will have to face people like Dmitry Dmitriev, a local journalist who has put down his pen in favor of a submachine gun. On a recent visit to the offices of his

online news outlet, there were more guns than journalists, and boxes of ammunition littered the floor. “All of us are participating in the resistance,” Dmitriev said. The wounded At City Hospital No. 3, Anna Smetana sat up in a cot, sobbing. A 40-year-old mother, she was wearing a peach dress with black polka dots, her shoulder and leg covered by large bandages soaked through with blood. Two days earlier, Smetana and six of her colleagues from a local orphanage were driving to a small village where the children had been evacuated at the start of the war. About 15 miles outside of the city, she said, an armored Russian fighting vehicle opened fire on the van. Three of Smetana’s colleagues were incinerated by the fire that engulfed the van, she said. Smetana was shot twice in the shoulder and once in the leg. On just one day, Smetana was one of 25 patients being treated for wounds from shelling and gunfire, according to the hospital’s medical director, Dmitri Kolosov. “We thought coronavirus was a nightmare,” Kolosov said. “But this is hell.” The defenders Black strafe marks pock a prop plane that sits on the runway of Mykolaiv’s small international airport. Inside, the security screening area has been gutted. Early in the war, Russian troops held the airport briefly, only to be quickly expelled by Ukrainian fighters. Since then, the Russian forces have kept trying to gain control so that their transport planes can bring in troops and equipment to feed their fight and continue their push west. But for now, the Ukrainians keep stopping them. “We have a very strong position, and we’re waiting for them,” said Sgt. Ruslan Khoda. “There is nothing unexpected. We know they are arriving and from where they’re arriving. And we’re ready to say, ‘Hello, Russian stupid boys.’” A boring night On Monday, Kim was somber in his evening video message. He acknowledged that the situation had grown more serious. “There’s no logical sense to it,” he said. “But the initiative is on our side, and we’re moving.” With that, on the 18th day of the war, he sent the people of Mykolaiv to bed: “I wish everyone a boring night.”


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UK targets more oligarchs and Putin allies with sanctions By MARK LANDLER

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he British government said Tuesday that it had imposed sanctions on more than 370 individuals it described as oligarchs, political allies or propagandists for President Vladimir Putin of Russia, a major new crackdown that brings it closer in line with the European Union on an issue that has long dogged Britain. The sanctions, announced by the foreign secretary, Liz Truss, include a travel ban and will freeze the assets of prominent Russians in business and government, including some of the wealthiest oligarchs and most senior officials in the Kremlin. Among those on the latest list: Dmi-

try Medvedev, the former president of Russia; Prime Minister Mikhail Mishustin; Dmitry S. Peskov, the Kremlin press secretary; Maria Zakharova, a spokesperson for Russia’s Foreign Ministry; Sergei Shoigu, the defense minister; and Mikhail Fridman, the billionaire founder of Alfa Bank, one of Russia’s largest private banks. “We are going further and faster than ever in hitting those closest to Putin — from major oligarchs to his prime minister and the propagandists who peddle his lies and disinformation,” Truss said in a statement. “We are holding them to account for their complicity in Russia’s crimes in Ukraine.” Last week, Britain imposed sanc-

tions on Roman Abramovich, the billionaire owner of the Chelsea soccer club in London. But the government has faced criticism for moving slowly against other wealthy Russians, many of whom own property in London or have insinuated themselves into British politics and society. The oligarchs targeted Tuesday have an estimated combined net wealth of more than $130 billion. Some, like Fridman, own baronial residences in London. On Monday, eight protesters were arrested after occupying the balcony of a London mansion linked to another oligarch, Oleg Deripaska, who was targeted by sanctions last week

along with Abramovich. The latest batch of sanctions were imposed under a new Economic Crime Act, which Prime Minister Boris Johnson’s government introduced in an effort to try, belatedly, to stem the flow of corrupt money into Britain from oligarchs and other wealthy foreigners. The act enables Britain to automatically impose the penalties on people who are under EU sanctions. The government said it had developed its own sanctions cases against four major oligarchs: Fridman and two of his partners, Petr Aven and German Khan; as well as Oleg Matveychev, a member of Russia’s parliament, whom British officials describe as a propagandist for Putin.

COVID restrictions prevented dengue in hundreds of thousands in 2020 By STEPHANIE NOLEN

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ublic health measures to stop the spread of COVID-19 had an unintended consequence across Latin America and Southeast Asia in 2020: Dengue virus infections were prevented in hundreds of thousands of people, according to a study published in The Lancet this month. The research offers clues for new strategies to combat a dangerous tropical disease that had been infecting more people each year. The research found a marked decline in infections from April 2020 across many regions where dengue is spread by mosquitoes; the study estimates that there were 720,000 fewer dengue cases globally in the first year of the pandemic because of restrictions on movement. “We found really unexpected net benefits from COVID restrictions that are going to help us better fight dengue it in the future,” said Dr. Oliver Brady, an epidemiologist at the London School of Hygiene and Tropical Medicine who was the senior author of the study. More than 5 million people were infected with dengue — also known as “breakbone fever” for the severe joint and muscle pain it causes — in 2019.

Patients with dengue fever receiving medical treatment at a field hospital in Lahore, Pakistan, in October. Brady said that, early in the pandemic, he and other infectious disease researchers feared disaster, as resources were diverted to COVID-19, and other disease control measures — such as spraying for mosquitoes — were interrupted. The huge decline in dengue cases was a happy surprise and left them eager to figure out what might have caused it. They eliminated other potential factors, including environmental changes and declines in reporting on dengue fever by public health agencies. That

left only the severe disruption in the movement of people as a plausible explanation, he said. School closures, in particular, appear to have played a key role in cutting dengue cases. The main dengue vector, Aedes aegypti mosquitoes, are daytime feeders. Most dengue control programs focus on people’s houses, spraying to kill mosquitoes and monitoring for standing water that could breed them, under the assumption that’s where transmission happens.

“But if it were a case that the house was the really risky site and mosquitoes were just biting in the house, then you’d expect stay-at-home orders to increase risk — yet we just don’t see that in many countries,” he said. The researchers are not suggesting that stay-at-home orders should continue, but the extraordinary circumstance allowed unexpected insight. Brady said their findings suggest biting is happening at school or in workplaces, which means mosquito control should be concentrated in public places. Dengue may also have declined during stay-at-home orders because when people did get infected, they weren’t going out where new mosquitoes could bite them and then pass the virus on to other people. The dengue findings may prove relevant to other closely-related, mosquito-borne viruses including Zika and chikungunya, the study suggests. But Brady warned that the dengue data for 2021, which should be available soon, and for a post-pandemic period, could bring bad news: Infection rates may climb back up to pre-COVID levels or worse, if vector control programs were disrupted, while immunity levels may have fallen because fewer people have been exposed, he said.


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Impunity for war crimes in Syria casts a grim shadow over Ukraine By BEN HUBBARD

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he Syrian police stormed her house and dragged her husband away. Her eldest son died in a rain of Syrian government shells on her hometown. So like millions of other Syrians, Hanadi Hafisi fled the country with plans to return when the war ended. A decade later, she’s still a refugee in Turkey, where her work at a center that treats war injuries exposes her to a constant display of the human destruction wrought by President Bashar Assad of Syria and his Russian backers: paralysis, missing hands and legs, and deep trauma that leaves her patients asking why such disasters consumed their lives. “I don’t know what to tell them when they ask me whether they will reach justice,” said Hafisi, 46. “Seriously, what to tell them? That Bashar will be held accountable? That he will face trial? Of course not.” As the world takes in the grim realities of Russia’s invasion of Ukraine — the oncevibrant neighborhoods bombed out, the civilians killed by shells while trying to flee, the speculation about whether Russia will use chemical weapons — many Syrians have watched with a horrifying sense of deja vu and a deep foreboding about what lies ahead. The Syrian war began 11 years ago this month with an anti-Assad uprising that spiraled into a multisided conflict among the government, armed rebels, jihadis and others. Hundreds of thousands of people have been killed, millions have fled their homes, and Assad has remained in power, in large part because of the extensive support he received from the man now driving the invasion of Ukraine, President Vladimir Putin of Russia. The legacy of Syria’s war, and Russia’s role in it, looms large over Ukraine, offering potential lessons to Putin, analysts said: that “red lines” laid down by the West can be crossed without major consequences; that diplomacy purportedly aimed at stopping violence can be used to distract from it; and that autocrats can do terrible things and face international sanctions — and still stay in power. Much of the brutality Assad deployed to quash his foes was documented in real

Homs, Syria, in 2014. The Syrian war began 11 years ago this month with an antiAssad uprising that spiraled into a multisided conflict. time and spurred outrage that left many thinking he could never get away with it. He dispatched soldiers and armed thugs to stop protests by locking up activists and firing live ammunition into crowds. As the opposition took up arms, his troops shelled, bombed and imposed starvation sieges on towns and neighborhoods that supported the rebels. Those actions killed large numbers of civilians and sent many more fleeing for their lives. More than half of Syria’s prewar population was displaced during the war, and 5.7 million refugees remain outside the country. In August 2013, Assad’s forces shocked the world by deploying chemical weapons on rebel-held towns near the capital, Damascus, killing more than 1,400 people, U.S. officials said. Many Syrian expected that such a blatant violation of international law would prompt Western military intervention, especially since President Barack Obama had called the use of chemical weapons a “red line.” “I was sure we had witnessed something very few people had experienced before, like those who witnessed Chernobyl or Hiroshima,” recalled Ibrahim Alfawal,

29, who survived the chemical attack and said it had felt like “judgment day.” But he was shocked when the United States did not intervene. Assad’s forces eventually took control of the towns that had been gassed, seeming to pay no price for his use of forbidden arms. That seemed to show that Assad could count on impunity, Alfawal said, and attacks by Syrian forces on civilian infrastructure — including schools, hospitals, neighborhoods and bakeries where families had lined up to buy bread — only escalated. In 2015, Putin sent Russian forces to help Assad’s beleaguered army, and soon Russian officers were advising Syrian forces and Russian jets were dropping bombs on Syrian cities — enjoying the same impunity that Assad seemed to have. In Ukraine, Russia has also used disinformation campaigns similar to those it pioneered in Syria, where it falsely branded opposition activists as members of al-Qaida and accused the rebels of launching the chemical attacks as “false flag” operations to blame the Syrian government. “They are taking the same concept they used in Syria, to lie and to stick to it,” Alfawal said of Russia’s approach to Ukraine.

The chemical attacks in Syria continued. In addition to two that killed large numbers of people — in the village of Khan Sheikhoun in 2017 and east of Damascus in 2018 — there have been at least 350 other attacks with chemical substances, according to Tobias Schneider, a researcher at the Global Public Policy Institute in Berlin. Most of those used chlorine, which is not classified as a chemical weapon but can be used as such to terrify civilians and encourage them to flee. While no evidence has surfaced that Russian forces used chemical weapons in Syria, researchers believe that Putin enabled Assad to do so. “It is absolutely certain that the Russian government at least knows and likely facilitated the use of chemical weapons by the Syrians, mostly chlorine attacks,” Schneider said. There are no indications that chemical weapons have been used in Ukraine, but watching the war there, many Syrians see signs that Putin is employing parts of the Syria playbook. The Russians “are willing to devour the green and the dry,” said Radwan Alhomsy, a Syrian activist in southern Turkey, using an Arabic idiom meaning to destroy everything. “They don’t care about the international community or anything else. We saw that in Syria. Burning schools is not new to us. It’s land they want to take, and they will take it.” European analysts point out the differences between the wars in Syria and Ukraine that could lead to different Western responses. Unlike Putin, Assad fought to regain control of his own country, not take over one of his neighbors. Unlike Syria, Russia is a nuclear-armed power, complicating the issue of military intervention. And while the United States and its European allies largely let Assad get away with using chemical weapons in the Middle East, Putin’s doing so on the European continent would most likely cause greater alarm and elicit a stiffer response. “If Putin thinks that he’ll be treated like al-Assad, he is wrong because he is not al-Assad and this is not Syria” said Patricia Lewis, director of the international security program at Chatham House.


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How not to have a Putin recession

By PAUL KRUGMAN

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evin McCarthy, the Republican House minority leader, said something cynical and transparently dishonest the other day. To be fair, that’s sort of an evergreen remark; you could have said the same thing about him just about any week over the past few years. But this particular statement seemed important, because it involved a lie that has a direct bearing on how America will respond to Russia’s invasion of Ukraine. Here’s what McCarthy tweeted: “These are not Putin gas prices. They are President Biden gas prices.” Now, that’s just false. You can argue about how much responsibility Joe Biden’s policies bear for inflation in other parts of the economy, but the rising price of gasoline reflects the rising world price of crude oil, which hasn’t been significantly affected by anything Biden has done. And soaring crude prices have caused prices at the pump to surge in nations around the world, indeed by roughly the same amount. That is, these really are Putin gas prices. Why does this matter? Aside from the crassness of McCarthy’s attempt to blame Biden for something that really, truly isn’t his fault, there’s an important economic issue here. Like it or not, the world is facing a Putin shock: a surge in the prices of oil and other commodities as

a consequence both of Russian aggression and of the West’s retaliation with economic sanctions. But will the Putin shock lead to a recession (outside Russia itself, which is probably facing a near-depression)? The answer is that it doesn’t have to; we can avoid having a Putin recession. Whether we do depends on our policy response. And to get this response right, we’ll need to be clearheaded about the nature of the problem. This isn’t the first time we’ve faced a surge in oil prices driven by events outside the United States. The famous examples are the price surges after the 1973 Yom Kippur War and the 1979 Iranian revolution, but there are other big examples, such as the price surge of 2010-2011 as the world economy recovered from the 2008 financial crisis. That surge, by the way, raised gasoline prices very sharply; relative to the average worker’s wages, they hit a peak equivalent to more than $5 a gallon today. The broader economic consequences of those earlier shocks, however, varied considerably. The oil shocks of the 1970s were followed by severe U.S. recessions; the 2010-11 shock didn’t derail the ongoing economic recovery at all. What was different? Way back in 1997 Ben Bernanke, Mark Gertler and Mark Watson published a classic analysis of the effects of oil price surges on the U.S. economy. They concluded that the recessions that often followed oil shocks mainly reflected “the endogenous monetary policy response.” In English (more or less), recessions happened not because oil prices went up, but because the Fed, fearing a wage-price spiral, responded to rising oil prices by sharply raising interest rates. And that’s precisely what didn’t happen in 20102011. Despite intense pressure from Republicans who warned that the dollar was being debased, Bernanke — by then the chairman of the Fed — and his colleagues stayed the course, keeping rates low. And the Fed’s refusal to hike rates was vindicated by events: Gas prices leveled off, inflation didn’t take off, and the economy continued to grow. What does that experience tell us about the current situation? If U.S. inflation were low, the right policy would be obvious: don’t raise interest rates. Unfortunately, we’ve come into the Putin shock with uncomfortably high inflation. And while I’m usually a dove on such matters, I do believe that the Fed should be taking its foot off the gas pedal. That is, it should be gradually raising interest rates to cool off an economy that looks somewhat overheated. What the Fed should not do, however, is allow itself to be bullied into slamming on the brakes, drastically raising interest rates the way it did in the 1970s.

Rising oil prices will lead to some big inflation numbers over the next few months, and there will be a lot of pressure on the Fed to overreact. Some of this pressure will be coming from people like McCarthy, who insist in the teeth of the facts that high gasoline prices are being caused by domestic policy choices. Some of it will be coming from permahawks, in whose minds we’re always about to see a reboot of that ’70s show. But 2022 isn’t 1979. Current inflation is high, as are expectations of inflation over the next year, but medium-term expectations of inflation haven’t gone up much and are nowhere near their levels circa 1980. This suggests that inflation isn’t getting entrenched in the economy. If the economy cools off a bit and the inflationary shock from oil prices is, as I expect it to be, a one-off affair, we’ll do OK if the Fed just keeps calm and carries on. Could I be wrong? Of course. But consider the costs of being wrong in the opposite direction and slamming on the brakes unnecessarily. Right now, it looks as if steady policy can keep the Putin shock from turning into the Putin recession. And that’s the result we want to achieve if at all possible.

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Gobernador promociona a Puerto Rico como eje del Desarrollo Económico en Miami POR CYBERNEWS

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IAMI, Florida – El gobernador Pedro Pierluisi, destacó el martes en un foro sobre Puerto Rico celebrado en Miami, el aumento en el desarrollo económico de la Isla y las oportunidades de inversión. Reiteró que Puerto Rico se encuentra ahora en un mejor camino ya que logró reestructurar y reducir la deuda del Gobierno, lo que permitirá un mayor enfoque en un futuro de progreso. “Por muchos años hemos visto como puertorriqueñas y puertorriqueños se han mudado al estado de la Florida para trabajar y vivir. Ahora estamos ante un futuro prometedor, con mejor estabilidad económica y oportunidades de trabajo, lo que ha permitido que residentes y comerciantes no solo quieran regresar a la Isla, sino también invertir. Podemos decir que ya hay movimiento en ambas direcciones que beneficiará tanto a Puerto Rico como el estado de Florida”, dijo Pierluisi en The Puerto Rico Symposium llevado a cabo en Miami e impulsado por la Asociación de Constructores de Puerto Rico y el Urban Land Institute’s Southeast Florida/ Caribbean District Council. El gobernador añadió en su mensaje que, “como gobierno, estamos implementando las mejores prácticas financieras para mantener y sostener la estabilidad fiscal, incluyendo presupuestos balanceados. Todo esto con un apoyo nunca antes visto por parte del gobierno federal, lo que ha permitido que la Isla experimente mayor crecimiento económico”. Durante su alocución, el gobernador presentó los escenarios de inversión y desarrollo, particularmente en todo lo relacionado a la reconstrucción e infraestructura, con mayor énfasis en las alianzas público-privadas, así como en el turismo. “Nuestro modelo de alianzas público-privadas ha demostrado ser efectivo y con soluciones innovadoras para nuestras necesidades de in-

fraestructura”, comentó al añadir que el gobierno busca que el ecosistema empresarial de la Isla sea uno robusto y la economía sea una de clase global enfocada en la competitividad con metas claras y medibles. Pierluisi recordó que, a raíz de los desastres naturales de 2017-los terremotos de 2020 y la pandemia del COVID-19, Puerto Rico, por primera vez en su historia, tiene acceso a fondos federales para proporcionar las viviendas necesarias y reconstruir la Isla con proyectos de infraestructura resilientes que cumplan con los códigos pertinentes. Mencionó que aparte de esto, y con la disponibilidad de fondos CDBG-DR para financiar obras públicas y proyectos de vivienda en toda la Isla, la actual administración ha asignado más de 300 millones de dólares para sistemas de energía renovable en hogares y pequeñas empresas al igual que 800 millones de dólares vinculados a proyectos de impacto económico. Por otra parte, el gobernador reiteró que los proyectos estratégicos para la reconstrucción tendrán prioridad y se comprometió a renovar el proceso de otorgación

de permisos en la Isla. Además, hizo un recuento de los proyectos encaminados de reconstrucción en energía eléctrica, acueductos y alcantarillados, así como en las carreteras. Igualmente, habló sobre el aumento en las estadísticas de turismo y las oportunidades en este sector, así como la reducción en la tasa de desempleo y las alternativas de empleo en la Isla. Finalmente, presentó las oportunidades de desarrollo y de inversión como varias carreteras estatales que están en etapa de diseño y planificación. Algunas de estas son la PR-10 entre Ponce y Arecibo, la conversión a expreso de la PR-2 entre Camuy y Aguadilla, la conversión a expreso de la PR-2 entre Ponce y Mayagüez, y la ampliación de la PR-5 entre Bayamón y Naranjito. También, los aeropuertos regionales de Ponce y Aguadilla, el Puerto de San Juan, marinas y puertos, las expansiones de Bahía Urbana y el Centro de Convenciones, el nuevo Hospital de Trauma, proyectos de manejo de desperdicios sólidos y reciclaje alrededor de toda la Isla y el redesarrollo de la antigua Base Naval de Roosevelt Roads en Ceiba.

DACO sostiene que ha tenido que llevar al tribunal a tres compañías de placas solares que se niegan a cumplirle a los consumidores POR CYBERNEWS

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AN JUAN – El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) hizo un llamado este martes, a los consumidores para que asesoren bien antes de contratar los servicios de instalación y/o mantenimiento de placas solares. “Se trata de productos y servicios costosos, en torno a los cuales se han presentado una gran cantidad de querellas en la agencia por alegados

incumplimientos”, señaló el secretario, Edan Rivera Rodríguez en declaraciones escritas. Explicó que “como agencia, el DACO tiene una jurisdicción bastante limitada sobre este tema”. En los pasados dos años, en el DACO se han radicado un total de 653 querellas relacionadas a placas solares. De estas, 241 corresponden a la Regional de San Juan; 70 a la de Arecibo; 168 de Ponce, 141 de Mayagüez y 33 de Caguas.


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‘Encanto’ may be accurate, but can it carry a whole country? By LAURA ZORNOSA

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ncanto” wasn’t always set in Colombia. The germ of the idea for the Disney feature can be traced to 2016, when “Encanto” directors Jared Bush and Byron Howard were still working on “Zootopia.” They knew they wanted to tell a story about family — and how family members can struggle to truly see one another. Then they asked: Where should this movie take place? Enter Natalie Osma and Juan Rendon, two Colombian filmmakers who worked on the behind-the-scenes documentary “Imagining Zootopia.” “As we were trying to figure out all of these perspectives and how to bring all the wonders and splinters of Latin America in a way that felt real,” Bush said, “they were like, ‘It’s the crossroads. Everything you can imagine is there.’” Osma and Rendon both became members of the Colombian Cultural Trust, a 10-member group of specialists — historians and anthropologists, biologists and botanists — dedicated to the movie’s details. “Encanto” has been praised for its cultural accuracy. And many Colombians and Colombian Americans loved the film — but it has also started a debate: What can and can’t one movie capture about a country? Whether it’s the racial dynamics that exist today or a strong sense of place in a country one-ninth the size of the United States, the film’s portrayal of nuanced and critical topics has sparked countless discussions among those of Colombian descent. “I found it charming,” writer and editor Camilo Garzón said. “I found it beautiful. At the same time, it fell short in terms of what representation for representation’s sake can be.” He explained, “In the spirit of American meliorism, the criticism is to make things better, not necessarily because I didn’t like it.” Colombia, located where Central and South America meet, is home to more than 50 million inhabitants, and its rich cultural heritage reflects influences from Indigenous populations, European colonization, enslaved African people and later immigration. In Hollywood, the nation has been used mainly to tell stories about drugs, drug lords and violence — known as narconovelas — and that is why “Encanto” means so much: The country has never received treatment like this from a major American studio before. The film, which is up for the Oscar for best animated feature this month — follows the Madrigals. Years ago, Alma Madrigal fled her home to escape armed conflict. She saved her three infants but lost her husband. Devastated, the matriarch clung to the candle lighting her way, which became enchanted. Its magic imbues her family

The Madrigal family in “Encanto.” The filmmakers convened experts to get the Colombian details correct. members with fantastical gifts when they come of age — except for Alma’s youngest granddaughter, Mirabel. In 2018, Bush; Howard; executive music producer Tom MacDougall; Lin-Manuel Miranda, who wrote eight songs for the film; and Miranda’s father, Luis Miranda Jr., credited as a story consultant, traveled through Colombia for two weeks on a research trip. They started in sunny Cartagena on the Caribbean coast; drove roughly an hour and a half to San Basilio de Palenque; visited in and around the capital, Bogotá; and saw Bucaramanga, the city of parks. In Barichara, they heard traditional bambuco music, which would inspire the song “Waiting on a Miracle.” They ended in the Eje Cafetero, the coffee-growing region, including Salento and the Valle de Cocora. The soaring wax palm trees of the valley would later feature heavily on screen. The research process continued throughout the five years of production. Familia, a group of Latino Disney employees, was assembled to share personal perspectives that would help shape the film. Iterations of the project were screened about eight times, said a producer of the film, Yvett Merino. Familia, which she is part of, watched each time and read early scripts. “I joke that they were like true family, because they gave us true feedback,” Merino said. “When they didn’t like something, they really let us know.” The opposite held true, too: Members of the Colombian Cultural Trust made clear what they thought should be included, like the storyline of conflict and displacement. In 2016, the Colombian government signed a peace deal with the largest guerrilla group, the Revolutionary Armed Forces of Colombia, supposedly heralding the end of a conflict that had left more than 220,000 people dead over more than a half-century. “We were repeatedly asked, ‘Please don’t shy away from that; that is part of our history,’” Bush said. “By going through it, you also see the incredible resilience of

Colombians.” Garzón was born in Bogotá and moved to the U.S. at the age of 18. “It’s beautiful to see different things that you’re like, ‘Oh, my God, this makes me feel back at home,’” he said. “And at the same time, that’s not home, because home wouldn’t look like that.” He contrasted the pueblo surrounding the Madrigal family’s enchanted house with the town of Macondo, where Colombian author Gabriel García Márquez set his novel “100 Years of Solitude.” Both are fictional, but Macondo is believed to be based on Aracataca, García Márquez’s actual childhood home, while the pueblo is an amalgam of Colombian sites. “That cheapens the places, cheapens the significance of the geographies,” said Garzón, who critiqued the film’s generic setting in an article for Intervenxions, an online publication of the Latinx Project at New York University. He also saw a family whose members looked deeply different from one another but lived in harmony — without ever talking about how race affects their lives. This, he said, was unrealistic: It was a representation of Colombia projected from an American perspective. But as he kept watching, he began to see the film’s depiction instead as an ideal to strive for — whether or not that was the filmmakers’ intent. Lina Britto, an associate professor of Latin American and Caribbean history at Northwestern University, agreed with the criticisms about place and race. “But I think expecting that from a movie like this would be not understanding the alphabet that they are using to write the story,” she said. “And the alphabet is the alphabet of magical realism.” The professor, who is from Colombia, said accuracy was not necessarily a concern or a goal in magical realism. She said the film’s premise — that the Madrigals received magical gifts as a result of overcoming tragedy — could open up a conversation about the history and reality of Colombia in an artistic manner. “Each person has his own unique talent,” Britto said, “that is the product of each one of them transmuting the trauma into something special and something unique and something that is going to be of service to others, not just to themselves.” Britto views each gift or talent as a form of justice and reparation — which, she said, is “absolutely crucial” to Colombia at this moment as the peace deal between the government and the Revolutionary Armed Forces of Colombia threatens to unravel. In the courage of the young protagonist, Mirabel, and the receptiveness of young viewers, though, she sees hope for the future. “It’s the audience — and the insightfulness, the intelligence, the open-mindedness of this generation,” Britto said, “that has pushed older people — the producers, the creators — to be more daring.”


The San Juan Daily Star The San Juan Daily Star

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Wednesday, March 4, 2020

Wednesday, March 16, 2022

Suzanne Ujaque: By IRIS EDÉN SANTIAGO Special to The STAR

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FASHION

A force to be reckoned with

A

uthentic. Engaging. Inspiring. Suzanne Ujaque is most definitely a force to be reckoned with. Little did the blogger and influencer know that her charismatic personality would pave the road to a successful career in advertising and public relations. And without even trying, she also developed her own brand addressing issues like self-esteem, body positivity, shape diversity and inclusion in her online platforms. With an audience of 86,000 followers on Instagram, the Mayagüez native is breaking barriers and changing lives, one post at a time. “I wake up every morning feeling like I’m queen of the world,” said the entrepreneur and motivational speaker. “You have to love yourself and celebrate your body. … Your weight does not define you. Women need to stop devaluating their bodies and start embracing their curves.” Her enthusiasm and passion are contagious. Ujaque wants women of all ages, especially the younger generations, to know there are no limits and no rules. Younger girls, she noted, need to understand they are all perfect just the way they are. “I want them to have real role models to look up to,” she emphasized. “I want them to know we are all fabulous; that with energy, passion, commitment and good intentions we can

do anything.” A natural born stylist, she admits owing her sharp fashion sense and confidence to her icon, her mother Susana Guzmán. “I remember my mother being very fashionable always, her closet very organized, full of fabulous shoes in every color — I would tell myself, I want to be like her,” she recalled. “My mother always encouraged me, and celebrated me. She’d take me every week to a seamstress who would make me the dresses that I wanted, not what stores dictated I had to wear. Not once did my mom tell me I was too chubby for a design. To the contrary, she built up my confidence and self-esteem with pretty clothes and loving care.” The creator of @sustyletv on IG and sustyle.com connects with her audience by curating fresh content on a daily basis. She made a name for herself by posting photos, stories and videos of herself rocking trendy runway looks and sharing fashion tips, tricks and ways to build up your wardrobe. “Don’t shy away from polka dots or colorful patterns,” she tells her audience. “Wear bright colors, cropped tops, and by all means wear white! Who said curvy women can’t wear white? Say no to stigmas thought by others in the old days.” Her mantra is, “Pamper yourself, love yourself, celebrate yourself.” Through positive messages, Ujaque is empowering women who struggle with confidence, strengthening their self-esteem. “It is my mission,” she said. “I want to impact

the lives of these beautiful women and help them be strong, proud, supremely confident and happy.” The influencer also shares cooking recipes, designer cocktails and the latest in home decoration. Her page, which also includes life with her @luahpoodle, is an invitation to her home, meetings, workplace and projects. “I’m passionate about everything I do,” she said. “And I love sharing tips. What works for me can inspire you.” Trained in London and New York, where the relatable powerhouse learned the ropes of the business, Ujaque will host the fourth annual “Sustyle Expo” at the Puerto Rico Convention Center on April 30. Among the events planned for the Expo: fashion shows, health and nutrition clinics and beauty demonstrations. Those interested may contact organizers through Ujaque’s platforms. The event is free of charge, but attendees must register to get tickets. Suzanne Ujaque currently hosts her own television segment in Telemundo Miami’s “Hoy Día” morning show. Previously she hosted radio and television segments in Puerto Rico, namely on Univisión, Fidelity and Estereotempo. She is also a popular motivational speaker, plus size expert and fashion consultant available for private and corporate events.


22 LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN

ORIENTAL BANK

Parte Demandante V.

KEINEY JOEL GRAU ORTIZ

Parte Demandada Civil Núm.: SJ2019CV02016. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, hago saber a la parte demandada KEINEY JOEL GRAU ORTIZ y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 10 de diciembre de 2021, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $175,500.00 y al mejor postor, pagadero en efectivo, cheque de gerente o giro postal, a nombre del alguacil del tribunal, la propiedad que se describe a continuación: COND. CAMINOS VERDES APT 904, SAN JUAN, PR 00926-7828, y que se describe de la siguiente manera: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento novecientos cuatro (904): apartamento residencial del segundo piso del Condominio Caminos Verdes, edificio ‘C’ módulo nueve (9), localizado en el barrio Cupey del municipio de San Juan, Puerto Rico. Apartamento de un solo nivel, compuesto de sala-comedor, cocina, balcón y un pasillo de acceso a las otras dependencias del apartamento, que incluyen un área de lavandería, un cuarto dormitorio principal con vestidor y baño, dos (2) cuartos dormitorios adicionales con sus closets y otro baño, con un área superficial de mil trescientos cuarenta punto sesenta y tres (1,340.63) pies cuadrados, equivalentes a ciento veinticuatro punto quinientos cuarenta y ocho (124.548) metros cuadrados. Su puerta de entrada se encuentra en su colindancia Norte la cual da acceso directamente al vestíbulo de dicho piso, que a su vez da acceso a las áreas comunes generales de la propiedad y a los estacionamientos que a su vez conducen a la vía pública. En lindes por el NORTE, en cuatro (4) alineaciones que suman cuarenta pies diez pulgadas (40’10’), con elemento común exterior, con el área del pasillo que conduce a las escaleras

@

que dan acceso al exterior del edificio y con apartamento número novecientos tres (903); por el SUR, en alineaciones que suman treinta y nueve pies dos pulgadas (39’2’), con elemento común exterior y con apartamento número mil tres (1003); por el OESTE, en cinco (5) alineaciones que suman cuarenta y cinco pies siete pulgadas (45’7’), con elemento común exterior del edificio; y por el ESTE, en cinco (5) alineaciones que suman cuarenta y cinco pies (45’), con elementos común exterior. Le corresponde a este apartamento una participación de los elementos comunes generales del inmueble de cero punto setenta y cuatro por ciento (0.74%). Le corresponden de forma exclusiva, permanente e inseparable los estacionamientos número veintitrés (23) y número ciento cuatro (104) debidamente marcados y número dos (2) de conformidad al plano de estacionamiento. Finca 19483 inscrita al folio 1 del tomo 620 de Río Piedras Sur, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección IV. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA en garantía de pagaré a favor de Doral Mortgage, LLC, o a su orden, por la suma de $175,500.00 con intereses al 5.125% anual y vencimiento 1 de junio de 2040. Constituida por la Escritura 109 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 27 de mayo de 2010, ante el notario Manuel E. Maldonado Pérez, inscrita al folio 69 del tomo 827 de Río Piedras Sur, finca 19483, inscripción 3, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección IV. (ii) AVISO DE DEMANDA con fecha 18 de octubre de 2018, seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número SJ2018CV08680, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Scotiabank Puerto Rico, demandante v. Keiney [sic] Joel Grau Ortiz, demandado. Por la misma se reclama el pago de $154,733.89, más otras sumas. Anotada el 17 de junio de 2019 al Tomo Karibe, finca 19483 de Río Piedras Sur, anotación “A”. (iii) AVISO DE DEMANDA con fecha 28 de febrero de 2019, seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número SJ2019CV02016, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Scotiabank Puerto Rico, demandante v. Keiney [sic] Joel Grau Ortiz, demandado. Por la misma se reclama el pago de $154,733.89, más otras sumas. Anotada el 17 de junio de 2019 al Tomo Karibe, finca 19483 de Río Piedras Sur, anotación “B”.

La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 10 de diciembre de 2019, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $154,733.89 de principal por concepto de préstamo hipotecario, con intereses al 5.125% desde el 1 de junio de 2017 hasta su completo pago, cargos por demoras mensuales, las cantidades de contribuciones e impuestos, primas de seguro contra riesgo y seguro de hipoteca hasta su completo pago, más la cantidad de $17,550.00 para costas, gastos y honorarios de abogado. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 4 DE ABRIL DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $175,500.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 11 DE ABRIL DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $117,000.00. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 19 DE ABRIL DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $87,750.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de

staredictos@thesanjuandailystar.com

cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En San Juan, Puerto Rico, hoy 23 de febrero de 2022. ERIK F. OSUNA ACEVEDO, ALGUACIL AUXILIAR, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.

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LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA.

ORIENTAL BANK

Parte Demandante v.

SUCESION DE CHICO REDICKS PENNINGTON COMPUESTA POR NELLIE MARTINEZ ROSARIO, Y JOHN DOE Y JANE DOE

(787) 743-3346

Wednesday, March 16, 2022 COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS; NELLIE MARTINEZ ROSARIO

Parte Demandada CIVIL NUM. CA2020CV02735. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. SS.. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, hago saber a la parte demandada SUCESIÓN DE CHICO REDICKS PENNINGTON COMPUESTA POR NELLIE MARTINEZ ROSARIO, Y JOHN DOE Y JANE DOE COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS, NELLIE MARTINEZ ROSARIO, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 29 de noviembre de 2021, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $125,150.00 y al mejor postor, pagadero en efectivo, cheque de gerente o giro postal, a nombre del alguacil del tribunal, la propiedad que se describe a continuación: 2 E LAGUNA GARDENS II, CAROLINA, PR 00926, y que se describe de la siguiente manera: URBANA: Residential Apartment number Two-E of rectangular shape located in Laguna Gardens Condominium II, which in turn is located at kilometer eight, hectometer two of state road number Twenty Six in the Ward of Cangrejo Arriba, Municipality of Carolina, with a total private area of eight hundred eighty one square feet “gross” being its lineal measurement thirty four feet and six inches long by twenty five feet and six inches wide and its boundaries access and description as follows: by the NORTH, with apartment Two-F; by the EAST, with garden and parking areas; by the SOUTH, with apartment Two-D; and by the WEST, with corridor of the floor. Its main door has access to the corridor of the floor. Finca 13490 inscrita al folio 72 del tomo 355 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección I. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA: Constituida por Nellie Martínez Rosario y Chico Redicks Pennington, en garantía de un pagare a favor de r-g Premier Bank of Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $125,150.00, intereses al 7 3/4% anual y a vencer el 1 de diciembre del año 2036, según consta de la escritura #670, otorgada en Bayamón, el 10 de noviembre de

2006, ante el notario Ahmed E. Arroyo Romeu, inscrita al folio 142 del tomo 975 de Carolina, finca 13490, inscripción 12, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección I. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 13 de septiembre de 2021, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $102,204.68 de principal, $7,260.77 de interés que continuarán acumulándose a $21.7009 diariamente desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el saldo total, más cargos por demora mensuales, más las cantidades debidas de contribuciones e impuestos, primas de seguro contra riesgo y seguro de hipoteca hasta su completo pago, más la cantidad de $12,515.00 estipulados para costas, gastos y honorarios de abogados en caso de reclamación judicial, cantidades todas garantizadas por la hipoteca. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 20 de abril de 2022 a las 2:00 de la tarde, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $125,150.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 27 de abril de 2022 a las 2:00 de la tarde, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $83,433.33. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 4 de mayo de 2022 a las 2:00 de la tarde, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $62,575.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente,

The San Juan Daily Star entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Carolina, Puerto Rico, hoy 4 de febrero de 2022. ENRIQUE VERGE HERNANDEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA.

Demandada Civil Núm.: FA2019CV01414. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA.

A: SAUL RODRIGUEZ SANTIAGO; Y AL PUBLICO EN GENERAL:

El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Fajardo, Fajardo, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, y al PUBLICO EN GENERAL: y a todos los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surjan de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante a saber. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 13 de enero de 2022, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: Dirección Física: Villa Clarita G-18 Calle 1 Fajardo Puerto Rico 00738-4358: URBANA: Solar radicado en la urbanización Villa Clarita, situada en el Barrio Florencio del término municipal de Fajardo, marcado con el # G-18. Con un área de 783.90 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 46.55 metros; con el solar #17 del dicho bloque, por el SUR, en 43.37 metros, con el solar # 19 de dicha urbanización; por el ESTE; en 13.09 metros, con la calle #1 de dicha Urbanización, y por el OESTE, en 22.09 metros con la carretera municipal. Contiene una casa de concreto. Inscrita al folio 235 del tomo 288 de Fajardo, finca número 12,149, Registro de la Propiedad de Fajardo. El producto de la subasta se destinaLEGAL NOT ICE rá a satisfacer al demandante ESTADO LIBRE ASOCIADO hasta donde alcance, la SENDE PUERTO RICO TRIBUTENCIA dictada a su favor, el NAL DE PRIMERA INSTANCIA día 9 de julio de 2021 en el preSALA DE FAJARDO sente caso civil, a saber, tiene APEX BANK la suma de $64,336.46 el cual Demandante V. se desglosa en $60,243.71 de SAUL RODRIGUEZ principal; $3,770.63 de intereSANTIAGO ses al 6.50% los cuales se acu-


The San Juan Daily Star mulan a razón de $10.88 al día (“per diem”) hasta el saldo de la deuda; $189.60 por concepto de cargos por atraso; $132.52 de seguro (“FPI”), más costas, gastos y la suma de $8,303.00 por concepto de honorarios de abogado, según pactados. Los intereses se continúan acumulando, hasta el saldo total de la deuda, para cubrir el principal adeudadio, disponiendose que si quedare algun remanente luego de apgarese las sumas antes mencionadas del mismo debera ser depositado en la Secretaria del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 6 DE JULIO DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $85,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 13 DE JULIO DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $56,666.6725, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 20 DE JULIO DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $42,500.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confir-

Wednesday, March 16, 2022

mada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 04 de febrero de 2022. SHIRLEY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, ALGUACIL REGIONAL #161. DENISE BRUNO ORTIZ, ALGUACIL AUXILIAR #266, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE FAJARDO.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

DANAEL RODRÍGUEZ TORRES, LETICIA MACEIRA RÍOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Parte Demandada Civil Núm.: FA2021CV00547. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA “IN REM”. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil

que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 1 de noviembre de 2021, la Orden de Ejecución de Sentencia del 23 de diciembre de 2021 y el Mandamiento de Ejecución del 23 de diciembre de 2021 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 6 DE JULIO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, Ave. Marcelito Gotay esquina Barriada Jerusalén, Fajardo, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, cheque de gerente o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal; todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Urbanización Extensión Estancias Del Sol de Río Grande. Solar: A-1. Cabida: 1411.5557 metros cuadrados. Linderos por el NORTE: en 48.560 metros con el lote A guion dos (2) del mismo bloque; por el SUR: en 52.180 metros, con la urbanización Estancias del Sol; por el ESTE: en 10.880 metros, con la Calle Número Uno (1) de la Urbanización; por el OESTE: en 45.262 metros con la carretera número novecientos cincuenta y nueve (959). Enclava una estructura de bloques y concreto a destinarse para vivienda familiar, compuesta de tres (3) cuartos dormitorios, dos (2) cuartos de baño área de sala, área de cocina, área de comedor, área de laundry y marquesina doble para automóviles. Como parte del equipo de la vivienda, incluye un calentador eléctrico de agua. Afecto a servidumbre para líneas telefónicas en una franja de 1.52 metros de ancho en la colindancia Este. Contiene un talud de 647.2421 metros cuadrados a todo lo largo de su colindancia Oeste. Afecto además a servidumbre eléctrica de 1.52 metros de ancho y 0.30 metros, más largo que la distancia entre el ancla del tensor y el poste en la esquina de su colindancia Noreste. Contiene además una berma que discurre a lo largo y ancho de su colindancia de Norte a Sur. Afecto además a servidumbre para la distribución de telecomunicaciones y televisión por cable en una franja de 5’ de ancho a lo largo de su colindancia Este. La propiedad consta inscrita al tomo Karibe de Río Grande, Finca 30425. Registro de la Propiedad de Carolina, Sección III. La escritura de hipoteca consta inscrita al tomo Karibe de Río Grande, Finca 30425. Registro de la Propiedad de Carolina, Sección III. Inscripción segunda. DIRECCIÓN FÍSICA: URB. ESTANCIAS DEL SOL, A1 CALLE 1, RÍO GRANDE PR 00745. SUBAS-

TAS: FECHAS: PRIMERA: 6 DE JULIO DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $103,276.00. SEGUNDA: 13 DE JULIO DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $68,850.66. TERCERA: 20 DE JULIO DE 2022 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $51,638.00. El tipo mínimo para la primera subasta será de $103,276.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 13 DE JULIO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $68,850.66. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 20 DE JULIO DE 2022, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $51,638.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $83,571.65 de principal, más intereses sobre dicha suma al 5% anual desde el 1 de diciembre de 2019 hasta su completo pago, más $207.57 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $10,327.60 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesan los siguientes gravámenes posteriores a la hipoteca que por la presente ejecutar: a. Hipoteca: Constituida por Danael (así consta) Rodríguez Torres y su esposa, Leticia Maceira Ríos, en garantía a un a un pagaré a favor de Popular Mortgage, Inc, o a su orden, por la suma de $25,000.00, sus intereses al 5½% anual y vencedero el 1 de mayo de 2040, según consta de la escritura #209, otorgada en San Juan, el 9 de abril de 2010, ante el notario Félix Vega Fournier. Inscrita al Tomo Karibe de Río Grande, finca #30425, inscripción 3ra. b. Bitácora: AL ASIENTO 2021-100787-CR03, el 12 de agosto de 2021, Demanda de fecha 20 de julio de 2021, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo, en el caso civil número FA2021CV00547, seguido por Banco Popular de Puerto Rico vs. Danael (así consta) Rodríguez Torres y su esposa, Leticia Maceira Ríos, sobre

cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía IN REM, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $83,571.65 y otras cantidades, o la venta en pública subasta de la propiedad. Pendiente anotación. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se le advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Fajardo Puerto Rico, hoy 14 de febrero de 2022. SHIRLEY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, Alguacil Regional #161. DENISE BRUNO ORTIZ, Alguacil Auxiliar #266, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO

ORIENTAL BANK Demandante V.

CARLOS JAVIER TORRES TORRES

Demandado Civil Núm.: AR2021CV01301. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera

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Instancia, Sala Superior de Arecibo, hago saber a la parte demandada CARLOS JAVIER TORRES TORRES y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 7 de diciembre de 2021, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $196,900.00 y al mejor postor, pagadero en efectivo, cheque de gerente o giro postal, a nombre del alguacil del tribunal, la propiedad que se describe a continuación: BO. DOMINGUITO, PARCELA G (PR-129 KM 8.8 INT, LOTE G, DOMINGUITO WARD) ARECIBO PR 00612, y que se describe de la siguiente manera: URBANA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Dominguito del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, marcado con la letra “F” del plano de inscripción con una cabida superficial de 864.4671 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en dos alineaciones descontinuas, una de 11.78 metros y otra de 9.01 metros, con faja de terreno dedicada a uso público; por el SUR, en 15.78 metros con la finca principal de la cual se segrega; por el ESTE, en 45.02 metros con la parcela marcada bajo la letra “F” del plano de inscripción; por el OESTE, en 52.60 metros con la parcela marcada bajo la letra “H” del plano de inscripción. Finca 20112 inscrita al folio 35 del tomo 484 de Arecibo, Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección I. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Oriental Bank, o a su orden, por la suma de $196,900.00, con intereses al 6.50% anual y vencimiento 1 de mayo de 2044. Constituida mediante la escritura 83 otorgada en Hatillo el 28 de abril de 2014 ante el notario Juan Surillo Pumarada. Inscrita al folio 91 del tomo 1345 de Arecibo, finca 20112, inscripción 21, Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección I. (ii) EMBARGO a favor de Estado Libre Asociado de Puerto Rico contra Carlos Torres Torres, seguro social número xxx-xx-7140, por la suma de $101,805.55, emitido mediante certificación expedida el 25 de abril de 2017 por el Departamento de Hacienda, caso ARE-17-1740, por concepto de Contribuciones sobre Ingresos. Anotado el 5 de agosto de 2017 al Tomo Karibe. SUBORDINADO a la hipoteca de $196,900.00, inscrita al folio 91 del tomo 1345 de Arecibo, mediante Certificación para Subordinar Anotaciones de Embargos sin Cambio de Prioridad emitida el 20 de septiembre de 2021 por el Departamento de Hacienda. Anotada el 20 de septiembre de 2021 al Tomo Karibe. (iii) EMBARGO a favor de Estado Libre Asociado

de Puerto Rico contra Carlos Torres Torres, seguro social número xxx-xx-7140, por la suma de $49,524.63, emitido mediante certificación expedida el 26 [sic] de mayo de 2017 por el Departamento de Hacienda, caso ARE-17-1740A, por concepto de Contribuciones sobre Ingresos. Anotado el 5 [sic] de mayo de 2017 al Tomo Karibe. SUBORDINADO a la hipoteca de $196,900.00, inscrita al folio 91 del tomo 1345 de Arecibo, mediante Certificación para Subordinar Anotaciones de Embargos sin Cambio de Prioridad emitida el 20 de septiembre de 2021 por el Departamento de Hacienda. Anotada el 21 de septiembre de 2021 al Tomo Karibe. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 1 de noviembre de 2021, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $181,807.55 de principal, más $5,908.75 interés que continuarán acumulándose hasta el saldo total al 6.5% anual, $425.42 de escrow balance, $782.50 de cargos por demora, $6,974.78 de otros cargos, $19,690.00 de costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 5 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $196,900.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 12 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $131,266.67. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 20 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $98,450.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto

en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Arecibo, Puerto Rico, hoy 15 de febrero de 2022. ÁNGEL DE JESÚS TORRES, PÉREZ, ALGUACIL #770, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE ARECIBO.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBU-


24 NAL DE PRIMERA INSTANCIA ma Urbanización; por el ESTE SALA SUPERIOR DE SALI- y OESTE, en una alineación NAS de catorce punto setecientos REVERSE MORTGAGE ocho (14.708) metros, con faja de servidumbre de uno punto FUNDING LLC. cincuenta y dos (1.52) metros Demandante Vs. de ancho para servicio de teléPEDRO ANTONIO fono. Enclava sobre este solar ALICEA ROSA T/C/C una casa de vivienda para una PEDRO A. ALICEA POR familia, de bloques y hormigón reforzado, de una sola planta. SI Y EN LA CUOTA Con tres habitaciones, dos baUSUFRUCTUARIA; ños y marquesina doble”. InsSUCESION SARA crita al folio 62 del tomo 286 de ELISA RIVERO LUGO Salinas, finca 12,204, Registro T/C/C SARAH RIVERA de la Propiedad de Guayama. COMPUESTA POR JOHN Propiedad localizada en: URCORALES DEL DOE Y JANE DOE COMO BANIZACION MAR, B-2 CALLE 1, SALINAS, POSIBLES HEREDEROS PR 00751. Según figuran en DESCONOCIDOS; la certificación registral, la ESTADOS UNIDOS DE propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes AMERICA; CENTRO anteriores o preferenDE RECAUDACION DE cargas tes: Nombre del Titular: N/A. INGRESOS MUNICIPALES Suma de la Carga: N/A. Fecha Demandados de Vencimiento: N/A. Según Civil Núm.: GM2020CV00344. figuran en la certificación reSobre: EJECUCIÓN DE HIPO- gistral, la propiedad objeto de TECA. EDICTO DE SUBASTA. ejecución está gravada por ESTADOS UNIDOS DE AMÉ- las siguientes cargas posterioRICA, EL PRESIDENTE DE res a la inscripción del crédito LOS ESTADOS UNIDOS, EL ejecutante: Nombre del Titular: ESTADO LIBRE ASOCIADO Secretario de la Vivienda y DE PUERTO RICO, SS. Desarrollo Urbano. Suma de A: LA PARTE la Carga: $187,500.00. Fecha de Vencimiento: 1 de julio de DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE 2084. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante HACIENDA DE PUERTO la titularidad de la propiedad RICO Y AL PÚBLICO y que todas las cargas y graGENERAL: vámenes anteriores y los preCertifico y Hago Constar: Que ferentes al crédito ejecutante en cumplimiento con el Manda- antes descritos, si los hubiere, miento de Ejecución de Senten- continuarán subsistentes. El cia que me ha sido dirigido por rematante acepta dichas carel (la) Secretario(a) del Tribunal gas y gravámenes anteriores, de Primera Instancia, Sala Su- y queda subrogado en la resperior de Salinas, en el caso de ponsabilidad de los mismos, epígrafe, venderé en pública sin destinarse a su extinción el subasta y al mejor postor, por precio del remate. Se establece separado, de contado y por como tipo de mínima subasta la moneda de curso legal de los suma de $125,000.00, según Estados Unidos de América y/o acordado entre las partes en el Giro Postal y Cheque Certifica- precio pactado en la escritura do, en mi oficina ubicada en el de hipoteca. De ser necesaria Tribunal de Primera Instancia, una SEGUNDA SUBASTA por Sala de Salinas, el 6 DE ABRIL declararse desierta la primera, DE 2022, A LAS 10:30 DE LA la misma se celebrará en mi ofiMAÑANA, todo derecho título, cina, ubicada en el Tribunal de participación o interés que le Primera Instancia, Sala de Salicorresponda a la parte deman- nas, el 13 DE ABRIL DE 2022, dada o cualquiera de ellos en A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, el inmueble hipotecado objeto y se establece como mínima de ejecución que se describe a para dicha segunda subasta continuación: “URBANA: Solar la suma de $83,333.333, 2/3 y casa situado en la Urbaniza- partes del tipo mínima estableción Corales Del mar, localiza- cido originalmente. Si tampoco da en la Carretera PR #3, Km se produce remate ni adjudi157.8 del Barrio Pueblo en el cación en la segunda subasta, Municipio de Salinas, Puerto se establece como mínima Rico, según identificado y des- para la TERCERA SUBASTA, crito en el plano de inscripción. la suma de $62,500.00, la miSolar y casa número B-2 de tad (1/2) del precio pactado y la Sección Primera de la Calle dicha subasta se celebrará en Uno (1). Contiene un área de mi oficina, ubicada en el Tribu359.081 metros cuadrados, nal de Primera Instancia, Sala equivalente a 0.0912 cuerdas. de Salinas, el 20 DE ABRIL DE Colinda por el NORTE, en una 2022, A LAS 10:30 DE LA MAalineación de veinticuatro punto ÑANA. Dicha subasta se llevacuatrocientos (24.414) metros, rá a cabo para, con su producto con el Solar B-3 de la Urba- satisfacer a la parte demandannización Corales del Mar; por te, el importe de la Sentencia el SUR, en una alineación de dictada a su favor ascendente veinticuatro punto cuatrocien- a la suma de $111,647.83 por tos catorce (24.414) metros, concepto de principal, más la con solar número B-1 de la mis- suma de $10,381.54 en inte-

The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

reses acumulados al 31 de diciembre de 2020 y los cuales continúan acumulándose a razón de 2.96% anual hasta su total y completo pago; más la sumas de $3,969.38 en seguro hipotecario; $5,075.00 en tarifas de servicio; $1,158.00 en seguro; $450.00 de tasaciones; $220.00 de inspecciones; $2,145.00 de adelantos pendientes; más la cantidad de 10% del pagare original en la suma de $12,500.00, para gastos, costas y honorarios de abogado, esta última habrá de devengar intereses al máximo del tipo legal fijado por la oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aplicable a esta fecha, desde este mismo día hasta su total y completo saldo. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Salinas, Puerto Rico, hoy 22 de febrero de 2022. ÁNGEL MERCADO QUILES, ALGUACIL REGIONAL. IVETTE C. CARDONA BONILLA, ALGUACIL PLACA #024.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

MELVIN ALVARADO REYES, AIDA LUZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; JOSÉ ALBERTO LLAVONA VÁZQUEZ, CARMEN NELLY SANTOS SANTOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Parte Demandada Civil Núm.: GCD2016-0282. Sala: 301. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 21 de febrero de 2019; la Orden de Ejecución de Sentencia del 19 de octubre de 2021 y el Mandamiento de Ejecución del 20 de octubre de 2021 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 3 DE MAYO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Guayama, Sala Superior, en el Desvío José Torres, (Entrada de la Urb. Hacienda, al lado de la Comandancia de la Policía), Guayama, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado con el Número 17 del Bloque A en el plano de inscripción de la Urbanización Mansiones de Monte Verde, en el Barrio Rincón del Municipio de Cayey, Puerto Rico, con una cabida superficial de 582.37 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 26.50 metros, más 5.50 metros en arco, con la Calle Número Ocho (8) de la Urbanización; por el SUR, en una distancia de 30.00 metros, con el Solar Número 16 del bloque A; por el ESTE, en una distancia de 19.50 metros, con el Solar Número Uno (1) del bloque B; y por el OESTE, en una distancia de 16.00 metros, con la Calle Número Tres (3) de la Urbanización. En este solar enclava una estructura residencial de hormigón. El solar está afectado con una servidumbre de paso de 1.52 metros de ancho a todo lo largo de las colindancias Oeste y Norte a favor de Puerto Rico Telephone Company. La propiedad y la escritura de hipoteca constan inscritas al Folio 62 del Tomo 550 de Cayey, Finca Número 22,123. Registro de la Propiedad de Caguas, Sección I. Inscripción tercera. DIRECCIÓN FÍSICA: MANSIONES DE MONTE VERDE, BO. RINCÓN, BLOQUE A #17, CAYEY, PR 00953-2268. SUBASTAS: FECHAS: PRIMERA: 3 DE MAYO DE 2022 A LAS 2:00 DE LA TARDE. TIPO MÍNIMO: $242,200.00. SEGUNDA: 10 DE MAYO DE 2022 A LAS 2:00 DE LA TARDE. TIPO MÍNIMO: $161,466.66. TERCERA: 17 DE MAYO DE 2022 A LAS 2:00 DE LA TARDE. TIPO MÍNIMO: $121,100.00. El tipo mínimo para la primera subasta será de $242,200.00. De no haber adju-

dicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 10 DE MAYO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $161,466.66. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA, el día 17 DE MAYO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $121,100.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $63,404.68 de principal, más intereses sobre dicha suma al 5.5% anual desde el 1 de marzo de 2016 hasta su completo pago, más $593.70 de recargos adeudados desde el día 1 de abril de 2016 hasta su total pago, más la cantidad estipulada de $24,220.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa los siguientes gravámenes posteriores a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar: a. Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico Vs. Melvin Alvarado Reyes y su esposa Aida Luz Rodríguez Rodríguez y José Alberto Llavona Vázquez y su esposa Carmen Nelly Santos Santos, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama, en el Caso Civil Número GCD2016-0282, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca con un balance de $63,404.68 y otras cantidades, según Demanda de fecha 12 de septiembre de 2016. Anotada al Tomo Karibe de Cayey. Anotación A. b. Embargo Federal: Anotado contra M. Alvarado Reyes & A. Rodríguez Rodríguez, Seguro Social Número XXX-XX-2318, por la suma de $269.66, según Notificación Número 254697817, anotada el 8 de mayo de 2017, al Asiento 2017-003362-FED del Libro de Embargos Federales Karibe. c. Embargo Federal: Anotado contra M. Alvarado Reyes & A. Rodríguez Rodríguez, Seguro Social Número XXX-XX-2318, por la suma de $68,668.23, según Notificación Número 427726721, anotada el 4 de mayo de 2021, al Asiento 2021-001755-FED del Libro de Embargos Federales Karibe. d. Embargo Federal:

Anotado contra M. Alvarado Reyes, Seguro Social Número XXX-XX-2318, por la suma de $19,420.99, según Notificación Número 432078021, anotada el 22 de junio de 2021, al Asiento 2021-003529-FED del Libro de Embargos Federales Karibe. e. Embargo Federal: Anotado contra M. Alvarado Reyes, Seguro Social Número XXX-XX-2318, por la suma de $20,966.08, según Notificación Número 435100121, anotada el 30 de septiembre de 2021, al Asiento 2021-004448-FED del Libro de Embargos Federales Karibe. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Guayama, Puerto Rico, hoy 22 de febrero de 2022. ÁNGEL MERCADO QUILES, ALGUACIL PLACA #140, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC. Demandante Vs.

SUCESION PABLO MANUEL SILVA CRUZ T/C/C PABLO SILVA CRUZ T/C/C PABLO

SILVA COMPUESTA POR AMARILIS MERCEDES SILVA BOSCHETTI, JANET ROSA SILVA BOSCHETTI, LYDIA IVELISSE SILVA BOSCHETTI; JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; LYDIA MERCEDES BOSCHETTI TORRES T/C/C LYDIA M. BOSCHETII TORRES T/C/C LYDIA BOSCHETTI TORRES T/C/C LYDIA BOSCHETTI POR SI Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: BY2021CV01832. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: “Propiedad Horizontal: CONDOMINIO PASEO MONACO de Bayamón Sur. Apartamento: 74. Cabida: 136.338 Metros Cuadrados. Localizado en el tercer y cuarto piso del Edificio E del Condominio. Construido de Hormigón reforzado. Tiene dos niveles, con su puerta de entrada por el lindero Este, y por Ella se accesa al área común general del Condominio. El primer nivel del apartamento (tercer piso del edificio) Por el norte, con el apartamento 75, por el Sur, con el apartamento 73 y con área común general del Condominio, por el Este, con el apartamento 62 y con el

apartamento 63 y por el Oeste, con el apartamento 73 y con área común general del Condominio entre la que se encuentra el área de ubicaci0n de la puerta de entrada al apartamento. Los linderos del segundo piso son: por el Norte, con el apartamento 73 y 75, por el sur, con el apartamento 73 y con área común general del Condominio, por el Este con el apartamento 62 y con el apartamento 63, por el Oeste con el apartamento 73, este segundo nivel se comunica con el primer a base de una escalera interior del apartamento. Consta de sala comedor dos balcones, cocina con closet, dos cuartos con closets, dos y medio balos, un closet de balo, un área de lavandería y escalera interior. A este apartamento le corresponde dos espacios de estacionamiento ubicados al norte del edificio marcado E del Condominio. Le Corresponde a este apartamento como anejos el estacionamiento 74 para dos automóviles, uno detrás del otro y el área de terraza que ubica en el tercer nivel del apartamento, todo según ilustrado en el plot plan y planos del Condominio aprobada por ARPE Le corresponde una participación de 0.5201% en los elementos comunes del Condominio.” Finca número 73,086, inscrita al folio 223 del tomo 1770 de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. Propiedad localizada en: CONDOMINIO PASEO MONACO, APTO. 74, BAYAMON, PR 00956. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano. Suma de la Carga: $255,000.00. Fecha de Vencimiento: 10 de abril de 2086. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $170,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal


The San Juan Daily Star de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $113,333.33, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $85,000.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $143,017.32 por concepto de principal, más la suma de $14,933.04 en intereses acumulados al 30 de junio de 2021 y los cuales continúan acumulándose a razón de 3.95% anual hasta su total y completo pago; más la sumas de $5,683.35 en seguro hipotecario; $5,355.00 en cargos por servicio; $570.00 en seguro; $425.00 de tasaciones; $120.00 de inspecciones; $1,025.00 de adelantos pendientes; más la cantidad de 10% del pagare original en la suma de $17,000.00, para gastos, costas y honorarios de abogado, esta última habrá de devengar intereses al máximo del tipo legal fijado por la oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aplicable a esta fecha, desde este mismo día hasta su total y completo saldo. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de febrero de 2022. EDGARDO ELÍAS VARGAS SANTANA, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #193.

Wednesday, March 16, 2022 LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN

REVERSE MORTGAGE FUNDING, LLC. Demandante Vs.

ROSARIO GARCIA JIMENEZ; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; EL CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)

Demandados Civil Núm.: DCD2014-3290. (702). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar número Seis (6) de la Manzana B, localizado en la Urbanización Royal Gardens del Barrio Pájaros de Bayamón, Puerto Rico, compuesto de TRESCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (350.00 MC). En lindes por el NORTE, con terrenos para uso público, en catorce metros (14.00); por el SUR, con la Calle Carola, en igual medida; por el ESTE, con el solar número siete (7), en veinticinco metros (25.00); por el OESTE, con el solar número cinco (5), en igual medida.” Enclava una casa. Inscrita al folio 61 del tomo 513 de Bayamón Sur, finca 23,286, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. La hipoteca objeto de esta ejecución consta inscrita al folio 201 del tomo 1956 de Bayamón Sur, finca número 23,286, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I, inscripción 9ª. Propiedad localizada en: URB. ROYAL

GARDENS, B-6 CALLE CAROLA, BAYAMON, PR 00957. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano. Suma de la Carga: $231,000.00. Fecha de Vencimiento: 27/02/2091. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $231,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $154,000.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $115,500.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala 503 de Bayamón, el 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $98,326.96 por concepto de principal, gastos, penalidades e intereses al tipo pactado de 3.483% anual hasta el 1ro de noviembre de 2014. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a JB NUTTER las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $23,100.00. Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $23,1000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $23,100.00 para cubrir intereses en adición a los

garantizados por ley. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Bayamón, Puerto Rico, hoy 22 de febrero de 2022. EDGARDO ELÍAS VARGAS SANTANA, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #193.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY, FSB, D/B/A CHRISTIANA TRUST, AS INDENTURE TRUSTEE, FOR THE CSMC 2015-PR1 TRUST, MORTGAGE-BACKED NOTES, SERIES 2015-PR1 Demandante V.

ILEANA SOLIVAN SOBRINO, TAMBIEN CONOCIDA COMO ILEANA SOLLIVAN SOBRINO

Demandados Civil Núm.: CG2020CV00116. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, en el caso de epígrafe procederá a ven-

der en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque gerente, giro postal, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América al nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 21 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 9 del bloque A de la Calle Número 3 en el plano de inscripción de la Urbanización Quintas de San Luis II, localizado en el barrio Rio Cañas del término municipal de Caguas, Puerto Rico, con una cabida superficial de 1550.77 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en una distancia de 49.02 metros con el solar número 8, Calle Número 3 y solar número 10; por el SUR, en una distancia de 63.81 metros con terrenos de Ramón Grau; por el ESTE, en una distancia de 79.38 metros con terrenos Avenida Las Américas. Sobre el antes descrito solar se ha edificado una casa de hormigón reforzado dedicada a vivienda. Consta inscrita al folio 18 del tomo 1212 de Caguas, finca numero 42593, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Seccion I de Caguas. Propiedad localizada en: Lote 9 Bloque A Calle 3, Urb. Quintas de San Luis II, Caguas, PR 00726. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: a. AVISO DE DEMANDA con fecha 17 de enero de 2020 seguido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, en el caso civil número CG2020CV00116, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca; Wilmington Savings Fund Society, FSB, d/b/a Christiana trust, as Indenture Trustee, for the CSMC 2015-PR1 Trust, Mortgage-Backed Notes, Series 2015- PR1, demandante v Ileana Solivan Sobrino, t/c/c Ileana Sollivan Sobrino, demandada. Por la misma se reclama el pago de $337,908.79, más otras sumas. Anotada el 18 de febrero de 2020 al Tomo Karibe, finca 42593 de Caguas, anotación “B”. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubie-

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re, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo mínimo de subasta la suma de $355,871.92, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 28 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $237,247.94, dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $177,935.96, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, el 5 DE MAYO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $268,884.71 de principal, intereses al tipo del 6.50000% anual según ajustado desde el día 1 de junio de 2018 hasta el pago de la deuda en su totalidad, más la suma de $30,600.00 por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, y otros adeudados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Ca-

guas, Puerto Rico, hoy día 23 de febrero de 2022. ALBERTO NEGRÓN ROMÁN, ALGUACIL PLACA #435, ALGUACIL DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

MARIE LIDIETTE FERNÁNDEZ GORDON

Demandada Civil Núm.: CA2019CV02060. Sala: 404. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PÚBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 22 de febrero de 2022, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial de forma irregular localizado en la segunda planta del Edificio B del Condominio Campo Real, localizado en la carretera ocho mil ochocientos sesenta (8860) del Barrio Martin González del término municipal de Carolina, Puerto Rico, el cual se inscribe en la escritura matriz de dedicación al Régimen de Propiedad Horizontal con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Apartamento número: doscientos dieciséis (216). Área del apartamento: ciento trece metros cuadrados con ochocientos noventa y dos milésimas partes de otro (113.892 m.c). En lindes por el NORTE, en diecinueve metros con doscientos sesenta milésimas punto de otro (19.260 m.l) con espacio abierto; por el SUR, en trece metros con seiscientos cuarenta y tres milésimas partes de otro (13.643 m.l) con la pared medianera que lo separa del apartamento doscientos quince (215); por el ESTE, en cinco metros con setecientos cuarenta y uno milésimas partes de otro (5.741 m.l) con espacio abierto; y por el OESTE, en seis metros ochocientos setenta y uno milésimas partes de otro (6.871 m.l) con espacio abierto. Tiene su puerta de entrada y salida por su lado Sur que da al área del pasillo que enclava a

las escaleras que le brindan acceso al edificio y además una (1) puerta interior la cual le provee acceso al área del balcón (silving room). Consta de salacomedor; balcón; cocina un área de lavandería por el área de la sala se accesa en un pasillo que le brinda acceso a la siguiente área, un closet, un (1) baño completo de uso general. Dos habitaciones dormitorios cada una con un closet en el interior y una habitación-dormitorio principal (master room) en la cual ubica una área de walk in closet y un (1) baño completo. Le corresponde a este apartamento los 2 espacios de estacionamiento identificados con los números ciento diez (110) y noventa y nueve (99). A este apartamento le corresponde una participación en los elementos del condominio de punto cero cero nueve dos uno uno por ciento (.009211%). Inscrita al folio 91 del tomo 1,207 de Carolina, finca #51,791. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de Carolina. La propiedad ubica, según pagaré, en: Cond. Campo Real, Apto. #216 Carretera 8,860 Barrio Martín González, Carolina, PR 00985. Además, el Alguacil que suscribe, hago saber a todos los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surjan de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante: Aviso de Demanda de fecha 11 de junio de 2019, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, en el caso civil número CA2019CV02060, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Banco Popular de Puerto Rico, contra Marie Lidiette Fernández Gordon, por la suma de $91,672.76, anotado el día 4 de marzo de 2020, al tomo Karibe de Carolina, finca número 51,791, anotación A. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA ENMENDADA NUNC PRO TUNC dictada a su favor, el día 9 de diciembre de 2021 y notificada el 22 de diciembre de 2021, en el presente caso civil, a saber la suma de $91,672.76 por concepto de principal; generando intereses a razón de 6.75% desde el 1ro


26 de diciembre de 2017; cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, y la suma de $9,606.80 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 28 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico. El precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es por la cantidad de $96,068.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 5 DE MAYO DE 2022 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $64,045.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 12 DE MAYO DE 2022 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $48,034.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que

se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 28 de febrero de 2022. HÉCTOR L. PEÑA RODRÍGUEZ, ALGUACIL PLACA #278, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PONCE

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

LA SUCESION DE NORMA GANDIA TORRES COMPUESTA POR DESIREE ARROYO GANDIA Y JOHN DOE POSIBLE HEREDERO DESCONOCIDO, ADMINISTRACION PARA EL SUSTENTO DE MENORES, CENTRO DE RECUADACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Parte Demandada Caso Civil Núm.: PO2019CV01925. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Salinas, Oficina de Subasta; a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Esta-

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Wednesday, March 16, 2022

dos Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $82,305.60 de balance principal; los intereses vencidos sobre dicho principal computados al 7 1/8% anual desde el día primero de octubre de 2018, hasta su total pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad de $660.24 por concepto de cargos por demora desde el día primero de noviembre de 2018 a razón de $33.01 mensuales hasta su total pago, más la suma de $9,800.00 garantizada hipotecariamente para costos, gastos y honorarios de abogado del acreedor hipotecario demandante, más cualesquiera otras sumas que por cualesquier concepto legal se devenguen hasta el total y completo pago de esta sentencia. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar en la Urbanización Glenview Gardens, ubicado en el barrio Machuelo Arriba de Ponce, Puerto Rico, marcado con el número B guión doce (B-12), con una cabida de trecientos trece punto noventa y cinco metros cuadrados (313.95 M/C). En lindes por el NORTE, en trece punto cero cero (13.00) metros, con el batey común; por el SUR, en trece punto cero cero (13.00) metros, común calle B guión veinticuatro A (B- 24 A); por el ESTE, en veinticuatro punto quince (24.15) metros, con el solar trece (13); y por el OESTE, en veinticuatro punto quince (24.15) metros, con el solar trece (13); y por el OESTE, en veinticuatro punto quince (24.15) metros, con el solar número once (11). Enclava casa. Inscrita al folio noventa y dos (92) del tomo novecientos cuarenta y uno (941) de Ponce, finca número veinticinco mil quinientos treinta y tres (25,533). Registro de la Propiedad de Ponce Sección I. Dirección Física: Urb. Glenview Gardens 12-B, W-24-A St., Ponce PR 00730. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 26 DE ABRIL DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $98,000.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 3 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $65,333.33. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el

día 10 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $49,000.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos

una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Ponce, Puerto Rico a 3 de marzo de 2022. MANUEL MALDONADO, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE PONCE. ***

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WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY, FSB, como fideicomisario de FINANCE OF AMERICA STRUCTURED SECURITIES ACQUISITION TRUST 2019-HB1 Demandante Vs.

SUCESIÓN DE GENARO CALDERÓN RAMOS A/K/A GENARO CALDERÓN COMPUESTA POR HENRY CALDERÓN, GENARO “JIMMY” CALDERÓN, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DE NOMBRES DESCONOCIDOS, CENTRO DE RECAUDACIONES MUNICIPALES; Y A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: ACD2018-0045. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA.

Al: PÚBLICO EN GENERAL. A: SUCESIÓN DE GENARO CALDERÓN RAMOS A/K/A GENARO CALDERÓN COMPUESTA POR HENRY CALDERÓN, GENARO “JIMMY” CALDERÓN, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DE NOMBRES DESCONOCIDOS, CENTRO DE RECAUDACIONES MUNICIPALES; Y A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Yo, CAROL CHALMERS SOTO, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla a los demandados, acreedores y al público en general con interés sobre la propiedad que más adelante se

describe, y al público en general, por la presente CERTIFICO, ANUNCIO y HAGO CONSTAR: Que el día 26 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en mi oficina de alguaciles que ubicada en el segundo piso, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla, en Aguadilla, Puerto Rico, procederé a vender en Pública Subasta, al mejor postor, la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria mediante Sentencia dictada en el caso de epígrafe, la cual se notificó y archivó en autos el día 12 de diciembre de 2019. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 3 DE MAYO DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 10 DE MAYO DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que ha sido liberado por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla en el caso de epígrafe con fecha de 29 de octubre de 2021, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad ubicado en: sr 467 km 4.2 Int Camaseyes Ws., Aguadilla PR 00603, y que se describe a continuación: URBANA: Solar de dos mil setecientos cincuenta y siete punto quinientos metros cuadrados (2,757.500 MC), en el Barrio Camaseyes del término municipal de Aguadilla, Puerto Rico. En lindes por el NORTE, con el solar “A” del plano de inscripción; por el SUR, con Canal de Riego; por el ESTE, con el Solar “B” del plano de inscripción y por el OESTE, con el Solar “D” del plano de inscripción. Enclava una casa para fines residenciales. Tiene un acceso como predio dominante a través de una servidumbre de paso a perpetuidad sobre la finca 24,933 inscrito al folio 134 del tomo 455 de Aguadilla, como predio sirviente la cual se describe así: faja de terreno de 4.25 metros de ancho, se extenderá por todo su lado Este del predio sirviente hasta dar con la Carretera 467, según surge del Plano de ARPE, caso 89-01-E191-APL del día 15 de diciembre de 1989, mediante la escritura número 28, otorgada en Aguadilla, Puerto Rico, el día 5

de marzo de 1990, ante el notario Héctor Miranda Hernandez, inscrito al folio 35 del tomo 332, Inscripción segunda.” Finca número 17,676 inscrita al folio 35 del tomo 332 de Aguadilla, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Aguadilla. La subasta se llevará a cabo para satisfacer, hasta donde alcance, el importe de las cantidades adeudadas a la parte demandante conforme a la sentencia dictada a su favor, a saber: $257,447.12, incluyendo intereses al y otros gastos acumulados hasta el 31 de marzo de 2019, y los cuales continúan acumulándose a razón del 5.060% por ciento anual, hasta su completo pago; más la cantidad de $34,500.00, equivalente al 10% de la suma principal original pactada, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado; más recargos acumulados hasta la fecha en que se pague la deuda; más cualquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, así como cualesquiera otras sumas pactadas en la escritura de hipoteca, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 77 otorgada el día 14 de marzo de 2012, Aguadilla Puerto Rico, ante el Notario Público Juan Luis Romero Sanchez y consta inscrita al folio 25 del tomo 630 de Aguadilla finca número 17,676, Registro de la Propiedad de Aguadilla Sección de Aguadilla. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Entiéndase: Hipoteca Revertida en garantía de un pagaré a favor de Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $345,000.00, con intereses al 5.060% anual, vencedero el día 20 de enero de 2086, constituida mediante la escritura número 78, otorgada en Aguadilla, Puerto Rico, el día 14 de marzo de 2012, ante el notario Juan Luis Romero Sanchez, e inscrita al folio 48 del tomo 635, finca

número 17,676, inscripción 8va. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta del inmueble antes descrito será la suma de $345,000.00 según se establece en la escritura de hipoteca antes relacionada. En caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en su primera subasta se ordena la celebración de una segunda subasta de dicho inmueble, en la cual, la cantidad mínima será una equivalente a 2/3 parte de aquella, o sea la suma de $230,000.00; desierta también la segunda subasta de dicho inmueble, se ordena la celebración de una tercera subasta en la cual, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado para la primera subasta, es decir la suma de $172,500.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación, entiéndase efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Una vez efectuada la venta de dicha propiedad, el Alguacil procederá a otorgar la escritura de traspaso al licitador victorioso en subasta, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la sentencia dictada en este caso. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Si el producto de la venta fuere insuficiente para satisfacer la cantidad reclamada, se procederá a la ejecución de la sentencia en contra de la parte demandada por el remanente de las sumas no satisfechas, mediante embargo y venta en ejecución de cualesquiera otros bienes propiedad de la parte demandada en cantidad suficiente para dejar cubierta y totalmente satisfecha a la parte demandante cualquier deficiencia o parte insoluta de la sentencia dictada a su favor según dispuesto en la sentencia dictada en este caso. Se dispone, conforme con la sentencia dictada en este caso que, una vez efectuada la subasta y vendido el bien inmueble, los adjudicatarios sean puestos en posesión del mismo dentro del término de veinte (20) días por el Alguacil de este


The San Juan Daily Star Honorable Tribunal y los actuales poseedores lanzados del referido inmueble. De ser ello necesario, el Alguacil podrá diligenciar el Acta de Subasta que se expida en horas laborales, de día, los 5 días de la semana y podrá romper cualquier cerradura o candado que dé acceso al inmueble objeto de este desalojo. Y para la concurrencia de licitadores y para el público en general, se publicará este Edicto de acuerdo con la ley, mediante edicto, en un periódico de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, una vez por semana, por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto de Subasta para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Aguadilla Puerto Rico, a 27 de diciembre de 2021. CAROL CHALMERS SOTO, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE AGUADILLA.

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REVERSE MORTGAGE FUNDING, LLC Demandante Vs.

FLAVIA JIMÉNEZ SABLÓN, T/C/C FLABIA JIMÉNEZ SABLÓN; Y A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: PO2020CV01109. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA.

Al: PÚBLICO EN GENERAL. A: FLAVIA JIMÉNEZ SABLÓN, T/C/C FLABIA JIMÉNEZ SABLÓN; Y A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Yo, MANUEL MALDONADO, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, a los demandados, acreedores y al público en general con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, por la presente CERTIFICO, ANUNCIO y HAGO CONSTAR: Que el día 27 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Supe-

rior de Ponce, Ponce, Puerto Rico, procederé a vender en Pública Subasta, al mejor postor, la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria mediante Sentencia dictada en el caso de epígrafe, la cual se notificó y archivó en autos el día 29 de septiembre de 2021. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 4 DE MAYO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 11 DE MAYO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que ha sido liberado por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, en el caso de epígrafe con fecha de 22 de noviembre de 2021, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad ubicado en: 1506 Lot 1-BLK U Santiago Oppenheimer St. Las Delicias Dev., Ponce PR 00731, y que se describe a continuación: URBANA: Parcela de terreno en la Urbanización Las Delicias, Primera Unidad de Planificación, en el Barrio Magueyes de Ponce, Puerto Rico, y que se describe en el Plano de Inscripción de la Urbanización Delicias, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número Del Solar: Uno (1) Del Bloque con un área de trescientos cincuenta y siete metros cuadrados con treinta y siete centímetros cuadrados, en lindes por el NORTE, en veinticuatro metros, con el solar número dos; por el SUR, en veinte metros cincuenta centímetros y dos metros setenta y cinco centímetros, con la Calle número diecisiete; por el ESTE, en quince metros, con el solar número cuarenta y tres; por el OESTE, en once metros cincuenta centímetros y dos metros setenta y cinco centímetros, con la Calle número diecisiete. Finca número 4,814, inscrita al folio 88 del tomo 901 de Ponce, Sección II de Bayamón. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección II de Ponce. La subasta se llevará a cabo para satisfacer, hasta donde alcance, el importe de las cantidades adeudadas a la parte demandante conforme a la sentencia dictada a su favor, a saber: $190,075.69 incluyen-

Wednesday, March 16, 2022 do intereses y otros gastos acumulados hasta el 27 de julio de 2021, y los cuales continúan acumulándose a razón del 4.28%por ciento anual, hasta su completo pago; más la cantidad equivalente al 10% de la suma principal original pactada, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado; más recargos acumulados hasta la fecha en que se pague la deuda; más cualquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, así como cualesquiera otras sumas pactadas en la escritura de hipoteca, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 251 otorgada el día 14 de mayo de 2009, San Juan, Puerto Rico, ante el Notario Público Laura Mia Gonzalez Bonilla y consta inscrita al folio 2 vuelto del tomo 1193 de Ponce, finca número 4814, Registro de la Propiedad de Ponce, Sección II de Ponce. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Entiéndase: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Secretary of Housing and Urban Development, o a su orden, por la suma principal de $265,500.00, con intereses al 4.28% anual, vencedero el día 12 de mayo de 2089, constituida mediante la escritura número 252, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 14 de mayo de 2009, ante el notario Laura Mía González Bonilla, e inscrita al folio 2 vuelto del tomo 1193 de Ponce, finca número 4,814, inscripción 13ra. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta del inmueble antes descrito será la suma de $177,000.00 según se establece en la escritura de hipoteca antes relacionada. En caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en su primera subasta se ordena la celebración de una segunda subasta de dicho inmueble, en la cual, la cantidad mínima será una equivalente a 2/3 parte de

aquella, o sea la suma de $118,000.00; desierta también la segunda subasta de dicho inmueble, se ordena la celebración de una tercera subasta en la cual, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado para la primera subasta, es decir la suma de $88,500.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación, entiéndase efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Una vez efectuada la venta de dicha propiedad, el Alguacil procederá a otorgar la escritura de traspaso al licitador victorioso en subasta, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la sentencia dictada en este caso. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Si el producto de la venta fuere insuficiente para satisfacer la cantidad reclamada, se procederá a la ejecución de la sentencia en contra de la parte demandada por el remanente de las sumas no satisfechas, mediante embargo y venta en ejecución de cualesquiera otros bienes propiedad de la parte demandada en cantidad suficiente para dejar cubierta y totalmente satisfecha a la parte demandante cualquier deficiencia o parte insoluta de la sentencia dictada a su favor según dispuesto en la sentencia dictada en este caso. Se dispone, conforme con la sentencia dictada en este caso que, una vez efectuada la subasta y vendido el bien inmueble, los adjudicatarios sean puestos en posesión del mismo dentro del término de veinte (20) días por el Alguacil de este Honorable Tribunal y los actuales poseedores lanzados del referido inmueble. De ser ello necesario, el Alguacil podrá diligenciar el Acta de Subasta que se expida en horas laborales, de día, los 5 días de la semana y podrá romper cualquier cerradura o candado que dé acceso al inmueble objeto de este desalojo. Y para la concurrencia de licitadores y para el público en general, se publicará este Edicto de acuerdo con la ley, me-

diante edicto, en un periódico de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, una vez por semana, por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto de Subasta para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Ponce, Puerto Rico, a 16 de febrero de 2022. MANUEL MALDONADO, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE PONCE.

LEGAL NOTICE ATENCIÓN

A: JOSEFINA COLON PEDRAZA o Representante, comunicarse con Julio Sánchez Núñez, teléfono (939) 350-6162 ó HC02 Box 13416 Gurabo PR 00778-9617. Asunto: Propiedad abandonado parcela en Bo. Navarro Calle 11 #308 en estado ruinoso y deuda al CRIM.

LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de BAYAMON.

ISLAND PORTFOLIO SERVICES, LLC, COMO AGENTE DE ACE ONE FUNDING LLC Demandante v.

JORGE L. GANDIA PELLOT

Demandado(a) Civil Núm. BY2021CV02060. SALA 504. Sobre: COBRO DE DINERO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JORGE L. GANDIA PELLOT

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 3 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notifica-

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ción. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 7 de marzo de 2022. En BAYAMON, Puerto Rico, el 7 de marzo de 2022. F/LAURA I. SANTA SANCHEZ, Secretaria. F/VIVIAN J. SANABRIA, Secretaria Auxiliar.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE TOA ALTA

ISLAND PORTFOLIO SERVICES, LLC., COMO AGENTE DE ACE ONE FUNDING, LLC Demandante Vs.

MARIANITO RIVERA SOTO; FULANA DE TAL Y LA SOC. LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Caso Civil Núm.: TA2021CV00661. Sobre: COBRO DE DINERO ORDINARIO - INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: MARIANITO RIVERA SOTO; FULANA DE TAL Y LA SOC. LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS - URB. ALTURAS DE BUCARABONES 3J12 CALLE 49 TOA ALTA, PR 00953.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 7 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted

esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 7 de marzo de 2022. En Toa Alta, Puerto Rico, el 8 de marzo de 2022. CC: LCDO. KENMUEL JOSÉ RUIZ LÓPEZ - PO BOX 71418, SAN JUAN, PR 00936. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL. KARLA P. RIVERA ROMÁN, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA DE TOA ALTA

ISLAND PORTFOLIO SERVICES, LLC., COMO AGENTE DE ACE ONE FUNDING, LLC Demandante Vs.

GLORIA M. FONTANEZ RIVERA

Demandado Civil Núm.: TA2021CV00567. Salón: 403. Sobre: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.

A: GLORIA M. FONTANEZ RIVERA. PALACIO DORADO LUIS MUNOZ RIVERA APT. 2201 TOA ALTA, P.R. 00953.

CRETARIA REGIONAL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

ISLAND PORTFOLIO SERVICES, LLC., COMO AGENTE DE ACE ONE FUNDING, LLC. Demandante Vs.

RAMON CACHO PEREZ Y FULANA DE TAL; AMBOS POR SI Y COMO PARTE DE LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES ROR AMBOS COMPUESTA

Demandada Caso Núm.: SJ2021CV04718. Salón Núm.: 803. Sobre: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.

A: LOS DEMANDADOS. URB. MONTEHIEDRA 220 CALLE ZORZAL, SAN JUAN P.R. 00926; 10 CALLE M. RIVERA FERRER URB. SAN PATRICIO, GUAYNABO, P.R. 00968.

POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), la cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda q cualquier otro sin más citarle ni oírle, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El sistema SUMAC notificará copia al abogado de la parte/ demandante, el Lcdo. Kenmuel J. Ruiz López cuya dirección es: P.O. Box 71418 San Juan, Puerto Rico 00936-8518, teléfono (787) 993-3731 a la dirección kenmuel.riuz@orf-law.com y a la dirección notificaciones@ orf-law.com. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 08 de diciembre de 2021. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA. BRENDA BÁEZ ACABA, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA.

POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), la cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda o cualquier otro sin más citarle ni oírle, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El sistema SUMAC notificará copia al abogado de la parte demandante, el Lcdo. Kenmuel J. Ruiz López cuya dirección es: P.O. Box 71418 San Juan, Puerto Rico 00936-8518, teléfono (787) 993-3731 a la dirección kenmuel.riuz@orf-law.com y a la dirección notificaciones@orflaw.com. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en Bayamón Puerto Rico, hoy día 9 de diciembre de 2021. En San Juan, Bayamón, el 09 de diciembre de 2021. LCDA. LEGAL NOTICE LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, ESTADO LIBRE ASOCIADO SECRETARIA. KATHERINE DE PUERTO RICO TRIBUSANTIAGO RODRÍGUEZ, SENAL DE PRIMERA INSTANCIA


28 SALA SUPERIOR DE PONCE

LEGACY MORTGAGE ASSET TRUST 2019-GS5 Parte Demandante Vs.

RICHARD COLON VILELLA; PATRIA DEL MAR FLORES RAMOS; SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COLONFLORES

Parte Demandada Civil Núm.: PO2021CV00150. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y COBRO DE DINERO. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS.

A: RICHARD COLON VILELLA; PATRIA DEL MAR FLORES RAMOS; SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COLON-FLORES: AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO: DORAL BANK AHORA BANCO POPULAR DE PUERTO RICO: Y AL PÚBLICO EN GENERAL:

El Alguacil que suscribe, certifica y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Todo derecho, título, participación e interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: RÚSTICA: Solar marcado con el numero treinta y tres (33) de la manzana S del plano de inscripción del Proyecto de Solares denominado Residencial Llanos del Sur, radicado en el Barrio Cotto Laurel del término municipal de Ponce, Puerto Rico, con una cabida superficial de doscientos ochenta y tres punto tres mil setecientos once (2833711) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Calle número ocho (8), en una distancia de dieciocho punto cincuenta (185) metros, más dos punto setenta y cinco (2.75) metros en curva; por el SUR, con el Solar número treinta y cuatro (34), en una distancia de veintidós punto cero cero (22.00) metros; por el ESTE, con la Calle número treinta y dos (32), en una distancia de trece punto cero cero (13.00)

metros. Enclava una casa. Finca número 41,106, inscrita al folio 7 del tomo 1411 de Ponce. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Ponce. La escritura de hipoteca está inscrita al folio 17 del tomo 2047 de Ponce, finca número 41,106, inscripción 8va. La propiedad objeto de ejecución está localizada en la siguiente dirección: Urbanización Llanos del Sur, S-33 Calle Pabona, Ponce, P.R. 00731. Según figura en el Estudio de título, la propiedad objeto de ejecución está gravada al siguiente Gravamen posterior a la inscripción del crédito ejecutante: Hipoteca a favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, por la suma principal de $5,000.00, sin intereses, vencedero el día 16 de mayo de 2012, constituida mediante la escritura número 334, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 16 de mayo de 2006, ante el notario Luis Enrique Mejías Rivera, e inscrita al folio 17 vuelto del tomo 2047 de Ponce, finca número 41,106, inscripción 9na. Aviso de Demanda de fecha 9 de abril de 2010, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, Caso Civil número JCD2010-0470, por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, por la Vía Ordinaria, seguido por Doral Bank, versus Richard Colón Vilella y su esposa Patria del Mar Flores Ramos, por la suma de $73,373.01 y otras sumas, anotado el día 18 de mayo de 2010, al folio 18 del tomo 2047 de Ponce, finca número 41,106, Anotación A. Se le notifica a los acreedores posteriores anteriormente identificados para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Se informa que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravamen posterior, una vez sea otorgada la escritura de venta judicial y obtenida la Orden y Mandamiento de cancelación de gravamen posterior. (Art. 51, Ley 210-2015). En relación a la finca a subastarse, se establece como tipo mínimo de licitación en la Primera Subasta la suma de $75,800.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la Escritura de Hipoteca #333, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 16 de mayo de 2006, ante el notario Luis Enrique Mejias Rivera, inscrita al folio 17 del tomo 2047 de Ponce, finca #41,106, inscripción 8va. La PRIMERA SUBASTA, se llevará a cabo el día 26 DE ABRIL DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de

The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

Ponce, el tipo mínimo para la primera subasta es la suma de $75,800.00. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 3 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o sea, la suma de $50,333.33. Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 10 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar y regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $37,900.00. Dicha subasta se llevará a cabo, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor, a saber: Suma Principal: $67,858.13, más intereses a razón del 5.25% anual, desde el 1 de agosto de 2017, hasta el presente y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, más los cargos por demora que se corresponden a los plazos atrasados desde la fecha anteriormente indicada a razón de la tasa pactada de 5% de cualquier pago que éste en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento, más adelantos para el pago de seguros y contribuciones, entre otros; más una suma equivalente a $7,580.00, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera otros adelantos que se hayan hecho la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca y del Pagaré hipotecario. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal, durante las horas laborables. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los referentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se procederá a otorgar la correspondiente Escritura de Venta Judicial y el Alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días, de conformidad con las disposiciones de Ley. Si transcurren los referidos veinte

(20) días, el tribunal podrá orDÍAZ OCASIO, KEILA denar, sin necesidad de ulterior HERRERA SÁNCHEZ Y procedimiento, que se lleve a LA SOCIEDAD LEGAL efecto el desalojo o lanzamienDE GANANCIALES to del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por COMPUESTA POR orden o tolerancia del deudor AMBOS la ocupen. Expedido en Ponce, Parte Demandada Puerto Rico, a 22 de febrero de Civil Núm.: SJ2021CV04763. 2022. MANUEL MALDONADO, Sala: 604. Sobre: EJECUCIÓN ALGUACIL PLACA #820. DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA “IN REM”. ESTALEGAL NOTICE DOS UNIDOS DE AMÉRICA, Estado Libre Asociado de Puer- EL PRESIDENTE DE LOS to Rico TRIBUNAL GENERAL ESTADOS UNIDOS, EL ESDE JUSTICIA Tribunal de Pri- TADO LIBRE ASOCIADO DE mera Instancia Sala Superior PUERTO RICO, SS. AVISO DE de CAROLINA. PÚBLICA SUBASTA. El AlguaFIRSTBANK cil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en PUERTO RICO cumplimiento de la Sentencia Demandante v. PEDRO JOSE RIVERA dictada el 10 de diciembre de la Orden de Ejecución de RIVERA, JESUS MANUEL 2021, Sentencia del 28 de enero de PADILLA PEREZ 2022 y el Mandamiento de EjeDemandado(a) cución del 8 de febrero de 2022 Civil Núm. CA2018CV01171. en el caso de epígrafe, proSALA 408. Sobre: COBRO DE cederé a vender el día 11 DE DINERO Y EJECUCION DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 HIPOTECA POR LA VIA OR- DE LA MAÑANA, en mi oficina, DINARIA. NOTIFICACIÓN DE localizada en el Tribunal de PriSENTENCIA POR EDICTO. mera Instancia, Centro Judicial A: JESUS MANUEL de San Juan, Sala Superior, en la Avenida Muñoz Rivera, EsPADILLA PEREZ (Nombre de las partes a las que se le quina Coll y Toste, Parada 37, notifican la sentencia por edicto) San Juan, Puerto Rico, al mejor EL SECRETARIO(A) que sus- postor en pago de contado y en cribe le notifica a usted que moneda de los Estados Unidos el 7 de marzo de 2022, este de América, cheque de gerente Tribunal ha dictado Sentencia, o giro postal a nombre del AlSentencia Parcial o Resolución guacil del Tribunal; todo título, en este caso, que ha sido debi- derecho o interés de la parte damente registrada y archivada demandada sobre la siguienen autos donde podrá usted te propiedad: URBANA: Solar enterarse detalladamente de marcado con el Número 56 del los términos de la misma. Esta Bloque “AH” del plano de insnotificación se publicará una cripción de la Urbanización Exsola vez en un periódico de tensión Country Club, situado circulación general en la Isla en el Barrio Sabana Llana de la de Puerto Rico, dentro de los municipalidad de Río Piedras, 10 días siguientes a su notifica- San Juan, Puerto Rico, con ción. Y, siendo o representando cabida superficial de 300.15 usted una parte en el procedi- metros cuadrados. Colinda por miento sujeta a los términos el NORTE, en 13.05 metros, de la Sentencia, Sentencia con la Calle Número 66; por el Parcial o Resolución, de la cual SUR, en 13.05 metros, con el puede establecerse recurso de Solar Número 3; por el ESTE, revisión o apelación dentro del en 23.00 metros, con el Solar término de 30 días contados a Número 57; y por el OESTE, partir de la publicación por edic- en 23.00 metros, con el Solar to de esta notificación, dirijo a Número 55. Enclava una casa. usted esta notificación que se La propiedad consta inscrita al considerará hecha en la fecha folio 36 del tomo 141 de Sabade la publicación de este edic- na Llana, Finca Número 6150, to. Copia de esta notificación Registro de la Propiedad de ha sido archivada en los autos San Juan, Sección V. La escride este caso, con fecha de 7 de tura de hipoteca consta inscrita marzo de 2022. En CAROLINA, al tomo Karibe de Sabana LlaPuerto Rico, el 7 de marzo de na, Finca Número 6150, Re2022. LCDA. MARILYN APON- gistro de la Propiedad de San TE RODRIGUEZ, Secretaria. Juan, Sección V. Inscripción DAMARIS TORRES RUIZ, Se- decimosexta (16ta). Dirección cretaria Auxiliar. Física: URB. COUNTRY CLUB, 972 CALLE MIRLO (AH-56), LEGAL NOTICE SAN JUAN, PR 00924-1757. ESTADO LIBRE ASOCIADO Número de Catastro: 79-063DE PUERTO RICO TRIBU- 090-196-27-001. SUBASTAS: NAL DE PRIMERA INSTANCIA FECHAS: PRIMERA: 11 DE CENTRO JUDICIAL DE SAN ABRIL DE 2022 A LAS 10:30 JUAN SALA SUPERIOR DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIBANCO POPULAR DE MO: $136,350.00. SEGUNDA: 19 DE ABRIL DE 2022 A LAS PUERTO RICO 10:30 DE LA MAÑANA. TIPO Parte Demandante Vs. $90,900.00. TERCEEDGAR DÍAZ OCASIO MÍNIMO: RA: 26 DE ABRIL DE 2022 A T/C/C EDGAR J. LAS 10:30 DE LA MAÑANA.

TIPO MÍNIMO: $68,175.00. El tipo mínimo para la primera subasta será de $136,350.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 19 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $90,900.00. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 26 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $68,175.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia por la suma de $125,624.58 de principal, más intereses sobre dicha suma al 4.5% anual desde el 1 de marzo de 2016, hasta su completo pago, más $1,676.68 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $13,635.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa los siguientes gravámenes posteriores que afectan la propiedad que se pretende ejecutar: a. Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico Vs. Edgar Díaz Ocasio y Keila Herrera Sánchez y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, John Medina Millán, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el Caso Civil Número KCD20161782, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, por la suma de $136,350.00, con un balance de $125,624.58 y otras cantidades, según Demanda de fecha 9 de septiembre de 2016. Anotada al Tomo Karibe de Sabana Llana. Anotación A. b. Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico Vs. Edgar Díaz Ocasio y Keila Herrera Sánchez, ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el Caso Civil Número SJ2021CV04763, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $125,624.58 y otras cantidades, según Demanda de fecha 29 de julio de 2021. Anotada al Tomo Karibe de Sabana Llana. Anotación B.

Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 2102015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en San Juan, Puerto Rico, hoy 8 de marzo de 2022. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

SUCESIÓN DE GABRIEL GILBERT GARI GARCÍA COMPUESTA POR FULANO Y MENGANO DE TAL, POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; MARÍA ELENA GARI MADRIGAL T/C/C ELENA GARI MADRIGAL, POR SÍ Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REPRESENTADOS POR EL SECRETARIO DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO (HUD)

Parte Demandada Civil Núm.: SJ2018CV05367. Sala: 604. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA “IN REM”. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 7 de mayo de 2020, enmendada Nunc Pro Tunc el 20 de diciembre de 2021, la Orden de Ejecución de Sentencia del 9 de febrero de 2022 y el Mandamiento de Ejecución del 14 de febrero de 2022 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 11 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en la Avenida Muñoz Rivera, Esquina Coll y Toste, Parada 37, San Juan, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, cheque de gerente o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal; todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado con el Número 20-B de la Manzana LD de la Urbanización Caparra Terrace, radicada en el Barrio Monacillos del término municipal de San Juan, Puerto Rico, con una superficie útil de 237.50 metros cuadrados. En linderos: Norte, en una distancia de 9.50 metros, con el Solar Número Cinco (5) de la Manzana LD; por el Sur, en una distancia de 9.50 metros, con la Calle Número 99 de la Urbanización; por el Este, en una distancia de 25.00 metros, con el Solar Número 19 de la Manzana LD; y por el Oeste, en una distancia de 25.00 metros, con el Solar Número 20-A de la Manzana LD. Enclava una casa de concreto armado con techo de azotea y piso de losas del país, de una sola planta, que constituye una vivienda independiente, consistiendo de tres (3) dormitorios con sus closets, sala y comedor en una sola unidad, cocina con su closet, balcón y cuarto de baño. Existe una servidumbre por signo aparente establecida por la corporación vendedora en la pared que divide los apartamentos A y B, cuya pared continuará sirviendo a ambos apartamentos y pertenecerá en común proindiviso y en toda su actual extensión y espesor a los propietarios de ambos apartamentos. La propiedad consta inscrita al Folio 36 del Tomo 950 de Monacillos, Finca Número 14,673. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección III. La escritura de hipoteca y la primera escritura de modificación de hipoteca constan inscritas al folio 36 del tomo 950 de Monacillos,


The San Juan Daily Star Finca Número 14,673. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección III. Inscripciones octava y undécima. La segunda escritura de modificación de hipoteca consta inscrita al Tomo Karibe de Monacillos, Finca Número 14,673. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección III. Inscripción decimotercera. DIRECCIÓN FÍSICA: CAPARRA TERRACE, 1405 CALLE 8 SW, SAN JUAN, PR 00921-1520. Número de Catastro: 79-086-016-241-08-862. SUBASTAS: FECHAS: PRIMERA: 11 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $95,363.80. SEGUNDA: 19 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $63,575.86. TERCERA: 26 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $47,681.90. El tipo mínimo para la primera subasta será de $95,363.80. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 19 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $63,575.86. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 26 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $47,681.90. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia por la suma de $94,514.00 de principal, más intereses sobre dicha suma al 3.875% anual desde el 1 de mayo de 2017, hasta su completo pago, más $58.76 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $13,385.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa los siguientes gravámenes posteriores que afectan a la propiedad que se pretende ejecutar: a. Hipoteca: Constituida por Gabriel Gilbert Gari García y su esposa María Elena Gari Madrigal, en garantía a un pagaré a favor de Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda de los Estados Unidos de América, o a su orden, por la suma de $10,836.16, sin intereses y vencedero el 1 de noviembre de 2034, según consta de la Escri-

tura Número 72, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 11 de febrero de 2011, ante el Notario Humberto Soto Mainardi. Inscrita al folio 36 del tomo 950 de Monacillos, finca número 14673, inscripción décima. b. Hipoteca: Constituida por Gabriel Gilbert Gari García y su esposa María Elena Gari Madrigal, en garantía a un pagaré a favor de Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda de los Estados Unidos de América, o a su orden, por la suma de $23,475.47, sin intereses y vencedero el 1 de junio de 2044, según consta de la Escritura Número 274, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 14 de mayo de 2014, ante la Notario Leilany Carrión del Toro. Inscrita al folio 36 del tomo 950 de Monacillos, finca número 14673, inscripción duodécima. c. Hipoteca: Constituida por Gabriel Gilbert Gari García y su esposa María Elena Gari Madrigal, en garantía a un pagaré a favor de Secretario of Housing and Urban Development of United States (Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda de los Estados Unidos de América), o a su orden, por la suma de $2,891.75, sin intereses y vencedero el 1 de noviembre de 2046, según consta de la Escritura Número 855, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 12 de diciembre de 2016, ante el Notario Néstor Machado Cortés. Inscrita al tomo 950 de Monacillos, finca número 14673, inscripción decimocuarta. d. Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico Vs. Gabriel Gilbert Gari García y su esposa María Elena Gari Madrigal, también conocida como Elena Gari Madrigal y Estados Unidos de América, representada por el Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD), ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el Caso Civil Número SJ2018CV05367, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca (IN REM), en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $94,514.00 y otras cantidades, según Demanda de fecha 17 de julio de 2018. Anotada al Tomo Karibe de Monacillos. Anotación B. e. Nota Aclaratoria: Se aclara en nota marginal 10.1 en cuanto a lo siguiente: Comparece The Secretary of Housing & Urban Development of United States y aclara que, aunque la hipoteca por $133,850.00 fue modificada por las inscripciones 11 y 13, su rango permanece inalterado a las hipotecas de las inscripciones 10 y 12, según consta de la Escritura Número 240, otorgada (no expresa), el 28 de marzo de 2017, ante el Notario Néstor Machado Cortés. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesa-

Wednesday, March 16, 2022 dos que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en San Juan, Puerto Rico, hoy 8 de marzo de 2022. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

LA SUCESIÓN DE MARÍA SOCORRO KORTRIGHT SOLER T/C/C MARÍA KORTRIGHT SOLER COMPUESTA POR: FULANO Y MENGANO DE TAL, POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE, CARLOS GUZMÁN FIGUEROA COMO HEREDERO DE LA SUCESIÓN DE MARÍA SOCORRO KORTRIGHT SOLER T/C/C MARÍA KORTRIGHT SOLER Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA

Parte Demandada Civil Núm.: KCD2016-2410. Sala: 604. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE

DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 12 de agosto de 2021, la Orden de Ejecución de Sentencia del 3 de febrero de 2022 y el Mandamiento de Ejecución del 4 de febrero de 2022 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 11 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en la Avenida Muñoz Rivera, Esquina Coll y Toste, Parada 37, San Juan, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, cheque de gerente o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal; todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado en el Plano de Inscripción con el Número 20 radicado en el Barrio Hato Rey, cuya descripción general y geométrica es como sigue: Partiendo de un punto situado sobre el borde del lado Oeste de la Calle L y distante de 57.00 metros del eje de la Calle 3 el lindero mide 16.00 metros en colindancia Este, con la Calle L en rumbo Sur un grado 29 minutos Este, sigue con rumbo Sur, 88 grados 31 minutos Oeste y distancia de 21.50 metros en colindancia Sur, con el Solar Número 21 de la finca principal; continua con rumbo 1 grado 29 minutos Oeste y distancia de 16.00 metros en colindancia Oeste, con el Solar Número 17 de la finca principal y termina con rumbo Norte 88 grados 31 minutos Este y distancia de 21.50 metros en colindancia Norte, con el Solar Número 19 de la propia finca principal hasta llegar al punto original de partida. La cabida superficial de este solar es de 344.00 metros cuadrados. Enclava una casa de hormigón reforzado de una sola planta. La propiedad consta inscrita al Folio 61 del Tomo 425 de Río Piedras Norte, Finca Número 9,433. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección II. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 207 del Tomo 1502 de Río Piedras Norte, Finca Número 9,433. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección II. Inscripción sexta. DIRECCIÓN FÍSICA: URB. ROOSEVELT, 354 CALLE JOSÉ ACOSTA (SOLAR 20), SAN JUAN, PR 00918-2337. Número de Catastro: 79-062050-122-12-001. SUBASTAS: FECHAS: PRIMERA: 11 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $200,000.00. SEGUNDA: 19 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $133,333.33. TER-

CERA: 26 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TIPO MÍNIMO: $100,000.00. El tipo mínimo para la primera subasta será de $200,000.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 19 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $133,333.33. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 26 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $100,000.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia por la suma de $159,113.44 de principal, más intereses sobre dicha suma al 5.95% anual desde el 1 de junio de 2016, hasta su completo pago, más $370.59 de recargos acumulados, más la cantidad estipulada de $20,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior que afecta a la propiedad que se pretende ejecutar: a. Aviso de Demanda: Pleito seguido por Banco Popular de Puerto Rico Vs. La Sucesión de María Socorro Kortright Soler también conocida como María Kortright Soler compuesta por Fulano y Mengano de Tal y Carlos Guzmán Figueroa, ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el Caso Civil Número KCD2016-2410, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $159,113.44 y otras cantidades, según Demanda de fecha 9 de diciembre de 2016. Anotada al Tomo Karibe de Río Piedras Norte. Anotación A. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se les advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el

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número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 2102015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en San Juan, Puerto Rico, hoy 8 de marzo de 2022. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

CONOCIDO ERICK CASTRO RIVERA, SUCESION DE RONALD CASTRO RIVERA COMPUESTA POR SUS HEREDEROS CONOCIDOS BRYAN CASTRO, SEBASTIAN CASTRO Y DERRICK CASTRO; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERES EN DICHAS SUCESIONES.

(Nombre de las partes a las que se les notifica la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 1 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos LEGAL NOTICE de la Sentencia, Sentencia ESTADO LIBRE ASOCIADO Parcial o Resolución, de la cual DE PUERTO RICO TRIBUNAL puede establecerse recurso de GENERAL DE JUSTICIA SALA revisión o apelación dentro del SUPERIOR DE CAGUAS término de 30 días contados a BANCO POPULAR DE partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a PUERTO RICO usted esta notificación que se Demandante hecha en la fecha SUCESION DE MARIA considerará de la publicación de este edicABIGAIL RIVERA to. Copia de esta notificación CINTRON COMPUESTA ha sido archivada en los autos POR SUS HEREDEROS de este caso, con fecha de 7 de marzo de 2022. En Caguas, CONOCIDOS JULIO Puerto Rico, el 7 de marzo de VICTOR CASTRO 2022. LISILDA MARTÍNEZ RIVERA, JOSE ARNALDO AGOSTO, SECRETARIA. JESCASTRO RIVERA, SENIA PEDRAZA, SECRETAALEJANDRO CASTRO RIA AUXILIAR.

RIVERA Y ERICK CASTRO RIVERA; SUCESION DE RONALD CASTRO RIVERA COMPUESTA POR SUS HEREDEROS CONOCIDOS BRYAN CASTRO, SEBASTIAN CASTRO, Y DERRICK CASTRO; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERES EN DICHAS SUCESIONES

Demandados Caso Núm.: CG2021CV03029. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: SUCESION DE MARIA ABIGAIL RIVERA CINTRON COMPUESTA POR SU HEREDERO

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

Ivette Zayas González

Demandada CIVIL NÚM: SJ2021CV06532. SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública

subasta al mejor postor todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en los inmuebles de su propiedad que ubican en Los Almendros Plaza I Cond., Apt 304, San Juan, PR 00924 y Los Almendros Plaza I Cond Estacionamiento 271, San Juan PR, 00924 y se describen a continuación. El postor interesado pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. PROPIEDAD A: URBANA: Propiedad Horizontal: Condominio Los Almendros Plaza (VBC-72) de Sabana Llana. Apartamento número 304 Torre I. Cabida 917.18 pies cuadrados. Measuring thrity-eight feet eleven and a half inch in width at its Northern wall; thirty-one feet and half inches plus seven feet six inches in width at its Southern wall; seventeen feet and one inch plus eight feet and zero inch in length at its Western wall; and twenty-five feet and one inch in length at its Eastern wall. It is bounded on the North and East by the exterior walls of the building; on the South by the corridor; on the West by apartment number three hundred three (303) and a janitors and storage room. The main entrance faces the corridor. This unit consist of a living-dining room, three bedrooms with a closet each, one bathroom, a hallway with a linen closet and kitchen. The bathroom includes a bathtub, wash basin and a toilet; and the kitchen a two part cabinet with space of refrigerator, space for a stove and a breakfast counter. Le corresponde a este apartamento un porcentaje en los elementos comunes generales .0401251% y a su vez le corresponde idéntico porciento en los gastos de operación y mantenimiento del condominio. Le corresponde en forma exclusiva y permanente e inseparable el estacionamiento número 307, debidamente demarcado y numerado de conformidad con el plano de área de estacionamiento. Este apartamento esta localizado en la Torre I del referido Condominio. Consta inscrita al folio 187 del tomo 529 de Sabana Llana, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta, finca número 21795. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 58, otorgada el día 30 de enero de 2007, ante el Notario Félix Vega Fournier y consta inscrita al Tomo KARIBE de Sabana Llana, finca número 21795, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta,inscripción undécima. PROPIEDAD B: URBANA: Propiedad Horizontal: Condominio Los Almendros Plaza (VBC-72) de Sabana Llana. Estacionamiento número doscientos setenta y uno (271) sobre el


30 pavimento. Cabida: trece punto setenta y cinco (13.75) metros cuadrados. Ubicado en el área de estacionamiento Este con unas medidas de dos punto cincuenta (2.50) metros de ancho por cinco punto cincuenta (5.50) metros de profundidad, con un área de trece punto setenta y cinco (13.75) metros cuadrados, equivalentes a ciento cuarenta y siete punto noventa y cinco (147.95) pies cuadrados. En lindes por el Norte, con el estacionamiento número doscientos setenta (270); por el Sur, con el estacionamiento número doscientos setenta y dos (272); por el Este, con el área de rodaje; y por el Oeste, con el área verde. Le corresponde a este estacionamiento en los elementos comunes generales el cero punto cero cinco cinco siete tres cinco por ciento (0.055735%) y a su vez le corresponde identico porciento en los gastos de operación y mantenimiento del condominio. Consta inscrita al tomo KARIBE del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta, finca número 35853 de Sabana Llana. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 58, otorgada el día 30 de enero de 2007, ante el Notario Félix Vega Fournier y consta inscrita al Tomo KARIBE de Sabana Llana, finca número35853, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta, inscripción quinta. Las subastas se celebrarán en los siguientes días y horas. El tipo mínimo será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca y en la sentencia del presente caso. Finca A- Apartamento 304. Primera Fecha: 12 de abril de 2022 a las 10:30 am, Tipo Mínimo: $88,400.00. Segunda Fecha: 20 de abril de 2022 a las 10:30 am, Tipo Mínimo: $58,933.33. Tercera Fecha: 27 de abril de 2022 a las 10:30 am, Tipo Mínimo: $44,200.00. Finca B – Estacionamiento 270. Primera Fecha: 12 de abril de 2022 a las 10:35 am, Tipo Mínimo: $1,600.00. Segunda Fecha: 20 de abril de 2022 a las 10:35 am, Tipo Mínimo: $1,066.67. Tercera Fecha: 27 de abril de 2022 a las 10:35 am, Tipo Mínimo: $800.00. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $82,425.16 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.125% anual desde el día 1 de diciembre de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $9,000.00 para costas, gastos y

honorarios de abogado, la suma de $9,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $9,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de estos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre las fincas descritas anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: Constituida por Ivette Zayas González (soltera), en garantía a un pagaré a favor de POPULAR MORTGAGE INC., o a su orden, por la suma de $5,000.00, (no expresa proporción), no expresa intereses y vencedero el 30 de junio de 2008, según la escritura número 59, otorgada en San Juan, el 30 de enero de 2007, ante el notario Félix Vega Fournier. Inscrita al Tomo KARIBE de Sabana Llana, finca número 21795, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta, inscripción duodécima. Inscrita al Tomo KARIBE de Sabana Llana, finca número 35853, en el Registro de la propiedad de San Juan, Sección Quinta, ins-

The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

cripción sexta. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Las propiedades a ser ejecutadas se adquirirán libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en San Juan, Puerto Rico, hoy día 8 de marzo de 2022. (fdo.) PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE JUANA DIAZ.

AIDY MARIA RODRIGUEZ SANTOS T/C/C/ HAYDEE MARIA RODRIGUEZ SANTOS

PETICIONARIA CASO NUM.: JD2022CV00118. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. Número de Catastro: 294-081-038-03. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: John Doe Y Richard Roe,

posibles interesados que incluye a colindantes desconocidos, anteriores dueños desconocidos y posibles herederos de dueños anteriores desconocidos de la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Predio de terreno sitio en el Barrio Pueblo Sector Borinquen carretera número 149 kilómetro 44 del término municipal de Villalba de una cabida de SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO PUNTO TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS (634.3746) METROS CUADRADOS, equivalente a Cero punto Mil Seiscientos Catorce (0.1614) Cuerdas, colindante por el NORTE, con Laboratorio Clínico Alfeciza, Inc; por el SUR con Camino Municipal; por el ESTE, con terrenos de Aguedo Maldonado; y por el OESTE, con Calle Borinquen hacia la carretera PR# 149. No consta inscrita en el Registro de la Propiedad. Los interesados incluyen a colindantes desconocidos, anteriores dueños desconocidos y posibles herederos de dueños anteriores desconocidos de la Propiedad antes descrita. Por

la presente quedan notificados que AIDY MARIA RODRIGUEZ SANTOS también conocida como Haydeé María Rodríguez Santos, han radicado en este Tribunal una Petición de Expediente de Dominio sobre la propiedad antes descrita, alegando que siendo dueños y ha poseído tanto por sus anteriores dueños como por ella como dueños dicha propiedad por más de 30 años y por ello solicitan Orden para que Ordene al Registrador de la Propiedad de Ponce II que inscriba dicha finca a nombre de los Peticionarios. Se apercibe que si transcurrido Veinte (20) días desde la publicación de este Edicto, no ha habido reparos u oposición contra la demanda interpuesta, este Tribunal dictará Sentencia de acuerdo a lo solicitado en la misma. Copia de la contestación deberá ser notificada al Licenciado Rubén Román Toro a su dirección en: Apartado Postal número 1831, Yauco, Puerto Rico 00698. En cumplimiento de una orden dictada por este Tribunal expido el presente bajo mi firma y sello de este Tribunal en Ponce, Puerto Rico, a 3 de marzo de 2022. Luz Mayra Caraballo Garcia, Secretario del Tribunal, Centro Judicial, Ponce, Puerto Rico. Por: f/Doris A Rodriguez Colon, Sec Auxiliar del Tribunal.

LEGAL NOTICE Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de CAROLINA.

Reverse Mortgage Funding, LLC. Demandante v.

Sun West Mortage Company, Inc.; Sucellión de Hipólita Quiñones Encarnación t/c/c Hipolita Villafañe Quiñonez t/c/c Hipolita Quiñones, Hipolita Quiñones Encarnación t/c/c Hipolita Quiñones Encarnación t/c/c Encarhipolita Quiñones t/c/c Hipolita Quiñonezencarnaci t/c/c Hipólita Encamación t/c/c Hipolita QuiñonesEncamación, compuesta por Maria Dalila Villafañe Quiñones; Carmen Milagros Villafañe Quiñonez, t/c/c Carmen Villafañe, t/c/c Carmen Milagros Villafañe Quiñones; Samuel Villafañe Quiñones, t/c/c Samuel Villafañe, t/c/c Samuel Villafañe Quiñonez, y Fulano de Tal y Butano de Tal como posibles herederos de nombres desconocidos y tenedores del Pagaré

extraviado y cuya identidad se desconoce al presente

Demandado(a) Civil: CA2021CV01087 (401). Sobre: SUSTITUCION DE PAGARE EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: María Dalila Villafañe Quiñones, Carmen Milagros Villafañe Quiñones, t/c/c Carmen Villafañe t/c/c Carmen Milagros Villafañe Quiñonez, Samuel Villafañe Quiñones, t/c/c Samuel Villafañe t/c/c Samuel Villafañe Quiñonez, Fulano de tal y Sutano de tal como posibles tenedores del pagare extraviado y como herederos de la Sucesión de Hipólita Quiñones Encarnación t/c/c Hipólita Villafañe Quiñonez t/c/c Hipólita Quiñones, Hipólita Quiñonez Encamación t/c/c Hipólita Quiñonez Encarnación t/c/c Hipóllta Encarnación t/c/c Hipólita Quiñones Encarnación

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 8 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de marzo de 2022. En CAROLINA, Puerto Rico, el 10 de marzo de 2022. MARILYN APONTE RODRIGUEZ, Secretaria. KEILA GARCIA SOLIS, Secretaria Auxiliar.

PUERTO RICO Demandante v.

SUCESION DE CARILUZ BOLET NIETO COMPUESTA POR SU VIUDO DAVID JONES; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERES EN DICHA SUCESION

Demandado(a) Civil Núm. GB2019CV00679. SALA 201. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: DAVID JONES, HEREDERO CONOCIDO DE LA SUCESION DE CARILUZ BOLET NIETO; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERES EN DICHA SUCESION.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 10 de marzo de 2022 , este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 11 de marzo de 2022. En Guaynabo, Puerto Rico, el 11 de marzo de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SANCHEZ, SEC. REG. II. f/ DIAMAR GONZALEZ BARRETO, Secretaria Auxiliar.

LEGAL NOT ICE

T/C/C MARÍA DEL C. CUALQUIER MIEMBRO MORALES ECHEVARRÍA; AUN DESCONOCIDO MARIA ANGELA DE LA SUCESION DE MORALES ECHEVARRIA; CAMILO OLMEDA VIDRO, UNITED STATES OF T/C/C CAMILO OLMEDA; AMERICA SUCESION DE CARMEN Demandado(a) ISMENIA ORTIZ TORRES, Civil Núm.: SJ2019CV08338. T/C/C CARMEN ISMENIA Sala: 506. Sobre: COBRO DE ORTIZ DE OLMEDA DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. NOTIFICACIÓN T/C/C CARMEN I. ORTIZ DE SENTENCIA POR EDICTO. TORRES, T/C/C CARMEN A: MARIA DEL CARMEN ISMENIA ORTIZ, T/C/C MORALES ECHEVARRÍA CARMEN I. ORTIZ, T/C/C T/C/C MARÍA DEL C. CARMEN ORTIZ Y/O MORALES ECHEVARRÍA; COMO CUALQUIER OTRA MARIA ANGELA PERSONA CON INTERES MORALES ECHEVARRIA. EN ESTE CASO EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 19 de diciembre de 2019, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 2 de enero de 2020. En San Juan, Puerto Rico, el 2 de enero de 2020. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA REGIONAL. ANGELA M. RIVERA HERNÁNDEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE

LEGAL NOTICE

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de BAYAMON.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY, FSB AS TRUSTEE OF FINANCE OF AMERICA STRUCTURED SECURITIES ACQUSITION TRUST 2019-HB1

Demandante v. ESTADO LIBRE ASOCIADO SUCESION DE CAMILO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA OLMEDA VIDRO Y OTROS TRIBUNAL DE PRIMERA INSDemandado(a) TANCIA SALA SUPERIOR DE Civil Núm. BY2019CV02071. LEGAL NOTICE SAN JUAN SALA 504. Sobre: EJECUCION BANCO POPULAR DE DE HIPOTECA POR LA VIA Estado Libre Asociado de PuerORDINARIA. NOTIFICACIÓN to Rico TRIBUNAL GENERAL PUERTO RICO DE SENTENCIA POR EDICTO. DE JUSTICIA Tribunal de PriDemandante Vs. A: CAMILO OLMEDA mera Instancia Sala Superior MARIA DEL CARMEN de Guaynabo. ORTIZ, FULANO DE TAL

BANCO POPULAR DE

MORALES ECHEVARRÍA

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 10 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 60 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de marzo de 2022. En BAYAMON, Puerto Rico, el 10 de marzo de 2022. F/LAURA I. SANTA SANCHEZ, Secretaria. F/VIVIAN J. SANABRIA, Secretaria Auxiliar.

Y SUTANO DE TAL COMO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

EDUARDO SANTIAGO GONZÁLEZ

Demandados Civil Núm.: SJ2019CV03374. Sala: 604. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDI-


The San Juan Daily Star CIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el 18 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en #868 CALLE SARA ISABEL SPENCER URB. EXT. COUNTRY CLUB SAN JUAN, PR 00924-3414 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número treinta y cinco del Bloque EE (35-EE) (SEGÚN EL REGISTRO BLOQUE BE) (35-BE), del Plano de Inscripción de la Urbanización Extensión Country Club, situado en el Barrio Sabana Llana de la municipalidad de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos cuarenta y nueve metros cuadrados con ochenta y seis centímetros cuadrados (349.86). Colindando por el NORTE, en veinticinco metros, con el solar treinta y cuatro del mencionado plano; por el SUR, en veinticinco metros con el solar treinta y seis del mencionado plano; por el ESTE, en trece metros y ochenta centímetros con la calle cuarentitres del mencionado plano; y por el OESTE, en catorce metros y diez y nueve centímetros con el solar dieciohco del mencionado plano de inscripción. Casa de concreto reforzado y bloques de concreto para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 161 del Tomo 120 de Sabana Llana, finca número 5,183, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta (5ta). El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $137,362.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 25 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $91,574.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 2 DE MAYO DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la

suma de $68,681.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 36 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 17 de mayo de 2010, ante la Notario Luisa Margarita Storer Bello, y consta inscrita al Folio 129 del Tomo 1,075 de Sabana Llana, finca número 5,183, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta (5ta), inscripción Séptima (7ma). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido condenando a la parte demandada ascendente a la suma de $121,867.95 por concepto de principal, desde el 1ro de enero de 2018, más intereses al tipo pactado de 6.00% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atraso en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de la hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalente a $13,736.20. Además, la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $13,736.20 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $13,736.20 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Sujeto a Condiciones Restrictivas a favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, a través del Programa Bono de Vivienda, para gastos de cierre, al conceder la suma de $3,792.19, para sufragar gastos de cierre, no se podrá vender, donar, permutar, ni transferir por un término de 10 años, sin el previo consentimiento de la Autoridad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anterior-

Wednesday, March 16, 2022 mente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan a continuación. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Popular Mortgage Inc., o a su orden, por la suma principal de $10,000.00, con intereses al 5.50% anual, vencedero el día 1 de junio de 2040, constituida mediante la escritura número 37, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 17 de mayo de 2010, ante la notario Luisa Margarita Storer Bello, e inscrita al folio 129 del tomo 1,075 de Sabana Llana, finca número 5,183, inscripción 8va. Por la presente se notifica a los acreedores conocidos y desconocidos que tengan inscritos, no inscritos, presentados y/o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 14 de marzo de 2022. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, ALGUACIL DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE

PUERTO RICO

DEMANDANTE VS.

CARMEN IVETTE ESCRIBANO VELEZ, ALBERTO DIAZ SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

DEMANDADOS CIVIL NUM.: TA2021CV00920. SALA: 702. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR, , en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE BAYAMON, SALA SUPERIOR, OFICINA DE ALGUACILES PISO 4, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: SR 159 RAMAL 5568 KM 2.1 LOTE 2-B, PADILLA WARD, COROZAL, PUERTO RICO 00783 y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela de terreno sita en el Barrio Padilla, del término Municipal de Corozal, denominado 2-B en el Plano de Inscripción, compuesto de veintiún mil doscientos nueve metros cuadrados con treintisiete centímetros (21,209.37) equivalentes a cinco punto tres mil novecientos sesentidós (5.3962) cuerdas. En lindes por el NORTE, con quebrada y terrenos de Bartolo Rodriguez; por el SUR, con camino dedicado a uso público y solar 1-B; por el ESTE, quebrada y terreno de Bartolo Rodriguez; y por el OESTE, con camino dedicado a uso público y solar 3-B. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 141 del Tomo 173 de Corozal, finca número 9,307, Registro de la Propiedad de Barranquitas. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $65,810.41. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:15 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá

de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $43,873.61. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $32,905.21. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 183 otorgada en Vega Baja, Puerto Rico, el día 10 de junio de 2008, ante el Notario Francisco Arrivi Silva, y consta inscrita al Folio 132 del Tomo 309 de Corozal, finca número 9,307, inscripción 3ra, Registro de la Propiedad, Sección de Barranquitas, modificada en cuanto a su principal que será de $65,810.41, en cuanto a su tasa de interés anual y el pago mensual de principal e intereses serán modificados de la siguiente forma: (1) Durante los primeros sesenta (60) meses, comenzando el 1ro de octubre de 2011, la tasa de interés anual será de 5.00% anual y el pago mensual por concepto de principal e intereses será de $317.34; (2) Del mes sesenta y uno (61) al mes cuatrocientos veinte (420), la tasa de interés anual será de 8.75% anual y el pago mensual por concepto de principal e intereses será de $481.24; (3) El último pago por concepto de principal e intereses, más un pago final de $12,458.62 por concepto de intereses acumulados los cuales vencerán el 1ro de septiembre de 2051; y en cuanto a su tipo mínimo en caso de ejecución que será $65,810.41, consta de la escritura de modificación de hipoteca número 410, otorgada el día 26 de agosto de 2011, en San Juan, Puerto Rico ante el Notario Público Antonio R. Pavía Vidal y consta inscrita al Folio 132 del Tomo 309 de Corozal, finca número 9,307, inscripción tercera (3ra), Registro de la Propiedad de Barranquitas. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido contra la parte demandada ascendente a la suma de $75,243.88 por concepto de principal, desde el 1ro de febrero de 2017, más intereses al tipo pactado de 8.75% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipote-

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ca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $6,000.00. Además, la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $6,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $6,000.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores conocidos y desconocidos que tengan inscritos, no inscritos, presentados y/o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante.. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta

bajo mi firma en el Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 14 de marzo de 2022. JOSE F MARRERO ROBLES, ALGUACIL DE SUBASTAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HATILLO SALA SUPERIOR.

ORIENTAL BANK COMO AGENTE DE SERVICIO DE THE MONEY HOUSE, INC. DEMANDANTE VS.

ALIDA ESTHER VALENTIN GARCIA

DEMANDADOS CIVIL NUM.: HA2021CV00128. SALA: 101. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HATILLO, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 5 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CAMUY, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: #247 CALLE MANUEL ALCAIDE, BARRIO PUEBLO, HATILLO, PUERTO RICO 00659 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el barrio Pueblo del término municipal de Hatillo, Puerto Rico, compuesto de 154.50 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Sucesión Pablo Aguilar; por el SUR, con carretera municipal; por el ESTE, con Marcelino Morán y Juan Rocher y por el OESTE, con Juan Rocher. ENCLAVA: Una casa de concreto, techada del mismo material y que contiene balcón, sala-comedor, tres cuartos dormitorios, cocina, servicio sanitario, marquesina y “laundry”. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 145 del Tomo 158 de Hatillo, finca número 8194A, Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $66,768.00.

Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $44,512.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $33,384.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 1101 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 31 de agosto de 2015 ante el Notario Ángel L. Rolán Prado y consta inscrita al Folio 173 del Tomo 449 de Hatillo, finca número 8194A, Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Segunda, inscripción cuarta (4ta). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $60,897.39 por concepto de principal, desde el 1ro de febrero de 2021, más intereses al tipo pactado de 5.00% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $6,676.80. Además, la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $6,676.80 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $6,676.80 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Por razón de dicho incumplimiento, y al amparo del derecho que le confiere el Pagaré, el demandante ha declarado tales sumas vencidas, líquidas y exigibles en su totalidad. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HATILLO, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes


32 anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en el Tribunal en Camuy, Puerto Rico, hoy día 15 de marzo de 2022. WILFREDO OLMO SEGUI, Alguacil Regional. LUIS E ROMAN CARRERO, ALGUACIL DE SUBASTAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAMUY SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA SALA SUPERIOR DE SAN SEBASTIÁN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

MARÍA ISABEL JIMÉNEZ RODRÍGUEZ

DEMANDADOS CIVIL NUM.: SS2019CV00919. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDIC-

TO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN SEBASTIAN, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el 5 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN SEBASTIAN, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: D-4 URB. REPARTO LA ESTANCIA SAN SEBASTIAN, PR 00685 y que se describe a continuación: URBANA: Solar denominado D-Cuatro (D-4): Ubica en el proyecto residencial denominado Reparto La Estancia, sito en la Carretera Estatal Número Ciento Nueve (109); kilometro veintiocho punto cinco (28.5) Interior, Barrio Culebrinas de la ciudad de San Sebastián, Puerto Rico. Tiene una cabida superficial de seiscientos metros cuadrados (600.00 m.c.). Colinda por el NORTE, en treinta y dos metros lineales (32.00 ml) con el solar D-Tres (D-3) de Reparto La Estancia II; ESTE, en dieciocho metros lineales con setenta y cinco (32.75ml) (así surge) céntimos de otro metro lineal con terrenos de Corporación Inmobiliaria SSS.; SUR, en treinta y dos metros lineales (32.00 ml) con el solar D-Cinco (D-5) de Reparto La Estancia II; y por el OESTE, en dieciocho metros lineales con setenta y cinco (18.75) céntimos de otro metro lineal con Calle Seis (6) de Reparto La Estancia. En el solar antes descrito ubica una estructura residencial construida en hormigón. Afecto a Servidumbre a lo largo de la colindancia Este del solar bordeando con la acera ubica una servidumbre de líneas telefónicas a favor de Puerto Rico Telephone Company que mide cinco (5) pies de ancho. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Folio 69 del Tomo 601 de San Sebastián, finca número 27,905, Registro de la Propiedad de San Sebastián. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $114,750.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA

The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $76,500.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 19 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $57,375.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 168 otorgada en Mayagüez, Puerto Rico, el día 14 de julio de 2008, ante el Notario Francisco José Casalduc Delgado y consta inscrita al folio 69 del tomo 601 de San Sebastián, finca número 27,905, inscripción cuarta (4ta), Registro de la Propiedad de San Sebastián. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $92,495.76 por concepto de principal, desde el 1ro de julio de 2019, más intereses al tipo pactado de 5.50% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $11,475.00. Además, la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $11,475.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $11,475.00 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN SEBASTIAN, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en

un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Sebastián, Puerto Rico, hoy día 15 de MARZO de 2022. LUIS A NIEVES RIVERA, ALGUACIL DE SUBASTAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN SEBASTIAN SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE

conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), la cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda o cualquier otro sin más citarle ni oírle, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El sistema SUMAC notificará copia al abogado de la parte demandante, el Lcdo. Kenmuel J. Ruiz López cuya dirección es: P.O. Box 71418 San Juan, Puerto Rico 00936-8518, teléfono (787) 993-3731 a la dirección kenmuel.riuz@orf-law.com y a la dirección notificaciones@orflaw.com. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 12 de enero 2022. En Bayamón, Puerto Rico, el 12 de enero de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL. MAYRA I. MARRERO MARRERO, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA

ORIENTAL BANK

Parte Demandante V.

RAMIRO AMAURY HURTADO OROZCO, MARICELI SANTOS PEREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL Parte Demandada DE PRIMERA INSTANCIA REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Civil Núm.: CN2021CV00014. Sobre: COBRO DE DINERO Y ISLAND PORTFOLIO DE HIPOTECA. SERVICES, LLC., COMO EJECUCIÓN LOS ESTADOS UNIDOS DE AGENTE DE ACE ONE AMÉRICA, EL PRESIDENTE FUNDING, LLC DE LOS EE.UU., EL ESTADO Demandante Vs. LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUEUFEMIO ESTRELLA CABRERA BASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Demandado Instancia, Sala de CAROLINA, Civil Núm.: TA2021CV00565. hago saber a la parte demanSalón: 703. Sobre: COBRO DE dada, RAMIRO AMAURY HURDINERO. EMPLAZAMIENTO TADO OROZCO, MARICELI POR EDICTO. SANTOS PÉREZ y la SOCIEA: EUFEMIO ESTRELLA DAD LEGAL DE GANANCABRERA. PO BOX 3249 CIALES COMPUESTA POR MANA TI, P.R. 00674; RR AMBOS; Y AL PUBLICO EN 1 BOX 12039, TOA ALTA GENERAL que en cumplimiento del Mandamiento de EjecuP.R. 00953. ción de Sentencia expedido el POR LA PRESENTE se le 26 de enero de 2022, por la Seemplaza y requiere para que cretaría del Tribunal, procederé

a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor pagadero en efectivo, cheque de gerente o giro postal, a nombre del Alguacil del Tribunal, la siguiente propiedad [Urb. Las Haciendas, 15-109 Calle Sendero Largo, Canóvanas Puerto Rico 00729] que se describe como sigue: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Las Haciendas, en el Barrio Hato Puerco de Canóvanas, que se describe como Solar número 109, con un área de 652.841 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 44.31 metros con el solar número 108, según plano con área verde y con solar número 121; por el SUR, en 43.35 metros con el solar número 110, según plano con la calle número 7; por el ESTE, en 14.93 metros con el solar número 121 y con el solar número 122, según plano con el solar número 110; y por el OESTE, en 15.00 metros con la calle número 7, según plano con el solar número 108. Enclava una casa dedicada a vivienda. Finca numero 17949 inscrita al folio 114 del tomo 413 de Canóvanas, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Euro Mortgage, o a su orden, por la suma de $305,900.00, con intereses al 3.50% anual y vencimiento 1 de agosto de 2014. Constituida mediante la escritura 25 otorgada en Caguas el 11 de junio de 2009 ante el notario Ángel R. Jiménez Rodríguez. Inscrita el 23 de febrero de 2012 al folio 115 del tomo 413 de Canóvanas, finca 17949, inscripción 4ª. (1264/243) CANCELADA PARCIALMENTE en una suma de $28,696.22 y MODIFICADA en cuanto a su interés y vencimiento, siendo ahora su nuevo principal por la suma de $277,203.78 con intereses al 3.500% anual, comenzando el 1 de diciembre de 2014, y vencimiento 1 de noviembre de 2044, según consta de la escritura 436 otorgada en San Juan el 30 de octubre de 2014 ante el notario Juan A. Martínez Romero. Inscrita el 30 de diciembre de 2014 al folio 45 del tomo 437 de Canóvanas, finca 17949, Nota Marginal. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dictada el 21 de junio de 2021, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la cantidad ascendiente a $252,242,91 de principal, más $12,335.38 a intereses acumulados, que continuarán acumulándose al 3.50% anual hasta el saldo total de la deuda, más $l ,099.10 a cargos por demora, más $2,305.88 a otros cargos, más $30,590.00 de costas, gastos y honorarios

de abogado, según pactado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 19 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de CAROLINA, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma, la cantidad de $305,900.00 sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 26 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $203,933.33. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 3 DE MAYO DE 2022, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad (1/2) del precio pactado para la primera subasta, o sea, $152,950.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de estos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad para ejecutar será adquirida libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los dere-

chos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En CAROLINA Puerto Rico, hoy 1ro de marzo de 2022. HÉCTOR L. PEÑA RODRÍGUEZ, ALGUACIL PLACA #278, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAROLINA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN

ORIENTAL BANK Demandante V.

JOHN DOE & RICHARD ROE

Demandados Civil Núm.: BY2022CV00909. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS

A: JOHN DOE Y RICHARD ROE, personas desconocidas que se designan con estos nombres ficticios, que puedan ser tenedor o tenedores, o puedan tener algún interés en el pagaré hipotecario a que se hace referencia más adelante en el presente edicto, que se publicará una sola vez.

Se les notifica que en la Demanda radicada en el caso de epígrafe se alega que un pagaré hipotecario fue otorgado 31 de agosto de 2006, a favor de RG Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma de $59,969.00 de principal, con. intereses al 5.60% anual, y vencedero el 1 de septiembre


The San Juan Daily Star de 2030, ante la Notario Magda Girod Clavell. En garantía del pagaré antes descrito, se otorgó la escritura de hipoteca número 608, en Vega Baja, Puerto Rico, el 31 de agosto de 2006, ante la Notario Magda Girod Clavell, inscrita al folio 61 vuelto del tomo 150 de Vega Alta, finca 3037, inscripción 7, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. El inmueble gravado mediante la hipoteca antes descrita es la finca número 3037 inscrita al folio 187 del tomo 49 de Vega Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. La obligación evidenciada por el pagaré antes descrito fue saldada en su totalidad. Dicho gravamen no ha podido ser cancelado por haberse extraviado el original del pagaré. El original del pagaré antes descrito no ha podido ser localizado, a pesar de las gestiones realizadas. RG Mortgage Corporation (antes Scotiabank, hoy Oriental Bank) es el acreedor que consta en el Registro de la Propiedad. El último tenedor conocido del pagaré antes descrito fue Oriental Bank (antes Scotiabank!RG Mortgage Corporation). POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva dentro de los 30 días de haber sido diligenciado este emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. LCDO. JAVIER MONTALVO CINTRÓN RUA NÚM. 17682 DELGADO & FERNÁNDEZ, LLC PO Box 11750, Fernández Juncos Station San Juan, Puerto Rico 00910-1750, Tel. (787) 274-1414 / Fax (787) 764-8241 E-mail: jmontalvo@delgadofernandez.com Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 08 de marzo de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL. MARÍA E. COLLAZO FEBUS, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO

Wednesday, March 16, 2022 BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

SUCESIÓN DE VIRGINIO MEDINA DELGADO, Y SUCESIÓN DE MIRIAM MARRERO LAUREANO; AMBAS COMPUESTAS POR: MIRIAM MEDINA MARRERO Y RAPHIEL MEDINA MARRERO; SUCESIÓN DE MIGUEL MEDINA, COMO HEREDERO DE LA SUCESIÓN DE VIRGINIO MEDINA DELGADO; SUCESIÓN DE LUIS MEDINA, COMO HEREDERO DE LA SUCESIÓN DE VIRGINIO MEDINA DELGADO; VIRGINIA MEDINA Y BELÉN MEDINA, COMO HEREDERAS DE LA SUCESIÓN DE LUIS MEDINA; “JOHN DOE Y RICHARD ROE’’ COMO POSIBLES HEREDEROS DE LA SUCESIONES DE VIRGINIO MEDINA DELGADO Y MIRIAM MARRERO LAUREANO; “JOHN DOE Y RICHARD ROE” COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN DE MIGUEL MEDINA; “JOHN DOE Y RICHARD ROE” COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE SUCESIÓN DE LUIS MEDINA; SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO URBANO Y VIVIENDA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: FL2021CV00072. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. MANDAMIENTO ORDEN DE INTERPELACIÓN. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: MIRIAM MEDINA MARRERO Y RAPHIEL MEDINA MARRERO, COMO HEREDEROS DE LAS SUCESIONES DE VIRGINIO MEDINA DELGADO Y MIRIAM MARRERO LAUREANO; “JOHN DOE Y RICHARD ROE’’ COMO POSIBLES HEREDEROS DE LA SUCESIONES DE VIRGINIO MEDINA DELGADO Y MIRIAM MARRERO LAUREANO;

“JOHN DOE Y RICHARD ROE” COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN DE MIGUEL MEDINA; “JOHN DOE Y RICHARD ROE” COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE SUCESIÓN DE LUIS MEDINA; VIRGINIA MEDINA Y BELÉN MEDINA, COMO HEREDERAS DE LA SUCESIÓN DE LUIS MEDINA.

POR CUANTO: Se ha dictado en el presente caso la siguiente Orden: “ORDEN: Examinada la moción presentada por la parte demandante, y examinados los autos del caso, el Tribunal le imparte su aprobación de la interpelación judicial de la parte demandante, conforme dispone el Artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2787, a los siguientes: MIRIAM MEDINA MARRERO y RAPHIEL MEDINA MARRERO, como herederos de las Sucesiones de VIRGINIO MEDINA DELGADO y MIRIAM MARRERO LAUREANO; “JOHN DOE Y RICHARD ROE’’ como posibles herederos de la Sucesiones de VIRGINIO MEDINA DELGADO y MIRIAM MARRERO LAUREANO; “JOHN DOE Y RICHARD ROE” como posibles herederos desconocidos de la Sucesión de MIGUEL MEDINA; “JOHN DOE Y RICHARD ROE” como posibles herederos desconocidos de Sucesión de LUIS MEDINA; VIRGINIA MEDINA y BELÉN MEDINA, como herederas de la Sucesión de LUIS MEDINA. Se ORDENA a los herederos de los causantes antes mencionados, a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia de dichos causantes. Se le APERCIBE a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. También se le APERCIBE a los herederos antes mencionados que luego del transcurso del término de treinta (30) días antes señalado contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia del causante y, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2785. Se ORDENA a la parte demandante a que, en vista de que se incluye a JOHN DOE Y RICHARD ROE POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS, proceda a notificar la presente Orden me-

diante publicación de un edicto a esos efectos una sola vez en un periódico de circulación diaria general de la Isla de Puerto Rico y eximiendo a la parte demandante de tener que enviar copia de la presente Orden y del Mandamiento de Interpelación a dichos herederos por desconocerse su identidad y sus direcciones. DADA en Manatí, Puerto Rico, a 3 de marzo de 2022. FDO. HON. MARÍA A. GONZÁLEZ CARDONA, JUEZA.” POR CUANTO: Se le(s) advierte a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en las herencias de los causantes antes mencionados. POR ORDEN DEL TRIBUNAL de Primera Instancia, expido el presente Mandamiento, bajo mi firma y sello oficial, en Manatí, Puerto Rico, hoy día 9 de marzo de 2022. VIVIAN Y. FRESSE GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. SARAY SALGADO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

RICHARD ROE” COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE SUCESIÓN DE LUIS MEDINA; SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO URBANO Y VIVIENDA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: FL2021CV00072. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

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ceder el remedio solicitado en la Demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Los abogados de la parte demandante son: ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: LCDO. REGGIE DÍAZ HERNÁNDEZ RUA Núm.: 16,393 BERMUDEZ & DIAZ, LLP 500 Calle De La Tanca Suite 209 San Juan, Puerto Rico 00901 Tel. (787) 523-2670 / Fax: (787) 523-2664 rdiaz@bdprlaw.com Expido este edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, hoy 07 de marzo de 2022. VIVIAN Y. FRESSE GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. SARAY SALGADO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Greenspoon Marder, LLP Lcda. Frances L. Asencio-Guido R.U.A. 15,622 TRADE CENTRE SOUTH, SUITE 700 100 WEST CYPRESS CREEK ROAD FORT LAUDERDALE, FL 33309 Telephone: (954) 343 6273 Frances.Asencio@gmlaw.com Expedido bajo mi firma, y sello del Tribunal, en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 8 de marzo de 2022. WANDA I. SEGUÍ REYES, SECRETARIA REGIONAL. IVELISSE SERRANO GARCÍA, SUB-SECRETARIA.

LEGAL NOTICE

SECRETARIA REGIONAL. KARLA P. RIVERA ROMÁN, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

SUCESION DE ANA CELIA RIVERA TORRES T/C/C Y OTROS

Demandado(a) Civil: CA2019CV00330. Sala: 409. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: MIRIAM MEDINA ESTADO LIBRE ASOCIADO LEGAL NOTICE A: LA SUCESION DE MARRERO Y RAPHIEL DE PUERTO RICO TRIBUANA CELIA RIVERA ESTADO LIBRE ASOCIADO MEDINA MARRERO, NAL GENERAL DE JUSTICIA DE PUERTO RICO TRIBUTORRES T/C/C ANA TRIBUNAL DE PRIMERA INSCOMO HEREDEROS NAL DE PRIMERA INSTANC. RIVERA TORRES DE LAS SUCESIONES CIA SALA SUPERIOR DE RIO TANCIA SALA SUPERIOR DE TOA ALTA COMPUESTA POR DE VIRGINIO MEDINA GRANDE EN FAJARDO ISLAND PORTFOLIO ALEXIS HERNANDEZ DELGADO Y MIRIAM MORTGAGE ASSET SERVICES, LLC., COMO RIVERA Y MENGANO DE MARRERO LAUREANO; MANAGEMENT, LLC AGENTE DE ACE ONE TAL POSIBLE HEREDERO Demandante Vs. “JOHN DOE Y RICHARD FUNDING, LLC DESCONOCIDO, A SUS ROE’’ COMO POSIBLES DAISY CRUZ CALDERON LEGAL NOTICE Demandante Vs. ULTIMAS DIRECCIONES T/C/C DAISY CRUZ HEREDEROS DE LA GLADYS V. RIVERA ROSA CONOCIDAS EN: URB ESTADO LIBRE ASOCIADO ACOSTA; RAMON SUCESIONES DE Demandados DE PUERTO RICO TRIBUNAL LOS CACIQUES 201 HUMBERTO ACOSTA Caso VIRGINIO MEDINA Civil Núm.: GENERAL DE JUSTICIA TRICALLE CARIMAR, PEÑA Y LA SOCIEDAD TA2021CV00473. Sore: COBUNAL DE PRIMERA INSTANDELGADO Y MIRIAM CAROLINA PR 00987 Y BRO DE DINERO. NOTIFICACIA CENTRO JUDICIAL DE MARRERO LAUREANO; LEGAL DE BIENES CIÓN DE SENTENCIA POR URB LOS CACIQUES 13H ARECIBO GANANCIALES “JOHN DOE Y EDICTO. BANCO POPULAR DE CALLE 2, CAROLINA PR COMPUESTA POR RICHARD ROE” COMO A: GLADYS V. RIVERA PUERTO RICO 00987 Y 2823 GOLDEN AMBOS; POSIBLES HEREDEROS ROSA - JARDINES DE Demandante V. KNOT DR, KISSIMME FL ESTADOS UNIDOS DE DESCONOCIDOS DE LA TOA ALTA 220 CALLE 8, SUCESIÓN DE VIRGINIO AMERICA 34746. SUCESIÓN DE MIGUEL TOA ALTA PR 00953. Demandados (Nombre de las partes a las que se le MEDINA DELGADO, Y MEDINA; “JOHN DOE Y Civil Núm.: RG2022CV00005. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) SUCESIÓN DE MIRIAM RICHARD ROE” COMO Sobre: EJECUCIÓN DE HI- notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que susMARRERO LAUREANO; POSIBLES HEREDEROS POTECA. EMPLAZAMIENTO EL SECRETARIO(A) que sus- cribe le notifica a usted que AMBAS COMPUESTAS POR EDICTO. ESTADOS UNI- cribe le notifica a usted que el 8 de marzo de 2022, este DESCONOCIDOS DE POR: MIRIAM MEDINA DOS DE AMÉRICA, EL PRE- el 7 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, SUCESIÓN DE LUIS SIDENTE DE LOS ESTADOS Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución MARRERO Y RAPHIEL MEDINA; VIRGINIA UNIDOS, EL ESTADO LIBRE Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debiMEDINA MARRERO; MEDINA Y BELÉN ASOCIADO DE PUERTO en este caso, que ha sido debi- damente registrada y archivada SUCESIÓN DE damente registrada y archivada en autos donde podrá usted enRICO, SS. MEDINA, COMO MIGUEL MEDINA, en autos donde podrá usted en- terarse detalladamente de los A: DAISY CRUZ HEREDERAS DE LA terarse detalladamente de los términos de la misma. Esta noCOMO HEREDERO CALDERON T/C/C SUCESIÓN DE LUIS términos de la misma. Esta noDE LA SUCESIÓN DE se publicará una sola DAISY CRUZ ACOSTA; tificación se publicará una sola tificación MEDINA. SOLAR 9 vez en un periódico de circulaVIRGINIO MEDINA RAMON HUMBERTO vez en un periódico de circula- ción general en la Isla de PuerBLQ J. URB. ALTOS DE DELGADO; SUCESIÓN ción general en la Isla de Puer- to Rico, dentro de los 10 días ACOSTA PEÑA Y LA FLORIDA, FLORIDA, PR DE LUIS MEDINA, COMO SOCIEDAD LEGAL DE to Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, 00650; 388 CALLE TITO HEREDERO DE LA siguientes a su notificación. Y, HENRIQUEZ URB. ALTOS BIENES GANANCIALES siendo o representando usted siendo o representando usted SUCESIÓN DE VIRGINIO una parte en el procedimiento COMPUESTA POR DE FLORIDA, FLORIDA, una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la SenMEDINA DELGADO; AMBOS. PR 00650-9316. sujeta a los términos de la Sen- tencia, Sentencia Parcial o ReVIRGINIA MEDINA Y Por la presente se le emplaza POR LA PRESENTE se le tencia, Sentencia Parcial o Re- solución, de la cual puede estaBELÉN MEDINA, COMO y notifica que debe contestar la emplaza para que presente al solución, de la cual puede esblecerse recurso de revisión o HEREDERAS DE LA demanda incoada en su contra Tribunal su alegación respon- tablecerse recurso de revisión apelación dentro del término de siva a la demanda dentro de l dentro del término de treinta o apelación dentro del término 30 días contados a partir de la SUCESIÓN DE LUIS os treinta (30) días a partir de MEDINA; “JOHN DOE Y (30) días a partir de la publica- la publicación de este edicto. de 30 días contados a partir publicación por edicto de esta ción del presente edicto. Usted RICHARD ROE’’ COMO deberá presentar su alegación Usted deberá presentar su ale- de la publicación por edicto de notificación, dirijo a usted esta esta notificación, dirijo a usted POSIBLES HEREDEROS responsiva a través del Sistema gación responsiva a través del esta notificación que se consi- notificación que se considerará hecha en la fecha de la publiUnificado de Manejo y Adminis- Sistema Unificado de Manejo y derará hecha en la fecha de la DE LA SUCESIONES cación de este edicto. Copia de Administración de Casos (SUtración de Casos (SUMAC), al DE VIRGINIO MEDINA publicación de este edicto. Co- esta notificación ha sido archicual puede acceder utilizando MAC), al cual puede acceder pia de esta notificación ha sido DELGADO Y MIRIAM vada en los autos de este caso, la siguiente dirección electróni- utilizando la siguiente direcMARRERO LAUREANO; ca: https://unired.ramajudicial. ción electrónica: http://unired. archivada en los autos de este con fecha de 10 de marzo de caso, con fecha de 9 de marzo 2022. En CAROLINA, Puerto “JOHN DOE Y pr/sumac/, salvo que se repre- ramajudicial.pr, salvo que se de 2022. En Toa Alta, Puerto Rico, el 10 de marzo de 2022. represente por derecho propio, RICHARD ROE” COMO sente por derecho propio. Si Rico, el 9 de marzo de 2022. LCDA. MARILYN APONTE POSIBLES HEREDEROS usted deja de presentar y no- en cuyo caso deberé presentar CC: LCDO. KENMUEL JOSÉ RODRÍGUEZ, SECRETARIA. su alegación responsiva su alegación responsiva en la RUIZ LÓPEZ - PO BOX 71418, MARICRUZ APONTE ALICEA, DESCONOCIDOS DE LA tificar dentro del referido término, el secretaria del tribunal. Si usted SUCESIÓN DE MIGUEL Tribunal podrá dictar sentencia deja de presentar su alegación SAN JUAN, PR 00936. LCDA. SECRETARIA AUXILIAR. MEDINA; “JOHN DOE Y en rebeldía en su contra y con- responsiva dentro del referido LAURA I. SANTA SÁNCHEZ,


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The San Juan Daily Star

Wednesday, March 16, 2022

Medvedev loses a match and No. 1 ranking, but faces bigger concerns By CHRISTOPHER CLAREY

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aniil Medvedev’s reign as the No. 1 men’s tennis player will not last long — at least, not this time. Medvedev, a 26-year-old Russian, took over the top spot for the first time in his career last week from Novak Djokovic, but his third-round loss to Gael Monfils on Monday will allow Djokovic to reclaim the No. 1 ranking next week. Djokovic will ascend even though he was unable to play in the BNP Paribas Open in Indian Wells, California because of the vaccination requirement for non-American visitors to the United States. Medvedev, who is fully vaccinated against COVID-19, did make the journey to California, although some of his peers believe he also should not have been allowed to compete at Indian Wells because of Russia’s invasion of Ukraine. Russian athletes have been banned from most international team competitions and some individual events, including World Cup competitions in biathlon and skiing and the recently concluded Beijing Winter Paralympics. Marta Kostyuk, a rising Ukrainian star, said at Indian Wells that she did not think Russian tennis players like Medvedev should be allowed to compete. But after lengthy debate, tennis’ governing bodies have decided to preserve players’ right to compete individually as neutrals while banning Russia and Belarus, its ally, from team events like the Davis Cup and the Billie Jean King Cup. Medvedev is grateful to keep his job, but all too aware that these are fluid, deeply sensitive circumstances. “First of all, it’s definitely not for me to decide,” he said. “I follow the rules. I cannot do anything else. Right now, the rule is that we can play under our neutral flag.” But the war certainly changes the optics of matches like Monday’s. Monfils, a Frenchman, recently married Elina Svitolina, Ukraine’s biggest tennis star, who was watching from his player box Monday as the Ukrainian flag flapped in the breeze in its new place of honor atop the main stadium at the Indian Wells Tennis Garden. The flag was installed there this year next to the American one in a show of

Daniil Medvedev has carved out a quirky game in a sport driven by powerful strokes. support for Ukraine. Monfils, ranked No. 28 at age 35, said he did not view Monday’s match — or his surprising 4-6, 6-3, 6-1 victory — through a political lens, but a personal one. “I’m not very political in general,” he said in French. “I’m a support for my wife. A sad thing has come to her country. I try to do the maximum to support her in whatever she chooses to do, but today we were here for playing. I’m simply happy to have won my match.” Monfils said that it had been difficult to see the distress of his Ukrainian in-laws. “It’s not easy to see my wife a couple weeks ago crying every night,” he said in English. “Still quite a lot of family still there. It’s tough to describe because I’m in it. And it’s just kind of crazy when you think about it, but we try to manage it the best way we can.” Kostyuk, beaten in the second round here, said she was upset that more Russian players had not approached her to apologize directly for the invasion, but many of the Russian and Belarusian stars, including Medvedev, have called for peace. Victoria Azarenka of Belarus, a former world No. 1, said she had sought out Ukrainian players since the war began last month. “Whatever I say I know can be twisted in many, many different ways,” she said.

“But one thing that’s missing in this world is compassion toward each other and empathy. That’s something I feel I can offer to people.” Medvedev’s short stint at No. 1 has not been business as usual. Reaching the top spot in the rankings is one of tennis’ ultimate achievements, and Medvedev is the first man outside the Big Four of Djokovic, Rafael Nadal, Roger Federer and Andy Murray to reign at No. 1 since early 2004. In normal times, that would have been cause for fanfare. But these are traumatic times, and though the ATP Tour did award Medvedev the crystal trophy it reserves for first-time No. 1 players and hold a photo shoot with his support team, there was no media tour; no series of promotional events and interviews. His management company, IMG, has said that no sponsors have dropped Medvedev since the war began, but this is not an appropriate climate for Medvedev to be searching for new international sponsors. With the war, it is prudent for Russian stars to maintain a low profile. Speaking out against the war or President Vladimir Putin of Russia could carry risks for them and their relatives who are still in Russia or Belarus. “I don’t think you should ask them to be more vocal about it, because they have family to consider, and now, you know,

they can get 15 years in prison for talking about the war,” said Martina Navratilova, the former top-ranked player who defected in 1975 to the United States from Czechoslovakia when it was part of the Soviet bloc. Sergiy Stakhovsky, the recently retired Ukrainian men’s tennis player who has enlisted in the Ukrainian army, said this month on the Craig Shapiro Tennis Podcast that he believed that discontinuing the WTA and ATP tour events in Moscow but still allowing the Russian players to compete as neutrals was the right choice even though Putin uses sports to showcase Russia. Stakhovsky said Russian tennis players had achieved their success not with government support, but “thanks to themselves and their families,” adding that Medvedev, Andrey Rublev and Karen Khachanov, the leading Russian men’s players, were all based abroad. “I’m pretty sure they didn’t even vote, so it’s really hard to put even a harder stance on them,” Stakhovsky said. Medvedev, who has been based in southern France or Monte Carlo since his early teens, said that in his view, “tennis is a very individual sport.” He said that so long as he had the chance, “I’m going to be there to try to play for the fans, play for other people, for myself also, of course.” But though both the men’s and women’s tours have reiterated their support for the current approach, Medvedev knows there are no guarantees. Though he has never played his finest tennis in the desert heat of Indian Wells, one also has to wonder how much the uncertainty and the war are impacting his state of mind or how much it might have impacted his tennis against Monfils on Monday, as Medvedev’s precise game collapsed in the final set amid a flurry of double faults and uncharacteristic errors. “Let’s see how the situation evolves,” he said of permitting Russian athletes to compete. Next stop: the Miami Open, where the men’s main draw begins March 23 and where, with Djokovic still not expected to play because of the travel ban, Medvedev can reclaim the No. 1 ranking by reaching the semifinals. But that, at this stage, is not the biggest of his concerns.


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Wednesday, March 16, 2022

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A quiet winter gives way to a very loud spring By TYLER KEPNER

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he New York Yankees sent a tweet Monday that only a dreamy romantic could have conjured last week amid the gloom of the Major League Baseball lockout. In a slow-motion video from the batting cage at spring training, a righthanded hitter lifted his front knee, pivoted on his back foot and whipped a bat across the plate, driving a batting practice fastball high above left field, where it disappeared in the clouds. Ahhhhhhh — baseball. Even better than the crack of the bat was the presence of a new slugger swinging it: third baseman Josh Donaldson, a past winner of the Most Valuable Player Award, who arrived through a trade Sunday night. And even better than that, the Yankees finally moved on from Gary Sánchez as part of the five-player move, shipping the powerful-but-flawed catcher to the Minnesota Twins. The Yankees also dealt infielder Gio Urshela and got Isiah Kiner-Falefa, a versatile defender with speed, and Ben Rortvedt, a muscular young catcher. Kiner-Falefa — whose 172 hits for Texas last season would have led the Yankees — will take over at shortstop, bumping Gleyber Torres back to second. “By doing this trade, we’ve upgraded defensively and offensively at third, defensively at shortstop,” general manager Brian Cashman told reporters in Tampa, Florida. “We’ve placed Gleyber in a position that he’s best at, at second base. So I think on the infield side we’ve upgraded three different ways, and improved the defense on the catching side as well.” Donaldson, 36, was the American League MVP in 2015 with Toronto but missed significant time with calf injuries in 2018 and 2020. He played 135 games for the Twins last season, with a .352 on-base percentage and a .475 slugging percentage, and brings a fiery presence to the Yankees. Cashman called starter Gerrit Cole before making the deal, knowing his history with Donaldson, who needled Cole last June with comments about spin rates and Spider Tack. Cole and Donaldson spoke Monday, hearing each other out. “Look,” Cole said, “if you’re committed to winning a championship, this kind of stuff doesn’t matter.” The championship pursuit is on again for most teams, with a new collective bar-

elbow trouble. DeGrom’s teammate, first baseman Pete Alonso, was healthy, too, after an accident Sunday that flipped his truck three times. Alonso, who said another driver ran a red light and T-boned his truck, had to kick open his windshield to escape. “I’m really just thankful to be alive,” he said. “Thank you, Ford, for having great engineering.” Alas, another superstar did not escape a recent accident intact. Fernando Tatis Jr., the wondrous shortstop for the San Diego Padres, showed up with a broken left wrist, apparently from an offseason motorcycle scrape, and may miss three months. Tatis said it “could have been a different story” if he had been allowed to consult team trainers during the lockout, but the blame falls mainly on him. Tatis, apparently, is not as skilled on two wheels as he is on spikes. Asked by reporters in Peoria, Arizona, when his acciThird baseman Josh Donaldson, left, a past winner of the Most Valuable Player dent occurred, Tatis replied, “Which one?” Award, arrived at the New York Yankees’ spring training camp Sunday night through a trade with the Minnesota Twins. gaining agreement in place after 99 days of contentious negotiations between players and owners. But while the players’ union hoped to disincentivize teams from tearing down rosters — tanking, that is — some clubs still can’t resist. That was one of several themes from a newsy Monday in which the Oakland Athletics and the Cincinnati Reds continued to offload veterans. The Reds, who dealt right-handed starter Sonny Gray to Minnesota on Sunday, sent third baseman Eugenio Suárez and outfielder Jesse Winker to Seattle for outfielder Jake Fraley, starter Justin Dunn, a prospect and a player to be named later. But the A’s, who sent right-handed starter Chris Bassitt to the Mets for prospects Saturday, made a move with broader implications. The A’s traded their All-Star first baseman, Matt Olson, to Atlanta, which gave up its hopes of reaching terms with Freddie Freeman, its longtime incumbent. Olson, a Georgia native who turns 28 this month, is a left-handed power hitter like Freeman and has won two Gold Gloves. But losing Freeman will be a psychological blow to the reigning World Series champions; general manager Alex Anthopoulos, who held back tears while announcing the trade, called it “the hardest transaction I’ve had to make.”

Freeman, 32, has drawn strong interest from the Los Angeles Dodgers in free agency. But Olson can be a free agent in just two years, and Atlanta is hardly struggling financially; its owner, the publicly traded Liberty Media, reported that the team made a $104 million profit in 2021. As rich owners go, however, there is only one Steven Cohen, whose generosity with his New York Mets payroll earned him his own tax threshold in the new CBA. Cohen splurged for a new ace, Max Scherzer, with a three-year, $110 million contract just before the lockout. His other ace, Jacob deGrom, told reporters in Port St. Lucie, Florida, that he plans to opt out of his contract after the season. “I’m excited about this team, I love being a Met, think it would be really cool to be one for my entire career,” said deGrom, whom manager Buck Showalter named the starter for opening day on April 7. “But the plan is to exercise that option and be in constant contact in the offseason with the Mets, Steve Cohen and the front office.” Credit deGrom — who would be under team control through 2024 otherwise — for confirming his plan and sparing us seven months of a will-he-or-won’t-he storyline. The announcement also signifies that deGrom is confident in his health after missing the second half of last season with


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Wednesday, March 16, 2022

As Tom Brady returns, NFL tilts toward its quarterbacks By EMMANUEL MORGAN

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he Tampa Bay Buccaneers’ website on Monday morning said it all. “Tom Brady is Back!” it read in bold black letters. “Join the Waitlist for 2022 Season Tickets.” The headline, of course, referred to Brady’s decision to unretire. Less than two months after he ended his 22-season NFL career, Brady, 44, reversed course Sunday night by announcing on social media that he would return to the league and to Tampa Bay. “I’ve realized my place is still on the field and not in the stands,” he wrote. After Brady’s first announcement, with its franchise centerpiece departed, Tampa Bay looked like it would need to rebuild to stand a chance of competing. With Brady, the quarterback of a record seven Super Bowl-winning teams, the Buccaneers are instead in prime position to compete for what would be their second championship in three seasons. His decision followed news last week that Aaron Rodgers, the league’s reigning most valuable player, agreed to stay with the Green Bay Packers, seemingly ending a highly publicized rift between Rodgers and the team’s front office. The Denver Broncos also planned to trade for Russell Wilson, a nine-time Pro Bowl selection who spent 10 seasons with the Seattle Seahawks. A good quarterback has always been the staple of a healthy franchise, but those three cornerstones helped define the 2010s in the league through stellar play for their organizations and continued to do in the 2020s. But the tumult that has surrounded Rodgers’ and Wilson’s tenures in recent years, and the seismic impact of Brady’s decisions, spotlights the power those elite passers hold over their own franchises and around the NFL. “There’s a difference between Tom Brady and Aaron Rodgers and Russell Wilson and the vast majority of other quarterbacks in the league,” said Bill Polian, the former general manager of the Buffalo Bills and Indianapolis Colts who was inducted into the Pro Football Hall of Fame in 2015. “Not all quarterbacks are created equal.” Below is a look at how each of these linchpins of the NFL should alter the landscape of the league.

Tom Brady gave his hat to a fan after beating the Philadelphia Eagles, 31-15, in the wild-card round of the N.F.C. playoffs last season. Tom Brady’s comeback is a windfall for the league. Tom Brady’s return should be a boon for the NFL, and the early statistics have already hinted at it. His jersey was the top seller among NFL fans during the 2021 regular season, according to Fanatics, and within a day of his return announcement Brady-related merchandise bested that of all athletes in Fanatics’ network, according to the online sport retailer. His return made Brady the logical focal point of the Buccaneers’ pitch to prospective season-ticket buyers who may have doubted the team’s playoff chances behind Kyle Trask or Blaine Gabbert, the team’s two backup passers, and a sign they would not need a total rebuild to compete for their second Super Bowl title since 2020. The NFL’s schedule-makers also likely viewed the news as a welcome surprise. The process of building out the regularseason schedule begins in January, and based on conference rotations, 2022 will already pit Tampa Bay against the Los Angeles Rams, the Packers and against Patrick Mahomes and Kansas City in a Super Bowl LV rematch. The Buccaneers are also slated to play a game in Germany in the 2022 season. An NFL spokesperson declined to comment on marquee games, but Polian said he believed it was inevitable that the Buccaneers might feature prominently in night games during the 2022 season. “I don’t think the schedule is nearly complete or finished, so they’ll just re-juggle the prime time games the Bucs are in,

which will be many,” he said. But Brady’s comeback hasn’t been a windfall for everyone: An unnamed fan, who declined to be interviewed, paid more than $500,000 for the ball thrown in what had been Brady’s final touchdown pass, a 55-yarder to Mike Evans late in the fourth quarter of the Buccaneers’ divisional-round playoff loss to the Rams in January. The gavel fell on the auction Sunday. Hours later, the memorabilia lost its distinction, assuming Brady throws more touchdowns. Aaron Rodgers made peace in Green Bay. For the first time in two offseasons, the Packers, one of the league’s oldest and most-storied franchises, can divert attention to other matters rather than wondering about the temperament of their star quarterback. Rodgers, the reigning winner of backto-back Most Valuable Player Awards, had engaged in a yearlong saga with Green Bay over his future there before announcing on social media last week that he would return to the team for the 2022 season. Rodgers, 38, whom the Packers drafted in the first round in 2005, publicly bickered with general manager Brian Gutekunst and others in the team’s front office over a list of grievances. They included, Rodgers said, the organization not including him in managerial decisions, his perceived mistreatment from the Packers toward former teammates and his not being utilized to recruit free agents. Rodgers led the Packers to a 13-4

season in 2021, and their relationship improved even as chaos from Rodgers’ becoming a cultural lightning rod over his coronavirus vaccination status ensued off the field. But it ended in disappointment in the divisional round of the playoffs when the Packers lost, 13-10, to the San Francisco 49ers. Rodgers’ decision, like Brady’s, maintains the balance of power in the NFC as the Buccaneers and Packers attempt to challenge the Rams’ supremacy. With the two quarterbacks returning and the current rosters as is, their teams are the betting favorites to win the conference, according to Caesars Sportsbook. If Rodgers is involved in luring more talent to Green Bay, the Packers’ odds could lift even more. Russell Wilson’s fresh start in Denver comes at an important moment for the Broncos. After 10 years in Seattle, Russell Wilson will decamp to Denver to supplant the Broncos’ rotating cast of quarterbacks. It’ll be a fresh start for Wilson, who had publicly voiced his frustrations with Seahawks executives last offseason over his desire to be involved more in personnel decisions. Behind a subpar offensive line, Wilson took plenty of sacks, and had seen most of his teammates from Seattle’s back-to-back Super Bowl appearances in the 2013 and 2014 seasons depart without upgraded replacements. Wilson missed three games last season because of a finger injury, and Seattle endured its first losing season since his arrival, compelling both sides to make a change. Enter the Broncos, who have failed to find a long-term successor since Peyton Manning’s retirement and have started 11 quarterbacks since 2016. The Denver franchise is for sale this offseason, and should get a jolt of new life from changes around the organization, which is expected to lobby for a new stadium in the coming years. Denver’s excellent receivers, plus a new head coach, Nathaniel Hackett, formerly the Packers’ offensive coordinator, had compelled rumors that the Broncos would be Rodgers’ top suitor this offseason. Instead, wideouts Jerry Jeudy and Courtland Sutton should benefit from Wilson’s accuracy and ability to buy his targets time to get open downfield. They should help invigorate the AFC West race, where the Los Angeles Chargers have added pass rusher Khalil Mack to an explosive defense, and where Kansas City’s offense still sets the tempo.


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Wednesday, March 16, 2022

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Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9

Crossword

Answers on page 38

Wordsearch

GAMES


HOROSCOPE Aries

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Wednesday, March 16, 2022

(Mar 21-April 20)

Although a developing tie between Mercury and Uranus can give rise to impatience, other aspects of your chart suggest it’s better to bide your time. Excited by what’s in store for you? You may have big dreams, and from the weekend you can act on them. Tie up loose ends first, and if you need to resolve any ongoing situations, do that too. Soon you’ll be on a roll, Aries.

Libra

(Sep 24-Oct 23)

Leisure and pleasure options continue to sparkle, and to bring opportunities for you to relax and enjoy experimenting with creative ideas and opportunities. New friendships look promising, as can a budding romance. Drawn to connect with someone on your wavelength? It’s a good time to forge supportive bonds. While work may prove demanding, time out will recharge you, Libra.

Taurus

(April 21-May 21)

Scorpio

Gemini

(May 22-June 21)

Sagittarius

(Nov 23-Dec 21)

Capricorn

(Dec 22-Jan 20)

You may be in the spotlight, with a good chance to showcase your talents. Feeling a tad exposed today? If so, working behind the scenes might be your preferred option. Yet with an upbeat focus in your sector of goals, this really is your time to shine. And while sobering Saturn will always provide a reality check, this is a golden opportunity to showcase those things you do best.

As the Sun eases away from ethereal Neptune and gets ready to align with driven Pluto, you’ll wake up as if from a dream, Gemini. And you might realize that you’ve been fooling yourself regarding a course of action that in its present form, just won’t work. Your focus will sharpen, and you’ll see with greater clarity what needs to be done, and how you can make it a success.

Cancer

(June 22-July 23)

(Oct 24-Nov 22)

If it seems that an idea is taking too long to come to fruition, then a Mercury/Uranus tie might encourage you to hurry things along. Try to resist, as you could undo all your hard work. Timing can be crucial regarding a project, especially if you’re working with another. Mind, a brilliant idea may change everything Scorpio, and might act as a shortcut to getting what you want faster.

You’ll be geared up to tackle those issues that you’ve neglected for too long, Archer. Just one or two bright ideas can make short work of them, and you’ll wonder why you didn’t think of such things before. You’ll also be aware of how you might invest in your home, so that by spending a small amount of money, you’ll get a big result. A few changes could make all the difference.

It’s time to plant new seeds, especially those that can assist you with getting your money to work harder, or that might enhance your business. In addition, this could be an excellent opportunity to let go of whatever no longer serves. Take your time over this, and don’t let friends or your social life act as a distraction, especially if you need to make some key decisions in the coming days.

Whatever your plans, now is the time to connect with those who can give assistance. The present focus on your sector of communication encourages discussion, and a chance to get advice from a variety of sources. Need to get something off your mind? You could find relief by talking about an ongoing issue. It might cause you angst if you bottle it up, Capricorn.

Leo

Aquarius

(July 24-Aug 23)

Have a desire to escape from an ongoing situation? This can be due to healer Chiron in your discovery zone, suggesting you need time out. You might feel like downing tools now, and going on a trip somewhere scenic and restful. If there has been little let up in a key situation, then consider doing so. You might find that talking to someone also helps you to feel better.

Virgo

(Aug 24-Sep 23)

If a relationship is developing along positive lines, things may be gearing up for the next stage. Even so, a Mercury tie can leave you impatient about the future, tempting you to push ahead regardless of whether the time is right or not. Things are coming together, but it might be wise to let them take their natural course. Rushing won’t help, and could even send the wrong message.

(Jan 21-Feb 19)

Have a skill you could put to good use? If you’re good at fixing, mending or maintaining anything, you can be in demand, Aquarius. You might never have thought about it in this way, but it may be an opportunity to supplement your income, if you need to. Plus, the Moon in Leo could mean that a close one needs more attention. Some quality time together can boost their mood.

Pisces

(Feb 20-Mar 20)

With the Sun traversing the final five degrees of your sign, you may be inspired, but lacking in the motivation to do anything about it. As the Sun is also casting a glance at empowering Pluto, someone might act as a catalyst and encourage you to have a go. And while you could have to battle a desire to sit and think about it, if you do get started, you’ll soon get excited, Pisces.

Answers to the Sudoku and Crossword on page 37


Wednesday, March 16, 2022

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CARTOONS

Herman

Speed Bump

Frank & Ernest

BC

Scary Gary

Wizard of Id

For Better or for Worse

The San Juan Daily Star

Ziggy


40

Wednesday, March 16, 2022

The San Juan Daily Star


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