Monday Mar 21, 2022

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Monday, March 21, 2022

San Juan The

50¢

Jaresko Calls Out Companies That Talk Big on ESG Factors While Keeping Russia Investments P3

Resident Commissioner Mourns Passing of US Rep. Young, ‘Puerto Rico’s Biggest Ally’

DAILY

Star

Correa’s Move to Twins Takes Astros Teammates by Surprise P34

Restocking the Bench

Governor Names 17 for Judgeships Amid Wave of Retirements

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NOTICIAS EN ESPAÑOL P 17

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The San Juan Daily Star


GOOD MORNING

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March 21, 2022

The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday edition, along with a Weekend Edition to cover Friday, Saturday and Sunday.

Jaresko chastises firms that talk ESG while holding on to Russia investments

Today’s

Weather

“Will McDonald’s keep on operating in Russia? Will Coca-Cola, Mondelez, Unilever and Nestlé continue selling utgoing Financial Oversight and their products there? To put it bluntly, Management Board Executive Diwill companies enact courageous ESG rector Natalie Jaresko in a column policies only when it does not hurt their criticized companies that have “vociferously bottom line?” professed the virtues of environmental, Jaresko said that every day, the U.S., social and governance (ESG) factors” but the United Kingdom and the European continue to hold investments in Russia’s Union buy from Russia more than $700 government bonds and companies following million in oil, gas, aluminum, nickel, its invasion of Ukraine. titanium, gold and other commodities, ESG funds are portfolios of equities indirectly financing Putin’s ambitions and/or bonds for which environmental, and Russia’s military invasion. social and governance factors have been “NordStream 2, which is not carintegrated into the investment process. This Financial Oversight and Managemeans the equities and bonds contained in ment Board Executive Director rying any gas, was finally frozen by the the fund have passed stringent tests over how Natalie Jaresko German government. But Nordstream 1, sustainable the company or government is which follows the same route, keeps on regarding its ESG criteria. operating,” she wrote. “The global busiJaresko’s remarks were made after mainland media ness community must understand that nurturing, upholding, outlets revealed that so-called ESG funds had at least $8.3 and protecting freedom and democracy is part of their ESG billion allocated to Russian government bonds and compa- responsibility. It is not only in their best interests but also in nies. There is over $2.7 trillion devoted to ESG-related funds. those of their increasingly noisy and numerous stakeholders. “The unprovoked and savage invasion of peaceful and Without a strong defense of our democratic system based on democratic Ukraine by [Russian President] Vladimir Putin’s rule of law and respect for one another’s international rights, military highlights a new challenge for the business commu- our entire system of business (and profit) could collapse.” “All too frequently corporations and their executives nity,” Jaresko wrote in a column published by the Financial Times. “Given that they have vociferously professed the virtues engage in marketing or obfuscation of what they’re actually of environmental, social and governance factors (ESG), will doing — what could more accurately be called “ESG-washing.” they walk the walk when it comes to the serial social and Will this prove to be another case of looking the other way?” Jaresko asked. “The Ukraine crisis could be the 21st-century governance violations that this invasion represents?” Since the COP26 climate summit in November, Jar- equivalent of the late-20th-century anti-apartheid movement, esko said, ESG has been one of the main topics discussed in which business, across many sectors, and societies, banded in corporate boardrooms, at management meetings and in together to counter the systemic and systematic racism of the investors’ pitches. However, since the Russian invasion of white nationalist South African regime. The fastest way to end Ukraine started, not all chief executives have had the cour- the war is to stop trading with Russia, divest Russian assets age to take actions which would be consistent with their ESG and refuse to finance Putin’s regime.” “We’ve collectively taken freedom, peace and depolicies, Jaresko said. “Delta Air Lines was one of the first movers when it mocracy for granted for way too long both as citizens and announced that it would suspend its code-share with Russian as businesspeople. Putin’s war against Ukraine has brought airlines, Aeroflot. BP has announced it is exiting its 20 per cent this into stark and alarming view,” she wrote. “Business has stake in Russian state oil company Rosneft. Norway’s sovereign a critical role to play if it actually believes in key ESG values wealth fund decided to freeze its investments in Russia and like rule of law, good governance and human rights. It’s time intends to fully divest its Russia holding. FedEx and UPS have to put all that talk into action.” suspended shipments to Russia. Several US restaurant chains and stores have announced that they will no longer sell RusCLARIFICATION: An individual appearing in a photo on page sian liquor. Carnegie Hall in New York City announced the 6 of the March 18-20 Weekend Edition of the STAR is incorcancellation of pro-Putin musicians’ performances,” Jaresko rectly identified as Puerto Rico Planning Board Chairman wrote. “All these courageous initiatives should be praised. Julio Lassús Ruiz. But many in the corporate world remain silent.” By THE STAR STAFF

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Monday, March 21, 2022

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NPP approves amendments to its regulations By THE STAR STAFF

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he New Progressive Party (NPP) General Assembly approved on Sunday amendments to its regulations during an event held at the Juan Aubin Cruz Abreu Coliseum in Manatí, including one that makes achieving statehood the purpose of the political party. “I have exactly six years, nine months and 12 days left to complete the work and achieve statehood,” Gov. Pedro Pierluisi Urrutia said during the assembly. “Next week, our board of directors is going to approve regulations for the reorganization of this party, which is the next step,” he said. “No party is as advanced in these processes as ours. The rest are falling asleep.” Pierluisi noted that the reorganization of the NPP will come from the bottom up and that the party grassroots will get to select candidates. “Because I’m going to tell you something. The starting point to win elections is to have the party properly organized, and we are going to achieve it,” he stated. Gurabo Mayor Rosachely Rivera Santana, who co-chairs the Regulations Committee, summarized the amendments to the NPP rules that in her opinion had the greatest impact. For example, she said that hopefuls for elected positions who fail to get a nomination will not be allowed to damage the reputation of or attack the winning nominee. “Respect was added so as not to damage the image and reputation of our party,” she said. The amendments would also make Sept. 4 the official

Gov. Pedro Pierluisi birthday celebration of former Governor and Resident Commissioner Carlos Romero Barceló, who passed away on May 2 of last year at the age of 88. Romero Barceló was also San Juan mayor. In addition, the NPP created new organs in its structure including a council of ex-legislators, another of ex-municipal leaders, an advisory committee on environmental affairs, and a council of NPP officials in the mainland United States.

Likewise, the assistant secretary of public affairs, the assistant secretary of political affairs, the alternate electoral commissioner, the director of the Luis A. Ferré Institute of Public Policy, and the director of the veterans’ organization were included with voice and vote in the NPP directorate. Also included were the director of the organization of Base and Faith Communities and the director of the organization of LGBTT statehood supporters. The defense of statehood was also added as the main reason for the party’s creation. Two amendments were included in the plenary session of the General Assembly and were approved. The first is to include, with voice but without vote, a representative of the council of former mayors in the directorate. The second motion seeks to clarify that when a person is an incumbent legislator of the House or the Senate by precinct or legislative district, he or she will not be required to be a resident of the precinct to preside over it. During the activity, officials honored veteran Juan Cruz Rodríguez. Cruz Rodríguez was the protagonist of an incident last week in Puerta de Tierra involving demonstrators with the group The Promises Are Over. During the protest, the demonstrators removed some U.S. flags and threw them into the street. The war veteran picked up the flags. In addition, tribute was paid to Romero Barceló and to U.S. Rep. Don Young (R-Alaska), who died Friday. Young was the author of the only pro-statehood for Puerto Rico bill to be approved by the House of Representatives.

PDP leaders propose amendments to party regulations By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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t-large Rep. Héctor Ferrer Santiago, along with Juan Vega, president of the Public Servants Organization, Ada Álvarez, president of Popular Women, and atlarge Rep. Jesús Manuel Ortiz presented on Sunday a series of proposed amendments to the regulations of the Popular Democratic Party (PDP). Most of the amendments seek full compliance with the determinations approved by the majority of the components of the party’s various organizations. “Although it is true that this party is the longest-running … it is no less true that it has been a vanguard party, which requires carrying out a process of self-assessment and tempering itself to the new times, without forgetting the postulates that influenced its creation,” Ferrer Santiago said. Among the main proposals are: * Compliance with the decisions, resolutions and positions approved by the majority of the Governing Board, the General Council, the General Assembly, the legislative caucus and/or legislative conference to which they belong, as

Popular Democratic Party Rep. Héctor Ferrer Santiago well as in the caucus of the respective municipal legislatures. * The inclusion of language indicating that the issues contained in the Government Program adopted by the Assembly oblige the leadership and all candidates of the Popular Democratic Party to conduct their functions based on it. Includes all elected officials in both the majority and minority. * The tempering of regulations to the Law for the Control

of the Financing of Political Campaigns * Creation of a legislative campaign committee * Creation of an assistant secretary for regulations * Creation of new positions in response to the new political, demographic and social reality, such as: the LBGTTIQ+ community, the private sector, the community sector, retirees, people with disabilities and the faith-based. “The time has come. Our people want to have a voice and a vote in the bodies that make up the governance of our institution,” Vega said. “The time has come to show our commitment and dedication and leave our personalities to grow! The time has come to think about the collective and not about individualism, if we want to prevail as a body in the face of elections. For this reason, as president of the Public Servants Organization, I propose the … changes in the current structure of our Popular Democratic Party. Álvarez added that “the PDP organizations are essential for [the party’s] future.” “We are listening to the needs of the people and we are the ones who carry those concerns,” she said. “This is an opportunity to make the PDP more inclusive and to redesign decision-making for the future.”


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Monday, March 21, 2022

Governor names 17 for bench seats amid wave of judicial retirements By THE STAR STAFF

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ov. Pedro Pierluisi Urrutia has sent a list of 17 nominees for judgeship positions as reportedly the judicial branch is losing a large number of judges to retirement because of the commonwealth debt adjustment plan changes to the pension system. Official court data shows that 26 judges are slated to retire in 2022. The judiciary in a written statement reported that since January 2022 some seven judges have retired while some 19 active judges submitted their letters of resignation prior to March 15, the date the central government’s debt adjustment plan went into effect. The governor last week nominated Heidi Denyse Kiess Rivera to a new term as Superior Court judge, while Karilyn Marie Díaz Rivera and Waleska lvette Aldebol Mora were pro-

Official court data shows that 26 judges are slated to retire in 2022. moted to judgeships in the Court of Appeals. Pierluisi also nominated Wanda Cintrón Valentín for another term as Superior Court judge, Judge Alexander Espinosa Santiago as municipal judge, Gerardo Rafael Sarriera Lázaro as Superior Court judge, Rodney José

Ríos Medina as Superior Court judge, Elizabeth Ann Rice Dilmé as senior judge and Karen Pagán Pagán as Superior Court judge. The list also includes Obdulio Eloy Meléndez Torra, Pedro Carlos Hernández Zumaeta, Myrna Esther Ayala Díaz, Lourdes

Lynnette Gómez Torres and Begoña Inés de Jesús Meléndez as Superior Court judges. The judicial branch has predicted that between 30 and 35 judges will be retiring soon so as not to lose their benefits following the debt adjustment plan’s implementation, which froze all benefits. There are some 386 vacancies in the judicial branch. The governor also appointed Juan Miguel Guzmán Escobar for a promotion as Superior Court judge, and Marta Lizzette Marchany Justiniano, Ángel Manuel Llavona Folguera and Wanda Cintrón Valentín to new terms as Superior Court judge. On Friday, the governor sent to the Legislature a list of more than 18 nominations to positions as prosecutors. They included the renominations as prosecutors of Jose Alberto Acevedo Acevedo, Rosa Enid Acevedo Gonzalez, Jimara Gabriel Maisonet and Marimer Haydee Alvarez Ortiz.

Fiscal board seeks progress report from gov’t on possible mediation for PREPA debt plan

U.S. District Court Judge Laura Taylor Swain By THE STAR STAFF

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he court overseeing Puerto Rico’s bankruptcy has amended its March 8 order indicating that it was exploring whether a judicial mediator or mediation team can be made available to facilitate a plan of adjustment for the Puerto Rico Electric Power Authority, which will not require legislative approval. The March 16 order asked the government to submit by March 18 a report on the progress with stakeholders toward eliciting consent for mediation and toward defining the scope of mediation. The Financial Oversight and Management Board announced that the Fiscal Agency and Financial Advisory Authority, the Ad Hoc Group of PREPA Bondholders, the monolines Assured,

National, and Syncora, the Electrical Industry and Irrigation Workers Union (UTIER) and PREPA’s retirement system, the Official Committee of Unsecured Creditors, and PREPA’s fuel line lenders expressed a willingness to join mediation with respect to a consensual plan of adjustment. The mediator has yet to be appointed. After the government canceled a previous plan of adjustment that was negotiated in 2019, U.S. District Court Judge Laura Taylor Swain gave the parties until May to come up with a new debt deal. “The government parties submit that the proposed mediation should pursue a plan of adjustment for PREPA with as much consensus as possible, but with at least the support of one impaired accepting class,” the oversight board said. “The mediation should include all relevant issues, including over $8 billion in bond debt and asserted security interests, over $700 million in fuel line loans and their asserted priority, general unsecured claims and collective bargaining as UTIER is one of two active labor unions representing PREPA employees, with the other labor union being the Union de Empleados Profesionales Independiente de la AEE (UEPI).” The oversight board said it believes that it would be most productive for mediation to include both UTIER and UEPI, so that all PREPA employees are represented, and has reached out to UEPI counsel to inquire about their willingness to participate. The union has not yet responded. “The mediation should proceed expeditiously to allow the Oversight Board to meet the May 2nd deadline for submission of a plan, a term sheet, or, if necessary, a litigation schedule for unresolved disputes, with the possibility of requesting an extension if progress is made, or the mediator determines it would be cost-beneficial,” the oversight board said. “Each of the creditor groups the Oversight Board contacted is supportive of engaging in mediation pursuant to a mediation agreement on

substantially similar terms to that entered into by the mediation parties in connection with the plan of adjustment for the Commonwealth of Puerto Rico.” The island House of Representatives asked to take part in the mediation. “Currently, the Oversight Board does not anticipate developing or negotiating a PREPA plan of adjustment requiring legislation. But, if that changes, the Oversight Board would welcome the Legislature’s participation in mediation if such a restructuring proposal is developed,” the board said. “In the meantime, the Oversight Board invites the legislative representatives to submit to the Oversight Board all positions or proposals on key issues related to PREPA’s restructuring that they believe should be considered or they urge on the Oversight Board.”

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Monday, March 21, 2022

New CDBG-DR funds transparency portal goes online By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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nnouncing the availability of the Transparency Portal for Community Development Block GrantDisaster Recovery (CDBG-DR) funds on Sunday, island Housing Secretary William Rodríguez Rodríguez said the portal’s purpose is to provide an accessible tool for closely monitoring the transformation of the island. “Transparency and accountability are essential elements for achieving the effective use of the funds allocated to the island,” Rodríguez said. “Our commitment and Governor Pedro Pierluisi’s directive is that this be fully complied with. For this reason, this tool that we proudly present has the main purpose of providing citizens with clear information on the investment of CDBG-DR funds in Puerto Rico’s recovery. This effort will be key in clarifying inaccurate statements about the use and implementation of reconstruction funds and to reinforce the available content about the construction work that is carried out daily throughout the island.”

Housing Secretary William Rodríguez Rodríguez The portal, which is incorporated into the CDBG-DR home page, will provide information on the investment and performance of the funds in the nearly 20 programs currently operating under the $10 billion-plus grant agreement awarded by the United States government to promote the integrated recovery of the

island after the passage of hurricanes Irma and Maria in 2017. “The trust of the federal government in our management, and after the elimination of restrictions by the BidenHarris administration, establishes a great responsibility that we assume to continue the recovery of the island in an agile way,”

the Housing chief said. “We recognize that understanding the operation of all the programs can be complex and part of what we wanted to develop with this tool is an easier way to understand the programs and what they are doing for our island.” The official noted that publication of the new Transparency Portal coincides with the substantial progress that the Repair, Reconstruction and Relocation (R3), Direct Assistance to the Buyer, and Financing for Small Businesses programs have experienced during recent months. Through the recovery programs, it has been possible to provide a safe roof under the R3 program to more than 4,165 Puerto Rican families, Rodríguez noted. Financing has been provided for the purchase of almost 2,015 new homes on the island and the recovery of more than 1,676 businesses has been promoted. Regarding the Transparency Portal, he described how the platform will provide information on the obligation and disbursement of funds, with specific data on the various forms of assistance offered by CDBG-DR programs to citizens, nongovernmental organizations, municipalities and central government agencies.

Resident commissioner mourns congressional colleague Young By JOHN McPHAUL jpmcphaul@gmail.com

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esident Commissioner Jenniffer González Colón is mourning the passing of Alaska’s at-large Rep. Don Young, who died on an airline flight on Saturday. “Don Young’s unwavering support and mentorship guided me and hundreds of members of Congress throughout his 49 years of service in the House,” González Colón said. Young, 88, lost consciousness on a flight from Los Angeles to Seattle and attendants Resident Commissioner Jenniffer González Colón were unable to revive him, according to a press release from his office. “He was Puerto Rico’s biggest ally, who shocked and so saddened. I pray during this of Representatives, and the longest-servunderstood our cause for statehood because painful time for his family, his wife Anne, ing member of Congress. He was the he remembered how it was once Alaska’s who was by his side, friends and the people House’s sole representative from Alaska for three-quarters of the state’s existence (see plight,” the resident commissioner said. he proudly represented. Young was the “dean” of the House story on pages 7-8). “This loss is immeasurable; I am stunned,

González Colón said that even in their last farewell, without knowing it, Young transmitted the humility and gentlemanliness that distinguished him. “Yesterday I was with him at a hearing in Natural Resources -- I opened the door to leave and he told me, ‘God will protect you in Heaven’ and I answered: ‘You have done it here in this life,’” she said on Saturday. “Don Young was a fighter for what he believed in and for his constituents. He could be firm and resolute when he thought something was wrong but at the same time good-humored and clever in his exchanges in the committee,” the resident commissioner said. “Noone, not even myself, would have imagined back then, when I first met him in Puerto Rico at age 20, that I was going to be his colleague in Congress. It was a great honor to have met him back then and it was an even greater honor to serve with him in Congress. Rest in peace my friend.”


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Monday, March 21, 2022

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Don Young, Alaska congressman who was dean of the House, dies at 88 By ROBERT D. McFADDEN

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on Young, the Alaska congressman who secured pork-barrel billions for his state over nearly a half-century and became the longest-serving Republican in the House of Representatives and the oldest current member of both the House and Senate, died Friday. He was 88. Young died while traveling home to Alaska, his office said. His wife, Anne, was with him. In a state whose small population allows for two senators but only one representative, Young, who cultivated the image of a rugged frontiersman with outsize clout in Washington, was sometimes called Alaska’s “third senator.” To this day, most Alaskans have had no congressman in their lifetimes but Young, who was first elected in 1973, during the Nixon administration. Early in his 24th term in 2019, he became the longest-serving Republican in House history, surpassing the tenure of former Speaker Joseph Gurney Cannon of Illinois, who as a teenager had followed the 1858 Lincoln-Douglas debates and went on to serve 23 House terms in three discontinuous segments between 1873 and 1923. At his death Young was in his 25th term and 49th year in Congress. (John Dingell, a Democratic House member from Michigan for 59 years, was the longest-serving member of Congress.) When asked in 2020 how long he planned to serve, Young told The New York Times, “God will decide that, or the voters.” Young dated from an era when power in Congress was measured partly by securing of “earmarks,” discretionary spending allocations that lawmakers in both parties use for pet projects in their home districts and states, often by circumventing merit-based or competitive-bidding processes. Known as “pork barrel” legislation, it was often reformed over the years, and banned for more than a decade, before lawmakers agreed to revive the practice with strict guardrails last year. In the government funding bill that President Joe Biden signed into law Tuesday, Young managed to secure more than $23 million for projects in his state. Among them were the replacement of a fire station in Kodiak that was built in the 1940s and the replacement of an old clinic. “We have lost a giant who we loved dearly and who held Alaska in his heart — always,” Sen. Lisa Murkowski, R-Alaska, said

in a statement. “Don was coming home to the place that he loved and to the people that loved him best.” Gruff and irascible,Young, who survived occasional allegations of shady ethics, was a staunch opponent of environmental causes and a tough defender of Alaska’s oil, mineral and logging industries. He used his powerful leadership positions on the House Natural Resources Committee and on the Transportation and Infrastructure Committee to fund highways, bridges, pipelines and many other projects. (As chair, he dropped “Natural” from the committee’s name, renaming it the Committee on Resources, but Democrats changed it back later.) Young was perhaps best known for trying to fund what critics called the two Bridges to Nowhere, at costs estimated in 2004 at $2.2 billion. One would have replaced a ferry linking the town of Ketchikan in southeastern Alaska with an island a mile offshore that had 50 residents and a small airport. The other, 2 miles long, would have connected Anchorage to a small peninsular port that had one commercial tenant. The proposals lingered on the books for years, but the bridges were never built. Often working with Alaska’s two Republican senators, Ted Stevens on the Appropriations Committee and Frank H. Murkowski (Lisa Murkowski’s father) on Natural Resources, Young pushed legislation and policies that built roads and pipelines across national parks, restricted purchases of conservation lands and limited the reach of rules protecting endangered species. Popular with conservative constituents, Young opposed abortion except to save a woman’s life; called climate change a “scam”; voted for tax cuts, gun rights and bills to create jobs, but against protections for gay and lesbian people in the workplace; supported the legalization of marijuana; favored repealing the Affordable Care Act; and hailed former President Donald Trump’s executive orders rolling back restrictions on Arctic oil drilling. The Wall Street Journal reported in 2007 that Young was under federal investigation on suspicion of taking bribes, illegal gratuities and unreported gifts from Anchorage-based VECO oil services company, whose two top executives had already pleaded guilty to bribing Alaska state legislators. The Journal said Young had received $157,000 over 10 years from VECO executives and political action committees. But no formal charges

Rep. Don Young (R-Alaska) stands outside his campaign headquarters in Anchorage, Sept. 11, 2020. were brought against him in the matter. In 2014, the House Ethics Committee finedYoung $60,000 for using campaign funds to pay personal expenses and for inappropriately accepting 15 junkets. He was also accused of failing to report inherited property assets for 25 years. He apologized for what he called “oversights.” Again, no criminal charges were brought. Young opposed Trump’s run for the presidency in 2016, but after Trump’s election, Young became more supportive, voting against both impeachments of the president. But after Biden’s victory in the 2020 election, however, Young was one of the first Republicans to congratulate the new president-elect. Even under the Biden administration, Young showed a willingness to work across the aisle on behalf of his state, becoming one of just 13 Republicans to support a substantial $1 trillion infrastructure bill. Young also notably introduced Interior Secretary Deb Haaland, the first Native American to serve in the role, at her confirmation hearing last year in the Senate, calling her a friend and

emphasizing his own supportive relationships with Alaska Natives and tribal governments. In a statement Saturday, Biden said of Young, “He was larger than life but always focused on Alaskans’ everyday lives,” adding, “Don’s legacy lives on in the infrastructure projects he delighted in steering across Alaska” and in “the enhanced protections for Native tribes he championed.” Young could be crude in public. In a 1994 House debate on the right of Native Alaskans to sell sex organs of endangered animals as aphrodisiacs, he waved an 18-inch walrus penile bone at the face of the fish and wildlife commissioner. In a radio interview in 2013, he referred to Latino migrant workers with an ethnic slur. And in 2017, former House Speaker John Boehner, R-Ohio, told Politico that Young had once pinned him against a wall in the House and held a 10-inch knife to his throat. His lapses rarely hurt him at the polls. He was elected to 25 consecutive terms, usually facing moderate to light opposition and winning more than 70% of the vote five times. In 2020, he turned back a strong challenge from Alyse Galvin, a politically independent community organizer, who campaigned on discontent with the state’s economy during the coronavirus crisis. After the election, Young announced that he had tested positive for the coronavirus. He was hospitalized for three days in Anchorage and isolated at home. He said that he regretted dismissing the seriousness of the pandemic and that he supported the use of masks. As news broke of Young’s death Friday evening, lawmakers and aides related stories about him, some noting that he had often sat in the back aisle of the House chamber and heckled his colleagues, particularly when a vote had dragged on for too long. “His absence will leave Congress less colorful and certainly less punctual,” Rep. Kevin McCarthy, R-Calif., the minority leader, said in a statement. “But his decades of service have filled every room and touched every member.” Donald Edwin Young was born in Meridian, California, on June 9, 1933, the youngest of three children of James and Nora (Bucy) Young. He had two sisters, Beatty and Jane. His father was a Sutter County rancher. Young graduated from Sutter Union High School in 1950 and earned an associate degree in Continues on page 8


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The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

Some states reduce reporting of virus data, raising fears of blind spots By ADEEL HASSAN

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growing number of U.S. states have stopped giving daily updates of the number of new coronavirus cases, hospitalizations and deaths, which, combined with the rise of at-home testing whose results are often not officially registered, is creating a more uneven real-time look at the state of the pandemic. Although most states still report each weekday, more than a dozen have cut back to once or twice a week, according to a New York Times database. Arizona, Hawaii, Kentucky, Nevada, Ohio, Oklahoma and South Carolina have moved to weekly reports, as has the District of Columbia. Wyoming has moved to twice-aweek reports. More reductions are expected to come, public health officials have said. Nationally, the declines in new cases, hospitalizations and deaths are tapering off, and some experts are concerned that the drop in reporting could create blind spots if the pandemic begins a resurgence. Many states have recently dropped pandemic restrictions, even as cases surge again in Europe, which has often served as a bellwether for the pandemic’s U.S. trajectory. Although testing has fallen in some countries, detected cases are up globally about 20% over the past two weeks, according to the Center for Systems Science and Engineering at Johns Hopkins University. A few states also scaled back their data reporting frequency last summer, just as a wave of new cases from the delta variant hit. But there are key differences this time, health

A nurse works in a drive-though COVID-19 testing site in Hagerstown, Md., Feb. 18, 2022. A growing number of states have stopped giving daily updates of the number of new coronavirus cases, hospitalizations and deaths, which, combined with the rise of at-home testing, is creating a more uneven real-time look at the state of the pandemic. officials said. “We’ve moved to a place where we don’t need to know the absolute numbers,” said Dr. Marcus Plescia, chief medical officer for the Association of State and Territorial Health Officials, which represents the public health agencies of all 50 states, Washington D.C., and U.S. territories. “We can still monitor trends for people who are getting tests in public settings. We still have a good sense of where the absolute numbers are going.”

He said the reduction in reporting would not necessarily mean that states would be less prepared for new waves. Past spikes have come from variants that were discovered and sequenced internationally, including delta and omicron. “It was a matter of waiting until they got here,” Plescia said. The benefits of the daily data reporting has also shifted, according to Dr. Gigi Gronvall, a testing expert and a senior scholar at the Center for Health Security at Johns Hopkins University.

“We did see this in June, the attempt to report it more like flu, and it was warranted then,” she said. “In June, cases had dropped, and we did not yet have delta. We didn’t have much demand for, and didn’t have, rapid antigen tests. Now, the government has literally given everyone tests. People who are getting tested who are testing positive are almost certainly not telling their health departments. So the data is pretty wonky.” She said other indicators are more valuable at this point, such as hospitalization and vaccination numbers and wastewater surveillance. Plescia agreed, saying it was the right time to bring COVID-19 reporting more in line with how public health agencies track other infectious diseases. He said the result would be a more complete picture of the coronavirus’s trajectory because there would be more time to iron out the fluctuations of daily data. In fact, the daily data “does not necessarily influence the interventions that we’re considering,” he said. However, some researchers warned that the drawdown of state reporting on pandemic metrics presented a threat to response times. “Infectious diseases like SARS-CoV-2 move very quickly, and therefore we need to respond quickly to early signals of rising cases or a new variant,” said Dr. Sam Scarpino, managing director of virus surveillance at the Rockefeller Foundation’s Pandemic Prevention Institute. “Early action prevents school closures, mask mandates, and saves lives. However, if we’re waiting around for days or weeks or months for new data, it’s hard to see the signals quickly enough.”

Don Young, Alaska congressman who was dean of the House, dies at 88 From page 7 education from Yuba Community College in 1952 and a bachelor’s degree in teaching from Chico State College (now University) in 1958. From 1955 to 1957, he was in the Army and served in a tank battalion. At 26, Young moved to Alaska soon after it attained statehood in 1959. He admitted being drawn by Jack London’s 1903 novel “The Call of the Wild,” about a powerful, 140-pound dog named Buck, a St. BernardScotch collie who is stolen from a ranch in the Santa Clara Valley and sold as a sled dog in the Yukon. Young settled in Fort Yukon, a town of 700 just above the Arctic Circle. He tried

fishing, trapping and panning for gold, as if resurrecting London’s Klondike wilderness life of 1897. In town, he taught elementary school classes and coached high school basketball and track teams for several years at a Bureau of Indian Affairs school, where wood-burning stoves warmed the students through freezing winter days. With the breakup of the Yukon River ice in spring, he piloted his own tug and barge, carrying supplies to villages along the river. In 1963, Young married a Native Alaskan bookkeeper, Lula Fredson, an Indigenous Gwich’in, who became his political adviser and office manager. They had two daughters. Lula Young died in 2009. In 2015, Young married Anne Garland Walton, a Fairbanks

flight nurse, who had two children and six grandchildren by a previous marriage. In addition to his wife, he is survived by his daughters, Joni Nelson and Dawn Vallely; his wife’s children; 14 grandchildren; and six step-grandchildren. In 1964, Young was elected mayor of Fort Yukon, serving three years in his first public office. As he became more widely known, he won a seat in the Alaska House of Representatives in Juneau and served two terms, from 1966 to 1970. He then won a seat in Alaska’s Senate. In 1972, halfway through his four-year term, he ran for Alaska’s at-large seat in Congress. The incumbent was Nick Begich, a freshman Democrat seeking reelection.

Three weeks before the election, Begich and the House majority leader, Rep. Hale Boggs, a Louisiana Democrat on a fundraising trip to Alaska, boarded a small plane for a flight from Anchorage to Juneau. The plane vanished, and its passengers were never seen again, despite wide searches of the state’s rugged southern coast and the Gulf of Alaska. The missing Begich outpolled Young on Election Day but was declared legally dead a month later. Young then won a special election to fill the vacancy and took Alaska’s congressional seat in March 1973, starting his long political life in Washington. On April 28, 2021, Young announced plans to run for a 26th term in 2022.


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Monday, March 21, 2022

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Sorting through the destruction from several wildfires, Texans brace for more By DAVID MONTGOMERY

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orey Hull, sporting a ball cap and a grayish-brown beard that flowed down to his belt line, spent Saturday tending to the needs of his townfolk. Standing outside a church that had been converted into a depository for donations, Hull, the mayor of Carbon, a tiny community west of the Dallas-Fort Worth area, was helping oversee the distribution of items ranging from diapers to bottled water. He was also still trying to absorb the devastation that befell his town of just over 200 people. “Some people lost everything,” he said. “It doesn’t seem fair.” Carbon was among the communities hit the hardest by several wildfires in Texas that began Thursday and that has killed one deputy officer, destroyed dozens of homes and threatened hundreds of others. Parts of western and central Texas remained under an elevated fire threat Saturday as crews worked to battle the blazes. The Eastland Complex fire, consisting of four separate fires in a region west of the Dallas-Fort Worth area, had burned more than 54,000 acres and was 30% contained by Saturday afternoon, according to the Texas A&M Fire Service. Estimates of the number of homes destroyed ranged from more than 50 to nearly 90, according to local officials who were assessing damage Saturday. The fires, among at least 10 that have broken out in the state since Thursday, have led to the evacuations of nearly 500 homes. Conditions appeared to improve throughout Saturday, but officials worried about a possible change in weather conditions Sunday that could elevate the fire danger, said Matthew Ford, a spokesperson for the forest service. An increase of high winds could fan the flames through the remainder of the weekend, he said. Forecasters were also calling for the possibility of rain, which was both good news and bad. Rain could dampen the fires but could also come with lightning that could spark new outbreaks. Firefighting crews were protecting structures and building fire-containment lines, and planes dropped water

and fire-retardant chemicals in the area, the forest service said. Gov. Greg Abbott ordered disaster declarations in 11 counties Friday night as the wildfire threat widened. Firefighters, emergency personnel and volunteers have rushed to help local crews. Volunteers from nearly 58 fire departments were on hand to supplement state and local units, said Seth Christensen, chief of media and communication for the Texas Division of Emergency Management. At least 14 state agencies have deployed crews and equipment. One of the people who responded, Barbara Fenley, a deputy with the Eastland County Sheriff’s Office, died Friday while trying to save victims from the fires, authorities said. Carbon, just south of Eastland, Texas, is believed to draw its name in part from the oil discoveries of the early 20th century that turned communities like nearby Ranger into fabled boom towns. The rural community is home to farmers, cattle entrepreneurs, small business owners and commuters to jobs in bigger towns. On Saturday, Carbon residents were left without water or power. Many people whose homes burned down were staying with friends or in shelters. Individuals, churches and businesses were dropping off donations of goods and money. Hull, 47, the mayor, who works as a metal worker in Eastland and is a music minister of the Carbon Community Baptist Church, did not lose his home. But the fire burned others nearby, and the streets of Carbon and surrounding landscape offered abundant evidence of the disaster. Michael Williams, an auto technician who works in Breckenridge more than 30 miles away, said he raced back to Carbon after his father called him at about 5 p.m. Thursday to tell him that his town was under an evacuation order, with a torrent of flames bearing down. Williams, a member of the Carbon City Council, arrived home to find that his family had been evacuated, but conditions were so severe because of the approaching flames that he was unable to go into the house to save anything other than his two dogs, Pepper and Wrangler. Although he had been driving in daylight, the smoke was so dense when he reached home that “you couldn’t see the road in front of you,” Williams recalled. “It was like somebody turned

out the lights.” Williams and his wife, Shelby, and their two children spent the night in a friend’s house and returned early the next day to find what he said was an unimaginable scene of devastation. Their wood-frame house, which they purchased five years ago and were in the process of remodeling, had been leveled to the ground. “It’s very disheartening,” he said in an interview as friends called on his cellphone to ask how they could help. All the contents inside a steel-frame shop had been destroyed, including six dirt bikes and two three-wheelers. A pickup truck was ruined, its aluminum wheels melted into puddles. But the biggest loss, he said, was the destruction of everything he and his wife had gathered through 13 years of marriage — guns his grandfather gave him, a World War I helmet, dolls, jewelry and thousands of photos. In the ashes, however, he was able to salvage a ring that had belonged to his wife’s grandmother. Amid the ruins of his home, Williams talked about looking ahead, saying that it did not make sense to dwell on what has been lost. “It’s happened,” he said. In fact, he added, “I’m optimistic” about the future. “With our friends and God, we’re going to pull right through this.”

Michael Williams and his family lost nearly everything in the wildfire that swept through Carbon, Texas, but he was able to salvage a prized possession from the ashes.


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Monday, March 21, 2022

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How to fight inflation in wartime By ROGER LOWENSTEIN

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any Americans have never experienced rapid inflation, and they are looking for lessons from history about how to tame it. That’s why the late 1970s and early 1980s are an increasingly popular topic of discussion among policymakers, particularly the experience of Paul Volcker, the former Federal Reserve chair who quashed high inflation in those years with aggressive rate increases. Jerome Powell, current chair of the Fed, which began raising rates this past week to fight persistently rising prices, recently called Volcker “one of the great public servants” of his era. Recent inflation is getting harder to explain away as a temporary symptom of supply chain disruptions and trillions of dollars in emergency government stimulus. And it’s now being fueled by Russia’s invasion of Ukraine, which is pushing up energy prices in particular. War has always spelled inflation. And looking back further — much further — into history provokes some ideas about how to contain it. During the American Civil War, the Union and the Confederate governments each spent tremendous sums. Leaders on both sides were deeply worried about the possibility of runaway inflation. But the ways they addressed it were starkly different, as were the results. In the Union, inflation over the course of the war totaled 80%. This was a serious burden for working families — then, as now, wages did not keep pace. Still, inflation was kept within reasonable limits given the circumstances and did not destabilize the economy. The Confederacy fared much worse. It has been estimated that by the end of the fighting, in 1865, the South’s inflation rate overall was an unfathomable 9,000%. Granted, the U.S. economy has changed a lot since the 1860s. For one thing, it now has a central bank, which has a mandate to maintain stable prices. During the pandemic, the Fed under Powell has pushed its powers,

which steadied markets but also stoked inflation. Now, much of the focus is on the Fed to unwind these programs, and raise rates, to bring prices down. But fiscal policy is also a factor, as shown by the increasing worry over deficits as President Joe Biden enacts an ambitious, and still unfinished, spending program. During the Civil War, the fiscal policies of the North and South markedly diverged. Up North Annual spending in the Union reached a staggering 16 times its prewar budget. Despite the need for funds, there was great fear in Congress of increasing taxes because of Americans’ well-known antipathy to taxation. But Salmon P. Chase, the fiscally conservative Treasury secretary, was mortally afraid of inflation. He recognized that without revenue the government would have to resort to the printing press. After the Southern states seceded, interest rates on the country’s debt soared and foreigners refused to lend. Thaddeus Stevens, chair of the House Ways and Means Committee, went further than Chase imagined by inventing an entirely new tax code. Previously, the Union had funded itself with tariffs on foreign trade, which it raised several times. Alongside that, it created a system of “internal taxes,” on everything from personal income to leaf tobacco, liquor, slaughtered hogs and fees on auctioneers. Congress also created a new bureau to collect taxes, a forerunner of the IRS, underscoring its commitment to raising revenue this way. Stevens had no idea how much revenue the taxes would raise, or if people would even pay them. (“Everything on the earth and under the earth is to be taxed,” one Ohioan groused.) But by 1865, the Treasury

netted $300 million from customs and internal taxes — six times its prewar tax revenue. That revenue helped moderate the inflation created by the issuance of “greenbacks,” notes that circulated as money, to pay for the war. The country’s credit improved and Chase was able to borrow prodigious sums. Ultimately, inflation in the Union was no greater than during the two World Wars in the following century. Down South The Confederacy faced similar financial challenges. Christopher Memminger, its German-born Treasury secretary, warned that printing notes was “the most dangerous of all methods of raising money.” But the South was ideologically opposed to taxation, especially by the central government. The South approved a very modest tax (a half-percent on real estate), but collection was left to the states and few tried to collect it. With cotton shipments to Europe pinched by the Union blockade, Memminger soon found he had little choice but to print notes to cover the cost of the war. These inflated at a catastrophic rate. The military governor of Richmond imposed price controls — an old idea that has gained renewed attention recently — but farmers refused to sell food at the stipulated prices and the controls were dropped. During the first nine months of 1863, the Confederacy reported revenue of $600 million, of which only $5 million was generated by taxes. (Most of the rest was printed notes.) When the government belatedly acknowledged the need for revenue, it turned to so-called in-kind taxes, such as by seizing crops from farmers, which was extremely unpopular. The South eventually imposed a 5% tax in 1864 on land, slaves and other property, but it was too little too late. The government printed so many notes that it ran out of supplies and printed them on wallpaper. As the war wound down, instead of shuttling cartloads of notes around the streets, people exchanged cotton, bacon and salted pork for goods and services; their money was worthless. The economic experience of the Civil War went far beyond anything facing the United States today. Decisive action from the Fed may yet cool inflation, despite government spending, trade disruptions and war. Raising taxes remains politically unpopular, but the lessons of history suggest that when inflation gets uncomfortably high, the country’s fiscal stewards have an important role to play.


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Monday, March 21, 2022

11 Stocks

Global equities rise, gold falls after Russia avoids default G

lobal equity markets gained on Friday after traders cheered a Russian bond payment that averted a historic sovereign default, while gold prices dropped as demand for the safe-haven metal eased following the start of the U.S. interest rate hike cycle. The Russian finance ministry announced on Thursday that it had sent funds to cover $117 million in coupon payments on two dollar-denominated sovereign bonds that came due this week. The payments calmed investor worries that a Russia sovereign default, which would have been its first in a century, could rattle already nervous markets. Western sanctions have hobbled Russia’s financial dealings since it invaded Ukraine on Feb. 24. “If you think about where we could have been if Western governments had disallowed the use of frozen funds for coupon payments on Russian sovereign bonds, we would be sitting on a default of a world economy,” said Jamie Cox, managing partner at Harris Financial Group in Virginia. “As a result of that, some of the biggest impacts to the global financial system are being put off into the future - that’s good.” MSCI’s gauge of world stocks, which tracks equities in 50 countries across the globe .MIWD00000PUS gained 0.89%, while MSCI’s broadest index of Asia-Pacific shares outside Japan .MIAPJ0000PUS had closed 0.25% higher overnight. European stocks closed higher as peace talks to end the Russia-Ukraine conflict continued amid heavy fighting. The pan-European STOXX 600 index .STOXX rose 0.91%. Wall Street’s three major indexes closed higher, boosted by recently battered technology stocks, after talks between U.S. President Joe Biden and Chinese President Xi Jinping over the Ukraine crisis ended without big surprises. The Dow Jones Industrial Average .DJI rose 0.8% to 34,754.93, the S&P 500 .SPX gained 1.17% to 4,463.12 and the Nasdaq Composite .IXIC added 2.05% to 13,893.84. “We’re in the middle of a relief rally after such a deep selloff in tech in advance of the likely path of rates by the Fed. Now that they’ve basically removed all the uncertainty about rates, tech stocks can reprice,” Cox added. The U.S. dollar index bounced back from recent declines as Federal Reserve officials said the central bank may need to be more aggressive to deal with inflation, while the dollar hit a fresh six-year high against the yen. The dollar index =USD rose 0.269%, with the euro EUR= down 0.38% to $1.1047. Gold prices were on track for their biggest weekly drop in nearly four months, in the wake of the Fed interest rate hike and a rebound in the U.S dollar. Spot gold XAU= dropped 1.2% to $1,919.36 an ounce, while U.S. gold futures GCc1 fell 0.33% to $1,928.20 an ounce. U.S Treasury yields long-term edged down early as lack of a resolution of the Russia-Ukraine conflict weighed, while short-term yields increased, further flattening the curve. The benchmark 10-year yield US10YT=RR was down to 2.1548% from 2.167% and the 30-year yield US30YT=RR was at 2.4225% from 2.461% on Thursday, in a sign of risk aversion.

MOST ASSERTIVE STOCKS

PUERTO RICO STOCKS

COMMODITIES

CURRENCY

LOCAL PERSONAL LOAN RATES Bank

LOCAL MORTGAGE RATES Bank

FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS

BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental

3.00% 3.50% 3.50% 3.75% 3.50% 3.50%

0.00 0.00 2.00 2.00 0.00 0.00

3.50% 4.00% 3.75% 3.75% 5.50% 3.75%

000 0.00 2.00 2.00 0.00 5.50

PERS.

CREDIT CARD

AUTO

BPPR --.--

17.95 4.95

Scotia 4.99

14.99 4.99

CooPACA

6.95

9.95

2.95

Reliable

--.--

--.--

4.40

First Mort 7.99

--.-- --.--

Oriental 4.99

11.95 4.99


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Monday, March 21, 2022

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Russian forces deport thousands against their will from besieged Mariupol By MARC SANTORA and VALERIE HOPKINS

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iring rockets and bombs from the land, air and sea, Russian forces continued to bombard the besieged coastal city of Mariupol on Sunday and were also deporting thousands of residents to Russia against their will, according to city officials and witnesses. With the Russian advance on Ukraine’s major cities stalled and satellite imagery showing soldiers digging into defensive positions around Kyiv, the fierce fighting in the coastal city showed no signs of easing. The bombing of a theater where an estimated 1,300 people were seeking refuge Thursday was followed Sunday, according to local officials, by a strike on a drama school where 400 people were hiding. The city is largely cut off from the outside world, and, as in scores of other towns and villages across Ukraine’s eastern and southern fronts, the extent of the

Many Ukrainians who were displaced from Horenka have been living in the basement of a kindergarten in Kyiv for several weeks. toll on civilians is hard to estimate. Ukrainian officials said Sunday that an attack on a home for the elderly March 11 in a town called Kreminna in the Luhansk region had killed 56 people. “They just adjusted the tank, put it in

front of the house and started firing,” the head of Luhansk Regional State Administration, Serhiy Haidai, said Sunday. Here are the latest developments: — The war across much of Ukraine has reached a stalemate after more than

three weeks of fighting, with Russia making only marginal gains and increasingly targeting civilians, analysts and U.S. officials said. — Russia is using long-range missiles to devastating effect, even as its ground advance on key targets remains stalled (see story on page 13). On Sunday, Russia said it had used advanced long-range missiles to hit three military facilities in different parts of Ukraine. — At least 40 marines died in a Russian airstrike on barracks in the southern city of Mykolaiv. — Dozens of workers trapped for more than three weeks at the crippled Chernobyl nuclear power plant after it became a military objective have been rotated out, officials said Sunday. — “Our people are now wandering in the world, seeking security, as you once did,” Ukraine’s president, Volodymyr Zelenskyy, told Israeli lawmakers, calling on them for more support.

1st phase of Russia’s war may be over. That does not mean bloodshed is. By MARC SANTORA

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ith Russian forces failing to seize major cities in Ukraine, appearing to lose ground around Kyiv and beset by losses that limit their ability to mount new large-scale offensives, there is an emerging consensus in the West that the war has reached a bloody stalemate. “Russian forces are digging in around the periphery of Kyiv and elsewhere, attempting to consolidate political control over areas they currently occupy, resupplying and attempting to reinforce units in static positions, and generally beginning to set conditions to hold in approximately their current forward positions for an indefinite time,” according to an analysis issued Saturday by the Institute for the Study of War, a Washington research body. Russia has made some gains in the eastern part of the country, where Britain’s defense intelligence agency said forces were working to encircle cities, and it continues to hold territory in the south around Kherson. But with its ground forces meeting stiff

Ukrainian resistance, Russia has increasingly turned to long-range missiles to target Ukrainian military and civilian infrastructure. In a war of attrition, analysts said, Russia hopes it can break down the Ukrainian military while crushing the public’s spirit with relentless assaults. Russia initially planned to conduct airborne and mechanized operations to quickly seize Kyiv, Kharkiv, Odesa and other major Ukrainian cities. The hope was that it would be able to force a change of government and install leaders loyal to Moscow. It is now clear that plan has failed, analysts said. “Russian generals are running out of time, ammunition and manpower,” Ben Hodges, the former commander of the U.S. Army in Europe, wrote last week. “An essential caveat to my assessment is that we, the West, led by the U.S., must accelerate and expand the support we are providing to Ukraine on the scale and with the sense of urgency of the Berlin Airlift.” But he said he was confident that the Russian campaign was reaching its culmination. Culmination is a concept in war out-

lined more than a century ago by Prussian Gen. Carl von Clausewitz, who described it as the moment when “the remaining strength is just enough to maintain a defense and wait for peace.” President Vladimir Putin of Russia has offered no indication that he wants to “wait for peace,” and the bombardment of cities and towns across Ukraine shows no sign of letting up. As the authors of the report from the Institute for the Study of War noted, history is filled with conflicts where the combatants are stalemated yet the fighting rages on. Some of the deadliest battles of World War I, including the Somme and Verdun, were fought during stalemates that they failed to break, at a cost of tens of thousands of lives. Britain’s defense intelligence agency said Sunday that Russia had increased “indiscriminate shelling of urban areas resulting in widespread destruction and large numbers of civilian casualties.” The Russian invasion has found its greatest success in the south, and the fighting over the strategic port city of Mariupol

is some of the most brutal of the war. A Ukrainian defeat would give Russia control over the coast of the Sea of Azov and is critical to create a land bridge between Crimea — which Moscow annexed in 2014 — and Russia. But the cost of taking the now-ruined city might limit the impact of any Russian victory. “If and when Mariupol ultimately falls the Russian forces now besieging it may not be strong enough to change the course of the campaign dramatically by attacking to the west,” according to the ISW analysis. Elsewhere, the Russian positions seemed to be relatively static or were being pushed back by the Ukrainians. The Ukrainian military high command said Sunday that there had been no major Russian offensives in the past 24 hours, which suggests that the Russians were taking an operational pause as their forces regroup. Perhaps the most significant Russian drive in the country is the one pushing north to Kryvyi Rih, a heavily fortified city of more than 600,000 that is also the hometown of Ukraine’s president, Volodymyr Zelenskyy.


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Monday, March 21, 2022

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Its offensive slowed, Russia uses long-range missiles to devastating effect By MARC SANTORA

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ven as the Russian ground advance on key targets including Kyiv and Odesa remains stalled, it has used long-range rockets in recent days to devastating effect against the Ukrainian military and infrastructure. As the war grinds on, the strikes are a reminder of how Russia’s vastly superior armaments give it a distinct advantage, even as what was meant to be a lightning blitz to take out the Ukrainian government turns into a grueling war of attrition. In the first week of the war, it is not clear how many Russian strikes hit their targets, but Piotr Lukasiewicz, an analyst at Polityka Insight, a Warsaw-based research institute, said that they did serious damage to Ukraine’s command and control centers. “They disabled an important headquarters and communications center in the beginning with precision strikes,” he said. Just as the Russians are plagued by logistical and resupply issues, the Ukrainians are struggling to replace the stationary systems that the Russians have destroyed or disabled. “Gradually Ukrainians are losing their radars or warning systems,” Lukasiewicz said. The Russians also have shown that their weapons can hit with precision. A strike on a barracks in Mykolaiv on Friday that was housing 200 marines, killing dozens, was among the deadliest of the war. It also came with little warning, according to the mayor, Oleksandr Senkevich, with no air alarms sounding. The strike raised questions about Ukrainian tactics and why they would have concentrated so many soldiers in one location on the front lines. Lukasiewicz said that Ukraine, like Poland, still bases many of its troops and command and control in the same locations where they were based when it was a part of the Soviet Union. This has given the Russians another advantage. “For them to obtain the exact locations of barracks, headquarters and military units would simply involve going

Ukrainian soldiers cleared out rubble from a military barracks building in Mykolaiv earlier this month. through the archives,” he said. The expansion of targets to the west, he said, was a pretty obvious strategy: fighting the troops in front of you while trying to cut their supply lines and communications systems. In recent days, Russian cruise missiles fired from the Black Sea have struck a sprawling training base just 12 miles from the Polish border and, separately, a location near the Lviv airport used to repair MiG fighter jets — a staple of what is left of the Ukrainian air force. In both instances, the Russians did not fire a single missile but barrages. The Ukrainians claimed to have shot down more than a dozen, but a number got through. The same is true regarding recent missile strikes on airports in other parts of western and central Ukraine. At the same time, Russia claimed Saturday that it had used a hypersonic

missile to hit an underground warehouse for missiles and aviation ammunition in a western Ukrainian village. If confirmed, that would be the first battlefield use of the weapon that flies at superfast speeds and can easily evade American missile defense systems. The Ukrainians said that the type of missile had yet to be determined and a video of the strike released by the Russian ministry of defense did not clearly demonstrate that it was indeed a hypersonic missile. Also Saturday, an adviser to the Minister of Internal Affairs, Anton Gerashchenko, claimed that Russia, for the first time in Kyiv, was using “projectiles that descend on parachutes.” Those bombs, unlike laser targeted long-range missiles, are designed to inflict maximum damage. Benjamin Hodges, former comman-

der of the U.S. Army in Europe, said that the recent strikes underscore how Russia’s targeting of civilians is part of their strategy. “These strikes confirm that they do have precision capabilities, as we’d assumed,” he said in an email message. “Which also confirms that their use of indiscriminate strikes in cities is not because they don’t have precision munitions. It is deliberate, also as we’d assumed.” In just over three weeks, Russia has launched more than 1,000 missiles and rockets at Ukrainian targets, according to the Pentagon. The vast majority, according to British officials, have been “dumb bombs” targeting civilians. John Kirby, the Pentagon spokesperson, warned recently that as Russian ground forces found their advances stymied by fierce Ukrainian resistance, they would rely more on long range cruise missiles and other rockets. After the training base north of Lviv near the Polish border was hit, he said, Russia was doing more than just “sending a message.” “They are clearly expanding some of their target sets here,” Kirby said. Russia’s heavy use of missiles in the war also suggest some weaknesses that favor the Ukrainians. These missiles, fired from hundreds of miles away, have no ability to hit mobile defense systems, according to a panel of military fellows at the Atlantic Council, a nonpartisan research group. That means “Russia has almost no ability to prevent mobile resupply,” the panel said. Further, it is unclear how long Russia could sustain barrages of multiple cruise missiles aimed at a single target. Dr. Sidharth Kaushal, a research fellow for sea power and missile defense at the Royal United Services Institute, said Russia’s supply of cruise missiles may be limited. One report, he wrote recently, has suggested about 120 were produced in 2018. “I’d expect the cruise missile arsenal to be large but not limitless,” he said in a statement. “They would have to be careful about what they hit.”


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Monday, March 21, 2022

In a new constitution, the pope sets out to overhaul the Vatican By JASON HOROWITZ

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ope Francis on Saturday issued a new constitution, nearly a decade in the making, to govern the bureaucracy that runs the Roman Catholic Church. The constitution, running 54 pages, newly stipulates that baptized lay Catholics, including women, can lead departments traditionally headed by cardinals and increases institutional efforts to protect minors by incorporating the pope’s clergy abuse commission into the church’s government. The new text — titled “Praedicate Evangelium,” or “Proclaiming the Gospel” — concluded a process that has, over the years, introduced in dribs and drabs overhauls regarding Vatican finances and the consolidation of Vatican offices. It reflects Francis’ emphasis on a more pastoral and ground-up church, and leaves a concrete mark on the church’s workings. Reforming the often unwieldy and out-of-touch Vatican bureaucracy, known as the Roman Curia, which governs a church of 1.3 billion faithful, was a central motivation for Francis’ election in 2013. The document, drafted by top cardinals chosen by Francis, was released on the ninth anniversary of his installation as pope. It explicitly states in its preamble that “the pope, bishops and other ordained ministers are not the only evangelizers in the church,” creating space for Catholic “laymen and laywomen” to have “roles of government and responsibility.” In another section, called “Principles,” it states that the pope can appoint any Catholic he considers qualified to lead a Vatican office. Church experts suggested that the departments for bishops, which oversees bishops around the world, and clergy, which deals with the church’s priests, would still require men as leaders because only men could be priests. The new constitution also places Francis’ abuse commission inside the powerful doctrinal office that often opposed the panel’s recommendations. The new structure, the constitution

Pope Francis greeting nuns in January after a weekly general audience at the Vatican. says, will help the church “protect minors and vulnerable persons from sexual abuse.” Cardinal Sean O’Malley, the archbishop of Boston and the president of the commission in question, has at times taken the exceptional step against the hierarchy and criticized Francis for being tone deaf and wrong on the issue of abuse. But the cardinal called the incorporation of his commission into the church government a “significant

move forward in upgrading the place and mandate of the commission, which can only lead to a stronger culture of safeguarding throughout the Curia and the entire church.” The constitution, signed by Francis on Saturday and published immediately, and only in Italian, will go into force June 5, replacing the charter “Pastor bonus,” or “Good Shepherd,” introduced in 1988 by Pope John Paul II. Francis has made a tradition of

Francis arriving in December for the annual exchange of Christmas greetings with the members of the Roman Curia at the Vatican.

hammering the leaders of the Roman Curia — usually in a major Christmastime address — for a host of sins, including being enamored with power and status and being far from the faithful. He has denigrated the Curia hierarchy as a self-important, “ponderous, bureaucratic customs house” plagued by “intrigues of little groups” that placed itself and the priesthood above parishioners, instead of being “shepherds, with the smell of sheep.” The new constitution tries to codify Francis’ view of the church. It introduces changes to put serving the pope back at the center of the Curia’s mission — “Nothing can be done before the head of the curial institution communicates it to the Roman Pontifex,” it says at one point — as well as serving bishops and supporting the local churches that Francis views as the lifeblood of the faith. The Vatican offices will continue to be streamlined, but also undergo a new prioritization. After the powerful Secretary of State, top billing will go to the new Dicastery for Evangelization, which combines a previous office for supporting the church in the developing world, and in countries where Catholics are a minority, with another dedicated to rekindling the faith in countries already claiming a major Catholic presence. The new office comes “directly” under the pope, with the assistance of two prefects. Francis has repeatedly sought to put his pontificate within the continuum of the Second Vatican Council, the landmark meeting of bishops in the 1960s that sought to embrace the modern world. He has recently cracked down on the use of the old Latin rite in celebrating Mass favored by traditionalists. Francis decided that they were divisive within the church, as they promoted a view that undercut the legitimacy of the modern church. The new constitution’s mission statement for the Dicastery of Divine Worship and the Discipline of the Sacraments says that the office “promotes the sacred liturgy according to the renewal undertaken by the Second Vatican Council.”


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Monday, March 21, 2022

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Spain, seeking better ties with Morocco, shifts stance on Western Sahara By RAPHAEL MINDER

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n a bid to ease tensions with Morocco, Spain has recognized for the first time a plan drawn up by the African country for governing Western Sahara, a former Spanish colony that has been torn by a separatist conflict for five decades. The endorsement of Morocco’s plan to grant some level of autonomy to Western Sahara could usher in “a new stage” in Spain’s relationship with Morocco, authorities in Madrid said when announcing the move late Friday. But the development was immediately denounced by representatives of the Polisario Front, a separatist movement in the Western Sahara that represents the Sahrawi ethnic group. The Moroccan plan would allow the Sahrawis to run their own administration — but under Moroccan sovereignty and with Morocco in charge of defense and foreign affairs. The Polisario Front, which has long fought Morocco’s control over Western Sahara, with the backing of neighboring Algeria has demanded a referendum on self-determination, as prescribed by a 1991 cease-fire and United Nations-mediated talks. Spain had previously sought to remain equidistant in the conflict, calling for a U.N.-brokered settlement that would fulfill previous U.N. resolutions. But during a news conference late Friday, Spanish Foreign Minister José Manuel Albares described Morocco’s autonomy plan as “the most serious, realistic and credible basis” for a resolution of the conflict over Western Sahara. The Moroccan Foreign Ministry welcomed what it called the “constructive commitments” from Spain over Western Sahara, adding that the shift creates “a clear and ambitious road map” that would reinforce the relationship with Madrid. On Saturday, Algeria’s foreign ministry recalled its ambassador in Madrid for consultations, while saying that it was “very surprised” by the new Spanish stance. Spain and Morocco have often feuded over Western Sahara. Last year, Morocco recalled its ambassador to protest

Fighters with the Polisario Front, which supports independence for Western Sahara, during a training exercise in the territory in October. Madrid’s decision to allow the leader of the Polisario Front, Brahim Ghali, to undergo treatment for COVID-19 under an alias in a hospital in northern Spain. The disclosure of Ghali’s trip was followed by the sudden entry of thousands of migrants into Ceuta, a Spanish coastal enclave in northern Africa. Spain claimed that the influx had been facilitated by Morocco’s briefly lifting border surveillance. Albares is set to travel to Morocco’s capital, Rabat, in the coming two weeks to confirm his country’s new stance. Albares became foreign minister when his predecessor, Arancha González Laya, was removed after Moroccan complaints about Ghali’s secretive trip to Spain. A Spanish association that supports the self-determination claim of Western Saharans described Madrid’s U-turn as “a new treason toward the Saharan people.” The association, CEAS-Sahara, said in a statement Saturday that “the only solution that is fair, realistic and political is that chosen by the Saharan people, on the

basis of international law, by holding a self-determination referendum.” The people of the Western Sahara, CEAS-Sahara added, would never accept a status of autonomy within Morocco. Western Sahara is a vast, arid territory in northwestern Africa that is larger than Britain but has a population under 600,000. In 1979, a U.N. resolution recognized the right of the territory’s people to “self-determination and independence,” considered the Polisario Front their representative, and “deeply deplored” Moroccan occupation. Spain’s shift is another important diplomatic victory for Morocco, after the U.S. administration of President Donald Trump in late 2020 recognized Moroccan control over Western Sahara. In parallel, Morocco normalized relations with Israel. Moroccan forces occupied Western Sahara after Spain withdrew in 1975. But the Polisario Front declared independence, calling the territory the Sahrawi Arab

Democratic Republic. At the end of the 16-year war that ensued, Morocco was left holding most of the territory. Since then, further episodes of fighting have broken out, while a promise to hold a referendum, which was part of the ceasefire deal, has not been fulfilled, despite repeated U.N.-mediated talks about holding a vote. José Taboada Valdés, honorary president of CEAS-Sahara, said: “If there is something that has been demonstrated over the more than 45 years of conflict, it is that it will not end unless people can freely decide their future. The rights of the Saharan people cannot be used as an exchange currency in our relations with Morocco.” In trying to nurture the relationship with Morocco, Taboada Valdés said, Spain also risked undermining its standing with Algeria, a key supplier of the country’s gas, at a time when Russia’s invasion of Ukraine has forced energy prices in Europe to soar even higher. Relations between Algeria and Morocco have been strained for some time. In August, with the dispute over Western Sahara still simmering and also partly in protest at the rapprochement with Israel, the Algerian government broke off diplomatic relations with Morocco. A month later, Algeria closed off its airspace to Morocco and, in November, briefly stopped supplying Morocco with gas. That pipeline shutdown was also aimed at depriving Morocco of tens of millions of dollars in fees that it earns when gas transits the country en route to Spain. It was also a major problem for Madrid, which imports about half of its gas from Algeria, just as fuel prices were rising across Europe. Spain’s shift over Western Sahara could also create tensions in the minority left-wing coalition government in Madrid. Yolanda Díaz, leader of the Unidas Podemos leftist party, which is the junior partner in the government led by Prime Minister Pedro Sánchez, said on Twitter that she remained committed to “the defense of the Saharan people” and compliance with U.N. resolutions.


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Monday, March 21, 2022

This is why autocracies fail

By DAVID BROOKS

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oe Biden correctly argues that the struggle between democracy and autocracy is the defining conflict of our time. So which system performs better under stress? For the last several years the autocracies seemed to have the upper hand. In autocracy, power is centralized. Leaders can respond to challenges quickly, shift resources decisively. China showed that autocracies can produce mass prosperity. Autocracy has made global gains and democracy continues to decline. In democracies, on the other hand, power is decentralized, often polarized and paralytic. The American political system has become distrusted and dysfunctional. A homegrown would-be autocrat won the White House. Academics have written popular books with titles like “How Democracies Die.” Yet the past few weeks have been revelatory. It’s become clear that when it comes to the most important functions of government, autocracy has severe weaknesses. This is not an occasion for democratic triumphalism; it’s an occasion for a realistic assessment of authoritarian ineptitude and perhaps instability. What are those weaknesses? The wisdom of many is better than the wisdom of megalomaniacs. In any system, one essential trait is: How does information flow? In democracies, policymaking is usually done more or less in public and there are thousands of experts offering facts and opinions. Many economists last year said inflation would not be a problem, but Larry Summers and others

said it would, and they turn out to have been right. We still make mistakes, but the system learns. Often in autocracies, decisions are made within a small, closed circle. Information flows are distorted by power. No one tells the top man what he doesn’t want to hear. The Russian intelligence failure about Ukraine has been astounding. Vladimir Putin understood nothing about what the Ukrainian people wanted, how they would fight or how his own army had been ruined by corruption and kleptocrats. People want their biggest life. Human beings these days want to have full, rich lives and make the most of their potential. The liberal ideal is that people should be left as free as possible to construct their own ideal. Autocracies restrict freedom for the sake of order. So many of the best and brightest are now fleeing Russia. The American ambassador to Japan, Rahm Emanuel, points out that Hong Kong is suffering a devastating brain drain. Bloomberg reports, “The effects of the brain drain in sectors such as education, health care and even finance will likely be felt by residents for years to come.” American institutions now have nearly as many top-tier AI researchers from China as from the United States. Given the chance, talented people will go where fulfillment lies. Organization man turns into gangster man. People rise through autocracies by ruthlessly serving the organization, the bureaucracy. That ruthlessness makes them aware others may be more ruthless and manipulative, so they become paranoid and despotic. They often personalize power so they are the state, and the state is them. Any dissent is taken as a personal affront. They may practice what scholars call “negative selection.” They don’t hire the smartest and best people. Such people might be threatening. They hire the dimmest and the most mediocre. You get a government of thirdraters (witness the leaders of the Russian military) Ethnonationalism self-inebriates. Everybody worships something. In a liberal democracy, worship of the nation (which is particular) is balanced by the love of liberal ideals (which are universal). With the demise of communism, authoritarianism lost a major source of universal values. National glory is pursued with intoxicating fundamentalism. “I believe in passionarity, in the theory of passionarity,” Putin declared last year. He continued: “We have an infinite genetic code.” Passionarity is a theory created by Russian ethnologist Lev Gumilyov that holds that each nation has its own level of mental and ideological energy, its own expansionary spirit. Putin seems to believe Russia is exceptional on front after front and “on the march.” This kind of crackpot nationalism deludes people into pursuing ambitions far

beyond their capacity. Government against the people is a recipe for decline. Democratic leaders, at least in theory, serve their constituents. Autocratic leaders, in practice, serve their own regime and longevity, even if it means neglecting their people. Thomas J. Bollyky, Tara Templin and Simon Wigley illustrate how life expectancy improvements have slowed in countries that have recently transitioned to autocracies. A study of more than 400 dictators across 76 countries by Richard Jong-A-Pin and Jochen O. Mierau found that a one-year increase in a dictator’s age decreases his nation’s economic growth by 0.12 percentage points. When the Soviet Union fell, we learned that the CIA had overstated the Soviet economy and Soviet military might. It’s just very hard to successfully run a big society through centralized power. To me, the lesson is that even when we’re confronting so-far successful autocracies like China, we should learn to be patient and trust our liberal democratic system. When we are confronting imperial aggressors like Putin, we should trust the ways we are responding now. If we steadily, patiently and remorselessly ramp up the economic, technological and political pressure, the weaknesses inherent in the regime will grow and grow.

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Monday, March 21, 2022

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Aviso: AAA trabaja en reemplazo de tubería sanitaria en Caguas POR CYBERNEWS

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AGUAS – El subdirector de la Región Este de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), Luis González Delgado, anunció que, en días recientes, dio inicio un proyecto de reemplazo de tubería del sistema sanitario en la avenida Gautier Benítez con intersección de la avenida Degetau en Caguas, con una inversión de $182,000 dólares de fondos propios de la AAA. “Hemos dado paso a un proyecto de reemplazo de 270 pies de tubería de 8 pulgadas de diámetro y la rehabilitación de dos registros que incluirá la utilización

de material anticorrosivo y la instalación de escalones, esto para atender el colapso de la tubería que discurre en esta zona”, expresó González Delgado. La obra se encuentra en su fase inicial y tiene una duración aproximada de dos semanas. Mientras se realizan los trabajos, es necesario el control del tránsito en las avenidas Gautier Benítez con intersección de la Degetau, limitando el uso del carril destinado a virajes y en algún momento el carril contiguo a este. Se exhorta a los conductores a tomar las precauciones necesarias al transitar en esta zona. En la fase final, la obra contempla el depósito de asfalto en los carriles impactados.

Aviso: Cierre de carriles en Expreso Luis A. Ferré SJ a Ponce POR CYBERNEWS

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a Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) informó la construcción de marcado de vibración (rumble strip) en la autopista Luis A. Ferré (PR-52) entre los kilómetros 98.98 al 100.80 dirección de San Juan a Ponce. Las labores se harán en horario de 9:00 a.m. a 3:30 p.m. Las obras se llevarán a cabo a partir del dia de hoy lunes, 21 hasta el miércoles, 23 de marzo de 2022. Conllevará el cierre del carril izquierdo y derecho, según sea

necesario. Los conductores contarán con un carril disponible. Rutas alternas: Salida 99B que conecta con la PR-10, la PR-5506, PR-1 y la PR-52 Se anticipa congestión vehicular en la zona. La ACT recuerda que, en zonas de construcción, deben reducir la velocidad y estar atentos a las señales y otros dispositivos para el control del tránsito que se instalarán en el área para la seguridad de los conductores y de los trabajadores.

Hombre cae por barranco en Cerro las Tetas de Cayey POR CYBERNEWS

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ALINAS – La Policía atiende una emergencia en el Cerro las Tetas de Cayey, en el Barrio Verdero, sector el Fresal en Salinas con un hombre que cayó por un barranco a eso de las 9:32 de la

mañana del domingo. Según el reporte, un hombre de aproximadamente 25 años acampaba en el lugar, sufrió un percance de salud y cayó por un barranco. Al momento la persona no ha sido rescatada y se desconoce la condición

Tres medallas para PR en evento arco y flecha POR CYBERNEWS

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AYAMÓN – El equipo de arco y flecha de Puerto Rico culminó con una medalla de oro y dos de plata, en el Puerto Rico Archery Cup celebrado en Bayamón. Adrián Muñoz logró el oro en arco recurvo masculino con ventaja en parciales de 5-3 (se necesitan seis para la victoria), luego de caer 26 a 16 en la última flecha. El arquero caborrojeño logró un 10 que completó un empate que le dió el punto final

para la victoria. “Súper emocionado, lo quería hacer frente a nuestra gente y se dio. Dramático y súper nervioso no sabía que podía ganar con ese diez, ahora a seguir trabajando y manejando los nervios”, fueron las primeras palabras de Muñoz luego de lograr la victoria ante Marco López de Guatemala. Muñoz logró oro en individual, las de plata en mixto (con Alondra Rivera) y por equipo (junto a Ángel González y Joanick Acevedo). El resto de la jornada de la tarde coronó a los

mexicanos, Alejandra Valencia (recurvo femenino), Rodrigo Olvera (compuesto masculino) y Dafne Quintero (compuesto femenino). A principio de semana, Puerto Rico había logrado asegurar todos sus equipos en recurvo y compuesto en los Juegos Centroamericanos y del Caribe, 2023.


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Monday, March 21, 2022

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Rosalía reserves the right to transform By JOE COSCARELLI

ted before it even existed. A column that ran this year in “El País” included concerns that she had “pulled a ‘Miley Cyrus,’” going from lyrical Federico Garcia Lorca allusions to simplistic, dirty rhymes and oversharing on social media. The truth is, Rosalía wants it all: to be erudite and avant-garde, sexy, silly and absurdist. In intense yet giggle-heavy Spanglish conversation, she drops references to Carl Jung’s “el inconsciente colectivo” — the collective unconscious — and her obsession with TikTok; in lyrics, she pledges allegiance

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osalía, an experimental Spanish pop phenom with a reputation for hyperspeed reinvention, often finds herself solving intricate musical problems of her own making. How, for instance, might she blend reggaeton with jazz? Or flamenco with Auto-Tune? How could she possibly slam machinegun digital drums programmed by Tayhana, an Argentine producer in Mexico City, into a torch song meant to resemble Kate Bush’s “Wuthering Heights”? Or warp a traditional Cuban ballad known as a bolero using an obscure Soulja Boy sample? “Almost like a joke, right?” Rosalía said recently of her once-abstract propositions, during an afternoon at the North Hollywood studio where she recorded much of her new album, “Motomami,” which manages to include all of the above. By now, three full-length releases into a career built on these kinds of cultural collisions, she is used to her collaborators looking at her with some confusion. But Rosalía, 29, is not the type to embrace open-ended creative noodling, confident that something fresh will reveal itself. Instead, she tends to work from concrete daydreams, imagining in detail a finished product that combines as many of her artistic touchstones as possible while still feeling true to herself and original enough to transcend mere homage. “I love all styles,” she said, in a generalization that also seemed like an understatement. “For me, it’s all at the same level.” Or put another way: “The context is everything” — foundational influences reanimated by a personal point of view. “I just want to hear something I haven’t heard before. That’s the intention always.” Even when Rosalía is not literally using a sample — or a sample of a sample, as on her new song “Candy,” built upon Burial’s chopped-up deployment of a Ray J track — she is still borrowing. “It’s been forever that we, as humans, when we create, we sample,” she said. “From ideas comes another idea. When I see that Francis Bacon does a painting based on a Velázquez one, I think that’s sampling. “As long as you do it with respect — and with love — I think it always makes sense,” she added. This breadth of creative ambition has made Rosalía one of the most watched, worshipped, scrutinized, copied and counted on

The Spanish pop singer Rosalía in Los Angeles, Feb. 27, 2022. young artists in the world, despite the fact that she has never had a Top 40 hit in the United States. She has billions of plays on YouTube and Spotify, including those from collaborations with The Weeknd, Travis Scott and Billie Eilish. She has hung with the Kardashian-Jenners, made cameos in both a Pedro Almodóvar film and Cardi B’s “WAP” video, and covered fashion magazines across continents. In the run-up to “Motomami,” out Friday, Rosalía appeared with Jimmy Fallon — teaching him how to roll the R in her name — and also on “Saturday Night Live,” where she performed alone and entirely in Spanish. “Ultimately, her impact in culture is so much bigger than the cumulative of her streams,” said Rebeca León, Rosalía’s manager. “I see all the girls copying her in such a literal way. Not just girls in the Latin world — everywhere.” The singer’s previous album, “El Mal Querer,” arrived fully formed in 2018, introducing Rosalía as a confident vanguardist updating the flamenco music she studied as a teenager in Catalonia for a globalized, digital era. (“Los Ángeles,” her 2017 debut, was a more traditional flamenco collection, although it ended with a cover of Bonnie “Prince” Billy’s “I See a Darkness.”) But Rosalía’s widespread anointing as a world-building pop icon, a la Beyoncé or Rihanna — plus the commercial explosion worldwide of genre-pushing music in Spanish — meant that “Motomami” was being dissec-

Rosalía, known for her reinvention of flamenco, has smashed together new sounds from the Latin world and beyond on her latest album, “Motomami.”

to Niña Pastori, José Mercé and Willie Colón but also to Tego Calderón, Lil’ Kim and MIA. On “Saoko,” a tribute to reggaeton pioneers Daddy Yankee and Wisin that opens “Motomami,” the singer is direct about her collagist, shape-shifting aims: “Yo me transformo,” she snarls — I transform. “I contradict myself,” she adds in Spanish. “I’m everything.” Elsewhere, Rosalía raps, “I think I’m Dapper Dan,” high fashion’s onetime bootlegging remixer. While Rosalía released an album’s worth of one-off singles in the four years since “El Mal Querer,” she intricately plotted “Motomami” as a complete body of work with a distinct palette: no guitars (dominant as they were in her earlier music), “super aggressive” drums, and lots of keys but minimal vocal harmonies. Irony and humor were new additions to her thematic arsenal, the sex and swagger turned up. “Almost frenetico,” she said of her vision — a roller coaster that swoops through the peaks and lows of love, fame and family, especially during the isolation of the pandemic. “That’s exactly how it feels all the time, being in this context, doing this work.” And it is work. As chief singer, songwriter, producer, performer and art director of her project, Rosalía is at once a broad collaborator and an auteur overseeing every deliberate detail. “I don’t care how small your contribution was to the song; I’m going to put it in the credits. That’s how confident I am as a musician,” she said. “But I know it’s detrimental to putting light on me as a producer. Because the moment people see men and a woman on a list, they assume — you know how it is. “I’ve seen what happens to Björk. I’ve seen other women that have been through that. But the time I spend — 16 hours a day for months — that’s crazy.” She tutted at the audacity of doubting “feminine creative forces.” “How? Is this? Still? Happening?” But her belief in the fruits of that labor — her knowledge that there is no opportunistic machine, no string-puller just out of frame — means that she will gamely take whatever licks and praise might come with being in charge and trying to stay on the cutting edge. “I wish it was easier for me, that I just go to the studio, I sing a little bit, and I go,” Rosalía said. “But time will tell.” She scoffed again, sounding increasingly sure of herself. “Time will tell.”


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Monday, March 21, 2022

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‘You just have to open the door and help people’: Poland’s tourism industry aids refugees By CEYLAN YEGINSU

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ourism in Poland’s historic city of Lublin was in a deep offseason lull last month when Russia invaded neighboring Ukraine, sending tens of thousands of people fleeing across the country’s eastern border, about 60 miles away. Suddenly, rooms filled up at hotels as busloads of blearyeyed refugees — mostly women and children — arrived in the town’s center looking for food and shelter. The crisis has local travel workers and companies in Lublin swept up in an effort to supply transportation, accommodation and food to ensure that every refugee is provided with decent living conditions when they arrive. Bus companies are offering free rides, hotels have pledged to provide temporary free housing and workers are rounding up basic necessities for refugees who often had to leave everything behind. Their efforts are part of a huge grassroots movement across Poland — and beyond — as individuals and businesses scramble to raise funds, collect donations and volunteer their time to aid Ukrainians who have fled Russia’s invasion of their country. “We have a whole army here, a network of hotel connections that works as a crisis team 24 hours a day, communicating fast with each other to check the availability of rooms and sending Ukrainians to one another,” said Marta Koman, director of the Arche Hotel Lublin. Arche Hotels, a Polish hotel chain, has pledged more than $1 million to provide free temporary housing for Ukrainian refugees across its 16 locations in Poland. “Such help requires a lot of money, but these are special situations. I hope we will not have to escape also,” she said, referring to the prospect of the war spilling over to Poland. Pitching in as translators and child care workers The scene at the Arche Hotel is emblematic of the situation at large in Lublin and in other towns and cities along the Polish border. Employees there have been thrust into new roles, working around the clock as translators and child care workers, handling logistics or simply providing emotional support for the arriving refugees. They say they are unable to think about the war’s effect on their livelihoods. “I don’t think about tourism. You just have to open the door and help people,” said Anna Kurkowska, a server at the Arche Hotel Lublin. In addition to serving food to incoming Ukrainians, she is helping to watch their children. Among the refugees who have been staying at the hotel: a group of children from a Ukrainian orphanage. The Arche turned one of its conference rooms into a playroom where they screened fairy tales on the television and played games like hide-and-seek and tag. Witalij Proszyn, a server of Ukrainian origin, has also been working as a translator. He said many of the people arriving were emotional and under great distress, with the staff scrambling to help. “I do not know if it is still a hotel, it sure is, but it is also now a single-family house,” he said. “That’s how I feel.”

Marta Koman is the director of the Arche Hotel Lublin, part of a Polish hotel chain that has pledged more than $1 million to provide free temporary housing for Ukrainian refugees. Not all hospitality companies have joined the effort, and some hotels have raised their prices during the crisis. At the Hilton Garden Inn in Rzeszów, not far over the Polish border from the Ukrainian city of Lviv, rooms that were going for about $80 suddenly cost more than $200, according to the hotel’s website; at the Victoria hotel in Lublin, rooms that usually cost $40 to $60 now cost more than $140, according to its website. Governments have also block-booked hotel rooms and transport services for their staff, who often do not show up, which has caused accommodation shortages and contributed to price hikes. In the Arche Hotel lobby, a Ukrainian woman was shaking and crying. She had been on the phone with her parents in Ukraine when she heard an explosion over the line and the connection was lost. She had not been able to reach her husband and daughter for more than a day, and was unsure whether they were alive. When Koman, the hotel director, approached her, the woman showed her pictures on her phone and said, “this is my home, this is my home,” pointing to a Russian tank next to her house. “We are professionals, but also we are people who have emotions, feelings, and seeing these people in pain and being fully professional is really very hard, but I think you have to adapt to the new situation,” Koman said. ‘War stopped everything’ One month ago, travel operators and local tourism boards had started voicing optimism about a post-pandemic recovery, receiving inquiries from international group tours and business travelers interested in visiting Poland after a twoyear hiatus. Tourists spent more than $110 million in Lublin in 2019, according to the Central Statistical Office of Poland. Now, many fear that the war threatens any prospect of a rebound this spring and summer. They are bracing for an uncertain future, even as their present focus is on the plight of refugees. “The outbreak of the war stopped everything,” said Krzysztof Raganowicz, director of the Lublin Metropolitan Tourism Organization. “As a city and a region, we always lose

when something disturbing happens beyond the eastern border of the country, even though it is completely safe in our city. Tourists prefer to choose places far from any dangers for a quiet vacation.” As the war approaches a third week, some travel operators are exploring ways to assist refugees over the coming months. A local initiative run in collaboration with the tourism organization aims to start “guided city tours” to show newcomers core institutions of the area, including hospitals, schools and local government buildings. They also plan to organize cultural trips for children to local museums, galleries and other sights. FlixBus, a German company that offers intercity bus service in Europe, has been offering free rides for refugees arriving at the Polish-Ukranian border. Free travel is also available for those arriving from Bucharest, the Romanian capital. The Ilan Hotel in Lublin, in a building that once housed a yeshiva, was converted into a hotel by the Jewish Religious Community of Warsaw, which manages it. The hotel has blocked off all 40 of its rooms for refugees and is using its facilities to collect household items that will help them get settled. “We are from a completely different industry, but at the moment we are fully focused on helping refugees,” said Agnieszka Kolibska, the hotel manager. “At the beginning, it was about immediate help for a few days, but now, we are also thinking about long-term help like finding jobs for people.” “They really need everything from panties to socks and shoes, because the suitcases they had with them had to be left because there was no space in the train for their bags,” Kolibska said. “It’s not like they come with a suitcase and bags. They have two buns in black plastic bags and that is it.” Sending help from farther afield Larger travel companies have also joined the effort to offer facilities and services to refugees. Airbnb, in partnership with its nonprofit arm Airbnb.org, has been working with hosts to supply free temporary housing for up to 100,000 refugees fleeing Ukraine to neighboring countries like Poland, Hungary and Romania. Thousands of people around the world have also booked and paid for Airbnbs within Ukraine, with no plans to travel there, in efforts to send money to Ukrainian homeowners. Between March 2-3, more than 61,000 nights were booked in Ukraine, 34,000 of them by people in the United States, the company reported. Paige Holden, 43, an interior designer from Los Angeles, was at first skeptical about the initiative, concerned that if she booked an Airbnb property the hosts would not be able to access the funds. But after reaching out to some of them and seeing their desperation, she immediately booked an apartment in a Kyiv property, which sent $4,700 to a family of five. “After I sent out an inquiry, a woman in Kyiv sent me a picture of her three young children, huddled in a cold, dark basement filled with other distraught families,” Holden said. “You have to remember that these people lost everything overnight, their homes, their incomes. They have nothing left but to fight for their lives,” she said.


20 LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

JOSE MARIA GARCIA BLANCO, SHARON ENID GONZALEZ MALDONADO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: KCD2015-1469. (508). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. EDICTO DE SUBASTA.

Al: PÚBLICO EN GENERAL A: JOSE MARIA GARCIA BLANCO, SHARON ENID GONZALEZ MALDONADO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS.

Yo, EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 31 DE MARZO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, San Juan, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de San Juan durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 7 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el 18 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en

@

el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: “URBANA: Solar radicado en la Urbanización “Monteverde Real”, localizado en el Barrio Caimito de Río Piedras, del término municipal de San Juan, Puerto Rico, que se describe en el Plano de Inscripción, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del Solar: cuarenta y cinco (45). Área del Solar: cuatrocientos sesenta puntos dos mil ciento noventa y siete (460.2197) metros cuadrados, equivalentes a cero punto mil ciento setenta y una (0.1171) cuerdas. En lindes: por el NORTE: en una distancia de veinticuatro punto setenta y ocho (24.78) metros lineales, con el Solar número cuarenta y cuatro (44) de la Urbanización; por el SUR en dos (2) distancias que suman veintiséis punto noventa y siete (26.97) metros lineales, con el Solar número cuarenta y seis (46) de la Urbanización; por el ESTE: en dos (2) distancias que suman veintidós punto setenta y dos (22.72) metros lineales, con terrenos pertenecientes a Jaime Rivera Vázquez; y por el OESTE: en dos (2) distancias que suman dieciséis punto cincuenta y nueve (16.59) metros lineales, con la Calle Vereda de la Urbanización. Sobre dicho Solar enclava una casa de concreto para fines residenciales. El expresado Solar se halla afecto a la(s) siguiente(s) servidumbre(s): Servidumbre Telefónica: franja de terreno de cinco (5’) pies de ancho que discurre al o largo de su colindancia Oeste. Servidumbre de Equidad (Mantenimiento) y de ocupación de espacio aéreo: Franja de terreno de cero punto noventa y un (0.91) metros de ancho por once punto veintitrés (11.23) metros de largo, localizada en la colindancia Norte del solar antes descrito como predio sirviente y a beneficio del Solar cuarenta y cuatro (44) (predio dominante), la cual área podrá utilizar el propietario del predio dominante para pintar, repara, proteger la pared y/o cualquier reparación necesario y/o darle el debido mantenimiento a la pared de su vivienda. Además, en dicho espacio de terreno, tiene el predio dominante, una “cornisa” de su vivienda que ocupa “espacio aéreo” del predio sirviente, la cual ocupación está autorizada por esta servidumbre. Inscrita al folio 105 del tomo 796 de Río Piedras Sur, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección IV de San Juan, finca número 21,910. La dirección física de la propiedad

antes descrita es: Urbanización Monteverde Real, Solar 45, San Juan, Puerto Rico. La Subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $408,770.74, intereses al 6.875% anual desde el 1ro. de diciembre de 2014, lo cuales se acumulan diariamente hasta su total y completo pago; $836.35 por cargos por mora; mas $50,925.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados., todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $509,250.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $339,500.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $254,625.00. De declararse desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Podrán concurrir como postores a todas las subastas los titulares de créditos hipotecarios vigentes y posteriores a la hipoteca que se cobra o ejecuta, si alguno o que figuren como tales en la certificación registral y que podrán utilizar el montante de sus créditos o parte de alguno en sus ofertas. Si la oferta aceptada es por cantidad mayor a la suma del crédito o créditos preferentes al suyo, al obtener la buena pro del remate, deberá satisfacer en el mismo acto, en efectivo o en cheque de gerente, la totalidad del crédito hipotecario que se ejecuta y la de cualesquiera otro créditos posteriores al que se ejecuta pero preferente al suyo. El exceso constituirá abono total o parcial en su propio crédito. EN

staredictos@thesanjuandailystar.com

TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, 15 de febrero de 2022. EDWIN E. LÓPEZ MULERO, ALGUACIL AUXILIAR, ALGUACIL DE LA DIVISIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. *

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PONCE

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

ORLANDO ROSARIO RODRIGUEZ Y FRANCIS JOHANNA RODRIGUEZ CASIANO

Parte Demandada Caso Civil Núm.: PO2019CV04385. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA - IN REM. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Ponce, Oficina de Subasta; a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $120,685.22 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 5.00% anual, desde el día primero de septiembre de 2017 hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora computados al 4%, a razón de $39.12 sobre cada mensualidad de $764.29 y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $14,237.30 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta

(787) 743-3346

Monday, March 21, 2022 se describe como sigue: URBANA: Parcela de terreno en la Urbanización Las Delicias, Primera Unidad de Planificación, en el Barrio Magueyes de Ponce, Puerto Rico y que se describe en el plano de inscripción de la urbanización Las Delicias, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar treinta y cuatro (34) del bloque L. Área del solar trescientos doce punto cero cero (312.00) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en trece punto cero cero (13.00) metros, con la calle número once (11); por el SUR, en 13.00 metros, con el solar número veinticinco (25); por el ESTE, en veinticuatro punto cero cero (24.00) metros, con el solar número treinta y tres (33); y por el OESTE, en veinticuatro punto cero cero (24.00) metros, con el solar número treinta y cinco (35). Enclava casa. Inscrita al folio ochenta y cinco (85) del tomo mil ciento dos (1102) de Ponce, finca número diez mil setecientos setenta y cuatro (10774). Registro de la Propiedad de Ponce II. Dirección Física: 2253 Cartagena, Las Delicia Dev., Ponce, PR 00728. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 19 DE MAYO DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $142,373.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 26 DE MAYO DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $94,915.33. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 2 DE JUNIO DE 2022 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $71,186.50. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el mon-

to del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Ponce, Puerto Rico a 22 de febrero de 2022. MIGUEL A. TORRES AYALA, ALGUACIL PLACA #560, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE PONCE.

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FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

ZARIDEL BAYONA RODRÍGUEZ

Parte Demandada Caso Civil Núm.: PO2019CV01513. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Ponce, Oficina de Subasta; a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $87,996.20 de balance de principal, más los intereses sobre dicha suma al 4.25% anual, desde el día primero de septiembre de 2018 hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora computados al 4%, a razón de $18.16 sobre cada mensualidad de $454.05 y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $9,229.70 como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número nueve (9) del bloque KK de la Urbanización Villa del Carmen de Ponce, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos treinta y ocho punto cero cero metros cuadrados (338.00 m/c). En lindes por el NORTE, por donde mide veintiséis punto cero cero (26.00) metros, con el solar número ocho (8) del mismo bloque; por el SUR, en una distancia de veintiséis punto cero cero (26.00) metros, con

el solar número diez (10) del mismo bloque; por el ESTE, en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros, con la Avenida Bucaná de la Urbanización; y por el OESTE, en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros, con la calle Constancia de la Urbanización. Enclava una casa. Inscrita al folio ciento treinta y seis (136) del tomo mil novecientos diecisiete (1971), finca número cuarenta mil trecientos cincuenta y siete. (40,357). Registro de la Propiedad de Ponce, Sección I. Dirección Física: Urb. Villa del Carmen, 1518 Calle Constancia, Ponce, Puerto Rico 00716. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 19 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $92,297.60 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 26 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $61,531.73. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 2 DE JUNIO DE 2022 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $46,148.80. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédi-


The San Juan Daily Star to del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Ponce, Puerto Rico a 22 de febrero de 2022. MIGUEL A. TORRES AYALA, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #560, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE PONCE.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC. Demandante Vs.

SUCESION ELSIE MIRABAL ALVARADO T/C/C ELSIE MIRABAL COMPUESTA POR JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO

Monday, March 21, 2022

DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: CA2021CV01460. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Certifico y Hago Constar: Que en cumplimiento con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 19 DE ABRIL DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número cuatro (4) del Bloque “A” del plano de inscripción de la Urbanización Alturas de Villa Fontana, radicada en el Barrio Sabana Abajo del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS (273.25 M.C.). En lindes por el NORTE, en veintitrés punto treinta y cinco metros (23.35 m.), con el Solar número tres (3) del Bloque “A”; por el SUR, en veinticinco punto veintitrés metros (25.23 m.), con el Solar número cinco (5) del Bloque “A”; por el ESTE, en nueve punto cuarenta y cuatro metros (9.44 m.), con un arco la Calle número cuatro (4); y por el OESTE, en trece punto treinta y un metros (13.31 m.), con un área de condominio. Enclava una casa. Inscrita al folio 105 del tomo 596 de Carolina Norte, finca 31,584, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección I. La Hipoteca Revertida consta inscrita al folio 1 del tomo 923 de Carolina Norte, finca 31,584, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección I, inscripción 7ª. Propiedad localizada en: URB. ALTURAS DE VILLA FONTANA, 4A CALLE 4, CAROLINA, PUERTO RICO 00982. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores

o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano. Suma de la Carga: $240,000.00. Fecha de Vencimiento: 11 de noviembre de 2078. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $240,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 26 DE ABRIL DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $160,000.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $120,000.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 3 DE MAYO DE 2022, A LAS 2:00 DE LA TARDE. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $150,852.32 por concepto de principal, más la suma de $22,497.70 en intereses acumulados al 30 de septiembre de 2021 y los cuales continúan acumulándose a razón de 3.259% anual hasta su total y completo pago; más la sumas de $5,860.70 en seguro hipotecario; $5,075.00 en tarifas de servicios; $628.00 en seguro; $600.00 de tasaciones; $140.00 de inspecciones; $1,645.00 de adelantos pendientes; más la cantidad de 10% del pagare original en la suma de $24,000.00, para gastos, costas y honorarios de abogado, esta última habrá de devengar intereses al máximo del tipo legal fijado por la oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aplicable a esta fecha, desde este mismo día has-

ta su total y completo saldo. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Carolina, Puerto Rico, hoy 18 de febrero de 2022. JOSÉ CRISTOBAL, ALGUACIL REGIONAL. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL PLACA #830.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

Legacy Mortgage Asset Trust 2019-PR1, Parte Demandante VS.

PEDRO GARAY ROSA y su esposa MARIA SOCORRO TORRES OQUENDO t/c/c MARIA SOCORRO TORRES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales

Parte Demandada CIVIL NÚM. AB2020CV00032. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA Y COBRO DE DINERO. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. SS.

A: PEDRO GARAY ROSA Y SU ESPOSA MARIA SOCORRO TORRES OQUENDO t/c/c MARIA SOCORRO TORRES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES: Y AL PÚBLICO EN GENERAL:

El Alguacil que suscribe, certifica y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de

Caguas, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Todo derecho, título, participación e interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Parcela de forma triangular radicada en el Barrio Jagüeyes del término municipal de Aguas Buenas, Puerto Rico, con una cabida superficial de una cuerda con veinticinco céntimos de otro, equivalentes a cuarenta y nueve áreas, con trece centiáreas, en lindes por el NORTE y el SUR, en ciento treinta y seis metros y en noventa metros respectivamente, con una camino municipal; por el ESTE, en un punto común que lo separa de los caminos municipales; y por el OESTE, en noventa y nueve metros con terrenos de Víctor Garay. Consta inscrita al folio 160 del tomo 96 de Aguas Buenas, finca número 4,190. Registro de la Propiedad, Sección Segunda de Caguas. La propiedad objeto de ejecución está localizada en la siguiente dirección: Carretera 173 R 795, K 1 H 8, Bo. Aguas Buenas, P.R. 00703. Se informa que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravamen posterior, una vez sea otorgada la escritura de venta judicial y obtenida la Orden y Mandamiento de cancelación de gravamen posterior. (Art. 51, Ley 210-2015). En relación a la finca a subastarse, se establece como tipo mínimo de licitación en la Primera Subasta la suma de $25,749.99, según acordado entre las partes en el precio pactado en la Escritura de Hipoteca #número #65, otorgada en Caguas, Puerto Rico, el día 28 de febrero de 2005, ante la notario Teresa Trujillo Ortiz, inscrita al folio 33 del tomo 299 de Aguas Buenas, finca número 4,190, inscripción 5ta. La PRIMERA SUBASTA, se llevará a cabo el día 21 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 28 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o sea, la suma de $17,166.66. Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se

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celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 DE MAYO DE 2022 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar y regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $12,874.99. Dicha subasta se llevará a cabo, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor, a saber: La suma principal de $4,264.48, la cual se desglosa a continuación: la suma principal de $3,780.48, con intereses a 8.7480% anual, desde el 4 de marzo de 2019, hasta el presente y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, la suma principal de $484.00, como balance diferido y el cual no genera intereses, más los cargos por demora que se corresponden a los plazos atrasados desde la fecha anteriormente indicada a razón de la tasa pactada de 5% de cualquier pago que éste en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento, más una suma equivalente a $5,149.99, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado todo según pactado en la escritura de hipoteca. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal, durante las horas laborables. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los referentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se procederá a otorgar la correspondiente Escritura de Venta Judicial y el Alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días, de conformidad con las disposiciones de Ley. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Expedido en Caguas, Puerto Rico, a 25 de FEBEREO de 2022. EDUARDO ALDEBOL MIRANDA, Alguacil Auxiliar.

NAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA SALA SUPERIOR DE AGUADA.

ESTRELLA HOMES, LLC. Demandante Vs

MADELINE MATIAS ROSADO, FRANCISCO VILLA GARCIA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandado (s) CIVIL NUM. RN2019CV00010 (0002). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS: Yo, MIGUEL A CRESPO VARGAS, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Aguadilla, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia Sumaria In Rem Enmendada Nunc Pro Tunc dictada el 14 de septiembre de 2021, notificada el 17 de septiembre de 2021, de la cual surge que las partes demandadas adeudan a la demandante la suma principal de $77,475.72, intereses vencidos devengados a la tasa de 7.25% según pactados que al 15 de mayo de 2021, suman la cantidad de $14,791.56, la suma de $851.49 por concepto de cargos por demora, la suma de $786.90 por otros cargos, más la suma de $9,000.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactados y a tenor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia In Rem que se libró con fecha de 17 de diciembre de 2021, por la Secretaría de este Honorable Tribunal de Aguadilla, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: “RUSTICA: Solar radicado en el Barrio Pueblo del término municipal de Rincón, Puerto Rico, con una cabida superficial de mil cuarenta y nueve punto mil ochocientos veinticuatro (1,049.1824) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en cincuenta y ocho punto cuatrocientos sesenta y nueve (58.469) metros con Luis A. Rosado; por el SUR, en cuarenta punto ciento setenta y uno (40.171) metros, con área dedicada a uso público; por el ESTE, en dos punto noventa y tres (2.93) metros con Luis A. Rosado y uso público; y por el OESTE, en cuarenta y siete punto doscientos cuarenta y seis (47.246) metros, con remanente, número tres (3)”. Es segregación de la FinLEGAL NOTICE ca 119, inscrita al folio 206 del ESTADO LIBRE ASOCIADO tomo 2 de Rincón, Registro de DE PUERTO RICO TRIBU-

la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Aguadilla. Inscrita al Tomo Karibe de Rincón, Finca 10298, Sección de Aguadilla. Por su procedencia está: Libre de Cargas: Sobre la antes descrita propiedad se encuentra presentado el siguiente gravamen posterior: “Al Asiento 2021-021614-AG01 Del Sistema Karibe, se presentó el día 26 de febrero de 2021,”Aviso de Demanda” de fecha 12 de febrero de 2021, expedida en Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, en Caso Civil número RN2021CV00010, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca seguido por LUNA ACQUISITION, LLC. VS MADELINE MATIAS ROSADO, FRANCISCO VILLA GARCIA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, por la suma de $75,813.27, más Intereses y Otras Sumas, o en su defecto la venta en pública subasta, finca número 10,298. Esta anotación de demanda corresponde al caso de epígrafe. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM): 25-125-05318- 613-000. La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: CARRETERA 115 KM 11.5 INT. RINCÓN, PR 00677. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 27 de abril de 2022, a las 11:00 de la mañana. Precio Mínimo: $90,000.00. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 4 de mayo de 2022, a las 11:00 de la mañana. Precio Mínimo: $60,000.00. TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 11 de mayo de 2022, a las 11:00 de la mañana. Precio Mínimo: $45,000.00. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el Segundo (2do) piso, Oficina de Alguaciles, Centro Judicial de Aguadilla, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de aboga-


22 do hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Aguadilla durante horas laborables. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Colecturía de Aguadilla, Alcaldía y Cuartel de la Policía del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Aguadilla, Puerto Rico, 19 de enero de 2022. MIGUEL A CRESPO VARGAS, ALGUACIL SUPERIOR.

por la cantidad de $67,839.27 de principal, dictada el 24 de mayo de 2021 y notificada el 28 de mayo de 2021, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Camuy, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: RÚSTICA: Predio de terreno localizado en el barrio Zanjas de Camuy, Puerto Rico, con una cabida superficial de 1068.161 metros cuadrados. En lindes al NORTE, con remanente de la finca; al SUR, con Angel F. Cordero; al ESTE, con Félix Aquino y camino de uso público y al OESTE, con remanente de la finca. Enclava una edificación para fines residenciales. Finca 16257 inscrita al folio 85 del tomo 288 de Camuy, Registro de la propiedad de Arecibo, Sección Segunda. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Camuy, cuyas cantidades son las siguientes: $67,839.27 de principal, más intereses al 3.875%, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; recargos a razón del 5% de cada pago vencido no recibido dentro de los quince (15) días después de la fecha de vencimiento; más el 10% del principal del pagaré, equivalente a $6,800.00, para cubrir costas, gastos y honorarios de abogados pactado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es LEGAL NOTICE $68,000.00 según la escritura ESTADO LIBRE ASOCIADO de hipoteca para la propiedad DE PUERTO RICO TRIBU- descrita. De declararse la suNAL DE PRIMERA INSTANCIA basta desierta, se procederá SALA SUPERIOR DE CAMUY a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 del LIME HOMES LTD. precio mínimo antes mencioDemandante V. nado; $45,333.33. Si tampoco WANDA ROMERO hubiere remate ni adjudicación HERNANDEZ en esta segunda subasta, se Demandada procederá a una tercera subasCivil Núm.: CM2019CV00567. ta, en la cual regirá como tipo Sobre: COBRO DE DINERO mínimo ésta la 1/2 del precio Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA mínimo antes mencionado; POR LA VÍA ORDINARIA. AVI$34,000.00. La PRIMERA SUSO DE VENTA EN PÚBLICA BASTA se llevará a cabo el SUBASTA. Yo, LUIS E. RO5 DE ABRIL DE 2022, A LAS MÁN CARRERO, Alguacil de la 9:45 DE LA MAÑANA. De no División de Subastas del Tribucomparecer postor alguno se nal de Primera Instancia, Sala llevará a efecto una SEGUNde Ca muy, a los demandados y DA SUBASTA el 12 DE ABRIL al público en general les notifico DE 2022, A LAS 9:45 DE LA que, cumpliendo con un ManMAÑANA. De no comparecer damiento que se ha librado en postor alguno se llevará a cabo el presente caso por el Secretauna TERCERA SUBASTA el 20 rio del Tribunal de Camuy, con DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:45 fecha 17 de noviembre de 2021 DE LA MAÑANA. La subasta y para satisfacer la Sentencia

The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Camuy. Del Estudio de Título realizado surge el siguiente gravámenes posteriores: “Hipoteca: En garantía de pagare bajo affidávit #3977 a favor de Associates lnternational Holding Corporation h/n/c Citifinancial por la suma principal de $15,500.00 con intereses al 11.0237% anual vencedero el 3 de agosto de 2026. Se tasa la propiedad en $15,500.00. Según Escritura #264 en Hatillo el 29 de julio de 2006 ante Notario Fernando Rambell Echegaray, inscrito en virtud de la Ley #216 del 2010 al folio 2327 del tomo 412 de Camuy, inscripción 4ta.” Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la Sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Avi-

so para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Camuy, Puerto Rico, a 25 de enero de 2022. WILFREDO OLMO SALAZAR, ALGUACIL REGIONAL. LUIS E. ROMÁN CARRERO, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

SUCESIÓN DE RAFAEL REYES RODRÍGUEZ, COMPUESTA POR “JOHN DOE Y RICHARD ROE” COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; EL CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)

Demandados Civil Núm.: CG2021CV01403. Sala: 802. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PÚBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 18 de febrero de 2022, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número treinta y seis del Bloque F, del Plano de Inscripción de la Urbanización Notre Dame, situada en el Barrio Turabo (Tomás de Castro), del Municipio de Caguas, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos cincuenta y nueve metros cuadrados con noventa y ocho centímetros cuadrados, colinda: por el NORTE, en dos alineaciones, una de diez metros noventa y un milímetro y la otra de cinco metros cincuenta y seis centímetros con los solares doce y trece; por el SUR, en trece metros seiscientos cuatro milímetros con la Calle número nueve; por el ESTE, en veinticuatro metros setecientos cuatro milímetros, con el solar número treinta y cinco; y por el OESTE, en veinticuatro metros quinientos noventa y tres milímetros con el solar número treinta y siete. Inscrita al folio

155 del tomo 492, finca número 15,498 de Caguas. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección I de Caguas. La propiedad ubica, según pagaré, en: Urb. Notre Dame F-36 Caguas, PR 00725. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día el 30 de diciembre de 2021, notificada el 31 de diciembre de 2021, en el presente caso civil, a saber la suma de $98,871.80 por concepto de principal; generando intereses a razón de 3.25% desde el 1ro de enero de 2020; cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, y la suma de $11,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 9 DE MAYO DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $110,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 16 DE MAYO DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $73,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 23 DE MAYO DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $55,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado

Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 1 de marzo de 2022. Ángel Gómez Gómez, Alguacil Placa #593, División De Subastas, Tribunal De Primera Instancia, Sala Superior De Caguas.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR.

ORIENTAL BANK Demandante vs.

JOSE ANTONIO BERRIOS DIAZ T/C/C JOSE A. BERRIOS DIAZ, ALICIA CRUZ MERCED Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandado (s) CIVIL NUM. BY2019CV05512 (505). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA, LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS: Yo, JOSE F MARRERO ROBLES, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia Sumaria In Rem dictada el 3 de marzo de 2020, notificada ese mismo día de la cual surge que las partes demandadas adeudan a la demandante la suma principal de $214,469.62, intereses vencidos que al 1 de diciembre de 2019, ascienden a la suma de $30,383.08, la suma de $1,464.33 por concepto de cargos por demora, más la suma de $24,827.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactados y a tenor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia In Rem que se libró con fecha de 7 de febrero de 2022, por la Secretaría de este Honorable Tribunal de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: URBANA”: Solar radicado en la Urbanización “Palacios del Río II”, localizada en los Barrios Ortiz y Piñas del, término municipal de Toa Alta, Puerto Rico, que se describe en el plano de Inscripción de la Urbanización, como número, área y colindancia que se relacionan a continuación: Número del solar: diecinueve del bloque “G” (G-19), con una cabida de cuatrocientos setenta y seis punto cincuenta y siete metros cuadrados (476.57mc). En lindes: por el NORTE, con la calle número siete (7), en dos alineaciones, en una distancia de nueve punto doscientos tres metros (9.203m) y en otra de seis punto ciento ochenta y cuatro (6.184) por el SUR, con el solar número veintitrés y veinticuatro del Bloque “G” (G23) y (G-24), en una distancia de quince metros (15.00m); por el ESTE, con el solar número dieciocho del Bloque “G” (G18), en una distancia de treinta y dos metros (32.00m),por el OESTE, con el solar número veinte del Bloque “G” (G-20), en una distancia de treinta punto ciento cuarenta y ocho metros (30.148m). En este solar se ha construido una vivienda de bloques y hormigón reforzado para una familia. Inscrita al folio 33 del tomo 497 de Toa Alta, Finca Número 25,188, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección III Bayamón. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a Favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico; Servidumbre a Favor de la de la finca 1,380; Servidumbre a Favor de Energía Eléctrica de Puerto Rico; Servidumbre a Favor de Centennial de Puerto Rico; Sujeta a las disposiciones de la Ley de

Acceso Controlado, según enmendada; Servidumbre a Favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Condiciones Restrictiva sobre Edificación y Uso. Sobre la antes descrita propiedad se encuentra presentado el siguiente gravamen posterior: Demanda” del 22 de febrero de 2019, expedida en Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior en el Caso Civil número TA2019CV00226, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca seguido por ORIENTAL BANK VS JOSE ANTONIO BERRIOS DIAZ T/C/C JOSE A. BERRIOS DIAZ, ALICIA CRUZ MERCED Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, por la suma de $248,270.00 y Otras Sumas, Anotado al Tomo Karibe de Toa Alta finca número 25,188. Anotación “A”. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM): 12-112-067-46-193-000. La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: URBANIZACION PALACIOS DEL RIO II, BLOQUE G-19, TOA ALTA, PR 00953. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 13 de abril de 2022, a las 10:00 de la mañana. Precio Mínimo: $248,270.00. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 20 de abril de 2022, a las 10:00 de la mañana. Precio Mínimo: $163,513.33. TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 27 de abril de 2022, a las 10:00 de la mañana. Precio Mínimo: $124,135.00. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el cuarto piso en el Centro Judicial de Bayamón, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la sentencia,


The San Juan Daily Star en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón durante horas laborables. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Colecturía de Bayamón, Alcaldía y Cuartel de la Policía del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Bayamón, Puerto Rico, a 4 de MARZO de 2022. JOSE F MARRERO ROBLES, ALGUACIL SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

LA SUCESIÓN DE LUIS ÁNGEL JIMÉNEZ PÉREZ, COMPUESTA POR JORGE JIMENÉZ CRUZ; FULANO Y MENGANO DE TAL, COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN; DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE PUERTO RICO

Demandados Civil Núm.: GM2021CV00743. Sobre: INTERPELACIÓN; COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTA-

Monday, March 21, 2022

DOS UNIDOS, ESTADO LI- Guaynabo, en el Caso Civil núBRE ASOCIADO DE PUERTO mero GB2019-CV01526, sobre RICO, SS. cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Banco A: PUBLICO EN Popular de Puerto Rico, contra GENERAL. Luis Ángel Jiménez Pérez, por El Alguacil del Tribunal que la suma de $31,197.53, más insuscribe anuncia y hace constereses y otras sumas, anotado tar: A. Que en cumplimiento del el día 5 de febrero de 2021, al Mandamiento que me ha sido tomo Karibe de Guayama, findirigido por la Secretaria del ca número 6,220, Anotación A. Tribunal de Primera Instancia E. Dicha subasta se llevará a de Puerto Rico, Sala de Guacabo para satisfacer a la parte yama, en el caso de epígrafe, demandante el importe de la venderé en pública subasta sentencia que ha obtenido asy al mejor postor de contado cendente a la suma principal y en moneda de curso legal y de $31,197.53, más la suma corriente de los Estados Unide $5,638.03, que incluye intedos de América y cuyo pago reses según pactados, cargos se efectuará en efectivo, giro por demora y otros cargos, que postal o cheque certificado a se acumulan diariamente hasta nombre del Alguacil del Tribusu total y completo pago, más nal de Primera Instancia, todo la suma de 10% del principal, derecho, título o interés que por concepto de costas, gastos tenga la Parte Demandada en y honorarios de abogados. La el bien inmueble que se descriPRIMERA SUBASTA se cebe a continuación: URBANA: lebrará el día 3 DE MAYO DE Solar radicado frente a la Calle 2022 A LAS 11:30 DE LA MASan Jose, en el municipio de ÑANA en la Oficina del Alguacil Guayama, Puerto Rico, con un del Tribunal de Primera Instanárea de doscientos cincuenta y cia de Guayama, por el tipo cinco punto noventa y tres memínimo de $32,402.00. De detros cuadrados (255.93m.c.). clararse desierta dicha subasta En lindes: por el NORTE, en 10 se celebrará una SEGUNDA metros con un solar ocupado SUBASTA el día 10 DE MAYO por el señor Ernesto Rodriguez; DE 2022 A LAS 11:30 DE LA por el SUR, en 9.85 metros con MAÑANA en el mismo lugar anla Calle San Jose; por el ESTE, tes mencionado. El precio para en dos alineaciones descontila segunda subasta lo será 2/3 nuas de 19.60 y 6 metros con partes del precio mínimo de la los solares ocupados por el primera, o sea, $21,601.33. señor Ángel Bonilla y el señor De declararse desierta dicha Francisco Ortiz Figueroa; por segunda subasta, se celebrará el OESTE, en 26 metros con una TERCERA SUBASTA el un solar ocupado por el señor día 17 DE MAYO DE 2022 A Marcelino Rodriguez. Enclava LAS 11:30 DE LA MAÑANA en en este solar una casa consel mismo lugar antes menciotruida de madera con techo de nado. El precio para la tercera zinc dedicada a vivienda. Direcsubasta lo será 1/2 del precio ción Física: Loma Del Viento mínimo de la primera, o sea, Sec., Guayama Wd., #165 San $16,201.00. Y PARA QUE ASÍ José St. Guayama, PR. Finca CONSTE, y para su publicación 6,220, inscrita al folio 90 del en un periódico de circulación tomo 218 de Guayama, Regisgeneral y por un término de catro de la Propiedad de Puerto torce (14) días en los sitios púRico, Sección de Guayama. blicos conforme a la ley, expido B. Que los autos y todos los la presente bajo mi firma y sello documentos correspondientes de este tribunal, hoy 4 de al procedimiento incoado están marzo de 2022 en Guayama, de manifiesto en la Secretaría Puerto Rico. ÁNGEL MERCAdel Tribunal durante las horas DO QUILES, ALGUACIL #140. laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá LEGAL NOTICE que todo licitador acepta como ESTADO LIBRE ASOCIADO bastante la titularidad y que las DE PUERTO RICO TRIBUNAL cargas y gravámenes anteGENERAL DE JUSTICIA TRIriores y los preferentes, si los BUNAL DE PRIMERA INSTANhubiere, al crédito ejecutante, CIA SALA DE BAYAMÓN continuarán subsistentes, enORIENTAL BANK tendiéndose que el rematente Parte Demandante V. los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Que la Propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen preferente a la hipoteca que se ejecuta en la presente causa de acción. Aviso de Demanda de fecha 25 de noviembre de 2019, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de

MONSERRATE PETRILLI BLAY

Parte Demandada Civil Núm. TA2021CV00854. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, hago saber a la par-

te demandada MONSERRATE PETRILLI BLAY, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 21 de enero de 2022, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $115,000.00 y al mejor postor, pagadero en efectivo, cheque de gerente o giro postal, a nombre del alguacil del tribunal, la propiedad que se describe a continuación: APARTMENT NO. 3101, BUILDING 3, MODULE 1, VISTAS DE MONTECASINO CONDOMINIUM, TOA ALTA, PR 00953, y que se describe de la siguiente manera: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento identificado con el número 3101, el cual está localizado en el primer piso del edificio 3, módulo 1 del complejo conocido como ‘Vistas de Montecasino’ ubicado en el Barrio Mucarabones de Toa Alta, Puerto Rico. Contiene un área superficial de 1080 pies cuadrados equivalente a 100.33 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 10.67 metros con patio delantero y estacionamiento; por el SUR, en una distancia de 10.67 metros con área de patio y elemento común general; por el ESTE, en una distancia de 10.05 metros con patio lateral; por el OESTE, en una distancia de 6.30 metros con elemento exterior común y en 3.76 metros con área de recibidor y escaleras de acceso. Su puerta principal de acceso se encuentra en su lado Oeste, la cual comunica con el recibidor y las escaleras. Contiene tres dormitorios, dos baños, salacomedor, terraza, cocina-laundry. Le corresponde el 0.974% en los elementos comunes generales y el 11.11% en los comunes limitados. Le pertenece el uso y disfrute de dos espacios para estacionamiento marcados con los números 196 y 197. Le pertenece también el uso y disfrute de un patio ubicado en su lado Sur y Este de alrededor de 94.00 metros cuadrados. El mantenimiento de este patio será responsabilidad exclusiva del dueño de esta unidad. Finca 22067 inscrita al folio 146 del tomo 432 de Toa Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA en garantía de pagaré a favor de AAAA Concordia Mortgage Corporation por la suma principal de $115,000.00 con intereses a razón del 5.75% y vencimiento el 1 de septiembre de 2035. Constituida por la Escritura # 714 otorgada el 30 de agosto del 2005 ante el notario Luis O. Dávila Alemán. Inscrita en virtud de las disposiciones de la Ley 216 para Agilizar el

Registro de la Propiedad de 2010. Extendidas las líneas el 2 de noviembre de 2017 al folio 5837 del Tomo 556 de Toa Alta, inscripción 6ª abreviada. (ii) ANOTACIÓN DE DEMANDA a favor del Scotiabank de Puerto Rico como Agente de Servicio de PRMLT 2014-1 radicada el 21 de agosto del 2019 en la Sala de Bayamón del Tribunal de Primera Instancia en el caso civil número BY2019CV04825 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la cual se reclama el pago de $85,655.02, suma garantizada con la hipoteca que resulta de la inscripción 6ª. Inscrita el 1 de junio del 2020 al Tomo Digital Karibe de la finca 22067 de Toa Alta, Anotación “A”. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 7 de diciembre de 2021, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $85,655.02 de principal, más $2,052.15 de interés al 5.750% anual que continuarán acumulándose a $13.4935 diariamente desde el 1 de agosto de 2019 hasta el saldo total, $850.43 de cargos por demora, $11,500.00 de costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 13 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $115,000.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 20 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $76,666.67. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 27 DE ABRIL DE 2022 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $57,500.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Los autos y todos los

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documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Bayamón, Puerto Rico, hoy 07 de marzo de 2022. Edgardo Elías Vargas Santana, Alguacil Auxiliar Placa #193, Tribunal De Primera Instancia, Sala De Bayamón.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIANDO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE PONCE.

EDGAR FIGUEROA RODRIGUEZ HC-02 BOX 222 Guayanilla, PR 00656 (787)415-3460 Peticionario vs.

Ex-parte

Civil Núm.: PO2021CV02489. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a todo el que tenga derecho real sobre el in.mueble descrito en la Petición de Expediente de Dominio, a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada, así como los colindantes, causahabientes o herederos y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica que comparezca, si creyera que le conviene, a este Honorable Tribunal, dentro de veinte (20) días a partir de la publicación de este Edicto, el cual se publicará por tres (3) veces y exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por los peticionarios para adquirir el dominio de la siguiente propiedad: RUSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Bocas del término municipal de Guayanilla, Puerto Rico, con una cabida superficial de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON MIL QUINIENTAS DIEZ MILESIMAS DE OTRO (655.1500 me.), equivalente a mil seiscientos sesenta y siete diez milésimas de cuerda (0.1667 de cda.), en colindancias por el Norte con la Sucesión Figueroa Maldonado, en catorce punto sesenta y ocho metros; por el Sur con el remanente de la.finca principal, en treinta y uno punto sesenta y cuatro metros; por el Este con la Sucesión Figueroa Maldonado, en veintisiete punto cero siete metros y por el Oeste con la franja de terreno para ser dedicada a uso público, en distancias de nueve punto cuarentisiete metros y veinticinco punto cincuentitrés metros. El perímetro de esta parcela queda encerrado dentro de las distancias y rumbos siguientes: Partiendo del punto número uno al punto número dos con rumbo S 7332-24E, en catorce metros sesenta y ocho centimetros hasta una varilla de acero; desde ese punto número dos hasta el punto número tres con una varilla de acero en una distancia de veintisiete punto cero siete metros con rumbo S 10-27-02W; desde ese punto número tres al punto número cuatro con un tubo galvanizado, en una distancia de treinta y un metros

sesenta y cuatro centimetros con rumbo N 83-08-16W; desde ese punto número cuatro hasta el punto número cinco con una varilla de acero, en una distancia de nueve metros cuarentisiete centímetros con rumbo N 42-25-57E; de ese punto numero cinco al punto número uno de partida en una distancia de veinticinco metros cuarenta y tres centímetros con rumbo N 38-22-58E, quedando así cerrado el perímetro. Contiene una estructura de hormigón armado y bloques dedicada a vivienda. Debe notificar con copia de sus alegaciones a la representación legal de los promoventes, Lcdo. Joseph Bracco Santiago, P.O. Box 608, Peñuelas, Puerto Rico 006240608, Teléfono 787-836 -3020. Dado en Yauco en Sabana Grande a 3 de marzo de 2022. Luz Mayra Caraballo García, Sec Regional. Delia Aponte Velázquez, Sec Aux I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA

UNITED STATES DEPARTMENT OF AGRICULTURE RURAL DEVELOPMENT A/C/C LA ADMINISTRACION DE HOGARES DE AGRICULTORES Demandante Vs.

SIOMARA COLÓN MACHADO

Demandada Civil Núm.: GM2018CV00385. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Guayama, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 19 de junio de 2019 y según Orden y Mandamiento del 24 de septiembre de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Lote que radica en la Urbanización Vistas Arroyo, radicado en los Barrios Ancones y Pueblo del término municipal de Arroyo, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Lote marcado con el número Dos (2) bloque “H” (H-2), con una cabida superficial de trescientos


24 cuarenta y ocho metros cuadrados con veinte centésimas (348.20 m.c.). En lindes, desde el NORTE, distancia de veinte (20.00 mts.) con el lote H guión uno (H-1) del mismo bloque; por el SUR, distancia de veinte metros (20.00 mts.) con el lote H guión tres (H-3) del mismo bloque; por el ESTE, distancia de diecisiete metros con sesenta y seis centésimas (17.66 mts.) con los lotes H guión nueve (H-9) y H guión diez (H10) del mismo bloque; y por el OESTE, en diecisiete metros con quince centésimas (17.15 mts.) con la calle número cinco (5) de la urbanización. En este solar se ha edificado una casa de una sola planta de bloques de cemento y hormigón reforzado, que consta principalmente de tres dormitorios, sala, comedor, cocina, dos cuartos de baño, “laundry” y marquesina doble para automóviles. Como parte del equipo de la vivienda, incluye un calentador eléctrico de agua. Afecto a servidumbre para líneas telefónicas en una franja de un metro con cincuenta y dos centésimas de otro (1.52 mts.) de ancho en la colindancia Oeste. Afecto además a servidumbre para la distribución de telecomunicaciones y televisión por cable en una franja de cinco pies (5’) de ancho a lo largo de su colindancia Oeste. FINCA NÚMERO: 7,829, inscrita al folio 107 del tomo 200 de Arroyo, Registro de Guayama. Dirección Física: URB. VISTAS DE ARROYO H-2 CALLE 5, ARROYO PR 00714. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Guayama. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $98,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $65,333.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 22 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2)

del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $49,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $105,130.81 de principal, más intereses convenidos al 3.250% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Si se anula la venta, el comprador tendrá derecho a la devolución del depósito de la venta judicial menos los honorarios y costos incurridos en el proceso de venta judicial. No tendrá ningún otro recurso contra el acreedor hipotecario ejecutante ni la representación legal de éste. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las car-

The San Juan Daily Star

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gas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 24 de febrero de 2022. LITZY M. CORA ANAYA, ALGUACIL AUXILIAR #247, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA.

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UNITED STATES DEPARTMENT OF AGRICULTURE RURAL DEVELOPMENT A/C/C LA ADMINISTRACION DE HOGARES DE AGRICULTORES Demandante Vs.

SUCESIÓN DE MARGARITA LUCIANO RIVERA COMPUESTA POR SUS HEREDEROS CONOCIDOS ADA MARGARITA GÓMEZ LUCIANO, LUIS MODESTO GONZÁLEZ LUCIANO, JOSÉ FERNANDO GONZÁLEZ LUCIANO; SONIA ENID GONZÁLEZ LUCIANO, ANTHONY LUCIANO RIVERA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O COMO PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN; AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO

Demandados Civil Núm.: GM2018CV00547. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO

PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Guayama, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 29 de mayo de 2019 y según Orden y Mandamiento del 21 de octubre de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Lote que radica en la Urbanización Extensión Valles de Arroyo, situado en el Barrio Ancones del término municipal de Arroyo, Puerto Rico, marcado con el número dos (2) del Bloque “W” (2-W), con un área superficial de trescientos cuarenta y seis punto ciento noventa y seis diezmilésimas de otro metro cuadrado (346.0196 m/c), en lindes por el NORTE, distancia de 13.840 metros, con la calle número trece (13); por el SUR, distancia de 13.840 metros, con el lote número once (11) del mismo bloque; por el ESTE, distancia de 25.000 metros, con el lote número uno (1) del mismo bloque; y por el OESTE, distancia de 25.000 metros, con el lote número tres (3) del mismo bloque. En este lote se ha edificado una casa de bloques de cemento y hormigón reforzado que consiste de tres cuartos dormitorios, sala, comedor, cocina, dos cuartos de baño, laundry y marquesina para un automóvil. Como parte del equipo de la vivienda, incluye un calentador eléctrico de agua. Afecto a servidumbre para líneas telefónicas en una franja de 1.52 metros de ancho a todo lo largo de su colindancia Norte. FINCA NÚMERO: 8,178, inscrita al folio 117 del tomo 203 de Arroyo, Registro de Guayama. Dirección Física: URB. EXT. VALLES DE ARROYO 2-W, ARROYO, PR 00714. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Guayama. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $65,900.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 13 DE ABRIL DE

2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $43,933.33. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 22 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $32,950.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $82,223.50 de principal, más intereses convenidos al 5.75% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Si se anula la venta, el comprador tendrá derecho a la devolución del depósito de la venta judicial menos los honorarios y costos incurridos en el proceso de venta judicial. No tendrá ningún otro recurso contra el acreedor hipotecario ejecutante ni la representación legal de éste. Por la presente también se notifica e informa a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico por éstos con-

BANCO POPULAR DE PUER- Puerto Rico, Sala Superior de TO RICO Ponce. Siendo ésta la primera Demandante Vs. subasta que se celebrará en este caso, será el precio míniGRISELLE mo aceptable como oferta en la SANTOS RIVERA; Primera Subasta, eso es el tipo AUTORIDAD PARA EL mínimo pactado en la Escritura FINANCIAMIENTO DE LA de Hipoteca para la propiedad, VIVIENDA DE PUERTO la suma de $67,900.00. De no haber remanente o adjudicaRICO ción en esta primera subasta Demandados Civil Núm.: PO2021CV01902. por dicha suma mínima, se ceSobre: EJECUCIÓN DE HIPO- lebrará una SEGUNDA SUTECA (IN REM). EDICTO BASTA el día 13 DE ABRIL DE ANUNCIANDO PRIMERA, SE- 2022, A LAS 1:45 DE LA TARGUNDA Y TERCERA SUBAS- DE, en el mismo lugar antes TA. El Alguacil que suscribe, señalado en la cual el precio funcionario del Tribunal de Pon- mínimo serán dos terceras (2/3) ce, Puerto Rico, por la presente partes del tipo mínimo pactado anuncia y hace saber al público en la escritura de hipoteca, la en general que en cumplimien- suma de $45,266.66. De no hato con la Sentencia dictada en ber remanente o adjudicación este caso con fecha 13 de di- en esta segunda subasta por el ciembre de 2021 y según Or- tipo mínimo indicado en el páden y Mandamiento del 31 de rrafo anterior, se celebrará una enero de 2022 librado por este TERCERA SUBASTA en el mishonorable Tribunal, procederé mo lugar antes señalado el día a vender en pública subasta al 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS mejor postor, y por dinero en 1:45 DE LA TARDE, en la cual efectivo, cheque certificado o el tipo mínimo aceptable como giro postal a nombre del Algua- oferta será la mitad (1/2) del cil del Tribunal con todo título precio mínimo pactado en la derecho y/o interés de la parte escritura de hipoteca, la suma demandada sobre la propiedad de $33,950.00. Si se declare que se describe a continuación: desierta la tercera subasta se PROPIEDAD HORIZONTAL: adjudicará la finca a favor del Montemar Apartments, situado acreedor por la totalidad de la en la Carretera número dos (2) cantidad adeudada si ésta es kilómetro doscientos cincuenta igual o menor que el monto del y cinco punto dos (255.2) en el tipo mínimo de la tercera suBarrio Canas del término muni- basta, si el tribunal lo estima cipal de Ponce, Puerto Rico, conveniente. Se abonará dicho apartamento cuatrocientos monto a la cantidad adeudada ocho (408). Está localizado en si ésta es mayor. El Honorable el Edificio “1507”, piso cuarto. Tribunal dictó Sentencia In Consta de un área superficial Rem, declarando Con Lugar la de setecientos treinta y cuatro demanda al incumplir la parte punto setenta pies cuadrados demandada con los términos (734.70 p/c), equivalentes a se- del contrato hipotecario y ordesenta y ocho punto veinticinco nando la venta en pública sumetros cuadrados (68.25 m/c). basta del inmueble antes desColinda por el NORTE, con pa- crito. A tenor con la Regla 51.3 red hacia el exterior, puerta de (b) de Procedimiento Civil y el acceso a apartamento y escale- Artículo 99 de la Ley 210-2015, ra; por el SUR, con pared al conocida como “Ley del Regisexterior; por el ESTE, con apar- tro de la Propiedad Inmobiliaria tamento cuatrocientos siete del Estado Libre Asociado de (407) y escalera y por el OES- Puerto Rico”, el tribunal ordenó TE, con pared exterior. Esta que el Alguacil de este Tribunal propiedad está formada por luego de haberse efectuado la sala, comedor, cocina, tres (3) correspondiente publicación de dormitorios con closets, baño y edictos en un periódico de cirárea de lavandería. Le corres- culación general, proceda a ponde un (1) estacionamiento vender en pública subasta al doble identificados con los nú- mejor postor la propiedad desmeros cincuenta y ocho (58) y crita en las Determinaciones de cincuenta y nueve (59) y una Hechos de la Sentencia y que participación de cero punto del producto de dicha venta, cuatro mil ochocientos (0.4800) proceda a pagar en primer térpor ciento en los elementos co- mino los gastos del Alguacil, en munes. FINCA NÚMERO: segundo término las costas y 26,769, inscrita al folio 121 del honorarios de abogados según tomo 1147 de Ponce, sección II concedidos en esta sentencia, en tercer término los intereses de Ponce. Dirección Física: MONTEMAR APARMENTS acumulados por esta sentencia, APT. 408 EDIFICIO 1507, AVE. en cuarto término los recargos LAS BRISAS, PONCE PR acumulados, en quinto cual00731. Se anuncia por medio quier suma antes indicada de este edicto que la PRIMERA como sobregiro en la cuenta de SUBASTA habrá de celebrarse reserva y en sexto término hasLEGAL NOTICE el día 6 DE ABRIL DE 2022, A ta la suma de $51,561.59 de ESTADO LIBRE ASOCIADO LAS 1:45 DE LA TARDE, en mi principal, intereses pactados DE PUERTO RICO TRIBU- oficina sita en el edificio que sobre esta suma al tipo de NAL DE PRIMERA INSTANCIA ocupa el Tribunal Superior de 6.875%, contribuciones, recargos y primas de seguro adeuSALA SUPERIOR DE PONCE

tar con una hipoteca a su favor por la suma de $10,600.00, sin devengar intereses anuales y a vencer el 13 de julio de 2014, según consta de la escritura #146, otorgada en San Juan, inscrito al folio 117 vuelto del tomo 203 de Arroyo. Se notifica e informa, además, a la Asociación de Residentes Urbanización Palacios del Prado por éstos constar con una Sentencia anotada al folio 13 del tomo 6 del Registro de Sentencias de Guayama, dictada el 30 de diciembre de 2010, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Juana Díaz, en el caso civil número JFCI2010-00387 contra Sonia González, por la suma de $1,044.41, más los intereses, etc., y anotado con fecha 1 de febrero de 2012. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 24 de febrero de 2022. LITZY M. CORA ANAYA, ALGUACIL AUXILIAR #247, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA.


The San Juan Daily Star dados y la suma de $5,156.15 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Si se anula la venta, el comprador tendrá derecho a la devolución del depósito de la venta judicial menos los honorarios y costos incurridos en el proceso de venta judicial. No tendrá ningún otro recurso contra el acreedor hipotecario ejecutante ni la representación legal de éste. Por la presente también se notifica e informa a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico por éstos contar con una hipoteca a su favor por la suma de $3,000.00, sin intereses y a vencer en seis (6) años, según consta de la escritura #339, otorgada en Ponce, inscrito al folio 121 vuelto del tomo 1147 de Ponce, inscripción 3ra. Condiciones bajo el Programa La Llave de tu Hogar, no podrá vender, donar, permutar o de cualquier otro modo transferir la propiedad durante un periodo de seis (6) años. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés pue-

Monday, March 21, 2022

dan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 16 de febrero de 2022. JUAN ROLANDO CRUZ ROMÁN, ALGUACIL #965, SALA SUPERIOR DE PONCE.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA

UNITED STATES DEPARTMENT OF AGRICULTURE RURAL DEVELOPMENT A/C/C LA ADMINISTRACION DE HOGARES DE AGRICULTORES Demandante Vs.

SUCESIÓN DE ANA CELIA LABOY RIVERA T/C/C ANA C. LABOY RIVERA COMPUESTA POR SU HEREDERO CONOCIDO RÚBEN ANTONIO SANTIAGO LABOY T/C/C RÚBEN A. SANTIAGO LABOY; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN

Demandados Civil Núm.: GM2018CV00546. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Guayama, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la

Sentencia dictada en este caso con fecha 8 de julio de 2019 y según Orden y Mandamiento del 5 de octubre de 2021 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA: Solar marcado con el número tres (3) del bloque E del plano de inscripción de la Urbanización Arroyo del Mar, localizada en la carretera estatal número (3) del Barrio Cuatro Calles del término municipal de Arroyo, Puerto Rico, con una cabida superficial de doscientos noventa y seis punto ciento veinticinco metros cuadrados (296.125 mc). En lindes por el NORTE, en una distancia de doce punto quinientos metros (12.500 m) con la calle número dos (2) de la Urbanización; por el SUR, en una distancia de doce punto quinientos metros (12.500 m) con el solar número catorce (14) del Bloque E; por el ESTE, en una distancia de veintitrés punto seiscientos noventa metros (23.690 m) con el solar número cuatro (4) del bloque E; y por el OESTE, en una distancia de veintitrés punto seiscientos noventa metros (23.690 m) con el solar número dos (2) del bloque E. Sobre el antes descrito inmueble se halla construida una casa de hormigón y bloques de concreto para fines residenciales. FINCA NÚMERO: 6,465, inscrita al folio 103 del tomo 172 de Arroyo, Registro de Guayama. DIRECCION FISICA: URB ARROYO DEL MAR SOLAR 3-E, ARROYO, PR. 00714. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Guayama. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $63,900.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $42,600.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará

una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 22 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $31,950.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $108,569.07 de principal, más intereses convenidos al 6.3750% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para costas, gastos y honorarios de abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Si se anula la venta, el comprador tendrá derecho a la devolución del depósito de la venta judicial menos los honorarios y costos incurridos en el proceso de venta judicial. No tendrá ningún otro recurso contra el acreedor hipotecario ejecutante ni la representación legal de éste. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de

cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 24 de febrero de 2022. LITZY M. CORA ANAYA, ALGUACIL AUXILIAR #247, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

JORGE LUIS SANTANA SONERA, SU ESPOSA NORMA LEBASY ENCARNACIÓN VIZCARRONDO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: SJ2021CV06821. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 29 de diciembre de 2021 y según Orden y Mandamiento del 9 de febrero de 2022, librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con

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todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número 201. Apartamiento individualizado de concreto armado, bloques de hormigón y paredes “Dry Wall”, de uso residencial identificado con el número (201), localizado en el extremo Noroeste del piso dos del edificio conocido como Condominio Bello Horizonte, localizado en la Calle Modesta de Río Piedras, Puerto Rico. Este apartamento tiene una cabida de mil diecisiete punto sesenta y cuatro pies cuadrados (1017.64 p/c), aproximadamente. Y colinda por el NORTE, con elementos exteriores del edificio; SUR, con el apartamiento número 203 y hueco de ventilación; ESTE, con elementos exteriores del edificio; OESTE, hueco de ventilación con el pasillo interior del edificio y con elementos exteriores del edificio. Este apartamento consta de sala-comedor, balcón, tres dormitorios, dos baños, pasillo interior, una cocina y closets. La puerta principal está localizada en la sala-comedor la cual se comunica con el pasillo de uso común que conduce a los ascensores, escaleras y a la calle. Le corresponde un porcentaje en los elementos comunes de .0054 por ciento y el espacio de estacionamiento marcado con el número 104 cubierto. FINCA NÚMERO: 26,438, inscrita al folio 111 del tomo 660 de Sabana Llana, sección V de San Juan. Nota aclaratoria: En el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V la descripción registral consta tal y como fue transcrita anteriormente. En la Escritura número 128, otorgada el 30 de marzo de 2012, se indica lo siguiente: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento DOS GUION CER UNO (2-01). Apartamiento individualizado de concreto armado, bloques de hormigón y paredes “Dry Wall”, de uso residencial identificado con el número dos guión cero uno (2-01). SUR, con el apartamiento número dos guión dos cero tres (2-03) y hueco de ventilación. Dirección Física: COND. BELLO HORIZONTE APT. 201, SAN JUAN, PR 00924. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $110,500.00. De no haber remanente o adjudica-

ción en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $73,666.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 21 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $55,250.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Honorable Tribunal dictó Sentencia In Rem, declarando Con Lugar la demanda al incumplir la parte demandada con los términos del contrato hipotecario y ordenando la venta en pública subasta del inmueble antes descrito. A tenor con la Regla 51.3 (b) de Procedimiento Civil y el Artículo 99 de la Ley 210-2015, conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, el tribunal ordenó que el Alguacil de este Tribunal luego de haberse efectuado la correspondiente publicación de edictos en un periódico de circulación general, proceda a vender en pública subasta al mejor postor la propiedad descrita en las Determinaciones de Hechos de la Sentencia y que del producto de dicha venta, proceda a pagar en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas y honorarios de abogados según concedidos en esta sentencia, en tercer término los intereses acumulados por esta sentencia, en cuarto término los recargos acumulados, en quinto cualquier suma antes indicada como sobregiro en la cuenta de reserva y en sexto término hasta la suma de $94,946.43 para cubrir el principal pendiente de pago, disponiéndose que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas antes mencionadas el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a los demandados previa solicitud y orden del Tribunal. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término

de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 1 de marzo de 2022. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO DEMANDANTE VS.

LA SUCESIÓN DE ROSA IDALIA TORRES FALCÓN COMPUESTA


26 POR ALMA D. VEGA TORRES; CHARLES HENRY MORA; FULANO Y FULANA DE TAL COMO POSIBLES MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN; CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)

basta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $77,838.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día el 25 DE MAYO DE 2022, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera suDEMANDADOS basta servirá de tipo mínimo la CIVIL NUM.: CA2019CV01004. mitad (1/2) del precio pactado SALA: 406. SOBRE: EJECU- para el caso de ejecución, o CION DE HIPOTECA “IN REM” sea, la suma de $58,379.00. (VÍA ORDINARIA). EDICTO La hipoteca a ejecutarse en el DE SUBASTA. El Alguacil caso de epígrafe fue constique suscribe por la presente tuida mediante la escritura de CERTIFICA, ANUNCIA y hace hipoteca número 61 otorgada CONSTAR: Que en cumpli- en (no expresa), Puerto Rico, el miento de un Mandamiento de día 23 de febrero de 2010, ante Ejecución de Sentencia que le la Notario Ana Cristina Diaz ha sido dirigido al Alguacil que Velasco y consta inscrita al suscribe por la Secretaría del Folio 421 del tomo 1065 de CaTRIBUNAL DE PRIMERA INS- rolina, finca número 4,260, insTANCIA CENTRO JUDICIAL cripción Decima, Registro de la DE CAROLINA, SALA SUPE- Propiedad de Carolina, Sección RIOR, , en el caso de epígrafe Primera. Dicha subasta se lleprocederá a vender en pública vará a cabo para con su prosubasta al mejor postor en ducto satisfacer al Demandante efectivo, cheque certificado en total o parcialmente según sea moneda legal de los Estados el caso el importe de la SentenUnidos de América el 11 DE cia que ha obtenido ascendenMAYO DE 2022, A LAS 10:15 te a la suma de $100,646.20 DE LA MAÑANA en su oficina por concepto de principal, dessita en el local que ocupa en de el 1ro de febrero de 2018, el edificio del TRIBUNAL DE más intereses al tipo pactado PRIMERA INSTANCIA DE CA- de 5.00% anual que continúan ROLINA, SALA SUPERIOR, acumulándose hasta el pago todo derecho, título e interés total de la obligación. Además, que tenga la parte demanda- la parte demandada adeuda a da de epígrafe en el inmueble la parte demandante los carde su propiedad que ubica en: gos por demora equivalentes a 953 CALLE ZARAGOZA, URB. 4.00% de la suma de aquellos VISTAMAR, CAROLINA, PR y pagos con atrasos en exceso que se describe a continuación: de 15 días calendarios de la URBANA: Solar marcado con el fecha de vencimiento; los crénúmero novecientos cincuenta ditos accesorios y adelantos y tres del Bloque S del Plano de hechos en virtud de la escriInscripción de la Urbanización tura de hipoteca; y las costas, Vistamar, Tercera Extensión, si- gastos y honorarios de abogatuada en el Barrio Sabana Aba- do equivalentes a $11,675.80. jo de la Municipalidad de Caroli- Además, la parte demandada na, Puerto Rico, con una cabida se comprometió a pagar una superficial de doscientos no- suma equivalente a $11,675.80 venta y nueve metros cuadra- para cubrir cualquier otro adedos. En lindes por el NORTE, lanto que se haga en virtud de con veintitrés metros, con el la escritura de hipoteca y una solar novecientos cincuenta y suma equivalente a $11,675.80 cuatro; por el SUR, en veintitrés para cubrir intereses en adición metros con el solar novecientos a los garantizados por ley. Por cincuenta y dos; por el ESTE, razón de dicho incumplimienen trece metros, con el solar to, y al amparo del derecho mil uno; y por el OESTE, en que le confiere el Pagaré, el trece metros con la Calle G-G. demandante ha declarado taEnclava edificación. La propie- les sumas vencidas, líquidas y dad antes relacionada consta exigibles en su totalidad. Que inscrita al Folio 141 del Tomo los autos y todos los documen118 de Carolina, finca número tos correspondientes al Proce4,260, Registro de la Propiedad dimiento incoado estarán de de Carolina Sección Primera. manifiesto en la SECRETARIA El tipo mínimo para la primera DEL TRIBUNAL DE PRIMERA subasta del inmueble antes INSTANCIA CENTRO JUDIrelacionado, será el dispuesto CIAL DE CAROLINA, SALA en la Escritura de Hipoteca, es SUPERIOR durante las horas decir la suma de $116,758.00. laborables. Se entenderá que Si no hubiere remate ni adju- todo licitador acepta como basdicación en la primera subasta tante la titulación del inmueble del inmueble mencionado, se y que las cargas y gravámenes celebrará una segunda subasta anteriores y los preferentes, si en las oficinas del Alguacil que los hubiere, al crédito del ejecususcribe el día el 18 DE MAYO tante continuarán subsistentes DE 2022, A LAS 10:15 DE LA entendiéndose que el rematanMAÑANA. En la segunda su-

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Monday, March 21, 2022

te los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en el Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 10 de marzo de 2021. SAMUEL GONZALEZ ISAAC, ALGUACIL DE SUBASTAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA.

E.M.I. EQUITY MORTGAGE, INC., COMO AGENTE DE SERVICIOS DE GREENGIFT CAPITAL, LLC DEMANDANTE VS.

FREDDY BONILLA PINEDA

DEMANDADO CIVIL NUM.: BY2019CV00605. SALA:201. SOBRE: COBRO

DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: PARCELA #23, COMUNIDAD RURAL PAMPANOS, BARRIO MARICAO ESPINOSA, VEGA ALTA, PUERTO RICO 00692 y que se describe a continuación: RUSTICA: Remanente de Parcela marcada con el #23, en el plano de parcelación de la Comunidad Rural Pámpanos, de los barrios Maricao y Espinosa del término municipal de Vega Alta, Puerto Rico, con una cabida superficial de 404.6258 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con parcelas #24 y #27 de la comunidad; por el SUR, con la parcela #22 y acceso de la comunidad; por el ESTE, con calle de la comunidad y por el OESTE, con el solar segregado que formará parte de la parcela #28 de la comunidad. (Según Registro de la Propiedad “Este es el remanente, luego de las segregaciones efectuadas. Según escritura #55, otorgada en Vega Alta, el 14 de septiembre de 1998, ante Héctor D. Maysonet Cardona”). La propiedad antes relacionada Consta inscrita al Folio 176 del Tomo 226 de Vega Alta, finca número 12,106, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $101,600.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día el 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $67,733.33. Si tampoco hubie-

re remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día el 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $50,800.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 2,117, otorgada el día 14 de diciembre de 2004, ante el Notario Luis A. Archilla Díaz y consta inscrita al Tomo Karibe de Vega Alta, finca número 12,106, inscripción Sexta, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $91,675.07 por concepto de principal, desde el 1ro de septiembre de 2018, más intereses al tipo pactado de 6.375% anual. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan a continuación. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma principal de $16,500.00, con intereses al 7.50% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 72-A, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 19 de abril de 2005, ante el notario Manuel L. Correa Marquez, e inscrita al Tomo Karibe de Vega Alta, finca número 12,106, inscripción 5ta. Permutado al rango de la hipoteca antes relacionada a favor de la hipoteca que es objeto de ejecución en el presente caso por virtud de Orden

a esos efectos del pasado 21 de diciembre de 2021, caso civil número BY2020CV00347. Inscrita al Tomo Karibe de Vega Alta, Finca 12,106, Nota Marginal 6.1. Por la presente se notifica a los acreedores conocidos y desconocidos que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Vega Baja, Puerto Rico, hoy día 10 de MARZO de 2022. JOSE F MARRERO ROBLES, ALGUACIL DE SUBASTAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA.

LEGAL NOT ICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR.

E.M.I. EQUITY MORTGAGE, INC., COMO AGENTE DE SERVICIOS DE SUN WEST MORTGAGE COMPANY DEMANDANTE VS.

KAREN RAMOS LLODRAT

DEMANDADOS CIVIL NUM.: BY2021CV04786. SALA: 703. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION

DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR, , en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 6 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE BAYAMON, SALA SUPERIOR, OFICINA DE ALGUACILES PISO 4, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: B-13 CALLE 8, URBANIZACION VISTA MAR, CATAÑO, PUERTO RICO 00962 y que se describe a continuación: URBANA: Solar identificado como el lote 13 del Bloque “B” del proyecto denominado como Urbanización Vista Al Mar, localizado en el Barrio Juana Matos de la Municipalidad de Cataño, Puerto Rico, con una cabida superficial de 250.17 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 17.630 metros, con el lote 14 del bloque “B” de la urbanización; por el SUR, en una distancia de 17.630 metros, con el lote 12 del bloque “B” de la urbanización; por el ESTE, en una distancia de 14.190 metros, con la calle número 8 de la urbanización; y por el OESTE, en una distancia de 14.190 metros, con los lotes números 16 y 17 del bloque “B” de la urbanización. En dicho solar enclava una edificación destinada a vivienda construida en concreto armado y bloques de concreto para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita al Tomo Karibe, finca número 8,688, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $82,215.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $54,810.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará

una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $41,107.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura de hipoteca número 316 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de junio de 2006, ante el Notario Fernando Luis Meléndez López, y consta inscrita al Tomo Karibe de Cataño, Finca número 8,688, inscripción Segunda, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido contra la parte demandada ascendente a la suma de $78,198.19 por concepto de principal, desde el 1ro de abril de 2010, más intereses al tipo pactado de 6.00% anual que continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además, la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $8,221.50. Además, la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $8,221.50 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $8,221.50 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores conocidos y desconocidos que tengan inscritos, no inscritos, presenta-


The San Juan Daily Star dos y/o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante.. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en el Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 10 de MARZO de 2022. JOSE F MARRERO ROBLES, ALGUACIL DE SUBASTAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR. ***

LEGAL NOTICE

Monday, March 21, 2022

ASOCIADO DE PUERTO SOCIEDAD LEGAL DE DEPARTAMENTO BIENES GANANCIALES RICO, DE HACIENDA: ANDA COMPUESTA POR THE GENERAL PUBLIC: AMBOS. DIRECCIÓN WHEREAS: On September 12, FÍSICA - DEV. H94 C/6 MANSIONES DEL 2018, Default Judgment was entered and grated on SeptemATLÁNTICO ISABELA, ber 12, 2018 in favor of Plaintiff PR 00662; DIRECCIÓN to recover from defendants the POSTAL - PO BOX 1965 principal amount of $119,533.19 plus interest at a rate of 7.25% ISABELA, PR 00662. P/C LCDO. REGGIE DÍAZ per annum since March 1st, HERNÁNDEZ. 500 CALLE 2015, to the present ,which will continue to accrue until the debt DE LA TANCA SUITE 209, is paid in full, a deferred princiSAN JUAN, PR 00901. pal balance of $9,684.28, which

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 11 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de marzo de 2022. En Aguadilla, Puerto Rico, el 14 de marzo de 2022. SARAHÍ REYES PÉREZ, SECRETARIA. ARLENE GUZMÁN PABÓN, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOT ICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL IN THE UNITED STATES DISGENERAL DE JUSTICIA SALA TRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO. SUPERIOR DE AGUADILLA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

HUMBERTO JOSÉ RAMÍREZ BELTRÁN, SU ESPOSA IRIS JEANETTE PIÑEIRO PÉREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandado(a) Civil: IS2021CV00191. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

LIME HOMES, LTD. Plaintiff, v.

MANUEL ANTONIO TORRES DIAZ; JOAN MARIE PEREZ BERMUEZ; CONJUGAL PARTNERSHIP TORRESPEREZ

Defendants. Civil No. 17-CV-01791 (WGY). RE: IN REM MORTGAGE FORECLOSURE. NOTICE OF SALE.

TO: MANUEL ANTONIO TORRES DIAZ; JOAN MARIE PEREZ BERMUEZ; CONJUGALPARTNERSHIP TORRES-PEREZ; A: HUMBERTO JOSÉ RAMÍREZ BELTRÁN, SU BEEWEE MORTGAGE BANKERS, O A SU ESPOSA IRIS JEANETTE ORDEN: ESTADO LIBRE PIÑEIRO PÉREZ Y LA

does not accrue interests, plus late charges on the amount of 5.00% of each and any monthly installment not received by the note holder within 15 days after the installment was due, all advances made under the mortgage note including but not limited to insurance premiums, taxes and inspections as well as 10% of the original principal amount $12,720.00 to cover, costs, expenses, and attorney’s fees guaranteed under the mortgage obligations. The records of the case and of these proceedings may be examined by interested parties at the Office of the Clerk of the United States District Court, Room 150 Federal Office Building, 150 Chardon Avenue, Hato Rey, Puerto Rico. WHEREAS: Pursuant to the terms of the aforementioned Judgment, Order of Execution, and the Writ of Execution thereof, the undersigned Special Master, either personally or by some person designated by him to act in his name and by his authority, was ordered to sell at public auction for U.S. currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the Court, Room 150 – Federal Office Building, 150 Carlos Chardón Avenue, Hato Rey, Puerto Rico, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property described in Spanish: URBANA: Solar número dos mil seiscientos veintiséis (2626) del Bloque “I” de la Urbanización Levittown de Sabana Seca, Toa Baja, Puerto Rico, con un área de cuatrocientos ochenta y cinco punto veintiocho (485.28) metros cuadrados. En lindes: por el NORTE, en veinte punto veintidós (20.22) metros con el Paseo Águila (calle número 342); por el SUR, en veinte punto veintidós (20.22) metros, con paseo público; por el ESTE, en veinticuatro (24.00) metros, con el solar número dos mil seiscientos veintiocho (2628); y por el OESTE, en veinticuatro (24.00) metros, con el solar número dos mil seiscientos veinticinco (2625). Enclava una casa. The encumbered property is recorded at Page 11 of Volume 70 of Toa Baja, lot # 5,173, Property Re-

gistry of Puerto Rico, Section II of Bayamon. The mortgage is recorded at page 34 of volume 649 of Toa Baja, lot number 5,173 seventh inscription. Property address: 2626 Paseo Aguila, Levittown, Toa Baja, P.R. 00949. WHEREAS: This property is subject to the following liens described in Spanish: Senior Liens: • Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Popular Mortgage Inc., o a su orden, por la suma principal de $82,955.00, con intereses al 7% anual, vencedero el día 1 de julio de 2028, constituida mediante la escritura número 433, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 22 de junio de 1998, ante el notario Edgardo Canales Ydrach, e inscrita al folio 15 del tomo 70 de Toa Baja, finca número 5,173, inscripción 6ta. AL ASIENTO 2022-021974-BY02 DEL SISTEMA KARIBE, se presentó el día 21 de febrero de 2022, la escritura número 306, otorgada en Guaynabo, Puerto Rico, el día 10 de noviembre de 2008, ante el notario Raúl Rivera Burgos, mediante la cual se cancela hipoteca por la suma de $82,955.00. • Junior Liens: • Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Beewee Mortgage Bankers, o a su orden, por la suma principal de $31,800.00, con intereses al 10.00% anual, vencedero el 1 de enero de 2018, constituida mediante la escritura número 887, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 4 de diciembre de 2007, ante el notario Raúl Rivera Burgos, e inscrita al folio 34 del tomo 649 de Toa Baja, finca número 5,173, inscripción 8va. • Modificada la hipoteca de la inscripción 8va., en cuanto al principal el cual se cancela parcialmente en la suma de $2,894.33, para un nuevo principal que será de $28,905.67, con intereses al 3% anual desde el 1 de marzo de 2012 al 1 de febrero de 2013; al 10.00% anual, desde el 1 de marzo de 2013 al 1 de febrero de 2014; al 12.58% anual, desde el 1 de marzo de 2014 hasta su vencimiento, vencedero el día 1 de enero de 2048, según consta de la escritura número 43, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de enero de 2012, ante el notario Magda V. Alsina Figueroa, e inscrita al folio 134 del tomo 649 de Toa Baja, finca número 5,173, al margen de la inscripción 8va. • Embargo a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Departamento de Hacienda, para responder en la suma de $16,244.35, por concepto de Contribución sobre Ingresos, según Certificación de fecha 11 de mayo de 2009, expedida por Héctor M. Tanco Sánchez, Colector de Rentas Internas, anotado el día 29 de mayo de 2009, al folio 34 vuelto

del tomo 649 de Toa Baja, finca número 5,173, anotación A. • Aviso de Demanda de fecha 13 de junio de 2017, expedido por la United States District Court for the District of Puerto Rico, caso número 3:17CV-0791, sobre ejecució de hipoteca In Rem, seguido por DLI Mortgage Capital Inc., contra Manuel Antonio Torres Díaz y su esposa Joan Marie Pérez Bermúdez; y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $129,237.47, más intereses y otras sumas, anotado el día 10 de agosto de 2017, al tomo Karibe de Toa Baja, finca número 5,173, Anotación B. • Embargo a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, contra Manuel A. Torres Díaz, en la suma de $16,244.35, por concepto de Contribuciones Sobre Ingresos, según Certificación de fecha 11 de mayo de 2009, presentado el día 15 de mayo de 2009 y anotado al folio 196, orden 870 del Libro del ELA número 9. Potential bidders are advised to verify the extent of preferential liens with the holders thereof. It shall be understood that each bidder accepts as sufficient the title and that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax, liens, (express, tacit, implied or legal) shall continue in effect it being understood further that the successful bidder accepts them and is subrogated in the responsibility for the same and that the bid price shall not be applied toward their cancellation. THEREFORE, the FIRST public sale shall be held on the 17th day of May of 2022, at: 9:00 am. The minimum bid that will be accepted is the sum of $127,200.00. In the event said first auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a SECOND public auction shall be held on the 24th day of May of 2022, at: 9:00 am, and the minimum bid that will be accepted is the sum $84,800.00, which is two-thirds of the amount of the minimum bid for the first public sale. If a second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a THIRD public auction will be held on the 31st day of May of 2022, at: 9: 00 am, and the minimum bid that will be accepted is the sum of $63,600.00, which is one-half of the minimum bid in the first public sale. Should there be no award or adjudication at the third public sale, the property may be awarded to the creditor for the entire amount of its debt if it is equal to or less than the amount of the minimum bid of the third public sale, crediting this amount to the amount owed if it is greater. The undersigned Special Master shall not accept in payment of the property to be

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sold anything but United States currency (cash), or certified checks, except in case the property is sold and adjudicated to the plaintiff, in which case the amount of the bid made by said plaintiff shall be credited and deducted from its credit; said plaintiff being bound to pay in cash or certified check only any excess of its bid over the secured indebtedness that remains unsatisfied. WHEREAS: Said sale to be made by the undersigned Special Master subject to confirmation by the United States District Court for the District of Puerto Rico and the deed of conveyance and possession to the property will be executed and delivered only after such confirmation. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued cancelling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of Clerk of the United States District Court, District of Puerto Rico. In San Juan, Puerto Rico, this 9th day of March of 2022. By: Pedro A. Vélez Baerga, Special Master 787-672-8269.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA DE DORADO

ISLAND PORTFOLIO SERVICES, LLC., COMO AGENTE DE ACE ONE FUNDING, LLC Demandante Vs.

dio solicitado en la demanda o cualquier otro sin más citarle ni oírle, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. El sistema SUMAC notificará copia al abogado de la parte demandante, el Lcdo. Kenmuel J. Ruiz López cuya dirección es: P.O. Box 71418 San Juan, Puerto Rico 00936-8518, teléfono (787) 993-3731 a la dirección kenmuel.riuz@orf-law.com y a la dirección notificaciones@ orf-law.com. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en Toa Baja, Puerto Rico, hoy día 16 de diciembre de 2021. En Bayamón, Puerto Rico, el 16 de diciembre de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA REGIONAL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE PONCE

WILMINGTON SAVINGS FUND SOCIETY, FSB, NOT INDIVIDUALLY BUT SOLELY AS TRUSTEE FOR FINANCE OF AMERICA STRUCTURED SECURITIES ACQUISITION TRUST 2018-HB1 Demandante Vs.

ZULMA EVELYN TORRES TORRES T/C/C ZULMA TORRES TORRES; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Demandados Civil Núm.: PO2022CV00208. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO Demandado Civil Núm.: DO2021CV00104. POR EDICTO. ESTADOS UNISalón: 101. Sobre: COBRO DE DOS DE AMÉRICA, EL PREDINERO. EMPLAZAMIENTO SIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE POR EDICTO. A: MARITZA DE JESUS ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

MARITZA DE JESUS SOTO

SOTO. JARDIN DORADO A: ZULMA EVELYN 21269 CALLE PERSA TORRES TORRES T/C/C DORADO, P.R. 00646; ZULMA TORRES TORRES 8309 NW 54TH ST POR LA PRESENTE se le GAINESVILLE, FL, 32653. emplaza para que presente al

POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva . a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), la cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el reme-

Tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberé presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o

cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Greenspoon Marder, LLP Lcda. Frances L. Asencio-Guido R.U.A. 15,622 TRADE CENTRE SOUTH, SUITE 700 100 WEST CYPRESS CREEK ROAD FORT LAUDERDALE, FL 33309 Telephone: (954) 343 6273 Frances.Asencio@gmlaw.com Expedido bajo mi firma, y sello del Tribunal, en Ponce, Puerto Rico, hoy día 10 de marzo de 2022. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL GENERAL. MAGDA L. BAHAMUNDI TORRES, SUB-SECRETARIA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA

FINANCE OF AMERICA REVERSE LLC Demandante Vs.

MIRIAM SOCORRO SOTO VAZQUEZ T/C/C SOCORRO SOTO VAZQUEZ T/C/C MIRIAM S. SOTO VAZQUEZ T/C/C MIRIAM SOTO VAZQUEZ T/C/C MIRIAM SOCORRO SOTO T/C/C MIRIAM S. SOTO T/C/C MIRIAM SOTO POR SI Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; SUCESION ERNESTO COLON PEREZ T/C/C ERNESTO COLON COMPUESTA POR EDUARDO COLON RAMOS, CARMEN COLON SOTO, PEDRO FRANCISCO COLON RAMOS, ERNESTO COLON RAMOS; JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: GM2022CV00004. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: PEDRO FRANCISCO COLON RAMOS, ERNESTO COLON RAMOS; JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION ERNESTO COLON PEREZ T/C/C ERNESTO COLON.


28 POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al Tribunal su alegación responsiva a l a demanda dentro de los treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberé presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Greenspoon Marder, LLP Lcda . Frances L. Asencio-Guido R.U.A. 15,622 TRADE CENTRE SOUTH, SUITE 700 100 WEST CYPRESS CREEK ROAD FORT LAUDERDALE, FL 33309 Telephone: (954) 343 6273 Frances.Asencio@gmlaw.com Expedido bajo mi firma, y sello del Tribunal, en Guayama, Puerto Rico, hoy 10 de marzo de 2022. MARISOL ROSADO RODRÍGUEZ, SECRETARIA. ISA MARIE FIGUEROA LEÓN, SUB-SECRETARIA.

DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES

SALA SUPERIOR DE MAYAGÜEZ

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE CABO ROJO

DÍAZ; FULANO DE TAL LOPEZ, MARILYN Y ZUTANO DE TAL, RODRÍGUEZ ROSARIO Y COMO HEREDEROS LA SOCIEDAD LEGAL DE DESCONOCIDOS BIENES GANANCIALES CON POSIBLE COMPUESTA POR INTERÉS; CENTRO DE AMBOS Demandados RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES Civil Núm.: GCD2016-0234. (307). Sobre: COBRO DE (CRIM) DINERO Y EJECUCIÓN DE

Parte Demandante Vs. Demandado(a) ALBERTO Civil: CO2021CV00206. Sobre: PÉREZ TORRES EJECUCIÓN DE HIPOTECA. Parte Demandada NOTIFICACIÓN DE SENTENCivil Núm.: MZ2021CV01504 CIA POR EDICTO. Demandado(a) A: LUZ DE LOS ANGELES 306. Sobre: COBRO DE DINERO; EJECUCIÓN DE HIPOTE- Civil: BY2021CV04092. SaCOLÓN MORALES, JOSÉ lón: 703. Sobre: COBRO DE CA. EDICTO. IRÁN COLÓN MORALES, DINERO, (EJECUCIÓN DE A: ALBERTO NYDIA IVETTE COLÓN HIPOTECA POR LA VÍA ORPÉREZ TORRES. MORALES, RAMONITA Se le apercibe que la parte de- DINARIA). NOTIFICACIÓN DE COLÓN MORALES; JOHN mandante por mediación del SENTENCIA POR EDICTO. A: CHRISTIAN DOE Y JANE DOE COMO Lcdo. José F. Giraud Mejías, RODRIGUEZ GARCIA, P.O. Box 277, Mayagüez, PuerPOSIBLES MIEMBROS TATIANA RODRÍGUEZ to Rico 00681, Tel. 787-265DESCONOCIDOS DE LA ha radicado la acción de GARCÍA Y RAFAEL SUCESIÓN JOSÉ ISMAEL 0334, epígrafe en su contra. Copia de RODRÍGUEZ DIAZ, COLÓN COLÓN; JOHN la demanda, emplazamientos y FULANO DE TAL ROE Y JANE ROE COMO del presente edicto le ha sido Y ZUTANO DE TAL enviado por correo a la última POSIBLES MIEMBROS COMO HEREDEROS dirección conocida. Pueden usDESCONOCIDOS DE DESCONOCIDOS, LA SUCESIÓN MARÍA tedes obtener mayor información sobre el asunto revisando MIEMBROS DE LA ISABEL MORALES los autos en el Tribunal. Se le SUCESIÓN DE IRMA MORALES. apercibe que tiene usted un térP/C LCDA. FRANCES L. mino de treinta (30) días para RODRÍGUEZ ALICEA, ASENCIO GUIDO. TRADE radicar contestación a dicha TAMBIÉN CONOCIDA IRMA RODRIGUEZ. CENTRE SOUTH, SUITE demanda de cobro de dinero COMO y/o cualquier escrito que estime (Nombre de las partes a las que se le 700 100 WEST CYPRESS usted conveniente a través del notifican la sentencia por edicto) CREEK ROAD, FORT Sistema Unificado de Manejo y EL SECRETARIO(A) que susLAUDERDALE FL 33309. Administración de Casos (SU- cribe le notifica a usted que FRANCES.ASENCIO@ MAC), al cual puede acceder el 7 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, utilizando la siguiente direcGMLAW.COM. Sentencia Parcial o Resolución ción electrónica: https://unired. (Nombre de las partes a las que se le en este caso, que ha sido debinotifican la sentencia por edicto) ramajudicial.pr, salvo que se LEGAL NOTICE EL SECRETARIO(A) que sus- represente por derecho propio, damente registrada y archivada ESTADO LIBRE ASOCIADO cribe le notifica a usted que en cuyo caso deberá presentar en autos donde podrá usted DE PUERTO RICO TRIBU- el 10 de marzo de 2022, este su alegación responsiva en la enterarse detalladamente de NAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal ha dictado Sentencia, Secretaría del Tribunal de epí- los términos de la misma. Esta TRIBUNAL DE PRIMERA INS- Sentencia Parcial o Resolución grafe, pero que de no radicarse notificación se publicará una TANCIA SALA SUPERIOR DE en este caso, que ha sido debi- escrito alguno ante el Tribunal sola vez en un periódico de COAMO damente registrada y archivada dentro de dicho término el Tri- circulación general en la Isla REVERSE MORTGAGE en autos donde podrá usted bunal procederá a ventilar el de Puerto Rico, dentro de los enterarse detalladamente de procedimiento sin más citarle ni 10 días siguientes a su notificaFUNDING LLC los términos de la misma. Esta oírle. Dada en Mayagüez, Puer- ción. Y, siendo o representando Demandante V. notificación se publicará una to Rico, hoy 14 de marzo de usted una parte en el procediSUCESIÓN JOSÉ sola vez en un periódico de 2022. LIC. NORMA G. SANTA- miento sujeta a los términos ISMAEL COLÓN COLÓN circulación general en la Isla NA LRIZARRY, SECRETARIA de la Sentencia, Sentencia COMPUESTA POR de Puerto Rico, dentro de los REGIONAL II, SECRETARIA Parcial o Resolución, de la cual JOSÉ MANUEL COLÓN 10 días siguientes a su notifica- GENERAL DEL TRIBUNAL DE puede establecerse recurso de ción. Y, siendo o representando PRIMERA INSTANCIA, SALA revisión o apelación dentro del MORALES, LUZ DE término de 30 días contados a LOS ANGELES COLÓN usted una parte en el procedi- SUPERIOR DE MAYAGÜEZ. partir de la publicación por edicmiento sujeta a los términos GLORIA E. ACEVEDO SOTO, MORALES, JOSÉ IRÁN de la Sentencia, Sentencia SECRETARIA AUXILIAR DEL to de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se COLÓN MORALES, Parcial o Resolución, de la cual TRIBUNAL. considerará hecha en la fecha NYDIA IVETTE COLÓN puede establecerse recurso de de la publicación de este edicLEGAL NOTICE MORALES, RAMONITA revisión o apelación dentro del to. Copia de esta notificación ha término de 30 días contados a ESTADO LIBRE ASOCIADO COLÓN MORALES; JOHN partir de la publicación por edic- DE PUERTO RICO TRIBU- sido archivada en los autos de DOE Y JANE DOE COMO to de esta notificación, dirijo a este caso, con fecha de 14 de NAL GENERAL DE JUSTICIA POSIBLES HEREDEROS usted esta notificación que se TRIBUNAL DE PRIMERA INS- marzo de 2022. En Bayamón, DESCONOCIDOS; considerará hecha en la fecha TANCIA SALA SUPERIOR DE Puerto Rico, el 14 de marzo de 2022. LAURA I. SANTA SÁNde la publicación de este edic- BAYAMÓN SUCESIÓN MARÍA CHEZ, SECRETARIA. ALBA I. to. Copia de esta notificación ISABEL MORALES BANCO POPULAR DE BRITO BORGEN, SECRETAMORALES COMPUESTA ha sido archivada en los autos PUERTO RICO RIA AUXILIAR. de este caso, con fecha de 14 Demandante V. POR JOSÉ MANUEL de marzo de 2022. En Coamo, LEGAL NOTICE SUCESIÓN DE IRMA COLÓN MORALES, Puerto Rico, el 14 de marzo de ESTADO LIBRE ASOCIADO RODRÍGUEZ ALICEA, LUZ DE LOS ANGELES 2022. ELIZABETH GONZÁLEZ COLÓN MORALES, JOSÉ RIVERA, SECRETARIA. ANNA TAMBIÉN CONOCIDA DE PUERTO RICO TRIBUDE PRIMERA INSTANCIA IRÁN COLÓN MORALES, M. BONILLA COLÓN, SECRE- COMO IRMA RODRÍGUEZ, NAL SALA SUPERIOR DE GUAYATARIA AUXILIAR. COMPUESTA POR NYDIA IVETTE COLÓN MA

MORALES, RAMONITA COLÓN MORALES; JOHN ROE Y JANE ROE COMO POSIBLES HEREDEROS

LEGAL NOTICE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

CHRISTIAN RODRÍGUEZ BANCO POPULAR DE GARCÍA TATIANA PUERTO RICO RODRÍGUEZ GARCÍA Y Demandante V. RAFAEL RODRÍGUEZ CRISTÓBAL RODRÍGUEZ

GARANTÍAS. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: PÚBLICO EN GENERAL.

El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Guayama, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América y cuyo pago se efectuará en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: RÚSTICA: Solar radicado en el Barrio Las Vegas del término municipal de Cayey, Puerto Rico, con una cabida superficial de ochocientos cincuenta y cuatro punto cero seis metros cuadrados (854.06 m.c.). En lindes por el NORTE, en cuarenta y tres punto quinientos cincuenta y cuatro metros (43.544 m.), con la finca principal de la cual se segrega; por el SUR y el ESTE, en cuatro alineaciones distintas que suman cincuenta y cuatro punto cero ochenta y seis metros (54.086 m.), con terrenos del Banco de Ponce; y por el OESTE, en cuarenta y cuatro punto seiscientos treinta y nueve metros (44.639 m.), con un camino municipal quedando este a cinco metros (5.00 m.) del eje actual de dicho camino. Dirección Física: Las Vegas, 736 RD, KM 0.7, Cayey, PR. Finca 15,265, inscrita al folio 146 del tomo 407 de Cayey, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Caguas. B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematente los acepta y

queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido ascendente a la suma principal de $125,313.44, más intereses a razón de 6.95% anual, desde el 1 de febrero de 2016, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $250.70 por cargos por mora, más la suma de $16,076.50 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. La PRIMERA SUBASTA se celebrará el día 3 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en la Oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Guayama, por el tipo mínimo de $160,765.00. De declararse desierta dicha subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 10 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la segunda subasta lo será 2/3 partes del precio mínimo de la primera, o sea, $107,176.67. De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 17 DE MAYO DE 2022 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera subasta lo será 1/2 del precio mínimo de la primera, o sea, $80,382.50. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de catorce (14) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 4 de marzo de 2022 en Guayama, Puerto Rico. ÁNGEL MERCADO AQUILES, ALGUACIL #140.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

NELMI SORGALIM SANTIAGO RODRÍGUEZ, WILLIAM TORRUELLAS CACERES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES

Demandados Civil Núm.: FA2019CV00843. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO

RICO, SS.

A: PÚBLICO EN GENERAL.

El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Fajardo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América y cuyo pago se efectuará en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el Número 5 del Bloque D (D-5) de la Urbanización Paisaje del Río, en Los Paisajes, localizada en los Barrios Sabana y Pitahaya del término municipal de Luquillo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 708.38 metros cuadrados. En lindes: NORTE, en una distancia de 30.00 metros con el lote D-6; por el SUR, en una distancia de 30.00 metros con el lote D-4; por el ESTE, en una distancia de 23.00 metros con el lote C-10; por el OESTE, en una distancia de 24.24 metros con la calle número 5. El inmueble antes descrito contiene una casa de concreto diseñada para una sola familia construida de acuerdo con planos y especificaciones sometidos y aprobados por las agencias e instrumentalidades gubernamentales pertinentes. Dirección Física: Urb. Paisajes del Río, D-5 Calle 5, Luquillo, Puerto Rico 00773. Finca 13,247, inscrita al folio 190 del tomo 258 de Luquillo, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Fajardo. B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Que la propiedad se encuentra afecta a las siguientes condiciones restrictivas. Sujeto a Condiciones a favor de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, por haber concedido la suma de $10,000.00, por un término

de 10 años. E. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido ascendente a la suma principal de $242,337.52, la suma de $5,331.04, por concepto de atrasos acumulados por la moratoria debido al paso del Huracán María, la suma de $25,663.03, que incluye intereses según pactados, cargos por demora y otros cargos, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de 10% del principal, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. La PRIMERA SUBASTA se celebrará el día 5 DE JULIO DE 2022 A LAS 2:00 DE LA TARDE en la Oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Fajardo, por el tipo mínimo de $279,500.00. De declararse desierta dicha subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 12 DE JULIO DE 2022 A LAS 2:00 DE LA TARDE en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la segunda subasta lo será 2/3 partes del precio mínimo de la primera, o sea, $186,333.33. De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 19 DE JULIO DE 2022 A LAS 2:00 DE LA TARDE en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera subasta lo será 1/2 del precio mínimo de la primera, o sea, $139,750.00. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de catorce (14) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 8 de marzo de 2022 en Fajardo, Puerto Rico. SHIRLEY SÁNCHEZ MARTÍNEZ, ALGUACIL REGIONAL #161. SANDRALIZ MARTÍNEZ TORRES, ALGUACIL AUXILIAR #737.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

CARMEN AMANDA NOESÍ SANTANA Demandante V.

ISAÍAS SURIEL SURIEL

Demandado(a) Civil Núm.: CA2021RF00817. Sala: 301. Sobre: DIVORCIO (R.I.). NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: SR. ISAÍAS SURIEL SURIEL.

(Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 3 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debi-


The San Juan Daily Star damente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de marzo de 2022. En Carolina, Puerto Rico, el 16 de marzo de 2022. MARILYN APONTE RODRÍGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. MARÍA DE L. OQUENDO RIVERA, SECRETARIA AUXILIAR.

Monday, March 21, 2022

rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda. Además, deberá notificar su contestación a la abogada de la parte demandante, LCDA. ANA M. CAMPOS GAVITO, RUA 7710, EDIFICIO DR. MANUEL ZENO GANDÍA, 353 AVE. DOMENECH, SUITE 302, SAN JUAN, PUERTO RICO 00918, TELEFONO (787) 7515733, EMAIL: anamcampos1@ yahoo.com. Extendido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 9 de marzo de 2022. Griselda Rodriguez Collado, Secretaria. Rosa M Torrens Colon, Sec Serv Sala.

LEGAL NOTICE

del Tribunal, hoy 14 de marzo de 2022. Vivian Y Fresse Gonzalez, Sec Regional. Iris M Miranda Nuñez, Sec Auxiliar del Tribunal I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO Demandante Vs.

SUCESIÓN DE MARÍA ESTADO LIBRE ASOCIADO SOCORRO ROBLES DE PUERTO RICO TRIBUADORNO COMPUESTA NAL DE PRIMERA INSTANCIA POR SU HEREDERO SALA MUNICIPAL DE SAN CONOCIDO BENEDICTO JUAN. DELGADO ROBLES; COOPERATIVA DE SUCESIÓN DE JULIO AHORRO Y CRÉDITO DR. DELGADO ROBLES, MANUEL ZENO GANDÍA COMPUESTA POR Demandante vs. SUS HEREDEROS FRANCES M. CONOCIDOS JAZMÍN LASALLE ASCANIO Demandada DELGADO ARZUAGA LEGAL NOTICE CIVIL NUM: MT2021CV00747. T/C/C JAZMÍN DELGADO ESTADO LIBRE ASOCIADO SALA: SOBRE: COBRO DE ARRIAGA Y JULIO DE PUERTO RICO TRIBU- DINERO. EMPLAZAMIENTO DELGADO ARZUAGA POR EDICTO. ESTADOS UNINAL DE PRIMERA INSTANCIA T/C/C JULIO DELGADO SALA MUNICIPAL DE SAN DOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ARRIAGA; FULANO DE JUAN. ESTADO LIBRE ASOCIADO TAL Y SUTANA DE TAL COOPERATIVA DE COMO HEREDEROS AHORRO Y CRÉDITO DR. DE P.R. SS. A: SRA. FRANCES M. DESCONOCIDOS MANUEL ZENO GANDÍA LASALLE ASCANIO Demandante vs. Y/O PARTES CON SOLANGE JOSÉ MATÍAS 82 202 BDA POLVORÍN INTERÉS EN DICHAS SECTOR COTTO SUR Demandada SUCESIONES; ESTADOS CIVIL NÚM: SJ2021CV08162. MANA TI PR 0067 4 UNIDOS DE AMÉRICA SOBRE: COBRO DE DINERO o sea, la parte demandada Demandados (REGLA 60). EMPLAZAMIENarriba mencionada. Civil Núm.: BY2019CV06680. TO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. SS.

A: SOLANGE JOSÉ MATÍAS BDA. ISRAEL 181 CALLE TEXIDOR SAN JUAN PR 00917-1728 o sea, la parte demandada arriba mencionada.

POR LA PRESENTE se le emplaza y se le notifica que la parte demandante ha radicado ante este Tribunal demanda en Cobro de Dinero. Usted deberá presentar su alegación responsiva en un término de 30 días a partir de esta publicación, a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https:// unired.ramaiudicial.pr salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del término indicado, el Tribunal podrá dictar Sentencia en

POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que presente al Tribunal su alegación responsiva a la demanda. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar Sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Además, deberá notificar su contestación a la abogada de la parte demandante: LCDA. ANA M. CAMPOS GAVITO RUA 7710 EDIFICIO DR. MANUEL ZENO GANDÍA 353 AVE. DOMENECH, SUITE 302 SAN JUAN, PUERTO RICO 00918 TEL.: (787) 751-5733 EMAIL: anamcampos1@yahoo.com Extendido bajo mi firma y sello

Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Bayamón, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 12 de enero de 2022 y según Orden y Mandamiento del 25 de febrero de 2022, librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar dos mil cuatrocientos veinte del bloque ‘F’, con área de trescientos veinticuatro metros cuadrados, en la Urbanización Levittown, barrio Sabana Seca de Toa Baja, Puerto Rico, en lindes por el NORTE, en trece metros cincuenta centímetros con un paseo público; por el SUR, en trece metros cincuenta centímetros con el Paseo

Amir, según plano con la calle trescientos cuarenta y ocho; por el ESTE, en veinticuatro metros con solar número dos mil cuatrocientos veintiuno; por el OESTE, en veinticuatro metros con el solar número dos mil cuatrocientos diecinueve. Enclava una casa. FINCA NÚMERO: 4,968, inscrita al folio 236 del tomo 65 de Toa Baja, sección II de Bayamón. Dirección Física: BO. SABANA SECA URB. LEVITTOWN SOLAR 2420 BLOQUE F CALLE AMIR, 2DA SECCION, TOA BAJA, PR 00729. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 27 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $151,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 4 DE MAYO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $100,666.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 11 DE MAYO DE 2022, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $75,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Examinadas las alegaciones de la Demanda y la prueba documental sometida, así como los emplazamientos a la parte demandada, habiendo vencido el plazo para contestar la demanda, a solicitud de la parte demandante, se le anota la rebeldía a la parte demandada SUCESIÓN DE MARÍA SOCORRO ROBLES ADORNO COMPUESTA POR SU HEREDERO CONOCIDO BENEDICTO DELGADO ROBLES; SUCESIÓN DE JULIO DELGADO ROBLES, COMPUESTA POR SUS HEREDE-

ROS CONOCIDOS JAZMÍN DELGADO ARZUAGA T/C/C JAZMÍN DELGADO ARRIAGA Y JULIO DELGADO ARZUAGA T/C/C JULIO DELGADO ARRIAGA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES y se dicta Sentencia declarando Con Lugar la demanda determinando que adeudan la suma de $233,270.82 de principal, intereses y cargos por demora hasta el 30 de enero de 2020, los cuales se continuarán acumulando hasta el saldo total de la obligación conforme al contrato de préstamo. Dicha suma continúa acumulando interés anual convenido al 7.00%. Además, se adeuda las costas, gastos y honorarios de abogados y cualquier otra suma que se haga en virtud de la escritura de hipoteca. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Si se anula la venta, el comprador tendrá derecho a la devolución del depósito de la venta judicial menos los honorarios y costos incurridos en el proceso de venta judicial. No tendrá ningún otro recurso contra el acreedor hipotecario ejecutante ni la representación legal de éste. Por la presente también se notifica e informa a Secretary of Housing and Urban Development por éstos contar con una hipoteca a su favor por la suma de $151,000.00, con intereses al 7.00% anual y a vencer a la presentación, según consta de la escritura #142, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, inscrito al folio 23 del tomo 550 de Toa Baja. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en

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Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 15 de marzo de 2022. JOSÉ F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #131, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO Demandante Vs.

SUCESIÓN DE SERGIO MARTÍNEZ RIVEROS T/C/C SERGIO MARTÍNEZ COMPUESTA POR SU VIUDA GRACE ROJAS AGUILLAR T/C/C GRACE ROJAS DE MARTÍNEZ, POR SÍ; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: BY2020CV02189.

Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Bayamón, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 24 de octubre de 2021 y según Orden y Mandamiento del 24 de febrero de 2022, librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número veinticuatro (24) del Bloque AD de la Urbanización Levittown, localizada en el Barrio Sabana Seca del municipio de Toa Baja, Puerto Rico, con un área de trescientos diez punto cincuenta metros cuadrados (310.50 M.C.), en lindes por el NORTE, en una distancia de veintitrés metros (23.00 m.), con el solar número veintitrés (23); por el SUR, en una distancia de veintitrés metros (23.00 m.), con el solar número veinticinco (25); por el ESTE, en una distancia de trece punto cincuenta metros (13.50 m.), con el solar número treinta y nueve (39); y por el OESTE, en una distancia de trece punto cincuenta metros (13.50 m.), con Boulevard Monroig, según plano Calle #401. Enclava edificación. FINCA NÚMERO: 6,722, inscrita al folio 95 del tomo 102 de Toa Baja, sección II de Bayamón. Dirección Física: LEVITTOWN LAKES, SECCION 4TA AD-24, BOULEVARD MONROIG, TOA BAJA, PR 00949. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 27 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $85,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 4 DE MAYO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $56,666.66. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el

tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 11 DE MAYO DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $42,500.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. El Tribunal dictó Sentencia declarando con lugar la demanda y, por consiguiente, ordenó a la parte demandada SUCESIÓN DE SERGIO MARTÍNEZ RIVEROS T/C/C SERGIO MARTÍNEZ COMPUESTA POR SU VIUDA GRACE ROJAS AGUILLAR T/C/C GRACE ROJAS DE MARTÍNEZ, POR SÍ; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHA SUCESIÓN, a pagar a la parte demandante la suma de $293,280.64 de principal, intereses y recargos, los cuales se continuarán acumulando hasta el saldo total de la obligación, más otros cargos conforme al contrato de préstamos suscrito por los causantes. Esta suma continúa acumulando intereses al interés anual convenido de 8.00% hasta su completo pago. La suma adeudada también continúa acumulando recargos. Además, se le impone a la parte demandada el pago de costas a favor de la parte demandante, más 10% por honorarios de abogados, hasta el saldo total de su obligación. La parte demandante ha señalado que según el pagaré suscrito tiene derecho a un 10% del valor del pagaré hipotecario para las costas, gastos y honorarios de abogados. En autos esta cantidad equivale a $8,500.00. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la


30 subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Si se anula la venta, el comprador tendrá derecho a la devolución del depósito de la venta judicial menos los honorarios y costos incurridos en el proceso de venta judicial. No tendrá ningún otro recurso contra el acreedor hipotecario ejecutante ni la representación legal de éste. Por la presente también se notifica e informa al Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano, por éstos contar con una hipoteca a su favor por la suma de $85,000.00, intereses al 8.00% anual y a vencer a la presentación, según consta de la escritura #133, otorgada en San Juan, Puerto Rico, inscrito al folio 27 vuelto del tomo 147 de Toa Baja. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 15 de marzo de 2022. JOSÉ F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #131, SALA SUPERIOR DE

BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Y SUN WEST MORTGAGE COMPANY, INC. COMO AGENTE DE SERVICIO Demandante Vs.

SUCESION DE ADA IRIS GUERRERO PÉREZ Y SUCESION DE BENJAMIN DAVILA GUERRERO, COMPUESTAS POR SU HEREDERA CONOCIDA ADA LIZ DAVILA RAMOS; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Demandados Civil Núm.: BY2021CV02253. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Bayamón, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 13 de enero de 2022 y según Orden y Mandamiento del 25 de febrero de 2022, librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Residencial Sans Souci situada en el Barrio Pájaros de Bayamón marcado con el número Treinta de la manzana “B” con un área de trescientos setenta y cinco metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con la calle trece distancia de quince metros; por el SUR, con el solar J-ocho distancia de quince metros; por el ESTE, con “Neighborhood Facilities” distancia de veinticinco metros; por el OESTE, con el solar B-veintinueve distancia de veinticinco metros. Contiene una casa de concreto reforzado diseñada para una familia. FINCA NÚMERO: 38,609, inscrita al folio 176 del tomo 861 de Bayamón Sur, sección I de Bayamón. Dirección Física: URB. RESIDENCIAL SAN SOUCI (SAN-SOUCI) SOLAR 30-B, CALLE 13 BAYAMÓN, PR

The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

00957. Se anuncia por medio de este edicto que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 27 DE ABRIL DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $150,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 4 DE MAYO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $100,000.00. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una TERCERA SUBASTA en el mismo lugar antes señalado el día 11 DE MAYO DE 2022, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca, la suma de $75,000.00. Si se declare desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Examinadas las alegaciones de la Demanda y la prueba documental sometida, así como los emplazamientos a la parte demandada, habiendo vencido el plazo para contestar la demanda, a solicitud de la parte demandante, se le anota la rebeldía a la parte demandada SUCESION DE ADA IRIS GUERRERO PÉREZ Y SUCESION DE BENJAMIN DAVILA GUERRERO, COMPUESTAS POR SU HEREDERA CONOCIDA ADA LIZ DAVILA RAMOS; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PARTES CON INTERÉS EN DICHAS SUCESIONES y se dicta Sentencia declarando Con Lugar la demanda determinando que adeudan la suma de $272,275.73 de principal e intereses, bajo una tasa de interés al 7.00% y cargos por demora, hasta el 31 de mayo de 2021. Esta cantidad continúa acumulando interés y recargo hasta el saldo total de la deuda, conforme al contrato del préstamo correspondiente. Además, se adeuda las costas, gastos y honorarios de abogados y cual-

quier otra suma que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, todas cuyas sumas son líquidas, exigibles y se continuarán acumulando hasta el saldo total de la deuda. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, el alguacil pondrá en posesión judicial a los nuevos dueños dentro del término de veinte (20) días a partir de la celebración de la Subasta. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del demandado/deudor la ocupen. El Alguacil de este Tribunal efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Si la subasta es adjudicada a un tercero y luego se deja sin efecto, el tercero a favor de quién se adjudicó la subasta solo tendrá derecho a la devolución del monto consignado más no tendrá derecho a entablar recurso o reclamo adicional alguno (judicial o extrajudicial) contra el demandante y/o el acreedor y/o inversionista, dueño pagaré y/o su abogado. Si se anula la venta, el comprador tendrá derecho a la devolución del depósito de la venta judicial menos los honorarios y costos incurridos en el proceso de venta judicial. No tendrá ningún otro recurso contra el acreedor hipotecario ejecutante ni la representación legal de éste. Por la presente también se notifica e informa a Secretary of Housing and Urban Development por éstos contar con una hipoteca a su favor por la suma de $15,000.00, con intereses al 7.00% anual y a vencer a la presentación, según consta de la escritura #278, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, inscrito en virtud de la ley 216 del 27 de diciembre de 2010, al tomo Karibe de Bayamón Sur. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá

Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired. ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del tribunal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. Representa a la parte demandante, la representación legal cuyo nombre, dirección y teléfono se consigna de inmediato: BUFETE FORTUÑO & FORTUÑO FAS, C.S.P. LCDO. JUAN C. FORTUÑO FAS RÚA NÚM.: 11416 PO BOX 3908, GUAYNABO, PR 00970 TEL: 787-751-5290, FAX: 787-751-6155 E-MAIL: ejecuciones@fortuno-law.com En Ciales, Puerto Rico a 15 de marzo de 2022. VIVIAN Y. FRESSE GONZÁLEZ, SECRELEGAL NOTICE TARIA REGIONAL. MADELINE ESTADO LIBRE ASOCIADO GARCÍA PÉREZ, SECRETADE PUERTO RICO TRIBU- RIA AUXILIAR. NAL DE PRIMERA INSTANCIA LEGAL NOT ICE SALA SUPERIOR DE CIALES LIBRE ASOCIADO BANCO POPULAR DE ESTADO DE PUERTO RICO TRIBUPUERTO RICO NAL DE PRIMERA INSTANCIA Demandante Vs. SALA SUPERIOR DE SAN LARRY MELÉNDEZ JUAN que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en un periódico de circulación diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, en el Tribunal de Primera Instancia, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 15 de marzo de 2022. JOSÉ F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #131, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

TAÑÓN, SU ESPOSA JANET ORTIZ NARVAEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

SUCESIÓN DE JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ PADRÓN COMPUESTA Demandados POR SU HEREDERO Civil Núm.: AR2022CV00170. CONOCIDO PEDRO Sobre: COBRO DE DINERO MANUEL FERNÁNDEZ Y EJECUCIÓN DE HIPOTEVIERA; SUCESIÓN DE CA. EMPLAZAMIENTO POR AMÉRICA ÁLVAREZ EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENFERNÁNDEZ T/C/C TE DE LOS EE. UU., EL ESAMÉRICA CARMEN TADO LIBRE ASOCIADO DE ÁLVAREZ FERNÁNDEZ P.R., SS. COMPUESTA POR SU A: LARRY MELÉNDEZ HEREDERO CONOCIDO TAÑÓN, SU ESPOSA JOSÉ MANUEL SUÁREZ JANET ORTIZ NARVÁEZ ÁLVAREZ; FULANO DE Y LA SOCIEDAD TAL Y SUTANA DE TAL LEGAL DE BIENES COMO HEREDEROS GANANCIALES DESCONOCIDOS Y/O COMPUESTA POR PARTES CON INTERÉS AMBOS. BO. BARAHONA EN DICHAS SUCESIONES URB. LA ALIANZA SOLAR Parte Demandada C-7 128 CALLE CANARIO, Caso Núm.: SJ2021CV08245. MOROVIS, PR 00687. (604). Sobre: COBRO DE DIDIRECCIÓN POSTAL: NERO Y EJECUCIÓN DE HI7410 LOBLOLLY AVE. POTECA. EMPLAZAMIENTO EDICTO. ESTADOS UNILAKELAND, FL 33810- POR DOS DE AMÉRICA, EL PRE4156. SIDENTE DE LOS EE.UU., POR LA PRESENTE se le emESTADO LIBRE ASOCIADO plaza para que presente al triDE P.R., SS. bunal su alegación responsiva A: JOSÉ MANUEL dentro de los 30 días a partir de la publicación de este edicto. SUÁREZ ÁLVAREZ COMO Usted deberá presentar su ale- HEREDERO CONOCIDO gación responsiva a través del DE LA SUCESIÓN DE

nal, a 16 de marzo de 2022. AMÉRICA ÁLVAREZ GRISELDA RODRÍGUEZ COFERNÁNDEZ T/C/C LLADO, SECRETARIA REGIOAMÉRICA CARMEN NAL. MARÍA I. RÍOS LÓPEZ, ALVAREZ FERNÁNDEZ; SECRETARIA SERVICIOS A FULANO DE TAL SALA. Y SUTANA DE TAL LEGAL NOTICE COMO HEREDEROS ESTADO LIBRE ASOCIADO DESCONOCIDOS DE PUERTO RICO TRIBUO TERCEROS CON NAL DE PRIMERA INSTANCIA INTERÉS SOBRE LA SALA SUPERIOR DE SAN SUCESIÓN DE JOSÉ JUAN RAMÓN FERNÁNDEZ BAUTISTA REO PR CORP Parte Demandante V. PADRÓN Y LA SUCESIÓN LA SUCESIÓN DE DE AMÉRICA ÁLVAREZ ESTEBAN NIEVES FERNÁNDEZ T/C/C FLORES, COMPUESTA AMÉRICA CARMEN POR SANDRA IVETTE ALVAREZ FERNÁNDEZ. NIEVES SANTIAGO, Quedan emplazados y notificados de que en este Tribunal ROSA MARÍA NIEVES se ha radicado una demanda SÁNCHEZ; FULANO de COBRO DE DINERO Y DE TAL, FULANA DE EJECUCIÓN DE HIPOTECA TAL, SUTANO DE TAL Y en sus contras. Se les notifica para que comparezcan ante SUTANA DE TAL, A, B, Y el Tribunal dentro del término C COMO HEREDEROS de treinta (30) días a partir de DESCONOCIDOS la publicación de este edicto y Y HONORABLE exponer lo que a sus derechos SECRETARIO DE convenga, en el presente caso. Se les apercibe y notifica que si HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE no contestan la demanda radicada en su contra, radicando el PUERTO RICO original de la misma y enviando copia de su contestación a la parte demandante, BUFETE FORTUÑO & FORTUÑO FAS, C.S.P., LCDO. JUAN C. FORTUÑO FAS, PO BOX 3908, GUAYNABO, PR 00970, TEL: 787- 751-5290, FAX: 787-7516155, E-MAIL: ejecuciones@ fortuno-law.com, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se les anotará la rebeldía en su contra y se dictará sentencia en su contra, conforme se solicita en la Demanda, sin más citárseles, ni oírseles. Se ORDENA a los herederos de los referidos causantes a saber: JOSÉ MANUEL SUÁREZ ÁLVAREZ COMO HEREDERO CONOCIDO DE LA SUCESIÓN DE AMÉRICA ÁLVAREZ FERNÁNDEZ T/C/C AMÉRICA CARMEN ALVAREZ FERNÁNDEZ; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS O TERCEROS CON INTERÉS SOBRE LA SUCESIÓN DE JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ PADRÓN Y LA SUCESIÓN DE AMÉRICA ÁLVAREZ FERNÁNDEZ T/C/C AMÉRICA CARMEN ALVAREZ FERNÁNDEZ, a que dentro del mismo término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación, ACEPTEN o REPUDIEN la participación que les corresponda en la herencia de los referidos causantes. Se les apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. Expedido bajo mi firma y sello del Tribu-

Parte Demandada

KERMIT RICHIEZ COLÓN Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR ÉL Y SANDRA IVETTE NIEVES SANTIAGO

Parte con interés Civil Núm.: KCD2013-1158. Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE PRENDA E HIPOTECA. AVISO DE SUBASTA.

A: AL PÚBLICO EN GENERAL; LA SUCESIÓN DE ESTEBAN NIEVES FLORES, COMPUESTA POR SANDRA IVETTE NIEVES SANTIAGO, ROSA MARÍA NIEVES SÁNCHEZ; FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL Y SUTANA DE TAL, A, B, Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; KERMIT RICHIEZ COLÓN Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR ÉL Y SANDRA IVETTE NIEVES SANTIAGO Y A LOS ACREEDORES DE GRAVÁMENES ANTERIORES Y/O POSTERIORES A LOS QUE SE EJECUTAN.

Yo, PEDRO HIEYE GONZÁ-


The San Juan Daily Star LEZ, Alguacil del Tribunal de San Juan, al Público hago saber: En cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró, con fecha de 21 de diciembre de 2021, por la Secretaría de este Tribunal en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de la partes con interés de epígrafe sobre las siguientes propiedades pertenecientes a Sandra Ivette Nieves Santiago y Kermit Richiez Colón, las cuales se describen a continuación: A - Finca Número 10,500: URBANA: Solar marcado con el número Tres del Bloque KA del Plano de Inscripción de la Cuarta Extensión, Primera Etapa de la Urbanización Country Club, situada en el Barrio Sabana Llana, del Municipio de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de trecientos metros con quince centímetros cuadrados. En lindes por el NORESTE, en trece metros cinco centímetros, con la Calle trescientos trece; por el SUROESTE, en trece metros cinco centímetros, con terrenos reservados para el Ramal Este Express Highway; por el SURESTE en veintitrés metros, con el solar número dos; por el NOROESTE, en veintitrés metros, con el solar número cuatro. Contiene una casa de una planta de concreto reforzado y bloques de concreto para uso residencial. La Finca Número 10,500 está inscrita al Folio 81 del Tomo 235 de Sabana Llana, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Quinta de San Juan. La titularidad de la Finca Número 10,500 consta inscrita a favor de Kermit Richiez Colón y Sandra Ivette Nieves Santiago al Asiento 1,012 del Diario 887, bajo la Ley Número 216 del 27 de diciembre de 2010. La hipoteca, según inscrita, que grava la Finca #10,500 y cuya ejecución se solicita en la subasta objeto de este edicto es la siguiente: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma principal de $110,000.00, con intereses al 1% sobre el “Prime Rate”, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 58, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 15 de febrero de 1999, ante el notario Rogelio I. Guzmán Lloveras, e inscrita al folio 214 del tomo 1,029 de Sabana Llana, finca 10,500, inscripción 10ma. (la “Hipoteca A”). Además, existen unos gravámenes preferentes a la Hipoteca A que gravan la Finca Número 10,500 que se interesa ejecutar, según descritos a continuación: Por su procedencia: (i) Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico.

(ii) Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. (iii) Servidumbre a favor del Municipio de San Juan. (iv) Servidumbre a favor de Central Victoria. (v) Servidumbre de paso y alcantarillados a favor de la finca W. Clay Jackson Enterprises, Inc. (vi) Condiciones restrictivas sobre edificación y uso. Por sí está afecta a: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de E.M.I. Equity Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma principal de $44,450.00, con intereses al 7 3/8% anual, vencedero el día 1 de diciembre de 2023, constituida mediante la escritura número 749, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 24 de noviembre de 1993, ante el notario Mario A. Quiles Rosado, e inscrita al folio 213 del tomo 1,029 de Sabana Llana, finca número 10,500, inscripción 9na. PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 4 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en la Oficina de Alguaciles del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Tipo mínimo: $110,000.00. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo 2/3 partes del valor de la transacción. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 11 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en la Oficina de Alguaciles del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Tipo mínimo: $73,333.33. Si no produjere remate o adjudicación la segunda subasta, se procederá a una tercera subasta y servirá de tipo mínimo 1/2 del valor de la transacción. TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 19 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en la Oficina de Alguaciles del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Tipo mínimo: $55,000.00. B - Finca Número 10,682. URBANA: Solar marcado con el número 38 del Bloque KF del Plano de Inscripción de la Cuarta Extensión, Primera Etapa de la Urbanización Country Club, situada en el Barrio Sabana Llana, del Municipio de Río Piedras, Puerto Rico, con una cabida superficial de 356.17 metros cuadrados, y colinda por el NORESTE, en veintitrés metros, con el solar 37; por el SUROESTE, en diez y nueve metros cincuenta centímetros, con la Calle 313; por el SURESTE, en doce metros diez centímetros, con la Avenida Iturregui; por el NOROESTE, en quince metros sesenta centímetros, con el solar 1;por el SUR, en cinco metros cincuenta centímetros, con la Intersección de la Calle 313 y la Avenida Iturregui. La Finca Número 10,682 está inscrita al Folio 247 del tomo 238 de Sabana Llana, Registro de la Pro-

Monday, March 21, 2022 piedad de Puerto Rico, Sección Quinta de San Juan. La titularidad de la Finca Número 10,682 consta inscrita a favor de Kermit Richiez Colón y Sanda Ivette Nieves Santiago al Asiento 1,012 del Diario 887, bajo la Ley Número 216 del 27 de diciembre de 2010. La hipoteca, según inscrita, que grava la Finca Número 10,682 y cuya ejecución se solicita en la subasta objeto de este edicto es la siguiente: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma principal de $90,000.00, con intereses al 1% sobre el “Prime Rate” vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 59, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 15 de febrero de 1999, ante el notario Rogelio I. Guzmán Lloveras, e inscrita al folio 82 del tomo 1,082 de Sabana Llana, finca número 10,682, inscripción 8va. (la “Hipoteca B”). A su vez, existe otra hipoteca de cuyo pagaré hipotecario Bautista REO PR Corp. es también tenedor y que se describe como sigue: Hipoteca en garantía d de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma principal de $100,000.00, con intereses al 1 ½% sobre el “Prime Rate” vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 27, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 14 de febrero de 2003, ante el notario Manuel L. Correa Márquez, e inscrita al folio 82 del tomo 1,082 de Sabana Llana, finca número 10,682, inscripción 9na. Además, existen unos gravámenes preferentes a la Hipoteca B que gravan la Finca Número 10,682 que se interesa ejecutar, según descritos a continuación: Por su procedencia: (vii) Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. (viii) Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. (ix) Servidumbre a favor del Municipio de San Juan. (x) Servidumbre a favor de Central Victoria. (xi) Servidumbre de paso y alcantarillado a favor de la finca W. Clay Jackson Enterprises, Inc. (xii) Condiciones restrictivas sobre edificación y uso. Además, existe el siguiente documento presentado y pendiente de despacho con relación a la Hipoteca B, Finca Número 10,682: Al ASIENTO 189 DEL DIARIO 908, se presentó el día 15 de diciembre de 2013, Aviso de Demanda de fecha 14 de mayo de 2013, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el Caso Civil número KCD2013-1158 (906), seguido por Doral Bank (demandante), contra Esteban Nieves Flores (demandado), solicitándose el pago por la suma de $245,434.89, más intereses o la venta en Pública Subasta.

PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 4 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:05 DE LA MAÑANA en la Oficina de Alguaciles del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Tipo mínimo: $90,000.00. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo 2/3 partes del valor de la transacción. SEGUNDA SUBASTA: Se celebrará el día 11 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:05 DE LA MAÑANA en la Oficina de Alguaciles del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Tipo mínimo: $60,000.00. Si no produjere remate o adjudicación la segunda subasta, se procederá a una tercera subasta y servirá de tipo mínimo 1/2 del valor de la transacción. TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 19 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:05 DE LA MAÑANA en la Oficina de Alguaciles del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Tipo mínimo: $45,000.00. Las direcciones físicas de las fincas número 10,500 y 10,682 lo son: #840 Calle Molucas, Country Club, San Juan, PR / #842 Calle Kurices Country Club, San Juan, PR. La venta se llevará a cabo para, con su producto, satisfacer en todo o en parte a Bautista REO PR Corp. el importe de la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, la cual recogió lo contenido en una Sentencia por Consentimiento presentada el 9 de abril de 2019, ascendente, al 20 de marzo de 2019, a $529,854.81 en concepto al principal adeudado; $110,106.12 por concepto de intereses acumulados, que continuarán acumulándose a razón de $163.64 diarios hasta el saldo total de la deuda; $39,062.54 por concepto de cargos adicionales y $130,000 por conceptos de gastos, costas, honorarios de abogado. Conforme a todo lo anterior, se ordena a Bautista REO PR Corp. a notificar la venta pública a los demandados, a las partes con interés y a los acreedores con créditos anteriores y/o posteriores inscritos conforme a las disposiciones aplicables de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Puerto Rico y su Reglamento y la Regla 51.7 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V. La representación legal de la parte demandante lo es la licenciada Carolina Velaz Rivero, de Marini Pietrantoni Muñiz LLC, con oficinas sitas en el número #250 de la Avenida Ponce de León, Hato Rey, Suite 900, San Juan, Puerto Rico 00918. Para propósitos de la venta judicial, el Alguacil que suscribe no aceptará que ningún postor efectúe su pago en otro método que no sea en dólares estadounidenses o cheque certificado, ex-

cepto por el acreedor ejecutante, quien tendrá el derecho de ofrecer sus créditos como licitación (incluyendo cualesquier créditos hipotecarios que graven la propiedad aquí descrita en rango inferior al gravamen ejecutado), en la medida que estos sean iguales o mayores que los tipos mínimos requeridos. De conformidad con lo establecido en la Regla 51.7 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V, según enmendada, previo a la fecha de la subasta se estará publicando este aviso mediante edicto en un periódico de circulación general una vez a la semana por un periodo mínimo de dos semanas consecutivas, y por un periodo de dos semanas en tres lugares públicos como la alcaldía, la colecturía, el Tribunal de Primera Instancia del Municipio de San Juan. Además, se notificará el aviso por correo certificado con acuse de recibo dentro de los primeros cinco (5) días de publicado el edicto a los deudores por sentencia y/o deudores hipotecarios a sus últimas direcciones conocidas y a los acreedores anteriores y posteriores a las hipotecas, cuya ejecución se solicita. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes a los créditos del ejecutante, si alguno, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de estos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Las propiedades subastadas serán adjudicadas al mejor postor en moneda legal de los Estados Unidos de América o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. El mejor postor deberá consignar el importe de su oferta en el acto de la adjudicación y remate, excepto por el acreedor ejecutante, quien podrá acreditársele en todo o en parte el monto de su crédito, de conformidad con las disposiciones aplicables de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Puerto Rico, aunque deberá no obstante satisfacer la diferencia, si alguna, entre la postura ofrecida y el importe de su crédito más los intereses, teniendo que pagar dicho remanente en el acto de subasta, tal como se le exige a los demás postores. Artículos 105 y 106 de la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Puerto Rico. Otorgaré la escritura del traspaso al licitador victorioso, según corresponda, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la Sentencia. El Registrador de la Propiedad cancelará, libre de derechos, todos los gravámenes posterio-

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esta notificación ha sido archiDE PUERTO RICO; vada en los autos de este caso, COMPAÑIAS DE con fecha de 15 de MARZO de SEGUROS A, B Y C, 2022. En HUMACAO, Puerto FULANO DE TAL Y Rico, el 15 de MARZO de 2022. MENGANO DE TAL DOMINGA GOMEZ FUSTER, Demandados Secretaria Regional. KEYLA PEREZ FIGUEROA, Secretaria Caso Núm.: SJ2021CV00857. Salón Núm.: 806. Acción Civil Auxiliar. De: DAÑOS Y PERJUICIOS. LEGAL NOTICE EMPLAZAMIENTO POR EDICGOBIERNO DE PUERTO TO. ESTADOS UNIDOS DE RICO DEPARTAMENTO DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE ESTADO. NOMBRE COMER- DE LOS ESTADOS UNIDOS, CIAL PARA REGISTRAR. EL ESTADO LIBRE ASOCIAAVISO. A QUIEN PUEDA IN- DO DE PUERTO RICO. TERESAR: De acuerdo con A: ATRAM las disposiciones de la Ley CORPORATION. Núm. 75 del 23 de septiembre CARRETERA 176, KM. 9.2 de 1992, según enmendada, CUPEY ALTO, PUERTO mejor conocida como la Ley RICO 00926 O SEA, LA de Nombres Comerciales del Estado Libre Asociado de PARTE DEMANDADA Puerto Rico y la Sección 24 del ARRIBA MENCIONADA. Reglamento promulgado bajo Por la presente se le emplaza la ley citada anteriormente, el para que presente al tribunal LEGAL NOTICE siguiente nombre comercial ha su alegación responsiva a la Estado Libre Asociado de Puer- sido presentado en el Depar- demanda enmendada dentro to Rico TRIBUNAL GENERAL tamento de Estado de Puerto de los treinta (30) días de haber DE JUSTICIA Tribunal de Pri- Rico para su archivo y registro sido diligenciado este emplazaGIVINGTUESDAY miento, excluyéndose el día del mera Instancia Sala Superior diligenciamiento, notificando de HUMACAO. PUERTO RICO Número de Expediente: copia de la misma al abogado JOSÉ LUIS 242674-99-1. Propietario: de la parte demandante, cuyo ARROYO ARROYO ALIANZA PARA EL DESARRO- nombre, dirección y teléfono Demandante Vs. LLO DEL TERCER SECTOR son los que se indican a contiORIENTAL BANK, PUERTORRIQUEÑO INC. nuación: JOHN DOE Y RICHARD Dirección: Condominio Madrid Lcdo. José Miguel Náter R.U.A. Núm. 12072 ROE(Posibles tenedores 1760 Calle Loiza #504, San PO Box 16751 desconocidos del pagaré Juan, PR 00911-1802. ActiviSan Juan, PR 00908-6751 dad Empresarial: Proyecto que Tel. / Fax: (787) 721-8901 extraviado) provee apoyo a otras organiza- Si usted deja de presentar su Demandado(a) Civil Núm. HU2021CV01163. ciones sin fines de lucro en la alegación responsiva dentro Sobre: CANCELACION DE PA- recaudación de fondos, admi- del referido término, el tribunal GARE DE EXTRAVIADO. NO- nistración, entre otros. Renun- puede dictar sentencia en reTIFICACIÓN DE SENTENCIA cia a elementos no registrables: beldía en su contra y conceder NOTIFICACIÓN: Cualquier el remedio solicitado en la dePOR EDICTO. oposición a este registro de- manda enmendada, o cualquier A: JOHN DOE Y presentarse en el Depar- otro, si el tribunal, en el ejercicio RICHARD ROE como berá tamento de Estado de Puerto de su sana discreción lo entienposibles tenedores Rico dentro de los treinta (30) de procedente. EXTENDIDO desconocidos del pagaré días siguientes a la publicación BAJO MI FIRMA y el sello del extraviado; DIRECCION; de este aviso. Tribunal, hoy día 16 de marzo de 2022. Griselda Rodríguez DESCONOCIDA; P/C LEGAL NOTICE Collado, Secretaria. Brenda LCDA. LISDAIRA Rodríguez, Secretaria Servicios ESTADO LIBRE ASOCIADO SERRANO MARTINEZ A Sala. EL SECRETARIO(A) que sus- DE PUERTO RICO TRIBUcribe le notifica a usted que el NAL DE PRIMERA INSTANCIA LEGAL NOTICE 14 de MARZO de 2022, este CENTRO JUDICIAL DE SAN ESTADO LIBRE ASOCIADO Tribunal ha dictado Sentencia, JUAN SALA SUPERIOR DE PUERTO RICO TRIBUMARGARITA Sentencia Parcial o Resolución NAL GENERAL DE JUSTICIA en este caso, que ha sido debiMORALES MARRERO TRIBUNAL DE PRIMERA INSdamente registrada y archivada Demandante Vs. TANCIA SALA SUPERIOR DE en autos donde podrá usted en- CONSEJO DE TITULARES UTUADO terarse detalladamente de los DEL CONDOMINIO NORMA DIANA términos de la misma. Esta noEL MONTE SUR; IN GARCÍA GALÁN tificación se publicará una sola Demandante vs. vez en un periódico de circula- SERVICIO, INC.; ATRAM res a las fechas en que se otorgó la hipoteca sobre la propiedad que ha sido ejecutada mediante esta acción, y procederá a la inscripción de la venta a favor de los compradores en subasta libre de todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción. Se notifica a todos los interesados que, para más detalles sobre este procedimiento, los autos y récords del presentado caso podrán ser examinados en la secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, durante horas laborables. En San Juan, Puerto Rico, hoy 18 de febrero de 2022. PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

ción general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de

CORPORATION; JONATHAN VAZQUEZ ROLDAN; SU ESPOSA FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; JV CONTRACTORS; MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY; COOPERATIVA DE SEGUROS MULTIPLES

EDUARDO ALFREDO ARROYO ROJAS T/C/P EDUARDO ARROYO ROJAS

Demandado(a) Civil Núm.: TS77-909. Sobre: DIVORCIO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: EDUARDO ALFREDO ARROYO ROJAS T/C/P EDUARDO ARROYO ROJAS. COLONIA JARDÍN BALBUENA, LIC. GENARO GARCÍA,


32 RETORNO 6 NÚM. 10, MÉJICO 9, D.F.

Instancia. Todo derecho, título, participación e interés que le (Nombre de las partes a las que se le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que sus- el inmueble hipotecado objeto cribe le notifica a usted que de ejecución que se describe el 27 de enero de 2022, este a continuación: URBANA: ProTribunal ha dictado Sentencia, piedad Horizontal: Apartamento Sentencia Parcial o Resolución denominado tres guion seisen este caso, que ha sido debi- cientos uno (III-601) ubicado en damente registrada y archivada el sexto (6to.) nivel del Edificio en autos donde podrá usted en- Tres (III), cual edificio está locaterarse detalladamente de los lizado en el inmueble sometido términos de la misma. Esta no- al Régimen de Propiedad Horitificación se publicará una sola zontal conocido como Condovez en un periódico de circula- minio Torres del Escorial, ubición general en la Isla de Puer- cado en el Barrio San Antón del to Rico, dentro de los 10 días Municipio de Carolina, Puerto siguientes a su notificación. Y, Rico, cuyas entradas y salidas siendo o representando usted dan al área de estacionamienuna parte en el procedimiento to; está construido de hormigón sujeta a los términos de la Sen- reforzado y bloques de hormitencia, Sentencia Parcial o Re- gón con un área de piso de mil solución, de la cual puede es- quinientos setenta y ocho punto tablecerse recurso de revisión cuarenta y tres pies cuadrados o apelación dentro del término (1,578.43 p.c.) equivalentes a de 30 días contados a partir ciento cuarenta y seis punto sede la publicación por edicto de senta y cuatro metros cuadraesta notificación, dirijo a usted dos (146.64 m.c.). Su entrada esta notificación que se consi- está localizada en el sexto nivel derará hecha en la fecha de la del edificio orientada hacia el publicación de este edicto. Co- Norte, y da acceso directamenpia de esta notificación ha sido te al pasillo de acceso a los elearchivada en los autos de este vadores en ese nivel, que a su caso, con fecha de 8 de marzo vez da acceso al vestíbulo prinde 2022. En Utuado, Puerto cipal del edificio y a los estacioRico, el 8 de marzo de 2022. namientos para llegar a la vía DIANE ÁLVAREZ VILLANUE- pública. El apartamento consta VA, SECRETARIA REGIONAL. de un solo nivel y está dividido LUZ Y. MONTES PACHECO, en los siguientes elementos: “Foyer” o vestíbulo, sala, coSECRETARIA AUXILIAR. medor, cocina, tres cuartos LEGAL NOTICE dormitorios con sus respectivos ESTADO LIBRE ASOCIADO closets, dos baños, uno con DE PUERTO RICO TRIBU- acceso al pasillo central y el seNAL DE PRIMERA INSTANCIA gundo ubicado dentro del área del cuarto dormitorio principal, SALA DE CAROLINA balcón, “linen” closet y un cloFIRSTBANK set de almacenaje. Contiene un PUERTO RICO calentador de agua y gabinetes Parte Demandante Vs. de cocina. Colinda por el NORIRIS NEREIDA TE, en cincuenta y cuatro pies HUERTAS RODRIGUEZ ocho pulgadas (54’8”) con los Parte Demandada apartamentos III-602, III-606 Civil Núm.: CA2021CV02236. y área común; por el SUR, en Sobre: EJECUCIÓN DE HIPO- cincuenta y cuatro pies ocho TECA Y COBRO DE DINERO. pulgadas (54’8”) con el espacio EDICTO DE SUBASTA. ESTA- exterior; por el ESTE, en treinDOS UNIDOS DE AMÉRICA, ta y nueve pies diez pulgadas EL PRESIDENTE DE LOS ES- (39’10”) con el espacio exteTADOS UNIDOS, ESTADO LI- rior; y por el OESTE, en treinBRE ASOCIADO DE P.R., SS. ta y nueve pies diez pulgadas (39’10”) con el espacio exterior. A: IRIS NEREIDA HUERTAS RODRIGUEZ: Le corresponde como elementos exclusivos dos espacios de Y AL PÚBLICO EN estacionamiento, los cuales esGENERAL: tán debidamente identificados El Alguacil que suscribe, ceren el plano de estacionamientifica y hace constar que en tos que forma parte del Plano cumplimiento de Mandamiende Inscripción del Condominio to de Ejecución de Sentencia y se identifican con el mismo que me ha sido dirigido por número del apartamento. Le la Secretaría del Tribunal de corresponde a este apartaPrimera Instancia, Sala Sumento el cero punto cinco siete perior de Carolina, procederé ocho siete por ciento (0.5787%) a vender en pública subasta de la participación en los gasy al mejor postor, por separatos, ganancias y derechos en do, de contado y por moneda los elementos comunes del de curso legal de los Estados condominio. Finca número Unidos de América. Todo pago 60,158, inscrita al folio 6 del recibido por el (la) Alguacil por tomo 1444 de Carolina. Regisconcepto de subastas será en tro de la Propiedad de Puerto efectivo, giro postal o cheque Rico, Sección II de Carolina. La certificado a nombre del (de la) propiedad objeto de ejecución Alguacil del Tribunal de Primera

The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

está localizada en la siguiente dirección: Condominio Torres del Escorial, Apto. 601-III, Carolina, P.R. 00987. Se informa que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravamen posterior, una vez sea otorgada la escritura de venta judicial y obtenida la Orden y Mandamiento de cancelación de gravamen posterior. (Art. 51, Ley 210-2015). En relación a la finca a subastarse, se establece como tipo mínimo de licitación en la Primera Subasta la suma de $238,464.90, según acordado entre las partes en el precio pactado en la Escritura de Modificación de Hipoteca #427, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 27 de septiembre de 2014, ante el notario Alexandra M. Serracante Cadilla, inscrita al folio 3 del tomo 1522 de Carolina, finca #60,158, inscripción 4ta. La PRIMERA SUBASTA, se llevará a cabo el día 5 DE MAYO DE 2022 A LAS 1:15 DE LA TARDE, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, el tipo mínimo para la primera subasta es la suma de $238,464.90. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 12 DE MAYO DE 2022 A LAS 1:15 DE LA TARDE, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o sea, la suma de $158,976.60. Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 19 DE MAYO DE 2022 A LAS 1:15 DE LA TARDE, en el mismo lugar y regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $119,232.45. Dicha subasta se llevará a cabo, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor, a saber: Suma Principal: $221,417.00, la cual se desglosa a continuación: la suma principal de $209,642.19, con intereses a 6.625% anual, desde el 1 de julio de 2019, hasta el presente y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, la suma de $11,774.81 de balance diferido y la cual no devenga intereses; más los cargos por demora que se corresponden a los plazos atrasados desde la fecha anteriormente indicada a razón de la tasa pactada de 5% de cualquier pago que éste en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento, más una suma equivalente a $24,400.00, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera otros ade-

lantos que se hayan hecho la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca y del Pagaré hipotecario. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal, durante las horas laborables. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los referentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se procederá a otorgar la correspondiente Escritura de Venta Judicial y el Alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días, de conformidad con las disposiciones de Ley. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Expedido en Carolina, Puerto Rico, a 14 de marzo de 2022. SAMUEL GONZÁLEZ ISAAC, ALGUACIL PLACA #713.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

FIRSTBANK PUERTO RICO Demandante V.

CARLOS DAVID ORTIZ MALAVÉ Y NICOLE CRISTEL RIOS VÉLEZ

tificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de marzo de 2022. En Bayamón, Puerto Rico, el 14 de marzo de 2022. LCDA. LAURA I. SANTA SÁNCHEZ, SECRETARIA. LUISA I. ANDINO AYALA, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS

MWPR, LLC

Demandante Vs

SUC DE GLORIA MILAGROS FERNANDEZ RODRIGUEZ T/C/C GLORIA FERNANDEZ RODRIGUEZ T/C/C GLORIA FERNANDEZ DE BALBOA COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS, ADMINISTRACION PARA EL SUSTENTO DE MENORES Y CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandado Civil Núm.: CG2020CV2208. Sala: 801. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE GLORIA MILAGROS FERNANDEZ A: CARLOS DAVID ORTIZ RODRIGUEZ T/C/C MALAVÉ Y NICOLE GLORIA FERNANDEZ CRISTEL RIOS VÉLEZ. RODRIGUEZ T/C/C (Nombre de las partes a las que se le GLORIA FERNANDEZ DE notifican la sentencia por edicto) BALBOA. EL SECRETARIO(A) que sus-

Demandado(a) Civil: BY2021CV04100. 401. Sobre: COBREO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

cribe le notifica a usted que el 4 de febrero de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta no-

EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 9 de marzo de 2022, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de

los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de marzo de 2022. En Caguas, Puerto Rico, el 15 de marzo de 2022. LISILDA MARTÍNEZ AGOSTO, SECRETARIA REGIONAL INTERINA. ENEIDA ARROYO VÉLEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

WILBUR TORRES PACHECO T/C/C WILBUR D. TORRES PACHECO, LILLIAN MEDINA RODRÍGUEZ T/C/C LILLIAM T. MEDINA RODRÍGUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; SUCESIÓN DE ARÍSTIDES FERRAO RODRÍGUEZ, COMPUESTA POR FULANO Y MENGANO DE TAL, POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS (TITULAR REGISTRAL), SUCESIÓN DE LILLIAM AYALA CABRERA T/C/C LILLIAN AYALA CABRERA COMPUESTA POR SUTANO Y PERENCEJO DE TAL, POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS (TITULAR REGISTRAL)

Parte Demandada Civil Núm.: BY2021CV04848. Sobre: COBRO DE DINERO y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO Y REQUERIMIENTO DE INTERPELACIÓN POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: WILBUR TORRES PACHECO T/C/C WILBUR D. TORRES PACHECO, LILLIAN MEDINA RODRÍGUEZ T/C/C LILLIAM T. MEDINA RODRÍGUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; A SU ÚLTIMA DIRECCIÓN CONOCIDA: 13720 N 88TH. AVE. APT 3031, PEORIA AZ 853813815; 827 RD, KM 5.5, BO PIÑAS, TOA ALTA PR 00953; RR 4 BOX 26967, TOA ALTA, PR 00953-8710 Y 2 RD CALLE QUIRÓS, EXT. COVADONGA, TOA BAJA, PR 00949, CORREO ELECTRÓNICO: MEDINALILLIAN13@ YAHOO.COM. FULANO Y MENGANO DE TAL, POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE ARISTIDES FERRAO RODRÍGUEZ. SUTANO Y PERENCEJO DE TAL, POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LILLIAM AYALA CABRERA T/C/C LILLIAN AYALA CABRERA.

Queda usted notificado que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria por lo que la parte demandante ha declarado la totalidad de la deuda vencida ascendente a la suma de $111,691.22 de principal, más intereses sobre dicha suma al 7.125% anual desde el 1 de abril de 2017 hasta su completo pago, más $2,229.09 de recargos acumulados, los cuales continuarán en aumento hasta el saldo total de la deuda, más la cantidad estipulada de $10,190.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. La propiedad que garantiza hipotecariamente el préstamo es la siguiente: RÚSTICA: Lote ocho (8). Parcela de terreno sita en el Barrio Piñas de Toa Alta, Puerto Rico, con cabida superficial de mil punto cero veinte (1,000.020) metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con solar #7; por el SUR, con solar #9; por el ESTE, con calle de uso público; y por el OESTE, con Sucesión de Miguel Lausell. Se segrega de la finca #1543, inscrita al folio 172 del tomo 32 de Toa Alta. A este lote núm. 8 se le asignará el número de finca 28931 de Toa Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. La

escritura de hipoteca, la primera y la segunda escritura de modificación de hipoteca fueron presentadas bajo los asientos 480-482-BY03, 481-482-BY03 y 984-509-BY03, respectivamente, de Toa Alta. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. La demandante es la tenedora por endoso, por valor recibido y de buena fe del referido pagaré objeto de la presente acción. La parte demandada deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial. pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal. Se interpela a los demandados a los demandados para que acepten o renuncien a la herencia de los causantes dentro de los 30 días subsiguientes a la fecha que fuesen emplazados o requeridos que contesten, para darle cumplimiento al Artículo 1578 del nuevo Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. § 11021, entendiéndose que, si no se expresan dentro de dicho término, aceptan el caudal relicto; la renuncia se hará por instrumento público o por escrito judicial. Se le advierte que si no contesta la Demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación a la abogada de la Parte Demandante, Lcda. Belma Alonso García, a: P.O. Box 3922, Guaynabo, PR 009703922, teléfono: (787)789-1826, correo electrónico: oficinabelmaalonso@gmail.com, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, excluyéndose el día de la publicación, se le anotará la rebeldía y se dictará Sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal, hoy, 14 de enero de 2022, en Bayamón, Puerto Rico. Lcda. Laura I. Santa Sánchez, Secretaria Regional. Mayra I. Marrero Marrero, Secretaria Servicios A Sala.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

JESSICA BARBOSA VAZQUEZ T/C/C JESSICA VAZQUEZ BARBOSA

Parte Demandante Civil Núm.: BY2021CV04038. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. ANUNCIO DE SUBASTA. El suscri-


The San Juan Daily Star biente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Bayamón, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certificado, o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina en el Centro Judicial de Bayamón, Sala 410, Cuarto Piso, Bayamón, Puerto Rico, el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $96,984.51 de balance principal, el cual se compone de un primer principal por la suma de $87,500.68 y un segundo principal por la suma de $9,483.83, más los intereses sobre dicha suma sobre la suma de $87,500.68 al 6.25% annual, desde el primero de septiembre de 2019, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora computados al 5%, a razón de $28.74 sobre cada mensualidad de $574.85 y cualesquuiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde el primero de octubre de 2019; más la suma de $10,320.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cualesquiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento identificado con el número doce guion doscientos dos (12-202) localizado en el tercer piso del Edificio doce (12) del Condominio Villas de Hato Tejas ubicado en el Barrio Hato Tejas en el término municipal de Bayamón Puerto Rico, con una cabida superficial de mil ciento veinte nueve punto cero cero (1,129.00) pies cuadrados. Colinda por el NORTE, en una distancia de treinta y dos (32) pies ocho (8) pulgadas, con el apartamento once guion doscientos uno (11-201) del edificio once (11) del condominio y en dos (2) pies seis (6) pulgadas, con pared exterior; por el SUR, en una distancia de veintiséis (26) pies cinco(5) pulgadas, con el apartamento doce guion doscientos uno (12-201) del mismo edificio y en una distancia de trece (13) pies nueve (9) pulgadas, con la escalera y el pasillo exterior; por el ESTE, en varias alineaciones, en una distancia de veinte nueve(29) pies cuatro (4) pulgadas, con pared exterior y por el OESTE, en

varias alineaciones, en una distancia de treinta y tres (33) pies cuatro (4) pulgadas, con pared exterior y puerta de acceso al balcón. La puerta principal de acceso se encuentra en su lado Este la cual colinda con el pasillo exterior de su piso. Consta de tres dormitorios, dos baños, sala, comedor, cocina y balcón y está equipado con calentador de agua e interruptor de transferencia eléctrica para planta eléctrica de emergencia. Le corresponde como elemento de uso común limitado del apartamento dos (2) espacios de estacionamientos ubicados en la calle número siete (7) del Condominio, identificados con el número doce guion doscientos dos (12-202). Le corresponde a este apartamento en los elementos comunes del inmueble una participación de punto cincuenta y dos porciento (.52%). Inscrita al folio doscientos uno (201), del tomo mil ochocientos noventa y dos (1892) de Bayamón, finca número setenta y ocho mil quinientos cincuenta y dos (78552), Registro de la Propiedad de Bayamón I. Dirección Física: Apt. 12-202, Villas de Hato Tejas, Bayamón, Puerto Rico 00959. Dicha propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior: Hipoteca en garantia de pagaré suscrito a favor de New York Mortgage, o a su orden, por la suma de $25,800.00, según escritura numero 87, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 30 de noviembre de 2004, ante el Notario Gina Aguilar Geraldino, según inscripción tercera (3era). La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 6 DE ABRIL DE 2022 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $103,200.00 sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 13 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $68,800.00. Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $51,600.00. El mejor postor deberá pagar el importe de su oferta en efecto, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. Si se declarase desierta la tercera subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez

Monday, March 21, 2022 días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Todos los nombres de los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o de los acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, siempre que surgen de la certificación registral, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento indicado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. (Art. 102 (1) de la Ley núm. 210-2015). Expedido el presente en Bayamón, Puerto Rico a 11 de marzo de 2022. JOSÉ F. MARRERO ROBLES, ALGUACIL AUXILIAR PLACA #131, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA

DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA

FIRSTBANK PUERTO RICO

Parte Demandante Vs.

MARIA ESTHER BENITEZ MALDONADO, TAMBIÉN CONOCIDA COMO MARÍA E. BENÍTEZ MALDONADO

Caso Civil Núm.: CA2021CV03583. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA - IN REM. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: MARIA ESTHER BENITEZ MALDONADO, TAMBIÉN CONOCIDA COMO MARÍA E. BENÍTEZ MALDONADO.

POR LA PRESENTE se les emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Usted deberá radicar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: http://unired.ramajudicial.pr/ sumac/, salvo que se presente por derecho propio, en cuyo caso deberá radicar el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notifique con copia a los abogados de la parte demandante, Lcda. Marjaliisa Colón Villanueva, al PO BOX 7970, Ponce, P.R. 00732-7970; Teléfono: 787843-41668. En dicha demanda se tramita un procedimiento de cobro de dinero y ejecución de hipoteca bajo el número mencionado en el epígrafe. Se alega en dicho procedimiento que la parte Demandada incurrió en el incumplimiento del Contrato de Hipoteca, al no poder pagar las mensualidades vencidas correspondientes a los meses de noviembre de 2016, hasta el presente, más los cargos por demora correspondientes. Además, adeuda a la parte demandante las costas, gastos y honorarios de abogado en que incurra el tenedor del pagaré en este litigio. De acuerdo con dicho Contrato de Garantía Hipotecaria la parte Demandante declaró vencida la totalidad de la deuda ascendente a la suma de $141,185.07 de balance principal, el cual se compone de un primer principal por la suma de $136,615.03 y un principal diferido por la suma de $4,570.04, más los intereses sobre la suma de $136,615.03

al 6% anual, así como todos aquellos créditos y sumas que surjan de la faz de la obligación hipotecaria y de la hipoteca que la garantiza, incluyendo la suma pactada para costas, gastos y honorarios de abogado. La parte Demandante presentó para su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, un AVISO DE PLEITO PENDIENTE (“Lis Pendens”) sobre la propiedad objeto de esta acción cuya propiedad es la siguiente: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Villa Carolina, marcada con el número 14 de la manzana 135, con un área superficial de 330.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 13.75 metros, con la calle número 404; por el Sur, en 13.75 metros, con el solar número 11; por el Este, en 24.00 metros, con el solar numero 13; y por el Oeste, en 24.00 metros, con el solar número 15. Enclava edificación. Inscrita al folio doscientos cincuenta y tres (253) del tomo novecientos treinta y cinco (935) de Carolina, finca número veintisiete mil novecientos setenta y ocho (27,978) Registro de la Propiedad de Carolina, Sección II. SE LES APERCIBE que, de no hacer sus alegaciones responsivas a la demanda dentro del término aquí dispuesto, se les anotará la rebeldía y se dictará Sentencia, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal en Carolina, Puerto Rico. A día 15 de febrero de 2022. Lcda. Marilyn Aponte Rodríguez, Secretaria Regional. Lilliam Ortiz Nieves, Secretaria Auxiliar.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS

BANCO POPULAR DE PR Demandante Vs

CITIFINANCIAL SERVICES OF PR. INC. COMO SUCESOR EN INTERES DE CARIBBEAN FINANCIAL SERVICES CORP. H/N/C EASY MONEY, JOHN DOE Y RICHARD ROE

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cribe le notifica a usted que el 8 de diciembre de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de marzo de 2022. En Caguas, Puerto Rico, el 14 de marzo de 2022. Lisilda Martínez Agosto, Secretaria Regional Interina. Eneida Arroyo Vélez, Secretaria Auxiliar.

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REVERSE MORTGAGE FUNDING LLC. Demandante Vs.

SUCESION ROSA JULIA SANTANA RAMOS T/C/C ROSA SANTANA RAMOS COMPUESTA POR JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados Civil Núm.: CA2021CV00669. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EDICTO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: LA PARTE DEMANDADA, AL (A LA) SECRETARIO(A) DE HACIENDA DE PUERTO RICO Y AL PÚBLICO GENERAL:

Demandado Civil Núm.: CG2021CV01988. Sala: 801. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENCertifico y Hago Constar: Que TENCIA POR EDICTO. en cumplimiento con el MandaA: JOHN DOE Y RICHARD miento de Ejecución de SentenROE, O SEA, LAS cia que me ha sido dirigido por PERSONAS IGNORADAS el (la) Secretario(a) del Tribunal de Primera Instancia, Sala SuQUE PUEDAN SER perior de Carolina, en el caso TENEDORES DEL de epígrafe, venderé en pública PAGARÉ EXTRAVIADO. subasta y al mejor postor, por EL SECRETARIO(A) que sus-

separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y/o Giro Postal y Cheque Certificado, en mi oficina ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 20 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, todo derecho título, participación o interés que le corresponda a la parte demandada o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBAN: Residential apartment number Four “E” of rectangular shape located in LAGUNA GARDENS CONDOMINIUM II, which in turn is located at kilometer eight point two of state road number twenty six in the Ward Cangrejo Arriba, Municipality of Carolina, Puerto Rico, with a total private area of EIGHT HUNDRED EIHTY ONE POINT ZERO ZERO SQUARE FEET (881.00 S.F.) (gross), being its lineal measurements twenty four feet and six inches long, by twenty five feet and six inches. Bounded access and description as follow: by the NORTH, with apartment number four “F”; by the EAST, with garden and parking area; by the SOUTH, with apartment number four “D”; and by the WEST, with corridor of the floor. It main door has access to the corridor of the floor. Finca número 13,514 inscrita al folio 216 del tomo 355 de Carolina Norte, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección I. Propiedad localizada en: CANGREJO ARRIBA WARD, APARTMENT NO 4-E, LAGUNA GARDENS II CONDOMINIUM, CAROLINA, PR 00979. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas anteriores o preferentes: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Según figuran en la certificación registral, la propiedad objeto de ejecución está gravada por las siguientes cargas posteriores a la inscripción del crédito ejecutante: Nombre del Titular: N/A. Suma de la Carga: N/A. Fecha de Vencimiento: N/A. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad de la propiedad y que todas las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito ejecutante antes descritos, si los hubiere, continuarán subsistentes. El rematante acepta dichas cargas y gravámenes anteriores, y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se establece como tipo de mínima subasta la suma de $219,000.00, según acordado entre las partes en el precio pactado en la escritura de hipoteca. De ser necesaria una SEGUNDA SUBASTA por declararse desierta la primera, la

misma se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 27 DE ABRIL DE 2022, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, y se establece como mínima para dicha segunda subasta la suma de $146,000.00, 2/3 partes del tipo mínima establecido originalmente. Si tampoco se produce remate ni adjudicación en la segunda subasta, se establece como mínima para la TERCERA SUBASTA, la suma de $109,500.00, la mitad (1/2) del precio pactado y dicha subasta se celebrará en mi oficina, ubicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 4 DE MAYO DE 2022, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA. Dicha subasta se llevará a cabo para, con su producto satisfacer a la parte demandante, el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $125,646.51 por concepto de principal, más la suma de $12,207.92 en intereses acumulados al 31 de julio de 2021 y los cuales continúan acumulándose a razón de 3.73% anual hasta su total y completo pago; más la sumas de $5,107.04 en seguro hipotecario; $5,460.00 en tarifas de servicios; $328.00 en seguro; $525.00 de tasaciones; $200.00 de inspecciones; $933.50 en honorarios de abogado; más la cantidad de 10% del pagare original en la suma de $21,900.00, para gastos, costas y honorarios de abogado, esta última habrá de devengar intereses al máximo del tipo legal fijado por la oficina del Comisionado de Instituciones Financieras aplicable a esta fecha, desde este mismo día hasta su total y completo saldo. La venta en pública subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. Se notifica a todos los interesados que las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los (las) interesados (as). Y para su publicación en el periódico The San Juan Daily Star, que es un diario de circulación general en la isla de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, así como para su publicación en los sitios públicos de Puerto Rico. Expedido en Carolina, Puerto Rico, hoy 10 de febrero de 2022. HÉCTOR L. PEÑA RODRÍGUEZ, ALGUACIL PLACA #278.


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The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

In a surprise, Correa takes Twins deal By JAMES WAGNER

C

arlos Correa, the star shortstop who helped lead the Houston Astros to a now tainted 2017 World Series title, has found an unexpected home: the Minnesota Twins. Instead of landing the massive longterm deal that was once predicted for him, Correa agreed to join the rapidly rebuilding Twins on a three-year $105.3 million contract. The details of the contract were confirmed by a person familiar with the negotiations who was not authorized to discuss it publicly because it was pending a physical examination. While the deal is far smaller in length and total value than some handed out before the lockout, the benefits to Correa are clear: It has opt-outs after each of the first two years, allowing Correa to reenter the market as soon as next season, and it has an average annual value of $35.1 million. That supplants the deal Anthony Rendon of the Los Angeles Angels signed two years ago, which was previously the highest mark for an infielder. Only pitchers Max Scherzer ($43.3 million) and Gerrit Cole ($36 million), and outfielder Mike Trout ($35.5 million) have higher average annual values in their contracts than Correa, according to Cot’s Baseball Contracts. Before Correa’s new team officially announced his arrival, Correa changed the photo on his Twitter profile to one of Target Field, the Twins’ home stadium in Minneapolis. Correa, 27, joins a team that has been overhauled this offseason. After

an 89-loss 2021 season, the Twins’ front office remade the team’s infield by trading away Josh Donaldson and Isiah Kiner-Falefa to the New York Yankees for catcher Gary Sánchez and third baseman Gio Urshela. They also traded for starting pitcher Sonny Gray. And now the Twins have added the top-ranked free agent of this offseason, one of the best players in baseball. A cornerstone of an Astros infield that led the team to three American League pennants in five years, Correa had perhaps his best season in 2021. He hit .279 with 26 home runs and an .850 on-base plus slugging percentage, while also leading the major leagues in defensive wins above replacement, according to Baseball Reference. He won the AL Platinum Glove, an annual award given to the best defender in each league, regardless of position. While injuries slowed Correa at times throughout his seven years in Houston, he hit .277 with an .837 OPS and smashed 133 homers. He was a vocal team leader, living up to his hype as the first overall pick in the 2012 draft. Correa’s short and flexible contract in Minnesota stands in sharp contrast to the one Corey Seager got when he agreed to leave the Los Angeles Dodgers this winter. Seager, a more polished hitter than Correa who is a far less accomplished defensive player, landed a 10-year, $325 million deal with the Texas Rangers. The news of Correa’s departure reverberated through the Astros’ spring training facility Saturday morning. First baseman Yuli Gurriel, Correa’s team-

Carlos Correa won the A.L. Platinum Glove, an annual award given to the best fielder in his league regardless of position. mate for six years, said Correa was “very active” sending messages to Astros players on Friday night and that Correa was having trouble sleeping given the big decision on his plate. Gurriel said Astros players were surprised and they had hoped that Correa would return. He said he never imagined Correa would end up in Minnesota but he understood the business side of the sport.

“We’re going to miss him,” Gurriel said. “He helped me a lot here, not only on defense but with a lot of aspects that I needed to get better at, like sabermetrics.” Astros manager Dusty Baker said he heard the news from his wife Saturday morning. He said he didn’t want to talk about it much until Correa’s deal was officially announced, but he said, “It’s not very pleasant news if it’s true.”


The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

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A recipe for success: Pitching, depth and service By TYLER KEPNER

I

f you didn’t know better, you might have thought Billy Eppler changed sides. In September — just two months before joining the New York Mets for his second chance as a general manager — Eppler went to work for the William Morris Endeavor agency, his first outside job after two decades in major league front offices. In Eppler’s mind, though, the task was not much different from running a baseball operations department. “Where I’ve found that I get the highest return on my efforts is when people grow,” he said Thursday, in an interview at the Mets’ spring training complex in Port St. Lucie, Florida. “If someone feels better because of the contributions we’re making, I get a sense of purpose from that. And so all the jobs I’ve had since I’ve come into baseball have been that way.” The idea at William Morris, Eppler said, was to help develop players and guide them toward their goals. His most shining example of this is Shohei Ohtani, the two-way sensation who chose the Los Angeles Angels in December 2017 largely because he trusted Eppler’s vision for his career. The Angels fired Eppler in September 2020 after five losing seasons as their general manager, but last year Ohtani broke through as the winner of the American League’s Most Valuable Player Award. Ask Eppler about Ohtani, and he redirects his answer to another elite athlete. “There’s a video I watch about Michael Phelps, on my iPad, and it’s like my own kind of mindset video that just gets me in a good frame of mind,” he said. “And I watch it about Michael and his trainer and the work that they do, early in the morning, when he was accumulating gold medals like he was Pac-Man. And when you can play a role in that for a player — or for a young coach, a young scout, a young front office executive — man, that’s it. That’s where you feel good as a human.” The anecdote is telling for what it reveals about Eppler’s inspiration and for what it omits: any actual mention of Ohtani. Eppler would rather not dwell on his tenure with the Angels, the good or the bad. He did touch on the tragic: the 2019 death of pitcher Tyler Skaggs, caused by the opioid fentanyl.

Billy Eppler briefly tried out life as a player agent but he is back to running a team. And this one has a seemingly unlimited budget. A jury in Texas last month found Eric Kay, a former communications director for the Angels, guilty of conspiracy to possess with intent to distribute a controlled substance and conspiracy to possess with intent to distribute a controlled substance resulting in death and serious bodily injury. Several players testified that, like Skaggs, they had also received opioids from Kay. Since Skaggs’ death, MLB has implemented a testing and treatment program for players who abuse such drugs. “There are safeguards in place per Major League Baseball,” Eppler said. “Very thankful for those. No industry or sport was immune to it. And now, thankfully, between the league and the union, there’s levers in place that can help in that.” On the field, Eppler’s Angels teams were undone largely by poor starting pitching; no pitcher in his four full seasons qualified for the earned run average title with an ERA under 4.00. That should

not be a problem with the Mets if Jacob deGrom, Max Scherzer and Chris Bassitt are healthy atop the rotation. Scherzer and Bassitt — the latter acquired for prospects in a trade from Oakland on March 12 — are two of only eight pitchers in the majors with 35 starts and an ERA under 3.00 across the past two seasons. DeGrom was baseball’s best pitcher for 3 1/2 seasons until elbow trouble cost him the second half of 2021. “Look at that staff,” said Travis Jankowski, a speedy reserve outfielder who signed Thursday, marveling at the names in his new clubhouse. “I’m an oldschool guy — pitching and defense wins games, right? You look at our starters, and then you’ve got Francisco, you’ve got Robbie coming back, you’ve got Marte and Canha, you’ve got all these guys. From top to bottom, it’s a pretty darn good roster and I think everyone can agree with that.” Eppler inherited Francisco Lindor

and Robinson Cano, but added outfielders Starling Marte and Mark Canha and infielder Eduardo Escobar in free agency, giving the Mets depth in everyday-caliber players. They also have infielders Pete Alonso, Jeff McNeil and J.D. Davis, and outfielders Brandon Nimmo and Dom Smith. “It takes a lot of pressure off each individual guy,” Nimmo said. “Let’s take it from a scientific standpoint: We’re going West Coast, East Coast, night games, day games — there’s a good chance you break down at some point. Guys understand it’s better to have a day off now and then than it is to go all-out and be gone for two weeks. The game has changed a little bit in that way.” Eppler, a San Diego native who pitched at the University of Connecticut, was raised on traditional scouting principles with the New York Yankees, where he rose to become Brian Cashman’s top lieutenant. At 46, Eppler retains a curiosity about new ideas — “I value people’s ability to rethink things,” he said — and Nimmo said players have noticed. “He’s trying to bring a lot of different ways of thinking to the clubhouse and to the staff,” Nimmo said. “So if one guy is thinking one way, he wants to balance that out by bringing in someone that thinks a complete other way. He’s big on that, making sure there’s a lot of different kinds of input and hopefully one of those clicks.” From his years with the Yankees, Eppler knows one group is eager to give its input: New York fans. He said he has never forgotten his first game at Shea Stadium, in the scout seats behind the plate in 2005, surrounded by a kind of intensity distinct to Queens. Mets fans demand winning but retain an underdog’s edge — even with owner Steven A. Cohen’s billions — in a city they share with the Yankees. Eppler, who has settled in Long Island, said he is here to serve. “What do they want? They want to win, and they want to win a lot,” Eppler said. “Winning one year is great — but winning over a long period of time — wow, that is, like, satisfying. You can really fill the belly if you do that. So I try to approach the job like a duty and obligation to the fan. And I’m happy to be able to fight for this group.”


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The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

John Clayton, veteran NFL reporter who worked at ESPN, dies at 67 By EDUARDO MEDINA

J

ohn Clayton, a veteran NFL reporter who was nicknamed the Professor and who was noted for his detailed insights about teams, his football analysis and his concise game recaps for ESPN, died Friday. He was 67. Clayton died at Overlake Medical Center in Bellevue, Washington, said Mike Sando, a senior writer for The Athletic who was a friend of Clayton’s for decades. Clayton died “after a battle with a brief illness,” according to a statement from the Seattle Seahawks, who confirmed his death. He worked in the final part of his career as a sideline reporter for the team’s radio network. His journalism career spanned five decades, taking him from the print pages of The Pittsburgh Press, where he covered the Steelers in the 1970s as a teenager, to the studios of ESPN, where he became a fixture on the network’s shows and an icon of NFL reporting. Clayton, who sported rimless glasses and who had a crisp delivery, was known for his substantive reporting rather than any flashy, attention-getting style during his on-air appearances. “He brought an even-handedness and a fairness and a voice of reason to reports at a time when the kind of bombastic debate shows and less substantive, more entertaining forms of programming were becoming more popular,” Sando said. Clayton often joked that he “didn’t look like a TV guy,” Sando said, and told his friends that, in contrast to his more dashing television colleagues, he had kept the same haircut for more than 40 years. Of his look, Clayton told The New York Times in 2013, “I mean, you are what you are.” Throughout the decades, his love for the sport and for reporting was obvious, his colleagues said. When he was 17, he got a job with The Pittsburgh Press covering the Steelers when they were on the precipice of becoming a championship dynasty in the 1970s. He would go into the locker room, interview players and coaches and then

John Clayton in 2016. He often joked that he “didn’t look like a TV guy” and told friends that, in contrast to his more dashing television colleagues, he had kept the same haircut for more than 40 years. return home, forgoing the beer that his colleagues would enjoy afterward in the press box. In 1978, he wrote an article about the Steelers’ violating NFL rules when their players used shoulder pads during a minicamp practice — a revelation that he called Shouldergate and which resulted in the team’s losing a third-round draft pick. Clayton left the Press in 1986 for The News Tribune in Tacoma, Washington, where he met his wife, Pat, a sports reporter who covered bowling. At The News Tribune, he pioneered ways of covering the NFL, such as maintaining spreadsheets that tracked every player’s salary after the league introduced salary caps in 1994; calling all 32 teams every Friday to find out who had not attended practice; and contacting every stadium on game days to learn who the inactive players would be. “John pioneered the granular way in which the league is covered today,” Sando said. In addition to his wife, Clayton is survived by his sister, Amy. His obsession with football began

as a child. John Clayton was born May 11, 1954, in Braddock, Pennsylvania, about 10 miles southeast of Pittsburgh. His mother took him to Steelers games, a pastime that only intensified his adoration for the game. “Of course you can see my body — you can see I didn’t have the ability to compete on the football field,” he told USA Football in 2013. “It just wasn’t there. But I loved the game so much.” He graduated from Duquesne University in Pittsburgh in 1976 and embarked on his journalism career. In 1995, he joined ESPN. There, Clayton’s reporting prominence grew as he starred in weekly radio shows and hosted the “Four Downs” segment with Sean Salisbury, a former NFL quarterback. But his television stardom was not solidified until his appearance in what would become a memorable “This is ‘SportsCenter’” commercial. In the ad for ESPN, an anchor says: “It’s hard to find an expert more dedicated than John Clayton. He’s the consummate pro.” The scene shows Clayton delivering

his analysis on the air in a suit jacket and a tie and cuts away to reveal that he is wearing just the upper portions of both. He pulls the garments off to reveal that he’s wearing a sleeveless T-shirt with the name of thrash metal band Slayer. Then, he stands up in his room, which is plastered with posters, and lets loose a hidden ponytail. He jumps on a bed, yelling: “Hey, mom! I’m done with my segment!” He then eats noodles from a takeout container. The ad was a success. Clayton, however, had been hesitant to do the commercial, said Dave Pearson, chief communications officer for the Seattle Seahawks. Clayton told Pearson and Sando that he had built his reputation on serious reporting and did not want to tarnish that by appearing in a silly ad. “Are they going to laugh at me?” Sando recalled his friend’s asking. After the ad aired, however, it gave Clayton “a new level of celebrity that was totally unexpected,” and he cherished that, Sando said. Clayton’s career at ESPN ended in 2017 when he was one of several workers who were laid off by the network, according to The Sporting News. He joined radio station Seattle Sports 710 and worked for five seasons as a sideline reporter for the Seattle Seahawks Radio Network. This month, Clayton was reporting on what was then Russell Wilson’s expected trade to Denver. When asked by The Pittsburgh PostGazette in 2018 how long he planned to work, Clayton replied: “Until they plant me, I guess. I love this stuff.” Ed Bouchette, a former sports reporter for The Post-Gazette who is now a senior writer with The Athletic, said Clayton had been even more devoted to his wife, who has multiple sclerosis. He had an elevator built for her in their house and took her to Super Bowl games that he covered, Bouchette said. “She was in a wheelchair, and John would take her around everywhere,” he said. “It was kind of touching, I thought.” In 2007, he received the Bill Nunn Memorial Award, one of the highest honors for football reporters.


The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

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Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9

Crossword

Answers on page 38

Wordsearch

GAMES


HOROSCOPE Aries

38

The San Juan Daily Star

Monday, March 21, 2022

(Mar 21-April 20)

A new solar year begins for you, as the Sun enters your sign from today for a four week stay, Aries. You will feel your natural exuberance and energy coming back, and this, along with another dynamic tie, could see you set to make a bold move. It’s a time to focus on what is most meaningful. Don’t feel guilty about this, as you’ll benefit from indulging personal interests.

Libra

(Sep 24-Oct 23)

The Moon’s angle with Mars, hints that a relationship issue could come to a head, bringing an opportunity to clear the air. Perhaps you need to get something out in the open, or talk about your feelings for someone. Plus, with the Sun entering your sector of relating from today for around four weeks, romantic bonds may be enhanced. Your social life looks busy and exciting too.

Taurus

(April 21-May 21)

Scorpio

Gemini

(May 22-June 21)

Sagittarius

(Nov 23-Dec 21)

Capricorn

(Dec 22-Jan 20)

The coming four weeks provide an opportunity for reflection and insight, as the Sun dips into a more secluded sector. The days ahead can see you questioning certain assumptions, and perhaps deciding that it’s time to make a few changes or find closure. Another leading aspect could push you to move out of your comfort zone to explore opportunities that may be very good for you.

The Sun’s move into spontaneous Aries and your friendship zone, encourages you to mingle with others on your wavelength. Plus, your social life has extra sizzle over the coming day or so, as an upbeat influence puts the spotlight on a very promising event. You’ll have opportunities to network to your heart’s content, and some encounters could lead to promising associations.

Cancer

(June 22-July 23)

It’s time to embrace the spotlight, with the Sun entering a more prominent sector from today, for a four week stay. And though you can be quite modest about your achievements, this is not the time to hide your talents but to promote yourself, especially if you’re looking to further your career or secure a golden opportunity. Keen to move out of your comfort zone? Go for it!

Leo

(July 24-Aug 23)

(Oct 24-Nov 22)

As the solar orb moves into your lifestyle sector from today, it brings an opportunity to reflect on how happy you are. Keen to make life easier for yourself? This is your chance to do some reorganizing, Scorpio. In addition, you’ll be ready to take a bold step forward regards a creative hobby. This might entail showcasing your work, and perhaps creating a lucrative side-hustle.

There’s a shift to more leisurely activities from today and over the next four weeks, that can bring out your adventurous side. You’ll want to let off steam and might enjoy walking, hiking or any activity that burns up energy and leaves you refreshed. Romance becomes hotter and racier too. Plus, you’ll relish the chance for a change of pace, and the opportunity to do your own thing. Domestic matters move higher up your agenda, as the Sun enters Aries for the coming month or so. This looks to be a time of new beginnings, and you may be ready to start by throwing out everything that is cluttering up your space. But the coming weeks are also excellent for some self-care. Don’t dismiss this Capricorn, as you’ll benefit so much from being kind to yourself.

Aquarius

(Jan 21-Feb 19)

Has life been trying, Leo? The movement of the radiant Sun, your personal planet, into Aries and your travel zone, can help lighten the mood. This influence inspires you to go in search of excitement. It’s also a chance to learn a skill or get a qualification that could give your career or business a boost. You’ll feel good seeking out fresh opportunities and sparkling adventures.

As the Sun enters Aries and your sector of talk and thought, the coming four weeks can coincide with some interesting conversations that could clinch new arrangements, close deals and connect you with interesting people. Keen to get a website up and running or enhance your social media profile? You may be motivated to get started. Expect some exciting developments.

Virgo

Pisces

(Aug 24-Sep 23)

You’ll be drawn to look beneath the surface, and doing so could be very revealing, Virgo. The Sun’s move into Aries, puts the focus on key areas such as shared finances, business, close bonds and the potential for change and transformation. You’ll be ready to make some radical decisions that may move your life forward, especially in those areas where you’ve been stuck lately.

(Feb 20-Mar 20)

The Sun eases out of your sign and into Aries and your money zone, so you may be all fired up to give your finances a boost. Keen to earn extra cash? Then you might be motivated to start a side-hustle that will give you some leeway. As Mercury and Jupiter align in your sign, listen out for some good news or be alert for an opportunity that could be just perfect for you, Pisces.

Answers to the Sudoku and Crossword on page 37


Monday, March 21, 2022

39

CARTOONS

Herman

Speed Bump

Frank & Ernest

BC

Scary Gary

Wizard of Id

For Better or for Worse

The San Juan Daily Star

Ziggy


40

Monday, March 21, 2022

The San Juan Daily Star


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