Negocios el leg timo uso del conocimiento

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NEGOCIOS El legítimo uso del conocimiento

Es legal aprovechar las experiencias y la capacitación previa al ejercicio de nuevas acciones empresariales

Rodrigo Marín Vilchis

DESARROLLO GERENCIAL DERECHO - INFORMÁTICA


NEGOCIOS EL LEGÍTIMO USO DEL CONOCIMIENTO Es legítimo el uso de las experiencias y la capacitación previa al ejercicio de nuevas acciones empresariales Rodrigo Marín Vilchis

DESARROLLO GERENCIAL DERECHO – FILOSOFÍA INFORMÁTICA


NEGOCIOS. EL LEGÍTIMO USO DEL CONOCIMIENTO. (LA LEGÍTIMA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO) Análisis, comparación, propuestas, motivación, aplicación y recomendaciones a la gestión del conocimiento en negocios Septiembre de 2011. México, D. F. Rodrigo Marín Vilchis Instituto nacional de Derechos de Autor No. de Registro: 03-2011-082612300500-001 Derechos Reservados © Fotografías, portada y diseño editorial Rodrigo Marín Vilchis Imagen de la portada WTC D.F. Rodrigo Marín Vilchis marinvilchis@gmail.com Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra sea cual fuere el medio , electrónico o mecánico, sin consentimiento escrito del autor




Dedicatoria

A la memoria de mi padre y de mis abuelos quienes usaron la informaci贸n de su trabajo de modo honesto e intachable



Agradecimientos Haciendo eco a las palabras de Vargas Llosa, y adaptando su mensaje al recibir el Premio Nobel de Literatura 2010, agradezco su compañía y patrocinio a mi esposa: “Sin ella, mi vida se hubiera disuelto hace tiempo en un torbellino caótico y no hubieran nacido mis hijas que nos prolongan y alegran la existencia”. Además, ella ha sido la mejor de las maestras, la mejor de las madres, la mejor de las amantes y la mejor de las esposas. De igual modo agradezco a Elisa, a Carmen y a Pilar su ayuda para realizar este trabajo.



PRÓLOGO Conocí a una mujer huérfana de padre, quien había aprendido a trabajar la siembra y cosecha de café, maíz y frijol. Colaboró en el oficio con su madre que era viuda, con sus hermanos y con hermanas. En ese entonces y por esos rumbos, cuando las niñas tenían alrededor de los trece años, sus familiares se ponían de acuerdo con otras personas de su comunidad y les ordenaban casarse. Una de sus hermanas se casó en estas circunstancias y a los quince años la niña andaba cargando un chamaco y ayudando en lo cafetales de sus suegros. La costumbre social ordenaba que la mujer pasara directamente a la familia política. Las buenas costumbres inculcadas por su madre no permitían la crítica. Más aún, desde el día del matrimonio los suegros pasaban a ser papá y mamá. Pero la persona que conocí se dio cuenta cómo su hermana trabajaba mientras traía al niño envuelto en el reboso a la espalda. Una ocasión escuchó decir que sus familiares no le daban dinero y andaba descalza. (“Al menos yo tenía sandalia de hule”, decía con reclamo y angustia mi conocida). La señora de quien hablo tenía catorce años. Llegaron unas personas a su casa. Su madre la llamó para que aceptara casarse. Para sorpresa de todos ella se negó rotundamente. Todos sus familiares se molestaron con ella. Le hicieron reflexionar en el desaire que había causado a los visitantes. Hasta le culparon supersticiosamente haciendo referencia al mal que su desprecio le traería a la familia. Por este hecho sus hermanos la amenazaron: “Como no se quiere casar, ahora va trabajar como hombre, va cosechar con machete, va a cargar bultos, va a lavar el grano y lo va a ir a vender”. Y así lo hizo. Trabajó en la producción de pinole hasta que un día propuso a su familia ir a Oaxaca a aprender español para poder comunicarse mejor con las personas que compraban


el grano. Logró ir a la ciudad en compañía de algunas compañeras. Fue a la escuela rural y de ahí se fue a México. Han pasado más de cuarenta años en los que la gente se ha sorprendido cómo una mujer que ni siquiera hablaba español y sin nunca haber visto una plancha, tenía la capacidad de aprender con una sola lección y de trabajar de modo tan tenaz y eficiente. “Para mi era muy fácil pasar el trapeador o barrer, comparado con la dura vida del campo”. Hoy sus hijos han estudiado una profesión, trabajan y son gente de bien. Me aleccionó mucho su ejemplo. Por un lado los que nos quejamos de no tener dinero creo que no tenemos ni idea de lo que hablamos. Queda claro que a veces las circunstancias que nos envuelven pueden influir en nosotros pero este caso ejemplifica muy bien que todos contamos con la libertad de elegir el tipo de vida que queremos y si aprovechamos cualquier experiencia, es decir, gestionamos adecuadamente el conocimiento, por muy poco letrados que seamos, todos estamos en condiciones de aprovechar algunas ideas brillantes que nos brinden la oportunidad de prosperar constantemente. El autor


ÍNDICE ANTECEDENTES………....................................................9 Capítulo 1 CONCEPTOS RELACIONADOS..............................................................13 Capítulo 2 COMPARACIÓN EN ALGUNOS SISTEMAS JURÍDICOS.........................................................................25 Capítulo 3 PROPUESTAS E IDEAS PARA LA ECONOMÍA DEL USO DEL CONOCIMIENTO....................................45 Capítulo 4 MOTIVACIONES PARA EL CORRECTO USO DEL CONOCIMIENTO...............................................................53 Capítulo 5 RECOMENDACIONES A LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO APLICADA A NEGOCIOS.........................................................................61 NOTAS…………………………………………………....67 GLOSARIO DE TÉRMINOS PÁGINAS ELECTRÓNICAS BIBLIOGRAFÍA



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ANTECEDENTES

Bóveda del Kiosco Morisco, D. F. La semejanza arquitectónica a otras obras no demerita su originalidad

“El uso de la capacitación y experiencia previa en aprovechamientos ajenos a las fuentes es permitido en nuestro marco jurídico” 9


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Es claro que cualquier organización se fundamenta en la aplicación de los conocimientos previos. Pocos inventan “el hilo negro”, la mayoría no hacen más que perfeccionar las virtudes de sus competidores. ¿Es posible aprovechar la experiencia previa adquirida en otros lugares y darle un uso lícito a la técnica y capacitación adquirida en otro lado sin cometer acciones ilegales? ¿Qué hay de los convenios de confidencialidad? ¿Hasta qué punto restringen el uso d de la experiencia adquirida? Para responder a estas interrogantes y dar un enfoque preciso de las intenciones de este tratado, vamos a comenzar con un par de reflexiones de relacionadas a la dedicatoria de este libro. Se dice que mi abuelo custodió la caja de un comercio por décadas. Su exageración llegaba al punto que había quien se burlaba diciendo que informaba al detalle hasta la cantidad de gotas de tinta que usaba la pluma fuente para entregar sus cuentas. En su casa nunca hubo deudas y siempre alcanzó para lo necesario. Alguien más, después de trabajar durante años en una gran corporación, puso en marcha una microempresa. Aprovechó toda su experiencia de manejo de personal, conocimientos y habilidades técnicas. Nunca hizo sombra a sus patronos previos. Tampoco malversó las relaciones de quienes trató como proveedores anteriores. El ejemplo de estos personajes me ha impulsado a ponderar en este escrito que el deber ser y la honestidad es signo y guía inequívoca de legalidad. A este camino convergen todas las leyes, este es el espíritu mismo de los códigos que regulan la gestión del conocimiento. Pero no debemos olvidar que el conocimiento adquirido previamente se puede aprovecharse de modo 11


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legítimo y respetuoso. Es cierto que la ciencia es patrimonio de la sociedad y puede ser explotada para el beneficio de todos pero siempre deben de ser respetados los límites legales. En los próximos capítulos se describirán algunos conceptos relacionados al tema como lo es la información, el código de Ética, el secreto profesional, el marco legal y el conflicto de intereses, términos frecuentemente utilizados al referirse a la gestión del conocimiento o uso de la información. También se hará referencia a algunos ordenamientos vigentes como lo es la legislación penal, civil, de comercio, de derechos de autor y la laboral para determinar bien el principal marco jurídico. Esta aplicación conceptual de los sistemas de leyes nos dibujará un panorama vigente en México en el que podremos contemplar juntos un horizonte abierto para hablar de propuestas, aplicaciones reales y recomendaciones para cualquier tipo de negocio. Lo que se busca es motivar la iniciación de negocios y actividades empresariales aprovechando la instrucción, prácticas y ciencia adquirida con anterioridad sin que por ello se originen consecuencias jurídicas negativas o perjudiciales. Descubra en este libro lo límites legales de la información y del conocimiento previamente adquirido. Que este trabajo, producto del esfuerzo de tantas investigaciones preliminares, sea un atajo para aquellos interesados en aprovechar de modo seguro y limpio, las experiencias y capacitación previa. El autor 12


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Capítulo 1 ACLARANDO CONCEPTOS RELACIONADOS

Atardecer en el cerro Cayutla, Estado de México La luz artificial intenta asemejarse a la natural sin perjudicarla

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El objetivo de este estudio consiste en analizar los límites que circundan la gestión del conocimiento o uso de la información. Es conocer las fronteras legales y las interpretación más comunes. Este es el principal argumento explicar que la aplicación de las enseñanzas previas puede ser legítima. Por ello, hemos elegido hacer la exploración de algunos conceptos intrínsecamente relacionados que complementan y clarifican la frontera del uso del conocimiento. USO DEL CONOCIMIENTO Es el uso de la ciencia, educación, capacitación técnica y habilidades desarrolladas de modo previo y aplicado a nuevos entes. También se le conoce como “la transferencia del conocimiento y la experiencia previa para ser aplicada en otras empresas”. Es como un almacén de datos y habilidades intelectuales susceptibles de ser puestos en marcha en diversas áreas. Desde el punto de vista de la administración, los instrumentos de la gestión del conocimiento son la recopilación, la comunicación y los procedimientos para hacer uso del conocimiento. Identificar y organizar el conocimiento existente tiene la ventaja de facilitar la toma de decisiones y reducir los riesgos. Además simplifica la creación de nuevo conocimiento. La experiencia propia no siempre se puede compilar en todos sus detalles y transferir el conocimiento tiene sus dificultades. Para ello se puede hacer uso de diversas herramientas como por ejemplo, las juntas, registros, estadísticas, valoraciones, cursos de capacitación y otros. La transferencia del conocimiento también abunda temas como la velocidad de la conectividad, los ciclos de 15


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desarrollo, la sobrecarga de la información, la minería de datos, los ejecutivos del conocimiento, las memorias corporativas que engloba el material de referencia, la documentación, las herramientas, procesos, estructuras de organización, actividades, productos, y participantes, así como las capacidades, conocimientos técnicos, registros y resultados. LA INFORMACIÓN O CONOCIMIENTO EN SÍ MISMO Se relaciona al Derecho, particularmente al Corporativo e Informático, en virtud de que los conocimientos empresariales son susceptibles de ser protegidos, custodiados y desarrollados en un marco legal establecido que más adelante se precisa. El concepto de información en el sentido de este trabajo, proviene del Latín Informatio-onis, y significa comunicación o adquisición de conocimientos que permiten ampliar o precisar los que se poseen sobre una materia determinada. También se refiere a los conocimientos comunicados o adquiridos, en este trabajo nos referiremos principalmente a los segundos. De igual manera las reglas para el acceso a la información ha cambiado tangencialmente. Uno de los motivos es porque los medios de comunicación son cada vez más revolucionarios. Permiten el conocimiento de más información con esfuerzos cada vez menores. Las cámaras digitales, los sistemas audio visuales en miniatura, los localizadores, los sistemas inalámbricos, por redes satelitales, entre otros, han permitido cada día un mejor acceso a la información y transmisión de los datos. Las fuentes para la obtención de la información también se han multiplicado. Debemos notar que hay un especial acceso que 16


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tienen los proveedores, los empleados, los accionistas y los consumidores. La fuente de información a la que pueden allegarse los proveedores consiste, por ejemplo, en tener conocimiento de las características de los pedidos. Así los proveedores pueden advertir algunos elementos de la materia prima con que se elabora un producto. Por ejemplo, se pueden apreciar las características del aceite vegetal que emplea una marca determinada pero e más difícil saber las cantidades exactas para la elaborar de ese producto. Sin embargo, la convivencia cotidiana con los compradores, la interrelación con otros proveedores y el contacto con diversos empleados de la empresa pueden generar información aproximada y no necesariamente es objeto de sigilo. De igual modo, para realizar cualquier oficio es necesario el conocimiento, que en este trabajo es el sinónimo de capacitación. Por ejemplo, en una carpintería, es importante conocer los materiales básicos para la elaboración de un mueble. Es necesario conocer de medidas, dimensiones y modo para ensamblar. Sin estos conocimientos fundamentales no sería posible producir los objetos deseados. En resumen, se afirma que la información puede provenir del conocimiento generado por el contacto con la empresa. El saber en este enfoque, puede identificarse plenamente y abarcar otros aspectos. En referencia a las estrategias de negocio, puede comprender las capacidades de producción, los planes de productos, la tecnología y las fórmulas, entre muchos otros. También puede englobar lo relativo a la propiedad intelectual de la empresa, que es representada esencialmente por los procesos de fabricación, sistemas de información y esquemas de 17


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comerciales. Hay quien piensa que deben de ser incluidas, además, la información financiera, los productos y el personal. EL CÓDIGO DE ÉTICA La palabra código, proviene del Latín CODICUS, CODICULUS, que significa el conjunto de normas legales sistemáticas que regulan unitariamente una materia determinada. También se define como la recopilación sistemática de diversas leyes, o conjunto de reglas o preceptos sobre cualquier materia. La palabra Ética, proviene del Latín Ethĭcus y esta del griego ἠθικός que significa la parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. A su vez, la moral significa que es perteneciente o relativo a las acciones o caracteres de las personas, desde el punto de vista de la bondad o malicia o que no concierne al orden jurídico, sino al fuero interno o al respeto humano. Este concepto se ha modificado al paso de los años y las costumbres. Por ejemplo, la forma de vestir y las impresiones gráficas han tenido parámetros de censura muy distantes. Lo que a principios del siglo XX era inmoral en nuestra época es una manera cotidiana de vestir y más aún, puede llegar a ser una moda como lo ha sido el uso de los tatuajes. En este sentido es importante pormenorizar el concepto de Ética propuesto y delimitarlo a este trabajo, a fin de enmarcar correctamente el enfoque de este escrito. El Código de Ética se identifica como el conjunto de reglas que detallan y delimitan las acciones de las personas relacionadas con una empresa. Tiene que ver con la moral y los valores. Existen otras conductas éticas aprobadas por la 18


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sociedad como lo es la relación con los proveedores deben buscar únicamente los beneficios correspondientes a la misma negociación de que se trate, sin obtener otras ventajas a costa de la asignación de contratos, por la adquisición de bienes y/o servicios. Además la publicidad y las promociones deben estar basadas en la verdad y presentarse en forma clara y que las comparaciones con la competencia deben usar términos exactos, sin calificativos, referirse a los hechos y evitar comentarios despectivos u ofensivos. Para cada práctica de negocios se deben de evitar los gastos innecesarios, pero se debe tener presente el ideal a desarrollar de manera competitiva y ventajosa para la propia empresa. Por eso todos los colaboradores, de cualquier nivel, tienen el deber de cumplir los reglamentos vigentes en cualquier materia, como pueden ser los aspectos productivos, de proveeduría, fiscalización, comercialización, gestión administrativa, así como los relacionados a la operación o a los procesos productivos de la Empresa. Evidentemente deben de ser omitidos los pagos indebidos a cualquier tipo de autoridad. Es necesario abstenerse de participar en cualquier tipo de actividad que pueda entenderse tácita o expresamente como corrupción. Además de cumplir las leyes locales, el ideal ético debe ser también, respetar en lo posible las costumbres y prácticas locales moralmente aceptadas mientras no sean opuestos a los valores, la cultura y los derechos. Por eso, en general, cada empresa determina las conductas que pueden perjudicarles y que pueden relacionarse con otros valores como lo es el bien común y la solidaridad. Podemos decir que las reglas éticas detallan y delimitan las acciones de las personas relacionadas con una empresa en función de la moral y los valores de la misma.

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EL SECRETO PROFESIONAL Esta figura es la que custodia la información. Cuando se hace referencia al secreto profesional, se relaciona al deber que tienen los miembros de ciertas profesiones, como es el deber de los médicos, de los abogados, de los notarios o psicólogos por mencionar algunos. Se trata de no descubrir a tercero los hechos que han conocido en el ejercicio de su profesión. El secreto profesional es un término que señala reserva de la información, confidencialidad, información necesaria, generada, requerida o suministrada en el ejercicio de u oficio. La información de los negocios que no es pública, puede ser conocida por los empleados en sus actividades. De ordinario se debe ocultarse a extraños para evitar que su divulgación otorgue probables ventajas competitivas. Además, debe de ser custodiada la información confidencial de los mismos colaboradores, clientes o consumidores. En el deber ser, tampoco se debe divulgar ni hacer uso de la información confidencial de los anteriores patronos a no ser que se trate de algún delito o ilícitos pues de lo contrario podría afectar la honra personal o su fama pública. Es recomendable evitar situaciones en las cuales puede llegar a revelarse información de manera accidental, por ejemplo, leer o comentar información confidencial en lugares públicos o dejar información privilegiada o confidencial sin la adecuada supervisión. Así conversar telefónicamente o usar la computadora portátil en público son riesgos de fuga por indolencia ya que la información puede ser captada por terceras personas. De 20


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igual modo comentar secretos comerciales en conferencias industriales o en la vida privada con los propios vecinos o con otros terceros se debe de evitar. Por estos motivos varias empresas recomiendan celebrar contratos de reserva de información supervisados tanto por los departamentos legales como los de seguridad 1. Más adelante puntualizaremos la legitimidad del uso de ese conocimiento como experiencia personal siempre y cuando ni se revele la fuente ni se provoque ningún conflicto de interés. Existe el secreto profesional que es definido y delimitado por la ley que desde esta óptica tiene diversas interpretaciones y consecuencias. Para este trabajo podemos definir el secreto profesional como “el resguardo de la información obtenida con motivo de las actividades de oficio”. Así los médicos deben de mantener la reserva de la información exclusivamente al paciente y a sus familiares según el juramento de Hipócrates, pues de lo contrario podría poner en riesgo, por ejemplo al revelar una afección de origen sexual, el prestigio del paciente ante los ojos de los demás. El abogado al defender a una persona, no puede dar a conocer las causas ni los pormenores de los delitos cometidos por su cliente sin la autorización de éste, de otro modo podría perjudicar el procedimiento y acarrearle consecuencias jurídicas innecesarias. El representante de una empresa está obligado a no dar a conocer ni los presupuestos, gastos de administración ni acuerdos internos sin autorización de sus patronos, pues si llegase a hacerlo podrían generar rezagos comerciales graves.

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La información confidencial de los competidores sólo debe ser obtenida y utilizada si es pública o si el propietario consiente expresamente su revelación. La contratación de colaboradores o de ex colaboradores de un competidor con fines de obtener información confidencial, tal como estrategias de negocio, capacidades de producción, planes de productos, tecnología, fórmulas, es una conducta reprobable pero es legal cuando los fines de “maquila” son genéricos y cuando excluye tener acceso a conocimientos que pudieran propiciar conflicto de intereses. EL MARCO LEGAL La palabra legal proviene del Latín Legalis y se refiere a lo prescrito por Ley y conforme a ella. También se relaciona con lo perteneciente o relativo a la ley o al derecho. En otras acepciones quiere decir lo verídico, puntual, fiel y recto en el cumplimiento de las funciones de su cargo. El término hace referencia a las leyes positivas aplicables, a las prácticas de negocio y a la protección industrial de marcas y procesos. El límite de la ley es la referencia permitida por las autoridades y delimitan lo lícito de lo prohibido, diferencian lo legal del delito. El marco legal puede ser exhaustivo según las modalidades legales del lugar pero puede restringirse las acciones obligatorias por decreto de las autoridades. Así no todas las normas son obligatorias, pues puede darse el caso de circunstancias concurrentes o supletorias. Prueba de ello es que existen leyes que no coaccionan las disposiciones y además es tangible el Derecho de interponer e impugnar recursos legales en contra de la sanción de diversos actos de la autoridad como lo dispuesto por el Código de 22


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Procedimientos Administrativos y habla 2 de los recursos de nulidad, anulabilidad y revocación de los actos administrativos La protección de los derechos debe de ser proporcional a la confidencialidad de la información suministrada. La custodia y preservación de los activos de cada empresa debe de ser responsabilidad de todos los miembros que la conforman. Los bienes de cada empresa son los edificios, camiones, maquinaria o mobiliario, así como también los planos, diseños, fórmulas, procesos, sistemas, tecnología, dibujos, estrategias de negocio, planes de lanzamiento de productos, campañas promocionales, marcas, procesos de fabricación, sistemas de información y esquemas de comercialización, la información financiera, de productos y del personal. Cada miembro tiene el deber de cuidar sus propias encomiendas y es recomendable informar a las autoridades sobre situaciones que puedan conducir a la pérdida o al uso indebido de los bienes, así como la protección de las marcas. Además tiene el deber de apegar su conducta y sus actividades siempre a la ley de manera integral y conforme al espíritu y forma de la legislación vigente en cada región en donde se encuentre y cumplir de manera puntual y honesta con el pago de todos los impuestos que correspondan. El marco legal está conformado por el conjunto de leyes que rigen las acciones, en este caso, todo lo relativo a la empresa. Incluye las leyes positivas de todos los órdenes y se restringe a las disposiciones de las autoridades civiles. Excluye las políticas internas y las recomendaciones o estándares de diversos organismos.

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EL CONFLICTO DE INTERESES Es la contraposición entre los intereses personales y los de la empresa. Algunas empresas han determinado la obligación de declarar cualquier interés financiero o no financiero de los empleados que pueda influir en su desempeño en el trabajo, so pena de ser una causal de terminación de la relación laboral. Se restringe en este mismo rubro el uso del equipo, materiales o recursos propiedad de las empresas para cualquier tipo de actividad que no tenga relación con el trabajo. La relación con los familiares no debe de afectar ni el desempeño del trabajo ni la relación laboral. Para ello se debe de excluir la relación subordinada o de interdependencia. Las autoridades deben de vigilar su cumplimiento y los interesados también deben de informarlo. En otras palabras, el beneficio propio en función del desarrollo personal puede traer consigo conflicto de interés. La importancia de este capítulo radica en la delimitación del conflicto de interés en el contexto de estudio. Se puede decir que hay conflicto de interés, en el sentido de esta investigación, existe este conflicto cuando hay contraposición entre los intereses personales y los de las empresas o entre empresas entre sí.

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Capítulo 2 COMPLEJA COMPARACIÓN EN LOS SISTEMAS JURÍDICOS

Repiquete de pájaro carpintero en un tronco Es lícito horadar el conocimiento para afilar la vida 25


No se debe renunciar a la experiencia y capacitación adquirida por años o décadas. Es legítimo el uso del conocimiento previo al ejercicio de nuevas acciones empresariales. Sabemos que la información de las corporaciones está reglamentada y protegida en diversas materias del derecho. En este libro explicamos de modo sencillo cómo aprovechar el conocimiento respetando la ley. RODRIGO MARÍN VILCHIS realizó sus estudios en la Universidad de Santo Tomás de Roma. Humanista, filósofo y jurista, se ha dedicado a la docencia, al estudio y al litigio. Este trabajo es el complemento y adaptación de investigaciones oficiales.


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