Boletin contabilidad

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Boletín del Programa de

Programa Profesional de Contabilidad

Contabilidad Año 1 | Boletín Nº 1 | Agosto 2013

Pymes desconocen aplicación de Normas Internacionales de Información Financiera Por: Prensa UCSP

Sólo el 9% de contadores están capacitados para la aplicación de estas normas. Pese a que el 97% de empresas en Perú son pequeñas y medianas (Pymes), éstas desconocen la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). En consecuencia, los estados financieros de estas empresas son confusos y se hace difícil la toma de decisiones, así lo explicó el CPCC, Luis Castro Sucapuca, docente de la Universidad Católica San Pablo. El docente del Programa Profesional de Contabilidad fue ponente en el Seminario Internacional sobre las NIIF realizado en la Universidad de Santo Tomás de Colombia. Allí se trató sobre la aplicación de las NIIF en Latinoamérica. Participaron ponentes de Colombia, El Salvador, Venezuela y Panamá.

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El docente indicó que las NIIF deben ser aplicadas en todas las empresas, incluidas las Pymes, pero esto no sucede ya que hay un desconocimiento de estas normas por parte de los contadores. El 91% de estos profesionales en Arequipa desconocen cómo se aplican estas normas. “Estamos generando un problema, que la información financiera no sea confiable, así tampoco la valorización empresarial. En la actualidad, los contadores buscan cumplir con la SUNAT, enfocándose en el aspecto tributario y descuidan la información. Entonces las decisiones se toman en base a una información no real”, señaló. Luis Castro Sucapuca detalló que cualquier empresa que cotice en Bolsa debe publicar su información cada 3 meses, de acuerdo a las NIIF. Sin embargo, las Pymes solo dan

información por año a la SUNAT, generando un vacío pues ninguna entidad las controla para que se adecuen a estas normas. El Consejo Normativo de Contabilidad obliga al uso de las NIIF desde 2011. Las Pymes debieron adecuarse desde junio último. Con la aplicación de las NIIF la información de una empresa será más transparente. Estas normas son como el lenguaje mundial de la información empresarial, las NIIF se aplican en más de 130 países. Acorde a las tendencias mundiales, el Programa Profesional de Contabilidad de la UCSP incorporó la enseñanza de las Normas Internacionales desde el primer semestre de estudio y durantetoda la carrera. De este modo, se está formando contadores con una visión global.


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Más allá de la investigación Por: CPC Lucía Escobedo Giraldez Cuando oímos la palabra investigación, podemos imaginar una persona llena de libros, mirando hoja tras hoja tratando de encontrar respuesta a una pregunta previa que se hizo. En el hombre siempre ha surgido el deseo de cuestionarse sobre lo que hace, lo que piensa, lo que mira y siente. Esas preguntas pueden ir desde la más sencilla hasta la más compleja; sin embargo, ha marcado la pauta para iniciar con una investigación. La investigación es una actividad humana orientada a la obtención de nuevos conocimientos y su aplicación para la solución de problemas e interrogantes. ¿Cuándo podemos decir que se inicia el conocimiento de los seres humanos? El conocimiento inicia desde los primeros años de vida, tiene el aspecto de un cono: siendo el vértice el inicio del aprendizaje, a medida que vamos avanzando, creciendo y desarrollándonos, el cono irá expandiéndose cada vez más. De tal forma que la distancia que hay entre un extremo y otro sea cada vez mayor. Desde que iniciamos la vida universitaria y ya desde el colegio, debemos iniciar con una actitud abierta y positiva hacia la investigación. Tras la investigación propiamente dicha existe un significado mayor: generar un cambio en la sociedad, que empezará por

nosotros mismos, al comenzar a escudriñar sobre temas que son importantes y enriquecedores para el buen desempeño de nuestra profesión. El profesional de hoy tiene un gran reto: ser líder, una persona que con sus actos, muestre una formación en valores y ética. El líder tiene el deber de generar el cambio positivo, en una educación basada en la investigación, en obtener datos propios, adquiridos a través de la lectura. El gran objetivo cuando uno inicia la carrera profesional es el momento tan anhelado de la graduación. Pero para poder llegar a eso, uno tiene que haber realizado un paso previo que es la “sustentación de una tesis”; es decir, realizar un trabajo de investigación para demostrar un argumento. ¿Debemos preocuparnos de eso cuando lleguemos al último semestre? Los retos de este siglo es la superación constante de uno mismo, aprender cada día algo nuevo para desarrollar nuestro conocimiento; sólo generando el cambio de uno podemos iniciar con el cambio de nuestra sociedad y país. El futuro de un país está en su juventud, debemos formarnos para ser los líderes del futuro, personas que se destaquen por su ejemplo y por el grado de conocimiento que lleven.

La mediocridad de un país está marcada porque la gente quiere ser siempre la misma de ayer, y no desea aprender más para ser mejor. La respuesta a la pregunta ¿debemos preocuparnos de eso cuando lleguemos al últimos semestre?, es NO; es ahora que debemos preocuparnos no solo por la tesis, sino también por no dejar pasar un día sin aprender algo más. Se el cambio que quieres para tu país, y el buen futuro de ese país estará asegurado.

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Wikipedia, 2013. Investigación. https://es.wikipedia.org/wiki/Investigaci%C3%B3n Wordreference, 2013. Tesis. http://www.wordreference.com/definicion/tesis

Cronologia de la implementación de los libros electrónicos vinculados a asuntos tributarios Por: CPCC Luis Castro Sucapuca Hace algún tiempo, los estudiantes de contabilidad aprendíamos los tipos de libros contables, si el libro es de folios simples o folios dobles, la forma de llevar el libro caja italiana o tabulada, el rayado del libro diario, mayor, y el de todos los libros de contabilidad, haciendo referencia en algunos casos al Código de Comercio y, en otros, a la Ley General de Sociedades;podríamos decir que fue la época de la Contabilidad Manual aquella que requería tiempo para formular los Estados Financieros. Pero con la aparición de los sistemas informáticos esto toma otro rumbo. La contabilidad computarizada toma protago-

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nismo, atrás quedó el rayado de los libros y el de los libros empastados comprados en la librería. Ahora la contabilidad se realiza en hojas sueltas y los resultados son mucho más exactos, y permiten formular Estados Financieros de acuerdo a la necesidad de la empresa (en cualquier momento). Pero ¿cuántos podemos tener un programa de contabilidad? ¿Cuántos estamos familiarizados con el uso de la computadora? Sin temor a equivocarme, estoy seguro que no todos tenemos el tiempo y la aptitud de reinventarnos y pasar a esta nueva etapa, algunos aún consideramos que todo tiempo pasado fue mejor incluida la contabilidad manual.

Sin embargo, en el año 2006, la Administración Tributaria emite la Resolución de Superintendencia N° 2342006/SUNAT que establece las normas referidas a los libros y registros vinculados a asuntos tributarios; la misma que, al margen de los requisitos formales como legalización, empaste, pérdida de libros, entre otros, establece la obligación de llevar los libros en formatos mínimos. Para citar un ejemplo, el Libro de Caja tiene dos formatos, el Registro de Activos Fijos cuatro formatos, el Libro de Inventarios y Balances más de quince, etc. ¿Qué pasó con el rayado de los libroscontables? La respuesta: fueron remplazados por


formatos, todos los libros tienen formatos, Caja, Diario, Mayor, Inventarios, etc.; una nueva era de libros contables, “los formatos”, siempre que estén “vinculados a asuntos tributarios”. Las normas vinculadas a libros no quedaron estáticas. La Administración Tributaria publicó la Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT, la que dispone la implementación del llevado de determinados libros y registros vinculados a asuntos tributarios de manera “electrónica”, vigente a partir de julio de 2010. La incorporación a este sistema es de manera voluntaria; quedaron atrás los formatos, ahora pasamos a la era de las estructuras de libros contables electrónicos. Por último, el año pasado se

publicó la Resolución de Superintendencia N° 248-2012/SUNAT, instando a los Principales Contribuyentes a generar sus libros y registros contables de manera electrónica. Menudo problema para aquellos que nos resistimos a llevarlos en formatos u hojas sueltas, ahora requerimos un ordenador, además de un programa que SUNAT diseñó para validar la información de los libros denominado PLE – Programa de Libros Electrónicos (que no es un softwarecontable). Una nueva era ha dado inicio. Los primeros Registros a llevarse electrónicamente fueron el de Compras y Ventas; y desde junio de 2013 le tocó al Libro Diario, al Libro Diario en Formato Simplificado y al Libro Mayor.

Tenemos ahora nuevos retos como estudiantes y profesionales contables. Esto demuestra que nuestra profesión es dinámica y está en constante innovación, aprovechando en todo momento los adelantos tecnológicos; ojo, los cambios no solo están en el ámbito tributario, el próximo reto es la implementación de la herramienta XBRL (Extensible Business Repor ting Language; traducido: Lenguaje Extensible de Informes de Negocios), para la elaboración y presentación de información financiera. Estoy seguro que pronto estaremos hablando de este nuevo reto, para que nos encuentre, como siempre, listos.

Percepciones: ¿forma de recaudación o impuesto? Por: CPCC Giovanna García Jarufe Debido a la existencia de algunos grupos informales con problemas de evasión tributaria del IGV, la administración tributaria recurre a ciertas empresas para que realicen la labor de control. A este mecanismo la doctrina denomina “prestaciones tributarias legalmente exigibles entre particulares” (Bravo Cucci 2005, citado en Gáslac 2013). El incumplimiento es sancionado con una multa equivalente al 50% de la percepción no retenida. Tanto la designación como la exclusión de dicho régimen se efectúan por decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, previa opinión técnica de SUNAT. El padrón de las empresas elegidas está publicada en la página web de SUNAT; siendo estas empresas las únicas que pueden efectuar la percepción. En cuanto a los productos por los que se efectúa la percepción, estos están detallados en el apéndice Nro.1 de la Ley 29173, apéndice que puede ser modificado por Decretos Supremos. El 14 de mayo del presente año, se publicó el Decreto Supremo N° 0912013-EF que incorpora nuevos bienes a la lista, y modifica los numerales del 15 al 18. En el D.S en mención, también se designaron y excluyeron a algunas empresas del sistema de percepciones; esta norma entró en vigencia desde el 1 de julio del presente año. Entre los productos incorporados al sistema podemos mencionar al chocolate, los productos lácteos con adición de azúcar o edulcorante, el yogur, la mantequilla, el queso, los aceites (de soya, maní, oliva, palma, etc.), los chicles, las pastas, el jabón, entre otros.

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Algunos contribuyentes consideran las percepciones como un nuevo impuesto, por ello es importante analizar cómo funciona este sistema. Por lo general, la SUNAT designa agentes de percepción a grandes empresas (mayoristas o fábricas); estas empresas pueden realizar transacciones comerciales con sujetos del IGV (Personas Jurídicas, Personas Naturales con negocio, etc.) y Personas Naturales sin negocio. 1. Cuando el cliente es un contribuyente sujeto al IGV; es decir, cuando realiza operaciones afectas al impuesto, el monto de la percepción se aplica como pago a cuenta del mencionado impuesto y lo hará a través del formulario 621 (IGV Renta Mensual); mientras que el agente de percepción (proveedor) declarará lo recaudado en el formulario 697 (Agentes de percepción de ventas internas). La aplicación del pago de la percepción a cuenta del impuesto también opera para los contribuyentes que se encuentren en el Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado); y se descuenta de la cuota que el contribuyente, de acuerdo a la categoría que le corresponde, debe pagar. Para ello, en la guía Pago Fácil consignará, en el casillero“Monto a compensar por percepciones del IGV que le hubiesen efectuado”, el monto de la percepción que efectuaron sus proveedores. 2. Cuando la transacción se realiza con personas naturales sin negocio, se presentan dos supuestos: 2.1 Que la empresa no efectúe la percepción por considerarlos “Consumidores Finales”.

Esta consideración ocurre cuando: (Art. 12 de la ley 29173). El producto a comprar es gas licuado de petróleo a granel, y el monto de la compra no excede de S/.1500; en caso de que el gas licuado de petróleo sea envasado, la compra no excederá de 2 unidades de cilindros. Tratándose de bienes descritos en los numerales 1, 2, 3, 18 y 19 del apéndice 1 (harina de trigo, agua mineral, agua artificial, gaseosas, cerveza de malta, etc.), el monto de la compra debe ser igual o inferior a S/.100.00 (cien 00/100 nuevos soles). Y por último, cuando el monto de la compra sea menor o igual a S/700.00, tratándose de los demás artículos. 2.2 Que la empresa efectúe la percepción porque presume que son sujetos del IGV, independientemente del comprobante de pago que estén solicitando. Esta presunción opera cuando el monto total de la compra efectuada por personas naturales sin negocio excede los importes señalados en el párrafo anterior. Las personas naturales que no cuentan con negocio y están bajo este supuesto, no pueden evitar el pago de la percepción y éste no puede aplicarse contra otro impuesto que no sea el IGV. Es importante señalar que el importe de la percepción se determina aplicando un porcentaje sobre el precio de venta, que va del 1% al 2%. En caso de que un proveedor, agente de percepción, venda a un cliente que también fue designado como agente de percepción, la tasa será de 0.5%(Art. 10 de la ley 29173).

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El miedo a ser mejores Por: CPCC Jorge Luis Villena Cateriano Se aprobó por el poder ejecutivo, contra todo pronóstico y en medio de las protestas por parte de los trabajadores públicos, la Ley del Servicio Civil. Entre controversias por parte de los voceros de los distintos partidos políticos, se incluyeron algunas modificaciones sustanciales a la ley promulgada, siendo una de ellas que el periodo de prueba solo sea para nuevos trabajadores y no para los que ya pertenecen al régimen CAS y de las leyes Nº276 y Nº728. Aunque hubo un cambio en la redacción, se mantuvo el espíritu de que el trabajador será despedido si no aprueba dos evaluaciones. Las protestas y temor generalizado de los servidores públicos entienden que con esta ley se generará despidos masivos, y podría ser usada para poner personas de los gobiernos de turno en los puestos públicos, como lo han hecho hasta la fecha todos los gobiernos sin excepción. Esta ley representa una de las reformas más importantes en la administración pública de los últimos veinte años, dado que tiene un alto rigor técnico y profesional. La ciudadanía ha venido

exigiendo, en los últimos tiempos, un estado eficiente que atienda las necesidades de las empresas y de losciudadanos, para lograr un mayor desarrollo del país. Para esto es necesario que los servidores públicos entiendan que, como cualquier trabajador de la actividad privada, sean adecuadamente seleccionados e incentivados, capacitados y evaluados para una mejora en el desarrollo de sus actividades laborales, en las que prevalecerá la meritocracia, la evaluación anual de servidores, la unificación de los derechos laborales de los trabajadores, el ascenso y desarrollo de una carrera pública de acuerdo a méritos propios del trabajador. La base del mérito y la capacitación permanente del trabajador son el eje central de la presente reforma, además de la evaluación anual de los servidores públicos. Por ello es totalmente errado e inaceptable que se sientan atemorizados y/o amenazados por la evaluación, ya que esto radica en beneficio propio de los trabajadores y los ciudadanos comunes del país, los cuales tenemos derecho a ser tratados de una

manera correcta, técnica y profesional, haciendo de nuestro Estado un Estado eficiente y muy eficaz, lo que repercutirá directamente en el crecimiento económico del país y de los más necesitados. No tener miedo a ser mejores, porque la capacitación, la evaluación permanente, el estar siempre actualizados, hacen mejoras personas y mejores servidores públicos. Significa también una gran mejora de sus ingresos para bienestar de sus familias y la posibilidad de ascender en su carrera profesional. De este modo, trabajar para el Estado les será satisfactorio, con lo cual se tendrá empleados que hagan funcionar mejor el aparato estatal que, a pesar de muchos esfuerzos, sigue siendo una traba importante para las inversiones en el país. Se podrá brindar mejores servicios a los ciudadanos; sin miedos ni temor a ser mejores cada día por el bien del país, de nuestras familias y de un Estado moderno, eficiente y actual de acuerdo a los grandes cambios y avances que se dan en las crecientes economías del mundo.

Representantes de la Facultad de Ciencias Económico Empresariales Representante de los docentes ante el Consejo de Facultad 2013-2014 CPCC Lourdes Paz de Lazo

Representante de los alumnos ante el consejo de Facultad 2013-2014 Srta. Anyela Bedregal Corrales

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