Ponencia Deyá

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UNIVERSIDAD Y TERRITORIO: PROGRAMACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ENSEÑANZAS. EL CASO BALEAR. PONENTE: MIGUEL JOSÉ DEYA BAUZÁ, DIR. GEN. DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO DEL GOBIERNO BALEAR


GUIĂ“N DE TRABAJO 1. El panorama legislativo y sus deficiencias 2. Aspectos de facto compartidos con el resto de EspaĂąa 3. Aspectos peculiares de la realidad balear 4. El futuro inminente 5. Conclusiones


1. El panorama legislativo y sus deficiencias Instrumentos normativos actuales: - Ley 2/2003 de 20 de Marzo, de organizaci贸n institucional del sistema universitario de las Illes Balears: a) Anterior a dise帽o plan Bolonia b) Crea y regula Consejo Social c) Crea y regula Agencia de Calidad Universitaria de las Illes Balears (Estatutos actuales datan de Abril 2005).


1. El panorama legislativo y sus deficiencias d) Crea y regula la Junta de Coordinación Universitaria de las Illes Balear, inactiva en los últimos años. Aspecto grave si se tiene en cuenta que es el organismo que por ley debe entre otras cosas: - impulsar la coordinación de todas las instituciones de la Comunidad Autónoma con competencias en política universitaria - analizar las líneas de planificación y desarrollo estratégico de la Universidad de las Illes Balears


1. El panorama legislativo y sus deficiencias c) Analizar los criterios de programaci贸n universitaria de la Comunidad Aut贸noma d) Analizar inversiones plurianuales que se realicen en la Universitat de les Illes Balears y la implantaci贸n de nuevas titulaciones universitarias e) Analizar los resultados de la evaluaci贸n del sistema universitario


1. El panorama legislativo y sus deficiencias Hasta ahora todos los gobiernos, de distinto signo, han optado por tratar estos temas bilateralmente con los responsables de la 煤nica universidad p煤blica en lugar de en el seno de la Junta de Coordinaci贸n Universitaria de las Illes Balears. Situaci贸n que desde luego debe cambiar ahora que se hace indispensable reformar la ley 2/2003 ante la realidad de Bolonia.


1. El panorama legislativo y sus deficiencias El segundo instrumento jurídico a considerar es objeto actualmente de una revisión, se trata del Decreto 104/2002 de régimen jurídico y retributivo del personal docente e investigador contratado de la Universitat de les Illes Balears. Entre otras cosas es indispensable su adaptación al Real Decreto 14/ 2012 de medidas urgentes en materia educativa.


2. Aspectos de facto compartidos con el resto de España La programación y acreditación de enseñanzas deber tener en cuenta entre otras cosas: a) La creación de las titulaciones Bolonia en muchos casos ha supuesto sólo un nuevo barniz a viejas titulaciones (licenciaturas y diplomaturas). b) El resultado, amén de una inflación de grados, ha sido la aparición títulos casi idénticos en el fondo con un nombre y plan de estudios distinto aparentemente


2. Aspectos de facto compartidos con el resto de España c) A nivel nacional y también de la C.A. de Baleares, alrededor de la mitad de plazas universitarias que se ofrecen son de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, situación que provoca efectos no deseados de clara y excesiva desconexión con las posibilidades laborales futuras. Especialmente grave en algunos estudios como magisterio.


2. Aspectos de facto compartidos con el resto de Espa単a d) Graves dificultades para aprovechar el capital humano existente para titulaciones distintas a las actuales con mayor futuro en el mercado de trabajo y mayor demanda por la sociedad


3. Aspectos peculiares de la realidad balear a) Economía claramente de servicios y de demanda de profesionales muy cambiante. b) Mayor crecimiento desde 1998 que el conjunto de España (32% balear frente a 17% media española). c) Grave descenso en renta per cápita en términos comparativos. En el 2000 era la segunda comunidad con mayor renta per cápita y en 2010 pasa a ser la séptima. d) Pequeño tamaño de las empresas. e) Mayores tasas de fracaso escolar de España.


4. El futuro inminente a) Petición para la implantación de universidad privada que de llevarse a cabo requiere un nuevo marco normativo. b) La universidad peticionaria incluye grado de Medicina que no se ofrece en la universidad pública. Será necesario controlar los recursos públicos sanitarios que sean utilizados supuestamente por esa universidad con el fin de que ello no suponga impedir en un futuro oferta desde la universidad pública.


5. CONCLUSIONES 1º) Necesidad de nueva normativa adaptada a Bolonia y la nueva realidad. 2º) Necesidad que el actual modelo de facto de planificación basado en acuerdos puntuales con el Rectorado sea sustituido por un modelo más institucional revitalizando la Junta de Coordinación Universitaria de las Illes Balears. 3º) Ampliar, sobre todo hacia egresados, las actividades de la Agencia de Qualitat Universitària de les Illes Balears.


5. CONCLUSIONES 4. Debatir con la universidad los contenidos de algunos planes de estudios que afectan a algunos rasgos distintivos de la realidad balear: el grado de magisterio por lo que respecta al fracaso escolar, el grado A.D.E. por lo que respecta a adecuación de los estudios con la realidad. 5. Trabajar en la internacionalización del alumnado y profesorado por medio de vías de contratación menos rígidas.


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