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ESCUELA DE ARTE Y COMUNICACIÓN Director: Lic. Abel Márquez Teléfono: (826) 263-0900 ext. 708,705 amarquez@um.edu.mx

Legislación académica interna La tarea académica de los programas está normada por la Legislación académica para el nivel medio y pregrado de la Universidad de Montemorelos. El presente reglamento interno de ninguna manera invalida el reglamento general, sino que visualiza y atiende situaciones particulares de las carreras de Artes Visuales y Comunicación Visual. TÍTULO I De la admisión Artículo 1. De los requisitos específicos de admisión. La admisión a las carreras de la Escuela de Arte está normada por el Título I de la Legislación académica para el nivel medio y pregrado de la UM. TÍTULO II De la inscripción Artículo 2. Del requisito de una entrevista con el comité. Es requisito que cada aspirante a ingresar a la escuela de arte se entreviste individualmente con un comité formado por docentes de la carrera de su elección. Artículo 3. De la presentación de un portafolio. Presentar en la entrevista un portafolio; los trabajos realizados antes de ingresar a la carrera, deberán mostrar sus habilidades. Artículo 4. De la aprobación de un curso propedéutico. Aprobar un curso propedéutico es requerido para todos los candidatos sin portafolio o por indicación del comité, después de la entrevista. Artículo 5. De la presentación de una prueba de diagnóstico. Al concluir el curso propedéutico, los alumnos deberán aprobar un examen. Si lo hacen, podrán inscribirse y si lo reprueban, su caso será estudiado por el Consejo Técnico. TÍTULO III De la convalidación Artículo 6. De los requisitos para convalidaciones de materias. La convalidación de estudios está normada por el Título III de la Legislación académica para el nivel medio y pregrado de la UM. TÍTULO IV De la asistencia Artículo 7. De la reglamentación de asistencia. La asistencia a clases, asambleas y demás actividades programadas por la carrera, está regulada por el Título IV de la Legislación académica para el nivel medio y pregrado de la UM.

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TÍTULO V Del régimen de evaluación Artículo 8. Del sistema de evaluación. El sistema de evaluación del rendimiento académico del estudiante está regulado por el Título V de la Legislación académica para el nivel medio y pregrado de la UM. En las materias prácticas no hay derecho a extraordinario. La coordinación de la carrera determinará que las materias son de carácter práctico. La calificación diferida se usará solo cuando el alumno requiera de más tiempo para completar su proceso de término de trabajos o proyectos, siempre y cuando el maestro dé el visto bueno para dicha solicitud, con la observación de que si un alumno se le da esta oportunidad de calificación diferida deberá el semestre siguiente a la solicitud., TÍTULO VI De la pasantía Artículo 9. De los requisitos para obtener la condición de pasante. Para obtener la condición de pasante el estudiante deberá haber cumplido con todos los requisitos de su plan de estudios y lo establecido en el Título VI de la Legislación académica para el nivel medio y pregrado de la UM. TÍTULO VII De la graduación Artículo 10. De la participación de los ejercicios de graduación. Para poder participar de los ejercicios de graduación, el estudiante deberá cumplir con todos los requisitos especificados en el Título VII de la Legislación académica para el nivel medio y pregrado de la UM. TÍTULO VIII Del servicio social Artículo 11. De los requerimientos del servicio social. Para recibir carta de liberación del servicio social el estudiante deberá haber cumplido con todos los requisitos especificados en el Título VIII de la Legislación académica para el nivel medio y pregrado de la UM. TÍTULO IX De la titulación Artículo 12. De las opciones de titulación. De las opciones mencionadas en el Título IX, artículo 149 de la legislación académica general, los estudiantes de la Escuela de Arte podrán optar por una de las siguientes opciones: • Elaborar un trabajo de investigación en la modalidad de tesis • Elaborar y defender un proyecto profesional en una modalidad apropiada para la carrera o Presentar y defender el proceso total de cada trabajo de portafolio

CATALOGO DE ESTUDIOS: NIVELES MEDIOS Y PROFESIONAL: 2008-2010


Escuela de Arte y Comunicación •

o Realizar una exposición de grado Con el promedio general 95 ó más

TÍTULO X De la competencia del consejo técnico Artículo 13. De la competencia del consejo técnico. Las situaciones académicas que no estén contempladas en el presente Reglamento y los casos específicos de estudiantes que tengan querellas al respecto serán consideradas en primera instancia por consejo técnico de la carrera de Artes Visuales o de Comunicación Visual respectivamente. Si la inconformidad persiste, será considerada por la Comisión de Normas Académicas de Pregrado que tiene autoridad final en la materia. Artículo 14. De las enmiendas. Toda enmienda futura al presente Reglamento, para entrar en vigencia, deberá contar con la aprobación del consejo técnico de las respectivas carreras y de la Comisión de Normas Académicas de Pregrado.

Licenciatura en Artes Visuales Coordinador: Lic. José Alberto de la Cruz joseadelacruz@hotmail.com Escuela de Bellas Artes, desde su crea¬ción en 1977, ofrecía cursos en el área del arte: pintura, dibujo, escultu¬ra y otros. Su objetivo era que el alumno recibiera una formación que le permi¬tiera apreciar la belleza y le ayudara a desarrollar sensibili¬dad artística. En 1983 se crea una Licenciatura en Ciencias de la Educación con especiali¬dad en Enseñan¬za Artística, las clases del área pedagó¬gica se cursaban en la Escuela de Ciencias de la Educación y las de la especialidad en la Escuela de Bellas Artes. El objetivo de esta carrera era formar docentes capacitados para despertar y desarrollar en sus alumnos el interés por el arte, las mani¬fes¬tacio¬nes cultu¬rales, y la conservación y transformación de la expresión artística como par¬te integral de la vida en sociedad. En 1986 se convierte la carrera en una Li¬cen¬cia¬tura en Artes Visuales, donde el alumno pudiera desarrollar¬se en la emisión de juicios críticos, apr¬ecio, diseño y produc¬ción artística. El plan de estudios fue reformado en el 2000. OBJETIVO GENERAL Formar profesionales sólidamente capacitados para desarrollar propuestas artísticas innovadoras y congruentes con una cosmovisión cristiana en su área de elección.

PERFIL DE INGRESO Por la naturaleza de la profesión es importante que el estudiante al ingresar muestre: • Creatividad al modelar una figura tridimensional • Paciencia • Destreza para dibujar a lápiz • Alto desarrollo de la capacidad de observación • Ética al elaborar un proyecto. PERFIL DEL PROFESIONAL El profesional que haya concluido satisfactoriamente los requisitos para obtener el título profesional de Licenciado en Artes Visuales demostrará los siguientes conocimientos, habilidades y actitudes: • Alto nivel de conocimiento teórico en su campo • Razonamiento abstracto • Ética profesional y Análisis crítico • Uso de las técnicas básicas de Investigación • Producción de diseños originales y profesionales • Habilidad para apropiarse de la cultura y el lenguaje del diseño • Creatividad y concentración • Juicio analítico y sintético • Capacidad de organización y sistematización de su trabajo • Laboriosidad y originalidad • Habilidad para proponer soluciones gráficas • Presentación de proyectos personales • Capacidad de evaluación, y auto evaluación de proyectos • Aptitud para identificar las necesidades TÍTULO O GRADO ACADÉMICO Licenciatura en Artes Visuales • Área de Pintura • Área de Escultura • Área de Cerámica • Área de Fotografía • Área de Grabado • Área de Serigrafía • Área de Educación. DURACIÓN Ocho semestres presenciales en cualquiera de sus áreas de acentuación. REQUISITOS DE INGRESO • Documentos requeridos, según el perfil general de la institución, que demuestre los estudios anteriores hasta el bachillerato. • Entrevista con maestro asignado por la escuela • Examen y portafolio (para quien lo posee) • Para estudiantes extranjeros: constancia de dominio

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