Acto jurídico - 1era y 2da entrega

Page 1

Acto JurĂ­dico 1er y 2da entregas


-

5.- ¿Qué entiende por Responsabilidad Civil? Una persona es responsable civilmente cuando está obligada a reparar el darto que causo a otra.

• ~e<e1~~G ~ibliogcCiHcn: ooiQ.a, <;. (Jou\. l1o\C)ó o ~ ~' ~ho eivi\ .~º'~~e; e~o\ n. t>~ A\1-es /\1 ~ent-\ no.. l.<Xit~·


6.- Enumere los a) b) c) d)

quisltos de la Responsabllidad Civil.

hecho perjuicio culpa relación de causalidad entre I~ culpa y el perjuicio.

• Qe~endo t>ibtto0u1-f\~: ~d~ 6· C2o~1' \. itO\Oóo ~ oeiec.\--oG\P\:Po.1\4 Get'tefo\.( IJoH\. f0~5 Al t ~, Aisettt\no. lo 1.t~ . ······~~-~


1.· E tabtezca los presupuestos de

pons bilid d civil

ubjetlva. Establece como elemento fundamental de ta responsabilidad civil la culpa. Asi en nuestra legislación se presupone una conducta culposa o dolosa del acusante para que éste asuma la obligac16n de reparar daños y perjuicios

• Qe{et~ncl«>i ~·1b\iO~\QFico.."

~,6. tioe). T1Q\a~ de f:le\et\'()C\vi\: Pal..e Geneto.\.{'Jo\.\\ · eveooo.Aat~1 Ai<3~· LC1 i...~.


8.- Detennine los pre upuesto de la respon abilidad civil objetiva. Esta teoría es conocida como la del riesgo, y tiene como

1

elemento fundamental la negación de la culpa

t ' · ~{~1-el"lt\O f2>~b\iqtc~fiCQ:

Mtd~, 6. Ílo.\~). 11a1odo 6e09'a.ho t\,/,,: E>a\o\e Ot>tie\()l. C\10\.~).~cncu ~i1e.s,~1~ \,QLJelj .


i • 9.· ¿En qué consiste el error en el consentimiento? ,1 Puede ser de derecho y de hecho. El falso concepto de ley constituye el pnmer error, cuando el falso concepto se refiere a una persona, una cosa o una situación hallamos el error de hecho.

·.

NO • Oe~<e'1C\o ~;b1:0~1c)F\co.:

He,"cmóe~ 1 c.. ecL r:lo~:,L /\CJ'tfj J.Jnoico.l?o¿pic),c~bK.1.. u"'"ª"'Ooc:.l Libre.


10.· ¿Cómo se genera la fuerza del con entimiento? Se considera que la fuerza es el temor que experimenta una persona debido a una presión física o moral que la obliga a manifestar su voluntad en un sentido determinado.

'-----~~~~~~~~~~~~~~~~------__, ·~

·~~"cJc> &ibt\cxac~c().·· - -- "~"~"~~.c.~· t20~~) · )(Jio ~u~G\c.o. 0000\¿, ColOM.bio.. on\'1Elf~idoo W>le.


11.· ¿Cómo surge el Dolo en el consentimiento de un Acto Jurfdico? El dolo está constituido por las maniobras fraudulentas, enaaños, mentiras, reticencias de que una persona se sirve para engaflar a otra con ocasión de un contrato.

t Q.,e~,€flclo P,,~t>\\Ogtc).(. ;c,c;. .-

t\el n()fÓt~. e

flCl.(Jo"'~l.~do ~u,~tco. ~' úilorrbio,v.,\J61y,6ocl ~"''"


--12.· Según el Código Civil Ecuatoriano que e manifiesta

en manera general acerca del dai'io? •

El artículo 2229 del Código Civil establece que "por regla general todo daño que pueda imputarse a malicia o negligencia de otra persona debe ser reparado por ésta".

"o.e~t ~\'\()."(). e?, i b 1\OQ) t<)..(-,;co..-

~~irofet"6ode~ 1 G. (2(()~).Teoclu O~ol de\ tO~O'D~ cJQl Ue~OJu~~, ~ó, C~<>t'f'\bic,.. 1-en'\\5.


. 13.- Dé una definición de dafto.

Daño es la causa o fuente de la obligación de indemnizar, sin daño no hay lugar a indemizar.

~ene;.~

p;;.,.,0910.'-\tC):

0~1~,Wtnó.nóe' 1 "· C2<DCiJ .1eoro~<())dQ\c°"vO"()~ r}e\ ~egoc10 ~uc\o.to -~·

~¿ 1 Cd \ort'lt>'•a. lettl\~.


.- .... .,,

14.· ¿Qué comprende la indemnización de ~rjuicios según ' el Código Civil Ecuatoriano?

r

Art. 1592 CC: "Comprende el daño emergente y el lucro cesante, ya provengan de no haberse cumplido la obligación, o de haberse cumplido imperfectamente, o de haberse retardado el cumplimiento".

• ~ere"°'º~ b\~e1~fit.0• os pi n~1~t-t f'\Onóe:i: 15, l'-OOS) .1eof.o e~o10., CCJl<lrt.D~OI. ¡q,...,, ~

OQrQo\

ite \ CO\~()\o ~ óe\ t-\Q9()-eiq :ltJoo; e.o ·


15.- ¿Cuál es la diferencia entre los delitos civiles y los cuasidelitos?

• t.,~,~~n •\b\io9\~\co.:

o.spiri<A,fetrófPe~.<; . f!2o1Sl.1ooho.GQrteto\ oe\ CCJr\"C'trj() ~ dQ\ \J eg<rio ~r'idlGO. bogo·

-\C., C.O\ON'\VtO.. 1~~\~.


La responsabilidad contractual es la omisión, voluntaria, realizada sin malicia, que impide el normal cumplimiento de una obligación y es el daño a la relación jurídica existente.

(Hernandez ,2013,pg 145)



¿Como puede ser la responsabilidad civil? La responsabilidad civil puede ser de dos: 1. Contractual. 2. Extracontractual. •

(Rivera,2007,pg 576)


Es la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento pulposo de una conducta o deber jurídico preexistente.dentro del ordenamiento jurídico positivo (Hernández,2013,pg 147-149)


La considera como un elemento del deito , la cual esta fundada mas en razones de ĂŠtica y estructura de la prohibiciĂłn. {Rabinovich,2011,pg 379)



La culpa esta definida por la omisiĂłn de la conducta debida para prever o evitar un daĂąo, esta se manifiesta por la imprudencia, negligencia,impercia e inobservancia de reglamentos debe-

res. (Rivero,2007,pg 305)




¿Como se lo conceptualiza a la responsabilidad objetiva? · Es la responsabilidad que parte de que todo daño debe ser reparado, indepen. dientemente de que el agente actué.o no con culpa en momento de causarlo,bastando solo que el daño se . ocasione para que se lo deba reparar. (Rivera,2007,pg 432)


· 1. Daños patrimoniales y no patrimoniales 2. Daño emergente y lucro cesante . 3. Daño inmediato o daño diferido 4. Daño continuado . (Peña.2011,pg 107)


Es toda aquella ganancia que no pudo obtener el perjudicado como consecuencia de tal hecho, en ¡ este sentido amplio comprendería tambiÊn la perdida del eventual aumento del valor patrimonial del bien deteriorado o destruido. (Rabinovich,2011,pg 370)

~n ~0110\0.


·e dafto emargen1e es aquel que constituye.en el CGSte de la l9PS8Ción o en su caso el valor de .rapasid6n del bien o del8ct1o lesionado, destruido, así como en los galos que se haya incurrido el P8'lldcado como consecuencia del hecho daño. ,ao.

{Rlbinovich,2011.pg 380)

.

( \A')fi

G

L· '"C k.>





lQué se entiende por dolo? Se refiere a la utilización de cualquier medio que se puede emplear pa ra engañar, con el propósito de obtener la ejecución de un acto

Bibliografía Rabinovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


Establezca y defina dos acepciones de la «causa» La causa evoca dos acepciones que suelen llamarse: causa fin y causa móvil La primera seria la Intención de las partes de obtener los efectos jurídicos derivados del acto. La segunda la constituye los motivos personales que impulsaron a las partes a celebrarlo.

Bibliografía Rabinovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


¿Qué se entiende por vicios del acto jurídico? Son anomalías que pueden afectar tanto al acto en sus propios elementos internos (objeto causa forma) o externo (partes).

Bibl iografía Rabinovlch-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


¿Qué es el objeto lícito? Cuando la conducta constituye un acto jurídico, a ese elemento sobre el que pretende incidir se lo llama «objeto», y ha de cumplir una serle de pautas.

Bibliografía Rabinovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


Establezca un ejemplo de un vicio en el acto jurĂ­dico Si una parte carece de capacidad por no tener la edad necesaria, por padecer una enfermedad mental, o por existir una prohibiciĂłn a su respecto (incapacidad relativa de derecho).

BibliografĂ­a Rablnovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


¿Cuáles son los vicios que afectan los actos jurldlcos? Error Fuerza Dolo

Bibliografía Rabinovlch-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


(Qué se entiende por causa Uclta? La causa es un elemento del proyecto que está presente en la mete andes de concretarse la conducta, pero apuntando hacia un momento en el tiempo posterior a ésta.

Bibliografía Rabinovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


Defina responsabllldad civil subjetiva Implica la acción u omisión ilícita por la cual se genera un dalio a una persona de manera culposa, y a da origen a la indemnización.

Bibliografía Rabinovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


Defina responsabllfdad cfvll La responsabilidad civil es la obligaciĂłn que recae sobre una persona de reparar el daĂąo que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario.

Rablnovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


Defina responsabllldad civil objetiva Es el hecho de causar un daño por la utilización de objetos peligrosos que puedan causar daños o riesgos a terceros.

- ...

Rablnovich-Berkman, R. D. {2011). Derecho Cívil. Buenos Aires: Astrea.


ÂżSobre quĂŠ recae el error en el sujeto? Puede recaer sobre la identidad de las personas o alguna cualidad esencial de ellas que haya sido la causa determinante del acto que no se hubiere concluido de no existir esa casualidad.

Rabinovlch-Berkman, R. D. {2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


¿Qué vicios afectan a la voluntad? Afectan la voluntad la ignorancia o error, la violencia, la lesión y el dolo.

Rablnovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Cívil. Buenos Aires: Astrea.


Establezca los elementos responsabilidad jurídica

que

componen

Un acto de un individuo. Un deber. Una infracción y daño.

Bibliografía Rabinovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.

la


EnUtnere los requisitos que deben existir para que un negocio jurídico sea susceptible de anulación por maniobra dolosa. Que el dolo haya sido grave. Que haya sido la causa determinante de la acción . Que haya ocasionado un daño importante. Que no haya habido dolo por ambas partes.

Bibliografía Rabinovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


¿Qué es la nulidad de un acto? Algo nulo es algo que no vale, que es como s no existiera. El acto jurídico esta destinado a surtir ciertos efectos lo que sus autores quisieron obtener por medio de él. Esos justamente son los efectos que no se producen.

Bibli agra

fía Rabinovich-Berkman, R. D. (2011). Derecho Civil. Buenos Aires: Astrea.


En un simple hecho o hecho jurídico en sentido estricto, la capacidad no asume alguna importancia cuando la ley reviste un cierto evento como simple presupuesto para ciertos efectos. Mientras en un acto jurídico se requiere principalmente que se trate de acciones del hombre y que el sujeto agente tenga la capacidad natural de entender y de querer. Por tanto, en el simple hecho tiene menor importancia que en un acto jurídico. (Hernández, 2013)


ÂżGoe'

~ \os ~cec\-os hUC't'Oi'iaS?

Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realizaciĂłn efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Todas las autoridades en el ĂĄmbito de sus competencias, tienen la obligaciĂłn de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos consignados en favor del individuo. (Humanos)


negocios jurídicos en relación a la estructura subjetiva se clasifican en negocio unilateral y bilateralplurilateral según sea formado por una sola, por dos o por más partes. Es unilateral cuando el interés gestionado es común a más personas y el acto de disposición se imputa a una sola parte. Se consideran plurilaterales, los negocios en que son identificados distintos centros de interés, como los contratos de sociedad que se caracterizan por el objeto común perseguido. (Hern~ndez, 2013)


¿Cuí les

Son

\o.s d• .Qe<erc ias

en\-t-e el di OC.erYli CY)ieoto ~ I~ in tencidn ?

In-tender implica "apuntar o tender hacia", moverse en dirección al fin buscado. El discernimiento es más estático que la intención; El discernimiento es una potestad en abstracto, admite que a su respecto se formulen criterios generales. Mientras. la intención solo puede estudiarse en cada caso concreto, con la respectiva investigación de hecho. Las faltas de discernimiento suelen acarrear nulidades. mientras que las carencias de intención normalmente conllevan una anulabilidad. (Rabinovich, 2011 )


Para que un negocio pueda producir los efectos al cual es dirigido, son necesarios los elementos generales, es decir la declaración de voluntad y la causa, entendida esta última como objetivo función que el acto mismo está dirigido a realizar y; los elementos particulares como el objeto y la forma, entendida como modo en el cual debe ser tomado la declaración por escrito, verbalmente. Se trata de requisitos esenciales de validez del acto, tanto que la falta o el vicio de uno de estos hace inválido el acto mismo: este, además será nulo y no podrá producir los efectos deseados. (Hernández, 2013)


En relación con el acto jurídico, la idea de causa es eminentemente psicológica y evoca dos acepciones, que suelen llamarse "causa fin", es decir la intención de las partes de obtener los efectos jurídicos derivados del acto y; "causa móvil", a la que la constituirían los motivos personales que impulsaron a las partes a· celebrarlo. (Rabinovich, 2011)


Los requisitos son la posibilidad, la licitud, la determinación del objeto. El objeto es posible cuando en la realidad física la cosa ya existe o puede presentarse su existencia. La licitud del objeto debe entenderse como el cumplimiento de la ley y de las buenas costumbres. La determinabilidad significa que es suficiente que el negocio contenga los indicadores a través de los cuales se llega a determinar el objeto. (Hernández, 2013) ~11~1


¿t ~ ~ue'

~s' s-\-eV\ lo~ a.e.tos

Jl>t(dicm

e\

~nbdo est<,·cl-o7

Consisten en aquellos comportamientos humanos voluntarios que producen efectos típicamente previstos por la ley, que exigen la voluntad del acto y la capacidad de entender y de querer. Un ejemplo es el reconocimiento de un hijo natural, debido a que sería inútil protestar no haber deseado los efectos jurídicos de dicho acto. Estos efectos descienden directamente de la ley y no importa que el declarante no los quisiese o no los conociese. (Hemández, 2013)


Son simples eventos jurídicos cuyo efecto se vincula a su acontecimiento prescindiendo de la circunstancia debida a la fuerza de la naturaleza o a la acción del hombre. En el último caso, prescindiendo del hecho que haya sido realizado en conciencia y voluntad o involuntariamente. (Hemández, 2013) .,


¿Cool es

urv:> de \oS \.'O\,·tcs

tiene. IQ. o.u-\o "°"':(\ de lo. vol>n-la.d ?.

9ue

autonomía de la voluntad permite constituir el negocio jurídico y producir los efectos jurídicos queridos, siempre y cuando ellos no colisionen con las normas imperativas. (Hernández, 2013)


¿(ool

es e\ \kl.fof _)ur.'dfco

de\ Si l-enc\ 0 7. En derecho el silencio opuesto a actos o a una interrogación, no es considerado como una manifestación de la voluntad. En otras palabras, el silencio no es una declaración de la voluntad en ningún sentido. (Rabinovich, 2011)


El objeto de los actos jurídicos deben ser cosas que estén en el comercio, o que por un motivo especial no se hubiere prohibido que sean objeto de algún acto jurídico, o hechos que no sean imposibles, ilícitos, contrarios a las buenas costumbres o prohibidos por las leyes, o que se opongan a la libertad de las acciones o de la conciencia, o que perjudiquen los derechos de un tercero. (Rabinovich, 2011 )


La diferencia radica en la intervención de la voluntad de la persona para producir efectos jurídicos. Entonces, en los actos jurídicos las consecuencias jurídicas no dependen de la programación voluntaria del individuo, pues tales actos vienen predeterminados por ley. En cambio en el hecho jurídico habrá que interpretar la programación de los resultados queridos por las partes, a efectos de determinar si estos contravienen o no a las normas que interesan al orden público. Es decir, que depende de la programación voluntaria del individuo. (Hemández, 2013)


Según Vélez Sársifield el acto no basta por sí solo, para establecer la declaración de la voluntad porque cuando la ley exige la manifestación expresa, los hechos son irrelevantes, por obvios que resulten. Por ejemplo el más claro es el del matrimonio. Si ante la pregunta sobre si desea contraerlo o no, el novio guarda silencio, pero toma a la novia entre sus brazos y la besa apasionadamente, ello podrá ser poético, pero no están casados hasta que no dé el "si". (Rabinovich R. , 2011)


El discernimiento es la posibilidad de entender la licitu o ilicitud de los propios actos, antes de realizarlos a mĂĄs de ser uno de los requisitos de los hechos humanos. Es tambiĂŠn una aptitud intelectual que implica la habilidad de conocer y de comprender las normas vigentes. (Rabinovich, 2011


¿Qué es un acto Juridico?

Es un acto lícito y voluntario, cuya finalidad es crear relaciones jurídicas, las mismas que producen efectos jurídicos.

u1173"58 ,.otoe:ewcn.corn

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial· Universidad Ubre.


¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción o discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Naciones Unidas Derechos Humanos (n.f). Que son los Derechos Humanos. Recuperado el 18 de Marzo de 2016 dehttp./fwww.ohchr.org/SP/lssues/PagesM'hatareHumanRights. aspx


¿Cite 3 ejemplos de hechos jurídicos?

• La muerte. El nacimiento de una persona. • La promulgación de una ley.

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial: Universidad Libre.


¿Qué es la Autonomia de la voluntad?

Es un principio básico del derecho privado, que se basa en que un ordenamiento jurídico capacite a los individuos para establecer relaciones jurídicas acorde a su libre voluntad.

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editonal: Universidad Libre.


¿En qué consisten los actos jundicos

negociables o no negociables? Consiste en acciones humanas a las cuales la ley les adjudica efectos jurídicos.

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial: Universidad Libre.


¿Que limita a la autonomia de la voluntad? El interés público.


¿Cuál es la ley suprema de los contratos? La autonomía de la voluntad

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial: Universidad Libre.


¿Enumerar tres ejemplos de actos jurídicos?

Pagar una deuda. Quien reconoce a una persona como hijo/a natural suyo/a. 3. Dañar una cosa ajena. 1.

2.

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial. Universidad Libre.


¿Solo se requiere que el acto sea deseado para tener un Negocio Jurídico?

No, también se necesita que este sea efectuado por quien tiene la capacidad legal de actuar y sea acompañado del requisito de la intencionalidad.

Hemández, C {2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial: Universidad Libre.


¿El principio de voluntad privada es fuente autónoma de efectos jurídicos?

No, porque este principio debe expresarse legalmente.


¿Cuáles son los requisitos de existencia del acto Juridico?

Voluntad exenta de vicios.

Objeto Licito

Causa lícita

Capacidad de ejercicio.

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial: Universidad Libre.


¿Cómo se clasifican los actos jurídicos según el número de voluntades?

Se clasifica n en: o Unilaterales. o Bilater ales. o Plurilaterales.

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial: Universidad Libre.


¿Cuáles son los elementos del negocio jurídico? •

La declaración • La causa • El objeto • La forma Caso contrario el efecto jurídico de dicho negocio seria nulo.

Hemández, C (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial. Universidad Libre.


¿Qué es un hecho jurídico?

Es todo acontecimiento de la naturaleza o del comportamiento humano que produzca efectos o consecuencias jurídicas.

Hemández, C (2013) . Acto Jurídico. Bogotá, Colombia. Editorial: Universidad Libre.


¿Quién garantiza el ejercicio de los derechos humanos? El estado es el responsable de respetar, garantizar y promover el ejercicio de los derechos humanos.

Naciones Unidas Derechos Humanos (n.f). Que son los Derechos Humanos. Recuperado el 18 de Marzo de 2016 dehttp:ltwww.ohchr.org/SPllssues/PageslWhatareHumanRíghts. aspx


¿Qué requiere un negocio jurídico?

Requiere que sea efectuado por quien tiene capacidad legal de actuar y además debe ser acompañado del requisito de intencionalidad.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Cuál es la ley suprema de los contratos? La autonomía de la vo luntad.

Hemández, C. (2013). ActoJurfdico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


El cometimiento de actos ilfcltos, ¿a qué obligan?

Obligan al resarcimiento de los daños.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Qué elementos componen al negocio jurídico?

Elementos generales: o Declaración de la voluntad. o Causa (Objetivo). Elementos particulares: o Objeto. o Forma (Modo).

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿De qué requiere un acto jurídico?

Requiere que se trate de acciones del hombre y que el sujeto agente tenga la capacidad natural de entender y querer.

Hemández, c. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


Nombrar una diferencia entre hecho jurídico en sentido estricto y acto jurídico en sentido estricto. Los hechos jurídicos pueden consistir en un acontecimiento natural o en una acción humana, y los actos jurídicos consideran solo los com portamientos humanos.

,.. Hemández, C. (2013). Acto Jurfdlco. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Qué puede ser objeto de los actos jurídicos?

Hechos y bienes. Personas.

Hernández, C. (2013). Acto Jurfdico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Quién es responsable por un acto ilícito?

Los actos ilícitos, incluso si son actos jurídicos, dan lugar a responsabilidad del agente.

Hernández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.

J


¿Cuáles son los requisitos del acto jurídico en sentido estricto?

1.

2.

La voluntad del acto. La capacidad de entender y de querer.

Hemández, C. (2013). ActoJurfdico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


Enumere 3 ejemplos de hechos jurídicos.

La muerte. 2. El nacimiento de una persona. 3. La promulgación de una ley. 1.

Hemández, C. (2013 ). Acto Jurfdico. Bogotá, Colombia: Universidad Ubre.


¿A qué se refiere la declaración de voluntad?

Se refiere a que un sujeto declara qué efectos busca perseguir, manifestando su propia intención.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.

,..


¿Qué es la capacidad jurídica?

Es la aptitud que tiene una persona para ser sujet o o parte en las relaciones de Derecho.

Hernández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Cuándo se habla de actos no negociables?

Cuando los efectos est án vinculados directamente al cumplimiento del acto, prescindiendo de la conciencia que el sujet o tiene.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿En qué se clasifican los actos jurídicos en sentido estricto?

Actos lícitos Actos ilícitos.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Ubre.


¿Quién emana los actos jurídicos en sentido estricto?

Estos actos descienden directamente de la ley.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.



¿Cuál es el objeto genérico y objeto específico?


Objeto genérico: Es la intención abstracta de participar en la regulación de las relaciones sociales, en el ejercicio de la facultad que para ello confiere a los particulares. Objeto especifico: Es el contenido jurídico específico de cada acto, determinado por las regulaciones voluntarias de los agentes o por ministerio de la ley

Hernández, C. ed. (2013). Acto jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre


¿En que se constituye la sanción de la causa ilícita?


Está constituida por los móviles determinantes contrarios al orden público o a la moral, la sanción que se debe imponer es la nulidad absoluta del acto respectivo.

Hernández, C. ed. (2013). Acto jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre


¿En qué formas se produce el daño sin intención delictiva?


Mediante el rompimiento del contrato, la negligencia o también conocida como culpa y el riesgo implicado en operaciones u objetos que son peligrosos, tienen en común la característica de basarse en un hecho de la voluntad

Morroy Cabra Marco, 2015 Introducción al Derecho, Editorial Temis.


¿En qué consiste la obligación de la responsabilidad civil?


_, Recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, a sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación de reparar el daño producido

Morroy Cabra Marco, 2015 Introducción al Derecho, Editorial Temis.


¿Qué sucede en la falta de causa en los actos jurídicos


la noción legal de la causa no admite la posibilidad de que pueda presentarse un acto jurídico carente de ella

Hernández, C. ed. (2013). Acto jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad libre


ÂżQuĂŠ quiere decir responsabilidad civil subjetiva?


Es la responsabilidad civil tradicional, según la cual sólo deben ser reparados los daños que el agente cause por su propia culpa. Si el agente que causa el daño no incurrió en culpa al ocasionar1o, debe quedar exonerado de la reparación

Hernánc:lez, C. ed. (2013). Acto jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre


ÂżQuĂŠ es la responsabilidad civil objetiva?


1

~ -· ~ Parte de la idea de que todo daño debe ser reparado, independientemente de que el agente actúe o no con culpa en el momento de causarlo, no es necesaria ninguna actuación culposa subjetiva del agente, basta con que el daño se ocasione para que deba repararse.

Hernández, C. ed. (2013). Acto jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre


¿Cómo es la objetivación de la responsabilidad civil en la resp. Extracontractual?


En las responsabilidades especiales de los dueĂąos o principales por el hecho ilĂ­cito de sus dependientes, por cosas, por animales, o por ruinas de edificios

Morroy Cabra Marco, 2015 IntroducciĂłn al Derecho, Editorial Temis.


ÂżCuĂĄles son los tipos de responsabilidades civiles?


••••••••••••••••• Pueden ser contractual o extracontractual. Cuando la norma jurídica violada es una ley, hablamos de responsabilidad extracontractual, la cual, a su vez, puede ser delictual o penal, Cuando la norma jurídica transgredida es una obligación establecida en una declaración de voluntad es contractual. Morroy Cabra Marco, 2015 Introducción al Derecho, Editorial Temis.


••••••••••••••••• lA que nos referimos con la noción del daño?


••••••••••••••••• Esta idea de lesión, aunque ampliada, no es completa produce un efecto multiplicador en relación a la cantidad de bienes lesionados físico-patrimonial-espiritualpsíquico-estético-lucro cesante-emergenteprivación de uso en sí mismo, Y también decir que daño es la lesión a un bien o derecho subjetivo, es erróneo, porque es algo difuso, ya que encontramos derechos su bjetivos Hernández, C. ed. (2013). Acto jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre


•••••••••••••••• l A qué se refiere con que el daño debe ser personal?


••••••••••••••••• Significa que quien puede demandar la indemnización es quien ha sufrido el daño. En el sistema de responsabilidad contractual, quien puede demandar es el acreedor que ha sufrido perjuicios por la demora o incumplimiento del deudor.

Hernández, C. ed. (2013). Acto jurídico. Bogotá, Colombia : Universidad libre


···········~····

¿cuál es la naturaleza jurídica de la indemnización?


La indemnización consiste en el pago de una suma de dinero equivalente al daño sufrido por el damnificado en su patrimonio. Constituye una obligación de dar una suma de dinero y, por consiguiente, se halla sujeta al régimen de estas últimas en cuanto a la naturaleza de la prestación habida cuenta de la fuente que le da origen, sea el acto illcito, sea el incumplimiento contractual.

Hernández, C. ed. (2013). Acto jurídico. Colombia: Universidad Libre


¿Qué es el daño de tipo compensatorio?


Nacen de la inejecución de las obligaciones en general. Los daños deben ser causados al acreedor. Debe haber, existir, una falta contractual imputable al deudor. Estos daños siempre tienen una evolución pecuniaria. Solo existen en las obligaciones de hacer, no hacer o entregar una cosa distinta al dinero.

Morroy Cabra Marco, 2015 Introducción al Derecho, Editorial Temis.


¿Qué quiere decir con la obligación autónoma de la indemnización?


La indemnización constituye una obligación autónoma cuando se trata de reparar los daños y perjuicios originados por la ejecución de un acto ilícito, y tiene en éste su fuente directa, en cambio cuando los daños y perjuicios se producen con motivo de la inejecución de un contrato, la indemnización, como obligación resarcitoria o reparadora.

Hernández, C. ed. (2013). Acto jurídico. Bogotá, Colombia : Universidad Libre


¿Qué caracteriza a los negocios jurídicos?

A más de ser conscientes y vol untarios, se caracterizan por el hecho que el autor desea los efectos.

Hemández, C. (2013). Acto Jurfdico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿En qué consiste el principio de la autonomía de la voluntad?

Consiste en la libre facultad de los particulares

para celebrar los contratos que les plazca.

Hemández, C. (2013). Acto Jurfdico. Bogotá, Colombia: Universidad Ubre.


l

¿Quién garantiza el ejercicio de los derechos humanos?

El Estado es responsable de respetar, gar antizar y promover el ejercicio de los Derechos Humanos.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Qué elementos componen al negocio jurídico?

Elem entos generales: o Declaración de la voluntad. o Causa (Objetivo). Elementos particulares: o Objeto. o Forma (Modo).

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Ubre.


¿Qué son los actos jurídicos?

Son act os humanos, conscientes y voluntarios, cuyo fin es crear relaciones jurídicas.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Qué son los Derechos Humanos?

Son aquellas libertades, reivindicaciones y facultades propias de cada individuo por el solo hecho de pertenecer a la raza humana.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Cómo está dividida la categoría de los hechos jurídicos?

o

Está dividida en las siguientes subcategorías: o Simples hechos jurídicos. Actos jurídicos en sentido estricto. o Negocios jurídicos.

Hemández, C. (2013). Acto Jurfdico. Bogotá, Colombia:

Universidad libre.


¿Qué es un acto irreflexivo?

Es un acto muy similar a un acontecimiento natural, que carece de consciencia y voluntad.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿El principio de voluntad privada es fuente autónoma de efectos jurídicos?

No, porque este principio debe expresarse legalmente .

.___ Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Cómo se clasifican los actos jurídicos según el número de voluntades?

Se clasifican en: o Unilaterales. o Bilaterales. o Plurilat erales.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


Enumerar tres ejemplos de actos jurídicos.

1. 2.

Pagar una deuda.

Quien reconoce a una persona como hijo/a natural suyo/a. 3. Dañar una cosa ajena.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Cuáles son los principales requisitos del negocio jurídico?

Se requiere que el acto sea deseado, que éste sea efectuado por quien tiene capacidad legal y que sea acompañado de intencionalidad.

Hemández, C. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Qué es el hecho jurídico?

Es todo acontecimiento producido por la nat uraleza o por el ser humano, que produce efectos de Derecho.

Hemández, C. (2013). Acto Jurfdico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.



¿Quién posee la facultad de regular loe Negocios Jurfdlcoe? El Estado equilibro los sujetos de derecho, racionalizando sus manifestaciones a través de un orden jurfdico es decir de autorregulación de los intereses individuales contra el consentimiento. Hemández, C. ed. (2013). Acto Jurfdico. Bogotá, Colombia: Universidad libre.


• • ¿Cuándo hablamos de hechos materiales y hechos jurfdicos a que se refieren?

En todo lo que sucede, todo lo que acontece con la posibilidad de engendrar consecuencias jurídicas o simplemente no producirás, en cambio los hechos materiales son aquellos no tienen consecuencia juridica. Peña, Peña Rogelio, (2011) Teoría General del Derecho, Bogotá, Ecoe, Ediciones.


¿El contrato es un negocio jurfdlco?

Si porque es el instrumento por medio del cual los individuos de la sociedad dan jurldicamente circulación a los valores patrimoniales. Hernández, C. ed. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.

1


¿Cuál es el principal elemento del acto jurídico? La voluntad es el principal elemento del acto juridico y se aprecia como una facultad que nos permite hacer lo que deseamos o no hacer nada, la voluntad conlleva la intención de crear efectos de derecho. Hernández, C. ed. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Cuáles son los elementos constitutivos del acto jurídico?

Se encuentran los elementos que son comunes y generales, otros que son esenciales, otros que son de naturaleza y otros puramente accidentales. Peña, Peña Rogelio, (2011) Teoría General del Derecho, Bogotá, Ecoe, Ediciones.


¿El principio de voluntad privada es fuente autónoma de efectos jurídicos? No porque necesariamente debe expresarse legalmente, porque no puede i.r en contra de derechos adquiridos.

... •

•"

•»

..

"

~r

1

I'

.. ,.,.....'~


¿Los hechos jurfdlcos humanos voluntarios aparecen como simples hechos jurfdicos o como actos jurfdicos?

Los simples hechos juridicos son hechos voluntarios cuyos efectos jurídicos no son los queridos, en cambio en los actos jurídicos son actos humanos conscientes y voluntarios. Peña, Peña Rogelio, (2011) Teoría General del Derecho, Bogotá, Ecoe, Ediciones.


¿El negocio es un acto de autonomia?

Si porque es un instrumento atraves del cual cualquiera decide la disposición de sus intereses personales y patrimoniales, que considera mas conforme. Hernández, C. ed. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


• .

¿;Para tener un negocio jurídico se requiere que el acto sea deseado? Si también que este efectuado por quien tiene una capacidad legal de actuar y sea acompañado del requisito de la intencionalidad. Hernández, C. ed. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


¿Loa hechos juridlcoa t.mbl6n conocidos como Intencionados porque? Porque al momento de realizar un acto la voluntad se le une a la intención de crear, modificar relaciones de Derecho. Pefta, Pefta Rogetio, (2011) Teoria General del Derecho, Bogotá, Ecoe, Ediciones.


¿Qué elementos son los que deben reunir el negocio jurídico?

Para que se pueda producir los efectos al cual es dirigido es necesario que tengan elementos comunes a todos los negocios y elementos particulares, vinculados al tipo especifico del acto. Peña, Peña Rogelio, (2011) Teoría General del Derecho, Bogotá, Ecoe, Ediciones.


¿La teorfa de la voluntad de que trata? Es la manifestación de la voluntad humana , es la ley suprema en los contratos, en el cual se realiza por un acuerdo entre las partes y tiene limitaciones las cuales no se puede alterar o modificar. Hernández, C. ed. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


• 'lEI acto jurídico también se relaciona con distintas materias? Si porque toca con la filosofia, la historia, la economía, la sociedad y confluyen con el actuar diario de las personas, procurando la perfección de negocios, mediante los cuales comprometen obligaciones y demandan derechos. Hernández, C. ed. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad libre.


¿El acto jurfdlco a que se refiere con la autonomia privada? El cual toma un papel preponderante para el acuerdo, el contrato, el cual varia de acuerdo a la legislación de cada pafs. Hernández, C. ed. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Ubre.


¿los Negocios Jurídicos en que se fundamentan?

En la declaración de una voluntad idónea para el sistema jurídico encaminada en la obtención de consecuencias jurídicas. Hernández, C. ed. (2013). Acto Jurídico. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.


1. Según la clasHlc:acl6n tradicional francesa: ¿Cuáles son los elementos que intervienen en la formacl6n de situaciones jurídicas?

•• •• •• •• •• •• •• •• •

El primer elemenlo es el acto )urldlco. que comprende todo moníleslodón de 1o volunlod directomenle encaminado o lo producción de efectos jurldlcos. como por ejemplo: lo comisión de un defito. El segundo es el hecho Jurfdlco, que cobijo tonto los hechos puramente físicos o molerioles jur!dicomenle relevantes. como también los ocios voluntarios cuyos efectos. que lo ley les atribuye. se producen independientemente del querer del agente. como si fueron simples hechos físicos, por ejemplo: el desplozomienlo del lecho de un rlo o lo muerte de uno persono. El Código Civil ecuotoriono. lo mismo que el francés, empleo lo expresión ocio y no negocio• exclusivamente en el sentido que esto closificoc16n bipartito lo olribuye. (Ospino Fernóndez & Ospino Acoslo . 2014, póg. S)


2. ¿A qué se refiere el hecho jurfdlco en estrldo senso? Se refiere a la pura fenomenologla de un evento. al simple oconlecimiento de un hecho. seo éste determinado por lo fuerzo de la naturaleza o por la acción humano: el nacimiento o la muerle de una persono. éstos evenlos toman el nombre de simples hechos jurídcos yo que e1 efeclo previsto se vinculo a su acontecimiento prescindiendo de lo circunstancio debida o lo fuerzo de lo noturolezo o o la acción del hombre y. en este último caso. prescindiendo del hecho que hoya sido realizado en conciencia y voluntad o de manero del todo irreflexivo e involuntario. En todos estos hipótesis. lo que intereso es el puro acontecer. la fenomenologla de un evento y se lo define como un simple hecho jurldico en estricto senso. (Hernóndez & Ortega Gomero. 2013, póg. 20)


3. ¿Cuáles son los el ementos del acto jurfdlc:o? Los elementos esenciales son los siguientes:

a) Lo monlfestoc16n de la voluntad de uno o m6s sujetos de derecho. Lo voluntad constituye lo sustancio del ocio juñdico y no puede ser suplido Po< elementos óastintos.

•• •• •• •• •• •• • •

po< lo que debe ser exteriorizado. pues ol derecho solamente le interesan los actuaciones de aquellos que trascienden su tuero interno y repercuten en lo vida social. Es importante que esto monitestoci6n de lo voluntad seo suficientemente cloro e inteligible .

b) B objeto Jurfdlco. Este elemento consiste en que lo

monifestoclón de voluntad, que es lo sustancio de dicho ocio. debe encaminarse directo o reflexivamente o lo producción de electos jurldicos. vale decir, o crear. modificar o extingur relaciones de esto indole. (Ospino Fernóndez & Ospino Acosta . 2014, póg. 28)

JoMnne Rotes 7()11562

· L--~~~~~~~~~~~~~~~--'


4. ¿Cuáles son los elementos que eonfonnan el objeto jurídico? a) Los elementos esencia/es. Constituyen lo minimo que los portes deben declarar paro precisa el Interés que pretenden desaronor jurldlcomente y el senlido en que quieren hacerlo.

b) los elementos naturales. Son aquellos efeclos que los parles suelen estipular como accesorios de los elementos esenciales. pero que. aun o follo de estipulación. se producirón espontóneamenle opero legis. como lo obligación del vendedor de sanear lo evicción o lo de indemnizar los perjuicios en coso de incumpimiento.

e) los elementos acel<Mnfales. Así se denominan o los pactos que vorion sus efeclos subsidiarios normales establecidos PQ1° lo ley según lo naturaleza del ocio en cuestión o los estipulaciones que agravan o atenúan lo responsabilidad y los que sujetan los derechos o plazos y condiciones. (Ospino Femóndez & Osplno Acosto. 2014, póg. 36)

--70U62


5. ¿En qué se funda el criterio de la clasHlcacl6n de acto jundlco unipersonal y convencional? El criterio en que esto se fundo es el del número de

portes en el ocio jurldico. entendido por toles los sujetos de derecho o quienes. reo/ o presuntivamente. se les o tribuye lo reolizoci6n o celebración del ocio. Asi son ocios unipersonales el otorgamiento de un testamento y lo oceptoci6n de uno osignoci6n sucesora!. porque en codo uno de ellos solo participo un agente el testador o el asignatorio oceptonte, respectivamente. Por el contrario. en los convenciones siempre hoy dos o mós portes o participes cuyos actuaciones concurrentes o un mismo objeto juridico se reputan Independientes entre si. Tal sucede en un controlo de compraventa. en el cual existe dos portes: et comprador y el vendedor. (Osplno Fern6ndez & Ospina Acosto . 2014, póg. 42)


6. ¿A qué se refiere los ac:tos juridlc:os formales e Informales? los ocios jurldicos son consensuales o informales cuando se perfeccionan por lo solo voluntad del agente o agentes, sin que dicha voluntad tenga que expresarse o manifestarse por medio de formas predeterminados. Por el contrario, son formales los ocios que requieren, en su otorgamiento o celebración, la observancia de cierlos formalidades prescritos por lo ley o por la voluntad de los agentes. Son, así. informales lo compraventa de muebles inmuebles, el testamento, la sociedad mercanlíl, ele., son actos formoles, porque la ley prescribe respecto de ellos lo observancia de formalidades, tales como el otorgamiento de escrituras públicos, la concurrencia de cierto número de testigos. etc. (Ospina Fernóndez & Ospina Acosta, 2014, póg. 47)


• 7. ¿Qué son los actos jurídic os típicos y atfplcos? Un ocio jurídico es lfpico o nominado cuando ha sido particularmente reglamenlado por lo ley. como el testamento. la compraventa. lo permuto. el arrendamiento. etc.• y se dice que es ollpico o innominado cuando sus estipulaciones no encojan en ninguno de los ocios legalmente reglomentodos. Las expresiones nominados e innominados empleados usualmente por la doctrina poro cistingul' ocios típicos o atípicos. respectivamente. son criticables porque inducen o pensar que la referido clasificación se fundo en la institución romana de los conlralos iMominodos. lo que es inexacto. El derecho moderno es regido por el principio diametralmente opuesto al romano. o seo que. por reglo general. los ocios jurídicos se perfeccionan con el solo consentimiento de los agentes. por lo cual lo referido institución romano no ha encontrado cabido en este nuevo sistema. (Ospino Fernóndez & Ospino Acoslo. 2014, póg.50)

•• •• •-70t5'2

.''--~~~~~~~~~~~~~~~--'


8. ¿En qué se fundo lo c:loslflcoclón de los oc:tos gratuitos y onerosos?

Se fundo en lo utilidad que el ocio les reporto o los agentes que participan de él. Si alguno de toles agentes obro desinleresodomenle y no recibe provecho o beneficio del ocio, éste seró gratuito. Asi, pertenecen o esto coleg0<lo el teslomenlo y lo donación, porque en el primero el testador solamente busco el beneficio de sus asignatorios y. en el segundo. et donante se desprende de un bien suyo en provecho del dono torio sin recibir nodo en cambio. PO< el contrario. si el agente con ónimo de lucro. o seo. que intervienen en el ocio poro revivir un beneficio. tal ocio seró oneroso. como sucede con lo compro vento y en lo sociedad. contratos estos que. respectivamente, son útiles poro el vended0< como poro el comprador. fOspino Femóndez & Ospino Acoslo. 2014, póg. 53)

1

'

UL

1

~- ---


9. ¿Cu61 es la diferencia entre actos entre vivos y actos por causa de muerte? Los ocios por couso de muerte se don cuando este acontecimiento produce lo transmisión de lo totolidod del patrimonio. o de uno cuota de este. o de uno o más bienes u obligaciones determinados de lo persono fallecido o otro u otros. Si este despknomiento potrimoniol opero en virtud de un ocio jurídico opto poro regularlo. el testamento. tol ocio es por causo de muerte. En coso contrario. o el ocio no produce tal efecto. o es acto entre vivos: como por ejemplo lo controtoclón de un seguro de vida. en el cuol lo muerte del asegurado es el riesgo que determino lo exigibi~dod de lo indemnaoci6n en favor del beneficiario. (Ospino Femóndez & Ospino Acoslo. 2014.

póg.56)


10. ¿Es considerado el 1llenc:lo opuesto o actos juricfeos o o uno Interrogante como manifestación de la voluntad?

El silencio opuesto o ocios. o o uno inlerrogoción, no es considerado como uno monifesloción de voluntad. conforme ol ocio o o lo inlerrogoción, sino en los cosos en que hoyo uno obligación de explicarse por lo ley o por los relaciones de lomillo. o o causo de uno relación entre el silencio actual y los declaraciones precedentes. El coso más cloro que ejemplifico lo mencionado es el del matrimonio en el momento de lo pregunto oficial público sobre si deseo contraerlo. el novio guardo silencio. pero lomo o lo novio entre sus brazos y lo beso oposionodomenle. ello podrá ser muy poético. pero o están casados hasta que no dé el "si". (RoblnovichBerkmon. 2011. pág. 387)


11. ¿Cuáles son los actos esenciales para la formación del consentimiento en las convenciones consensuales? Si el consentimiento consisle en "el concurso real del as voluntades de dos o mós personas•. es obvio que este requisito especifico de las convenciones solamente eidsle en el momento en que todas y cado una de toles personas han manifestado sus voluntades convergentes hacia un mismo querer. lo que natural y lógicamente supone, at menos. lo sucesión de dos actos simples: lo propuesto y lo oceptoci6n. Es necesario que uno de los interesados le PfOpongo o otro u otros lo celebroc16n de lo convención y que este o estos. a su tumo. manifieste que estón de acuerdo con tal Pfopuesto y que adhieren o ella. Asl. el encuentro y to unificación de lo PfOpuesto y su aceptación es lo que genero el consentimiento. (Ospina Fernóndez & Ospina Acosta. 2014. póg. 145)


12. ¿Qué es la consenttmlento?

propuesta

como

ado

esencial

del

Lo propuesto se puede definil' como lo invitación que uno o mós personas hocen o otro u otros o celebrar uno convención. Lo propuesto de celeaor uno convención puede estor diñgido o persono o personas determinados. o al público en general. vale decir. o cualesquiera personas indeterminados que quiero celebrar el negocio. como los propuestos contenidos en cotólogos. circulares. notos de precios corrientes. prospectos: los exhibiciones que los comerciantes hocen en los vitrinas y mostradores de sus establecimientos; el ofrecimiento de premios y recompensas o quien cumplo ciertos condiciones. etc. Últimamente lo doclñno tiende o res8'Vor lo denominación de oferto o lo F='opvesto o personas determinados y policitación o lo que se dirige al púbfico en general. (Ospino Fernóndez & Ospino Acosto . 2014, pág. 146)


~

13. ¿Qué es la oceptacl6n comentlmlento?

•1 ~

•• •• •• •• •• •• •• •

como

acto

esencial del

Es el ocio de odhesión o lo propuesto por lo persono o personos o quienes esto se ho dirigido. Lo oceploclón puede ser expreso o tácito. Es expreso lo que se hoce en términos explicilos. verbales o esailos. Lo oceptoci6n es tocilo cuondo se do mediante hechos que. otendldos los crcunsloncios. revelan inequlvocomenle lo intención de odherir o lo propuesto. Así. el recibo por el orrendodor de cónones correspondientes o époco posterior o lo terminación del orrendomiento. indlco su intención de oceptor lo oferto toclto de p!'Orrogo que le hoce el orrendolorio al pogorle; despochor los mercanclos pedidos por el oferente en uno demostración Indiscutible de lo aceptación del pedido. En genero!. cualquier ocio de ejecución del controlo propuesto constituye oceptoción tácito de este. (Ospino Fernóndez & Ospino Acosto . 2014. pág. 161)


14. ¿Cuól es lo dHerenclo entre objeto genérico y objeto especftlco de los actos juñdlcos? El primero consiste en esa intención abstracta de participar en la regulación de las relaciones sociales. en el ejercicio de lo facultad que para ello confiere a los particulares el postulado de la autonomía de la voluntad privada. o sea. que es un requisito también genérico de lado acto jurídico. El segundo. esto constituido por el conlenldo especifico de cada acto. determinado por las regulaciones voluntarias de los agentes o. en su defecto. por las normas destinadas a completar o a suplir lo voluntad deficiente o fallante. según la nahxaleza del mencionado acto. (Ospina Femóndez & Ospina Acosta , 2014. póg. 237)


• ¿A qué se atribuye el formalismo en el acto jurídico?

En el derecho moderno. lo voluntad. que constituye la sustancia de los actos jurídicos, por regla general puede manifestarse libremente, o sea. sin necesidad de sujetarse en su expresíón o tormos o ritualidades prestablecidas. al otorgamiento de escrituras. ol pronunciamiento de juramentos o de palabras sacramentales, a la concurrencia de funcionarios púbficos o te testigos. etc. En esto consiste el principio dicho de lo consensuafidod de los actos jurídicos. cuyo fórmula consagrado preceptúo que "el solo consentimiento obligo" . De suerte que lo nota fundamental del mencionada principio es la 6bertod en ta escogencio de tos formas para lo expresión de la voluntad jurldica. (Ospina Fernóndez & Ospina Acosta. 2014, póg. 223)


ablnovlch-Berlcman, R. (2011). ~recho CML Buenos Afres, Argentina: Astrea.

~- ---


Cl> ACTO O JLIRIUILD t1

o

au1A1To sa1tz:~Tl2G '"FACULTA/) /)€ [)E~Jh)

o

..l2- 03 · .;lO/ ¿

.DllA. :tb HA/l/NA

ccr

POAl-

At.'8tJIJ.Ué/ZGi.JG


e' La dc.c:;larac,"d.1 d~

i/Olunfacl $obme,,f.:: /'"e.le

ser ~J(.pres<1 ~

No,

M

f""'l'/t,;./(:;',,

c.1, ?"-'~ /u ei<Ís;~l1C~CI

<./,

lo

;'ó -

/:.Jnkcl c:ons,":>ft: en : "fé,/c. c.cMJt.Jc:fd o proecder 'Y"'~ qe c:ut.1erJo COi7 /os arcvm;/7:1AGl~S 9'-'" /'.ermif~,, ¡,,.ferir la *'"'':srenc;a ~ tina ,,~/un k1c/ :..'

I'Borcla . , ,

..,,¡ ~'l'I" /'.

;,93)

_,_


¡De,,.:~ ,J S,/Uk,1 H e CZ4I fu,r ,.,., ~ o n1-lr.>fue101J ¿/. V: k!otl en .el ac'fo¡c1r/<!tc-o r

•C) El ;J Íf!Ac.~ 3úc r.loJo ¡x-r ,;.¡:""' rs..nc; no ~~ J,. .nr hmaJc. ~al'J,/e~/, c1Ó~ ab 11u/1.1.1ktl. fbr .:>1knc;;10 el~/, .. ~/lhnd~.H' "º _,o/o ,,) c/J..,li:nc~ ~e Je. f'rc,n.._n,:or O e .>c.NJ1r /'a/4614.J,, S:no ;-..,,,,,_ ¡,/¿,, lo obsf~n~;tf,, el~ retJ/1~1' .:si3110J 1n4'1..;o/.Jt:•t...J1 r¡~e ,Perm.ftm Mf°eYir /u vol1J,,,faJ de "''c. ¡urJVq~'!

ti (

,D,.,,O

(&irJo . 6

J

../9'f'11

¡>·

3</1)

-..l-


No, el 1?-mc.'f>10 d~ /o '10/1J,,/o,/ Pr1vaela ole.Íle esh,,. MC1n11''Shu/4 k¡a/,rJe'I~ )' na !'",de. 1r ~ ~fra.

el~ ~recÁas e1Jr1ru/o~ o f'ec.Dnae1e/QS.

-3-


t..' 6Jut! tmforfan~ia /Csee el rJ,,,...;I"'º de 84'~/Jq

ti

en '·"" ocfo dtJrÍ.Íu.o !'

/:/ 'Pr1n,'/'io el~ 8~ /'IQ fe: l'~on1/G. d~¡,,.,,,;,,.,I" en Lln ai:.lo c/"r/d1tx /g,.$ s')'ute~/é.l c/rc;vnO)/cMctos "-

~

t!> t:<lU::t:.I

de ,¡.,.cfv.$;a',, de ~u{Pa61/1Jcu/ ele

<=i"rf"ctS eo,,dvG fas-

e'º"'' e/erarse

'I'" ct,¡ehuame~ /¿ l'dr.tn

; J/c.; ro.r;

_ es un e/u17cnfc -funclame1Jfa/

1u1 / "

tnfer•

,Pr~fDe;~,, y e¡e~V<--~c·,, d~ ~cJA/rz,fe:s _ C"s tJfl J,'m;~ ~/ "Jere1c;;ÍO dt:. /o.s der,chct svb, 1 ~ fi t.10¡." ( R,,1¿ra. :T, :l oao 1 f' .J. 'I' }

- '!-


Ji

de 11

'..)f~ en

/¿, V.

Ju.-,

r'i!

cf

r-r. nr:i;p.10

<k

k

~¿/ f7. V.a da f ~/a;

Con.u~fe en /e, dc/7"~'~n 9"'e d /etf's/o-

dcr h'4_e

e11

ks ~rf1c:vldrej

ciC:,., o poder 1"'e c..l'cnes

l-1e11t:

¡ vr/clu.4,S- 7

lo qfr,/JJd~ rf/14or /a.s re/4-

:$oc.u1/e.) .1

ele

d~l'lae,;n

7-'e

1/;,f"s 71~rc.,,, m~d1un/; e/ cfc~am:ieH/c> de cu:.fos o ne¡oe..1cs ,¡vrfd1eof )/ rt!).s¡t'Mt;,1.,1011./)

P · ~)

,

EL ESTADO ECUATORIANO

' "'"

-s-


ha e¡~1t:ulo ~111 111kr~ t ~ d so lo l'r"/"Ís' lo ¿., /"~f:lc1•/,e10r a l"e~eCr'Qf. !.) Cuqnqo e'.sfe s' ÁQ e~ue-iJo en c-Mfrq ele los -ri"es eco11J,,,fco.r .soc.io/,s 1ve. ins¡'lror~" /a ley en la cuq/ :s~ olo7J·

'' a) c::Pa,,Jo

#1

r

eiH,,,/o ~e /," ~erc1Jo c:onlr<J /o mc;r.,/ ! /Q B<JeA., ~ . ''{Bordo . ~, 1 ,,,,, r~º 31)

-~-


...

- r"

11

I

_L

c::cn~; T~

ª"

¡

/,ll!!cna

l.

J

,

rJ'""ldlGO

Cs "'" élconf.:coniten-fo hc.>.nuno o t:ondv.,IQ

h1.1.-.<1nQ

c1~

(h'1

yue

L"S

c.s-1-od,

Q

e./.,-ferm1'Jl4c/o,,

ólro )'

9;,1e

c.--L u11161c,

r"ll!! 17rAiv.,~ ea,,::.~­

'"~/Jc.Íd.S' rJ11r/~,JS JJ (/10Qrt1¡1

..ZOIOJ /-'·

5"5.<.)

- '1- -


~ Ou: r(!fullsifo.r

ddc a1ml'/,,. u,7 A~cJc; hiMJcu1 /'"'"º 9v~ ::r1.-a v~l... ..,fa,.io ~ 'Rlr:1 .:¡ve ~~a d,ef,rm1ngclo u,, hc!.:_Jc /,.,,,,,1111c; e~mCJ ,10/v.1/ar;~, deh~ :>~'111r f~~.,,kJo CCi7JC 1

:;-'Ice : . ' e/;,·c;t!rn:m/rnlé:J .1 1nft!n,.ll.;lf /

/16.•r-

fad '' (ílc::,/,;11c wt:.h, .zo11, ,. Jt;9)

-~-


c:i tJv ;

-r. "

/o

''Jos hecbc.r el/to$ :::rJIJ.;, ..

cJ... J.

.r /

.J::

""'

)

?

conLrefo.r r r a :Tt!Y hcc.hcJ t/vrร

.Je6t!n en con.rte e;..,,,, c.14 /"'d~r s-.er m,Jar en e/ f'l"u e11,,,$fil-u'ul<J l'rtr la

ncrMu

.>I

-<ยก-


<! éx15/e,, c/u,c/,Df, y1Je /'uu/4,,

"º pt'~V.?.nlr ¿

t:'i

"NtJ, l'ºr7ue los C.el'I

dt>rtr~OS

Y Se. frv1ns-f"1 t:r~n Je

naceh)

.$t"

Ul1b rr'$f:>'JO Q

mod,~~ eitra ~

~¡ Se. e.itf/,,3uen e:s .::> c-m;,t·e c·o1J.St'CVt'n~1q o /or '11ecllo ele t..n) J,,"ho. H (Rob1no•hcl,,.,¿011J /'• .J

'º)

-10-


~ &tJ¿ Se;'> lo~ cu:!/ós ¡..,r/ckeor ~ 1(

-<"

,.J.

; I

vdn cJe¡os <fune11c:or

..

I os ac:fói vc/.;,1f"oricr j'1-

c:;.i ~cr r~ .,..en¡.:1" J'>"r -Hn 1nm~.Ju~fo e!sla/Jlcc.:r e.n Ir~ lo~ ~e>r.>"Unu~· ~/6.:1C!/'ll'J' ¡v,./e/,c4J: ~lcar.1 tr>oc/1 ftca'i +~~.J·fi:nr; cc;n serYar f an i • yv,'/,u- der~<hos 1~

~t:t,,,~."u.r~

-f999"

p- 12)

_,,_


J. N

1

$°" Qr:los .1.10/unÍt::n•i o.I $o,, //ctfos

7i~"'" 'ar

.¡:;,,

in.,,e/l'oh lo ¡n·oeJ~¡/.,

de .feclorJtJr/cl,~ "

(1Jordo 1 199'1 1

p• "º')

característi ~

6::1

Q

-1~-


d Í1u ¡x-~.sr;ncu· c/"r1Q/,cc.s

.r""IM

reahzor adaJ

J"rl.:/1co.r ~ .e- " ,, ..71 /'''"~fa '/"'e: C/ aclodur1dlc.:.> ~r- ~nu. 1~,11 fro r~l.:-c.IC.''1< .le e.CJ'1 lo t::¿;1j'C>Ct c./o../ de //nd1v/clcJO 174ra 'l~r.~r el ¿>c;,ftJ ,P"'r .:>/misma dt!! ac:u,r11lo C:Ut7 l.a fecr. 1~ Je /o C:Clr<• ded /e.gol • 11 ( t:J.r/'"'"i JIJ/~1 /'" .2~) ; ~;n 11unÍJo! !_º Te. fc,,,ando al CJe/'jo Ct.,,i/, ~fe ,-s/n-¡,/e.c- t.>'1CJ 1ncal'tuule ti rie/~/11.10, r1us~o '("" cc,n.S1~f.r etn ~-~ ucfdJ l':t1n/~,, fener c!J~rlo valor /.::¡al en cle/.erm1n,c.h.J~ ~rc<J,-,.rk1n<"a..J.

rce

-f~ -


a'

tJv,

1

/o

e<1vS-q c-n '"' uc/o ¡1ur.1 'di-

c:-.eu1:;"

/'un/e •n f~,,clerst' #!h c/41

/m/'/,cq

2

" J.o

/'"labrd

O~t>/''IÓnr.r d, Feren~· :

et) d~.s1'jno1 o vec.~.., lo 6.>en'le ,¡, la~ c/,/'Jqc1c,,t:r (~ .• ) ~ ofraJ "'s en c:.ombio1 en cl.:u,,he/.o 4 c2:1<.1St1 l-1no/ ; .s17n1f1·c.o tsl f;·,, y~t: /ns rrlá- l'rof'"• :>1'ercn q/ con/rbk,r JI ( .il<.>r./a. G, -('199, f'• "tt~) <::•S

1


e

Cu.J/es don /as .¡..

~~u,~1k ele v. /,c/<!2. c:/t!

r/ur/ c/¡c-CJ?

I .t"s r~'1"'.;¡ 1 fv.r l'ºr" /.'o ""/.,cu:~ de' 07i.lt!//CJ.S .>' iJI? • /a cc.711ac1<lc- J ,/~ /es t:1¡u1¡¿J,; /a t:1llse.1c:.it:a e/, "'''CJ dr ~n.s ...,,fi,,,:enfoJ la "'~"''°'~ ./~ /e:;,é,,, encr/Oe 1 /ttJ /ic:lÍ't.J,/ c/..Jqz_ ¡-.fo/ /a //t:.1lvcl d~ /c. c:av~q ¡'/a 17/~n1fvil de las -l"or~a/1 do JeJ" /'..re> c r1 Ir::.$ en I o I~¡' ' 1 (º?Me; I .2tJJ#f,; ,P• $'f - '5°) . " ( .• u )


é CvJ/ ~ /a rel~u;,,, ~J6/renk enfre he~ho

· • "'' c..J

/

e.JI?

r

_J

U'J

:c.• ~J o"

6 · ""'" rt>lad~n l'ª,.fé. - f orlo ..n 16 c::.ott/ ./ he ,¡,o c/"rld1 co es el ;~'ncro y CJ"7q )t> .;>;./~,: <'~/'t:!c:le$" c::S el a efe Jvrlc/l'c:ó

Género

-1~-


Rt: ferencta.I

_ Brebb1~. R, (¡9¡9) 1 /lec.¿os y aclo.r¿;Jurícl1c~:: C.Ól!?enlano el- loJ arllcvlaJ 1'9'- ?'f.~ ele I Ccfc/,,, e, VI/ IA)<!;trtnc / ::1ur/s~r.;.1./e11c14 Ícmo I , [;..-/, /vriQ / A~-f~ec : 8uenQ.S' 1'/lr~ .

/.. /ol7)br"s. 1, (-1??9).) c<lrlr:,_ c;v1 / Anakc/o H>mo JI ~ ll~c.ho.j y Acho.r .Tur/c.//car Ack J" lle¡

fv.J,1

Abc/,Jo - Ílrrof: B<J.-nc... Afr.-.s-.

{.2010)) .Z.nfror/lX..C1;,-., al 'ZJerec::l,o : '[),_,.,;hJCQ~,,,fc; ,...,jf~/,,, I ~/,iz0af _.. o 1 , len7;~ !..1701~ . ÍfonrO}' .

U,,

<!)Sj'Mc;. G {-201r¡.) kor/o Gc•,ne,-. / d.-/ C';;,n/rnh ~ del AJe¡«-..-o ft1rld1e:o 1 CJ,ltiáa/ 7e/'1t/.)º :

B o¡alc/.

l.2:,1;1,,ov.c./,_ /? {2c.11)1 Jl>recho C1v1/; 1?.~­ ie.. <5'en~,?:l/ dJ,1-vrfol A.rlr.-c.: 8:.J<-.noJ' A,_ ~~s.

'

-;?,.,.c:-r.::. :f (--000), ~s f, lveit:Jnt"J ele/ lJN~­ .:Áo •h I · ?a.r Id 6en'"'r"' / .r> A6..·lt>.lo tl.,rrc.tj :f!v~ncs A 1r,.s.

e,


I

CARLA L OPEi!! 5~ SG"/VféST~é

HArlllct.1~ ~ 70919.¿ ../0 - J-IAY0 - ..20/6 ])RA. • .::10 HAii/ A PóA/Cé


•••••••••• • j

s;,,, ocfcJ volcnfarío.J" //c1 loJ f"'e lc-7an ptr ¡;,, 111med,a/ó t!'sfb!,/C'!,~Y ~17 /qs /<U.>" 11

n~.5 rel~u:1c.neJt?/ur/ct',·cu.r

#

crea,,._, moc/,"hCLir

o '" f/"J"'r d~r,c::'7cs '' (1?ól:hncv1el, y Berkm<J'l1 ~ou, /'. ~112)


••••••••••••••••• ¡

C'

aue

CéU"'üc.ferÍsfl~ dcbt- 'reu,,,;;-

ac:k j-tJr/d,·c.a ?

e/


••••••••••••••••• ~ Ce, ú

fo .s

1'

11

/e

Clrt dice

h men 1.

.J

.:

E~ o.s/ 9t.Jc ~on reloc:.;J,, ,.,/ "' ~fo .:se. rey...,1.s_ re /u revnio'n el~ /" vo/u,1 "f¡,j, C4,P 4 ¿, J ... / / le¿)'r1mac./.,',, con rol't:.efo al o~.e..1-o /q

0

11

Goncurren~a de )'"'si 6i/.'cla~/ )' /1'.::i-l-uc/

f.••) en le

c¡"t: _,-e reli"ere

Fu>u/ ~~ 1mJdo ne

1-u</

¡

,

q

/4

ceu/Sa

-

.:>i,,c;er,c/nc/) .fu Í1c1 su mdr<d/c./c...c-/ y ,Pªr~ lo:. "fármQ

~, m~ne::..fer- ~.:.1

:J.J

.5omc=f 1

,,.,,e,,ro

d/~ J'OSJ eio/1~..f d~ I~ /c=y fj""an6oft() 1 ....¡q<¡I 1 / ' 19}

11

a /<;_s


··············••9 d Cu~~/.~ 11

/vl c:.lrme,,ros /'ara la -fármou ,, . cc.,,.,e,, r/mien fe,., ? Otc·rf4 es vn ucfo d'vrle//co ""'"'/et fe.re/,, /'ºr '>

IJ

~rc¡:10nc 4 cfrc lo ce/ebrac1d,, el.: un e1efo¡/"ur/&!ua> en fdrm1ncf -lole.s 1ve- ¡:>ara 'íve '/"~ ../, /"J.r~c:.fo ~~ r¿-el t:val t.1/u1 /'1r.so/J4

9v1 ere 'J'-'t'! Qce,1:1/;;. . Ac,,pl~ic1o'n ocio J~rÍd1eo u11i/0J;r,/¡<v e./ evo/ /q f'<'r~'-n_<- e1 7.v,'en vü d;r~1c/e. /« of~r la nu1n1 /1es f4 :r~ <Dn form 1 c:/0 q' co,,

~/la.

11

(

;fat.nno1i1cJ, j

B~rKrnon 1 .20f//',:J3~


••••••••••••••••• C'

E/ ª"/7~cf?i /.s1cclaj1co ~$ fe ele la vo/,,,, ~e/? 11

r; .. } Par4 t!/ .;.sfe:.

man1/esh::;e:16n

J)"re~o no c:s

releva,, Te.

~<::.>"'º )'ro,eso m,,-17-fo/ inro~.s~co

r

( •• • ) :$/no :sola en feu1fo en cvon fo t!!!>C/~/en 'ºn¿rehu evu.lenc/cr.s o'-~ ./-wu.s l

/'• rc:t'f' f 1,61es

(J<a6,nov1e::.h

'"tf

11

t

d<.rkme,,n 1

.,10111

f'· 375 · :l.rl

I

)

j


••••••••••••••••• e;

¿,,

~J "'/'J.R'/>/,,,,,;cnló j,·¡,r~ de v: c:-10.s 9L'cÍ e~

nuls /m}'OrfanTe k v.;./u,,lac/ i,dernv o 14 ckck, '

c,.. n:?

"LQ valv,,fod t:'S el o/..,,cJ ele./ º"'Te jvr·,c/,e,e / /~ ~~/or~c-lén es el cvllr¡oo ¡ 4móo~ son n.:.t:4! .:>arios /''va f"e e-1 oc.lo e:xi.si~ ¡ ¡:>t.Jc!.dt:t ,Pr..; dvc.ir t!!Tec Tó,t

11

(Cc74,¡nvcc..1 tlt!!

C<).so1

-(,9~, /> ,¡¡¡)


••••••••••••••••• d rJvd

f¡""ere d.ec..•r '/"'e

CJ/J

c~.e.fo

d be se:r &f-u-

-r

'1odo }lace rt:~r~nc.:.1"a q rvC:. e,JH~iq v_n 11~~, ,1'<7ra • 1~e -'e el.- .,~ ,..,m/'!/¡nucn/CJ .,, el 61u, ,-,e ..x~

.J1~r~ al

,..,.,o,,.,.,..n/o ~ ce4~ré)r.r, d º~"'ju·

n'eluo '":;"'..;.. /a csf,,/'U/a Cam¡:a¡m.1~·c1 d'c Cdsa :

( - •) ~

e.>-

ncc-esor11 ~· ,/e./.erml1?9

oc~ e arlezo ¡1uu'r1cq .:nnc 7"t: 11u~.4 e,.;,.:;r.r ~;,rfa /n d<"- fer rnin~ ... ia'n f.-70~/ '!""- ne V'ú ,.,c!.J q l/d ele/ ""º'"~" 1-o ,¡._. :,-,• .c,,.,,"/'/un 1t:~n-l"o . ( .--f?'ll)


••••••••••••••••• C!

1ª tª'.J'"an a ¡ n.Juk

..;)~/'" oJV~~ lo el~

lh7

aGlo

¡u,,.., ',,/,·cu "! J_ét ;:u-son¿, no ):'~uc/, ~,,. "~~fo de_/ aGfo rJ"l"1'.itc:c >'º fJ~ rr .,Y(.) ,/-;n1cÁ/ Ávntd'1<¡

J~ k t::cn li'eren der~ cha.J IJ,..,.,,~na..r JE ><t'~fen _,.¡,, c:mbc:u~0 f-eorí c,.s '!(,)' c~f'/'., ·/qn 7.J~ c:./erTos /nr~s /'<M.4kn .:rO!.r c:t:Jn1~re-1qh~ do.s 1 fl:,ek, v~a- 1."e. no clañ~n lo ..sulvd n1 la /n f-t-y1t:t'c..e/ de 1~ lh'"r.s"nq : J /ec/,~ malerntt 1 .,.., ;tán) {í?,w~ .1 -199~1 ¡:'· S.:l.S}

r:::aw/o

PROHIBIDO EL VSO A PERSONAS


••••••••••••••••• ./,17,r, J. "'°''~ x•ce.kl"J Áullcr~ a) ./" c-c.nfro,l"é''!:f-ac~Ón e<enÓm~a:1 t:1 I'· • •) ?''~

/l'.1.-

11

'I"' ,J, &.'-"'! r~ncl·cfe .r.l·n~ro ele /a iek-4 d~/ ,e,c/o eu.~I t'.S ,¡ f,,., /"ara el Fe .:J., ~cnlro/-q . b) k .fina o ma/,:,;ar "'''/u:rloJ o /71r.s-cno/,.s /o ft.J' /?O 1sl«": en , / ae.fo., es cl~C:1r /o man, /'ic$fa~ /cu/' ulé~· al ~onlr<>lar ¡'. --J /''te•Ílí c::o,,,.nd~r.,,r.>e )., cuvs<, ¡:-,ne,¡ ek~rm1~

f.··) c¡ue no no

fe e:.) En c-~.10

,;,

s..r ¡r~lv,' /o : ;;, eov.sc- sar~ •/

ª"""º 1. b~I ( Bor./a 1 .p ¡qq /

11

f' . 95)


••••••••••••••••• ,'f. lc

11

XI

flf

i..1

~

l'I

/1

C.

,/J

r~7v,-sifo e5enc:10/ de los acfe>s <l"r/el/car . la ro/fa ele e//4 ¡"',/'/¡~ lo

ft:t

coe1s4

6.S ""'

ª"vÍac¡~

de/

ta e 'J"t!

la.

~cdc; ye:; JteQ 'J"t! ~si-a. al P'IO-

menfo ~ reali"21ar el acfod"ur /chco ho 4!Xi;_

(&rda

1

C<ll.IS4

no

.>,Q

1'1'1f7 /"• 91· '18)

r~ ~rd'.J'en:l ·~


••••••••••••••••• 1.:' C '-'~~1< k

'' Je¡

lJ

t:"4llSCI

7CJ

e:s

'1

rl

1h~i fá

1 / /e..1 fe¡ i!

<Jvcuu/o

e>s a:;,-il-rori4

~ /e1s /ey~.J / al or.Jé!n l',JÁ/t"cc . El/cJ c.c;m -

,crendt" a /~ C:4USO ~ntrar/a e¡ la l~y, al Ore;l~n y a /qs 6t.tu'fo.s ~+üm6r<J'. '' (R,.vu4 J 19'1r1 f'· 'S53)

dad

finalidad f '131:dad


••••••••••••••••• e

a¿

e$' el y ie~o?

"{. ._) Le¡ c:c.n-h17enc.u, ~~ (h? dañe 1 C Sth./ /a ,POS:6i/Idoc/ d# r¡{.}~ a/ o~r .Si!' /',.QC/(.Jc; ca ""' cloño '1 {

Sarm/~11-k. ~

..2CO .:l .1

,P· -lt!t?)


••••••••••••••••• C'

caJ,,Jo J, -

$e cO/l.:>tdua Íoe-,:ísfcFJ7e

d ~e fo d"t'I•

'.':'

.ia Íne)(Í,Sf(!ncÍq de lof OGfc,r jvrf dict:J,J' r<.Je udo/e~~e17 de: vnc de!' /es elemenTOJ ese,.,40/cs

( •• • ) es irnl'os i 6/e, Y" f'-'t:!, en /Q ra:1/;e-/.,.e-f ~1empr~ rradLJC.t!I') ef;.c. los

r: -. )

él efeclo ¡:>rec1samen/F /'"'~ck ser /4 nv/1,./cul; 7c.1e es /e, 1nt::ficac1a. de lo.s ac:.fof¡;/vr/d,c.o.r. (A CO$fq I .200.Z I ¡!'· .z$' _¿'1) .


••••••••••••••••• u (. . • }

Úns;sfe

c!n

c.1t:.:.1//ur

/a

~rc/4~

e:-h

d/s:mc.1/ur /u 1nf~n~1cf,,, 'red/ d'1 /oJ r,.f,s o /os 1:ro17tbl rar '/"~ el/o.s ~r.S'/Clt!!.'1 ' 1 ( L/&H76,-o.r, -1999, / ' 1.25)


••••••••••••••• v/. d.., '

"

A e~c/o

cnfre l'arf.e$ • La fino/to/dJ d~ t!!nr••r • l>lsccrdcmcl• eon.Jcl,,,k ~,,fl"'t: /Q lunfcul y /a clcclcu·4c:1.,;,, • ( AIJ«ir /lo/,"" 1 .zco11 / • I~)

La Simulación oel Acto Jurídico

.'

~,.

~- ··


••••••••••••••••• et: C°va/t!'S son /os- rervi~i le.{' 'j"e J~ie reunir un of>/e.fo para 9;.1e t::n el ac;iot/"'r/ef,cc re" dclr-r mme ~' /¡__, rvJ?

·" ~. - c::..$Q$

'!.Je e.> f~'n en el eomt!rc:Í o

Y~e ne; .:se hv¿,t::rQ /'f"a1>16/c/o ,Por v/1 ma ;.,.V<.J

e'51'c!!GUZ / .

3.. O.e;~ no .su1n 1mr.s;.&le.r,. du::1l1u a fradas e,

t;. -

/4$

a~ no .$~ e1e,1ont!'J

o

eo11

b'1tl'n'l.f' c.o.sl-uM6res

"l'CJ"l.C. de-

Q

la l/>.!rfae/ ele las

/a <=C)t?clenc:/C,.

5- /:Ju, . ne.> J""[/u~/,7.J..i? /c.>s c/er~cho.s ele <h? r.; rc;,cro. 11 €lu~ ~e.e. de fermi,,~u/a . (Ra6,no~ 11ch /_ BerKman, ..:ZC>// 1 j'· 31?;}

.,., __ __ .,., __ __


••••••••••••••••• ttiuJ a.7mder/sf/c:as cf..6,, reu/Jir- vn A~cl,o ¡:x1ra 5<'r c?!}n:;, dl"racla un cQSO -li>r fu: fo o de -h.Je.r;¡:µ m<.1yor.., • - I nipr~1Sio111 . 'L·'·-1.) ::,r1

d

- I uc•sisf";bi /¡Jad ' Í/Jev;/c1it/,·do/ - ll~c.hc .s~brc-,,,:nic,,fc e

-

llt!:.chc ei<.fr., crc//,,c,r/o lrc-::hc exf:ernc '' (6'hen.-i, ~013 1 /'. IC<;-

108)


••••••••••••••••• I

el

Co00

se pel#" .1...;1/

de.lermt11'U ~

DI

o

011"

~

¿

C'veute/o ~ ana. lt2a J~ Í"'j"-' f-f¡,; /iJ1:1 ./

/70

...,e:

I.,

.,)

j /"' VCJf...11 _

+~r1edJ.J fY)u~mo.), :¡-~ -:St! f<JnJ.:;,rnt!nfan an .:./ dís.:.ernímJM?fa, /-' /r,re;,'..;1C:11 yfc._ / íh .. rf.2./~­ nno :J:menfo ,,.,hrno ; c:omc, ef,n,.::n fo e>cfer-

no ~s /4. muni./"c::sfac1e:11 .>ensí f/v4.; ele esf" -f'ormu J 7 ..•• defermm4rÁ :~/ e~ ;m17u~6/e e s1 ~ u~nJo 1171/'-'~6/e. .~.J .:-ond~u:.fa í /1clfa (»"óvíene d~ do/e e; c::vlf?4. (ónersi 1 2.01~.11'· ~5)


••••••••••••••••• d C."vtÍ/

t!S la

d, &ent;)ü -f~ndcu'11~nh:x/ c:.hfrtt

re.s11onst:1l:ui1c/ad pena/? 1

'

( ....

ei111/ ')'

)/.a f,,..,o/i,Jar/

d~ fr.. 'rl"'S~S/.Jh1/,r./,,,/

dvi / es la rel"1rr:>'-~~, /"' f-r,¡s 'fJ" ,./ hn d., la e.s

/~

• , IJ s;:1nc.;.¡r...:1

respo.t1S.Ub1 ndctl

ímkmr. 1 ~~¿¿,, mi ~~·

rPr ,-,.,q6/Nd.ia,/ ~_,,,~_¡

(íá• 0 /0 I ~0()5 I f>• :J'f} . /;//o lm17/t¿1111tJ~ /b Y"'Y:,'-'1;o.:.~b,/1d,,u/ ci~d .S ! -¡r'f,.HJt1ttn,."7fG ~h el c.lt:I)~ Y /4 f'~rr:,1~a6;'/, 1

0

c/a..I ~a/ ~> uuinJ~ ~~ Í. h~ en r1~(}" o ~1- arenr_d c:chhi::. b,em·s,¡..1,·ld1<!e.r/'cT'?;·_ doJ .


••••••••••••••••• º Ovd e.s /a

res¡rons-q/J. í .loe/ en-?lraelJ /e

,, --o

~es.;/h, de. fe. Ít?¡/eci,a~,, />' /"..,ÍCi./ e rct"cl 0 de la ~~Gvc...IC/) Ír»)X-!J" r;,cfa O f-ard/'°a d~ U/J(., e h//;¡acjin é!-.sfi¡,, /a da C!I? tJ/7 .....en t"ra fo vd //ele '

(

/;¡m~o / 200·~/ p , .z8)

OOl-STRACT


••••••••••••••••

-, 1.E.SPONSAllllDAD CIVIL OBllTIVA


••••••••••••••••• dtlJve' e~

lo

rr>s¡:in11rQl.u/1C/a./ c111,I

S,;Jf;el1-

va~

" CS -

lh?ú Cctr¡& /r-,,-~f'a o..llJ1/a r~ra/ .,,#t,,Ji. f'' f 1~ 1~ y O re.;, t:'1 I G> eº" D .Sin :1·v tl"'-1'-''1 f o J causo i.h? e.lo;;-o a o fro )' esfa' e.bl'l'.;.c/._, 1 a l"'/Mrorlc e!l'J Ícs 'f-e. 1"MNÍUJ r:,v J_,·/.cs por /c. ¡.,'j ) COA fro/-o o (J/J e¿c;fo un/ló f er.:,/ es /l'"lb/,-<-//nc/ose vn nt"'JCO el'* cav:;c:./,·c:/o J onf~ /e- c4'n~/ve;f,. / t:!I de ñu '' ~

( 6LJ1rrcfo

~ 200~ 1 /'• 10?}

-


••••••••••••••••• e

S..1r¡1

r, ,/

I

c-t.1<Jne/o

e:.J ;/año 1

I

K

,,.

t

I .;,

4jU>vio v ofl'o p·'(/~u10

ccJv~ulo, no henl!' .s.:1 tJr'I~" ~n t,1""" rile..:: 1 ~ C:<NJ/r•"i4:ft.Jr,/; ~uJÓ ~n ct;..d7v,a.. olro f-'/'o ek

e:te /, v1ek.J.1 e~ dL'e 1r ex.1 s Te c,u,n~ t./At. /''*r .>.J _,

I

17/Jr :SI m1.srn.:;. d /'ºr mea"· de t0fr~ d~ /.::. e¡ue re:.-,tn..,,de e 1 rr~;.:; v,., J'!. ño <• cfra r.~rson~ 1 r"s;P• ~fo de le" CtJ<t/ l'>o ~~lnba l~etdq 17vr vt'nc:vlo ..;r/ cluo o~ 0 f°rddv<I~ t~r!Or 1 rekc10,,ado .:;.Q') e,/ d~Ln-0 n~.

c~v..sa

f<.1

s~

( r~"""Yº, .zoos" P· s)


••••••••••••••••• <.J

G.:/

es /0 d,·ie"A"Q

c:J'?

tre la

y lev/.$.ma? ,, L

a;{Pa f'º"t!';

ku:

0·'1

tt cu =-~ ¡r..1ve r.:1,,1qr.,/,,, ~ t::i.Jr,Jcf~r1 ~ j'Dr la. nr~/0',_,,,._¡,1.. flrOS#"?r~ l!ln u/ .:.u""/'/. di;~'!. fo r./~ O,M ¡Á/,JJOOr.,~; ~ '/".:;,,, f'"a 1Jt! es /~v~ .:si #-~ e1ru.ll€4. ~ /o ?·,;~ ,,,., ~qb,..,-'q inc,:·rr/ ..

dó Vl'1 6t1•n l'ªqlrt" cJ_, 'f'&/n1//q Y /4 C'.:J~q e:-s kv/:.:; m<i. :$¡ t:!!S la '!"~ c::.urrt!'$rncle al

n~

cvlclC:,clr~. "" ,./¡¡'/~r/­ ·ran.,, /i4. (~"/Jcrs1/ .:z.a1~ p

/MJ;,.•r Íénidc:. ::;1 mó r'dr~ d,. 1'f8- !~?)

#


................. d Cl.k.-i/ es /a. el, /C~e11c.la en~ I

J,;

17CJJh¡e..n&lc.. J V

,.,,,..,.¡,,,,,<.te.lnJ,P'rtc.7, /J~ ~ne/e; ~s

mú.,,,G

7C

es

t1r1"' 'l._

,,,clt.:c.lc:. !J~,·=- •11_1

/rJc{!)n.Y/rn# _

/á /~rt--..laA S-I*

ce;,,.$, .:s /;. en

T.:?"1~ 71.e ~... ,,,. /e; /"...r.:. a -

E,,

"" h~·ce n7d.r ,.!,,,. /o.._.,_.,. J.,f,,"

'

hc.-c<:r

le-

/ n;c:~n/o con~c:/encu·~ ¿,ello /" t'lnalme-7<-. -

/::1 '~r•rt..:"/--4 d;fiier., """' t~' .::.3f., es :'lJa'1~/u

,.,º ,:-, . .

i,,1n ... ¡ur.;-o,,,_,_ fJ.-~ .;f!),,, / .... .:z,r.;..:1 J~ ~ f ::l_ n1 ..... :>"' ¡-/~1w!'nh /JJ'"-"; rie.~J/2.a r Jelel"m;h~j_-, ( .:1- f/fl'IJ.s./1.s -.

( 6h<t-r >Í) .ro1.~ / />

1411)


••••••••••••••••• u C.oa°11>s

)e

/J

las c<truc/cr/ sh eas ele/ ne,..o

c,u1 JCI I ;>

11

,,,/.

l./l'JttA

2•

éerfeza

a.J/'per

c1cúc'r1

e11en fu~ !t

J.:: ,j o

h1f'...J/Ps1.> .?tJ , .., la prue~ d~ o ciJ/ /,,cho d,. (.)/10 cos-~"·

C.Óra'cdt:r d1rec. fo

fa6kcrr

/e:-

Vna .nmple

Vt?&.;

¿:/ /'Je'lee de causa lic/ac/ /u-,,~ 9vc ;

ref~cid,,, d1r~cft:1 en/re la

~/1~1!4 c.:cn14•Í1 h r_.-r d aufcJr de

1rr.Í un;6, 111;/ac/

)'

e/ I

/110

I'·

r.Q $;/,cl -

/ 'I 1 "r un"' t .11 J.~ rn n 1 z¿f e /t:.,, ( Lt!!:. ro1.-01t> a u, .:10..., y 1 ,P· ,,.:; --' f)

---


••••••••••••••••• ci CJ"cl es c:kño ~ '

1

Es- ..Ma k:>,ti.n .$iJf·n~/,-'

"f:>:!'

es e~/~eoro~:

vn hlllc:hc _J,r1.Jfo 9ui:. ~., ~~1 ~ frafo

_.,;.¿,, ( L. e

"'" el 'S"..Js .SfJhr" el CA./o/ ~tl!!CO• c.r~ leÍ..le JCJs hU'lt!'$, ./,. 1~·~ cvc-r¡-~ ~ tJ

ªÍ/'.._t¿,

ÍÓcJr 1>~.:tV¡ .:zo1J'1 ,

.I'~ 6a)


••••••••••••••••• 1~

"

-r

· .; --!

laño

<;..

Da1iD$ ¡ir~~',, r~:;

jos 'l''e h<Jn ocurrido ª'2

fe:, .(, In ;e ... lam~u-.i,n . So,, /tJ \ ~:..t! ...;,,.,,,~,. :a~.:1 JI!

/.1 m1~ m.. . .:i .. c";'" ./";;o.lo1 ,¿

:>oiu 1'"' .>e /"rodtJordn )' hay c.1:-rlee-a. V-?'105 cl(JradttrOS S'u.s ~',,~/()~:ro,. ,jlJn::>d~r~.í á /'' .......,!"°Je r:.1e /él -?e'"-;¿~ I

q;;; n aS1te-

Y,_,.

I

~$' •

Cvr.¡~, /o ,.:> c:alJ.J ti rM.Z/J c..i a. d1i ,..... fa ,~ mm,.~l.af,a d•

*

la acútÍ"'. l>c:/it.J 11ud1u/o

f'}'-e / '" ·rda

(Nüvurrc l

-+ Es ... onu«:,,,¿," inJ/r~' h;> /, medu~fq d, la a~":,[,.,,

(;l?C(

v~iº

Y~lae:1~1

1

~tJ / 3

c.;c;1,,..;,1J

J.. l 1pos de danos:

1A-d~ndo a la naturaleza del bien: 1 1[

r'-O• .D••t.OI°' ,..1.v. ...r.u:.. DO p.aU11noaW.S• .... &><~

°°"*-

dlrc, Ta-

• 116 - 1~ 1)


••••••••••••••••• ¡t:J


•••••••••••••••• 1?eferanc1aS

_ AeosTa 1 M. (<oo<.}- /eo,ía bt?nual de./ Acf.:J ~:Jr1'd1e.o

7

{)bl~c,o'Jt-,j • éc:/;t'-<Jrúd 'll.irrJQ

;/1JJ(/C0.

_ f3._rc./a fltr f-t

1

A. {1999}• //qn,, ..J d"'

_ C~ml''if "."''-'=/ ~ _

-

-

-

D~rec-/,o C,i,·i/ ~

/id, ÍLrtC' / R rror: A~nf"/r1Q.

ÓL Mrt:tl

J.

í?. ( l '1'/ I 6/ Al'}ju,o Jurt clt<:-C. C:.c/,lu,e./ Astreq • Aryrnhn.... Ga1'16'-'lf'o :T.C. ( J 9 i I). Te-..,,·/~ 6c nt-1·.:1/ .,/.! 7 Act.: r/'dl'cc . Gd1c1C11eJ Ayoalma.. ! B;..1.-m:.s A lrY.> • 6h11rs-1' C. (:.Zo13) . Íécr/'._, <(,_,"ª"'/ c/it' le- M~tt1 A.:.frea . • Ar~,,¡.,,(:,ó,7 d1: "ZJ.:ufes . Ec.ldad'c/ ftnG. GCdrón I j (:u: D7;), /ral.>,jO ele- ]),_,r.-c/,o e-,.,,,,-¡: J.a 'léori'.:1 ele los Aluf/é/,,/.,..J. ! e/ /V'lo.:/1:1 ¡/11r/,,J,c.., • )J bre~/'c·" '1lwrva S. A : 11" ',,..¡c0 J.farrclcl~ > 7 -P,t!'Jit'<"<l.>a/ 11 . (~010). c~'eli­ !~ C.'vl / C.:.m •1? J-",.c/o : Docf':í""' > ':(u r1:S/.r".!~~ CIC' I JJ1hl1c¡-ro r, c.'l. Edtl·ortcl C,;1 IZon¡ E J¡_ fart>S : Ar,y~nf11u,.

:r

Le Tc.•"rr1ttcr1.1,

?. (,t:.Ccv), J.a 'Kespc>mc,/,,//-

c/c. d C!vi l . Le;,¡$ s.A ; Colcm6ia _ L lamhltr$ 1 .:f. {l99q) Cc'tlt¡c. Cf.-i/ A110Íe1c/o T ''JO TI ~ ffuh".r J /le./o..r Jvr1e/ieaJ / ,A,,;fos l/1'c:fcJ, 46.!le.Jv- ~rrcf: B.:u~ncJ /lira-


••••••••••••••••• - A/~ 11.irrc y VeJ'ª . (.Lót3). _?vr, .. J,c el,, J/qn-4S. Ed1 ft>tíG./ Arc.111.&a S.A ! t::.~/"qna - 'A/J,,~e'O', (-2Do!3). 1-4 vi'mu/Qc1cf/) e1~1 Acfc; .:J11;í,/1c.·o : 'iéor1~' 7 Rl.l<!!h& .:fv,/¡ é1a/ • E,/, for.:. > Libreo~ J'c!r/',../1'ca 6rij l~! : "R:rt _ Aahinc111ch, í(. y Bc!! r k 'mon . (.2º")· V·•tr.c.ho Ci., . 1. Par/¿ 6,,,.-rnl. &cl;fDr¡,¡/ Asfrea ~ lSct<'1'-./ A/re-:;

w.

º"

~v~r", ..f. { l 'l'lf) . ..¡:17.sf¡f",;º""..J D.-reoho C: v. f • (~,/<! 6"c:ne/"d / 1 . Ah.-Jec/.;, Íirrc'f: Bvenos A1ri'.r - Sárm1-en ~ , 6. ( ~co:9 • é~ lu.!ic.1 de: Í?t-~ . /-'...nsol"i:c/c.cl c¡·,,·: t. Un.1.ur.uclecl .:1~ Cü / º '"'b:4 : C~/01,,,bic. . Íumayo, A. (,:¿ce!>). i.a 'f?e.s17c11.tr-6. !_,~lo,/ CNJ / E,. Ira con f ro, fu~/ 1 Con frac I cJ «t / • t=d¡c·/on ...s VoGfrin"'-1'1~ I Le!.x j. rJ:>A. . : Co/0111/>ia



_.

eA

C\"e 1e..\--c , (!

q-.:c. c.\

IYZ>~l:lU~J\)I

p1e-'t{'\~ óe a.1w~1\.1:>f'1\\"'

~e...~\ 1:.• -e. f 'ºP' ..:> ~

~ ~c..c.i. d

LI.

ó..

l.i.)t'\ 1;..t

<.ÍlL:.:i o. Uf\

!

<t..\os

1n -k1

e 'H> ~

<:\" "~"' 1"' ·~tl' m\l \o c\-e.. :>\\ tXJ.c.I.. <> e\ .\<:nt<" ~1'S \l \\.l :r\'Vo. I u. c\e ll f\t..~VH a..~ c.\:>~•

d.e ú

vn or d. en

l'""o.Ót\



e w AL.

E ~

L..A 1 M. ,0 .:: \!...T ~UN~\\\\,Y\~\\I ' • ~)

t.~

C?.ti

'\..\:

6

~\CA

\'-e

\.uo

C:Ui~ a

o\o\l ~q_..,w~

wMf hm1~'\..~\.J

S\,. e. .

o

d..e.~:>~ Pº (\ ~ f (.'( 1~

~re-<-~

.f+t'-1

--:. c.Sl-:>

t"" ~1 ~

c.

C...•

\-\-€ :.\-\~ :.

l) &- \.'-!!')

t

\

o.e

e-\ ~t-e

<:.\._

f

\:,

N

~

CA.

1 e.c\4.l'Yla.

I

'1 Q. s\,)

l J ~ ~>\1\'\t.i.h1 e.l C..01'\ ..l .\, \-o '( e. , '"'º d (2. c.. C\ V') ~u.. u.J lud.

f

f

c\oC\y

l..








~ (\1 t.i

t

:...o.J e

U 1" l lf hJ F·

'i 1

"-

kdos

"\/<;,\.._,.-\k(,c__,

T e 1t

se

de._\

'1

¡\ (

i \_., l

1

'. f ,

1

1

>r·

r !. \ f" < 1 '

'




, ... ,'>(Q;.I "

~e'\'"'

x.,\~(C\.~~\\; ';,



l

• \'\ 0

e.L~ p1.. .(

-

1 \

t=: -..c.n~ c\e~ •""\l"\O..~

\)\O.

fve• Z.

O..

c:\<:

..

o.~'\ ""\JCY\O.Y\.0. \o. na.. \v<Cl~e 2.C\.. 1 \'\~no.~ \r\~nt.i_.'.n ()°' '-<lo.

r1

de Ó.\..c...l'(' e..le.c...\:u~ ~tJ( \ d\.C._.~ • /\ e\'(,, J\,)( \c.\ \ w - A Ct.lO~\'(') áe \ V\Offi n"rt! (..U"\ C-.U..17a.u..d.1.td \eJ u..l '\ ('lf C\C\d.ct di 1\0.\'\J(al 1 'il 1 r1~ducc e..~-ec..b..>"S ~ \.)( •

1

e,.\ 1..LCI ~

Nc>~1.ot.d-' j \r1~d\u..

A {.h.>I" \tf\~ <L \o.. c.<.: rc..u.0.u.d \ejet l J.~ o.c.\vo.'C' / p• ... c.\..>te. ~\<\.~<:.. ·~-<,1.hu.~ -



Profesora:

Dra. Johanna Ponce


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.