ÍNDICE Pg. 3
Bienvenida
Pg. 4
Somos una Universidad Acreditada
Pg. 5
Filosofía Institucional
Pg. 6
¿Qué es la Universidad de Tijuana?
Pg. 8
Convenios y Acreditaciones
Pg. 9
Servicio Psicopedagógico
Pg. 10 Programa de Orientación Vocacional Pg. 15 Modelo de Evaluación Educativo Pg. 17 Tips Académicos Pg. 18 Reglamento Disciplinario Pg. 22 Reglamento de Pago de Derechos Pg. 25 Reglamento de Biblioteca Pg. 29 Reglamento de Informatica Pg. 30 Programa de Becas Pg. 35 Seguro Escolar Pg. 36 Servicio Social Pg. 37 Residencia Profesional Pg. 38 Proceso de Titulación Pg. 39 Estudios de Posgrado Pg. 40 Glosario
Universidad de Tijuana CUT
La Universidad de Tijuana nace con un objetivo central: Ser protagonista trascendente en la atención a la demanda de educación superior. Es una institución comprometida con el desarrollo de la cultura con un sentido universalista, la educación para la paz, la ciudadanización, el respeto a los derechos humanos, el desarrollo sustentable y la formación de profesionales competentes para actuar exitosamente en escenarios laborales multiculturales, multinacionales y multidisciplinarios. Es la única universidad en el Noroeste en adoptar desde su fundación el Curriculum Flexible para facilitarle al estudiante cursar su carrera de acuerdo a sus necesidades y disponibilidad de tiempo. Es líder en incursionar con el sistema cuatrimestral para que el estudiante concluya su carrera en menor tiempo y con los mejores resultados. De igual manera, su modelo académico privilegia la educación para resolver problemas e involucra a los alumnos de manera constante en el sector empresarial a través de su exitoso programa de residencias profesionales, lo que permite formar líderes triunfadores con espíritu emprendedor. Lo anterior da muestra de que la Universidad de Tijuana, está comprometida con la calidad educativa y busca formar seres integrales que favorezcan el desarrollo social de la región y del país.
Profesor Jesús Ruiz Barraza Rector
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SOMOS UNA UNIVERSIDAD ACREDITADA La Universidad de Tijuana CUT reafirma su calidad educativa, al haber sido acreditada por parte de la Federación de Instituciones Mexicanas de Educación Superior, FIMPES, como “Lisa y Llana”, una prestigiosa distinción que sólo han obtenido 49 de las 1,849 Universidades particulares en México. La acreditación FIMPES se logra después de someterse voluntariamente a un proceso de evaluación en las áreas de: Filosofía institucional, Planeación, Normatividad, Programa Académicos, Personal Académico, Estudiantes, Personal Administrativo, Apoyos Académicos, Recursos Físicos y Recursos Financieros. Con la acreditación “Lisa y Llana” la Universidad de Tijuana refrenda que cumple con grandes exigencias académicas y que se encuentra entre las más selectas instituciones de nuestro país. En la Universidad de Tijuana CUT nos sentimos orgullosos de haber sido acreditados con el máximo honor por parte de la FIMPES.
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MISIÓN
Somos una Institución de Educación Superior de orientación humanista, multicultural e interdisciplinaria que, a través de un modelo educativo alternativo y crítico, contribuye a la formación integral de profesionales altamente competentes y comprometidos con la sociedad.
VISIÓN
La Universidad de Tijuana, acreditada por sus altos estándares de calidad, es una institución de Educación Superior de excelencia académica, que propicia el desarrollo cultural y educativo de la región. Con la participación de científicos y educadores tanto nacionales como internacionales, ocupa una posición de vanguardia en la generación de conocimientos para la formación de profesionales tolerantes, solidarios, democráticos, con capacidad de liderazgo y compromiso con su entorno social.
VALORES INSTITUCIONALES · Respeto a la Diversidad · Honestidad Científica y Moral · Sentido de Pertenencia e Identidad · Actitud Crítica y Reflexiva · Responsabilidad · Solidaridad · Justicia · Democracia · Compromiso social
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¿QUÉ ES LA UNIVERSIDAD DE TIJUANA?
La Universidad de Tijuana es una institución de educación superior de carácter privado, auspiciada y promovida por el Centro de Estudios Superiores de Baja California, S. C. que imparte los niveles educativos de Preparatoria, Normal, Licenciatura, Especialidad, Maestría y Doctorado. Es creada por el acuerdo de validez oficial de estudios expedido por el C. Gobernador del Estado de Baja California el 24 de Mayo de 1994 y publicado en el periódico del Estado de Baja California con fecha de 10 de junio de 1994. Cuenta con acuerdo de registro de establecimiento educativo, emitido por la Dirección General de Profesiones, según oficio DARP/232/DIE/95, con fecha de 24 de mayo de 1995. La Universidad de Tijuana es una institución educativa, alternativa y laica; que promueve el respeto a la libertad y la diversidad como características fundamentales de la educación superior; así como, la formación de profesionistas con pensamiento crítico; incluyentes, tolerantes, con compromiso social, identidad nacional, conciencia universal; participativos, innovadores, bien informados, con capacidad para analizar y transformar su situación y desempeñarse exitosamente en escenarios nacionales e internacionales.
OBJETIVOS DE LA UNIVERSIDAD
Impartir estudios de tipo superior, compuestos por la licenciatura y los grados académicos de especialidad, maestría y doctorado. Evaluar y, en consecuencia, acreditar competencias académicas y/o profesionales conforme a sus planes y programas de estudio. Impulsar programas de investigación que contribuyan al desarrollo científico, tecnológico, social y cultural. Desarrollar programas de vinculación, extensión universitaria y educación continua, en coordinación con los sectores público, privado y social. Fomentar el desarrollo de la cultura y las artes. Fomentar el desarrollo intelectual de los integrantes de la comunidad universitaria, publicando y difundiendo su producción científica, literaria y artística.
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Sistema Cuatrimestral.
Dentro de su oferta educativa se encuentran los programas:
De Licenciatura:
De Posgrado: Maestrías Doctorado Posdoctorado Especialidades
·Ing. en Tecnologías de la Información
y la Comunicación ·Lic. en Administración ·Lic. en Arquitectura ·Lic. en Ciencias de la Educación ·Lic. en Comercio Exterior y Legislación Aduanera ·Lic. en Comunicación y Publicidad ·Lic. en Contador Público ·Lic. en Derecho ·Lic. en Diseño Gráfico ·Lic. en Informática Administrativa ·Lic. en Mercadotecnia ·Lic. en Nutrición y Dietética ·Lic. en Psicología ·Lic. en Relaciones Internacionales ·Lic. en Cine y Producción Audiovisual Sistema Semestral. ·Lic. en Educación Primaria ·Lic. en Educación Preescolar ·Maestría en Ciencias Jurídico Penales ·Maestría en Derecho Ambiental y Desarrollo Sostenible ·Maestría en Educación ·Maestría en Educación Especial ·Maestría en Psicoterapia de Niños ·Maestría en Tanatología ·Maestría en Terapia Familiar y Adicciones ·Maestría en Planificación y Diseño Urbano ·Maestría Terapia Familiar y Adicciones ·Doctorado en Educación ·Doctorado en Educación (ON LINE) ·Doctorado en Derecho ·Doctorado en Psicología ·Posdoctorado en Educación: Especialización en Administración Educativa y Gestión en la Calidad de Planteles ·Especialidad en Competencias Didácticas para la Enseñanza de las Matemáticas ·Especialidad en Criminalística ·Especialidad en Desarrollo Inmobiliario ·Especialidad en Desarrollo Web ·Especialidad en Enseñanza del Español ·Especialidad en Enseñanza de la Historia ·Especialidad en Enseñanza del Idioma Inglés ·Especialidad en Estrategias Pedagógicas ·Especialidad en Fundamentos de la Tanatología ·Especialidad en Mercadotecnia Digital ·Especialidad en Periodismo Digital ·Especialidad en Planificación y Diseño Urbano ·Especialidad en Psicoterapia de Niños ·Especialidad en Psicología Criminal ·Especialidad en Necesidades Educativas Especiales ·Especialidad en Desarrollo de Competencias Docentes ·Especialidad en Juicios Orales
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CONVENIOS Y ACREDITACIONES
La Universidad de Tijuana es una Institución que ha ido desarrollando lazos a nivel comunitario y se ha forjado un sólido prestigio académico. La Universidad desde los comienzos de su desarrollo realizó acciones destinadas a vincularse con universidades nacionales y extranjeras, lo que ha dado lugar a la firma de múltiples convenios, entre los que pueden señalarse los suscritos con las Universidades de Cataluña, Oberta y Politécnica; con la Universidad de San Diego, en California; con la Universidad Unisinos de Porto Alegre, Brasil; con la Universidad de La Habana, Cuba; con la Universidad Pontificia Bolivariana, de Medellín, Colombia; y con el Instituto Politécnico Nacional, México, D.F., entre otros. En general, los convenios más consolidados en el tiempo tienen su origen en vinculaciones propias de las actividades de investigación de la Universidad de Tijuana. En muchos casos éstas han derivado, o se han extendido, a actividades conjuntas de docencia y al intercambio de estudiantes, docentes e investigadores. En la misma línea, la Universidad de Tijuana cuenta con el reconocimiento de la acreditación institucional que se deriva de la afiliación a diversos organismos nacionales e internacionales. Algunos de ellos son: Universia es la mayor red de universidades de habla hispana y portuguesa. Está formada por 1,232 universidades socias de 23 países iberoamericanos, que representan a 14,3 millones de profesores y estudiantes universitarios. Actúa como palanca impulsora de proyectos de excelencia con grupos de universidades, dentro del siguiente marco: • El ámbito geográfico internacional • La heterogeneidad de la educación superior • El protagonismo de la Universidad en la Empresa • El análisis de futuro ODAEE. Organización de las Américas para la Excelencia Educativa. Conforma la mayor red de relaciones interinstitucionales de Iberoamérica, con presencia en 22 países. Es una organización Internacional especializada en fomentar las relaciones interinstitucionales en busca de la excelencia educativa. Su principal finalidad y propósito es reconocer y dar fe pública de la labor que desarrollan instituciones educativas en beneficio de la población en un contexto de Aldea Global, a la vez fomentar las relaciones inter-institucionales en busca de la excelencia educativa. FIMPES. Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior. FIMPES es la organización que agrupa a las universidades privadas de México. Cuenta con 112 instituciones miembros que atienden a 370,000 estudiantes. Su misión oficial es la de “mejorar la comunicación y colaboración de éstas entre sí y con las demás instituciones educativas del país, respetando las finalidades particulares de cada una, para que sus miembros puedan cumplir mejor la responsabilidad de servir a la nación”. En conclusión, la Universidad muestra actualmente un importante grado de vinculación y se observa un fuerte compromiso de la comunidad con el espíritu que dio origen al proyecto universitario, su misión y objetivos institucionales. La Universidad de Tijuana, desde sus orígenes ha buscado orientar su labor educativa en la “formación amplísima de profesionales” para la región. Hoy mantiene esa intención originaria a través de su oferta educativa que verifica su pertinencia y adecuación para responder a los requerimientos del entorno.
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SERVICIO PSICOPEDAGÓGICO
¿Cuáles son las funciones del Departamento Psicopedagógico? · Dar Orientación Psicopedagógica a los alumnos de la Institución. · Orientación vocacional. · Organizar el curso de inducción para alumnos de nuevo ingreso. · Organizar cursos de actualización para los docentes de la Institución. · Ayudar al alumno que tenga problemas de cualquier índole para que logre un desempeño académico funcional y satisfactorio. · Atender a alumnos que soliciten orientación y, si es requerido, canalizar los casos a Psicología Externa. · Aplicar la evaluación psicométrica a los integrantes del Campus. · Revisión Académica. · Seguimiento a los casos que hayan sido canalizados por maestros o directivos. · Elaboración y establecimiento de cartas compromiso y de condicionamiento según sea necesario.
· Intervención en crisis. · Proporcionar estrategias de estudio. · Impartir talleres vivenciales de diversos temas. · Mediar en situaciones de conflicto entre maestros y alumnos. · Realización de bajas.
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PROGRAMA DE ORIENTACIÓN VOCACIONAL
El Programa de Orientación Vocacional que la Universidad de Tijuana promueve, surge de los objetivos y estrategias establecidos por la Universidad para ofrecer servicios educativos de calidad y formar personas con alto sentido de responsabilidad social, de modo que sirva a los estudiantes para apoyar su elección profesional futura y el desarrollo de su proyecto de vida, con base en el reconocimiento de sus competencias e intereses, así como en las necesidades del desarrollo regional. El Programa de Orientación Vocacional (POV), tiene la finalidad de promover el apoyo y asesoría a los estudiantes, tanto para la elección de una carrera de educación superior, así como para guiarlos en su incorporación al mercado laboral, de tal manera que los estudiantes cuenten con un panorama general de las diferentes opciones de profesiones y ocupaciones, y analicen las diferentes alternativas que tienen para desarrollar su potencial dentro de su trayectoria escolar. El Programa de Orientación tiene un alcance estatal, su principal objetivo es proveer las acciones que coadyuven a mejorar la trayectoria académica de los estudiantes. Asimismo, contribuye al fortalecimiento de la planeación, organización, uso de la gestión y apoyo en el ámbito de la Orientación Vocacional. Este Programa tiene un carácter eminentemente preventivo, evita la toma de decisiones poco fundamentadas, por falta de información oportuna con su consecuente costo personal, familiar y social. El presente documento está conformado por seis apartados: el primero corresponde a la introducción que es una presentación que lo da a conocer a la comunidad educativa; el segundo, presenta un diagnóstico del impacto de la Orientación Vocacional en el sistema educativo; en el tercero, se desarrolla la justificación del programa; en el cuarto, se plantean el objetivo general y los específicos; en el quinto, se describen las estrategias de intervención y finalmente en el sexto apartado, se integra el anexo.
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DIAGNÓSTICO
La Educación Media Superior (EMS) en nuestro estado, ofrece a los egresados de la educación básica la posibilidad de continuar sus estudios y así enriquecer su proceso de formación. Su acción formativa busca afianzar el aprendizaje adquirido, así como preparar a los estudiantes para continuar estudios a nivel superior o para incorporarse al mundo del trabajo, considerando también que cuenten con los conocimientos, habilidades y actitudes para seguir aprendiendo a lo largo de la vida, y ejerzan su ciudadanía de forma activa y responsable para insertarse a un mundo globalizado. En la actualidad la Educación Media Superior enfrenta serios desafíos marcados por el mejoramiento de la calidad, la ampliación de la cobertura y la búsqueda de la equidad, además de problemas asociados con la complejidad del mundo moderno y otros vinculados con la acentuada desigualdad socioeconómica que caracteriza al país, donde las estructuras de oportunidades para los jóvenes son muy diversas, y tienden a producir una mayor marginación y violencia. (INEE, 2012). A pesar de lo anterior, la Educación Media Superior ha registrado avances significativos en las últimas décadas, sobre todo en relación con el crecimiento de la matrícula; sin embargo se observa una discrepancia entre su alto grado de absorción y su relevante bajo desempeño relacionado con la retención y la conclusión de estudios. Datos de la Secretaría de Educación Pública, en el ciclo escolar 2010/2011, la matrícula registrada en Baja California fue de 117,878 estudiantes inscritos, con una eficiencia terminal de 61.0% (SEP, 2012). Este bajo índice tiene su origen en el abandono prematuro de los estudios, sin haber adquirido las competencias necesarias. El indicador de la deserción ilustra esta problemática, la cual ha venido disminuyendo durante las dos últimas décadas en el ciclo escolar 1997-1998 alcanzando un índice de 19.8%, después de 13 años, en 2010-2011, disminuyó poco más de 4 puntos porcentuales al ubicarse en 15.6%, porcentaje que representa la pérdida de 18,399 jóvenes. (INEE, 2012). Frente a todos estos avances e insuficiencias, la población estudiantil debe ser objeto de una atención especial por parte de las escuelas, para ofrecer un mejor servicio y fortalecer la calidad y pertinencia de la educación. De ahí la necesidad de ofrecer el servicio de Orientación Vocacional para encauzar con mayor certeza las diversas opciones profesionales o académicas que los alumnos demanden. Dentro de este contexto, la Universidad de Tijuana - CUT, ha considerado pertinente la posibilidad de brindar atención a la diversidad de intereses, necesidades y vocaciones de los jóvenes, ofreciendo un servicio de seguimiento enmarcado dentro de actividades de Orientación Vocacional, asimismo proveerlos de trayectorias educativas variadas y flexibles para que logren alcanzar con éxito los propósitos educativos, que les permitan integrarse provechosamente a la vida social y se inserten competitivamente en la educación superior o en el mercado laboral de manera responsable con una actitud emprendedora que dé respuestas a las exigencias que les demanden. El reto es encontrar mecanismos eficaces que permitan promover una mejor organización y operación de las actividades de Orientación Vocacional a través de una adecuada articulación entre los dos niveles de educación (media y superior), asimismo mejorar los servicios de Orientación Vocacional para brindarles un mayor apoyo en la toma de decisiones de los estudiantes en su futuro inmediato, ya sea en su tránsito hacia estudios superiores o su incorporación al mundo del trabajo.
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OBJETIVOS
GENERAL Apoyar a la construcción de sustentabilidad del mejoramiento de los servicios de orientación vocacional y laboral, con la idea de generar una acción para informar sobre los productos y resultados de los planes a los diferentes actores del sistema educacional. ESPECÍFICOS • Aplicar tests estandarizados de preferencias universitarias para identificar intereses y aptitudes vocacionales de los estudiantes, adaptados estadísticamente a las características de la población estudiantil. • Recoger y analizar datos para diagnosticar las preferencias universitarias en el Sistema Educativo Estatal de Enseñanza Media y las perspectivas de los jóvenes sobre su futuro profesional. Ambas serán recogidas sistemáticamente a través de un instrumento denominado: Inventario de Preferencias Universitarias. • Valorar la información como eje para la toma de decisiones; esto es, favorecer en el alumnado una actitud resolutiva para elegir por ellos mismos una opción coherente y equilibrada, construyendo un proyecto de estudio y desarrollo profesional con la carrera que más se adecua a sus intereses y posibilidades. • Entrega de resultados en el marco de un proceso de formación, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación para consulta de directivos, docentes, estudiantes, padres de familia, órganos de gobierno y público en general. • Ofrecer un ciclo de orientación profesional y educativa, en función de los resultados generales, dirigida a jóvenes, padres de familia, maestros e instituciones educativas, basado en una concepción integradora y dinámica, que permita la elección de una carrera en el área más específica donde se vea con el tiempo afianzar la vocación. El ciclo de formación está basado en un conjunto de talleres y conferencias orientativas, con el objeto de proveer un panorama completo acerca de las distintas áreas del conocimiento, las carreras universitarias que se necesitan en la actualidad, las que permiten más rápida y mejor salida laboral, las distintas modalidades prácticas de su cursado, el desarrollo de habilidades para la vida, la construcción del proyecto de vida, etc., relacionando esta información con temas acerca de la problemática adolescente y social, que pueden aportarle a los alumnos y padres de familia elementos esclarecedores y positivos para esta etapa de su vida y el futuro, tales como: la prevención de adicciones y trastornos emocionales del adolescente, las actitudes y aptitudes del joven, su realidad familiar y socioambiental, etc. • Promover al interior del Departamento de Psicopedagógico de la Universidad de Tijuana el fortalecimiento e implementación de las estrategias y técnicas que contribuyan a mejorar este proceso. • Fomentar el establecimiento de los Programas de Orientación cacional atendiendo a la heterogeneidad y condiciones particulares de cada estudiante.
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ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN
El Programa de Orientación Vocacional permite emprender acciones enfocadas de forma directa a los estudiantes para que realicen una adecuada elección de carrera en la Educación Superior, asimismo ofrecer orientación para la incorporación al mercado de trabajo de acuerdo a las necesidades e intereses de los mismos. Las acciones a emprender son:
A NIVEL INTERINSTITUCIONAL
• Establecer acuerdos de colaboración con las autoridades educativas del nivel básico y el nivel medio superior en materia de Orientación Vocacional. • Planear la participación en las escuelas relacionadas con la aplicación del Programa de Orientación Vocacional.
A NIVEL INSTITUCIONAL
• Determinar los tiempos y estrategias de acuerdo a los planes curriculares de cada escuela para proporcionar el servicio de la Orientación Vocacional a los alumnos. • Implementar las actividades en cada plantel en torno a la organización, planeación y operación del Programa de Orientación Vocacional.
A NIVEL ESCUELA
• Asesorar a los estudiantes sobre las acciones a emprender del Programa de Orientación Vocacional. • Aplicar los tests estandarizados para identificar intereses y aptitudes vocacionales de los estudiantes. • Recabar, analizar y procesar los datos para diagnosticar las preferencias universitarias.
14 Manual Académico • Realizar y enviar a las autoridades educativas los informes del impacto del Programa de Orientación Vocacional. • Realizar y enviar a los estudiantes los resultados de su perfil vocacional, los aspectos que lo conforman y su relación con la elección de la carrera profesional. • Proporcionar información oportuna y confiable de la estructura del Sistema Educativo en los diferentes niveles que permita al alumno trazar la ruta por la que desea seguir de acuerdo con sus expectativas e intereses. • Proporcionar información pertinente para la elección de opciones educativas y profesionales del nivel superior (oferta educativa). • Organizar conferencias sobre las tendencias de las carreras del nivel superior y la oferta de empleos. • Informar y promover visitas de los estudiantes a exposiciones, eventos y ferias profesiográficas, relacionados con la difusión de carreras del nivel superior. • Poner a disposición de los padres de familia información relevante para que tengan la oportunidad de apoyar a sus hijos en la toma de decisiones con respecto a su futuro profesional.
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MODELO DE EVALUACIÓN EDUCATIVO
Normatividad Institucional en relación con la evaluación de las asignaturas A. Los tipos de evaluación son: Ordinaria, Recuperación, Extraordinaria, A Titulo de Suficiencia, Repetición de Cursos, Acreditación Especial. B. Conceptos Básicos de Evaluación: La evaluación formativa y continua deberá hacerse de acuerdo a los siguientes conceptos básicos: I. Comprensión de los Contenidos Temáticos.- Se define como la capacidad para captar el significado de los contenidos de aprendizaje; va más allá de la simple memorización. Tendrá un valor máximo de 4.0 en la calificación de cada periodo parcial de las asignaturas. II. Expresión de los Contenidos Temáticos.- Se define como la capacidad de expresar, en forma oral y escrita, la comprensión de los contenidos temáticos y la aplicación del conocimiento. Tendrá un valor máximo de 2.5 en la calificación de cada periodo parcial de las asignaturas. III. Capacidad para Resolver Problemas.- Se define como la capacidad de los alumnos para resolver situaciones y problemas específicos, a partir de la comprensión de los contenidos temáticos y de las habilidades para expresarlos en forma oral y escrita. También puede llevarse al estudiante a emitir juicios sobre los contenidos y a su aplicación a través de la búsqueda y análisis de información complementaria que lo faculten para emitir opiniones fundamentadas. Tendrá un valor máximo de 2.5 en la calificación de cada periodo parcial de las asignaturas.
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IV. Puntualidad y Asistencia.- Toda vez que el modelo educativo de esta Institución se centra en el alumno, es de vital importancia su presencia en las aulas y demás espacios formativos; por ello la puntualidad y asistencia del alumno debe formar parte del proceso de evaluación. Tendrá un valor máximo de 1.0 (uno punto cero), mismo que obtendrán los estudiantes que tengan una asistencia del 91% (noventa y uno por ciento) al 100% (cien por ciento) de las sesiones del periodo que se evalúe. C. Registro de evaluación: A cada maestro se le entregará un cuadernillo de evaluación por cada curso/materia que imparta, en el cual se registrará la evaluación formativa y continua conforme a los cuatro conceptos ya descritos individualmente; es decir, habrá una captura bajo cuadernillo y en Sistema de Evaluación por cada estudiante especificando cada área de evaluación.
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TIPS ACADÉMICOS
· En más de una ocasión tendrás que anteponer tu vida escolar a la social. · Deberás mantenerte sano. · No te preocupes en exceso por tus problemas personales o financieros. · Aprende a pensar positivamente. · Desahógate cuando algo te preocupe. · Haz algo por los demás. · Cada cosa a su tiempo. · No eres súper hombre o súper mujer. · Planea tu tiempo de diversión. · Mejora tus hábitos de estudio. · Desarrolla tu autoconfianza. · Comunícate con tus profesores. · Marca toda la información que no comprendas. · Detente a pensar y hazte preguntas. · Identifica los métodos de estudio que te favorecen. · Repasa a diario tus notas de clase.
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REGLAMENTO DISCIPLINARIO
El Centro de Estudios Superiores de Baja California, S. C., propietario del Centro Universitario de Tijuana (CUT), con CAMPUS en las ciudades de: Tijuana, Mexicali, Ensenada y San Quintín, en Baja California. Asimismo es propietaria de las siguientes Preparatorias: “Instituto Agua Caliente”, con clave EMS-3/154, “Centro Universitario de Mexicali”, con clave EMS3/339, “Preparatoria Incorporada CUT-Ensenada”, con clave EMS-3/430. Además propietaria de las Escuelas Normales Particulares Incorporadas al Centro Universitario de Tijuana, en las ciudades de Tijuana, Ensenada y Mexicali, Baja California. Planteles escolares que en adelante serán denominados genéricamente como la “INSTITUCIÓN EDUCATIVA”; con fundamento en el TÍTULO SEXTO del Estatuto Normativo, crea el Reglamento Disciplinario.
TÍTULO ÚNICO
De las sanciones a los alumnos. ARTÍCULO 1. Los alumnos tendrán la obligación de respetar en todo momento las normas y disposiciones que regulan la disciplina establecida en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, así como las circulares y disposiciones que emita la autoridad académica competente. ARTÍCULO 2. Los alumnos tendrán la obligación de asistir con puntualidad a sus clases desde el inicio del cuatrimestre o semestre, según corresponda, hasta su terminación. De lo contrario, toda inasistencia injustificada o no autorizada por la autoridad académica correspondiente, será considerada como falta. ARTÍCULO 3. Los alumnos que lleguen de 5 (cinco) y hasta 10 (diez) minutos tarde a alguna clase, se les considerará como un retardo en la clase que corresponda. ARTÍCULO 4. Los alumnos que acumulen tres retardos en una misma materia, se les considerará como una inasistencia a la materia correspondiente. ARTÍCULO 5. Los alumnos que lleguen más de 10 (diez) minutos tarde a alguna clase, se les considerará como inasistencia y quedará a criterio del maestro de la materia que corresponda, permitirle o no la entrada a la citada clase. ARTÍCULO 6. Cuando un alumno acumule el 30% (treinta por ciento) o más de inasistencias en una asignatura, causará baja en la misma; y serán suspendidos en sus derechos de alumnos si acumula el 30% o más de inasistencias en el 50% (cincuenta por ciento) o más de las asignaturas registradas en un periodo (cuatrimestral o semestral). ARTÍCULO 7. Cuando más del 25% (veinticinco por ciento) de quienes integran un grupo se ausenten de la institución sin la autorización previa de la autoridad académica correspondiente, les será aplicada una falta colectiva que equivale a tres inasistencias. ARTÍCULO 8. Las sanciones que podrán imponerse en los casos que no tengan expresamente señalada una pena, serán la siguiente:
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I. Amonestación verbal. II. Amonestación escrita. III. Suspensión temporal de sus derechos como alumno. IV. Suspensión definitiva de sus derechos como alumno. ARTÍCULO 9. Los alumnos que tiren basura o ensucien los pisos, paredes, baños, pasillos, patios y en general las demás instalaciones de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA y/o del CUT Universidad de Tijuana, se les aplicará según corresponda, la siguiente sanción: I. Cuando sea por primera ocasión, se le aplicará una suspensión en sus derechos de alumnos de uno a tres días. II. Cuando sea por segunda ocasión, se les suspenderá en sus derechos de alumnos por el resto del cuatrimestre o semestre, según sea el caso. III. Cuando sea por tercera ocasión se le suspenderá en sus derechos de alumno, de manera definitiva. ARTÍCULO 10. Los alumnos que fumen en cualquier espacio no autorizado expresamente como área de fumar; o bien introduzcan o ingieran bebidas o alimentos dentro de los salones de clase, bibliotecas, talleres y/o laboratorios; utilicen en dichos espacios teléfono celular, beeper, o cualquier otro medio de comunicación electrónica, audífonos, reproductores de música o video; se les sorprenda con publicaciones o revistas ajenas a la clase de que se trate; recibirán según corresponda, las siguientes sanciones: I. Cuando sea por primera ocasión, se le aplicará una suspensión en sus derechos de alumnos de uno a tres días. II. Cuando sea por segunda ocasión, se les suspenderán en sus derechos de alumnos por el resto del cuatrimestre o semestre, según sea el caso. III. Cuando sea por tercera ocasión, se le suspenderá en sus derechos de alumno, de manera definitiva. ARTÍCULO 11. Los alumnos que realicen actos fraudulentos en el proceso de evaluación, serán suspendidos en sus derechos como alumnos de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, hasta por un año, y les será anulada la evaluación de que se trate. ARTÍCULO 12. Los alumnos que falsifiquen certificados, boletas y/o documentos análogos, o usen o aprovechen los propios documentos cuando la falsificación sea imputable a terceros, serán suspendidos de manera definitiva en sus derechos como alumno de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA. ARTÍCULO 13. Los alumnos que consuman o introduzcan cualquier tipo de droga al interior de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, o en un perímetro de 500 (quinientos) metros de la misma, serán suspendidos de forma definitiva en sus derechos como alumno de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA; reservándose ésta, la facultad de presentar la correspondiente denuncia penal, en contra de quien o quienes resulten presuntamente responsables.
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TÍTULO ÚNICO ARTÍCULO 14. Los alumnos que ingieran bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, o en un perímetro de 500 (quinientos) metros de la misma; o bien introduzcan dicha bebidas o asistan con aliento alcohólico a las instalaciones escolares, serán sancionados con la suspensión de derechos de alumno por uno o dos cuatrimestres o semestres, según sea el caso; lo anterior, dependiendo de la gravedad de la falta. ARTÍCULO 15. La INSTITUCIÓN EDUCATIVA, se reserva el derecho de ordenar que se practiquen exámenes químicos, psicológicos o médicos a sus estudiantes, cuando así lo estime conveniente. ARTÍCULO 16. Los alumnos que realicen actos de violencia física, moral o de cualquier otra índole, en contra de sus compañeros, maestros o de las autoridades administrativas; serán sancionados con la suspensión definitiva de sus derechos como alumnos de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA. ARTÍCULO 17. Los alumnos que realicen actos que impidan el desarrollo normal de las clases, exámenes parciales, finales, o cualquier otro tipo de examen; el correcto funcionamiento de talleres y laboratorios, biblioteca y en general, cualquier departamento de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA; serán sancionados con la suspensión definitiva de sus derechos como alumnos de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA. ARTÍCULO 18. Los alumnos que realicen o participen en eventos que alteren el orden y la disciplina dentro de las instalaciones de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, serán sancionados con la suspensión definitiva de sus derechos como alumnos de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA. ARTÍCULO 19. Los alumnos que realicen cualquier tipo de propaganda dentro de las instalaciones de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, que afecte el buen funcionamiento de la misma, será sancionado con la suspensión definitiva en sus derechos como alumno. ARTÍCULO 20. A los alumnos que destruyan bienes muebles o inmuebles propiedad de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, de los maestros, del personal académico, administrativo, de otros alumnos, o de las autoridades universitarias, dependiendo de la gravedad de la falta, les será impuesta alguna de las sanciones previstas en el artículo 8 de este reglamento; independientemente de lo anterior, el alumno de que se trate deberá reparar el daño causado y sujetarse al proceso legal correspondiente. ARTÍCULO 21. Los alumnos que cometan violaciones al reglamento de servicio social, reglamento de prácticas profesionales o al reglamento de residencia profesional, todos de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA; así como el incumplimiento de las actividades asignadas por las autoridades universitarias; o que al elaborar su documento recepcional cometan el delito de Plagio; de acuerdo a la gravedad de la falta les será impuesta cualquiera de las siguientes sanciones:
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I. Amonestación verbal. II. Amonestación escrita. III. Cancelación del servicio social, práctica profesional o residencia profesional, sin contabilizar las horas realizadas hasta la fecha de la imposición de la sanción. IV. Cancelación del documento recepcional realizado. V. Suspensión temporal de sus derechos como alumno. VI. Suspensión definitiva de sus derechos como alumno. ARTÍCULO 22. Serán suspendidos de manera temporal en sus derechos como alumnos, a quienes se le haya dictado auto de formal prisión en un proceso penal, sanción que será de carácter definitivo en caso de que el Juez de la causa dicte sentencia condenatoria; o bien, dicha suspensión será levantada cuando sean absueltos. ARTÍCULO 23. Los alumnos con suspensión de estudios, tendrán derecho a reincorporarse al INSTITUCIÓN EDUCATIVA, en los plazos reglamentarios. ARTÍCULO 24. Las sanciones mencionadas en el presente Reglamento, se aplicarán de acuerdo a la gravedad del asunto, quedando facultada la INSTITUCIÓN EDUCATIVA para ordenar la suspensión definitiva del alumno o alumnos de que se trate, inclusive cuando sea por primera ocasión en que sucedan los hechos de que se trate. ARTÍCULO 25. La imposición de las sanciones consistentes en la suspensión temporal o definitiva de los derechos de alumno será facultad y responsabilidad del Comité Disciplinario que a tal efecto se integre, convocado por la máxima Autoridad del Campus de adscripción del presunto alumno infractor; y de acuerdo con las siguientes reglas básicas: I. La Autoridad del Campus, tan pronto tenga conocimiento de alguna infracción que pudiera ameritar la imposición de una de estas sanciones, procederá a convocar al Comité Disciplinario, mismo que estará integrado por la máxima Autoridad del Campus, quien fungirá como Presidente de este Comité y por otros dos miembros de la comunidad académica. II. Reunido el Comité Disciplinario procederá a la investigación y análisis de los hechos de que se trate, así como a la determinación de la participación del presunto infractor en la ejecución de los mismos, citando a cuanta persona pudiera tener información del asunto; así como al propio presunto infractor a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga. III. Previo lo dispuesto por la fracción anterior, el Comité Disciplinario deliberará y decidirá lo que corresponda, comunicando al alumno su decisión a la brevedad posible y, en su caso, procediendo a la imposición de la sanción. ARTÍCULO 26. Las situaciones no previstas en el presente reglamento, serán resueltas por el Director General de la Sociedad Civil y/o la Rectoría de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
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REGLAMENTO DE PAGO DE DERECHOS
TÍTULO ÚNICO DE LOS PAGOS DE DERECHOS
El Centro de Estudios Superiores de Baja California, S. C. (C.E.S.B.C.S.C) propietaria del Centro Universitario de Tijuana CUT - Universidad de Tijuana, denominada en adelante como “LA INSTITUCION”, con fundamento en el Título Séptimo del Estatuto Normativo de esta Institución; crea el Reglamento de Pago de Derechos. ARTÍCULO 1. Los alumnos tendrán la obligación de respetar en todo momento las normas y disposiciones que regulan los pagos de derechos establecidos en “LA INSTITUCIÓN”, así como las circulares ejecutivas y disposiciones que emita la autoridad competente. ARTÍCULO 2. Los alumnos deberán de cubrir sus cuotas y derechos oportunamente; salvo lo dispuesto en el Reglamento de Becas de “LA INSTITUCIÓN”. ARTÍCULO 3. Las cuotas y derechos serán dados a conocer a los estudiantes y a sus padres o tutores, en caso de alumnos menores de edad, cuando menos dos meses antes de su implantación. ARTÍCULO 4. Los alumnos de nuevo ingreso deberán de suscribir su contrato de prestación de servicios educativos correspondiente, en el que se estipula la forma y fecha de pago de inscripción, colegiatura y derechos correspondientes; así mismo, deberá llenar, con una semana de anticipación al inicio de clases, su solicitud de alta de materias ante la Coordinación de Control Escolar del Campus que corresponda. ARTÍCULO 5. Los alumnos de reingreso o reinscripción deberán:
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I. Obtener constancia de no adeudo expedida por la Administración del Campus correspondiente (en el caso de estudiantes becarios, obtener constancia de que sus créditos o beca están debidamente documentados). II. Obtener constancia de la Biblioteca, del Campus correspondiente de no adeudo. III. Realizar el pago de las cuotas de reingreso o reinscripción, colegiaturas y/o demás derechos que correspondan. IV. Llenar con una semana de anticipación al inicio de clases, la solicitud de alta de materias ante Control Escolar del Campus que corresponda. V. Suscribir el contrato de prestación de servicios educativos correspondientes. ARTÍCULO 6. En caso de que algún alumno requiera modificar el alta o baja de materias, tendrá hasta una semana posterior al inicio de clases para realizar el ajuste correspondiente, así como su respectivo pago. ARTÍCULO 7. Los alumnos que disfruten de beca, deberán de efectuar los pagos que su beca no cubra, a más tardar el día 5 (cinco) de cada mes; ya que, de no hacerlo, perderá la beca por dicho mes, si se incurre en esta omisión durante un segundo mes dentro del mismo periodo escolar, perderá de manera definitiva la beca que estuviera disfrutando. ARTÍCULO 8. Los estudiantes becarios de “LA INSTITUCION”, independientemente de la beca que gocen, deberán presentar, al momento de reinscribirse, original y copia de la constancia de otorgamiento de beca. El estudiante deberá reinscribirse en la 1er Convocatoria. ARTÍCULO 9. Cuando los alumnos deban presentar algún examen o tomar algún curso que implique un pago, previamente a la presentación del examen o inicio del curso referido, deberán presentar la constancia de pago. ARTÍCULO 10. Los alumnos deberán efectuar los pagos de sus colegiaturas a más tardar el día 5 (cinco) del mes que corresponda, en los términos establecidos en su contrato de prestación de servicios educativos. ARTÍCULO 11. Los alumnos que efectúen sus pagos después del día 5 (cinco) del mes que corresponda, deberán pagar además los recargos e intereses moratorios que se estipulen en su contrato de prestación de servicios educativos. Los alumnos deberán revisar las Convocatorias de pago. ARTÍCULO 12. A los alumnos que no paguen sus colegiaturas en las fechas establecidas en su contrato de prestación de servicios educativos, se les podrá exigir el pago extrajudicial o judicialmente, además de pagar intereses a razón del 5% (cinco por ciento) mensual sobre el monto de las cantidades adeudadas. Los alumnos deberán revisar las Convocatorias de pago. ARTÍCULO 13. Los alumnos que paguen por anticipado y en una sola exhibición las cuotas de inscripción o reinscripción y de colegiatura mensual correspondientes a un semestre o cuatrimestre, según sea el caso, tendrán derecho a un descuento equivalente al 5% del importe total de dichas cuotas. ARTÍCULO 14. Los alumnos que paguen por anticipado y en una sola exhibición las cuotas de inscripción o reinscripción y de colegiatura mensual correspondientes a la duración total normal de sus estudios, previa autorización expresa de la Rectoría de “LA INSTITUCIÓN”, podrán recibir un descuento equivalente hasta el 40% del importe total de dichas cuotas. ARTÍCULO 15. Los descuentos establecidos para los pagos anticipados a que se refieren los artículos que anteceden, no serán aplicables en caso de que “LA INSTITUCIÓN” deba asumir
24 Manual Académico el pago de comisiones u otro tipo de cargo, derivados de financiamiento que el alumno recibiera de terceros, sean éstos personas físicas o entes colectivos, tanto de derecho público como del orden privado. ARTÍCULO 16. Cuando el alumno desee darse de baja y rescindir su contrato de prestación de servicios educativos, deberá sujetarse a las siguientes reglas: I. Los alumnos que hayan realizado el primer pago del cuatrimestre o semestre según sea el caso, y que deseen cancelar su inscripción tendrán que hacerlo por escrito dentro de los 5 (cinco) días naturales posteriores al pago de su inscripción; sólo en este caso, tendrá derecho a recibir la devolución del citado pago, una vez deducido el 20% (veinte por ciento), por concepto de gastos de administración. La devolución antes mencionada, será hecha previo análisis por parte de la Administración de “LA INSTITUCION”; con excepción de caso fortuito o fuerza mayor. II. En caso de que el alumno haya pagado en forma adelantada una o más de sus colegiaturas mensuales, tendrá que hacerlo por escrito dentro de los 30 (treinta) días naturales posteriores al citado pago; sólo en este caso tendrá derecho a recibir devolución alguna, una vez deducido el 20% (veinte por ciento), por concepto de gastos de administración. La devolución antes mencionada, será hecha previo análisis por parte de la Administración de “LA INSTITUCION”; con excepción de caso fortuito o fuerza mayor. Por ningún motivo se regresarán al alumno las parcialidades correspondientes a inscripciones o colegiaturas devengadas. III. En caso de que el alumno haya pagado en forma adelantada la totalidad de sus estudios, la solicitud de devolución deberá presentarla por escrito, dentro de los 365 (trescientos sesenta y cinco) días naturales posteriores al citado pago; sólo en este caso tendrá derecho a recibir devolución alguna, una vez deducido el 20% (veinte por ciento), por concepto de gastos de administración. La devolución antes mencionada, será hecha previo análisis por parte de la Administración de “LA INSTITUCIÓN”; con excepción de caso fortuito o fuerza mayor. Por ningún motivo se regresarán al alumno las parcialidades correspondientes a inscripciones o colegiaturas devengadas. ARTÍCULO 17. Si el estudiante deja de pagar el monto de una parcialidad estipulada en su contrato de prestación de servicios educativos, “LA INSTITUCION”, dejará de tener la obligación de impartir las asignaturas estipuladas en el contrato de prestación de servicios. ARTÍCULO 18. El alumno deberá suscribir los pagarés que estipule el contrato de prestación de servicios educativos a efecto de garantizar los pagos establecidos en dicho contrato. ARTÍCULO 19. Si algún alumno de “LA INSTITUCIÓN” fuese expulsado de la misma por alguna de las causales previstas en la normatividad institucional, “LA INSTITUCIÓN” no tendrá la obligación de devolver ninguna cantidad que hubiera pagado el alumno correspondiente al tiempo que anteceda a la expulsión. ARTÍCULO 20. Los alumnos que por alguna razón se den de baja temporal o definitiva en el cuatrimestre o semestre según sea el caso, tendrá que realizar: I. Solicitud de baja ante la Coordinación de Control Escolar. II. Cancelación del contrato de prestación de servicios educativos correspondiente ante la Administración del Campus respectivo. III. Solicitud de constancia de no adeudo ante la Administración del Campus que corresponda. IV. Solicitud de constancia de no adeudo ante la Biblioteca.
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V. Solicitud de constancia de no adeudo ante los talleres y laboratorios. VI. Solicitud de devolución de documentos ante la Coordinación de Control Escolar del Campus correspondiente. ARTÍCULO 21. El estudiante que pretenda darse de baja de “LA INSTITUCION” y que omita cancelar su contrato de prestación de servicios educativos ante la Administración del Campus que corresponda deberá pagar las colegiaturas mensuales que se le sigan venciendo y que hayan sido pactadas en el referido contrato de prestación de servicios educativos. ARTÍCULO 22. VIGENCIA DEL PAGO DE DERECHOS.- Los derechos que los estudiantes paguen, tendrá una vigencia de ocho meses; salvo el caso de los derechos de titulación, mismos que tendrán una vigencia de un año, contados a partir de la fecha de pago total de los derechos de que se trate. En caso de que el alumno haga pago de los derechos correspondientes a un trámite o proceso y no culmine éste en los tiempos reglamentarios, deberá actualizarse el importe del pago hecho y cubrir la diferencia.
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
ARTÍCULO 23. Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por el Presidente de la Comisión Ejecutiva, o en su caso por el Director General de Centro de Estudios Superiores de Baja California, S. C. ARTÍCULO 1. SOBRE LA BIBLIOTECA.I. La Biblioteca de cada Campus de la Universidad de Tijuana es un departamento dentro de la estructura administrativa del Centro de Estudios Superiores de Baja California S. C., en adelante denominada “LA INSTITUCIÓN”. II. Es una unidad de apoyo para el aprendizaje, la docencia, la investigación y las actividades relacionadas con el funcionamiento y la gestión de la Institución en su conjunto. III. Su fin principal es reunir y mantener una colección organizada de documentos, facilitar el acceso y la difusión de los recursos de información, a fin de satisfacer las necesidades informativas, de investigación, educativas, culturales o recreativas de los usuarios. IV. Tiene como objetivo específico la formación de una colección de materiales bibliográficos: libros, publicaciones periódicas y materiales multimedia que permita brindar servicios a los estudiantes y docentes de los diferentes niveles académicos de “LA INSTITUCIÓN”. V. La Biblioteca está ubicada en un espacio especialmente destinado a cumplir con sus funciones. VI. El horario de la Biblioteca es el siguiente: a) De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 hrs. b) Sábado de 9:00 a 14:00 hrs. Excepcionalmente se establecerán otros horarios complementarios, para cubrir necesidades especiales de los estudiantes y docentes.
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ARTÍCULO 1. SOBRE LOS USUARIOS.Se consideran usuarios de la Biblioteca a los siguientes: I. El personal docente que labora para “LA INSTITUCIÓN”. II. Los estudiantes inscritos en cualquiera de los Programas Académicos que imparta “LA INSTITUCIÓN”. III. Los egresados de las diferentes Licenciaturas y Posgrados que imparta “LA INSTITUCIÓN” y que estén realizando investigación o algún tipo de estudio o trámite para su titulación. IV. El personal administrativo que labora para “LA INSTITUCIÓN”. ARTÍCULO 3. ACCESO A LAS DIFERENTES ÁREAS DE LA BIBLIOTECA.I. Los usuarios tendrán acceso directo a la colección general, de publicaciones periódicas y de referencia de la Biblioteca, así como a la Sala de Lectura. II. Es obligatorio presentar su credencial vigente expedida por “LA INSTITUCIÓN” para solicitar el uso de las instalaciones de la Biblioteca y los servicios que ésta brinda. III. El acceso a las zonas de trabajo administrativo interno queda restringido, salvo en casos particulares autorizados por los responsables de cada área.
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
ARTÍCULO 4. SOBRE LA CONDUCTA A OBSERVAR EN LA BIBLIOTECA.I. Al ingresar a la biblioteca, los usuarios deberán depositar, en el módulo de paquetería portafolios, bolsas, mochilas, tijeras, cutters, abrigos, chamarras, suéteres y sudaderas holgadas, gabardinas o cualquier objeto que el personal adscrito a la Biblioteca considere que pudiera ser utilizado para mutilar libros o sustraer cualquier tipo de material. II. Con el fin de proteger el acervo, los materiales, el mobiliario y el equipo, la biblioteca se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento a cualquier usuario, que muestre los objetos que lleve consigo al momento de salir. III. El personal de la biblioteca podrá suspender el servicio al usuario que sea sorprendido mutilando libros, maltratando o haciendo mal uso del mobiliario o equipo, o sustrayendo cualquier material que le sea ajeno, así mismo tiene el deber de avisar inmediatamente a la Autoridad del Campus.
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IV. El usuario deberá observar una conducta de respeto hacia el personal de la Biblioteca y hacia los otros usuarios; así mismo deberá tener la observancia personal de cuidar, proteger, hacer buen uso y/o prevenir el mal uso, daño o deterioro del equipo, mobiliario y los diversos materiales con que cuenta la biblioteca o, en su defecto, pedirle al encargado que supervise el comportamiento de algún usuario que, a su juicio, no esté cumpliendo con algún punto del presente reglamento. V. Las salas de lectura son áreas de trabajo, por lo que los usuarios se abstendrán de realizar conversaciones informales o discusiones grupales. En caso de ser necesario, los usuarios conversarán en voz baja y por lapsos breves. La Biblioteca se reserva el derecho de llamarles la atención a los usuarios que incumplan esta norma o pedirles que abandonen las instalaciones de la Biblioteca. VI. Los usuarios no podrán ingresar a la Biblioteca bebidas o alimentos, incluso en envase o bolsa cerrada. VII. Bajo ninguna circunstancia se puede fumar en el interior de la biblioteca. ARTÍCULO 5. SOBRE LA ACREDITACIÓN DE LOS USUARIOS.I. Para acreditarse, los usuarios contemplados en el artículo 2 del presente Reglamento, deberán: a) Presentar identificación expedida por “LA INSTITUCIÓN”; o bien, otra identificación oficial. b) Completar el formato de Registro de usuario; y c) Aceptar el presente Reglamento. II. Sobre la credencial o identificación oficial utilizada para acreditarse: a) El uso de la credencial es personal e intransferible, bajo ninguna circunstancia se podrán obtener préstamos o servicios con credencial perteneciente a otro usuario. b) Sin excepción sólo se le devolverá la credencial a su titular, el usuario tiene la obligación de solicitar la devolución de su credencial al término del servicio otorgado, en caso contrario la biblioteca no asume la responsabilidad por la pérdida o extravío de la misma. c) En caso de extravío de la credencial el usuario deberá reportarlo de inmediato al personal de la Biblioteca. III. Es responsabilidad de los usuarios verificar que sus datos en Biblioteca sean correctos: nombre, carrera, departamento, tipo de usuario, domicilio, números telefónicos y correos electrónicos. En caso de cambios, es obligatoria la comunicación de los mismos. ARTÍCULO 6. SOBRE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA.Los servicios que brinda la biblioteca son: I. Préstamo en sala de toda la colección. II. Asesoría y búsqueda bibliográficas. III. Acceso a la sala de proyecciones y cubículos de estudio. IV. Consulta de catálogos en línea o en papel. ARTÍCULO 7. SANCIONES.a. El usuario que sea sorprendido en la sustracción, mutilación o destrucción de materiales o equipo de la biblioteca se le suspenderán todos los servicios durante un semestre.
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b. El usuario que destruya o extravíe equipos o materiales deberá restituirlos o entregar el monto en moneda de acuerdo a la cotización del momento. c. La no comunicación del cambio de teléfono o de domicilio implicará la suspensión del servicio por tres meses. d. Todas las faltas a este reglamento que no tengan una sanción específica, se sancionarán con la suspensión de todos los servicios por tres meses. La reincidencia en faltas se castigará con la suspensión definitiva de todos los derechos, como usuario de la Biblioteca. ARTÍCULO 8. SOBRE LA CONSULTA DEL MATERIAL AUDIOVISUAL.a. El usuario deberá solicitar el material en el mostrador. b. Deberá solicitar con anticipación la sala para poder proyectar el material audiovisual. ARTÍCULO 9. SOBRE LA SALA DE CÓMPUTO E INTERNET.Requisitos para la acreditación como usuario de la sala de cómputo e Internet. a. Solicitar acreditación. b. Llenar la Forma de Registro con los datos personales del usuario. c. Entregar una fotografía reciente tamaño infantil. ARTÍCULO 10. REGLAS DEL SERVICIO DE SALA DE CÓMPUTO E INTERNET.a. El horario de la Sala de cómputo e Internet será el mismo de la biblioteca, salvo en ocasiones en que el equipo reciba algún tipo de mantenimiento. b. El tiempo de uso para cada usuario es de 30 minutos. Si no hay usuarios en espera, podrán hacer uso de la máquina por 30 minutos más. c. Para hacer uso del servicio los usuarios internos deberán presentar su credencial de la biblioteca con la acreditación vigente para el uso de este servicio. d. Se admite solamente a un usuario por máquina. e. No está permitido pasar a la sala con ningún tipo de alimentos o bebidas, inclusive los envases plásticos con tapadera. f. Los usuarios se abstendrán de realizar conversaciones en voz alta, o hacer ruido procurando siempre mantener un ambiente tranquilo en respeto a los demás usuarios. g. No se permite realizar conversaciones vía radio o teléfono móvil. En caso de recibir alguna llamada, el usuario deberá salir del área de biblioteca para atender su llamada. h. No está permitido modificar la configuración interna de las máquinas, tampoco está permitida la instalación de software (programas) de ninguna especie, principalmente los que provienen de Internet; tampoco se permite conectar periféricos o hardware (bocinas, discos de almacenamiento externos, quemadores, etc.) sin el consentimiento de la Dirección de la Biblioteca. i. Los usuarios podrán solicitar apoyo en cualquier momento en caso de necesitar asesoría o ayuda para resolver algún problema con el uso de los programas o derivado del funcionamiento de alguna de las máquinas, el usuario tiene la obligación de informar sobre conflictos en el sistema al encargado en turno del área antes de intentar realizar alguna acción correctiva al respecto. j. Los usuarios se abstendrán de consultar o abrir páginas o sitios Web clasificadas como “XXX”, “para mayores de 18 años”, “para adultos de amplio criterio”, de contenido “altamente violento” o por el estilo, con el fin de respetar el carácter formativo de esta institución.
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k. Los usuarios se comprometen a utilizar el servicio con fines principalmente académicos y formativos. l. Los alumnos de nivel preparatoria no podrán hacer uso del servicio en horarios de clase a menos que cuenten con un permiso expreso por parte de la Dirección de la Preparatoria o del Prefecto en turno. m. La falta de cumplimiento u omisión de alguno de los artículos del presente Reglamento será motivo de un llamado de atención y su correspondiente reporte en el archivo interno de la biblioteca. La reincidencia implica una sanción que puede ir desde la suspensión temporal del servicio de Internet, hasta la suspensión definitiva del servicio de biblioteca. REGLAMENTO DE LABORATORIO DE INFORMÁTICA I. Prohibido introducir alimentos Y/O bebidas. II. No instalar programas o dispositivos al equipo asignado. III. Prohibido ver o visitar sitios de chat dañinos para la Institución (messenger, latinchat, etc.). IV. Utilizar un equipo por alumno sin interferir en los trabajo de otros alumnos. V. Guardar la debida compostura en el laboratorio de informática. VI. Respetar horarios de clase. VII. Prohibido conectar Y/O desconectar cualquier parte del equipo (hardware) sin previo aviso al encargado del laboratorio en turno. VIII. Respetar las instrucciones del personal encargado del Departamento.
PROGRAMA DE BECAS “ADELA”
El CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE BAJA CALIFORNIA, S.C., la cual, para efectos de este Reglamento, se denominará “LA INSTITUCION”, o, indistintamente, Centro Universitario de Tijuana (CUT) - Universidad de Tijuana propietario de la Universidad de Tijuana o CENTRO UNIVERSITARIO DE TIJUANA-CUT, con CAMPUS en las ciudades de: Tijuana, Mexicali, Ensenada y San Quintín, en Baja California; propietaria de las siguientes Preparatorias: “Instituto Agua Caliente”, con clave EMS-3/154, “Centro Universitario de Mexicali”, con clave EMS-3/339, “Preparatoria Incorporada al CUT-Ensenada”, con clave EMS-3/430, y de las Escuelas Normales Particulares Incorporadas al Centro Universitario de Tijuana, en las ciudades de Tijuana, Ensenada y Mexicali, Baja California; con fundamento en lo dispuesto por el artículo 57, fracción II, de la Ley General de Educación; artículo 78, fracción III, de la Ley de Educación del Estado de Baja California; el Capítulo IV del Acuerdo número 450; el Capítulo VII del Acuerdo número 279, ambos acuerdos expedidos por la Secretaría de Educación Pública; así como por los Estatutos Sociales de dicha Sociedad Civil; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 5 fracciones VI y XIII, así como por los Títulos Octavo y Noveno del Estatuto Normativo del Centro Universitario de Tijuana (CUT) – Universidad de Tijuana, el presente reglamento establece las normas básicas a que se sujetará el Programa de Becas “ADELA” de “LA INSTITUCIÓN”.
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REQUISITOS PARA SOLICITUD DE BECA
· Una fotografía tamaño infantil o credencial del solicitante. · Copia de calificaciones, de un cuatrimestre o semestre anterior y del presente hasta el tercer parcial. · Petición escrita de beca dirigida al centro de estudios superiores de B.C. s.c. con atención al profr. Jesús Ruiz Barraza explicando las razones de la solicitud y su expectativa de beca. · Copia de recibos de egresos (luz, agua, teléfono etc.) e ingresos equivalentes a un mes. · No tener mas de 3 inasistencias durante el cuatrimestre. · Tener un promedio mínimo de 8.5 a excepción de becas académicas, quienes deben tener un promedio mínimo de 9. NOTA: LAS BECAS NO SON ACUMULATIVAS.
REGLAMENTO DE BECAS
CAPÍTULO PRIMERO GENERALIDADES DEL PROGRAMA DE BECAS ARTÍCULO 1. El compromiso social del Centro Universitario de Tijuana (CUT) - Universidad de Tijuana, en adelante designada como “LA INSTITUCIÓN”, se manifiesta, entre otras formas, en un amplio programa de becas para facilitar el ingreso y permanencia de los estudiantes de bajos recursos económicos. ARTÍCULO 2. “LA INSTITUCIÓN” otorgará un mínimo de becas; equivalente al 5% (cinco por ciento) del total de alumnos inscritos en sus planes y programas de estudio. Las becas consistirán en la exención total o parcial del pago de las cuotas de inscripción y/o colegiaturas vigentes en “LA INSTITUCIÓN” al momento de su otorgamiento. El Programa de Becas no deberá rebasar el 10% (diez por ciento) de la matrícula registrada en cada nivel, por Campus. ARTÍCULO 3. Los porcentajes de las becas otorgadas conforme al presente Reglamento, se calcularán sobre el monto de las parcialidades del becario, una vez deducidas otras becas que pudiese tener. ARTÍCULO 4. La Autoridad del Campus de que se trate será responsable de coordinar la aplicación y vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento en relación con el programa de becas. Para ello integrará y presidirá un comité, con la participación de los responsables de las áreas académica y administrativa del Campus. ARTÍCULO 5. La convocatoria sobre el otorgamiento de becas en “LA INSTITUCIÓN” será expedida 2 (dos) meses antes de que concluya cada uno de los ciclos escolares y deberá contener, por lo menos, la siguiente información: I. Plazos de entrega y recepción de los formatos de solicitud de becas. II. Los plazos, lugares y forma en que deben realizarse los trámites. III. Los lugares donde podrán realizarse los estudios socioeconómicos.
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ARTÍCULO 6. Los aspirantes a becarios tendrán un plazo de 15 (quince) días naturales, a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria correspondiente, para la entrega y recepción de la solicitud de beca. ARTÍCULO 7. Podrán ser considerados para el otorgamiento de una beca quienes: I. Sean alumnos de “LA INSTITUCIÓN”, inscritos en uno de los Programas de Estudios que ésta imparta. II. Presenten la solicitud de beca en los términos y plazos establecidos en el presente reglamento y en la correspondiente convocatoria, anexando la documentación comprobatoria que se indique. III. Tengan el promedio general de calificaciones mínimo que se establezca para cada tipo de beca. IV. No hayan reprobado o dado de baja alguna asignatura al término del ciclo escolar anterior al que soliciten la beca. V. Cumplan las disposiciones contenidas en el reglamento disciplinario y en la demás normatividad institucional. ARTÍCULO 8. Además de los requisitos estipulados para cada uno de los tipos de beca, los becarios deberán cubrir los siguientes: I. Presentar solicitud de beca señalando el tipo de beca que requieren y acompañando el respaldo documental correspondiente. II. Inscribirse o reinscribirse oportunamente, durante el primer periodo de inscripciones que se señale en el calendario correspondiente al ciclo escolar de que se trate. III. Pagar puntualmente, a más tardar el día cinco (5) de cada mes, el monto de su colegiatura que no esté protegido por la beca. IV. Dar las facilidades necesarias a fin de que “LA INSTITUCIÓN” realice los estudios socioeconómicos de gabinete y de campo, cuyo resultado, así como la situación académica del aspirante, servirá de base para que se acuerde el porcentaje de beca que será asignada a cada postulante. ARTÍCULO 9. Los becarios deberán solidarizarse y apoyar el desarrollo de “LA INSTITUCIÓN” en todo tipo de actividades extraescolares; así como participar en los eventos culturales, sociales y académicos que ésta organice. ARTÍCULO 10. Los becarios deberán abstenerse de incurrir en faltas de disciplina o participar en cualquier acto o evento que altere la buena marcha de “LA INSTITUCIÓN”, o que perjudique de cualquier forma al personal que labora en la misma. ARTÍCULO 11. Por el solo hecho de postular al Programa de Becas, los aspirantes a becarios facultan a “LA INSTITUCIÓN”, para realizar las diligencias y trámites necesarios que permitan verificar los antecedentes socioeconómicos proporcionados por los aspirantes.
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CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS TIPOS DE BECAS ARTÍCULO 12. Los tipos de beca que se podrán otorgar por el Centro Universitario de Tijuana (CUT) - Universidad de Tijuana son: I. Beca Universidad de Tijuana. II. Beca Académica. III. Beca Institucional. IV. Beca Familiar. V. Beca Hijo Predilecto. VI. Beca Deportiva. VII. Beca Promoción. ARTÍCULO 13. La Beca Universidad de Tijuana podrá ser de hasta el 100% (cien por ciento) y se otorgará a los alumnos de nuevo ingreso en el nivel de licenciatura que reúnan los siguientes requisitos: I. Obtener en el examen de ingreso que aplica “LA INSTITUCIÓN”, el puntaje mínimo que establezca la convocatoria correspondiente al ciclo escolar de que se trate. II. Esta beca le será otorgada en el momento en que el becario concrete su inscripción en “LA INSTITUCIÓN”, sin más requisito que el comprobante del puntaje obtenido en el examen de ingreso. III. El becario conservará esta beca durante el tiempo que duren sus estudios, en el programa académico para el cual fue becado; lo anterior, siempre y cuando tenga una asistencia y puntualidad a clases del 90% (noventa por ciento), no repruebe ninguna asignatura en evaluación ordinaria y mantenga un promedio general igual o mayor a 9.0 (nueve punto cero). ARTÍCULO 14. La Beca Académica podrá ser de hasta el 100% (cien por ciento) y se otorgará a los alumnos inscritos que la soliciten y cubran los siguientes requisitos:
REGLAMENTO DE BECAS
I. Ser alumno regular de cualquiera de los programas de estudios de “LA INSTITUCIÓN”. II. Tener un promedio mínimo general de 9.0 (nueve punto cero) en las asignaturas cursadas en el ciclo escolar inmediato anterior. III. Que los estudios socioeconómicos que se le practiquen arrojen la evidente necesidad de apoyo económico a fin de que pueda continuar sus estudios. IV. Que paguen puntualmente, a más tardar el día cinco (5) de cada mes, el monto de sus colegiaturas que no esté protegido por esta beca. V. Que se reinscriba en la fecha correspondiente a la primera convocatoria, que para tal efecto publique “LA INSTITUCIÓN”. VI. El becario conservará esta beca durante el tiempo que duren sus estudios en el programa académico para el cual fue becado; lo anterior, siempre y cuando tenga una asistencia y puntualidad a clases del 90% (noventa por ciento), no repruebe ninguna asignatura en evaluación ordinaria y mantenga un promedio general igual o mayor a 9.0 (nueve punto cero). ARTÍCULO 15. La Beca Institucional podrá ser de hasta el 100% (cien por
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ciento) y se otorgará a aquellos estudiantes que sean respaldados por una empresa, entidad pública, institución educativa, despacho profesional o programa comunitario, con quien “LA INSTITUCIÓN” tenga convenio vigente; de conformidad con lo siguiente: I. La vigencia de esta beca está determinada por el cumplimiento en tiempo y forma del convenio firmado con la entidad correspondiente. II. Que los estudios socioeconómicos que se le practiquen arrojen la evidente necesidad de apoyo económico a fin de que pueda continuar sus estudios. III. El becario conservará esta beca durante el tiempo que duren sus estudios en el programa académico para el cual fue becado; lo anterior, siempre y cuando tenga una asistencia y puntualidad a clases del 85% (ochenta y cinco por ciento), no repruebe ninguna asignatura en evaluación ordinaria y mantenga un promedio general igual o mayor a 8.5 (ocho punto cinco). ARTÍCULO 16. La Beca Familiar se otorgará a aquellos alumnos que sean hijos, hermanos, cónyuges o padres de estudiantes o egresados de “LA INSTITUCIÓN”; de conformidad con lo siguiente: I. El monto de esta beca será del 10% (diez por ciento), para estudios de preparatoria, licenciatura, o posgrado; en caso de que el alumno becario tenga algún otro tipo de beca por un porcentaje superior, optará por la beca que mejor le convenga, salvo en el caso de las becas Universidad de Tijuana, que sí serán acumulables en todos los casos. II. En caso de que el becario opte por algún otro tipo de beca que tuviera, el porcentaje de la beca familiar se aplicará sobre el monto no cubierto por aquella. III. Para conservar esta beca, el becario deberá tener una asistencia y puntualidad a clases del 90% (noventa por ciento), no reprobar ninguna asignatura en evaluación ordinaria, mantener un promedio general mínimo de 8.5 (ocho punto cinco). IV. Cuando el becario reúna los requisitos anteriores, conservará la beca sin necesidad de hacer una nueva solicitud. ARTÍCULO 17. La Beca Hijo Predilecto se otorgará a los estudiantes de licenciatura que hayan concluido estudios de preparatoria en un plantel perteneciente a “LA INSTITUCIÓN” o se inscriban en una segunda Licenciatura después de concluir la primera en “LA INSTITUCIÓN”; así como a los estudiantes de posgrado que hayan concluido estudios de preparatoria y/o licenciatura en un plantel perteneciente a “LA INSTITUCIÓN”, siempre y cuando no tengan otro tipo de beca y de conformidad con lo siguiente: I. El porcentaje de beca será del 10% (diez por ciento), para estudios de licenciatura y de posgrado. Cuando los estudiantes tengan algún otro tipo de becas, el porcentaje antes mencionado se aplicará sobre el monto no protegido por ésta. II. Para conservar esta beca, el becario deberá tener un mínimo del 90% (noventa por ciento) de asistencia y puntualidad a clases, no reprobar ninguna asignatura, y mantener un promedio general de 8.5 (ocho punto cinco). III. Cuando el becario reúna los requisitos anteriores, conservará la beca sin necesidad de hacer una nueva solicitud.
34 Manual Académico ARTÍCULO 18. La Beca Deportiva podrá ser de hasta el 100% (cien por ciento) y se otorgará a los deportistas de alto rendimiento que formen parte de los equipos representativos de “LA INSTITUCIÓN”, en las distintas disciplinas deportivas; siempre y cuando no tengan otro tipo de beca y de conformidad con lo siguiente: I. Para conservar esta beca, el becario deberá tener un mínimo del 85% (ochenta y cinco por ciento) de asistencia y puntualidad a clases, no reprobar ninguna asignatura, mantener un promedio general de 8.5 (ocho punto cinco) y participar destacadamente en el equipo representativo de esta Institución. II. Cuando el becario reúna los requisitos anteriores, conservará la beca sin necesidad de hacer una nueva solicitud. ARTÍCULO 19. La Beca Promoción podrá ser hasta por el equivalente al 40% del monto de las colegiaturas mensuales, una vez deducidas otras becas. Tendrán derecho a esta beca los alumnos inscritos en cualquiera de los programas académicos que imparta “LA INSTITUCIÓN”, de acuerdo a lo siguiente: I. Tendrán derecho a esta beca, aquellos alumnos que promuevan y logren la inscripción de uno o más alumnos aspirantes, en alguno de los programas académicos de bachillerato, licenciatura o posgrado que oferte “LA INSTITUCIÓN”. II. El alumno promotor gozará de un 10% (diez por ciento) de beca, sobre el monto de colegiatura que paguen los alumnos cuya inscripción hubieren promovido. III. El alumno promotor deberá registrar personalmente al “alumno aspirante”, ante la Coordinación de Admisiones del Campus de que se trate, asesorarlo para la presentación de su examen de ingreso y acompañarlo al acto formal de inscripción. IV. Esta beca durará un cuatrimestre o semestre, según corresponda a la duración de un periodo escolar del programa académico cursado por el alumno promotor. V. Esta beca será cancelada en caso de que el alumno promovido sea dado de baja, o bien, omita pagar puntualmente el monto de su colegiatura mensual.
REGLAMENTO DE BECAS
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CAPÍTULO TERCERO DE LA CANCELACIÓN DE LAS BECAS ARTÍCULO 20. “LA INSTITUCIÓN” podrá cancelar una beca cualquiera que sea su tipo cuando el alumno: I. Haya proporcionado información falsa para su obtención. II. Realice conductas contrarias a la normatividad institucional o, en su caso, no haya atendido las amonestaciones o prevenciones que por escrito se le hubieren comunicado oportunamente. III. Deje de cumplir con los requisitos establecidos por el presente reglamento, para el tipo de beca de que se trate. CAPÍTULO CUARTO DE LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN ARTÍCULO 21. La interpretación del presente reglamento corresponde, en última instancia, al Director General de la Sociedad Civil “Centro de Estudios Superiores de Baja California S. C”. ARTÍCULO 22. Este reglamento sólo podrá ser modificado por el Director General de la Sociedad Civil “Centro de Estudios Superiores de Baja California S. C”. ARTÍCULO 23. Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por el Director General de la Sociedad Civil “Centro de Estudios Superiores de Baja California S. C”; oyendo al Presidente del Comité de Becas de cada campus y emitiendo las circulares ejecutivas correspondientes; mismas que serán expedidas sin contravenir las disposiciones estatutarias ni las de otros reglamentos específicos expedidos.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación, mediante comunicación oficial del Director General de la Sociedad Civil “Centro de Estudios Superiores de Baja California S. C”.
SEGURO ESCOLAR
Es un servicio que la Universidad ofrece a sus alumnos inscritos, previo pago de derechos correspondientes, mismos que se cubren al inscribirse y se reanuda cada cuatrimestre. El seguro opera de la siguiente manera: Si como consecuencia directa de un accidente cubierto por la póliza, el asegurado incurriera en cualquiera de los riesgos amparados la compañía responderá por estos hasta la suma asegurada, ajustándolos previamente a las limitaciones consignadas en la carátula, inicio de vigencia y periodo de cobertura así como las condiciones generales, endosos y cláusulas adicionales, siempre y cuando la póliza se encuentre en vigor para ese asegurado y el siniestro se origine dentro de la fecha de cobertura. Riesgos Cubiertos Se cubre exclusivamente la actividad escolar y durante el año escolar sin incluir vacaciones, a los alumnos que figuren en el registro de asegurados de un mismo plantel y que representen el cien por ciento de la colectividad, así como el personal docente y administrativo, bajo lo siguiente:
36 Manual Académico I. Dentro del edificio o predio de la escuela. II. Asistiendo o participando en algún evento organizado, programado, aprobado y supervisado por la autoridad competente de la escuela. III. Viajando en grupo directamente desde o hasta el lugar donde se efectúen los eventos descritos en el inciso dos que antecede, dentro de la República Mexicana, en la inteligencia que durante el viaje, el grupo deberá estar igualmente bajo la supervisión de la referida autoridad. IV. Dirigiéndose directamente e interrumpidamente desde su domicilio hasta la escuela y viceversa por cualquier medio de transporte excepto motocicleta o motoneta. Para mayores informes dirigirse al Departamento de Administración de la Universidad de Tijuana.
SERVICIO SOCIAL
OBJETIVOS: Prestar servicios profesionales a la comunidad de la región. Generar un mercado de trabajo para los estudiantes. Consolidar el perfil profesional del prestador. Promover el conocimiento de la realidad económica, política, cultural y social. Difundir las experiencias de trabajo. Promover la importancia de trabajar en equipo. CARACTERÍSTICAS: Requisito indispensable para aspirar a obtener el título profesional. Periodo no menor de seis meses ni mayor de dos años. 480 horas. Es importante haber cubierto tu Servicio Social para dar paso al Proceso de Titulación.
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DEBES CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS: Acreditado al menos el 70% de los créditos de tu carrera (7mo Cuatrimestre aproximadamente).
RESIDENCIA PROFESIONAL
OBJETIVOS: Instrumento de vinculación entre la Institución y las empresas, entidades públicas y privadas organismos no gubernamentales y grupos de apoyo social (ONG´s). Crear la oportunidad de que los alumnos se incorporen al medio laboral. Participación de agentes externos en la valoración de la calidad de sus egresados. CARACTERÍSTICAS: Es de carácter obligatorio. Está integrada a la currícula. Deberá realizarse durante los dos últimos cuatrimestres. 560 horas. Requiere supervisión por parte del organismo receptor y del maestro asesor. Podrá ser gratuita o remunerada. Aquellos alumnos que aún no han realizado su Servicio Social y deciden trabajar en un proyecto de esta Institución de alto impacto tanto a nivel Administrativo como Pedagógico, podrá así acreditar en un mismo ejercicio el Servicio Social. CAUSAS DE ANULACIÓN Y REINICIO: Suspensión sin causa justificada. Incumplimiento de obligaciones con la Entidad Receptora. Incumplimiento con la Universidad de Tijuana.
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PROCESO DE TITULACIÓN
El egresado tiene hasta tres años para titularse, salvo programas especialmente implementados para tal efecto, por la institución. MODALIDADES: TESIS DE INVESTIGACIÓN. - Trabajo de investigación empírica o documental (respuesta a la problemática de un área o tópico específico). - Puede ser teórica (análisis de conceptos y categorías) o empírica (verificar aspectos de la realidad). - Presentación de reportes mensuales. - Debes entregar Seis empastados anexando copia de voto aprobatorio. - Presentación de examen Recepcional. TESINA MONOGRÁFICA. A) SOBRE RESIDENCIA PROFESIONAL: ·Debe iniciar el trámite con dos meses de anticipación. ·Entregar el proyecto a desarrollar. ·Presentación de reportes mensuales. ·Debes entregar Seis empastados anexando copia de voto aprobatorio. ·Presentación de examen Recepcional. B) DIPLOMADOS: ·Los Diplomados para Titulación deberán tener una duración mínima de 80 horas y relacionado con el programa de la carrera. ·Al concluir el Diplomado, deberá presentar una Memoria que expondrá durante el examen profesional. ·Al cursar dos Diplomados, deberá presentar los trabajos de Memoria de cada una de los mismos y quedará exento de examen profesional. PROMEDIO GENERAL DE APROVECHAMIENTO. ·No debe haber reprobado ninguna asignatura durante evaluación ordinaria. ·Con promedio de 9.0 y menor a 9.5, deberá entregar un trabajo ·Recepcional (Tesina Monográfica) y se tramita el protocolo de ·Firma de Actas. ·Promedio de 9.5 o mayor, se tramita el protocolo de Firma de Actas.
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ESTUDIOS DE POSGRADO. MAESTRÍA: ·Cuando se estudia la Maestría en esta institución, al cubrir el 50% de los créditos y presentar una memoria para quedar exento del examen profesional. ·Cuando se estudia la Maestría en esta institución, al cubrir el 70% de los créditos quedará exento de examen profesional. ·Cuando se estudia la Maestría en otra institución, al cubrir el 60% de los créditos y presentar una memoria para quedar exento del examen profesional. ·Cuando se estudia la Maestría en esta institución, al cubrir el 80% de los créditos quedará exento de examen profesional. ESPECIALIDAD: ·Cuando se estudia la Especialidad en esta Institución, al cubrir el 100% de los créditos y presentar una memoria, quedará exento de examen profesional. EXAMEN GENERAL DE EGRESO DE LICENCIATURA (EGEL). ·Comunicar su elección a la Institución. ·Presentar constancia de Examen General de Egreso de Licenciatura. Para mayores informes, acude al departamento de Titulación.
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GLOSARIO
Curriculum Flexible: Permite a los estudiantes la formación interdisciplinaria ya que pueden hacer un aprovechamiento óptimo de su tiempo, actúan en un ambiente de auto aprendizaje estableciendo relaciones con los estudiantes de otras carreras y ellos mismos seleccionan la carga horaria y académica tomando en cuenta que las materias escogidas no sean seriadas y que se acomoden a sus necesidades contextuales. Modalidad Escolarizada: Es aquella en la que la totalidad de los estudios son presenciales y sistemáticos. Los periodos continuos que se ofrecen están integrados con semanas de trabajo efectivo, con 10 cuatrimestres de 15 semanas cada uno. En esta modalidad se podrán cursar, la licenciatura en diez periodos como mínimo y dieciséis como máximo. Se programan periodos vacacionales de una a tres semanas cada uno. Modalidad Empresarial: Es un sistema de libre opción en donde se exigen los mismos requisitos académicos y administrativos que para el sistema escolarizado, por lo que se otorgan los mismos créditos, certificados, títulos y grados. Se busca facilitar el estudio a quienes deseen iniciar o continuar sus estudios universitarios equilibrando sus obligaciones laborales o familiares. Preinscripción: El alumno deberá tener el antecedente académico correspondiente al nivel, comprometerse a cumplir con la normatividad y las
circulares ejecutivas suscritas por las autoridades competentes, cubrir los costos de inscripción y el primer mes de colegiatura y entregar la documentación que le solicite el Departamento de Control Escolar. Dar De Alta Materias: Es el proceso mediante el cual el alumno se incorpora al sistema de la Universidad, de esta forma se autoriza la carga académica que llevara durante el cuatrimestre. Este proceso se realiza en Dirección Académica. Sistema de Evaluación CUT: Esta evaluación comprende tres parámetros a evaluar: Comprensión de contenidos temáticos, expresión de contenidos temáticos y capacidad para resolver problemas. Es realizada por el docente que imparte la asignatura. Acreditación Especial: A esta evaluación tienen derecho los estudiantes cuyo historial académico los acredite como excelencia, es decir, que todos los cursos acreditados hasta el momento de la solicitud, hayan sido aprobados con nueve o más. Por esta modalidad pueden acreditar hasta el 50% de las materias. Los solicitantes deben estar inscritos en forma regular y no haber cursado, reprobado, ni inscrito previamente los cursos en cuestión, además de demostrar tener amplios conocimientos y experiencia relativos a los contenidos de los cursos. Esta evaluación comprenderá todos los contenidos del curso y atendiendo a las características del mismo estará
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compuesta de una parte teórica y una parte práctica. Calificaciones: La calificación de cada periodo será la suma de las calificaciones parciales y cada concepto básico de evaluación. Se expresará en números enteros y decimales. La calificación mínima aprobatoria es 7.0. Los alumnos que obtengan en cada periodo calificación menor a 7.0 deberán recursar los contenidos no aprobados en un horario distinto a clases. Examen Parcial: Durante cada ciclo escolar se producirán cuatro evaluaciones parciales, en las cuales los maestros consideran tres conceptos básicos de evaluación que son: comprensión por parte del alumno de los contenidos temáticos del curso; capacidad del alumno para expresar con su propio lenguaje los contenidos temáticos del curso; capacidad del alumno para aplicar los contenidos temáticos del curso a la resolución de problemas concretos. Como parte de la evaluación ordinaria se aplicarán uno o dos exámenes institucionales por cada tetramestre, cuyos resultados serán promediados con los que otorguen los maestros de acuerdo al modelo de evaluación formativa y continua. Para tener derecho a este examen se requiere una asistencia mínima del 80% y estar al corriente de sus pagos. Los alumnos que reprueben los cursos en evaluación ordinaria tendrán derecho a renunciar a los exámenes extraordinarios y a
titulo de suficiencia y solicitar por escrito y con su firma, recusar la materia. Asesorias Individuales: Son aquellas en donde se aclaran dudas que surjan del estudio particular, y en donde se amplían los temas de especial interesa para el alumno, siendo generalmente optativas. Apelación: Durante las 48 horas siguientes del momento que les sea notificado el resultado de una evaluación, los alumnos tendrán derecho de apelación. Deberán hacerlo por escrito, en forma respetuosa y fundamentada ante la Dirección Académica. Si el resultado de dicho trámite no le es satisfactorio y persiste la inconformidad, la máxima autoridad del campus deberá formar una comisión de 3 maestros para que en forma colegiada realicen una nueva revisión cuyo resultado será inapelable. Examen de Retroalimentación: Los estudiantes tienen derecho, por una sola vez, a que se les evalúe nuevamente, de manera inmediata en los contenidos que no acreditaron en las evaluaciones parciales, siempre y cuando tengan un mínimo de 80% de asistencia y solo será posible en las tres primeras evaluaciones. Al realizar este examen se renuncia a la calificación anterior. Esta evaluación se realizara en horario distinto al de sus clases. Evaluación Institucional: Esta evaluación la realizan los docentes a los alumnos, después
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de los cuatro parciales se realiza una última evaluación, es de manera obligatoria. Examen Extraordinario: Los exámenes extraordinarios son la opción que un alumno tiene para poder acreditar una asignatura que cursó y que no acreditó en el periodo ordinario. Los alumnos tienen derecho solamente a una evaluación extraordinaria por cada una de las asignaturas que forman parte del currículo de su carrera y que reprueben en la evaluación ordinaria. La evaluación extraordinaria consistirá en un examen global de la asignatura reprobada. Se solicita en Dirección Académica donde se le dará el horario, día y docente que aplicará el examen. Examen a Título de Suficiencia: Los alumnos podrán presentar un examen de título de suficiencia por cada una de las asignaturas que integran el plan de estudios de su carrera. Evaluación a que tendrán acceso una vez que hayan reprobado la evaluación extraordinaria. La evaluación comprenderá todos los contenidos temáticos del curso y podrá estar compuesta por una parte teórica y una parte práctica. Será aplicada por un jurado integrado por tres catedráticos, todos ellos designados por la Dirección Académica del Campus igual que la fecha y hora de la aplicación. Repetición de Cursos: Esta evaluación consiste en la repetición, por una sola vez, de los cursos reprobados en evaluación a titulo de suficiencia.
En caso de no aprobar el curso, en este tipo de evaluación, el alumno causara baja definitiva. Grupo Pequeño: Esta opción ofrece al estudiante la oportunidad de cursar sus asignaturas en ambiente que combina la modalidad escolarizada y no escolarizada y que sin menoscabo de la calidad del aprendizaje lo lleven a lograr su meta de superación. Los cursos son conducidos por un maestro que brindara atención personalizada a los estudiantes. Tienen el mismo valor en créditos y se cubren los mismos contenidos que las asignaturas de los programas escolarizados. La evaluación del aprendizaje se realiza con el mismo sistema utilizado en la modalidad escolarizada. Se solicita en Dirección Académica y una vez autorizado se procede a pagar. Evaluación Docente: Permite a los alumnos poder evaluar a sus maestros desde una visión objetiva e imparcial. Servicio Social: Es el conjunto de actividades encaminadas a promover, generar y administrar acciones en beneficio de la población, mediante las cuales el prestador ampliara su formación académica y aplicara los conocimientos teóricos aprendidos. Residencias Profesionales: Permite al estudiante la oportunidad de conocer y aprovechar el medio donde sus conocimientos pueden tener aplicación para fines productivos de bienes o servicios y, al mismo tiempo, donde también puede aprender
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de la gente, de los procesos tecnológicos, de la interacción humana y de la realidad del contexto profesional y social, como también generar un nicho de oportunidades para los jóvenes, con el fin de que una vez concluidas sus residencias profesionales, puedan ubicarse y desempeñarse profesionalmente en la comunidad. Practicas Profesionales: (ya no existe, se cambio a la modalidad de residencia profesional). Titulación: Es el proceso en que el estudiante obtiene el título profesional o de grado, una vez que ha concluido sus estudios y presentando su examen recepcional. A su vez hará constar que el alumno ha demostrado sus capacidades en el desempeño profesional así como el dominio temático de las disciplinas del plan de estudios. Feria Académica: Se realiza a finales de cuatrimestre y es la oportunidad de presentar los trabajos realizados. ExpoCUT: Esta diseñada para que los alumnos puedan mostrar sus trabajos realizados durante el periodo de clases, apoya en la integración de los grupos al trabajar en equipo y dar sus aportaciones a otros estudiantes, la innovación dentro de las licenciaturas como también el desarrollo de la seguridad y del aprendizaje que los alumnos obtienen. Expo Arte y Talentos: La convocatoria se realiza una vez al año y está pensada para conocer talentos de los mismos alumnos de la universidad
y darles la oportunidad de expresarse y sobresalir. Cambio de Carrera: Los estudiantes podrán solicitar su cambio de carrera siempre y cuando lo hagan dos semanas antes del inicio de un cuatrimestre. Revalidación y Equivalencia: Los alumnos que hayan realizado en forma parcial o total estudios en otras instituciones pertenecientes al Sistema Educativo Nacional y que sean equivalentes a los planes de estudio en el centro Universitario de Tijuana, podrán tramitar la equivalencia de estudios ante el coordinador de la carrera para después pasar al Departamento de Control Escolar y como último paso en Dirección Académica. Baja Académica: Esta se realiza cuando el alumno ha pasado por un proceso de reprobación y el cual ya ha sido advertido. Baja Temporal: Podrá el alumno darse de baja temporal hasta en tres ocasiones, pero al reincorporarse lo hará al plan de estudios vigente en su programa académico. Se realiza a partir del segundo parcial. Baja Definitiva: Sucede cuando se haya vencido el plazo para concluir sus estudios con el programa educativo respectivo. Cuando un alumno comete faltas de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. Cuando un alumno acumule el 30% o más de inasistencias en una asignatura.