Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
AE-0027/2011. IMPULSO DE LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR AGRARIO
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales Código de la acción: AE - 0027/2011
Con la financiacnión de:
Depósito legal: C-2234-2011
Entidades solicitantes:
1
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
índice Introducción. Caso Práctico. Ficha técnica 01. Directrices básicas para la gestión del Plan de prevención: Evaluación de riesgos, y planificación de la actividad preventiva. Anexo 01-01: Resumen del contenido del Plan de PRL. Anexo 01-02: Control de la evaluación de riesgos, y de la planificación preventiva.
5
7 13 14
Ficha técnica 02. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Documentación legal de carácter general. Ficha técnica 03. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Equipos de trabajo.
18
Anexo 03-01: Carta de autorización de utilización de equipos de trabajo especiales. Anexo 03-02: Control de los equipos de trabajo.
20 21
Ficha técnica 04. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Productos químicos.
22
Anexo 04-01: Carta de autorización de trabajos con productos químicos. Anexo 04-02: Control de los productos químicos. Ficha técnica 05. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Trabajos de especial riesgo. Anexo 05-01: Presencia de la figura de recurso preventivo. Anexo 05-02: Carta de nombramiento de recurso preventivo. Anexo 05-03: Permiso de trabajo de especial riesgo. Ficha técnica 06. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Empresas de trabajo temporal. Ficha técnica 07. Directrices básicas para la gestión de los equipos de protección individual (EPI,s). Anexo 07-01: Entrega de EPI,s.
15
24 25 26 29 30 31 33 36 38
3
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario Ficha técnica 08. Directrices básicas para la información, consulta, y participación de los trabajadores/as. Anexo 08-01: Aspectos que requieren de la involucración de los trabajadores/as. Anexo 08-02: Control de la información facilitada a los trabajadores/as. Anexo 08-03: Informe de incidencia de seguridad y salud en el trabajo.
41 42 43
Ficha técnica 09. Directrices básicas para la gestión de la formación en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores/as.
44
Anexo 09-01: Detección de necesidades formativas, y evaluación de la eficacia de las acciones formativas.
46
Ficha técnica 10. Directrices básicas para la preparación y respuesta ante emergencias.
47
Anexo 10-01: Carta de nombramiento de jefe de emergencias. Anexo 10-02: Carta de nombramiento de integrante de equipo de emergencias. Anexo 10-03: teléfonos de emergencias. Anexo 10-04-A: Control de equipos de protección contra incendios. Anexo 10-04-B: Control de luces, y salidas de emergencia. Anexo 10-04-C: Control de duchas y lavaojos; y botiquines de primeros auxilios. Anexo 10-05: Informe de simulacro de emergencias. Ficha técnica 11. Directrices básicas para la gestión de la vigilancia de la salud. Anexo 11-01: Carta de renuncia al reconocimiento médico. Anexo 11-02: Control de la vigilancia de la salud. Ficha técnica 12. Directrices básicas para la investigación, y comunicación de accidentes. Anexo 12-01: Informe de investigación de accidentes. Ficha técnica 13. Directrices básicas para la coordinación de actividades empresariales. Anexo 13-0: Registros requeridos a empresas externas. Anexo 13-02: Presencia de la figura de coordinador de actividades preventivas. Anexo 13-03: Carta de nombramiento de coordinador de actividades preventivas. Epílogo. Bibliografía.
4
39
49 50 51 52 53 54 55 56 58 60 61 63 64 66 68 69 70 71
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
INTRODUCCIÓN El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define gestionar como, “hacer diligencias conducentes al logro de un negocio o de un deseo cualquiera”. En este caso el negocio, o el deseo, NUESTRO negocio o deseo, se refiere a la Prevención de Riesgos Laborales. El artículo 4 (definiciones) de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece que:
“Se entenderá por prevención el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.”
“Se entenderá como riesgo laboral la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.”
Así pues, el presente “Cuaderno directorio de documentos para la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales” pretende posibilitar, y facilitar la consecución de aquellas acciones que relacionadas entre sí ordenadamente contribuyen a una Prevención de Riesgos Laborales real, y eficaz.
La primera parte de esta documentación está constituida por un caso práctico verosímil, acaso verídico, en el que se describe la realización de una actividad laboral, es decir, cómo se llevaron a cabo, cómo se hicieron unos trabajos. A partir de dicho caso práctico, y con su exposición, se intenta lograr la interiorización de la integración de la Prevención de Riesgos Laborales en todos los niveles de la empresa, y de fomentar una auténtica cultura de la prevención, más allá del mero cumplimiento formal de la normativa, o de la disposición de una documentación aparente, y de una carga burocrática más o menos compleja, más o menos sofisticada.
A continuación, y en relación a dicha primera parte, en un segundo bloque, se analizan y tratan aquellos aspectos críticos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, que deben estar controlados, incluyendo en la mayoría de los casos, modelos opcionales, para que dicho control sea efectivo, y quede registro del mismo.
5
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
Teniendo siempre presente que dicho control debe ser además eficiente, y por tanto, que la documentación debe ser proporcional al nivel de complejidad, peligros, y riesgos concernientes, y que se debe mantener al mínimo requerido para alcanzar la eficacia, y eficiencia. En resumen, y en conclusión, el objetivo NO es trabajar para “servir”, y disponer de un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, sino disponer de un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales que “sirva” y propicie, un trabajo seguro, y saludable.
6
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
CASO PRÁCTICO DESCRIPCIÓN DE UN ACCIDENTE LABORAL.
Caso adaptado de un accidente real.
Auxiliadora y Bruto eran dos trabajadores de una empresa del sector agrario, dedicada a la explotación hortofrutícola. Bruto era un peón que llevaba un mes en la empresa. Auxiliadora también, pero ya contaba con medio año de experiencia aproximadamente en la empresa. Bruto quedó tetraplégico debido a un accidente de trabajo. Auxiliadora, aunque no físicamente, también quedó afectada por dicho accidente laboral.
Este es el relato de los hechos:
Bruto se trasladaba subido de pie en la parte trasera de un tractor que conducía Auxiliadora, compañera de trabajo que de manera informal ayudaba a familiarizarse con la manera de trabajar en la empresa. El tractor arrastraba un atomizador para la aplicación de tratamientos con productos fitosanitarios. Con el objeto de no estropear la ropa, Bruto vestía un chándal viejo y unos tenis ya desgastados. El parte meteorológico era incierto por lo que consideraron oportuno que cuanto antes rematasen mejor. Durante el trayecto Bruto resbaló del tractor y cayó al suelo, siendo arrollado por el atomizador. Auxiliadora notó un extraño en la conducción debido al atropello y se percató de lo sucedido. Espantada, y sin saber qué hacer, tampoco tenía teléfono, trató de socorrer a Bruto subiéndolo directamente y como pudo al tractor, trasladándolo a las instalaciones principales de la empresa. La conmoción en la empresa fue grande, pero cómo solía establecerse en otros accidentes, por cosas del trabajo, cosas que pasan, o por mala suerte, …o no.
7
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
A continuación, se realizarán una serie de preguntas, que NO son retóricas. o o
Preguntas que SI tienen respuesta. Preguntas cuya respuesta debería ser UNA, y NO OTRA.
De estas preguntas, y sus correspondientes respuestas se derivan, ni más ni menos, lo que es, para lo que sirve un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Es decir, el sentido y la finalidad de disponer de una gestión adecuada de la Prevención de Riesgos Laborales, de definir, de asumir, de poner en práctica, toda, parte, u otra documentación similar a la que a continuación
8
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
se presenta. Es, si ello fuese posible, poder darle una segunda oportunidad a Bruto, y a todos los demás. Preguntas:
¿Existía evaluación de riesgos del puesto de trabajo de Auxiliadora y Bruto?, ¿contemplando acciones rutinarias y no rutinarias?, ¿teniendo en cuenta el comportamiento humano, las capacidades y otros factores? o
¿Existía una correspondencia entre el desempeño profesional de Auxiliadora y Bruto, y su contrato de trabajo, y la cualificación, y funciones que se desprendían del mismo? o
Confrontar ficha técnica 01. Directrices básicas para la gestión del Plan de prevención: Evaluación de riesgos, y planificación de la actividad preventiva.
Confrontar ficha técnica 02. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Documentación legal de carácter general.
¿Existía un adecuado control para gestionar el riesgo al que estaba expuesto Bruto, derivado de operaciones que estuviesen identificadas como potencialmente peligrosas?, ¿y en especial, sobre los equipos de trabajo?, ¿y en especial, sobre las condiciones laborales de determinados trabajos de especial riesgo? o
Confrontar:
Ficha técnica 03. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Equipos de trabajo. Ficha técnica 04. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Productos químicos. Ficha técnica 05. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Trabajos de especial riesgo. Ficha técnica 06. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Empresas de trabajo temporal.
¿Se disponía de los EPI,s adecuados? ¿Auxiliadora y Bruto disponían, y hacía uso adecuado de ellos? o
Confrontar ficha técnica 07. Directrices básicas para la gestión de los equipos de protección individual (EPI,s).
9
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
¿Se disponía de la información adecuada sobre los riesgos y medidas preventivas a adoptar? ¿Auxiliadora y Bruto disponían de esa información, conocía y comprendía los riesgos, y sus consecuencias posibles, y sabía de las medidas de protección y prevención a llevar a cabo? o
¿Se disponía de la formación específica, suficiente, y adecuada al trabajo realizado? ¿Auxiliadora y Bruto tenían el adiestramiento, y la preparación para la realización de la tarea que se le encomendó? o
Confrontar ficha técnica 08. Directrices básicas para la información, consulta, y participación de los trabajadores/as.
Confrontar ficha técnica 09. Directrices básicas para la gestión de la formación en materia de prevención de riesgos laborales de los trabajadores/as.
¿Existía preparación, y se disponía de capacidad de respuesta ante una emergencia? o
¿Se disponía de la aptitud médica adecuada? ¿Con la aplicación de los protocolos médicos correspondientes al trabajo realizado por Auxiliadora y Bruto? o
Confrontar Ficha técnica 12. Directrices básicas para la investigación, y comunicación de accidentes.
¿Si Auxiliadora y Bruto hubiesen sido trabajadores de una empresa externa, y/o unos trabajadores autónomos, habría existido una adecuada coordinación de actividades empresariales? o
10
Confrontar ficha técnica 11. Directrices básicas para la gestión de la vigilancia de la salud.
¿Existía una adecuada investigación de los accidentes laborales? ¿se establecían y determinaban todas y cada una de las causas de los mismos, a fin de que no se volviesen a repetir? o
Confrontar ficha técnica 10. Directrices básicas para la preparación, y respuesta ante emergencias.
Confrontar ficha técnica 13. Directrices básicas para la coordinación de actividades empresariales.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 01. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA GESTIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN: EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES, Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de que los trabajos que se deriven de su actividad empresarial tengan en cuenta o integren la prevención de riesgos laborales, y de que específicamente los riesgos de dichos trabajos hayan sido identificados y evaluados, planificando las acciones preventivas que resulten necesarias en virtud de dicha evaluación.
Disposiciones adicionales: o
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la siguiente documentación básica:
Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Evaluación de riesgos laborales. Planificación preventiva.
o
Esta documentación debe ser elaborada por un técnico/a en PRL, competente conforme a las funciones establecidas en el capítulo VI (artículos 34 a 37) del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
o
Ésta documentación tendrá en cuenta la adecuada involucración (consulta, y participación) de los trabajadores/as.
En los casos en que exista la figura de delegado/a de prevención dicha involucración se realizará, en todo caso, a través de ella.
11
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 01. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
o
Ésta documentación, se realizará conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, por el técnico/a competente, o por el servicio de prevención ajeno/ mancomunado cuando se haya recurrido a su contratación, y se actualizará cada vez que sea preciso, y por defecto, con la periodicidad que se haya marcado en dicha metodología.
o
Dicha documentación tendrá en cuenta el marco legal vigente contemplado en los artículos 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
12
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA GESTIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN: EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES, Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA.
Anexo 01-01: Resumen del contenido del Plan de PRL. Anexo 01-02: Control de la evaluación de riesgos, y de la planificación preventiva.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 01. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
ANEXO 01-01: RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PLAN DE PRL.
Fecha:
N.º Edición:
Nombre empresa:
Actividad productiva:
N.º de centros de trabajo:
N.º de trabajadores:
Características críticas:
Modalidad preventiva seleccionada: (no se incluye la opción de servicio de prevención propio) Asunción Trabajador Servicio de Servicio de personal □ designado □ prevención ajeno □ prevención mancomunado Delegado de prevención: SI □ / NO □
Organigrama:
Puestos o niveles
Funciones
Mandos superiores Mandos intermedios Trabajadores
Fases de la actividad productiva:
Fases o procesos.
Riesgos críticos.
Política, objetivos y metas
Principios o política: Objetivos o deseos: Metas o etapas:
13
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
FICHA TÉCNICA 01. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL. Evaluación de riesgos Revisión establecida por defecto: 3 años. Fecha edición
Próxima edición
Evaluación de riesgos Revisión establecida por defecto: 3 años. Fecha edición
Próxima edición
Evaluación de riesgos Revisión establecida por defecto: 3 años. Fecha edición
14
Próxima edición
ANEXO 01-02: CONTROL DE LA EVALUACIÓN DE RIESGOS, Y DE LA PLANIFICACIÓN PREVENTIVA. Planificación preventiva: Revisión anual Fecha teórica
Fecha real
Planificación preventiva: Revisión anual Fecha teórica
Fecha real
Planificación preventiva: Revisión anual Fecha teórica
Fecha real
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 02. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: DOCUMENTACIÓN LEGAL DE CARÁCTER GENERAL
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de realizar una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de seguridad y salud en el trabajo, así como de propiciar una verdadera integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de la actividad empresarial.
Disposiciones adicionales: Se deben determinar, conforme a la evaluación de riesgos, los peligros para los que resulta necesaria la puesta en práctica de controles específicos. Como listado no exhaustivo se enumeran lo siguientes ítems, no incluidos explícitamente en otras fichas técnicas: o o o o o
Documentación legal de carácter general. Equipos de trabajo. Productos químicos. Trabajos de especial riesgo. Empresas de trabajo temporal (E.T.T.)
Documentación legal de carácter general. o
Se garantizará la adecuada disposición de:
Apertura de centro de trabajo. Disposición del libro de visitas. Otra documentación específica de PRL, relacionada con trabajos ligados con otros sectores o actividades: -
Documentación derivada de la normativa específica de aplicación en el sector de la construcción.
15
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 02. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
-
o
En los casos en que exista la figura de delegado/a de prevención dicha involucración se realizará, en todo caso, a través de ella.
El periodo general, o por defecto, de conservación de toda la documentación derivada, y vinculada con la seguridad y salud en el trabajo, se establece en 3 años, sin perjuicio del establecimiento normativo de plazos superiores para determinados registros.
16
Señalar al trabajador/a la existencia de la incidencia, y las consecuencias potenciales de la misma. Exponer de forma práctica el origen o causa de la incidencia. Indicar la solución, y forma correcta de trabajar, explicando las ventajas y beneficios.
El control de la gestión de los riesgos, tendrá en cuenta la adecuada involucración (consulta, y participación) de los trabajadores/as.
o
Documentación relacionada con el ámbito de relaciones laborales (contratos de trabajo, seguros sociales, permiso de trabajo en el caso de extranjeros, autorización de los padres/ tutores en el caso de menores de edad, etc.).
Se debe realizar de forma periódica un seguimiento del adecuado estado de los ítems analizados, subsanando las incidencias detectadas, y ante la presencia de incidencias derivadas de malas prácticas laborales:
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: DOCUMENTACIÓN LEGAL DE CARÁCTER GENERAL
El Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, establece los siguientes plazos de prescripción para las infracciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales, en función de su gravedad:
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 02. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: DOCUMENTACIÓN LEGAL DE CARÁCTER GENERAL
Infracciones leves: 1 año. Infracciones graves: 3 años. Infracciones muy graves: 5 años.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida en el marco legal vigente.
17
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 03. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: EQUIPOS DE TRABAJO.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de realizar una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de seguridad y salud en el trabajo, así como de propiciar una verdadera integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de la actividad empresarial.
Disposiciones adicionales: o
Se deben determinar, conforme a la evaluación de riesgos, los peligros para los que resulta necesaria la puesta en práctica de controles específicos. Como listado no exhaustivo se enumeran lo siguientes ítems, no incluidos explícitamente en otras fichas técnicas:
Documentación legal de carácter general. Equipos de trabajo. Productos químicos. Trabajos de especial riesgo. Empresas de trabajo temporal (E.T.T.)
Equipos de trabajo. o
Se garantizará la adecuada disposición, identificación, utilización, y mantenimiento de los equipos de trabajo en general, y en particular, de la maquinaria de trabajo, verificando el control de:
Disposición de declaración de conformidad, y marcado . -
18
Certificado de adaptación al R.D. 1.215/1997 para aquella maquinaria anterior al 01/01/1995.
Libro de instrucciones.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 03. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
Disposición de la adecuada capacidad profesional de los trabajadores/as en relación con las tareas encomendadas. -
o
Planificación de los trabajos coherente con la prevención de riesgos laborales.
Señalar al trabajador/a la existencia de la incidencia, y las consecuencias potenciales de la misma. Exponer de forma práctica el origen o causa de la incidencia. Indicar la solución, y forma correcta de trabajar, explicando las ventajas y beneficios.
El control de la gestión de los riesgos vinculados con los equipos de trabajo, tendrá en cuenta la adecuada involucración (consulta, y participación) de los trabajadores/as.
o
Pudiéndose definir autorización de trabajo específica.
Se debe realizar de forma periódica un seguimiento del adecuado estado de los equipos de trabajo, subsanando las incidencias detectadas, y ante la presencia de incidencias derivadas de malas prácticas laborales:
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: EQUIPOS DE TRABAJO.
En los casos en que exista la figura de delegado/a de prevención dicha involucración se realizará, en todo caso, a través de ella.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
Anexo 03-01: Carta de autorización de utilización de equipo de trabajos especiales. Anexo 03-02: Control de los equipos de trabajo.
19
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 03. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
ANEXO 03-01: CARTA DE AUTORIZACIÓN DE UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO ESPECIALES.
Por la presente, la empresa autoriza a: Datos identificativos del trabajador/a Nombre y apellidos: A la utilización de los siguientes equipos de trabajo características similares:
o cualquier otro de
Datos identificativos del equipo de trabajo Denominación del equipo de trabajo
Marca, modelo, n.º de serie
Siendo obligatorio, conforme al artículo 29 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales, su uso adecuado, con arreglo a la información, formación, e instrucciones de trabajo recibidas. Rogándole firme el duplicado de esta carta, como acuse de recibo y aceptación de la designación, aprovecho para saludarle muy atentamente.
La dirección de la empresa.
20
Cuaderno directorio de gesti贸n de la prevenci贸n de riesgos laborales
21
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
FICHA TÉCNICA 04. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: PRODUCTOS QUÍMICOS.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de realizar una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de seguridad y salud en el trabajo, así como de propiciar una verdadera integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de la actividad empresarial. Disposiciones adicionales: o
Se deben determinar, conforme a la evaluación de riesgos, los peligros para los que resulta necesaria la puesta en práctica de controles específicos. Como listado no exhaustivo se enumeran lo siguientes ítems, no incluidos explícitamente en otras fichas técnicas: o o o o o
Documentación legal de carácter general. Equipos de trabajo. Productos químicos. Trabajos de especial riesgo. Empresas de trabajo temporal (E.T.T.)
Productos químicos. o
Se garantizará la adecuada identificación de los productos químicos, así como las adecuadas condiciones laborales tanto en su utilización, como en su almacenamiento y transporte, verificando el control de:
Disposición de la etiqueta de seguridad. Disposición de la ficha de datos de seguridad. Adecuadas condiciones de almacenamiento. Disposición de la adecuada capacidad profesional de los trabajadores/as en relación con las tareas encomendadas. -
22
Pudiéndose definir autorización de trabajo específica.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
FICHA TÉCNICA 04. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
o
Señalar al trabajador/a la existencia de la incidencia, y las consecuencias potenciales de la misma. Exponer de forma práctica el origen o causa de la incidencia. Indicar la solución, y forma correcta de trabajar, explicando las ventajas y beneficios.
El control de la gestión de los riesgos vinculados con los productos químicos, tendrá en cuenta la adecuada involucración (consulta, y participación) de los trabajadores/as.
o
Planificación de los trabajos coherente con la prevención de riesgos laborales.
Se debe realizar de forma periódica un seguimiento del adecuado del trabajo con productos, subsanando las incidencias detectadas, y ante la presencia de incidencias derivadas de malas prácticas laborales:
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: PRODUCTOS QUÍMICOS.
En los casos en que exista la figura de delegado/a de prevención dicha involucración se realizará, en todo caso, a través de ella.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
Anexo 04-01: Carta de autorización de trabajos con productos químicos. Anexo 04-02: Control de los productos químicos.
23
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 04. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
ANEXO 04-01: CARTA DE AUTORIZACIÓN DE TRABAJOS CON PRODUCTOS QUÍMICOS.
Por la presente, la empresa autoriza a: Datos identificativos del trabajador/a Nombre y apellidos: A la utilización de los siguientes productos químicos, características similares:
o cualquier otro de
Datos identificativos del producto químico Denominación productos químicos Fabricante, marca
Siendo obligatorio, conforme al artículo 29 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales, su uso adecuado, con arreglo a la información, formación, e instrucciones de trabajo recibidas. Rogándole firme el duplicado de esta carta, como acuse de recibo y aceptación de la designación, aprovecho para saludarle muy atentamente.
La dirección de la empresa.
24
Cuaderno directorio de gesti贸n de la prevenci贸n de riesgos laborales
25
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 05. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: TRABAJOS DE ESPECIAL RIESGO.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de realizar una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de seguridad y salud en el trabajo, así como de propiciar una verdadera integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de la actividad empresarial.
Disposiciones adicionales: o
Se deben determinar, conforme a la evaluación de riesgos, los peligros para los que resulta necesaria la puesta en práctica de controles específicos. Como listado no exhaustivo se enumeran lo siguientes ítems, no incluidos explícitamente en otras fichas técnicas:
Documentación legal de carácter general. Equipos de trabajo. Productos químicos. Trabajos de especial riesgo. Empresas de trabajo temporal (E.T.T.)
Trabajos de especial riesgo. o
Aquellos que conllevan situaciones significativo peligro, tales como:
potencial
y
Trabajos en espacios confinados. Trabajos en altura. Trabajos eléctricos con tensión. Trabajos en caliente. Trabajos en frío. Trabajos en zonas ATEX. Otros que así se hayan determinado, como por ejemplo: -
26
de
Trabajos en que lo que se empleen a menores de edad.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 05. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: TRABAJOS DE ESPECIAL RIESGO.
Trabajos en que se empleen a personas especialmente sensibles. Trabajos de especial temporalidad. Etc.
Por defecto (con la salvedad del último punto), la ejecución de este tipo de trabajos especiales conllevarán el nombramiento de un recurso preventivo (responsable específico en PRL para controlar la ejecución de dichos trabajos).
La formación en materia de prevención de riesgos laborales del recurso preventivo se corresponderá al menos, con las funciones de nivel básico. En el anexo 05-01 se recogen las diversas circunstancias que conllevan la designación, y presencia de dicha figura.
o
Por defecto (con la salvedad del último punto), la ejecución de este tipo de trabajos, conllevará la emisión y aprobación de un permiso de trabajo de especial riesgo.
o
Se debe realizar de forma periódica un seguimiento del adecuado estado de los trabajos especiales, subsanando las incidencias detectadas, y ante la presencia de incidencias derivadas de malas prácticas laborales:
o
Señalar al trabajador/a la existencia de la incidencia, y las consecuencias potenciales de la misma. Exponer de forma práctica el origen o causa de la incidencia. Indicar la solución, y forma correcta de trabajar, explicando las ventajas y beneficios.
El control de la gestión de los riesgos vinculados con trabajos de especial riesgo, tendrá en cuenta la adecuada involucración (consulta, y participación) de los trabajadores.
27
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 05. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
o
En los casos en que exista la figura de delegado/a de prevención dicha involucración se realizará, en todo caso, a través de ella.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
28
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: TRABAJOS DE ESPECIAL RIESGO.
Anexo 05-02: Carta de nombramiento de recurso preventivo. Anexo 05-03: Permiso de trabajo de especial riesgo.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 05. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
Se nombrará recurso preventivo en los siguientes casos: o
o o
ANEXO 05-01: PRESENCIA DE LA FIGURA DE RECURSO PREVENTIVO.
Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo. Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales. Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.
Los recursos preventivos a que se refiere el apartado anterior deberán: o o o o
Tener la capacidad suficiente. Disponer de los medios necesarios. Ser suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas. Permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia.
29
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 05. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
ANEXO 05-02: CARTA DE NOMBRAMIENTO DE RECURSO PREVENTIVO.
A la atención de (indicar nombre y apellidos): __________________________________________________ En ____________________ , a ___ de __________ de _____ Estimado Sr./Sra.: Por la presente se le comunica que ésta empresa ha decidido, al amparo de lo indicado en el artículo 32 bis/4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, designarle como: “Recurso Preventivo” Rogándole firme el duplicado de esta carta, como acuse de recibo y aceptación de la designación, aprovecho para saludarle muy atentamente.
La dirección de la empresa.
30
Cuaderno directorio de gesti贸n de la prevenci贸n de riesgos laborales
31
AE-0027/2011. Impulso a la gesti贸n de la prevenci贸n de riegos laborales en el sector agrario
32
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 06. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de realizar una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de seguridad y salud en el trabajo, así como de propiciar una verdadera integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de la actividad empresarial.
Disposiciones adicionales: o
Se deben determinar, conforme a la evaluación de riesgos, los peligros para los que resulta necesaria la puesta en práctica de controles específicos. Como listado no exhaustivo se enumeran lo siguientes ítems, no incluidos explícitamente en otras fichas técnicas:
Documentación legal de carácter general. Equipos de trabajo. Productos químicos. Trabajos de especial riesgo. Empresas de trabajo temporal (E.T.T.)
E.T.T. o
Se garantizará a los trabajadores/as cedidos las mismas condiciones laborales en materia de prevención de riesgos laborales, que a los trabajadores/as propios. Verificándose el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Existencia del contrato de puesta a disposición. Remisión a la E.T.T. de la evaluación de riesgo del puesto de trabajo del trabajador/a cedido. Disposición de la formación del trabajador/a cedido. Disposición de la información transmitida al trabajador/a cedido. Disposición de la aptitud médica del trabajador/a cedido. Disposición de los EPI,s por parte del trabajador/a cedido.
33
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 06. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
o
Se debe realizar de forma periódica un seguimiento del adecuado estado de la situación de los trabajadores/as cedidos a través de E.T.T., subsanando las incidencias detectadas, y ante la presencia de incidencias derivadas de malas prácticas laborales:
o
34
Señalar al trabajador/a la existencia de la incidencia, y las consecuencias potenciales de la misma. Exponer de forma práctica el origen o causa de la incidencia. Indicar la solución, y forma correcta de trabajar, explicando las ventajas y beneficios.
El control de la gestión de los riesgos vinculada con trabajadores/as cedidos a través de E.T.T., tendrá en cuenta la adecuada involucración (consulta, y participación) de los trabajadores/as.
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO: EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL.
En los casos en que exista la figura de delegado/a de prevención dicha involucración se realizará, en todo caso, a través de ella. Se debe informar específicamente al mando directo de los trabajos, y al delegado/a de prevención de la presencia de trabajadores/as cedidos provenientes de E.T.T.
La responsabilidad derivada de trabajos con E.T.T. se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida por el marco legal vigente.
Cuaderno directorio de gesti贸n de la prevenci贸n de riesgos laborales
35
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 07. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA GESTIÓN DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de que todos los trabajadores y trabajadoras que presten sus servicios bajo su dirección reciban y dispongan de los equipos de protección individual (en adelante EPI,s) establecidos, y conforme a la evaluación de riesgos laborales.
Disposiciones adicionales: o
Se determinará el uso de EPI,s cuando existan riesgos que no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva, o por métodos, o procedimientos de organización del trabajo.
o
Los EPI,s dispondrán de marcado
o
36
El EPI será entregado junto con su folleto informativo.
Los EPI,s se emplearán en principio, de forma individual.
o
Los equipos de protección individual proporcionarán una protección eficaz frente a los riesgos que motivan su uso.
Los EPI,s serán entregados de forma gratuita al personal, reponiéndose siempre que sea preciso.
o
.
Si las circunstancias exigiesen la utilización de un equipo por varias personas, se adoptarán las medidas necesarias para que ello no origine ningún problema de salud o de higiene a los diferentes usuarios.
El personal dispondrá de la información, y formación referida a los EPI,s que garantice su adecuado uso, y conservación.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 07. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
o
Los EPI,s no deberán suponer por sí mismos u ocasionar riesgos adicionales ni molestias innecesarias.
o
las
condiciones
Señalar al trabajador/a la existencia de la incidencia, y las consecuencias potenciales de la misma. Exponer de forma práctica el origen o causa de la incidencia. Indicar la solución, y forma correcta de trabajar, explicando las ventajas y beneficios.
La gestión de los EPI,s, y en especial su elección, tendrá en cuenta la adecuada involucración (consulta, y participación) de los trabajadores/as.
o
Los EPI,s se adaptarán a anatómicas de cada persona.
Se debe realizar de forma periódica un seguimiento de la adecuada utilización, y conservación de los EPI,s, y ante la detección de deficiencias:
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA GESTIÓN DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.
En los casos en que exista la figura de delegado/a de prevención dicha involucración se realizará, en todo caso, a través de ella.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
Anexo 07-01: Entrega de los EPI,s.
37
AE-0027/2011. Impulso a la gesti贸n de la prevenci贸n de riegos laborales en el sector agrario
38
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 08. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES/AS.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de que todos los trabajadores y trabajadoras que presten sus servicios bajo su dirección reciban directamente, e individualmente la información de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función, y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.
Disposiciones adicionales: o
Se garantizará que la información comprensible para los trabajadores/as.
facilitada
resulte
Teniendo en cuenta, el conocimiento del idioma, el nivel de alfabetización, o la comprensión de conceptos técnico-jurídicos.
o
En las empresas que cuenten con delegado/a de prevención (representante de los trabajadores/as), ésta información específica también se canalizará a través de dicha figura.
o
En todo aquello que afecte a la seguridad y salud en el trabajo (información de carácter general) se procederá a consultar a los trabajadores/as, y permitir su participación.
o
Esta consulta y participación (involucración) se gestionará a través del delegado/a de prevención, en aquellas empresas que cuenten con dicha figura.
En el anexo I se incluye un listado de aspectos a consultar. En todo caso, los trabajadores/as podrán efectuar propuestas para la mejora de la seguridad y salud en la empresa.
39
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 08. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
o
El delegado/a de prevención, podrá recabar la información, y realizar las visitas que sean oportunas, conforme a la ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
o
Se debe realizar de forma periódica un seguimiento de la adecuada integración, y puesta en práctica de la prevención de riesgos laborales, y ante la detección de incidencias:
o
Señalar al trabajador/a la existencia de la incidencia, y las consecuencias potenciales de la misma. Exponer de forma práctica el origen o causa de la incidencia. Indicar la solución, y forma correcta de trabajar, explicando las ventajas y beneficios.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida, y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
40
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES/AS.
Anexo 08-02: Control de la información facilitada a los trabajadores/as Anexo 08.03: Informe de incidencia de seguridad y salud en el trabajo.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 08. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 08-01: ASPECTOS QUE REQUIEREN DE LA INVOLUCRACIÓN DE LOS TRABAJADORES/AS.
Listado NO exhaustivo de asuntos en los que resulta pertinente la consulta, y participación de los trabajadores/as (involucración gestionada a través del delegado/a de prevención): o o
Elección de la modalidad preventiva, y contratación del servicio de prevención ajeno/mancomunado. Elaboración del Plan de PRL, evaluación de riesgos, y planificación preventiva, y específicamente:
o
Diseño, y planificación de la producción que afecte a las condiciones laborales, incluyendo entre otros:
o o o
Protección de trabajadores/as especialmente sensibles. Medidas de protección de la maternidad.
Accidentes:
o o o
Organización de la actividad y/o de los trabajos. Elección de los equipos de trabajo. Elección de los EPI,s. Elección de los productos químicos. Protección de los trabajadores/as menores de edad. Relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal. Cambios de tecnología.
Formación en materia de prevención de riesgos laborales. Medidas de emergencia, y situaciones de riesgo grave e inminente. Resultados no confidenciales de la vigilancia de la salud, y especialmente:
o
Resultados de las mediciones higiénicas. Visitas de los técnicos de PRL, e Inspectores de Trabajo y de Seguridad Social.
Investigación de los accidentes. Informes de siniestralidad.
Contrataciones externas, y coordinación de actividades. Incidencias, y medidas disciplinarias. Relaciones con las administraciones con competencias en materia de prevención de riesgos laborales.
41
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 08. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 08-02: CONTROL DE LA INFORMACIÓN FACILITADA A LOS TRABAJADORES/AS.
Datos identificativos de la información Riesgos específicos que afectan al puesto de trabajo o función. Medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos específicos. Medidas en caso de emergencia. Datos técnicos de la entrega. Responsable de facilitar la información
Fecha __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____ __/__/____
42
Identificación del trabajador/a informado
Firma del trabajador/a
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
FICHA TÉCNICA 08.CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 08-03: INFORME DE INCIDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Puesto de trabajo o actividad asociada
Descripción de la incidencia
Causas de la incidencia:
Decisión inmediata tomada:
Responsable y plazo
Comunicación asociada (indicar partes que reciben comunicación de la incidencia)
Informe de acción : Correctiva / Preventiva (A cumplimentar por el Responsable de Prevención de Riesgos Laborales)
A realizar por: Plazo: A verificar por:
Firma y Fecha del encargado de implantar las acciones
Resultado del seguimiento y verificación de las acciones emprendidas Firma y Fecha Responsable de Verificación Documentación asociada
Clasificación de la gravedad de la incidencia Leve /
Grave /
Fecha de cierre final, y Validación firmada del Responsable de Prevención de Riesgos Laborales:
Muy grave
43
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 09. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA REALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES/AS.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de que todos los trabajadores y trabajadoras que presten sus servicios bajo su dirección1 reciban una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de prevención de riesgos laborales.
Disposiciones adicionales: o
La formación en materia de PRL será previa a la realización de los trabajos (en el momento de la contratación), y siempre que sea necesario, bien por cambios en la actividad, bien por su necesidad de realizarla periódicamente.
o
La formación en materia de PRL se impartirá, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma.
o
Esta formación se ajustará a la realidad de la actividad productiva.
o
Centrándose específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador/a, adaptándose a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos, y repitiéndose periódicamente, si fuese necesario.
Esta formación será facilitada por el empresario/a tanto por medios propios o internos, como recurriendo a su contratación externa.
1
A excepción de los trabajadores/as cedidos por E.T.T., cuya responsabilidad recae en la propia E.T.T.
44
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
FICHA TÉCNICA 09. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
o
La formación será impartida por técnico/a en PRL competente, conforme a las funciones establecidas en el capítulo VI (artículos 36 y 37) del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA REALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES/AS.
Técnico/a de nivel intermedio: Formación de carácter básico. Técnico/a de nivel superior. Todo tipo de formación.
El proceso formativo tendrá en cuenta la adecuada involucración (consulta, y participación) de los trabajadores/as.
En los casos en que exista la figura de delegado/a de prevención dicha involucración se realizará, en todo caso, a través de ella.
o
La formación no tendrá ningún coste para el trabajador o trabajadora.
o
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
Anexo 09-01: Detección de necesidades formativas, y evaluación de la eficacia de las acciones formativas.
45
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 09. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL. Sección y/o Puesto de trabajo
46
Detección de necesidad Asunto
ANEXO 09-01: DETECCIÓN DE NECESIDADES FORMATIVAS, Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS ACCIÓNES FORMATIVAS. Ejecución de la acción formativa
Evaluación de la efectividad
Fecha
Fecha teórica
Fecha real
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
__/__/__
Eficacia
Fecha
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de que se hayan evaluado las posibles situaciones de emergencia, y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores/as, determinando el organigrama funcional encargado de actuar en caso de emergencia, y comprobando periódicamente su correcto funcionamiento. La estructuración, y planificación global de todos estos aspectos es 2 lo que configura, y se denomina plan de emergencia .
Disposiciones adicionales: o
El plan de emergencia se realizará teniendo en cuenta el tamaño, y la actividad de la empresa, así como el número de personas que puedan verse afectadas.
o
El plan de emergencia tendrá en cuenta la organización con servicios externos a la empresa (asistencia médica, servicio de bomberos, protección civil, policía, guardia civil, etc.).
o
Los trabajadores/as seleccionados (en virtud del poder disciplinario del empresario/a) para actuar y responder ante las emergencias deberán contar en todo caso con:
o
Formación necesaria, adecuada y específica. Ser suficientes en número. Disponer del material adecuado.
El plan de emergencia tendrá en cuenta la realización de simulacros (globales o parciales), o pruebas periódicas de la adecuada capacidad de actuación.
Derivándose los correspondientes registros de evidencia de los mismos (informe del simulacro).
2
Término genérico y común de plan de emergencia, que incluye en él mismo, el plan de autoprotección interno para aquellos casos en que fuese preceptiva su disposición.
47
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
o
Las situaciones de emergencia más significativas, y comunes se enumeran de forma no exhaustiva, a continuación:
o
Incendio/ explosión. Derrames, vertidos, fugas de sustancias peligrosas Inundaciones no naturales. Accidentes. Amenaza de bomba, agresiones y/o robos. Derivados por la naturaleza (terremotos, huracanes, lluvias torrenciales, nevadas, inundaciones, rayos, etc.).
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
48
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS.
Documento de plan de emergencia propiamente dicho, en contraposición, con su integración en otra documentación. Anexo 10-01: Carta de nombramientos de Jefe de Emergencias. Anexo 10-02: Carta de nombramiento de integrante de los Equipos de Intervención ante emergencias. Anexo 10-03: Teléfonos de emergencia. Anexo 10-04-A: Control de equipos de protección contra incendios. Anexo 10-04-B: Control de luces, y salidas de emergencia. Anexo 10-04-C: Control de duchas, y lavaojos; y botiquines de primeros auxilios. Anexo 10-05: Informe de simulacro de emergencias.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 10-01: CARTA DE NOMBRAMIENTO DE JEFE DE EMERGENCIAS.
A la atención de (indicar nombre y apellidos): __________________________________________________ En ____________________ , a ___ de __________ de _____ Estimado Sr./Sra.: Por la presente se le comunica que la empresa ha decidido, al amparo de lo indicado en el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, designarle como: “Jefe de Emergencias”: Rogándole firme el duplicado de esta carta, como acuse de recibo y aceptación de la designación, aprovecho para saludarle muy atentamente.
La dirección de la empresa.
49
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 10-02: CARTA DE NOMBRAMIENTO DE INTEGRANTE DE EQUIPO DE INTERVENCIÓN.
A la atención de (indicar nombre y apellidos): __________________________________________________ En ____________________ , a ___ de __________ de _____ Estimado Sr./Sra.: Por la presente se le comunica que la empresa ha decidido, al amparo de lo indicado en el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, seleccionarle como: “Integrante de los equipos de intervención en caso de emergencias”: Rogándole firme el duplicado de esta carta, como acuse de recibo y aceptación de la designación, aprovecho para saludarle muy atentamente.
La dirección de la empresa.
50
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 10-03: TELÉFONOS DE EMERGENCIA.
DIRECTOR/A PLAN DE EMERGENCIA JEFE DE EMERGENCIAS EMERGENCIAS
112
AMBULANCIAS BOMBEROS PROTECCIÓN CIVIL POLICÍA LOCAL POLICÍA NACIONAL GUARDIA CIVIL MUTUA HOSPITAL: HOSPITAL: HOSPITAL: INSTITUTO NACIONAL TOXICOLOGÍA EMERGENCIAS TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS
51
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL Inspección Los equipos de protección contra incendios están revisados, accesibles, y señalizados. Identificación/ ubicación de extintores
ANEXO 10-04-A: CONTROL DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. Estado
K Incorrecto
Observación
NO aplica
Identificación/ ubicación de bocas de incendio, hidrantes, y otros elementos (pulsadores, teléfonos, escaleras de incendio).
Inspección validada por: Fecha: Se requiere modificación de la evaluación de riesgos y/o planificación preventiva:
52
SI □
NO □
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 10-04-B: CONTROL DE LUCES, Y SALIDAS DE EMERGENCIA.
Inspección
Estado
Luces de emergencia. Identificación/ ubicación
K
Inspección Las vías de evacuación de emergencia están despejadas, y Identificación/ ubicación
Incorrecto
Observación NO aplica
Estado
K
Incorrecto
Observación
NO aplica
Inspección validada por: Fecha: Se requiere modificación de la evaluación de riesgos y/o planificación preventiva:
SI □
NO □
53
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 10-04-C: CONTROL DE DUCHAS Y LAVAOJOS, Y BOTIQUINES DE PRIMEROS AUXILIOS.
Inspección Estado, y señalización de las duchas y lavaojos.
Estado
K
Identificación/ ubicación
Inspección Disposición, y señalización, y equipamiento de los botiquines de primeros auxilios.
Incorrecto
Observación
NO aplica
Estado
K
Incorrecto
Observación
NO aplica
Identificación/ ubicación
Inspección validada por: Fecha: Se requiere modificación de la evaluación de riesgos y/o planificación preventiva:
54
SI □
NO □
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 10. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 10-05: INFORME DE SIMULACRO DE EMERGENCIAS.
Situación de emergencia ensayada
Lugar o ubicación del simulacro
N.º Personas participantes: N.º personas afectadas:
N.º personas evacuadas: Tiempos de respuesta
Tiempo de respuesta:
Tiempo de evacuación: Servicios externos participantes
Servicio de bomberos: SI □ / NO □
Servicio de protección civil: SI □ / NO □
Servicios sanitarios:
SI □ / NO □
Servicio de policía, guardia civil, etc.: SI □ / NO □
Otras empresas:
SI □ / NO □
Otros (indicar): SI □ / NO □
Equipos de intervención empleados
Descripción del simulacro
Observaciones:
Valoración, y conclusiones:
Informe de simulacro validado por: Fecha: Se requiere modificación de la evaluación de riesgos y/o planificación preventiva:
SI □
NO □
55
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
FICHA TÉCNICA 11. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA GESTIÓN DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de garantizar que los trabajadores y trabajadoras que presten sus servicios bajo su dirección3 dispongan, y en principio de carácter voluntario para éstos y éstas, de una vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.
Disposiciones adicionales: o
Excepciones al carácter voluntario (obligatoriedad del reconocimiento médico):
El reconocimiento médico inicial SI puede considerarse, y establecerse como obligatorio. Cuando el reconocimiento médico resulte imprescindible para evaluar la salud del trabajador/a, o verificar si existe peligro para el trabajador/a, u otras personas relacionadas con la empresa. -
Previo informe de los representantes de los trabajadores.
Cuando así lo determine una disposición legal.
o
En los casos en que voluntariamente el trabajador/a decline realizar el reconocimiento médico, podrá requerirse su renuncia expresa.
o
La vigilancia de la salud será llevada a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada.
o
La vigilancia de la salud comprenderá:
3
A excepción de los trabajadores cedidos por E.T.T., cuya responsabilidad recae en la propia E.T.T.
56
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 11. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA GESTIÓN DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD.
Reconocimiento médico inicial tras la incorporación al trabajo (o después de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud). Reconocimiento médico tras baja prolongada por motivos de salud. Reconocimiento médico periódico (por defecto, anual).
o
El reconocimiento trabajadores/as.
o
El reconocimiento médico se realizará dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma.
o
El reconocimiento médico ocasionará las menores molestias posibles, y siempre en proporción al riesgo. En todo caso, se respetará la intimidad y dignidad de la persona.
o
Se respetará la confidencialidad reconocimiento médico.
médico
será
gratuito
del
para
resultado
los
del
Los resultados del reconocimiento médico se comunicarán a los trabajadores/as afectados. El empresario/a (u otros responsables designados) serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador/a para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva. -
Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores/as no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador/a.
57
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 11. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
o
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
58
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA GESTIÓN DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD.
Anexo 11-01: Carta de renuncia de los trabajadores/as al reconocimiento médico. Anexo 11-02: Control de la vigilancia de la salud.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 11. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL.
ANEXO 11-01: CARTA DE RENUNCIA DE LOS TRABAJADORES/AS AL RECONOCIMIENTO MÉDICO.
Nombre y apellidos:
Fecha:
Por la presente, y en virtud de la voluntariedad de la vigilancia de la salud, establecida en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, Ley de Prevención de Riesgos laborales, se deja constancia de que el trabajador/a no presta su consentimiento para realizar el reconocimiento médico.
Firma del trabajador/a
59
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 11. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL Identificación del trabajador/a
60
ANEXO 11-02: CONTROL DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD.
Fecha del registro de renuncia
Fecha del reconocimiento médico
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
__/__/____
Protocolo aplicado
Resultado
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 12. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA INVESTIGACIÓN, Y LA COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES.
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a es el responsable de que se lleve a cabo una investigación de los hechos, cuando se produzca un daño para la salud de los trabajadores/as, o cuando por ocasión de la vigilancia de la salud, aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes. Esta investigación tiene como fin la detección de las causas que provocaron dichos hechos, y poder subsanarlas, y garantizar que no se vuelvan a repetir. El empresario/a es el responsable de realizar la comunicación de los accidentes de conformidad con la normativa vigente.
Disposiciones adicionales: o
En principio, la investigación será realizada por un técnico 4 superior en PRL , contando con la participación de:
Mando o responsable directo de los trabajos. Trabajadores/as testigos. El propio accidentado/a si es posible. Delegado/a de prevención si existe dicha figura. Otros/as especialistas o expertos en relación con actividad productiva. -
La investigación podrá ser realizada por el mando o responsable directo (u otra persona designada con conocimientos de lo ocurrido) en el caso de accidentes leves, no repetitivos, y de los que no se derive ninguna implicación relevante.
4
Interpretación NO vinculante de las funciones del técnico de nivel superior reflejadas en el artículo 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
61
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 12. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
o
La investigación se realizará en un plazo tal, que permita extraer, y disponer de todas las pruebas y conocimientos de los hechos ocurridos.
o
Remisión del parte de accidente a la mutua de accidentes y enfermedades profesionales, y al servicio de prevención ajeno o mancomunado, para aquellos casos en los que se haya optado por su contratación como modalidad de organización preventiva. Notificación de los accidentes con baja, así como del seguimiento de la documentación derivada, a la autoridad laboral competente, en un plazo inferior a 5 días hábiles. Notificación de la relación de mensual de accidentes sin baja (sistema delt@ de comunicación), a la autoridad laboral competente, en los primeros 5 días hábiles del mes. Notificación de los accidentes graves, muy graves, con resultado de muerte de un trabajador/a, o que afecten a 4 o más accidentados (en un mismo accidente), a la autoridad laboral competente, en un plazo inferior a 24 horas.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
62
En todo caso, se evitará un demora que pueda conllevar la pérdida de datos, o la opción de que se repita un accidente similar por la tardanza en llevar a cabo acciones correctivas.
La comunicación de los accidentes se llevará a cabo conforme a las siguientes reglas:
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA INVESTIGACIÓN, Y LA COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES.
Anexo 12-01: Investigación de accidente no especializada (denominada también investigación de línea).
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 12. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 12-01: INFORME DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTE
Datos identificativos del accidentado Nombre y apellidos: Puesto de trabajo: Fecha: Consecuencias del accidente SI □
Causa baja Laboral: Leve □
Grave □
NO □
Muy grave □
Riesgo causante (marcar el que corresponda)
Caída de personas a distinto nivel Caída de personas al mismo nivel Caída de objetos por desplome o derrumbamiento Caída de objetos por manipulación Caída de objetos desprendidos Pisadas sobre objetos Choques contra objetos inmóviles Choques contra objetos móviles
Golpes o cortes por objetos o herramientas Proyección de fragmentos o partículas Atrapamiento por o entre objetos Atrapamiento por vuelco de máquinas o vehículos Sobreesfuerzos Exposición a temperaturas ambientales extremas Contactos térmicos Contactos eléctricos directos
Contactos eléctricos indirectos Exposición a sustancias nocivas o tóxicas Contactos con sustancias cáusticas y corrosivas Exposición a radiaciones Explosiones Incendios Accidentes causados por seres vivos Atropellos o golpes con vehículos
Descripción de los hechos
Factores causantes
Medidas preventivas propuestas
Informe realizado por: Se requiere modificación de la evaluación de riesgos y/o planificación preventiva:
SI □
NO □
63
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 13. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
PRECEPTO BÁSICO El empresario/a titular del centro de trabajo es el responsable de que se adopten las medidas de cooperación necesarias para el cumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, cuando trabajadores/as de otra empresas, o trabajadores/as autónomos (en adelante denominados de forma conjunta como empresas externas), desarrollen su actividad en dicho centro de trabajo.
Disposiciones adicionales: o
En todos los casos, las medidas de cooperación necesarias conllevan que las empresas externas reciban información, e instrucciones adecuadas sobre:
o
En el caso de que las empresas externas realicen obras o servicios correspondientes a la propia actividad del empresario/a titular del centro de trabajo, las medidas de cooperación necesarias incluirán además:
o
La vigilancia del cumplimiento de la prevención de riesgos laborales.
En todos los casos, las medidas de cooperación necesarias conllevan que las empresas externas cumplan con la normativa de prevención de riesgos laborales, y faciliten al empresario/a titular del centro de trabajo las evidencias de su cumplimiento.
64
Los riesgos existentes en el centro de trabajo. Las medidas de protección, y prevención asociadas a dichos riesgos. Las medidas de emergencia a llevar a cabo, y especialmente las de evacuación de su personal.
En el anexo 13-01-A y B se recoge una enumeración de aspectos sobre los que se puede requerir registros de evidencia.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 13. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
o
En los casos establecidos por la normativa de prevención de riesgos laborales se nombrará a un coordinador/a de actividades preventivas, sin perjuicio de la existencia de los oportunos recursos preventivos:
En el anexo 13-02 se recogen las diversas circunstancias que conllevan la presencia de dicha figura. La formación del coordinador/a de actividades preventivas deberá poseer la formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones del nivel intermedio. En los casos en que se haya designado recurso preventivo perteneciente a la empresa titular del centro de trabajo, éste podrá ser igualmente coordinador de actividades preventivas. -
o
DIRECTRICES BÁSICAS PARA LA COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Al respecto de la figura de recurso preventivo, confrontar con la Ficha técnica 05. Directrices básicas para el control de la gestión del riesgo: Trabajos especiales.
Ésta responsabilidad se materializa en la disposición de la documentación obligatoriamente establecida , y en la siguiente documentación de control de la gestión de carácter opcional:
Documentación derivada del Anexo 13-01-A y B: Registros requeridos a empresas externas. Anexo 13-03: Carta de nombramiento de Coordinador de Actividades Preventivas.
65
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 13. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
66
ANEXO 13-01: REGISTROS REQUERIDOS A EMPRESAS EXTERNAS
Enumeración meramente enunciativa, de aspectos sobre los que se puede establecer la existencia de requerimiento expreso de registro de evidencia: o
Aviso de recibo de entrega de la información (e instrucciones) en materia de prevención de riesgos laborales emitida por el empresario/a titular, y recibida por la empresa externa.
o
Modalidad de organización preventiva de la empresa externa (En los casos en que se disponga de un servicio de prevención ajeno/ mancomunado, indique su nombre).
o
Evaluación de riesgos, y medidas preventivas contempladas. ÚNICAMENTE referidas a la actividad a desarrollar en el centro de trabajo del empresario/a titular.
o
Relación nominal (nombre, apellidos, DNI, y puesto de trabajo) de los trabajadores/as que desarrollarán su actividad en el centro de trabajo del empresario/a titular.
o
Copia de los modelos TC-1, y TC2 de los trabajadores/as que figuran en la relación nominal anterior.
o
Certificados de aptitud médica para el puesto de dichos trabajadores/as, o en su defecto, documento de renuncia al reconocimiento médico (en los casos en que él mismo no sea obligatorio).
o
Acreditación de la formación en materia de prevención de riesgos laborales, de dichos trabajadores/as, y acorde a la actividad a desarrollar en el centro de trabajo del empresario/a titular.
o
Acreditación de la entrega de información en materia de prevención de riesgos laborales, a dichos trabajadores/as, en relación a la actividad a desarrollar en el centro de trabajo del empresario/a titular.
o
Acreditación de la entrega de equipos de protección individual a dichos trabajadores/as, en relación a la actividad a desarrollar en el centro de trabajo del empresario/a titular.
o
Relación de productos químicos utilizados en la actividad a desarrollar en el centro del empresario/a titular (en los casos en que se contemple su utilización).
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
FICHA TÉCNICA 13. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 13-01: REGISTROS REQUERIDOS A EMPRESAS EXTERNAS
Enumeración meramente enunciativa, de aspectos sobre los que se puede establecer la existencia de requerimiento expreso de registro de evidencia (continuación): o
Relación de equipos de trabajo (en particular de maquinaria) que por sus características requieran formación especial en materia de prevención de riesgos laborales utilizados en la actividad, así como certificados de conformidad o adecuación al R.D.1.215/1997 de dichos equipos de trabajo (en los casos en que se contemple su utilización).
o
Copia de la Póliza de Responsabilidad Civil.
o
Acreditación de no tener deudas con la Seguridad Social.
o
Relación de empresas subcontratadas, junto con toda la documentación requerida anteriormente referida a cada subcontrata (en los casos en que se contemple emplear empresas subcontratadas para la actividad a desarrollar en el centro de trabajo del empresario/a titular).
o
Apertura de centro de trabajo (en los casos preceptivos).
o
Nombramiento de recurso preventivo, junto con la acreditación de su formación específica al respecto (en los casos en que se haya requerido).
o
Plan de seguridad y salud, asociado a obras de construcción (en los casos preceptivos).
o
Libro de subcontratación, asociado construcción (en los casos preceptivos).
a
obras
de
67
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario FICHA TÉCNICA 13. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
Se nombrará coordinador de actividades preventivas para todos aquellos trabajos/ servicios que conlleven al menos dos de las siguientes circunstancias: o
Cuando en el centro de trabajo se realicen, por una de las empresas concurrentes, actividades o procesos reglamentariamente considerados como peligrosos o con riesgos especiales, que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores /as de las demás empresas presentes.
o
Cuando exista una especial dificultad para controlar las interacciones de las diferentes actividades desarrolladas en el centro de trabajo que puedan generar riesgos calificados como graves o muy graves.
o
Cuando exista una especial dificultad para evitar que se desarrollen en el centro de trabajo, sucesiva o simultáneamente, actividades incompatibles entre sí desde la perspectiva de la seguridad y la salud de los trabajadores/as.
o
Cuando exista una especial complejidad para la coordinación de las actividades preventivas como consecuencia del número de empresas y trabajadores/as concurrentes, del tipo de actividades desarrolladas y de las características del centro de trabajo.
En las obras de construcción, se nombrará coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra: o
68
ANEXO 13-02: PRESENCIA DE LA FIGURA DE COORDINADOR DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS.
Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos.
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales FICHA TÉCNICA 13. CUADERNO DIRECTORIO DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN DE PRL
ANEXO 13-03: CARTA DE NOMBRAMIENTO DE COORDINADOR DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS.
A la atención de (indicar nombre y apellidos): __________________________________________________ En ____________________ , a ___ de __________ de _____ Estimado Sr./Sra.: Por la presente se le comunica que ésta empresa ha decidido, al amparo de lo indicado en el artículo 13 del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales designarle como: “Coordinador/a de Actividades Preventivas”: Las características, capacidad, atribuciones y funciones vienen desarrolladas en el Capítulo V (en especial el Art. 13.3., y el art. 14), del referido R.D. 171/2004, y cuyos contenidos están a su disposición. Rogándole firme el duplicado de esta carta, como acuse de recibo y aceptación de la designación, aprovecho para saludarle muy atentamente.
La dirección de la empresa.
69
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
EPÍLOGO En materia de formación, y en relación con los requisitos que ha de poseer el formador excelente, se definen tres elementos esenciales, que son: Rigor científico. Transparencia didáctica. Cercanía emocional. En materia de prevención, estos tres elementos también constituyen la base del prevencionista excelente. Pero en ambos casos, hay un cuarto elemento: La reacción en cadena. Con este cuaderno directorio de documentos para la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, se pretende lograr, más allá de ofrecer unos conocimientos técnicos, y normativos establecidos en el marco legal vigente en materia de prevención de riesgos laborales, una toma de conciencia de la importancia de trabajar de forma segura, y de HACERLO. Es decir, generar y potenciar una cultura de prevención, una forma de hacer las cosas que garantice la seguridad y salud de las personas. Se aspira, en definitiva, a que cada trabajador o trabajadora, en función de sus responsabilidades y competencias, integre e interiorice la prevención en su quehacer diario, logrando ser en sí mismo un: Prevencionista excelente. Como condición necesaria, si bien, no suficiente para lograr ser un: Trabajador excelente.
70
Cuaderno directorio de gestión de la prevención de riesgos laborales
BIBLIOGRAFÍA
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
71
AE-0027/2011. Impulso a la gestión de la prevención de riegos laborales en el sector agrario
72
Enciclopedia de la Organización Internacional del Trabajo. Capítulo 64. Agricultura y sectores basados en recursos biológicos.
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. Guidance on risk assement at work, y fichas técnicas.
Ministerio de Trabajo e Inmigración. Inspección de Trabajo y Seguridad y Social. Guías de Actuación Inspectora, y Protocolos de Actuación Inspectora.
Ministerio de Trabajo e Inmigración. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Guía técnica para la integración de la prevención de riesgos laborales, y diversas Notas Técnicas de Prevención sobre la gestión preventivas (NTP 308: Análisis preliminar de la gestión preventiva: cuestionarios de evaluación; NTP 562: Sistema de gestión preventiva: autorizaciones de trabajos especiales; NTP 577: Sistema de gestión preventiva: revisiones de seguridad y mantenimiento de equipos ; NTP 592: La gestión integral de los accidentes de trabajo (I): tratamiento documental e investigación de accidentes , NTP 593: La gestión integral de los accidentes de trabajo (II): control estadístico; NTP 594: La gestión integral de los accidentes de trabajo (III): costes de los accidentes; etc.).
Estándar OHSAS 18001:2007. Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo; y OHSAS 18002:2008. Directrices para la implementación de OHSAS 18001:2007.
Artículos de prensa y noticias en referencia a casos reales de accidentes laborales.
Jurisprudencia en el Orden Social.