Carpeta fireproofing comercial

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ESPESORES. MASIVIDADES Es importante señalar que los espesores que llevará la estructura son calculados de acuerdo a varios factores: a. Tiempo de protección b. Tipo de estructura y clasificación de riesgo del edificio. c. Masividad del elemento a proteger. La masividad se refiere a la relación del área del elemento que estará expuesta a alta temperatura y su peso; por lo que no es lo mismo proteger un elemento de poco espesor a uno de mayor, aunque tenga las mismas dimensiones la sección.

Mayor masividad, menor material de protección.

Menor masividad mayor espesor de protección

Pintura Intumescente y Mortero Ignífugo. En el mercado de la protección pasiva contra incendios escuchamos constantemente una pugna entre quienes ofrecen pintura intumescente y quien opta por el mortero ignífugo. La realidad es que no son productos que se contrapunteen. Todo lo contrario. Son productos que se complementan uno al otro y cada uno tiene su utilidad y uso específico. Aunque ambos protegen la estructura contra el calor de un eventual incendio, son de precios y comportamiento distinto. La pintura intumesce, es decir, crece y aumenta su espesor al momento de que el calor comienza a actuar sobre ella. Requiere el espacio necesario y suficiente para intumescer y con ello, lograr las horas de protección para las cuales fue diseñado. El mortero ignífugo es un producto que habitualmente uno no hallaría como elemento a la vista, por su apariencia rugosa y particular. Quien diseña en acero, debe ser consciente que puede utilizar los productos en una forma mixta, de manera que lo que el diseñador quiera mantener “limpio” y respetando el perfil comercial del acero, puede optar por la pintura intumescente; a un costo considerablemente superior al que tendría el mortero ignífugo. Es por ello que, por lo general, se sugiere utilizar pintura intumescente en elementos a la vista; pero ese mismo sistema en estructura oculta haría el tema de protección pasiva contra incendios demasiado cara. También el mortero puede ser manipulado para tener una apariencia más generosa al ojo de quien busca mantener la geometría del perfil de acero.

www.graceconstruction.com Esperamos que esta información sea de utilidad. Está basada en datos y conocimiento que consideramos verdaderos y exactos y se ofrece para la consideración, investigación y verificación de los usuarios, pero no garantizamos los resultados que se obtengan. Le sugerimos leer las declaraciones, recomendaciones o sugerencias en combinación con nuestras condiciones de venta que aplican a todos los artículos que suministramos. Ninguna declaración, recomendación o sugerencia está destinada para uso alguno que pudiese infringir cualquier patente o derechos de autor. Este producto puede estar protegido por patentes o por patentes en trámite. Copyright 2007. W. R. Grace & Co.–Conn.


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ESPECIFICACIÓN PROTECCIÓN PASIVA CONTRA INCENDIOS FUEGO TIPO CELULOSICO CONTENIDO 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

ALCANCE CÓDIGOS, NORMAS Y ESTÁNDARES DEFINICIONES MARCO LEGAL DETERMINACIÓN DE RESISTENCIA AL FUEGO TIEMPO DE RESISTENCIA AL FUEGO MATERIALES DE PROTECCIÓN PASIVA CONTRA FUEGO 7.1 CEMENTICIOS 7.2 INTUMESCENTES 8. APLICACIÓN DE MATERIALES DE PROTECCIÓN PASIVA CONTRA FUEGO 9. CONTROL DE CALIDAD 1. ALCANCE Esta especificación cubre los requerimientos, consideraciones y recomendaciones para la protección pasiva contra fuego de la estructura de acero y su respectiva consideración para columnas, trabes primarias, trabes secundarias y losacero sujetas a un posible escenario de fuego tipo celulósico. 2. CÓDIGOS, NORMAS Y ESTÁNDARES Las siguientes normas, códigos y estándares son incorporados a esta especificación, en caso de ser aplicables. 2.1 Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal 2.2 Normas Técnicas Complementarias de Construcción del Distrito Federal 2.3 NMX C307 / ONNCCE 2009 “Industria de la Construcción, edificaciones , componentes, resistencia al fuego , determinación” 2.4 NMX-C-122-ONNCCE-2004 Industria de la construcción-agua para concretoespecificaciones. 2.5 NMX-C-277-1977 ONNCCE Industria de la construcción- agua para concreto – muestreo 2.6 NMX-C-283-1982 Industria de la construcción - agua para concreto - análisis. 2.7 NMX-C-414-ONNCCE-2010 Industria de la construcción-cementos hidráulicosespecificaciones y métodos de ensayo. 2.8 Underwriters Laboratories, Inc. (UL) 2.8.1 ANSI/UL 263 – "Fire Tests of Building Constructions and Materials 2.9 International Organization for Standardization (ISO) 2.9.1 ISO 834 – “Fire Resistance test – Elements of building construction”


2.10

American Society for Testing and Materials (ASTM)

2.10.1 E-84 – “Test for Surface Burning Characteristics of Building Materials” 2.10.2 E-119 – “Fire Tests of Building Construction and Materials” 2.10.3 E-176 – “Standard Terminology of Fire Standards” 2.11

National Fire Protection Association (NFPA)

2.11.1 #30, Flammable and Combustible Liquid Codes 2.11.2 #101, “Life Safety Code” 2.11.3 #251, “Standard Methods of Fire Resistance of Building Construction and Materials” 2.12

International Building Code, Evaluation 2009.

2.12.1 Table 601 2.12.2 Table 403.2.4 2.12.3 Table 721.2.2.1

3. DEFINICIONES Para los efectos de esta especificación se establecen las siguientes definiciones: 3.1. Barrera Contra Fuego Recubrimiento o protección que se aplica al acero estructural y a otros componentes y elementos mixtos de lámina estructural con concreto hidráulico, con el propósito de evitar el colapso estructural en un periodo de tiempo determinado en el transcurso de un incendio. 3.2. Combustible Es aquel compuesto capaz de experimentar combustión en contacto con el aire, a presiones y temperaturas que se pueden presentar durante el incendio de un edificio. 3.3. Director Responsable de Obra, Perito de Obra Profesional encargado del proyecto ejecutivo ante la autoridad correspondiente, así como la ejecución de la obra para la correcta aplicación y cumplimiento de disposiciones técnicas y legales que incidan o se relacionen con la construcción y de la utilización de bienes y servicios que cumplan con los requerimientos de calidad. 3.4. Período de Resistencia al Fuego Una medida de tiempo que abarca el lapso durante el cual un material o componente se mantiene ante el fuego bajo las condiciones especificadas de prueba y comportamiento. 3.5. Exposición al Fuego Someter un material o construcción a un alto flujo de calor proveniente de una fuente externa, con o sin contacto de la flama. 3.6. Resistente al Fuego


La propiedad de un material o componente de soportar fuego o dar protección contra él. Aplicada a componentes de construcción, se caracteriza por la facultad de circunscribir un incendio o de continuar ejerciendo una función estructural determinada o ambas. 3.7. Inflamable Sujeto a fácil ignición o a combustión con flama comparativamente rápida. 3.8 Inspector: Persona o empresa independiente del fabricante o del aplicador, capacitado y certificado por organismo internacional (NACE, SSPC, ICORR, FROSIO) para realizar los trabajos de inspección antes, durante y posterior a la aplicación de sistemas de recubrimientos anticorrosivos, que deben verificar el cumplimiento de esta especificación. 3.9 Empresa de Inspección Certificada SSPC Q5. Empresa que cuenta con la certificación de la SSPC como empresa de inspección de recubrimientos industriales y de cubiertas monolíticas (liners) que proporciona inspección de calidad de manera consistente para dueños de instalaciones y contratista asegurando el cumplimiento de las especificaciones de los proyectos contratados. 3.10 Protección pasiva contra fuego. Es una barrera, recubrimiento u otra salvaguarda la cual provee protección contra el calor de un fuego sin ninguna intervención adicional. 3.11.

Grado de seguridad de protección al fuego. El número de “horas-resistencia al fuego”, en una prueba estándar o modelo, sin alcanzar puntos o criterios de fallas.

3.12.

Resistencia al fuego. El tiempo que resiste un material al fuego directo sin producir flama o gases tóxicos.

3.13.

Riesgo. Probabilidad de exposición a un peligro que ocasiona daño.

3.14.

Sustrato. Material base o capa que está siendo protegida por un recubrimiento a prueba de fuego.

3.15.

Tiempo de protección contra fuego. Grado de seguridad de protección al fuego a una prueba estándar (generalmente en horas); es aceptado el estándar UL 1709.

3.16.

Líquido inflamable. Cualquier tipo de líquido cuyo punto de inflamación sea menor de 37.8° C y tenga una presión de vapor que no exceda de 274,586 kPa (2,8 kgf/cm² = 2 068 mm Hg).

3.17.

Producto combustible. Cualquier producto cuyo punto de inflamación sea de 37,8° C o más alto.


4. MARCO LEGAL Los reglamentos de construcción y las NOM / NMX incluyen disposiciones para prevenir los incendios e incrementar la seguridad de los usuarios y la estabilidad estructural de las edificaciones; clasifican a los edificios en función del grado de riesgo de incendio al que pueden estar sujeto de acuerdo a sus dimensiones, uso y ocupación; y exigen que los elementos y componentes constructivos resistan al fuego directo, sin llegar al colapso y sin producir flama, humos, o gases tóxicos o explosivos por un periodo específico. 4.1. Reglamento de Construcciones para el DF ARTÍCULO 53.- Para las manifestaciones de construcción tipos B y C, se deben cumplir los siguientes requisitos: … d) …Estos planos deben acompañarse de … ventilación de cada local, visibilidad en salas de espectáculos, resistencia de los materiales al fuego, circulaciones y salidas de emergencia, equipos de extinción de fuego, y diseño de las instalaciones hidrosanitarias, eléctricas, de gas y otras que se requieran. Estos documentos deben estar firmados por el propietario o poseedor, por el Director Responsable de Obra y los Corresponsables en Diseño Urbano y Arquitectónico y en Instalaciones, en su caso. ARTÍCULO 58.- Para obtener la licencia de construcción especial, se deben cumplir con los siguientes requisitos: IDEM A ART. 53 ARTÍCUL0 110.- Las características que deben tener los elementos constructivos y arquitectónicos para resistir al fuego, así como los espacios y circulaciones previstos para el resguardo o el desalojo de personas en caso de siniestro y los dispositivos para prevenir y combatir incendios se establecen en las Normas. CAPÍTULO III DE LOS MATERIALES Y PROCEDIMIENTOS DE CONSTRUCCIÓN ARTÍCULO 200.- Los materiales empleados en la construcción deben ajustarse a las siguientes disposiciones: La resistencia, calidad y características de los materiales empleados en la construcción, serán las que se señalen en las especificaciones de diseño y los planos constructivos registrados, y deben satisfacer las Normas de este Reglamento, y las Normas Oficiales Mexicanas o Normas Mexicanas, y… 4.2. Norma Técnica Complementaria “CAPÍTULO 4. COMUNICACIÓN, EVACUACIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS” 4.5 PREVISIONES CONTRA INCENDIO 4.5.1 GRADO DE RIESGO DE INCENDIO EN LAS EDIFICACIONES.


Con base en el artículo 90 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, las edificaciones se clasifican en función al grado de riesgo de incendio, de acuerdo a sus dimensiones, uso y ocupación conforme lo que establecen las Tablas 4.5-A y 4.5-B.

4.5.1.1 INDICACIONES PARA LA DETERMINACIÓN DEL GRADO DE RIESGO: I. La clasificación para un inmueble se determinará por el grado de riesgo de incendio más alto que se tenga en cualquiera de los edificios, áreas o zonas que existan en un mismo predio; II. En caso de que un inmueble presente zonas con diversos grados de riesgo, los dispositivos o medidas de previsión y control deben aplicarse en cada zona de acuerdo a sus características constructivas y al elemento que genera el riesgo; III. Las edificaciones que tengan una zona clasificada con grado de riesgo alto, ésta se debe aislar de las demás zonas con riesgo medio o bajo en el mismo inmueble y con la colindancia. De la misma manera se debe aislar las zonas o áreas de grado de riesgo medio de las demás áreas con riesgo bajo y las colindancias. En caso de no existir este aislamiento, los dispositivos y medidas de control se deben aplicar de acuerdo al grado de riesgo más alto que se presente en toda la zona; IV. En cada inmueble se delimitará físicamente cada una de las áreas o zonas con características similares para los efectos de la propagación de fuego y calor, conforme a lo que se determina en estas normas, de acuerdo a la separación entre edificios, las características de las losas entre los niveles de construcción o las áreas delimitadas por muros y puertas cortafuego; y V. Para el cálculo de metros cuadrados, alturas, número de ocupantes en inmuebles con varios cuerpos, estos parámetros se aplicarán por edificio. En cuanto al número de personas que ocupan el lugar, se debe tomar en cuenta a la máxima población fija probable más la flotante en cada área o zona físicamente delimitada para la propagación de fuego. Los inventarios se considerarán asimismo por zona físicamente delimitada para la propagación de los efectos de explosión, fuego y calor. 4.5.2 RESISTENCIA AL FUEGO Los elementos constructivos, sus acabados y accesorios en las edificaciones, en función del grado de riesgo, deben resistir al fuego directo sin llegar al colapso y sin producir flama o gases tóxicos o explosivos, a una temperatura mínima de 1200° K ( 927° C) durante el lapso mínimo que establece la siguiente tabla y de conformidad a la NMX-C-307 “Industria de la construcción - edificacionescomponentes - resistencia al fuego - determinación”.


La resistencia mínima al fuego de los elementos constructivos, acabados y accesorios se establece en la siguiente tabla:

5. DETERMINACIÓN DE RESISTENCIA AL FUEGO 5.1. La resistencia mínima al fuego de los elementos, componentes y productos de construcción se determina por su ubicación en las edificaciones, las que a su vez se clasifican en función al grado de riesgo de incendio, de acuerdo a lo establecido en la Tabla 601 del International Building Code (IBC) y en las NTC. Para determinar el grado de riesgo se debe de observar lo siguiente: 5.1.1.La clasificación para un inmueble se determinará por el grado de riesgo de incendio más alto que se tenga en cualquiera de los edificios, áreas o zonas que existan en un mismo predio. 5.1.2.En caso de que un inmueble presente zonas con diversos grados de riesgo, los dispositivos o medidas de previsión y control deben de aplicarse en cada zona de acuerdo a sus características constructivas y al elemento que genera el riesgo. 5.1.3.Las edificaciones que tengan una zona clasificada con grado de riesgo alto, ésta se debe aislar de las demás zonas con riesgo medio o bajo en el mismo inmueble y con la colindancia. De la misma manera se debe aislar las zonas o áreas de grado de riesgo medio de las demás áreas con riesgo bajo y las colindancias. En caso de existir asilamiento, los dispositivos y medidas de control se deben aplicar de acuerdo al grado de riesgo más alto que se presente en toda la zona. 5.1.4.En casa inmueble se delimitará físicamente cada una de las áreas o zonas con características similares para los efectos de propagación de fuego y calor, conforme a lo que se determina en las normas, de acuerdo a la separación entre


edificios, las características de las losas entre los niveles de construcción o las áreas delimitadas por muros y puertas contra fuego. 5.1.5.Para el cálculo de metros cuadrados, alturas, número de ocupantes en inmuebles con varios cuerpos, estos parámetros se aplicarán por edificio. En cuanto al número de personas que ocupan el lugar, de debe tomar en cuenta a la máxima población fija probable más la flotante en casa área o zona físicamente delimitada para la propagación de fuego. Los inventarios se considerarán asimismo por zona físicamente delimitada para la propagación de los efectos de explosión, fuego y calor. 5.2. Clasificación de los componentes y elementos de construcción por su resistencia al fuego. Los componentes, elementos y productos de construcción resistentes al fuego se clasifican por el tiempo de resistencia al fuego directo en los métodos de pruebas aprobados por la autoridad sin llegar al colapso y sin producir flama, humos o gases tóxicos o explosivos, en función a su diseño y ubicación en las edificaciones de acuerdo a lo establecido en la parte 4.1 de esta especificación.

6. TIEMPO DE RESISTENCIA AL FUEGO Para el proyecto mencionado se determina que es un inmueble de ALTO RIESGO debido a la altura del edificio y a la concentración de personal.

Utilizando como base la Tabla 601 del IBC se determina: Tipo de Elemento Elementos Principales

Elementos Secundarios Steel deck

Descripción Elementos Principales. Son considerados todas las columnas y todo elemento que tenga conexión directa con alguna columna, tales como vigas, joist, contra venteos, etc. Todos los elementos de un piso o techo que no estén conectados a una columna. La losa acero o steel deck deberá ser considerado como elemento secundario.

Tiempo de resistencia 3 horas

3 horas 3 horas

Consideraciones en la norma: a. Techos o último nivel. El tiempo de protección de los elementos principales del último nivel serán reducidos en 1 hora, por lo tanto, solo para el nivel de techo la estructura principal y secundaria tendrán tiempo de resistencia de 2 horas. b. Regla de los 20 pies. La protección pasiva contra fuego no será requerida, incluyendo todos los elementos primarios y secundarios, cuando la distancia entre el nivel inmediato inferior al techo sea igual o exceda 20 pies de altura (6.56 metros). Esta regla aplica solo para los elementos del techo o ultimo nivel. c. Steel Deck. La tabla 721.2.2.1 determina el tipo de concreto y espesor mínimo de la losa de comprensión para el tiempo de resistencia requerido.


d. Donde el espesor de la losa de compresión es calculada en base al promedio de cresta y valle.

NOTA ACLARATORIA: el espesor promedio mínimo de la losa carbonatada para brindar 2 horas protección contra fuego es de 4.6 pulgadas. En caso de no tener ese espesor, el requerimiento de protección pasiva contra fuego aplicada sobre la losa deberá ser la diferencia de tiempo equivalente a 2 horas menos el espesor de losa.

7. MATERIALES DE PROTECCION PASIVA CONTRA FUEGO También llamados materiales ignífugos, o “retardantes al fuego”, son materiales resistentes al fuego. Todos los materiales de protección pasiva contra fuego deberán contar certificado emitido por ONNCCE vigente y valido de cumplimiento con la NMX C307, en donde se clasifique todos los perfiles a proteger en base a su masividad y el espesor correspondiente para cada perfil. No se podrá injerir, extra poner o suponer espesores que no estén listados de acuerdo al tipo de perfil, masividad y tiempo de resistencia al fuego. En caso de no contar con ningún producto con certificación de ONNCE para la NMX C307, la Ley Sobre Metrología y Normalización autoriza la utilización de certificaciones internacionales y/o extranjeras mediante utilización de laboratorios acreditados ante AIS para la realización del método de prueba ASTM E119. Cualquier tipo de material ignífugo debe tener el suficiente respaldo técnico y experiencia probada en obras a nivel mundial. En base a las normas, códigos y estándares del mercado


de protección pasiva contra fuego se recomienda ampliamente la utilización de materiales que tengan diseños o aprobaciones de Underwriters Laboratories ANSI/UL 263. Los siguientes aspectos deben considerarse al momento de escoger materiales de protección pasiva contra fuego:  El tiempo de protección contra fuego determinado para cada tipo de componente estructural.  La adherencia del material y su durabilidad. La preparación de superficie recomendado por el fabricante. Es importante que las especificaciones se cumplan al pie de la letra para asegurar que el sistema de protección pasiva contra fuego tenga la adherencia, durabilidad y comportamiento esperado.  La facilidad del material para aplicarse y reparar.  La acción anticorrosiva del material cementicio de protección pasiva contra fuego.  Limitaciones en la temperatura de operación en un escenario de NO fuego.  Tiempo de vida esperada o garantizada por el sistema de protección pasiva contra fuego.  Regulaciones y códigos aplicables.  Costos (incluyendo materiales, mano de obra, mantenimiento y supervisión) 7.1.

CEMENTICIOS. 7.1.1.En base a la tabla 403.2.4 del IBC la adherencia mínima del material cementicio SFRM (Sprayed Fire Resistant Materials) deberá estar acorde a la altura del edificio.

7.1.2.DESCRIPCIÓN PARA BASES DE LICITACIONES/ PLANOS “Proporcionar toda la mano de obra, materiales, equipo y servicios necesarios para, e inherentes a, la instalación completa y adecuada del Sistema de Estabilidad Estructural durante un Incendio por medio de material de mezcla húmeda y cementicia base yeso de Protección Pasiva Contra Incendio con diseño y acreditación de Underwriters Laboratories –UL.” 7.1.3.El material de protección pasiva contra fuego tipo cementicio deberá ser formulado en base a yeso preparado y envasado de fábrica. 7.1.4.Debe estar listado bajo “Fire Resistance Directory” de UL para diseños clasificados.


7.1.5.Haber sido sometido a numerosas pruebas de fuego de acuerdo con UL 263 y ASTM E-119 7.1.6.Material libre de asbestos, fibra mineral de roca y materiales tóxicos (no se permite la utilización de materiales base lana mineral o transportación de mezcla en seco). 7.1.7.No se permite la utilización de materiales con agregados de vermiculita o perlita. 7.1.8.Debe ser compatible con el primario aplicado a la estructura en base a las recomendaciones del fabricante. Puede ser aplicado sin la necesidad de un primario en el sustrato. 7.1.9.Densidad ASTM E 605  240 kg/m3 (15 pcf). 7.1.10. Resistencia a la erosión ASTM E859 : 0.00 gr/m2 7.1.11. ESPESORES El espesor de cada proyecto será determinado por personal calificado de la empresa fabricante del material por medio de documento firmado y sellado donde se especifique claramente los espesores determinados para cada área en cuestión en base al tiempo de resistencia al fuego determinado y los tipos de perfiles agrupados por W/D. Ese documento será válido ÚNICAMENTE para la obra en cuestión. Los espesores determinados por el fabricante están determinados en base a las normas, códigos y estándares aplicados el tipo de material en uso. 7.1.12. APLICADORES. Toda aplicación del material de protección pasiva contra fuego solo podrá realizarse por un APLICADOR CAPACITADO (Usted puede conocer la lista de aplicadores capacitado contactando a la empresa fabricante del material). El aplicador deberá presentar un documento firmado y sellado por la empresa fabricante donde se valide su experiencia y capacitación como aplicador del producto. 7.1.13. Para que la propuesta presentada por el aplicador sea reconocida por la empresa fabricante del material se requiere que la misma este integrada por la siguiente información para su evaluación: 7.1.13.1. Hojas Técnicas, Manual de aplicación, Hoja de Seguridad, Certificado de calidad del material. Así como también información técnica completa y avalada por la empresa fabricante donde se avala el cumplimiento de los requerimientos de protección pasiva contra fuego estipulados en el punto 5. 7.1.13.2. El material deberá ser almacenado en un sitio de acuerdo a las recomendaciones del fabricante claramente estipuladas en las fichas técnicas del producto. 7.1.13.3. El material de protección pasiva contra fuego NO deberá ser utilizado, si se ha excedido su vida útil. 7.1.13.4. El agua para Recubrimiento para Protección Pasiva Contra Fuego Cementicio, debe cumplir con los requisitos de las normas mexicanas NMX-C122-ONNCCE-2004, para muestreo NMX-C-277-ONNCCE-2010 y análisis NMX-C-283-1982. 7.2. MATERIAL TIPO INTUMESCENTE.


Debe ser aplicado por aspersión, en excepciones como en reparaciones pequeñas podrá realizarse por otros métodos de aplicación con la aprobación del fabricante. 7.2.1 Los Recubrimiento para Protección Pasiva Contra Fuego Intumescente deben cumplir con lo siguiente: Requerimiento

Método / Parámetro

Tiempo de protección contra fuego tipo celulósico. Temperatura de superficie del sustrato

Hasta 3 horas mínimo bajo la prueba UL 263.

Combustible

La temperatura normal del sustrato donde se aplique Recubrimiento para Protección Pasiva Contra Fuego a Prueba de Fuego no debe ser mayor a 60°C En interiores el índice de propagación de flama: de 0 a 25 y desarrollo de humos de 0 a 450 conforme a NFPA-101 Clase A interiores. Combustibilidad ASTM E 84 (NFPA 255)

Resistencia al choque térmico y erosión hidráulica (erosión por la flama en Recubrimiento para Protección Pasiva Contra Fuego Intumescente)

Los materiales deben mantener su integridad durante el golpe de la flama y soportar el choque térmico por el enfriamiento brusco con agua; cumplir con NFPA 58 apéndice H. La pérdida de material debe 2 2 ser menor a 0,000231 g/m (0,0025 g/ft ).

Color del acabado

El usuario debe definir si requiere una capa de acabado final con un color específico.

Compuestos Orgánicos Volátiles (COV)

Debe de tener un valor no mayor de 240 g/L de COV de acuerdo a EPA 24. (Apéndice NOM-123-ECOL-1993).

7.2.2 Refuerzo para la fijación del Recubrimiento para Protección Pasiva Contra Fuego: Para el caso de los Recubrimiento para Protección Pasiva Contra Fuego Intumescentes.- el uso de la malla de refuerzo estará condicionado al diseño especificado en el reporte bajo la norma UL-263.

8. APLICACIÓN 8.1.1.El contratista instalará y aplicará el material apegado estrictamente al manual de aplicación del fabricante del material, hojas técnicas del producto, y hojas de seguridad. 8.1.2.Control del espesor mínimo determinado en base al Technical Manual 12 A B. 8.1.3.Es responsabilidad del aplicador garantizar el curado final del material, si los materiales de protección pasiva contra fuego requieren un período de curado controlado se sugiere llevar a cabo las recomendaciones para evitar agrietamientos en un futuro. 8.1.4.La aplicación SÓLO podrá ser realizada por una aplicador debidamente entrenado y avalado por el fabricante.


9. CONTROL DE CALIDAD 2.1 Programa de Control de Calidad El material debe ser revisado y controlada su calidad de aplicación en los siguientes rubros: a) Densidad (húmeda y seca). b) Espesor c) Adherencia d) Cohesión 2.2 Reportes y Documentos preparados por el contratista El contratista deberá preparar y entregar todos los reportes de inspección, reportes de pruebas y documentos varios al cliente final, utilizando los reportes de Control de Calidad para revisión y la posterior aprobación de que todo el material de protección pasiva contra fuego ha sido instalado de acuerdo a los estándares, dibujos, normas, recomendaciones particulares y manuales de aplicación del fabricante. 9.3 Es obligación del inspector el control de calidad de los trabajos realizados y emitir los registros necesarios para cada caso en particular. 9.4 Inspección del sistema total. Es responsabilidad del inspector realizar la inspección final a todo el sistema aplicado, la que comprende la verificación de que el espesor del sistema total sea el especificado. 9.5 Inspección visual. El inspector debe realizar una inspección visual con la finalidad de identificar los defectos típicos, así como las causas y la forma de reparación recomendado. 9.6 Registros de inspección. Durante todas y cada una de las etapas de inspección y como evidencia del trabajo realizado, el inspector debe hacer los registros propios de cada prueba. 9.7 El contratista debe contar con un técnico certificado por organismo internacional (NACE, SSPC, ICORR, FROSIO) y haber sido entrenado por el fabricante del recubrimiento aplicado. 9.8 Es obligación contar con acreditaciones que avalen su conocimiento y certificación vigente para la inspección de pruebas en campo. 9.9 Contar con los documentos que demuestren sus acreditaciones vigentes por organismos de acreditación internacionales o nacionales, en el caso de empresas de inspección de recubrimientos, estas deberán de tener la calificación SSPC Q5, los inspectores de campo podrán ser NACE Nivel 1 o equivalente, sin embargo la documentación deberá de ser aprobada por un técnico de grado NACE Nivel 3 o equivalente.


` 9.10 Contar con los equipos, herramienta y accesorios necesarios para realizar las pruebas e inspecciones da campo del o los sistemas solicitados. 9.11 Efectuar las revisiones y pruebas correspondientes a las etapas antes, durante y después de la aplicación del sistema de recubrimiento. 9.12 Proporcionar los reportes detallados al área de calidad del contratista en tiempo y forma para la correcta ejecución de los trabajos contratados o la reparación de los mismos.


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