BOLETÍN UAP SEDE
ESPACIO PEDAGÓGICO
VIÑA DEL MAR V O L U M E N
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LA EDUCACIÓN INCLUSIVA: ¿UN DESAFÍO PARA LA FORMACIÓN SUPERIOR TÉCNICO Y PROFESIONAL? CONTENIDOS
EDUCACIÓN INCLUSIVA
ACTIVIDADES
“[…] desde el punto de vista educativo, inclusión es hacer efectivo para todos el derecho de la educación, contemplando la igualdad en las oportunidades, la eliminación de barreras para el aprendizaje y la participación en el contexto físico y social […]” (Parra, 2011).
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ASESORES UAP
AMBIENTE VIRTUAL DE
APRENDIZAJE: EXPERIENCIAS DOCENTES
CAPACITACIÓN DOCENTE
El concepto de educación, focalizado en personas en situación discapacidad, ha evolucionado a través del tiempo, desde la completa exclusión, pasando por la educación especial y la integración para llegar, en la actualidad, a la educación inclusiva la que contempla procesos de enseñanza en un aula diversa. En este sentido, la educación inclusiva tiene como principio “la valoración de la diversidad como elemento enriquecedor de los procesos de enseñanza y aprendizaje y en consecuencia favorecedor del desarrollo humano” (Parra, 2011: 143). Por lo tanto, este enfoque contempla que todos los miembros de una comunidad educativa aprendan juntos, sin importar sus condiciones personales, sociales y/o culturales, incluidas aquellas personas que presentan alguna discapacidad. Esto implica una institución educativa “que no exige requisitos de entrada o mecanismos de selección o discriminación de ningún tipo, para hacer realmente efectivo los derechos a la educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación” (Parra, 2011: 144). Actualmente, el modelo imperante en las aulas de educación superior es el tradicional, es decir, aquel que comprende la discapacidad como una tragedia, sin otorgarle valor a la persona y su participación en sociedad. Desde esta mirada, se hace necesario reflexionar en torno al rol que cumple la sociedad respecto a proporcionar, a quienes lo requieren, los espa-
cios y las posibilidades para facilitar la incorporación al mundo educativo tal y cual es. Esto implica que se debe asegurar el acceso a todas las dimensiones relacionadas con los procesos formativos, a saber, currículo, instalaciones, recursos didácticos, entre otros. En concordancia con lo ya expuesto, es posible visualizar que el concepto de educación inclusiva ha sido abordado desde distintas perspectivas, esto a raíz de los cambios paradigmáticos propios de una sociedad que avanza de manera
permanente. Lo anterior, sin lugar a dudas, que también ha dejado sentir su impacto en las variadas instituciones de educación superior, pues año a año estas tienden a ser más complejas, producto de que en la última década se ha producido un incremento significativo de la diversidad en los centros de Educación Superior. Esto representa un desafío importante para las distintas casas de estudio, demandando un análisis y reflexión sobre el papel que juega la institución formadora en este nuevo contexto. Lo anterior, implica que las diversas IES deben asumir una mirada comprehensiva sobre sus actuaciones, tomando decisiones que apunten a facilitar la integración de los estudiantes, que presentan necesidades educativas especiales, gestionando las oportunidades que permitan resignificar a los sujetos y revitalicen sus posibilidades de desarrollo efectivo, por sobre la sencilla declaración de buenas intenciones. Esto significa que el abordaje de la educación superior inclusiva debe dejar de pensar-
se en términos de exclusión, sino que debe considerar al estudiante en situación de discapacidad como una persona altamente activa, que es partícipe permanente de su proceso formativo y un actor relevante en la manifestación de opiniones y miradas respecto a la realidad que lo rodea. A fin de cumplir con los fundamentos previamente expuestos, es que, desde el año 1990, se han comenzado a implementar acciones orientadas a abordar la inclusión en los sistemas educativos, así es como se establecen normas para integrar alumnos en situación de discapacidad mediante el decreto supremo de educación 490. Años más tardes, específicamente en 1994, se define la ley 19.284, en la que el estado asume como propia la integración social de las personas en situación de discapacidad. Posteriormente, en el año 2009, se decreta la ley 20.201 en el que se establece quiénes serán considerados como alumnos con necesidades educativas especiales. Finalmente, y en la actualidad, se decreta la ley 20.422, la que reemplaza la ley 19.284, en la que se establecen normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. Todo lo anterior, tiene una justificación social, pues educando juntos a la diversidad de estudiantes, las instituciones inclusivas podrán cambiar las actitudes frente a las diferencias y formar la base de una sociedad más justa y no discriminadora. Está, por lo tanto, en nuestras manos, como docentes, propiciar espacios formativos inclusivos, donde se valoren cada una de las diferencias de nuestros estudiantes como un aporte significativo en el proceso de formación de futuros profesionales y personas que aportarán al desarrollo de un país y de la sociedad. MBP /FGC