VERTICALIA REDONDELA S.L. PREGO DE MONTAO 14 BJ– 36800 GPS 42º16´49´´N 8º36´ 35´´W REDONDELA – PONTEVEDRA TELFS: 986 402 314 /607329857 EMAIL: info@verticaliaformacion.com ventas@verticaliaformacion.com www.verticaliaformacion.com
- REVISION Y VENTA DE EPIS. - FORMACION EN TRABAJOS DE ALTURA - ALQUILER DE EQUIPOS
TARIFA DE ALQUILER 2014 EPI/MAQUINA
€/DIA
Detector de oxígeno Explosímetro ERA (con máscara + botella) Trípode Rescatador de trípode Evacuador (con rescatador) Comprobador de anclajes Camilla de rescate Maquinillo de carga Silla Power Sit Línea anclaje temporal cable 20m Línea anclaje temporal cable 30m Línea anclaje temporal cable 40m Línea anclaje temporal cable 50m Línea anclaje temporal cable 60m Línea anclaje temporal cable 70m Línea anclaje temporal cable 80m Línea anclaje temporal cable 90m Línea anclaje temporal cable 100m
5€ 10€ 25€ 25€ 25€ 25€ 30€ 20€ 20€ 35€ 16€ 24€ 32€ 40€ 48€ 56€ 64€ 72€ 80€
*Alquiler sujeto a condiciones generales adjuntas **Precios sin IVA
Alquiler mínimo
5 días 5 días 5 días 5 días 5 días 5 días 5 días 5 días 5 días 5 días Consultar Consultar Consultar Consultar Consultar Consultar Consultar Consultar Consultar
VERTICALIA REDONDELA S.L. PREGO DE MONTAO 14 BJ– 36800 GPS 42º16´49´´N 8º36´ 35´´W REDONDELA – PONTEVEDRA TELFS: 986 402 314 /607329857 EMAIL: info@verticaliaformacion.com ventas@verticaliaformacion.com www.verticaliaformacion.com
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CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER I.
Sujetos intervinientes El ARRENDADOR, Verticalia Redondela S.L.U., el cual es el titular de los equipos objeto de arrendamiento. El ARRENDATARIO, que es la persona física, jurídica, administración u otro que arrienda dichos bienes.
II.
Objeto de arrendamiento: Epis o maquinas que el arrendador alquila, al que en adelante nos referiremos como “equipo arrendado”.
III.
Duración del contrato. El contrato inicia su vigencia desde el mismo momento en que el equipo arrendado sale de las instalaciones del arrendador o éste lo pone a disposición del arrendatario, y finaliza en la fecha pactada. Si fuera voluntad del arrendatario prorrogar el plazo de vigencia del mismo, deberá solicitarlo como mínimo cinco días antes de su finalización al arrendador, el cual podrá concederlo o denegarlo. Si no se hubiera fijado una fecha de finalización del arrendamiento, o el equipo no se retornara en la pactada, se entenderá, a efectos de las obligaciones que puedan derivarse, que el contrato finaliza el día en que el arrendatario devuelva el equipo al arrendador, debiendo abonar el importe acordado por cada uno de los días hasta su efectiva devolución. En cualquier caso no podrá concertarse contrato de arrendamiento por tiempo inferior a 5 días.
IV.
Obligaciones y derechos de los sujetos intervinientes Del Arrendador: 1. Entregar el objeto de arrendamiento en perfecto estado de uso, dejando constancia mediante parte de estado de posibles desperfectos o daños en el mismo no impeditivos para el uso al que se destinan. Dicho parte de estado irá firmado por personal de la arrendadora así como por persona autorizada, personal o mandatario del arrendatario, entendiéndose en tal caso que el equipo ha sido entregado a su plena satisfacción y en las condiciones que recoge el parte de estado. 2. Reparar el equipo arrendado o sustitución de piezas, en aquello que derive de un desgaste natural del mismo, sin repercusión al arrendatario. El mal uso o negligencia no quedará cubierto. Del Arrendatario: 1. Abonar el precio pactado por el arrendamiento del equipo en el plazo fijado al efecto. 2. Asumir los gastos inherentes al transporte, desde la retirada y hasta la devolución al arrendador. Si es el arrendador el que contrata o realiza el transporte, repercutirá su coste al arrendatario, en la factura. 3. Destinar el equipo arrendado a los fines propios de su naturaleza. 4. Confiar el uso del equipo a personal cualificado para su manipulación. 5. Asumir los gastos ocasionados por averías, pérdidas o daños del equipo arrendado como consecuencia de mal uso o negligencia en su manipulación. 6. No reparar el equipo sin autorización escrita del arrendador. 7. Devolver el equipo al finalizar el contrato en las mismas condiciones en que fue entregado, respondiendo en caso contrario por los daños producidos en el mismo o reclamaciones que pudiera sufrir el arrendador.
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V.
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De las averias y reparaciones. Cuando la máquina se averíe o sufra cualquier anomalía deberá ponerse en conocimiento del arrendador inmediatamente, ratificando el aviso por escrito dentro de las 24 horas siguientes. La parada por avería solo será considerada a partir de 1 jornada de parada y desde el momento de recibir dicha comunicación escrita, o aceptándose ninguna otra reclamación. El arrendatario no reparará el equipo sin autorización escrita del arrendador. En caso contrario, responderá de los posibles daños que el mismo pueda sufrir. Corresponde al arrendatario los gastos ocasionados por averías, pérdidas o daños del equipo arrendado como consecuencia de mal uso o negligencia en su manipulación por él o por su personal. El cargo de las reparaciones consecuencia de mal uso o negligencia, de conformidad con las obligaciones que asume el arrendatario, se efectuará por el arrendador al arrendatario en la primera facturación devengada tras la reparación.
VI.
De la facturación El precio de alquiler es el que consta en este documento, que es el correlativo al equipo arrendado. El equipo se arrienda por días naturales, siendo el periodo de alquiler mínimo 5 días. El equipo arrendado devengara el alquiler desde la fecha de salida de las instalaciones del arrendador hasta la fecha en que sea devuelto a las mismas, constatando dichas fechas en los albaranes. Los precios resultantes del alquiler y las cantidades que sean objeto de facturación se les repercutirá el IVA, de conformidad con la legislación reguladora de dicho impuesto. Las facturas se emitirán el último dia de cada mes, o a la finalización del contrato en caso de producirse antes.
VII.
Del Depósito o fianza. El arrendador podrá exigir al arrendatario el pago de una fianza, como garantía de cumplimiento de las obligaciones asumidas por éste, siendo devuelta una vez se recojan los bienes, se verifique su estado, y pagado el importe del arrendamiento.
VIII.
Resolución del contrato y terminación anticipada. 1. 2. 3.
IX.
Por expiración del plazo convenido. Si el contrato fuera de duración indeterminada cualquiera de las partes podrá darlo por resuelto notificándolo a la otra con 7 días naturales de antelación a la fecha en que se quiera que quede resuelto. El arrendador podrá resolver el contrato por incumplimiento del arrendatario de cualquiera de las obligaciones asumidas.
Términos del contrato y jurisdicción Ambas partes se obligan por lo recogido en el presente contrato, que declaran conocer, entender y aceptar. No obstante, para el caso de desavenencia en el futuro, se someten a la jurisdicción de los tribunales que por razón de la materia o cuantía resulten competentes.