docm 17 abril 2013 pruebas acceso ciclos formativos

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17 de abril de 2013

AÑO XXXII Núm. 74

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III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Resolución de 02/04/2013, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca la realización de pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional. [2013/4818] La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 41.2 establece el acceso a la formación profesional para aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso regulada por las Administraciones educativas. La Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha determina que la Consejería competente en materia de educación regulará las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional para el alumnado que no posea la titulación requerida, con objeto de favorecer su permanencia en el sistema educativo. El artículo 4 de la Orden de 21 de febrero de 2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional del sistema educativo en Castilla-La Mancha, establece que la Consejería en materia de educación convocará las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional al menos una vez al año. Esta convocatoria podrá constar de dos períodos para la realización de las mismas y en ella se establecerán los plazos y lugares de inscripción y presentación de la documentación necesaria, las fechas de realización de las pruebas y se ordenarán cuantos plazos y procedimientos se deriven. Por todo ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas a la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, en el Decreto 124/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo: Primero. Objeto y ámbito de aplicación. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la realización de pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional para personas que carecen de los requisitos académicos de acceso a estas enseñanzas. Segundo. Requisitos para participar en las pruebas. 1. Podrán concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio quienes reúnan los siguientes requisitos: a. Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza la prueba. b. No estar en posesión de titulación académica que permita acceder directamente a las enseñanzas para las que solicite realizar la prueba. 2. Podrán concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior quienes reúnan los siguientes requisitos: a. Tener, al menos, 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba, o 18 si se acredita estar en posesión de un título de Técnico de una familia profesional perteneciente a la misma opción de la parte específica que aquel al que pretende acceder. b. No estar en posesión de titulación académica que permita acceder directamente a las enseñanzas para las que solicite realizar la prueba. 3. Quienes habiendo superado las pruebas de acceso a ciclos formativos en convocatorias anteriores deseen una mejora de la calificación obtenida, podrán presentarse de nuevo, por una sola vez, para la realización de la prueba completa, sin perjuicio de las exenciones a que pudiera tener derecho. En todo caso, se mantendrá la validez y efectos de la nota final de la prueba anterior cuando su calificación fuese superior a la obtenida en la nueva convocatoria.


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