Revista Visión Global Abril

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Una nueva forma de hacer Justicia



Javier E. Contreras S. Director General

Lic. Jorge E. Gaytán Amaya Director Editorial

Raúl A. Pedraza Reyes Gerente

Lic. Juan Denis Lara Relaciones Públicas

C.P. Juan Ernesto Vasquez Castro Director Administrativo

Lic. Héctor R. Moctezuma S. Articulista

Lic. Adán Eduardo Pedraza Moreno Corresponsal Cd. México

Lic.Domingo Torres Balderas

Corresponsal en la Laguna

Lic. Anastasio Ximeo Blas Derecho Fiscal

José Luis Villa Fotografía

Es una publicación mensual afiliada a la Asociación Periodistas Independientes A.C. Autorización de licitud de contenido y título en trámite. Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores. Oficinas en Gregorio M. Solís 1120, Col. Hidalgo Norte, C.P. 32300 e-mail: redaccion@visionglobaljuarez.com www.visionglobaljuarez.com

EDITORIAL Surge una nueva forma de impartición de Justicia en materia civil, mercantil y familiar, a través de los denominados Juicios Orales, esto sucede aplicándose este nuevo procedimiento a partir del 24 de Febrero del presente año. Con más espíritu y ganas de servir de quienes están involucrados en este nuevo reto que ha sido asupiciada su aplicación de manera atropellada, ya que no se contaba ni con la infraestructura, ni con la suficiente preparación que implica este nuevo reto por quiénes habrán de intervenir y además obedeciendo a la pujante modernización de los tiempos y necesidades de adapatar un sistema de impartición de Justicia que tenga por objeto obtener una pronta, expedita e imparcial, aplicación de los procedimientos por parte del juzgador en solución a los problemas que en estas materias se vean involucrados los ciudadanos. Con este nuevo sistema de Justicia Oral, se pretende acortar los tiempos que se venían originando en los procesos aplicados del sistema anterior, evitando las chicanadas a través de los medios de impugnación o actuaciones estériles , que muchas de las veces, sólo se utilizaban con el afán de retardar o entorpecer la agilidad en la impartición de la justicia contenida en las codificaciones anteriores, que sin lugar a dudas el espíritu era bueno pero que se vió reemplazado por este nuevo sistema de Justicia de Impartición de Justicia Oral, que sin lugar a dudas el espíritu convictico que se dispone en la norma jurídica establecida en los nuevos códigos, será el mismo propósito el de regular los intereses de la sociedad cuando haya necesidad de instar u ocurrir en vía de acción ante los jueces orales en la materia requerida. e-mail: JCAPIAC@hotmail.com


La vejez

Alguna vez nos ponemos a pensar como será nuestra vejez?, algunos de nosotros tenemos miedo de llegar a esa edad, tal vez otros no, pero dichosos y privilegiados los que lleguemos y que continuemos disfrutando de la vida. Cuantas personas afirman que es una crueldad ingresar a nuestros padres en un lugar adecuado para su atención, a lo que me refiero como lugar adecuado, es en donde le dediquen las 24 horas en su atención y cuidado. Tanto los alimentos, su vestido, sus medicamentos y cuando son necesarias sus curaciones en el tiempo y con los materiales adecuados para hacerlo, su atención para distraerlos y que no se hundan en sus pensamientos infinitos. Que participen en actividades adecuadas a su edad, un sinfín de atenciones que necesitan, que los hijos no podemos en determinado tiem-

Por Javier Contreras S.

po proporcionárselos, porque no contamos con la preparación y ca- Es que lo ven como una mala acción en esa determinación tan drástica, pacitación para atenderlos. hay censura y se les califica de injusPor supuesto que no hay justifica- ticia e ingratitud, pero los que han ción para velar por ellos, y como se vivido o tienen conocimiento de caexpresan algunas personas, si ellos sos similares, reaccionan de manera cuando estábamos pequeños, si nos diferente. pudieron atender porque nosotros no, es una gran diferencia el ser in- Pues saben que son decisiones acerfante al ser una persona mayor de tadas por su seguridad, salud y bienedad. estar, puesto que en esos lugares se cuenta con personas calificadas para Son circunstancias complejas para cumplir con ese compromiso tan poder cumplir con esa encomienda, delicado, como lo es atenderlos de y existen razones, que por la misma tiempo completo. edad se les desarrollan reacciones y cambios de conducta, malestares Pues son personas afortunadas de y enfermedades, comportamientos llegar a esa edad, que no todos hemos de llegar, por lo que es necesario imprevistos, etc. para el cuidado y bienestar de nuesUna gran mayoría de hijos no con- tros padres ubicarlos en un lugar de tamos con esa preparación para cuidados especiales sin descuidar la sobrellevarlos para hacerles la vida constancia de la visita personal, y al mas placentera, es por ello que las que ellos sienten y ven con agrado decisiones difíciles llegan, algunos del afecto quien se lo da. de los hijos de acuerdo y otros lo ven desde otra óptica.


rimentamos los cambios hormonales de diferente manera, mientras que los hombres adoptan ademanes y gustos diferentes, incluimos también nuestra forma de expresarnos atravez de los diferentes tipos de música. En conclusión es la etapa que si nos interesa, aprendemos a vivir en armonía, con respeto y dignidad.

El desarrollo de los adolescentes Por Jezawenan El ser adolescente aunque es la mejor etapa de la vida, tiene sus complicaciones: *Los cambios físicos.

quienes somos vanguardistas y conservadoras, aunque por otro lado los varones optan por vestir con los pantalones debajo de la cintura y otros con un estilo mas formal.

nuestros intere*Cambios en el estado de ánimo. Aumentan ses como: aprender a manejar *Aumentan las necesidades eco- cualquier tipo de automóvil, así nómicas, sociales y psicológicas. como nos llama la atención los deportes extremos: Puesto que si antes te conformabas con ir al parque con papá *Las carreras de motos, de autos. y mamá, ahora prefieres ir a los centros comerciales con los ami- *Las exhibiciones de las Monster Jam. gos. Entre los cambios físicos sin querer observas el sin número de diferencias entre tu cuerpo y el de alguien más, también aquí aplica la forma de vestir, hay jovencitas las cuales se inclinan a vestir de una manera muy provocativa por ser “la moda”, habemos

Dentro de los objetivos y metas de algunos está sobresalir en lo académico, mejorando hasta la escritura, siendo que otros solo se interesan por ser los más populares de la institución. Algunas de las mujeres expe-


Los derechos de la infancia

El rostro de la crisis humanitaria Por Lic. Oscar Altamirano Piña .- La crisis humanitaria descubierta en el país vecino, según la cual, una enorme cantidad de niños latinoamericanos sufren de privación de su libertad en instalaciones de la “migra”, por ser indocumentados, (se han mencionado hasta 50 mil niños en esta situación), es solo la parte visible de una crisis humanitaria de mayores dimensiones, que nada tiene de eufemística.

Sin duda es un síntoma mayor Los ojos del mundo se han vuel- de una crisis humanitaria que to sobre Estados Unidos, país al parece hacerse visible para toque “se le atoró la carreta”, en dos. Pero no es solo un síntoma, el proceso que ordinariamente ni es un síntoma solo. siguen para tramitar deportaciones de niños aventureros que Como todos los que tienen sensalieron de su casa, de su país, tido común sabe, las crisis no para internarse en la “América de suelen manifestarse con un solo los americanos”, sin permiso, sin signo. Si fuera así, no habría cripapeles y sin un adulto que los sis. En medicina se dice que un síntoma asilado no es señal infaacompañe. lible de enfermedad, y en derecho se afirma que una sola prueba nunca es plena. En efecto, la crisis de los derechos de la infancia que vive la América de Obama, no es unacrisis aislada ni desconectada de una mayor que se vive en los países expulsores de niños migrantes. Este hecho es el reflejo de una crisis de la que no está desconectada de aquella que vivimos constantemente en nuestras ciu-


dades y países latinoamericanos. trata de una crisis humanitaria de amplio espectro y profundas En efecto, dicha crisis no está raíces. desconectada de aquella que involucra a la niña ecuatoriana de No es nuevo que los menores de 12 años, que murió en ciudad edad, es decir los niños, las niñas Juárez en condiciones, por decir y los adolescentes, sean tratados lo menos, sospechosas. En este como personas de menor valor caso se involucró a un albergue que los adultos, como tampoco del DIF en donde, según la de- es extraño que sean sometidos claraciones de funcionarios de a tratos crueles e inhumanos sin aquél país, se debió privilegiar que el resto de los adultos se hael interés superior del menor gan de la vista gorda; ocurre en conforme a la Convención In- las guarderías, en las escuelas, en ternacional Sobre los Derechos las cárceles, en los hospitales, en del Niño adoptando medidas de las calles, en las iglesias, en los protección y asistencia necesa- centros de trabajo, en los burderias. les, en los barrios, en los centros comerciales, en los cines, en los Ahora, en lo que parece el des- baños públicos, en la oscuridad enlace de la tragedia, se ha y durante el día, en las plazas, en anunciado una indemnización fin, en todas partes. (Para cada para la familia de la víctima. caso se podría citar un ejemplo y hasta varios). Los casos de Bullyngen Chihuahua y en todo el país, y el La crisis es la misma: los niños del niño lesionado por balas son considerados algo menos de goma disparadas por agen- que personas y así se les trata. tes policíacos en Puebla (¿Ya se Solo que parece que a muy pohabrá olvidado este tema?), los cos les disgusta. niños sicarios, los adolescentes utilizados en el tráfico de drogas, tampoco están fuera del mismo contexto. Todas estas realidades forman parte de una misma crisis, que por conveniencia política o de otra índole, la vemos desconectada, como casos aislados y ajenos a nuestra vida concreta. Sin embargo, es imposible tapar el sol con un dedo. La realidad se impone. Los hechos están llamando a la puerta y reclaman ser atendidos, al menos observados, visibilizados, no ocultados. Hay una sola crisis que se manifiesta de diversas maneras. Y se

Visto así, parece que esta crisis humanitaria se desdobla son dos: una: la violación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes; y la otra: que a muy pocos les importa. MDH OSCAR ALTAMIRANO PIÑA Es abogado litigante y dirige un despacho jurídico con Enfoque de Derechos Humanos. Atiende asuntos de materia familiar, penal y de amparo. También es profesor en la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez en las materias de Argumentación Jurídica, Derechos Humanos y Ética Profesional. Usted puede contactarlo en: CONSULTORÍA JURÍDICA Con enfoque de derechos humanos Privada de Loma Azul No 7171 Partido Iglesias, Cd. Juárez, Chih. Celular 656112.44.45 oaltamirano0319@hotmail.com facebook.com/oscarap conenfoquedederechoshumanos@blogspot.com


Alienación parental

Cuando se impide la convivencia con los hijos Por Lic. Raúl A. Pedraza Reyes La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una tesis en el que se señaló que cuando se tenga que decidir sobre la situación de los menores en casos como estos, necesariamente tienen que hacerse valoraciones psicológicas a los padres, y de igual manera a las parejas de los padres y a la gente que habita o habitara en el mismo domicilio que el menor porque al fin y al cabo son los que van a estar rodeando su entorno, entonces es deber del juez asegurarse que el menor va estar bien y protegido. Debemos tener presentes los derechos de la niñez: el menor tiene derecho a vivir en familia y en un ambiente sano, derecho a las relaciones familiares lo que implica relacionarse con su padre custodio y con el padre no custodio, o sea como vivía antes de la separación de sus padres, no tendría por qué cambiar su entorno. El menor también tiene derecho a convivir con sus progenitores, derecho a la identidad, el derecho de tener acceso a la

justicia, derecho a dar su opinión, derecho a ser escuchado y por ultimo derecho a las obligaciones que tienen los padres, por ejemplo procurar su bienestar. Los efectos psicológicos de la alienación parental que afectan al menor son afectaciones emocionales y psíquicas por las alteraciones de su entorno. También existen efectos físicos y anímicos, ya que el menor anda triste, desganado, se aísla de los demás y tiende a tener un sentimiento de culpa porque se considera causante de la ruptura del vínculo matrimonial, entre otros. Ley de protección de las niñas, niña y adolescente que también establece el deber de proporcionarles una vida digna, un pleno y armónico desarrollo en el seno de una familia; y proteger al menor contra cualquier forma de maltrato. Los artículos 9 y 11 de la Convención de los derechos del niño tratan de que el menor tiene derecho a crecer en un ambiente sano y armonioso, tanto físi-

co como mental, en los mismos artículos establece que el niño tiene que estar con sus padres porque es importante para su sano crecimiento y establece como excepción a menos que la autoridad judicial determine lo contrario. El artículo 12 de la Convención de los Derechos del Niño trata de la igualdad de los padres con respecto al cuidado, y a la educación de los hijos, y como les decía quien violente estas disposiciones, está violando los derechos fundamentales de los niños. La Convención de Naciones Unidas sobre los derechos del niño que surgen en el año 1989 y en su articulo 3º habla de ese deber de las autoridades de las instituciones públicas o privadas, autoridades administrativas, órganos legislativos, todos ellos deben atender una consideración primordial que es el interés superior de los menores. Para poder considerar la posibilidad de que existe el síndrome de alienación parental en las re-


laciones familiares, debe comprobarse que el padre que lo ejerce lo hace de manera injustificada, o sea que las ideas negativas que infunde en el menor sean erróneas,que no es cierto que el otro padre abandona ni maltrata, todo lo anterior debe probarse en un procedimiento. Sin embargo, hace falta agilizar mas los procedimientos para resolver en relación con el menor, ya que si se emplea el termino “Interés Superior del Menor”, es menester que sea tratado como un caso urgente, por lo tanto debe resolverse sin dilación alguna en Resolución Interlocutoria de forma oficiosa,pues si se procede conforme al interés de los padres que se disputan esa situación, se cae con suma frecuencia en que con el afán de retardar el procedimiento, recurren a recursos incidentes y apelaciones, los cuales solo traen el retardo de la Sentencia y una vez dictada, la apelación que interpone el vencido de igual forma retarda el cumplimiento; sin contar que muchos jueces son los que en ocasiones retardan hasta un año para resolver un Incidente de Guarda y Custodia, todo esto, es en perjuicio de los menores, quienes durante todo el desarrollo del procedimiento, están sometidos a la “Alienación Parental”, por lo que si se plantea el interés superior del menor, debería ser resuelto como lo expresa, superior a cualquier incidente, apelación, etc., lo que con artilugios legales e indolencia del juzgador, de ninguna forma resulta favorable para los menores.

Se entiende por conductas reiteradas a actos repetitivos que propicien la alienación parental sobre los hijos o hijas menores de edad, por ejemplo lo anterior podría presentarse en el marco de un proceso de divorcio cuando son fijadas las medidas provisionales y se fija la custodia a alguno de los padres y al otro se le fijan días y horas de visita,

luego las conductas de negación son reiteradas por parte de un progenitor para que el otro no pueda convivir con el niño, el padre que se vea afectado puede perfectamente señalarlo a la autoridad judicial y se va a considerar como una conducta reiterada de manipulación, y el juez tiene muchos instrumentos para poder allegarse elementos para observar lo que está ocurriendo de forma inmediata de forma oficiosa para que inmediatamente que tenga conocimiento de la demanda, provea con auxilio del Trabajadoras Sociales y Psicólogos (virtud a que es calificado para poder detectar si existe y el grado de gravedad del Síndrome de Alienación Parental, SAP) las investigaciones y dictámenes correspondientes para

que este en aptitud de resolver en un termino de no mas de un mes, ya que si equiparamos la alienación parental con una forma de violencia intrafamiliar, puede ser tratado como delito, por lo que el Ministerio Publico debe inmediatamente de forma oficiosa interponer la Denuncia de hechos y de inmediato ordenar los estudios de campo en Trabajo Social y Psicología para integrar las imputaciones respectivas. Ademas el juzgador debe de inmediato dar vista a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de la demanda en la que se plantea el termino “Alienación Parental”. Todo esto debe ser posible en el Estado de Chihuahua en donde debemos realizar las iniciativas de Ley o simplemente copiar lo correspondiente de otros Estados como Ciudad de México, Yucatan, Aguascalientes; estados que tienen en sus códigos y leyes el termino de “Alienación Parental” como causal de perdida de patria potestad y como delito de violencia intrafamiliar. Por lo que es urgente que si ya existe el termino “Alienación Parental” desde 1985 por Richard Gardern y aplicado en Estados Unidos, España, Brasil, Argentina y otros países desde hace tantos años, el Estado de Chihuahua este rezagado en el conocimiento e incorporación en sus leyes y códigos, así que, es nuestra tarea hacer las gestiones para que si no en esta, en la próxima legislatura se incorporen los artículos en las leyes y códigos las adecuaciones respecto al tema.


ENFOQUE

Una vivencia Por Arturo Gabaldón

Hace ya algunos años estaba yo trabajando en Ciudad Madera, Chihuahua, llamada también “La Esmeralda de la Sierra” una población que en lo particular me cautiva; su clima, sus pinares, la gente, todo un estilo de vida en general sereno y campirano que da un respiro de paz y tranquilidad, caminar por sus empinadas calles y respirar el fresco olor a pino hace que uno se sienta excepcionalmente animoso. En ese tiempo conocí a don Antonio, un señor de unos sesenta años, aproximadamente de una estatura como de un metro noventa centímetros y yo vivía en un departamento pequeño pero muy cómodo en una segunda planta desde donde se dominaba todo el caserío del pueblo contrastando sus orillas con un verde fuerte de majestuosos pinos, en el departamento de abajo vivía don Antonio, que era veterano del ejercito de los Estados Unidos y ya retirado con grado de teniente, el vivía de su pensión y ahí en el pueblo tenia un negocio de maquinitas de videojuegos y de futbolitos, apar-

te vendía sodas, papitas, etc.

explicó ellos hacían trabajos de buceo, exploración y reconociPor lo general platicábamos de miento para detectar caminos o varios temas, casi siempre en su atajos por mar y tierra, etc. negocio cuando yo lo visitaba porque curiosamente solo nos En este contexto y para mi sorveíamos en el centro del pueblo, presa me comento sobre la ya pero era muy agradable escuchar controversial historia del “AREA todas sus andanzas y le gustaba 54” y de la cual el sector oficial mucho la cacería por lo que te- siempre ha manifestado ser solo nía varias armas en su casa. cuentos y leyendas fantasiosas, me dijo que en una ocasión y Un día caímos a la platica de los siendo ellos un grupo especiaOvnis ya que este tema siempre lizado del ejercito, los llevaron me ha gustado y además en un al AREA 54 a un entrenamienpar de ocasiones he tenido opor- to especial, pero les advirtieron tunidad de conversar con Jaime que lo que ahí vieran o escuchaMaussan, de quien creo es un ran que simplemente no “existía” investigador serio y científico;en y los hicieron firmar una especie una ocasión me comento don de clausulas de trabajo bajo diAntonio, para mi sorpresa, que cha advertencia. él había tenido algunos avistamientos de Ovnis estando activo Me decía don Antonio, que al lleen el ejercito de Estados Unidos, gar a ese lugar, exactamente no me dijo que en varias ocasio- supieron por que parte entraron nes estando en el Golfo Pérsico a una serie de túneles subterráa bordo de un portaaviones de neos muy acondicionados y muy noche tenían avistamientos de iluminados ya que su llegada fue extraños objetos luminosos a de noche, me platicaba que al simple vista pero que según el llegar a una sala grande o pareradar no los captaba, don Anto- cida a un hangar como a quince nio, pertenecía a un grupo espe- metros de donde ellos estaban cial llamado SEALS y según me vieron claramente una especie


de plato volador, de color plateado, grande, el color se percibía como desgastado pues se veía entre plateado y gris opaco, en esa sala se veía algo parecido a un laboratorio, todos nos quedamos viendo unos a otros pero sin decir palabra, comento que el entrenamiento duro tres días se regresaron a sus bases y jamás volvieron a comentar nada. Don Antonio, creía que en el universo si puede haber diferentes tipos de vida y decía que aquí mismo en la tierra hay diferentes tipos de animales, con mayor razón en el universo. Cuando don Antonio se pensionó, por sus antecedentes tuvo buenos trabajos, fue gerente en rra y cantando en un lugar que un Wal-Mart en los Ángeles, Ca- se llamaba “El Mesón del Indio”, lugar a donde todos los viernes lifornia, etc. se reunían cantantes, intelecEn algunas ocasiones coincidía- tuales, pintores y hasta poetas, mos, don Antonio, el Sr. Manuel, personas de diferentes oficios de quien nunca supe su nombre y actividades, haciendo de esas completo, pero pasábamos tar- reuniones muy amenas, de interdes muy bonitas tocando guita- cambio de ideas, de costumbres,

modales, de experiencias muy agradables. Al poco tiempo yo me fui de Madera, y regrese como al año y tristemente me entere que don Antonio, ya había fallecido, le dio un infarto y murió en su departamento solo, como vivía.


Juicios Orales: Una nueva forma de hacer Justicia La elección del tema, es precisamente por el revuelo que han causado este tipo de procedimientos y la forma en que se presentan como una solución a los numerosos problemas que aquejan al sistema de procuración y administración de justicia, tendiente a evidenciar que si bien es cierto que ayudan a corregir malos hábitos que con el tiempo se han ido adquiriendo e incrementando, no se han implantado en la forma adecuada y por el contrario, se ha deformado su objetivo. Resultando que nos guste o no, hasta antes de noviembre del año 2010 deberán quedar instalados y en...

de los procedimientos ordinarios en materia familiar, específicamente su diferencia y principales características y los juicios orales familiares aspectos preponderantes y principales características; los procedimientos ordinarios en la práctica y generalidad eran juicios que duraban como mínimo un año pudiendo cumplir hasta dos años en la litis, por lo que eran lentos, tardados, que en materia de divorcio contemplaban diecinueve causales de divorcio , manejaba una premisa mayor a una premisa menor, pues quien afirmaba estaba obligado a probar y acreditar por lo menos una de esas causales para acreditar su dicho, y con ello En el presente trabajo, haremos conseguir sus pretensiones, eran una breve reseña de la historia igual de tediosos que un juicio

civil como una rescisión de contrato, que para el tiempo de culminar el litigio podía convertirse en algo complicado y el juez debía allegarse igual de pruebas especificas que no determinaban un término legal que se respetara y que por lo tanto, producía que se alargara el juicio sin saber que plazo debía cumplir para dirimirlo, provocando con ello que los juicios ordinarios en materia familiar para llegar a la Sentencia o Resolución debían primero desahogar todas y cada una de las pruebas sin apercibir a las partes que para el caso de no hacerlo, se dejaría sin efecto la misma, pero lo mas importante el Juez difícilmente conocía a las partes o escuchaba de propia voz a estas en el proceso, pues


si no es que en su totalidad, casi era participe del procedimiento, hasta llegada la Sentencia Definitiva; ya que los propios Secretarios de Acuerdo, dirigían cada audiencia en que las partes debían presentarse, y que casi con la ayuda de un documento preestablecido, o formato (denominado vulgarmente machote) era desahogada la misma.

Las partes comparecían directamente ante el Tribunal o juez y de viva voz exponían su problemática. En ese momento se presentaban a los testigos y posteriormente de manera verbal de pronunciaba la sentencia.

Lo que en la actualidad no es así, Con el desarrollo de puesto... la humanidad los procesos jurisdicJUICIOS ORALES EN MEXICO Y cionales adquirieron TABASCO mayor complejidad y fue necesario formar un registro En México son llamados así por- o memoria de los actos procesaque se le contrasta a los juicios les. escritos, más bien son juicios concentrados, de cercanía ju- Este nuevo sistema permitirá dicial con actuación pública de que los casos que se resuelven todas las partes e intervención en los juzgados familiares sean directa y constante del juez, que atendidos con mayor transpase llevan en forma oral. rencia, eficiencia y rapidez, ya Un proceso oral puede imaginarse en los tiempos primitivos del desarrollo histórico del proceso, pues la escritura no se había inventado.

En la publicación, firmada por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura Marcos Alejandro

que adopta los principios que rigen el sistema oral, quedando sin vigor los largos procesos escritos que se daban para resolver los conflictos en esta materia.

Celis Quintal, se establece que dicha declaratoria toma como base los Decretos 516 y 517 con fecha 30 de abril, por medio de los cuales se expidieron nuevos Códigos de Familia y de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán. De acuerdo con la publicación aparecida hoy en el Diario Oficial del Estado, la entrada en vigor de estos Códigos inician en Yucatán “un cambio de paradigma procesal en esta materia, ya que estos ordenamientos vienen a introducir el sistema de justicia oral en materia familiar, basado en principios de legalidad, inmediación, concentración, igualdad, publicidad, suplencia del derecho aplicable y concordia, entre otros principios rectores. Asimismo, se transforman de manera relevante instituciones básicas del derecho de familia. Señala que “este sistema oral en materia familiar que se incorpora a nuestro orden jurídico


local, es de gran trascendencia para las familias yucatecas, porque el proceso favorecerá el diálogo entre los diversos actores que integran el núcleo familiar y será más rápida la solución de las controversias; con ello el Poder Judicial del Estado continuará brindando un servicio público con la garantía de eficiencia y rapidez”.

2013, resolvió la creación de dos juzgados de oralidad en la materia, lo que permite pronosticar que ya no se turnarán nuevos ingresos de los asuntos que se inicien, a los demás juzgados en materia familiar del Primer Departamento Judicial del Estado.

Judicial trabaja ya en las adecuaciones normativas, administrativas y los demás trámites para implementar el sistema oral en materia familiar, a fin de que a su entrada en vigor, dicho sistema pueda ser operado en todo el territorio del Estado de Yucatán.

cursos humanos y materiales que exige el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales sobre los cuales el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial ejerce sus atribuciones, establece que los procedimientos que se encuentran en trámite en el Juzgado Cuarto de lo Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado sean turnados en forma prorrateada a los demás juzgados de la materia pertenecientes al mismo Departamento Judicial, los que asumirán la competencia de los mismos”.

el cierre, a partir del 20 de febrero, del Juzgado Cuarto de lo Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado y establece que se crearan los Juzgados Primero y Segundo de Oralidad Familiar del Primer Departamento Judicial, los cuales tendrán su sede en la ciudad de Mérida y con competencia La publicación señala que “por territorial en los Municipios las necesidades de servicio y de Mérida, Hunucmá y Ucú; Desde hace varios años el Poder para la optimización de los re- entrando en funcionamiento el

En otro Acuerdo, publicados también el día de hoy, el Poder Judicial del Estado estableció que por la entrada en vigor del Código de Familia para el Estado de Yucatán, del Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán así como del sistema oral en materia familiar el 20 de febrero de En un último Acuerdo determinó

día 20 de febrero de 2013. Cada uno de los Juzgados Primero y Segundo de Oralidad Familiar se integra con un Juez de Oralidad Familiar, así como con el personal jurisdiccional y administrativo necesario para su funcionamiento, el cual será nombrado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, de conformidad con la normativa aplicable. Con la implantación de los jucios orales familliares en Chihuahua, la admintiiracion de justicia nos permitirá superar la lentitud en


Civiles para implementar dicho procedimiento, de hecho ya se están preparando a los Jueces de lo Familiar, para llevarlos a cabo, además, estos juicios orales están ya vigentes en el Estado de México, por lo que nuestros alumnos necesitan conocerlos y practicarlos, puesto que el D.F. y el Estado de México forman una conurbación y comúnmente se litiga en ambos lugares. Por lo anteior es inminente implementar el presente Seminario que actualice y permita desempeñar eficientemente la Postulancia en la Litigación Oral Civil y Familiar. el desarrollo de los procedimientos que en la actualidad tanto han deterioirdado la imagen del poder judicial y específicamente de los jueces familiares, quienes en ocasiones se aíslan del desarrollo de las audiencias, ya que en lpractica y bajo el actual sistema, estos se han vuelto seres inexistentes en la audiencias y los contendientes dificlmentes llegan a conocer quien los juzga y emnitira su sentencia, siendo los secretarios de acuerdos los asistentens en la conducción y resolucionm practica en los procesos, más no en lo formal. En el caso del juez se infiere la necesaria inmediatez para que conozca de viva voz los argumentos de las partes en un juicio, de igual manera los contrarios escuchen personalmente el desarrollo del proceso ya que en el terreno de la realidad la sobrecarga laboral de los defensores de oficio, y en ocasiones, la falta de ética de algunos abogados, impide explicar a sus defendidos los términos y avances de

L a oralidad ha sido considerada como una respuesta acertada a las exigencias de modernización, transparencia y expeditez en la administración de justicia y luego de las positivas experiencias en las materias civil y mercantil, los legisladores del Distrito El procedimiento Civil, ha sufrido Federal han estimado que es el grandes modificaciones ha raíz momento oportuno para extende las reformas constitucionales, derla a la materia familiar. Sin lo cual obligó a nuestros legis- embargo, la oralidad no es la paladores a realizar las reformas al nacea y no puede esperarse que Código Civil para el Distrito Fe- resuelva todas las problemáticas deral del 10 de marzo del 2010. de los conflictos familiares. su procedimiento, ante lo cual el proceso solo debe concretarse a firmar, lo que realmente sucedió en el desahogo de sus pruebas, ni las consecuencias de estampar su firma.

Estos Juicios Orales se empeza- La oralidad fue introducida orirán a llevar a cabo el próximo año, por lo que es necesario actualizar a todos los estudiosos del Derecho. En cuanto al Juicio Oral Familiar está por modificarse nuestro Código de Proc e d i m i e n to s


ginalmente en la materia penal con la Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia de junio de 2008 y en virtud de que se fijó un plazo de 8 años para implementar el nuevo sistema en todo el país, a la fecha no se han implementado este tipo de juicios en la capital, esperando que inicien en el 2015. En enero del 2012 comenzaron en el DF los juicios orales en asuntos de cuantía menor a 520 mil pesos, en las materias civil y mercantil. El pasado mes de mayo, en su sesión de clausura del período ordinario de sesiones la ALDF aprobó una iniciativa del Dr. Miguel Ángel Mancera, Jefe del GDF, para ampliar la oralidad a los juicios familiares. Se trata de una reforma al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal y a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del DF, que crea los Juzgados de Proceso Oral en Materia Familiar. Con esta reforma, los temas de controversias familiares que serán ventilados en juzgados de proceso oral son: alimentos, guarda y custodia, régimen de convivencia, violencia familiar, nulidad de matrimonio, rectificación o nulidad de las anotaciones del registro civil, filiación, interdicción contenciosa (para

declarar a una persona incapaz por enfermedad o discapacidad grave), suspensión o pérdida de la patria potestad, constitución forzosa del patrimonio familiar y cambio de régimen patrimonial. En estos casos, la iniciativa aprobada prevé que entrarán en vigor un año después a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. Se resolverán también en juicios orales los procedimientos que los ciudadanos inicien

en forma voluntaria de divorcio, pérdida de patria potestad de menores acogidos por una institución pública o privada de asistencia social, actas de reasignación sexo–genérica y adopción nacional. Estos últimos comenzarán a operar 30 días después de la publicación de la reforma. Sin embargo, el propio personal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) ha reconocido que deberán hacerse adecuaciones de infraestructura, pues se necesitan más cámaras, equipos de audio y una sala donde puedan observarse los procesos. Los jueces orales que empezarán a tramitar estos asuntos fueron escogidos por

sus propios compañeros y según información del propio tribunal ya fueron capacitados. Se reforma el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal y la Ley Orgánica del TSJDF para crear los Juzgados de Proceso Oral en Materia Familiar. En este sentido, es oportuno mencionar que antes de hablar sobre la eficacia de estos procesos, debemos analizar previamente, que en los conflictos de materia familiar, se i n vo l u c r a n los aspectos personales de los que deciden iniciar un proceso que será atendido por los Jueces de lo Familiar, los aspectos de efectividad de las normas jurídicas que regulan dichos procedimientos, de la capacidad de atención y la preparación de los servidores públicos que atienden este tipo de asuntos, ver cuestiones de infraestructura, de números –¿cuánto le cuesta al Poder Judicial este tipo de procedimientos?–, de personal de los juzgados. Antes de calificar si la reforma legal es o no suficiente, debemos ponderar la diaria realidad: el número limitado de juzgados, la necesidad de capacitar adecuadamente al personal, de proporcionar al juzgador de reales y efectivos auxiliares de la administración de justicia.



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A


Partidos políticos le entran a la clonación Por Candelario González Villa.- Se desata la polémica al ser descubierto el registro de afiliación no consentida, ni validada por los afectados y digo afectados, por la violación flagrante de utilizar sus datos personales siendo omitidas sus garantías que consagra que la Carta Magna, es decir, la constitución, en el articulado que se refiere a la protección de los datos personales y la misma de los ciudadanos. Esta situación, nos lleva a interrogantes que deben ser contestadas de forma inmediata por quienes cometieron semejante salvajada, las víctimas de este delito, sí, delito así como lo transcribo, es en afectación a la ciudadanía en general, pues estas conductas exhiben a qué grado se encuentra la seguridad de los mexicanos y el papel que juega el estado como tal en la protección de los mismos. Al quedar la población en manos de delincuentes que, de manera cobarde, le roban su identidad para cometer acciones fraudulentas en materia electoral, no hay de otra. No se puede presumir lo contrario, dado que el acto de registro ante el Instituto Nacional Electoral así como los actos de afiliación a los partidos políticos u asociaciones con ese carácter, demandan un acto estrictamente personal que debe ser refrendado con la rúbrica del interesado y esto es con la identificación oficial que emite el propio instituto en comento. La rúbrica es la prueba fundamental que complementa los actos de carácter oficial o en

la materia civil, ante estas omisiones podemos deducir que hay complicidades, por un lado, muy delicado, la falsificación de todo el protocolo, la suplantación de personas y la imitación de firmas. Ahora bien, siguiendo con el tema, es necesario saber quién proporcionó la información del ciudadano en cuestión y quién le dio seguimiento protocolizando los actos anteriormente señalados para cambiar el protocolo en perjuicio de un ciudadano. Lamentable enterarnos que esta conducta viene a poner una “rayita más al tigre” pues existen antecedentes de estas prácticas lesivas para los chihuahuenses y es un golpe directo a la democracia que tanto necesita la Nación, como estuvimos enterados, el mismo partido, PRI, afilió a conocidos militantes de Acción Nacional. Esto nos debe llevar a la reflexión de que el país está en manos de la delincuencia, la inseguridad y la impunidad que desgobierna nuestro México. Cuánta corrupción, agandalle y cinismo se respira en esta sociedad egoísta que sólo ve por el bienestar e intereses individuales y que nos ha convertido en cómplices o en su caso solapadores de la inmoralidad de los encumbrados de la política y de los negocios que sólo le retribuyen mendrugos al pueblo. La sociedad mexicana, como lo define Roger Bartra en obra “La Jaula de la

Melancolía” que somos los mexicanos melancólicos y temerosos, yo le añado egoístas en grado superlativo, presos de un individualismo enfermizo que nos define como “gritones” que todo lo queremos acordar con recordatorios a la progenitora y que terminamos en la caguama y el partido de fútbol. En fin, un pueblo que nos alimentamos del morbo, la diatriba, el rencor, que nos preocupa más lo vano o superficial, estos forma parte de la educación y del ejemplo que nos dan las instituciones que se encuentran partidizadas, así como lo escribo, para que vea Usted, el INE, los tribunales en materia electoral, las comisiones de derechos humanos, que engrosan su personal de servicio con parásitos propuestos por los diferentes partidos y aprobados por el inoperante Congreso de la Unión, llámese Cámara de Diputados o Senado de la República y así por el estilo, los congresos locales de los estados. El colmo, robar identidades, no les bastó que aquí en Ciudad Juárez, cayeron en manos de abogadillos extorsionadores que les prestan servicios a los negocios para la cobranza, el hostigamiento telefónico a los deudores. Señores políticos, no se abaraten, las elecciones, la política y el desempeño que deben de observar se gana con hechos y se refleja en el bienestar social del pueblo, no en el discurso falaz y cínico.


La declaración anual de 2015 C.P. Juan Ernesto Vázquez Castro El presente artículo tiene como objetivo explicar los medios autorizados para la presentación, plazos y requisitos (e.firma) de la Declaración anual para personas morales y personas físicas 2015, así como los principales aspectos a considerar en dicha presentación. A partir de los cambios en la legislación fiscal y desarrollos tecnológicos implementados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha surgido cierta incertidumbre en los contribuyentes con respecto de la forma de presentar la declaración anual de 2015, pues tanto las personas físicas como morales, tienen esta obligación dentro de los cuatro y tres meses posteriores al cierre del ejercicio, respectivamente.

* Hayan prestado sus servicios con posterioridad al 1 de enero o dejado de prestar sus servicios antes del 1 de diciembre, o por percibir ingresos superiores a $400,000 o comuniquen por escrito que presentarán su declaración anual.

El SAT proporcionará una propuesta de declaración anual con base en la información que se encuentra en sus bases de datos, En cuanto a las obligaciones de correspondientes a los ingresos, las personas físicas, podemos retenciones y deducciones perresumir en el siguiente cuadro: sonales.

dos” De conformidad con la regla 2.8.3.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para 2016, se permite a las personas físicas que hayan percibido exclusivamente ingresos por sueldos y salarios, y que tengan la obligación de presentar declaración anual, que opten por la presentación de la misma, en el formato de declaración anual que se encuentra disponible en la opción “Asalariados”, en el portal del SAT. e.firma (antes firma electrónica)

Declaración anual de “Asalaria- La presentación de la declaración


anual de 2015 se deberá enviar a través de la aplicación de declaración automática desde el portal del SAT y firmada con la e.firma (antes firma electrónica) misma que deberá encontrarse vigente al momento del envío. Al respecto, es importante recordar que la e.firma que hoy sustituye a la anterior firma electrónica, tiene una vigencia de 4 años, la cual podrá renovarse desde el portal del SAT siempre que se encuentre vigente, o bien, acudiendo a cualquier oficina del SAT si ya se encuentra vencida, por lo que es recomendable verificar su vigencia a fin de evitar contratiempos. Devolución automática Las personas físicas que presenten la declaración anual de 2015 en versión simplificada, normal o complementaria, y que hayan obtenido ingresos exclusivamente por salarios podrán gozar del proceso de devoluciones automáticas, siempre que cumplan con lo siguiente:

Se devolverá un importe de hasta $150,000 pesos, si el saldo a favor excede dicho monto debe solicitarse a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

En relación con la información correspondiente al impuesto al valor agregado (IVA) y especial sobre producción y servicios (IESPS) que se debe incluir en la declaración anual, consideremos lo siguiente:

Manifiesten su número de cuen- No estarán obligados a prota Clabe (18 dígitos). porcionar información del IVA, quienes hubiesen presentado la Señalen la opción de Devolución declaración informativa de opeen la declaración del ejercicio. raciones con terceros (DIOT), conforme al Decreto de facilidaManifiesten correctamente el Re- des administrativas. gistro Federal de Contribuyentes de su retenedor o retenedores Al mismo tiempo que se presencuando en su declaración regis- ta la declaración anual, debe tren información de impuestos enviarse a través de la Declararetenidos, así como de la o las ción Informativa del IEPS, MULpersonas con las que hayan rea- TI-IEPS, la información relativa al lizado operaciones deducibles. IESPS. Indiquen la totalidad de los retenedores con quienes tuvieron relación laboral durante el ejercicio fiscal 2015.

Un último detalle aparte de presentar la declaración anual en tiempo y forma, es revisar cuidadosamente la determinación de las diversas contribuciones que De esta forma el compromiso se presentan, a fin de evitar condel SAT, es que las personas fí- tratiempos que se traducen en el sicas que cumplen con sus obli- pago de multas, recargos y acgaciones fiscales, obtengan sus tualizaciones, que Envíen su declaración de forma devoluciones en 5 días hábiles. impactan el flujo financiero de electrónica con su e.firma(antes los contribuyentes. firma electrónica) INFORMACION DE IVA E IESPS


Criminalística y criminología

Lic. Domingo Torres Muy frecuentemente nos hemos dado cuenta que existe una confusión, aun entre los abogados y los conocedores del derecho, en relación a los términos Criminalística y Criminología, lo cual consideramos que no debería existir, pero que en estas líneas vamos a tratar de de aclarar de la manera más sencilla posible. NOCION PREVIA DE LA CRIMINALISTICA.La Criminalística se ocupa fundamentalmente de determinar de qué forma se cometió un delito y quien lo cometió. Se utiliza el término “delito” sólo para fines de una más fácil comprensión, cuando en realidad se debe ha-

blar de “presunto hecho delictuoso”, pero esto solamente cuando se trata de cuestiones de tipo penal, pues en muchas ocasiones se trata de cuestiones de tipo administrativo o de otras ramas ajenas a la cuestión penal. NOCION DE CRIMINOLOGIA.La Criminología es la disciplina que se encarga del estudio del fenómeno criminal, con el fin de conocer sus causas y formas de manifestación. Se trata fundamentalmente de una ciencia causal-explicativa. DIFERENCIA ENTRE CRIMINALISTICA Y CRIMINOLOGIA.La Criminalística se ocupa del “cómo” y “quién” del delito, mientras la segunda profundiza

más en su estudio y se plantea la interrogante del “por qué” del delito. DEFINICION ORIGEN DEL TERMINO.El austriaco Hanns Gross, Juez de Instrucción, al darse cuenta de la falta de conocimientos de orden técnico que privaba en la mayoría de los jueces, requisito indispensable para desempeñar con eficacia el cargo, decidió escribir un libro que contuviera todos los conocimientos científicos y técnicos que en su época se aplicaban en la investigación criminal, el cual fue publicado en 1993 bajo el nombre “Manual del Juez como Sistema de Criminalística”, en el cual describe como Crimi-


nalística a ese cúmulo de conocimientos auxiliares del derecho, a los cuales definía como “el análisis sistemático de las huellas dejadas por el culpable”, dando un giro a la metodología de la investigación del hecho a los datos que aportaban las evidencias físicas, mucho más confiables que el dicho de los testigos. DEFINICION DE CRIMINALISTICA.La definición más común entre la mayoría de los autores es la que concibe a la Criminalística como “la disciplina auxiliar del Derecho Penal que se ocupa del descubrimiento y verificación científica do con un presunto hecho delicdel delito y del delincuente”. tuoso, con el fin de determinar, en auxilio de los órganos encarEl maestro RAFAEL MORENO gados de administrar justicia, su GONZALEZ en su libro “Intro- existencia, o bien reconstruirlo, o ducción a la Criminalística”, del bien señalar y precisar la intercual tomamos algunos concep- vención de uno o varios sujetos tos, define a la Criminalística en el mismo”. como “la disciplina que aplica fundamentalmente los conoci- De la definición anterior se puemientos, métodos, y técnicas de de mencionar que el método es investigación de las ciencias na- el procedimiento que se debe turales en el examen del material seguir en las ciencias para estar sensible significativo relaciona- en condiciones de llegar a resul-

tados verdaderos en la investigación científica, para además hallar la verdad y enseñarla, de ahí que trabajar con “método” nos permite llegar con prontitud y seguridad al conocimiento de la verdad. De lo anterior se infiere que la Criminalística tiene al mismo tiempo el carácter de ciencia especulativa y el de técnica o ciencia aplicada. Por lo que hace a la ciencia especulativa, la Criminalística formula leyes o principios generales que nos muestran el comportamiento constante de los fenómenos que estudia, los cuales encontrarán aplicación práctica cuando la técnica criminalística lo utilice en la investigación de un caso concreto. Para arribar a la formulación de sus principios o leyes, la Criminalística entendida como ciencia, aplica el método inductivo, que es el propio de las ciencias naturales, a través del cual, de varias verdades particulares se puede llegar a una verdad ge-


neral, lo cual significa que si se conoce el comportamiento semejante de varios seres particulares, y se aplica adecuadamente el método, se puede llegar al conocimiento que ese conocimiento será observado por todos los seres de esa especie, lo cual significa que se puede generalizar.

vio de solución de los problemas a que se enfrenta el investigador. Es de gran utilidad, puesto que orienta los pasos de la investigación por un camino más o menos definido, evitando la pérdida de tiempo y la dispersión de la atención.

cual se llega de una verdad general al conocimiento al conocimiento de una verdad particular.

De todo lo anterior se obtiene la enseñanza que para llegar a la verdad objetiva de los hechos sujetos a investigación, se debe dar respuesta a LAS SIETE PRELa experimentación es una ob- GUNTAS DE ORO DE LA CRIMIEl método inductivo consta de servación aplicada, es decir, la NALISTICA, las cuales son las sitres pasos, los cuales son, obser- detenida y meticulosa observa- guientes: vación, hipótesis y experimenta- ción de fenómenos producidos ción. intencionalmente y en forma re- QUÉ (fue lo que pasó). petida, ya sea en el laboratorio o QUIÉN (fue el autor de un hecho La observación es el estudio de en el aire libre. delictivo). los hechos o fenómenos para CUÁNDO (sucedieron los heconocer su naturaleza, mediante La Criminalística, en cuanto téc- chos). la aplicación de los sentidos diri- nica o ciencia aplicada, aplica CÓMO (se dieron los hechos). gidos y controlados por la inte- las leyes y principios formulados DÓNDE (acontecieron los heligencia. por la ciencia criminalística espe- chos). culativa, a la solución de los ca- CON QUÉ (se cometieron los heLa hipótesis es un ensayo de ex- sos concretos que se le plantean, chos). plicación de los fenómenos que aplicando para ellos el método POR QUÉ (se causaron los hese investigan, es un intento pre- científico deductivo, mediante el chos).


Cuando la realidad

Supera a la ficción

Ethan se dispone a ordenar pepperoni y queso extra en el Peter Piper de Misiones; con su español insipiente, Lupita, la encargada de caja del lugar, advierte que es extranjero y asume que probablemente acudió a su cita al consulado de Estados Unidos en Juárez, cercano a ‘Las Misiones’. Apareciendo de manera sigilosa, diríamos “casi de la nada” se aproxima Robert con pistola enfundada al lado izquierdo y placa de policía ministerial al lado derecho, vestido de negro y un color de piel que denota que no es juarense y ni siquiera mexicano. Robert, con la mirada insidiosa no pierde de vista a Ethan, le mira con fijación e insistencia; entonces, se aproxima y le llama por su nombre. Ethan jamás imaginó su destino para ese día y nadie imaginaría que cinco minutos después de ese cruce de miradas con aquel policía abordaría de la mano del mismo Robert una camioneta suburban negra con placas del estado de Texas, con al

menos cuatro acompañantes que le dirigen palabras en inglés a Ethan, sugiriéndole que ‘ya valió madres’ y que tiene cuentas por cumplir en Estados Unidos. El chofer de la suburban negra, un hombre de color con lentes oscuros Oakland anuncia que la unidad de la policía Municipal que los escolta frente a ellos les abre camino para tomar la prolongación Ejército Nacional. En menos de 10 minutos, en la joroba y justo a medio puente de Zaragoza, donde basta poner una planta del pie en uno u otro lado del puente para estar en Estados Unidos o en México, después de haber sido sacado a empujones de la suburban negra, dos hombres con un chaleco que reza “ICE Police” reciben en conjunto con otros dos Marshals y tres del sheriff del Condado de El Paso a Ethan. Esto, querido lectores es sólo un pasaje imaginario que se antojó verlo en la película ‘Sicario’, o quizás en

un western de Quentin Tarantino, pero bien dicen que en ocasiones la verdad supera la ficción. Así y aunque esta historia no deja de ser producto de la imaginación, no debemos soslayar que estos eventos son factibles y probables que se actualicen o estén aconteciendo ahorita mismo en cualquier parte de nuestro país. El Ethan aludido líneas arriba no deja der ser un personaje sin apellido; sin embargo, la suerte del personaje de ficción referido es la misma que corrió en nuestro país Ethan Couch, el texano que esgrimió “affluenza” tras matar a cuatro personas mientras conducía borracho en 2013. Ethan Couch es el mismo quien tras violar su libertad condicional, decidió evadir a las autoridades de su país, Estados Unidos, y voló a principios de diciembre del 2015 a Puerto Vallarta, México en compañía de su madre, pero a fines de enero del 2016 terminó en Texas y hoy por hoy sigue un proce-


dimiento en Estados Unidos, después de que agentes de Estados Unidos trasladaron a la madre de Couch de Puerto Vallarta, Jalisco a San Diego, California (sin procedimiento legal para expulsarla de México) y negociaron así con Ethan Couch el desistimiento del juicio de amparo que promovió en Jalisco para evitar su expulsión del país y que permitió que lo trasladasen de vuelta a Texas. Merece mención junto a Ethan Couch, Bryan Levi Bridges, el homicida de Kansas, quien fue devuelto a Estados Unidos en marzo de 2016 bajo la custodia de los Alguaciles en El Paso a la espera de su extradición a Kansas, pero a quien las autoridades federales, estatales o municipales en este país, estado y municipio no han podido confirmar quién, cómo y cuándo entregaron a los Marshals de Estados Unidos en El Paso, Texas. Huelga decir, que ni siquiera en El Paso, Texas han podido confirmar la forma en que llegó a El Paso, Texas este personaje. Y pues, si Bryan Levi Bridges puso pies en polvorosa de

Kansas, es ingenuo pensar que extrañó el Whattaburger y se lanzó por una a ‘burger’ a El Paso. En ambos casos, igual que en el caso de Manuel Gerardo Velázquez Mascorro, quien fue detenido en 2013 en su domicilio particular en Ciudad Juárez por parte de los agentes de la DEA Javier Barraza y Cristhopher Shary, existe si no connivencia y participación de los agentes de la Policía Municipal o de las diversas

agencias del orden y seguridad estatal y federal, sí complacencia y disimulo para que se perpetren atentados contra la soberanía nacional y los derechos humanos. Contra la soberanía nacional que ejercemos los mexicanos por medio de los poderes de la Unión, de lo cual no conforman ni son parte los agentes ni funcionarios extranjeros y contra los derechos humanos de que deben gozar todas las personas, según reza el artículo 1 de Nuestra Carta Magna y que también tutela las garantías de legalidad, certeza y seguridad jurídicas, según la cual nadie debe ser privado de sus derechos sino por mandamiento escrito emanado de autoridad competente en ejercicio de sus funciones y que además se encuentre debidamente fundado y motivado. En ese orden de ideas, tenemos pues que el agente 007, el famoso James Bond inglés, ha inspirado y sentado las bases fácticas (que no lícitas) para que las autoridades norteamericanas actúen en el mundo entero e inclusive en suelo mexicano, como si se tratase del propio territorio o una extensión del mismo; y en ese tenor, lo único surrealista e inverosímil en la últi-


ma película del 007 es verlo volar con desquicio sobre el zócalo de la Ciudad de México porque ni siquiera la complacencia de las autoridades mexicanas resulta surrealista, inverosímil ni poco creíble, pues por el contrario y al tenor de los casos que se exponen líneas arriba podemos advertir de manera fehaciente que la ficción se queda corta, lo cual es indignante. Lo anterior trae a colación precisamente la ‘indignación’ que dijo sentir Enrique Serrano ante la inminente exhibición de la película ‘Sicario’ en esta ciudad, pues categóricamente negó que Juárez fuera la ciudad violenta que se dibuja en este teatro de Hollywood; sin embargo, Serrano jamás negó como Presidente Municipal de nuestra ciudad que Juárez fuera el patio trasero de Estados Unidos tal como se retrata en esta película. Huelga decir que nuestro ahora oficial aspirante a gobernador amenazó en su momento con demandar al cineasta por el daño moral generado a la ciudad; pero, además de que no lo hizo, se insiste que pretendía con tal demanda cuestionar la violencia que se endilga a nuestra urbe pero no la corrupción ni la connivencia que se evidencia en dicha cinta para que las autoridades americanas empleen el territorio nacional como una extensión territorial del país de la bandera de las barras y las estrellas, de “los hombres valientes y libres” como se dicen los vecinos del norte. Si bien es cierto, en los tres casos expuestos con antelación se ocupa de presuntos delincuentes extranjeros; ello no debe (o debió) ser pretexto ni óbice para permitir que se violare en su perjuicio garantía constitucional alguna, pues según reza Nuestra Carta Magna en el artículo 1, de los derechos fundamentales goza cualquier persona quien se encuentre en

suelo mexicano; huelga decir que nuestra Constitución consagra tutela y acoge los derechos humanos como la premisa fundamental de un Estado de Derecho, precisando que en México todas las personas gozan de ellos bastando que se pise o se respire en el territorio mexicano; cabe precisar que el tercer párrafo del artículo 1 de Nuestra Carta Magna, reza con taxatividad que “… el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos…”; luego entonces, es aberrante advertir que nadie sepa (o quiera decir ni en Juárez ni en El Paso) cómo llegó Bryan Levi Bridges a El Paso, Texas; o claramente dicho, qué dependencia americana lo sustrajo del país sin un procedimiento legal seguido ante las autoridades judiciales o administrativas a que alude el artículo 11 de Nuestra Carta Magna. De igual forma es aberrante saber, conocer y consentir que a Manuel Gerardo Velázquez Mascorro lo sacaron de su domicilio particular en Ciudad Juárez (sin procedimiento legal alguno a que alude el artículo 119 de la Carta Magna) para ser llevado ante la justicia norteamericana; y el caso de Ethan Couch, más que aberrante es ridículo, pues presuntamente una llamada de su celular para pedir una pizza, los ubicó

a él y su madre, en Puerto Vallarta, México, lo que evidentemente y de manera natural y lógica genera la sospecha: ¿Quién los ubicó en nuestro país? Y ¿Por qué estaban intervenidas sus líneas telefónicas, si también para ello se requiere una autorización judicial, según el párrafo 13 del artículo 16 de la Constitución? No se soslaye que aún habiendo sido procesados y encontrados culpables en el extranjero los tres presuntos delincuentes aludidos en este ocurso, existen procedimientos para su extradición o expulsión del país, procedimientos en los cuales se les debió garantizar y asegurar la garantía de alegar, probar y ser vencidos en tal procedimiento, lo cual evidentemente no aconteció en la especie. En ese tenor, no cabe duda que nos encontramos en cualquiera de dos supuestos; o nuestro país es de facto el patio trasero de Estados Unidos, o existe una evidente connivencia, tolerancia y simulación de nuestras autoridades para permitir que nuestra soberanía sea vista como tal; en ambos casos, las consecuencias son las mismas: es más pernicioso saber expuesta nuestra soberanía como un lacayo de alguien más que expulsar al extranjero pernicioso a que alude el artículo 11 de Nuestra Carta Fundamental.


Propósito de los

Juicios

Orales

Lic. Juan Denis Lara.- La justicia es un anhelo humano y una garantía individual a la que toda persona tiene el derecho, es obligación del Estado cumplir con el principio constitucional de administrar justicia a toda persona en los términos y plazos que fije la ley ante Tribunales, misma que deberá ser de manera pronta, completa e imparcial. Optimizar la impartición de justicia llevaría a minimizar los plazos para decidir las controversias judiciales, así como el ahorro en el gasto económico tanto del Poder Judicial como de las partes inmersas en los procesos judiciales, partiendo de la comparación del sistema tradicional escrito. La idea primordial de la implementación de nuestro nuevo sistema de justicia oral, civil, fami-

liar y mercantil, es con el fin de abatir en su máxima expresión el rezago y retardo de la impartición de justicia.

objetivos y resultados que garanticen la aplicación del Estado de Derecho, y una de sus ventajas seria, la inmediación del Juez Oral con el asunto planteado, su interrelación con las partes litigantes y demás sujetos que intervienen en el mismo; la concentración de los actos procesales; la convicción y conocimiento de los acontecimientos en el conflicto que obtiene el Juez Oral captura de modo directo por recepción personal de los hechos y las pruebas de inmediato conocimiento de su contenido; simplificación de actos procesal y reducción de plazos.

Lo anterior permite la prolongación innecesaria del proceso llegando a presentarse un numero considerable de casos en que la sentencia se llega a dictar varios años después de que se inicio el juicio, lo cual genera cargas excesivas de trabajo en la actuación judicial y gasto publico, además, de un desgaste físico, emocional y económico en los justiciables quienes pierden la confianza en las autoridades, lo que atente contra el principio constitucional de administración En síntesis lo que se pretende obtener a través del Nuevo Sisde justicia pronta y expedita. tema de Justicia Oral, es la de La justicia oral en materia civil, hacer mas pronta expedita, commercantil y familiar, tienen bases pleta e imparcial la impartición solidas para que se logren los de justicia.


Enfoque de los juicios orales familiares Por Lic. Juan Denis Lara.- El ser humano por naturaleza siempre esta en constante evolución y adaptación, tanto biológica, social y psicológicamente, en esta ultimo aspecto es donde juegan un papel muy importante pera la búsqueda de formas para la impartición de justicia.

prejuicio, todo afán a de desatar pasiones sin cauce ni destino. No hablo de frialdad, refiero mejor, una cálida y amorosa comprensión.

que nos da pausa y refresco en la jornada larga y es el final para nuestros afanes y para todos nuestros empeños, en materia familiar se aspira a justicia, al dar a cada quien lo suyo, peor también, se aspira evitar toda dureza, toda inflexibilidad y todo

cual los juicios quedaran videograbados de principio a fin.

cial y esta procedimiento oral familiar nos garantiza los medios que requerimos para que los particulares pudieran optar por una justicia mas moderna, eficiente, transparente, accesible y En beneficio de nuestra socie- humana, como aspiraciones de dad, el veinticuatro de febrero un Estado liberal y democrático. del dos mil dieciséis, entro en vigor el Código de Procedimientos En todo este ámbito de conociLa familia es, indiscutiblemente, Familiares, en el cual predomina- miento la justicia familiar en el el puto de partida, la estación ra el sistema oral familiar, en el peor de los momentos, lo mejor

Nuestra obligación como profesionistas del derecho es cumplir con el mandato constitucional, que nos exige una justicia pronta, expedita, completa e impar-

de nuestra sociedad: la familia. En atañamiento a lo esforzado en párrafos anteriores, se refleja el mismo sentimiento del pensamiento con el que se finaliza esta contenido, atribuido al ilustre Martin Luther King


Entregan obras en Parral para centro culturall do a un edificio con tecnología nador César Duarte ante cientos y condiciones dignas para salvade familias parralenses reunidas guardar documentos que datan afuera de la antigua casona que de 1600, por ejemplo, con inhoy es el Teatro Hidalgo. versión de 9 millones de pesos. El Puente Calicanto retomó sus dimensiones originales como Previamente, en un recorrido parte del proyecto para que el vespertino, el Gobernador CéCentro Histórico de Parral sea sar Duarte Jáquez acompañado para las personas y no para los por su esposa, Bertha Gómez de vehículos, con monto de 2 milloDuarte, autoridades y represennes de pesos. tantes de los sectores socioeconómicos, puso en funcionamiento el Museo El Centauro, El puente de la Avenida Indecon inversión de 10 millones de pendencia, con su plazuela en pesos para rescatar la antigua la Vialidad del Río, con inversión casona donde fue velado el CenCon estas obras, “apenas sa- tauro del Norte el antiguo Hotel estimada de 9 millones de pesos. camos brillo a lo que nos he- Hidalgo, donde se realizó el fu- El Teatro Hidalgo y la Biblioteca redaron nuestros antepasados, neral del Centauro del Norte en Franklin con aplicación de 10 mini siquiera hemos hecho cosas 1923 y transformarla en un mu- llones de pesos. nuevas, con excepción de las que seo de alto calado. requiere nuestro tiempo. Pero le “Era imperdonable para mí como hemos sacado brillo a nuestro pasado, al orgullo de la grande- La Casa de la Música recibió cer- gobernador, no intentar buscar la za de esta tierra”, expresó visi- ca de 5 millones para adaptarla, suma de fuerzas y voluntades de blemente emocionado el gober- el Archivo Histórico fue cambia- todos los parralenses para dejar HIDALGO DEL PARRAL, CHIH.El Museo de Sitio “Centauro del Norte”, el Teatro Hidalgo, el Archivo Histórico, La Casa de la Música, los Puentes Calicanto y de Avenida Independencia con su plazuela y la Vialidad del Río, forman parte del proyecto macro del Centro Cultural de Parral que se realiza desde 2011 para rescatar los valores de identidad y orgullo de pertenencia de los parralenses y que este municipio reviva su adormecida vocación turística de futuro.


atrás el rezago y plantearnos un futuro que nos garantizara mejores condiciones de vida a todos”, dijo Duarte Jáquez. Afirmó que Parral está tomando la vocación que siempre ha tenido pero a la que nadie le apostó. “Vivir del turismo, de la historia, contar con orgullo la historia que hicieron los antecesores, vocación turística del futuro que merecemos”, comentó. Dijo que hay obras que esperaron 300 años para ser reivindicadas en la historia y que están por inaugurarse, con la posible presencia del Presidente Enrique Peña Nieto. Además, el Congreso del Estado procesa una iniciativa para decretar a Parral Capital Cultural del Estado de Chihuahua. Entre las obras está el empedra-

do del Río Parral, para convertirlo en el estacionamiento más grande que servirá a todo el comercio del centro de esta ciudad y que va desde el Puente Guadalupe Victoria hasta el Puente de Calicanto, con una explanada extraordinaria y la recuperación del edificio de la Antigua Presidencia Municipal .

También el Corredor Cultural desde la Plaza Juárez con un monumento enorme del General Francisco Villa, el parralense más conocido en el mundo, la Casa Griensen será el Museo de Cera más importante del Norte de México y tendrá un monumento a esta heroína con los 11 niños que la acompañaron en la gesta histórica.


Madera

Un destino obligado para el Ecoturismo La ciudad de Madera goza de una cercanía a la ciudad de Chihuahua, así como una enorme facilidad para llegar a este destino, convirtiéndola en un excelente lugar para visitar. Aquí puedes realizar todo tipo de actividades de ecoturismo, turismo cinegético, kayac, descenso en río, rappel, campamento, senderismo, observación de aves, pesca y mucho más. En sus barrancas, mesetas y llanuras encontrarás pino, encino, aile, madroño, cotorra serrana, ardillas, coyotes, ranas y sobre todo, mucha tranquilidad. Tenemos la feria de la trucha, este evento es realizado los días del 24 al 27 de marzo En este evento se pretende fomentar el consumo de trucha de la región (alimento rico en omega 3, 6, 9 y con un bajo contenido en grasas). Cuenta con una enorme cantidad de lugares que llaman la atención a la vista de los visitantes, entre ellos destacan sus más de 200 zonas arqueológicas, “Las 40 casas”, la zona restringida de la cotorra serrana; en donde podemos encontrar a este animal en peligro de extinción. Las 40 casas, es un sitio arqueológico ubicado en el Vallecito, a 40 km kilómetros del municipio de Madera. En el sitio se encuentran varias cuevas con construc-

ciones en el interior.

tar de la naturaleza, así como un clima agradable, en donde llueve Al norte de Madera, a 10 km. se la mayoría del año. encuentra la presa Peñitas, que cuenta con cabañas y zonas de Al viajar a Madera se encontrará acampar. Más al norte está la con la comodidad, hospitalidad zona arqueológica más conoci- y seguridad necesarias para pada, Las Cuarenta Casas, un sitio sar un rato agradable, debido a de fácil acceso al que se llega por la buena infraestructura de las un sendero entre pinos niebla. carreteras, así como el excelente servicio de los hoteles y restauMadera es una región boscosa, rantes, acompañados de los acpor ello brinda a sus visitantes, cesibles precios que existen en la lugares asombrosos para disfru- localidad.




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