Preguntas y Respuestas Nº58

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PREGUNTAS Y RESPUESTAS PREGUNTA

FORMACIÓN PARA LA IMPLANTACIÓN DE PLANES DE AUTOPROTECCIÓN ¿Existe alguna normativa que regule el contenido de la formación que se debe impartir en la implantación de los planes de autoprotección?

RESPUESTA Desafortunadamente, salvo error u omisión, no conocemos ninguna normativa que regule específicamente el contenido de la formación. Ahora bien, sí existe normativa de referencia que incluye especificaciones sobre la formación incluida en la fase de implantación de los planes de autoprotección. Principalmente, se puede nombrar la siguiente legislación: Norma Básica de Autoprotección De forma resumida, la norma especifica que la implantación del plan de autoprotección comprenderá, al menos, la formación y capacitación del personal, el establecimiento de mecanismos de información al público y la provisión de los medios y recursos precisa para la aplicabilidad del plan. Esto incluye una información previa, formación teórica y práctica, gestión de medios y recursos económicos y emisión de certificados. Además, establece que la periodicidad de la realización de los simulacros debe ser de, como máximo, un año. Ley de Prevención de Riesgos Laborales Por otro lado, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales especifica que… “Y, junto a ello, claro está, la información y la formación de los trabajadores dirigidas a un mejor conocimiento tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos

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y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan”. Y en su artículo 19 “…cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de esta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo”. Por tanto, está regulado el hecho de tener que dar formación pero no está tan claro el contenido de dicha formación. Leyendo detenidamente el texto de la Ley de PRL, se puede deducir algo que es fundamental para que la formación recibida sea verdaderamente útil para las personas que la reciben: la formación debe estar adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo. De forma general, la formación en la fase de implantación de los planes de autoprotección se puede dividir en las siguientes áreas temáticas: • Procedimientos de actuación ante emergencias. • Formación práctica en lucha contra incendios. • Formación en primeros auxilios. • Charlas informativas a todos los usuarios del centro de trabajo.

De acuerdo a la anterior normativa, esta formación debe estar adaptada a las peculiaridades y necesidades del centro de trabajo, es decir, una charla general sobre prevención y consignas de actuación no se puede considerar una formación en procedimientos de actuación ante emergencias, sino que en el curso se deben explicar con detalle, y a cada colectivo implicado en el Plan de Actuación ante Emergencias, las actuaciones que deben desarrollar en caso de que se produzca una emergencia en el centro. De la misma forma, la formación práctica de lucha contra incendios debe simular las condiciones a las que un miembro del equipo se va a tener que enfrentar en su centro de trabajo. Esto significa que, si la actividad se produce en el interior de un edificio (oficinas, nave industrial, centros docentes, centros hospitalarios…), la formación práctica en lucha contra incendios debe simular incendios en interiores. En ningún caso se debería considerar válida una formación de lucha contra incendios que se imparta en un lugar exterior, en el que las condiciones del entorno son muy diferentes a si se realizara en el interior de un recinto. Un ejemplo claro es la diferencia que existe en disparar un extintor de polvo en el exterior o en un despacho. Luis Carmena Servert. Director. Fundación Fuego. Número 58 – 2º Trimestre de 2013


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