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autoprotección
LA AUTOPROTECCIÓN EN EL HOGAR ¿Cómo se debería proteger una vivienda particular? En principio la respuesta a esta pregunta puede parecer sencilla ya que el uso residencial vivienda está claramente definido en el Documento Básico DB SI del Código Técnico de la Edificación, en el que se incluyen los edificios o zonas destinadas a alojamiento permanente, cualquiera que sea el tipo de edificio (vivienda unifamiliar, edificio de pisos de apartamentos…). La primera dificultad aparece cuando se tiene en cuenta la no retroactividad de las normativas de seguridad contra incendios. Esto implica que hay un amplio porcentaje de las viviendas a las que no es de aplicación, no ya el Código Técnico de la Edificación, sino ninguna de las reglamentaciones anteriores. Sin embargo, bajo el punto de vista de la Fundación, el prin-
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cipal problema de las viviendas no es qué normativa aplicar, sino qué medios de protección se deben instalar y cómo se deben instalar. Efectivamente, las normativas han considerado el uso residencial vivienda como uno más de los incluidos en ellas, cuando tienen una diferencia fundamental; por lo general, las viviendas particulares están habitadas por personas
Número 55 – 3er Trimestre de 2012