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Actos anticipados

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reencuentro

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En esto del proceso electoral para la sucesión presidencial, la Cuarta Transformación ha impuesto su estilo y sus tiempos, para no ser igual a los de la época del “conservadurismoneoliberal,” aunque esto signifique una interpretación muy a modo de la ley, rayando en la violación.

Amparados en el clásico “no me salgan con que la ley es la ley”, las corcholatas de la 4T están desbordadas en la comisión de actos anticipados de campaña en su carrera hacia la silla presidencial, con absoluta impunidad. Con la venia de Palacio Nacional, poco les preocupa que la ley electoral contemple severas sanciones a quiénes se les queman las habas por obtener el beneficio del dedazo presidencial. Y es que, la pena para quién incurra en actos anticipados de campaña puede llegar hasta la negativa de su registro como precandidato (Art. 226, frac 3).

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En esto del proceso electoral para la sucesión presidencial, la Cuarta Transformación ha impuesto su estilo y sus tiempos, para no ser igual a los de la época del “conservadurismoneoliberal”, aunque esto signifique una interpretación muy a modo de la ley, rayando en su violación. Porque los preceptos contenidos en la legislación electoral que ahora se pretende reformar, y que imponen rígidas limitaciones a las conductas de los aspirantes a cargos de elección popular, no tienen otro origen que las reformas que, en el pasado, lograron imponer, los de Morena y sus antecesores, en debates y negociaciones con el correspondiente partido en el gobierno, cuando eran oposición y reclamaban piso parejo. Ahora que son partido en el poder, ya no les gustan. Las consideran excesivas y, como no les conviene, buscan modificarlas.

Al Instituto Nacional Electoral le compete cuidar que la ley, al parecer todavía vigente, que establece equidad en la competencia, se respete y se acate. Como autoridad, le toca la parte difícil y poco apreciada de señalar las infracciones y aplicar

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