ar
KIVFI I-"lIi,
yAcHAy crnaD
m c{[s{lFrwo
I
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO Este Memorando de Entendimiento (de aqui en adelante "MOU") entrard en vigencia
el 17 de noviembre de 20L5, entre la Empresa P0blica YACHAY E.P. con domicilio registrado en la Avenida Amazonas N26-146 y La Niffa, Quito, Ecuador (de aqui en adelante "YACHAY E.P.') y Korea Medical Holdings, Ltd. (de aqui en adelante "KMH')
con domicilio en el piso L2, 82, Saemunan-ro Jongno-gu, Seoul, Repiblica de Corea. YACHAY E.P.
y KMH serdn de aqui en adelante la "parte" en individual o las "partes"
cuando se refieran a las dos en conjunto. 1. Considerandos
QUE, YACHAY E.P. es una Empresa P0blica del Ecuador creada mediante Decreto
Ejecutivo No. L457, de 13 de marzo de 2013, como persona juridica de derecho
ptiblico, con patrimonio propio, dotada de autonomia presupuestaria, financiera, econ6mica, administrativa y de gesti6n, cuyo objeto principal es el desarrollo y administraci6n de la Ciudad de Conocimiento YACHAY. QUE, KMH es una Empresa Ptiblica creada bajo las leyes de la Rep[blica de Corea,
liderada por el Ministerio de Salud y Bienestar de la Repriblica de Corea, para la gesti6n de servicios integrales y negocios en el Srea de la salud. POR LO TANTO, con
el prop6sito de contar con medios importantes para
el
desarrollo de proyectos relacionados con politicas y acciones en ciencia, tecnologia e innovaci6n, las partes acuerdan:
2.- Prop6sito: Este Memorando de Entendimiento tiene como prop6sito promover la cooperaci6n
entre Ecuador y Corea para el desarrollo de la industria farmac6utica nacional en el Ecuador. 3. Areas de Cooperaci6n Las partes cooperardn en las siguientes dreas basadas en los principios de confianza y
buena fe:
1.
Conformar un grupo de trabajo entre YACHAY
EP
y KMH enfocado en el sector
farmac6utico; :)
'
YtA.<-'t
olln'"u l- t
-
Kruh"l 2.
Y
r?lti,
YACHAY or luMo
c{r.oclMltwo
I
Desarrollar condiciones favorables para empresas farmac6uticas coreanas asi
como para inversionistas que participen en proyectos en la Ciudad del Conocimiento Yachay; 3.
Colaborar en el Smbito de la biotecnologia con 6nfasis en el Centro Nacional de Recursos Gen6ticos a trav6s del proyecto Arca de No6.
4.- Confidencialidad Las Partes no divulgar6n la informaci6n que la
otra parte revele en la aplicaci6n o
la
ejecuci6n del MOU, sin la autorizaci6n previa y expresa de la otra parte, por escrito. Las partes no revelardn la informaci6n a
ningfn tercero, sin el consentimiento previo
de la otra parte. Sin embargo, la informaci6n adicional que se derive de la interacci6n entre las partes
serd de uso ptiblico a menos que las partes especifiquen lo contrario, considerando que las partes son instituciones pf blicas establecidas para servir al inter6s priblico y al bienestar de cada pais.
5. Principio de implementaci6n Las partes acuerdan actuar de buena
fe e interactuar en base al mutuo inter6s
en
relaci6n al prop6sito de este MOU. En caso de ser necesario, para la implementaci6n
de las modalidades de ejecuci6n o de cooperaci6n relacionados con este MoU,
las
partes lo resolverdn a trav6s del di6logo tdcnico o acuerdo similares entre las partes en
elfuturo. 6. Derechos y obligaciones A excepci6n del Articulo 4, este Memorando no otorga derechos legales especificos ni impone obligaciones legales. Este MOU se acord6 en base a la no exclusividad; que no excluye ning0n MOU similar acordado entre las partes o con otra parte. En relaci6n con el Prop6sito u otros asuntos descritos en este MOU, cada parte tiene sus derechos
independientes o derechos de cooperaci6n con terceros. Este MOU no otorga ning0n derecho o beneficio a un tercero o a cualquier entidad juridica distinta de las partes.
,(
O^
Y
a
l(otf
A
lrtDtcAr..
t
YACHAY cursEcfrErsro
7. Controversias Las eventuales controversias o reclamaciones que pudieran surgir de la interpretaci6n,
aplicaci6n
o implementaci6n de este MOU, ser6n resueltas de manera amigable
a
travds de consultas entre las partes. 8. Enmlendas Este MOU puede ser modificado mediante un acuerdo escrito firmado por las Partes.
9. Duraci6n A partir de su suscripci6n, este MOU permanecer6 en vigor, salvo que una de las partes
lo de por terminado notificando por escrito a la otra parte con dos meses
de
anticipaci6n. 10. - Aceptaci6n: Las partes aceptan todos los articulos establecidos en este MoU
mismas. En
y se someten a
las
fe de lo cual, firman en tres (3) ejemplares en castellano y dos (2)
ejemplares en ingl6s de igual tenor y valor. Dado en Quito, 17 de noviembre de 2015
Empresa Pfblica "YACHAY 8.P."
H6ctor Rodriguez Chdvez
u()JL
Gerente General
Director Ejecutivo
{
I
{/ta A
'
"I I
Korea Medical Holdings, [td.
l;t'L/
rL'
Kevin Giheung Kim