Editorial La Auditoría como parte de la Contaduría. Pablo Espinoza Blanco Experto Contaduría General
Nada más que por razones de cultura general vale la pena saber que la Auditoría comenzó a aplicarse en tiempos muy lejanos por los comerciantes sumerios. En ese momento, su utilidad se limitó a la revisión de las cuentas para saber si eran verdaderos sus registros, luego con la Revolución Industrial y la aparición de las grandes empresas en Inglaterra se le introducen nuevas técnicas contables, pero éstas todavía tienen un amplio campo por desarrollar y a ser investigado. Puede decirse con propiedad que existe una gran diferencia entre la Auditoría aplicada de aquellos tiempos con la actual y de allí su importancia y reconocimiento en la sociedad y el mundo de los negocios en esta época, siendo que su expansión para muchos entendidos y estudiosos vino a constituir la columna vertebral del ejercicio de la Contaduría Pública. En efecto, ahora nos encontramos con el ejercicio de la profesión que transita dentro de un cuerpo de normas legales y éticas que les brindan un marco de confianza a todos sus usuarios. Este cuerpo normativo de obligado cumplimiento le permite seguridad jurídica y moral a quienes se valen de la Auditoría para la investigación contable, su diagnóstico y cualquier otros propósitos afines con sus objetivos, por eso, el Auditor en el ejercicio de su profesión al no someterse a esas reglas morales y de derecho, queda sujeto a sanciones que pueden derivar en responsabilidades de varios tipos, tales como las de carácter civil, penal, administrativas, morales, etc. Ahora bien, la Auditoría como parte de la Contaduría Pública, por ese carácter público, tiene una connotación especial, cuando el Contador la ejerce cumple una función social que se materializa en la fe pública como potestad legal que le confiere el Estado. Las reglas de la ética están destinadas a mantener el respeto a la profesión, orientar a los miembros del gremio en sus relaciones con los demás y garantizar a la comunidad su gran nivel de desempeño. En razón de la gran responsabilidad que conlleva el ejercicio de la Auditoría, los Contadores Públicos que se dedican a esta actividad profesional además de su capacidad, competencia y destrezas, deben mantener en su actuación un estricto cumplimiento a todos y cada uno de los principios básicos de la ética, los cuales deben estar estrictamente relacionados con las Normas de Auditoría de aceptación general.
Auditoria nº, Abril 2016
Sumario
6 REPORTAJE Gestión del Riesgo Empresarial y la Auditoría. Es bien sabido que los inversionistas colocan sus capitales con el fin de obtener la máxima rentabilidad posible. Y toda actividad empresarial que busca un objetivo de lucro está sujeta a diversos tipos de riesgos, dependiendo de la naturaleza de las operaciones que se realizan y el nivel de recursos que se invierten para llevarlas a cabo. Por eso, cuanto mayor es el riesgo de la actividad, mayor será la rentabilidad exigida por los inversionistas.
8 REPORTAJE Contexto de la Actuación del Auditor. Rozas (1998) relaciona responsabilidad, auditoría y contabilidad, la auditoría para determinar si un informe sobre la obligación asumida es apropiado. También incluye el elemento valor por dinero, es decir, la demanda de la ciudadanía a gobiernos y funcionarios de valorar mejor el dinero cuya administración se les ha encargado, asimismo argumenta el autor, esta auditoría aplica a entidades del sector público, gobiernos, instituciones sin fines de lucro e incluso en organizaciones privadas.
11 REPORTAJE Principios y Valores Éticos. Condicionantes de la Actuacióndel Auditor. Los principios y valores del Auditor constituyen la Guía de buenas prácticas para el desarrollo y acreditación de la profesión. Los valores del Auditor van desde el principio de independencia hasta la objetividad, integridad profesional, rango de conocimiento, honestidad, cumplimiento, lealtad, imparcialidad, responsabilidad, confiabilidad discreción y confidencialidad.
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16 REPORTAJE Responsabilidades Condicionantes de la Actuación del Auditor. Responsabilidad (civil, penal, administrativa, social profesional) en contextos de actuación.
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En toda organización el informe de un auditor es de gran importancia, con él se procura cumplir ciertas expectativas requeridas por instituciones pública, privada o que la junta de administración solicite el mismo.
21 REPORTAJE Las Sanciones Impuestas a los Auditores: Un indicador de la calidad de las auditorías.
Mediante un análisis de las sanciones a los auditores, hechas públicas a nivel mundial, se consideran sus aspectos más relevantes y se medita sobre las repercusiones. Existe una profunda preocupación por el deterioro sufrido por la información financiera que perjudica a los mercados financieros. Uno de los pilares en que se asienta esta confianza es la profesión auditora y los informes emitidos por los auditores.
Auditoria
es una publicación editada por los alumnos de la Universidad Valle de Momboy. Redacción: A cargo de los integrantes del grupo Colaboran en este número: Katiuzka Rivero Quiroz Pablo Espinoza Blanco Roberto A. Gómez Richars Malvin Suarez Guevara Aequimides Talavera José Pulido
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Maquetación: Katiuzka Rivero Quiroz
REPORTAJE
Impresión: Gráficas Momboy
La Auditoría del Futuro y el Futuro de la Auditoría. ¿Se puede auditar el futuro? ¿Sirve para algo opinar sobre lo que todavía no ha tenido lugar? ¿El informe de auditoría puede anticipar las situaciones de crisis de las entidades y, en consecuencia, de las economías? A priori, parece que la respuesta a todos estos interrogantes es negativa y se podría afirmar que “auditoría” y “futuro” son términos incompatibles. Nada más lejos de la realidad. No se puede “auditar el futuro”, pero sí analizar cómo una organización hace sus previsiones, cómo elabora sus proyecciones, cómo valora sus recursos o cómo gestiona sus riesgos. En un entorno económico-financiero cada vez más complejo, es fundamental mirar hacia adelante y prever oportunidades o problemas. Ahora más que nunca es preciso “auditar” las herramientas con las que gestionamos el futuro y no cabe duda de que el auditor juega un papel clave en este terreno.
Depósitolegal:A-0786-2016 ISSN:90678 UVM Avenida Caracas. Valera Telf.271-41-47019 Fax91 44711 62 email:example@uvm.edu.vewww.uvm.edu.ve
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REPORTAJE
Gestión del riesgo empresarial y la auditoría.
Es bien sabido que los inversionistas colocan sus capitales con el fin de obtener la máxima rentabilidad posible. Y toda actividad empresarial que busca un objetivo de lucro está sujeta a diversos tipos de riesgos, dependiendo de la naturaleza de las operaciones que se realizan y el nivel de recursos que se invierten para llevarlas a cabo. Por eso, cuanto mayor es el riesgo de la actividad, mayor será la rentabilidad exigida por los inversionistas.
Roberto A. Gómez Richards Vice-Presidente FENACOTECV FUENTE: Omar del Orde, socio de ADVISOTY – PWC República Dominicana
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Auditoria nº, Abril 2016 Todos los cambios que ocurren hoy en día, su complejidad, lo rápido que acontecen y la necesidad de crear nuevas actividades de negocios, son las raíces de la incertidumbre y el riesgo que las entidades confrontan y con ellos los responsables de la administración. Estos cambios, que están marcados principalmente por la apertura de los mercados, procesos de fusiones, nuevos desarrollos tecnológicos, nuevas regulaciones, la propia competencia y las responsabilidades sociales, entre otras, dan el surgimiento a nuevos retos con los cuales lidiar, siempre que las organizaciones operen dentro del margen de las leyes y regulaciones. En el ambiente actual, un Director de Finanzas pensativo se preguntaría lo siguiente: ¿Los posibles cambios del ambiente externo amenazan el logro de los objetivos de la estrategia de mi organización?¿Los factores adversos que puedan deteriorar mis procesos de negocio, están dentro de los límites razonables? ¿Podrían los activos de mi organización ser sustraídos? ¿Los informes internos proporcionan información adecuada sobre las amenazas para los activos, los procesos, y el logro de la estrategia? Gestionar los riesgos eficientemente es hoy en día una preocupación constante de la alta gerencia, pues esta gestión aplicada de manera eficiente se traduce en efectos económicos positivos que incrementan el patrimonio de los
accionistas, constituyendo una herramienta imprescindible para la toma de decisiones gerenciales. En este sentido, es de mucha importancia para las empresas establecer y formular de manera mensurable los objetivos del negocio e identificar los riesgos asociados con dichos objetivos, de modo que se puedan definir a la medida los elementos necesarios a introducir en la estructura de control interno para así mitigar estos riesgos.
La implantación de las mejores prácticas en control interno se logra a través de una administración activa de los riesgos, no sólo para evitar pérdidas que pudieran ser generadas por éstos, sino para crear valor para las instituciones. Los sistemas de administración del riesgo deben estar en todo momento acordes al logro de los objetivos. Por lo tanto, los objetivos para todas las partes involucradas deben estar claramente definidos, y los sistemas de administración del riesgo deben ser modificados para seguir los cambios de los objetivos con el tiempo.
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REPORTAJE
Contexto de Actuación del Auditor.
Rozas (1998) relaciona responsabilidad, auditoría y contabilidad, la auditoría para determinar si un informe sobre la obligación asumida es apropiado. También incluye el elemento valor por dinero, es decir, la demanda de la ciudadanía a gobiernos y funcionarios de valorar mejor el dinero cuya administración se les ha encargado, asimismo argumenta el autor, esta auditoría aplica a entidades del sector público, gobiernos, instituciones sin fines de lucro e incluso en organizaciones privadas.
Malvin Suárez Guevara
FUENTE:http://www.saber.ula.ve
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Auditoria nº, Abril 2016 En cambio, la contabilización es la obligación asumida por los que ejercitan autoridad de registrar adecuada y razonablemente la manera en la cual han ejercido responsabilidad. Asimismo, el auditor externo no debe estar directamente involucrado en la organización, no debería ser familiar o asociado cercano de nadie de sus miembros. En Venezuela, en cuanto a las condiciones de independencia para el ejercicio de las funciones de auditor, la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública (Congreso de la República de Venezuela, 1973), en su capítulo III, artículo 11, norma ética 2, los contadores solo emitirán dictámenes sobre estados financieros de una empresa cuando no exista relación de dependencia entre ellos, asimismo la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) (2011), resolución 144.11, capítulo III, artículo 16, exige la independencia con la institución a la cual presten sus servicios. Generalmente, el auditor es elegido en una reunión general anual, aunque exista una junta nominada. De otro modo, se puede hacer en una reunión de la junta. La sustitución del auditor solo puede ser mediante una resolución formal en una reunión de la junta oficial. En muchos países tienen directrices legales estrictas que declaran quién puede actuar como auditor, casi siempre según el tamaño de la organización.
Responsabilidad penal En cuanto a la responsabilidad civil, en primera instancia es importante establecer la diferencia entre esta responsabilidad y la responsabilidad penal. La responsabilidad civil busca garantizar a los perjudicados el resarcimiento de los daños privados que le han sido ocasionados, y busca dejar las cosas en la situación en que estaban previamente al daño para restituir el equilibrio que ha desaparecido entre las partes, no siendo por este motivo la sanción de la responsabilidad civil, en principio, de carácter represivo sino indemnizatorio. Por su parte en la responsabilidad penal la sanción, la más frecuente, es la imposición de una pena, la cual se constituye por la privación de un bien jurídico de acuerdo al delito de que se trate, teniendo dicha sanción penal una función primordialmente punitiva y represiva. La rama del Derecho que se encarga de estudiar los delitos y las penas es el Derecho Penal, teniendo como principal instrumento legal al Código Penal de Venezuela (2005), en cuyo primer artículo respecto a la aplicación de la Ley Penal, señala que: “Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviese expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere establecido previamente. En lo atinente a la inhabilitación para el desempeño de una actividad, el artículo 25 del Código Penal dispone: “La inhabilitación para el ejercicio de alguna profesión, industria o arte no puede ser perpetua ni
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Auditoria nº, Abril 2016 absoluta, sino temporal y limitada a determinada o determinadas profesiones, industrias o artes. Puede imponerse como principal o como accesoria.”
Las responsabilidades penales de los contadores públicos en el ejercicio independientes de la profesión, siendo éstas la Ley de Instituciones del Sector Bancario, la Ley de Mercado de Valores y la Ley de la Actividad Aseguradora, Ley de cajas de ahorros, fondos de ahorros y asociaciones similares, Código de comercio. Dentro del marco legal venezolano existen varias leyes, normas y reglamentos los cuales asignan responsabilidad al contador público, exigiendo de todos estos profesionales el tener un
desempeño apropiado en su ejercicio profesional, apegados a la ética con el conocimiento suficiente de los aspectos técnicos, legales enmarcando la profesión. Como se puede observar, las actuaciones profesionales del contador público específicamente en Venezuela se encuentra regulada por un conjunto de leyes e instituciones, las cuales exigen de este profesional una actuación ética que respalde la fe pública que posee todo contador público, lo cual implica que los actores que exigen la rendición de cuentas también castigan el comportamiento impropio o indebido de los servidores públicos. Se debe señalarse que el instrumento legal que rige a la banca e instituciones financieras, preceptúa un conjunto de responsabilidades penales para los auditores externos, tanto corporales como no corporales. Así como las penas privativas de libertad para los auditores externos por incumplimiento de sus actividades.
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REPORTAJE
Principios y Valores Eticos Condicionantes de la Actuación del Auditor.
Los principios y valores del Auditor constituyen la Guía de buenas prácticas para el desarrollo y acreditación de la profesión. Los valores del Auditor van desde el principio de independencia hasta la objetividad, integridad profesional, rango de conocimiento, honestidad, cumplimiento, lealtad, imparcialidad, responsabilidad, confiabilidad discreción y confidencialidad.
Katiuzka Rivero Quiroz Tesorera FENACOTECV
FUENTE: https://preparatorioauditoria.wikispaces.com
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Auditoria nº, Abril 2016 Ética como uno de los mecanismos más importantes de lucha anticorrupción. ¿Por qué la gente actúa en forma no ética? Generalmente la gente actúa en forma no ética, debido a dos razones principales: - porque los principios éticos de una persona difieren de los de la sociedad en general.
La objetividad es un principio fundamental con el que se pretende evitar al máximo la subjetividad y el conflicto de intereses entre el auditado y el auditor. Este principio, va de la mano de la imparcialidad de las apreciaciones hechas por el Auditor sin importar la raza ni las creencias políticas, religiosas, económicas y éticas del auditado. El Auditor debe estar libre de impedimentos e influencias que afecten su juicio y razonamiento. La pérdida del criterio de independencia elimina la validez de sus apreciaciones, conclusiones, juicios e informes. Las normas profesionales son el conjunto de disposiciones que determinan los principios de actuación que rigen a los auditores, los principios fundamentales de auditoría, las directrices de revisión, y los criterios para la conducta de sus integrantes.
- porque la persona decide actuar con egoísmo. ¿Y cuáles son las disculpas más comunes para ello? - porque todo el mundo lo hace, - porque si es legal, entonces es ético, - porque es improbable que se descubra, dado que no tendrá consecuencias importantes. Los dilemas éticos a los cuales se enfrentan los auditores frecuentemente tienen un efecto sobre el bienestar de un número de individuos o grupos. Por ejemplo, si un auditor toma una decisión carente de ética sobre el contenido de un informe de auditoría, el patrimonio de miles de inversionistas y de acreedores puede verse afectado.
Su adopción es necesaria para garantizar que el desempeño y productos sean consistentes, de alta calidad y conforme a las mejores prácticas. En este sentido, es importante el trabajo de los organismos nacionales (FCCPV) como internacionales (IFAC) fijadores de normas, cuya labor garantiza la aplicabilidad y revisión periódica de los criterios de auditoría, asegurando que no sean modificados arbitrariamente. Por estos días el fenómeno de la corrupción está incrementándose peligrosamente, muchos sectores de la sociedad apelan a la
LA ÉTICA PROFESIONAL La ética profesional estudia los deberes y los derechos de los profesionales. Puede ser conceptualizada desde dos puntos de vista:
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Auditoria nº, Abril 2016 a. Desde el punto de vista especulativo (analiza los principios fundamentales de la moral individual y social, y los pone de relieve en el estudio de los deberes profesionales). b. Desde el punto de vista práctico (establece a través de normas o reglas de conducta, el orden necesario para satisfacer el bien común). Según Alvin A. Arens: "la sociedad ha atribuido un significado especial al vocablo profesional, en el sentido que debe esperarse que un profesional se comporte a un nivel superior que otros miembros de la sociedad. Por ejemplo, cuando los periódicos informan que se acusa de un delito a un médico, a un sacerdote, un diputado o un contador público, la gente se siente más decepcionada que cuando ese mismo tipo de cosas suceden con gente que no tiene la etiqueta de profesionales".
El Josephson Institute for the Advancement of Ethics, es un instituto creado como una fundación no lucrativa con el propósito de fomentar la conducta ética de los profesionales del sector gobierno, del derecho, la medicina, los negocios, la contabilidad y el periodismo, ha desarrollado un interesantísimo conjunto de principios éticos que se muestran a continuación: Principios Éticos Prescritos 1. Honestidad Sé veraz, sincero, franco, honrado, imparcial; no digas mentiras, robes, engañes, o embauques a la gente ni seas tortuoso. 2. Integridad Sé una persona de principios,
honorable, recta, valerosa, y actúa de acuerdo a tus convicciones; no seas falso o sin escrúpulos, ni adoptes la filosofía del fin justifica los medios que ignora todo principio. 3. Cumplimiento Sé digno de confianza, cumple tus promesas, tus compromisos, cumple con la esencia y la letra de un convenio; no interpretes los convenios en una forma irrazonablemente técnica y legalista para racionalizar el incumplimiento o crear excusas y justificaciones para romper un compromiso. 4. Lealtad (fidelidad) Sé fiel y leal a la familia, amigos, empleadores, clientes y a tu país; no utilices ni reveles información que obtuviste en forma confidencial; en un contexto profesional, cuida tu capacidad de hacer juicios profesionales independientes evitando con escrúpulo cualquier influencia indebida y los conflictos de interés. 5. Imparcialidad Sé justo y razonable, dispuesto a admitir el error y, cuando sea adecuado, a cambiar de posición y creencias, demuestra un compromiso con la justicia, el trato igual a sus semejantes y tolerancia y aceptación de la diversidad; no estafes ni te aproveches indebidamente de los errores o adversidades de otros. 6. Ver por los demás. Sé atento, amable y compasivo; comparte, sé dadivoso, ayuda a los demás; ayuda a los necesitados y evita hacer daño a los demás. 7. Respeto a los demás. Demuestra respeto por la dignidad, la intimidad y el derecho a la autodeterminación de la gente; sé cortés, expedito y decente; da a los demás la información que necesitan para tomar decisiones informadas
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Auditoria nº, Abril 2016 sobre sus propias vidas; no trates a los demás con aire condescendiente, no los avergüences ni los degrades. 8. Ciudadano responsable. Obedece las leyes; si una ley es injusta, protesta abiertamente; ejerce todos tus derechos y privilegios democráticos con responsabilidad participando (votando y expresando opiniones informadas), con conciencia social y servicio público; cuando estés en una posición de liderazgo o autoridad, respeta abiertamente y ennoblece los procesos democráticos de toma de decisiones, evita la reserva o el encubrimiento innecesario de información y asegúrate que los demás tengan la información que necesitan para hacer elecciones inteligentes y ejerzan sus derechos. 9. Búsqueda de la excelencia Busca la excelencia en todo; en el cumplimiento de tus responsabilidades personales y profesionales; sé diligente, confiable, trabajador, y comprometido; realiza todas tus tareas lo mejor que puedas, crea y conserva un alto grado de competencia, infórmate y prepárate bien; no te conformes con la mediocridad; no "ganes a toda costa" 10. Responsabilidad. Sé responsable, acepta la responsabilidad de tus decisiones, de las consecuencias previsibles de tus acciones y omisiones y de poner el ejemplo a los demás. Los padres, maestros, empleadores, muchos profesionales y funcionarios públicos tienen obligación especial de enseñar con el ejemplo, de proteger y fomentar la integridad y reputación de sus familias, compañías, profesiones y del gobierno mismo; una persona sensible a la ética evita incluso la apariencia de deshonestidad, y emprende cualquier acción necesaria para corregir y evitar la conducta impropia en los demás.
CARACTERÍSTICAS DE LA ÉTICA PROFESIONAL Tres son las características fundamentales de la ética profesional: 1. Es absoluta. Significa que su validez no se encuentra supeditada a normas extrañas, sino que por el contrario, es ella la que determina. 2. Es universal. Significa que obliga a todos los profesionales que se encuentran en igualdad de circunstancias. 3. Es inviolable. Significa que por su propia naturaleza, no pierde valor, aunque sea incumplida.
LA ÉTICA Y EL CONTADOR PÚBLICO La profesión contable es por excelencia una profesión autorregulada. La vida del contador público que tiene ética es necesariamente distinta de los que no la tienen, su comportamiento, sus hábitos de vida, su forma de pensar, de valorar las situaciones, de decidir, son distintos porque se llevan a cabo a la luz de la ética y porque tienen distintos niveles de significado. Los profesionales y particularmente los contadores públicos tenemos una amplia gama de principios y normas de ética. Por otra parte, dentro de la profesión de contador público, probablemente la auditoría es la especialidad que le presta más importancia a la ética, debido a que está presente en toda la extensión de su trabajo, sea en condición de auditor interno, auditor externo, auditor de organizaciones privadas o auditor gubernamental.
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Auditoria nº, Abril 2016 Pero, ¿qué se entiende por ética? o ¿cómo interpreta la ética, el profesional contable? Alvin A. Arens señala que la ética puede definirse en un sentido amplio como un conjunto de principios o valores morales; Ray O. Whittingthon define la ética como el estudio del juicio moral y de las normas de conducta; y la International Federation of Accountants (IFAC) la define como una ciencia normativa cuyo objeto es el estudio de la bondad o maldad de los actos humanos, tanto en lo que respecta a sí mismos como en función de la sociedad. Y, ¿qué son los valores morales? Los valores morales son aquellas condiciones que perfeccionan al hombre en lo más alto de la escala de valores, puesto que tienen que ver con las causas finales de todos sus actos, son las razones más altas que los hacen trascender de todos sus actos infrahumanos e inframorales, le dan sentido a toda su existencia, su razón misma de vida y participación en lo absoluto.
PRINCIPIOS Y NORMAS DE ÉTICA EN LA AUDITORÍA Muchas organizaciones profesionales y de auditoría han emitido principios y normas de ética, generalmente bajo la forma y denominación de Códigos de Ética, que son un conjunto de reglas de conducta que ha decidido adoptar la profesión organizada de contador público. Ante la sociedad, son reglas autónomas y ante los individuos que se agrupan en la institución profesional, constituyen reglas obligatorias en función del vínculo jurídico que los une. Debe entenderse sin embargo, que estos conjuntos normativos son guías mínimas de orientación o criterio, porque el accionar concreto del contador público o auditor en situaciones particulares, reside en los principios generales de los propios códigos y en los principios de la ciencia ética inscritos en el interior del hombre.
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REPORTAJE
Responsabilidades Condicionantes de la Actuación del Auditor. Responsabilidad (civil, penal, administrativa, social y profesional) en contextos de actuación.
En toda organización el informe de un auditor es de gran importancia, con él se procura cumplir ciertas expectativas requeridas por instituciones pública, privada o que la junta de administración solicite el mismo.
Arquimedes Talavera Vice-Presidente FENACOTEV Experto Contable en Experticia FUENTE: http://www.contraloria.gob.ec/documentos/normatividad/MGAG
Cap-VIII.pdf http://www.auditoriapublica.com/hemeroteca/PAG%2057-70.pdf
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Auditoria nº, Abril 2016 La administración es responsable de adoptar políticas de contabilidad sanas y de establecer y mantener el control interno que permita, entre otras cosas, registrar, procesar, resumir y presentar información financiera congruente con las afirmaciones de la administración, incluidas en los estados financieros. La responsabilidad del auditor consiste en dar una opinión sobre los estados financieros. Como lo afirma Grisanti (2014:29), el Contador Público “(…) en el ejercicio profesional de su actividad contrae un conjunto de responsabilidades legales como consecuencia de su actuación, responsabilidades éstas de diversa naturaleza”. Por tanto, el profesional de la contaduría pública, debe ser responsable por el ejercicio de la actividad para el cual está capacitado de acuerdo al grado universitario obtenido, responsabilidad que podría tener consecuencias de acuerdo con la mala praxis por negligencia o dolo en el ejercicio de su profesión. Tales responsabilidades se comentan a continuación.
inobservancia de los deberes impuestos por reglamentos u ordenanzas) que su actuación pueda ocasionar a terceros, fundamentalmente a los propios accionistas de la sociedad y los acreedores de ésta. Esta responsabilidad tiene un carácter esencialmente reparador, no penal. Responsabilidad administrativa del Auditor. El auditor asume la responsabilidad administrativa siempre y cuando se manifieste en sus actuaciones haber incurrido en infracciones u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; tal responsabilidad administrativa se traduce en la posibilidad de que sea sancionado por incumplimiento de la normativa, en concreto, por la normativa (NIAs) que estipula los aspectos inherentes al desarrollo de la auditoría, por acciones u omisiones; es decir, por una actuación incorrecta, como por la pasividad en el cumplimiento de sus obligaciones preventivas; en consecuencia esta responsabilidad es independiente de la penal y civil, cumple una función preventivopunitiva. (Grisanti, 2014). Responsabilidad penal del auditor. En virtud del principio de tipicidad, los delitos deben ser claramente establecidos por las leyes. Siendo los de mayor tradición que podría cometer un contador público en el ejercicio de sus funciones la falsedad, el fraude procesal y el encubrimiento.
Responsabilidad civil del auditor. En el ejercicio de su actividad profesional los auditores pueden incurrir en 2 tipos de responsabilidades, la primera de naturaleza contractual derivada de su relación con la sociedad a la que auditan, mientras que la segunda es de naturaleza extracontractual en lo que se refiere a los daños (imprudencia, la impericia , la
En cuanto el auditor incurre en delito y éste encaja dentro de las figuras derivadas tradicionales: falsedad, incumplimiento de los deberes de denunciar, testificar y mantener secreto; participación del auditor en los delitos de su cliente. El derecho penal se decanta por la figura delictiva y la responsabilidad más habitual será la de falsedad, pues el informe de auditoría se configura como un documento mercantil. Sin perder de vista que la
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Auditoria nº, Abril 2016 investigación y represión del delito corresponde de manera oficiosa al Estado. La responsabilidad del auditor ha de limitarse a las cuentas anuales de la empresa y expresadas en un informe de auditoría. Y cuando sea evidente que no ha sido sustentada además de su juicio profesional, en el estricto cumplimiento de las normas de auditoria generalmente aceptadas que regulan toda actuación. Este informe puede utilizarse como prueba documental judicial. La opinión del auditor es radical implica una visión única de la empresa conllevando responsabilidad por su manifestación, el fondo del problemas es ontológico lo que está en juego con la responsabilidad, es el ser o no ser de la profesionalidad, porque la auditoria es una función social que tiene por objeto la fiabilidad de las cuentas anuales que surgen y la exigencia de la normativa legal por tener función social la contabilidad.
El auditor que cayese de responsabilidad cae en un cataclismo ontológico más que jurídico, aunque la responsabilidad se demande en el campo legal queda afectada su profesionalidad. El auditor responderá directa y solidariamente y también subsidiariamente si pertenece a una sociedad de auditoria aunque no haya firmado el informe, ante la empresa auditada y frente a terceros, por los daños y perjuicios que se deriven de su actuación.
El Auditor antes de iniciar un trabajo profesional debe suscribir un Contrato por escrito, mediante el cual pacta el tipo de servicios que se compromete a prestar a un cliente, en este contrato se debe especificar la tarea a realizar, el tiempo para efectuarlo, los honorarios profesionales y su forma de pago, entre otros. Responsabilidad moral del auditor. Desde el punto de vista de la organización social, la responsabilidad moral se diferencia de la responsabilidad jurídica por su carácter interno. La responsabilidad moral se refiere principalmente al carácter interno de las conductas (la conciencia o intención de quien ha actuado), sin importar aspectos externos como el hecho de que éstas hayan sido descubiertas o sancionadas. Por el contrario, los procesos jurídicos no son necesariamente procesos de intención (por ejemplo, la prescripción del delito de robo por el mero transcurso del tiempo puede invalidar la responsabilidad jurídica sin invalidar la responsabilidad moral). La responsabilidad moral ocupa un lugar cada vez más importante en la opinión pública cuando la adjudicación de la responsabilidad jurídica a través de los tribunales es insuficiente para cerrar casos como son, por ejemplo, escándalos de corrupción ligados al ocultamiento de cifras en la contabilidad de empresas, derramamiento de petróleo en zonas naturales, financiamientos ilegales de campañas y escándalos de corrupción política. La responsabilidad moral es la imputación o calificación que recibe una persona por sus acciones desde el punto de vista de una teoría ética o de valores morales particulares. Se trata entonces de la responsabilidad que se relaciona con las acciones y su valor moral. Desde una ética consecuencialista, dicho valor será dependiente de las consecuencias de tales acciones. Sea entonces al daño causado a un individuo, a un grupo o a la sociedad entera por las
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Auditoria nº, Abril 2016 acciones o las no-acciones de otro individuo o grupo. En general, la responsabilidad moral es aquella que induce al auditor a preservar la integridad de su esencia y de su mundo contra los actos que atenten contra su accionar ético, pues esta depende de sus acciones basadas en el valor moral; en consecuencia debe aplicar prácticas de riguroso control a aplicar sobre su propio trabajo, evitando aquellas actividades que le distraigan, entorpezcan sus funciones, saber que debe asegurarse si está cumpliendo las normas y políticas de manera eficaz.
cualquier gestión, busca participar activamente en las organizaciones de la sociedad civil (clientes y comunidades) mediante su gestión de manera que pueda mejorar sus resultados sociales o solidarios y dar cuenta de ellos a todas las personas comprometidas por su actividad además de motivar y sumar cada vez más colaboradores.
Responsabilidad social del auditor. La Responsabilidad Social en la actuación del Contador permite una actitud ética que evalúe las implicaciones de una decisión, por un lado la consideración para con el ente económico en el que se desempeña y, por el otro, la dignidad de los sujetos que la misma podría implicar. Conceptualizando la responsabilidad social del auditor, la misma es considerada como el conjunto integral de políticas, prácticas y programas centrados en el respeto por la ética, las personas, las comunidades y el medio ambiente; es una combinación de aspectos legales, éticos, morales y ambientales, una decisión voluntaria, no impuesta. De acuerdo a De Souza, Suzacq y Torrendell (2009:32) el Contador Público “(…) posee un rol eminentemente social ya que el servicio que brinda surge de la complejidad de las transacciones económicas financieras entre los hombres, y su responsabilidad social se vincula al hecho de ser depositario de la fe pública”. Es por lo anterior que se deriva la responsabilidad social, puesto que su trabajo debe orientarse no sólo al bien de las organizaciones, sino también al bien general.
Puede decirse con propiedad que además de evaluar, medir y controlar
Sobre la base de las dimensiones éticas de Kant y Cortina (S/F), los valores éticos de las organizaciones como la responsabilidad social, se consideran el medio más efectivo para lograr el fin empresarial. Cabe recordar que hasta hoy él mismo gira alrededor de la “riqueza social, crear riqueza humana, satisfacer necesidades humanas con calidad a través de la obtención de beneficios, porque si no, no hay manera de que la empresa pueda seguir adelante, para satisfacer necesidades de calidad”. Las organizaciones deben asumir los derechos legados por los colectivos y la ciudadanía en general, esta forma de asumirlo los lleva a ser y actuar como agentes morales con responsabilidad en la protección de su propia existencia y de las expresiones de vida que conviven con ellas. Esta tendencia hace del Contador un interlocutor y no un instrumentalizador en la satisfacción de las necesidades de información y control social (lo que hasta el momento lo obligan los códigos de ética). Cabe mencionar, el Código de Ética para profesionales de la Contabilidad (2010), estipula “una característica que identifica a la profesión contable es que asume la responsabilidad de actuar en interés público. En consecuencia, la responsabilidad de un
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Auditoria nº, Abril 2016 profesional de la contabilidad no consiste exclusivamente en satisfacer las necesidades de un determinado cliente o de la entidad para la que trabaja; por tanto, al actuar en el interés público debe observar y cumplir con los requisitos éticos. En síntesis, la responsabilidad social se cumple en la medida que la información presentada por el auditor tenga confiabilidad y credibilidad para la toma de decisiones acertada; debido posee una responsabilidad como profesional, denotada por la obtención a gran escala, de principios y reglas de conducta anexos a la actividad contable, para aplicarlos en la ayuda y mejoramiento oportuno de la calidad de vida de la sociedad, estandarizando conceptos sociales para mejorar el entorno en el cual se desarrolla. Responsabilidad profesional del auditor. La labor ejercida por los contadores públicos, al igual que ocurre con otras profesiones liberales, tiene un marco de responsabilidades que deben cumplirse para que su trabajo sea llevado adelante de manera satisfactoria. Los contadores públicos por excelencia son aquellos que ejercen su profesión de manera independiente, esto es, los auditores externos, quiénes tienen como actividad principal emitir un dictamen para dar fe pública sobre estados financieros de las empresas que los contratan a tales fines. Un contador público, ya sea por negligencia o complicidad, que emita una opinión diferente a lo que las circunstancias indican, puede causar serios perjuicios a los terceros que confían en su labor, lo cual le podría generar graves consecuencias de muy diversa naturaleza.
Para Ruíz (2013:12) la principal responsabilidad que tiene el profesional contable es mantener sus conocimientos, habilidades y destrezas actualizadas, acordes con las leyes venezolanas y con las normas que rigen la actuación del profesional de contaduría pública en Venezuela. Asimismo, es responsable que debe mantenerse actualizado con los pronunciamientos emitidos por la Junta de normas de contabilidad internacional (IASB) y por el código de ética internacional, emitido por la Federación internacional de Contadores Públicos (IFAC). De esta manera, el Contador Público en su ejercicio profesional como auditor, debe cumplir con lo establecido en la Ley del ejercicio de la Contaduría Pública, su Reglamento, Estatutos y el Código de Ética. En síntesis, el auditor asume una responsabilidad civil, administrativa, penal, moral, social y profesional, al cumplir con lo que se ha comprometido a hacer, al preocuparse por mantener actualizados sus conocimientos, fomentar las habilidades y destrezas necesarias para ejercer de la mejor manera sus funciones, para contar con las capacidades requeridas para realizar trabajos de auditoría.
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REPORTAJE
Las Sanciones Impuestas a los Auditores: Un indicador de la calidad de las auditorías.
Mediante un análisis de las sanciones a los auditores, hechas públicas a nivel mundial, se consideran sus aspectos más relevantes y se medita sobre las repercusiones. Existe una profunda preocupación por el deterioro sufrido por la información financiera que perjudica a los mercados financieros. Uno de los pilares en que se asienta esta confianza es la profesión auditora y los informes emitidos por los auditores.
José M. Pulido S. Contralor de FENACOTECV Área Contaduría General
FUENTE: https://dialnet.unirioja.es
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Auditoria nº, Abril 2016 Los escándalos conocidos han llevado a una remodelación de la profesión. En este artículo se estudia cómo han actuado los controles públicos ante los auditores y sus repercusiones. Este control público, que puede terminar con la imposición de sanciones a los auditores y suponer un coste económico y de imagen para los mismos, se ha intensificado en los últimos, en detrimento de la autorregulación profesional. La materia disciplinaria en los Colegios y en la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela corresponde a los Tribunales Disciplinarios y a las Fiscalías, de conformidad con las disposiciones de este Reglamento. Los Tribunales Disciplinarios tienen la obligación de administrar justicia a los contadores públicos colegiados y velar que todos los casos de ejercicio ilegal de la profesión de la contaduría pública sean sancionados conforme a la Ley. Cualquier persona a quien se le atribuya la realización de un hecho contrario a la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública o a su Reglamento así como cualquier contador público que se considere infractor de las normas que lo rigen, se presume inocente y tiene derecho a que se le trate como tal, mientras no se establezca su culpabilidad mediante decisión definitivamente firme.
puede ser menor de seis meses ni mayor de dos años. La suspensión definitiva implica la pérdida de la condición de colegiado activo; se impondrá cuando el hecho conocido sea tipificado como delito por los tribunales competentes, siempre que se relacione con la profesión, y la decisión sea tomada por las dos terceras partes de los miembros del Tribunal de Honor y ratificada en Asamblea General, con el voto de por lo menos el diez por ciento del total de colegiados activos. Las sanciones acordadas por el Tribunal de Honor son definitivas y únicamente apelables ante la Asamblea de Presidentes de los Colegios Profesionales, de conformidad con el Reglamento de Apelaciones de dicho órgano.
Los Tribunales Disciplinarios garantizarán los principios constitucionales del debido proceso y el derecho a la defensa y mantendrán a las partes en los derechos y facultades que les corresponde, sin preferencias ni desigualdades.
ARTÍCULO 42. PROCEDIMIENTO. Las sanciones especificadas en el artículo anterior deben ser acordadas por el Tribunal de Honor y enviadas para su conocimiento y aprobación a la Junta Directiva, salvo el caso de suspensión definitiva que será aprobada por la Asamblea General, con el voto de por la menos el diez por ciento (10%), del total de colegiados activos.
SANCIONES Y RECURSOS ARTÍCULO 41. SANCIONES. Las sanciones que las autoridades del Colegio pueden imponer, por medio de sus órganos competentes, son las siguientes: Sanción pecuniaria, amonestación privada, amonestación pública, suspensión temporal en el ejercicio de su profesión y suspensión definitiva. La suspensión temporal en el ejercicio de su profesión, en ningún caso
ARTÍCULO 43. GRADACIÓN. La sanción pecuniaria debe regularse de acuerdo a la gravedad de la falta, entre un mínimo del equivalente a diez cuotas ordinarias anuales de colegiación y un máximo de cien cuotas. El tribunal de Honor, queda facultada para imponer gradualmente las sanciones que correspondan al sancionado, y en los casos de reincidencia, la sanción será la inmediata superior.
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Auditoria nº, Abril 2016 ARTÍCULO 44. OTRAS SANCIONES. El Colegio denunciará ante los Tribunales de Justicia correspondientes, a quienes se arrogasen el título académico de Contadores Públicos y Auditores, ejercieren actos que competen a dichos profesionales, sin tener título o habilitación especial a el que poseyendo el título profesional de referencia
esté inhabilitado temporalmente o haya sido suspendido definitivamente y en consecuencia esté inhabilitado para el desempeño de la profesión y la ejerciere. De igual manera se procederá contra el Contador Público y Auditor que coopere y preste su nombre, firma o sello, a personas que no son Contadores Públicos y Auditores.
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Auditoria nº, Abril 2016
REPORTAJE
La Auditoría del Futuro y el Futuro de la Auditoría.
¿Se puede auditar el futuro? ¿Sirve para algo opinar sobre lo que todavía no ha tenido lugar? ¿El informe de auditoría puede anticipar las situaciones de crisis de las entidades y, en consecuencia, de las economías? A priori, parece que la respuesta a todos estos interrogantes es negativa y se podría afirmar que “auditoría” y “futuro” son términos incompatibles. Nada más lejos de la realidad. No se puede “auditar el futuro”, pero sí analizar cómo una organización hace sus previsiones, cómo elabora sus proyecciones, cómo valora sus recursos o cómo gestiona sus riesgos. En un entorno económico-financiero cada vez más complejo, es fundamental mirar hacia adelante y prever oportunidades o problemas. Ahora más que nunca es preciso “auditar” las herramientas con las que gestionamos el futuro y no cabe duda de que el auditor juega un papel clave en este terreno.
Katiuzka Rivero Quiroz Tesorera FENACOTECV
FUENTE: Carlos Mas Presidente de PwC España
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Auditoria nº, Abril 2016 El sector de la auditoría y de la información financiera está en pleno cambio, porque también en un periodo de transición está el mundo en el que vivimos. Fenómenos como la crisis, la globalización y las nuevas tecnologías han cambiado la naturaleza de los negocios y han redefinido un concepto clave para que la economía funcione: la confianza. Conviene recordar que la transparencia es la materia prima con la que se fabrica la confianza y que una verdadera rendición de cuentas requiere que las compañías ofrezcan la información necesaria para conocer su situación real. Pero también que alguien independiente recopile, analice y estructure los datos con rigor y coherencia para que realmente lleguen y puedan ser interpretados de manera útil por todos los grupos de interés. El futuro de la auditoría pasa por reforzar el papel del auditor como generador de confianza, por lo que éste debe adaptar su actividad a un contexto más complejo.
Ampliar el alcance y la profundidad de su trabajo se revela como un paso necesario para entender en su plenitud un mundo empresarial condicionado por múltiples dimensiones.
El futuro también nos depara un modelo de información más completo, integrado y, sobre todo, entendible. De nada sirve hacer acopio de información si ésta no se procesa y se estructura para que sus destinatarios la entiendan. Ha llegado el momento de mirar más allá del balance y de la cuenta de resultados de una compañía, porque hay otros elementos que también influyen en sus resultados, en su funcionamiento o en su propia supervivencia.
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SOPA DE LETRAS CONTABLE Responde con verdadero o falso las siguientes cuestiones: El arte contable nació antes que la escritura, hace más de tres mil años antes de Cristo V F La contabilidad actual la inventó un hombre de negocios en el siglo XIX V F La ciencia contable se construye de axiomas invariables en el tiempo V F La información de las empresas es secreto profesional V F La normativa contable en nuestro país es obligatoria tanto para el tendero de frutas como para una multinacional V F El cálculo del beneficio contable de una misma empresa es igual en España, en Francia y en Estados Unidos V F Las normas internacionales de contabilidad serán obligatorias para todas las empresas a partir del año 2005 V F
Busca siete términos contables C U E N T A S A N U A U U R F O L A D E R U E X N K V A E N S Z N N A Y E I D R E S U L T B H S T I P T O D F O D V R C O R O L A R S E P P A S I V O L E
básicos: L E S A P C O I N N Y R T A D O N L G M I A T E A B A M
ESPACIOS EN BLANCO Rellene las letras que faltan de las siguientes afirmaciones: Aquellos a los que la empresa les debe dinero se llaman _______EEDORES Las aportaciones de los propietarios constituyen el CA_________________ Los bienes que se destinan a la venta sin transformación se llaman _______IAS Si la deuda es igual a doce meses hablamos de una obligación de pago a _______ plazo. El exceso del activo circulante sobre las deudas a corto plazo constituye el FONDO _____________ Los proveedores son a los acreedores, lo que los clientes a los _____________ La facturación de prestaciones de servicios se contabilizan como ______________
Revista creada por Alumnos de la UVM - Venezuela