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AÑO 1 VOL 1
AVANCES EN HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL | SEPTIEMBRE 2015 MENSUARIO INFORMATIVO DE LA CÁTEDRA DE HIGIENE Y SALUD INDUSTRIAL. INSTITUTO POLITÉCNICO SANTIAGO MARIÑO
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Br. Yeiny Santiano. C.I. 19.895.594 Cátedra de Higiene y Salud Industrial
EDITORIAL
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Prevenir o Lamentar S
in importar el modelo económico-político-social de un país, el énfasis siempre apunta hacia la productividad.
Pero de la misma manera en que un edificio no puede levantarse sin una buena y bien calculadada base y estructura, el recurso humano de cualquier empresa no podrá ser productivo a 100% si no se le garantiza el cubrimiento de sus necesidades básicas y primarias. (ComidaVivienda-Vestido). La buena salud integral que un empleado trae de su casa al enrolarse en una institución corportativa pública o privada, debe necesariamente ser acompañada con la implementación de normas y leyes que regulen y minimicen el riesgo ocupacional. Solo así el patrono podrá exigir y obtener el mejor rendimiento en su producción por parte de su personal. Solo así el personal será cada vez más calificado y tendremos una sociedad más productiva, proactiva, saludable y justa. La Editora
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CONTENIDO Editorial PREVENIR O LAMENTAR .............................................2 Actualidad ASPECTOS LEGALES QUE RIGEN LA HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL......................................4
EDICIÓN, CORRECCIÓN Y DISEÑO: ING. YEINI SANTIAGO. FOTOGRAFIAS: ARCHIVOS REVISTA MENSUAL HYSO. CIRCULACIÓN NACIONAL. EDICION SEPTIEMBRE 2015 @HYSODIGITAL / 0414-758.58.23 / HYSODIGITAL@GMAIL.COM
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4 EVOLUCIÓN HISTÓRICA
ASPECTOS LEGALES DE LA HYSO
L
A HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL SE ORIGINÓ COMO UN ESFUERZO INDIVIDUAL NO ORGANIZADO Y SIN LEYES EN LA ERA PREINDUSTRIAL, PUES LOS TRABAJADORES USABAN SU INSTINTO DE CONSERVACIÓN PARA DEFENDERSE DE LESIONES CORPORALES DURANTE EL TRABAJO
INICIO LEGAL DE PROTECCIÓN
DE ACCIDENTES DE LA OIT PARA REALIZAR INSPECCIONES
LEYES CON CARÁCTER ORGANIZADO, METÓDICO Y PREVENTIVO EN 1971 SE APRUEBA LA LEY DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL EN EEUU Y EN MUCHOS PAÍSES, CON LO QUE SE DESARROLLAN NORMAS CIENTÍFICAS, SE ORGANIZAN LOS TRABAJADORES Y LOS PATRONOS Y EL ESTADO EN TORNO A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS, MEJORANDO LAS CONDICIONES DE TRABAJO A TRAVÉS DE LA GESTIÓN PREVENTIVA OBLIGATORIA DE RIESGOS
AUNQUE HUBO ALGUNOS ESFUERZOS TEÓRICOS PARA ALERTAR SOBRE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL, NO SE EVITÓ QUE AL AUMENTAR LA INDUSTRIALIZACIÓN, SE AGUDIZAN LAS MALAS CONDICIONES DE TRABAJO. A PARTIR DE UN INCENDIO EN IRLANDA (600 MUERTOS) SE PROMULGÓ EN INGLATERRA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LOS LA PRIMERA LEY DE HYSO EN EL MUNDO ASPECTOS LEGALES DE LA HYSO
LEYES CON CARÁCTER DISCIPLINARIO SE CREA LA OIT, SE REALIZAN INSPECCIONES A LOS LUGARES DE TRABAJO, SE RESPONSABILIZA A LOS PATRONOS, Y EN 1917 SE CREA EL SERVICIO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN
EN VENEZUELA
LA FORMULACIÓN DE LA LEY DE MINAS EN 1909 SIGNIFICÓ EL INICIO DE LA REGULACIÓN LEGAL DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL EN VENEZULA MUCHO ANTES QUE EN OTROS PAÍSES DE LA REGIÓN
LAS INDUSTRIAS PETROQUÍMICAS CUENTAN CON AVANZADOS PROGRAMAS DE PREVENCIÓN PARA GARANTIZAR A SUS EMPLEADOS UNA APROPIADA SEGURIDAD OCUPACIONAL
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5 LUEGO CONTINUÓ DESARROLLÁNDOSE CON LA APROBACIÓN DE LA PRIMERA LEY DEL TRABAJO EN 1928, HASTA QUE EN 1936 SE CREA LA PRIMERA LEGISLACIÓN EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES LABORALES DENTRO DE LA NUEVA LEY DEL TRABAJO Y SU REGLAMENTO. ESTA LEY NO PROTEGÍA COMPLETAMENTE AL TRABAJADOR POR CONSIDERARLO RESPONSABLE DE LOS RIESGOS Y ACCIDENTES OCUPACIONALES EN 1944 SE CREA LA LEY DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO QUE PROTEGE AL TRABAJADOR ASEGURADO EN CASO DE ENFERMEDAD, MATERNIDAD, ACCIDENTE LABORAL, ENFERMEDADES PROFESIONALES, INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE, RESALTANDO LA CONSTRUCCIÓN DE UNA RED DE HOSPITALES EN LAS ZONAS DE MAYOR POBLACIÓN EN AÑOS POSTERIORES SE APRUEBAN OTROS REGLAMENTOS, HASTA QUE EN 1986 SE PROMULGA LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT), SIN EMBARGO ESTA LEY HA TENIDO RETRASOS EN
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LA PREVENCIÓN ORGANIZADA, SISTEMÁTICA Y EFICAZ DE RIESGOS LABORALES.
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO LA OIT APRUEBA CONVENIOS QUE ESTABLECEN NORMAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA LOS PAÍSES QUE LA RATIFICAN MEDIANTE INTEGRACIÓN EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL ALGUNOS DE LOS CONVENIOS MÁS BENEFICIOSOS PARA EL TRABAJADOR SON: • CONVENIO N° 115, SOBRE EXPOSICIÓN DE LOS TRABAJADORES A RADIACIONES IONIZANTES. ESTE CONVENIO PROTEGE A QUIENES TRABAJAN CON RAYOS X O EN PLANTAS NUCLEARES DE RECIBIR RADIACIONES CAPACES DE CAUSAR CÁNCER Y OTRAS DOLENCIAS • CONVENIO N° 119, SOBRE PROTECCIÓN DE LA MAQUINARIA. ESTABLECE LA OBLI-
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6 GACIÓN DEL PATRONO DE QUE SE INCLUYA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LOS OPERARIOS DE MAQUINARIA Y SE INCLUYA EN EL PLAN DE GESTIÓN DE RIESGOS.
EL TRABAJO COMO HECHO SOCIAL GOZA DE LA PROTECCIÓN DEL ESTADO, QUIEN DISPONDRÁ LO QUE HAGA FALTA PARA MEJORAR LAS CONDICIONES MATERIALES, MORALES E INTELECTUALES DE LOS TRABA• CONVENIO N° 127, SOBRE MÁXIMO DE JADORES . (ART. 89) CARGA TRANSPORTADO POR UN TRABAJADOR. NO SE DEBE EXIGIR QUE EL TRABAJA- EL ARTÍCULO 84 GARANTIZA EL DERECHO DOR CARGUE MÁS PESO DEL QUE PUEDA A LA SALUD DE TODOS LOS VENEZOLANOS, AFECTAR SU SALUD. LAS MUJERES CARGA- INCLUYENDO POR SUPUESTO A LOS TRABARÁN MENOS PESO QUE LOS HOMBRES. JADORES, ADEMÁS DE LA PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES. • CONVENIO N° 155, SOBRE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES. CADA PAÍS ART. 83 LA SALUD DE LOS TRABAJADORES DEBERÁ ADELANTAR UNA POLÍTICA NACIO- ES UN DERECHO HUMANO. NAL COHERENTE EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y ART. 85 EL ESTADO DEBE FINANCIAR EL SISMEDIO AMBIENTE DE TRABAJO PARA PRE- TEMA PÚBLICO DE SALUD AL QUE TIENEN VENIR LOS ACCIDENTES Y LOS DAÑOS A LA ACCESO LOS TRABAJDORES SALUD QUE SEAN CONSECUENCIA DEL TRABAJO ART. 86 GARANTIZA EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES A LA SEGURIDAD SOCIAL
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EL DERECHO A CONDICIONES DE SEGURI- (LOTTT) Y SU REGLAMENTO
DAD, HIGIENE Y AMBIENTE DE TRABAJO ADECUADOS TIENEN RANGO CONSTITU- TANTO LA LEY COMO SU REGLAMENTO RECIONAL (ART. 87) GULAN LAS CONDICIONES Y RELACIONES
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7 JURÍDICAS EMANADAS DEL TRABAJO COMO HECHO SOCIAL. EL ESTADO PROTEGERÁ Y EXALTARÁ EL TRABAJO, LA DIGNIDAD DEL TRABAJADOR Y ESTABLECERÁ NORMAS PARA EL MEJOR CUMPLIMIENTO DE SU FUNCIÓN COMO FACTOR DE DESARROLLO, BAJO EL ESPÍRITU DE LA JUSTICIA SOCIAL Y DE LA IGUALDAD. ART. 43 TODO PATRONO GARANTIZARÁ CONDICIONES DE SEGURIDAD, HIGIENE Y AMBIENTE DE TRABAJO ADECUADOS, Y SON RESPONSABLES POR LOS ACCIDENTES LABORALES Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
QUE DEBA PRESTARSE EL TRABAJO DE MANERA QUE NO AFECTEN FÍSICA NI MENTALMENTE AL TRABAJADOR. LAS CONVENCIONES COLECTIVAS NI LOS CONTRATOS INDIVIDUALES PODRÁN ESTABLECER CONDICIONES INFERIORES A LAS FIJADAS POR LA LEY.
REGLAMENTO DE LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
ART. 2 LOS PATRONOS ESTÁN EN LA OBLIGACIÓN DE HACER DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRABAJADORES, LOS RIESGOS ESPECÍFICOS DE ACCIDENTES DE TRABAJO A LOS CUALES PUEDAN ESTAR EXPUESTOS Y LAS ARTÍCULO 44 LOS PATRONOS DEBEN GA- MEDIDAS DE PREVENCIÓN A UTILIZAR. RANTIZAR QUE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN DISPONGAN DE FACI- TODO TRABAJADOR DEBE HACER USO ADELIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS CUADO DE LAS INSTALACIONES DE HIGIENE FUNCIONES.. Y SEGURIDAD, LOS EQUIPOS PERSONALES ART. 156, 157 Y 158 EL TRABAJO SE LLEVARÁ A CABO EN CONDICIONES DIGNAS Y SEGURAS, QUE PERMITA A LOS TRABAJADORES EL DESARROLLO DE SUS POTENCIALIDADES Y PLENO RESPETO A SUS DERECHOS HUMANOS. LOS TRABAJADORES Y LOS PATRONOS PODRÁN CONVENIR LAS CONDICIONES EN
DE PROTECCIÓN; E IGUALMENTE COLABORAR CON EL PATRONO PARA ADOPTAR LAS PRECAUCIONES NECESARIAS PARA SU SEGURIDAD Y LA DE LAS DEMÁS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN EL LUGAR DE TRABAJO (ART. 3) ART. 80. LAS INDUSTRIAS CONSIDERADAS
EN NUESTRO PAÍS. LOS ACCIDENTES LABORALES Y OCUPACIONALES SE HAN INCREMENTADO EN CASI UN 50% SECÚN CIFRAS EXTRA-OFICIALES
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8 PELIGROSAS NO PODRÁN EMPLEAR VARONES MENORES DE 18 AÑOS Y MUJERES EN LAS FAENAS QUE DEMANDEN ESFUERZOS MUSCULARES CONSIDERABLES, NO PODRÁN PARTICIPAR TRABAJADORES QUE PADEZCAN DE HERNIAS ARTÍCULO 84, SE ESTABLECE QUE TODA EMPRESA, ESTABLECIMIENTO O LUGAR DE TRABAJO, ESTARÁ PROVISTO DE AGUA FRESCA Y POTABLE EN CANTIDAD SUFICIENTE PARA EL USO DE LOS TRABAJADORES, IGUALMENTE, DEBEN EXISTIR SANITARIOS.
LOPCYMAT ART. 53 CONT. DENUNCIAR LAS CONDICIONES INSEGURAS O INSALUBRES DE TRABAJO Y VIOLACIÓN A LAS CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, ACOMPAÑAR A LOS FUNCIONARIOS DE INSPECCIÓN, SER REUBICADOS DE SUS PUESTOS DE TRABAJO, EXPRESAR SUS IDEAS Y OPINIONES, Y ORGANIZARSE PARA LA DEFENSA DEL DERECHO A LA VIDA, A LA SALUD Y A LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO. SER PROTEGIDOS DEL DESPIDO O SANCIÓN POR HABER HECHO USO DE LOS DERECHOS CONSAGRADOS EN ESTA LEY
ART. 122 A 145 EL PATRONO GARANTIZARÁ BUENAS CONDICIONES EN CUANTO A ART. 56 LOS EMPLEADORES DEBEN ADOPTAR VENTILACIÓN, ILUMINACIÓN, RUIDOS, VI- LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIBRACIONES, HUMEDAD, TEMPERATURA Y ZAR CONDICIONES DE SALUD, HIGIENE, SERADIACIONES DAÑINAS DE CALOR SE ESTABLECE UNA SECCIÓN PARA LA PROTECCIÓN RADIOLÓGICA Y UN SISTEMA DE SERVICIOS MÉDICOS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS ACCIDENTADOS
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9 DURANTE LA CAPTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, LOS RECLUTADORES SE CONCENTRAN EN LA IMAGEN, Y NO SE PROFUNDIZA EN LAS CONDICIONES LABORALES GURIDAD Y BIENESTAR EN EL TRABAJO, ASÍ COMO PROGRAMAS DE RECREACIÓN, UTILIZACIÓN DEL TIEMPO LIBRE, DESCANSO Y TURISMO SOCIAL E INFRAESTRUCTURA PARA SU DESARROLLO. DEBEN ADAPTAR EL TRABAJO DE ACUERDO A LOS AVANCES TECNOLÓGICOS CONTRA RIESGOS, CONSULTAR A LOS TRABAJDORES EN LA MATERIA, INFORMAR Y CAPACITAR EN PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN, INFORMAR SOBRE CONDICIONES DE RIESGO EXISTENTES, ESTÁ PROHIBIDO EL ACOSO LABORAL Y/O SEXUAL, Y LA DISCRIMINACIÓN. DEBEN ORGANIZAR Y MANTENER SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL LUGAR DE TRABAJO. ART. 61 TODA EMPRESA DEBERÁ DISEÑAR UNA POLÍTICA Y ELABORAR E IMPLEMENTAR UN PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, ESPECÍFICO Y ADECUADO A SUS PROCESOS, EL CUAL DEBERÁ SER PRESENTADO PARA SU APROBACIÓN ANTE INPSASEL ART. 62 EL EMPLEADOR DEBE: IDENTIFICAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO INSEGURAS, EVALUAR LOS NIVELES DE INSEGURIDAD Y LLEVAR UN REGISTRO, CONTROLAR LAS CONDICIONES INSEGURAS EN LA FUENTE, EN CASO DE NO SER POSIBLE, UTILIZAR COMO COMPLEMENTO LA UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. ART. 67 LOS FABRICANTES, IMPORTADORES Y PROVEEDORES DE MAQUINARIA, EQUIPOS, PRODUCTOS Y ÚTILES DE TRA-
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10 BAJO ESTÁN OBLIGADOS A GARANTIZAR OCASIONEN LAS ENFERMEDADES OCUPAQUE ÉSTOS NO CONSTITUYAN UNA FUENTE CIONALES O LOS ACCIDENTES DE TRABAJO. DE PELIGRO PARA EL TRABAJADOR ART. 100 DEBER DEL PATRONO DE REINGRESAR AL TRABAJADOR A SU PUESTO DE ART 72 EN LAS ENFERMEDADES OCUPACIO- TRABAJO AL FINALIZAR LA DISCAPACIDAD NALES DE CARÁCTER PROGRESIVO, EN LAS TEMPORAL. CUALES EL PROCESO PATOLÓGICO NO SE DETIENE, AUN CUANDO A EL TRABAJADOR LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA SE LE SEPARE DE SU AMBIENTE DE TRABA- DE SEGURIDAD SOCIAL JO, LA RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR CONTINÚA VIGENTE, HASTA QUE PUDIERE ART. 1 EL ESTADO GARANTIZA LA SALUD Y ESTABLECERSE SU CARÁCTER ESTACIONA- LAS PRESTACIONES A LOS TRABAJADORES RIO. ANTE ACCIDENTES O EN- F E R M E D ES , ART. 74 PUEDEN NOTIFICAR AL INPSASEL LOS ACCIDENTES DE TRABAJO O UNA ENFERMEDAD OCUPACIONAL, EL PROPIO TRABAJADOR, SUS FAMILIARES, EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, OTRO TRABAJADOR O EL SINDICATO. EL INPSASEL TAMBIÉN PODRÁ INICIAR DE OFICIO LA INVESTIGACIÓN ART. 78 EL ESTADO PAGARÁ LAS PRESTACIONES DINERA-
RIAS DEL RÉGIMEN PRESTACIOEL MARKETING CORPORATIVO ESTÁ A LA ORDEN NAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABADEL DÍA EN LAS GRANDES EMPRESAS. PERO SE JO CORRESPONDIENTES A LOS DAÑOS QUE MINIMIZA CONSTANTEMENTE LA FORMACIÓN DE LOS EMPLEADOS EN CUANTO A SUS DERECJHOS LABORALES Y DE SALUD OCUPACIONAL.
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11 DISCAPACIDAD, NECESIDADES ESPACIALES, PÉRDIDA INVOLUNTARIA DEL EMPLEO, DESEMPLEO, VEJEZ, VIUEDAD, Y CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA SUSCEPTIBLE DE SEGURIDAD SOCIAL
NORMAS DE LA COMISIÓN VENEZOLANA DE NORMAS INDUSTRIALES
ART. 94 EL ESTADO PROMOVERÁ EL TRABAJO SEGURO Y SALUDABLE, EL CONTROL DE LAS CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, LA PREVENCIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES Y LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LOS TRABAJADORES ANTE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD OCUPACIONAL, MEDIANTE PRESTACIONES DINERARIAS Y NO DINERARIAS, POLÍTICAS, PROGRAMAS, SERVICIOS, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL Y LA CAPACITACIÓN PARA INSERCIÓN AL MERCADO DE TRABAJO.
COVENIN 2254-85 CALOR Y FRÍO. LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES.
NORMA COVENIN 2260-88 PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL. ART. 81 SE ESTABLECE LA INDEMNIZACIÓN ASPECTOS GENERALES. DINERARIA POR PÉRDIDA INVOLUNTARIA DEL EMPLEO COVENIN 1565-85 RUIDO OCUPACIONAL.
COVENIN 2250-85 VENTILACIÓN DE LOS LUGARES DE TRABAJO. COVENIN 2259-87 RADIACIONES IONIZANTES. LÍMITES ANUALES DE DOSIS EQUIVALENTE. PARA EL PATRONO, LOS RECURSOS HUMANOS SON REEMPLAZABLES, PARA LOS EMPLEADOS UN ÓRGANO PERDIDO ES UNA TRAGEDIA.
ART. 95 SE CREA EL RÉGIMEN PRESTACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO QUE GARANTIZA A LOS TRABAJADORES LAS PRESTACIONES CONTEMPLADAS. AMPARA A LOS TRABAJADORES EN LA PROMOCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO, LA PREVENCIÓN DE LAS ENFERMEDADES Y ACCIDENTES OCUPACIONALES Y OTRAS MATERIAS COMPATIBLES, ASÍ COMO EN LA PROMOCIÓN E INCENTIVO DEL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE RECREACIÓN, UTILIZACIÓN DEL TIEMPO LIBRE, DESCANSO Y TURISMO SOCIAL.
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12 COVENIN 2238-85 RADIACIONES NO IONI- COVENIN 2274-1997: SERVICIOS DE SALUD ZANTES. MEDIDAS DE SEGURIDAD. OCUPACIONAL EN CENTROS DE TRABAJO. REQUISITOS. COVENIN 2249-85 ILUMINANCIAS EN TAREAS Y ÁREAS DE TRABAJO. COVENIN 2275-1991: INDUSTRIAS ÓOACTIVIDADES CONSIDERADAS COMO PELIGROCOVENIN 2253-85 CONCENTRACIONES AM- SAS O INSALUBRES. BIENTALES MÁXIMAS PERMISIBLES EN LUGARES DE TRABAJO. COVENIN 2340-1:1989: MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LABORATORIOS. PARTE I. GENERAL. COVENIN 2237-85 ROPA, EQUIPOS Y DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. SELEC- COVENIN 2340-2:1986: MEDIDAS DE SEGUCIÓN DE ACUERDO AL RIESGO OCUPACIO- RIDAD EN LABORATORIOS. PARTE II. BIOSENAL. GURIDAD. COVENIN 474-84 REGISTRO, CLASIFICACIÓN COVENIN 3057-1993: (ISO/IEC-51) GUÍA Y ESTADÍSTICAS DE LESIONES DE TRABAJO. PARA LA INCLUSIÓN DE ASPECTOS DE SEGURIDAD EN NORMAS. COVENIN 2270-88 COMITÉ DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL. INTEGRACIÓN Y COVENIN 3153-1996: TRABAJO EN ESPAFUNCIONAMIENTO. CIOS CONFINADOS. MEDIDAS DE SALUD OCUPACIONAL. COVENIN 2273-85 PRINCIPIOS ERGONÓMICOS DE LA CONCEPCIÓN DE LOS SISTEMAS COVENIN 3159-1995 (ISO 4226): CALIDAD DE TRABAJO. DEL AIRE.
FUENTES CONSULTADAS • • • • • • • • • • •
http://es.slideshare.net/LittleMonsterIvan/antecedentes-hstoricos-de-la-seguridad-e-higiene-industrial http://www.slideshare.net/nicanorterrero1/el-origen-y-evolucin-de-la-seguridad-industrial-y-laboral http://www.proseguridad.com.ve/seguridad-laboral/historia-de-la-seguridad-industrial/ http://www.derechos.org.ve http://pdba.georgetown.edu/Parties/Venezuela/Leyes/constitucion.pdf http://www.minamb.gob.ve/files/leyes/ley_del_trabajo.pdf http://www.inpsasel.gob.ve/moo_doc/rchts.pdf http://www.mindefensa.gob.ve/documentos/LOPCYMAT.pdf http://www.ivss.gob.ve/sites/all/themes/ivss/Leyes/Ley_Organica_SSS.pdf http://www.sencamer.gob.ve/sencamer/normas/2260-88.pdf http://www.pcanzoategui.org.ve/normas_seguridad.html
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