La democratización

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Universidad Mariano Gálvez de Guatemala Facultad de Humanidades Centro Universitario Jutiapa Curso: Introducción a la Economía Cuarto Ciclo, Sección “B” Docente: Lic. Ronald Remberto Martínez Reyes

Proceso Presupuestario de Guatemala

Estudiantes: Yenifer Melissa Barrera Ronquillo

Carné: 5971-13-13472

Jutiapa de 03 de Noviembre del 2014.


Tabla de Contenidos Introducción Democratización del Presupuesto en Guatemala Presupuesto de Guatemala (2014) •

Menor Presupuesto

Menor Seguridad

Conclusión Recomendación Bibliografía


Introducción

La producción de un presupuesto resulta clave para la administración financiera. Esta herramienta te ayudará a planificar, desarrollar y usar presupuestos de manera efectiva en tu organización Si tienes un firme entendimiento de principios sobre elaboración de presupuestos, entonces estarás bien situado para una firme dirección financiera. Si utilizas esta herramienta junto con otras, como se ha indicado, aumentarás la capacidad de tu clasificación a la hora de dirigir su efectividad financiera. También, incrementarás su capacidad de supervivencia a lo largo del proceso de previsión y planificación.


La Democratización del Presupuesto en Guatemala El proceso de discusión y aprobación del Presupuesto General del Estado que le tocará al Presidente electo para el año 2012 ya ha finalizado, y en ese sentido, es fundamental tocar el tema de la falta de transparencia presupuestaria existente en Guatemala, y en cómo ésta no solo provoca ineficiencia y arbitrariedad en el gasto público, sino también una falta de fiscalización por parte de los órganos de control del Estado sobre las entidades gubernamentales en la ejecución de los fondos públicos. El presupuesto del gobierno se obtiene de los tributos que recauda de los ciudadanos que eligen a los funcionarios públicos que lo administrarán y ejecutarán de forma tal que protejan sus intereses y derechos. Ya que todos los ciudadanos participan en la formación del presupuesto, éstos tienen el derecho de exigir que se les informe de qué forma se gestionan los fondos que le dieron al gobierno para funcionar, y crear así una auténtica democratización del presupuesto.

Falta de Transparencia Presupuestaria Es preciso indicar primero que el proceso de discusión y aprobación del presupuesto comienza con la elaboración de los anteproyectos de presupuesto que cada entidad debe realizar al finalizar cada año y presentar al Ministerio de


Finanzas, que elaborará el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, de conformidad con el informe de evaluación de la ejecución de la política general del Gobierno que le envía la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia. Este proyecto de presupuesto se envía a la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda del Congreso de la República para que evalúe el contenido del mismo y lo modifique si considera necesario, y lo presente al pleno para que lo discuta. Finalmente, una vez aprobado, se emite el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, que es ejecutado por cada órgano estatal bajo una fiscalización interna realizada por las Unidades de Auditoría Interna (UDAI), y una fiscalización externa a cargo de la Contraloría General de Cuentas (CGC). Al discutir el presupuesto, únicamente los diputados que integran la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda pueden influir en su elaboración, por lo que los diputados que no pertenezcan a ella solo podrán comentarlo en la discusión del mismo en el Pleno. Asimismo, el Congreso de la República no cuenta con información suficiente al discutir el presupuesto, pues no se evalúan los programas a los que se destinarán los fondos públicos, sino únicamente los montos que se asignarán y sus motivos generales. Por otro lado, el Congreso de la República no participa en las modificaciones al presupuesto una vez que éste se ejecuta. En efecto, la Ley Orgánica del Presupuesto indica que las transferencias y modificaciones presupuestarias durante la ejecución del presupuesto se realizan por acuerdo gubernativo, por lo que al final del ejercicio fiscal se obtiene un gasto público diferente al que fue originalmente aprobado por el Congreso, sin mayor fundamentación. Aunque en el pasado la participación del Congreso en los cambios del presupuesto aprobado no ha sido una experiencia tan positiva, es fundamental que cualquier modificación que se lleve a cabo cuente con una justificación sobre el impacto que tendrá en las metas definidas, así como también una explicación sobre las diferencias entre los gastos aprobados y los gastos efectivamente ejecutados, tomando en cuenta los objetivos trazados al comenzar el año.


Comisión de Finanzas Públicas y Moneda del Congreso de la República Según la Ley Orgánica del Presupuesto, el Organismo Ejecutivo debe hacer una evaluación anual sobre el cumplimiento de los planes y políticas implementadas, y en función de los resultados de esta evaluación es que se identifican las prioridades presupuestarias, así como también los planes y programas que se ejecutarán, según las necesidades reales del país. A esto se le llama Plan de Desarrollo de Nación, en donde se especifican tanto los objetivos nacionales a largo plazo como las estrategias que se utilizarán para alcanzarlos, y que sirve de base para la elaboración de los Planes Operativos Anuales (POA) que cada entidad estatal debe realizar. En este sentido, los cambios que cada año se hacen al presupuesto deben responder a un análisis sistemático que tome en cuenta los objetivos trazados y las metas establecidas en los POA.

Sin embargo, en la práctica las entidades estatales no elaboran los anteproyectos de presupuesto basados en sus POA ni en el Plan de Desarrollo de Nación, y lo que es peor, la CGC, órgano encargado de la control externo del funcionamiento del Estado, no toma en cuenta en sus auditorías el cumplimiento de metas, objetivos y estrategias, pues se limita a fiscalizar el cumplimiento de procedimientos legales y de administración interna. Esto provoca que la elaboración del presupuesto no esté fundamentada en las necesidades reales del país, sino que atienda a las propuestas hechas por el Presidente electo, y quede a discreción de cada gobierno de turno. La CGC debe contar con un Plan Operativo Anual en donde incluya los objetivos que cada entidad estatal se propone cada año y las estrategias que emplearán para cumplirlos, y hacerse público en lenguaje claro, conciso y sencillo para que toda la ciudadanía pueda conocer lo que hace el gobierno en cada ámbito de su funcionamiento.


Contraloría General de Cuentas (CGC) de Guatemala Al auditar a un órgano estatal, la CGC formula hallazgos sobre anomalías en la ejecución de sus fondos públicos, que deben ser respondidas y explicadas por la entidad en cuestión. No obstante, los responsables no siempre responden, y las sanciones que la CGC les impone son tan bajas que muchos órganos estatales prefieren absorber el costo de las sanciones impuestas en lugar de responder a los cuestionamientos realizados por la CGC. Y debido a que la fiscalización que hace la CGC se da en esencia sobre el cumplimiento de procedimientos legales, la auditoría que se practica no va dirigida a evaluar si se plantearon metas y objetivos, o si estos fueron cumplidos. Para rematar, la ley no obliga a la CGC a hacer públicas las auditorías realizadas por lo que, aunque se publican en algunos sitios de internet, el contenido de la publicación es discrecional. La Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas debe obligar a la CGC a publicar de determinada forma los informes de auditoría, e incluso a publicar si el hallazgo encontrado a cada entidad estatal en auditorías anteriores fue subsanado satisfactoriamente.

La ejecución del gasto público es también fiscalizada a nivel interno por las UDAI, creadas por un Acuerdo del Jefe de la Contraloría General de Cuentas, que existen en todos los organismos estatales, y que deben contar con recursos y facultades suficientes para auditarlos de forma adecuada. No obstante lo anterior, las entidades estatales descuidan exageradamente a las UDAI, existiendo órganos estatales que no cuentan con responsables o delegados de auditoría interna, que no tienen procedimientos de control interno, que no llenan las metas determinadas en los planes anuales de auditoría, e incluso que no cuentan siquiera con una unidad de auditoría interna. Un importante número de órganos estatales es sancionado levementeal año por la CGC por no cumplir con las normas relativas a auditoría interna, debido a la falta de interés por parte de las autoridades del Estado para controlar internamente a su personal. Es imprescindible reconocer a las UDAI por medio de una Ley ordinaria, y dotarlas de recursos humanos, técnicos y financieros para que logren desempeñar sus funciones eficientemente. Asimismo, deben estandarizarse por medio de Ley los reportes que entregan las UDAI a la CGC, para que cuenten con las mismas formalidades, contenido, lineamientos, así como también la publicidad de los mismos para que la ciudadanía pueda conocerlos.


Por otro lado, el involucramiento ciudadano en los procesos de elaboración, discusión, ejecución y fiscalización del presupuesto es deficiente. En la fase de formulación del presupuesto la participación de los ciudadanos es prácticamente nula, pues no existe una normativa que obligue a hacer pública la información durante la fase de formulación del presupuesto, no hay mecanismos que permitan incorporar la opinión de la población en general, y no se elabora una presentación sencilla del mismo que pueda ser dirigida a la población en general para que esté informada sobre la forma en que se pretende distribuir y ejecutar el gasto público. Es necesario establecer canales de comunicación entre el Estado y la ciudadanía que permitan a aquél conocer las verdaderas necesidades de los diferentes sectores del país, y que sean incorporadas al proyecto de presupuesto que se elabore, fomentando políticas de descentralización y empoderamiento de las comunidades. Asimismo, es imperativo desarrollar documentos del Presupuesto General de la Nación que sean comprensibles para la totalidad de la población, y que expliquen de una manera sencilla la forma en que se gastarán los fondos públicos.

Participación Ciudadana En la fase de discusión del proyecto de presupuesto en el Congreso de la República, es posible que los ciudadanos puedan asistir a las sesiones del pleno y obtener, tanto el proyecto de presupuesto elaborado por el Ministerio de Finanzas, como el Dictamen del mismo redactado por la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda del Congreso, en el sitio web del Congreso de la República y en el del Miniserio de Finanzas. Por otro lado, durante la fase de ejecución del presupuesto, la ley obliga al Presidente de la República a presentar al Congreso, cada cuatro meses, un informe sobre la ejecución presupuestaria, y cada año, un informe sobre la realidad del país y el estado de los negocios de su administración, y a hacer públicos dichos documentos. No obstante, los informes


van dirigidos a identificar los fondos ejecutados y los productos generados, pero no a determinar el impacto del gasto público al finalizar cada año. En la actualidad, el Estado publica la información sobre los renglones presupuestarios y su ejecución dentro del Sistema de Contabilidad Integrado (SICOIN), un sitio web que sirve para consultar los pagos ejecutados o en proceso del gobierno, así como también las transferencias presupuestarias que se realicen. No obstante, la información que se publica en el SICOIN es muy compleja, y únicamente personas con capacidades técnicas en temas contables y financieros del presupuesto puede acceder a ellos y comprenderlos. Es imperativo desarrollar documentos del Presupuesto General que sean comprensibles para la totalidad de la población, con información clara y sencilla sobre la forma en que se gastarán los fondos públicos. Finalmente, en la fase de fiscalización del presupuesto, el acceso a la información es muy escaso, pues no existe una ley que obligue a la CGC a publicar la misma durante su fiscalización, y únicamente puede ser accesada hasta después de finalizar el período de auditoría. La Ley General de Presupuesto debe obligar la publicidad absoluta de los actos y la información del presupuesto en todas sus fases, para permitir a la población tener conocimiento del mismo en todo momento.

Finalmente, el control que se tiene sobre los funcionarios públicos y su actuación es rudimentario y poco efectivo. Según la Ley de Información Pública, cada entidad estatal debe publicar el número y nombre de todos los funcionarios públicos que laboran en ella, así como también sus salarios, honorarios, dietas, bonos, viáticos y cualquier otra remuneración económica percibida. No obstante lo anterior, no todos los órganos estatales cumplen con esta normativa, pues varios dejan fuera los montos de dietas, viáticos y gastos de representación, o bien, los sueldos de los viceministros y ministros. Asimismo, según la Ley de Probidad y Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados Públicos, los funcionarios públicos deben presentar una declaración patrimonial de bienes ante la CGC antes de ejercer el cargo público y al finalizar el mismo. No obstante, las declaraciones patrimoniales no son públicas, lo que complica la detección de enriquecimientos ilícitos, y la Subcontraloría de Probidad, que es la encargada de examinar todas las declaraciones presentadas, cuenta con pocos recursos para llevar dicha función de forma eficaz.


Control ciudadano sobre el funcionario público Debe exigirse la aplicación de la Ley de Acceso a la Información que obliga a los funcionarios públicos a publicar todas las remuneraciones económicas que perciban en el ejercicio de su cargo, así como también las declaraciones patrimoniales de bienes que presenten los funcionarios públicos antes de entrar al cargo y al finalizar el mismo, e incluso hacerlos disponibles en la Internet. De esta manera, la ciudadanía podrá conocer los recursos económicos del funcionario, para determinar si su patrimonio creció de forma desmedida en el ejercicio del cargo. En este sentido, es fundamental tipificar el delito de Enriquecimiento Ilícito, que castiga el excesivo incremento en el patrimonio de un funcionario público respecto de sus ingresos en el ejercicio de sus funciones, y que no pueda ser justificado. El delito de Enriquecimiento Ilícito entró en vigencia en Guatemala el año 1996, pero fue derogado en 1997, por lo que su ausencia ha facilitado la gran cantidad de desfalcos y actos de corrupción que han ocurrido desde esa época. El alto nivel de falta de transparencia presupuestaria en Guatemala permite a los órganos estatales ejecutar los fondos públicos con una discrecionalidad tal que se convierte en desviación de poder, sin fiscalización adecuada por parte de los órganos internos y externos de control, ni una efectiva rendición de cuentas que penalice a los servidores públicos por una mala gestión. El sistema presupuestario actual cuenta con graves deficiencias en su contenido y regulación que abren la puerta a la corrupción en el manejo de los fondos públicos. Es muy importante que se fortalezcan las entidades fiscalizadoras del Estado para impedir que los fondos sean despilfarrados y malversados por medio de actos de corrupción, así como también que toda información relativa al presupuesto sea pública y de fácil acceso para cualquier persona que lo solicite. Pero lo más importante de todo es que la población guatemalteca reconozca su responsabilidad en el asunto y se invoclure de forma enérgica creando mecanismos de auditoría social y actuando a través de ellos. Es muy sencillo: si el pueblo calla, el gobierno dispone.


Presupuesto de Guatemala (2014) Aunque el presupuesto general para 2014 contempla un incremento de Q 3,578 millones más, especialmente para funcionamiento, los fondos que se asignarían a las entidades encargadas de mantener la seguridad e impartir la justicia en Guatemala se reducen. Por Luis Martínez Balcárcel De los Q70 mil 564 millones que el gobierno exige sean aprobados para el Presupuesto General de 2014, Q4 mil 403 millones corresponderían a solventar los gastos del Ministerio de Gobernación, una cantidad menor en Q25 millones si se compara con los Q4 mil 428 millones que se asignaron a dicha cartera en el presupuesto del año anterior. El proyecto de presupuesto 2014 asciende a Q70 mil 564 millones, Q3 mil 578 millones más que el actual, de Q66 mil 985 millones. De esa cifra, según el Ministerio de Finanzas Públicas, Q45 mil 317 millones están dirigidos a gastos de funcionamiento; Q14 mil 547 millones para inversión pública, y Q6 mil 996 millones a pago del servicio de la deuda. Según el consultor económico y catedrático universitario Nicholas Virzi, el presupuesto debería reorientarse hacia los tres grandes pactos: combate a la desnutrición, seguridad democrática y justicia, y “entre las prioridades de Guatemala es urgente que se avance en la lucha contra el crimen organizado”, subrayó. Y es que a pesar de que el Gobierno afirma tener “avances” en materia de seguridad, un informe de monitoreo de violencia presentado por el Grupo de Apoyo Mutuo (GAM) donde se analizan los meses de enero a septiembre del 2013, muestra que en el lapso de estos meses existe un total de 4 mil 647 muertes violentas, entre hombres y mujeres, una cifra superior a la presentada por las autoridades. Por otro lado, el analista de la Universidad Francisco Marroquín (UFM) Edgar Ortiz, señala que aunque existiese un incremento en el presupuesto designado a seguridad y justicia éste sería irrelevante, pues las cifras con que actualmente se trabaja no cuentan con una ejecución adecuada ni priorizada de las necesidades. En cuanto al Organismo Judicial (OJ), su presidente Gabriel Medrano, recientemente señaló que el incremento de 2% a su presupuesto para 2014, con lo que llegaría a Q1 mil 570 millones resulta insuficiente para poder continuar con la política de expansión de nuevos juzgados con relación al incremento de la población y las necesidades de impartir justicia en el país, por lo que un presupuesto acorde sería de al menos Q 2,437 millones de incremento, señaló.


Menor presupuesto, menor seguridad Aunque existe un incremento presupuestario en lo que respecta al Ministerio de la Defensa Nacional (Q2 mil 78 millones con respecto a los Q2 mil 37 millones asignados del año anterior), dentro de las labores constitucionales que corresponden a esta cartera no compete la seguridad ciudadana, a menos que se trate de una amenaza externa; pues es esta la función que tiene un Ejército dentro de un país que se considera “democrático”. Al notar un incremento de 5.3% en las muertes violentas en el año 2013 respecto a 2012, se puede comprender que el presupuesto ejecutado durante este año, en la cartera de Gobernación, por ejemplo, y que significa una cifra mayor a la que se trabajaría si se aprueba el proyecto presupuestario para 2014, no se lograrían alcanzar los objetivos de reducir los asesinatos, las olas de asaltos e incrementar el número de agentes y fortalecimiento de la Policía Nacional Civil (PNC), entidad designada para prestar la seguridad ciudadana del país. Según un documento presentado por el GAM demuestra que en ninguno de los meses transcurridos de enero a septiembre de 2013 ha existido una reducción en cuanto a temas de violencia. Además, reportan un incremento del 4.5% en comparación al año anterior en violencia contra menores de edad, tomándose en cuenta heridos y muertos. Asimismo, señalan que las profesiones con mayor vulnerabilidad a padecer de la violencia que azota al país son los comerciantes, los campesinos y los pilotos de transporte colectivo. El incremento general en cuanto a violencia es del 5% respecto al año 2012.


Conclusión

Una de las principales debilidades reflejadas en el estudio se encuentra en la falta de procedimientos normativos y prácticos que permitan la evaluación de desempeño de los funcionarios judiciales, por lo que las decisiones sobre traslados, ascensos y aumentos salariales se realizan sin fundamentos claros.

La mayor parte de instituciones que componen el sector justicia no existen códigos de conducta que rijan el actuar de los empleados y los existentes son deficientes, pues no son de carácter vinculante y carecen de sanciones.


Recomendaciones

Defender los mecanismos de selección, contrato y remoción del servicio civil de las instituciones que componen el sector justicia, para evitar cualquier tipo de mediación externa a los procesos previamente trazados.

Razones y procedimientos similares deben aplicarse en lo referente a ascensos para funcionarios de las instituciones y la distribución o asignación de tareas acordes con las descripciones de los puestos de cada funcionario


BibliografĂ­a http://lfuego.blogspot.com/2011/12/la-democratizacion-del-presupuesto-en.html


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