Revista digital

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VICTIMOGENESIS Revista Digital

1era Edición. Editorial Falcón Febrero 2016

Víctima y Violencia

Zully Manaure

-Dinámica Victimal -Pareja Panal -Violencia de Género


Victimogテゥnesis

Aテ前 1. __________________________________________________1era ediciテウn

V

ICTIMOGENESIS

1


Victimogénesis

ÍNDICE

Contenido

Pág.

EDITORIAL……………………………………………………………………..

3

Victimología Siglo XXI……………………………………………………….

4

VICTIMOLOGÍA Y VICTIMOLOGÍA DOGMÁTICA………………………..

6

Dinámica Victímales……………………………………………………

6

La pareja Penal: víctima y el autor del delito………………………..

6

Víctima primaria, secundaria y terciaria……………………………..

7

La víctima frente a los agentes del Estado………………………….

8

TIPOS DE VIOLENCIA………………………………………………………

11

Violencia de Género…………………………………………………

11

-Antecedentes y evolución histórica legislativa general………

11

-Ley Especial (Análisis del instrumento)………………………….

13

-Tipos de violencia de género……………………………………..

14

-Mujeres agresoras y hombres víctimas………………………….

20

Violencia Sexual………………………………………………………

22

-Concepto y tipologías……………………………………………

22

-Consecuencias de la agresión sexual……………………………

24

-Aproximación a la realidad………………………………………

24

-Aproximación

a

la

realidad

criminológica

de

la

violencia

sexual…………………………………………………………………

25

Violencia en Niños y Adolescentes…………………………………..

26

-Aspectos específicos………………………………………………

26

-Factores que modulan la reacción a un acontecimiento traumático en niños y adolescentes………………………………

29

-Manifestaciones clínicas…………………………………………..

32

-Aspectos forenses………………………………………………….

35

SABÍAS QUE………………………………………………………………………

39

GLOSARIO…………………………………………………………………………

40

BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………….

44

2


Victimogénesis

EDITORIAL ¿Cuál es el daño psicológico en víctimas de delitos violentos? La evaluación del daño psíquico (quantum

doloris)

sufrido en las

víctimas es muy importante para poder planificar y elaborar su tratamiento psicológico, así como para tipificar los daños penales y establecer una compensación incapacidad

adecuada

laboral.

Los

o

determinar

delitos

la

violentos

(agresiones sexuales, terrorismo, delitos de sangre o violencia familiar) generan con mucha frecuencia un trastorno de estrés postraumático, así como otros cuadros clínicos asociados (depresión, problemas psicosomáticos, abuso de alcohol y drogas), además de una inadaptación a la vida cotidiana. El 'maltrato' institucional contribuye a agravar el daño psicológico. Es cierto, y como reseña Echeburúa en uno de sus estudios criminológicos, los médicos forenses – a veces, no siempre, más preocupados por la búsqueda de pruebas- no siempre han tenido la sensibilidad adecuada ante el estado psicológico de la víctima. En otras ocasiones la propia prueba pericial, donde se pone a prueba la salud mental o se cuestiona la credibilidad del testimonio de la víctima, provoca una victimización secundaria. Por eso es importante una mayor atención hacia la víctima. Aunque son poco frecuentes las denuncias falsas en los casos de agresiones sexuales, hay que estar 'vigilantes' durante la evaluación ya que pueden darse cuando existe venganza por sentimientos de ‘despecho’, relaciones consentidas bajo los efectos del alcohol de las que posteriormente la víctima se arrepiente, embarazos no deseados, obtención de una indemnización, etc. Además, las víctimas indirectas (son las que sin ser directamente concernidas por el hecho delictivo, sufren por las consecuencias del mismo) de sucesos violentos también requieren de una evaluación psicológica. Por ejemplo, una madre que ha sufrido un impacto brutal tras la agresión sexual y posterior asesinato de su hija.

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Victimogénesis En la presente edición de la Revista Victimogénesis se presenta un estudio detallado de las víctimas en los delitos violentos y su confrontación con el sistema judicial penal, aunado a los que es la tipología de la violencia, buscando ahondar en sus lectores la necesidad de un alto a la violencia.

Saber es poder….

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Victimogénesis

V

ictimología y Visionarios

Por Zully Manaure

La Victimología es el estudio de la víctima, así podríamos explicar de primera mano su complicado y amplio concepto, sin embargo, esta palabra que encierra una ciencia extensa, incluye como protagonista a cuantos son propensos a ser víctimas de un delito, esto desde su aspecto lógico, como por ejemplo los atracos, los bancos, los timos, los campesinos o turistas. En este sentido, según la definición dada en el Primer Simposio sobre Victimología celebrado en Jerusalén, Israel, del 2 al 6 de septiembre de 1973, la Victimología es el estudio científico de las víctimas del delito o, como diría GULOTTA, es "la disciplina que tiene por objeto el estudio de la víctima de un delito, de su personalidad, de sus características biológicas, psicológicas, morales, sociales y culturales, de sus relaciones con el delincuente y del papel que ha desempeñado en la génesis del delito". Pero como el concepto de Victimología no es el tema central del presente estudio, voy a limitar el análisis del problema conceptual de la ciencia y simplemente me adhiero a la definición propuesta por Mendensohn, ya que consideraba a la ciencia como independiente de la Criminología, al decir: Que es la ciencia sobre las víctimas y la victimidad. Es necesario destacar que la victimo dogmática constituye un punto de encuentro entre la dogmática penal y el movimiento victimológico, derivado de la interacción víctima-delincuente. Para la victimo dogmática algunas bien de forma dolosa o imprudente a la propia victimización, lo que puede influir en la responsabilidad criminal del delincuente, hasta incluso erradicarla, es decir, se establece la participación de la víctima en el hecho criminal. Lo que se intenta desde la victimo dogmática es reinterpretar la dogmática jurídico – penal hacia planteamientos victimológico.

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Victimogénesis

El punto de arranque de Mendensohn surge cuando afirma “Durante siglos, el criminal ha pertenecido únicamente como noción abstracta. Es hasta la segunda mitad de siglo pasado, como consecuencia de una revolución de pensamiento, que el criminal se convierte en un sujeto de estudio por una ciencia positiva. En nuestros días, la víctima se impone también a nuestra atención como una rama especial de la ciencia positiva.” Es así que revisando el analizas histórico hecho por este maestro vemos como, la primera ciencia se ocupa de la terapéutica y de la profilaxis anticriminal, teniendo como criterio al criminal; la segunda se ocupará de la terapéutica y de la profilaxis que tienen como objeto la personalidad de la víctima, desde este punto de vista y asociando a contrarios, fue así como el citado Mendelshon estableció la relación delincuente-víctima, que la denominó pareja- penal, como partes necesarias. Es aquí en donde empezamos a entrar en nuestro estudio, que trata, precisamente, sobre las relaciones entre la víctima y victimario (pareja penal) y las relaciones que producen la confusión de los victimarios con su víctimas y la equivalencia de esas calidades (pareja delincuencial). Desde el punto de vista popular, es decir, en sentido común, el criminal y la victima son radicalmente diferentes; desde el punto de vista jurídico esto es verdadero, aunque hay algunas excepciones. Tradicionalmente se consideró al delincuente agresor y a la víctima inocente, hasta que la nueva disciplina reveló la relatividad de las culpas y la lógica interpersonal, haciendo tabla rasa de un maniqueísmo de siglos.

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Victimogénesis

Victimología y Victimología Dogmática 1.

Dinámica victímales El hecho victimal es dinámico y depende de una serie de factores y circunstancias. Los lugares, las situaciones victímales influyen así como la idea de proximidad, el cómo se produce la víctima. El criminal ha de estar cerca de la víctima y a la vez que ésta esté alejada de quienes le pueden auxiliar. La proximidad es un riesgo: la familiar, profesional o física o social. También la cercanía a una zona criminógena suele producir la zona victimógena.

La primera es donde surgen los criminales, aprenden y se refugian y la segunda es donde ejercen su actividad. Estas zonas pueden o no coincidir. Se sabe que los delincuentes actúan donde no suelen ser conocidos pero que ellos controlan y no suelen realizar grandes desplazamientos, un ejemplo son los violadores que se mueven en un mismo barrio. Por otra parte, el aislamiento o la lejanía hacen más vulnerable al sujeto, carece de protección del grupo, falta de su instinto gregario, entre otras… Además hay otros factores para explicar la dinámica victimal, ¿cómo surge la víctima? En función de su condición económica, de su disponibilidad de tiempo libre, el incremento de automóviles en el tráfico rodado, Posee horario nocturno, la existencia de grandes superficies, entre otras cosas. 2. La pareja Penal: Víctima y el autor del delito Mendelshon fue el autor del término “pareja penal”, al hacer referencia a la relación existente víctima-victimario (delincuente). Henting y Mendelshon, 7


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cuando hablan de la pareja penal, denominación nueva para hablar de la víctima y del victimador, contribuyen a una nueva configuración del delito y a hablar de la víctima como un ente dinámico, capaz de influir en la configuración del hecho delictivo. En esta dinámica, podemos encontrar que la víctima puede intervenir en cuatro forma diferentes: a) La víctima puede ser la causa de la infracción: El centro de la relación lo ocupa una vinculación personal nacida de una fijación psíquica o física. b) La víctima puede ser el pretexto de la infracción: Existe una relación de mero contacto anterior al delito. c) La víctima puede ser el resultado de un consenso: Una relación semejante surge sólo y/o exclusivamente durante la comisión de un hecho (es importante si la víctima fue elegida de acuerdo a algún criterio o no). d) La víctima es el resultado de una coincidencia: Se caracteriza por el anonimato, por la calidad impersonal de la relación. Como ya hemos dicho, la pareja penal la componen víctima y victimario. En principio, en tanto que la pareja criminal los intereses son homogéneos, en la pareja penal son antagonistas. La pareja penal debe ser estudiada minuciosamente, en sus relaciones antes y después del delito, sólo así se podrá realizar un juicio adecuado. Estudiar al criminal sin estudiar a su víctima es inadecuado e incompleto; al estudiar el fenómeno criminal, deben tomarse en cuenta los siguientes factores: El infractor, La víctima, Las correlaciones biopsicosociales entre ellos. Las causas psíquicas profundas que producido la aproximación de los factores. Para entender mejor aún la relación entre la víctima y el victimario, es decir, la pareja penal, es necesario ahondar en las variables que se utilizan: el conocimiento y la actitud entre la víctima y el victimario

3. Víctima Primaria, Secundaria y Terciaria. -Victima Primaria La víctima primaria es el sujeto pasivo de un delito, esta experiencia supondrá diversas consecuencias en la víctima, de índole física, psíquica, económica, social, 8


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etc. Tras la comisión del delito, los daños que pueda sufrir la víctima, no sólo pueden ser daños físicos, sino que también un severo impacto psicológico. Tras una agresión la víctima se siente impotente con miedo a que la agresión se repita (ansiedad, angustia o abatimiento), e incluso sentimientos de culpabilidad con relación a los hechos. La respuesta de la sociedad no siempre es solidaria, en el mejor de los casos compasión. -Victima Secundaria La víctima secundaria nace fundamentalmente de la necesaria intersección entre un sujeto y el complejo aparato jurídico-penal del Estado. “Consecuentemente, la victimización secundaria se considera aún más negativa que la primaria porque es el propio sistema el que victimiza a quién se dirige a él pidiendo justicia y porque afecta al prestigio del propio sistema. Está constituido por el daño que experimenta la víctima de un delito como consecuencia de su interacción con el sistema judicial (policías, fiscales, jueces, abogados, etc.). Pongamos para su mejor comprensión, un ejemplo común en los Tribunales: una mujer víctima de violación es sometida al interrogatorio de la defensa de su ofensor y las preguntas del abogado en cumplimiento de su función garantista, tienden a tergiversar la intervención de esa mujer en el delito, tratando ese defensor de demostrar; que se produjo la violación como consecuencia de un acto provocador o de excitación sexual de esa mujer. A la afectación originalmente causada por el delincuente se suma ese cuestionamiento del defensor, que daña indefectiblemente a la víctima, cubriéndola de vergüenza y generando el consecuente rechazo de esta persona hacia ese proceso legal en que supuestamente se le está haciendo justicia a su caso. -Victima Terciaria Refiere al conjunto de costes de la penalización tanto sobre quien la soporta en propia persona como sobre terceros. La victima terciaria procede, principalmente, de la conducta posterior de la misma víctima; a veces, emerge como resultado de las 9


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vivencias y de los procesos de adscripción y etiquetamiento, como consecuencia o “valor añadido” de las victimizaciones primaria y secundaria precedentes. Las victimas Terciarias en muchos casos está constituida por la comunidad en general, es decir contra la población total. También se denomina a los efectos que sufren los familiares y amigos de las víctimas. Aunado a ello, la victima terciaria engloba a su vez al delincuente, en ocasiones el delincuente puede convertirse en una víctima institucional, en determinadas situaciones se le puede considerar víctima de unas estructuras injustas, circunstancias que le llevarán a la comisión del delito. Esta marginación social es debida al interés de determinados grupos dominantes, con ello quieren seguir con esa posición de privilegio. Es con estos delincuentes con los que el estado utilizará toda su fuerza. Al hablar de victimización terciaria, se puede pensar que se produce una primera victimización debido a esas estructuras injustas, pero una vez que se entra en la prisión se produce la victimización penitenciaria, se produce fundamentalmente por el hacinamiento, sobrepoblación de los centros penitenciarios.

4. La Víctima Frente a Los Agentes Del Estado. En términos de criminología e investigación policial, las víctimas fueron las grandes olvidadas. Históricamente no se ha prestado especial interés a la víctima, salvo en aquellos casos en los que pudiera ayudar a resolver aspectos relevantes de un crimen. Por suerte, en los últimos años esta visión de la víctima ha ido evolucionando y hoy día, cada vez más, se hace patente la importancia de una adecuada profesionalización de los cuerpos susceptibles de entrar en contacto con las víctimas, de cara a un correcto trato de las mismas.

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Esbec, (1994), con notable acierto, se refiere que, hasta hace poco tiempo, la víctima era considerada como una prueba más dentro del Proceso Penal: solo importaba su testimonio para incriminar al delincuente. El objetivo para el Sistema Policial, era el esclarecimiento del hecho criminal y la atención se centraba en el "gran protagonista": el autor del delito. Todos los esfuerzos estaban concentrados en la captura el delincuente, lo que supone un gran desafío para los agentes de policía, teniendo que estructurar y planificar de forma minuciosa su trabajo para lograr ese objetivo. Es necesario acotar que el papel que desempeñan los Cuerpos de Seguridad en relación a la víctima es de vital importancia. En muchas ocasiones son el primer grupo profesional que entra en contacto con la víctima, en otras, está en sus manos la identificación y localización de las mismas. A lo largo de los años, no se ha tomado en especial consideración el estudio de las víctimas de hechos delictivos; tradicionalmente se ha puesto especial énfasis en el estudio del delincuente, y de las posibles causas que le llevan a realizar las conductas delictógenas, relegando el papel de la víctima a un segundo plano. Siguiendo el hilo histórico conductor encontramos que en el año 1985, el Comité de Ministros del Consejo de Europa aprobó el 28 de junio una serie de recomendaciones encaminadas a mejorar la situación de la víctima en el derecho y ante los agentes del estado. (Landrove, 1998). En este aspecto, los agentes de los Cuerpos de Seguridad, quizás centrados más en la investigación, puedan mostrarse fríos y distantes al sufrimiento de familiares. Desde este colectivo profesional se debe intentar dar una acogida en función de cómo se encuentren las personas en ese momento, y dar a entender que comprenden y sienten la situación por la que están pasando. Hay tener en cuenta que los familiares de la víctima son también víctimas de lo ocurrido; muchas veces a estos familiares de la víctima se les suele catalogar como víctimas indirectas o víctimas secundarias.

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VictimogĂŠnesis

GuĂĄrdalo en tu mente

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Victimogénesis

TIPOS DE VIOLENCIA

Violencia de Género 1. Antecedentes de la violencia de Género

Desde las épocas más remotas de la cultura humana se ha manifestado siempre la subordinación de las mujeres respecto a los hombres. Este fenómeno no se ha limitado sólo a concebir la inferioridad femenina, sino que ha trascendido las fronteras

de

incluso

a

lo

comportamientos

racional, hasta

manifestarse

llegar

mediante

agresivos,

que

acreditados por el patriarcado y ratificados luego por las sociedades ulteriores, conforman la ya histórica y universal violencia de género.

En la India, los testimonios más antiguos aseguran que si la mujer enviudaba era quemada viva junto al cadáver del esposo en una ceremonia llamaba Sati, acto este que quedaba incluido dentro de las obligaciones como esposa. Además la mujer infecunda era repudiada, al igual que la que gestaba sólo hijas; y en las comunidades de Irán y Etiopía, el nacimiento de una mujer era una deshonra, siendo, incluso, este vocablo sinónimo de bajeza, debilidad y desgracia.

La situación legal de la mujer, según las normas islámicas, es sumamente discriminatoria. La mujer, a partir del casamiento, adquiere la condición de propiedad privada del marido. El Corán estipula como deber del hombre pegarle a la esposa rebelde, así como el encierro perpetuo de las infieles en la casa. El castigo corporal no está limitado, es legítima facultad masculina sobre su cónyuge, de modo que se exonera de responsabilidad penal al esposo cuya mujer falleciere como resultado de una golpiza con fines “educativos”. 13


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En Europa, específicamente en Burdeos, Francia, en 1359 se estableció por costumbre que cuando un hombre mataba a su esposa en un exceso de cólera, siempre que se confesara arrepentido mediante juramento, no era castigado. La Edad Media no trajo diferencias sustanciales: los nobles golpeaban a sus esposas con la misma regularidad que a sus sirvientes. Esta práctica llegó a ser controlada en Inglaterra, denominándose “Regla del Dedo Pulgar“, referida al derecho del esposo a golpear a su pareja con una vara no más gruesa que el dedo pulgar para someterla a su obediencia, tratando así de que los daños ocasionados no llevaran al fallecimiento de la víctima . También en esta época, en familias de “sangre azul”, la mujer podía ser utilizada como instrumento de paz a través de matrimonios entre Estados, decisión que se tomaba sin tener en cuenta la opinión de la posible desposada.

Aún en el siglo XX se aprobaron leyes como el Decreto-Ley aprobado por Arabia Saudita, Kuwait, Emiratos Árabes, Irán e Irak, firmado en 1990, donde se permite asesinar a las mujeres de la familia si incurren en adulterio o deshonra, para lo cual es posible apedrearlas hasta la muerte. Datos como estos son los que demuestran que en el curso de la vida de la humanidad ningunos derechos han sido pisoteados tanto como los de las mujeres.

Esta

situación

lamentablemente

no

llegado

a

su

ha

fin. En la

actualidad las cifras reales del problema no se conocen en su totalidad, pues muchas mujeres no denuncian tales hechos;

pero

las

informaciones existentes son indicadores de preocupación , como el caso del continente americano, en el que Costa Rica tiene una de cada dos mujeres siendo víctima de agresión por parte de su pareja; en Puerto Rico, el 50 % de las mujeres víctimas de 14


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homicidios o asesinatos mueren en manos de sus ex -esposos o esposos actuales; en México el 61% de las amas de casa son golpeadas por su pareja, mientras que en Argentina esto ocurre a una de cada cuatro mujeres, en Chile a un 80 % de las féminas y en Ecuador a un 68% aproximadamente.

Los otros continentes del planeta no son ajenos a esta situación, sino que la manifiestan con similares rasgos en sus porcentajes. Francia tiene el 95% de las víctimas de violencia entre las mujeres y de ellas el 51% fueron agredidas por sus maridos. En Pakistán el 99% de las amas de casa y el 77% de las mujeres asalariadas son golpeados por su pareja. Las estadísticas policiales en Australia muestran un 47% de feminicidios y en España en 1997 la cifra de delitos presentados fue de 4 343 agresiones contra la mujer, datos que en este último país denotan preocupación si analizamos los más recientes.

A modo de conclusión podemos señalar que la violencia de género es uno de los efectos colaterales del sistema patriarcal y androcéntrico en el que hemos nacido mujeres y hombres. Los rasgos esenciales de la violencia de género son su carácter sociocultural, multifacético, pluricausal, cíclico, asimétrico y antijurídico; debiendo ser necesariamente tratada desde un enfoque multidisciplinario. Debemos sistematizar el tratamiento del fenómeno violencia de género desde el estudio multidisciplinario: psicológico, sociológico, antropológico, sociocultural, pedagógico, entre otros. 2. Evolución histórica legislativa general.

La lucha de las mujeres en el mundo para lograr el reconocimiento de sus derechos humanos, sociales y políticos y el respeto a su dignidad, ha sido un esfuerzo de siglos, que tuvo una de sus expresiones más elevadas en la Declaración de los Derechos Humanos de la Mujer y la Ciudadana

en

1791.

Su proponente,

Olympe de Gouges, no logró que los

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Victimogénesis

revolucionarios franceses aprobaran tal declaración, y al contrario, su iniciativa fue una de las causas que determinaron su muerte en la guillotina.

Desde el punto de vista internacional los instrumentos jurídicos más relevantes en materia de los derechos humanos de las mujeres y, especialmente, en materia de violencia contra las mujeres son: 

Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979)

Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (1993).

Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo Naciones Unidas (1994).

Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Convención de Belem do Pará (1994).

IV conferencia regional sobre la integración de la mujer en el desarrollo económico y social de América Latina y el Caribe (1994).

IV conferencia mundial sobre la mujer. Beijing (1995).

Mujer 2000: equidad de géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI.

Dentro de los acuerdos nacionales que se han materializado para dar cumplimiento a los compromisos asumidos por el Estado Venezolano, encontramos: 

• La ley de igualdad de oportunidades para la mujer (1993).

• La resolución 1762 del Ministerio de Educación (1996).

• La ley orgánica de protección integral del niño y el adolescente (1998).

• La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).

• El anteproyecto de ley orgánica de salud (2002).

• Norma oficial para la atención integral de la salud sexual y reproductiva (2003).

• Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia (2007).

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3. Ley Especial (Análisis del instrumento).

En virtud de que es obligación del Estado atender, prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, debiendo expedir las normas legales que sirvan para tales fines, se establecieron en esta Ley todas las acciones y manifestaciones de la violencia, tanto en el ámbito intrafamiliar como fuera del mismo, dando paso a nuevas definiciones como la violencia institucional, mediática y laboral, entre otras, que afectan a las mujeres en diferentes espacios de su desempeño social. Con esta Ley se pretende crear conciencia en todos los sectores del país sobre el grave problema que constituye para la sociedad venezolana que se vulneren los derechos humanos de la mitad de su población, por ello es necesario trabajar en su instrumentación y garantizar el cumplimiento de la misma.

La Ley consagra un catálogo de medidas de protección y seguridad de inmediata aplicación por parte de los órganos receptores de denuncias, así como medidas cautelares que podrá solicitar al Ministerio Público y que

permitirá

salvaguardar la integridad física y

psicológica de la mujer y su entorno familiar, en forma expedita y efectiva. En este aspecto, destaca el fortalecimiento del programa que prevé la creación de las Casas de Abrigo, a nivel nacional, estatal y municipal, como una alternativa de acogida para los casos de amenaza inminente a la integridad de la mujer.

El Capítulo VI se inicia con el delito violencia psicológica, concebido como un tipo genérico que identifica aquellos actos capaces de atentar contra la estabilidad emocional y psíquica de la víctima. Como modalidades

agravadas de este tipo

penal se contemplan los delitos de acoso u hostigamiento y la amenaza, toda vez que constituyen acciones de carácter concreto y directo, que comportan una

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lesión del derecho de la víctima a actuar y decidir con libertad. La experiencia y las estadísticas en materia de violencia, muy especialmente en los casos de violencia doméstica e intrafamiliar, demuestran que en un importante número de casos las amenazas y las situaciones límites producto de acciones de acoso, coacción, chantajes, ofensas culminan en hechos de mayor entidad que derivan en atentados a la integridad física e incluso la muerte de la víctima.

La violencia doméstica es concebida como una modalidad agravada de la violencia física, en virtud que la autoría del hecho corresponde a la pareja, ex pareja o a una persona perteneciente al ámbito doméstico o familiar de la mujer, dando lugar a una sanción de mayor entidad. Las manifestaciones de violencia psicológica, amenazas u hostigamientos, entendidas como formas de este tipo de violencia, quedan reguladas en los tipos genéricos establecidos, correspondiendo a los jueces y juezas, determinar la entidad de la sanción según las circunstancias que concurran. Dentro de la categoría de delitos sexuales se incluyen dos tipos penales: Prostitución Forzada y Esclavitud Sexual, también lesivos del derecho a la libertad sexual, que constituyen tratos degradantes, anulando o limitando a su mínima expresión la libertad de autodeterminación y libre desenvolvimiento de la mujer, cuya comisión comporta para el autor, el procurarse u obtener beneficios económicos o de otra índole para sí mismo o para un tercero.

La

innovación en materia

de

regulación de conductas punibles, comprende los siguientes delitos: violencia

laboral, para

abordar

prácticas lesivas del derecho de la mujer

a

acceder,

mantenerse como

ascender

y

en el empleo, así

para preservar su derecho

a igual salario por igual trabajo; violencia patrimonial, referida a los actos

dolosos

detrimento

18

de

realizados sus

en

bienes


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económicos; violencia obstétrica, consistente en determinadas formas de maltrato debidamente definidas en la norma, ejecutados en contra de la mujer antes y durante el parto o durante una emergencia obstétrica; esterilización forzada, concebida como un atentado a la capacidad reproductiva de la mujer; la ofensa pública en razón del género realizada a través de los medios de comunicación o difusión masiva; la violencia institucional, ejecutada por los funcionarios o funcionarias públicos mediante acciones u omisiones que impiden u obstaculizan el acceso de la mujer a los derechos que le consagra la presente Ley, y por último, los delitos vinculados a la delincuencia organizada, tales como trata de mujeres, niñas y adolescentes y tráfico de mujeres, niñas y adolescentes, cuya regulación constituía un compromiso del Estado al suscribir y ratificar las obligaciones contenidas en las Convenciones y Tratados Internacionales.

Atendiendo a las necesidades de celeridad y no impunidad, se establece un procedimiento penal especial que preserva los principios y la estructura del procedimiento ordinario establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, ante un Juez o Jueza unipersonal para todos los casos, limitando los lapsos y garantizando la debida diligencia y celeridad por parte del Fiscal del Ministerio Público en la fase de investigación para que dicte el acto conclusivo que corresponda, como una forma de materializar una justicia expedita conforme lo consagra el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 4. Tipos de violencia de género.

Según el artículo 15. De la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

Se consideran formas de violencia de género en contra de las

mujeres, las siguientes: 1.

Violencia psicológica: Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia

constante,

aislamiento,

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marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio. 2.

Acoso u hostigamiento: Es toda conducta abusiva y especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una mujer que pueda atentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.

3.

Amenaza: Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él.

4.

Violencia física: Es toda acción u omisión que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer, tales como: Lesiones

internas

o

externas,

heridas,

hematomas,

quemaduras,

empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física. 5.

Violencia doméstica: Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad,

ascendientes,

descendientes,

parientes

colaterales,

consanguíneos y afines. 6.

Violencia sexual: Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.

7.

Acceso carnal violento: Es una forma de violencia sexual, en la cual el hombre

mediante

violencias

o

amenazas, constriñe a la cónyuge,

concubina, persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable

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de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, por alguna de estas vías. 8.

Prostitución forzada: Acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, entre otros esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer.

9.

Esclavitud sexual: Se entiende por esclavitud sexual la privación ilegítima de libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual.

10. Acoso sexual: Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relación. 11.

Violencia

laboral: Es

la

discriminación hacia la mujer en los centros

de

privados acceso

trabajo: públicos

que al

estabilidad

obstaculicen

empleo, ascenso

o su o

en el mismo, tales

como exigir requisitos sobre el estado civil, la edad, la apariencia física o buena presencia, o la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos, que supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de la mujer en el empleo. 12.

Violencia patrimonial y económica: Se considera violencia patrimonial y económica toda conducta activa u omisiva que directa o indirectamente, en los ámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un daño a los bienes 21


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muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la privación de los medios económicos indispensables para vivir.

13.

Violencia obstétrica: Se entiende por violencia obstétrica la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres.

14. Esterilización forzada: Se entiende por esterilización forzada, realizar o causar intencionalmente a la mujer, sin brindarle la debida información, sin su consentimiento voluntario e informado y sin que la misma haya tenido justificación, un tratamiento médico o quirúrgico u otro acto que tenga como resultado su esterilización o la privación de su capacidad biológica y reproductiva.

15. Violencia mediática: Se entiende por violencia mediática la exposición, a través de cualquier medio de difusión, de la mujer, niña o adolescente, que de manera directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille o que atente contra su dignidad con fines económicos, sociales o de dominación.

16. Violencia institucional: Son las acciones u omisiones que realizan las autoridades, funcionarios y funcionarias, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tengan como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta Ley para asegurarles una vida libre de violencia.

17.

Violencia

simbólica: Son

transmiten

y

reproducen

mensajes, relaciones 22

valores, de

iconos,

signos

que

dominación, desigualdad

y


Victimogénesis

discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad. 5. Mujeres agresoras y hombres víctimas.

La violencia de las mujeres hacia los hombres en la pareja es un tema poco investigado, apenas hay estudios realizados sobre este fenómeno. Aunque los factores socioculturales son los que influyen en la aparición de la violencia, es la legislación la que protege los derechos por igual de todas las personas; sin embargo existe diferencia penal en los delitos y las penas son imputadas según el género, aunque la ley debiera proteger a las persona con independencia del género, para evitar una discriminación positiva perpetua. La conducta violenta de mayor impacto es el homicidio, generalmente, perpetrado por hombres; aunque, también hay casos de violencia perpetrados por mujeres directa o indirectamente. En los casos de violencia en la pareja donde el hombre es la víctima, los medios de comunicación suelen tratar el tema como si fuese un crimen, pero sin hacer mención a los términos de violencia doméstica o abuso por parte de la pareja o violencia de género. Se tiende a cerrar los casos de manera inmediata y permanente como si no hubiesen sucedido. Existen algunos casos de hombres muertos y maltratados por sus parejas o exparejas; sin embargo no han recibido atención por los medios de comunicación. Incluso los hombres, víctimas de la violencia por parte de sus parejas, no son conscientes de que tienen un problema, ya que socioculturalmente la mujer sólo ejerce la violencia para defenderse del hombre. La sociedad actual no da cabida a la existencia del hombre maltratado ya que no existe la visión del hombre maltratado en la violencia doméstica. Es extraño pensar que puedan haber hombre que sean víctimas de malos tratos por parte de sus parejas (Toldos, 2013)

23


VictimogĂŠnesis

24


Victimogénesis

Violencia Sexual. 1. Concepto de violencia Sexual

La violencia sexual es un delito que consiste en un atentado contra la libertad sexual, el cual exige un contacto corporal entre el sujeto activo del delito o supuesto agresor y sujeto pasivo o agredido. La violencia sexual es toda conducta que amenace o vulnere con actos agresivos y mediante el uso de la fuerza física, psíquica o moral a una persona en condiciones

de

inferioridad

a

imponer

una conducta sexual en contra de su voluntad. Este es un acto que no sólo representa el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha. 2. Tipos de Violencia Sexual 2.1. Abuso sexual: aprovechamiento por parte del agresor de circunstancias que lo ponen en ventaja frente a la víctima, usando así su vulnerabilidad para

obtener

provecho

sexual.

Ejemplos

de

víctimas de este tipo de violencia son los niños menores de 14 años, personas con poder o autoridad sobre la víctima (jefe, maestro, medico, sacerdote…), incapacidad

de la víctima para

comprender la situación (retraso mental). 2.2. Explotación sexual: en este tipo de violencia el victimario comercializa y obtiene remuneración económica sobre los “servicios” ofrecidos por la víctima a terceros. 25


Victimogénesis

2.3 Trata de personas con fines de explotación sexual: el agresor capta o atrae a la víctima con la intención de trasladarla a otro lugar para luego comercializarla y explotarla sexualmente. En este caso a pesar de que la víctima consienta, no exime al victimario de su responsabilidad. 2.4. Violencia sexual en el contexto del conflicto armado: a) Acceso carnal violento en persona protegida: el agresor quien pertenece al conflicto armado, comete acceso carnal violento cuando la víctima es integrante de la población civil o no participa en el conflicto, está herida, enferma o puesta fuera del combate. b) Actos sexuales violentos con persona protegida: en la misma población descrita anteriormente el agresor realiza actos sexuales diferentes al acceso carnal. 2.5. Esclavitud sexual o prostitución forzada: ejercicio de propiedad del victimario sobre las víctimas como objetos obligándolos a que realizan actos de naturaleza sexual,

pudiendo

así

obtener

beneficios

tanto

de

satisfacción personal como monetización de la víctima. 2.6. Embarazo forzado: confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada por la fuerza, para modificar la composición étnica de una población. 2.6.1. Aborto Forzado: confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada y se le obliga por la fuerza y contra su voluntad a abortar ese embarazo. En este caso también se incluye la negación a la posibilidad de interrumpir un embarazo producto de una violación sexual. 2.7. Negación de la anticoncepción: Negarle la posibilidad a la mujer de usar una metodología que impida o reduzca la posibilidad de que ocurra la fecundación el embarazo al mantener relaciones sexuales. La mayoría de estos casos se dan por creencias o cultos religiosos. 2.8. Tortura en persona protegida: este caso hace alusión al uso de sufrimiento o tortura física o sexual con el fin de coaccionar a la víctima para confesiones u obtención de información. 26


Victimogénesis

2.9. Matrimonio forzado: Es un matrimonio en el que una parte o las dos partes son casadas sin su consentimiento o en contra de su voluntad. Se incluye el matrimonio entre menores de edad.

3. Consecuencias de la agresión sexual. La

violencia

sexual

actualmente

representa

un

problema de salud pública y una violación de los derechos humanos, pues tiene un gran impacto en la integridad física y psicosocial de las víctimas, con graves repercusiones para la salud de las mismas, tales

como:

importantes

trastornos

mentales,

embarazos no deseados, infecciones de transmisión sexual, entre otras. Debido a la preocupación que esta realidad genera en todos los escenarios de la sociedad, tanto internacional como nacional, surge la necesidad de realizar la presente investigación, siendo justificado este tema en estudio, tanto por su alta frecuencia (mucho mayor que la registrada) como por las consecuencias devastadoras, a corto y a largo plazo, que ocasiona en la vida sexual, afectiva, emocional de las víctimas. La violencia sexual reduce el poder personal y grupal en función de habilidades, capacidades, necesidades e intereses, impactando negativamente en la capacidad de las víctimas para evaluar sus opciones de vida y sus posibilidades de elegir, así como en la capacidad de tener control y poder sobre su propia vida y sus recursos

4. Aproximación a la realidad. La violencia sexual puede ser comparada con un gran témpano de hielo en medio del océano, donde la punta que se encuentra a simple vista, representa los casos que son reportados en las instituciones encargadas de los mismos y en los cuales están basadas las estadísticas. La base de dicho iceberg, sumergida en la profundidad y, de un tamaño mucho mayor, equivale a todas las víctimas de esta problemática que, en silencio se consumen en la sociedad.

27


Victimogénesis

La violencia sexual y específicamente el delito de violación, no es un hecho que suceda por casualidad y de vez en cuando, es un acto de sometimiento a partir del poder que otorga, en este caso, el sexo, en forma violenta en las relaciones intergenéricas y generacionales, ocurriendo en la mayoría de los casos, contra las mujeres y niñas/os, siendo estimulado, históricamente, por la cultura e invisibilizado por la misma. 5. Aproximación a la realidad criminológica de la violencia sexual. En una sociedad fuertemente patriarcal, cuesta

trabajo

entender que

los

celos

patológicos, la comparación denigrante, la crítica demoledora, el sexo no deseado y la burla

sobre la sexualidad también son

expresiones de violencia sexual. Sabemos que no sólo la sociedad desestima este tipo de violencia, sino también una buena parte de quienes la padecen, pues con gran frecuencia consideran a lo que viven como “lo correcto”, lo que “debe ser”. Ese modo de asumir la violencia propicia su ocultamiento y consecuente desatención. Y son estos elementos los que dejan a las víctimas en total indefensión. En la cultura de no denuncia que priva a las víctimas, quien padece violencia sexual tiene tres tareas inmediatas: la primera, entender que es víctima de violencia sexual. La segunda, que esa violencia puede tipificarse como delito. Y, finalmente, que esa conducta puede recibir sentencia. La igualdad de reafirmación de la dominación masculina sobre las mujeres y los niños, en la comunidad genera una pauta cultural presente en las conductas de violencia sexual. En este nivel se ubican también las políticas sanitarias,

económicas,

Falta

de

educación

contribuyen a

mantener las

desigualdades, se considera más económicas o sociales entre los grupos comunitarias criminalidad y hostilidad hacia importante.

28


Victimogénesis

Violencia en Niños y Adolescentes

1. Aspectos específicos.

1.1 La primera especificidad viene marcada por el hecho de que el niño es diferente del

adulto:

adolescente,

el

niño

tiene

e una

incluso

el

forma

de

percibir el mundo que le rodea, de interpretarlo,

de

pensarlo

y

de

relacionarse con él que es diferente de la del adulto, y e incluso es diferente de un niño a otro según la edad que tenga. El proceso según el cual todas esas funciones (percepción, pensamiento, emociones, etc...) van cambiando a lo largo del tiempo se le denomina desarrollo evolutivo. El hecho de que los niños y adolescentes no reaccionen o piensen como los adultos hace que a menudo éstos se alejen de su realidad y esto ocurre de forma muy especial en el tema que nos ocupa de las reacciones al trauma.

1.2 Los acontecimientos traumáticos destrozan los sistemas de protección normales que dan a las personas una sensación de control, de conexión y de significado, producen cambios duraderos y profundos 4 en la respuesta fisiológica, las emociones, las cogniciones y la memoria, alteran las estructuras mentales básicas de la persona, y hacen se pierda tanto la confianza en sí mismo como en el entorno.

Dentro de las posibles víctimas de un acontecimiento traumático, del tipo que sea (agudo/crónico, individual/colectivo, natural/provocado por la acción humana), los niños y adolescentes constituyen un Grupo de Riesgo de Alta Vulnerabilidad para la presentación de alteraciones mentales en respuesta a una situación 29


Victimogénesis

traumática. Se ha comprobado que los niños y adolescentes son más vulnerables

que

los

adultos

a los acontecimientos traumáticos y que las

consecuencias, incluso en los más pequeños, pueden ser graves y perdurables. De hecho, el riesgo de cronificación de los síntomas, es mayor en niños que en adultos. En esta mayor vulnerabilidad pueden influir diferentes factores: -

Dependencia de los adultos: El menor es un ser absolutamente dependiente de los adultos que le rodean y la reacción de éstos, tanto ante el mismo acontecimiento, si han compartido la experiencia, o ante la reacción del menor, va a desempeñar un papel crucial en las medidas que se tomen y en la adaptación del niño y el adolescente.

-

Interferencia con el desarrollo del menor: A diferencia de los adultos, los niños están en un continuo proceso de desarrollo bio-psico-social. Cuando la situación traumática ocurre en periodos de formación de la personalidad – infancia y adolescencia- puede dar lugar a alteraciones en la estructuración de la misma, pudiendo influir en la capacidad para establecer vínculos personales de calidad. El costoso proceso del desarrollo necesita de la predictibilidad y apoyo de los adultos protectores. Los estímulos traumáticos que suponen un ambiente de caos y violencia alteran dicho proceso, pues parte de la energía y de la capacidad adaptativa del niño está puesta al servicio del uso de mecanismos de defensa para protegerse de los acontecimientos violentos e incomprensibles para él.

Así pues, como consecuencia de la experimentación del trauma, el proceso de desarrollo

del

menor

puede

detenerse

o

desviarse

interfiriendo

con

su

funcionamiento psicosocial y limitando sus oportunidades futuras, de tal forma, que los problemas secundarios que de ello se deriven puedan resultar más graves que los síntomas que se derivan directamente del trauma. Como veremos, el momento del desarrollo evolutivo en el que sucede el acontecimiento traumático va a condicionar también la forma en la que se manifiestan los síntomas. 1.3 - Creencias erróneas y realidad científica:

A pesar de la evidencia

científica de lo anterior, continuamente se constata que el acercamiento a el problema de la victimización en menores está marcado y condicionado por 30


Victimogénesis

una serie de, lo que podríamos denominar, creencias populares erróneas, la mayoría de las cuales se basan en gran parte en la ignorancia acerca de los procesos mentales durante la infancia y en otra parte, en las reacciones varias, con la angustia como denominador común, que despierta en los adultos el enfrentamiento con la violencia contra los niños. - “los niños no se enteran”, creencia que lleva implícita varias asunciones, cómodas en cierto modo para los adultos: que los niños son “tontos”, porque no reaccionan ni entienden las cosas igual que los adultos, no intuyen a través de las reacciones de los demás que algo ocurre y además están desconectados del mundo (no ven tele, periódicos, revistas, ni escuchan comentarios de compañeros o adultos). Todo ello distante, claramente, de la realidad. - “está serio, pero le veo bien”; “no dice nada, ya no se acuerda de eso”. Confundir el silencio o la invisibilidad de los síntomas con el olvido o la superación es

otro

grave y frecuente error. Desafortunadamente las

consecuencias más graves sobre la personalidad y el futuro del menor son, precisamente, silentes, invisibles e imparables, independientes en cierto modo de la privacidad en la que se mantengan. Los acontecimientos traumáticos tienen efectos no sólo sobre las estructuras psicológicas de la persona, sino también sobre los sistemas de vinculación y significado que unen al individuo con la comunidad. El efecto de trauma puede ser tan destructivo sobre la estructura psíquica del menor como un cáncer que corroe por dentro sin ser visto, pero que cuando se diagnostica ya ha afectado a todas las áreas de la persona; su autoestima, sus relaciones personales, su rendimiento escolar y laboral, su integración social, etc. 1.4 - Todo esto no sería de trascendental importancia si no fuese porque la reacción de los adultos, y especialmente, pero no sólo, de la familia (y de ahí la importancia de las intervenciones de otros profesionales), ante el conocimiento del sufrimiento de una situación traumática por un menor condiciona, entre otras cosas, un aspecto fundamental, que es la posibilidad de acceder a una ayuda psicológica. Los menores no van por sí mismos a la consulta; los llevan. Así, a la escasa solicitud de ayuda por parte de los adultos víctimas de acontecimientos 31


Victimogénesis

traumáticos, en toda su amplia variedad (terrorismo, abusos, violación, etc...), constatada en numerosos estudios , se suma el efecto barrera que ejercen

en

su

conjunto

esas

falsas

creencias

que,

procurando

una

“bienintencionada pero falsa protección”, conllevan una suerte de “secuestro” del menor víctima que le deja irremediablemente atrapado en su mundo de sufrimiento sin posibilidad de obtener una ayuda en la elaboración de ese acontecimiento que le permita reincorporarse a un proceso de desarrollo normal para lograr un futuro sin limitaciones.

2. Factores que modulan la reacción a un acontecimiento traumático en niños y adolescentes.

Determinados

factores

hacen la reacción del niño o el adolescente

ante

acontecimiento

un

potencialmente

traumático se complique y se convierta

en

patológica;

los

Factores

de

denominamos

Riesgo y nos referiremos a ellos a continuación. Tres factores han

sido

identificados

de

manera uniforme como predictores del desarrollo de niveles sintomáticos de TEPT en los niños: La intensidad de la exposición al trauma, la angustia relacionada con el trauma de los padres y la proximidad cronológica con el suceso

traumático.

Sin

embargo,

muy

pocos

estudios

han

estado

suficientemente bien diseñados o han tenido la potencia necesaria para identificar variables que pudieran predecir el desarrollo de PTSD en niños.

TIPO DE TRAUMA: El determinante más poderoso de daño psicológico es el propio carácter del acontecimiento traumático. Cuando se añade la pérdida de un ser querido a la vivencia de un acontecimiento traumático se favorece el duelo traumático y las reacciones de estrés a su vez aumentan con la perdida. Sobre todo cuando la muerte es violenta, cuando no hay evidencia 32


Victimogénesis

concreta de la muerte o cuando se piensa que el cese del lamento es una traición para el ser querido. En los niños, además de su propia afectación directa, la afectación de los padres e incluso de amigos o conocidos puede desencadenar los síntomas de TEPT. -GRADO

DE

AFECTACIÓN

(PROXIMIDAD

CON

EL

EVENTO

TRAUMÁTICO) La interpretación subjetiva de amenaza para la vida o la integridad física marca el grado de afectación. A mayor frecuencia, duración y severidad de la situación, más gravedad. A mayor proximidad al evento, mayor riesgo. Sin embargo, en los niños la afectación indirecta es especialmente probable: Los niños sufren las consecuencias de la afectación de los padres. Por un lado, la afectación de los padres los hace menos sensibles y menos capaces de afrontar las necesidades emocionales de los hijos; por otro lado, como consecuencia de los síntomas que se derivan de su afectación, los padres cambian su actitud y la calidad de sus cuidados con los hijos.

Además, al ver mal a sus padres, los hijos tratan de ocultar su malestar para no preocuparles más. En situaciones de violencia familiar, los niños se encuentran en la línea de fuego cruzado con el riesgo de padecer lesiones físicas, además de irregularidad de horarios, falta de sueño, cambios de humor de los adultos cuidadores. Viven en un clima de incertidumbre y de amenaza de peligro para sí mismo o para otros. -FACTORES PERSONALES

Edad: Más riesgo de psicopatología cuanto menor es el niño. La afectación, incluso a nivel del desarrollo cerebral, está demostrada incluso en bebés abusados. Los niños más pequeños, preverbales, tienen poca capacidad para comprender las relaciones causa-efecto, les cuesta entender lo ocurrido, ni el alcance y las consecuencias que tiene; tampoco tienen el concepto de irreversibilidad de la muerte, cuando ésta ocurre; están aprendiendo a confiar en las personas y el entorno y sus temores se centran en la separación y el 33


Victimogénesis

abandono de sus padres. Son particularmente vulnerables a las reacciones de éstos y a la desorganización de su mundo seguro y estable. Carecen de habilidades para afrontar de una manera efectiva la situación del desastre y buscan consuelo en los adultos.

No tienen palabras para describir los hechos pero conservan recuerdos, escenas o visiones particulares, sonidos u olores que según van creciendo pueden aparecer en sus juegos años después, cuando parecían olvidados. En la edad escolar, ya tienen más capacidad para darse cuenta de las consecuencias que puede conllevar la situación e incluso comprender el concepto de pérdida permanente; sin embargo todavía no tienen estrategias de afrontamiento adecuadas ya que acaban de perder aquellas que les proporcionaba el pensamiento mágico de etapas anteriores. Las reacciones que predominan son el miedo y la ansiedad. La adolescencia es otra edad de alto riesgo por las graves consecuencias que pueden derivarse (aislamiento, conductas impulsivas, de riesgo). -Sexo: El mayor riesgo de presentación de alteraciones mentales tras un acontecimiento traumático que se ha observado en mujeres en estudios de población adulta no está confirmado en niños, aunque sí parece existir la misma tendencia.

-Antecedentes

Personales:

La

experimentación de traumas previos incrementa psicopatología.

el Los

riesgo

de

antecedentes

psicopatológicos y de violencia en el menor, también incrementan el riesgo.

-Características de la personalidad: El Locus de control externo (sentirse víctimas en manos de los demás o del mundo externo con una vivencia pasiva de lo que les sucede) incrementa el riesgo. El empleo de mecanismos de defensa de negación y evitación también lo aumenta.

34


Victimogénesis

-FACTORES FAMILIARES La reacción de los padres y en especial de las madres ante el acontecimiento traumático es uno de los predictores más potentes de la reacción del niño y el adolescente y más cuanto menor es la edad del niño. Si después del hecho traumático el niño está mucho tiempo separado de los padres, sin saber nada de ellos, pensando que ha muerto el riesgo de presentar problemas de adaptación a medio plazo es mayor. La pobre respuesta parental al acontecimiento incrementa el riesgo Los antecedentes psiquiátricos de los padres o la psicopatología de éstos (no necesariamente tratada) incrementa el riesgo de los hijos de trastornos de adaptación tras el acontecimiento, posiblemente por las dificultades de los padres. Las limitaciones y dificultades en el apoyo que la familia debe dar al menor que pueden derivarse de las situaciones anteriores, incrementan el riesgo.

-FACTORES

SOCIALES:

Estatus

minoritario

(inmigrantes

o minorías

étnicas), probablemente porque estén expuestos a más situaciones de violencia o porque puedan participar del siguiente factor. Inadecuada red social: aislamiento o falta de integración social.

3. Manifestaciones clínicas. La reacción con la que el profesional ajeno a la salud mental se va a encontrar con más frecuencia ante un niño víctima es

la

reacción

inmediata

al

acontecimiento traumático. Pocos niños o adolescentes reaccionan de

una

forma

dramática

ante

un

acontecimiento estresante. El impacto emocional es tan fuerte que lo que suele ocurrir es la ausencia de toda emoción. Algunos niegan su mundo de fantasías, otros se muestran indiferentes ante lo 35


Victimogénesis

que ha pasado. De modo que los adultos creen que el niño no se ha enterado o, pasado un tiempo, que ha olvidado. La reacción inmediata puede describirse como un estado de shock. La ausencia de reacción o la contención emocional forzada es lo más esperable. Una sensación de irrealidad, falta de emociones o desorientación así como reacciones físicas como temblor, frío o mareo. Pueden también mostrarse nerviosos o con cierta tristeza y llanto contenido, con oposición a separarse de otros familiares. La pérdida de confianza en los adultos y el miedo a que el hecho traumático se repita de nuevo son respuestas que se observan en muchos niños y adolescentes. Tras esta reacción inicial, considerada una respuesta normal ante una situación anormal, van apareciendo en el transcurso del tiempo otra serie de reacciones a las que hay que estar más atentos, ya que es frecuente que la sintomatología sea más intensa meses después que en las primeras semanas, por lo que el seguimiento, cuando es posible, es lo indicado. A continuación se describen las reacciones posteriores. Ante un acontecimiento traumático, los niños y adolescentes muestran a menudo un gran número de trastornos distintos de los del TEPT. Así pues, la valoración no solo debe tener en cuenta la sintomatología del TEPT sino también una valoración en profundidad de los cambios en la personalidad y en el funcionamiento físico, social y escolar. Terr (1991) describió dos tipos diferentes de reacción postraumática, según la frecuencia y duración del trauma: 1- El Tipo I, en los que el menor experimenta un único episodio traumático (accidente, atentado, atraco…), y en él puede aparecer con más frecuencia la triada clásica del Trastorno de Estrés Postraumático (reexperimentación,

evitación

e

insensibilidad

e

hiperactivación),

con

una

presentación incompleta, fluctuante y sin embargo con alta tendencia a la cronicidad; 2- El TEPT Tipo II, en los que el niño tiene experiencias crónicas y repetitivas (abuso sexual continuado, maltrato), donde se genera un perfil diferente de síntomas en el que la negación, disociación e insensibilidad emocional están especialmente presentes.

36


Victimogénesis

El inicio demorado de estos síntomas o su presencia subsindrómica y el diagnóstico tardío es especialmente frecuente en víctimas infantiles. El momento del desarrollo evolutivo del menor, cuya principal referencia es la edad, marca, tanto la comprensión del suceso como las consecuencias que de él se derivan con las manifestaciones emocionales y conductuales acompañantes. Así, en los niños más pequeños, las limitadas capacidades cognitivas y de expresión lingüística en esta etapa dificultan la inferencia de ideas y sentimientos. La falta de recursos mentales por la inmadurez de la estructura mental hace que estas experiencias sobrepasen fácilmente la capacidad adaptativa del sistema defensivo del menor, inundando todas sus áreas. A estas edades los niños son especialmente sensibles a las reacciones de los padres ante el hecho traumático. Síntomas agudos que encontramos a esta edad son: miedo a ser separado de los padres, llanto, gritos, inmovilidad o agitación, conductas regresivas: chuparse el dedo, enuresis, miedo a la oscuridad. Los niños en edad escolar pueden dar explicaciones mágicas a los sucesos y es característica la formación de presagios (creen que si están suficientemente alerta reconocerán signos de alarma). También pueden sentirse culpables al creer que el desastre ha ocurrido porque han mentido, o han trasgredido una norma. Podemos encontrar: cambios de conducta, miedo a estar en contacto con aquello que le recuerde el hecho traumático, ansiedad de separación, hostilidad, alteraciones de la memoria y de atención, distorsiones temporales, trastornos del sueño, juego postraumático (monótono, repetitivo y aburrido), apatía, aislamiento y evitación, regresiones, somatizaciones, exagerada preocupación por sus padres. Pueden observarse conductas de elaboración del acontecimiento traumático en juegos, dibujos y verbalizaciones sobre aspectos del trauma. Los

sentimientos

de

inferioridad

y

culpa

son

prácticamente universales. Imaginar que uno podría haberlo hecho mejor puede ser más tolerable que enfrentarse a la realidad de estar absolutamente indefenso.

Los

sentimientos

de

culpa

son

especialmente graves a cualquier edad cuando el superviviente ha sido testigo del sufrimiento y la 37


Victimogénesis

muerte de otras personas. También cuando se es testigo de violencia abusiva. Es esencial no subestimar nunca las reacciones de los niños. A menudo la reacción del niño es diferente a la del adulto. Por esta razón el adulto no siempre entiende la relación entre la experiencia traumática y la reacción del niño. Los síntomas, sean del tipo que sean, son más fluctuantes y variables en la i nfancia que en el adulto, lo que no significa que el trastorno no tenga la misma gravedad. Se ha relacionado la intensidad de la respuesta inicial, inmediata, con el desarrollo posterior de TPET. Por ello, cuando ésta sea muy intensa o dure más de un mes, el menor debe ser derivado para evaluación por un especialista.

4. Aspectos forenses.

Quinn (1995) subrayó que en una valoración forense hay varios factores que podrían dar lugar

a

la

insuficiencia

o

al exceso

de

diagnóstico del trauma emocional que provoca el TEPT en los niños. Los factores que rebajan artificialmente

la

tasa

de

detección

comprenden: - El rechazo o la minimización por parte de los padres, profesores y otros adultos. - La falta de denuncia por parte de los niños. - La ignorancia de los adultos sobre la frecuencia y las presentaciones del TEPT en niños. - La incapacidad de apreciar o provocar señales de TEPT en niños más pequeños o con capacidad de expresión verbal limitada. Los factores que podrían provocar una sobredetección son:

- Los bajos umbrales de obligatoriedad de declaración del trastorno, - La falta de objetividad y la preparación inadecuada de los terapeutas orientados a los traumas, - Los exámenes forenses y clínicos incompetentes, no imparciales o inadecuados. 38


Victimogénesis

Estos factores resumen y remiten a cuestiones tremendamente importantes con las que ha de enfrentarse un menor si el conocimiento de su situación lleva a la denuncia y entra en un proceso judicial.

Lo primero a lo que ha de enfrentarse es al cuestionamiento de su declaración. La credibilidad del testimonio de los testigos infantiles de victimización es objeto de polémica:

1- El componente de adquisición de datos de la memoria puede verse alterado por el impacto emocional del hecho traumático, especialmente en lo que se refiere a los hechos periféricos al núcleo del acontecimiento.

2- La retención de la información almacenada puede alterarse por dos factores: a) el olvido, más problemático en los niños más pequeños y mayor cuando la información es más impersonal o periférica y b) la contaminación, por insinuación de datos posteriores al acontecimiento y no precisos en la memoria de la víctima; esto puede ocurrir al: oír comentarios de oficiales de policía, de los padres u otros adultos; escuchar o leer informes legales o policiales; obtener información de los medios de comunicación y estar sujeto a entrevistas imprecisas y durante las cuales se van sugiriendo las respuestas. 3- Respecto al componente de la memoria de la recuperación, una de las principales preocupaciones es la sugestibilidad.

b) Los niños son más susceptibles a este proceso, especialmente en situaciones de mucho estrés, como es encontrarse ante un tribunal o un entrevistador de posición social elevada. En una revisión de lo publicado sobre sugestibilidad y sobre la 21 veracidad del testimonio de las víctimas infantiles en los casos de abusos sexuales, los autores llegaron a la conclusión de que “los resultados suelen corroborar que los niños recuerdan bien, pero que los más pequeños, especialmente los de edad preescolar, son más vulnerables que los niños más mayores o los adultos a la sugestión y a las preguntas tendenciosas”. Observaron que el contexto de la evaluación es importante para valorar la validez de las afirmaciones de la víctima infantil. La alegaciones tenían más posibilidades 39


Victimogénesis

de ser falsas cuando surgen en un contexto de una disputa por custodia o por derecho de visitas o cuando surgen después de múltiples entrevistas para evaluar la veracidad de los hechos.

La forma de interrogar al niño por parte del fiscal o del forense puede tener un impacto significativo a través de la intimidación, de preguntas tendenciosas con premisas falsas o de un vocabulario y una formulación excesivamente adultas. De hecho, el proceso de testificar como víctima de un hecho traumático o tan sólo como testigo del mismo en un proceso penal o civil puede resultar muy estresante e incluso traumático para el niño. Esto es otra cosa a la que el menor se tiene que enfrentar: No hay garantías, a día de hoy, de que el juez permita que el menor pueda acogerse a procedimientos de comparecencia en el juicio oral que están previstos para protegerlos de la confrontación con el agresor.

Es justo reconocer, también, el número cada vez mayor de denuncias falsas y la necesidad de tener en cuenta el derecho a la presunción de inocencia del agresor. La complejidad en la dualidad víctima/agresor y derecho de la víctima/garantías del agresor hace que a menudo el criterio de los profesionales ante un mismo hecho difiera en función del ámbito al que pertenezcan, entrando incluso en una confrontación. Y aquí es donde la Victimología debe ir facilitando, en el trabajo conjunto de los profesionales de distintos ámbitos, criterios de consenso respecto al tratamiento de la víctima en los diferentes contextos en los que ese niño o adolescente transita y vive.

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Victimogénesis

¿Sabías Que? En Inglaterra en 1889, se logró abolir como norma el derecho del marido a castigar a su cónyuge, situación está que desafortunadamente en la actualidad no opera, ya que una de cada siete esposas es violada por su pareja y más del 50% de las agresiones contra las mujeres son cometidas por hombres con las que estas mantienen o han mantenido una relación amorosa. En un año seis millones de norteamericanas son golpeadas por sus esposos o amantes y 4000 de ellas son asesinadas. Piénsalo…

Chiste Me he acostado En una boda el novio le comenta al padrino:- Esto de casarse me parece a mí que va a ser muy aburrido. Para que te hagas una idea, me he acostado con todas las mujeres de esta iglesia, excepto mi madre y mi hermana.- Bueno, no tiene importancia... Al fin y al cabo tu hermana y tu madre hacen el amor como todas las demás.

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Victimogénesis

GLOSARIO

-CÍRCULO VICTIMAL Son los casos en los que el infractor se convierte en víctima y viceversa (la víctima se convierte en criminal). También se le reconoce como 'Teoría Circular de la victimización o retroalimentación victimal. Se puede dar a nivel personal o grupal. CRIMINOLOGÍA Es la ciencia que se adelanta a la comisión del delito actúa a priori y a posteriori (incluso después de cumplida la pena) enfoca el crimen como un hecho colectivo tiene ámbito internacional y no queda encorsetada por la legislación penal de un país. -DERECHO PENAL Función del jurista es tipificar la conducta y decidir si es un delito u otro.tiene enfoque normativo - ámbito: se ocupa del delito desde el punto de vista de las normas a partir del hecho- establece el concepto de delito y la pena o castigo impuesto -DESVICTIMIZACIÓN Proceso de reparación o de reconstrucción, esta última entendida como reconocimiento social y de asistencia en cuánto prevención y no como reparación de indemnización económica. El objetivo primordial es evitar la estigmatización de la víctima, además de impedir la creación de una sociedad de víctimas. No hay que olvidar a las víctimas potenciales y la intervención con las reales, una vez producido el hecho traumático -FACTORES VICTIMÓGENOS Condiciones o situaciones de una persona que le hacen tendente a ser víctima. Dicho factor facilita la victimización pero no la produce necesariamente en todos los supuestos, es decir, dos personas con los mismos factores de victimización, una puede llegar a ser víctima y la otra no. -ITER VICTIMAE: El camino de la víctima que sigue hasta ser victimizada.

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Victimogénesis

-PRECIPITACIÓN VICTIMAL Es un concepto clave en el estudio de “la dinámica victimal”. Se vincula a la idea de “víctima precipitante” que es aquella que contribuye al hecho criminal (concepto de Wolfang, 1974). La víctima genera el comportamiento del delincuente. En definitiva es la noción de víctima provocadora o precipitante que con su conducta provoca su propia victimización. -VICTIMIDAD Término que engloba las características socio-bio-psicológicas comunes a todas las víctimas, es decir, los factores que predisponen a una persona o grupo de personas a ser víctimas. -VICTIMARIO O VICTIMIZADOR Se trata del sujeto que ocasiona sufrimiento o daño a la víctima. -VICTIMIZACIÓN Es el proceso por el que una persona sufre las consecuencias de un hecho traumático. -VICTIMIZAR Transformar a alguien en víctima, es decir atribuirle una acción victimizante. -VICTIMOGÉNESIS Estudio de los factores que predisponen a ciertos individuos a tener más riesgos que otros de ser objeto de delitos. Se analizará la conducta de la víctima que pudiera tener relación con un incremento del riesgo de serlo. -VIOLENCIA Entre los enfoques, resulta de nuestro interés el propuesto por la OPS, en donde se define la violencia como: El uso intencional de la fuerza o el poder físico, de hecho o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas posibilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones.

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Victimogénesis

BIBLIOGRAFÍA

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