GOBERNANZA AMBIENTAL INTERNACIONAL: INCORPORACION DE LA VARIABLE AMBIENTAL A LA TOMA DE DESICIONES
María Belén Aliciardi Av. Perón 3072, Piso 2, Dpto. B, Victoria, San Fernando, Pcia. de Buenos Aires Cel 0111540876523 aliciardimbelen@hotmail.com Abogada, Notaria y Mediadora (UNC), Tesista en Especialización de Derecho Ambiental UBA, Alumna Maestría en Gestión Ambiental USAM, Jueza de Faltas de Villa Ascasubi (2005-2011), Asesora ACUMAR (2011-).
RESUMEN Para el logro de una Gobernanza sustentable es indispensable incorporar la variable ambiental a la toma de decisiones tanto del Estado como de las Empresas. A nivel internacional, encontramos ejemplos de cómo el Estado podría incorporarla: Evaluación Ambiental Estratégica, Ordenamiento Ambiental del Territorio, Comités de Recursos Naturales (de Cuencas, glaciares, bosques), sistema de Compras sustentables, incentivos fiscales ambientales y servicios ambientales. Por su parte las empresas podrían implementar Balances Ambientales, sistemas de gestión ambiental, due diligence ambiental, certificados de sustentablilidad (madera, pesca, turismo) y Códigos de Prácticas ambientales.
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Introducción “La humanidad se encuentra en un momento decisivo de la historia....... si se integran las preocupaciones relativas al medio ambiente y al desarrollo y si se les presta más atención, se podrán satisfacer las necesidades básicas, elevar el nivel de vida de todos, conseguir una mejor protección y gestión de los ecosistemas y lograr un futuro más seguro y más próspero”. Programa 21, Conferencia de Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), Río de Janeiro 1992.
La inclusión de la variable ambiental en la política internacional, es el nuevo pilar a considerar. La sociedad ya no puede darse el lujo de no incluir el aspecto ambiental en las distintas actividades del hombre. Es una exigencia, antes, durante y después, de los procesos y actividades humanas, que a su vez va ligada a la promoción de ciencia y tecnología más amigable con el ambiente. El punto se centrará en saber qué tecnología aplicar a cuál etapa del proceso o actividad. Este principio considera necesario incorporar el aspecto ambiental en la toma de decisiones, y lo convierte en una regla para ejecución de proyectos i, tanto para el Estado, como para las empresas. Una posición ponderante en cualquier política económica moderna, en tanto un medio natural sano y adecuado afecta al desarrollo de la calidad de vida de los ciudadanos y debe inspirar la actuación de los poderes públicos. Por ello, cualquier toma de decisión por parte del Estado debe analizarse desde los enfoques que podríamos llamar ¨clásicos¨, me refiero al enfoque político, social, económico y cultural, los que se encuentran atravesados transversalmente por la variable ambiental. Esta transversalidad sumado al nuevo sentir ambiental de la sociedad es la que cambia la forma de adoptar decisiones, las que se materializarán en la nueva realidad jurídica producto de la adopción de la variable ambiental a la toma de decisiones en las diferentes legislaciones.
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Este proceso comenzó realmente con la aparición del concepto de “desarrollo sostenible” y su aceptación prácticamente universal en la Conferencia de Rio de 1992. Dicho desarrollo sostenible se basa en el llamado triple bottom, es decir, en la visión conjunta e integrada de los factores económicos, sociales y ambientales que afectan a las actividades productivas. Este nuevo enfoque ha modificado lenta pero profundamente la influencia de determinados factores ambientales: la gestión de los residuos, el uso de determinados materiales y, especialmente, todo el entorno de la energía relacionado con el Protocolo de Kioto. De manera inmediata se establecerán nuevas prioridades ambientales, que previsiblemente estarán especialmente relacionadas con la construcción y el transporte. La aplicación de la variable ambiental a la toma de decisiones favorece a la construcción de una sociedad ambientalmente sustentable y evitaría muchos de los daños ambientales que se generan en la actualidad. La incorporación de la variable ambiental es prioritariamente una responsabilidad estatal y por lo tanto obliga al Estado, ello en virtud del derecho que tienen todos los habitantes a gozar de un ambiente sano y equilibrado como establece en el caso de nuestro país, el artículo 41 de la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos con jerarquía constitucional (art. 75 inc 22 CN). Con respecto a las empresas, la incorporación de la variable ambiente, es parte de su responsabilidad, llamada social empresaria.
Por lo cual analizaremos en primer término las maneras en la cual el Estado puede incorporar la variable ambiental a la toma de decisiones.
I.
a). Evaluación Ambiental Estratégica (EAE).
De allí que por ejemplo a los fines de evitar los problemas ambientales, es importante incorporar esta variable, en los planes, programas y proyectos del Estado, en otras palabras estamos hablando de la Evaluación Ambiental Estratégica.
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Encontramos ejemplos de EAE en
Europa - especialmente en el
contexto de la erosión costera (EC, 2004), de los Fondos Estructurales (EC, 1999), de la Red Transeuropea de Transporte (EC, 1999), y de la evaluación de las políticas sectoriales de la Comisión UE (EC, 2002)ii -, Asia -en el sector hidroeléctrico en el Rio Mekong entre las repúblicas de Tailandia, Lao, Camboya y Vietnam o la Cuenca Vu-Gia Thu Bon, en Vietnamiii, - o Centroamericana – por ejemplo en Honduras para el Turismo
o Perú en
iv
trasporte para el Corredor Vial Amazonas Norte -. En el caso de nuestro país, si bien no está legislado expresamente en la Ley General del Ambiente, 25.675, hay proyectos de leyes que lo contemplan v, y en algunas provincias argentinas de manera general como en Entre Ríos vi o en temas sectoriales, como saneamiento en
Buenos Aires vii, productivo en
Mendozaviii, o turístico en el Calafateix. También nuestra CSJN la enuncio en el fallo “Salas”, acerca de los desmontes en la provincia de Salta.
I.
b). Ordenamiento ambiental del territorio (OAT)
La planificación territorial inspirada en los principios del desarrollo sostenible debe incorporar la variable ambiental
en la toma de decisiones
desde el primer momento del proceso de planificación. Por ejemplo, está previsto por la Estrategia Territorial de la Comunidad Valencianax. Y en Latinoamérica encontramos algunos países que la han regulado a través de una ley específica como a Uruguayxi, Hondurasxii, Colombiaxiii, Venezuelaxiv o a través de la su Constitución como Bolivia xv y Brasilxvi. En nuestro país, el OAT, se encuentra mencionado en el artículo 7 de la ley 25.675, dentro de los instrumentos de gestión ambiental del Estado y definido en los artículos 9 y 10. Y su sentido fue plasmado con la sanción de leyes provincial sobre bosques nativosxvii, en la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos N° 26.331, pues se puede afirmar que el eje central de la legislación aprobada precisamente se basa en el ordenamiento ambiental del territorio, orientado hacia la conservación de las áreas de mayor valor (Categoría I ó roja) y la organización de las actividades 4
productivas en áreas con mediano y alto grado de impacto antrópico (Categoría II ó amarilla y III ó verde, respectivamente).xviii Lo mismo sucede con la ley de presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial N° 26.639 establece la preservación de los glaciares y cuencas de alta montaña.
I.
c). Comités de Recursos Naturales.
Otra forma en que el Estado puede incorporar esta variable a las políticas públicas, es a través de organismos regionales que compartan un recurso natural para el monitoreo del misma, y su mantenimiento, por ejemplo los Comités de Cuencas. Esto podría aplicarse para todo otro recurso natural compartido, como son los glaciares- como los Comités de Glaciares italianos creados en 1895xix-, los bosques- como los Comités de Gestión de Bosques de Perúxx- y las reservas mineras –como los Comités de Recursos Mineros de Chilexxi, lo cual además de facilitar la gestión y protección del recurso, favorece el control por parte de ONGs y la población en general. En nuestro país, encontramos Comités de Cuenca, por ejemplo, ACUMARxxii para el Rio Matanza Riachuelo, el COMIRECxxiii, para el Rio Reconquista y el COHIFExxiv para el Rio Salí Dulce.
I.
d). Incentivos fiscales ambientales
El Estado también podría otorgar incentivos fiscales para promover que las industrias sean más sustentables, ya sea por ejemplo con créditos para reconversión industrial, como en nuestro país con el Plan de Producción Limpia para todos (PPLT)xxv de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) o como en Colombia en donde exceptúan del IVA a la adquisición de elementos para el control de la contaminación y el monitoreo ambientalxxvi, similar a lo establecido en Argentina en la Ley 26.093 del Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustiblesxxvii, o con tributos verdes, dicho en otras palabras, aquellos impuestos sobre productos y actividades ambientalmente dañinas, a fin de 5
incentivar la reducción de las mismas son muy utilizados desde los 90 en Europa, por ejemplo los impuestos a las emisiones de carbono, la disposición de residuos, pilas, empaques y llantas o con licencias de contaminación como las cuotas de caza de ballenas, aunque esta última es muy criticada porque se está demostrado que no sirven, ya que por ejemplo Japón inscribe en la BCCI, Comisión Ballenera Internacional, por valor de 40 mil
U$S, a
pequeños países costeros y les compra la cuota de caza que les corresponde, así como también la licencia de Suecia, que no las utiliza pero se las da a Japón, y pone en peligro de extinción a la ballena Franca o Azul con su caza desmedida.
También existen otros ejemplos, que aunque no se traten
propiamente de un estímulo fiscal favorecen el tema ambiental como el Artículo 95, fracciones XIX y XX, de la legislación sobre la renta de México que otorga la exención del impuesto a aquellas sociedades o asociaciones civiles dedicadas a preservar la flora y la fauna silvestre y acuática, así como a las Personas Morales dedicadas a conservar especies en extinción con fines no lucrativos y que, por tanto, no son contribuyentes. Muchos Estados e incluso la propia OMC consideran que dichos tributos no deben convertirse en trabas comerciales, ni que generen discriminación comercial. xxviii Con respecto a nuestro país, se encuentra en el puesto 19, un puesto detrás de Brasil en el ránking "Green Tax Index", elaborado por KPMG, que mide cómo los países usan las sanciones y los incentivos impositivos para promover la protección del medio ambiente. En esta medición, Estados Unidos aparece primero, seguido por Japón, Reino Unido y Francia.xxix A diferencia de otros países, Argentina no posee exenciones impositivas o alicientes por usar autos ecológicos, como si lo tiene por ejemplo Nueva York, en donde la mayoría del transporte público se hace con híbridos. Aquí, en cambio, se lo recarga con impuestos: 35% de arancel de exportación, 11% por ser auto de lujo y 21% de IVA. xxx
I.
f). Contrataciones Públicas Sustentables.
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El Estado debería instalar como política de Gobierno
la compra de
bienes y la contratación de servicios que se produzcan o presten de manera sustentable, osea evitando o minimizando el daño ambiental. Por ello, por exigencia de nuestra sociedad o por necesidad de comenzar a exigir una producción más limpia, cae de maduro la necesidad de contar con un régimen de Compras Públicas Sustentables, donde el criterio de selección del cocontratante no tenga como pilar la oferta más económica, sino la oferta ambientalmente más sustentable. Ello no quiere decir que dejemos de lado los otros criterios que actualmente utiliza el Estado para adjudicar, que mencione anteriormente, sino que la variable ambiental aparece para romper con la idea de que la mejor contratación es la más económica para consagrar a la mejor contratación como aquella que es sustentable con nuestro medio ambiente, teniendo en cuenta el precio, la calidad del producto y las necesidades técnicas. Ahora bien, la variable ambiental dentro del criterio de selección del cocontratante debe venir acompañada de un proceso de contratación donde en el pliego de bases y condiciones se inserten criterios de sustentabilidad, por ejemplo, a la hora de especificar el producto definiendo las características técnicas y, como ya lo mencione a la hora de analizar, seleccionar y adjudicar la oferta más conveniente. Un ejemplo bien claro de lo que quiero expresar es la compra de suministro de papel, donde en las especificaciones expresaré que se pretende adquirir papel reciclado, luego en el pliego establecer el tamaño, grosor y peso, para posteriormente establecer en los criterios de selección aquellas ofertas que cuenten con certificados de tipo ambiental, como por ejemplo, Sistemas de Gestión Ambiental certificadas por ISO 14.001, que posean certificado de sustentabilidad, certificados de producción más limpia, etiquetas sobre el ciclo de vida, aquellas personas que hayan sido condenadas mediante sentencia firme por delitos relativos a la protección del medio ambiente, así como a aquellas sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia medioambiental, entre otros criterios objetivos a seguir. Pero ello no es todo, pues la introducción de la variable ambiental dentro del criterio de selección del cocontratante debe tener en cuenta un momento de suma relevancia en el contrato, pues es la ejecución del mismo donde donde el 7
impacto ambiental tendrá mayor relevancia. La valoración de las ofertas en torno a criterios de sustentabilidad deberá analizar las condiciones ambientales mensurables, tales como el menor impacto ambiental, el ahorro y el uso eficiente del agua y la energía y de los materiales, el coste ambiental del ciclo de vida, los procedimientos y métodos de producción ecológicos, la generación y gestión de residuos o el uso de materiales reciclados o reutilizados o de materiales ecológicos. Las compras públicas sustentables son una solución para integrar consideraciones ambientales y sociales en todas las etapas del proceso de compra y contratación de los agentes públicos con el objetivo de reducir impactos en la salud humana, en el medio ambiente y en los derechos humanos. Permite atender las necesidades específicas de los consumidores finales a través de la compra del producto que ofrece el mayor número de beneficios para el ambiente y para la sociedad. Son también conocidas como licitaciones públicas sustentables, eco-adquisición, compra ambientalmente amigable y licitación positiva. Un dato no menor arroja la Comunidad Europea donde el poder de compra alcanza 1 trillon de Euros, equivalente al 15% de del PBI de la Comunidad Europeaxxxi. Similares porcentajes se dan en países de Latinoamérica. Si se logra focalizar este poder de compra en producción de bienes y servicios más sustentables, es inevitable esperar mejoras en la producción del mercado de bienes y servicios más sustentables. Asimismo, indirectamente las compras públicas sustentables sirven de herramienta de gestión para minimizar el impacto de los residuos, problema actual y preocupante en estos tiempos Tanto en Europa como en Latinoamérica encontramos excelentes ejemplos. Por su parte UExxxii posee un gran desarrollo de las compras públicas sustentables y en el caso latinoamericano, Chile xxxiii, Ecuadorxxxiv y Perúxxxv poseen normativa muy innovadora del tema. Asimismo, las entidades subregionales han incluido el tema en diversos acuerdos y planes de acción que involucran a varios países de la región, por ejemplo el MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)xxxvi.
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Lamentablemente en nuestro país, la normativa referida a las contrataciones públicas, a saber, el Decreto delegado Nº 1023/01 y su reciente reglamentación mediante el Decreto Nº 893/12, establecen que se adjudicará la contratación en cuestión a la oferta más conveniente. Para el régimen de compras y contrataciones Nacional el criterio de oferta más conveniente se define por aquellos criterios referidos al precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás cuestiones específicas de la contratación en cuestión. En los casos de contratos de suministro el criterio de selección es exclusivamente el del precio. Como podemos ver, no existen en nuestro país criterios de selección del contratante basados exclusivamente o parcialmente en cuestiones ambientales. Resultaría interesante la existencia de un nuevo régimen de contrataciones en el que se encuentren plasmada variables ambientales a la hora de adjudicar contratos públicos. En síntesis, esta ¨ecologización de la contratación pública¨xxxvii, requiere en nuestro país un cambio de estrategia por parte de las Administraciones, donde se persiga con el poder de compra estatal no solo el ahorro en la contratación sino la sustentabilidad de la misma, la que en el corto, mediano o largo plazo será más económica que aquella oferta de menor valor pero ambientalmente insustentable.
I.
g). Pago de Servicios Ambientales
Los ecosistemas naturales proporcionan una amplia variedad de servicios ambientales, que serian los procesos y las funciones de los ecosistemas que, además de influir directamente en el mantenimiento de la vida, generan beneficios y bienestar para las personas y las comunidades. Es importante tener clara la diferencia entre bienes y servicios ambientales. Los primeros son productos tangibles de la naturaleza (madera, frutos, agua, suelo, plantas medicinales) de los que nos beneficiamos directamente los seres humanos. Los bosques, por ejemplo, además de otras funciones, brindan servicios hidrológicos como la filtración de aguas y la regulación de flujos hídricos, la Reducción de Sedimento lo que previene de daños a embalses y vías fluviales 9
originados por sedimentos, contribuyendo a preservar sus usos (generación de energía hidroeléctrica, riego, recreación, pesca y suministro de agua potable), previenen desastres como inundaciones y corrimientos de tierras, permiten la conservación de la Biodiversidad y el Secuestro de Carbono. Sin embargo, estos servicios hidrológicos son raramente valorados, hasta que los efectos de la deforestación se hacen palpables en forma de inundaciones xxxviii y pérdida de la calidad del agua. Estos efectos llevan aparejados un incremento en la vulnerabilidad de las poblaciones asentadas en la parte baja de las cuencas, ya sea en forma de riesgos para sus medios de vida o su salud. Por lo tanto los servicios ambientales se pierden debido a una deficiente administración o a la carencia de incentivos económicos para preservarlos. Un elemento clave de la Estrategia Ambiental del Banco Mundial es ayudar a los países en vías de desarrollo a adoptar soluciones innovadoras al problema de la pérdida de servicios ambientales, y sus consecuencias en términos de perdida de
medios de vida, amenazas a la salud, e incremento de la
vulnerabilidad. El innovador trabajo del Banco Mundial en pagos por servicios ambientales (PSA) representa un ejemplo del esfuerzo del
Banco en este
terreno. Actualmente, se destacan cuatro tipos de SA: 1. Secuestro y almacenamiento de carbono: por ejemplo, una empresa eléctrica del hemisferio norte paga a campesinos del trópico por plantar y mantener árboles. Por ejemplo en los Altos Andes cerca de Guamote, sur de Ecuador, se han plantado pino en terrenos comunales en virtud de un programa de secuestro de carbono de PROFAFOR (Programa de forestación para la absorción de emisiones de dióxido de carbono en Ecuador). 2. Protección de la biodiversidad: por ejemplo, donantes que pagan a los pobladores locales por proteger y restaurar áreas para crear un corredor biológico. Por ejemplo CIFOR brinda apoyo al poblado de Setulang, Kalimantán Este, Indonesia, en la formulación de un esquema de PSA que evite la tala del bosque de bajura que pertenece a la comunidad, y en la búsqueda de apoyo financiero para preservar el bosque. Otro ejemplo es Salvador con el cultivo de Café.
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3. Protección de cuencas hidrográficas: por ejemplo, los usuarios aguas abajo pagan a los dueños de fincas aguas arriba por adoptar usos de la tierra que limiten la deforestación, la erosión del suelo, riesgos de inundación, etc. Por ejemplo en Nueva América, Pimampiro, al Norte de Ecuador, los usuarios urbanos del agua pagan por la protección de las nacientes. Por parte,
Nicaragua, a través de la
valoración económica de la oferta
su y la
demanda hídrica del bosque en el cual nace la fuente del Río Chiquito, llegó a una solución
de compromiso: se
compensó al
para que no corte el bosque. El
valor
a través
protección
y el
del
valor
valor del agua
México,
se
de según
la
de
la oferta hídrica
serie
se
estimó
y mantenimiento del bosque
su uso directo (Barzev,
ha desarrollado una
propietario
de
2000). Finalmente, en experiencias
manejados por campesinos, tales como la iniciativa para la
de PSA creación
de un Parque Nacional con el ofrecimiento del servicio de cuidado del bosque para asegurar
el
suministro
de agua a los
sistemas de riego
y la
presa hidroeléctrica de la misma (FORD PRISMA, 2002). 4. Belleza escénica: por ejemplo, una empresa de turismo paga a una comunidad local por no cazar en un bosque usado para turismo de observación de la vida silvestre. Por ejemplo la comunidad de Zancudo, en Ecuador, recibió compensaciones en especie de parte de la empresa Transturi por no cazar en una zona de alta visitación turística en Imuya, Reserva de Vida Silvestre de Cuyabeno. El principio central del pago de servicios ambientales consiste en que los provedores de servicios ambientales se verán compensados por los mismos, mientras que los beneficiarios de los servicios han de pagar por ellos. Los pagos por servicios ambientales son parte de un paradigma de conservación nuevo y más directo, que explícitamente reconoce la necesidad de crear puentes entre los intereses de los propietarios de
la tierra y los
usuarios de los servicios. Aquí es necesario destacar que Costa Rica fue pionera en este campo y su experiencia es, sin lugar a dudas, una de las más importantes en América Latina, ya que posee una ley que regula el pago de servicios ambientales, ley
11
7575 de 1996, que logró revertir el proceso destructivo de los bosques al pasar de una cobertura forestal en los 80 de 30,4% a un 45,4 % en el 2001.xxxix Otro ejemplo americano, es la legislación de República Dominicana que reconoce los servicios ambientales que ofrecen los recursos naturales, enumerando expresamente los que prestan los bosques, las fuentes de agua y las áreas protegidas, tales como: el secuestro, el almacenamiento y estacionamiento de gases con efecto de invernadero, la protección y generación de agua, la protección de la biodiversidad y la belleza escénica, y la contribución a la estabilización del clima. Algunos ejemplos de pago por servicios ambientales señalados en la legislación son: la aplicación del principio “usuario pagador” a través del pago de tasas por usos, como la tasa por uso del agua; la inclusión del pago por los servicios ambientales de protección del recurso hídrico en los costos de operación de las plantas hidroeléctricas y de la prestación del servicio de agua para consumo humano o para riego; los incentivos tributarios aplicables a las inversiones para proteger o mejorar el medio ambiente y hacer un uso sostenible de los recursos naturales; las exenciones tributarias en materia forestal; el pago de las tarifas por ingreso a las áreas protegidas y por las actividades que se realicen dentro de las áreas protegidas; los incentivos y el pago por servicios ambientales a que tienen derecho los propietarios de áreas protegidas privadas; la compensación o el pago por los servicios ambientales aplicable a los propietarios o poseedores d terrenos que ejecuten acciones para la conservación y protección de los bosques y plantaciones forestales. En general, la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARN) está facultada para vender y cobrar servicios ambientales, y existe la obligación de los beneficiarios directos y los usuarios de los servicios ambientales de pagar por ellos. En Argentina, se define a los servicios ambientales en la Ley de Presupuestos Mínimos de Bosques Nativos, en el artículo 5 como: “Considérense Servicios Ambientales a los beneficios tangibles e intangibles, generados por los ecosistemas del bosque nativo, necesarios para el concierto y supervivencia del sistema natural y biológico en su conjunto, y para mejorar y asegurar la calidad de vida de los habitantes de la Nación beneficiados por los bosques nativos.” 12
I.
h) Cambio Climático
Las evaluaciones ecorregionales, la certificación forestal o el ordenamiento territorial, la evaluación de opciones tecnológicas, los cambios de comportamiento y la modificación de medios para obtener el mismo fin, son claros ejemplos que contribuyen a un desarrollo planificado que minimiza los efectos sobre el Cambio Climático.xl Por ejemplo, en nuestro país la ley de promoción de los biocombustibles 26063, el etiquetado energético de heladeras xli y el programa de cambio de luminarias en los que participa la Secretaría de Energía, constituyen algunos de los ejemplos al respecto. Otro ejemplo lo encontramos en la U.E., que en el 2001 publicó la Directiva 2002/91/CE, relativa a la eficiencia energética de los edificios, dirigida a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en virtud de la aceptación del Protocolo de Kyoto del año 1997. Chile posee un Programa País de Eficiencia Energética.
I.
i) Construcciones Sustentables
El concepto de construcción sustentable refiere a las diferentes estrategias destinadas a minimizar el impacto ambiental de las obras de construcción en todas las fases del ciclo de vida de un edificio. Esto incluye las etapas de planificación, diseño, construcción, renovación, utilización y eliminación ó reconstrucción. No se trata de un nuevo estilo arquitectónico, sino de aplicar una serie de criterios, como la correcta orientación de los ambientes, la elección de los materiales, el tamaño de las aberturas y su protección del sol. Estos criterios se relacionan con el consumo de energía, el uso de fuentes de energía renovables y de materiales y productos de construcción más amigables con el ambiente. También se vinculan con aspectos como la gestión de residuos y de agua, así como con otros factores involucrados en los impactos ambientales de la construcción
13
En nuestro país, por ejemplo la Ciudad Autónoma posee un programa de Construcciones Sustentables y una ley de cubiertas verdesxlii. (Resolución N° 175/APRA/10). También encontramos la Ley N°13059 del año 2003 de la Provincia de Buenos Aires, que establece las condiciones de acondicionamiento térmico exigibles para la construcción de edificios en todo el territorio provincial, y que incorpora como obligatorias las Normas IRAM referidas al acondicionamiento térmico de edificios y ventanas, para todas las construcciones públicas y privadas destinadas al uso humano.
I.
j) Energías renovables
La problemática energética es hoy en día, sin dudas, uno de los grandes desafíos a que se enfrenta la humanidad. La intensiva utilización de los combustibles fósiles que se ha producido desde principios de la revolución industrial hasta nuestros días posibilitando el desarrollo industrial actual, ha provocado, por otro lado, consecuencias no deseadas como el Calentamiento global. Como las fuentes fósiles son limitadas, su precio es variable y producen contaminación, es necesario su sustitución por energías renovables, es decir, aquellas cuya fuente no se agota por el uso. Por ejemplo en nuestro país encontramos el Decreto 140/07 del Programa Uso Racional y Eficiente de la Energía (PRONUREE), y los Programas de Generación de Energías renovables (GENREN) de ENARSA y el Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER).
I.
k) Consumo responsable
Se trata de una nueva forma de consumir, que logra satisfacer las demandas de la población, proporciona una mejor calidad de vida y optimiza el uso de los recursos naturales, sin poner en riesgo la capacidad del ambiente para satisfacer las necesidades de generaciones futuras. Por ejemplo, la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueve el establecimiento de medidas que incentiven el consumo responsable en todo el ámbito de la Ciudad -incluyendo las reparticiones públicas del Gobierno de la Ciudad-, generando políticas de compras, 14
prestando capacitaciones, fomentando la adopción de técnicas de re uso y reciclado, creando mecanismos de gestión de residuos peligrosos domiciliarios, etc. Otro ejemplo es la provincia de Entre Ríos, en su artículo 83 de la Constitución Provincial promueve el consumo responsable, el uso de tecnologías y elementos no contaminantes, las prácticas disponibles más avanzadas y seguras, una gestión integral de los residuos y su eventual reutilización y reciclaje, fomenta la incorporación de fuentes de energía renovables y limpias y establece medidas preventivas y precautorias del daño ambiental.
I.
l)Trasporte Ecológico o sustentable
El concepto de transporte sustentable se refiere a la tendencia que hoy existe a nivel mundial por desarrollar sistemas de transporte menos agresivos con el ambiente, más eficientes y más económicos, y ello tanto desde el punto de vista de adquisición, operación y mantenimiento de los vehículos, de su estructura y método de propulsión, como desde el de la superestructura que les sirve de soporte, que los viabiliza a todos los niveles: en la tierra, en el mar, bajo el mar, en el aire y en el espacio exterior, de viaductos, ferrovías, carreteras y puertos, redes de comunicación y telemetría, etc.xliii Por ejemplo la las bici sendas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
I.
ll) Educación, Información e Investigación Ambiental
Los Estados están obligados a brindar la información y educación ambiental necesaria para que la población pueda participar de todas las decisiones acerca de emprendimientos que puedan afectar el ambiente, por ejemplo las audiencias públicas durante los procesos de Evaluación de Impacto ambiental. Asimismo los Estados, tienen que promover y desarrollar investigaciones acerca de los productos y servicios que pueden llegar a afectar la salud y el ambiente, a los fines de tomar las decisiones adecuadas para evitarlo, por ejemplo a través de la legislación. Por ejemplo serían las que nuestro país lleva
15
a cabo a través del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) o el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Por otro lado también existen medidas por las cuales las empresas pueden incorporar la variable ambiental a su política comercial.
II.
a) Balances ambientales o sustentables.
Sería interesante que esta variable ambiental, se incorpore en los balances de las empresas y del mismo estado, ya que permitiría prever mejor las decisiones y costos de las mismas, por eso está actualmente muy de moda los balances ambientales o sustentables. Por ejemplo en la industria pesquera de Perú, las normas contables del medio ambiente se centran en incorporar conceptos ambientales dentro de los estados financieros y en las notas a los Estados Financieros. Otro ejemplo, es incorporar los índices de sustentabilidad para la plaza bursátil, los mismos incorporan criterios de comportamiento en temas sociales, ambientales y de gobierno corporativo en la selección de las compañías que componen dichos índices y constituyen herramientas de apoyo a la toma de decisiones por parte de los inversionistas. Los
índices
de
Sustainability
sustentabilidad Index,
más
calculado
conocidos
por S&P
son
Dow
el
Dow
Jones
Jones
Índices y
el FTSE4Good calculado por FTSE International Limited; mientras que en la región
se
destacan
(ISE) de Brasil creado
el Índice en
2005
de por
Sustentabilidad BM&FBovespa y
Empresarial el índice
de
sustentabilidad de la Bolsa Mexicana de Valores, el cual se implementó durante el año 2012, en Chile ya hay proyectos para implementarlo.
II.
b) Sistemas de Gestión Ambiental (ISO 14.001 y EMAS)
Es necesario que las empresas se comprometan con su entorno y adopten procesos efectivos. No sólo para que puedan cumplir con sus expectativas económicas, sino también para
que se preocupen por el
desempeño ambiental de la empresa y puedan enfrentar la creciente presión 16
ejercida tanto por la sociedad, como por las reglamentaciones ambientales y el mercado mismo. Ante este panorama, surge la serie ISO 14000 como una de las respuestas presentadas a la iniciativa del sector productivo, para estandarizar los Sistemas de Gestión Ambiental (SGA) de las industrias. Esto se produjo en busca de un desarrollo sustentable para la optimización y conciliación de aspectos sociales, ambientales y económicos. ISO 14000 se origina a partir del compromiso de ISO de apoyar el objetivo de “desarrollo sustentable” surgido de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, realizada en Rio de Janeiro en 1992.
Su
objetivo
es
colaborar
con
las
organizaciones
privadas
y
gubernamentales de cualquier tipo estableciendo objetivamente sus Sistemas de Gestión Ambiental (SGA) para su certificación. Es decir, se ocupan de evaluar “qué es lo que la empresa hace para minimizar los efectos o impactos perjudiciales de sus actividades, productos o servicios, sobre el medio ambiente”. De la ISO 14000, la norma 14001 es considerada la de mayor importancia por estar diseñada para ser utilizada en un sistema de auditoría por terceros. Así, es como una tercera persona certificada e independiente, audita el SGA basándose en el criterio de ISO 14000, y si las instalaciones pasan la auditoría, será registrada como cumplidora de ISO 14001. Certificar y cumplir con el ISO 14001 posee beneficios que traerán impactos en los diferentes grupos. En primer lugar, a la empresa le implica una reducción en el costo de la administración de residuos y en el costo de distribución, ahorro en el consumo de energía y materiales, mejora de la imagen corporativa frente a los organismos reguladores, los clientes y el público en general, lo cual contribuiría al marketing ambiental. A su vez, a los proveedores de empresas certificadas, les facilita el desarrollo de sus productos en el contraste de amplios datos de mercado de sus sectores, permitiendo así, a los industriales, concurrir cada vez más libremente y con eficacia en muchos más mercados del mundo. Los gobiernos también se ven beneficiados ya que, las Normas Internacionales proporcionan las bases tecnológicas y científicas que sostienen la salud y la legislación sobre seguridad y calidad medioambiental. Por lo tanto, es necesario hacer hincapié en que los estados deben ser agentes de fomento para la viabilidad del 17
proceso de implementación de SGA de las empresas. De manera contraria, para las empresas de países en desarrollo, en los cuales las presiones son pocas, tanto por parte del Estado como por parte de la población, existe otra realidad. Estas consideran que las ISO funcionan como una barrera comercial, ya que se ven obligadas a adecuarse a las exigencias impuestas por las normas establecidas por las grandes corporaciones económicas que actúan en países desarrollados, y ésto puede representar el aumento de las desigualdades existentes entre las empresas de países ricos y las de los países pobres, tanto en el nivel económico como social. Actualmente, la implementación de la serie ISO genera diversos puntos de vista; por un lado se encuentran las organizaciones que la consideran una “barrera comercial” y por otro lado, aquellas que la consideran una acción de “marketing social”. Sin embargo, la realidad demuestra que el cumplimiento de estas normas crea una ventaja competitiva para la empresa, lo que finalmente contribuirá a reducir los impactos en el medio ambiente. Actualmente se está extendiendo la opinión de que los SIGMA son un instrumento necesario pero insuficiente. Incluso lo reconoce el propio Programa del Ministerio de Medio Ambiente de 15 puntos medioambientales a desarrollar durante la presidencia española de la UE, que señala como uno de dichos puntos el fomento de que los actuales SIGMA evolucionen hacia programas empresariales más avanzados basados en el concepto de la ecoeficiencia (MIMAN, 2002). Debe igualmente destacarse que la actualización, actualmente en curso, de las normas EMAS (Comisión Europea, 2001a) ya
contempla
específicamente la necesidad de incorporar criterios de estrategia ambiental, lo que no deja de ser un símbolo de cuál es la tendencia actual en esta materia. En el caso argentino tenemos las normas IRAM. Que varias de ellas poseen implicancias ambientales. xliv Existen otras normas internacionales como la ISO 14067 que se refiere al cálculo de la huella de carbono en producto, y su comunicación incluyendo el etiquetado. En nuestro país encontramos por ejemplo una bodega mendocina que calcula y certifica la huella de carbono de su vino. xlv
II.
c). Certificado de sustentabilidadxlvi (CS) 18
Los certificados de Sustentabilidad, son una licencia que se otorga a los ciudadanos y/o compañías que adhieren al Programa de Sustentabilidad promovido
por
una
empresa.
Se
monitorea
en
forma
dinámica
y
consensuadamente, el compromiso empresarial y/o ciudadano con relación a la Salud Ambiental humana y animal y el desarrollo sostenible a través del análisis cuali y cuantitativo de los procesos vinculados a la generación de productos o servicios. El fin primero es que la persona pueda saber toda la historia del producto, proceso y/o servicio hacia atrás, su trazabilidad. El fin último que perseguimos es aportar información veraz al sistema mundial que regula las posiciones arancelarias [taric number] de los productos, de forma que aminoren el pago de aranceles en el comercio internacional de aquellos productos, procesos y/o servicios que hayan adherido a la CS. Esta certificación es útil para concientizar y dar a conocer su compromiso con el cuidado del medio ambiente a través de acciones concretas, estas podrán ser evaluadas en forma dinámica y progresiva de acuerdo estándares universales de sustentabilidad. El compromiso asumido así como las acciones destinadas al logro del mismo son de dominio público, esto permite por un lado transparentar la legitimidad de este compromiso y al mismo tiempo brindar herramientas a los consumidores a fin de premiar con su compra a las empresas adheridas al programa. Las empresas que cuenten con CS podrán agregar un código de diferenciación y pagar menos aranceles que las mismas con igual posición arancelaria pero que no poseen su número de CS, o no lo tienen en vigencia. Estas a su vez serán exigidas por sus clientes para abastecer a sus mercados locales, buscando de esta forma que el ciudadano las exija en los puntos de venta. En el mundo hay diversos sellos de protección ambiental, ejemplos de lo dicho lo encontramos con las certificaciones de maderas sustentablesxlvii, pesca sustentablexlviii, turismo sustentablexlix, comercio justo, producto orgánico, wind madel, el de manejo responsable de bosques, el que certifica que no se hizo testeo en animales y el de reciclado, etc. Entre los ejemplos argentinos, encontramos dos empresas alimenticias cordobesas que entran en el mercado voluntario de bonos de carbono li y una
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exportadora de yerba mate que obtiene los sellos de comercio justo y producto orgánico.lii Con respecto a la pesca en nuestro país,liii el “Plan de Acción Nacional para la Conservación y el Manejo de Condrictios (tiburones, rayas y quimeras) en la República Argentina”liv, que tiene como objetivo general garantizar, sobre una base participativa, en el marco del Régimen Federal de Pesca (Ley Nº 24.922), la Ley General del Ambiente (Ley Nº 25.675), y los acuerdos internacionales vigentes, la conservación y el manejo sustentable de los condrictios en los ámbitos bajo jurisdicción de la República Argentina siguiendo los lineamientos del Código de Conducta para la Pesca Responsable de FAO y el enfoque ecosistémico para el manejo de pesquerías.lv De modo similar el “Plan de Acción Nacional para Reducir la Interacción de Aves con Pesquerías en la República Argentina”lvi, cuyo objetivo general es reducir la interacción entre aves marinas y pesquerías en aguas bajo jurisdicción argentina. Una situación similar a la mencionada, se produjo en relación a otra especie comercial importante del mar argentino, como lo es la especie polaca. En tal sentido la autoridad de aplicación de la Ley Federal de Pesca Nº 24.922 puso de relieve la importancia que reviste, en el marco del enfoque ecosistémico, la realización de estudios que consideren la captura incidental de otras especies y peces cartilaginosos con presencia en el área de distribución de polaca.lvii
d). Due Diligence Ambiental Prácticamente todas las transacciones en la etapa previa de compra o fusiones entre empresas, que se realizan actualmente incorporan en sus due diligences la repercusión de las variables ambientales en el precio y cláusulas de salvaguarda de la transacción. Algunos de los apartados de mayor importancia son: los costes necesarios para descontaminar suelos y edificios (pasivos ambientales) y las inversiones que es preciso efectuar para adecuarse a los criterios de protección del medio ambiente exigidos
y los juicios o
contingencias que en materia ambiental posea una empresa. Por ejemplo en la Securities Act de USA de 1933 se puede observar esta figura.
II e). Códigos Ambientales empresariales 20
En 1998, la Fundación BBV (Fundación BBV, 2000) organizó una jornada sobre «Integración del factor ambiental en la estrategia de la empresa» con la presencia de Manuel Olivencia (autor de la versión española del Código de buen gobierno de las sociedades) de diversos representantes de empresas y administraciones y moderada por el autor de este artículo. En dicha mesa se destacó que la adopción de las normas ISO 14.000 implicaba tan sólo al nivel ejecutivo de las empresas y que era preciso que los órganos de dirección de las empresas adoptasen decisiones estratégicas que contemplasen la variable ambiental. Para ello se sugiere la incorporación de un consejero externo independiente, con las características y funciones definidas en el citado Código de buen gobierno de las sociedades. En 2002 se ha aprobado y difundido el Código de gobierno de la empresa sostenible (IESE, 2002), elaborado por el IESE-Universidad de Navarra con una amplísima colaboración de representantes de fundaciones y empresas entre los que se encuentra el autor del artículo. El objetivo de este código es el de ayudar a los máximos órganos de gobierno de las empresas españolas a integrar en sus actividades y decisiones los principios del desarrollo sostenible. Para ello se propone que diversos miembros del consejo de administración posean «adecuados conocimientos y sensibilidad» acerca de la variable ambiental. Incluso se sugiere que el máximo órgano de gobierno de la empresa establezca una Comisión Delegada de Medio Ambiente.
II f). Responsabilidad Extendida del productor Una medida ambiental que es tomada por los Estados, y llevada a cabo por las empresas es por ejemplo aquellas que prevén la Responsabilidad extendida del productor, en otras palabras, que el productor se haga cargo una vez que el producto ha sido utilizado, obligándolos a implementar medidas tendientes a: modificar los procesos industriales, prevenir la generación de residuos y recuperar y reciclar sus envases.
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A nivel internacional encontramos que en los países europeos, las leyes se han enmarcado en el concepto llamado "Responsabilidad Extendida al Fabricante" (Extended Producer Responsibility) en todo el ciclo de vida de los envases y productos. Actualmente más de 15 países tienen mandatos de recuperación de envases (envases retornables) por ejemplo la ley de envases y residuos de envases de España N° 11/1997lviii. Además, algunos tienen leyes de recuperación de pilas y baterías, por ejemplo la ley sobre recogida y reciclaje de pilas y baterías de España Real Decreto 106/2008
y alrededor de una
docena están planeando implementar leyes de recuperación y reciclado de equipos electrónicos entre ellos la ley de sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos de España Real Decreto 208/2005. lix En nuestro país, encontramos la reciente Resolución N° 523/2013 de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Manejo Sustentable de Neumáticos.
II g). Medidas ambientales de Bancos Los Bancos internacionales no han estado ajenos a la necesidad de incorporar la variable ambiental a su política comercial por ello la han incluido de diversas maneras. Como muestra de ello,
en un estudio de 500 bancos de ahorro en
Alemania realizado en 1995 (Weber & Scholz, 1996) el tema de “riesgo ambiental del crédito” fue clasificado como altamente relevante, lo cual no solamente es algo novedoso, pues hasta una década antes no se tomaba en cuenta este aspecto. El mayor riesgo ambiental que enfrentan los bancos se encuentra en el “riesgo indirecto”, el cual es el que se genera por medio de la operaciones con los clientes pues “...los riesgos de los clientes son también los riesgos del banco” (Bouma, p. 31). Dos consecuencias de esta exposición indirecta son: el que una empresa no cumpla con la legislación y como consecuencia de las sanciones impuestas no pueda cumplir con sus obligaciones con los bancos, y la otra, es que una institución financiera reciba como garantía de préstamo un terreno al que después se vea obligado, a causa de la legislación existente, a pagar por la descontaminación de éste. Hay un tercer riesgo ambiental 22
señalado que es el de reputación, el cual “...es, quizás, más probable que se presente con grandes proyectos de infraestructura -presas, depósitos, caminos, etc.”, por lo que este tipo de riesgo es una amenaza, sobre todo para los bancos de desarrollo multinacionales que financian grandes obras de infraestructura, como éste no es el caso de la mayoría de bancos de países en desarrollo
no se profundizará sobre el análisis éste.
Para evitar estas
situaciones de exposición es importante tener un eficiente sistema de evaluación del riesgo ambiental de los créditos que garantice al mismo tiempo el que los
bancos cumplan sus objetivos, y que sirva de apoyo para los
empresarios que necesitan realizar proyectos ambientales. Lograr este sistema de evaluación del riesgo no es una tarea fácil, pues “...la identificación, análisis y tratamiento de riesgos ambientales exige un entendimiento claro del tipo de incertidumbre involucrada y de las interdependencias
entre economía y
ecología en el análisis costo / beneficio de cada decisión. Sin embargo, muchos bienes y servicios ambientales no están representados en los mercados ni en el sistema de precios, por lo que los riesgos asociados no pueden estimarse directamente (lo que hace necesario desarrollar indicadores y técnicas de valuación específicas) (Quadri p 16) Un ejemplo de nuestro país, es que el Banco Provincia de Buenos Aires, posee una especie de créditos verdes, para sectores productores de bienes y servicios radicados en la cuenca del Rio Reconquista de la provincia de Buenos Aires (COMIREC), cuyo destino es la financiación de proyectos de inversión asociados al cuidado del medio ambiente; adaptaciones para construcciones sustentables; y construcción o ampliación de plantas de tratamiento de efluentes, residuos líquidos o gaseosos.lx Es claro de que aunque esta posición de “filantropía ecológica” es importante, no es el principal motivo de los bancos, el cual al final de cuentas es maximizar el beneficio, ya sea generando nuevos ingresos o reduciendo costos. Pero también se ha demostrado que bajo las condiciones adecuadas: consumidores exigentes y dispuestos a pagar por productos “ambientales” en conjunto con la legislación y el sistema de implementación y seguimiento de la misma, la administración del riesgo ambiental en las instituciones financieras puede ser un negocio rentable. lxi 23
Conclusiones “Un conjunto efectivo de respuestas que aseguren una gestión sostenible de los ecosistemas requiere cambios sustanciales en las instituciones y en la gobernanza, en las políticas económicas e incentivos, en los factores sociales y de comportamiento, y en la tecnología y los conocimientos, los cuales podrían disminuir considerablemente la severidad de esos problemas en las próximas décadas” Evaluación de Ecosistemas del Milenio (EEM, 2005).
Como vemos existen numerosas posibilidades de incorporar la variable ambiental a la realidad actual internacional, solo es cuestión de dar el primer paso. Algunas de ellas ya han sido implementadas desde los diferentes Estados y también por algunas empresas internacionales. La gobernanza aplicada a los temas ambientales se explica por: la interdependencia
de
los
desafíos
medioambientales;
la
arquitectura
institucional del régimen de gestión ambiental mundial marcada por la coexistencia de diversas instituciones con mandatos equivalentes, y la multiplicidad de actores estatales y no estatales involucrados en la toma de decisiones. Lo importante es que los Estados sigan dando el ejemplo a otros Estados, empresas y población en general de que se puede seguir creciendo de manera sustentable.
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NOTAS - BIBLIOGRAFIA i
MORENO, Catalina y CHAPARRO ÁVILA, Eduardo. Conceptos básicos para entender la legislación ambiental aplicable a la industria minera en los países andinos. CEPAL, Serie Recursos Naturales e Infraestructura N° 134, Santiago de Chile, mayo 2008, p. 17. ii PARTIDARIO, María Rosario. La experiencia de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en Europa. CIUDAD Y TERRITORIO, Estudios Territoriales, XXXVIII (149-150) 2006. Ver en: http://www.ced.cl/ced/wp-content/uploads/2011/10/ciudad-y-territorio_mrp.pdf iii LARA, A. La EAE aplicada a la hidroelectricidad. Ver en: http://www.cadp.org.ar/docs/congresos/2010/105.pdf iv Ver en http://www.mtc.gob.pe/portal/transportes/asuntos/proyectos/pvan/eae/resumen_ejecutivo.pdf. v En marzo del 2013, la senadora Norma Morandini presento un Proyecto de ley de presupuestos minimos de EIA, cuyo artículo 7 se refiere al EAE y el 8 a la Evaluación ambiental Conjunta. Ver en: http://www.normamorandini.com.ar/?p=5569 vi Ley Marco de Medio ambiente, prevee en el art. 5 inc e y el 66 la EAE. vii Ver en: http://www.ec.gba.gov.ar/uco/docs/informesambientales/Evaluacion%20Ambiental/Evaluacion% 20Ambiental%20Estrategica.pdf viii Decreto 2607/2004 ix Corredor de la Ruta 40 Austral x En la LEY 4/2004, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. xi Ley 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible (2008). xii Decreto Nº180-2003 Ley de ordenamiento territorial (2003). xiii Ley Nº 388 de 1997 de Ordenamiento Territorial. xiv Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio (1983). xv Si bien el país carece de una Ley Nacional de Ordenamiento Territorial, esta herramienta está mencionada en la Constitución Nacional de acuerdo a los artículos 133, 136, 144 y 170; a nivel departamental de acuerdo a las Leyes de Descentralización Administrativa y de Participación Popular; y a nivel municipal, de acuerdo a las Leyes de Participación Popular y de Municipalidades. xvi En este país el principio de planificación y ordenamiento territorial está incorporado en su Constitución Nacional como herramienta para la política ambiental en los artículos 182 y 183. xvii Las provincias que han aprobado por ley su ordenamiento de bosques nativos son Salta, Santiago del Estero, Chaco, Corrientes, Río Negro, Santa Cruz, Mendoza, Formosa, Tucumán, Chubut, San Luis, San Juan, Misiones, Catamarca y Córdoba. xviii El Ordenamiento Ambiental del Territorio como herramienta para la prevención y transformación democrática de conflictos socio-ambientales. Lineamientos básicos y recomendaciones para el desarrollo de una política nacional. Volumen 2. FARN Y CAMBIO DEMOCRATICO ver en: http://cambiodemocratico.com.elserver.com/publicaciones/OAT_2.pdf xix Ver en http://www.ecodelledolomiti.net/Num_5/Num_5_Espa/Bombarda_5Espa.htm xx Ver en http://dgffs.minag.gob.pe/legislacion/?p=907 xxi Ver en http://www.crirsco.com/chico_espanol.pdf xxii Ver www.acumar.gov.ar/. xxiii Ver http://www.comirec.gba.gov.ar/. xxiv Ver http://www.cohife.org.ar/CuencaSaliDulce.html. xxv Resolución ACUMAR 873/2011, ver en http://www.acumar.gov.ar/sec_cps2.php. xxvi Ley 223/1995. xxvii Estableciendo un régimen especial para incentivar su producción y uso en el país. Para eso se instituye una serie de beneficios promocionales como deducciones y tratamientos impositivos y tributaciones especiales en relación a las vigentes. Se promocionan por la norma el biodiesel, el bioetanol y el biogás. Se define la obligatoriedad de la participación del biodiesel y el bioetanol en los combustibles diesel y naftas comercializadas en un porcentaje del 5 % a partir de 2010. Ver en http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/115000119999/116299/norma.htm. xxviii Ver ALICIARDI, María Belén. ISO 14:001. Revista EMPRESA Y AMBIENTE. N°1. Julio 2011.
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xxix
MANZONI, Carlos. Ser una empresa "verde" paga poco en la Argentina. La Nación 9/06/2013 Ver en: http://www.ramcc.net/index.php?option=com_k2&view=item&id=677%3Aseruna-empresa-verde-paga-poco-en-la-argentina xxx Eduardo Kronberg, gerente de relaciones públicas, responsabilidad social y comunidad de Toyota, cuenta que en 2009, cuando su firma lanzó en el país el Prius, un auto híbrido, se fijó una reducción de 35% a 2% del arancel de importación, para un cupo de 200 unidades, pero eso sólo duró dos años."En general, en todo el mundo este tipo de tecnología, dado que todavía es cara, tiene incentivos para que se desarrolle -explica Kronberg-. En algunos países tiene reducción impositiva; en otros, descuento en los valores de registración, y en algunos, menor costo de estacionamiento." xxxi Datos extraídos del Document de travail de la Commission européenne: calcul d'indicateurs mesurant l'incidence économique de la politique des marchés publics, 27 de abril de 2010 (2004-2008). xxxii LA UE si bien no existe un marco legal específico para SPP ó GPP, hay dos Directivas de la UE -2004/173 y 2004/182 - que han facilitado la inclusión de criterios ambientales y sociales desde las etapas iniciales del proceso de compras y contrataciones públicas, así como la adaptación de los marcos legales en los países miembro. Ver en http://www.oas.org/es/sap/dgpe/pub/compras2.pdf xxxiii En Chile desde un comienzo la ley de compras públicas (ley 19.886) promulgada el año 2003 recomendaba la consideración de factores ambientales y sociales en las transacciones del Estado, estas sugerencias eran más bien de carácter implícito y no establecían condiciones específicas, obligatoriedad ni sanciones por incumplimiento, especialmente el artículo 6°.Aun cuando se menciona que los criterios de compra no deben ser exclusivamente económicos y de corto plazo, no establece mayores detalles acerca de qué costos debiesen considerarse y de qué manera. (Ministerio de Hacienda 2003). No es hasta el año 2004 con la promulgación de Decreto Supremo (Hacienda) 250 de la ley de compras 19.886 que se establecieron criterios que discriminan por comportamientos socialmente responsables de las empresas oferentes. Este decreto ha sido actualizado en varias ocasiones, siendo su última actualización la realizada en diciembre del 2011. Sumado a lo anterior, en marzo del 2012 se publicó la “Política de Compras Públicas Socialmente Responsables”. xxxiv En Ecuador el concepto de compras públicas sustentables está explícitamente mencionado en la Constitución de la República del Ecuador: Art. 288.- Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas. xxxv Perú ha aprobado recientemente el Decreto Supremo (184-2008-EF) reglamentario de la Ley de Contrataciones del Estado (N°1017) donde establece en su Artículo 4 principios que rigen las contrataciones directamente vinculados al tema de la sustentabilidad. xxxvi MERCOSUR ha sido uno de los pioneros en este tema, al aprobar su Política regional de promoción y cooperación en producción y consumo sostenibles (MERCOSUR/CMC/DEC. N°26/07), en la cual los gobiernos y el sector público en general tienen un rol claro para su promoción. En este marco, se desarrolló un proyecto para evaluar las condiciones políticoinstitucionales y de capacidades de los 4 países miembros para incluir criterios de sustentabilidad en el Protocolo de Compras Públicas. xxxvii Así lo expresa el Libro Verde sobre la política de productos integrada (2001), p. 16 xxxviii Por ejemplo de haberse conservado los bosques de Tartagal, Salta se hubieran evitado las inundaciones en esa comunidad. xxxix RODRÍGUEZ, Jorge. Los servicios ambientales del bosque: el ejemplo de Costa Rica. Informe Especial. Ver en : http://web.catie.ac.cr/informacion/RFCA/rev37/pag47-53.pdf. xl TANIDES, Carlos G. Cambio Climático Y Energía. Proyecto Recursos Energéticos Alternativos, Fundación Vida Silvestre Argentina (FVSA). Buenos Aires, 2004. nº 90 [oct-dic. 2004], p. 48-51. xli Las etiquetas de eficiencia energética son etiquetas informativas que se adosan a los productos manufacturados para describir su desempeño energético; su objetivo es mostrar al público consumidor cuál es la eficiencia del producto que están comprando. Muchos países del mundo han adoptado con mucho éxito estas etiquetas desde hace por lo menos veinte años. En la Argentina comenzó a aplicarse en forma obligatoria, en un principio para heladeras y freezers, en abril de 2006.
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xlii
Son sistemas de ingeniería que permiten el crecimiento de vegetación en la parte superior de los edificios (techos o terrazas) manteniendo protegida su estructura. Ej la Facultad de derecho de la UBA acaba de implementar este mecanismo. xliii ACOSTA, Mario Guillermo. Estrategias de Trasportes sustentables. Revista Cifra, Colombia, 2004, pag. 1. xliv Norma IRAM N° 11601. Aislamiento térmico de edificios. Propiedades térmicas de los materiales para la construcción. Método de cálculo de la resistencia total, Norma IRAM N° 11603. Aislamiento térmico de edificios. Clasificación bioambiental de la República Argentina, Norma IRAM N° 11604. Aislamiento térmico de edificios. Ahorro de energía en calefacción. Coeficiente volumétrico G de pérdidas de calor. Norma IRAM N° 11605. Aislamiento térmico de edificios. Condiciones de habitabilidad en viviendas. Valores máximos admisibles de transmitancia térmica (Nivel B), Norma IRAM N° 11630. Aislamiento térmico de edificios. Verificación del riesgo de condensación intersticial y superficial en puntos singulares y Normas concurrentes. xlv Bodega Salentein con su Portillo Malbec. xlvi Ver en http://www.certificaciondesustentabilidad.org/hazloeco. xlvii La madera sustentable está certificada por la FSC, es la madera más apta para evitar los daños al medio ambiente. El Consejo de Administración Forestal, más conocido por sus siglas en inglés FSC, es una organización no gubernamental de acreditación y certificación con sede en Bonn, Alemania y fue fundada en el año 1993 a manos de un grupo de personas que tendrían una responsabilidad con la industria forestal y el mantenimiento del medio ambiente. xlviii En 1996, UNILEVER (el mayor comprador de alimento marino del mundo) y la World Wildlife Fund (WWF), una organización conservacionista internacional, crearon el Marine Stewardship Council (MSC), una organización mundial para la certificación de pesquerías naturales. El MSC ha operado independientemente desde 1999, acreditando y auditando la efectividad de certificadoras independientes. Hasta la fecha ha acreditado 9 compañías privadas, incluyendo ORGANIZACION INTERNACIONAL AGROPECUARIA (OIA) de Argentina, para certificar pesquerías. OIA es la única certificadora en Latinoamérica y países de habla hispana acreditada para certificar Sistemas de Pesca Sustentable. xlix Existen diferentes Programas Consolidados en las Américas de certificación de turismo sustentable entre ellos, la Certificación para la Sostenibilidad Turística (CST) de Costa Rica, el GREAT Green Deal, Centroamérica, el Caribe y México, el Green Globe International, a Nivel Mundial, el Green Seal, de USA Ademas encontramos normas especificas coma la Norma Mexicana NMX-AA-133-SCFI-2006, México, la Norma brasileña NBR ABNT 15.401 Manejo sostenible de alojamientos. Y diferentes programas como el Smart Voyager, Ecuador, el Sustainable Tourism Eco-Certification Program (STEP), USA, y Programas Consolidados en las Américas para las Playas como el The Beach Quality Certificate, Mexico, el Blue Flag, International, y otros programas como el Programa de Certificación de Turismo Rural Sostenible de la Sociedad Uruguaya de Turismo Rural, Uruguay, el Quality Tourism for the Caribbean (QTC, Turismo de Calidad para el Caribe), Barbados, Bahamas, Jamaica, Trinidad y Tobago y los nueve países de la Organización de Estados del Caribe Oriental Organization of Eastern Caribbean States, el The Uruguayan Society of Rural Tourism (SUTUR), Uruguay, y Programas en Otros Continentes que Colaboran con RCTSA como el DestiNet, el European Union Eco-Label, el Fair Trade in Tourism South Africa (FTTSA), el Voluntary Initiative for Sustainability in Tourism (VISIT). l Garantiza que se usó energía renovable en la producción. li Arcor, al igual que Aceitera General Deheza, entre otras, entraron al mercado de bonos. La primera lo hizo en el voluntario, al pasar a usar biomasa en lugar de gas natural, y la segunda, en el regulado, al instalar una caldera con la que obtiene energía a partir de la quema de cáscara de maní y girasol. lii Guayaki, empresa productora y exportadora de yerba mate orgánica. Para Alex Pryor, cofundador junto con David Karr de Guayaki, iniciar ese tipo de producción fue una iniciativa privada. "Además de los sellos de mercado justo y orgánico, nuestra empresa fue certificada como B (sólo hay 12 en el país), que garantiza que es amigable social y ambientalmente", destaca Pryor. liii Resumen del articulo: Daniel Seitune. Aspectos Históricos y Actuales de la Sustentabilidad Pesquera Argentina. Revista iberoamericana de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales. N° 8. 29/05/2013. liv Aprobado por Resolución CFP Nº 6/2009 de fecha 12/03/09 (B.O. Nº 31616 de fecha 17/03/2009).
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lv
Capítulo III La elaboración del PAN-TIBURONES EN LA ARGENTINA. Resolución CFP Nº 6/2009 de fecha 12/03/09 (B.O. Nº 31616 de fecha 17/03/2009). lvi Aprobado por Resolución CFP Nº 3/2010 de fecha 5/04/10 (B.O. Nº 31887- 21/04/2010). lvii La Autoridad de Aplicación remarcó la importancia que tiene, en el marco del enfoque ecosistémico, la debida consideración a la captura incidental de las especies Lamna nassus y Squalus acanthias, y otros peces cartilaginosos con presencia en el área de distribución de polaca, que han sido propuestos en CITES para su incorporación al listado de especies de comercialización restringida. El INIDEP y la Autoridad de Aplicación elaborarán consideraciones de carácter ecosistémico. Ver punto 3.1 Acta del Consejo Federal Pesquero Nº 43/2010 de fecha 24/11/2010 disponible en sitio web http://www.cfp.gob.ar/actas/acta43-2010.pdf lviii La Ley 11/1997 de envases y residuos de envases es una norma ambiental de excepcional relevancia que incorpora al derecho español la Directiva 94/62/CE, de envases y residuos de envases y, en tal sentido, traslada al Derecho español dos trascendentales principios de la nueva política comunitaria sobre residuos: el que contamina paga y el de responsabilidad compartida. lix La Directiva de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (Waste Electrical and Electronic Equipment, WEEE), 2002/96/CE, es una ley en vigor desde el 13 de agosto del 2005 en todo el ámbito de la Unión Europea. Pretende promover el reciclaje, la reutilización y la recuperación de los residuos de estos equipos para reducir su contaminación. lx http://www.inviertaba.com.ar/ambientales.php lxi http://www.incae.edu/es/clacds/publicaciones/pdf/cen772.pdf
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