“2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
COMUNICACIÓN “A” 6037
08/08/2016
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO: Ref.: Circular CAMEX 1 - 770
Mercado Único y Libre de Cambios. ____________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que con vigencia a partir del 9.08.2016, inclusive, se ha dispuesto lo siguiente: 1. Establecer las nuevas normas cambiarias cuyo ordenamiento se explicita en el anexo en materia de: I.
Normas generales del Mercado Único y Libre de Cambios.
II.
Pagos de importaciones argentinas de bienes y de otras compras de bienes al exterior.
III. Servicios, rentas, transferencias corrientes y activos no financieros no producidos. IV. Deudas financieras. V. Formación de activos externos de residentes. VI. Derivados financieros. VII. Operaciones de cambio con no residentes. En las normas mencionadas se hace referencia a nuevos códigos de concepto de acuerdo a las modificaciones en el Régimen Informativo de Operaciones de Cambio que se darán a conocer por separado que tendrán vigencia a partir del 1.09.2016. Hasta ese momento las operaciones continuarán informándose con los conceptos actualmente vigentes. 2. Dejar sin efecto las normas establecidas en las Comunicaciones “A” 3612; “A” 4260 y complementarias; “A” 4345 y complementarias; “A” 4661 y complementarias; “A” 4834 y complementarias; “A” 4938 y complementarias; “B” 9791; A” 5384 y complementarias; “A” 5405; “A” 5952; “A” 4344 y complementarias; “A” 4662 y complementarias; “A” 4805; “A” 5264 y complementarias; “A” 5265 y complementarias