Periódico Participación al Día # 43

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Participación

Llamadas que salvan vidas en ,

La Secretaría Distrital de Salud (SDS) es el único ente territorial de Colombia que cuenta con un Programa de

Atención Pre hospitalaria (APH) con balance social.

Contamos con 5 vehículos de respuesta rápida.

La localidad de Sumapaz cuenta con 2 cuatrimotos para la atención prehospitalaria.

Durante el

“Es mejor ser rey de tu silencio que esclavo de tus palabras” William Shakespeare

2013

Noviembre-Diciembre de 2013 Bogotá D.C. ISSN 1657-5172

más de

se ha realizado la atención de

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500.000

llamadas en el Centro Operativo

Diariamente se reciben más de 2.045 llamadas solicitando atención de urgencias o emergencias.


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E D I TO R I A L ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD Dirección de Participación Social y Servicio al Ciudadano Carrera 32 # 12 -81 Teléfono: 364 95 32 Alcalde Mayor Gustavo Francisco Petro Urrego Secretario Distrital de Salud Aldo Enrique Cadena Rojas @AldoECadena Subsecretario Distrital de Salud Giovanny Rubiano García Director de Participación Social y Servicio al Ciudadano Octavio Niño Quintero Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones en Salud Oriana Obagi Orozco Coordinación Editorial María del Pilar Moreno Cruz Comunicaciones Textos de la Secretaría Distrital de Salud Ricardo Rojas Higuera y Dirección CRUE

La reforma de la salud y los usuarios Después de varios debates, la plenaria del Senado aprobó el proyecto de ley que reforma el sistema de salud, pero aún queda pendiente su paso por la Cámara de Representantes. Como está planteado, el proyecto no resuelve los problemas estructurales y no soluciona la grave crisis de la salud en el país; en cambio, fortalece un modelo ineficiente, legaliza las trampas que las EPS hacen para quedarse con los recursos, acaba con la red pública y empeora la situación de la gente, a la que se le recortan derechos. Algunos de los puntos centrales de este proyecto traerían efectos sobre los usuarios; por ello es importante revisarlos. Debemos señalar que la Constitución Nacional reconoce la salud como un derecho fundamental (art. 1) y ordena al Estado adoptar políticas que aseguren la igualdad de trato y de oportunidades en el acceso a la salud para todas las personas (art. 2). Además, consagra la salud como un servicio público esencial, obligatorio y que se ejecuta bajo la dirección, supervisión, regulación y control del Estado (art. 49). Teniendo en cuenta el marco constitucional anterior, conviene entonces reflexionar sobre tres aspectos del proyecto de ley: Sostenibilidad: Queda planteada a los criterios de sostenibilidad fiscal: si no hay dinero, no hay derechos. La Constitución señala que el Estado dispondrá, por los medios que la Ley considere apropiados, los recursos necesarios y suficientes para asegurar progresivamente el goce efectivo del derecho fundamental a la salud; la Constitución enuncia, además, que en ningún caso se podrá invocar la sostenibilidad fiscal para

afectar el núcleo esencial de los derechos fundamentales (art. 334). Gestoras del servicio de salud: Son las mismas empresas promotoras de salud (EPS) convertidas ahora en gestoras; cambian de nombre para permanecer en el negocio, fortalecen su rentabilidad y manejan a su antojo el mercado, ya que serán las dueñas de las redes de prestadores, las cuales podrán conformar y gestionar. Es decir, tendrán una posición dominante con la cual arrodillarán al prestador en beneficio de su ánimo de lucro. Integración vertical: Acaba con la red pública hospitalaria, al permitirles a las gestoras constituir su propia red en el I nivel, logrando contratar exclusivamente con ellas. En los niveles II y III, donde existe la prohibición de la integración vertical, si el ente público constituye su propia gestora, entonces no podrá contratar con sus propios hospitales. En otras palabras, como está concebida, esta figura mata a la red pública hospitalaria en todos sus niveles. Razón tienen los diferentes sectores en expresar su indignación contra un proyecto de ley en el cual el remedio resulta peor que la enfermedad. En tal sentido, nuestra recomendación es incentivar la protesta hasta lograr que el gobierno nacional retire del Congreso de la República tan ofensivo proyecto y buscar la redacción de uno nuevo, concertado con las diferentes fuerzas y sectores, que recoja el sentir y el interés general de los colombianos. Aldo Enrique Cadena Rojas Secretario Distrital de Salud

Participaron en esta edición Alexandra Fonrodona Hospital del Sur Corrección de estilo Gustavo Patiño Díaz

Cartas de la comunidad

Fotografía Dirección CRUE Oficina de comunicaciones SDS

El derecho a la salud se toma la localidad de Kennedy

Diseño y diagramación Juan Carlos Vera Garzón Impresión Subdirección Imprenta Distrital - D.D.D.I. Los artículos y las opiniones expresadas en esta edición son de exclusiva responsabilidad de sus autores Su participación es importante. Escriba sus artículos y envíelos a mpmoreno@saludcapital.gov.co Teléfono: 364 95 62 /secretaríadistritaldesalud @sectorsalud Secretaría distrital de salud

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on la participación de aproximadamente 600 personas pertenecientes a diferentes grupos —entre ellos, adultos mayores, comunidad indígena, población LGBTI y comunidad afro—, el secretario distrital de Salud, Aldo Enrique Cadena Rojas, inauguró el 4 de octubre de 2013 el Punto por el Derecho a la Salud (PDS) en la localidad de Kennedy, ubicado en la transversal 74F # 40C-03. Las puertas de este importante espacio de exigibilidad del derecho a la salud fueron abiertas desde el pasado 22 de julio por la Dirección de Participación Social y Servicio al Ciudadano de la Secretaría Distrital de Salud, en cabeza del director, Octavio Niño Quintero. Desde entonces 2.559 ciudadanos han sido atendidos en procesos de sensibilización sobre derechos y deberes, orientación resolutiva, gestión administrativa, asesoría jurídica y social. En este PDS se han registrado 1.172 quejas sobre el régimen subsidiado, contra las EPS Capital Salud, Caprecom, Unicajas, Solsalud y Humana Vivir. El

Dirección de Participación Social y Servicio al Ciudadano SDS.

40% de las quejas representa vulneración reiterada del derecho a la salud, que afectó principalmente a poblaciones prioritarias, como desplazados y mujeres cabeza de familia, embarazadas y lactantes. Cabe anotar que del total de casos, 247 corresponden a población no asegurada, es decir, más del 10% de estos ciudadanos no contaban con seguridad social en salud. No obstante, lo más grave es que la mayoría desconoce que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar el acceso de la población a los servicios de salud. En estos dos meses de atención el PDS-Kennedy ha ayudado a tramitar 38 acciones jurídicas relacionadas con suministro inmediato de los medicamentos no contemplados en el Plan Obligatorio de Salud (POS), cirugías para pacientes de la tercera edad y menores de edad, asignación de citas de medicina general, especializada, y asignación de terapias y tratamientos especializados para usuarios en condición de discapacidad severa.


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Plan Decenal de Salud Pública 2012 - 2021, pacto social y mandato ciudadano Entrevista a María Claudia Franco Morales - Planeación y Sistemas de la Secretaría Distrital de Salud

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n materia social, Colombia enfrenta el gran desafío de articular el desarrollo económico con el social. Para lograrlo, el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 (Departamento Nacional de Planeación [DNP], 2011) cimienta la prosperidad para todos en ocho grandes pilares: convergencia y desarrollo regional, crecimiento y competitividad, igualdad de oportunidades, consolidación de la paz, innovación, sostenibilidad ambiental, buen gobierno y relevancia internacional. El Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 es producto del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, y busca la reducción de la inequidad en salud, planteando los siguientes objetivos: 1) avanzar hacia la garantía del goce efectivo del derecho a la salud; 2) mejorar las condiciones de vida que modifican la situación de salud y disminuyen la carga de enfermedad existente; 3) mantener cero tolerancia frente a la mortalidad, la morbilidad y la discapacidad evitable. Uno de los mayores desafíos del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021, es afianzar el concepto de salud como el resultado de la interacción armónica de las condiciones biológicas, mentales, sociales y culturales del individuo, así como con su entorno y con la sociedad, a fin de poder acceder a un mejor nivel de bienestar como condición esencial para la vida, según lo expresa el documento del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021. Alexandra Fonrodona (AF): ¿Cómo se construyó el Plan Decenal de Salud Pública 20122021? Claudia Franco (CF): El Ministerio de Salud construyó este plan a partir de una convocatoria hecha a universidades públicas, entre las que participaron la de Antioquia, la del Valle, la Nacional y la Industrial de Santander. Estas universidades ayudaron a formular el Plan Decenal, el cual dividió el país en cuatro regiones. Cada universidad tomo una región, se escucharon entonces las voces desde los diferentes sectores de lo que debería ser la salud en Colombia, espacios en los cuales también se escuchó a la ciudadanía para construir, finalmente, los lineamientos del Plan. El Minsalud, después de un proceso de formulación en el que la Secretaría de Salud participó, emitió una norma que dice que los entes territoriales debemos acogernos a estos lineamientos para incidir en la salud pública a lo largo de diez años, lo que se conoce como el Plan Decenal. AF: ¿Qué puntos tienen en común el Plan Decenal y el Plan Territorial Distrital? CF: El Plan Decenal coincide con el Plan Territorial en el aspecto conceptual: trasciende y no se queda solo en el método que se emplea para medir la necesidad de atención por parte de grupos específicos y en determinar prioridades en salud, lo que se conoce como ‘enfoque de riesgo’, sino que también mira, cómo desde los otros sectores se incide en las condiciones de vida de la población, analiza las diferencias que hay en la calidad de vida de las poblaciones y define

que sí hay unas brechas de inequidad en el país, deben disminuirse, teniendo en cuenta que no toda la población tiene respuesta a sus necesidades. Por ejemplo, la salud se entendía como que si no tenías una enfermedad pues estabas saludable, es decir, si tú estabas en contacto con algún tipo de microorganismo, eso podía invadirte y hacía que tu fisiología cambiara, produciendo la enfermedad. Coincidimos en que cuando te enfermas no es solamente por un agente, un huésped y un medio, sino que hay otras condiciones de la vida que hacen que tú permanezcas sano o no. Por ejemplo, si hablamos del tema de la adquisición, tener acceso a una buena educación te puede dar una mejor condición laboral, por lo tanto, mejoras condiciones económicas que te permiten acceder a una mejor alimentación y esto va hacer que no te enfermes. Entonces, no es solamente que haya un agente externo, sino que hay otras condiciones que hacen que te puedas enfermar. Por lo tanto, se llega a la conclusión de que es necesario incidir en esas condiciones de vida de la población que afectan la salud y que finalmente enferman, matan o hacen que se adquiera una discapacidad. AF: ¿Esto qué implica? CF: Implica modificar y mejorar las condiciones de vida de la población a través del Plan mismo y con otros sectores, con la comunidad y con la sociedad en general. Este trabajo transectorial es complejo, porque el sector salud no les puede ordenar a los otros sectores lo que deben hacer. Planeación define qué vas a hacer desde tu sector, qué plata vas invertir y adónde vas a dirigir la inversión, los momentos no son los mismos. Cuando sale el Plan Decenal, ya todos los sectores tienen un proyecto de inversión formulado. Entonces los resultados son complejos, porque dependen del trabajo intersectorial; es todo un reto para nosotros y para la nación. Finalmente, lo que se intenta es trabajar mancomunadamente, optimizar recursos y que la población esté mejor. AF: ¿No es un poco utópico? CF: Yo creo que si uno no le apunta a realizar la utopía, no se tiene un proyecto de vida. Seguramente aquí hay muchas cosas que cuestionarle a la formulación del Plan Decenal, hay quienes lo objetan desde lo conceptual, desde las estrategias diseñadas y desde la estructura misma tiene mucho que criticarse, porque finalmente en el discurso el Plan dice que el centro somos las personas, pero las personas se pierden cuando las estructuras se organizan por sistemas: lo sexual, lo reproductivo o las consecuencias de la enfermedad crónica. Lo interesante es que se está trascendiendo para dejar de ver la salud como prestación de servicios, es decir, que se puede prevenir y tratar. Esto en la medida que se pueda trabajar con los demás sectores. Todas las críticas le caen, sí, pero finalmente se hizo el ejercicio de crear una salud participativa.


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Salvando vidas todos los días L

a Dirección Centro Regulador de Urgencias y Emergencias (DCRUE), de la Secretaría Distrital de Salud, se encarga de coordinar la atención y la resolución de urgencias médicas, emergencias y eventuales desastres del Distrito Capital, mediante la articulación de los actores del Sistema de Emergencias Médicas. Desde 1997 la Secretaría Distrital de Salud implementó el programa Atención Prehospitalaria (APH), como una estrategia para dar respuesta a situaciones de urgencias, emergencias y eventuales desastres fuera de

las instituciones prestadoras de servicios de salud, incluyendo las acciones de apoyo a la estabilización médica posterior a la etapa de salvamento y rescate, que se le brindan a un paciente en el lugar de ocurrencia del hecho o durante su transporte hacia un centro asistencial. Todo ciudadano del Distrito Capital puede solicitar una ambulancia o vehículo para la atención Prehospitalaria (APH) a través de la Línea de Emergencias 123 o Número Único de Seguridad y Emergencias (NUSE), el cual no genera ningún costo para el usuario.

¿Cuándo se debe solicitar el Servicio de APH? Únicamente en los siguientes casos de urgencia crítica y emergencia: • Accidente de tránsito con herido o lesionado. • Persona herida en vía pública. • Dolor en el tórax. • Madre gestante en alto riesgo. • Intoxicación. • Caída desde altura. • Persona inconsciente. • Persona que no respira o que tiene dificultad para respirar. • Persona con alteraciones en su comportamiento mental. • Herido por arma blanca. • Herido por arma de fuego. • Casos de embarazos con trabajo de parto en curso. • Cualquier otro caso que ponga en riesgo la salud de una persona.

¿Con cuántos y con cuáles recursos se cuenta para APH? Tipología

Número de recursos

Ambulancias básicas

117

Ambulancias medicalizadas

20

Ambulancias medicalizadas neonatales

2

Ambulancias básicas de salud mental

5

Vehículo ligero de salud mental

1

Equipos de comando en salud

1

Equinos

6

Vehículos de respuesta rápida

5

Cuatrimotos

2

Total

159

Fuente: Base de datos de la Coordinación APH, octubre de 2013.

Dirección Centro Regulador de Urgencias y Emergencias (DCRUE)


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Derechos y deberes de los usuarios del programa de APH Derechos

De derecha a izquierda: Gustavo Petro - Alcalde Mayor de Bogotá, Waldetrudes

Aguirre Directora SDS-CRUE, Aldo E. Cadena - Secretario Distrital de Salud de Bogotá.

Tenga en cuenta: • Diariamente se reciben más de 2.045 llamadas para reportar incidentes de salud. • Cada día se despachan 695 recursos hacia algún tipo de urgencia o emergencia. • La Secretaría Distrital de Salud, de acuerdo con la disponibilidad de los recursos, podrá responder a las solicitudes de los ciudadanos, de ahí la importancia de hacer buen uso de este servicio, en casos de real urgencia. De igual manera, en algunas ocasiones el médico regulador dará la orientación para atender una situación de salud mientras se asigna un recurso disponible para la atención del incidente. • En el mismo sitio del incidente y mientras llega el equipo especializado, los ciudadanos que han sido capacitados como ‘primer respondiente’ deben iniciar la ayuda. • Una vida humana puede depender de una llamada telefónica, no congestione la línea 123 con llamadas innecesarias. • Recuerde que nuestra prioridad son las vidas y las urgencias críticas. • El programa de APH es un servicio para todos los ciudadanos capitalinos. Su buen uso y cuidado debe ser responsabilidad de cada uno de nosotros.

• A tener información clara acerca de mi enfermedad, así como del manejo y tratamiento que recibiré. • A recibir una atención respetuosa, digna y con calidad. • A la confidencialidad del manejo clínico. • A la conservación de las pertenencias durante el manejo médico y el traslado que requiera. • A que en casos de urgencia y emergencia, los servicios que reciba no estén condicionados al pago anticipado de honorarios. • A poder decidir si recibo o no los servicios del equipo médico tratante y el apoyo psicológico en situaciones que lo ameriten.

Deberes • Hacer buen uso del servicio de ambulancias, utilizando la Línea 123 únicamente en los casos de urgencias o emergencias que ameriten una atención en salud, brindando información clara, veraz y exacta. • Tratar con respeto y dignidad a las personas que me atienden. • Colaborar con el cumplimiento de las normas y recomendaciones del equipo de salud tratante. • Firmar el consentimiento informado una vez me hayan explicado todas sus implicaciones o delegar esta autorización a una persona que pueda responsabilizarse de mi manejo. • Dar al equipo de salud información clara para mi manejo clínico. • Brindar apoyo a los equipos de APH cuando la situación lo requiera.

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449 años

y aún lucha por vivir

Ricardo Rojas H. - Proyecto San Juan de Dios - Secretaría Distrital de Salud de Bogotá

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l 21 de octubre de este año, el Hospital San Juan de Dios (HSJD) cumplió 449 años. Fue fundado en 1723, aunque prestaba servicios de salud desde 1564, gracias a las donaciones hechas por fray Juan de los Barrios y Toledo. Ubicado en el predio de Tres Esquinas o Molino de la Hortúa, el HSJD se encuentra en un punto estratégico: la margen sur del centro histórico del Distrito Capital. Su desarrollo y recuperación han estado asociados a Bogotá y al país, y hoy se encuentra inmerso en la política de ‘Bogotá Humana’ para revitalizar el centro ampliado, según lo definido en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT). Esto responde a un propósito del Plan de Desarrollo, aprobado por el Concejo de Bogotá, mediante el Proyecto 878 HSJD, en el que se definió la meta de “Avanzar en la primera etapa de la puesta en operación del Centro Hospitalario San Juan de Dios e Instituto Materno Infantil”, proyecto que cuenta con recursos de $220.000 millones de pesos. El desarrollo de este proyecto ha requerido el concurso de diferentes entidades, entre las que se encuentran el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural y las secretarías distritales de Planeación, Hacienda y, por supuesto, Salud, bajo las directrices del alcalde mayor, Gustavo Petro, ya que para lograr el funcionamiento del HSJD se deben solucionar al unísono temas del orden jurídico, cultural, administrativo y de prestación de servicios. El gobierno de la ‘Bogotá Humana’ dirige todos sus esfuerzos a la protección, recuperación, conservación y sostenibilidad del conjunto hospitalario “en defensa de lo público”, sin afectar su inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, según lo establecido en la Ley 1185 de 2008, y proyecta desarrollar allí la oferta de un hospital de cuarto nivel de complejidad, líder en el país en excelencia asistencial e investigativa. La propuesta de compraventa - asumida en este momento en forma directa por la Gobernación de Cundinamarca y liderada por Aldo Enrique Cadena Rojas, secretario distrital de Salud, una vez renunció a su cargo Ana Karenina Gauna Palencia (agente liquidadora de la fundación San Juan de Dios) - permite construir un camino de entendimiento y de solución integral, con el fin de ‘distritalizar’ el HSJD y el Instituto Materno Infantil, declarados monumento nacional-bien de interés cultural por la Ley 735 de 2002.

En qué hemos avanzado Con el Ministerio de Cultura, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, la Secretaría Distrital de Planeación y la Secretaría Distrital de Salud, se ha contratado a la Universidad Nacional de Colombia para la elaboración del Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP), el cual se concibe como el instrumento de gestión del patrimonio cultural para establecer las acciones necesarias que lleven a garantizar su protección y sostenibilidad en el tiempo, en el marco de lo establecido por el Decreto 763 de 2009. Este decreto da el contexto general para garantizar la protección, conservación y sostenibilidad de las 24 edificaciones que conforman el conjunto hospitalario, con una inversión de $1.650 millones, de los cuales el Distrito comprometió $1.100 millones (incluidos los $897 millones de la Secretaría Distrital de Salud).


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En este sentido, se necesita: Un HSJD que atienda las prioridades de una población cada vez es más longeva y que requiere servicios de atención de altísimo nivel de complejidad, para mejoramiento de su calidad de vida. Un HSJD que reduzca las brechas en trasplantes, células, tejidos y órganos, salud ocupacional, rehabilitación y desarrollo humano, atención primaria en salud, medicinas alternativas y terapias complementarias, odontología reconstructiva, atención materna y perinatal, atención integral de adultos y personas mayores, enfermedades tropicales, tecnologías de la salud, inmunología y laboratorio clínico, salud ambiental y seguridad alimentaria y nutrición. Un HSJD que retome el alto nivel en investigación y producción científica que tenía y que nos permita ver otras formas de promover la salud, mantenernos mejor y con una mayor calidad de vida.

Se ha decidido, en cumplimiento de lo establecido por la normatividad vigente, contratar los estudios técnicos y el proyecto de restauración del Instituto Materno Infantil por $439.970.271 millones y se tienen disponibles recursos para iniciar la ejecución de la obra en el año 2014. Allí se constituirá el Centro de Excelencia en Atención Materna y Neonatal. Ya se están terminando los diseños de restauración, rehabilitación y readecuación de la edificación y los estudios de vulnerabilidad sísmica y de patología estructural del Centro de Salud San Juan de Dios, para poner en funcionamiento allí el Centro de Excelencia en Atención Primaria en Salud, con una inversión en 2014 cercana a $800 millones de pesos en dotación. Dentro del modelo de salud implementado en la ciudad, vale la pena mencionar que la estrategia de atención primaria en salud, el funcionamiento de redes integradas de servicios - que articulan el primer, segundo y tercer nivel de atención - y el HSJD, como cuarto nivel, se convierten en una fórmula óptima para dar respuesta a las necesidades poblacionales en una ciudad que en este campo llevaba más de dos décadas de retraso, desde que entró a operar la Ley 100 del Sistema General de Seguridad Social en Salud, la cual ha puesto en riesgo la supervivencia hospitalaria pública y que llevó a la suspensión de funcionamiento del HSJD el 29 de septiembre de 2001. Por supuesto, la reapertura del HSJD deberá responder a la situación actual de la ciudad y del país. Su cierre repercutió en toda la red adscrita a la Secretaría Distrital de Salud y modificó la oferta de servicios, en especial de las cuatro empresas sociales del Estado de tercer nivel de atención. Ahora, la reapertura del HSJD cubrirá los vacíos que el sistema de salud vigente ha producido en inequidad, segregación y mayor vulnerabilidad, en especial de la población de estratos 1, 2 y 3.

Un capítulo aparte merece el tema del reconocimiento de los derechos de los trabajadores de la extinta Fundación San Juan de Dios, lo que conlleva el pago de las acreencias no laborales, así como las laborales; esta últimas, con cargo al erario público de la nación y su réplica en la Gobernación de Cundinamarca y la Alcaldía de Bogotá, según lo establecido por la Corte Constitucional mediante la Sentencia Unificada 484 de 2008, la cual aún no se ha cumplido, según el concepto remitido por la Comisión de Seguimiento a la Procuraduría General de la Nación, firmado por todos sus integrantes, es decir, el Ministerio de Hacienda, la Gobernación de Cundinamarca, la Beneficencia de Cundinamarca y la Alcaldía Mayor de Bogotá. El alcalde Gustavo Petro y la administración distrital en su conjunto están comprometidos con defender y proteger los derechos de los trabajadores y seguirán trabajando en ello hasta el cumplimento de lo determinado por la actual jurisprudencia. Pero hay que separar los dos temas, pues mientras el presupuesto público está cubriendo las obligaciones laborales, el HSJD y el Instituto Materno Infantil son prioridad para los bogotanos y, en general, para los colombianos, así como para la red pública de salud del Distrito Capital. El HSJD está protegido como bien de interés cultural (BIC) y está incluido en un régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación y estímulo (Ley 1185 de 2008); por lo tanto, se debe conservar como unidad indivisible, inembargable, imprescriptible e inalienable, con un plan especial de manejo y protección que se debe incorporar al POT. Recordemos que el HSJD forma parte de nuestra historia, desde la Colonia hasta la conformación de la República, desde la medicina francesa hasta la contemporánea; en sus edificaciones se aprecia la historia de la salud del país, pero, sobre todo, de personas cuyas historias de vida tuvieron que ver de alguna manera con el HSJD, lo que le ha dado su propio carácter, fortaleza y resonancia nacional e internacional. Esperamos la compañía de la Procuraduría, como lo ha venido haciendo; del Ministerio de Cultura, en lo que respecta a sus competencias; de la Universidad Nacional de Colombia, en su papel de gran concertador, y en especial, de la Gobernación de Cundinamarca, en la solución definitiva para el HSJD.


Encuentros Embarazo adolescente, un reto de salud pública Aracelly Pardo Santamaría. Gerontóloga. Referente de Gestión Local de Política Pública Mujer y Género. Hospital del Sur.

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n Bogotá, una de las principales problemáticas en salud pública, es el aumento de nacimientos entre el sector de la población adolescente, en edades comprendidas entre los 10 y 19 años. Por esta razón, dentro de las metas del Plan de Desarrollo ‘Bogotá Humana’ se incluyó la identificación y prevención del embarazo en menores de 15 años, en el marco de la “cero tolerancia” entre 10 y 14 años, abriendo un espacio a la denuncia y a las acciones correspondientes para garantizar el restablecimiento de los derechos de esta población. Durante el primer semestre de 2012, en Bogotá se registraron 9.615 nacimientos en el grupo de madres de 10 a 19 años de edad, de los cuales, el 74,2% se registraron en las localidades de San Cristóbal, Rafael Uribe Uribe, Usme, Ciudad Bolívar, Kennedy, Bosa y Suba, zonas consideradas en emergencia social, debido a que en ellas habita población en condición de vulnerabilidad, lo que incide en los registros de embarazos adolescentes. Uno de los elementos más planteados en la problematización del embarazo adolescente es que este constituye un riesgo para la salud física y mental de la mujer, vinculado al desarrollo biológico y psicológico insuficiente de las mismas en esta etapa de la vida. Entre los riesgos preconcepcionales, se señala el establecimiento de relaciones sexuales sin la protección necesaria contra un embarazo no deseado o contra una enfermedad de transmisión sexual. Por su parte dentro de los riesgos obstétricos a los que se exponen las adolescentes en mayor grado que el resto de las mujeres están la hipertensión inducida por el embarazo, la anemia y el aborto realizado en condiciones inadecuadas.

CON �u M A D A T U C E

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Por otro lado, si la joven lleva a término el embarazo, los riesgos a los que se expone durante el parto son: infecciones, hemorragias por desprendimiento prematuro de la placenta, desproporción cefalo-pelvica, altera-

ciones en la dinámica uterina y prolongación del trabajo de parto por poca cooperación del paciente a consecuencia de su inmadurez y escasa información. Dentro de las implicaciones negativas para los hijos de las adolescentes, se encuentran los nacimientos prematuros, el bajo peso al nacer, los defectos congénitos y una mayor probabilidad de morir en las primeras etapas de la vida.

Condiciones Socio-económicas en la localidad de Kennedy La localidad de Kennedy tiene una población de 1.030.623 habitantes, de los cuales el 51,3% corresponde a mujeres; con necesidades insatisfechas de acuerdo con la encuesta multipropósito del año 2011, realizada por la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) y el DANE. En Kennedy por cada 100 habitantes, 5 están en pobreza, porque presentan condiciones inadecuadas como: hacinamiento crítico (3 a 4 personas en una habitación), servicios sanitarios y viviendas inadecuadas, alta dependencia económica o inasistencia escolar; situaciones que impactan las condiciones de salud a nivel físico, dada la presencia de varias condiciones de riesgo para la ocurrencia de enfermedades respiratorias e infecciosas principalmente al interior de las viviendas. El embarazo en menores de 15 años, es una de las principales problemáticas de la localidad, por los riesgos que genera para la salud de las gestantes y el bebé, pero también por todas las implicaciones sociales que conlleva en la reproducción de las situaciones de pobreza y exclusión social y los factores determinantes de la misma, como la violencia intrafamiliar, el inadecuado uso del tiempo libre, la falta de oportunidades educativas y laborales para los y las jóvenes, la falta de comunicación y orientación al interior de la familias, el desconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos, las prácticas sexuales inseguras y el abuso sexual (embarazo en menor de 14 años). Por su parte, el porcentaje de embarazos en adolescentes de 15 a 19 años de la localidad de Kennedy, frente a la ciudad de Bogotá, ha disminuido de 18.6% a 14.9%. Este indicador ha venido reduciendo desde el año 2008, lo que puede indicar el impacto positivo de las acciones de promoción y prevención que viene realizando el Hospital del Sur en la comunidad, dentro de las que se puede citar orientación sobre planificación familiar, canalización a los servicios de salud sexual y reproductiva y empoderamiento en los derechos sexuales y reproductivos a los adolescentes. Es necesario fomentar la ruta de canalización a los servicios requeridos para los adolescentes, donde se les brinde información, asesoría y orientación para una sexualidad responsable.

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