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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 4. Superando la trampa del ingreso medio: cómo crecer más

Acerca del crecimiento económico chileno Rodrigo Fuentes1

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Economista, académico de la Pontificia Universidad Católica de Chile


Acerca del crecimiento económico chileno

J. Rodrigo Fuentes San Martín Pontificia Universidad católica de Chile Rodrigo.fuentes@uc.cl


El estudio del crecimiento económico de un país es apasionante por el impacto potencial que tiene sobre el bienestar de las actuales y futuras generaciones. Por esta razón, la literatura empírica y teórica del tema, se ha incrementado a una tasa exponencial. A pesar de las discrepancias de los distintos modelos, existe relativo

consenso en que la

productividad total de factores (PTF) es un elemento clave para explicar el crecimiento de un país y también las

enormes diferencias de ingreso per cápita entre economías

desarrolladas y menos desarrolladas. Actividades que generan progreso técnico en un país y políticas que incrementan la eficiencia en el uso de los recursos explican en gran medida el crecimiento de la PTF. Por otra parte, errores de medición en la calidad de los factores productivos suelen explicar también parte del crecimiento de la PTF medida. El propósito de este trabajo es analizar distintos aspectos respecto del pasado reciente y al futuro del crecimiento económico chileno. Para esto se analiza el crecimiento de Chile utilizando varias metodologías. En primer lugar, se estudia la contribución al crecimiento del capital físico, del trabajo, de la calidad del trabajo y de la productividad total de factores. Posteriormente, se analiza las series de tiempo de factores y PTF construidas a la luz de las discusiones de política pública del último tiempo. Esto considera analizar, entre otros, los rendimientos decrecientes del efecto de las reformas, la tasa de acumulación de capital, la estabilidad macroeconómica, el efecto del shock energético, etc. Un segundo ejercicio, motivado por el análisis anterior, sostiene que lo único que puede sostener una tasa de crecimiento de la PTF en el largo plazo es la adopción e innovación tecnológica. Mediante un modelo de adopción tecnológica calibrado para Chile, se discute cuáles son los cuellos de botella que impiden a Chile alcanzar el nivel de productividad agregada de los Estados Unidos. Un tercer prisma para analizar el crecimiento se centra en estudiarlos determinantes del crecimiento del ingreso per cápita y su evolución para el caso chileno. Para esto, se toma como base las estimaciones de Calderón y Fuentes (2012) y se analiza cuánto explica cada uno de los factores a la diferencia de tasas observadas entre 1


diferentes periodos: i) 1991-95 se compara con 1981-85, y ii) 2006-10 versus 1990-2000. También se hacen proyecciones para los próximos 10 años de cuál será la tasa de crecimiento bajo distintos escenarios de comportamiento de la variables explicativas. Un cuarto conjunto de ejercicios consiste en ubicar países de referencia que sobrepasaron el nivel del PIB per cápita que tiene Chile hoy estudiando cuál ha sido el desempeño de estos países con posterioridad a la fecha en que alcanzaron el nivel de PIB per cápita de Chile. En concreto, en esta sección se estudia cuáles el nivel de las variables relacionadas con crecimiento de esos países en el momento en que tenían el ingreso per cápita de Chile actual. Además, se analiza el caso de dos economías (Corea e Irlanda) que, al parecer, rompieron con la “maldición de los países de ingresos medios”. Finalmente, se presenta un ejercicio simple que permite calcular el tiempo que demoraría Chile en alcanzar el nivel de ingreso per cápita de un país desarrollado bajo distintos escenarios de crecimiento. En particular, ¿qué combinación de acumulación de factores y de PTF se requieren para cumplir con esos plazos? Este documento se organiza de la siguiente manera. La sección 1 presenta la estimación de la contribución de cada uno de los factores productivos y de la PTF al crecimiento económico chileno. La sección 2 analiza las trabas que tiene Chile para generar un proceso de crecimiento sostenido a través de la adopción. En la sección 3 se presenta una descomposición de los factores que explican el rápido crecimiento de Chile en los noventa y su disminución posterior, basándose en variables de política económica y factores estructurales. En la sección 4 se realiza el ejercicio de comparación con economías de referencia. La sección 5 exhibe el ejercicio de convergencia al estado estacionario para determinar el tiempo que se demora la economía en llegar a él y la factibilidad de de alcanzarlo en ese plazo. La sección 6 resume y concluye.

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1. Estimación de la productividad total de factores La productividad total de factores es un indicador de cuanto producto se obtiene por una cierta combinación de factores productivos. De esta forma, la variación en la PTF captura aquella parte de la producción de la economía que no es explicada por la variación en los factores productivos. En el contexto del modelo neoclásico, los primeros trabajos sobre el tema buscaban entender la contribución de la acumulación de capital y del cambio tecnológico al crecimiento (véase Solow 1957, Denison 1962 y Jorgenson y Griliches 1967). En las últimas décadas, este tipo de análisis ha vuelto a ser ampliamente utilizado para buscar patrones que expliquen las grandes diferencias en tasas de crecimiento entre las economías (Klenow y Rodríguez-Clare 1997 y Easterly y Levine 2001) y las grandes diferencias en los niveles de ingreso per cápita entre las diferentes economías (Parente y Prescott 2000). En esta sección se discute el marco conceptual para entender la PTF y posteriormente se mide la contribución de esta al crecimiento. 1.1 Interpretación de la PTF La PTF se define como la razón entre el producto y una función de combinación de capital y trabajo. En forma simple:

PTF 

Y F ( K , L)

(1)

Donde F tiene la propiedad de retornos constantes a escala, K es una medición de los servicios del capital para la producción de Y y L es una medición del insumo trabajo (el cual debiese incluir corrección por capital humano). La ecuación 1 se puede escribir en tasas de variación de la siguiente forma: d ln PTF  d ln Y   K d ln K   L d ln L

(2)

Los parámetros αK y αL son las elasticidades producto factor. Si F tienen retornos constantes a escala, estas elasticidades corresponden a la participación en el ingreso total 3


del pago a cada factor; más aún, estas elasticidades deben sumar uno. Note que la ecuación (2) deja en claro que los cambios en PTF corresponden a todas las variaciones del producto que no se deben a variaciones en los factores productivos. Así, las variaciones de la PTF estarán capturando tres elementos: los errores de medición, los cambios en eficiencia y el progreso tecnológico. Como la PTF se mide como un residuo, entonces todos los errores de medición del capital y del trabajo se verán reflejados en su variación. Ejemplos de estos errores de medición son los cambios en calidad que no fueron incorporados en la medición de los factores o el componente cíclico en el uso del capital. Se debe tener en cuenta que este error de medición no es necesariamente constante denle el tiempo, ya que puede variar con el ciclo económico y, en especial con el boom de los cambios de la última década, con la calidad del capital relacionado a la tecnología de la información y a las comunicaciones (TIC). Este auge experimentado por las TIC en los países desarrollados se ha transmitido a diferentes velocidades a los países en desarrollo. Ello hace que sea particularmente importante la capacidad de absorción que tengan estos países para adquirir la tecnología generada por los países líderes (Parente y Prescott 2000; Howitt 2000). La medición incorrecta de la calidad de los factores productivos lleva a sobreestimar la contribución de la PTF en detrimento de la contribución de los factores productivos, ya que las mejoras de calidad quedan reflejadas en el residuo. Adicionalmente, la PTF captura las mejoras en eficiencia. Esto puede ser pensado a nivel de firmas, industrias y a nivel agregado. Harberger (1998) analiza la productividad desde una perspectiva desagregada y califica al crecimiento de este residuo como una reducción real de costo. La idea subyacente es que los costos reales de cada firma se reducen porque la disminución de las distorsiones permite producir de manera más eficiente o copiar mejores tecnologías, o porque inducen el descubrimiento de mejores formas de llevar a cabo el proceso productivo. Por otra parte, restricciones a la movilidad de firmas tienden a generar importantes reducciones en la PTF agregada, debido a que el impedimento o retardo en la salida de las empresas ineficientes y en la entrada de otras empresas eficientes reducen la PTF promedio de la industria. La presencia de distorsiones 4


en la economía (impuestos, subsidios y externalidades, entre otras) genera una mala asignación de los recursos. Cuando dichos recursos se reasignan al relajar una restricción, se observa un aumento en la producción sin que necesariamente exista un crecimiento agregado en los factores productivos: este aumento será captado en el residuo estimado. Por esta razón, cuando se mide el crecimiento de la PTF, esta incluye necesariamente los efectos de la política económica (apertura comercial, financiera, desarrollo del mercado de capitales, etc.). La tercera interpretación, tal vez la más importante para el crecimiento económico, es la que se relaciona con progreso tecnológico. Como el modelo neoclásico trabaja con una función de producción que se caracteriza por tener retornos constantes a escala, si se paga a cada factor de acuerdo a su producto marginal, entonces se agota el producto y no queda producto para pagar la innovación tecnológica. De allí nacen los modelos de crecimiento endógeno que formalizan ideas previas, como el concepto schumpeteriano de cambio tecnológico o la acumulación de capital humano como motores del crecimiento. En los llamados modelos de innovación endógena, el cambio tecnológico resulta del esfuerzo que realizan las empresas en su búsqueda de beneficios. En general, se han utilizado dos vías para generar cambio tecnológico: la primera, escapar del paradigma de competencia perfecta, lo que permite financiar el cambio tecnológico (Romer 1990; Grossman y Helpman 1991, Aghion and Howitt, 1992 y muchos más); y la segunda, mantener el supuesto de rendimientos constantes a escala y competencia perfecta y suponer que el cambio tecnológico es producto de una externalidad positiva que generan las empresas al acumular conocimiento y crear ideas (Romer 1986). Existe una diferencia tremendamente relevante entre la interpretación del crecimiento de la PTF como mejoras en eficiencia versus cambio tecnológico. En el contexto del modelo neoclásico, eliminar distorsiones generan principalmente un cambio en el nivel y no en la tasa de crecimiento, es decir, el mejoramiento de la eficiencia lleva a la economía a un estado estacionario con un mayor nivel de producto y el mayor 5


crecimiento por sobre la tendencia de largo plazo tendrá lugar solamente en la transición a ese estado estacionario. En el nuevo estado estacionario, el crecimiento dependerá de la tasa de progreso técnico. Nuevas reformas generan más crecimiento solamente en el corto plazo a menos que esas reformas consigan modificar la tasa de crecimiento. Más adelante volveremos sobre este punto 1.2 Medición de los factores productivos Esta sección describe brevemente como se miden los factores productivos, capital y trabajo, que serán utilizados en la estimación del crecimiento de la PTF. Esta parte del trabajo actualiza la base de datos de Fuentes, Larrain y Schmidt-Hebbel (2006). Stock de Capital Neto para Chile 2002-2010 El Banco Central de Chile publica una serie a precios constantes del 2008 para el periodo 2002-2010, basado en el trabajo de Henríquez (2008)1. Para actualizar el stock de capital de Fuentes et al (2006) se calcula la tasa de crecimiento del stock de capital neto a precios constantes en millones de pesos de 2008 y se aplica dicha tasa de crecimiento al valor del 2001 de la serie de stock de capital medida en millones de pesos de 2003 y se obtiene los valores estimados para el periodo 2002- 2010. Empleo Consiste en el promedio simple del promedio móvil del dato de empleo a frecuencia trimestral. La información de los datos trimestrales está disponible en el INE.2

La

actualización comienza en 1997. Horas de Trabajo La variable fue actualizada desde 1997, tomando como fuente la Encuesta de Ocupación y Desocupación de la Universidad de Chile. Estas horas de trabajo promedio semanal fueron obtenidas a partir de un promedio simple de la información trimestral provista por el 1 2

http://www.bcentral.cl/estudios/estudios-economicos-estadisticos/063.htm http://www.ine.cl/canales/chile_estadistico/mercado_del_trabajo/empleo/series_estadisticas/empalmadas/rama1998.php

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Centro de Microdatos de la Universidad de Chile.3 Existen 4 bases de datos por año (Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre) y el promedio de horas de trabajo por trimestre fue calculado tomando en cuenta el factor de expansión de la misma base de datos. Índice de Calidad del Trabajo El índice de calidad del trabajo utilizado es el mismo de Roldós (1997) para Chile, basado en Jorgenson, Gollop y Fraumeni (1987). Dicha variable es un promedio ponderado de los ingresos laborales por nivel de educación. Las ponderaciones fueron construidas a partir de la participación del empleo por nivel de educación sobre el empleo total. Los niveles de educación en la Encuesta de Ocupación y Desocupación de la Universidad de Chile son 8: sin estudios, primaria, secundaria científica, secundaria técnica, educación técnica superior, universidad, postgrado y otros. Por otra parte, los ingresos laborales fueron calculados de manera relativa al ingreso laboral de aquel grupo de trabajadores con el mínimo nivel de educación (es decir, el salario promedio de los trabajadores sin estudios). Estos ingresos laborales relativos fueron re escalados de forma que se transformen en ponderadores cuya suma sea igual a 1 en cada mes. Esto se realizó con la finalidad de reducir la alta volatilidad encontrada en estos ingresos relativos en el periodo evaluado. La volatilidad podría estar asociada a errores de medición de los salarios de trabajadores con altos ingresos afectados por su baja participación en la muestra. 1.3 Estimación de la PTF En esta sección del trabajo, se actualiza la estimación, realizada por Fuentes, Larrain y Schmidt-Hebbel (2006), de la contribución de los factores productivos y de la PTF al crecimiento. Con los datos calculados en la sección previa se estima el crecimiento de la PTF para el periodo 1960-2010, utilizando la ecuación (2). En el gráfico 1 se presenta las estimaciones del nivel de la PTF utilizando cuatro metodologías de estimación de capital y trabajo:

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http://www.empleo.microdatos.cl/encuesta_ocupacion/base-datos.php?op=3

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1. Capital medido como el valor real de las máquinas calculado con datos de inversión y trabajo medido como el número de empleados 2. Capital, como en el punto anterior, pero multiplicando el trabajo por las horas promedio que trabaja cada individuo. 3. Capital, como en el punto anterior, pero midiendo el trabajo se mide a través del índice de calidad del trabajo estimado usando salarios relativos. 4. El capital se corrige por su tasa de utilización usando el consumo de energía y el trabajo se mide con el índice de calidad de la mano de obra. Al comparar las cuatro medidas se observa que la corrección por el índice de calidad de mano de obra hace una gran diferencia en el nivel de la PTF, especialmente en los ochenta y noventa. Sin embargo, las tendencias de largo plazo no varían, con la excepción del último periodo 1998-2010. Esto, debido a que la PTF crece más lentamente cuando se corrige por la calidad del trabajo. Gráfico 1. 50 años de la PTF en Chile 1960-2010 200 180 160 140 120 100 80 1960

1965

1970

1975

1980

1985

1990

1995

2000

2005

Sin ajustar

Capital y horas

Capital y horas corregidas

Capital ajustado y horas corregidas

2010

Fuente: Elaboración propia

La contribución de cada uno de los factores de producción al crecimiento económico se muestra en el cuadro 1. La historia que se deduce de ahí es similar a la 8


planteada por Fuentes, Larraín y Schmidt-Hebbel (2006). Independientemente de cómo se midan los factores productivos, la acumulación del capital y del empleo son los principales responsables del crecimiento en el periodo 1960-1973 y en el periodo 1974-1989. En ambos períodos, la productividad contribuyó menos de 30% al crecimiento, incluso, bajo algunas medidas, su contribución fue negativa (periodo 1974-1989). El interés de este trabajo se concentra en el último periodo, donde, luego de un rápido crecimiento en torno al 7% (1990-1998), la economía crece a la mitad en el periodo siguiente (1999-2010). Tanto o más importante que eso es que la contribución de la PTF fue 50% en el periodo de rápido crecimiento (la PTF creció entre 3 y 3,5 %), comparado con una contribución de menos de 30 por ciento en el período posterior y que era lo histórico. En otras palabras, históricamente (1960-1989) la PTF contribuía poco al crecimiento comparado con la acumulación del capital y del empleo. Luego, hay un periodo inusual (1990-1998) con un importante crecimiento en la PTF, la que luego vuelve a su contribución histórica. ¿Qué queremos decir con esto? Tal vez no debiese extrañarnos que el crecimiento de la PTF sea tan bajo en el último periodo, ya que no es muy diferente al de otros episodios de la historia de la economía chilena.

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Cuadro 1. Contribución de la productividad al crecimiento. (porcentaje) Periodo

PIB

Capital

Empleo

TFP

1960-1973 1974-1989 1990-2010 1990-1998 1999-2010

3.19 2.94 5.02 7.13 3.77

3.77 2.33 5.02 5.59 4.92

1.33 2.55 2.26 2.40 2.34

0.89 0.48 1.65 3.46 0.40

Periodo

PIB

Capital

Horas ajustado calidad

TFP

1960-1973 1974-1989 1990-2010 1990-1998 1999-2010

3.19 2.94 5.02 7.13 3.77

3.77 2.33 5.02 5.59 4.92

1.60 4.22 1.96 2.97 1.85

0.73 -0.52 1.83 3.12 0.69

Periodo

PIB

Capital ajustado por ciclo

Empleo ajustado calidad

TFP

4.44 2.77 4.36 4.56 4.41

1.60 4.22 1.96 2.97 1.85

0.46 -0.70 2.10 3.53 0.90

1960-1973 3.19 1974-1989 2.94 1990-2010 5.02 1990-1998 7.13 1999-2010 3.77 Fuente: Elaboración propia

Por otra parte, las revisiones de cuentas nacionales con la metodología del 2008 generaron aumentos en la tasa de crecimiento para el último periodo. Esto se tradujo en que la productividad total de factores creció en este periodo 0,4 puntos porcentuales más. Por esta razón es que ahora la disminución en el crecimiento de la PTF no es tan marcada como las cifras que se han utilizado en la discusión pública.

1.4 La disminución en el crecimiento de la productividad: Algunas reflexiones La economía chilena, hasta fines de los ochenta, venía creciendo a una tasa promedio de 3%. A partir de 1987 aproximadamente, esta situación cambia sustancialmente y la economía chilena modifica su tasa de crecimiento. Como aparece en el cuadro 1, la tasa promedio 1990-2010 es de 5%. ¿Qué genera ese cambio en la tasa de crecimiento del producto? 10


Tal vez la hipótesis más probable, a la luz de la literatura de crecimiento, es el conjunto de reformas realizadas en los ochenta que se materializaron en un mayor crecimiento en los noventa. De las múltiples reformas, la apertura comercial y financiera y el movimiento hacia una economía con precios relativos menos distorsionados como mecanismo de asignación de recursos son probablemente las más importantes para impulsar el posterior crecimiento.4 A eso se le debe agregar la posterior validación de estas reformas por un régimen democrático, a partir de 1991, que generó la confianza suficiente de que estas reformas no serían revertidas. Las reformas generan ganancias de eficiencia y, por lo tanto, debiesen reflejarse en la PTF, dado que con la misma cantidad de factores es posible producir más. Esto es equivalente a un movimiento hacia un estado estacionario de largo plazo más alto, lo que significa que durante un periodo de tiempo, mientras la economía converge a ese nuevo estado estacionario, el país está creciendo por sobre su tendencia de largo plazo. Aparentemente, eso habría estado sucediendo en el periodo 1990-1998. No obstante, alguna de las reformas podrían haber tenido el efecto de incrementar la tasa de crecimiento de largo plazo de la economía, como, por ejemplo, una reforma comercial que permite al país aumentar su capacidad absorción de nueva tecnología (Edwards, 1992) y, por tanto, un cambio en la tendencia. Todavía es muy pronto para juzgar, pero es muy plausible que lo que se ha llamado como rendimientos marginales decrecientes a las reformas sea simplemente un cambio en el nivel y que, por ende, la tasa de crecimiento en algún momento debía disminuir. De acuerdo a las cifras del cuadro 1, tercer panel, la PTF aún sigue creciendo más rápido que en cualquier periodo anterior, con la excepción de 1990-1998. Esto puede indicar que tal vez la tasa de crecimiento ha cambiado. Nuevas reformas podrían generar un aumento en la tasa de crecimiento por algunos años y elevar el ingreso per cápita de estado estacionario, pero no hay que perder de vista que son solamente efectos de nivel. La 4

No se está negando la importancia de otras reformas en el aumento de la eficiencia de la economía como por ejemplo, el desarrollo del mercado financiero interno, la estabilidad macroeconómica, la creación del sistema privado de los fondos de pensiones

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pregunta parece más bien ¿qué reformas hacer? Pensar en si existenreformas que impacten la tasa de crecimiento de largo plazo es lo que se debería hacer, pero la pregunta es cuáles. Las siguientes secciones analizan este tema, en particular, en lo que se refiere al efecto nivel de las reformas realizadas en el contexto de un análisis de corte transversal de países y en lo que respecta a modificar la tasa de crecimiento de largo plazo. Al momento de analizar el último periodo de crecimiento, es necesario abordar por qué en el año 1998 cambia la tasa de crecimiento de la PTF. Como se dijo anteriormente, la tasa de crecimiento de la PTF, producto de las reformas, debería ir disminuyendo, pero lo que cuesta explicar es por qué esto sucede en forma tan abrupta. Parte de la respuesta es que esto coincide con un shock importante, como lo es la crisis asiática, que explota a fines de 1997 y que se combina con políticas internas que generaron una recesión importante. Además, esta situación se agrava posteriormente por la crisis rusa y brasilera. Se sabe que la PTF es pro cíclica, aún controlando por el uso de capacidad, lo que podría explicar una disminución temporaria de la PTF, pero que se debiese revertir en el mediano plazo, al ir saliendo de la recesión. Sin embargo, esto no sucedió después de la crisis de 1998, lo cual hace sospechar que adicional a este shock debe haber habido una combinación mayor de factores para explicar este prolongado episodio de menor crecimiento. Una línea de la literatura plantea que restricciones en el mercado de factores puede generar efectos en el nivel de la PTF a nivel agregado (por ejemplo, Lagos, 2006 para el factor trabajo, Parente y Prescott, 2000, para el factor capital). Para el caso de Chile, Caballero, Engel y Micco (2004) argumentan que la inflexibilidad de la economía proveniente del mercado laboral habría jugado un rol importante en la disminución de la productividad. Álvarez y Fuentes (2011) argumentan que la combinación de un fuerte incremento en el salario mínimo durante tres años seguidos, 1998-2000, sumado a los elevados costos de despidos generaron un shock que hizo disminuir el crecimiento en la productividad.

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El argumento de que la productividad se puede ver afectada por restricciones a la flexibilidad en el ajuste de las empresas, tales como las leyes de protección al empleo, es el siguiente. Durante los noventa, la economía chilena creció en forma continua, generando un aumento en los puestos de trabajo. Los costos de despidos fueron fuertemente incrementados en la reforma laboral de 1991. Mientras la economía no enfrente shocks negativos, los mayores costos de despido no son limitantes. En el momento que enfrenta un shock negativo (en este caso, la crisis asiática de 1998 más el alza en el salario mínimo), las firmas requieren ajustarse y es, en ese momento, en que los mayores costos de despido son relevantes. Estos costos generan que la firma prolongue el ajuste y mantenga una cantidad de trabajo empleada mayor al óptimo, induciendo, de esta forma, una reducción en la PTF estimada debido a esta ineficiencia. Otro argumento en la literatura es que el aumento en el precio de la energía podría ser un potencial causante de la disminución en el crecimiento de PTF. García (2012) analiza el efecto del precio de la energía sobre el crecimiento del PIB. Él encuentra que un aumento permanente de 10% en el precio de la energía eléctrica reduce el crecimiento del PIB trimestral hasta en 0,17%. Álvarez, García y García (2008) analizan empíricamente el efecto de un aumento en el precio de la energía sobre la productividad laboral de las firmas en la industria manufacturera, encontrando un efecto negativo y estadísticamente significativo. Sin embargo, los mecanismos a través de los cuales opera el precio de la energía sobre la productividad son poco claros. No obstante, los crecientes cortes de gas natural desde Argentina, a partir de abril del 2004, generaron importantes pérdidas de eficiencia, ya que constituyeron un segundo shock negativo a la economía. En efecto, ante la posibilidad de no importar lo suficiente para satisfacer la demanda en Chile, las empresas productivas se vieron obligadas a suspender sus operaciones por periodos prolongados de tiempo o modificar su tecnología hacia el uso de fuentes de energía más caras. Esto produjo una disminución de la PTF. Con todos estos antecedentes, era esperable que la tasa de crecimiento de la PTF tarde o temprano disminuyese. Nuevas reformas pueden incrementar la tasa de crecimiento de la productividad, pero esto será por un tiempo limitado; se requiere 13


incrementar la tasa de cambio tecnológico para lograr un efecto más permanente sobre el crecimiento de la PTF. Este es el tema de la siguiente sección. 2. Acerca del cambio tecnológico La PTF no solo es importante para explicar el crecimiento de largo plazo, sino que también para explicar las diferencias de niveles que permanecen en el tiempo (Klenow y RodriguezClare, 1997, Hall y Jones 1999). Los argumentos teóricos que explican estas diferencias enfatizan instituciones (Acemoglu, 2009), mala asignación de recursos (Parente y Prescott, 2000, Lagos, 2006, Hsieh y Klenow, 2009, entre otros) y adopción e innovación tecnológica endógena (Aghion y Howitt, 1998, Grossman y Helpman, 1991). Esta sección resume los resultados obtenidos por Fuentes y Mies (2012), quienes exploran esta última vertiente de la literatura. Ellos calibran un modelo de adopción tecnológica endógena, al estilo de Howitt (2000) y de Mies (2010), para la economía chilena. La idea de este tipo de modelos es que las economías están compuestas por distintos sectores, algunos operando con la tecnología de frontera mientras que otros no. Lo que diferencia a una economía desarrollada de unasubdesarrollada es la proporción de sectores que están más cerca de la frontera tecnológica. El esfuerzo de adopción depende del premio por la adopción, el cual está basado en la distancia a la frontera tecnológica, en la capacidad de poder implementar dicha frontera y del costo de producir la adopción tecnológica. Mientras más lejos se esté de la frontera, mayor es el premio potencial, sin embargo, usualmente mayores son también las trabas o el costo de realizar dicha adopción. Con todo, las posibilidades de crecer por adopción son especialmente importantes para las economías en desarrollo. La innovación, por su parte, es producida principalmente por sectores que están en la frontera. Estos sectores que están en la frontera se encuentran mayoritariamente en las economías desarrolladas. La adopción es una actividad incierta, de forma que en cada periodo hay una probabilidad de ser exitoso en adoptar e implementar la tecnología. La probabilidad de éxito depende del esfuerzo en investigación y desarrollo que hagan las firmas. Adicionalmente, lo que las firmas pueden captar de la frontera tecnológica depende de las 14


instituciones que favorecen la adopción e innovación

y del capital humano de la

economía relativo a la tecnología que se desea copiar. En el agregado, este juego se traduce en que la adopción tecnológica depende de la distancia a la frontera tecnológica mundial y la capacidad de absorción que tiene cada sector en la economía para adoptar una tecnología existente. La capacidad de absorción depende de la calidad de las instituciones pro adopción y del capital humano relativo a la tecnología que se desea copiar. Finalmente, la tasa de adopción de nuevas tecnologías, o la tasa de destrucción creativa (la frecuencia con que fueron exitosos los esfuerzos de adopción) depende justamente de la probabilidad de éxito mencionada anteriormente, El paralelo empírico de estas variables y parámetros es el siguiente: -

Tasa de creación destructiva: promedio anual entre la tasa de entrada y salida de firmas manufactureras.

-

Instituciones: El índice KEI calculado por el Banco Mundial, el cual mide la calidad del sistema educacional y la capacidad de una economía para difundir y producir conocimiento. Uno de los índices mide la capacidad de innovación del país, el cual es utilizado como proxy de instituciones pro adopción en ese trabajo.

-

Capital humano: compuesto por calidad y cantidad. La calidad del capital humano se mide como el retorno de un año adicional de estudio que obtiene un inmigrante chileno en los Estados Unidos, medido por Schoellman (2010). La cantidad es medida por los años de escolaridad de la fuerza trabajo en Chile. Así, el stock de capital humano se mide como (1+ρ)N, en donde ρ es el retorno de la escolaridad y N es la escolaridad promedio en la fuerza de trabajo. El modelo recién resumido determina el nivel de tecnología de estado estacionario

en una economía, en particular, en Chile. Este modelo es coherente con una función de producción agregada del tipo Cobb-Douglas, en donde el producto por trabajador puede ser escrito como: 

Y  K 1 y   A  L Y  15


Considerando a los Estados Unidos como la economía líder la razón de producto por trabajador entre Chile y ese país puede ser escrita como: 

yi  Ai   K i / Yi 1    yUS  AUS   KUS / YUS 

En general, las razones capital /producto varían entre países, pero no lo suficiente para explicar las diferencias de ingreso por trabajador. Finalmente, son las diferencias en productividad las que explican las persistentes diferencias en niveles. Considerando el valor actual de los parámetros que determinan el nivel de la tecnología, el modelo predice que el producto por trabajador de Chile en estado estacionario es 63% del de Estados Unidos. Partiendo de este resultado de estado estacionario se realizan los siguientes ejercicios. El primer conjunto de ejercicios analiza el aumento del producto por trabajador de Chile si se eleva cada uno de los parámetros de la absorción tecnológica al nivel de los Estados Unidos. Los resultados aparecen en la columna 1 del cuadro 2. La razón aumenta en un rango que va de 0,675 a 0,762 dependiendo del parámetro que se modifique. Las otras columnas presentan las distintas combinaciones de parámetros, así, por ejemplo, cuando se modifica la flexibilidad de la economía conjuntamente con la calidad de la educación, la razón entre las productividades laborales aumenta a 0,834.

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Cuadro 2. Mejorando los parámetros de absorción tecnológica y su efecto sobre el producto por trabajador relativo. Parámetros

Y/L Chile a Y/L EE.UU.

Parámetros

Y/L Chile a Y/L EE.UU.

Parámetros

Y/L Chile a Y/L EE.UU.

Estado estacionario

0.632

Estado estacionario

0. 632

Estado estacionario

0.632

Años de escolaridad

0.675

Escolaridad + Barreras

0.746

Escolaridad + Barreras + Calidad

0.873

Calidad de la educación

0.762

Escolaridad + Flexibilidad

0.757

Escolaridad + Barreras + Flexibilidad

0.820

Flexibilidad

0.719

Escolaridad + Calidad

0.820

Flexibilidad+ Barreras+ Calidad

0.885

Barreras

0.707

Flexibilidad + Calidad

0.834

Barreras + Calidad

0.824

Fuente: Fuentes y Mies (2012).

Note que este ejercicio no dice nada respecto del costo de reformar los parámetros de manera que estos puedan alcanzar el nivel de los Estados Unidos, ni del tiempo que se requiere para lograrlo. Simplemente, muestra el cambio en estado estacionario y da una idea de cuales son las reformas que generan mayores efectos. Este sencillo análisis sugiera que el mejoramiento de la calidad de la educación debiese ser la primera prioridad dentro de las políticas públicas para incrementar la tasa de adopción tecnológica y así mantener un crecimiento sostenido de la PTF. El tema de educación es sin duda central en el proceso de crecimiento que tiene Chile por delante. Cuando se compara Chile en términos de año de escolaridad, el país no parece tan lejos de los países más desarrollados. Sin embargo, y tal como aparece en este análisis, la calidad de la educación medida de diferentes formas muestra deficiencias. En 17


el trabajo de Fuentes y Mies (2012) esta se mide utilizando la medida de Schoellman (2010). Pero si consideramos los resultados de pruebas internacionales como el de PISA, los resultados no son mucho mejores. El gráfico 2 muestra la relación entre resultados de la prueba PISA y el gasto (privado + público) en educación por alumno (corregido por PPP). Se observa que Chile esta algo por debajo de la curva de rendimiento y muy por debajo del resto de los países de la OECD. Sin embargo, la rentabilidad del gasto es mayor que la de otros países latinoamericanos. La duda que surge es si puede ser también un tema de gasto en educación bajo la razón por la cual los puntajes en esta prueba son bajos. En el gráfico 3 se muestra el gasto en educación por alumno comparado con el PIB per cápita. Se observa que Chile gasta lo que le correspondería a un país de su nivel de desarrollo. Por lo tanto, Chile necesita gastar más, pero actualmente gasta de acuerdo a su nivel de ingreso, para eso requiere de un ingreso per cápita más alto. Para un ingreso per cápita mas alto se requiere invertir en capital humano lo cual genera una especie de círculo vicioso. Es necesario analizar las variables que incentivan a gastar más en educación por los privados y en mejorar la eficiencia del gasto público en educación. Para esto es necesario hacer una evaluación social y privada de la rentabilidad del gasto en educación y encontrar las fallas o limitantes que impiden una mayor inversión en este tipo de capital. Se debe considerar que mejoras en la calidad y cantidad de educación, generan un mayor ingreso per cápita lo que permitiría gastar más en educación y moverse hacia un círculo virtuoso de más ingreso, más gasto, etc.

18


Gráfico 2. Rendimiento y Gasto por Estudiante (Educación primaria y secundaria) 600.0 KOR FIN CAN NZL NLD JPN BEL EST FRG ISL AUS POL FRA SWE DNKUSA NOR HUN IRL SVK CSK PRT ITA SVN GBR AUT ESP RUS ISR

Puntos PISA 2009

550.0 500.0

CHE LUX

CHL MEX

450.0 IDN

400.0

BRA ARG

350.0 300.0 0

2000

4000

6000

8000

10000

12000

14000

16000

18000

US$ PPP 2008

Gráfico 3. Gasto Anual por Estudiante y PIB per cápita, 2008

Gasto Anual por estudiante US$ PPP

20000 LUX

18000 16000 CHE

14000

NOR

AUT USA DNK NLD ITA IRL ISL BEL CAN FRA SWE AUS GBR ESP FIN SVN KOR JPN NZL FRG EST ISR CSK POLHUNPRT RUS SVK ARG CHL BRAMEX

12000 10000 8000 6000 4000 IDN

2000 0 0

10000

20000

30000

40000

50000

60000

70000

80000

PIB per capita 2008 (US$ PPP 2005)

3. ¿Qué elementos explican el desempeño chileno? Esta sección analiza los factores que explican la rápida tasa de crecimiento de la década de los noventa respecto a la de los ochenta, y discute qué se puede esperar hacia adelante.

19


Para hacer el análisis se utilizan estimaciones recientes para un panel amplio de países realizada por Calderón y Fuentes (2012b). Basado en el modelo neoclásico, los autores estiman una regresión de crecimiento en el PIB per cápita inicial, controlando por todas aquellas variables que pueden afectar el estado estacionario. Estas variables se dividen en: a) Factores estructurales -

Capital humano medido como (log) la tasa de matricula secundaria al inicio del periodo.

-

Desarrollo financiero medido como la razón de crédito privado a PIB al inicio del periodo.

-

Calidad de las instituciones medida a través del ICRG (International Risk Country Guide) construida por el Political Risk Service Group b) Política económica orientada hacia el exterior. Este es un índice compuesto de:

-

Apertura comercial medida como exportaciones más importaciones sobre PIB.

-

Apertura financiera medida como pasivos relacionados a patrimonio sobre PIB obtenidos de Lane y Milesi-Ferretti (2001, 2007). c) Política económica doméstica. Este es un índice compuesto de:

-

Estabilidad de precios medida como la tasa de inflación dividida por uno más la tasa de inflación.

-

Disciplina fiscal medida como la razón superávit fiscal global a PIB. d) Deuda de gobierno a PIB, información obtenida de Abbas et al (2010). e) Volatilidad agregada medida como la desviación estándar del producto en el quinquenio. La construcción de los índices de política merece una nota aparte. Estos son

construidos siguiendo la lógica de Burnside y Dollar (2000). Se estima una regresión utilizando todas las variables mencionadas. Luego, a partir de los coeficientes asociados a inflación y a superávit fiscal para el índice de políticas domésticas y de los asociados a apertura comercia y financiera para el índice de políticas de orientación hacia el exterior se construyen los respectivos índices. El fin de construir estos índices es poder estimar interacciones con los factores estructurales sin perder tantos grados de libertad, pero 20


capturando la esencia del efecto de tener mejores políticas. Las ventajas de este tipo de índices es que cada variable se pondera por el peso que tiene en la explicación de crecimiento. La desventaja es que si se cambian los controles, los valores del índice se modificarán. Calderón y Fuentes (2012a) utilizan estos índices para analizar la complementariedad de las políticas domésticas y de orientación hacia el exterior con los factores estructurales y volatilidad. El modelo fue estimado utilizando datos para 136 países con periodos de crecimiento sobre cinco años entre 1970 y 2010. El método de estimación es un sistema de GMM que toma en cuanta la endogeneidad producto de la correlación entre el PIB inicial y el efecto fijo. La estimación reportada por los autores muestra que los coeficientes de todas las variables tienen el signo esperado, esto es, el PIB inicial, la deuda pública y la volatilidad tienen signo negativo; los índices de calidad de las políticas y los factores estructurales tienen signo positivo. A continuación se realiza el siguiente ejercicio. Se calcula el valor predicho de la tasa de crecimiento en el periodo 1991-1995 y se compara con el valor predicho para el periodo 1981-1985. Luego, se descompone la tasa de crecimiento entre los factores que explican el crecimiento. Como muestra el Gráfico 4, la variación predicha que considera el mejoramiento en las variables que explican el crecimiento corresponde al alto de la barra izquierda, es decir, el modelo predice que en el periodo 1991-1995 la economía chilena debería haber crecido algo así como 5,5 puntos porcentuales más que en el periodo 19811985. Esto se habría debido principalmente al mejoramiento en el ambiente de política y luego por el mejoramiento en los factores estructurales y en la volatilidad. Sin embargo, la economía creció 7,3 puntos porcentuales más, indicando que otros factores (tal vez suerte) fueron los que explicarían el mayor crecimiento.

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Gráfico 4. Crecimiento predicho por un estudio de panel y los factores que lo explican

7 6

Actual 7.3%

5 4 Actual -0.5%

3 2 1 0 -1 1991-1995 vs. 1981-1985

2006-2010 vs. 1990-2000

Convergencia

Factores estructurales

Medio ambiente de política

Volatilidad

Fuente: Elaboración propia

El fenómeno contrario ocurre si comparamos el crecimiento del periodo 2006-2010 con el de 1990-2000. De acuerdo al modelo, la economía chilena debería haber crecido dos puntos porcentuales más en el segundo periodo, esto debido principalmente al ambiente de políticas. Sin embargo, la economía creció más lento en el segundo periodo, concretamente, 0,5 puntos porcentuales menos. En este caso, los factores que no están presentes en la regresión jugaron el rol de atenuar el crecimiento. Por ejemplo, los términos de intercambio en 2006-2010 fueron, en promedio, un 66% más alto que en la década de los noventa, por lo tanto no sería este factor, si no al contrario, a pesar de términos de intercambio más altos la economía creció menos de lo esperado. Otro ejercicio interesante es el de proyectar el crecimiento hacia el futuro utilizando este tipo de modelos. Se plantean tres escenarios. El primero supone que los

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factores de política, estructurales y volatilidad siguen mejorando de acuerdo a la tendencia que han venido experimentando los países latinoamericanos en los últimos 40 años. El segundo supone que estos factores mejoran siguiendo la tendencia a la cual lo han venido haciendo en los últimos 40 años en Chile. El tercero supone que estos factores alcanzan repentinamente el percentil 90, de la distribución de países, en calidad de las políticas, en los factores estructurales y de baja volatilidad. Estos ejercicios se presentan en el gráfico 5. Se puede observar que cada uno de estos escenarios va generando una proyección más optimista. En resumen, se esperaría que en el periodo 2011-2020, la economía chilena experimente un crecimiento de 3%, 4,5% o 5% dependiendo de cual escenario prevalezca. Gráfico 5. Proyecciones de crecimiento del ingreso per cápita bajo diferentes escenarios 6

5

4

3

2

1

0 Tendencia LAC Factores estructurales

Fuente: Elaboración propia

23

Tendencia CHL

Alcanzando percentil 90

Medio ambiente de política

Volatilidad


4. ¿Dónde está Chile hoy? En esta sección se implementa un ejercicio de comparación muy simple que consiste en tomar el ingreso per cápita actual de Chile y compararlo con la situación de países que hoy tienen un nivel de desarrollo más alto, pero en la fecha en que esos países alcanzaron el nivel de Chile actual. Los países de referencia escogidos son los siguientes (en paréntesis se indica el momento en que estos países tenían un nivel de ingreso per cápita similar al de Chile hoy): Australia (1957), Bélgica (1963), Finlandia (1968), Irlanda (1976), Japón (1968), Corea (1991), Portugal (1987) y España (1970). El cuadro 3 muestra las estadísticas de las variables que tradicionalmente se incluyen en el análisis de crecimiento económico de los países. En el anexo 1 se muestran los cuadros detallados para cada variable, con su evolución en los siguientes 10, 20 y 30 años posteriores al período en que el país tenía el ingreso per cápita de Chile. La primera variable de comparación es la tasa de inversión. Utilizando tasas de inversión con datos nominales, Chile muestra una tasa menor al de los países en referencia. En otras palabras, dado el nivel de desarrollo de Chile, la economía chilena debiese estar invirtiendo tasas sustancialmente más altas. Es importante destacar que al analizar la evolución de esta variable en el tiempo para los países en referencia, estos nunca tienen tasas inferiores a la chilena, la única excepción es Irlanda que ha disminuido su tasa de inversión al nivel de Chile después de 20 años de haber alcanzado el nivel de ingreso per cápita que tiene Chile hoy. La estabilidad macro, resumida en la tasa de inflación y el desarrollo del mercado financiero, tienen un comportamiento sobresaliente en Chile, incluso comparado con los países de referencia 10, 20 y 30 años más tarde. Es conocido que uno de los pilares del desempeño económico de Chile es la estabilidad macroeconómica y eso sin duda es así. Finalmente, si miramos la escolaridad promedio delas personas mayores de 25 años se observa que esta alta para el caso chileno, en comparación a los países de referencia. Sin embargo, surgen dudas respecto de su calidad cuando se toman en cuenta las cifras de calidad mostradas en la sección 2. 24


Cuadro 3. Análisis basado en países de referencia. País de referencia

Tasa de Inversión sobre PIB

Tasa de inflación

Crédito al sector privado sobre PIB

Escolaridad de los mayores de 25 años

Calidad de las Instituciones

Coeficiente de Gini

Australia (1957) Bélgica (1963) Chile (2009) Finlandia (1968) Irlanda (1976) Japón (1968) Corea (1991) Portugal (1987) España (1970)

26.2 27.7 20.2 25.4 24.1 36.9 39.7 27.2 27.6

2.2 4.2 1.4 9.8 11.7 9.1 4.6 7.6 15.3

18.9 12.8 92.2 39.6 35.6 78.1 54.0 51.7 54.8

8.8 6.8 9.7 6.7 8.9 7.5 8.9 5.5 3.4

87.5 85.2 78.8 95.1 83.2 91.4 66.2 71.1 48.7

23.4 32.1 52.1 30.8 37.4 32.4 34.7 31.0 34.1

Fuente: Elaboración propia

La calidad de las instituciones, medidas por el índice ICRG (International Country Risk Guide), es menor en Chile respecto de gran parte de los países con ingresos per cápita similar, con la excepción de Corea, España y Portugal. Este índice resume 22 variables en tres categorías de riesgo: político (50% de ponderación), financiero (25%) y económico (25%). El valor máximo del índice es 100 puntos, lo cual hace aparece a Chile relativamente bien. Esta variable es muy relevante a nivel empírico (Calderón y Fuentes, 2012a, Acemoglu y Robinson, 2012) y teórico (Acemoglu, 2009, North, 1990). Finalmente, una variable que no siempre aparece en las regresiones de crecimiento, pero que tuvo gran atención durante los estudios de los noventa es la desigualdad. Perotti (1996) analiza la relación entre desigualdad y crecimiento, encontrando que sociedades más desiguales son más inestables política y socialmente, lo cual reduce la inversión y con ello el crecimiento. En términos de desigualdad, Chile se encuentra muy lejos de los países de referencia, tal como lo muestra el coeficiente de Gini. Analizando la evolución del coeficiente de Gini para los países de referencia, 10 y 30 25


años más tarde, se observa que este es bastante estable y muestra un valor siempre más bajo que Chile (sociedades menos desiguales que Chile). Del grupo de países, tal vez los más cercanos a Chile, en términos de que alcanzaron recientemente el ingreso per cápita que tiene Chile hoy, sean Corea e Irlanda. A continuación, se analizaran estos dos casos en mayor profundidad. 4.1 Corea Cuando se analiza la extensa literatura, resumida por Booth (1999), sobre el milagro coreano, se responsabiliza a las condiciones iniciales como factores fundamentales; particularmente, el alto nivel de capital humano5, la elevada tasa de inversión en capital físico y una equitativa distribución de ingresos y de activos. Por ejemplo, en 1966, sólo el 26% de la fuerza laboral masculina tenía menos de cinco años de educación; en 1974, el 13,6%. En el caso de las mujeres, en 1966, el 48,4% de la fuerza laboral tenía menos de cinco años de educación, en 1974 el porcentaje cayó a 29,6%. La educación básica fue heredada del colonialismo japonés. La primera medida implementada por Japón (1919) fue la de eliminar las escuelas privadas e introducir la educación primaria universal japonesa. En 1969, Corea destinaba 4,6% del PIB a educación y tenía una tasa de matrícula en la educación secundaria de 43%, mientras que en 1984, el gasto fue 5,8% y la tasa de matrícula secundaria, 91%. Actualmente, Chile gasta 4,5% del PIB en educación mientras que Corea gasta 5%, pero obviamente el PIB de Corea es mucho mayor. De allí que en términos de gasto por estudiante, el gráfico 3 mostraba que Chile gasta, anualmente, 2.635 dólares mientras que Corea gasta 6.723 dólares por estudiante primario o secundario. En resumen, Chile gasta menos en educación que Corea cuando este tenía un nivel de ingreso similar al de Chile hoy. Podemos anticipar que el gasto en educación puede ser un cuello de botella del crecimiento futuro. 5

Young (1991) sostiene que la acumulación de factores, capital humano y físico, explican el rápido crecimiento de Corea. La PTF es todavía importante 1,7%, pero explicar una parte baja de la 6,8 por ciento de crecimiento per cápita alcanzado por Corea en el periodo 1966-1990.

26


La distribución de ingreso y de activos era relativamente equitativa en el caso de Corea, tal como como lo muestran los bajos coeficientes de GINI de ingreso y de tierra (Rodrik, 1995). Esto en parte se debe a la migración desde el norte de la península, debido a la guerra civil, que la llevo a convertirse en una sociedad donde la mayoría no tenía posesiones haciendo que la distribución fuese relativamente igualitaria. De esta forma el gobierno coreano podía estar aislado de las presiones políticas de grupos con poder económico, que pudiesen presionar por la implementación de políticas que los favorecieran. No había una clase social políticamente dominante. Este factor aparece como un elemento negativo en el tema del crecimiento económico chileno. Específicamente, el Gini de ingresos mostrado en el cuadro 5 deja en evidencia la desigualdad existente en el caso chileno. A pesar del éxito en el desempeño macroeconómico y en el rápido crecimiento mostrado en las últimas décadas, esta es una tarea pendiente que puede vulnerar el crecimiento futuro. De acuerdo con Booth (1999), el gobierno coreano mantuvo su tamaño relativamente pequeño. Sin embargo, el gobierno ha jugado un rol importante en promover el crecimiento a través de impulsar una estrategia de desarrollo orientada hacia el exterior. Esto comenzó en 1964 con la unificación de los distintos tipo de cambio y con la mantención de un sistema de flotación, la reducción del impuesto a la renta a los exportadores y la reducción de los aranceles pagados por las importación de bienes de capital a los sectores productores de exportables (Fuentes, 1993). Muchas de estas medidas son difíciles de implementar en las actuales reglas del OMC. Más aún, Chile ha ido aumentando su diversificación de las exportaciones por destino y bienes. Por tanto este no parece ser una restricción para el crecimiento futuro. 4.2 Irlanda Existen dos periodos muy claros en el desempeño económico irlandés. El primero, entre 1976-1987, en que el crecimiento per cápita promedio fue 1,7% anual y el segundo, en el periodo 1987-2009, en que el crecimiento per cápita promedio fue3,9% anual. El primer 27


periodo el crecimiento estuvo muy por debajo del promedio de la región de la Unión Europea, región que experimento un rápido crecimiento de la PTF. En cambio, el dinamismo mostrado en el segundo periodo por la economía irlandesa se explica principalmente por un importante crecimiento de la PTF, ya que el aporte de los factores productivos al crecimiento fue relativamente bajo (Barry, 2000). La diferencia entre los periodos se refleja en diferencias de políticas económicas e institucionales. De acuerdo con O’Grada y O’Rourke (1996), el periodo de lento crecimiento se caracterizó por una intervención importante del gobierno en la economía (protección a la industria), la que combinada con una política orientada hacia el mercado doméstico generaron una mala asignación de la inversión y conductas de búsqueda de rentas. Adicionalmente, el sistema educacional en Irlanda se encontraba retrasado respecto al del resto de Europa, algo que se revirtió en la década de los noventa. En el segundo periodo, se reducen las distorsiones creadas por el gobierno (como la flexibilización del mercado laboral), la consolidación de la apertura al comercio internacional, que ya había comenzado en el primer periodo, junto a mayores flujos de inversión extranjera, principalmente, a finales de los ochenta. Estos capitales llegaron a Irlanda atraídos por el mejoramiento en la calidad de la mano de obra, lo que permitió sentar las bases para un periodo auspicioso para el crecimiento (Barry and Crafts, 1999). Gracias a la creación de un mercado común, se incrementaron los flujos de Inversión Extranjera Directa desde los Estados Unidos a toda Europa, donde Irlanda capturó una fracción significativa de ellos debido a los bajos niveles de impuestos a las empresas, beneficios a las inversiones, la ventaja del idioma combinado con costos bajos de la mano de obra en relación a UK y el desarrollo de una agencia preocupada de atraer inversión (Barry, 2000). En general, la inversión extranjera fue una de las fuentes importantes de aumentos en la productividad laboral En resumen, en ambos países una fuerza de trabajo con niveles de educación adecuados fue una condición previa para el futuro crecimiento. Otro elemento común de estas economías fue la política de orientación hacia el exterior. . Corea se desarrolló con 28


un fuerte esfuerzo en acumulación de capital y partiendo de una sociedad muy equitativa que ayudó a suavizar el proceso de crecimiento. Por otra parte, Irlanda aprovechó su inclusión en el mercado común europeo y los influjos de inversión extranjera que eso atrajo, los que colaboraron con la transferencia tecnológica, motor del rápido crecimiento de la PTF. 5. Mirando el crecimiento hacia el futuro El modelo de adopción tecnológico presentado por Fuentes y Mies (2012) encuentra que en estado estacionario el producto per cápita de Chile alcanzaría el 63% del PIB per cápita de los Estados Unidos. Eso es cercano al PIB per cápita de España, que antes de la crisis era en torno al 70% del PIB norteamericano. El ejercicio que se hace a continuación calcula cuánto es el tiempo que demoraría la economía chilena en alcanzar dicho estado estacionario (se supone un 70% del PIB per cápita de EE.UU.) suponiendo que Estados Unidos crece 2% por año (que es el crecimiento promedio de Estados Unidos en los últimos 200 años). Posteriormente, se analiza la factibilidad de los escenarios propuestos considerando distintos casos de acumulación de capital. Se analizan tres escenarios posibles; se supone que el producto crece a 4%, 5% y 6% y que la población crece a 0,7% lo que constituye tres escenarios para el crecimiento del PIB per cápita: 3,3%, 4,3% y 5,3%. El gráfico 6 muestra la evolución del estado estacionario de referencia y de los distintos escenarios considerados. En el gráfico se aprecia que en el escenario más optimista, Chile alcanzaría ese estado estacionario el año 2029. En el escenario central, Chile alcanzaría ese nivel el año 2037 y en el escenario más pesimista, Chile recién lo haría en el año 2050. Note que se supone que el nivel de producto per cápita está creciendo a una tasa de 2%. Sin embargo, si se toma como tasa de crecimiento del estado estacionario la tasa la tasa de crecimiento del PIB de España que es 1,3%, entonces en el escenario central, Chile alcanzaría a España en el año 2032 en vez de en el año 2037.

29


Gráfico 6. Alcanzando el 70% del PIB per cápita de los Estados Unidos 160000 140000 120000 100000 80000 60000 40000 20000 0

Chile 3.3%

Chile 4.3%

Chile 5.3

70% de EE. UU.

Fuente: Elaboración propia

Sin embrago, la pregunta que queda es ¿qué tan factible son estos escenarios? El cuadro 4 muestra cuál debiese ser la tasa de crecimiento de la PTF de Chile de forma de alcanzar cada uno de estos escenarios. Los supuestos de los ejercicios son los siguientes. La tasa de crecimiento promedio de la fuerza de trabajo es 1,5% anual. Solo como referencia, Meller (2000) estima una tasa de crecimiento de la fuerza de trabajo de 1,8% hasta el año 2020, y una tasa de 1,3% para el periodo 2020-2025. La tasa de inversión en Chile es en promedio 23%, mientras que la razón depreciación a PIB está en torno a 11%. Si la razón capital producto es 2,4 veces, entonces la tasa de crecimiento del capital es 5%. Esto se obtiene de la siguiente ecuación. El signo ‘ denota derivada respecto al tiempo. K ' I  K Y  K Y K

30


Donde I es la inversión bruta, δ es la tasa de depreciación del capital, K es el stock capital físico, Y es PIB. Remplazando los valores anteriores se obtiene la tasa de crecimiento del capital. Si suponemos que Chile consigue incrementar la tasa de inversión a 28%, entonces el stock de capital crecerá 7,1% . El cuadro muestra estos dos escenarios y calcula cuál debiese ser la tasa de crecimiento de la PTF para alcanzar dichos escenarios. Cuadro 4. Crecimiento de la PTF requerida para alcanzar diferentes tasas de crecimiento Escenarios

I/Y = 23%

I/Y = 28%

Y/L

α

K/L

PTF

K/L

PTF

2,5%

40%

3,5%

1,1%

6,4%

0,3%

3,5%

40%

3,5%

2,1%

6,4%

1,3%

4,5%

40%

3,5%

3,1%

6,4%

2,3%

Fuente: Elaboración propia

El rango de crecimiento de la PTF para los distintos escenarios fluctúa entre 0,3% y 3,1%. Por ejemplo, para que el PIB per cápita de Chile crezca a la tasa de 2,5%, es necesario que la PTF aumente 1,1% en promedio anual, si la tasa de inversión se mantiene en los niveles actuales, o se requerirá solamente un aumento de 0,3% en la PTF, si el país consigue aumentar la tasa de inversión a 28%. Note que 1,1% es exactamente el promedio de crecimiento de la PTF entre los años 1960 y 2010, donde hay periodos de crecimiento nulo y periodos de crecimiento muy elevado. Con lo cual un crecimiento de 1,1% en PTF puede ser factible, con lo cual la economía crecería 2,5% en términos per cápita pero demoraría otros 40 años en alcanzar un nivel equivalente al 70% del ingreso per cápita de los Estado Unidos. Todos los restantes escenarios requieren de tasas de crecimiento de la PTF mayores a 1,1%. Incluso, con las tasas actuales de inversión se requerirá una tasa de crecimiento de la PTF de 3,1%, tasa similar a la que prevaleció en los años dorados para alcanzar el estado estacionario en 2029 Un escenario optimista, pero no improbable, es 31


que la tasa de inversión aumente a 28% y que la PTF crezca 1,3%, caso en el cual Chile alcanzaría su estado estacionario (70% del PIB per cápita de Estados Unidos) en el año 2036. ¿Cuál es el escenario más probable de crecimiento para los próximos 30 años? Si suponemos que la PTF crece a su promedio histórico, 1,1% por año, y la tasa de inversión es 23%, el producto crecería a 4,3% (3,6% per cápita). En cambio si la tasa de inversión es de 28% el producto crecería a 5,2% (4,5% per cápita). 6. Resumen y conclusiones Este trabajo analiza el crecimiento económico chileno bajo una perspectiva de largo plazo y con distintos enfoques. En primer lugar, se analizaron las fuentes del crecimiento económico. Se observa que el crecimiento de la productividad disminuyó de 3.5% en el periodo 1990–1997 a un nivel de 0.9% en el periodo 1998-2010. ¿Qué explica esto? Las reformas de fines de los setenta, ochenta y noventa generaron un cambio en el nivel del producto per cápita, lo que generó un cambio en la tasa de crecimiento en la transición hacia un nuevo estado estacionario. Efectivamente, estas reformas aumentaron fuertemente el grado de eficiencia de la economía. Sin embargo, la tasa de crecimiento ha disminuido en los últimos años a lo que ha sido su promedio histórico. ¿Qué se puede hacer para incrementar la PTF? Las políticas que ayuden a incrementar la eficiencia económica siempre pueden ayudar en el margen, sin embargo, es necesario atacar el otra componente detrás de la PTF, que es el cambio tecnológico. Para esto es necesario concentrarse en políticas que aumenten la tasa de adopción tecnológica, ya que dado el nivel de desarrollo las posibilidades de generar innovación son más limitadas y difíciles de conseguir. La adopción depende de la capacidad de absorción de nuevas tecnologías y de la distancia a la frontera tecnológica. Por ello, es crucial aumentar la capacidad de absorción tecnológica, cuyas principales trabas son: capital humano (cantidad y calidad), barreras institucionales a la innovación y la flexibilidad de la economía que permita entrada y salida 32


de firmas. Sin duda, el principal cuello de botella para que Chile incremente la tasa de cambio tecnológico es la calidad del capital humano, seguido de las barreras institucionales y de la movilidad de los factores (Fuentes y Mies, 2012). Una forma de entender qué se puede hacer para el futuro se relaciona con aprender del pasado, específicamente, ¿qué explica las diferencias en tasas de crecimiento entre los años 1991-1995 y 1981-1985? Utilizando el estudio de Calderón y Fuentes (2012b) es posible responder que los principales factores detrás de estas diferencias son la menor volatilidad agregada, el mejor ambiente de política: apertura comercial y financiera, menor inflación y mejor situación fiscal y los mejores factores estructurales (capital humano y calidad de las instituciones). Sin embargo, ese mismo modelo no permite explicar muy bien las diferencias de crecimiento entre el periodo 2006-2010 y el periodo 1990-2000. Dado el mejor ambiente de políticas y, en menor medida, la menor volatilidad y los mejores factores estructurales, la economía debería haber aumentado su tasa de crecimiento 250 puntos bases en el segundo periodo respecto del primero, pero el crecimiento en el quinquenio 2006-2010 fue menor en 50 puntos bases que en la década de los noventa. Pareciera ser que los factores incluidos en el modelo están en la etapa de retornos decrecientes para incrementar la productividad, por lo que se requieren nuevos impulsos, lo cual refrenda lo analizado anteriormente. Pese a lo anterior, Chile ha cerrado rápidamente su brecha de ingreso per cápita con Estados Unidos en los últimos 20 años, pero este cierre de brechas parece haberse ralentizado en los últimos 14 años. Un ejercicio consistió en comparar a Chile con otros países en el momento en que esos países alcanzaron el ingreso per cápita de Chile y estudiar las diferencias en las variables que pueden limitar el desarrollo futuro. A partir de esa comparación se puede concluir que las variables que pueden limitar el crecimiento son: una tasa de inversión en capital físico relativamente baja, baja inversión en proyectos que incrementen la calidad de capital humano, la desigualdad del ingreso, que puede generar presiones sociales e inestabilidad y la relativamente baja calidad de las 33


instituciones. Aquellas variables en las cuales Chile aparece bien posicionado, en cambio, son desarrollo del mercado financiero doméstico y estabilidad macroeconómica. Cuando se analiza en más detalle el caso de un par de países que han conseguido vencer “la maldición de ingresos medios” (Corea e Irlanda) se observa que ellos basaron buena parte del crecimiento en un capital humano alto en términos de cantidad y calidad y y en mantener políticas de orientación hacia el exterior. Adicionalmente, Corea ha basado su crecimiento en una elevada tasa de inversión, mientras que Irlanda lo ha hecho a través de transferencias tecnológicas recibidas a través de inversión extranjera directa. Finalmente, mirando hacia el futuro, pareciera ser que de mantenerse el actual ambiente económico de Chile, este alcanzaría en estado estacionario cerca del 70% del ingreso per cápita de Estados Unidos (España hoy). Ya se ha mencionado de lo que se requiere para incrementar la tasa de crecimiento y el nivel de PIB per cápita, pero si Chile mantuviese los parámetros actuales, ¿cuánto demoraría en alcanzar ese estado estacionario considerando que el producto per cápita de Estados Unidos crece en promedio 2%? Chile alcanzaría dicho estado estacionario en el año 2030 si su ingreso per cápita crece 5,3%, en el año 2036 si su ingreso per cápita crece4,3% y en el 2050 si su ingreso per cápita crece3,3%. ¿Qué tan factibles son esas tasas? Se requiere que la productividad crezca 0,3% cuando el crecimiento es bajo y hay profundización del capital fuerte (tasa de inversión más elevada). Sin embargo, si se mantiene la tasa de inversión actual y se requiere alcanzar el estado estacionario en el año 2030, es necesario que la productividad crezca 3,1%, es decir a la tasa de los años dorados. Sin embargo, esta tasa, lamentablemente, se dio solamente en un periodo corto, mientras que hoy en día la productividad crece a niveles más cercanos a la cota inferior. En resumen, Chile difícilmente alcanzará su estado estacionario antes del año 2040. Puede ser que Chile logre alcanzar a España, ya que este país ha crecido menos de lo que históricamente lo ha hecho Estado Unidos. Por lo mismo, es posible que este país disminuya la razón de su ingreso per cápita respecto del de Estados Unidos.

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38


APÉNDICE Años Promedio de Educación de la Población mayor o igual a 25 años País Benchmark

Año de inicio de la comparación

+ 0 años

+ 10 años

+ 20 años

+ 30 años

1955 1965 2010 1970 1975 1970 1990 1985 1970

8.8 6.8 9.7 6.7 8.9 7.5 8.9 5.5 3.4

9.3 7.5 8.3 10.1 8.9 10.6 6.4 5.0

10.7 8.5 8.2 10.9 9.9 11.6 7.2 6.0

11.6 9.7 8.2 11.4 10.7 9.1

Australia (1957) Bélgica (1963) Chile (2009) Finlandia (1968) Irlanda (1976) Japon (1968) Corea (1991) Portugal (1987) España (1970) Fuente: Barro, Lee (2010)

Promedio del Índice de Riesgo Político (ICRG) 1/ País Benchmark Australia (1957) Bélgica (1963) Chile (2009) Finlandia (1968) Irlanda (1976) Japon (1968) Corea (1991) Portugal (1987) España (1970)

Año de inicio de la comparación

+ 0 años

+ 10 años

+ 20 años

+ 30 años

1960 1963 2009 1968 1976 1968 1991 1987 1970

87.5 85.2 78.8 95.1 83.2 91.4 66.2 71.1 48.7

87.5 85.2 94.2 82.8 90.0 75.3 75.7 56.1

87.5 85.2 93.6 81.2 90.4 76.0 81.0 62.9

86.8 83.7 91.0 83.8 87.7 66.8

1/ Promedio aritmético del índice en el periodo indicado.

Fuente: Banco Mundial

39


Inflación Promedio Anual País Benchmark

Año de inicio de la comparación

+ 10 años

+ 20 años

+ 30 años

Australia (1957) Bélgica (1963) Chile (2009) Finlandia (1968) Irlanda (1976) Japon (1968) Corea (1991) Portugal (1987) España (1970)

1957 1963 2009 1968 1976 1968 1991 1987 1970

2.2 4.2 1,4 1/ 9.8 11.7 9.1 4.6 7.6 15.3

5.3 6.1 8.6 7.1 5.8 3.9 5.2 12.3

6.4 5.1 6.6 5.8 4.4 9.4

1/ Inflación 2010

Fuente: Banco Mundial

Promedio de la Participación de Inversión en el PIB 1/ País Benchmark Australia (1957) Bélgica (1963) Chile (2009) Finlandia (1968) Irlanda (1976) Japon (1968) Corea (1991) Portugal (1987) España (1970)

Año de inicio de la comparación

+ 0 años

+ 10 años

+ 20 años

+ 30 años

1957 1963 2009 1968 1976 1968 1991 1987 1970

26.2 27.7 20.2 25.4 24.1 36.9 39.7 27.2 27.6

30.1 28.3 28.9 24.2 34.9 33.9 25.6 26.3

29.9 26.0 27.8 20.6 32.2 31.7 25.5 24.4

28.9 24.0 25.2 21.7 31.3 24.0

1/ Promedio geométrico de los ratio en el periodo indicado.

Fuente: Banco Mundial, PWT y OECD

40


Promedio de Ratio Crédito Doméstico al Sector Privado sobre PIB 1/ País Benchmark Australia (1957) Bélgica (1963) Chile (2009) Finlandia (1968) Irlanda (1976) Japon (1968) Corea (1991) Portugal (1987) España (1970)

Año de inicio de la comparación

+ 0 años

+ 10 años

+ 20 años

+ 30 años

1960 1963 2009 1968 1976 1968 1991 1987 1970

18.9 12.8 92.2 39.6 35.6 78.1 54.0 51.7 54.8

20.9 16.8 42.9 41.5 114.9 61.7 55.7 72.1

23.6 20.6 49.0 44.8 128.7 76.1 83.5 73.0

27.5 24.8 55.2 60.7 148.6 75.2

1/ Promedio geométrico de los ratio en el periodo indicado.

Fuente: Banco Mundial

41


Índice GINI Año de inicio de la comparación

+ 0 años

+ 10 años

+ 20 años

+ 30 años

Australia (1957)

1957

23.4

24.7

19.4

23.4

Bélgica (1963) Chile (2009) Finlandia (1968) Irlanda (1976) Japon (1968)

1969 2009 1966 1973 1969

32.1 52.1 30.8 37.4 32.4

28.2

25,7 *

29.3

21.4 36,0* -

19,6 + 35,4 ** 31.2

22.1 31.0 31,9*

Corea (1991) Portugal (1987)

1992 1990

34.7 31

31,6 ++

-

-

34.7

-

España (1970)

1973

34.1

33,6+

31,5+

País Benchmark

* Corresponde al año anterior. ** Corresponde al año posterior. + Corresponde a 2 años anteriores. ++ Corresponde a 2 años posteriores

42

Variable Analizada

Fuente

Ingreso Imponible Neto Leigh (2005) UN (1981) y Atkinson, Rainwater and Smeeding

Ingreso Imponible Neto (1995) Ingreso Disponible Banco Mundial Ingreso Disponible

Statistics Finland (2005)

Ingreso Disponible

Nolan y Maitre (2000), EU-SILC

Ingreso Disponible Ingreso Monetario Disponible

Sawyer (1976), Shirahase (2001)

-

Ingreso Disponible

31,5+

Ingreso Disponible

Atkinson, Rainwater and Smeeding (1995) Goerlich y Mas (2001), European Commission (2005)

Cheong (2005), Asian Development Bank (2007)


Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 17. Delincuencia: la principal preocupación de los chilenos

Algunas reflexiones sobre la legislación penal chilena concluida la primera década del siglo XXI Juan Domingo Acosta1 Rodrigo Aldoney2

1 2

Abogado, socio de Acosta y Cía. Abogado Asociado de Puga y Ortiz

1


I.- Introducción. A contar de la segunda mitad del siglo XIX y al igual que los demás países de Iberoamérica, Chile inició a un intenso proceso de codificación mediante la elaboración y puesta en vigencia de cuerpos legislativos omnicomprensivos destinados a regular las diversas ramas del derecho público y privado (Código Civil, Código Penal, Código de Comercio, etcétera). Desde el punto de vista de la política legislativa, la opción por la codificación implica desarrollar un importante esfuerzo para dar racionalidad y coherencia interna y externa a un sistema de regulación, al tiempo que propicia el empleo de una técnica adecuada. Por otro lado, la reunión sistemática de todas o de gran parte de las normas que regulan una determinada área del derecho genera mejores condiciones para garantizar la seguridad jurídica y dar certeza y uniformidad en las decisiones judiciales, propósitos que forman parte relevante del ideario político que inspiró a ese proceso. En Chile la redacción de un anteproyecto de Código Penal estuvo a cargo de una Comisión Redactora3, que inició su trabajo en marzo de 1870 y lo terminó en octubre de 1873, enviándose ese mismo mes el proyecto de ley al Senado. Tras un año de discusión en el Congreso, el proyecto fue aprobado, dictándose el decreto promulgador en noviembre de 1874 y comenzó a regir el 1 de marzo de 1875. A pesar de que el decreto de constitución de la Comisión Redactora indicó que como modelo de trabajo debía servir el Código Penal belga de 1867, en la primera sesión preparatoria se propuso tomar como tal al Código Penal español de 1848 en su versión reformada de 18504, propuesta que fue aceptada en la sesión siguiente. Mientras tanto, en 1870 España se había dado un nuevo Código Penal, que de conformidad a las actas de la Comisión Redactora no era desconocido por sus miembros, aunque ninguna de sus disposiciones pasó a nuestro Código. Por otra parte, las obras de Joaquín Francisco Pacheco, cuyas ideas informaron en forma decisiva al Código Penal español de 1848, tuvieron una importante influencia en los miembros de la Comisión Redactora, quienes además tuvieron en cuenta en forma secundaria el Código Penal belga (1867), el Código Penal austriaco y los primeros proyectos italianos5. Desde un punto de vista político el Código Penal chileno responde a la ideología del Estado liberal de Derecho, aunque su humanitarismo es relativo, pues contiene penas crueles (muerte, penas perpetuas, etcétera)6. Doctrinariamente, es tributario de la denominada Escuela Clásica o Liberal y en él “predominan dos orientaciones penales: por un lado. Con carácter prioritario, la orientación ecléctica de Pellegrino Rossi -que domina en su modelo español- quien aplicó el eclecticismo filosófico de Cousin al Derecho Penal mediante un sistema ecléctico en el que la justicia prevalecía

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Los miembros de la Comisión fueron: Alejandro Reyes (presidente); Eulogio Altamirano; José Clemente Fábres; José Antonio Gandarillas; Manuel Rengifo; Diego Armstrong y José Vicente Ábalos, que dos años después fue remplazado por Adolfo lbañez. 4 La propuesta la hizo el presidente de la Comisión, Alejandro Reyes. 5 a Así lo sostiene Jimenez de Asúa: Tratado de Derecho penal”. Tomo I, Editorial Losada,4 edición. Buenos Aires, 1957, página 446. 6 Rivacoba y Rivacoba, Manuel: Evolución histórica del Derecho Penal chileno, Editorial Edeval, Valparaíso, 1991, páginas 63 y 64.

2


sobre la utilidad, fundamentando el derecho de penar en el orden moral. La ideología de Rossi será recogida en la obra de Francisco Pacheco, que como es bien sabido informaría de manera decisiva el Código Penal español de 1848. Y por otro lado, aunque de manera secundaría, a través del Código belga llegarán las ideas utilitarias y preventivistas de Jeremías Bentham que informaron el Código francés, modelo de aquél”7. Sin embargo, en estos casi 137 años de vigencia del Código Penal se han dictado numerosas leyes que lo han modificado sin afectar en lo fundamental su fisonomía original, a lo menos en la parte general, pues tratándose de los delitos en particular las reformas sí han incorporado cambios. Entre las modificaciones recientes, pueden mencionarse a modo ejemplar las introducidas a los delitos cometidos por funcionarios en el desempeño de sus cargos (1999, 2002, 2006 y 2009); las modificaciones a los delitos en contra de la libertad y la indemnidad sexual (1999, 2002, 2003, 2004, 2007, 2010, 2011 y 2012); las modificaciones a los delitos en contra del patrimonio (2001, 2002, 2004, 2006, 2008 y 2010); la derogación de la pena de muerte y el establecimiento del presidio perpetuo calificado (2001); las modificaciones en los delitos de falsedades vertidas en los procesos y perjurio (2005); la introducción del delito de obstrucción a la investigación (2005 y 2008); las modificaciones en el delito de parricidio y de lesiones en contexto de violencia intrafamiliar (2005 y 2010); la ampliación del estado de necesidad justificante e introducción del estado de necesidad exculpante (2010); la incorporación del delito de tráfico ilícito de migrantes y de trata de personas (2011). Por otra parte, durante el siglo XX y lo que va corrido del siglo XXI ha surgido en forma paralela al Código Penal una profusa legislación contenida en leyes especiales o extravagantes (leyes que vagan fuera –extra- del Código), dando lugar a un verdadero proceso de “descodificación”, tanto formal como material8. Según destaca Hernández9, algunas de esas leyes tienen carácter integral, como es el caso del Código de Justicia Militar, el Código Tributario, la ley N° 20.084, sobre Responsabilidad Penal de los Adolescentes o las leyes N° 17.336 y 19.039 sobre propiedad intelectual e industrial respectivamente. Otras son complementarias de la Parte General del Código Penal, como ocurre con la ley N° 18.216, recientemente modificada por la ley N° 20.603, que establece penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad ; el Decreto Ley Nº 321 de 1925, sobre libertad condicional; el Decreto Ley N° 645 de 1925 sobre Registro Nacional de Condenas; el decreto Ley N° 409, de 1932, sobre eliminación de antecedentes penales y la ley Nº 18.050, que fija normas para conceder indultos particulares. Otro ejemplo significativo es el de la ley N° 20.393 que incorpora la responsabilidad penal de las personas jurídicas en ciertos casos. No obstante, la mayor parte de la legislación extravagante se refiere a aspectos de la parte especial 7

Iñesta Pastor, Emilia: “El Código Penal Chileno de 1874”, en “Revista Chilena de Historia del Derecho”, N° 19, Santiago, 2003-2004, páginas 308 y 309 8 Sobre el concepto de descodificación, de leyes novelas y extravagantes, puede consultarse. Guzmán Brito, Alejandro: “Codificación, Descodificación y Recodificación del Código Civil chileno”, en “Revista de Derecho y Jurisprudencia”, tomo XC, N° 2, 1993, página 39 y siguientes. 9 Hernández Basualto, Héctor: “El Derecho Penal chileno en el cambio de siglo: ensayo de balance y perspectivas”; en revista “Persona y Sociedad”, Volumen XVIII No2 / 2004, Universidad Alberto Hurtado, página 214 y siguientes.

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(delitos en concreto). “Algunas de ellas se hacen cargo de cuestiones emergentes que simplemente eran desconocidas o valoradas de otra manera en la época de la codificación; otras se refieren a cuestiones ya abordadas previamente por el Código pero que, sin mediar muchas veces derogación formal, son de este modo sustraídas de su campo de aplicación.”10 Son ejemplos del primer grupo de casos la ley N° 18.302, sobre seguridad nuclear; la ley N° 20.000 que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas; la ley N° 19.233 sobre delito informático; la ley N° 18.290, ley de tránsito (conducción en estado de ebriedad y conducción bajo la influencia del alcohol o sustancias sicotrópicas) y la ley N° 20.357 que tipifica los crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes y delitos de guerra. En el segundo grupo de casos se inscriben la Ley General de Ferrocarriles; el artículo 160 de la Ley General de Bancos; los delitos de la Ley de Quiebras; el Decreto Ley N° 2.859 de 1979, Ley Orgánica de Gendarmería de Chile (homicidio, lesiones y amenazas a Gendarmes); y el Decreto Ley N° 2.460 de 1979, Ley Orgánica de Investigaciones de Chile (homicidio, lesiones y amenazas a funcionarios policiales), por nombrar algunos ejemplos. Finalmente, debe tenerse presente que desde 1928 hasta nuestros días han habido varias iniciativas con impulso gubernamental destinadas a realizar una recodificación amplia de nuestra legislación penal, esfuerzos que no lograron transformarse en ley por diversos motivos11. En primer término, debe mencionarse el proyecto de la comisión Ortiz-von Bohlen12, que recibió el encargo gubernamental en 1928 y alcanzó a redactar la parte general, hasta que en julio de 1929 el Gobierno puso término a su labor por contar con otro proyecto, denominado Erazo-Fontecilla13 . Este último fue enviado al Congreso para su aprobación pero naufragó debido a la escasa legitimidad de lo parlamentarios durante el gobierno de Ibañez del Campo (Congreso Termal) y al hecho de que el foco de interés estaba puesto en los graves problemas de la crisis económica. En 1938 el gobierno del Presidente Arturo Alessandri encomendó la redacción de un nuevo proyecto de Código Penal al profesor de Derecho Penal don Gustavo Labatut y al ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, don Pedro Silva. El proyecto Labatut-Silva fue entregado al Ministro de Justicia en 1938, pero no se le dio curso y fue archivado junto con el advenimiento del gobierno del Frente Popular. En 1945, bajo el gobierno de don Juan Antonio Ríos, se creó una comisión formada principalmente por ministros de los Tribunales Superiores y profesores universitarios, la que fue presidida por el Ministro de Justicia, don Enrique Arriagada Saldías, con el objeto de estudiar reformas urgentes al Código Penal sin afectar la estructura y armonía de éste. Se trató de un trabajo parcial (se redujo únicamente al Libro I del Código). El proyecto se presentó al Congreso en 1946, en donde recibió como trato la indiferencia casi absoluta de los congresales. Durante la segunda mitad del siglo XX los gobiernos no hicieron nuevos intentos para renovar la preparación de nuevos proyectos de Código Penal. No obstante, hacia 1963 el Instituto de Ciencias Penales, 10

Hernández Basualto, Héctor: “El Derecho Penal chileno…”, página 214. Sobre el particular puede consultarse, ampliamente, Matus Acuña, Jean Pierre: “La doctrina penal de la (fallida) recodificación chilena del Siglo XX y principios del XXI”, en Política Criminal Volumen 5, Nº 9 (Julio 2010), Artículo. 4, páginas 143-206 12 Se refiere al penalista don Pedro Ortiz Muñoz. 13 Se alude a don Eduardo Erazo P. y a don Rafael Fontecilla R., en ese entonces ministros de las Cortes de Apelaciones Santiago y de Valdivia, respectivamente. 11

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por iniciativa de su Presidente don Eduardo Novoa Monreal y contando con el patrocinio del Gobierno, se abocó a la labor de propiciar el estudio de un proyecto de Código Penal Tipo para Latinoamérica, que sirviera como modelo estructural básico para la legislación penal iberoamericana. Los trabajos se llevaron adelante hasta el año 1979, pero quedaron inconclusos y no tuvieron mayor influencia en la legislación nacional por diversas causas, entre las que cabe señalar la instauración de la Dictadura Militar en Chile entre 1973 y 1989. En agosto de 1999 y durante el gobierno de don Eduardo Frei R.T., el Ministerio de Justicia convocó a un grupo de penalistas nacionales con el objeto de constituir un “Foro Penal” concebido inicialmente como una instancia de diálogo destinada a intercambias y consensuar las bases para una eventual reforma a la ley penal sustantiva. El Foro re reunió una sola vez y luego retomó sus actividades en 2001, siempre como un centro de reflexión y de encuentro, hasta que a mediados de 2003, el entonces Ministro de Justicia del gobierno de don Ricardo Lagos dispuso que el “Foro Penal” funcionara como comisión, con el encargo de redactar un anteproyecto de nuevo Código Penal14. La Comisión sesionó primero bajo la presidencia del profesor don Alfredo Etcheberry y luego del profesor don Enrique Cury, hasta que en diciembre de 2005 se entregó el texto final al Presidente de la República, que comprendía tanto la parte general como la especial. Durante el gobierno siguiente no hubo mayor interés en dar curso al anteproyecto, el que careció de apoyo político, sin que hasta la fecha se haya presentado al Congreso Nacional como proyecto de ley.

II.- Principios que legitiman el ejercicio del poder punitivo estatal en democracia. Existe cierto acuerdo en cuanto a que la función fundamental del Derecho Penal es proteger los intereses que se consideran esenciales en la sociedad (bienes jurídicos fundamentales) y que son necesarios para mantener la paz social. Para lograr ese objetivo el Derecho Penal se vale –por regla generalísima-15 del instrumento más severo con que cuenta el ordenamiento jurídico en lo que a afectación de derechos personales se refiere: la pena, que se asocia a la realización ciertas conductas (activas u omisivas) que la ley describe de manera expresa y anticipada al hecho. Por consiguiente, el poder punitivo del Estado es la más drástica forma de intervención institucional para el control social, de modo que en una sociedad democrática el ejercicio de dicho poder no puede entenderse sólo como un acto de la voluntad soberana y arbitraria del Estado, que no está sujeto a condiciones o requisitos de legitimación formal y material. Así, el Derecho Penal puede imponer sanciones a condición de que lo haga asegurando el cumplimiento de ciertos principios de legitimación que permitan el respeto de las garantías fundamentales de las personas a quienes se dirige la norma punitiva. El Estado sólo puede ejercer 14

El nombramiento y encargo se hicieron mediante Decreto del Ministerio de Justicia Nº 443 de 12 de junio de 2003, que creó la “Comisión de estudio para la elaboración de un anteproyecto de Código Penal o Comisión Foro Penal”. 15 Nuestro sistema es vicarial o de doble vía, de modo que admite como forma de reacción secundaria las medidas de seguridad y de resocialización.

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legítimamente su poder sancionatorio en el ámbito penal si procede en el marco de los distintos niveles de racionalidad16. Los principios que informan un modelo de racionalidad legislativa y respetuoso de los derechos humanos son:17 1.- Principio de tipicidad. Es una derivación o alcance del principio de legalidad18, consagrado en la Constitución Política de la República. En su virtud, la construcción de los tipos penales por la ley debe hacerse procurando dar a éstos la mayor claridad y precisión, de modo que cumpla su función de garantía. Para ello el legislador se vale del lenguaje escrito, que es imperfecto en sus contornos, como ocurre con todas las convenciones sociales, lo que implica un especial esfuerzo a la hora de construir un tipo penal, de manera que sea fácilmente comprensible por todos. Se oponen al principio de tipicidad las construcciones ambiguas o confusas y las extremadamente amplias. 2.- Principio de mínima intervención o de última ratio; carácter fragmentario y secundario del derecho Penal. Todos estos conceptos apuntan a una misma idea: dado que el Derecho Penal constituye la herramienta de control social más severa, su intervención sólo está legitimada si se trata de sancionar las conductas más graves que afectan a intereses jurídicos, cuando las restantes ramas del ordenamiento jurídico son incapaces de garantizar, frente a esos ataques, la paz social (carácter secundario o subsidiario del Derecho Penal). La pena es un recurso de última ratio y no debe emplearse frente a cualquier hecho ilícito que ocurra en la comunidad, pues sólo se sancionan penalmente fragmentos de ilicitud (carácter fragmentario del Derecho Penal)19. Mediante este principio se trata de racionalizar el uso de la pena y de las medidas de seguridad y resocialización, impidiendo que los ciudadanos sean víctimas de abusos del Estado al pretender penalizar hechos socialmente insignificantes o que constituyan delitos de bagatela. 3.- Principio de lesividad. Consiste en que “ningún derecho puede legitimar una intervención punitiva cuando no media por lo menos un conflicto jurídico entendido como la afectación de un bien jurídico total o parcialmente ajeno, individual o colectivo”20. Consiguientemente: “los hechos que se sancionen tienen que estar en relación a un bien jurídico protegido y no a simples concepciones o sentimientos morales, políticos o culturales”21, siempre que la conducta importe una efectiva lesión o un peligro para el bien jurídico. El principio se encuentra íntimamente 16

Para Atienza los niveles de racionalidad son: (i) racionalidad lingüística: el mensaje transmitido debe ser claro para que el receptor lo comprenda; (ii) racionalidad sistemática o jurídico formal: debe haber armonía entre el sistema legislativo en general y la nueva ley que se quiere incorporar; (iii) racionalidad pragmática: la ley debe ser aceptada por sus destinatarios, adecuando su conducta a los preceptos legales; (iv) racionalidad teleológica: los fines perseguidos deben ser socialmente apetecidos; y, (v) racionalidad ética: los fines perseguidos deben estar éticamente justificados (Atienza Rodríguez, Manuel: “Contribución a una teoría de la legislación”, Editorial Civitas, Madrid, 1997 página 28). 17 Se han escogido algunos principios o garantías sobre cuya existencia existe amplio acuerdo. 18 En su formulación clásica, el principio de legalidad se enuncia como: “nullum crimen, nulla poena, sine lege sripta, stricta y proevia (no hay delito, no hay pena sin una ley escrita, estricta y previa). 19 Sobre el particular puede consultarse: Cury Urzúa, Enrique: “Derecho Penal. Parte General”. Ediciones Universidad Católica de Chile. Santiago, 2005, páginas 86 a 89. 20 Zaffaroni, Eugenio: “Derecho Penal, Parte General”. Editorial Ediar. Buenos Aires, 2003. página 128. 21 Bustos Ramírez, Juan: “Reforma Penal: Criterios”, en Cuadernos Judiciales, N° 6 (Instituto de Estudios Judiciales); Santiago, 2002, página 29.

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vinculado al de última ratio y, en conjunto, reservan la intervención penal sólo a aquellos hechos que tengan relevancia social y que importen una afectación real a los intereses fundamentales para mantener la paz social. En doctrina se suelen atribuir a la pena efectos simbólicos, afirmación cuyos contornos no están suficientemente delimitados y que en opinión de la mayoría tiene un alcance muy restringido, sin llegar a sustituir los fines de protección de bienes jurídicos de la pena22. Contribuye a la relativización de la función simbólica de la pena una insuperable y antigua controversia sobre los propios fines de la pena.23 Lo que no parece aceptable, a la luz del principio que analizamos, es el establecimiento de tipos penales con un sentido puramente simbólico, en que no se ampara ningún bien jurídico identificable, como es el caso, entre otros, del delito de incesto (artículo del 375 Código Penal)24, el maltrato animal (artículo 291 bis del Código Penal)25, los tipos penales de incitación al odio (artículo 31 de la ley N° 19.733 sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo)26 y el llamado delito negacionista, que no existe en Chile, pese a que desafortunadamente en el último tiempo han surgido voces que pretenden instalarlo, atribuyendo al Derecho Penal una función de guardián de la memoria histórica o de la verdad oficial que ciertamente no le compete27. 4.- Principio de punibilidad de conductas. Se traduce en que el Derecho Penal sólo puede imponer penas por actos u omisiones concretas que hayan sido descritas por la ley, con prescindencia de la peligrosidad, temibilidad o personalidad, en general, del autor. En cambio, cuando los tipos penales se construyen en base a las características personales del sujeto, se habla de un Derecho Penal de autor. En un Derecho Penal de actos la personalidad del delincuente no debe ser tomada 22

Así, Diez Ripollés señala: “Es frecuente en la literatura jurídico-penal contraponer a los efectos instrumentales los efectos simbólicos de la pena. De este modo, los efectos instrumentales, vinculados al fin o la función de protección de bienes jurídicos, tendrían capacidad para modificar la realidad social por la vía de prevenir la realización de comportamientos indeseados. Los efectos simbólicos, por su parte, estarían conectados al fin o la función de transmitir a la sociedad ciertos mensajes o contenidos valorativos, y su capacidad de influencia quedaría confinada a las mentes o las conciencias, en las que producirían emociones o, cuando más, representaciones mentales”. (Diez Ripollés José Luis: “El Derecho Penal Simbólico y los efectos de la Pena”, en: Boletín Mexicano de Derecho Comparado. 2002. Número 103. Enero-Abril, disponible al julio de 2012 en: http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/103/art/art3.htm. 23 La única afirmación inequívoca que ofrece nuestra legislación se relaciona con la función que cumple la pena una vez impuesta, ya que el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios le asigna en su artículo 1 una función preventiva-especial consistente en la reinserción social. 24 “Artículo 375. El que, conociendo las relaciones que lo ligan, cometiere incesto con un ascendiente o descendiente por consanguinidad o con un hermano consanguíneo, será castigado con reclusión menor en sus grados mínimo a medio.” 25 “Art. 291 bis.- El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última.” 26 “Artículo 31.- El que por cualquier medio de comunicación social, realizare publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad, será penado con multa de veinticinco a cien unidades tributarias mensuales. En caso de reincidencia, se podrá elevar la multa hasta doscientas unidades tributarias mensuales.” 27 Se trata del proyecto que “Sanciona con cárcel a quienes nieguen, justifiquen o minimicen los delitos de lesa humanidad cometidos en Chile”, presentado por diez diputados el 21 de noviembre de 2011, Boletín N° 8049-17. Desde la perspectiva político-criminal, el proyecto refleja la más alta irracionalidad con que puede actuarse y no puede justificarse –como lo pretende- en la existencia del delito de negación del holocausto (§ 130 (3) del Código Penal alemán) ni en la "Ley Gayssot" francesa (artículo 24 bis), pues se trata de instituciones fuertemente criticadas por la comunidad penal.

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en cuenta a la hora de decidir qué se debe sancionar ni considerársele para agravar la responsabilidad, como lamentablemente ocurre con la agravante de reincidencia. En cambio, nada obsta a que la personalidad del sujeto pueda incidir en una menor pena, como es el caso de la atenuante fundada en la irreprochable conducta anterior del delincuente. 5.- Principio de exterioridad. El Derecho Penal sólo interviene cuando el sujeto exterioriza su conducta (acciones u omisiones), de modo que ni los pensamientos, ni los estados de ánimo ni todo cuanto pertenece al fuero interno del sujeto puede justificar una pena o agravarla: “Cogitationes poenam nemo patitur” (nadie puede ser penado por sus pensamientos)28. Si bien es difícil concebir delitos de esta clase en estado puro, es posible infringir el principio cuando se intenta penar la simple manifestación o divulgación de ideas o pensamientos, sean políticos, religiosos, artísticos u otros), cuando no existe un bien jurídico claramente lesionado o puesto en riesgo por ese hecho. Por tal motivo, es legítimo sancionar penalmente la palabra injuriosa (afectación del honor), pero no la simple expresión de una idea. 6.- Principio de culpabilidad. Implica que sólo puede imponerse una pena penal a quien realizó una conducta que le sea imputable subjetivamente a título de dolo o culpa (negligencia), siempre que cuente con la capacidad, en general, de determinarse conforme a derecho y que en el caso concreto haya tenido la posibilidad de actuar de un modo distinto y mejor. De este principio se derivan a lo menos dos consecuencias: La primera es la exclusión total de toda forma de responsabilidad penal objetiva, como es la que existe en los delitos calificados por el resultado29 y en las presunciones legales de derecho de responsabilidad penal. En segundo término, la culpabilidad determina el límite máximo de la pena, en el sentido de que ésta no debe exceder del grado de culpabilidad del condenado; en cambio, la pena puede ser menor si los fines de prevención se satisfacen con una sanción menor. Naturalmente, es imposible medir con algún grado de precisión la culpabilidad de una persona y el ordenamiento jurídico proporciona algunos instrumentos destinados a determinar judicialmente la pena concreta que debe imponerse. El principio de culpabilidad lo es por el acto (acción u omisión), de modo que se viola el principio de culpabilidad en los casos en que la legislación no respeta el carácter personalísimo del Derecho Penal y extiende la pena a terceros. Del mismo modo, los delitos de estado y en general todos aquellos tipos o agravantes fundadas en la peligrosidad del sujeto (Derecho Penal de autor) son contrarios al principio de culpabilidad.

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“Conforme a este principio, ningún daño, por grave que sea, puede estimarse penalmente relevante sino como efecto de una acción. En consecuencia, los delitos, como presupuesto de la pena, no pueden consistir en actitudes o estados de ánimo interiores, y ni siquiera genéricamente en hechos, sino que deben concretarse en acciones humanas -materiales, físicas o externas, es decir, empíricamente observablesdescribibles exactamente, en cuanto tales, por la ley penal.” (Ferrajoli, Luigi: “Derecho y Razón. Teoría del garantismo penal”. Editorial Trotta, Madrid, 1995, página 480). 29 “Son tipos de delitos calificados por el resultado aquellos en que la pena conminada por la comisión dolosa de una conducta se exaspera si, a causa de ella, se producen resultados más graves, aunque no hayan sido previstos y queridos por el agente e, incluso, cuando ni siquiera fueron previsibles” (Cury Urzúa, Enrique: Óp. Cít.., página 347).

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7.- Carácter personalísimo del Derecho Penal. Es una consecuencia directa del principio de culpabilidad y consiste en que la pena sólo se impone a quién ha realizado personalmente una conducta típica y antijurídica, de manera que la pena y sus efectos30 no deben alcanzar a terceros inocentes. Las penas no se deben transmitir por sucesión por causa de muerte, no admiten cumplimiento mediante representación ni pueden transferirse31. 8.- Principio de proporcionalidad de las penas. Se trata de un mandato al legislador, que es condición del principio de culpabilidad. En su virtud, las penas que la ley asigna en abstracto a un tipo penal deben ser proporcionales a la mayor o menor gravedad del injusto y, entre las penas asignadas a los distintos delitos, debe existir correspondencia y armonía. Así, las penas del delito de homicidio doloso deben ser, en principio, más altas que las de las lesiones corporales y éstas, a su vez, mayores que las de la injuria. 9.- Principio de humanidad de las penas. Mediante este principio se trata de prohibir las penas infamantes, humillantes, que estigmaticen al sujeto o que afecten de cualquier otra forma su dignidad como persona32. La pena es siempre un mal que se irroga al sujeto por haber perpetrado un delito, quien no deja de ser persona por ello y, por lo tanto, conserva su dignidad. Como parte de este principio, la ejecución de la pena debe propender a la socialización del sujeto, entendiendo por tal un propósito modesto, como lo es evitar la deshumanización que pueda sufrir el condenado mientras cumple la pena33. 10.- Prohibición de doble valoración en perjuicio del imputado. Implica que el juez no debe valorar más de una vez un mismo hecho o fenómeno, ya sea para sancionar varias veces a un mismo sujeto (especialmente tratándose de expresiones distintas del poder punitivo estatal), o para fundar la tipicidad de una conducta y luego agravar o calificar la responsabilidad penal (principio ne bis in ídem o non bis in ídem).

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En cuanto a la extensión de los efectos de la pena a terceros, dada la naturaleza gregaria del hombre, debe tratar de evitarse en la medida de lo posible, pues resulta ilusorio que la sanción penal no se deje sentir indirectamente a personas distintas del condenado. Así, por ejemplo, es bastante obvio que una pena privativa de libertad impuesta a un jefe de hogar puede afectar indirectamente a los otros miembros del grupo familiar que el condenado sostiene y la pena de disolución de una sociedad, aplicada en el marco de la nueva ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas, afecta indirectamente a sus empleados y a los accionistas o socios. 31 El artículo 5 N° 3 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (pacto de San José de Costa Rica), garantiza: “3. La pena no puede trascender de la persona del delincuente.” 32 El artículo 5 N° 2 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos establece: “2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”. Por su parte, el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos señala: “Art. 7. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes…”; y el artículo 10 N° 1 del mismo Pacto señala: “1. Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”. 33 El artículo 5 N° 6 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos dispone: “6. Las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados.” El artículo 10 N° 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos señala: “3. El régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados….”

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III.- Visión crítica (1): ¿están debidamente resguardados los principios limitadores del ius puniendo estatal en la Constitución Política? La Carta Fundamental constituye, ante todo, un sistema normativo cuyo objeto primario es proporcionar a las personas garantías que permitan contener los posibles excesos o abusos en que la autoridad pueda incurrir en el ejercicio del poder. Parece lógico entonces que la Constitución Política reconozca los principios fundamentales que limitan el poder punitivo estatal, conforme a las concepciones de una sociedad democrática. Ello permite adecuar a la estricta observancia de esos principios o garantías la labor de los estamentos públicos que intervienen en los procesos de criminalización en su nivel primario (creación de las leyes punitivas), en el secundario (persecución criminal y juzgamiento) y en el terciario (ejecución de penas y medidas de seguridad y resocialización). Entonces, antes de realizar una crítica a la legislación penal y proponer una eventual recodificación de la misma, es necesario preguntarse si la actual Constitución Política da adecuado sustento a esos principios cardinales. En primer término y dejando de lado las garantías procesales, el principio que parece tratado de manera más completa es el de reserva o legalidad34, en su acepción de ley previa (prohibición de retroactividad de la ley penal) y ley escrita (prohibición de establecer delitos y penas por fuentes distintas de la ley propiamente tal). No ocurre lo mismo con la tercera acepción, relativa a la ley estricta (prohibición de analogía in malam partem), que sólo puede extraerse de la norma en razón de un proceso interpretativo. Otro tanto sucede con el principio de tipicidad, pues la Constitución nada dice acerca de los estándares que deben satisfacer los tipos penales para que cumplan su función de garantía de una forma razonable. Consiguientemente, es deseable que la Carta Fundamental incorpore expresamente estos dos últimos aspectos del principio. Por otra parte, el principio de culpabilidad tiene un tímido reconocimiento constitucional en lo referente a la prohibición de presumir de derecho la responsabilidad35. Pero no hay en la Constitución una fórmula general que impida a la ley consagrar otras formas de responsabilidad objetiva, ni una referencia a la magnitud de las penas en función de la culpabilidad. Tampoco la Carta Fundamental se ocupa de la proporcionalidad de las penas entre sí.

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El artículo 19 N° 3° párrafos penúltimo y último de la Constitución Política señalan: “Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas: (…) 3º.- La igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos. (…) Ningún delito se castigará con otra pena que la que único señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado. Ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella;” 35 El artículo 19 N° 3°, párrafo 7°, de la Carta Fundamental señala: “Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las personas: (…) 3º.- La igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos. (…) La ley no podrá presumir de derecho la responsabilidad penal.”

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Por último, la Constitución no reconoce expresamente el principio de mínima intervención o última ratio, ni el de lesividad, ni el de exterioridad, ni el carácter personalísimo del Derecho Penal. Tampoco se refiere al principio de humanidad de las penas ni a la prohibición de doble valoración en perjuicio del imputado. Es deseable que dichas garantías sean reconocidas por la Carta Fundamental, lo que permitiría, por ejemplo, no aplicar por inconstitucional la norma sobre transmisibilidad de la multa impuesta por sentencia firme antes de fallecer el condenado 36, o el establecimiento de delitos puramente simbólicos, entre otras situaciones no deseables. Consecuentemente, la Constitución Política no contiene un estatuto de garantías penales suficiente y razonable, de modo que su establecimiento debería ser prioritario en relación a una posible recodificación de las normas legales. El inciso 2° del artículo 5° de la Constitución establece como límite a la soberanía el respeto por los derechos fundamentales reconocidos en tratados internaciones ratificados por Chile y que estén vigentes37, los que en ciertos casos reconocen algunos de los principios limitadores del ius puniendi que la Carta Fundamental omite garantizar (v. gr. el de humanidad de la penas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). Pero ello es insuficiente en primer término porque la jerarquía de los tratados internacionales en materia de derechos humanos es debatida, tanto en doctrina como en la jurisprudencia38. Además, atendida la importancia de los principios que limitan el poder punitivo del Estado y la necesidad de que su consagración sirva efectivamente como garantía frente al legislador, su protección mediante la remisión o envío por la norma constitucional no garantiza esa finalidad, aunque se reconozca incluso jerarquía constitucional al tratado.

IV.- Visión crítica (2): ¿es necesaria una recodificación penal en Chile? Un Código Penal y su legislación complementaria son expresiones de la ideología política, religiosa, moral y, en definitiva de la forma en que de debe organizarse y existir una comunidad en uno o varios momentos determinados. Desde este punto de vista, una primera aproximación a la pregunta formulada debería considerar la cuestión de si un cuerpo normativo que data de 1874 y cuya fisonomía central no ha variado, es o no reflejo de las convicciones sociales mayoritarias que existen en Chile al cabo de la primera década del siglo XXI. El mismo ejercicio debe hacerse con las

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El artículo 93 N° 1° del Código Penal dispone: “Art. 93. La responsabilidad penal se extingue: 1° Por la muerte del responsable, siempre en cuanto a las penas personales, y respecto de las pecuniarias sólo cuando a su fallecimiento no se hubiere dictado sentencia ejecutoriada.” 37 La norma señala: “El ejercicio de la soberanía reconoce único como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.” 38 Una visión panorámica de la discusión puede encontrarse en, Henríquez Viñas, Miriam Lorena: “Jerarquía de los tratados de derechos humanos: análisis jurisprudencial desde el método de casos”, en Estudios Constitucionales, año 6, N° 2, 2008, páginas 73 a 119.

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leyes complementarias pues ostentan la misma relevancia normativa. Aunque la sospecha es que esa correspondencia no existe, se trata de una cuestión que excede del ámbito de este trabajo y, probablemente, su análisis exigiría la contribución de otros especialistas en ciencias humanas. Por tal motivo se intentará encontrar una respuesta a partir de una descripción de los principales defectos que pueden observarse en la actual legislación penal y que, ciertamente, no deberían reproducirse en un eventual proceso de recodificación. Estas reflexiones se acompañaran de una exposición sucinta y selectiva de los ámbitos concretos de nuestra legislación penal que deberían ser abordados si se pretende dar cumplimiento a los principios que legitiman el ejercicio del poder punitivo estatal en un Estado democrático de derecho y si se quiere desarrollar una políticacriminal coherente y socialmente provechosa, compatible con tales principios. 1.- Expansión, dispersión y superposición de normas penales. Uno de los fenómenos relativamente recientes ocurrido en los países tradición jurídica continental, incluyendo a Chile, es la llamada “expansión del Derecho Penal” o “huida al Derecho Penal”: un aumento progresivo e inorgánico del intervencionismo penal a través del incremento de las penas, de la ampliación de los tipos penales existentes y, por sobre todo, de la incorporación de nuevos delitos al sistema. Este asunto ha sido de tal magnitud que cabe cuestionarse si el Derecho Penal sigue siendo un recurso de última ratio o ha pasado a ser prima ratio39. La expansión no es condenable per sé, pues en muchos casos se debe a la necesidad de abordar áreas que antes eran ajenas al Derecho Penal o que simplemente no existían, como la protección del medio ambiente, de los procesos de bioingeniería, de los delitos cometidos a través de medios informáticos, de la protección de los datos personales, etcétera. Lo que es innegable es que esta huida al Derecho Penal ha traído consigo una considerable pérdida de racionalidad del modelo, que se expresa en una legislación vastísima, dispersa, a veces contradictoria y otras reiterativa, sin que haya un sentido de consistencia y coherencia a la hora decidir qué, cómo y cuánto se va a castigar penalmente. Las causas de este proceso son múltiples, complejas y es imposible abordarlas siguiera en un trabajo de esta naturaleza40, de modo que se mencionarán sólo dos. La primera es la tendencia que suele observarse en las autoridades de turno y en ciertos grupos de opinión de reaccionar frente a hechos delictuales que conmueven o impactan en la comunidad suponiendo que la legislación penal vigente en relación a esos acontecimiento no es suficiente y que su endurecimiento es capaz contribuir a la solución del problema, de modo que aparece como necesario y urgente modificar las normas penales incrementando las penas, ampliando los tipos o creando nuevos. Esa causa es negativa pero no siempre sus autores proceden de mala fe. Distinto es el caso del populismo y la demagogia, otro de los factores que inciden en esta verdadera inflación de normas penales. Hay políticos que hacen del sistema penal verdaderas agendas políticas y electorales, impulsando de manera irresponsable toda clase de proyectos de ley, que en esta materia no tienen restricciones 39

Carnevali Rodríguez, Raúl: “Derecho Penal como ultima ratio. Hacia una política criminal racional”, en Revista Ius et Praxis - año 14 - N° 1, página 31. 40 Una interesante aproximación a la etiología del fenómeno puede encontrarse en: Silva Sanchez, Jesús: “La expansión del Derecho Penal. Aspectos de la política criminal en las sociedades postindustriales”. Editorial Civitas. Segunda edición, Madrid, 2001.

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en cuanto a su iniciativa ni representan mayores costos (si no se consideran tales los que debe afrontar a mediano y largo plazo la comunidad como consecuencia de una política criminal irracional). En este contexto, las reacciones legislativas a situaciones ad hoc o a fenómenos coyunturales constituyen las más de las veces propuestas especulativas con poca base científica. Por lo tanto, es frecuente apreciar un proceso legislativo que no se sustenta suficientemente en una política criminal coherente, tal como, al menos, se pretende en otros ámbitos en los que se argumenta en torno a una determinada política económica, educacional, de salud, etcétera. Además, la huida al Derecho Penal ha agudizado otro fenómeno presente en nuestro país desde comienzos del siglo XX: el de la dispersión de la legislación penal en una multiplicidad de leyes penales o de leyes de otra naturaleza que establecen delitos o se remiten a ellos. Para dimensionar el alcance de esta normativa puede mencionarse una investigación reciente del profesor Jean Pierre Matus, quien recopiló en una obra de una extensión de 1.494 páginas, 191 leyes que describen delitos potencialmente aplicables en la actualidad.41 A lo anterior debe agregarse la superposición de normas penales y el excesivo casuismo con que se tratan algunos hechos, lo que hace que muchas veces una conducta esté comprendida en varios tipos penales, de modo que su aplicación exige un estudio engorroso de la eventual legislación aplicable. Muchas veces la superposición entre normas del Código Penal y de las leyes extravagantes o entre dos o más leyes lo es imponiendo en todos esos casos una misma pena y las diferencias se reducen a especificidades de la conducta típica. Un ejemplo es el delito de apropiación indebida de cotizaciones de seguridad social y de cotizaciones de salud. En el primer caso, el artículo 13 de la ley N° 17.322 sanciona con las penas del artículo 467 del Código Penal a quien se apropiare o distrajere las cotizaciones previsionales descontadas al trabajador42, conducta muy similar a la descrita en el tipo básico de apropiación indebida del artículo 470 N° 1° del Código Penal43, asignando idénticas penas. En el caso de la apropiación de cotizaciones de salud, el inciso sexto del artículo 186 de la ley N° 18.933,44 hace aplicable a la apropiación o distracción de las mismas sanciones penales que establece la ley N° 17.322 citada. En otros casos, 41

Véase Matus Acuña, Jean Pierre: “Legislación Penal Vigente en Chile, Tomo II”, Legal Publishing Chile, 2012. Para pronunciarse sobre la aplicabilidad de estas normas es necesario realizar un análisis caso por caso que aclare el llamado concurso aparente de leyes penales y que implica que en determinadas circunstancias una norma es desplazada por otra en su aplicación al caso concreto. 42 “Artículo 13°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 12 y 14 de esta ley, se aplicarán las penas del artículo 467 del Código Penal al que en perjuicio del trabajador o de sus derechohabientes se apropiare o distrajere el dinero proveniente de las cotizaciones que se hubiere descontado de la remuneración del trabajador.” 43 “Art. 470. Las penas del artículo 467 se aplicarán también: 1° A los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos o cualquiera otra cosa mueble que hubieren recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarla o devolverla.” 44 La norma señala: “Serán aplicables en lo pertinente a los deudores que indica este artículo, lo dispuesto en los artículos 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 11, 12, 14 y 18 de la Ley N° 17.322 para el cobro de las cotizaciones, reajustes e intereses adeudados a una Institución de Salud Previsional. Dichos créditos gozarán del privilegio establecido en el N° 6 del artículo 2472 del Código Civil. Sin perjuicio de todo lo anterior, a los empleadores o entidades que no enteren las cotizaciones que hubieren retenido o debido retener a sus trabajadores o pensionados, les serán aplicables las sanciones penales que establece la ley antes dicha.”

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la ley extravagante sanciona una conducta ya comprendida en el Código Penal, pero de un modo más severo, en circunstancias de que es muy discutible la justificación de ese aumento. Así sucede, por ejemplo, en el fraude bancario del artículo 160 de la ley General de Bancos 45, conducta que está comprendida los artículo 468 o 473 del Código Penal46con la diferencia de que siendo la víctima un Banco, eventualmente se aplica una pena más alta que la prevista para otras víctimas, sin importar la entidad del perjuicio que haya sufrido.47 Otro ejemplo es la multiplicidad de normas en el ámbito de las falsedades documentales ya que, junto a las normas contenidas en los artículos 193 y siguientes del Código Penal, que sancionan la falsificación y el uso de instrumentos públicos y privados, existen diversas leyes especiales48 que básicamente tipifican formas especiales de falsificación o se refieren a formas especiales de documentos, ya contenidos en las normas del Código Penal. Otro caso es el de los delitos que protegen el tráfico ferroviario, que se encuentran regulados en el párrafo 16 del Título VI del Código Penal (artículos 320 a 332); sin embargo, la Ley General de Ferrocarriles de Chile, que data de 1931, sin derogar expresamente las disposiciones del Código Penal sobre la materia, incorpora varios tipos penales que en la mayoría de los casos coinciden con los del Código Penal (artículos 105 a 127), pero no sucede en todas las hipótesis. Ello genera evidentes problemas a la hora de interpretar y aplicar la ley en un caso concreto. La superposición de normas penales también se produce al interior del Código Penal. Un ejemplo es el uso de instrumento privado falso del artículo 198 del Código Penal que constituye, según un amplia opinión en la literatura, una forma de estafa ya contemplada en los artículos 467 y siguientes del Código Penal. Si se considera, en cambio, que esta figura no exige un perjuicio de carácter patrimonial como el descrito en las estafas, la redacción de estas falsedades debería modificarse para aclarar el alcance del resultado del delito. También se puede mencionar el tratamiento excesivamente casuístico de los fraudes por engaño, pues se recurre a muchos tipos penales especiales que ya están comprendidos dentro de las figuras más generales de la estafa (artículos 468 y 473). A diferencia de países como España, Francia, Italia o Alemania,49 la regulación de la estafa en nuestro ordenamiento carece de un tipo base que defina lo que se entiende por este delito esencial en el sistema, lo que agrava el 45

“Artículo 160.- El que obtuviere créditos de instituciones de crédito, públicas o privadas, suministrando o proporcionando datos falsos o maliciosamente incompletos acerca de su identidad, actividades o estados de situación o patrimonio, ocasionando perjuicios a la institución, sufrirá la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo.” 46 “Art. 468. Incurrirá en las penas del artículo anterior el que defraudare a otro usando de nombre fingido, atribuyéndose poder, influencia o crédito supuestos, aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación imaginarios, o valiéndose de cualquier otro engaño semejante.” “Art. 473. El que defraudare o perjudicare a otro usando de cualquier engaño que no se halle expresado en los artículos anteriores de este párrafo, será castigado con presidio o relegación menores en sus grados mínimos y multas de once a veinte unidades tributarias mensuales.” 47 Resulta difícil justificar este privilegio para los bancos; más bien buenas razones sugieren considerar una rebaja de pena dadas las mayores posibilidades de autoprotección que poseen estas instituciones en comparación con las personas naturales. 48 Véase el detalle en Matus Acuña, Jean Pierre: Óp. Cít.., páginas 789 y siguientes. 49 Las definiciones se contienen en los artículos 248, 313-1, 640 y § 263 de los códigos penales respectivos.

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panorama general y expone a la doctrina y a la jurisprudencia a grandes dificultades sobre el concreto alcance de mismo. Destaca también la situación de las agravantes genéricas del artículo 12 del Código Penal, pues actualmente son 21 (más del doble que las atenuantes genéricas del artículo 11), muchas de las cuales pueden fusionarse o absorberse e incluso suprimirse, de manera de hacer más racional el catastro. Este panorama ofrece importantes dificultades para que la legislación penal en su conjunto satisfaga razonablemente la función de garantía del tipo penal. Si en ciertas materias a los propios jueces no les resulta fácil determinar cuál es la norma aplicable en un caso determinado, con mayor razón a las personas comunes les es difícil conocer el contenido de las prohibiciones y las sanciones amenazadas por el ordenamiento jurídico en caso de infringirlas, así como también si tratan legítimamente de saber si una conducta que quieren emprender constituye o no un delito. Así, existe una pérdida significativa de los objetivos de certeza jurídica y de garantía a lo que debe agregarse la falta de coherencia que se produce entre las leyes penales extravagantes y la sistemática que sigue en Código Penal, tanto en la parte general como en lo que dice relación con los conflictos que puedan surgir con los delitos descritos en el Código. Frente a este panorama, que perjudica principalmente al destinatario de la norma penal, es sugerente a priori la idea de una (re)unificación de todas las materias en el Código Penal. Si bien todo ciudadano tiene el deber de respetar la ley y, con ello, el deber general de conocerla, en materia penal el desconocimiento de la ley descarga de responsabilidad al ciudadano y no es posible fundar esta responsabilidad en meras presunciones de conocimiento de la norma penal. Este principio no sólo da cuenta de la imposibilidad lógica de seguir un mandato normativo que se desconoce (la norma penal que no se conoce no puede cumplir su función motivadora50), sino además, deja patente el principio según el cual la reacción estatal más severa, consistente en la imposición de una pena, sólo debe aplicarse en casos estrictamente necesarios. Es por ello que el Estado no sólo debe plasmar la norma penal perentoriamente en una ley (principio de reserva penal), sino que adicionalmente debe publicar la ley como presupuesto de su aplicación al ciudadano. Más allá de esta mínima difusión de la ley, el legislador debe además favorecer una técnica legislativa que facilite el conocimiento de la ley, acercándola a su destinatario. En la medida que el conocimiento de las normas se dificulta por la creciente y dispersa regulación legal de las actividades sociales, parece conveniente cumplir este propósito a través de la reunión de las normas penales en el principal cuerpo legislativo como es el Código Penal.

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Véase al respecto, Silva Sánchez, Jesús María: “Aproximación al Derecho penal contemporáneo”, segunda edición ampliada y actualizada, Editorial B de F, Montevideo, Buenos Aires, 2010, páginas 569 y siguientes.

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Sin embargo, también se debe considerar que el Derecho Penal regula crecientemente ámbitos de actividad social muy específicos y que presentan una alta densidad normativa que el Derecho penal no puede desatender. Se trata de ámbitos sociales muy específicos, cuyos actores se encuentran sometidos a normas extrapenales (normas primarias) de alta complejidad, lo que favorecería una regulación de la prohibición penal en su ámbito “natural” y más cercano al destinatario específico de estas normas penales especiales. A ello se debe añadir que muchas veces tales actividades se caracterizan por una regulación de alta complejidad técnica, que incluyen definiciones necesariamente densas, establecimientos de estándares sofisticados, entre otros, lo que sugiere establecer la prohibición penal (como norma secundaria) en el mismo texto que establece tales presupuestos normativos, a fin de lograr una mayor armonización posible del conjunto de normas. Las disposiciones propias del derecho penal llamado “accesorio” son incompletas en el sentido de que requieren generalmente de un complemento extrapenal que recién permite comprender el real alcance de la conducta punible. Es por ello que la “lectura conjunta” de las normas que rigen estas actividades especializadas también sugiere su regulación en un mismo cuerpo normativo. Por último, si el legislador quiere comunicar que las prohibiciones establecidas en el ámbito penal pretenden evitar los conflictos sociales más agudos, debe otorgarle a estas normas un sitial preferente en el sistema normativo, lo que se fomenta con su inclusión en el Código Penal. Así, a modo de ejemplo, las garantías fundamentales de la persona no sólo se reúnen en la Constitución Política de la República para revestirlas del rango normativo superior, sino también para acercarlas al ciudadano y representar la importancia primordial que ostentan en la convivencia social. Las consideraciones expuestas han sido desatendidas por el legislador nacional, que ha relegado, sin más, la gran mayoría de las regulaciones nuevas en materia penal a leyes especiales. Según se dijo, en algunos casos esa técnica legislativa se justifica, pero en otras, tal decisión carece de fundamento y resulta perjudicial al fomento del conocimiento de la ley penal y a la representación de su trascendencia. Un ejemplo de estos últimos casos lo representan los delitos informáticos, pues no cabe duda que la actividad informática rige crecientemente las actividades más cotidianas de un amplio espectro de ciudadanos, por lo que su regulación en la ley 19.233 carece de razón, especialmente si sólo consta de cuatro disposiciones penales que no se complementan con ninguna norma extrapenal. Considerando que esta normativa no protege algún bien jurídico de nuevo cuño, sino que refuerza la protección de bienes jurídicos ya recogidos en el Código Penal, todo indica que resulta más adecuada la técnica legislativa empleada en otros países, por ejemplo Alemania, que inserta estas disposiciones como nuevas formas comisivas entre los delitos tradicionales.51

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El Código Penal alemán regula en el § 263 la llamada estafa informática, en los § 202 a, 202 b el espionaje informático y captura de datos, en los § 303 a, 303 b las alteración de datos y sabotaje informático y en el § 269 la falsificación de datos con relevancia probatoria.

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Algo similar ocurre con el uso de tarjetas de crédito y débito, que adquieren creciente relevancia en las actividades comerciales que realiza cualquier ciudadano. La ley Nº 20.009 contempla cinco artículos que incluyen una disposición penal con varias hipótesis punibles, cuya comprensión no requiere de las demás normas, por lo que parece conveniente trasladar estos tipos penales al ámbito de las falsedades. A fin de acentuar que las regulaciones extrapenales se refuerzan mediante prohibiciones penales, se puede hacer referencia en la propia ley Nº 20.009 a la existencia de los respectivos tipos penales en el Código Penal. Otro tanto ocurre con el lavado de activos. Si la actual decisión político-criminal busca rebajar las exigencias para configurar esta actividad delictiva, incluyendo el llamado “autolavado”, el mero contacto con los objetos de origen ilícito e incluso las conductas meramente negligentes de lavado, parece claro que el destinatario de la norma excede con largueza las organizaciones criminales o incluso las empresariales. De esta forma, no parece conveniente incluir estos delitos en la ley que crea y regula la Unidad de Análisis Financiero (ley Nº 19.913), institución que, si bien cumple una función auxiliar relevante en el combate de esta actividad delictiva, la mayoría de los ciudadanos no identifica.52 En cuanto a las consideraciones en torno a remarcar la relevancia de ciertos delitos, es posible considerar el traslado de las disposiciones de la ley Nº 20.357 que tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra al Código Penal, máxime si esa ley no introduce disposiciones especiales a la parte general que podrían desordenar el cuerpo normativo principal.53 En atención a la historia reciente de nuestro país y a las importantes obligaciones internacionales asumidas con la ratificación del Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional, la trascendencia de esta legislación no parece requerir mayor justificación. Por último, en lo que respecta a la necesidad de nuevas tipificaciones penales, que se abordarán más abajo, hay que analizar igualmente la conveniencia de reunir las disposiciones penales en el Código Penal, como por ejemplo, en materia medioambiental. Si bien esta materia depende de una profusa regulación extrapenal, las remisiones normativas cruzadas parecen constituir una conexión suficiente entre estas áreas, de modo que la ley de bases del medioambiente (N° 19.300) y otras leyes especiales deberían señalar que el reforzamiento penal de sus prohibiciones y mandatos están recogidos en el Código Penal. En lo que respecta a normas penales extravagantes que parece razonable mantener en textos legales autónomos, la legislación sobre consumo de drogas y narcotráfico de la ley Nº 20.000 constituye un caso paradigmático. Si bien esta ley aborda problemas que se estiman de creciente gravedad en nuestra sociedad y con ello constituye un candidato para su recodificación en el texto penal principal, su autonomía legislativa es conveniente en la medida que se quieran mantener importantes regulaciones especiales en el ámbito procesal-penal y administrativo, que no 52

Con lo anterior no se quiere apoyar la amplitud de las figuras de lavado de activos en nuestro ordenamiento penal, sino manifestar la necesidad recodificadora de nuestra legislación penal. 53 Otros países han enriquecido estos delitos con normas especiales sobre participación, alcance territorial de la ley penal, etcétera, como ocurre en Alemana, lo que explica en buena medida la necesidad de recoger tal innovación legislativa especialísima y compleja en una codificación especial (“Völkerstrafgesetzbuch”).

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encontrarían adecuación en el Código Penal. Contemplándose además en esta materia, por un lado, normas especiales referidas a la parte general, tales como circunstancias modificatorias de responsabilidad, causales de justificación, aplicación y cumplimiento de penas, y por el otro, infracciones a nivel de faltas penales, como asimismo delimitaciones implícitas de conductas no punibles, todas las cuales no son fáciles de precisar, parece conveniente evitar una dispersión normativa. La legislación sobre consumo de drogas y narcotráfico ofrece una exagerada regulación especial que resulta criticable en cuanto a la consagración de fuertes excesos punitivos y procesales que, en lo que interesa en este punto, sugieren una regulación única de materias que en caso contrario debiesen reubicarse en los más diversos ámbitos del ordenamiento jurídico. Otro ejemplo relevante de una normativa que se encuentra recogida adecuadamente en una ley especial es la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. Si bien se trata de una innovación de la mayor trascendencia en el sistema penal, la necesidad de una regulación precisa mediante múltiples disposiciones muy particulares, tanto en la parte general del Derecho Penal como en el Derecho Procesal, fuerzan una regulación orgánica en un cuerpo normativo separado. Finalmente, diversos ámbitos clásicos de la legislación penal económica, tales como los delitos tributarios, aduaneros, las insolvencias punibles, la protección de la propiedad intelectual e industrial, entre otros, han estado tradicionalmente ubicados en leyes especiales en consideración a las estrechas vinculaciones con las normas legales primarias en estas materias. Más allá de las críticas internas que se puedan efectuar a esas regulaciones, la necesidad de actualizar globalmente tales cuestiones ha demostrado la conveniencia de la reforma conjunta de las normas penales en el mismo cuerpo normativo. 2.- Insuficiencias por falta de regulación a nivel legal. En los 137 años de vigencia del Código Penal se ha producido un importante desarrollo doctrinario de las instituciones que conforman la parte general y que no ha sido recogido por el estatuto, debido a lo cual es necesario debatir sobre la conveniencia de normativizarlas. Una de ellas es decidir la conveniencia de incorporar una norma legal relativa a la omisión impropia o comisión por omisión54 y, en caso afirmativo, resolver si la disposición debe señalar taxativamente las fuentes de la posición de garante que se admiten, como en el Código Penal español55 o abandonar esto último a la doctrina y jurisprudencia, como

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Se trata de delitos: “en los quela conducta que infringe una norma imperativa (mandato) ocasiona, como consecuencia, el quebrantamiento de una prohibitiva (prohibición)”. (Cury Urzúa, Enrique: Óp. Cít., página 678). 55 “Artículo 11 Los delitos o faltas que consistan en la producción de un resultado sólo se entenderán cometidos por omisión cuando la no evitación del mismo, al infringir un especial deber jurídico del autor, equivalga, según el sentido del texto de la ley, a su causación. A tal efecto se equiparará la omisión a la acción: a) Cuando exista una específica obligación legal o contractual de actuar. b) Cuando el omitente haya creado una ocasión de riesgo para el bien jurídicamente protegido mediante una acción u omisión precedente.”

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en el Código Penal alemán56. Ambas cuestiones son muy debatidas y es así como en el Anteproyecto de Nuevo Código Penal, luego de proponerse una fórmula, se optó por prescindir de ella “en el entendido de que los delitos de comisión por omisión deben legislarse expresamente en la parte especial, aunque también hay quienes optaron por la supresión del artículo, considerándolo simplemente superfluo”57, esto último atendido que la falta de un precepto legal nunca ha impedido construir una omisión impropia a partir de un tipo de comisión. Hay quienes sin embargo, propician una regulación legal por razones de seguridad jurídica y de conciliar plenamente esta clase de omisión con la reserva legal58. Seguidamente, el tratamiento del error en la legislación penal vigente es muy defectuoso. En un sentido general, el Código Penal sólo alude al error sobre el sujeto pasivo, restándole consecuencias sobre la punibilidad del hecho59. El Código Tributario ha regulado de manera incipiente una forma de error sobre el alcance de la obligación tributaria60. Pero no hay en la ley penal un tratamiento sistemático del error de tipo ni del error de prohibición61. La jurisprudencia ha acogido en forma muy limitada este último y es aconsejable que la ley penal regule ambas clases de errores62.

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“§ 13 StGB. “Comisión por omisión. (1) El que omite evitar un resultado que pertenezca al tipo de una ley penal, sólo es punible conforme a esa ley cuando deba responder jurídicamente porque el resultado no se produzca y cuando la omisión corresponda a la realización de del tipo legal mediante una acción. (2) La pena puede disminuirse conforme al § 49 I.” 57 “Materiales de Discusión presentados a la Comisión Foro Penal, Parte General”. Política Criminal, Nº 1, D2, página 50. 58 Así, Hernández Basualto, Héctor: “Reflexiones e ideas para una reforma penal”, en Cuadernos Judiciales, N° 6 (Instituto de Estudios Judiciales); Santiago, 2002, páginas 97 y 98. 59 El inciso final del artículo 1° establece: “El que cometiere delito será responsable de él e incurrirá en la pena que la ley señale, aunque el mal recaiga sobre persona distinta de aquella a quien se proponía ofender. En tal caso no se tomarán en consideración las circunstancias, no conocidas por el delincuente, que agravarían su responsabilidad; pero sí aquellas que la atenúen.” 60 El artículo 110 del Código tributario dispone: “Artículo 110.- En los procesos criminales generados por infracción de las disposiciones tributarias, podrá constituir la causal de exención de responsabilidad penal contemplada en el N°. 12°. del artículo 10°. Del Código Penal o, en su defecto, la causal atenuante a que se refiere el número 1°. del artículo 11°. de ese cuerpo de leyes, la circunstancia de que el infractor de escasos recursos pecuniarios, por su insuficiente ilustración o por alguna otra causa justificada, haga presumir que ha tenido un conocimiento imperfecto del alcance de las normas infringidas. El tribunal apreciará en conciencia los hechos constitutivos de la causal eximente o atenuante.” 61 Error de tipo es el que recae sobre un elemento objetivo del tipo penal; error de prohibición, es el que recae sobre la ilicitud de la conducta. 62 Así, el Anteproyecto de Nuevo Código Penal (siguiendo en el caso del error de prohibición la denominada teoría Limitada de la Culpabilidad), los regula en los siguientes términos (en Política Criminal Nº 1, D1, página 2): “Art. 3º. El error sobre la concurrencia en el hecho de un elemento integrante de la descripción legal del delito excluye el dolo respecto del mismo. Si el error es evitable, el hecho se sancionará a título de imprudencia, si procede. Lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará también al error sobre la concurrencia de un presupuesto de las causas de justificación de la conducta. Las circunstancias desconocidas por el sujeto no se considerarán para agravar o calificar su responsabilidad penal, pero sí para atenuarla o privilegiarla Art. 4º. El error inevitable sobre la ilicitud del hecho excluye la responsabilidad penal. Si el error es evitable, se rebajará la pena conforme a lo dispuesto en el artículo 46.”

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Por otro lado, no existe a nivel legal una regulación sobre ejecución de las penas, salvo algunas pocas disposiciones contenidas el Código Penal (artículos 79 a 89 bis), relativas principalmente al cumplimiento de las penas privativas de libertad. En el Código Procesal Penal hay normas procesales respecto del cumplimiento de las penas (artículos 466 a 472) y de las medidas de seguridad (artículos 481 y 482), pero no existe un estatuto con rango legal relativo a la ejecución y control de las penas y medidas de seguridad y resocialización el que, en el primer caso y tratándose de penas privativas de libertad, está tratado en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios contenido en el Decreto Supremo del Ministerio de Justicia N° 518 de 22 de mayo de 1998. Si la ejecución de las penas está comprendida dentro de la reserva legal, se afecta dicha reserva si la materialidad de la pena la regula un simple reglamento, particularmente si en él se tratan aspectos como los derechos y obligaciones de los internos (Título III) y el régimen disciplinario (Título IV), entre otros. Por último, en la parte especial existen importantes áreas que requieren de la intervención del Derecho Penal, sin que hasta la fecha existan normas adecuadas que las regulen o, de haberlas, son escasas y no dan cuenta de un modelo integral de tratamiento normativo. Así, en el ámbito de los delitos contra el patrimonio adquiere especial urgencia la superación de un sensible vacío que presenta nuestro ordenamiento penal al consagrar únicamente uno de los dos pilares fundamentales de protección del bien jurídico, como es la estafa, pero reconocer solamente en forma muy deficitaria el segundo de ellos, constituido por la administración desleal. En efecto, todos los ordenamientos comparados relevantes, así como la propuesta formulada por el “Foro Penal” descrito al inicio, contemplan esta figura en vez de o en conjunto con la apropiación indebida consagrada principalmente en el artículo 470 Nº 1 del Código Penal. Esta última exige grandes esfuerzos interpretativos para poder llenar un vacío que no está llamada a completar y aun mediante este procedimiento mantiene importantes lagunas de punibilidad.63 En efecto, es necesario proteger el patrimonio con suficiente amplitud de “ataques desde adentro”, consistentes en defraudaciones de relaciones de confianza que permiten al administrador de un patrimonio o al ejecutor de encargos patrimoniales provocar dolosamente perjuicios al patrimonio ajeno. La práctica demuestra que diversas actividades económicas son inconcebibles sin tal depósito de confianza en terceros -como ocurre desde luego en toda actividad empresarial, pero también en relaciones entre personas naturales de diversa índole– y que las defraudaciones se encuentran a la orden del día con efectos perjudiciales completamente equivalentes a las estafas, circunstancias que eventualmente pueden estar ocurriendo con importante frecuencia precisamente por la impunidad parcial descrita.

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Este déficit ha sido criticado ampliamente en la doctrina nacional. Véase, por muchos, Hernández Basualto, Héctor, “La administración desleal en el derecho penal chileno”, en “Revista de Derecho de la PUCV”, XXVI (2005, Sem. I), Ediciones Universitaria de Valparaíso, paginas 201 a 258.

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A diferencia de España, parece más adecuado no limitar la figura al ámbito societario a fin de proteger a toda clase de personas, especialmente las naturales, y no limitar el ilícito sólo a determinadas actividades comerciales. Finalmente, la introducción de este delito permite abarcar las más usuales y graves conductas de defraudación al Fisco, ya sea cuando se cometen por un particular, por un funcionario público o por ambos en conjunto, subsanando las importantes dificultades interpretativas que actualmente existen en torno a las figuras de fraude al Estado del artículo 239 del Código Penal y la malversación de caudales públicos de los artículos 233 y siguientes del Código Penal, sin perjuicio de considerar una agravación de pena cuando la afectación se refiera al patrimonio estatal o la conducta la realice un funcionario público con abuso de su cargo. De ello se tratará más adelante al abordar los delitos funcionarios. Un segundo ámbito delictivo respecto del cual nuestro ordenamiento presenta un importante déficit regulativo en comparación con la legislación comparado dice relación con los delitos medioambientales, que en la mayoría de los países occidentales ha sido objeto de una amplia consagración En Chile existe una normativa muy precaria y asistemática: el artículo 136 de la ley N° 18.892 (ley de pesca y acuicultura) que describe un delito de contaminación propiamente tal (de aguas)64. En los demás casos la protección del medio ambiente se dispensa a través de tipos penales que protegen otros bienes jurídicos, como ocurre con el patrimonio animal y vegetal, en la figura del artículo 291 del Código Penal65. Y lo que es más grave, esos tipos penales dispersos en la legislación no están asociados a la institucionalidad ambiental (ley N° 19.300 y legislación complementaria), lo que puede conducir a situaciones inconvenientes, como es el hecho de que una persona se someta y cumpla la normativa ambiental y, sin embargo, puede ser objeto de una pena por contaminar en razón de parámetros no exigidos por las normas administrativas. Otro ámbito, que si bien ha sido incorporado al ordenamiento penal con reciente data y que muestra claros vacíos, se refiere a la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Ya en la discusión parlamentaria se expresaron diversas voces desde la academia que advertían la importante limitación en el catálogo de delitos incorporados en definitiva en la ley 20.393. Si bien con esta ley se cumple con el mínimo compromiso internacional asumido por nuestro país, se desperdició la oportunidad de aplicar esta radical modificación del sistema de imputación penal a los ámbitos delictivos en los que la empresa juega realmente un rol protagónico y genera graves 64

“Artículo 136.- El que introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados para evitar tales daños, será sancionado con multa de 50 a 3.000 unidades tributarias mensuales. Si procediere con dolo, además de la multa, la pena a aplicar será la de presidio menor en su grado mínimo. Si el responsable ejecuta medidas destinadas a reparar el daño causado y con ello se recupera el medio ambiente, el tribunal rebajará la multa hasta en un cincuenta por ciento, sin perjuicio de las indemnizaciones que corresponda.” 65 “Art. 291. Los que propagaren indebidamente organismos, productos, elementos o agentes químicos, virales, bacteriológicos, radiactivos, o de cualquier otro orden que por su naturaleza sean susceptibles de poner en peligro la salud animal o vegetal, o el abastecimiento de la población, serán penados con presidio menor en su grado máximo.”

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daños sociales. Si bien por medio del lavado de activos descrito en esta ley se incorporan actualmente varios tipos base a este sistema punitivo, no cabe duda que el financiamiento del terrorismo y el cohecho no representan problemas de gran envergadura en la realidad social actual. Es por ello que resulta difícil de explicar que otros ámbitos más propios como los delitos medioambientales -especialmente en una regulación integral y coherente como aquí se plantealas estafas, los delitos tributarios, las apropiaciones de cotizaciones previsionales de los trabajadores, los delitos contra la propiedad intelectual o industrial o los delitos que protegen el funcionamiento instituciones del sistema económico, como por ejemplo los delitos bursátiles66, no puedan ser cometidos por las empresas como personas jurídicas penalmente responsables. Mención aparte merecen los delitos económicos. En las últimas décadas ha ido ganado terreno en la discusión académica la necesidad de reformular los tipos penales que se refieren a actividades económicas que afectan bienes jurídicos colectivos que se consideran esenciales para el correcto funcionamiento del sistema económico. Si bien no se puede desconocer que existe una importante corriente que advierte en esta revisión un peligro de un crecimiento inflacionario del Derecho Penal que conllevaría la protección de bienes jurídicos extremadamente imprecisos o sólo aparentes, como asimismo anticipaciones punitivas de conductas que sólo debieran ser punibles en la medida en que generen perjuicios patrimoniales cuantificables,67 parece posible conciliar ambos extremos académicos con el objeto de preservar los principios clásicos e irrenunciables relativos a los límites de la intervención penal y responder a la creciente preocupación social por los daños globales y sistémicos que generan esta clase de delitos. Esto último permite además restablecer en alguna medida la debida proporcionalidad en la intervención punitiva, en términos de no sólo sancionar drásticamente la clásica delincuencia contra la propiedad (robos y hurtos), sino que proceder con igual decisión respecto de la llamada “delincuencia de cuello blanco”.68 Ahondando, en la medida que lo permiten estas reflexiones, las aprensiones que suscitan esta clase de tipificaciones referidas a la actividad económica dicen relación principalmente con la posible vulneración del principio de lesividad, cuando los delitos económicos pretenden proteger bienes jurídicos supraindividuales. Se sostiene que conceptos tales como “el sistema crediticio”, “la competencia leal” o “el correcto funcionamiento del mercado bursátil”, no pueden configurar bienes jurídicos en el ámbito penal, porque serían tan indeterminados y amplios que difícilmente

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Por lo demás, resulta absurdo que los delitos bursátiles se sancionen indirectamente, cuando la empresa incurre en una conducta de lavado de los fondos obtenidos mediante estos delitos, pero no directamente por la comisión de los mismos. Algunos delitos funcionarios, como por ejemplo el fraude al Fisco, también están sometidos a este régimen absurdo de sanción indirecta. 67 Respecto de la discusión sobre la conveniencia y legitimidad de una ampliación del Derecho Penal Económico véase García Cavero, Percy: “Derecho Penal Económico, Parte General”, Editorial Jurídica Grijley, segunda edición, 2007, páginas 77 y siguientes. 68 Sobre la distintas maneras de conceptualizar el derecho penal económico, su evolución y caracterización, conviene consultar el trabajo concentrado y fundamental de Tiedemann, Klaus: “Derecho Penal Económico, Introducción y parte general”, (traducción a cargo de Abanto/Hernández/Aldoney), Editorial Jurídica Grijley, 2009.

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podrían contribuir a la legitimación de normas penales concretas.69 En otras palabras, tales conceptos permitirían incriminar toda clase de conductas disfuncionales a un subsistema económico que no se relacionan directamente con intereses individuales de una persona. Por otra parte, se sostiene que la lesión de estos supuestos bienes jurídicos sólo sería posible a través de múltiples conductas que socavan la credibilidad del subsistema, ya que una actuación individual no es capaz de conmover un bien jurídico colectivo. Sería necesario estatuir entonces verdaderos “delitos cumulativos”, como ocurre en el derecho penal medioambiental, en términos tales que la mera contribución a un efecto acumulado sería presupuesto suficiente para sancionar a una persona.70 Como tal efecto global, generado por muchas personas, no sería imputable al infractor individual, se incurriría en una vulneración al principio de culpabilidad personal. Finalmente, se sostiene que en realidad se trataría únicamente de bienes supraindividuales aparentes, porque en realidad detrás de estos conceptos se esconderían intereses patrimoniales individuales, que ya reciben una protección suficiente a través de los delitos de lesión patrimonial de corte clásico. Siguiendo esta argumentación, los delitos propios del derecho penal económico constituirían delitos de peligro abstracto al patrimonio individual y tales anticipaciones punitivas no serían compatibles con las garantías penales de lesividad, ultima ratio y fragmentariedad.71 En definitiva, mediante el establecimiento de delitos económicos destinados a proteger intereses difusos y colectivos en el ámbito económico se estaría recargando al Derecho Penal con una función de prevención de peligros72 que no es capaz de cumplir y que resulta incompatible con los principios clásicos descritos más arriba. Sin embargo, tales razonamientos desconocen, por un lado, que la protección de intereses supraindividuales importa la protección de instituciones sociales que no son distintas a las que se protegen en el ámbito clásico del Derecho Penal, como la correcta administración de justicia (delitos de prevaricación, falso testimonio, etcétera) o la seguridad en el tráfico jurídico (los delitos de falsedades documentales) y que se trata de instituciones esenciales para la vida social, cuya funcionamiento adecuado depende fundamentalmente de la confianza social que en ellas se deposite. Incluso, los contornos de estas instituciones son precisados con bastante precisión, porque han sido objeto de una abundante regulación extrapenal. Por otra parte, estos intereses no son siempre reconducibles a intereses patrimoniales directos, pero sí a intereses más complejos muy relevantes para sus titulares como su competitividad o la correcta asignación de 69

Una completa recopilación de diversas posiciones respecto de la función del bien jurídico en un Derecho Penal Moderno se puede consultar en Hefendehl, Roland (editor): “La teoría del bien jurídico, ¿Fundamento del Derecho Penal o juegos de abalorios dogmático?”, (traducciones coordinadas por Alcacer/Martín/Ortíz de Urbina), Editorial Marcial Pons, Madrid 2007. 70 Sobre esta categoría delictual, véase sucintamente, Piña Rochefort, Juan Enrique: “Fraude de Seguros, cuestiones penales y de técnica legislativa”, Editorial Jurídica de Chile, 2006, página 33 y siguientes. 71 Para una revisión de las posiciones más críticas en este contexto véase, Varios Autores, “La insostenible situación del Derecho Penal”, Instituto de Ciencias Criminales de Frankfurt (Editores), Editorial Comares, Granada 1999. 72 Una descripción detallada de la realidad social que enfrenta actualmente el Derecho Penal, Prittwitz, Cornelius: “Strafrecht und Risiko, Untersuchungen zur Krise von Strafrecht und Kriminalpolitik in der Risikogesellschaft”, V. Klostermann 1993, especialmente páginas 156 y siguientes.

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recursos. Finalmente, los grandes escándalos financieros, económicos o aquellos que afectan a los consumidores desde luego pueden generar en muchos casos una daño social muy superior a los delitos clásicos de hurto o estafa, todo lo cual puede ser imputado a quien realiza la conducta defraudatoria del sistema. En suma, el Derecho Penal se debe hacer cargo de una realidad social distinta a la que existía al momento de concebirse los principios limitadores del ius puniendi, los que deben ser adecuados a realidades de mayor complejidad, especialmente en el ámbito económico, a fin de lograr una respuesta estatal equilibrada y responsable, tanto con el respeto de los derechos individuales, como con su obligación de abordar punitivamente los conflictos sociales más sensibles. Si se analizan ahora los vacíos más relevantes que se observan en nuestro ordenamiento penal, llama la atención la completa ausencia de delitos de la contabilidad o de los balances propiamente tales. Considerando que constituyen instrumentos de análisis indispensables en la actividad económica en sus más diversas manifestaciones y que grandes fraudes contables han generado verdaderos debacles empresariales73 afectando gravemente la credibilidad de los controles que sobre éstas se pueden ejercer a través de estos instrumentos y, por cierto también, los intereses patrimoniales de los inversionistas, existen pocos países que no hayan decidido incluir en el Derecho Penal tales ilicitudes. En general, la falta de un delito de administración desleal u otros de carácter societario que flanquean la protección de los intereses patrimoniales, genera grados importantes de impunidad en las actuaciones empresariales fraudulentas. Por otra parte, es necesario dilucidar si los ilícitos en contra la libre competencia o de competencia desleal deben ser reforzados penalmente. Es conocida la divergencia que se puede apreciar entre las decisiones político-criminales que han adoptado otros países que usualmente sirven como modelos legislativos para el nuestro, optando por criminalizar este ámbito de la actividad económica (por ejemplo, los Estados Unidos de Norteamérica) o por relegar su sanción al ámbito administrativo (por ejemplo, Alemania Federal74). En nuestro medio, más allá de la pregunta en torno a la vigencia o aplicabilidad del antiguo artículo 285 del Código Penal sobre alteración por medios fraudulentos del precio natural de cosas que fueren objetos de contratación, se ha discutido la conveniencia de contar con estos tipos penales. El debate debe considerar, en todo caso, la necesidad de contemplar mecanismos eficaces que coordinen la actividad investigativa y persecutoria de los ilícitos que implica una

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Son conocidos los casos “Enron”, “Tyco”, “WorldCom” ocurridos en los Estados Unidos en el año 2000 o el caso del consorcio de productos alimenticios italiano “Parmalat”. Los casos estadounidenses dieron origen en el año 2002 a la “Sarbanes-Oxley-Act”, que estableció, entre otras medidas, un fortalecimiento de los controles financieros internos en las empresas, así como la responsabilidad civil del consejo de administración por las manipulaciones de balances. 74 El sistema alemán resulta especialmente llamativo por cuanto los clásicos ilícitos contra la libre competencia no reciben sanción penal, mientras que los ilícitos contra la competencia leal sí se sancionan penalmente, incluso en el propio Código Penal.

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doble persecución tanto en el ámbito administrativo-infracción como propiamente penal, máxime si los ilícitos no difieren sustancialmente entre sí y tampoco lo hacen las facultades investigativas en el texto actual del Decreto Ley N° 211, especialmente las de carácter intrusivas. Un punto especialmente sensible lo constituye la introducción de mecanismos de incentivo de la denuncia y esclarecimiento de hechos, como la “delación compensada” propias de la persecución administrativa y más bien ajena a la persecución penal.75 Si no se quiere frustrar completamente la viabilidad de estos mecanismos es necesario estudiar la flexibilización de las posibilidades de omisión de la persecución y sanción penal. Otro ámbito relacionado con esta materia es la protección penal de los secretos empresariales, entendiendo que las vulneraciones de los mismos configuran delitos de competencia desleal pues su contenido excede las afectaciones propiamente patrimoniales. Estos ilícitos reciben en nuestro ordenamiento una protección penal exigua y anticuada. Es necesario extender su ámbito de protección a todo secreto comercial o industrial, no sólo de las fábricas como sucede en el artículo 284 del Código Penal, y se debe procurar una protección equivalente respecto de conductas de espionaje económico que actualmente sólo se contempla en el específico ámbito de los delitos informáticos e indirectamente a través de la protección de la vida privada en el artículo 161-A. Asimismo, se debe incorporar un delito de uso no autorizado de las informaciones confiadas u obtenidas mediante intromisión. La modernización de este ámbito de protección permitiría dar cuenta de la creciente importancia que ha adquirido esta clase de bienes inmateriales en la actividad empresarial. 3.- Insuficiencias por defectuosa regulación legal. Existen numerosas instituciones cuyo tratamiento es insuficiente, atendidos los aportes que en todos estos años ha hecho la ciencia penal. No se trata de que la ley zanje las discusiones doctrinarias, pues no le corresponde, pero sí debe permitir que ella fluya y pueda enriquecerse con los futuros avances. A modo puramente ejemplar se puede mencionar como un caso de regulación legal inapropiada la privación total de la razón por causa independiente de la voluntad (artículo 10 N° 1°, segunda parte del Código Penal)76. Se trata de una hipótesis que va mucho más allá de las acciones libres en su causa, pues la exención de culpabilidad exige que “la voluntad del sujeto no haya intervenido en la creación de la situación de inimputabilidad”77, de manera que con ello se está “reclamando una pura

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La institución del “whistleblowing” que se refiere a la denuncias internas o externas que efectúan empleados respecto de ilícitos cometidos por la empresa y cuyo fomento requiere de resguardos legales para el denunciante, ha recibido un tratamiento indirecto en nuestro país a través de la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas, ya que todo sistema de prevención de delitos, como el estatuido en esta ley, obliga adoptar regulaciones eficaces en este ámbito, consistentes en asegurar que tales denuncias no serán seguidas de represalias por parte de la empresa. Ello importa un motivo adicional para reforzar la ley 20.393 y extender el exiguo catálogo de delitos que actualmente contempla. 76

“Art. 10. Están exentos de responsabilidad criminal: 1° El loco o demente, a no ser que haya obrado en un intervalo lúcido, y el que, por cualquier causa independiente de su voluntad, se halla privado totalmente de razón.” 77 Cury Urzúa, Enrique: Óp. Cit., página 423.

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responsabilidad por el resultado, de manera sumamente reprobable”78. Es también necesario revisar las normas sobre autoría y participación (artículo 14 a 17 del Código Penal) a lo menos en tres sentidos. El primero es delimitar de la mejor forma las diferencias entre cómplices tratados como tales y los que se penan como autores; el segundo es suprimir el encubrimiento como un caso de participación pues no lo es, dejándolo –previa depuración- como un delito autónomo en contra de la administración de justicia: y, en tercer lugar, es conveniente regular a nivel legal los problemas de comunicabilidad de las circunstancias personales en los delitos cualificados, sean propios o impropios, y en el primer caso, de manera particular, en los de infracción de deber. En lo que a la parte especial se refiere, existen muchos tipos penales sumamente defectuosos, tanto en el Código Penal como en leyes extravagantes. Entre los primeros es necesario reformular completamente los delitos principales contra el patrimonio fiscal. El delito de fraude al Estado (artículo 239 del Código Penal) contempla una conducta (“defraudar”) tan amplia e indeterminada que resulta difícil de precisar y, en muchos supuestos, distinguir de la malversación de caudales públicos (artículo 233 del Código Penal). Esta última figura se consagra asimismo en el artículo 235 del Código Penal bajo el supuesto que haya operado un reintegro de los fondos, sin indicarse hasta cuándo puede realizarse tal conducta, lo que dificulta enormemente su delimitación con la figura del artículo 233 del Código Penal. Por otra parte, la malversación de caudales público también se establece como una figura meramente negligente en el artículo 234 del Código Penal, lo que constituye un cuerpo extraño en la legislación penal, toda vez que por regla general no se sancionan afectaciones patrimoniales que no sean dolosas. Todo lo anterior refuerza la necesidad de simplificar la actual legislación con una figura de administración desleal, según se indicó. Si esta figura se establece en las defraudaciones bastaría introducir una eventual agravación cuando se actúa sobre el patrimonio fiscal si se quiere acentuar un mayor desvalor en ese contexto o cuando interviene un funcionario público en el ejercicio de una función pública. De igual forma, a pesar de su reciente creación, conviene revisar el artículo 241 bis del Código Penal, establecido mediante la ley Nº 20.088 de 5 de enero de 2006, que sanciona el enriquecimiento ilícito del funcionario público de un modo difícil de compatibilizar con el principio de determinación del tipo penal, ya que no permite entender suficientemente cuál es el origen ilícito concreto que debe caracterizar el enriquecimiento. Si bien se explicita en la misma disposición que la carga de la prueba no es del imputado, con lo cual se salvó una importante infracción a los principios de inocencia y de “no autoincriminación” que afectaba al proyecto de ley en su origen, se trata de un delito defectuoso porque difícilmente se puede dar por acreditado el mentado origen ilícito de los fondos sin acreditar algún delito funcionario clásico, si no se quieren sancionar conductas legítimas o enteramente indeterminadas. 78

Ibíd.

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Con ello el delito se torna prácticamente inaplicable como figura autónoma y que no sea desplazada, en definitiva, por otros delitos funcionarios (fraude la Fisco, tráfico de influencias, cohecho, etcétera). Ya que no existe un deber de carácter internacional respecto de la tipificación penal de este delito79, parece conveniente reservar la sanción de los enriquecimientos ilícitos de funcionarios públicos reciamente a los delitos funcionarios clásicos. En leyes penales extravagantes hay también tipos penales construidos confusamente y con diversos defectos. Entre ellos pueden mencionarse los delitos de la ley de quiebras, redactados bajo la forma de presunciones, que no lo son, y desarrollados a través de múltiples hipótesis muy antiguas que no permiten distinguir el real alcance de la prohibición penal80; los delitos tributarios, que requieren necesariamente de profundas remisiones a leyes extrapenales, pero que por tal razón debiesen clarificar sus destinatarios y los resultados que exigen; algunos de la ley de Mercado de Valores (N° 18.045), que también se refieren necesariamente a normas de carácter administrativo para configurar el ilícito penal, pero que, a su vez, no diferencian suficientemente el delito de la infracción meramente administrativa81. 4.- Anacronismos. El Código Penal mantiene muchas disposiciones que datan de su creación y que claramente han perdido vigencia. Así ocurre, por ejemplo, con el intervalo lúcido en los casos de locura o demencia (artículo 10 N° 1°) y con numerosos tipos penales que han caído en desuso. Entre éstos, el ejemplo probablemente más llamativo dice relación con el delito de duelo que, a lo largo de seis artículos (artículos 404 a 409 del Código Penal) sanciona y regula pormenorizadamente esta actividad, sancionando incluso a los padrinos del duelo o a quien desacreditare públicamente a otro por haber rehusado un duelo. Otros ejemplos son tocar o mandar tocar campanas para excitar al pueblo, en el delito de sublevación (artículo 123 del Código Penal); la falsificación y cercenamiento de monedas de oro o de plata de curso legal (artículos 162,

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En efecto, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, ratificada y promulgada por Chile el año 2006, prescribe en su artículo 20: ”Enriquecimiento ilícito. Con sujeción a su constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, cada Estado Parte considerará la posibilidad de adoptar las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipificar como delito, cuando se cometa intencionalmente, el enriquecimiento ilícito, es decir, el incremento significativo del patrimonio de un funcionario público respecto de sus ingresos legítimos que no pueda ser razonablemente justificado por él”. Esta redacción cautelosa es consecuencia de la opinión contraria de países influyentes como España, Italia, Alemania, Canadá y los Estados Unidos, que no estaban dispuestos a tipificar en sus ordenamientos penales el delito de enriquecimiento ilícito. En la doctrina nacional, con opinión negativa respecto de este delito, véase, Hernández Basualto, Héctor, “El delito de enriquecimiento ilícito de funcionarios en el Derecho penal chileno”, en “Revista de Derecho”, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, XXVII, 2006; asimismo: Oliver Calderón, Guillermo, “Inconstitucionalidad del nuevo delito de enriquecimiento ilícito”, en “Delito, pena y proceso, Libro homenaje a la memoria del Profesor Tito Solari Peralta”, Editorial Jurídica de Santiago, 2008. 80 Así ocurre con la sanción penal de no conservación de las cartas que se hubiesen dirigido al fallido con relación a los negocios que se establece en el artículo 219 Nº 10 del libro IV del Código de Comercio y que cuesta conciliar con algún deber legal extrapenal. 81 Ejemplo de estos ilícitos son el uso de información privilegiada del artículo 60 letra e) y g), la utilización indebida de valores entregados en custodia o de su producto del artículo 60 letra i) y la difusión de noticias falsas o tendenciosas del artículo 61.

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163 y 164 del Código penal)82; la falsificación del inexistente sello del Estado (artículo 190 del Código Penal) y de papel sellado (artículos 181 y 182 del Código Penal); la extensión del delito de prevaricación a los subdelegados e inspectores, que hoy no existen (artículo 227 N° 2°); las referencias a aprendices, maestros, fondistas y carruajeros en los casos de hurto agravado (artículo 447 del Código Penal); bañarse quebrantando las reglas de decencia (artículo 496 N° 9° del Código Penal), etcétera. Es inconveniente mantener normas penales que no se pueden aplicar por haber caído en desuso, de manera que debe hacerse una revisión de los tipos penales anacrónico para su proceder su eliminación del catastro. 5.- Subsistencia de delitos de discutible legitimidad o que derechamente no la tienen. Hay en la legislación penal varios delitos que, conforme a las valoraciones actuales en nuestro país, su mantención es muy discutible atendido que no afectan ni ponen en riesgo bienes jurídicos concretos (principio de lesividad), de carácter individual o colectivo. Así sucede con el delito de sodomía libremente consentida con un menor de edad, pero mayor de 14 años (artículo 365 del Código Penal) 83 y con el incesto (artículo 375 del Código Penal), que corresponden a conductas realizadas en el ejercicio de la libertad sexual y, por lo tanto, carentes de un bien jurídico protegible84. En la sodomía consentida no se protege la indemnidad sexual, pues ésta termina cuando empieza la libertad sexual, esto es, a los 14 años de edad, sin perjuicio de que la criminalización de la homosexualidad en este contexto constituye una flagrante infracción a la igualdad ante la ley, discriminación que precisamente leyes de reciente data pretenden evitar.85 En el incesto, tanto la posibilidad de embarazo como el aumento del riesgo de que el feto tenga defectos no pasan de ser meras probabilidades, que no están radicadas en persona alguna a la fecha del acceso carnal. Si ese fuera el bien jurídico, no podría cometerse el delito si alguno de los sujetos fuera infértil o utilizara un método anticonceptivo. Por otra parte, la sanción del incesto como un problema de tabú social, sólo permitiría proteger sentimientos de incomodidad, lo que

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Que encuentra una manifestación más moderna en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Banco Central que sanciona al que “fabricare o hiciere circular objetos cuya forma se asemeje a billetes de curso legal, de manera que sea fácil su aceptación en lugar de los verdaderos”. 83

“Art. 365. El que accediere carnalmente a un menor de dieciocho años de su mismo sexo, sin que medien las circunstancias de los delitos de violación o estupro, será penado con reclusión menor en sus grados mínimo a medio.” 84 En la sodomía consentida no se protege la indemnidad sexual, pues ésta termina cuando empieza la libertad sexual, esto es, a los 14 años de edad. Prueba de ello es que las relaciones heterosexuales, homosexuales entre mujeres a partir de los 14 años de edad y las relaciones homosexuales entre hombres cuando el menor es quien accede a otro no constituyen delito (salvo que medie violación o estupro). En el incesto, tanto la posibilidad de embarazo como el aumento del riesgo de que el feto tenga defectos no pasan de ser meras probabilidades, que no están radicadas en persona alguna a la fecha del acceso carnal. Si ese fuera el bien jurídico, no podría cometerse el delito si alguno de los sujetos fuera infértil o utilizara un método anticonceptivo. 85 Así, lo hizo la ley Nº 20.609 que establece medidas contra la discriminación. Cabe hacer presente, en todo caso, que el Tribunal Constitucional declaró, mediante fallo en la causa Rol Nº 1683-2010, que el artículo 365 del Código Penal no infringe la Constitución, cuestión que había sido sostenida por 14 académicos mediante un informe en Derecho acompañado a la causa. Ello no impide sostener su inadecuación con una política criminal coherente y respetuosa del principio de lesividad descrito más arriba.

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no puede configurar un fin del Derecho Penal llamado a resguardar la convivencia social y no formas de sentir o meras convicciones, estén o no socialmente consensuadas.86

El delito de maltrato animal (artículo 291 bis del Código Penal) no ampara el patrimonio animal pues no exige que se produzca un peligro o daño (hay otros delitos que sí lo protegen como los artículos 289, 290 y 291 del Código Penal, en la Ley de Caza y en la Ley de Pesca y Acuicultura) y los sentimiento de piedad de la comunidad constituyen un interés difuso e impreciso que no tiene carácter de bien jurídico.87 En el ámbito de los delitos de homicidio, los principios básicos de dignidad e igualdad de toda persona y específicamente el valor preponderante que se asigna a su vida, permite mirar críticamente todo tipo penal que pretenda establecer alguna diferenciación en el ataque a este bien jurídico. Esto se refuerza si la agravación de la pena o su atenuación surge de simples presunciones de derecho, que no permiten incorporar adecuadamente consideraciones del caso particular para hacer alguna clase de distinción. Es por ello que se debe proceder a la derogación del infanticidio, toda vez que carece de todo fundamento la rígida atenuación de pena, a todo evento, que recibe la conducta de dar muerte a una persona en sus primeras 48 horas de vida independiente cuando tal conducta se realiza por determinados parientes (artículo 394 del Código Penal)88. La supresión de esta figura, por supuesto, no impide considerar alteraciones psíquicas que puede experimentar el autor en el caso concreto, pero todo ello según las reglas generales. Algo similar ocurre con el parricidio como figura agravada de homicidio, especialmente cuando se entiende aplicable por el mero lazo de sangre entre autor y víctima, incluso en casos en los que no existe vínculo afectivo o social alguno entre los involucrados, como lo sanciona el artículo 390 del Código Penal.89 También aquí vale destacar que ello no obsta a la aplicación del parentesco como situación agravante o atenuante, según la regla general del artículo 13 del Código Penal, dando cuenta de la realidad social del caso concreto. De esta manera se sigue una tendencia moderna comparada, como la que presenta la legislación española, argentina o alemana. Por último, carece de legitimidad la agravante de reincidencia, en todas sus formas,90 pues no se funda en un mayor injusto del acto cometido o en un mayor reproche del mismo, sino en hechos

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Sobre el particular, véase sólo Roxin, Claus: “Strafrecht, Allgemeiner Teil, Band I, Grundlagen, Der Aufbau der Verbrechenslehre”, cuarta edición, editorial C.H.Beck, Múnich 2006, página 27 y siguiente. 87 Se encuentra en una situación análoga el delito de incitación al odio del artículo 31 de la ley N° 19.733. 88 “Art. 394. Cometen infanticidio el padre, la madre o los demás ascendientes legítimos o ilegítimos que dentro de las cuarenta y ocho horas después del parto, matan al hijo o descendiente, y serán penados con presidio mayor en sus grados mínimo a medio.” 89 “Art. 390. El que, conociendo las relaciones que los ligan, mate a su padre, madre o hijo, a cualquier otro de sus ascendientes o descendientes o a quien es o ha sido su cónyuge o su conviviente, será castigado, como parricida, con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. Si la víctima del delito descrito en el inciso precedente es o ha sido la cónyuge o la conviviente de su autor, el delito tendrá el nombre de femicidio.” 90 a a a El artículo 12 circunstancias 14 , 15 y 16 señala: “Art. 12. Son circunstancias agravantes: (…) 14a. Cometer el delito mientras cumple una condena o después de haberla quebrantado y dentro del plazo en que puede ser castigado por el quebrantamiento.

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anteriores e independientes, que han sido objeto de una sentencia condenatoria. Es, en realidad, una agravación basada en una discutible prognosis de peligrosidad, propia de un inadmisible Derecho Penal de autor. 6.-Irracionalidad por falta de proporcionalidad entre las penas asignadas a los distintos delitos. Conforme al principio de culpabilidad la pena debe ser proporcional a la magnitud de aquella, en el sentido de no excederla (puede ser menor). Además, es necesario que exista proporción entre las penas asignadas a los diversos delitos, de manera que haya coherencia o consistencia en el sistema en su totalidad (unidad de sentido). Por lo tanto, la intensidad de las penas depende de la forma en que la comunidad (no el Gobierno de paso) valora proteger los bienes jurídicos de distintos ataques. Por otra parte, se debe considerar que, más allá de la teoría de la pena que se quiera suscribir, es innegable que la norma penal se dirige tanto al ciudadano fiel al derecho, al potencial infractor, como también a la persona que ha delinquido. De tal suerte en el ámbito de la prevención general que abarca a los dos primeros grupos de ciudadanos es relevante indicar qué ilícitos generan un mayor impacto en la convivencia social y deben, consecuentemente, ser sancionados con mayor intensidad. En el ámbito de la prevención especial o de la simple retribución, también es perentorio tratar diferenciadamente a las personas que incurren en ilícitos de diversa gravedad social, pues confusiones en tal sentido implicarían un actuar estatal injusto. Este tratamiento diferenciado de los ilícitos penales se refleja básicamente en dos aspectos, uno formal y otro material. El aspecto formal, de menor relevancia, dice relación con la ubicación que reciben en el Código Penal, suponiendo que los más graves inician la codificación y se sigue un orden descendiente en su establecimiento. En concreto, no parece existir discusión en torno a la necesidad de situar en la cúspide valorativa del sistema jurídico la vida de la persona, ya por el simple hecho que la carta fundamental inicia su normativa con la declaración de la dignidad intrínseca de la persona y establece como primera garantía el derecho a la vida. Asimismo, se debe considerar que el Estado se encuentra al servicio de la persona, según lo señala del artículo 1 inciso tercero de la Carta Fundamental, y no a la inversa, de tal suerte que todos los delitos que protegen intereses colectivos estatales deberían describirse con posterioridad a los intereses primariamente individuales. Ello no se cumple en nuestro Código Penal, por lo que un reordenamiento formal, reconociendo la modesta relevancia que se debe asignar a este ajuste, es

15a. Haber sido condenado el culpable anteriormente por delitos a que la ley señale igual o mayor pena. 16a. Haber sido condenado el culpable anteriormente por delito de la misma especie.”

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conveniente,91 siguiendo la tendencia de otros países cuya legislación sirve comúnmente de referente para la nuestra.92 El aspecto material, de mayor relevancia, prescribe que, en abstracto, nunca un ilícito de menor gravedad debe tener asignada una pena superior o igual a uno de mayor trascendencia.93 Esto obliga a introducir diversas e importantes modificaciones. Comúnmente se grafica esta discrepancia con la comparación entre los delitos contra la vida y los delitos contra la propiedad, que además involucran la seguridad o la salud de la persona: el homicidio simple ostenta un marco penal más benigno que el robo con violencia o con intimidación simple, ya que todos estos delitos inician el marco penal con presidio mayor en su grado mínimo (cinco años y un día a diez años), pero el homicidio simple alcanza el presidio mayor en su grado medio (hasta quince años) en circunstancias que el robo simple alcanza al presidio mayor en su grado máximo (hasta veinte años) y, por ejemplo, el robo con lesiones gravísimas, pero sin homicidio, puede alcanzar incluso al presidio perpetuo calificado. Ya que se trata de los delitos que probablemente generan un mayor impacto social, conviene detenerse en las posibilidades rectificadoras que ofrece nuestro sistema de penas privativas de libertad. En cuanto a los delitos en contra de la vida, se presentan dos alternativas para la armonización valorativa con el resto de los delitos: por una parte, proceder a un aumento del marco penal, o, al menos, a la eliminación del grado más bajo del mismo o, por otra parte, disminuir el marco penal de los demás delitos que se consideran de inferior gravedad, ya sea para subordinarlos a los delitos contra la vida o aumentar su distancia penológica. La primera opción puede resultar discutible, pero entonces la segunda resulta indispensable. Cabe hacer presente en todo caso que el aumento de penalidad, al menos en el delito de homicidio simple, contemplando por ejemplo sólo el presidio mayor en su grado medio, no altera la posibilidad de descender, en casos que lo ameriten, a una pena de presidio menor (menos de cinco años), cuestión que queda relegada a la valoración judicial, según el juego de las

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Si se atiende al tratamiento sistemático que ofrece la literatura de los delitos, se sigue que la doctrina acoge este planteamiento. Incluso Etcheberry, Alfredo: “Derecho Penal, Parte Especial”, Tomo III, tercera edición revisada y actualizada, Editorial Jurídica de Chile, 2001, páginas 11 y siguientes, quien expresamente niega trascendencia simbólica al ordenamiento de los delitos en la codificación, invierte en su análisis el orden propuesto por el Código Penal. 92 Así, por ejemplo, España y Francia. Si bien otro referente como Alemania mantiene una sistemática decimonónica, iniciando el Código Penal con los delitos en contra el Estado y la sociedad, relega a un segundo plano los atentados contra la vida y demás derechos personales. Ello contrasta, sin embargo, con el tratamiento sistemático de los delitos que existe unánimemente la literatura especializada alemana, acorde precisamente a la relevancia de los bienes jurídicos en juego. 93 No se debe perder de vista que estas reglas, de suyo sencillas, se vuelven muy complejas cuando se añaden a la idea del interés social protegido (generalmente descrito como el bien jurídico tutelado) variables tales como la intensidad de la afectación, su efectiva lesión o la mera puesta en peligro, el desvalor de la acción versus el desvalor de resultado, la disposición volitiva o cognoscitiva (dolo o imprudencia) del autor frente a su hecho, etc. A modo de ejemplo, una conducta meramente peligrosa o realizada en forma negligente que afecta la integridad física de una persona en forma leve puede merecer una pena inferior que un delito de efectiva lesión y realizada dolosamente en contra de su patrimonio que genera efectos devastadores, a pesar que en la jerarquía valorativa se le asigne a la salud una preponderancia por sobre la relación con objetos de valor económico.

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circunstancias modificatorias de la parte general. Así se planteó por el “Foro Penal”, reconociéndose que, en todo caso, tal modificación encontró resistencia entre sus integrantes94. A su vez, la disminución del marco penal en los delitos de robo -junto con la correcta relegación de algunos ilícitos que actualmente reciben tal denominación al ámbito de los hurtos- por ejemplo, incluyendo el presidio menor (menos de cinco años), pero manteniendo penas superiores, tampoco impide al juez imponer penas severas que no permitan cumplimientos alternativos atendiendo a las particularidades del caso, pero a su vez, no lo obligan a forzar los tipos penales mediante argumentaciones dudosas, para excluir casos de robos de menor gravedad que ameritan un cumplimiento distinto al encarcelamiento. Se tiene presente que la comparación con las realidades legislativas de países que comúnmente influyen en nuestra legislación penal, tales como Alemania, España o Italia, y que contemplan penas menores a las nuestras, otorga una referencia valorativa interesante en cuanto a la trascendencia de los bienes jurídicos afectados y a la intensidad lesiva de estos delitos. Pero no se desconoce que en lo que respecta a la realidad social probablemente tales países pierden el carácter referencial, si se atiende a la incidencia que tienen estos delitos en la realidad criminalística y en la percepción de seguridad de la población. Con todo, en este último ámbito se postula que la mantención de penas altas o incluso el aumento de las mismas no permitirían disminuir ni la frecuencia ni la intensidad de estas conductas delictivas, debiendo abordarse este problema en el sistema penal a través del mejoramiento de los mecanismos de cumplimiento alternativo de penas o derechamente del catálogo de penas previstas por el sistema. En esta misma línea, parece conveniente separar las figuras calificadas en las que el robo se agrava por lesiones de consideración, por homicidio o por violación. La conjunción de afectaciones de bienes jurídicos de máxima trascendencia sugiere mantener los altos marcos penales previstos actualmente y que alejan considerablemente un cumplimiento alternativo de la pena privativa de libertad.95 Asimismo, se debe separar de este grupo delictivo el llamado robo por sorpresa, que constituye una forma especial de hurto que no implica peligro para la integridad física o la vida de la persona. En el verdadero núcleo, tanto normativo como empírico, de lo que se debe calificar como robo, se estima que una penalidad que abarque tanto los grados del presidio menor como del presidio mayor constituye una respuesta adecuada a las exigencias de proporcionalidad. En ese contexto, los robos con intimidación o violencia menor pueden recibir una pena de presidio menor en su grado máximo (tres años y un día a cinco años), cuando no pongan en efectivo peligro la integridad física o la vida de la víctima, cuando no se usen armas o cuando no se actúa en superioridad numérica o con clara superioridad de fuerzas respecto de la víctima. En caso 94

Véase “Materiales de Discusión presentados a la Comisión Foro Penal, Parte Especial, Revista Política Criminal, Nº 1, D3, página. 5 y siguientes. Sobre la necesaria simplificación y reunión conjunta de las demás normas dispersas relativas a la vida, véase las consideraciones en seguida en el texto. 95 Por cierto, ello no impide considerar las importantes cuestionamientos filósofos y pragmáticos que recibe el presidio perpetuo inexcarcelable, tal como en su momento se consideró la derogación de la pena de muerte, sin querer con ello significar una relativización de la gravedad de los delitos que eran merecedores de esa pena.

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contrario, la pena será de presidio mayor en su grado mínimo (cinco años y un día a diez años). Asimismo, los robos con fuerza en las cosas, especialmente el robo en lugar habitado o destinado a la habitación, recibirían una pena de presidio menor (hasta cinco años) cuando las circunstancias del hecho no hayan generado un peligro para la víctima en casos de encontrarse con ella y de presidió mayor (desde cinco años y un día) en caso contrario. El desvalor adicional que permite alcanzar el del robo con intimidación o con violencia es la violación del espacio privado que representa el hogar de la víctima. Los hurtos deberían graduarse según el desvalor del acto -en cuanto se empleen conductas que hoy se conocen como robo por sorpresa (especialmente el llamado “lanzazo”) o se empleen instrumentos que faciliten el obrar- y según el desvalor de resultado relativo al perjuicio que genera la perdida de la cosa para la víctima. Con esta segunda consideración se supera la rigidez de la actual cuantificación objetiva de los bienes, que desconoce el valor sentimental o la situación patrimonial que los objetos pueden tener para la víctima. En general, parece necesario volver a grados mayores de racionalidad en relación con las normas comunes a los delitos contra la propiedad que alteran las reglas de la parte general y vulneran con ello principios asentados del sistema penal, como son las presunciones de robo y las anticipaciones punitivas que implican las alteraciones de las reglas del íter criminis. Bajo el pretexto de aparentar una mayor dureza en el combate de esta clase de delincuencia, se pagan costos en el ámbito de los principios propios de un sistema penal moderno y liberal descritos al inicio, sin que siquiera se puedan apreciar importantes consecuencias prácticas en los objetivos perseguidos con tales reglas. Más allá de este ámbito central del Código Penal, es posible apreciar diversas relaciones de desproporcionalidad entre los delitos. Así, uno de los casos en que no se cumple el principio de proporcionalidad es el incendio de “bosques, mieses, pastos, montes, cierros o plantíos” (artículo 476 N° 3 del Código Penal) cuya pena privativa de libertad fluctúa entre los cinco años y un día y veinte años, que es mayor que la del homicidio simple (artículo 391 N° 2°), que es de cinco años y un día y quince años de privación de libertad. El delito de lavado de activos (artículo 27 letra a) de la ley N° 19.733) tiene asignada una pena igual a la privativa de libertad del homicidio e incluso ésta es menor que la de quien financia o ejerce mando en una asociación ilícita cuyo fin es el lavado de activos (artículo 28 N° 1 de la ley N° 19.733) que fluctúa entre diez años y un día y quince años. 7.- Exclusión de toda forma de responsabilidad objetiva. Lamentablemente en pleno siglo XXI subsisten en la ley penal vestigios de responsabilidad objetiva. Además del caso de imputabilidad por trastornos mentales transitorios cuya causa es dependiente de la voluntad del sujeto (artículo 10 N° 1° segunda parte del Código Penal)96, hay también responsabilidad objetiva en los delitos calificados por el resultado, de los que quedan algunos, como lo es una de las hipótesis de 96

Supra, nota 75.

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incendio.97 Por otro lado, la Constitución Política prohíbe presumir de derecho la responsabilidad penal, las presunciones simplemente legales permanecen en muchas disposiciones penales y no es claro en lo absoluto que ellas no afecten el principio de culpabilidad. En las presunciones de esta clase la ley pretende sustituir, a lo menos en parte, la función judicial de formarse o no la convicción, más allá de toda duda razonable98, de que se ha perpetrado un delito y en él cabe participación culpable al acusado. El tema es debatible y parece razonable suprimir tales presunciones y, de todos modos, las otras formas de responsabilidad objetiva mencionadas. 8.- Descriminalización de los delitos de bagatela. Descriminalización de faltas. El Derecho Penal debe ser última ratio, lo que implica que debe intervenir sólo frente a los atentados más graves en contra de bienes jurídicos individuales y colectivos cuya protección es indispensable para mantener la paz social. Consiguientemente, conductas que no tienen esa entidad, frente a las cuales las restantes ramas del ordenamiento jurídico (derecho administrativo, derecho comercial, etcétera) son capaces de dar una respuesta adecuada, deben descriminalizarse. Existen numerosas razones para ello, que van desde la falta de legitimidad para ejercer el poder punitivo estatal en casos de poca significancia hasta los innecesarios costos que significa al Estado tener que resolver esos conflictos en el marco del Derecho Penal, pasando, entre otras, por la pérdida de credibilidad en el sistema por parte de los ciudadanos de cara a la natural tendencia de los jueces de no sancionar hechos de poca trascendencia o hacerlo en términos puramente nominales. En este punto se hace necesario evaluar la situación de las faltas o contravenciones que actualmente hay en el Código Penal y en la legislación extravagante, ya sea que se encuentren sometidas al sistema penal o a tribunales que están fuera de ese sistema (por ejemplo, las contravenciones de la ley N° 19.496 sobre protección de los consumidores, que son conocidas por los Jueces de Policía Local), de manera que puedan abordarse con visión de conjunto y con unos mismos criterios en lo que a garantías se refiere. En principio, parece razonable que las llamadas faltas “penales”, sean reguladas a través de un código especial, como ocurre en Alemania con la Gesetz über Ordnungswidrigkeiten (Ley de Contravenciones). La responsabilidad por esos hechos debe continuar siendo investigada por el Ministerio Público y seguir reservada a las personas naturales. Deben suprimirse las penas privativas de libertad que hoy están asociadas a esas faltas -de muy baja intensidad (entre uno y sesenta días) y que raramente se aplican- remplazándose por otras sanciones adecuadas y proporcionales a la entidad de la contravención. Ello permitiría aplicar de modo más general el procedimiento monitorio (artículo 392 del Código Procesal Penal), con la

97

Se trata del inciso final del artículo 474 del Código Penal, que señala: “Las penas de este artículo se aplicarán respectivamente en el grado inferior de ellas si a consecuencia de explosiones ocasionadas por incendios, resultare la muerte o lesiones graves de personas que se hallaren a cualquier distancia del lugar del siniestro”. 98 El estándar de convicción se encuentra en el artículo 340 del Código Procesal Penal: “Artículo 340.- Convicción del tribunal. Nadie podrá ser condenado por delito sino cuando el tribunal que lo juzgare adquiriere, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él hubiere correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley. El tribunal formará su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral. No se podrá condenar a una persona con el solo mérito de su propia declaración.”

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consiguiente menor carga para el sistema. Respecto de las contravenciones que están fuera del sistema penal y, dado que muchas veces acceden a cuerpos legales que regulan de manera integral determinadas materias, no parece posible recurrir al sistema de codificación. En cambio, sí es conveniente la creación de un estatuto de garantías tanto materiales como formales que se apliquen a todas estas faltas, con independencia del órgano que deba intervenir, de manera que las sanciones para ellas sean impuestas en un marco de legitimidad y conforme parámetros igualitarios. Ellas no deben ser investigadas por el Ministerio Público y la responsabilidad directa de las personas jurídicas es posible. Relacionado con lo anterior se encuentra el caso de las infracciones y sanciones administrativas, sean éstas gubernativas o disciplinales. Sobre esta materia, la tendencia actual tanto en doctrina99, como en la jurisprudencia constitucional y judicial100 y administrativa101 es que entre las penas penales y las administrativas sólo se observan diferencias cuantitativas pero no cualitativas y son expresiones de un mismo poder punitivo del Estado. Consiguientemente, la legitimidad en la imposición de esa clase de sanciones debe también someterse a la observancia de ciertas garantías mínimas, en términos análogos a la faltas penales y a las contravenciones de que conocen otros tribunales, entre las cuales está el respeto al principio ne bis in ídem, que en estos casos adquiere especial relevancia cuando el Estado, a través de sus diversos órganos (persecutorios, judiciales y administrativos), pretende sancionar más de una vez a una persona por la comisión de un mismo hecho. Es recomendable entones contar con un estatuto de garantías materiales y procesales aplicable a todas las contravenciones administrativas que pretenda sancionar la Administración y que puede ser complementario a la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. 9.- Críticas al régimen de penas. Una de los cuestionamientos más difundidos que se dirigen al sistema de penas en Chile es que la ley las asocia a la gran mayoría de los delitos sanciones privativas de libertad, en desmedro de otras que podrían dar cuentan de una política criminal más racional y eficaz102. El problema se agudiza en el caso de las penas de encierro de corta duración, asignadas a delitos de escasa entidad, en las que las consecuencias de esta clase de sanciones (sufrimiento, estigmatización, pérdida de ingresos y desocialización, en general) no están suficientemente justificadas frente al desvalor del hecho, afectándose el principio de humanidad de las penas y el de proporcionalidad, como asimismo su fin pragmático principal constituido por la reinserción social. De allí que la ley N° 18.216 estableció medidas alternativas a la penas privativas y restrictivas de libertad de breve duración, normativa que fue modificada recientemente por la ley N° 20.603, aun no vigente, que dispone penas sustitutivas a las privativas y restrictivas de libertad. Se trata de la remisión condicional; la reclusión parcial; la libertad 99

Un visión general sobre el tema en: Cury Urzúa, Enrique: Óp. Cít., página 100 y siguientes. El Tribunal Constitucional se ha pronunciado en ese sentido en la sentencia N° 244 de 26 de agosto de 1996, criterios que ha reiterado en sentencias N° 437, N° 479 y N° 480. La Corte Suprema también lo ha resuelto de ese modo, como ocurrió en sentencia de fecha 11 de mayo de 2010 (Rol Ingreso N° 4627-2008). 101 La Contraloría General de la República lo ha resuelto así en los Dictámenes Nº 14.571 de 22 de marzo de 2005 y N° 28.226 de 22 de junio de 2007, entre otros. 102 Así, por ejemplo: Hernández Basualto, Héctor: “Reflexiones”, en Cuadernos, página 96 y 97. 100

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vigilada; la libertad vigilada intensiva; la expulsión de extranjeros no residentes; y la prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Con todo, esas penas siguen siendo sustitutivas de penas de encierro, de modo que la mayoría de los delitos, incluyendo los de menor gravedad, siguen teniendo esa clase de sanciones. Es entonces razonable considerar que las penas sustitutivas previstas en la señalada ley –y otras no privativas de libertad que resulten adecuadas- se asignen directamente a los delitos que no son particularmente graves. 10.- Críticas al sistema de determinación judicial y de ejecución de las penas. Se suele criticar el régimen de determinación judicial de las penas del Código Penal por el escaso margen con que cuenta el juez para la fijación de la misma, reclamándose una mayor esfera de atribuciones103. El punto es polémico y los argumentos en contra dicen relación con limitar las posibilidades de arbitrio judicial. Asimismo, se ha cuestionado el artículo 69 del Código Penal (determinación judicial de la pena)104 porque uno de los criterios que debe considerar el juez es el número y entidad de las atenuantes y agravantes, las que han sido consideradas previamente al momento de aplicar las reglas de extensión de la pena (artículos 62 a 68 bis), lo que podría importar una infracción al principio ne bis in ídem, al menos en los que a agravantes se refiere. Para sortear esta objeción se han intentado interpretaciones acerca del correcto alcance que debe dársele a la norma en esta parte105, pero todo indica que es mejor revisar la conveniencia de mantenerlo o bien remplazarlo o complementarlo con otros criterios que permitan al juez que la reacción punitiva exacta a aplicar sea la más adecuada desde un punto de vista funcional y cuantitativo.106 En relación al criterio de la mayor o menor extensión del mal causado, debe agregarse la mayor o menor entidad del mismo, pues representa una manera diversa de apreciarlo. Por último, es indispensable que el juez funde consigne expresamente en la sentencia la forma en que ha llegado a la pena específica, de manera que los demás intervinientes puedan conocer las razones de esa determinación y, eventualmente, pueda ser objeto de control.107

103

Una visión del problema puede encontrarse en: Gomez Q., Graciela: “Algunas consideraciones sobre la determinación de la pena y el arbitrio judicial”, en Cuadernos Judiciales, N° 6 (Instituto de Estudios Judiciales); Santiago, 2002, página 60 y siguientes. 104 “Art. 69. Dentro de los límites de cada grado el tribunal determinará la cuantía de la pena en atención al número y entidad de las circunstancias atenuantes y agravantes y a la mayor o menor extensión del mal producido por el delito.” 105 Así, puede consultarse en: Van Weezel, Alex: “Determinación de la pena exacta: el artículo 69 del Código Penal”, en “Revista Ius et Praxis”, julio-agosto, año/vol. 7 N° 002 (2001), Universidad de Talca páginas 401 a 407. 106 “El proceso de determinación judicial de la pena ocupa un sitio neurálgico dentro del esquema del ejercicio del ius puniendi. Como tal, y al implicar una serie de operaciones complejas que precisamente van a afectar del modo más radical posible a los individuos, es preciso dotar al juez de las herramientas necesarias para la referida individualización en el caso concreto ,que permita la adopción de decisiones justas, racionales, que pongan fin a los conflictos sociales, dando satisfacción a los intereses de la comunidad y del autor, que se traducen no sólo en la efectiva sanción del individuo, sino que además en que esa sanción sea adecuada al caso, a la entidad del daño o puesta en peligro del bien jurídico involucrado, al autor y a las expectativas sociales manifestadas en la ley” (Gómez Q., Graciela: Óp. Cít., página 70). 107 En el caso de la responsabilidad de los adolescentes, el artículo 24 de la ley N° 20.084 obliga a los jueces a dejar constancia en la sentencia de los criterios que ha considerado para determinar la sanción específica, obligación que debe extenderse a los adultos.

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Finalmente, se debe enfatizar que una revisión del Derecho Penal material como la que se propone en estas reflexiones, habiéndose llevado a cabo hace algunos años una exitosa reforma del Derecho Procesal Penal, está, sin embargo, condenada al fracaso, si conjuntamente no se moderniza todo el sistema de ejecución penal. Si bien en este ámbito existen considerables carencias materiales que hacen ilusorio cualquier beneficio social e individual mediante la imposición de la pena, no es menos cierto, que la debida “judicialización” y “legalización” del sistema penitenciario es una tarea urgente para la modernización del sistema penal en su conjunto. El primer aspecto apunta a revestir la ejecución penal de un adecuado control judicial, habida consideración que se trata de la fase penal en la que pueden –y efectivamente ocurren– las mayores vulneraciones de derechos de la persona. En concreto, parece necesario seguir modelos comparados que cuentan con un Juez de Ejecución Penal y adecuados medios de impugnación de las resoluciones administrativas y judiciales. El segundo aspecto señalado apunta a la redacción de una Ley de Ejecución Penal, que no sólo haga patente la relevancia de la materia para todo el sistema penal, sino que legitime adecuadamente las disposiciones contenidas hoy sólo a nivel reglamentario, asegurando que las mejoras que se deben introducir a esta normativa sólo lo sean modificadas mediante procedimientos legislativos.

V.- Conclusión. La breve descripción de algunos de los defectos e insuficiencias de nuestra legislación penal da cuenta de un panorama complejo y que hasta cierto punto resulta desolador. Pero al mismo tiempo constituye una base para dar inicio a un proyecto de racionalización de la normativa penal, incluyendo su recodificación. El trabajo hecho por la Comisión “Foro Penal” puede ser un buen punto de partida pues es el fruto de un esfuerzo serio realizado por un grupo relevante de penalistas, sin perjuicio de que es posible que algunas de las soluciones dadas en el Anteproyecto requieran de una revisión más profunda y de consensos más amplios. En todo caso, cualquier iniciativa que se emprenda debe tener en cuenta los principios limitativos del poder punitivo estatal, de modo que la normativa penal resultante esté legitimada. En ello hay un importante desafío a cumplir.

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 6. Más competencia y protección efectiva de los consumidores

Buenas prácticas y perspectivas de análisis para la mejora del Sistema de Protección al Consumidor en Chile José Roa1 2

1 2

Abogado, académico de la Universidad de Chile En general, ver Consumer Policy Toolkit (OECD, 2010)

1


1 Protección al consumidor En general, la perspectiva de la protección del consumidor se expresa en la protección de sus intereses económicos a través de la educación del consumidor para ser competentes, la entrega de información a los consumidores a los consumidores a tomar buenas decisiones, la existencia de productos seguros y adecuados y servicios, y los mecanismos de reparación y solución para que esto no suceda. Los "Lineamientos para la Protección al Consumidor" de las Naciones Unidas3 -en adelante LPC/NU- establecen una serie de principios. Estos principios son: (1) La protección del consumidor contra los riesgos para la salud y la seguridad implica que los gobiernos deben garantizar que los productos son seguros para el uso inmediato. Además, los gobiernos deberían considerar mecanismos de notificación a la autoridad proveedor de productos inseguros, los mecanismos de eliminación, sustitución y modificación o reemplazo de estos productos peligrosos. (2) La protección de los intereses de los consumidores económica implica que los gobiernos deben establecer la responsabilidad de los proveedores de los productos que no cumplen con los requisitos de durabilidad, utilidad, fiabilidad y aptitud para el uso previsto. Además, los gobiernos deben proteger a los consumidores contra las prácticas comerciales desleales y el abuso contenidas en los contratos de adhesión. (3) El acceso de los consumidores a la información adecuada para tomar decisiones informadas de acuerdo a sus deseos y necesidades implica que los gobiernos deben garantizar que las prácticas de promoción y comercialización de dar una información adecuada del consumidor y trato justo. (4) La educación del consumidor implica que los gobiernos deben desarrollar programas de educación e información al consumidor para que los consumidores puedan tomar decisiones conscientes de sus derechos y obligaciones, a ejercer la libre acción protectora contra los productos inseguros y ejercer sus derechos. (5) La Compensación efectiva al consumidor implica que los gobiernos deben establecer los mecanismos adecuados para que los consumidores acceden a la justicia y obtener las reparaciones correspondientes. (6) La promoción del consumo sostenible implica que los gobiernos deben formular y aplicar políticas de consumo sostenible en consulta con las partes interesadas. (7) La cooperación internacional implica que los gobiernos deben tomar medidas para la cooperación internacional para mejorar la comercialización, la información facilitada a los consumidores, la calidad y el precio y la seguridad de los productos sin convertirse en barreras al comercio internacional. En este marco, el gobierno debería tener una política fuerte de protección del consumidor, con una capacidad institucional adecuada para desarrollar, implementar y evaluar las políticas de protección al consumidor. Esta política de protección al consumidores está destinadas a proteger los intereses económicos de los consumidores, es decir, garantizar que los consumidores puedan tomar decisiones informadas de compra de acuerdo a sus intereses y garantizando que los bienes y servicios 3

Ver UN, Directrices de las Naciones Unidas para la http://es.consumersinternational.org/media/33875/consumption_sp.pdf

protección

del

consumidor

(1999)

en

2


sean seguros y no pueden dañar la salud de los consumidores.

2 Objetivo de la política de protección al consumidor La protección de los consumidores busca el buen funcionamiento de los mercados en beneficio de los consumidores. El beneficio de los consumidores se expresa a través de la ausencia de perjuicio. Para evitar el perjuicio a los consumidores, la política de protección al consumidor debe ser cuidadosamente diseñada y incluir un conjunto de medidas en los ámbitos de la información, la educación y la aplicación. Luego, el principal objetivo de la política de protección al consumidor es prevenir o reparar el 4 daño que pueden sufrir los consumidores en el marco de una relación de consumo. (i) El daño puede surgir con ocasión de: (a) estafas y fraudes; (b) publicidad engañosa; (c) prácticas abusivas; (d) términos contractuales injustos; (e) venta de productos inseguros; y (f) el inadecuado tratamiento del reclamo de los consumidores. Esta detrimento aparece inmediatamente si se trata de una "bien de búsqueda" -el consumidor puede percibir los atributos del producto antes de comprarlo-, aparece con el paso del tiempo en el caso de los "bienes de experiencia" -los consumidores sólo pueden experimentar los atributos de los productos a través de su usar, y nunca puede aparecer en el caso de los "bienes de confianza" -los consumidores no pueden experimentar directamente los atributos del producto-. Adicionalmente, algunos grupos de consumidores son más vulnerables a los daños, tales como los consumidores con bajos niveles educativos o limitaciones de idioma.

3 Fundamento de protección al consumidor La protección al consumidor tiene diversas fuentes de fundamentos, desde (i) los derechos humanos de tercera generación5, a (ii) fundamentos legales por asimetría negocial, pasando por (iii) fundamentos económicos. Dentro de los fundamentos económicos6 más tradicionales se encuentran (a) las asimetrías de 4

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Ver por ejemplo An analysis of the issue of consumer detriment and the most appropriate methodologies to estimate it (2007) disponible en http://ec.europa.eu/consumers/strategy/docs/study_consumer_detriment.pdf, Handbook to assess consumer detriment disponible en http://ec.europa.eu/consumers/strategy/docs/cons-detriment-handbook.pdf; Hunter, Ioannidis, Iossa, Skerratt, Measuring Consumer Detriment under Conditions of Imperfect Information (2001) disponible en http://oft.gov.uk/shared_oft/reports/consumer_protection/oft354.pdf; y UE, White paper on Damages actions for breach of the EC antitrust rules (2008) en http://ec.europa.eu/competition/antitrust/actionsdamages/files_white_paper/whitepaper_en.pdf. Conceptualmente, los derechos del consumidor son derechos humanos porque pertenecen a toda la comunidad y no sólo a un grupo específico, ya que protegen el valor de la dignidad humana, y porque son derechos del individuo frente al poder gubernamental. Los derechos de los consumidores tienen una correlación con los derechos economicos, sociales y culturales: el derecho a un nivel de vida adecuado, el derecho a la educación y el derecho a la salud. En consecuencia, la los derechos del consumidor es una manera de asegurar el cumplimiento de derechos economicos, sociales y culturales. Ver Sinai Deutch, Are consumer rights human rights?, 32 OSGOODE HALL L.J 537, en http://www.ohlj.ca/archive/articles/32_3_deutch.pdf Ver John Vickers, Economics for consumer policy (2003) en http://www.oft.gov.uk/shared_oft/speeches/spe0403.pdf; OECD, Roundtable on economics for consumer policy: Summary report, (2007) en http://www.oecd.org/internet/consumerpolicy/39015963.pdf; y OECD, Roundtable on demand-side econmics for

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información.7 La asimetría de la información significa que los vendedores tienen más información sobre los bienes y servicios que venden a los consumidores. La asimetría de la información es un problema particularmente en los productos de experiencia y en bienes de confianza. En general, la asimetría de la información no es un problema grave en el caso de bienes de búsqueda que son baratos y comprado con frecuencia, ya que el consumidor puede experimentar los atributos del producto antes de comprarlo. En los casos en que la asimetría de información es un problema, la publicidad, las fuentes de información independientes y los intermediarios del mercado son herramientas para dar más transparencia a los mercados, junto con simplificar la información relevante para el consumidor. Sin embargo, estas herramientas deben desarrollarse junto con proteger su fiabilidad con el fin de construir una buena reputación. A esto se suman (b) los costos de transacción.8 Para los consumidores no es gratis negociar un contrato o reclamar un incumplimiento de contrato. Los consumidores enfrentan costos de transacción al negociar un contrato o reclamar un incumplimiento de contrato. Por ejemplo, los consumidores deben gastar tiempo y dinero para castigar el incumplimiento de un vendedor. En este sentido, cuando el costo de reclamar es mayor al beneficio del reclamo, los consumidores no reclaman. Finalmente, desde la perspectiva de la economía del comportamiento, (c) la racionalidad limitada de los consumidores.9 La racionalidad limitada de los consumidores se manifiesta en diferentes circunstancias. En primer lugar, cuando los consumidores se enfrentan a decisiones en un entorno complejo, los consumidores toman decisiones simples. Por lo tanto, para mejorar las decisiones de los consumidores, la política debe simplificar la comparación en mercados complejos. En segundo lugar, cuando los consumidores se enfrentan a decisiones en un entorno de incertidumbre, los consumidores no evalúan los diversos beneficios y probabilidades, sino evaluan los beneficios basados en un punto de referencia a menudo desconocido. Por lo tanto, para mejorar las decisiones de consumo políticas públicas deben procurar establecer puntos de referencia apropiados para los consumidores. En tercer lugar, cuando los consumidores se enfrentan a decisiones intertemporales área, los consumidores toman esta decisión con un sesgo, sobreestimando el corto plazo y subestimando el

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consumer: Summary report (2006) en http://www.oecd.org/sti/consumerpolicy/36581073.pdf Ver George A. Akerlof, The Market for "Lemons": Quality Uncertainty and the Market Mechanism, 84 The Quarterly Journal of Economics 488, 488-500 (1970) en http://links.jstor.org/sici?sici=00335533%28197008%2984%3A3%3C488%3ATMF%22QU%3E2.0.CO%3B2-6 Ver R. H. Coase, The Problem of Social Cost, 3 Journal of Law and Economics 1, 1-44 (1960), en http://links.jstor.org/sici?sici=0022-2186%28196010%293%3C1%3ATPOSC%3E2.0.CO%3B2-F; Jeff Sovern, Toward a New Model of Consumer Protection: The Problem of Inflated Transaction Costs, 47 Wm. & Mary L. Rev. 1635, 16351709 (2006), en http://scholarship.law.wm.edu/wmlr/vol47/iss5/4 Ver Institute for government, MINDSPACE: influencing behaviour through public policy, (2010), en http://www.instituteforgovernment.org.uk/publications_download.php?id=2; Michael Salinger, Behavioral Economics, Consumer Protection, and Antritrust, 6 Competition Policy International 66, 66-86 (2010), en http://html.documation.com/cds/ABA10/PDFs/038.pdf; Productivity Commission, Behavioural Economics and Public Policy, Roundtable Proceedings, (2008), en http://www.pc.gov.au/__data/assets/pdf_file/0005/79250/behaviouraleconomics.pdf; Institute for Government; Eldar Shafir, A behavioural perspective on consumer protection, 15 Competition & Consumer Law Journal 302, 302-317 (2008) en http://www.povertyaction.org/sites/default/files/ConsProtect%20-%20cclj302.pdf

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largo plazo, porque para los consumidores es más importante el consumo presente que el consumo futuro. Por lo tanto, para mejorar las decisiones de los consumidores, la política debe reflejar al menos las consecuencias futuras de las decisiones tomadas por los consumidores.

4 Cambios en el contexto de protección al consumidor El mercado ha cambiado sustancialmente en los últimos veinte años. Los principales cambios son los siguientes: (a) la reforma de la regulación, (b) la apertura de los mercados mundiales, (c) la incorporación de las nuevas tecnologías, (c) la mayor actividad económica, y (e) la mayor variedad de oferta de bienes y servicios a los consumidores. Estos cambios plantean una serie de retos para los consumidores. (i) Los consumidores tienen dificultad para comparar la variedad de productos, (ii) los consumidores no tienen experiencia en la compra de nuevas generaciones de bienes y servicios, (iii) los consumidores tienen menos tiempo para adaptarse a las nuevas tecnologías, (iv) los productos se vuelven obsoletos con velocidad creciente, (v) los consumidores se enfrentan a decisiones más complejas sin las herramientas adecuadas para que los consumidores tomen decisiones que no tomarían si tuvieran las herramientas adecuadas, y (vi) los consumidores han aumentado constantemente sus ingresos, y por lo tanto el número de compras de bienes y la penetración de la de servicios para el hogar. En el contexto de estos cambios, los consumidores están obligados a tomar decisiones más con menos tiempo y una mayor exposición a las prácticas desleales. Por su parte, los consumidores también han cambiado. (1) Los niños y los adultos jóvenes son consumidores que no tienen experiencia y son objeto de prácticas desleales o toman decisiones que no habrían tomado si tuvieran las herramientas adecuadas. (2) Los consumidores de mayor edad son un sector creciente de la población y tienen dificultades para adaptarse a las nuevas tecnologías. (3) Los consumidores en general, tienen niveles más altos de educación formal, pero que no tienen los conocimientos necesarios para hacer frente a los complejos mercados en términos de información. (4) Por otra parte, los consumidores necesitan más tiempo para tomar decisiones más complejas, pero los consumidores tienen menos tiempo para ir de compras.

5 Los consumidores como grupo vulnerable Los consumidores están expuestos a condiciones de vulnerabilidad causadas por cambios en el mercado, los cambios en las fallas de consumo y de mercado que requieren un tratamiento especial. Según lo indicado por la LPC/UN "los consumidores afrontan a menudo desequilibrios en cuanto a capacidad económica, nivel de educación y poder de negociación". A la luz de los fundamentos de la protección del consumidor, los consumidores se encuentran en una situación de vulnerabilidad por diferentes razones: (1) cambios en el mercado, (2) cambios en el consumo, y (3) las fallas del mercado, en particular, (i) la asimetría de la información, (ii) la racionalidad limitada de los consumidores, y (iii) los costos de transacción. Estas condiciones de vulnerabilidad no son tratados adecuadamente por la legislación tradicional que coloca a los consumidores y las empresas en igualdad de condiciones. Adicionalmente, están en una posición de vulnerabilidad los consumidores que están mayormente expuestas a sufrir perjuicios por encontrarse en situaciones de vulnerabilidad, tales como, (a) bajos niveles educacionales bajos, (b) limitaciones de lenguaje, (c) falta de conocimiento de 5


las condiciones económicas de un país, (d) discapacidad física y de aprendizaje, (e) desempleo, (f) bajos ingresos, (g) el estado sicológico del consumidor, (h) su situación económica, entre otras.

6 Mejores prácticas internacionales Para la selección de las mejores prácticas internacionales en materia de protección al consumidor se han seleccionado los dos principales foros en materia de diseño y aplicación de políticas protección al consumidor. 6.1

Committee for Consumer Policy (CCP)10. Es el único foro de agencias gubernamentales en materia de diseño de política de protección al consumidor que busca mejorar el desarrollo y la eficacia de las políticas de consumo.

6.2

International Consumer Protection and Enforcement Network (ICPEN)11. Es el principal foro de agencias gubernamentales de implementación de políticas de protección al consumidor.

Adicionalmente existen otros foros, que pueden aportar información útil, tales como (a) el Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAGC)12; (b) la Red de Consumo Seguro y Salud (RCSS) de la OEA13; o (c) Consumers International (CI), federación mundial de organizaciones de consumidores14. 7 Mejores prácticas en materia de instrumentos de política de protección al consumidor 15 Existen un conjunto de herramientas disponibles para solucionar los problemas presentes en el mercado que afectan a los consumidores. Algunas de las herramientas están diseñadas para ayudar directamente a los consumidores, tales como los programas de educación y los sistemas de resolución alternativa de conflictos generados por prácticas comerciales injustas. Otras herramientas están dirigidas a las empresas proveedoras de bienes y servicios, tales como la obligación de proveer cierta información a los consumidores o determinadas restricciones sobre ciertos tipos de ventas. 7.1

Educación y vigilancia por parte de los consumidores. En general, mejoran la transparencia y ayudan a los consumidores a desarrollar habilidades, conocimiento y confianza necesaria para aumentan la vigilancia y tomar decisiones de consumo responsables que les permitan aprovechar los beneficios del mercado, aumentando así el 10 11 12 13 14 15

Ver www.oecd.org/sti/consumer-policy Ver https://icpen.org/ Ver http://www.fiagc.org/ Ver http://www.sedi.oas.org/ddse/espanol/index-6.asp Ver http://www.consumersinternational.org/ Ver Bar-Gill, Ben-Shahar, Regulatory Techniques in Consumer Protection: A Critique of European Consumer Contract Law, en University of Chicago Institute for Law & Economics Olin Research Paper No. 598, (2012) en http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=2061148; y Corones, Christensen, Comparison of Generic Consumer Protection Legislation (2007), report prepared for Productivity Commission, Faculty of Law, Queensland University of Technology, disponible en http://www.pc.gov.au/__data/assets/pdf_file/0008/73691/consumerprotectionlegislation.pdf

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bienestar de los consumidores. Las políticas educacionales son de larga duración, y el objetivo es desarrollar habilidades duraderas y obtener cambios en el comportamiento de los consumidores. Las campañas de atención y vigilancia, de corto plazo, orientada a los medios de comunicación enfocadas en un problema particular. En ambos casos, junto con entregar información pueden también influir en el comportamiento del consumidor, por ejemplo aquellas destinadas a promover una alimentación sana. 7.2

Entrega y divulgación de la información. Se facilita las decisiones de consumo que los consumidores reciban información útil, comprensible y verificable, en formatos tales como (i) información comparativa, e (ii) información descriptiva y de divulgación. 7.3

Regulación de los términos del contrato. La estandarización de los contratos de consumo, estableciendo un determinado contenido mínimo y prohibiendo determinados contenidos específicos, otorga a los consumidores un cierto nivel de seguridad, certeza y derechos en relación al producto o servicio 7.4

Garantías. Establecer determinadas garantías aseguran un piso de protección al consumidor.

7.5

Periodos de Reflexión. Los periodos de reflexión permiten a los consumidores arrepentirse de un contrato dentro de determinado período sin tener que explicar porque. Esto es beneficioso, en un conjunto de hipótesis en que el consumidor no ha tenido la oportunidad de comparar productos o no han considerado las reales implicancias comerciales de sus decisiones. Estos periodos son otorgados generalmente en compras significativas para los consumidores, tales como la compra de un auto o una vivienda; en préstamos; en ventas a distancia; y en venta de artículos de segunda mano. 7.6

Persuasión Moral. Los gobierno buscan influir o presionar a los proveedores, sin regular derechamente sus actividades, para lograr un determinado objetivo para los consumidores. Esto puede llevarse a cabo a través de la (i) la responsabilidad social; (ii) el establecimiento de premios o reconocimientos; (iii) a través de la crítica pública, “avergonzando” a los proveedores que no cumplen la ley o que actúan en contrario al interés de los consumidores; (iv) a través de “advertencias”, en el sentido de que cualquier error pueda significar un determinado castigo. 7.7

Códigos de Conducta. Consiste en un set de principios o reglas que regulan la manera en que determinada industria o instituciones deben comportarse en relación a los diversos participantes del mercado. Dependiendo del propósito o la naturaleza del código, la responsabilidad de desarrollo, administración o reforzamiento de dicho código puede descansar en autoridades gubernamentales y ser obligatorio por mandato legal, y en ese sentido, corresponde a una responsabilidad compartida entre los privados y los entes públicos. Esta herramienta entrega un conjunto de beneficios, tales como (a) mayor 7


transparencia; (b) mayor confianza por parte de todos los participantes en la industria o negocio; (c)asegura un debido acuerdo con la legislación que minimiza las brechas; (d) significa una ventaja en cuanto a la competencia; (e) son más flexibles que la legislación y puede ser enmendado mas eficientemente, manteniéndose al día con los cambios sociales; (f) es menos intrusivo que la regulación legal; (g) los procedimientos de resolución de conflictos son en general más eficientes, de menor costo y más cercanos a los consumidores. 7.8

Estándares. Los estándares son especificaciones o procedimientos que aseguran la identidad, calidad o seguridad de determinados bienes o servicios. Los estándares pueden ser establecidos por los empresarios, los gobiernos, organizaciones sin fines de lucro, organizaciones de comercio o combinación de estas. 7.9

Prohibiciones. Las prohibiciones de determinados productos o prácticas es una de las herramientas más fuertes que los gobiernos pueden implementar. Estas prohibiciones, en general, buscan proteger determinados valores sociales, pueden ayudar a alcanzar importantes objetivos, sin embargo es importante evaluar sus costos y sus beneficios. 7.10 Mecanismos de solución de conflictos. La posibilidad de que los consumidores hagan reclamos y que obtengan soluciones es uno de los puntos mas importantes de la protección de los consumidores. Existen variadas formas de estructurar las resolución de conflictos, sea por vía judicial, o por vías informales de solución de conflictos. Una efectiva resolución de conflictos debe ser accesible, independiente, justa, eficiente y efectiva. En este marco, el conjunto de mecanismos de protección al consumidor pueden buscar surtir efectos por el lado de los consumidores, por el lado de los proveedores o afectar ambos lados.

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En el caso de Chile, contamos con un set de herramientas que en general cubre la oferta teórica de herramientas, no obstante, existen ciertas brechas. Por ejemplo, en el caso de aquellas herramientas que son provistas por la agencia estatal de protección al consumidor y por las asociaciones de consumidores, su provisión, masividad y calidad están sujetas a los presupuestos de dichas organizaciones. Regulaciones tales como la regulación de los contratos, el establecimiento de estándares, garantías y de determinadas prohibiciones, están sujetas a la efectividad de los dispositivos de “enforcement” lo que puede implicar que en ciertos casos no pasen de ser una regulación de carácter fomal sin mayor aplicación práctica. Otras regulaciones como los periodo de reflexión, están presentes en nuestra regulación pero con hipótesis de aplicación muy limitadas – primer año de educación superior, tiempos compartidos, ventas a distancia-. Respecto de los mecanismos de resolución alternativa de conflictos, se encuentran principalmente desarrollados a través de la búsqueda de acuerdos extra-judiciales que realiza la agencia de protección al consumidor, sin mayor desarrollo de otros mecanismos como la mediación y el arbitraje. Por otra parte, los mecanismos de persuasión moral, si bien en los hechos son utilizados por la agencia de protección al consumidor, y son objeto de cobertura por parte de los medios de comunicación social, no forman parte de las reglas escritas del sistema, ni forman parte de las herramientas formales de nuestro sistema legal. Finalmente, existe un incipiente desarrollo de mecanismos mecanismos de autoregulación, tales como los códigos de conducta.

8 Mejores prácticas en materia de herramientas para detectar el perjuicio al consumidor Existen un conjunto de (i) técnicas que pueden ser usadas para detectar la presencia de perjuicios a los consumidores, tales como: (a) uso de indicadores como técnica de monitoreo; (b) uso de fuentes de información para un efectivo monitoreo del mercado, tales como (b.1) feedback con los consumidores, organizaciones de consumidores, negocios y otros agentes, (b.2) los reclamos efectuados por los propios consumidores, (b.3) investigaciones, (b.4) encuestas, (b.5) grupos focales, (b.6) los medios de comunicación, (b.7) el análisis de las compras realizadas por clientes ocultos, entre otras. Dicha información permite posteriormente un adecuado (ii) análisis de los problemas del mercado, que permita (a) definir la naturaleza del problema; (b) identificar los consumidores afectados; (c) establecer la escala del problema; (d) determinar si hay grupos de consumidores vulnerables; y (e) determinar si existe alguna posibilidad de solución razonable. En el caso de Chile, un análisis de los reclamos de los consumidores16 indica por una parte (i) una alta concentración de reclamos de los consumidores en mercados que tienen supervisión directa por parte de otro organismo del Estado (en general Superintendencias)17; (ii) que el mercado 16

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Ver Roa, Servicio Nacional del Consumidor Gestión 2005‐ 2010 y Perspectivas de Futuro, (2010) http://www.sernac.cl/acercade/Cuenta%20de%20gesti%C3%B3n%202005-2010.pdf La alta concentración de reclamos en mercados donde existe un supervisor especial que complementa la actuación del Sernac es un fenómeno insuficientemente estudiado, particularmente en lo relativos a las las interfases entre ambas organizaciones; y controles y balances adecuados entre sus funciones, particularmente cuando pueden resultar contrapuestas.

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financiero tienen una alta concentración de reclamos; (iii) que el principal motivo de reclamo son (a) los cobros indebidos18, seguido de (b) las dificultades para ejercer el derecho legal de garantía en el retail frente a productos defectuosos19. No obstante, dicho análisis no tiene un correlato preciso con la actuación del Sernac ni con la agenda legislativa en materia de protección a los consumidores. Adicionalmente, los consumidores sufren un conjunto de (iv) otros problemas, como (a) los confusopolios y (b) la hiperinflación del costo de reclamar, respecto de los cuales no existe conciencia de vulneración de sus derechos, y en consecuencia, no son objeto de reclamos, y no activan necesariamente la actuación de la autoridad. 9 Mejores prácticas en materia de “enforcement” de la política de protección al consumidor 20 En general, las empresas cumplen la ley, si los costos de violar, considerando la probabilidad de ser detectados, superan los beneficios que se obtienen como resultado del comportamiento ilegal. En dicho marco si insertan los diferentes modelos de “enforcement”21, los que en general, poseen diversos énfasis: (i) esquemas de auto-regulación privados (Países Bajos); (ii) mecanismos de quejas de consumidores representados por esquemas de defensorías del pueblo; (iii) sanciones y recursos impulsados por órganos administrativos ante la justicia civil (vgr. Australia); (iv) sanciones económicas aplicadas directamente por órganos administrativos (vgr. Bélgica); y (v) sanciones penales (vgr. Reino Unido). El impacto de cada uno de dichos modelos depende de un conjunto de variables culturales, no obstante, se estiman como buenas prácticas las siguientes: (a) Sistema de monitoreo del comportamiento de las empresas que permita evaluar los riesgos en materia de protección al consumidor, la que puede ser reactiva a los reclamos de los consumidores, random o con un enfoque de riesgos; (b) Criterios -vgr. reincidencia, gravedad, masividad- para que la autoridad administrativa pueda perseguir o no las infracciones a las reglas de protección al consumidor, y en caso de no perseguir, pueda aplicar sistemas de resolución alternativa de conflictos que permitan establecer acuerdos de solución y/o establecer advertencias formales a la empresa infractora; (c) Otras sanciones adicionales al pago de una multa, tales como ordenar devoluciones, reparaciones o indemnizaciones, ordenar devolución de ganancias, ordenar publicidad correctiva o negativa, ordenar la suspensión de funcionamiento de la empresa, establecer determinadas

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Mención especial merece la interfaz protección al consumidor y libre competencia, ya que esta última tiene un conjunto de herramientas, tales como la delación compensada, que en los hechos dificulta el ejercicio de los derechos de los consumidores, principalmente el derecho a ser reparado frente a ilícitos de libre competencia. El principal tema reclamados son los cobros indebidos, que pueden tener diversos orígenes y explicaciones, desde costos ocultos en los contratos de adhesión, desconfianza por los sistemas de facturación de las empresas, inadecuados sistemas de información previa a la contratación de los cobros involucrados, inexistentes auditorías de facturación, hasta un inadecuado tratamiento de la tasa de falla propia de los sistemas de facturación. El segundo temas más reclamado son las dificultades de los consumidores para ejercer su derecho de garantía legal ante el retail frente a productos defectuosos, dificultades tales como altos costos de transacción del reclamo, baja información sobre la vida estimada de productos durables, entre otras. Ver Faure, Michael G., Ogus, Anthony I. and Philipsen, Niels J., Enforcement Practices for Breaches of Consumer Protection Legislation. Loyola Consumer Law Review, Vol. 20, No. 4, 2008. Disponible en http://ssrn.com/abstract=1290548 Nótese que no existe una palabra en castellano que sea la traducción directa de la palabra enforcement lo que puede explicar en parte, la falta de preocupación por esta perspectiva en nuestra cultura.

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prohibiciones, entre otras; (d) Sanciones económicas disuasivas, por ejemplo, con un monto relacionado con la naturaleza de la infracción y las circunstancias de la empresa, o con sanciones adicionales complementarias; (e) Acciones de cumplimiento y cesación que permiten al tribunal ordenar el cumplimiento de las obligaciones incumplidas u ordenar el cese del acto que afecta el ejercicio de los derechos de los consumidores, lo que permite una acción más eficaz en el caso de infracciones de alta cuantía y/o continuas y/o que afectan a un colectivo de consumidores; (f) Procedimientos sancionatorios con menores costos de transacción (usualmente procedimiento administrativo por sobre el civil, y procedimiento civil por sobre el penal) ya que tienen una mayor probabilidad de ocurrencia, y una mayor poder disuasivos sobre el comportamiento futuro de las empresas; (g) Acciones penales para las situaciones más graves, tales como el comportamiento reincidente, altos niveles de detrimento a los consumidores, conductas deliberadas o groseramente imprudentes; y (h) Permitir que terceros -tales como los consumidores, las organizaciones de consumidores, las organizaciones de auto-regulación, los ombudsman- puedan solicitar la aplicación de sanciones a las empresas infractoras, lo que aumenta la probabilidad de la aplicación del castigo, y el poder disuasivos sobre el comportamiento futuro de las empresas. En este marco podemos visualizar una pirámide de enforcement con una base de monitoreo que permita procesa la mayoría de los problemas de consumo de manera costo-efectiva, y que en forma de pirámide progresivamente hacia niveles superiores con mayores costos de transacción para el consumidor, y mayores costos para la empresa infractora -sanciones y acciones complementarias-, pasando de procedimientos administrativos, a procedimientos civiles y finalizando en procedimientos penales; con criterios para definir la escala de intervención (reincidencia, gravedad, masividad, entre otros) tanto por la agencia de protección al consumidor como por parte de terceros -otros actores-.

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En el caso de Chile, la pirámide de enforcement tiene una base de mediación administrativa, pasando en un segundo nivel a las acciones individuales que se interponen ante los juzgados de policía local, y pasando a un tercer nivel de acciones colectivas ante los tribunales de justicia; no existe un nivel explícito para los procedimientos penales en materia de consumo; los costos para la empresa infractora, aunque creciente, a mi juicio, no son lo suficiente para inhibir comportamientos futuros de empresas. Tampoco existe formalmente un procedimiento de resolución alternativa de conflictos para casos colectivos, por lo que resultaría conveniente formalizar las mediaciones colectivas realizadas por el Sernac, sus requisitos, formalidades y efectos22 y retomar la tramitación del proyecto de ley presentado por la Presidenta Bachelet Boletín 6543-03 (2009)23. 10 Mejores prácticas en el diseño y evaluación de la política de protección al consumidor 24 En general, una básica en la planificación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas 25, particularmene en lo relativo a la evaluación del impacto de las regulaciones26, es identificar (1) el propósito o valor social que debe lograrse, (2) las acciones que deben emprenderse para lograr la propósito, (3) los indicadores para medir si el objetivo se cumplió, y (4) los medios de verificación que nos permitirá determinar si el indicador se cumplió propósito pruebas de cumplimiento. Luego que el proceso sea completo debe incluir el propósito-acciones-indicadores-los medios de verificación, y cada uno de estos elementos deben ser coherentes entre sí. Esto supone, en primer lugar, tener una línea de base para medir el impacto de las "medidas". Con esta línea de base, el gobierno puede definir los indicadores de éxito para cada uno de los futuros efectos de las "medidas". Determinada la línea de base y los indicadores de éxito se puede definir los ajustes necesarios en las "medidas apropiadas" para cumplir su propósito. Específicamente respecto de políticas públicas de protección al consumidor, el “Consumer Policy Toolkit” propone seis pasos para la implementación de acciones de política pública de protección al consumidor que van desde la medición del daño causado a los consumidores, la evaluación de la necesidad de intervención, la evaluación de las diversas opciones de intervención y la

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Por ejemplo ver Evaluation of the effectiveness and efficiency of collective redress mechanisms in the European Union (2008) disponible en http://ec.europa.eu/consumers/redress_cons/finalreportevaluationstudypart1-final2008-11-26.pdf; The Study Centre for Consumer Law – Centre for European Economic Law Katholieke Universiteit Leuven, Belgium, An analysis and evaluation of alternative means of consumer redress other than redress through ordinary judicial proceedings (2007), en http://ec.europa.eu/consumers/redress/reports_studies/comparative_report_en.pdf; y en general Consumer dispute resolution and redress in the global market place: Background Report (2005) disponible en http://www.oecd.org/internet/consumerpolicy/36456184.pdf Ver http://camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=6936&prmBL=6543-03 Ver Consumer Policy Toolkit (OECD, 2010) Por ejemplo, Furobo, Rist y Sandhal, International atlas of evaluation (Transactions Pbs, London 2001); Inter-American Development Bank, The politics of policies. Economic and social progress in latin america (2006) en http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getdocument.aspx?docnum=912428. Por ejemplo, OECD, Guiding Principles for Regulatory Quality and Performance, (2005) en http://www.oecd.org/dataoecd/19/51/37318586.pdf ; OECD, Regulatoru impact analysis: a tool for policy (2009) en http://browse.oecdbookshop.org/oecd/pdfs/browseit/4209161E.PDF; Sylvan, Consumer Regulation: How Do We Know it is Effective? en http://www.accc.gov.au/content/item.phtml?itemId=508102&nodeId=612a6307df40a30e1d22f49ddff4f69a&fn=2004%2 0March%2015%20National%20Consumer%20Congress%20speech.pdf.

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evaluación de la efectividad de la intervención27, como se puede apreciar en el siguiente cuadro.

Adicionalmente, muchas regulaciones asumen un determinado comportamiento de los consumidores. Luego, necesitamos un proceso de evaluación que verifique que los consumidores realmente adopten el comportamiento que se supone, e incluir el análisis y la mejora de las políticas públicas con una perspectiva permanente de ensayo y error. En el caso de Chile, la agencia de protección al consumidor (Sernac), se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Economía (Minecon). Luego, en teoría, le correspondería al Minecon determinar la política y evaluarla; y al Sernac implementar la política. No obstante en la práctica, quien diseña, implementa y evalúa la política de protección al consumidor es el propio Sernac, no obstante, existen ciertos lineamientos de política por parte del Minecon28. Un diseño de estas características no asegura los adecuados chequeos y balances. No obstante lo anterior, existen ciertos esfuerzos por parte del Minecon de ejercer esta función de evaluación29. Por otra parte, el actual Sernac heredó la estructura jibarizada de la Dirinico, institución con funciones muy distintas a la que actuales, por medio del simple cambio de nombre, sin una ley que definiera con claridad sus funciones, ni una ley del consumidor que fijara de manera sistemática las reglas del juego por las que debe velar. Muy por el contrario, la primera misión del Sernac fue presentar el proyecto de ley del consumidor (en adelante LPC) que tardó siete años en ser creado. Con 27

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Por ejemplo, ver UE, Ex-post evaluation of the impact of the Consumer Policy Strategy 2002-2006 on national consumer policies (2006) en http://ec.europa.eu/consumers/overview/cons_policy/ex_post_final22dec.pdf Aunque no existe un documento formal que declare la política de protección al consumidor, existen instrumentos que contienen declaraciones de política. Por ejemplo, ver BGI Sernac y Minecon. Una excepción constituye el estudio encargado por el Ministerio de Economía sobre “Análisis de Tres Elementos de la Ejecución de la Política de Protección al Consumidor, con Énfasis en la Comparación con las Mejores Prácticas de otros Países” (2009) disponible en http://www.economia.cl/1540/articles-189395_recurso_1.pdf

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la dictación de la ley del consumidor, no hubo un cambio en la estructura orgánica de la institución que ajustar los requisitos en materia de formación, ni los niveles de remuneraciones ni su estructura organizacional. Más aún, la ley fue posteriormente modificada los años 1999 y 2000 en materia de cobranzas extrajudiciales, en 2004 incorporando la defensa de los intereses colectivos, sin que ello ocurriera. En 2012 la LPC se modificó en materia de productos y servicios financieros -el llamado Sernacfinanciero-, incorporando ajustes marginales en su estructura, sin evaluar cuales son la estructura y dotación necesarias, ni el régimen de gobierno institucional que permita asegurar una adecuada continuidad institucional, aprendizaje organizacional e independencia. En el mismo sentido, la escala de remuneraciones de la institución no ha sido el resultado de un estudio acabado, sino fruto de la inercia de la ley de presupuesto, heredada de la institución a la que sucedió, con un parámetro de crecimiento endogámico relacionado con el tamaño original de la institución, y no con diseño deliberado del tamaño del Estado, tamaño relativo de protección del consumidor, ni tamaño vinculado a los niveles de agregación de valor público ni al crecimiento del ingreso promedio de los consumidores. Finalmente, la protección al consumidor posee (i) un conjunto de herramientas tradicionales, que suponen un cierto efecto sobre las causas que fundamentan la protección al consumidor, por ejemplo, (a) las regulación de sobre los deberes de información de los proveedores, su rotulado y publicidad, que supone que los consumidores cuenten con determinada información para tomar sus decisiones; (b) la regulación de los contratos de adhesión y prácticas abusivas, que supone que los consumidores pueden firmar los contratos tranquilos; (c) la regulación en materia de garantía legal frente a productos defectuosos, que supone que los consumidores cuentan efectivamente con un piso de derechos garantizados; o (d) la regulación de la seguridad de los productos, que supone que los consumidores pueden comprar tranquilos; (e) la existencia de sistemas de resolución de conflictos especiales para los problemas de consumo. No obstante, (ii) los racionales subyacentes no han sido verificados en la realidad, determinando si los deberes de información se cumplen, y si de cumplirse son operacionales para el consumidor chileno; si las practicas abusivas están desterradas de los contratos y de las prácticas comerciales de las empresas; si la garantía constituye un piso efectivo de derechos garantizados para los consumidores en sus relaciones directas con las empresas; si los consumidores enfrentan sistemas de resolución de conflictos con bajos costos de transacción. Por el contrario, (iii) tratándose de herramientas informacionales para superar las asimetrías de información, existe un conjunto de mercados confusopólicos donde el ejercicio de cotizar y comparar es imposible, y donde las empresas compiten por confusión más que por claridad en la información. Por ejemplo, el ejercicio de comparación de planes de seguros de salud, de planes de telefonía móvil, de planes de internet, de planes de televisión pagada, son un ejercicio heroico. En la misma línea, es una interrogante determinar si las medidas informacionales del Sernacfinanciero -cotización, CAE, hoja resumen del contrato de adhesión- resolvieron el confusopolio del mercado del crédito. Asimismo, (iv) tratándose de los sistemas de resolución de conflictos, los consumidores enfrentan altos costos de transacción al momento de reclamar sus derechos, y no existen incentivos adecuados para los proveedores para simplificar el ciclo del reclamo, sino por el contrario, tienen todos los incentivos para degradar el servicio de atención a sus clientes, establecer trabas que desincentiven el reclamo o aumenten la tasa de abandono del reclamo. Más aún, durante la discusión 14


de la LPC y la modificación que incluyo la defensa de los intereses colectivos, un sector político tuvo un sesgo negativo hacia la protección a los consumidores, particularmente para evitar la industria del reclamo. De tal modo, que en la regulación de la LPC existe un conjunto de resguardos, trabas, costos y regulaciones que en los hechos aumentaron los costos de reclamar en tribunales los derechos de los consumidores, frente a lo cual se consolido la industria del abuso. Esta situación se repite en (v) el caso del Sernacfinanciero, cuya promesa fue otorgar efectiva protección al consumidor financiero. Por ejemplo, (a) existe un conjunto de novedades informacionales, tales como la cotización, la CAE, la hoja resumen de los contratos de adhesión, cuya efectividad no ha sido verificada. Por el contrario, lo que(b) se ha verificado es una gran cantidad de reclamos de los consumidores en materia de cobros indebidos y cobranzas extrajudiciales, temas que la reciente modificación no abordó. Más aún, (c) no existe una correspondencia entre el diagnóstico del mensaje del ejecutivo al momento de presentar el proyecto de ley y su articulado, que hace referencia a las brechas en materia de protección al consumidor en el mercado de las telecomunicaciones y en el mercado de transporte, sin que el proyecto de hiciera cargo de dichas realidades. 11 Brechas estándar OECD30 En el ámbito de la protección del consumidor, la OECD tiene 10 recomendaciones31 que 30

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Ver artículo “Ingreso de Chile a la OCDE: Refuerzo para la Gran Batalla por la Protección de los Consumidores” en “Chile en el club de los países desarrollados: oportunidades y desafíos del ingreso a la OCDE” en http://www.ceiuc.cl/Chileenelclub.pdf A continuación un breve resumen de las 10 recomendaciones: - C(2007)74: Recomendación del Consejo sobre Resolución de Conflictos y Reparación de los Consumidores. Esta recomendación reconoce que un sistema de reparación efectivo es necesario para aumentar la confianza de los consumidores en el mercado, tanto tradicional como electrónico. Al respecto, establece que un mecanismo de reparación efectivo debe ser sencillo, efectivo y no debe contener cargas innecesarias para los consumidores. Este sistema de reparación debe cubrir a los consumidores individuales y colectivos y a las autoridades de protección al consumidor para que éstas puedan obtener o facilitar la reparación a los consumidores. La recomendación hace a su vez mención al manejo de disputas transfroterizas. - C(2003)116: Recomendación del Consejo relativa a Guías para Proteger a los Consumidores de Prácticas Comerciales. Transfronterizas Fraudulentas y Desleales. En el marco en que los engaños y malas prácticas contra los consumidores ya no sólo una materia predominantemente doméstica, sino que traspasan las fronteras nacionales, la recomendación sugiere el desarrollo de un marco de colaboración rápido y eficiente en y entre los países, que incluya: un mecanismo interno para combatir las prácticas fraudulentas y maliciosas transfronterizas, mejorar el intercambio de información y las investigaciones, asegurar una reparación efectiva para las víctimas y promover la cooperación con los proveedores. - C(79)202: Recomendación del Consejo concerniente a la Seguridad de Productos. La recomendación indica que los países miembros deben considerar la posibilidad de promover legislación o tomar acciones que incorporen las siguientes medidas: análisis de riesgo por parte de proveedores y agencias gubernamentales, establecimiento de estándares, certificaciones de seguridad y bases igualitarias entre productos nacionales e importados, procedimiento de notificación y medidas que cautelen que productos calificados como peligrosos en su territorio no sean exportados a otros países. - C(81)7: Recomendación del Consejo concerniente a los Procedimientos de Retiro de Productos Inseguros vendidos al público. Conforme esta recomendación, las autoridades deben considerar la posibilidad de promover la adopción de legislación o tomar acciones destinadas a implementar las siguientes medidas de: comunicación a la autoridad respecto de la existencia de productos inseguros, o presumiblemente inseguros, en el mercado, mantención de registros y controles por parte de los fabricantes y proveedores, información sin demora a los consumidores, búsqueda de facultades suficientes para requerir advertencias de parte de los proveedores y fabricantes, retiro, reemplazo, modificación o sustitución del producto y compensaciones adecuadas, promoción de directrices en agrupaciones de proveedores y

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pretenden recoger las mejores prácticas en sus respectivas temáticas, respecto de las cuales Chile tiene un conjunto de “oportunidades de mejora”, particularmente en materia de seguridad de productos, crédito, y protección de datos personales. 11.1 Seguridad de productos En materia de seguridad de productos las principales brechas son: sistema de alertas de seguridad; cumplir con el deber de notificar a los miembros OECD de medidas relacionadas con el tema; aumentar el número de estudios al respecto; designar un punto de contacto; adoptar el sistema de análisis costo-beneficio establecido por la OECD para la toma de decisiones en relación a la seguridad de productos; coordinar los distintos actores para proveer datos a dicho análisis; crear un sistema de recolección de datos sobre lesiones causadas por bienes o servicios; mejorar el nivel de autorregulación existente en el mercado; adaptar estándares internacionales sobre seguridad de productos; homologar certificaciones exigidas en Chile con países OECD; y en general mejorar el nivel de coordinación entre las autoridades competentes. En relación con la seguridad de productos dirigidos a niños, las principales brechas son: carencia de un sistema de recolección de datos de lesiones sufridas por menores; establecimiento de las medidas correctivas que sean necesarias a la luz de los datos obtenidos; analisis de los estándares de seguridad que cumplen los envases de medicamentos; y revisar y aplicar de ser necesario los notificación al resto de los países en casos de comercialización internacional de los productos en cuestión. - C(89)106: Decisión-Recomendación del Consejo relativas al Sistema de Notificación de Medidas de Seguridad del Consumidor. La recomendación busca clarificar los procedimientos operativos del sistema de notificación y especificar las acciones necesarias para un claro y rápido reporte con un mínimo de esfuerzo. Ello requiere de una toma de decisiones a nivel nacional respecto de la actualización de las fuentes de información en consideración de las acciones tomadas o propuestas por los países miembros. El Sistema de notificación debe cubrir todos los productos de consumo, excepto alimentos, medicamentos, automóviles y equipamiento de transporte terrestre. - C(83)129: Recomendación del Consejo concerniente a las Medidas de Seguridad tomadas en razón del Interés de los Niños. La recomendación indica que los gobiernos miembros deben dar especial atención a la seguridad de los niños tomando acciones en las siguientes áreas: requerimientos y estándares de seguridad de productos, recolección de información e investigación sobre accidentes que identifique y analice los casos que involucran a niños, rotulado, publicidad y educación (advertencias adecuadas para los niños) y revisión de eficacia a nivel nacional e internacional. - C(82)122: Recomendación del Consejo concerniente a la Gestión del Riesgo y al Análisis Costo Beneficio en el ámbito de Seguridad de Productos. Los países miembros deben tomar en consideración la adopción de medidas en relación a la gestión de riesgo ligado a la seguridad de productos de consumo, al análisis costo-beneficio y a la transparencia en el proceso de toma de decisiones. - C(77)139: Recomendación del Consejo concerniente al establecimiento de un Sistema de Recolección de Datos relacionado a lesiones o daños ocasionados por productos de consumo. La recomendación indica que los países miembros deben establecer un sistema de recolección de datos que dé cuenta de los daños ocasionados por productos de consumo. Establece en sus anexos criterios relacionados a la comparabilidad de la información entre los países miembros. - C(99)184/FINAL: Recomendación del Consejo concerniente a Guías para la protección del Consumidor en el contexto del comercio Electrónico. La naturaleza intrínsecamente comercial de las redes digitales y del comercio electrónico requieren un enfoque global para la protección de los consumidores. La recomendación establece los principios orientados a proteger los derechos de los consumidores, asegurando a su vez el crecimiento de las transacciones en la red. - C(77)39: Recomendación del Consejo concerniente a la Protección de los Consumidores en el ámbito de Créditos. La Recomendación establece que los países miembros deben considerar la adopción de legislación o regulaciones que establezcan las siguientes medidas en el ámbito del crédito y la protección de los consumidores: información a los consumidores (obligaciones en la publicidad y en los contratos), respeto por los derechos humanos básicos y la protección de la privacidad del consumidor, protección de los intereses económicos del consumidor, procedimientos de reclamación, sanciones e indemnización simples y de bajo costo y actualización de las regulaciones existentes a las nuevas formas de transacciones comerciales crediticias.

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estándares sobre seguridad de productos dirigidos a niños existentes en países OECD. 11.2 Crédito En materia de crédito, las principales brechas son: falencias en la ley 19.628 sobre protección de datos personales referentes al acceso a los datos crediticios de las propias personas así como a su impugnación; y falta de control sobre las distribuidoras en relación a la finalidad del dato. 11.3 Protección de datos personales En materia de protección de datos personales, las principales brechas son: falta de un órgano administrativo a cargo del tema; una serie de derechos reconocidos por la OECD se encuentran deficientemente recogidos en la ley 19.628 sobre protección de datos personales; y no existe limitación a la transmisión de datos a terceros países.

12 Contexto legislativo Actualmente se encuentran en discusión un conjunto de proyectos que pueden impactar el marco regulatorio de protección de los consumidores, que pretenden recoger mejoras a las reglas del juego y que pueden ser oportunidad para incorporar mejores prácticas en nuestro sistema. Por ejemplo: 12.1 Boletín 7932-03 (2011)32 sobre protección a deudores de créditos en dinero, que busca bajar el costo del crédito a través del perfeccionamiento del cálculo de la tasa máxima convencional y proteger al consumidor deudor se ciertas prácticas abusivas. De ser aprobado este proyecto los consumidores financieros contarán con nuevas reglas orientadas a su protección. 12.2 Reforma Sernacfinanciero33. La autoridad anunció un proyecto modificatorio del Sernacfinanciero, prohibiría la venta directa de productos financieros en la vía pública y en espacios o recintos educacionales y, o de concurrencia habitual de adultos mayores; modificaría las reglas del alzamiento de hipotecas, reduciría la duración del Sello Sernac; y eliminaría el arbitraje para causas inferiores a 50 UF, dejando dos sistemas de resolución de conflictos: mediación para aquellas contiendas de menos de 50 UF y arbitraje para aquellas contiendas de más de 50 UF. 12.3 Boletín 6543-03 (2009)34 que establece un conjunto de incentivos para combatir la industria del reclamo, tales como que toda empresa condenada debe además de pagar la multa, cesar la conducta, pagar las costas del juicio, y reparar el daño causado; regula la facultad de mediaciones colectivas del Sernac y acorta los tiempos de los juicios colectivos. En la misma línea que el boletín 3817-0335.

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34 35

Ver http://sil.senado.cl/cgi-bin/index_eleg.pl?6298-05 Ver http://www.df.cl/el-compromiso-del-ministro-longueira-con-rn-que-evito-la-comision-mixta-al-sernacfinanciero/prontus_df/2011-11-20/171752.html Ver http://camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=6936&prmBL=6543-03 Ver http://camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=4212&prmBL=3817-03

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12.4 Boletín 8143-03. El boletín 6120-07 (2008)36 que introduce modificaciones a ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y a la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, que fue objeto de una indicación sustitutiva del ejecutivo a través del Boletín 8143-03 (2012)37 que introduce modificaciones a ley N° 19.628 -LPDP-, sobre Protección de la Vida Privada y Protección de Datos de Carácter Personal, para reforzar los derechos de los titulares de datos personales, y entregar al Sernac facultades de vigilancia. Este proyecto en los hechos aplica un conjunto de estándares presentes en una serie de instrumentos internacionales en la materia, tales como: las Directrices para la regulación de los archivos de datos personales informatizados, aprobadas en el año 1990 por las Naciones Unidas; y las Directrices de la OCDE, relativas a la protección de la intimidad y de la circulación transfronteriza de datos personales.38 12.5 Boletín 5309-0. El boletín 5309-03 (2007)39 que modifica la ley N° 19.628 -LPDP-, para establecer un sistema de información de datos de carácter personal basado en el comportamiento de las personas y no sólo, en la noción de incumplimiento, ampliar el universo de información comercial, perfeccionar los derechos de los titulares de los datos, y establecer un organismo con facultades fiscalizadoras.

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39

Ver http://sil.senado.cl/cgi-bin/index_eleg.pl?6298-05 Ver http://sil.senado.cl/cgi-bin/index_eleg.pl?6298-05 Más información en http://www.economia.gob.cl/proyecto-de-ley-proteccion-datos-personales/ En el mismo sentido el Convenio 108 del Consejo de Europa, y la Directiva Europea 46/95/CE, que, en el marco de transmisiones internacionales de datos personales, establece que el país receptor debe tener un “nivel de protección adecuado” en la materia. Ver http://sil.senado.cl/cgi-bin/index_eleg.pl?6298-05

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 2. Chile descentralizado: más desarrollo, más democracia

Chile Descentralizado y Desarrollado: Fundamentos y propuestas para construir una política de Estado en descentralización y desarrollo territorial en Chile. Heinrich von Baer1 Felipe Torralbo2

1 2

Médico Veterinario, académico de la Universidad de La Frontera

Administrador Público, académico de la Universidad de La Frontera


CHILE

DESCENTRALIZADO Y DESARROLLADO Fundamentos y Propuestas para construir una

Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial en Chile Heinrich von Baer v.L. Felipe Torralbo S. Programa de Institucionalidad y Políticas Públicas Regionales Instituto de Desarrollo Local y Regional, IDER Universidad de La Frontera 1


CHILE

DESCENTRALIZADO Y DESARROLLADO Fundamentos y Propuestas para construir una

Política de Estado

en Descentralización y Desarrollo Territorial en Chile

Heinrich von Baer v.L.1 Felipe Torralbo S.2

Ensayo elaborado para Alejandro Ferreiro, Eugenio Guzmán y otros, Agosto 2012

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- Coordinador del Programa de Institucionalidad y Políticas Públicas Regionales, Instituto de Desarrollo Local

y Regional, IDER, Universidad de La Frontera. - Presidente Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile, CONAREDE. - Editor General y co-autor del Libro “Pensando Chile desde sus Regiones, Ediciones Universidad de La Frontera (2009). 2

- Administrador Público, Licenciado en Ciencias Políticas y Gubernamentales, Universidad de Chile. - Investigador asociado al Programa de Institucionalidad y Políticas Públicas Regionales, Instituto de Desarrollo Local y Regional, IDER, Universidad de La Frontera.

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INDICE Resumen ................................................................................................................................................ 7 PARTE I: FUNDAMENTOS ....................................................................................................................... 9 1. ¿QUE PAIS TENEMOS, QUE PAIS QUEREMOS? ................................................................................. 9 1.1. Chile será descentralizado, o no será desarrollado: el problema del poder .............................. 9 1.2. ¿Distribuir poder, es perder poder? ......................................................................................... 10 1.3 Compartiendo premisas. ........................................................................................................... 11 1.3.1. Aprender del orden natural: .............................................................................................. 11 1.3.2. Las regiones de Chile: principales espacios para generar nuevo y mejor desarrollo ........ 11 1.3.3. El Centralismo refuerza las desigualdades sociales: .......................................................... 12 1.3.4. Paradojas no resueltas por el modelo de desarrollo de Chile ........................................... 12 1.4. El modelo importa: ¿centralizado o descentralizado? ............................................................. 12 1.5. El centralismo asfixia a la capital y le quita el oxígeno a las regiones ...................................... 14 1.5.1. Políticas públicas de efecto centralizador: algunos ejemplos ........................................... 14 1.5.2. Quo Vadis Santiago: la capital ha superado el punto crítico de su crecimiento eficiente 15 1.5.3. El centralismo de Santiago le quita el oxígeno a las regiones y asfixia a la capital. .......... 20 1.5.4. ¿Quién asume? ¿Dónde se debe invertir? ......................................................................... 21 1.6. Competitividad: el imperativo de desarrollar los territorios .................................................... 22 1.6.1. Globalización: un imperativo de desarrollo territorial ...................................................... 22 1.6.2. Condiciones para la competitividad: confianza entre actores y descentralización ........... 23 1.6.3. El nuevo paradigma: crear riqueza compartida con comunidades y territorios ............... 24 1.7. Opiniones coincidentes, a la espera de ser escuchadas ........................................................... 24 1.8. Centralismo político: un círculo perverso ................................................................................. 27 2. HISTORIAL DE PROMESAS Y FRUSTRACIONES (2000-2012)............................................................. 27 2.1. Las promesas de Lagos y Lavín: la gran oportunidad perdida .................................................. 28 2.2. El cuatrienio Bachelet: “más ciudadano”, pero sin avances significativos ............................... 29 3


2.3. El medio tiempo de Piñera: ¿de revolución descentralizadora a nueva frustración? .............. 30 3. ¿QUÉ NOS FALTA?............................................................................................................................ 31 3.1. Entender que, a la larga, todos ganan ..................................................................................... 32 3.2. Conciencia, Impaciencia y Movilización Ciudadana.................................................................. 33 3.3. Proyecto País, Política de Estado, Agenda Concordada ........................................................... 35 PARTE II: PROPUESTAS......................................................................................................................... 37 1. CONSTRUIR UNA POLITICA DE ESTADO EN DESCENTRALIZACION Y DESARROLLO TERRITORIAL ... 37 1.1. Escuchemos a Séneca: sin puerto de llegada, seguimos a la deriva......................................... 37 1.2. Visión de País: descentralizado y desarrollado, un marco para el debate ............................... 38 1.3. ¿Por qué queremos descentralizar Chile?: un acercamiento al sentir ciudadano ................... 39 1.4. Adoptar el Modelo de Estado Regional: ni centralizado, ni federal ......................................... 39 1.4.1. ELECCION DE UN MODELO DE ESTADO ............................................................................. 39 1.4.2. ALTERNATIVAS DE MODELO DE ESTADO ........................................................................... 40 1.4.3. CRITERIOS DE ELECCION .................................................................................................... 40 1.4.4. EL ESTADO REGIONAL: la opción para Chile ...................................................................... 41 1.4.5. CARACTERIZACION DEL ESTADO REGIONAL ...................................................................... 42 1.5. Impulsar un Nuevo Trato Estado-Territorios ............................................................................ 44 1.6. Aplicar una Estrategia Sistémica de Abordaje: tres Procesos Clave ......................................... 45 1.6.1. Descentralización: traspaso de poder, recursos y competencias de decisión autónoma . 45 1.6.2. Fortalecimiento de Capacidades locales y regionales: la potenciación de los territorios . 46 1.6.3. Participación Ciudadana y Control Democrático ............................................................... 46 2. MEDIDAS ESTRATEGICAS ................................................................................................................. 48 2.1. Descentralización: traspaso de poder, competencias y recursos de decisión autónoma ........ 48 2.1.1. DESCENTRALIZACION POLITICA: más poder autónomo, mejor política ............................ 48 2.1.2. DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA: Más competencias, mejor distribuidas ............ 52

4


2.1.3. DESCENTRALIZACION FISCAL: Más recursos de decisión autónoma y articulación territorial. ..................................................................................................................................... 55 2.1.4. EXTENSION A OTRAS REGIONES DE LA INICIATIVA PILOTO EN DESCENTRALIZACION DE LA REGIÓN DE TARAPACA. ................................................................................................................ 62 2.2 Fortalecimiento de las Capacidades Locales y Regionales ........................................................ 63 2.2.1. FOCALIZAR LAS POLÍTICAS E INSTRUMENTOS DE DESARROLLO EN ZONAS DONDE COINCIDAN DESIGUALDADES SOCIALES Y TERRITORIALES.......................................................... 63 2.2.2. PROMOVER UNA ARTICULACIÓN TERRITORIAL CONVERGENTE (ATC) DE LOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS .......................................................................................................... 66 2.2.3. MÁS CAPITAL HUMANO PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNAS Y REGIONES. ............ 69 2.2.4. RED DE CENTROS REGIONALES PARA EL DESARROLLO TEMPRANO DE TALENTOS ACADEMICOS. .............................................................................................................................. 71 2.2.5. RED DE FORMACIÓN DE NUEVOS LIDERES PARA EL DESARROLLO LOCAL Y REGIONAL ... 72 2.3. Más Conocimiento y Capacidad de Innovación Regional ......................................................... 73 2.3.1. RED DE CENTROS DE PENSAMIENTO ESTRATÉGICO REGIONAL. ....................................... 73 2.3.2. INSTITUCIONALIZACION DE LA VINCULACION CON EL MEDIO COMO FUNCION ESENCIAL DE LA EDUCACION SUPERIOR DE REGIONES ............................................................................... 75 2.3.3. FORTALECIMIENTO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION SUPERIOR DE REGIONES ..................................................................................................................................... 77 2.4. Mejor Infraestructura para el Desarrollo de los Territorios ..................................................... 78 2.4.1. SUPERACIÓN DEL AISLAMIENTO DE COMUNIDADES LOCALES ......................................... 78 2.4.2. INTEGRACION VIAL DE LA ZONA AUSTRAL AL DESARROLLO DE CHILE.............................. 78 3. PARTICIPACION CIUDADANA Y CONTROL DEMOCRÁTICO .............................................................. 80 3.1. RED REGIONAL DE OBSERVATORIOS CIUDADANOS ................................................................. 80 3.2. CONSTRUCCION DE INDICADORES: descentralización, competitividad, desarrollo local/regional ................................................................................................................................... 81 3.3. PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS DE NIVEL LOCAL Y REGIONAL .............................................. 82 3.4. ASAMBLEAS, CABILDOS Y PLEBISCITOS LOCALES ..................................................................... 83 3.5. COMPROMISO PROGRAMÁTICO DE CANDIDATOS .................................................................. 84 5


3.6. FORTALECIMIENTO DE INSTITUCIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE BASE LOCAL Y REGIONAL (participación plural, profesionalización, financiamiento). ............................................................. 85 3.7. EVALUACION EX-ANTE DEL IMPACTO DESCENTRALIZADOR DE PROYECTOS DE LEY DE INVERSIÓN ....................................................................................................................................... 86 CONCLUSION FINAL ............................................................................................................................. 88 1. Convicción, voluntad política y liderazgo convergentes .................................................................. 88 2. Política de Estado y Agenda Concordada ........................................................................................ 88 3. El nuevo escenario nacional: una oportunidad para superar la inercia. ......................................... 89 BIBLIOGRAFIA ...................................................................................................................................... 90

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Resumen Como marco contextual y estratégico, la Parte I de este ensayo proporciona un conjunto de antecedentes que fundamentan la necesidad de construir en Chile una Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial, como condición estructural para alcanzar la condición de país desarrollado. En primer término, postula que el nudo gordiano que impide el avance de dicho proceso es la excesiva concentración del poder político y económico del país y destaca lo planteado por Joan Prats-Catalá, que “Chile será descentralizado, o no será desarrollado” y que “El salto al desarrollo requerido para que Chile se instale estructuralmente entre los países avanzados del mundo, se encuentra bloqueado por un haz de desigualdades anudadas por la concentración económica, política y territorial del poder”. A modo de premisas, postula luego que un sistema institucional es más dinámico y eficiente cuando está en mayor cercanía con las potencialidades productivas de sus territorios y el talento, la creatividad y el poder de decisión directo de las personas; que las regiones son los principales espacios para generar nuevo desarrollo, que el centralismo refuerza las desigualdades sociales; que en relación al tamaño de su población y economía, Chile es el país más centralizado de América Latina, situación que a pesar del excelente equilibrio de su macroeconomía contribuye a sus altos niveles de desigualdad; que Santiago ha superado el límite de su crecimiento eficiente por lo que sufre un deterioro severo de la calidad de su aire, sistema de transporte público y de la salud mental de sus habitantes, externalidades cuyo control demanda excesivos recursos, que se restan a la creación de nuevas oportunidades de desarrollo en los restantes territorios del país, hasta ahora subutilizados y hasta abandonados. A partir de la exigencia de la globalización de desarrollar los territorios y de las pronunciadas diferencias de competitividad existentes entre las regiones, plantea la necesidad de construir más confianzas entre los actores del desarrollo y de descentralizar las capacidades, coincidiendo con las propuestas de Michael Porter de construir un nuevo paradigma de competitividad para Chile, en el cual “para impulsar el desarrollo económico”, junto con “mantener la estabilidad macroeconómica”, es necesario “modernizar el Estado” e “impulsar la descentralización”. Asimismo aporta las opiniones de destacados expertos, autoridades públicas y académicas, reiteradas durante muchos años, según las cuales es urgente agilizar y descentralizar el sistema vigente de gestión pública, descríbelos compromisos contraídos desde 1999 por las diferentes candidaturas presidenciales (Lavín, Lagos, Bachelet, Píñera), y examina las causas por las cuales dichas reformas, siendo tan necesarias y tantas veces comprometidas, hasta ahora no han sido puestas en práctica, destacando la falta de voluntad política para impulsarlos. Frente a ello, apoyado en el aprendizaje que dejan diversas medidas parciales aplicadas por diferentes gobiernos de turno, en la Parte II del ensayo propone el diseño y construcción en Chile de una Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial, de horizonte generacional más que electoral, trascendente más que contingente. En ese marco, se fundamenta optar por un Modelo de Estado (ni centralizado, ni federal), el “Estado Regional”, (unitario, descentralizado), para cuyo abordaje propone una Estrategia Sistémica de 7


Gestión, que significa impulsar en forma simultánea y convergente tres Procesos Clave e interdependientes: 1) Descentralización (política, administrativa, fiscal); 2) Fortalecimiento de capacidades locales y regionales; 3) Participación Ciudadana y Control Democrático; para cada una de los cuales se propone un conjunto de Medidas Estratégicas. Para la construcción gradual y progresiva de dicho modelo, se propone avanzar en dirección a un “Nuevo Trato Estado-Territorios”, que en lo principal significa privilegiar políticas e instrumentos públicos territorialmente diferenciadas desde los niveles subnacionales, promover la construcción de capacidades locales y regionales, implementar una política nacional de apoyo a la gestión desde los territorios y construir la oferta pública principalmente a partir de las oportunidades de desarrollo, aspiraciones y demandas de las comunidades y territorios locales y regionales, para alcanzar así mejores niveles de gobernanza, desarrollo humano y democrático a nivel local y regional, y, en definitiva, un Chile social y territorialmente más integrado.

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PARTE I: FUNDAMENTOS 1. ¿QUE PAIS TENEMOS, QUE PAIS QUEREMOS? 1.1. Chile será descentralizado, o no será desarrollado: el problema del poder Refiriéndose a los desafíos pendientes que Chile debe asumir con urgencia, en su prólogo del libro “Pensando Chile desde sus Regiones” (2009), el eminente cientista político español-catalán Joan Prats Catalá (2009), sentenció “Chile será descentralizado, o no será desarrollado” estableciendo, con elocuencia, la relación directa entre un proceso efectivo de descentralización y el futuro desarrollo del país. De un modo magistral sitúa el problema central en la concentración del poder, señalando: “El salto al desarrollo requerido para que Chile se instale estructuralmente entre los países avanzados del mundo, se encuentra bloqueado por un haz de desigualdades anudadas por la concentración económica, política y territorial del poder”.

Como orientación hacia el futuro, Prats agrega que: ….. “este no pasa por concebir el desarrollo de Chile como impulsado casi únicamente por la fuerza de la capital sino por una red de regiones-ciudades descentralizadas, crecientemente fortalecidas en sus capacidades institucionales y de impulso económico, social y cultural, debidamente enmarcadas, incentivadas, financiadas, apoyadas y supervisadas a nivel nacional. La descentralización que proponemos no es un juego de suma cero en el que el poder perdido por el centro los ganan las regiones y comunas. “Contrariamente, es un juego de suma positiva, en el que el Centro redefine sus roles y recursos y las regiones, -incluida la metropolitana- dejan de ser agentes desconcentrados o periféricos (es decir, terminales meramente ejecutivos y sin cerebro propio de un centro que los mantiene en permanente estado de discapacidad para justificar su tutela) para convertirse en nodos autónomos de una red neuronal que multiplica la inteligencia, la comprensión, la participación de la gente, el conocimiento y reconocimiento desde la igualdad de la gran diversidad del país, que multiplica las oportunidades, el emprendimiento y la riqueza y que permite mejores políticas de distribución y protección de los más vulnerables”. Y concluye: “Este nuevo regionalismo no es una mera descentralización regional y municipal, sino una nueva concepción de Chile y de su desarrollo. Es fruto de pensar Chile desde sus regiones, incluida la metropolitana”. 9


En su ya citado prólogo del libro “Pensando Chile desde sus Regiones”, Joan Prats nos abre algunas pistas orientadoras, señalando: Refuerza dicha orientación, refiriéndose al caso de los países que han logrado transitar de un modelo centralizado a uno descentralizado, o incluso autonómico como en el caso de España, los que “no solo no han visto disminuido sino que han visto fortalecido el rol de la capital y de sus elites”. Aún más, subraya que: “Para el buen desarrollo democrático no se trata de negar el rol indispensable de las elites políticas, económicas, mediáticas o culturales, sino de ampliar social y territorialmente estas elites y fomentar su apertura y renovación meritocrática permanente”.

1.2. ¿Distribuir poder, es perder poder?

“Hoy necesitamos políticos que buscan el poder para distribuirlo, más que concentrarlo”

Este es el llamado, de validez universal y ciertamente muy pertinente al caso de Chile, con el que concluyó el destacado cientista político y diplomático afroamericano James Joseph (2000) su disertación magistral hace más de una década en una conferencia internacional sobre liderazgo y el nuevo rol de la ética en la vida pública, convocada por la Universidad de Texas, Austin. En Chile, desde el retorno a la democracia, la ciudadanía ha conocido diversos programas de gobierno, compromisos electorales e intentos de avance dirigidos a compartir una parte del poder político con los niveles subnacionales. Una y otra vez, todos se han encontrado con la barrera, hasta ahora infranqueable, de los intereses cortoplacistas y cálculos electoralistas de las cúpulas centralizadas del poder. La interrogante de fondo, que muchos se preguntan ¿Por qué hay tanto temor, tanto cálculo cortoplacista, en nuestros dirigentes políticos para distribuir y compartir una parte de sus cuotas de poder? ¿Cuáles son los nudos gordianos que impiden oxigenar el ambiente, y cual la forma para soltar dichos nudos? Distribuir y compartir el poder, como lo postula el ya citado James Joseph, ¿Significa perder poder? ¿Es este un problema real, o finalmente un dilema falso? En su ya citado prólogo del libro “Pensando Chile desde sus Regiones”, Joan Prats nos abre algunas pistas orientadoras al respecto, señalando:

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“Las prácticas políticas y administrativas vigentes en Chile y características de su centralismo ( ), ni siquiera sirven a los intereses de las elites santiaguinas. En efecto, el poder que ganarán las regiones con la descentralización- comenzando por la Región Metropolitana- multiplicará la riqueza, las oportunidades y el poder de Chile entero. Más que una disminución, el nuevo regionalismo replantea el papel de las elites centrales que han de mantenerse fuertes al servicio de marcos macroeconómicos y reguladores potentes, políticas de internacionalización bien establecidas, garantía del orden público y la defensa nacional, planeamiento y ejecución de las grandes infraestructuras, definición de la legislación básica en materia de educación y salud, garantía del sistema de empleo, previsión y seguridad social”.

Finalmente, y como máxima de su análisis y contribución al Bicentenario de Chile, Prats concluye postulando que: “toda chilena o chileno con las capacidades apropiadas, debe sentir que es posible el sueño de acceder a las más altas responsabilidades empresariales, políticas, administrativas, mediáticas o culturales”.

1.3 Compartiendo premisas3. Como marco contextual para el análisis del presente ensayo, en lo que sigue se enuncian las siguientes premisas:

1.3.1. Aprender del orden natural: Los sistemas más dinámicos y eficientes son aquellos capaces de aprender de la sabiduría del orden natural. Para un país o una región ello significa que será más dinámico y eficiente aquel sistema institucional en el cual existe la mayor cercanía posible entre las potencialidades naturales y productivas de sus territorios, y el talento, la creatividad y el poder de decisión directo de las personas e instituciones de base, que constituyen la base del desarrollo. 1.3.2. Las regiones de Chile: principales espacios para generar nuevo y mejor desarrollo Por legado del Creador o ha estado significativamente subutilizada, e incluso ignorada, entre otros, como consecuencia de una institucionalidad altamente centralizada y de políticas públicas predominantemente uniformes y homogéneas, incapaces de adecuarse y de aprovechar ese orden natural en beneficio de un mejor desarrollo humano de todas las comunidades, en todos los territorios del país.

3

Actualización de Pensando Chile desde sus Regiones (2009, p.87), Ediciones Universidad de La Frontera.

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1.3.3. El Centralismo refuerza las desigualdades sociales: Además de los niveles de desigualdad social que aún existen, Chile se caracteriza por una muy pronunciada inequidad territorial. Ambas desigualdades se refuerzan y retroalimentan recíprocamente, en una espiral viciosa que constituye la principal marca del subdesarrollo que aún queda por superar en el país.4

1.3.4. Paradojas no resueltas por el modelo de desarrollo de Chile  Chile es el país más centralizado de América Latina en relación al tamaño de su economía, su población y su territorio.  El país se caracteriza por un éxito significativo y sostenido a nivel macro-nacional, en contraste con las severas carencias todavía observables en los niveles micro-local y meso-regional.  Chile se inserta en las oportunidades y amenazas de la globalización, sin haber fortalecido previamente sus capacidades a nivel local y regional.  La institucionalidad pública del país es uniforme y sectorial, en contraste con su orden natural y territorial, que es sistémico, ricamente diverso, dinámico y eficiente.  El sistema vigente de gestión pública (centralizado, vertical, jerárquico) es manifiestamente disfuncional a la extensión longitudinal y amplia diversidad de su territorio.  Chile tiene un gobierno central muy fuerte, pero gobiernos regionales y locales y una sociedad civil todavía muy débiles, sin las capacidades para desarrollar en plenitud las potencialidades de desarrollo de sus territorios, ni de contrarrestar con eficacia el predominio del poder central.

1.4. El modelo importa: ¿centralizado o descentralizado? Uno de los roles del Estado es crear las condiciones para que todos sus habitantes puedan desarrollar en plenitud todas sus potencialidades de desarrollo, en todo el territorio. Es por ello que no da lo mismo que modelo de gestión pública se da un país para mejor servir dicho propósito. En esa lógica resulta muy ilustrativo comentar los resultados de un estudio que la Fuerza Aérea de los Estados Unidos encargó el año 1964 para conocer qué modelo de organización permitiría enfrentar mejor un ataque militar inesperado contra dicho país. El equipo encargado del estudio, encabezado por Paul Baran, comparó el comportamiento de tres modelos: centralizado, descentralizado y distribuido en red, representados gráficamente en el Diagrama 1:

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El recientemente publicado Informe Latinoamericano sobre Pobreza y Desigualdad 2011 (RIMISP, 2011), aporta muy valiosos antecedentes sobre pobreza y desigualdades desde la perspectiva de la desigualdad territorial.

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Diagrama 1. 3 Sistemas para enfrentar un ataque militar: Diagrama de Paul Baran, 1964

CENTRALIZADO

DESCENTRALIZADO

DISTRIBUIDO EN RED

Igual N° de nodos inteligentes = diferente capacidad de respuesta = 3 sociedades distintas

Lo interesante de esta comparación, es que cada uno de los modelos de organización dispone de la misma cantidad de nodos inteligentes, dotados de capacidad autónoma de adoptar decisiones y de generar respuestas apropiadas a las condiciones que deben enfrentar, dando lugar a tres sociedades diferentes, dotadas de una dinámica autónoma de desarrollo significativamente distinta. Esta comparación, válida para la década del 60, lo es aún más para la dinámica actual de la sociedad del conocimiento y de la globalización del siglo 21. La diferencia entre los tres modelos, muy importante para la adopción de uno u otro modelo de desarrollo y de Estado, radica en el modo como estos nodos se conectan, se comunican e interactúan entre sí, en la forma como dichas conexiones les facilita o dificulta apoyarse, complementarse y aprender unos de otros, les permite o impide crear, innovar, enfrentar desafíos, en definitiva, abrir nuevas y mejores oportunidades de desarrollo. Para el caso de Chile, dada la extensión longitudinal y diversidad de su territorio y la alta frecuencia de sus catástrofes naturales, la adopción de un modelo de gestión pública descentralizado, dotado de nodos inteligentes distribuidos en red a lo largo de su territorio, surge como la opción más funcional a su realidad natural y potencial de desarrollo En contraste con lo anterior, Augusto de Franco, destacado especialista y promotor brasileño de redes sociales, en una conferencia internacional realizada en Sao Paulo en Enero de 2010, comentó diferentes modelos de gestión pública en cuánto a sus efectos facilitadores u obstaculizadores de iniciativas creativas de desarrollo así como de los grados de participación de la ciudadanía y de instituciones de la sociedad civil en los asuntos de interés público.

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En dicho contexto, comentó el modelo de un sistema de gestión pública centralizado, jerárquico y vertical, presentado en el Diagrama 2, caracterizándolo como “aterrorizante”. Diagrama 2. Sistema Público centralizado, jerárquico, vertical

“Una imagen aterrorizante” Augusto de Franco, 2010, Redes Sociales para el Desarrollo,

1.5. El centralismo asfixia a la capital y le quita el oxígeno a las regiones 1.5.1. Políticas públicas de efecto centralizador: algunos ejemplos Durante las últimas décadas, más que avanzar de un modo decidido y sistemático en un esfuerzo país de descentralización y de fortalecimiento de las capacidades locales y regionales, diversas decisiones políticas y políticas públicas han generado efectos exactamente en el sentido inverso, como entre otros es el caso de:  La mayor inversión en viviendas sociales en proporción al tamaño poblacional de la capital5.  La concentración programada para Santiago del 66,7% de los megaproyectos de inversión pública del Bicentenario (en vez de haber aprovechado la oportunidad histórica del Bicentenario para legarle a las futuras generaciones de chilenos un país descentralizado, de desarrollo más equilibrado y significativo en todo su territorio). Aún peor, más que ejecución efectiva de dichos proyectos en el resto de las regiones, en algunos casos debieron conformarse sólo con una placa de reconocimiento como obra del Bicentenario. Según información reciente en la prensa nacional, la versión actualizada por el gobierno del Presidente Piñera de estos proyectos ahora se denomina Legado del Bicentenario, que estarían asociados a costos aún mayores de concentración metropolitana.  La iniciativa forzada y controversial de transformar al aeropuerto Cerrillos en un proyecto inmobiliario de grandes proporciones.  La ampliación en 145,7% del área urbana del Gran Santiago (2002); con una inversión proyectada de U$ 5 mil millones en proyectos inmobiliarios y 950.000 nuevos habitantes, con los consiguientes 5

En la década del 90, en promedio 10 %

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nuevos problemas, que se agravarán la propuesta nueva ampliación (2011) en más de 10.000 hás. y su proyección de 1,6 millones más de habitantes en la capital6, pudiendo llegar a triplicar su actual superficie en las próximas tres décadas7.  La construcción de nuevas líneas de metro, modernas y con aire acondicionado, en contraste con muchas comunidades locales todavía aislada y abandonada a lo largo del territorio nacional.

1.5.2. Quo Vadis Santiago: la capital ha superado el punto crítico de su crecimiento eficiente La descontrolada dinámica de expansión urbana de Santiago genera externalidades que ponen en creciente riesgo la sustentabilidad ambiental de la capital de Chile. Entre otros, ello lo ponen de manifiesto los niveles excesivos de contaminación del aire y la crisis potencial por desabastecimiento de agua (en ambos casos agravado como consecuencia del cambio climático), la mayor contaminación acústica, la encrucijada ambiental generada por el explosivo crecimiento del parque automotriz y el colapso de su sistema de transporte público8, así como el severo deterioro de la salud mental de sus habitantes.

a) Contaminación del aire Sin duda una de las dimensiones más graves del deterioro de la calidad de vida de la capital, es la contaminación del aire, con sus frecuentes episodios de emergencias y sus efectos para la salud de sus habitantes, especialmente los de edades más vulnerables, como son niños menores y ancianos. Una comparación realizada entre diferentes capitales del mundo (Gráfico 1), comprueba que Santiago de Chile está entre las que tienen las peores calidades de aire. Sin embargo, hasta la fecha, más que las causas más estructurales de dicho deterioro, se siguen atacando principalmente sus efectos.

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Intendencia de Santiago, anuncio en El Mercurio 3 de Junio 2010. Llegando a 320 mil hás., proyección del arquitecto Marcial Echenique, de la Universidad de Cambridge, (Seminario “Santiago 2041”). 8 Al año 2014, se estima que Transantiago le costará al Estado más de US$ 5 mil millones, que sumadas a las nuevas líneas del Metro suman US$ 11 mil millones. Con solo una parte de esos recursos se podrían impulsar muy importantes iniciativas de nuevo desarrollo en el resto del territorio nacional. 7

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Gráfico 1 Santiago presenta una de las peores calidades del aire de las principales metrópolis del mundo 30

25

20

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10

5

0

Fuente: IDER-UFRO a partir de estudio elaborado el año 2011 por PricewaterhouseCoopers, disponible en http://www.pwc.com/us/en/cities-of-opportunity/index.jhtml

Hacia el futuro, la situación se vislumbra aún más preocupante. En efecto, según un estudio encomendado por CONAMA al Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile (2007), como consecuencia del calentamiento global “es esperable que los niveles de contaminación atmosférica urbana se vean incrementados debido a inviernos más benignos, que extiendan los períodos de mala ventilación de la cuenca atmosférica de Santiago. De este modo, … ... “los episodios críticos de contaminación podrán alcanzar niveles más agudos y prolongados, de no mediar, con anticipación, medidas de gestión más exigentes y proyectos de ciudad dirigidos a favorecer la descontaminación y a no seguir aumentando el radio urbano y su densificación poblacional”.

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b) Escasez de áreas verdes La anterior preocupación se refuerza a partir de datos aportados por el ya citado estudio de PriceWaterhouseCoopers (2011), según el cual Santiago de Chile sería la metrópolis del mundo con el menor porcentaje de áreas verdes, según se ilustra en el Gráfico 2. Gráfico 2. Santiago: La metrópolis con menos porcentaje de áreas verdes en el mundo. 30

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15

10

5

0

Fuente: IDER-UFRO a partir de estudio elaborado el año 2011 por PricewaterhouseCoopers, disponible en http://www.pwc.com/us/en/cities-of-opportunity/index.jhtml

c) Crisis de desabastecimiento de agua Diferentes expertos advierten del grave riesgo al que en el mediano plazo estará expuesta la población de Santiago en cuanto a su abastecimiento de agua, como consecuencia de su excesiva expansión urbana y poblacional y del efecto del cambio climático (Thomson, 2009) sobre el retroceso de los glaciares9,10, generando sequías agudas en las temporadas de verano y otoño. En base a lo anterior señalan que tarde o temprano se convertirá en realidad la advertencia de la Dirección de Aguas de que el glaciar Echaurren y otros menores, alimentadores del río Maipo y fuentes del 70% del agua consumida en Santiago, van a desaparecer, quizás en bastante menos de 50 años.

9 10

Según pronósticos del Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile y el Banco Mundial. Los glaciares de las zonas centro y sur del país no se encuentran cubiertas por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, lo que según investigadores de la Universidad Federico Santa María es fundamental, ya que su deterioro puede tener consecuencias dramáticas para las ciudades chilenas del Valle Central (Informativos.net, diciembre 2008).

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d) Deterioro de la salud mental Según un estudio de la Organización Mundial de la Salud, OMS, (Gráfico 3), elaborado por Üstün & Sartorius (1995), Santiago de Chile es la capital del mundo con la mayor prevalencia de trastornos psiquiátricos graves a nivel de atención primaria, como indicador de deterioro en la salud mental de sus habitantes. Gráfico 3 PREVALENCIA DE TRASTORNOS PSIQUIÁTRICOS GRAVES EN LA ATENCIÓN PRIMARIA DE LAS CAPITALES DEL MUNDO

Fuente: Organización Mundial de la Salud (1995).

Cabe destacar que estos resultados fueron obtenidos más de una década antes de los graves problemas generados por el Transantiago, desconociéndose su impacto adicional sobre la salud mental de los habitantes de la capital. Un estudio más reciente (Gráfico 4), comparativo entre las regiones de Chile, muestra que entre los años 2009 a 2010, la Región Metropolitana es la que tiene los mayores niveles de estrés permanente.

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Gráfico 4 PREVALENCIA DE ESTRÉS PERMANENTE POR REGIONES 2009 - 2010

Fuente: Encuesta Nacional de Salud – Chile (2011), El Mercurio 24 enero 2011

Trastornos siquiátricos en menores: Igualmente graves son los alarmantes resultados publicados recientemente (Vicente, 2011) en forma preliminar sobre un estudio realizado por el Departamento de Siquiatría y Salud Mental de la Universidad de Concepción sobre la prevalencia de trastornos siquiátricos en la población menores entre 4 y 18 años, según el cual el 25,4% de los niños y adolescentes que viven en Santiago sufre de algún trastorno mental, en contraste, por ejemplo, con Cautín con un 16,8%, resultados que según sus autores son claramente mayores a los observados a nivel internacional, diferencias “que nos deben hacer reflexionar sobre qué es lo que está ocurriendo en la metrópoli que hace que tengamos los niños más enfermos”. Uno de los desórdenes afectivos estudiados fue el Trastorno Depresivo Mayor, con una prevalencia de un 6,4% (75 mil niños y adolescentes), cifra muy alta y preocupante “porque las complicaciones de un cuadro depresivo en adolescentes no tratados puede llegar incluso a un suicidio". Tal vez no sea extraño, entonces, que según el antes citado estudio de PriceWaterhouseCoopers (2011), Santiago de Chile sea una de las metrópolis del mundo cuyos residentes muestran uno de los más bajos niveles de satisfacción con la vida, como lo ilustra el Gráfico 5.

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Gráfico 5 Nivel de satisfacción con la vida de residentes en las principales metrópolis del mundo

Satisfacción con la vida 30

Toronto 25

20

Sydney

San Francisco Nueva York

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10

Los Angeles

Houston Estocolmo

5

Chicago

Ciudad de mexico 0

Sao Paulo Madrid

Fuente: IDER-UFRO a partir de estudio elaborado el año 2011 por PricewaterhouseCoopers, disponible en: http://www.pwc.com/us/en/cities-of-opportunity/index.jhtml

1.5.3. El centralismo de Santiago le quita el oxígeno a las regiones y asfixia a la capital. Además de las consecuencias y costos asociados a la antes descrita dinámica de deterioro de la calidad de vida y sustentabilidad ambiental de la capital, esta abre una muy severa limitante para las aspiraciones de Chile de lograr la condición de país desarrollado, social y territorialmente integrado, la que se puede resumir como sigue:

Consecuencia de intereses políticos y económicos muy enraizados, traducidos en políticas públicas persistentemente centralizadoras, aplicadas durante décadas y bajo gobiernos de muy diversos signos, Santiago de Chile ha llegado a un punto de saturación que sobrepasa los límites de su crecimiento eficiente, marcado por una descontrolada expansión urbana y poblacional, de construcción y producción industrial. Esta dinámica sigue generando externalidades de deterioro de la calidad de vida (contaminación del aire, congestión del transporte, deterioro de la salud mental de los habitantes, niveles de delincuencia), cuyos paliativos demandan de una desbordante cuantía de recursos, que deben ser subsidiados por todos los chilenos, sin distingo de su ubicación social o territorial, y que se restan a la inversión en nuevas oportunidades de desarrollo y empleo en el resto del territorio nacional. 20


En su mensaje del 21 de Mayo 2010, el Presidente Sebastián Piñera sintetizó este dilema de un modo acertado y breve, al señalar:

“El centralismo de Santiago no sólo le quita el oxígeno a nuestras regiones, sino también asfixia a nuestra capital”.

Sin embargo, más allá de estas certeras declaraciones, hasta la fecha la ciudadanía, tanto la de la capital como la de regiones, aún no conoce de medidas estructurales y significativas para poner freno y revertir esta descontrolada tendencia. Por el contrario, se observa con perplejidad que en vez de estudiar y poner en práctica medidas para frenar la desbordante expansión de la capital y así prevenir adicionales riesgos y costos de la misma, el gobierno central sigue presionando para forzar una nueva ampliación del radio urbano de la capital.

1.5.4. ¿Quién asume? ¿Dónde se debe invertir? Hace casi 30 años se realizó en Concepción una Jornada Nacional de Regionalización, bajo el lema: “SALVEMOS LA CAPITAL, DESARROLLANDO A LAS REGIONES”

Con ello se daba una señal explícita que las demandas regionalistas por descentralizar Chile y desarrollar las regiones, no estaban dirigidas, ni lo están hoy, en contra de los habitantes de la capital, sino que, muy por el contrario, a favor de la habitabilidad y calidad de vida de ésta. Sin embargo, a pesar de todo el tiempo transcurrido, y de tantas promesas electorales de tantos candidatas y candidatos pronunciadas desde entonces, como en el gato pardo, todo sigue igual, y en realidad, peor. Es por ello que surgen, inevitablemente, interrogantes más de fondo: ¿Quiénes y cuando se asumirán las responsabilidades y los costos de estas alarmantes consecuencias de la concentración de nuestra capital? ¿Cuánto le cuestan al país todas las externalidades negativas de este nivel de deterioro de la capital? ¿A quienes corresponde identificar y poner en práctica las medidas estructurales requeridas para ponerle atajo y corregirlo? ¿Habrá que esperar que sobrevenga una crisis abierta y descontrolada de sustentabilidad ambiental de Santiago, para que las autoridades tomen conciencia que es impostergable adoptar medidas estructurales más de fondo, y no meramente paliativas? ¿Qué falta para que tanto la ciudadanía como las autoridades se formen la convicción que 21


Es más rentable y eficiente invertir en las regiones, principales espacios disponibles para generar nuevas y mejores posibilidades de desarrollo humano y superar de mejor forma las desigualdades sociales y territoriales que aún afectan al país.

1.6. Competitividad: el imperativo de desarrollar los territorios 1.6.1. Globalización: un imperativo de desarrollo territorial Consecuente con su fecunda y creativa producción intelectual, el destacado economista regional Sergio Boisier (2006), en un sugerente artículo sobre "La imperiosa necesidad de ser diferente en la globalización" postula que:

“La globalización busca estructurar un nuevo orden económico mundial, caracterizado por un único espacio de comercio y transacciones, y múltiples territorios de producción”. “Ello obliga a todos los actores, personas, organizaciones y territorios, a entrar a un juego competitivo de alta complejidad, en el cual la sobrevivencia solo acompañará a los más inteligentes, veloces, flexibles y complejos”.

En términos coincidentes lo plantea el informe “La Educación Superior y las Regiones: globalmente competitivas, localmente comprometidas (OCDE, 2007), que destaca el rol determinante que le corresponde asumir a las Universidades para contribuir a la competitividad y desarrollo de los territorios en los que están insertas, desafío respecto del cual Chile, desde su ingreso a este selecto grupo de países, hasta la fecha no ha formulado una política pública consistente, acompañada de un conjunto coherente y articulado de medidas para ponerla en práctica. Asumir esta tarea, con visión de Estado, para el caso de Chile implica lograr niveles más equilibrados de competitividad territorial entre sus diferentes regiones, dimensión en la que inciden, según sean los indicadores utilizados, entre otros: el stock y la calidad de Capital Humano Calificado disponible en un determinado territorio, sus resultados económicos, la calidad de las empresas, la capacidad de su innovación científica y tecnológica, su infraestructura, el sistema financiero, la calidad de sus servicios públicos, municipios y gobiernos regionales, así como la diversidad de sus recursos naturales. El problema es que existen disparidades extremas entre las regiones de un mismo país: la Región Metropolitana (0,72), con niveles de competitividad en promedio casi cinco veces mayor que las regiones menos competitivas del país (Maule: 0.17; O´Higgins: 0,16; Araucanía: 0,14), como lo muestra el Gráfico 6, correspondiente a la competitividad regional de los años 2009-2010 (Universidad del Desarrollo, 2011).

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Gráfico 6

INDICE COMPETITIVIDAD REGIONAL 2009-2010

Fuente: Elaboración IDER-UFRO en base a Informe CIEN–UDD (2011)

1.6.2. Condiciones para la competitividad: confianza entre actores y descentralización En referencia al creciente clima de malestar social que existe en el país, el economista Jorge Marshall (2011) analiza en un artículo las condiciones sociales que se necesitan para que Chile dé el salto al desarrollo y lograr que el crecimiento y la riqueza que el país está generando vayan acompañados de una convivencia más madura, propia de un país avanzado. En primer término enfatiza la necesidad de mejores relaciones de confianza entre los actores del desarrollo, dada la alta incidencia de estos en la capacidad de crecimiento de una sociedad, que genera movilidad social, permite un mejor funcionamiento de la economía, amplía los espacios de negociación que tienen las personas, limita la regulación estatal a lo indispensable, y fomenta la colaboración que antecede a la innovación. Asimismo, pone de relieve “una modernización institucional en un sentido amplio, desde el funcionamiento de la democracia hasta la eficacia de los gobiernos locales, con una hoja de ruta y un liderazgo para llevarla a cabo”, para así “cerrar la brecha que existe entre las expectativas de la población y los resultados de la acción pública”. Y agrega: “la descentralización es indispensable en la generación de confianzas, ya que permite una relación más cercana entre los ciudadanos y sus autoridades”.

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En opinión del propio Marshall, el Subsecretario de Desarrollo Regional habría orientado bien esta prioridad al señalar que “las comunas y regiones deben contar con herramientas que les permitan definir su propia agenda de desarrollo, para lo cual deben generar el capital social y las redes que les permitan articular a todos los actores relevantes, siendo allí donde se pueden generar relaciones que alimenten el tejido social y permitan enfrentar los desafíos económicos y sociales con nuevas energías”. 1.6.3. El nuevo paradigma: crear riqueza compartida con comunidades y territorios Sin embargo, hasta ahora esta convicción no se ha percibido de parte de la mayoría de las autoridades económicas de los diferentes gobiernos, a lo menos en términos suficientemente visibles y concretos para traducirse en políticas e instrumentos públicos eficaces de focalización en el fortalecimiento de la competitividad de las regiones. Es por ello que resulta especialmente importante y promisorio que sea el afamado economista Michael Porter (2011), muy respetado por los conductores de la política económica del país, quien en su última conferencia en Chile, sentenciara que:

“Chile necesita un nuevo paradigma de competitividad”, en el cual, “para impulsar el desarrollo económico”, junto con “mantener la estabilidad macroeconómica”, debe “modernizar el Estado” e “impulsar la descentralización”.

La validez de este llamado se amplía como desafío y tarea para todos los actores públicos, privados y académicos responsables del desarrollo, en el nuevo paradigma de Shared Value postulado por el propio Porter, junto a Mark R. Kramer en un notable ensayo publicado recientemente, en el que llaman a crear valor compartido entre las empresas y las comunidades y territorios en que éstas están insertas. (Creating Shared Value, M.E. Porter, M.R. Kramer, Harvard Business Review, Ene-Febr.2011).

1.7. Opiniones coincidentes, a la espera de ser escuchadas Ya hace dos décadas, José Luis Cea (1991), destacado profesor de Derecho Constitucional y Administrativo, centró la atención en la realidad paradojal del modelo de gestión pública vigente en Chile, caracterizándolo como, al mismo tiempo, demasiado grande y demasiado pequeño:

“Nuestro Estado es una forma política demasiado grande, distante de los gobernados, centralizada, burocrática e ineficiente, y demasiado pequeña, para resolver con eficacia las demandas de bienes y servicios de una sociedad de la participación”.

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Más recientemente, Juan Carlos Ferrada (2007), calificado especialista en Derecho Administrativo, sintetiza así su análisis comparado del modelo de gestión pública con el de otros países: “El modelo de gobierno y administración territorial de nuestro país se aleja de los objetivos descentralizadores alguna vez formulados e insiste en una fórmula agotada y en revisión en buena parte de los Estados modernos, aún los de tradición unitaria y centralizada”

Agregando que “La externalidades y vicios de este modelo son evidentes, las que impactan especialmente en la legitimidad política del aparato estatal y en el desarrollo de los territorios”.

Edmundo Pérez Yoma, ex-Ministro del Interior del Gobierno de la Presidenta Bachelet, anticipando su iniciativa de modernización del Estado, con ocasión de su discurso en ICARE (2008)11: “Quiero confesar mi enorme preocupación por los signos de fatiga que veo en el aparato estatal, queue hoy ejecuta un presupuesto casi seis veces mayor al que se gestionaba al principio de los años 90, básicamente con los mismos métodos, la misma tecnología y el mismo personal”.

Sergio Nuñez, abogado, empresario y profesor universitario de Valparaíso (2010), en referencia a las trágicas consecuencias del terremoto y tsunami, aludiendo a las muertes y tragedias que podrían haberse evitado con un sistema de gestión pública más centrado en decisiones autónomas de las autoridades locales, en una charla ante estudiantes de la Universidad Técnica Federico Santa María, sentenció: “El Centralismo mata” Y basado en su trayectoria y visión crítica de dirigente regionalista, en referencia a la responsabilidad que corresponde, en primer término, a las propias regiones, agregó: “La responsabilidad del centralismo es compartida tanto entre los núcleos de poder y los intereses creados en Santiago, como por la desidia de los que habitamos en las regiones, para asumir y exigir nuestro propia participación en las decisiones que nos incumben directamente”

11

ICARE, 8 de Abril 2008

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Por su parte, desde su austral Punta Arenas, Mateo Martinic, Premio Nacional de Historia 2000, declara en una entrevista (La Prensa Austral, Enero 2011): “El centralismo agobiante en la forma de gobernar ha hecho crisis”. Felipe Cubillos, en una de sus últimas conferencias testimoniales (Valdivia, Noviembre 9, 2010) expresó con visible enojo”

"Simplemente el sistema no da el ancho. La forma como funciona el Estado chileno en el siglo 21 no puede con todas las demandas ciudadanas"

Nibaldo Mosciatti, comentando sobre el accidente aéreo de Juan Fernández, señaló:

“No puede ser que existan chilenos en esas condiciones, cuando nacer en nuestro país es distinto a nacer en Juan Fernández, Santiago o Las Condes. Eso es lo que tiene que terminar: regiones no solamente ignoradas, sino que abandonadas, despreciadas por el gobierno central. Por eso nuestro país está como está. Ese trato del Estado tiene que terminar. Alguna vez habrá indignados no solamente por la educación, sino que habrá indignados en numerosas regiones del país, que alguna vez se levantarán para reclamar contra ese poder insolente y oprobioso”

Iván Fuentes, carismático líder y vocero del Movimiento Social por Aysén, en una de sus notables declaraciones, marcada por la insensibilidad de las autoridades de la capital, sentenció12: “Santiago no puede ser Chile, tiene que ser la capital de Chile: una capital de hermanos que reparta mejor”.

Más adelante agregó, “Nuestro Estado tiene un cuerpo ancho, con brazos cortos, que no llegan a la periferia, ni a los extremos del país. Propongo hacer una política distinta: desde la periferia, a La Moneda”.

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El Ciudadano, 2ª. quincena de Marzo 2012

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1.8. Centralismo político: un círculo perverso El ordenamiento institucional vigente en Chile radica en el Poder Ejecutivo y el Legislativo las facultades para introducir las reformas estructurales requeridas para alcanzar un desarrollo territorial y social más equilibrado.

Dado que descentralización implica traspaso de poder, de competencias y de recursos, entre quienes tienen la facultad de aprobar y poner en marcha los cambios institucionales necesarios, hay temor de perder una parte de su actual poder e influencia. De hecho, el actual sistema político y sus prácticas predominantes se perciben como la mayor expresión del centralismo chileno, como lo demuestran los ejemplos del siguiente recuadro:

Algunas Características del Centralismo Político Chileno  Los principales partidos políticos tienen estructuras, prácticas y decisiones de carácter cupular.  Los candidatos a alcalde y concejales municipales -hasta de las comunas más pequeñas y alejadas- son designados por las cúpulas nacionales, con muy poca consideración al sentir de la ciudadanía de sus respectivas comunidades.  La mayoría de los parlamentarios electos en regiones tienen sus domicilios reales y vínculos sociales en cuatro de las comunas más acomodadas de Santiago (*).  Los intendentes regionales son designados y removidos con frecuencia y carecen de las cuatro condiciones básicas para poder realizar una gestión estratégica de largo plazo del desarrollo de sus respectivas regiones: a) estabilidad; b) legitimidad ciudadana de origen, c) capacidad de gestión estratégica articuladora; d) capacidad negociadora con las autoridades centrales. (**).  Diputados y Senadores nombrados como ministros de Estado o fallecidos son reemplazados “a dedo” por decisión de las cúpulas centrales de los partidos, sin mayor consideración a la votación democrática y al sentir ciudadano de los respectivos distritos o circunscripciones electorales.  Existe una clase política regional muy debilitada, con escasa emergencia de nuevos liderazgos, generadores de nuevas ideas e iniciativas de desarrollo, debidamente empoderados y comprometidos con el desarrollo y el bien común de su respectiva comunidad regional1. (*) 70% en el caso de senadores electos en regiones. (**) El Informe “Estado Unitario y Descentralización” (2004) elaborado por Juan Carlos Ferrada, demuestra que la elección directa de las autoridades regionales no pone en cuestión el carácter unitario del Estado, sino que, al contrario, refuerza la legitimidad de este.

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2. HISTORIAL DE PROMESAS Y FRUSTRACIONES (2000-2012) En Chile, desde el retorno a la democracia, la ciudadanía ha conocido diversos programas de gobierno, compromisos electorales e intentos de avance dirigidos a compartir una parte del poder político con los niveles subnacionales. Una y otra vez, todos se han encontrado con la barrera, hasta ahora infranqueable, de los intereses cortoplacistas y cálculos electoralistas de las cúpulas centralizadas del poder.

2.1. Las promesas de Lagos y Lavín: la gran oportunidad perdida El caso tal vez más elocuente, de inicial esperanza y posterior frustración, se produjo con ocasión de la elección presidencial del año 1999 dada la alta coincidencia observable, en lo sustantivo, entre los dos programas de gobierno de las dos principales candidaturas presidenciales, que en síntesis comprometieron:

Coincidencias de Programas Presidenciales, Elección 1999 Joaquín Lavín, Alianza por Chile: “Descentralizar las atribuciones públicas, aumentando la capacidad de decisión de las autoridades locales”. “Profundizar la democracia significa acercarla a la gente y su realidad”. “Avanzar hacia la elección directa de las autoridades regionales por la propia comunidad”. “El Intendente debe ser elegido en la región”. “Incentivar el traslado de industrias a regiones”. “Los habitantes de Santiago deben cancelar los costos reales de vivir en la capital, eliminándose con ello los subsidios que financian el resto de los habitantes a través de sus impuestos”. Ricardo Lagos, Concertación de Partidos por la Democracia: ”Completaremos en un plazo de cinco años el proceso descentralizador y de desconcentración del Estado”1. ”Propiciaremos la elección directa del Consejo y del Ejecutivo Regional”. ”Fomentaremos el desarrollo territorial equilibrado para terminar con las desigualdades regionales que ahogan el crecimiento del país. Crearemos incentivos especiales a las inversiones privadas en regiones”. ”Desconcentraremos la inversión pública”.

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Por vez primera, esta convergencia sentaba las bases para la construcción de una Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial, expectativa se fortaleció aún más con el contenido y simbólico lugar elegido por el Presidente Lagos para su memorable primer discurso al país, pronunciado desde Concepción, región de importante tradición y fuerza regionalista. Posteriormente, los citados compromisos del Presidente Lagos se tradujeron en un muy promisorio programa, mediante la elaboración del libro “El Chile Descentralizado que queremos”, producido por la SUBDERE, que luego fue socializado y enriquecido a través de 15 talleres regionales organizados conjuntamente con el Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile, CONAREDE, y la colaboración de la Agrupación de las 20 Universidades Regionales integrantes del Consejo de Rectores. Como resultado de todo ese proceso transversal y participativo, crecía el entusiasmo y el compromiso en la ciudadanía y las instituciones de regiones, que sentía que ¡Ahora sí!, este será el sexenio de la descentralización y del desarrollo regional. Todo estaba programado para culminar en un gran Congreso de la Descentralización, convocado por el Gobierno, nuevamente en Concepción, desde el cual el Presidente anunciaría la puesta en marcha de las respectivas reformas. Ya estaban cursadas las invitaciones, hasta que, menos de dos semanas antes, un grupo de Senadores de la Democracia Cristiana concurrieron a La Moneda, anunciando que de proseguir el Gobierno con dichas reformas, le quitarían el piso político para esas reformas. Lamentablemente, el Presidente Lagos no ejerció su liderazgo para hacer cumplir el programa comprometido y asegurar el avance de todo el proceso participativo generado. Hasta ahí llegó el sueño, se perdió la oportunidad histórica de iniciar el proceso transformador que Chile necesita. Desde entonces ha transcurrido más de una década y dos nuevas elecciones presidenciales, con nuevos programas de gobierno y nuevas promesas electorales, de todas las candidaturas y coaliciones, sin que nuestros líderes políticos asuman con real convicción los compromisos contraídos.

2.2. El cuatrienio Bachelet: “más ciudadano”, pero sin avances significativos La candidatura de la Dra. Michelle Bachelet, con un discurso y convicción más cercanos a las aspiraciones y a la participación de la ciudadanía, así como la personalidad más empática de la candidata, abrieron nuevas esperanzas para un avance más efectivo del proceso de descentralización y desarrollo local / regional, como también lo reflejaban algunas de las medidas comprometidas en su programa de gobierno, como son, entre otras: • “Impulsaremos la elección directa de los Consejeros Regionales”. 13 • “Promoveremos el fortalecimiento de los Gobiernos Regionales…”.

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Durante su gobierno la Presidenta Bachelet efectivamente envío a trámite legislativo la indicación sustitutiva (constitucional) que instituía la elección directa de los Consejeros Regionales, la que logró aprobarse por ambas ramas del Congreso Nacional (por escaso margen, dado que varios Diputados y Senadores, no obstante el compromiso del programa presidencial de su respectiva coalición, no apoyaron esta reforma, incluso algunos electos en regiones que previo a su elección habían suscrito un compromiso de apoyo de ésta y otras reformas relevantes de descentralización y desarrollo local/regional, en el contexto de la Iniciativa Ciudadana “Yo Voto por las Regiones” del CONAREDE.

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• “Promoveremos un gran pacto fiscal entre el Gobierno, las Municipalidades y la ciudadanía, orientado a ampliar los recursos, las capacidades la eficiencia y la rendición de cuentas en las comunas”. • “Traspasaremos a los Gobiernos Regionales y Municipales, a través de un proceso planificado, todas las responsabilidades públicas relacionadas con la gestión del territorio”. Aún más, durante su mandato, y con el activo apoyo de la entonces Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, Claudia Serrano, y su equipo, se realizó la II Cumbre de las Regiones, organizada por el Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile, CONAREDE, en el Salón de Honor del Congreso Nacional, inaugurada por la propia Presidenta Bachelet, los Presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, y la participación de alrededor de 1.500 personalidades de todas las regiones de Chile. Aún más, se constituyó un grupo de trabajo entre SUBDERE y CONAREDE, para elaborar una “Agenda Concordada de Descentralización” y un conjunto de medidas estratégicas, iniciativa que más allá de su buena intención finalmente no logró cristalizar, pero inspiró más adelante el proyecto del libro “Pensando Chile desde sus Regiones”14, que recogió, completó y sistematizó varias de las medidas abordadas en dicha agenda. No obstante esta positiva actitud, el avance efectivo del proceso de descentralización y desarrollo local /regional, resultó bastante menor a lo esperado.

2.3. El medio tiempo de Piñera: ¿de revolución descentralizadora a nueva frustración? Así como los anteriores, el gobierno del Presidente Sebastián Piñera también se inició bajo señales bastante auspiciosas para el avance del proceso de descentralización y desarrollo territorial, generadas tanto por los contenidos del programa de gobierno comprometido con la ciudadanía, como especialmente por las muy promisorias declaraciones del mensaje presidencial del 21 de Mayo 2010:  “Descentralizar el país tiene que dejar de ser una eterna promesa y transformarse en una firme realidad”.  “Nuestro gobierno será el gobierno de las regiones, y para eso vamos a impulsar una profunda revolución descentralizadora, transfiriendo poder efectivo a las regiones y a los municipios, a través de la transferencia de funciones, atribuciones y recursos, desde el gobierno central a los gobiernos regionales y comunales”.  “Necesitamos fortalecer la democracia regional y comunal haciendo más directa y participativa la elección de sus autoridades”.  “Implementaremos la elección directa de los consejeros regionales”.15 14

Ediciones Universidad de La Frontera (2009) patrocinado por la Cámara de Diputados y financiado por SUBDERE y algunas empresas privadas. 15 Si bien el Gobierno elaboró el correspondiente proyecto de Ley Orgánico Constitucional, la ingresó a trámite legislativo (vía Cámara de Diputados) recién en Septiembre de 2011, solo con urgencia simple, fijando suma urgencia recién en Marzo

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 “Aplicaremos el principio de doble subsidiariedad. Todo aquello que puedan realizar los gobiernos regionales mejor que el gobierno central, será de competencia de las regiones. Y todo lo que puedan hacer mejor los municipios que los gobiernos regionales, será de competencia de los municipios”. Más adelante, el actual Ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, al término de una reunión programática del Gobierno con los Intendentes Regionales16, declaró a la prensa: “Chile es un país muy concentrado en la Región Metropolitana y nosotros queremos hacer de las regiones unidades políticas, geográficas y económicas mucho más descentralizadas que hoy”. Sin embargo, al contrastar todos estos compromisos programáticos y declaraciones, con los avances efectivos observables en este ámbito, resulta frustrante reconocer que, cumplido más de la mitad del actual cuatrienio de gobierno, a lo menos hasta ahora, el balance es más bien desalentador.

3. ¿QUÉ NOS FALTA? Al sumar todas estas y otras opiniones, estos y anteriores compromisos de programas de gobierno, de este y anteriores Presidentes de la República, inevitablemente surge la pregunta: ¿Y qué es lo que falta, para que, de una vez, se ponga en marcha un proceso efectivo y sostenido de descentralización y desarrollo territorial en Chile. Y la respuesta, que está a la base del presente ensayo, es que faltan dos condiciones fundamentales: 1. Convicción, voluntad política, liderazgo y capacidad técnica para impulsar una Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial, capaz de superar los variados y muy fuertes intereses políticos y económicos cortoplacistas asociados al centralismo. 2. Un Proyecto País en Descentralización y Desarrollo Territorial, expresado en una Política de Estado, que trascienda el horizonte de uno u otro gobierno de turno, una Política con mayúscula, que conduzca al país a un desarrollo más equilibrado y equitativo, con menos desigualdades, dirigida a construir en Chile una sociedad social y territorialmente más integrada.

2012. Lo anterior, junto a algunas controversias e intereses encontrados observables, propios de la complejidad de esta tan esperada reforma, hacen casi imposible que se logre su aprobación a tiempo por ambas ramas del Congreso Nacional y el Tribunal Constitucional, y que el Servicio Electoral alcance a organizar el respectivo proceso electoral con suficiente antelación a la próxima elección municipal de Octubre 2012 como estaba comprometido. De resultar así, este compromiso, que se viene declarando desde el año 1999 por las sucesivas candidaturas presidenciales y coaliciones, una vez más quedaría postergado. 16 Cerro Castillo, Viña del Mar, 2 de Julio 2011.

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3.1. Entender que, a la larga, todos ganan Como cuestión de fondo, muchos se preguntan ¿Por qué hay tanto temor, tanto cálculo cortoplacista, en nuestros dirigentes políticos para distribuir y compartir una parte de sus cuotas de poder? ¿Cuáles son los nudos gordianos que impiden oxigenar el ambiente, y cual la forma para soltar dichos nudos? Distribuir y compartir el poder, como lo postula el ya citado James Joseph, ¿Significa perder poder? ¿Es este un problema real, o finalmente un dilema falso? En su ya citado prólogo del libro “Pensando Chile desde sus Regiones”, Joan Prats-Catalá nos abre algunas pistas orientadoras, cuando señala: “Las prácticas políticas y administrativas vigentes en Chile y características de su centralismo ( ), ni siquiera sirven a los intereses de las elites santiaguinas. En efecto, el poder que ganarán las regiones con la descentralización- comenzando por la Región Metropolitana- multiplicará la riqueza, las oportunidades y el poder de Chile entero. Más que una disminución, el nuevo regionalismo replantea el papel de las elites centrales que han de mantenerse fuertes al servicio de marcos macroeconómicos y reguladores potentes, políticas de internacionalización bien establecidas, garantía del orden público y la defensa nacional, planeamiento y ejecución de las grandes infraestructuras, definición de la legislación básica en materia de educación y salud, garantía del sistema de empleo, previsión y seguridad social”.

Refuerza dicha orientación, refiriéndose al caso de los países que han logrado transitar de un modelo centralizado a uno descentralizado, o incluso autonómico como en el caso de España, los que “no solo no han visto disminuido sino que han visto fortalecido el rol de la capital y de sus elites”. Aún más, subraya que: “Para el buen desarrollo democrático no se trata de negar el rol indispensable de las elites políticas, económicas, mediáticas o culturales, sino de ampliar social y territorialmente estas elites y fomentar su apertura y renovación meritocrática permanente”.

Como máxima, y contribución al Bicentenario de Chile, Prats concluye postulando que “toda chilena o chileno con las capacidades apropiadas debe sentir que es posible el sueño de acceder a las más altas responsabilidades empresariales, políticas, administrativas, mediáticas o culturales”. Sin embargo, a lo menos hasta ahora, la mayor parte de nuestra clase dirigente sigue atrapada por la contingencia, sin capacidad ni voluntad para hacerse cargo de la profunda crisis de representatividad que está experimentando la política en Chile como consecuencia de la excesiva concentración de todas las decisiones relevantes para el futuro del país. 32


Esa realidad, ciertamente limita las posibilidades de lograr los acuerdos transversales que requiere la mayor parte de las reformas estructurales de descentralización y desarrollo territorial. Además de una falta de difusión y conocimiento, lo que se observa en forma bastante generalizada es una preocupante falta de convicción, de voluntad y de generosidad política, necesaria para mirar estas tareas con un horizonte más de las próximas generaciones que de las próximas elecciones. A esta carencia se suma una profunda desconfianza en la capacidad y honestidad de los actores locales y regionales para conducir los destinos y el desarrollo de nuestras comunidades en forma directa y más autónoma.

3.2. Conciencia, Impaciencia y Movilización Ciudadana Sin embargo, siguen primando el inmovilismo y la contingencia. Los programas de gobierno y promesas de los dirigentes políticos de todo el espectro siguen mostrando un grado muy menor de cumplimiento y avance, en contraste con preocupantes nuevas medidas de centralización, como lo es la persistencia para la nueva ampliación del radio urbano de Santiago en más de 10.000 hás. de superficie. Por ello resulta alentador que en las periódicas mediciones nacionales de opinión, la descentralización se encuentre entre las dos a cuatro gestiones de gobierno más mal evaluadas, como lo ponen en evidencia las últimas encuestas de Adimark. En efecto, en el informe publicado en el informe publicado en mayo del 2011, la Descentralización fue la segunda gestión peor evaluada, con solo un 29% de aprobación, tendencia que no ha variado significativamente desde entonces en esas mediciones de opinión. Gráfico 7 Encuesta Adimark: Informe mensual mayo 2011. Evaluación Gestión del Gobierno

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Pero aún más interesante es el hecho que, a diferencia de lo que podría suponerse, en esta apreciación negativa de la descentralización existe plena coincidencia entre la ciudadanía de las regiones y la de la capital, lo que de paso demuestra que no hay intereses opuestos entre unos y otros, y que el tan esperado impulso eficaz del tan necesario proceso de descentralización contaría con el beneplácito de todos los chilenos, sin distingo de su respectiva ubicación territorial. Gráfico 8

Mientras tanto, transcurre el tiempo y se acumula frustración y enojo en la ciudadanía, la que reclama cada vez con más fuerza. En consecuencia, parece urgente retomar esa tarea, más aún cuando hay signos explícitos que dan cuenta de un despertar de la ciudadanía, también la de regiones, de que se está acabando la paciencia, como lo demuestran diversas inéditas y activas movilizaciones regionales, en respuesta al inmovilismo del centro: Arica, Araucanía, Isla de Pascua, Calama, Chaitén, Magallanes, Aysén (inédito movimiento social, de sorprendente transversalidad e insospechada fuerza, muy mal manejada desde La Moneda, provocando la renuncia del Ministro de Energía Rodrigo Alvarez), nuevamente Calama (por considerar insuficientes los U$ 200 millones que contempla el proyecto de ley que crea el Fondo de Desarrollo del Norte, FONDENOR), y Freirina (debido a los malos olores de una planta faenadora de cerdos de Agrosuper). ¿Cuáles siguen, aún contenidas? ¿Cuántos campanazos más se necesitan, para entender que no se puede seguir estirando la cuerda? Es necesario entender que en su origen, estos no son problemas de seguridad pública, sino respuestas, en la mayoría de los casos, al inmovilismo de muchos años, de diferentes gobiernos centrales, de la élite política y económica, incapaz de entender que en su esencia se trata de aspiraciones por mayor equidad y oportunidades de desarrollo de las comunidades de dichos territorios.

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¿Estaremos aún a tiempo para tomar iniciativa, para transformar tanta frustración y enojo acumulados en energía creativa, con más capacidad de escucha y de anticipación, con más apertura a la participación, que la mera reacción con la fuerza pública? ¿Cuántas movilizaciones sociales más serán necesarias, cuántas explosiones desde los territorios locales, para que nuestra clase dirigente asuma con sentido de país las reformas estructurales requeridas con cada vez mayor urgencia.

3.3. Proyecto País, Política de Estado, Agenda Concordada Pero también falta un Plan Maestro, un proyecto país, traducido en una Política de Estado que defina el modelo de Estado al cual Chile aspira a llegar, un gran Pacto de Desarrollo Territorial, a ser construido gradualmente, bajo diferentes gobiernos de turno, y con la participación de los principales actores del desarrollo nacional y regional. Es lo que han venido planteando diversas organizaciones de la ciudad civil de regiones17,18, junto con elaborar propuestas programáticas sometidas al conocimiento y firma de los respectivos candidatos presidenciales y parlamentarios de las elecciones del año 2005 y 200919. A este respecto, aún resuena la convocatoria del Presidente de la República en su mensaje del 21 de Mayo de 2010, cuando declaró:

“Hago hoy un llamado a todos los dirigentes nacionales, regionales y comunales a conformar un gran acuerdo nacional que permita dar el gran salto adelante que las regiones, comunas y el país necesitan”

Dicha declaración naturalmente alimentó la esperanza que, a similitud de otros desafíos trascendentes para el futuro del país, el Presidente de la República tomaría la iniciativa de constituir una instancia de alto nivel, calificada, plural y representativa, para iniciar una reflexión trascendente y elaborar una propuesta de los ejes fundantes de una Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial, deseablemente acompañada de una hoja de ruta o agenda convergente y exigente para su socialización y gradual implementación. Pero hasta la fecha de la redacción del presente ensayo no se ha producido una convocatoria concreta para organizar y dar curso a dicho llamado, generando, como es natural, una nueva frustración, la que se mantendrá vigente hasta que alguno de nuestros líderes nacionales asuma ésta como una gran tarea pendiente del proceso de desarrollo de Chile. 17

Jornadas Nacionales de Regionalización, convocadas primero por la Corporación para la Regionalización del Bío-Bío, CORBIOBIO, y luego por la Corporación para la Regionalización de Chile, CORCHILE, ambas presididas por el destacado líder regionalista y empresario Claudio Lapostol. 18 I y II Cumbre de las Regiones, organizadas por el Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile, CONAREDE. 19 Campañas “Yo Voto por las Regiones”, procesos eleccionarios 2005 y 2009.

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Es tiempo, pues, de convocar, sea desde la autoridad, sea desde la ciudadanía y la sociedad civil de regiones, al diseño y construcción del Chile Descentralizado y Desarrollado, que muchos queremos y merecemos. Las elecciones municipales de este año, y las parlamentarias y presidenciales del próximo, junto a la capacidad cada vez más convocante y organizada de las comunidades regionales, constituyen un escenario nuevo, inédito, y muy provechoso para instalar esta temática con justificada y renovada esperanza.

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PARTE II: PROPUESTAS

1. CONSTRUIR UNA POLITICA DE ESTADO EN DESCENTRALIZACION Y DESARROLLO TERRITORIAL 1.1. Escuchemos a Séneca: sin puerto de llegada, seguimos a la deriva Hace casi dos milenios, el filósofo bético-romano Lucio Anneo Séneca pronunció uno de sus más célebres epígrafes, que hoy sigue plenamente vigente:

“Cuando no sabemos a qué puerto nos dirigimos, todos los vientos son desfavorables”

Llevado al tema del presente ensayo, ello significa que en Chile el tan necesario y tantas veces prometido proceso de descentralización y desarrollo local/regional, ha sido y aún es, un barco a la deriva: no tiene destino ni rumbo definidos, carece de un Proyecto País, plasmado en una Política de Estado y una Agenda para realizarlo, de horizonte generacional más que electoral, que dé sentido y direccione un esfuerzo compartido y convergente de construcción, en el que todos los actores del desarrollo regional y nacional se sienten convocados y puedan aportar. En efecto, quienes en los debates políticos y académicos hablan y escriben sobre descentralización, en los hechos están pensando en modelos de gestión pública muy diferentes: En un extremo hay quienes piensan que basta con introducir unos pocos cambios de menor alcance al modelo centralista vigente. En el otro extremo algunos propician la adopción del modelo federal. Otros optan por una ecuación intermedia, la del modelo de Estado Regional, que manteniendo lo que es esencial a la condición de unitario, descentraliza todo lo demás, sea al nivel local/municipal o al nivel regional, según contribuya a un mejor desarrollo.

Son modelos que evidentemente responden a concepciones muy distintas y hasta contrapuestas, por lo que no da lo mismo por cual en definitiva optará el país. Pero en el intertanto, la consecuencia de no disponer de un Proyecto País hacia el cual converger ni de la hoja de ruta a seguir para alcanzarlo, es que se pierde mucha energía y tiempo y que se malgastan muchos recursos, en diferentes intentos de reforma, sin saber a qué modelo son funcionales, iniciativas que luego en su mayoría no prosperan, con la consiguiente frustración de sus autores y de las comunidades regionales.

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Pero además, este vacío de una Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial refuerza la falta de convicción y de voluntad política observable en muchos de nuestros dirigentes para impulsar un proceso efectivo y sostenido de descentralización. El resultado final es que en Chile, bajo uno y otro gobierno, se ha hablado y prometido mucho en materia de descentralización, pero se avanza y cumple muy poco. Peor aún, con frecuencia se retrocede, imponiéndose en la agenda pública, una y otra vez, intereses contingentes, cortoplacistas y electoralistas, lo urgente sobre lo importante, situaciones que se hacen presente con aún mayor frecuencia en períodos de gobierno de sólo cuatro años.

1.2. Visión de País: descentralizado y desarrollado, un marco para el debate ¿Qué país queremos construir? ¿Al servicio de qué y de quienes? Estas son interrogantes, en busca de respuestas orientadoras y precisas, que con frecuencia se hacen presentes en las conversaciones y debates sobre la necesidad de avanzar en términos más significativos en el proceso de descentralización y desarrollo territorial del país. Es por ello que, apoyados en reflexiones, debates, ensayos y propuestas previas, compartidas con instituciones y grupos comprometidos con este desafío20,21,22,23, y con el único fin de romper la inercia e inducir a un fecundo debate, en lo que sigue proponemos una Visión del Chile que soñamos y debiéramos construir, así como del Modelo de Estado en nuestra opinión más adecuado a la realidad del país para alcanzar dicho ideal.

Visión de Chile Queremos pensar y construir entre todos un Chile: Bueno para vivir, en todas sus comunas y regiones, en el que caben e interactúan proyectos políticos y de desarrollo territorial diversos, dentro de un marco constitucional unitario, común y compartido por todos, capaz de desarrollar todo su potencial humano y productivo, sustentable y competitivo, en todo su territorio, social y territorialmente integrado, participativo, inclusivo y multicultural, con un Estado cercano a los gobernados y descentralizado, con poder de decisión autónomo y recursos compartidos entre todos sus habitantes; capaz de asegurar igualdad de oportunidades y de resolver con eficacia las demandas de bienes y servicios de la población.

En definitiva, queremos un Chile descentralizado, desarrollado y digno, para todos sus habitantes, en todo su territorio. 20

Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile, CONAREDE Instituto de Desarrollo Local y Regional, IDER, Universidad de La Frontera (Programa de Institucionalidad y Políticas Públicas; Libro “Pensando Chile desde sus Regiones (2009) 22 Red Sinergia Regional, de las 20 Universidades Regionales integrantes del Consejo de Rectores 23 Organizaciones Regionalistas “Los Federales”, Movimiento de Acción Regional, MAR. 21

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1.3. ¿Por qué queremos descentralizar Chile?: un acercamiento al sentir ciudadano La tan necesaria y compleja tarea de descentralizar Chile y de desarrollar sus territorios subnacionales las más de las veces se estudia, debate y difunde, y se asume como necesaria, en algunos círculos académicos y políticos, pero no ha logrado permear y encarnarse como propia en el sentir de la ciudadanía. En otras palabras, a lo largo del país, la dueña de casa, los jóvenes, los trabajadores y profesionales, la mayoría de la gente común, no sabe en que medida vivir en un país tan altamente centralizado afecta negativamente su calidad de vida y sus oportunidades de lograr un mejor desarrollo humano. Por lo anterior, y con el fin de empezar a acercar estos temas a la comprensión y el sentir de la ciudadanía, se propone la siguiente primera aproximación:

Queremos descentralizar Chile, porque así:  Creamos mejores condiciones de empleo, educación, salud, cultura, infraestructura y conectividad en todas las comunas y regiones de Chile.  Superamos en menos tiempo nuestras desigualdades sociales y territoriales.  Fortalecemos la democracia a nivel local y regional.  Desarrollamos mejor las potencialidades latentes de todas las comunas y regiones.  Abrimos mejores oportunidades de trabajo y desarrollo personal para jóvenes profesionales talentosos.  Acercamos la gestión pública a las oportunidades y aspiraciones de las comunidades locales.  Frenamos el deterioro ambiental de Santiago y mejoramos la calidad de vida de sus habitantes

1.4. Adoptar el Modelo de Estado Regional: ni centralizado, ni federal 1.4.1. ELECCION DE UN MODELO DE ESTADO Una de las tareas fundacionales más determinantes al momento de pensar una Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial para Chile, es definir previamente el Modelo de Estado al que en definitiva se aspira a llegar en cuanto a su organización territorial y distribución de potestades. Una vez definido dicho modelo, se puede construir entonces, en forma coherente y funcional a dicho marco, una… …“Agenda Concordada”, que permita avanzar en forma convergente, sostenida, focalizada y gradual en dirección a dicha meta, asumida como “Hoja de Ruta”, que defina los principales hitos y etapas, las medidas estratégicas más determinantes para avanzar en el proceso, así como los plazos, puntos críticos y responsables de su ejecución.

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1.4.2. ALTERNATIVAS DE MODELO DE ESTADO Para facilitar esa trascendente decisión del modelo de Estado más apropiado a adoptar para el caso de Chile, desde luego es necesario considerar el contexto histórico, institucional y político del país, su singular geografía y diversidad, así como su dimensión y distribución demográfica y económica. Asimismo, es conveniente recurrir a la experiencia internacional comparada, que ofrece diferentes modelos de Estado, aplicados por distintos países en cuanto a su organización territorial y distribución de potestades, según el contexto de sus respectivos procesos históricos, políticos, económicos y culturales. En efecto, graduando de mayor a menor nivel de distribución de potestades y de descentralización en su organización territorial, en la experiencia institucional de los países se pueden reconocer diferentes modelos de Estado:    

Estado Federal: Suiza, Canadá, Estados Unidos, Alemania Estado Autonómico: España Estado Regional: Francia, Italia, Colombia, Perú Estado Unitario centralizado: Chile

Más que modelos puros, entre estas formas de Estado a su vez se presentan matices. De hecho, según lo describe Ferrada (2003), actualmente un buen número de Estados, producto de los requerimientos de eficacia y eficiencia que les impone la gestión administrativa, han generado procesos de desconcentración y descentralización administrativa sin renunciar a su carácter de Estado unitario.

1.4.3. CRITERIOS DE ELECCION Para el caso de Chile, parece aconsejable optar por aquel modelo de Estado que responda mejor al conjunto de los siguientes objetivos: a) responder al orden natural del país, poniendo en valor y potenciando las singulares características de diversidad geográfica, climática, productiva, social, cultural y étnica; b) desarrollar en plenitud todo el potencial productivo de todos los territorios del país y alcanzar en menos tiempo la condición de una sociedad social y territorialmente integrada y de país desarrollado; c) ser proporcionado y funcional al tamaño demográfico y económico del país, sin generar una expansión y costo burocrático mayores a sus beneficios efectivos; d) preservar su condición de Estado unitario, en los aspectos esenciales para la unidad de la Nación, como son: Congreso Nacional, Relaciones Exteriores, Fuerzas Armadas, Policías, Seguridad Interior, Justicia, Grandes Estrategias País. 40


e) asegurar el mayor grado posible de descentralización política (elección y fortalecimiento de autoridades regionales), administrativa (traspaso de competencias de decisión autónomas) y fiscal (traspaso y generación de recursos de uso autónomo), en aplicación del principio de doble subsidiariedad, privilegiando el nivel local sobre el regional, y éste sobre el nacional. f) remover los actuales obstáculos del sistema de gestión pública, sustituyendo su uniformidad por flexibilidad, su verticalidad por redes horizontales, su sectorialidad por territorialidad. g) promover los mayores niveles de desarrollo autónomo posibles de todas las comunidades y territorios locales y regionales del país; h) construir la oferta pública a partir de las oportunidades de desarrollo y demandas de los territorios y sus comunidades24, más que de las instancias y la burocracia del nivel central. i) no generar resistencias insalvables durante las diferentes etapas de debate y aprobación de las reformas requeridas para la adopción del modelo y por ende paralizantes para el avance y resultado final del proceso.

1.4.4. EL ESTADO REGIONAL: la opción para Chile La aplicación integral de dichos criterios, implica descartar el modelo de Estado Federal, dado que significaría, entre otros, no preservar la esencia del Estado unitario, además de una complejidad y costos de expansión burocrática innecesarios y desproporcionados para el tamaño demográfico y económico de Chile, tanto actual como esperable para las próximas décadas. Por razones análogas, tampoco parece aconsejable la adopción del Estado autonómico -seguido en España-más aún cuando en Chile no existen las características históricas, culturales y políticas propias de las regiones autonómicas españolas. En cambio, la aplicación de los criterios propuestos precedentemente orientan hacia la alternativa del modelo de Estado Regional, opción que, entre otros:   

preserva la esencia del Estado unitario; responde mejor a la amplia y rica diversidad característica de Chile; impone un avance más significativo del proceso de descentralización y de fortalecimiento de capacidades de todas las comunidades locales y regionales;  en definitiva, acerca en menos tiempo a niveles más equilibrados de desarrollo social y territorial, propios de los países desarrollados.

24

Ver Germán Correa (2009).

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Hay varios autores que abogan por esta opción, como es el caso de Ferrada (2003), quien señala:

“El modelo actual de distribución territorial del poder chileno es incapaz de solucionar los problemas del centralismo político, falta de participación ciudadana e insuficiente desarrollo regional. Esto hace necesario avanzar más decididamente en la construcción de un modelo de Estado en el que las regiones estén dotadas del poder político y administrativo necesarios para generar su propio proyecto de desarrollo, en base a una amplia legitimación de sus órganos directivos y una disponibilidad real de recursos para inversión productiva”. “Este nuevo modelo de Estado no puede seguir definiéndose como un Estado Unitario descentralizado, ya que ello hace referencia principalmente a una distribución de poder administrativo. Es necesario hablar de un Estado Regional, en el que las regiones tengan la autonomía y jerarquía necesaria para plantear sus propias estrategias y políticas de desarrollo, contando para ello con las herramientas jurídicas indispensables para cumplir con su cometido”.

1.4.5. CARACTERIZACION DEL ESTADO REGIONAL Según Ferrando Badía (1978)25, “el Estado Regional se caracterizaría porque las regiones que lo componen son categorizadas como entidades autónomas, dotadas de personalidad jurídica, no originaria ni soberana, que gozan de una potestad legislativa y de administración limitada, condicionada y subordinada a la potestad de gobierno del propio Estado. Así, en el Estado regional -al estilo italiano o español-, las unidades regionales poseen competencias legislativas, administrativas y financieras, pero ellas como una derivación del reparto de potestades que ha hecho el propio constituyente estatal, único titular de este poder”. De esta manera, el Estado regional se construye como una opción de descentralización política alternativa al Estado federal, recogiendo alguno de los elementos de éste -autonomía política, solidaridad y controles jurídicos-, pero sin compartir el poder originario y supremo -poder constituyente- que da cohesión al Estado central. Al respecto, Villanueva (2009) describe los siguientes componentes más característicos del Estado Regional26:

25

Citado por Ferrada (2003)

26

Enunciados que son “requisitos mínimos y copulativos, por lo que la ausencia de uno o más de ellos, superlativamente de los dos primeros, nos sitúa en el ámbito de la desconcentración o en la fase inicial de la descentralización, pero no en lo característico del Estado Regional”. J.L. Cea (1992), Sobre el nuevo Gobierno Regional Chileno, Revista de Derecho Universidad Austral; III N° 1-2. Citado por Villanueva (2009).

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 los órganos regionales tienen personalidad jurídica de derecho público, funciones, atribuciones y patrimonio propios; 

los integrantes de los órganos regionales son democráticamente elegidos por el cuerpo electoral de la región mediante sufragio universal y en votación directa27;

respetando la Carta Fundamental y las leyes del país, los órganos regionales reciben de la Constitución competencia para darse sus propios estatutos, es decir, para dictar y ejecutar con autonomía el derecho que rige en las comunidades territoriales respectivas;

 la administración, la jurisdicción y el control en general se realizan por organismos regionales autónomos, no dependientes de, ni subordinados jerárquicamente a, las autoridades correspondientes de la capital, aunque sean éstas las que retengan la facultad de revisar, solo a posteriori y por la vía de la tutela, si son entes administrativos o del control de constitucionalidad y legalidad en los demás casos, lo resuelto en ciertos y graves asuntos en la sede regional. Diferencias entre Estado Unitario Centralizado y Estado Regional Estado Unitario Centralizado

Estado Regional

Un solo gobierno político, con competencia en todo Un gobierno político central y varios gobiernos el territorio; un solo centro político. regionales: policentrismo y pluralidad de centros políticos en la distribución del poder.

Con regionalismo administrativo: la región es solo una circunscripción administrativa, una división territorial.

Una sola legislación nacional, como consecuencia de existir un solo órgano legislativo.

La región es una persona jurídica de derecho público interno, dotada de potestades políticas, que contrapesan el poder político central.

Pluralidad de ordenamientos legislativos: un ordenamiento legislativo nacional, que elabora el órgano legislativo central, y varios ordenamientos legislativos regionales, elaborados por los órganos legislativos de cada región.

Fuente: Álvaro Villanueva (2009), Mesa de Diálogos de Descentralización

27

El Informe “Estado Unitario y Descentralización” (2004) elaborado por Juan Carlos Ferrada, señala que la elección directa de las autoridades regionales no pone en cuestión el carácter unitario del Estado, sino que, al contrario, refuerza la legitimidad de este.

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1.5. Impulsar un Nuevo Trato Estado-Territorios El principal cambio de enfoque propuesto apunta a construir un “Nuevo Trato Estado–Territorios”, que a modo de síntesis se ilustra en la Figura 7, que significa un giro completo del modelo centralizado vigente de relaciones, que sigue definiendo e implementando una parte predominante de las políticas, instrumentos y recursos públicos del país. Figura 7: Síntesis

NUEVO TRATO ESTADO – TERRITORIOS (Cambio del Modelo de Relaciones)

Políticas Públicas nacionales DESCENTRALIZACIÓN Política -- Administrativa -- Fiscal Elección de autoridades – traspaso de competencias y recursos de uso autónomo

Política Nacional de apoyo a la gestión desde el territorio

Desigualdades

Sociales

Desigualdades Territoriales

+ Gobernanza + Desarrollo + Democracia Local y Regional

Construcción de la oferta pública a partir de las oportunidades de desarrollo, aspiraciones y demandas locales

Apropiación de poderes locales y regionales Fortalecimiento de las capacidades locales: - Capital Humano, Capital Social, Conocimiento Estratégico, Innovación -Salud, Educación, Cultura, Infraestructura, Conectividad - Participación, Control Democrático

Políticas Públicas territorialmente diferenciadas desde los niveles subnacionales (local y regional)

Fuente: elaboración propia, IDER-UFRO, 2012

En efecto, este Nuevo Trato implica, necesariamente, un cambio de fondo, a ser contruido en forma gradual y progresiva, pero sostenida, en lo principal significa:  Construir la oferta pública (más que desde el aparato central del Estado), a partir de las diferenciadas oportunidades de desarrollo y las aspiraciones y demandas de las respectivas comunidades y territorios locales.28.  Implementar una activa política nacional de apoyo a la gestión desde el territorio29, privilegiando las políticas e instrumentos públicos aplicados desde los niveles subnacionales (enfoque buttom up). 28

Según lo propone Germán Correa, (2009), en “Un nuevo paradigma descentralizador: organizar la oferta central desde la demanda regional”, p.211-233, de libro Pensando Chile desde sus Regiones, Ediciones Universidad de La Frontera.

29

En la lógica planteada por Patricio Vergara (2012), en “Descentralizar desde abajo”. Centro de Investigación en Políticas Públicas de Tarapacá, CIPTAR.

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 Enfatizar la construcción de capacidades locales y regionales, focalizando esfuerzos especialmente en Capital Humano Calificado, Capital Social, Conocimiento Estratégico, Innovación, Infraestructura y Conectividad, así como en la oferta de servicios de Educación, Salud y Cultura de calidad, y crear condiciones favorables para una efectiva Participación Ciudadana desde la base local, junto a un eficaz Control Democrático sobre el avance de dichos procesos y los servicios más importantes dirigidos al desarrollo de la respectiva comunidad y territorio.  Impulsar, simultáneamente, políticas públicas nacionales, reformas y medidas estratégicas de descentralización (política, administrativa, fiscal, con elección directa de las autoridades regionales: Presidente del Ejecutivo, Consejeros Regionales), así como un mayor traspaso de competencias y de recursos de uso autónomo, debidamente articulados y convergentes.  Promover activamente condiciones favorables para lograr una más efectiva apropiación en el ejercicio de los poderes locales y regionales. En consecuencia, el resultado buscado de este nuevo modelo de gestión pública, a ser pensado y construido principalmente desde lo local y regional (enfoque bottom up), en definitiva es el de ampliar significativamente las oportunidades de desarrollo humano en todas las comunidades yb territorios de Chile y alcanzar en ellas mejores condiciones autónomas de participación, control democrático y gobernanza, ejercidas por sus propios habitantes.

1.6. Aplicar una Estrategia Sistémica de Abordaje: tres Procesos Clave La experiencia internacional comparada así como los intentos parciales y frustrados en Chile para poner en marcha una Política de Estado comprehensiva y coherente de descentralización y de desarrollo local/regional, en vez de diversas medidas parciales o aisladas aplicadas por los gobiernos de turno, aquí se propone aplicar una estrategia sistémica de abordaje, que significa impulsar en forma simultánea y convergente tres Procesos Clave e interdependientes: 1) Descentralización (política, administrativa, fiscal); 2) Fortalecimiento de capacidades locales y regionales; 3) Participación Ciudadana y Control Democrático.

1.6.1. Descentralización: traspaso de poder, recursos y competencias de decisión autónoma Significa traspaso efectivo de poder de decisión autónomo, de competencias y de recursos, desde el gobierno central a los niveles subnacionales, es decir, desde el centro a la periferia, desde arriba abajo, (top down), en tres planos principales: político, administrativo y fiscal (presupuestario y tributario). Según Villanueva (2009) des-cen es “separar del centro”, implica una distribución de la actividad del Estado y del poder, que admite que el poder público y/o las funciones públicas estén distribuidas y 45


sean ejercidas con mayor o menor independencia por ciertos grupos estructurados en el seno del Estado. Considerando la experiencia chilena Mardones (2008) propone definir descentralización como “aquellas reformas institucionales dirigidas a la transferencia de responsabilidades, recursos o autoridad desde el gobierno central hacia gobiernos subnacionales autónomos, tendientes a asegurar la representación democrática de comunidades territorialmente localizadas y una más eficiente y eficaz provisión de bienes y servicios públicos”. Más allá de definiciones referidas al ámbito público, en la práctica desde luego es deseable que el traspaso de poder de decisión autónomo, de competencias y de recursos también se extienda a los diversos otros planos relevantes del desarrollo, como son el de la economía privada, la innovación científico-tecnológica, la cultura y las artes, los medios de comunicación, etc.

1.6.2. Fortalecimiento de Capacidades locales y regionales: la potenciación de los territorios Implica la construcción de capacidades y ampliación de oportunidades, de personas, instituciones y de redes, a nivel de comunidades y territorios de nivel micro-local y meso-regional, generada en forma endógena desde la base, desde abajo-arriba (bottom up), en una amplia variedad de planos o ejes temáticos de acción, tales como: Capital Humano, Capital Social, Conocimiento e Innovación, Desarrollo Económico Territorial, Ordenamiento y Sustentabilidad Territorial, Infraestructura, Energía, Conectividad Digital, Integración Internacional y fronteriza; Identidad, Patrimonio y Cultura, etc.

1.6.3. Participación Ciudadana y Control Democrático Proceso organizado de gestión de la demanda, de la movilización legítima y del control democrático por parte de la sociedad civil y la ciudadanía en general, realizada en diversos planos de acción (participación, articulación entre actores, comunicación, control ciudadano). Este tercer Proceso Clave es absolutamente necesario para generar la capacidad de gestión, suficientemente activa, cohesionada y eficaz, tanto de demanda como de propuesta, por parte de las organizaciones de la sociedad civil y de la ciudadanía, de todas las regiones, por el permanente avance de los dos anteriores procesos (descentralización; potenciación de los territorios), para monitorear, controlar -y cuando fuese necesario exigir- dicho avance y el cumplimiento de compromisos contraídos sobre el particular, así como para generar nuevos impulsos y propuestas y comprometer a los respectivos actores necesarios para el logro de dicho fin.

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En la Figura 1 se presenta una síntesis gráfica e integradora de la propuesta Estrategia Sistémica de Abordaje, con las respectivas interrelaciones de los antes descritos tres Procesos Clave: Figura 1

MODELO SISTÉMICO DE GESTIÓN REGIONAL: Propósito, Procesos Clave, Medidas Estratégicas, Impactos

1. PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN

Medidas Estratégicas

- Política: Más Poder Autónomo, Mejor Política - Administrativa: Más Competencias Autónomas, Mejor Distribuidas - Fiscal: Más Recursos, con decisión Autónoma

IMPACTOS

Traspaso de poder, competencias y recursos, desde el Gobierno Central a los Municipios y Gobiernos Regionales

SOBRE PERSONAS

SOBRE TERRITORIOS

Medidas Estratégicas

PROPÓSITO: AMPLIACIÓN DE OPORTUNIDADES DE DESARROLLO, REDUCCIÓN DE BRECHAS SOCIALES Y TERRITORIALES IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: -Mayor ritmo en reducción de la pobreza -Mayor capacidad de creación de empleos de calidad -Incremento de los niveles de ingreso básico -Mayor calidad y acceso a servicios: educación, salud, cultura, deportes, otros -Reducción del flujo migratorio de jóvenes talentosos -Superación del aislamiento de comunidades locales

3. PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL DEMOCRÁTICO

DESARROLLO ECONÓMICO SUSTENTABLE: -Desarrollo pleno de potenciales subutilizados de regiones -Fortalecimiento de la Competitividad de los Territorios -Mejores condiciones para el emprendimiento y las inversiones productivas -Compatibilización entre objetivos de crecimiento y de sustentabilidad ambiental

Construcción desde la Base

Medidas Estratégicas

2. PROCESO DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES (locales, regionales) - Mejores Oportunidades para el Capital Humano en comunas y Regiones - Más conocimiento propio y Capacidad de Innovación - Mejor Infraestructura para el Desarrollo de los Territorios

Medidas Estratégicas

Fuente: elaboración propia, IDER-UFRO, 2009

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2. MEDIDAS ESTRATEGICAS En este Capítulo, se propone un conjunto de Medidas Estratégicas, de carácter nacional, seleccionadas en función de su capacidad de producir, desde su respectivo ámbito, un alto efecto multiplicador sobre el avance general del proceso de descentralización y desarrollo de las comunidades y territorios subnacionales (locales, regionales), ordenadas según su aporte a los tres Procesos Clave descritos precedentemente: 1. Descentralización (política, administrativa, fiscal); 2. Fortalecimiento de Capacidades Locales y Regionales; 3. Participación Ciudadana y Control Democrático.

2.1. Descentralización: traspaso de poder, competencias y recursos de decisión autónoma 2.1.1. DESCENTRALIZACION POLITICA: más poder autónomo, mejor política

Objetivo: Traspasar, distribuir y expandir el poder político de decisión autónoma, radicándolo en los niveles subnacionales del desarrollo (local, regional), en la mayor cercanía posible de los ciudadanos, y promover la generación y el empoderamiento de nuevos liderazgos y de una clase política dirigencial local y regional, en una lógica de pluralidad y policentrismo en la distribución del poder. 2.1.1.1. Elecciones municipales y regionales conjuntas Marco Político-Estratégico: Oportunidad insustituible para lograr un desplazamiento efectivo del eje del poder y e instituir una dinámica de debates y compromisos efectivos para el desarrollo conjunto de las comunas y regiones y de los respectivos gobiernos locales y regionales. A) ELECCION DIRECTA DE CONSEJEROS REGIONALES

Justificación: 

En la actualidad, los Consejeros Regionales se eligen por los concejales municipales de cada región, quienes representan un universo electoral muy restringido y poco conocido por parte de la ciudadanía de toda la región.

El Consejo Regional no se reconoce como órgano de participación y representativo del sentir ciudadano regional, con integrantes que no son conocidos por la mayor parte de la población de la región.

Hay una ausencia de propuestas programáticas, debates y compromisos de los candidatos sobre el desarrollo y mejor futuro de la región, y, consecuentemente, imposibilidad de una efectiva rendición de cuentas públicas y control democrático.

Al término del período de gobierno de la Presidenta Bachelet se aprobó la reforma constitucional que instituye la elección directa de los Consejeros Regionales, mandato que desde entonces está a la espera de ser cumplido. 48


El Proyecto de Ley Orgánico Constitucional que define número y modalidad de elección directa de Consejeros Regionales presentado por el Gobierno del Presidente Piñera recién en Septiembre de 2011, aún está a esperas de ser aprobado por ambas ramas del Congreso Nacional30 y el Tribunal Constitucional, y organizado por el Servicio Electoral.

Esta nueva tardanza impidió elegir Consejeros Regionales en forma coetánea a las próximas elecciones municipales de Octubre de 2012, como estaba originalmente comprometido, hecho que demuestra, una vez más, la baja voluntad de ambas coaliciones para avanzar en reformas de efectiva descentralización política.

Propuesta y Plazos de Implementación:  Completar el trámite legislativo pendiente que asegure la aprobación de la Ley Orgánica de elección directa de los Consejeros Regionales: Octubre 2012 (requiere trámite de suma urgencia).  Instituir, por excepción y una sola vez, la elección directa de los Consejeros Regionales en forma simultánea a las elecciones presidenciales y parlamentarias de Noviembre 2013 (artículo transitorio de Ley Orgánica).  Consiguientemente, aprobar una reforma constitucional (artículo transitorio) que extienda en un año el mandato de los actuales Consejeros Regionales, y acorte, en un año, el mandato de los Consejeros Regionales que resulten electos en 2013.  En régimen, elegir en forma directa los Consejeros Regionales, en forma coetánea a la elección municipal de Octubre de 2016.

B. ELECCION POPULAR DE PRESIDENTE DE GOBIERNO (Ejecutivo) REGIONAL

Justificación:  En la actualidad, el Presidente de la República nombra y remueve a los Intendentes Regionales.  En la práctica, los Intendentes están expuestos a un frecuente conflicto de lealtades entre: • El partido (o sensibilidad de partido) que los propone • El Senador o Diputado que los apadrina • El Presidente(a) que los designa y a quien representa en la región • El sesarrollo, bienestar y futuro de la comunidad regional que gobierna (lealtad que debiera ser la única y primera, sin conflicto con las anteriores).  Hay una baja estabilidad en el cargo de Intendente. Duraciones promedio: • período Presidente Lagos: 2,7 años; • período Presidenta Bachelet: 1,2 años; • período Presidente Piñera: en desarrollo (con mayor incidencia de cambios en Intendentas: Magallanes, BíoBío, Atacama).  Hay severas limitaciones para gobernar región en base a objetivos estratégicos de largo plazo.  Hay una baja capacidad de negociación con autoridades del gobierno central.  Falta continuidad en las prioridades fijadas por los Intendentes de turno, generándose pérdidas de oportunidades y desaliento en funcionarios de Gobiernos Regionales.

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El 14 de Agosto 2012 la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto, tras lo cual vuelve a la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara para analizar las indicaciones y votar el articulado en particular. .

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 No hay compromisos programáticos alternativos propuestos a la ciudadanía, de debate público y de opción de la ciudadanía regional de optar por una candidatura.  Falta control democrático sobre el desempeño del Intendente Regional.  Hay desinterés y bajo involucramiento en asuntos públicos de interés regional.  Predomina una cultura de sumisión y dependencia de las decisiones del Gobierno central, incluso en asuntos de directa incumbencia local y regional.  Hay una baja emergencia de nuevos liderazgos políticos regionales.  Falta convicción y voluntad política de las fuerzas políticas nacionales (y de las cúpulas partidistas) por impulsar reformas dirigidas a un proceso de efectiva descentralización del poder y fortalecimiento de capacidades locales y regionales.

Propuesta: Mediante reforma de la Constitución y de la LOC de Gobierno y Administración Regional, separar entre dos líneas y cargos (modelo francés): 1. Gobierno (Ejecutivo) Regional, encabezado por un Presidente del Gobierno Regional (o Gobernador Regional), elegido democráticamente mediante elección popular por la ciudadanía de la respectiva región31, dotado de facultades para la conducción superior y autónoma del desarrollo de la región y la adecuación y articulación territorial de las políticas nacionales a la región. 2. Gobierno Interior y delegado del Gobierno central, a cargo de un “Intendente” (o Delegado Presidencial), que ejercerá facultades en calidad de representante del Presidente de la República y de resguardo de las políticas públicas nacionales en la región, tales como: orden público y seguridad ciudadana; defensa; relaciones exteriores y extranjería; hacienda nacional; grandes estrategias país y orientaciones programáticas generales de carácter nacional.

Notas: a) Esta reforma “no pone en cuestión el carácter unitario del Estado, sino que al contrario, refuerza la legitimidad de éste (Ferrada 2004). b) Dado su carácter emblemático y desencadenante de otras reformas de efectiva descentralización, esta es la más demandada con mayor decisión y fuerza de parte de las organizaciones regionalistas. c) En una primera etapa, su puesta en práctica podrá excluir a la Región Metropolitana, dada su alta complejidad, tamaño poblacional y electoral, así como la conveniencia de instituir en ella un Gobierno Metropolitano.

Etapas y Plazos de Implementación :      

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Diseño y formulación del proyecto: año 2013 (Comisión Presidencial) Socialización de propuesta: 1er. semestre 2014 Debate, trámite y aprobación por ambas ramas del Congreso: 2°semestre 2014-1er.semestre 2015 (supuesto: urgencia fijada por gobierno, voluntad política de parlamentarios) Aprobación por Tribunal Constitucional: 2° semestre 2015. Organización por Servicio Electoral: 1er. semestre 2016: Primera elección de Presidentes de Gobiernos Regionales: Octubre 2016, coetánea a elecciones municipales y de CORES.

Entre los requisitos que deben cumplir los candidatos, se incluirá el de residencia efectiva de a lo menos cinco años en la respectiva región.

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2.1.1.2. Designación e inscripción regional de los candidatos de elección popular32, 33 Justificación: 

Las comunas y regiones carecen de partidos políticos con claras expresiones territoriales, que canalicen y prioricen las aspiraciones, problemas y oportunidades de desarrollo diferenciadas de sus respectivas comunidades, por encima de los intereses de las elites políticas centrales y demandas homogéneas nacionales.

La ley de partidos políticos otorga la facultad de designar e inscribir a los candidatos a cargos de representación popular (comuna, distrito, circunscripción, región) a los Consejos Nacionales de los partidos, los que ejercen un poder y control desmedidos respecto de la voluntad ciudadana de los niveles subnacionales, vetando a candidatos que no les resultan funcionales.

En la práctica, prima el resultado de las negociaciones cupulares y la optimización de las plantillas electorales (hasta para las candidaturas de las comunas más pequeñas, aisladas o fronterizas), sobre las preferencias y aspiraciones específicas de mejor desarrollo de las comunidades locales.

Inhibe el interés ciudadano por los asuntos públicos, por acceder a cargos de representación política y participar en los procesos electorales, así como la búsqueda de soluciones y acuerdos cercanos a las realidades propias, afectando el ejercicio pleno de la democracia y la sana competencia de ideas y liderazgos en el nivel local y regional.

Propuesta:

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33

Mediante reforma a la Ley de Partidos Políticos y la LOC de Votaciones Populares e Escrutinios, radicar la facultad de designar e inscribir los candidatos a cargos de representación popular en las directivas de los partidos políticos y agrupaciones independientes relacionadas a la división político-territorial que corresponda al respectivo cargo: • candidatos a alcaldes y concejales: en las comunas • candidatos a diputados: en el distrito • candidatos a Senador: en la circunscripción regional • candidatos a Consejeros Regionales y Presidente de Gobierno (Ejecutivo) Regional: en la unidad que a este respecto defina la ley.

La facultad de designar a los candidatos se puede normar a través de elecciones primarias (abiertas o cerradas) o mediante facultad ejercida por las directivas regionales, provinciales o comunales de los respectivos partidos o de agrupaciones independientes.

La propuesta original de esta reforma fur formulada por el Profesor Jorge Gonzalez, académico de la Universidad Adolfo Ibañez Una moción de la Senadora Soledad Alvear (Boletín del Senado N°8.336-06) da inicio a un proyecto de reforma constitucional que incorpora el sistema de elecciones primarias al sistema electoral público y le confiere carácter obligatorio, simultáneo y vinculante para las candidaturas presidenciales)

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2.1.1.3. Residencia Efectiva de Candidatos en Regiones Situación Actual:  La gran mayoría de los Senadores y una parte de los Diputados y electos en regiones tienen residencia, vínculos e intereses en la RM (predominantemente Providencia, Vitacura, Las Condes).  En períodos previos a los procesos electorales, con frecuencia se produce una práctica de sondeo e itinerancia de candidatos en diferentes circunscripciones y distritos, motivada más por razones de oportunismo electoral que de genuino interés y compromiso por servir al desarrollo humano de una determinada zona.  Formalizan su relación con un territorio mediante la inscripción de domicilio (oficina) en la ciudad de la circunscripción o distrito que aspiran a representar en el Parlamento.  Esos candidatos carecen de los conocimientos, vínculos sociales y afectivos, y de los compromisos más decididos con las oportunidades de desarrollo, problemas y demandas de las comunidades de a las circunscripciones o distritos que aspiran representar, ni de la convicción y voluntad política para impulsar reformas estructurales de efectiva descentralización y fortalecimiento de las capacidades locales y regionales.  Esta realidad inhibe el surgimiento de nuevos liderazgos políticos de proyección regional y nacional conocedores y comprometidos con las tareas del desarrollo local y regional, así como el desarrollo de sistemas políticos regionales dinámicos y autónomos y una atención más directa y creíble de los dirigentes políticos nacionales por los intereses y el desarrollo de las comunidades locales y regionales.

Propuesta:  Instituir, mediante reforma a la Ley Orgánico Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, una residencia efectiva de a lo menos cinco años (uno más que la duración del período del mandato de diputados y Presidente de la República) como requisito para la inscripción de candidatura por la zona a representar.

2.1.2. DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA: Más competencias, mejor distribuidas

Objetivo: Según sea su naturaleza y función, radicar las competencias de decisión autónoma y la dependencia de los servicios públicos en aquel nivel (local, regional, nacional, dónde sirvan mejor, de manera regular u continua, a las necesidades y aspiraciones de las personas y sus comunidades. En ese marco y aplicando el principio de subsidiariedad competencial, privilegiar el nivel local sobre el regional y éste sobre el nacional, y privilegiando construir la oferta pública diferenciadamente a partir de las oportunidades de desarrollo, aspiraciones y demandas de los territorios y sus comunidades locales y regionales.

2.1.2.1. Creación de una instancia descentralizadora eficaz del gobierno central. Justificación:  El hecho objetivo es que en todo el espectro político, y por ende también los gobiernos de turno de cualquier signo, más allá de promisorios programas y promesas electorales, hasta la la fecha no se 52


observa una voluntad política real y creíble para avanzar en un proceso significativo de descentralización.  Tampoco existe una instancia del gobierno central dotada de un mandato explícito y de las facultades apropiadas y eficaces, efectivamente empoderada para impulsar dicho proceso, tanto a nivel de los órganos centrales, como desde los niveles subnacionales.  En teoría, y de acuerdo al marco institucional vigente, dicho rol le correspondería a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, SUBDERE. Sin embargo, en la realidad actual, esta Subsecretaría está restringida por (a lo menos) las siguientes limitaciones: • Depende del Ministerio del Interior, que es el Ministerio de la contingencia, las catástrofes y emergencias y la seguridad pública, cuyo titular además debe ejercer roles de articulación política y Jefe de Gabinete, responsabilidades en las que priman los problemas y miradas de corto plazo, que requieren de concentración y de un ejercicio eficaz del poder, más que los desafíos de reformas de carácter más estructural, de horizonte más de largo plazo y trascendentes. • No está dotada de las cuotas de poder real y de las facultades explicitas requeridas para impulsar eficazmente las grandes transformaciones del aparato de gestión público ni para cumplir y hacer cumplir los respectivos programas presidenciales ofrecidos a la ciudadanía con ocasión de los procesos eleccionarios34 • Consecuencia de lo anterior, tampoco cuenta con el respaldo político suficiente de las restantes instancias y autoridades del gobierno central, ni ejerce el liderazgo político e intelectual inspirador y articulador requeridos para superar las fuertes resistencias, intereses e inercias asociadas al actual sistema centralizado. Propuesta: Disponer de una instancia del gobierno central, dotada del poder, facultades y mandatos adecuados y suficientes, así como de una real voluntad y capacidad política y técnica, ejercidos también sobre los otros órganos del gobierno central, para liderar, implementar y controlar un efectivo avance del proceso de descentralización y de construcción de capacidades locales y regionales en Chile, en el marco de una Política de Estado y de un nuevo trato Estado-Territorios previamente concordados y de los respectivos programas de gobierno. Alternativas a evaluar: a) Creación de un Ministerio de Desarrollo Territorial (separación de SUBDERE del Ministerio del Interior). b) Reestructuración de la SUBDERE (dotándola del poder, facultades y responsabilidades indicadas arriba, así como de evaluaciones de su desempeño, verificación del cumplimiento 34

A modo de ejemplo véase Parte I, Capítulo 2 (Historial de Promesas y Frustraciones 2000-2012) del presenta ensayo, que muestra los compromisos que en materia de descentralización y desarrollo regional se establecieron en los programas de gobierno de los Presidentes Lagos, Bachelet y Piñera, en su mayoría incumplidos hasta el día de hoy. Otro ejemplo es el libro “El Chile Descentralizado que queremos”, publicado por la SUBDERE en 2001, socializado y enriquecido en 15 Talleres Regionales organizados en colaboración con el CONAREDE y las 20 Universidades Regionales del Consejo de Rectores, cuya puesta en práctica fue frustrado porque senadores de un partido de la coalición gobernante le restó apoyo político. Con frecuencia, y en forma cada vez más explícita, los Gobiernos Regionales se quejan y tensionan con “las prácticas centralistas de la propia SUBDERE”.

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de sus programas y metas y rendiciones de cuenta sobre el avance efectivo del proceso de descentralización). c) Otra(s)

2.1.2.2. Dependencia Regional de los Servicios Públicos. Justificación:  La mayoría de los Servicios Públicos con presencia en las regiones, dependen directamente de sus respectivos ministerios centrales, hecho que debilita la autoridad del gobierno regional y limita su capacidad de articular con enfoque sistémico-territorial las capacidades y recursos disponibles en dichos servicios.  Por lo anterior, con frecuencia se generan conflictos de enfoques e intereses (centrales vs. regionales) entre las instancias centrales sectoriales y las autoridades y niveles regionales.

Propuesta:  Traspasar a los servicios públicos y sus respectivos programas y fondos, a una efectiva dependencia de los Gobiernos Regionales, como es el caso de: INDAP; CORFO, SERCOTEC, SERNAM, SERVIU, FOSIS, SERNATUR, SENCE, Chiledeportes, ChileSolidario, Orígenes, FONDART, Agencias Regionales de de Desarrollo Productivo.

 Traspasar a la dependencia de los Gobiernos Regionales el patrimonio y la decisión de uso de los principales bienes públicos (inmuebles y terrenos fiscales, parques nacionales, reservas y santuarios de la naturaleza, administración de aguas y de bordes costeros, etc.).

 Radicar en el Gobierno Regional la facultad formal de designación de los Secretarios Regionales Ministeriales y los Jefes de Servicios Públicos Regionales a ser propuestos por el Sistema de la Alta Dirección Pública con aplicación de criterios de mérito y excelencia profesional.

2.1.2.3. Instancia para dirimir controversias competenciales. Justificación:  La institucionalidad pública vigente exhibe una realidad bastante confusa, caracterizada entre otros, por competencias compartidas, duplicadas y hasta triplicadas entre sus principales niveles: municipal, regional y nacional.  El proceso en curso de transferencia de competencias desde el nivel central a los niveles subnacionales, si bien muy deseable, incrementa dicha complejidad, incrementando los riesgos de confusiones, complicaciones y controversias administrativas y conflictos de competencia.  En consecuencia, se hace necesaria una distribución más clara y ordenada de competencias, así como de los correspondientes recursos, entre los tres niveles, y la aplicación más efectiva del principio de subsidiariedad competencial, privilegiando, toda vez que corresponda, el nivel municipal sobre el regional, y este sobre el nacional.

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Propuesta:  Crear una instancia jurídico-administrativa calificada y competente, externa a los órganos de la administración pública municipal, regional y nacional, dotada de facultades para resolver controversias, superposiciones o vacíos competenciales (que entraben una entrega eficiente y oportuna de servicios y bienes públicos a la comunidad), y para sentar jurisprudencia en la materia. Alternativas a estudiar: • Radicar la función en el Tribunal Constitucional (muy congestionado en su labor actual; de acceso bastante restringido) • Radicar la competencia en los Tribunales Ordinarios (Corte de Apelaciones y Corte Suprema). • Crear un Tribunal Contencioso Administrativo (instancia especializada nueva; de posible mayor costo comparativo; difícil trámite de aprobación). • Dotar a los órganos regionales y comunales de las potestades necesarias para proteger sus competencias, mediante requerimiento ante la citada instancia, ante transgresiones (evenuales o ya consumadas), provenientes de la ley, de la administración central o de otras autoridades o instancias públicas.

2.1.2.4. Traspaso de más competencias de decisión autónoma a GORES y Municipios: perfeccionamiento, aprobación y puesta en práctica de proyecto en trámite legislativo (modificaciones a la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional).

2.1.2.5. Creación de los Gobiernos Metropolitanos (figura de Alcalde Mayor u otra) para la administración de conurbaciones metropolitanas complejas: RM, Valparaíso-Viña del Mar, Concepción-Talcahuano). 35

2.1.3. DESCENTRALIZACION FISCAL: Más recursos de decisión autónoma y articulación territorial.

Objetivo: Traspasar recursos de decisión autónoma e instituir recursos de gestión propia a los Municipios y los Gobiernos Regionales, para fortalecer y facilitar su capacidad de cumplir sus roles y funciones propias, con aplicación desde el nivel local y regional en una lógica de articulación territorial y convergente. Como contrapartida, dichos recursos serán sujeto de rendición de cuentas y evaluación de desempeño y a regulaciones que aseguren su uso responsable, eficiente y transparente.

35

Una moción de los Senadores Soledad Alvear y Eduardo Frei (Boletín N° 8.349-06) da inicio a un proyecto de reforma constitucional que crea la Alcaldía Metropolitana en las comunas que indica y establece sus órganos de dirección.

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2.1.3.1. Creación de Fondo de Convergencia Territorial para el desarrollo de zonas rezagadas (similitud del modelo UE)36 Justificación:  La capital de Chile, y en cierta medida también las capitales de regiones, siguen mostrando niveles muy elevados de concentración económica, de competitividad, de capital humano calificado, de oferta de educación, salud cultura y recreación, teniendo como tenue contrapeso sólo políticas impositivas y leyes a favor de regiones extremas.  Es necesario disponer de instrumentos adecuados y eficaces para focalizar recursos, con criterio de equidad social y territorial, dirigidos a satisfacer umbrales mínimos comunes de necesidades básicas presentes en territorios rezagados, disminuir las brechas de pobreza e indigencia, desigualdades de ingreso, así como las de educación, salud, infraestructura, conectividad (vial y digital), deporte, cultura, recreación, competitividad, y otros. Propuesta:  Crear por Ley un “Fondo de Convergencia Territorial”, que permita a los Municipios y Gobiernos Regionales de territorios rezagados así como a los Ministerios y Agencias del Estado Central, focalizar proyectos y programas adicionales de compensación.  Se propone que dicho fondo implique el 10 % de los ingresos públicos durante un período de 10 años, se entreguen mediante el instrumento Convenios de Desempeño, afectos a una evaluación general trianual, con redestinación de recursos fortaleciendo los territorios más débiles y liberando recursos de los que mejor avanzan. 2.1.3.2. Ley de Rentas Regionales37. Justificación:  El financiamiento de los programas y actividades de los Gobiernos Regionales depende principalmente de transferencias del Gobierno Central (FNDR, fondos sectoriales, etc.).  La recaudación tributaria de primera categoría de las empresas es recaudada y distribuida desde el nivel central (las más de las veces con una lógica centralista y homogénea), con transferencias a las regiones de acuerdo al número de habitantes y km2 del territorio.  Las regiones no disponen de una capacidad significativa para recaudar recursos propios, destinables a objetivos estratégicos de desarrollo regional, ni para constituir e incrementar su patrimonio propio.  Esta dependencia excesiva del nivel central, desincentiva la creatividad de gestión autónoma regional, así como su capacidad de apalancar y atraer recursos e inversiones externas, capaces de ampliar sus posibilidades de desarrollo y de atraer y retener talentos calificados (y de descongestionar a la R.M.). 36

El autor original de esta propuesta es el ex Diputado Esteban Valenzuela, actualmente Director del Programa de Magister de Políticas Públicas de la Universidad Alberto Hurtado. 37 La idea original de esta propuesta fue formulada por SUBDERE (2001) en el libro “El Chile Descentralizado que queremos”, y propuesta en dos oportunidades por el el CONAREDE a todas las candidaturas presidenciales de los procesos eleccionarios del año 2005 y 2009, en el contexto de la Iniciativa Ciudadana “Yo Voto por las Regiones”.

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 Las anteriores carencias y dependencias debilitan adicionalmente la capacidad de gestión estratégica articuladora, autoridad y liderazgo de los Gobiernos Regionales.

Propuesta:  Instituir por ley la prerrogativa de los Gobiernos Regionales para captar recursos por concepto de derechos, tributos, tasas, ingresos y cobros de servicios de clara identificación y beneficio regional, que refuercen la autonomía de las regiones para ampliar las oportunidades de desarrollo de sus comunidades y territorios.  Abrir alternativas de co-participación de un Gobierno Regional en algunos tributos de carácter nacional.

2.1.3.3. Presupuesto Regionalizado Justificación: • El Presupuesto Anual de la Nación se formula por cada sector, sin desagregación por regiones, (con excepción de las partidas de inversión vía Ministerio del Interior), sin intervención de las autoridades de los respectivos Gobiernos Regionales.38  Ello impide lograr una mejor coordinación y eficiencia entre los presupuestos sectoriales y las estrategias regionales y locales de desarrollo y dificulta la focalización de recursos en objetivos estratégicos de desarrollo territorial de mediano y largo plazo y la asignación diferenciada según oportunidades de desarrollo y necesidades singulares de los territorios.  Esta práctica debilita la legitimidad y autoridad del Gobierno Regional.

Propuesta: • Formulación del Presupuesto de la Nación desagregado por regiones, (incluyendo todos los presupuestos sectoriales), con participación de las autoridades de cada Gobierno Regional en la definición final de los recursos propios y sectoriales disponibles para la respectiva región.

38

A modo de ejemplo, el Presupuesto Nacional 2012 de Colombia, contempla un 76 % regionalizado, un 10 % por regionalizar y un 14% no regionalizable (bienes o servicios que se proveen simultáneamente a todo el país).

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2.1.3.4. Reinversión de utilidades de empresas en territorios con bajos niveles de desarrollo.39. Justificación: • A excepción de las zonas extremas, no existen incentivos tributarios específicos para la instalación y funcionamiento de empresas en regiones, lo que incrementa aún más la alta concentración industrial y económica y el consecuente deterioro ambiental en la Región Metropolitana. • No existen sistemas de monitoreo continuo y sistémico del desarrollo de los territorios y las regiones; solo se dispone de indicadores específicos, como son los de competitividad, pobreza, desarrollo humano, con bajos niveles de integración sistémica.

Propuesta: • Eximir a las empresas que reinvierten sus utilidades en territorios con bajos niveles de desarrollo, de un porcentaje del impuesto a la renta de primera categoría. • Complementariamente, instituir incentivos tributarios para las empresas que generen beneficios estables al capital humano calificado y la mano de obra especializada disponible en territorios con bajos niveles de desarrollo, mejorando en estos la calidad de vida, la estabilidad y los mecanismos de formación y retención del capital humano. • Generar un modelo de monitoreo del desarrollo territorial, que permita identificar territorios rezagados de manera sistémica, controlar su evolución (positiva o negativa) y servir de base para la aplicación de los incentivos tributarios a empresas.

2.1.2.6. Beneficios estables para territorios afectados por actividades empresariales con externalidades negativas Justificación:  Salvo las compensaciones y mitigaciones temporales de los proyectos sometidos a estudios de impacto ambiental, las comunidades y territorios afectados por actividades empresariales que por su naturaleza generan externalidades negativas (de tipo ambiental, económico, social, cultural u otra), no reciben ningún beneficio compensatorio de carácter permanente, que a su vez potencie sus capacidades autónomas de desarrollo.

Propuesta:  Asignar en forma permanente un porcentaje de la recaudación del impuesto a la renta de primera categoría de aquellas actividades empresariales que por su naturaleza generan externalidades

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El autor original de esta propuesta es el Senador Hernán Larraín, en un capítulo del libro “Rompiendo Cadenas del Centralismo, Libertad y Desarrollo, Pontificia Universidad Católica de Chile (2008). Sistematización: IDER-UFRO 2012

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negativas (impactos sin compensación económica) para ser destinadas a inversiones estratégicas del desarrollo de las comunas, comunidades y territorios afectados.  Generar metodologías de armonización de los intereses de las comunidades y territorios afectados por iniciativas o proyectos de importancia estratégica e interés regional o nacional, que faciliten la construcción de acuerdos de los diversos actores involucrados.

2.1.2.7. Equidad territorial para los Megaproyectos de inversión Justificación: • Durante décadas el país está gastando recursos de todos los chilenos en megaproyectos de inversión en la capital en desmedro del desarrollo de las restantes regiones, especialmente las más rezagadas y aisladas (ejemplos: 70% de los Megaproyectos del Bicentenario, proyectos del “Legado Bicentenario”, construcción de nuevas líneas del Metro, etc.).  Dicha realidad debilita la voluntad política y capacidad presupuestaria para impulsar inversiones públicas de gran magnitud y alcance para el desarrollo de las regiones e incrementa y perpetúa las pronunciadas brechas de infraestructura, competitividad y calidad de vida que afectan a los territorios de desarrollo más rezagado.

Propuesta: • Establecer, como política de Estado, un mecanismo que garantice, en forma permanente, una compensación de equidad territorial de los megaproyectos de inversión pública que se realizan en la capital, equivalente, a lo menos, al tamaño poblacional del conjunto de las regiones. • Dichos recursos serán invertidos autónomamente en cada región en iniciativas estratégicas para el desarrollo de ésta, priorizados y aprobados por el respectivo Gobierno Regional.

2.1.3.7. Reformulación del FNDR: criterios de distribución, asignación e impactos. A mediados de 2012, se concluyó un estudio, encargado por la SUBDERE40, dirigido a elaborar propuestas para fortalecer y optimizar diferentes ámbitos de distribución, asignación y evaluación de impactos del actual Fondo Nacional de Desarrollo Regional, FNDR. La versión completa de dicho estudio está disponible en dicha Subsecretaría, a la espera de ser distribuido, aplicado y potenciado en beneficio del desarrollo de las regiones de Chile, cuyos principales productos se pueden resumir como sigue: 1) Propuesta de nuevos criterios de distribución del FNDR: Producto diseñado a partir de una revisión internacional de los sistemas de transferencia y compensación, como lo son de Canadá, Japón y el Reino Unido, generando una síntesis comparativa, en términos de: administración, fórmula, objetivos, forma, necesidades de gasto y ajustes, que permiten el diseño de nuevos criterios de distribución del FNDR. 2) Metodología de medición de impacto del FNDR: La metodología propuesta está basada en el análisis de eficiencia del FNDR, a partir del análisis de datos envolventes (Modelo Italiano) y 40

Realizado por el Instituto de Desarrollo Local y Regional, IDER, de la Universidad de La Frontera.

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estableciendo un score de eficiencia, lo que permitió establecer un ranking de eficiencia regional, el cual es encabezado por las regiones de Atacama, Los Lagos y Metropolitana. 3) Examen de actual composición del FNDR y Provisiones: El análisis se realizó sobre el periodo 2000 – 2010 respecto de FNDR y provisiones, observándose un aumento paulatino de las provisiones y un estancamiento del FNDR. El análisis regional se realizó para los subtítulos presupuestarios Nº 31, Nº 33 y Nº 29, así como del presupuesto inicial y final ejecutado, para las regiones de Tarapacá, O’Higgins y la Araucanía durante el periodo 2003 -2010, finalizando con un análisis de cartera para estas tres regiones durante el periodo 2000-2010. 4) Nuevo reglamento de distribución FNDR: Con los insumos establecidos en el punto 1, y del análisis de las reglas de distribución 2003 y 2005, se proponen dos alternativas de reglas de distribución: Alternativa 1: basada en el objetivo de desarrollo y compensación territorial. Alternativa 2: construida sobre la base de definir el desarrollo a partir de la idea de funcionalidad de la región, mientras que la compensación como mecanismo de compensación en múltiples dimensiones para las regiones. Sobre la definición de una economía artificial representativa de las regiones, se simularon las alternativas y se analizaron sus impactos sobre varias variables relevantes. Finaliza con un análisis de provisiones y recomendaciones para su incorporación a la base FNDR, como su respectivo plan de implementación gradual. 5) Propuesta de un nuevo sistema decisorio FNDR: Este producto (vinculado con el análisis realizado en el punto 3), describe el proceso de toma de decisiones sobre la base de la experiencia de las regiones de Tarapacá, O’Higgins y La Araucanía, estableciendo los rasgos más importantes, tiempos de aprobación y ejecución de proyectos, vinculación con la ERD, estableciendo propuestas y esquemas de decisión regional.

2.1.3.8. Convergencia entre convenios de programación e instrumentos de planificación territorial. Otro producto contenido en dicho estudio impulsado por SUBDERE, susceptible de ser aplicado desde ya por los Gobiernos Regionales, propone la aplicación de un “Reglamento de Convergencia” que vincule los convenios de programación con el proyecto y la estrategia Región, en base a 4 dimensiones, tres de ellas técnicas (ámbito Estratégico, ámbito Jurídico y ámbito de los Gestores) y una política (ámbito de los Decisores). Este Reglamento se traduce en una Norma que contiene el conjunto de criterios (temáticos, Territoriales y o Sectoriales) a utilizar por el GORE en el proceso de formulación de los respectivos Convenios de Programación. También aborda un “Instructivo de Operacionalización”, y el plan de trabajo respectivo.

2.1.3.9. Alternativas de mayor injerencia regional en recursos de ámbito sectorial. Finalmente, el citado estudio de SUBDERE aporta tres alternativas que proporcionan mayor injerencia a las regiones en recursos de carácter sectorial, a la espera de ser puestas en práctica, las que se sintetizan como sigue: 1) Toma de decisiones del GORE respecto de recursos sectoriales: El diseño está basado en el estudio SUBDERE “Descentralización Fiscal Regional y Municipal”, y sobre la base de la ley de presupuesto 2010, identificando recursos de inversión (Subtítulos 31, 24 y 33) por ministerio, proponiendo tres modalidades o mecanismos de traspaso a la decisión regional. 60


2) Mayor pertinencia regional a subsidios y aportes en sector económico-productivo: Basado en el diseño de una “Ficha de Pertinencia Estratégica Regional” construida a través del análisis de los contenidos y orientaciones estratégicas de los instrumentos de planificación existentes en la región (ERD, Políticas Regionales, POT, etc.), procesos que generan un conjunto de variables de pertinencia regional, que se hacen exigibles para proyectos, instrumentos, planes y programas ejecutado en la región. 3) Estimación de impactos territoriales de proyectos de inversión pública: Se circunscribe a una propuesta de evaluación de impactos de los convenios de programación, a través de metodología denominada “Diseño de Discontinuidad” cuyo análisis consiste en identificar variables explicativas de impactos. Se trabaja con datos de serie de tiempo de dichas variables, antes y después de la aplicación de una inversión, siendo el impacto la diferencia entre las regresiones lineales antes y después de la inversión que presenta la variable explicativa. Se operativiza a través de un soporte digital de cálculo. Se incorpora el respectivo plan de implementación.

2.1.3.10. Limitar la inversión pública a un tope máximo por región y por comuna dentro de una región (propuesto por CorBioBio a Presidente de la República, Mayo 2012) Establecer, mediante indicación a la LOC de Gobierno y Administración Regional que no podrá destinarse más del 20% de la inversión pública aprobada anualmente por el Congreso Nacional a una misma región o comuna del país. Con ello se asegurará: - una mejor distribución del presupuesto nacional de inversión para todas las regiones; - un fortalecimiento de la gestión local y de los recursos dirigidos al desarrollo propio de las regiones; - un incremento de la competitividad de las regiones, y del país en su conjunto.

2.1.3.11. Instituir un IPC41 y un sueldo mínimo por región42 IPC diferenciado por región: los componentes que conforman la canasta básica a nivel nacional, muestran realidades muy diferentes a lo largo de las distintas zonas del país. Por lo anterior es de justicia establecer una canasta básica y el correspondiente IPC para cada región (o en una fase inicial a lo menos para cada macrozona geográfica). Sueldo mínimo diferenciado por región: al disponer de un IPC regional, se puede instituir entonces también un sueldo mínimo por región, y los correspondientes reajustes anuales diferenciados regionalmente.

41

42

Autor: Andrés Chacón, profesor del Instituto Chileno de Estudios Municipales, ICHEM, Universidad Autónoma de Chile. Moción de Senador Pedro Muñoz, en sesión de Comisión de Gobierno y Regionalización del Senado, Boletín N° 7963-06 del 7 de Marzo 2012).

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2.1.4. EXTENSION A OTRAS REGIONES DE LA INICIATIVA PILOTO EN DESCENTRALIZACION DE LA REGIÓN DE TARAPACA43.

Justificación:  La Región de Tarapacá, por iniciativa de su Gobierno Regional, está impulsando y viviendo un inédito y muy promisorio camino de descentralización desde la región misma, denominado “Tarapacá Región Piloto en Descentralización”44, dirigido a atender a los requerimientos, particularidades y desafíos de su propio desarrollo, en una primera fase centrada en dos ejes principales: Fomento Productivo y Capital Humano Calificado y Avanzado.  Esta propuesta se ha fundado en una política pública de impulsada de “abajo hacia arriba” (“bottom up”) basada en la evidencia, en las preferencias locales y en la gestión del conocimiento y del aprendizaje.  El carácter piloto y pionero del proyecto ha demostrado que en las regiones existe la voluntad y las capacidades para diseñar políticas y de gestar la institucionalidad adecuada para su ejecución eficaz.  La estrategia desarrollada ha consultado y articulado a los principales agentes regionales de desarrollo en torno a la idea de un “Pacto Territorial por la Descentralización y el Desarrollo de Tarapacá” a ser suscrito entre el Gobierno Regional y el Gobierno central, propiciando con ello un modelo cooperativo entre niveles de gobierno y agentes regionales de desarrollo.  Se institucionaliza dicho Pacto, entre otras medidas, mediante la conformación de un Directorio en el que concurren agentes públicos, privados y comunitarios, y se amplían los espacios de desarrollo de modelos de gobernanza para el desarrollo regional.  Esta experiencia de Tarapacá ha puesto de manifiesto la contradicción e insuficiencia de las políticas “nacionales” de descentralización, de “arriba hacia abajo” (“top down”), que reproduce la matriz vigente de diseño e implementación de las políticas públicas en Chile.

Propuesta: Extender a otras regiones de Chile la valiosa experiencia pionera de la Región de Tarapacá de impulsar la descentralización desde la propia región, mediante un conjunto de actividades, tales como:  Realizar Jornadas de análisis en Ministerios, Servicios Públicos, Gobiernos Regionales, Municipios, Universidades, Corporaciones de Desarrollo, Organizaciones Sociales, sobre la experiencia de Tarapacá, extrayendo en conjunto las lecciones y aprendizajes del caso.  Generar incentivos y apoyos para que otras regiones del país establezcan sus propias estrategias y caminos de descentralización (en un plazo no mayor a un año), de “descentralizar desde regiones para impulsar y atender su diversidad, evitando propuestas e iniciativas en bloques o homogéneas.

43 44

Autor: Julio Ruiz, Director del proyecto “Tarapacá Región Piloto en Descentralización” Experiencia próxima a divulgarse de manera masiva en el libro “Descentralización desde la Región” que saldrá en circulación hacia fines de septiembre 2012.

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 Suscribir Pactos Territoriales (por 3 o 4 años, verificables, renovables y dinámicos y ampliables) por la descentralización con regiones que hayan establecido estrategias y propuestas de transferencia de competencias, atribuciones, servicios y recursos en áreas específicas.  Disponer de una batería de herramientas y dispositivos financieros, de capacitación y apoyo para robustecer los compromisos a suscribir en los Pactos por el nivel central.  Extender el modelo y política de suscripción de Pactos Territoriales a materias más allá de la descentralización (empleo, educación, salud, pobreza, competitividad, conectividad, etc.), propiciando un modelo más horizontal de colaboración y asociación con las regiones, en desmedro del modelo vertical existente en el cual el centro diseña y las regiones ejecutan.

2.2 Fortalecimiento de las Capacidades Locales y Regionales Objetivo: Construir desde la base, de abajo-arriba (bottom up), capacidades endógenas en las personas, instituciones y redes de las comunidades y territorios de nivel local y regional, dirigidas a un desarrollo pleno de sus talentos y potencialidades y a ampliar sus oportunidades de desarrollo autónomo.

2.2.1. FOCALIZAR LAS POLÍTICAS E INSTRUMENTOS DE DESARROLLO EN ZONAS DONDE COINCIDAN DESIGUALDADES SOCIALES Y TERRITORIALES. El recientemente publicado Informe Latinoamericano sobre pobreza y desigualdad (RIMISP, 2011)45, aporta interesantes argumentos que refuerzan la tesis que las desigualdades sociales y las desigualdades territoriales se refuerzan entre sí, reforzando el círculo vicioso del subdesarrollo. En síntesis, este estudio destaca que:  “El crecimiento económico llega preferentemente a ciertos territorios por sobre otros”. 

“Las desigualdades sociales se potencian con las desigualdades territoriales, generando un círculo vicioso que incrementa las brechas de desigualdad tanto social como territorial”.

 “Por lo tanto, en conjunto con el crecimiento económico y las políticas sociales, es necesario atacar las desigualdades territoriales para avanzar hacia un desarrollo equitativo en los niveles subnacionales.” En efecto, tal como lo ilustra la Figura 2, con frecuencia se aplican políticas e instrumentos públicos dirigidas a abordar las desigualdades sociales en forma separada y descoordinada de aquellas políticas e instrumentos dirigidos a abordar las desigualdades territoriales.

45

Lanzado en Santiago de Chile el 8 y 9 de Mayo 2012.

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Figura 2 Ineficiencia en el gasto, bajo impacto, irresponsabilidad fiscal, sectorialismo “espacialmente ciego”

- Educación (Cobertura/Calidad)

- Salud (Cobertura/Calidad) - Desigualdad de ingresos - Desempleo - Bajas remuneraciones - Pobreza - Delincuencia - Inequidad de género - etc.

- Capacidades de Gestión de Gobiernos Locales - Déficit de KH - Modelos de gestión sectoriales - Aislamiento/ brechas de conectividad -Cobertura/Calidad de Servicios Públicos - Provisión de B&S privados - etc.

Desigualdades Territoriales

Desigualdades Sociales

(RIMISP p. 101)

Pérdida de legitimidad democrática, ingobernabilidad, estallidos sociales, territorios precarizados

Fuente: elaboración propia, a partir de RIMISP (2011), Pobreza y Desigualdad, Informe Latinoamericano

La resultante es una mayor ineficiencia en el gasto, un bajo impacto, una cierta irresponsabilidad fiscal, medidas sectoriales “ciegas” a su impacto territorial, generando una pérdida de legitimidad democrática, mayores niveles de ingobernabilidad, estallidos sociales y territorios precarizados. Por su parte, la Figura 3 ilustra gráficamente las posibilidades de lograr un mayor impacto positivo cuando las políticas y los instrumentos públicos se focalizan en aquellas situaciones en las que se concentran, coinciden y potencian entre sí (zonas de intersección), las desigualdades sociales y las desigualdades territoriales:

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Figura 3

- Educación (Cobertura/Calidad) - Salud (Cobertura/Calidad) - Desigualdad de ingresos - Desempleo - Bajas remuneraciones - Pobreza - Delincuencia - Inequidad de género - etc.

- Capacidades de Gestión de Gobiernos Locales - Déficit de KH - Modelos de gestión sectoriales - Aislamiento/ brechas de conectividad -Cobertura/Calidad de Servicios Públicos - Provisión de B&S privados - etc.

Desigualdades Territoriales

Desigualdades Sociales

Políticas Públicas nacionales

Políticas Públicas territorialmente diferenciadas desde los niveles sub-nacionales

Fuente: elaboración propia, IDER-UFRO, 2012

La conveniencia de abordar focalizada y conjuntamente las principales desigualdades sociales y las territoriales, desde luego es válida tanto para la aplicación de las políticas e instrumentos nacionales, tradicionalmente homogéneas y uniformes, como para aquellas que se aplican desde los niveles subnacionales, las que debieran aplicarse territorialmente diferenciadas. Por otra parte, es un hecho conocido, y hay una multiplicidad de realidades empíricas que así lo demuestran, que las variables que más severamente limitan o facilitan alcanzar mejores niveles de desarrollo, pueden ser muy diferentes entre una y otra comunidad y territorio, y que el peso o incidencia relativos de la misma puede variar considerablemente. En consecuencia, además de focalizar los esfuerzos en zonas de mayor concentración tanto de desigualdades sociales como territoriales, y de alcanzar una adecuada articulación territorial de los diferentes instrumentos y recursos que según la naturaleza de las oportunidades de desarrollo y demandas de las comunidades locales pueden aplicarse convergentemente, es necesario identificar, en cada territorio en particular, cuáles son esas variables, y su respectivo peso relativo, para así optimizar el impacto y costo/beneficio de los instrumentos y recursos públicos que se aplicarán. Con ese propósito el Instituto de Desarrollo Local y Regional, IDER, de la Universidad de La Frontera, propone al debate adoptar un modelo de análisis de la siguiente estructura (ilustrada en la Figura 4):

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Figura 4

Modelo de Análisis Sistémico para la Focalización de Políticas e Instrumentos de Desarrollo en Territorios DESARROLLO ECONÓMICO - PRODUCTIVO

DESARROLLO SOCIAL - CULTURAL

• Crecimiento • Ingreso • Número Empresas • Ventas Empresas • Exportaciones • Transferencia Tecnológica • Mano de Obra • Innovación • Inversión Privada Variables de • Otros mayor

•Educación • Salud • Grupos Vulnerables • Deporte y recreación • Expresiones Culturales • Desigualdad • Discapacidad • Seguridad Pública • Pueblos Originarios • Otros

importancia particular para •Institucionalidad • Infraestructura Vial • Control Social cada territorio • Vivienda •Gobernanza • Conectividad • Participación Ciudadana • Habitabilidad • Redes • Ordenamiento Territorial • Desc. Fiscal • Integración Territorial •Desc. Política • Concentración de •Desc. Administrativa Población • Otros • Ruralidad • Cobertura de Servicios • Otros DESARROLLO TERRITORIAL

•Los pesos relativos son particulares para cada territorio • La focalización de políticas e instrumentos debe ser diferenciada PESOS RELATIVOS POR TERRITORIO Variables

COMUNA 1

COMUNA 2

COMUNA 3

COMUNIA N

VAR 1

W11

W12

W13

W1N

VAR 2

W21

W22

W23

W2N

VAR 3

W21

W22

W23

W3N

VAR 4

W21

W22

W23

W4N

VAR 5

W21

W22

W23

W5N

VAR X

WX1

WX2

WX3

WXN

VAR X+1

W(X+1)1

W(X+1)2

W(X+1)3

W(X+1)N

DESARROLLO POLITICO Y ADMNISTRATIVO

Fuente: Elaboración propia IDER-UFRO, 2012 a partir de antecedentes de SUBDERE

2.2.2. PROMOVER UNA ARTICULACIÓN TERRITORIAL CONVERGENTE (ATC) DE LOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS En la actualidad, existe una gran cantidad de diferentes instrumentos de fomento y recursos públicos disponibles para ser aprovechados por iniciativas de calidad relacionadas al desarrollo de las comunas y regiones46, o directamente dirigidas a dicho propósito.

46

Fondos Sectoriales, FNDR, FIC Regional, INNOVA, FONDEFF, Becas CONICYT, Atracción e Inserción de Capital Humano Avanzado (CONICYT), Becas Chile (MINEDUC), FONDART, AGES (SUBDERE), Innovación: Proyecto RED (Enfoque RIS de UE, incluye aporte de IES), Desarrollo de Instituciones de Educación Superior regionales (MINEDUC), Academia de Capacitación Municipal y Regional (SUBDERE), Descuento de Deuda de Crédito Universitario (Ley 20.330), SERCOTEC, INDAP, FOSIS, Desarrollo Social (MIDEPLAN), Incentivos para atraer y retener Capital Humano Calificado (SUBDERE), Recursos de Cooperación Internacional (bilateral, multilateral), Aportes Empresariales (Donaciones con descuento tributario, rebajas de gastos), Otros

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Sin embargo, como se lustra en la Figura 5, la mayor parte de estas política e instrumentos públicos, además de diseñarse y ejecutarse por sus respectivos organismos en una lógica predominantemente central, sectorial y homogeneizante, están bastante dispersos entre sí, sin comunicación y coordinación previa entre ellos, ni con las comunidades y territorios a cuyo mejor desarrollo supuestamente están dirigidos, por lo cual, generalmente, no logran generar los efectos cruzados y sinérgicos deseables para optimizar su impacto.

Figura 5

Políticas y Fondos Públicos FNDR CORFO

FNDR

FONDEF

BECAS CHILE

COOP. INTER. INNOVA

FNDR FNDR

Situación Actual: - Dispersión

FNDR

- Descoordinación

FONDEF

BECAS CHILE

Salud Sectorial

FNDR

COOP. INTER.

FNDR

INNOVA

SUBDERE

Fuente: elaboración propia, IDER-UFRO, 2012

La mayor parte de los recursos públicos que se gastan en regiones son asignados sectorialmente, y en forma vertical de arriba abajo (top-down). Se ha estimado que menos de un 25% de la inversión pública efectiva es de decisión regional47 y existe una tendencia a la disminución de dicho porcentaje, aún cuando el nivel de inversión total aumenta. Un buen ejemplo de esta situación es la creciente cantidad de programas sociales que son ejecutados en las comunas vulnerables, cuya gestión está a cargo de los Municipios que para estos casos funcionan como órgano desconcentrado del nivel central. Cuando los recursos son asignados de forma vertical de arriba abajo, o cuando se pone el énfasis a la capacidad de ejecución del presupuesto asignado más que a su efectividad, es común que a nivel central-ministerial no se produzcan coordinaciones que busquen la articulación entre distintos instrumentos y fondos.

47

ver Horst, Bettina (2009) “Fuentes de financiamiento gobiernos subnacionales y descentralización fiscal” en “Pensando Chile desde sus Regiones”, H. von Baer, Editor General, Ediciones Universidad de La Frontera.

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Para enfrentar dicha situación debe orientarse y empoderarse al sector público local y regional, así como a los demás actores del desarrollo local y regional, para que, de conjunto, puedan generar dicha coordinación articuladora y convergente de instrumentos sectoriales, así como también con los demás recursos de decisión regional. Esto implica instalar competencias, fortalecer el capital social (confianzas, asociatividad) y vincularse con las necesidades y oportunidades territoriales para identificar los requerimientos de focalización de los diversos instrumentos disponibles, respondiendo así a un criterio de construcción desde la demanda local y regional, desde abajo arriba (bottom up). En consecuencia, para operativizar dicho enfoque, como se ilustra en la Figura 6, se propone implementar metodologías e instrumentos de “Articulación Territorial Convergente” (ATC), que contribuyan, cuando corresponda, a los fines y naturaleza de los respectivos fondos y proyectos, a priorizar e integrar sus aportes desde una perspectiva más sistémico-territorial, logrando así una mayor equidad para las comunidades y territorios involucrados y una mayor autonomía regional en las decisiones de recursos de inversión y desarrollo48. Figura 6

Articulación Territorial Convergente (ATC) de políticas e instrumentos públicos FNDR BECAS CHILE

COOP. INTER.

Salud Sectorial

FNDR

INNOVA

CONICYT

Medición ex- post de impactos sobre el desarrollo del territorio

Fuente: elaboración propia IDER-UFRO, 2012

Logrado lo anterior, será necesario realizar periódicas mediciones ex-post de los impactos efectivamente alcanzados sobre el desarrollo de las respectivas comunidades y territorios, para así retroalimentar y perfeccionar periódicamente el modelo. 48

Un avance en esta dirección lo constituye un “Reglamento Regional de Convergencia”, metodología que permite a los Gobiernos Regionales vincular y potenciar las inversiones regionales, derivadas de los convenios de programación, con los respectivos instrumentos de planificación territorial (uno de los productos desarrollados por el IDER por encargo de la SUBDERE, como parte de nueve productos de Descentralización Fiscal.

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2.2.3. MÁS CAPITAL HUMANO PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNAS Y REGIONES.

Objetivo Estratégico: Crear las condiciones para que todas las personas, sin distingo de su edad, condición social y étnica, ni de su condición territorial, puedan desarrollar en plenitud todos sus talentos y capacidades, en cada una de las comunas y regiones de Chile, y para que éstas puedan atraer, retener y formar Capital Humano Calificado y motivado para aportar a sus procesos de desarrollo.

Justificación: Según MIDEPLAN (2002) existe un muy alto grado de concentración de Capital Humano Avanzado, con un 50,5% en la R.M., a gran distancia de la del Bío-Bío con 10,5%, y en el extremo más bajo de Aysén con un 0,6%. Esta severa asimetría se actualiza y refuerza en el informe de la OCDE (2009), según el cual el Capital Humano Calificado de Chile se distribuye de manera muy dispar, con una concentración en la R.M. en la toma de decisiones, actividad empresarial, fuerza laboral, educación superior e investigación y desarrollo. Ello pone en evidencia que es necesario constituir, en cada una de las regiones, una masa crítica de Capital Humano debidamente calificado y comprometido con sus respectivos desafíos de desarrollo, brechas que las políticas públicas no han asumido sino que incrementado durante muchas décadas, como lo plantea un reciente estudio realizado por encargo de la SUBDERE por el Instituto de Desarrollo Local y Regional, IDER, de la Universidad de La Frontera: La disponibilidad de una masa crítica de Capital Humano Calificado es la dimensión más determinante para el fortalecimiento de la competitividad de las regiones así como para el buen avance del proceso de descentralización.

Dicha premisa es coincidente con uno de los puntos centrales postulados en un reciente ensayo sobre Descentralización por Mario Waissbluth y Cesia Arredondo (2011), quienes postulan al Capital Humano como “la Madre de todas las Batallas”, dado que es “esencial contar con recursos humanos de calidad adecuada y una masa crítica de liderazgos constructivos, para los gobiernos locales y regionales, el emprendimiento y la innovación, la educación general y superior, la cultura, las ONG, y las dependencias ministeriales localizadas en regiones”. Como marco de referencia para el citado estudio de SUBDERE (2012), se realizó una amplia revisión de la experiencia internacional comparada sobre el tema de Capital Humano Calificado para el desarrollo de los territorios, obteniendo aprendizajes muy determinantes para el caso de Chile, como son, entre otros:  A nivel global, existe una verdadera “Guerra por los Talentos”, entendidos como el componente más determinante para la competitividad territorial.  Diversos Estados (entre otros Canadá, Ohio, Milwaukee, Escocia, Países Bajos, Israel), no obstante ser descentralizados, aplican políticas y recursos públicos muy activos para atraer, retener y formar 69


el Capital Humano Calificado requerido para sus estrategias de desarrollo (a diferencia de Chile, que no obstante ser altamente centralizado, hasta ahora ha mantenido una actitud neutra e indiferente en esta materia).  Uno de los aprendizajes más valiosos obtenidos, está en los estudios realizados por el investigador Richard Florida (2007), quien, en síntesis, concluye que: “El escenario mundial ha llegado a configurarse básicamente por economías dinámicas con altos stocks de Capital Humano Calificado, y economías deprimidas con bajo stock de Capital Humano Calificado”, y como recomendación para estos últimos, plantea que:

“Para su futuro sustentable, los territorios atrasados deben implementar agresivas estrategias de atracción y retención de talentos”. “El proceso de atracción de Capital Humano Calificado está condicionado no sólo por el conjunto de atractivos con que cuenta el territorio, o por la oferta de trabajo de éste, sino por ambos factores en conjunto”.

En consecuencia, es necesario tomar conciencia que, consecuencia de la extrema concentración metropolitana de Capital Humano Calificado y consiguiente asimetría en su distribución territorial, ninguno de los anteriormente descritos Procesos Clave (Descentralización, Fortalecimiento de Capacidades locales y regionales, Participación Ciudadana y Control Democrático) podrá avanzar en forma satisfactoria, sostenida y con la fuerza y profundidad deseables, si no se cuenta en cada una de las regiones con una masa crítica de Capital Humano debidamente calificado y comprometido con sus respectivos desafíos de desarrollo. Con esta convicción, el antes citado estudio, entregado a mediados de abril 2012 al Gobierno central y a los Gobiernos Regionales bajo el nombre “Mas Talentos para el Desarrollo Regional”, y a partir de un estudio de demanda realizado a cuatro grupos de profesionales calificados residentes en la capital y el extranjero, propone un conjunto de “Incentivos Regionales”, que no requieren de reformas de ley, ordenados de menor a mayor complejidad, dirigidos a atraer y retener Capital Humano Calificado (técnicos, profesionales universitarios, postgraduados), susceptibles de ser puestos en práctica en forma gradual y progresiva en todas las regiones de Chile, a partir del año en curso. Asimismo, propone un sistema de información e intermediación laboral (en portal web) denominado “La Vitrina de las Regiones”, con información relevante sobre las principales potencialidades de desarrollo y atractivos de cada comuna y región, así como antecedentes relevantes de lo que significa vivir, trabajar, educar, invertir e innovar en dichos territorios, a ser construida en forma participativa y competitiva. Por último, para la puesta en marcha y administración de este Sistema de Incentivos Regionales, se propone una institucionalidad descentralizada y flexible de gestión regional articuladora.49. 49

No obstante constituir un compromiso explícito del programa de gobierno del Presidente Piñera, y de que ninguno de los Incentivos Regionales propuestos para su primera etapa de implementación requiere de ley (sólo voluntad política y

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2.2.4. RED DE CENTROS REGIONALES PARA EL DESARROLLO TEMPRANO DE TALENTOS ACADEMICOS50.

Justificación:  La evidencia universal demuestra que, sin distingo de su condición social, económica, étnica, ni de su género ni ubicación territorial, un 1 a 2% de la población escolar presenta un potencial intelectual excepcionalmente alto. Aproximadamente, 35.000 niños y jóvenes chilenos.

 Los estudiantes talentosos que académicamente presentan este alto potencial intelectual, aman aprender y están intrínsecamente motivados por conocer, comprender y crear. Sin embargo, cuando no son debidamente desafiados en sus capacidades, este potencial se pierde; sobre todo en el caso de quienes se educan en contextos socioeconómicamente deprivados y de menos oportunidades.

 Hasta hace algunos años en Chile no existía conocimiento ni iniciativas formales para dar respuesta a las necesidades e intereses de las personas académicamente talentosas, con la consiguiente grave pérdida de capital humano y oportunidades de desarrollo. Recién en la década del 90 en el país se comenzaron a estudiar de manera sistemática la necesidad y las estrategias de cultivo temprano de los talentos académicos (Fundación Andes).  La experiencia internacional y nacional disponible demuestra que este tipo de iniciativas contribuyen a prevenir conductas desadaptativas en jóvenes a través del encauzamiento constructivo de sus habilidades cognitivas superiores, construcción de proyectos de vida saludable y desarrollo de herramientas para la concreción de mejores oportunidades de inserción laboral.  Asimismo, facilitan en las familias una justa apreciación de las capacidades, limitaciones y motivaciones de sus hijos, bien dispuestas a reconocer y utilizar las oportunidades actuales y emergentes de perfeccionamiento y con altas expectativas sobre las posibilidades de desarrollo y bienestar de sus descendientes. • Actualmente (2012) existen seis programas de enriquecimiento extracurricular desarrollados por universidades en algunas ciudades del país (Antofagasta, Valparaíso, Santiago, Concepción, Temuco, Valdivia), los que atienden una pequeña fracción de estudiantes talentosos de educación básica y media (alrededor de 2.300), provenientes de algo más de 62 comunas. A partir de 2007 el Estado, a través del Programa de Promoción de Talentos en Escuelas y Liceos (decreto 230 del MINEDUC), ha asumido la necesidad de apoyar económicamente estas iniciativas mediante el otorgamiento de becas. Sin embargo, como país aún se carece de una política pública sobre el tema. • En consecuencia, la cobertura y el acceso a programas de ésta naturaleza a lo largo de todo el territorio nacional es insuficiente y dista mucho de atender a la gran mayoría de niños y jóvenes talentosos (se atiende apenas al 8%). Esto es especialmente crítico en el caso de territorios alejados y de baja concentración poblacional, pero igual distribución proporcional de talentos.

recursos), hasta la fecha de emitirse el primer avance del presente ensayo (13.08.12), aún se observan señales explícitas de la puesta en marcha del Sistema comprometido. 50

-En su versión original, esta propuesta ha sido elaborada por los profesores Lucio Rehbein (lrehbein@ufro.cl) y Helga Gudenschwager (helgagud@ufro.cl), del Programa Educacional para Niños, Niñas y Jóvenes con Talento Académico, PROENTA, de la Universidad de La Frontera, fono 045-325992). - Sistematización: IDER-UFRO 2012

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Propuesta: • Establecer en Chile una Red de espacios y oportunidades (Escuelas, Centros, Programas) para la identificación y desarrollo temprano y pleno de todos los niños, niñas y jóvenes con talentos académicos, avanzando en su diferenciación inclusiva, invirtiendo en capital humano y aportando constructivamente al desarrollo de las ciencias, del emprendimiento empresarial y social, y de la sociedad en general.  Instalar capacidades (profesores debidamente capacitados y talentosos, medios pedagógicos y tecnológicos especializados, recursos financieros suficientes, conexión y cooperación en red) para la puesta en marcha y desarrollo de esta red pro desarrollo de talento académico.  Por esta vía, contribuir a una educación chilena más inclusiva, que reconozca la diversidad de estudiantes en las aulas de cada región del país y ofrezca a todos ellos la igualdad de oportunidades que merecen y que el país requiere para su desarrollo futuro.

2.2.5. RED DE FORMACIÓN DE NUEVOS LIDERES PARA EL DESARROLLO LOCAL Y REGIONAL51

Justificación:  El alto grado de centralización de Chile limita las oportunidades de desarrollo personal y profesional de jóvenes talentos de regiones, generando altos niveles de deserción estudiantil, así como migración y fuga de talentos desde comunas periféricas a las capitales de provincias y regiones y de éstas a Santiago y al extranjero, acrecentando brechas entre regiones y los consiguientes problemas de desarraigo, cesantía y empleo precario de los jóvenes.  Las universidades de regiones no disponen de programas sistemáticos que motiven y comprometan a jóvenes talentos con las oportunidades de desarrollo de su entorno más cercano, ni desarrollan con ellos el conocimiento y las herramientas para descubrir y construir sus propias oportunidades en esas comunidades y territorios.  Sin embargo, se ha podido comprobar una significativa expansión de la participación de los alumnos universitarios en organizaciones estudiantiles temáticas, que refleja la existencia de un importante capital potencial entre los jóvenes para participar en asuntos de interés público, pero, por ahora, escasa conexión de estos grupos con actividades de formación en temáticas del desarrollo a escala local y regional.

Propuesta:  Diseñar y desarrollar en red interinstitucional asociativa un programa formativo y orientador a estudiantes con motivación social, conformado por dos componentes principales: - valores, conocimientos, competencias y herramientas - experiencias participativas en comunidades locales. 51

- Autoras: María Antonieta Campos, Carolina Muñoz, Fundación Red Sinergia Regional.

-

Sistematización: IDER-UFRO 2012

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 Promover redes de colaboración e intercambio (interinstitucional, interregional), entre jóvenes talentos, así como entre éstos y los principales actores del entorno local y regional.  Entregar incentivos para estudiantes y organizaciones estudiantiles que se vinculen a tareas y temas del desarrollo local y regional, tales como: - becas para prácticas y tesis o proyectos de título de pregrado; - concurso de proyectos para organizaciones estudiantiles; - premios para buenas prácticas de vinculación universidad, territorios y comunidades; etc.).  Instituir cursos y programas de diferentes niveles (capacitación, electivos de pre-grado; postítulo, magíster, doctorado); con lógica de educación continua, movilidad estudiantil y laboral (mediante la aplicación de créditos transferibles y procesos de autoevaluación y acreditación).  Promover la vinculación más directa y fecunda de las instituciones de educación superior con la realidad de su respectivo entorno local y regional, cumpliendo así de manera más cabal su misión de aportar y compartir conocimiento con los principales agentes del desarrollo.

2.3. Más Conocimiento y Capacidad de Innovación Regional Objetivo Estratégico: Fortalecer la capacidad de las regiones para generar, difundir y aplicar conocimiento propio de calidad, pertinente a sus particulares vocaciones productivas y procesos de desarrollo, y de desarrollar sus respectivos Sistemas, Fondos y Centros Regionales de Innovación, capaces de construir el conocimiento estratégico requerido para sus planes y procesos de desarrollo, y de articular a los actores del desarrollo de la región, así como entre éstos y el Sistema Nacional de Innovación. 2.3.1. RED DE CENTROS DE PENSAMIENTO ESTRATÉGICO REGIONAL52.

Justificación:  La inserción de Chile en la Sociedad del Conocimiento y en los procesos de descentralización y desarrollo de sus territorios, obliga a mejorar calidad de la toma de decisiones e interacción de sus agentes, a través de la generación y acumulación de conocimiento propio y pertinente a entornos locales y regionales diversos.  La gran mayoría de los Centros de Políticas Públicas y Pensamiento Estratégico (Think Tanks) del país se ubican en la Región Metropolitana (adscritos a universidades o a organizaciones y fundaciones de carácter ideológico y partidista), en los que se diseñan, debaten y promueven las políticas públicas y reformas de la institucionalidad vigente de todo Chile, pero las más de las veces desde la perspectiva de las elites políticas, económicas y académicas de la capital. Asimismo, se

52

- Autor: Patricio Vergara, Sociólogo, Dr.(c) en Economía, Director del Centro de Investigación en Políticas Públicas de la Región de Tarapacá, CIPTAR. - Sistematización: IDER-UFRO, 2012

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forma y capacita la mayor parte de los nuevos cuadros dirigenciales, incluidos aquellos destinados a asumir responsabilidades en regiones.  Con ocasión de los procesos eleccionarios, los programas de gobierno, y una vez asumido un nuevo gobierno o coalición, las políticas, proyectos de reformas, regulaciones normativas y programas de implementación, referidos a los procesos de descentralización y de desarrollo de los municipios y regiones, las más de las veces son diseñados, debatidos, aprobados e impuestos, desde la capital, sin mayor consulta o participación relevante de representantes de regiones.  No obstante la existencia de Universidades Regionales, de algunos programas científicos regionales de CONICYT e Innova Chile y de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, en la actualidad sólo existen ocho Centros de Estudios Regionales (respecto de 14 regiones), que exhiben grados todavía muy variables de desarrollo, productividad, sustentabilidad económica y estabilidad y apoyo institucional, como son: - Centro Universitario de Estudios Regionales, CEUTA, Universidad de Tarapacá, Arica. - Centro de Investigación de Políticas Públicas de Tarapacá, CIPTAR (modelo diferente, creado recientemente y financiado por iniciativa del Gobierno Regional. - Instituto de Economía Regional Aplicada, IDEAR, Universidad Católica del Norte. - Centro de Estudios de Valparaíso. - Centro de Estudios Regionales, Universidad de Talca. - Centro de Estudios Urbano Regionales, CEUR, Universidad del BíoBío. - Instituto de Desarrollo Local y Regional, IDER, Universidad de La Frontera - Centro de Estudios Regionales, CEDER, Universidad de Los Lagos. Además, se encuentra en fase de anteproyecto, un Centro de Estudios Regionales de la Universidad Austral de Chile, en Valdivia. • Aún no existen en el país políticas ni instrumentos públicos dirigidos a orientar, financiar, evaluar, acreditar y articular centros, grupos o programas regionales multidisciplinarios y estables, capaces de pensar sus respectivas regiones en directa interacción con los otros agentes del desarrollo. Propuesta: • Crear en cada una de las regiones de Chile, y organizar en Red, Centros de Estudio Regionales, con carácter de Centros de Pensamiento Territorial, de carácter interdisciplinario e interinstitucional (articulados y co-financiados entre Universidades, Gobiernos Regionales, Centros de Investigación Regionales y otros agentes relacionados), capaces, entre otros, de aportar a: - la construcción de proyectos políticos regionales con fuertes dosis de conocimiento estratégico y orientación a la innovación productiva. - la toma de decisiones gubernamentales de mejor calidad y pertinencia regional. - el mejoramiento de la calificación y articulación de los agentes regionales y locales. - la orientación para los programas de formación y capacitación relacionados a las tareas del desarrollo local y regional y su periódica actualización. - la creación de un “clima social del desarrollo”, incorporando nuevas ideas y agentes al debate. - el fortalecimiento de la memoria colectiva y de la identidad, autoestima y sentido de pertenencia regional. • Instituir una política nacional de apoyo a la gestión del conocimiento territorial para la toma de decisiones regionales y locales, dotada de diversos instrumentos para su desarrollo y sustentabilidad: - Fondo Nacional concursable para incentivar la creación, fortalecimiento y desarrollo de Centros de Pensamiento Territorial (interdisciplinarios, interinstitucionales). - Agendas pactadas del conocimiento estratégico territorial en cada una de las regiones, compartida entre las Universidades, centros de estudios, Gobierno Regional y otros agentes relacionados, en 74


concordancia con las respectivas estrategias y planes regionales y locales de desarrollo, las agendas de desarrollo productivo, y, en lo que corresponda, las correspondientes estrategias y políticas nacionales. - Programa de Capacitación y Formación de recursos humanos en los Centros de Pensamiento Estratégico Territorial. - Sistemas Regionales de Innovación, articulados con los principales actores del desarrollo de la respectiva región y con el Sistema Nacional de Innovación para la Competitividad.

2.3.2. INSTITUCIONALIZACION DE LA VINCULACION CON EL MEDIO COMO FUNCION ESENCIAL DE LA EDUCACION SUPERIOR DE REGIONES53

Justificación:  Las instituciones de educación superior están expuestas hoy a una dinámica de permanentes cambios de una sociedad cada vez más compleja. Ello lleva implícito el riesgo de debilitar su capacidad de interpretación, adecuación y anticipación a dichos cambios, de influir en la sociedad y de ser reconocida por ésta, y por ende, el riesgo de perder vigencia y legitimidad social. Esta inédita y desafiante realidad les impone la necesidad de repensar y reorganizar, a fondo y en todas sus funciones, las tradicionales formas de generar y transmitir conocimiento y de relacionarse con sus respectivos entornos relevantes.

 En Chile, ello significa reconocer y asumir la Vinculación con el Medio como función esencial más que subalterna de la Educación Superior en Chile, lo que supone, entre otros: - transitar de un modelo “Torre de Marfil” a un modelo de “Universidad Interactiva”. - construir una relación más transversal y bidireccional con los actores públicos, privados y sociales del respectivo entorno, incorporándolos como socios y aliados estratégicos permanentes para compartir la construcción, transmisión y aplicación de conocimientos, basados en las oportunidades, problemas y aspiraciones del desarrollo de su respectivo entorno natural, social y productivo. - reconocer que muchos de los actores del medio externo disponen de una valiosa acumulación de información, conocimiento, experiencia y sapiencia, fuente insustituible para el proceso de generación y transmisión de conocimiento, así como para su calidad, pertinencia y aplicabilidad. - revalorizar los territorios locales y regionales y sus comunidades como espacios privilegiados para la construcción compartida de conocimientos y su transformación en oportunidades de mejor desarrollo y bienestar de la población. - Contribuir, desde las actividades de Vinculación con el Medio, a la pertinencia y calidad de la docencia y la investigación, estableciendo una relación virtuosa entra estas tres funciones esenciales de la Educación Superior.  Sin embargo, en Chile todavía existe una situación ambigua: la sociedad chilena y sus esfuerzos hacia el desarrollo demandan aportes relevantes de parte de sus instituciones de educación

53

- Autor: Comité Técnico sobre Vinculación con el Medio, Comisión Nacional para la Acreditación, CNA, Dic. 2010. - Síntesis y sistematización: IDER-UFRO 2012

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superior, aún más, instauran la Vinculación con el Medio como un área de acreditación54, sin crear, simultáneamente, las correspondientes políticas e instrumentos públicos para orientar, regular y apoyar financieramente dichas actividades, especialmente aquellas que estime de mayor relevancia.  Este paradojal vacío afecta y limita especialmente a las instituciones de Educación Superior de Regiones en el cumplimiento de su desafío de generar conocimiento y desarrollo en forma compartida con los actores públicos, privados y sociales de su respectivo entorno.

Propuesta:  Que el Ministerio de Educación reconozca formalmente a la Vinculación con el Medio como la tercera misión esencial de la educación superior y contribuya a su financiamiento, especialmente al de aquellas actividades de interés público, que con frecuencia son las más relevantes para la interrelación Educación superior-Sociedad.  Instituir instrumentos de financiamiento diferenciado según sea la naturaleza, el interés y los beneficios generados por las actividades de Vinculación, esto es: financiamiento público: para iniciativas o proyectos de interés y beneficio público, generados conjuntamente o por encargo de dicho sector. 55 financiamiento privado: para actividades de vinculación generadas conjuntamente con el sector privado y de particular interés para éste. financiamiento institucional: para iniciativas de interés directo para la respectiva institución de educación superior. financiamiento mixto: para actividades de interés compartido para la institución, el ámbito público o privado.

54

La ley n° 20.129 contempla, en su artículo 17, la vinculación con el medio como una de las áreas adicionales de acreditación. 55 Como instrumentos de financiamiento público para actividades de Vinculación con el Medio de interés y beneficio público, reconocidas y evaluadas como relevantes para el desarrollo de la sociedad en el entorno de la respectiva institución, se pueden considerar, entre otras, las siguientes alternativas: a) Incorporar un componente agregado al Aporte Fiscal Directo b) Convenios de Desempeño, diferenciados según institución y región. c) Fondos Concursables específicos para proyectos, equivalentes a los que existen para investigación, innovación y fomento productivo. d) Concursos y premios, de nivel regional y nacional, para visibilizar las iniciativas más innovadoras y de mayor impacto social de efectiva Vinculación con el Medio. e) Instrumentos de incentivo tributario que estimulen la participación de agentes privados en el desarrollo de actividades de interés compartido que se reconozcan relevantes para el desarrollo de la comunidad.

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2.3.3. FORTALECIMIENTO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION SUPERIOR DE REGIONES

Justificación:  En la ley de Presupuesto de la Nación del año 2012 (glosa 08), se aprobó la creación de un fondo para el desarrollo de la Educación Superior de Regiones, el cual se administrará mediante concurso del instrumento “Convenio de Desempeño” (aplicado con buenos resultados durante los últimos años en otros ámbitos de la Educación Superior del país). Se han definido como elegibles un total de 33 instituciones (en su mayoría Universidades, así como Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica) acreditadas cuya casa central esté localizada fuera de la región metropolitana.  La convocatoria 2012 es por un monto total de $ 11.000 millones, para una ejecución plurianual de máximo 3 años, para financiamiento en tres ámbitos: 1) Propuestas Institucionales (hasta M$ 1.200; 2) Propuestas para zonas aisladas (hasta M$ 1.200); 3) Propuestas Interinstitucionales asociativas (M$ 500).  Entre las 33 instituciones elegibles, 29 declararon interés de participar en el concurso, con presencia territorial de Arica a Magallanes, y con iniciativas de una muy amplia y promisoria diversidad temática, hecho que demuestra un enorme potencial de generación de nuevo conocimiento y desarrollo, pertinente a cada región, compartida entre las instituciones y sus respectivos aliados estratégicos públicos, privados y sociales.  Al mismo tiempo, demuestra una gran necesidad insatisfecha a lo largo de todas las regiones del país, más aún cuando el monto disponible probablemente permitirá financiar solo alrededor de un tercio del total de postulaciones esperadas, y, que, por ahora, este nuevo fondo solo está respaldado en la Ley de Presupuesto del presente año 2012.

Propuesta:  Instituir el Fondo para la Educación Superior de Regiones en forma permanente y estable en la Ley de Presupuesto de la Nación.  Evaluar los resultados del concurso 2012 del fondo (Convenios de Desempeño de calidad y pertinencia regional postulados, entre financiados y no financiados en esta convocatoria, y, sobre esa base:  Caracterizar y dimensionar la proyección futura del fondo, en términos de su ampliación progresiva a otras instituciones y regiones, a otros ámbitos temáticos, relacionados a otros desafíos y oportunidades del desarrollo regional, así como a la necesaria sustentabilidad, consolidación y potenciación de las iniciativas de desarrollo compartido impulsadas gracias a este nuevo instrumento.  Abrir espacios de colaboración y alianzas con otras iniciativas públicas, privadas y sociales afines de carácter estratégico para la respectiva región, así como articulaciones convergentes con otros instrumentos y fondos análogos con presencia en el correspondiente territorio local o regional.

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2.4. Mejor Infraestructura para el Desarrollo de los Territorios Objetivo: Asegurar el acceso físico desde y hacia todas las comunidades locales y territorios del país, ampliando sus oportunidades de desarrollo social, productivo y exportador, e integrando a la comunidad, los recursos y la cultura locales en el diseño, ejecución y mantención de las respectivas obras.

2.4.1. SUPERACIÓN DEL AISLAMIENTO DE COMUNIDADES LOCALES

Justificación:  A lo largo y ancho del territorio nacional, aún existe una apreciable cantidad de comunidades locales carentes de accesos estables, una parte de ellas incluso todavía completamente aisladas. Ello limita severamente su acceso a servicios básicos de educación, salud y provisión de víveres, así como a los mercados de sus productos y servicios.

 Los medios de comunicación, la opinión pública y con frecuencia también las autoridades centrales, toman conciencia de la existencia de esas condiciones de aislamiento y abandono, al momento de producirse algún accidente grave o un fenómeno natural en dichas zonas, que suscite la atención de la opinión pública, transitoriamente, para luego volver al olvido y abandono.

 Las soluciones son diseñadas y decididas en el nivel central, generalmente sin aprovechar la experiencia, conocimiento local y los recursos propios de las respectivas comunidades.

Propuesta:  Completar las construcciones de accesos (caminos, puentes, pasarelas, sendas de penetración), funcionales y estables a lo largo de todo el año, a las comunidades rurales y aisladas que aún carecen de dicha conexión básica.  Involucrar, desde un comienzo y en todo lo que sea posible, en el diseño, ejecución y mantención de las obras, la participación protagónica de las comunidades locales, sus recursos naturales, valores culturales y elementos identitarios, fortaleciendo el sentido de pertenencia y autoestima de sus habitantes, así como su autocuidado e identificación con dichas obras.

2.4.2. INTEGRACION VIAL DE LA ZONA AUSTRAL AL DESARROLLO DE CHILE

Justificación: • Hasta el día de hoy, muchos colonos y pobladores de amplias zonas del Chile Austral carecen de conexión vial funcional, continua y estable a la zona sur y centro del país. • El transporte de personas y de carga (desde y hacia la zona), todavía es muy dependiente de servicios de trasbordadores, con recorridos de itinerarios irregulares, condicionados por condiciones climáticas con frecuencia adversas y muy bajas frecuencias en la mayoría de los meses del año (baja temporada turística).

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 Las emergencias médicas y la provisión de víveres y de otros servicios básicos con frecuencia son atendidos sólo hacia y desde Argentina.  Las condiciones climáticas imperantes en la zona con frecuencia originan accidentes aéreos.  Periódicamente se producen movilizaciones de lugareños para reclamar la construcción de un camino “de Chile a Chile” así como legítimos reclamos por las condiciones de aislamiento de sectores al interior de la carretera austral. Propuesta:  Superar las condiciones de aislamiento, parcial abandono y menoscabo del amplio territorio del Chile Austral56 y abrir a sus habitantes en forma estable a las oportunidades del desarrollo y de convivencia, así como a su sentido de pertenencia al territorio nacional.  Completar y pavimentar la ruta vial austral y construir todos los caminos troncales y laterales de acceso faltantes.  A partir de la realización de dichas obras de infraestructura vial, focalizar y articular territorialmente diferentes instrumentos públicos e iniciativas privadas hacia las variadas potencialidades productivas y exportadoras de la zona austral.

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A modo de ejemplo, la región de Aysén tiene un tamaño geográfico análogo a la suma de Dinamarca, Holanda y Bélgica, y no ha podido desplegar todo sus potencialidades de desarrollo, principalmente debido a la falta de conexión vial con el resto del país.

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3. PARTICIPACION CIUDADANA Y CONTROL DEMOCRÁTICO Objetivos:  Participación Ciudadana: Ampliar y profundizar el involucramiento efectivo de la sociedad civil y la ciudadanía en las decisiones que la afectan directamente y fortalecer el ejercicio pleno de los derechos y deberes ciudadanos y de las organizaciones intermedias de la sociedad.  Control Democrático: Asegurar, desde las instituciones públicas, la sociedad civil organizada, la academia y la ciudadanía de regiones, el cumplimiento de los programas y compromisos contraídos así como el ritmo de avance, profundidad y transparencia de los procesos de descentralización y de desarrollo local y regional en Chile.

3.1. RED REGIONAL DE OBSERVATORIOS CIUDADANOS Justificación: • Una carencia que limita severamente la calidad del debate técnico, académico, político y ciudadano, así como el ritmo y profundidad de avance de los procesos de descentralización y de desarrollo territorial, es la falta de información relevante para la toma de decisiones, materializados en indicadores validados relacionados a dichos procesos, y de monitoreo e información sobre el grado de cumplimiento de los compromisos contraídos por parte de autoridades, candidatos, dirigentes de la sociedad civil y otros actores relacionados al proceso. • Dicha carencia dificulta el alineamiento de las voluntades, capacidades y recursos de los diferentes actores del desarrollo en torno a objetivos, metas y acciones compartidas, así como la aplicación focalizada y diferenciada de las respectivas políticas e instrumentos públicos.

Propuesta: • Crear una Red de Observatorios Ciudadanos de la Descentralización y el Desarrollo Territorial que contribuya a: - Fortalecer los espacios de participación y control social, acercando los objetivos, beneficios y complejidades de la descentralización el desarrollo de los territorios al conocimiento y valoración de los ciudadanos. - Mejorar las prácticas de buen gobierno a nivel municipal, regional y nacional por medio de la generación de información confiable y de fácil acceso para la toma de decisiones, contribuyendo a un mejor cumplimiento de los compromisos contraídos por autoridades y candidatos de representación popular • Dotar a dicha Red de un carácter técnico, autónomo y participativo, de interés y financiamiento público, dirigido a monitorear e informar a la ciudadanía y a todos los actores del desarrollo de cada región, sobre los principales aspectos relacionados a dichos procesos, tales como: - Indicadores del avance de los procesos de Descentralización y de Desarrollo Territorial, en el nivel local y regional.

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- Grado de cumplimiento de compromisos contraídos por personas e instituciones (autoridades, candidatos, otros actores relacionados). - Indicadores de desarrollo económico local y regional (IPC, ingreso mínimo, competitividad, inversión, demanda y oferta de servicios, conocimiento, capital humano calificado, análisis prospectivo y de brechas, etc.) - Evaluaciones del impacto descentralizador (positivo, negativo) de los proyectos de ley. - Percepciones de la ciudadanía respecto políticas, sus representantes locales y regionales, el avance en el proceso de descentralización, entre otros.

3.2. CONSTRUCCION DE INDICADORES: descentralización, competitividad, desarrollo local/regional Justificación: • Chile ha avanzado mucho en la consolidación de una infraestructura de información facilitadora de la toma de decisiones para la implementación de políticas públicas. Sin embargo, dicha estructura ha sido construida desde la premisa de los macro-datos, o de resultados agregados y homogéneos, más que a partir de información territorialmente diferenciada y pertinente. • Dicha lógica e infraestructura centralizada dificulta el alineamiento de voluntades y criterios entre los actores del desarrollo local y las autoridades del nivel nacional. La falta de un “lenguaje común” entre el centro y las regiones genera una asimetría de información que excluye al nivel local de la toma de decisiones, aun cuando este último posea información más pertinentes y esté, naturalmente, más interiorizado en las problemáticas particulares de sus comunidades y territorios. • La implementación de políticas públicas en comunas y regiones se produce bajo una lógica predominantemente centralista, sectorial y homogeneizante, lo cual se refuerza con la forma en que se construyen los datos que sustentan dicha dinámica decisional. Esta tendencia no va a ser revertida sin datos estadísticos que permitan realizar los análisis pertinentes para la toma de decisiones atingentes a cada territorio.  En consecuencia, se debe considerar la diversidad territorial como una variable ineludible, lo que implica dar un giro hacia la construcción compartida de estadísticas pertinentes desde los propios territorios, además de aplicar una mayor focalización en los aspectos cruciales para cada uno de ellos. • Así como el manejo de datos pertinentes y fidedignos es crucial para la implementación de políticas públicas, también lo es para la toma de decisión ciudadana de elegir a sus representantes para aprobar e implementar dichas políticas. Entregar a la ciudadanía información de calidad, en forma oportuna y transparente fortalece la democracia, facilita la rendición de cuentas y entrega insumos para la toma de decisión a la hora de votar.

Propuesta: • Instalar las capacidades y los recursos requeridos para diseñar, perfeccionar y calcular periódicamente, indicadores en áreas de relevancia para el desarrollo local y regional, así como para el avance y monitoreo nacional e intrarregional de un efectivo proceso de descentralización. • Crear una “unidad coordinadora a nivel central” en la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, SUBDERE, dada la atingencia de sus funciones y la reciente implementación de un 81


valioso sistema de información estadística de la realidad regional denominado “Observatorio Regional”, plataforma que podría ampliarse y fortalecerse incorporando estos nuevos instrumentos. • Los datos deberán ser diseñados, construidos o levantados periódicamente desde los territorios, los que deberán contar con las capacidades y recursos para asumir dicha tarea. Un organismo que puede asumir la función de coordinación y articulación territorial, tanto por su misión institucional, capacidad instalada y experiencia, es el Instituto Nacional de Estadísticas, INE, a través de sus secciones regionales, en colaboración con las Universidades Regionales, los Centros de Pensamiento Estratégico Territorial y las Corporaciones privadas de Desarrollo, poniendo esta información como bien público a disposición de la ciudadanía y de todos los actores del desarrollo.

3.3. PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS DE NIVEL LOCAL Y REGIONAL57 Justificación:  El fortalecimiento del sistema democrático por medio de la participación directa de la ciudadanía en la implementación de las políticas públicas representa el desafío de instalar cultural, política e institucionalmente, las escasas experiencias exitosas que a nivel local y regional, sostenidas mayoritariamente por “líderes” o “personas”, evitando así, que cuando dichos actores abandonan el aparato público o dejan sus responsabilidades políticas, las experiencias terminen por difuminarse. • Existen avances heterogéneos donde se pueden encontrar esfuerzos por fortalecer los procesos de participación democrática por medio de la implementación de presupuestos participativos. Sin en embargo, en la mayoría de los casos, y especialmente a nivel de gestión municipal, los avances y estancos están determinados por variables locales de carácter político, cultural e institucional. • En Chile aún no existe vinculación legal entre la obtención de recursos fiscales y la planificación democrática del gasto. Sin embargo, dada nuestra heterogeneidad territorial y los ritmos diferenciados de consolidación de las democracias a nivel local, la instalación de una regulación estandarizada para todo el territorio nacional no es el camino más adecuado.

Propuesta: • Establecer incentivos diferenciados para promover presupuestos participativos en la gestión municipal mediante la implementación de un sistema basado en la incorporación del concepto de “Eficiencia Democrática en la Gestión Municipal”, por medio de evaluaciones sistemáticas de la dimensión democrática de la gestión municipal, vinculando explícitamente a ello, transferencias de recursos fiscales regionales, sectoriales o nacionales. • Para evaluar las prácticas democráticas en general, y, en particular, la capacidad de la comunidad organizada de influir en el destino parcial de la inversión del presupuesto municipal, se propone instituir una “Comisión Nacional de Incentivo a la Gestión Municipal Democrática” de carácter tripartito (público, académico y social) de alcance nacional, integrada por instituciones de distinta naturaleza, pero relacionados con la gestión municipal en su dimensión democrática. Dicha

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- Autor: Egon Montecinos, Dr. en Ciencia Política, Vicerrector de Investigación Universidad de Los Lagos, “Incentivos diferenciados para promover Presupuestos Participativos en Chile”, pág. 719, en libro “Pensando Chile desde sus Regiones (2009), H.v.Baer Edit.General, Ediciones Universidad de La Frontera. - Síntesis y Sistematización: IDER-UFRO 2012

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institución sería la encargada de evaluar las prácticas municipales para vincular la gestión democrática con la asignación de recursos. • El diseño de un instrumento de asignación de este tipo tiene que considerar las heterogéneas condiciones de avance en materias de fortalecimiento de la democracia local, y apuntar hacia el logro de los siguientes objetivos: - Vincular la gestión democrática con la asignación de recursos fiscales. - Aumentar la transparencia en la asignación de recursos públicos. - Aumentar la rendición de cuentas públicas por parte de los municipios y por parte de la comunidad organizada que adjudique proyectos por medio de fondos democráticos. - Disminuir la posibilidad del uso clientelar de los recursos del presupuesto participativo. - Aumentar el monto de dinero que los ciudadanos pueden decidir en el presupuesto participativo.

3.4. ASAMBLEAS, CABILDOS Y PLEBISCITOS LOCALES Justificación: • La crisis de institucionalidad y de representatividad, declarada transversalmente por los más diversos actores políticos y analistas, ha generado cuestionamientos que superan la legitimidad de los partidos políticos y la confianza en las instituciones del Estado, poniendo en tela de juicio, tanto a dichas instituciones, como a la propia democracia chilena. Cada vez es más recurrente que la sociedad civil organizada reclame por más espacios de participación en las decisiones que les afectan como ciudadanos. • Es así como han emergido consultas ciudadanas de diversa índole, organizadas por los propios ciudadanos, dejando en evidencia que los actuales espacios e instancias de participación no son suficientes y que de no realizarze los cambios institucionales necesarios a la brevedad, seguirán proliferando instancias informales cada vez más masivas, con posibles manifestaciones de radicalización, ejerciendo una gran presión sobre la gobernanza del país. • Instalar al ciudadano en el centro del ejercicio de la democracia implica hacerlo parte permanente de la toma de decisiones que lo afectan, y no solo invocar su calidad de “ciudadano” para ser parte de un proceso político delegativo, cada vez que es convocado a las urnas para votar por un representante local o nacional, o para pagar sus contribuciones.

Propuesta: • Desde el nivel normativo, avanzar hacia fórmulas políticas que incorporen al ciudadano como un actor con un rol central en la consolidación democrática. En este sentido, el avance promisorio del proyecto de ley que facilita el desarrollo de plebiscitos comunales vinculantes y consultas ciudadanas no vinculantes, abre las puertas para profundizar y ampliar los ámbitos de la gestión municipal que puedan ser objeto de dichas consultas ciudadanas, incorporando temas que han estado y seguirán estando, en el centro de las demandas de la ciudanía organizada: salud, educación, medio ambiente, régimen tributario, entre otros. • Desde las organizaciones intermedias de la sociedad, fomentar el uso frecuente de fórmulas de democracia directa: plebiscito y consulta no vinculantes. Con tal finalidad, facilitar las normas que regulan los plebiscitos y posibilitar legalmente la realización de consultas no vinculantes, para generar así una interacción más constante, sencilla y económica entre los ciudadanos y sus autoridades locales, regionales y nacionales. 83


• Promover y facilitar la incorporación de las asambleas territoriales y cabildos ciudadanos en la dinámica política local, como forma de capitalizar el capital social (niveles de confianza y asociatividad). Para ello es necesario que las instancias intermedias de la sociedad jueguen un rol preponderante, como motores de la institucionalización del ejercicio político ciudadano en la escala local.

3.5. COMPROMISO PROGRAMÁTICO DE CANDIDATOS Justificación: • Los candidatos a cargos de representación popular territorial no tienen la obligación de comprometer y difundir formalmente su respectivo programa de gobierno y no existe vinculación entre las propuestas comprometidas durante la campaña y algún tipo de sanciones en caso de manifiesto incumplimiento de las mismas. El debate político durante las elecciones se remite a una individualización en torno a la figura del candidato y no a un debate ciudadano en torno a las propuestas programáticas. • No hay debate democrático, participación ciudadana y control social eficaz sobre los compromisos programáticos de los candidatos y las autoridades electas, lo que implica una disminución de la participación y debilitamiento de la democracia durante periodos que no sean eleccionarios. •

Existen altos niveles de desconfianza ciudadana hacia sus representantes en la gestión pública, tanto a nivel municipal y regional como nacional, lo que ha significado una disminución del capital social necesario para la implementación, eficaz y eficiente, de políticas de interés público.

Propuesta: • Establecer, por medio de una reforma a la Ley Orgánico Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, la obligación de los candidatos a cargos de representación popular municipal y regional, a formular, inscribir formalmente, difundir y cumplir su respectivo programa, precisando los objetivos, metas y plazos de cumplimiento de los mismos. • Empoderar a los ciudadanos, por medio de la promoción, facilitación y simplificación del acceso a la información, para controlar el cumplimiento del programa de gobierno, fomentando el control ciudadano sobre el avance en los objetivos comprometidos por los candidatos a los cargos de representación popular. • Instituir la facultad de convocar plebiscitos revocatorios al mandato de los cargos antes de su término, bajo condiciones objetivas de manifiesto incumplimiento de los mismos.

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3.6. FORTALECIMIENTO DE INSTITUCIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE BASE LOCAL Y REGIONAL (participación plural, profesionalización, financiamiento). Justificación:  El avance efectivo y continuo del proceso de descentralización requiere de la participación activa, informada y comprometida y de la co-gestión protagónica de diversos actores fundamentales: el Gobierno, el Congreso Nacional, las Universidades y sus Centros de Políticas Públicas y de Pensamiento Estratégico Territorial, las empresas y sus organizaciones, los Gobiernos Regionales, los Municipios, y, sin lugar a dudas, de instituciones de la sociedad civil organizada.  Desde la sociedad civil de regiones en las últimas décadas se han generado diversas iniciativas e instituciones muy valiosas e importantes, que han aportado contribuciones muy importantes a una mayor sensibilización, interlocución, estudio, propuestas e interpelaciones a los gobiernos y actores políticos de turno, como es el caso, entre otros de la Corporación para la Regionalización del BíoBío, CORBIOBIO; la Corporación para la Regionalización de Chile, CORCHILE; del Consejo Nacional para la Regionalización y Descentralización de Chile, CONAREDE (entidad organizadora de las dos Cumbres de las Regiones realizadas en el Salón de Honor del Congreso Nacional, con asistencia de los Presidente(a)s de la República y, en dos oportunidades de la iniciativa Ciudadana “Yo Voto por las Regiones”. También es el caso del grupo Los Federales, del Movimiento de Acción Regional, MAR; de otros grupos de vocación descentralizadora y regional.  Sin embargo, siendo muy necesarios como actores protagónicos para generar conciencia, propuestas y compromisos, y como interlocutores de las autoridades nacionales y regionales respectivas, por diversos motivos, más allá de sus múltiples iniciativas, muy meritorias pero más bien voluntariosas, hasta la fecha ninguna de estas instituciones y grupos ha logrado adquirir la fuerza, la continuidad, el financiamiento estable y la representatividad de la base local y regional en todas las regiones del país (incluyendo la R.M) necesarias para logar un verdadero punto de inflexión en Chile que permita superar la inercia y los fuertes intereses políticos y económicos asociados al centralismo tradicional del país.

Propuesta:  Promover, facilitar y apoyar activamente la existencia, actividad estable, estabilidad, profesionalización y proyección futura de una o más organizaciones de la sociedad civil y de la ciudadanía de regiones, de carácter plural, independiente, autónomo, transparente, respetuosas de las identidades y de la diversidad local, organizadas en red, modernas y flexibles, constituidas en base a socios (personas naturales, instituciones afines) de regiones.  Orientar y contribuir para que estas organizaciones respondan a un conjunto de principios para una buena organización de una institución de la sociedad civil58, como son: a) tener como resultado la producción de bienes públicos; b) “Ser” y “Parecer”, en consistencia con su Misión y Valores. c) Nunca transar la misión por la cual fue creada ni desvirtuar su naturaleza. d) Vincular su Misión con la imagen corporativa.

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Una consulta realizada a profesionales con experiencia en organizaciones de la sociedad civil permitió sistematizar este conjunto de principios para credibilidad y buen funcionamiento este tipo de instituciones.

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e) Asegurar su independencia de grupos políticos, económicos y de otros intereses ajenos a los propios. f) Entender y administrar a la institución como una empresa; profesionalizar la gestión, diferenciando roles entre directorio y función ejecutiva. g) Contar con una planificación estratégica de corto, mediano y largo plazo, con eficientes mecanismos de control y seguimiento. h) Utilizar las TICs en todos los procesos que sea pertinente y posible. i) Establecer redes y alianzas estratégicas que potencien su acción. j) Asegurar su transparencia: abrir la gestión al conocimiento público de la comunidad, usuarios y patrocinadores; contar con auditorías externas.  Convocar, motivar y orientar a las instituciones, dirigencias y en general a la ciudadanía de regiones (incluida la R.M.), en particular a los jóvenes, para que se sumen con sus ideas, demandas y aportes a dar sentido, representatividad y fuerza a este tipo de organizaciones.

3.7. EVALUACION EX-ANTE DEL IMPACTO DESCENTRALIZADOR DE PROYECTOS DE LEY DE INVERSIÓN Justificación: • Según corresponda a la naturaleza de un proyecto de ley, en la fase de su diseño y cuando se envía a trámite legislativo, éste se acompaña de una evaluación de sus impactos esperados (económicos, sociales, ambientales, etc.). • Sin embargo, durante el diseño y trámite legislativo de un determinado proyecto de ley (antes de su aprobación y puesta en práctica), no existe como procedimiento regular una evaluación de su impacto esperable (positivo, negativo o neutro), sobre el avance del proceso de descentralización (efecto que se ignora por parte de todas las instancias responsables de promover la descentralización y el desarrollo de los territorios: gobierno; parlamentarios; autoridades regionales y locales; comunidades)59.

Propuesta: • Según corresponda a la naturaleza de un proyecto de ley, instituir (mediante simple decisión políticoadministrativa), su evaluación ex-ante del tipo y nivel de impacto sobre el avance o retroceso del proceso de descentralización, cuando sea del caso en consulta con las comunidades involucradas. Dicha evaluación será realizada por un órgano autónomo acreditado, por encargo de: - El Gobierno Central (SUBDERE, SEGPRES); Gobiernos Regionales; otros. - Una o dos ramas del Congreso Nacional

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La Constitución Política de Chile establece en su Capítulo I (Bases de la Institucionalidad), Artículo 3: “El Estado de Chile es unitario, su territorio se divide en regiones, su administración será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada, en su caso, en conformidad con la ley”.

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- Instituciones de la Sociedad Civil (con información comunicada oportunamente a la ciudadanía y a las instancias que intervienen en el diseño, trámite de aprobación y puesta en práctica del respectivo proyecto de ley).  Establecer un procedimiento que asegure que: - Los antecedentes de esta evaluación ex-ante forme parte e incida en el debate, diseño y tramitación del respectivo proyecto de ley. - Durante todas las etapas de gestación y tramitación de un proyecto de ley (desde su diseño hasta su promulgación y puesta en práctica) tanto el propio gobierno como los parlamentarios (especialmente los electos en regiones), se preocupen que los proyectos de ley lleven implícito un impacto positivo (cuando más neutro, pero no negativo), sobre el avance general del proceso de descentralización y el desarrollo de las comunas y regiones. - Todos los actores relacionados a los procesos de descentralización y de desarrollo local y regional (especialmente las instituciones de la sociedad civil y academia de regiones) estén oportunamente informados sobre los impactos territoriales asociados a una nueva iniciativa de ley, y, cuando corresponda, atentas para demandar al gobierno y a los parlamentarios representantes de sus regiones la aprobación, modificación o rechazo de un proyecto de ley, según sea el impacto descentralizador positivo, negativo o neutro del mismo.

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CONCLUSION FINAL En el pasado, en diferentes momentos de su historia, y bajo gobiernos de los más diversos signos, así como en la actualidad, el país ha intentado periódicamente avanzar en dirección a niveles más significativos de descentralización política, administrativa y fiscal. Sin embargo, dichos intentos se han visto dificultados, cada vez de nuevo, dada la carencia de algunas condicionantes básicas, prerrequisitos esenciales para lograr un punto de inflexión real y significativo en el avance de estos procesos, como son: 1. Convicción, voluntad política y liderazgo convergentes, y 2. Una Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial, y su correspondiente Agenda Concordada, como hoja de ruta para su gradual pero sostenida puesta en práctica.

1. Convicción, voluntad política y liderazgo convergentes En esencia, descentralización significa traspaso real de poder, de competencias y de recursos. Quienes en Chile han concentrado el poder político y económico durante décadas, bajo gobiernos de muy diversos signos, hasta ahora no han estado dispuestas a desprenderse y compartir cuotas importantes de su poder en forma voluntaria y gratuita. Sin embargo, dado que tienen la facultad de decisión sobre las reformas requeridas para una real descentralización, en los hechos, son juez y parte para el avance del proceso descentralizador y democratizador de nuestra sociedad. En consecuencia, es necesario y urgente que la ciudadanía -y en particular la de regiones-, las instituciones de la sociedad civil, y, especialmente, los líderes políticos de todos los partidos y coaliciones, se formen la convicción que sin un avance en mayor ritmo y profundidad de los procesos de descentralización y de desarrollo local y regional, el país no será capaz de reducir las severas desigualdades sociales y territoriales que bloquean su anhelado salto al desarrollo pleno, no logrará revitalizar y profundizar su democracia y recuperar la confianza de la ciudadanía en sus instituciones básicas y sus representantes, no completará su esfuerzo modernizador del Estado, ni podrá sortear con éxito los escenarios de cambio permanente propios de la dinámica global. Sin esa convicción, muchos dirigentes políticos seguirán incumpliendo parte importante de los compromisos que contraen en tiempos electorales sus respectivas candidaturas presidenciales y parlamentarias, ni tendrán la voluntad política, el liderazgo convergente y la capacidad técnica requeridas para de verdad impulsar las reformas estructurales de nueva generación necesarias para enfrentar las incertidumbres y oportunidades de los nuevos escenarios

2. Política de Estado y Agenda Concordada Una condición básica para generar convicción y voluntad, tanto en la ciudadanía como en los líderes políticos, pasa por disponer primero de una Visión del País que queremos lograr, traducida en la correspondiente Política de Estado en Descentralización y Desarrollo Territorial, de largo plazo, de horizonte trascendente y generacional más que electoral y contingente, construida participativamente, 88


en forma convergente, plural y transversal, entre los principales actores políticos, empresariales, académicos y sociales del país. La puesta en práctica de dicha Política de Estado, deberá traducirse entonces en una Agenda Concordada, sustentada en acuerdos amplios, como carta de navegación e instrumento de planificación participativa y control de avance, con medidas, prioridades, plazos y responsables para su ejecución. De este modo, cada gobierno de turno, podrá perfeccionar la política y la agenda con su propia impronta y énfasis, pero sin paralizar el avance o volver a fojas cero los procesos y acciones en curso, cada vez que se produce un cambio de autoridades nacionales, regionales o comunales. El presente ensayo aporta fundamentos y propuestas con ese propósito, y con el anhelo de provocar el necesario debate crítico, así como nuevas ideas y aportes, que permitan enriquecer y perfeccionar lo aquí planteado, para con esa base poder convencer y comprometer a quienes tienen hoy y tendrán mañana la desafiante e impostergable responsabilidad de impulsar estos procesos de descentralización y desarrollo territorial, tan necesarios para la construcción de un Chile Descentralizado y Desarrollado, social y territorialmente integrado.

3. El nuevo escenario nacional: una oportunidad para superar la inercia. En los últimos dos años se ha venido gestando un nuevo escenario social y político en Chile que abre una nueva y tal vez inédita oportunidad para superar la inercia que como constante ha caracterizado el solo tibio, pesado y lento avance de un proceso vigoroso de descentralización. Entre las señales que están dando señales en la dirección señalada, destaca:  La creciente obsolescencia de la institucionalidad pública tradicional respecto de la dinámica que experimenta el conocimiento, la comunicación y la participación en la sociedad.  La progresiva crisis de representatividad y legitimidad de los partidos políticos, el Congreso Nacional y el Gobierno Central.  El mayor empoderamiento ciudadano y la creciente demanda por devolución de poder de los órganos del Estado a la ciudadanía y la sociedad civil.  El deterioro de la calidad de vida de la capital y los y excesivos costos asociados a ésta.  El creciente posicionamiento de la descentralización como problemática y tarea país, tanto en la atención de los medios, como, con el desfase habitual, en la agenda pública nacional. A lo anterior desde luego se suma la ventana de oportunidades que abren los próximos procesos electorales (municipal Octubre 2012; presidencial y parlamentaria Noviembre 2013), espacios que deben aprovecharse muy bien para instalar fundamentos, propuestas y demandas dirigidas a construir un Chile de desarrollo social y territorial más equilibrado y armónico. Contribuir a ese propósito, inducir y provocar ese debate, enriquecer y perfeccionar las propuestas y compromisos, es la aspiración más sentida del presente ensayo.

Temuco, Agosto de 2012. 89


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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 16. Vivienda social integrada a la ciudad

Crecimiento urbano y vivienda social Iván Poduje1

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Arquitecto urbanista, socio de Atisba


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El Viejo Debate entre Expansión y Densificación

Desde que la planificación urbana surgió como política pública, la forma en que las ciudades crecen ha sido un tema complejo y controversial, tensionado por dos posturas: quienes defienden que la ciudad se extienda horizontalmente, y aquellos que prefieren un crecimiento más denso y compacto, y que hoy son mayoría debido a los beneficios que asocian a este modelo. Curiosamente el escenario era distinto cuando surgió la planificación. Entonces el gran problema era el hacinamiento de los inmigrantes que colmaban los centros de las ciudades europeas, y la solución era construir viviendas en la periferia, aprovechando los ramales de los ferrocarriles. Así surgieron los planes de ensanche (expansión) y las ciudades satélites diseñadas bajo nuevos paradigmas como la “Garden City” de Ebenezer Howard, que asumía que las necesidades de los habitantes estarían resueltas al interior de comunidades planificadas en medio del campo. Desafortunadamente estos supuestos no se cumplieron. Las ciudades satélites exterminaron en suburbios dependientes de la metropolí y sus problemas se multiplicaron. El primero fue el aumento en los costos de transporte, que se agravó cuando se masificó el auto y la ciudad no requirió de ramales ferroviarios acelerando su expansión. Luego surgieron conflictos entre usos de suelo, dificultades para proveer servicios y problemas ambientales derivados de la urbanización de zonas agrícolas, sin la infraestructura necesaria.

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La Vivienda Social como Motor de la Expansión

El debate entre expansión y densificación llegó a Chile en la década del 30, debido a la confluencia de dos factores. El primero fue el explosivo crecimiento de la población urbana debido a la crisis del salitre y a las políticas de industrialización sustitutiva que atrajeron a miles de migrantes desde los campos y los asentamientos mineros del norte. El segundo factor fue el terremoto de Chillán de 1939, que motivó la creación de nuevas leyes y programas para acelerar la reconstrucción y controlar el desarrollo urbano, con normativas como el límite urbano, que fue aplicado por primera vez en 1960 en el plan intercomunal de Santiago (PRIS). Ya se sabe que el Estado rompió este límite para poder construir sus programas de vivienda social, tal como había ocurrido en Europa, y que ello aceleró el consumo de suelo llegando al record de 1.068 hectáreas anuales en la década de los 60, según estadísticas elaboradas por Miranda. En 1979 la expansión tuvo un correlato con las políticas públicas, cuando la dictadura amplió considerablemente el límite urbano para reducir los precios de la tierra y permitir que los equilibrios de mercado rigieran la forma de desarrollo de las ciudades. En paralelo, inicio un agresivo plan de erradicaciones de campamentos y tomas,


trasladando a estos pobladores a localidades periféricas, lo que generó comunas homogéneamente pobres. Pedro Aguirre Cerda, La Pintana o Lo Espejo son ejemplos de ello. Con el retorno de la democracia las regulaciones aumentaron. En 1994 se formuló el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) que, al igual que el PRIS, propuso un límite para contener la expansión y tampoco tuvo éxito. Los dueños de los terrenos ubicados fuera del límite, lo vulneraron aprovechando una ley que permitía subdividir suelos rurales en parcelas de media hectárea, y el Minvu hizo lo suyo creando artículos para saltarse esta restricción y levantar viviendas sociales, tal como había ocurrido con el PRIS. Sin embargo, la principal razón por la cual la expansión no se detuvo estaba en el mismo PRMS: dejó suficiente espacio para crecer dentro de su límite urbano con 18.145 hectáreas urbanizables. Este enorme stock permitió que se construyeran miles de viviendas sociales, impulsadas por los nuevos programas de subsidio a la demanda que levantaron 1,8 millones de viviendas en Chile entre 1990 y 2009, de las cuales, 1,2 millones eran para grupos vulnerables. La expansión se consolidó y el Gran Santiago incorporó como “ciudades dormitorio” antiguas localidades aisladas como Puente Alto, San Bernardo, Quilicura y Maipú. Fue entonces cuando surgieron grandes extensiones de viviendas sociales, alejadas y sin servicios que se sumaron a las erradicaciones de la dictadura, y que 20 años más tarde serían guetos de exclusión y marginalidad. Ya volveremos sobre esto en el artículo.

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La Zonificación Inclusiva y las Cuotas de Vivienda Social

Pese a destinar mucho suelo para crecer, las presiones por ampliar el radio urbano del PRMS siguieron. Producto de ello, en 1997 este instrumento se modifica incorporando las comunas de Colina, Lampa y Til Til, ubicadas al norte del área metropolitana y donde empresas inmobiliarias habían comprado grandes terrenos apostando a un cambio de uso del suelo. La ampliación del límite urbano involucró aproximadamente 15.242 hectáreas, de las cuales, 7.500 hectáreas se inscribían dentro de una nueva normativa denominada “ZUDC (zonas urbanas de desarrollo condicionado). Como su nombre lo indica, las ZUDC supeditaban la aprobación de grandes proyectos inmobiliarios al cumplimiento de metas más exigentes de urbanización, que incluían, el financiamiento de obras de infraestructura, equipamientos, parques y la destinación de un 5% para casas o departamentos con densidades equivalentes a una vivienda social. En la práctica la exigencia del 5% nunca se cumplió, ya que las empresas postergaron su ejecución y todo indica que terminarán haciendo viviendas privadas densas, ya que la norma no especifica el precio.


El segundo intento por crear una zonificación inclusiva surgió en 2003 a través de una nueva modificación del PRMS. Entonces se creó la norma PDUC (proyectos urbanos de desarrollo condicionado) que a diferencia de la ZUDC; no ampliaba el límite urbano, sino que establecían un mecanismo para hacerlo asociado al cumplimiento de condiciones más exigentes y con un número mayor de organismos públicos que participaban en su aprobación. El porcentaje para vivienda social subió de 5% (ZUDC) a 12% y se agrega un 18% para viviendas con algún tipo subsidio. Además, se corrigió el error de las ZUDC, especificando el avalúo para garantizar que las viviendas fuesen sociales y se exigió que dicho porcentaje estuviese presente en todas las etapas del loteo, para evitar que se postergara. Pese a las buenas intenciones, las PDUC no funcionaron debido a su compleja tramitación y el veto que ejercieron los organismos públicos que se oponían a la idea de ampliar el límite urbano y que participaban como revisores de las PDUC, como el Ministerio de Agricultura. Así, luego de 9 años todavía no se aprueba una sola PDUC. Luego de este fracaso, la escasez de terrenos de Santiago se hizo palpable y en 1997 el Minvu decidió impulsar una nueva modificación del PRMS para agregar 10.000 hectáreas de suelo urbanizable, de las cuales 7.000 serían para uso habitacional, destinando el resto para parques y vialidad. También se crea una normativa condicionada, llamada “ZUC” (zona urbana condicionada), que amarra la aprobación de los proyectos inmobiliarios al cumplimiento de condiciones como el pago de mitigaciones viales, ambientales, etc. La cuota de vivienda social baja de 12% a 8% y como en las PDUC, vuelve a estar presente en todas las etapas. La idea de ampliar el radio urbano es rechazada por los defensores de la ciudad compacta, organizaciones ciudadanas, grupos ambientalistas e incluso organismos públicos como el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Transporte que manifiestan reparos por el consumo de “valioso suelo agrícola” o la extensión de recorridos del alicaído plan de transporte público (Transantiago). Además surgen voces críticas que argumentan que el 8% para vivienda social es insuficiente y que la única motivación del Plan es enriquecer a los dueños de los terrenos incluidos en las 10.000 hectáreas. Los detractores del nuevo PRMS; dirigen sus reclamos a la prensa y a la Contraloría General de la República (CGR), que revisa la propuesta de ampliación y le formula varias observaciones, incluyendo algunas que cuestionan el sustento legal de las condiciones, incluida la cuota de vivienda social. La CGR obliga al Minvu, a retirar su proyecto de modificación del PRMS, y las ZUC quedan postergadas indefinidamente. Con ello muere el tercer intento por tener una zonificación inclusiva en Santiago.


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La Compactación de Santiago

Ya vimos que el Estado no logra detener la expansión mediante un límite urbano y tampoco logra incluir cuotas de vivienda social mediante normas condicionadas (ZUDC; PDUC y ZUC).Más exitosa ha sido la política para incentivar el repoblamiento de áreas centrales que surge luego del terremoto de 1985 para recuperar el stock habitacional dañado y revertir la pérdida de población que venía incluso de antes. Con este objetivo entrega un subsidio de UF 200 a las familias que compren departamentos dentro de un polígono que abarca varias comunas centrales que cambian sus planes reguladores para permitir la construcción de edificios altos y densos. En pocos años el negocio inmobiliario del repoblamiento se consolida y Santiago lidera el mercado de viviendas nuevas, superando a comunas de alto crecimiento como Maipú o Puente Alto. Luego se suman otros municipios cercanos como San Miguel, Recoleta, Independencia y Estación Central y la densificación se extiende hacia hasta el barrio alto. Entre 1995 y 2009 los departamentos aumentan su participación sobre las ventas de viviendas nuevas de un 45% a un 70% de acuerdo a Collect, superando ampliamente a las casas, lo que coincide con un detrimento en la velocidad de expansión de la metrópoli, ya que el consumo de suelo baja a 328 hectáreas por año entre 2008 y 2010 según una medición realizada por Atisba. El censo 2012 refleja con claridad este cambio de tendencia. Las comunas ubicadas dentro del anillo de circunvalación Américo Vespucio aumentan su participación sobre el crecimiento de viviendas de 9% a 37% en relación al censo anterior, mientras que las comunas periféricas, localizadas entre el anillo y el límite urbano, bajan de 76% a 43%. Por otro lado, las comunas más alejadas de la región, algunas “ciudades dormitorio” como Lampa y Colina, suben marginalmente de un 9% a un 11%. En 2012 la comuna de Santiago no sólo revierte su pérdida de población, sino que suma 90 mil nuevos habitantes y se transforma en el municipio de mayor crecimiento de Chile, con 66 mil viviendas superando por lejos a Puente Alto, Maipú o San Bernardo. Este cambio de tendencia se explica por la confluencia de varios factores además del subsidio de renovación urbana o los incentivos normativos de los planes reguladores. Uno muy importante es la reducción del tamaño del hogar y el crecimiento de familias pequeñas que demandan unidades de menor tamaño. Otro es la escasez de terrenos y la reducción del déficit habitacional acumulado debido a la gran cantidad de viviendas levantadas. Además el Minvu impulsa cambios en su política habitacional para incentivar la compra de viviendas usadas o la localización de proyectos nuevos en comunas centrales. También adquiere gran importancia el tiempo de viaje, agravado por el aumento de la motorización y los problemas que experimenta el Transantiago. Esto penaliza, la venta


de loteos de casas de clase media en comunas alejadas, especialmente en los segmentos de menor precio destinados a clases medias, y donde la oferta de casas se localiza a más de una hora de viaje. Ante ello, el departamento en el centro o comunas aledañas se transforma en un producto imbatible.

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El Riesgo de la Segregación Regional

La compactación no era la receta segura que muchos pensaban. Las torres del repoblamiento generaron serios impactos en materia de tráfico, deterioro patrimonial y el rechazo de los residentes históricos. El conflicto ha llegado a tal punto, que muchos alcaldes recientemente electos en 2012, tenían como eje de sus programas, proteger a los barrios de estos edificios. Lo bueno es que el retiro de la expansión ha permitido fijar la mirada en la ciudad que no crece. Se trata de los barrios que surgieron en los 90 por la agregación de viviendas sociales y erradicaciones y que hoy presentan altos índices de segregación, marginalidad, violencia y deterioro. Es la realidad de Bajos de Mena en Puente Alto, Los Morros en San Bernardo, San Luis – Lo Marcoleta en Quilicura o San Luis en Maipú. Otro problema que revela, y explica la compactación, es la escasez de terrenos especialmente para vivienda social. Según mediciones realizadas por Atisba en 2010, en las 34 comunas del Gran Santiago quedaban sólo 6.432 hectáreas con usos residenciales, lo que representa apenas el 9% de su superficie urbanizada. De este total un 22% se localizaba en el barrio alto con 1.424 hectáreas y un 15% en Peñalolén y Huechuraba, que también se orientan a productos de mayor precio. Del saldo restante, un 37% se distribuye en Puente Alto, San Bernardo y Maipú que antes recibían viviendas sociales, pero que hoy se han reconvertido a productos de mayor precio, incluso para segmentos de clase media alta. Según estimaciones del Minvu, el déficit cuantitativo de viviendas sociales alcanza las 480.000 unidades. Si asumimos que el 40% está en Santiago y que la escasez de suelo es un problema efectivo ¿dónde se construirán estas 192.000 unidades que faltan?. Es una pregunta que pocos están dispuestos a contestar. No lo hacen algunos promotores de la ciudad compacta que alertados por los impactos negativos de las torres, se han vuelto todavía más radicales y proponen que Santiago congele su desarrollo y los nuevos hogares migren a regiones, sin precisar como se generarán los empleos y servicios para motivar su traslado. Evidentemente los más afectados serían los hogares de menores recursos. Otros menos radicales señalan que es posible congelar la expansión y volcar todo el crecimiento al interior de la ciudad, sin necesidad de levantar grandes torres o arrasar con barrios patrimoniales. Para ello proponen edificios de cuatro o seis pisos, aprovechando sitios eriazos o áreas industriales subutilizadas. Esto incluiría las viviendas sociales que también tendrían que distribuirse en estos sectores.


La idea suena bien, pero no resulta muy factible con densidades tan bajas, al menos para cubrir todo el crecimiento. Si asumimos que la ciudad agrega 45.000 viviendas por año, que fue el incremento entre los censos de 2002 y 2012; se tendrían que localizar 900 mil viviendas en lo próximos 20 años y a una densidad promedio de 300 habitantes por hectárea, esto implicaría reconvertir 12.000 hectáreas lo que es sumamente difícil, asumiendo que el 100% de la demanda opta por departamentos, lo que es casi imposible. También hay posturas que cuestionan la escasez de suelo, señalando que en la Región Metropolitana existen muchos terrenos urbanizables. Y tienen razón si se miran los números agregados, ya que la región metropolitana, que involucra 52 comunas, tiene 23.384 hectáreas para crecer. De hecho comunas como Buin, Talagante o Peñaflor tienen 1.864, 690 y 223 hectáreas disponibles mientras que Melipilla, Padre Hurtado o Curacaví cuentan con reservas de 1.488, 548 y 416 hectáreas El problema es que estas localidades son pequeñas, no tienen servicios y se emplazan a decenas de kilómetros sin sistemas de transporte público adecuados. En este escenario, la única salida para tener un desarrollo sustentable, es volver al paradigma de Howard, es decir, contar con comunidades planificadas donde sus habitantes resuelven todas sus demandas al interior de la ciudadela. Pero sabemos que esto no ocurrirá y menos con viviendas sociales, que por sus bajos ingresos no atraen equipamientos, oficinas ni servicios privados. Y como no existe un Estado que instale plantas para hacer radios o televisores, la dependencia por empleo seguirá existiendo y la mayoría de los jefes de hogar deberá viajar todos los días al Gran Santiago.

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Lineamientos de Propuesta

Todo indica que el gran desafío de nuestras ciudades será la integración social de los grupos más vulnerables, tanto en las viviendas ya construidas como en las que restan por edificar. En el primer caso, el objetivo central será reducir la segregación socioespacial de barrios de vivienda social localizados en comunas alejadas, sin servicios y con crecientes problemas de violencia y marginalidad. Este déficit se denomina “cualitativo”, ya que busca recuperar y no construir nuevas viviendas y el Ministerio de la Vivienda lo estima en 695.000 unidades. Según datos de Atisba la situación más compleja se observa en 64 barrios segregados con características de guetos que suman 467.000 viviendas a lo largo del país. De este total, 206.000 viviendas estarían en el Gran Santiago y aproximadamente un cuarto serían condominios sociales conocidos como blocks. El segundo gran objetivo es construir nuevas viviendas sociales priorizando la localización y la cobertura de servicios, antes que la cantidad o incluso la superficie


construida. Se trata del déficit cuantitativo, estimado en 480.000 unidades, de las cuales aproximadamente 192.000 estarían en Santiago como indicamos previamente. La principal amenaza es que la escasez de terrenos próximos a la ciudad, genere una expulsión de estas viviendas sociales hacia localidades alejadas, sin servicios. Entonces se configuraría el peor escenario, ya que la segregación tomaría una dimensión regional, afectando seriamente la sustentabilidad de las localidades receptoras y la calidad de vida de las familias que ahí se instalen. A continuación se identifican algunas propuestas para resolver estos problemas.

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En Materia de Déficit Cualitativo

Subsidio de Salida: se requieren nuevos subsidios que permitan que las familias propietarias salgan de los barrios más críticos y que el Estado pueda disponer de estos edificios para demolerlos o rehabilitarlos. El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo ya lanzó un subsidio en esta línea orientado a los condominios sociales o blocks. Siendo una buena medida, falta precisar la estrategia para evitar que las familias salgan de forma escalonada y los departamentos que desocupen sean tomados por otros propietarios. Asimismo, se requiere precisar el mecanismo para forzar la salida de las familias que no puedan o quieran salir o que intenten especular con el precio del subsidio. Todo indica que se requieren mecanismos de expropiación con opciones claras de relocalización para estos hogares. Sólo así el Minvu podrá demoler y reconvertir los barrios. Inversión y Mejoramiento de Espacios Públicos: Los subsidios no bastan para corregir los problemas de segregación, Se requieren inversiones públicas como el programa “Quiero mi Barrio”, donde el Minvu financia obras de mejoramiento de espacios públicos, como plazas, calles o juegos infantiles. También existen estrategias para agrupar subsidios de protección del Patrimonio Familiar (PPPF), y destinarlos a recuperar espacios comunes. Siendo medidas positivas, las inversiones son muy limitados para la escala del problema, especialmente en los barrios críticos de mayor tamaño. En estos casos el único camino es aumentar la inversión y garantizar que las obras se mantengan en el tiempo, especialmente aquellas que transforman sitios eriazos en plazas y multicanchas que deben ser regadas, cuidadas y reparadas. Esta mantención es cara y los municipios no la pueden solventar. El único camino es que el Gobierno Central lo haga transfiriendo los recursos o concesionando directamente la mantención con empresas privadas. Además debe empoderar a los vecinos, y entregar recursos a los municipios más pobres, que suelen ser los que concentran estos barrios críticos. Inversión en Transporte y Equipamientos: No todos los barrios críticos se pueden demoler y no tiene sentido hacerlo si existen opciones de mejoramiento. Sin embargo


se requieren inversiones que los acerquen a la ciudad formal, y que hagan más presente la acción del Estado. Para ello existen dos estrategias. La primera es construr sistemas de transporte público de calidad, como trenes, tranvías o líneas de Metro, a objeto de reducir los tiempos de viaje e incentivar la localización de actividades, como suele ocurrir con las estaciones de Metro. La segunda estrategia es “equipar” estos barrios con nuevos centros cívicos formados por escuelas, servicios públicas, comisarías y comercios privados. Para ello el Estado puede aprovechar las viviendas que demuele o adquirir terrenos. Seguridad Ciudadana: el denominador común de los barrios segregados es el enrejamiento de espacios comunes, pasajes, cajas de escalas y prácticamente todos los comercios y almacenes que existe. Este paisaje refleja la violencia e inseguridad que padecen sus habitantes, especialmente en los barrios donde bandas y narcotraficantes ejercen control territorial. En estos casos se requieren planes combinados de intervención policial con estrategias de prevención del delito, basadas en la recuperación y control social de espacios públicos, el empoderamiento ciudadano y la instalación de comisarías en los nuevos centros cívios. Los cuatro programas descritos debieran involucrar montos significativos de inversión que deben estar en glosas regulares de los presupuestos del Ministerio de la Vivienda. No es eficiente ni sustentable, que estas platas se asocien a planes de largo plazo que deben aprobarse anualmente y que pueden cambiar con nuevas autoridades.

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En Materia de Déficit Cuantitativo

Más allá de las discusiones de cifras, el déficit cuantitativo de viviendas debiera bordear las 200.000 viviendas en Santiago. Asumiendo una densidad promedio de 300 habitantes por hectárea y 3,5 personas por vivienda, para cubrir esta demanda se requieren 2.400 hectáreas. Este suelo no existe, salvo que las familias migren a Buin, Isla de Maipo o Curacaví, lo que debe evitarse a toda costa. En este contexto los caminos de solución son cuatro: Expansión Condicionada con Cuotas: Lo más lógico es generar suelo en expansión mediante cuotas de vivienda social. Esto significa aprobar la propuesta de modificación del PRMS 100. Si la cuota se mantiene en un 8% del suelo, las 7.000 hectáreas habitacionales permitirían localizar 47.000 viviendas sociales, equivalentes al 23% del déficit, lo que es un gran avance. Este porcentaje podría subirse a 12% como era en las PDUC, y la cabida aumentaría a 70.000 unidades, cubriendo el 35% del déficit. Por ello ampliar el PRMS 100 es el camino más razonable: permite levantar viviendas sociales en comunas cercanas a los centros de empleo y servicio y en barrios con


servicios y hogares de otros segmentos socioeconómicos. En caso de persistir el rechazo, sería bueno que los detractores plantearan soluciones alternativas que no impliquen expulsar a los pobres a kilómetros de distancia o volcar todo el crecimiento al interior de la ciudad, lo que es inviable. Densificación Condicionada con Incentivos: en caso de aprobarse el PRMS 100 con una cuota del 12%, se cubrirá el 35% del déficit cuantitativo de vivienda social. El 65% restante deberá localizarse al interior de la ciudad y para ello existen dos caminos. El primero ha ya sido planteado por el Ministerio de la Vivienda e implica generar subsidios especiales para incentivar cuotas de viviendas, y no suelo, en proyectos de densidad. Para ello se exploran subsidios de localización con polígono predefinido, a diferencia de lo que ocurre hoy o premios de densidad que permitan elevar el número de viviendas privadas del edificio a cambio de incluir unidades sociales. Esta medida se ve muy atractiva, pero requiere de cambios en algunos planes reguladores. El Minvu ha planteado que este subsidio opere en edificios de hasta siete pisos, que generalmente tienen entre 6 y 8 departamentos por piso. Es decir, suman 49 departamentos por unidad. Si el subsidio se aplicase sobre un 20% de la oferta, cada edificio podría localizar 10 viviendas sociales. Si asumimos que este beneficio se aplica sobre los departamentos con valores inferiores a UF 1.500, que son 2.900 por año según cifras de Collect, y mantenemos el 20%, cada año se podrían ofrecer 576 viviendas sociales. Por lo tanto en 20 años se cubriría sólo el 9% con 11.526 soluciones. Otra modalidad son los subsidios de integración social, que se dan en proyectos de extensión (Loteos de casas) para favorecer una mixtura social. Lamentablemente existen pocos casos para validar este mecanismo, lo que refleja el poco éxito de la medida. Siendo optimistas, podríamos pensar que bien promovido este subsidio podría cubrir un porcentaje similar al anterior, es decir un 9% del deficit. Por lo tanto, quedaría por resolver un 47% todavía, lo que equivale a 89.000 viviendas sociales. Subsidios para Vivienda Usadas: este mecanismo ya existe y ha sido muy exitoso lo que explica en parte, la reducción de la expansión de Santiago. Sin embargo, estudios del Minvu demuestran que muchos subsidios de compra de vivienda usada se destinan a bloques o casas de la periferia, en algunos casos, en barrios críticos. Para resolver este problema debiera predefinirse un polígono de aplicación del subsidio, tal como ocurre con el de renovación urbana, que deje fuera distritos segregados, salvo que estos ya se encuentren en un proceso de mejoramiento urbano. Si ello ocurre, es factible pensar que el subsidio de arriendo cubra la mitad del 47%, lo que equivale a 44.668 viviendas, que divididas por 20 años de política, implicarían asignar 2.233 subsidios anuales, lo que parece posible.


Proyectos y Subsidios para Arriendo. Esta es una nueva medida que esta explorando el Minvu y que es muy usada en Europa y Estados Unidos, para facilitar la movilidad social. En ella las viviendas son vistas como una unidad transitoria, mientras que la familia ahorra para moverse a un barrio de mejor calidad. Las unidades de arriendo pueden ser administradas por el Estado o por empresas privadas, lo que podría ser más aconsejable a fin de generar incentivos para construir y administrar estos inmuebles. Los subsidios de arriendo también podrían aplicarse en viviendas usadas, complementando el modelo descrito para la compra. También podrían aprovecharse los terrenos fiscales para levantar proyectos de calidad, siempre que estas propiedades estén bien localizadas. Pensamos que el subsidio de arriendo podría destinarse al saldo no cubierto por los programas anteriores, es decir, al 23% del deficit cuantitativo. La meta puede sonar optimista si consideramos que el mecanismo aún no existe e implica levantar para arriendo 2.233 viviendas anuales, lo que implica contruir 46 edificios anuales. Por lo mismo la meta debiera combinarse con el proyecto tradicional de vivienda social nueva, en sitios remanentes, con pocas casas o con el subsidio a la vivienda usada, que será la principal herramienta para cubrir el déficit al interior del casco urbano. Gestión de Suelo. Esta última herramienta ha sido destacada como una solución para habilitar suelo, lo que es valido para los terrenos con que cuenta el Fisco, que en Santiago presentan buenas ubicaciones siempre que se puedan traspasar al Servicio de Vivienda y Urbanización del Minvu, ya que hoy están dispersos en varias reparticiones, como ocurre con INVIA; la inmobiliaria de la empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE), el INIA dependiente del Ministerio de Agricultura o el Ministerio de Bienes Nacionales. Estos predios podrían destinarse a proyectos de arriendo de calidad, como los descritos en la sección anterior o a proyectos de vivienda nueva para trasladar a los habitantes que saldrán de las viviendas demolidas con el Subsidio de Salida. La compra de terrenos privados por parte del Estado se ve más difícil debido a la escasez de terrenos y los altos precios que tendrían que pagarse, lo que dificultaría su evaluación social. Esto asumiendo que el propietario esta dispuesto a vender para vivienda social lo que no siempre ocurre. 5.3

El Gran Desafío

Estas medidas propuestas debieran formar parte de una estrategia mayor para favorecer la integración social de nuestras ciudades y debieran combinarse con la acción de otros ministerios encargados de la seguridad pública, el fomento del empleo o la habilitación de equipamientos de salud, educación. Es una tarea intersectorial que no podrá ser abordada solamente por el Minvu. Este es el primer cuello de botella que debe resolverse en materia de implementación. El


segundo es el aumento de recursos que supone este plan y que deben formar parte de glosas estables en los presupuestos de los ministerios sectoriales Por último, atenta contra este plan la rotación de autoridades y su sesgo a ejecutar políticas de corto plazo, empujadas además, por las presiones sociales y políticas por construir más viviendas, sin importar donde, o sin reparar lo que existe. Resolver estos problemas supera el ámbito de acción de un documento que busca abrir un debate de políticas pública. Requiere liderazgo y voluntad política. También lucidez y generosidad para entender que los frutos de esta tarea tomarán años en materializarse, que sus frutos podrán ser capitalizados por otros actores y que su renta política será inferior a la que se obtiene inaugurando proyectos.

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 17. Delincuencia: la principal preocupación de los chilenos

Delincuencia en Chile: diagnóstico y propuestas Catalina Mertz1

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Gerente de innovación y desarrollo de la Fundación Paz Ciudadana

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1. INTRODUCCIÓN En términos amplios, la delincuencia se define como el conjunto de todas las acciones que son tipificadas como delitos en el código penal. Sin embargo, desde el punto de vista del diseño y ejecución de políticas públicas, resulta necesario precisar más el problema o fenómeno particular que se desea afectar porque, entendida así, resulta un grupo demasiado heterogéneo de situaciones como para ser abordado por un conjunto relativamente limitado, coherente y pertinente de acciones o programas. Por ejemplo, el consumo de drogas en lugares públicos, la trata de personas y el hurto-falta en establecimientos comerciales caen dentro de la definición amplia de delincuencia recién mencionada, pero difieren sustancialmente en cuanto a sus causas mediatas e inmediatas, las características de las situaciones, los victimarios y las víctimas involucradas, y los costos sociales que generan, entre varios otros aspectos. En consecuencia, las políticas públicas que pretenden reducir dichos delitos son, también, de muy distinta naturaleza. A este respecto, y si bien no hay un consenso absoluto en este punto, los términos delincuencia a secas o delincuencia común o cotidiana suelen relacionarse con aquel grupo de delitos que las personas perciben como frecuentes o, alternativamente, graves, y de los cuales pudieran llegar a ser víctimas ellos personalmente o sus familiares o conocidos. Es decir, tiene relación con los actos que no sólo tipificados legalmente como delitos sino además tienen víctima, su ocurrencia es percibida como al azar, y son ya sea frecuentes o muy graves. No cae dentro de esta categoría, por ejemplo, el crimen organizado en torno al tráfico de personas, drogas, armas, o cualquier otro bien considerado de valor y cuya comercialización esté prohibida o restringida, ya que, salvo el caso particular del tráfico de personas, se trata de “delitos sin víctima”2,3. Tampoco se consideran dentro de la delincuencia común los delitos cometidos en un contexto de violencia intrafamiliar, ya que si bien se trata de delitos con una o más víctimas, estos delitos se caracterizan por la existencia de vínculos afectivos entre victimario y víctimas, y por lo tanto se gatillan en circunstancias particulares, no aleatorias. En concordancia con todo lo anterior -y si bien algunas políticas y programas pueden contribuir a la reducción de cualquier tipo de delito, sin distinción-, el presente documento resume el diagnóstico tanto estadístico como institucional y propuestas de política pública sobre la delincuencia entendida como delincuencia común, con énfasis en los delitos más frecuentes en nuestro país, y excluyendo el crimen organizado, el tráfico y consumo de drogas, la violencia intrafamiliar, los delitos económicos y la corrupción.

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Naturalmente, en países en que el narcotráfico ha generado niveles altos de corrupción en el Estado, la proporción de la población que sufre las consecuencias de la actividad ilegal prácticamente toda. Estas consecuencias siguen siendo, sin embargo, una externalidad negativa del crimen organizado, pero no un efecto directo del quehacer de los traficantes. 3 La corrupción también suele ser catalogada como un delito sin víctima.

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A continuación se presenta una breve caracterización del problema delictivo en Chile y las instituciones públicas que se abocan a reducirlo y su presupuesto. Posteriormente, y sobre la base de un breve marco conceptual, se definen las principales categorías de políticas públicas para reducir el delito, lo que dice la evidencia empírica disponible sobre las iniciativas que tienen impacto sobre el delito4, diagnósticos más específicos sobre los la magnitud de los problemas particulares que cada categoría de política pretende abordar, y una descripción y análisis crítico de las actuales políticas en curso5. Finalmente, en la última sección, se presentan propuestas para que en Chile se instalen políticas y programas que logren bajas sostenidas de la delincuencia.

2. DIAGNÓSTICO 2.1. Características e intensidad del problema delictivo en Chile Existen básicamente dos termómetros para medir la delincuencia de un país: las estadísticas policiales y las encuestas de victimización. En países en que es común que los policías incluso participan de hechos delictivos o que los servicios policiales no estén disponibles en todo el territorio o para toda la población, los sesgos de los reportes policiales como indicador de la actividad delictiva son patentes. En el caso chileno, no existen tales fuentes de sesgo en la medición de la delincuencia y a ojos de expertos extranjeros los sistemas de información son robustos6. En Chile, existe información pública sobre denuncias realizadas por la ciudadanía a ambas policías y cantidad de personas aprehendidas por Delitos de Mayor Connotación Social (DMCS) – hurtos, robos, lesiones, violaciones y homicidios- a partir del año 1997. En el año 2010, el Centro Estratégico de Análisis del Delito de la Subsecretaría de Prevención del Delito adhirió a la convención anglosajona de considerar no sólo las denuncias realizadas por la población, sino que también los hechos que son conocidos por el sistema debido a una 4

Se reconoce el sesgo que la evidencia empírica disponible tiene en cuanto a la selección de programas, la plataforma de publicación, etc.. En teoría, pueden haber programas que tienen impacto sobre el delito, pero que no han sido evaluados o sobre los cuales no hay información accesible. Por otra parte, la mayoría de las evaluaciones rigurosas son sobre programas ejecutados en otros países, lo que no implica necesariamente que los bien evaluados también sean exitosos en Chile. Como es sabido, incluso programas replicados con altos niveles de fidelidad y calidad pueden no lograr los resultados establecidos en otros países o contextos. Sin embargo, la evidencia científica sobre programas que funcionan, aunque sea en otros contextos, sigue siendo el mejor punto de partida para adaptar programas. Tal como se verá en la descripción de algunos programas que se están implementando hace pocos años en Chile, como por ejemplo la reinserción laboral de reclusos basado en el modelo de Riesgo Necesidad y Respuesta, una adaptación que comprenden las relaciones causales que se pretenden afectar y con qué mecanismos precisos, demuestran que mejoran las probabilidades de éxito en comparación con programas diseñados sin base en evidencia. 5 Tendrán un mayor nivel de desarrollo las áreas de política abordadas hasta ahora por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública en comparación con el tratamiento que se le dará a las del Ministerio de Justicia. Lo planteado en este documento relativo al sistema procesal penal y el código penal, también será de carácter más general, toda vez que estas áreas serán abordadas en textos de otros autores. 6 En términos generales, Carabineros de Chile es percibida como una institución altamente profesionalizada y con sistemas de gestión y administración de alto nivel.

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detención en flagrancia, es decir, sumó ambas estadísticas para medir los “casos policiales” o “offenses known to the police”7. A continuación se presenta la evolución de los últimos diez años de la tasa cada 100 mil habitantes de las denuncias realizadas por la ciudadanía a alguna de las dos policías8, por DMCS, al igual que la tasa de casos policiales, disponible a partir del año 2005. Gráfico Nº1 Evolución tasa de denuncias y tasa casos policiales por de Delitos de Mayor Connotación Social, total país (2001-2011) 5000,0 4500,0 4000,0 3500,0 3000,0 2500,0 2000,0 1500,0 1000,0 500,0 1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

Denuncias c/100 mil DMCS

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

Casos policiales c/100 mil DMCS

Fuente: Elaboración propia sobre la base de información en www.seguridadpublica.cl

Como se observa, salvo los años 2006 y el año 2010, la tasa de denuncias cada 100 mil habitantes por ha crecido sostenidamente, y la tasa de cambio para los últimos diez años asciende a 156%. La serie de casos policiales, se comporta de manera muy similar, presentando una tasa de cambio levemente superior a la de las denuncias para el período 2005-2010, de 23% y 20%, respectivamente. En cuanto a la composición de los casos policiales, ésta no ha variado significativamente desde que hay registro. El año pasado, el robo -robos con fuerza, robos por sorpresa, y robos con violencia o intimidación- representan el 58% de los casos policiales. Sumado a los hurtos, que equivalen al 32%, los delitos contra la propiedad constituyen el 90% de los delitos conocidos por las policías durante el año en Chile. Las lesiones equivalen al 19% del total, mientras que las violaciones y los homicidios sólo el 0,6% y 0,1%, respectivamente. 7

Carabineros de Chile, por su parte, lanzó recientemente su nueva página web institucional y, si bien realiza el mismo ejercicio, llama las categorías “denuncias sin aprehendidos” y “denuncias con aprehendidos”, respectivamente, y la suma “denuncias”, no “casos policiales”. 8 Las categorías utilizadas por ambas policías para clasificar los delitos no coinciden, por lo que su compilación requiere un ejercicio de homologación de datos.

4


Gráfico Nº2 Composición de Casos Policiales por Delitos de Mayor Connotación Social según Delito, año 2011 Homicidios 0%

Violaciones 0%

Lesiones 19%

Robos con violencia o intimidación Robos por 9% sorpresa 5%

Robos con fuerza 35% Hurtos 32%

Fuente: Elaboración propia sobre la base de información en www.seguridadpublica.cl

Desde el año 2003 se realiza en Chile la Encuesta Nacional de Seguridad Urbana, que se estima comparable a partir del año 2005 y que se realiza presencialmente a alrededor de 20 mil hogares del país cada año. Además de ser una encuesta y no un registro administrativo, y tener en consecuencia tanto las virtudes como los defectos de esta clase de instrumentos de medición, no considera los mismos delitos –el homicidio y los delitos sexuales no se incluyen-, excluye los delitos cometidos contra el comercio o empresas, y se utiliza como unidad de análisis el hogar hogar –pudiendo haber más de un miembro de la familia víctima y/o por más de un delito-, entre otras diferencias. Se trata, sin embargo, de una fuente de información considerada valiosa por su independencia de la voluntad y/o capacidad de las fuerzas policiales de los distintos países para recibir denuncias o de las personas de realizarlas9. En el siguiente gráfico se presenta la evolución de la tasa de victimización anual global por hogar en Chile entre 2005 y 2011. Como se observa, salvo el año 2008, en que se registró una leve alza, y el año 2011, que se compara con el año en que todas los registros y estadísticas se comportan de forma excepcional, probablemente debido al terremoto, la ENUSC indica una tendencia decreciente de la proporción de hogares que es víctima de un delito, y que actualmente asciende a alrededor del 31%.

9

Las encuestas de victimización suelen, de hecho, también indagar en qué proporción de las víctimas denuncia el delito. (En Chile la evolución de esta tasa no explica mayormente la disímil evolución entre los casos policiales por DMCS, por una parte, y la victimización, por otra).

5


Gráfico Nº3 Evolución victimización últimos 12 meses por hogar, todos los delitos, 2005 a 2011, ENUSC

38,3

38,4 34,8

35,3

33,6 28,2

2005

2006

2007

2008

2009

2010

31,1

2011

Fuente: Elaboración propia sobre la base de información en www.seguridadpublica.cl

Cabe destacar que al desagregar la victimización según nivel socioeconómico, las encuestas de victimización en Chile arrojan que si bien la proporción de personas de nivel socioeconómico más alto tienen una mayor probabilidad de ser victimizado, la gran mayoría de los delitos que ocurren aquejan a los sectores de menores ingresos. Otros resultados de interés son que existe una concentración de la victimización: de acuerdo a la ENUSC, el 12% de los hogares concentra el 60% de los delitos reportados. En la última encuesta de victimización de Fundación Paz Ciudadana, sobre robos e intentos de robos en los últimos seis meses, el 28% de los hogares concentró el 91% de los casos reportados. Como se verá más adelante, los casos policiales presentan concentraciones espaciales importantes, pero no hay estudios que permitan clarificar si estos dos tipos de concentración manifiestan un mismo fenómeno, o no. Si bien no son datos del todo comparables, de acuerdo a la ENUSC, alrededor del 75% de los delitos ocurren fuera del barrio de residencia, mientras que de acuerdo al Índice de Paz Ciudadana, más o menos el 75% de robos o intentos de robo ocurren dentro de la comuna de residencia, y el 83% en la vía pública. Aparentemente, la vía pública dentro de la comuna pero fuera de lo que la persona considera su barrio estaría concentrando la victimización. En cuanto a los tipos de delitos más frecuentes de acuerdo a ENUSC, los diferentes tipos de robos aparecen nuevamente como los delitos más frecuentes, tal como se observa en el siguiente gráficos. Las lesiones afectan a sólo el 2,5% de los hogares.

6


Gráfico Nº4 Tasa de victimización hogar últimos 12 meses, según tipo de delito, 2011, ENUSC 9,1 6,2

5,7

5,3 2,5

Hurto

Robo por sorpresa

Robo con fuerza en la vivienda

Robo con violencia o intimidación

Lesiones

Fuente: Elaboración propia sobre la base de información en www.seguridadpublica.cl

En cuanto al robo de vehículos y de accesorios de vehículos, la muestra no está construida para ser representativa del universo de hogares con vehículos, pero el 2,6% de los hogares que tienen vehículo reportan que éste le fue robado, y el 16,2% que le fue robado algún accesorio. En cuanto a los niveles de violencia sufridos por las víctimas de los delitos contra la propiedad, la encuesta de victimización de Fundación Paz Ciudadana no registra los delitos según las clasificaciones legales ni excluye los intentos, como lo hace la ENUSC, sino que le pide al encuestado clasificar si el robo o intento de robo fue o no violento. Desde al año 2006 la proporción de delios violentos se ha mantenido estable y asciende a alrededor de un 30%10. A pesar de que no son fuentes comparables, llama la atención que las lesiones tengan un peso relativo bastante más bajo de acuerdo a ENUSC, en comparación con los registros policiales. Si se considera que los segundo están influenciados por denuncias realizadas por establecimientos comerciales, generalmente contra la propiedad, cabría suponer que las lesiones tienen un peso relativo todavía mayor entre las denuncias realizadas solamente por personas. Cabe destacar que ni esta aparente contradicción ni la divergencia en las tendencias entre las estadísticas policiales que van al alza y las encuestas de victimización que van a la baja, han sido dilusidadas. A grandes rasgos, una disminución de la victimización en los hogares chilenos de 7 puntos porcentuales implica que 280 mil hogares menos fueron victimizados, lo que debiera reflejarse en los alrededor de 650 mil casos policiales por DMCS. 10

Índice Paz Ciudadana-Adimark, julio de 2012.

7


En cuanto a la posición relativa de Chile en términos de la victimización, las comparaciones internacionales son difíciles de hacer debido a las variaciones metodológicas y de contenidos de las encuestas que se aplican en distintos países. En términos generales se concluye que Chile presenta tasas de victimización de delitos contra la propiedad relativamente altas en comparación con países desarrollados11. En relación al resto de la región, la encuesta de opinión Latinobarómetro incluye una pregunta relativa a la victimización que sirve para estos propósitos, y cuyos resultados se presentan a continuación. Chile se encuentra en el penúltimo lugar si los países se ordenan de mayor a menor de acuerdo a su victimización, y por debajo del promedio de la región.

Gráfico Nº5

Fuente: Balance de la Delincuencia 2010, Fundación Paz Ciudadana, 2011.

Como último indicador sobre la seguridad pública, cabe analizar en mayor detalle el homicidio debido a las limitaciones de los registros policiales para cuantificarlo. Por diversos motivos, en Chile las estadísticas policiales subestiman la cantidad real de homicidios que ocurren en el país12. De acuerdo a la última cifra publicada por el Departamento de Estadísticas e Información de Salud del Ministerio de Salud, y basado en las muertes por agresiones clasificadas según CIE 10, el año 2009 la tasa de homicidios cada 100 mil habitantes ascendió a 5,3. Sin embargo, Naciones Unidas utiliza otro indicador, asociado a las víctimas de homicidio registradas por las policías, para la comparación entre países, y que se presenta en el siguiente gráfico.

11 12

Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Plan Chile Seguro, p. 14. Mertz, C. Caracterización del Homicidio en Chile, Fundación Paz Ciudadana, 1999.

8


Gráfico Nº5 Tasa de homicidio cada 100.000 habitantes para 40 países, año 2009 70,7

33,8 22,7

5,5 5,4 5,4 5,2 05 4,8 4,8 4,2 3,7

3,4 2,3 1,9 1,9 1,8 1,7

1,5 1,5 1,4 1,3 1,2 1,2 1,2 1,1 1,1 01 01 01 0,9 0,9 0,9 0,6 0,6 0,5 0,3

Honduras Sudáfrica Brasil Panamá Bolivia Lituania Argentina Filipinas Tailandia Estonia Estados Unidos China Japon República de Corea Chile India Finlandia Turquía Bulgaria Rumania Bélgica Rusia Eslovaquia Hungría Polonia Egipto Portugal Australia Croacia Holanda Suecia Italia Malta República Checa Dinamarca España Noruega Eslovenia Austria Islandia

8,1 7,5 7,5

Fuente: UNODC, estadísticas de homicidio (2012). Nota: Corresponde a la información reportada por los países a través del cuestionario UN-CTS. Para Chile son número de víctimas de homicidio registrados por Carabineros.

En resumen, la delincuencia en Chile se caracteriza por altas tasas de delitos contra la propiedad en relación a países desarrollados, pero bajas tasas de lesiones y homicidios. La mayoría de los delitos contra la propiedad ocurre en el espacio público y sin violencia.

2.2. Institucionalidad en seguridad pública Hasta principios de la década del 2000, el Estado chileno no contaba con alguna institucionalidad que desarrollara políticas globales en materia de seguridad pública y que enmarcara el quehacer de instituciones funcionales o sectoriales, como lo son las policías, Gendarmería, y Servicio Nacional de Menores, en planes y estrategias coherentes para reducir el delito. Fue recién en diciembre de 2000, año en que se creó el Programa de Seguridad y Participación Ciudadana dentro de la Subsecretaría del Interior y centrado inicialmente en la puesta en marcha del Programa Comuna Segura Compromiso 10013, en que la delincuencia como área de política pública tuvo alguna expresión institucional. Dicho programa fue paulatinamente creciendo presupuestariamente y en dotación y áreas 13

Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, Programa de Seguridad y Participación Ciudadana Ministerio del Interior, junio de 2003.

9


temáticas abordadas14, y con la transformación del Ministerio del Interior en Ministerio del Interior y Seguridad Pública con la aprobación de la Ley 20.502 en el año 2010, se constituyó en lo que es actualmente la Subsecretaría de Prevención del Delito15. De acuerdo a la misma ley, las policías volvieron a formar parte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dependiendo administrativamente de dos divisiones dentro de la Subsecretaría de Interior, la que a su vez creó, por primera vez, una División de Estudios. Dicha ley establece que la responsabilidad de la seguridad pública del interior recae en el ministerio en comento, lo obliga a generar una Política Nacional de Seguridad Pública Interior, le otorga atribuciones para requerir información, y visar y evaluar todos los planes y programas de otros ministerios. Además, la ley radica en la Subsecretaría de Prevención del Delito todos los planes y programas de seguridad pública del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, otorgándole expresamente la facultad de ejecutar programas propios. Por último, cabe mencionar que establece legalmente los consejos regionales el Consejo Nacional de Seguridad Pública, los que deben sesionar al menos dos veces al año16. En términos presupuestarios, y sin considerar la proporción del gasto del Poder Judicial que es destinado a la solución de casos penales, el siguiente cuadro ilustra que las policías representan aproximadamente el 60% del presupuesto en materia de seguridad pública. Si se suma el Ministerio Público, la proporción asciende a prácticamente tres cuartos del presupuesto público. Gráfico Nº 6

14

Especialmente relevante fue el crecimiento de los servicios de atención a víctimas de delitos violentos, la que representaba alrededor de un tercio del presupuesto de la División de Seguridad Pública y prácticamente la mitad del personal. 15 El mismo cuerpo legal transformó el Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes (Conace) en el Servicio Nacional para la Prevención y el Tratamiento de Alcohol y Drogas (Senda). 16 Lo integran el Ministro del Interior y Seguridad Pública, el Ministro de Justicia, un representante del Poder Judicial, al Fiscal Nacional o a quien él designe, los subsecretarios de interior, prevención del delito (quien además es secretario ejecutivo del Consejo) y justicia, el General Director de Carabineros de Chile, el Director General de la Policía de Investigaciones, los directores nacionales de Gendarmería y del Servicio Nacional de Menores, el Defensor Nacional, un representante de la Asociación Chilena de Municipalidades, y el director nacional del Senda.

10


1%

3%

7%

16%

12% 10% 2% 2% 47%

Gendarmería (incluye reinserción) Sename Senda Subsecretaría de Prevención del Delito Carabineros Policía de Investigaciones Ministerio Público Servicio Médico Legal Defensoría Penal Pública

Fuente: Elaborado sobre la base de Ley de Presupuesto 2012, Dipres.

Cabe destacar que en el caso particular de la Subsecretaría de Prevención del Delito, actualmente alrededor de un quinto de su presupuesto es destinado a brindar servicios de asistencia a víctimas de delitos violentos. 3. POLÍTICAS PÚBLICAS PARA REDUCIR LA DELINCUENCIA 3.1. Introducción Chile presenta retrasos importantes en materia de contenidos y calidad de las políticas públicas que pretenden reducir la delincuencia. Hace 20 años, momento en el que en el mundo desarrollado se observaban avances sustanciales en la inclusión de la evidencia empírica como sustento de las políticas criminales17, en nuestro país el tema recién irrumpía en la agenda política debido a la alta preocupación que la ciudadanía expresaba por la seguridad ciudadana en las encuestas de opinión18. La precariedad institucional ya mencionada y la escasez de especialistas contribuyeron probablemente a que durante más de una década la discusión pública en torno a cómo reducir la delincuencia fuera por una parte demasiado general, agrupando a problemas de distinta naturaleza dentro de “la delincuencia”, y un diálogo de sordos respecto al rol que cumplen las sanciones como herramienta de política pública para reducir el delito, por otra. A un lado, expertos y políticos que compartían el ideario de la izquierda generalmente planteaban que la delincuencia, que según ellos por lo demás afectaba a los más ricos19 y reflejaba en alguna medida la lucha de clases, era causa de la pobreza y la desigualdad, entre otros males sociales, y negaban que los que delinquen tuviesen capacidad alguna de decidir sobre los actos que cometían. Consecuentemente, solían 17

Welsh B., y Farrington D. (ed.), “Preventing Crime: What works for Children, Offenders, Victims, and Places”, Springer, 2010, pág. 117. 18 Series de Opinión Pública, Centro de Estudios Públicos. 19 De acuerdo a las encuesta de victimización, los niveles socioeconómicos altos efectivamente tienen una tasa de victimización más alta, pero prácticamente el 90% de los delitos que ocurren aquejan a sectores de niveles socioeconómicos bajos.

11


creer que la mejora en la igualdad de ingresos o las políticas sociales universales eran las llamadas a reducir el delito, y que las que penas no tenían rol alguno. Los políticos que compartían el ideario de la derecha, por su parte, tendieron a abrazar sin más la teoría de la elección racional para explicar todos los delitos, también sin distinción, y postulaban que la pena esperada, es decir, la magnitud de la sanción y la probabilidad de que se deba cumplir, era la única herramienta disponible para el Estado. Sobre la primera postura, ésta no tiene asidero empírico, ya que las políticas sociales generales son, justamente, las que aún cuando son accesibles universalmente no responden a las necesidades particulares del pequeño porcentaje de personas que acumula factores de riesgo al delito desde su niñez y que requiere de políticas preventivas focalizadas y especializadas, sobretodo una vez que está cumpliendo una condena. La segunda, por su parte, si bien cuenta con evidencia empírica que comprueba el efecto disuasivo de las penas, deja fuera, por definición metodológica de la economía neoclásica, la formación de las preferencias o los procesos cognitivos detrás de la toma de decisión, que son justamente las que pretenden ser modificada mediante otra parte importante del abanico de políticas públicas para reducir el delito, es decir, la prevención social y la rehabilitación. La verdad es que reducir la delincuencia, que no es otra cosa que modificar la conducta de personas que cometen o pueden cometer delitos con alta probabilidad, requiere de una combinación de políticas de que tradicionalmente han sido denominadas como control y de prevención, tal como se verá a continuación. A pesar de que como se indicó en la introducción el presente documento está enfocado en la delincuencia común y excluye otras actividades ilícitas, el alcance, la magnitud, y los ámbitos en los que pueden desplegarse iniciativas que pretenden reducirla son de igual forma lo suficientemente diversos como para que sea necesario contar con un esquema que permita organizarlas de acuerdo a las relaciones causales generales que pretenden afectar. Dicho marco es descrito en la siguiente sección. 3.2.

Breve marco conceptual

En la literatura nacional e internacional, no existe una única forma de construir un marco de análisis comprensivo como el requerido. La “visión de sistema” elaborada por Fundación Paz Ciudadana e incluida en el Chile Seguro Plan de Seguridad Pública 2010201420 tiene la virtud de integrar tanto los factores causales detrás de la ocurrencia de delitos como una noción de flujos en el sistema de persecución penal, y de relevar la existencia de flujos que retroalimentan positiva o negativamente la cantidad de delitos21. Sin embargo, y aún cuando suele ser utilizada únicamente como marco de referencia para la prevención situacional, tipo de prevención que se detallará más adelante, el “triángulo del delito” o “triángulo del problema delictivo” acuñado por el Centro para la Policía 20

Ministerio del Interior y Seguridad Pública, “Estrategia de Seguridad Pública 2010-2014 Chile Seguro”, página 17. 21 Estos flujos ponen de manifiesto que la distinción entre la prevención y el control es muchas veces artificial.

12


Orientada a Problemas (Center for Problem Oriented Policing) 22, resulta de más fácil comprensión 23 , y sirve para los propósitos mencionados anteriormente 24 . Dicho “triángulo del problema delictivo” ilustra que la ocurrencia de un delito requiere de la coexistencia de tres elementos: una víctima potencial o un bien atractivo para el robo, un lugar propicio para la comisión del delito o que hace fácil la sustracción de bienes, y una persona dispuesta a cometer el ilícito.

22

Existe, además, una asimetría en la estructura del esquema cuanto al tipo de elementos que son representados en la parte izquierda, que son las condiciones requeridas para que ocurra un delito o los factores que “producen delitos”, y la parte derecha, que es el derrotero de los casos si es que los autores de los delitos son identificados, procesados, y sancionados. 23 El “triángulo del problema delito” puede además ser interpretado como una representación colapsada de la “visión de sistema”. 24 Cabe destacar que la complementariedad entre categorías de políticas agrupadas de esta forma es relevada por diversos autores. Por ejemplo, Eck comenta que “Aún cuando el bloqueo de oportunidades delictivas toma un enfoque diferente que programas diseñados para cambiar las sendas vitales de delincuentes actuales y potenciales, estos dos enfoques pueden trabajar juntos. Mantener galletas fuera de la vista de preescolares no solo es distinto de instruirles que no coman las galletas, [...] refuerza instrucciones al eliminar la tentación”, traducción libre de p. 243 en Sherman et al. (eds) Evidence Based Crime Prevention.

13


El Triángulo de Análisis de Problemas o más comúnmente conocido como el Triángulo del Delito, proporciona una forma de evaluar y analizar los problemas recurrentes del delito y de la alteración del orden público. Esta idea se fundamenta en que el delito o la alteración del orden público es una consecuencia producida por: (1) La acción o accionar de delincuentes (2) se conduce sobre objetivos adecuados,Figura convenientes o lucrativos (3) se ejecuta en 1 un tiempo y en un lugar determinado, en la ausencia de un protector/guardián El triángulo del problema delictivo competente del objetivo. Una versión sencilla de un triángulo de análisis de problemas se observa de la siguiente forma:

Los delincuentes pueden estar controlados a veces por otras personas; a estas personas se les denomina en el presente modelo como manipuladores. Fuente:yhttp://www.popcenter.org/library/pdfs/espanol/triangle_esp.pdf Los objetivos las víctimas pueden estar protegidos a veces también por otras personas; a estas personas se las define como protectores/guardianes. Los lugares normalmente pueden estar controlados por alguien; a estas personas se las define como administradores/gerentes. De modo que, el desarrollo efectivo La evidencia recopilada, entre otros por el mencionado centro, indica que el abordaje o la de solución de problemas (en nuestro caso problemas delictivos) pasa por “eliminación” cualquiera de las tres del “triángulo del problema delictivo” entenderde como los delincuentes y susaristas víctimas/objetivos convergen en un lugar; también entender comoen esa de los delincuentes, resuelve el problema o, dicho otras convergencia palabras, previene la ocurrencia de loslasdelitos. víctimas/objetivos, en unos lugares no está efectivamente controlada. Cuál de las tres aristas es la que más influye en que el o los delitos ocurran, o cuál de las Entendiendo las vulnerabilidades que se observan en el triángulo de análisis de tres aristas es abordable de la forma más costo-efectiva para evitar su ocurrencia (las que problemas en el contexto de un problema en particular, nos indicará el camino a por lo demás no necesariamente coinciden), depende, naturalmente, nodel sólo del tipo legal seguir para desarrollar nuevas formas de intervención. Una versión triángulo o categoría de delito si no que, más aún, de las ycaracterísticas particulares de análisis de problemas completo se presenta luce de la forma siguiente: de cómo,

cuándo, por qué, en qué circunstancias, por quiénes y a quiénes son cometidos los delitos. Si se considera, por ejemplo, el robo en el espacio público, las estrategias costo-efectivas para prevenir el robo de teléfonos móviles en un paradero de locomoción colectiva en horas de alta afluencia de público en el centro de una ciudad, difieren de las para prevenir el robo de dinero en un peaje en la carretera, en circunstancias que ambos caen dentro de la misma clasificación legal o estadística. En las siguientes secciones se describen brevemente las seis categorías generales25 de iniciativas de seguridad pública ordenadas de acuerdo al “triángulo del delito”, es decir, según la arista que pretenden afectar o “eliminar”, se resume la evidencia empírica sobre el tipo de iniciativa que ha demostrado tener impacto dentro de cada categoría, al igual que una caracterización o diagnóstico más específico del objeto de intervención en 25

En la agrupación de políticas usada acá no se establece la prevención comunitaria o la prevención en las escuelas como categorías por si solas, toda vez que se trata plataformas sobre las cuales se desarrollan iniciativas orientadas finalmente a alguna de las aristas del triángulo del delito y las relaciones causales en que sintetizan.

14


particular en el caso chileno, y un resumen y análisis crítico de las principales políticas públicas en curso. Las propuestas de política se presentadas en la sección siguiente. Se abordará primero la arista “lugar”, que se relaciona con las iniciativas de prevención situacional; posteriormente la arista “delincuente”, que se aborda tanto mediante la prevención social temprana y la reinserción como con la persecución penal; y, por último y con una estructura distinta, sólo el elemento “objetivo” de la artista “objetivo/víctima”26. 3.3.

Iniciativas enfocadas en el lugar: la prevención situacional

a. Definiciones Una variedad de factores inciden en que algunos lugares específicos –determinadas esquinas o intersecciones de calles, tramos de calle, tiendas, casas, edificios, estaciones de metro, etc., o lugares móviles como los buses, trenes, etc.- concentren delitos27. En términos generales, se trata de factores que implican que la potencial ganancia de la actividad ilícita sea relativamente alta y el acceso a los bienes fácil -como los que genera la disponibilidad de bienes de valor y fácilmente portables en lugares de alto flujo de personas-, y/o que la probabilidad de ser detectado es baja, y/o que influyen en el comportamiento de las personas para peor28. Las iniciativas que pretenden aumentar el esfuerzo requerido para cometer el delito, aumentar el riesgo percibido por el hechor de ser detectado y sancionado, o reducir la recompensa de cometer el delito, y por lo tanto disuadir la comisión de delitos son clasificadas como de prevención situacional, ámbito de políticas de reducción del delito basado en tres teorías de oportunidad del delito (teoría de la actividad rutinaria, teoría de elección racional y teoría de patrones delictivos 29 . Parte importante de las recomendaciones de planificación y diseño han sido sistematizadas en el enfoque “Prevención del delito mediante el diseño ambiental” o “Crime Prevention Through Environmental Design” (CPTED), cuyas recomendaciones se resumen a continuación. 26

Más allá de la potencial pertinencia o rentabilidad social por la reparación del daño sufrido de los programas de atención a víctimas de delitos, en la actualidad la información existente permite descartar, por ahora, que políticas destinadas a víctimas sean costo-efectivas para reducir la victimización. (Ver, por ejemplo, Farrell and Pease, Preventing Repeat Residential Burglary Victimization, capítulo 11 en Welsh y Farrington (ed.) Preventing Crime: What Works for Children, Victims, and Places, Springer, 2010.) 27 Eck, John y David Weisburd, 1995, “Crime Places in Crime Theory”. En Crime and Place. Crime Prevention Studies, Vol. 4, editado por John Eck y David Weisburd, 1-33. Criminal Justice Press. 28 Keizer, K., Lindenberg, S., & Steg, L. (2008). The Spreading of Disorder. Science Vol. 322 no.5908, 16811685. 29 Sobre las teorías detrás de la prevención del delito mediante el diseño ambiental, ver Jeffrey y Zahm, “Crime Prevention through Environmental Design, Opportunity Theory, and Rational Choice Models”, cap. 14, y Brantingham y Brantingham “Evironment, Routine, and Situation: Toward a Pattern Theory of Crime, cap. 11 en Clarke y Felson (ed.) “Routine Activity and Rationa Choice”, Advances in Crim inological Teheory Volume 5, Transaction Publishers, 1993; para un análisis sobre los alcances de la prevención situacional, ver “Seven misconceptions of situational crime prevention” de Ronald Clarke, capítulo 3 en Handbook of Crime Prevention and Community Safety, editado por Nick Tilley, William Publishing, 2005.

15


CPTED propone diseños del medio construido que promueven la vigilancia natural, el control natural de accesos, y el reforzamiento territorial: 

 

Vigilancia natural: es la que ejercen las personas durante sus actividades cotidianas; es posible cuando los espacios son visibles por usuarios de espacios exteriores o interiores (casas, edificios). Su intensidad depende de la ubicación de puertas y ventanas y la distribución espacial dentro de las edificaciones; de la altura, tipo y ubicación de vegetación y mobiliario urbano; de la calidad de la iluminación y de las rutas de desplazamiento a disposición de los peatones; entre otros. El control natural de accesos es el que genera la existencia de hitos físicos al ingreso de un lugar y que le indican al usuario del espacio que ingresa a un recinto delimitado y gestionado por un grupo de personas u organización. El reforzamiento territorial pretende generar un sentido de afecto de los residentes de un lugar.

Las dos primeras aumentan la percepción de riesgo de los potenciales ofensores, mientras que el reforzamiento territorial pretende promover el control social de los espacios. Los sistemas de televigilancia pueden complementar las medidas de vigilancia natural cuando no hay opciones de diseño que permitan aumentar la visibilidad de algún espacio, y sistemas mecánicos de control de accesos o medidas de “endurecimiento del blanco” (target hardening) pueden complementar el control natural de accesos. Además, CPTED enfatiza la mantención y el la promoción o el soporte de actividades. El primero da cuenta de que la propiedad tiene dueño30, mientras que el segundo aumenta el uso del espacio y, por lo tanto, la vigilancia natural31. Por otra parte, si bien algunos autores excluyen sistemas de reacción ante la ocurrencia de delitos, otros sí consideran que las alarmas constituyen parte del abanico de estrategias CPTED. Por último, además de CPTED, la vigilancia formal es otra iniciativa que cae dentro de la prevención situacional, y es principalmente ejercida por las fuerzas policiales con atribuciones preventivas32.

30

La importancia de la mantención en la ocurrencia de desórdenes y delitos fue la principal tesis del libro “Fixing Broken Windows: Restoring Orden and Reducging Crime in Our Communities” de Kelling y Coles, de 1996. 31 Para un resumen de las principales estrategias y tácticas de CPTED para barrios residenciales, ver figura 5 en Feins y Epsptein, “Solving Crime Problems in Residential Neighbourhoods: Comprehensive Changes in Design, Materials, and Use” Washington, DC: United States Department fo Justice, National Institute of Justice, 1997, página 28.

16


b. Evidencia empírica sobre los efectos de la prevención situacional sobre el delito En cuanto a la evidencia empírica sobre el impacto de CPTED sobre la ocurrencia de delitos, la gran diversidad entre los problemas delictivos concretos que pretenden resolver, por una parte, y entre los componentes específicos de las intervenciones, por otra, hacen imposible evaluarlo como enfoque. En términos generales -y teniendo siempre presente que un diagnóstico preciso, diseño pertinente y una ejecución fiel al diseño son siempre necesarios para lograr efectos-, es posible concluir que hay estudios que confirman que un diseño ambiental adecuado en áreas residenciales, especialmente viviendas sociales, y espacios públicos, puede reducir el delito, al igual que medidas que limpian y reducen la evaluación en el transporte público y mejoran la seguridad de empleados de los sistemas de transporte33. De igual forma, es posible concluir que la prevención situacional no genera desplazamiento, e incluso hay estudios que indican un efecto difusión de los resultados positivos en términos de reducción del delito34, lo que refuta la teoría del desplazamiento del delito que se encuentra arraigada tanto en la opinión pública como en las policías. Por otra parte, hay evaluaciones más rigurosas sobre los efectos de algunos componentes específicos de medidas recomendadas por este enfoque, y que se resumen a continuación. 

Televigilancia en espacios públicos: De acuerdo a la revisión sistemática realizada por Welsh y Farrington al alero del Crime and Justice Group de Campbell Collaboration 35 , la vigilancia mediante circuitos cerrados de televisión tiene resultados deseables modestos pero significativos sobre los delitos, es más efectiva en la reducción de delitos en estacionamientos de vehículos, y es más efectiva en reducir delitos en el Reino Unido que en otros países. Los autores, si bien reconocen que hacen falta iniciativas con diseños de evaluación de calidad y períodos de observación más largos que los que tuvieron a su disposición, concluyen que los resultados sí hacen recomendable el uso de televigilancia en espacios públicos, pero sugieren que se use más focalizadamente que hasta ahora. Iluminación de calles: Los mismos autores publicaron el mismo año una segunda revisión sistemática36, sobre el efecto de mejoras en iluminación de calles sobre la

32

Los guardias privados también pueden ejercer vigilancia formal en el sentido que son contratados para ejercer tal función y de manera visible (uniformada), pero carecen de las atribuciones de los policías y pueden, por lo tanto, ser conceptualmente considerados una tecnología de vigilancia sustituta a las CCTV. 33 Worral, J. “Crime Control in America, What Works?”, Pearson Education, Segunda Edición, 2008. 34 Bowers K, Johnson S, Guerette RT, Summers L, Poynton S. Spatial displacement and diffusion of benefits among geographically focused policing initiatives, Campbell Systematic Reviews 2011.3 35 Welsh BC, Farrington DP “Effects of Closed Circuit Television Surveillance on Crime”, Campbell Collaboration, 2008. 36 Welsh BC, Farrington DP “Effects of Improved Street Lighting on Crime”, Campbell Collaboration, 2008.

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 

delincuencia. Los resultados de la revisión indican que mejoras en la iluminación reduce significativamente la ocurrencia de delitos, por lo que los autores recomiendan su uso para prevenir el delito en espacios públicos. Notablemente, las reducciones de delitos no son más relevantes de noche que de día, lo que indica que el efecto de mejoras en iluminación sobre el delito estaría más mediado por la señal que implica la inversión en el lugar, la que a su vez aumentaría el control social informal, que por un aumento en la vigilancia natural de potenciales hechores. Iniciativas que incrementan vigilancia natural en barrios: Farrington y Welsh37 también revisaron estudios existentes sobre iniciativas que aumentan vigilancia natural y que también son denominados de “espacio defendible”, encontrando sistematizaciones y evaluaciones de relativa calidad sólo de proyectos que generaban barreras de entrada o circulación de vehículos en barrios céntricos de ciudades en EE.UU. y Reino Unido. Si bien todas las evaluaciones reportaron reducciones en los delitos y ninguno encontró aumentos en el área experimental, los autores son cautos al recomendar estas iniciativas en particular debido a que no existe claridad sobre el mecanismo causal detrás de estos resultados. A pesar de que es plausible que la disminución de flujo vehicular aumentó el uso del espacio público por parte de peatones o residentes, y encuestas de opinión de residentes respaldan esta teoría, otros sostienen que las barreras disuaden el ingreso de delincuentes, siendo esta segunda la explicación más relevante. Mejorar seguridad de accesos en residencias (target hardening): en el año 2002, autores de dos estudios concluyeron que la instalación de cerrojos y mejoras en la seguridad en los puntos de acceso reducen los robos en residencias, sin efectos de desplazamiento significativo 38 . Un estudio de 2009 39 sobre la efectividad de puertas y ventanas certificadas por Secured by Design40 también concluyó que mejoras en estos elementos redujo los robos a residencias. Medidas que “endurecen el blanco” o dificultan el mal uso teléfonos o parquímetros públicos: son consideradas como prometedoras para reducir hurtos y vandalismo41. “Neghbouhood Watch”: programas que incluyen la supervisión de espacios comunes por parte de residentes, el marcado de propiedades, y/o la realización de auditorías de seguridad, fueron considerados como programas en esta categoría y asociados empíricamente con disminuciones en delincuencia42.

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Welsh BC y Farrinton DP “Making Public Places Safer: Surveillance and Crime Prevention”, Oxford UNiversity Press, 2009. 38 Eck J. “Preventing Crime at Places”, cap. 7 en Sherman et al. (eds) “Evidence-Based Crime Prevention Revised Edition, Routledge, 2002. 39 Teedon P, et al., “Secured By Design Impact Evaluation: Key Findings”, Caledonian Environment Centre , School of the Built and Natural Environment, Glasgow Caledonian University, 2009. 40 http://www.securedbydesign.com 41 Eck J. “Preventing Crime at Places”, cap. 7 en Sherman et al. (eds) “Evidence-Based Crime Prevention Revised Edition, Routledge, 2002. 42 Bennett Trevor, Holloway Katy, and Farrington David. “The Effectiveness of Neighborhood Watch”. In: The Campbell Collaboration Reviews of Intervention and Policy Evaluations (C2-RIPE), 2008.

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En cuanto a las alarmas contra robos, ya sea instaladas como sistema comunitario en áreas residenciales, en residencias unitarias 43 , o en el comercio, no son accesibles mediante fuentes bibliográficas abiertas evaluaciones de calidad que permitan concluir sobre su impacto en la delincuencia. Por último, y en relación a la efectividad de la vigilancia formal, se sabe hoy en día que el patrullaje aleatorio no tiene impacto sobre la comisión de delitos. El patrullaje focalizado en “lugares calientes” (“hot spots”), en cambio, sí ha sido rigurosamente evaluado y se ha concluido que es como una táctica efectiva44,45, junto con los arrestos proactivos y la solución de problemas (problem oriented policing) estos lugares46, y que incluso tendría beneficios para zonas adyacentes, no negativos como implicaría la hipótesis del desplazamiento del delito. Es más, el tiempo óptimo de permanencia de un policía en un lugar que concentra delitos se ha estimado entre 10 y 15 minutos; debido a que la presencia tiene primero rendimientos crecientes en términos disuasivos pero, decrecientes después de los 15 minutos47. Así, la conclusión es que la policía puede maximizar la reducción en desorden y delincuencia en puntos calientes al hacer patrullajes focalizado, aleatorios e intermitentes, y con una permanencia de entre 10 y 15 minutos en el lugar, haciendo así máximo la disuasión y minimizando el tiempo innecesario gastado en estos lugares. c. Diagnóstico específico: la concentración espacial de delitos en Chile Carabineros de Chile realiza análisis georreferenciado de sus denuncias y aprehensiones en flagrancia48. Por su parte, el Centro Estratégico de Análisis del Delito (CEAD) de la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, también georreferencia denuncias y aprehensiones en flagrancia de ambas fuerzas policiales y datos relacionados con procedimientos relacionados con la Ley de Drogas. Desde el año 2001, la División de Seguridad Pública de entonces, y ahora el CEAD, desarrollan análisis espacial y mapas que permiten visualizar las zonas de mayor 43

Solo existe un estudio de impacto sobre alarmas contra robos en residencias, y que concluye que tienen efecto positivo. Todavía no ha sido publicado, pero se encuentra disponible en internet desde el 30 de abril de 2012, el resumen en Internet, de “Spatial impact of burglar alarms on the decline of residential burglary”, de Seungmug Lee y Harry Wilson. 44 Braga, A. y Andrew D., “Hot spots policing effects on crime”. Campbell Systematic Review. The Campbell Collaboration, junio 2012. 45 Braga, A. y A. Weisburd, “Policing Problem Places: Crime Hot Spots and Effective Prevention”, Oxford University Press, 2010. 46 Sherman y Eck, “Policing for Crime Prevention”, cap 8 en Sherman et al. (eds.) Evidence Based Crime Prevention. 47 Koper, C. (1995). Just enough police presence: Reducing crime and disorderly behavior by optimizing patrol time in crime hotspots. Justice Quarterly, 12(4): 649-672. 48 La nueva página web de la institución, lanzada la primera semana de agosto de 2012, pone mapas comunales de delitos a disposición de la ciudadanía, junto con recomendaciones de autocuidado, constituyendo un avance sustancial en la información disponible públicamente sobre la delincuencia y los niveles de rendición de cuentas de Carabineros (www.carabineros.cl).

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concentración delictual al interior de cada comuna, que se publican en documentos denominados Atlas Delictual para las principales comunas urbanas. Si bien no existen análisis de concentración espacial de delitos para todo el territorio en su conjunto, en cada subdivisión de éste es posible observar concentraciones importantes. A modo de ejemplo ilustrativo, a continuación se presenta el mapa de los casos policiales, es decir, la suma entre denuncias realizadas por la ciudadanía y los delitos conocidos mediante detenciones en flagrancia, para el caso de los considerados como “delitos en el espacio público” (la suma de robo con violencia e intimidación, robo por sorpresa, robo de vehículo y robo accesorios de vehículos en espacio público), registrados durante el año 2011 en el territorio que comprende la Prefectura Cordillera de Carabineros de Chile. De acuerdo al CEAD, en este mapa el 0,16% de las superficie, y específicamente 43 tramos de ejes viales, concentra el 20% de los casos policiales para esta agrupación de delitos.

Mapa Nº1

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Fuente: CEAD, Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

En conclusión, en Chile los delitos también presentan patrones de concentración importante, según los cuales una parte relativamente alta de delitos ocurre en un porcentaje pequeño de direcciones49. d. Descripción y análisis crítico de principales políticas de prevención situacional en curso A continuación se realiza un breve diagnóstico de las políticas públicas relativas a CPTED y alarmas comunitarias agrupadas, primero, y la vigilancia formal, después.

(i) CPTED y alarmas comunitarias En Chile, la adopción de criterios CPTED en la planificación y el diseño urbano es todavía incipiente. Entre los principales hitos en este ámbito de política pública destacan que en el año 2001 Fundación Paz Ciudadana inició una línea de trabajo en esta área, y en conjunto con los ministerios de Vivienda y Urbanismo y del Interior, en 2003 publicó con el aporte de la Asociación Chilena de Municipalidades, del Banco Mundial y del gobierno, la primera guía “Espacios urbanos seguros: recomendaciones de diseño y gestión comunitaria para la obtención de espacios urbanos seguros”, con el objetivo de difundir conocimientos y herramientas fácilmente aplicables en el diseño urbano. Posteriormente, la Unidad de Prevención Situacional de la Subsecretaría de Prevención del Delito50 ha publicado una serie de manuales temáticos51, y ha desarrollado conocimientos, realizado capacitaciones y seminarios, y tiene convenios de colaboración técnica o alianzas estratégicas con los ministerios de Vivienda y Urbanismo, el de Obras Públicas, y de Educación, para transferir conocimientos a instituciones responsables de la planificación urbana y el diseño de infraestructura urbana. Además lidera el proyecto de Certificación de Seguridad Residencial, realiza asesorías técnicas para diversos proyectos específicos, tanto de los comentados ministerios, como a los programas de la misma Subsecretaría, específicamente los programas Barrio en Paz y Fondo Nacional de Seguridad Pública (ver recuadros a continuación).

Recuadro 1: Programa Barrio en Paz 49

Estos patrones espaciales además presentan patrones en horarios. http://www.seguridadpublica.gov.cl/prevencionsituacional.html (consultado el 22 de julio de 2012). 51 Entre 2010 y 2011 publicó Manual de prevención del delito en la reconstrucción; Manual de prevención de delitos en el comercio; Manual de introducción a la prevención situacional en barrios; Manual de diagnostico e intervención prevención situacional en barrios; Guía de prevención del delito en zonas residenciales; Guía de prevención del robo de vehículos y sus accesorios. 50

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El Programa Barrio en Paz reemplazó el Programa Comuna Segura, el que partió el año 2001 con un presupuesto de 1.200 millones de pesos y en 2010 contaba alrededor de 6 mil millones de pesos, que se transferían a 100 municipios mediante Fondos de Apoyo a la Gestión Municipal, y que se destinaba más o menos equitativamente entre proyectos de prevención situacional y proyectos psicosociales (prevención social y reinserción). En su versión Residencial, Barrio en Paz está instalado en 50 barrios, cuenta con alrededor de 6 mil millones de pesos, y contempla la selección del barrio en conjunto con la municipalidad, la realización de un diagnóstico barrial por parte de la SPD, una priorización de problemas detectados por parte de un comité técnico, y una planificación de proyectos a los que se destinarán el presupuesto de alrededor de 130 millones de pesos al año, por tres años, pudiendo ser proyectos de prevención situacional o de prevención social o reinserción (ver “Programa Barrio en Paz”, Subsecretaría de Prevención del Delito, 2011). En su versión Comercial, instalada en 64 barrios, se enfatiza el incremento de la fiscalización interinstitucional para todo tipo de infracciones en el lugar, al igual que el establecimiento de alianzas público privadas con el comercio del sector para realizar iniciativas conjuntas, y cuenta con alrededor de mil millones de pesos que se destinan los exclusivamente a proyectos de prevención situacional, ya que su foco son los delitos en el espacio público.

Recuadro 2: Fondo Nacional de Seguridad Pública Creado a fines del año 2010, es un concurso anual de proyectos de seguridad pública que tiene un presupuesto de alrededor de 4 mil millones de pesos y financia más o menos 140 proyectos al año, a ejecutar por diversos estamentos de la sociedad, incluyendo municipios, juntas de vecinos, universidades, ONGs, etc. Los proyectos son evaluados según pautas y criterios preestablecidos por técnicos de la Subsecretaría de Prevención del Delito y el tercio mejor evaluado es calificado por un comité de expertos público-privado. El 5% del presupuesto los proyectos de más de 20 millones de peso debe ser utilizado para recoger información necesaria para su posterior evaluación por parte de la SPD. (Para más información ver www.fnsp.cl)

En relación al programa de Certificación de Seguridad Residencial52, lo que se pretende es lograr la adhesión a criterios de prevención situacional mediante mecanismos de mercado, como lo es la certificación de la seguridad de residencias, por medio del establecimiento de estándares mínimos de seguridad en conjuntos residenciales nuevos y existentes, tanto públicas como privadas, y la formación de agentes certificadores. Durante el año 2012 el Instituto Nacional de Normalización se encuentra elaborando las normas y trabajando con las industrias relacionadas. Cabe destacar que este proyecto cuenta con la asesoría de Secured by Design53, programa de certificación residencial inglés. En cuanto a Barrio en Paz y el Fondo Nacional de Seguridad Pública, programas que suman un presupuesto de alrededor de 12 mil millones de pesos en el año 2011, para ambos la Unidad de Prevención Situacional de la Subsecretaría de Prevención de Delito genera orientaciones técnicas54 para proyectos de cámaras de televigilancia, recuperación e 52

http://www.seguridadpublica.gov.cl/prevencionsituacional.html (vigente al 4 de agosto de 2012). Ver http://www.securedbydesign.com/ (vigente al 22 de julio de 2012). 54 Ver http://www.fnsp.cl/PrevencionSitucional.html (vigente al 22 de julio de 2012). 53

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iluminación de espacios públicos, y alarmas comunitarias55, cuyo uso también ha sido impulsado para servir de bases técnicas para proyectos de parte del 2% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que debe destinarse a proyectos de seguridad pública en cada región. En términos generales, dichas orientaciones se encuentran al día en la literatura y se basan en el conocimiento existente sobre lo que funciona tanto internacionalmente como en las experiencias chilenas anteriores. Por último, cabe destacar el plan recientemente lanzado de forma conjunta entre el Ministerio de Transportes y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el que además de mayor patrullaje por parte de carabineros56, también contemplaría iniciativas de prevención situacional en buses, y estaciones de metro, específicamente mejoras en iluminación, y la renovación, relocalización, reparación o instalación de cámaras de televigilancia, aunque no se explicitó el presupuesto relacionado a estas medidas ni su fuente de financiamiento, y no hay un documento explicativo público. Debido a que alrededor del 80% de los delitos denunciados en Chile son contra la propiedad, por una parte, y que los mapas delictivos de la Región Metropolitana indican concentraciones importantes en los principales ejes viales, situación que no ocurre en otras ciudades, por otra, se trata de un plan un plan especialmente pertinente. En cuanto a los desafíos en materia de prevención situacional, los principales tienen relación, primero, con los bajos presupuestos relativos sobre los cuales la Unidad de Prevención Situacional tiene injerencia directa –alrededor del 60% de la suma de los programas Barrio en Paz y FNSP, es decir, aproximadamente 7 mil millones-, en relación al gasto en infraestructura urbana anual que realiza el Estado. Es decir, si bien se advierte que el conocimiento técnico actualizado está puesto a disposición de la toma de decisiones, y en este tipo de proyectos el resultado se da en períodos breves, y por lo tanto no hay un problema de inconsistencia dinámica, el presupuesto de la SPD es relativamente pequeño no solamente dentro del sector de seguridad pública, sino que también en relación a los presupuestos de los ministerios sectoriales (Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Ministerio de Obras Públicas). Los efectos concretos que los convenios de colaboración tienen dependen, todavía, en gran medida de la voluntad de las contrapartes de las respectivos Ministerios.

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Se trata, en términos resumidos, de la instalación de botones de pánico y chicharras en conjuntos habitacionales, y la organización de los residentes tanto para su instalación como para su mantención y funcionamiento. Su objetivo es “contribuir a la disminución de la ocurrencia de delitos y la percepción de temor e inseguridad en áreas residenciales de alta concentración delictual contra la propiedad y espacios públicos, aumentando las posibilidades de ayuda cercana en caso de victimización”. Orientaciones Técnicas Tipología: Alarmas Comunitarias, Subsecretaría de Prevención del Delito. 56 214 efectivos policiales realicen patrullaje exclusivo en las cercanías de 54 estaciones de Metro, además de 17 retenes móviles que estarán en las diferentes zonas de influencia de éstas. Otros 87 carabineros resguardarán 406 paraderos del Transantiago en distintos horarios. Además, 32 policías uniformados estarán subiendo permanentemente a los buses para resguardar la seguridad de los pasajeros (fuente: http://www.chilecumple.cl/chile-hoy/lanzan-plan-de-seguridad-en-transporte-publico-de-santiago/index.html)

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En segundo lugar, es sabido que la fidelidad de la implementación de las orientaciones técnicas es tanto o más importante que la calidad de su diseño. En el caso del FNSP, si bien está planificado evaluar los proyectos, los resultados de dichas evaluaciones serán posterior a la ejecución de los proyectos. El control de los proyectos durante su ejecución es, por lo tanto, crítico. Igual cosa ocurre con los proyectos de Barrio en Paz, donde la inserción en las dinámicas municipales presenta también importantes retos para la implementación. Un último desafío, relacionado con el anterior, es justamente la evaluación de los proyectos y la generación de conocimientos sobre lo que funciona en materia de prevención situacional en Chile. A la llegada del actual gobierno, y a pesar de nueve años de ejecución de proyecto en el territorio mediante el programa Comuna Segura, no habían evaluaciones de resultados ni de impacto que permitieran sacar conclusiones sobre lo qué proyectos tienen éxito en nuestro país o son, a lo menos, prometedores. Más aún, la ausencia de líneas bases hacían imposible emprender evaluaciones de proyectos ya concluidos. Los barrios de Barrio en Paz, salvo excepciones, cuentan con encuestas de victimización de línea base, y a partir del año 2011 los proyectos del FNSP debieron destinar el 5% de los recursos asignados a levantar información que permita evaluar el resultado de los proyectos y directrices para el levantamiento de datos por proyecto realizados por el CEAD. Sin embargo, para la SPD repetir las encuestas de victimización una vez ejecutadas las iniciativas o en territorios no intervenidos para tener grupos de control y realizar las evaluaciones propiamente tales, tanto de estos programas como de proyectos específicos como mejoramiento de plazas o la instalación de alarmas comunitarias, por ejemplo, requiere de presupuesto que en la planificación anual compite con la ejecución de más proyectos en el territorio, primero, y a veces permite concluir que lo realizado no tuvo el efecto esperado, segundo. Debido a las obligaciones que impone la Ley de Transparencia y la regulación en torno a compras públicas, la mera posibilidad de tener que publicar resultados negativos desincentiva su realización en un ámbito de política pública tan politizado como éste. En cuanto al programa de Certificación de Seguridad Residencial, su ejecución deberá sortear una serie de desafíos técnicos y políticos, partiendo por mantener el presupuesto requerido en la etapa de diseño, en circunstancias que sus primeros frutos se empezarán a dar recién durante el período del próximo gobierno. (ii) Vigilancia formal El patrullaje preventivo es función de Carabineros de Chile. El principal programa para hacer frente a las mayores demandas de seguridad pública de la ciudadanía, es el Plan Cuadrante de Seguridad Preventiva, que se inició el año 2000. Se trata, en esencia, de un sistema de asignación de recursos policiales a las distintas unidades territoriales, más pequeñas que una comuna, sobre la base de estimaciones de demanda, que consideran no solamente la cantidad de delitos sino que también los procedimientos policiales y otras funciones que deben cumplir los carabineros, por una parte, y equivalencias entre 24


distintos tipos de recursos policiales –patrullas, motos, carabineros a pie, entre otros- y su capacidad de patrullaje o poder disuasivo, por otro57. Se consideran en los cálculos de la oferta o de recursos policiales necesarios el patrullar todo el territorio con determinadas frecuencias. Si bien el Programa de Gobierno y por lo tanto el Plan Chile Seguro contempla la ampliación de dicho Plan a todas las comunas con más de 25 mil habitantes que no contaran con él, la SPD licitó su evaluación a fines de 2011, la que fue adjudicada a Fundación Paz Ciudadana. A la espera de los resultados de dicho estudio, es posible advertir sin embargo desde ya, que si bien el Plan Cuadrante tuvo la virtud de establecer un mecanismo cuantitativo para la asignación de recursos policiales en el territorio y para Carabineros en su conjunto, no se advierte una priorización de la reducción de la delincuencia por sobre otros objetivos institucionales58, primero, ni una orientación más concreta sobre las tácticas que la institución desea se desplieguen para lograr mayores niveles de seguridad, en segundo lugar59. Su implementación suponía, por ejemplo, la existencia de delegados de cuadrante ejerciendo labores de policía de proximidad o comunitaria, pero recién este año Carabineros y la SPD se encuentra ejecutando un proyecto piloto en cuatro cuadrantes del país para establecer perfiles de cargos y criterios de actuación de equipos de proximidad, el Modelo de Integración Carabineros Comunidad (MICC)60,61. En paralelo a la evaluación del Plan Cuadrante, con el apoyo del Banco Interamericano del Desarrollo para la contratación de una consultora internacional, la SPD impulsó la instalación del Sistema Táctico de Análisis del Delito en Carabineros de Chile, versión chilena del Compstat62, sistema de control de gestión policial al que se le ha atribuido la histórica reducción de la delincuencia en Nueva York63, y que actualmente es usado en diversas ciudades de EE.UU. y del mundo. En esencia, es un sistema de gestión basado en información de calidad y oportuna, el despliegue rápido de tácticas, y la constante evaluación de los resultados obtenidos con dichas tácticas. En concreto, cada Prefecto 57

Dichas equivalencias fueron construidas al alero del Programa CIAPEP de la Facultad de Economía de la Pontificia Universidad Católica de Chile. 58 El “Plan Estratégico Institucional 2010-2014” de Carabineros de Chile, de 34 páginas y 10.900 palabras, contiene la palabra delito(s) 13 veces, 7 de ellas en descripciones sobre el entorno externo de la institución, 4 en la descripción del Plan Cuadrante de Seguridad Preventiva, y 2 veces en los 19 objetivos estratégicos, una de éstas en relación al trabajo interinstitucional. 59 En palabras de la Dipres, “no está clara cuál es la contribución específica del PCSP a la solución de los dos problemas claves identificados a nivel de Fin: victimización y sensación de temor.” Fuente: Dirección de Presupuestos, Ministerio de Hacienda, Minuta Ejecutiva Nº3 Programa Plan Cuadrante de Seguridad Preventiva de Carabineros de Chile, junio de 2007. 60 http://www.seguridadpublica.gov.cl/integracioncarabineros.html (vigente al 4 de agosto de 2012) 61 Pero, incluso se hubiese instalado de forma sistemática, programas de policía comunitaria que no tienen un claro foco en factores de riesgo del delito generalmente no tienen efecto sobre la delincuencia. Sherman y Eck, p. 294, en Sherman et al (eds.) Evidence Based Crime Prevention. 62 Henry, V., “The Compstat Paradigm: Management Accountability in Policing”, Business and the Public Sector”, 2003, Looseleaf Law Publication. 63 Zimring, Franklin, The City that Became Safe: New York’s Lessons for Urban Crime and its Control”, Oxford University Press, 2012.

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realiza reuniones de trabajo con los comisarios de su zona para analizar la evolución de los delitos en cada comuna en la última semana, los últimos 28 días, y lo acumulado a la fecha, todo en comparación con el año anterior64, se identifican alzas o bajas importantes, y se comprometen planes de acción concretos para revertir las alzas y acentuar las bajas en delitos. Además de los Prefectos, asisten representantes de los departamentos especializados de Carabineros –OS7, OS10 y SEBV-, quienes aportan información relevante para las operaciones de las comisarías en el terreno. Coincidente con la puesta en marcha del STAD en la Región Metropolitana en octubre de 2011, la institución volvió a descentralizar las Secciones de Investigación Policial e instalarlas en las comisarías, las que tienen como función abocarse a la identificación y desarticulación de bandas de delincuentes, por ejemplo. Si bien es prematuro para concluir sobre cuánto ha sido el impacto del STAD en las operaciones de Carabineros de Chile y su impacto en el delito, la observación de varias reuniones permite constatar que los comisarios despliegan hoy un mayor conocimiento sobre la realidad delictiva de su zona en comparación con la que se percibía en vistitas a terreno realizada por la SPD a principios del año 2011, que la información de las secciones especializadas es compartida con los comisarios y que se programan patrullajes focalizados en puntos calientes, entre otras tácticas. También se observa como problemas de larga data, como son el consumo de recursos policiales para la constatación de lesiones de detenidos, es abordada de forma descentralizada por los comisarios de distintas formas y dependiendo de las características de su territorio: mientras algunos destinan carabineros fijos en el hospital dentro de su circunscripción y libera así a los que acompañaban al detenido en el trayecto, otros gestionan con el alcalde la presencia de médicos en las instalaciones de la comisaría. Cabe desatacar, además, que la presencia de la autoridad política diferencia este sistema de otros de similar inspiración que Carabineros ya había implementado, y permite complementar las acciones policiales con las de otras instancias de gobierno en la solución de problemas delictivos particulares, y ha gestionado la presencia de fiscales en las reuniones, generando coordinaciones y niveles de descentralización hasta ahora inéditos. Se trata, en síntesis, de una política basada en evidencia extranjera y en la línea correcta. El futuro del STAD es, sin embargo, todavía incierto. Como toda modernización institucional de envergadura, y sobretodo en una institución de carácter militar y de la envergadura de Carabineros de Chile, debe ser perfeccionada durante su instalación y se enfrenta a desafíos organizaciones y culturales importantes. Cuenta, actualmente, con el respaldo del Ministro del Interior y Seguridad Pública, pero su permanencia en el tiempo dependerá básicamente de si la propia institución percibe que rinde los frutos suficientes 64

La evaluación de los sistemas de información realizado por los consultores concluyó que son lo suficientemente robustos como para ser usados como indicadores de la actividad delictiva. Se consideran tanto las denuncias realizadas por la ciudadanía como los delitos pesquisados mediante detenciones en flagrancia, el STAD supone la auditoría de cambios demasiado radicales en las estadísticas y que no se condigan con otros indicadores sobre lo que está ocurriendo en el territorio.

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como para asumir los costos del cambio. Su instalación definitiva requerirá, por ejemplo, alinear diversos procesos de gestión interna, especialmente asociados a remuneraciones y carrera funcionaria, ámbitos que caen dentro de las áreas de trabajo de la Subsecretaría de Interior. Mientras lo anterior no ocurra, el plan para el sistema de transporte público en Santiago ilustra varias características de la situación actual. Primero, a pesar de la existencia de información inequívoca sobre la necesidad de focalizar en el transporte público (tipos de delitos más frecuentes y localización geográfica y por horarios), el establecimiento de un programa específico fue iniciativa del Ejecutivo, no de la propia policía. Su formulación precisa, respecto de la presencia de retenes móviles, por otra parte, insinúa que la evidencia empírica existente sobre las tácticas de patrullaje no ha sido del todo asimilada. Y, finalmente, se carecen de sistemas de retroalimentación de información que permitan dar cuenta de su real implementación del plan, primero, y medir su efecto, después.

3.4.

Iniciativas enfocadas en el delincuente

El rol de la imposición de penas en la reducción del delito es en general malentendido por la mayoría de los operadores del sistema penal y autoridades del sector justicia, toda vez que tienden a suponer que un incremento de pena o de la probabilidad de condena, por ejemplo, implicarán solamente un aumento en la población cumpliendo condena debido a que la cantidad de personas que cometen el delito en cuestión no varía, sino que solamente el tiempo que deben estar recluidos. En esencia, impera la creencia es que la disuasión no funciona, y que la reclusión no es otra cosa que una escuela para perfeccionarse en la actividad delictiva. Kleimann65 distingue cuatro vías mediante las cuales, conceptualmente, la imposición de sanciones puede reducir la delincuencia, tres de las cuales se usarán como marco para las siguentes secciones66: (i) la incapacitación; (ii) la disuasión, ya sea general o específica67; y (iii) la rehabilitación, entedida como el mejorar las capacidades útiles en el mercado laboral legal o cambiar las preferencias, hábitos, o estilos de tomar decisiones para hacer menos probable que delinca frente a la misma relación costo-beneficio.

3.4.1 Incapacitación 65

Kleiman, Mark, When Brute Force Fails: How to Have Less Crime and Less Punishment”, Princeton University Press, 2009. 66 La cuarta, los cambios normativos -que surgen de cambios en valores de parte de la sociedad, pero en algunos casos también generan cambios actitudinales en la población-, excenden el alcance de este trabajo. El perfeccionamiento del Código Penal será además tratado por otro autor para ResPublica. 67 Los perfeccionamientos del sistema procesal penal también serán abordados por otro autor para Res Pública, por lo que el apartado relativo a la disuasión pretende aportar un marco general en que se inserta la persecución penal, más que un estudio detallado de éste. Las propuestas relativas a la persecución penal serán consecuentemente, también de carácter más bien general.

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a. Definiciones Por incapacitación se entiende la imposibilidad o mayor dificultad que implica para el sujeto para la comisión de un delito el cumplir una sanción o estar sujeto a supervisión. A pesar de que pareciera haber actividades delictivas organizadas desde las cárceles, tanto en Chile como en otros países, se supone que la reclusión implica la máxima incapacitación, (haciendo caso omiso de los delitos que pueden ser cometidos contra otros reclusos). b. Evidencia empírica Empíricamente, al analizar la relación entre el nivel delictivo de un país y su población penal, resulta difícil distinguir entre el efecto de la incapacitación de personas criminalmente activas, por una parte, y la disuasión que la imposición de penas puede jugar, por otra. Levitt, sin embargo, logra separar ambos efectos y concluye que es más probable que impere el efecto disuasión por sobre el de la incapacitación68, sobretodo en delitos contra la propiedad. Pero lo anterior no implica que la incapacitación no tenga un rol que jugar en las políticas de seguridad pública. Más bien, la pregunta es cómo incapacitar a quiénes para que sean respuestas penales socialmente rentables. En el caso de las cárceles, en EE.UU. en 2006, el costo mensual directo por recluso ascendía a más o menos 360 mil pesos al mes (corregido por PPP), y no hay estimaciones sobre costos indirectos en términos de empleabilidad, salud, etc. En cuanto a los beneficios sociales de la incapacitación, Levitt69 estimó para ese mismo año que un recluso al margen ascienden a US$ 45.000 al año (825 mil pesos a PPP), más que dos veces los costos directos. En un estudio más sofisticado, pero siempre solamente sobre la incapacitación directa, considerando diferentes perfiles de delincuentes y delitos, Dilulio y Morrison70 concluyeron que la relación costo/beneficio depende del delito (costo social por delito) y del ofensor (intensidad de la actividad delictiva), y que oscila entre 0,08 a 14,77. Es decir, la cárcel como tecnología de imposición de sanciones, valdría la pena sólo para delincuentes prolíficos o que hayan cometido delitos graves. Si bien los cáclulos comentados no incluyen los beneficios sociales de la disuasión, es posible concebir tecnologías de sanción igual de gravosas, es decir, que tengan la misma magnitud percibida, a menores costos directos y, sobretodo, indirectos. Por lo tanto, hay 68

Levitt, Steven (1998). “Why Do Increased Arrest Rates Appear to Reduce Crime: Deterrence, Incapacitation, or Measurement Error?” Economic Inquiry, v. 36:353-372. 69 Levitt, Steven (1996). “The Effect of Prison Population Size on Crime Rates: Evidence form Prison Overcrowding Litigation”, Quarterly Journal of Economics, v. 111:319-352. 70 DiIulio, John y Anne Piehl (1991). “Does Prison Pay? The Stormy Debate Over the Cost-Effectiveness of Imprisonment" The Brookings Review, (otoño): 28-35.

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buenas razones para racionalizar el uso de la cárcel, intensificando el uso de penas alternativas a la reclusión. Cabe enfatizar, sin embargo, que las razones se basan en la costo-efectividad de la respuesta penal ante la comisión de delitos, suponiendo la posibilidad de imponer sanciones igual de gravosas tanto dentro de la cárcel como fuera de ella, pero no en menores tasas de reincidencia por parte de población que no pasa por el sistema cerrado, ya que la evidencia, aunque escasa, indica que no hay diferencias en las tasas de reincidencia debido al hecho de que la sanción sea bajo internación o no71. Una revisión sistemática estudios de costo-efectividad existentes, que los autores enfatizan son pocos, concluyó que la reclusión para delincuentes reincidentes de alto riesgo es prometedora, pero con retornos decrecientes para delitos menos graves72. Aunque controvertida por la factibilidad real de predecir la actividad delictiva de una persona y por razones éticas, la conclusión vigente es que la incapacitación de delincuentes que cometen delitos con alta frecuencia y que no están al final de su carrera delictiva, sería una estrategia efectiva para reducir la delincuencia. c. Diagnóstico específico En términos cuantitativos y con el objeto de tener alguna noción de la cantidad total de personas mayores de 14 años que en un momento del tiempo están bajo algún nivel de supervisión o incapacitación por parte del Estado en Chile, se puede calcular, suponiendo que todos los casos que ingresan alguna vez al año se encuentran vigentes en el caso de solo contar con información de flujos de ingreso, que se trata de alrededor de 210 mil personas: 14 mil menores entre 14 y 18 años cumpliendo condena, 60 mil personas sujetas a alguna medida cautelar distinta a la prisión preventiva, 20 mil adultos en prisión preventiva, 63 mil adultos cumpliendo penas alternativas y 54 mil adultos penas de reclusión. A continuación se detalla la evolución de etas poblaciones para el caso de los adultos73, en la medida que la información lo permita. i) Medidas cautelares En relación a la incapacitación durante el proceso penal, en el pasado en Chile, al igual que en muchos países de la región, una proporción demasiado alta de la población recluida correspondía a personas que estaban siendo procesadas, situación que fue corregida mediante la reforma procesal penal en nuestro país. Ésta introdujo una serie de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva (Art. 155 del Código Procesal Penal) 71

Villettaz P, Killias M, Zoder I. The effects of custodial vs. non-custodial sentences on re-offending: A systematic review of the state of knowledge. Campbell Systematic Reviews 2006:13 72 McDougall, C. et al., “Costs and Benefits of Sentencing”, cap. 8 en Welsh y Farrington (ed) Preventing Crime: What works for Children, Offenders, Victims, and Places, Springer, 2010; McDougall, Cohen y Perry, Benefit Cost Analyses of Sentencing, Campbell Systematic Review, Campbell Collaboration, 2008. 73 La información de la población juvenil cumpliendo penas es precaria.

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que son aplicadas alrededor de 60 mil veces al año. Sin embargo, no existen estadísticas sobre su nivel de cumplimiento ni estudios que analicen la correlación que hay entre el tipo de medida cautelar aplicada, incluyendo la prisión preventiva que se dicta alrededor de 20 mil veces al año, y la pena finalmente impuesta, ni sobre la reincidencia que ocurre durante el cumplimiento de medidas cautelares en libertad. ii) Sanciones En cuanto a los adultos cumpliendo condena, la única información disponible es la cantidad de población penitenciaria en los tres sistemas –abierto74 , semiabierto75 y cerrado76-, cuya evolución en términos de promedio anual se presenta en el siguiente gráfico y se discute a continuación, y el otorgamiento de beneficios intrapenitenciarios, que se presenta después.

Gráfico Nº7

Fuente: Balance de la Delincuencia 2010, Fundación Paz Ciudadana, 2011.

Cabe destacar que alrededor del 80% de la población penal recluida adulta se encuentra cumpliendo condena en recintos penitenciarios estatales, y el 20% en centros penitenciarios concesionados. El costo promedio de mensual del sistema público se estima en alrededor de 200 mil los primeros, y si bien es más alto el costo del sistema privado, se desconoce el real valor77. 74

Incluye las penas alternativas a la reclusión, los Beneficios de Reinserción, y el arresto nocturno. Corresponde a los Centros de Educación y Trabajo. 76 Incluye la población detenida, en prisión preventiva, y cumpliendo condena. 77 Las concesionarias informan que el costo mensual por recluso asciende a alrededor de 282 mil pesos , mientras que el Ministerio de Justicia sostiene que es de alrededor de 500 mil pesos (El Mercurio, “Concesionarios garantizan resolver hacinamiento penal si cambian condiciones para reos”, página C11, 5 de agosto de 2012) 75

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Por otra parte, la tasa de reclusión por cada 100 mil habitantes era en mayo de 2012 de 295, menor que en 2010, año en que llegó a un máximo de a 31378. La tasa actual ubica a Chile en el lugar 42 del ranking de 220 países del mundo con información según tasa de reclusión total cada 100 mil habitantes, el segundo lugar en Sudamérica después de Cuyanas Francesas, y por sobre México, Honduras, Nicaragua y Guatemala, aunque por debajo de El Salvador, Panamá, y Costa Rica, si se consideran países de la región de América Central. En cuanto a la composición de la población penal de acuerdo al tipo de pena, si de reclusión o alternativa, en general se concluye que los países desarrollados, especialmente europeos, tienen una proporción de población cumpliendo penas alternativas de entre el 60 y el 80%, mientras que en Chile es prácticamente el 50%. Así, en términos generales se ha concluido que Chile tiene una tasa de reclusión relativamente alta, conclusión que, dada la ausencia de información sobre el perfil de las personas que cumplen condena o tiempos promedio de condena, debe ser tomada con cautela. Analizando las tecnologías de imposición de sanciones actualmente en operación en Chile, cabe destacar que existe una discontinuidad entre las penas en libertad (la remisión condicional de la pena, la libertad vigilada, y la reclusión nocturna), a la que pueden ser condenadas personas que no hayan sido condenadas anteriormente, y las penas de reclusión. Las duraciones que son consideradas equivalentes, las falencias operativas en la detección y comunicación de quebrantamientos, y la escasa supervisión real -en el caso de la libertad vigilada, que es la pena con mayor nivel de supervisión en libertad, sólo un tercio recibe tratamientos sistemático 79 - permiten concluir que no constituyen alternativas igual de gravosas a las penas de reclusión que sustituyen, pero que están disponibles sólo para primerizos80. iii) Beneficios de reinserción Por su parte, los beneficios de reinserción presentaron una baja importante el año 2006, y su uso no se ha vuelto a aumentar en frecuencia.

Gráfico Nº8 Evolución beneficios reinserción

78

http://www.prisonstudies.org/info/worldbrief/wpb_country.php?country=215 Estudio sobre el impacto de la Reforma Procesal Penal en Gendarmería, UNTEC, 2004, citado en presentación de Paula Hurtado, Cárceles y Política Penitenciaria, Seminario sobre Cárceles Privadas UAILyD-FPC, 2007 80 Las carga de casos por delegado de libertad vigilada los 50, llegando a 100 en algunos casos, cuando la norma indica 30. 79

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Fuente: Balance de la Delincuencia 2010, Fundación Paz Ciudadana, 2011.

En síntesis, la población penitenciaria adulta ha aumentado sostenidamente desde la puesta en marcha del nuevo sistema procesal penal, salvo el año pasado, tanto en el sistema cerrado como en el sistema abierto, y se está haciendo uso restringido de los beneficios de reinserción. Es decir, hay más personas hoy bajo supervisión del Estado por haber cometido un delito, en comparación con una década atrás. Sin embargo, y en relación a las conclusiones de la evidencia empírica sobre la utilidad que tendría reservar la incapacitación lograda mediante la reclusión a personas que hayan cometido delitos graves o que cometen delitos con alta frecuencia, en Chile no existe información que permita implementar una recomendación como esta: no hay una caracterización de la población penal de acuerdo a los delitos cometidos o perfiles de riesgo según instrumentos actualizados81; ni encuestas a reclusos que permitan estimar qué parte de la población penal se encuentra cumpliendo pena por delitos graves o pudiendo haber cometido delitos menores, califican como “hechores prolíficos”, por otra; ni estudios sobre población beneficiada con indultos y la comisión de delitos durante el tiempo que habría estado recluida; ni estadísticas de quebrantamiento de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva, de penas alternativas a la reclusión o de beneficios intrapenitenciarios debido a la comisión de nuevos delitos.

81

Una descripción del sistema de clasificación en uso se encuentra en Dammert, L., “El sistema penitenciario en Chile: Desafíos para el nuevo modelo público-privado”, FLASCO Chile, p. 6-8.

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d. Descripción y análisis crítico de principales políticas en curso En el ámbito penitenciario y en relación a personas mayores de 18 años, el actual gobierno ha impulsado algunas medidas para paliar el déficit de plazas del sistema en su conjunto82 y racionalizar el uso de la cárcel, por una parte, y mejorar el sistema de penas alternativas, por otra. En relación a las primeras, modificó las penas a cumplir en caso de no pago de multa, y debido a lo cual alrededor de 3.400 personas se encontraban recluidas; un indulto conmutativo general que beneficiará a aproximadamente seis mil personas que cumplan ciertos requisitos y hayan cumplido parte importante de su condena y cuya liberación se estima no perjudicará la seguridad pública (mujeres con permiso de salida diaria, condenados cumpliendo reclusión nocturna, y algunos condenados extranjeros), y la repatriación de reclusos extranjeros que cumplían condena en nuestro país. En su base, algunas de estas medidas suponen derechamente que se trata de personas que nunca debieron haber ingresado a un centro de reclusión, como es el caso de las personas recluidas por no pago de multas, o que estando recluidos presentan perfiles de baja peligrosidad. El efecto que estas medidas tengan sobre la actividad delictiva dependerá, finalmente, de si el primer grupo cometerá delitos a causa de su reclusión -ya que la existencia del efecto criminógeno de la cárcel es discutido83-, y de la calidad de los instrumentos utilizados para identificar cuáles reclusos no presentan un riesgo para la seguridad pública. Sobre este último punto, como ya se mencionó el sistema de clasificación que históricamente ha operado en el sistema penitenciario no está al día en cuanto a la identificación de factores de riesgo a la reincidencia, y su mejoramiento es mencionado en la Cuenta Pública del año 2011 como una de las actividades que implementará el Ministerio de Justicia durante el año 2012. En paralelo, además de mejorar condiciones de habitabilidad básicas –aumentar las raciones de comida, literas, frazadas84- a fines del año 2011 se inauguró el Centro Penitenciario de la Región del Biobío con una capacidad de mil 190 plazas, cuya construcción se inició en el gobierno anterior, y esta año estrían listos los diseños de ingeniería y especialidad de cuatro nuevos recintos para ocho mil 550 plazas, un centro de clasificación y derivación y tres Centros de Educación y Trabajo de baja peligrosidad.

82

Ver Cuenta Pública 2012 del Ministerio de Justicia, disponible en http://www.minjusticia.gob.cl/en/documentos/category/31-cuenta-publica.html (vigente al 30 de julio de 2012) 83 Camp concluye que no existe, mientras que Gaes y Scott concluyen que sí. (Camp, Criminogenic Effects of the Prison Environment on Inmate Behavior: Some Experimental Evidence, Federal Bureau of Prisons Office of Research and Evaluation, 2004; Gaes y Scott, Unintended consequences: experimental evidence for the criminogenic effect of prison security level placemente on post-release recidivism, Journal of Experimantat Criminology, Vol. 5, No. 2 (2009), 139-162). 84 Ver “Plan 11 medidas en 90 días para mejorar condiciones de encarcelamiento en nuestro país”, disponible en http://html.gendarmeria.gob.cl/doc/11medidas.pdf (vigente al 5 de agosto de 2012).

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El enfatizar plazas de baja peligrosidad es de acuerdo a entrevistas a actores claves acertado, ya que producto del programa de concesión de cárceles de los gobiernos anteriores, existe una sobreoferta de plazas para reos de alta peligrosidad en circunstancias que, dada la naturaleza del problema delictivo de Chile, el perfil de los reclusos chilenos es en general de media o baja peligrosidad. No se advierte, sin embargo, que la implementación de un sistema de diagnóstico de perfiles de riesgo requiera un establecimiento penal especializado en la recepción, diagnóstico y derivación según perfiles de riesgo, o si más bien debiera ser una capacidad instalada en todos o los principales penales del país. Por último, cabe también discutir la real necesidad de plazas que habría en el sistema penitenciario. Si bien hay centros con altos niveles de hacinamiento extremos, hay antecedentes que permiten cuestionar la calidad de la gestión de las plazas ya existentes85 y por lo tanto cambiar el eje de la discusión desde un consenso sobre la necesidad de aumentar la capacidad de un sistema que estaría colapsado hacia una centrada en un diagnóstico más preciso sobre la cantidad y calidad de plazas e infraestructura adicional existentes y las que serían necesarias, y cómo transitar hacia allá, incluyendo los ámbitos de gestión por parte de alcaides y autoridades centrales de Gendarmería y la fórmula precisa para la construcción (público, concesionada como se realizó con anterioridad, u otra alternativa). Lo anterior se relaciona con que el sistema penitenciario no solo presenta desafíos en materia de dotación86 o infraestructura, sino que en el diseño de políticas institucionales de mediano y largo plazo que instalen sistemas de información y control de gestión que alimenten una adecuada toma de decisiones por parte de los distintos estamentos de la institución, y erradiquen prácticas perniciosas como la venta de insumos de primera necesidad por parte de gendarmes, como era el caso de los balones de gas en el penal Colina I en que a fines de 2010 ocurrió la mayor tragedia penitenciaria de la historia del país. Tal como ya se comentó, en materia de gestión de información, no hay indicadores periódicos de reincidencia, y cálculos realizados por distintas instituciones sobre la base de información proporcionada por Gendarmería arroja información contradictoria en cuanto a datos tan básica como la cantidad de personas que egresan de las cárceles (según cálculos de la Subsecretaría de Prevención del Delito, el año 2011 habrían egresado alrededor de 60 mil personas, mientras que Fundación Paz Ciudadana concluyó que habrían sido aproximadamente 50 mil personas).

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No hay estudios públicos sobre la materia, pero declaraciones de las empresas concesionarias y del Ministerio de Justicia en medios de prensa confirman este argumento. (El Mercurio, “Concesionarios garantizan resolver hacinamiento penal si cambian condiciones para reos”, página C11, 5 de agosto de 2012) 86 En marzo de 2010 entró en vigencia la ley 20.426, que moderniza e incrementa el personal de Gendarmería de Chile.

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En cuanto al sistema de penas alternativas, en mayo de 2012 fue aprobada por el Congreso una modificación importante a la Ley 18.216, que amplía el catálogo de penas, creando la los trabajos en beneficio de la comunidad, la libertad vigilada intensiva y el arresto domiciliario, e incorporando el monitoreo telemático (conocido como brazalete) para los casos de violencia intrafamiliar en la libertad vigilada intensiva y para reclusiones domiciliarias, las que además estarían siendo acompañadas de ampliaciones de la cantidad de delegados de libertad vigilada. Serán claves para la legitimidad de las nuevas penas una implementación de calidad tanto de los trabajos en beneficio de la comunidad como del monitoreo telemático87,88. En relación a las medidas cautelares no privativas a la libertad, el Plan Chile Seguro contemplaba la creación de Servicios de Antelación a Juicios que recopilaran antecedentes sobre la probabilidad de fuga y reincidencia de los imputados 89 y supervisaran el cumplimiento de las condiciones impuestas, pero no ha habido avances reales en esa línea. Por último, existe bastante debate en torno al sistema de justicia penal para adolescentes, toda vez que fue reformada en el año 2007 contrario a las recomendaciones de expertos de la sociedad civil. Si bien el actual Ministro del ramo ha recientemente invitado a diversos actores a una mesa de trabajo para perfeccionar la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, el gobierno ha enfatizado aspectos de gestión operativa de los centros, implementando un Plan de 11 Medidas90. Sus contenidos dan cuenta de lo precarias de las condiciones de estos centros, y de que, pudiendo haber perfeccionamientos legales posibles, la actual ejecución de las sanciones probablemente afecte en mayor medida los resultados del sistema. 3.4.2. Disuasión a. Definiciones

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El nivel de supervisión logrado es clave para que el arresto domiciliario y el monitoreo telemático sean socialmente costo-efecvios, pues tiene el potencial de no ser costo-efectivo al considerar el costo para las víctimas de delitos cometidos por personas bajo supervisión en estas modalidades, al igual que la liberación de personas de la cárcel antes del cumplimiento de su condena (McDougall, C. et al., “Costs and Benefits of Sentencing”, cap. 8 en Welsh y Farrington (ed) Preventing Crime: What works for Children, Offenders, Victims, and Places, Springer, 2010, p. 123) 88 MacKenzie plantea en 2002, de hecho, que no había evidencia que mayores niveles de supervisión en penas que se cumplen en libertad implicaran menores niveles de reincidencia, pero que sí había alguna evidencia sobre el efecto que programas de rehabilitación incorporados a estas penas tendrían sobre la reincidencia, como es el caso de la Libertad Vigilada Intensiva (Sherman et al (ed) Evidence Based Crime Prevention, 2002, p. 342-343). 89 En la única encuesta a jueces, éstos expresaron el no contar con información suficiente para tomar la decisión sobre qué medida cautelar aplicar (Ahumada, Farren y Williamson, “Encuesta de opinión de jueces: evaluación de medidas cautelares personales y otros temas relacionados”, Fundación Paz Ciudadana, 2010). 90 Ver medidas http://www.minjusticia.gob.cl/en/11-medidas.html (vigente al 30 de julio de 2011).

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Como es sabido, el primero en plantear un modelo económico sobre la actividad delictiva fue Gary Becker91, introduciendo en el análisis de la delincuencia el papel de los incentivos y el análisis costo-beneficio, y planteando básicamente que algunas personas cometen delitos no porque difieran de las demás, sino que los costos y beneficios relativos difieren para ellos en relación a los demás. Trabajos posteriores refinaron el modelo de Becker permitiendo diferentes niveles de riqueza92, la posibilidad de elegir entre distintos niveles de daño93, y la aversión al riesgo94,95. También, ante críticas como las de Dilulio96, que si bien reconocen el gran aporte del enfoque para la inclusión de análisis costo-beneficio en las políticas públicas para reducir el delito, plantean que el modelo simplemente no representa la “super-impulsividad” de jóvenes urbanos, extienden el modelo para hacerlo “descriptivamente más preciso”97, incluyendo la orientación al presente identificada por criminólogos y operacionalizando la “impulsividad” y la “celeridad” en la tasa de descuento, por una parte, y considerando costos no legales en los costos de cometer un delito, específicamente la vergüenza (embarrassment y shame), el miedo a la desaprobación por parte de los pares, estigma social, etc., por otra. b. Evidencia empírica Levitt98, si bien defiende el nivel de abstracción de los supuestos del modelo económico “el único requisito para que la disuasión se exprese empíricamente es que los delincuentes en promedio deben responder a cambios en los costos y beneficios del delito”99 -, tanto sus investigaciones 100 como su análisis de los estudios empíricos realizados al modelo económico del delito101 lo hacen concluir que “la mejor evidencia 91

Becker, Gary (1968). "Crime and Punishment: An Economic Approach" Journal of Political Economy, v. 76:169-217. 92 Polinsky y Shavell, A note on optimal fines when wealth varies among individuals, The American Economic Review, Vol. 81 No. 3, 1991. 93 Stigler, G., “The Optimum Enforcement of Laws” Journal of Political Economy. 78:526-36, 1970. 94 Polinsky y Shavell, “The Optimal Tradeoff between the Probability and Magnitude of Fines”, The American Economic Review, Vol. 69, No. 5, 1979. 95 Becker planteó la preferencia al riesgo como requisito en el análisis de su modelo. 96 DiIulio, John (1996). "Help Wanted: Economists, Crime, and Public Policy." Journal of Economic Perspectives, v. 10:1-23. 97 Nagin, Daniel S. y Greg Pogarsky (2001). “Integrating celerity, impulsivity, and extralegal sanction threats into a model of general deterrence: Theory and evidence”. Criminology 39:865-891; p. 866. 98 Levitt, Steven, Deterrence, cap. 15 en Petersilia, Joan y James Q. Wilson (eds) (2002). Crime. ICS Press, pp. 435 a 450. 99 Traducción propia; énfasis original. 100 Kessler, Daniel y Steven Levitt (1999). "Using Sentence Enhancements to Distinguish Between Deterrence and Incapacitation." Journal of Law and Economics, v. 42 (abril): 343-63. 101 Entre ellos: Eide, Erling, “Economics of Criminal Behavior”, capítulo 8100 en Enciclopedia de Derecho y Economía, Bouckaert, B. y De Geest, G., (ed), Universidad de Ghent, 1997; Mocan, N. y R. Gittings, “The Impact of Incentives on Human Behaviour: Can we make it Disappear? The Case of the Death Penalty”, NBER Working Papers Series, Working Paper 12631, octubre 2006; McCormick, Robert and Robert Tollison (1984). "Crime on the Court." Journal of Political Economy, v. 92:223-235; Levitt, Steven (1998). "Why Do Increased Arrest Rates Appear to Reduce Crime: Deterrence, Incapacitation, or Measurement Error?" Economic Inquiry, v. 36:353-372; Nagin, Daniel S. (1998). "Criminal deterrence research at the outset of the Twenty-first century." Crime and Justice: A Review of Research. 23: 1-42.

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disponible sugiere que la disuasión juega un rol no trivial en explicar las diferencias en las tasas delictivas a lo largo del tiempo o diferentes territorios, pero por sí sola la disuasión cae corta en proveer una explicación completa de los patrones observados en la delincuencia”102, y “es poco probable que más del 25% de la fluctuación en tasas de delitos [...] sea debido a la disuasión. Por lo tanto, mientras la disuasión es una consideración importante en el desarrollo de políticas públicas, parece que otros factores –familia, comunidad, demografía, y otros- son por lo menos igual de influyentes”103. Es decir, este cuerpo de literatura permite concluir que la disuasión, a diferencia de la incapacitación, tiene impacto en la actividad delictiva, aunque no la explica por completo. En 2009, Kleiman 104 realiza un aporte interesante a desde la economía con la incorporación de la teoría del juego105 y por lo tanto el comportamiento estretégico, en primer lugar, y un análisis más comprehensivo y realista del funcionamiento del sistema de persecución penal, en segundo lugar. En su análisis, la capacidad limitada de perseguir e imponer sanciones en un momento del tiempo por parte del Estado, sabida por las personas, juega un papel crucial, toda vez que la imposición de sanciones a otros agota la capacidad instalada y por lo tanto baja lar probabildiad de que a la persona en cuestión le apliquen una pena. En esencia, el auto argumenta y fundamenta con un modelo simple y análisis de estudios de casos, que la celeridad y la certeza de la pena son más relevantes que la magnitud de la pena en la conducta de las personas. De hecho, las penas altas suelen ser aplicadas mucho más selectivamente y bajo estándares probatorios más exitentes –y más costosos-y por lo tanto con menor probabilidad. c. Diagnóstico específico La mirada debe volcarse, entonces, sobre cuál es la probabilidad de que una persona que comete un delito en Chile deba enfrentar la justicia en tiempos breves y que, de ser identificado, su infracción reciba alguna sanción. A su vez, la respuesta del sistema ante reiteraciones o quebrantamientos también debe ser motivo de análisis. En ausencia de sistemas de datos que permitan seguir casos a lo largo del sistema de persecución penal, se pueden hacer sólo algunos ejercicios aproximados y generales, haciendo caso omiso de las diversas metdologías para contar casos, entre otros factores, y presentar datos que ilustren la situación actual. De acuerdo a la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Pública, en Chile se cometen alrededor de 2 millones de delitos al año, a los que además habría que sumarle los delitos 102

Petersilia, Joan y James Q. Wilson (eds) (2002). Crime. ICS Press, p. 436. Petersilia, Joan y James Q. Wilson (eds) (2002). Crime. ICS Press, p.450. 104 Kleiman, Mark, When Brute Force Fails: How to Have Less Crime and Less Punishment”, Princeton University Press, 2009. 105 La cita de T. Schelling, “Brute force succeeds when it is used. Effective deterrent threats are never carried out.” en la primera página cristaliza el enfoque del libro. 103

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que aquejan al comercio106, y los delitos sexuales y los homicidios, pero que como se vio en la sección de diagnóstico son poco relevantes en términos de volumen. Ingresan al año al Minsiterio Público alrededor de 1,3 millones de delitos, respecto de los cuales, sin embargo, la mitad (alrededor de 650 mil) son clasificados como sin imputado conocido, y de éstos 550 mil son archivados provisionalmente. O sea, los delitos no denunciados y denunciados pero sin imputado conocido y archivados, equivalen a alrededor del 60% del total estimado de delitos. Y del 40% restante que sí es tramitado en el sistema, tomando como referente el año 2011, el 42% tiene una saluda judicial cualquiera y 14% una sentencia condenatoria107. Es decir, a grandes rasgos se puede estimar que sólo el 17% de los delitos que ocurren reciben alguna respuesta judicial, y 5% terminan en una sentencia condenatoria. Estas tasas generales son, en términos comparados, relativamente similares a las respuestas que producen otros sistemas judiciales. El problema es que en el caso chileno, mientras por la naturaleza de los hechos las tasas de casos con imputado conocido son relativamente altas para delitos violentos –ascienden a 58%, 64% y 86% para lesiones, violación y homicidio, resepctivamente-, la tasa de imputado conocido para los delitos contra la propiedad más frecuentes, el robo con fuerza, el robo por sorpresa, y el robo con violencia, asciende a 10%, 15% y 9%108, respectivamente, con lo que la tasa de respuesta y de condena baja significativamente. Si, tal como suele hacerse, se considera la gravedad del delito en particular y de forma asilada, como un hecho puntual, estos resultados parecen adecuados toda vez que el esfuerzo dedicado por el sistema de persecución se condice con la gravedad relativa del hecho y por lo tanto el daño social generado. Esta interpretación, sin embargo, desconoce no sólo los efectos disuasivos que la imposición de sanciones genera, sino que no considera el hecho de que gran parte de los delitos contra la propiedad presenta patrones importantes no solo en cuanto al lugar de ocurrencia, como ya se vio en la sección relativa a la prevención situacional, sino que también en cuanto a las personas involucradas. No hay estudios al respecto en Chile, pero no hay razones para suponer que nuestro país no presente concentraciones de la actividad delictiva en un número reducido de personas como ocurre en otros países, por una parte, y la frecuencia de los delitos contra la propiedad tiene estrecha relación con la existencia de redes de distribución y venta de bienes robados que, si bien no califican dentro de la categoría de crimen oranizado, sí deben ser considerados como delincuencia organizada, por otra. Si bien la dictación de una pena debe considerar solamente la naturaleza de el o los hechos por los cuales una persona está siendo juzgada, existen numerosas otras instancias 106

Entre 2008 y 2011 la Cámara Nacional de Comercio ha realizado seis encuestas de victimización al comercio, pero no se reportan estimaciones de cuántos delitos se estima implican las tasas de victimización reportadas. 107 Ministerio Público, Cifras relevantes en la gestión de casos Año 2011, presentación. 108 En el caso del hurto asciende a solo 50%, probablemente influido por la presencia de guardias privados en establecimientos comerciales.

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de gestión del sistema de persecución penal en que las instituciones sí pueden maximizar el beneficio del gasto que se realiza en persecucion penal, tanto al agregar certeza al cumplimiento de las disposiciones judiciales, como al focalizar en grupos de personas u organizaciones que contribuyen importantemente a la victimización. La ausencia de las estadísticas requeridas para hacer gestiones de esta naturaleza, primero, y de estudios diagnósticos que precisen los problemas concretos presentes, dan cuenta de lo escasamente explorado que ha sido este aspecto del sistema de persecución penal en Chile. De forma preliminar es posible plantear, sin embargo, las áreas que mayores desafíos presentan: i) Primeras diligencias No hay información que permita identificar si las altas tasas de imputados desconocidos pueden ser atribuidas a la labor policial o al trabajo de fiscales, pero todo indica que hay serias falencias en las primeras diligencias en los sitios del suceso109, toda vez que se puede observar que en la salvo casos excepcionales y de gran relevancia pública, en la mayoría de los juicios gran parte de las pruebas son testimoniales, no científicas. ii) Captura de prófugos La captura de personas con obligaciones incumplidas ante el sistema penal es dificultada por dos tipos de problemas: ausencia de información, y el escaso uso de la información que existe. Sobre lo primero, no hay claridad sobre los prófugos en Chile110 y las instituciones no comparten información (Carabineros de Chile por ejemplo no sabe si un prófugo que está buscando salió del país, ya que Policía de Investigaciones maneja la información migratoria). En segundo lguar, se subutilizan tácticas utilizadas en otros países para identificar o contactar a personas prófugas, como lo son los controles vehiculares, por ejemplo. iii) Perscución penal estratégica Aún cuando una persona puede estar cometiendo hurtos faltas todas las semanas en el mismo local comercial, la práctica común es que el fiscal no persevere y la persona no sea formalizada. El Ministerio Público, entidad a cargo de liderar la investigación de los delitos, incentiva la tramitación en tiempo y forma de los casos, pero no la identificación de problemas delictivos asociados ya sea a hechores prolíficos o reincidentes111 como a 109

“En los 10 años que fui fiscal, nunca recibí una huella dactilar como prueba”.

110 Ilustrativo resultó la reciente publicación de cifras divergentes entre las policías y el Minsiterio Público

respecto de cuántos prófugos de la justicia hay –considerando tanto los que no comparecieron a alguna audiencia o no están cumpliendo su condena-, dato sobre el cual en efecto hay diversidad de bases de datos y no hay consenso entre las instituciones. (El Mercurio, “Número de pófugos: extrañas contradicciones”, artículo editorial jueves 23 de febrero de 2012). 111 Declaraciones de fiscales tales como “Recién a la séptima violación en el mismo parque, y porque se dio la casualidad que me tocaron todos los casos a mi, me di cuenta que había un patrón” ilustran este punto.

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bandas organizadas que roban y comercializan bienes. Casos emblemáticos son el robo de vehículos y el abigeato, delitos que requieren cadenas de distribución con altos niveles de sofisticación. iv) Monitoreo de cumplimiento de medidas cautelares, penas alternativas y beneficios intrapenitenciarios y reacción ante incumplimientos Como ya se comentó, el hecho que no haya registro de los quebrantamientos de medidas o penas que se cumplen en libertad da cuenta de que el sistema escasamente reacciona ante ellos. En el caso particular de las medidas cautelares, si bien el sistema procesal penal actual es a todas luces superior y más ágil que el sistema anterior, los primeros contactos con el sistema proveen de información tanto a la persona procesada o condenada (disuación específica) como a sus círculos de conocidos (disuación general) sobre la incapacidad que éste tiene para hacer valer las normas.

v) Gestión de población penal según perfiles de riesgo El otorgamiento de beneficios intrapenitenciarios actualmetne no obedece a criterios que de acuerdo a la literatura actual tengan relación con el perfil de riesgo delictivo. d. Descripción y análisis crítico de principales políticas en curso El Plan Chile Seguro contemplaba impulsar la persecución penal estratégica, usando como experiencia inicial el financiamiento por parte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Planes de Persecución Penal Estratégica para el Ministerio Público en cada región de Chile, elaborados por expertos. El Ministerio Público rechazó la iniciativa, indicando que el cumplimiento de las medidas contempladas en el Plan Chile Seguro se lograría mediante la aprobación del Proyecto de Fortalecimiento del Ministerio Público (PFMP) por el cual el Fiscal Nacional venía abogando desde el gobierno anterior. La Dirección de Presupuestos del actual gobierno requirió opinión del BID sobre el PFMP, institución que hizo suyo el enfoque del Plan Chile Seguro pero que, por coincidencia, concluye que es necesario un aumento presupuestario prácticamente equivalente al monto originalmente solicitado por el Ministerio Público, institución que hizo suyo el nuevo diseño (la composición entre fiscales y administrativos sí variaba). La persecución penal estratégica quedó, finalmente, relegada a un plano menor, a ser piloteada en algunas regiones, en circunstancias en que, la verdad sea dicha, puede ser impulsada como política institucional si hubiese la voluntad de hacerlo. En cuanto a las policías, el STAD ya comentado ha logrado poner el foco también en las personas que suelen cometer ciertos delitos en determinados sectores, y a permitir la coordinación de una persecución penal más eficaz con los fiscales. En el caso particular de 40


la comuna de Santiago, que concentra alrededor del 10% de los delitos de la Región Metropolitana, de hecho la SPD lanzó primero, a fines de 2010, el programa Barrio en Paz Comercial en el casco histórico y después un modelo de trabajo similar a Santiago Más Seguro del año 2007 al alero del Programa Barrio en Paz Comercial, en que además de un aumento importante en la dotación policial se planificaron acciones mejor coordinadas entre la fiscalía y Carabineros de Chile para lograr desbaratar las bandas que operan en el sector. Sin embargo, se desconocen evaluaciones de esta iniciativa. Otra iniciativa, los Grupos Especiales en Bienes Robados de la Policía de Investigaciones, si bien corresponde a persecución penal focalizada, será descrito en la sección relativa a la arista “objeto”, ya que su foco está en dificultar la comercialización de bienes robados y por lo tanto hacer menos atractivo el robo. En términos generales, sin embargo, y a pesar de que entre los operadores del sistema hay altos niveles de consenso sobre los problemas vigentes, la ausencia de información que permita identificar con precisión la naturaleza de dichos problemas, y el escaso desarrollo de instrumentos y plataformas institucionales para la rendición de cuentas tanto a la ciudadanía como al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, cuando pertinente, sobre los resultados que a cada institución le corresponde aportar a la persecución penal de personas que cometen delitos, alimentan el status quo e implican que el tipo de iniciativas desplegados por la SPD en el ámbito Sancionar del Plan Chile Seguro –Servicio de Antelación a Juicios, Persecución Penal Estratégica- y STAD y Grupos Especiales de Bienes Robados (GEBRO) de la Policía de Investigaciones, no se ejecuten o tengan un impacto relativamente acotado. Finalmente, cabe destacar que la persecución penal de personas que cometen un delito no sólo es relevante por la incapacitación o la disuasión general y particular que puede ejercer, temas abordados en las secciones precedentes, sino que también porque permite al Estado obligar a las personas a someterse a programas que disminuyan sus factores de riesgo a la comisión de delitos y que, como se verá a continuación, sí pueden en el caso de algunos perfiles afectar la conducta de estas personas y consecuentemente la victimización que generan. Es decir, la persecución penal es un vehículo para la rehabilitación, la cual se aborda a continuación. 3.4.1. Rehabilitación a. Definiciones Si bien hay diversas definiciones, tal como plantea Kleiman, por rehabilitación puede entenderse como el conjunto de actividades que tengan por objetivo mejorar las capacidades y oportunidades en el mercado legal de personas que han cometido delitos, de tal forma de hacer más atractiva la actividad legal y menos ventajoso el someterse a una sanción; o cambiar las preferencias, hábitos y estilos de toma de decisión para hacer menos probable que la persona vuelva a delinquir si se enfrenta a cualquier combinación 41


de costo-beneficio de cometer un delito. En síntesis, son iniciativas que pretende reducir las probabilidades de que una persona reincida cumpliendo su condena en libertad o una vez que haya cumplido su condena de reclusión. Ciertamente, la incapacitación por si sola no genera ninguno de los efectos recién descritos. b. Evidencia empírica Mientras en los 70 se pensaba que nada funcionaba para reducir la actividad criminal de la población penal (“nothing works” fue acuñado por un informe de Martens en 1974112), en las décadas siguientes se fue acumulando cada vez más evidencia sobre el hecho de que determinado tipo de programa, bien ejecutado y focalizado, sí puede impactar positivamente en las tasas de reincidencia. Específicamente, programas que además de ser bien implementados, modifican factores de riesgo dinámicos (los estáticos no son posibles de modificar) y que efectivamente están estrechamente vinculados con la actividad delictiva, tienen impacto sobre la reincidencia, sobretodo para los perfiles de riesgo más altos. A continuación se resume la evidencia disponible: 

Educación básica para adultos: los programas que proveen oportunidades para terminar la educación escolar y rendir exámenes de ingreso a la universidad son considerados solamente como prometedores debido a la falta de evaluaciones con rigurosidad científica (MacKenzie 2002). Educación vocacional, trabajo intrapenitenciario y transición al mundo laboral: los programas laborales en el ámbito penitenciario suelen presentar serias dificultades metodológica, especialmente en relación a los sesgos de ingreso y la falta de información de grupos de control bien seleccionados, pero en términos generales la oferta programática que entrene a personas cumpliendo condena para ejercer un oficio, el trabajo durante la estadía en la cárcel y programas de reinserción laboral son prometedores o tienen impacto en la reincidencia, dependiendo del diseño particular (MacKenzie 2002). Intervenciones cognitivo-conductuales113,114: emplean técnicas estructuradas dirigidas a construir habilidades cognitivas en áreas en que los ofensores tienen deficiencias y reestructurar la cognición en áreas en que el pensamiento de los que cometen delitos es sesgada o distorsionada. Estas técnicas típicamente incluyen entrenamiento de habilidades cognitivas, manejo de la ira, y varios componentes complementarios relacionados con habilidades sociales, desarrollo moral, y prevención de recaídas. Las reducciones en las tasas reincidencia de delitos en general ascienden a entre 20% y 30%, y,

112

Martinson, R. (1974) What Works? Questions and answers about prison reform. The Public Interest, 10, 22-54. 113 Lipsey, Landberger y Wilson, “Effects of cognitive-behaviroal programs for criminal offenders”, Campnell Systematic Review, Campbell Collaboration, 2007; Lipsey y Landberger, “Cognitive Behavioral Interventions”, cap. 4 en Welsh y Farrington (ed) Preventing Crime: What works for Children, Offenders, Victims, and Places, Springer, 2010. 114 Garrido V, Morales LA. Serious (violent or chronic) juvenile offenders: A systematic review of treatment effectiveness in secure corrections. Campbell Systematic Reviews 2007:7

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notablemente, con mayores efectos en delincuentes con perfiles de alto riesgo (aunque los autores advierten que los impactos son más bajos en iniciativas que no son implementadas como parte de un proceso de investigación y desarrollo y enfatizan la necesidad de una implementación y supervisión de calidad y la ejecución por parte de personal bien entrenado). Los tratamientos para personas que han cometido delitos sexuales son, de hecho, el único tipo de programa sobre el que hay evidencia de costo-efectividad115. Tratamiento de adicción a las drogas en el sistema carcelario: si bien los autores no excluyen la posibilidad de que haya sesgos de selección, Mitchell, MacKenzie y Wilson116 concluyen que los estudios existentes sugieren que es menos probable que condenados con problemas de abuso de sustancias que participan en tratamiento contra las adicciones en el sistema reincidan o vuelvan a cometer delitos en comparación con los que no reciben tratamiento, y que los tratamientos más intensivos, como los que incorporan al ofensor en un ambiente orientado al tratamiento) suelen tener mejores resultados. Cabe destacar, también, que los programas que proveen de tratamiento como parte de un esquema de diversificación penal y sustitución de la pena de cárcel son considerados como “prometedores” en términos de costo-beneficio117.

Cabe destacar, además, que las evaluaciones indican que los programas que funcionan presentan características comunes, que constituyen Práctica Basada en Evidencia118. Así, se han establecido, a través de distintos meta-análisis de las publicaciones existentes, ciertos principios de efectividad que debiesen seguir los programas de reinserción social para resultar exitosos119: la adecuada identificación de necesidades criminógenaas, la evaluación del nivel de riesgo, la adecuación del programa, que el programa tenga base teórica, una adecuada dosificación, la integridad del programa, y que sea multi-modal. Cuando estos programas son aplicados a población juvenil, los beneficios son correspondientemente más altos, ya que se impacta sobre una mayor cantidad de años en las que las personas habrían sido criminalmente activas. De acuerdo a un meta-análisis de 115

McDougall, C. et al., “Costs and Benefits of Sentencing”, cap. 8 en Welsh y Farrington (ed) Preventing Crime: What works for Children, Offenders, Victims, and Places, Springer, 2010. 116 Mitchell, Macenzie y Wilson, “Incarceration-based Drug Tratment”, cap. 7 en Welsh y Farrington (ed) Preventing Crime: What works for Children, Offenders, Victims, and Places, Springer, 2010. 117 McDougall, C. et al., “Costs and Benefits of Sentencing”, cap. 8 en Welsh y Farrington (ed) Preventing Crime: What works for Children, Offenders, Victims, and Places, Springer, 2010. 118 Bernfeld, G., Farrington, D. y Leschied, A. [ed.] (2001) Offender Rehabilitation in Practice: Implementing and Evaluating Effective Programs. Reino Unido: Wiley; Cullen, A. y Gendreau, P. (2000) Assessing Correctional Rehabilitation: Policy, Practice, and Prospects. Criminal Justice 3. [En línea] Consultado el 15 de junio, 2012. 119 Lipsey, M. y Cullen, F. (2007). The Effectiveness Of Correctional Rehabilitation: A Review Of Systematic Reviews. Annual Review of Law and Social Science 3; Mackenzie, D. L. (2006) What Works in Corrections: Reducing the Criminal Activities of Offenders and Delinquents. Estados Unidos: Cambridge University Press; Przybylski, R. (2008) What Works: Effective Recidivism Reduction and Risk-Focused Prevention Programs. A Compendium of Evidence-Based Options for Preventing New and Persistent Criminal Behavior. RKC Group. Estados Unidos: División de Justucia Criminal (Division of Criminal Justice).

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Lipsey en 1992120, en el caso de ofensores juveniles, los programas bien implementados, intensivos en términos de cantidad de contactos y que proveen tratamiento conductual, habilidades y se despliegan multimodalmente tenían impacto en la reincidencia. Si bien de forma preliminar, el mismo autor concluía que eran más efectivos programas implementados fuera de instituciones correccionales o del sistema procesal penal tenían más impacto121. Pareciera ser que, en el caso particular de niños y jóvenes, la influencia que ejerce el grupo de pares es de tal magnitud que toda intervención que los agrupe tiene efectos negativos en la conducta122.

c. Diagnóstico específico En cuanto a los factores de riesgo presentes en la población bajo supervisión del Estado, se suele plantear que la mayoría de las personas cumpliendo condena, sobretodo las recluidas, presentan bajos niveles de escolaridad y empleabilidad. Sin embargo, no hay caracterizaciones actualizadas de la población penitenciaria chilena en cuanto a su nivel educacional ni situación o habilidades laborales, ni los tiempos de condena, y que permitan predecir con alguna fundamentación cuál es la demanda efectiva que hay por programas educacionales y vocacionales en ambos sistemas, cerrado y abierto, y de qué duración y contenidos. En relación al consumo de drogas, una publicación del año 2008 del entonces Conace, ahora Senda, resume los estudios publicados hasta ahora sobre el consumo de drogas en población penal123, y de acuerdo al cual se concluye en términos generales que el consumo problemático de alcohol y drogas es más prevalente en esta población que en la población general, y el consumo de pasta base estaría especialmente ligado al robo. En 2005, Fundación Paz Ciudadana realizó un estudio con la metodología I-ADAM (International Arrestee Drug Abuse Monitoring) en una muestra de comisarías de Gran Santiago y que recabó 633 entrevistas y 532 muestras de orina. Tal como indica la publicación, “el análisis de las muestras de orina proporcionadas por los detenidos por delitos de mayor connotación social (DMCS) arrojó 60% de resultados positivos para cocaína/ pasta base y 38% para marihuana. En el caso de los aprehendidos por Ley de 120

Citado en MacKenzie, “Reducing the criminal activities of known offenders and deliquents”, cap. 9 en Welsh y Farrington (ed) Preventing Crime: What works for Children, Offenders, Victims, and Places, Springer, 2010. 121 El impacto negativo que tiene sobre jóvenes que cometen delitos tener contacto con el sistema de justicia también es resaltado en un meta-análisis reciente que conlcuye que el tránsito por el sistema procesal penal formal en el caso de delincuentes juveniles no solo no reduce la reincidencia, sino que la aumenta en comparación con “no hacer nada”. (Petrosino A., Turpin-Petrosino C., Guckenburg, S. Formal system processing of juveniles: Effects on delinquency. Campbell Systematic Reviews 2010:1 DOI: 10.4073/csr.2010.1). 122 Esto sustenta recomendaciones en torno al uso de modelos de justicia restaurativa para este grupo de ofensores. 123 Conace, “Consumo problemático de drogas: tratamiento para personas que han cometido delitos”, 2008.

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Drogas (LD), los resultados positivos ascendieron a 75% para cocaína/ pasta base y 47% para marihuana 124 ”. Se confirmó, también, que las prevalencias de consumo autorreportado son considerablemente mayores en todas las sustancias; la prevalencia año de pasta base es 34% en detenidos por DMCS, 48% en detenidos por Ley de Drogas y 0,6% en población general. La misma publicación del Senda resume las estadísticas existentes sobre consumo de drogas en población juvenil en conflicto con la ley, y destaca la investigación realizada por el Instituto de Sociología de la Pontificia Universidad Católica de Chile125 que concluye, entre otras cosas, que en la población adolescente infractora de ley que se encontraba en programas ambulatorios y centros privativos de libertad en diversas regiones del país, la prevalencia del uso alguna vez en la vida de marihuana alcanzó a cerca del 80% y en cocaína total (cocaína y pasta-base) bordeó al 50%, mientras que la prevalencia del último año o uso reciente fue cercana al 70% en marihuana y casi 40% en cocaína total; la prevalencia de declaración de consumo en el último mes y uso en el mes anterior a la detención, fue de 42% para marihuana y de 17% para cocaína total. Por otra parte, y pasando ahora a caracterizar las tasas de reincidencia en Chile, las tasas de reincidencia de las personas bajo distintas formas de supervisión por parte del Estado, como ya se mencionó no hay información sobre personas sujetas a medidas cautelares, mientras que para las otras poblaciones hay estudios recientes y puntuales. En el caso de jóvenes sancionados bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, el 71% vuelve a estar imputado en alguna causa y el 55% vuelve a ser condenado en un lapso de un año 126. En el caso de los adultos, el 50% las personas que egresaron de una pena de cárcel el año 2007 fueron condenadas nuevamente en un lapso de 36 meses, en comparación con el 28% de las personas que egresaron de una medida alternativa a la reclusión. Las tasas de “nuevo contacto” definido como una nueva formalización o requerimiento solicitado por el Ministerio Público, ascendieron a 71% y 41%, respectivamente127. Cabe destacar que en el caso de la reclusión, los condenados por períodos menores de un año presentaron las tasas de nueva condena más altas -52% en el caso de penas inferiores a 61 días y 63% en el caso de penas entre 61 y 365 días-, lo cual ha sido interpretado como indicador del efecto criminógeno que tendría la cárcel y consecuencia de que en tan corto tiempo no habría adherencia suficiente larga a la oferta programática existente. Esto es altamente discutible. En primer lugar, los delitos contra la propiedad son los que suelen constituir la habitualidad de la actividad delictiva, y suelen ser sancionados con penas 124

Fundación Paz Ciudadana, “Consumo de drogas en detenidos: aplicación de la metodología I-ADAM en Chile”, 2005. 125 Escuela de Sociología (2007) Estudio de prevalencia y factores asociados al consumo de drogas en adolescentes infractores de ley. Pontificia Universidad Católica de Chile, Santiago. 126 Fundación Paz Ciudadana, “Construcción de indicadores de reinserción social de adolescentes infractores de la ley penal”, Informe Final, 2010. 127 Fundación Paz Ciudadana y Universidad Adolfo Ibáñez, “Reincidencia en el sistema penitenciario chileno”, presentación disponible en http://www.pazciudadana.cl/docs/pub_20110930115203.pdf (vigente al 5 de agosto de 2012).

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cortas. Al contrario, los delitos más violentos y muy graves, suelen ser habituales en casos poco frecuentes, y asociados a personas con enfermedades mentales. Por otra parte, como se verá a continuación, las bajas coberturas de los programas de rehabilitación existentes permiten cuestionar que las personas que cumplen penas de mayor duración tengan tasas de participación en programas tan significativos que impacten en las diferentes tasas de reincidencia de ambos grupos. Es decir, la alta reincidencia de personas que cumplen condenas de reclusión cortas en Chile probablemente tiene que ver con el perfil criminógeno de las personas, y no con la duración de la pena per se.

d. Descripción y análisis crítico de principales políticas en curso En ausencia de compilaciones más actualizadas, a continuación se resumen los programas y coberturas existentes de las principales iniciativas de rehabilitación existentes para adultos en el sistema penitenciario, sobre la base de un estudio publicado en 2004 por Fundación Paz Ciudadana128 y la evaluación realizada por Dipres en 2005 a los programas de reinserción y rehabilitación 129 , e información más reciente sobre los cambios relevantes que se ha podido percibir han ocurrido en este ámbito desde entonces.

i) 

Previo a la condena Tribunales de Tratamiento de Drogas (TTD): el programa, inserto en los Tribunales de Garantía, entrega tratamiento y rehabilitación supervisado judicialmente a consumidores problemáticos de drogas que han cometido un delito por primera vez y que pueda acceder a una Suspensión Condicional de la Pena (pena asignada inferior a 3 años), y que se someten voluntariamente a este esquema. Durante el tiempo de la Suspensión Condicional, el usuario realiza las actividades propias del tratamiento, se somete a intervenciones en un Centro de Tratamiento, chequeos periódicos de consumo, y comparece mensualmente ante el tribunal para controlar el cumplimiento de la condición. Al término del período el candidato egresa del TTD y es sobreseído definitivamente, quedando por consiguiente, sin antecedentes penales. Fue implementado por primera vez por Fundación Paz Ciudadana en Valparaíso en el año 2004130, y actualmente se encuentra en 20 Tribunales de Garantía en 4

128 Williamson, B., Políticas y programas de reinserción de reclusos: experiencia comparada y propuestas

para Chile. Fundación Paz Ciudadana y Fundación Minera Escondida, 2004. 129 Dirección de Presupuestos, Ministerio de Hacienda, “Evaluación Programa de rehabilitación y reinserción social: conclusiones y recomendaciones comunes a los programas evaluados, Ministerio de Justicia”, junio de 2005. 130 Ver breve resumen en http://www.pazciudadana.cl/at_just_reinsercion_drogas.html (vigente al 5 de agosto de 2012) y publicaciones relacionadas en el portal de Fundación Paz Ciudadana.

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regiones del país (en julio de 2012 se incorporaron las ciudades de Rancagua y Curicó). En marzo de 2012 se estableció un Convenio Interinstitucional sobre Tribunales de Tratamiento de Drogas (firmado a fines de marzo del presente año), donde todas las instituciones suscriptoras se comprometieron a cooperar en la institucionalización del programa, a colaborar en el funcionamiento y ampliación del mismo. Según lo declarado por la Subsecretaria de Justicia en una jornada de trabajo realizada el 15 de junio, el Ministerio, que este año creó una Unidad Coordinadora de Tribunales de Tratamiento de Drogas dentro División de Reinserción Social, espera expandir el programa de Tribunales de Tratamiento de Drogas gradualmente a la totalidad del territorio nacional hacia el año 2015 y ampliar los mecanismos jurídicos y el número de usuarios. Hasta 2009, habían ingresado al programa un total 295 casos, y 24% de los egresados del programa había reincidido131. ii)

Sistema cerrado

Programas de educación: Durante 2003, alrededor del 60% de la población cumpliendo condena se encontraba matriculada en educación básica y media, y porcentajes pequeños estaban recibiendo educación técnica profesional. No hay evaluaciones de su calidad ni efectos en reincidencia.

Programas laborales: Comenzaron a operar tal como se conocen hoy, en el año 1993 con alrededor de 3.800 internos beneficiados. En marzo de 2011, alrededor de 16 mil 600 personas condenadas realizaban actividades laborales en sus diversas modalidades, representando aproximadamente el 40% de la población condenada132, la misma proporción del año 2003. La gran mayoría de ésta tenía relación con labores artesanales autogestionadas. Para perfeccionar la normativa sobre el trabajo intrapenitenciario, el Decreto Supremo 943 del 14 de mayo de 2011 del Ministerio de Justicia estableció un nuevo Estatuto Laboral. Si bien esta medida respondería a recomendaciones de larga data de perfeccionar el marco normativo que regula el trabajo dentro del

131

Droppelman y Rebolledo, Tribunales de Tratamiento de Drogas: resultados y desafíos, 2010, presentación para reunión de constitución de la Mesa Intersectorial Tratamiento de Drogas para Infractores Bajo Supervisión Judicial, Fundación Paz Ciudadana. 132 Ministerio de Justicia, Reglamento que Establece un nuevo Estatuto laboral y de formación para el trabajo penitenciario, presentación, disponible en http://www.pazciudadana.cl/docs/ext_20111215101545.pdf (vigente al 5 de agosto de 2012).

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sistema penal133, no hay evaluaciones de sus resultados en términos de si facilita o no la inserción de la empresa privada en los establecimientos penitenciarios para otorgar empleo. Por otra parte, y en cuanto a la reinserción laboral, en el año 2008 la entonces División de Seguridad Pública instaló en conjunto con Gendarmería el Programa de Reinserción Laboral, que entrega apoyo psicosocial, capacitación e intermediación laboral a 840 sujetos condenados por infracción a la ley penal (540 cupos), próximos al egreso de la cárcel (2 meses antes del egreso, a 12 meses posterior al egreso). Con un presupuesto de 680 millones de pesos, la evaluación interna de procesos indica que de la población que accede a colocación laboral, sólo el 3% pierde el empleo por reincidencia. El programa se diferencia del resto de la oferta existente debido a que la intervención psicosocial se basa en el modelo de Riesgo Necesidad y Respuesta de Andrews y Bonta para la reducción de la reincidencia, el uso de instrumento de análisis de reincidencia, la intermediación laboral se basa en el modelo de gestión por competencias, y todos los procesos están definidos en el manual de procedimientos y se realiza capacitación a los ejecutores. 

Rehabilitación o reinserción social: En el año 2003, la conclusión del análisis de la oferta programática era que el país no contaba con oferta que cumpliera con las características mínimas de un programa de reinserción, especialmente debido a que no habían profesionales dedicados a esta labor. En 2005, la Dipres es crítica respecto de los programas de rehabilitación y reinserción existentes, que por lo demás contaban con un presupuesto inferior al 1% del presupuesto de Gendarmería. En el año 2007, la entonces División de Seguridad Pública instaló el Programa de reinserción social que implica una intervención en medio cerrado y el seguimiento de casos en medio libre de sujetos con beneficios intrapenitenciarios. A un costo de aproximadamente 500 millones de pesos, tiene en 2012 una cobertura actual de 900 hombres que cumplen condena en CCP Colina I, CCP Colina II, Complejo Penitenciario de Valparaíso, y CCP El Manzano. Se diferencia de los demás programas, especialmente el Programa de reinserción social para personas privadas de libertad creado por Gendarmería el año 2008 que actualmente tiene un presupuesto de 3,5 mil millones de pesos para la atención social y psicológica universal del total de la población en el sistema penitenciario pública (alrededor de 42 mil personas), debido a que se basa en el modelo de Riesgo Necesidad y Respuesta de Andrews y Bonta134 para la reducción de la reincidencia, el uso de instrumento de análisis de reincidencia (OASys), el diseño y uso de manuales de

133

Por ejemplo, Blanco, J. “Propuesta para la creación de un marco de trabajo al interior de las cárceles”, Fundación Paz Ciudadana, 2000. 134 Andrews, D.A. y Bonta, J. (2010) The Psychology of Criminal Conduct. Estados Unidos: Anderson Publishing.

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módulos de intervención estandarizados, y la capacitación a los ejecutores. Además, es el único programa que cuenta con una evaluación de impacto en reincidencia135, que si bien fue realizada por la propia SPD, arroja reducción de reincidencia de 32% en relación a grupo de comparación. En relación al apoyo postpenitenciario, en el año 2003 se creó el Programa Hoy es mi Tiempo, el que brinda atención psicosocial, capacitación laboral y apoyo al trabajo independiente a alrededor de 570 personas al año (310 cupos), a través de 8 unidades del Patronato Nacional de Reos136 en 7 regiones del país. No cuenta con evaluaciones de resultado ni de impacto, y el fomento de la colocación independiente por sobre la dependiente contradice los resultados de las evaluaciones existentes sobre la superioridad del empelo dependiente como mecanismo de inserción laboral. Cabe destacar que en 2010 el Ministerio de Justicia y la Subsecretaría de Prevención del Delito, con fondos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, establecieron por primera vez una oferta programática para la población residente en Secciones Juveniles, es decir, que fueron derivados por Sename al sistema penal de adultos una vez cumplidos los 18 años. En su primera versión, se instaló oferta especializada en las secciones juveniles de los penales de Puente Alto, Concepción, Temuco y Puerto Montt, con una cobertura de 170 jóvnes, y la implementación fue adjudicada a la Fundación Tierra Esperanza. Durante el 2012 se implementarán programas de intervención especializada mediante licitación a privados al interior de todas las secciones juveniles del país (Medida 9). 

Rehabilitación drogas: Con respecto a los programas de tratamiento para adictos al alcohol y a las drogas, a partir del año 1999 Gendarmería adoptó un modelo de atención –del tipo de comunidades terapéuticas- que en 2003 estaba constituido por 11 comunidades al interior de recintos penitenciarios de todo el país, y en cada una de las cuales se atendían en promedio 25 internos, totalizando 275 cupos a lo largo de Chile. De acuerdo a la información publicada por Senda137, la cantidad de comunidades terapéuticas se ha mantenido, por lo que no se advierte una expansión relevante de cobertura. Tal como expresa Senda en la Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol 2010-2014, el “lograr un tratamiento de calidad en esta población es necesario contar con espacios físicos segregados del resto de la población penal y apoyar el proceso de reinserción social”138.

135

La evaluación de procesos y resultados realizada por Fundación Paz Ciudadana y lo evaluó positivamente (Fuente: CESC y FPC, “Estudio de evaluación de proceso y resultados del programa de reinserción social de personas condenadas por infracción a la ley penal.”, 2012). 136 La ley 20.426 establece la cancelación de la personalidad jurídica del Patronato Nacional de Reos y la creación de un Departamento Postpenitenciario en la Subdirección Técnica, que se suma a los Departamentos de Reinserción Social en el Sistema Abierto y de Reinserción Social en el Sistema Cerrado, ya existentes. 137 http://www.senda.gob.cl/tratamiento/programas/adultos/carceles/ 138 Senda, Estrategia Nacional de Alcohol y Drogas 2010-2014, p. 48.

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Cabe destacar, por último en relación al sistema cerrado, que no hay sistematizaciones ni evaluaciones sobre la oferta programática que brindan las cárceles concesionadas. Al comparar la cárcel de Valparaíso con la de Rancagua, la primer estatal y la segunda concesionada, Oliveri139 concluye en la primera la oferta es escasa, mientras que en la segunda la alta rotación de profesionales dificultaría la consolidación de los equipos técnicos necesarios. iii) 

iv) 

Sistema semi-abierto Centros de Educación y Trabajo: condenados en 11 regiones que hayan cumplido a lo menos dos tercios del tiempo mínimo para optar a beneficios intrapenitenciarios y aprobados por el Consejo Técnico pueden acceder a una de las 750 plazas de estos centros, los que brindan atención psicosocial, trabajo productivo, y capacitación laboral o acceso a la educación. Actualmente, los CET tienen un presupuesto de 1,7 mil millones de pesos. La evaluación realizada por Dipres en 2005140 concluyó que se trataba de un programa caro por usuario, sin el suficiente monitoreo ni control, y recomienda su evaluación de impacto para dilucidar su efecto sobre la reincidencia. Sobre este punto, el que el régimen de semi-libertad se base en “la autodisciplina y las relaciones de confianza141” implica que la selección de beneficiarios considera favorablemente perfiles de bajo riesgo de reincidencia, lo que permite cuestionar su costo-efectividad. Sistema abierto Reinserción laboral: el Programa de Reinserción Laboral del Medio Libre fue creado en 1994 y ofrece 2 mil cupos en 26 de los 32 Centros de Reinserción Social a personas cumpliendo medidas alternativas a la reclusión o haciendo uso de salidas controladas al medio libre. Sus componentes son la capacitación laboral y/o el acceso a educación y la intermediación laboral para la colocación o apoyo al trabajo independiente. Su presupuesto el año 2012 ascendió a alrededor de 425 mil pesos. No cuenta con evaluaciones de resultado ni de impacto, y su logro en términos de la cantidad de beneficiarios que logran ser contratados en un empleo o con iniciación de actividades formal asciende a 31% del total en 2008142.

139

Oliveri K. “Programas de rehabilitación y reinserción de los sistemas de cárceles concesionadas y estatales”, Sociedad Chilena de Políticas Públicas, 2011. 140 Dipres, “Síntesis Ejecutiva Programa Centros de Educación y Trabajo Semi-Abiertos”, junio 2005. 141 Ver descripción de los CET en http://www.gendarmeria.gob.cl/cet_new/interior_quienes.html (vigente al 5 de agosto de 2012) 142 Ramírez y González, Reinserción laboral en el medio libre: desarrollo, resultados y desafíos, Revista de Estudios Criminológicos y Penitenciarios, Gendarmería de Chile, No. 17, 2010.

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Rehabilitación de drogas: La reciente modificación de la Ley 18.216 establece la posibilidad de incluir el tratamiento de adicciones como condición de la nueva pena de Libertad Vigilada Intensiva.

Cabe destacar que la Subsecretaría de Prevención del Delito financia a través del Programa Barrio en Paz Residencial143, y del Fondo Nacional de Seguridad Pública144 programas locales de reinserción o social de personas que han cumplido condena. En el caso del primero, no hay información pública sobre qué proporción de los 220 proyectos con un total de 10 mil millones de pesos realizados 2011 y 2012 caen dentro de esta categoría. En el caso del FNSP, el 6% de los 4 mil millones de pesos asignados a proyectos durante el año 2012 fueron destinados a programas de reinserción social de personas que han cumplido penas de reclusión o se encuentran cumpliendo penas alternativas. Como ya se comentó, todavía se desconoce el nivel de fidelidad con que estos programas son implementados. En síntesis, los programas de rehabilitación para la población adulta en conflicto con la ley carecen de cobertura relevante en comparación con la población bajo alguna modalidad de supervisión por parte del Estado. Los programas educacionales constituirían la excepción, pero carecen de evaluaciones de resultado e impacto. El resto de los programas en general no cumplen con las características de focalización y contenidos estructurados, salvo los programas pilotos ejecutados por la Subsecretaría de Prevención del Delito en conjunto con Gendarmería de Chile, especialmente el programa de reinserción social. En cuanto a la población de menores imputables cumpliendo una condena, la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente establece que el organismo ejecutor de las sanciones estipuladas judicialmente es el Servicio Nacional de Menores, el que no sólo debe supervisar a los jóvenes durante el cumplimiento de medidas cautelares (ambulatorias o internación provisoria), las salidas alternativas (suspensión condicional de la pena o acuerdo reparatorio) o la sanción (servicio en beneficio de la comunidad, libertad asistida, libertad asistida especial, internación en régimen cerrado o semi cerrado con programa de reinserción social), sino que articular a través de sus distintas instancias la implementación de intervenciones asociadas a la reinserción social145. Cabe destacar que la edad para establecer la institucionalidad que ejecutará la sanción es la edad a la cual la persona cometió el delito, no la edad que tiene durante el cumplimiento de su condena, por lo que el 44% de la población a cargo del Sename tiene más de 18 años. Las sanciones y medidas privativas de libertad son administradas directamente por el Sename, mientas que las que 143

Subsecretaría de Prevención del Delito, “Programa Barrio en Paz”, y “Orientaciones Técnicas Reinserción Social Programa Barrio en Paz Residencial”, 2011. 144 Subsecretaria de Prevención del Delito, “Orientaciones Técnicas Tipología Reinserción Laboral de Ex Condenados o Personas Cumpliendo Medidas Alternativas a la Reclusión (RS)”, disponible en http://www.fnsp.cl/filesapp/RS1.pdf (vigente al 5 de agosto de 2012). 145 Servicio nacional de Menores, Catastro de la Oferta Programática de la red Sename, 2012.

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no implican privación de libertada están a cargo de organismos acreditados que son supervisados técnica y financieramente por Sename. En el siguiente cuadro se presenta la cantidad de menores de edad que se encontraban sujetos a alguna sanción en marzo de 2012. Cuadro Nº1 Población en programas del Sename, vigente al 31 de marzo de 2012 Programa Cantidad % del total Centro de internación en régimen cerrado 679 6% Centro Semicerrado 510 5% Programa libertad asistida 1.614 14% Programa libertad asistida especial 4.135 37% Programa salidas alternativas 1.904 17% Servicios en beneficio de la comunidad y reparación del daño 2.407 21% Total 11.249 100% Fuente: elaboración propia sobre la base de Boletín Estadístico NNA Primer trimestre 2012 Infractores, Departamento de Planificaicon y Control de Gestión, Sename

A continuación se presentan las principales categorías de oferta programática para jóvenes cumpliendo alguna medida o sanción bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente de acuerdo al Catastro de la Oferta Programática del Sename de 2012. 

Programas de educación:

En los centros privativos existen los proyectos de Reinserción Educativa, mientras que en el sistema semi-cerrado o de penas en el medio libre se espera que los jóvenes se inserten en la oferta regular o en la red de “escuelas inclusivas” del Ministerio de Educación, o que accedan a la 3ra jornada (vespertino), programas en Centros de Educación Integral para Adultos, programas especiales de nivelación de Chile califica, o en “programas de reinserción educativa (reescolarización)”. 

Rehabilitación drogas:

Para jóvenes, existe un tribunal de Garantía que funciona como Tribunal de Tratamiento de Drogas. La rehabilitación de drogas puede ser una sanción accesoria para adolescentes infractores con consumo abusivo de drogas o por demanda espontánea del adolescente. La oferta es ejecutada por Senda a través de camas de corta estadía para la desintoxicación disponibles en la oferta hospitalaria de la región (45 camas en regiones I, III, VI, IX, X y Metropolitana); planes intensivos ambulatorios, dirigido a consumidores problemáticos y que requieren un proceso de rehabilitación (566 cupos 52


a nivel nacional); o planes residenciales, que corresponden a la internación en comunidades terapéuticas por un tiempo determinado (266 cupos con cobertura nacional). 

Programas laborales:

La oferta programática estás constituida por los cursos regulares que Sence abre anualmente, la realización de talleres de empleabilidad, talleres de alfabetización digital que permiten a los adolescentes ingresar al mundo de la tecnología en infocentros Injuv, y la gestión de becas individuales de capacitación entregadas por Sence en alfabetización digital, Programa Aprendices, Becas individuales para formación en oficios, programa Jóvenes al Bicentenario. Para los programas de educación y laborales no hay información sistematizada sobre la cobertura real de estos programas, y ninguno de los tres tipos de programas cuenta con evaluaciones resultados. 

Rehabilitación

Si bien los programas de libertad asistida y libertad asistida especial tienen como objetivo evitar la mantención de conductas infractoras de ley y favorece la integración social del adolescente, las orientaciones técnicas carecían hasta hace poco de contenidos basados en evidencia, situación que paulatinamente se está subsanando146. Igual cosa ocurre con los Planes de Intervención Individual de centros cerrados y semi-cerrados147, los que como ya se mencionó presentan además severas carencias en infraestructura. En el caso de jóvenes bajo supervisión, por lo tanto, en términos generales, se carece de información como para poder evaluar la cobertura y el impacto de los programas e iniciativas148, y los estudios existentes constatan que los programas carecen de las características propias de programas exitosos, tales como tener objetivos y componentes claros, basarse en evidencia, identificar el nivel de riesgo, etc.

3.4.2. Prevención social temprana a. Definiciones 146

Ortiz, Sepúlveda, Viano, Análisis de la los programas de prevención dirigidos a jóvenes infractores de ley, Serie de Estudios, CESC, 2005. 147 Fundación Paz Ciudadana, Banco Mundial, Ministerio de Justicia, “Estudio sobre modelos de intervención y administración de centros privativos de libertad en la Reforma Penal Adolescente”, Informe Final, agosto de 2009. 148 BERRÍOS, Gonzalo. “La ley de responsabilidad penal del adolescente como sistema de justicia: análisis y propuestas”. Polít. crim. Vol. 6, No 11 (Junio 2011), Art. 6, pp. 163-191.

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Históricamente ha habido un a confusión conceptual importante en relación a cómo se previene la delincuencia mediante programas sociales, debido a que suele plantearse que las políticas sociales generales, tales como la educación, son las llamadas a reducir la delincuencia. La verdad es que las políticas generales, por lo menos la forma y nivel de acceso concreto que tienen amplios sectores de la población, logran ser implementadas de tal forma que salvo casos particulares, no tienen capacidad de identificar, especializar, e intensificar sus acciones como para proveer de servicios pertinentes y mantener la adherencia en la población en riesgo delictivo. Siguiendo con el ejemplo de la educación, las instituciones escolares rara vez tienen la capacidad de otorgarle servicios diferenciados o derivar a oferta municipal –suponiendo que la hubiera- a niños y jóvenes que presentan trastornos conductuales severos o ejercen conductas antisociales y violentas desde temprana edad. En general, estos niños son expulsados del sistema escolar formal, el que se transforma más bien en un catalizador de procesos vitales perversos, que un factor protector. El mal rendimiento y problemas en la escuela y la deserción son solo un ejemplos de los que se han denominado factores de riesgo, como consecuencia de la irrupción del enfoque de la salud pública en el ámbito de la prevención del delito. La integración de modelos teóricos parciales sobre las causas del comportamiento del delito que se venían desarrollando desde la década de los cincuenta o sesenta –teoría de la asociación diferencial, del control social, y del aprendizaje social, entre otros-, considerando los resultados de estudios longitudinales -The Denver Youth Survey, The Rochester Youth Development Study o The Pittsburgh Youth Study, por ejemplo-, han tenido como resultado la existencia de modelos que explican el comportamiento delictivo. Entre ellos se encuentra el Modelo de Desarrollo Social, desarrollado por Hawkins y Catalano149, el que postula que tanto el comportamiento prosocial como el antisocial es el resultado de la existencia de oportunidades para ejercer tales comportamientos y las recompensas percibidas en cada caso, las que a su vez dependen tanto de la habilidades y características individuales como de las cualidades del entorno social en que se desarrollan los niños y jóvenes y la intensidad y calidad de los vínculos que establecen con personas o grupos de personas de este entorno. La validez de este modelo también ha sido estudiado en Chile150, y en términos generales se concluye que un porcentaje pequeño de niños presenta una acumulación de factores de riesgo y ejerce conductas antisociales, por una parte, y que este grupo tiende a ejercer una diversidad de conductas antisociales, por otra. Es decir, se descarta que la existencia de un factor de riesgo en particular sea determinante en el desarrollo de sendas antisociales, y se reconoce la multicausalidad y la importancia de interrelación entre ellos. Está pendiente, sin

149

CATALANO, RICHARD F. y DAVID J. HAWKINS (1996). “The social development model: A theory of antisocial behavior”, en Delinquency and crime: Current theories (ed. Hawkins). Cambridge University Press, New York, 149-197. 150 Hein A. y Barrientos G., Violencia y Delincuencia Juvenil: Comportamientos de riesgo autorreportados y factores asociados, Fundación Paz Ciudadana, 2005.

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embargo, entender cómo son estas interrelaciones y cuáles factores pesan más que otros en determinados contextos. b. Evidencia empírica En materia de prevención temprana de comportamientos antisociales o delictivos en los útlimos 10 años en el mundo anglosajón se han generado varias iniciativas que sistematizan programas, los clasifican según calidad de la evaluación y sus resultados, y ponen la información a disposición en plataformas de fácil acceso, tanto en el Estado Norteamericano (National Registry of Evidence Based Programs and Practices del Substance Abuse and Mental Health Services Administration (NREPP-SAHMSA); The Office of Juvenile Justice and Delinquency Prevention's Model Programs Guide del Departamento de Justicia de EE.UU.; y Office of Justice Programs’ CrimeSolutions.gov), como instituciones

académicas o de investigación (Blueprints for Violence Prevention de la Universidad de Colorado de EE.UU.; Evidence2Success, de la Unidad de Investigación Social en Dartington, Reino Unido; y Communities that Care del Grupo de Investigación del Desarrollo Social de la Universidad de Washington) y ONG’s (Coalition for Evidence Based Policy, Child Trends ONG). De éstas, la más rigurosa es el Campbell Collaboration Crime and Justice Group, ya comentado con anterioridad. 

Capacitactión temprana a padres/familias: si bien no están claros los mecanismos causales precisos y los autores sugieren que deben realizarse más estudios con tiempos de observación más largos151, Piquero et al. concluyen que programas que capacitan a padres o familias en funciones parentales tienen efecto sobre el comportamiento antisocial futuro. Mentores/tutores: programas que fomentan la creación de vínculos significativos entre el beneficiario y un montor o tutor tienen un impacto positivo y moderado, pero los autores del análisis sistemático advierten que los programas son en general poco específicos sobre los contenidos concretos de las intervenciones y por lo tanto su preplicabilidad152. Prevención del acoso escolar: en términos generales, los programas de prevención del acoso escolar y victimización en el espacio escolar evaluados sistemáticamente tienen impacto en ambas variables153. Entrenamiento de Habilidades Sociales para niños: programas basados en conceptos los cognitivo conductuales de aprendizaje social y resolución de problemas, y que ofrecen de forma estruturada sesiones que enseñan modos adecados de percepción social, identificaicón de emociones, atribución causal, empatía, pensamiento alternativa, y anticipación y evaalución de consecuencias,

151 Piquero AR, Farrington DP, Welsh BC, Tremblay R, Jennings WG. Effects of early family / parenting

programs on antisocial behavior and delinquency. Campbell Systematic Reviews 2008:11 152 Tolan P, Henry D, Schoeny M, Bass A. Mentoring interventions to affect juvenile delinquency and associated problems. Campbell Systematic Reviews 2008:16 153 Farrington, D. P., Ttofi, M. M. School-Based Programs to Reduce Bullying and Victimization. Campbell Systematic Reviews 2009:6

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auto-control, manejo de la ira, resolución de problemas personales, etntre otros, tienen impacto sobre comportamientos agresivos o antisociales y delincuencia, sobretodo cuando son selectivos (menores que han manifestado algun comprotamiento problemático)154. En particular, programas dirigidos a niños menores de 10 años y que pretenden mejorar autocontrol y reducir conductas problemáticas: tienen impacto sobre el desarrollo de conductas delitivas de acuerdo a reportes de padres, autorreportes e información sobre aprehensiones policiales.155

c. Diagnóstico específico Como se comentó, no basta la presencia de un único factor de riesgo para hablar de población en riesgo de ingresar a sendas delictivas. El único estudio que existe sobre conductas antisociales y factores de riesgo asociado existente es el de Hein y Barrientos, concluyó que sólo el 3,3% de los jóvenes entrevistados presentó una alta frecuencia y alta diversidad de comportamientos de riesgo, y éstos tienen relación con una serie de factores de riesgo específicos del ámbito familiar, escolar, y del grupo de pares, al igual que individuales. Otros antecedentes sobre la magnitud de la población que se encuentra en situación de riesgo son los relativos a los ingresos al Programa 24 Horas de Carabineros de Chile. Un análisis conjunto entre dicha institución y Fundación Paz Ciudadana concluyó que el 10% de los ingresos de jóvenes aprehendidos por infracción de ley era responsable de más del 30% de los hechos156. Es decir, se evidenció la existencia de un núcleo duro de jóvenes infractores, altamente prolíficos157. Al considerar solamente menores de 14 años, y por lo tanto niños inimputables, la Subsecretaría de Prevención del Delito estimó que los que ingresan una o más veces al Programa 24 horas ascienden a alrededor de 5 mil niños.

154 Lösel y Beelmann, Child Social Skills Training, cap- 3 en Welsh y Farrington (eds), Preventing Crime:

What works for Children, Offenders, Victims, and Places, Springer, 2010. 155 Piquero, A.R., Jennings, W.G., Farrington, D.P. Self-control interventions for children under age 10 for improving self-control and delinquency and problem behaviors. Campbell Systematic Reviews 2010:2 156 Análisis espaciales de las residencias de estos jóvenes permiten concluir además que existen concentraciones espaciales importantes. 157 Hein, Andreas y Sepúlveda, Martha. (2005). Caracterización de menores de edad ingresados a una comisaría entre los años 2001 y 2004 en el marco del seguimiento del programa Protección 24 horas de Carabineros de Chile: Implicancias para la prevención de la violencia de y contra niños, niñas y adolescentes. Santiago, Chile: Fundación Paz Ciudadana; Hein, A., Rojas, P., Fuentealba, O., Ortega, V., & Yau, R. (2009) Orientaciones Metodológicas Para el Desarrollo de Acciones a Favor de la Infancia y Adolescencia a Partir del Programa Seguridad Integrada para Niños, Niñas y Adolescentes “24 Horas” de Carabineros de Chile. Subsecretaría de Carabineros y Dirección de Protección Policial de la Familia de Carabineros de Chile.

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d. Descripción y análisis crítico de principales políticas en curso 

Terapia Multisistémica en Vida Nueva

El programa Vida Nueva había sido gestado durante el año 2008 como consecuencia del análisis de la información proveniente del Programa 24 Horas y la constatación de la falta de oferta adecuada para los niños detectados mediante dicho programa, y fue incluido al Plan Chile Seguro. Ejecutado de forma conjunta entre Sename y la Subsecretaría de Prevención del Delito en 8 comunas de la Región Metropolitana y con una cobertura de alrededor de 3 mil niños y jóvenes y presupuesto de alrededor de 3 mil millones de pesos, originalmente consistía en la instalación de equipos de gestión de casos, financiados por la SPD, y el aumento de la oferta programática del Sename en las comunas en cuestión, específicamente a Oficinas de Protección de Derechos, de Programas de Intervención Breve y Programas de Intervención Especializada, e intervenciones complementarias en consumo problemático de drogas y reinserción educativa. Sin embargo, la evaluación realizada por la SPD durante el 2010 implicó modificaciones importantes al programa. Por una parte se redujeron los equipos de gestión de casos a duplas, y por otra, y más importantemente, se incluyó la Terapia Multisistémica a la oferta programática a la cual pueden ser derivados preferentemente inimputables que ejercen conductas antisociales o violentas. La Terapia Multisistémica (MST) es un programa modelo y consiste en un tratamiento para niños, niñas y adolescentes que cometen delitos, utilizando una combinación de tratamientos basados en evidencia empírica de efectividad, para el abordaje de las diferentes variables que interactúan en la emergencia de este comportamiento y que han demostrado ser factores de riesgo en el comportamiento delictual. El programa es implementado con la asesoría y supervisión de Multisystemic Therapy Services158 de EE.UU. La evaluación de mil 400 casos y la incorporación de 720 menores a la terapia es financiada por la SPD, y cuenta con un presupuesto de mil 400 millones de pesos al año. 

Prevención social en Barrio en Paz Residencial y FNSP

Por otra parte, cuentan con orientaciones técnicas basadas en evidencia los programas dirigidos a la prevención social en niños y jóvenes y prevención de la violencia escolar del Programa Barrio en Paz Residencial y del Fondo Nacional de Seguridad Pública (FNSP), pero, como ya se comentó, se desconoce el nivel de fidelidad con que dichas orientaciones serán implementadas. En el caso del primer programa no hay información sobre la proporción de los 220 proyectos ejecutados entre 2011 y 2012 corresponden a esta categoría. En el caso del FNSP, el año 2012 el 34% de los 4 mil millones asignados correspondieron a proyectos de prevención social, que agrupa a las dos categorías mencionadas más programas de convivencia comunitaria.

158

http://mstservices.com

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Chile Previene en la Escuela y prevención de la violencia escolar en Barrio en Paz Residencial y FNSP

En el ámbito escolar, el Chile Previene en la Escuela de Senda pretende generar una plataforma sobre la cual identificar los factores de riesgo prevalentes en las escuelas y gestionar adecuadamente los programas existentes, pero se enfrenta con la dificultad de la ausencia de programas con evaluación. El componente de prevención de la violencia en la escuela, basada en la Caja de Herramientas, tiene contenidos basados en la teoría, pero no constituye un programa propiamente tal. Los programas Barrio en Paz Residencial159 y FNSP160 también financian programas de prevención de la violencia escolar en el territorio, según orientaciones técnicas basadas en evidencia. 

Tutorías personalizadas en el Programa de 4 a 7

El componente de tutorías impartido por la Subsecretaría de Prevención del Delito como componente focalizado para 600 escolares con altos perfiles de riesgo de los 6 mil que participaban del Programa de 4 a 7 del Servicio Nacional de la Mujer, también se desarrolló de acuerdo a la evidencia empírica y una evaluación preliminar arrojó que, si bien le programa presentó dificultades durante su implementación161, los niños y niñas que recibieron tutorías personalizadas presentaron una reducción mayor de factores de riesgo y problemáticas asociadas a violencia escolar en comparación al grupo de control.

En términos generales, para los niños y jóvenes que concentran factores de riesgo al delito en Chile, no hay oferta programática como la comentada en la sección relativa a la evidencia empírica. La excepción la constituyen la Terapia Multisistémica que la Subsecretaría de Prevención del Delito incorporó al programa Vida Nueva durante este año. Otros programas de prevención social cuentan con orientaciones técnicas, pero se desconoce todavía el nivel de fidelidad en la implementación. Las coberturas son, en todo caso, bajas.

3.5.

Iniciativas enfocadas en el objeto

Como se verá a continuación, no hay evidencia empírica sólida sobre programas enfocados en los “bienes calientes” o “hot products” de forma asilada. Sin embargo, el gran peso que los delitos contra la propiedad tienen en el fenómeno delictivo chileno

159

Subsecretaría de Prevención del Delito, “Programa Barrio en Paz”, y “Orientaciones Técnicas Prevención de la violencia escolar Programa Barrio en Paz Residencial”, 2011. 160 Subsecretaría de Prevención del Delito, Orientaciones Técnicas Tipología Prevención de la Violencia Escolar (VE), disponible en http://www.fnsp.cl/filesapp/VE1.pdf (vigente al 5 de agosto de 2012). 161 Subsecretaría de Prevención del Delito, INFORME EVALUACIÓN TUTORÍAS PERSONALIZADAS PROGRAMA DE 4 A 7”, febrero de 2012.

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obligan a relevar esta arista del problema delictivo, sobretodo por sus implicancias en la persecución penal de personas dedicadas a la comercialización de bienes robados. a. Antecedentes Como es de esperar, los bienes que son más robados son, además de los de consumo personal, como lo es la ropa, de alto valor y en general fácilmente portables 162 -o suficientemente fácil en el caso del abigeato-, y su sustracción tiene una motivación económica, toda vez que son reducidos en mercados negros y posteriormente vendidos. Las acciones que pretenden reducir el valor de venta de bienes robados o aumentar el riesgo para los que participan de las cadenas de receptación y distribución y venta de bienes robados se enmarcan dentro de lo que se ha denominado el “enfoque de reducción de mercados”163. En términos generales, las estrategias que caen dentro de esta enfoque pueden ser catalogadas como medidas de gestión o administrativas emprendidas en alianzas público-privadas en determinadas industrias, el registro de bienes, y la persecución penal de los que comercializan bienes robados. En el caso particular del marcado y registro de bienes, las pocas evaluaciones que no permiten concluir que el marcado per se y no la publicidad de las campañas de marcado de bienes tengan efecto sobre el robo164, mientras que las otras dos estrategias son tan heterogéneas que no pueden ser evaluadas como tales. De hecho, el abordaje de mercados de reventa de bienes robados es uno de los tópicos abordados en las guías de Problem Oriented Policing, enfoque que en general tiene impacto positivo pero modesto165, también probablemente en parte como consecuencia de la gran variedad de contenidos y escasez de evaluaciones de calidad. El marcado de bienes, por su parte, es en general uno de los componentes de programas Neighbourhood Watch, los que también tienen efecto positivo, pero incluyen otros componentes relevantes. b. Magnitud del problema El problema delictivo chileno se caracteriza por altos niveles de delitos contra la propiedad, no de delitos violentos. Lo anterior se correlaciona sin duda con la existencia de mercados de reventa de bienes robados. Es sabido que parte importante de los bienes robados son comercializados en “las colas” de ferias libres, pero no existen estimaciones sobre el volumen de ventas de estos mercados ilegales. Un antecedente relevante es la encuesta Estudios Sociales Nº1: Confianza, Influencia y Valores de la Facultad de 162

Valdivia y Vargas, Estrategias de intervención en el mercado de bienes robados; Fundación Paz Ciudadana, 2006. 163 Sutton, M., Handling Stolen Goods and Theft: Market Reduction Approach, Home Office Research Studies 178, Home Office, 1998. 164 Eck J. “Preventing Crime at Places”, cap. 7 en Sherman et al. (eds) “Evidence-Based Crime Prevention Revised Edition, Routledge, 2002, p. 249. 165 Weisburd D, Telep CW, Hinkle JC, Eck JE. The effects of problem-oriented policing on crime and disorder. Campbell Systematic Reviews 2008:14

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Gobierno de la Universidad del Desarrollo. del año 2008, de acuerdo a la cual el 8,4% de los residentes de la Región Metropolitana reconocen que ellos o personas como ellos compran productos o bienes en lugares que saben se venden bienes robados166, es decir, lo que equivale a alrededor de 600 mil compradores. a. Descripción y análisis crítico de principales políticas en curso La intervención en los mercados de reventa de bienes robados formaba parte de las estrategias contempladas en el Plan Chile Seguro. Su implementación ha resultado, sin embargo, difícil. En un principio se realizaron operativos masivos en los principales mercados de reventa de bienes usados y robados167, con más de 400 fiscalizadores en terreno, encabezados por Carabineros, Policía de Investigaciones, y Servicio de Impuestos Internos. Sin embargo, las especies incautadas correspondían en su gran mayoría a productos falsificados y no robados, y la magnitud de los operativos dificultaba su reiteración con la periodicidad requerida para poder efectivamente clausurar locales que por tercera vez no contaran con los certificados de procedencia requeridos. En ausencia de bases de datos de productos marcados accesibles por los funcionarios en terreno, acreditar que un producto o bien es robado es prácticamente imposible, ya que se requiere información sobre el propietario anterior y del delito168. Una segunda modalidad fue la creación de equipos conjuntos más pequeños pero estables, también integrados por funcionarios de las tres instituciones, para que realizaran una labor de fiscalización permanente de locales y de acuerdo a análisis de información relevante, diseño que tampoco dio resultados significativos ni logró perdurar en el tiempo. Finalmente, en el Consejo Nacional de Seguridad Pública de diciembre de 2011, la Subsecretaría de Prevención del Delito, le pidió a la Policía de Investigaciones, policía que cuenta con la atribución de exigir actas de procedencia, implementar una estrategia para reducir los mercados de venta de bienes robados en todas las ciudades con más de cien mil habitantes. De esta forma, se crearon los grupos GEBRO (Grupo Especial de Bienes Robados), que cuentan con siete funcionarios de la PDI especializados en robo. En el primer trimestre del año se habían realizado 993 procedimientos en terreno, detenido a 405 personas e incautado y/o recuperado un total de 67.706 bienes, avaluados en alrededor de 2 mil 400 millones de pesos. Por otra parte, se realizó la campaña comunicacional “bloquea el delito”169 para reducir la demanda de bienes robados. 166

Considera suma de respuesta en categorías “Siempre + Casi Siempre + Mayoría de las veces”. El Mercurio, Intervienen "Persa Bio Bío" en primer operativo de reducción de mercados de bienes robados, 29 de agosto de 2010. 168 Además, en el caso de los locatarios del Persa Biobío presentaron un amparo económico en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por ser tratados como reducidores de especies robadas. http://www.biobiochile.cl/2010/11/11/locatarios-del-persa-bio-bio-interponen-amparo-economico-contra-elministerio-del-interior.shtml (vigente al 5 de agosto de 2012) 169 Ver http://www.gob.cl/especiales/bloquea-el-delito/ (vigente al 5 de agosto de 2012) 167

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También se han realizado gestiones para reducir el robo de cables y el robo en servicentros, y en conjunto con la Subsecretaría de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se estableció un decreto que modifica el proceso de bloqueo de equipos celulares haciéndolos inutilizables al ser informado de robo170. Por último, en el caso del robo a cajeros automáticos, finalmente se aprobó un aumento de penas (Boletín 7689-07) para este delito en particular, equiparándolo al robo en lugar habitado, y la facultad del Ministerio del Interior y Seguridad Pública para dictar un reglamento sobre las medidas de seguridad a implementar pro los bancos, y que incluyen el anclaje, blindaje, la instalación de alarmas especiales, el empotrado y el sistema de entintado de billetes. Debido a que las pérdidas para los bancos son cubiertas por seguros, éstos no tenían incentivos suficientes para acelerar la instalación de medidas de seguridad y fue necesario establecer una normativa al respecto. El efecto que estas medidas tendrán está por verse, y preliminarmente es posible concluir que, si bien por motivos distintos, tanto las industrias como los órganos de persecución penal son reticentes a adoptar esta clase de iniciativas. 4. PROPUESTAS DE POLÍTICA PÚBLICA A continuación se presenta una conjunto de lineamientos generales y propuestas, priorizadas según el impacto que tendrían dada la naturaleza de la delincuencia en Chile actualmente. Primero se presentan propuestas relativas a tipos de programas o iniciativas que deben ser instalados o masificados, dependiendo del caso, y posteriormente propuestas institucionales enfocadas en mejorar el desempeño de las diversas instituciones ligadas a la reducción de la delincuencia y generar arquitecturas institucionales que acorten la gran brecha que, como se vio en las secciones anteriores y salvo excepciones, existe actualmente entre lo que se sabe hoy sobre las acciones efectivas para reducir el delito y las políticas en curso. Este segundo grupo de propuestas constituyen la plataforma necesaria para lograr la implementación de las primeras de forma sostenida en el tiempo. 4.1. Propuestas programáticas a. Iniciativas enfocadas en el lugar: prevención situacional El que la delincuencia en Chile se caracterice por una alta frecuencia de delitos contra la propiedad en el espacio público implica que la prevención situacional es especialmente pertinente. La experiencia de otros países indica que si las medidas recomendadas por CPTED son consideradas desde el principio del diseño de los proyectos urbanos y de edificación, no necesariamente implican mayores costos, y, tal como se mencionó, no sólo no generan desplazamiento de la actividad delictiva, sino que de acuerdo a la evidencia 170

Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Cuenta Pública 2011, p- 8, disponible http://www.interior.gob.cl/media/2012/05/CuentaPúblicaSectorial2012.pdf (vigente al 5 de agosto de 2012)

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disponible, incluso irradian efectos positivos a zonas colindantes. En concreto, se propone avanzar hacia la generación y exigencia de estándares de seguridad en edificaciones públicas y privadas, mantener la ejecución por parte del Ministerio del Interior de proyectos de prevención situacional en el territorio de acuerdo a orientaciones técnicas basadas en evidencia y evaluarlos, y fomentar el patrullaje focalizado en lugares que concentran delitos. 

Estándares de seguridad en edificaciones públicas y privadas

En el ámbito de la inversión pública, es necesario que las directrices técnicas de las inversiones urbanas y de edificación que haga el Estado consideren, también, las recomendaciones de diseño urbano seguro. Se persistir en el diseño del sistema de Certificación de Seguridad Residencial que lidera la Subsecretaría de Prevención del Delito, que, dada la demanda que la expresa por mayor seguridad y la posibilidad de no encarecer sustancialmente los proyectos, probablemente funcione como mecanismo para mejorar las condiciones de seguridad en proyectos habitacionales nuevos, especialmente de niveles socioeconómicos menos acomodados. Sin embargo, es necesario generar estándares de diseño urbano seguro para el resto de la edificación pública. En el caso de los establecimientos educacionales, la SPD y el Ministerio de Educación acordaron la incorporación de este aspecto en la reconstrucción o construcción de establecimientos nuevos. Pero está pendiente su incorporación permanente a infraestructura hospitalaria y de transporte urbano, por ejemplo. En el caso de los proyectos privados como desarrollo inmobiliarios y malls, deben establecerse exigencias relativas a la prevención de delitos dentro de la edificación o en su entorno inmediato. Los instrumentos concretos mediante los cuales es posible avanzar en esta línea, tanto para los proyectos públicos como para los privados, al igual que su implementación, debe ser liderado por los ministerios sectoriales respectivos -Vivienda y Urbanismo y Obras Públicas-. 

Proyectos de prevención situacional en el territorio: orientaciones técnicas y evaluación

El gasto del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y no sólo de la Subsecretaría de Prevención del Delito a través de los programas Barrio en Paz y Fondo Nacional de Seguridad Pública, deben, tal como se ha hecho durante este gobierno, seguir considerando considerar las orientaciones técnicas para proyectos de prevención situacional, específicamente los proyectos financiados mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, y el Programa de Mejoramiento Urbano. 

Patrullaje focalizado 62


En cuanto a al vigilancia formal, es necesario masificar el patrullaje focalizado, aleatorio, y por entre 10 y 15 minutos en lugares que concentran delitos. Al tratarse de una táctica operativa de Carabineros de Chile, cómo lograr lo anterior se describirá en la sección correspondiente a propuestas institucionales.

b. Iniciativas enfocadas en el delincuente 

Persecución penal

Debido a que varias medidas contribuyen tanto a la incapacitación como a la disuasión, a continuación se presentan agrupadas en la categoría “persecución penal”. En términos generales, el sistema de persecución penal e imposición de penas debe mejorar la celeridad y certeza de las consecuencias asociadas a la comisión de delitos, especialmente durante los primeros contactos con el sistema, y focalizar la incapacitación en personas con perfiles de alto riesgo delictivo: -

-

-

Crear Servicios de Antelación a Juicios para mejorar la toma de decisiones de los jueces al momento de decidir si aplicar una medida cautelar y cuál, y supervisar el cumplimiento de las medidas que se cumplen en libertad, asegurando una reacción por parte del sistema ante incumplimientos. Penas alternativas: la implementación del nuevo sistema de penas alternativas será clave para lograr mayores niveles de control y de reacción ante quebrantamientos. Mejorar la eficacia del sistema en delitos contra la propiedad: realizar un diagnóstico sobre las primeras diligencias, clarificar sistemas de información sobre prófugos y focalizar la acción de las policías y de los fiscales en su captura, e instalar la persecución penal estratégica como enfoque para la persecución penal en al Ministerio Público. Rehabilitación:

Actualmente los programas de rehabilitación presentan serias deficiencias en cuanto a calidad y cobertura, y son especialmente rentables socialmente cuando son brindados a población que está iniciando o se encuentra en alto riesgo de iniciar carreras delictivas. -

Nuevo Servicio de Responsabilidad Penal Adolescente: deberá velarse por generarse cambios institucionales importantes en relación al funcionamiento actual del Sename, y crear una oferta programática basada en evidencia, con especial énfasis en el tratamiento de adicciones.

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Además, existe una estrecha relación entre el consumo de drogas y la comisión de delitos contra la propiedad, que son los más frecuentes en el país. -

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Ampliar TTD en cobertura tanto para adultos como jóvenes, pero, por sobretodo, perfiles de riesgo más altos que los caracterizados por poder acceder a una suspensión condicional de la pena. Proveer de oferta de rehabilitación para nueva pena de Libertad Vigilada Intensiva. Abordar el consumo de drogas dentro de las cárceles, ampliar cobertura de tratamiento de drogas y erradicando tráfico. En cuanto a los demás tipos de programas de reinserción:

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Reinserción laboral y social: evaluar coberturas de programas estructurados y basados en evidencia actualmente en funcionamiento, de tal forma que permita evaluación experimental. Mantener el financiamiento de programas en el territorio por parte de la Subsecretaría de Prevención del Delito a través de Barrio en Paz y FNSP, sujetas a orientaciones técnicas basadas en evidencia, y evaluar sus resultados. Prevención social temprana:

Es necesario poner el foco en menores inimputables con perfiles de alto riesgo: -

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Deberá definirse cuál de los dos nuevos Servicios –el Servicio de Protección de la Infancia y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social o el Servicio de Responsabilidad Penal Adolescente del Ministerio de Justicia- tendrá a su cargo proveer de oferta programática basada en evidencia a jóvenes inimputables que ya sea concentren factores de riesgo al delito o ejerzan conductas antisociales o delictivas, criterio de ingreso que también deberá ser zanjado. La Subsecretaría de Prevención del Delito debe ejecutar la Terapia Multisistémica como programa adosado al Vida Nueva con altos niveles de fidelidad al modelo y evaluar su impacto.

4.2. Propuestas de institucionalidad

El panorama general que se obtiene de la revisión de la literatura y las políticas y programas actualmente en curso permiten plantear que, salvo la prevención social temprana y la ejecución de sanciones para población infractora juvenil, los mayores problemas no radican en la falta de recursos sino que en la gestión de éstos.

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Sólo como ejercicio preliminar y grueso, y para contar con alguna estimación de la magnitud relativa de este gasto, es posible estimar, realizando una serie de supuestos que con certeza implican una sobrestimación, en Chile la cantidad total de personas que están bajo alguna modalidad de supervisión por parte del Estado asciende a alrededor de 210 mil personas, cifra que representa poco más de un 1% de la población chilena. Suponiendo que sólo la mitad del presupuesto de Carabineros y del Sename se destina a la persecución o imposición de sanciones de personas en conflicto con la ley y dejando fuera al Poder Judicial, el Estado destina más de un billón de pesos al año en esta población, es decir, una estimación conservadora arroja que ya sea para perseguir penalmente o supervisar el Estado gasta alrededor de 5 millones de pesos por persona al año. Esta cifra supera, por ejemplo, el costo anual de mantener a una persona recluida. Independientemente de la institución en particular de la que se trate, se advierte que hay algunos factores comunes, algunos presentes también en otras áreas de política pública, que dificultan mejorar la efectividad del gasto en términos de reducción del delito, y que se mencionan a continuación: i)

Inconsistencia dinámica

Salvo las medidas de prevención situacional, todas las demás iniciativas tanto programáticas como de mejoras institucionales requieren altos esfuerzos y largos tiempos de ejecución o tramitación legislativa que tendrán resultados en períodos superiores a cuatro años. En el caso de la inversión en conocimiento sobre programas efectivos, los resultados no tienen una expresión concreta en términos de coberturas o servicios brindados y por lo tanto apreciados ya sea por los beneficiarios directos o por la ciudadanía en general. En el caso particular de la evaluación de programas, las exigencias de publicidad de los resultados implican además el riesgo para las autoridades de turno de tener que reconocer que se han equivocado. Por otra parte, la prevención situacional es altamente visible y relativamente barata. Debido a todo lo anterior, la priorización del gasto que realizan las autoridades políticas priorizan en exceso medidas que tendrán resultados concretos y en el corto plazo, y, salvo excepciones, no se financian iniciativas que tendrían un impacto mayor y más perdurable en el tiempo sobre el problema delictivo. Contribuyen a potenciar la toma de decisiones inconsistentes dinámicamente dos aspectos adicionales, uno general y otro particular. El primero es hecho de que en el Estado de Chile los servicios no pueden ahorrar recursos una vez que le son asignados, ya que de no gastarlos no serán adjudicados al año siguiente. Es segundo es que, en el caso de particular de la seguridad pública, las prioridad que el tema tiene para la ciudadanía y la cobertura que recibe en medios de comunicación masiva –en los últimos años se ha consolidado la práctica de los distintos canales de dedicarle un porcentaje invariable a la temática en los noticieros centrales de televisión, pro ejemplo-, generan una demanda por resultados inmediatos, concretos y de carácter 65


“retributivos” o “mano dura”. Por lo tanto, tal como se desprende de las iniciativas anunciadas por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública desde que las policías pasaron a ser parte de éste, se encuentran también medidas que se espera mejorarán la efectividad de la persecución penal de personas que cometen delitos, pero cuyo nivel de logro se relaciona con el siguiente problema. ii)

Problemas de agencia

Existe una gran asimetría de información entre las autoridades políticas en instituciones como las policías, Gendarmería, y Sename. Las autoridades de turno no cuentan con información con al periodicidad, el detalle ni la independencia suficiente como para poder monitorear que las acciones que las instituciones desempeñan para la consecución de algún fin estratégico son efectivamente realizadas como es requerido. Es más, el uso estratégico de información por parte de las instituciones incluso imposibilita muchas veces el establecimiento de fines estratégicos. iii)

Captura de rentas

Debido justamente a problemas de inconsistencia dinámica comentados al principio, el impulso de políticas y programas más efectivos es muchas veces resistido por grupos de funcionarios o gremios, como es el caso de Gendarmería de Chile, o por proveedores privados de servicios dentro del sistema.

a. Propuestas Transversales i)

Institucionalidad para mejorar la rendición de cuentas

En este contexto, es indispensable avanzar como país hacia el diseño y la creación de arquitecturas institucionales que permitan instalar como práctica la creación de instrumentos de planificación estratégica de mediano y largo plazo para las instituciones y servicios sectoriales, y su evaluación independiente y reformulación periódica, al igual que la asignación de recursos basado en estimaciones de costo-impacto. La creación de órganos consultivos externos, compuestos por expertos, debiera ser explorada. En dichos diseños, debe incluirse la rendición de cuentas en el nivel local. ii)

Generación y gestión de la información

Lo anterior requiere de mejoras sustanciales en la información disponible, para lo cual es crucial que el cuarto intento por unificar bases de datos, el Banco Unificado de Datos que se encuentra actualmente impulsando la Subsecretaría de Prevención del Delito, llegue a puerto. Actualmente, la información es manejada por cada institución en estancos, y no es posible, salvo ejercicios manuales de grupos pequeños de causas que realiza el Centro Estratégico de Análisis del Delito, identificar la trayectoria que una causa tiene a lo largo 66


del sistema penal. Por lo tanto, preguntas relativas a dónde priorizar el gasto para mejorar la efectividad de la persecución penal entre las primeras diligencias policiales o la fiscalía, no tienen respuesta debido a que no se sabe cuánto contribuye cada etapa al fracaso de la persecución penal. Quién usará dicha información y para qué dependerá, también, de cómo se consolida la nueva institucionalidad en seguridad pública. A este respecto, debe tenerse presente que el nuevo Ministerio del Interior y Seguridad Pública tiene un conjunto amplio y diverso de áreas a su cargo, además de la seguridad pública, y el Ministro además es Jefe del Gabinete Ministerial, un rol político clave en cualquier administración. Todo esto implica que la seguridad pública compite con las demás funciones del Ministro e implica, necesariamente, una menor priorización relativa que la que tendría para un ministro exclusivamente dedicado a esta tarea. El tiempo dirá si el ser parte de un abanico más amplio de temas es finalmente contrarrestado por el hecho de que el Ministro del interior es el Jefe de Gabinete. El rol que tendrá en concreto el Consejo Nacional de Seguridad Pública, que legalmente no puede ser otra cosa que un órgano que asesora al Ministro del Interior y Seguridad Pública, también dependerá de las prácticas que se instalen. Al interior del Ministerio, por su parte, una serie de funciones que en la ley están asignadas al Ministerio en general han sido asignadas en la práctica a la Subsecretaría de Prevención del Delito, y hubo una coordinación inicial entre ésta y la Subsecretaría del Interior, de la cual dependen administrativamente las policías, en cuanto a las temáticas a abordar por cada una. En términos generales, mientras la primera está abocada a la delincuencia común, como la abordada en este documento, la segunda se hizo cargo de la delincuencia organizada y problemas de seguridad que solamente pueden ser abordadas mediante la persecución penal. Cabe destacar que la Subsecretaría de Prevención tiene la atribución de ejecutar programas, lo que es una anomalía en el Estado chileno, toda vez que ésta suele estar radicada en servicios, no subsecretarías. Pero, a su vez, debe evaluar y visar la oferta programática de todos los demás ministerios, cosa que no ocurre actualmente. La pregunta central es cómo se resolverá finalmente quién diseña y ejecuta los programas de prevención situacional y social y rehabilitación. Tal como ya se planteó, la evaluación de programas no será priorizada por las autoridades políticas del Ministerio, por una parte, y tampoco está claro qué peso le daría la Dipres a las evaluaciones que dicha Subsecretaría haga de los programas de otros ministerios, Subsecretaría que por lo demás sólo tiene un presupuesto de poco más de 30 mil millones de pesos. Actualmente, los programas Terapia Multisistémica y de reinserción laboral y social de reclusos que está ejecutando la Subsecretaría de Prevención del Delito cuentan con estándares de calidad más altos que la oferta de Sename y Gendarmería, pero es vista como una amenaza por dichas instituciones y se está cuestionando la asignación de esos presupuestos a la Subsecretaría de Prevención del Delito y no a dichas instituciones.

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iii) Ejecución en el territorio Por otra parte, la ejecución de iniciativas de calidad y pertinentes a lo largo del territorio es una tarea que tampoco ha sido resuelta y que se enfrenta con los altos niveles de centralización no sólo de las instituciones políticas sino que también de las sectoriales. En el caso del problema delictivo, la pertinencia territorial es más compleja que en otras áreas porque requiere enfocarse en una unidad de análisis que no tiene expresión en la estructura administrativa del Estado ni en los sistemas de información, y que es el barrio. La ejecución centralizada de programas es compleja no sólo en términos de la gestión concreta, y el control del uso de los recursos, sino que debido a que la priorización de barrios sobre la base de indicadores de seguridad, no es posible. Por lo tanto, la probabilidad de equivocarse en la focalización del gasto es, por lo tanto, alta. Las municipalidades serían las llamadas a resolver este problema, pero actualmente no cuentan, salvo excepciones, con las capacidades profesionales necesarias como para realizar diagnósticos y priorizar acciones pertinentes y basadas en evidencia. En el estado actual de cosas, el Fondo Nacional de Seguridad Pública, tal como ha sido implementado hasta ahora (con orientaciones técnica, evaluación con criterios preestablecidos, comité evaluador experto público privado), resulta un instrumento interesante debido a que en la práctica radica en las organizaciones locales de cualquier naturaleza la priorización de los problemas a resolver para postular un proyecto al fondo. Los desafíos radican en el monitoreo del uso de los recursos y en la evaluación. Sin embargo, la desventaja es que justamente las poblaciones más vulnerables no tengan la capacidad de organización y técnica necesaria como para postular a fondos de esta naturaleza, por lo que es necesario desarrollar una estrategia de ejecución de programas en el territorio que resuelva los problemas mencionados, ya que no es razonable esperar grandes avances en la descentralización en los próximos 10 años. En todo caso, los presupuestos para programas del eje territorial del Plan Chile Seguro son pequeños en comparación con los presupuestos sectoriales de las policías y el Sename, por ejemplo, por lo que la rendición de cuentas en el nivel local por parte de dichas instituciones también debiera ser considerada como parte de los diseños institucionales comentados en la sección precedente. Por último, no puede dejar de comentarse dentro de la gestión de información la realización de diagnósticos sobre nuevos desarrollos, para impedir el surgimiento o masificación de formas de violencia y delincuencia más graves que las prevalentes actualmente. Los temas a ser diagnosticados en mayor profundidad para diseñar programas pertinentes a tiempo y que son las pandillas, las armas de fuego, y la violencia en barrios críticos. b. Propuestas para instituciones específicas 68


Separación del Sename

Deberá realizarse un análisis crítico de la arquitectura institucional actual del Sename y su impacto en los magros resultados en términos de la calidad de las políticas implementadas. Entre los factores a considerar son el establecimiento de objetivos institucionales estrechamente ligados a reducir la reincidencia. Esto debiera desencadenar la creación de sistemas de gestión de información que permita monitorear la reincidencia de menores que cumplen diversas modalidades de sanciones de forma permanente, no de forma puntual o aislada como se ha hecho hasta ahora. También deben analizarse las formas de colaboración entre el Servicio y las instituciones colaboradoras, revisándose no sólo las orientaciones técnicas para que estén al día en cuanto a las tecnologías preventivas con mayor probabilidad de éxitos, sino que las formas y capacidades de monitoreo del Servicio de la oferta que entregan las colaboradoras, al igual que la forma de concursar y seleccionar entidades privadas. El establecimiento de mayores estándares requerirá probablemente un mayor financiamiento por joven, pero es claro que se trata de gastos socialmente altamente rentables. Para acelerar el proceso de mejoras en la calidad de los programas, deben explorarse capacitaciones o certificaciones de calidad con entidades internacionales. 

Modernización de Gendarmería

La implementación de las iniciativas descritas en este documento requiere de transformaciones importantes en Gendarmería, no sólo en cuanto a infraestructura para la rehabilitación, por ejemplo, sino que por sobre todo en cuanto a la instalación de sistemas de diagnóstico y gestión de la población carcelaria, basada en instrumentos con sustento empírico, y que debiera ser uno de los aspectos a desarrollar en un plan maestro para Gendarmería de Chile. La 

Policías

En el caso de Carabineros de Chile, el STAD debe ser consolidado. Por otra parte, el país debiera empezar una discusión sobre si un mejor diseño organizacional pudiese mejorar el impacto del 60% del presupuesto destinado a seguridad pública. Al igual que en el ámbito penitenciario, debería establecerse una comisión permanente que asesore al Ministro del Interior, compuesta por expertos en policías y sistemas de gestión policial, considerando la participación de extranjeros, y que evacúen un informe público anual o bianual sobre calidad de la gestión y recomendaciones para el próximo período. Además de las medidas transversales comentadas, debe realizarse el debate en torno a la conveniencia de unificar ambas policías, toda vez que hay evidencia que indica que las

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ganancias en términos de la integración de la información proveniente del patrullaje y de la investigación policial son importantes. Por último, los indicadores de resultado considerados hasta ahora deben incorporar, también, indicadores sobre uso letal de la fuerza (disparos realizados, lesiones y muertes causadas), y se deben perfeccionar los mecanismos de transparencia ante situaciones como las del caso Nolli. 

Observatorio para otros actores del sistema penal: Ministerio Público y Poder Judicial

En el caso del Ministerio Público y del Poder Judicial, su autonomía restringe importantemente las iniciativas que son posibles de desplegar. Resulta clave, por lo tanto, avanzar en la creación del Banco Unificado de Datos y generar información para evaluar su desempeño con evidencia empírica. Por ejemplo, la discusión que hay cada cierto tiempo sobre el supuesto garantismo de los jueces y la respuesta que el Poder da en cuanto a decir que el 95% de las prisiones preventivas solicitadas por el Ministerio Público son otorgadas, debe ser cambiado de eje y llevado a identificar cuáles jueces se equivocan con mayor frecuencia en la denegación de la prisión preventiva. El sector privado también puede jugar un papel importante en la creación de observatorios de indicadores, pero su acceso a información es limitado.

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 14. La madre de todas las batallas: asegurar el acceso a una educación de calidad integral

Educación Pública, un eslabón clave para nuestro desarrollo como nación Pedro Montt L1 2

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Profesor de CCNN y Química de la Universidad Católica y Licenciado en Ciencias Básicas de la Universidad de Chile, con estudios de M. Ph. en la Universidad de Lincoln, Reino Unido. Ex Subsecretario de Educación y Jefe de la Unidad de Curriculum y Evaluación del Mineduc. Lideró equipo técnico que negoció y acompañó el trámite las leyes SEP (N° 20.248); LGE (N° 20.370) y Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad (N° 20.529). Desde abril de 2012, es miembro del Consejo Nacional de Educación. 2

El autor del presente trabajo agradece los valiosos comentarios de Dante Contreras y Francisco Gallego. En todo caso las afirmaciones, posibles errores y/u omisiones que puede contener son de su completa responsabilidad.

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Índice

1. ¿Debemos preocuparnos y ocuparnos con lo que hoy ocurre con la EP?

Página 4

2. La propuesta y su promesa.

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3. Qué habría que hacer para cumplir la promesa.

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4. Algunos parámetros para facilitar el dimensionamiento del desafío.

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5. Los obstáculos que deberá enfrentar la reforma y su superación.

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6. Cómo hacerlo: una transición paso a paso, experimentando y ajustando.

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7. Breve conclusión.

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ANEXO 1: Políticas para transformar a la EP y la carrera docente.

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ANEXO 2: Cuadro comparativo mejora de la EP: el actual proyecto de ley, ventajas y desventajas. Experiencia internacional comparada.

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Bibliografía

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Resumen Desde hace años se debate acerca del destino y sentido de la educación pública (EP). Ese debate recrudeció a partir de las movilizaciones estudiantiles del año 2011. Los estudiantes han instalado a la EP y su fortalecimiento como un tema central de la agenda pública. Quienes creen en la existencia de un sistema educativo mixto, que incluye prestadores educativos públicos y privados, plantean que la EP requiere de una atención prioritaria, ya que estaría en riesgo su existencia; otros, argumentando desde una vereda distinta, señalan que si bien habría que prestarle atención a la EP, no se debe olvidar que lo importante es la calidad y no el tipo de órgano que administre, el tema más relevante no sería la EP en sí; finalmente, otros consideran que la oferta más pertinente y legitima para nuestro sistema educativo es la EP, ésta debiera ser la única oferta o lejos la ampliamente mayoritaria (Ej. más del 80% de esa oferta), sin embargo ha sido sistemática y conscientemente desmantelada por el actual modelo educativo. Esas posturas contextualizan un debate complejo y matizado y reflejan el actual estado de cosas. La EP, su sentido y destino, es un campo en donde existe una fuerte disputa y grandes desacuerdos. Desde una postura que valora y considera esencial a la EP, el presente trabajo intenta explorar posibles caminos de salida a esos desacuerdos. Ello para buscar destrabar el actual inmovilismo en la materia y dar un impulso real a la mejora de la EP hoy en crisis. Este trabajo propone un camino para elevar la calidad y prestigio de la EP. Desarrollar una activa política para atraer y conservar a los mejores docentes en ésta, lo que exige mejorar significativamente sus condiciones de trabajo y, al mismo tiempo, establecer entornos de profesionalización en los colegios y las administraciones de esta modalidad educativa. A lo largo del documento se desarrollan ideas y analizan opciones para hacer viable y transitable ese camino. Palabras clave: docente, carrera docente y educación pública.

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1. ¿Debemos preocuparnos y ocuparnos de lo que hoy ocurre con la EP? Hay evidencia creciente y preocupante de que nos estamos transformando en una nación dividida, en un país en donde es cada vez más difícil conocer “al otro”, donde las experiencias de vida se hacen cada vez más divergentes… Este año, ningún alumno del Colegio Los Andes o del Tabancura –ambos rankeados entre los diez mejores- se matriculó en la Universidad de Chile y si bien un puñado de graduados de otros colegios de elite decidió ir a la U. de Chile, su porcentaje fue ínfimo.… Pero eso no es todo: en nuestros mejores colegios públicos, el caso es el contrario: casi el 40% de los graduados del Instituto Nacional eligió la Universidad de Chile, mientras menos del 15% optó por la Católica.” (S. Edwards, economista. La Tercera, 12 de mayo 2012). “El año 2011 vivimos una transición social a la democracia…Nuestra sociedad ha sido portadora por mucho tiempo de un gran malestar, que no solo tiene razones subjetivas sino también objetivas…existen evidencias de que los chilenos sentimos que no estamos progresando…el malestar no es una opinión es una vivencia, hay datos para afirmar esto… Chile es muy injusto… Las sociedades son las injustas, no sus modelos de articulación, ya que éstos simplemente son los sistemas operativos de las sociedades…Esta sociedad se articuló desde su sistema económico a los otros sistemas: el social, político y el cultural… Ese modo de articular ha sido a través del mercado y la acción de los privados, los que cuando no desean o no pueden actuar son remplazados por una especie de “prótesis” estatal…Ese modo de articulación ha demostrado ser un fracaso… La explosión se produce a través de la educación porque la articulación desde lo económico a lo educativo es el más rotundo de los fracasos… En realidad desde hace mucho tiempo la mayor parte de la educación chilena está en manos de los privados. Es el mercado el que la regula y solo cuando se producen fallas de mercado, existe una “prótesis” pública que generalmente atiende a los que resulta más costosos y/o difíciles 3 de educar (Educación municipal) , buscando con ello resolver esas fallas…Ahora, qué dicen los privados de la educación “el sistema educativo chileno es un desastre” sin embargo, no reparan que en su mayoría es un sistema privado… Estamos hablando de cuestiones objetivas: la educación chilena es mala y además muy injusta…Hay una gran desigualdad que es construida por el propio sistema educativo… Pero un dato, dónde están los mejores puntajes SIMCE a nivel nacional. Si miramos a los colegios municipales de nivel medio alto, veremos que son los mejores, incluso son más efectivos que los particulares pagados…Así, parece que la educación en un entorno público con más recursos, más democrático, que no está basado solo en montar un negocio, funciona mejor y se siente más cómoda, sin embargo el modelo no fomenta aquello, más bien desmantela esos entornos…” (A. Mayol, sociólogo. Extracto no literal de algunos de sus planteamientos en Conferencia ENADE- noviembre 2011)

Dos académicos chilenos observan desde distintas perspectivas un problema común y sus graves consecuencias. Uno plantea los riesgos de poseer un sistema educativo que no integra: una nación dividida; el otro plantea que la lógica con que opera nuestra sociedad y por extensión nuestra educación, que releva a la acción pública a un rol supletorio de la privada no resulta, muestra fallas de orden estructural que resultan insuperables y por tanto no permiten el logro de un sistema escolar efectivo y justo4. 3

Este académico incluso discute el que se pueda caracterizar a la educación municipal como educación pública.

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El segundo de los académicos mencionados plantea que lo que está en juego en las protestas del año 2011 es el modelo o modo de articular los principales subsistemas sociales (político, económico, social y cultural), ya que lo que la sociedad ha cuestionado es el modo en que nuestra sociedad articula lo público y lo privado. Ese cuestionamiento habría llegado para quedarse, debiendo surgir de allí algún orden distinto al actual.

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Desde distintas perspectivas ambos académicos apelan a la necesidad de repensar nuestra educación pública (EP) y su modo de operar. Ambos muestran las consecuencias de seguir operado como lo hemos hecho hasta la fecha y terminar convirtiendo a la EP en irrelevante, consolidando la segregación, ahora incluso en la educación superior. Uno de ellos es más radical ya que señala, según datos de la realidad, que la educación funciona mejor en un ambiente público, pudiéndose demostrar aquello usando evidencia empírica de nuestro propio país. La paradoja sin embargo es que majaderamente insistimos en establecer un sistema de base privada el cual no funciona bien, ostentando el título de ser uno de los más radicales experimentos de privatización educativa en el mundo5. Si la EP es tan relevante para asegurar la cohesión social y, al parecer, sería más afectiva en asegurar la igualdad de oportunidades educacionales y por tanto la calidad educativa ¿Por qué continuar en la ruta que hemos seguido hasta la fecha, muchas veces parchando un modo de operar que no funciona y no obtiene resultados socialmente deseables? ¿No sería acaso fundamental para nuestro desarrollo sacar a la EP de su actual estado de aletargamiento y crisis que la conducen a su irrelevancia en un corto plazo? ¿No será fundamental renovar y reimpulsar a la EP para continuar en una senda de desarrollo que esencialmente requiere de paz social?6 Por otra parte, sabemos que nuestro sistema educativo es y resulta deseable que siga siendo un sistema mixto, es decir uno en el cual participan agentes públicos y privados. Sabemos también, que los privados podrían contribuir a resolver los problemas antes enunciados, sin embargo y por su carácter, no están obligados a ello y, solo dependerá de su voluntad asumirlos (sociedad libertaria). El Estado en cambio, según su asimetría de poderes respecto de los ciudadanos (Atria, 2009), debe ser obligado a cumplir exigencias para con todos y ello se establece como los derechos de los ciudadanos y el deber del Estado de asegurarlos (normas y leyes que obligan al Estado)7.

2. La propuesta y su promesa. Si esa es la magnitud del desafío que tenemos entre manos y si en la solución juega un rol relevante la EP ¿Qué y cómo hacer para convertirla en una educación de excelencia que asegure la integración social y la igualdad de oportunidades con calidad, todo ello en un plazo razonable?8 Las respuestas a esas preguntas resultan claves y pasan a ser parte esencial de la agenda educativa presente y futura. A continuación, se intenta una respuesta a esos dilemas. 5

El grueso de los sistemas educativos se organizan de modo de disponer de una poderosa educación de carácter público, siendo excepciones notables países como Chile, Holanda y Bélgica. En documento anexo se muestra cuadro comparativo de matrícula (%) en 38 países según tipo de administración educativa (Extraído de Education at a Glance, 2011. OECD), en el cual se puede observar que una amplia mayoría de países posee una educación pública significativamente mayoritaria (sobre el 60% de la matrícula). 6

La paz social asegura la gobernabilidad y sin esta última no es posible un desarrollo a largo plazo.

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Sabemos que la historia del régimen democrático moderno ha consistido en la ampliación progresiva de esos derechos. En documento anexo se señalan los propósitos generales de la EP en referencia a la educación común u obligatoria, los cuales le dan sentido a su existencia. 8

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Primero se señala una meta ¿Cuándo se podrá decir que nuestra EP cumple su misión? Ocurrirá cuando cualquier padre, madre o apoderado de un estudiante que hoy matricula a su pupilo(a) en los mejores colegios particulares pagados, considere seriamente la opción de matricularle en un colegio público. ¿Cómo podemos lograr una EP que se convierta en un espacio donde se encuentran todos, independientemente de su origen social, económico y cultural? Atrayendo y conservando a los mejores docentes del país para que realicen la docencia en la EP. Para ello se deben mejorar significativamente sus condiciones de trabajo, sus rentas y, al mismo tiempo, elevar las exigencias a su desempeño. Para lograr lo anterior, al mismo tiempo resulta necesario crear las mejores condiciones y entornos de profesionalización en los espacios en que estos profesionales se desenvuelven, facilitando la acción de los líderes educativos en los establecimientos, así como también en las administraciones de la EP. Se debe entonces abordar el tema de la calidad de los docentes de la EP y, al mismo tiempo, el de una más efectiva administración para que esos profesionales rindan al máximo de sus capacidades. Ambas son las dos caras inseparables de un mismo desafío: Lograr una EP de excelencia que sea el espacio educativo para las grandes mayorías; que asegure a todos aprendizajes fundamentales para la vida en una sociedad de alta complejidad, y; la tan necesaria integración social, requisito fundamental para asegurar la convivencia democrática y la resolución pacífica de los conflictos. Allí hay que poner la atención. La calidad de la EP en adelante tiene como tarea central atraer y mantener a los mejores docentes. Para ello resulta fundamental crear las condiciones que aseguren un ambiente de profesionalización y eficiencia en la gestión, el cual permita a los docentes desarrollar bien su trabajo. Como señalamos, la meta es que un padre, madre o apoderado de los sectores acomodados llegue a pensar muy seriamente matricular a su hijo(a) o pupilo(a) en un colegio público, incluso lo prefiera por sobre uno particular pagado9.

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Esta no es una meta imposible, ya que datos empíricos nos muestran que existen establecimientos públicos más costo/efectivos que los privados pagados que atienden a la elite (logran resultados mejores o iguales a esos colegios). Una advertencia importante: Una mirada menos ingenua para el diseño e implementación de las políticas referidas a la EP debe tener en cuenta que los apoderados que envían a sus pupilos a los establecimientos de élite no solo están buscando calidad, sino también capital social (redes sociales). Por ello no basta conseguir inicialmente mejorar la calidad de esta modalidad educativa, requiriéndose además lograr en breve que la EP posea un alto prestigio social, lo que de verdad podría contribuir a la llegada masiva de estudiantes de sectores acomodados (ambos factores, calidad y prestigio, se alimentan y amplifican mutuamente). Para lograr esto último se requiere en un inicio de una activa acción del Estado, ya que resulta esperable que los padres tiendan a resistir el cambio. Se debe advertir que la necesidad de distinguirse por parte de las familias y el impulso a buscar establecimientos educativos en donde reconocen a una población escolar “similar o levemente de mejor estatus”, es un fenómeno que se da a nivel mundial (existen variados estudios y evidencia al respecto) y, muchos autores observan con preocupación, cómo las últimas décadas ese fenómeno ha tendido a amplificarse (Para el caso norteamericano en su artículo en La Tercera ya citado, S. Edwards menciona que el reciente libro “Coming apart“, en el que Charles Murray justamente aborda ese problema y sus graves consecuencias).

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3. Qué habría que hacer para cumplir la promesa.10 Si modificamos la mirada apuntando a la mejora de la EP, partiendo por una estrategia que busque elevar las capacidades docentes de esta modalidad de administración educativa, sería posible destrabar soluciones que hasta el momento han resultado infructuosas e imposibles de implementar debido a los grandes desacuerdos existentes. Algunas consideraciones de orden general. Si abordamos la mejora de la carrera docente debemos tener a la vista cinco cuestiones ordenadoras: i) La carrera que se aborda es la de los docentes de la EP; ii) El financiamiento debe ser el necesario para llevar a la práctica esa carrera y por tanto debe ser exclusivo para la EP; iii) Si el propósito de la carrera es atraer y mantener a los mejores docentes en la EP, la base de la misma debe ser el mérito, sin dejar de considerar criterios tradicionales, logrando el más pertinente equilibrio entre tradición y cambio; iv) El modelo de financiamiento más costo/efectivo para ese propósito se debe diseñar con pragmatismo y sin atraparnos en ideologismos, ya que la actual lógica de subvención no trabaja adecuadamente si se busca un modelo de carrera cuya base sea el desempeño, y; v) No se pueden dejar de considerar las políticas complementarias, entre las cuales, las más importantes se refieren a atraer a los mejores estudiantes a la pedagogía y al mejoramiento sustantivo de la formación inicial docente11. Algunas consideraciones generales a tener en cuenta, ahora referidas a lo propio de la profesión docente y su desarrollo son: i) El modelo de carrera que se escoja debe considerar que la pedagogía es en su esencia un trabajo realizado por equipos. El modelo de carrera debe entonces fomentar la colaboración entre pares y no limitarla o restringirla. Ello se debe tener en cuenta al momento de introducir elementos de competencia y/o desempeño individual, ya que de no ser así 10

En documento anexo y complementario a este trabajo se presentan en detalle posibles soluciones a los actuales arreglos de la carrera docente y a la institucionalidad y financiamiento de la educación pública. 11

Basta para ello revisar los recientes resultados de la prueba INICIA 2011, que muestra un muy desesperanzador diagnostico respecto de las competencias de los egresados de pedagogía general básica, tanto en el manejo de las disciplinas, así como en sus capacidades para enseñar. Esta es la primera prueba referida a estándares que clasifica a los egresados según su nivel de logro o desempeño: Insuficiente, Aceptable y Sobresaliente. Algunos de los principales resultados en educación general básica (también fue rendida por egresados(as) de educación parvularia) que arroja esta prueba son: i) La realizaron 3,271 estudiantes de un total de 49 programas formativos que voluntariamente aceptaron someterse a este examen (se debe recordar que 21 instituciones que ofrecen estos programas no se presentaron al test); ii) Veinticuatro (24) instituciones presentaron más de 20 egresados a la prueba y 17 presentaron 20 o menos (esto afecta la representatividad de los resultados); iii) El resultado más preocupante es que de las 24 instituciones en que un número significativo de egresados (21 o +) rindió la prueba de conocimientos disciplinarios, el 50% de los egresados de 21 de éstos programas obtienen un desempeño insatisfactorio; iv) En la prueba de conocimientos pedagógicos los resultados son un poco mejores pero también preocupantes, el 50% de los egresados de 7 de esos programas logra desempeño insatisfactorio; v) Existe una fuerte correlación entre los resultados que los egresados obtuvieron en la PSU y sus resultados en INICIA (índice cercano a 0,9); vi) Cuando se analizan los años de acreditación de esos programas y se les compara con el porcentaje de egresados con desempeños insatisfactorios no se observa una relación directamente proporcional entre ambos factores. Así, en los 5 programas formativos cuyo % egresados de desempeño insatisfactorio se mueve entre el 40% o menos poseen en promedio 4,8 años de acreditación; entre los 6 programas que tienen un porcentaje que varía entre más de 40 y hasta 60% de los egresados en desempeño insatisfactorio, poseen en promedio 3 años de acreditación; de los 13 programas en que sus egresados de desempeño insatisfactorio se mueve entre más del 60 y hasta un 80%, poseen un promedio de acreditación de 3,74 años; finalmente, de los 9 programas cuyos egresados de desempeño insatisfactorio es superior al 80%, poseen una acreditación de 2,4 años. Se advierte que la dispersión en cada tramo es alta.

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se podría estar contribuyendo a producir efectos en un sentido contrario al deseado; ii) Ya que el conocimiento pedagógico se acumula en el hacer y requiere por lo mismo de la contrastación y análisis sistemático y recursivo de las practicas y los resultados educativos obtenidos de esas prácticas (Ej. Del trabajo en la sala y/o la escuela), el modelo que se escoja debe asegurar se disponga del tiempo suficiente para que esa reflexión se produzca, tanto de manera individual como en los equipos docentes, y; iii) Ya que la docencia ha sido históricamente una “burocracia” o parte de servicios en los que el Estado juega un rol central, al introducir “modernizaciones” o modelos de carrera que rompen con esta lógica, estimulando por ejemplo el liderazgo directivo, la profesionalización, la gestión autónoma y la capacidad de resolución de problemas de manera autónoma, etc., se debe buscar una cuidada y virtuosa mezcla de esos nuevos modos de hacer posible el progreso profesional con los otros mecanismos más tradicionales, no apostando al completo e inmediato desmantelamiento de estos últimos12. En definitiva lo que se busca es que los mejores profesores hagan clases en los colegios públicos y para ello se requiere que tengan muy buenos sueldos desde el inicio de su carrera; que su progreso este fuertemente determinado por su desempeño, el que debería ser evaluado con una alta periodicidad; que el grupo de estos profesionales que posee mejor desempeño se motive a trabajar en los colegios que poseen un alto porcentaje de matrícula vulnerable; ofrecerles condiciones de trabajo que les permitan la reflexión pedagógica y por tanto que dispongan de un número importante de horas no lectivas, tratando en ello de emular a países exitosos (Ej. Escocia 60% lectivas- 40% no lectivas); que si buscan progresar, se sientan desafiados y exigidos y al mismo tiempo perciban con claridad el significado de su progreso, de modo que logren proyectarse a largo plazo, visualizando un futuro estimulante y atractivo para ellos; se requiere también que sean supervisados por los mejores líderes en las escuelas y en las administraciones de la EP (profesionalizados), disponiendo ambos grupos de lideres de condiciones y/o trayectorias de progreso también según sus desempeños, lo cual les permita proyectarse, y; finalmente, que los que ya han cumplido su ciclo laboral dispongan de mecanismos de salida y puedan jubilar dignamente13. Como señalamos antes, para atraer a los mejores también es necesario modificar el entorno en el que desarrollan su trabajo, haciendo a este último más rico y diverso, en definitiva profesionalizándolo. Por ello es tan importante actuar sobre la institucionalidad de la EP: sus administraciones, su financiamiento y la relación de estos entes locales con el centro del sistema: el Ministerio.

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En campos como la educación, que requieren de parsimonia y gradualidad para la plena operación de los cambios, es difícil apostar a modificaciones tipo Big Bang, ya que utilizando ese tipo de estrategia es altamente probable afectar negativamente la eficacia y factibilidad del cambio Para ejemplificar esto, romper de una vez y para siempre con el uso de la antigüedad como variable de progreso podría atentar seriamente contra la efectividad y viabilidad del cambio de la carrera. 13

Los detalles se pueden ver en el documento anexo. En él se abordan preguntas referidas a: cómo atraer a los mejores a la pedagogía; cómo seleccionar a los docentes más efectivos para la EP; cómo diseñar una promoción en la carrera basada en el desempeño; cómo evaluar ese desempeño; qué condiciones de trabajo son clave para asegurar la mejora continua de sus prácticas, y; finalmente, mecanismos de salida de la carrera en la EP. Esto aplica para los docentes que se conserven en las aulas como para los que cambien de rol y se conviertan en directivos tanto en los establecimientos como en las administraciones (en el caso de estas últimas, resulta deseable abrir oportunidades a otro tipo de profesionales).

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A nivel de los territorios, se debieran constituir organismos públicos para administrar las redes de establecimientos públicos, que a la vez debieran ser coordinadas y articuladas como un sistema nacional por el nivel central (Ministerio)14. Una pregunta clave y que no ha estado en el debate público con la profundidad que se requiere es cómo corregir la actual heterogeneidad de capacidades del sistema público. Un camino es establecer efectivamente un Sistema Nacional. Su objeto sería regular y supervisar el funcionamiento de las administraciones locales de la EP través del diseño de políticas, normas, planes y programas para su coordinación y articulación, que permitan satisfacer las necesidades educativas en los diversos territorios. Ello en el marco de objetivos educativos nacionales15. Este nivel nacional-regional se relacionaría con las administraciones locales de la EP estableciendo compromisos de gestión de procesos y resultados escolares o convenios para la calidad, los cuales serían acompañados de exigencias y apoyos por parte del centro (Ministerio), según el cumplimiento o no por parte de las administraciones de los compromisos y metas establecidos en esos contratos para la calidad. Esta agenda, que actúa en los dos frentes descritos -docencia e instituciones de la EP- requiere de una cuota de recursos muy significativa. Dicho esto ¿De qué orden de magnitud son los recursos requeridos?

4. Algunos parámetros para facilitar el dimensionamiento del desafío. En este trabajo no hemos estimado los costos generales, sin embargo entregamos algunos criterios a tener en cuenta para su estimación. Un dato real respecto de lo que son hoy las rentas de los docentes de un colegio particular pagado de elite (Santiago Collage), varían entre un ingreso al inicio de $ 914.320 por un contrato equivalente a 44 horas a otra renta que luego de 12 años de servicio alcanza un valor de $ 1.137.576, por las mismas 44 horas. Claramente el ingreso de partida es atractivo, pero el de largo plazo no. Ello porque la variable que este establecimiento usa, como lo hace la gran mayoría, es la antigüedad (trienios). Resulta necesario entonces estimar un sueldo horizonte de largo plazo más atractivo y ello se podría hacer considerando por ejemplo a los promedios de rentas de las carreras que hoy resultan atractivas para los jóvenes. Según estudios del Mineduc (Página Web mifuturo.cl), una estimación razonable indicaría una multiplicación en 2 1/2 veces16 a los mismos

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En documento anexo se describen los rasgos centrales de los órganos de administración directa de los establecimientos públicos. 15

En documento anexo se detallan las características y se proponen posibles funciones de este sistema.

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Comparación con incrementos promedio de carreras más demandadas: Abogados, Médicos e Ingenieros. Del sitio Web del Mineduc mifuturo.cl se observa que luego de 4 años de trabajo los abogados titulados en la U. de Chile tienen una remuneración promedio mensual que varía entre 1,70 y 2 millones de pesos (Los titulados en la UC de Chile entre 1,5 y 1,750 millones de pesos); en igual periodo los titulados en medicina de ambas universidades (U de Chile y UC de Chile) tienen una renta promedio que varía entre 1,750 y 2 millones de pesos; en igual periodo los titulados de ingeniería en minas de la USACH tienen una renta promedio de más de 2 millones de pesos.

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12 años de ejercicio ($ 2.285.800), ello podría darnos una idea de un posible techo para los docentes de mejor desempeño (Parte de una pirámide según desempeños). Otro dato a tener en cuenta es la actual rotación de este personal en la EP. Así por ejemplo, en uno de los mejores colegios públicos del país (Instituto Nacional), no se da una alta rotación de docentes, en realidad son pocos los profesores que abandonan el colegio tentados por mejores ofertas. Pero ocurre otro fenómeno al cual habría que prestar atención y este es el retiro parcial (reducción de horas de contrato). En este caso lo que ocurre es que los profesores de ese colegio ven como una ventaja ser parte de la dotación, ya que les otorga prestigio. Así, lo que hacen es disminuir paulatinamente sus horas de contrato, siempre dejando unas pocas horas en el colegio. Una advertencia es que ello opera en el caso de docentes que son buenos, pero no se escapan significativamente del promedio. Cuando los profesores son muy destacados, terminan rápidamente migrando hacia los colegios privados con muy sustantivas y mejores rentas, ello ocurre la gran mayoría de las veces en las disciplinas en que existe escasez de estos profesionales (Ej. Física). En el caso de los lideres instruccionales las rentas promedio de los directores de colegios de la EP hoy vigentes según la ley N° 20.501 (Esta ley afecta aún a un bajo número de estos profesionales) varían entre un mínimo de $ 1.328.325 y un máximo de $ 1.885.525 por un contrato de 44 horas, dependiendo esas rentas del tamaño del colegio y el porcentaje de vulnerabilidad de su matricula (Un caso especial son las escuelas rurales muy pequeñas, el cual no se analiza aquí). Los ingresos de estos profesionales, también debieran incrementarse según desempeño. Se podría entonces elevar el actual sueldo al ingreso al cargo haciéndolo por ejemplo equivalente al promedio entre el piso y el techo de la que sería la remuneración de un docente de aula de la EP ($ 1.600.000) e incrementar el actual techo en un 40% (Haciéndolo equivalente a App. $ 2,7 millones). A esa renta máxima debieran acceder el grupo de directivos de elite de la EP, cuidando no estimular excesivamente la llegada a esos cargos directivos de los docentes de buen desempeño en la sala de clases, ya que un buen profesor de aula no necesariamente será un buen directivo. Así, la carrera debiera estimular a que los buenos docentes de aula se conserven en sus puestos. En el caso de los encargados o gerentes de las administraciones de la EP, sus remuneraciones debieran ser competitivas respecto de los promedios de las profesiones mejor rentadas. Igualmente en el caso de los profesionales que formarían parte de los staff técnicos en las administraciones de la EP, sus rentas debieran ser levemente mejores (5 a 10%), sino iguales a las de los mejores directores de establecimientos. Finalmente, el personal que opere a nivel nacional y regional en el manejo del sistema de EP a nivel nacional (Excluida su jefatura), debiera tener rentas similares o levemente por sobre el personal técnico que labora en las administraciones (510%). Si se observan los grandes números, los docentes de aula del sector municipal son alrededor de 70.000, obviamente si se elevan las rentas según desempeño, se debiera producir una pirámide según categorías de desempeño en una escala (por ejemplo cuatro categorías como propone el actual gobierno). En todo caso la transición debiera partir con un número reducido de casos y de manera experimental, dado que se requiere entre otras cosas encontrar a los más idóneos, cuestión que tomara tiempo e implicará un importante recambio y renovación del personal. En Otro parámetro que se podría utilizar es la comparación respecto de carreras docentes de países con mejores resultados educativos (por ejemplo razón Ingreso n° años de servicio/ingreso inicial).

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relación a los directivos ocurre algo similar, estos son alrededor de 4.500 y se convierten en 11.000 si se incorpora a este grupo a los docentes que cumplen otras funciones directivas y técnicas pedagógicas. Respecto de las administraciones, que hoy son 346, su número debería disminuir significativamente (Hoy no podemos estimar ese número, sin embargo se puede simular que en régimen sería deseable que no supere las 150). Sobre ese número estimado se podría calcular el costo en régimen de los gerentes de las administraciones y de su staff de apoyo, el que en promedio se podría estimar en 4 profesionales calificados por administración. Adicionalmente, se requieren profesionales de altas cualificaciones para los niveles nacional y regional, una manera de estimar ese número es asimilarlo a la que será la dotación de la superintendencia de educación (App. 500 profesionales). Adicionalmente, se requieren recursos para17: i) Cubrir los costos del traspaso de los colegios desde los municipios a estas nuevas administraciones, el cual es un gasto por una vez (Ej. Expropiaciones. El Estado posee herramientas para minimizar esos costos); ii) Asegurar el financiamiento para futuras inversiones (infraestructura, equipamiento, recursos didácticos, etc.), este es un gasto permanente. Se debe consignar que estos recursos en su mayoría ya existen y solo se requeriría su reasignación; iii) Asegurar la transición, resguardando los derechos laborales de los docentes (Ej.: En contados casos los profesores reciben rentas adicionales financiadas exclusivamente por los municipios. Un caso es Vitacura) y cubriendo los gastos que actualmente asumen los municipios para asegurar la operación de las administraciones de EP (Ej.: Sustituir el actual aporte municipal que bordea USD 250 millones anuales), ambos gastos son permanentes, tendiendo el referido a los docentes a su extinción en un mediano plazo18, y; iv) Finalmente, se requiere de un financiamiento permanente para un programa que incentive el retiro de los docentes en edad de jubilar, ya que resolver desde la política previsional la grave caída del ingreso de estos profesionales al momento de jubilar (1/3 de la última renta) resulta altamente costoso e improbable. Por lo que se observa los recursos necesarios para esta reforma son enormes. Como ya se señaló antes, el presente trabajo solo se ofrece parámetros iniciales para facilitar una estimación de su costo global. 5. Los obstáculos que deberá enfrentar la reforma y su superación19. Dentro de los obstáculos a superar se pueden señalar: Existe una mala comprensión del problema de quienes toman las decisiones. Una de las más importantes es que no se observa con claridad la intima relación que existe entre la mejora de las capacidades de los docentes de la EP, la superación de la crisis de ésta y su posterior mejora sustantiva. 17

Estos temas se tratan con mayor profundidad en documento anexo.

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Este gasto podría no ser necesario en el caso de los docentes que mejoren sustantivamente sus rentas al momento del traspaso. 19

Ibídem.

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Hay que luchar contra un “sentido común” instalado entre la población, que percibe a la EP como una opción de la cual habría que escapar. Se ha instalado que la educación particular subvencionada es mejor. Como ya se señaló, el volumen de recursos que implica esta reforma es significativo y no son claros sus efectos en el corto plazo. Para el mundo político sería una reforma que luce poco frente a otras de mayor visibilidad inmediata. Realizarla significa rediseñar o repensar de manera significativa o completa al actual sistema de financiamiento (subvenciones), privilegiando a la EP por sobre la particular que recibe subsidios estatales y al mismo tiempo buscar un sistema de financiamiento que dialogue mejor con un modelo de carrera docente basado en el desempeño, ya que no es posible hacer esto con el actual esquema de subvenciones. Se debe advertir que este tema puede convertirse en una barrera ideológica difícilmente franqueable. No se dispone aún de claros y persuasivos argumentos para convencer acerca de esta significativa inversión vis a vis otras prioridades del propio sector (Ej.: Ayudas estudiantiles en Educación Superior o Educación Parvularia, etc.) y/o de otros sectores. Se requiere de un diseño fino de implementación que, dado el nivel de desacuerdos, no es fácil de concretar.

6. Cómo hacerlo. Una transición paso a paso, experimentando y ajustando. La solución a problemas complejos requiere de soluciones que aborden esa complejidad. Desde esa perspectiva se reitera: las políticas para transformar a la educación pública y mejorar la carrera docente resultan inseparables. Dada la complejidad y magnitud de la tarea se produce un “trade-off” entre la eficiencia y la urgencia del cambio. Por el volumen de recursos y la movilización institucional y humana que implica, se debería partir experimentando en territorios específicos y con grupos de administraciones, colegios y docentes muy acotados, tomando en consideración que en los diversos territorios se requiere que al menos se incluya a una administración de EP. Se debería partir por un número acotado de comunas o agrupación de éstas que sean seleccionadas de acuerdo a algunos criterios, entre los cuales se podría considerar: compromiso de las propias administraciones con el cambio (requisito para su éxito); cierto tamaño de su matricula (Ej. Administraciones de tamaño medio); diversidad de regiones, no necesariamente las más pequeñas (Ej. Al menos 5 de las 15 regiones del país). Este experimento debiera tener una marcha blanca (tiempo de maduración), por ejemplo cuatro años. Para luego observadas las fortalezas y debilidades del modelo y realizados los ajustes necesarios para su mejora, considerar su masificación al resto de los territorios. Esta última etapa debería tomar adicionalmente un tiempo entre 5 y 6 años. En definitiva, la realización del cambio requiere de una década20. 20

Una pregunta valida es si este plazo razonable. No tenemos como saberlo, solo a modo comparativo y advirtiendo los diferentes contextos. En dictadura, el traspaso de los colegios desde el fisco a los municipios tomó alrededor de 7 años.

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Por ello existe una tensión que se da entre los plazos de la transición y la urgencia con que la ciudadanía exige resolver el problema. Los movimientos sociales demandan mayor celeridad, ya que la evidencia indica que de seguir la sangría de la EP a su actual ritmo, en muy pocos años ya no quedará nada que hacer con ella. En rigor, muchos de los que se declaran defensores de la EP sostienen que hay sectores apostando a esto último. La transición debe hacerse cargo de aquello. El sentido de urgencia se enfrenta desarrollando una acción de pedagogía política de alta complejidad, ya que el cambio, sobre todo en el actual contexto, no se podrá realizar con éxito sin establecer mecanismos de participación de los actores del sistema -estudiantes, docentes y administradores de la EP- y, pasa también, por la implementación de medidas a corto plazo que contribuyan a detener y revertir la caída de matricula de la EP (campañas de recuperación de matrícula y sensibilización a la ciudadanía buscando elevar el prestigio de la EP). Finalmente, el diseño debe ser experimental porque debe tener en cuenta que, aunque se disponga de los recursos financieros y administrativos necesarios, la condición de éxito pasa por disponer de los recursos humanos para llevar adelante la tarea. Esta es lejos la condición más difícil de cumplir, así se requerirá de tiempo y un gran esfuerzo para disponer de la suficiente masa crítica de capacidades profesionales y técnicas que hagan posible el cambio.

7. Breve conclusión. A modo de conclusión podemos señalar que, el esfuerzo de salvataje y revitalización de la EP pasa también por la revalorización y fortalecimiento de la profesión docente. Ambas son las dos caras de una misma moneda, la una y la otra son sinérgicas en el logro de la meta de la calidad para todos. Por ello se debe instalar un discurso, que haciendo confianza y exigiendo al máximo las capacidades de nuestros docentes e instituciones escolares de EP, eleve las expectativas. Sin perder realismo, debemos tener la convicción de que nuestra docencia y la EP son capaces de asegurar aprendizajes de alto estándar a todos sus estudiantes.

Otro ejemplo más reciente, el paso de los establecimientos subvencionados al régimen de jornada escolar completa (JEC), se inició el año 1998 y a la fecha cubre al 80% de la matrícula. Ahora, esa cobertura se logró el año 2007, es decir 9 años después de iniciada la JEC.

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ANEXO 1: Políticas para transformar a la educación pública Índice: 1. La relevancia de la educación pública: su valor y función social, los principios que la inspiran. 2. Un posible arreglo institucional de la educación pública a nivel escolar. 3. Medidas urgentes e inmediatas para la sobrevivencia de la educación pública 4. Las capacidades docentes: el tema central a nivel escolar. 5. Gradualidad de la reforma a la institucionalidad y el financiamiento de la EP (plazos y recursos). 6. Nudos a desatar para el logro de las metas.

Anexo 2: Cuadro comparativo que incluye: Situación actual. Los proyectos actuales para mejorar la institucionalidad de la educación pública: ventajas y desventajas. Experiencia internacional comparada.

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1. La relevancia de la educación pública: su valor y función social, los principios que la inspiran.21 El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación de calidad a través de la Educación Pública (EP), entendiéndose a ésta como la provisionada por entes del estado según lo establecen convenciones internacionales.22 Por ello, es deber del Estado garantizar la existencia a lo largo del territorio nacional de una Educación Pública (EP) cuantitativamente relevante y de calidad. El valor de la EP está asociado a que esta aspira a ser el espacio de encuentro de la diversidad, integración de la comunidad, espacio de construcción de identidad local y nacional. La EP es un espacio para la integración e inclusión y por tanto una herramienta fundamental para el logro de la cohesión social.

clave y

Los propósitos generales de la EP en referencia a la educación común u obligatoria, los cuales le dan sentido a su existencia son: i) realizar proyectos educativos de interés común para facilitar el desarrollo nacional, regional o local; ii) garantizar el pluralismo, la inclusión, diversidad económica, política, social y cultural de los estudiantes y sus familias; iii) garantizar el derecho universal a la educación, asegurando su presencia en cada rincón del país donde existan niños y jóvenes que educar; iv) promover la equidad y la integración social de los estudiantes para con ello fomentar la cohesión social, y; v) establecer un estándar práctico de calidad para el conjunto del sistema educacional, que desde el reconocimiento de las brechas en educación resguarde la presencia de procesos y resultados equivalentes, independientemente del origen de los estudiantes. Los privados podrían cumplir esos propósitos, sin embargo, no están obligados y, solo dependerá de su voluntad asumirlos (sociedad libertaria). El Estado en cambio, según su asimetría de poderes respecto de los ciudadanos (Atria, 2009), debe ser obligado a cumplir exigencias para con éstos y ello se establece en los derechos ciudadanos y el deber del estado de asegurarlos (normas y leyes que obligan al Estado). Obviamente, la historia del régimen democrático moderno ha sido la ampliación progresiva de esos derechos.

21

Lo propuesto en relación a qué hacer con la educación pública se basa en un trabajo previo que el autor desarrolló con otros profesionales a petición de parlamentarios de la oposición. Este equipo fue coordinado por el suscrito y lo constituyeron los profesionales Marcos Barraza, Cristian Bellei, Rubén D. Díaz, Gabriel de la Fuente, Nivia Palma y Rosa Riquelme. 22

La UNESCO (organismo de las Naciones Unidas encargado de la educación y la cultura) define que un Establecimiento es de Enseñanza Pública cuando “es controlado y gestionado por una autoridad pública o un organismo escolar público (nacional/federal, estatal/provincial o local), independientemente del origen de los recursos financieros”, y que un Establecimiento es de Enseñanza Privada cuando se trata de un “Establecimiento controlado y gestionado por una organización no gubernamental (iglesia, sindicato o empresa), independientemente de que reciba o no fondos públicos”. Análogamente, la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) entiende que “una institución es clasificada como pública si el control final descansa en (1) una autoridad o agencia educacional pública o (2) un cuerpo de gobierno (Consejo, Comité, etc.), donde la mayoría de sus miembros son designados por una autoridad pública o elegidos por una franquicia pública; (...) una institución es clasificada como privada si el control final descansa en una organización no-gubernamental (por ejemplo, una iglesia, una sociedad comercial, o una empresa), o si su Consejo de Gobierno está constituido mayoritariamente por miembros no elegidos por una agencia pública” (OECD, 2004).

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Entre otras razones, por ello el grueso de los sistemas educativos se organiza de modo de disponer poderosos sistemas de educación común de carácter público, siendo excepciones notables países como Chile, Holanda y Bélgica,23 en parte debido a sus propios desarrollos históricos. Se muestra a continuación cuadro comparativo de participación de la EP en distintos países (% de la matrícula atendida por esta modalidad de administración v/s otras modalidades). País Alemania Australia Austria Bélgica Canadá Corea S Chile Dinamarca EEUU Eslovenia España Estonia Finlandia Francia Grecia Holanda Hungría Islandia Irlanda Israel Italia Japón México Nva. Zel. Noruega Polonia Portugal Rep.Chec. R. Unido Suecia Suiza Turquía Prom.OCDE

Pública 96,1 69,5 94,4 45,9 95 98,6 42,2 86,5 90,2 99,7 68,5 96,0 98,6 85,1 92,7 n.d. 91,7 98,1 99,6 n.d. 93,2 98,9 91,7 87,6 97,7 97,4 88,1 98,5 94,9 92,4 92,4 97,8 89,5

Primaria Privada Ap.Est. 3,9 30,5 5,6 54,1 5,0 x 51,8 13,2 x 0,3 27,8 x 1,4 14,3 x x 8,3 1,9 x n.d x x x 10,2 2,3 0,7 3,2 1,5 0,1 7,6 7,6 x 7,6

Porcentaje de matricula según tipo de administración (2009) Secundaria baja Secundaria alta Privada Pública Privada Privada Pública Privada Privada Ap. Est. Ap. Est. x 91,1 8,9 x 92,5 7,5 x x 65,8 34,2 x 69,7 30,1 0,2 x 91,1 8,9 x 89,6 10,4 x x 39,7 60,3 x 43,7 56,3 x x 92,3 7,7 x 94 6,0 x 1,4 81,6 18,4 x 54,3 45,7 x 6,0 47,1 46,9 6,0 41,5 51,9 6,6 0,3 74,2 25,1 0,8 97,8 2,1 0,1 9,8 90,9 x 9,1 91,2 x 8,8 x 99.9 0,1 x 96,2 2,0 1,8 3,7 67,8 28,8 3,3 77,5 12,1 10,4 4,0 96,9 x 3,1 96,2 x 3,8 x 95,6 4,4 x 86,2 13,8 X 0,5 78,2 21,5 0,3 68,6 30,4 1,0 7,3 94,4 x 5,6 95,1 x 4,9 n.d n.d x n.d. n.d x n.d x 90,9 9,1 x 80,2 19,8 x x 99,2 0,8 x 79,4 20,3 0,3 0,4 100 x x 98,3 x 1,7 x n.d. n.d. x n.d. n.d x 6,8 96,0 x 4,0 91,1 3,6 5,3 1,1 92,8 x 7,2 69,0 x 31,0 8,3 88,7 x 11,3 81,5 x 18,5 2,1 82,9 12,1 5,0 72,0 15,7 12,2 x 96,9 3,1 x 90,5 9,5 X 1,9 96,2 1,1 2,7 86,9 1,3 11,9 8,7 81,2 5,1 13,7 75,8 4,0 20,2 x 97,4 2,6 x 85,9 14,1 x 5,0 80,7 13,3 6,0 56,0 38,1 5,9 x 89,7 10,3 x 85,5 14,5 x x 89,7 10,3 x 85,5 14,5 x 2,2 x x x 97,1 x 2,9 2,9 85,8 10,7 3,5 81,2 13,1 5,7

23

Hay que advertir que los modelos de Holanda y Bélgica, poseen un alto porcentaje de ofertantes educativos particulares apoyados por el Estado. En parte esto se explica por las particularidades históricas de ambas naciones, las que muy tempranamente en el siglo XX alcanzaron estos arreglos (confluencia de nacionalidades y creencias religiosas distintas). Una diferencia radical de estos países con el caso de Chile, entre otras razones por la larga data de esos arreglos educativos, es que las regulaciones y controles sobre los administradores privados son de un nivel de exigencias que se encuentra muy lejano a las actuales regulaciones de nuestro sistema, incluso considerando las recientes reformas que buscan una mayor regulación y control del Estado sobre el conjunto de los colegios (Superintendencia, Agencia de la Calidad, entre otras reformas).

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Otros países Argentina 76,9 17,8 5,3 77,4 17,3 5,3 69,0 22,6 8,3 Brasil 87,7 x 12,3 89,9 x 10,1 85,6 x 14,4 China 93,3 6,7 x 92,4 7,6 x 85,4 14,6 x India n.d. n.d n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. Indonesia 83,6 x 16,4 63,3 x 36,7 47,5 x 52,5 Fed. Rusa 99,4 x 0,6 99,5 x 0,5 98,8 x 1,2 Prom. G20 89,8 4,8 5,3 83,7 8,4 7,9 76,5 12,2 11,3 Fuente: Extraído de Education at a Glance 2011, Chapter C. OECD. Primaria (App): de 6 a 12 años; Secundaria baja 13-15 años, y; secundaria alta 16 a 18 años. Las convenciones para comparar datos las establece esta publicación. En ella también se indican las fuentes de datos a las que recurrieron. n.d.= missing (no hay datos). La tabla original posee diversas nomenclaturas no coincidentes para varios países, ello a pesar de que en los datos mostrados sumen el 100% de la matricula. En esos casos y para no utilizar una nomenclatura que introduce confusión, se optó por especificar con una x.

Los principios orientadores de la Educación Pública. Podrían ser: Calidad. La EP debe asegurar el logro de los conocimientos, habilidades y actitudes -competenciasque habiliten a los estudiantes para la participación activa en la sociedad, desarrollando sus proyectos de vida, seguir aprendiendo a lo largo de su vida e integrarse y contribuir activamente como participes en el mundo productivo y económico, cultural y social, así como en el ejercicio de una ciudadanía activa en democracia. El logro de esas competencias deberá ser evaluado y exigido por un sistema de aseguramiento de la calidad y equidad de la educación. Equidad, Integración e inclusión. La EP debe garantizar el acceso permanencia y egreso de todos los estudiantes, de modo que éstos logren las competencias que le permitan su desarrollo personal, económico, cultural y social, para que así se logre efectivamente la igualdad de oportunidades. La EP es una de las herramientas más efectivas de que dispone la sociedad para asegurar la mezcla social de la matrícula, y; para discriminar positivamente a la población con desventajas de origen. Estas condiciones que debe cumplir la oferta educativa pública, deberá ser evaluada y exigida por el sistema de aseguramiento de la calidad y equidad de la educación. Gratuidad. La EP debe garantizar el acceso, permanencia y egreso de una educación de calidad eliminando las barreras económicas que pudieran tener las familias y los estudiantes para acceder, permanecer y egresar de ésta. Compromiso con la democracia, los derechos humanos y la cultura cívica. La EP debe constituir un espacio formativo privilegiado para la convivencia democrática, la vida republicana y encuentro en la diversidad, el respeto a los derechos humanos y ejercicio de una ciudadanía activos. Pluralismo. La EP debe constituir una opción formativa que reconoce y permite la expresión, organización y difusión de diferentes cosmovisiones que en plano cultural, económico, político, social y religioso buscan expresarse, siempre respetando los derechos humanos y la convivencia democrática. Así también, la EP debe asegurar la articulación y expresión de los intereses de los estudiantes y sus familias en las organizaciones que estos se den.

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No discriminación arbitraria. La EP debe dar un trato no discriminatorio a todos los estudiantes, evitando la segregación social, étnica, religiosa, política, de género u orientación sexual de los estudiantes y sus familias o cualquier otra segregación que atente contra la igualdad de derechos de éstos. Promover la participación de la comunidad. La EP debe asegurar a sus comunidades educativas, su derecho a ser informados y a participar activamente en el proceso educativo en cada establecimiento, así también debe fomentar la integración de los establecimientos a su cargo con la comunidad de su entorno. Respeto a la diversidad cultural y multiculturalismo. La EP debe fomentar el reconocimiento y valoración al individuo y colectivos en su especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión e historia. De orientación laica y respetuosa de la libertad de conciencia. La EP debe garantizar la libre expresión de las ideas en el proceso formativo, así como el respeto a todas las opciones religiosas de los estudiantes y sus familias y realizar una formación según éstos lo demanden. Todo ello en el marco de la convivencia democrática y respeto a los derechos humanos. Transparencia. La EP debe asegurar el acceso a la información educativa relevante, incluyendo los ingresos y gastos y los resultados académicos de la EP a todas sus comunidades educativas y a la ciudadanía en general. 2. Un posible arreglo institucional de la educación pública a nivel escolar24. Cómo se puede lograr que nuestra educación pública sea de calidad y asegure mayores niveles de igualdad en los resultados de aprendizaje de todos los estudiantes de la educación común. El Estado debiera mantener y desarrollar un sistema nacional de educación pública (EP) que garantice el ejercicio universal del derecho a una educación de calidad, asegurando la presencia relevante de la EP a lo largo del territorio nacional. Para ello debiera otorgar prioridad y mantener una especial preocupación por la EP: i) constituyendo a ésta en un sistema nacional; ii) disponiendo para ella de una institucionalidad y regulaciones específicas, iii) desarrollando políticas de mejoramiento y expansión de ésta; iii) estableciendo nuevos mecanismos de financiamiento para ésta; iv) asegurando un financiamiento

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Esta propuesta trata de recoger y sintetizar los principales acuerdos existentes, ya que se han desarrollado múltiples propuestas desde que se conocieron las conclusiones del Consejo Asesor Presidencial para la Calidad del Sistema Escolar (2006) que convocó la presidenta Bachelet. Se debe aclarar que a pesar de un amplio campo de acuerdo, existen diferencias importantes aún no superadas. Para un análisis en profundidad se pueden revisar los siguientes trabajos, señalados en orden cronológico: Consejo Asesor Presidencial para la Calidad de la Educación, capítulo EP (2006); González, Mizala, Romaguera, Bellei, documento preparado para el MINEDUC (2008); Marcel, Raczynski, diagnóstico y capítulo propuestas en libro “la asignatura pendiente”... Uqbar (2009); Documento Panel de Expertos encargado por el ministro Lavín (2010); Bellei, Elacqua, García Huidobro, Raczynski y Valenzuela, en políticas de fin de ciclo. Unesco (2011); Bayer (2011). También se pueden revisar otros documentos tales como: Propuesta de EP del Colegio de Profesores (2011); Propuesta de EP “Educación 2020” (2011);

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exclusivo y privilegiado que le permita cumplir su misión; y; v) buscando convertirla en el referente práctico de la calidad para el conjunto del sistema educativo. Cómo debiera ser esta nueva institucionalidad. Este Sistema Nacional de Educación Pública debiera ser autónomo y descentralizado, debiendo incluir la participación activa de las comunidades locales. A nivel de los territorios, se debieran constituir organismos públicos que administrarán las redes de establecimientos públicos, que a la vez serán coordinadas y articuladas como un sistema nacional, por el nivel central (ministerio). Los rasgos centrales de los órganos de administración directa de los establecimientos públicos podrían ser: i) organismos autónomos y descentralizados respecto de la administración central del Estado, pero articulados y coordinados por ésta, una figura posible es que se constituyan como corporaciones de derecho público, y; ii) organismos especializados en la gestión educacional, entre otras características centrales poseer dedicación exclusiva a la educación. Su responsabilidad sería la gestión técnico pedagógica, administrativa y financiera de los establecimientos públicos bajo su administración. La experiencia internacional comparada nos muestra que estos órganos (en sistemas descentralizados) son especializados y profesionalizados. La misión esencial de estos entes debiera ser garantizar la provisión de una educación pública relevante y de calidad, fortaleciendo y mejorando la red de establecimientos públicos de su jurisdicción, orientando su acción por los criterios rectores de la educación pública y las orientaciones estratégicas del nivel nacional responsable de la EP. Debieran tener control directo de todos los componentes de la gestión educacional para que ella sea de calidad: i) diseño y ejecución de políticas locales de mejoramiento; ii) supervisión y apoyo hacia sus colegios; iii) contratación del personal docente y otro personal experto y administrativo; iv) decisión sobre la apertura-cierre-fusión de colegios, y; v) planificación y ejecución presupuestaria de la red de colegios a su cargo (se sigue aquí la experiencia comparada). Respecto de la dirección estratégica de estas entidades, la podría realizar un órgano colegiado con los derechos y deberes de un gobierno corporativo. Este sería el consejo directivo de la Corporación de EP, que incluiría dentro de sus miembros a representantes de la comunidad, elegidos por un procedimiento establecido en la ley. El ente administrador debiera contar además con una dirección técnica de excelencia (dirección ejecutiva), seleccionada mediante procedimientos rigurosos (se dispone hoy del sistema de alta dirección pública (ADP)). Este directivo sería nombrado por el consejo de la corporación de EP usando en todo caso procedimientos previos del tipo ADP. Así también, el personal directivo necesario para cumplir las funciones de apoyo y supervisión técnico pedagógica, apoyo administrativo y financiero, cuyo jefe directo es el director ejecutivo, también debiera ser seleccionado por un método que considere la participación del sistema de ADP. Se debiera asegurar la participación de la comunidad, incluso más allá de la posible inclusión en el consejo directivo. Ello se puede lograr, particularmente en las corporaciones de gran tamaño, a través de la creación de consejos consultivos de la ciudadanía como entes asesores y/o 19


fiscalizadores en algunas materias que establecería el cuerpo legal que regule a esta nueva institucionalidad. Respecto de la calidad jurídica de los trabajadores que laboren en estas administraciones, excluyendo a los docentes que trabajan directamente en los colegios, se debiera establecer un régimen laboral que asegure flexibilidad, para así facilitar la adecuada gestión de estos entes. En último caso, si ello no fuera políticamente viable, se debiera buscar una segunda mejor solución, estableciendo algunas reglas específicas y excepcionales para regular las relaciones contractuales de este personal, siempre cuidando conservar la capacidad de las administraciones para realizar ajustes de personal en función de su eficiente gestión. Es evidente que el actual arreglo con más de 346 administraciones posee serías restricciones para la adecuada coordinación y aseguramiento de mínimos de calidad educativa en el conjunto del sistema. Si queremos que la EP sea un efectivo instrumento de control de calidad es necesario, usando variados criterios, repensar el número de administraciones. No obstante lo anterior, la solución a este problema no es solo técnica, ya que tiene un componente político fundamental (los arreglos impactan la institucionalidad en las regiones y a los gobiernos locales). Por ello, la respuesta a la pregunta de cuántas y cuáles serían estos nuevos entes de administración, pasa en gran medida por establecer un procedimiento en el cual participen los agentes locales y territoriales, cuidando que el saldo final sea un número de administraciones significativamente menor que el actual. Un posible mecanismo sería: i) definir nacionalmente criterios que deberán orientar las propuestas que realicen las regiones25; ii) que el gobierno regional elabore una propuesta en diálogo con las autoridades comunales y otros actores relevantes de la comunidad regional, ello en un proceso reglado en el cual participen órganos del gobierno central (Ej.: Mineduc, Subdere), iii) el gobierno central decide sobre las propuestas que las regiones realizan, solo pudiendo rechazarlas fundadamente. En ese caso se debiera realizar un nuevo procedimiento; iv) se crean las Corporaciones de Educación Pública por un procedimiento establecido en la ley (Ej. DFLs), y; v) sólo mediante una ley se podrían modificar en el futuro. Definiciones respecto de los establecimientos educacionales. El centro y foco de la gestión educacional de las Corporaciones de EP debiera estar en los establecimientos educacionales públicos bajo su administración. Los establecimientos deberían actuar con autonomía bajo la conducción estratégica y proyecto educativo de la administración local, el cual debería partir desde los proyectos educativos institucionales de los establecimientos y ser construido participativamente. Los equipos directivos establecerían los procesos técnico-pedagógicos orientados al cumplimiento de metas y compromisos educativos con la entidad administradora, considerando el proyecto 25

Posibles criterios son: geográficos, demográficos, de identidad cultural, de desarrollo económico y social local, de economías de escala, eficiencia en la gestión, la posibilidad de configurar equipos profesionales competentes, la capacidad de supervisión de los establecimientos, la capacidad de gobernanza del nivel central, coherente y/o complementaria con la división político administrativa del país en regiones.

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educativo del establecimiento, el de la propia entidad administradora y a las políticas del sistema nacional de educación pública. El director y su equipo debieran tener atribuciones para administrar el personal docente y no docente a su cargo, dentro del marco de la carrera profesional de los docentes y los recursos que se les proporcionen por las entidades administradoras para cumplir las metas educativas del establecimiento. Los colegios de cierto tamaño (en base a estudio a realizar/Ej. entre 400 y 500 estudiantes), debieran contar con apoyo profesional para su administración y manejo financiero. Sería una exigencia para los equipos directivos, dentro de sus compromisos (contratos por la calidad) con la administración, realizar seguimiento y asesoría en la preparación y realización de clases (observación periódica y sistemática de clases, debiendo existir retroalimentación educativa a los docentes y registros de esos procesos) y estimular la retroalimentación educativa que realizan los docentes a los estudiantes, utilizando los datos y resultados escolares. Asimismo, deberían ser los responsables de fomentar el desarrollo profesional y la cooperación e integración del equipo docente a su cargo. Todo lo anterior, orientado a acentuar el liderazgo pedagógico en los cuerpos docentes. Otra exigencia para los equipos directivos, sería vincularse con la comunidad local de su entorno. Los directivos dispondrían de mecanismos institucionales que les permitan compartir sus prácticas y registros de sus prácticas con el resto de los establecimientos de la red local de EP en que están insertos. Un posible instrumento es la creación de consejos asesores de la Corporación de EP constituidos por los directivos y jefes de UTP de los establecimientos, los cuales trabajarían apoyando su respectiva administración. Los directivos y jefes técnicos (UTP) más destacados podrían, dentro de su carga de trabajo, liberar tiempo para apoyar la labor de asistencia técnica pedagógica que las entidades administradoras realizan a los colegios a su cargo. Los países de mejores resultados educativos poseen este tipo de instrumentos de política. Nuevos mecanismos de participación de los alcaldes. Si el arreglo institucional educativo supera el tamaño comunal, es posible que los municipios y sus alcaldes: i) establezcan convenios de cooperación con las administraciones educativas; ii) puedan, por ejemplo, desarrollar un rol de defensoría de los ciudadanos frente a la administración educacional y canalizar demandas ante los organismos de fiscalización (superintendencia de educación y/o ministerio), y; iii) cuando una administración coincida con el territorio del municipio, los alcaldes por ejemplo voluntariamente, podrían participar en el consejo directivo de la Corporación de EP. Sistema Nacional de EP Una pregunta clave y que no ha estado en el debate público con la profundidad que se requiere es cómo corregir la actual heterogeneidad de capacidades del sistema público. Esta es estructural y se da en todos los planos, entre los más importantes: en la diversa calidad de las ofertas educativas, el muy distinto volumen de recursos que disponen, la disímil capacidad para atraer personal profesional idóneo, etc. Por lo mismo, se requiere elevar significativamente los niveles de coordinación del sistema, más aún, si lo que se busca es que la EP sea el referente práctico de la calidad del sistema.

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Un posible camino es establecer efectivamente un Sistema Nacional. Por ello, a continuación se mapean algunas de las características que podría tener este sistema26. Su objeto sería regular y supervisar el funcionamiento de las corporaciones de EP través del diseño de políticas, normas, planes y programas para su coordinación y articulación, que permitan satisfacer las necesidades educativas en los diversos territorios. Ello en el marco de objetivos educativos nacionales. Las funciones del nivel central podrían ser: i) mejorar el modelo de gestión de las administraciones educativas, con énfasis en la estandarización nacional del servicio educativo público, a través de herramientas normativas; ii) asegurar metas de acceso, para la permanencia y calidad al egreso de los estudiantes de la educación pública, mediante la gestión de las brechas educativas, formas de superarlas y la generación de oferta requerida en los territorios; iii) mejorar la disponibilidad, distribución y competencias de personal experto y de apoyo y asistencia técnica a las corporaciones de EP a lo largo del territorio nacional, y; iv) mejorar la gestión y el uso de los recursos públicos asignados a las corporaciones de EP, a través del fortalecimiento y uso de sistemas de apoyo a la gestión de costos. Finalmente este órgano debiera desarrollar políticas nacionales de apoyo a la EP a través de programas y/o otras iniciativas de política (incentivos y fomento de capacidades). En particular desarrollar programas de apoyo a su gestión, de creación, recuperación y fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento escolar, ello en coordinación con los gobiernos regionales. Este nivel se relacionaría con las administraciones estableciendo compromisos de gestión de procesos y resultados escolares o convenios para la calidad. En esos convenios se establecerían también definiciones nacionales que enmarquen la acción de las entidades administradoras y los establecimientos de la EP. Además, este nivel supervisaría el cumplimiento de esos compromisos o convenios, considerando en acuerdo con las corporaciones de EP, también a las políticas nacionales para la EP. Esos convenios incluirían acuerdos de carácter estratégico, orientaciones técnico-pedagógicas, junto a metas parciales y finales según periodos temporales específicos. El centro a través de su nivel regional, daría también seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones que en materia de calidad realice la Agencia de la Calidad a la respectiva red de establecimientos administrada por cada entidad. Desarrollaría políticas, dispositivos de apoyo y ayuda especializada de carácter nacional a las corporaciones de EP para el efectivo cumplimento de sus metas y/o políticas del sistema nacional de EP, determinando medidas de apoyo directo a estas entidades. También, podría actuar cuando las corporaciones de EP posean déficits importantes de funcionamiento, todo de acuerdo a las evaluaciones de la Agencia de la Calidad; igual cosa cuando ocurra que la Superintendencia detecte graves anomalías en la rendición de cuentas. El servicio nacional podría disponer la remoción anticipada de los Directores de las Corporaciones de EP cuando se incumplen las metas y resultados convenidos y/o las políticas del sistema nacional de EP, ello en consulta a los consejos directivos de las Corporaciones de EP. También realizar la intervención y eventualmente la reestructuración de estos órganos ante graves anomalías de la gestión o incumplimiento grave de sus objetivos. 26

Sobre este punto existen amplias discrepancias entre el actual gobierno y la oposición.

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Este ente nacional se podría constituir al interior del Mineduc como una subsecretaria o división encargada del sistema nacional (Ejemplo en salud: Subsecretaría de redes) estableciendo cuerpos regionales (significaría restructurar las Seremis de Educación), livianos, altamente calificados que serían los que se relacionarían con las administraciones locales y realizarían las funciones de monitoreo, evaluación y apoyo, según cumplimento de metas, programas y/o políticas nacionales, rindiendo cuenta de su accionar a esa subsecretaria o división. Aunque no se señala explícitamente en el texto, la propuesta toma en cuenta algunos aprendizajes de la experiencia internacional respecto de los modos de organización de los colegios públicos, con un foco analítico en los aspectos institucionales (para ello ver cuadro Anexo 2).

3. Medidas inmediatas y urgentes para la sobrevivencia de la EP en términos de su relevancia cuantitativa. Es urgente actuar si observamos la evidencia reciente acerca del creciente deterioro del prestigio de la EP. En una encuesta de representatividad nacional a padres y apoderados (adultos con hijos en el sistema escolar) realizada entre fines del año pasado e inicio del actual, por el Centro Democracia y Comunidad (CDC), se observa que un 76% de esos padres y madres considera como una característica positiva de nuestro sistema el desempeño de los colegios privados, en cambio, esa misma cifra cae significativamente a un 34%, al evaluar positivamente el desempeño de los colegios municipales (desacuerdo de un 66%). En esa misma encuesta, se consulta respecto de la calidad de la educación que entregan distintos tipos de instituciones, siendo la educación municipal la peor evaluada en una escala de 1 a 7 (4,34) y su competidora directa, la educación particular subvencionada, la segunda mejor evaluada respecto de todas las consultadas (5,44).

Fuente: Encuesta Nacional Educación Escolar, Marzo 2012. Centro Democracia y Comunidad.

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Dos aspectos adicionales que nos muestra esta encuesta son. Primero, el drástico cambio al comparar en qué tipo de institución estudiaron los padres (encuestados) respecto de sus hijos, así un 74% los padres señalan que estudiaron en un colegio municipal y ese porcentaje cae a un 41% cuando se les consulta por sus hijos. En cambio para el caso de los colegios particular subvencionados, esos porcentajes se han movido dramáticamente en un sentido inverso, desde el 18 al 53%. Segundo, ante la consulta de qué colegio preferirían, si tuvieran igualdad de condiciones al momento de elegir, un 68% de los padres y madres señala preferir un particular subvencionado y solo un 30% a uno municipal. Al observar los resultados según nivel socioeconómico por ejemplo, se comprueba que estos resultados generales no son significativamente distintos. Es más, la percepción acerca de la calidad de los colegios municipales de los padres que mayoritariamente envían a sus hijos a esos colegios (sectores más vulnerables), es significativamente más negativa que la de los otros estratos. Así, el escenario es complejo, ya que la medida más urgente es detener la sistemática caída de la matrícula de la EP, estando esa caída íntimamente asociada a un factor de carácter simbólico: la perdida de prestigio de esta modalidad de administración educativa, que además se ha constituido en una percepción muy consolidada e instalada en la población. Parte de estas políticas debieran tener como condición el no requerir de leyes, dado que resulta imperativo actuar aquí y ahora. Así, se deberían imaginar un conjunto de medidas administrativas que logren el propósito al menos de detener la caída de la matrícula. Estas medidas inmediatas debieran engarzar con los cambios institucionales y financieros ya descritos y que operan en el mediano y largo plazos. Qué tipo de medidas se pueden abordar nacionalmente: i) campaña impulsada por los propios municipios para recapturar matrícula el próximo año escolar y al mismo tiempo, en el plano simbólico, de revalorización de la EP y consecuente recuperación de su prestigio (evitar que siga produciéndose la fuga de la EP). Existen experiencias aisladas de las cuales se puede aprender para replicarlas masivamente, más precisamente desde el momento que se inicie el proceso de matricula del próximo año (E. Maipú)27; ii) aprovechar el actual fondo de apoyo a la gestión municipal (MM $ 40.000 anuales) para desarrollar iniciativas como la anterior y otras que motiven a los alcaldes a mantener y mejorar el servicio educativo que prestan28. Ahora, en el caso de la ley, esta debiera contemplar la creación de un fondo especial para la transición hacia la nueva EP que permitiera que estos recursos además, que ser utilizados para iniciativas de alto interés de las autoridades locales (alcaldes), tengan impacto indirecto en educación. Un modo de no desperdiciar los recursos otorgados a los municipios sería que las remesas siguientes se entreguen contra el cumplimiento de compromisos que los alcaldes asumieron a la primera entrega de estos fondos especiales (fondos contra convenios).

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Verdaderas fuerzas de venta de la propia corporación que difundieron en los barrios de la comuna las bondades de la educación que ofrecen. 28

La percepción generalizada de esas autoridades (alcaldes) de que se les quiere separar de la responsabilidad de administrar la educación puede ser otro factor de aceleración de la crisis, ya que una conducta altamente probable, es que dejen de prestar la debida atención a este servicio.

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Esa transición también debiera contemplar un mecanismo que permita a la superintendencia auditar el gasto de las administraciones de la EP aun en manos de los municipios y por tanto sin giro exclusivo en educación.

4. Las capacidades docentes, el tema central a nivel escolar. El fortalecimiento y mejora de la EP pasa porque esta modalidad de administración educacional atraiga y mantenga a los mejores docentes en sus aulas y colegios. Por qué son importantes los docentes. Como lo afirma el informe McKinsey (Barber & Mourshead, 2007) “La calidad de un sistema educativo tiene su techo en las capacidades de sus docentes”. Si eso es efectivo, la tarea central será crear capacidades en la base del sistema, entendidas como la existencia masiva de docentes y equipos directivos altamente competentes en el logro de los aprendizajes de los alumnos en todas y cada una de las instituciones educativas del sistema escolar. Esa es la clave para lograr un sistema escolar exitoso29. Dicho así, el desafío es la creación de capacidades pero ¿Cómo se logra aquello? Desde la experiencia internacional se plantea que uno de los caminos es la instalación de mecanismos de responsabilización y rendición de cuentas de los actores e instituciones del sistema escolar. La lógica de estos dispositivos sería el crear un adecuado balance entre incentivos/apoyos y exigencias/presiones, fomentando una cultura evaluativa, de modo que los diversos actores se vean impelidos a hacerse cargo de sus propias responsabilidades y respondan por las mismas. Para ello debieran existir múltiples mecanismos y políticas de apoyo que fomenten las fortalezas de los agentes educativos, en particular de los docentes y los directivos a cargo de éstos, de modo tal que estos profesionales efectivamente se hagan cargo de su tarea central: el aprendizaje de los alumnos. Para ello se requiere de un centro o ministerio poderoso capaz de prescribir y apoyar allí donde esas capacidades no se han desarrollado suficientemente. De lo anterior se plantea una estrategia de cambio en la cual fomentar las capacidades docentes resulta clave. Junto a ello es relevante orientar al personal docente de excelencia para que se haga cargo de las instituciones escolares que por las características de sus estudiantes requerirían de mayor atención. Al mismo tiempo, a los colegios que por sus resultados son capaces de actuar con mayor autonomía, habría que buscar se conviertan en apoyo efectivo a los equipos y lideres educativos de otros colegios que no poseen suficientes fortalezas. La idea en este diseño es que las comunidades educativas se hagan crecientemente responsables de los resultados que obtienen sus estudiantes y asuman esta misión, cada vez más activamente, innovando y mejorando de manera continua su acción de enseñanza-aprendizaje.

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Este es un aspecto capital de la agenda educativa, sin embargo ha sido completamente invisibilizado.

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En el siguiente esquema se muestra la lógica de este tipo de Reforma. Proceso de cambio desde la prescripción a la plena autonomía

Hacia una reforma sustentable : Todas las escuelas son efectivas Construyendo capacidades

Prescripción

Profesionalismo

Prescripción Nacional

Alta Excelencia Alta Equidad

Rol Clave de Fuerte rol Ministerio

Ministerio Prescripción detallada de lo que deben hacer las escuelas

Rol Clave de Construyendo Actores Locales capacidades

Liderazgo

a nivel

Fuerte rol Escuelas

Escuelas liderando La Reforma

de sistema

Fuente: Hopkins, 2008. Modificado por el autor.

Así el esfuerzo de política pasa por impulsar a las escuelas hacia la mejora, partiendo probablemente de una intensa prescripción, para en la medida que se desarrollen las capacidades docentes fomentadas por un liderazgo pedagógico también efectivo, las escuelas desarrollen sus propias fortalezas y superen sus debilidades y así vayan ganando crecientes espacios de autodeterminación y eficacia educativas en términos de la calidad de los aprendizajes de sus alumnos. Finalmente, cuando los docentes y los líderes educativos desplieguen plenamente esas capacidades, se logrará un sistema escolar donde todos los alumnos aprenden en alto estándar. La mejora continua de la calidad terminará siendo liderada por las escuelas, que serán verdaderos “crisoles” de innovación y mejora. Ese proceso no posee atajos, se trata de la creación de capacidades y en esa tarea los docentes y líderes pedagógicos son clave, en particular estos últimos que permitirían aprovechar las energías y capacidades subutilizadas de nuestra docencia, creando además una cadena virtuosa –al elevar las expectativas- lo que con seguridad permitirá que se logren en el menor tiempo posible, avances sustantivos en la calidad de los aprendizajes de nuestro estudiantado. Una nueva carrera docente El propósito central de este dispositivo de política pública sería atraer a personas talentosas a la pedagogía y retener a los de mejor desempeño en el ejercicio de esta profesión. Así, la nueva carrera es parte de una agenda más global de desarrollo de capacidades docentes que incluye: i) la creación de instrumentos para estimular los estudios de pedagogía; ii) nuevos programas y exigencias de calidad a los programas de formación inicial de los docentes; iii) creación de examen de habilitación para el ejercicio profesional en el sistema financiado por el 26


estado; iv) una nueva carrera para todos estos profesionales, que les atraiga a los centros escolares con mayores dificultades, permita la promoción horizontal y vertical en base al mérito y que contemple mecanismos de salida de la misma en los que su desempeño profesional sea una variable determinante. Analizamos a continuación opciones respecto de ámbitos clave en la mejora de la carrera. Requisitos para el ejercicio profesional docente o la mejora de los candidatos que desean estudiar pedagogía y los programas formativos de los mismos. Medidas que apuntan a mejorar el reclutamiento de los futuros profesionales, algunas de las cuales ya están en curso y están teniendo efectos podrían ser: i) estímulos para atraer a estudios de pedagogía a los estudiantes de mejores resultados en la prueba de selección universitaria30; ii) elevar las exigencias a los programas de formación de estos profesionales (acreditación que incluya resultados como las competencias requeridas al egreso de esos estudiantes, tasas de retención, éxito oportuno e inserción laboral)31; iii) desarrollar programas de fomento de las capacidades en las instituciones formadoras de profesores (revisión de mallas, formación de investigadores y doctorados, exigir vínculo y experimentación en colegios del sistema, entre otros aspectos); iv) incentivar a las instituciones de educación superior en el desarrollo de programas de formación continua para docentes en ejercicio (Áreas clave son: la formación de lideres pedagógicos o directivos; la formación de profesores en servicio en disciplinas en que existen debilidades: matemáticas y ciencias son ejemplos relevantes); v) para el desarrollo de programas de fomento de la calidad de la formación inicial y en servicio (como los descritos), se debieran promover desde el Estado la formación alianzas entre las instituciones formadoras nacionales y centros lideres mundiales en el campo (intercambio de docentes formadores, proyectos de investigación y formación conjunta, pasantías de investigadores en Chile, entre otras). Ingreso a la carrera docente. Respecto del ingreso a la carrera se deberían elevar las exigencias y al mismo tiempo mejorar las condiciones de entrada apoyando a los docentes noveles. Medidas posibles son: i) examen de habilitación para el ingreso a la profesión que evalúe competencias disciplinarias y pedagógicas de los postulantes (requisito para ejercer en la EP). En todo caso este examen debe considerar una fórmula de salida para los estudiantes que lo reprueben que también responsabilice a las instituciones que les formaron; ii) instalar procesos de inducción a los docentes noveles para que sean acompañados durante su primer año de ejercicio por profesores experimentados o mentores (existen experiencias ejemplares en el mundo), y; iii) elevar el ingreso de entrada a la carrera haciéndolo equivalente a otras profesiones de alto prestigio. Respecto de la promoción en la carrera y las condiciones de trabajo de estos profesionales. El foco es fomentar la mejora continua a través del trabajo de pares y el desarrollo de innovaciones (Barber, Mourshed & Chijioke, 2010). Ello implica reconocer que la pedagogía es un campo del 30

Según datos del Mineduc, la medida de otorgar becas de arancel y adicionales de mantención según puntaje (700) a los estudiantes de buenos resultados en la PSU (sobre 600) y que se matricularan en pedagogía, exigiendo además un puntaje de corte en la respectiva carrera (500), significó que este año el porcentaje de estudiantes del 30% de mejores resultados en la PSU aumente entre 10,7 a un 18,1% respecto del promedio del periodo 2007-2010. Habiéndose elevado el puntaje promedio de los aceptados en pedagogía en 13 puntos. Por otra parte, la probabilidad de que un alumno con 600 o más puntos escoja la carrera de pedagogía creció entre un 30 y 40% y en más de 100% para los estudiantes con 700 o más puntos. 31

El problema actual es la sobreoferta de carreras de pedagogía. Aunque ello no impide que exista escasez de profesores en algunas asignaturas, particularmente en educación media: matemáticas, ciencias, inglés, entre otros.

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saber humano que se basa en la práctica y que por definición, para asegurar su mejora continua, requiere del trabajo colegiado y colaborativo (trabajo en equipo sobre cómo mejorar las prácticas). Si no se tiene en cuenta este hecho en el diseño del modelo de carrera, los efectos del cambio pueden resultar perjudiciales. Dicho lo anterior, el diseño de incentivos tiene que ser cuidadosamente pensado. Generar en algún grado tensión competitiva entre pares y al mismo tiempo fomentar la colaboración no es un producto fácil de lograr, ya que se requiere de un delicado equilibrio entre exigencias/contención y apoyo. Qué medidas abordar respecto de la promoción horizontal de los docentes. Un requisito a priori es: i) simplificar la actual estructura de remuneraciones de los docentes del sistema municipal, para hacer más visibles los incentivos al desempeño, que hoy son aún muy insuficientes, no llegando a representar un 7% de la remuneración de un docente promedio de este sector (la de antigüedad representa un 26,8% de esa remuneración promedio); ii) incrementar los incentivos colectivos a los equipos docentes según los resultados que obtiene el colegio (SNED), de modo que este llegue a representar un porcentaje superior al 10% de la remuneración a los docentes que lo reciben; iii) crear un incentivo individual y progresivo (definiendo categorías de desempeño), que se asigne por la superación de pruebas de carácter nacional que miden competencias disciplinarias y pedagógicas.32 Este incentivo, una vez ganado, se conservaría en el tiempo aunque igual el docente debiera rendir exámenes periódicos y se iría incrementando según categoría en que sea clasificado según sus resultados en las pruebas. Esa asignación solo se podría perder y ganar según los resultados de las pruebas, en el último escalón de las categorías que se definan (podrían ser cuatro). Se aplicaría para los docentes de aula (buscando que los de buen desempeño se conserven en ella). Esta remuneración, que sería progresiva según categoría y por tanto cada vez más selectiva, debería, en la categoría superior llegar a ser equivalente a la de un director de buen desempeño; iv) en el caso del personal directivo y técnico pedagógico, hay que evaluar qué mejoras realizar, una vez en régimen las recientes reformas remuneratorias establecidas en la ley de calidad y equidad (Ley N° 20.501, de Educación, 2011) y aprendidas algunas lecciones de esa experiencia,33 y; v) la posesión de estos incentivos facultaría a los docentes para entrenar a sus pares (círculos de calidad) o para desarrollar actividades de actualización en el caso de que no progresen en la escala. Para ello se les debería liberar tiempo de dedicación, facilitando así la instalación en los colegios y territorios de espacios de reflexión y formación pedagógica continua 32

Respecto de la posible participación y toma de decisiones de los directivos en el otorgamiento de incentivos, si bien teóricamente parece correcto, habría que analizarlo con mayor profundidad. Son temas a tener en consideración: cómo mantener el trabajo de equipo; cómo transformar las practicas directivas de modo que estos tengan un juicio pertinente y acabado respecto del desempeño de cada uno de los docentes (por ejemplo la observación de clases es una práctica de reciente introducción en Chile y aún no es suficientemente extendida), y; cómo asegurar evaluaciones “justas” que permitan la movilidad de los docentes entre colegios. Sin lugar a dudas, es un avance que los directivos deban evaluar el desempeño de los docentes de aula a su cargo, sin embargo los resultados de estos procesos son relativamente estables y tienden a sobre apreciar las competencias de los docentes evaluados, de aquello se puede concluir que queda mucho por mejorar en esta materia Respecto de esto último habría que señalar que algunos autores advierten (Jacob & Lefgren, 2006, 2008) que por más rigor que los directivos pongan en la acción evaluativa, serán capaces de discriminar solo desempeños extremos (10 a 20% de la docencia) y no reconocer de manera efectiva diferencias en la enorme gama de desempeños intermedios. 33

Por lo mismo, resulta preocupante que la ley de carrera docente que recientemente ha enviado el gobierno, introduzca modificaciones a una ley (N° 20.501) que aún no entra en régimen. Legislar de ese modo puede tener como efecto que los actores aumenten sus incertidumbres de manera significativa, con las negativas consecuencias que ello tiene.

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(Reuniones de trabajo técnico en los colegios, talleres comunales por disciplina, etc.), y; vi) los incentivos remuneratorios debieran incluir un porcentaje según las características del estudiantado del colegio en que el profesor(a) labora, discriminado positivamente según vulnerabilidad de ese estudiantado. Respecto de la promoción vertical o cambio del rol. Como ya se mencionó, se acaban de realizar cambios respecto de cómo progresar en la carrera profesional, ahora verticalmente, por ejemplo entre el aula y la dirección de colegios. Estos consisten en: i) modificaciones relevantes a los sistemas de selección de directivos; ii) una mejora remuneracional importante para estos profesionales que hará atractiva esta posición en los colegios. Ella se asocia al tamaño y características de la matrícula del colegio que dirigen (la renta promedio de estos profesionales se incrementaría en un rango que oscila entre un 33,5 y 89,5% según el valor por tramos de esas variables); iii) otorga mayores competencias y responsabilidades a los directores, entre las cuales, las más relevantes son que podrán en adelante constituir sus equipos directivos como staff de su confianza y también podrán despedir anualmente hasta el 5% de los docentes de más bajo desempeño del colegio, calificados en las categorías más bajas por el sistema de evaluación docente ya existente (sistema de evaluación referido a estándares de carácter nacional). Otra atribución importante, al mismo tiempo deber de estos profesionales, es la de establecer convenios de desempeño con sus administradores, existiendo un sistema de evaluación del desempeño, ahora para directivos, que se basa en el cumplimiento de dichos convenios, aunque aun es muy poco extendido. A futuro y en la medida que existan evaluaciones preliminares de las propuestas actualmente en operación, se pueden plantear medidas como las siguientes34: i) crear un incentivo individual y progresivo (definiendo categorías de desempeño), que se asigna por la superación de programas de formación en el liderazgo educativo, que son ofrecidos como un sistema de acreditación de cursos, otorgándose vía concurso un número acotado de becas estatales a los docentes que deseen hacerlo y posean méritos. El cambio de categoría y también de rentas se debería producir por el acumulado histórico en el cumplimiento de metas que los directivos comprometieron en los convenios para la calidad que anualmente suscribieron con sus sostenedores. Este incentivo se conservaría en el tiempo, una vez ganado y se iría incrementando según la categoría (ello no excluye la re acreditación periódica que tendría un carácter formativo), el incentivo se podría perder periódicamente en el último escalón de categorías (la parte correspondiente a ese nivel). Se aplicaría para los docentes directivos y técnico pedagógicos; ii) mejorar el actual incentivo colectivo para los cuerpos directivos y técnico pedagógicos, el cual hoy posee un alcance muy limitado; iii) crear un sistema de formación continua para los lideres educativos en el cual 34

Existe evidencia acumulada respecto de la importancia del liderazgo directivo en los aprendizajes escolares de los estudiantes. Leithwood (2007), autor canadiense muy reconocido en el campo, señala que se pueden identificar cuatro grandes campos de acción de los directivos que inciden indirectamente en los aprendizajes de los estudiantes a través de los docentes. Ellos son: mostrar dirección de futuro, como la capacidad de motivar y establecer un propósito moral, visionar y otorgar misión al colegio y su equipo docente; desarrollar personas, como la tarea de construir conocimiento y habilidades del personal docente para el cumplimiento de las metas del colegio y mantenerles altamente motivados; rediseñar el colegio, como el conjunto de prácticas para generar condiciones de trabajo en las cuales el personal docente se mantenga motivado y se desarrollen plenamente sus capacidades; finalmente, gestionar la instrucción, que agrupa al tipo de prácticas asociadas a la acción de los docentes en el aula, la supervisión de esa tarea y la retroalimentación constante con los docentes, respecto de los resultados escolares de los estudiantes. Una moderna carrera docente, ahora para los lideres educativos debiera fomentar esos campos de prácticas, ya que la evidencia que tenemos hoy nos indica poseen impacto en el aprendizaje de los estudiantes.

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participen como instructores, directivos destacados, creando incentivos remuneratorios y disponibilidad temporal para el ejercicio de estas labores; iv) como ya se señaló antes, en el caso de la EP, en la medida que el número de estos profesionales mejor entrenados se incremente, facilitar su inserción en las administraciones educacionales, como entrenamiento para cumplir ese rol y como una herramienta que facilite su ubicación en posiciones estratégicas y/o asegurar que puedan servir en los territorios y escuelas donde más se requiere por la escases de capacidades. Particularmente, la presencia de lideres en las administraciones educacionales adquiere la mayor importancia, ya que este es un eslabón normalmente olvidado por la reforma chilena, y; v) como una tarea de gestión del sistema, dentro de la carrera se debieran crear instancias y disponer de recursos temporales, especialmente en la EP, para que estos profesionales puedan intercambiar y circular las buenas prácticas entre los equipos de lideres, creando redes de trabajo cooperativo, consolidando el desarrollo de innovaciones diseñadas y ejecutadas por las propias escuelas o redes de ellas (lideres en red). Condiciones de trabajo. En este campo se podría avanzar en: i) incrementar las horas no lectivas (de trabajo técnico sin presencia frente a estudiantes) de los profesores de aula de la EP, comprometiendo esas horas para la preparación de clases, la reflexión sobre la practica/clases, el análisis de resultados de los estudiantes, etc. El proyecto de ley que el actual gobierno ha presentado contempla aumentar las horas no lectivas de los docentes de aula y, aunque en su formulación no queda claro a cuantos docentes beneficia, ello es muy positivo (pasa de la actual proporción 75-25% a una 70-30%). En este campo debiéramos tender a acercarnos a los estándares que poseen países de gran desarrollo educativo (ejemplos. Escocia 60-40%, Japón: 5050%, etc.), y; ii) una lección importante que nos dan los sistemas exitosos, es que liberan a los lideres educacionales de las tareas administrativas rutinarias que les sacan de su prioridad en el aprendizaje de los estudiantes, así y en la medida que se alleguen más recursos a la educación, se podría avanzar en la instalación en los centros escolares de personal profesional de auxilio en las tareas administrativas y financieras. Mecanismos de salida de la carrera. Una meta es diversificar los mecanismos por razones de mal desempeño sostenido o edad muy avanzada de los docentes: i) existe un mecanismo para poder exonerar a los docentes de reiterado bajo desempeño, el cual habría que evaluar una vez ya en plena operación (5% anual de docentes evaluados como insatisfactorios y básicos por el proceso de evaluación docente del sector municipal). El total de docentes elegibles para ese 5%, según los datos que arroja esa evaluación hasta el 2011, representan aproximadamente 1/3 del total de la actual dotación de estos profesionales en el sector municipal. Como parte del modelo, se podría considerar el juicio experto del director, por ejemplo ampliando el universo de elegibilidad legalmente y permitiendo el uso de la mejor capacidad de discriminación de los extremos de desempeño que posee este personal, según lo ha demostrado la evidencia acumulada (Jacob & Lefgren, 2006, 2008); iii) finalmente, dado que la EP posee una planta docente envejecida35, se deberían mantener en el tiempo, mecanismos transitorios que se han desarrollado para incentivar el retiro de los docentes en edad de jubilar.36 Debiera hacerse en un programa que al menos se proyecte en una década, evaluable en su marcha, según el cumplimiento de metas. 35

De los datos recogidos hasta el año 2009 en el estudio longitudinal sobre la profesión docente que realiza el Mineduc desde 2005, se observa que las remuneraciones del sector municipal son menores que las del sector particular subvencionado, en el caso de los docentes de menos de 50 años. Esa situación se invierte para los docentes mayores de 50 años. Además, la edad promedio de los docentes del sector particular es 7 años menos que la del sector municipal. 36

Existe una vasta gama de ejemplos de estos planes que se podrían usar como referencia para el diseño de uno nuevo.

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Finalmente, tres temas globales que debieran ser definidos y tienen enormes consecuencias para el diseño y la estimación de costos de un nuevo modelo de carrera que logre el propósito de atraer y retener a profesionales competentes en la profesión docente. Primero, se debe resolver si la carrera docente solo se aplicará al personal de los establecimientos de educación pública o simplemente y por ser un sector que buscamos movilizar en su conjunto incrementando sus capacidades, aplicará al conjunto de la docencia. Se podría seguir con el actual régimen parcial en el sector particular subvencionado, sin embargo ello ha producido unas asimetrías entre la EP y la particular subvencionada que hoy afectan la gobernabilidad del sistema en su conjunto. Si la carrera será para la EP, el nuevo financiamiento debiera ser exclusivamente para esa modalidad de administración educativa. Segundo, el proceso de instalación de la nueva carrera. Se hace exigible la incorporación a todos los docentes de la EP en un plazo establecido, por ejemplo 6 años o, simplemente, se hace exigible solo para los nuevos docentes y/o voluntaria para los docentes ya en ejercicio, considerando un lento y prolongado proceso de instalación de la nueva carrera. Podría por ultimo existir una amplia gama de posibilidades entre estos dos polos, en los que está en juego la masividad y velocidad de instalación de la nueva carrera. Tercero, en relación al alto costo y los mecanismos de financiamiento de esta nueva carrera. Respecto del costo. Solo para tener un orden de magnitud, la propuesta del actual gobierno considera un mayor costo de App. USD 1,400 millones anuales en régimen, los que al ser traspasados vía subvenciones en la práctica están entregando importantes recursos no atados a los sostenedores particulares subvencionados. Más importante aún, si se pretende construir una carrera basada en el mérito y a la vez maximizar el uso de los recursos en ese fin, se debería repensar y reconfigurar completamente el actual sistema de financiamiento vía subvenciones, el cual no es un buen mecanismo de asignación de recursos, cuando estos son diferenciados y altamente localizados, como se requeriría en una carrera basada en el mérito37.

5. Gradualidad (plazos y recursos). Financiamiento de la reforma propuesta. Un tema central del cambio institucional es su costo y necesario financiamiento. La reforma implica unos desembolsos mayores, algunos por una vez y otros, muy cuantiosos, permanentes. Respecto de las fuentes y modalidades de financiamiento, las entidades de administración de la EP: i) debieran contar con un presupuesto propio, fijado por ley, en base a criterios objetivos asociados al cumplimiento eficiente y eficaz de su misión (por ejemplo para la contratación de personal calificado en esas administraciones); ii) las Corporaciones de EP debieran recibir además una subvención especial y exclusiva para el desarrollo de la Educación Pública, adicionales al financiamiento común para establecimientos públicos y privados. Ello en razón de las mayores exigencias que posee la EP respecto de los sostenedores privados (Ej. Exigibilidad de estándares

37

Una posibilidad radical para resolver este problema es que sea el nivel central el que se haga cargo de la planilla docente, con los riesgos y beneficios que ello implica. Ello ocurre en algunos países (ver Anexo 2).

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indicativos y planes de mejora, además de las obligaciones generales que les impone la ley, entre otras: gratuidad, asegurar un acceso universal y la inclusión de la matricula); iii) debiera además, existir un fondo nacional para la construcción y mantenimiento de la infraestructura y equipamiento de la EP (Se provisionan recursos similares o equivalentes a los que hoy existen y se asignan a través del FNDR). Finalmente, una función clave de la autoridad nacional del sistema de educación pública debiera ser la de participar en la elaboración del presupuesto anual destinado a cada Corporación de EP. Ello en base a los proyectos de desarrollo de éstas y las políticas nacionales definidas. Durante la transición debiera existir un financiamiento adicional y especial para cubrir los costos de instalación del nuevo sistema. Los costos de esta reforma junto a los requerimientos que plantea una nueva carrera docente plantean el desafío de modificar sustantivamente el actual mecanismo de subvención escolar, ya que sería necesario repensar ese subsidio, estableciendo un nuevo equilibrio entre sus énfasis en la demanda y sus características v/s la oferta y sus características (Un ejemplo en esta dirección es la subvención preferencial por concentración cuyo énfasis está en la oferta y no en la demanda)38. Potenciales costos de la reforma. En un primer intento por dimensionar el esfuerzo financiero que implicaría una reforma como la propuesta y solo a grosso modo, se puede señalar que: i) los costos financieros de la transición producto de indemnizaciones a los municipios por la expropiación de bienes muebles e inmuebles39 . Esos costos podrían ser fuertemente amortizados si el Estado hace efectivo el cobro a través de la condonación de numerosas deudas impagas que hoy mantiene un número muy relevante de municipios. Respecto de los que no caen en esa situación, los municipios ricos, este costo se puede prorratear a largo plazo ofreciéndoles exenciones transitorias, por ejemplo a parte de sus contribuciones al Fondo Común Municipal; ii) Solo a modo de ejercicio, se ha estimado un incremento que cubriera la nueva carrera docente de la EP y la operación de esta última. Esta debiera ser una subvención exclusiva para los establecimientos de educación pública (fondos basales de la EP) 40.. Sabemos que la educación pública posee mayores obligaciones que la privada respecto de lo que le es exigible por la sociedad. Además, tiene y tendría mayores costos de las reglas laborales que aplican a los docentes que prestan servicio en esta modalidad de administración educativa41.. Por último, si la nueva institucionalidad consistirá en la sustitución de los municipios por nuevos entes que administrarán la educación pública, a todas luces es necesario sustituir los actuales aportes que realizan los municipios, representando estos el 17% del total de subvención general que la EP 38

Subsidio que reciben las escuelas según el porcentaje de alumnos prioritarios que concurren a estas. Los fondos se incrementan en la medida que la institución escolar posee mayor porcentaje de estos alumnos (existen cuatro tramos). 39

Solo como referencia, lo gastado en infraestructura escolar durante la implementación de la JEC bordea los USD 1,700 millones. Si se logran ahorros por efecto de mecanismos que puede utilizar el fisco, los recursos frescos se podrían estimar en 1/3 de ese valor. 40

Con estos recursos también se sustituirán los actuales aportes de MM$140.000 que hoy invierten en educación los municipios. 41

Este punto solo sería revisable si la carrera base docente se convierte en universal (para todos los docentes).

32


recibía a diciembre de 2011 (total de subvención que recibieron los municipios es de MM $ 830.000). El volumen de recursos es significativo y por tanto se requieren inyectar al sistema de manera gradual. Un horizonte razonable para la entrada en régimen de la reforma es un periodo de diez (10) años contados desde el inicio de su implementación. La transición institucional. Se debiera: i) limitar el crecimiento excesivo de la oferta de educación subvencionada, que contribuye decisivamente a un desfinanciamiento relativo del conjunto de los establecimientos en zonas geográficas con exceso de oferta (resulta recomendable realizar estudios para identificar zonas con sobreoferta); ii) eliminar gradual y proporcionalmente a los incrementos el financiamiento compartido. En la norma que establece la nueva institucionalidad de la EP se determinaría cómo ocurrirá aquello, estipulando como plazo final y último al momento en que esté plenamente operativa la nueva EP; iii) transferir a los nuevos empleadores a los docentes. Ello se realizaría conservando todos los derechos y el estatuto laboral y profesional de los docentes -transferencia del personal sin solución de continuidad-, se aseguraría así no incurrir en un nuevo y enorme gasto. Se definirían soluciones particulares en los casos en que los docentes posean remuneraciones adicionales de cargo del municipio (Ej. planilla en extinción); iv) traspasar los bienes muebles e inmuebles de los municipios a los nuevos organismos de administración de la EP implicaría aplicar el principio jurídico de “universalidad”, que obliga a que todos los bienes deban ser transferidos (edificios, muebles, otros recursos). Cuando corresponda, se debiera indemnizar por este concepto a los municipios42; v) remplazar gradualmente la inversión en el sector educativo que actualmente realizan los municipios (App. 280 millones de dólares al año); vi) poner en práctica esta propuesta de manera progresiva, considerando un avance por zonas geográficas. La implementación es acompañada de cerca por sistemas de monitoreo y estudio que permita corregir tempranamente las deficiencias así como aprender rápidamente para la implementación en las nuevas zonas. Esta transición se extiende por un máximo de diez años (10); vii) durante el período de transición, realizar los ajustes y perfeccionamientos que serán necesarios al interior del Mineduc, en sus distintos niveles precisando su rol y composición de funcionarios en el nivel central y las regiones. En particular se deberían reconfigurar significativamente la estructuras de los niveles regional y provincial, ello en la medida que se crean plazas en las entidades de administración de la EP, y; viii) crear un consejo con representación ciudadana y experta que acompañe la reforma, en calidad de órgano consultivo y asesor, al mismo tiempo que herramienta de fiscalización y control social de la marcha de la reforma (un consejo de estas características existió en la implementación de la reforma procesal penal).

6. Nudos a desatar para el logro de las metas. Se listan un conjunto de condiciones críticas a enfrentar: i) Existe una mala comprensión del problema de parte de quienes toman las decisiones. Un sector considera imprescindible realizar el cambio y desmunicipalizar, pero no dimensiona 42

Este es un gasto inevitable si se quiere enajenar a los municipios de esta responsabilidad.

33


adecuadamente la complejidad y envergadura de ese cambio (grueso de los parlamentarios de oposición). Otro sector no considera tan necesario ese cambio y más bien este no está dentro de sus prioridades (grueso de los parlamentarios de gobierno). Por su parte, los actuales administradores, los alcaldes, no son suficientemente claros para manifestar sus verdaderos intereses y voluntades respecto de conservar este servicio (existe una división transversal). Ello en un escenario de creciente desprestigio de esta modalidad de administración educativa, como lo muestra la reciente encuesta a padres y apoderados del sistema escolar realizada por el Centro Democracia y Comunidad (marzo 2012). ii) Hay que luchar contra un “sentido común” instalado entre la población, que percibe a la EP como una opción de la cual habría que escapar. Se ha instalado que la educación particular subvencionada es mejor; los padres de distintos estratos sociales, particularmente los de mayor vulnerabilidad, la prefieren por sobre la pública; se percibe que los valores y formación deseables los trasmiten mejor los establecimientos particulares, etc. En síntesis, se puede inferir que la crisis de la EP es de tal magnitud que sería irreversible, estando condenada en un futuro cercano a su irrelevancia cuantitativa y cualitativa. Hay que hacer conciencia de que esta percepción fue sistemáticamente instalada desde las elites,43 ya que era parte de la diferenciación política y muchas veces, al igual que en el caso de la docencia, se actuó con muy poco sentido estratégico (no considerando el serio impacto que poseen las expectativas sobre la calidad del sistema escolar). Revertir estas percepciones, no necesariamente basadas en evidencia, es una prioridad, sin embargo el esfuerzo requerido es mayor y de largo aliento. iii) El volumen de recursos que implica esta reforma es significativo y no son claros sus efectos en el corto plazo. Sería una reforma que luce poco frente a otras de mayor visibilidad inmediata. Por una parte compite con otras prioridades del propio sector, por ejemplo con las urgencias que se plantean en orden a incrementar significativamente las ayudas estudiantiles en educación superior o el aumento de la calidad y cobertura en educación parvularia, etc. Por la otra, y esto es aplicable al sector educación completo, compite también con las prioridades en otros campos de las políticas públicas: Trabajo, Salud, Obras Públicas etc... Por ello parece inevitable que el estado busque asegurar recursos frescos que hoy no dispone y sabemos que ello puede ser un escollo mayor en el actual escenario y de no cambiar de manera importante las correlaciones políticas (Ej. más impuestos a las empresas y cómo se realizará distribución de los mismos). iv) Los escollos a la implementación. Para llevar a cabo en el menor tiempo posible y con éxito esta reforma, se requiere de un diseño fino de implementación que, dado el nivel de desacuerdos, no es fácil de concretar. Hay que imaginar que los ruidos (expresión de agentes que se resistirán al cambio) en el proceso de cambio pueden ser mayores y si no se tiene una meta clara y compartida, una dirección estratégica muy firme, consistente e insistente en el logro del propósito y los recursos institucionales, humanos y financieros para lograr ese propósito, es muy probable que la reforma sea inviable desde su diseño original y por tanto se implemente medias (solución a la chilena). Se debe tener claro que cualquier cambio que se proponga, por muy basado en evidencias que esté, es una apuesta sobre la cual veremos resultados muy posteriormente (no hay idea menos seductora que esta para un político).

43

La percepción de que la EP es de mala calidad tardó cerca de una década en permear al grueso de la población, habiendo sido importantes catalizadores, los movimientos estudiantiles de 2006 y 2011

34


v) Para facilitar la comprensión del problema y su magnitud por parte de quienes toman las decisiones, es necesario trabajar con ellos de manera pedagógica, explicando la complejidad y el carácter sistémico del problema que tenemos entre manos. La solución a problemas complejos requiere de soluciones que aborden esa complejidad. Desde esa perspectiva las políticas para transformar a la educación pública y mejorar la carrera docente son inseparables y en realidad corresponden a las dos caras de una misma moneda. Por ello, la calidad del esfuerzo de pedagogía política de los conductores de la reforma es otro de los puntos críticos, si se busca llegar exitosamente a las metas que se proponga. El esfuerzo de salvataje y revitalización de la EP, igualmente ocurre respecto del profesorado, tiene un componente simbólico central. Pasa por horadar un discurso que ha puesto las culpas de la calidad de la educación en las instituciones de la educación pública y los docentes. Ello pasa por instalar un nuevo discurso, que haciendo confianza en las capacidades de nuestros docentes e instituciones escolares, eleve las expectativas, haga recuperar la percepción de que nuestras instituciones y docentes son capaces y poseen excelencia para lograr una educación que asegure aprendizajes en alto estándar a todos los estudiantes, ello sobre bases realistas y no dejando de exigir que el trabajo sea bien hecho.

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ANEXO 2. Los proyectos actuales para mejorar la institucionalidad de la educación pública: ventajas y desventajas (cuadro comparado). Experiencia internacional comparada. Institucionalidad de la EP. 1. Órganos administración.

de

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

Direcciones de Administración de la Educación Municipal (DAEM) al interior de los municipios como parte de la burocracia municipal. Son 294 en todo el país

Municipios que obtienen buenos resultados en pruebas estandarizadas, según formula que establece la ley, continúan como están. Número aún indeterminado.

V: Menú de opciones que hace menos costosa la instalación del sistema.

Corporaciones de derecho privado para administrar la salud y educación. Sus presidentes son los alcaldes, posen un directorio controlado por éste y un secretario general (de confianza del alcalde). Son 52 en todo el país.

Municipios que no obtienen buenos resultados, según formula que establece la ley, deberán convertirse en agencias públicas de educación local, ya sea dentro de una comuna o por decisión voluntaria, como una agrupación

V: Recoge varios de los consensos ya construidos en el diseño de las agencias de EP.

Desv. La pluralidad de organismos y modalidades de relación con los mismos de parte del centro del sistema (ministerio) podrían genera problemas de gobernanza y coordinación importantes. Desv:

El

modelo

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o 44 45 en vías a ello) Organismos de administración educacional a nivel municipal (operan dentro de los municipios). Casos de Finlandia (también se dan administraciones que son agrupaciones de municipios), Holanda (aunque en un arreglo con fuerte presencia de privados), Suecia, Japón (en el caso de la educación primaria). Distritos escolares, en países con larga tradición de descentralización. Estos organismos normalmente son dirigidos por consejos elegidos por la comunidad. Ejemplos de ello Canadá y EEUU. Otro ejemplo de este tipo de organización, aunque con matices, son los LEAs en

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Esta sección no se debe leer estrictamente alineada con las anteriores columnas, entre otras razones porque se presentan descripciones generales que no tienen el nivel de detalle que las descripciones en el caso chileno. 45

Existen modelos exitosos con altos grados de centralización que no son analizados aquí (Ej. Corea del Sur y Singapur).

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de éstas. Número aún indeterminado.

En ambos casos son los entes encargados de la administración de los establecimientos. Se excluye formalmente la supervisión pedagógica (en manos del Ministerio).

No son órganos de dedicación exclusiva, los DAEM por ser parte de un órgano multipropósito (municipio) y las Corporaciones por ser también responsables de la salud y en algunos casos de programas de atención de menores.

desarrollado no profundiza en los consensos y por tanto define una institucionalidad precaria.

Las agencias serán los órganos de administración educativa.

Inglaterra, Gales y Escocia. Australia como una mixtura, en donde las provincias definen la organización del sistema y algunas de ellas han avanzado significativamente en la descentralización (Victoria) otorgando facultades importantes directamente a los establecimientos. Nueva Zelanda, es un caso interesante, ya que el Estado central establece convenios por la calidad directamente con los establecimientos que son dirigidos por consejos escolares. El Estado controla el cumplimiento de metas de los establecimientos.

Tendrán dedicación exclusiva a la educación.

V: la especialización de los entes, al mismo tiempo, posibilidades de un mejor y mayor control central Desv: posibles problemas de coordinación de las políticas públicas a nivel local.

En todos los casos analizados, ya sea dentro de los municipios o en distritos o consejos de establecimientos públicos, el órgano administrador es altamente especializado en educación.

Un dato adicional. En América Latina existen variados arreglos: son ejemplos de educación municipal Colombia y Brasil

37


(educación básica). Argentina es un ejemplo similar al caso de Australia (son las provincias las que poseen atribuciones para organizar el sistema, dados ciertos parámetros nacionales). En general en los países que no poseen distritos escolares, las reformas descentralizadoras son relativamente recientes (ejemplos: Finlandia, Suecia). Australia, por ejemplo, vive un proceso descentralizador que incluye la incorporación creciente de privados.

Sus funciones y atribuciones son: presupuestar la operación de los colegios, diseño de planes anuales de educación, supervisión administrativa, administración del personal, inversiones en bienes muebles e inmuebles (importante participación de FNDR) e inversión en recursos e insumos educativos, abrir, fusionar y/o cerrar

En el caso de las agencias, sus funciones y atribuciones son: definir y establecer el proyecto de desarrollo institucional, las directrices técnico pedagógicas, la administración del personal, presupuestar la operación de los colegios, la supervisión técnico pedagógica, administrativa y financiera de los colegios, rendición de

V: Transfiere responsabilidad pedagógica a las administraciones. Esta atribución hoy está en manos del Mineduc.

En general independientemente del tipo de arreglo institucional, las funciones y atribuciones son las mismas que las descritas en la propuesta del actual gobierno chileno. Entre otras, una importante atribución es la contratación y despido de los docentes (en algunos casos esa facultad ha sido transferida a los consejos a nivel de los colegios).

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colegios.

cuentas de la gestión.

Total de administraciones municipales de colegios: 346.

Total de agencias y municipios que administrarán la educación. Indeterminado.

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

2. Organización interna de estos entes.

Los DAEM son parte de la estructura municipal, sus jefaturas se encuentran en el tercer nivel jerárquico de estos entes. Normalmente, dependen del departamento de desarrollo social del municipio. Las plantas de personal son variables según municipio. Las Corporaciones poseen un Presidente y un Secretario General, que

Tendrán un Consejo Directivo de cinco miembros, que perciben dieta (8 UTM mensuales), los preside el alcalde o su representante. Son integrados además por un consejero electo por los centros de padres, dos profesionales destacados electos por los directores de colegios y otro por el intendente regional (de terna de rectores de

V: Existe un órgano de gobierno corporativo, con las responsabilidades y deberes de este tipo de ente. Desv: El costo de definir una regla general en su composición, aunque se busca asegurar participación y al mismo tiempo evitar la captura corporativa, el objetivo no se logra plenamente.

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Existe un órgano de similares características en los casos mencionados antes (los países con distritos (EEUU, Canadá) y crecientemente los que poseen consejos escolares a nivel de establecimientos (Nueva Zelanda, Australia). Estos órganos se eligen por la comunidad y no vía designación como lo que se propone en Chile (uno de los aprendizajes de esta modalidad de generación de las autoridades es que incrementan el riesgo a la captura corporativa).

V: La existencia de una

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oficia de gerente de la organización, contratan profesionales especializados para apoyar la administración (varía según municipio).

instituciones de educación superior) y, finalmente, un funcionario designado por el ministerio.

modalidad de convenios por la calidad, contra objetivos y metas convenidos y evaluable según resultados

Este órgano nombra, evalúa, fiscaliza, pudiendo remover al Director Ejecutivo, en base a un convenio de desempeño. Además, entrega las directrices centrales y de largo plazo para la agencia, así como su fiscalización general.

V: la especialización y profesionalización de las agencias administradoras de la educación.

Las agencias tendrán un Director Ejecutivo, que será el jefe de la agencia. Será nombrado por el CD de la agencia, de una nómina que generará el SADP. Su contrato es en base a un convenio de desempeño. Su incumplimiento es causal de despido.

Es interesante en este caso la experiencia de Nueva Zelanda, que utiliza a los convenios para la calidad como dispositivo de gestión y control.

Desv: el proyecto no aborda el tema del equipo profesional de estos organismos. Desv: el proyecto no plantea ningún recurso especial para financiar la contratación de este personal. Este es un requisito básico para profesionalizar estos servicios, sobre todo en territorios en los que, de no existir incentivos importantes, será imposible atraer a profesionales más competentes.

El Director Ejecutivo define las

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directrices técnico pedagógicas, establece las políticas de incorporación, desarrollo y término de la relación del personal, administra el presupuesto de la agencia, abre, fusiona o cierra establecimientos educacionales y rinde cuenta pública sobre su gestión.

En ambos casos, los colegios a su cargo.

En ambos casos, los que se convierten en agencia y los que continúan en la actual modalidad municipal, los colegios a su cargo.

En todos los casos mencionados, los colegios forman parte de las administraciones. En algunos de estos sistemas (Ejemplos: crecientemente en Australia, Nueva Zelanda), los colegios poseen fuertes atribuciones y en gran medida se autogobiernan (Finlandia).

41


Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

3. Régimen laboral del personal.

DAEM: Estatuto Docente (profesores en los colegios y en las administraciones); Estatuto Administrativo (personal en las administraciones).

Estatuto docente para el personal docente que labora en los colegios.

V: El traspaso del personal no implica costos, los que podrían ser muy onerosos de contemplarse modificaciones al régimen laboral de los docentes.

Corporaciones: Estatuto docente (profesores en los colegios); Código del trabajo (personal en las Corporaciones).

Código del trabajo para el personal que se desempeñe en las agencias, siéndoles aplicables las normas de probidad establecidas en la ley de bases de la administración pública.

V: Asegura mayor flexibilidad en la gestión de ese personal

Selección del personal. * Docentes por concursos según lo establece el Estatuto Docente (DAEM y Corporaciones).

- Selección del personal. * Los municipios que no se transforman en agencias, ídem al sistema actual.

Docentes que laboran en colegios, en el caso de las agencias. Por concursos según lo establece el Estatuto Docente.

Desv: Este es un tema sensible y genera fuertes resistencias en el personal que pudiera traspasarse voluntariamente a las administraciones desde los municipios o del ministerio (ello podría implicar serias rigideces a la hora de ajustar el personal del ministerio y fomentar su traslado, por ejemplo a los entes administradores de la EP.).

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Existe una amplia gama de opciones. Por una parte están los sistemas en que son los entes municipales o los distritos o servicios escolares los que contratan a los docentes. Ejemplos: Finlandia y Suecia; Canadá (aunque los arreglos varían según las provincias) e Inglaterra. En algunos casos, en particular en Suecia, los directores tienen facultades para contratar y desafectar docentes. Existen sistemas en que los profesores son contratados por el nivel central y poseen la calidad de empleados públicos, sus remuneraciones las paga el gobierno central a pesar de existir órganos de administración descentralizados. Ejemplos de ello son los Países Bajos y Bélgica. Existen variados mecanismos para incrementar las remuneraciones de los docentes. Por ejemplo en Finlandia pueden recibir complementos de su remuneración si cumplen labores de supervisión

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extraescolar, remplazos, etc. En Suecia, puede ocurrir que los municipios (los directores de los colegios) para atraer profesores escasos, les ofrezcan mejoras especiales. *Personal de las administraciones, concursos para funcionarios municipales el caso de los DAEM (excepcionalmente código del trabajo). Concursos y/o contratos entre privados según el Código del trabajo en las Corporaciones.

*Personal de las administraciones, Concursos y/o contratos entre privados según el Código del trabajo en las agencias.

Número total de docentes en el sector. App. 70.000. Estos números deben estar en caída producto de la merma de matrícula.

Número total de docentes en el sector: indeterminado.

Personal directivo y técnico pedagógico App. 11.000 (dentro de ellos 4.500 directores)

Personal trabaja en administraciones: indeterminado.

que las

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Institucionalidad de la EP. 4.

Financiamiento

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Subvención por estudiante pagada por el estado central según matrícula corregida por asistencia.

Ídem al ya existente, no contemplándose recursos adicionales, ni siquiera para implementar el traspaso y transición entre un sistema y otro.

Aportes municipales directos (hoy representan en promedio un 8% del total anual que perciben por concepto de subvenciones). Otros aportes que reciban vía convenios (ejemplo bienes transferidos desde los gobiernos regionales).

Ventajas y desventajas

V: No tiene ninguna. Desv: este es uno de los principales defectos de la actual propuesta. Se supone que el cambio ocurrirá sin necesidad de aportes de recursos frescos.

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a e Se pueden identificar tres modalidades gruesas de financiamiento. Mixta nacional/local. Aportes municipales y del gobierno central para compensar las desigualdades de riqueza de los municipios (Suecia). Otro modelo de cofinanciamiento es el caso finlandés, en donde la participación del municipio es mayoritaria (sobre el 50%). Por último en esta misma categoría cae Inglaterra. Mixta provincial/local. Un ejemplo de esta fórmula es Canadá, variando en los porcentajes, según las provincias de ese país Financiamiento desde el nivel nacional, estadual o provincial. Se distribuye corrigiendo por variables referidas a economías de escala, características de la población atendida, etc. Ejemplos de ello son Australia y Bélgica. En varios de estos sistemas, se permite el aporte marginal de los

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padres (ejemplo Australia: la compra de textos o materiales educativos). En algunos casos pueden existir cobros, siempre menores, para financiar la operación educativa (OntarioCanadá).

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

5. Relación de estos órganos con los colegios.

Nombran a los docentes de aula y directivos (según reglas de concursos establecidas en el ED).

Nombran a los docentes de aula y directivos (según reglas de concursos establecidas en el ED).

Realizan traslados y remplazos de docentes según demandas.

Realizan traslados y remplazos de docentes según demandas.

V: se agregan competencias técnico pedagógicas a las administraciones y ello permitiría un mejor acompañamiento técnico a la labor educativa de los colegios (orientaciones y supervisión).

Definen el plan anual educativo del municipio (PADEM). Con consecuencias educativas menores De hecho y no de derecho, crecientemente realizan supervisión pedagógica de los colegios.

Definen directrices educativas a los colegios.

Realizan supervisión pedagógica a los colegios.

Desv: al no contemplar un financiamiento especial a estas unidades, se hace inviable el ejercicio de esas nuevas competencias.

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) En el caso de los sistemas educativos descentralizados analizados, esta es una de las claves y diferencias mayores con el caso chileno. Las administraciones son especializadas y desarrollan una labor intensa de supervisión técnico pedagógica, administrativa y financiera a los colegios. La relación es fuerte y centrada en lo educativo. Es más, varios sistemas están pudiendo transferir mayores atribuciones a las propias escuelas, porque existen esas capacidades ya consolidadas a nivel local. Ejemplos: Inglaterra,

Canadá, Finlandia,

Escocia, Nueva

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Zelanda, Suecia. Supervisan administrativamente a los colegios.

Supervisan administrativamente los colegios.

Administran presupuesto. Transfieren recursos financieros y materiales para el funcionamiento de los colegios.

Administran presupuesto. Transfieren recursos financieros y materiales para el funcionamiento de los colegios.

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

6. Relación de estos órganos con el centro del sistema.

Sus colegios reciben supervisión técnico pedagógica del ministerio.

Permanece invariante.

Desv. Un nudo central del actual sistema es su baja capacidad de coordinación. Derechamente el proyecto no aborda este problema central.

Reciben financiamiento a través de la subvención escolar. Pueden ser auditados por la contraloría general de la república. Participan como beneficiarios en programas nacionales del ministerio.

a

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Existen diversos modelos de regulación para asegurar estándares y resultados de calidad. Casos como Inglaterra, algunos estados de EEUU, Canadá. Las administraciones pueden ser intervenidas si no logran los estándares exigidos o presentan graves problemas de gestión (estas intervenciones son transitorias). Otro caso es Holanda, en el cual el centro posee facultades para cerrar los colegios que no cumplen los estándares. Finlandia que poseía un sistema de accountability externo, ha migrado

46


a transferir los controles de la calidad a las propias escuelas. Ello producto de las altas competencias de los equipos docentes y directivos de ese país.

Concursan por recursos públicos, cuando estos se disponen por el gobierno (regional y nacionalmente)

Teóricamente, en la gran mayoría de estos sistemas, el centro o nivel nacional puede cerrar a los establecimientos que presentan reiterados problemas de calidad. Se indica teóricamente, ya que esa facultad es usada muy excepcionalmente.

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

7. Relación con la comunidad de su territorio.

Deben rendir cuenta pública de los resultados a nivel de colegios.

Se conserva invariante en el caso de las administraciones que continúan a nivel de municipios.

V: Se establece la obligación de rendir cuenta pública a la comunidad.

Deben asegurar el funcionamiento de Consejos escolares (organismos asesores de participación en los colegios).

En teoría, los alcaldes rinden cuenta en las elecciones respecto de

En el caso de las agencias, se adiciona que deben rendir

Desv: reforma muy limitada en este campo. Revisando más exhaustivamente la experiencia internacional, se podrían plantear mejoras sustantivas a la propuesta.

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Esta es otra fortaleza de los sistemas educativos exitosos de administración descentralizada. Hay que reconocer que en este tema existe una enorme distancia entre nuestra realidad y la de los países comparados. Entre otras razones por como se configuraron nuestras naciones y sistemas educativos. Muchos de estos sistemas se estructuraron desde abajo y los protagonistas fueron los ciudadanos en cada territorio, en el caso chileno, se hizo desde arriba y fue el estado central el

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su gestión educativa.

46

cuenta pública anual a la comunidad (el director ejecutivo).

protagonista principal. En varios países existen mecanismos de participación voluntaria a través de instancias como los consejos de participación (Bélgica). Los padres participan en los consejos escolares que poseen amplias atribuciones (Australia, Nueva Zelanda). Los padres tienen injerencia en la formulación del plan educativo de la escuela, planes de estudio y en el apoyo a la educación de sus hijos (Suecia y Finlandia). Los padres participan y pueden ser candidatos en la elección de los consejeros locales de la educación (algunos estados de EEUU, Canadá)

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

8. Controles de la calidad del servicio educativo.

La agencia de la calidad a través de pruebas estandarizadas, indicadores de la calidad y visitas inspectivas de la calidad y/o eventualmente a las administraciones (no aún

La agencia de la calidad a través de pruebas estandarizadas, indicadores de la calidad y visitas inspectivas de la calidad a los colegios y/o eventualmente

Se acaba de crear un sistema de accountability que aún no opera. Por tanto no forma parte del proyecto analizado (agencia de la calidad y superintendencia). Habría

que

esperar

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) En un estudio realizado por el 46 Banco Mundial hace algunos años (2007), como parte de una asesoría para la construcción de nuestro sistema de aseguramiento de la calidad educativa, se realizó un meta análisis que consideró a una variedad de sistemas de

Mayor detalle revisar: Banco Mundial, (2007). “El diseño institucional de un sistema efectivo de aseguramiento de la calidad de la educación en http://siteresources.worldbank.org/INTCHILEINSPANISH/Resources/EducacionChile.pdf

Chile

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en operaciones)

administraciones. Las agencias deben rendir cuenta pública anual de sus resultados (el Director ejecutivo).

entonces, la puesta en marcha y plena implementación del sistema. Luego de ello se estará en condiciones de evaluar su marcha y corregir posibles errores de diseño.

aseguramiento. Ese estudio, al observar sistemas descentralizados como el chileno, identificó dos modelos a los cuales imitar, ya que son sistemas educativos de mayor calidad que el nuestro. Países en que la relación del centro o nivel nacional con los colegios se establece a través de contratos para la calidad, los cuales son sistemáticamente auditados por ese centro. Se fijan metas y el cumplimiento de estándares y si los colegios no los cumplen, se les aplican drásticas sanciones, incluido en casos extremos el cierre de los mismos (Nueva Zelanda es el caso más representativo de este modelo). Australia posee dispositivos similares. Otros países, adicionalmente a la existencia de una contrato, establecen dispositivos de auditoría y control, así como apoyo y asesoría sistemáticos para lograr la calidad, previéndose la intervención de las administraciones cuando estas presentan fallas graves de gestión (Ejemplos de ello son algunos estados de EEUU (Ej. Boston), Inglaterra, Canadá). Un caso similar es Holanda, que posee una fuerte

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participación de privados y al mismo tiempo dispone de una poderosa institucionalidad para controlar la calidad (accountability). Las tareas de control de la calidad la realizan agencias especializadas (control de calidad educativa, control de las competencias de los docentes; control a la gestión y el uso de los recursos, etc.). No existe una regla única respecto de la posición institucional de estos entes. En algunos países forman parte del ministerio y en otros, son entes autónomos de este.

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

9. Controles a la gestión administrativa y financiera de estos órganos.

La superintendencia de educación. Tiene la dificultad de que estos órganos no son de dedicación exclusiva y por tanto resulta imposible pesquisar desvíos de recursos (no aún en operaciones).

Propuestas del actual gobierno La superintendencia educación.

de

La contraloría general de la república.

Ventajas y desventajas

Se acaba de crear un sistema de accountability que aún no opera. Por tanto no forma parte del proyecto analizado (agencia de la calidad y superintendencia). Habría que esperar entonces, la puesta en marcha y plena

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Ídem. 8. El control del uso de los recursos es riguroso y exigente en los países analizados. Aunque no es parte de este trabajo, hay que recordar que Chile es probablemente el único país que posee un tan extendido numero de administradores con fines de lucro en la educación

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La contraloría general de la república.

Las agencias deben rendir cuenta pública anual de sus resultados (el Director ejecutivo).

implementación del sistema. Luego de ello se estará en condiciones de evaluar su marcha y corregir posibles errores de diseño.

escolar (1,2 millones de estudiantes asisten a un total de 3.256 colegios administrados por sostenedores CFL, representando el 31% de a matricula (Elacqua, 2011). Por ello, en el caso chileno, resulta comprensible separar y prestar atención particular al tema del uso de los recursos. En pocas palabras, una función del sistema de accountability que para estos países resulta obvia, hasta hace poco, aquí no lo era (no se entendía como necesaria). Se debe tener presente que gran parte del alegato social en contra del lucro está asociado a la opacidad con que se gastan los recursos, tanto los públicos como los privados y está muy instalada la percepción de que existe mucho abuso (al encuesta de CDC muestra que la demanda estudiantil de terminar con el lucro posee un apoyo del 89%).

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 14. La madre de todas las batallas: asegurar el acceso a una educación de calidad integral

Educación Pública, un eslabón clave para nuestro desarrollo como nación Pedro Montt L1 2

1

Profesor de CCNN y Química de la Universidad Católica y Licenciado en Ciencias Básicas de la Universidad de Chile, con estudios de M. Ph. en la Universidad de Lincoln, Reino Unido. Ex Subsecretario de Educación y Jefe de la Unidad de Curriculum y Evaluación del Mineduc. Lideró equipo técnico que negoció y acompañó el trámite las leyes SEP (N° 20.248); LGE (N° 20.370) y Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad (N° 20.529). Desde abril de 2012, es miembro del Consejo Nacional de Educación. 2

El autor del presente trabajo agradece los valiosos comentarios de Dante Contreras y Francisco Gallego. En todo caso las afirmaciones, posibles errores y/u omisiones que puede contener son de su completa responsabilidad.

1


Índice

1. ¿Debemos preocuparnos y ocuparnos con lo que hoy ocurre con la EP?

Página 4

2. La propuesta y su promesa.

5

3. Qué habría que hacer para cumplir la promesa.

7

4. Algunos parámetros para facilitar el dimensionamiento del desafío.

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5. Los obstáculos que deberá enfrentar la reforma y su superación.

11

6. Cómo hacerlo: una transición paso a paso, experimentando y ajustando.

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7. Breve conclusión.

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ANEXO 1: Políticas para transformar a la EP y la carrera docente.

15

ANEXO 2: Cuadro comparativo mejora de la EP: el actual proyecto de ley, ventajas y desventajas. Experiencia internacional comparada.

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Bibliografía

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Resumen Desde hace años se debate acerca del destino y sentido de la educación pública (EP). Ese debate recrudeció a partir de las movilizaciones estudiantiles del año 2011. Los estudiantes han instalado a la EP y su fortalecimiento como un tema central de la agenda pública. Quienes creen en la existencia de un sistema educativo mixto, que incluye prestadores educativos públicos y privados, plantean que la EP requiere de una atención prioritaria, ya que estaría en riesgo su existencia; otros, argumentando desde una vereda distinta, señalan que si bien habría que prestarle atención a la EP, no se debe olvidar que lo importante es la calidad y no el tipo de órgano que administre, el tema más relevante no sería la EP en sí; finalmente, otros consideran que la oferta más pertinente y legitima para nuestro sistema educativo es la EP, ésta debiera ser la única oferta o lejos la ampliamente mayoritaria (Ej. más del 80% de esa oferta), sin embargo ha sido sistemática y conscientemente desmantelada por el actual modelo educativo. Esas posturas contextualizan un debate complejo y matizado y reflejan el actual estado de cosas. La EP, su sentido y destino, es un campo en donde existe una fuerte disputa y grandes desacuerdos. Desde una postura que valora y considera esencial a la EP, el presente trabajo intenta explorar posibles caminos de salida a esos desacuerdos. Ello para buscar destrabar el actual inmovilismo en la materia y dar un impulso real a la mejora de la EP hoy en crisis. Este trabajo propone un camino para elevar la calidad y prestigio de la EP. Desarrollar una activa política para atraer y conservar a los mejores docentes en ésta, lo que exige mejorar significativamente sus condiciones de trabajo y, al mismo tiempo, establecer entornos de profesionalización en los colegios y las administraciones de esta modalidad educativa. A lo largo del documento se desarrollan ideas y analizan opciones para hacer viable y transitable ese camino. Palabras clave: docente, carrera docente y educación pública.

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1. ¿Debemos preocuparnos y ocuparnos de lo que hoy ocurre con la EP? Hay evidencia creciente y preocupante de que nos estamos transformando en una nación dividida, en un país en donde es cada vez más difícil conocer “al otro”, donde las experiencias de vida se hacen cada vez más divergentes… Este año, ningún alumno del Colegio Los Andes o del Tabancura –ambos rankeados entre los diez mejores- se matriculó en la Universidad de Chile y si bien un puñado de graduados de otros colegios de elite decidió ir a la U. de Chile, su porcentaje fue ínfimo.… Pero eso no es todo: en nuestros mejores colegios públicos, el caso es el contrario: casi el 40% de los graduados del Instituto Nacional eligió la Universidad de Chile, mientras menos del 15% optó por la Católica.” (S. Edwards, economista. La Tercera, 12 de mayo 2012). “El año 2011 vivimos una transición social a la democracia…Nuestra sociedad ha sido portadora por mucho tiempo de un gran malestar, que no solo tiene razones subjetivas sino también objetivas…existen evidencias de que los chilenos sentimos que no estamos progresando…el malestar no es una opinión es una vivencia, hay datos para afirmar esto… Chile es muy injusto… Las sociedades son las injustas, no sus modelos de articulación, ya que éstos simplemente son los sistemas operativos de las sociedades…Esta sociedad se articuló desde su sistema económico a los otros sistemas: el social, político y el cultural… Ese modo de articular ha sido a través del mercado y la acción de los privados, los que cuando no desean o no pueden actuar son remplazados por una especie de “prótesis” estatal…Ese modo de articulación ha demostrado ser un fracaso… La explosión se produce a través de la educación porque la articulación desde lo económico a lo educativo es el más rotundo de los fracasos… En realidad desde hace mucho tiempo la mayor parte de la educación chilena está en manos de los privados. Es el mercado el que la regula y solo cuando se producen fallas de mercado, existe una “prótesis” pública que generalmente atiende a los que resulta más costosos y/o difíciles 3 de educar (Educación municipal) , buscando con ello resolver esas fallas…Ahora, qué dicen los privados de la educación “el sistema educativo chileno es un desastre” sin embargo, no reparan que en su mayoría es un sistema privado… Estamos hablando de cuestiones objetivas: la educación chilena es mala y además muy injusta…Hay una gran desigualdad que es construida por el propio sistema educativo… Pero un dato, dónde están los mejores puntajes SIMCE a nivel nacional. Si miramos a los colegios municipales de nivel medio alto, veremos que son los mejores, incluso son más efectivos que los particulares pagados…Así, parece que la educación en un entorno público con más recursos, más democrático, que no está basado solo en montar un negocio, funciona mejor y se siente más cómoda, sin embargo el modelo no fomenta aquello, más bien desmantela esos entornos…” (A. Mayol, sociólogo. Extracto no literal de algunos de sus planteamientos en Conferencia ENADE- noviembre 2011)

Dos académicos chilenos observan desde distintas perspectivas un problema común y sus graves consecuencias. Uno plantea los riesgos de poseer un sistema educativo que no integra: una nación dividida; el otro plantea que la lógica con que opera nuestra sociedad y por extensión nuestra educación, que releva a la acción pública a un rol supletorio de la privada no resulta, muestra fallas de orden estructural que resultan insuperables y por tanto no permiten el logro de un sistema escolar efectivo y justo4. 3

Este académico incluso discute el que se pueda caracterizar a la educación municipal como educación pública.

4

El segundo de los académicos mencionados plantea que lo que está en juego en las protestas del año 2011 es el modelo o modo de articular los principales subsistemas sociales (político, económico, social y cultural), ya que lo que la sociedad ha cuestionado es el modo en que nuestra sociedad articula lo público y lo privado. Ese cuestionamiento habría llegado para quedarse, debiendo surgir de allí algún orden distinto al actual.

4


Desde distintas perspectivas ambos académicos apelan a la necesidad de repensar nuestra educación pública (EP) y su modo de operar. Ambos muestran las consecuencias de seguir operado como lo hemos hecho hasta la fecha y terminar convirtiendo a la EP en irrelevante, consolidando la segregación, ahora incluso en la educación superior. Uno de ellos es más radical ya que señala, según datos de la realidad, que la educación funciona mejor en un ambiente público, pudiéndose demostrar aquello usando evidencia empírica de nuestro propio país. La paradoja sin embargo es que majaderamente insistimos en establecer un sistema de base privada el cual no funciona bien, ostentando el título de ser uno de los más radicales experimentos de privatización educativa en el mundo5. Si la EP es tan relevante para asegurar la cohesión social y, al parecer, sería más afectiva en asegurar la igualdad de oportunidades educacionales y por tanto la calidad educativa ¿Por qué continuar en la ruta que hemos seguido hasta la fecha, muchas veces parchando un modo de operar que no funciona y no obtiene resultados socialmente deseables? ¿No sería acaso fundamental para nuestro desarrollo sacar a la EP de su actual estado de aletargamiento y crisis que la conducen a su irrelevancia en un corto plazo? ¿No será fundamental renovar y reimpulsar a la EP para continuar en una senda de desarrollo que esencialmente requiere de paz social?6 Por otra parte, sabemos que nuestro sistema educativo es y resulta deseable que siga siendo un sistema mixto, es decir uno en el cual participan agentes públicos y privados. Sabemos también, que los privados podrían contribuir a resolver los problemas antes enunciados, sin embargo y por su carácter, no están obligados a ello y, solo dependerá de su voluntad asumirlos (sociedad libertaria). El Estado en cambio, según su asimetría de poderes respecto de los ciudadanos (Atria, 2009), debe ser obligado a cumplir exigencias para con todos y ello se establece como los derechos de los ciudadanos y el deber del Estado de asegurarlos (normas y leyes que obligan al Estado)7.

2. La propuesta y su promesa. Si esa es la magnitud del desafío que tenemos entre manos y si en la solución juega un rol relevante la EP ¿Qué y cómo hacer para convertirla en una educación de excelencia que asegure la integración social y la igualdad de oportunidades con calidad, todo ello en un plazo razonable?8 Las respuestas a esas preguntas resultan claves y pasan a ser parte esencial de la agenda educativa presente y futura. A continuación, se intenta una respuesta a esos dilemas. 5

El grueso de los sistemas educativos se organizan de modo de disponer de una poderosa educación de carácter público, siendo excepciones notables países como Chile, Holanda y Bélgica. En documento anexo se muestra cuadro comparativo de matrícula (%) en 38 países según tipo de administración educativa (Extraído de Education at a Glance, 2011. OECD), en el cual se puede observar que una amplia mayoría de países posee una educación pública significativamente mayoritaria (sobre el 60% de la matrícula). 6

La paz social asegura la gobernabilidad y sin esta última no es posible un desarrollo a largo plazo.

7

Sabemos que la historia del régimen democrático moderno ha consistido en la ampliación progresiva de esos derechos. En documento anexo se señalan los propósitos generales de la EP en referencia a la educación común u obligatoria, los cuales le dan sentido a su existencia. 8

5


Primero se señala una meta ¿Cuándo se podrá decir que nuestra EP cumple su misión? Ocurrirá cuando cualquier padre, madre o apoderado de un estudiante que hoy matricula a su pupilo(a) en los mejores colegios particulares pagados, considere seriamente la opción de matricularle en un colegio público. ¿Cómo podemos lograr una EP que se convierta en un espacio donde se encuentran todos, independientemente de su origen social, económico y cultural? Atrayendo y conservando a los mejores docentes del país para que realicen la docencia en la EP. Para ello se deben mejorar significativamente sus condiciones de trabajo, sus rentas y, al mismo tiempo, elevar las exigencias a su desempeño. Para lograr lo anterior, al mismo tiempo resulta necesario crear las mejores condiciones y entornos de profesionalización en los espacios en que estos profesionales se desenvuelven, facilitando la acción de los líderes educativos en los establecimientos, así como también en las administraciones de la EP. Se debe entonces abordar el tema de la calidad de los docentes de la EP y, al mismo tiempo, el de una más efectiva administración para que esos profesionales rindan al máximo de sus capacidades. Ambas son las dos caras inseparables de un mismo desafío: Lograr una EP de excelencia que sea el espacio educativo para las grandes mayorías; que asegure a todos aprendizajes fundamentales para la vida en una sociedad de alta complejidad, y; la tan necesaria integración social, requisito fundamental para asegurar la convivencia democrática y la resolución pacífica de los conflictos. Allí hay que poner la atención. La calidad de la EP en adelante tiene como tarea central atraer y mantener a los mejores docentes. Para ello resulta fundamental crear las condiciones que aseguren un ambiente de profesionalización y eficiencia en la gestión, el cual permita a los docentes desarrollar bien su trabajo. Como señalamos, la meta es que un padre, madre o apoderado de los sectores acomodados llegue a pensar muy seriamente matricular a su hijo(a) o pupilo(a) en un colegio público, incluso lo prefiera por sobre uno particular pagado9.

9

Esta no es una meta imposible, ya que datos empíricos nos muestran que existen establecimientos públicos más costo/efectivos que los privados pagados que atienden a la elite (logran resultados mejores o iguales a esos colegios). Una advertencia importante: Una mirada menos ingenua para el diseño e implementación de las políticas referidas a la EP debe tener en cuenta que los apoderados que envían a sus pupilos a los establecimientos de élite no solo están buscando calidad, sino también capital social (redes sociales). Por ello no basta conseguir inicialmente mejorar la calidad de esta modalidad educativa, requiriéndose además lograr en breve que la EP posea un alto prestigio social, lo que de verdad podría contribuir a la llegada masiva de estudiantes de sectores acomodados (ambos factores, calidad y prestigio, se alimentan y amplifican mutuamente). Para lograr esto último se requiere en un inicio de una activa acción del Estado, ya que resulta esperable que los padres tiendan a resistir el cambio. Se debe advertir que la necesidad de distinguirse por parte de las familias y el impulso a buscar establecimientos educativos en donde reconocen a una población escolar “similar o levemente de mejor estatus”, es un fenómeno que se da a nivel mundial (existen variados estudios y evidencia al respecto) y, muchos autores observan con preocupación, cómo las últimas décadas ese fenómeno ha tendido a amplificarse (Para el caso norteamericano en su artículo en La Tercera ya citado, S. Edwards menciona que el reciente libro “Coming apart“, en el que Charles Murray justamente aborda ese problema y sus graves consecuencias).

6


3. Qué habría que hacer para cumplir la promesa.10 Si modificamos la mirada apuntando a la mejora de la EP, partiendo por una estrategia que busque elevar las capacidades docentes de esta modalidad de administración educativa, sería posible destrabar soluciones que hasta el momento han resultado infructuosas e imposibles de implementar debido a los grandes desacuerdos existentes. Algunas consideraciones de orden general. Si abordamos la mejora de la carrera docente debemos tener a la vista cinco cuestiones ordenadoras: i) La carrera que se aborda es la de los docentes de la EP; ii) El financiamiento debe ser el necesario para llevar a la práctica esa carrera y por tanto debe ser exclusivo para la EP; iii) Si el propósito de la carrera es atraer y mantener a los mejores docentes en la EP, la base de la misma debe ser el mérito, sin dejar de considerar criterios tradicionales, logrando el más pertinente equilibrio entre tradición y cambio; iv) El modelo de financiamiento más costo/efectivo para ese propósito se debe diseñar con pragmatismo y sin atraparnos en ideologismos, ya que la actual lógica de subvención no trabaja adecuadamente si se busca un modelo de carrera cuya base sea el desempeño, y; v) No se pueden dejar de considerar las políticas complementarias, entre las cuales, las más importantes se refieren a atraer a los mejores estudiantes a la pedagogía y al mejoramiento sustantivo de la formación inicial docente11. Algunas consideraciones generales a tener en cuenta, ahora referidas a lo propio de la profesión docente y su desarrollo son: i) El modelo de carrera que se escoja debe considerar que la pedagogía es en su esencia un trabajo realizado por equipos. El modelo de carrera debe entonces fomentar la colaboración entre pares y no limitarla o restringirla. Ello se debe tener en cuenta al momento de introducir elementos de competencia y/o desempeño individual, ya que de no ser así 10

En documento anexo y complementario a este trabajo se presentan en detalle posibles soluciones a los actuales arreglos de la carrera docente y a la institucionalidad y financiamiento de la educación pública. 11

Basta para ello revisar los recientes resultados de la prueba INICIA 2011, que muestra un muy desesperanzador diagnostico respecto de las competencias de los egresados de pedagogía general básica, tanto en el manejo de las disciplinas, así como en sus capacidades para enseñar. Esta es la primera prueba referida a estándares que clasifica a los egresados según su nivel de logro o desempeño: Insuficiente, Aceptable y Sobresaliente. Algunos de los principales resultados en educación general básica (también fue rendida por egresados(as) de educación parvularia) que arroja esta prueba son: i) La realizaron 3,271 estudiantes de un total de 49 programas formativos que voluntariamente aceptaron someterse a este examen (se debe recordar que 21 instituciones que ofrecen estos programas no se presentaron al test); ii) Veinticuatro (24) instituciones presentaron más de 20 egresados a la prueba y 17 presentaron 20 o menos (esto afecta la representatividad de los resultados); iii) El resultado más preocupante es que de las 24 instituciones en que un número significativo de egresados (21 o +) rindió la prueba de conocimientos disciplinarios, el 50% de los egresados de 21 de éstos programas obtienen un desempeño insatisfactorio; iv) En la prueba de conocimientos pedagógicos los resultados son un poco mejores pero también preocupantes, el 50% de los egresados de 7 de esos programas logra desempeño insatisfactorio; v) Existe una fuerte correlación entre los resultados que los egresados obtuvieron en la PSU y sus resultados en INICIA (índice cercano a 0,9); vi) Cuando se analizan los años de acreditación de esos programas y se les compara con el porcentaje de egresados con desempeños insatisfactorios no se observa una relación directamente proporcional entre ambos factores. Así, en los 5 programas formativos cuyo % egresados de desempeño insatisfactorio se mueve entre el 40% o menos poseen en promedio 4,8 años de acreditación; entre los 6 programas que tienen un porcentaje que varía entre más de 40 y hasta 60% de los egresados en desempeño insatisfactorio, poseen en promedio 3 años de acreditación; de los 13 programas en que sus egresados de desempeño insatisfactorio se mueve entre más del 60 y hasta un 80%, poseen un promedio de acreditación de 3,74 años; finalmente, de los 9 programas cuyos egresados de desempeño insatisfactorio es superior al 80%, poseen una acreditación de 2,4 años. Se advierte que la dispersión en cada tramo es alta.

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se podría estar contribuyendo a producir efectos en un sentido contrario al deseado; ii) Ya que el conocimiento pedagógico se acumula en el hacer y requiere por lo mismo de la contrastación y análisis sistemático y recursivo de las practicas y los resultados educativos obtenidos de esas prácticas (Ej. Del trabajo en la sala y/o la escuela), el modelo que se escoja debe asegurar se disponga del tiempo suficiente para que esa reflexión se produzca, tanto de manera individual como en los equipos docentes, y; iii) Ya que la docencia ha sido históricamente una “burocracia” o parte de servicios en los que el Estado juega un rol central, al introducir “modernizaciones” o modelos de carrera que rompen con esta lógica, estimulando por ejemplo el liderazgo directivo, la profesionalización, la gestión autónoma y la capacidad de resolución de problemas de manera autónoma, etc., se debe buscar una cuidada y virtuosa mezcla de esos nuevos modos de hacer posible el progreso profesional con los otros mecanismos más tradicionales, no apostando al completo e inmediato desmantelamiento de estos últimos12. En definitiva lo que se busca es que los mejores profesores hagan clases en los colegios públicos y para ello se requiere que tengan muy buenos sueldos desde el inicio de su carrera; que su progreso este fuertemente determinado por su desempeño, el que debería ser evaluado con una alta periodicidad; que el grupo de estos profesionales que posee mejor desempeño se motive a trabajar en los colegios que poseen un alto porcentaje de matrícula vulnerable; ofrecerles condiciones de trabajo que les permitan la reflexión pedagógica y por tanto que dispongan de un número importante de horas no lectivas, tratando en ello de emular a países exitosos (Ej. Escocia 60% lectivas- 40% no lectivas); que si buscan progresar, se sientan desafiados y exigidos y al mismo tiempo perciban con claridad el significado de su progreso, de modo que logren proyectarse a largo plazo, visualizando un futuro estimulante y atractivo para ellos; se requiere también que sean supervisados por los mejores líderes en las escuelas y en las administraciones de la EP (profesionalizados), disponiendo ambos grupos de lideres de condiciones y/o trayectorias de progreso también según sus desempeños, lo cual les permita proyectarse, y; finalmente, que los que ya han cumplido su ciclo laboral dispongan de mecanismos de salida y puedan jubilar dignamente13. Como señalamos antes, para atraer a los mejores también es necesario modificar el entorno en el que desarrollan su trabajo, haciendo a este último más rico y diverso, en definitiva profesionalizándolo. Por ello es tan importante actuar sobre la institucionalidad de la EP: sus administraciones, su financiamiento y la relación de estos entes locales con el centro del sistema: el Ministerio.

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En campos como la educación, que requieren de parsimonia y gradualidad para la plena operación de los cambios, es difícil apostar a modificaciones tipo Big Bang, ya que utilizando ese tipo de estrategia es altamente probable afectar negativamente la eficacia y factibilidad del cambio Para ejemplificar esto, romper de una vez y para siempre con el uso de la antigüedad como variable de progreso podría atentar seriamente contra la efectividad y viabilidad del cambio de la carrera. 13

Los detalles se pueden ver en el documento anexo. En él se abordan preguntas referidas a: cómo atraer a los mejores a la pedagogía; cómo seleccionar a los docentes más efectivos para la EP; cómo diseñar una promoción en la carrera basada en el desempeño; cómo evaluar ese desempeño; qué condiciones de trabajo son clave para asegurar la mejora continua de sus prácticas, y; finalmente, mecanismos de salida de la carrera en la EP. Esto aplica para los docentes que se conserven en las aulas como para los que cambien de rol y se conviertan en directivos tanto en los establecimientos como en las administraciones (en el caso de estas últimas, resulta deseable abrir oportunidades a otro tipo de profesionales).

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A nivel de los territorios, se debieran constituir organismos públicos para administrar las redes de establecimientos públicos, que a la vez debieran ser coordinadas y articuladas como un sistema nacional por el nivel central (Ministerio)14. Una pregunta clave y que no ha estado en el debate público con la profundidad que se requiere es cómo corregir la actual heterogeneidad de capacidades del sistema público. Un camino es establecer efectivamente un Sistema Nacional. Su objeto sería regular y supervisar el funcionamiento de las administraciones locales de la EP través del diseño de políticas, normas, planes y programas para su coordinación y articulación, que permitan satisfacer las necesidades educativas en los diversos territorios. Ello en el marco de objetivos educativos nacionales15. Este nivel nacional-regional se relacionaría con las administraciones locales de la EP estableciendo compromisos de gestión de procesos y resultados escolares o convenios para la calidad, los cuales serían acompañados de exigencias y apoyos por parte del centro (Ministerio), según el cumplimiento o no por parte de las administraciones de los compromisos y metas establecidos en esos contratos para la calidad. Esta agenda, que actúa en los dos frentes descritos -docencia e instituciones de la EP- requiere de una cuota de recursos muy significativa. Dicho esto ¿De qué orden de magnitud son los recursos requeridos?

4. Algunos parámetros para facilitar el dimensionamiento del desafío. En este trabajo no hemos estimado los costos generales, sin embargo entregamos algunos criterios a tener en cuenta para su estimación. Un dato real respecto de lo que son hoy las rentas de los docentes de un colegio particular pagado de elite (Santiago Collage), varían entre un ingreso al inicio de $ 914.320 por un contrato equivalente a 44 horas a otra renta que luego de 12 años de servicio alcanza un valor de $ 1.137.576, por las mismas 44 horas. Claramente el ingreso de partida es atractivo, pero el de largo plazo no. Ello porque la variable que este establecimiento usa, como lo hace la gran mayoría, es la antigüedad (trienios). Resulta necesario entonces estimar un sueldo horizonte de largo plazo más atractivo y ello se podría hacer considerando por ejemplo a los promedios de rentas de las carreras que hoy resultan atractivas para los jóvenes. Según estudios del Mineduc (Página Web mifuturo.cl), una estimación razonable indicaría una multiplicación en 2 1/2 veces16 a los mismos

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En documento anexo se describen los rasgos centrales de los órganos de administración directa de los establecimientos públicos. 15

En documento anexo se detallan las características y se proponen posibles funciones de este sistema.

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Comparación con incrementos promedio de carreras más demandadas: Abogados, Médicos e Ingenieros. Del sitio Web del Mineduc mifuturo.cl se observa que luego de 4 años de trabajo los abogados titulados en la U. de Chile tienen una remuneración promedio mensual que varía entre 1,70 y 2 millones de pesos (Los titulados en la UC de Chile entre 1,5 y 1,750 millones de pesos); en igual periodo los titulados en medicina de ambas universidades (U de Chile y UC de Chile) tienen una renta promedio que varía entre 1,750 y 2 millones de pesos; en igual periodo los titulados de ingeniería en minas de la USACH tienen una renta promedio de más de 2 millones de pesos.

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12 años de ejercicio ($ 2.285.800), ello podría darnos una idea de un posible techo para los docentes de mejor desempeño (Parte de una pirámide según desempeños). Otro dato a tener en cuenta es la actual rotación de este personal en la EP. Así por ejemplo, en uno de los mejores colegios públicos del país (Instituto Nacional), no se da una alta rotación de docentes, en realidad son pocos los profesores que abandonan el colegio tentados por mejores ofertas. Pero ocurre otro fenómeno al cual habría que prestar atención y este es el retiro parcial (reducción de horas de contrato). En este caso lo que ocurre es que los profesores de ese colegio ven como una ventaja ser parte de la dotación, ya que les otorga prestigio. Así, lo que hacen es disminuir paulatinamente sus horas de contrato, siempre dejando unas pocas horas en el colegio. Una advertencia es que ello opera en el caso de docentes que son buenos, pero no se escapan significativamente del promedio. Cuando los profesores son muy destacados, terminan rápidamente migrando hacia los colegios privados con muy sustantivas y mejores rentas, ello ocurre la gran mayoría de las veces en las disciplinas en que existe escasez de estos profesionales (Ej. Física). En el caso de los lideres instruccionales las rentas promedio de los directores de colegios de la EP hoy vigentes según la ley N° 20.501 (Esta ley afecta aún a un bajo número de estos profesionales) varían entre un mínimo de $ 1.328.325 y un máximo de $ 1.885.525 por un contrato de 44 horas, dependiendo esas rentas del tamaño del colegio y el porcentaje de vulnerabilidad de su matricula (Un caso especial son las escuelas rurales muy pequeñas, el cual no se analiza aquí). Los ingresos de estos profesionales, también debieran incrementarse según desempeño. Se podría entonces elevar el actual sueldo al ingreso al cargo haciéndolo por ejemplo equivalente al promedio entre el piso y el techo de la que sería la remuneración de un docente de aula de la EP ($ 1.600.000) e incrementar el actual techo en un 40% (Haciéndolo equivalente a App. $ 2,7 millones). A esa renta máxima debieran acceder el grupo de directivos de elite de la EP, cuidando no estimular excesivamente la llegada a esos cargos directivos de los docentes de buen desempeño en la sala de clases, ya que un buen profesor de aula no necesariamente será un buen directivo. Así, la carrera debiera estimular a que los buenos docentes de aula se conserven en sus puestos. En el caso de los encargados o gerentes de las administraciones de la EP, sus remuneraciones debieran ser competitivas respecto de los promedios de las profesiones mejor rentadas. Igualmente en el caso de los profesionales que formarían parte de los staff técnicos en las administraciones de la EP, sus rentas debieran ser levemente mejores (5 a 10%), sino iguales a las de los mejores directores de establecimientos. Finalmente, el personal que opere a nivel nacional y regional en el manejo del sistema de EP a nivel nacional (Excluida su jefatura), debiera tener rentas similares o levemente por sobre el personal técnico que labora en las administraciones (510%). Si se observan los grandes números, los docentes de aula del sector municipal son alrededor de 70.000, obviamente si se elevan las rentas según desempeño, se debiera producir una pirámide según categorías de desempeño en una escala (por ejemplo cuatro categorías como propone el actual gobierno). En todo caso la transición debiera partir con un número reducido de casos y de manera experimental, dado que se requiere entre otras cosas encontrar a los más idóneos, cuestión que tomara tiempo e implicará un importante recambio y renovación del personal. En Otro parámetro que se podría utilizar es la comparación respecto de carreras docentes de países con mejores resultados educativos (por ejemplo razón Ingreso n° años de servicio/ingreso inicial).

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relación a los directivos ocurre algo similar, estos son alrededor de 4.500 y se convierten en 11.000 si se incorpora a este grupo a los docentes que cumplen otras funciones directivas y técnicas pedagógicas. Respecto de las administraciones, que hoy son 346, su número debería disminuir significativamente (Hoy no podemos estimar ese número, sin embargo se puede simular que en régimen sería deseable que no supere las 150). Sobre ese número estimado se podría calcular el costo en régimen de los gerentes de las administraciones y de su staff de apoyo, el que en promedio se podría estimar en 4 profesionales calificados por administración. Adicionalmente, se requieren profesionales de altas cualificaciones para los niveles nacional y regional, una manera de estimar ese número es asimilarlo a la que será la dotación de la superintendencia de educación (App. 500 profesionales). Adicionalmente, se requieren recursos para17: i) Cubrir los costos del traspaso de los colegios desde los municipios a estas nuevas administraciones, el cual es un gasto por una vez (Ej. Expropiaciones. El Estado posee herramientas para minimizar esos costos); ii) Asegurar el financiamiento para futuras inversiones (infraestructura, equipamiento, recursos didácticos, etc.), este es un gasto permanente. Se debe consignar que estos recursos en su mayoría ya existen y solo se requeriría su reasignación; iii) Asegurar la transición, resguardando los derechos laborales de los docentes (Ej.: En contados casos los profesores reciben rentas adicionales financiadas exclusivamente por los municipios. Un caso es Vitacura) y cubriendo los gastos que actualmente asumen los municipios para asegurar la operación de las administraciones de EP (Ej.: Sustituir el actual aporte municipal que bordea USD 250 millones anuales), ambos gastos son permanentes, tendiendo el referido a los docentes a su extinción en un mediano plazo18, y; iv) Finalmente, se requiere de un financiamiento permanente para un programa que incentive el retiro de los docentes en edad de jubilar, ya que resolver desde la política previsional la grave caída del ingreso de estos profesionales al momento de jubilar (1/3 de la última renta) resulta altamente costoso e improbable. Por lo que se observa los recursos necesarios para esta reforma son enormes. Como ya se señaló antes, el presente trabajo solo se ofrece parámetros iniciales para facilitar una estimación de su costo global. 5. Los obstáculos que deberá enfrentar la reforma y su superación19. Dentro de los obstáculos a superar se pueden señalar: Existe una mala comprensión del problema de quienes toman las decisiones. Una de las más importantes es que no se observa con claridad la intima relación que existe entre la mejora de las capacidades de los docentes de la EP, la superación de la crisis de ésta y su posterior mejora sustantiva. 17

Estos temas se tratan con mayor profundidad en documento anexo.

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Este gasto podría no ser necesario en el caso de los docentes que mejoren sustantivamente sus rentas al momento del traspaso. 19

Ibídem.

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Hay que luchar contra un “sentido común” instalado entre la población, que percibe a la EP como una opción de la cual habría que escapar. Se ha instalado que la educación particular subvencionada es mejor. Como ya se señaló, el volumen de recursos que implica esta reforma es significativo y no son claros sus efectos en el corto plazo. Para el mundo político sería una reforma que luce poco frente a otras de mayor visibilidad inmediata. Realizarla significa rediseñar o repensar de manera significativa o completa al actual sistema de financiamiento (subvenciones), privilegiando a la EP por sobre la particular que recibe subsidios estatales y al mismo tiempo buscar un sistema de financiamiento que dialogue mejor con un modelo de carrera docente basado en el desempeño, ya que no es posible hacer esto con el actual esquema de subvenciones. Se debe advertir que este tema puede convertirse en una barrera ideológica difícilmente franqueable. No se dispone aún de claros y persuasivos argumentos para convencer acerca de esta significativa inversión vis a vis otras prioridades del propio sector (Ej.: Ayudas estudiantiles en Educación Superior o Educación Parvularia, etc.) y/o de otros sectores. Se requiere de un diseño fino de implementación que, dado el nivel de desacuerdos, no es fácil de concretar.

6. Cómo hacerlo. Una transición paso a paso, experimentando y ajustando. La solución a problemas complejos requiere de soluciones que aborden esa complejidad. Desde esa perspectiva se reitera: las políticas para transformar a la educación pública y mejorar la carrera docente resultan inseparables. Dada la complejidad y magnitud de la tarea se produce un “trade-off” entre la eficiencia y la urgencia del cambio. Por el volumen de recursos y la movilización institucional y humana que implica, se debería partir experimentando en territorios específicos y con grupos de administraciones, colegios y docentes muy acotados, tomando en consideración que en los diversos territorios se requiere que al menos se incluya a una administración de EP. Se debería partir por un número acotado de comunas o agrupación de éstas que sean seleccionadas de acuerdo a algunos criterios, entre los cuales se podría considerar: compromiso de las propias administraciones con el cambio (requisito para su éxito); cierto tamaño de su matricula (Ej. Administraciones de tamaño medio); diversidad de regiones, no necesariamente las más pequeñas (Ej. Al menos 5 de las 15 regiones del país). Este experimento debiera tener una marcha blanca (tiempo de maduración), por ejemplo cuatro años. Para luego observadas las fortalezas y debilidades del modelo y realizados los ajustes necesarios para su mejora, considerar su masificación al resto de los territorios. Esta última etapa debería tomar adicionalmente un tiempo entre 5 y 6 años. En definitiva, la realización del cambio requiere de una década20. 20

Una pregunta valida es si este plazo razonable. No tenemos como saberlo, solo a modo comparativo y advirtiendo los diferentes contextos. En dictadura, el traspaso de los colegios desde el fisco a los municipios tomó alrededor de 7 años.

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Por ello existe una tensión que se da entre los plazos de la transición y la urgencia con que la ciudadanía exige resolver el problema. Los movimientos sociales demandan mayor celeridad, ya que la evidencia indica que de seguir la sangría de la EP a su actual ritmo, en muy pocos años ya no quedará nada que hacer con ella. En rigor, muchos de los que se declaran defensores de la EP sostienen que hay sectores apostando a esto último. La transición debe hacerse cargo de aquello. El sentido de urgencia se enfrenta desarrollando una acción de pedagogía política de alta complejidad, ya que el cambio, sobre todo en el actual contexto, no se podrá realizar con éxito sin establecer mecanismos de participación de los actores del sistema -estudiantes, docentes y administradores de la EP- y, pasa también, por la implementación de medidas a corto plazo que contribuyan a detener y revertir la caída de matricula de la EP (campañas de recuperación de matrícula y sensibilización a la ciudadanía buscando elevar el prestigio de la EP). Finalmente, el diseño debe ser experimental porque debe tener en cuenta que, aunque se disponga de los recursos financieros y administrativos necesarios, la condición de éxito pasa por disponer de los recursos humanos para llevar adelante la tarea. Esta es lejos la condición más difícil de cumplir, así se requerirá de tiempo y un gran esfuerzo para disponer de la suficiente masa crítica de capacidades profesionales y técnicas que hagan posible el cambio.

7. Breve conclusión. A modo de conclusión podemos señalar que, el esfuerzo de salvataje y revitalización de la EP pasa también por la revalorización y fortalecimiento de la profesión docente. Ambas son las dos caras de una misma moneda, la una y la otra son sinérgicas en el logro de la meta de la calidad para todos. Por ello se debe instalar un discurso, que haciendo confianza y exigiendo al máximo las capacidades de nuestros docentes e instituciones escolares de EP, eleve las expectativas. Sin perder realismo, debemos tener la convicción de que nuestra docencia y la EP son capaces de asegurar aprendizajes de alto estándar a todos sus estudiantes.

Otro ejemplo más reciente, el paso de los establecimientos subvencionados al régimen de jornada escolar completa (JEC), se inició el año 1998 y a la fecha cubre al 80% de la matrícula. Ahora, esa cobertura se logró el año 2007, es decir 9 años después de iniciada la JEC.

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ANEXO 1: Políticas para transformar a la educación pública Índice: 1. La relevancia de la educación pública: su valor y función social, los principios que la inspiran. 2. Un posible arreglo institucional de la educación pública a nivel escolar. 3. Medidas urgentes e inmediatas para la sobrevivencia de la educación pública 4. Las capacidades docentes: el tema central a nivel escolar. 5. Gradualidad de la reforma a la institucionalidad y el financiamiento de la EP (plazos y recursos). 6. Nudos a desatar para el logro de las metas.

Anexo 2: Cuadro comparativo que incluye: Situación actual. Los proyectos actuales para mejorar la institucionalidad de la educación pública: ventajas y desventajas. Experiencia internacional comparada.

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1. La relevancia de la educación pública: su valor y función social, los principios que la inspiran.21 El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación de calidad a través de la Educación Pública (EP), entendiéndose a ésta como la provisionada por entes del estado según lo establecen convenciones internacionales.22 Por ello, es deber del Estado garantizar la existencia a lo largo del territorio nacional de una Educación Pública (EP) cuantitativamente relevante y de calidad. El valor de la EP está asociado a que esta aspira a ser el espacio de encuentro de la diversidad, integración de la comunidad, espacio de construcción de identidad local y nacional. La EP es un espacio para la integración e inclusión y por tanto una herramienta fundamental para el logro de la cohesión social.

clave y

Los propósitos generales de la EP en referencia a la educación común u obligatoria, los cuales le dan sentido a su existencia son: i) realizar proyectos educativos de interés común para facilitar el desarrollo nacional, regional o local; ii) garantizar el pluralismo, la inclusión, diversidad económica, política, social y cultural de los estudiantes y sus familias; iii) garantizar el derecho universal a la educación, asegurando su presencia en cada rincón del país donde existan niños y jóvenes que educar; iv) promover la equidad y la integración social de los estudiantes para con ello fomentar la cohesión social, y; v) establecer un estándar práctico de calidad para el conjunto del sistema educacional, que desde el reconocimiento de las brechas en educación resguarde la presencia de procesos y resultados equivalentes, independientemente del origen de los estudiantes. Los privados podrían cumplir esos propósitos, sin embargo, no están obligados y, solo dependerá de su voluntad asumirlos (sociedad libertaria). El Estado en cambio, según su asimetría de poderes respecto de los ciudadanos (Atria, 2009), debe ser obligado a cumplir exigencias para con éstos y ello se establece en los derechos ciudadanos y el deber del estado de asegurarlos (normas y leyes que obligan al Estado). Obviamente, la historia del régimen democrático moderno ha sido la ampliación progresiva de esos derechos.

21

Lo propuesto en relación a qué hacer con la educación pública se basa en un trabajo previo que el autor desarrolló con otros profesionales a petición de parlamentarios de la oposición. Este equipo fue coordinado por el suscrito y lo constituyeron los profesionales Marcos Barraza, Cristian Bellei, Rubén D. Díaz, Gabriel de la Fuente, Nivia Palma y Rosa Riquelme. 22

La UNESCO (organismo de las Naciones Unidas encargado de la educación y la cultura) define que un Establecimiento es de Enseñanza Pública cuando “es controlado y gestionado por una autoridad pública o un organismo escolar público (nacional/federal, estatal/provincial o local), independientemente del origen de los recursos financieros”, y que un Establecimiento es de Enseñanza Privada cuando se trata de un “Establecimiento controlado y gestionado por una organización no gubernamental (iglesia, sindicato o empresa), independientemente de que reciba o no fondos públicos”. Análogamente, la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) entiende que “una institución es clasificada como pública si el control final descansa en (1) una autoridad o agencia educacional pública o (2) un cuerpo de gobierno (Consejo, Comité, etc.), donde la mayoría de sus miembros son designados por una autoridad pública o elegidos por una franquicia pública; (...) una institución es clasificada como privada si el control final descansa en una organización no-gubernamental (por ejemplo, una iglesia, una sociedad comercial, o una empresa), o si su Consejo de Gobierno está constituido mayoritariamente por miembros no elegidos por una agencia pública” (OECD, 2004).

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Entre otras razones, por ello el grueso de los sistemas educativos se organiza de modo de disponer poderosos sistemas de educación común de carácter público, siendo excepciones notables países como Chile, Holanda y Bélgica,23 en parte debido a sus propios desarrollos históricos. Se muestra a continuación cuadro comparativo de participación de la EP en distintos países (% de la matrícula atendida por esta modalidad de administración v/s otras modalidades). País Alemania Australia Austria Bélgica Canadá Corea S Chile Dinamarca EEUU Eslovenia España Estonia Finlandia Francia Grecia Holanda Hungría Islandia Irlanda Israel Italia Japón México Nva. Zel. Noruega Polonia Portugal Rep.Chec. R. Unido Suecia Suiza Turquía Prom.OCDE

Pública 96,1 69,5 94,4 45,9 95 98,6 42,2 86,5 90,2 99,7 68,5 96,0 98,6 85,1 92,7 n.d. 91,7 98,1 99,6 n.d. 93,2 98,9 91,7 87,6 97,7 97,4 88,1 98,5 94,9 92,4 92,4 97,8 89,5

Primaria Privada Ap.Est. 3,9 30,5 5,6 54,1 5,0 x 51,8 13,2 x 0,3 27,8 x 1,4 14,3 x x 8,3 1,9 x n.d x x x 10,2 2,3 0,7 3,2 1,5 0,1 7,6 7,6 x 7,6

Porcentaje de matricula según tipo de administración (2009) Secundaria baja Secundaria alta Privada Pública Privada Privada Pública Privada Privada Ap. Est. Ap. Est. x 91,1 8,9 x 92,5 7,5 x x 65,8 34,2 x 69,7 30,1 0,2 x 91,1 8,9 x 89,6 10,4 x x 39,7 60,3 x 43,7 56,3 x x 92,3 7,7 x 94 6,0 x 1,4 81,6 18,4 x 54,3 45,7 x 6,0 47,1 46,9 6,0 41,5 51,9 6,6 0,3 74,2 25,1 0,8 97,8 2,1 0,1 9,8 90,9 x 9,1 91,2 x 8,8 x 99.9 0,1 x 96,2 2,0 1,8 3,7 67,8 28,8 3,3 77,5 12,1 10,4 4,0 96,9 x 3,1 96,2 x 3,8 x 95,6 4,4 x 86,2 13,8 X 0,5 78,2 21,5 0,3 68,6 30,4 1,0 7,3 94,4 x 5,6 95,1 x 4,9 n.d n.d x n.d. n.d x n.d x 90,9 9,1 x 80,2 19,8 x x 99,2 0,8 x 79,4 20,3 0,3 0,4 100 x x 98,3 x 1,7 x n.d. n.d. x n.d. n.d x 6,8 96,0 x 4,0 91,1 3,6 5,3 1,1 92,8 x 7,2 69,0 x 31,0 8,3 88,7 x 11,3 81,5 x 18,5 2,1 82,9 12,1 5,0 72,0 15,7 12,2 x 96,9 3,1 x 90,5 9,5 X 1,9 96,2 1,1 2,7 86,9 1,3 11,9 8,7 81,2 5,1 13,7 75,8 4,0 20,2 x 97,4 2,6 x 85,9 14,1 x 5,0 80,7 13,3 6,0 56,0 38,1 5,9 x 89,7 10,3 x 85,5 14,5 x x 89,7 10,3 x 85,5 14,5 x 2,2 x x x 97,1 x 2,9 2,9 85,8 10,7 3,5 81,2 13,1 5,7

23

Hay que advertir que los modelos de Holanda y Bélgica, poseen un alto porcentaje de ofertantes educativos particulares apoyados por el Estado. En parte esto se explica por las particularidades históricas de ambas naciones, las que muy tempranamente en el siglo XX alcanzaron estos arreglos (confluencia de nacionalidades y creencias religiosas distintas). Una diferencia radical de estos países con el caso de Chile, entre otras razones por la larga data de esos arreglos educativos, es que las regulaciones y controles sobre los administradores privados son de un nivel de exigencias que se encuentra muy lejano a las actuales regulaciones de nuestro sistema, incluso considerando las recientes reformas que buscan una mayor regulación y control del Estado sobre el conjunto de los colegios (Superintendencia, Agencia de la Calidad, entre otras reformas).

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Otros países Argentina 76,9 17,8 5,3 77,4 17,3 5,3 69,0 22,6 8,3 Brasil 87,7 x 12,3 89,9 x 10,1 85,6 x 14,4 China 93,3 6,7 x 92,4 7,6 x 85,4 14,6 x India n.d. n.d n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. Indonesia 83,6 x 16,4 63,3 x 36,7 47,5 x 52,5 Fed. Rusa 99,4 x 0,6 99,5 x 0,5 98,8 x 1,2 Prom. G20 89,8 4,8 5,3 83,7 8,4 7,9 76,5 12,2 11,3 Fuente: Extraído de Education at a Glance 2011, Chapter C. OECD. Primaria (App): de 6 a 12 años; Secundaria baja 13-15 años, y; secundaria alta 16 a 18 años. Las convenciones para comparar datos las establece esta publicación. En ella también se indican las fuentes de datos a las que recurrieron. n.d.= missing (no hay datos). La tabla original posee diversas nomenclaturas no coincidentes para varios países, ello a pesar de que en los datos mostrados sumen el 100% de la matricula. En esos casos y para no utilizar una nomenclatura que introduce confusión, se optó por especificar con una x.

Los principios orientadores de la Educación Pública. Podrían ser: Calidad. La EP debe asegurar el logro de los conocimientos, habilidades y actitudes -competenciasque habiliten a los estudiantes para la participación activa en la sociedad, desarrollando sus proyectos de vida, seguir aprendiendo a lo largo de su vida e integrarse y contribuir activamente como participes en el mundo productivo y económico, cultural y social, así como en el ejercicio de una ciudadanía activa en democracia. El logro de esas competencias deberá ser evaluado y exigido por un sistema de aseguramiento de la calidad y equidad de la educación. Equidad, Integración e inclusión. La EP debe garantizar el acceso permanencia y egreso de todos los estudiantes, de modo que éstos logren las competencias que le permitan su desarrollo personal, económico, cultural y social, para que así se logre efectivamente la igualdad de oportunidades. La EP es una de las herramientas más efectivas de que dispone la sociedad para asegurar la mezcla social de la matrícula, y; para discriminar positivamente a la población con desventajas de origen. Estas condiciones que debe cumplir la oferta educativa pública, deberá ser evaluada y exigida por el sistema de aseguramiento de la calidad y equidad de la educación. Gratuidad. La EP debe garantizar el acceso, permanencia y egreso de una educación de calidad eliminando las barreras económicas que pudieran tener las familias y los estudiantes para acceder, permanecer y egresar de ésta. Compromiso con la democracia, los derechos humanos y la cultura cívica. La EP debe constituir un espacio formativo privilegiado para la convivencia democrática, la vida republicana y encuentro en la diversidad, el respeto a los derechos humanos y ejercicio de una ciudadanía activos. Pluralismo. La EP debe constituir una opción formativa que reconoce y permite la expresión, organización y difusión de diferentes cosmovisiones que en plano cultural, económico, político, social y religioso buscan expresarse, siempre respetando los derechos humanos y la convivencia democrática. Así también, la EP debe asegurar la articulación y expresión de los intereses de los estudiantes y sus familias en las organizaciones que estos se den.

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No discriminación arbitraria. La EP debe dar un trato no discriminatorio a todos los estudiantes, evitando la segregación social, étnica, religiosa, política, de género u orientación sexual de los estudiantes y sus familias o cualquier otra segregación que atente contra la igualdad de derechos de éstos. Promover la participación de la comunidad. La EP debe asegurar a sus comunidades educativas, su derecho a ser informados y a participar activamente en el proceso educativo en cada establecimiento, así también debe fomentar la integración de los establecimientos a su cargo con la comunidad de su entorno. Respeto a la diversidad cultural y multiculturalismo. La EP debe fomentar el reconocimiento y valoración al individuo y colectivos en su especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión e historia. De orientación laica y respetuosa de la libertad de conciencia. La EP debe garantizar la libre expresión de las ideas en el proceso formativo, así como el respeto a todas las opciones religiosas de los estudiantes y sus familias y realizar una formación según éstos lo demanden. Todo ello en el marco de la convivencia democrática y respeto a los derechos humanos. Transparencia. La EP debe asegurar el acceso a la información educativa relevante, incluyendo los ingresos y gastos y los resultados académicos de la EP a todas sus comunidades educativas y a la ciudadanía en general. 2. Un posible arreglo institucional de la educación pública a nivel escolar24. Cómo se puede lograr que nuestra educación pública sea de calidad y asegure mayores niveles de igualdad en los resultados de aprendizaje de todos los estudiantes de la educación común. El Estado debiera mantener y desarrollar un sistema nacional de educación pública (EP) que garantice el ejercicio universal del derecho a una educación de calidad, asegurando la presencia relevante de la EP a lo largo del territorio nacional. Para ello debiera otorgar prioridad y mantener una especial preocupación por la EP: i) constituyendo a ésta en un sistema nacional; ii) disponiendo para ella de una institucionalidad y regulaciones específicas, iii) desarrollando políticas de mejoramiento y expansión de ésta; iii) estableciendo nuevos mecanismos de financiamiento para ésta; iv) asegurando un financiamiento

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Esta propuesta trata de recoger y sintetizar los principales acuerdos existentes, ya que se han desarrollado múltiples propuestas desde que se conocieron las conclusiones del Consejo Asesor Presidencial para la Calidad del Sistema Escolar (2006) que convocó la presidenta Bachelet. Se debe aclarar que a pesar de un amplio campo de acuerdo, existen diferencias importantes aún no superadas. Para un análisis en profundidad se pueden revisar los siguientes trabajos, señalados en orden cronológico: Consejo Asesor Presidencial para la Calidad de la Educación, capítulo EP (2006); González, Mizala, Romaguera, Bellei, documento preparado para el MINEDUC (2008); Marcel, Raczynski, diagnóstico y capítulo propuestas en libro “la asignatura pendiente”... Uqbar (2009); Documento Panel de Expertos encargado por el ministro Lavín (2010); Bellei, Elacqua, García Huidobro, Raczynski y Valenzuela, en políticas de fin de ciclo. Unesco (2011); Bayer (2011). También se pueden revisar otros documentos tales como: Propuesta de EP del Colegio de Profesores (2011); Propuesta de EP “Educación 2020” (2011);

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exclusivo y privilegiado que le permita cumplir su misión; y; v) buscando convertirla en el referente práctico de la calidad para el conjunto del sistema educativo. Cómo debiera ser esta nueva institucionalidad. Este Sistema Nacional de Educación Pública debiera ser autónomo y descentralizado, debiendo incluir la participación activa de las comunidades locales. A nivel de los territorios, se debieran constituir organismos públicos que administrarán las redes de establecimientos públicos, que a la vez serán coordinadas y articuladas como un sistema nacional, por el nivel central (ministerio). Los rasgos centrales de los órganos de administración directa de los establecimientos públicos podrían ser: i) organismos autónomos y descentralizados respecto de la administración central del Estado, pero articulados y coordinados por ésta, una figura posible es que se constituyan como corporaciones de derecho público, y; ii) organismos especializados en la gestión educacional, entre otras características centrales poseer dedicación exclusiva a la educación. Su responsabilidad sería la gestión técnico pedagógica, administrativa y financiera de los establecimientos públicos bajo su administración. La experiencia internacional comparada nos muestra que estos órganos (en sistemas descentralizados) son especializados y profesionalizados. La misión esencial de estos entes debiera ser garantizar la provisión de una educación pública relevante y de calidad, fortaleciendo y mejorando la red de establecimientos públicos de su jurisdicción, orientando su acción por los criterios rectores de la educación pública y las orientaciones estratégicas del nivel nacional responsable de la EP. Debieran tener control directo de todos los componentes de la gestión educacional para que ella sea de calidad: i) diseño y ejecución de políticas locales de mejoramiento; ii) supervisión y apoyo hacia sus colegios; iii) contratación del personal docente y otro personal experto y administrativo; iv) decisión sobre la apertura-cierre-fusión de colegios, y; v) planificación y ejecución presupuestaria de la red de colegios a su cargo (se sigue aquí la experiencia comparada). Respecto de la dirección estratégica de estas entidades, la podría realizar un órgano colegiado con los derechos y deberes de un gobierno corporativo. Este sería el consejo directivo de la Corporación de EP, que incluiría dentro de sus miembros a representantes de la comunidad, elegidos por un procedimiento establecido en la ley. El ente administrador debiera contar además con una dirección técnica de excelencia (dirección ejecutiva), seleccionada mediante procedimientos rigurosos (se dispone hoy del sistema de alta dirección pública (ADP)). Este directivo sería nombrado por el consejo de la corporación de EP usando en todo caso procedimientos previos del tipo ADP. Así también, el personal directivo necesario para cumplir las funciones de apoyo y supervisión técnico pedagógica, apoyo administrativo y financiero, cuyo jefe directo es el director ejecutivo, también debiera ser seleccionado por un método que considere la participación del sistema de ADP. Se debiera asegurar la participación de la comunidad, incluso más allá de la posible inclusión en el consejo directivo. Ello se puede lograr, particularmente en las corporaciones de gran tamaño, a través de la creación de consejos consultivos de la ciudadanía como entes asesores y/o 19


fiscalizadores en algunas materias que establecería el cuerpo legal que regule a esta nueva institucionalidad. Respecto de la calidad jurídica de los trabajadores que laboren en estas administraciones, excluyendo a los docentes que trabajan directamente en los colegios, se debiera establecer un régimen laboral que asegure flexibilidad, para así facilitar la adecuada gestión de estos entes. En último caso, si ello no fuera políticamente viable, se debiera buscar una segunda mejor solución, estableciendo algunas reglas específicas y excepcionales para regular las relaciones contractuales de este personal, siempre cuidando conservar la capacidad de las administraciones para realizar ajustes de personal en función de su eficiente gestión. Es evidente que el actual arreglo con más de 346 administraciones posee serías restricciones para la adecuada coordinación y aseguramiento de mínimos de calidad educativa en el conjunto del sistema. Si queremos que la EP sea un efectivo instrumento de control de calidad es necesario, usando variados criterios, repensar el número de administraciones. No obstante lo anterior, la solución a este problema no es solo técnica, ya que tiene un componente político fundamental (los arreglos impactan la institucionalidad en las regiones y a los gobiernos locales). Por ello, la respuesta a la pregunta de cuántas y cuáles serían estos nuevos entes de administración, pasa en gran medida por establecer un procedimiento en el cual participen los agentes locales y territoriales, cuidando que el saldo final sea un número de administraciones significativamente menor que el actual. Un posible mecanismo sería: i) definir nacionalmente criterios que deberán orientar las propuestas que realicen las regiones25; ii) que el gobierno regional elabore una propuesta en diálogo con las autoridades comunales y otros actores relevantes de la comunidad regional, ello en un proceso reglado en el cual participen órganos del gobierno central (Ej.: Mineduc, Subdere), iii) el gobierno central decide sobre las propuestas que las regiones realizan, solo pudiendo rechazarlas fundadamente. En ese caso se debiera realizar un nuevo procedimiento; iv) se crean las Corporaciones de Educación Pública por un procedimiento establecido en la ley (Ej. DFLs), y; v) sólo mediante una ley se podrían modificar en el futuro. Definiciones respecto de los establecimientos educacionales. El centro y foco de la gestión educacional de las Corporaciones de EP debiera estar en los establecimientos educacionales públicos bajo su administración. Los establecimientos deberían actuar con autonomía bajo la conducción estratégica y proyecto educativo de la administración local, el cual debería partir desde los proyectos educativos institucionales de los establecimientos y ser construido participativamente. Los equipos directivos establecerían los procesos técnico-pedagógicos orientados al cumplimiento de metas y compromisos educativos con la entidad administradora, considerando el proyecto 25

Posibles criterios son: geográficos, demográficos, de identidad cultural, de desarrollo económico y social local, de economías de escala, eficiencia en la gestión, la posibilidad de configurar equipos profesionales competentes, la capacidad de supervisión de los establecimientos, la capacidad de gobernanza del nivel central, coherente y/o complementaria con la división político administrativa del país en regiones.

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educativo del establecimiento, el de la propia entidad administradora y a las políticas del sistema nacional de educación pública. El director y su equipo debieran tener atribuciones para administrar el personal docente y no docente a su cargo, dentro del marco de la carrera profesional de los docentes y los recursos que se les proporcionen por las entidades administradoras para cumplir las metas educativas del establecimiento. Los colegios de cierto tamaño (en base a estudio a realizar/Ej. entre 400 y 500 estudiantes), debieran contar con apoyo profesional para su administración y manejo financiero. Sería una exigencia para los equipos directivos, dentro de sus compromisos (contratos por la calidad) con la administración, realizar seguimiento y asesoría en la preparación y realización de clases (observación periódica y sistemática de clases, debiendo existir retroalimentación educativa a los docentes y registros de esos procesos) y estimular la retroalimentación educativa que realizan los docentes a los estudiantes, utilizando los datos y resultados escolares. Asimismo, deberían ser los responsables de fomentar el desarrollo profesional y la cooperación e integración del equipo docente a su cargo. Todo lo anterior, orientado a acentuar el liderazgo pedagógico en los cuerpos docentes. Otra exigencia para los equipos directivos, sería vincularse con la comunidad local de su entorno. Los directivos dispondrían de mecanismos institucionales que les permitan compartir sus prácticas y registros de sus prácticas con el resto de los establecimientos de la red local de EP en que están insertos. Un posible instrumento es la creación de consejos asesores de la Corporación de EP constituidos por los directivos y jefes de UTP de los establecimientos, los cuales trabajarían apoyando su respectiva administración. Los directivos y jefes técnicos (UTP) más destacados podrían, dentro de su carga de trabajo, liberar tiempo para apoyar la labor de asistencia técnica pedagógica que las entidades administradoras realizan a los colegios a su cargo. Los países de mejores resultados educativos poseen este tipo de instrumentos de política. Nuevos mecanismos de participación de los alcaldes. Si el arreglo institucional educativo supera el tamaño comunal, es posible que los municipios y sus alcaldes: i) establezcan convenios de cooperación con las administraciones educativas; ii) puedan, por ejemplo, desarrollar un rol de defensoría de los ciudadanos frente a la administración educacional y canalizar demandas ante los organismos de fiscalización (superintendencia de educación y/o ministerio), y; iii) cuando una administración coincida con el territorio del municipio, los alcaldes por ejemplo voluntariamente, podrían participar en el consejo directivo de la Corporación de EP. Sistema Nacional de EP Una pregunta clave y que no ha estado en el debate público con la profundidad que se requiere es cómo corregir la actual heterogeneidad de capacidades del sistema público. Esta es estructural y se da en todos los planos, entre los más importantes: en la diversa calidad de las ofertas educativas, el muy distinto volumen de recursos que disponen, la disímil capacidad para atraer personal profesional idóneo, etc. Por lo mismo, se requiere elevar significativamente los niveles de coordinación del sistema, más aún, si lo que se busca es que la EP sea el referente práctico de la calidad del sistema.

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Un posible camino es establecer efectivamente un Sistema Nacional. Por ello, a continuación se mapean algunas de las características que podría tener este sistema26. Su objeto sería regular y supervisar el funcionamiento de las corporaciones de EP través del diseño de políticas, normas, planes y programas para su coordinación y articulación, que permitan satisfacer las necesidades educativas en los diversos territorios. Ello en el marco de objetivos educativos nacionales. Las funciones del nivel central podrían ser: i) mejorar el modelo de gestión de las administraciones educativas, con énfasis en la estandarización nacional del servicio educativo público, a través de herramientas normativas; ii) asegurar metas de acceso, para la permanencia y calidad al egreso de los estudiantes de la educación pública, mediante la gestión de las brechas educativas, formas de superarlas y la generación de oferta requerida en los territorios; iii) mejorar la disponibilidad, distribución y competencias de personal experto y de apoyo y asistencia técnica a las corporaciones de EP a lo largo del territorio nacional, y; iv) mejorar la gestión y el uso de los recursos públicos asignados a las corporaciones de EP, a través del fortalecimiento y uso de sistemas de apoyo a la gestión de costos. Finalmente este órgano debiera desarrollar políticas nacionales de apoyo a la EP a través de programas y/o otras iniciativas de política (incentivos y fomento de capacidades). En particular desarrollar programas de apoyo a su gestión, de creación, recuperación y fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento escolar, ello en coordinación con los gobiernos regionales. Este nivel se relacionaría con las administraciones estableciendo compromisos de gestión de procesos y resultados escolares o convenios para la calidad. En esos convenios se establecerían también definiciones nacionales que enmarquen la acción de las entidades administradoras y los establecimientos de la EP. Además, este nivel supervisaría el cumplimiento de esos compromisos o convenios, considerando en acuerdo con las corporaciones de EP, también a las políticas nacionales para la EP. Esos convenios incluirían acuerdos de carácter estratégico, orientaciones técnico-pedagógicas, junto a metas parciales y finales según periodos temporales específicos. El centro a través de su nivel regional, daría también seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones que en materia de calidad realice la Agencia de la Calidad a la respectiva red de establecimientos administrada por cada entidad. Desarrollaría políticas, dispositivos de apoyo y ayuda especializada de carácter nacional a las corporaciones de EP para el efectivo cumplimento de sus metas y/o políticas del sistema nacional de EP, determinando medidas de apoyo directo a estas entidades. También, podría actuar cuando las corporaciones de EP posean déficits importantes de funcionamiento, todo de acuerdo a las evaluaciones de la Agencia de la Calidad; igual cosa cuando ocurra que la Superintendencia detecte graves anomalías en la rendición de cuentas. El servicio nacional podría disponer la remoción anticipada de los Directores de las Corporaciones de EP cuando se incumplen las metas y resultados convenidos y/o las políticas del sistema nacional de EP, ello en consulta a los consejos directivos de las Corporaciones de EP. También realizar la intervención y eventualmente la reestructuración de estos órganos ante graves anomalías de la gestión o incumplimiento grave de sus objetivos. 26

Sobre este punto existen amplias discrepancias entre el actual gobierno y la oposición.

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Este ente nacional se podría constituir al interior del Mineduc como una subsecretaria o división encargada del sistema nacional (Ejemplo en salud: Subsecretaría de redes) estableciendo cuerpos regionales (significaría restructurar las Seremis de Educación), livianos, altamente calificados que serían los que se relacionarían con las administraciones locales y realizarían las funciones de monitoreo, evaluación y apoyo, según cumplimento de metas, programas y/o políticas nacionales, rindiendo cuenta de su accionar a esa subsecretaria o división. Aunque no se señala explícitamente en el texto, la propuesta toma en cuenta algunos aprendizajes de la experiencia internacional respecto de los modos de organización de los colegios públicos, con un foco analítico en los aspectos institucionales (para ello ver cuadro Anexo 2).

3. Medidas inmediatas y urgentes para la sobrevivencia de la EP en términos de su relevancia cuantitativa. Es urgente actuar si observamos la evidencia reciente acerca del creciente deterioro del prestigio de la EP. En una encuesta de representatividad nacional a padres y apoderados (adultos con hijos en el sistema escolar) realizada entre fines del año pasado e inicio del actual, por el Centro Democracia y Comunidad (CDC), se observa que un 76% de esos padres y madres considera como una característica positiva de nuestro sistema el desempeño de los colegios privados, en cambio, esa misma cifra cae significativamente a un 34%, al evaluar positivamente el desempeño de los colegios municipales (desacuerdo de un 66%). En esa misma encuesta, se consulta respecto de la calidad de la educación que entregan distintos tipos de instituciones, siendo la educación municipal la peor evaluada en una escala de 1 a 7 (4,34) y su competidora directa, la educación particular subvencionada, la segunda mejor evaluada respecto de todas las consultadas (5,44).

Fuente: Encuesta Nacional Educación Escolar, Marzo 2012. Centro Democracia y Comunidad.

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Dos aspectos adicionales que nos muestra esta encuesta son. Primero, el drástico cambio al comparar en qué tipo de institución estudiaron los padres (encuestados) respecto de sus hijos, así un 74% los padres señalan que estudiaron en un colegio municipal y ese porcentaje cae a un 41% cuando se les consulta por sus hijos. En cambio para el caso de los colegios particular subvencionados, esos porcentajes se han movido dramáticamente en un sentido inverso, desde el 18 al 53%. Segundo, ante la consulta de qué colegio preferirían, si tuvieran igualdad de condiciones al momento de elegir, un 68% de los padres y madres señala preferir un particular subvencionado y solo un 30% a uno municipal. Al observar los resultados según nivel socioeconómico por ejemplo, se comprueba que estos resultados generales no son significativamente distintos. Es más, la percepción acerca de la calidad de los colegios municipales de los padres que mayoritariamente envían a sus hijos a esos colegios (sectores más vulnerables), es significativamente más negativa que la de los otros estratos. Así, el escenario es complejo, ya que la medida más urgente es detener la sistemática caída de la matrícula de la EP, estando esa caída íntimamente asociada a un factor de carácter simbólico: la perdida de prestigio de esta modalidad de administración educativa, que además se ha constituido en una percepción muy consolidada e instalada en la población. Parte de estas políticas debieran tener como condición el no requerir de leyes, dado que resulta imperativo actuar aquí y ahora. Así, se deberían imaginar un conjunto de medidas administrativas que logren el propósito al menos de detener la caída de la matrícula. Estas medidas inmediatas debieran engarzar con los cambios institucionales y financieros ya descritos y que operan en el mediano y largo plazos. Qué tipo de medidas se pueden abordar nacionalmente: i) campaña impulsada por los propios municipios para recapturar matrícula el próximo año escolar y al mismo tiempo, en el plano simbólico, de revalorización de la EP y consecuente recuperación de su prestigio (evitar que siga produciéndose la fuga de la EP). Existen experiencias aisladas de las cuales se puede aprender para replicarlas masivamente, más precisamente desde el momento que se inicie el proceso de matricula del próximo año (E. Maipú)27; ii) aprovechar el actual fondo de apoyo a la gestión municipal (MM $ 40.000 anuales) para desarrollar iniciativas como la anterior y otras que motiven a los alcaldes a mantener y mejorar el servicio educativo que prestan28. Ahora, en el caso de la ley, esta debiera contemplar la creación de un fondo especial para la transición hacia la nueva EP que permitiera que estos recursos además, que ser utilizados para iniciativas de alto interés de las autoridades locales (alcaldes), tengan impacto indirecto en educación. Un modo de no desperdiciar los recursos otorgados a los municipios sería que las remesas siguientes se entreguen contra el cumplimiento de compromisos que los alcaldes asumieron a la primera entrega de estos fondos especiales (fondos contra convenios).

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Verdaderas fuerzas de venta de la propia corporación que difundieron en los barrios de la comuna las bondades de la educación que ofrecen. 28

La percepción generalizada de esas autoridades (alcaldes) de que se les quiere separar de la responsabilidad de administrar la educación puede ser otro factor de aceleración de la crisis, ya que una conducta altamente probable, es que dejen de prestar la debida atención a este servicio.

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Esa transición también debiera contemplar un mecanismo que permita a la superintendencia auditar el gasto de las administraciones de la EP aun en manos de los municipios y por tanto sin giro exclusivo en educación.

4. Las capacidades docentes, el tema central a nivel escolar. El fortalecimiento y mejora de la EP pasa porque esta modalidad de administración educacional atraiga y mantenga a los mejores docentes en sus aulas y colegios. Por qué son importantes los docentes. Como lo afirma el informe McKinsey (Barber & Mourshead, 2007) “La calidad de un sistema educativo tiene su techo en las capacidades de sus docentes”. Si eso es efectivo, la tarea central será crear capacidades en la base del sistema, entendidas como la existencia masiva de docentes y equipos directivos altamente competentes en el logro de los aprendizajes de los alumnos en todas y cada una de las instituciones educativas del sistema escolar. Esa es la clave para lograr un sistema escolar exitoso29. Dicho así, el desafío es la creación de capacidades pero ¿Cómo se logra aquello? Desde la experiencia internacional se plantea que uno de los caminos es la instalación de mecanismos de responsabilización y rendición de cuentas de los actores e instituciones del sistema escolar. La lógica de estos dispositivos sería el crear un adecuado balance entre incentivos/apoyos y exigencias/presiones, fomentando una cultura evaluativa, de modo que los diversos actores se vean impelidos a hacerse cargo de sus propias responsabilidades y respondan por las mismas. Para ello debieran existir múltiples mecanismos y políticas de apoyo que fomenten las fortalezas de los agentes educativos, en particular de los docentes y los directivos a cargo de éstos, de modo tal que estos profesionales efectivamente se hagan cargo de su tarea central: el aprendizaje de los alumnos. Para ello se requiere de un centro o ministerio poderoso capaz de prescribir y apoyar allí donde esas capacidades no se han desarrollado suficientemente. De lo anterior se plantea una estrategia de cambio en la cual fomentar las capacidades docentes resulta clave. Junto a ello es relevante orientar al personal docente de excelencia para que se haga cargo de las instituciones escolares que por las características de sus estudiantes requerirían de mayor atención. Al mismo tiempo, a los colegios que por sus resultados son capaces de actuar con mayor autonomía, habría que buscar se conviertan en apoyo efectivo a los equipos y lideres educativos de otros colegios que no poseen suficientes fortalezas. La idea en este diseño es que las comunidades educativas se hagan crecientemente responsables de los resultados que obtienen sus estudiantes y asuman esta misión, cada vez más activamente, innovando y mejorando de manera continua su acción de enseñanza-aprendizaje.

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Este es un aspecto capital de la agenda educativa, sin embargo ha sido completamente invisibilizado.

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En el siguiente esquema se muestra la lógica de este tipo de Reforma. Proceso de cambio desde la prescripción a la plena autonomía

Hacia una reforma sustentable : Todas las escuelas son efectivas Construyendo capacidades

Prescripción

Profesionalismo

Prescripción Nacional

Alta Excelencia Alta Equidad

Rol Clave de Fuerte rol Ministerio

Ministerio Prescripción detallada de lo que deben hacer las escuelas

Rol Clave de Construyendo Actores Locales capacidades

Liderazgo

a nivel

Fuerte rol Escuelas

Escuelas liderando La Reforma

de sistema

Fuente: Hopkins, 2008. Modificado por el autor.

Así el esfuerzo de política pasa por impulsar a las escuelas hacia la mejora, partiendo probablemente de una intensa prescripción, para en la medida que se desarrollen las capacidades docentes fomentadas por un liderazgo pedagógico también efectivo, las escuelas desarrollen sus propias fortalezas y superen sus debilidades y así vayan ganando crecientes espacios de autodeterminación y eficacia educativas en términos de la calidad de los aprendizajes de sus alumnos. Finalmente, cuando los docentes y los líderes educativos desplieguen plenamente esas capacidades, se logrará un sistema escolar donde todos los alumnos aprenden en alto estándar. La mejora continua de la calidad terminará siendo liderada por las escuelas, que serán verdaderos “crisoles” de innovación y mejora. Ese proceso no posee atajos, se trata de la creación de capacidades y en esa tarea los docentes y líderes pedagógicos son clave, en particular estos últimos que permitirían aprovechar las energías y capacidades subutilizadas de nuestra docencia, creando además una cadena virtuosa –al elevar las expectativas- lo que con seguridad permitirá que se logren en el menor tiempo posible, avances sustantivos en la calidad de los aprendizajes de nuestro estudiantado. Una nueva carrera docente El propósito central de este dispositivo de política pública sería atraer a personas talentosas a la pedagogía y retener a los de mejor desempeño en el ejercicio de esta profesión. Así, la nueva carrera es parte de una agenda más global de desarrollo de capacidades docentes que incluye: i) la creación de instrumentos para estimular los estudios de pedagogía; ii) nuevos programas y exigencias de calidad a los programas de formación inicial de los docentes; iii) creación de examen de habilitación para el ejercicio profesional en el sistema financiado por el 26


estado; iv) una nueva carrera para todos estos profesionales, que les atraiga a los centros escolares con mayores dificultades, permita la promoción horizontal y vertical en base al mérito y que contemple mecanismos de salida de la misma en los que su desempeño profesional sea una variable determinante. Analizamos a continuación opciones respecto de ámbitos clave en la mejora de la carrera. Requisitos para el ejercicio profesional docente o la mejora de los candidatos que desean estudiar pedagogía y los programas formativos de los mismos. Medidas que apuntan a mejorar el reclutamiento de los futuros profesionales, algunas de las cuales ya están en curso y están teniendo efectos podrían ser: i) estímulos para atraer a estudios de pedagogía a los estudiantes de mejores resultados en la prueba de selección universitaria30; ii) elevar las exigencias a los programas de formación de estos profesionales (acreditación que incluya resultados como las competencias requeridas al egreso de esos estudiantes, tasas de retención, éxito oportuno e inserción laboral)31; iii) desarrollar programas de fomento de las capacidades en las instituciones formadoras de profesores (revisión de mallas, formación de investigadores y doctorados, exigir vínculo y experimentación en colegios del sistema, entre otros aspectos); iv) incentivar a las instituciones de educación superior en el desarrollo de programas de formación continua para docentes en ejercicio (Áreas clave son: la formación de lideres pedagógicos o directivos; la formación de profesores en servicio en disciplinas en que existen debilidades: matemáticas y ciencias son ejemplos relevantes); v) para el desarrollo de programas de fomento de la calidad de la formación inicial y en servicio (como los descritos), se debieran promover desde el Estado la formación alianzas entre las instituciones formadoras nacionales y centros lideres mundiales en el campo (intercambio de docentes formadores, proyectos de investigación y formación conjunta, pasantías de investigadores en Chile, entre otras). Ingreso a la carrera docente. Respecto del ingreso a la carrera se deberían elevar las exigencias y al mismo tiempo mejorar las condiciones de entrada apoyando a los docentes noveles. Medidas posibles son: i) examen de habilitación para el ingreso a la profesión que evalúe competencias disciplinarias y pedagógicas de los postulantes (requisito para ejercer en la EP). En todo caso este examen debe considerar una fórmula de salida para los estudiantes que lo reprueben que también responsabilice a las instituciones que les formaron; ii) instalar procesos de inducción a los docentes noveles para que sean acompañados durante su primer año de ejercicio por profesores experimentados o mentores (existen experiencias ejemplares en el mundo), y; iii) elevar el ingreso de entrada a la carrera haciéndolo equivalente a otras profesiones de alto prestigio. Respecto de la promoción en la carrera y las condiciones de trabajo de estos profesionales. El foco es fomentar la mejora continua a través del trabajo de pares y el desarrollo de innovaciones (Barber, Mourshed & Chijioke, 2010). Ello implica reconocer que la pedagogía es un campo del 30

Según datos del Mineduc, la medida de otorgar becas de arancel y adicionales de mantención según puntaje (700) a los estudiantes de buenos resultados en la PSU (sobre 600) y que se matricularan en pedagogía, exigiendo además un puntaje de corte en la respectiva carrera (500), significó que este año el porcentaje de estudiantes del 30% de mejores resultados en la PSU aumente entre 10,7 a un 18,1% respecto del promedio del periodo 2007-2010. Habiéndose elevado el puntaje promedio de los aceptados en pedagogía en 13 puntos. Por otra parte, la probabilidad de que un alumno con 600 o más puntos escoja la carrera de pedagogía creció entre un 30 y 40% y en más de 100% para los estudiantes con 700 o más puntos. 31

El problema actual es la sobreoferta de carreras de pedagogía. Aunque ello no impide que exista escasez de profesores en algunas asignaturas, particularmente en educación media: matemáticas, ciencias, inglés, entre otros.

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saber humano que se basa en la práctica y que por definición, para asegurar su mejora continua, requiere del trabajo colegiado y colaborativo (trabajo en equipo sobre cómo mejorar las prácticas). Si no se tiene en cuenta este hecho en el diseño del modelo de carrera, los efectos del cambio pueden resultar perjudiciales. Dicho lo anterior, el diseño de incentivos tiene que ser cuidadosamente pensado. Generar en algún grado tensión competitiva entre pares y al mismo tiempo fomentar la colaboración no es un producto fácil de lograr, ya que se requiere de un delicado equilibrio entre exigencias/contención y apoyo. Qué medidas abordar respecto de la promoción horizontal de los docentes. Un requisito a priori es: i) simplificar la actual estructura de remuneraciones de los docentes del sistema municipal, para hacer más visibles los incentivos al desempeño, que hoy son aún muy insuficientes, no llegando a representar un 7% de la remuneración de un docente promedio de este sector (la de antigüedad representa un 26,8% de esa remuneración promedio); ii) incrementar los incentivos colectivos a los equipos docentes según los resultados que obtiene el colegio (SNED), de modo que este llegue a representar un porcentaje superior al 10% de la remuneración a los docentes que lo reciben; iii) crear un incentivo individual y progresivo (definiendo categorías de desempeño), que se asigne por la superación de pruebas de carácter nacional que miden competencias disciplinarias y pedagógicas.32 Este incentivo, una vez ganado, se conservaría en el tiempo aunque igual el docente debiera rendir exámenes periódicos y se iría incrementando según categoría en que sea clasificado según sus resultados en las pruebas. Esa asignación solo se podría perder y ganar según los resultados de las pruebas, en el último escalón de las categorías que se definan (podrían ser cuatro). Se aplicaría para los docentes de aula (buscando que los de buen desempeño se conserven en ella). Esta remuneración, que sería progresiva según categoría y por tanto cada vez más selectiva, debería, en la categoría superior llegar a ser equivalente a la de un director de buen desempeño; iv) en el caso del personal directivo y técnico pedagógico, hay que evaluar qué mejoras realizar, una vez en régimen las recientes reformas remuneratorias establecidas en la ley de calidad y equidad (Ley N° 20.501, de Educación, 2011) y aprendidas algunas lecciones de esa experiencia,33 y; v) la posesión de estos incentivos facultaría a los docentes para entrenar a sus pares (círculos de calidad) o para desarrollar actividades de actualización en el caso de que no progresen en la escala. Para ello se les debería liberar tiempo de dedicación, facilitando así la instalación en los colegios y territorios de espacios de reflexión y formación pedagógica continua 32

Respecto de la posible participación y toma de decisiones de los directivos en el otorgamiento de incentivos, si bien teóricamente parece correcto, habría que analizarlo con mayor profundidad. Son temas a tener en consideración: cómo mantener el trabajo de equipo; cómo transformar las practicas directivas de modo que estos tengan un juicio pertinente y acabado respecto del desempeño de cada uno de los docentes (por ejemplo la observación de clases es una práctica de reciente introducción en Chile y aún no es suficientemente extendida), y; cómo asegurar evaluaciones “justas” que permitan la movilidad de los docentes entre colegios. Sin lugar a dudas, es un avance que los directivos deban evaluar el desempeño de los docentes de aula a su cargo, sin embargo los resultados de estos procesos son relativamente estables y tienden a sobre apreciar las competencias de los docentes evaluados, de aquello se puede concluir que queda mucho por mejorar en esta materia Respecto de esto último habría que señalar que algunos autores advierten (Jacob & Lefgren, 2006, 2008) que por más rigor que los directivos pongan en la acción evaluativa, serán capaces de discriminar solo desempeños extremos (10 a 20% de la docencia) y no reconocer de manera efectiva diferencias en la enorme gama de desempeños intermedios. 33

Por lo mismo, resulta preocupante que la ley de carrera docente que recientemente ha enviado el gobierno, introduzca modificaciones a una ley (N° 20.501) que aún no entra en régimen. Legislar de ese modo puede tener como efecto que los actores aumenten sus incertidumbres de manera significativa, con las negativas consecuencias que ello tiene.

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(Reuniones de trabajo técnico en los colegios, talleres comunales por disciplina, etc.), y; vi) los incentivos remuneratorios debieran incluir un porcentaje según las características del estudiantado del colegio en que el profesor(a) labora, discriminado positivamente según vulnerabilidad de ese estudiantado. Respecto de la promoción vertical o cambio del rol. Como ya se mencionó, se acaban de realizar cambios respecto de cómo progresar en la carrera profesional, ahora verticalmente, por ejemplo entre el aula y la dirección de colegios. Estos consisten en: i) modificaciones relevantes a los sistemas de selección de directivos; ii) una mejora remuneracional importante para estos profesionales que hará atractiva esta posición en los colegios. Ella se asocia al tamaño y características de la matrícula del colegio que dirigen (la renta promedio de estos profesionales se incrementaría en un rango que oscila entre un 33,5 y 89,5% según el valor por tramos de esas variables); iii) otorga mayores competencias y responsabilidades a los directores, entre las cuales, las más relevantes son que podrán en adelante constituir sus equipos directivos como staff de su confianza y también podrán despedir anualmente hasta el 5% de los docentes de más bajo desempeño del colegio, calificados en las categorías más bajas por el sistema de evaluación docente ya existente (sistema de evaluación referido a estándares de carácter nacional). Otra atribución importante, al mismo tiempo deber de estos profesionales, es la de establecer convenios de desempeño con sus administradores, existiendo un sistema de evaluación del desempeño, ahora para directivos, que se basa en el cumplimiento de dichos convenios, aunque aun es muy poco extendido. A futuro y en la medida que existan evaluaciones preliminares de las propuestas actualmente en operación, se pueden plantear medidas como las siguientes34: i) crear un incentivo individual y progresivo (definiendo categorías de desempeño), que se asigna por la superación de programas de formación en el liderazgo educativo, que son ofrecidos como un sistema de acreditación de cursos, otorgándose vía concurso un número acotado de becas estatales a los docentes que deseen hacerlo y posean méritos. El cambio de categoría y también de rentas se debería producir por el acumulado histórico en el cumplimiento de metas que los directivos comprometieron en los convenios para la calidad que anualmente suscribieron con sus sostenedores. Este incentivo se conservaría en el tiempo, una vez ganado y se iría incrementando según la categoría (ello no excluye la re acreditación periódica que tendría un carácter formativo), el incentivo se podría perder periódicamente en el último escalón de categorías (la parte correspondiente a ese nivel). Se aplicaría para los docentes directivos y técnico pedagógicos; ii) mejorar el actual incentivo colectivo para los cuerpos directivos y técnico pedagógicos, el cual hoy posee un alcance muy limitado; iii) crear un sistema de formación continua para los lideres educativos en el cual 34

Existe evidencia acumulada respecto de la importancia del liderazgo directivo en los aprendizajes escolares de los estudiantes. Leithwood (2007), autor canadiense muy reconocido en el campo, señala que se pueden identificar cuatro grandes campos de acción de los directivos que inciden indirectamente en los aprendizajes de los estudiantes a través de los docentes. Ellos son: mostrar dirección de futuro, como la capacidad de motivar y establecer un propósito moral, visionar y otorgar misión al colegio y su equipo docente; desarrollar personas, como la tarea de construir conocimiento y habilidades del personal docente para el cumplimiento de las metas del colegio y mantenerles altamente motivados; rediseñar el colegio, como el conjunto de prácticas para generar condiciones de trabajo en las cuales el personal docente se mantenga motivado y se desarrollen plenamente sus capacidades; finalmente, gestionar la instrucción, que agrupa al tipo de prácticas asociadas a la acción de los docentes en el aula, la supervisión de esa tarea y la retroalimentación constante con los docentes, respecto de los resultados escolares de los estudiantes. Una moderna carrera docente, ahora para los lideres educativos debiera fomentar esos campos de prácticas, ya que la evidencia que tenemos hoy nos indica poseen impacto en el aprendizaje de los estudiantes.

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participen como instructores, directivos destacados, creando incentivos remuneratorios y disponibilidad temporal para el ejercicio de estas labores; iv) como ya se señaló antes, en el caso de la EP, en la medida que el número de estos profesionales mejor entrenados se incremente, facilitar su inserción en las administraciones educacionales, como entrenamiento para cumplir ese rol y como una herramienta que facilite su ubicación en posiciones estratégicas y/o asegurar que puedan servir en los territorios y escuelas donde más se requiere por la escases de capacidades. Particularmente, la presencia de lideres en las administraciones educacionales adquiere la mayor importancia, ya que este es un eslabón normalmente olvidado por la reforma chilena, y; v) como una tarea de gestión del sistema, dentro de la carrera se debieran crear instancias y disponer de recursos temporales, especialmente en la EP, para que estos profesionales puedan intercambiar y circular las buenas prácticas entre los equipos de lideres, creando redes de trabajo cooperativo, consolidando el desarrollo de innovaciones diseñadas y ejecutadas por las propias escuelas o redes de ellas (lideres en red). Condiciones de trabajo. En este campo se podría avanzar en: i) incrementar las horas no lectivas (de trabajo técnico sin presencia frente a estudiantes) de los profesores de aula de la EP, comprometiendo esas horas para la preparación de clases, la reflexión sobre la practica/clases, el análisis de resultados de los estudiantes, etc. El proyecto de ley que el actual gobierno ha presentado contempla aumentar las horas no lectivas de los docentes de aula y, aunque en su formulación no queda claro a cuantos docentes beneficia, ello es muy positivo (pasa de la actual proporción 75-25% a una 70-30%). En este campo debiéramos tender a acercarnos a los estándares que poseen países de gran desarrollo educativo (ejemplos. Escocia 60-40%, Japón: 5050%, etc.), y; ii) una lección importante que nos dan los sistemas exitosos, es que liberan a los lideres educacionales de las tareas administrativas rutinarias que les sacan de su prioridad en el aprendizaje de los estudiantes, así y en la medida que se alleguen más recursos a la educación, se podría avanzar en la instalación en los centros escolares de personal profesional de auxilio en las tareas administrativas y financieras. Mecanismos de salida de la carrera. Una meta es diversificar los mecanismos por razones de mal desempeño sostenido o edad muy avanzada de los docentes: i) existe un mecanismo para poder exonerar a los docentes de reiterado bajo desempeño, el cual habría que evaluar una vez ya en plena operación (5% anual de docentes evaluados como insatisfactorios y básicos por el proceso de evaluación docente del sector municipal). El total de docentes elegibles para ese 5%, según los datos que arroja esa evaluación hasta el 2011, representan aproximadamente 1/3 del total de la actual dotación de estos profesionales en el sector municipal. Como parte del modelo, se podría considerar el juicio experto del director, por ejemplo ampliando el universo de elegibilidad legalmente y permitiendo el uso de la mejor capacidad de discriminación de los extremos de desempeño que posee este personal, según lo ha demostrado la evidencia acumulada (Jacob & Lefgren, 2006, 2008); iii) finalmente, dado que la EP posee una planta docente envejecida35, se deberían mantener en el tiempo, mecanismos transitorios que se han desarrollado para incentivar el retiro de los docentes en edad de jubilar.36 Debiera hacerse en un programa que al menos se proyecte en una década, evaluable en su marcha, según el cumplimiento de metas. 35

De los datos recogidos hasta el año 2009 en el estudio longitudinal sobre la profesión docente que realiza el Mineduc desde 2005, se observa que las remuneraciones del sector municipal son menores que las del sector particular subvencionado, en el caso de los docentes de menos de 50 años. Esa situación se invierte para los docentes mayores de 50 años. Además, la edad promedio de los docentes del sector particular es 7 años menos que la del sector municipal. 36

Existe una vasta gama de ejemplos de estos planes que se podrían usar como referencia para el diseño de uno nuevo.

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Finalmente, tres temas globales que debieran ser definidos y tienen enormes consecuencias para el diseño y la estimación de costos de un nuevo modelo de carrera que logre el propósito de atraer y retener a profesionales competentes en la profesión docente. Primero, se debe resolver si la carrera docente solo se aplicará al personal de los establecimientos de educación pública o simplemente y por ser un sector que buscamos movilizar en su conjunto incrementando sus capacidades, aplicará al conjunto de la docencia. Se podría seguir con el actual régimen parcial en el sector particular subvencionado, sin embargo ello ha producido unas asimetrías entre la EP y la particular subvencionada que hoy afectan la gobernabilidad del sistema en su conjunto. Si la carrera será para la EP, el nuevo financiamiento debiera ser exclusivamente para esa modalidad de administración educativa. Segundo, el proceso de instalación de la nueva carrera. Se hace exigible la incorporación a todos los docentes de la EP en un plazo establecido, por ejemplo 6 años o, simplemente, se hace exigible solo para los nuevos docentes y/o voluntaria para los docentes ya en ejercicio, considerando un lento y prolongado proceso de instalación de la nueva carrera. Podría por ultimo existir una amplia gama de posibilidades entre estos dos polos, en los que está en juego la masividad y velocidad de instalación de la nueva carrera. Tercero, en relación al alto costo y los mecanismos de financiamiento de esta nueva carrera. Respecto del costo. Solo para tener un orden de magnitud, la propuesta del actual gobierno considera un mayor costo de App. USD 1,400 millones anuales en régimen, los que al ser traspasados vía subvenciones en la práctica están entregando importantes recursos no atados a los sostenedores particulares subvencionados. Más importante aún, si se pretende construir una carrera basada en el mérito y a la vez maximizar el uso de los recursos en ese fin, se debería repensar y reconfigurar completamente el actual sistema de financiamiento vía subvenciones, el cual no es un buen mecanismo de asignación de recursos, cuando estos son diferenciados y altamente localizados, como se requeriría en una carrera basada en el mérito37.

5. Gradualidad (plazos y recursos). Financiamiento de la reforma propuesta. Un tema central del cambio institucional es su costo y necesario financiamiento. La reforma implica unos desembolsos mayores, algunos por una vez y otros, muy cuantiosos, permanentes. Respecto de las fuentes y modalidades de financiamiento, las entidades de administración de la EP: i) debieran contar con un presupuesto propio, fijado por ley, en base a criterios objetivos asociados al cumplimiento eficiente y eficaz de su misión (por ejemplo para la contratación de personal calificado en esas administraciones); ii) las Corporaciones de EP debieran recibir además una subvención especial y exclusiva para el desarrollo de la Educación Pública, adicionales al financiamiento común para establecimientos públicos y privados. Ello en razón de las mayores exigencias que posee la EP respecto de los sostenedores privados (Ej. Exigibilidad de estándares

37

Una posibilidad radical para resolver este problema es que sea el nivel central el que se haga cargo de la planilla docente, con los riesgos y beneficios que ello implica. Ello ocurre en algunos países (ver Anexo 2).

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indicativos y planes de mejora, además de las obligaciones generales que les impone la ley, entre otras: gratuidad, asegurar un acceso universal y la inclusión de la matricula); iii) debiera además, existir un fondo nacional para la construcción y mantenimiento de la infraestructura y equipamiento de la EP (Se provisionan recursos similares o equivalentes a los que hoy existen y se asignan a través del FNDR). Finalmente, una función clave de la autoridad nacional del sistema de educación pública debiera ser la de participar en la elaboración del presupuesto anual destinado a cada Corporación de EP. Ello en base a los proyectos de desarrollo de éstas y las políticas nacionales definidas. Durante la transición debiera existir un financiamiento adicional y especial para cubrir los costos de instalación del nuevo sistema. Los costos de esta reforma junto a los requerimientos que plantea una nueva carrera docente plantean el desafío de modificar sustantivamente el actual mecanismo de subvención escolar, ya que sería necesario repensar ese subsidio, estableciendo un nuevo equilibrio entre sus énfasis en la demanda y sus características v/s la oferta y sus características (Un ejemplo en esta dirección es la subvención preferencial por concentración cuyo énfasis está en la oferta y no en la demanda)38. Potenciales costos de la reforma. En un primer intento por dimensionar el esfuerzo financiero que implicaría una reforma como la propuesta y solo a grosso modo, se puede señalar que: i) los costos financieros de la transición producto de indemnizaciones a los municipios por la expropiación de bienes muebles e inmuebles39 . Esos costos podrían ser fuertemente amortizados si el Estado hace efectivo el cobro a través de la condonación de numerosas deudas impagas que hoy mantiene un número muy relevante de municipios. Respecto de los que no caen en esa situación, los municipios ricos, este costo se puede prorratear a largo plazo ofreciéndoles exenciones transitorias, por ejemplo a parte de sus contribuciones al Fondo Común Municipal; ii) Solo a modo de ejercicio, se ha estimado un incremento que cubriera la nueva carrera docente de la EP y la operación de esta última. Esta debiera ser una subvención exclusiva para los establecimientos de educación pública (fondos basales de la EP) 40.. Sabemos que la educación pública posee mayores obligaciones que la privada respecto de lo que le es exigible por la sociedad. Además, tiene y tendría mayores costos de las reglas laborales que aplican a los docentes que prestan servicio en esta modalidad de administración educativa41.. Por último, si la nueva institucionalidad consistirá en la sustitución de los municipios por nuevos entes que administrarán la educación pública, a todas luces es necesario sustituir los actuales aportes que realizan los municipios, representando estos el 17% del total de subvención general que la EP 38

Subsidio que reciben las escuelas según el porcentaje de alumnos prioritarios que concurren a estas. Los fondos se incrementan en la medida que la institución escolar posee mayor porcentaje de estos alumnos (existen cuatro tramos). 39

Solo como referencia, lo gastado en infraestructura escolar durante la implementación de la JEC bordea los USD 1,700 millones. Si se logran ahorros por efecto de mecanismos que puede utilizar el fisco, los recursos frescos se podrían estimar en 1/3 de ese valor. 40

Con estos recursos también se sustituirán los actuales aportes de MM$140.000 que hoy invierten en educación los municipios. 41

Este punto solo sería revisable si la carrera base docente se convierte en universal (para todos los docentes).

32


recibía a diciembre de 2011 (total de subvención que recibieron los municipios es de MM $ 830.000). El volumen de recursos es significativo y por tanto se requieren inyectar al sistema de manera gradual. Un horizonte razonable para la entrada en régimen de la reforma es un periodo de diez (10) años contados desde el inicio de su implementación. La transición institucional. Se debiera: i) limitar el crecimiento excesivo de la oferta de educación subvencionada, que contribuye decisivamente a un desfinanciamiento relativo del conjunto de los establecimientos en zonas geográficas con exceso de oferta (resulta recomendable realizar estudios para identificar zonas con sobreoferta); ii) eliminar gradual y proporcionalmente a los incrementos el financiamiento compartido. En la norma que establece la nueva institucionalidad de la EP se determinaría cómo ocurrirá aquello, estipulando como plazo final y último al momento en que esté plenamente operativa la nueva EP; iii) transferir a los nuevos empleadores a los docentes. Ello se realizaría conservando todos los derechos y el estatuto laboral y profesional de los docentes -transferencia del personal sin solución de continuidad-, se aseguraría así no incurrir en un nuevo y enorme gasto. Se definirían soluciones particulares en los casos en que los docentes posean remuneraciones adicionales de cargo del municipio (Ej. planilla en extinción); iv) traspasar los bienes muebles e inmuebles de los municipios a los nuevos organismos de administración de la EP implicaría aplicar el principio jurídico de “universalidad”, que obliga a que todos los bienes deban ser transferidos (edificios, muebles, otros recursos). Cuando corresponda, se debiera indemnizar por este concepto a los municipios42; v) remplazar gradualmente la inversión en el sector educativo que actualmente realizan los municipios (App. 280 millones de dólares al año); vi) poner en práctica esta propuesta de manera progresiva, considerando un avance por zonas geográficas. La implementación es acompañada de cerca por sistemas de monitoreo y estudio que permita corregir tempranamente las deficiencias así como aprender rápidamente para la implementación en las nuevas zonas. Esta transición se extiende por un máximo de diez años (10); vii) durante el período de transición, realizar los ajustes y perfeccionamientos que serán necesarios al interior del Mineduc, en sus distintos niveles precisando su rol y composición de funcionarios en el nivel central y las regiones. En particular se deberían reconfigurar significativamente la estructuras de los niveles regional y provincial, ello en la medida que se crean plazas en las entidades de administración de la EP, y; viii) crear un consejo con representación ciudadana y experta que acompañe la reforma, en calidad de órgano consultivo y asesor, al mismo tiempo que herramienta de fiscalización y control social de la marcha de la reforma (un consejo de estas características existió en la implementación de la reforma procesal penal).

6. Nudos a desatar para el logro de las metas. Se listan un conjunto de condiciones críticas a enfrentar: i) Existe una mala comprensión del problema de parte de quienes toman las decisiones. Un sector considera imprescindible realizar el cambio y desmunicipalizar, pero no dimensiona 42

Este es un gasto inevitable si se quiere enajenar a los municipios de esta responsabilidad.

33


adecuadamente la complejidad y envergadura de ese cambio (grueso de los parlamentarios de oposición). Otro sector no considera tan necesario ese cambio y más bien este no está dentro de sus prioridades (grueso de los parlamentarios de gobierno). Por su parte, los actuales administradores, los alcaldes, no son suficientemente claros para manifestar sus verdaderos intereses y voluntades respecto de conservar este servicio (existe una división transversal). Ello en un escenario de creciente desprestigio de esta modalidad de administración educativa, como lo muestra la reciente encuesta a padres y apoderados del sistema escolar realizada por el Centro Democracia y Comunidad (marzo 2012). ii) Hay que luchar contra un “sentido común” instalado entre la población, que percibe a la EP como una opción de la cual habría que escapar. Se ha instalado que la educación particular subvencionada es mejor; los padres de distintos estratos sociales, particularmente los de mayor vulnerabilidad, la prefieren por sobre la pública; se percibe que los valores y formación deseables los trasmiten mejor los establecimientos particulares, etc. En síntesis, se puede inferir que la crisis de la EP es de tal magnitud que sería irreversible, estando condenada en un futuro cercano a su irrelevancia cuantitativa y cualitativa. Hay que hacer conciencia de que esta percepción fue sistemáticamente instalada desde las elites,43 ya que era parte de la diferenciación política y muchas veces, al igual que en el caso de la docencia, se actuó con muy poco sentido estratégico (no considerando el serio impacto que poseen las expectativas sobre la calidad del sistema escolar). Revertir estas percepciones, no necesariamente basadas en evidencia, es una prioridad, sin embargo el esfuerzo requerido es mayor y de largo aliento. iii) El volumen de recursos que implica esta reforma es significativo y no son claros sus efectos en el corto plazo. Sería una reforma que luce poco frente a otras de mayor visibilidad inmediata. Por una parte compite con otras prioridades del propio sector, por ejemplo con las urgencias que se plantean en orden a incrementar significativamente las ayudas estudiantiles en educación superior o el aumento de la calidad y cobertura en educación parvularia, etc. Por la otra, y esto es aplicable al sector educación completo, compite también con las prioridades en otros campos de las políticas públicas: Trabajo, Salud, Obras Públicas etc... Por ello parece inevitable que el estado busque asegurar recursos frescos que hoy no dispone y sabemos que ello puede ser un escollo mayor en el actual escenario y de no cambiar de manera importante las correlaciones políticas (Ej. más impuestos a las empresas y cómo se realizará distribución de los mismos). iv) Los escollos a la implementación. Para llevar a cabo en el menor tiempo posible y con éxito esta reforma, se requiere de un diseño fino de implementación que, dado el nivel de desacuerdos, no es fácil de concretar. Hay que imaginar que los ruidos (expresión de agentes que se resistirán al cambio) en el proceso de cambio pueden ser mayores y si no se tiene una meta clara y compartida, una dirección estratégica muy firme, consistente e insistente en el logro del propósito y los recursos institucionales, humanos y financieros para lograr ese propósito, es muy probable que la reforma sea inviable desde su diseño original y por tanto se implemente medias (solución a la chilena). Se debe tener claro que cualquier cambio que se proponga, por muy basado en evidencias que esté, es una apuesta sobre la cual veremos resultados muy posteriormente (no hay idea menos seductora que esta para un político).

43

La percepción de que la EP es de mala calidad tardó cerca de una década en permear al grueso de la población, habiendo sido importantes catalizadores, los movimientos estudiantiles de 2006 y 2011

34


v) Para facilitar la comprensión del problema y su magnitud por parte de quienes toman las decisiones, es necesario trabajar con ellos de manera pedagógica, explicando la complejidad y el carácter sistémico del problema que tenemos entre manos. La solución a problemas complejos requiere de soluciones que aborden esa complejidad. Desde esa perspectiva las políticas para transformar a la educación pública y mejorar la carrera docente son inseparables y en realidad corresponden a las dos caras de una misma moneda. Por ello, la calidad del esfuerzo de pedagogía política de los conductores de la reforma es otro de los puntos críticos, si se busca llegar exitosamente a las metas que se proponga. El esfuerzo de salvataje y revitalización de la EP, igualmente ocurre respecto del profesorado, tiene un componente simbólico central. Pasa por horadar un discurso que ha puesto las culpas de la calidad de la educación en las instituciones de la educación pública y los docentes. Ello pasa por instalar un nuevo discurso, que haciendo confianza en las capacidades de nuestros docentes e instituciones escolares, eleve las expectativas, haga recuperar la percepción de que nuestras instituciones y docentes son capaces y poseen excelencia para lograr una educación que asegure aprendizajes en alto estándar a todos los estudiantes, ello sobre bases realistas y no dejando de exigir que el trabajo sea bien hecho.

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ANEXO 2. Los proyectos actuales para mejorar la institucionalidad de la educación pública: ventajas y desventajas (cuadro comparado). Experiencia internacional comparada. Institucionalidad de la EP. 1. Órganos administración.

de

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

Direcciones de Administración de la Educación Municipal (DAEM) al interior de los municipios como parte de la burocracia municipal. Son 294 en todo el país

Municipios que obtienen buenos resultados en pruebas estandarizadas, según formula que establece la ley, continúan como están. Número aún indeterminado.

V: Menú de opciones que hace menos costosa la instalación del sistema.

Corporaciones de derecho privado para administrar la salud y educación. Sus presidentes son los alcaldes, posen un directorio controlado por éste y un secretario general (de confianza del alcalde). Son 52 en todo el país.

Municipios que no obtienen buenos resultados, según formula que establece la ley, deberán convertirse en agencias públicas de educación local, ya sea dentro de una comuna o por decisión voluntaria, como una agrupación

V: Recoge varios de los consensos ya construidos en el diseño de las agencias de EP.

Desv. La pluralidad de organismos y modalidades de relación con los mismos de parte del centro del sistema (ministerio) podrían genera problemas de gobernanza y coordinación importantes. Desv:

El

modelo

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o 44 45 en vías a ello) Organismos de administración educacional a nivel municipal (operan dentro de los municipios). Casos de Finlandia (también se dan administraciones que son agrupaciones de municipios), Holanda (aunque en un arreglo con fuerte presencia de privados), Suecia, Japón (en el caso de la educación primaria). Distritos escolares, en países con larga tradición de descentralización. Estos organismos normalmente son dirigidos por consejos elegidos por la comunidad. Ejemplos de ello Canadá y EEUU. Otro ejemplo de este tipo de organización, aunque con matices, son los LEAs en

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Esta sección no se debe leer estrictamente alineada con las anteriores columnas, entre otras razones porque se presentan descripciones generales que no tienen el nivel de detalle que las descripciones en el caso chileno. 45

Existen modelos exitosos con altos grados de centralización que no son analizados aquí (Ej. Corea del Sur y Singapur).

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de éstas. Número aún indeterminado.

En ambos casos son los entes encargados de la administración de los establecimientos. Se excluye formalmente la supervisión pedagógica (en manos del Ministerio).

No son órganos de dedicación exclusiva, los DAEM por ser parte de un órgano multipropósito (municipio) y las Corporaciones por ser también responsables de la salud y en algunos casos de programas de atención de menores.

desarrollado no profundiza en los consensos y por tanto define una institucionalidad precaria.

Las agencias serán los órganos de administración educativa.

Inglaterra, Gales y Escocia. Australia como una mixtura, en donde las provincias definen la organización del sistema y algunas de ellas han avanzado significativamente en la descentralización (Victoria) otorgando facultades importantes directamente a los establecimientos. Nueva Zelanda, es un caso interesante, ya que el Estado central establece convenios por la calidad directamente con los establecimientos que son dirigidos por consejos escolares. El Estado controla el cumplimiento de metas de los establecimientos.

Tendrán dedicación exclusiva a la educación.

V: la especialización de los entes, al mismo tiempo, posibilidades de un mejor y mayor control central Desv: posibles problemas de coordinación de las políticas públicas a nivel local.

En todos los casos analizados, ya sea dentro de los municipios o en distritos o consejos de establecimientos públicos, el órgano administrador es altamente especializado en educación.

Un dato adicional. En América Latina existen variados arreglos: son ejemplos de educación municipal Colombia y Brasil

37


(educación básica). Argentina es un ejemplo similar al caso de Australia (son las provincias las que poseen atribuciones para organizar el sistema, dados ciertos parámetros nacionales). En general en los países que no poseen distritos escolares, las reformas descentralizadoras son relativamente recientes (ejemplos: Finlandia, Suecia). Australia, por ejemplo, vive un proceso descentralizador que incluye la incorporación creciente de privados.

Sus funciones y atribuciones son: presupuestar la operación de los colegios, diseño de planes anuales de educación, supervisión administrativa, administración del personal, inversiones en bienes muebles e inmuebles (importante participación de FNDR) e inversión en recursos e insumos educativos, abrir, fusionar y/o cerrar

En el caso de las agencias, sus funciones y atribuciones son: definir y establecer el proyecto de desarrollo institucional, las directrices técnico pedagógicas, la administración del personal, presupuestar la operación de los colegios, la supervisión técnico pedagógica, administrativa y financiera de los colegios, rendición de

V: Transfiere responsabilidad pedagógica a las administraciones. Esta atribución hoy está en manos del Mineduc.

En general independientemente del tipo de arreglo institucional, las funciones y atribuciones son las mismas que las descritas en la propuesta del actual gobierno chileno. Entre otras, una importante atribución es la contratación y despido de los docentes (en algunos casos esa facultad ha sido transferida a los consejos a nivel de los colegios).

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colegios.

cuentas de la gestión.

Total de administraciones municipales de colegios: 346.

Total de agencias y municipios que administrarán la educación. Indeterminado.

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

2. Organización interna de estos entes.

Los DAEM son parte de la estructura municipal, sus jefaturas se encuentran en el tercer nivel jerárquico de estos entes. Normalmente, dependen del departamento de desarrollo social del municipio. Las plantas de personal son variables según municipio. Las Corporaciones poseen un Presidente y un Secretario General, que

Tendrán un Consejo Directivo de cinco miembros, que perciben dieta (8 UTM mensuales), los preside el alcalde o su representante. Son integrados además por un consejero electo por los centros de padres, dos profesionales destacados electos por los directores de colegios y otro por el intendente regional (de terna de rectores de

V: Existe un órgano de gobierno corporativo, con las responsabilidades y deberes de este tipo de ente. Desv: El costo de definir una regla general en su composición, aunque se busca asegurar participación y al mismo tiempo evitar la captura corporativa, el objetivo no se logra plenamente.

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Existe un órgano de similares características en los casos mencionados antes (los países con distritos (EEUU, Canadá) y crecientemente los que poseen consejos escolares a nivel de establecimientos (Nueva Zelanda, Australia). Estos órganos se eligen por la comunidad y no vía designación como lo que se propone en Chile (uno de los aprendizajes de esta modalidad de generación de las autoridades es que incrementan el riesgo a la captura corporativa).

V: La existencia de una

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oficia de gerente de la organización, contratan profesionales especializados para apoyar la administración (varía según municipio).

instituciones de educación superior) y, finalmente, un funcionario designado por el ministerio.

modalidad de convenios por la calidad, contra objetivos y metas convenidos y evaluable según resultados

Este órgano nombra, evalúa, fiscaliza, pudiendo remover al Director Ejecutivo, en base a un convenio de desempeño. Además, entrega las directrices centrales y de largo plazo para la agencia, así como su fiscalización general.

V: la especialización y profesionalización de las agencias administradoras de la educación.

Las agencias tendrán un Director Ejecutivo, que será el jefe de la agencia. Será nombrado por el CD de la agencia, de una nómina que generará el SADP. Su contrato es en base a un convenio de desempeño. Su incumplimiento es causal de despido.

Es interesante en este caso la experiencia de Nueva Zelanda, que utiliza a los convenios para la calidad como dispositivo de gestión y control.

Desv: el proyecto no aborda el tema del equipo profesional de estos organismos. Desv: el proyecto no plantea ningún recurso especial para financiar la contratación de este personal. Este es un requisito básico para profesionalizar estos servicios, sobre todo en territorios en los que, de no existir incentivos importantes, será imposible atraer a profesionales más competentes.

El Director Ejecutivo define las

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directrices técnico pedagógicas, establece las políticas de incorporación, desarrollo y término de la relación del personal, administra el presupuesto de la agencia, abre, fusiona o cierra establecimientos educacionales y rinde cuenta pública sobre su gestión.

En ambos casos, los colegios a su cargo.

En ambos casos, los que se convierten en agencia y los que continúan en la actual modalidad municipal, los colegios a su cargo.

En todos los casos mencionados, los colegios forman parte de las administraciones. En algunos de estos sistemas (Ejemplos: crecientemente en Australia, Nueva Zelanda), los colegios poseen fuertes atribuciones y en gran medida se autogobiernan (Finlandia).

41


Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

3. Régimen laboral del personal.

DAEM: Estatuto Docente (profesores en los colegios y en las administraciones); Estatuto Administrativo (personal en las administraciones).

Estatuto docente para el personal docente que labora en los colegios.

V: El traspaso del personal no implica costos, los que podrían ser muy onerosos de contemplarse modificaciones al régimen laboral de los docentes.

Corporaciones: Estatuto docente (profesores en los colegios); Código del trabajo (personal en las Corporaciones).

Código del trabajo para el personal que se desempeñe en las agencias, siéndoles aplicables las normas de probidad establecidas en la ley de bases de la administración pública.

V: Asegura mayor flexibilidad en la gestión de ese personal

Selección del personal. * Docentes por concursos según lo establece el Estatuto Docente (DAEM y Corporaciones).

- Selección del personal. * Los municipios que no se transforman en agencias, ídem al sistema actual.

Docentes que laboran en colegios, en el caso de las agencias. Por concursos según lo establece el Estatuto Docente.

Desv: Este es un tema sensible y genera fuertes resistencias en el personal que pudiera traspasarse voluntariamente a las administraciones desde los municipios o del ministerio (ello podría implicar serias rigideces a la hora de ajustar el personal del ministerio y fomentar su traslado, por ejemplo a los entes administradores de la EP.).

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Existe una amplia gama de opciones. Por una parte están los sistemas en que son los entes municipales o los distritos o servicios escolares los que contratan a los docentes. Ejemplos: Finlandia y Suecia; Canadá (aunque los arreglos varían según las provincias) e Inglaterra. En algunos casos, en particular en Suecia, los directores tienen facultades para contratar y desafectar docentes. Existen sistemas en que los profesores son contratados por el nivel central y poseen la calidad de empleados públicos, sus remuneraciones las paga el gobierno central a pesar de existir órganos de administración descentralizados. Ejemplos de ello son los Países Bajos y Bélgica. Existen variados mecanismos para incrementar las remuneraciones de los docentes. Por ejemplo en Finlandia pueden recibir complementos de su remuneración si cumplen labores de supervisión

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extraescolar, remplazos, etc. En Suecia, puede ocurrir que los municipios (los directores de los colegios) para atraer profesores escasos, les ofrezcan mejoras especiales. *Personal de las administraciones, concursos para funcionarios municipales el caso de los DAEM (excepcionalmente código del trabajo). Concursos y/o contratos entre privados según el Código del trabajo en las Corporaciones.

*Personal de las administraciones, Concursos y/o contratos entre privados según el Código del trabajo en las agencias.

Número total de docentes en el sector. App. 70.000. Estos números deben estar en caída producto de la merma de matrícula.

Número total de docentes en el sector: indeterminado.

Personal directivo y técnico pedagógico App. 11.000 (dentro de ellos 4.500 directores)

Personal trabaja en administraciones: indeterminado.

que las

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Institucionalidad de la EP. 4.

Financiamiento

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Subvención por estudiante pagada por el estado central según matrícula corregida por asistencia.

Ídem al ya existente, no contemplándose recursos adicionales, ni siquiera para implementar el traspaso y transición entre un sistema y otro.

Aportes municipales directos (hoy representan en promedio un 8% del total anual que perciben por concepto de subvenciones). Otros aportes que reciban vía convenios (ejemplo bienes transferidos desde los gobiernos regionales).

Ventajas y desventajas

V: No tiene ninguna. Desv: este es uno de los principales defectos de la actual propuesta. Se supone que el cambio ocurrirá sin necesidad de aportes de recursos frescos.

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a e Se pueden identificar tres modalidades gruesas de financiamiento. Mixta nacional/local. Aportes municipales y del gobierno central para compensar las desigualdades de riqueza de los municipios (Suecia). Otro modelo de cofinanciamiento es el caso finlandés, en donde la participación del municipio es mayoritaria (sobre el 50%). Por último en esta misma categoría cae Inglaterra. Mixta provincial/local. Un ejemplo de esta fórmula es Canadá, variando en los porcentajes, según las provincias de ese país Financiamiento desde el nivel nacional, estadual o provincial. Se distribuye corrigiendo por variables referidas a economías de escala, características de la población atendida, etc. Ejemplos de ello son Australia y Bélgica. En varios de estos sistemas, se permite el aporte marginal de los

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padres (ejemplo Australia: la compra de textos o materiales educativos). En algunos casos pueden existir cobros, siempre menores, para financiar la operación educativa (OntarioCanadá).

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

5. Relación de estos órganos con los colegios.

Nombran a los docentes de aula y directivos (según reglas de concursos establecidas en el ED).

Nombran a los docentes de aula y directivos (según reglas de concursos establecidas en el ED).

Realizan traslados y remplazos de docentes según demandas.

Realizan traslados y remplazos de docentes según demandas.

V: se agregan competencias técnico pedagógicas a las administraciones y ello permitiría un mejor acompañamiento técnico a la labor educativa de los colegios (orientaciones y supervisión).

Definen el plan anual educativo del municipio (PADEM). Con consecuencias educativas menores De hecho y no de derecho, crecientemente realizan supervisión pedagógica de los colegios.

Definen directrices educativas a los colegios.

Realizan supervisión pedagógica a los colegios.

Desv: al no contemplar un financiamiento especial a estas unidades, se hace inviable el ejercicio de esas nuevas competencias.

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) En el caso de los sistemas educativos descentralizados analizados, esta es una de las claves y diferencias mayores con el caso chileno. Las administraciones son especializadas y desarrollan una labor intensa de supervisión técnico pedagógica, administrativa y financiera a los colegios. La relación es fuerte y centrada en lo educativo. Es más, varios sistemas están pudiendo transferir mayores atribuciones a las propias escuelas, porque existen esas capacidades ya consolidadas a nivel local. Ejemplos: Inglaterra,

Canadá, Finlandia,

Escocia, Nueva

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Zelanda, Suecia. Supervisan administrativamente a los colegios.

Supervisan administrativamente los colegios.

Administran presupuesto. Transfieren recursos financieros y materiales para el funcionamiento de los colegios.

Administran presupuesto. Transfieren recursos financieros y materiales para el funcionamiento de los colegios.

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

6. Relación de estos órganos con el centro del sistema.

Sus colegios reciben supervisión técnico pedagógica del ministerio.

Permanece invariante.

Desv. Un nudo central del actual sistema es su baja capacidad de coordinación. Derechamente el proyecto no aborda este problema central.

Reciben financiamiento a través de la subvención escolar. Pueden ser auditados por la contraloría general de la república. Participan como beneficiarios en programas nacionales del ministerio.

a

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Existen diversos modelos de regulación para asegurar estándares y resultados de calidad. Casos como Inglaterra, algunos estados de EEUU, Canadá. Las administraciones pueden ser intervenidas si no logran los estándares exigidos o presentan graves problemas de gestión (estas intervenciones son transitorias). Otro caso es Holanda, en el cual el centro posee facultades para cerrar los colegios que no cumplen los estándares. Finlandia que poseía un sistema de accountability externo, ha migrado

46


a transferir los controles de la calidad a las propias escuelas. Ello producto de las altas competencias de los equipos docentes y directivos de ese país.

Concursan por recursos públicos, cuando estos se disponen por el gobierno (regional y nacionalmente)

Teóricamente, en la gran mayoría de estos sistemas, el centro o nivel nacional puede cerrar a los establecimientos que presentan reiterados problemas de calidad. Se indica teóricamente, ya que esa facultad es usada muy excepcionalmente.

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

7. Relación con la comunidad de su territorio.

Deben rendir cuenta pública de los resultados a nivel de colegios.

Se conserva invariante en el caso de las administraciones que continúan a nivel de municipios.

V: Se establece la obligación de rendir cuenta pública a la comunidad.

Deben asegurar el funcionamiento de Consejos escolares (organismos asesores de participación en los colegios).

En teoría, los alcaldes rinden cuenta en las elecciones respecto de

En el caso de las agencias, se adiciona que deben rendir

Desv: reforma muy limitada en este campo. Revisando más exhaustivamente la experiencia internacional, se podrían plantear mejoras sustantivas a la propuesta.

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Esta es otra fortaleza de los sistemas educativos exitosos de administración descentralizada. Hay que reconocer que en este tema existe una enorme distancia entre nuestra realidad y la de los países comparados. Entre otras razones por como se configuraron nuestras naciones y sistemas educativos. Muchos de estos sistemas se estructuraron desde abajo y los protagonistas fueron los ciudadanos en cada territorio, en el caso chileno, se hizo desde arriba y fue el estado central el

47


su gestión educativa.

46

cuenta pública anual a la comunidad (el director ejecutivo).

protagonista principal. En varios países existen mecanismos de participación voluntaria a través de instancias como los consejos de participación (Bélgica). Los padres participan en los consejos escolares que poseen amplias atribuciones (Australia, Nueva Zelanda). Los padres tienen injerencia en la formulación del plan educativo de la escuela, planes de estudio y en el apoyo a la educación de sus hijos (Suecia y Finlandia). Los padres participan y pueden ser candidatos en la elección de los consejeros locales de la educación (algunos estados de EEUU, Canadá)

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

Propuestas del actual gobierno

Ventajas y desventajas

8. Controles de la calidad del servicio educativo.

La agencia de la calidad a través de pruebas estandarizadas, indicadores de la calidad y visitas inspectivas de la calidad y/o eventualmente a las administraciones (no aún

La agencia de la calidad a través de pruebas estandarizadas, indicadores de la calidad y visitas inspectivas de la calidad a los colegios y/o eventualmente

Se acaba de crear un sistema de accountability que aún no opera. Por tanto no forma parte del proyecto analizado (agencia de la calidad y superintendencia). Habría

que

esperar

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) En un estudio realizado por el 46 Banco Mundial hace algunos años (2007), como parte de una asesoría para la construcción de nuestro sistema de aseguramiento de la calidad educativa, se realizó un meta análisis que consideró a una variedad de sistemas de

Mayor detalle revisar: Banco Mundial, (2007). “El diseño institucional de un sistema efectivo de aseguramiento de la calidad de la educación en http://siteresources.worldbank.org/INTCHILEINSPANISH/Resources/EducacionChile.pdf

Chile

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en operaciones)

administraciones. Las agencias deben rendir cuenta pública anual de sus resultados (el Director ejecutivo).

entonces, la puesta en marcha y plena implementación del sistema. Luego de ello se estará en condiciones de evaluar su marcha y corregir posibles errores de diseño.

aseguramiento. Ese estudio, al observar sistemas descentralizados como el chileno, identificó dos modelos a los cuales imitar, ya que son sistemas educativos de mayor calidad que el nuestro. Países en que la relación del centro o nivel nacional con los colegios se establece a través de contratos para la calidad, los cuales son sistemáticamente auditados por ese centro. Se fijan metas y el cumplimiento de estándares y si los colegios no los cumplen, se les aplican drásticas sanciones, incluido en casos extremos el cierre de los mismos (Nueva Zelanda es el caso más representativo de este modelo). Australia posee dispositivos similares. Otros países, adicionalmente a la existencia de una contrato, establecen dispositivos de auditoría y control, así como apoyo y asesoría sistemáticos para lograr la calidad, previéndose la intervención de las administraciones cuando estas presentan fallas graves de gestión (Ejemplos de ello son algunos estados de EEUU (Ej. Boston), Inglaterra, Canadá). Un caso similar es Holanda, que posee una fuerte

49


participación de privados y al mismo tiempo dispone de una poderosa institucionalidad para controlar la calidad (accountability). Las tareas de control de la calidad la realizan agencias especializadas (control de calidad educativa, control de las competencias de los docentes; control a la gestión y el uso de los recursos, etc.). No existe una regla única respecto de la posición institucional de estos entes. En algunos países forman parte del ministerio y en otros, son entes autónomos de este.

Institucionalidad de la EP.

Situación actual

9. Controles a la gestión administrativa y financiera de estos órganos.

La superintendencia de educación. Tiene la dificultad de que estos órganos no son de dedicación exclusiva y por tanto resulta imposible pesquisar desvíos de recursos (no aún en operaciones).

Propuestas del actual gobierno La superintendencia educación.

de

La contraloría general de la república.

Ventajas y desventajas

Se acaba de crear un sistema de accountability que aún no opera. Por tanto no forma parte del proyecto analizado (agencia de la calidad y superintendencia). Habría que esperar entonces, la puesta en marcha y plena

Ejemplos de otros sistemas (solo sistemas descentralizados o en vías a ello) Ídem. 8. El control del uso de los recursos es riguroso y exigente en los países analizados. Aunque no es parte de este trabajo, hay que recordar que Chile es probablemente el único país que posee un tan extendido numero de administradores con fines de lucro en la educación

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La contraloría general de la república.

Las agencias deben rendir cuenta pública anual de sus resultados (el Director ejecutivo).

implementación del sistema. Luego de ello se estará en condiciones de evaluar su marcha y corregir posibles errores de diseño.

escolar (1,2 millones de estudiantes asisten a un total de 3.256 colegios administrados por sostenedores CFL, representando el 31% de a matricula (Elacqua, 2011). Por ello, en el caso chileno, resulta comprensible separar y prestar atención particular al tema del uso de los recursos. En pocas palabras, una función del sistema de accountability que para estos países resulta obvia, hasta hace poco, aquí no lo era (no se entendía como necesaria). Se debe tener presente que gran parte del alegato social en contra del lucro está asociado a la opacidad con que se gastan los recursos, tanto los públicos como los privados y está muy instalada la percepción de que existe mucho abuso (al encuesta de CDC muestra que la demanda estudiantil de terminar con el lucro posee un apoyo del 89%).

51


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24.

Valenzuela, J.P: (2011). En libro “Políticas de fin de ciclo”. UNESCO.

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 17. Delincuencia: la principal preocupación de los chilenos

Evaluación crítica del funcionamiento del sistema procesal penal y presentación de propuestas específicas para su mejoramiento Jean Pierre Matus1

1 Abogado, Profesor Titular de Derecho penal de las universidades de Chile y Finis Terrae


Tabla de contenido 1. INTRODUCCIÓN: OBJETIVOS, JUSTIFICACIÓN, MARCO TEÓRICO, CONTENIDO Y FUENTES DEL INFORME 3 2. EVALUACIÓN CRÍTICA DEL SISTEMA PROCESAL PENAL DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU POTENCIAL INFLUENCIA EN LA REDUCCIÓN DE LA ACTIVIDAD CRIMINAL

8

2.1. LAS DIFICULTADES DEL SISTEMA PROCESAL PENAL PARA CONDENAR POR DELITOS QUE CONOCE 8 2.1.1. EL ARCHIVO PROVISIONAL: ¿MECANISMO DE DESCONGESTIÓN POR FALTA DE ANTECEDENTES CONDUCENTES O POR SELECTIVIDAD DE CAUSAS ENTRE BUENAS Y DIFÍCILES? 9 2.1.1.a). El problema del ingreso de causas con imputados desconocidos: rol del parte policial y falta de facultades de investigación autónoma de la policía 10 2.1.1.b). El problema del archivo provisional de causas con imputados conocidos. Deficiencias en la investigación 12 2.1.2. EL CASO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL: ¿APLICACIÓN A PRIMERIZOS POR DELITOS MENOS GRAVES? 13 2.1.3. PROCEDIMIENTOS NEGOCIADOS: JUICIO ABREVIADO Y SIMPLIFICADO. LAS CONDICIONANTES DEL DERECHO PENAL Y PROCESAL QUE FAVORECEN NEGOCIACIONES DESVENTAJOSAS PARA EL MINISTERIO PÚBLICO 15 2.1.3.a) Disposiciones penales cuya interpretación y aplicación posibilitan la negociación “a la baja” 16 2.1.3.b) Disposiciones procesales para la tramitación de los procedimientos especiales que favorecen la negociación “a la baja” 18 2.1.3.c) El problema especial de las faltas y su confusión con los “delitos menores” 18 2.2. INSUFICIENTE DELEGACIÓN DE FACULTADES DE INVESTIGACIÓN A LAS POLICÍAS: ¿“COLAPSO” DEL MINISTERIO PÚBLICO POR OBLIGACIÓN LEGAL DE DUPLICAR INVESTIGACIONES POLICIALES? 19 2.3. LAS DIFICULTADES DEL SISTEMA PROCESAL PENAL PARA ENFRENTAR LA DELINCUENCIA COMÚN HABITUAL 20 2.4. LAS DIFICULTADES DEL SISTEMA PROCESAL PENAL PARA IMPONER PENAS ALTAS 21 2.5. CONSECUENCIAS PARA LA ACTIVIDAD CRIMINAL 22 3. PROPUESTAS

26

3.1. LIMITACIONES Y ALCANCE 3.2. PROPUESTA DE MODIFICACIONES AL CÓDIGO PROCESAL PENAL 3.3. PROPUESTA DE MODIFICACIONES AL CÓDIGO PENAL

26 29 34

ANEXO

36

2


Evaluación crítica del funcionamiento del sistema procesal penal y presentación de propuestas específicas para su mejoramiento Dr. Jean Pierre Matus Acuña Profesor Titular de Derecho penal de la Universidad de Chile

1. Introducción: objetivos, justificación, marco teórico, contenido y fuentes del Informe En atención a mi experiencia y estudios previos se me ha solicitado colaborar con las labores de Res Pública, aportando antecedentes para la elaboración y presentación de propuestas de políticas públicas en materia de prevención y control de la actividad criminal. Los objetivos de este informe son, por tanto, en primer lugar, presentar una evaluación crítica del funcionamiento del Sistema Procesal Penal en orden al cumplimiento de uno de los objetivos declarados en el Mensaje que precede al texto del Código Procesal Penal, a saber, permitir disminuir los factores que “acentúan la inseguridad en Chile”, mediante “una represión imparcial y rápida de la delincuencia”. Y, en segundo término, ofrecer propuestas de modificación legislativa practicables para el logro de dicho objetivo. La justificación de un trabajo de esta naturaleza, en un contexto en que la mayor parte de las voces autorizadas en Chile y el extranjero señalan nuestro proceso de Reforma Procesal Penal como “histórico” y “exitoso”, requiere una distinción esencial entre lo que podemos considerar como “éxitos” de nuestro Sistema Procesal Penal y el objetivo de este informe. En efecto, usualmente se mencionan como rasgos distintivos del éxito de la implementación de nuestro Sistema Procesal Penal los siguientes: i) ii) iii)

Disminución efectiva del tiempo de duración de los procesos; Disminución del número de personas presas en espera de juicio; y Respeto material de las mínimas garantías del debido proceso, incluyendo el derecho a defensa letrada, la inmediación judicial y la posibilidad de presentar pruebas y contrastar las pruebas de cargo.

En efecto, según la información proporcionada por el Ministerio Público en su Boletín Estadístico Anual del año 2011, el tiempo promedio de tramitación de los casos en que se aplicó una salida no judicial, esto es, un término decidido por el Ministerio Público sin intervención de un Juez, fue de 70 días, mientras aquellas causas que terminaron con la intervención de un Juez duraron en promedio 143 días, esto es, poco menos de 7 meses. Por otra parte, según las estadísticas de Gendarmería de Chile, si en 2001 existían alrededor de un 59% de presos en espera de condena, ese porcentaje bajó a 22,4% en julio de 2012. Finalmente, la simple observación del funcionamiento del sistema, especialmente en aquellos casos donde la opinión pública es contraria a las resoluciones judiciales, 3


permite observar que, donde existe verdadera controversia, es posible en general el ejercicio amplio del derecho a defensa. Sin embargo, estos “éxitos” no van a la par con una disminución efectiva de la victimización o del temor a ser víctima de un delito (cuyas tasas actuales son similares a las del año 2003), ni tampoco de la actividad criminal medida en relación a los casos policiales por delitos de mayor connotación social, como se aprecia en las siguientes tablas y gráfico: Tabla Nº 1 Evolución del índice de victimización de la Fundación Paz Ciudadana-ADIMARK 2000-2011

Gráfico Nº 1 Evolución tasas de “casos policiales” (denuncias más aprehendidos en flagrancia) 2005-2011, Total País, en Delitos de Mayor Connotación Social

4


4000,00 3000,00 2000,00

Tasa

1000,00 ,00

Fuente: Elaboración propia con datos de la Subsecretaría de Prevención del Delito

Tabla Nº 2 Evolución del índice de temor de la Fundación Paz Ciudadana-ADIMARK 2000-2011

A nuestro juicio, esta incongruencia entre los “éxitos” que se atribuyen al proceso de puesta en marcha y del actual funcionamiento Sistema Procesal Penal y las cifras acerca del aumento subjetivo del temor, la victimización y la actividad criminal, se debe a que tales “éxitos”, siendo reales, poco o nada se relacionan con los factores que, dentro del 5


marco teórico de la criminología positiva contemporánea, basada en la idea de la elección racional, vinculan el funcionamiento de los sistemas procesales con el aumento o la disminución de la actividad criminal. En efecto, según esta teoría, ceteris paribus, el funcionamiento del Sistema Procesal Penal contribuye a aumentar o disminuir los costos de la actividad criminal en la operación de dos variables fundamentales: i) El aumento o la disminución de la probabilidad de sufrir condena (efectiva), una vez que el caso ha sido denunciado y puesta la persona imputada a disposición de la fiscalía y la judicatura (disuasión); y ii) El aumento o la disminución del tiempo promedio de duración de las condenas efectivamente impuestas (incapacitación). Luego, en este Informe analizaremos el funcionamiento del Sistema Procesal Penal exclusivamente en relación con estos factores que inciden en el aumento o disminución de la actividad criminal y no en su comportamiento global ni en atención a otros importantes elementos que pueden ser objeto de reforma y perfeccionamiento. Por otra parte, hay que decir que estamos conscientes de que, como hemos señalado en trabajos anteriores, la criminalidad es resultado de un conjunto de factores, entre los cuales se pueden mencionar, además, el número de policías puestos en la calle, la tasa de hijos no deseados en edad adolescente, el funcionamiento del mercado de las drogas ilegales y el desempeño económico, especialmente reflejado en las tasas de desempleo de más de seis meses. Sin embargo, el control de todos estos factores y los que se pueden derivar de otras teorías criminológicas 2, escapan de las posibilidades de reforma meramente legal del Sistema Procesal Penal que perfeccionen su funcionamiento, incidiendo en políticas públicas de diversa naturaleza cuyo impacto en la actividad criminal –salvo en cuanto al aumento y perfeccionamiento de los cuerpos policiales— se encuentra necesariamente entremezclado con otros objetivos sociales que escapan del ámbito de posibilidades del análisis que aquí se expondrá. Luego, de conformidad con el encargo recibido, este informe se divide en tres partes: 1. Esta introducción; 2. La evaluación crítica del funcionamiento del Sistema Procesal Penal (SPP) en atención a los factores que inciden en la disminución o aumento de la actividad criminal; y 3. La presentación y justificación de las propuestas de reforma al SPP que se ofrecen. Además, se anexa un resumen de la investigación dirigida por el informante y realizada por la alumna investigadora de la Universidad de Chile, doña Carolina Peña y Lillo Tolosa, sobre el tiempo promedio de duración de las condenas en Chile, como dato significativo a considerar en las evaluaciones del SPP. Por lo tanto, no se presentará nueva evidencia empírica sobre el funcionamiento del sistema procesal penal ni sobre la evolución de la actividad criminal en Chile (salvo en cuanto al Anexo sobre el “Tiempo Promedio de Duración de las Condenas en Chile”). Tampoco se ofrecerán justificaciones teóricas de la ordenación procesal vigente ni otros

2

Como las basadas en las ideas de la existencia de ciertas predisposiciones naturales (genéticas o antropológicas), de la naturaleza de la sociedad en que se vive (teorías sobre la desigualdad social relativa), de los procesos de inmersión cultural (teorías de la subcultura o la anomia)

6


antecedentes para destacar sus fortalezas, conocidamente explicitadas, ni otras debilidades que no tengan relación con el objeto del Informe. Para la elaboración de este Informe se han tenido en cuenta los trabajos anteriores del informante y, en particular, de los resultados del Proyecto Predicción, Control y Prevención de la Criminalidad en Chile3 y los artículos titulados “¿Por qué no bajan las tasas de criminalidad en Chile?” y “Ocho años de política criminal: un legado para el futuro”4. Además, se han tomado en consideración las siguientes evaluaciones anteriores del Sistema Procesal Penal, algunas de las cuales contienen propuestas que serán incorporadas al Informe: 1. Informe Comisión de Evaluación de la Reforma Procesal Penal, de 8 de octubre de 2001, preparado por una Comisión establecida por el Ministro de Justicia Sr. José Antonio Gómez, compuesta por los Srs. Rafael Blanco, Cristián Riego, Carlos Valdivieso y Juan Enrique Vargas; 2. Evaluación de la Reforma Procesal Penal. Estado de una reforma en marcha, de Andrés Baytelman y Mauricio Duce (2003): 3. Informe de Evaluación de la Reforma Procesal Penal de la Comisión de Expertos de diciembre de 2003; 4. Evaluación de la Reforma Procesal Penal Chilena, desde la perspectiva del Sistema Alemán, preparado por Andrés Ritter y Detlev Achhammer (2003); 5. Informe de Evaluación del Instituto Vera y El Ministerio Público (2004); 6. Segundo Informe Comisión de Expertos, Responsabilidad penal adolescente, Abril de 2007; 7. Claroscuros en la Reforma Procesal Penal chilena: el papel del Ministerio Público, preparado por Luis Pásara, Flacso 2009. 8. A diez años de la Reforma Procesal Penal. Los Desafíos del Nuevo Sistema, obra colectiva preparada por el Ministerio de Justicia (2010); 9. Anteproyecto de Modificaciones al Código Procesal Penal (2011) preparado por una Comisión integrada por los Srs. Miguel Otero Lathrop, quien la presidió; Raúl Tavolari Oliveros; José Pedro Silva Prado; Jean Pierre Matus Acuña; el ex Director General de Carabineros don Fernando Cordero Ruske y el ex Director General de la Policía de Investigaciones don Arturo Herrera Verdugo.

3

Disponibles en Internet en http://profesorjeanmatus.blogspot.com/2011/11/determinantes-de-la-criminalidad-en.html Ambos recopilados en MATUS, Jean Pierre, Derecho penal, criminología y política criminal en el cambio de siglo, Ed. Jurídica de Chile, 2011. 4

7


2. Evaluación crítica del Sistema Procesal Penal desde el punto de vista de su potencial influencia en la reducción de la actividad criminal 2.1. Las dificultades del Sistema Procesal Penal para condenar por delitos que conoce El año 2004, y sin considerar el contenido material de las sentencias (esto es, si condenaban o no a una pena efectiva) el Ministerio Público, en conjunto con el Vera Institute, comparó las cifras de condena obtenidas hasta entonces con las de la ciudad de Nueva York, concluyendo que eran satisfactorias, pues en ese entonces la tasa de condenas en las escasas regiones donde el sistema se había implementado alcanzaba a un 36,4%, en tanto que en Nueva York rondaba el 37,5%. Sin embargo, la situación ha cambiado radicalmente tras la instalación de la Reforma Procesal en todo el país. En efecto, del total de términos del año 2011, respecto de imputados conocidos, solo el 23,63% correspondió a una sentencia condenatoria, mientras que las salidas alternativas en casos constitutivos de delitos alcanzaron, en conjunto, algo más de un 43% (suspensión condicional: 29,31%; acuerdo reparatorio: 2,79%; principio de oportunidad: 11,28%). Del resto de los casos con imputado conocido, según el Ministerio Público, un 18,52% corresponde al archivo provisional, y un 4,59% a casos de facultad de no perseverar. En ambos casos, se supone una declaración del Ministerio Público de no contar con antecedentes suficientes para continuar con la investigación o sostener una acusación, respectivamente. Finalmente, un 4,35% de los casos terminó en que el Fiscal solicitó al Juez de Garantía la aprobación de una orden de no investigar, por no ser los hechos constitutivos de delito. Y apenas un 4,44% terminó en situaciones en que se puede suponer una intervención efectiva de la defensa: sentencia absolutoria (0,76%); sobreseimiento definitivo (2,33%) ; y sobreseimiento temporal (1,35%). Es decir, sólo un poco más de uno de cada cinco imputados conocidos y puesto a disposición de la justicia recibió una sentencia condenatoria. O, en otras palabras, durante el año 2011 la probabilidad de que un imputado identificado sufriera una condena era de solo 0,23; mientras que la probabilidad de no sufrirla alcanzó el 0,77. Lo determinante en casos de imputados conocidos no es la imposibilidad de investigar las causas (cosa que podría predicarse de los casos sin imputado conocido, donde el archivo provisional alcanzó un 84,7%), esto es, un criterio de selectividad para dedicar tiempo y recursos a causas con más probabilidades de condena; sino la consciente decisión de ofrecer al imputado una salida alternativa, entre las cuales, la suspensión condicional y el archivo provisional, por ser las de mayor ocurrencia (suman casi la mitad de todos los términos aplicados a imputados conocidos —47,83%—), merecen ser analizadas detalladamente.

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2.1.1. El archivo provisional: ¿mecanismo de descongestión por falta de antecedentes conducentes o por selectividad de causas entre buenas y difíciles? El Art. 167 del Código procesal penal permite el archivo provisional de las causas “en las que no aparecieren antecedentes que permitieren desarrollar actividades conducentes al esclarecimiento de los hechos”. Se trata, en principio, de una institución necesaria para ahorrar recursos en investigaciones inconducentes, como son aquellas en que, por ejemplo, no se puede identificar al imputado. Al discutirse la institución en el Congreso Nacional, se explicitó el mecanismo de operación de la misma, que se traduce en la práctica en que el fiscal, al recibir la denuncia, debe decidir si tiene o no un caso susceptible de ser investigado. Como se previó que la falta de control de esta decisión “pudiera prestarse para encubrir algún descuido o desidia del fiscal”, se establecieron ciertas limitaciones, consistentes en recabar la autorización del Fiscal Regional si el delito denunciado tiene pena aflictiva y ciertas facultades de la víctima, para reclamar de la denegación de dicha solicitud ante aquél y solicitar la reapertura de la investigación, contando con nuevos antecedentes. Durante los primeros años de la Reforma Procesal Penal, existió un esfuerzo consciente por parte de la Fiscalía Nacional en orden a reducir la cantidad de archivos provisionales, particularmente a partir del Oficio FN 096/2004, donde se exige la dictación previa de una orden de investigar y no archivar con el sólo mérito de la denuncia, agregando que “no constituye excusa para incumplir estos criterios de actuación, la circunstancia de ser insuficientes los inmuebles o las dotaciones de las fiscalías”. Así, se pasó de un total de 64,6% de archivos el año 2005 a un 46% en el año 2011, manteniéndose los altos guarismos de los primeros años sólo en los casos de imputados desconocidos (84,7% de archivos). Actualmente, el Oficio Nº 790/2008 regula generalmente la institución del archivo provisional, con el propósito de “mejorar la eficiencia en la gestión” de los casos que se denominan de “menor complejidad” y “conforman la mayoría de los ingresos que registran las fiscalías locales”. El principal cambio que se introduce es volver al criterio de decretar el archivo provisional con el sólo mérito del “parte-denuncia”, confiando en el “criterio”, “racionalidad” y “experiencia” de los fiscales y las unidades establecidas para la tramitación de estas causas, dejándose en claro su empleo como “herramienta de gestión que debe servir para descongestionar la carga de trabajo”. El actual instructivo es particularmente expresivo en orden a cómo entiende su función el Ministerio Público, al insistir, por una parte, en que el archivo provisional es “un mecanismo fundamental para lograr una efectiva selección de casos” y concentrarse en las diligencias que permitan “la obtención de algún resultado útil para la prosecución de la investigación”; y por otra, que los fiscales deberán ser “especialmente cuidadosos respecto de aquellos delitos que atenten contra bienes jurídicos particularmente relevantes, tales como los que afecten la libertad o indemnidad sexual, la vida y la libertad personal, los que comprometen la probidad funcionaria, al patrimonio fiscal o el de órganos estatales, o en 9


que hayan participado funcionarios públicos en el desempeño de sus cargos, todos los cuales deberán ser investigados hasta agotar los medios razonables de esclarecimiento del ilícito denunciado y de sus autores, antes de dar aplicación al archivo provisional”. A contrario sensu, esto significa que tratándose de otros delitos, y particularmente, de delitos contra la propiedad, robos y hurtos, y lesiones que no llegan a constituir homicidio frustrado o tentado, considerados entre los de Mayor Connotación Social (DMCS) por las estadísticas internacionales y los que más inseguridad subjetiva generan en la población, su tratamiento puede remitirse al análisis del “parte-denuncia”, con el objetivo de “descongestionar la carga de trabajo”, sin necesidad de “agotar los medios razonables de esclarecimiento del ilícito”, por ser los casos de “mayor ingreso”, pero que no corresponden a aquellos que se pretenden seleccionar para focalizar la persecución penal. Sin embargo, aunque para la Fiscalía Nacional el criterio de selectividad para decidir los archivos provisionales se ha desplazado sutilmente desde la posibilidad o no de realizar investigaciones conducentes al del nivel de interés y masividad de las causas (si se trata de ingresos masivos de causas cuya persecución no es ahora prioritaria, podrían archivarse con el sólo mérito del “parte policial” o tras una breve investigación; en cambio, tratándose de causas de interés, los hechos “deben ser investigados hasta agotar lo medios razonables”), la realidad del comportamiento estadístico de las fiscalías indica que el primer criterio para decidir el archivo provisional es la identificación de la persona del imputado en el parte policial o denuncia recibida. En efecto, si se toman en cuenta los términos del año 2011, se puede apreciar que ese año, la probabilidad de que una causa vigente terminara archivada era de un 18%, si el imputado era conocido; mientras que se elevaba a aproximadamente un 84%, en caso de ser imputado desconocido. Esto quiere decir que los criterios de selección del Ministerio Público se aplicarían de la siguiente forma: a) Primero, se distingue si la causa ingresa o no con imputado conocido; b) Si ingresa con imputado conocido, se tramita si es de interés (selectividad) o si, sin serlo, existen posibilidades de éxito en la tramitación, esto es, que pueda obtenerse un “término judicializado”; y c) Si ingresa con imputado desconocido, sólo se tramita si es de interés (selectividad), hasta lograr cambiar su condición e identificar al imputado, para poder perseguirlo (“agotar los medios razonables”). Si no es de interés, se archiva (“para descongestionar la carga de trabajo”). Por lo tanto, se requiere, antes de analizar los criterios de selectividad del Ministerio Público, determinar cuáles son las condiciones que favorecen o no el ingreso de “partes” con imputado conocido y pruebas para conseguir una salida judicial. 2.1.1.a). El problema del ingreso de causas con imputados desconocidos: rol del parte policial y falta de facultades de investigación autónoma de la policía El Art. 84 del Código Procesal Penal obliga a la Policía a comunicar “inmediatamente” a la Fiscalía toda denuncia recibida. Aplicando al pie de la letra esta disposición, el parte 10


policial recibido por denuncia de un afectado hecha en alguna Comisaría sólo contendrá las indicaciones que la víctima entregue. Si la víctima no tiene testigos o no conoce la identificación del imputado, el parte contendrá las menciones respectivas: imputado desconocido, sin testigos identificados, pues la policía carece de facultades para realizar labores de investigación autónoma en tales casos. Esto es lo que mayoritariamente ocurre en los delitos contra los delitos de hurto y robo y en las agresiones sexuales y daños que se sufren en contextos anónimos. En consecuencia, los partes que transmitan a la fiscalía las denuncias de las víctimas en estas condiciones estarían predestinados al archivo provisional, a menos que sea una causa de interés de la fiscalía, en que se quiera “agotar los medios de investigación” para identificar al imputado. A este problema normativo, se agrega la realidad fáctica de que, según me lo han manifestado personalmente fiscales de todo el país, un número significativo de estos “partes-denuncia” omitirían datos relevantes, como la adecuada indicación del nombre, domicilio y teléfono del denunciante y denunciado (cuando se puede obtener del denunciante), lo cual, en los casos que los fiscales estiman debieran investigarse, dificulta o hace imposible la investigación5. Según la Evaluación de la Reforma Procesal Penal Chilena, desde la perspectiva del Sistema Alemán del año 2003, esta falta de cuidado en la redacción de los partes podría ser reflejo de una manifestación contrasistémica de los cuerpos policiales, ante la reducción de sus facultades de investigación autónomas y la constatación del destino frecuente de tales “partes” como candidatos al archivo. Si ello es así, la respuesta normativa sería estimular el trabajo policial, responsabilizando efectivamente a la policía por las primeras diligencias de investigación y el archivo o no de las causas. En cambio, en casos de delitos flagrantes o recién cometidos (donde exista un “sitio del suceso” identificable), la policía puede presentar con el parte al detenido identificado e identificar a los testigos y consignar las declaraciones que voluntariamente presten (Art. 83 CPP). En tales situaciones, es previsible una mayor actividad de investigación dirigida por las fiscalías, ya que los partes contendrán la identificación del eventual detenido o citado, la descripción de la infracción y de los testigos de la misma, entre los que se cuentan, desde luego, los funcionarios aprehensores, e incluso evidencias materiales, como los instrumentos, huellas o elementos que se le pudiesen incautar al detenido. Lo mismo se aplica a los casos de detenciones policiales consecuencia de la aplicación de la facultad de controlar la identidad del Art. 85 del CPP. Según los datos del Ministerio Público, el año 2011, los ingresos con imputados desconocidos, que mayoritariamente corresponderán a “partes-denuncias” tramitadas de conformidad con el Art. 84 del Código Procesal Penal, alcanzaron a 747.818 casos, esto es, el 52,71% del total, mientras 670.900 casos (47,29% del total), fueron con imputados conocidos. Tratándose de delitos de mayor connotación social, las cifras de la Subsecretaría de Prevención del Delito indican que se presentaron 519.195 denuncias (75% de los 5

Esta impresión es coincidente con una investigación reciente cuya metodología consistió en la realización de encuestas a 10 fiscales y 4 carabineros, plantea la tesis general de que el problema de los archivos provisionales es la mala calidad de los partes que se reciben y, por ende, de las deficiencias de la investigación policial (ALCAÍNO, “El Archivo provisional: problemas y causas de la actuación policial que influyen en su aplicación”, VI Congreso Nacional de Investigación Sobre Violencia y Delincuencia, Santiago: 2012, pp. 147-165).

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“casos policiales”), presumiblemente tramitadas de conformidad con el Art. 84 CPP; y se realizaron 168.870 aprehensiones en flagrancia (25% de los “casos policiales”), donde se ejercieron las facultades autónomas del Art. 83 u 85 CPP, y el parte, presumiblemente, identifica a los imputados y acompaña medios de prueba. La diferencia parece explicarse porque el Ministerio Público no ofrece estadísticas basadas en esta categoría internacional. Luego, sólo si se examina el detalle podrán verse las similitudes: en los ingresos del Ministerio Público por delitos sexuales, robo, “robos no violentos” y hurtos, los porcentajes de causas con imputados conocidos son 60,39%, 12,49%, 7,32% y 33,02% respectivamente (en promedio, 28,3%, muy similar al 25% de los “casos policiales” iniciados por “flagrancia”). Por lo tanto, es la existencia de la obligación legal de remitir estos partes según el Art. 84 del Código Procesal Penal, sin que la policía tenga facultades para investigar autónomamente y remitir un parte al menos identificando al imputado, los testigos y los medios de prueba, el origen de la enorme cantidad de casos que deben tramitar las fiscalías locales, sin imputados conocidos, y que representan más del 52% de los ingresos del sistema, de los cuales, el 84,07% termina con un archivo provisional. 2.1.1.b). El problema del archivo provisional de causas con imputados conocidos. Deficiencias en la investigación Si el archivo provisional en casos de imputados desconocidos es explicable porque al ser ingresados no existen antecedentes que conduzcan a su identificación, como sucede paradigmáticamente con los “partes” tramitados de conformidad con el Art. 84 CPP, y en tales condiciones pudiera tener sentido la selectividad por interés de la causa que propone el Ministerio Público para decidir si se investiga o no, de conformidad con su política criminal, en el caso de los archivos con imputados conocidos, la explicación parece ser otra. En efecto, según la investigación de Luis Pásara, citada en las fuentes de este Informe, el archivo provisional no se aplica necesariamente en casos “en los que la investigación no es posible, sino de casos en que, según la estimación del MP, no vale la pena el esfuerzo investigativo”, porque la víctima no colabora activamente o porque le parece al fiscal que no tendrá un caso “exitoso”, aún cuando existan imputados conocidos y testigos. El problema de esta decisión tan anticipada es que, según Pásara, puede que “se esté confundiendo rapidez con eficacia”. Es decir, que por terminar causas rápido, se pierde la oportunidad de investigarlas seriamente y, eventualmente, formalizar y acusar por los delitos de acción pública que debieran perseguirse, prefiriendo únicamente los casos “bien armados”, como son los que provienen de la flagrancia. También es probable que en estas decisiones sí influya decisivamente la mala calidad de las investigaciones policiales preliminares, cuyos resultados puedan hacer creer a los fiscales que la causa no podrá sostenerse. Se repite aquí el fenómeno de partes mal completados o sencillamente mal hechos, sin indicaciones suficientes para contactar a la víctima o los testigos. Otro factor decisivo puede ser la demora de servicios notoriamente deficitarios, como el Servicio Médico Legal, de cuyas pericias depende el éxito de buena parte de las investigaciones en delitos contra la vida, la salud e integridad física de las personas y su libertad sexual. 12


Desde el punto de vista procesal, en todos estos casos donde existe imputado conocido, el archivo provisional parece operar como una adelantamiento de la decisión de no perseverar del Art. 248c) CPP, denominada a veces “archivo tardío”. En efecto, el Código procesal penal establece en su Art. 248 c) la posibilidad de comunicar, si ha intervenido un juez de garantía en la causa, su decisión de “no perseverar en el procedimiento, por no haberse reunido durante la investigación los antecedentes suficientes para fundar la investigación”. Por ello es que no parece extraño que si se ha considerado la decisión de no perseverar como una suerte de archivo provisional tardío, el archivo provisional opere también como una decisión de no perseverar adelantada. Es más, ello supone un ahorro efectivo de recursos. Sin embargo, esta posibilidad procesal fomenta indirectamente la denunciada tendencia a archivar esta clase de causas sólo para terminarlas más rápidamente, sin arriesgar someterlas ante un tribunal prefiriendo un “término” menos “frustrante”. Para terminar con esta tendencia, debería establecerse con absoluta claridad que los casos archivados no son casos terminados, sino, más bien, no investigados o mal investigados, lo que convertiría al indicar en uno negativo y no en uno positivo como se presenta hoy en día al sumarse a los términos y a los promedios de duración de las causas. La responsabilidad por la deficiente investigación recaería entonces en quien la debiera realizar o dirigir: la policía, en casos flagrantes y respecto de las primeras diligencias; los servicios forenses y médico legales en su caso; o los fiscales, cuando teniendo antecedentes conducentes no perseveran en la investigación. 2.1.2. El caso de la suspensión condicional: ¿aplicación a primerizos por delitos menos graves? La suspensión condicional del Art. 237 del Código procesal penal, contempla entre sus requisitos que la pena que pudiera imponerse, en caso de condena, no supere los tres años de privación de libertad; que el imputado no hubiere sido condenado anteriormente por crimen o simple delito; y que el imputado no tenga otra suspensión condicional vigente al momento de cometer el hecho. La idea general que subyace a esta institución proviene de los descubrimientos criminológicos de fines del siglo XIX, según los cuales, tratándose de primerizos imputados por delitos de baja gravedad, se estima más útil socialmente no someterlos a prisión, por las menores expectativas de resocialización que existen de condenarlos efectivamente, en atención al llamado “contagio criminógeno” de la cárcel. Actualmente, las teorías criminológicas basadas en modelos de desarrollo de vida y autocontrol, parecen respaldar esta idea, al admitirse generalmente que los delitos se cometen mayormente por hombres jóvenes sin compromisos familiares que asumir y que, cuando estos jóvenes llegan a una edad de mediana adultez y adquieren compromisos familiares, dejan la actividad criminal. Esta es la misma idea que subyace a la probation, contemplada entre nosotros en las antes denominadas medidas alternativas a las penas privativas de libertad de la Ley Nº 18.216, y que por virtud de la reciente Ley Nº 20.603, pasaron a ser penas sustitutivas. 13


Así, en el Mensaje del Código procesal penal se presentaba esta salida alternativa como una anticipación procesal de la remisión condicional de la Ley Nº18.216 , que tendría la ventaja de terminar el procedimiento sin antecedentes penales. Luego, en la discusión parlamentaria, hubo consenso en que, de aprobarse este mecanismo, debería ser para primerizos y para delitos que no sean muy graves. Fue aquí, sin embargo, que el Ejecutivo plateó claramente que la suspensión condicional serviría mejor como medida de “descongestión” del sistema y obtuvo la supresión de la referencia a que para conceder el beneficio la conducta anterior y posterior del imputado permitiese prever que no volvería a delinquir, e incluso que no se exigiera el reconocimiento de los hechos imputados para su concesión. Además, se estableció que las penas a tener en cuenta serían las concretas, individualizadas de conformidad con las reglas del Código penal, y no las abstractas determinadas en cada tipo penal, con lo cual la distinción de los delitos según su gravedad se vuelve irrelevante6. Este carácter de medida para descongestionar el sistema terminando causas tempranamente fue el que se impuso en la práctica procesal, a despecho de una primera jurisprudencia que entendió correctamente que la suspensión condicional procedería sólo en caso de delitos menos graves, y de que carecía de sentido la imposición consecutiva de suspensiones condicionales (SJG Antofagasta 13.11.2003). Así, la aplicación literal de la ley en la actualidad deja expresamente abiertas las siguientes posibilidades: i) Conceder suspensiones condicionales simultáneas, si los delitos procesados se cometieron antes de la primera suspensión, esto es, cuando no había ninguna suspensión vigente; ii) Conceder suspensiones condicionales sucesivas, si tras la comisión de un delito y la suspensión del procedimiento, termina el lapso de su vigencia y se comete un nuevo delito; iii) Conceder suspensiones condicionales a cualquier crimen o simple delito que expresamente no esté excluido por ley de esta medida. Incluso para algunos casos se establece un procedimiento legal para su concesión (autorización del Fiscal Regional); Esto explica por qué el Instructivo del Fiscal Nacional FN 133/2010 deba limitar la aplicación de este instituto, permitiéndolo hasta en tres ocasiones, por regla general para los simples delitos y, para los crímenes, con las limitaciones que la propia ley establece en ciertos casos (autorización del Fiscal Regional, para delitos de homicidio, robo con violencia e intimidación, de carácter sexual, aborto, secuestro y sustracción de menores). Además, en otros instructivos se establecen ciertas limitaciones adicionales, como en el FN 111/2010, respecto de delitos de violencia intrafamiliar cuando existe multiplicidad de denuncias; en el FN 160/2009, que la excluya expresamente de los delitos de corrupción de menores y producción de pornografía infantil y la limita en el resto de los delitos de 6

En efecto, de conformidad con el Código penal, cualquier crimen que tenga pena asignada igual o inferior a presidio mayor en su grado medio (10 años y un día a 15, en abstracto) y su marco penal sea de dos o más grados, puede llegar a tener una pena de 541 días, por la rebaja de hasta tres grados que permite el artículo 68 del Código penal, concurriendo dos o más atenuantes y ninguna agravante.

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carácter sexual; y en el FN 061/2009, donde se dice, de conformidad a la ley, que no es procedente en casos de drogas, salvo en falta de consumo. Luego, es esta posibilidad real de suspender condicionalmente diversos procedimientos contra una misma persona, simultánea o sucesivamente, lo que favorece el recurso a este instituto por sobre la sustanciación de juicios y su empleo como mecanismo para descongestionar el sistema por sobre el necesario recurso a dar oportunidad a quien se ve enfrentado por primera vez a un proceso penal. Además, es necesario destacar que todas las evaluaciones del sistema procesal penal, así como el propio Instructivo FN 133/2010 destacan las escasas si no nulas posibilidades que existen de hacer efectivo el cumplimiento de las condiciones que se imponen al decretarse esta salida alternativa. Esto significa que, en realidad, más que condiciones, lo que se decreta es una suerte de perdón judicial anticipado, pues por regla general no se exigirá el cumplimiento de tales condiciones para hacerlo efectivo. 2.1.3. Procedimientos negociados: juicio abreviado y simplificado. Las condicionantes del Derecho penal y procesal que favorecen negociaciones desventajosas para el ministerio público Volvamos ahora nuevamente nuestra atención a las condenas declaradas respecto de imputados conocidos. Hemos dicho que ellas corresponden apenas al 23,63% de todos los términos aplicados el año 2011. Sin embargo, no todas ellas provienen de juicios orales o procedimientos en que se discuta realmente la comisión de un delito y la pena a imponer. La estadística disponible indica que, del total de las sentencias (249.133), sólo 7.191 fueron dictadas en juicios orales, es decir, menos del 3%. Lo que equivale a decir que prácticamente el 97% de los condenados lo fue en alguno de los procedimientos negociados, a saber, juicio abreviado, juicio simplificado y procedimiento monitorio para faltas. De la información contenida en el Boletín Estadístico del Ministerio Público del año 2011 se puede concluir que en esos procesos negociados, de los 83.954 condenados a penas privativas de libertad, 50.495 recibieron algún beneficio de la Ley Nº 18.216, lo que representa el 60% de todos los condenados a penas privativas de libertad, y al menos 157.378 fueron condenados exclusivamente a penas de multa, esto es, el 65% del total de las sentencias condenatorias (241.332). Al respecto, cabe señalar que el uso intensivo de la negociación, reservando los juicios orales a los casos en que exista verdadera contradicción, es la forma cómo los sistemas penales acusatorios operan en la práctica comparada. Ello no debería llamar la atención. Lo que llama la atención es el resultado de tales negociaciones, poderosamente inclinadas hacia la imposición de multas, medidas alternativas y penas privativas de baja duración. ¿Cuáles son los estímulos de los fiscales para acceder a estas soluciones? Se ha sostenido que los fiscales proponen y acceden a estas negociaciones desventajosas por dos motivos principales: primero, la necesidad (real o imaginaria) de terminar el mayor número de causas en el menor tiempo posibles; y segundo, el convencimiento de 15


que, en caso de verdadera disputa, el tribunal no concederá penas mucho más gravosas que las negociadas. Lo primero es resorte de la Fiscalía Nacional y deriva de la auto exigencia impuesta en parámetros de términos y velocidad, que se sobrepone lamentablemente al análisis detallado de las causas y sus probabilidades de éxito. Lo segundo deriva de las múltiples facultades que el Código penal y Código procesal penal conceden a los jueces para, sin temor a ver recurrida su sentencia: i) “recalificar” los tipos penales por los que se investiga y acusa, pudiéndose incluso transformar en faltas delitos como los hurtos y lesiones, atendida la cuantía en que se estime lo sustraído o la duración de las lesiones; ii) rebajar hasta en tres grados la cuantía de la pena por la concurrencia de dos atenuantes; y iii) sustituir la pena por una medida alternativa o, en el futuro, pena sustitutiva de la Ley Nº 18.216. 2.1.3.a) Disposiciones penales cuya interpretación y aplicación posibilitan la negociación “a la baja” Los hechos por los que se acusa a un imputado se pueden “recalificar” cuando están compuestos o pueden verse compuestos de dos o más delitos (un robo con fuerza, que puede descomponerse en violación de morada y hurto, por ejemplo), o hay circunstancias que los agravan y el juez es soberano para darlas o no por acreditadas (lo que significa la posibilidad de pasar de un homicidio calificado o uno simple, de un robo calificado o uno con violencia o intimidación, de un robo por sorpresa o un hurto, de una violación o un abuso sexual, o, como en casos recientes, de un atentado terrorista a un delito de daños). También en delitos de diversa cuantía es posible esta recalificación: no se da por acreditada la duración de las lesiones y se castiga por lesiones menos graves o falta; se hacen descuentos al valor de las cosas sustraídas y los hurtos pasan a tener una menor pena o considerarlo falta, etc. Por otra parte, las penas en los crímenes y simples delitos que tienen dos o más grados, aún cuando aparecen como “graves”, como el homicidio (presidio mayor en su grado mínimo a medio), no lo son tanto. Basta con acreditar irreprochable conducta anterior, reparación con celo del mal causado o colaboración sustancial con la justicia, para que opere la regla del Art. 68 del Código penal, según la cual, se puede en tales casos rebajar la pena en uno, dos o tres grados. Como la rebaja se hace desde el mínimo, un homicidio puede llegar a sancionarse con pena de 61 días. Según el Artículo 68 bis, aún con una sola atenuante, “muy calificada”, puede rebajarse la pena en un grado desde el mínimo. En el ejemplo del homicidio, con una atenuante, la pena puede ser de 3 años y un día. Hechas las rebajas, corresponde según la Ley Nº 18.216 conceder una medida alternativa o, en el futuro, una pena sustitutiva, a quienes sean condenados a menos de cinco años. Si son primerizos, les puede corresponder una remisión condicional o una libertad vigilada. Si son reincidentes (y no han “acumulado” condenas que sumen más de dos años de prisión), reclusión nocturna o, en el futuro cercano, reclusión parcial en su domicilio. 16


Esto significa que aún tras una larga investigación y un juicio extenuante, bien puede obtenerse una condena en un juicio oral, pero con una pena baja y, si es de menos de cinco años, probablemente remitida o sustituida. Sólo en casos de reincidentes es probable que las penas que se impongan en un juicio oral sean efectivas.

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2.1.3.b) Disposiciones procesales para la tramitación de los procedimientos especiales que favorecen la negociación “a la baja” 1. En el procedimiento simplificado: i) Posibilidad de aplicarlo a cualquier simple delito, sin atención a la pena prevista por la ley (Art. 390 CPP); y ii) Posibilidad de imponer una pena menor a la solicitada, aún en caso de reconocimiento de responsabilidad (Art. 395 CPP). 2. En el procedimiento abreviado: i) Limitación de la pena a solicitar a cinco años de presidio (Art. 407 CPP); ii) Falta de reconocimiento de responsabilidad por parte del acusado (Art. 407 CPPP); y iii) Posibilidad de absolución y de imposición de penas inferiores a las solicitadas, (Art. 412 CPP). 3. En el sistema recursivo: i) Imposibilidad de recurrir de nulidad contra fallos dictados por sentencias de Cortes de Apelaciones (Art. 387); ii) Imposibilidad de recurrir de nulidad contra la sentencia absolutoria del segundo juicio o una que imponga menor pena que la establecida legalmente (Art. 387); y iii) Imposibilidad de invalidar la sentencia y dictar sentencia de reemplazo condenatoria, sin alterar los hechos acreditados, en caso de errónea aplicación del derecho que conduce a una absolución o imposición de una pena inferior a la que corresponde legalmente (Art. 385 CPP). 2.1.3.c) El problema especial de las faltas y su confusión con los “delitos menores” El Código procesal penal contemplaba en su Proyecto original como procedimiento especial para las faltas el juicio simplificado, en el entendido que las faltas que conocerían los fiscales serían aquellas de competencia de los tribunales del crimen en el año 2000, esto es, sólo las relativas a los delitos contra la propiedad y lesiones. El resto era de conocimiento de los Juzgados de Policía Local. Modificaciones posteriores ampliaron la competencia del ministerio público a todo tipo de faltas, esto es, aquellas infracciones que tienen asignadas penas de multas de menos de 4 UTM o prisión de menos de 60 días, incluyendo las infracciones a la Ley de Alcoholes. Para el caso de faltas sancionadas con multas exclusivamente, se estableció el procedimiento monitorio, que permite el envío de un requerimiento a domicilio y su pago anticipado con rebaja y sin forma de juicio (Art. 392). De estos procedimientos se deriva la inmensa mayoría de las sentencias condenatorias. De aquí se derivan tres consecuencias para el sistema: i)

Se permite transformar simples delitos en faltas, para su rápida tramitación, recurriendo al procedimiento monitorio, simplemente requiriendo por esta vía cuando se trata de hechos que podrían ser lesiones menos graves o hurtos simples, 18


ii)

iii)

adecuando la valoración de las lesiones o el monto de lo sustraído a la cuantía legal de las faltas; Se confunde la persecución de los hechos graves con los menos graves, al no establecerse una diferenciación entre faltas y simples delitos, recurriendo el Ministerio Público a la categoría no establecida por la ley de “delitos menores”, o de “menor complejidad” para su tratamiento conjunto; Se permite la profesionalización del “delito menor”, al asegurarse a los que a ello se dedican un amplio margen de impunidad el cual sólo se ve afectado por el pago de multas insignificantes o que los tribunales dan por cumplidas con el solo tiempo de arresto, en casos de delitos flagrantes.

2.2. Insuficiente delegación de facultades de investigación a las policías: ¿“Colapso” del Ministerio Público por obligación legal de duplicar investigaciones policiales? La oralidad del sistema procesal actual obliga a la presentación de testimonios en juicio, para probar los hechos de la acusación. Sin embargo, en caso que los testigos alteren su versión, el Art. 332 del actual Código Procesal Penal impide a la Fiscalía emplear los registros de las investigaciones policiales para refutar el cambio. Lo mismo sucede si el imputado presenta una versión completamente diferente de los hechos. Si bien esta desconfianza con los testimonios y declaraciones obtenidas por la policía podría explicarse por las experiencias del período anterior a la restauración de la democracia, tras 20 años de funcionamiento de ésta, la renovación de los cuerpos policiales y el afianzamiento del poder de control judicial contra los excesos eventuales, tal explicación es insostenible y crea un problema mayúsculo en el sistema, cual es la duplicación de las investigaciones. En efecto, para dar “validez probatoria” a las investigaciones policiales, no sólo se propende a que el fiscal deba hacerse parte en procedimientos en los “sitios del suceso”, perdiendo valioso tiempo que debería dedicarse al estudio de casos, toma de decisiones y defensa ante los tribunales; sino también, a que se reproduzcan en sus oficinas o ante los asistentes de fiscal todas las declaraciones tomadas por la policía. Se ha llegado incluso al extremo de reproducir tales declaraciones, teniendo como “testigos de oídas” a los propios policías que las tomaron una vez. Esto significa que el mismo trabajo (y tiempo) se hace dos o más veces, por las mismas personas, con tal de que quede reflejado en un registro de la investigación del fiscal y pueda emplearse en juicio. La enorme cantidad de horas desperdiciadas por fiscales y policías en estos procedimientos e interrogatorios explica la reiterada sensación de que los fiscales siempre son pocos, tal como se manifestaba ya en 2003 y se argumenta hoy en día, hablando del “colapso” del Ministerio Público para justificar el aumento de fiscales que se solicitan en el Plan de Fortalecimiento Institucional hoy en discusión. Sin embargo, con independencia de las objetivas necesidades de aumento de personal tras diez años de mantener una misma planta, lo cierto es que se ganaría una muy importante cantidad de horas-hombre, otorgándole el valor que le corresponde a las investigaciones policiales, limitando la duplicación de inspecciones a sitios del suceso y toma de declaraciones a imputados y testigos por parte de fiscales y asistentes de fiscal. 19


De este modo, se desformalizaría verdaderamente la etapa de investigación y se ganaría en eficacia, al liberar tiempo de fiscales y policías que podría dirigirse a aumentar el tiempo de estudio de las causas para adoptar mejores decisiones, por una parte, y a mejorar las labores investigativas, por la otra, tal como se proponía por el fiscal alemán Andrés Ritter desde el año 2003 en la Evaluación de la Reforma Procesal Penal Chilena desde la Perspectiva del Sistema Alemán. 2.3. Las dificultades del Sistema Procesal Penal para enfrentar la delincuencia común habitual La criminología científica moderna ha establecido que un reducido número de sujetos es responsable generalmente de una importante cantidad de delitos. Esto es, que existe entre el grupo de personas que comete delitos uno que comete la misma clase de delitos de manera reiterada. Se trata de quienes han hecho del delito una forma de vida, lo que se conoce como delincuencia común habitual. Según las cifras recogidas por Pásara, alrededor de un 5% de todos los imputados desde que se inició la Reforma hasta el año 2007 habían “pasado” por el sistema 5 o más veces, y de entre ellos, alrededor de 10.000, lo habían hecho 10 o más veces. Con independencia de cualquier sesgo existente en la identificación de los imputados, lo cierto es que las cifras demuestran la existencia de un núcleo importante de criminalidad habitual. Sin embargo, de conformidad al ya visto empleo cuasi automático de los mecanismos de “descongestión”, especialmente de la suspensión condicional y el archivo provisional, es posible prever que el tratamiento procesal de estos casos no ofrecerá diferenciación alguna frente al de los verdaderamente primerizos. Esto queda claramente demostrado por Pásara, quien concluye, tras un análisis de carpetas de investigación, que “el interés, en el Ministerio Público, de terminar los casos parece poner de lado el fenómeno de la habitualidad”. Otras evaluaciones anteriores habían apuntado a este problema, identificándolo como uno relativo a lo que se vino en denominar “delitos menores”, entre los que se englobaron básicamente todos los delitos contra la propiedad sin violencia contra las personas y las amenazas y lesiones leves, menos graves y simplemente graves. La primera Comisión de Expertos del año 2001 ya señalaba que era necesaria la “introducción de ajustes al marco legal dentro del que se desenvuelve la reforma, particularmente en el tratamiento de la delincuencia menor y los problemas de orden público, cuyo deficiente tratamiento es hoy lo que estaría generando percepciones negativas a la reforma dentro de la comunidad”. La Comisión de Expertos del año 2003 señaló, por su parte, que “uno de los problemas más relevantes, dice relación precisamente con que ciertos defectos del nuevo sistema —de diseño legal, capacitación o prácticas- están efectivamente produciendo situaciones de impunidad en determinados tipos de delitos, especialmente en la franja de delitos menos graves”. Las reforma legal del año 2007, mediante la Ley Nº 20.074, creyó que la solución a este problema radicaría en modificaciones legales que apuntaban a reducir no muy significativamente, como ya vimos, la suspensión condicional del procedimiento y a hacer más expedita la prisión preventiva, incluyendo la posibilidad de solicitarla en casos de 20


detenciones declaradas ilegales y también de apelar de tal declaración. El anterior Fiscal Nacional del Ministerio Público incluso modificó sus primeros instructivos que tendían a una moderada reducción punitiva frente a estos delitos menores, para afrontarlos con una política de moderada maximización punitiva, limitando las posibilidades de conceder oportunidad, suspensiones condicionales y archivar. Sin embargo, ninguna de estas iniciativas ha apuntado al problema real, esto es, la existencia de un número importante de personas dedicadas habitualmente a la comisión de delitos cuyo costo, en términos de persecución penal, es muy bajo, dadas las escasas posibilidades de captura, las enormes posibilidades de beneficiarse de una salida alternativa, las pocas posibilidades de sufrir una pena efectiva y, sobre todo, por el muy amplio concepto de primerizo que se ha impuesto en la práctica penal, que considera como tales no sólo al que por primera vez se enfrenta al sistema penal, sino también a quienes han recibido suspensiones condicionales, acuerdos reparatorios, principio de oportunidad o penas remitidas, en tanto no exista revocación judicial ejecutoriada de tales beneficios y salidas alternativas. 2.4. Las dificultades del sistema procesal penal para imponer penas altas Como consecuencia de las debilidades del sistema para imponer penas, el efecto de las negociaciones y el amplio uso de las facultades judiciales que ahora no están sujetas a revisión, en los casos en que efectivamente se imponen penas, éstas tienden a ser de corta duración por término general. Esta duración se reduce aún más por aplicación del Decreto Ley Nº 321 sobre Libertad Condicional, el Decreto Supremo N° 518 que aprueba el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios en sus artículos 96 y siguientes, y la Ley Nº 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la observación de buena conducta. Como consecuencia de lo anterior, según se explica en detalle en el Anexo de este Informe, en un estudio que comprende tres recintos penales diferentes de la Región Metropolitana, entre 2003 y 2008 se produjo una baja generalizada del tiempo de duración de las condenas de todos los delitos en todos los recintos estudiados, y muy especialmente en los delitos contra la propiedad “no violentos”, según se resume en el siguiente Gráfico N° 2 Tiempo promedio de permanencia en prisión (días) en los años 2003 y 2008 en relación a DMCS, en cárceles de la Región Metropolitana, en personas ya egresadas

21


2.000 1.500 1.000

C.C.P. DE BUIN

ROBO POR SORPRESA

ROBO CON FUERZA

ROBO CON VIOLENCIA…

HURTO

LESIONES

VIOLACIÓN

C.D.P. DE SANTIAGO SUR

HOMICIDIO

ROBO POR SORPRESA

ROBO CON FUERZA

ROBO CON VIOLENCIA…

ROBO CALIFICADO

OTROS ROBOS CON…

LESIONES

HURTO

HOMICIDIO

VIOLACIÓN

ROBO POR SORPRESA

ROBO CON FUERZA

ROBO CON VIOLENCIA…

HURTO

LESIONES

00

OTROS ROBOS CON…

500 HOMICIDIO

PERMANENCIA (DÍAS)

2.500

2003 2008

C.P.F. DE SANTIAGO

DMCS POR RECINTO

Fuente: Elaboración propia a partir de datos entregados por GENCHI.

Lo importante en este momento es destacar que esta repentina reducción de los tiempos promedios de duración de las condenas es coincidente con la entrada en vigor a nivel nacional de la Reforma Procesal Penal. Los detalles de esta evolución y los análisis adicionales que se han hecho con los datos obtenidos, pueden verse en el Anexo de este Informe. 2.5. Consecuencias para la actividad criminal Desde el punto de vista de la teoría económica del delito, la baja probabilidad de condena a pena efectiva, sumada a la alta probabilidad de que ésta sea de escasa duración, debiera incidir en el comportamiento criminal, estimulando la comisión de delitos de más bajo “costo” comparado con las expectativas de ganancia. Entre 2003 y 2008, las reducciones más significativas en los tiempos de duración de condenas se produjeron en los delitos contra la propiedad en los cuales no se presenta violencia o intimidación, además del delito de lesiones, el cual también presenta una baja importante en comparación con el año 2003. En general, sin diferenciar por recinto penitenciario, la disminución más pronunciada se produce en el delito de robo con fuerza, existiendo una reducción de un 78,2%, comparando ambos años en estudio. En segundo lugar, en el delito de hurto se presenta una disminución de la permanencia en prisión de un 73,4%, y en el delito de lesiones una reducción del 72,2%. En cambio, las disminuciones menos significativas se producen en los delitos más violentos, como por ejemplo, en el robo con violencia e intimidación, comparativamente entre ambos años en estudio, se produce una reducción del tiempo promedio de duración de las condenas de un 46,1%, siendo la disminución menos pronunciada. 22


Luego, uno podría predecir que esto significaría, particularmente en los delitos contra la propiedad, un “desplazamiento”, real o negociado, desde los delitos violentos a los menos violentos y costosos, favorecido por el hecho de que, aunque se cometan delitos más graves, sólo se está dispuesto a “negociar” la pena si ésta se refiere a un delito menos grave. En efecto, así es, como se demuestra de la comparación de la composición de tres penales de Santiago en los años 2003 y 2008, que permite apreciar con claridad este efecto de “desplazamiento” en el título de la imputación penal.

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Gráfico N° 3 Número de ingresos en calidad de condenado por la comisión de DMCS en el año 2003

3%

HOMICIDIO 6%

12%

HURTO 16%

LESIONES

4% 40%

ROBO CALIFICADO

1%

ROBO CON FUERZA ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN ROBO POR SORPRESA

18%

VIOLACIÓN

100%= 970 INGRESOS Gráfico N° 4 Número de ingresos en calidad de condenado por la comisión de DMCS en el año 2008

1%

2% HOMICIDIO

6% 7%

HURTO LESIONES

21% 57% 0%

5%

OTROS ROBOS CON FUERZA ROBO CALIFICADO ROBO CON FUERZA

1%

100%= 3.519 INGRESOS

ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN ROBO POR SORPRESA VIOLACIÓN

Fuente: Elaboración propia a partir de datos entregados por GENCHI.

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El efecto “positivo” de este claro desplazamiento hacia actividades criminales menos costosas o cuya declaración se presenta como menos costosa (hurtos, robos con fuerza y lesiones), sería la aparente menor violencia de la actividad criminal considerada en su conjunto, en la medida que asumamos que una parte importante de este desplazamiento sea real y no solamente producto de las negociaciones “a la baja” a que incentiva el sistema. Sin embargo, esta externalidad “positiva” se ve compensada negativamente por dos factores: primero, por el aumento en sí de la actividad criminal, lo que podría significar que el “desplazamiento” puede ser explicado también y principalmente como nuevos ingresos direccionados eso sí hacia actividades menos costosas; y segundo, porque manteniéndose más o menos estable la probabilidad de captura y condena así como el número de plazas en los recintos penitenciarios, el aumento de la actividad criminal en esta clase de delitos produce, como de hecho es así en Chile, sobrepoblación penitenciaria, condenada a penas de cortas duración por delitos nominalmente de menor gravedad. El fenómeno, demostrado en los gráficos antecedentes, se podía apreciar ya en el Anuario de Estadísticas Criminales preparado por la entonces División de Seguridad Ciudadana, donde puede verse que del total de ingresos condenados, 5.871 corresponden a hurtos, 3.000 a “robos no violentos” y 2.602 a robos violentos, esto es, que los condenados por hurtos y “robos no violentos” triplican y un poco más a los condenados por robos violentos.

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3. Propuestas 3.1. Limitaciones y alcance El encargo recibido exige la formulación de propuestas de naturaleza legal para el mejoramiento del Sistema Procesal Penal. En este sentido, la evaluación crítica formulada en el apartado anterior supone que las propuestas a que se refiere el encargo han de realizarse en el marco del logro de algún objetivo deseable. Nosotros hemos supuesto que dicho objetivo es que el Sistema Procesal Penal cumpla el rol que le corresponde en la reducción de la actividad criminal, aumentando la probabilidad de imponer condenas efectivas a los responsables de los delitos, sin reducir garantías procesales ni alterar el carácter acusatorio del sistema. Sin embargo, si bien esta perspectiva nos permitió depurar el análisis y apuntar hacia los verdaderos nudos que disminuyen la capacidad del Sistema Procesal Penal para aumentar la probabilidad de imponer condenas efectivas a los responsables de los delitos, a la hora de realizar propuestas para mejorar su funcionamiento en ese sentido, es necesario tener presente ciertas limitaciones fácticas. La primera de ellas es que, en países como el nuestro, no es posible destinar cantidades infinitas de recursos al sistema penitenciario. En efecto, si sólo se dejasen de aplicar las medidas alternativas de la Ley Nº 18.216, los condenados presos habrían aumentado, en el año 2011, en 50.495. Esto supondría duplicar la población recluida ese año, como se demuestra en la siguiente tabla: Tabla N° 3 Evolución del número de ingresos en calidad de condenado Subsistema Cerrado Abierto Semiabierto Total

2003 34.543 31.520 458 66.521

2004 34.592 30.182 488 65.262

2005 35.501 28.283 468 64.252

2006 38.007 33.869 440 72.316

2007 42.033 45.535 433 88.001

2008 46.974 50.405 475 97.854

2009 50.923 54.507 494 105.924

Fuente: Elaboración propia a partir de datos entregados por GENCHI.

Por otra parte, es conocido el hecho de que, producto de los sucesos que terminaron en el incendio de la Cárcel de San Miguel con una cifra de muertos cercana a 80 internos, el Gobierno y nuestra clase política se han comprometido a la aplicación de diversas medidas de descongestión carcelaria, entre las cuales cabe mencionar la Ley de Indulto General Nº 20.588, y la sustancial modificación de la Ley Nº 18.216, mediante la Ley Nº 20.603, que amplía las medidas alternativas, incorporando la reclusión parcial y la libertad vigilada asistida, las transforma en penas sustitutivas y establece mecanismos para impedir que su solo quebrantamiento signifique un reingreso a prisión. A ello se agrega la Ley N° 20.587, que permite sustituir las multas no pagadas por trabajos en beneficio de la comunidad, remplazando así el actual sistema de sustitución por presidio. 26

2010 52.610 54.872 551 108.033


El objetivo de este trabajo es, por lo tanto, proponer las reformas legales que permitan mejorar la efectividad del Sistema Procesal Penal en orden a conseguir una mayor incidencia en el control de la actividad criminal, mediante el mejoramiento de las condiciones que influyen en los factores donde puede realmente incidir, esto es, aumentando la probabilidad de imponer condenas efectivas a los responsables, pero ofreciendo mecanismos de selectividad, en atención al carácter habitual o no del condenado, para que las soluciones propuestas no signifiquen un aumento desmedido de la población encarcelada actualmente. La experiencia criminológica indica que este aumento de la probabilidad de las condenas efectivas sólo es posible en contextos de recursos limitados para los establecimientos carcelarios si se distingue, en los delitos de menor gravedad, entre primerizos y reiterantes. A los primerizos corresponde ofrecerles en general salidas alternativas y, en particular, tratamientos conductuales (esto es, diversificación de la respuesta penal), en los casos que la comisión de delitos provenga de adicciones a las drogas y el alcohol susceptibles de tratamiento u a otras causas psiquiátricas que puedan ser tratadas efectivamente en libertad. En cambio, para los reiterantes, esto es, quienes hacen del delito una forma de vida, correspondería la imposición de penas privativas de libertad más o menos prolongadas, que disuadan a los demás de dedicarse a esta actividad, incapaciten a quienes han caído en ella y, al mismo tiempo, les provea de programas de tratamiento conductual y capacitación laboral efectiva para evitar su reincidencia al término de la condena. Esta misma solución (disuasión e incapacitación) debería predicarse, en general, para quienes cometen delitos graves, cuya sola realización denota un grado de peligrosidad, entendido como peligro de reincidencia o reiteración, no tolerable por la comunidad, atendidos los bienes jurídicos afectados (p. ej.: tráfico de drogas a gran escala, homicidios, atentados terroristas, etc.), salvo que sean susceptibles de tratamiento conductual efectivo en libertad (casos de drogadictos y enfermos psiquiátricos). Este es el programa a que, al menos en principio, parece apuntar nuestro Sistema Penal, donde en el Código penal las penas se pretenden graduar en atención a la gravedad de los hechos punibles; existe una regulación específica para adolescentes, en orden a ofrecerles salidas y ofertas de programas diversificados (Ley Nº 20.084); el Código procesal penal permite salidas alternativas; la Ley Nº 18.216, permite la sustitución de las penas cortas privativas de libertad; y el Decreto Ley Nº 321, la libertad condicional. Sin embargo, como hemos visto en el primer apartado de este trabajo, por razones principalmente normativas, este programa legislativo no se cumple en la práctica, las probabilidades de sufrir una condena efectiva son bajas, aún tratándose de delitos graves, y nuestras cárceles, en la actualidad, están sobrepobladas de presos condenados a penas cortas privativas de libertad, que no cumplen ninguna función de disuasión, incapacitación o rehabilitación. Por lo tanto, las propuestas que a continuación se ofrecen, consisten en modificaciones normativas que se espera, principalmente, permitan superar las dificultades que impiden a nuestro actual Sistema Procesal Penal mejorar los índices de probabilidad de condena efectiva y, por ende, lidiar eficazmente con la delincuencia común habitual, a la cual por el momento sólo ha redireccionado hacia los delitos menos costosos, dado que su bajo costo incentiva su comisión. 27


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3.2. Propuesta de Modificaciones al Código Procesal Penal 1.- a) Artículo 83. Introducirle las siguientes modificaciones: -Sustituir el primer párrafo por el siguiente: “Actuaciones de la Policía sin orden previa. Corresponderá a los funcionarios de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile que tomen conocimiento de un hecho que presente caracteres de delito practicar las diligencias de investigación conducentes a establecer la existencia del hecho punible y la responsabilidad de sus autores, cómplices y encubridores, incluyendo las que puedan practicarse en sus propios laboratorios, con estricto apego a lo dispuesto en el Art. 9º, y especialmente: -Sustituir la letra d) por la siguiente: “d) Identificar a los testigos y consignar las declaraciones que éstos prestaren voluntariamente. Las declaraciones prestadas en un recinto policial deberán ser grabadas por cualquier medio que permita su reproducción posterior.” b) Artículo 84. Reemplazarlo por el siguente: “Recibida una denuncia, la policía realizará las diligencias señaladas en el artículo anterior e informará de sus resultados al ministerio público, dentro de las 48 horas siguientes de su recepción, indicando las diligencias realizadas para identificar a los responsables y acreditar el delito, así como su apreciación sobre la existencia o no de antecedentes que conduzcan a su determinacion y comprobación. En todo caso, deberá dar aviso inmediato al ministerio público de requeirirse autorización judicial para la realización de alguna diligencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de este Código. Tratándose de la comisión de delitos flagrantes, el plazo para informar las diligencias de investigación se ajustará al establecido en el inciso segundo del Art. 131. Fundamento De conformidad con lo señalado en el punto 2.1. de este informe, con estas propuestas se pretende trasladar a la Policía la responsabilidad de realizar la primera investigación, para que la decisión del archivo provisional se tome debidamente informada y no en base simplemente a un “parte” que recoge únicamente la versión del denunciante, que es el problema que hoy existe con las denuncias con imputados desconocidos. Al mismo tiempo, se alienta el trabajo policial en casos de imputados conocidos, para responsabilizarles por la adecuada recolección de las pruebas necesarias para su juzgamiento. Las propuestas están tomadas, con ciertas modificaciones, del Anteproyecto de Modificaciones al Código Procesal Penal de 2011 (Nºs. 5 y 6) , cuyos fundamentos aquí se reproducen, : “Es un hecho reconocido por todas las policías que el éxito de la investigación depende de lo que se haga en las primeras 48 horas de ocurrido el hecho punible. Es por ello que las primeras diligencias de la investigación no pueden esperar la actuación del ministerio público, deben realizarse de inmediato, sin perjuicio de la comunicación inmediata que debe existir para con el Ministerio Público y de la facultad de éste de determinar qué policía continúa con la investigación.”

2.- Artículo 167. Agregar los siguientes incisos cuarto y quinto: 29


“Decretado el archivo provisional, el fiscal enviará copia de la carpeta de investigación con todos sus antecedentes a la unidad policial que le remitió la denuncia, la que deberá llevar un registro especial de causas archivadas, para su análisis, estudio y eventual reapertura, en caso de surgir nuevos antecedentes del mismo o de parte de las víctimas. La víctima podrá consultar en cualquier momento la carpeta archivada y presentar los antecedentes y solicitar las diligencias que estime conveniente ante el ministerio público o la unidad policial donde se encontrare la copia a que hace referencia el inciso anterior. En este último caso, la policía practicará las diligencias que se señalan en el artículo 83 e informará de sus resultados al ministerio público en la forma y plazos indicados en el artículo 84. Fundamento La modificación pretende resaltar el carácter provisional del archivo y dejar abierta la posibilidad de que la policía pueda reabrir la investigación si descubre nuevos antecedentes por sí o por intermedio de la víctima. Sería deseable, además, que en los reportes estadísticos no se considerara el archivo provisional como una forma de término, pero eso ya no es materia legal. 3.- Artículo 170. Para intercalar el siguiente inciso segundo, nuevo: “Tampoco procederá el ejercicio de esta facultad respecto del imputado que tuviere condenas anteriores, haya sido beneficiado anteriormente con su ejercicio, o hubiese acordado una suspensión condicional o un acuerdo reparatorio.” Fundamento Se pretende con esta disposición que los casos no archivados ni suspendidos no se “oportunicen”, limitando las posibilidades de evasión y reducción de penas de los delincuentes habituales, dejando a salvo su aplicación para los primerizos. 4.- Artículo 237: Sustitúyase la letra c) del inciso tercero por las siguientes: c) Si el imputado no hubiere sido beneficiado anteriormente por el ejercicio de la facultad del artículo 170; y d) Si el imputado no hubiere consentido anteriormente una suspensión condicional o un acuerdo reparatorio. Fundamento De conformidad con el propósito de no fomentar la conducta criminal habitual, manteniendo la posibilidad de otorgar una oportunidad a los primerizos, se sugiere establecer las limitaciones propuestas como la vía más efectiva para forzar a los operadores a condenar a quienes resulten responsables de los delitos. El Informe de la Comisión de Expertos de 2003 sugería una limitación similar, pero entregada a la apreciación del fiscal y no a criterios objetivos como los que aquí se proponen, con la siguiente fundamentación: “Uno de los problemas más importantes que enfrenta la suspensión condicional del procedimiento es una aplicación relativamente automática que se hace de ella, en los casos que cumplen los requisitos establecidos en la ley. Así, se ha comenzado a consolidar una tendencia a que este mecanismo sea una pura forma de descargar el sistema procesal, sin atender a los objetivos de fondo de su creación. Para estos efectos, se propone una modificación que enfatice cuál es el objetivo básico perseguido por esta salida alternativa”.

30


5.- Artículo 237. Para agregar el siguiente inciso final: “La aceptación del imputado de la suspensión condicional del procedimiento significará aceptación de los hechos descritos en la formalización de la investigación y de la responsabilidad que en ellos le cabe. En el evento de revocarse la suspensión condicional del procedimiento, éste se continuará de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, debiendo el fiscal formular su acusación dentro del plazo de diez días desde la resolución que declare la revocación. En este caso, el juez podrá conceder al fiscal un plazo para complementar los antecedentes de investigación” Fundamento El inciso agregado tiene como finalidad responsabilizar a quien concurre a una suspensión condicional y liberar los recursos de investigación para el caso de que la suspensión se revoque, responsabilizando al beneficiado. Fue propuesta por primera vez por la Comisión de Expertos de la Reforma Procesal Penal de 2003, con estos fundamentos: “De otra parte, una vez concedida la suspensión condicional, se genera, en muchos casos, la percepción que el régimen que se impone es relativamente blando en delitos de una gravedad importante, especialmente en lo que dice relación con hipótesis de incumplimiento de la misma. Para superar esto se propone que la aceptación del imputado de proceder de acuerdo a la suspensión importe, a la vez, la aceptación de los hechos de la imputación y la aceptación de proceder de conformidad al procedimiento abreviado en caso que se revoque la medida”.

6.- a) Art. 331.- En la letra d), suprimir “, prestadas ante el juez de garantía” b) Art. 332.- En el inciso primero, agregar, entre las palabras “ante” y “el fiscal”, la expresión “las policías,” Fundamento Se trata de dar valor probatorio a la investigación realizada por la policía, en caso de coimputados rebeldes y para apoyo de memoria en los interrogatorios y contraiterrogatorios. De este modo, se hace innecesario repetir las interrogaciones y diligencias policiales en el Ministerio Público, consiguiéndose no sólo un importante ahorro de recursos fiscales al evitar la duplicación de investigaciones, sino también una revalorización de las investigaciones policiales, a quienes se les puede hacer de este modo responsables de su éxito o fracaso probatorio. 7.- Art. 385. Sustituir el inciso primero por el siguiente: “La Corte podrá invalidar sólo la sentencia y dictar, sin nueva audiencia pero separadamente, sentencia de reemplazo que se conforme a la ley, si la casual acogida fuera la del artículo 373 letra b) y ello no suponga alterar los hechos y circunstancias que se dieren por probados”. Fundamento Esta modificación habilita a la fiscalía (y también a la defensa) para recurrir de nulidad en casos en que no se discuten los hechos que se dan por probados por el tribunal oral que conoce de ellos por el principio de inmediación, sino únicamente su calificación jurídica y la determinación de la pena que corresponda por ley, casos en que hoy en día los fiscales 31


suelen no recurrir, para no sufrir el desgaste de un nuevo juicio, situación que favorece la aplicación desigual de la ley y estimula las negociaciones a la baja por parte del Ministerio Público. 8. Art. 387. Reemplazarlo por el siguiente: “Art. 387. Recurso extraordinario de nulidad. Contra la sentencia de nulidad dictada por las Cortes de Apelaciones siempre procederá un recurso extraordinario de nulidad para ante la Corte Suprema, cuando en su sustanciación y fallo se hubiese incurrido en alguna de las infracciones señaladas en los artículos 373 y 374 de este código. Este recurso extraordinario se tramitará del mismo modo que el previsto para el caso del Art. 373 letra a). El recurso extraordinario de nulidad procederá también respecto de la sentencia que se dictare como consecuencia que hubiere acogido el recurso de nulidad. Al fallar este recurso, la Corte Suprema podrá también dictar sentencia de remplazo, siempre que en ella no se alteren los hechos y circunstancias que se dieron por probados en el tribunal oral que conoció de la causa en primera instancia.” Fundamento La disposición pretende restablecer el imperio de la Corte Suprema en la interpretación de la ley penal, sin alterar el principio de inmediación, procurando así conseguir una aplicación igualitaria y uniforme del Derecho. Al mismo tiempo, ello evita que los perjudicados con sentencias erróneas de Cortes de Apelaciones se vean en la necesidad de recurrir por las vías extraordinarias de amparo y queja, como ocurre cada vez con mayor frecuencia. 9. Artículo 388. Sustitúyase el inciso segundo por el siguiente: “El procedimiento se aplicará, además, respecto de los hechos constitutivos de simple delito para los cuales la ley establezca una pena que no excediere de presidio menor en su grado mínimo.” Fundamento Esta es otra de las sugerencias del Anteproyecto de Reforma del Código Procesal Penal de 2011, indispensable para no incentivar las negociaciones “a la baja” a que se ven enfrentados los fiscales. Como se señala en el mencionado Anteproyecto, esta propuesta se puede fundamentar, además, en lo siguiente: “En la actualidad el procedimiento se aplica conforme a la pena que requiere el ministerio público y no a la pena que establece la ley. Es más, no se requiere justificación alguna para este requerimiento. La ley puede imponer al delito penas de presidio menor en su grado máximo o presidio mayor en su grado mínimo o medio y el fiscal, por sí y ante sí, la puede rebajar a presidio menor en su grado mínimo. No se justifica la existencia de atenuantes y simplemente se rebaja la pena. Este procedimiento se está empleando mediante acuerdo entre el fiscal y el defensor, con lo cual se evita el juicio penal oral. Hay menos trabajo, el caso está terminado y se benefician tanto el fiscal como el defensor.”

10.- Artículo 392. Agregar el siguiente inciso final: “Este procedimiento no se aplicará a las faltas contempladas en el artículo 494 N°4, 5 y 19 y en el artículo 494bis, que se ceñirá a lo dispuesto en el resto de las normas de este título”. 32


Fundamento Se pretende con esta disposición motivar a los fiscales a perseguir con mayor dedicación las faltas comunes de amenazas, lesiones y contra la propiedad, que son la base de los delitos comunes habituales, exclusivamente por el mayor tiempo que deberán dedicarle, separando estas faltas del resto de las que conoce el sistema. De este modo, se dificulta la transformación de simples delitos en faltas con el objeto de acelerar y terminar procedimientos y, al mismo tiempo, se separan estas faltas especiales de los hechos que no tienen relación con la delincuencia común habitual, los que pueden seguir tramitándose de conformidad con el procedimiento monitorio. 11.-Artículo 406. En el inciso primero sustitúyase la frase “no superior a cinco años de presidio o reclusión menores en su grado máximo” por la frase: “ no superiores a quince años y un día de presidio o reclusión mayores en su grado máximo”. Fundamento Esta es una de las disposiciones que deben modificarse para no estimular innecesariamente la negociación “a la baja”, cuando existen suficientes evidencias de la responsabilidad del imputado que está asesorado por un abogado defensor para decidir libremente, en base a las evidencias y su propio conocimiento de los hechos, si acepta o no la responsabilidad. Además, en la medida que la pena se determina de conformidad a los parámetros legales, no existe razón para limitar la negociación, salvo cuando suponga la imposición de las penas más graves disponibles. La modificación había sido sugerida en los mismos términos por el Anteproyecto de Modificaciones del Código Procesal Penal de 2011, con la siguiente fundamentación: “Es necesario ampliar el límite de la procedencia del procedimiento abreviado. En innumerables casos no hay controversia en la existencia del hecho punible, la participación del imputado, las circunstancias modificatorias y hasta la pena a imponer, con lo cual se evita el tiempo y el gasto que irroga el juicio penal oral, llegándose a un resultado similar”

12.- Art. 406. Para agregar, después de la expresión “aceptare expresamente”, lo siguiente: “, así como también su responsabilidad en los mismos”. Fundamento Esta es otra medida para reducir los incentivos de negociación “a la baja”, pues en el actual procedimiento abreviado el imputado puede aceptar los hechos y discutir su responsabilidad penal, obteniendo incluso sentencias absolutorias o penas inferiores a las solicitadas por el fiscal. Para evitar este riesgo, los fiscales deben acceder a negociaciones que en otras condiciones no accederían. De este modo se soluciona también el problema destacado por la Comisión de Expertos de la Reforma del año 2003, en el sentido de que los jueces de garantía tenderían a considerar insuficiente la aceptación de los hechos por parte del imputado para condenar, a pesar de los antecedentes aportados por el fiscal. Esta posición es contradictoria con un procedimiento de carácter adversarial donde los imputados están asesorados debidamente por un abogado defensor que puede aquilatar el peso de la acusación y las alternativas que restan de someterse a un juicio oral. 33


13. a) Art. 411: Suprimir la expresión “abrirá el debate,” y agregar, antes del punto aparte, “quien reconocerá los hechos de la acusación y su responsabilidad en los mismos”; b) Art. 412: Sustituirlo por el siguiente: “Terminada la alocución del imputado, el juez dictará sentencia condenatoria. La pena que en ella se imponga no podrá ser superior ni más desfavorable que la solicitada por el fiscal o el querellante en su caso, pero tampoco inferior en grado, tratándose de penas temporales.”; c) Art. 413 letra e): Suprimir la expresión “o absolviere”. Fundamento Estas tres modificaciones tienen el propósito de aclarar el sentido del procedimiento abreviado como una negociación en que mientras el fiscal renuncia a la posibilidad de una pena más severa, el defensor a la de una absolución, favoreciendo la negociación en igualdad de condiciones. 3.3. Propuesta de Modificaciones al Código Penal 1. Arts. 65 a 69. Sustituir el primero por el siguiente, derogando los restantes: “Art. 65. En la imposición de la pena, el juez es libre para recorrerla en toda su extensión, salvo las limitaciones que establece el Código procesal penal, la Ley N° 20.084 y este artículo. Dentro del grado o grados designados por la ley, el tribunal tomará en cuenta el número y calidad de las circunstancias atenuantes y agravantes concurrentes, así como la mayor o menor extensión del mal causado para fijar la cuantía precisa de la pena a imponer. Sólo en caso que el imputado acepte su responsabilidad en un procedimiento abreviado o simplificado, se reconocerá la atenuante prevista en el N° 9 del Art. 11 como muy calificada, y la pena podrá rebajarse en un grado, a petición del ministerio público, aunque concurran circunstancias agravantes. Si no concurren agravantes, la pena podrá rebajarse hasta en dos grados. En ambos casos, no se considerarán las restantes circunstancias concurrentes para la imposición de la pena y ésta no podrá ser superior o inferior a la solicitada por el ministerio público.” Fundamento Se trata de regular unitariamente el tratamiento de las circunstancias atenuantes y agravantes para evitar sorpresas en el proceso de determinación de éstas y delimitar un marco de negociación que no conduzca a penas mucho más bajas de las que previsiblemente tuvo en cuenta el legislador al establecer los marcos penales de cada delito. Al mismo tiempo, se establece un efecto determinado y significativo para el reconocimiento de responsabilidad en casos de procedimientos abreviados y simplificados, que de seguridad al imputado de la rebaja que recibirá y un margen amplio de negociación para el fiscal.

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ANEXO Tiempo promedio de duración de las condenas en Chile7 1. Introducción: marco teórico y objetivos Dentro de este contexto social, el Análisis Económico del Crimen pretende explicar el fenómeno de la criminalidad mediante la utilización de modelos económicos, según el planteamiento seminal de Gary Becker (968), quien analíticamente supone que existe un proceso racional implícito en la decisión de un individuo de cometer un delito, pues es capaz de percibir los costos y beneficios asociados a las distintas alternativas de uso del tiempo, por lo que el objetivo primordial de las penas es la disuasión, asemejándose a la idea de prevención general del Derecho Penal. Un aspecto relevante de este modelo es que la capacidad disuasiva de la pena reside en la probabilidad de imposición y la severidad del castigo, lo cual es complementado por el economista Isaac Ehrlich (1973) quien enfoca su análisis en la distribución del tiempo que dedica el delincuente a actividades legales o ilegales en relación al tiempo promedio de duración de las condenas como una variable eficaz para medir el efecto disuasivo de la magnitud real de las penas efectivas de prisión. En la presente investigación se determinará el tiempo promedio de duración de las condenas en Chile con la finalidad de establecer los costos de oportunidad reales que experimenta el delincuente al encontrarse en prisión y estimar cómo estas cifras tienen un impacto en las tasas de criminalidad, teniendo siempre en consideración la probabilidad de obtener una sentencia condenatoria que establezca una pena privativa de libertad efectiva. Para ello, se analiza el tiempo promedio de permanencia en prisión de los internos en tres recintos penitenciarios de la Región Metropolitana, en base a información entregada por GENCHI, cuya población estadísticamente relevante está constituida por aquellos internos ingresados en calidad de condenado, en los años 2003 y 2008, determinándose a su respecto una pena privativa de libertad efectiva. Los datos obtenidos se refieren exclusivamente a los Delitos de Mayor Connotación Social (DMCS), calificados como tal por la Subsecretaria de Prevención del Delito dependiente del Ministerio del Interior. Además, las cifras referentes al tiempo promedio de duración de las condenas se analizaron comparativamente en relación al delito cometido, la ubicación geográfica de los recintos y el género de los reclusos, además de ciertos indicadores exógenos que poseen un nexo causal con nuestro objeto de estudio tal como las tasas de criminalidad (medidas en Chile a través de “Casos Policiales”) y el número de personas que integran el sistema cerrado en calidad de condenado, de acuerdo a las premisas básicas de los modelos económicos del crimen. Una vez resueltas las interrogantes planteadas, se pretende demostrar si las penas en Chile presentan fines disuasivos en su aplicación, y si efectivamente, desalientan a potenciales delincuentes de cometer hechos delictivos, en base a las estadísticas obtenidas en relación al tiempo promedio de duración de las condenas. 7

Extraído de la Memoria de Grado elaborada por María Carolina Peña y Lillo Tolosa, alumna investigadora de la Universidad de Chile, dirigida por JP Matus

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Preliminarmente, es legítimo poner en duda la capacidad disuasiva de las penas en Chile debido a las bajas probabilidades de que éstas sean impuestas, y también por la magnitud de las penas propiamente tal. Así, en el año 2003 se habrían cometido aproximadamente 690.000 hurtos y hubo sólo 2.414 condenas por ese delito; y en relación al robo con violencia e intimidación, hubo 400.000 victimizaciones y 2.581 sentencias condenatorias.8 Cabe destacar, que el camino hacia la obtención de una sentencia condenatoria que determine la aplicación efectiva de una pena privativa de libertad es bastante extenso, existiendo una amplia aplicación de las salidas alternativas dentro del proceso penal y un crecimiento sostenido de los beneficiados por medidas alternativas a la reclusión establecidos por la Ley Nº 18.216. Y, una vez que se logra conseguir una pena efectiva, se debe calcular cuán disuasivo es el tiempo de permanencia en un recinto penitenciario y cómo afectaría eventualmente en las tasas de criminalidad. Por último, se debe matizar toda la implicancia práctica del tiempo promedio de duración de las condenas con un aspecto penal de extremada relevancia en este fenómeno: los fines de las penas y el papel que desempeña el sistema penal chileno en la aplicación de sanciones. Respecto a los fines de las penas, en esta investigación se pretende establecer si las penas en Chile presentan fines disuasivos en su aplicación, y si desalienta a potenciales delincuentes de cometer delitos, todo ello, medido a través del tiempo de permanencia en prisión. Si consideramos la información de la que disponen los individuos sobre la probabilidad de aprehensión y condena, en principio la respuesta es negativa, debido a las bajas probabilidades de obtener una condena efectiva de prisión. Un claro ejemplo de ello es el hurto en locales comerciales por la cantidad justa para que el ilícito sea considerado falta y no delito, y en caso de ser considerado como delito, obtener una salida alternativa a su favor.9 Luego, teniendo presente la duración de la pena privativa de libertad efectiva como una variable derivada de la severidad de la sanción, de acuerdo a la hipótesis disuasiva, debería existir una relación inversamente proporcional con las tasas delictivas, cuestión que se pretende profundizar y esclarecer en esta investigación. Por lo tanto, el tiempo promedio de permanencia en prisión de los reclusos no sólo es relevante para efectos prácticos sino que también para establecer cuáles son los fines de las penas privativas de libertad en Chile, si se adecúan a las finalidades disuasorias de las sanciones y si efectivamente son resultado de una persecución penal eficaz. 2. Análisis de Datos relativos al tiempo promedio de duración de las condenas: breve descripción de la muestra, metodología de estudio y análisis panorámico de los datos obtenidos 2.1. Breve descripción de la muestra

8

HURTADO, Paula, “Diversificando la respuesta frente al delito: procedimientos y penas alternativas” en “Persona y Sociedad”, VOL. XIX N ° 1, Universidad Alberto Hurtado, 2005, P. 190. 9 Ibíd. P. 182.

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La unidad de análisis relevante corresponde a aquellas personas, en Chile, que son objeto de una sentencia condenatoria dictada por un juez del crimen (2003), o también, por un juez de garantía o un tribunal oral en lo penal (2008) que determina la aplicación de una pena privativa de libertad efectiva, sin posibilidad de optar a los beneficios de la Ley 18.216. Esta población determina ciertos parámetros muestrales que nos ayudarán a corroborar nuestra hipótesis. Teniendo presente estas consideraciones, la muestra seleccionada está conformada por aquellos condenados por Delitos de Mayor Connotación Social (de ahora en adelante, DMCS) ingresados al sistema cerrado los años 2003 y 2008 en tres recintos penitenciarios de la Región Metropolitana de Santiago, Chile: Centro de Cumplimiento Penitenciario Buin, Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y Centro Penitenciario Femenino. En primer término, sólo se considera a los DMCS como variable a analizar debido a que constituyen un criterio internacional válido establecido por la Subsecretaria de Prevención del Delito para medir las tasas de los principales delitos en el país, y de este modo, se sistematiza de mejor manera la información recopilada. Las estadísticas reconocen como DMCS los siguientes: robo con violencia, robo con intimidación, robo por sorpresa, robo con fuerza, hurto, lesiones, homicidio y violación. 10 Adicionalmente, también se considerarán, en forma separada y secundaria, los ingresos en calidad de condenado por la comisión de ilícitos relativos a drogas estupefacientes o psicotrópicas. En segundo lugar, se toman en consideración los ingresos en calidad de condenado del año 2003 y los del 2008, ya que en ambos años existen contextos jurídico-penales diversos. Cabe destacar, que en 2003 la reforma procesal penal aún no se había implementado en el Región Metropolitana teniendo plena vigencia el proceso antiguo, de carácter secreto e inquisitivo, y que recién en el año 2005 el sistema nuevo empezó a operar en dicho territorio; por lo tanto, ya al año 2008 es posible observar eventuales efectos que la persecución penal pueda tener en la población carcelaria del país. Por último, se elijen para hacer las mediciones tres recintos penitenciarios que se consideran relevantes por dos tipos de variables que pueden extraerse de ellos. Primero, se debe enfatizar que son objeto de este estudio dos prisiones urbanas y una rural, por lo que la variable que denominaremos “ubicación del centro penitenciario” es extremadamente relevante; y segundo, dos de estas cárceles están destinas a reos masculinos y una a condenadas del género femenino, por ende, el sexo también es otra variable que se tendrá presente a lo largo de este análisis.11 De esta forma, una vez realizada esta pequeña descripción es posible relacionar todas las variables anteriormente señaladas con el tiempo promedio de duración de las condenas efectivas a través del análisis estadístico pertinente. 2.2. Metodología de Estudio La información relativa al tiempo promedio de permanencia en prisión, se obtuvo gracias a la colaboración de GENCHI, quienes entregaron datos relativos a cinco recintos 10 11

Fuente electrónica: http://www.seguridadpublica.gov.cl/delitos_de_mayor_connotacion_social.html Fuente electrónica: http://www.gendarmeria.gob.cl/

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penitenciarios de la Región Metropolitana, en los años 2003 y 2008. La cantidad total de datos entregados en archivo Microsoft Excel 2007 que se adjunta, corresponde a 13.026 ingresos por condena. No obstante, con el fin de delimitar adecuadamente la muestra es preciso depurar la información recibida. El primer filtro de datos que se realizó se relaciona a los recintos penitenciarios que van a ser objeto de este estudio. De esta forma, se excluyen de la muestra todos los datos concernientes al CCP Colina I y CCP Colina II debido a que no se contaba con la cantidad de datos necesarios como para poder extraer una muestra significativa de estos recintos. Al excluir estos datos, la muestra queda conformada por 12.752 ingresos, de los cuales se realiza un segundo filtro, excluyendo a aquellos ingresos que aún se encuentran cumpliendo su condena en prisión, es decir, que respecto de ellos figura una fecha de ingreso, pero, que a la fecha de la entrega de los datos aún no habían cumplido en su totalidad la condena. Estos ingresos se excluyen debido a que no sirven para determinar la variable más importante de esta investigación, que es el tiempo promedio de permanencia en prisión, ya que, al no terminar de cumplir su pena, no tenemos real conocimiento de cuánto tiempo permanecerán en prisión por la comisión de algún delito en particular. De esta forma, tenemos que un total de 717 ingresos presentan estas características, y por ende, al descartar los reos que aún no egresan de los tres recintos a estudiar, la muestra se conforma con 12.035 datos. Este grupo presenta la particularidad, además, de contar en su mayor parte con condenas por múltiples delitos, lo que los diferencia de los casos regulares de condenados analizados en este estudio. El tercer paso consiste en descartar aquellos datos que presentan errores de tipografía, que dificultan de tal forma la comprensión cabal de los registros que la solución más eficaz es eliminarlos. En este sentido, se encontró sólo un tipo de error de tipografía, relativo a que la fecha de ingreso era posterior a la de egreso, por lo que, por razones de lógica relacionadas al factor tiempo, es imposible que un reo figure con una fecha de ingreso posterior a la fecha egreso. La cantidad de datos que presentan este tipo de error son 1.696 ingresos, por lo que, nuestra muestra se reduce a 10.339 datos. De esta forma, hasta el momento es posible descartar 2.687 datos de los 13.026 ingresos que conforman la información inicial entregada por GENCHI, lo que equivale al 20,6% de los datos. Por último, para llegar a conformar la muestra final que se analizará, fue necesario filtrar la información de acuerdo al tipo de delito cometido. Como se menciona en el apartado anterior los ingresos relevantes en esta investigación son aquellos que figuran como condenados de DMCS, y por ende, se descartan las condenas por la comisión de delitos que no han sido calificados como tales. De esta forma, de los 10.339 restantes, la muestra final que se considerará para realizar este análisis son 4.489 datos relativos a DMCS. 2.3. Análisis panorámico de los datos obtenidos De la muestra descrita se elaboró una tabla general que grafica el tiempo promedio de permanencia en prisión. Por tiempo promedio de permanencia en prisión se entiende el promedio aritmético que resulta de la sumatoria del total de la duración de cada pena impuesta dividido por el total de internos condenados, según la clase de delito y 39


establecimiento penal que se estudie. De este modo, los promedios totales de los recintos dependen de la ponderación que produce el número de internos condenados por cada delito en cada establecimiento y no es posible su cálculo a partir de los promedios que resultan para cada delito aislado por recinto. Es importante reiterar que la información que se plasmará en las tablas y gráficos siguientes fue obtenida gracias a la colaboración de Gendarmería de Chile. También, se debe destacar que el tiempo de duración promedio de las condenas se contabilizará en días con el objeto de lograr una mayor rigurosidad en el análisis.

Tabla N° 4 Tiempo promedio de permanencia en prisión (días) en los años 2003 y 2008 en tres recintos penitenciarios de la Región Metropolitana. RECINTOS PENITENCIARIOS CCP BUIN

CDP SANTIAGO

CP FEMENINO

SUR DMCS AÑO HOMICIDIO

2003

2008

2003

2008

2003

2008

2373,0

671,7

1448,7

747,2

1015,6

825,3

HURTO

421,7

126,2

1318,4

160,4

261,5

159,1

LESIONES

502,0

298,5

1088,3

276,6

879,5

218,9

OTROS ROBOS CON

-

118,0

-

195,9

-

-

ROBO CALIFICADO

-

-

2238,5

959,0

-

-

ROBO CON FUERZA

849,7

314,5

1460,6

301,5

1203,0

604,9

ROBO CON

927,3

520,7

1494,1

887,5

1670,2

812,9

-

353,1

1153,3

427,9

1222,3

451,4

VIOLACIÓN

1489,0

532,7

1569,5

900,1

-

-

TOTAL TIEMPO

844,9

302,9

1418,2

283,8

729,1

235,7

FUERZA

VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN ROBO POR SORPRESA

PROMEDIO Fuente: Elaboración Propia a partir de datos entregados por GENCHI

40


Primero, se puede observar en la última fila el “total tiempo promedio de permanencia en prisión”, en cada año estudiado, por recinto, y de todos los DMCS. De esta forma, en el Centro de Buin, al año 2003, la permanencia promedio en prisión es de 844,9 días, y al año 2008 fue de 302,9 días. En el CDP Santiago Sur, en el año 2003 los condenados estuvieron cumpliendo pena efectiva en promedio 1418,2 días, mientras que en el año 2008 sólo permanecieron recluidos 283,8; y por último, en la cárcel de mujeres se promedia un tiempo de duración de las condenas efectivas de 729,1 días el año 2003, disminuyendo al año 2008 a 235,7 días. Así, es posible apreciar que el tiempo promedio de duración de las condenas disminuye drásticamente en los tres recintos estudiados al comparar las cifras de los años 2003 y 2008. Sin embargo, si analizamos esta variable por recinto, se observa que la disminución más significativa se produce en el CDP Santiago Sur, bajando la permanencia en prisión casi en un 80%, comparando las condenas ingresadas tanto el año 2003 como el 2008. Luego, si nos centramos en la variable “DMCS” ubicada en el lado izquierdo de la Tabla Nº 4, es posible observar el listado de categorías que integran estos delitos, los cuales ya fueron mencionados en el apartado anterior; no obstante, hay ciertas categorías de delitos reagrupados que merecen mención especial. En la categoría “otros robos con fuerza”, que se contemplan como DMCS, se incluye una “subclase” de robo con fuerza que constituye un tipo especial establecido en el Art. 445 CP que incluye el porte de llaves falsas, ganzúas u otros instrumentos destinados conocidamente a cometer el delito de robo. Por otra parte, es preciso mencionar que la reagrupación de “robo calificado” incluye el delito de robo con homicidio y robo con violación. Si nos centramos en los delitos cometidos por los reclusos condenados en el CCP Buin, poniendo énfasis en su ubicación rural, cabe hacer dos consideraciones. Primero, se debe destacar que no existe ningún condenado por robo por sorpresa en el año 2003, siendo que se trata de un DMCS de gran ocurrencia en áreas urbanas, lo cual concuerda con el contexto rural de este recinto. Y segundo, que las disminuciones más significativas del tiempo promedio de permanencia en prisión se producen en los delitos más violentos: el homicidio y la violación, en los cuales se afectan bienes jurídicos indisponibles. Así, en el caso del homicidio, el tiempo promedio de la pena efectiva es de 2.373,0 días en el año 2003 y de 671,7 en el año 2008, disminuyendo en un 71,6% aproximadamente. Mientras que en el delito de violación, en el año 2003 la permanencia en prisión promediaba 1.489,0 días y en 2008 fue de tan sólo 532,7 días, disminuyendo alrededor de un 64,7%. No obstante, las cifras también son significativas en el hurto y el robo con fuerza, en donde se produjeron disminuciones aproximadas de un 70% y un 62,9%, respectivamente. Por otra parte, en el CDP Santiago Sur, se producen las reducciones del tiempo promedio de duración de las condenas más significativas, en especial tratándose de delitos de menor gravedad como el hurto, lesiones, robo con fuerza y el robo por sorpresa. En el caso del hurto, en este recinto se presenta la reducción más significativa de toda la Tabla Nº 4 con una disminución de un 87,8% aproximadamente, en donde al año 2003 los reclusos permanecían 1318,4 días en promedio por cometer este delito y cinco años después los ingresos en calidad de condenado presentaban una pena efectiva de sólo 160,4 días, lo que no llega ni a los 6 meses de presidio o reclusión por la comisión de este 41


delito. Otros fenómenos similares dentro del CDP Santiago Sur se producen en los delitos de lesiones, robo con fuerza y robo por sorpresa que experimentaron reducciones de alrededor de 74,5%, 79,3% y 62,8%, respectivamente. Finalmente, en el Centro Penitenciario Femenino se producen las disminuciones menos drásticas en comparación con los dos recintos analizados anteriormente, en donde ningún promedio de permanencia en días, de ninguna categoría de delitos supera la reducción del 70%, a excepción del delito de lesiones, en que al año 2003 las mujeres permanecían recluidas por cometer este delito en promedio 879,5 días y al año 2008 sólo promediaban 218,9 días de reclusión, existiendo una disminución del 75,1% aproximadamente en este delito. En segundo lugar, se encuentra el delito de robo por sorpresa en que el tiempo promedio de la duración de la condena disminuye alrededor de un 63%. Al hacer referencia al género de los reclusos, es posible constatar que el mayor tiempo promedio de permanencia en prisión en el año 2003 lo tenía el CDP Santiago Sur que sólo acepta el ingreso de reos de sexo masculino, y en el año 2008 el tiempo promedio de permanencia en prisión sigue siendo mayor para los hombres, pero de aquellos que ingresaron al recinto de Buin, en donde se contemplaba un tiempo de duración de la condena, en promedio, de 302,9 días. Sin embargo, se puede apreciar en la Tabla N ° 4, que el año 2008, las mujeres permanecen más tiempo en prisión que los hombres por la comisión de ciertos delitos, en especial tratándose de los ingresos en calidad de condenados por la comisión del delito de robo con fuerza. Mientras que los hombres, en el CCP Buin y el CDP Santiago Sur permanecían 314,5 y 301,5 días respectivamente, las mujeres presentaban una pena efectiva por el mismo delito de 604,9 días; de esta forma, las reclusas permanecían en promedio en el recinto el doble de tiempo (contabilizado en días) que los reos hombres por la comisión del mismo delito. También, en el año 2008, las mujeres cumplen una pena efectiva más elevada que los hombres en los delitos de homicidio y robo por sorpresa. De todas formas, existe una tendencia hacia la homogeneidad en el tiempo promedio de duración de las condenas entre hombres y mujeres, en donde en el año 2008 sólo existe una diferencia significativa respecto del robo con fuerza. Con este breve análisis y al observar la Tabla N° 4, se puede señalar que al comparar las cifras de ambos años y en todas las categorías de delitos que se presentan en los tres recintos, siempre se produce una disminución del tiempo promedio de duración de las condenas efectivas, y consiguientemente, es posible afirmar que nunca, en ningún caso de los presentados, se produce un aumento en el tiempo promedio de permanencia en prisión al momento de cotejar los datos tanto del año 2003 como del año 2008, situación que puede apreciarse claramente en el Gráfico N° 2 incorporado al cuerpo de este Informe. Por otra parte, también es importante exponer dentro de este análisis el número de ingresos a los recintos por la comisión de DMCS, debido al eventual aumento o disminución en la cantidad de sentencias condenatorias que disponen el cumplimiento de una pena efectiva en uno de los tres recintos penitenciarios a analizar, además de inferir los tipos de procedimientos de los cuales emanan. En este sentido cabe recalcar que los ingresos por traslados entre recintos no se consideran en la muestra que pretende sustentar nuestra hipótesis de trabajo. En los Gráficos incorporados como Nº 3 y Nº 4 del 42


Informe se puede apreciar que el año 2003 existieron 970 ingresos en los tres recintos estudiados y en el año 2008 dicha cantidad aumenta, existiendo 3.519 ingresos. Con ello, se concluye que el número de sentencias condenatorias que disponen el cumplimiento de una pena privativa de libertad en alguno de los recintos analizados ha aumentado significativamente, existiendo un crecimiento en el número de ingresos de un 362,7%. En el año 2003 se aprecia la prevalencia dentro de la muestra de los ingresos por robo con violencia e intimidación con un 40% de representatividad, siguiéndolo en cantidad de ingresos el robo con fuerza, y en tercer lugar se encuentra el hurto representado por un 16% de la muestra. Con ello, se afirma que predominaban ampliamente los reclusos condenados por delitos contra la propiedad (86% del total de la muestra del año 2003), en comparación a los ingresos por la comisión de tipos penales que protegen la vida, la integridad corporal y la libertad sexual, representando todos ellos en total, un 14% de la muestra de dicho año. En cambio, durante el año 2008 se observa una amplia prevalencia de los ingresos por hurto dentro de los recintos, los cuales representan un 57% del total de la muestra del año 2008, siguiéndole el robo con fuerza con un 21%, y en tercer lugar, muy por debajo, el robo con violencia e intimidación con un 7%. En este caso, existe un mayor predominio de ingresos en calidad de condenado por la comisión de delitos contra la propiedad que en el año 2003, representando todos ellos el 92% del total de la muestra del año 2008; sin embargo, a diferencia de la situación ocurrida el año 2003, durante el 2008, es el hurto (57%) el delito por el cual se producen más ingresos por condena en los tres recintos estudiados, y en el caso del robo con violencia e intimidación se produce una disminución en el número de reclusos que reciben sentencia condenatoria por este delito, descendiendo de un 40% a un 7% en el año 2008. Consiguientemente, los ingresos por la comisión de delitos que atentan contra bienes jurídicos indisponibles tienen una menor representatividad que en el año 2003, constituyendo sólo un 8% de la muestra del año 2008. Este particular fenómeno, podría ser producto tanto del desplazamiento real de la actividad criminal a tipos de delitos menos costosos, como de un desplazamiento procesal o negociado, a través transformación procesal del tipo penal por el cual se recibe sentencia condenatoria, a través de la recalificación jurídica que hacen los intervinientes y el juez en la oportunidad procesal correspondiente. 3. Conclusiones. En la presente investigación, se ha enmarcado el tiempo promedio de duración de las condenas dentro del enfoque criminológico sostenido por las Teorías Económicas del Delito, en donde el modelo microeconómico de Ehrlich (1973) ha posicionado esta variable (average time served by offenders in states prisons) como un importante indicador del efecto disuasivo de las penas.

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En este sentido, con la finalidad de analizar el tiempo promedio de permanencia en prisión en Chile, se han presentado las cifras correspondientes a tres recintos penitenciarios de la Región Metropolitana, en base a información entregada por GENCHI, cuya población estadísticamente relevante está constituida por aquellos internos ingresados en calidad de condenado a los recintos estudiados, en los años 2003 y 2008, determinándose a su respecto una pena privativa de libertad efectiva. Los datos analizados se refieren exclusivamente a los DMCS, calificados como tal por la Subsecretaria de Prevención del Delito del Ministerio del Interior, en donde se obtiene que, con independencia del recinto penitenciario, existe una disminución significativa en el tiempo promedio de duración de las condenas. De hecho, su disminución comparativa entre los años 2003 y 2008 coincide con las alzas en las tasas de criminalidad, el aumento de la población penitenciaria condenada y los cortos tiempos de tramitación procesal, ya que los costos en la decisión de delinquir son tan bajos en relación a la permanencia en prisión que las actividades ilegales se instituyen como un camino rentable frente a los escasos fines disuasivos existentes. Finalmente, la baja probabilidad de obtener una sentencia condenatoria junto con la disminución en el tiempo promedio de duración de las condenas y la consecuente aplicación desmesurada de penas privativas de libertad de corta duración , aparentemente, sólo pueden deberse a un eventual impacto de la Reforma Procesal Penal. 4. Bibliografía citada   

BECKER, Gary. “Crime and Punishment: An Economic Approach”. Journal of Political Economy. Vol. 76 N° 2. 1968, pp. 169-217. EHRLICH, Isaac. “Participation in Illegitimate Activities: A Theoretical and Empirical Investigation”, Journal of Political Economy, Vol. 81, N° 3. 1973, pp. 521-565. HURTADO, Paula, “Diversificando la respuesta frente al delito: procedimientos y penas alternativas” en “Persona y Sociedad”, VOL. XIX N ° 1, Universidad Alberto Hurtado, 2005.

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 7: Una reforma tributaria para la eficiencia y la equidad

Evaluación de propuestas de reforma tributaria Luis Felipe Lagos1 Francisco Klapp2

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Director del programa económico de Libertad y Desarrollo Investigador de Libertad y Desarrollo


1. Introducción Este trabajo evalúa los efectos sobre la recaudación impositiva de distintas propuestas de reforma tributaria que han surgido en el último año como resultado de la discusión que precedió al proyecto de ley que fuera aprobado en septiembre de 2012. Este, en su esencia, incrementó la tasa de impuestos a las empresas de 17% a 20% y redujo las tasas marginales de impuestos a las personas, manteniendo el tramo exento y la tasa máxima de 40%. En el análisis de las distintas propuestas sólo se comenta sobre las consecuencias de estas sobre la eficiencia del sistema tributario, pero no se computan los efectos sobre ahorro, inversión y crecimiento. El objetivo central es evaluar, desde el punto de vista de la recaudación, una reforma tributaria que cambie la base de tributación del ingreso al gasto. Un impuesto al gasto es más eficiente al incentivar el ahorro e inversión potenciando la acumulación de capital físico y humano y, por consiguiente, el crecimiento económico. Además, permite superar el dilema entre eficiencia y redistribución que tiene un impuesto con base ingreso. En efecto, un impuesto al gasto permite tasas marginales crecientes sin perjudicar el ahorro. No obstante, tasas más elevadas de impuestos al ingreso como al gasto afectan la decisión de trabajo vs ocio, disminuyendo los incentivos al trabajo y estimulando la evasión. Dado que este es un cambio mayor del sistema tributario, también se consideran alternativas más simples de implementar que permitan lograr aumentos de eficiencia y mayor equidad mediante una extensión de los actuales incentivos al ahorro. Además, comentamos brevemente el tratamiento de un impuesto a las donaciones y herencias en el marco de un sistema tributario con base gasto. Para combatir las externalidades se cuantifica el efecto sobre la recaudación de un incremento en el impuesto al diesel, gasolinas, alcoholes y tabaco. Adicionalmente, computamos la disminución en recaudación de la eliminación de aranceles aduaneros y el impacto de un alza en el impuesto a los bienes raíces. Con el propósito de simplificar el sistema tributario, se contempla sustituir los regímenes de tributación especial por una exención general de impuestos a las utilidades, cuando estas sean reinvertidas, atribuibles a las ventas de las primeras 10.000 UF. Esta exención se aplicaría a todas las empresas. Finalmente, se evalúa la alternativa que algunos han propuesto que consiste en una tributación sobre una base doblemente devengada. Actualmente, las empresas tributan con una tasa de 20% sobre utilidades devengadas y las personas tributan sobre los retiros con un crédito por el impuesto ya pagado por las empresas. La propuesta contempla que las personas paguen sobre las utilidades devengadas y no sólo sobre retiros, manteniendo la integración del sistema. Esta reforma va en el sentido opuesto respecto de mejorar la eficiencia tributaria y sólo contribuye a aumentar la recaudación en el corto plazo. En el mediano plazo, la recaudación podría perjudicarse debido a los efectos negativos de esta reforma sobre el ahorro, al incentivar los retiros, disminuyendo la inversión y el crecimiento económico. El resultado principal de nuestras simulaciones es que un impuesto con base gasto que contemple una escala de tasas progresivas a las personas podría recaudar una magnitud superior al actual impuesto al ingreso. Esto se explica por el hecho que la base gasto sobre la que se aplican las tasas impositivas es superior a la base ingreso actual debido a que muchos ingresos no se consideran


como imponibles. Esto permitiría, en un sistema tributario con base gasto, ampliar los tramos o reducir las tasas manteniendo la recaudación constante. 2. Impuesto al gasto Los impuestos generan distorsiones en las decisiones de consumo vs ahorro y de trabajo vs ocio y, por consiguiente, afectan el crecimiento económico. Desde el punto de vista de la eficiencia económica, el sistema tributario debería minimizar estas distorsiones para maximizar la tasa de crecimiento de tendencia del producto y empleo. Los sistemas tributarios con base ingreso castigan el consumo futuro al contemplar impuestos sobre los ingresos generados por el ahorro. En estos sistemas existe entonces una doble tributación, ya que se paga impuestos por el ingreso generado y posteriormente por el retorno del ahorro. Esto genera menores niveles de ahorro e inversión perjudicando el crecimiento económico. En un sistema tributario con base gasto, se tributa sobre el gasto independientemente de si este se realiza en el presente o futuro. Es decir, el ahorro se encuentra exento de tributación y, por lo tanto, los incentivos apuntan a un mayor esfuerzo de trabajo en la etapa más temprana de la vida laboral, cuando los individuos son más productivos. Esto les permite ahorrar y consumir en el futuro. De la misma forma, el ahorro e inversión en capital humano que hacen las familias al gastar en educación y salud estaría exento de impuestos, potenciando así el crecimiento económico. En un sistema tributario integrado, como es el chileno, las personas son las que pagan impuestos y los llamados impuestos a las empresas sólo constituyen un adelanto del impuesto personal. En el impuesto al gasto, las empresas sólo pagarían impuesto por sus utilidades distribuidas a los dueños y que son consumidas. Las utilidades reinvertidas corresponden al ahorro de las empresas y, consecuentemente, estarían exentas de impuestos. Los impuestos pagados por las empresas sobre las utilidades retiradas constituirían un crédito para los impuestos personales pagados anualmente3. Desde el punto de vista de la equidad, un impuesto al gasto es superior a uno al ingreso. Si consideramos dos personas con igual ingreso pero con distintas preferencias intertemporales respecto del consumo, ellas no tendrán la misma carga tributaria si tributan sobre sus ingresos. En efecto, aquel individuo que prefiere consumir más en el futuro (ahorra) termina pagando más impuestos. En un sistema tributario con base gasto, ambos individuos pagan el mismo impuesto ya que es irrelevante el momento en que decidan consumir. En el sistema de tributación con base ingreso de la economía chilena no todos los vehículos de ahorro son tratados de igual forma, generándose inequidades. Si un individuo forma una sociedad, esta tributa un 20% sobre las utilidades. Los retiros pagan el impuesto personal (Global Complementario) con el crédito asociado por el impuesto que pago la sociedad. Esto permite usar como vehículo de ahorro a la sociedad pagando 20% mientras se reinviertan las utilidades. En cambio, si se decide ahorrar como persona natural se deberá tributar de acuerdo a la tasa marginal correspondiente del impuesto a las personas, la que puede ser tan elevada como 40%. Un impuesto al gasto, al no considerar el ahorro en su base imponible, no tiene este problema. Cualquier mecanismo de ahorro es tratado en forma equivalente. 3

En un impuesto al gasto es claro que son las personas las que pagan impuesto ya que ellas consumen los retiros de utilidades. Sin embargo, por claridad de la presentación y de aplicación práctica hemos preferido mantener un impuesto a nivel de las empresas que constituye crédito para las personas en la simulación.


2.1 Como implementar un impuesto al gasto Al momento de implementar un impuesto al gasto, la literatura propone un esquema de flujo de caja para las personas que permite computar sus ingresos y descontar los ahorros para así obtener la base tributable que corresponde al flujo de gasto o consumo4. En general, se debería reportar como entradas todos los flujos de ingreso atribuibles a sueldos y salarios y ventas de activos y se podría deducir todas las compras de activos (ahorro) incluyendo la inversión en capital humano. Recuadro 1 Impuesto al Gasto El flujo de caja consideraría: Entradas o Ingresos 1 Sueldos y salarios 2 Intereses, dividendos y retiros de sociedades de personas 3 Ventas de activos 4 Pensiones Salidas o deducciones 1 Compra de activos, incluyendo inversión en capital humano 2 Impuestos sobre la propiedad (contribuciones)

Un tratamiento especial requiere el consumo de bienes durables, los préstamos y el endeudamiento. Para los bienes durables existen dos criterios. El primero, contempla aplicar un impuesto en el momento que ocurre la compra del bien durable. El segundo, consiste en gravar los flujos de consumo que presta el bien durable a lo largo de su vida útil. Conceptualmente, es más correcto aplicar la segunda forma, pero puede ser más difícil su aplicación práctica. Sin embargo, en un esquema tributario progresivo con base gasto, aplicar el impuesto a la compra del bien durable llevará a un aumento en la tasa marginal pagada5. Por lo tanto, será más favorable el pago a lo largo de la vida del bien para evitar un problema de liquidez al contribuyente. En el caso de un individuo que se endeuda para consumir, el tratamiento de la deuda es similar. Una alternativa es considerar el préstamo como parte de sus ingresos y deducir los pagos de interés y principal para el cálculo de la base gasto sobre la cual se aplica el impuesto. La alternativa es no incluir la deuda en los ingresos, pero tampoco considerar deducciones por amortización e interés.

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Ver Miezcowski (1977) y Graetz(1979) Esto suponiendo que la compra representa un gasto significativo.


Alternativamente, se podría computar los stocks de activos de las personas, calculando el patrimonio inicial del año y el patrimonio final. La diferencia, ajustada por los cambios de valoración, reflejaría el consumo del período. Si bien el SII cuenta con suficiente información respecto de los activos de las personas, los ajustes de valoración no son simples y por consiguiente estimamos más factible usar los flujos para calcular la base gasto del impuesto. 2.2 Simulación de un impuesto al gasto En esta sección se simula un impuesto al gasto. Previamente se describe las fuentes de información, la metodología y los supuestos que se utilizaron para aproximarse a un sistema tributario basado en un gravamen al gasto de los hogares. Al simular un impuesto en base al gasto de los hogares, ya sea para estimar los niveles de tasa compatibles con una cierta recaudación fiscal o los niveles de progresividad deseados, se requiere -a diferencia de un impuesto en base al ingreso - de una estimación fidedigna de los patrones de consumo de los diferentes hogares. Naturalmente, el óptimo sería conocer el consumo mensual de cada hogar de manera desagregada, o alternativamente sus ingresos y sus flujos de ahorro. Por supuesto no contamos con esta información detallada a nivel de cada hogar, por lo que en este trabajo se opta por acercarse de manera imperfecta y aproximada al resultado a través de otras fuentes de información disponibles. 2.2.1 Fuentes de información

Las fuentes de información más importante utilizadas y la naturaleza de la información que se obtiene de cada una de ellas se detallan a continuación: -

VI Encuesta de Presupuestos Familiares 2006-2007 (EPF 2006-2007), INE. Este el insumo fundamental para obtener la distribución del gasto sobre ingreso de los hogares del país y de esta forma conocer la base sobre la que se cobraran las diferentes tasas de un gravamen progresivo al gasto.

-

Encuesta CASEN 2011, Ministerio de Desarrollo Social. De esta encuesta se obtiene una distribución muy detallada y actualizada de los ingresos (y otras características) de los hogares, la cual permite en conjunto con la EPF aproximarse los niveles actualizados de gasto de los hogares.

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Cuentas Nacionales de Chile: Compilación de Referencia 2008, Banco Central de Chile. Las cifras agregadas de cuentas nacionales, particularmente el ingreso y consumo de los hogares, entregan un marco consistencia a los estimados desagregados que se obtienen de las encuestas.

-

La Medición de los Ingresos en la encuesta Casen 2011-R2: versión Preliminar, CEPAL. Los datos de la encuesta CASEN 2011 se encuentran ajustados para ser coherentes con los agregados macroeconómicos. Este documento aclara estos ajustes y entrega información


acerca de posibles divergencias entre los datos agregados obtenidos de la encuesta y los agregados obtenidos a partir de Cuentas Nacionales. -

Otros: Informe Financiero del Tesoro 2011, Tesorería General de la Republica. Evaluación de la Gestión Financiera de Sector Público en 2011 y Actualización de Proyecciones para 2012, Dirección de Presupuestos.

2.2.2 Metodología y supuestos

El primer paso en la simulación de un sistema tributario basado en un gravamen progresivo al gasto de los hogares es conocer la distribución del gasto de estos. Para ello, y considerando las restricciones de información que se comentaron anteriormente, se utilizó la base de datos de la EPF 2006-2007, que incluye 10.092 hogares, representativos de una población total de 9.621.967 6 de habitantes y cuyo ámbito geográfico considerado es el Gran Santiago y el conjunto de las capitales regionales más sus zonas conurbanas. Con estos datos se construyeron 11 tramos de ingreso relevantes, cuyos ratios de gasto sobre ingreso total posteriormente se extrapolan a la Encuesta CASEN 2011. Suponemos que: a) Los ratios de gasto sobre ingreso total se mantienen entre 2007 y 2011 para los diferentes tramos de Ingreso Total. b) Los ratios de gasto sobre ingreso total obtenidos de una muestra mayormente urbana (EPF 2006-2007) se aplican a la población total (CASEN 2011), que incluye población rural. El cuadro n° 1 resume la información obtenida de la EPF por tramo:

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Que comprende todas las comunas de la Provincia de Santiago y las ciudades de Puente Alto, San Bernardo y Padre Hurtado que pertenecen a las Provincias de Cordillera; Maipo y Talagante, respectivamente.


Cuadro n°1: Gasto/Ingreso por Tramos Tramo

Desde 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Promedio Ingreso

Hasta

0 $ 600.000 $ $ 600.000 $ 1.000.000 $ $ 1.000.001 $ 1.500.000 $ $ 1.500.001 $ 2.000.000 $ $ 2.000.001 $ 2.500.000 $ $ 2.500.001 $ 3.000.000 $ $ 3.000.001 $ 3.500.000 $ $ 3.500.001 $ 4.000.000 $ $ 4.000.001 $ 4.500.000 $ $ 4.500.001 $ 5.000.000 $ $ 5.000.001 $ 5.500.000 $ $ 5.500.001 y mas $

263.413 637.282 1.007.885 1.424.866 1.841.887 2.261.771 2.668.383 3.084.804 3.494.741 3.945.980 4.367.301 6.513.718

TOTAL Fuente: Elaboración propia en base a EPF 2006-2007

Número de Gasto / Hogares EPF Ingreso 2006-2007 1527428 135,03% 526614 108,91% 270640 96,65% 114946 94,65% 69072 90,29% 41793 87,23% 28651 89,18% 18699 81,42% 10015 85,89% 10110 76,59% 7021 75,61% 19340 64,85% 2.644.329

Los ratios obtenidos de la EPF 2006-2007 se extrapolan a la encuesta Casen2011 y esta debe ser compatible con los ingresos de cuentas nacionales. La CEPAL tradicionalmente compatibiliza la Casen con Cuentas Nacionales y, privilegiando la comparabilidad con sus versiones anteriores, utiliza como referente una serie de cuentas nacionales diferente a la actualmente vigente (ver anexo ). Es en este contexto que la entidad realiza principalmente dos ajustes: uno por falta de respuesta y el otro por subdeclaración.7 Cuadro n°2: Ingresos de los Hogares Datos CASEN 2011 Datos Originales sin Ajustes (Cifra Anualizada) CASEN 2011 Corregidos por Falta de Respuesta (Cifra Anualizada) CASEN 2011 Corregido por Subdeclaración (Cifra Anualizada ) Cuentas Nacionales Base 2008, Llevado a los Conceptos Medidos en la Encuesta Casen 2011 Fuente: La Medición de los Ingresos en la Encuesta Casen 2011-R2, CEPAL

Ingresos Totales (millones de pesos) 41.513.436 42.137.562 50.243.979 73.117.764

Para nuestros cálculos se ajusta el resultado de la CASEN 2011 a las Cuentas Nacionales encadenadas de 2011, considerando que la comparación con encuestas anteriores no es aquí lo más relevante. De este modo, se optó por escalar los resultados de la CASEN 2011, ya ajustados por Cepal, a las Cuentas Nacionales 2011 en base 2008, previamente llevadas por CEPAL a los 7

La subdeclaración se asigna proporcionalmente, salvo la que corresponde al ítem de rentas de la propiedad que se atribuye al 20% de mayor ingreso.


conceptos efectivamente medidos en la encuesta, asignando proporcionalmente la diferencia de 20 billones al ingreso total de cada hogar (ver cuadro 2). Las correcciones que realiza Cepal a los datos de Cuentas Nacionales se deben a que en la encuesta se captan los ingresos efectivos, en dinero o en especie, que reciben los hogares, por lo que en el proceso de ajuste las partidas de cuentas nacionales se depuran de aquellos conceptos que los hogares no perciben efectivamente, como es el caso de las contribuciones a la seguridad social o los impuestos a los ingresos. 2.3 Simulación y resultados De aplicar los ratios obtenidos de la EPF 2006-2007 para los once tramos (reportados en el cuadro n°1) a la encuesta CASEN 2011, ajustada a Cuentas Nacionales 2011 con base 2008, se obtiene la base de gasto sobre la que se debiese aplicar el nuevo impuesto progresivo. Nótese que es aquí donde los resultados de la EPF 2006-2007, cuyo universo poblacional corresponde a 2.650.757 hogares, se expande a la población total de Chile, que de acuerdo a CASEN 2011 correspondería a 4.966.890 hogares. El cuadro n°3 resume esta información: Cuadro n°3: Ingreso CASEN ajustada CCNN 2011 y Gasto Implicito de EPF 2006-2007 Promedio Promedio Número de Tramos Desde Hasta ingreso Gasto Hogares Ingreso CASEN 2011 Implicito CASEN 2011 1 0 $ 600.000 $ 359.278 $ 485.147 2.040.701 2 $ 600.000 $ 1.000.000 $ 780.453 $ 849.992 1.156.232 3 $ 1.000.001 $ 1.500.000 $ 1.219.342 $ 1.178.483 725.692 4 $ 1.500.001 $ 2.000.000 $ 1.724.746 $ 1.632.544 372.533 5 $ 2.000.001 $ 2.500.000 $ 2.239.202 $ 2.021.860 192.028 6 $ 2.500.001 $ 3.000.000 $ 2.727.652 $ 2.379.329 129.642 7 $ 3.000.001 $ 3.500.000 $ 3.239.904 $ 2.889.476 80.400 8 $ 3.500.001 $ 4.000.000 $ 3.717.923 $ 3.027.279 50.304 9 $ 4.000.001 $ 4.500.000 $ 4.260.812 $ 3.659.468 40.306 10 $ 4.500.001 $ 5.000.000 $ 4.758.510 $ 3.644.340 25.910 11 $ 5.000.001 $ 5.500.000 $ 5.231.086 $ 3.954.989 27.152 12 $ 5.500.001 y mas $ 9.214.996 $ 5.976.218 125.990 4.966.890 Fuente: Elaboración propia en base a EPF 2006-2007 y CASEN 2011

En el cuadro 4-A y 4-B se presenta una estimación de la recaudación tributaria resultante de aplicar un impuesto progresivo al gasto a la distribución de familias del cuadro n°3, dados todos los supuestos anteriormente comentados. El cuadro 4-A considera un primer esquema compuesto de ocho tramos de gasto con tasas marginales progresivas que van desde 0% hasta 40%. Este generaría una recaudación tributaria bruta, es decir antes de considerar los créditos por pagos realizados del impuesto de primera categoría, de US$10.547 millones aproximadamente.


Cuadro n°4-A: Recaudación Posible Impuesto al Gasto Ingreso Promedio CASEN 1 0 $ 600.000 0,0% 135,03% $ 359.278 2 $ 600.000 $ 1.000.000 5,0% 108,91% $ 780.453 3 $ 1.000.001 $ 1.500.000 10,0% 96,65% $ 1.219.342 4 $ 1.500.001 $ 2.000.000 15,0% 94,65% $ 1.724.746 5 $ 2.000.001 $ 2.500.000 20,0% 88,91% $ 2.436.061 6 $ 2.500.001 $ 3.000.000 25,0% 89,18% $ 3.239.904 7 $ 3.000.001 $ 4.000.000 30,0% 80,37% $ 4.343.854 8 $ 4.000.001 y más 40,0% 64,85% $ 9.214.996 Fuente: Elaboración propia en base a EPF 2006-2007, CASEN 2011 Tramo Impuesto

Desde

Hasta

Tasa

Gasto / Ingreso EPF

Recaudacion mensual por familia

Gasto Implicito $ 485.147 $ 849.992 $ 1.178.483 $ 1.632.544 $ 2.165.930 $ 2.889.476 $ 3.491.240 $ 5.976.218

$ $ $ $ $ $ $

Numero de Recaudación Hogares Anual Bruta Pesos

0 12.500 37.848 89.881 188.261 367.368 524.385 1.460.486

2.040.701 1.156.232 725.692 372.533 321.670 80.400 143.672 125.990 $

Recaudación Anual Bruta US

0 $ 173.429.412.348 $ 358.799.678 3,29594E+11 $ 681.880.620 4,01805E+11 $ 831.275.168 7,26696E+11 $ 1.503.425.167 3,54437E+11 $ 733.277.418 9,04073E+11 $ 1.870.391.939 2,20808E+12 $ 4.568.187.303 5.098.112.617.736 $ 10.547.237.293

El cuadro 4-B se presenta un segundo esquema compuesto por 5 tramos con tasas progresivas que van desde 0% hasta 50% que recaudaría unos 8.654 millones de dólares.

Cuadro n°4-B: Recaudación Posible Impuesto al Gasto Ingreso Promedio CASEN 1 $ $ 600.000 0% 135,03% $ 359.278 2 $ 600.001 $ 1.500.000 5% 102,84% $ 949.694 3 $ 1.500.001 $ 2.500.000 10% 91,50% $ 1.899.731 4 $ 2.500.001 $ 3.500.000 25% 85,94% $ 3.423.879 5 $ 3.500.001 $ 5.000.000 35% 79,92% $ 4.681.087 6 $ 5.000.001 y más 50% 64,85% $ 9.214.996 Fuente: Elaboración propia en base a EPF 2006-2007, CASEN 2011 Tramo Impuesto

Desde

Hasta

Tasa

Gasto / Ingreso EPF

Gasto Implicito $ 485.147 $ 976.662 $ 1.764.965 $ 2.942.513 $ 3.741.209 $ 5.976.218

Recaudacion mensual por familia $ $ $ $ $

0 18.833 82.970 255.628 479.423 1.408.109

Numero de Hogares

Recaudación Anual Bruta Pesos

Recaudación Anual Bruta US

2.040.701 0 0 1.881.924 425.309.795.903 879.902.756 694.203 691.172.663.780 1.429.933.515 130.704 400.939.059.825 829.483.325 93.368 537.153.016.036 1.111.289.755 125.990 2.128.891.514.504 4.404.360.134 $ 4.183.466.050.047 $ 8.654.969.485

En el contexto de un impuesto al gasto, los desembolsos en que incurren las familias por concepto de educación y salud –más allá de lo actualmente obligatorio por ley- debe ser descontado de la base imponible. Esto reconoce el carácter de inversión en capital humano de estos gastos y, por lo tanto, les da un tratamiento tributario más acorde e igualitario al de las inversiones en capital físico que realizan las empresas. Los cuadros 4-C y 4-D presentan las estimaciones que se obtienen de implementar este descuento, con un límite combinado familiar (salud más educación) de $250.000 mensuales, considerando las mismas condiciones que los cuadros 4-A y 4-B, respectivamente. Este límite se introduce debido a que no todo el gasto corresponde a inversión en capital humano y por motivos de recaudación8.

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Los tratamientos de salud estéticos se consideran consumo. Asimismo, algún gasto en educación a una edad mayor puede tener más bien un carácter de consumo.


Cuadro n°4-C: Recaudación Posible Impuesto al Gasto Permitiendo Deducciones por Educción y Salud Ingreso Recaudacion Tramo Gasto / Deducción Gasto Recaudación Recaudación Anual Desde Hasta Tasa Promedio mensual por Numero de Hogares Impuesto Ingreso EPF mensual Implicito Anual Bruta Pesos Bruta US CASEN familia 1 0 $ 600.000 0,0% 123,14% $ 359.278 $ 42.746 $ 442.402 0 2.040.701 0 $ 2 $ 600.000 $ 1.000.000 5,0% 97,12% $ 780.453 $ 92.011 $ 757.981 $ 7.899 1.156.232 109.597.828.282 $ 226.741.618 3 $ 1.000.001 $ 1.500.000 10,0% 83,96% $ 1.390.782 $ 164.848 $ 1.167.659 $ 36.766 1.098.225 4,84526E+11 $ 1.002.411.951 4 $ 1.500.001 $ 2.000.000 15,0% 79,11% $ 2.239.202 $ 250.000 $ 1.771.860 $ 110.779 192.028 255.271.339.530 $ 528.118.461 5 $ 2.000.001 $ 2.500.000 20,0% 74,43% $ 2.727.652 $ 250.000 $ 2.129.329 $ 170.865 129.642 265.815.789.170 $ 549.933.361 6 $ 2.500.001 $ 3.000.000 25,0% 75,35% $ 3.423.879 $ 250.000 $ 2.692.513 $ 293.127 130.704 4,59755E+11 $ 951.165.082 7 $ 3.000.001 $ 4.000.000 30,0% 70,15% $ 4.681.087 $ 250.000 $ 3.491.209 $ 517.362 93.368 5,7966E+11 $ 1.199.231.134 8 $ 4.000.001 y más 40,0% 58,95% $ 9.214.996 $ 250.000 $ 5.726.218 $ 1.360.486 125.990 2,05689E+12 $ 4.255.401.802 Fuente: Elaboración propia en base a EPF 2006-2007, CASEN 2011 $ 4.211.517.327.652 $ 8.713.003.409

En el cuadro 4-C se aprecia que la recaudación bruta respecto al escenario equivalente, pero sin deducciones, se reduce en aproximadamente US$ 1.834 millones. Cuadro n°4-D: Recaudación Posible Impuesto al Gasto Permitiendo Deducciones por Educción y Salud Ingreso Recaudacion Recaudación Tramo Gasto / Deducción Gasto Numero de Recaudación Desde Hasta Tasa Promedio mensual por Anual Bruta Impuesto Ingreso EPF mensual Implicito Hogares Anual Bruta US CASEN familia Pesos 1 $ $ 600.000 0% 123,14% $ 359.278 $ 42.746 $ 442.402 0 2.040.701 0 0 2 $ 600.001 $ 1.500.000 5% 120,79% $ 1.291.113 $ 127.492 $ 957.550 $ 17.877 2.254.457 483.648.407.614 1.000.596.672 3 $ 1.500.001 $ 2.500.000 10% 77,00% $ 2.436.061 $ 250.000 $ 1.915.930 $ 86.593 321.670 334.251.915.690 691.517.535 4 $ 2.500.001 $ 3.500.000 25% 73,71% $ 3.770.790 $ 250.000 $ 2.931.604 $ 252.901 196.920 597.615.142.407 1.236.376.908 5 $ 3.500.001 $ 5.000.000 35% 67,91% $ 5.231.086 $ 250.000 $ 3.704.989 $ 466.746 27.152 152.076.985.378 314.624.680 6 $ 5.000.001 y más 50% 58,95% $ 9.214.996 $ 250.000 $ 5.726.218 $ 1.283.109 125.990 1.939.906.514.504 4.013.378.257 Fuente: Elaboración propia en base a EPF 2006-2007, CASEN 2011 $ 3.507.498.965.593 $ 7.256.494.053

En cuanto a la simulación compatible con el escenario del cuadro 4-B, con menos tramos y una tasa marginal máxima de 50%, la recaudación resultaría US$ 1.398 millones inferior al considerar las rebajas por salud y educación. 2.4 Comparación con la recaudación efectiva de 2011. Tasas marginales ley 20.630 La recaudación total bruta de 10.547 millones de dólares en el escenario A y 8.654 millones de dólares en el B supera ampliamente la recaudación en el año comercial 2011 por concepto de impuestos personales consolidados a la renta (Impuesto único de segunda categoría y Global Complementario), la cual se presenta en el cuadro 5 y equivale a 3.438 millones de dólares al ajustar por las nueva tasas que aún no se encontraban vigentes y que se introducen en la ley 20.630 de 2012.


Cuadro n° 5: Recaudación Bruta Actual Impuestos Personales Consolidados

Nueva Tasa Marginal [%]

Contribuyentes N°

0% 4% 8% 13,50% 23% 30,40% 35,50% 40%

%

Renta Agregada por Tramo

Impuesto Agregado por Tramo

MM$

MM$

6635143

80,64%

$

13.113.410

$

-

1041434

12,66%

$

9.148.666

$

94.617

288886

3,51%

$

4.979.080

$

155.806

119267

1,45%

$

3.171.122

$

169.733

60356

0,73%

$

2.152.863

$

170.761

44974

0,55%

$

2.086.616

$

248.094

17266

0,21%

$

1.034.498

$

167.985

21253

0,26%

$

2.422.825

$

654.641

8.228.579

100%

$

38.109.082

$

1.661.637

$

3.438

MM US Fuente: Elaboración Propia en Base a SII

La notable diferencia en recaudación se debe principalmente a que los ingresos constitutivos de renta ($ 38.109.082 millones de pesos) para efectos del impuesto hoy vigente (al ingreso) son sustancialmente menores a aquellos considerados en el impuesto en base al gasto9. Es decir, la base sobre la que se aplican los dos sistemas tributarios, el vigente y aquel al gasto, difieren en aproximadamente 29 billones de pesos (67 billones de consumo de los hogares versus 38 billones considerado como renta imponible de las personas). Esto debido a que existen ingresos no imponibles, elusión, evasión, franquicias, y otros beneficios, lo que naturalmente redunda en que con menores tasas marginales se pueda obtener una mayor recaudación en un impuesto progresivo al gasto. 2.5 Construcción de un año base cíclicamente ajustado (Benchmark)

Al evaluar el potencial recaudatorio de un sistema tributario alternativo, en este caso uno progresivo en base al gasto, resulta prudente el determinar un año “estándar” de referencia con el cual comparar. Esto, por cuanto el impacto en recaudación fiscal de cualquier medida dependerá de las particularidades del año que se tome como referencia. Por ejemplo, los resultados pueden ser bastante sensibles si se trata de un año de crisis o bonanza. La referencia de ingresos que usamos corresponde a los ingresos tributarios cíclicamente ajustados (o estructurales) de 2011. Esto, debido a que cualquier propuesta de cambio tributario debe compararse con los ingresos fiscales de largo plazo. Los mayores ingresos de corto plazo por el ciclo del cobre o del PIB son ahorrados según la regla fiscal de balance cíclicamente ajustado. Aún más, resulta deseable intentar eliminar el impacto de medidas transitorias aplicadas en el año de referencia, para que así este sea lo más representativo posible del sistema tributario vigente.

9

Otra diferencia fundamental es que el impuesto hoy se aplica a nivel de contribuyentes individuales, mientras que el impuesto en base al gasto que se evalúa es en base al gasto del hogar.


Se ha optado por utilizar el año 2011 ajustado como referencia, de aquí en adelante año 2011 Benchmark. Para esto se realizaron las siguientes modificaciones a la recaudación efectiva del año 2011. i.

Se ajustó el monto registrado por concepto de impuesto de primera categoría, pagado en abril de 2011, para reflejar una tasa de 20% -en vez de 17%- compatible con las modificaciones posteriores (ley 20.630) y con los pagos provisionales mensuales de 2011, ya aumentados en los datos efectivos por las reformas transitorias post terremoto (ley 20.455).

ii.

Asimismo, se corrigieron los PPM del año 2010, que corresponden a crédito en 2011, para reflejar un escenario donde se hubiese provisionado de acuerdo a una tasa de 20%.

iii.

Siguiendo a Larrain (2011), se ajustaron los ingresos tributarios de acuerdo a la metodología actualmente utilizada en la aplicación de la regla fiscal cíclicamente ajustado. De este modo, se corrigió por los efectos cíclicos el PIB y el precio del cobre.

iv.

Se corrigieron los impuestos personales consolidados (impuesto único de segunda categoría y Global Complementario) para así considerar las nuevas tasas aprobadas en la reforma tributaria de 2012 ( ley 20.630 ) que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2013

En cuanto al tercer punto, los ajustes realizados a los ingresos tributarios no mineros (ITNM) y el impuesto a la renta, específico y adicional, de las diez mayores empresas mineras cupríferas privadas (GMP10) por sus componentes cíclicos se resumen en el cuadro 6:


Cuadro n°6: Ajustes por el ciclo Componente Impuesto declaración anual (abril) PPM2010 (créditos, efecto en abril de2011) Impuesto declaración mensual (adicional,2ªcategoría) PPM Impuestos indirectos Otros Total Componente Impuesto Renta GMP10 PPM 2011, trimestre 1 PPM 2011, trimestre 2 PPM 2011, trimestre 3 PPM 2011, trimestre 4 Impuestoprimeracategoría(abril de2011) PPMt-1 (créditos,abril de2011) Total Componente Imp. Adicional GMP10 Total Componente Imp. Especifico GMP!0 PPM 2011 Impuestoespecífico(abril de 2011) PPMt-1 (créditos,abril de2011) Total

ITNM efectivos Componente ciclico ITNM estructurales 3.846.266 -82.152 3.928.418 -4.372.858 137.626 -4.510.484 2.509.786 -2.010 2.511.796 4.720.112 -4.965 4.725.077 11.855.091 -5.425 11.860.515 253.051 -111 253.162 18.811.447 42.963 18.768.484 Ingresos efectivos Componente ciclico Ingresos estructurales 257.442 105.132 152.310 311.733 117.240 194.493 302.239 110.311 191.928 259.486 61.640 197.846 987.277 713.767 273.510 -757.486 -285.691 -417.795 1.360.690 822.399 538.291 Ingreso efectivos Componente ciclico Ingreso estructurales 443.904 380.244 63.660 Ingreso efectivos Componente ciclico Ingreso estructurales 330.217 116.219 213.998 370.164 279.664 90.500 -215.220 -81.172 -134.048 485.160 314.711 170.449

Fuente :Eva l ua ci ón de l a Ges tión Fi na nci era del Sector Públ i co en 2011 y Actua l i za ci ón de Proyecci ones pa ra 2012, DIPRES

EL cuadro 7 presenta una comparación entre el año 2011 Benchmark y la estimación de un impuesto progresivo al gasto de los hogares basado en los resultados expuestos en el cuadro 4-A, 4-B, 4-C y 4-D para los hogares, pero que además considera que las empresas solo estén sujetas al impuesto de primera categoría por aquellas utilidades que efectivamente distribuyen10 y que este naturalmente constituye un crédito contra los impuestos personales de quienes los reciben.11

10

Se asume que un 30% de las utilidades son retiradas, mientras un 70% son retenidas. Esto es lo mínimo establecido por la legislación. 11 Dado que el impuesto sobre las utilidades distribuidas es solo un adelanto de los impuestos personales de aquellos quienes reciben las utilidades se podría recolectar también una vez al año a las personas. Sin embargo, hemos preferido mantener el impuesto en la instancia de la empresa que se pagaría mensualmente (PPM) para asegurar un flujo continuo de recaudación a lo largo del año.


Cuadro n°7: Ingresos Tributarios Año 2011 Benchmark y Propuesta al Gasto (MM US) Año 2011 Gasto US Gasto US CONCEPTOS Año 2011 Estructural Propuesta A Propuesta B Efectivo US*

Gasto US Propuesta C

Gasto US Propuesta D

1. IMPUESTOS A LA RENTA

18.637

14.456

15.339

13.447

13.262

12.048

Impuestos

16.724

14.718

15.601

13.709

13.524

12.310

Primera Categoría

8.443

8.647

2.285

2.285

2.285

2.285

Segunda Categoría

3.441

2.680

Global Complementario

(206)

(273)

0

0

9.877

7.985

7.800

6.586

Adicional

3.848

2.923

2.923

2.923

2.923

2.923

Tasa 40%

241

241

241

241

241

241

Art 21

90

315

90

90

90

90

Específico Actividad Minera

860

180

180

180

180

180

Nuevo Impuesto al Gasto

5

5

5

5

5

5

Sistema de Pago

1.879

(297)

(297)

(297)

(297)

(297)

2.IMPTO AL VALOR AGREGADO

19.708

19.691

19.691

19.691

19.691

19.691

3. IMPTO A PROD ESPECIFICOS

3.606

3.606

3.606

3.606

3.606

3.606

4. IMPTO A LOS ACTOS JURIDICOS

549

343

343

343

343

343

5. IMPTOS AL COMERCIO EXTERIOR

627

627

627

627

627

627

6. IMPUESTOS VARIOS

697

697

697

697

697

697

7. FLUCTUACION DEUDORES

(234)

(234)

(234)

(234)

(234)

(234)

8. INGRESOS TRIBUTARIOS NETOS

43.590

39.186

40.069

38.177

37.992

36.778

0

0

0

0

0

66

66

66

66

66

66

0

0

0

0

0

43.655

39.252

40.135

38.243

38.058

36.844

Término de Giro

9. Cuentas No Tributarias TOTAL ING TRIBUT + ING NO TRIBUT

Fuente:El a bora ci ón propi a en ba s e a da tos del SII y DIPRES

2.6 Evasión en un impuesto al gasto En esta sección se contempla la posibilidad–bastante cierta- de que exista un nivel de evasión tributaria en el impuesto al gasto. Determinar la magnitud de evasión es una tarea compleja, pues por su naturaleza esta es inobservable. Una forma simple de estimar la evasión es suponer que la reducción en la base imponible de los contribuyentes producto de la evasión es equivalente a la subdeclaración que CEPAL estima en la encuesta CASEN a partir del muestreo, y que luego corrige con cifras agregadas de Cuentas Nacionales. Para 2011 la magnitud de la subdeclaración es de aproximadamente un 16.1% de los ingresos totales de los contribuyentes, concentrándose la mayor parte en el 20% de mayor ingreso, que siguiendo el ajuste de CEPAL se supone subdeclara en mayor medida sus ingresos provenientes del capital. Esto se traduce en que para el ajuste de los 8 billones de pesos subdeclarados, 1.6 billones correspondientes a rentas del capital se le asignen solo al 20% más rico, que de hecho son todos los hogares que ganan aproximadamente más de 600 mil y que por ende tributan. Los restantes 6.4 billones de pesos se distribuyen de forma proporcional al ingreso de cada uno de los hogares. Jorrat(2009) incluso sostiene que prácticamente toda la brecha entre


la base imponible teórica y aquella que realmente observa el SII se debe a ingresos por retiros y dividendos12.

Los cuadros 4-AA y 4-BB replican los escenarios (tramos, tasas y deducciones) presentados en los cuadros anteriores 4-A y 4-B, pero incorporando la posibilidad de evasión a través de una menor base imposible consistente con la subdeclaración de las respuestas de la encuestas CASEN 2011 registrada por CEPAL. Los resultados de reestimar los cuadros número 4-C y 4-D, es decir aquellos análogos a los cuadros 4-A y 4-B, pero considerando deducciones para educación y salud, se incluyen sólo de manera agregada en el cuadro número 7.B, que es análogo al cuadro número 7 original pero incorporando evasión. Cuadro n°4-AA: Recaudación Posible Impuesto al Gasto Considerando Evasión Ingreso Tramo Gasto / Gasto Desde Hasta Tasa Promedio Impuesto Ingreso EPF Implicito CASEN 1 0 $ 600.000 0,0% 135,03% $ 312.931 $ 422.563 2 $ 600.000 $ 1.000.000 5,0% 108,91% $ 654.800 $ 713.143 3 $ 1.000.001 $ 1.500.000 10,0% 96,65% $ 1.023.028 $ 988.747 4 $ 1.500.001 $ 2.000.000 15,0% 94,65% $ 1.447.062 $ 1.369.704 5 $ 2.000.001 $ 2.500.000 20,0% 88,91% $ 2.043.855 $ 1.817.215 6 $ 2.500.001 $ 3.000.000 25,0% 89,18% $ 2.718.279 $ 2.424.271 7 $ 3.000.001 $ 4.000.000 30,0% 80,37% $ 3.644.493 $ 2.929.151 8 $ 4.000.001 y más 40,0% 64,85% $ 7.731.382 $ 5.014.047 Fuente: Elaboración propia en base a EPF 2006-2007, CASEN 2011 Cuadro n°4-BB: Recaudación Posible Impuesto al Gasto Considerando Evasión Ingreso Tramo Gasto / Desde Hasta Tasa Promedio Impuesto Ingreso EPF CASEN 1 $ $ 600.000 0% 135,03% $ 312.931 2 $ 600.001 $ 1.500.000 5% 102,84% $ 796.793 3 $ 1.500.001 $ 2.500.000 10% 91,14% $ 1.826.839 4 $ 2.500.001 $ 3.500.000 25% 83,56% $ 3.321.950 5 $ 3.500.001 $ 5.000.000 35% 76,06% $ 4.195.276 6 $ 5.000.001 y más 50% 64,85% $ 7.731.382 Fuente: Elaboración propia en base a EPF 2006-2007, CASEN 2011

12

Recaudacion mensual por familia $ $ $ $ $ $ $

Gasto Implicito $ 422.563 $ 819.420 $ 1.665.001 $ 2.775.828 $ 3.190.969 $ 5.014.047

Numero de Recaudación Hogares Anual Bruta Pesos

0 5.657 19.437 56.970 117.582 229.854 356.799 1.075.617

2.040.701 1.156.232 725.692 372.533 243.889 229.854 1.498.807 1.075.617 $

Recaudacion mensual por familia $ $ $ $ $

0 10.971 61.500 213.957 286.839 927.023

Recaudación Anual Bruta US

0 $ 78.492.070.240 $ 162.388.427 1,69267E+11 $ 350.187.300 2,5468E+11 $ 526.894.969 4,53871E+11 $ 938.992.057 2,21763E+11 $ 458.794.341 6,15145E+11 $ 1.272.643.112 1,6262E+12 $ 3.364.374.711 3.419.421.524.518 $ 7.074.274.918

Numero de Hogares

Recaudación Anual Bruta Pesos

Recaudación Anual Bruta US

2.040.701 0 0 1.881.924 247.758.603.722 512.575.728 774.603 571.657.247.108 1.182.673.881 90.610 232.639.341.127 481.296.220 53.062 182.642.851.798 377.860.915 125.990 1.401.547.946.269 2.899.594.394 $ 2.636.245.990.023 $ 5.454.001.138

Los cálculos de Jorrat(2009) llegan a que en promedio la evasión de las personas podría llegar a 46%. Estos resultados incluirían evasión y elusión. El autor considera que el diferimiento en el pago de impuestos al mantener las utilidades reinvertidas en una empresa es elusión. Sin embargo, en un impuesto al gasto no hay tal, ya que la idea es que el ahorro no tributa. Postergar consumo no puede constituir una elusión.


Cuadro n°7-B: Ingresos Tributarios Año 2011 Efectivos, Benchmark y Propuesta al Gasto Considerando Evasión (MM US) Año 2011 Gasto US Gasto US Gasto US Gasto US CONCEPTOS Año 2011 Estructural Propuesta Propuesta Propuesta Propuesta Efectivo US* AA BB CC DD 1. IMPUESTOS A LA RENTA

18.637

14.456

11.866

10.246

10.651

9.735

Impuestos

16.724

14.718

12.128

10.508

10.913

9.997

Primera Categoría

8.443

8.647

2.285

2.285

2.285

2.285

Segunda Categoría

3.441

2.680

Global Complementario

(206)

(273)

0

0

6.404

4.784

5.189

4.273

Adicional

3.848

2.923

2.923

2.923

2.923

2.923

Tasa 40%

241

241

241

241

241

241

Art 21

90

315

90

90

90

90

Específico Actividad Minera

860

180

180

180

180

180

Nuevo Impuesto al Gasto

5

5

5

5

5

5

Sistema de Pago

1.879

(297)

(297)

(297)

(297)

(297)

2.IMPTO AL VALOR AGREGADO

19.708

19.691

19.691

19.691

19.691

19.691

3. IMPTO A PROD ESPECIFICOS

3.606

3.606

3.606

3.606

3.606

3.606

4. IMPTO A LOS ACTOS JURIDICOS

549

343

343

343

343

343

5. IMPTOS AL COMERCIO EXTERIOR

627

627

627

627

627

627

6. IMPUESTOS VARIOS

697

697

697

697

697

697

7. FLUCTUACION DEUDORES

(234)

(234)

(234)

(234)

(234)

(234)

8. INGRESOS TRIBUTARIOS NETOS

43.590

39.186

36.596

34.976

35.381

34.465

0

0

0

0

0

66

66

66

66

66

66

0

0

0

0

0

43.655

39.252

36.662

35.041

35.447

34.531

Término de Giro

9. Cuentas No Tributarias TOTAL ING TRIBUT + ING NO TRIBUT

Fuente:El a bora ci ón propi a en ba s e a da tos del SII y DIPRES

Naturalmente, la recaudación es mucho menor que en un escenario sin evasión, situándose ésta entre los US 3.400 y los US 2.100 millones, para las propuesta AA y DD, al compararlas con sus análogas, respectivamente. Al contrastar con el escenario Benchmark, se obtiene una menor recaudación por hasta US 4.776 millones. 2.6 Impuesto híbrido: ingresos devengados para empresas y gasto para las personas, manteniendo recaudación constante En esta sección se evalúa el impacto en la recaudación fiscal de un sistema tributario mixto, donde las empresas mantienen el pago del Impuesto de Primera Categoría a una tasa del 20% sobre las utilidades devengadas, tal como en la actualidad, pero las personas naturales tributan bajo un esquema de impuesto al gasto. El cuadro número 7-C, a continuación, presenta los resultados que se obtienen si el impuesto personal aplicado y la evasión determinada es la misma que se estima en los cuadros numero 4AA y 4-BB y las propuestas CCC y DDD consideran las deducciones por educación y salud. Es decir, este cuadro es análogo al número 7-B, salvo en lo que a impuesto de primera categoría corresponde.


Cuadro n°7-C: Ingresos Tributarios Año 2011 Benchmark y Propuesta Mixta Considerando Evasión (MM US) Año 2011 Gasto US Gasto US Gasto US CONCEPTOS Año 2011 Estructural Propuesta Propuesta Propuesta Efectivo US* AAA BBB CCC

Gasto US Propuesta DDD

1. IMPUESTOS A LA RENTA

18.637

14.456

18.228

16.608

17.013

16.097

Impuestos Primera Categoría

16.724 8.443

14.718 8.647

18.490 8.647

16.870 8.647

17.275 8.647

16.359 8.647

Segunda Categoría

3.441

2.680

Global Complementario

(206)

(273) 6.404

4.784

5.189

4.273

Adicional

3.848

2.923

2.923

2.923

2.923

2.923

Tasa 40%

241

241

241

241

241

241

Art 21

90

315

90

90

90

90

Específico Actividad Minera

860

180

180

180

180

180

Nuevo Impuesto al Gasto

5

5

5

5

5

5

Sistema de Pago

1.879

(297)

(297)

(297)

(297)

(297)

2.IMPTO AL VALOR AGREGADO

19.708

19.691

19.691

19.691

19.691

19.691

3. IMPTO A PROD ESPECIFICOS

3.606

3.606

3.606

3.606

3.606

3.606

4. IMPTO A LOS ACTOS JURIDICOS

549

343

343

343

343

343

5. IMPTOS AL COMERCIO EXTERIOR

627

627

627

627

627

627

6. IMPUESTOS VARIOS

697

697

697

697

697

697

7. FLUCTUACION DEUDORES

(234)

(234)

(234)

(234)

(234)

(234)

8. INGRESOS TRIBUTARIOS NETOS

43.590

39.186

42.958

41.338

41.743

40.827

0

0

0

0

0

66

66

66

66

66

66

0

0

0

0

0

43.655

39.252

43.024

41.403

41.809

40.893

Término de Giro

9. Cuentas No Tributarias TOTAL ING TRIBUT + ING NO TRIBUT

Fuente:El a bora ci ón propi a en ba s e a da tos del SII y DIPRES

Naturalmente, introducir estas modificaciones implicaría una mayor recaudación que la del escenario benchmark y dado que uno de los objetivos de esta sección es modificar el sistema manteniendo la recaudación constante, se propone ajustar las tasas marginales pero manteniendo las tasas marginales máximas y el tramo exento constantes13. El cuadro número 4-E resume las nuevas tasas y los tramos correspondientes al nuevo impuesto al gasto personal. Cuadro n°4-E: Estructura Impuesto al Gasto Personas Naturales Propuesta AAA Propuesta BBB Tramo Tramo Desde Hasta Tasa Desde Impuesto Impuesto 1 0 $ 600.000 0% 1 $ 2 $ 600.000 $ 1.000.000 2% 2 $ 600.001 3 $ 1.000.001 $ 1.500.000 5% 3 $ 1.500.001 4 $ 1.500.001 $ 2.000.000 7% 4 $ 2.500.001 5 $ 2.000.001 $ 2.500.000 10% 5 $ 3.500.001 6 $ 2.500.001 $ 3.000.000 20% 6 $ 5.000.001 7 $ 3.000.001 $ 4.000.000 30% 8 $ 4.000.001 y más 40%

13

También se mantienen los supuestos de evasión.

Hasta

Tasa

$ 600.000 $ 1.500.000 $ 2.500.000 $ 3.500.000 $ 5.000.000 y más

0% 2% 7% 15% 30% 50%


El cuadro número 7-D presenta los resultados para las distintas alternativas, ajustando las tasas marginales para mantener la recaudación relativamente constante. Cuadro n°7-D: Ingresos Tributarios Año 2011 Benchmark y Propuesta Mixta Considerando (MM US) Año 2011 Gasto US Gasto US Gasto US CONCEPTOS Año 2011 Estructural Propuesta Propuesta Propuesta Efectivo US* AAA BBB CCC

Gasto US Propuesta DDD

1. IMPUESTOS A LA RENTA

18.637

14.456

15.913

14.583

15.158

13.899

Impuestos Primera Categoría

16.724 8.443

14.718 8.647

16.175 8.647

14.845 8.647

15.420 8.647

14.161 8.647

Segunda Categoría

3.441

2.680

Global Complementario

(206)

(273) 4.089

2.759

3.334

2.075

Adicional

3.848

2.923

2.923

2.923

2.923

2.923

Tasa 40%

241

241

241

241

241

241

Art 21

90

315

90

90

90

90

Específico Actividad Minera

860

180

180

180

180

180

Nuevo Impuesto al Gasto

5

5

5

5

5

5

Sistema de Pago

1.879

(297)

(297)

(297)

(297)

(297)

2.IMPTO AL VALOR AGREGADO

19.708

19.691

19.691

19.691

19.691

19.691

3. IMPTO A PROD ESPECIFICOS

3.606

3.606

3.606

3.606

3.606

3.606

4. IMPTO A LOS ACTOS JURIDICOS

549

343

343

343

343

343

5. IMPTOS AL COMERCIO EXTERIOR

627

627

627

627

627

627

6. IMPUESTOS VARIOS

697

697

697

697

697

697

7. FLUCTUACION DEUDORES

(234)

(234)

(234)

(234)

(234)

(234)

8. INGRESOS TRIBUTARIOS NETOS

43.590

39.186

40.643

39.313

39.888

38.629

0

0

0

0

0

66

66

66

66

66

66

0

0

0

0

0

43.655

39.252

40.709

39.379

39.954

38.695

Término de Giro

9. Cuentas No Tributarias TOTAL ING TRIBUT + ING NO TRIBUT

Fuente:El a bora ci ón propi a en ba s e a da tos del SII y DIPRES

Bajo estos supuestos, la recaudación promedio de los 4 escenarios alternativos resumidos en el cuadro número 7-D, sería alrededor de US 430 millones superior al escenario Benchmark. 2.7 Impuesto al gasto: alternativas más simples Dado que un impuesto al gasto constituye un cambio radical en el sistema tributario que requeriría amplia información respecto de los flujos de ingreso y ahorro, se consideran alternativas más simples que permiten obtener los beneficios en eficiencia y equidad pero a un costo menor, ya que se mantendría el actual sistema de impuesto al ingreso pero con incentivos al ahorro. 2.7.1 Incentivos al ahorro (APV) Una alternativa simplificada de reproducir el impuesto al gasto con costos inferiores de implementación es mantener el impuesto al ingreso laboral (segunda categoría) y generalizar los incentivos al ahorro. Es decir, en este caso se eliminan los límites a los mecanismos de ahorro como APV y 57 bis que permiten deducir de la base imponible los montos ahorrados. Esto debería


hacerse de manera gradual, para evitar que el primer año los contribuyentes imputen todos los ahorros acumulados, generando una reducción drástica en la recaudación14. En este esquema, las empresas tributarían sobre el flujo de caja, considerando, de acuerdo a Serra (2006), en la base los intereses ganados, el endeudamiento y los préstamos que sean devueltos a las empresas. Análogamente, se deduce los intereses cancelados, amortización de deuda y préstamos otorgados. De esta forma, se incluyen las empresas financieras cuya principal fuente de ingresos es el spread de tasas de interés. Una alternativa al flujo de caja es que las empresas tributen sobre las utilidades repartidas. De acuerdo a datos de cuentas nacionales 2011, el ahorro no previsional de los hogares fue de 1.283 millones de dólares, lo que se traduciría en una rebaja equivalente de la base imponible de las personas. De acuerdo a la cifras de gasto de la EPF 2007 se distribuiría totalmente en los 6 últimos tramos de impuesto e implicaría una menor recaudación por 330 millones de dólares por concepto de impuestos personales consolidados. Cuadro n° 8: Flujos de ahorro hogares e impacto en recaudación tributaria Cuentas Nacionales 2011

Pesos [MM]

US [MM] Ahorro previsional 5.794.395 $ 11.988 Ahorro no previsional 620.221 $ 1.283 Ahorro total 6.414.615 $ 13.271 Fuente: Banco Central y elaboración propia Rebaja total Tasas Tramo base Marginales imponible [%] [MM pesos] 0% 1 $ 4% 2 $ 8% 3 $ 207,1 13,50% 4 $ 224,2 23% 5 $ 140,8 30,40% 6 $ 307,5 35,50% 7 $ 88,1 40% 8 $ 315,5 TOTAL $ 1.283,1 Fuente: Banco Central y elaboración propia

% PIB 4,8% 0,5% 5,3%

Rebaja Impuesto [MM pesos]

$ $ $ $ $ $ $

16,6 30,3 32,4 93,5 31,3 126,2 330,1

2.7.2 Exención al retorno normal del ahorro personal La ventaja de un impuesto al gasto es que no castiga el momento en que los individuos deciden consumir, como lo hace un impuesto al ingreso al tributar el ahorro. Una forma de incorporar este aspecto es considerar una exención por el retorno normal del ahorro que realizan las personas.

14

Este punto lo considera Serra (1985) en su propuesta de impuesto al gasto.


Esto tiene limitaciones ya que sólo incluye el retorno libre de riesgo del activo, perjudicando las alternativas de mayor retorno y riesgo. Para efectos de este trabajo se considera a los bonos del Banco Central en UF a 10 años (BCU-10) como “tasa libre de riesgo”. Como en la actualidad el ahorro previsional obligatorio de los contribuyentes no forma parte de la base imponible, solo se aplicaría esta exención sobre el ahorro no previsional. El cuadro 9 resume los flujos de ahorro de los hogares en 2011 y presenta el efecto de esta medida sobre la recaudación tributaria por tramo de impuesto marginal comparando con el año benchmark. Cuadro n° 9: Flujos de ahorro hogares e impacto en recaudación tributaria Cuentas Nacionales 2011 Pesos [MM] US [MM] Ahorro previsional 5.794.395 $ 11.988 Ahorro no previsional 620.221 $ 1.283 Ahorro total 6.414.615 $ 13.271 Tasa BCU-10 (promedio 2011)

Tramo

% PIB 4,8% 0,5% 5,3%

2,63%

Tasas Marginales

[%] 1

0%

2

4%

3

8%

4

13,50%

5

23%

6

30,40%

7

35,50%

8

40%

TOTAL Fuente: Banco Central y elaboración propia

Rebaja total base Rebaja Impuesto imponible [MM US] [MM US] $ $ $ $ 0,5 $ $ 0,8 $ $ 0,9 $ $ 2,5 $ $ 0,9 $ $ 3,4 $ 34,9 $ 9,0

La distribución de esta exención por tramo de impuesto marginal corresponde a aquella que se desprende de la EPF 2006-2007. Como se observa en el cuadro 9, el impacto recaudatorio de esta medida es marginal, pues la mayor parte del ahorro nacional se lleva a cabo a nivel de empresas, seguido de lejos por el componente previsional. 2.7.3 Permitir a toda persona natural percibir sus ingresos a través de una sociedad. Una crítica muy frecuente a nuestro sistema tributario es su falta de equidad horizontal. En efecto, se argumenta que dos personas con igual ingreso no pagan el mismo impuesto. El ejemplo más usado es comparar un profesional que trabaja como empleado, que tributa como persona natural y, por consiguiente, esta afecto al impuesto al trabajo y Global Complementario. En cambio, una persona independiente que forma una sociedad para ahorrar sus ingresos provenientes del capital o trabajo pagaría 20% sobre las utilidades y su tasa personal por los retiros. Claramente, la sociedad es un mecanismo de ahorro más conveniente que los que dispone la persona natural: APV o 57bis que son limitados. El sistema tributario debería tratar el ahorro de empresas y personas en forma equivalente para asegurar equidad. Por cierto, el impuesto al gasto


anteriormente discutido no tiene este problema. En esta sección evaluamos la alternativa que todo trabajador dependiente pueda formar una sociedad para percibir el pago de su sueldo, con lo que obtendría los beneficios del ahorro señalados. Para evaluar el impacto sobre la recaudación de esta medida, se requiere precisar quienes serían los contribuyentes que potencialmente se verían beneficiados y optarían por acogerse al nuevo sistema. Desde el punto de vista de la eficiencia, lo importante son las tasas marginales de impuesto ya que determinan los efectos sobre ahorro y trabajo de los individuos. Pero, para efectos de recaudación lo importante son las tasas medias. El foco entonces es determinar cuáles contribuyentes verían reducida su tributación efectiva (tasa media) dados sus patrones de ahorroconsumo obtenidos de la EPF 2006-2007 al optar por formar una sociedad. Es claro que para individuos que tienen una tasa media de 20% o más (tasa marginal 40%) formar una sociedad será conveniente. Esto, por cuanto pagaran 20% por las utilidades de la sociedad y una tasa personal dependiendo de sus retiros, es decir, de su propensión a consumir. Por lo tanto, su tasa media se ve reducida. El esquema de sociedad puede ser atractivo incluso para individuos que tengan una tasa media inferior a 20%, ya que podrían reducirla15. De este análisis se determina que en general aquellos contribuyentes que perciben rentas liquidas superiores a los $3,5 millones, y que en promedio ahorran por sobre el componente previsional obligatorio más de un 20% de sus ingresos líquidos, verían reducirse su tasa media y por lo tanto les sería conveniente el percibir sus ingresos como sociedad. Los contribuyentes del tramo marginal más alto de impuesto, verían importantes reducciones de más de 25% en su carga tributaria16. El cuadro 10 muestra los efectos en recaudación de la formación de sociedades17. Cuadro n°10: Ejemplos del impacto sobre las tasas media e impacto en la recaudación tributaria credito Ingreso Impuesto tasa media Impuesto Impuesto Pago Total nueva tasa impuesto Imponible actual actual sociedad personal de Impuesto media personal $ 7.000.000 $ 1.566.882 22,38% $ 1.400.000 $ 667.533 -$ 910.000 $ 1.157.533 16,54% $ 5.000.000 $ 813.272 16,27% $ 1.000.000 $ 299.605 -$ 650.000 $ 649.605 12,99% $ 4.000.000 $ 500.333 12,51% $ 800.000 $ 170.475 -$ 520.000 $ 450.475 11,26% $ 3.500.000 $ 357.105 10,20% $ 700.000 $ 112.042 -$ 455.000 $ 357.042 10,20% Benchamark Nuevo Impuesto Diferencia Recaudación Tributaria (MM US) $ 3.438 $ 2.980 -$ 458 Fuente: Elaboración propia

La formación de sociedades se traduciría en una postergación del pago de impuestos que mirado desde una perspectiva estática implicaría una menor recaudación en el periodo de aproximadamente 458 millones de dólares. Naturalmente, al tratarse de un diferimiento, pues el ahorro de las personas eventualmente debiese financiar consumo, el impacto relevante debiese evaluarse como el menor valor presente de la recaudación a lo largo del ciclo de vida del contribuyente. 15

Pagando 20% por las utilidades de la sociedad, pero una tasa inferior por los retiros. Este análisis no considera los costos de crear y mantener funcionando una sociedad. 17 Supone que los individuos efectúan retiros para consumir de acuerdo a sus gastos según la EPF2007. 16


Una limitación de esta alternativa es que requeriría de un mayor control del SII para hacer frente a la crítica de la imputación de gastos a la sociedad, cuando en la realidad son retiros para consumo personal.

3. Sustitución de la renta presunta y de los regímenes especiales del artículo 14 (bis, ter y quater) por una exención del impuesto de primera categoría para todas las empresas por las utilidades reinvertidas correspondientes a las primeras 10.000 UF anuales de ventas. Una forma de simplificar el sistema tributario es eliminar los regímenes especiales 14 bis, 14 ter y 14 quater que fueron diseñados para pequeñas empresas pero en la práctica no son ampliamente usados18. Sólo un 25% de las 790.00 micro y pymes están adscritas a regímenes especiales. Cuadro n°11: Regimenes tributarios Especiales Regimen Inscritos Primer Inscritos a Marzo Tributario Año 2012 14 BIS 5.200 55.415 14 QUÁTER 43.426 59.657 14 TER 7.337 78.000 Fuente: Ministerio de Hacienda

La eliminación de estos regímenes sería reemplazada por una exención del impuesto de primera categoría a las utilidades reinvertidas a todas las empresas por las utilidades equivalentes a las primeras UF10.000 de ventas anuales. Si bien estos regímenes fueron diseñados para pymes, se sustituyen por una exención general para evitar los incentivos de dividir empresas para “mantenerse como empresa pequeña” y así aprovechar el beneficio. Suponiendo un margen de utilidad a ventas de 20%, la exención se aplicaría a empresas cuyas utilidades ascienden a $46 millones.19 A diferencia de los regímenes especiales hoy existentes, la aplicación sería automática. Las empresas con ventas menores a UF 10.000 representan el 91.1% de las empresas, pero son responsables de alrededor de un 5.13% de las ventas totales. En cuanto a las 72.931 empresas con ventas mayores a UF 10.000, estas acumulan ventas totales anuales por UF 17.354.825.140. De este modo, si cada una de las empresas aprovecha el beneficio completo, las utilidades reinvertidas atribuibles a 729.310.000 UF de ventas quedarían fuera de la base imponible, lo que equivale a un 4,2% del total de ventas de las empresas grandes.

18

Esto puede deberse a las restricciones para acceder a ellos y a la falta de información en las mipymes. Los márgenes utilidad/ventas son muy variables. Las grandes empresas del retail, por ejemplo, tienen márgenes pequeños (inferiores a 10%). En cambio, las pymes pueden tener márgenes superiores a 20%. 19


El cuadro 12 presenta el número de empresas por tramos de venta. Cuadro n°12: Ventas de las empresas por tramos

Categoría

Limite (UF)

Ventas (UF)

Porcentaje Porcentaje Ventas Acumulado Totales Ventas (UF) Totales

Desde micro 1 micro 2 micro 3 Pequeña 1 Pequeña 2 Pequeña 3 mediana 1 mediana 2 grande 1 grande 2 grande 3 grande 4 total Fuente: SII

Hasta 0 200 200,01 600 600,01 2.400 2400,01 5.000 5.000 10.000 10.000 25.000 25.000 50.000 50.000 100.000 100.000 200.000 200.000 600.000 600.000 1.000.000 1.000.000 y más

Número de Empresas

Promedio Ventas (UF)

252.266 172.055 202.989 75.840 48.218 36.886 14.946 8.993 5.214 4.087 1.002 1.803 824.299

77 19.514.016 369 63.452.276 1.253 254.422.326 3.472 263.347.313 7.023 338.627.289 15.527 572.740.514 35.000 523.109.991 70.333 632.506.687 139.020 724.852.283 334.833 1.368.460.502 769.186 770.724.252 7.078.442 12.762.430.911 18.294.188.360

0,11% 0,35% 1,39% 1,44% 1,85% 3,13% 2,86% 3,46% 3,96% 7,48% 4,21% 69,76%

0,11% 0,45% 1,84% 3,28% 5,13% 8,27% 11,12% 14,58% 18,54% 26,02% 30,24% 100,00%

Suponiendo márgenes de venta/utilidad promedio constantes a través de los tramos, se concluye que el dejar exento de pago de impuesto de primer categoría a las empresas con ventas anuales menores a 10.000 UF se traduciría en una menor recaudación por 465 millones de dólares, mientras que para las empresas grandes implicaría una menor recaudación adicional por 337 millones de dólares. En cuanto a la eliminación de los artículos 14 bis, ter y quáter los efectos deben considerarse en el contexto de la exención recién mencionada. De este modo, se supone que tanto las más de 55.000 empresas que se acogían al régimen de tributación simplificada en base a retiros (14 bis), como las 78.0000 afectas a tributación simplificada con depreciación inmediata (14 ter) quedarían incluidas en el tramo exento, por lo que de haber efectos en la recaudación tributaria estos serían bastante marginales. Lo anterior se desprende de una de las condiciones para acogerse a cualquiera de estos dos regímenes, la cual asegura que tengan ventas menores a 5.000 UTM, lo que a su vez es menor a 10.000 UF. En el caso de las empresas sujetas al régimen tributario 14 quáter, resulta razonable suponer que se acogerán al nuevo sistema, lo que se recoge en el cálculo anterior. Pero, dado que el límite de ventas de este régimen es de 28.000 UTM, el beneficio será menor. Así, del Informe Financiero de


Hacienda de la Ley 20.455 y corrigiendo por la mayor tasa de primera categoría se obtiene una mayor recaudación de 220 millones de dólares. Con respecto al régimen de tributación por renta presunta: art. 20 y 34 ley de la renta, este es cuestionable, pues se supone que sería prohibitivamente costoso para estas empresas llevar algún tipo de contabilidad que permita determinar una base imponible, lo que hoy es simplemente poco realista. El ingreso por impuestos a la renta efectiva al sustituir la renta presunta, obtenida a partir de Jorrat(2012) pero corregido por el nuevo impuesto de primera categoría, ascendería a 222 millones de dólares. A los cuales se les debe sustraer el pago efectivo que realizan las sociedades bajo este régimen que equivale a 95 millones de dólares, con lo que se obtiene una recaudación neta adicional de 127 millones de dólares. Lo anterior supone que ninguna de estas empresas se acoge a la nueva exención por las primeras UF 10.000 de ventas, lo que resulta poco realista. Dada la escasez de datos acerca de estas empresas, y considerando que todas las empresas de transporte acogidas hoy presentan ventas menores a las 3000 UTM, que corresponden a la mayor parte de los sujetos de renta presunta, se opta por asumir que todas se acogen y que el total de sus utilidades queda fuera de la base imponible20. El cuadro n°13 resume los resultados del conjunto de medidas recién descrito:

Cuadro n° 13: Resumen impacto tributario neto vs Benchmark Medida Exención ventas primeras 10.000 UF Eliminación 14 bis y 14 ter Eliminación 14 quater Eliminación renta presunta Agregado Fuente: Elaboración propia

Cambio en recaudación tributaria (MM US) -802 0 220 0 -582

4. Migrar del sistema actual en base devengada para la empresa y percibida o retirada para la persona natural a un sistema doblemente devengado. Remplazar tanto renta presunta como los regímenes simplificados 14 bis y 14 quáter por 14 ter.

En el sistema tributario actual las empresas tributan con una tasa de 20% sobre las utilidades devengadas. Las personas tributan sobre las utilidades retiradas de acuerdo a su tasa del Global Complementario. La propuesta que aquí evaluamos y que ha sido considerada por Cantallopts, 20

Esta estimación es la máxima caída en recaudación. Es probable que algunas empresas que tributan renta presunta aumenten su tributación porque venden más de 10.000 UF.


Jorrat y Sherman (2007) y Agostini (2012) es un cambio de fondo del sistema al contemplar que tanto empresas como personas tributen sobre la utilidad devengada, es decir, un sistema doblemente devengado. En este caso, el impuesto que pagan las empresas sigue siendo un adelanto de los impuestos personales, por lo cual se mantiene la integración tributaria. Este régimen, como analizaremos a continuación, incrementa de manera significativa la recaudación tributaria pero tiene costos muy importantes en materia de eficiencia. En efecto, esta alternativa incentiva los retiros y, por lo tanto, reduciría el ahorro de las empresas, perjudicando a la inversión y aumentaría la deuda de las empresas. El efecto sobre inversión sería muy importante para las pymes, dado que su principal fuente de financiamiento son las utilidades retenidas. Eventualmente, generaría problemas de liquidez para los pequeños accionistas al tener que hacer frente a mayores pagos de impuestos frente a utilidades no percibidas que podrían llevarlos a un tramo superior de la escala. Para determinar el impacto recaudatorio de esta medida, y dado que no contamos con los micro datos del SII, se opta por un camino indirecto para la asignación de las utilidades de las empresas a las personas naturales que tributan según su tasa marginal. Este método debería entregar al menos una aproximación razonable del orden de magnitud de la recaudación incremental del nuevo sistema. De la Encuesta CASEN 2011 se obtuvo la distribución de los retiros de utilidades de empresas y el pago de dividendos por acciones o bonos financieros a los contribuyentes por tramos de tasa marginal de impuesto Global Complementario. A partir de esta distribución, se supuso que el 70% de las utilidades que hasta ahora se mantenían retenidas en las empresas correspondería en la misma proporción a dichos contribuyentes. El cuadro n°14 ilustra la distribución obtenida de CASEN 2011.

Cuadro n°14: Distribución del Ingreso por retiros de utilidades y dividendos por tramos marginales de impuesto.

Fuente: Elaboración Propia en Base a Casen 2011 Con esta información se determinó el pago incremental por tramo de impuesto que se obtiene de esta medida para dos escenarios posibles:


a) Manteniendo las tasas y los tramos vigentes (pero modificados por la ley 20.630) del impuesto Global Complementario. b) Incrementando la tasa del impuesto de primera categoría a un 25% y rebajando, a partir de las tasas planteadas en (a), los últimos dos tramos del impuesto Global Complementario a un 35%. Los cuadros 15-A y 15-B resumen, respectivamente, los resultados netos en cuanto a la recaudación incremental de cada una de las alternativas. Cuadro n°15-A: recaudación neta adicional doble devengado propuesta a) Tramo Tasa Marginal Pago Adicional Neto [%] MM US Residentes 1 0,0% -$ 117 2 4,0% -$ 109 3 8,0% -$ 126 4 13,5% -$ 57 5 23,0% $ 13 6 30,4% $ 107 7 35,5% $ 66 8 40,0% $ 2.725 No residentes único 35,0% $ 1.870 Empresas único 20,0% 0 TOTAL a)

$

4.371

Cuadro n°15-B: recaudación neta adicional doble devengado propuesta b) Tramo Tasa Marginal Pago Adicional Neto [%] MM US Residentes 1 0,0% -$ 147 2 4,0% -$ 143 3 8,0% -$ 179 4 13,5% -$ 101 5 23,0% -$ 9 6 30,4% $ 55 7 35,0% $ 42 8 35,0% $ 1.182 No residentes único 35,0% $ 1.247 Empresas único 25,0% $ 2.059 TOTAL b)

$

4.008

Fuente: Elaboración propia

En cuanto al remplazo de la renta presunta y los regímenes del artículo 14 bis y quáter por una ampliación del régimen del articulo 14 ter21, por falta de datos desagregados del SII, se toma la estimación de Jorrat( 2012) pero corregida para ser compatible con el año Benchmark, de donde se obtiene que el incremento en recaudación producto de estas medidas sería de unos 400 millones de dólares.

21

Incluyendo personas jurídicas y contribuyentes no gravados con IVA, que hoy no pueden acogerse al régimen.


5. Impuesto a los alcoholes y tabacos 5.1 Alcoholes Los impuestos al alcohol y al tabaco deben considerarse dentro de un sistema tributario, más allá de su capacidad recaudatoria, como instrumentos para reducir su consumo. En el caso del alcohol, la necesidad de gravar el producto es función de las muy conocidas externalidades que su consumo genera: crimen, enfermedades, accidentes vehiculares, disminución de la producción y gasto público. El consumo promedio de alcohol puro en Chile, contenido en diferentes proporciones en las bebidas alcohólicas, es de 8.622 litros anuales para los mayores de 15 años. Lo anterior se traduce en que el consumo total de alcohol puro, ya sea en forma de cerveza, vino o destilados, superase los 115 millones de litros en 2011. Dado que el foco de este gravamen es regular su consumo, resulta fundamental conocer cuál es la respuesta en el consumo de alcohol a cambios en el precio del mismo y así determinar cuánto será necesario encarecer el bien para acercarlo a sus niveles socialmente deseables de consumo, en otras palabras, obtener una medida empírica de la elasticidad precio de la demanda por bebidas alcohólicas. Las estimaciones sitúan esta elasticidad en un rango bastante amplio, dependiendo del país y la metodología. Para este trabajo se considera el meta análisis de 64 estudios en 18 países realizado por Fogarty (2004)23. El siguiente cuadro contiene las elasticidades máximas, mínimas y media encontradas para la cerveza, el vino y los licores.

Cuadro n°16: Elasticidad precio de la demanda por bebidas alcohólicas Alcohol

Máximo

Mínimo

Media

Cerveza -1,2 -0,009 -0,038 Vino -1,8 -0,05 -0,77 Licores -2 -0,1 -0,7 Fuente: Elaborado por Yañez(2011) a partir de Fogarty(2004), The Own Price Elasticity of Alcohol: A Meta-Analysis Por otro parte, el impuesto que se aplique sobre las bebidas alcohólicas debe ser función del componente mismo que genera la externalidad, en este caso el contenido alcohólico. Así, un impuesto apropiado debiese corresponder a un monto fijo de dinero por masa o volumen24 de alcohol puro contenido en la bebida. El impuesto unitario (específico), en comparación con el impuesto ad valorem que se aplica hoy en Chile, evita la posibilidad de sustituir hacia alcoholes de menor calidad. Además, no se grava injustificadamente productos de mayor precio y se establece una relación absolutamente directa entre contenido alcohólico y el gravamen, algo que se da de manera muy débil en el sistema actual, donde las bebidas de menor contenido alcohólico como el vino y la cerveza están sujetas a una tasa ad valorem del 15% y aquellos destilados de mayor 22

OMS. Yañez (2011) también considera este trabajo. 24 Un mililitro de alcohol puro tiene una masa de 0.8 gr., luego el impuesto puede expresarse de cualquiera de las dos formas sin mayor dificultad. 23


graduación a una del 27%. La falta de una relación directa entre tributación y contenido alcohólico se aprecia en el cuadro número 15, que compara la distribución del origen del alcohol puro consumido a través de diferentes bebidas alcohólicas, la composición de los tributos del I.L.A y las tasas ad valorem actuales . La mayor distorsión se aprecia en los vinos y las cervezas, los cuales con contenidos de alcohol diferentes se encuentran sometidos hoy a la misma tasa de impuesto. Cuadro n°17: Distribución del consumo de bebidas alcohólicas y recaudación I.L.A Distribución Consumo (% Recaudación Actual I.L.A Tasa actual ad valorem alcohol puro consumido) licores 32% 31,89% 27% vino 38% 29,38% 15% cerveza 30% 38,73% 15% Fuente: OMS y SII

Con todos estos antecedentes, el camino ideal sería valorizar la externalidad que el alcohol genera para así determinar el monto óptimo del impuesto unitario capaz de llevar el consumo al nivel deseado. Lo anterior no es una tarea sencilla y trasciende el alcance de este trabajo, sin embargo se plantean dos alternativas que al menos mejoran la eficiencia25. A- Mantener la recaudación actual pero migrando hacia un impuesto unitario por litro de alcohol puro contenido. B- Reducir el consumo de alcohol entre un 25% y un 30% a través de un mayor impuesto unitario. El cuadro 18 contiene los resultados sobre la recaudación, la distribución del consumo por producto y el consumo de alcohol puro total de la simulación de ambos escenarios.

25

Ambas alternativas se basan en la medias de las elasticidades precio propio de la demanda por bebidas alcohólicas reportadas por Fogerty(2004)-


Cuadro n°18: Simulación propuestas impuesto a los alcoholes Propuesta A: 2.41 US por litro de alcohol puro Distribución Consumo Cambio en el consumo (% alcohol puro del producto (%) consumido) licores -0.1% 32% vino -2.6% 37% cerveza 0.1% 30% Reducción en el consumo de alcohol puro (%) Aumento en la recaudación (MM US)

licores vino cerveza

32% 38% 30%

-1% 0

Propuesta B: 5.00 US por litro de alcohol puro Distribución Consumo Reducción en el consumo (% alcohol puro (%) consumido) -41.1% 26% -37.8% 33% -0.9% 41%

Reducción en el consumo de alcohol puro (%) Aumento en la recaudación (MM US) Fuente: Elaboración propia

Recaudación (% por producto)

Recaudación (% por producto) 28% 34% 38%

-27% 623

Ambas propuestas logran alinear de mejor manera al impuesto con la externalidad. La propuesta A, con un impuesto unitario de 2.41 dólares por litro de alcohol puro contenido, mantiene la recaudación de 276 millones de dólares del I.L.A (componente alcohólico) en 2011 y solo presenta cierto efecto sustitución entre productos; la propuesta B considera un impuesto de 5 dólares por litro de alcohol puro reduciendo en un 27% el consumo de alcohol total y aumenta la recaudación en 623 millones de dólares. La recaudación total por este impuesto alcanzaría los 900 millones de dólares. El impuesto de la alternativa B es similar al nivel existente en Islandia y alrededor de un 50% de lo cobrado en EEUU y Canadá, lo que es un nivel relativamente bajo comparado con los países de la OECD que aplican un monto promedio de 23 dólares por litro. Pero estas comparaciones internacionales solo aplican a los destilados, pues el vino y la cerveza suelen recibir tratamientos especiales, lo que parece injustificado, además de las consideraciones naturales acerca del mayor ingreso de los países OECD. 5.2 Tabaco En cuanto al tabaco, los argumentos para gravarlo son algo diferentes a los del alcohol. Respecto a las externalidades, preocupa especialmente los fumadores pasivos y en alguna medida los fumadores mismos. En cuanto a la adicción y las conductas irracionales, el énfasis esta en los menores, especialmente porque ellos presentarían elasticidades muy mayores a la de los adultos fumadores y por la alta persistencia en aquellos que adquieren el hábito cuando jóvenes; por último, la bajísima elasticidad de los adultos lo convierte en un candidato ideal desde un punto de vista de recaudación tributaria optima.


De manera análoga a lo planteado con el alcohol, la magnitud de la externalidad negativa se relaciona con la cantidad de cigarrillos comprados y no con el valor de los mismos, por lo que un impuesto unitario por cajetilla o número de cigarrillos sería lo más adecuado.26 Al igual que en el caso de las bebidas alcohólicas, el impuesto actualmente cobrado en Chile es prácticamente en su totalidad ad valorem, y fue recién en la ley 20.45527 que se le introdujo un leve componente fijo de 0.0000675 UTM por cigarrillo (aproximadamente 2.7 pesos por unidad a enero de 2013), el cual posteriormente se volvió a aumentar a 0,000128803 UTM (5.15 pesos) por cigarrillo con la ley 20.630 de 2011. Con esta última reforma el componente ad valorem corresponde a un 60.5% del precio de venta al consumidor, es decir, se ha avanzado en la dirección correcta pero de manera muy incipiente. La OMS calculó para 2010 la contribución de todos los impuestos aplicables al precio minorista de la marca de cigarrillos más popular para una serie de países. Para Chile se estimó una tasa de 76% en línea con la mayoría de los países desarrollados y superior al promedio de la OECD de 73%. Se estima que incluyendo los dos últimos cambios, recién comentados, el impuesto sería de alrededor del 80% del precio minorista. De lo anterior, y por la poca claridad que existe respecto a la magnitud de las externalidades que el cigarrillo genera, pareciera que el nivel actual del impuesto se encuentra dentro de lo razonable, pero debiera sustituirse por un impuesto unitario por cigarrillo o cajetilla, que como se menciono, se relaciona de manera más directa con la externalidad y evita la sustitución hacia marcas de menor valor y probablemente menor calidad. Yañez (2011) concluye que un impuesto fijo de aproximadamente 650 pesos por cajetilla mantendría la recaudación tributaria, que en 2011 alcanzo los 1534 millones de dólares. 5.2.1 Aumento del impuesto al tabaco En esta sección se explora el posible impacto sobre la demanda y la recaudación fiscal de un incremento de un 20% en el impuesto específico antes propuesto, es decir, un aumento de 650 a 780 pesos de impuesto por cajetilla. Para esto resulta esencial conocer la elasticidad de la demanda por cigarrillos a cambios en el precio. Yañez(2011), citando otros trabajos empíricos, sitúa dicha elasticidad para los países desarrollados en -0.4 para los adultos y -0.6 para los jóvenes, en tanto que para los países de ingreso medio fluctuarían entre -0.6 y -1.0. Para el caso particular de Chile, Debrott(2006) estima una elasticidad de corto plazo de -0.21 utilizando lo que el denomina un modelo convencional y de -0.22 y -0.45, para el corto y largo plazo, respectivamente, utilizando un modelo que consideraría la adicción que genera el consumo de cigarrillos. Este valor es algo menor que estimaciones para países de ingreso similar al de Chile, pero que parece factible al tomar en cuenta la alta prevalencia del tabaquismo en Chile (la mayor de la región de acuerdo a la OMS). Para esta simulación se consideran dos valores para la elasticidad de la demandad por tabaco: -0.21 y -0.45. 26

No se plantea un impuesto de monto fijo por contenido de nicotina o alquitrán, pues el daño es bastante similar y las complejidades que acarrea terminan por superar a los posibles beneficios. 27 La ley 20.455 de 2010 aumento impuestos para financiar la reconstrucción del terremoto.


Un aumento del 20% en el impuesto se traduciría en un aumento de precio de un 15% para la marca más consumida. Con respecto a las cantidades demandadas, estas experimentan una disminución entre 3,2% y 6,8% dependiendo de la elasticidad. De acuerdo a esto, se obtiene una mayor recaudación que fluctúa entre los US 183 millones y los US 249 millones, siendo US 216 millones la media. El cuadro 19 resume los resultados obtenidos a partir de los datos de la OMS y las elasticidades recién presentadas. Cuadro n°19: Estimación Impacto Aumento Impuesto Tabaco Aumento Aumento Cambio Cambio Elasticidad Impuesto Precio Demanda Recaudación 0,21 -3,2% 16% 20% 15% 0,45 -6,8% 12%

Cambio Recaudación (MM US) 249 183

Fuente: Elaboración propia en base a datos de OMS y Dobbert (2006)

6. Impuesto a los bienes raíces El sistema chileno contempla un impuesto anual, pagadero en 4 cuotas, sobre el avalúo fiscal de los bienes raíces cuya recaudación es destinada prácticamente en su totalidad a las municipalidades del país (con la excepción de la sobretasa). La tasa aplicable de este impuesto progresivo dependerá de si trata de un bien raíz agrícola o no, y a su vez de si este tiene destino habitacional o no. La estructura de este impuesto progresivo se resume en el cuadro 20: Cuadro n°20: Contribuciones benes raíces. Agrícola Habitacional 0% entre 0 y 7,6 MM pesos 1% lo que exceda 7,6 MM pesos No Habitacional

1% sobre el avaluo completo

Habitacional

0% entre 0 y 18,5 MM pesos 1% entre 18,5 MM pesos y 66 MM pesos 1.2% lo que exceda 66 MM pesos

No Habitacional

1.2% más sobretasa de 0.025%

No Agrícola

Fuente: El a bora ci ón propi a s obre i nforma ci ón del SII (*) tambi en s e a pl i ca una s obretas a de 100% res pues to a l a tas a vi gente pa ra l os s i tios no edi fi ca dos , propi eda des a ba ndona da s o pozos l a s treros (**) Dura nte 2011 y 2012 l a s propi eda des cuyo va l or exceda l os 197,230 US pa ga rá n una s obretas a de 0.275% en rempl a zo de l a tas a de 0.025% contempl a da en l a l ey

La tasa marginal máxima de este impuesto de 1.2% es bastante inferior al promedio de la OECD de 1.7%, recordando siempre que esta comparación depende en gran medida de la forma en la que se determine la base del impuesto, es decir el avalúo de la propiedad. La recaudación de este


impuesto para las arcas municipales, excluyendo las sobretasas, alcanzó los 1.393 millones de dólares en 2011. Se estima que un aumento de la tasa máxima a 1,5%, tanto de las propiedades agrícolas como de las rurales, generaría una mayor recaudación de 377 millones de dólares. Aumentar este impuesto puede parecer particularmente atractivo tanto por su alta capacidad recaudatoria como por su aparente progresividad. En cuanto a esta segunda aseveración, es importante notar que este tributo, a diferencia del impuesto a la renta, grava al patrimonio en bienes raíces del contribuyente de manera creciente, independiente de la capacidad de generar ingresos del mismo. De este modo, un aumento del gravamen puede resultar particularmente oneroso para aquellos grupos con baja capacidad de generar ingresos pero con un patrimonio invertido en un bien raíz, en particular, los adultos mayores. Fenómeno que se ve agravado por la inexistencia en Chile de instrumentos, como las hipotecas reversas, que permitan generar flujos de ingresos a partir de un bien raíz sin la necesidad de abandonarlo de manera inmediata. 7. Eliminación de aranceles aduaneros Como es de esperarse en un país cada vez más abierto a los mercados mundiales, los impuestos al comercio exterior han ido paulatinamente representando un porcentaje menor de los ingresos tributarios. En el periodo 93-98 representaban el 12.5% de la recaudación mientras que en los últimos 5 años no superan el 2%. Aunque el arancel general establecido por ley es de 6%, el arancel promedio efectivo bordea el 1% debido a los tratados comerciales que Chile ha firmado a lo largo de los años. Las importaciones totales que ingresaron a Chile durante 2011 con arancel completo ascendieron a un total de US$ 10.062 millones, monto que representa apenas el 13,4% de las importaciones totales en ese mismo año (US$ 74.908 millones). Un 55% de las importaciones ingresa con un arancel de 0% por efecto de los tratados de libre comercio, y alrededor de un 32% ingresa con un arancel medio de 1,5% debido a procesos de desgravación arancelaria que se encuentran en proceso.28 Por consiguiente, es lógico transitar hacia la eliminación de los aranceles profundizando la apertura como uno de los elementos centrales del modelo de desarrollo y de esta forma eliminar los costos en bienestar asociados a la desviación de comercio. Al año 2011 Chile contaba con 22 acuerdos comerciales con 59 países, siendo estos la procedencia del 89% de las importaciones. Un ejemplo de la distorsión que genera la desviación de comercio lo constituye la importación de combustibles fósiles de países con acuerdo comercial a un costo más elevado para el país. La eliminación del arancel implicaría una menor recaudación por 630 millones de dólares en 2011, pero debe considerarse que según datos del Ministerio de Hacienda aportados durante la discusión de lo que se transformaría en la ley 20.630, la menor recaudación es decreciente en el tiempo puesto que de todas maneras la entrada en vigencia y/o maduración de ciertos acuerdos implicaría una rebaja de este tributo, estimándose en 470 millones para 2017. Más aún, la

28

Datos de la Cámara de Comercio de Santiago a partir del Servicio Nacional de Aduanas


recaudación proveniente del gravamen hoy aplicado se concentra en productos claves para la inversión como los son el gas natural licuado, maquinas y aparatos. Sin embargo, persisten posturas críticas a la eliminación unilateral de los aranceles basadas en la potencial pérdida de capacidad negociadora en tratados futuros que permitan eventualmente facilitar el ingreso de las exportaciones chilenas a los mercados mundiales. Critica que pierde relevancia cuando se considera que existen una serie de otras aéreas fundamentales que deben ser negociadas a la hora de establecer tratados futuros. Sólo para nombrar algunas: resolución de disputas; barreras no arancelarias; barreras técnicas; propiedad intelectual; temas medioambientales; salubridad, exigencias de autorizaciones sanitarias o las exigencias de fumigaciones innecesarias; protección de inversiones; y protección de servicios. 8. Impuesto especifico a los combustibles para transporte El impuesto específico a los combustibles de uso vehicular cumple un importante rol tanto por ser un buen instrumento en el combate de las múltiples externalidades asociadas al uso del automóvil: contaminación, congestión, accidentes, deterioro vial, como por ser un impuesto eficiente en cuanto a su capacidad recaudatoria. En 2011 la recaudación por concepto de este gravamen alcanzo los 2.059 millones de US, con un 81% de esta recaudación proveniente del cobro a la gasolina y sólo un 19% del diesel. Más aún, se trata de un impuesto de carácter progresivo, cualidad que puede resultar deseable en un tributo, especialmente cuando este no genera mayores distorsiones. Las últimas cifras disponibles de la Encuesta de Presupuestos Familiares 2006-2007 revelan que son los sectores de mayores ingresos los que destinan una fracción más elevada de este a la compra de gasolina, con un 4,2% y 4,1% del gasto familiar para los deciles IX y X versus un 0,25% y 0,93% para los deciles I y II, respectivamente. La encuesta CASEN 2011 confirma lo anterior: sólo un 33,91% de los hogares posee un automóvil (un 27,3% en 2006), y en el 40% de menores recursos está cifra no supera el 17% (no superaba el 15% en 2006), mientras que en el 20% más rico el 66% de los hogares posee automóvil. Teniendo en cuenta estos antecedentes, se plantean dos posibles reformas y se analiza el impacto recaudatorio de las mismas. La primera reforma busca terminar con la discriminación injustificada que existe hoy en favor del petróleo diesel. Este combustible está sujeto al pago de un impuesto específico de 1.5UTM/m3, mientras que la gasolina soporta un tributo de 6 UTM/m329, diferencia que no se justificaría si se considera que las externalidades generadas por su uso para transporte son bastante similares. De este modo, se propone igualar el impuesto para ambos productos en 6 UTM/m3 y junto a esto eliminar el beneficio tributario, contenido en la ley 19.764 de 2001, que permite a los transportistas de carga recuperar una fracción del precio de sus vehículos por concepto de los pagos del impuesto especifico en que incurren. 29

En estricto rigor la existencia del mecanismo de estabilización de precios de corto plazo, denominado SIPCO, hace que la tasa efectiva que soportan los combustibles cambie semanalmente en torno a los niveles descritos. Desde una mirada de largo plazo, esta diferencia no parece relevante.


La segunda reforma, siguiendo a Parry y Strand (2011), busca establecer niveles de impuesto que sean acordes, en su magnitud, con el combate de las externalidades antes mencionadas. Para esto se utilizan las estimaciones de estos autores, y se toman los valores de impuesto sugeridos, actualizados a dólares de 2011. Los resultados para estas dos propuestas, considerando una elasticidad precio de la demanda por combustible de -0.530, se presentan en el cuadro 21. Cuadro n°21: Evaliación Reformas Impuesto Especifico Combustibles Uso Vehicular Efectivo 2011 Impuesto Precio (US/litro) (US/litro) Bencina 0,4753 1,52 Diesel 0,1188 1,20 Propuesta 1 Impuesto (US/litro) Bencina Diesel

0,4753 0,4753

Aumento Precio (%) 0 29,78%

Aumento Eliminación Disminución Recaudación Reintegro Cantidad (%) Impuesto (MM Transportistas US) (MM US) 1,52 0% 0 1,52 14,89% 1.165 92 Aumento Total Recaudación (MM US) 1.257

Nuevo Precio (US/litro)

Propuesta 2 Aumento Eliminación Disminución Recaudación Reintegro Cantidad (%) Impuesto (MM Transportistas US) (MM US) Bencina 0,6926 45,53% 2,21 22,77% 209 0 Diesel 0,6159 51,46% 1,81 25,73% 1.381 92 Aumento Total Recaudación 1.682 (MM US) Fuente: Elaboración propia en base a SII y Perry y Strand (2011) Impuesto (US/litro)

Aumento Precio (%)

Nuevo Precio (US/litro)

La primera reforma implicaría una mayor recaudación por 1.257 millones de US, con lo que se alcanzaría una recaudación total de 3.316 millones de US. En cuanto a la segunda reforma, esta implica una mayor recaudación por 1.682 millones de US, lo que equivale a un incremento del 82% en la recaudación proveniente de este tributo, alcanzando un total de 3.741 millones de US. Esta segunda propuesta, que a grandes rasgos debiese ser capaz de internalizar los costos que le imponen los consumidores de combustible a la sociedad, llevaría además al impuesto a niveles comparables al promedio de la OECD, pero bastante superiores al de algunos países miembros como EE.UU, Nueva Zelandia, Australia y México31. Dado los aumentos considerables en los precios de combustibles que su aplicación generaría, esta reforma debería aplicarse gradualmente e ir acompañada de una reducción de otros impuestos. 30 31

Valor considerado como estándar por Parry y Strand 2011 De hecho México subsidia a los combustibles.


9. Incentivos tributarios a las donaciones Existen diversos incentivos tributarios a las donaciones dependiendo del tipo de donación que se trate (cultural, deportiva, social, educacional). La característica común es que otorgan franquicias como crédito al impuesto a la renta y permiten una rebaja como gasto del ingreso imponible. En algunos casos se permite que el crédito al impuesto sea de 50% de la donación y la rebaja de gasto también de 50%, con lo cual el fisco puede llegar a pagar hasta un 70% de la donación. Si bien esto es un incentivo potente, las donaciones no son significativas porque se establecen límites. El límite global de rebajas, tanto como crédito o gasto, no puede exceder del 5% de la base imponible del donante. Adicionalmente, algunas donaciones tienen un límite de 2% de la base imponible, aplicándose primero el límite menor y después el global. El bajo monto de las donaciones: US$67 millones -sumando herencias- se explica por los límites establecidos y por lo engorroso del sistema. De hecho, para muchas empresas es problemático incurrir en gastos rechazados debido a una donación. 9.1 Propuesta de incentivos tributarios a las donaciones Se propone unificar el tratamiento de los incentivos tributarios de las donaciones, cualquiera sea su destino. En concreto se sugiere que toda donación ya sea de empresas o personas tenga una franquicia de un crédito al impuesto de 50% (primera categoría o Global Complementario) y con un límite de 10% de la base imponible. 9.2 Impuesto de herencia y transferencias El impuesto a la herencia y transferencias debe ser coherente con la base del sistema tributario: gasto o ingresos. 9.2.1 Impuesto al gasto En un impuesto con base gasto, el stock que constituye una herencia o transferencia permite financiar flujos futuros de consumo al donatario. De acuerdo con nuestra discusión anterior respecto de la implementación de un impuesto al gasto, el impuesto puede pagarse al momento de realizar el consumo o bien prepagarse cuando el donatario recibe la herencia o transferencia. Esta última alternativa resultaría demasiado onerosa para el donatario ya que el stock recibido puede ser significativo e incluso llevar a subir de tramo en la escala de impuesto progresivo al gasto. Por esto, se propone que se pague un impuesto por el flujo de consumo asociado al stock recibido. Este se computaría de acuerdo a una anualidad de consumo equivalente al monto recibido, descontando a la tasa “libre de riesgo” del bono BCU10. 9.2.2 Impuesto al ingreso En un impuesto con base ingreso, las herencias y transferencias son stocks que ya tributaron al constituir ingresos del donante. Por lo tanto, si el donatario estuviera afecto esto constituiría una doble tributación. No obstante lo anterior, se argumenta que en muchos casos una fracción de la herencia o transferencia no ha estado sujeta al pago de impuesto, ya que el donante ha diferido el pago haciendo uso de los mecanismos de ahorro disponibles para las sociedades. En estos casos,


se propone que el donatario pague el impuesto de acuerdo a su tasa marginal sobre la anualidad de ingreso equivalente al stock heredado o transferido. 10. Comentarios finales En este trabajo hemos evaluado distintas propuestas tributarias que surgieron en la discusión de la reforma tributaria aprobada en 2012. El análisis se centra en los efectos sobre la recaudación de las distintas alternativas que se resumen en el cuadro del apéndice. Un futuro trabajo debería abordar los efectos sobre eficiencia: ahorro, inversión y crecimiento. Cambiar la base de tributación desde ingreso a gasto, manteniendo un esquema de tasas progresivas a las personas permitiría incrementar, considerando algún grado de evasión, la recaudación. Esto, por cuanto el actual impuesto al ingreso considera como no imponible algunos tipos de ingreso, lo que resulta en una base inferior a la de gasto. Por lo tanto, en un sistema tributario con base gasto se podría ampliar los tramos o reducir las tasas manteniendo la recaudación constante. Sin duda, diseñar un impuesto al gasto es un cambio estructural al sistema tributario que plantea serios desafíos de implementación. Por esto hemos evaluado alternativas más simples que también permitan mejoras en cuanto a la eficiencia del sistema tributario. Estas contemplan mantener una base ingreso pero ampliando los incentivos al ahorro. Los efectos serían del orden de US$ 330 a US$ 460 millones de menor recaudación. Una alternativa radicalmente distinta que algunos han propuesto consiste en un sistema tributario doblemente devengado. Es decir, las empresas tributarían sobre las utilidades devengadas con una tasa de 20%, como en el actual esquema, y las personas también pagarían impuestos por el total de utilidades, aún cuando estas no sean distribuidas. La recaudación aumentaría en US$4.371 millones. Sin embargo, esta alternativa tiene costos muy relevantes en eficiencia ya que eliminaría los incentivos a reinvertir utilidades de las empresas. Para las pymes el mayor pago de impuestos reduciría su ahorro, principal fuente de financiamiento, y, por ende, su inversión. Para las grandes empresas probablemente aumentaría su deuda. Dado los efectos negativos sobre ahorro e inversión de esta propuesta, la recaudación en el mediano plazo podría ser sustancialmente menor. En la búsqueda de simplificar el actual régimen tributario, se evalúa la propuesta de reemplazar los regímenes especiales del artículo 14 y la tributación por renta presunta por una exención general del impuesto de primera categoría a las utilidades reinvertidas correspondientes a las ventas de las primeras UF 10.000 para todas las empresas. Esta medida llevaría a una menor recaudación por US$582 millones.


Referencias Agostini, C. (2012) “Una Reforma Eficiente y Equitativa del Impuesto al Ingreso en Chile”. Borrador, Centro de Estudios Públicos. CEPAL, (2012) “La Medición de los Ingresos en la Encuesta Casen 2011-R2”. Documento Preliminar. Debrott, D. (2006) “Economía del control del tabaco en los países del Mercosur y Estados asociados: Chile”. Organización Panamericana de la Salud. Dirección de Presupuestos (2012) “Evaluación de la Gestión Financiera de Sector Público en 2011 y Actualización de Proyecciones para 2012” Fogarty, J. (2004) “The Own Price Elasticity of Alcohol: A Meta-Analysis”. Discussion paper, University of Western Australia, Dept. of Economics. Graetz, M. (1979) “Implementing a Progressive Consumption Tax”. Harvard Law Review, vol 92, n°8 1575-1661. Jorrat, M. (2009) “La Tributación Directa en Chile: Equidad y Desafíos”. Serie Macroeconomía del Desarrollo, CEPAL. Jorrat, M. (2012) “Gastos Tributarios y Evasión Tributaria en Chile: Evaluación y Propuestas”. Borrador, Centro de Estudios Públicos. Mieszkowski, P. (1977) “The Cash Flow Version of an Expenditure Tax”. OTA paper 26, Office of Tax Analysis. OECD (2012) “Consumption Tax Trends” Serra, P. (2006) “La Reforma al Sistema Tributario Chileno: Una Tarea Inconclusa”. Estudios Públicos 101, 187-212. Tesorería General de la Republica (2012) “Informe Financiero del Tesoro 2011”. Yáñez, J (2011) “Tabaquismo y tributación”. Revista de Estudios Tributarios Nº 2, Centro de Estudios Tributarios, Facultad de Economía y Negocios, Universidad de Chile. Yáñez, J (2011) “Alcoholismo y Tributación”. Revista de Estudios Tributarios Nº 4, Centro de Estudios Tributarios, Facultad de Economía y Negocios, Universidad de Chile. Yáñez, J (2012) “Impuestos Indirectos en Chile: Análisis y Propuestas de Reforma”. Borrador, Centro de Estudios Públicos.


Apéndice Efectos sobre Recaudación de las Distintas Propuestas Tributarias Área de propuesta

Propuesta específica

Versiones de la Propuesta

Estimación de impacto fiscal (millones de US$) versus Año Estructural

A: 8 tramos de impuesto al gasto con tasas progresivas entre 0 y 40%. Tasa máxima a partir de 4 millones de gasto.

883

B: 6 tramos de impuesto al gasto con tasas progresivas Reemplazar impuesto de Segunda Categoría y entre 0 y 50%.Tasa máxima a partir de 5 millones de gasto. Global Complemenetario por un impuesto Progresivo al Gasto. Además de establecer que C: Identico a A, pero permitiendo la rebaja de hasta $ el impuesto de Primera Categoría se pague sólo 250.000 mensual por familia por gastos en salud y sobre las utilidades retiradas. educación. D: Identico a B, pero permitiendo la rebaja de hasta $ 250.000 mensual por familia por gastos en salud y educación.

Identica al propuesta anterior pero considerando un nivel de evasión similar al existente hoy en Chile.

Impuesto a la Renta (Empresas y Personas simultaneamente)

Impuesto Hibrido: empresas mantienen el pago del Impuesto de Primera Categoría a una tasa del 20% sobre las utilidades devengadas, tal como en la actualidad, pero las personas naturales tributan bajo un esquema de impuesto progresivo al gasto. Tambien considerando un nivel de evasión similar al existente hoy en Chile.

Identica al propuesta anterior pero con una estrucutra de tasas al gasto inframarginales menor, para así mantener la recaudación relativamente constante.

-4211

BBB: 6 tramos de impuesto al gasto con tasas progresivas entre 0 y 50%.Tasa máxima a partir de 5 millones de gasto. CCC: Identico a AAA, pero permitiendo la rebaja de hasta $ 250.000 mensual por familia por gastos en salud y educación. DDD: Identico a BBB, pero permitiendo la rebaja de hasta $ 250.000 mensual por familia por gastos en salud y educación.

Contribuiones Bienes Raices

Aranceles Aduaneros

3772 2151 ver cuadro n° 7- C y 4 2557

1641

BBB: 6 tramos de impuesto al gasto con tasas progresivas entre 0 y 50%.Tasa máxima a partir de 5 millones de gasto.

127

CCC: Identico a AAA, pero permitiendo la rebaja de hasta $ 250.000 mensual por familia por gastos en salud y educación. DDD: Identico a BBB, pero permitiendo la rebaja de hasta $ 250.000 mensual por familia por gastos en salud y educación. Eliminar limites a mecanismos como el APV. Exención al retorno normal del ahorro personal. Permitir a toda persona natural percibir sus ingresos a través de una sociedad.

Manteniendo las tasas y los tramos vigentes (pero modificados por la ley 20.630) del impuesto global complementario.

ver cuadro n° 7- D y

-557 -330 -9

ver cuadro n° 8 ver cuadro n° 9

-458

ver cuadro n° 10

-582 ver cauadro n° 13 4771 ver cuadro n° 15-A y 15-B

4408

A: Un cobro de US 2,41 por litro de alcohol puro contenido, lo que mantendría la recaudación.

0

B: Un cobro de US 5,00 por litro de alcohol puro contenido, lo que pretende disminuir el consumo entre un 25% y un 30%.

ver cuadro n°18 623

183-249

Igualar el impuesto de la bencina y el diesel en US 0,473 por litro.

1257

Aumentar el impuesto de la bencina y el diesel a US 0,6926 y US 0,6159 por litro, respectivamene.

1682

Aumentar la tasa máxima a 1,5%, tanto de las propiedades agrícolas como de las rurales.

Eliminación completa y unilateral de los araneles vigentes.

4-E

702

Incrementando la tasa del impuesto de primera categoría a un 25% y rebajando, a partir de las tasas planteadas en (a), los últimos dos tramos del impuesto global complementario a un 35%.

Aumento de 20% en el impuesto al tabaco.

Aumentar el impuesto al combustibles de uso vehicular y eliminar el reintegro a los transportistas de carga

-4721

1457

Sustitución del impuesto a la renta presunta y de los regímenes especiales del artículo 14 (bis, ter y quater) por una exención del impuesto de primera categoría a las utilidades reinvertidas para todas las empresas, por hasta las utilidades atribuibles a las primeras 10.000 UF de ventas anuales.

Impuestos Especificos e I.L.A

ver cuadro n° 7- B y 4 -3805

AAA: 8 tramos de impuesto al gasto con tasas progresivas entre 0 y 40%. Tasa máxima a partir de 4 millones de gasto.

Primera Categoría

Modificar el impuesto a los alcoholes de una tasa ad valorem a un impuesto unitario.

-2408

BB: 6 tramos de impuesto al gasto con tasas progresivas entre 0 y 50%.Tasa máxima a partir de 5 millones de gasto.

Introducir beneficios al ahorro que acercan el sistema actual a un impuesto al gasto.

Migrar del sistema actual en base devengada para la empresa y percibida o retirada para la persona natural a un sistema doblemente devengado. Remplazar tanto renta presunta como los regímenes simplificados 14 bis y 14 quáter por 14 ter.

ver cuadro n° 7 y 4 -1194

-2590

Impuesto Segunda Categoría y Global Complementario

Impuesto a la Renta (Empresas y Personas simultaneamente)

-1009

AA: 8 tramos de impuesto al gasto con tasas progresivas entre 0 y 40%. Tasa máxima a partir de 4 millones de gasto.

CC: Identico a AA, pero permitiendo la rebaja de hasta $ 250.000 mensual por familia por gastos en salud y educación. DD: Identico a BB, pero permitiendo la rebaja de hasta $ 250.000 mensual por familia por gastos en salud y educación. AAA: 8 tramos de impuesto al gasto con tasas progresivas entre 0 y 40%. Tasa máxima a partir de 4 millones de gasto.

Nota

ver cuadro n° 19, intervalo depende de la elasticidad considerada

ver cuadro n° 21

377

470-630

intervalo depende del horizonte de tiempo relevante, por la entrada en vigencia de tratados bilaterales


Anexo Para los fines de este trabajo, al utilizar la encuesta Casen 2011, es prioritario tomar en cuenta algunas consideraciones acerca de los ajustes que se le realizan a la encuesta CASEN y su completa coherencia con los agregados macroeconómicos de Cuentas Nacionales. Es en este punto donde el documento “La Medición de los Ingresos en la Encuesta Casen 2011-R2” de CEPAL resulta particularmente relevante, pues es a través de él que se esclarecen los ajusten adicionales que deben hacérsele a los datos oficiales ya ajustados por CEPAL para que sean completamente coherentes con los agregados de Cuentas Nacionales con año de referencia 2008, aunque esto en la práctica tiene como efecto secundario el limitar la comparabilidad de los datos de CASEN 2011 con sus iteraciones anteriores, lo que efectivamente es uno de los principales objetivos del ajuste de CEPAL, pero que para fines de este trabajo resulta irrelevante. Sin necesidad de entrar en los detalles de los ajustes de CEPAL, contenidos en el ya mencionado documento, una rápida comparación entre los ingresos reportados en CASEN 2011 sin ajustar; CASEN 2011 con ajustes por “falta de respuesta”; CASEN 2011 corregida por subdeclaración ; y datos de Cuentas Nacionales, en base 2008 llevados a los conceptos de la CASEN; da una idea bastante clara de los órdenes de magnitud de las diferencias en los ingresos de los hogares reportados. El cuadro A resume estas diferencias. Cuadro A: Ingreso Total de los Hogares según niveles de ajuste y fuente INGRESO TOTAL HOGARES ANUALIZADO CASEN 2011 DATOS ORIGINALES 41,5 Billones de Pesos CASEN 2011 FALTA RESPUESTA 42,1 Billones de Pesos CASEN 2011 SUBREPORTACION (Datos Entregados) 50,2 Billones de Pesos CUENTAS NACIONALES 2011* 73,1 Billones de Pesos Fuente: CEPAL

A muy grandes rasgos las diferencias entre los montos reportados en las distintas filas CASEN 2011 del cuadro A, corresponden en orden descendente a: A. Corrección por falta de respuesta y edición de algunas variables a los datos “brutos”.

Para la corrección por falta de respuesta se utiliza un procedimiento bastante estándar que corresponde al método de imputación por medias condicionadas, reconociendo tres casos donde se debiese aplicar. Del recién mencionado documento estas categorías son:

i.

Las personas que se declaran ocupadas, en una categoría distinta a la de trabajador familiar no remunerado, y que no reportan el ingreso como asalariado o autoempleado proveniente de su ocupación principal.


ii.

Las personas que declaran recibir pensión de vejez o renta vitalicia y que no reportan el ingreso por esos conceptos.

iii.

Los hogares que ocupan una vivienda en condición de propietarios de la misma y que no reportan un valor por concepto de arriendo imputado.

En cuanto a la edición de algunas variables, se refiere ciertas transferencias públicas que presentaban algún grado de inconsistencia con los datos reportados, por ejemplo el caso de encuestados que reportan haber recibido subsidios por montos mayores a los que estipula el programa de subsidio. Estos son cambios menores y se limitan a:

i.

Bonos Chile Solidario (y22)

ii.

Subsidio de agua potable (y24)

iii.

Subsidio al empleo joven (y25b)

iv.

Subsidio de cesantía (y20)

v.

Asignación social (y23)

B. Corrección por subdeclaración sobre los datos ya ajustados por “falta de respuesta”. El método de ajuste consiste en imputar a cada tipo o fuente de ingreso las discrepancias observadas entre el monto global allí registrado y el de su equivalente de cuentas nacionales. Los supuestos relevantes para dicha imputación de acuerdo con la metodología publicada por CEPAL son:

i.

que la subdeclaración de ingresos en la encuesta se asocia más al tipo de ingreso que a la magnitud del mismo;


ii.

que el monto no declarado de cada tipo de ingreso es igual a la discrepancia entre aquel que consigna la encuesta y la estimación correspondiente basada en las cuentas nacionales; y,

iii.

que la subdeclaración del ingreso sigue, en general, un patrón de elasticidad ingreso unitario, donde la única excepción a este respecto la constituyen los ingresos de la propiedad en efectivo32.

Adicionalmente para la comparación con Cuentas Nacionales se anualizan los datos de la encuesta, tomando en cuenta la relación entre el promedio anual del IPC y la cifra de noviembre que es precisamente cuando se aplica la mayor parte de la encuesta. Como la cobertura poblacional de Cuentas Nacionales difiera de la encuesta33, los ajustes mencionados se realizan a nivel de los ingresos globales en términos per cápita. Luego de realizado el procedimiento recién descrito, aun sobrevive una amplia discrepancia a nivel agregado - 20 billones de pesos- , como se aprecia en el cuadro A entre la línea “CASEN 2011 corregido por subdeclaración” y “Cuentas Nacionales Base 2008”. Esto se debe en parte a que CEPAL ha optado, privilegiando la consistencia con encuestas anteriores, por utilizar el año base original 1986 (basado en el SCN 1968) de las primeras encuestas e ir proyectando los ingresos de cada año siguiente de acuerdo a la variación de las entonces series vigentes (con sus respectivos referentes metodológicos) . La primera vez que se vio la necesidad de recurrir a este ajuste fue con ocasión de CASEN 2003, pues es la primer cambio de año base (de 1986 a 1996) y de referente metodológico (del SCN 1968 al SCN 1993) que se efectuaba durante la vida CASEN. Así al valor de cada partida de ingreso para el año 2000 (serie base 1986) se le aplicó la tasa de variación entre 2000 y 2003 implícita para esa misma partida (debidamente homologada) en la serie base 1996. El nivel resultante para 2003de cada tipo de ingreso fue, por ende, compatible con los de la serie antigua pero no necesariamente con los de la serie nueva. Luego en 2006 y 2009 se mantuvo el mismo criterio para efectos del ajuste de los ingresos de las encuestas, pero aplicando en ambas ocasiones la tasa de variación del marco de referencia para los períodos 2003-2006 y 2006-2009 derivada de los datos de cuentas nacionales ahora base 2003. Naturalmente para CASEN 2011 de la se opto por el mismo criterio (ahora bajo el SCN 2008). Otros ajustes adicionales que realizó CEPAL tienen más que ver con cuestiones que afectan a la comparabilidad de las variaciones que estos ingresos y gastos exhiben en el tiempo y no solo con la disparidad en el nivel que ya se comento. La razón de aquello normalmente se asocia a los

32

En cuanto al ingreso de la propiedad se asume que la discrepancia completa se concentra en el 20% de los perceptores de mayor ingreso, distribuida en proporción al ingreso autónomo de cada una. 33 Cuentas Nacionales se basa en INE-CELADE que estima una población de 17.248.450, mientras que la encuesta arroja 16.962.215


cambios implementados en la construcción de las cuentas nacionales tanto metodológico como de fuentes de información34 Habiendo explorado los orígenes de las diferencias en los ingresos de los hogares, reportados en la Encuesta Casen 2011 después de los ajustes de la CEPAL y las Cuentas Nacionales 2011 en base 2008, y considerando que la comparabilidad con encuestas anteriores no es relevante para este trabajo, se opto por escalar de manera sencilla y pareja las cifras de CASEN 2011 para que sean congruentes con el nivel de los datos de Cuentas Nacionales vigentes al 2011. Esta decisión se basa en suponer que los ajustes de CEPAL ya corrigen de la mejor forma posible la distribución del ingreso (y los posibles efectos que la subreportación y la falta de respuesta generan) y que por lo tanto no se incurre en una mayor distorsión al atribuir de manera proporcional al ingreso de cada hogar la diferencia de 20 billones que se genera entre CASEN 2011 y Cuentas Nacionales 2011.

34

Particularmente para CASEN 2011 los ajustes se centraron en el ingreso mixto y en la renta distribuida de las sociedades


Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 4. Superando la trampa del ingreso medio: cómo crecer más

Ilustración de algunos ejemplos de políticas pro crecimiento en sectores de recursos naturales renovables Jorge Quiroz1

1

Economista, socio principal de Quiroz y Asociados.


Sector Agrícola a) Tecnología Transgénica (Adopción de Tecnología). El pollo que consumen los chilenos, en más de un 50% es alimentado con maíz importado y en un 100% con soya importada. Prácticamente el 100% de esas importaciones vienen de maíces y soyas transgénicas. Pero en Chile, si bien está permitido multiplicar semillas transgénicas para ser exportadas (un negocio de algunos cientos de millones de dólares de exportación), no está permitido que los productores usen semillas transgénicas para ser vendidas a la agroindustria nacional que luego produce bienes para el consumo local. Así las cosas, se ha vedado artificialmente la posibilidad de aumentar rindes en remolacha, trigo, maíz y arroz, por nombrar los cuatro más relevantes. Ello se ha hecho por presión de ONG’s y otras organizaciones que han argumentado que el mundo cerraría sus puertas a Chile en caso que incursionase en tecnología transgénica. Ello es absolutamente falso. Es probable que la adopción de tecnología transgénica en estos cuatro rubros resulte, quizás, en la pérdida de exportación de semillas de maíz a Europa, pero aparte de ello, el impacto será una reducción de costos y, por ende, un aumento de productividad con un crecimiento de exportaciones de semillas transgénicas a destinos como USA, que más que compensarían el efecto de menores exportaciones a Europa. Agreguemos a ello que las nuevas tecnologías transgénicas son ahorradoras de agua. No nos confundamos: nadie pretende empujar o imponer la tecnología transgénica allí donde el mercado aún no la acepta o la mira con recelo (salmones, vinos, carnes, frutas), pero en los cuatro rubros en cuestión, estamos hablando de experiencias probadas por generaciones. Cómo se hace: decreto del SAG que autoriza la importación de esas semillas y decreto de Salud que las declara inocuas. b)

Contratos y Financiamiento (Fallas de Coordinación e Institucionales). Salvo en los casos de monopsonio (ej: Iansa), los contratos en agricultura no existen: si se acuerda al momento de la siembra un precio y el precio spot después sube, no pocos agricultores incumplen, al revés, los incumplimientos podrían venir de la agro industria. Ello impide el desarrollo de relaciones de largo plazo que incentiven a la agroindustria a la transferencia de tecnología. Un caso evidente es la Canola, cultivo relativamente nuevo, que en valor esperado da más retorno que el trigo, pero exige, por lo nuevo que es, una labor de transferencia tecnológica y de extensión importante, que no se paga si el contrato no se cumple. Tenemos entonces menos transferencia tecnológica desde la agro industria que la socialmente óptima. Ello es aplicable a todas las iniciativas nuevas: trigos de especialidad, canola, nichos de frutas orgánicas, etc. Un ejemplo en sentido contrario, que prueba precisamente el punto, son los contratos de avellanos, cuya superficie plantada se expandió ante la llegada a Chile de un comprador industrial de gran tamaño (transnacional); ello después se ha extendido por efecto de la


venida de otros compradores, pero la expansión inicial ocurrió en un contexto de virtual monopsonio. Entonces, la ausencia de contratos vinculantes, no sólo limita la transferencia tecnológica de la agro industria al campo, sino que también limita la introducción de nuevos cultivos de mayor valor agregado. Cómo se hace: introduciendo registro de contratos que se inscriben y son de público conocimiento, así como el gravamen sobre la cosecha. c) Productividad de la Mano de Obra (Instituciones y Capital Humano). Aquí hay dos temas: a) una normativa laboral poco apropiada al campo que limita los incentivos para el pago por resultado, y que limita la participación de la mujer que es esposa de un empleado del campo porque si trabaja una temporada, deja de ser “carga” y pierde beneficios sociales, y b) modelos de capacitación no adecuados, donde el que se capacita tiene que ir a donde se imparte el curso, y donde se ha subestimado el modelo de “trabajadores capacitan a trabajadores” (cosechadores de manzana Neozelandeses que le enseñen a cosechar a los trabajadores chilenos, como en su momento, la introducción del “tijerón de poda” de Nueva Zelandia mejoró la productividad de los bosques en Chile). Ambos temas están relacionados: la rentabilidad social de la capacitación es baja y poco atractiva para el trabajador si luego la propia normativa laboral le impide ganar todo lo que podría una vez que aprende las nuevas habilidades. Cómo se hace: con recursos Sence, recursos Corfo y aprobando el actual proyecto de ley de flexibilidad laboral en el campo que fue consensuado con gobierno, sector empresarial y representantes de los trabajadores agrícolas. d) Mercados Externos (Instituciones, Fallas de Coordinación). Los mercados en los productos agropecuarios se abren con diplomacia sanitaria y con adecuada gestión interna. Ejemplo: Chile firmó un acuerdo con la Unión Rusa donde sólo puede exportar productos lácteos de planteles libres de brucelosis. Chile no está libre de brucelosis, pero de Loncoche al Sur no hay más de 1.000 vacas con brucelosis. Con 300.000 dólares se compensa a esos agricultores (vacas a faena, no todas son decomisables, se paga la diferencia por concepto de vaca lechera). Se pone barrera sanitaria de Loncoche al Sur. Se certifica la zona sur entonces como libre de Leucosis y se abre un nuevo mercado. Ejemplos de este tipo son múltiples: ha habido ocasiones en que brotes de la mosca de la fruta han impedido exportar fruta desde ciertas zonas de la VI región, oportunidades en que la producción de cerdo hubo de ser liquidada en el mercado interno, un 30% por debajo de su costo de oportunidad de exportar, como resultado del affaire dioxina. Otro ejemplo es el cultivo de la trucha, donde Chile tiene especiales ventajas pero muy poco mercado, básicamente Japón que está estancado. En Estados Unidos, por lobby de los productores locales, la trucha no se puede vender como "salmon trout" sino como "steelhead", lo que supone un descuento de precio. Cómo se hace: mejorando la gestión SAG, Sernapesca y la diplomacia


sanitaria, poniendo sanciones en los incumplidores, poniendo en práctica el “fusil sanitario”, ubicando los nichos donde las brechas entre precios internos y de exportación son mayores, financiando lobby en los países de destino. e) Siembra en Camellones (Adopción tecnológica). El grueso de los cultivos en el mundo es de secano, y por ende, el grueso de la tecnología es de secano, y, equivocadamente, mucha de esa se adopta en Chile, país que tiene, comparativamente hablando, una proporción mucho mayor de sembríos bajo riego. La técnica de camellones es la adecuada para las zonas de riego. Relevante en cultivos como el maíz. Cómo se hace: Programa focalizado del INIA en maíz, VI Región.

f)

Uso Eficiente del Agua (Institucional y Fallas de Coordinación). El problema es la ausencia de fiscalización en la extracción ilegal de aguas subterráneas y el otorgamiento (corrupción) de derechos de agua en cuencas agotadas. Cómo se hace: incrementando las potestades de la DGA, mejorando su funcionamiento interno e instalando un Consejo supervisor.

g)

Frigoríficos (Instituciones, Fallas de Coordinación). El peso que existe sobre los frigoríficos de exportación en términos de costos es significativo, porque la lógica del SAG es doblemente perversa: a) carga al staff con veterinarios que deben estar presentes todo el tiempo, promedio seis funcionarios públicos por plantel y b) establece criterios de decomiso compatibles con los más exigentes estándares, en promedio se decomisa un 5% de la producción, razonable si todo fuera a Europa o Japón, pero ridículo si estamos hablando de exportaciones de cortes baratos a Ecuador o a Bostwana. A todo ello se agrega una discriminación contra los frigoríficos más grandes, donde los más pequeños infringen la normativa y además no son fiscalizados en materia de IVA. Cómo se hace: cambio en gestión del SAG, incrementar las penas, cambiar los veterinarios de tiempo completo por visitas sorpresa, relajar los criterios de decomiso según destino, reglas parejas por frigorífico.

h) Lecherías (Transferencia tecnológica). El programa de aplicar fósforo al suelo es asistencialista, está lleno de costos de intermediación, y nadie exige resultados. Un programa bien diseñado debiera tener la forma de un DL 701: se otorga fósforo y se controla el rinde de la pradera. Cómo se hace: a través de un programa Corfo, en coordinación con el Minagri. 4.2.2 Sector Silvícola

Sector Forestal


a) Plantaciones. Plantación de 200.000 hás año (Institucionalidad). Técnicamente, en las condiciones actuales, todavía podemos visualizar al sector forestal como una función de producción con productividad marginal acotada por abajo, de ahí el impacto positivo de este "crecimiento de frontera". Cómo se hace: prorrogando el DL 701 por diez años más (proyecto de Ley). Estableciendo reglamentos que sean constantes y tablas de costos que se adecuen a la realidad actual. Hoy se están forestando cerca de 40.000. Estamos hablando de un desafío no menor: 160.000 hás más por año. Esas hás vienen de tierras degradadas con productividad cercana a cero. La TIR social de un proyecto forestal es cercana al 10%. Pesca La ley larga de pesca, recientemente promulgada, se hace cargo de muchos de los problemas que existían en este sector. En particular, con el nuevo marco legal se reduce grandemente el grado de discrecionalidad de la Subsecretaría de Pesca para autorizar excepcionalmente pescas adicionales a las fijadas por cuota. Se aumentan también las facilidades para que la autoridad pueda ejercer una más efectiva fiscalización sobre el recurso (i.e. uso de GPS para todo tipo de embarcación). Adicionalmente, las cuotas, bajo la nueva ley, serán fijadas atendiendo a recomendaciones de paneles de científicos, sin la injerencia del propio sector productivo, como ocurría antes. Por su parte, a nivel industrial, se consolida un sistema de cuotas transables, reduciéndose los costos de transacción y se establecen mecanismos de licitación futuros para un 15% de éstas. Con todo, quedan aún en este sector aspectos por mejorar. Resulta inexplicable que no se admitan buques factoría en circunstancias que en períodos de baja biomasa como el actual, el buque factoría superar en todo sentido a la alternativa (“hielero”). Asimismo, el uso de buques factoría para abatir especies de bajo valor (jibia, lobo) que depredan las de mayor valor resulta del todo necesario, y su adopción, al menos para estos fines, no haría sino emular lo que son las mejores prácticas de países pesqueros exitosos como Islandia. Por último, debiera considerarse a más largo plazo la extensión universal de los derechos individuales de pesca, incluyen en esto al mundo artesanal.

Acuicultura

En la salmonicultura, después de la crisis del virus ISA, se adoptaron un conjunto de medidas legales y reglamentarias. Se suponía que las mismas debían propender a la formación de sectores productivos estancos, que pudiesen permitir a la autoridad ordenar una rápida cosecha en caso de enfermedades altamente contagiosas, limitando los daños a un sector determinado. Eso suponía que los estancos funcionasen efectivamente – que existiesen corredores efectivos – y que además ello fuese acompañado por una mayor inversión en infraestructura como ocurre en Noruega


(cosecha por tierra en caso de brotes). Adicionalmente, se suponía que el marco legal sería eficaz en términos de controlar los aumentos rápidos de carga (expansiones de biomasa), tal como ocurre en países con mejores prácticas.

Nada de ello ha ocurrido. Más bien, lo que se observa es un conjunto de normas que si bien incrementan fuertemente los costos, no tienen similares dividendos en términos de mayor seguridad sanitaria. Se precisa repensar el marco normativo, quizá incluso introducir regulaciones globales de carga, (con alícuotas individuales transables) y lograr que las macrozonas, compartimentos supuestamente estancos de producción, funcionen efectivamente como tales.


Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 6. Más competencia y protección efectiva de los consumidores

Informe comparado en derecho de la libre competencia Eduardo Escalona1

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Abogado asociado, estudio Philippi, Yrarrázaval, Pulido & Brunner.


I. ASPECTOS GENERALES 1. Marco normativo aplicable: i. EE.UU.: Sherman Antitrust Act (1890), Federal Trade Commission Act (1914) y Clayton Antitrust Act (1914), sin perjuicio de las leyes federales y estatales de libre competencia. ii. UK: Competition Act 1998 y Enterprise Act 2002. iii. Unión Europea: Tratado de la Comunidad Europea (TCE 1957) y Reglamento Comunidad Europea N°1/2003. iv. Canadá: Competition Act (1889). v. Australia: Trade Practices Act (1974) actualmente denominada Competition and Consumer Act (CCA). vi. Chile: Decreto Ley N° 211 (1973). 2. Determinación de mercado relevante, según normativa y jurisprudencia relevante: i. EE.UU.: La definición de mercado tiene dos componentes en los cuales se da la competencia, el mercado relevante del producto, en el que se identifican los bienes o servicios que compiten entre sí, y el mercado relevante geográfico, que identifica el área en la cual se lleva a cabo la competencia del producto. La importancia de determinar el mercado relevante, radica en determinar si los demandados serán o no capaces de obtener poder de mercado o poder monopólico, en el caso bajo análisis. La Corte Suprema estadounidense ha señalado que deben analizarse los bienes sustitutos del producto, excluyéndose aquellos en que una variación razonable del precio, implica un cambio de solo algunos compradores.2 Respecto del mercado geográfico se entiende que hay que estarse a la realidad comercial, así bajo ciertas circunstancias el mercado geográfico puede englobar la nación entera, pero bajo otras, solo una pequeña área. Para la determinación específica de tal mercado se utiliza en general el test de monopolista hipotético o SSNIP. ii. UK: La determinación del mercado relevante se realiza fijando aquellos productos o servicios que son sustitutos de aquel analizado, lo que sirve de base para la realización del test del monopolista hipotético o SSNIP. Cabe hacer presente que al momento de determinar el mercado relevante se 2

Times-Picayune Publ’ g Co. v. United States, 345 U.S. 594, 612 n.31. (1953)

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tiene en consideración aquellas decisiones tomadas anteriormente por la Office of Fair Trading, por la Competition Commission y por la Comisión Europea. iii. Unión Europea: Al igual que en UK, la Unión Europea usa el test del monopolista hipotético o SSNIP. Siguiendo esa línea pone especial hincapié en 3 variables: la sustituibilidad de la demanda, sustituibilidad de la oferta y competencia potencial. iv. Canadá: El mercado relevante se analiza desde la perspectiva del producto y desde la perspectiva geográfica. En cuanto al producto, se analizan los bienes sustitutos en el mercado respectivo y en cuanto al área geográfica, se determina según si los consumidores están o no dispuestos a adquirir el producto de vendedores ubicados a mayor distancia. (El SSNIP también es un criterio utilizado al momento de la determinación específica del mercado que se trata). v. Australia: La sección 4E de la CCA, señala que el concepto de mercado incluye aquellos bienes y servicios que son sustitutos de, o bien complementarios de, aquellos bienes y productos bajo análisis. Es decir pone un especial énfasis en la sustituibilidad. Además, señala que por mercado se entiende en Australia, independiente de que por la naturaleza de la situación deba ser analizado local o regionalmente. vi. Chile: Se entiende que conforman el mercado relevante el producto o grupo de productos respecto de los cuales no se encuentran sustitutos suficientemente próximos. Este se entiende delimitado por el área geográfica dentro de la cual sea probable ejercer poder de mercado respecto del producto o grupo de productos relevantes.3 II. AUTORIDADES 1. Quiénes son: i. EE.UU.: Federal Trade Commission (FTC), División Antimonopolios del Departamento de Justicia (en adelante “las agencias”), cortes federales y estatales. ii. UK: Office of Fair Trading (OFT), Competition Commission (CC), Competition Appeal Tribunal (CAT), Court of Appeal y House of Lords. iii. Unión Europea: Comisión Europea, Tribunal Europeo de Primera Instancia y Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). 3

FNE. Guía interna para el análisis de Operaciones de Concentración Horizontales, 2006.

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iv. Canadá: La Oficina de Competencia (Competition Bureau), el Tribunal de la Competencia, Abogado General de Canadá y cortes federales y provinciales. v. Australia: Australian Competition and Consumer Commission (ACCC) y Australian Competition Tribunal (ACT). También participan el Commonwealth Director of Public Prosecutor (CDPP), las cortes federales y el National Competition Council. vi. Chile: Fiscalía Nacional Económica (FNE), Tribunal de Defensa de la Competencia (TDLC) y Corte Suprema. 2. Funciones: i. Recibir denuncias: 1. EE.UU.: Las agencias en materia de libre competencia pueden recibir denuncias de particulares y realizar de oficio investigaciones que llevan a establecer denuncias. 2. UK: Las denuncias las recibe la OFT de particulares con interés legítimo o podrá iniciar investigación de oficio. 3. Unión Europea: Las denuncias las recibe directamente la CE, y al igual que en el caso de UK estas podrán ser hechas sólo por particulares con interés legítimo o bien podrá iniciarse por investigación de oficio. 4. Canadá: El Tribunal de la Competencia está facultado para recibir denuncias ya sea de particulares o del Comisionado de Competencia. (Persona a cargo de la Oficina de Competencia que recibe también denuncias de particulares). 5. Australia: La ACCC tiene competencia para recibir denuncias e iniciar investigaciones de oficio. 6. Chile: Tanto la FNE como el TDLC pueden recibir denuncias de quien tenga interés legítimo. ii. Autorizar operaciones de concentración y actuaciones: 1. EE.UU.: Las cortes federales o estatales son las que tienen competencia para conocer operaciones de concentración que han sido desafiadas por la agencias, por el abogado general del estado o por particulares y para establecer los remedios pertinentes.

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2. UK: Conoce en primera instancia la OFT, decisión que es recurrible ante la CC. En caso que se considere la fusión como relevante según la Enterprise Act 2002, sección 3 capítulo 1, artículo 23, la OFT deberá remitir el expediente a la CC. 3. Unión Europea: Las concentraciones con dimensiones comunitarias deberán ser pre-notificadas a la CE. Se podrá apelar de la resolución para ante la Corte de Primera Instancia. 4. Canadá: El Tribunal de la Competencia tiene competencia para autorizar fusiones que han sido impugnadas por la Oficina de Competencia, o bien para aprobar los acuerdos presentados por esta y las partes de la fusión. 5. Australia: La principal función del Tribual de la Competencia es conocer de las apelaciones en materia de aprobación de operaciones de concentración emitidas por la ACCC. También resuelven solicitudes de autorización de fusiones directamente y puede establecer medidas de mitigación. 6. Chile: Las operaciones de concentración son conocidas y aprobadas por el TDLC. iii. Atribuciones en materia de detección de carteles: 1. EE.UU.: La División Antimonopolio tiene competencia exclusiva para conocer de ofensas en materia de carteles que sean constitutivas de responsabilidad criminal. Existen abogados de la División dedicados a perseguir delitos (el Assistant Attorney General, Deputy Assistant Attorney General y el Director of Crime Enforcement) quienes trabajan conjuntamente con las Attorney’s Offices, oficinas encargadas principalmente de litigación. Tienen facultades especiales de investigación como la de solicitar ciertos antecedentes bajo sanciones de obstrucción de la justicia en caso de no ser entregados, solicitud de órdenes de allanamiento, entre otros. 2. UK: La OFT podrá: pedir información o documentos específicos a los particulares; entrar a los negocios y buscar información en relación a las investigaciones que actualmente realicen. (los detalles de los poderes de investigación están detallados en la guía de la OFT “Powers of investigation”)4.

OFT (2004): “Power of investigation” disponible en: http://www.oft.gov.uk/shared_oft/business_leaflets/ca98_guidelines/oft404.pdf. 4

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3. Unión Europea: La CE podrá solicitar información, entrar en los locales e inspeccionarlos, examinar documentos y archivos y obtener copias, sellar los locales o archivos durante un periodo determinado y solicitar explicaciones sobre hechos o documentos. 4. Canadá: La Oficina de Competencia, una vez investigadas las conductas de conspiración relativas a carteles las deriva al órgano persecutor canadiense (Public Prosecution Service of Canada), el que decidirá que conductas denunciará ante las cortes criminales. En materia de otros acuerdos entre competidores, que no caen dentro de las ofensas per se pero que puedan restringir sustancialmente la competencia, se puede perseguir la responsabilidad civil a través de acciones iniciadas por el Comisionado de Competencia ante el Tribunal de la Competencia. En este caso no se permiten acciones de particulares. 5. Australia: El CDPP determina que conductas va a perseguir como delitos de cartel. En esta tarea lo aconsejan la ACCC y las directrices de la Prosecution Policy of the Commonwealth. Además puede otorgar inmunidad a los denunciantes de carteles que cumplan con los requisitos establecidos. 6. Chile: La FNE, dentro de sus atribuciones de investigación en materia de carteles, puede allanar recintos públicos o privados, registrar e incautar toda clase de objetos o documentos e interceptar comunicaciones, para lo cual se requiere aprobación del TDLC y luego autorización de un Ministro de Corte de la Apelaciones que corresponda. iv. Métodos de cumplimiento o enforcement: 1. EE.UU.: Las autoridades encargadas de que se cumpla la ley son las agencias en materia de libre competencia. En materia de operaciones de concentración el encargado de velar por el cumplimiento de los remedios establecidos es el Asesor General (General Counsel’s Office) quien colabora y supervisa a la División Antimonopolios. Si esta detecta el incumplimiento de los remedios acordados para la operación se pueden deducir acciones tanto civiles como criminales. Por último, en materia de carteles existen acuerdos bilaterales de cooperación y coordinación con Canadá, Australia, Alemania, la Comunidad Europea, Japón y México, entre otros, que tienen por objeto regular el intercambio de información entre las agencias, coordinación de investigaciones paralelas y discusión de cuestiones relativas a actividades de cumplimiento.

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2. UK: La autoridad encargada de perseguir que se cumpla la ley es la OFT, quien podrá entre otros: instruir a que se terminen aquellos actos que violan la legislación de competencia; imponer medidas provisionales a fin de resguardar la competencia y el procedimiento durante el curso de una investigación; aceptar compromisos propuestos por las partes, los cuales son vinculantes; e imponer sanciones económicas. Es la misma OFT quien vigilará su cumplimiento de cualquier medida impuesta por esta o por la CC. 3. Unión Europea: La para asegurar el cumplimiento de la normativa de libre competencia y de las decisiones adoptadas por los diferentes órganos, la CE podrá practicar las siguientes medidas: solicitar toda la información que crea necesaria de las empresas o asociaciones de empresas; recabar declaraciones; acceder a todos los locales, terrenos y medios de transporte de las empresas y asociaciones de empresas; examinar los libros y cualquier otra documentación profesional, cualquiera que sea su soporte material; hacer u obtener copias o extractos en cualquier formato de dichos libros o de la documentación; colocar precintos en cualquiera de los locales y libros o documentación de la empresa durante el tiempo y en la medida necesarios para la inspección; solicitar a cualquier representante o miembro del personal de la empresa o de la asociación de empresas explicaciones sobre hechos o documentos relativas al objeto y la finalidad de la inspección y guardar constancia de sus respuestas. 4. Canadá: Las principales autoridades encargadas del cumplimiento de la ley de libre competencia son la Oficina de Competencia y el Tribunal de Competencia. En materia de operaciones de concentración, la Oficina de Competencia deberá velar por el cumplimiento de los remedios para lo cual podrá entrevistar a los directores o empleados de las empresas fusionadas. En caso de que exista algún conflicto relativo a la interpretación de un remedio, la Oficina solicitará al Tribunal de la Competencia que lo aclare. Por último, si no se cumplen los remedios, la Oficina de Competencia podrá desafiar la operación ante el Tribunal por daños sustanciales a la libre competencia. En materia internacional se han firmado acuerdos de cooperación con Nueva Zelanda, Australia, México, entre otros. Además el tratado de Ayuda Mutua en Asuntos Criminales (The Mutual Legal Assistance on Criminal Matters Treaty) suscrito con Estados Unidos permite a los agentes persecutores utilizar poderes de investigación en representación de la otra jurisdicción.

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5. Australia: Las principales autoridades encargadas del cumplimiento de la ley de libre competencia son la ACCC y el Tribunal de la Competencia. En materia de operaciones de concentración la ACCC debe velar por el cumplimiento de los remedios a los que una operación quedó sujeta. Para esto tiene facultades para solicitar la revocación o alteración de medidas en caso de que cambien las circunstancias tenidas a la vista al momento de otorgar la autorización. En materia internacional, la ACCC participa activamente de la International Competition Network y ha firmado acuerdos de colaboración con varias naciones. 6. Chile: Las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de la ley son la FNE y el TDLC. En materia de operaciones de concentración es la FNE la que debe fiscalizar que se cumplan las medidas de mitigación o remedios establecidos y en caso de incumplimiento deducir un requerimiento ante el TDLC. En materia de promoción de la libre competencia, la FNE ha celebrado acuerdos de cooperación con Cañada, EE. UU. México, España, entre otros. III. ÓRGANOS JURISDICCIONALES 1. Quiénes pueden presentar un caso: i. EE.UU.: Es necesario distinguir entre: (a) gobierno federal: el caso puede ser presentado por el Departamento de Justicia o la FTC, (b) gobiernos estatales: el caso es presentado por el Abogado General, y (c) los particulares pueden presentar casos tanto en las cortes federales como estatales. ii. UK: Puede ser iniciado por particular interesado o de oficio por la autoridad. iii. Unión Europea: Puede ser iniciado por particular interesado o de oficio por la autoridad. iv. Canadá: Puede ser iniciado por particulares y por el Comisionado de Competencia. v. Australia: Aunque los particulares pueden establecer denuncias, la ACCC es la principal encargada de denunciar los atentados contra la libre competencia. vi. Chile: Puede ser iniciado por un particular o por la FNE. 2. Quién conoce y resuelve los casos: i. EE.UU.: Cortes federales y estatales.

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ii. UK: Conoce y resuelve la OFT y dicha decisión puede ser apelada ante el CAT. Posteriormente, si se le otorga permiso puede recurrir ante la Court of Appeal y luego ante la House of Lords y eventualmente llegar a la TJUE. iii. Unión Europea: Conoce y resuelve la CE y la decisión será revisable por el TJUE. iv. Canadá: el Tribunal de la Competencia tiene autoridad para conocer causas, presentadas por el Comisionado o particulares que digan relación con negativas a contratar, fijaciones de precios, ventas atadas, cláusulas de contratación exclusorias y otras restricciones al mercado. v. Australia: Cortes federales. vi. Chile: El TDLC conoce y resuelve los casos y la decisión es revisable por la Corte Suprema. 3. Elementos destacables del proceso: i. EE.UU.: El proceso se rige por las leyes procesales civiles y criminales federales. ii. UK: La revisión judicial en UK es innecesariamente amplia, con independencia que en la práctica la gran cantidad de recursos procesales disponibles no sean de libre acceso. El diseño recursivo, a nuestro parecer, es extremadamente amplio y ello puede conllevar a dilación y pérdida de tiempo y dinero. iii. Unión Europea: Antes de adoptar las decisiones, la CE ofrecerá a las empresas o asociaciones de empresas sometidas al procedimiento instruido por la Comisión la oportunidad de manifestar su opinión con respecto a los cargos que les sean imputados por la Comisión, con lo cual se les da la posibilidad, luego de haberse desarrollado el procedimiento, de aportar información útil al proceso. iv. Canadá: Las reglas del procedimiento las establece un Tribunal Superior de la provincia o la Cortes Federales. v. Australia: El proceso se rige por las leyes procesales civiles y criminales federales. vi. Chile: El Decreto Ley 211 establece reglas de procedimiento tanto para causas contenciosas como para los casos de consultas. 4. Aplicación de la regla per se o bien la regla de la razón:

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i. EE.UU.: Al tenor de la sección 1 de la Ley Sherman se ha entendido que la fijación del precio mínimo de reventa es ilegal per se no así la fijación del precio máximo de reventa que debe analizarse según la regla de la razón, en base a jurisprudencia reciente.5 ii. UK: Se aplica mayoritariamente la regla de la razón, no encontramos caso alguno en que se haya aplicado la regla per se. iii. Unión Europea: No existe verdadera claridad, si bien de la interpretación de la norma se desprende que en algunos casos se podría aplicar la regla per se, los tribunales han sido vacilantes al momento de aplicar dicha regla o la de la razón. iv. Canadá: Actualmente la manipulación de licitaciones constituye un ilícito per se, al igual que ciertas conductas constitutivas de colusión reguladas en el artículo 45. Hasta el año 2009, la fijación del precio de reventa también era considerada una conducta anticompetitiva per se. v. Australia: Aplicación de la regla de la razón. vi. Chile: Aplicación de la regla de la razón. No existen conductas que sean constitutivas de un hecho ilícito per se. 5. Recursos que proceden contra la sentencia definitiva y quién conoce: i. EE.UU.: Proceden recursos de apelación que se conocen por las cortes de apelaciones federales. ii. UK: Contra la resolución de la OFT procede apelación ante el CAT, sobre esta decisión si se le otorga puede llevarse el asunto ante la Court of Appeal y posteriormente ante la House of Lords quien dicta una resolución la cual a su vez puede ser revisada por el TJUE. iii. Unión Europea: En caso de apelación, de la decisión de la CE conocerá el TJUE. iv. Canadá: Proceden recursos de apelación que se conocen por las cortes de apelaciones federales o provinciales. v. Australia: La apelación en caso de fusiones la conoce el Tribunal de Competencia. En caso de sentencias por prácticas anticompetitivas tienen competencia las cortes de apelaciones federales. 5

Leegin Creative Leather Products Inc. c. PSKS Inc. dba Kay´s Klosset, 551 U.S. 877. (2007)

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vi. Chile: Contra la sentencia del TDLC procede el recurso de reclamación del cual conoce la Corte Suprema. IV. OPERACIONES DE CONCENTRACIÓN (FUSIONES Y ADQUISICIONES) 1. Normativa que regula el control de las operaciones de concentración: i. EE.UU.: Sección 7 de la Clayton Act, Secciones 1 y 2 de la Sherman Act, Sección 5 FTC Act, Ley Hart-Scott-Rodino (1976) Horizontal Merger Guideline y Non-horizontal Merger Guideline. ii. UK: Enterprise Act 2002. iii. Unión Europea: Reglamento (CE) N° 139/2004 del Consejo o Reglamento Comunitario de Concentraciones, Directrices sobre la evaluación de las concentraciones horizontales con arreglo al reglamento del Consejo y Directrices sobre la evaluación de las concentraciones no horizontales con arreglo al reglamento del Consejo sobre el control de concentraciones entre empresas. iv. Canadá: Artículo 91 y siguientes de la Competition Act y Merger Enforcement Guideline (octubre 2011.) v. Australia: Sección 50 CCA. y ACCC Merger Guidelines (noviembre 2008). vi. Chile: Guía interna para el análisis de Operaciones de Concentración de la FNE. (octubre 2006)

2. Tipos de regímenes de notificaciones según país (voluntario, obligatorio o mixto): i. EE.UU.: La Horizontal Merger Guideline establece ciertos criterios, relativos a la concentración de mercado, para determinar cuando las agencias van a revisar la operación por riesgos a la libre competencia. Así, cuando a consecuencia de la operación se produzca una concentración moderada (variación del índice HHI en más de 100 puntos) o bien alta (variación del índice HHI entre 100 y 200 puntos) la operación caerá bajo el escrutinio de la agencias. Cuando la variación del HHI supera los 200 puntos se presume que la empresa resultante adquirirá poder de mercado, la que podrá ser rebatida por las partes. Por su parte, la Ley H-S-R establece tres criterios para determinar cuando se requiere notificar previamente a la agencias para llevar a delante la operación. Los criterios se conocen como: el test del

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comercio, test del tamaño de las partes y test del tamaño de la transacción.6 Presentada la notificación la ley establece un “periodo de espera” para el estudio de los antecedentes. Si realizado el estudio, las agencias deciden no desafiar la transacción, igualmente podrán hacerlo el abogado general del estado o los particulares en caso de considerarla contraria a la libre competencia. Las agencias además están facultadas para negociar acuerdos con las partes que permitan establecer los remedios tendientes a evitar los efectos anticompetitivos de la fusión. Estas negociaciones dan lugar a los llamados “Decretos de Consentimiento” y pueden ser acordados durante el periodo de investigación de las agencias o bien, una vez desafiada la transacción. Los particulares, competidores a las partes de la operación, también pueden desafiar la transacción en caso de que se produzcan daños derivados de los efectos anticompetitivos de la misma. Por último, el abogado general del estado también tiene autoridad para desafiar una operación que dañará sustancialmente la competencia en ese territorio. La Asociación Nacional de Abogados Generales tiene su propia Horizontal Merger Guidelines (promulgada en 1993) la que ha ido convergiendo con los criterios establecidos en las guías de las agencias. En general los abogados generales actúan conjuntamente con las agencias federales, sin perjuicio de que podrán desafiar una operación o bien, negociar remedios con las partes de forma independiente. UK: Tienen régimen voluntario de consultas7, deberán notificar y deberán consultar a la OFT cuando la empresa tiene un volumen de negocio de más de 70 millones de libras esterlinas, o cuando ambas empresas funcionen en el mismo mercado y la suma de sus participaciones sea de 25%. En ese mismo sentido si la fusión es clasificada como relevante por la OFT esta derivará el caso para que lo conozca la CC, quien a la vez funciona como órgano revisor de las decisiones de la OFT.8 ii. Unión Europea: Tiene un régimen obligatorio, en el cual deberán consultar todas aquellas fusiones que tengan carácter de comunitario. Tendrán carácter comunitario aquellas empresas que reúnan las siguientes características: Así por ejemplo, el test del tamaño de las partes establece ciertos umbrales de ventas netas anuales tanto para la empresa adquiriente como adquirida. Superados estos, y cumplidos los demás criterios se hace necesaria la notificación. Véase ABA Section of Antitrust Law, Antitrust Law Developments (6th. Ed.2007) Chapter 3 – Mergers and Adquisitions. 7 OFT (2008): Mergers - jurisdictional and procedural guidance Draft guidance consultation document, parágrafo 4.2. 8 “In cases where the merger is not notified to the OFT, but where the OFT learns of it through another route, the OFT will consider whether to investigate the case by sending the acquiring party or parties an enquiry letter. In making a decision whether to send an enquiry letter, the OFT will consider whether the case in question is one in which there is any OFT526con 43 prospect that its duty to refer may arise. Such own initiative investigations (not dependent on prior notification) are likely to be commenced by the OFT where it has reasonable grounds to believe a relevant merger situation (as defined under the Act) exists and where substantive competition concerns may be raised.” OFT (2008): Mergers - jurisdictional and procedural guidance Draft guidance consultation document, parágrafo 4.13. 6

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- Su volumen de negocio total de ambas empresas supere los 5.000 millones de euros. - El volumen de negocios total a escala comunitaria hecho por al menos solo una de las partes supere los 250 millones de euros. - Salvo que cada una de las partes realice más de dos tercios de su volumen de negocios total comunitario en un mismo Estado miembro9. Conocerá en primera instancia la CE, posteriormente y por medio de la apelación, podrá conocer el TJUE. iii. Canadá: Las fusiones se analizan de acuerdo a si la competencia se verá o tenderá a verse sustancialmente disminuida en el mercado relevante. Esto es, si las partes de una fusión podrán ejercer poder de mercado a gran escala o no después de completada la operación. La Oficina de Competencia no impugnará la fusión, por preocupaciones de abusos unilaterales, si la participación de mercado de las empresas post-fusión es menor al 35%. En materia de prácticas concertadas, no se impugnará la fusión si la concentración de mercado de las 4 principales empresas no supera el 65% o si la participación de las empresas fusionadas no supera el 10%. En caso contrario, la Oficina de Competencia puede negociar directamente con las partes los remedios para la fusión en cuyo caso el “Acuerdo” es presentado ante el Tribunal para su aprobación. Este puede rechazarlo si considera que los remedios no son suficientes. Además, la Oficina de Competencia puede presentar una solicitud ante el Tribunal para que se rechace la fusión si considera que esta disminuirá sustancialmente la competencia. Por último, este organismo tiene la facultad de presentar una petición ante el Tribunal para temporalmente prevenir que las partes se fusionen hasta que decida si impugnará o no la fusión. En caso de ciertas operaciones en las cuales se traspasan ciertos umbrales específicos en cuanto al tamaño de la empresa considerando sus filiales y el tamaño de la transacción (requisitos que se miden en ingresos anuales en, desde, y hacia Canadá) y caen además dentro de las 5 categorías descritas, existe un sistema de notificación obligatoria de la fusión.10 iv. Australia: Si bien no existe un procedimiento de notificación obligatoria, esto no impide que la ACCC pueda iniciar una investigación por su propia cuenta. Sin perjuicio de lo anterior, las directrices de la Comisión indican que la notificación se debe hacer con amplia anticipación, en caso de fusiones en que los productos de las empresas sean sustitutos o bien complementarios y después de la fusión esta pase a detentar una cuota de mercado superior al 20% en el mercado relevante.11 Actualmente las partes de una operación de Véase Reglamento N° 139/2004, artículo 1. Véase artículo 108 y siguientes de la Ley de Competencia canadiense. 11 Sin perjuicio de que la recomendación para notificar una operación de concentración está dada precisamente por el carácter de sustitutos o complementos de los productos de las empresas que se fusionan 9

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concentración tienen tres vías para obtener la valoración respecto de la misma. En primer lugar existe la aprobación informal (informal clearance) en la cual se solicita a la ACCC un pronunciamiento respecto de si la operación presenta riesgos bajo la sección 50 del CCA que pudiera detener la fusión. En segundo lugar, existe la aprobación formal (formal clearance) para la cual se presenta una aplicación ante la ACCC. La ACCC va a conceder la aprobación sólo si tiene la convicción de que la operación no va a disminuir, o tender a disminuir sustancialmente la competencia. En tercer lugar, existe el sistema de autorización de concentración (merger autorization) en el que las partes presentan una solicitud directamente ante el Tribunal de Competencia, el cual autorizará la operación según los beneficios que conlleve esta para el público debiendo solicitar previamente un informe a la ACCC. v. Chile: No existe un sistema de notificación obligatorio, las consultas son voluntarias y sobre ellas se pronuncia el TDLC, debiendo la FNE presentar un informe sobre la operación consultada. Las consultas pueden ser iniciadas por terceros distintos a las partes de la operación, ya sea la FNE u otra entidad. Según la guía de la FNE, esta descartará un análisis de la operación cuando no se sobrepasen determinados umbrales de concentración de acuerdo al índice HHI. Una vez analizada la operación, el TDLC puede autorizar, rechazar o bien autorizar la operación sujetándola a medidas de mitigación. 3. Efectos de los regímenes de control de fusiones: i. EE.UU.: Obtenida la autorización para llevar adelante una operación de concentración, esta se entiende hecha de conformidad a la ley y no puede ser atacada con posterioridad, salvo se de un incumplimiento de los remedios establecidos por las autoridades. ii. UK: Obtenida la autorización, la operación de concentración se puede realizar y no se pueden volver a revisar los efectos particulares de la misma. iii. Unión Europea: En caso que se apruebe una concentración por la CE se entiende que no infringe la ley, y salvo que no se cumplan los remedios impuestos en la autorización, esta operación de concentración no podrá ser atacada por infringir el derecho de competencia.

y por el 20% de participación post fusión en el mercado relevante, la ACCC ha establecido ciertos umbrales de concentración para entender cuando puede darse un daño sustancial a la competencia. Al respecto ha señalado que operaciones en que el índice HHI no supere los 2000, o bien sea superior pero con un delta inferior a 100, no generan preocupaciones en materia de libre competencia. Ahora bien, los umbrales de concentración se analizan en junto con los demás factores establecidos en la Guía de Fusiones.

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iv. Canadá: Obtenida la autorización para llevar adelante una operación de concentración, esta se entiende hecha de conformidad a la ley y no puede ser atacada con posterioridad, salvo se de un incumplimiento de los remedios establecidos por el Tribunal de Competencia. v. Australia: Obtenida la aprobación o autorización la operación se entiende hecha de conformidad con la ley y no puede ser atacada con posterioridad. En el caso de la aprobación formal, la operación no podrá se objeto de una acción posterior ante el Tribunal. Sin embargo, la aprobación puede ser revocada, o bien sustituida por una nueva, en caso de no cumplirse con alguno de los remedios establecidos en ella o en caso de un cambio de las circunstancias que se tuvieron a la vista para otorgarla. vi. Chile: Obtenida la autorización para llevar adelante una operación de concentración, esta se entiende hecha de conformidad a la ley y no puede ser atacada con posterioridad, salvo se de un incumplimiento de los remedios establecidos por las autoridades. b. Remedios: i. EE.UU.: En general, la doctrina de las agencias distingue entre los que son los remedios estructurales y los de conducta entendiéndose que existe una amplia variedad de remedios atendidos las distintas formas de operaciones que existen. Así, comúnmente se clasifican como remedios estructurales: desinversión de ciertos activos, desinversión de una entidad comercial existente, desinversión de activos intangibles o derechos, entre otros. Dentro de los remedios de conducta caben: disposiciones tendientes a evitar la difusión de información por ejemplo en el caso de fusiones verticales, en el mismo caso son comunes también las provisiones no discriminatorias en cuanto a accesos y términos comerciales que se negocien con otras empresas aguas abajo, concesiones de licencias obligatorias, prohibiciones de determinadas prácticas contractuales, etc. En algunos casos los remedios más efectivos son los llamado “remedios híbridos” que incluyen remedios estructurales y de conducta. Además las cortes han señalado que en escoger un remedio efectivo es necesario considerar el tiempo en el que deberá hacerse efectivo, establecer quienes serán compradores potenciales y la posibilidad y condiciones de monitoreo posterior.12 ii. UK: Los remedios que se pueden aplicar en la UK son similares en caso que se apliquen por la OFC o por la CC. Esta última explica sus facultades por medio del siguiente esquema:

Véase Antitrust Division Policy Guide to Merger Remedies, Department of Justice, Antitrust Division. Junio 2011. 12

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iii. Unión Europea: No hay mayor detalle legal respecto a las condiciones que puede imponer la CE con el fin de autorizar la concentración, entendiéndose que posee amplias facultades. Sin embargo, puede sancionar hasta con un 10% del volumen del negocio total anual a escala mundial cuando no cumplen la orden de suspender la ejecución de una fusión mientras la Comisión lo examina, o cuando consuman una fusión que ha sido prohibida por la Comisión. La Comisión puede también imponer el pago periódico de penas de hasta el 5% del volumen de negocios total medio diario a nivel mundial por cada día que dure la infracción. Se pueden imponer multas de hasta el 1% del volumen de negocios total mundial, como por ejemplo cuando entregan información engañosa o incorrecta. Si se realiza una fusión anticompetitiva, la Comisión puede solicitar se disuelva dicho acto y además imponer medidas para restablecer las condiciones de competencia efectiva. iv. Canadá: En el caso de una fusión ya realizada el Tribunal puede ordenar la disolución de la fusión o bien la venta o liquidación de ciertos activos. En el caso de una fusión consultada el Tribunal puede ordenar no proceder con la fusión o bien no proceder con parte de la fusión. En los caso de negociación con la Oficina de Competencia esta puede ordenar una desinversión parcial o completa, terminación de contratos con características exclusorias, entre otros. v. Australia: La ACCC puede aprobar una operación de concentración sujetándola al cumplimiento de ciertas condiciones tendientes a reducir o eliminar las preocupaciones en materia de competencia. Los partes, en caso de disconformidad pueden solicitar al Tribunal que las revise. En el caso de una autorización de concentración el Tribunal también puede autorizar la operación con condiciones específicas tendientes a asegurar que los beneficios de esta superen la disminución de la competencia. Competition Commission (2008): “Merger remedies”, disponible en: http://www.competitioncommission.org.uk/assets/competitioncommission/docs/pdf/non-inquiry/rep_pub/rules_and_guide/pdf/cc8, p. 12 13

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vi. Chile: La FNE, una vez identificados los posibles riesgos de abusos unilaterales y de coordinación, puede proponer remedios específicos a la operación. El TDLC, por su parte, tiene amplias facultades para establecer los remedios a los que quedará sujeto la operación. V. DELACIÓN COMPENSADA O LENIENCY POLICY 1. Requisitos: i. EE.UU.: Se distingue entre dos tipos de indulgencias. El “tipo A” tiene los siguientes requisitos: a) que las agencias no han recibido información previa sobre el ilícito, es decir, requiere ser el primero en denunciar la conducta ilícita, b) la empresa requiere terminar inmediatamente su participación en la conducta ilícita, c) la empresa debe cooperar durante toda la investigación de manera completa y continuada, d) la denuncia debe ser un acto de la empresa, no se considera de la empresa si es la denuncia de alguno de sus empleados, e) la empresa deberá restituir, de ser posible, y f) la empresa no debe haber sido el líder u originador de la conducta ilícita, ni tampoco debe haber forzado a otros a participar en ella. En el caso del “Tipo B” de haberse ya iniciado la investigación se requiere: a) ser el primero en acercarse a las agencias y denunciar la conducta, b) las agencias no deben tener evidencia contra la empresa que pueda resultar en una convicción sustancial, y los demás requisitos señalados anteriormente. Por último, es posible también solicitar inmunidad individual en caso de que la persona actúe a nombre propio y no en representación de la empresa y las agencias no hayan recibido aun información del ilícito de una fuente distinta.14 ii. UK: Para recibir el beneficio completo debe ser el primero en delatarse, esto debe hacerse posteriormente al inicio de la investigación, pero con anterioridad a la presentación del pliego de cargos. Reciben la mitad del beneficio aquellos que no llegan primero a delatarse y lo hacen con anterioridad a la presentación de cargos o aquellas empresas que no cumplen con todos los requisitos anteriormente señalados. iii. Unión Europea: La empresa beneficiaria debe ser la primera en brindar información y elementos de prueba que, a juicio de la Comisión, permitan efectuar una inspección oportuna orientada sobre el presunto cartel; o que determine la existencia de una infracción del artículo 101 del Tratado de la CE en relación al presunto cartel. Además de ello, desde el momento en que presente su solicitud, la empresa cooperará verdadera, completa,

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Véase Corporate Leniency Policy, Department of Justice. Agosto 1993.

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permanente y diligentemente durante todo el procedimiento con la Comisión.15 iv. Canadá: a) Solo el primero en acercarse a la Oficina de Competencia podrá gozar de inmunidad por ofensas en materia de carteles. El resto de los investigados que coopere podrá obtener rebajas en sus penas, b) para que la Oficina de Competencia presente la petición de inmunidad ante el órgano persecutor canadiense (Public Prosecutor Service) se requiere que el individuo o la empresa haya dejado de participar en el cartel y se declare culpable, c) se requiere que la cooperación con la investigación sea completa, veraz y oportuna, y d) el solicitante no debe haber forzado o otros a cometer actos ilícitos.16 v. Australia: a) solo el primero en acercarse a la ACCC tiene acceso a la inmunidad, b) el solicitante debe cooperar de forma completa, es decir no puede retener información, sincera y expedita, c) el solicitante no puede haber sido el líder del cartel o haber forzado a otros para que se unieran, y d) debe haber cesado o cesar en la comisión de la conducta. En caso de que otras personas quieran cooperar, sin ser las primeras en acercarse a la ACCC, sus penas civiles y penales pueden verse rebajadas.17 vi. Chile: Para acceder a los beneficios de la delación compensada se debe (i) proporcionar antecedentes veraces, precisos y comprobables, (ii) abstenerse de divulgar la solicitud de este beneficio hasta que la FNE formule requerimiento o archive los antecedente, y (iii) poner fin a su participación en la conducta de manera inmediata. 2. Efectos: i. EE.UU.: En el caso del “Tipo A” se concederá inmunidad automática a todos los directores, oficiales y empleados de la empresa que reconozca su actuar ilegal. En el caso del “Tipo B” se podrán otorgar las mismas inmunidades que en el “Tipo A” o bien, una reducción de las penas. ii. UK: Se podrá reducir hasta el 100% de la sanción, solo en caso que se hayan cumplido los requisitos anteriormente señalados y con discrecionalidad de la OFT.

Unión Europea (2006) “Comunicación de la Comisión relativa a la dispensa del pago de las multas y la reducción de su importe en casos de cártel” 2006/C 298/11, Arts. 8 y 12. 16 Véase Bureau’s Imunity Program under the Competition Act. agosto 2009. 17 Véase ACCC Inmunity Policy Interpretation Guideline, julio 2009 y Prosecution Policy of the Commonwealth 15

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iii. Unión Europea: Respecto de la primera empresa que aporte valor añadido significativo se le reducirá la multa entre 30%-50%, a la segunda empresa 20%-30%, y a las siguientes empresas que aporten valor añadido significativo se les beneficiará con una reducción de hasta el 20%.18 iv. Canadá: Es el órgano persecutor quien decide si se concede o no la inmunidad. Respecto de las multas, la Oficina de Competencia solicitará, para el primero en acercarse, una rebaja del 50% de la multa que se habría recomendado, para el segundo se solicitará una multa rebajada en un 30% y para los restantes dependerá de la colaboración otorgada por cada uno. v. Australia: Al cumplir estos requisitos se asegura la inmunidad frente a sanciones civiles, por procesos instruidos por la ACCC. Respecto de la inmunidad para sanciones penales, es la CDPP quien la determina siguiendo los mismos principios aplicados por la ACCC. vi. Chile: Cumplidos los requisitos, el primero en aportar los antecedentes a la FNE podrá acceder a la exención de la multa. Para poder acceder a una reducción, los demás interesados deberán aportar antecedentes adicionales a los acompañados por el primer aportante. Sin bien la delación compensada es una herramienta eficaz para detectar casos de colusión y ha tenido un gran éxito tanto en Estados Unidos como en Europa dado el aumento significativo en las denuncias de colusión desde su implementación19, hacemos la prevención de que en Chile dicha herramienta no está funcionando adecuadamente. Lo anterior se debe a que si bien la ley exime de la pena de multa, no otorga inmunidad en materia penal. A propósito del Caso Farmacias, y dado el impacto público del mismo, el Ministerio Público inició acciones contra las cadenas de farmacias alegando la infracción del artículo 285 del Código Penal, el que sanciona, con una pena privativa de libertad, a quien por medios fraudulentos consiguiera alterar el precio natural de un producto. Es decir, quien delata su actuar colusorio quedará exento de la multa aplicable en el ámbito de la libre competencia, pero nada lo exime de la pena de cárcel. VI. PROGRAMAS DE COMPLIANCE Unión Europea (2006) “Comunicación de la Comisión relativa a la dispensa del pago de las multas y la reducción de su importe en casos de cártel” 2006/C 298/11, Art. 26. 19 “En Estados Unidos se pasó de una denuncia de colusión al año, a una al mes, y luego de seis meses aumentó a 20 al mes. Aumentaron las denuncias en un 200 por ciento. En Europa, (…) de los últimos 70 casos de colusión, 67 han sido vía delación compensada. Cuando el sistema se introdujo en España, uno de los últimos países en incorporarla, el impacto fue tan fuerte, que había 10 abogados durmiendo afuera del equivalente a la Fiscalía Nacional Económica, esperando anotarse primeros, el día que comenzaba a regir.” Informe de la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo constituida en especial investigadora a fin de analizar las últimas denuncias que podrían estar afectando la libre competencia. P 6. 18

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1. EE.UU.: Las políticas de cumplimiento se encuentran tratadas en la Sentencing Guideline, noviembre de 2011, emitida por la Comisión Sentenciadora de Estados Unidos.20 Esta establece estándares mínimos para cumplir con un programa de compliance consistentes en el establecimiento de estándares de conducta y procedimientos de cumplimiento claros y en la participación y responsabilidad de altos ejecutivos de la empresa. Además se requiere de una persona encargada de velar por el cumplimiento del programa y de realizar reportes periódicos a los altos ejecutivos y del establecimiento de un sistema público, que puede incluir formas de anonimato o confidencialidad, para reportar conductas contrarias a la libre competencia. Por último esta debe ser promovida a través de incentivos para su cumplimiento y medidas disciplinarias en caso contrario. Un programa de compliance efectivo puede llevar a una reducción de las multas aplicadas. 2. UK: El Reino Unido tiene un sitio especial dentro de la web site de la OFT dedicado al compliance21, los cuales recorren la mayoría de los temas relacionados con competencia, desde directorios de sociedades hasta carteles. En las guías se recomiendan 4 pasos para realizar un compliance o programa de cumplimiento efectivo: Identificar riesgos, evaluar riesgos, mitigación de riesgos y revisión. De la aplicación de programas de cumplimiento no se generan automáticamente consecuencias positivas para la empresa, tampoco negativas. Sin embargo, en caso que el programa haya sido bien ejecutado puede generar el importe de una sanción pecuniaria. 3. Unión Europea: La UE, al igual que UK, tiene un sitio web especializado relativo a compliances o programas de cumplimiento22, sin embargo, lamentablemente, no tiene el desarrollo que encontramos en la OFT. Los programas de cumplimiento no entregan ningún beneficio formal a aquellos actores del mercado que los implementen. 4. Canadá: Las principales recomendaciones en materia de compliance están contenidas en el Boletín Corporate Compliance Program, de septiembre de 2010, emitido por la Oficina de Competencia. En él se establecen 5 requisitos básicos para considerar un programa de La United States Sentencing Commission es una agencia independiente, dentro del poder judicial, formada por ex ministros cuya principal función es establecer políticas y prácticas sentenciadoras para el sistema de justicia criminal federal. 21 http://www.oft.gov.uk/OFTwork/competition-act-and-cartels/competition-law-compliance 22 http://ec.europa.eu/competition/antitrust/compliance/index_en.html 20

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compliance creíble a saber; a) apoyo y participación de altos ejecutivos, b) establecimiento de políticas y procedimientos de cumplimiento, c) entrenamiento y educación, d) mecanismos de monitoreo, auditorías y reportes, y e) procedimientos disciplinarios y de incentivos que sean consistentes. La mera existencia de un programa no es suficiente para la recomendación de una rebaja de las penas. Sin embargo, la existencia de un programa creíble que demuestre que las practicas investigadas atentan contra la política de la empresa, puede ser considerado para mitigar las penas. 5. Australia: Las principales recomendaciones en materia de compliance están contenidas en el documento emitido por la ACCC, Corporate Trade Practices Compliance Program de noviembre de 2005. El programa distingue entre cuatro planillas, planillas del nivel 1 al 4, que han sido diseñadas para las empresas según su tamaño y otros elementos. Así por ejemplo, las planillas 3 y 4 se aplican a empresas más bien grandes e implican un mayor número de obligaciones. Cabe destacar dentro de las recomendaciones, la existencia de un oficial que vele por el cumplimiento del programa. Se recomienda también, el entrenamiento de los empleados y la divulgación de estos programas, debiendo revisarse continuamente y reportarse a la junta directiva. La verificación de una cultura de compliance en la empresa, que demuestre una implementación exitosa de éste, puede ser considerada al momento de determinar el quantum de las penas. 6. Chile: Las principales recomendaciones en materia de compliance están contenidas en el documento emitido por la FNE, Programas de Cumplimiento, de marzo de 2012. En el se establecen requisitos esenciales para un programa de compliance exitoso, (i) un compromiso real de cumplir con la normativa, (ii) identificación de riesgos actuales y posibles, (iii) implementación de mecanismos y procedimientos internos acordes con el compromiso y (iv) participación de gerentes y directores. Además se recomienda el entrenamiento, monitoreo y la indicación de medidas disciplinarias precisas para el caso de un empleado infractor. Si el programa tiene una implementación efectiva, acorde con las características del agente económico en cuestión, la FNE podrá considerar tal hecho para una posible rebaja de la multa solicitada. VII. TIPO DE SANCIONES 1. Sanciones limitadas a indemnizaciones civiles:

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i. EE.UU.: Existen acciones judiciales individuales y colectivas que permiten exigir el triple del valor monetario de los daños sufridos. ii. UK: Solo permite acciones civiles individuales. iii. Unión Europea: No existen a nivel comunitario, independiente de las sanciones que se puedan perseguir a nivel de país iv. Canadá: La ley reconoce el derecho a perseguir una indemnización por los perjuicios causados en caso de actos anticompetitivos ante los tribunales que sean competentes. (Artículo 36 de la Ley de Competencia.) Existen también acciones colectivas limitadas al daño real causado. (Sin indemnizaciones por daños.) v. Australia: La persona que sufrió algún daño o pérdida por actos realizados en contravención de la CCA, podrá demandar a la persona autora de la contravención para recuperar el monto de su pérdida. (Sección 82) Existen también acciones colectivas. vi. Chile: La acción de indemnización de perjuicios a la que haya dado lugar la sentencia definitiva ejecutoriada, se interpondrá ante el tribunal civil competente. 2. Sanciones penales: i. EE.UU.: Existen penas privativas de libertad de hasta 10 años y multas de hasta 100 millones de dólares para las empresas. ii. UK: Existe prisión, además de multas y otras. iii. Unión Europea: No se contemplan en la regulación. iv. Canadá: El delito de concertación de carteles se castiga con pena de prisión de hasta 14 años y multas de hasta USD 25 millones. (artículo 45). v. Australia: El delito de concertación de carteles se castiga con pena de prisión de hasta 10 años y multas de hasta 222.000 dólares australianos. vi. Chile: No se contemplan en la regulación. 3. Sanciones Administrativas: i. Multas: 1. EE.UU.: Una persona puede ser condenada a pagar hasta US 1 millón en caso de cometer actos anticompetitivos.

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2. UK: La ley no define una sanción en relación a la ganancia bruta del cartel, sin embargo se aplica un máximo de hasta el 10% de la facturación total del cartel y de sus negocios relacionados. La sanción puede recurrirse ante la Corte de Apelaciones de Competencia y ante la Corte de Apelaciones. 3. Unión Europea: Solo a las empresas, no existe responsabilidad personal. Las sanciones son hasta el 30% de las ganancias brutas más un 15-25% extra de carácter disuasorio en la base, y se puede poner una multa máxima de hasta el 10% de la facturación total del cartel y de sus negocios relacionados. La sanción se puede apelar ante la Corte de Primera Instancia y ante la Corte Europea de Justicia 4. Canadá: Una persona puede ser condenada a pagar 10 millones de dólares en caso de cometer un acto anticompetitivo (y hasta 15 millones en el caso de una orden subsiguiente, Artículo 79 de la ley de Competencia). 5. Australia: Multa pagadera a favor del estado atendida la acción u omisión de que se trata, los daños y pérdidas producidas por ésta, las circunstancias en que se llevó a cabo y la conducta previa de la persona (Sección 76 CCA). 6. Chile: Multa a beneficio fiscal por una suma equivalente a 20.000 UTA, en caso de sancionarse un cartel o colusión puede aplicarse una multa de hasta 30.000 UTA. ii. Otras (terminación de contratos, disolución de sociedades, etc.): 1. EE.UU.: Existen sanciones que pueden consistir en prohibiciones de ciertas conductas por parte de una empresa y otras conocidas como sanciones o remedios estructurales, que son más drásticas, de aplicación más compleja y que por tanto despiertan mayores críticas. Así por ejemplo un tribunal puede ordenar la concesión de licencias de propiedad intelectual y desinversión en otros bienes intangibles, la separación de los niveles de producción y distribución dentro de una misma empresa e incluso la división de una empresa dominante en dos entidades competitivas distintas.23 2. UK: No tiene dicho tipo de sanciones.

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Véase “Remedies and Sanctions in Abuse of Dominance Cases”. Policy Roundtable, OECD, 2006. p 173.

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3. Unión Europea: Cuando la Comisión se disponga a adoptar una decisión que ordene la cesación de la infracción y las empresas interesadas propongan compromisos que respondan a las inquietudes que les haya manifestado la Comisión en su análisis preliminar, ésta podrá, mediante decisión, convertir dichos compromisos en obligatorios para las empresas. 4. Canadá: La Competition Act faculta al Tribunal para ordenar la desinversión en activos o derechos, por ejemplo en casos de abuso de posición dominante, siempre que estos sean razonables y necesarios sobrellevar los efectos que produjo esa práctica en el mercado. Sin embargo, la ley hace la prevención de que tales órdenes deben restringir los derechos de los afectados lo menos posible. 5. Australia: Inhabilidades para ejercer un cargo de dirección en una empresa por el periodo que se considere apropiado.(Sección 86B CCA) 6. Chile: En la sentencia definitiva que adopte el TDLC este podrá ordenar la modificación o término de contratos o acuerdos contrarios a la libre competencia. Además tiene la facultad de ordenar la modificación o disolución de sociedades, corporaciones y demás personas jurídicas de derecho privado que hubiesen intervenido en actos anticompetitivos.

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TEMAS ESPECÍFICOS EN MATERIA DE LIBRE COMPETENCIA EN CHILE

I. BREVE RESUMEN DE LAS SANCIONES APLICADAS EN CASOS DE COLUSIÓN La colusión constituye, unánimemente en la doctrina, en nuestra legislación y en la jurisprudencia tanto del TDLC como de la Corte Suprema, el más lesivo de los atentados a la libre competencia, toda vez que supone suprimir de raíz la incertidumbre y la libre iniciativa propia de los procesos competitivos, reemplazándola por una conspiración entre competidores en perjuicio del bienestar social y de los consumidores. 24 Las sanciones aplicables, consistentes en multas a beneficio fiscal, se determinan en atención a (i) beneficio económico obtenido, (ii) la gravedad de la conducta y (iii) la calidad de reincidente del infractor. En Chile, la multa máxima aplicable actualmente para casos de colusión es de 30.000 UTA, desde el aumento que se produjo con la Ley N° 20.361, de 2009. Por su parte, la ley señala que las multas podrán ser impuestas no sólo a la persona jurídica correspondiente, sino que también a sus directores, administradores y en general a toda persona que haya intervenido en la realización del acto. En términos generales, los casos en los que el TDLC ha aplicado multas dicen relación con los mercados de transporte, telecomunicaciones salud y retail. Para tener una idea, el año 1995 la Comisión Resolutiva sancionó a las cadenas de farmacias, en ese entonces, Comercial Salco S.A., Farmacias Ahumada S.A., Farmacias Brand S.A. y Sociedad Farmacéutica Cruz Verde, con multas de 2.000 UTM, para las tres primeras, y con multa de 1.000 UTM para el caso de Cruz Verde. En el “Caso Farmacias” resuelto en enero de 2012, la multa aplicada a Farmacias Salcobrand S.A. y Farmacias Cruz Verde S.A. fue de 20.000 UTA a cada una. Dicho cambio sustancial en las multas aplicadas se ha logrado gracias al aumento de las herramientas investigativas con las que cuenta la FNE y del aumento de la cuantía de las penas aplicables que se produjo con la Ley N° 19.911, de 2003, a 20.000 UTA. En los casos de multas aplicadas a personas jurídicas, estas han tenido como tope 60 UTA en materia de transportes, 200 UTA en materia de telecomunicaciones 25, y 6.000 UTA26 en materia de retail, desde la instalación del TDLC (mayo 2004). En los casos de multas aplicadas a personas naturales, las sanciones han variado entre en multas de 1,5 UTM en el caso contra AM Patagonia S.A. y los médicos accionistas de la misma (inicialmente se condenó al pago de 30 UTM por cada uno de los médicos, lo que fue rebajado en la Corte Suprema),27 200 UTA en el caso de colusión en materia en procesos de licitación de Sentencia 119/2012 TDLC, considerando centésimo nonagésimo quinto. (Caso Farmacias) Hacemos presente que en materia de telecomunicaciones se han aplicado multas más elevadas en casos de abuso de posición dominante como ocurrió por ejemplo en la Sentencia 45/2006 en que se sancionó a la Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A. con una multa de 1.500 UTA. 26 Sentencia 63/2008. (La Corte Suprema rebajó las multas de 8.000 UTA a 6.000 para S.A.C.I. Falabella y de 5.000 UTA a 3.750 UTA a Paris S.A.) 27 Sentencia 74/2008 TDLC. 24 25

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concesiones de radiodifusión28 y 2,5 UTA en caso de colusión de microbuses en Puerto Montt.29 El actual sistema de multas ha sido criticado principalmente porque no resulta disuasivo. Los cambios en la legislación han incluido un aumento en los niveles de las multas pero poco sirven si el TDLC no los aplica. Las multas aplicadas a personas naturales han sido bajas y nunca se ha sancionado por ejemplo a un director o gerente a pagar “de su bolsillo”. Además, se ha discutido sobre la necesidad de establecer un sistema de multas proporcional, ya que una determinada multa puede ser muy baja y por tanto poco disuasiva para una empresa de gran tamaño, pero al mismo tiempo puede causar estragos en una empresa pequeña. II. BREVE ANÁLISIS DE LA PRUEBA EN CASOS DE COLUSIÓN La prueba de conductas constitutivas de colusión es compleja. Por lo general, estas conductas tienen un carácter secreto y se desarrollan a través de acuerdos tácitos entre quienes participan, lo que dificulta la obtención de prueba directa. Debido a lo anterior, la prueba en casos de colusión se construye a partir de evidencia directa de algún tipo de comunicación entre las requeridas o demandadas30 y evidencia circunstancial (prueba indiciaria) por la cual se van encadenando una serie de hechos de forma tal que en su conjunto permitan acreditar lo que se quiere probar. A su vez, en la prueba circunstancial se combinan indicios estructurales, referidos al mercado relevante, como lo serían el número de participantes del mercado, el carácter homogéneo del producto, la transparencia de la información, la simetría en los costos de las empresas, el bajo nivel de innovación, entre otros e indicios conductuales referidos al actuar paralelo o coincidente de las requeridas. Si bien, existe un caso en que el TDLC acogió el requerimiento dando por acreditada la colusión en una serie de indicios, la Corte Suprema revocó posteriormente la sentencia por considerar que los indicios no eran concluyentes para acreditar fehacientemente la existencia de la colusión (Caso contra las empresas proveedoras de oxígeno líquido Air Liquid Chile S.A. y otras31). En términos generales, la Corte Suprema se ha preocupado de enfatizar el rol de la FNE, órgano al que como parte demandante o requirente de un proceso contencioso le corresponde probar la infracción que acusa, de manera de satisfacer el estándar requerido Sentencia 112/2011 TDLC. Sentencia 116/2011 TDLC. 30 Así por ejemplo, en la Sentencia 63/2008, en el caso conocido como “guerra del plasma”, el TDLC dio por acreditada la existencia de comunicaciones entre las requeridas por los registros proporcionados por las Compañías de Telecomunicaciones, lo que sumado a circunstancias como la duración y tráfico no habitual de estas y el hecho de que fueran efectuadas por ejecutivos de alto rango permitió acreditar que el contenido de tales llamadas decía relación con temas de mayor importancia al de las relaciones comerciales habituales. 31 Sentencia 43/2006 TDLC. 28 29

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para formarse una convicción, aplicando por tanto un estándar probatorio más exigentes que el TDLC. CHILE EN EL CONTEXTO MUNDIAL I. Control de Fusiones En materia de régimen de control de fusiones podemos encontrar dos grandes grupos de países: aquellos que tienen un régimen voluntario y aquellos que tienen regímenes obligatorios. En el primer grupo, es decir aquellos países con control voluntario se encuentran: Australia, UK y Chile (hay sólo dos más fuera de nuestro listado de trabajo: Nueva Zelandia y, formalmente, Venezuela). En el grupo de países con control obligatorio se encuentran: USA, Canadá y la Unión Europea. Chile se encuentra en el grupo de países de consultas voluntarias y la ley no prevé un estándar sobre el cual es recomendable consultar las operaciones de concentración. Sin embargo, la Fiscalía Nacional Económica fijó ciertos parámetros en su Guía Interna para el Análisis de Operaciones de Concentración Horizontales, criterios no vinculantes para las empresas formalmente pero en los que se basan los funcionarios de las misma Fiscalía Nacional Económica para desafiar una fusión. Por su parte, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia también ha considerado que no se le aplican los criterios de la referida Guía, pues se trata de una autoridad jurisdiccional independiente. Según la Guía indicada, la Fiscalía descartará del análisis a aquellas concentraciones que se encuentren dentro de los siguientes parámetros: a) Si el índice HHI post fusión es menor a 1000, b) Si 1000 < HHI < 1800 (el valor de este índice refleja un mercado moderadamente concentrado) y ∆HHI < 100, y c) Si HHI > 1800 (el valor de este índice refleja un mercado altamente concentrado) y ∆HHI < 50. II. Fases del Control de Fusiones Dentro de aquellos países que tienen sistemas de control de fusiones se pueden reconocer aquellos con control de una o dos fases. Los países con una única fase son: Australia, UK y Chile, frente a los países con dos fases que son: USA, Canadá y la Unión Europea. Lo anterior se explica desde el entendido que generalmente al haber dos fases la primera es voluntaria y la segunda es obligatoria, y los países con sólo una fase son los mismos que no tienen notificación obligatoria.

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III. Sanciones en Colusión Si bien se pueden hacer diferentes clasificaciones en relación a las sanciones aplicables a las empresas y a las personas, la principal clasificación es en relación a la existencia de pena de cárcel. Actualmente Chile es parte del grupo de países que no sancionan con pena privativa de libertad a los participes de delitos de colusión. Junto a Chile solo encontramos a la Unión Europea, en todos los demás de los modelos consultados, es decir USA, UK, Canadá y Australia sí existe dicha sanción. En todo caso, la situación de la Unión Europea no da cuenta de un modelo comparable, pues no existe ningún delito sancionable con pena de cárcel en la Unión Europea, pues los Estados miembros no han otorgado facultad sancionadora penal a los organismos supra estatales, radicando en cada Estado la decisión de establecer o no sanción penal para los delitos más graves. IV. Delación Compensada En nuestro país ha habido dos casos de delación compensada hasta la fecha de este informe: 

El primero de ellos fue en el año 2010 a propósito del requerimiento que hizo la Fiscalía Nacional Económica contra Whirlpool S.A. y Tecumseh Do Brasil Ltda. por colusión en el mercado de compresores herméticos utilizados para la fabricación de refrigeradores. En dicha ocasión, Tecumseh Do Brasil se delató ante la Fiscalía y esta lo hizo presente en el mismo requerimiento con lo cual se le aplicó la exención de la multa.

El segundo caso se produjo en el año 2011, en el mercado de los buses en la ruta Santiago-Curacaví. Las requeridas fueron las empresas: Pullman, Ruta Curacaví y Atevil, siendo esta última la que se acogió al beneficio de la delación compensada.

De estos casos, tenemos sólo una sentencia reciente, dictada el 14 de junio del 2012 de rol 122/2012 en relación a la colusión entre Whirlpool y Tecumseh Do Brasil. En dicha sentencia se acogió la delación compensada liberándose completamente a Tecumseh Do Brasil a pagar algún tipo de multa y se condenándose a Whirlpool a pagar 10.500 UTA32.

A la fecha de este informe no se conoce si la empresa ejercerá una reclamación de esta sentencia ante la Corte Suprema respecto de la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. 32

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 15. Un sistema de salud para el siglo XXI

La experiencia Chilena de administrar los Hospitales Autogestionados en Red, 2005-2012: ¿Un instrumento consolidado y definitivo o una transición a un nuevo tipo de prestador público, para una nueva etapa de la Reforma de Salud? Manuel Inostroza1 Ulises Nancuante2

1

Académico de la Universidad Andrés Bello

2

Académico de la Universidad Andrés Bello

1


I.

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................ 4

II.

MARCO CONCEPTUAL DE REFERENCIA ......................................................................................... 6

1. 2. 3.

LA SEPARACIÓN DE FUNCIONES DE LOS SISTEMAS DE SALUD ........................................................................ 6 LOS 10 PRINCIPIOS CLAVES PARA UN EXITOSO SISTEMA DE SALUD INTEGRADO................................................ 8 LA DEFINICIÓN EXPLÍCITA DE UN MODELO DE HOSPITAL PÚBLICO............................................................... 10

III.

EL CONTEXTO POLÍTICO DE LA REFORMA Y DE LOS HOSPITALES AUGESTIONADOS EN RED ......... 11

1. 2. 3.

EL CONTEXTO HISTÓRICO Y POLÍTICO DEL SISTEMA DE SALUD CHILENO. ....................................................... 11 EL PROCESO DE ECONOMÍA POLÍTICA DE LA REFORMA, EL AUGE O GES Y LOS HOSPITALES AUTOGESTIONADOS. .. 12 EL CONTEXTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA Y DE LOS HOSPITALES AUTOGESTIONADOS. ............... 13

IV.

LA EVOLUCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTIÓN EN RED .............. 14

1. NATURALEZA JURÍDICA Y NORMAS JURÍDICAS QUE LOS REGULAN ............................................................... 14 2. CARACTERÍSTICAS .......................................................................................................................... 14 2.1. SON ESTABLECIMIENTOS DE SALUD ........................................................................................................... 15 2.2. SON ESTABLECIMIENTOS DE “MAYOR COMPLEJIDAD TÉCNICA” ....................................................................... 15 2.3. SON ESTABLECIMIENTOS CON “MAYOR DESARROLLO DE ESPECIALIDADES” ....................................................... 15 2.4. SON ESTABLECIMIENTOS CON “MAYOR DESARROLLO DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA” ................................ 15 2.5. SON ESTABLECIMIENTOS CON “MAYOR NÚMERO DE PRESTACIONES” .............................................................. 15 2.6. SON ORGANISMOS DEPENDIENTES DE LOS SERVICIOS DE SALUD ..................................................................... 15 2.7. SON ORGANISMOS DESCONCENTRADOS DEL SERVICIO DE SALUD ................................................................... 16 2.8. COMPROMETEN LOS RECURSOS Y BIENES AFECTOS AL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES PROPIOS ............................ 16 3. CREACIÓN Y REQUISITOS .................................................................................................................. 17 4. OBLIGACIONES BÁSICAS DEL ESTABLECIMIENTO EN RELACIÓN A LA RED ASISTENCIAL....................................... 19 5. DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO DE AUTOGESTIÓN EN RED..................................................................... 20 5.1. NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN ................................................................................................................ 20 5.2. ATRIBUCIONES ...................................................................................................................................... 21 5.2.1. Facultades relativas al desarrollo organizacional .......................................................................... 21 5.2.2. Facultades relativas al presupuesto de la organización ................................................................ 22 5.2.3. Facultades relativas a gestión de recursos humanos .................................................................... 23 5.2.4. Facultades relativas a suscripción de contratos ............................................................................ 23 5.2.5. Otras facultades ............................................................................................................................. 26 6. EVALUACIÓN E INCENTIVOS .............................................................................................................. 26 7. PARTICIPACIÓN CIUDADANA............................................................................................................. 28 8. NORMAS ESPECIALES DE PERSONAL .................................................................................................... 29 9. RECURSOS Y BIENES DEL ESTABLECIMIENTO .......................................................................................... 29 10. CONTIENDAS DE COMPETENCIA ....................................................................................................... 30 11. RED ASISTENCIAL DE ALTA ESPECIALIDAD .......................................................................................... 30 12. LAS EVALUACIONES Y SEGUIMIENTOS DE LOS HOSPITALES AUTOGESTIONADOS ............................................ 31 13. OTRAS DIMENSIONES DEL IMPACTO DE LOS HOSPITALES AUTOGESTIONADOS.............................................. 34 13.1. ESTUDIOS DE SATISFACCIÓN USUARIA EN LOS PRESTADORES PÚBLICOS .......................................................... 34 13.2. ANÁLISIS DE LA PRODUCTIVIDAD GLOBAL DEL SISTEMA PÚBLICO DE SALUD POST-REFORMA DE LOS ESTABLECIMIENTOS AUTOGESTIONADOS EN RED ................................................................................................... 35


13.3.

LA GESTIÓN DEL TALENTO DE LOS DIRECTIVOS HOSPITALARIOS A TRAVÉS DEL SISTEMA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA ADMINISTRADO POR EL SERVICIO CIVIL ................................................................................................................ 37 13.4. LA DEUDA HOSPITALARIA Y EL EQUILIBRIO FINANCIERO DEL SISTEMA DE SALUD ............................................. 38 13.5. OTRAS EVALUACIONES CONSISTENTES CON LAS DIFICULTADES DE IMPLEMENTACIÓN DE LOS HOSPITALES AUTOGESTIONADOS. ......................................................................................................................................... 40 V.

EL BENCHMARKING ACTUAL DE LA GESTIÓN HOSPITALARIA....................................................... 41

1. 2. 3. 4.

EL CASO DE LOS HOSPITALES REGIONALES DE ALTA ESPECIALIDAD EN MÉXICO/HRAE .................................... 41 GRUPO RIBERA DE CONCESIONES HOSPITALARIAS Y SU MODELO ALZIRA EN ESPAÑA...................................... 43 FRANCIA Y EL “HOSPITAL 2007” ....................................................................................................... 44 ESTADOS UNIDOS Y LOS MODELOS DE KÁISER PERMANENTE Y CLEVELAND CLINIC .......................................... 45

VI.

RECOMENDACIONES, PROPUESTAS DE CAMBIOS REGULATORIOS Y CONCLUSIONES FINALES..... 48

1. LOS COMPONENTES ESENCIALES DE UN MODELO EXITOSO DE GESTIÓN HOSPITALARIA ..................................... 48 2. PROPUESTAS DE NUEVAS REGULACIONES PARA LOS HOSPITALES PÚBLICOS CHILENOS ..................................... 53 2.1. LA DESCONCENTRACIÓN.......................................................................................................................... 54 2.2. LA DESCENTRALIZACIÓN .......................................................................................................................... 54 2.3. LA EMPRESA AUTÓNOMA DEL ESTADO...................................................................................................... 58 3. ANÁLISIS DE LA PROYECCIÓN DE LOS EAR. ........................................................................................... 59 3.1. ESCENARIO UNO ................................................................................................................................... 59 3.2. ESCENARIO DOS .................................................................................................................................... 59 3.3. ESCENARIO TRES ................................................................................................................................... 60 VII.

BIBLIOGRAFÍA ......................................................................................................................... 61

3


I.

INTRODUCCIÓN

Desde el año 2005 y en el contexto de la implementación de la Reforma de Salud y el AUGE o GES, existe en Chile un marco legal que transformó a nuestros principales y tradicionales hospitales públicos (60) en Establecimientos Autogestionados en Red (EAR). Pronunciarse acerca de la suficiencia de las facultades legales y de gestión, conferidas a los EAR en relación a la flexibilidad en el uso de sus recursos y a su capacidad de estar a la altura de las expectativas de los ciudadanos, nos parece a siete años de su entrada en vigencia una tarea fundamental y necesaria. “A pesar de los esfuerzos desplegados la mejoría de la situación aún es precaria, y el escenario de cada mañana se repite en general en los mismos términos. Además de la limitación, fácil de entender, en el número de camas, existen dificultades en la gestión de las mismas, ambos hospitales asumen sus responsabilidades en relación a pacientes GES y a sus programas de reducción de listas de esperas, lo que ha provocado que la necesaria complementariedad y transparencia, en muchas ocasiones no se produce. El Director del Hospital Carlos Van Buren (HCVB) no tiene atribuciones para disponer de las camas del Hospital Eduardo Pereira (HEP), pues esto queda entregado al criterio del médico residente de dicho hospital o al gestor de camas del mismo. El HCVB carece de servicio de cirugía adulto, por lo que es imperativo que el HEP reciba los pacientes post operados en la Unidad de Emergencia de Adultos (UEA), los que se deben tratar y los que se deben estudiar en dicha especialidad, situación que no ocurre debido a las razones antes señaladas. La situación financiera del Hospital no permite que se compren servicios de cama básica en el área privada” (Relato del Dr. Carlos Pardo durante el año 2010 en la comisión presidencial de salud, por su experiencia como director del Hospital Van Buren, hospital autogestionado). Resulta por ende necesario que este documento de trabajo se haga cargo, más allá de las percepciones de un importante directivo hospitalario y en base a la información objetiva disponible, si es que conceptualmente y técnicamente se reconoce en Chile la Importancia de la función de prestación de servicios en el marco de la separación de funciones de los sistemas de salud y por consiguiente si somos capaces de evaluar la eficiencia y calidad en la provisión de servicios, particularmente por parte de la red de prestadores públicos, como factor crítico de éxito de la Reforma de Salud Chilena, con enfoque de garantías explicitas para los ciudadanos, más conocidas como AUGE o GES. Y evaluar además si la autonomía de los hospitales autogestionados ha derivado en algún tipo de inconsistencia con las metas definidas por la red de salud correspondiente. Finalmente y en virtud de la evaluación señalada precedentemente podremos estar en condiciones de plantearnos correcciones a las alternativas de implementación en curso, mejoras o lisa y llanamente de proponer cambios más radicales a nuestro sistema hospitalario público, con el propósito de hacernos cargo de la posibilidad de transitar hacia una nueva forma de financiamiento de los hospitales que suponga una mayor incidencia relativa de la venta de servicios (ingresos propios), tanto al FONASA, como a los seguros privados, de modo de estimular y premiar mayores niveles de actividad. En particular, corresponderá pronunciarse si los hospitales estarían en capacidad, y bajo que supuestos o condiciones, de financiarse íntegra (o crecientemente) mediante la venta de servicios en el evento que los subsidios o financiamiento estatal se canalizaran, en el futuro, hacia permitir que todas las personas

4


pudieran acceder a un plan garantizado de salud, al estilo de lo propuesto por el voto de mayoría de la comisión asesora presidencial en salud del año 20103. Evaluar preliminarmente las dificultades técnicas, financieras y de economía política de una transición en el sistema de financiamiento de los hospitales en el caso de la plena implementación de la propuesta del voto de mayoría de la comisión asesora a la que se ha hecho referencia anteriormente y consecuentemente, considerar las nuevas presiones por los costos y la sustentabilidad financiera de los hospitales públicos chilenos, dado los nuevos desafíos de Reforma de Salud, parece también fundamental para mantener la confianza y una mejor relación precio-calidad en la prestaciones de salud que reciben los chilenos, claves para la viabilidad política y técnica de los nuevos cambios que nuestro sistema de salud necesita.

3

Informe Comisión Presidencial de Salud, Diciembre 2010, Gobierno de Chile.

5


II.

MARCO CONCEPTUAL DE REFERENCIA El marco conceptual con el que desarrollamos este estudio se basa en: La separación de funciones de los sistemas de Salud 4

1.

Esto debido a que uno de los objetivos que tuvo en vista la llamada “Reforma de la Salud” aprobada entre los años 2003 y 2005, fue fortalecer la institucionalidad y potestades de la Autoridad Sanitaria, estableciendo una clara separación de funciones entre las instituciones con competencia en materia de rectoría, regulación y fiscalización en salud, por una parte, con la prestación de acciones de salud, por la otra (NANCUANTE y ROMERO, “La Reforma de la Salud”, 2008). Lo anterior, en base a un diagnóstico efectuado el año 2002 por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Reforma, específicamente en el Capítulo 4, “Reorganización Institucional del Sistema de Salud”, y en el Mensaje N° 81/347, de 25 de junio de 2002, con el que se inició el proyecto de ley que, posteriormente, se transformó en la Ley Nº 19.937, también conocida como “Ley sobre Autoridad Sanitaria”5. De acuerdo a dichos documentos, los problemas de la institucionalidad eran: a) Dispersión, burocracia e ineficacia. Concretamente, se hacía presente el involucramiento del Ministerio de Salud en la conducción de los prestadores públicos, lo que afectaba la dirección que le competía ejercer a los Servicios de Salud. Por su parte, se indicaba que los Servicios de Salud realizaban funciones de autoridad sanitaria, junto al otorgamiento de prestaciones de salud a través de sus Hospitales, lo que generaba ineficacia y confusión en la ciudadanía. b) Capacidad normativa desigual. Se constató la existencia de un “exceso” de normas en algunas áreas y ausencias en otras, lo que generaba una fiscalización irregular y de escaso impacto sanitario, como asimismo disparidad de criterios entre las distintas autoridades sanitarias locales. c) Insuficiente fiscalización de la calidad de las prestaciones. La fiscalización de las actividades de los prestadores recaía en los Servicios de Salud, los que simultáneamente estaban a cargo de la gestión de sus establecimientos, por lo que podían existir conflictos de interés al momento de fiscalizar. d) Insuficiente comprensión del rol de la Autoridad sanitaria y ausencia de participación por parte de la ciudadanía. e) Insuficiencias en la legislación vigente. La legislación consagraba un régimen que, en primer lugar, impedía la integración armónica del subsistema público y privado, lo que generaba dificultades en el buen uso de los recursos del sector y restringía el acceso equitativo a la salud para muchas personas. En segundo lugar, limitaba la labor del Gobierno como responsable del desarrollo de todo el sector, al estar definido el rol de la Autoridad 

4

5

Informe OMS año 2000.

En esta parte, se ha seguido de cerca de NANCUANTE, Ulises; ROMERO, Andrés y SOTOMAYOR, Roberto; “Régimen Jurídico de la Salud”; Editorial Legal publishing, 2012.

6


Sanitaria, en forma principal, como responsable de la gestión de las actividades de salud del subsector público, con el consecuente debilitamiento de las capacidades normativas y fiscalizadoras sobre el sector privado. En tercer lugar, enfatizaba las acciones sanitarias de tipo curativo-asistencial, especialmente en la esfera de la enfermedad y la reparación del daño, a pesar de que la evidencia científica disponible reconoce la importancia de las acciones de salud pública en la mantención y mejoramiento del estado de salud de la población. f) Excesiva centralización de las decisiones. La autoridad sanitaria del nivel central ocupa gran parte de su tiempo y energía, con el consiguiente desgaste político, en resolver problemas que deberían solucionarse en niveles operativos descentralizados. Por otra parte, el protagonismo del nivel central inhibía el desarrollo de las autoridades regionales que tenían escasa influencia en las decisiones sobre la salud, con una pobre coordinación y escaso aporte a las políticas sociales regionales. g) Bajo desarrollo de inteligencia sanitaria. Lo anterior, unido a un importante atraso tecnológico en sistemas de información y herramientas analíticas en el ámbito central y sobre todo a nivel regional, dificultaba la realización de los diagnósticos epidemiológicos y la toma de decisiones más adecuadas que reflejasen la diversidad ambiental, ecológica y de salud de las personas de nuestro país. h) Escasa repercusión de las políticas de promoción y prevención en salud y anticipación al daño en las personas, las comunidades y el medio ambiente. De acuerdo a los documentos señalados en el punto precedente, el diseño de la institucionalidad debía diferenciar con nitidez a las organizaciones centradas en la conducción del sistema, las organizaciones que agrupan a los agentes que ejecutan las tareas sanitarias y aquellas organizaciones que lo financian. La inadecuada diferenciación de éstas, tiene como consecuencia que determinadas actividades se privilegien en desmedro de otras, lo que repercutiría en el desempeño global del sistema. En base a lo anterior, los principios básicos de la reorganización que se tuvieron en cuenta al momento de presentar la nueva regulación institucional, fueron: Separar claramente el trabajo de la rutina diaria operacional con aquel de diseño y análisis que conduce a la formulación de políticas y normas. Especializar los organismos descentralizados o desconcentrados para mantener una mirada integral de los problemas de salud, impidiendo que sea sólo el día a día de la atención de salud el que contamine el análisis sectorial. El eje central en el ámbito institucional fue el fortalecimiento de la Autoridad Sanitaria, dada la responsabilidad indelegable que tiene el Estado de guiar el desarrollo del sector salud y asegurar su efectivo desempeño para responder a las necesidades sanitarias de la población. En materia de prestación de servicios de salud, las modificaciones institucionales tuvieron dos orientaciones principales: por un lado, establecer las normas jurídicas necesarias para fortalecer el trabajo de una verdadera red de salud, centrada en la atención primaria; y, por el otro, dotar de facultades propias a los Hospitales, de manera que la gestión de sus recursos se hiciera de manera local y dependiera exclusivamente del director del hospital y su equipo (NANCUANTE y ROMERO, “La Reforma de la Salud”, 2008). A partir de la Reforma, al Servicio de Salud le fueron sustraídas de su ámbito de competencia todas las funciones relacionadas con la fiscalización de la normativa sanitaria –lo que quedó en poder de la SEREMI de Salud-; y en segundo lugar, se estableció un nuevo objeto de los Servicios: tener a su cargo

7


la articulación, gestión y desarrollo de la Red Asistencial que le corresponda, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de las personas enfermas. En otras palabras, con el nuevo modelo de gestión del Servicio de Salud, al director se le encomienda ocuparse de la gestión de las acciones de salud de la red, en cambio antes el centro estaba radicado en la gestión de los establecimientos, los que de acuerdo a la reforma deben estar “autogestionados” de acuerdo a los requerimientos sanitarios de la Red Asistencial. En otras palabras, el director tendrá que establecer las necesidades de atención y los estándares de calidad de éstos, mientras los directores de los establecimientos de salud que forman parte del Servicio deberán ocuparse de la gestión de sus recursos para el cumplimiento de estos requerimientos. Hasta antes de la Reforma, los Hospitales eran una dependencia más del Servicio de Salud al que pertenecían, por lo que no contaban con personalidad jurídica ni patrimonio propio, ni con facultades propias para la gestión de sus recursos. Todos ellos se clasificaban en cuatro tipos (1, 2, 3 y 4), sobre la base del grado de complejidad técnica y nivel de desarrollo de especialidades; el desarrollo de organización administrativa; el ámbito geográfico de acción; y el número de prestaciones tales como consultas, egresos y otros. Actualmente, los Hospitales se encuentran regulados en el Título IV del Decreto Supremo N° 140, de 2004, de Salud, en los artículos 43 y siguientes. De hecho este título se aplica a los hospitales que no han alcanzado la categoría de Establecimiento de Autogestión en Red. La idea general de esta regulación fue dotar de ciertos grados de mayor autonomía en la gestión de los hospitales que la que tenían los directores en la antigua regulación, especialmente en lo que se refiere a la definición de la estructura de la entidad y la organización de los recursos humanos, ya que a diferencia de la antigua regulación no existe un único modelo obligatorio para todo el país. Ahora, los Hospitales se clasifican en establecimientos de alta, mediana o baja complejidad, de acuerdo a su capacidad resolutiva, determinada sobre la base del análisis en conjunto de los siguientes criterios: función dentro de la Red Asistencial teniendo presente los distintos niveles de complejidad de la Red; servicios de apoyo diagnóstico y terapéutico considerando su resolutividad, disponibilidad de recurso humano, equipamiento, horario de atención y procedimientos o exámenes que realiza; grado de especialización de sus recursos humanos. Los 10 principios claves para un exitoso Sistema de Salud Integrado 6.

2.

Fruto de una revisión bibliográfica de miles de artículos sobre gestión hospitalaria, se concluye que en los siguientes 10 factores se juega el éxito de un modelo de gestión asistencial integrado o en red de salud. i.

Servicios de salud integrados a través de un modelo de atención continua.

Cooperación entre organizaciones sociales y de salud

Acceso a un continuo de atención en salud con múltiples puntos de entrada

Énfasis en calidad de vida, promoción de salud y atención primaria

6

Ten Key Principles, for Successful Health Systems Integration. Esther Suter, Nelly D. Oelke, Carol E. Adair and Gail D. Armitage.

8


ii.

iii.

Foco en el paciente. •

Filosofía centrada en el paciente, con foco en sus necesidades

Involucramiento y participación de los pacientes

Evaluación de necesidades de la población asignada

Cobertura geográfica y gestión de las listas de espera. •

Maximizar la accesibilidad de los pacientes y minimizar la duplicidad de servicios

• Capacidad para gestionar listas de espera, identificando a la población, dándole su derecho a elegir prestadores y determinar su egreso o salida. iv.

v.

vi.

vii.

viii.

ix.

Atención de salud estandarizada a través de equipos interprofesionales. •

Equipos interprofesionales a través del continuo de atención

Prestadores con capacidad de desarrollar medicina basada en la evidencia, mediante el uso de guías y protocolos clínicos, independiente de donde los pacientes son tratados.

Gestión del desempeño. •

Comités de Calidad de Servicio, de evaluación y mejoramiento continuo.

Diagnósticos, tratamientos e intervenciones ligadas a resultados clínicos

Sistemas de Información. •

Estado del arte de sistemas de información para registrar, seguir y reportar actividades asistenciales.

Sistemas eficientes que habilitan una fluida comunicación e información a través del continuo de atención en la red.

Cultura organizacional y liderazgo. •

Soporte organizacional con demostración de compromiso

Líderes con visión capaces de desplegar una fuerte e inclusiva cultura organizacional

Integración de los médicos al modelo. •

Médicos comprometidos con un modelo integrado de atención de salud

Soportes en la creación y mantenimiento de un único punto de entrada para todos los registros clínicos electrónicos

Comprometidos, liderando y participando en los diferentes comités técnicos.

Estructura de Gobernanza. •

Un Gobierno corporativo fuerte y diverso, representativo de los diferentes grupos de interés involucrados.

Estructura que promueve la coordinación a través de los diferentes niveles y puntos de atención.

9


x.

Gestión del financiamiento. •

Alineado con el objetivo de asegurar una equitativa distribución de los recursos en los diferentes niveles de atención o prestación de servicios.

Con mecanismos que incentivan el trabajo en equipo o interprofesional y la promoción de la salud

Suficiente para asegurar recursos que permitan cambios sustentables en el tiempo.

Cuando en el mundo se discute la sustentabilidad en el largo plazo de los sistemas de salud, así como lo hacemos en Chile, aún a pesar de haber aprobado una muy reciente reforma de salud; los sistemas integrados de salud son considerados al menos en parte una solución y por ende, es tarea de los tomadores de decisiones de políticas públicas en salud desarrollar estrategias que permitan su implementación. La revisión de la literatura al respecto nos muestra que hay diversos modelos para la integración de los sistemas de salud, sin embargo, se han identificado estos 10 relativamente universales principios como parte de exitosos sistemas de salud integrados. Estos principios definen las áreas a reestructurar al mismo tiempo que se persigue flexibilidad organizacional y adaptación a los contextos locales, aunque se requieren mayores niveles de detalle para definir estructuras específicas y mecanismos de gestión exitosos. 3.

La definición explícita de un Modelo de Hospital Público.

Independientemente de la diversidad de modelos hospitalarios, el desafío consiste en definirse por uno y buscar su mejor estrategia de implementación, en consonancia con un marco regulatorio que lo haga viable y sustentable. Sin embargo, la definición de un modelo tiene tres componentes, por una parte se debe definir un modelo de negocio, o como se diría en la jerga de la gestión pública un modelo de valor público, por otra se debe definir un modelo de gestión y finalmente desarrollar una metodología de evaluación de su desempeño. Un modelo de valor público hospitalario contribuye a que los administradores o gestores públicos respondan dos preguntas fundamentales: ¿por qué o para qué finalidad existe la organización pública en la que trabajo? En este caso un hospital público y ¿cómo nos vamos a enterar que nuestro hospital o nuestros servicios asistenciales de salud alcanzaron sus propósitos o sus metas? En cambio un modelo de gestión pública hospitalaria se atribuye las características o él como se cumplen de mejor manera los objetivos del hospital público. De hecho claves como servicios de salud integrados a través de un modelo de atención continua, foco en el paciente, cobertura geográfica y gestión de las listas de espera, estructura de gobernanza e integración de los médicos al modelo son elementos constitutivos de un modelo de valor público, en cambio elementos de gestión del desempeño, sistemas de Información, cultura organizacional y liderazgo, atención de salud estandarizada a través de equipos interprofesionales y gestión del financiamiento parecen ser componentes más propios de un modelo de gestión hospitalario.

10


III.

EL CONTEXTO POLÍTICO AUGESTIONADOS EN RED 1.

DE

LA

REFORMA

Y

DE

LOS

HOSPITALES

El contexto histórico y político del Sistema de Salud Chileno.

Para entender el contexto hay que remitirse a la historia de nuestros sistema de salud y las diversas etapas por las que ha ido transitando, una historia que en todo caso ha estado por lo general llena de éxitos sobre todo a través del siglo XX, habiendo logrado buenos índices en desnutrición, mortalidad infantil y expectativas de vida de la población, tendencia que se fue acentuando en las épocas más recientes y que nos han colocado en una situación de liderazgo en América Latina. Estos resultados dieron al Servicio Nacional de Salud, ente público rector del área desde 1952 hasta 1980, un estatus de privilegio como organismo público eficaz de legitimidad indiscutida. Fue precisamente esta positiva evaluación, la que ligada a la ideología predominante en el país, además de su práctica generalizada en el mundo, en orden a que la salud debía seguir siendo una responsabilidad y una tarea fundamentalmente pública, en la que no cabía la acción privada con fines de lucro, las que hicieron de este pensamiento una posición prácticamente transversal en todos los sectores políticos. Así las cosas sobrevino la dictadura militar, en cuya conducción económica y política se dio una nueva respuesta ideológica, que confiaba plenamente en la creación de un sector privado de salud asegurador y prestador, capaz de ser un sustituto viable del sector público. Estas definiciones junto a la crisis económica de los 80 generaron un escenario de crisis de nuestro sistema público de salud particularmente a nivel hospitalario. Fue precisamente en este trasfondo complejo, a la vez ideológico y de acuciantes problemas de recursos y gestión, en que se da inicio en 1990 a la era de la Concertación. Fue así que en los primeros años de gobierno democrático se caracterizan por un esfuerzo fiscal de gran envergadura, encaminado a rescatar al sistema hospitalario y a la atención primaria de su situación de déficit y postración. Los mayores recursos presupuestarios sirvieron para mejorar las remuneraciones de los médicos y del personal de la salud en general (proceso no exento de los inevitables conflictos y duras negociaciones que le son propios) y para reequipar los hospitales. Desgraciadamente esta inyección continua de recursos no se tradujo en una mejora visible de la atención pública de salud. Por el contrario, los estudios realizados (Tokman y Rodríguez) demostraron que, pese al aumento de recursos, la productividad del sector declinaba año a año, poniendo paulatinamente de relieve la existencia de serios problemas estructurales en el sistema público, hecho nunca reconocido, en los dos primeros gobiernos de la Concertación, por el grueso de la élite política de la coalición (a excepción de los ministros de salud Jiménez y Massad) ni menos por el Colegio Médico y demás gremios del sector, quienes atribuían tales falencias a que aún subsistían a una gran insuficiencia de recursos7. En síntesis no encontrábamos abonado el camino para emprender reformas o ajustes de gestión al modelo público hospitalario, ni siquiera cuando el esfuerzo se centraba en el marco de una política explícita de modernización y fortalecimiento del sector público. Fueron los gremios de la salud y la clase política en general sus principales detractores y principal y exclusivamente centrados en las exigencias de mayores aumentos presupuestarios.

7

Economía Política de la Reforma de Salud. Edgardo Boeninger. Senador de la República. Libro Reforma de la Salud en Chile: Desafíos de la Implementación, 2007.

11


2.

El proceso de economía política de la Reforma, el AUGE o GES y los Hospitales Autogestionados.

Después del AUGE o GES, el segundo gran eje de la reforma de salud estaba constituido por la Ley de Autoridad Sanitaria y Gestión Pública que modificaba el decreto ley Nº 2.763 de 1979, el cual organizaba el sistema público de salud. Este conjunto de normas pretendía, por una parte, fortalecer el rol regulador del MINSAL, y por otra, mejorar la gestión de los establecimientos públicos. Para abordar el problema de gestión de los establecimientos hospitalarios públicos, la ley introducía la figura del hospital autogestionado, es decir, un establecimiento con mayor autonomía de gestión necesaria para convertirse en el ente ejecutor de las garantías que el régimen AUGE o GES iba a implicar8. De hecho, la ley de autoridad sanitaria, que contenía las fórmulas de autogestión para los hospitales públicos, no encontró mayores resistencias en la derecha, ya que la ineficiencia de la gestión hospitalaria había sido por años uno de los blancos del ataque del discurso derechista y claramente esta propuesta de legislación contribuía a reparar esta situación. Sin embargo, la resistencia a los hospitales autogestionados se sostuvo desde los gremios de salud en general y desde diversos políticos y parlamentarios de la Concertación, los que en coherencia con su perspectiva histórica se opusieron a todos los esfuerzos de modernización pública. Hay que recordar que el planteamiento inicial sobre los hospitales públicos pretendió avanzar por la plena autonomía, propuesta que debió morigerarse debido las negociaciones con los gremios y el parlamento, en la modalidad que derivó en la autogestión hospitalaria. No obstante lo anterior, ni siquiera el hecho de que en el proyecto de ley de autoridad sanitaria que incluía a los hospitales autogestionados, se incorporaran además todos los incrementos de remuneraciones, bonos e incentivos al retiro exigidos por los gremios, hicieron que estos se inclinaran por su apoyo a la autogestión. Simbólico fue el hecho de que la mayor movilización de protesta impulsada por los gremios en el Congreso, se dio cuando se aprobaba en su último trámite legislativo en la Cámara de Diputados la ley de Autoridad Sanitaria y de los hospitales autogestionados. No obstante el año 2004 y desde la perspectiva legislativa, había comenzado favorablemente para la reforma y en febrero de ese mismo año se promulgaba otra importante ley del paquete de reformas: la Ley 19.937, referida a la autoridad sanitaria y hospitales autogestionados. No obstante, las negociaciones para aprobar la ley AUGE, corazón de la reforma se comienzan a entrampar. La principal razón radica en un problema de diseño del Fondo de Compensación Solidario (Lenz, 2005)9. Así, la exclusividad de las camas hospitalarias públicas para paciente FONASA, sostenida fuertemente por la “bancada médica” y sectores de izquierda, sumada a la amenaza de inconstitucionalidad que senadores de derecha levantaron en contra del mecanismo financiero, precipitó la caída del Fondo Solidario el que tuvo que ser retirado por el ejecutivo para salvar la reforma a mediados del 2004. Con todo, la evaluación del ejecutivo era que el trade-off político producto del proceso político de tramitación de la reforma AUGE era largamente favorable a la reforma. Esto se fundamentaba en que el tema de la Garantías Explícitas en Salud, el corazón de la reforma, había salido intacto del proceso político en su etapa de negociación legislativa. Así el plan AUGE, formalmente el Régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES), se promulgaba en agosto del 2004, estableciéndose su fecha de entrada en vigencia en julio del 2005. 

8

9

El proceso de político de la Reforma de Salud AUGE. Rony Lenz, 2007.

Lenz, Rony (2005): “Políticas Públicas en Salud: Experiencias y Desafíos en Chile 1990-2010, Una Mirada Económica” en La Paradoja Aparente, editor Patricio Meller, Ed. Taurus.

12


3.

El contexto para la Implementación de la Reforma y de los Hospita les Autogestionados.

Tan crítico resultaba ponerse en la lógica de la implementación de los hospitales públicos autogestionados, que hubo que ponerse a analizar los diferentes escenarios posibles y al menos parecían configurarse tres10: 1.

Cumplen con los recursos asignados las demandas de garantías del AUGE, sin complicar los recursos y demandas de producción de las patologías NO-AUGE (el escenario esperado)

2.

Se ajustan a las demandas del AUGE pero desviando recursos y demandas de producción que antes pertenecían a los problemas de salud NO-AUGE.

3.

Cumplen pero con derivación a privados. Aquí se fuerzan los cumplimientos AUGE con derivaciones a prestadores privados externos o internos al sector público.

En todos los casos descritos existían riesgos fiscales para el Estado los que debían ser mitigados por la implementación de diversas medidas entre las cuales se contaban con: •

Un Sistema de costos hospitalario confiable

Una adecuada política de definición de precios del sector público

Un incremento importante del presupuesto de prestaciones valoradas para las patologías NO-AUGE

Un adecuado sistema de monitoreo de la productividad institucional y de los RRHH del sector público hospitalario

Una revisión del actual marco de incentivos económicos asociados a la productividad asistencial del personal

Sin embargo, desde los primeros años de implementación algunos elementos comienzan a dar indicios de una pérdida del ímpetu que el Presidente Lagos había logrado darle al AUGE en la fase de negociación y que se comienzan a convertir en la tónica de la fase de implementación de la Reforma. La Presidenta Bachelet, nombra el año 2006 a un primer equipo ministerial poco afín con la reforma. La idea de los hospitales autogestionados, como principales elementos ejecutores de las garantías, se debilita: hasta fines del 2006 sólo existían 3 hospitales autogestionados, cuando la meta eran 50 para el año 2009. El nuevo equipo no repara la inadecuación de los sistemas de información, lo cual genera una escasez de datos, que impide evaluar objetivamente el cumplimiento de garantías y el avance de la reforma. No se dota a la población ni de información, ni de medios para ejercer un control eficaz del cumplimiento de sus derechos11. En síntesis, no es casualidad que hoy nos encontremos evaluando las dificultades que ha tenido para su entrada en vigencia la iniciativa de los hospitales públicos autogestionados. Como hemos visto eran previsibles sus problemas, si ya sea desde la perspectiva histórica, de negociación de la reforma, así como desde la lógica de la implementación, siempre hemos encontrado oposición política y técnica para su exitosa entrada en vigencia. 

10

11

Documento del Banco Mundial, Nota de política pública sobre la implementación de la Reforma de Salud Chilena y sus riesgos. Cristian Baeza 2006. El proceso de político de la Reforma de Salud AUGE. Rony Lenz, 2007.

13


IV.

LA EVOLUCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE AUTOGESTIÓN EN RED 12 1.

Naturaleza Jurídica y normas jurídicas que los regulan

Uno de los objetivos del legislador de la Reforma, fue dotar de autonomía para la gestión de sus recursos a aquellos establecimientos que hubiesen demostrado una adecuada gestión administrativa y financiera, por lo que para obtener dicha calidad debían cumplir previamente ciertos requisitos. Así pues, no todos los hospitales y otros establecimientos de salud tendrán la categoría de autogestión, sino sólo los que cumplan los requisitos que se establecen. La institución se encuentra regulada en el Título IV del DFL N° 1, de 2005, de Salud, artículos 31 y siguientes y en el Capítulo II del Decreto Supremo N° 38, de 2005, de Salud. Sin perjuicio de ello, como establecimiento de salud dependiente del Servicio de Salud, se rigen supletoriamente por las normas del Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. El artículo 31 del citado DFL, dispone que: “los establecimientos de salud dependientes de los Servicios de Salud, que tengan mayor complejidad técnica, desarrollo de especialidades, organización administrativa y número de prestaciones, obtendrán la calidad de “Establecimientos de Autogestión en Red”, con las atribuciones y condiciones que señala este Título, si cumplen los requisitos que se determinen en el reglamento…”. Agrega que: “Los establecimientos que obtengan la calidad de "Establecimiento de Autogestión en Red" serán órganos funcionalmente desconcentrados del correspondiente Servicio de Salud, conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N° 18.575 … y a las normas del presente Libro. No obstante, en el ejercicio de las atribuciones radicadas por ley en su esfera de competencia, no comprometerán sino los recursos y bienes afectos al cumplimiento de sus fines propios a que se refieren los artículos 42 y 43”. 2.

Características

De acuerdo a las normas transcritas, los Establecimientos de Autogestión en Red presentan las siguientes características: 1.- Son establecimientos de salud. 2.- Son establecimientos de “mayor complejidad técnica”. 3.- Son establecimientos con “mayor desarrollo de especialidades”. 4.- Son establecimientos con “mayor desarrollo de organización administrativa”. 5.- Son establecimientos con “mayor número de prestaciones”. 6.- Son organismos dependientes de los Servicios de Salud. 7.- Son organismos desconcentrados del Servicio de Salud. 8.- Comprometen los recursos y bienes afectos al cumplimiento de sus fines propios.

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En esta parte, se ha seguido de cerca de NANCUANTE, Ulises; ROMERO, Andrés y SOTOMAYOR, Roberto; “Régimen Jurídico de la Salud”; Editorial Legal publishing, 2012.

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2.1.

Son establecimientos de salud

Los establecimientos de salud se encuentran regulados en el capítulo V del Decreto Supremo N° 140, de 2004, de Salud. El artículo 34 de dicho cuerpo normativo establece que “en los establecimientos de salud pertenecientes a los Servicios se realizarán, con los recursos humanos y materiales de que dispongan según su nivel de complejidad, las funciones multidisciplinarias de asistencia social, psicológicas y espirituales tendientes a colaborar en su campo de especialidad en las acciones de fomento, protección, recuperación y rehabilitación de las personas enfermas”. El reglamento considera los siguientes establecimientos de salud: Establecimientos de Atención Primaria de los Servicios de Salud, Centros de Referencia de Salud (CRS), Centros de Diagnóstico Terapéutico (CDT), Centros de Especialidad y Hospitales. 2.2.

Son establecimientos de “mayor complejidad técnica”

El artículo 11 del Decreto Supremo N° 38, de 2005, de Salud, establece que “Para estos efectos se entenderá que tienen mayor complejidad técnica aquellos establecimientos que estén clasificados como de alta complejidad de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud”. De los establecimientos existentes, tanto los de atención primaria como los CRS, en ningún caso podrían ser calificados como establecimientos de autogestión en red, dada su baja complejidad. Por su parte, los CDT son definidos como establecimientos de atención abierta de alta complejidad, por lo que si cumplen los demás requisitos podrían entrar en esta calificación. En cuanto a los Centros de Especialidad y los Hospitales, ambos pueden ser clasificados como de alta, mediana o baja complejidad, de acuerdo a los requisitos que establece el artículo 44 del reglamento señalado. De esta manera, solo los Centros de Especialidad y Hospitales que sean clasificados como de alta complejidad y cumplan los demás requisitos, podrán ser calificados en la categoría de autogestión en red. 2.3.

Son establecimientos con “mayor desarrollo de especialidades”

El artículo 11 del Decreto Supremo N° 38, de 2005, de Salud, establece que por ello se entenderá que los establecimientos, de acuerdo a su complejidad técnica, cuentan con al menos una de las especialidades básicas de: medicina interna, obstetricia y ginecología, y pediatría, y poseen varias subespecialidades de la medicina que no corresponden a las especialidades básicas citadas, tales como cardiología, neurología, nefrología, gastroenterología, oftalmología, otorrinolaringología, entre otras. 2.4.

Son establecimientos con “mayor desarrollo de organización administrativa”

Corresponde al conjunto de mecanismos o procesos administrativos que sostienen la gestión asistencial, y que incluyen unidades y procedimientos, tales como sistemas de abastecimiento, contabilidad, información, control de gestión, entre otros. 2.5.

Son establecimientos con “mayor número de prestaciones”

No existe una definición legal o reglamentaria al respecto, siendo el sentido de esta disposición que la cantidad de prestaciones que realiza el establecimiento sea de tal entidad que tenga un peso relevante dentro de la acción global de la red local o nacional. 2.6.

Son organismos dependientes de los Servicios de Salud

No son servicios públicos autónomos, por lo que no cuentan con personalidad jurídica ni patrimonio propio, de modo que actúan bajo la personalidad del Servicio de Salud.

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2.7.

Son organismos desconcentrados del Servicio de Salud

La ley desconcentró funcionalmente a los Servicios, mediante la radicación de determinadas atribuciones en los establecimientos de salud que hayan sido calificados como de autogestión en red. Al igual que en el caso de la SEREMI de Salud, la ley utilizó la fórmula de la desconcentración para atribuir competencias directamente en una autoridad de inferior jerarquía en la organización, para que ésta las ejerciera directamente sin interferencias externas. La desconcentración es un “fenómeno en virtud del cual se transfieren competencias de los órganos superiores a los inferiores y se disminuye la subordinación de éstos a aquéllos. Desconcentrar significa desviar algo de su centro. Lo que ocurre es que, por la asignación de competencia a un órgano para decidir exclusivamente en determinado asunto, no hay relación jerárquica en esa materia con su superior, sin que por eso deje tal órgano de pertenecer a la persona jurídica”13. Así pues, la desconcentración es un mecanismo mediante el cual la ley le otorga directamente ciertas competencias a una autoridad de inferior jerarquía, sustrayendo del conocimiento del superior estas materias. Lo que se buscó con esta regulación fue darle el mayor grado de autonomía en la gestión de sus recursos a los directores de estos establecimientos, dejando afuera la posibilidad de intromisión por parte del director de Servicio de Salud. Es así como el artículo 35 del DFL N° 1, de 2005, de Salud, dispone expresamente que “La administración superior y control del Establecimiento corresponderán al Director. El Director del Servicio de Salud no podrá interferir en el ejercicio de las atribuciones que le confiere este Título al Director del Establecimiento, ni alterar sus decisiones. Con todo, podrá solicitar al Director del Establecimiento la información necesaria para el cabal ejercicio de las funciones de éste”. En el diseño institucional, el rol del director del Servicio de Salud es el de determinar las necesidades de atención de salud de la población a su cargo, disponiendo “qué” deben hacer estos establecimientos. Por su parte, a los directores de estos establecimientos les corresponde determinar “cómo” se van a producir las prestaciones que la red asistencial les requiere. Para este objeto, la ley establece que los mecanismos y procedimientos de coordinación y relación entre el Director del Establecimiento y el Director del Servicio de Salud correspondiente se regirán por lo establecido en la ley y por convenios de desempeño que deberán establecer especialmente directivas sanitarias relacionadas con el cumplimiento de objetivos sanitarios y de integración a la Red, como asimismo metas de desempeño presupuestario. 2.8.

Comprometen los recursos y bienes afectos al cumplimiento de sus fines propios

Como lo señalamos, el establecimiento no cuenta con patrimonio propio, pero la ley afectó para el uso, goce y disposición exclusiva del establecimiento los bienes que estén bajo su gestión. En efecto, el artículo 43 del DFL N° 1, de 2005, de Salud, dispone que “El Establecimiento tendrá el uso, goce y disposición exclusivo de los bienes raíces y muebles de propiedad del Servicio de Salud correspondiente, que se encuentren destinados al funcionamiento de los servicios sanitarios, 

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Manual de Derecho Administrativo, Universidad Nacional Andrés Bello, Patricio Aylwin Azócar, Eduardo Azócar Brunner, pág. 154-155, edición mayo 1996.

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administrativos u otros objetivos del Establecimiento, a la fecha de la resolución que reconozca su condición de “Establecimiento de Autogestión en Red”, y de los demás bienes que adquiera posteriormente a cualquier título”. La afectación de estos bienes y su compromiso en las decisiones de gestión del establecimiento tiene un doble objetivo. Por una parte evitar que desde el Servicio de Salud se le sustraigan recursos al establecimiento de autogestión, para destinárselos a otro establecimiento; y, por la otra, generar una responsabilidad patrimonial directa al establecimiento, como contrapartida natural del otorgamiento de atribuciones propias para la autonomía en la gestión. 3.

Creación y requisitos

Como se dijo, no todos los establecimientos tienen la categoría de autogestión en red, la que es concedida una vez se cumplen una serie de requisitos que acreditan que el establecimiento ha sido correctamente gestionado, por lo que puede gozar de la autogestión que favorece la ley. De esta manera, mediante resolución fundada conjunta de los Ministerios de Salud y de Hacienda, se reconocerá la calidad de “Establecimiento de Autogestión en Red” a aquellos que cumplan los siguientes requisitos, establecidos en el artículo 16 del Decreto Supremo N° 38, de 2005, de Salud: a) Demostrar la existencia de una articulación adecuada con la Red Asistencial y cumplir las obligaciones básicas14 que debe cumplir el establecimiento en relación a la Red, para lo que se requerirá un informe del Director del Establecimiento al Director de Servicio correspondiente. b) Estar registrado en la Superintendencia de Salud como prestador institucional de salud acreditado. Para tales efectos, el establecimiento deberá acreditar y mantener la acreditación de todas las prestaciones que otorgue para las cuales se hayan fijado los respectivos estándares de calidad por el Ministerio de Salud, conforme a lo establecido en el Reglamento que Establece el Sistema de Acreditación para Prestadores Institucionales de Salud. c) Tener un Plan de Desarrollo Estratégico para el establecimiento que sea concordante con las políticas, planes y programas de la Red Asistencial del Servicio, que deberá considerar, a lo menos, los siguientes aspectos: i.-

Política y plan de acción de Recursos Humanos.

ii.-

Política y plan de acción de Gestión Financiero-Contable y Presupuestaria, la que deberá apoyarse en sistemas de información, con indicadores que den cuenta de las tendencias del equilibrio presupuestario y financiero. Se deben contemplar entre éstos los exigidos por la Ley de Presupuestos y su funcionamiento se ajustará a la normativa vigente.

iii.-

Política y plan de acción de mejoramiento de los índices de satisfacción usuaria.

iv.-

Plan de Gestión Clínica y Administrativa.

v.-

Procedimientos de recaudación de ingresos de operación y otros ingresos.

vi.-

Plan de Actividades de Auditoría interna.

vii.-

Sistemas de Planificación y Control de Gestión. 

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Las obligaciones básicas serán analizadas más adelante.

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d) Contar con un Plan Anual de Actividades y un Plan de Inversiones que implemente el Plan de Desarrollo Estratégico. e) Mantener el equilibrio presupuestario y financiero, definido como el equilibrio que debe existir entre los ingresos y gastos devengados y que el pago de las obligaciones devengadas y no pagadas se efectúe en un plazo no superior a sesenta días y que dichas obligaciones deben contar con el respaldo presupuestario correspondiente. f) Tener sistemas de medición de costos, de calidad de las atenciones prestadas y de satisfacción de los usuarios, así como del cumplimiento de las metas sanitarias establecidas en Convenios o Compromisos de Gestión. g) Cumplir con las Garantías Explícitas en Salud que se encuentren vigentes en la atención de pacientes beneficiarios de éstas, salvo que exista justificación fundada para el incumplimiento. h) Tener implementado, de acuerdo a su Plan de Desarrollo Estratégico y a las políticas del Servicio en lo referente a los beneficiarios de Fonasa, procedimientos de cobro y recaudación de ingresos. i) Contar con mecanismos formales de participación tales como: Consejo Técnico, Comités, Unidades Asesoras y cualquier otro que sea necesario, de carácter permanente o temporal. Deberán contar con reglamentaciones internas de funcionamiento, mantener actas de sus sesiones y ser constituidos formalmente por resolución interna. Asimismo deberán contar con sistemas de cuenta pública a la comunidad. j) Deberá existir en el Establecimiento un sistema especializado que cuente con mecanismos para el manejo de las peticiones, críticas, reclamos, sugerencias y felicitaciones, orientado a recibirlos y solucionarlos. Dichos mecanismos deberán estar acordes con las instrucciones impartidas por la Subsecretaría de Redes Asistenciales para estos efectos. Mediante instrucciones emanadas de los Ministerios de Salud y Hacienda se establecen los instrumentos técnicos y medios de verificación del cumplimiento de estos requisitos. En cuanto al procedimiento para obtener la calificación, éste se encuentra regulado en el artículo 12 y siguientes del Decreto Supremo N° 38, de 2005, de Salud, disponiéndose que el Director del establecimiento que cumpla con los requisitos que hemos señalado, podrá solicitar al Ministerio de Salud a través de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, su incorporación al proceso que le permita acceder a dicha calidad, con conocimiento del Director de Servicio. Esto último no implica autorización o visado alguno, sólo es una mera notificación del hecho de iniciar la postulación, a fin de que el gestor de la red conozca el posible cambio de situación del establecimiento de su dependencia y emita un informe respecto al efectivo cumplimiento de los requisitos. La solicitud deberá hacerse por escrito, acompañando todos los antecedentes que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos, los que deberán referirse al período del año calendario anterior y al primer semestre del año de la postulación. Sólo podrá postularse entre los meses de julio y agosto de cada año y la resolución que le otorgue la calidad de Establecimiento Autogestionado entrará en vigencia a contar del 1º de enero del año siguiente.

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Recibida la solicitud, se iniciará un procedimiento, cuya primera actuación corresponderá a la Subsecretaría de Redes Asistenciales, la que deberá revisar en el plazo de diez días hábiles si se acompañan todos los antecedentes. En el evento de detectarse omisiones en la información acompañada o defectos formales, se dará un plazo diez días hábiles, prorrogables hasta por otros diez días hábiles, al Director del Establecimiento para subsanar las omisiones o corregir los defectos observados. Cuando la Subsecretaría de Redes Asistenciales estime que se han acompañado todos los antecedentes requeridos dictará una resolución que así lo señale, la que deberá ser comunicada al Director del Establecimiento que haya presentado la solicitud. Si vencido el plazo, original o prorrogado, el Director del Establecimiento no ha subsanado o corregido las observaciones, se entenderá que se desiste de la solicitud, y no podrá presentarla sino hasta el período de postulaciones del año siguiente. Acompañados todos los antecedentes, la Subsecretaría de Redes Asistenciales deberá solicitar un informe al Director del Servicio. Dicho informe deberá emitirse en el plazo de quince días hábiles y referirse especialmente a la efectividad en el cumplimiento de los requisitos. La Subsecretaría de Redes Asistenciales, en el plazo de veinte días hábiles desde la dictación de la resolución señalada precedentemente, elaborará un informe fundado que contenga la evaluación del cumplimiento de los requisitos; en caso de ser favorable, lo remitirá al Ministerio de Hacienda con todos los antecedentes para su análisis y decisión fundada al respecto. La resolución que otorgue la calidad de Establecimiento Autogestionado deberá ser fundada y dictada por los Ministerios de Salud y de Hacienda conjuntamente, y deberá publicarse en el Diario Oficial. 4.

Obligaciones básicas del establecimiento en relación a la Red Asistencial

Los Establecimientos de Autogestión en Red, dentro de su nivel de complejidad, deben ejecutar las acciones de salud que corresponden a los Servicios de Salud, dado que son establecimientos que forman parte integrante de los Servicios. Uno de los problemas advertidos con la generación de mayores grados de autonomía en la gestión de los hospitales, fue que éstos tienden a no producir las acciones de salud que la población de referencia requiere, sino que se privilegian prestaciones que solo incrementan los ingresos del hospital, sin consideración de los requerimientos asistenciales de la Red. Por este motivo, la ley introdujo cuatro obligaciones básicas y principales del establecimiento de autogestión en red, a fin de resguardar principalmente la disponibilidad y el acceso a las prestaciones que requieren los beneficiarios de la red asistencial respectiva. De esta manera, el artículo 32 del DFL N° 1, de 2005, de Salud, dispone que el Establecimiento, como parte integrante de la Red Asistencial, deberá, a lo menos: a) Desarrollar el tipo de actividades asistenciales, grado de complejidad técnica y especialidades que determine el Director del Servicio de Salud respectivo, de acuerdo al marco que fije el Subsecretario de Redes Asistenciales en conformidad con los requerimientos y prioridades sanitarias nacionales y de la respectiva Red Asistencial. Así pues, el Director del Servicio de Salud determina “qué” hace el establecimiento autogestionado, dejándose el “cómo” a las decisiones de gestión del propio centro.

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b) Atender beneficiarios de Fonasa y de la Ley N° 16.74415, que hayan sido referidos por alguno de los establecimientos de las Redes Asistenciales que correspondan, conforme a las normas que imparta el Subsecretario de Redes Asistenciales y el Servicio de Salud, y los casos de urgencia o emergencia, en el marco de la ley y los convenios correspondientes. Esta norma se introdujo para evitar la selección de los pacientes por parte del establecimiento, negándoles el acceso a aquellos que generen mayores costos ya sea por tiempo de hospitalización o procedimientos a realizar y aceptando sólo aquellos que produzcan beneficios al establecimiento. De acuerdo a esta obligación, el establecimiento debe atender a todos aquellos pacientes que se le hayan referido cumpliendo las normas pertinentes. c) Mantener sistemas de información compatibles con los de la Red Asistencial correspondiente, los que serán determinados por el Subsecretario de Redes Asistenciales. Esta norma tiene por objeto mantener la unidad del Sistema Nacional de Servicios de Salud en relación a los sistemas de información. d) Entregar información estadística y de atención de pacientes que le sea solicitada, de acuerdo a sus competencias legales, por el Ministerio de Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Servicio de Salud, la Superintendencia de Salud, los establecimientos de la Red Asistencial correspondiente o alguna otra institución con atribuciones para solicitarla. Esta norma tiene por objeto impedir que los flujos de información necesarios para la toma de decisiones sanitarias y de gestión se obstaculicen por parte de alguno de estos establecimientos. El Decreto Supremo N° 38, de 2005, de Salud, añade las siguientes obligaciones: i) Contar con un sistema de registro y gestión de listas de espera y cumplir con las metas de reducción acordadas con el Servicio respectivo. ii) Dar cumplimiento a los convenios celebrados con el Fondo Nacional de Salud, el respectivo Secretario Regional Ministerial de Salud y con el Servicio correspondiente. iii) Efectuar auditorías de la gestión administrativa y financiera a lo menos una vez al año, las que podrán ser realizadas por auditores externos conforme a las normas que imparta el Subsecretario de Redes Asistenciales. Estas auditorías deberán evaluar el cumplimiento de los requisitos señalados en el punto anterior. 5.

Director del Establecimiento de Autogestión en Red 5.1.

Nombramiento y remoción

Los Establecimientos Autogestionados estarán a cargo de un Director designado por el Director del Servicio de acuerdo al Sistema de Alta Dirección Pública de la Ley Nº 19.882, debiendo ser servido por un profesional universitario con competencia en el ámbito de la gestión en salud. Deberá desempeñarse en jornada completa, con dedicación exclusiva y tendrá derecho a la asignación de alta dirección pública de acuerdo a la normativa vigente. En cuanto a su remoción, el Director del Establecimiento puede ser removido por el Director del Servicio de Salud, ya que es un cargo de exclusiva confianza. 

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Ley Nº 16.744 aprueba el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

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En los casos de remoción se requerirá la consulta previa al Ministro de Salud, salvo en el caso incumplimiento grave del convenio de desempeño por parte del Director del Establecimiento de acuerdo a las situaciones previstas en el inciso cuarto del artículo 39 del DFL N° 1, de 2005, de Salud16. Uno de los puntos de relevancia en el diseño de esta nueva institucionalidad, tenía relación con la facultad de remoción que mantiene el director del Servicio de Salud, ya que no obstante existir autonomía en la gestión, el hecho de existir esta potestad aminora el efecto de la desconcentración. Para evitar esta situación se establecieron los siguientes límites: 1.- El Director del establecimiento es designado por el Director del Servicio de acuerdo al Sistema de Alta Dirección Pública de la Ley Nº 19.882. Dicho sistema establece que, no obstante mantener la calidad de exclusiva confianza, el cargo tiene una duración de tres años, renovables hasta por dos veces, esto es, un total de 9 años. 2.- En segundo lugar, se requiere la consulta previa al Ministro de Salud, lo que tiene como objeto que el Director de Servicio acredite las razones que tiene para fundamentar la decisión de remoción. 5.2.

Atribuciones

Las facultades del director se encuentran reguladas en el artículo 36 del DFL N° 1, de 2005, de Salud, y en el artículo 23 del Decreto Supremo N° 38, de 2005, del mismo Ministerio, y en general reflejan la amplia autonomía que tiene tanto en el aspecto financiero (tiene presupuesto propio), jurídico (el Director firma directamente toda clase de contratos) y de administración de los recursos humanos (el Director ejerce las facultades de un jefe superior de servicio, con algunas limitaciones), entre otras muchas manifestaciones de esta autonomía. Es así como el inciso final del señalado artículo 36 dispone que “Para todos los efectos legales, la representación judicial y extrajudicial del Servicio de Salud respectivo se entenderá delegada en el Director del Establecimiento, cuando ejerza las atribuciones señaladas en este artículo”. En especial, el director del establecimiento de autogestión en red cuenta con las siguientes atribuciones: 5.2.1.

Facultades relativas al desarrollo organizacional

a) Dirigir la ejecución de los programas y acciones de salud y coordinar, asesorar, inspeccionar y controlar todas las dependencias del Establecimiento. b) Diseñar y elaborar un plan de desarrollo del Establecimiento. c) Organizar internamente el Establecimiento y asignar las tareas correspondientes.

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El inciso señalado establece: “La no presentación del Plan (de Ajuste y Contingencia), su rechazo o la evaluación insatisfactoria del mismo, se considerarán incumplimiento grave del convenio de desempeño por parte del Director del Establecimiento el cual, en estos casos, cesará en sus funciones de Director por el solo ministerio de la ley.”.

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5.2.2.

Facultades relativas al presupuesto de la organización 17

a) Elaborar y presentar al Director del Servicio de Salud correspondiente, el que lo remitirá al Subsecretario de Redes Asistenciales con un informe, el proyecto de presupuesto del Establecimiento, el plan anual de actividades asociado a dicho presupuesto y el plan de inversiones, conforme a las necesidades de ampliación y reparación de la infraestructura, de reposición del equipamiento de éste y a las políticas del Ministerio de Salud. Sin perjuicio de las instrucciones generales que imparta la Dirección de Presupuestos para estos efectos, el Director deberá priorizar las actividades y el plan de inversiones, detallando el costo de cada una de ellas y justificando la priorización propuesta. El presupuesto indicará detalladamente el estado del cobro de las prestaciones otorgadas y devengadas. El Subsecretario de Redes Asistenciales, mediante resolución, aprobará los presupuestos de los Establecimientos Autogestionados y el del Servicio, a más tardar el 15 de diciembre de cada año, o el siguiente día hábil, si el 15 fuera feriado, sobre la base del presupuesto aprobado al Servicio de Salud correspondiente y de las instrucciones que imparta la Dirección de Presupuestos. Dicha resolución deberá, además, ser visada por la Dirección de Presupuestos. Si vencido el plazo el Subsecretario no hubiera dictado la resolución, el presupuesto presentado por el Director se entenderá aprobado por el solo ministerio de la ley. En cada uno de los presupuestos de los Establecimientos Autogestionados y de los Servicios de Salud, se fijará la dotación máxima de personal; los recursos para pagar horas extraordinarias en el año; los gastos de capacitación y perfeccionamiento; el gasto anual de viáticos; la dotación de vehículos y la cantidad de recursos como límite de disponibilidad máxima por aplicación de la Ley Nº 19.664 y demás autorizaciones máximas consideradas en el respectivo presupuesto, todo ello conforme a las instrucciones que imparta la Dirección de Presupuestos para la elaboración del proyecto de Ley de Presupuestos. Si el presupuesto aprobado por el Subsecretario de Redes Asistenciales es menor que el solicitado por el Director del Establecimiento, el Subsecretario deberá indicar los componentes del plan anual de actividades y del plan de inversiones que deberán reducirse para ajustarse al presupuesto aprobado. Las inversiones que se financien con recursos propios y que superen las diez mil unidades tributarias mensuales, deberán contar con la autorización del Director del Servicio de Salud respectivo. b) Ejecutar el presupuesto y el plan anual del Establecimiento, de acuerdo con las normas relativas a la administración financiera del Estado. El Director podrá modificar el presupuesto y los montos determinados en sus glosas18. Dichas modificaciones podrán ser rechazadas mediante resolución del Subsecretario de Redes Asistenciales, de 

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Uno de los principales aspectos que reflejan la “autogestión” del establecimiento tiene relación con la asignación de un presupuesto “propio”, distinto del global del Servicio de Salud, como acontece con los establecimientos de salud que no tienen esta categoría. En la discusión legislativa se planteó la posibilidad que estos establecimientos tuviesen un presupuesto propio, distinto del Servicio, para la Ley de presupuestos. Dicha alternativa se descartó, dado que como lo hemos señalado son organismos que forman parte del Servicio de Salud y no cuentan con personalidad jurídica propia. Por ello, se utilizó la fórmula que estamos analizando, en cuanto no obstante aprobarse un presupuesto global para el Servicio de Salud en la Ley de presupuestos de cada año, a más tardar el 15 de diciembre de cada año el Subsecretario de Redes Asistenciales debe hacer la división del presupuesto del Servicio respectivo, asignando a cada uno de los establecimientos de autogestión su propio presupuesto, corrigiendo en consecuencia el presupuesto definitivo del Servicio de Salud. Esta norma es de vital importancia para la gestión del establecimiento, ya que autoriza a modificar el presupuesto y sus glosas, por lo que queda entregado al director del establecimiento la posibilidad de

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acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección de Presupuestos. Si el Subsecretario no se pronuncia en el plazo de quince días, contados desde la recepción de la solicitud, ésta se entenderá aceptada. Copia de todos los actos relativos a las modificaciones presupuestarias deberán ser remitidas al Servicio de Salud correspondiente y a la Dirección de Presupuestos. 5.2.3.

Facultades relativas a gestión de recursos humanos 19

a) Ejercer las funciones de administración del personal destinado al Establecimiento, en tanto correspondan al ámbito del mismo, en materia de suplencias, capacitación, calificaciones, jornadas de trabajo, comisiones de servicio, cometidos funcionarios, reconocimiento de remuneraciones, incluyendo todas aquellas asignaciones y bonificaciones que son concedidas por el Director del Servicio, feriados, permisos, licencias médicas, prestaciones sociales, responsabilidad administrativa y demás que establezca el reglamento. b) Respecto del personal a contrata y al contratado sobre la base de honorarios, el Director del Establecimiento ejercerá las funciones propias de un jefe superior de servicio. 5.2.4.

Facultades relativas a suscripción de contratos 20

a) Celebrar contratos de compra de servicios de cualquier naturaleza, con personas naturales o jurídicas, para el desempeño de todo tipo de tareas o funciones, generales o específicas, aun cuando sean propias o habituales del Establecimiento. El gasto por los contratos señalados en esta letra no podrá exceder el 20% del total del presupuesto asignado al Establecimiento respectivo. b) Celebrar contratos regidos por la Ley N° 18.80321. c) Ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos sobre bienes muebles e inmuebles y sobre cosas corporales o incorporales que hayan sido asignadas o afectadas al Establecimiento y las adquiridas por éste, y transigir respecto de derechos, acciones y obligaciones, sean contractuales o extracontractuales. Los contratos de transacción deberán ser aprobados por resolución del Ministerio de Hacienda, cuando se trate de sumas superiores a cinco mil unidades de fomento.

gestionar sus recursos, generar ahorros en los subtítulos que determine y transferir recursos a las prioridades que establezca 

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Otro aspecto importante de la autogestión se refiere a la gestión de los recursos humanos, ya que en general el director actúa con todas las atribuciones de un jefe superior de servicio público. La limitación se refiere al caso del personal de planta, en cuanto no tiene facultades de contratación de este tipo de funcionarios. Como lo hemos señalado, no obstante no contar con personalidad jurídica propia, el director del establecimiento autogestionado lo representa directamente, tanto judicial como extrajudicialmente, contando con las más amplias facultades para la celebración de todo tipo de contratos, sin requerir especial delegación de atribuciones por parte del director del Servicio de Salud. La Ley N° 18.803 regula los contratos que se celebren para encomendar la ejecución de acciones de apoyo, entendiéndose por tales las que no constituyan directamente las potestades públicas encomendadas por la ley a cada uno de los servicios y que sean complementarias a dichas potestades, tales como recepción, recopilación, preparación, revisión y evaluación de antecedentes; procesamientos computacionales; cobranzas y percepción de pagos; conservación y reparación de bienes inmuebles y muebles; aseo y otros servicios auxiliares.

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Con todo, no podrán enajenarse los inmuebles sin que medie autorización previa otorgada por resolución del Ministerio de Salud, y con sujeción a las normas de los decretos leyes N° 1.056, de 1975, o N° 1.939, de 1977. Cuando la enajenación de bienes muebles alcance las siete mil unidades tributarias mensuales en un año, todas las que le sucedan requerirán la autorización previa del Director del Servicio de Salud respectivo22. Asimismo, podrán enajenarse bienes muebles e inmuebles a título gratuito, sólo a favor del Fisco y de otras entidades públicas. d) Celebrar convenios regidos por el decreto con fuerza de ley N° 36, de 1980, del Ministerio de Salud23. e) Celebrar convenios con el Servicio de Salud respectivo, con otros Establecimientos de Autogestión en Red, con Establecimientos de Salud de Carácter Experimental, y con entidades administradoras de salud primaria pertenecientes a su territorio, en los que se podrán proveer todos los recursos necesarios para la ejecución del convenio, mediante la destinación de funcionarios a prestar colaboración en éste, el traspaso de fondos presupuestarios u otras modalidades adecuadas a su naturaleza. En particular, podrá estipularse el aporte de medicamentos, insumos y otros bienes fungibles de propiedad del Establecimiento. Los bienes inmuebles, equipos e instrumentos podrán cederse en comodato o a otro título no traslaticio de dominio, y serán restituidos a su terminación. Los convenios con entidades que no sean parte de su Red Asistencial deberán contar con la aprobación del Director del Servicio. f) Celebrar convenios con personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, tengan o no fines de lucro, con el objetivo de que el Establecimiento otorgue prestaciones y acciones de salud, pactando los precios y modalidades de pago o prepago que se acuerden, conforme a las normas que impartan para estos efectos los Ministerios de Salud y de Hacienda24. Las personas o instituciones que celebren dichos convenios estarán obligadas al pago íntegro de la prestación otorgada. El incumplimiento de las obligaciones por parte del beneficiario de la prestación o acción de salud no afectará a la obligación contraída con el Establecimiento por parte de las personas o instituciones celebrantes del convenio. Los convenios con las instituciones de salud previsional, en relación al uso de camas hospitalarias, sólo podrán referirse a la utilización de pensionados, unidades de cuidado intensivo y atención en servicios de urgencia. Dicha limitación no procede en el caso que exista ausencia o

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Esta norma se incorporó para evitar una eventual dilapidación rápida de los bienes públicos afectados al uso del establecimiento. El DFL N° 36, de 1980, de Salud, regula los convenios que celebren con universidades, organismos, sindicatos, asociaciones patronales o de trabajadores y, en general, con toda clase de personas naturales o jurídicas, a fin de que éstas tomen a su cargo, algunas de las acciones de salud que les corresponde ejecutar a estos establecimientos. Este literal autoriza la venta de servicios asistenciales a cualquier entidad pública o privada por parte del establecimiento, siempre que no genere menoscabo en la atención de beneficiarios del sistema público. La importancia de esta norma tiene relación con la posibilidad de generar ingresos propios para el establecimiento.

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insuficiencia de la especialidad que motive la atención, o ausencia o escasez de servicios profesionales en la especialidad de que se trate. Los convenios a que se refiere esta letra no podrán, en ningún caso, significar postergación o menoscabo de las atenciones que el Establecimiento debe prestar a los beneficiarios legales. En consecuencia, con la sola excepción de los casos de emergencia o urgencia debidamente calificadas, dichos beneficiarios legales se preferirán por sobre los no beneficiarios. g) Celebrar convenios con profesionales de la salud que sean funcionarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud y que cumplan jornadas de a lo menos 22 horas semanales cuando tengan por objeto atender a sus pacientes particulares en el Establecimiento. En estos casos, dicha atención deberá realizarse fuera del horario de su jornada de trabajo. Por resolución fundada se podrá autorizar convenios con profesionales que cumplan jornada de 11 horas semanales o con profesionales que no sean funcionarios del Sistema, previa aprobación del Director del Servicio de Salud25. Estos convenios no podrán discriminar arbitrariamente, deberán ajustarse al reglamento y a las instrucciones que impartan conjuntamente los Ministerios de Salud y de Hacienda y, en virtud de ellos, se podrán destinar a hospitalización los pensionados. El paciente particular deberá garantizar debidamente el pago de todas las obligaciones que para éste se generan con el Establecimiento por la ejecución del convenio, conforme a las instrucciones de los Ministerios de Salud y de Hacienda. En todo caso, se dará prioridad al pago de los gastos en que haya incurrido el Establecimiento, y éste no será responsable de los daños que se produzcan como consecuencia de dichas prestaciones o acciones de salud, con excepción de los perjuicios causados directamente por negligencia del Establecimiento. Los convenios a que se refiere esta letra no podrán, en ningún caso, significar postergación o menoscabo de las atenciones que el Establecimiento debe prestar a los beneficiarios legales. En consecuencia, con la sola excepción de los casos de emergencia o urgencia debidamente calificadas, dichos beneficiarios legales se preferirán por sobre los no beneficiarios. La auditoría señalada deberá determinar el cumplimiento de lo preceptuado. h) Celebrar convenios con el Fondo Nacional de Salud y con el Servicio de Salud correspondiente por las prestaciones que otorgue el Establecimiento a los beneficiarios del sistema público de salud en la Modalidad de Atención Institucional26. 

25

26

Por primera vez se ha introducido una disposición legal que regula los convenios que históricamente han celebrado los hospitales públicos con sus profesionales, para la atención de pacientes particulares utilizando las dependencias hospitalarias. La innovación de este literal, es que le otorga la facultad al director del establecimiento para convenir directamente con el Fonasa, la transferencia de recursos financieros relativa al pago de las prestaciones que realiza a los beneficiaros del sistema. Esta facultad ha sido históricamente requerida por los gestores hospitalarios, ya que una práctica habitual de los Servicios de Salud, al ser éstos los receptores de los fondos del Fonasa, es el traspaso parcial de los recursos a los hospitales para financiar los déficit que tengan otros establecimientos del Servicio. Sin perjuicio de la posibilidad de traspaso directo de recursos, dada la lógica de red asistencial, le corresponde al director del Servicio de Salud aprobar el convenio, pudiendo rechazarlo sólo en el caso que las prestaciones que se compren por parte del Fonasa no tengan relación con los requerimientos sanitarios de la Red.

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Con el exclusivo objetivo de verificar que los convenios cumplan con las necesidades de la Red Asistencial, el respectivo Director del Servicio de Salud, o el Subsecretario de Redes Asistenciales en el caso de los establecimientos que formen parte de la Red Asistencial de Alta Especialidad, deberá aprobarlos previamente, dentro de los quince días siguientes a su recepción. Después de ese plazo, si no se han hecho objeciones fundadas, los convenios se entenderán aprobados. Las controversias que se originen por el párrafo precedente serán resueltas por el Ministro de Salud. i) Otorgar prestaciones a los beneficiarios de Fonasa, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes, para lo cual podrá celebrar convenios con los Servicios de Salud, a fin de establecer las condiciones y modalidades que correspondan. 5.2.5.

Otras facultades

a) Ejecutar acciones de salud pública, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes, para lo cual podrá celebrar convenios con el Secretario Regional Ministerial y el Subsecretario de Salud Pública, a fin de establecer las condiciones y modalidades que correspondan. b) Establecer en forma autónoma un arancel para la atención de personas no beneficiarias de Fonasa, el cual en ningún caso podrá ser inferior al arancel aplicable a dichos beneficiarios. c) Realizar operaciones de leasing e invertir excedentes estacionales de caja en el mercado de capitales, previa autorización expresa del Ministerio de Hacienda. d) Declarar la exclusión, declaración de estar fuera de uso y dar de baja los bienes muebles del Establecimiento, pudiendo utilizar cualquier mecanismo que asegure la publicidad y libre e igualitaria participación de terceros en la enajenación. e) Delegar, bajo su responsabilidad, y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 18.575, atribuciones y facultades en los funcionarios de su dependencia. f) Conferir mandatos en asuntos determinados. g) Desempeñar las demás funciones y atribuciones que le asignen las leyes y reglamentos. h) Condonar, total o parcialmente, en casos excepcionales y por motivos fundados, en caso que el Director del Fondo Nacional de Salud le encomiende dicha labor, la diferencia de cargo del afiliado de Fonasa por las prestaciones que este reciba. 6.

Evaluación e incentivos

Uno de los aspectos importantes en el diseño de esta nueva institucionalidad, tiene relación con la necesidad de que estas instituciones de excelencia en la gestión estuviesen permanentemente evaluadas, y que sus resultados de gestión estuvieran alineados con los incentivos remuneracionales que tienen los funcionarios del establecimiento. Es así como se estableció que el establecimiento estará sujeto a una evaluación anual del Subsecretario de Redes Asistenciales, la que se realizará antes del 15 de marzo del año siguiente al que se evalúa, para verificar el cumplimiento de una serie de estándares que determinan conjuntamente los Ministerios de Salud y de Hacienda, los que incluirán a lo menos las siguientes materias: a) Cumplir las obligaciones que se le han establecido como organismo que forma parte de la red asistencial, para lo que se requerirá un informe al Director del Servicio de Salud correspondiente (o del Subsecretario de Redes Asistenciales, en su caso).

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b) Estar registrado en la Superintendencia de Salud como prestador institucional de salud acreditado. c) Haber implementado satisfactoriamente sistemas o mecanismos de gestión y desarrollo de competencias en áreas tales como planificación y control de gestión; administración de personal; atención y apoyo al usuario; administración financiero-contable y auditoría interna; sistemas de cuenta pública a la comunidad, entre otras. d) Mantener el equilibrio presupuestario y financiero, definido como la igualdad que debe existir entre los ingresos y gastos devengados y que el pago de las obligaciones devengadas y no pagadas se efectúe en un plazo no superior a sesenta días. e) Lograr el cumplimiento de las metas que se determinen con relación a niveles de satisfacción de los usuarios. f) Lograr una articulación adecuada dentro de la Red Asistencial, para lo que se requerirá un informe del Director del Servicio de Salud correspondiente, salvo en los casos de Establecimientos que formen parte de la Red Asistencial de Alta Especialidad, y g) Cumplir las metas de registro y reducción de listas de espera que se hubieren convenido con el Director del Servicio de Salud o el Subsecretario de Redes Asistenciales, según corresponda. En cuanto a las auditorías, el Establecimiento deberá efectuar auditorías de la gestión administrativa y financiera a lo menos una vez al año, las que podrán ser realizadas por auditores externos conforme las normas que imparta el Subsecretario de Redes Asistenciales. Sin perjuicio de lo anterior y de las respectivas normas de contabilidad gubernamental, el Establecimiento deberá elaborar estados financieros trimestrales, que incluirán, a lo menos, los siguientes informes: -

Informe mensual analítico y agregado de las variaciones de la ejecución presupuestaria.

-

Informe mensual de ejecución de gastos en personal.

-

Informe mensual de ejecución del programa de prestaciones valoradas.

-

Informe mensual de indicadores de gestión financiera.

-

Informe mensual de deuda por antigüedad, en bienes y servicios de consumo, operaciones años anteriores y deuda total.

-

Análisis cualitativo situación financiera- presupuestaria (ingresos, gastos, deuda, indicadores y acciones correctivas), mensual y acumulado semestral y anual.

-

Información periódica de convenios establecidos con terceros.

-

Informe mensual presupuestario de la ejecución financiera y actividad relacionada con los convenios con terceros.

-

Informe trimestral de la programación financiera de ingresos y gastos.

-

Informe trimestral de generación y destinos de los ingresos propios.

-

Informe anual de inversiones relacionadas en el establecimiento.

-

Informe anual del programa de mantención de equipos médicos e industriales.

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En caso de detectarse por el Subsecretario de Redes Asistenciales, el Director del Servicio de Salud respectivo o el Superintendente de Salud el incumplimiento de alguno de los estándares señalados precedentemente, el Subsecretario representará al Director del Establecimiento la situación y le otorgará un plazo de 15 días hábiles, el que podrá ser prorrogado por una sola vez, para que presente un Plan de Ajuste y Contingencia. La Subsecretaría, conjuntamente con la Dirección de Presupuestos, dispondrá de un plazo máximo de 15 días hábiles para pronunciarse acerca del Plan de Ajuste y Contingencia, ya sea aprobándolo o rechazándolo. Si la Subsecretaría aprueba el Plan presentado, éste deberá ejecutarse en el plazo que acuerde, el que no podrá exceder de ciento veinte días. Al cabo de este plazo, deberá evaluarse si se subsanaron los incumplimientos que se pretendieron regularizar con su implementación. La no presentación del Plan, su rechazo o la evaluación insatisfactoria del mismo, se considerarán incumplimiento grave del convenio de desempeño por parte del Director del Establecimiento el cual, en estos casos, cesará en sus funciones de Director por el solo ministerio de la ley. Asimismo, en tanto no se restablezca el nivel de cumplimiento de los estándares establecidos, el personal directivo del respectivo Establecimiento no tendrá derecho a la asignación asociada al cumplimiento de los requisitos señalados. Como ya lo vimos, la ley creó una asignación de función directiva, la que en el caso de los establecimientos de autogestión en red está asociada íntegramente al cumplimiento de los estándares que se evalúan anualmente. 7.

Participación Ciudadana

Uno de los principios que se incorporó en la modernización del sector fue introducir diversos mecanismos de control social y rendición de cuentas. En el caso de los establecimientos de autogestión, se ha creado un Consejo Consultivo de los Usuarios, que tiene la función de asesorar al Director del Establecimiento en la fijación de las políticas de éste y en la definición y evaluación de los planes institucionales. En el primer trimestre de cada año, el Director presentará al Consejo Consultivo el plan de actividades a desarrollar por el Establecimiento durante el año, así como la cuenta pública anual del mismo Está compuesto por 5 representantes de la comunidad vecinal y 2 representantes de los trabajadores del Establecimiento. Se entenderá por comunidad vecinal todas aquellas personas u organizaciones de carácter territorial o funcional con asentamiento en el territorio del área de competencia del Establecimiento. Los representantes de la comunidad vecinal podrán ser escogidos entre los representantes de organizaciones territoriales o funcionales de la comunidad usuaria del Establecimiento o de los establecimientos que forman parte de la Red Asistencial, tales como Uniones Comunales de Juntas de Vecinos, Consejos de Desarrollo de los Consultorios, u otra instancia de participación de usuarios, Comités de Promoción de la Salud, Organizaciones de Salud Comunales, entre otros. En el caso específico de los Establecimientos de la Red Asistencial de Alta Especialidad, los representantes de la comunidad vecinal podrán ser integrantes de los consejos consultivos de los Establecimientos de la Red de referencia habitual, preferentemente aquellos con asentamiento en la región o regiones más cercanas al Establecimiento, o bien, integrantes de organizaciones de usuarios, grupos de autoayuda, entre otros.

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La elección de los representantes de usuarios deberá ser realizada en base a propuestas provenientes de los propios usuarios, los que serán convocados por la Dirección del Establecimiento para dicho fin mediante un sistema comunicado en forma previa y pública a la comunidad del Establecimiento. Los representantes de los trabajadores del Establecimiento deberán ser escogidos en base a propuestas de los propios funcionarios mediante un sistema comunicado en forma previa y pública o votación universal. 8.

Normas especiales de personal

La ley ha creado una especie de “afectación” de los funcionarios que laboran en el establecimiento, a fin de impedir que el director de Servicio pueda disponer de éstos para cumplir labores en otras dependencias. Es así como se establece que los funcionarios de planta o a contrata que se desempeñen en el Establecimiento a la fecha de otorgamiento de la calidad de “Establecimiento de Autogestión en Red” permanecerán destinados a éste. Sin perjuicio de lo anterior, por resolución fundada del Director del Servicio de Salud, a petición expresa del Director del Establecimiento, podrá ponerse término a la destinación en el Establecimiento de determinados funcionarios, quienes quedarán a disposición del Servicio de Salud correspondiente, todo ello cuando lo requieran las necesidades del Servicio y fuere conveniente para el buen funcionamiento del Establecimiento. Los contratos a honorarios vigentes a la fecha indicada continuarán surtiendo sus efectos conforme a las disposiciones contenidas en ellos. Así pues, el día del otorgamiento de la calidad de autogestionado queda fijada una especie de “planta” de esta institución, la que puede ser modificada de común acuerdo entre el director de Servicio y del establecimiento. 9.

Recursos y bienes del Establecimiento

Como ya lo señalamos, dada la especial naturaleza jurídica de este tipo de establecimientos, la ley ha creado una especial afectación de los bienes que utiliza la institución, sin crear un patrimonio distinto al del Servicio. Respecto de estos bienes, el director del establecimiento tiene plenas potestades de administración, como lo vimos en el acápite relativo a las facultades del director del establecimiento autogestionado. Es así como el artículo 43 del DFL N° 1, de 2005, de Salud, dispone que “El Establecimiento tendrá el uso, goce y disposición exclusivo de los bienes raíces y muebles de propiedad del Servicio de Salud correspondiente, que se encuentren destinados al funcionamiento de los servicios sanitarios, administrativos u otros objetivos del Establecimiento, a la fecha de la resolución que reconozca su condición de “Establecimiento de Autogestión en Red”, y de los demás bienes que adquiera posteriormente a cualquier título”. Los bienes destinados al funcionamiento de los servicios sanitarios y administrativos, gozan de inembargabilidad, dada su destinación al funcionamiento de un servicio público de primera necesidad. Este patrimonio de afectación cuenta además con los siguientes recursos, que forman parte del presupuesto del Servicio: a) Con aquellos pagos que le efectúe el Fondo Nacional de Salud por las prestaciones que otorgue a los beneficiaros del sistema público.

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b) Con aquellos pagos que le efectúe el Servicio de Salud respectivo por las prestaciones que otorgue a los beneficiarios del sistema público. c) Con aquellos pagos que le efectúe el Subsecretario de Salud Pública o el Secretario Regional Ministerial por la ejecución de acciones de salud pública. d) Con los ingresos que obtenga, cuando corresponda, por los servicios y atenciones que preste, fijados en aranceles, convenios u otras fuentes. e) Con los frutos que produzcan los bienes destinados a su funcionamiento y con el producto de la enajenación de esos mismos bienes. f) Con las donaciones que se le hagan y las herencias y legados que acepte, lo que deberá hacer con beneficio de inventario. Dichas donaciones y asignaciones hereditarias estarán exentas de toda clase de impuestos y de todo gravamen o pago que les afecten. Las donaciones no requerirán del trámite de insinuación. g) Con las participaciones, contribuciones, arbitrios, subvenciones y otros recursos que le corresponda percibir. h) Mediante presentación de proyectos a fondos concursables y a instituciones u organismos solidarios, e i) Con los aportes, transferencias, subvenciones que reciba de la Ley de Presupuestos del Sector Público, de personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras y con los empréstitos y créditos internos y externos que contrate en conformidad a la ley. 10.

Contiendas de competencia

A fin de establecer un mecanismo claro de resolución de las eventuales controversias que pueda originar una institucionalidad nueva como la que tratamos, la ley estableció que las contiendas de competencia que surjan entre los Directores de los Servicios de Salud y los Directores de los “Establecimientos de Autogestión en Red”, serán resueltas por el Subsecretario de Redes Asistenciales. En general, podemos definir las contiendas de competencia como aquella “disputa que se promueve entre dos autoridades o tribunales en razón de que ambas consideran que tienen o carecen de atribuciones suficientes para resolver un determinado asunto”27. De esta manera, cada vez que estas autoridades discutan la potestad de decisión sobre una determinada materia, o bien se excusen de intervenir por carecer de atribución, será el Subsecretario de Redes Asistenciales quién deberá resolver esta contienda. 11.

Red Asistencial de Alta Especialidad

La idea que se tuvo al establecer esta Red Asistencial de Alta Especialidad fue el de reconocer el carácter nacional que tienen algunos establecimientos, en cuanto son centros de referencia para todo o gran parte del país, respecto a la especialidad que desarrolla. Por esta razón y dada la creación de la nueva Subsecretaría de Redes Asistenciales, el legislador consideró más adecuado con dicha realidad el que estas instituciones fueran coordinadas por ésta. De 

27

Mario Verdugo y Emilio Pfeffer, Derecho Constitucional, Tomo II, pág. 239, 2ª ed., Editorial Jurídica de Chile, 1999.

30


esta manera, la ley ha establecido que los Establecimientos de Autogestión en Red que estén destinados a la atención preferente de una determinada especialidad, con exclusión de las especialidades básicas, de alta complejidad técnica y de cobertura nacional, formarán parte de una Red Asistencial de Alta Especialidad de carácter nacional coordinada por el Subsecretario de Redes Asistenciales. El Ministerio de Salud deberá determinar aquellos Establecimientos Autogestionados que integrarán la Red Asistencial de Alta Especialidad. En estos establecimientos, el tipo de actividades asistenciales, grado de complejidad técnica y especialidades las determinará el Subsecretario señalado, como así también las normas de referencia de los pacientes. Así pues, la relación que tendrán estos establecimientos con el Servicio de Salud será muy escasa, ya que los requerimientos de la red serán determinados por el Subsecretario, conforme las necesidades de todo el país. Para ser considerado parte de esta Red Asistencial de Alta Especialidad, los establecimientos deberán cumplir con los siguientes requisitos, además de los señalados para obtener la calificación de autogestionado: a) Tener la calidad de centro formador de especialistas en el área. b) Tener cobertura nacional o multiregional, entendiendo por esto la atención de situaciones de alta complejidad de cualquier lugar del país. c) Atención preferente de una determinada especialidad. d) Tener alta complejidad técnica. e) Contar con una política de investigación en su especialidad. f) Resolver una parte significativa de la demanda nacional de la especialidad. 12.

Las evaluaciones y seguimientos de los Hospitales Autogestionados

El primer informe de evaluación lo realizó el Ministerio de Salud a través de su departamento de Auditoría en el último trimestre del año 2004, para todos los futuros hospitales autogestionados, con el objeto de conocer el grado de desarrollo organizacional de estos y en particular conocer las brechas existentes, para luego introducir las correcciones necesarias para que todos puedan en el corto y mediano plazo obtener la certificación de autogestionado28. El instrumento se diseñó en base a la reglamentación existente y las áreas incorporadas en la evaluación fueron: Planificación Estratégica, Organización Interna, Gestión de RRHH, Gestión Financiera, Gestión en Red, Cumplimiento de metas de desempeño, Consejos Consultivos de Usuarios, Sistemas de Información, Auditoría Interna, Gestión de Satisfacción de Usuarios y Cuenta Pública de Resultados. Fue así como se establecieron cuatro rangos de cumplimiento: • • • •

Malo: 0 a 25% de cumplimiento Regular: de 26 a 50% de cumplimiento Bueno: de 51 a 75% de cumplimiento Muy Bueno: de 76 a 100% de cumplimiento

28

Informe Consolidado nº 183. Evaluación EAR 2009. Ministerio de Salud, Departamento de Auditoría.

31


El promedio global de cumplimiento fue de 57% y la mediana fue de 56%. Solo 5 de los 56 hospitales evaluados obtuvieron una evaluación muy buena, 33 obtuvieron calificación buena y 18 fueron calificados de regulares. Las áreas con mejores grados de cumplimiento fueron: • • • •

Gestión de Satisfacción de usuarios 79% Cuenta Pública 73% Gestión en Red 73% Sistemas de Información 69%

Las áreas de menor promedio de cumplimiento fueron: • • • •

Auditoría Interna 22% Planificación Estratégica 27% Consejos de Participación 46% Organización Interna 50%

Respecto de la evaluación en gestión de recursos humanos, si bien la ponderación global de todos los aspectos auditados fue de 62%, tan solo el 22% cumplía con la realización de todos los procesos relacionados con la gestión del personal. En relación a la gestión financiera el cumplimiento global de todos los parámetros analizados fue de un 66%, sin embargo, solo el 28% de los hospitales daba cumplimiento al componente de equilibrio presupuestario y plazos de deudas inferiores a 60 días. En síntesis, si bien este fue el primer instrumento de evaluación utilizado y que sirvió de base para que cada hospital en particular pudiera conocer y corregir sus brechas de desarrollo organizacional, resulto alarmante que tan solo 5 de 56 establecimientos fueran evaluados en el rango de muy bueno y nos daría una pista de los difícil y tortuoso que sería en el futuro dar cumplimiento a los criterios de evaluación de la autogestión. Un segundo informe a tomar en cuenta es el Nº 183 del Departamento de Auditoría del Ministerio de Salud. Evaluación de Establecimientos Autogestionados en Red, diciembre 2009. Sin embargo, hay que considerar que en lapso de cinco años que han transcurrido desde la línea base del 2004 algunas hechos han pasado. En primer lugar los hospitales públicos chilenos de mayor complejidad, que podrían ser objeto de la certificación de autogestionados subieron de 56 a 60. De estos y habiendo transcurrido cinco años de implementación de la ley de autoridad sanitaria solo 11 (18%), han obtenido la calidad de autogestionados por el cumplimiento de los criterios de evaluación de los instrumentos que se han definido para el efecto. Instrumentos que con el correr de los años han sido modificados y por ende imposibles de ser comparados, demostrando en la práctica la confusión que existió en las autoridades ministeriales al momento de definir un modelo hospitalario público de autogestión, objeto de seguimiento y evaluación. Este segundo informe entonces se hizo para evaluar los 49 establecimientos hospitalarios restantes, entre enero del año 2008 y junio del año 2009 y se organizó sobre la base de los siguientes 12 acápites: Aspectos formales, Planificación, Organización Interna, Gestión y desarrollo de los RRHH, Gestión Financiera, Gestión de la Red Asistencial, Metas de desempeño, Consejos asesores, Sistemas de Información, Gestión de la información de los usuarios, Cuenta pública de resultados y Auditoría Interna. En relación a los aspectos formales, en diciembre del 2009 ninguno de los 60 establecimientos hospitalarios había obtenido la acreditación institucional de calidad dependiente de la Superintendencia de Salud, requisito legal para obtener la condición de autogestionado. En relación a los demás aspectos los resultados brutos globales fueron:

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• • • • • • • • • • •

Planificación 63,5% Organización interna 51,5% Recursos Humanos 62,2% Finanzas 52,7% Gestión de Red Asistencial 79,2% Metas de desempeño 78,8% Consejos asesores 75,7% Sistemas de Información 66,8% Gestión de información usuarios 72,3% Cuenta Pública 93,2% Auditoría Interna 77,6%

Por un lado los que presentaron más bajos promedios de cumplimiento fueron los de Organización Interna y el de Gestión Financiera y por el contrario los que obtuvieron los mayores puntajes fueron los de Cuenta Pública y de Gestión de la Red Asistencial. En resumen el puntaje bruto general de los 49 hospitales fue de 68,63%, mientras que cuando se aplicaron los criterios de mínimos obligatorios fue de un 29,02%. Finalmente ninguno de los 49 dio cumplimiento al porcentaje mínimo exigido por el instrumento de evaluación y por lo tanto no se pudieron incorporar nuevos autogestionados. Al mismo tiempo hay que recordar que ya para esta ocasión se había modificado el plazo legal de entrada en vigencia de la autogestión hospitalaria la que se dio en la práctica a partir del 1º de Enero del año 2010 y no del año 2009 como inicialmente se contemplaba. En otras palabras desde el año 2010 tenemos 60 establecimientos autogestionados pero en su mayoría por el solo imperio de la ley y no por méritos de gestión. Po último la evolución de los puntajes brutos generales medidos por el mismo instrumento fueron: • • • • •

2005: 50,7% 2006: 57,2% 2007: 66,2% 2008: 70% 2009: 68,7%

Finalmente dado que desde el año 2010 todos los hospitales son autogestionados, correspondía a partir del año 2011 evaluar si estos establecimientos mantenían su condición y para ello era necesario aplicar una nueva evaluación. Si bien el uso de la línea basal del 2004 y el instrumento utilizado desde el año 2005 a la fecha, sirvieron para pavimentar el camino en la senda de la autogestión, el nuevo gobierno del Presidente Piñera y su equipo ministerial en salud, determinaron que estos eran insatisfactorios, contenían más de 250 indicadores y algunos eran excesivamente rigurosos en la forma, dicotómicos y centrados en la medición de aspectos estructurales. En consideración a lo antes mencionado y atendiendo a los requerimientos de las redes, se inició durante el II semestre de 2010, un trabajo orientado a la definición de un nuevo mecanismo de evaluación que permitiese medir la estrategia de la organización hospitalaria29. En ese contexto, nace el nuevo instrumento de evaluación para los Establecimientos Autogestionados en Red, que se basa en la metodología de Balanced Scorecard (BSC) o Cuadro de Mando Integral (CMI), la cual destaca por ser una herramienta de carácter estratégico, que recoge un 

29

Instrumento de evaluación de autogestionados en red, febrero 2011, Ministerio de Salud. Emilio Santelices et al.

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conjunto coherente de indicadores que proporcionan a la alta dirección y a las unidades responsables, una visión comprensible de su área de responsabilidad. Señala un camino organizado para llevar a cabo, lo que ya se sabe que hay que hacer. El nuevo instrumento de evaluación, incorpora solo 48 indicadores, los cuales dan cuenta de los procesos estratégicos que un Establecimiento Hospitalario debería controlar, en miras de una gestión exitosa. Dichos indicadores dan cuenta de todos los procesos críticos de un Establecimiento Hospitalario: Sustentabilidad Financiera, Eficiencia Operacional, Gestión Clínica y Excelencia de la Atención. De esta manera, el instrumento representa a la organización y cobra sentido para los actores involucrados, quienes podrán proponer y ejecutar iniciativas, en pos del logro de sus metas. En base al instrumento señalado, el Ministerio de Salud ha hecho ya una primera evaluación sobre los 60 hospitales autogestionados vigentes por ley; según trascendidos ministeriales tomando en cuenta la información disponible de los años 2010 y 2011. Sin embargo, hasta la fecha de elaboración de este estudio no ha sido posible por parte de los autores obtener esta información y hemos procedido a solicitarla mediante requerimiento del sistema de transparencia activa contemplado en nuestra legislación30. 13.

Otras dimensiones del impacto de los Hospitales Autogestionados.

Independiente de los diversos instrumentos de evaluación con los que se ha pretendido hacer seguimiento a los hospitales autogestionados en estos siete años, resulta evidente que también es necesario mirar otras fuentes de información y criterios, como para intentar medir directa o indirectamente los impactos positivos o negativos que estos han tenido en nuestro sistema de salud. Desde esta perspectiva baste señalar en primer lugar que desde el 2009, año desde el cual está vigente el marco regulatorio para la acreditación de calidad institucional, dependiente de la Superintendencia de Salud, al día de hoy solo 4 (6,6%) de los 60 hospitales están efectivamente acreditados: Instituto Nacional del Cáncer, Hospital Exequiel González Cortez, Hospital Padre Alberto Hurtado y Hospital San Juan de Dios. Cabe recordar que para mantener el estatus de hospital autogestionado es requisito legal estar acreditado, independiente de si se está exigiendo o no la garantía de calidad. En esta misma dirección es que a continuación se ofrecen otras dimensiones del impacto que han tenido los hospitales autogestionados. 13.1.

Estudios de satisfacción usuaria en los prestadores públicos

Un estudio de la Superintendencia de Salud realizado en enero del año 2009, específicamente diseñado para evaluar los niveles de satisfacción de los usuarios de prestadores públicos y privados, estableció las mediciones de una línea basal; toda vez que ese año se ponían en vigencia los marcos regulatorios que permitían dar inicio al sistema de acreditación de calidad de los prestadores. Y como lo muestran los datos del estudio las expectativas hacia los prestadores de salud, tanto en hospitalización como en consultas médicas, son notablemente homogéneas entre los usuarios de FONASA e ISAPRE, demostrando la existencia de un estándar común donde la principal señal de calidad la dan el equipamiento clínico y la adecuación de las instalaciones físicas. En todo lo relacionado con evaluación general, hospitalización y consultas de urgencias, las clínicas superan ampliamente a los hospitales, pudiendo calificarse las primeras como “excelentes” y los 30

Comprobante de solicitud nº222941 del 23/08/2012 del Ministerio de Salud por Ley de Transparencia.

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segundos como “aceptables” en prácticamente todos los atributos, con la sola excepción del equipamiento clínico y en hospitalización, donde los hospitales públicos alcanzan también un buen desempeño. Por otra parte, los consultorios como prestadores de atención ambulatoria se ubican en un nivel crítico de desempeño, muy por debajo de los hospitales.

CUADRO Nº 1

E5. Pensando en la atención en general que ha recibido en… ¿qué nota le pondría, de 1 a 7? E7. Pensando en la atención de HOSPITALIZACIÓN que ha recibido en… ¿qué nota le pondría, de 1 a 7? E9. Pensando en la atención de URGENCIA que ha recibido en… ¿qué nota le pondría, de 1 a 7? Base: Todos los entrevistados (1728)

Lamentablemente aún no contamos con un segundo estudio equivalente que de seguimiento a su evaluación en el tiempo, el que en todo caso cobrará mayor relevancia al momento de contar con al menos un 50% de los hospitales público acreditados, con el fin de medir si esta condición tiene incidencia en un cambio o no de las mediciones señaladas. 13.2.

Análisis de la Productividad global del sistema público de salud post-reforma de los Establecimientos Autogestionados en Red

Del mismo modo ha sido interesante descubrir entre los registros del MINSAL, la información histórica (1992-2010) del nivel de gasto en recursos humanos de los servicios de salud hospitalarios, versus la producción agregada de los mismos, medida por su nivel de ingresos por producción.

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CUADRO Nº 2

Fuente: Departamento de Gestión y Desarrollo de RRHH del MINSAL, sobre la base de datos de DEIS, SIGFE y propios. Nota 1: La producción Total es la suma de la Facturación PAD-PPP y los Ingresos Propios. Nota 2: En este análisis no se consideró el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente

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CUADRO Nº 3

Evolución Indicador Productividad del Gasto en Personal 1992-2010 2,000 1,8000 1,6000 1,4000 1,2000 1,000 ,8000 ,6000 ,4000 ,2000 ,000

1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

Año 002 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001 001

La evidencia nos muestra que luego de una baja acentuada de productividad entre los años 92 y 95 del orden del 30% menos, esta se mantuvo relativamente constante hasta el año 2005 y desde ese año hasta ahora se ha vuelto a producir una nueva reducción de la productividad agregada de nuestro sistema de salud del orden de otro 20%, no obstante de haber entrado en vigencia los hospitales públicos autogestionados. Resulta evidente que estamos ante un indicador muy grueso y agregado, pero da cuenta de la falta de sistemas de información capaces de entregar evaluaciones más finas y específicas sobre el nivel de eficiencia y productividad de nuestro sistema asistencial. 13.3.

La Gestión del Talento de los directivos hospitalarios a través del Sistema de Alta Dirección Pública administrado por el Servicio Civil

CONCURSOS DE DIRECTORES DE HOSPITAL DESDE EL INICIO DEL SISTEMA DE ADP, AL 20 DE JULIO DE 2012 1. Concursos solicitados por año Año

Cantidad 2005

16

2006

48

2007

28

2008

28

2009

29

2010

41

2011

24

2012

16

Total general

230

37


2. Concursos cerrados por año - según forma de término Año 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 Total general

Con nombramiento

% nombramiento

Desierto

1 16 21 8 32 10 39 10

50% 44% 54% 36% 80% 71% 87% 63%

1 20 18 14 8 4 6 6

% Desierto 50% 56% 46% 64% 20% 29% 13% 37%

137

64%

77

36%

TIEMPO DE EJERCICIO POR ESTADO DEL NOMBRAMIENTO Datos al 20 de julio Nombramientos

DESVINCULADO NOMBRADO (1er. Periodo) RENOVADO TOTAL

Promedio de Días Promedio de Años de Ejercicio

68 57 10

716 457 1565

2,0 1,3 4,3

135

669

1,8

De los cuadros anteriores llaman la atención dos aspectos. Primero que del conjunto de concursos acumulados un alto porcentaje (36%) se declara desierto, lo que da cuenta de lo difícil que resulta reclutar lideres para llevar adelante la tarea de implementar los hospitales autogestionados y que por ende será necesario revisar el marco de incentivos remuneracionales y no remuneracionales que se han definido para el efecto. Segundo que por lo general los directores de hospital en promedio duran menos de dos años en sus cargos, lo que explica que en estos casi ocho años del sistema de alta dirección pública acompañando a los hospitales autogestionados, cada uno de los 60 hospitales haya tenido en promedio poco más de cuatro directores, lo que claramente conspira con la necesidad de contar con líderes efectivos con planes y políticas de implementación de mediano y largo plazo. 13.4.

La deuda Hospitalaria y el Equilibrio Financiero del Sistema de Salud

Resulta evidente de que siendo uno de los factores críticos en la obtención de la certificación de los hospitales autogestionados, esta sigue siendo una tarea pendiente del sector público, no obstante los avances que en este criterio se han experimentado. Si bien los marcos regulatorios y sus respectivos instrumentos de evaluación exigen establecimientos sin deudas y con el pago de proveedores dentro de los 60 días, saltan a la vista ciertos avances de los últimos años, aunque es sabido que esto se logra con una práctica mantenida en el

38


tiempo, que consiste en cerrar en diciembre de cada año con importantes aportes presupuestarios de carácter extraordinario con el fin de mantener controlada la deuda hospitalaria. Con todo la deuda se ha reducido de más de 57 mil millones en el 2009 a casi 26 mil millones en diciembre del año 2011 y todo indica por la evolución que está tomando la deuda en los primeros meses de año 2012, que a lo menos se va a mantener en la del rango del 2011 o inclusive podría ser inferior.

BALANCE DE COMPROBACIÓN Y SALDOS DE LA DIPRES 1603 SERVICIOS DE SALUD Código 2.1.5.22

Denominación

2009

2010

2011

C x P Bienes y Servicios de Consumo

(57.508.748.993)

(37.705.814.440)

(25.815.368.439)

Fuente: DIPRES, Ministerio de Hacienda, 2012.

39


13.5.

Otras evaluaciones consistentes con las dificultades de implementación de los hospitales autogestionados.

Un estudio elaborado por el Programa Social de Libertad y Desarrollo31 evaluó la evolución de 3 indicadores – ocupacional, de rotación y de letalidad - entre 2005 y 2007. Los resultados obtenidos arrojan que sólo 1 Hospital, el Traumatológico Dr. Teodoro Gebauer, de los 11 que han sido incorporados al sistema de autogestión cumple con todos los promedios sugeridos por el Ministerio de Salud en los índices ocupacional, de rotación y letalidad; mientras que 2 de ellos (Herminda Martín de Chillán y Regional de Temuco) no cumplen con ninguna de las normas propuestas. Adicionalmente, el estudio comprobó que los hospitales El Pino, Ezequiel González Cortés y Calvo Mackenna, cumplen con 2 de estos indicadores; mientras el San Juan de Dios de los Andes, el Psiquiátrico, Luis Tizné, Hospital del Tórax y el Instituto Nacional del Cáncer sólo cumplen con 1. Al observar los promedios de cada índice por separado, llama la atención que en el índice ocupacional (mide el grado de uso (%) de las camas disponibles o en trabajo para un determinado período) hay algunos hospitales que vienen aumentando por sobre el límite sugerido de 80% desde 2005: el Hospital de Chillán, El Pino, Exequiel González Cortés, Psiquiátrico, Calvo Mackenna y Regional de Temuco. En tanto, el Parroquial San Bernardo y Padre Hurtado muestran un nivel inferior al promedio de este grupo de autogestionados. En cuanto al índice de rotación (egresos por cama hospitalaria) , sólo el Psiquiátrico cumple con el nivel sugerido de estar bajo 2% y hay algunos que más que duplican la norma, tales como el de Chillán, San Juan de Dios, El Pino, Exequiel, González Cortés, Luis Tisné, Calvo Mackenna y Regional de Temuco. También es el caso del Parroquial y Padre Hurtado. En cuanto al índice de letalidad (relación entre el número de egresos por fallecimiento de un período y el total de egresos del mismo período), se aprecia que el hospital de Chillán, Instituto Nacional del Tórax, del Cáncer y Regional de Temuco mantienen un nivel que está por sobre el promedio de este grupo de hospitales, mientras que el Parroquial y Padre Hurtado están bajo el promedio de este grupo de autogestionados.

31

Estudio de Libertad y Desarrollo: datos disponibles demuestran que autogestión de Hospitales es insuficiente. Autor Rodrigo Castro, 2009.

40


V.

EL BENCHMARKING ACTUAL DE LA GESTIÓN HOS PITALARIA

Resultando evidente hasta ahora que la iniciativa de los hospitales autogestionados no ha rendido los frutos que se esperaban y asumiendo que una de las causas se explicaría por la falta de una definición explicita de un modelo de hospital público acorde a nuestra realidad, parece relevante que se analicen experiencias exitosas de modelos hospitalarios en otras latitudes del mundo. No se trata de copiar experiencias que están atadas a sus propios marcos regulatorios, pero sí de identificar criterios de contexto, áreas de acción e instrumentos específicos de gestión hospitalaria que puedan ser un punto de referencia a nuestra necesaria definición explícita de un modelo hospitalario público chileno.

1.

El caso de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad en México/HRAE

Estos son establecimientos de prestación universal de servicios, dirigidos a la reparación de daños de baja frecuencia y alta complejidad, que involucran el empleo de una combinación de tecnología sanitaria compleja y de alto costo realizada por equipos de alto nivel de formación y experiencia. Funcionamiento continuo: 24 horas, 365 días. Procedimientos clínicos-quirúrgicos involucran profesionales altamente especializados que utilizan espacios especiales, equipamiento y alta tecnología que no debe fallar. Sus intervenciones frecuentemente plantean problemas extremos que involucran la vida y la muerte de las personas y sentimientos asociados de los usuarios y sus familiares, como atención médicoquirúrgica, productos individualizados, procesos estandarizados, basados en evidencia científica, múltiples profesionales especializados, altamente calificados, con cierta autonomía, alto grado de coordinación y muchas veces toma decisiones colegiada. Se vinculan con la educación superior y con la investigación. Además se plantean servicios especializados destinados al hospedaje, alimentación y confort, cuyos usuarios requieren satisfactores muy diversos y tienen diferentes exigencias y expectativas. Este modelo de hospital basa su distinción en la Gestión Clínica de procesos, la que se define como el conjunto de actividades relacionadas con la asignación y aplicación de los recursos requeridos en la prestación de servicios de salud y la toma de decisiones a lo largo del proceso de atención al paciente. Busca incrementar la eficiencia, seguridad y la calidad de la atención médico-quirúrgica, vincula a los profesionales de la salud con la gestión de los recursos para producir los servicios. Mejora la efectividad, reduce la variabilidad de la práctica clínica e incorpora la dimensión del costo al momento de tomar las decisiones clínicas. En otras palabras este modelo encuentra la base de su valor público en la impecabilidad de la estructuración, organización y gestión de todos los procesos relacionados con un hospital público y de hecho de manera esquemática se presenta a continuación:

41


Gestión Clínica y Atención al Paciente por Procesos

Los principios del modelo son: Orientación a resultados: cumplimiento de estándares y criterios de calidad, seguridad y eficiencia. Gestión por procesos: prioridad visión del cliente sobre organización. Responsables de servicios clínicos como gerentes de “productos”. Centro en el paciente y su familia. Políticas de servicios para la atención de pacientes y familiares. Toma de decisiones basadas en la mejor evidencia disponible. Directivos: profesionales de la administración y la gestión. Costeo de todos los servicios, promoción y acciones para captación de recursos para un funcionamiento sustentable. Organización relacional, se reconoce la interdependencia entre áreas del conocimiento y estructuras físicas para la consecución objetivos institucionales.     

Entre sus propuestas concretas encontramos: Atención centrada en los pacientes y familiares Consulta externa altamente resolutiva Disminución sustancial estancia hospitalaria Tendencia a la realización de cirugía mayor ambulatoria


      

2.

Protocolos de atención y guías clínicas Equipos multidisciplinarios Visión integral del paciente Continuidad en la atención Atención basada en la mejor evidencia Centro de investigación y enseñanza Soluciones gerenciales integrales (clínica y costos)

Grupo Ribera de Concesiones Hospitalarias y su Modelo Alzira en España.

En este caso estamos ante un modelo de gestión hospitalaria que surgió ante la oportunidad que se abrió en algunas Provincias españolas como Valencia y Madrid, de introducir las concesiones hospitalarias. El centro objeto de concesión es un hospital público, construido en suelo público y perteneciente a la red de hospitales y centros de salud públicos. Sin embargo, la prestación de servicios sanitarios se adjudica durante un período de tiempo preestablecido a una empresa privada concesionaria que se compromete a la buena marcha y gestión de este servicio público. Su financiamiento es per cápita y la entidad pública que financia paga a la concesionaria una cantidad anual fija y preestablecida por cada uno de los beneficiarios del hospital. Finalmente, este modelo obliga a la concesionaria al cumplimiento de unas cláusulas contenidas en un contrato y define a una entidad pública con capacidad de control y de inspección, así como de facultad formativa y sancionadora. El modelo hospitalario del grupo Ribera se construye sobre cuatro pilares: •

El desarrollo de nuevas estrategias asistenciales:

Se trata de innovar en el marco de un modelo de integración asistencial que entre otras acciones implica: unificación de protocolos y guías de práctica clínica para disminuir su variabilidad, una atención primaria más resolutiva con acercamiento a exámenes y procedimientos diagnósticos y con médicos internistas como agentes integradores. Por otra parte se estimula un mayor potenciamiento de la Cirugía Mayor Ambulatoria, el uso de alternativas a la hospitalización tradicional, así como a la promoción de la salud y prevención de la enfermedad. En todos estos casos se estimula el desarrollo de la gestión de procesos transversales. •

Gestión avanzada en RRHH que apuesta por los profesionales:

Como herramienta para atraer y retener talentos ofreciéndoles estabilidad laboral, estimulando su carrera y desarrollo profesional. Se trata de contar con profesionales implicados en las mejoras de la gestión con iniciativas como concursos de ideas y formación o capacitación continúa para todos los funcionarios, desarrollando vínculos de cooperación en investigación y docencia con Universidades y centros de Educación Superior, para la formación de estudiantes y especialistas. Por otra parte se desarrollan incentivos remuneracionales variables en base a calidad, eficacia y eficiencia, evaluaciones por competencias, promoción interna y autogestión en los servicios clínicos. •

Apuesta por la tecnología y los sistemas de información:

Con hospitales totalmente informatizados, sobre la base de ficha clínica electrónica y radiología digital, telemedicina y trabajo no presencial, con conexiones remotas a los pacientes. Por su parte para orientar e informar a los usuarios se desarrollan puntos de información automatizados, cajeros táctiles para tramites de solicitud de horas médicas, pantallas informáticas en Urgencias con los tiempos de

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espera, junto con la dispensación automática de medicamentos vinculados a ficha clínica; así como se desarrolla un sistema de mensajerías SMS vinculado a historia clínica, urgencias y sistemas de monitorización de pacientes crónicos, entre otras posibilidades. •

Gestión clínica con enfoque de Calidad Asistencial:

Este componente esencialmente tiene que ver con desarrollar estrategias y enfoques de mejoramiento continuo de la calidad asistencial, complementados con la certificación de calidad de los procesos ISO 9000. En este caso la articulación de los cuatro factores señalados anteriormente los ha llevado a desarrollar las siguientes acciones concretas como estrategia de distinción:     

3.

Calidad-nivel prestaciones: cartera de servicios mayor que un hospital similar. Hoy casi toda especialidad médica-quirúrgica de un hospital general para evitar fuga de pacientes y fidelizarlos. Diferenciación: habitación individual más todo tipo de comodidades para paciente y acompañante. Innovación: moderna tecnología para mayor capacidad y rapidez respuesta, servicios diferenciados, agilidad atención y simplificación procesos. Flexibilidad: amplitud horarios de atención y facilidad conseguir cita, adaptar el servicio a las necesidades del ciudadano. Tiempo: planificando la actividad para que no existan listas de espera y control tiempos de demora. Mayores recursos a quién más los necesita Francia y el “Hospital 2007”

En el caso del sistema de salud francés estamos ante un sector hospitalario mixto, públicoprivado con 2/3 de las camas en hospitales públicos y ante los cuales los pacientes tienen libertad para su elección. Los hospitales representan aproximadamente el 50% del gasto en salud y prácticamente no hay listas de espera. Sin embargo, en el año 2003 se sentaron las bases de una reforma a los hospitales denominada “Hospital 2007” sustentada en tres ejes: •

Modernización de los hospitales

Con un plan de Inversiones para mejorar la infraestructura que duplicó los recursos entre los años 2003 y 2006, fijando prioridades nacionales de salud en el tratamiento del cáncer, cuidado perinatal y salud mental; para lo cual se busco una simplificación de la estructura organizacional y una mejor planificación de los cuidados de salud, sobre la base de un mejor diagnóstico demográfico y epidemiológico de cada región como herramienta para mejorar la intervención de los hospitales y junto con ello el poder regulatorio se traslada desde el nivel central a regiones, reforzando el rol de las Agencias Regionales de Hospitalización (ARH). •

Nuevo Sistema de financiamiento

Con la introducción de pagos basados en la actividad para los hospitales públicos y privados, el pago se realiza por cada paciente agudo tratado basado en un sistema equivalente a los GRD (grupos relacionados diagnósticos). Se estableció una estrategia de implementación gradual que permitió ajustar los precios, tomando en cuenta los precios del sector privado, se usó un coeficiente de transición para

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cada prestador basado en sus costos y precios históricos. El objetivo buscaba armonizar los precios de todos los prestadores para este año 2012.

Nuevo sistema de gobierno de hospitales públicos

Con el objetivo de simplificar la administración estableciendo una mayor autonomía del personal médico sobre las decisiones de gestión, dándole a los hospitales la oportunidad de crear grandes departamentos clínicos para organizar las actividades médicas en forma más eficiente (centros de excelencia médica), con centros bajo la responsabilidad de un médico con autonomía organizacional y administrativa, sujetos a un contrato interno con la gerencia del hospital. Para el logro y seguimiento de Hospital 2007 fue necesario junto con el apoyo de la OMS y su oficina regional para Europa, desarrollar una herramienta de evaluación del desempeño, con el propósito de colaborar con los hospitales en la recopilación de datos, en la comparación con otros hospitales y en la implementación de acciones de mejoramiento de la calidad, definiéndose como un instrumento diseñado para el uso interno del hospital y de base voluntaria. En su desarrollo se consideraron las áreas de efectividad clínica, eficiencia, orientación hacia el personal y de gobernanza orientada a la comunidad; sobre la base de dos perspectivas transversales: seguridad y centrado en el paciente, con su consecuente desarrollo de Indicadores tales como: tasa de cesáreas, uso antibióticos, tasa mortalidad, tasa re-hospitalización, cirugía ambulatoria, tasa retorno UTI, TAC post traumatismos, ulceras de presión, tasa infecciones intrahospitalarias, días hospitalización, uso pabellones, costo antibióticos y servicios comunes paciente día, presupuesto capacitación, ausentismo, horas extras, accidentes trabajo, consumo tabaco personal, altas maternidad con lactancia materna, tiempo espera cirugía ambulatoria, encuestas expectativas usuarios, monitoreo acceso y satisfacción pacientes sobre equipamiento, entre otros.

4.

Estados Unidos y los modelos de Káiser Permanente y Cleveland Clinic

Aunque desde una perspectiva sistémica Estados Unidos no ofrece una muy buena experiencia de su sistema de salud dado sus elevadísimos costos, su falta de cobertura universal y mediocres resultados de su población en salud, si es posible consignar algunas experiencias exitosas e interesantes. El primero es el modelo de Káiser Permanente que institucionalmente integra las funciones de aseguramiento y provisión de servicios sanitarios para una población superior a 8,6 millones de personas. Es un seguro de salud, un sistema asistencial y un grupo de médicos al mismo tiempo. Logra excelentes resultados en aspectos de integración de la atención, reducción de hospitalizaciones y de estancias innecesarias, y prevención y control de enfermedades crónicas. Estos resultados son atribuibles en gran medida a un modelo de gestión y de organización de servicios caracterizado por su enfoque poblacional, liderazgo clínico y utilización de modelos innovadores de atención. Posee buenas prácticas de gestión, ya sean a nivel macro, como su enfoque de salud poblacional, meso, como su abordaje de atención integrada, y micro, en el que destacan múltiples herramientas innovadoras vinculadas a la gestión de enfermedades. Una de sus claves distintivas la constituye la Cultura Organizacional de médicos y profesionales, caracterizada por:

45


      

Compartir experiencia y expertise para identificar e implementar las mejores prácticas. Compartir un vasto conocimiento clínico en base a mejoramiento continuo de calidad. Coordinación interdisciplinaria para proveer atención continua y reducir demanda innecesaria. Práctica médica lidera un equipo para la atención del cuidado (médicos, enfermeras, administradores, técnicos y otros). Seguimiento y reportes de evaluación de la calidad de la atención. Inversión en instrumentos y estrategias sofisticadas para el mejoramiento continúo de calidad de la red de médicos y profesionales. Sistemas de pago que reemplazan el fee for service por pagos asociados a resultados en salud, con el fin de compensar la disminución de ingresos por tener pacientes controlados y más sanos.

En el siguiente cuadro se destaca el modelo de gestión de riesgo poblacional utilizado por Káiser Permanente:

En el caso de Cleveland Clinic estamos ante un establecimiento que en el ranking 2011-2012 de calidad para todo Estados Unidos, está ubicado en el puesto número cuatro; cuenta con 1.214 camas, 54.038 egresos hospitalarios, 27.142 cirugías (34%), 52.757 cirugías ambulatorias (66%) y 56.041 consultas de urgencia. Su modelo hospitalario la tiene convertida en uno de los establecimientos mas

46


costo efectivo del país o con la mejor relación precio calidad, en palabras del propio presidente Obama, quién los visito en pleno proceso de discusión legislativa de su reforma de salud el 2010 y entre sus principales características o sellos de distinción destacan:       

Una sólida cultura organizacional en salud: cafeterías sin grasas trans, no se contratan a fumadores y la calidad se mide por evaluación de resultados clínicos con exámenes anuales a los profesionales en ejercicio. Uso intensivo de Tecnologías (TICs), con ficha clínica electrónica abierta a los pacientes. Gerentes de experiencia clínica: ver y sentir la experiencia hospitalaria (física, clínica, emocional) desde la perspectiva de los pacientes. Innovación: viajar 1 vez al año para aprender y traer una nueva práctica; unidad de propiedad intelectual y la transparencia de los conflictos de interés para mantener el estímulo innovador. Directores médicos a cargo de la cultura organizacional, decisiones estratégicas y selección de personal. Médicos contratados por Salario con el fin de evitar la demanda innecesaria en prestaciones de salud. Gran apoyo administrativo para médicos y sus necesidades (investigación y viajes a congresos entre otros).

47


VI.

RECOMENDACIONES, PRO PUESTAS CONCLUSIONES FINALES

DE

CAMBIOS

R EGULATORIOS

Y

En base a las experiencias internacionales revisadas en distintos marco regulatorios y al hecho evidente de que a pesar de llevar siete años en nuestra experiencia nacional, la autogestión hospitalaria está lejos de ser una iniciativa íntegramente implementada; es que resulta fundamental insistir en ella, sin embargo, con una más precisa y clara definición de un modelo hospitalario asociado. Se recomienda entonces tanto por razones técnicas pero también políticas “sacar el máximo posible de eficiencia y calidad al modelo de hospitales autogestionados”, toda vez que este fue aprobado en la reforma del 2003-2005 como el mayor grado de descentralización viable políticamente y porque genera al interior de los hospitales herramientas y competencias que son necesarias para avanzar en una mayor autonomía de los hospitales públicos. Quizá el área en que este modelo de gestión hospitalaria requiere avanzar en forma importante en su perfeccionamiento es de la gestión y compensación de recursos humanos ya que resulta altamente recomendable mejorar los mecanismos de remuneraciones e incentivos de los equipos directivos (sueldos bajos en relación al mercado y las responsabilidades asociadas). Es importante resolver el problema de los niveles de renta de los directivos y flexibilizar aún más las limitaciones que aún les impone la alta dirección pública, no hay que olvidar en esta es una de las áreas de la economía en que muchos de sus gestores de mayor nivel vienen del ejercicio de la medicina u otras profesiones de la salud y hay una larga transición antes que éstos profesionales opten por abandonar el ejercicio profesional clínico a cambio de dedicarse 100% a la administración. Asimismo es necesario probar “realmente” las diferentes herramientas que este modelo dispone para gestionar los recursos humanos en los ámbitos clínicos y administrativos y profundizar los sistemas de remuneraciones relacionándolas más directamente con mayores y mejores niveles de productividad y calidad. El país está en un ciclo económico que indudablemente presionará por mejoras en los niveles de remuneraciones del sistema público y lo será en forma importante en el sistema de salud, es altamente recomendable que éstas mejoras se negocien vinculadas a mayor flexibilidad en la gestión de recursos humanos y relacionando las mejoras de renta con mejoras en los niveles de satisfacción de los pacientes y de productividad, de forma tal de articular los modelos de remuneraciones de los funcionarios y profesionales a los cambios anunciados e ir transformando la forma de financiar los hospitales por parte de FONASA “asignando recursos a cambio de producción realmente realizada”. De hecho Fonasa desde el año 2009 hasta ahora se ha seguido moviendo en el financiamiento entre PPV (pago por prestaciones valoradas) y PPI (pago por prestaciones institucionales o históricas) desde una relación 42/58 a una de 58/42 el año 2012 a favor de las PPV, incluidas las prestaciones AUGE o GES. 1.

Los componentes esenciales de un modelo exitoso de gestión hospitalaria

Por todo lo señalado anteriormente es que describimos a continuación la mejor síntesis vigente de un modelo público hospitalario, en el entendido de que en su correcta y completa implementación esta la mayor clave de éxito posible para la experiencia de la autogestión hospitalaria chilena. •

Elementos del Contexto Hospitalario:

o

Orientaciones y principios: ➢

Adaptación a la demanda de los pacientes


➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ o

Los cambios y desafíos de la cultura médica: ➢ ➢

Integración Clínica en áreas de servicios Organización Matricial del hospital Mejoramiento continuo de todos procesos (clínicos, de apoyo y logísticos) Seguimiento de los costos Médicos jefes de áreas como si fueran Product manager Profesionales competentes y bien remunerados de la Gestión Directiva Plataformas de Servicios integrados por tecnologías Sistemas de Acreditación de la Calidad institucional y Certificación de Calidad Individual de los profesionales y técnicos de salud Como parte de Redes de prestación articuladas e integradas en sus diferentes niveles y en base a promoción y prevención. Estímulo a la eficiencia técnica y asignativa de los recursos financieros

Han habido cambios técnicos que han permitido aumentar la eficacia de la medicina, su complejidad al mismo tiempo que sus costos. La cultura profesional se ha alejado de la ars médica y su práctica individual y se ha acercado a la subespecialización, a la necesidad de casuística, del trabajo en equipo para compartir experiencia y conocimiento, del apoyo de la tecnología y por ende de su institucionalización hospitalaria. Los altos costos hospitalarios inducen la ambulatorización y los cuidados domiciliarios y por ende su involucramiento en el mejoramiento del proceso clínico productivo y de su articulación en red. Desde una relación médico-paciente autónoma y confidencial a una interactiva, que se vuelve de mayor riesgo, víctima de desconfianza y de la judicialización. Desde el prestigio del médico al prestigio de las Instituciones: la evolución del rol médico provino de los Hospitales de Beneficencia en combinación de la consulta privada, pasando a funcionarios de Hospitales Públicos con consulta privada y/o en centros médicos diagnósticos (ej. INDISA en sus inicios) y meros visitantes de las clínicas privadas; para que hoy en día se mantengan algunos como funcionarios y los más de visita en los Hospitales Públicos, constituyéndose en su gran mayoría en médicos staff de Clínicas privadas u Hospitales Universitarios y redes asistenciales de prestigio. Los incentivos correctos para el Médico32: • Trabajar más y mejor, ojalá para ganar más. • Más Calidad. • Gran número y variedad de pacientes.

32

Elaboración propia en base al libro “Jornada de Reflexión: Factores que influyen en el ejercicio de la práctica médica”; Agrupación Médicos Clínica Alemana. 2009.

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• • • • • • •

o

Prestigio profesional y técnico. Espacio para enseñar y compartir el conocimiento. Poder estudiar y seguir aprendiendo. Poder viajar para asistir a Congresos. Hacer o participar en Investigaciones clínicas. Contar con condiciones higiénicas de excelencia (casinos especiales). Apoyo administrativo (vacaciones, licencias, permisos, cobros de pacientes, etc.).

La relación docente-investigación-asistencial

Por lo general todo modelo de excelencia hospitalaria implica una relación docenteinvestigación-asistencial y esta implica acuerdos y mecanismos de interacción con la docencia de pregrado y postgrado, así como con la Investigación, la Extensión y la Educación Continua. Se trata de estimular el desarrollo académico, curricular y pedagógico del hospital para garantizar la sostenibilidad del personal y su contratación. Los aspectos centrales de los convenios docentes asistenciales definen formas específicas de relación, determinan el alcance de la autoridad académica, su participación en organismos de integración funcional y de coordinación de áreas clínicas y programas académicos. Se definen además los tipos de actividad docente y su número de estudiantes en: clases presenciales, trabajo en grupos, campos y rondas de práctica clínica, etc.; los docentes que principalmente son de las Facultades y otros de los servicios clínicos y la implementación de sus programas curriculares. Por su parte la investigación propiamente tal requiere de la definición de Políticas, lo que implica la definición de Grupos y líneas de investigación, con la consolidación de Centros de Investigaciones Clínicas y en Salud del Hospital, mediante la definición de sus prioridades. Finalmente y por otro lado y desde la perspectiva de la educación continua, se deben definir los requerimientos de asesoría, asistencia técnica y capacitación para profesionales, investigadores, instituciones públicas, industria farmacéutica, centros de innovación tecnológica, empresas, etc. Se debe establecer la creación de un equipo de trabajo para examinar oportunidades y colaboración desde la academia al hospital y la construcción de una propuesta para mejorar ingresos operacionales, no asistenciales, que se dedicarán a cubrir parcialmente sobrecostos de la docencia e investigación.

o

La Estructura Organizacional

La experiencia internacional sugiere una estructura simple y de tipo matricial como lo muestran los siguientes cuadros de las iniciativas Mexicana y Española respectivamente:

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Elementos Estratégicos de la Organización Hospitalaria o

Liderazgo Médico Clínico

Hay que evitar que entre los médicos prosperen el escepticismo y el poco tiempo de dedicación, como barreras que dificultan que el liderazgo médico clínico se desarrolle en nuestros hospitales

51


públicos. Aunque para algunos la evidencia de su importancia es ambigua o difícil de probar, para otros este tipo de liderazgo constituye un estímulo a la innovación, al desarrollo de la calidad y un incentivo al trabajo en equipo clínico y no clínico. Por consiguiente resulta crucial la promoción de un liderazgo médico clínico desplegado en 3 niveles de la organización hospitalaria:   

Líderes Directivos Líderes en Jefaturas de Servicios Clínicos Líderes clínicos de primera línea o

Uso de Tecnologías de información y Comunicación.

En este esquema se representan los principales sistemas de información que se requieren en cualquier establecimiento hospitalario.

Las características e instrumentos más operacionales de la Gestión Hospitalaria: √ √

Por lo general establecimientos hospitalarios de alta complejidad y por ende con tecnología de punta y profesionales con alto nivel de especialización. Alta Dirección profesional en gestión.

52


√ √ √ √ √ √ √

√ √ √

Instalación de una Cultura de Gestión de Calidad con Certificación de procesos y evaluación de un Modelo de Excelencia. Calidad Técnica, Seguridad y Satisfacción del Paciente (indicadores de acceso, tiempo de espera, recomendación o lealtad). Formación y capacitación continúa de todos los RRHH. Implementación de un Modelo Docente-Asistencial y de Investigación con Universidades o propiamente Universitario. Sistema de Gestión para el control del riesgo jurídico. Instalación de procesos eficientes y simplificados en torno al modelo de valor público del establecimiento hospitalario (Médico-quirúrgicos, de Servicios de Apoyo y Logísticos). Sistema de indicadores de eficiencia y sistema de control de costos. Mecanismos de gestión flexibles para adaptarse a diferentes opciones de mecanismos de pago: per cápita, GRD, Fee For Service, por indicadores de resultado. El modelo de atención del establecimiento hospitalario consta de una atención médica de alto nivel de resolutividad, de un bajo promedio de estancia hospitalaria, de un alto porcentaje de cirugía ambulatoria y en coordinación con niveles de atención de menor resolutividad, Urgencias, así como con sistemas de asistencia domiciliaria, cuidados de enfermería y hospitalización domiciliaria o en residencias. Uso de un Sistema de Guías y Protocolos de práctica clínica, que estimulen la acción en base a la evidencia (disminución de la variabilidad clínica), al mismo tiempo que la innovación. Equipos de trabajo multidisciplinarios que garanticen la continuidad de la atención. Sistema de atención integral, transparente (ficha clínica electrónica abierta al paciente) y flexible del paciente para integrar a la familia. Sistemas TICs con soluciones gerenciales e integrales: Ficha Cínica Electrónica, Grupos Relacionados Diagnóstico (GRD), Tablero Médico, Costos y Comercialización, y Portal WEB para el paciente. Sistema de RRHH World Class con incentivos y modalidades de contratación: • •

√ √ √ √

2.

Salario con fuerte modelo de gestión de incentivos y liderazgo médico. 60% salario y 40% variable con pagos asociados a indicadores de calidad y resultado.

Control de medicamentos y su prescripción. Gobiernos Corporativos vinculados a la lógica de la Responsabilidad Social. Desarrollo de la alta especialidad en concordancia con las prioridades Sanitarias de la Salud Pública del País (Cáncer, Cardiovascular, Obesidad, Salud Mental). Implementación de un Modelo de Riesgo para la atención clínico-poblacional sobre las Patologías Crónicas. Propuestas de nuevas regulaciones para los Hospitales Públicos Chilenos

No son muchas las alternativas que nuestro derecho nos da para otorgarle a los Hospitales mayores grados de autonomía. Analizaremos tres posibilidades, todas ella requieren la dictación de una ley para que puedan ser implementadas: la desconcentración, la descentralización y la empresa autónoma del Estado.

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2.1.

La desconcentración

1.- La desconcentración de un servicio público consiste en la radicación por ley de atribuciones propias de un órgano en otro órgano subordinado, para que éste la ejerza con independencia relativa de aquél. 2.- Existen dos clases de desconcentración al nivel de los servicios públicos: la territorial y la funcional. Desconcentración territorial es aquella que se materializa a través de la creación de direcciones regionales, a cargo de un director regional, quien depende jerárquicamente del director nacional del servicio respectivo. No obstante, para los efectos de la ejecución de las políticas, planes y programas de desarrollo regional, los directores regionales están también subordinados al Intendente a través del respectivo Secretario Regional Ministerial. Desconcentración funcional, por su parte, es aquella que se materializa cuando la ley radica ciertas atribuciones en determinados órganos del respectivo servicio. 3.- Para que exista desconcentración, territorial o funcional, es menester que se dicte una ley al efecto, lo que significa que para revertir la desconcentración, total o parcialmente, debe dictarse, a su vez, una ley que derogue la anterior. 4.- Cabe destacar que los servicios desconcentrados no pierden su carácter de órganos del servicio central y que serán más o menos descentralizados en la medida que se les otorguen algunas o todas las potestades administrativas del servicio del cual dependen. 5.- La ventaja de esta alternativa por sobre otras (como la delegación de funciones) es la seguridad jurídica que da la determinación por ley de las atribuciones desconcentradas, lo que desde una perspectiva interna del servicio, como también desde el punto de vista de los terceros que con éste se relacionan, permite un grado saludable de claridad sobre lo que el servicio u órgano de que se trate puede o no realizar. 6.- En general, los problemas de la desconcentración pueden resumirse en los siguientes: a) Lentitud para reconcentrar las atribuciones radicadas, dado que se requiere de ley. Dichas leyes modificatorias deben prever una serie de efectos colaterales que traerían consigo, respecto a la vida jurídico-administrativa desarrollada en el intertanto por los órganos en cuestión; b) La existencia de la relación jerárquica de dependencia en los planos en que subsistiría, limita el ejercicio de una plena autonomía, incluso en el ámbito de las atribuciones desconcentradas. 7.- Esta fue la alternativa que siguió la Ley sobre Autoridad Sanitaria al momento de establecer la “Autogestión en Red” de los establecimientos de salud. Lo anterior implica, además, que agregar nuevas atribuciones desconcentradas o la profundización de las ya otorgadas, requiere de la dictación de una nueva ley modificatoria de la actualmente vigente. 2.2.

La descentralización

1.- Es posible hablar de dos clases de descentralización: la territorial y la funcional.

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Sin embargo, para efectos de esta parte, es indiferente distinguir entre una y otra, toda vez que en la medida que un ente tenga potestad funcional para ejercerla en un territorio determinado, estará haciéndose partícipe de ambas clases de descentralización. En todo caso, la descentralización territorial alude al elemento espacio físico o territorio, y la descentralización funcional apunta a que un grupo de potestades o facultades se entregan a entes personificados y autónomos. 2.- Constituye descentralización funcional y territorial la entrega un conjunto sistemático de atribuciones a órganos independientes del poder central, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para ser ejercidos en un territorio específico33. 3.- Entre las principales características de la descentralización y que pueden considerarse ventajas o desventajas, según el punto de vista desde el que se enfoque la materia, destacan las siguientes: a) Se requiere de ley para materializarla. b) Los entes descentralizados están dotados de personalidad jurídica propia de Derecho Público y gozan, asimismo, de patrimonio propio, pudiendo, dentro del marco legal respectivo, ejercer con autonomía la administración de sus recursos físicos, financieros y humanos. c) En el ejercicio de sus atribuciones, los órganos de estos entes no se encuentran subordinados en relación de dependencia jerárquica a otros órganos o servicios del poder central, sin perjuicio de la supervigilancia que ejerce el Presidente de la República a través del Ministerio respectivo. Es importante aclarar que dichos entes, en cuantos servicios públicos, quedan sujetos a las políticas nacionales y a las normas técnicas del Ministerio a cargo del sector respectivo, en este caso, el de Salud. d) Aquellos servicios públicos descentralizados que se crean para desarrollar su actividad en todo o parte de una región, están sometidos a la supervigilancia del respectivo Intendente, a menos que la ley que los crea expresamente señale algo distinto. e) Las jefaturas superiores de los entes descentralizados son propias y pueden generarse por designación del Presidente de la República o por elección popular, esto último, básicamente en entes netamente locales. f) Las autoridades de los entes descentralizados nombran o contratan directamente a su personal, el que puede encontrarse sometido al Estatuto Administrativo o a regímenes estatutarios especiales. 4.- Esta alternativa se ha utilizado para la creación de los establecimientos de salud de carácter experimental, a saber, el Hospital Padre Hurtado, el Centro de Referencia de Salud de Peñalolén Cordillera Oriente y el Centro de Referencia de Salud de Maipú. Lo anterior implica que no se trataría de una novedad en nuestro sistema jurídico, la creación de hospitales como entes descentralizados, por ejemplo, a nivel de hospitales de alta complejidad o los denominados Institutos, dejando a los demás establecimientos de salud la normativa actualmente vigente. 

33

Por ejemplo, los propios Servicios de Salud.

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En este sentido, bien se podría dictar una ley de carácter general que permitiera la creación de servicios públicos, teniendo como base la que permitió la creación de los establecimientos experimentales. 5.- Entre las principales regulaciones que la ley vigente le confiere al Hospital Padre Hurtado, merecen la pena destacarse las siguientes34: a) Organización El Hospital está organizado en Gerencias y Departamentos. Le corresponde al Director determinar la estructura y organización interna del Hospital, así como las funciones y atribuciones específicas de sus dependencias y jefaturas. b) Las relaciones estatutarias Otra de las innovaciones que contiene el estatuto del Hospital Padre Alberto Hurtado, dice relación con las relaciones estatutarias. En efecto, si bien los trabajadores que allí trabajan son funcionarios públicos para todos los efectos y que ingresan por concurso público, su vinculación con el establecimiento se hace a través de la suscripción de un contrato, el cual será de carácter indefinido. Excepcionalmente, el Director puede contratar a trabajadores a plazo fijo, los cuales no pueden laborar más allá del 31 de diciembre del año en curso, pudiendo prorrogarse su contratación. c) Causales de terminación de los contratos Como se aprecia, es claro que el estatuto legal del Hospital Padre Hurtado buscó hacer una especie de mezcla entre las normas estatutarias y las normas del Código del Trabajo. De hecho, y a diferencia de lo que sucede con las Leyes Nº 15.076, Nº 19.664 y Nº 18.834, se establecen causales de terminación muy similares al referido Código, incluyendo las “necesidades del establecimiento”, lo cual dará derecho a una indemnización. Las causales de terminación son: - Conclusión del trabajo o servicio objeto del contrato. - Salud incompatible con el cargo o enfermedad irrecuperable, de acuerdo con la normativa vigente en la materia. - Acuerdo de las partes. - Renuncia, debiendo dar aviso escrito al superior jerárquico con treinta días de anticipación, a lo menos. - Muerte. - Evaluación deficiente de su desempeño funcionario. - Falta de probidad, vías de hecho, injurias o conducta inmoral grave debidamente comprobada.

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NANCUANTE, Ulises; ROMERO, Andrés y SOTOMAYOR, Roberto; “Régimen Jurídico de la Salud”; Editorial Legal publishing, 2012.

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- No concurrencia a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos o un total de tres días en el mes, o la ausencia injustificada, o sin aviso previo, si ello significare un retardo o perjuicio grave para las tareas encomendadas. - Abandono del trabajo, entendiéndose por tal la salida intempestiva o injustificada del lugar de trabajo durante las horas de desempeño de su labor, sin permiso de quien deba otorgárselo, y la negativa a realizar las labores convenidas en el contrato, sin causa justificada. - Incumplimiento grave de las obligaciones, deberes y prohibiciones que impone esta ley o deriven de la función para la cual ha sido contratado. - Necesidades del Establecimiento, que determinará su Director solamente una vez al año, tales como las derivadas de la dotación anual de personal que se fije en la Ley de Presupuestos del Sector Público, de la racionalización o modernización y del cambio de naturaleza de las funciones que haga necesaria la separación de uno o más funcionarios. - Medida disciplinaria de destitución. - En los casos de cargos de exclusiva confianza, la terminación del contrato de trabajo se hará efectiva por medio de la petición de renuncia que formulará el Jefe Superior del Establecimiento. Si la renuncia no fuere presentada dentro de las cuarenta y ocho horas de requerida, se declarará vacante el cargo. d) Indemnización por terminación del contrato Vimos que una de las causales de terminación son las necesidades del establecimiento. Dice el estatuto legal del Hospital Padre Hurtado que, si el contrato hubiere estado vigente un año o más y se le pusiere término por necesidades del Establecimiento, debe pagarse al trabajador, al momento de la terminación, una indemnización equivalente a 30 días de la última remuneración mensual devengada por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente al Hospital. Esta indemnización tiene un límite máximo de 330 días de remuneración. Con todo, para los efectos de esta indemnización, no se considerará una remuneración mensual superior a 90 UF del último día del mes anterior al pago, limitándose a dicho monto la base de cálculo. El trabajador que perciba indemnización no puede ser contratado por el Hospital dentro de los 5 años siguientes al término del contrato. e) Remuneraciones Otra de las interesantes novedades de este Hospital, dice relación con las remuneraciones. Por de pronto, se establece que el sistema de remuneraciones de los trabajadores del Hospital está conformado por una escala de sueldos base mensuales y por asignaciones o bonificaciones permanentes, transitorias, variables o eventuales. A este respecto, las asignaciones o bonificaciones estarán asociadas a todos o algunos de los siguientes aspectos: experiencia funcionaria, calificación profesional o técnica, desempeño de cargos o funciones directivas o de jefaturas, estímulos a la función, desempeño individual, logro o cumplimiento de metas de gestión institucionales, características del mercado laboral o a otros aspectos vinculados a la gestión. Los montos o porcentajes de las remuneraciones que se otorguen serán fijados de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 9° del decreto ley N° 1.953, de 1977.

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Además, el Director puede establecer un sistema de incentivos de otra naturaleza tales como otorgamiento de uniformes, colación, movilización y cursos de perfeccionamiento. En todo caso, estos incentivos no podrán alterar las obligaciones de los funcionarios. 2.3.

La Empresa Autónoma del Estado

1.- En términos generales, puede entenderse que una empresa autónoma del Estado es una organización legal de medios humanos, materiales e inmateriales creada por el Estado o en la que éste tiene aportes, participación o representación preponderante, destinada a la producción de bienes y/o servicios de utilidad pública, y regida al efecto por las normas del derecho común. 2.- En nuestro ordenamiento jurídico estas empresas son verdaderos servicios públicos, en la medida que han sido creadas y dotadas por ley de recursos públicos o de bienes fiscales afectados a la realización de un fin y que quedan sometidas a un régimen jurídico especial, que será público en cuanto se refiere al conjunto de normas relativas a la creación, organización y estructura del ente, pero que será de derecho privado en el orden de regular la actividad que desarrollan. 3.- Sin embargo, entre los elementos que permiten distinguir una empresa pública de un servicio público destaca que en aquellas, el Estado afecta un patrimonio, originalmente fiscal, para crear un ente de naturaleza mercantil, por la especie de bienes o servicios que produce o presta. Asimismo, las empresas del Estado deben someterse a la libre competencia con los particulares. 4.- Si se pensara en transformar a los Hospitales Públicos en empresas autónomas, deben tenerse presente, además de lo dicho, lo siguiente: a) La ley respectiva debe ser de quórum calificado, esto es, se requeriría el voto conforme de la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio. Ello porque estaríamos en presencia del desarrollo de actividades empresariales, cuya autorización requiere este tipo de leyes de acuerdo a la Constitución, lo que también se precisa si se quieren establecer normas especiales, distintas al derecho común, para el desarrollo de dichas actividades empresariales. b) Si solamente existe autorización para ejercer la actividad empresarial pero la ley no ha establecido un régimen de administración especial, se deberá estar a la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado ya que, como dijimos, en la medida que estas empresas son verdaderos servicios públicos, deben someterse básicamente a esta legislación. En cambio si en la creación de estas empresas, la ley ha regulado el régimen de administración, se deberá estar a lo que dicha ley indique. Esto es lo que parece aconsejable, pues permitiría una regulación más eficaz de lo concerniente al régimen de recursos humanos, físicos, financieros, etc. Así, por ejemplo, se podrá establecer que el régimen laboral de los trabajadores sea el Código del Trabajo, el de los funcionarios públicos u otro que se idee. En materia presupuestaria, se podrá establecer que ella sea la misma de la contabilidad gubernamental, o de la contabilidad privada, u otra que se idee. Respecto de la participación del Ministerio de Hacienda, podría ser tan intensa como la que hoy existe para los establecimientos públicos; o bien más débil o, incluso, inexistente.

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c) Dado que serían servicios públicos, estas empresas deberían estar sometidas a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del respectivo Ministerio, salvo que la ley especial que las crea disponga una relación de supervigilancia diversa. d) Respecto del Control, en principio debiera ser ejercido por la Contraloría General de la República, sin perjuicio de que la ley que los cree disponga un control distinto en cuanto a los límites. e) Finalmente cabe señalar que se debe respetar el principio de no discriminación que el Estado debe otorgar a los particulares, lo que significa que los Hospitales no podrían recibir subvenciones o recursos adicionales distintos a los que produzcan. 3.

Análisis de la proyección de los EAR.

Los escenarios probables de tensión de la red de prestadores públicos ante las diferentes posibilidades de desarrollo de los hospitales autogestionados se presentan a continuación: 3.1.

Escenario Uno

En este escenario y con la necesaria confluencia de la voluntad política efectiva del gobierno de turno, radicada en el Ministerio de Salud, de los líderes directivos competentes y capaces de gestionar efectivamente un modelo explícito y exitoso de hospital público y por cierto junto a la voluntad de brindar expresa autonomía presupuestaria y descentralizadora desde el Ministerio de Hacienda; estaríamos en condiciones de completar la correcta implementación de la autogestión hospitalaria. En este caso no requerimos necesariamente cambios legales, a no ser que quisiéramos ampliar las facultades de delegación de autonomía en temas de recursos humanos por ejemplo, pero no por ello resulta fácil de ejecutar. Aquí los desafíos tienen que ver con la compleja articulación y alineamiento de diversas instituciones y sus políticas públicas, a saber:  El Ministerio de Salud en el desarrollo técnico del modelo hospitalario, su instrumento de evaluación y seguimiento transparentes y sus respectivas políticas públicas en gestión del cambio, de acreditación y certificación de calidad, en inversiones de infraestructura y equipamiento y en incentivos y gestión de los RRHH.  El Servicio Civil y la SEGPRES para el mejoramiento del proceso de selección y mantención de los altos directivos públicos hospitalarios.  El Ministerio de Hacienda para entregar real autonomía presupuestaria con incentivos que constituyan premios eficaces a la hora de mantener la condición de establecimiento autogestionado.  Los Gremios de la salud para configurar con ellos una profunda alianza estratégica por la gestión del cambio cultural de nuestro sistema hospitalario y su respectiva red asistencial, con el fin de preservar y legitimar la acción del sector público prestador. 3.2.

Escenario Dos

Solo si se dieran las condiciones políticas razonables y sin tensionar o poner en peligro el escenario anterior, bajo condiciones excepcionales para los nuevos hospitales concesionados de Maipú y la Florida; proponemos incursionar en un proyecto de ley que les otorgue total autonomía hospitalaria a ambos establecimientos, con el fin de ampliar las experiencias de autonomía de los CRS de Peñalolén y Maipú y del Hospital Padre Alberto Hurtado. En todo caso el punto en común obvio que tienen ambos escenarios es el desarrollo y optimización ya descrito sobre el modelo de hospital público chileno. La oportunidad que se abre en este caso es que desde el año 2013 y hasta el 2018 están en proceso de

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instalación otros once hospitales concesionados a lo largo del país, para los cuales se debiera aplicar el mismo modelo de hospital público chileno pero en condiciones de plena autonomía. 3.3.

Escenario Tres

Siempre y cuando los escenarios anteriores se hayan consolidado exitosamente por lo menos por los próximos cuatro años (2013-2016), podremos estar en condiciones de plantear una reforma de salud más ambiciosa, desde la lógica del financiamiento, que implique la total autonomía de todos nuestros hospitales públicos, si es que una nueva reforma de salud se hiciera posible en torno a los planteamientos hechos por el voto de mayoría de la comisión de reforma de salud del año 2010. En este caso se requieren más que autogestionados, hospitales autónomos y articulados en red para vender sus servicios a aseguradores públicos y privados de un único sistema de seguridad social en salud. Cualquier tensión política anticipada sin ser capaz de demostrar primero de lo que son capaces de hacer nuestros hospitales públicos autogestionados, resultará infructuosa a causa de las resistencias ya conocidas de los gremios de la salud y de la clase política. Sin embargo, si la ciudadanía es capaz de reconocer las diferencias entre hospitales que funcionan bien y mejor, dada sus condiciones de autogestionados o autónomos concesionados, serán estos mismos ciudadanos los que como lo hicieron con el AUGE en los años 2003 y 2004, harán posible un nuevo cambio y avance en nuestro sistema de salud para beneficio de todos los chilenos.

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VII.

BIBLIOGRAFÍA   

Informe Comisión Presidencial de Salud, Diciembre 2010, Gobierno de Chile. Informe OMS año 2000. NANCUANTE, Ulises; ROMERO, Andrés y SOTOMAYOR, Roberto; “Régimen Jurídico de la Salud”; Editorial Legal publishing, 2012.

Ten Key Principles, for Successful Health Systems Integration. Esther Suter, Nelly D. Oelke, Carol E. Adair and Gail D. Armitage.

Economía Política de la Reforma de Salud. Edgardo Boeninger. Senador de la República. Libro Reforma de la Salud en Chile: Desafíos de la Implementación, 2007. CIEPLAN. El proceso de político de la Reforma de Salud AUGE. Rony Lenz, 2007. “Políticas Públicas en Salud: Experiencias y Desafíos en Chile 1990-2010, Una Mirada Económica” en La Paradoja Aparente, editor Patricio Meller, Ed. Taurus. Lenz, Rony (2005). Documento del Banco Mundial, Nota de política pública sobre la implementación de la Reforma de Salud Chilena y sus riesgos. Cristian Baeza 2006. Manual de Derecho Administrativo, Universidad Nacional Andrés Bello, Patricio Aylwin Azócar, Eduardo Azócar Brunner, pág. 154-155, edición mayo 1996. Mario Verdugo y Emilio Pfeffer, Derecho Constitucional, Tomo II, pág. 239, 2ª ed., Editorial Jurídica de Chile, 1999. Informe Consolidado nº 183. Evaluación EAR 2009. Ministerio de Salud, Departamento de Auditoría. Instrumento de evaluación de autogestionados en red, febrero 2011, Ministerio de Salud. Emilio Santelices et al. Estudio de Libertad y Desarrollo: datos disponibles demuestran que autogestión de Hospitales es insuficiente. Autor Rodrigo Castro, 2009. Libro “Jornada de Reflexión: Factores que influyen en el ejercicio de la práctica médica”; Agrupación Médicos Clínica Alemana. 2009. Sistemas de Pago y Práctica Médica. Teoría y Evidencia Empíricas. Mariangela Leal. OPS 2002. La Nueva forma de Gestión Sanitaria. Modelo Alzira. Manuel Marín y Alberto De Rosa. Instituto de Estudios Económicos 2007. Innovación en Gestión Hospitalaria en México. El caso de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad/HRAE. Secretaría de Salud de México. Octubre 2006. Hospital Universitario y la Crisis Hospitalaria en Colombia. Juan Carlos Eslava. Gerencia Y políticas de salud, Septiembre 2002. Pontificia Universidad Javeriana Colombia. Gestión de Innovación, Desarrollo e Investigación. La perspectiva de un Hospital Privado. La experiencia del Hospital de la Moncloa. Director Carlos Zarco 2010.

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 14. La madre de todas las batallas: asegurar el acceso a una educación de calidad integral

La organización industrial de la educación universitaria en Chile Marcela Huepe1 Nicolás Figueroa2

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Estudiante de Ph.D en Economía en la Pontificia Universidad Católica de Chile Profesor asistente del Instituto de Economía de la Pontificia Universidad Católica de Chile 1


1. La educación universitaria en Chile En esta sección se pretende dar una visión general de la educación universitaria en Chile, como fundamento para el modelo teórico que se desarrollará en la segunda parte. El objetivo del análisis teórico será caracterizar la estructura de la oferta en términos de calidad y precios, y predecir el efecto de algunas políticas públicas. El sistema educacional chileno es complejo de describir debido a que está formado por dos sectores que surgen en momentos históricos muy distintos, lo que genera clasificaciones inhabituales en la industria. Un sector lo componen las universidades tradicionales, con una larga trayectoria de funcionamiento. Éstas son tanto privadas sin fines de lucro como estatales y todas reciben subvenciones o transferencias del estado, independiente de su propiedad. El otro sector es el de las universidades nuevas que comenzó su funcionamiento hace no más de treinta años a partir de un cambio en la legislación. Todas estas son privadas sin fines de lucro y prácticamente no reciben mayores transferencias de privados ni del estado, por lo que su comportamiento se puede asemejar al de cualquier firma sujeta a restricciones financieras, que busca maximizar sus ingresos netos. Para lograr el objetivo de maximizar la diferencia entre costos e ingresos, el sector nuevo es activo en competir por alumnos tanto en el margen intensivo como extensivo. El sector tradicional, en cambio es, en promedio, pasivo. En el margen intensivo, se constata que la mayoría de las universidades tradicionales ha ido perdiendo alumnos de mayor habilidad, aproximada por un mayor puntaje en la Prueba de Selección Universitaria. Esto alumnos se han traspasado a universidades selectivas del sector nuevo3. Sólo las dos universidades más antiguas y prestigiosas se mantienen con el mismo nivel promedio de sus alumnos. En el margen extensivo, la competencia por alumnos se aprecia en que el crecimiento explosivo de la matrícula total en la educación universitaria, de 108.049 alumnos en 1983 a 587.297 en 2010, se debe principalmente a las universidades nuevas menos selectivas. Al 2010, el 51% del total de los alumnos matriculados en primer año lo estaba en instituciones cuya selectividad, durante los últimos 5 años o más, era menor al 10%4. El 8% correspondía a alumnos matriculados en universidades tradicionales y 43% a matriculados en universidades nuevas5. Aunque todas las universidades han aumenta do su matrícula, sólo una universidad tradicional y regional ha desarrollado estrategias similares a las de las instituciones nuevas para captar alumnos en el margen extensivo. Las universidades tradicionales reciben distintas formas de subsidio para su funcionamiento. Reciben un aporte estatal que, como se verá, después del pago de aranceles por las familias, es la principal fuente de ingreso de todo el sistema. También se ven favorecidas por el tipo de crédito altamente subsidiado al que acceden sus estudiantes. Al competir por captar buenos alumnos, reciben un subsidio al que también tienen acceso las universidades nuevas. La 3

Se entenderá por selectividad el porcentaje de alumnos de un cierto puntaje en la Prueba de Selección Universitaria (PSU), matriculados en primer año en una universidad (Brunner, 2009). No están disponibles los datos para todo el sistema de otras medidas más precisas de selectividad, como sería el porcentaje de alumnos rechazados en relación a los que postulan. 4 En cambio, en las universidades tradicionales, sólo el 20% está matriculado en instituciones de baja selectividad 5 Otra manera de mirar los mismos números muestra que el 18% de todos los alumnos matriculados en universidades tradicionales lo hace en una universidad no selectiva (< 10% de selectividad). En universidades nuevas esta cifra es de 74%. De todo el universo de alumnos de primer año, el 41% está matriculado en universidades tradicionales y el 59% en universidades nuevas (.41*.18+.59*.74=.51).

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diferencia con el sector nuevo es que las universidades tradicionales no traspasan estos subsidios a sus alumnos, como sí lo hacen las otras universidades a través de descuentos en los aranceles. Otra forma de financiamiento por la que pueden competir las universidades tradicionales es el porcentaje del aporte fiscal directo sujeto a indicadores de desempeño fuertemente ligados a inversiones en costos fijos. Finalmente están los fondos de investigación, por los que pueden concursar todas las universidades, pero para los cuales las universidades tradicionales tienen más capacidad instalada que las nuevas. En este contexto, las universidades nuevas parecieran haber ingresaron al sistema de educación superior con dos estrategias distintas. Una estrategia ha sido la de establecerse invirtiendo en costos fijos, atrayendo alumnos de mayor habilidad desde las universidades tradicionales, consolidando cierta reputación frente a las universidades tradicionales. Becan a los alumnos más hábiles, y cobran precios mayores a los alumnos de menos puntaje que no acceden a universidades tradicionales, pero tienen suficiente disposición a pagar por estudiar con buenos pares. Este será el tipo de universidades “selectivas” que se ubican en algún punto de la distribución de calidad, diferenciándose verticalmente sin competir en precios. La otra estrategia busca atraer a los alumnos nuevos al sistema, anteriormente no elegibles para estudiar en la universidad. Las universidades que siguen esta estrategia abren opciones menos costosas para sus alumnos a través de nuevas localizaciones, horarios vespertinos y carreras acotadas en su duración o de capital humano general. Estas instituciones serán el tipo de “calidad base”, cobrando un precio menor por la menor calidad ofrecida. Son más numerosas que las selectivas y, por ser similares entre sí, compiten en precios entre ellas. A través de las siguientes subsecciones se intentará apoyar la hipótesis de trabajo de que en las universidades nuevas conviven dos mundos, ambos activos en atraer alumnos, pero en distinto margen, lo que genera una distribución de la calidad altamente diferenciada. Se tiende a la diferenciación vertical máxima. Además, se argumentará que el sector tradicional permanece mayoritariamente pasivo en esta competencia por alumnos, lo que es incentivado por los fondos directos que recibe. Una advertencia preliminar. La mayor dificultad para hacer investigación sobre educación superior en Chile, relativa a otros niveles de enseñanza, es el hecho de que las instituciones nuevas (que hoy en día corresponden a más del 50% de la matrícula) actúan de manera completamente descentralizada. Por esto, no tienen obligación de informar sobre su quehacer, ni sobre la composición de sus profesores y alumnos a ningún organismo público. La mayoría de los datos disponibles son auto-reportados, y hay un grupo que sistemáticamente no entrega información a los organismos encargados de recolectarla. Las universidades nuevas tampoco están obligadas a cumplir con alguna norma en la creación de carreras o admisión de alumnos, ni a someterse a procesos que acrediten su calidad. De hacer todo esto, ayudaría a que las instituciones fueran más comparables, entre sí y con las universidades tradicionales. Pero, a pesar de estas deficiencias, todavía es posible obtener algunas conclusiones, en particular respecto de la estructura de la industria.

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1.1. Breve introducción histórica El sistema de educación universitaria en Chile está marcado por el cambio estructural de 1981, año en que entró en funcionamiento un conjunto de leyes que autorizaba la apertura de nuevas universidades6. Luego de más de 150 años de exclusiva oferta pública –estatal y privada con subvenciones o transferencias– se permitió la creación de corporaciones de derecho privado sin fines de lucro facultadas para otorgar grados universitarios. Estas leyes también crearon nuevas instancias de educación terciaria, antes inexistentes, que podían tener fines de lucro: los institutos profesionales (IP), que ofrecerían títulos profesionales y técnicos de cuatro años de estudio y los centros de formación técnica (CFT) para títulos técnicos con uno a dos años de estudio. A partir de 1981, la oferta de educación terciaria comenzó a crecer y diversificarse. La educación universitaria quedó, a partir de esa fecha y hasta nuestros días –unos 30 años después–, caracterizada de un modo poco habitual. Por un lado hay un grupo de universidades tradicionales creadas a partir de las instituciones preexistentes a la reforma de 1981 y que continúan recibiendo aportes fiscales directos (AFD) de acuerdo a criterios principalmente históricos7. Las sedes de las dos universidades del estado fueron reagrupadas para generar dieciséis instituciones estatales (dos llamadas “tradicionales” y catorce “derivadas” por provenir de sedes dispersas a lo largo del territorio nacional). También se crearon tres nuevas universidades a partir de algunas sedes regionales de las seis privadas. Al final de un proceso de trece años (1981-1993), las universidades preexistentes con sus sedes se reordenaron en 25 instituciones. Este conjunto heterogéneo, pero relativamente coordinado, es el que integra el Consejo de Rectores de Universidades Chilenas (CRUCH), organismo creado en 1954. Se puede afirmar, informalmente, que la reputación de las universidades que integran el CRUCH, construida a lo largo de muchas décadas, es en promedio mayor que el de las que no lo integran. La historia de las nuevas universidades privadas (no CRUCH) es reciente y tiene un patrón distinto. Al menos por los primeros años, una universidad nueva no tiene suficientes generaciones de egresados como para consolidar una reputación de poca varianza. Su manera de dar señales de calidad es principalmente a través de inversiones de largo plazo, con costos hundidos y fijos, y los alumnos que logra atraer. Si alumnos de habilidad alta, que son más exigentes debido a las complementariedades que existen en la producción de capital humano, son atraídos a estudiar a una determinada universidad, esto puede dar una señal al resto de los actores de la calidad de una institución. Desde el momento en que se permitió la entrada a las universidades nuevas, se pueden distinguir cuatro etapas, (Gráfico 1). En los primeros seis años (1982-1987) se abrieron muy pocas universidades no CRUCH, aunque todas las abiertas existen hasta el día de hoy. Luego, hubo un corto período de muchas aperturas (1988-1990) que derivó en una etapa de cierta turbulencia (1991-2005) donde fueron cerradas 16 de las 53 universidades abiertas a esas 6

En 1980 se dicta el Decreto 3.541 sobre el autofinanciamiento de las universidades, y los Decretos con Fuerza de Ley Nº 1, que norma y facilita la creación de nuevas Universidades y Nº 2, que atañe la separación de la Universidad de Chile en sedes. El DFL Nº 3, introduce los cambios en el régimen laboral del personal académico de las universidades estatales: elimina para ellos el régimen de funcionarios públicos, las universidades pueden crear sus propios regímenes laborales, y definir sus políticas de salarios y de permanencia en los cargos. En 1981 se dictan los DFL Nº 4, 5 y 24, referidos a las nuevas instancias de educación terciaria, los Institutos Profesionales y los Centros de Formación Técnica. El DFL Nº 4 trata la gradual disminución del aporte fiscal a las universidades estatales. 7 El 95% del aporte se define por criterios históricos lo que desfavorece a las universidades derivadas.

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fechas. A partir de 2006 se aprecia un período de mayor consolidación con sólo dos cierres aunque tres aperturas. Las universidades nuevas están obligadas a pasar por una etapa de inspección que primero se llamó “examinación” y a partir de 1990, “licenciamiento”. Al final de este proceso, si la evaluación es favorable, a la universidad se les otorga un reconocimiento a través de la autonomía. Si ésta no se logra en 6 años, la universidad puede pedir participar hasta 5 más en el proceso de licenciamiento. Si al final de este extenso período aún no le es posible obtener la autonomía, entonces el organismo regulador (actualmente el Consejo Nacional de Educación, CNED) solicita la cancelación de la personalidad jurídica de la universidad, que ya no puede recibir más alumnos nuevos y sólo se le permite el funcionamiento hasta que los alumnos matriculados se hayan titulado. El requisito para abrir una universidad es ofrecer al menos una de las 18 carreras que exigen el grado de licenciado8. El que, luego de la autonomía, no haya un requisito adicional para abrir sedes explica porqué muchas de las universidades no CRUCH, una vez que han cumplido con el proceso de licenciamiento, han abierto numerosas sedes regionales que compiten por los alumnos locales, entre ellas y con algunas universidades CRUCH de menor selectividad. Este proceso fue especialmente marcado entre los años 2000 y 2003 en los que se le otorgó la autonomía a una veintena de instituciones. Desde 1981, se han abierto 56 universidades privadas. De ellas, 18 (32 %) han sido cerradas por el organismo regulador y tres (5 %) han surgido de la compra de universidades pequeñas auntónomas. Esta dinámica contrasta con la relativa estabilidad del sector CRUCH que se ha mantenido en 25 desde 1993, cuando se constituyeron las últimas universidades derivadas9. Este doble origen del sistema universitario, bajo exigencias y circunstancias muy distintas, permite entender mejor las diferencias entre uno y otro tipo de universidad. A pesar de su diversidad, las universidades CRUCH son más homogéneas que sus pares no CRUCH en varios aspectos que se detallarán a continuación. Uno de ellos es que las universidades CRUCH tienen un puntaje PSU mínimo acordado para admitir estudiantes, lo que no ocurre en el otro sector. Esto lleva a que en promedio sus alumnos tengan puntajes más altos y con menor desviación estándar, que las no CRUCH. Tomando las PSU promedio ponderado de los alumnos

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Los siguientes son los títulos profesionales que exigen un grado de licenciado y generan las 18 profesiones universitarias que actualmente existen. Hasta 1990 éstas eran 12: Abogado, Arquitecto, Bioquímico, Cirujano Dentista, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial, Ingeniero Forestal, Médico Cirujano, Médico Veterinario, Psicólogo y Químico Farmacéutico. En 1990 se agregaron dos títulos profesionales más: Profesor de Educación Básica y Profesor de Educación Media asignaturas científico-humanistas. Un año después se agregaron tres títulos al listado: Profesor de Educación Diferencial, Educador de Párvulos y Periodista. Finalmente en 2005 se completaron las 18 carreras que exigen grado de licenciado con el título profesional de Trabajador o Asistente Social. El requisito original para constituir una universidad, era el de ofrecer al menos tres carreras universitarias. En 1990, éste se disminuyó a sólo una carrera. 9 Hay otros contrastes. Las universidades del CRUCH, que se autodefine como “un organismo de coordinación de la labor universitaria de la nación”, se reúne con cierta periodicidad para determinar metas conjuntas. Han establecido un sistema centralizado de selección y admisión de alumnos a las universidades que lo conforman, aunque ocho de las universidades que no forman parte de este organismo, decidieron ingresar al sistema centralizado de admisión el 2012, a partir de una inédita invitación. Las universidades CRUCH también han participado en la redacción de proyectos de ley relacionados con la calidad y financiamiento de la educación superior.

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matriculados en 201010, el de las universidades CRUCH es de 596.3 puntos (47.8 de desviación estándar) y el de las no CRUCH es de 524.6 (57.3 de desviación estándar)11. Las universidades no CRUCH tienen diversos grados de selectividad. Muchas universidades no CRUCH de calidad base, no exigen PSU o admiten un considerable número de alumnos sin ella. Dentro de la heterogeneidad de las universidades no CRUCH, las selectivas han ido atrayendo gradualmente más alumnos de mayor habilidad, en desmedro de numerosas universidades CRUCH. En resumen, existen dos sectores, uno tradicional relativamente homogéneo, y otro nuevo que asume una de dos estrategias –dos tipos– para balancear su presupuesto. Las “selectivas” en tipo atraen a alumnos de habilidad alta desde el sector tradicional, a través de una combinación en inversiones en costos fijos y becas. Con esa composición de alumnos cobran precios altos a alumnos de relativa menor habilidad. Las de “calidad base” como tipo compiten entre ellas en precio, además de localización y horario, para captar alumnos del margen extensivo. También reciben a los alumnos para los cuales no es posible o conveniente pagar más por pares de habilidad alta, aunque sí estudiarán en alguna universidad. 1.2. Financiamiento por transferencias Una diferencia relevante entre las universidades CRUCH y no CRUCH es la cantidad de financiamiento que no proviene del pago directo de los estudiantes (aranceles). Si se toma el año 2010 (Gráficos 2A y 2B), se puede apreciar que la principal fuente de financiamiento por transferencias, ya sea del estado o de privados, condicionales o no, es el aporte fiscal directo (AFD) otorgado por el estado chileno exclusivamente a las universidades CRUCH. La otra fuente de aportes fiscales, llamada aporte fiscal indirecto (AFI), aunque relativamente significativa para algunas universidades no CRUCH, una vez que el monto es escaldo por alumno (considerando la matrícula total, no sólo la de primer año) no aparece como relevante en comparación con el AFD. Sólo para cinco universidades (tres CRUCH y dos no CRUCH), este monto por alumno supera los 100 M$ al año, llegando a 195 M$. Para la gran mayoría de las universidades, el AFI por alumno es un aporte marginal, si se le compara con el valor del arancel cobrado. El AFI es un aporte que el estado hace a la universidad por cada alumno matriculado en primer año en universidad, IP o CFT, que esté entre los 27.500 mejores puntajes de la Prueba de Selección Universitaria (PSU) correspondiente a ese año de admisión. A su vez, estos estudiantes son divididos en 5 tramos de 5.500 alumnos cada uno. El primer tramo es el que recibe el aporte básico por alumno. En cada cambio de tramo el aporte aumenta tres aportes básicos. En la Tabla 1 se puede apreciar, con datos para el AFI 2011, que el aporte por alumno de primer año, en el tramo 1, es sólo de unos $ 128.000 y que aumenta doce veces al llegar al tramo 5 ($1.533.000 por alumno). La última fuente de transferencias son las donaciones. Entre las universidades CRUCH, las donaciones por alumnos siguen una distribución similar a la del AFI por alumno. Sus montos no

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Datos SIES Ficha académica 2007-2010 Es posible que este último valor sea menor pues hay muchas universidades no CRUCH de baja selectividad que no piden PSU a todos sus alumnos matriculados, y algunas no reportan datos. 11

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son comparables al AFD, y son mayores para las dos universidades con más aportes totales y mayor AFI. Las donaciones debieran ser el aporte más sustantivo de las universidades no CRUCH, por el hecho de ser corporaciones privadas sin fines de lucro. Lo que se observa, sin embargo, es que salvo en un caso, las donaciones son una fuente casi irrelevante de financiamiento. Sólo una universidad recibe donaciones cuyo total es equivalente a un aporte AFD del quintil más alto. Las siguientes cinco universidades no CRUCH ordenadas por monto de las donaciones, reciben aportes de privados equivalentes al quintil más bajo del AFD. Ell resto recibe aportes nulos o cercanos a 0$ por alumno. 1.2.1. Transferencias y aranceles La situación de Chile contrasta con el financiamiento que reciben universidades privadas sin fines de lucro en Estados Unidos. En términos promedio, en ese país, los aranceles cubren menos del 50% de los costos que las universidades pueden imputar a educación12. En el caso de las universidades públicas los aranceles en promedio corresponden al 13% (con un rango de 7.6%-24.3%) de este costo, y en el de las privadas al 45% (con un rango de 26.1%-91%)13. En el caso de Chile, no existe información detallada para hacer un análisis similar. Lo que se puede calcular es el porcentaje del ingreso por alumno que reciben las universidades de fuentes distintas al arancel. El pago de las familias se calcula tomando un arancel representativo por universidad y se hace el supuesto de que las transferencias se reparten por igual entre todos los alumnos de la universidad, es decir, no hay carreras más favorecidas que otras. Con este cálculo, los aranceles de las universidades CRUCH corresponden, en promedio, al 82% de los ingresos de las universidades por alumno (con un rango de 65%-95%). En el caso de las universidades no CRUCH, los aranceles representan en promedio el 98% (con un rango de 79% - 100%) de los ingresos totales. Si se consideran las becas por mérito (descuento por PSU), el promedio baja levemente a 93%, pues no todas las universidades ofrecen o hacen efectiva este tipo de beca. El rango en el que los aranceles promedio son parte del ingreso total por alumno se expande (24%- 100%)14. En las universidades no CRUCH, los aranceles de lista tienen una correlación positiva significativa con las transferencias recibidas. Los aranceles promedio, donde se considera todo el rango de aranceles pagados (netos de las becas por mérito), tienen una correlación negativa (ver Gráficos 3A-3B). En regresiones simples empleando logaritmos, se aprecia que, de manera significativa, cada punto porcentual adicional de transferencia significa un 0.08 puntos porcentuales de aumento en el arancel máximo cobrado, los que corresponden a 0.25 12

La metodología de Winston (1999), fue revisada y actualizada para el 2007 por el IPEDS (Integrated Postsecondary Data System), dando valores similares o incluso de mayores subsidios. Esta metodología considera los gastos directos en instrucción más la renta del capital físico. 13 Según Heckman (1999) los aranceles de la educación pública universitaria representan menos del 20% de los costos directos. Winston (1999) describe que una universidad americana promedio, si es pública ofrece una educación cuyo valor (en costos directos) es de 9.900 USD, pero sólo cobra 1.200 USD (subsidio de 8.700). En las universidades privadas el valor de la educación (nuevamente medida en costos directos), es de 12.200 USD en promedio, el arancel es de 6.500 (subsidio de7.700). El rango total de los subsidios es de 1.800-22.800 USD. 14 Debido a la falta de información desagregada sobre becas socioeconómicas, no es posible incorporar este dato en el análisis de los aranceles. En cualquier caso, hasta 2010, los alumnos matriculados con becas socioeconómicas otorgadas por el estado era un porcentaje menor de los alumnos del sistema, en torno al 1% en las universidades no CRUCH y el 19% en las universidades CRUCH.

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desviaciones estándar de los precios. Si se consideran los aranceles promedio cobrados, donde se descuentan las becas por mérito para el subconjunto de los alumnos que la reciben, la correlación es negativa. Cada punto porcentual adicional de transferencia significa 0.15 puntos porcentuales menos en el arancel promedio (0.22 desviaciones estándar de los precios promedio). Los resultados de una regresión similar con los valores de las universidades CRUCH, donde el arancel de lista se supone igual al arancel promedio, no da coeficientes significativos. 1.2.2. Comentario Lo relevante de esta discusión es resaltar la falta de subsidios o transferencias para las universidades no CRUCH. Esto redunda en que su comportamiento puede homologarse al de cualquier firma sujeta a restricciones financieras que busca maximizar el valor presente de la diferencia entre ingresos y costos. En un análisis de organización industrial estándar, universidades en esta situación debieran preferir diferenciarse entre ellas por calidad, para no entrar en una guerra de precios. Existe alguna evidencia de que las universidades no CRUCH que reciben las mayores transferencias, tienen precios promedios menores, debido a las becas por mérito otorgadas a un porcentaje de sus alumnos. Las universidades que reciben los menores montos de transferencias por alumno, no ofrecen este tipo de beca, pero cobran un arancel de lista, esto es, sin descuento, menor. Aplicando un modelo de diferenciación vertical estándar, se va configurando una hipótesis para la existencia de dos tipos de universidades no CRUCH. Por un lado, están aquellas que cobran precios menores, posiblemente por una calidad menor, y que no buscan atraer alumnos de habilidad (que representa calidad) alta. Este es el tipo de “calidad base” Por otro, están las universidades de tipo “selectivas” que cobran aranceles mayores por una calidad mayor. Junto con esto reciben mayores transferencias. Parte de las transferencias provienen justamente del AFI que le otorga el estado por cada alumno matriculado de PSU relativamente alta. Como se verá más adelante, las becas al mérito corresponden a montos mayores que el AFI recibido por alumno. No es un mero traspaso de la asignación, sino que la universidad hace un descuento adicional. Las universidades que ofrecen becas al mérito (PSU) efectivas, logran atraer alumnos de calidad mayor, y terminan con un precio promedio menor. Hay grupo de alumnos que por su puntaje hubiera ingresado a una universidad CRUCH, pero una combinación de becas por mérito suficientemente generosas y una calidad no demasiado baja los hace cambiar de opinión. Un subconjunto de universidades no CRUCH está buscando atraer a estos alumnos de mayor puntaje (que es una aproximación a una mayor habilidad calidad) mediante aranceles e inversiones en costos fijos, que efectivamente los haga cambiar su decisión de estudiar en una universidad CRUCH donde habrían sido aceptados. 1.3. Medidas de calidad De acuerdo a los modelos de diferenciación vertical, la calidad puede ser producida por costos variables o fijos. Por las características del producto de la educación universitaria, se pensaría que la calidad es producida mediante costos fijos o hundidos.

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La educación universitaria requiere de una proyección en el tiempo, donde los alumnos se van gradualmente especializando, y hay traspaso de conocimiento de una generación a otra. En este contexto la calidad dependerá de ciertas inversiones estables en el tiempo, e independientes del número de alumnos. Tanto la infraestructura como los profesores son de mayor calidad si los costos asociados a estos insumos no son variables. Si los profesores son de planta, y no contratados por hora, pueden adquirir un mayor compromiso con la universidad, y dedicar tiempo para investigación y en atender a sus alumnos. Un laboratorio estará mejor implementado si es permanente, etc. Por otro lado, dado que el capital humano nunca es observable, las inversiones en este tipo de costos pueden dar señales de que se tiene un proyecto de largo plazo comprometido con la calidad. En general hay incertidumbre en torno al valor del capital adquirido, la verdadera habilidad del alumno y el retorno futuro esperado. Las decisiones son tomadas con un valor esperado, en torno al cual hay una varianza. Esta varianza es mayor para instituciones más nuevas. Para que sea creíble que una universidad nueva está buscando proveer educación más alta que la calidad base, éstas necesitan entregar señales que disminuyan la incertidumbre. Además, la tecnología de producción es una donde los alumnos son a la vez consumidores e insumos (Rothschild y White, 1995). Al momento de comparar el beneficio de estudiar en una universidad u otra, o entre estudiar y no estudiar los alumnos deben tomar en cuenta tanto la propia calidad como a la de los pares. Este aspecto de la decisión es recogido por el modelo de la sección 2. Los insumos en la producción de capital humano universitario –el propio alumno, sus pares, sus profesores y la infraestructura–, parecen presentar fuertes complementariedades. Como señalan Del Rey y Romero (2004), cuando no hay restricciones de crédito para los alumnos, esta complementariedad determina que los precios de mercado y los exámenes de admisión entregarían resultados muy similares en términos de la universidad escogida para estudiar. La disposición a pagar es una buena aproximación al retorno marginal a la educación, que es mayor en tanto más alta es la habilidad del alumno. 1.3.1. Distribución de selectividad Por selectividad, se entiende en este documento el porcentaje de alumnos AFI matriculados en primer año en una universidad. Esto es una aproximación al porcentaje de alumnos de alta habilidad matriculados, que a su vez es una señal bastante estándar de la calidad de una universidad. Los alumnos AFI corresponden a los mejores 27.500 puntajes en la PSU. Dado que la PSU es tomada cada vez por más alumnos, estos alumnos se han vuelto relativamente más escasos. Por otro lado, han aumentado su presencia entre las universidades no CRUCH, en desmedro de las CRUCH. Los Gráficos 4A y 4B muestran cómo ha cambiado la matrícula de alumnos AFI entre los años 1994 y 2010. La caída de alumnos AFI, por tramo y en total ocurre en todas las universidades CRUCH, salvo en las dos más grandes y prestigiosas que incluso parecen haber aumentado su matrícula. También se aprecia que la distribución de los tramos de AFI es distinta para las dos grandes universidades. Mientras todo el resto matricula más alumnos de los tramos inferiores, y a medida que el tramo de puntaje aumenta ingresan menos alumnos, en las dos universidades 9


principales ocurre exactamente lo contrario. En ellas, los alumnos del tramo 5 son comparativamente los más abundantes. In 1994 la matrícula de primer año era de 58,021 (0.46, casi la mitad, eran estudiantes AFI). En 2010 la matrícula de primer año casi se triplica, y entonces ahora los alumnos AFI representan menos del 20% de los alumnos (0.18). Los alumnos AFI se están volviendo relativamente más escaso, y concentrados en las dos universidades CRUCH más antiguas y prestigiosas. Por este motivo, puede ser conveniente separar de la muestra a las dos principales. Los gráficos 5A y 5B muestran la distribución de selectividad de las universidades CRUCH y no CRUCH respectivamente al año 2010. La distribución de las universidades CRUCH decrece con AFI de manera relativamente continua. La distribución de las universidades no CRUCH se caracteriza por una discontinuidad hacia la cola derecha, y una gran cantidad de universidades colapsadas en selectividad 0 o muy cercana a 0. Este hecho estilizado apoya la hipótesis de que las universidades CRUCH son relativamente más homogéneas, y que entre las no CRUCH existen dos mundos con estrategias y comportamientos distintos respecto a la competencia por alumnos. Un grupo pequeño busca ser selectiva, y se ubica en algún punto de la distribución de selectividad, otro grupo atrae alumnos en el margen extensivo, y tiene selectividad nula. Lo que las universidades no CRUCH selectivas pueden estar aprovechando, es que haya un grupo de alumnos que por su puntaje, no accede a las universidades de mayor selectividad del sistema (las dos grandes CRUCH), pero todavía puede acceder a tener buenos pares, pagando un precio alto por ellos. Las universidades selectivas compiten por los mejores alumnos del sistema de todas las maneras posibles de modo de tener buenos alumnos que “vender”. 1.3.2. Los profesores La inversión hecha por una universidad en su cuerpo docente es una manera en se puede medir indirectamente el nivel de inversión en costos fijos. La formación de los profesores en términos de sus grados, refleja su calidad académica. El tipo de contrato expresa hasta qué punto los profesores son un costo fijo o variable para la institución. En la medida en que hay más contratos por jornada completa (o media) que por hora hay más inversión en costos fijos. El ratio de los profesores con doctorado contratados jornada completa o media, a profesores con doctorado contratados por hora, refleja en una sola medida estos dos indicadores, y es lo que se muestra en los Gráficos 6A y 6B. Hay mejor ratio de profesores con jornada completa y media entre las universidades CRUCH. El rango va desde más que 0.58 a 20.05 (promedio 4.81), en cambio entre las universidades no CRUCH éste se ubica entre 0.02 y 4.20 (promedio 0.58). Las distribuciones se asemejan a las de selectividad. 1.3.3. Los fondos ganados en concursos Otro indicador de inversiones en costos fijos son los proyectos de investigación (Fondecyt) asignados, y los montos relacionados. Una universidad tiene más posibilidad de ganar un concurso de investigación, si tiene la adecuada infraestructura humana y física. Se pueden comparar los montos de fondos obtenidos, por alumno. Es lo que muestran los Gráficos 7A y 7B, en miles de pesos. Nuevamente los montos son mayores en las universidades 10


CRUCH. El rango es esta última es entre 0 y 429.75 M$, con un promedio de 82.62 M$. En las universidades no CRUCH, el rango es de 0 a 88.7 M$, con un promedio de 8.69 M$. Al igual como con el indicador de la calidad de los profesores, ambas distribuciones se asemejan a sus respectivas distribuciones de selectividad. Gradualmente descendiendo una (CRUCH), y con una discontinuidad y una masa colapsada en 0, la otra (no CRUCH). 1.3.4. Las publicaciones El análisis es equivalente si se miran las publicaciones ISI por alumno (Gráficos 8A y 8B). Hay mayor cantidad entre las universidades CRUCH, y ambas distribuciones son muy similares a la de la selectividad de su sector. La correlación entre esos indicadores es siempre mayor al 70%, por lo tanto no está muy lejos de la realidad, tomar la selectividad como un indicador de la calidad de una universidad. 1.3.5. Acreditación La acreditación se comenzó a implementar en 2005. Es la manera en que el organismo público certifica la calidad de las universidades. Está a cargo de un organismo autónomo, y mide varias áreas, pero las comunes a todas las instituciones son las de Gestión Institucional y Docencia de Pregrado. La acreditación es voluntaria y se mide en años (rango 1-7, cuando es aprobada, y 0 cuando es rechazada). Como los procesos de acreditación empiezan y terminan en momentos distintos, una buena manera de tener una mirada general es promediando las acreditaciones obtenidas (Gráficos 9A y 9B). Estas acreditaciones promediadas están positivamente correlacionadas en un 76% con el indicador de selectividad (porcentaje alumnos AFI). 1.3.6. Otras medidas de calidad 1.3.6.1. Retención Una medida de calidad del cual se tienen datos, es la retención de la cohorte 2008, matrícula 2009, para el primer y segundo años de educación universitaria (Gráficos 10A y 10B). Como es esperado, los niveles de retención disminuyen con la selectividad, y son en promedio menores en las universidades no CRUCH. Las universidades con el menor AFI de todas, tienen el nivel de retención más bajos (60% en primer año y 45% en segundo). Por contraste, el nivel de retención más alto es casi 90% en primer año y sobre 80% en segundo. 1.3.6.2. Ranking Desde 2009, un ranking de universidades, que es informativo de la situación chilena es publicado anualmente en la revista América y Economía. En él están incluidas todas las universidades chilenas, lo que le entrega una ventaja sobre sus símiles internacionales. La manera en que es elaborado, toma en cuenta todos los datos disponibles para las universidades chilenas sobre profesores, alumnos, infraestructura, etc. Cada factor es ponderado de acuerdo a un criterio predefinido, lo que genera un puntaje final llamado Índice de Calidad, y el ordenamiento asociado.

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El lugar en el ranking está negativamente correlacionado en 0.90 (2010) y 0.91 (2011) con el porcentaje de alumnos AFI. Otra manera de ponerlo, es que el Índice de Calidad 2011 está positivamente correlacionado (0.90) con la selectividad. 1.3.7. Comentario Lo más relevante de esta sección es comprobar la alta correlación que existe la selectividad y las distintas medidas de calidad. Algunas de estas medidas se refieren a inversiones en costos fijos, otras a efectividad. Sea cual sea la que se tome, su distribución –especialmente en las universidades no CRUCH– es similar a la distribución en selectividad, con una discontinuidad en la parte alta, y una masa colapsada en 0. También se aprecia que para todas las medidas, las universidades CRUCH tienen valores más altos y rangos menores que las no CRUCH. Aún en su diversidad, las universidades tradicionales son más homogéneas que las nuevas. Aunque hay una gradiente evidente en la calidad de las universidades CRUCH, existe mayor continuidad en la distribución. 1.4. Distribución socioeconómica Se puede relacionar la selectividad con el nivel socioeconómico de los alumnos para revisar si hay alguna relación. Sin embargo, este aspecto de las universidades sólo se puede inferir de los datos agregados, y de la información de las universidades sobre la composición escolar de los alumnos. Los Gráficos 11A y 11B muestran la distribución de alumnos de acuerdo a su procedencia escolar, en universidades de distintos niveles de selectividad para el año 2010. Se definen seis tramos, de acuerdo al porcentaje promedio de alumnos AFI en las universidades incluidas. Se puede suponer que los alumnos se ordenan aproximadamente por ingreso, de acuerdo al tipo de establecimiento de dónde provienen, siendo los alumnos más “pobres”, los de los colegios municipales15, y los más “ricos”, los de los particulares pagados. En las universidades CRUCH, los distintos tramos de selectividad tienen distribuciones semejantes y continuas, con las gradientes esperadas. Hay más alumnos provenientes de colegios municipales en las universidades de baja selectividad, y descienden en número a medida que aumenta la selectividad. Los alumnos de los colegios particulares pagados, ascienden en porcentaje con la selectividad de la universidad. Las universidades no CRUCH presentan una distribución discontinua en la selectividad, por lo que la selectividad intermedia (con promedio 35% alumnos AFI) no tiene alumnos que la representen. El grupo de universidades con selectividad baja tiene el comportamiento esperado. A medida que la selectividad crece, aumenta (disminuye) el porcentaje de alumnos provenientes de colegios particulares pagados (municipales), de manera similar a lo que ocurre con universidades CRUCH. Sin embargo el porcentaje de alumnos provenientes de colegios particulares pagados (municipales) crece (disminuye) más rápido por tramo de selectividad, que en las universidades CRUCH. Como resultado, en universidades de selectividad relativamente baja (con promedio 15% alumnos AFI) el porcentaje de alumnos que provienen de colegios particulares pagados son más que los provenientes de colegios municipales.

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Sin embargo, los alumnos provenientes de colegios municipales son heterogéneos en ingreso. En los liceos llamados “emblemáticos”, de alto rendimiento y sobre representados en universidades selectivas, hay alumnos de todos los niveles socioeconómicos.

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En ambos tipos de universidades. Los alumnos provenientes de colegios particulares subvencionados se mantienen en un porcentaje relativamente constante y sólo descienden en el tramo con universidades de mayor selectividad. En general, en las universidades no CRUCH hay una mayor (menor) presencia de alumnos provenientes de colegios particulares pagados (municipales), aumentando (disminuyendo) su porcentaje rápidamente con la selectividad de la universidad. Esta información se complementa con las estrategias de precio observadas en las universidades no CRUCH, descritas en la siguiente sección. Las universidades más selectivas buscan atraer a mejores pares, para producir o señalizar calidad, y así pueden cobrar más al resto de sus alumnos. Un aspecto que se podría revisar es el efecto de las becas por nivel socioeconómico. Sin embargo no existen datos desagregados por universidad. No están disponibles para las becas ofrecidas por el gobierno ni para las que ofrece cada universidad. Sólo que sabe que, por ejemplo para el 2008, el 1% de los alumnos que estudiaban en universidades no CRUCH recibían una beca socioeconómica con financiamiento estatal, pero que en cambio el 19% de los alumnos CRUCH tenían estos beneficios (Tabla 3). Esto se debe a que los alumnos de las universidades no CRUCH no tienen acceso a las principales becas. Sobre el Crédito con Aval del Estado aparecido en 2006, es la opción de financiamiento con un crédito de tasa relativamente preferencial que tienen los alumnos de las universidades no CRUCH (aunque es mayor a la que tienen acceso los alumnos de las universidades CRUCH). En total, incluyendo alumnos de primer año y superiores, el 7% de los alumnos no CRUCH y el 2% de los alumnos CRUCH estudian con este crédito. En términos relativos, la ayuda socioeconómica es mucho menor en las universidades no CRUCH. 1.5. Estrategias de precios La hipótesis con que se está trabajando es que las universidades no CRUCH, al ser nuevas y no recibir mayores subsidios o transferencias están obligadas a competir por alumnos en dos márgenes, lo que genera dos tipos de universidades. El tipo de universidades que provee calidad base, intenta atraer a alumnos nuevos a la educación universitaria (margen extensivo), para lo cual compiten en precios. La mayoría de las universidades nuevas es de selectividad muy baja, por lo que podría suponer una competencia de precios intensa en este margen. Al calcular los índices de concentración Herfindahl-Hirschman Index (HHI), estos son igual o menores al 0.1, por lo que se puede considerar que para todos los alumnos, hay un mercado competitivo (ver Gráficos 12A y 12B). El mercado se puede definir de distintas manera, por ejemplo con todas las universidades, o dejando fuera las dos universidades CRUCH más importantes. Cuando se hace de la primera manera, el único grupo de alumnos que podría estar relativamente más concentrado es el que comprende el Tramo 5 de AFI. Su HHI supera levemente la barrera de los 0.18 a partir del 2004. Si definimos el mercado de las universidades de otra manera, tomando sólo las universidades no CRUCH grandes que tienen muchas sedes regionales y oferta de carreras en horarios vespertinos (Gráfico 12C), vemos que los índices de concentración son más altos a principios de la década, y descienden gradualmente hasta llegar a niveles cercanos a competitivos. Este mercado agrupa a todas las universidades que han podido expandirse en el territorio nacional, por lo que cuentan con maneras de competir por alumnos nuevos que las más pequeñas, o 13


incluso las universidades CRUCH, no cuentan. Si esta definición de mercado es correcta, entonces hay espacio para asumir cierta concentración en las universidades que proveen calidad base a regiones. La competencia no es sólo por alumnos en general, sino también de manera específica por alumnos de alta habilidad. Como se verá en los precios, no todas las universidades no CRUCH parecen estar interesadas en este tipo de alumnos. 1.5.1. Precios relativos Las universidades no CRUCH más selectivas cobran precios diferenciados a sus alumnos de acuerdo a su puntaje y con esta estrategia logran atraer buenos alumnos o alumnos AFI. El mecanismo es una beca por mérito, que entrega un porcentaje de descuento para cada tramo de puntaje en el que cae un alumno. Estos descuentos están resumidos en el Gráfico 13 para distintos tramos de selectividad. El eje horizontal representa los distintos tramos de alumnos, y el vertical, los montos en pesos netos del aporte fiscal indirecto (AFI), que las universidades descuentan a sus alumnos. En niveles, las universidades más selectivas hacen menos descuentos netos (de AFI) a los alumnos de habilidad alta, pero el descuento relativo (medido en la pendiente) es mayor. Universidades en la segunda línea de selectividad ofrecen mayores niveles de descuento neto, pero sus descuentos relativos son menores. Esto muestra algo tal vez obvio, que la valoración que hacen las universidades de los alumnos de habilidad más alta es mayor cuanto más selectiva es la universidad. El arancel final que el alumno paga puede considerarse un precio hedónico que, al igual que un salario hedónico, considera la productividad del alumno y los atributos de la universidad donde estudia. Por un lado, alumnos más productivos pagan menos, pero éstos también están dispuestos a recibir menos descuentos por ingresar a una universidad más selectiva. En los Gráficos 14A y 14B se observa la trayectoria de precios para alumnos de distinta PSU, en universidades de distinta selectividad (eje horizontal). En el 14B se han eliminado todos los aranceles que no captarán alumnos, puesto que son más altos que los cobrados en universidades de mayor calidad. Esto es señal de que aun cuando hay becas ofrecidas en universidades de calidad menor, los precios no son lo suficientemente bajos para captar alumnos de habilidad alta, tomando decisiones racionales. Se ha marcado con líneas negras verticales la dispersión observada de aranceles, dado los alumnos que efectivamente se matricularon. El coeficiente Gini está calculado y graficado con la línea gris clara que cruza todo el gráfico. El arancel promedio está dibujado con la línea punteada. Se puede ver que el arancel promedio es menor en universidades de selectividad mayor, y que el coeficiente Gini de los precios va creciendo con la selectividad. Es decir, hay mayor dispersión de precios en universidades más selectivas. Regresiones simples muestran que esta relación es significativa: a mayor porcentaje de alumnos AFI (que, como se vio, representan la calidad de una universidad), mayor dispersión. Un punto porcentual adicional de AFI, aumenta en 0.50 puntos porcentuales el coeficiente GINI. También que, la correlación entre el coeficiente Gini y el precio promedio es negativa y significativa. Un punto porcentual adicional en el aumento de la matrícula disminuye el coeficiente GINI en aproximadamente -.80 puntos porcentuales. Y por último, que las 14


universidades que cobran precios más altos en términos de su arancel de lista, simultáneamente también presentan una dispersión de precios mayor. Las universidades menos selectivas también ofrecen descuentos para puntajes altos, pero no logran atraer alumnos, por lo que se les considera becas no efectivas y no se grafican. Los alumnos de habilidad alta no sólo observan precios, sino también algunos indicadores de calidad. En términos del modelo que se presentará en la sección siguiente, este grupo de alumnos es informado y puede reconocer los niveles de costos fijos (profesores, investigación…) en que una universidad incurre para proveer calidad. 1.5.2. Universidades CRUCH En esta competencia por alumnos, las universidades CRUCH son relativamente más pasivas, pues reciben alumnos de distinta habilidad y les cobran lo mismo a todos. Como ya se vio, sólo las dos más grandes se especializan en alumnos AFI. En ellas, los alumnos son homogéneamente buenos, y todos están dispuestos a pagar por esta homogeneidad en calidad, por lo que una dispersión de precios no se justifica. En todas las demás universidades CRUCH, pareciera ser que lo que las únicas formas ensayadas para aumentar sus ingresos son aumentando las vacantes o compitiendo por el 5% del AFD. En regresiones de panel simples con efectos fijos se puede apreciar que, entre las universidades CRUCH y dejando fuera las dos más grandes, menores niveles de AFD están significativamente relacionados a una mayor matrícula de primer año. La misma relación se encuentra entre el porcentaje de alumnos AFI, como medida de selectividad y la matrícula de primer año. Cuanto menos aporte fiscal directo reciben las universidades, más están obligadas a abrir vacantes y volverse menos selectivas. 1.5.3. Comentario Lo más relevante de esta parte de la discusión es resaltar cómo las universidades no CRUCH más selectivas están compitiendo por alumnos, mezclando estudiantes de alta habilidad con otros que están dispuestos a pagar un precio alto por estar con buenos pares. Los alumnos son atraídos desde las universidades CRUCH hacia las no CRUCH por una combinación de precio e inversiones en costos fijos. Las universidades CRUCH están perdiendo alumnos AFI, sin asumir una estrategia de precios efectiva, pues cobran a todos por igual. Sólo las dos más prestigiosas no están perdiendo alumnos, pues tienen una homogeneidad de calidad que les permite cobrar un solo precio. Un esquema de precios que busca captar alumnos de alta habilidad, genera una alta dispersión de precios, la que se va perdiendo en la medida en que las universidades son menos selectivas. 1.6. Tamaño y localización Un último aspecto en que se diferencian las universidades es en su tamaño, medido como el número de alumnos matriculados en primer año, y el número de localizaciones. Las universidades de menor calidad (con tres o menos años promedio de acreditación) presentan una distribución uniforme en tamaño, expresado en la matrícula y el número de localizaciones. Un grupo permanece de tamaño pequeño, y otro se expande en matrícula y/o número de localizaciones. Las universidades de mayor calidad (con 5 ó más años promedio de acreditación), en cambio, pertenecen en su mayoría al tipo mediano, igual que las 15


universidades CRUCH16. Si tomamos sólo las universidades que a la fecha han tenido una acreditación promedio igual o menor a 3 años17, el Gráfico 15 muestra su distribución por tipo. El total de alumnos matriculados en primer año en universidades no CRUCH creció de alrededor de 21.000 a casi 80.000 entre 1996 y 2010. Este incremento de casi 4 veces en 14 años se debió al aumento de la matrícula de primer año en universidades cuya selectividad es menor al .05 y su acreditación es baja (3 ó menos años). El incremento de 46 a 142 sedes en los mismos años, también ocurrió principalmente por la apertura de sedes en universidades con baja selectividad y acreditación. Son las universidades grandes no selectivas y de baja acreditación las que se han hecho cargo del aumento en la matrícula en las universidades chilenas. El tipo de universidad pequeña no tiene ninguna sede y menos de 900 alumnos matriculados en primer año. Las universidades grandes, cumplen con tener 5 ó más sedes o más de 6.500 alumnos matriculados en primera año. Las universidades medianas tienen todas entre 1.000 y 2.500 alumnos y a lo más tienen 2 sedes (la mayoría no tiene ninguna). Todas las universidades que han aparecido y luego han tenido que cerrar (18) corresponden al tipo pequeño de baja selectividad. Esto sugiere que el que existan universidades de este tipo, tal vez no sea un resultado de equilibrio. La decisión del tipo de universidad en términos de calidad, localización y tamaño se va revelando a lo largo de la historia de la universidad y en su manera de actuar luego de ciertos hitos. Las universidades responden de manera distinta, por ejemplo, a la obtención de la autonomía, que es cuando el organismo regulador autoriza a la universidad a seguir funcionando sin supervisión directa (de lo contrario, la obliga a cerrar). Prácticamente todas las universidades que abren numerosas sedes, lo hacen inmediatamente después de obtener la autonomía18, lo que se puede apreciar en el Gráfico 16 a través del total de sedes abiertas. El Gráfico 17 muestra otro aspecto del tamaño de las universidades, que es el número de carreras ofrecidas (2010). Hay una relación positiva entre el número de carreras que se ofrecen y el número de alumnos matriculados. Las universidades CRUCH, casi todas de tamaño mediano, tienen una distribución similar a una Normal en torna a una moda de 31-40 carreras. Las Universidades no CRUCH, en cambio parecen tener una distribución bimodal. Una moda ocurre en torno a las 21-30 carreras, y la otra sobre las 100 carreras. Esto es consistente con el hecho de tener muchas universidades muy pequeñas y otras muy grandes. 1.7. Oferta de carreras y horarios en sedes Las universidades no CRUCH han aumentado considerablemente el número de sedes que ofrece carreras vespertinas en disciplinas universitarias que requieren poca especialización y bajas inversiones en costos fijos.

16

Otra manera de describir este hecho es que la mayoría de las universidades muy pequeñas o muy grandes (que en total suman 19), tiene baja acreditación (entre 0 y 3). Entre las universidades de tamaño medio (tanto en matrícula como en sedes) aproximadamente la mitad tiene calificación alta (5 y 6) y la otra mitad, baja. 17 El promedio es tomado desde que se presentaron por primera vez, o se iguala a 0 si a la fecha no se han presentado. 18 El proceso más largo para obtener la Autonomía, ocurrió bajo el régimen de Examinación, fue de 15 años para una universidad que comenzó a abrir numerosas sedes antes de ser autónoma.

16


Las universidades no CRUCH crecen en el número de carreras vespertinas y en particular en carreras que, aunque universitarias19, se podrían caracterizar como de baja especialización científica y bajo costo de implementación. Estas carreras son Educación Básica20, Derecho, Psicología y Trabajo Social. Dado su malla curricular, es posible pensar en ellas, como siendo una suerte de formación general. Ninguno otro tipo de carreras ha tenido un incremento relativo en su oferta, que se le compare21. Este incremento se refleja en el número de sedes que las ofrecen, particularmente en la modalidad vespertina, aunque también en su versión diurna más estándar. En 1996 la carrera de Derecho, por ejemplo, era ofrecida en 15 sedes de universidades CRUCH, ninguna en versión vespertina, y 29 no CRUCH, 8 de ellas en horario vespertino. En 2009 este número había aumentado a 19 en las universidades CRUCH, habiéndose abierto una sola opción vespertina. En cambio, dentro de las universidades no CRUCH, el número de sedes que ofrecía la carrera de Derecho en horario vespertino era 46. Este incremento de la oferta vespertina en sedes también ocurre en las carreras de Educación Básica, Psicología y Trabajo Social, como se puede apreciar en las cuatro primeras filas la Tabla 2. Con el aumento de la oferta diurna, ha caído el ratio de la oferta en horario diurno a vespertino. En cambio, una carrera como Medicina, que ha tenido un crecimiento porcentual importante dentro de las universidades no CRUCH, no ha tenido ningún incremento en su versión vespertina. Otras carreras que requieren más especialización o infraestructura, como Ingeniería Civil o Periodismo, tampoco han visto incrementar su oferta vespertina. Este hecho sugiere que las universidades no selectivas buscan disminuir los costos de transporte de sus alumnos en varios sentidos. En el sentido geográfico (con la apertura de sedes), en costos de oportunidad (con el aumento en la oferta de carreras vespertinas) y en costos de esfuerzo en preparación previa (escogiendo carreras de “formación general”). De esta manera pueden atraer a alumnos para los cuales el precio total (o costo total) de ir a la universidad es relevante. 1.8. Retrato final En la educación universitaria en Chile, parecen convivir funciones objetivo distintas. Las universidades CRUCH y no CRUCH muestran comportamientos diferentes en su manera de atraer alumnos. Las universidades no CRUCH parecen ser de dos tipos muy distintos, unas que buscan calidad y son selectivas y otras que proveen la calidad base e incorporan nuevos alumnos al sistema. Entre estas últimas algunas son muy grandes y otras muy pequeñas.

19

Se están considerando sólo las 18 carreras llamadas universitarias que son las que requieren que el alumno obtenga un grado de Licenciado antes de obtener el título profesional. 20 Educación Media también es una carrera universitaria que ha crecido, pero la información sobre ella es más confusa en los datos. No siempre está orientada a alumnos de pregrado. 21 Un segundo grupo de carreras también es de bajo costo de implementación (carreras de tiza y pizarrón), pero requiere una mayor especialización en las áreas de matemáticas y física, tanto de los profesores como de sus alumnos. Un ejemplo de lo anterior es Ingeniería Civil. Podría plantearse que para lograr este grado de especialización, se requiere un nivel de capital humano avanzado. Otro grupo de carreras universitarias no exigen este nivel de capital humano, pero sí demandan inversiones costosas. Por ejemplo Periodismo requiere de una tecnología audiovisual asociada. Un cuarto grupo exige niveles altos de especialización junto con inversiones elevadas. El mejor ejemplo es la carrera de Medicina.

17


También hay asimetrías en el acceso de alumnos al financiamiento. Los alumnos que estudian en universidades CRUCH tienen acceso a mejores becas y créditos que sus pares que estudian en las instituciones no CRUCH. Estos últimos, por otro lado tiene acceso a universidades que compiten en precio (y precio total para el alumno), por lo que encuentran opciones de estudio próximas en distancia, en horarios que les permiten simultáneamente trabajar, y con exigencia de ingreso y egreso menores que en las universidades CRUCH. La necesidad de competir por alumnos de, fuerza el mercado hacia la diferenciación vertical (máxima). Dado que las universidades no CRUCH reciben menos subsidios o transferencias, en ellas estas fuerzas son particularmente extremas, generando una distribución de calidad discontinua. Se puede apreciar una clusterización del mercado más que una continuidad en los tipos. La educación universitaria parece presentar una fuerte complementariedad de los insumos. Los alumnos terminan asociados de tal manera que los mejores estudian en las universidades con mejores profesores, pares, infraestructura, etc. Además, producir calidad alta pareciera ser costoso de manera creciente, por lo que hay un umbral bajo el cual a las universidades no es provechos hacer esfuerzos por proveerla. En la siguiente sección se desarrolla un modelo simple que da cuenta de varias de estas propiedades, y que permite predecir algunas consecuencias de políticas públicas habituales. 2. Equilibrios en calidad y precio cuando las universidades compiten por alumnos En la sección anterior se enfatizó el punto de que las universidades compiten por alumnos de distinto tipo, y que esta competencia tiene consecuencias para la industria en términos de la calidad y precios que se observan. Es posible emplear un modelo de diferenciación vertical estándar, extendido para el problema propio de las universidades, para explicar estos equilibrios en calidad y precio. También es un buen escenario para poner a prueba las implicancias sobre estos equilibrios de políticas públicas habituales. Se desarrolla un modelo simple donde las únicas decisiones que afectan la utilidad de un “estudiante estándar”, se refieren a la de si estudiar o no en una universidad y, si decide hacerlo, en cuál. Hay dos universidades, una que le entrega una calidad alta cobrando aranceles altos, la otra tiene calidad baja y precios bajos. Se extiende el modelo para explorar resultados con tres universidades. Además de los “estudiantes estándar”, están los “estudiantes de elite” que son alumnos de alta habilidad que ponderan su decisión sobre en cuál universidad estudiar mirando los costos fijos productivos y las becas al mérito que les ofrecen. Los alumnos de elite son los informados sobre las inversiones en costos fijos y conocen la calidad efectiva de una universidad. Esto puede deberse a que son activos en informarse, tal vez porque desean seguir un programa de postgrado y necesitan tomar la mejor decisión desde el pregrado. Para los alumnos estándar la calidad queda perfectamente representada por el número de alumnos de elite que estudian en una institución. Como ocurre en los modelos de diferenciación vertical (ver Tirole, 1999 para un resumen), las universidades toman decisiones en dos etapas. En la primera escogen calidad, compitiendo por los estudiantes elite. Las instituciones deben decidir a cuántos beneficiar con precios 18


rebajados, y el nivel de costos fijos asociado. En la segunda etapa, cuando la calidad ya está definida, compiten por alumnos estándar escogiendo precios. Esto define un juego que se resuelve por inducción hacia atrás, obteniendo un equilibrio de Nash perfecto en subjuegos. En este modelo, la calidad es provista por costos fijos endógenos (á la Sutton, 1991), pues becas e inversiones no depende del número de alumnos estándar matriculados en la segunda etapa. Como se discutió en la sección anterior, este es un supuesto posible de hacer en universidades, donde los profesores de planta y las facilidades para la investigación son decisiones que se toman independientemente de cuántos alumnos finalmente se matriculan. Shaked y Sutton (1983) predicen que, cuando la calidad se produce con costos fijos, se generan oligopolios naturales. A lo largo del modelo presentado en esta sección, la calidad y los precios se suponen perfectamente observables. Queda pendiente una generalización que incluya incertidumbre sobre la calidad observada, y costos a la adquisición de información. Otro supuesto del modelo es que las universidades enfocadas en la competencia por estudiantes, actúan como si maximizaran rentas. Otros trabajos han explorado las consecuencias de operar con funciones objetivo distintas, compitiendo por financiamiento (Del Rey, 2000) o prestigio (De Fraja y Iossa, 1995). En estos casos, el puente entre la función objetivo y los resultados en calidad son más directos. La competencia por alumnos es independiente de si las universidades tienen o no fines de lucro, pues todas las universidades están sujetas a restricciones financieras. En este modelo no hay transferencias condicionales en calidad. Como se vio en la sección anterior, este supuesto parece ser adecuado para las universidades chilenas más nuevas. En este contexto, las políticas que se explorarán serán un estándar mínimo de calidad y subsidios a la demanda. Los resultados varían según la relevancia del margen extensivo (cuán apreciado es un título universitario en el mercado) y la concavidad de la función de costos fijos (cuánto se elevan los costos con la calidad). 2.1. Los elementos del modelo 2.1.1. Estudiantes Los estudiantes son de dos tipos “estándar” y “elite”. Los estudiantes de elite son un grupo excepcionalmente hábil, y por lo tanto escaso. Son valorados por las universidades tanto por su productividad en la función de producción de calidad, como porque son una señal de calidad para el resto de los estudiantes. Los estudiantes estándar son la masa regular de estudiantes que difieren en ingreso y habilidad dentro de un rango acotado. Una vez que terminan la educación secundaria, toman decisiones sobre la educación universitaria. Para ellos, la calidad de una universidad está suficientemente representada con el número de estudiantes de elite que escogen la universidad j. Los estudiantes de elite son informados y toman en cuenta otros atributos menos obvios que reflejan los costos fijos productivos de la universidad j. 2.1.1.1. Estudiantes estándar La función de utilidad de los estudiantes estándar se mide en pesos y toma la forma cuasilinear habitual. Si un estudiante decide ir a una universidad obtendrá , que 19


puede ser interpretada como el valor presente de un estudiante que va a una universidad de calidad pagando un precio (arancel) de . El parámetro representa la ganancia marginal de asistir a una universidad de mayor calidad. Si decide no ir a la universidad, su utilidad es 0. Por simplicidad distribuye de manera uniforme entre y . El supuesto de distribución uniforme no afecta los resultados principales. Las utilidades de asistir a una universidad de calidad alta, baja o no asistir son, respectivamente:

Lo que representa en estas funciones puede requerir cierta discusión. Los modelos de diferenciación vertical estándar lo explican tanto como un parámetro de gusto o como el nivel de ingreso. La disposición a pagar por calidad es mayor entre personas que valoran más la calidad. Tirole (1988) muestra que puede representar el inverso de la utilidad marginal del ingreso. En ese caso, personas con menores ingresos tienen una menor disposición a pagar por calidad. En un modelo con decisiones sobre la educación universitaria, combinación de la habilidad y la utilidad marginal del ingreso tomar la forma de habilidad e ingreso, y

puede representar una del estudiante i. Podría

. El estudiante represente al alumno con la mayor combinación el con la más baja.

Cada valor intermedio de puede ser alcanzado a través de distintas combinaciones de habilidad e ingreso. Esto tiene algunas implicancias para el hacedor de política. Si, debido a cualquier acción de política, la demanda por educación universitaria se expande esto significa simultáneamente dos cosas. Primero, que ahora puedan estudiar alumnos con menores ingresos y misma habilidad que los que ya estaban estudiando. Y también que lo harán estudiantes con el mismo ingreso y menor habilidad que los que ya estaban en el sistema. Para comprender las verdaderas implicancias de la política es necesario evaluar conjuntamente cuán restrictivo es el ingreso en la decisión de estudiar en la universidad. Si se considera sólo como habilidad, está implícito el fuerte supuesto de que no hay restricciones de crédito para los alumnos. El valor de V corresponde a cuánto valora el mercado laboral un título universitario cualquiera. Su magnitud determina si el mercado está o no cubierto. El entrante marginal a la universidad de menor calidad será igual a cuando V sea relativamente alto, ya que para todo el espectro de habilidad la utilidad de pagar por asistir a la universidad será mayor a la de no asistir. Esto es, el mercado universitario está cubierto cuando el marcado laboral valora un título universitario de manera que . Por otro lado,

cuando V es pequeño y por lo tanto . En este caso el mercado no está cubierto y hay dos alumnos marginales, ̂, que está indiferente entre las dos universidades, y , que está indiferente entre pagar por educación universitaria de calidad baja o salir al mercado laboral como un graduado de la educación secundaria. 20


Se estudiarán los casos con V alto y bajo, con dos universidades, y se extenderá el modelo con V alto para tres. No se considerarán efectos de equilibrio general en el mercado laboral. Si aumenta la oferta de trabajadores con título universitario, hasta cubrir todo el mercado de alumnos, el valor del diploma debería tender a bajar, no subir. Se puede suponer que en el corto plazo no todos los graduados de la educación secundaria van a la universidad porque hay restricciones de crédito que afectan la distribución de los alumnos estándar a la baja (todos los alumnos parecen ser menos hábiles) o hay otros costos asociados dando vuelta (como de información o transporte) que suben el precio total que un alumno paga por asistir a la universidad o corrigen V a la baja. Como estas restricciones pueden ser relajadas en el tiempo, se puede pensar que en el largo plazo el mercado de educación universitaria está cubierto. También se puede pensar que en el corto plazo, en un país en desarrollo y debido a las tecnologías que emplea, el mercado laboral aun no tiene mayor demanda por trabajadores más calificados. A medida que el país crece, y las tecnologías de producción cambian, la demanda por trabajadores con educación universitaria debiera aumentar. Otra manera de justificar un mercado completo es considerar , no como el último alumno de una distribución de habilidad, sino como el alumno umbral que exógenamente está definido como el último estudiante que tiene habilidad suficiente para seguir estudios universitarios. Esto trunca la distribución y hace que el supuesto de mercado completo sea más realista. Ya sea que todos los graduados de la educación secundaria vayan a la universidad o no, eso no afecta la definición de la demanda por educación universitaria de calidad alta ( ). El estudiante indiferente entre asistir a una universidad de calidad alta u otra de calidad baja es ̂. La demanda por educación de calidad alta será , por lo que Como ̂

̂

. Por simplicidad se supondrá

̂.

, la habilidad del estudiante en el margen intensivo será mayor (

será

menor) si el precio de la calidad alta (baja) es mayor (menor) y/o si la calidad alta (baja) es menor (mayor). Precios altos o calidades bajas requieren de alumnos más hábiles para que el retorno a la educación universitaria sea positivo. La demanda por la universidad de calidad baja cubierto. En mercados cubiertos,

̂

será diferente según si el mercado está o no

, o más simplemente

margen extensivo, entonces el alumno marginal es ̂

̂

. Cuando existe un

. La demanda es

̂

ó

, en la versión simplificada. 2.1.1.2. Estudiantes de elite

Las universidades escogen atraer estudiantes de elite porque su número entra directamente en la función de producción de la calidad que es valorada por los estudiantes estándar. La calidad percibida se mide en unidades de . Estos estudiantes de elite escogen a qué universidad asistir observando precios ( ) y la cantidad de costos fijos endógenos en que invierte cada institución. Estos son los estudiantes interesados en tener profesores contratados de planta, con compromisos de largo plazo con la universidad, programas de postgrado e investigación o laboratorios bien equipados. 21


En lo que sigue,

y

representarán la calidad de la planta de profesores.

Un sistema de demanda simple:

Permite obtener el precio para los alumnos de elite en cada universidad. (

)

(

)

Definiendo una función cuadrática para las inversiones en función general de costos fijos: (

y

se llega a la siguiente

)

Es directo de ver que esta función de costos no depende del número de estudiantes estándar que se matriculen, y que por lo tanto, en este modelo la calidad se produce con costos fijos y no variables. Esto es relevante ya que en presencia de costo fijos, el supuesto de distribución uniforme se vuelve inocuo (ver Wang, 2003, para demostración). Porque el capital humano nunca es verdaderamente observable, las universidades deben atender el tema de la calidad percibida. Fuertes inversiones en costos fijos y hundidos (que no serán jamás recuperados) son maneras en que una universidad puede señalizar calidad y construir reputación. El supuesto aquí es que los estudiantes de elite son sensibles a estas inversiones costosas, y que a los estudiantes estándar sólo les interesa el valor presente de su título. También se puede pensar que los estudiantes de elite son los informados, y los que son estándar los miran a ellos para deducir la calidad de una universidad. Que tenga un valor intrínseco o de señalización (ya sea que su valor lo entregue a través del efecto pares o sólo como señal) no afecta ni la función de utilidad ni los resultados del modelo. Si es sólo calidad percibida, este modelo podría ser similar al de MacLeod y Urquiola (2009), donde los trabajadores señalizan su productividad a través de sus pares en la universidad. 2.1.2. Universidades Las universidades deciden calidad en la primera etapa, mirando a las decisiones óptimas que harán respecto de precios, en la segunda etapa. Se verán los casos de corto y largo plazo, con dos ( ̂ y ) alumnos marginales o sólo uno ( ̂), respectivamente. El siguiente desarrollo está basado en la derivación estándar desarrollada por Gabszewicz y Thisse (1979) y Shaked y Sutton (1982, 1983). 2.1.2.1. Mercado cubierto El mercado está completo, y dos universidades compiten por alumnos. Este es el resultado más simple de obtener. Con una función de costos en profesores suficientemente convexa, o

22


un mercado de alumnos estándar suficientemente grande22, la diferenciación máxima es óptima, por lo que y . Este resultado se puede generalizar para cualquier convexidad de una función de costos con un solo argumento de la forma

.

Con 2 universidades En la segunda etapa, las universidades escogen precios (aranceles) tomando las calidades como dadas. En esta etapa y son tomados como dados, y las universidades escogen los precios que maximizan su función de utilidad. Por simplicidad el tamaño de mercado se normaliza a 1, y . Esto entrega la función objetivo de cada universidad. (

̂)

(

)

)

(

)

De donde se obtienen las siguientes funciones de mejor respuesta:

Cuando cada universidad toma en cuenta la mejor respuesta de la universidad con la que está compitiendo, se obtiene los precios de equilibrio

La utilidad que cada universidad obtiene en la primera etapa, cuando los costos de proveer calidad ya están hundidos, depende positivamente de la diferenciación vertical máxima. (

)

(

)

Aunque el resultado de diferenciación máxima es independiente del supuesto de distribución uniforme, sí requiere que las universidades compitan sólo en el margen intensivo, es decir, que el mercado esté cubierto.

22

Esto significa, respectivamente

y , suficientemente grandes. 23


En la primera etapa, las universidades escogen calidad (combinación de alumnos de elite e inversiones) tomando en cuenta los equilibrios de la segunda etapa. Para funciones de costos en profesores suficientemente convexas o un tamaño de mercado de alumnos estándar ( ) suficientemente grande, y La universidad de calidad alta necesita encontrar el número de alumnos y la cantidad de profesores óptimos.

(

)

cuando los costos son crecientes. Con una función de costos de profesores suficientemente convexa, ( suficientemente grande),

(

)

<0, es decir, los alumnos de elite reciben becas

(pagan precios negativos). Se obtiene un resultado similar, simplificando aun más el modelo. Si la calidad sólo la proveen los alumnos de elite y

, entonces

, el que, para un tamaño

de mercado suficientemente grande, será negativo. Con 3 universidades En la versión simplificada del modelo anterior, donde la calidad sólo la proveen los alumnos de elite (sin calidad de profesores ), se puede introducir una universidad intermedia tal que produzca una calidad a precio . En este caso, los precios de los alumnos de elite son:

Es posible demostrar que el resultado de diferenciación máxima obtenido para dos universidades, se mantiene para las universidades de los extremos. Es decir, y . En la segunda etapa, la universidad que provee la calidad intermedia tiene una función de utilidad:

24


(

)

En la primera etapa escoge la calidad que maximiza la siguiente función de utilidad

Se obtiene (

)

23

De modo que la calidad intermedia estará más cerca de la calidad baja, que de la alta. Esto sigue en línea con lo descrito en la primera sección, donde la distribución de calidad no es continua sino más bien se generan clusters de calidad. 2.1.2.2. Mercado no cubierto En el corto plazo, el margen extensivo es relevante. Hay dos márgenes definidos por los alumnos ̂ y . ̂ tiene la misma estructura que en el largo plazo. El nuevo margen es

Para mantener el álgebra simple, al agregar el segundo margen, la función de costos se simplificará. Los costos dependerán de un solo argumento y serán crecientes a tasa . Ninguna conclusión relevante debiera modificarse para distintos niveles de complejidad de la función de costos

, mientras

.

En la segunda etapa, las universidades escogen precios (aranceles) tomando las calidades como dadas. En esta etapa y son tomados como dados, y las universidades escogen los precios que maximizan su función de utilidad. Por simplicidad, el tamaño de mercado se normaliza a 1, y . Ambas universidades tienen una función de mejor respuesta que viene de optimizar su función objetivo. La función objetivo (la demanda) de la universidad de calidad alta no se ve afectada por el nuevo margen. La demanda por la universidad de calidad baja, ahora no está acotada exógenamente por el alumno de habilidad más baja. (̂

)

(

)

En la función de mejor respuesta de la universidad de calidad alta, se ve que el precio de la universidad rival es linealmente independiente de las dos calidades, igual como lo es en el largo plazo. En cambio, en la función de mejor respuesta de la universidad de calidad baja, el precio rival interactúa con ambas calidades. 23

(

) 25


Los precios de equilibrio reflejan esta interacción de las calidades.

Los alumnos marginales quedan óptimamente definidos como ̂

Las siguientes son las demandas y utilidades de equilibrio en la segunda etapa.

(

)

En la primera etapa, las universidades escogen calidad tomando en cuenta los equilibrios de precios de la segunda etapa. Se empleará la función de costos fijos simplificada Las universidades escogen la calidad óptima, tomando en cuenta la utilidad de la segunda etapa, el tamaño de mercado de los alumnos estándar y la función de costos. (

)

26


En el equilibrio con mercado no cubierto, la universidad de calidad alta escoge maximizando su función de rentas, igual como en el caso con mercado cubierto. La universidad de calidad baja, en cambio escoge una calidad que es una fracción constante de la calidad alta. Por lo tanto, con mercado cubierto, la diferenciación vertical es mayor24. 2.1.3. Aplicación de políticas públicas: aumento exógeno a la calidad mínima y subsidio a los precios Empleando un análisis de estática comparativa, a continuación se estudiará el efecto de dos políticas públicas: un aumento exógeno de la calidad mínima , y un subsidio a los precios. Primero se presenta la decisión del planificador social, analizando el caso para dos universidades. 2.1.3.1. Planificador social El planificador social maximiza la calidad total producida, considerando que ésta es producida sólo con costos fijos. Para esto, escoge óptimamente la cantidad de alumnos elite (o su equivalente en insumos productivos) que se reparten entre las universidades. Es decir, escoge y . Además, escoge cómo se distribuyen los alumnos estándar entre las dos universidades. En el caso del mercado cubierto, debe decidir la habilidad de ̂ . Cuando el mercado no está cubierto, además debe escoger la habilidad del alumno marginal, i.e. . Cuando el mercado no está cubierto, la función de bienestar social W es la siguiente, donde representa el beneficio de la opción externa de no asistir a la universidad (que en el modelo descrito anteriormente se normalizó en 0) y los costos fijos se especifican en su forma más simple: ̂

(∫

Las condiciones de primer orden, para

,

̂

, ̂y ̂

(

(

̂

)

, respectivamente, son las siguientes:

)

) ̂

24

Esto se observa en los datos chilenos donde, a medida que han ingresado más alumnos a la educación universitaria y el mercado tiene a estar cubierto, se ha acentuado la diferencia de calidad (como quiera que se mida) entre las universidades selectivas y no selectivas.

27


De estas condiciones se desprende que ̂ , por lo que la mayor calidad total es producida cuando todos los alumnos van a una sola universidad de calidad alta25. Además, la calidad alta óptima es

, la que depende directamente del tamaño de mercado y la habilidad promedio

de los alumnos estándar, e inversamente de la convexidad de la función de costos fijos. El resultado es idéntico cuando el mercado está cubierto. La mayor calidad se produce cuando hay una sola universidad de calidad alta con

.

2.1.3.2. Estática comparativa En esta subsección se analizarán dos políticas públicas habituales en el ámbito de la educación universitaria: regulación sobre la calidad mínima que puede ser entregada y subsidios a los precios. Efecto de un aumento de la calidad mínima Una política pública puede definir un estándar mínimo para , a través de regulaciones o subsidios. Cuando es elevado exógenamente, existe un efecto parcial sobre ambos precios. Sin embargo, dado que un aumento en también puede tener un efecto sobre , es necesario estudiar el efecto total. Este efecto no existe cuando el mercado está cubierto, por lo que al aumentarse exógenamente la calidad baja, todo se va a los precios. Mercado cubierto Cuando el mercado está cubierto, en las funciones de mejor respuesta, las calidades son linealmente independientes. Un aumento en , sólo afecta ambos precios a la baja. La calidad alta no se ve afectada y tampoco las demandas. Un aumento exógeno de la calidad mínima acentúa la competencia en precios entre las universidades. La diferenciación vertical se debilita, ambos precios bajan, pero el precio de la calidad alta baja más. La distribución de calidades se comprime por el efecto exógeno de la política, pues, aunque la calidad media del sistema sube, la calidad máxima se mantiene igual. Las demandas no cambian, por lo que todos los alumnos están mejor. Los alumnos de las universidades de calidad baja pagan menos por una mejor calidad y los alumnos de la universidad de calidad alta pagan menos por la misma calidad. Mercado no cubierto El efecto en los precios y la distribución de calidad de un estándar mínimo para , es más complejo cuando el mercado no está cubierto. El precio de la calidad inferior primero sube pero, dado que el precio de la calidad mayor baja por el aumento de la calidad rival, el efecto final en es ambiguo.

25

Recordar que no hay costos marginales en la producción de calidad.

28


Ambas demandas aumentan, por lo que la cobertura de la educación universitaria se expande. La demanda de la universidad de calidad inferior aumenta más que la de calidad alta. Esto contrasta con el resultado con el mercado cubierto, donde las demandas no se ven afectadas. Cuando el mercado está cubierto, la universidad de calidad baja sólo puede expandir su demanda quitándole mercado a la de mayor calidad. Cuando el mercado no está cubierto, en cambio, la demanda por calidad baja puede crecer también en el margen extensivo. Para calcular el efecto total es necesario conocer el efecto indirecto de un aumento de la calidad mínima, a través de su efecto en la calidad alta, derivada total de

, Este efecto se obtiene de la

.

Un aumento en la calidad mínima tiene un efecto positivo sobre la calidad alta. Cuando el mercado no está cubierto, ambas calidades aumentan cuando se aplica una política de calidad mínima. El nuevo margen permite que ambas demandas puedan crecer. Esto difiere del caso con mercado cubierto, donde la única opción para crecer es quitarle mercado a la universidad rival. Esto la lleva a competir en precios, sin ningún efecto en las demandas. Con el mercado sin cubrir, cuando la calidad alta crece, el efecto de diferenciación vertical todavía puede prevalecer por sobre el efecto de competencia en precios. Qué efecto predomine dependerá de la convexidad de la función de costos. La Tabla 4 detalla los resultados de todas las derivadas parciales que se emplean para el cálculo del efecto total de sobre los precios y las demandas. Hay efectos totales inambiguos sobre las demandas (suben) y la habilidad de los alumnos marginales que las determinan (bajan). Los efectos ambiguos recaen sobre los precios, que pueden moverse en ambas direcciones. Luego de que se aplica una política de calidad mínima, la habilidad del alumno indiferente entre estudiar en una universidad de calidad alta o baja es menor. Alumnos que en otras circunstancias hubieran preferido estudiar en una universidad de calidad inferior, ahora prefieren hacerlo en una de calidad alta, independiente del efecto en el precio. De la misma manera, alumnos que antes hubieran preferido no estudiar en la universidad, ahora prefieren hacerlo en la universidad de calidad baja, que tiene un estándar mínimo. Esta decisión es independiente del efecto en precios. Lo anterior se puede apreciar en los siguientes resultados:

29


[

]

Si entonces los costos de producir calidad serían lineales, y no habría efecto sobre el margen extensivo. Con costos lineales, tampoco habría efecto sobre el margen intensivo. Al igual que en el caso de largo plazo, con mercado cubierto,

̂

.

Esto se desprende de manera directa de la derivada total ̂

̂

̂

̂

[

]

Para la política de calidad mínima, cuando el mercado no está cubierto, los resultados sobre precios dependen de la convexidad de la función de costos. La convexidad muestra cuanto esfuerzo es requerido para aumentar la calidad. Con la política de calidad mínima el precio de la calidad baja siempre sube, pero el precio la calidad alta baja si la función de costos es muy convexa, y sube si la convexidad es muy baja. La intuición es que, cuando producir mayor calidad es cada vez más caro, la universidad de calidad alta no puede aumentar mucho su calidad -no puede diferenciarse tanto- y prima el efecto de la competencia (que lleva a una baja en los precios). Por el contrario, si producir cada vez mayor calidad es poco costoso, la universidad de calidad alta puede “arrancarse” con una calidad mayor (hay más diferenciación), prima el efecto calidad y su precio sube. En cualquier caso, como se señalaba anteriormente, se expanden ambas demandas. Más alumnos van a la universidad de calidad alta, pero aún más se incorporan a la educación universitaria. Efecto de un subsidio a los precios Otra política pública posible de explorar es el efecto de un subsidio a la demanda. Éste puede tomar la forma de un porcentaje ( , que los alumnos reciben como ) con parte del precio que deben pagar a la universidad de calidad . Se estudiará con mayor detalle el caso con dos universidades, mercado no cubierto. El caso con mercado cubierto tiene un resultado cualitativamente similar, el que se comentará. Segunda etapa La universidad cobra

directamente del alumno y (

. Recibe

)

como subsidio. En

principio esto podría ampliar la demanda por educación universitaria ya que, por ejemplo, si , entonces ̂

̂

30


En el caso de haber un margen extensivo

Sin embargo los precios de equilibrio aumentan en exactamente en la misma proporción del subsidio, por lo que el efecto del subsidio desaparece. Esto ocurre tanto en el caso en que el mercado está cubierto (largo plazo), como si no lo está. Suponiendo En el caso simple del mercado cubierto,

Los alumnos pagan reciben, respectivamente,

y

, lo mismo que antes, pero las universidades y .

Ocurre el mismo fenómeno en el mercado no cubierto. Las universidades se apropian de los subsidios a la demanda, elevando los precios en exactamente la misma proporción del subsidio. Sin embargo, esto mayores precios, tienen un efecto en la calidad que es decidida en la primera etapa. Primera etapa La introducción del subsidio tiene un efecto similar al de disminuir la convexidad de la función de costos (o aumentar el tamaño de mercado de alumnos estándar). Esto puede verse, por ejemplo, en la función de utilidad de la universidad de calidad alta:

Tanto si la convexidad disminuye, como si se introduce un subsidio a los precios, las calidades de equilibrio son mayores. En el caso de un subsidio (j=H,L), la calidad aumenta en ⁄ . Este aumento en las calidades lleva a que el alumno indiferente entre las universidades de calidad alta y baja sea uno de menor habilidad y más alumnos asistan a la universidad de calidad alta. También conduce a que el alumno indiferente entre estudiar y no estudiar, sea de habilidad menor. El efecto neto es que la universidad de calidad alta aumenta su demanda y la de calidad baja disminuye pero, en total, más alumnos asisten a la universidad. Cuando el mercado está cubierto, el efecto en calidad recae sólo en la universidad de calidad alta pues la otra sigue ofreciendo calidad mínima, aunque a mayor precio. El efecto es 31


cualitativamente similar pero cuantitativamente mayor. Ambos precios suben, y la calidad alta es mayor que sin la política. El alumno marginal (entre las dos calidades) es de menor habilidad, por lo que más alumnos estudian en la universidad de calidad alta. Aun así, en total son menos que al aplicar la misma política en el mercado no cubierto. 2.1.3.3. Comentario Ambas políticas tienen efectos tanto en la calidad como los precios, que es necesario tomar en cuenta. La política sobre calidad, tiene efecto sobre los precios y las políticas sobre precios tienen también efectos sobre la calidad. Estos efectos son distintos según si el mercado está o no cubierto. En términos del óptimo social, la política de piso a la calidad mínima logra acercar el equilibrio no cooperativo al óptimo social, pero lo logra más cuando el mercado no está cubierto. En este caso, debido a la política, más alumnos asisten a la universidad de calidad alta. Con convexidad baja en la función de costos, el efecto es similar a un subsidio en precios. Ambas calidades suben pero los precios de ambas universidades también lo hacen. Con convexidad alta no hay efecto ni en la calidad alta ni en su precio. Con el mercado cubierto, a pesar de que no hay ningún efecto sobre el margen intensivo ni el nivel de la calidad alta, al menos los alumnos pagan un precio menor por esa calidad. Además, la otra universidad ofrece una mejor calidad debido a la política, y con un precio menor. La política de subsidio a los pecios logra subir la calidad total y que más alumnos asistan a la universidad de calidad alta, pero lo hace a costa de mayores precios para todos los alumnos. Los alumnos de la universidad de calidad alta están siempre mejor con la política. En cambio, los alumnos de la universidad de calidad baja están peor cuando el mercado está cubierto, porque sus precios aumentan pero no esa calidad.

32


TABLAS Y GRÁFICOS Tabla 1: Ejemplo asignación AFI Tramos PSU y montos asignados por tramo AFI 2011 (admisión 2010)

tramo

rango PSU

I

621.0 635.0

II

Número alumnos en cada tipo de universidad

CRUCH

no CRUCH

total

127,750

3,514

1,913

5,427

635.5 651.5

383,250

3,561

1,717

5,278

III

652.0 673.5

766,500

3,940

1,523

5,463

IV

674.0 709.0

1,149,700

4,222

1,260

5,482

V

709.5 846.0

1,533,000

4,713

811

5,524

19,950

7,224

27,174

monto ($)

TOTAL

Tabla 2: Número de sedes y horarios para algunas carreras Carrera DERECHO EDUCACIÓN BÁSICA PSICOLOGÍA TRABAJO SOCIAL INGENIERÍA CIVIL PERIODISMO MEDICINA

CRUCH 1996 Diurna 15 13 9 11 4 11 8

CRUCH 2009 Diurna 18 25 19 18 5 11 13

CRUCH 1996 Vesp. 0 0 1 0 0 0 0

CRUCH 2009 Vesp. 1 1 1 1 0 0 0

No CRUCH 1996 Diurna 21 7 21 9 1 20 2

No CRUCH 2009 Diurna 65 68 71 50 3 28 15

No CRUCH 1996 Vesp. 8 1 8 2 0 2 0

No CRUCH 2009 Vesp. 46 38 31 29 0 2 0

Tabla 3: Porcentaje de alumnos favorecidos con Becas Socioeconómicas y Crédito con Aval del Estado (2008)

Becas SE CRUCH no CRUCH Total

0.19 0.01 0.10

CAE 0.02 0.07 0.04

33


Tabla 4 Derivadas parciales Efecto total <0

̂

̂

̂

<0

>0

>0

>0

34


Gráfico 1 Total de universidades no CRUCH (1982-2011) Total Universidades no CRUCH 50 45

Cantidad de universidades

40 35 30 25 20 15 10 5 0

Año

Gráfico de elaboración propia a partir de datos INDICES 1982-2011

Gráficos 2: Financiamiento público y donaciones por estudiante (M$ 2010) 2A: Universidades CRUCH 25 CRUCH 1500

AFI por alumno (MT)

1000

Donaciones por alumno 500

AFD por alumno

0 Gráfico de elaboración propia a partir de datos MINEDUC 2010

2B: Universidades no CRUCH 33 no CRUCH 1500

1000

500

AFI por alumno (MT) Donaciones por alumno

0 Gráfico de elaboración propia a partir de datos MINEDUC 2010

35


12

12.5

13

13.5

14

14.5

15

15.5

Gráficos 3: Transferencias y aranceles 3A: Arancel de lista graficado contra las transferencias por alumno (Universidades CRUCH)

5

5.5

6 6.5 Tot trans al (ln) 95% CI precio 2010

Linear regression

7

7.5

Fitted values

Number of obs = F( 1, 18) = 2.89 Prob > F = 0.1063 R-squared = 0.1688 Root MSE = .14702

20

-----------------------------------------------------------------------------| Robust LNprecio2010 | Coef. Std. Err. t P>|t| [95% Conf. Interval] -------------+---------------------------------------------------------------LNtrans_al | .090798 .0533979 1.70 0.106 -.0213869 .2029828 _cons | 14.14401 .3191899 44.31 0.000 13.47341 14.8146 ------------------------------------------------------------------------------

36


12

12.5

13

13.5

14

14.5

15

15.5

Gráficos 3: Transferencias y aranceles 3B: Arancel de lista graficado contra las transferencias por alumno (Universidades no CRUCH)

-2

0

2 4 Tot trans al (ln) 95% CI precio 2010

Linear regression

6

8

Fitted values

Number of obs = F( 1, 26) = 14.08 Prob > F = 0.0009 R-squared = 0.3346 Root MSE = .26429

28

-----------------------------------------------------------------------------| Robust LNprecio2010 | Coef. Std. Err. t P>|t| [95% Conf. Interval] -------------+---------------------------------------------------------------LNtrans_al | .0817577 .0217887 3.75 0.001 .0369704 .1265451 _cons | 14.54744 .0588981 246.99 0.000 14.42637 14.6685 ------------------------------------------------------------------------------

37


12

12.5

13

13.5

14

14.5

15

15.5

Gráficos 3: Transferencias y aranceles 3C: Arancel promedio (neto de becas por mérito) graficado contra las transferencias por alumno (Universidades no CRUCH)

-2

0

2 4 Tot trans al (ln) 95% CI precio 2010 prom

Linear regression

Number of obs = F( 1, 26) = 8.80 Prob > F = 0.0064 R-squared = 0.2494 Root MSE = .61385

6

8

Fitted values

28

-----------------------------------------------------------------------------| Robust LNprecioprom | Coef. Std. Err. t P>|t| [95% Conf. Interval] -------------+---------------------------------------------------------------LNtrans_al | -.154375 .0520307 -2.97 0.006 -.2613257 -.0474243 _cons | 14.34119 .1130192 126.89 0.000 14.10887 14.5735 ------------------------------------------------------------------------------

38


Gráficos 4 4A: Distribución del AFI por tramo por tipo de universidad (1994) 1994 30000

25000

20000 non CRUCH 15000

CRUCH (the rest) CRUCH (2 main)

10000

5000

0 TR1

TR2

TR3

TR4

TR5

TOT

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES

4B: Distribución del AFI por tramo por tipo de universidad (2010) 2010 30000

25000

20000 non CRUCH 15000

CRUCH (the rest) CRUCH (2 main)

10000

5000

0 TR1

TR2

TR3

TR4

TR5

TOT

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES

39


10 12 14 16 18 20 22 24 0

2

4

6

8

Frequency

Gráficos 5 5A: Distribución de selectividad, medida en porcentaje de alumnos AFI, en las 25 universidades CRUCH

0

.1

.2

.3

.4 .5 .6 afi CRUCH

.7

.8

.9

1

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES

10 12 14 16 18 20 22 24 8 6 4 2 0

Frequency

5B: Distribución de selectividad, medida en porcentaje de alumnos AFI, en 33 universidades no CRUCH

0

.1

.2

.3

.4 .5 .6 afi no CRUCH

.7

.8

.9

1

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES

40


Gráficos 6: Ratio profesores con posgrado con jornada completa y media a por hora

20 15 0

5

10

Frequency

15 10 0

5

Frequency

20

25

6B: no CRUCH 2009

25

6A: CRUCH 2009

0

5

10 admcm09/ admph09

15

20

0

1

2 admcm09/ admph09

3

4

Gráficos de elaboración propia a partir de datos INDICES (2009)

Gráficos 7: Montos Fondecyt por alumno (M$) 7B: no CRUCH 2009

10

15

Frequency

15 0

0

5

5

10

Frequency

20

20

25

25

30

30

7A: CRUCH 2009

0

30

60

90 Tot_FonM_2009

120

150

0

180

5

10

15 Tot_FonM_2009

20

25

30

Gráficos de elaboración propia a partir de datos INDICES (2009)

Gráficos 8: Publicaciones ISI por alumno 8B: no CRUCH 2010

15 0

5

10

Frequency

4 2 0

Frequency

6

20

8

8A: CRUCH 2010

0

1

2 3 ISI_al_2010

4

5

0

.2

.4 ISI_al_2010

.6

.8

1

Gráficos de elaboración propia a partir de datos INDICES (2009)

41


Gráficos 9: Acreditación promedio al 2011 9A: CRUCH

2

4

Frequency

4

0

2 0

Frequency

6

6

8

8

9B: no CRUCH

0

1

2

3

4

5

6

0

7

1

2

3 4 avacrN_CR

avacrCR

5

6

7

Gráficos de elaboración propia a partir de datos CNA (2012)

Gráficos 10: Retención cohorte 2008, matrícula 2009 10A: CRUCH Universidades CRUCH Retención cohorte 2008 por nivel de selectividad (primer y segundo año) 1,000 ,900 ,800 ,700 ,600 ,500 ,400 ,300 ,200 ,100 ,000

ret1 ret2

000

000

000

000

001

001

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES (2010)

10B: no CRUCH Universidades no CRUCH Retención cohorte 2008 por nivel de selectividad (primer y segundo año) 001 001 001 001 001 001 000 000 000 000 000

ret 1 ret 2

000

000

000

000

001

001

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES (2010)

42


Gráficos 11: Procedencia escolar por nivel de selectividad 11A: Universidades CRUCH Students' background by university selectivity (CRUCH) ,800 ,700 ,600 ,500 ,400

per_mun

,300

per_psub per_ppag

,200 ,100 ,000 000

000

000

000

001

001

Universities classified by selectivity (%AFI) Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES 2010

11B: Universidades no CRUCH Students' background by university selectivity (non CRUCH) 001 001 001 001 000

per_mun

000

per_psub per_ppag

000 000 000 000

000

000

000

001

001

Universities classified by selectivity (%AFI) Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES 2010

43


Gráficos 12: Índice Herfindahl-Hirschman (HHI) para distintos alumnos y definiciones de mercado mat1: HHI para la matrícula primer año de pregrado TOT: HHI para todos los alumnos AFI TR5: HHI para los alumnos del tramo 5 AFI TR4: HHI para los alumnos del tramo 4 AFI TR3: HHI para los alumnos del tramo 3 AFI TR2: HHI para los alumnos del tramo 2 AFI TR1: HHI para los alumnos del tramo 1 AFI non AFI: HHI para todos los alumnos no AFI 12A: Considera todas las universidades HH Index (All) 000 000 000 000

mat1

000

TOT

000

TR5

000

TR4

000

TR3

000 000

TR2

000

TR1

000

non AFI

000 2010

2009

2008

2007

2006

2005

2004

2003

2002

2001

2000

1999

1998

1997

1996

1995

1994

000

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES (1994-2010) e ÍNDICES (1996-2010)

12B: No considera las dos más grandes HH Index (Relevant Market) 000 000 000 000

mat1

000

TOT

000

TR5

000

TR4

000

TR3

000 000

TR2

000

TR1

000

non AFI

000 2010

2009

2008

2007

2006

2005

2004

2003

2002

2001

2000

1999

1998

1997

1996

1995

1994

000

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES (1994-2010) e ÍNDICES (1996-2010)

44


Gráficos 12: Índice Herfindahl-Hirschman (HHI) para distintos alumnos y definiciones de mercado 12C: Considera sólo las universidades con muchas sedes HHI para universidades no CRUCH con muchas sedes matrícula primer año 000 000 000 000

HH Index

000 000 000 000 000 000 000 000 000

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES (1994-2010) e ÍNDICES (1996-2010)

Gráfico 13: Pendientes y niveles de descuentos netos de AFI Net Merit Based Scholarhip (M$) by PSU segment and University selectivity 1750 Net Merit Based Scholarships (Scholarship-AFI)

1500 1250 1000

0.50

750

0.15

500

0.02

250

0.00

0 -250 -500

526-550

551-575

576-600

601-629 (AFI)

630-649 (AFI)

650-669 (AFI)

670-699 >700 (AFI) (AFI)

PSU segment

Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES (2009-2010) y becas por PSU publicadas por universidades

45


Gráficos 14 Gráfico 14A Net tuitions by University selectivity and student PSU 016 014

<500 & no PSU 501-525

ln(price)/Av.Gini/Av.Price

012

526-550 551-575

010

576-600 601-629 (AFI)

008

630-649 (AFI) 006

650-669 (AFI) 670-699 (AFI)

004

701 a 800 (AFI) >801 (AFI)

002

Gini coefficient (x100) 000

Average tuition 0.00

0.02

0.15

[0.35]

0.50

University classified by selectivity (%AFI) Gráfico de elaboración propia a partir de datos INDICES (2010) y becas por PSU publicadas por universidades

Gráfico 14B Net tuitions by University selectivity and student PSU 016 <500 & no PSU

014

501-525 ln(price)/Av.Gini/Av.Price

012

526-550 551-575

010

576-600 601-629 (AFI)

008

630-649 (AFI) 006

650-669 (AFI) 670-699 (AFI)

004

701 a 800 (AFI) 002

>801 (AFI) Gini coefficient (x100)

000 0.00

0.02

0.15

[0.35]

0.50

Average tuition

University classified by selectivity (%AFI) Gráfico de elaboración propia a partir de datos INDICES (2010) y becas por PSU publicadas por universidades

46


Gráfico 15: Clasificación de universidades por tamaño (2010)

Nº de universidades

Número de universidades no CRUCH con 3 ó menos años de acreditación promedio, por tamaño 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1 0 pequeñas

medianas

grandes

Tipo de universidad Gráfico de elaboración propia a partir de datos INDICES (2010) y SIES (2010)

Gráfico 16: Evolución número total de sedes en universidades no CRUCH a partir de autonomía Número total de sedes de universidades no CRUCH a partir de autonomía (año 0) 160 140 120 100 80 60 40 20 0 año -5

año -4

año -3

año -2

año -1

año 0

año 1

año 2

año 3

año 4

año 5

Gráfico de elaboración propia a partir de datos INDICES

47


Gráfico 17: Número de carreras universitarias por tipo de universidad (2010) Número de carreras universitarias por institución (Profesionales con licenciatura, Licenciaturas, Bachilleratos y Ciclos Básicos)

Número de universidades

14 12 10 8 6

CUCH

4

no CRUCH

2 0

1 a 11 a 21 a 31 a 41 a 51 a 61 a 71 a 81 a 91 a sobre 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100 100 Número de carreras universitarias Gráfico de elaboración propia a partir de datos SIES (2010)

Bases de datos empleadas para crear tablas y gráficos Los datos están para distintos rangos de años, en general hasta 2010 DEMRE/Vicerrectoría Académica PUC PAA/PSU años 2001-2010 Ministerio de Educación MINEDUC http://www.mineduc.cl/ Becas y créditos http://www.becasycreditos.cl/ SIES (los datos se obtuvieron por convenio directo con la institución) Número de alumnos AFI Matrícula primer año DIVESUP http://www.divesup.cl/ AFD

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Donaciones

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CNED http://www.cned.cl/public/Secciones/seccionGeneral/home.aspx Bases índices: precios, carreras, matrícula, profesores, etc. Historia de cierre de universidades Historia de licenciamiento de universidades CNA http://www.cnachile.cl/ Acreditación: años, proceso, ámbitos, etc. Ingresa http://www.ingresa.cl/ CAE primer año CAE años superiores Páginas web de las universidades Precios y descuentos por carrera

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http://www.divesup.cl/index2.php?id_portal=38&id_seccion=3063&id_contenido=12222 http://www.divesup.cl/index2.php?id_portal=38&id_seccion=3063&id_contenido=12227

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 11. Todos ganan: reforma a la regulación laboral

Orientaciones para un Proceso de Modernización de la Legislación y las Relaciones Laborales Francisco del Río1

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Abogado, asesor legislativo en materias laborales


Introducción. La historia de la regulación laboral de las últimas décadas en nuestro país, muestra inequívocamente una gran asimetría entre la extensión legislativa que norma al mundo del trabajo, con el escaso avance que presenta el logro de mejores estándares laborales, entendiendo éstos como los que permiten un adecuado desarrollo de la empresa, acompañado de un mejor índice de equidad a través de una mejor distribución del ingreso entre quienes participan en la actividad productiva. Corroboran esta aseveración, dos antecedentes relevantes: el primero de ellos, nos indica que a partir de 1964, se han dictado alrededor de 250 leyes del trabajo entre reformas sustantivas, como la ley de sindicalización campesina, la rebaja de la jornada ordinaria de trabajo de 48 a 45 horas semanales, el establecimiento de un seguro de cesantía, o la ley de subcontratación, junto a reformas de menor alcance y de carácter periódico, relativas principalmente a derechos emanados del contrato individual de trabajo e ingreso mínimo. Excepcionalmente el éxito de algunas de estas normas, como la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, cuyos efectos beneficiosos en la salud ocupacional y en la prevención y disminución de accidentes laborales han sido evidentes, se explica en función de una exitosa lógica interna, es decir, han cumplido cabalmente el objetivo específico para la que fueron diseñadas, ocupando un vacío preciso en un momento determinado, dentro de un esquema general de relaciones cuyos resultados no han sido beneficiosos para el trabajador. En efecto, podemos observar que a pesar de estar frente a esta importante obra legislativa, el mundo del trabajo presenta serios déficits en materia de jornada de trabajo, remuneraciones, sindicalización y negociación colectiva, lo que impide afirmar que hoy la situación socio laboral de los trabajadores es adecuada al nivel de crecimiento del país. Este déficit tiene mucho que ver con la falta de adecuación nuestra legislación a los cambios globales que ha experimentado la economía y, como consecuencia de ello, al mundo del trabajo. En materia de jornada de trabajo, observamos cómo de las denuncias ante la Dirección del Trabajo (DT. Anuario 2011) 33.450 son referidas a incumplimiento de jornada y registro de asistencia, lo que ubica a esta materia solamente por debajo de las denuncias por remuneraciones; por su parte, en lo referente a las tasas de sindicalización, éstas se mantienen deprimidas y estancadas en un 12% de los ocupados; junto a ello, los trabajadores cubiertos por un instrumento colectivo, no alcanzan al 10% de la fuerza laboral. Por su parte, más del 54% son los trabajadores perciben sólo hasta 2 ingresos mínimos mensuales, en tanto que el promedio de las remuneraciones de trabajadores alcanza a cerca de los $470 mil. A ojos vista, no parece bien enfocada la actividad regulatoria en el área laboral, si consideramos que el mundo del trabajo debe constituir un factor catalizador en un país en el que históricamente se han instalado diferencias sociales marcadas. Una buena empresa es aquella que


puede asociar virtuosamente capital y trabajo, lo que también conlleva asociar virtuosamente los beneficios de uno y otro sobre una base de la compensación a la productividad, pero también en la convicción de que una mayor equidad en dicha distribución asegura paz social y condiciones estables. De hecho, no son ni pocas ni ligeras las opiniones que señalan que la creciente entrega, por parte de los gobiernos, de bonos compensatorios de alza en los precios de alimentos, movilización o combustible, entre otros, tienen a fin de cuentas el carácter de un subsidio a las empresas como paliativo a la falta de participación del trabajador en los beneficios del negocio o actividad. Quienes perciben dichos bonos, en su mayoría tienen empleo, pero sus remuneraciones no dan cuenta de un criterio de equidad dentro del proceso productivo, en tanto que el análisis de si dicha remuneración es acorde con su aporte al éxito de la empresa, traslada la discusión al ámbito de la medición de la productividad, asunto complejo y privativo de organizaciones más desarrolladas. Ahora bien, cabe entonces preguntarse ¿cómo se puede reenfocar la legislación laboral hacia el logro de mejores estándares laborales que permitan que el desarrollo de la actividad productiva coadyuve a una mayor equidad social y no solamente propenda a un funcionamiento aceptable pero superficial de la economía en general? La respuesta no es sencilla, y requiere concitar acuerdos en torno a un conjunto de reformas profundas, y a nuestro juicio, estructuradas sobre la base de dos ejes ordenadores: fortalecimiento de las relaciones colectivas a través de mayores tasas de sindicalización y de negociación colectiva con mejores y más preparados dirigentes, y con empleadores dispuestos a invertir en paz social; y mayores rangos de flexibilidad para la adaptación de las normas legales y contractuales a la realidad y cambios de la empresa, así como también a la velocidad que deben tener la toma de decisiones a fin de que una unidad económica se pueda mantener en forma competitiva en el mercado global, o local pero altamente interdependiente. Se trata de crear una relación virtuosa y directamente proporcional entre el ensanchamiento de los márgenes de flexibilidad laboral con el aumento de los espacios y materias de negociación e interlocución colectiva dentro de la empresa. Es, en suma, invertir la lógica del conflicto y transformar el subtexto de las normas hacia una lógica del acuerdo; es creer en trabajadores y empleadores y en su capacidad de acuerdo, otorgándoles mayores herramientas jurídicas para el diálogo y el acuerdo. El mundo del trabajo requiere, hoy, menos profundidad en las regulaciones del conflicto que en las regulaciones para el logro de los acuerdos. El presente trabajo, entonces, apunta a identificar algunos de aquellos abundantes escollos que nuestra legislación tiene a este respecto, junto con proponer algunas modificaciones necesarias para removerlos. El texto consulta en forma adicional, a estos efectos, un esquema comparado con diversas legislaciones en las que a través del tiempo se han desarrollado relaciones adecuadas entre mejoramiento de estándares laborales y flexibilidad laboral sobre la base de una gran capacidad negociadora de las partes del contrato, pero también en algunos casos, con una proactiva política de mediación por parte del Estado. Este esquema comparado


otorga un contraste interesante para analizar reformas posibles y viables que se orienten hacia una mayor funcionalidad de nuestra legislación para afrontar un mundo globalizado, puesto que se trata de legislaciones que han abordado dicha funcionalidad con un fuerte componente de diálogo social y desde hace ya varias décadas.


Capítulo 1. Jornada de Trabajo. Identificación de Rigideces. Espacios de Flexibilidad. En términos generales, la jornada de trabajo en Chile se encuentra definida como el tiempo en el que el trabajador presta los servicios contratados, o bien se encuentra a disposición del empleador. De ello arranca la distinción entre jornada activa o pasiva, respectivamente. Otra clasificación relevante está constituida por la jornada ordinaria y extraordinaria. La jornada ordinaria se define por su duración máxima que es de 45 horas semanales y hasta 10 horas diarias, en tanto que la jornada extraordinaria se define como aquella que supera la ordinaria máxima o bien la jornada ordinaria pactada, en caso de ser ésta de menor duración. A lo anterior se agrega la existencia legal de la jornada parcial, cuyo establecimiento en 2001 [Ley 19.759] obedeció solamente a la necesidad de dar cuenta de la necesidad de otorgar un mínimo rango de flexibilidad a labores realizadas principalmente por jóvenes o mujeres, en lo relativo a la distribución de jornadas reducidas y a la proporcionalidad de los beneficios asociados [principalmente gratificaciones legales]. Este esquema normativo tiene su origen histórico en las primeras leyes del trabajo dictadas después de la tragedia de los mártires de Chicago, por las cuales se determinó una jornada máxima diaria de 8 horas y a lo menos un día de descanso semanal. Disfuncionalidad de la jornada de Trabajo en Chile. Del análisis de la legislación nacional sobre la materia, se puede deducir que las partes tienen a su disposición un conjunto bastante limitado de opciones de distribución de jornada de trabajo, y un conjunto no menor de requisitos y formalidades necesarias para concretarlas. De ello se derivan numerosas rigideces y severas deficiencias de la forma regulatoria de nuestra jornada laboral, tales como la poca claridad en la determinación de aquellos trabajadores a los cuales no les es imputable un límite de jornada (profesionales, técnicos en terreno y vendedores, entre otros), o bien la rigidez en la determinación del tiempo de vestuario y de la interrupción para colación; asimismo, las rigideces asociadas a las horas de término de faenas anteriores a un día de descanso o el reintegro a las mismas después de éste y las exigencias poco funcionales para los acuerdos sobre jornada extraordinaria, constituyen una gama extensa de problemas que no son necesariamente objeto sustantivo del presente estudio, sino que más bien su resolución puede ser una consecuencia de las reformas de fondo que aquí se proponen; en este documento hemos optado por abordar tres problemas principales o de una mayor entidad debido a las consecuencias que tienen asociadas en materia de relaciones laborales y diálogo dentro de la empresa: distribución semanal, descansos, y jornadas excepcionales.


Distribución Semanal. El elemento ordenador de la distribución de la jornada ordinaria es la semana calendario de lunes a domingo. Ello implica que la regla general es que las empresas y sus trabajadores solamente pueden distribuir sus jornadas ordinarias en no más de 6 ni menos de 5 días, es decir, de lunes a viernes o de lunes a sábado en cada semana, dejando obligatoriamente como descanso el día domingo, no superando las 45 horas semanales de servicios prestados, ni las 10 horas diarias. Pero no son frecuentes las jornadas distribuidas en cinco días con discontinuidad en los descanso, porque -a modo de ejemplo- si los descansos recaen en domingo y lunes luego de 6 días de servicios, dicho lunes se considera como parte del descanso de la semana siguiente y no como compensación del ciclo anterior, por lo que solamente podrían trabajarse 5 días la semana siguiente. Sobre este límite de la jornada ordinaria, la legislación considera la prestación de servicios en jornada extraordinaria hasta por dos horas diarias; o bien, en caso de que la jornada ordinaria se distribuya y complete en 5 días, existe la posibilidad de laborar el sexto día en jornada extraordinaria hasta por 7,5 horas, siempre que ella no recaiga en día domingo. Este esquema general, es el único que legalmente es posible aplicar a múltiples funciones y sectores de trabajadores, como administrativos, industriales, manufactura y servicios, entre otros, ya que la ley define que dichos servicios tienen ciertas características que les impide ser objeto de pactos de adaptabilidad entre las partes; ello implica constatar una primera rigidez estructural de la jornada de trabajo y que consiste en que la definición de la regla general en materia de jornada de trabajo que data de mediados del siglo XX, supone que diferentes sectores pueden desempeñarse exitosamente en una jornada de iguales parámetros, sin considerar que los cambios tecnológicos en los procesos productivos y en la velocidad de funcionamiento de los mercados, afectan tanto a sectores completos como a empresas dentro de cada sector. Hoy por hoy, es evidente que no parece posible aplicar los mismos sistemas de distribución de jornada a empresas y sectores diferentes. En cuanto a la distribución diaria, la legislación, por una parte, asume que las razones de salud ocupacional y reposición de las fuerzas y capacidades del trabajador, se encuentran suficientemente protegidas al establecer el límite máximo de 12 horas diarias de servicios, considerando la respectiva interrupción de colación, ya que la suma de la jornada ordinaria y extraordinaria puede llegar hasta 12 horas, debido a que pueden haber uno o más días en que se presten servicios durante 10 horas ordinarias y dos extraordinarias a continuación de la anterior. Pero, simultáneamente, la ley prohíbe pactar servicios que se presten hasta por 12 horas diarias solamente ordinarias, aún cuando ello podría ser altamente beneficioso para el trabajador, dado que permitiría distribuir la jornada ordinaria en 4 días [tres días de 12 horas y uno de 9], teniendo hasta tres días completos de descanso o vida familiar. Adicionalmente, para el empleador podría significar una simplificación sustantiva en caso de requerir el trabajo por turnos, ya que permitiría disponer de dos turnos diarios por puesto de trabajo y no de tres, o incluso un cuarto turno.


A la vez, la ley tampoco permite pactar una jornada que sumando 40 horas semanales se pueda distribuir en 4 días, seguidos de 2 días de descanso en un ciclo 4 x 2 x 4 x 2…..; en este caso, como el elemento ordenador es la semana calendario, ello obliga a entregar 3 días de descanso incluido el día domingo después de los 4 días de labores. Las condiciones descritas, no pueden ser objeto de acuerdo ni individual ni colectivo, conforme la redacción imperativa de las normas que regulan la materia.

Descansos. En cuanto al descanso semanal, es necesario señalar que la regla de general aplicación es la del descanso en día domingo cada semana; pero existen algunas excepciones (de sentido común) para determinar que ciertas actividades como las realizadas en puertos o a bordo de naves, o bien servicios de urgencia, pueden distribuir sus jornadas semanales de forma tal que incluyan días domingos o festivos, otorgando otro día de descanso semanal. La progresiva incorporación del trabajo dominical en otros ámbitos productivos es un fenómeno de rasgos culturales que trasciende a lo estrictamente laboral y es un ejemplo patente de la tensión entre los cambios en la organización productiva y los requerimientos de armonía entre la vida familiar y laboral. Creemos que dichos requerimientos ya no necesariamente se ven satisfechos con un descanso dominical, sino que con la incorporación de los criterios que la OIT denomina como trabajo decente, con esquemas que permiten compartir las responsabilidades de crianza y cuidado familiar durante toda la semana, que permitan la incorporación al mundo del trabajo de jefes de hogares monoparentales y, sobre todo, por el respeto a la dignidad del trabajador y el reconocimiento de su esfuerzo a través de una remuneración justa. Particular mención merece el caso del comercio; en este caso, su incorporación como un sector exceptuado del descanso dominical, no obedece sino a razones de un desarrollo sectorial basado en la creación de grandes centros comerciales a partir de la década delos 80, pero no guarda relación alguna con los otros criterios que informan las excepciones a este tipo de descanso. Aparte de las excepciones consignadas en los párrafos anteriores, la única circunstancia en que las partes pueden pactar una jornada continua y rotativa, es la referida a aquellas labores que exijan continuidad por razones de carácter técnico [en el estricto sentido mecánico- industrial de la palabra]. Tal excepción implica que el empleador puede distribuir la jornada ordinaria de forma que se incluyan días domingos y festivos, estableciendo la continuidad de los procesos mediante turnos al efecto que garanticen a lo menos un día de descanso dentro de 7 días corridos respetando en dicho período de trabajo el límite de 45 horas, en tanto cuanto las razones para ello sean exclusivamente de carácter técnico-productivo. Al respecto, debemos mencionar que esta causal de excepción de descanso dominical, aún en estos casos es limitada, dado que el


trabajador tiene derecho a que su descanso semanal a lo menos dos veces en cada mes calendario recaiga efectivamente en día domingo. En este sentido la ley queda a medio camino entre un criterio flexible y los efectos rígidos de las normas que regulan la materia; en efecto, constatamos una severa deficiencia regulatoria que no permite un fluido curso al pacto individual o colectivo entre las partes, por cuanto si conjugamos el límite de 45 horas semanales, con la limitación del descanso semanal en dos domingos cada mes calendario, veremos que en la realidad la configuración de turnos en este esquema conlleva un costo oculto para el empleador, cual es la imposibilidad aritmética de construir turnos que sumen 45 horas semanales durante todo el mes, por lo que cada mes habrá trabajadores que presten servicios por hasta 38 horas en la semana, al mismo costo que una jornada de 45 horas semanales. Asimismo, es cierto que la condición técnica como requisito habilitante para organizar la jornada en forma continua es de auto calificación por parte del empleador, pero es preciso señalar que en este punto se plantea una de las mayores rigideces en materia de jornada de trabajo, ya que la norma original estaba concebida solamente para evitar los efectos perniciosos de la detención de maquinarias mecánicamente complejas o cuyo reinicio implicaba ingentes esfuerzos y costos para la empresa. Ello significa constatar una segunda rigidez severa en la regulación de este tipo de jornada, dado que esta condición técnica ha sido ampliamente superada por las necesidades comerciales o de otra índole que las empresas tienen en el desarrollo total o parcial de sus actividades y para las cuales requieren laborar [a veces una parte del año] en una o más secciones en días domingos o festivos, sin perjuicio de las compensaciones que puedan recibir sus trabajadores por este sacrificio. En efecto, la segmentación de empresas transformándose en prestadoras de servicios a otras más grandes, y la especialización de las mismas y la proliferación exponencial de pequeñas y medianas empresas que muchas veces reciben alzas de demandas de trabajo en forma estacional o incluso en forma imprevista, hace que la mera condición técnica para calificar una faena de continua quede obsoleta conforme los requerimientos actuales.2 En los ejemplos consignados al pie de página, se ve claramente que la jornada debe poder adaptarse a necesidades comerciales y de mercado que muchas veces tienen la característica de ser determinantes en la viabilidad financiera de la empresa. Estas necesidades no son consideradas en la ley a la hora de dar espacio al acuerdo individual o colectivo de las partes, por

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Ejemplo 1: Maestranza metalmecánica de 67 trabajadores que trabaja en horario regular de lunes a viernes, pero que ocasionalmente presta servicios de reparación de hélices de embarcaciones cargueras, los cuales requieren entre 15 y 25 días de faenas continuas, dado el alto costo de la detención de los barcos. Ejemplo 2: Pequeño taller que vende productos a grandes tiendas y que debe suplir sorpresivamente la falta de oferta de otro proveedor.


lo que la Dirección del Trabajo se atiene exclusivamente a la verificación de condiciones técnicoproductivas para la revisión de cumplimiento de distribución de jornada en estos casos. A mayor abundamiento, en los casos en que los turnos estén consignados en el reglamento interno, la empresa debe cambiar la jornada de trabajo con una anticipación de a lo menos treinta días, que es el plazo de entrada en vigencia de tal modificación. De otra forma, el empleador debe recabar el acuerdo escrito de cada trabajador de la empresa. No se considera la posibilidad de pacto o acuerdo que permita cambiar con menor anticipación la jornada de trabajo.

Jornadas Excepcionales Autorizadas por la Dirección del Trabajo. Un tercer ámbito en el que se evidencia una severa deficiencia regulatoria, está constituido por los excesivos requisitos administrativos que se deben reunir a fin de lograr el establecimiento de un sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descanso, cuando las normas generales no son posibles de aplicar a la actividad de la empresa. En efecto, el artículo 38 del Código del Trabajo otorga la posibilidad -en casos calificadosde solicitar la autorización administrativa de la Dirección del Trabajo para una distribución de jornada de trabajo y descansos a las empresas a las cuales no les es posible organizar su trabajo conforme a las normas generales que rigen esta materia. Esta otra forma de organizar la jornada permite salirse de la semana calendario para distribuir la jornada, implicando establecer ciclos que correlacionan días de trabajo con días de descanso, siendo necesario que el promedio semanal del ciclo no sea superior a 45 horas.3 Esta autorización se otorga en tanto se trate de un caso calificado y exista un acuerdo con los trabajadores, sea que éstos se encuentren organizados en un sindicato, o bien se unan al solo efecto de pactar una jornada de trabajo diferente a la general. Las referidas autorizaciones son de carácter restrictivo, a pesar de que los trabajadores se vean favorecidos de manera importante, porque este sistema implica o significa una base de mejores beneficios para los trabajadores, los que a lo menos reciben entre 24 y 27 días de remuneración adicional al año. Ello, porque el empleador debe otorgar 6 días adicionales de feriado anual y compensar con un recargo de un 50% el valor del día festivo en que se presten servicios. Este mecanismo se encuentra sujeto a una serie de requisitos que hace altamente onerosa y engorrosa para las empresas, su autorización por parte del ente fiscalizador, aún cuando exista de por medio un acuerdo con los trabajadores. En efecto, en primer término, no parece razonable exigir una autorización administrativa, en circunstancias que de por medio se encuentra un acuerdo colectivo entre trabajadores y empleador. El mecanismo lógico para dar cuenta de un acuerdo contractual colectivo celebrado 3

Por ejemplo: un ciclo de 25 días en el que los días de trabajo y descanso se organizan en 6 x1; 6x2 y 7x3 y el promedio de horas trabajadas resulte de 45 cada 7 días.


con ciertas formalidades que resguardan la voluntad de las partes, es el de registro y no autorización previa de sus contenidos, y, más aún, en el caso de que dicho pacto sea celebrado con un sindicato de empresa, cuya función primordial es defender los derechos de sus afiliados. Ello porque la intervención de la Dirección del Trabajo se justifica en el resguardo de trabajadores que pueden verse sometidos a algún abuso en la correspondiente negociación y, en este caso, la protección de sus derechos se da mediante la colectividad del acuerdo. En segundo término, no parece adecuada la exigencia de caso calificado, atendido el desarrollo y la complejidad actual de la mayor parte de los procesos industriales y comerciales; esta exigencia supone que la ley predetermina que las reglas generales son eficientes para regular la jornada de todo el mercado laboral…salvo estos casos calificados, en circunstancias de que la regla es exactamente al revés, desde hace a lo menos tres décadas. En tercer término, las exigencias documentales asociadas a esta petición no son más que la repetición de todos aquellos antecedentes que forman parte de los procesos normales de fiscalización administrativa, por lo que el proceso se burocratiza en exceso. En este sentido, basta con mencionar que se exige: una memoria de ingeniería que describa los procesos productivos en su detalle técnico; una memoria explicativa para justificar que se trata de un caso calificado; la descripción de todos y cada uno de los cargos; una memoria explicativa de los procesos de capacitación y certificación de las competencias del personal; y una memoria explicativa de los riesgos laborales asociados y las medidas preventivas que se implementan en esta materia. Llama la atención que la conformación del personal de la Dirección del Trabajo no se encuentra fortalecido con profesionales y especialistas correspondientes a las áreas que abarcan los informes descritos.

Legislación Comparada Las diferentes regulaciones de la jornada de trabajo y descansos, observadas en el ámbito internacional, indican un patrón común: han ido adecuándose a las necesidades del sistema productivo. En Alemania, “desde 1938 regía la ley sobre Tiempo de Trabajo (Arbeitszeitordnung) que establecía una jornada diaria regular de 8 horas y semanal de 48. La norma fue superada por la realidad por lo que ya en 1989 el 5% de los trabajadores trabajaba menos de 35 horas semanales, el 62% entre 36 y 40 horas, el 10% entre 41 y 45, y el 21%, 45 o más horas.”. (Confederación alemana de sindicatos). La jornada de trabajo es objeto de una regulación marco a nivel legal nacional. Partiendo de ese marco, los convenios colectivos regulan la jornada laboral permitiendo acuerdos entre un empresario individual y el Consejo de Empresa para adaptar la norma a la realidad de una empresa concreta. Finalmente, el contrato individual concreta generalmente la obligación de un trabajador de prestar un servicio dentro de una ubicación temporal determinada. Esta escala de normas


funciona de acuerdo a una relación jerárquica entre ellas ya que la inferior sólo se permite si se atiene a los límites dados por la superior. La ley establece el límite máximo dentro del cual los convenios colectivos, los acuerdos empresariales o los contratos individuales pueden determinar la jornada laboral. Dicho límite es de 8 horas diarias o 48 semanales, permitiéndose una extensión a 10 horas diarias si en un lapso de 6 meses no se supera el promedio de 8. Sin embrago, las empresas en que rigen convenios colectivos el promedio anual de horas de trabajo es, aproximadamente 1.656 horas (52 semanas menos 6 semanas de vacaciones en aquellos convenios que establecen 36 horas semanales). En tanto la ley no determina restricción alguna con respecto al trabajo en jornada extraordinaria, dejándose esta materia a la regulación de las partes. Por su parte, la interrupción de la jornada para colación opera dentro de las primeras 6 horas de servicios y el descanso mínimo entre una jornada y otra, no puede ser inferior a 11 horas. Por su parte, en España las reglas aplicables en esta materia, determinan que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Mediante convenio colectivo, o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se puede establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, con sujeción a los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la Ley. Estos últimos, consideran que entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas. Los trabajadores tendrán derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquélla. En el caso de Finlandia, la jornada laboral marco o referencial es de 40 horas, pero la distribución y número de horas se determina principalmente a través de instrumentos colectivos. Conforme con la ley la jornada laboral anual de 1.880 horas, pero los convenios pueden permitir una flexibilidad desde 8 hasta 11 horas diarias o desde 40 hasta 55 horas semanales, con la obligación de compensar la jornada de trabajo durante un período de 52 semanas. Los acuerdos individuales entre empresario y empleado pueden establecer el trabajo en horas extraordinarias. Los recargos por las horas extraordinarias ascienden al 50 % por entre la primera y la tercera, y a 100 % por más de 3 horas extraordinarias. Por su parte, en Nueva Zelanda las horas de trabajo y el pago de horas extraordinarias son cuestiones que deben acordar cada trabajador y su respectivo empleador. La semana laboral más común es de 40 horas, aunque no hay impedimento para que los empleadores acuerden un número mayor o menor de horas de trabajo a la semana. En muchas profesiones no se pagan las horas extraordinarias, aunque en una serie de sectores de trabajo de baja cualificación, los convenios colectivos y los contratos laborales individuales sí que especifican que deben pagarse.


Siempre que un empleado deba trabajar en uno de los 11 días festivos anuales, por ley tiene el derecho a disfrutar de un día libre remunerado en una fecha posterior. Finalmente, en Estados Unidos, la jornada de trabajo está fijada por las normas industriales, por acuerdo individual entre empleadores y trabajadores, o por convenio colectivo entre empleadores y sindicatos. Un empleado amparado por las disposiciones de la ley federal sobre horas adicionales suele tener derecho a una remuneración no inferior al tiempo y medio (1,5) de su salario regular por todas las horas trabajadas en exceso de 40 horas a la semana. Como se observa, la tónica internacional, en economías que han adquirido importantes niveles de desarrollo, apunta a diseñar esquemas en los que tras un marco referencial mínimo o básico, se abren grandes posibilidades y espacios de negociación colectiva en la empresa e incluso sectorial, para la determinación de la jornada de trabajo. Al dar una mirada a nuestra legislación, sin duda se abre la gran interrogante sobre la falta de flexibilidad y espacios de negociación colectiva en la fijación de los límites y distribución de las jornadas de trabajo. Esto implica que las jornadas y su distribución funcional a las necesidades de la actividad productiva, dejan de ser eficientes y se transforman en nichos de incumplimiento o bien de trabajo informal. Se trata, en realidad de que la jornada de trabajo en la que “piensa” el Código del Trabajo se encuentra identificada por la típica empresa Fordiana de organización Taylorista de los años 50 en las que la estabilidad de mercados y comercio permitían mantener sistemas uniformes y permanentes de jornadas regulares, normalmente de 8 horas diarias, con descanso dominical. Hoy día esa empresa casi no existe, o si las hay, también están sujetas a alzas y bajas de actividad que requiere una adecuación flexible de su jornada. Ejemplo evidente de lo anterior es la progresiva aparición de los denominados contratos especiales en el Código del Trabajo; este capítulo, considera la aplicación de normas especiales a sectores cuyas particularidades no permiten una aplicación fluida de las normas de jornada descritas más arriba; no es casual que cada vez dichas regulaciones especiales sean más extendidas: Trabajadoras de Casa Particular; Artistas y Técnicos de Espectáculos; Deportistas Profesionales; Tripulantes de Vuelo; Trabajadores Embarcados; Trabajadores Agrícolas Permanentes y de Temporada. Asimismo, diversas políticas públicas se encuentran en estudio durante los últimos años para el sector turismo, teletrabajo y acuicultura4, entre otros.

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Ejemplo: En las labores de acuicultura destaca la importancia de las labores de desove para la crianza de alevines, la cual es clave y se realiza durante 25 días al año en una época específica, dependiendo de ello la cosecha de los años siguientes. No hay jornada posible de estructurar para dar cuenta de ello, puesto que se trata de labores que realiza personal escaso y altamente calificado en la experiencia en terreno, el cual debe laborar varios días continuos, tras los cuales siguen varias semanas de descanso ininterrumpido. Pero se trata de una figura que queda fuera de rango legal.


Esta proliferación de contratos especiales no es más que la constatación de la ineficacia de las normas generales de jornada de trabajo para dar cuenta de las particularidades que cada día más son parte de la realidad de la actividad productiva. Entonces, se hace imperioso centrar nuestra mirada en la ampliación de los rangos de flexibilidad de la jornada regular de trabajo, pero, teniendo presente la mirada a la legislación internacional revisada, ello debe estructurarse sobre la base de la negociación con los trabajadores. Para ello, a partir de la realidad vigente, es posible proponer el reenfoque de las normas que regulan la jornada de trabajo a partir de los siguientes niveles: 1.Mantención de la jornada semanal clásica que se acuerda individual o colectivamente por las partes. Con todo, parece necesario incorporar la posibilidad de que en el contrato de trabajo las partes consideren alternativas de distribución de horarios que puedan ser avisados con una anticipación razonable dentro de la semana anterior a su aplicación (no 30 días) a fin de dar cuenta de imprevistos de cualquier orden que la empresa deba enfrentar. 2.Abrir la posibilidad adicional de mensualizar la jornada mediante acuerdos individuales o colectivos y sobre la base de promedios semanales que no superen las 45 horas por semana. Es decir, se pueden establecer jornadas que en algunas semanas se sobrepase el límite máximo legal y otras en las que los servicios se prestan en menos horas que dicho límite. Ello permite dar cuenta de las necesidades de pequeñas y medianas empresas de mediana complejidad. 3.Abrir una tercera posibilidad de que las empresas puedan negociar colectivamente sistemas de distribución anual de la jornada, sin previa autorización administrativa. Dichos acuerdos, se estructuran sobre la base de bancos de horas y promedios anuales de jornada semanal no superior a 45 horas, pudiendo dar cuenta de la continuidad de labores y de la estacionalidad de sus actividades. Para una reforma de esta naturaleza y magnitud, se requiere abandonar el concepto clásico de la semana calendario como elemento ordenador de la jornada, probablemente también de la regla general del descanso dominical, sin perjuicio de que los trabajadores que presten servicios en dichas fechas tengan las suficientes compensaciones que resguarden su vida familiar y social, como días libres compensatorios, fines de semana extendidos5, o anualización de los domingos y su correspondiente negociación. Pero sobre todo, se requiere abandonar el prejuicio que genera la dificultad de la negociación. Es preciso incorporar a nuestro léxico laboral el término acuñado en el sistema

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Las normas sobre jornada de tripulantes de vuelo, establece que la modalidad para gozar del derecho a descanso dominical dadas las particularidades de la actividad, consiste en el otorgamiento de un fin de semana extendido una vez al mes (106 horas continuas que consideren un sábado y un domingo).


americano referido al logro de la “paz industrial” generada por acuerdos entre partes que entienden que han ganado beneficios a sus intereses.


Capítulo 2. Remuneraciones. Un Espacio Privilegiado para la Equidad Social. La remuneración en Chile, se define como la contraprestación que el empleador debe pagar por los servicios del trabajador. Se estructura en base a una diferenciación entre emolumentos fijos y variables. Los primeros corresponden conceptualmente la retribución que el empleador debe otorgar al trabajador por el cumplimiento de una jornada ordinaria de 45 horas semanales. En tanto que los segundos, como tratos, comisiones, participación y otros, se encuentran asociados teóricamente al desempeño productivo del trabajador. La asociación de los emolumentos fijos, como el sueldo base o bonos de asistencia, al cumplimiento de una jornada ordinaria, es la consecuencia del establecimiento y existencia en nuestro sistema de un ingreso mínimo legal, ya que éste, conforme a la ley, remunera la asistencia del trabajador durante la jornada pactada, independientemente de su productividad, la cual se puede o no remunerar conforme a otros emolumentos. Dicho de otra forma, si un empleador contrata a un trabajador por una jornada ordinaria mensual, al cabo de ese mes no tiene otra opción que pagar a lo menos el sueldo mínimo legal, aunque la productividad del trabajador haya sido equivalente a cero, asunto este último, que se resuelve por otras vías. Por otra parte, la ley considera que las comisiones, las participaciones, el pago de horas extraordinarias y las gratificaciones, constituyen posibilidades que tiene el empleador para estimular el mejoramiento de la productividad del trabajador, asociando una mayor ganancia a un mejor desempeño. Este esquema, ajustado a cierta lógica interna, se encuentra materializado a través de una serie de regulaciones severamente deficientes que no permiten el buen cumplimiento de los objetivos que se propone lograr, el que no es otro que lo que la Constitución llama el derecho a una justa retribución. En efecto, por una parte, las normas sobre procedencia del pago de sueldo base fijo, se encuentran asociadas al cumplimiento de una jornada ordinaria, pero la definición legal sobre qué se entiende por un trabajador sujeto a límites de jornada, es equivocada o, por lo menos, es totalmente disfuncional a estos efectos; y, por otra, la regulación de las remuneraciones variables abre espacios notables al fraude del empleador y a la incertidumbre del trabajador con respecto a su real aporte productivo y también con respecto al éxito de la empresa; se trata en este caso, de regulaciones generales que transforman un instrumento potencialmente virtuoso, en fuente de conflictos individuales y colectivos de importante magnitud. La combinación de estos elementos, junto a una escasa cobertura de la negociación colectiva, hace que se deba dar una mirada crítica, como se verá, sobre la renta percibida por el trabajo con respecto a la renta percibida por quien detenta el resto de los factores en el sistema productivo.


Remuneración Fija. Como dijimos, la remuneración fija se encuentra asociada al cumplimiento de jornada, pero en este sentido adolece de una importante deficiencia a la hora de definir qué se entiende por un trabajador afecto a dicha jornada. Conviene a estos efectos, señalar que la respectiva norma determina que se presumirá que el trabajador está afecto a la jornada ordinaria no solamente cuando presta servicios en la empresa marcando su ingreso y su salida, sino que también cuando el empleador, por intermedio de un superior jerárquico, ejerciere una supervisión o control funcional y directo sobre la forma y oportunidad en que se desarrollen las labores aunque estas se desarrollen con autonomía y fuera de la empresa. Ello es el elemento determinante para definir si se trata de un trabajador con derecho a sueldo base, el cual debe equivaler, a lo menos, a un ingreso mínimo legal. En efecto, la norma respectiva determina que cumplen jornada diaria y semanal no solamente los trabajadores que se desempeñan dentro del recinto de la empresa sino todos aquellos cuyas funciones son controladas por el empleador a través de cualquier medio, aunque el trabajador tenga un rango tal de autonomía para distribuir su jornada laboral, que haga inviable su control a través del ingreso y salida de la misma.6 Es así como la ley y la autoridad administrativa han determinado indirectamente el derecho a sueldo base a través de la aplicación de normas sobre jornada. Dicho sea de paso, esta regulación rígida y carente de sentido de realidad, ha sido de carácter transaccional entre sectores de trabajadores que, no contando con límites claros en su jornada, han presionado para el pago de horas extraordinarias, dado que si un trabajador se encuentra afecto a límites de jornada ordinaria, automáticamente se considera que los excesos sobre ésta, constituyen jornada extraordinaria, con todos los límites y las consecuencias remuneracionales que de ello se derivan. La deficiencia de esta determinación radica en que cuando realmente no es posible controlar la jornada del trabajador, no es posible tampoco controlar la jornada extraordinaria, lo que inevitablemente significará una conducta infraccional por parte del empleador al sobrepasarse los límites de la jornada ordinaria. Pero la consecuencia más grave la constituye la ubicación de los incentivos perversos para buscar la distribución de la jornada sin sujeción a límites horarios, lo cual tiene consecuencias en la remuneración del trabajador. Ello constituye un escollo relevante a la hora de abrir un campo mayor a la negociación salarial entre trabajadores y empleadores, puesto que en la determinación del sueldo base, se entremezclan confusamente elementos de jornada de trabajo que se identifican bajo una lógica funcional o productiva, y no necesariamente remuneracional.

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La autoridad administrativa determina que se encuentra sujeto a límites de jornada un conductor que desempeñándose toda la jornada fuera de la empresa, conduce un vehículo dotado de localizador satelital aunque ello sea solamente por motivos de seguridad. Asimismo, ha determinado que un vendedor de intangibles tiene límites de jornada solamente por el solo hecho de regresar en horas de la tarde a reportar sus ventas en la empresa, aunque deba atender clientes en otras horas o días.


Avanzar en políticas modernizadoras en este aspecto, implica obligadamente reformular esta estructura, porque la solución lógica es determinar el derecho universal al sueldo base, dado que nuestro sistema de remuneraciones tiene como uno de sus pilares el establecimiento de un salario mínimo garantizado, independientemente de la productividad del trabajador, la cual se remunera por otra vía. Dicho de otra forma, la propia ley obliga -a fin de cuentas- a pagar un emolumento fijo mensual, por lo que parece absolutamente artificial asignar el derecho a percibir un sueldo base no inferior al salario mínimo legal, solamente atendiendo al cumplimiento de límites de jornada diaria; ello, por las siguientes razones: 

Porque ello equivaldría a decir que los trabajadores cuya jornada no se encuentra sujeta a límites no desarrollan sus labores en una “jornada”, lo cual es inexacto dado que sí prestan servicios en una jornada, solo que ella no se puede controlar en su inicio y término; y,

Porque al estructurarse nuestro sistema remuneracional sobre la base de un salario de protección como el mínimo legal, si un trabajador pacta solamente remuneración variable (por no contar con límites de jornada), pero su productividad no alcanza a enterar un IMM, obligatoriamente el empleador debe completar dicho emolumento al final de mes, por lo que nada justifica que no tenga derecho al mismo, independientemente de la jornada pactada.

Remuneración Variable. El Código del Trabajo, señala como definición de la remuneración variable aquellos tratos, comisiones, primas y otras que con arreglo al contrato de trabajo impliquen la posibilidad de que el resultado mensual total no sea constante entre uno y otro mes. Mediante estos emolumentos, el legislador ha querido otorgar a las partes una herramienta que incentive la productividad del trabajador a través del reflejo de dicho esfuerzo en el resultado de sus compensaciones. Sin embargo, la norma es altamente ineficiente para el logro de los objetivos propuestos. Su problema radica en la falta de profundidad conceptual que rodea la remuneración variable, dado que lo que se define no es más que la denominación que se le da a “algo” diferente a lo fijo que puede percibir el trabajador. Pero nada o casi nada se dice de la forma de determinación de las bases de cálculo, acceso del trabajador a la información sobre dichas bases, transparencia de las liquidaciones de remuneraciones y, en fin, el conjunto de especificidades que son propias de sistemas más complejos de compensaciones en varios sectores productivos, principalmente ligados a intangibles, a productos asociados a otro principal, a cumplimiento de metas colectivas, y otras figuras cuya complejidad es directamente proporcional a la complejidad global que han afectado al mundo del comercio y la producción. En efecto, nuevamente nos topamos con el hecho de que el Código del Trabajo parece estar pensando en remuneraciones de cálculo simple y lineal, que eran las que esperaríamos encontrar a mediados del siglo XX, como el trato que se paga a un campesino por caja de fruta cortada o bien a un dependiente de tienda que percibe una comisión por venta en forma pura y


simple, sin diferenciación entre productos y estacionalidad de los mismos. Para estos casos, las normas del Código del Trabajo eran eficientes, pero hoy día la mayor parte de éstos y otros sectores desarrollan políticas remuneracionales sobre la base de la infracción legal, tanto en materia de emolumentos fijos como variables. Porque actualmente -siguiendo los mismos ejemplos- la corta de fruta se diferencia en precios según la variedad, el nivel de pérdida y la velocidad de cosecha, en base a calendarios exigentes de congelado y embarque propios de la agroindustria; asimismo, el vendedor de tienda normalmente tiene comisiones diferenciadas entre múltiples productos según su estacionalidad y las condiciones comerciales que los grandes proveedores establecen. Un ejemplo, entre muchos otros, de la ineficiencia de las normas que regulan la materia, es la práctica permitida y utilizada por la cual la remuneración se determina sobre la base de cumplimiento de rangos de metas que el trabajador debe cumplir para generar una remuneración variable: a.- El trabajador percibe una remuneración variable por rangos de cumplimiento de metas de producción o ventas, la cual tiene asignada la siguiente tabla de incentivos:

Porcentaje de Cumplimiento

Comisión Asignada

0% - 50% de la meta 51% - 75% de la meta 75% - 100% de la meta 101% o más de la meta

0% de las ventas 10% de las ventas 20% de las ventas 25% de las ventas

b.- El empleador determina autónomamente, conforme a sus criterios comerciales, mes a mes los productos y cantidades netas que componen las metas cada mes. Ello se deriva de las facultades generales de administración que le otorga la ley y que no se encuentran expresamente reguladas ni limitadas. Puede, entonces manejar a su arbitrio, las cantidades nominales que componen el primer rango de cumplimiento, considerando que nada pagará como incentivo hasta el cumplimiento del 49% de la meta. c.- De la misma forma, si el empleador aumenta los montos netos que componen cada meta/producto, el trabajador deberá producir o vender más de dichos productos para apenas mantener el rango de cumplimiento y su remuneración variable promedio. d.- Consecuencia de ello, el trabajador aumenta su productividad, pero el diferencial de aumento se lo queda el empleador sin que ello se refleje en la remuneración respectiva. A través de este u otros ejemplos, lo que se quiere señalar es que siendo el componente variable de la remuneración un instrumento esencial para el desarrollo de un adecuado sistema de compensaciones a la productividad y de fidelización del trabajador, nuestra legislación no es eficiente en establecer un marco adecuado para que las partes puedan pactar estos sistemas de remuneraciones, dejando espacios demasiado notorios al abuso y la indeterminación de los


ingresos del trabajador, junto al hecho que muchas veces la mayor productividad del trabajador, en definitiva, va a remunerar a quien detenta el capital. Ello se produce, en parte, porque el manejo de los vectores que determinan las bases de cálculo de las remuneraciones variables corresponde a las facultades de administración del empleador, condiciones que ni siquiera son posibles de incorporar como materias de negociación colectiva, como lo establece la propia ley en el respectivo capítulo sobre contratos colectivos.

Gratificaciones Legales. La ley Chilena enmarca dentro de las remuneraciones variables un emolumento de naturaleza diversa, como es la repartición de una porción de las utilidades de la empresa, después de haber asumido las remuneraciones como parte de los costos del respectivo ejercicio anual. En efecto, el Código del Trabajo define a las gratificaciones legales como aquella porción de las utilidades de la empresa con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador. Este emolumento no corresponde a los aumentos de productividad del trabajador o ni siquiera refleja el cumplimiento de metas colectivas, ya que las utilidades de la empresa constituyen un factor de análisis en el que concurren diversos elementos productivos, comerciales y financieros, así como también las condiciones generales de mercado de un sector determinado. Sin embargo, la ley, en esta definición, trasluce las limitaciones de que adolece este sistema, que, por antonomasia, corresponde a un mecanismo redistributivo del ingreso desde el mundo del trabajo. En este punto es necesario hacer una prevención relativa a cuán eficiente es la labor redistributiva que puede cumplir el mundo del trabajo a través de la repartición de los beneficios de la empresa. Se puede sostener con buenos argumentos que las remuneraciones no deben reflejar sino el aporte concreto del trabajador al sistema productivo, a través del cumplimiento de su jornada de trabajo y del aumento de su productividad. Pero, no es menos cierto que dicha visión corresponde a una concepción exclusivamente contractualista del trabajo, por la cual el trabajador no recibe como compensación sino aquello que le corresponde por aplicación de las cláusulas de su contrato de trabajo, válidamente celebrado. Con todo, la historia del trabajo a lo largo del siglo pasado y, en especial hoy día a través de las voces de los movimientos sociales, refleja la necesidad de revitalizar el rol de las relaciones laborales como factor de estabilidad social y ello se logra entre otras formas, a través de una mejor repartición de sus beneficios. Nuestro Código del Trabajo establece que la repartición de las utilidades del negocio a través de las gratificaciones, es parte integrante de la remuneración y por ende del contrato bilateral, pero se contrapone con ello el carácter unilateral de su determinación enfocándolo como una facultad del empleador quien, concurriendo ciertas condiciones, define la procedencia de su pago y el sistema a utilizar para ello.


El empleador, ante la obtención de utilidades, puede elegir autónomamente entre dos sistemas de pago: a.- El 30% de las utilidades líquidas del correspondiente ejercicio operacional, repartidas a prorrata entre sus trabajadores, descontado previamente de dicha base el 10% del capital propio, o bien, b.- Abonando o pagando a cada trabajador el 25% de su remuneración mensual imponible, con un tope anual de 4,75 ingresos mínimos mensuales, por trabajador. Sin embargo, el primer sistema adolece de severos defectos regulatorios, dado que en la determinación de la base de cálculo, las facultades del empleador son amplísimas tanto para distribuir y licuar las utilidades entre los diferentes rut en que se puede dividir la empresa,7 como en cuanto a la valorización del capital propio a fines de descontar el 10% de éste de las utilidades a repartir. Se trata a este propósito, de establecer en forma fidedigna el concepto de utilidad líquida para calcular la gratificación. Bajo estas condiciones, se puede afirmar responsablemente que las gratificaciones no existen en la realidad. La elección unilateral entre estos dos sistemas, implica necesariamente que la entrega de utilidades es facultativa para el empleador. Más aún, la elección que mayoritariamente se hace del segundo de estos sistemas (87,7%) implica que la gratificación se encuentra desnaturalizada y desenfocada de sus objetivos conceptuales, para transformarse en un bono fijo más, de carácter anual y al que se accede si la empresa genera utilidades. En este sentido llegamos al absurdo de tener que afirmar que para las empresas que perciben utilidades anuales, el salario mínimo que pagan puede llegar a ser un 25% mayor que el resto, salvo que acudan a uno de los varios mecanismos de elusión que existen en la materia. En el fondo del análisis sobre las gratificaciones legales, nos encontramos conviviendo con varios factores que hacen necesaria una revisión modernizadora del sistema de gratificaciones legales; la alta concentración existente en varios sectores como financiero, retail, energía, salud, y pensiones, entre otros, generan cuantiosas utilidades a sus empresas sobre la base de exitosos modelos de negocios, empero dichas utilidades no son afectadas en el más mínimo porcentaje por algún proceso de distribución entre los trabajadores de las empresas que los componen, por lo que la definición de gratificación que hace el Código del Trabajo como la parte de las utilidades de la empresa que se reparte entre los trabajadores, es un remedo que se acerca peligrosamente a la línea de la provocación social alejándose del marco de las relaciones laborales basadas en la ganancia mutua. Sobre esta base, este documento avanza, en términos generales, en una propuesta gradual para bajar la tensión que ello genera, la cual se debe construir sobre la base de un consenso social que modernice nuestro sistema de repartición de utilidades. Dicha propuesta, para el caso de las gratificaciones, consiste en lo siguiente: 7

Se trata del problema generado por el hecho de que para la existencia de una empresa se requiere solamente la existencia de un rut, lo cual permite contratar a los trabajadores por uno de ellos y canalizar las utilidades por la otra razón social.


a.-Separar la institución de las gratificaciones del concepto de remuneración, entendiendo que ésta ya se compone de elementos fijos que remuneran la jornada de trabajo y elementos variables que compensan la productividad del trabajador; b.- Implementar un sistema por el que se establezca un porcentaje de repartición de utilidades de la empresa, sin descuentos provenientes del capital propio y con una base que rediseñe el concepto de utilidad líquida, no modificable unilateralmente, y con una salida alternativa de bonos fijos anuales solamente para empresas de menor tamaño que tienen menores obligaciones tributario-contables. c.-Construir la posibilidad de negociación sectorial de utilidades, en reemplazo de los sistemas legales señalados, lo que puede significar resultados por sobre o por debajo de los límites legales. Dicha negociación debe ser realizada en el marco de un reenfoque de las condiciones de diálogo social aptas a este efecto, al igual que una posible negociación de salarios mínimos sectoriales. La definición de procesos sectoriales pasa por asegurar representatividad y buena fe de los actores, como se abordará más adelante, en el capítulo colectivo del presente trabajo. Legislación Comparada. En Finlandia, La función de la legislación laboral en materia de remuneración es de segundo orden ya que el sistema de negociación colectiva regula la fijación de los salarios, incluidos los salarios mínimos. Finlandia no dispone de un sistema global de salario mínimo reglamentario propiamente dicho. No obstante, las tarifas fijadas en los principales convenios colectivos se aplican generalmente dentro de los sectores correspondientes y constituyen niveles mínimos efectivos para los miembros de los sindicatos firmantes y para los no miembros. Estas escalas sectoriales pueden variar considerablemente y con frecuencia incluyen suplementos por antigüedad y cualificaciones adicionales. Por su parte, en Alemania, la fijación de los salarios se realiza a través de acuerdos interconfederales entre los sindicatos, que contemplan un aumento de un porcentaje revisable, según la inflación. Sin embargo, las empresas, a través de acuerdos de aplicación, pueden ajustar salarios sobre la base de la baja de productividad en un momento determinado. Precisamente es este país el que hoy día se encuentra al frente de la cruzada por incorporar un mayor peso específico al factor productividad en la fijación de salarios. Con este sistema se beneficiarían los trabajadores más proactivos, más involucrados en la compañía y, por tanto, más productivos, así como beneficiarían a las empresas que, en lugar de optar por un despido, podrían optar por una rebaja de los salarios cuando sufrieran una baja de productividad.


Sin embargo, a juicio de las autoridades del trabajo, debe haber una norma que incorpore la productividad como factor para fijar los salarios, teniendo en cuenta la situación de cada empresa y siempre se debe tener en cuenta el poder adquisitivo de ese momento. A lo anterior se agrega el hecho que los trabajadores tienen representantes en el control y dirección de la empresa a través de su presencia en el directorio. Cabe consignar que en España el salario mínimo y su reajustabilidad se fijan en las leyes de presupuesto, sobre la base de inflación esperada, pero tienen preeminencia los acuerdos colectivos sectoriales que se celebren entre empleadores y trabajadores. En Estados Unidos, la fijación salarial por ley solamente se establece para el salario mínimo por hora sobre la base de un valor diferenciado para jornadas por debajo o por sobre las 40 horas semanales. El resto de los salarios se fija mediante instrumentos colectivos e individuales. En Nueva Zelanda, de la misma forma, se fija reglamentariamente el salario mínimo (diferenciado por edad) pero las condiciones generales de remuneraciones quedan al acuerdo de las partes, especialmente colectivo. En todos estos sistemas, se negocian tanto los montos nominales de los diferentes ítems remuneracionales como aquellas fórmulas de pago que se deben aplicar para determinar dichos montos, no dejando espacios a la arbitrariedad en dicho cálculo.8 Dando una mirada general a las consecuencias finales de la aplicación de nuestro sistema normativo en materia de remuneraciones, no es difícil constatar que las rentas del trabajo distan mucho de constituir un factor de equidad laboral y consecuencialmente de paz social. En efecto, del total del Ingreso Nacional Bruto (2011) solamente el 22,5% corresponde a salarios, sobre base de datos del Seguro de Cesantía. En este sentido, a modo de conclusión, es posible avanzar en dirección hacia una mejor distribución sobre la base de las siguientes consideraciones: 1.- Constatar que si nuestro sistema remuneracional se basa en la existencia de un salario mínimo general, dicho salario entendido como emolumento fijo a través del denominado sueldo base al que se accede cumpliendo una jornada laboral, debe ser un derecho universal, independientemente de la productividad del trabajador, la cual se bonifica mediante el pacto de otros elementos. Asimismo, estar basados en un salario mínimo, general y socialmente aceptable, implica necesariamente aceptar que cada sector debe contar con la facultad de negociar dicho mínimo en 8

En Chile, recién se ha aprobado una norma referida a que los empleadores de trabajadores comisionistas de productos intangibles, deben señalar en las respectivas liquidaciones de sueldo el detalle de los cálculos de las comisiones devengadas por el trabajador.


forma sectorial, ya que la realidad productiva y de empleo de cada sector es diferente; de ello se deduce que probablemente esta sociedad debe aceptar ya a estas alturas que el salario mínimo en el sector bancario o de la energía es notablemente diferente al de sectores como la agricultura o algunos servicios menores. Esta negociación sectorial no implica dejar fuera las especificidades de empresas más pequeñas dentro de cada sector; siempre existen mecanismos de exclusión que resguardan esta diversidad a fin de no contaminar mutuamente, en perjuicio de los trabajadores, los beneficios que pueden entregar empresas pequeñas y grandes. 2.- Asimismo, es necesario ampliar las materias de negociación colectiva en la empresa a materias salariales tanto a los montos finales como a las condiciones sobre las que ellas se calculan, entendiendo que estas últimas son un elemento accesorio ineludible de una negociación basada en la transparencia. En este punto es necesario redefinir legalmente los límites de las facultades de administración del empleador, evitando que la remuneración del trabajador sea cambiada arbitrariamente a través de las bases que le sirven de cálculo. Esta medida, se encuentra en absoluta armonía con el principio conceptual que señala que las cláusulas sobre remuneraciones son esencialmente bilaterales, no pudiendo alterarse sin el consentimiento de ambas partes del contrato de trabajo. 3.- Finalmente, es necesario modificar el sistema de participación del trabajador en las utilidades de la empresa, estableciendo una correlación lógica entre éxito colectivo y del negocio, y los beneficios asociados a ello que obtienen los trabajadores. En este sentido, debe revisarse: o

La adscripción de este emolumento como parte de las remuneraciones, permitiendo que se transforme en un elemento redistributivo real de la riqueza;

o

La proporción adecuada de dicha participación y los mecanismos para redefinir el concepto de utilidad líquida, cuya indefinición -hoy día- permite que jamás se llegue al deber de repartir efectivamente parte de las utilidades;

o

Asociar la posibilidad de entregar bonos fijos con cargo a utilidades solamente para empresas de menor tamaño y complejidad contable;

o

Diseñar mecanismos que permitan negociación sectorial de utilidades en reemplazo de las negociaciones por empresa, mediante la reglamentación que asegure una adecuada representatividad de los actores y la estabilidad de sus acuerdos.


Capítulo 3. Sindicalización. Necesidad de Interlocutores Válidos. La definición legal de la organización colectiva de los trabajadores en Chile, se ordena sobre la base de dos pilares fundamentales: el primero de ellos se relaciona con la localización de la organización preferentemente en la empresa; y, el segundo, con el principio de libertad sindical contenido en el convenio 87 de la OIT, ratificado por chile en los inicios de la década pasada. Entre los fines propios de las organizaciones sindicales, se encuentran los de representación de sus afiliados en la negociación colectiva, en el resguardo de los derechos emanados de contratos colectivos e individuales y, en general todas aquellas acciones de mejoramiento de las condiciones de empleo e integración a la empresa que beneficien a los trabajadores que la componen.9 Las tasas de sindicalización en Chile nunca han sido determinantemente altas como para establecer comparaciones prudentes con países nórdicos con sistemas de afiliación automática. En esta materia, conviene anotar que el Código del Trabajo de 1931 consideraba una diferenciación entre sindicatos de obreros y de profesionales. Los primeros estaban constituidos por trabajadores de cualquier tipo de empresa en tanto contrataran más de 25 empleados. El quórum de constitución ascendía al 55% del personal de la empresa, pero ello se acompañaba de un mecanismo de afiliación obligatoria para el resto de los empleados de la empresa. Con todo, hacia 1973, la fuerza de trabajo activa era de aproximadamente 3.100.000 personas, y el número de organizados llegaba a 1.051.318 personas, es decir, estaba organizada y en sindicatos algo más del 33 % de la fuerza de trabajo activa. A contar de 1973, se inicia un proceso de desintegración sindical que implica progresivamente la fluctuación en las tasas de afiliación, producto de la dictación de normas específicas10, pero que no han afectado, en suma, el hecho de que nuestro país, haya seguido la tendencia mundial de disminución de la vocación colectiva, especialmente en el ámbito sindical. Hoy día, solamente cerca del 5% de las empresas cuentan con sindicatos activos y la tasa de afiliación bordea el 12%. A efectos del presente trabajo, el análisis de las tasas de afiliación sindical, adquiere sentido hoy día solo en tanto cuanto se enmarque en un análisis funcional de los sindicatos dentro del sistema de relaciones laborales, mas no para analizar la mayor o menor vocación de asociatividad general de la comunidad. En este sentido, es importante señalar que el sindicato de empresa y la federación o confederación de carácter sectorial, son institucionalmente los interlocutores adecuados para un proceso de diálogo que otorgue densidad a un sistema más profundo de relaciones industriales. Así lo demuestran las tasas de sindicalización en países de 9

Es notable que conforme a la encuesta ENCLA, el 77% de las acciones sindicales, son de reclamo por infracción de los derechos del trabajador. 10 En 1990se legalizan las centrales sindicales, en tanto que en 2001 se promulga la ley 19.759, que entre otras materias establece el fuero de protección para quienes constituyan un sindicato desde 10 días antes de la celebración de la asamblea; ello derivó en el aumento de organizaciones mas no necesariamente en el número de afiliados (ENCLA).


Europa central, como Alemania, que bordean rangos de entre el 20% y el 35%, como se verá, lo cual se encuentra compensado por la cobertura mayor de los instrumentos colectivos que se ubica entre el 75% y el 82%. Esta afirmación se encamina hacia un juicio crítico en nuestro país sobre varias normas que permiten la digresión sindical, diseminando la interlocución colectiva y, con ello, la posibilidad de lograr acuerdos estables, de amplia cobertura y sobre la base de la ganancia de trabajadores y empleadores. Nos referimos puntualmente a tres grandes inconsistencias legales que obstaculizan el tan necesario progreso del diálogo social. 1.- Como primer punto, se debe mencionar el rol y valor que nuestro Código del Trabajo otorga a la negociación con grupos de trabajadores que no se encuentran constituidos como sindicatos; 2.- En segundo término, hay que abordar el rol inorgánico y confuso que la ley otorga a los sindicatos interempresa, y, 3.- Finalmente, se debe dar una mirada crítica a los sistemas de resguardo en el proceso de constitución de sindicatos y de protección de las directivas, los que han dado lugar a una expansión inorgánica de colectivos que no necesariamente tienen un sustento adecuado en número de afiliados y funciones de interlocución. El análisis de estos tres aspectos, se orienta a determinar que el sindicato de empresa y las organizaciones superiores como federaciones y confederaciones, son cuerpos organizados en los que las normas legales por las que se rigen y sus estatutos, están concebidos para dar estabilidad a la interlocución de largo plazo con el sector empleador y con la autoridad administrativa; tienen vocación de estabilidad y permanencia debido a que sus intereses se relacionan con fuentes laborales que requieren precisamente de dicha voluntad para la negociación día a día sobre múltiples aspectos del ámbito productivo y no solamente para la negociación salarial coyuntural. Dicho de otra manera, en una empresa o en un sector productivo son muchos más los asuntos que se deben acordar en torno a las condiciones de empleo y de trabajo que la mera fase salarial que, por cierto, ocupa un lugar central en las relaciones de trabajo. A nuestro juicio, este es un elemento radical para avanzar en una mirada moderna de la organización sindical. De esta forma, este análisis se orienta al igual que en las materias anteriores, a identificar algunos de los aspectos de mayor deficiencia de nuestra legislación sindical que impiden dar un salto modernizador a las relaciones de trabajo. 1.- Grupos Negociadores. Nuestra legislación identifica al grupo de trabajadores como una alternativa de negociación en aquellas empresas en las que no se encuentran constituidos sindicatos, pero adicionalmente en aquellas empresas en que sí existe sindicato, reconoce la potestad de negociación de estos grupos en forma paralela al sindicato constituido legalmente.


De esta forma, la interlocución en la negociación colectiva que por excelencia es el ámbito de definición no solamente de salarios sino que de las condiciones generales de empleo y trabajo, así como de seguridad e higiene, capacitación y aspectos previsionales, se entrega en nuestro Código del Trabajo tanto a sindicatos como a grupos unidos al efecto. Probablemente la explicación de ello arranca de dos vertientes: la primera de ellas es que se trata de una norma incubada en el marco de la reforma laboral (Plan Laboral) de los años 1978 y 1981. Al respecto cabe decir que la “conformación de grupos negociadores representantes de fraccionados intereses laborales, ha generado un espacio eficaz para las presiones empresariales tendientes a eliminar la organización sindical, asimismo para quitar eficiencia a la negociación colectiva o generar pseudos acuerdos colectivos, como han sido los convenios colectivos suscritos por coaliciones de trabajadores. Si bien las bases del Plan Laboral no señalan los fundamentos de esta medida, el conjunto de estas medidas permite suponer la atomización de la parte laboral y, consecuencialmente, la pérdida de su poder negociador.”(Irene Rojas: Las Reformas Laborales al Modelo Normativo de Negociación Colectiva del Plan Laboral, 2007). La segunda vertiente (y quizás la concreción legal de la anterior) es la norma constitucional (1980) por la que se establece el derecho a la negociación colectiva sin que necesariamente se deba contar con la calidad de afiliado sindical; consecuencia de ello es la “ampliación” de este derecho a grupos de trabajadores unidos a este solo efecto. La perspectiva por la cual se crean los grupos negociadores como una forma de paralelismo sindical, probablemente se encontró fuertemente influida por una sobre reacción al rol de los sindicatos en política durante el período 1964 – 1973. Sin embargo, desde una perspectiva de modernización de la legislación laboral y del logro de grandes acuerdos, lo que hoy día produce es la desafección por una mirada integral a la negociación, puesto que el principal defecto del grupo negociador es la falta de voluntad de permanencia hacia la interlocución sobre otras materias que no sean las meramente remuneracionales. En este sentido hay que recalcar que el empleador global necesita mayor flexibilidad de las normas legales y contractuales, pero ésta debe ser pactada y con ello, se requieren interlocutores representativos y permanentes.

2.- Sindicatos Interempresa. El Código del Trabajo define al sindicato interempresa como aquél que agrupa a trabajadores de diferentes empresas. La constitución de ellos exige a lo menos la concurrencia de un total de 25 trabajadores distribuidos en dos o más empresas. Por diferentes razones, la negociación colectiva se ha radicado legalmente en la empresa en tanto que la negociación con un sindicato interempresa no es obligatoriamente vinculante para los empleadores emplazados, los cuales solamente adquieren la obligación de responder que no negociarán bajo esta modalidad.


En consecuencia, una de las principales funciones que por definición debe tener el sindicato, se encuentra fuera de rango legal para este tipo de organización. Si a ello agregamos el hecho de que es escasa su capacidad de influencia sobre las condiciones de empleo y remuneraciones al no radicar su origen en la empresa, especialmente en los casos en que la directiva no pertenece sino a algunas de las empresas en que tiene afiliados, observamos que su existencia se justifica, hoy por hoy, en una buena medida sobre la base de la protección que otorgan los fueros a que da lugar la elección de sus directivos como de los delegados que pueden tener en cada una de las empresas. En efecto, un sindicato interempresa puede tener hasta tres delegados en una empresa sujetos a fuero laboral, independientemente de si se trata de directivos del respectivo sindicato o simplemente de delegados. Se produce con ello, una importante asimetría con respecto a un sindicato de empresa, puesto que la suma de los fueros de los delegados puede llegar a ser mayor que la suma de los fueros de un sindicato de empresa, estable y permanente, que agrupe a la misma cantidad de afiliados.11 Sin embargo, el mayor problema generado es que la proliferación de este tipo de sindicatos ha restado fuerza representativa al sindicato de empresa, dispersando a sus afiliados en pos de la consecución de fueros que no responden a la protección de una real actividad sindical, sino que a la necesidad de una suerte de inamovilidad laboral de carácter temporal. Dicho de otra forma, el rol sectorial de los sindicatos interempresa puede y debe ser asumido por representaciones de mayor grado como federaciones y confederaciones, las que al contar con herramientas reales de negociación con las entidades empresariales de un sector productivo, no solamente permitirán una interlocución proactiva, incidente y eficiente, sino que adicionalmente evitarán significativamente la proliferación de fueros artificiales asignados a los sindicatos interempresa.

3.- El Fuero Sindical. El fuero sindical se define en términos generales como un resguardo a la actividad del dirigente sindical, el cual no se verá expuesto al despido por las causales generales; ante la concurrencia de determinadas causales, el despido debe ser previamente visado por un tribunal laboral, el cual determina si hay o no lugar al desafuero del dirigente. Sin perjuicio de lo anterior, la construcción de las normas sobre fuero sindical adolece de defectos estructurales que permiten una desnaturalización de esta institución de protección. Estos defectos se pueden sintetizar en dos aspectos: la utilización de fuero ante el despido de un 11

Ejemplo: Una empresa de 55 trabajadores contiene dos grupos de 25 trabajadores afiliados a diferentes sindicatos interempresa; ello significa que 6 trabajadores de un total de 55 tienen fuero de delegados, lo que equivale al 11% del total de trabajadores. Si la misma empresa cuenta con un sindicato -de empresa- que los agrupa a todos, el número de fueros corresponde a solo 3 directores.


trabajador, y el traspaso del fuero entre trabajadores a fin de lograr inamovilidad de varios trabajadores a la vez. En cuanto al primero de dichos aspectos, es preciso recordar que en la discusión de las reformas laborales de año 2001, una de las normas propuestas por el gobierno de la época, se refería a evitar la práctica abusiva de las denominadas “listas negras” dentro de la empresa, las cuales calificaban a trabajadores como “de riesgo” por su participación o intención de formar una organización sindical. Sobre estos antecedentes, se procedía al despido del trabajador aunque ya hubiere iniciado los trámites de constitución de la organización. Para poner fin a esta práctica, se determinó modificar el Código del Trabajo en orden a establecer que todos los trabajadores que acuden a la formación de un sindicato, gozan de fuero laboral a partir de 10 días antes de la celebración de la respectiva asamblea de constitución. Con ello, se evitaba que los trabajadores que organizaban una asamblea con este propósito, no fueran despedidos por ello. Sin embargo, a poco andar, el sistema derivó en que un trabajador avisado de despido por cualquier causa, lograra celebrar una asamblea que posteriormente autorizaba un inspector del trabajo o ministro de fe, gatillando automáticamente la generación de un fuero retroactivo que obligaba al empleador a reincorporar al trabajador. Ahora bien, como formalmente queda un sindicato constituido con un número determinado de miembros, dichos miembros quedan inhabilitados a participar de otra organización sindical, lo cual al transformarse esto en una práctica si no masiva, bastante extendida en algunos sectores, orada severamente la constitución y afiliación de sindicatos de empresa que realmente se forman para establecer una interlocución estable y permanente con la empresa. Igual figura es posible encontrar en lo relativo a sindicatos interempresa. Es interesante en este sentido revisarlos aspectos principales de un fallo de 201012 en el que se señala lo siguiente: “Octavo: Que en cuanto a los aspectos de fondo se alega un abuso, por parte de los actores, de su derecho a sindicalizarse, por cuanto se les acusa de haber creado el sindicato interempresa con el único objeto de crear un fuero retroactivo para enervar la decisión de sus empleadoras de poner término a los contratos de trabajo…. Undécimo: Que conforme a lo relacionado y con el mérito de la prueba rendida se ha logrado establecer que, más allá de la apariencia de validez de los fueros que formalmente ostentan los denunciantes, éstos no responden a una finalidad legítima amparada por el derecho, toda vez que existen antecedentes suficientes para estimar que la constitución del sindicato al que acceden ha tenido como única finalidad el proveerse de una inamovilidad para evitar el despido y no la asociación para promover y defender los intereses colectivos comunes a un grupo interempresarial.

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2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.


Esta conclusión se apoya en los siguientes antecedentes: a) El breve lapso entre el despido de los denunciantes y la creación del sindicato, conforme a las fechas no discutidas señaladas en el motivo primero. b) La innegable situación de conocimiento de los trabajadores denunciantes de su situación de despedidos a la fecha de la constitución del sindicato interempresa, cuestión que se desprende de la sola lectura de la demanda, y la nula referencia a esta circunstancia, ni para reprocharla a la empleadora ni para referir sus motivaciones de creación de la nueva organización sindical. c) La pertenencia de los denunciantes a sindicatos de empresa preexistentes a la organización nueva (según reconoce el absolvente González y se constata de los descuentos de cuotas sindicales que constan en las liquidaciones de remuneración respectivas), careciendo además de motivos de la formación del interempresa, lo que permite plantear la duda respecto de la necesidad del mismo y los fines que se persiguen con su creación.”

Este fallo refleja meridianamente los defectos normativos que existen en la regulación de la protección de la actividad del dirigente sindical, lo cual tiene efectos directos en la erosión de la actividad sindical estable y permanente dentro de la empresa. Un segundo aspecto, relativo a las modernizaciones normativas que se hacen necesarias en materia de fuero sindical, dice relación con el traspaso de fueros de un dirigente a otro en forma rotativa, ampliando de esta forma, en una clara elusión de la ley, la cantidad de trabajadores beneficiados por la inamovilidad en sus puestos de trabajo. En efecto, por una parte, el Código del Trabajo determina que la cantidad de directores de un sindicato lo determinan los trabajadores autónomamente a través de los estatutos del mismo, siendo los rangos límites de tres, cinco o hasta nueve directores, dependiendo de la cantidad de afiliados, respectivamente. De estos directores, gozan de fuero el presidente, el secretario y el tesorero de la organización. Por otra parte, se establece que el fuero se pierde por varias razones, entre las que se encuentran la censura de la asamblea o el término de la empresa, pero no se pierde por renuncia a la calidad de director, caso en el cual el fuero se conserva por espacio de 6 meses más. Esto ha permitido la práctica extendida de designar muchos directores, de los cuales los que gozan de fuero, al cabo de un tiempo, van renunciando en favor de otros que, a su vez, adquieren el fuero como tales, pero sin que el renunciado pierda su inamovilidad laboral. De esta forma se acumulan tantos trabajadores sujetos a fuero, como directores renunciados existan, adicionalmente a éstos, mediante la cesión del beneficio. Más allá de las consecuencias que para el empleador tiene la poca disponibilidad de manejo de la planta de personal de su empresa por efectos de esta práctica, asunto que escapa a los objetivos de este trabajo, estamos frente a una grave deficiencia normativa que desnaturaliza la calidad de la función dirigencial en el sindicato y, con ello, las funciones de interlocución tan necesaria a efectos de modernizar las relaciones que se dan al interior del mundo del trabajo.


Legislación Comparada. En España, los Sindicatos admiten similares clasificaciones que en nuestro país; pero a lo sindicatos de empresa e interempresa, así como a los eventuales y transitorios, se agrega una importante categoría, que es el sindicato de industria o industrial; éste, agrupa a trabajadores que prestan sus servicios en dos o más empresas de la misma rama Industrial, siendo pertinente aclarar que en cuanto a la denominación de "rama industrial", no se refiere únicamente a las actividades de la industria en un sentido restringido, sino que singulariza a aquellas empresas que se dedican a la misma rama, entendida ésta como la misma actividad general, la que no necesariamente requiere ser tipo mecánico-industrial, sino que adicionalmente a diversas actividades como la comercial, a la actividad manufacturera y a la del transporte, entre otras integrantes en un mismo tipo de industria. Este tipo de Sindicatos pueden pactar contratos colectivos y votar la declaración de huelga de trabajadores que correspondan a varias empresas, con las limitantes que se dediquen a la misma rama de actividades que los trabajadores que agrupa dicha organización, y que se encuentren en una misma entidad superior federativa, esto es que si se trata, por ejemplo, de un sindicato de la industria del transporte, agrupe a trabajadores que desempeñan las labores propias de un transportista o de actividades conexas. Por su parte, los Sindicatos Nacionales de Industria, son aquellos formados por trabajadores que prestan sus servicios en una o varias empresas de la misma rama Industrial, instaladas en dos o más entidades superiores federativas, de lo cual podemos deducir que este tipo de sindicato puede válidamente actuar en relación a la contratación colectiva y la huelga, respecto de una o varias empresas con la condición que se dediquen a la misma actividad, sin que sea obstáculo que las empresas se encuentren en dos o más entidades federativas. La tasa de afiliación sindical en España es una de las más bajas de la UE, llegando solamente al 15% en 2011, pero como ya hemos mencionado anteriormente ello se ve complementado con la cobertura que adquieren los instrumentos colectivos, que alcanzan a cerca del 90% delos trabajadores activos. En el caso de Alemania, es necesario hacer mención que la representación colectiva se compone de dos canales: por una parte se encuentran los sindicatos con su competencia para negociar convenios colectivos, y, por otra, los comités de empresa con sus derechos de participación en la empresa misma. En este sistema, el comité de empresa actúa para todos los trabajadores, incluidos los que no pertenecen a ningún sindicato. El sindicato, por el contrario y fundamentalmente, representa solo a sus afiliados. Los comités de empresa alemanes no solo disponen de derechos de información y consulta, sino que pueden iniciar y concluir los mencionados acuerdos de empresa, también en cuestiones fundamentales como el salario y la jornada de trabajo.


El medio para resolver un conflicto, en este caso, no es la huelga, sino que la intervención de un órgano de conciliación y arbitraje (Einigungsstelle), una suerte de mesa redonda, la cual resuelve el conflicto con una composición paritaria y un presidente neutral, . Esos son los derechos de cogestión en sentido estricto. La lógica de la Ley de Comités de Empresa, es la voluntad de poner en contacto a los representantes de los trabajadores en la empresa con el empresario, y viceversa, para que discutan con regularidad sobre los problemas actuales, intentando llegar a soluciones a través de procesos de dialogo permanente que dan estabilidad al conjunto de relaciones industriales. En cuanto a Estados Unidos, la tasa de sindicalización ha caído persistentemente desde la década de los 70, desde un 35 por ciento de la población ocupada, a cerca del 13%. El sindicalismo moderno en este país, nació, se desarrolló y se hizo poderoso en la actividad industrial, pero, como sabemos, uno delos paradigmas globales ha sido que durante los últimos 30 años este sector ha sido desmantelado y los empleos se han exportado a países con mano de obra barata y regulaciones laborales más flexibles. Esto ocurre en el caso de las operaciones manuales y también con plantas productivas de alta tecnología, desde el sector automotor al de producción de aparatos y componentes electrónicos. En el sector servicios, esta migración de puestos de trabajo se ha verificado a India y otros países con mejores ventajas comparativas laborales. Esto ha implicado que la presencia de un importante actor social se ha hecho progresivamente más débil, porque la tasa de afiliación actual se sitúa en el 12%, en tanto que la cobertura de trabajadores con instrumentos colectivos, solamente llega al 13%. Son embargo ello es explicable atendido el hecho de que el principal nivel de la negociación colectiva es la empresa. Con todo el alto nivel de diálogo social, parece ser una constante común en los países de mejor desarrollo económico.( Carlos Díaz Lotero Presidente Subdirectiva CUT Colombia.” Sindicalismo y Competitividad, 2010). Caso particularmente relevante sobre esta última afirmación lo constituye el caso de Finlandia, que presenta una tasa de afiliación de 53% y una cobertura de instrumentos colectivos que alcanza al 90% de los trabajadores. Al igual que la constante marcada por los países miembros de la OCDE, Nueva Zelanda tiene una reglamentación sindical basada en la aplicación general de los principio establecidos en el Convenio 87 de la OIT, regulando la Ley de Relaciones Laborales solamente aspectos como la obligación de los sindicatos que llevar un registro anual de sus miembros; cuándo algunos tipos de sociedad que llamaríamos de carácter civil tiene derecho a inscribirse como sindicato; cómo puede inscribirse una sociedad ; y las circunstancias en las cuales puede invalidarse la inscripción de un sindicato. Nuevamente, en este caso la tasa de sindicalización (se empina por sobre el 20%) no es tan relevante como la cobertura de sus instrumentos colectivos, la que alcanza al 30%.


Como conclusión de lo señalado en los párrafos anteriores, podemos señalar lo siguiente: 

   

Las tasas de sindicalización deben ser observadas desde una perspectiva de la funcionalidad de la organización con respecto al empleo y a la protección de los derechos del trabajador en la negociación, y no necesariamente como fenómeno de asociatividad, en el que confluyen varios factores socio culturales que escapan a objetivos laborales; Las organizaciones sindicales en un mundo del trabajo globalizado, son los interlocutores naturales para la toma de decisiones que otorguen flexibilidad necesaria a la empresa, pero con resguardo de los derechos y de las perspectivas de mejoramiento del trabajador. Para ello se requiere organizaciones sólidas, representativas, permanentes y estables; Nuestra legislación adolece de varios escollos normativos a este fin, entre los que se identifican el valor relativo de los ocasionales grupos negociadores, el rol del sindicato interempresa y la desnaturalización del fuero sindical; A fin de avanzar en la modernización de las relaciones laborales, es preciso avanzar en la ampliación y fortalecimiento del sindicato de empresa, así como de las organizaciones sectoriales federativas y de confederaciones.


Capítulo 4. Negociación Colectiva. Dificultades Normativas. El Camino del Diálogo. La negociación colectiva se define legalmente en nuestro sistema como el procedimiento por el cual uno o más empleadores se relacionan con una o más organizaciones sindicales o con trabajadores que se unan para tal efecto, o con unos y otros, con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo y remuneraciones. Esta definición se ajusta a los términos en que la Constitución Política aborda la negociación colectiva, como una garantía constitucional, lo cual que guarda alguna -aunque no completa- simetría con lo dispuesto en el Convenio 97 de la OIT sobre la materia13. Sin embargo, debemos señalar que existen varias ineficiencias normativas a nivel legal que no permiten transformar a la negociación colectiva en el instrumento privilegiado de diálogo que sea funcional, tanto a la empresa para desarrollar sus actividades en un marco mayor de flexibilidad, como a los trabajadores para participar en los beneficios de ello. Dichos defectos regulatorios son relevantes desde una perspectiva de fondo: modernizar las relaciones colectivas de trabajo, implica contar con acuerdos colectivos estables a los que arriben entidades verdaderamente representativas. Implica observar la negociación en el mundo del trabajo como un factor real de estabilidad social. “En muchos países, en cambio, los gobiernos han apoyado las negociaciones derogando las disposiciones legislativas que las dificultaban, facilitando los procedimientos de negociación mediante la creación de sistemas de conciliación y arbitraje, reconociendo legalmente el derecho a negociar colectivamente, dictando normas para los convenios colectivos, registrándolos oficialmente, extendiendo su aplicación y colaborando en su cumplimiento.”(Walker Linares, El Ámbito de la Negociación Colectiva, 1982) De esta forma, el presente trabajo pone de relieve cuatro aspectos que entraban severamente cualquier afán modernizador en las relaciones colectivas: la cobertura de los instrumentos colectivos, la negociación actual como factor de conflicto y no de acuerdo, la falta de instancias mediadoras y la carencia total de desarrollo de espacios para la negociación sectorial. Como telón de fondo de este análisis y aún entendiendo que se trata de un fenómeno multicausal, debemos señalar que los trabajadores cubiertos por instrumentos colectivos, según ENCLA 08, no supera el 10,7% de los ocupados, en tanto que las empresas en donde se negocia colectivamente alcanza solamente a un estimado de 9.3% del total de ellas. “Mientras el 60% de los asalariados de los países que integran la OCDE están cubiertos por algún instrumento de negociación colectiva, en Chile, sólo el 5,4% está bajo ese régimen”. (Obregón, Pablo. 2011) 13

“Deberán adoptarse medidas adecuadas a las condiciones nacionales, cuando ello sea necesario, para estimular y fomentar entre los empleadores y las organizaciones de empleadores, por una parte, y las organizaciones de trabajadores, por otra, el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, con objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo.”


a.- Cobertura y Trabajadores Excluidos de la Negociación. El Código del Trabajo establece en que aquellos trabajadores contratados para la realización de una obra o faena determinada o para labores de temporada, no tienen derecho a negociar colectivamente en la empresa, debiendo restarse de los instrumentos que ahí se propongan y acuerden. Esta norma tiene como fundamento -ciertamente lineal- que dichos trabajadores no generan una relación de permanencia con la empresa porque la naturaleza de sus servicios es netamente temporal, en circunstancias que los acuerdos colectivos deben tener una progresión en el tiempo por a lo menos dos años, tras los cuales probablemente se renuevan. Dicho en otros términos, la ley asume que se trata de trabajadores “de paso” y que dada esa característica, no es prudente que influyan en acuerdos de largo aliento. Esta lógica adolece de graves inconsistencias, en razón de que la negociación colectiva tanto en la legislación nacional como en los instrumentos internacionales, apunta a establecer condiciones de empleo y remuneraciones, independientemente de la duración de los contratos; es decir, puede perfectamente haber tratos colectivos con mayor o menor vigencia en el tiempo. Prueba de ello es el ejemplo exitoso de negociación -de hecho- que se produce en las faenas de instalaciones industriales entre el SINAMI14 y los empleadores de la minería, por la cual se negocia previamente las condiciones de empleo, remuneraciones, terminación de contrato y provisión de puestos de trabajo, etapa por etapa del montaje e instalación de faenas mineras, en contratos que por definición son temporales.15 Es decir mediante una buena capacidad negociadora se puede perfectamente soslayar el hecho de que las cláusulas acordadas sean aplicables a uno u otro contrato de trabajo de diferente naturaleza temporal. En este orden de ideas, es preciso señalar que conforme a las cifras del Seguro de Cesantía el 33,6% de los contratos de trabajo son informados como de plazo fijo, o bien celebrados para una obra o faena determinada lo que excluye a más de un millón de trabajadores de esta posibilidad. No parece razonable hablar de que nuestro ordenamiento tiene vocación de diálogo social, cuando una sola definición legal excluye a un número tan significativo de trabajadores de la negociación colectiva. Ello, en sí mismo, es un germen de inestabilidad, como lo demuestran las negociaciones de facto que naturalmente se proponen en la agricultura o la construcción, y que en muchos casos terminan en hecho de violencia al no contar con un marco jurídico adecuado para canalizar la expresión de intereses contrapuestos entre trabajadores y empleadores. Otro factor determinante en la muy baja la tasa de trabajadores cubiertos instrumentos colectivos, es que éstos se concentran en un 93%, en empresas que cuentan con sindicatos, lo 14

Sindicato Nacional de Montaje Industrial Se trata de una experiencia excepcional no replicada en otros sectores y que descansa sobre la base de la buena organización de la entidad sindical. 15


que unido a la baja tasa de sindicalización existente, deja a un número demasiado significativo de trabajadores sujetos solamente al marco de la negociación individual. “Esta modesta porción de empresas con negociación colectiva es recurrente hace décadas, y a ello contribuyen condiciones establecidas en la propia legislación vigente, que restringe el acceso de los trabajadores a la negociación colectiva y limita severamente la negociación a nivel supra empresarial. Este contexto institucional contrario a la negociación colectiva va acompañado de fenómenos tales como la rotación laboral, los tipos predominantes de contratación, fragmentación empresarial en distintas razones sociales, etc., todos ellos con efecto directo sobre las posibilidades reales de negociar de muchos trabajadores. El diagnóstico es contundente: en 9 de cada 10 empresas las condiciones de trabajo y remuneraciones se pactan individualmente, mediante contratos de adhesión, lo que da cuenta del impacto que tiene sobre los trabajadores la baja cobertura de la negociación colectiva.”(DT, 2008)

b.- Excesiva reglamentación del procedimiento; acento en el conflicto y no en el acuerdo. Se encuentra ampliamente aceptado en el ámbito de la gestión de recursos humanos, que la estructura y normas que regulan la negociación colectiva en la empresa, no colaboran a la búsqueda de acuerdos, sino que más bien se encaminan a regular el conflicto. En efecto, las múltiples instituciones normativas del libro IV del Código del Trabajo, se orientan a clarificar las consecuencias de los errores e incumplimientos de ambas partes, los cuales tienen severos efectos en la posición negociadora de quien incurre en faltas; mas no hay prácticamente norma alguna que promueva con convicción la búsqueda del acuerdo y la conciliación de las partes. El inicio de una negociación, pasa inevitablemente por la representación que las partes se hacen sobre sus fortalezas y debilidades para afrontar una huelga; los empleadores con la expectativa de contratar reemplazantes y el cálculo sobre la falta de remuneración de los trabajadores en dicha etapa y, los trabajadores, con la búsqueda de financiamiento para mantener la unidad del movimiento ante las posibilidades de descuelgue de compañeros que no pueden sostener económicamente su paralización. El cuadro completo de incentivos y resguardos en la negociación colectiva se encuentra a una distancia abismante de los objetivos de la misma, cual es crear condiciones de diálogo y progreso mutuo en la empresa.


A modo de ejemplo, se pueden ilustrar en el siguiente cuadro, algunas normas sobre la materia y sus consecuencias perjudiciales para el logro de un acuerdo:

NORMA

EFECTOS

Derecho a la información. El sindicato o grupo de trabajadores tiene derecho a contar dentro de los tres meses anteriores a la negociación, con la información de balances, financiera, y costos globales de mano de obra de la empresa.

El perjuicio de una norma en estos términos, consiste que no se regula ni se propone la posibilidad de vincular la información de la empresa con la propuesta inicial de los trabajadores, y la respuesta del empleador, entendiendo conceptualmente que la información cumple ese rol; esta falencia implica que la propuesta inicial contiene beneficios que en nada se relacionan con la realidad de la empresa; dicha presentación pasa a ser un elemento meramente formal, desperdiciándose así un momento importante de la negociación. Interesante es explorar la posibilidad de que esta presentación y la respuesta deba legalmente situarse en ciertos márgenes referenciales que arroje el ejercicio operacional de la empresa. Para ello es necesario indudablemente tecnificar la negociación, con la concurrencia de más y mejores profesionales del área de la economía laboral.

Respuesta del empleador. Ésta, debe contener respuesta a todos y cada una de las cláusulas propuestas por los trabajadores. Si se omite alguna, se da por aceptada de pleno derecho.

Esta norma lo que hace es sancionar al empleador por falta de respuesta, pero su construcción es deficiente puesto que pone el acento en un aspecto formal y no material de la respuesta. De hecho la respuesta “tipo” en la mayor parte de los procesos consiste en transcribir el texto de los trabajadores (que tampoco propone algo técnicamente relacionado con la realidad de la empresa), acompañado de la repuesta negativa a cada cláusula. Es decir han transcurrido cerca de 20 días del proceso y nada se ha avanzado aún.

Reuniones de Negociación. La norma contenida en el artículo 333, señala que a partir de la respuesta del empleador las partes se reunirán sin sujeción a formalidad alguna.

Esta norma está mal construida, dado que es necesario exigir un número mínimo de reuniones para la validez del proceso, el levantamiento de actas, escrituración de los acuerdos parciales, fijación de días y horas de reuniones y todos aquellos elementos formales que ayuden a lograr y


consolidar el acuerdo. Normalmente, hoy, las reuniones son pocas y se circunscriben a confeccionar la propuesta que, en definitiva, se votará al decidir si o no al inicio de la huelga.

Buenos Oficios. La solicitud de buenos oficios, a la Dirección del Trabajo, cuando las partes no han podido llegar total o parcialmente a acuerdos, solamente se puede gatillar en un lapso de 48 horas una vez votada la huelga, y sólo por espacio de cinco días prorrogables por otros cinco.

Esta norma carece de toda lógica, puesto que es evidente que hay más posibilidades de acompañar exitosamente un proceso de negociación antes de que las partes se radicalicen con la definición del paro, y con los plazos legales corriendo en sentido contrario al acuerdo. Lo que hace esta norma es reflejar meridianamente la poca vocación de acuerdo que inspira en general esta regulación.

Información a la Asamblea. El Código del Trabajo faculta al empleador para informar a los trabajadores de su última oferta antes de la votación de la huelga.

La construcción de esta norma permite que dicha notificación normalmente no llegue a cada trabajador y sea informada parcialmente por la directiva a la asamblea. Ello, especialmente, cuando existe el ánimo preconcebido de la directiva sindical para iniciar el paro. Por su parte cualquier intento de forzar la información a los trabajadores, es potencialmente objeto de denuncia por prácticas antisindicales. Adicionalmente, es preciso señalar que la última oferta del empleador no da cuenta del proceso de conversaciones y negociaciones con la directiva, (en caso de haberlo), por lo que si una oferta anterior del empleador es superior a la última (construida ésta ya sin acuerdo y casi exclusivamente como habilitante para contratar reemplazos), los trabajadores de la asamblea no tienen cómo enterarse de la misma, siendo ilegal promover información sobre ello.

c.- Falta de Instancias Mediadoras. Uno de los pilares en que se basa una adecuada densidad de diálogo social, es la existencia de instancias mediadoras que posibiliten tanto el acuerdo entre las partes como la profundización de la voluntad de diálogo como mecanismo de resolución de conflictos antes de la vía judicial.


En nuestro ordenamiento este rol lo asume tímidamente una sección de la Dirección del Trabajo, que es más bien la orientación de un programa de asistencia a la negociación, que un cuerpo formal de mediación. Sus roles se enfocan principalmente a la respuesta administrativa que se da ante el requerimiento de una de las partes de la negociación colectiva después de la votación de huelga; esta actuación, breve y con pocas herramientas, se da en un marco en el que las posiciones ya se encuentran definidas y con una asamblea de trabajadores que ha votado por ir a paro, con lo cual la mediación adquiere la fisonomía más bien de un recurso de últimae ratio que un proceso de acompañamiento al acuerdo. Por otra parte, se encuentra largamente en desuso la institucionalidad del cuerpo arbitral,16 el cual requiere para su actuación del acuerdo de ambas partes, e implica el desembolso de importantes cantidades dado que sus servicios son rentados. La tasa de utilización de este mecanismo no alcanza anualmente a los 2 o 3 casos. Sería altamente irresponsable ampararse en el aforismo de que la necesidad hace al órgano para graficar que si se amplía la cobertura de la negociación se deben ampliar en el tiempo las instancias mediadoras; por el contrario, la implementación de una fuerte expansión de la negociación colectiva, implica contar previamente con una robusta capacidad de mediación, dado que la correlación acuerdo/conflicto como resultados previsibles de la negociación, debe ir madurando con el tiempo en las partes del proceso y, en esa maduración progresiva, se hace imprescindible contar con un respaldo que catalice las demandas y proponga rutas alternativas al conflicto en el mundo del trabajo. Es un aprendizaje lento que requiere una alta y sincera vocación del estado por la implementación de políticas públicas que avancen en más y mejores acuerdos colectivos; el fortalecimiento de la capacidad mediadora pasa necesariamente por la creación de una agencia especializada con la concurrencia de profesionales de la economía y el derecho, así como también de la organización industrial y de los recursos humanos. No se puede avanzar sobre la base de la existencia solamente de un ente fiscalizador.

d.- Escaso Desarrollo de la Negociación Sectorial. Materias susceptibles de negociaciones supra empresa. En nuestro ordenamiento jurídico, el resguardo al ámbito de la negociación colectiva radicada en la empresa tiene origen constitucional y se encuentra en el mismo rango que la defensa del derecho de propiedad. Ello otorga un rasgo de rigidez que imposibilita cualquier camino que tenga como destino la negociación en otro ámbito, en tanto no exista acuerdo de las partes. En realidad, implica aproximarse al diálogo social desde la desconfianza social, lo cual no provee un buen pronóstico final.

16

L a diferencia jurídica entre un árbitro y un mediador es que el primero se constituye como juez y falla imponiendo un contrato a las partes, en tanto que el segundo, propone bases para un acuerdo, pero no otorga propuestas concretas.


Esta constatación se ve agravada si observamos que su contrapartida, la negociación individual tampoco ofrece garantías suficientes al mejoramiento de las condiciones del trabajador ni a la flexibilidad requerida por el empleador, como se analizó en extenso a propósito de los dos primeros capítulos del presente trabajo. Una mirada modernizadora de la negociación colectiva, pasa a nuestro juicio, por la conjugación de dos herramientas que deben funcionar coordinadamente: la ampliación gradual de los espacios de negociación sectorial y la normativa que regule sus efectos en el campo productivo hasta que dicho diálogo se consolide como factor de estabilidad. En cuanto a la primera de estas herramientas, especialmente teniendo a la vista la legislación comparada que a continuación se expone, es posible aseverar que nuestro sistema requiere urgentemente depositar confianzas en los actores sectoriales para desarrollar en una primera etapa de diálogo, la determinación de dos puntos de relevancia, como lo es el salario mínimo sectorial y los mecanismos de repartición de utilidades. En cuanto al primero de estos aspectos, es necesario decir que ya nuestro sistema tiene y presenta la suficiente heterogeneidad como para que razonablemente cada sector pueda negociadamente establecer su salario mínimo socialmente aceptable, que proteja el ingreso al mercado de trabajo de los trabajadores menos capacitados sin obstaculizar a las empresas de menor tamaño; este salario sectorial, conforme a la experiencia mundial, otorga una dosis de realidad económica a cada sector y evita lo artificial que es sostener -año tras año- que el mínimo de protección es idéntico tanto en el sectores como el bancario, con altos retornos, que en empresas precarias en las que la norma general es la alta rotación y la remuneración adscrita al IMM. En cuanto al aspecto ligado a las utilidades de cada sector, es necesario reiterar que no solamente el sistema actual es la negación de la institución, como ya se analizó, sino que es en donde radica probablemente la llave maestra de una mejor asignación de la renta nacional a los salarios; es también la oportunidad de sincerar que existen y siempre existirán sectores que tienen mejores retornos que otros y que los trabajadores, a través de un proceso de negociación informada, darán cuenta a la sociedad entera que los resultados de dicha negociación deben necesariamente ser diferentes a los de otros trabajadores de ramas más precarias. A este respecto consideramos oportuno contrastar dos opiniones radicalmente diferentes sobre la capacidad redistributiva del factor laboral en el ingreso de las rentas del trabajo y salarios. Por una parte, Francisca Duseillant (CEP. Sindicatos y Negociación colectiva, 2008) afirma que “la estructura de negociación afecta la manera en la cual los trabajadores y sus empleadores interactúan. En general, cuando la negociación colectiva es a nivel de industria la brecha (salarial) es mayor que cuando las empresas negocian individualmente. Esto se ha verificado en varios países, como Malasia y Estados Unidos. Sin embargo, evidencia reciente sobre el Reino Unido no encuentra diferencias significativas. Véase Aidt y Tzannatos (2002) para una descripción más detallada de los estudios empíricos que investigan esta relación.”


Sin embargo en la opinión contraria a este postulado seguimos a Gonzalo Durán (2011) quien explora la relación entre la cobertura en negociación colectiva (COV) y los niveles de desigualdad en la distribución de ingresos (LnGINI). Como variables explicativas del logaritmo natural del coeficiente de Gini, se utilizan además, el grado de centralización (LEVEL) y la densidad sindical (UD). Se utiliza para estos efectos como método un paquete de 49 países donde existe negociación colectiva. Se han seleccionado los 34 países dela OECD más 15 países presentes en la base de datos de Jelle Visser en el AIAS. La moda para el año seleccionado es 2006. Se utiliza la técnica de regresión simple con especificaciones lineales y Log-lin. De ello, se obtiene como resultado que al aumentar la cobertura de la negociación colectiva en 10 puntos porcentuales produce una mejora en el coeficiente de Gini en un 4,8% (ceteris paribus). Por su parte, un aumento de 10 puntos porcentuales en la densidad sindical provoca una mejora del coeficiente de Gini en un 4,3%, en este caso el resultado es significativo al 5%. Adicionalmente, se confirma que un aumento en el grado de centralización de la negociación colectiva mejora la distribución de ingresos en 7,1%. Este resultado es significativo al 5%. Así, al comprobar cómo afecta el grado de centralización sobre la cobertura de la negociación colectiva, el resultado es el esperado: por cada grado de aumento en el nivel de centralización para la fijación colectiva de salarios (de acuerdo a la escala de Visser 2009), la cobertura de la negociación colectiva aumenta en un 52,7%.


Este soporte científico, constituye una rica evidencia que contribuye al diseño de una nueva institucionalidad laboral que navegue “contra la corriente”. Así, la distribución inducida desde la acción sindical, desde el punto exacto donde se genera la riqueza, es una herramienta clave para el desarrollo social y democrático del país. Pero en el trabajo de Duseillant, finalmente la autora aborda una suerte de reconocimiento de la validez de la constatación de Durán, aunque con un matiz valorativo interesante, al referir: “La negociación salarial descentralizada, a nivel de firma, ha sido comúnmente considerada como pro empleo, al evitar excesivas reivindicaciones salariales que conducirían a una disminución de la participación de mercado de las empresas sindicalizadas, con efectos perjudiciales para el empleo. Por otro lado, los sistemas de negociación muy centralizados o coordinados inducen a las partes a internalizar los efectos perjudiciales que la excesiva presión salarial tiene en la macroeconomía.”. Por otra parte, “la tendencia moderna de los países Occidentales lleva la que se denomina negociación articulada, vale decir, acuerdos marcos a nivel nacional, convenios sectoriales y convenios de empresa. Sin embargo, para que se dé esta situación se requiere de una gran evolución social con la existencia de organizaciones sindicales estables e importantes, de empresarios abiertos y modernos y de una economía estable.”(Walker Linares, op.cit.) El avance en los espacios de negociación centralizada o por sector sobre salario mínimo y repartición de utilidades, implica evidentemente y siendo realistas, optar por mantener en el nivel de empresa el pacto sobre las condiciones generales de empleo y remuneraciones, lo cual es inherente a su naturaleza, pero también implica ampliar en forma radical la cobertura de instrumentos colectivos a trabajadores que hoy día no acceden a tal instancia, a lo menos en los dos aspectos mencionados. También implica dar cuenta de las falencias y fortalezas de los interlocutores del mundo del trabajo; ciertas fortalezas institucionales encontramos en la organización federativa y confederativa que han nacido desde el modelo del sindicato de empresa, así como también en las asociaciones gremiales de empleadores, pero encontramos a la vez severas debilidades en la formación técnica sindical general y en la proliferación de sindicatos, especialmente interempresa, ausentes de los fines que les son propios. Todo lo anterior no hace sino reafirmar que estamos frente a una materia de alta política pública que probablemente pasa por el logro de acuerdos transversales no necesariamente sobre los detalles de la reforma, sino que sobre sus aspectos estructurales, es decir sobre la decisión de avanzar y dar pasos radicales en la materia. En cuanto a la segunda herramienta necesaria para una modernización de las relaciones colectivas, ella consiste en el acompañamiento que la negociación sectorial necesita en su aplicación a fin de ir resguardando los efectos que sobre el sistema productivo se puedan temer. Esta institucionalidad pasa por la creación, como dijimos, de una potente agencia de mediación con la concurrencia de sector empresarial, público y de trabajadores, pero, por sobre todo, que a


través de profesionales habilitados pueda incorporar elementos técnicos a la negociación a fin de objetivar propuestas y respuestas sobre salario mínimo sectorial y repartición de utilidades.

Legislación Comparada. En la casi totalidad de los países que hemos venido analizando en contrapunto, en el presente trabajo, encontramos las bases de una mirada modernizadora de relaciones de trabajo basada en la ampliación del diálogo social y de una mejor repartición de los beneficios del mundo del trabajo, a través de variadas instituciones que reflejan tanto la madurez adquirida a través de varias décadas de entrenamiento en acuerdos sociales como la solidez de las instituciones públicas que vigilan estos procesos colectivos. En el caso de Finlandia la negociación colectiva ha tardado en desarrollarse. Sólo a partir de 1946 ha desempeñado una función de grandes dimensiones. Además de los acuerdos sobre salarios se celebra toda una serie de acuerdos nacionales, habitualmente de duración indefinida y que se centran en asuntos no salariales. Estos pactos no salariales, en los que participan las principales organizaciones del mercado laboral, pueden trabajar sobre asuntos cubiertos por la legislación, anticiparse a la elaboración de la legislación o abordar asuntos que no están contemplados en ninguna normativa. En lo que respecta a la fijación de salarios, las negociaciones en el mercado de trabajo finlandés han estado dominadas, desde principios de los años 60, por convenios colectivos centralizados. Entre 1968 y 1992 los convenios colectivos estaban basados en general en una política de rentas centralizada. Las partes contratantes de los convenios eran las federaciones de los asalariados y de los empresarios. El gobierno solicitó que se adoptasen soluciones moderadas en materia de salarios y prometió reformas en la política laboral y social. Fue posible, como parte de una política global de rentas, aplicar incluso costosas reformas en materia de política social con el fin de desarrollar la sociedad del bienestar. En general, los convenios en materia de política de rentas se han firmado por dos años. Desde 1971, los acuerdos en materia de rentas han sido adoptados por la comisión paritaria para acuerdos salariales formada por organizaciones profesionales y el Gobierno. Fue un período de buenas relaciones entre los interlocutores sociales, pero la situación cambió con la recesión. Las diferentes partes tenían puntos de vista distintos sobre la manera de hacer frente a los problemas. Los empresarios pedían que se descentralizasen las negociaciones y que se estableciese una mayor flexibilidad en materia de salarios y de tiempo de trabajo. Todo ello condujo a un cambio a principios de los años 90 en el sistema establecido de negociación. El gobierno no participó en el proceso de negociación y se alcanzaron acuerdos descentralizados en el ámbito industrial. Evidentemente, los empresarios acogieron con satisfacción esta práctica y, aunque los sindicatos estaban ansiosos por seguir adelante con la política de rentas, no apoyaron plenamente la continuación de los acuerdos centralizados.


En Nueva Zelanda, por su parte, los convenios colectivos y los convenios laborales individuales también recogen los derechos y las obligaciones de empleadores, empleados y sus representantes y están amparados por la Ley de Relaciones Laborales. Aunque estos documentos son vinculantes para las partes implicadas, no constituyen “ley” de por sí. A diferencia de la Ley de Contratos Laborales, uno de los objetivos principales de la Ley de Relaciones Laborales es fomentar las negociaciones colectivas. De hecho, en la sección de la Ley de relaciones laborales se recoge que uno de los dos objetivos de la Ley de relaciones laborales es fomentar el cumplimiento de las convenciones 87 y 98 de la OIT. Las negociaciones colectivas pueden tener lugar a cualquier nivel del mercado laboral, ya sea a escala nacional, de industria, de empleadores múltiples, de empresa específica y de empresa. Por ley, un convenio colectivo puede vincular un mínimo de hasta dos trabajadores. La Ley de Relaciones Laborales promulgó por primera vez el deber legal de negociar de buena fe. Este deber es aplicable a sindicatos y a empleadores durante la negociación de un convenio colectivo. Una negociación colectiva comienza con la emisión de un comunicado por uno o más sindicatos o uno o más empleadores. Aunque el deber de negociar de buena fe implica el cumplimiento de ciertos requisitos mínimos (como la obligación de reunirse y considerar y responder a las propuestas hechas por cada parte), este deber no obliga a llegar a un acuerdo en ningún punto particular o a la firma de un convenio colectivo. No se contempla la participación de un árbitro en los casos en los que las partes no sean capaces de llegar a un convenio colectivo, aunque puede recurrirse a servicios de mediación. Los empleadores y los empleados tienen derecho a recurrir a sanciones económicas (huelgas y cierres patronales) para defender sus peticiones. Los acuerdos colectivos pueden incluir cualquier cuestión acordada por las partes, siempre que no sean ilícitas o vayan contra la Ley de Relaciones Laborales. Los convenios colectivos deben incluir ciertas disposiciones mínimas como: 

una cláusula de cobertura;

una cláusula que trate los derechos y las obligaciones de los trabajadores si se les despidiera o si parte de la sociedad del empleador se transfiriera o vendiera;

una explicación en lenguaje común de los servicios disponibles para resolver problemas laborales;

una cláusula de variación; y

una fecha de vencimiento.

Cuando un nuevo empleado empieza a trabajar en un lugar donde ya existe un convenio colectivo que abarca el tipo de trabajo que debe realizar el empleado, durante los primeros 30 días sus condiciones de trabajo serán automáticamente las descritas en el convenio colectivo. En cualquier momento dentro de los 30 días o posteriormente, el empleado tiene el derecho a afiliarse al sindicato que negoció el convenio colectivo, que le amparará. En el caso de que no exista convenio aplicable alguno en el lugar de trabajo o el empleado decidiera no afiliarse al


sindicato que negoció el acuerdo, las condiciones de trabajo se especificarán en un acuerdo laboral individual suscrito por el empleador y el empleado. Las huelgas y los cierres patronales que sucedan durante el período de validez de un convenio colectivo se consideran ilegales (excepto en determinadas circunstancias, como cuando la huelga o el cierre patronal ocurre por motivos de salud o seguridad o durante las últimas semanas de validez de un documento redactado en favor de una nueva negociación colectiva). Cuando los empleados que trabajan en un servicio esencial deciden declarar una huelga que afecta al interés público, debe informarse con un período establecido de antelación al empleador o al Presidente del Departamento de Trabajo. En virtud de la Ley de Relaciones Laborales, deben facilitarse servicios de arbitraje a las partes relacionadas con servicios mínimos antes de declarar la huelga para fomentar la solución de sus diferencias y evitar la actuación industrial. Los empleados que declaran una huelga legal no pueden ser despedidos ilegítimamente, ni discriminados por motivo de la huelga. En virtud de la Ley de Relaciones Laborales, es legal que un empleador solicite a sus empleados que realicen las tareas que corresponden a sus compañeros en huelga o afectados por un cierre patronal, siempre que los empleados a los que se solicite realizar el trabajo en cuestión: 

ya estuvieran contratados en el momento en que empezó la huelga o el cierre patronal;

no vayan a ser empleados principalmente para realizar el trabajo de un trabajador en huelga o afectado por un cierre patronal; y

acepten realizar el trabajo en cuestión.

La Ley de Relaciones Laborales hace especial hincapié en el arbitraje. Cuando aparece un problema de relaciones laborales, se anima a las partes a resolverlo mediante la negociación. Se considera un problema de relaciones laborales cualquier cuestión que provoque dificultades en la relación laboral, como un agravio personal, una disputa sobre la marcha de un acuerdo laboral o una reclamación de violación de un derecho legal. Si las partes no son capaces de resolver el problema, cualquiera de las dos puede solicitar la mediación de un árbitro del Departamento de Trabajo. Si la mediación resultara también infructuosa para la solución del problema, cualquier parte puede solicitar un fallo de la Autoridad de Relaciones Laborales, que tiene plenos poderes para conceder recursos y determinar la justicia de un problema particular. Si alguna de las partes estuviera insatisfecha con la decisión de la autoridad, puede solicitar su revisión por el Tribunal Laboral. En casos excepcionales, existe el derecho a apelar del Tribunal Laboral al Tribunal de Apelación. En las disputas entre los sindicatos y los empleadores en el contexto de una negociación colectiva o de convenios colectivos se procede del mismo modo y en las mismas instituciones mencionadas en el párrafo anterior.


En algunas disputas, en vez de la Autoridad de relaciones laborales, es el Tribunal Laboral el que tiene autoridad para dirimir la demanda. Esto incluye peticiones de suspensión para evitar una huelga o un cierre patronal en ciernes. En España, el aspecto central que caracteriza la negociación colectiva es su distribución por ámbitos de negociación. Tal y como está articulada la negociación colectiva en este país, los convenios colectivos pueden ser negociados entre los representantes de los trabajadores y los empresarios al nivel descentralizado de la empresa o a un nivel mayor de centralización como es el de sector, con diferentes ámbitos geográficos: local, provincial, regional o nacional. En el caso español, la negociación de los convenios colectivos se lleva a cabo, de forma predominante, al nivel del sector productivo, con un ámbito geográfico de aplicación provincial, lo cual implica un nivel intermedio de centralización. En este nivel se negocian las condiciones laborales de más del 50% de trabajadores afectos por la negociación colectiva. El siguiente nivel de negociación que agrupa a más trabajadores es el sector a escala nacional, que cubre en torno al 25% de los trabajadores, mientras que los convenios regionales de sector, tanto intra como intercomunitario (esto es, de aplicación en una o en varias Comunidades Autónomas) engloban a un porcentaje reducido de trabajadores, en torno al 8%. En este caso, cabe comentar, no obstante, el peso creciente que han mostrado los convenios intracomunitarios a lo largo de esta década. Finalmente, en el seno de la empresa se negocian únicamente las condiciones laborales de entre el 10% y el 15% de los trabajadores, mostrando además este porcentaje una tendencia decreciente en los últimos años. El caso de Alemania, al igual que en los párrafos destinados a la sindicalización, debe ser observado con la salvedad de que la representación de los trabajadores corre a través de dos canales diferentes, pero complementarios: el sindicato y el comité de empresa. La Ley de negociación colectiva determina que son partes contratantes exclusivas de un convenio colectivo los sindicatos y los empresarios o asociaciones de empleadores. Dichas partes quedan ligadas al convenio durante todo el período de vigencia, lo que significa que una empresa no podrá abandonar un convenio aunque cause baja en una asociación empresarial. El convenio colectivo prevalece frente a cualquier otro acuerdo empresarial o individual. Sin embargo, las partes pueden limitar esta primacía en algunos ámbitos acordando cláusulas de excepción. La validez de los convenios colectivos en Alemania, puede extenderse también a los empresarios no vinculados a los mismos mediante la obligatoriedad de la extensión de los convenios. Con la comisión de convenios colectivos, el Ministerio de Trabajo puede acordar la extensión de un convenio a todo un sector cuando los empresarios que lo han firmado tengan contratados como mínimo al 50% de los trabajadores afectados por el mismo y se considere que la vinculación general responde a los intereses públicos.


Tipos de convenios colectivos. El convenio colectivo por zonas o federaciones lo acuerda un sindicato con una federación de empresarios. Puede aplicarse a un sector o a parte del mismo y ser válido en una región o en todo el país. Es vinculante por una parte para los miembros de las federaciones empresariales y por otra para los afiliados al sindicato firmante. Aunque se trata de una práctica inusual, un empleador ligado a un convenio colectivo por zonas puede emplear a trabajadores no afiliados al sindicato bajo condiciones laborales divergentes a las del convenio. También existe en Alemania el contrato colectivo empresarial o de fábrica, acordado por los sindicatos con empresas individuales que no pertenecen a ninguna federación. Los convenios colectivos salariales determinan la remuneración básica en forma de tablas salariales y pueden referirse también a la remuneración de aprendices en formación profesional. La vigencia de estos convenios es por lo general de uno o dos años. Los convenios marco salariales determinan los diferentes grupos salariales, sus características y normativa sobre remuneración por productividad. La cantidad de grupos difiere mucho en cada sector y sindicato. Los convenios colectivos tipo definen diversos aspectos de las condiciones laborales: período de prueba, plazos de despido, duración y distribución de la jornada laboral, reglamentación sobre labores realizadas a través de turnos nocturnos, vacaciones, reducción de jornada, etc. La vigencia de esta variedad de convenios se extiende por lo general durante varios años. Además de éstos, existen muchos otros convenios colectivos que regulan temas especiales como la protección frente a la racionalización, el trabajo temporal, el trabajo con ordenadores, la prejubilación, etc. A finales de 2008, el registro de convenios colectivos del Ministerio de Trabajo albergaba 70.600 convenios colectivos vigentes en toda Alemania. De los cerca de 44.000 originales (el resto son 145 convenios paralelos o de modificación), un 34% son convenios por zonas y un 66% contratos empresariales. La relación laboral del 63% de los trabajadores de los länder occidentales y del 54% de los orientales está regulada por convenios colectivos. Las rondas de negociación colectiva Cada año se firman convenios colectivos salariales para unos 20 millones de trabajadores. Los plazos de denuncia de los acuerdos se distribuyen durante todo el año y la mayoría se negocia en el primer semestre. Unas semanas o unos meses antes de finalizar la vigencia de los convenios colectivos comienza la discusión en los sindicatos y las empresas sobre las posibles reivindicaciones sindicales. Los sindicatos suelen elaborar propuestas basadas en acuerdos anteriores, en la


situación económica actual o prevista y en la evolución de los costes de vida. Tradicionalmente los sindicatos se basan en tres elementos: equiparación con la tasa prevista de inflación, participación en el potencial de crecimiento económico de un sector, así como un componente de redistribución. Mediación. En muchos distritos existen acuerdos de mediación colectiva que determinan el procedimiento de mediación para evitar la conflictividad laboral. Según estos acuerdos una de las partes contratantes puede solicitar la mediación cuando las negociaciones hayan fracasado. Las comisiones de mediación y arbitraje están compuestas paritariamente por miembros de ambas partes negociadoras más uno o dos presidentes imparciales. El caso de no llegarse a un acuerdo o de no aceptarse la propuesta del presidente, se considera fracasada la mediación. Durante el período de mediación está prohibida la huelga. Finalmente, en el caso de Estados Unidos, podemos señalar que las federaciones nacionales del trabajo no suelen participar directamente en negociaciones colectivas, sino que prestan servicios y apoyo a sus organizaciones afiliadas y llevan a cabo actividades políticas. La mayor parte de las negociaciones colectivas se llevan a cabo por sindicatos nacionales o locales. La sindicalización y negociación colectiva para la mayor parte de los trabajadores del sector privado de los Estados Unidos se rige por la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo promulgada en 1935. La Junta Nacional de Relaciones del Trabajo (NLRB, por sus siglas en inglés), agencia independiente que no forma parte del Departamento de Trabajo, está encargada de administrar y hacer cumplir la ley. La sindicalización y negociación colectiva en las industrias de transporte por vía aérea y ferroviaria es regida por la Ley Sobre el Trabajo en los Ferrocarriles (RLA, por sus siglas en inglés), que administra y hace cumplir la Junta Nacional de Mediación. Si bien el gobierno regula determinadas condiciones de empleo, como salarios mínimos, seguridad y salud en el trabajo, pensiones y prácticas de contratación, el método principal para establecer las condiciones generales de trabajo de los trabajadores sindicalizados es la negociación colectiva. Las negociaciones suelen ser descentralizadas y tener por objeto una sola fábrica, empresa o región, si bien en algunos casos pueden abarcar grandes sectores de toda una industria. Por regla general, os miembros del sindicato o sus representantes tienen la última palabra en cuanto a la ratificación de convenios colectivos negociados, ya que en la mayor parte de las constituciones (estatutos) sindicales se exige que los miembros voten su aprobación antes de que puedan firmarse los convenios. De los párrafos expuestos en el presente capítulo, se puede concluir que nuestro sistema de relaciones colectivas se encuentra en un estadio de desarrollo bastante precario, tanto en su cobertura como en su representatividad y la reglamentación por la que se rige, constituye un obstáculo real al desarrollo de mejores y más amplias condiciones de negociación.


Asimismo, esta carencia es perjudicial tanto para los trabajadores que no acceden a una mejor repartición de los beneficios del sector productivo, como también para los empleadores que no acceden a mejores rangos de flexibilidad en la aplicación de las leyes y de las cláusulas contractuales. Por lo anterior, debemos forzosamente concluir que un buen proceso de avance hacia la modernización de las relaciones colectivas en materia de acuerdos amplios y estables, pasa por las siguientes consideraciones: a.- Ampliación de la cobertura de la negociación colectiva, permitiendo acceder a ella a trabajadores por obra o faena determinada, con los resguardos propios de la naturaleza temporal de su actividad; b.- Rediseño de las regulaciones sobre la negociación colectiva en la empresa, permitiendo re direccionar la actual normativa enfocada en el conflicto, hacia una normativa con vocación de acuerdo; c.- Apertura de la negociación colectiva sectorial en materia de salario mínimo sectorial y participación en las utilidades del sector respectivo, con resguardos técnicos hacia las empresas de menor tamaño; y, d.- Fortalecimiento de los sistemas de formación sindical y de mediación, en el marco de una política pública robusta que implique la creación de una agencia al efecto con la concurrencia de equipos profesionales multidisciplinarios.


Conclusiones Generales. En los capítulos anteriores, se han expuesto una serie de deficiencias normativas que tanto en el ámbito individual como colectivo impiden que nuestro sistema de relaciones de trabajo sea o constituya un factor de estabilidad social efectivo y eficiente. Al mismo tiempo hemos observado y fundamentado algunas directrices por donde pudieren enfocarse los caminos que nos lleven a otro estadio de modernización del mundo del trabajo, las cuales se resumen en las siguientes conclusiones: En materia de Jornada de Trabajo. 1.Mantención de la jornada semanal clásica que se acuerda individual o colectivamente por las partes. Con todo, parece necesario incorporar la posibilidad de que en el contrato de trabajo las partes consideren alternativas de distribución de horarios que puedan ser avisados con una anticipación razonable dentro de la semana anterior a su aplicación (no 30 días) a fin de dar cuenta de imprevistos de cualquier orden que la empresa deba enfrentar. 2.Abrir la posibilidad adicional de mensualizar la jornada mediante acuerdos individuales o colectivos y sobre la base de promedios semanales que no superen las 45 horas por semana. Es decir, se pueden establecer jornadas que en algunas semanas se sobrepase el límite máximo legal y otras en las que los servicios se prestan en menos horas que dicho límite. Ello permite dar cuenta de las necesidades de pequeñas y medianas empresas de mediana complejidad. 3.Abrir una tercera posibilidad de que las empresas puedan negociar colectivamente sistemas de distribución anual de la jornada, sin previa autorización administrativa. Dichos acuerdos, se estructuran sobre la base de bancos de horas y promedios anuales de jornada semanal no superior a 45 horas, pudiendo dar cuenta de la continuidad de labores y de la estacionalidad de sus actividades. En materia de Remuneraciones. 4.- Constatar que si nuestro sistema remuneracional se basa en la existencia de un salario mínimo general, dicho salario entendido como emolumento fijo a través del denominado sueldo base al que se accede cumpliendo una jornada laboral, debe ser un derecho universal, independientemente de la productividad del trabajador, la cual se bonifica mediante el pacto de otros elementos. 5.- Asimismo, es necesario ampliar las materias de negociación colectiva en la empresa a materias salariales tanto a los montos finales como a las condiciones sobre las que ellas se calculan, entendiendo que estas últimas son un elemento accesorio ineludible de una negociación basada en la transparencia.


6.- Es necesario modificar el sistema de participación del trabajador en las utilidades de la empresa, estableciendo una correlación lógica entre éxito colectivo y del negocio, y los beneficios asociados a ello que obtienen los trabajadores. En especial, se deben diseñar mecanismos que permitan negociación sectorial de utilidades en reemplazo de las negociaciones por empresa, mediante la reglamentación que asegure una adecuada representatividad de los actores y la estabilidad de sus acuerdos. En materia de Sindicalización. 7.-Las organizaciones sindicales en un mundo del trabajo globalizado, son los interlocutores naturales para la toma de decisiones que otorguen flexibilidad necesaria a la empresa, pero con resguardo de los derechos y de las perspectivas de mejoramiento del trabajador. 8.-Nuestra legislación adolece de varios escollos normativos a este fin, entre los que se identifican el valor relativo de los ocasionales grupos negociadores, el rol del sindicato interempresa y la desnaturalización del fuero sindical; 9.-A fin de avanzar en la modernización de las relaciones laborales, es preciso avanzar en la ampliación y fortalecimiento del sindicato de empresa, así como de las organizaciones sectoriales federativas y de confederaciones. En materia de Negociación Colectiva. 10.- Ampliación de la cobertura de la negociación colectiva, permitiendo acceder a ella a trabajadores por obra o faena determinada, con los resguardos propios de la naturaleza temporal de su actividad; 11.- Rediseño de las regulaciones sobre la negociación colectiva en la empresa, permitiendo re direccionar la actual normativa enfocada en el conflicto, hacia una normativa con vocación de acuerdo; 12.- Apertura de la negociación colectiva sectorial en materia de salario mínimo sectorial y participación en las utilidades del sector respectivo, con resguardos técnicos hacia las empresas de menor tamaño; y, 13.- Fortalecimiento de los sistemas de formación sindical y de mediación, en el marco de una política pública robusta que implique la creación de una agencia al efecto con la concurrencia de equipos profesionales multidisciplinarios.

FDR. Julio 2012.


BIBLIOGRAFÍA 1.- Política Social de Finlandia. Dirección General de Estudios. Parlamento Europeo. 1996 2.- OIT. Perfil Nacional Laboral. Nueva Zelanda. 3.- www.rtve.es 4.- www.bde.es 5.-Fundación Sol. Propuesta Modificación Sistema de Gratificaciones en Chile. 2009. 6.- www.empleo.gbo.es. 7.- www.escuelasindical.org (Historia Sindical) 8.- www.politicaspublicas.uc.cl 9.-Dirección del Trabajo. Encla 2008 10.- www.1mayo.ccoo.es 11.- www.desarrolloyparticipacion.cl 12.-Sindicatos y Negociación Colectiva. Francisca Duseillant. CEP 2008. 13.-Confederación Alemana de Sindicatos. Luis Ledesma. La Jornada Laboral en Alemania. 14.-Los Riesgos de la Reforma Laboral. Harald Beyer. 1999. 15.-Gonzalo Durán (2011)negociación Colectiva y Distribución del Ingreso.


Anexo Cuadro Resumen Legislación Comparada. PAÍS

Estados Unidos

Finlandia

JORNADA

REMUNERACIÓN

SINDICALIZACIÓN

NEGOCIACIÓN COLECTIVA

En los Estados Unidos las horas de trabajo están fijadas por las normas patronales, por acuerdo individual entre patronos y empleados, o por convenio colectivo entre patronos y sindicatos. Un empleado amparado por las disposiciones de la FLSA sobre horas adicionales suele tener derecho a una remuneración no inferior al tiempo y medio (1,5) de su salario regular por todas las horas trabajadas en exceso de 40 horas a la semana. La tarea de velar por el cumplimiento de las disposiciones federales respecto al salario mínimo recae sobre la WHD, o sobre los empleados a través del ejercicio de una demanda privada.

En los Estados Unidos los salarios mínimos se fijan por hora y a través de leyes estatales y federales. Los estados pueden establecer a su discreción salarios mínimos más altos que los previstos por la FLSA para los empleados a los que se aplica la ley. Los salarios mínimos establecidos por la FLSA no pueden reducirse por convenio derivado de negociación colectiva o acuerdo individual. El salario mínimo se ajusta a intervalos irregulares por legislación, previa consulta con las partes interesadas en el proceso legislativo. La tarea de velar por el cumplimiento de las disposiciones federales respecto al salario mínimo recae sobre la WHD, o sobre los empleados a través del ejercicio de una demanda privada.

La tasa de sindicalización en Estados Unidos Asciende al 11.9% sobre una fuerza laboral de 153 millones de personas. La organización colectiva ha implicado que, a juicio de la OIT, la fuerza de trabajo de este país, presente los mejores estándares de educación, alto grado de productividad, flexibilidad y movilidad.

Si bien el gobierno regula determinadas condiciones de empleo, como salarios mínimos, seguridad y salud en el trabajo, pensiones y prácticas de contratación, el método principal para establecer las condiciones generales de trabajo de los trabajadores sindicalizados es la negociación colectiva. Las negociaciones suelen ser descentralizadas y tener por objeto una sola fábrica, empresa o región, si bien en algunos casos pueden abarcar grandes sectores de toda una industria. Por regla general, los miembros del sindicato o sus representantes tienen la última palabra en cuanto a la ratificación de convenios colectivos negociados, ya que en la mayor parte de las constituciones sindicales se exige que los miembros voten su aprobación antes de que puedan firmarse los convenios.

En los Estados Unidos las vacaciones y los días feriados se establecen por las normas patronales, por negociación individual entre patronos y empleados o por negociación colectiva entre patronos y sindicatos. De conformidad con la ley, el tiempo de trabajo en Finlandia no

El mercado de trabajo registró el período más prolongado de crecimiento ininterrumpido del empleo en los 68 años que se han mantenido estadísticas laborales mensuales. Entre agosto de 2003 y diciembre de 2007, los Estados Unidos tuvieron 52 meses consecutivos de crecimiento del empleo, hasta alcanzar un total de más de 8 millones de empleos. El ingreso disponible real per cápita ha aumentado 12,7 por ciento desde enero de 2001.

La función de la legislación laboral en materia de

Desde la década de los años 60 la afiliación sindical ha aumentado

En Finlandia, y en general en los países nórdicos, la legislación


PAÍS

JORNADA

REMUNERACIÓN

SINDICALIZACIÓN

NEGOCIACIÓN COLECTIVA

puede ser superior a ocho horas al día y cuarenta horas por semana. No obstante, estas cifras constituyen sólo un punto de referencia ya que, mediante convenio colectivo, se pueden acordar normativas específicas para los diferentes sectores, de conformidad con la Ley de flexibilidad de 1989. Además, los empleados están obligados a tomarse un período de descanso ininterrumpido de al menos 30 horas y, para aquellos que trabajan más de 7 horas, una pausa diaria de al menos una hora durante la cual pueden abandonar el lugar de trabajo. De acuerdo con las reformas de 1981, el permiso anual mínimo es de cinco semanas al año para todos los empleados con más de un año de antigüedad. Cuando un empleado accede a un puesto de trabajo tiene derecho a cuatro semanas. Algunos convenios colectivos prevén seis semanas.

remuneración laboral es de segundo orden ya que el sistema de negociación colectiva regula la fijación de los salarios, incluidos los salarios mínimos. Finlandia no dispone de un sistema global de salario mínimo reglamentario propiamente dicho. No obstante, las tarifas fijadas en los principales convenios colectivos se aplican generalmente dentro de los sectores correspondientes y constituyen niveles mínimos efectivos para los miembros de los sindicatos firmantes y para los no miembros. Estas escalas sectoriales pueden variar considerablemente y con frecuencia incluyen suplementos por antigüedad y cualificaciones adicionales

rápidamente. En 1994, aproximadamente el 90% de los trabajadores finlandeses pertenecían a un sindicato (en esta cifra se incluyen también jubilados, estudiantes y los miembros que no cotizan). Se trataba de uno de los niveles más elevados de la UE junto con Dinamarca y Suecia. La sindicación en Francia, Italia y Alemania ascendía, respectivamente, a 11%, 66% y 42%. Hoy día, a pesar de las bajas generalizadas en las tasas de participación, en Finlandia se mantiene en alrededor del 67%. Los sindicatos más importantes se ubican en los que representan a trabajadores del metal, personal municipal, empleados estatales y trabajadores de la construcción, agrupados en la SAK (Organización Central de Sindicatos Finlandeses). Existen dos grupos sindicales de empleados organizados más por profesiones que por sectores industriales. La STTK (Confederación Finlandesa de Empleados Asalariados) está formada por 28 sindicatos miembros y tiene aproximadamente 600.000 miembros. La

laboral se ha ido desarrollando a través de la cooperación entre los agentes del mercado de trabajo y el gobierno. El Parlamento apenas ha participado en la actividad cotidiana del mercado de trabajo, pero la legislación se ha ido elaborando sobre la base de propuestas conjuntas emanadas del sector empresarial y del de los asalariados. Tras la Segunda Guerra Mundial, los convenios colectivos desempeñaron un importante papel a la hora de regular la mayoría de los aspectos de los asuntos laborales, incluidos las condiciones individuales de empleo. En teoría, estos convenios son jurídicamente vinculantes sólo para los firmantes y los empleados afiliados a la federación sindical que los haya negociado. No obstante, un empresario ha de respetar los términos y las condiciones de un convenio incluso para los empleados que no pertenecen a la federación que lo ha negociado, Hoy, casi el 95% de la mano de obra está cubierta por convenios colectivos en la fijación de salarios mínimos.


PAÍS

JORNADA

REMUNERACIÓN

SINDICALIZACIÓN

NEGOCIACIÓN COLECTIVA

AKAVA (Confederación de Sindicatos de Profesionales de la Enseñanza de Finlandia) está formada por 32 sindicatos y cuenta con 320.000 miembros, fundamentalmente con formación universitaria.

Nueva Zelanda

La extensión y distribución de la jornada ordinaria y extraordinaria se deben acordar entre cada trabajador y su respectivo empleador. La semana laboral más común es de 40 horas, aunque las partes pueden acordar un número mayor o menor de horas de trabajo a la semana. En muchas profesiones no se pagan las horas extraordinarias, aunque en una serie de sectores de trabajo de baja cualificación, los convenios colectivos y los contratos laborales individuales sí que especifican que deben pagarse. Siempre que un empleado deba trabajar en uno de los 11 días festivos anuales, por ley tiene el derecho a disfrutar de un día libre remunerado en una fecha posterior.

El salario mínimo está regulado en Nueva Zelandia por el Decreto del Salario Mínimo (una normativa amparada por la Ley del Salario Mínimo de 1983). En la actualidad, el salario mínimo es diferente para los trabajadores de entre 16 y 20 años y los que tienen o son mayores de 20 años. Los trabajadores de 20 o más años de edad tienen derecho a percibir un salario mínimo bruto de 302 dólares a la semana, 7,55 dólares a la hora o 60,40 dólares al día, según sea la periodicidad del cobro. Los trabajadores con edades comprendidas entre 16 y 20 años tienen derecho a percibir 182 dólares a la semana, 4,55 dólares a la hora o 36,40 dólares al día. (2011).

En comparación con la situación internacional, la reglamentación de los sindicatos de Nueva Zelandia no es excesiva. La Ley de Sindicatos de 1908 determina la base legal de los sindicatos. Asimismo, en varias disposiciones de la Ley de Relaciones Laborales se recoge el sencillo proceso para la inscripción y la actividad de los sindicatos, que incluyen secciones relativas a la obligación de los sindicatos que llevar un registro anual de sus miembros; cuándo una sociedad tiene derecho a inscribirse como sindicato; cómo puede inscribirse una sociedad; y las circunstancias en las cuales puede invalidarse la inscripción de un sindicato. Quizás la característica más notable de estas disposiciones sea que para poder inscribirse como sindicato, una sociedad debe ser independiente y estar constituida y funcionar

Las negociaciones colectivas pueden tener lugar a cualquier nivel del mercado laboral, ya sea a escala nacional, de industria, de empleadores múltiples, de empresa específica y de empresa. Por ley, un convenio colectivo puede vincular un mínimo de hasta dos trabajadores. La Ley de Relaciones Laborales promulgó por primera vez el deber legal de negociar de buena fe. Este deber es aplicable a sindicatos y a empleadores durante la negociación de un convenio colectivo. Una negociación colectiva comienza con la emisión de un comunicado por uno o más sindicatos o uno o más empleadores. Aunque el deber de negociar de buena fe implica el cumplimiento de ciertos requisitos mínimos (como la obligación de reunirse y considerar y responder a las propuestas hechas por cada parte), este deber


PAÍS

Alemania

JORNADA

La jornada normalmente se anualiza sea que las empresas se encuentren o no sujetas a convenios sectoriales. en empresas en que rigen convenios colectivos el promedio anual de horas de trabajo es, aproximadamente 1.656 horas (52 semanas menos 6 semanas de vacaciones en aquellos convenios que establecen 36 horas semanales), el máximo permitido por la nueva ley es de

REMUNERACIÓN

Los salarios más altos en Alemania se encuentran en el sector industrial (farmacéutico, bancario, aeronáutico, automovilístico, médico, entre otros), cuyos trabajadores perciben un salario que fluctúa entre los 40,000 y 45,000 euros anuales. En segundo lugar, los sectores ligados a los medios de comunicación, construcción, turismo y tecnologías de la información ofrecen

SINDICALIZACIÓN

NEGOCIACIÓN COLECTIVA

desligada de cualquier empleador. Los sindicatos pueden representar los intereses colectivos de sus miembros y sus intereses individuales. El número mínimo de miembros necesario para formar un sindicato es de 15. La tasa de sindicalización bordea el 20.8%

no obliga a llegar a un acuerdo en ningún punto particular o a la firma de un convenio colectivo. No se contempla la participación de un árbitro en los casos en los que las partes no sean capaces de llegar a un convenio colectivo, aunque puede recurrirse a servicios de mediación. Los empleadores y los empleados tienen derecho a recurrir a sanciones económicas (huelgas y cierres patronales) para defender sus peticiones. Los acuerdos colectivos pueden incluir cualquier cuestión acordada por las partes, siempre que no sean ilícitas o vayan contra la Ley de Relaciones Laborales.

La tasa general de afiliación sindical en Alemania, asciende al 19.1%.

Los ámbitos de aplicación y de competencia de los dos instrumentos centrales de regularización político-social, la ley y el convenio colectivo, no siempre están perfectamente delimitados. En muchos casos, las estipulaciones del convenio han sentado las bases de normativas legales generales. En la actualidad se observa la siguiente distribución:

Sin embargo, la participación de los trabajadores en las decisiones del mundo del trabajo, se da también a través de los Comités de Empresa, los cuales en varios sectores implican la participación del trabajador en las decisiones industriales y comerciales de la empresa.

.-los ámbitos seguridad

de la social


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2.304 horas anuales (52 semanas menos 4 de vacaciones por 48 horas semanales).

sueldos un poco más bajos de los que hemos mencionado líneas arriba, pues bordean los 35,000 euros anuales. Los salarios referidos se incrementan según la experiencia del trabajador. El salario mínimo en Alemania, no existe, pero el promedio de los salarios más bajos en este país es de aproximadamente 1150 euros al mes. La media anual equivale a 41,691 euros, a esto se le debe descontar un 25% por pago de impuestos. En Alemania es muy importante la calificación basada en la experiencia del trabajador. Según datos de la consultora Pay-Scale, el salario promedio en Alemania, para tres trabajadores con experiencia máxima de un año es de 36,554 euros anuales, mientras que para aquellos con experiencia entre 4 y 9 años alcanza los 49,490 euros anuales. Es importante mencionar que los salarios en Alemania varían también según el tamaño de la empresa u organización donde se desempeñe el trabajador. Es decir, las grandes compañías

SINDICALIZACIÓN

NEGOCIACIÓN COLECTIVA (enfermedad, jubilación, incapacidad laboral, desempleo)se regulan generalmente mediante leyes; .- los estándares básicos de las relaciones laborales y las condiciones de trabajo se fijan mayoritariamente por ley (plazos de despido, horario laboral, vacaciones, seguridad e higiene), pero en casi todas las áreas de estas normativas existen normas establecidas mediante convenios que suelen mejorar las condiciones mínimas .-las condiciones laborales y salariales más inmediatas las regula exclusivamente la negociación colectiva. Los sindicatos y la patronal ejercen también la función configuradora y de desarrollo del Estado social e influyen en la elaboración de leyes y en su implementación. También tienen funciones definidas en el ámbito de la formación profesional, lo que deriva en un denso entramado de contactos, conversaciones y colaboración formal e informal entre los agentes sociales en numerosos campos políticos, con


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SINDICALIZACIÓN

ofrecen mejores salarios que las pequeñas. Un trabajador de una empresa de más de 1000 trabajadores puede percibir un salario anual equivalente a 42,000 euros anuales, mientras que un trabajador de una empresa de 10 trabajadores puede percibir solo 35,000 euros anuales.

España

La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas (40) semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Mediante convenio colectivo, o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular

Finalmente, los salarios también dependen de la zona geográfica de Alemania. Por ejemplos, los mejores salarios están en las regiones de Baja Sajonia, Hesse, Bremen, Hamburgo, Baden-Wurtemberg y Babiera. Los peores salarios se encuentran en las regiones de Länder-Berlin, Brandeburgo, MecklemburgoPomerania Occidental, Sajonia, Sajonia-Anhalt y Turingia. En España, el salario mínimo interprofesional (SMI) fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros. El valor que toma el

NEGOCIACIÓN COLECTIVA repercusión, al menos indirecta, en la negociación colectiva. “Destacó hoy la capacidad de Alemania para crear empleo gracias al diálogo social, a pesar de la crisis económica y financiera mundial; subrayó los esfuerzos que hicieron las empresas para no despedir a trabajadores, así como la capacidad de patronal y empleados para hacer concesiones. "Ambas partes estuvieron dispuestas a asumir ciertas pérdidas, como una reducción de ingresos, el descenso de los salarios, el aumento del horario laboral",(Merkel, 100a Conferencia Internacional del Trabajo).

La tasa de sindicalización asciende en España al 14.3% de la fuerza laboral. Esta tasa promedio se compone en forma variada desde un 27% de afiliación en el sector metalúrgico minero, hasta un 2.9% en el sector agroalimentario, bordeando la mayor parte de los sectores, el

En España, las materias de negociación colectiva son amplias; es el caso de suspensiones colectivas de los contratos de trabajo, despidos colectivos o modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Esta extensión del campo de la negociación colectiva concierne


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REMUNERACIÓN

de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en esta Ley. Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas. Los trabajadores menores de dieciocho años no podrán realizar más de ocho horas diarias de trabajo efectivo, incluyendo, en su caso, el tiempo dedicado a la formación y, si trabajasen para varios empleadores, las horas realizadas con cada uno de ellos. El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquélla.

SMI se fija cada año por el Gobierno, mediante la publicación de un Real Decreto (hoy 641E). Y para la determinación del mismo se tienen en cuenta factores como el IPC, la productividad media nacional alcanzada o el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional. La cuantía se fija en salario/día y salario/mes y en el caso de empleados de hogar se fija también en salario/hora. El modelo salarial que se ha desarrollado en España a lo largo de los últimos años en el ámbito de la negociación colectiva se encuentra claramente delimitado por los distintos ANCs (Acuerdos Interconfederales de Negociación Colectiva), suscritos por los agentes sociales entre 2002 y 20084. La negociación salarial entre los agentes sociales se ha caracterizado por una marcada moderación salarial, en la que se toma como referencia principal la previsión de inflación del Gobierno del año, que desde el año 2002 se ha mantenido un crecimiento constante del 2%, siguiendo el

SINDICALIZACIÓN 10% de afiliación. El perfil del trabajador sindicado responde al del trabajador industrial, varón, con contrato indefinido, con una antigüedad elevada y ocupado en tareas de baja-media cualificación. Esto es en líneas generales, puesto que también encontramos algunas ramas del sector servicios con niveles de afiliación importantes como son administración pública, servicios financieros, comercio hostelería y turismo, sanidad y comunicaciones. Dicho perfil y al correlativa mutación de dichas características en el sistema productivo, pueden ser una de las causas de la progresiva baja en las tasas de afiliación. Actualmente, en España hay dos sindicatos de clase que representan el 75,8% de la afiliación sindical y el resto se reparte entre sindicatos de funcionarios (CSIF), sindicatos nacionalistas (Galicia y País Vasco), algún sindicato de clase menor (CGT) y otros de corte corporativo (Sepla, Médicos, Controladores Aéreos, etc.). Las razones que empujan a las personas a afiliarse en CCOO y en

NEGOCIACIÓN COLECTIVA exclusivamente a la negociación colectiva desarrollada en el ámbito de la empresa. Las funciones que, a juicio del Profesor Saludas Trigo (2009) cumple la negociación en sus diferentes niveles, son las siguientes: Igualatoria Si el contrato de trabajo es fuente de desigualdad, el convenio colectivo sirve para llevar a cabo una homogenización de las condiciones de trabajo, estableciendo unos mínimos que son los mismos para todos los trabajadores de la empresa, en función de su calidad profesional. La norma estatal también tiene esa finalidad igualatoria, pero lo cierto es que cada vez más esta última va limitándose a diseñar un marco de orden público laboral dejando en la sustancial el equilibrio de poderes de la negociación colectiva. Flexibilizadora Es el fruto de un cambio de orientación en la política jurídico-laboral en el sentido de potenciar la negociación colectiva como un elemento de flexibilidad, de adaptación de las condiciones legalmente


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REMUNERACIÓN objetivo del BCE en términos de inflación. Asimismo, también se pueden establecer crecimientos salariales superiores a la previsión de la inflación, siempre que no se sobrepase el incremento anual de la productividad por trabajador, a lo que se añade igualmente, la posibilidad de revisar el incremento salarial fijado, a través de la incorporación de cláusulas de garantía o salvaguarda salarial en los convenios colectivos.

SINDICALIZACIÓN no otros son expuestas continuación.

las a

NEGOCIACIÓN COLECTIVA fijadas a las exigencias de competitividad y flexibilidad de las organizaciones empresariales. Democratizadora Cuando el trabajo se regula a través de la legislación que emana de los poderes públicos o cuando lo regula unilateralmente el empresario, los trabajadores no participan en la toma de decisiones. Mediante la negociación colectiva se produce una intervención por el trabajador por cuenta ajean a través de sus representantes, que defienden sus intereses en la determinación de las condiciones de trabajo. De mercado En este sentido la negociación colectiva constituye un instrumento de autorregulación y de normalización del mercado de trabajo. Se considera la negociación colectiva como un instrumento idóneo para la gestión consensuada para el mercado de trabajo o como un mecanismo de regulación de la economía de mercado y de la política económica. En

este

sentido

la


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SINDICALIZACIÓN

NEGOCIACIÓN COLECTIVA negociación colectiva sirve no sólo de mecanismo de mejora de las condiciones mínimas establecidas por el sistema legal, sino también como instrumento de la modernización de la organización del trabajo en la empresa para adaptarla a las condiciones de competencia. No se trata ya sólo de favorecer la creación de empleo, sino también de mejorar la competitividad de la empresa. En esta dirección la negociación colectiva y sus instrumentos jurídicos fundamentales, es decir el convenio colectivo y los acuerdos de la empresa tratan de conciliar ambas funciones pero bajo el predominio de la función económica dirigida a adaptar la regulación jurídica de la relaciones laborales a las exigencias de flexibilidad necesaria para la competitividad de las empresas. De autogobierno, de ordenación de las relaciones laborales Puede ser también un instrumento de autogobierno en los sistemas de relaciones laborales, una red de reglas por medio de las cuales los interlocutores sociales,


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NEGOCIACIÓN COLECTIVA establecen los términos de sus mutuas relaciones. Pacificadora La negociación colectiva ha reducido en los países desarrollados las consecuencias más dramáticas de la lucha de clases, a unas modalidades que han permitido aprovechar todas las potencialidades de la organización del proceso de trabajo y que han supuesto una mejora sistemática de las condiciones de trabajo debida a los trabajadores. La negociación colectiva proporciona una solución pacífica al conflicto. Pero no hace desaparecer el conflicto lo hace menos frecuente, reduce su trascendencia y facilita su resolución.


Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 14. La madre de todas las batallas: asegurar el acceso a una educación de calidad integral

¿Política de primera infancia y educación inicial: integralidad o sectorialidad? Paula Bedregal1

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Profesora Auxiliar de Salud Pública de la Pontificia Universidad Católica de Chile

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¿Qué es la infancia temprana o primera infancia? La infancia temprana se suele definir como el período de la vida que va entre el nacimiento y los 8 años aproximadamente, momento en que los niños/as ya se encuentran en el sistema de educación formal escolar o en ambiente escolar (IIN, 2007). Esta definición de infancia temprana se basa en la oferta y uso de servicios por este grupo de población, más que en criterios de desarrollo humano. Esta distinción es importante, pues para el caso chileno, utilizando esa definición, nos encontramos con que este período comprendería entre el período de recién nacido (que llamaré momento 1) y los 4 años de edad; momento en que un número creciente de niños/as ingresa a establecimientos escolares para realizar su pre-kínder y kínder. Este grupo de niños/as en escolarización inicial, podríamos decir que se encuentra en un período de transición desde la infancia temprana a la niñez, siendo un aspecto central de su quehacer, la adaptación a las demandas del sistema escolar. Si miramos la infancia temprana desde una perspectiva del desarrollo, probablemente podríamos concluir que más que un período, es un conjunto de períodos con etapas imprecisas, en que, los diversos ámbitos del desarrollo (social, cognoscitivo, motriz, emocional) se despliegan de manera progresiva pero no lineal, en que cada período previo asienta al otro. Es así como, desde una perspectiva de desarrollo, pero de implicancias para la política pública, no es posible hablar del momento 1 como el inicio de la infancia sino más bien hablar del momento 0, que se inicia en el período periconcepcional y termina con el nacimiento. Esto por que las evidencias científicas actuales han mostrado que determina fuertemente las trayectorias futuras de desarrollo de ese niño/a en particular, pero también de la futura generación, como lo explicaremos más adelante. En la actualidad se reconoce que durante los primeros años de vida ocurre un rápido crecimiento y desarrollo en todo los dominios, los que proveen de las bases para el desarrollo y aprendizaje futuro (Shonkoff & Phillips 2000). Los niños que viven en condiciones de deprivación o de alto riesgo biopsicosocial pueden afectar la maduración del sistema nervioso central, lo que puede llevar a cambios sustantivos de la estructura y funcionamiento cerebral que se demuestran en diferencias en el desempeño en el ámbito cognitivo como no cognitivo muy especialmente entre los 3 y 6 años de vida (Heckman, 2006). Estudios longitudinales han mostrado como niños en 2


condiciones de desventaja social tienen peor desempeño en la adolescencia y en la adultez tanto en el ámbito académico, conductual y laboral. (Heckman & Masterov, 2007). Como explicaremos más adelante, el desbalance entre exposiciones a situaciones de riesgo y protectoras del desarrollo se asocia a peor salud, en particular a mayor frecuencia de enfermedades crónicas del adulto (cardiovasculares, mentales y metabólicas entre otras) (Shonkoff, 2009). Desde el punto de vista económico se sostiene a partir de múltiples estudios, que las intervenciones tempranas en desarrollo son de las pocas que son a su vez eficientes y equitativas, ya que reducen desigualdades y a su vez incrementaran la productividad de la sociedad (Heckman 2006; Cunha et al. 2010). Por el contrario, intervenciones más tardías tienen que dar cuenta de los déficits existentes causados por las desventajas tempranas, lo que hace más difíciles las intervenciones, de mayor costo y menos efectivas. Es claro que las habilidades adquiridas en etapas tempranas del desarrollo permite la adquisición de otras en etapas posteriores, por lo que la inversión en intervenciones en etapas tempranas sumadas con intervenciones posteriores de calidad, permite potenciación del efecto de las primeras y por lo tanto se tornan más productiva (efecto de complementariedad y potenciación) (Cunha, 2005). De este modo, no cabe duda que la inversión en intervenciones para la promoción del desarrollo desde etapas son relevantes y de prioridad para la política pública. Dicho esto, un primer punto de discusión a resolver para estructurar adecuadamente la política, se relaciona con la comprensión de la infancia temprana, cuando se inicia y cuando termina. Este punto es crítico como un elemento básico para estimar poblaciones sobre las que diseñar políticas específicas y programas. Desde una concepción de desarrollo y con un enfoque transgeneracional y de eficiencia poblacional, este período se inicia en la etapa periconcepcional, y por lo tanto son tres las poblaciones sobre las que hay que articular oferta de políticas y programas públicos: a. Los niños/as desde la etapa intrauterina. b. La población en edad fértil como potenciales padres y madres. c. La familia. ¿Política sectorial o política intersectorial? El objetivo de una política de infancia temprana no puede ser otra que la supervivencia, el crecimiento y el desarrollo de los niños. Estos tres procesos, sabemos que son interdependientes

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entre sí, y que se logran por un conjunto de influencias bioecológicas (Brofenbrenner, 1979), en que el adulto es clave para su logro. Es básico para el diseño de la política entender cuales son los elementos que influyen o inciden en el desempeño o desarrollo de los niños/as pequeños en el hoy, y como estos influyen en el mañana, de manera de estructurar el contenido político, con miras a, como señalan Engle y cols (2007) y Grantham-McGregor et al (2007), el que los programas con enfoque en desarrollo infantil temprano reduzcan los efectos de la pobreza y reduzcan las desigualdades económicas en el mundo. Si analizamos en profundidad cuales son los aspectos que determinan el desarrollo biopsicosocial futuro de los niños/as nos encontramos (tabla1) que, al margen de la carga genética que cada individuo tenga, es el medio ambiente físico-psicológico y cultural, el que determinará sus trayectorias. Es decir, sobre el plan de maduración genética que determina ciertas etapas o logros a alcanzar comunes para la especie se imprimen ciertas peculiaridades (como lo son marcadores genéticos de enfermedades), a los que se le suma el “plan medioambiental” que afecta por una parte la carga genética (expresión o no de ésta) y por otra parte determina las oportunidades de aprendizaje y bienestar. (Tabla 1) Los avances en el estudio del desarrollo y de las enfermedades desde una perspectiva biológica, nos está entregando información clave que muestra que no hay una determinación a priori dada por la genética sino que, en la mayoría de los aspectos es el medioambiente el que modifica la expresión genética mediante los llamados procesos epigenéticos. Lo interesante es que estas modificaciones epigenéticas son heredables y se modifican dinámicamente a lo largo de la vida. Las modificaciones epigenéticas del ADN, se producen por al menos por tres mecanismos moleculares: metilación del ADN, modificaciones en las histonas del ADN y por ARNs pequeños no codificados; que significa esto, que en la estructura primaria del ADN se producen modificaciones que no cambian la secuencia de sus bases (código genético) pero que sí determinan que estas se expresen (Bedregal et al, 2011). Hasta la fecha sabemos que las mutaciones epigenéticas son 100 veces más frecuentes que las mutaciones genéticas y que existen períodos y tejidos especialmente sensibles a estas mutaciones, que aquellos de rápida división celular y remodelación. Un período crítico es el 4


momento de la concepción, y por supuesto todo el período embrionario y fetal, es decir la vida intrauterina. Otros períodos sensibles estarán determinados para cada órgano, por sus características particulares, toda vez que el desarrollo y las modificaciones se mantienen a lo largo de toda la vida (Drake & Lincoln, 2009). En el caso del sistema nervioso central, órgano fundamental en el aprendizaje, y que es uno de los sistemas reguladores del organismo humano, son críticas las modificaciones epigenéticas. Estas determinarán la expresión de enfermedades latentes (por ejemplo: esquizofrenia, trastornos vinculares, fallas en funciones psicológicas específicas como funciones ejecutivas). Al nacer, el sistema nervioso central no ha terminado su desarrollo estructural. Es así como se sabe que no es hasta la juventud (20 o más años) que se termina de asentar el desarrollo de la corteza prefrontal. Esta parte del cerebro es importante en el control de impulsos y en la autorregulación. Por lo tanto las condiciones medioambientales físicos y psicosociales influyen de manera importante en este sistema, y por lo tanto en la conducta humana, durante toda la vida, pero con velocidades de cambio mayores en las primeras etapas del desarrollo (momento 0 hasta la juventud)(OCDE, 2009). Todos estos antecedentes colocan en relieve la importancia de los contextos de interacción física y biopsicosocial. La política en este marco es una intervención medioambiental que permitirá o no permitirá la expresión de las fortalezas y/o debilidades de cada persona, y que por lo tanto serán la base de las desigualdades sociales. Dicho esto, una política de infancia no puede ser pensada desde un sector. Esta aproximación, con el nivel de conocimiento actual, es inadecuada. Esto no excluye una mirada sectorial, pero ésta no puede sino comprender sus resultados en virtud de la concreción de un conjunto de políticas armónicamente diseñadas para interactuar y potenciarse entre sí. De hecho, la política medioambiental influye por ejemplo en la exposición a tóxicos desde el período prenatal y ésta puede determinar daños que impidan un desempeño adecuado en el ámbito escolar de un conjunto importante de niños/as, con las consecuencias futuras que esto implica. En esta línea es posible identificar sectores que por su naturaleza y tradición intervienen directamente sobre los niños/as pequeños/as y sus familias. Tradicionalmente este ha sido el sector salud y educación, pero la evidencia también apunta a trabajo, justicia y últimamente medio ambiente. Sin embargo, los otros sectores de política también influyen pero indirectamente 5


en los logros de la política de infancia como por ejemplo la política fiscal, la política de transporte entre otras. En la actualidad, tomando el modelo de salud que habla de políticas saludables2, se ha generando un movimiento que, amparado en a Convención Internacional de los Derechos del Niño/a (CIDN), busca el que toda política ponga en consideración la situación de los niños/as. Esta distinción es importante, pues en el diseño de una política general de infancia, intersectorial, parece deseable que sólo algunos sectores se involucren directamente, dada su naturaleza; pero los otros deben tener a la infancia temprana en consideración. Esto último por un tema ético (aquellos que no opinan) y por un tema económico (son el futuro de la sostenibilidad de un país: más sanos, mejor desarrollados con el despliegue de las potenciales de cada uno, mejor!). Por lo tanto, en el diseño global de la política de infancia temprana o primera infancia, el énfasis sistémico y ecológico, y de derechos y responsabilidades es clave; esto implica que las políticas sectoriales se transforman en un conjunto de intervenciones que posibilitan objetivos que las sobrepasan, que deben ser miradas en una perspectiva temporal. Por ejemplo, si nos situamos en una línea de tiempo entendiendo la infancia temprana desde el momento 0, la formación de los niños/as, adolescentes y jóvenes en salud reproductiva y en corresponsabilidad familiar, es un pilar básico para lograr un desarrollo normal. En Chile nos encontramos algunas cifras preocupantes, en madres de niños entre 30 y 48 meses que se atienden en el sector público de salud, sólo el 33% fue un embarazo planificado por ambos padres (Bedregal, Hernández et al, 2012). Un ejemplo sobre este punto es que hay evidencia contundente que señala que un hombre fumador daña la calidad de la producción de sus espermatozoides (los que demoran en producirse entre 65 y 72 horas en los humanos), esto implica si no hay responsabilidad peri-concepcional, hay riesgo de daño en la descendencia la que se asocia a bajo peso al nacer (que a su vez se correlaciona con problemas de salud como: la obesidad y cáncer, pero también de desempeño psicosocial. 2

En salud, en la actualidad se trabaja en la elaboración de políticas, con el concepto de políticas saludables, en una línea de promoción de la salud, es claro que el impacto de todos los sectores influye en la carga de enfermedad de los países. Por lo tanto, más que una política global de salud (como es el caso de infancia), se trata de una política sectorial de salud pero con políticas saludables (el resto). Esto implica incorporar en la evaluación de éstas, el impacto en carga de enfermedad, también. En primera infancia, como el foco de la política es un grupo de población y no un resultado (como es el caso de salud), es posible plantear una política global de infancia con la concurrencia de múltiples sectores, y consideraciones de políticas amigas de la infancia temprana para el resto.

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Otro punto relevante es el enfoque prioritario de la política: promoción o prevención. Si el enfoque de la política es de promoción del desarrollo, el momento 0 es fundamental, pues su énfasis está puesto en el despliegue de potencialidades, las que suelen ser diferentes, por lo tanto se abre un espacio para la diferencia, desde la promoción. Una política de infancia de carácter promocional del desarrollo humano también se sitúa en una perspectiva de derechos y responsabilidades. Toda vez que el favorecer el desarrollo es comprendido como un derecho universal, para todos y de todos. El énfasis se coloca en potenciar las fortalezas y reducir riesgos, respetando a la diversidad social y cultural. Un marco clave para la estructuración de la política bajo esta perspectiva es la Convención de los Derechos de los niños, y en este grupo en particular, la Observación General N°7 (2005) que especifica la realización de derechos y responsabilidades en la primera infancia. Si el enfoque es de prevención primaria (evitar riesgos) y secundaria (diagnosticar precozmente y tratar la condición de desarrollo), el énfasis estará en etapas posteriores de la vida del niño/a, el enfoque de derechos se reduce, y las estrategias serán menos de carácter universal y más particulares. Un énfasis de esta naturaleza, no reconoce el derecho al desarrollo y por lo tanto las responsabilidades del Estado y sociedad en su conjunto respecto de éste. En un contexto de política intersectorial de primera infancia, con un enfoque de derechos y responsabilidades, la educación inicial corresponde a un subconjunto que debe estar articulado con otras políticas para lograr el objetivo que propone. La educación inicial, en un contexto en que se enfatice la promoción del desarrollo y por tanto los derechos humanos, se entiende como un derecho universal. Si por el contrario se sitúa desde una perspectiva de mitigación de daños o sólo reducción de riesgos futuros, nos encontramos con que su universalidad pierde sentido, y posiblemente las estrategias de focalización serían las adecuadas3. Esta discusión es clave para armonizar políticas e identificar los objetivos de cada una y en su conjunto. En Chile, hubo un avance importante en esta materia con la creación del Subsistema de Protección Social, Chile Crece Contigo (inicio de instalación en 2007, y promulgación de la Ley en 2009). Esta política recoge el carácter sistémico, la intersectorialidad y en parte el momento 0 (se 3

Universalizar un derecho no implica no focalizar. La distinción está puesta en diferencias un enfoque basado en necesidades de otro basado en derechos, en que el derecho está por sobre la necesidad. La necesidad se transforma en un derecho en cuanto universales y obligatorias.(Flacso Argentina, 2009)

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asume desde el período prenatal, pero no incorpora la corresponsabilidad familiar y la educación en salud sexual y reproductiva de los futuros padres). Si bien se basó en los derechos de los niños/as expresados en la Convención, la concreción de éstos en la implementación no se declara y explicita operativamente. Si bien, por un viabilidad de la implementación y por considerar el período prenatal, se situó el eje del sistema en el sector salud, los otros sectores que contribuyen de manera importante al logro de la política no tuvieron la misma fuerza, y se visualizaron como prestaciones de apoyo (esa es la situación de la educación inicial de acuerdo a la Ley). Esta pérdida de fuerza y no concretizar que el éxito de un sector posibilita el éxito de otro, y que los sectores se deben coordinar para su logro, ha hecho que la propuesta intersectorial inicial, en la práctica sea compleja de implementar. Dicho lo anterior, la discusión sobre el papel de cada sector en una política intersectorial de infancia temprana, es clave, tanto desde el punto de vista discursivo (rol que debería tener, como entra en la línea de tiempo, con que políticas específicas, con qué enfoque), como también en la institucionalidad que se le de al sistema y a cada sector. Obviamente, no es lo mismo pensar la institucionalidad (por ejemplo de educación inicial) en el contexto de una Política Global de Infancia, que como política sectorial, que es lo que como país hemos hecho principalmente. Un ejemplo claro, es como se piensa el presupuesto y como se evalúan los logros de uno u otro sector. En este sentido, la lógica obliga a pensar en un rediseño global, más allá del rediseño que se pudiera imaginar por ejemplo en la institucionalidad de educación inicial, mirado sólo desde el sector educación. Las evidencias internacionales, como señalamos apuntan a integrar, pero no presentan un análisis sobre la institucionalidad que mejor favorezca la integración. Es interesante notar por ejemplo como los investigadores se han situado en el análisis de los efectos a corto y largo plazo de intervenciones en infancia temprana, sin describir contextos políticos-estructurales que posibiliten aquello. La tabla 2 muestra los resultados a partir de estudios meta-analíticos, en que observamos que el tamaño del efecto es mayor si son programas/políticas mixto/as. (Tabla 2) Las Observaciones Generales número 7 de la Convención de los Derechos de los Niños como marco organizador de la política.

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Para estructurar la política global de infancia me parece fundamental considerar como eje ordenador los principios generales de derechos y responsabilidades, relacionados con la primera infancia, expuestos en las observaciones generales número 7 (en adelante OG7) (2005) de Naciones Unidades y que nos recuerda que las respuestas sociales para este grupo de edad deben siempre considerar el interés superior del niño. Las OG7 establecen que la primera infancia el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo sólo se pueden realizar de manera integral asegurando el derecho a la salud, nutrición adecuada, seguridad social, un nivel adecuado de vida, un entorno saludable, educación y el juego. Esto se logra respetando las responsabilidades de padres y ofreciendo acceso a servicios de calidad. Este principio está muy vinculado al conocimiento científico disponible, del cual algo ya hemos comentado. Otro principio básico aplicado a los niños pequeños, es el derecho a la no discriminación, que en los niños/as pequeños se puede manifestar como maltrato, abuso, negligencia, no favorecer acceso a servicios básicos, la segregación de grupos por condiciones de salud (por ejemplo infección con VIH), por su origen cultural o étnico, por su sexo, por su relación con su familia de origen (por ejemplo los niños/as adoptados por familia o en custodia). Adicionalmente, el buscar mecanismos que permitan la expresión de opiniones y sentimientos de los niños/as es fundamental como derecho, el que se fundamenta en el ejercicio de las capacidades del niño/as y que potencia además el aprendizaje de mecanismos de autorregulación emocional y cognitiva (sobre los que nos referiremos más adelante). El papel de los adultos es especialmente tratado para este grupo de edad, ya que son los garantes de la realización de estos derechos. La familia, en este contexto, cobra un papel fundamental, como posibilitador de éstos, bajo el principio de “evolución de las facultades de los niños”. Esto implica darle relevancia al conocimiento y adquisición de habilidades por parte de las familias para apoyar los procesos de desarrollo de sus hijos, como aspecto clave para la promoción del derecho al desarrollo. La OG7 reconoce la variabilidad en la estructura familiar, las funciones parentales y las estructuras para la crianza de los niños, pero también señala la importancia para el niño/a (basada en el conocimiento científico), de contar con relaciones estables, sensibles y cariñosas; y a su vez declara que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta

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crianza y desarrollo del niño (“cuidadores en pie de igualdad”, lo que se puede traducir en corresponsabilidad). La OG7 reconoce a la primera infancia como el período en que las responsabilidades parentales (o de cuidadores/tutores) son más amplias e intensas con relación al bienestar del niño/a, por lo que la realización de la CIDN dependerá en gran medida del bienestar y los recursos con que cuenten para realizar la función de cuidado. En este punto la OG7 establece que es necesario proveer de servicios para las familias, los que van al menos desde el embarazo. La provisión de servicios, mirada desde la OG7 implica estrategias multisectoriales, basadas en derechos, con enfoque sistémico e integrado en la elaboración de políticas y cuerpos legales. Implica servicios culturalmente pertinentes, respetuosos del papel de la familia y que cuenten con su participación. Esto implica contar con personal técnico y profesional capacitado para comprender las peculiaridades de la primera infancia, sus derechos y responsabilidades, y del trabajo con familias. La garantía de acceso a servicios parte por la concreción de un derecho básico que es el registro de nacimiento, el derecho a beneficiarse de una seguridad social, el de acceso a salud y educación. Con relación a educación inicial, la OG7 enfatiza que este derecho comienza desde el nacimiento y está estrechamente ligado al derecho del niño pequeño al máximo desarrollo (art.2). La concreción de este derecho parte de las familias (en las que se debería promover el apoyo para ejercer este papel y su participación en el diseño de políticas y programas específicos). El tipo de programa específico dependerá de las evidencias científicas y de los contextos propios de cada país. Un elemento fundamental de la OG7 se relaciona con el derecho al descanso, al ocio y al juego. El comité es claro es explicitar la importancia del juego, de proveer de espacios adecuados para el juego libre y también como herramienta de aprendizaje. Finalmente la OG7 enfatiza la importancia de hacerse cargo y reconocer las causas de situaciones extremas en la primera infancia: abuso y negligencia, los niños sin familia, aquellos refugiados, los que presentan discapacidad, los expuestos a trabajo peligroso, el uso temprano de sustancias ilícitas incluso aquellas lícitas (desde el período perinatal), abuso y explotación sexual, venta, trata y secuestro de niños.

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Este breve recorrido por la OG7 me permite enfatizar y fundamentar la importancia de una política global de infancia, junto con políticas sectoriales y aquellas otras amigas de la primera infancia, basadas en los derechos y las responsabilidades que la Convención promueve. Entre las políticas sectoriales claves para la política global, se encuentra la de educación inicial, sobre la que reflexionaremos desde el enfoque señalado, como subsector y como un derecho. La educación inicial en el contexto internacional La educación inicial es definida de diversas maneras en los países, aunque todas concuerdan que se trata de menores de 6-8 años. A modo de ejemplo, en Venezuela se comprende “como una etapa de atención integral al niño y la niña desde su gestación hasta cumplir los 6 años, o cuando ingresen al primer grado de Educación Básica, a través de la atención convencional y no convencional, con la participación de la familia y la comunidad”. (Ministerio de Educación y Deportes, coordinación nacional de cultura de Venezuela, 2007). En Argentina comprende desde los 45 días hasta los 5 años de edad, siendo el último año obligatorio. En Colombia comprende desde el nacimiento hasta los 6 años. En Estados Unidos se entiende por educación inicial desde los 0 hasta los 8 años de edad para la NAEYC (National Association for Education for Young Children); mientras que en reparticiones del Ministerio de Educación (U.S. Department of Education Institute of Education Sciences), se define como aquella que se inicia entre los 3 y 5 años y dura por 1-3 años. En Finlandia la

definición que sustenta sus políticas se refiere a la educación inicial como el proceso interactivo que se da en el hogar, centro de cuidado y prescolar, y cuyo propósito es el desarrollo de los niños entre 0 y 6 años; de modo que cuidado, educación y enseñanza, se integran en el concepto de educación inicial como una unidad funcional4. En Chile, se suele hablar de educación parvularia, concebida como aquella que se otorga desde 85 días (término del período permiso post-natal hasta el año 2011 en que cambia la Ley) hasta los 6 años de edad. Sin embargo con los cambios de la actual legislación laboral, es posible que se modifique su definición, y se sitúe desde los 6 meses de edad del niño hasta los 6 años.

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National Curriculum Guidelines on earlychild education and care in Finland (original 2003). Disponible en: http://www.thl.fi/thl-client/pdfs/267671cb-0ec0-4039-b97b-7ac6ce6b9c10

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Esto sería así, de no mediar modificaciones conceptuales más amplias como las que sustentan modelos como el finlandés, colombiano o venezolano, que basan su política en una perspectiva de derechos, y que conciben la educación como un continuo desde el período prenatal o el nacimiento hasta los 6 años o el ingreso a primero básico. Las tablas y figura 1 siguientes muestran los efectos a corto, mediano y largo plazo de la educación inicial. Sabemos que su efecto es mayor cuando se integra con otras prestaciones del área salud, nutrición y social. Son más efectivas cuando proveen de experiencias de aprendizaje directo para el niño y su familia, son programas de duración más larga (inicio temprano en la edad de los niños), son de alta calidad y de alta intensidad (Engle et al. 2007, pp. 229). Su efectividad en general, es mayor en grupos especialmente en desventaja. Sabemos también que el beneficio es claro a contar de los 24 meses de edad, y que en los más pequeños los beneficios (al compararlos con el cuidado en el hogar) son similares, siempre y cuando el cuidado en el hogar sea adecuado y estimulante. Mediante una revisión sistemática de la evidencia, Maulik & Darmstadt (2009) encontraron que entre los 0 y 3 años de vida las intervenciones más exitosas son aquellas que incorporan el juego, la lectura, la música y la estimulación táctil. Siendo el juego y la lectura compartida, las dos estrategias más eficaces y eficientes para países en desarrollo y en condiciones de desventaja social. Leroy, Gadsden & Guijarro (2011) en una revisión sistemática de estudios experimentales y cuasi-experimentales desarrollados en países de ingreso medio y bajo, encontraron 6 realizados en Latinoamérica en menores de 5 años que los que muestran que intervenciones tempranas basadas en el cuidado y educación, muestran efectos positivos al corro plazo en la salud de los niños/as entre 0 y 36 meses de edad (reducción de incidencia de diarrea e infecciones respiratorias agudas), sin embargo no se encontraron efectos concluyentes en el ámbito nutricional. En este mismo estudio, el impacto en desarrollo infantil temprano a corto plazo es consistente con los hallazgos en otras latitudes, sin embargo este efecto sólo se observa en el ámbito cognitivo y en lenguaje dependiendo del tiempo de permanencia en el programa (al menos un año); al ingreso a la escuela se observa un mejor rendimiento. (Tabla 3, Figura 2) Desde las neurociencias sabemos que el cerebro siempre privilegiará la seguridad y el equilibrio, por que esto le demanda un menor gasto energético. La seguridad para un cerebro en desarrollo viene dada por la satisfacción de necesidades básicas que son un derecho: alimentación y nutrición, abrigo, relaciones vinculares saludables y cariñosas que promuevan su cuidado, y un 12


medio ambiente tranquilo y que no ponga en riesgo su supervivencia. Estas condiciones permiten que el cerebro en desarrollo logre una estructura en cantidad (sinapsis por ejemplo) y calidad (tipo de circuitos, calidad sináptica etc.) adecuada para las tareas que van más allá de la supervivencia. Estas condiciones mínimas de no estar dadas, deterioran o hacen difícil el desempeño en programas de educación inicial, y complejizan más el desempeño futuro (escolar, por ejemplo) de no mediar cambios importantes en el medio ambiente. En principio, el cerebro en desarrollo de los niños/as pequeños tiene como motivación principal sobrevivir y protegerse, por lo que el aprendizaje y el gusto por aprender dependerán fuertemente de los refuerzos sociales positivos, los que deben ser tempranos y permanentes. La falta de refuerzos sociales determinará (como se sabe) el que con posterioridad, el aprendizaje estructurado (por ejemplo) no le sea interesante. De ahí se comprende por qué la lectura compartida (que se da en un espacio amoroso) y el juego sean tan relevantes como estrategias de estimulación del desarrollo. Los refuerzos están dados por ambientes agradables, con personas sensibles y nutricias para los niño/as, que interactúen positivamente y que reconozcan y refuercen las singularidades positivas (por que el estatus social es clave para sentirse seguro, valorado y querer aprender). Estos refuerzos mediados por los adultos son la base para adquirir capacidades autorregulatorias cognitivas y emocionales, las que son fundamentales para la adaptación al medio ambiente, el aprendizaje y desempeño escolar y laboral posterior (social en general). La educación inicial implica no sólo la implementación de un currículum formal en instituciones de educación (sean salas cunas, jardines) sino implica el desarrollar un conjunto de estrategias que promocionen el desarrollo y aprendizaje desde la etapa prenatal hasta los 6 años en el hogar y en otros contextos comunitarios. De este modo la educación inicial ya no es solo una política sectorial (educación) sino que es una estrategia situada en aquellos espacios propios y donde transcurre la vida de niños y familias. Entre las intervenciones más importantes reconocidas internacionalmente y que se han implementado en países en desarrollo fuera de los establecimientos de educación, se encuentran (Baker-Henningham & Lopez-Boo, 2010): a. Intervenciones que favorezcan la interacción madre/cuidador principal e hijo: hasta la fecha las pocas intervenciones evaluadas en esta línea han mostrado efectos en los niños en el tipo de apego a los 18 meses y mejor desempeño social. Estas 13


intervenciones se focalizan en trabajo con las díadas desde el nacimiento, y su duración es variable (por ejemplo visitas domiciliarias intensivas hasta los cinco-seis meses de vida). Los efectos en las madres fueron los más favorables encontrándose mejorías en la sensibilidad materna, la demostración de afecto hacia los niños y ser menos intrusivas. Menos claro es el efecto sobre la salud mental materna, la que tiende a mejorar. La interacción tiende a mejorar, mostrando mayor sincronía de la díada. No se han estudiado los efectos a mediano plazo en el desarrollo, ni en el desempeño escolar. Tampoco sus efectos en salud son claros.

b. Intervenciones de estimulación temprana del desarrollo que involucran visitas domiciliarias y grupos de padres. Estas intervenciones aunque diversas en el lugar de ejecución y tipo de profesional o para-profesional que participa o duración (semanas hasta dos años) comparten el que su interés es enseñar a cuidadores de niños (fundamentalmente madres) las actividades que son apropiadas de realizar de acuerdo a la edad de sus hijos, usando materiales de bajo costo y aquello disponible en el hogar. Entregarle sugerencias sobre crianza, salud, alimentación y actividades que favorezcan la interacción con el niño/a. Otro aspecto es proveer información sobre acceso a redes. Estas actividades muestran efectos a corto plazo en el desarrollo cognitivo de los niños y en las habilidades parentales. A largo plazo se mantienen algunos efectos (en desarrollo cognitivo hasta los 22 años).

c. Intervenciones que sólo promuevan el desarrollo en grupos de alta desventaja con desnutrición. Aunque este grupo no aplica necesariamente a nuestro país, dado que el problema nutricional chileno es la malnutrición por exceso, es interesante mencionar brevemente el efecto que tienen. De la investigación disponible se ha observado que la sola estimulación mejora el desarrollo cognitivo al corto plazo, en aquellos niños severamente desnutridos el efecto en el desarrollo motriz es claro, no así en aquellos moderadamente desnutridos. Las intervenciones de mayor duración logran efectos en el área conductual, mientras que éstas no mejoran por sí solas el crecimiento físico, por lo que es evidente que sin una buena nutrición este aspecto no se logra. Sólo parecen mantenerse los efectos en el área cognitiva, ya que el resto de los dominios

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parece requerir de estímulos más constantes en el tiempo. Los efectos en estilos de crianza y salud mental materna son pequeños.

Como ya se dijera, la combinación de estrategias de estimulación del desarrollo y nutricionales son las que logran mayor impacto, y a largo plazo parecerían mantener algunos de sus efectos. La calidad y la intensidad (número) de las intervenciones permiten obtener logros (por ejemplo, mayor número de visitas mejores resultados). Del mismo modo, los resultados hasta la fecha apuntan a que la edad de inicio de estas estrategias de educación inicial debería ser lo más temprano posible. Su duración es un tema aun no resuelto, ya que al parecer lo que es mandatorio es adaptar las características de los programas a las edades de los niños y requerimientos familiares. Sin embargo, para lograr efectos permanentes al parecer un mínimo de duración de programas de esta naturaleza es de 6-7 meses, y lo deseable más de 1 año. En países en desarrollo el personal que se hace cargo de estos programas está especialmente entrenado para esto, y suelen ser paraprofesionales, supervisados por profesionales. Es interesante notar que el lugar desde donde se ofertan estos programas varía muchísimo según el país y lugar, pues lo que manda el tipo específico de provisión son las características culturales y de los sistemas de cuidado para la primera infancia.

Chile y educación inicial: avances y desafíos en las cifras En Chile, la educación inicial se suele hacer sinónimo de educación parvularia. La Constitución Política del Estado reconoce para nuestro país, cuatro niveles educacionales: prescolar (reconocido como tal desde 1999), básico, medio y superior. La Constitución reconoce el derecho a educación y establece la libertad de enseñanza como principio, lo que se refrenda en la Ley Orgánica Constitucional de Educación (LEGE, 1990) y en la Ley General de Educación (LGE, 2009).

La definición de educación parvularia consagrada en la Ley General de Educación (2009) establece que es el primer nivel de educación que va desde el nacimiento hasta el ingreso a educación básica, sin constituirse en un nivel obligatorio. 15


La LGE enfatiza a la educación parvularia como un nivel cuyo propósito es (según art.18): “favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente el desarrollo integral y aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, de acuerdo a las bases curriculares que se determinen en conformidad a esta ley, apoyando a la familia en su rol insustituible de primera educadora. Además este último cuerpo legal, establece como obligación del Estado de promover la educación parvularia y financiar un sistema gratuito para el primer y segundo nivel de transición, sin que éstos constituyan requisitos para el ingreso a la educación básica.”

La provisión de educación en este nivel en Chile, desde el punto de vista de la definición tradicional establecida en las Bases Curriculares de la Educación Parvularia (2001), se entrega a partir de los llamados niveles de educación parvularia, los que son

a) Sala cuna: 

Sala cuna menor: que acoge a bebés de 85 días hasta 1 año.

Sala cuna mayor: que atiende a bebés de 1 a 2 años.

b) Niveles medios: que corresponde a: 

Nivel medio menor: el que atiende a párvulos de 2 a 3 años.

Nivel medio mayor: al que asisten párvulos de 3 a 4 años.

c) Transición: comprende los niveles que anteceden a la enseñanza general básica y que corresponden a: 

Primer nivel de transición o pre-kínder: al que asisten párvulos de 4 a 5 años

Segundo nivel de transición o kínder: donde asisten párvulos desde los 5 hasta 6 años

Un primer aspecto contradictorio entre la LGE y las Bases Curriculares es que la Ley señala como inicio el momento 1 (desde el nacimiento), lo que es contrario a las Bases Curriculares. Las Bases tampoco se encuentran en sintonía con los cambios actuales en la legislación laboral respecto a post-natal. Esto abre una oportunidad para discutir el inicio de la educación inicial, y en particular de la educación parvularia.

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Esto no es un tema menor, pues implica identificar la provisión de servicios que desde el sector educacional se oferta para el grupo de 0 a 6 meses de edad, por ejemplo.

En las bases, no se conceptualiza lo que es la educación inicial, cuyo marco más amplio contiene la educación parvularia, y no la restringe. En este sentido, se abre una ventana de discusión respecto de como se entiende la educación parvularia en el contexto de una educación inicial más amplia, y como se organiza con relación a las Bases Curriculares, la Constitución y la LGE dados los cambios observados en el país (post-natal, Chile Crece Contigo por ejemplo) y en el conocimiento sobre el tema.

La LGE establece que los objetivos a lograr por la educación parvularia son (art.28): a) Valerse por sí mismos en el ámbito escolar y familiar, asumiendo conductas de autocuidado y de cuidado de los otros y del entorno. b) Apreciar sus capacidades y características personales. c) Desarrollar su capacidad motora y valorar el cuidado del propio cuerpo. d) Relacionarse con niños y adultos cercanos en forma armoniosa, estableciendo vínculos de confianza, afecto, colaboración y pertenencia. e) Desarrollar actitudes de respeto y aceptación de la diversidad social, étnica, cultural, religiosa y física. f) Comunicar vivencias, emociones, sentimientos, necesidades e ideas por medio del lenguaje verbal y corporal. g) Contar y usar los números para resolver problemas cotidianos simples. h) Reconocer que el lenguaje escrito ofrece oportunidades para comunicarse, informarse y recrearse. i) Explorar y conocer el medio natural y social, apreciando su riqueza y manteniendo una actitud de respeto y cuidado del entorno. j) Desarrollar su curiosidad, creatividad e interés por conocer. k) Desarrollar actitudes y hábitos que les faciliten seguir aprendiendo en los siguientes niveles educativos. l) Expresarse libre y creativamente a través de diferentes lenguajes artísticos. m) En el caso de establecimientos educacionales con alto porcentaje de alumnos indígenas se considerará, además, como objetivo general, que los alumnos y alumnas desarrollen los 17


aprendizajes que les permiten comprender y expresar mensajes simples en lengua indígena reconociendo su historia y conocimientos de origen.

Estos objetivos están bastante consensuados en el país y, en el detalle, están alineados con lo que se espera en desarrollo de los niños a los 6 años y conforme a las Bases Curriculares; sin embargo las mejores estrategias para su logro y para la verificación de éstos aun es tema pendiente en el país. Esto en parte, tiene que ver con la estructura del sector (institucionalidad).

La estructura actual establece las siguientes instituciones: 

El Ministerio de Educación es el encargado de proponer y evaluar políticas educacionales, estudiar y proponer normas generales del sector, velar por su aplicación, asignar los recursos necesarios y dar reconocimiento oficial a los establecimientos educacionales cuando corresponda. Sin embargo con la LGE se consagra el Consejo Nacional de Educación, quien es el responsable de aprobar las bases curriculares de cada nivel, propuestas por el Ministerio. Por otra parte la Ley establece la creación de la Agencia Nacional de Calidad de la educación como la encargada de diseñar e implementar un sistema nacional de evaluación de la educación y de los establecimientos, pero excluye en todo su articulado a la educación de párvulos. Las razones están dadas por que este rol en parte está presente en la Junta Nacional de Jardines Infantiles como se explica más adelante. Esto es una debilidad en la Ley, que requiere de un cambio.

Diversas instituciones públicas y privadas imparten educación antes del ingreso a educación básica. Proveen servicios desde el contexto público: los colegios municipales con educación pre-básica (4-6 años), la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI, creada en 1970, Ley 17.301), la Fundación Nacional de Atención al Menor (INTEGRA; creada en 1990). También existe un conjunto un conjunto de establecimientos privados que ofertan servicios: colegios privados (otorgan desde los 4-6 años, e incluso antes), colegios particulares subvencionados por el Estado (otorgan educación inicial entre los 4-6 años), y jardines y salas cunas privadas. La estructura de la provisión en Chile se basa mayoritariamente en establecimientos o sistemas formales (colegios, jardines y salas cunas), si bien desde el sector público existe provisión de las llamadas modalidades no convencionales. 18


JUNJI es una organización autónoma con personalidad jurídica de derecho público, financiada por el Estado, cuyo mandato es generar, promover, organizar y supervisar jardines infantiles públicos y privados que funcionan en todo el país. Su misión es “Ser un organismos de Estado, especializados, asesor y supervisor de la Educación Parvularia nacional, promoviendo y velando para que ésta sea integral, de excelencia y con equidad, como asimismo ejecutor de programas de atención directa e indirecta en beneficio de los párvulos y sus familias5”. Su gestión es de manera descentralizada. Por lo tanto esta institución es proveedora de servicios, además de fiscalizadora-evaluadora de la gestión de sus servicios y de otros. Esta doble labor en una institución que presta servicios a población principalmente vulnerable, no se entiende con la actual LGE. Pese a avances sustantivos en términos de calidad del servicio y cobertura, y sus esfuerzos por generar sistemas de mejoramiento continuo de la calidad, esta multiplicidad de roles la enmarcan como entidad compleja, poco alineada a los cambios que propone la LGE (separación de funciones y mejoras en la gestión). ¿Por qué una entidad pública proveedora de servicios educativos tiene que ser a su vez fiscalizadora y acreditadora de sus servicios y de otros públicos y privados? No parece tener una clara justificación. JUNJI otorga provisión de servicios en modalidades convencionales (jardín infantil y sala cuna), programas alternativos de atención (para niños desde los 2 hasta el ingreso escolar; jardín infantil familiar, jardín laboral, jardín estacional, jardín intercultural, programa de mejoramiento de la atención de infancia (en espacios comunitarios), programa de centros educativos culturales de infancia (CECI). Finalmente se realizan programas de apoyo a los padres fundamentalmente a través del programa conozca a su hijo (CASH) el que se presta en sectores rurales. El trabajo de provisión se realiza administrado directamente por JUNJI o indirectamente delegando a organizaciones no gubernamentales, corporaciones, municipalidades, entre otras.

INTEGRA es una fundación privada, sin fines de lucro, presidida habitualmente por la esposa o a quien delegue la Presidencia de la República. Tiene como misión proveer servicios a niños y niñas que viven en situación de pobreza de todo el país, a través de un programa educativo nacional y es financiada por el Estado, de las municipalidades y recibe

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JUNJI (2011) Cuenta pública.

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aportes de organismos internacionales, empresas y de la comunidad. Su objetivo es provisión de servicios, y cuenta con supervisión por parte de JUNJI. Otorga atención en modalidades convencionales, cuenta con presencia de sala cuna en cárceles (Arica, Iquique, Valparaíso, Santiago), en hospitales (Higueras de Talcahuano, Regional de Talca), veranadas pehuenche (zona Lonquimay, región Araucanía), y como modalidad complementaria o no convencional a jardín sobre ruedas.

La LGE (2009) establece los requisitos para la operación de los establecimientos con nivel parvulario, sin embargo, éstos no se condicen con los criterios de calidad que este nivel requiere, y la especificidad para cada tipo de provisión de servicios (que la Ley no parece reconocer). De estas debilidades legislativas queda claro que el mejoramiento y acreditación de la calidad de la educación parvularia en Chile, es un tema pendiente. Esto implica incorporar este nivel en la propuesta de Agencia de Calidad, y dejar establecido con mayor claridad los elementos básicos de calidad de operación reconociendo las diversas modalidades y lo que se espera de éstas. Este tema ya ha sido puesto en relevancia por diversos estudios (Tokman, 2010, Pacheco, Elacqua, Brunner et al, 2005).

Un punto no tratado por la LGE, ni por las Bases (2001), dice de la comprensión de la educación parvularia (inicial) en un marco de política global de infancia. Sencillamente no se explicita que, para los logros (objetivos incluso establecidos en la LGE) sólo será posible si hay una verdadera articulación de sectores con tareas específicas pero complementarias y que apunten a concreción de derechos. Otro punto central tiene que ver con el papel de la familia su importancia se delinea en los fundamentos, pero no se enfatiza como co-partícipe del cuidado, educación y aprendizaje, señalando el aporte específico en cada área curricular (como por ejemplo se señala explícitamente en las Bases Curriculares de la Educación Inicial en Finlandia). Desde un punto de vista más amplio de la educación inicial, en Chile, a partir del Subsistema de Protección Social, Chile Crece Contigo, la oferta de educación inicial existe y se amplia con la entrega de servicios de estimulación del desarrollo para diversos grupos, con finalidades diversas. Es así como desde el período prenatal, desde el sector salud, se ofrecen talleres preparatorios para la maternidad y paternidad, y con posterioridad talleres de crianza, uno de los cuales es “Nadie es Perfecto”; se ofertan también desde salud visitas domiciliarias de apoyo, y existen también otras modalidades de apoyo al desarrollo de carácter comunitario, a cargo en 20


casi el 70% de la oferta, de educadoras de párvulos. Esta oferta pública complementaria no se articula con la oferta del sector salud de manera clara, sin embargo, se observa que el tipo de profesionales que está operando en el contexto de Chile Crece Contigo, además de enfermeras, matronas y médicos, incluye fuertemente la presencia de educadores, psicólogos y asistentes sociales, los primeros con una formación orientada fundamentalmente al trabajo tradicional de la educación parvularia y no en estos otros ámbitos.

La comparación internacional sobre educación inicial: aporte y notas críticas Durante el primer semestre de 2012, la Unidad de Inteligencia de la revista “The Economist”, publicó un estudio comparativo sobre educación inicial en el mundo: Starting Well. Mediante la construcción de un índice, se evaluó el desempeño global en educación inicial que incluye los ámbitos de: contexto social, disponibilidad de servicios, acceso financiero y calidad. Este indicador, similar al índice de desarrollo humano, está construido con base a información disponible y da una idea general de la situación en el área de educación inicial. En Chile6 se estima que la población menor de 6 años corresponde al 8,4% del total (1.400.000 niños/as, 165.000 niños menos que en 1990). Las familias con niños/as menores de 3 años presentan 67% más pobreza que el nivel nacional y 64% más pobreza extrema que el nivel nacional, lo que habla de un fenómeno observado históricamente. Esta distribución de la pobreza en términos de grupos de edad, releva la importancia de rol de Estado y de la política pública hacia los niños/as y sus familias. Chile, entre 45 países de todas las regiones, se ubica en el lugar 20 (índice de 63,6%), por encima de EEUU, Japón, Australia. El país mejor situado fue Finlandia (índice de 91,8%) y el peor ubicado, India (índice de 21,2%). La situación Chilena entre estos países, parece auspiciosa; sin embargo en el detalle podemos sostener que tenemos falencias que hacen que el resultado esperado pueda no ser lo bueno que desearíamos, dados los esfuerzos y la trayectoria en educación parvularia que tiene el país. Esto implica una oportunidad para realizar las modificaciones o aportes necesarios para la política pública actual. Desglosando las dimensiones:

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Información con base a CASEN 2011, presentación pública Ministerio de Desarrollo Social, 5 de agosto 2012

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a. La primera dimensión de este índice mide disponibilidad de servicios prescolares para las familias. Este índice se basa exclusivamente en el derecho de contar con acceso a educación formal prescolar por lo menos un año previo al ingreso a educación básica. Este indicador incluye el derecho legal a educación prescolar por lo menos por 1 año, no necesariamente de carácter obligatorio, y como efectivamente se concreta este derecho. Se incluyen en este indicador: tasa de matricula en pre-básica (kínder), cobertura (% de niños entre 3-5 años en educación prescolar), presencia de legislación y estrategia de promoción del desarrollo infantil temprano con evaluaciones claras; y el derecho a educación prescolar.

Chile se ubica en el lugar 14 (puntaje 77,8% de 100%). Este buen desempeño nacional en parte se entiende por los elementos legislativos discutidos con anterioridad, lo que contrasta con muchos países.

La matrícula en educación prescolar ha aumentado de un 16% en 1990 a 37% en 2010. La cobertura de la educación parvularia para 2011 según la Encuesta Nacional de Caracterización Social era de 51,8 % (quintil más bajo de 50% y más alto de 62,5%)7. La asistencia a sala cuna se ha incrementado desde 0,8% (1990) a 10,1% (2011), siendo en 2009 de 7,8%. En jardín infantil el incremento ha sido mucho mayor, desde 9,9% en 1990 a 41,7% en 2001, siendo en 2009 de 30,6% (Figura 3).

(Figura 3) Por quintil de ingreso autónomo del hogar, la cobertura en jardín infantil sigue siendo mayor en el V respecto del I (52,4%: 39,9%); mientras que la cobertura en sala cuna es similar en todos los quintiles (11,1% en quintil I, y 10,1% en quintil V). El aumento en la cobertura está dado por el uso de este servicio en el grupo de 4 a 5 años (figura 9). En el quintil I de ingreso autónomo en el hogar ha aumentado la cobertura en el grupo de 4 a 5 años desde 29,4% en 1990 a 66,8% en 2009, y en el quintil V de 61,9% a 91,2%. En el grupo de 0 a 3 años del quintil I, se observa un incremento de 4,2% en 1990 a 16,1% en 7

Definido para CASEN como la razón entre el número total de niños y niñas que asisten a preescolar y la población del grupo de edad ajustada. El ajuste se efectúa sumando a la población del grupo de edad teórico. (menor de 6 años) a los mayores de 6 años que asisten a preescolar y restando a los menores de 6 años que asisten a básica o educación especial. Expresada como porcentaje.

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2009, mientras que en el quintil V es de 12,5% a 33,8%. Esta información es relevante, pues pese a observar un incremento en todos los niveles socioeconómicos, existe una gran diferencia entre quintiles de ingreso, lo que habla de la mayor dificultad de penetrar la política en los grupos que, de acuerdo a la evidencia científica, se beneficiarían más de una educación de calidad. La expansión de la oferta de sala cuna no se condice con un incremento en la cobertura, lo que habla de problemas de acceso posiblemente de índole cultural, a dicho servicio. Esto se refleja en que las familias no ven el aporte de este servicio más allá del cuidado, como lo reflejan las cifras de CASEN 2011.

La figura 4 muestra como se han reducida las brechas entre el quintil superior de ingreso autónomo per cápita del hogar y el resto, pero persistiendo una gradiente de desigualdades. (Figura 4)

Para mejorar nuestros indicadores en primer lugar es importante armonizar la legislación respecto de la oferta vinculada con las necesidades parentales y familiares, y las evidencias científicas que muestran efectos favorables.

En este sentido, la política pública debería tender a universalizar, garantizar y hacer obligatorio el nivel prescolar formal (kínder y prekínder), dada la evidencia consistente sobre su impacto en el desempeño posterior. En el grupo de 2 a 3 años, también hay evidencia científica que sostiene su importancia; en esa línea es necesario ir avanzando en mejorar la cobertura de este grupo con carácter de universal y de derecho, priorizando el avance entre aquellos que se beneficiaran más dada su condición de vulnerabilidad8, y reduciendo brechas.

En los niños y niñas entre 1-2 años, el ingreso a educación inicial formal (parvularia) debería depender de las condiciones sociales de los padres, en particular la condición de empleo y la presencia de vulnerabilidad socioeconómicas que hagan que el ingreso a 8

La política pública actual en el ámbito social, se articula en torno al concepto de vulnerabilidad, sin embargo su operacionalización es divergente en cada sector (salud, educación, laboral etc). Un aspecto crítico de la política social articulada es contar con una definición común de vulnerabilidad, que se operacionalice a través de instrumentos concretos de valoración, que permitan la evaluación.

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centros de educación inicial formal sea altamente beneficioso (como lo reportan los estudios longitudinales al respecto). En los niños/as menores de 1 año, el énfasis debe estar puesto en una educación inicial de carácter familiar y comunitaria, flexible y adecuada a las características y demandas familiares.

Por lo tanto, el eje de la oferta entre 0 y 23 meses debería estar centrada en las necesidades de la familia. Desde la evidencia sabemos que es fundamental la adquisición de conocimientos y habilidades para la crianza en el hogar, y para identificar las necesidades educativas posteriores. Esto puede ser apoyado con una oferta comunitaria de educación inicial (espacios de juego planificado, salas cunas adecuadas para familias trabajadoras, apoyos para la estimulación del desarrollo, talleres etc). Esta oferta de educación inicial tendría que ser identificada desde el nivel local, pero organizada en torno a objetivos claros para cada tipo de modalidad educativa. Esta articulación de la oferta, debe estar vinculada con objetivos y metas evaluables conforme al aporte concreto que despliega cada una. La existencia de modalidades de apoyo al desarrollo en el contexto de Chile Crece Contigo financiadas por el ministerio de desarrollo social, como las que existen vinculadas a los centros de salud, y las otras descritas, es un primer paso y permite orientar el trabajo en esta línea. Pero la oferta se visualiza de manera desorganizada, con poco trabajo intersectorial en particular del sector educación. Por lo tanto se requiere de articulación, mayor precisión en los objetivos y metas de cada modalidad de educación inicial, con mayor participación del sector educación, el que forma parte de esta red de servicios para los más pequeños. Esta oferta, puede hacerse extensible hasta los 2 años, en la medida que existan recursos y favoreciendo la participación de la comunidad y las familias en particular.

b. El otro indicador de este índice habla de la capacidad de pago por parte de las familias. El acceso financiero de las familias a servicios de esta naturaleza puede estar dado por pago total de bolsillo, o por subsidios a la demanda o a la oferta. La experiencia internacional muestra que en general suelen existir todos estos mecanismos simultáneamente. Dada la falta de obligatoriedad de “al menos un año de educación prescolar formal”, el énfasis será variable dependiendo de las políticas y prioridades de cada país con relación a la infancia. Si hay un énfasis importante, el subsidio a la oferta es mandatorio pues se 24


asegura la gratuidad de al menos un año, como es el caso de Irlanda. Se ha observado que ante mayor desigualdad en el ingreso (inequidad medido a través del coeficiente de Gini), menor es la probabilidad de acceso financiero de las familias. Sin embargo, podría ser beneficioso contar con un componente de subsidio a la demanda, especialmente en el grupo de los más pequeños (menores de 1 año), lo que podría vincularlo mejor a las necesidades de los padres.

Chile en este indicador obtiene un 62,1%, y se ubica en el lugar 17. El país que mejor está en este indicador es Noruega con 92,4%, y el peor de los 45 evaluados, China (19%). Esta dimensión está compuesta por el porcentaje del producto interno bruto (PIB) que se asigna a educación prescolar por niño/a en ese tramo de edad, costo promedio de un educación prescolar privada como porcentaje del PIB, presencia de subsidios gubernamentales por el lado de la demanda y por el lado de la oferta con criterios claros de adjudicación para poblaciones vulnerables.

¿Cuanto gasta Chile en la actualidad en educación prescolar? Las cifras no son del todo claras y actualizadas. Chile gasta un 4,2% del PIB para 2010 en educación, siendo 3,1% el asociado a educación prescolar, básica y media. Como porcentaje del gasto total, educación se lleva el 17,9% (13% para los tres primeros niveles del sistema educacional) el gasto en educación parvularia ronda los 0,5% del PIB (datos para 20089). El ingreso a la educación parvularia en Chile, no cuenta con barreras vinculadas con la selección de los niños/as. De acuerdo a la LGE existe por parte del Estado el acceso gratuito y financiamiento fiscal10 para el primer y segundo nivel de transición (prekínder y kínder; entre los 4-6 años), si bien no tiene carácter de obligatoriedad. Este servicio gratuito es ofertado por escuelas municipales, particulares subvencionadas sin financiamiento compartido, la JUNJI, INTEGRA, organizaciones de empresas, y ONG. Este es un ejemplo de subsidio a la oferta en el sistema.

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Las estimaciones internacionales se basan en datos de 2004-2006, lo que dificulta la interpretación, especialmente por los cambios sucedidos en la política pública durante el período 2006-2010 (expansión sala cuna e incorporación de kínder al entorno escolar, y la instalación de Chile Crece Contigo). Estas estimaciones mostraban un gasto total en educación parvularia por estudiante (en US$ convertidos a PPP) bajo en comparación con países OECD (Education at a Glance:OECD Indicators). 10 La ley de subvenciones preferenciales de 2008 incorpora a primer nivel de transición, sumándose al segundo nivel reconocido en DFL N°2 de Subvenciones de 1998.

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Para el ingreso a salas cunas de JUNJI se postula en períodos establecidos, pero se puede acceder en la medida que existan cupos disponibles. Solo pueden acceder niños y niñas entre 84 días y 1 año 11 meses que cuenten con ficha de protección social y se encuentren en situación de vulnerabilidad. En el caso de jardín los requisitos son similares salvo la edad (contar entre 2 y 4 años).

Los servicios que se entregan incluyen alimentación y

asistencia social, y son de carácter gratuito. INTEGRA también oferta servicios para los mismos tramos de edades y tiene como requisito de ingreso la situación de pobreza y/o vulnerabilidad. Los grupos priorizados por esta fundación son: los hijos e hijas de familias del programa Chile Solidario, niños que viven en hogares de menores o son derivados desde SENAME, hijos de madres del programa Mejorando Empleabilidad de SERNAM, hijos de trabajadoras de INTEGRA, hijos de madres que trabajan, estudian o buscan empleo, hijos de madres adolescentes y niños que durante el día no cuenta con un adulto que los cuide. El servicio otorgado por INTEGRA también es gratuito.

La oferta de prestaciones diferenciadas de educación inicial de acuerdo a las características de los niños y niñas ofertadas en el marco de Chile Crece Contigo y que se articulan y coordinan a través de la Red Comunal, incorporan: el acceso gratuito a sala cuna o modalidades equivalentes para población trabajadora, estudiando o buscando trabajo que pertenezcan al 60% más vulnerable de la población nacional; lo mismo sucede para el acceso a jardín infantil en modalidad extendida para similar población; el sistema oferta también acceso (no gratuito, pero preferente) a jardín infantil de jornada parcial o modalidades equivalentes para niños y niñas cuyos cuidadores no trabajan fuera del hogar.

Adicionalmente, para complementar la oferta existente, se dispone de

instrumentos de apoyo a la gestión local con fondos específicos, uno de lo cuales el FIADI (Fondo de Intervenciones de Apoyo al Desarrollo Infantil). Este fondo, al que se postula año a año, permite la generación de modalidades para atender a niños/as con o sin necesidades especiales, que han sido detectadas con rezago o retraso en el desarrollo; estas modalidades incluyen oferta de: servicio itinerante de estimulación, sala de estimulación comunal, programa de atención domiciliaria y ludotecas.

Esta oferta

contiene elementos de cuidado, estimulación y educación, por lo que debería articularse con los otros servicios. Una primera evaluación de la calidad de la atención ha mostrado 26


elementos favorables respecto de los efectos en los usuarios (niños/as y familias)11, pero también ha evidenciado gran heterogeneidad y problemas en los procesos, uno de éstos, la articulación local con el sector educación.

De este modo, es posible observar la presencia de una buena cantidad de oferta, disparmente distribuida en el país, la que es necesaria de organizar, articular mejor en torno a objetivos concordados para la política pública de primera infancia, como es Chile Crece Contigo.

c. Otra dimensión importante en este indicador es calidad. Según los expertos consultados para la construcción de este índice, son al menos tres los elementos importantes para definir calidad de la educación prescolar: 

calidad de los docentes y su entrenamiento;

contar con un currículum y estándares;

asegurar la participación de los padres.

De acuerdo a la evaluación realizada en los 45 países, Chile se ubica en la posición 29 con un 53%, mientras que el mejor país es Finlandia (93,5%) y el peor, India (22,5%). Los indicadores considerados para la evaluación son: la razón alumnos:profesor en las salas; ingresos anuales del profesor; contar con un bases curriculares nacionales que incluyen aspectos de cuidado, educación, necesidades cognitivas y no cognitivas, con mecanismos claros para su seguimiento, y con revisión rutinaria del currículum (actualización); nivel de entrenamiento de los educadores; guías claras para aspectos de seguridad y salud, con mecanismos de seguimiento y con educadores entrenados en aspectos de salud y seguridad; presencia de un sistema de recolección de datos sistemático en los servicios, con buena diseminación pública; contar con iniciativas que permiten a vinculación entre el prescolar y la educación básica (entrenamiento de profesores, currículo, cooperación estructurada); y participación de los padres en los servicios para promover y complementar la educación y el desarrollo de los niños/as.

11

Ministerio de Desarrollo Social (2012).Estudio para el mejoramiento continuo de la calidad de las modalidades de apoyo financiadas por el Fondo de Intervenciones de Apoyo al Desarrollo Infantil”. Informe Final Ejecutor: Bedregal P, Hernández V, Yeomans H, Bastías G et al. Departamento de Salud Pública UC.

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Respecto al primer componente de este indicador (calidad de los docentes y su entrenamiento), en la actualidad Chile ha avanzado hacia la construcción de estándares orientadores para carreras de educación parvularia (MINEDUC, 2012). Estos estándares tienen como propósito establecer “aquello que las educadoras de párvulos deben saber y poder hacer par desempeñarse satisfactoriamente en los diversos roles y escenarios implicados en el ejercicio de su profesión”. Al mismo tiempo, establecen el nivel de profundidad que se espera hayan adquirido dichos conocimientos, habilidades y disposiciones profesionales durante su formación universitaria (pag 7).12 El documento, organizado en estándares pedagógicos y disciplinares, constituye un avance respecto a la formación en este campo. Un aspecto que no parece estar claro en el documento es la diferenciación de estándares considerando las edades de los niños/as. La pregunta evidente es si será necesario diferenciarlos por edades (tres grupos al menos), y hacerlos más atingentes a la práctica laboral en educación inicial (y no sólo parvularia).

Finalmente, el paso siguiente es la implementación. ¿Serán estos los elementos centrales para incorporar en la acreditación de los centros formadores? Aparentemente no. ¿Se utilizarán para la construcción de la prueba de evaluación de conocimientos de los egresados INICIA? Aparentemente sí. Obviamente, si se crea la Superintendencia de Educación Superior, estos estándares serán de gran utilidad.

Existe una deuda importante en Chile respecto de la calidad de los educadores iniciales en parte relacionada con la gran heterogeneidad de los centros formadores. A modo de ejemplo, a 2012 se ofertaba formación en educación de párvulos en 120 instituciones universitarias e institutos profesionales, siendo institutos 35. Las vacantes disponibles para el primer año eran de 5.545, con un incremento de la matrícula de 24,7% entre 2000 y 2010. De las 120 instituciones, hay 40 que no cuentan con acreditación por parte del Ministerio de Educación. La carrera se imparte en 2 instituciones de manera semipresencial, vespertina en 33 y en otra modalidad (executive) en dos, siendo en su mayoría diurna. Hay oferta en todas las regiones a excepción de la XI. La carrera tiene una duración de entre 8 y 12 semestres, siendo lo habitual 8. 12

Un aspecto llamativo de este documento, es que se habla siempre en femenino (Educadoras), lo que desde ya impone una mirada de género respecto del ejercicio de la profesión, restringiéndola al género femenino. Algo que es de suyo debatible.

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Los ingresos anuales de los educadores de párvulos en promedio al cuarto año de titulación, bordean los $500 mil en particular si son egresados de universidades, aquellos que egresan de instituto profesionales ganan mensualmente montos similares a los técnicos.; los técnicos asistentes ganan en promedio menos de $400 mil al mes. Esto contrasta con el ingreso de educadores que egresan de pedagogía con alguna mención cuyos ingresos se sitúan sobre los $500 mil13.

Chile cuenta con bases curriculares de la educación parvularia, aprobadas en Decreto 289 del Ministerio de Educación (2001). Las bases curriculares han constituido un piso mínimo para la práctica en aula y la elaboración de mapas de progreso, con miras a generar sistemas de evaluación de los aprendizajes. Las bases curriculares son un referente, pero de acuerdo a la LGE se estimula la flexibilización curricular. Dado que ya llevamos 11 años desde su promulgación, es fundamental revisarlas para ajustarlas a los nuevos conocimientos que existen en materia educativa. En particular la importancia otorgada a la formación en habilidades no cognoscitivas, y las evidencias respecto del impacto a corto, y mediano plazo de currículos como son Tools of the Minds, Montesory entre otros. Este debate en torno a los elementos centrales, modos y prácticas curriculares es fundamental. El análisis y actualización de las Bases Curriculares no debería examinarse de manera separada al continuo de la educación en general, sino debería enfocarse desde una perspectiva de curso de vida y –siguiendo a National Research Council (2011)- en el logro de habilidades cognitivas (resolución de problemas no rutinarios, pensamiento crítico, sistemas de pensamiento diferentes); habilidades interpersonales (comunicación compleja, sociales, trabajo en equipo, sensibilidad cultural, capacidad de enfrentar la diversidad); y habilidades intrapersonales (auto-gestión, manejo del tiempo, desarrollo personal, auto-regulación, adaptabilidad, funcionamiento ejecutivo).

Esto nos sitúa en una discusión también fundamental, sobre habilidades para qué. En esta línea, al igual que el National Research Council de EEEE, Davies et al (2011) analizaron los motores de cambio que regirán las demandas laborales y sociales en los próximos 20 años, y cuáles son las habilidades requeridas. Los motores de cambio identificados son: el 13

Información disponible en www.mifuturo.cl. Ministerio de Educación de Chile.

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incremento de la expectativa de vida; el incremento en el acceso hacia sistemas, máquinas y equipos inteligentes que llevan hacia la automatización de la vida cotidiana y del trabajo; masificación de medios computacionales lo que implicará la necesidad de saber interactuar con éstos;

el desarrollo de un nuevo lenguaje asociado a los medios

computacionales y a la globalización; el desarrollo de superestructuras de colaboración (desde lo micro hasta lo macro, gracias a las nuevas tecnologías y a los medios sociales de comunicación); la globalización de la economía. Para estos autores las habilidades para el desempeño social futuro serán: habilidad de encontrar sentido profunda a lo que se hace y expresa; inteligencia emocional; capacidad de innovar más allá de la regla; capacidad de desempeñarse en diferentes contextos culturales; habilidades para trasladar datos hacia conceptos y comprenderlos; utilizar critica y adecuadamente los medios de comunicación social; capacidad de comprender conceptos de múltiples disciplinas; habilidad para representar y desarrollar tareas y trabajar para su logro; habilidad para discriminar y filtrar información; habilidad para el trabajo colaborativo virtual. ¿Qué pensamos al respecto en Chile? ¿Cómo proyectamos la vida social y las habilidades requeridas para dentro de 10 años?

Otro punto central para la calidad es contar con mecanismos claros para el seguimiento de los aprendizajes y de revisión de logros de la educación parvularia. En Chile no existe un mecanismo único de evaluación ni un sistema integrado de evaluación de la educación prescolar de alcance nacional (público y privado). En el sector público (JUNJI e INTEGRA) cada institución cuenta con su propio sistema de evaluación de aprendizajes: JUNJI utiliza el IEPA e INTEGRA el PLAEP-R (2009). Los establecimientos particulares no cuentan con evaluaciones sistemáticas, salvo excepciones no documentadas. INTEGRA se encuentra realizando un estudio longitudinal de impacto y evaluación social a través del seguimiento de una muestra de 3 mil niños/as desde su ingreso a sala cuna (2009) hasta su egreso en 4° básico en 2016. JUNJI cuenta con un estudio sobe la efectividad de la sala cuna (midiendo el efecto a niños en sala cuna mayor), el que es parte de un estudio longitudinal similar al planteado por INTEGRA, con niños/as que ingresan al nivel sala cuna menor el 2007. El MINEDUC sentó durante este año (2012), las bases para realizar una evaluación sobre la educación parvularia.

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En síntesis, desconocemos en profundidad los resultados en términos de aprendizajes y desarrollo, de la educación parvularia como un sistema integrado de proveedores de servicios. La actual implementación del SIMCE de segundo básico, proveerá de información más cercana sobre el desempeño de aquellos niños y niñas que hayan asistido a educación prescolar respecto de aquellos que no asistieron. La pregunta a debatir en este contexto, es si es necesario contar con un sistema de evaluación de todo este nivel educativo, de manera periódica, para toda la población (tipo SIMCE) o mediante muestras lo suficientemente potentes y representativas, y cuales son los instrumentos más apropiados para identificar los avances en esta materia e identificar brechas de desigualdades. Como señalara Bedregal, Gallegos, Ziliani, Stekel y Lagos (2009), parece pertinente contar con un conjunto de mediciones que permita identificar resultados, relacionarlos con modelos y requerimientos de práctica docente, vincularlos con los contexto más amplios, de manera de identificar ámbitos de mejora. Para esto, es necesario en primer lugar discutir y pilotar los instrumentos que permitan dar cuenta de mejor manera de los logros de los niños/as tanto en aprendizaje como desarrollo, para los diversos subniveles de la educación parvularia, que identique de qué manera contribuye la educación en favorecer trayectorias saludables de desarrollo. Para este último punto, un elemento central sobre el cual no ha habido avances documentados es sobre la validación de los mapas de progreso en la población correspondiente de todo el espectro social (Seguel, 2007). Este trabajo, fruto del consenso de expertos chilenos, quedó suspendido, y es un insumo fundamental para la revisión de los instrumentos de medición a utilizar. Lo que es claro, es que la identificación de logros, no puede estar descontextualizada de las variables sociodemográficas y familiares de los niños/as, como tampoco del ambiente de aprendizaje en aula. De este modo, los resultados e impacto de este nivel educativo, y de cada subnivel se vinculan con la calidad de estructuras y procesos.

En esa línea, JUNJI e INTEGRA cuentan con sistemas de aseguramiento de la calidad (en el caso de INTEGRA asociado a incentivos), a través de los cuales se revisa la ejecución y logro de objetivos, y permite establecer áreas de capacitación para las personas que trabajan en éstas. Entre los elementos de calidad se incorpora aspectos de bienestar del niño/a, perfilados en ambas instituciones, mientras que los aspectos de seguridad no están explicitados. 31


La vinculación entre el sistema de educación parvularia y básica se encuentra regulada por la resolución exenta n° 011636 (2004) que señala criterios técnicos para la articulación curricular entre los niveles. No se encuentra disponible una evaluación que dé cuenta del cumplimiento de estos criterios. Este punto es clave en términos de calidad (Peters, 2010); de la investigación se sabe que una transición inapropiada altera las trayectorias de aprendizaje en los niños. En Chile es posible identificar dos transiciones: por una parte desde las modalidades de atención a menores de 4 años hacia los establecimientos educacionales (escuelas), y desde el término la educación parvularia (kínder) hacia la educación básica. Estos puntos no están recogidos en la resolución, que en sus contenidos se encuentra obsoleta respecto de los cambios en la institucionalidad. Guías para ambas transiciones no se encuentran disponibles.

Finalmente el componente de participación de los padres, es un aspecto central en la evaluación de la calidad. La evaluación de este componente no existe como tal para Chile ni al interior de las organizaciones como JUNJI e INTEGRA. Ambas mencionan su importancia, y en particular en el caso de INTEGRA se delinean con claridad cinco ejes de trabajo: desarrollo de roles parentales, desarrollo de una comunidad educativa, articulación de redes comunitarias, formación continua y gestión integral de conocimientos. En el caso de JUNJI se menciona entre las áreas del modelo de gestión de calidad la participación y compromiso de la familia y la comunidad, pero no se cuenta con un documento integrado que analice los logros en esta área. Para ambas instituciones existe evaluación de la satisfacción de la familia, siendo en general bastante alta.

Puntualizando propuesta de política Los ámbitos de las propuestas de políticas públicas se sitúan en los ámbitos discutidos: a) Institucionalidad. b) Disponibilidad u oferta, y estructuración de ésta. c) Capacidad de pago y financiamiento. d) Calidad de la educación inicial.

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Estos cuatro ámbitos se vinculan estrechamente unos a otros, por lo que se puntualizan algunas propuestas de política teniendo en consideración este hecho. Desde la perspectiva institucional es fundamental: la articulación de una política global de infancia y en paralelo, la generación de una organización (estructura funcional) acorde a ésta. AsÍ es necesario: 1) La articulación de la política de educación parvularia en torno a una política global de educación inicial y ésta en el Sistema de Protección a la Infancia Chile Crece Contigo. Los instrumentos básicos desde el punto de vista de la actual legislación se encuentran en modificaciones menores a la LGE (reconocer la educación inicial), modificación de Bases Curriculares en esa línea; y normas de funcionamiento vinculada con la Ley del Sistema Protección Social, que identifique normativamente un sistema de funcionamiento que de cuenta (y no quede al arbitrio) mediante un directorio.

2) Generación de una institucionalidad de primera infancia, como organización funcional (más que estamentaria), que implique un directorio de ministros con políticas, objetivos y metas conjuntas que de cuenta y fortalezca el Sistema de Protección Social, cuya presidencia sea movible.

3) Separación de funciones de la institucionalidad educación parvularia, sin esta separación es muy difícil avanzar en una articulación de un sistema y una política de primera infancia. Esto implica modificar la Ley y normativa que rige el funcionamiento de JUNJI, otorgándole sólo el rol de proveedor público de servicios (similar a Integra), y trasladando todo el rol fiscalizador y evaluador a la Agencia de Acreditación de la Calidad de la Educación. Integra debería mantenerse como una entidad privada sin fines de lucro, con apoyo del Estado, proveedora de servicios. Se incluyen como proveedores a aquellas entidades privadas con fines de lucro, en sistemas de redes o bien individuales, pero con criterios mínimos de entrada al sistema estrictos y supervisados. 4) La agencia de acreditación de la calidad de la educación tendría que ser la entidad responsable de velar por la calidad de la educación inicial (parvularia) y por identificar los criterios mínimos para el ingreso de proveedores al sistema educativo prescolar. Para esto

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es fundamental incluir a este nivel entre sus áreas de influencia, con un departamento o unidad técnica especializada, y con un directorio que incorpore a personeros de las entidades, del mundo privado y expertos. Esta agencia podría contar con el apoyo de entidades internacionales para temas específicos. La agencia debería velar por el cumplimiento de estándares de calidad (visados por el Ministerio de Educación): en aspectos estructurales básicos (acreditación capacidades básicas de funcionamiento), fiscalización proveedores y adicionalmente la evaluación. Esto implica el diseño de un sistema de información implementado de manera gradual que de cuenta de manera transparente de requisitos y cumplimiento de éstos. El Ministerio de Educación debería mantener su papel de rectoría generando los lineamientos políticos, objetivos y metas en su área, estándares de operación para los establecimientos y para los educadores. Debería participar más activamente de la política integral de primera infancia.

5) El financiamiento público de la oferta disponible de modalidades de cuidado y de educación parvularia debería mantenerse siguiendo la lógica de la situación laboral familiar y su nivel de vulnerabilidad socioeconómica. De este modo (tabla 5), uno de los aspectos centrales a implementarse relaciona con la modificación o sustitución del artículo 203 del código del trabajo, en particular la identificación del mejor esquema de financiamiento que favorezca el empleo femenino y garantice la calidad de la oferta, yv la no discriminación por el número de mujeres en la empresa. Una propuesta interesante que surgió al interior de la Comisión Asesora Presidencial “Mujer, Trabajo y Maternidad” (2010) fue el considerar un financiamiento tripartito, que implica contribuciones del Estado, de las empresas y de aquellas familias con capacidad de pago. Comunidad Mujer promueve la creación de un fondo solidario con igual lógica, pero que además sea extensible a los niños en jardín infantil (2 y 4 años). Estas modificaciones requieren de una discusión y consenso, teniendo claro la disponibilidad de la oferta y las necesidades de familias y comunidades. 6) El monitoreo respecto de la inversión y gasto en primera infancia (de manera integrada) y por sector, debería estar mejor especificado y disponible. Esto implica un esfuerzo en particular para las instituciones prestadoras de servicios, de organizar, supervisar y

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comunicar apropiadamente el gasto. Este aspecto, con la separación de funciones de JUNJI debería ser más fácil de conocer. 7) Desarrollo de la oferta pública y privada con o sin fines de lucro en modalidades atingentes a las necesidades de las familias con niños/as menores de 1 año; y con niños/as entre 1 y 2 años. Esto incluiría salas cunas, pero también modalidades de apoyo al desarrollo diversas, con criterios de calidad mínima para su ingreso al sistema de provisión. 8) Desarrollo de oferta pública y privada con o sin fines de lucro para el grupo de 2 a 4 años en jardines infantiles; con universalización gradual. 9) Desarrollo de oferta pública y privada con o sin fines de lucro para prekínder y kínder de carácter universal. 10) Revisión por parte del Ministerio de Educación, en conjunto con otras reparticiones del Estado, de los estándares mínimos de operación que permitan el ingreso a formar parte de la oferta tanto pública como privada. Adicionalmente generación de un sistema de implementación gradual de estándares (exigencia de creciente calidad) y de fiscalización del cumplimiento. Levantamiento del presupuesto necesario para su operación. El MINEDUC en su rol rector, en conjunto con la institucionalidad de primera infancia (directorio de ministros), debería velar por que la oferta pública y privada para los sectores más vulnerables se encuentre disponible a lo largo y ancho de todo el país, de manera de garantizar el acceso. 11) Generación sistema común de mejoramiento continuo de la calidad de la oferta de educación parvularia y otras modalidades, que implique estándares de calidad para cada tipo de oferta (estructura, procesos y resultados de las acciones). Esto implicará un esfuerzo en aunar criterios comunes entre las entidades rectoras (ministerios salud, educación, de desarrollo social, del trabajo), para también unificar criterios con entidades proveedoras de servicios. Esto con miras a que cada institución pueda a su vez generar sus propios esquemas de mejoramiento continuo de la calidad, pero que garantice un mínimo común. 35


12) Generación de un sistema de evaluación de los aprendizajes, vinculado con el punto 11, que permita dar cuenta de los logros generales del nivel de educación parvularia. Para esto se requiere de un trabajo coordinado de la institucionalidad que este a cargo de la calidad del sistema, de modo que elabore estándares, y revise mapas de progreso, los valide, identifique instrumentos de medición, estrategias de medición y progresión de la medición. Esto implica estar dispuestos a generar los mecanismos de apoyo para establecer mejoras del sistema en su conjunto. 13) Revisión de las Bases Curriculares de la Educación Parvularia, y generación por Ley de la obligatoriedad de su revisión al menos cada 10 años. Este aspecto es clave para actualizar conocimiento y adecuación al contexto. 14) Generación de normas, su implementación progresiva que faciliten las transiciones de los niños/as en el sistema: desde las modalidades en menores de 2 años hacia los jardines; desde los jardines hacia los colegios (prekínder) y de la educación parvularia hacia la educación básica. 15) Implementación, previa discusión de los estándares orientadores de la educación parvularia, y mantención de políticas de incentivos para atraer a buenos candidatos y retener a buenos profesionales. Esto implica generar un sistema de gestión de personas desde el nivel central (mineduc, minsal, mintra). Revisar la pertinencia de que la carrera de educación de párvulos sea dictada por entidades de carácter técnico. Generar estándares de acreditación de las carreras vinculadas con la educación inicial de dificultad creciente. Revisar en la práctica las habilidades para el trabajo en las diversas ofertas de servicios. Generar sistemas de capacitación continua con incentivos asociados, que vele por la calidad, en particular para aquellos profesionales y técnicos que trabajan en entidades financiadas por el Estado. Elaborar estándares orientadores de la educación para técnicos, y distinguir competencias entre ambos tipos de recursos humanos: profesionales (educadoras) y técnicos o auxiliares de párvulos. Este aspecto no está claramente diferenciado ni se identifican áreas de superposición práctica. Esto atenta contra los desarrollos profesionales de las educadoras de párvulos. ¿Qué rol debe desempeñar las profesionales universitarias y aquellas de nivel técnico? ¿Cuál es la diferencia? ¿En qué se 36


refleja las diferencias en el quehacer? ¿Cuáles son los trayectos de desarrollo laboral para ambos grupos?

16) Una mención especial con relación a toda la política de primera infancia, y en particular a la de educación inicial tiene que ver con el concepto de inclusión. Si inclusión significa derribar barreras para el acceso a servicios acordes a las necesidades de las personas, si inclusión educativa implica posibilitar el que todos los estudiantes puedan participar de lleno en la vida y el trabajo dentro de las comunidades educativas, esto implica, a decir de UNESCO, un enfoque de educación (y en lo macro, un enfoque de políticas) que va más allá de un conjunto de técnicas particulares. Implica generar espacios que posibiliten el desarrollo de cada niño/a independiente de las dificultades o discapacidades o diferencias que tenga. Implica generar experiencias de calidad, apropiadas a cada uno, pues es un derecho. En este sentido, desde la política de primera infancia es necesario acordar una definición común, que permita operacionalizar la política14. Desde una mirada de Sistema de Infancia, la inclusión no es sólo educativa sino social. Esto implica generar en cada área de la política (sectorial e intersectorial) los elementos que garanticen de manera estructurada, reglamentada (normada) y financiada que esto se posibilite o que se camine en esa dirección. Esto implica una planificación centrada en el niño/a sus familias y sus necesidades, y aquellas del colectivo (comunidad) a la que pertenece.

14

Por ejemplo para el CSIE la educación inclusiva es el aprendizaje de todos (niños y jóvenes de diversas capacidades) en conjunto en las diversas instituciones educativas con un área de soporte apropiada. Para UNESCO es “una aproximación al desarrollo a partir de la búsqueda de atender las necesidades de aprendizaje de todos los niños, jóvenes y adultos con especial énfasis en aquellos que son vulnerables a la marginalización y exclusión. Dyson distingue cuatro variedades de inclusión: como ubicación (contar con escuelas o establecimientos para que todos reciban educación por ejemplo); como derecho educativo para todos independiente del lugar (como permitir que los establecimientos o redes sirvan a todos); como participación (como garantizar que los alumnos participen); como inclusión social (acceso a conocimientos, técnicas y habilidades que les permitan transformar sus comunidades)

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Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 16. Vivienda social integrada a la ciudad

Políticas de vivienda y de suelo para la integración residencial Isabel Brain1

1

Socióloga, Estudiante de Master en Administración Pública (MPA) en la Universidad de Harvard


Hoy existen dos grandes desafíos en materia de vivienda social para los grupos vulnerables, emergentes y medios –esto, siguiendo la nomenclatura que hoy utiliza el MINVU para distinguir los grupos sociales--. El primero es cómo evitar/frenar la tendencia de la política de vivienda a generar homogeneidad social a gran escala dentro de las ciudades. El segundo, es cómo revertir las tendencias a la getización del stock de vivienda ya construido. En la práctica, lo anterior implica evitar que ocurran situaciones como en la comuna de La Pintana donde 8 de cada 10 viviendas son viviendas sociales, o en Alto Hospicio donde esta cifra sube a cerca del 100% del parque habitacional.

Algunas consideraciones generales Antes de describir algunas propuestas que permitan resolver los desafíos antes expuestos, es necesario tener en cuenta los siguientes elementos: -

Respecto a los objetivos de la política Cuatro grandes etapas desde los 90s hasta hoy i. Etapa 1: 1990-1996: Objetivo disminuir déficit de arrastre por medio de sistema de producción masiva de vivienda para evitar toma ilegal de terrenos en contexto del paso de dictadura a democracia. Sistema se configura principalmente en torno a en un subsidio básico general compuesto por Ahorro + Crédito + Subsidio (SAC). ii. Etapa 2: 1997-2001: Objetivo: disminuir déficit + mejorar calidad (reacción de la política post casas Copeva). Se aumenta el monto del subsidio y se establecen especificaciones que garanticen estándar mínimo. Se suma primer catastro de campamentos y creación de Chile-Barrio para dar solución a ese grupo. Problemas de deudores habitacionales, repactaciones, etc. iii. Etapa 3: 2002-2006: Objetivo: disminuir déficit + mejorar calidad. Debido al problema de la deuda de los créditos hipotecarios del segmento más pobre, se crea la vivienda dinámica sin deuda. El sistema se configura solo en Subsidio + Ahorro (el ahorro corresponde a cerca del 2% del valor de la vivienda) cuando se trata de los grupos más vulnerables. Se establecen las EGI2S, y se obliga a postulación grupal para los proyectos nuevos.

222

Las EGIS son las entidades de gestión inmobiliaria social, cuya finalidad es ser intermediaria entre los hogares postulantes, las constructoras y/o inmobiliarias, y el MINVU. Estas EGIS pueden ser las Municipalidades, Fundaciones u ONGs, Consultoras, o parte de las mismas inmobiliarias.


Comienza a abrirse el sistema de subsidios para compra de vivienda usada. iv. Etapa 4: 2007-presente: Objetivo: déficit + mejorar calidad + integración social. Se crean una serie de nuevos instrumentos para promover mayor integración social de la vivienda: subsidio a la localización, programa de proyectos de integración social, junto con programas orientados a mejorar condiciones de la vivienda social construida por medio de programa Quiero mi Barrio, programa de protección al patrimonio familiar (PPPF). Muchos de estos programas se mantuvieron ajustaron, modificaron, etc., en la actual administración, sin embargo los principios se sostienen. A partir del 2012 se comenzó a abrir el debate acerca de la pertinencia de una política de arriendo de vivienda social recomendado por la OCDE. -

Respecto al mercado habitacional en Chile En promedio 7 de cada 10 viviendas en Chile se construyeron entre 1991 y 2011 con algún tipo de subsidio de vivienda otorgado por el MINVU. Esto no solo da cuenta del peso que tiene el MINVU en la construcción de ciudades, sino también la influencia que ejerce en el mercado habitacional. Lo anterior se explica por el marcado acento viviendista del MINVU que se refleja en el presupuesto 2011, que de acuerdo a datos de la DIPRES, sólo un 15% del presupuesto del MINVU va a inversiones o programas urbanos.


Tabla A: Proporción que representa la vivienda con subsidio sobre el total de la vivienda construida en Chile entre 1990 y 2011

Año 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010* 2011* Promedio Total

Número de viviendas autorizadas 88.197 108.482 122.062 124.785 135.600 143.823 137.208 120.760 114.283 99.928 117.968 104.389 127.615 151.787 147.734 163.236 150.710 150.911 140.619 96.036 145.432 128.170 2.691.565

Número de subsidios de vivienda 74.301 85.741 90.348 91.872 93.948 94.734 97.602 86.605 91.027 92.058 85.696 87.068 101.979 95.547 82.775 98.059 99.152 126.055 88.167 55.316 65.002 89.669 1.883.052

% viviendas construidas sin subsidios 15,8 21,0 26,0 26,4 30,7 34,1 28,9 28,3 20,3 7,9 27,4 16,6 20,1 37,1 44,0 39,9 34,2 16,5 37,3 42,4 55,3 29,0

* El número de subsidios considerados corresponde a los subsidios regulares sin considerar aquellos asignados a la reconstrucción Fuente: Elaboración propia en base a series de datos históricas INE; Observatorio Habitacional y Urbano, MINVU

-

Respecto a la oferta de vivienda social 1. Reglas del juego de la política y sus incentivos: necesaria revisión. Si bien la política opera bajo la consigna de subsidio a la demanda, cuya eficiencia en la producción de vivienda social y/o económica3 es lo que hace destacar a Chile entre los

333

Toda vivienda de hasta UF2.000 que recibe algún tipo de subsidio se denomina vivienda económica. Dentro de este grupo se encuentra la vivienda social, la cual recibe una proporción de subsidio significativamente mayor por estar destinada a los grupos más vulnerables. Hasta hace pocos años correspondía a la vivienda de hasta UF400, sin embargo, hoy con los cambios en la política habitacional, eso podría eventualmente haber cambiado.


países de América Latina, en la práctica los riesgos por parte de los oferentes están muy bien controlados. Los incentivos hoy para un desarrollador de vivienda social son: i. Bajo riesgo (i): El valor del subsidio es igual (o casi igual) al valor de la vivienda, por lo tanto, el desarrollador no corre el riesgo de no pago por parte de los hogares más vulnerables. De esta manera, cuando el MINVU cada año declara el número de subsidios que serán otorgados, la estrategia pasa por capturar la mayor parte de dichos beneficiarios. ii. Bajo riesgo (ii): Los hogares más vulnerables tienen muy poca capacidad de ejercer sus preferencias, en parte por falta de información, en parte porque la oferta no varía significativamente (las constructoras e inmobiliarias se ajustan a los estándares mínimos que establece la normativa) y también porque las EGIS en muchos casos son parte de las inmobiliarias. La posibilidad de que un beneficiario del subsidio no utilice el voucher es muy baja, puesto que volver a postular conlleva un tiempo importante tanto de postulación como de espera para su asignación. iii. Posibilidad de rentar con el suelo: el decreto que norma la vivienda social, permite que hasta un 30% del subsidio se destine a la compra de suelo. Esto se traduce en un incentivo claro para adquirir suelo de bajo costo y generar el mayor margen posible. Se suma a lo anterior, la posibilidad que otorga el artículo 55 de la LGUC para construir vivienda social con densidades urbanas en suelo rural. Ahora bien, los precios del suelo han crecido sostenidamente a pesar de la ampliación de los límites urbanos, lo cual en muchos casos ha puesto presión a los márgenes que generan las empresas, generando incentivos para no mejorar la calidad de las viviendas.

El resultado ha sido la generación de una oferta de muy bajo valor urbano, la cual ha mostrado enfrentar procesos de deterioro físico y social muy rápidos. Lo anterior se explica porque los incentivos están puestos para (i) generar vivienda en zonas alejadas de servicios y equipamiento tal que sea posible obtener mayores rentas del suelo, y (ii) para generar grandes proyectos que permiten generar economías de escala en la construcción. Así lo indica la imagen a continuación en la cual se observa cómo a pesar de la disponibilidad de suelo, el conjunto San Alfonso se construyó con densidades propias de los departamentos de vivienda social desarrollados en sectores de la ciudad con menor disponibilidad de suelo.


Imagen A: Población San Alfonso terminada el año 2002 en la Comuna de Colina, R.M.

Fuente: Elemental, 2010 Un punto importante que es necesario considerar, es el hecho que el desarrollo de vivienda social en grandes números, va determinando los precios del suelo en sus alrededores y por consiguiente la posibilidad de que se desarrollen otro tipo de proyectos o inversiones en el territorio que no sean viviendas sociales. A modo de ejemplo, la tabla B indica en forma clara cómo comunas que han sido grandes receptoras de vivienda social como es el caso de Alto Hospicio en la región de la Tarapacá, posee un muy bajo número de ZCS4 y los valores de estas no varían significativamente lo que es indicativo de una homogeneidad bastante alta en el tipo de usos y grupos sociales que en ellas habitan.

4

Las ZCS corresponden a las zonas de características similares que el SII establece dentro de cada comuna para efectuar sus tasaciones. Las ZCS se construyen en base a información de las transacciones de sitios registradas en el conservador de bienes raíces. Dichos valores permiten al SII contar con una referencia al momento de efectuar las tasaciones.


Tabla B: Diferencias en los precios de suelo y grado de heterogeneidad de usos entre comunas con alto y bajo número de viviendas sociales. Nº $ Mín. ZCS

$ Máx.

Media

Des. Est.

Máx.-Min. (UF)

Des.Es t.(UF)

3

425

11.304

7.678

5.128

0,5

0,24

14

361

96.340 34.928

27.801

4,5

1,30

LA PINTANA

5

6.178

3.313

0,4

0,16

PROVIDENCIA

9

22.369

14.060 10.779 133.22 268.442 5

60.412

11,5

2,83

4.242

0,5

0,20

92.324

19,3

4,32

Región

COMUNA

Tarapacá

ALTO HOSPICIO IQUIQUE

RM

PADRE LAS 4 709 11.361 5.287 Araucanía CASAS TEMUCO 18 850 412.252 63.269 Fuente: Elaboración propia en base a datos SII, 2010.

En definitiva, es a través de un cambio en política de vivienda social –y sus reglas del juego— que se debiera apuntar a quebrar la tendencia a la producción de homogeneidad social en el espacio, lo cual pasa por ajustar tanto los incentivos que se generan a la industria como los estándares que se definen desde la política de vivienda. 2. Efectos urbanos no deseados de la focalización de la vivienda. Dada las reglas del juego descritas acerca de la forma en que la industria de la construcción e inmobiliaria organiza su oferta –siguiendo las reglas establecidas desde la política de vivienda—, la focalización de la vivienda social o económica, arrastra un efecto territorial muy significativo: se aglomera en el mismo espacio a quienes son más vulnerables. Imagen B: Imagen aérea del sector Santo Tomás en la comuna de La Pintana donde el 100% del parque habitacional corresponde a vivienda social destinada al estrato más vulnerable

Fuente: Elemental, 2010.


La construcción masiva de vivienda social en determinadas comunas o zonas de la ciudad genera un círculo no virtuoso de deterioro social y urbano, acentuado por los efectos negativos que tiene en el presupuesto municipal. Bien es sabido que la vivienda social está exenta del pago de contribuciones y en contrapartida, quienes habitan dichas viviendas son aquellos que más demandan y/o dependen de los servicios que presta el municipio; carga que el FCM no logra compensar. Tal como lo indica la tabla C, el nivel de dependencia de estas comunas respecto al FCM es mucho mayor, en un escenario en que sus habitantes demandan en mayor proporción de los servicios municipales. Tabla C: Ingresos comunales en tres regiones del país

Región

Tarapacá RM

Dependencia FCM Presupuesto municipal sobre ingresos por habitante ($) propios

NOMBRE COMUNA

Nº hab. (2011)

ALTO HOSPICIO

93.843

64%

85.744

IQUIQUE

185.962

7%

212.180

LA PINTANA

202.569

66%

91.620

PROVIDENCIA

126.643

1%

585.710

Fuente: Elaboración propia en base a datos SINIM, 2012

Dado lo anterior, se entiende que para ningún municipio es un `buen negocio` recibir vivienda social. Ahora bien, un municipio para evitar la llegada de vivienda social recurre a los planos reguladores donde es posible establecer un tamaño mínimo de lote en el plan regulador (PR) más grande que el que requiere –y puede pagar— la vivienda social (100m2 las casas, y 70m2 los departamentos), restricciones a la densidad, etc., que hacen inviable cualquier proyecto que busque generar vivienda social5. Sin embargo en Chile existe una norma que permite construir con mayor densidad que la que establece el PR si se trata de un proyecto de vivienda social de más de una hectárea (60 viviendas sociales aprox.). El problema es que este es un recurso escasamente utilizado en comunas bien localizadas en parte por las dificultades que conlleva al desarrollador, y en parte por el desconocimiento de este mecanismo por parte de los funcionarios municipales.

5

Este mecanismo de protección contra la vivienda económica no solo ocurre en Chile, sino que es un mecanismo frecuentemente utilizado, por ejemplo, en las ciudades norteamericanas, principalmente en los suburbios.


En definitiva, la clave está en lograr desacoplar la provisión de subsidios a los más vulnerables con el territorio en el cual puede hacerse efectivo su uso. Se debe hacer esfuerzos por garantizar –por la vía de fondos públicos directos o incentivos— la provisión de vivienda mixta que reúna hogares vulnerables y no-vulnerables.

3. Negocio inmobiliario e integración social sí son compatibles Si bien solo se han construido en Chile 9 proyectos bajo los principios del programa de integración social (PIS) el cual entrega un incentivo a los hogares de ingresos medios para que estén dispuestos a adquirir una vivienda en un conjunto que tiene viviendas sociales. Han mostrado que es perfectamente posible generar un desarrollo de vivienda que agrupe viviendas de distintos valores –destinadas a hogares de distinto nivel de ingresos— sin que ello juegue en contra del negocio inmobiliario. El bajo número de proyectos desarrollados con esta lógica no se debe necesariamente a una falta de interés de los desarrolladores, sino más bien al hecho que se trató de un programa piloto sin que las reglas del juego ni los montos de los subsidios asignados a este tipo de desarrollo estuvieran tan claros. Esto quiere decir, por ejemplo que un desarrollador de este tipo de proyectos no se ‘acogía’ a un programa específico con sus propias reglas del juego, sino que debía trabajar con los distintos decretos y programas –y sus respectivas condiciones— que regulan la vivienda destinada para los distintos estratos sociales. Por lo tanto, no se exige ningún requerimiento especial para el desarrollo de este tipo de proyectos en cuanto a materias urbanas, de diseño, de administración de este tipo de conjuntos integrados. La única condición existente era que aquellos proyectos que incluyeran vivienda del FSVI o FSVII (15% mínimo) no podrían ofrecer a los postulantes de viviendas DS40 optar al subsidio de integración (UF100 adicionales) por comprar en un conjunto integrado. Este programa aún juega un rol muy débil, y la clave en el futuro sería lograr que este no fuera la excepción sino más bien la regla dentro de la política habitacional. Por qué: i. Tiene beneficios para los hogares integrados en términos de sus probabilidades de movilidad social ascendente, o en su defecto permite frenar la tendencia a la getización que hoy enfrentan muchos de los conjuntos antes construidos. ii. Promueve un desarrollo urbano más armónico evitando segregación social, sin afectar plusvalías de las viviendas. Si bien los casos chilenos son muy recientes, hay múltiples estudios en Estados Unidos que muestran que los proyectos de vivienda mixta (mix income housing) no generan un


efecto negativo en las plusvalías de las viviendas ubicadas en los alrededores de estos conjuntos6. Fortalecer esta política supone que se introduzcan cambios en la operatoria del programa, requerimientos mínimos exigidos para el desarrollo de este tipo de proyectos, normativa que lo regula y por supuesto, mayor relevancia presupuestaria (Ver propuesta más adelante). Lo anterior implicaría entrar en un proceso de sofisticación de la oferta de vivienda; se debieran introducir aspectos de diseño y de organización de la demanda que los proyectos tradicionales de vivienda social no consideran, pero que son los que finalmente, determinan el atractivo de estos proyectos para los hogares de más ingresos y la sustentabilidad de la convivencia entre sus residentes.

4. La política no puede ser la misma para todas las ciudades. Los problemas en las ciudades son muy distintos en función de su tamaño. Una ciudad pequeña, intermedia y metropolitana enfrentan dinámicas urbanas y de los mercados de suelo muy distintas. Por ejemplo, la segregación residencial es un tema relevante en las grandes ciudades no en las ciudades más pequeñas. Los instrumentos de política aplicados en forma pareja en todo el territorio distorsionan el mercado de suelo y de vivienda cuando este no se ajusta a la realidad de la ciudad. Por ejemplo: ciudades más pequeñas ajustan sus precios y sus estándares a las ciudades metropolitanas, generando alza en los costos de suelo y construcción en forma artificial, tal como ocurrió con el subsidio a la localización. La aplicación del subsidio a la localización en estos sectores es un excelente ejemplo de esta situación puesto que su aplicación hizo que se elevaran los precios del suelo automáticamente. Cabe recordar que este subsidio en teoría aplicaba ‘solo’ para aquellas

6

Dos estudios importantes respect a este punto son: (a) Nombre estudio: “Effects of mixed-income, multifamily rental housing developments on single-family housing values” Investigadores: Henry O. Pollakoswki, David Ritchay, Zoe Weinrobe; Institución: Housing Affordability Initiative del Center for Real State de Massachusetts Institute of Technology (MIT); Año: 2005. Vínculo: web.mit.edu/CRE/research/hai/40b.html; y (b) Nombre estudio: “Mixed income housing in the suburbs: Lessons from Massachusetts” ; Investigadores: Aaron Gornstein y Ann Verrilli; Institución: Fannie Mae Foundation; Año: 2006; Vinculo: www.chapa.org/pdf/MixedIncomeReport.pdf


ciudades de más de 5.000 habitantes, y de acuerdo a datos del Censo 2002, ya en ese año no había ninguna ciudad en Chile con un número menor a esa cantidad de habitantes.

-

Respecto a la demanda de vivienda social 1. El territorio juega un rol ACTIVO en la calidad de vida y en las oportunidades que los hogares enfrentan. La política de vivienda tradicionalmente ha entendido el ‘suelo’ como un elemento neutro, desconociendo el hecho que una determinada localización – dependiendo de sus características— puede conllevar beneficios o perjuicios para los hogares más vulnerables. Una mala localización no solo puede frenar las posibilidades progreso personal y familiar, sino que puede jugar activamente en su contra. A mayor tamaño de la ciudad menos neutra es la localización. Al respecto la evidencia muestra que hogares de la misma condición social (Quintil I) que viven en vivienda social del mismo tipo –y construida el mismo año—, muestran tendencias de movilidad social muy distintas dependiendo del nivel de segregación en sus entornos. Aquella vivienda social ubicada en entorno de homogeneidad social a gran escala versus la vivienda social poco segregada, esto es, con niveles de diversidad social alta en el entorno determina las trayectorias de movilidad social de los hogares que las habitan. Los hogares que residen en una vivienda social ubicada en un entorno social diversos, con el paso del tiempo enfrentan procesos de movilidad social ascendente, debido a: (i) mayor cercanía a fuentes y redes laborales, y (ii) a mejores servicios municipales. Lo anterior, se explica principalmente por la presencia de grupos sociales distintos en el entorno del conjunto de vivienda social7. Por esta razón a nivel de lineamientos de localización de la vivienda social en el territorio urbano, se debiera hacer explícito que la ciudad no es un territorio ni neutro ni muerto cuando se trata de los hogares más vulnerables. Para ello sería importante formular una política de acceso a suelo urbano para los hogares más vulnerables que considere no sólo (i) cercanía a equipamientos y servicios; sino también (ii) cercanía a otros grupos sociales no-vulnerables.

7

Ver Sabatini, F., Salcedo, R., Wormald, G., 2005-2008 “Barrios en crisis y barrios exitosos producidos por la política de vivienda social”. PBCT Anillos de Investigación en Ciencias Sociales, financiado por CONICYT.


2. Demanda de los hogares es por localización. Las tendencias de localización de diversos grupos vulnerables da cuenta que la localización juega un rol relevante. Los hogares de campamentos, allegados, inmigrantes muestran – todos— tendencias de localización más cercanas a los centros y sub-centros urbanos, en comunas con mejor equipamiento y mayor diversidad social que los hogares que hoy habitan en una vivienda social. Mientras mayor es la vulnerabilidad más determinante es la geografía de oportunidad en la cual los hogares están insertos. A modo de ejemplo, es ilustrativo comparar las tendencias a la localización de los inmigrantes peruanos, versus las personas de origen mapuche. Los primeros de acuerdo a los datos del Censo 2002 se localizan en su mayoría en el centro de Santiago y el las comunas del nor-oriente. Las razones son sus redes de contacto y de trabajo. En cambio los hogares mapuches, que por ser pueblos originarios tienen prioridad para la obtención del subsidio habitacional muestran las típicas tendencias de localización: segregados en la periferia de la ciudad en el sector sur-oriente principalmente, no obstante originalmente residían en localizaciones similares a los peruanos (Ver imagen C) Imagen C: Localización de los mapuches y de los peruanos según Censo 2002

Fuente: Censo, 2002


3. El efecto barrio El efecto barrio corresponde a la transferencia de atributos del barrio a las personas por medio de diversos mecanismo ‘contagio’, ‘efecto pares’ (influencia de los amigos y personas de la misma edad en las conductas) y ‘modelo de rol’ que es la forma en que las personas mayores inciden en el comportamiento de adolescentes y niños que los observan8. Es precisamente en los hogares más vulnerables donde el entorno juega un rol más relevante, en la medida que no solo afecta la conducta sino también en las posibilidades de movilidad social ascendente el hecho de estar rodeados de hogares de condición social distinta a la de ellos. En el caso de los proyectos desarrollados integrando vivienda social con viviendas destinadas a estratos más altos lo anterior se aprecia en forma bastante clara, puesto que son los propios residentes quienes afirman la presencia de beneficios por el hecho de vivir con personas de condición social más alta tal como se observa en el gráfico siguiente9. Los habitantes de dos conjuntos integrados en la ciudad de Santiago, San Alberto Casas Viejas (Puente Alto) y de Juvencio Valle (San Bernardo) perciben diversos beneficios de habitar cercanos a grupos sociales más altos. Gráfico A: El beneficio de convivir con personas de clase social más alta es (% respondió Sí) Conjunto Juvencio Valle Sn. Bernardo Conjunto San Alberto Pte. Alto 50 55 57 58

Permite realizar intercambio de… Mis hijos pueden aprender… Los barrios se ponen más seguros

33

66 65

Se puede conocer a personas con… Los barrios se ponen más bonitos Mi vivienda se valoriza Dan ganas de surgir

48 42

73 74 79

50

Hay más vida de barrio

80 78

92

Fuente: ProUrbana, Centro de Políticas Públicas, 2012

88

Sampson, R. (2008) “Moving to inequality: Neighborhood Effects and Experimental Meet Social Structure” by University of Chicago. AJS Volume 114 Number 1: 189-231. 9 Datos provenientes de un estudio (2012) que busca (i) medir el efecto de los proyectos integrados en la convivencia entre los hogares y (ii) en un análisis de la estrategia inmobiliaria de este tipo de conjuntos, desarrollado por ProUrbana del Centro de Políticas Públicas UC financiado por el Lincoln Institute of Land Policy.


4. La demanda por vivienda no es tan distinta a otros mercados cuando el barrio es verdaderamente diverso. El hecho que en un mismo barrio existan viviendas de otro valor –y que por lo tanto apuntan a distintos segmentos de la población— se observa por parte de los ‘consumidores’ como un dato. Las personas al visitar un conjunto eligen aquella vivienda que mejor se ajusta a sus capacidades de pago/endeudamiento. Y, muchas veces, optan por viviendas de un rango superior de precios cuando se enfrentan directamente a la oferta (dispuestos a mayor nivel de endeudamiento). La presencia de personas de otros ingresos no condiciona la elección de la vivienda en los estratos medios. Salvo que esa vivienda sea mayoritaria dentro del conjunto o del barrio. No se rechaza la vivienda social per se, sino que el estereotipo de la vivienda social tipo block, que se asocia a problemas sociales profundos como delincuencia, micro y narco tráfico, entre otros. Al preguntarle a los actuales habitantes de dos conjuntos integrados en la ciudad de Santiago, San Alberto Casas Viejas (Puente Alto) y de Juvencio Valle (San Bernardo) la mayoría sabía o se dio cuenta al momento de comprar su vivienda, que su conjunto era integrado socialmente, lo que sugiere que no existe una reticencia respecto a la heterogeneidad social residencial. Gráfico A: Decisión de compra en proyectos de viviendas integradas en la Región Metropolitana Cuando llegó a su vivienda, ¿sabía Ud., que se trataba de un conjunto integrado socialmente? (%)

No

15 17

46 Sí, me di cuenta solo (a)

68

27

27 Conjunto San Alberto Pte. Alto

Sí, me lo advirtieron al momento de adquirir la vivienda

Conjunto Juvencio Valle Sn. Bernardo

Fuente: ProUrbana, Centro de Políticas Públicas, 2012 Además, en ambos conjuntos hay un alto porcentaje de encuestados a los que no les importa mayormente la mezcla social en el conjunto. Esto refleja actitudes al menos


indiferentes hacia la integración residencial, lo que puede significar una oportunidad para otras iniciativas que busquen realizar proyectos similares. Gráfico B: Decisión de compra en compra en proyectos de viviendas integradas en la Región Metropolitana Que fuera un proyecto que mezclaba distintoo tipo de hogares...(%)

7 24

Le pareció malo

54

No le importó mayormente

22

Le pareció bueno

36

58

Conjunto San Alberto Pte. Alto

Conjunto Juvencio Valle Sn. Bernardo

Fuente: ProUrbana, Centro de Políticas Públicas, 2012


Por último cabe señalar que los grupos más altos también perciben bastantes beneficios de vivir con personas de grupos sociales más bajos. Cabe destacar que estas opiniones provienen de residentes que actualmente habitan estos conjuntos y por tanto se enfrentan cotidianamente a la convivencia entre personas de ingresos diversos. Entre los beneficios percibidos cuales destacan los que se ilustran en el gráfico siguiente. Gráfico C: El beneficio de convivir con personas de clase social más baja es (% resp. Sí) Conjunto Juvencio Valle Sn. Bernardo

Conjunto San Alberto Pte. Alto

Permite realizar intercambio de trabajo conveniente para ambos Hay más vida de barrio

47 66 53 70 62

Hay más gente y negocios en las calles Se aprenden otros valores importantes para la vida Se aprenden a vivir con gente distinta a uno

71 50 79 71 88

Fuente: ProUrbana, Centro de Políticas Públicas, 2012

Es el tipo de vivienda y de barrio lo que condiciona la compra. Vale considerar que: i. En una misma familia hay personas de condición social distinta. Ejemplo: Una pareja joven de profesionales donde ambos trabajan, con hijos pequeños puede tener un ingreso muy superior al que tiene la madre de uno de ellos no profesional y que se encuentra divorciada o viuda. Estos integrantes de una misma familia elegirían viviendas distintas dentro de un mismo barrio. ii. Si las personas se conocen previamente, aún cuando no tengan ingresos similares pueden estar dispuestos a vivir con personas de condición social distinta. Ejemplo: una misma empresa reúne persona de distinta condición social. iii. Clase media que enfrentan alto nivel de gastos, valora incentivos y apoyos que le permitan acceder a su vivienda con menor endeudamiento. IMPORTANTE: No es posible cargar ‘individualmente’ con los costos de la integración. Esto quiere decir que, no obstante la integración social es un tema valorado socialmente –


transversal a todos los grupos sociales10— y que además tiene claros beneficios funcionales para los más vulnerables, los beneficios para los grupos más altos de vivir con personas de condición social más baja no son tan relevantes (no así los beneficios sociales o bien simbólicos). Es un hecho que los hogares mas vulnerables tienen menos recursos para mantener sus casas y sus barrios y que atraen servicios de menor calidad. Por lo tanto, es importante que el 'costo' de vivir integrado se distribuya territorialmente, a nivel municipal, y que a nivel de proyectos la vivienda para grupos más vulnerables no sea mayoría.

Ideas -propuestas Algunas propuestas que se desprenden de los antecedentes anteriores son: 1. Establecer tanto un mínimo como un máximo de viviendas por comuna, de manera de garantizar un equilibrio en integración residencial de los hogares y su sustentabilidad en el tiempo, esto es: mayor base tributaria por contribuciones que permiten a los gobiernos locales prestar servicios de mayor calidad a los hogares vulnerables de la comuna. Se debieran considerar dos escalas de integración: i. A Escala Comunal: toda comuna debiera tener una proporción relativamente similar a la distribución de quintiles de la población regional. Esto se podría lograr por dos vías: 1. Obligación + compensación que puede ser: a. (como en el caso francés) en que se exige que cada municipio tenga al menos un 20% de vivienda social. El no cumplimiento conlleva el pago de multas. b. Zonificación especial para construcción de vivienda mixta. c. Compensación la llegada vivienda social debiera estar asociada a una compensación al municipio por gastos de administración de áreas verdes y retiro de basura. 2. Incentivos a los desarrolladores para que construyan proyectos de vivienda MIXTA + compensación. Algunas alternativas son: a. Aceptar mayor densidad que la que define el plano regulador en las comunas que tienen menor número de

1010

Ver como referencia, estudio del MINVU “Disposición a la integración residencial en tres ciudades de Chile”, desarrollado por ProUrbana del Centro de Políticas Públicas UC, 2009.


vivienda destinada a los grupos vulnerables (Ver propuesta centro de políticas públicas UC) b. Otorgar subsidio a la localización SOLO a aquellos proyectos de vivienda MIXTA ubicados en comunas con precio de suelo: medio, medio-alto y alto. c. Compensación la llegada vivienda social debiera estar asociada a una compensación al municipio por gastos de administración de áreas verdes y retiro de basura.

ii. A Escala de Proyectos: todo nuevo proyecto habitacional que acoja vivienda social debiera ser –idealmente— un proyecto de vivienda mixta o para familias de ingresos diversos (Mix Income Housing). No más conjuntos destinados a un solo tipo de subsidio. Importancia de dar impulso a los Proyectos de vivienda MIXTA o Integrada que permita: d. Quebrar la tendencia a la construcción de vivienda homogénea en la medida que todo nuevo desarrollo sea desde un comienzo heterogéneo. e. Generar barrios más sustentables en el tiempo y comunas con mayor capacidad de dar respuesta a las necesidades de los más pobres. Qué significa o implica dar impulso a estos proyectos: entregar recursos a hogares no-vulnerables para que habiten en conjuntos con personas que si son vulnerables, puesto que eso tiene beneficios para estos últimos. Vale decir, apostar a una inversión con efecto boomerang, supone aceptar cierto nivel de desfocalización a nivel de individuo, focalizando más bien en el territorio, lo cual de todos modos generará retornos en el bienestar de los hogares más vulnerables. Para esto sería necesario: A nivel de la demanda: mejorar incentivos a los grupos medios para vivir con personas de ingresos más bajos, eso significa: 1. Mantener subsidio adicional por adquirir vivienda en conjunto integrado. 2. Aportar fondos específicos de inversión en equipamiento y estándar del barrio para el caso de los proyectos de vivienda MIXTA que los vuelvan más atractivos. 3. Limitar el número de viviendas para grupos vulnerables a 20% que permite que la convivencia entre grupos sea sustentable en el tiempo (las modificaciones que propone el MINVU a este


programa es que considere un 30%). En caso que se exija un número superior debiera ir acompañado de subsidio adicional que permita no sacrificar calidad del conjunto. A nivel de la oferta: 1. Establecer criterios claros y específicos de diseño urbano, de equipamiento y de las viviendas que permitan hacer más sustentable este tipo de proyectos. (Ver experiencia internacional recogida por el Urban Land Institute, ULI, en Estados Unidos www.uli.org “Mixed Inocme Housing Myth and Facts) 2. Facilitar el desarrollo de este tipo de proyectos por medio de la creación de un programa especial de vivienda MIXTA, distinto de lo que ocurre hoy que se suman distintos subsidios cada uno con sus propios requisitos. 3. Definir/establecer prioridad en la asignación de subsidios para quienes adquieren viviendas en estos conjuntos. 4. Organización de la demanda privilegiando postulantes que se conozcan previamente por redes familiares, educacionales y/o laborales.

IMPORTANTE: REVISAR EXPERIENCIA PROYECTO INTEGRADO SAN ALBERTO CASAS VIEJAS DESARROLLADO POR INMOBILIARA EL BOSQUE DEL GRUPO CONSORCIO.

2. Segmentar oferta pública de vivienda POR ETAPAS de ciclo de vulnerabilidad o de desarrollo familiar: Considerando que (i) para los hogares vulnerables la localización juega un rol preponderante en sus posibilidades de alcanzar mayor estabilidad laboral y/o económica, es más importante en términos de la geografía de oportunidad y que (ii) la disponibilidad de suelo en las comunas con más diversidad de fuentes laborales, servicios y grupos sociales es escaso, y también que (iii) en la ‘cultura’ chilena está instalada la idea de la vivienda ‘definitiva’ que se entrega en propiedad a los hogares más vulnerables, se debiera generar una política que considere dos etapas en la trayectoria de los hogares. La primera de mayor vulnerabilidad donde la oferta de vivienda es SOLO de arriendo y una segunda etapa que es cuando los hogares son capaces de demostrar cierto nivel de estabilidad de sus ingresos y posibilidad de acceder a un crédito (blando) donde se abre la posibilidad de postular a una vivienda en propiedad. Por lo tanto:


iii. Etapa 1: Arriendo subsidiado (hogares vulnerables) iv. Etapa 2: Vivienda en propiedad con sistema Subsidio + Ahorro + Crédito (hogares emergentes) 3. Promover movilidad residencial de aquellos que hoy habitan la vivienda social, de manera que liberen unidades de vivienda básica que sea recuperada, arreglada y pueda ser entregada a nuevos postulantes en arriendo, hasta que cumplan con condiciones para obtener un subsidio de vivienda definitiva. 4. Es necesario agilizar el proceso de re-postulación en caso que el beneficiario no encuentre alternativa que se ajuste a sus necesidades o preferencias de esta manera, el riesgo del desarrollador, o interés por generar un oferta atractiva se elevarían. 5. Integración residencial: es importante complejizar lo que hasta ahora se persigue con integración residencial. No solo importa la cercanía a servicios básicos, sino también la cercanía a otros grupos sociales. Para ello el precio del suelo es mejor proxy de calidad y densidad de oportunidades. Se debiera establecer una alianza entre MINVU – SII – Conservadores de Bienes Raíces para mantener un sistema de monitoreo y segmentación de las ciudades según precios de suelo.


Estudio de Trasfondo Grupo Res Publica Chile Capítulo 1. Tres reformas de fondo para revitalizar el sistema político chileno

Propuesta para la reforma al sistema de partidos chileno Juan Pablo Luna1

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Cientista político, académico de la Universidad Católica de Chile.


Introducción Este documento pretende contribuir a la elaboración de una propuesta de reforma al sistema de partidos de Chile. De cara a este objetivo, presenta en primer lugar un diagnóstico respecto al funcionamiento actual de los partidos políticos en el país. Dicho diagnóstico, elaborado en base a trabajos previos, analiza la relación entre los partidos y la ciudadanía, así como el funcionamiento interno y en el congreso de los principales partidos chilenos. En segundo lugar, en contrapunto con el diagnóstico, se establece una serie de objetivos para una reforma al sistema. Los objetivos también se articulan tomando al “modelo de gobierno de partido responsable” como referente normativo respecto a la representación vía partidos políticos en una sociedad moderna. En tercer lugar, se analiza la experiencia comparada a nivel regional e internacional, y se proponen los elementos de la propuesta de reforma. Dichos elementos son tres: un sistema de financiamiento basal a los partidos políticos, un fondo para la inscripción de nuevos partidos, y un sistema público de financiamiento a las campañas electorales. La propuesta también identifica una serie de reformas adicionales que sería necesario implementar para potenciar los efectos buscados de la reforma. Finalmente, también se identifican, a modo de corolario, otra serie de reformas institucionales que deberían acometerse a mediano plazo. Diagnóstico: La situación actual de los partidos políticos chilenos.2 Esta sección ofrece un diagnóstico respecto a la situación actual de los partidos políticos en Chile. En primer lugar, se analizará el funcionamiento del sistema de partidos en términos institucionales. En segundo lugar, se analizarán las características de los vínculos entre partidos y votantes. En tercer lugar, se dará cuenta del funcionamiento interno de los partidos políticos. Finalmente, se analizará en qué medida las características del sistema de partidos actual influyen a nivel del funcionamiento institucional del congreso, las municipalidades y la presidencia.

Esta sección sintetiza y se basa en trabajos previos del autor y co-autores (véase especialmente: Luna 2007; Díaz et al 2006; Giannini et al 2011; Luna y Mardones 2010, Luna y Rosenblatt 2011; Luna y Altman 2011; Luna forthcoming). En particular, en varios pasajes se reproduce el argumento, también de síntesis, presentado en Luna y Rosenblatt 2011. En general, es en ese grupo de trabajos donde se presenta evidencia más sistemática y detallada respecto a las distintas problemáticas que se elaboran aquí. También debe buscarse allí una narrativa causal mejor justificada que la presentada en este texto, en función del espacio disponible y del objetivo final de este trabajo, centrado en la formulación de una propuesta de reforma para el sistema de partidos. 2


El sistema de partidos chileno: Estable pero des-enraizado.3 En el contexto latinoamericano Chile ha sobresalido históricamente al contar con un sistema de partidos altamente institucionalizado (Mainwaring y Scully, 1995; Siavelis, 2000; Torcal y Mainwaring, 2003).También es considerado históricamente como el más parecido de la región a sus contrapartes de la Europa occidental en cuanto a sus patrones de estructuración programática y de clivajes sociales (Coppedge, 2001; Dix, 1989). Sin embargo, nueva evidencia sugiere que los partidos políticos chilenos han perdido enraizamiento en la sociedad civil. En particular, Chile presenta una configuración paradojal en términos del concepto de institucionalización del sistema de partidos (Mainwaring y Scully 1995) siendo un sistema simultáneamente muy estable, pero crecientemente desconectado de la sociedad civil. Como se observa en la Tabla 1, el sistema de partidos chileno se ubica entre los más estables de la región a mediados de los años 2000, con un promedio de volatilidad electoral de aproximadamente 8%. Este indicador, que recoge el porcentaje agregado de votos que los partidos trasvasan entre una elección y otra, contrasta claramente con una media regional de 27% y particularmente con otros casos andinos con niveles de inestabilidad electoral (y por tanto de los apoyos electorales de los distintos partidos) de 28% en Ecuador, 39% en Colombia, 41% en Bolivia y Venezuela, y 48% en Perú.4 En este sentido, el resto de los países andinos presenta niveles de trasvase de los apoyos electorales (en muchos casos causados por la desaparición de partidos tradicionales y su reemplazo por nuevos referentes usualmente efímeros) sorprendentemente altos, incluso en una perspectiva cros-regional. En base al concepto de institucionalización partidaria, sería dable esperar un mayor enraizamiento social del sistema de partidos chileno que el que presentan sus pares de la región –sustancialmente más volátiles. Ello se debe a que, habitualmente, menor volatilidad supone mayor institucionalización y, mayor institucionalización está asociada a mayor enraizamiento de los partidos en la sociedad. Si bien no existe consenso respecto a cómo caracterizar adecuadamente los grados de enraizamiento social de un sistema de partidos, distintos indicadores existentes sobre el caso chileno ponen en duda la presencia de un sistema con altos niveles de legitimidad, enraizamiento y capacidad de canalizar la representación y participación ciudadana. A modo de ejemplo, los niveles de simpatía con los partidos políticos que se observan en Chile (aproximadamente 11% de la población declara simpatizar con un partido político), de acuerdo a la encuesta LAPOP 2010 (Gráfico 1), son incluso significativamente más bajos que los observados en Perú y Ecuador, dos casos que han sufrido profundas crisis partidarias en tiempos recientes. Mientras tanto, en Bolivia, Colombia y especialmente Venezuela, una fracción significativamente mayor de la ciudadanía declara simpatizar con un partido político. Elocuentemente, ninguno de los partidos políticos chilenos supera, en nivel de simpatía, el margen de error de la

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Esta sección reproduce casi íntegramente el texto presentado en Luna y Rosenblatt (2011, pp. 5-11). 4Por una discusión detallada de este indicador y su aplicación en Chile véase Luna y Altman (2011).


encuesta LAPOP 2010, obteniendo en todos los casos menos del 5% de las preferencias. Tabla 1: Volatilidad electoral comparada5 País Volatilidad Electoral Chile 6 Honduras 7 El Salvador 11 Mexico 10 Nicaragua 17 Uruguay 16 Brazil 20 Paraguay 24 Costa Rica 24 Panama 28 República Dominicana 20 Argentina 26 Ecuador 28 Colombia 39 Bolivia 41 Venezuela 41 Guatemala 36 Peru 48 Promedio 26,8 Fuente: Jones (2005)

Por su parte, al analizar la evolución temporal de este indicador encontramos una tendencia preocupante. Entre 2006 y 2010 el porcentaje de simpatizantes partidarios ha caído en Chile un 15%. Ningún otro país de la región registra tendencia similar. Como se observa en el Gráfico 2, las adhesiones a partidos individuales son extremadamente minoritarias en el país.

5 El índice calculado por Jones se basa en el promedio de volatilidad electoral registrado en las

últimas dos elecciones.


Gráfico 1. Niveles de simpatía partidaria

Fuente: LAPOP 2010

Gráfico 2. Niveles de simpatía con partidos chilenos.

Fuente: LAPOP 2010 Los datos de la Auditoría de la Democracia (2010), así como los resultados de la Encuesta CEP, registran tendencias similares. Aunque los niveles de simpatía partidaria obtenidos son más altos (en tanto la pregunta utilizada ofrece una lista de partidos al


encuestado, preguntando con cuál de dichos partidos se identifica), según el último registro de la encuesta de la Auditoría para la Democracia (correspondiente a los meses de Septiembre y Octubre de 2010) cerca de un 57% de los encuestados manifiesta no identificarse ni simpatizar con ninguno de los diez referentes partidarios específicamente listados en la tarjeta. Por su parte, de acuerdo a los resultados de la Auditoría de la Democracia, al preguntar a los encuestados sobre las tres principales virtudes de los partidos políticos chilenos la gran mayoría de los entrevistados señaló que los mismos “no tienen ninguna virtud”. Al observar estos datos, y en función de la lógica coalicional inducida por el sistema electoral binominal, podría argumentarse que en el caso de Chile las unidades relevantes no son los partidos sino las coaliciones o pactos electorales y en particular, la Concertación (centro-izquierda) y la Alianza por Chile (centro-derecha). Si dicho fuese el caso, el dato acerca de la identificación partidaria penalizaría excesivamente al sistema de partidos chileno. No obstante, al analizar la evolución temporal (19912010) de la identificación de la ciudadanía chilena con ambas coaliciones, a partir de los resultados de la Encuesta CEP, observamos también una importante caída. En Noviembre-Diciembre de 2010, un 16% de los encuestados declaraba identificarse con la Concertación por la Democracia, al tiempo que un porcentaje idéntico se identificaba con la Alianza. Mientras tanto, el Pacto Juntos Podemos recibía una adhesión del 5%. Un contundente 58% declaró no identificarse con ninguna de estas coaliciones. Esta estimación puntual, así como la evolución temporal de las respuestas obtenidas en mediciones subsiguientes, son muy similares a los obtenidos, con idéntica pregunta, en la encuesta de la Auditoría de la Democracia (2010). Allí, un 53% de los encuestados declaró no identificarse con ninguna coalición, siendo que un 46% de los entrevistados optó por la misma alternativa en la primera encuesta de la Auditoría de la Democracia en Mayo de 2009. Al contrastar estos resultados con los obtenidos al comienzo de la transición, a partir de la Encuesta CEP, encontramos que el porcentaje de “no identificados” aumentó casi un doscientos por ciento entre 1991 (aproximadamente 20% de no identificados) y 2010 (aproximadamente un 53-58% de no identificados). Parte de esta tendencia se explica por la caída en la identificación con la Concertación. Mientras tanto, la identificación con la Alianza por Chile se mantiene relativamente estable en el tiempo (denotando la incapacidad de este conglomerado para capitalizar el descontento con los gobiernos encabezados por la Concertación). Finalmente, la serie de tiempo disponible en la Encuesta CEP y en las mediciones de la Auditoría de la Democracia también permite observar una caída sistemática en los niveles de alineamiento ideológico de la ciudadanía chilena. De acuerdo a los datos recogidos en la última edición de la Auditoría de la Democracia (Septiembre-Octubre de 2010), un 41% de los entrevistados no se identifica (o siente proximidad) ni con la derecha, ni con el centro, ni con la izquierda. Adicionalmente, un 8% de los encuestados se declara “independiente” o no responde. En tanto, los identificados con posicionamientos sustantivos no llegan en ninguno de los casos al 20% de las menciones. Nuevamente en términos comparados, Chile presenta el menor nivel registrado en toda la región en cuanto a activismo partidario. Solo un 3% de


encuestados declara haber trabajado para algún candidato o partido en la última elección, contra una media regional de aproximadamente 10%.6 Mientras tanto, de acuerdo a los resultados de la Auditoría de la Democracia (2010) que se reportan en el Gráfico 3, la ciudadanía parece preferir fuertemente liderazgos que actúen en el Congreso de forma independiente a sus partidos. Esto genera, posiblemente, mayores incentivos para la aparición y crecimiento de “díscolos”, al tiempo que denota un profundo descrédito social de los partidos. La información que presentamos en el Gráfico 4 refuerza esta interpretación, en tanto sugiere que parte del descontento social con los partidos es consistente con visiones que los colocan como alejados del interés de “todos los chilenos” y a favor de su defensa corporativa.

Gráfico 3. En general, ¿Ud. cree que los diputados y senadores de un mismo partido deben votar en el Congreso de acuerdo a los que prefiere el partido o deben votar de acuerdo a lo que prefiere cada uno de ellos?

Fuente: Auditoría de la Democracia, 2010

6El indicador no discrimina entre trabajo voluntario o pago.


Gráfico 4. Vamos a hablar ahora sobre los diputados y senadores del Congreso y a quién ellos representan. Me gustaría que me dijera...

Fuente: Auditoría de la Democracia, 2010

Si bien no es objeto de este trabajo elaborar sistemáticamente los distintos mecanismos a través de los cuales las dinámicas que describimos para el sistema de partidos podrían desafiar la calidad de la democracia en el país, cerramos esta exploración comparativa señalando algunos correlatos ya visibles de la crisis del sistema de partidos chileno. Dos dimensiones donde la problemática del sistema parece reflejarse de forma clara son: la participación electoral y la legitimidad/centralidad de la política. Desde hace algún tiempo se registra en el caso chileno una fuerte caída en la participación electoral durante el período post-transicional (Luna y Altman 2011). Esta caída en la participación electoral se encuentra, por lo demás, altamente estratificada según edad, con las cohortes más jóvenes, siendo aquellas que menos declaran haber votado en la última elección (un 20% de quienes tienen menos de 35 años, comparado con aproximadamente un 80% en las cohortes superiores). Finalmente, el Gráfico 5 analiza el nivel de interés en la política de la ciudadanía chilena. Nuevamente, la situación comparada de Chile parece problemática, dando cuenta de la progresiva consolidación de una democracia de “baja intensidad”.


Gráfico 5. Niveles de interés en la política en términos comparativos

Fuente: LAPOP 2010 Antes de concluir esta sección, resulta particularmente importante introducir un último matiz. Según sugieren los datos de la Auditoría de la Democracia, la ciudadanía chilena no subestima el rol que los partidos políticos, en abstracto, juegan para el fortalecimiento de la democracia. Un 41% de los entrevistados en dicha encuesta señala que los partidos políticos son “indispensables para la democracia”. Mientras tanto, sólo un 14% se encuentra de acuerdo o muy de acuerdo con la siguiente afirmación: “en Chile los partidos políticos funcionan bien”. En definitiva, el descontento y la desvinculación de los ciudadanos chilenos con los partidos no proviene de una visión (“teórica”) sobre los partidos como institución política sino que, más bien, se sustenta en visiones críticas sobre cómo funcionan los partidos políticos actuales en el contexto de la sociedad chilena. En síntesis, aunque los análisis disponibles sobre el caso chileno lo consideran como un ejemplo virtuoso de institucionalización partidaria a nivel regional, Chile presenta actualmente un síndrome que ha sido común en la región: un profundo alejamiento entre la sociedad y los partidos y una creciente devaluación de los procesos electorales y de las instituciones representativas. A su vez, si bien podría pensarse que lo observado en el caso chileno se inscribe en un contexto generalizado de desprestigio y desencanto con la política, dicha hipótesis no tiene sustento en la evidencia que se presenta a nivel comparado. Los niveles de desenraizamiento e ilegitimidad observados en Chile son mayores que los observados en otros casos de la región, y han venido creciendo más rápidamente que en otros países. Desde esta perspectiva la configuración observada en Chile se parece mucho más al escenario observado en Venezuela, Colombia, y Bolivia en la etapa previa al colapso de los sistemas de partido tradicionales en dichos países, que al de un caso “virtuoso” en términos de sus niveles de estabilidad e institucionalización. Aquellos tres casos también fueron considerados en su momento, como casos ejemplares respecto a sus niveles históricos de institucionalización (Colombia y Venezuela: Mainwaring y Scully 1995) o alternativamente, como casos que estaban desarrollando un positivo proceso de


institucionalización (Bolivia: A silent revolution). Los tres sistemas de partido terminaron “colapsando” muy poco tiempo después. Vínculos entre partidos y sociedad: ¿Cómo compiten electoralmente los partidos políticos chilenos? En esta sección se argumenta que la estabilidad electoral no se explica por la fortaleza de los partidos, sino más bien, por la fortaleza de candidaturas individuales que compiten de forma descentralizada aunque bajo un paraguas partidario común. Antes de identificar los distintos elementos que caracterizan a la configuración actual de la competencia partidaria, conviene nuevamente observar al sistema en perspectiva comparada. En este caso, presentamos evidencia proveniente de la Encuesta de Expertos sobre estrategias de vinculación partido-votante aplicada en 88 países bajo el liderazgo de Herbert Kitschelt (2008). Esta encuesta, aplicada a expertos nacionales, expertos internacionales con foco en un país determinado, y hasta tres periodistas políticos de cada país, provee información sobre los distintos tipos de vínculo que los partidos implementan con sus votantes. El Recuadro 1 presenta las cuatro preguntas que utilizaremos aquí para estimar hasta qué punto, y según los expertos consultados en cada caso (la muestra por caso tiene como mínimo 10 respuestas válidas), los partidos políticos estructuran vínculos basados en el liderazgo (E1), posiciones programáticas (E2), clientelismo (E3), e identificación partidaria (E4). La información recogida para cada partido fue luego sintetizada en un promedio nacional. En tanto se cuenta con 88 casos de todas las regiones del mundo, se decidió utilizar este universo de casos como parámetro comparativo para juzgar la posición relativa de los países de la región. Con el objetivo de facilitar la comparación en base a dicho parámetro, la posición relativa de cada caso fue calibrada en función de una escala que discurre entre un mínimo de 0 y un máximo de 1.7 Mientras los valores cercanos a 1 son indicativos de una alta presencia de un tipo de vínculo en el sistema, valores cercanos a 0 indican una baja incidencia de dicho tipo de vínculo en el caso analizado. En función de esta operacionalización, el Gráfico 6 presenta los resultados observados en diecinueve países de la región. Los países están ordenados respecto a la incidencia relativa de vínculos programáticos en cada caso.

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Siguiendo a Ragin (2008), se utilizó el método directo para el calibrado de fuzzy-sets, estableciendo como umbrales para la transformación el percentil 25, 75 y 90. En los cuatro casos, las versiones calibradas de cada variable presentan una correlación significativa y de alta magnitud (.8 como mínimo) con su versión original. Véase Luna (forthcoming) por una documentación y discusión más amplia respecto a la transformación realizada.


Recuadro 1. Preguntas utilizadas para estimar la presencia de vínculos alternativos en base a la Encuesta de Expertos liderada por Herbert Kitschelt (2008). E1 – ¿En qué medida los partidos buscan movilizar apoyo electoral destacando la personalidad carismática* de un líder del partido?

[Partido A]

Muy poco/Nada 1

Moderadament e 2

Bastante 3

4

No sabe X

E1_01

[Partido B]

1

2

3

4

X

E1_02

[Partido C]

1

2

3

4

X

E1_03

[Partido D]

1

2

3

4

X

E1_04

[Partido E]

1

2

3

4

X

E1_05

Fuertemente

E2 – Por favor indique en que medida el partido busca movilizar apoyo electoral enfatizando el atractivo de la posición del partido en asuntos de políticas públicas No lo hace

Lo hace a pequeña escala

[Partido A]

1

2

Lo hace a escala moderada 3

[Partido B]

1

2

[Partido C]

1

2

[Partido D]

1

[Partido E]

1

Lo hace a gran escala

No sabe

4

X

E2_01

3

4

X

E2_02

3

4

X

E2_03

2

3

4

X

E2_04

2

3

4

X

E2_05

E3 – Por favor indique la medida en la cual el partido busca movilizar apoyo electoral enfatizando la capacidad del partido de entregar beneficios materiales a sus partidarios electorales. No lo hace

Lo hace a pequeña escala

[Partido A]

1

2

Lo hace a escala moderada 3

[Partido B]

1

2

[Partido C]

1

2

[Partido D]

1

[Partido E]

1

Lo hace a gran escala

No sabe

4

X

E3_01

3

4

X

E3_02

3

4

X

E3_03

2

3

4

X

E3_04

2

3

4

X

E3_05

E4 – Por favor indique la medida en la cual los partidos apelan a lealtad partidaria de los votantes enfatizando la “identificación partidaria” y la trayectoria de largo plazo del partido. Los partidos pueden invocar sus orígenes históricos o los logros de líderes históricos. Ellos pueden resaltar símbolos y rituales del partido para vigorizar la identificación partidaria. No lo hace

Lo hace a pequeña escala

[Partido A]

1

2

Lo hace a escala moderada 3

[Partido B]

1

2

[Partido C]

1

[Partido D]

1

[Partido E]

1

Lo hace a gran escala 4

No sabe X

E4_01

3

4

X

E4_02

2

3

4

X

E4_03

2

3

4

X

E4_04

2

3

4

X

E4_05

E5 – Por favor indique en que medida los partidos buscan movilizar apoyo electoral enfatizando sus capacidades generales para gobernar para originar o mantener estabilidad política, económica y social.


No lo hace

Lo hace a pequeña escala

[Partido A]

1

2

Lo hace a escala moderada 3

[Partido B]

1

2

[Partido C]

1

[Partido D]

1

[Partido E]

1

Lo hace a gran escala 4

No sabe X

E5_01

3

4

X

E5_02

2

3

4

X

E5_03

2

3

4

X

E5_04

2

3

4

X

E5_05

Gráfico 6. Composición Predominante de Vínculos Partido-Votante en los Países Latinoamericanos

Fuente: Luna (forthcoming) en base a Encuesta de Expertos (Kitschelt 2008). Como puede observarse, Chile presenta una configuración en la que los vínculos programáticos son muy escasos, particularmente en contraposición con otros países con sistemas de partido igualmente institucionalizados y rankings comparables en términos de la calidad del proceso democrático y de policy-making como Costa Rica y Uruguay. En este sentido, podría afirmarse que los partidos políticos en Chile han optado por estructurar su competencia en términos de clivajes políticos retrospectivos, asociados a las profundas divisiones políticas y sociales generadas en torno al golpe militar de 1973 y su posterior desenlace hasta 1990. Este clivaje, central para la elite política tradicional, y ciertamente representativo no sólo de visiones políticas sino también de profundo contenido programático (por ejemplo, respecto a preferencias sustantivas en términos de la participación del Estado en la economía), fue debilitándose por al menos dos razones, las que además son complementarias. Por un lado, la “democracia de los consensos” contribuyó a moderar las posturas programáticas de uno y otro sector, dando lugar a un consenso tácito. Dicho consenso contribuyó a diluir el peso de las preferencias y perfiles programáticos en la movilización electoral de votantes.


“La cultura del consenso es tan fuerte que cada reforma necesita ser negociada detrás de puertas cerradas. Y una vez que tú llegas a un consenso, luego los legisladores levantan sus manos y votan. Esto hace que el conflicto entre los partidos con distintas posiciones sobre un tema no puedan discutirlos públicamente, generando una ilusión de consenso que deslegitima al sistema. Además, el empate legislativo que genera el binominal, la extrema concentración del poder en favor del ejecutivo prevista en la Constitución, y la necesidad de mayorías calificadas para virtualmente cada una de las reformas que queremos impulsar hacen que el ejecutivo ni siquiera envíe legislación para la cual sabe que no existe posibilidad de consenso. Esto genera un bloqueo, hiere las iniciativas del gobierno y contribuye aún más a deslegitimar a la política y a los políticos” (Carolina Tohá, candidata a diputada por el PPD, entrevista personal 2001). “Me refiero a la brutal mercantilización de la política que estamos viendo y que genera una relación cada vez más distorsionada entre el dinero, los negocios y la creciente influencia de los medios en la vida política. Esos fenómenos están muy relacionados en Chile. La estructura de los medios implica que ellos no pueden subsistir sin el apoyo de los empresarios, quienes a su vez, tienen una relación con la derecha. Entonces, la derecha tiene el control hegemónico de la prensa escrita y audiovisual. En ese marco, uno puede poner a un payaso sonriente en las pantallas y contar con grandes probabilidades de que sea electo en base a una propaganda continua. Además, la mercantilización de la política generó un espiral ascendente en los costos de las campañas. Las elecciones actuales no son acerca de ideologías o programas. Están enfocadas en cuestiones de corto plazo, en regalar cosas. Es muy paternalista y para nosotros es imposible competir con esto, porque la derecha tiene más capacidad de acceder a bienes para repartir, por su relación con los empresarios. Y tienes a los alcaldes ofreciendo proyectos a sus referentes locales, quienes se olvidan de su rol en tanto políticos, atenuando las orientaciones ideológicas del partido. Tienes como una simbiosis. Y lo mismo sucede a nivel del Congreso. Incluso en La Moneda colaboran con eso, pasando proyectos también. Yo no entiendo qué está pasando con nuestra gente, se sienten bien tratando con la derecha, particularmente a través de los medios. Si salen en los medios, está bien, porque para ser competitivo tú tienes que salir en los medios. Y dentro de la Concertación eso está generando cosas terribles. Por ejemplo, tuvimos hace unos días una reunión confidencial con unas pocas personas. Al día siguiente, una cobertura completa de la reunión aparece en los medios, incluso con detalles acerca de cómo nos habíamos sentado en la mesa. ¿Qué pasó? Como nosotros no controlamos los medios, nuestra propia gente tiene que intercambiar información por apariciones en los medios. Y eso es sumamente destructivo”(Ignacio Balbontín, ex diputado dc, entrevista personal, 2003).

Por otro lado, el natural y progresivo reemplazo generacional volvió menos relevante, en términos absolutos, al grupo de votantes para el que los alineamientos del pasado continua siendo central al momento de vincularse con uno u otro actor partidario. Como resultado de ambos procesos, el sistema de partidos en su conjunto perdió capacidad de representar posturas programáticas relevantes para la ciudadanía, al tiempo que los vínculos identitarios entre partidos y votantes también se diluyeron. Es por esta última razón que Chile también presenta, de modo consistente con la información previamente discutida, muy bajos niveles de identificación partidaria. En este sentido, el peso de los liderazgos resulta central en la movilización de votantes. En términos comparados, Chile es junto a Guatemala, Perú y Ecuador uno de los cinco casos en que aquel tipo de vínculo resulta más relevante. Finalmente el caso también destaca por sus bajo puntaje agregado. Esto podría interpretarse como síntoma de un sistema que posee una reducida capacidad de establecer vínculos (de cualquier tipo) con la ciudadanía.


¿Cómo es posible entonces observar al mismo tiempo altos niveles de estabilidad electoral y desarraigo social? El “efecto cerrojo” que imprime el sistema electoral binominal es evidentemente el principal sospechoso. En esta interpretación, el sistema electoral, mediante la restricción de la competencia a dos bloques principales, y mediante la centralización de poder (vía capacidad de nominación) en las cúpulas partidarias, ha permitido la estabilidad, aislando al sistema de partidos de una sociedad progresivamente frustrada con su accionar tradicional. En síntesis, el binominal podría eventualmente continuar garantizando niveles razonables de estabilidad electoral, pero lo hará, con un costo cada vez más alto en términos de legitimidad y enraizamiento social de los partidos políticos. Por su parte, a medida que la crisis de legtimidad del sistema aumenté, será más probable un escenario de desborde institucional del mismo. Este tipo de dinámica fue la que pautó el colapso de sistemas de partidos que eran en el pasado tan estables como el chileno (por ejemplo, los sistemas de partidos forjados bajo el “frente nacional” en Colombia y el “pacto de punto fijo” en Venezuela), y que en un breve lapso, se mostraron incapaces de procesar la demanda por representación de crecientes sectores de la población. Sin descartar ni minimizar el peso del binominal en la explicación de los patrones actualmente observados en Chile, también es necesario explorar otros mecanismos que podrían explican la continuidad (baja volatilidad) en un contexto de creciente debilidad de los partidos políticos. Dichos mecanismos tienen relación con la forma en que los partidos se han adaptado para competir en un contexto en el que se han vuelto progresivamente menos legítimos y menos capaces, como instituciones, de movilizar las adhesiones electorales. La incapacidad de los partidos de vincularse con el electorado ha sido contrapesada, en términos funcionales, por crecientes niveles de personalización de la política y de las campañas electorales. Esto último resulta evidente a nivel de candidaturas presidenciales (Luna 2007). Desde principios de los años 2000, aquellos candidatos que logran posicionarse como “más despegados” de sus partidos y como más distantes respecto a los políticos “tradicionales”, tienen ventajas competitivas claras, en base a las cuales han logrado perfilar sus carreras políticas. Piénsese por ejemplo en los liderazgos de Joaquín Lavín, Michelle Bachelet, Sebastián Piñera, Laurence Goldborne, Marco Enríquez-Ominami, o Andrés Velasco. Más allá de sus vínculos con partidos o tendencias partidarias, todos ellos intentan capitalizar electoralmente su perfil de liderazgo independiente o fuertemente renovador. El mismo fenómeno ocurre a nivel de campañas parlamentarias (véase Díaz et al 2006; Giannini et al 2011). La observación de campañas electorales en distintos distritos de la Región Metropolitana sugiere que los candidatos tienden a “esconder” su afiliación partidaria (eliminando simbología o colores partidarios en su propaganda), dando prioridad a sus características individuales. Un claro ejemplo de esto último lo constituye el crecimiento exponencial de candidatos que hicieron su campaña enfatizando, en el caso de los médicos por ejemplo, su profesión. En general, las campañas se estructuran no en base a ideas o propuestas programáticas, sino más


bien, en términos de la trayectoria de “servicio” (territorial) que el candidato posee. Cuando se trata de candidatos nuevos, por su parte, se da prioridad a personajes de alta connotación pública (ex-funcionarios en cargos visibles a nivel nacional o regional, “portadores de apellido”, personajes mediáticos, o deportistas), en función de su capacidad de generar empatía con el votante a un relativo bajo costo económico. Si bien los patrones brevemente reseñados aquí denotan situaciones diferentes, todos tienen algo en común: se centran en las cualidades individuales del candidato. Esto último resulta consistente con la evidencia empírica. Menos de un 25% de los encuestados por el estudio LAPOP 2010 declara que en su comuna la “gente vota por partidos o coaliciones” (siendo más de un 75% quienes señalan que el factor determinante son las “cualidades individuales del candidato”). El peso de adhesiones personalistas es también clave en el ámbito municipal, y se verifica en un incremento constante de liderazgos políticamente “independientes” y no partidarios (véase Mardones 2006). Un factor adicional, pero crucial, al momento de entender las dinámicas electorales contemporáneas lo constituye la consolidación de fuertes ventajas de incumbencia. En este sentido, la observación de campañas electorales (Díaz et al 2006; Giannini et al 2011) también señala que los candidatos incumbentes y aquellos con un mayor gasto electoral son los que tienen mayor probabilidad de ser electos. Adicionalmente, los incumbentes son en gran medida los que mayor porcentaje de gasto tienen, por lo que ambas condiciones tienden a observarse en conjunto. A modo de ilustración, considérese los siguientes resultados de la investigación de campo realizada por Díaz et al (2006) y Giannini et al (2011). Sobre un total de dieciséis incumbentes observados que buscaron ser reelectos en las elecciones legislativas de 2004 y 2009, catorce resultaron reelectos. Los dos restantes se desviaron de las características típicas de un incumbente que busca la reelección: Eliana Caraball (2004) gastó menos que la media de los candidatos de su distrito y fue fuertemente desafiada por su compañero de pacto (Tucapel Jiménez), quien además, contaba con un alto nivel de arraigo popular en el distrito. Por otro lado, el ex-DC Carlos Olivares (2009), compitió por el PRI, saliéndose del pacto de la Concertación y perdiendo así la posibilidad de acumular votos con su compañero de pacto (esto último también redundó en la pérdida del doblaje concertacionista en el distrito 18). Por otro lado, de los catorce incumbentes reelectos, once presentan porcentajes de gasto electoral muy superiores a la media del distrito. Mientras tanto, los candidatos desafiantes, con alto nivel de gasto electoral, resultaron también muy exitosos, siendo esta una condición usualmente necesaria (aunque insuficiente) para resultar electo. La presencia de éstos y otros candidatos exitosos se explica en general por la apertura de un “cupo” en el distrito (en virtud de la decisión de un incumbente de su pacto que decide no ir por la re-elección) o se beneficia de uno de los poco probables doblajes.


En síntesis, los incumbentes son en general los candidatos más fuertes en sus distritos y usualmente poseen mayor capacidad de gasto electoral que sus desafiantes.8 Estos resultados son plenamente consistentes con los presentados por Agostini (2011) respecto al gasto electoral y su impacto en las carreras electorales de la elección de 2009. Por otro lado, cuando un incumbente decide no competir, es altamente probable que su cupo sea apropiado por un candidato de su pacto electoral, pero no necesariamente de su partido. La capacidad de transferir contingentes electorales propios, a los de su partido, es por tanto limitada. Lo que nuevamente ilustra la debilidad de los partidos como institución. Los incumbentes poseen una ventaja adicional: la posibilidad de realizar un trabajo sistemático y sostenido de servicio a la comunidad durante el período inter-electoral. Nuevamente según los datos de la Encuesta LAPOP (2010), cerca de un 18% de los entrevistados concuerda con la opción que privilegia los regalos y la realización de favores en campaña, mientras que un 82% se inclina por señalar que los candidatos exitosos son los que tienen una estructura de servicio a la comunidad permanentemente en funcionamiento. En otras palabras, fundamentalmente en el caso de los candidatos incumbentes, la realización y gestión de favores y soluciones para la comunidad durante el período inter-electoral parece ser una de las claves del éxito. Según puede observarse en las Figuras 1 y 2, el tipo de gestión que se realiza en terreno se centra en la solución de problemas particulares o a un muy bajo nivel de agregación de intereses. La relación personal entre los incumentes y la comunidad también redunda en una creciente debilidad institucional de los partidos: “Hoy día, una gran proporción de la política chilena reside en un grupo de personalidades que son capaces de construir un nexo especial con la comunidad. Aquí (en el distrito 18), Girardi es muy fuerte. Y yo lo conozco bien, es un buen parlamentario. Pero, ¿dónde está la clave? En estas comunas tú no tienes movimientos políticos organizados, tú sólo tienes personas individuales. Y eso es riesgoso. Muchas veces la persona es atraída por personalidades y no por los partidos o sus programas. Los políticos que antes venían a eventos y reuniones partidarias a hablar de temas nacionales no existen más. Ambos Girardi (la alcaldesa y el diputado) son fenómenos políticos bien impresionantes aquí, pero eso no significa que su partido, el ppd, sea fuerte. Si ellos se van, el ppd desaparece aquí. El voto no es del ppd, es de ellos. Y eso debilita la base partidaria, la red social, que ya no existen. Y por otro lado, la fragmentación y el aislamiento que esto genera, refuerza esta lógica política [...]. Con esta nueva cultura política de repartir cosas a la gente, los concejales están en un zapato chino. Si yo, como concejal, no entrego una torta para un bingo o consigo un remedio, estoy fuera. Es perverso. La gente ahora quiere que des cosas sin ningún tipo de contraparte, sin que ellos se organicen para contribuir a buscar una solución colectiva. Y mi partido está enfermo de paternalismo, yo no creo que haya una salida de esto. Lamentablemente, muchos sectores de la izquierda se sienten bien con este sistema y eso lleva a que la gente piense que nosotros somos la misma cosa que la derecha. Y tienen razón, hacemos lo mismo. Si no nos deshacemos de los mediáticos y del «cosismo», yo creo que no hay futuro para el PPD” (Jorge Villar, presidente de la Representación Distrital del ppd en el distrito 18, entrevista personal, 2003).

Figuras 1 y 2. Ejemplos de trabajo territorial.

8Asumiendo que todos los candidatos intentarán maximizar la inversión de recursos con que

cuentan en sus campañas electorales.


Fuente: Luna (2006).

El financiamiento de la actividad política cobra mucha relevancia en un contexto en el que el trabajo territorial, tanto en campaña como en el período inter-temporal, es tan central. No obstante, la legislación chilena no provee al SERVEL, la capacidad de regular y controlar adecuadamente estas actividades, ni siquiera durante el período de campaña electoral legalmente establecido. A modo de ejemplo, considérese los extractos de dos declaraciones de gasto electoral reproducidas en las Figuras 3 y 4. Ambas declaraciones corresponden a dos candidatos que compitieron en el mismo distrito y por el mismo pacto electoral. No obstante, como puede observarse al comparar ambas figuras, el extracto incluido en la Figura 4 presenta una itemización


del gasto de campaña mucho más sistemático que la declaración reproducida en la Figura 3. Esencialmente, no es posible en el caso de la primera declaración establecer en qué se realizó el gasto electoral, lo que obviamente inhibe el control. Sin embargo, ambas declaraciones están adecuadas a derecho.

Figuras 3 y 4. Extracto de declaraciones de gasto electoral, candidatos A y B en distrito 23, elección parlamentaria de 2009.


Fuente: Construcción propia en base a SERVEL. Por otro lado, si se analiza el gasto en campaña electoral reportado por los distintos partidos, es posible identificar asimetrías importantes entre los partidos pequeños (por ej. Partido Humanista, Partido Comunista) y los partidos más establecidos. Según datos disponibles para la campaña parlamentaria de 2005, los partidos pequeños gastaron aproximadamente seis veces menos que el Partido Radical, el partido que menos gasto entre aquellos con representación parlamentaria (en base a Proyecto Probidad 2009). Al mismo tiempo, también existen asimetrías importantes entre los partidos con representación parlamentaria. Según datos disponibles para la elección municipal de 2004, reportados en el Gráfico 7, la UDI es el partido que presenta mayores niveles de gasto electoral. Dicho gasto a su vez, no proviene de financiamiento público (el que se distribuye de modo relativamente equilibrado entre partidos. El financiamiento privado, con carácter de “anónimo” y “reservado” según los montos de la donación, es la fuente de dichas diferencias.


Gráfico 7. Gasto en campaña y origen del gasto según fuente de financiamietno de acuerdo al auto-reporte de cada partido (campaña parlamentaria de 2005)

Fuente: Construcción propia en base a Proyecto Probidad (2009) En síntesis, la estabilidad del sistema de partidos no sólo se explica por el efecto cerrojo que ejerce la fórmula electoral, sino también, por la consolidación de un proceso que combina una fuerte personalización de la política y una alta capacidad de los liderazgos actuales (progresivamente independientes) de renovar su apoyo electoral. Esto ocurre en un contexto general en el que la participación electoral ha declinado muy fuertemente, y en el marco de un desprestigio creciente de la institucionalidad partidaria. Desde este punto de vista, la estabilidad del sistema de partidos tiene como contrapartida la consolidación de procesos que resultan, desde el punto de vista de la calidad de la democracia, sumamente problemáticos. La profunda territorilización de la política, junto a su personalización, ha contribuido a reducir el peso de los partidos como instituciones portadoras de identidades y proyectos programáticos colectivos y legítimos ante la ciudadanía. En este contexto, no resulta llamativo observar un auge de la “anti-política”, de la mano de liderazgos díscolos, independientes, y movimientos sociales anti-establishment. La centralidad de las campañas de terreno, junto a las asimetrías existentes respecto a la capacidad de financiamiento autónomo de las campañas de cada partido resulta también preocupante, especialmente dadas las características de la ley de financiamiento de campañas y la debilidad que el SERVEL posee como institución reguladora. Funcionamiento interno de los partidos políticos. ¿Cuál es la relación entre el funcionamiento interno de los partidos y los fenómenos descritos en las dos secciones precedentes? Esta sección da cuenta, aunque esquemáticamente, de las principales dinámicas internas detectadas en los partidos


políticos actuales, a partir de 54 entrevistas con líderes partidarios de primera línea, realizadas durante 2010 y 2011.9 En opinión de sus propios líderes, los partidos, como institución política, se encuentran sumamente debilitados, siendo la UDI la única excepción parcial en este plano. Muy sintéticamente, encontramos que las organizaciones partidarias están esclerosadas y que han perdido poder vis-à-vis líderes individuales que muchas veces aportan recursos financieros de los que los partidos centralmente carecen. Esto condiciona en gran medida los procesos de selección de candidatos y el funcionamiento de las estructuras de gobierno interno, favoreciendo las opciones de individuos con “connotación pública” y recursos financieros propios por sobre la militancia partidaria. El financiamiento actual de los partidos proviene de lo que aportan los miembros del partido en cargos de elección popular, especialmente los parlamentarios. También en este sentido, encontramos que los partidos que no poseen representantes electos en un distrito, esencialmente desaparecen de la vida política local. Por su parte, la estructuración programática de los partidos, así como la “épica” gestada en la transición se han debilitado muy significativamente, según los líderes partidarios. La UDI también constituye una excepción parcial respecto a este patrón. En un marco de debilidad institucional y deterioro de bienes colectivos sustanciales para sostener la articulación de lógicas de acción corporativa, los líderes entrevistados describen a los partidos como coaliciones, relativamente laxas, de candidatos individuales. En este sentido, uno de los presidentes de partido entrevistados describió a su partido, uno de los mayoritarios en Chile, como a “una entelequia”. Aún cuando articulan críticas y manifiestan molestia y desagrado respecto a esta situación, las dirigencias partidarias declaran no poseer la capacidad de contrapesar estas tendencias. En este sentido, si bien la teoría de la ciencia política ha puesto mucho énfasis en la centralización de poder en las cúpulas partidarias (cf. Siavelis 2000), en función de su poder de nominación, es necesario delimitar el alcance de dicho argumento. Según los entrevistados, el poder de nominación se puede ejercer casi únicamente cuando existen cupos abiertos en un distrito. Y aun cuando los incumbentes desafíen en su actuar parlamentario o retórica pública a las cúpulas y directivas partidarias, dichas cúpulas tienden a preferir mantener el escaño (nominando al incumbente) a correr un alto riesgo de perderlo. Dicha pérdida puede ocurrir o bien en la renegociación de cupos al interior de un pacto, o en la propia elección, en tanto un incumbente saliente posee una muy limitada capacidad de traspasar su apoyo a un miembro de su mismo partido:

9

Esta sección presenta una síntesis de la investigación realizada en co-autoría con Fernando Rosenblatt, sobre el actual funcionamiento interno de los partidos. Dicha investigación, encargada por el Consorcio CEP-Cieplan en 2010 es inédita, en tanto se logró entrevistar a 54 líderes partidarios de primer nivel (presidentes de partido, senadores, diputados y miembros de las mesas directivas de los principales partidos políticos). Si bien en el Anexo 1 se incluyen una serie de extractos de entrevista particularmente relevantes para el argumento de este trabajo, una selección y discusión más extensa puede hallarse en el texto original (Luna y Rosenblatt 2011).


“Desafortunadamente, mis votos son mis votos. A lo más, pienso que alguno de mis votos quedarán en la Concertación si yo me voy. Es triste, pero es real. Si yo decido ir al Senado, no creo que mis votos sean transferibles hacia otro candidato del PS aunque yo tengo gente trabajando conmigo hace tiempo. Pero, si por ejemplo mi hijo se postula, independientemente de su calidad como candidato y político, tiene una ventaja importante solo por ser mi hijo y llevar mi apellido”. (Diputado Carlos Montes, 2003).

Esta lógica obviamente constriñe la capacidad de los liderazgos partidarios de disciplinar a líderes locales con fuerte ascendiente electoral, lo que en definitiva, contribuye a debilitar a los partidos políticos como instituciones. Adicionalmente, y como se apuntará anteriormente, los partidos también pasan a depender en términos financieros y organizacionales de dichos incumbentes para poder mantener cierta presencia organizacional en la localidad. En síntesis, con el paso del tiempo, el sistema institucional vigente en el país ha favorecido la irrupción y crecimiento de caudillismos electorales locales que, descentralizadamente, jaquean a los liderazgos partidarios nacionales. En este sentido, los propios líderes partidarios parecen reconocerse “atenazados” por una lógica que en el corto plazo les asegura continuidad electoral y un flujo de recursos económicos que les permite perdurar; pero que en el largo plazo contribuye significativamente a deteriorar y debilitar el funcionamiento institucional de sus colectividades políticas. Cerrando el círculo, y de modo consistente con la evidencia presentada arriba, la fortaleza electoral de los incumbentes resulta consistente con niveles bajos de volatilidad en términos agregados. Nuevamente, conviene recalcar que las lógicas que generan dicha estabilidad, no son virtuosas como se señala usualmente en la literatura comparada. Por el contrario, las lógicas observadas en Chile reducen la calidad de la representación política y de la democracia, al tiempo que podrían ambientar un desborde institucional del sistema en caso que los serios déficit de legitimidad que hoy enfrentan los partidos no logren ser contrarrestados a tiempo. En cuanto a la vida interna de los partidos, la militancia se encuentra crecientemente desplazada y retraída, en tanto posee una muy baja capacidad de elegir candidaturas y requerir accountability por parte de los líderes electos. Tampoco, a excepción de carreras locales (usualmente a Concejos Municipales), tiene capacidad de perfilar liderazgos que culminen con una nominación a cargos más relevantes. En general, quienes poseen visibilidad a nivel de opinión pública (personajes públicos usualmente sin militancia) o quienes trabajan bajo el alero de un dirigente nacional, tienen mayor capacidad de ser nominados; en muchas ocasiones a través de mecanismos que son vistos, por los propios líderes de los partidos, como fuertemente arbitrarios y pautados por la “amistad” con los “círculos de poder” de los partidos. Al tiempo que reconocen como virtudes del sistema su estabilidad y moderación, gran parte de los entrevistados plantea un fuerte descontento con el funcionamiento de sus propios partidos, denunciando frecuentemente la presencia de prácticas “irregulares”, “indeseables”, y en muchos casos “ilegales” en las organizaciones que ellos mismos lideran. Usualmente, la situación actual se contrapone con un “pasado dorado”, y un buen número de los líderes actuales sostiene que si pudiera optar nuevamente, preferiría no involucrarse en la vida política del país.


En definitiva, la evidencia empírica reseñada en Luna y Rosenblatt (2011) sugiere muy claramente que Chile cuenta hoy con dos elementos mutuamente necesarios (aunque, por el momento, insuficientes) para una crisis profunda del sistema de partidos: un alto nivel de desarraigo social y un fuerte descontento (hasta ahora soterrado) por parte del liderazgo político.10 La evidencia también sugiere que ambos elementos se encuentran vinculados y que el funcionamiento interno de las organizaciones partidarias, en respuesta a incentivos de corto plazo, constituye el nudo gordiano a desatar para fortalecer al sistema. Aún en ausencia de un escenario pleno de colapso partidario, perpetuar las lógicas actuales de gobierno corporativo de los partidos contribuirá en el mediano plazo a deteriorar la calidad de la democracia y la gobernabilidad en el país. Siendo este un diagnóstico relativamente generalizado y transversal, cabe preguntarse respecto a las actitudes de los líderes partidarios acerca de opciones de reforma, sea esta institucional (de marco normativo) u organizacional (respecto a cambios en el gobierno corporativo de los partidos que podrían implementarse aún en ausencia de cambio institucional). En este plano, mientras que líderes de distintos partidos coinciden respecto a algunas opciones, no parece existir un consenso cristalizado al interior de cada partido en torno a opciones de reforma y cambio organizacional. El “fatalismo” respecto al funcionamiento de los partidos políticos chilenos se combina entonces con una situación de “anomia” y dispersión respecto a los cursos de acción posibles a futuro, pautada en muchos casos por visiones inconsistentes y muy variadas respecto a cómo abordar la problemática actual. La dispersión que se observa al interior de cada partido constituye otro signo evidente de la debilidad institucional y el reducido carácter programático que los partidos tienen hoy en el país. Implicancias para el funcionamiento del Congreso, las Municipalidades y el Poder Ejecutivo. Las características actuales del sistema de partidos generar repercusiones muy relevantes en términos del funcionamiento institucional de la democracia chilena. Dichas implicancias operan, especialmente, en tres ámbitos: el Congreso, las Municipalidades, y el Poder Ejecutivo. En conjunto con la debilidad institucional del Congreso, la significativa debilidad de los partidos como portadores de proyectos programáticos colectivos, y su incapacidad de articular y representar amplios intereses sociales, ha reducido el impacto del Congreso en la función legislativa. En este sentido, de las tres funciones esenciales que desarrolla todo Congreso (representación territorial, fiscalización, y legislación), la función de representación territorial ha ganado preeminencia sobre la función legislativa, lo que se condice con la territorialización y personalización de los vínculos entre partidos y ciudadanos. En este contexto, los comités (bancadas) parlamentarios de cada partido, como la agrupación de los representantes del partido en el Congreso también parecen haber perdido centralidad, en cuanto a la coordinación de la agenda y actividad parlamentaria. La asignación presupuestaria mensual con que cuentan los comités ($ 10

En los casos de colapso, estos elementos se combinan en general con situaciones de crisis económica, masivos escándalos de corrupción, o ambos.


2.193.356 por comité) refleja su debilidad, especialmente al compararla con los montos asignados mensualmente a los legisladores, quienes cuentan con hasta $ 5.617.500 para contratación de personal de apoyo, hasta $ 2.775.600 para la contratación de asesorías externas, y hasta $ 5.602.600 para gastos operacionales. La debilidad de las bancadas partidarias es también especialmente visible en términos de los niveles de des-coordinación a nivel de partido que se observan al momento de las votaciones en sala. Según la evidencia presentada por Toro (2007), parte significativa de la indisciplina partidaria en el Congreso responde a negociaciones uno-a-uno entre legisladores individuales y representantes del Poder Ejecutivo. De acuerdo al mismo autor, el apoyo a las iniciativas del Poder Ejecutivo por parte de legisladores opositores se logra, en muchas instancias, a cambio de beneficios otorgados a favor del distrito o circunscripción que representan (Toro 2007). En este sentido, la actividad legislativa se encuentra condicionada por la actividad de representación territorial. Finalmente, la capacidad técnica de las bancadas para apoyar la actividad legislativa también es limitada, siendo parcialmente reemplazadas, de acuerdo a los propios legisladores, por el apoyo que la BCN brinda a los parlamentarios de todos los partidos. Mientras tanto, las asignaciones parlamentarias y los equipos propios de cada legislador parecen estar más orientados al desarrollo y coordinación del trabajo territorial que al trabajo legislativo. A nivel municipal, también se observa una fuerte personalización de la política, retroalimentada, también en este caso, por fuertes ventajas de incumbencia. Institucionalmente, la incapacidad de los Concejos Municipales de incidir en la formulación de políticas municipales también redunda en una fuerte personalización y atomización de la representación partidaria a nivel local. En este contexto, los Concejales del mismo partido usualmente compiten entre sí, y se auto-perciben como fuertemente desconectados respecto a las figuras nacionales y distritales del partido (Luna 2006). La debilidad de los vínculos partidarios introduce incentivos perversos. Los concejales, incluso aquellos de oposición, usualmente se ven forzados a “pactar” con el Alcalde con el propósito de obtener recursos o beneficios con los que mantener o incrementar su caudal electoral. Estos pactos usualmente suponen aquiescencia respecto a las decisiones del Alcalde (Luna 2006). Seguramente, este tipo de situación contribuye a constituir a las municipalidades como “el espacio más negro y más corrupto del Estado chileno”.11 Elocuentemente, según la evidencia que presentan Rehren y Guzmán (1998), los costos electorales de la corrupción municipal son relativamente menores y solo se hacen tangibles más allá de los dos escándalos públicos. Niveles controlados o “invisibles” de corrupción, generan en cambio retornos incrementales para los incumbentes, quienes poseen la capacidad de obtener recursos económicos para financiar sus campañas electorales.12 Dichos recursos también son utilizados frecuentemente para obtener la aquiescencia de los miembros del Concejo 11

Descripción realizada por un oficial de la División Municipalidades de la Contraloría General de la República. Entrevista realizada por Juan Pablo Luna en Mayo de 2003. Sobre las

características de la corrupción a nivel municipal véase Rehren (1998). 12

Los contratos para la gestión de residuos, así como la modificación de planos reguladores municipales constituyen áreas clave en este sentido. La contratación de empresas “de familiares” también se verifica en una fracción significativa de las denuncias por corrupción municipal (Rehren 1998).


Municipal, lo que termina por inhibir la función de fiscalización constitucionalmente otorgada a los Concejales. Finalmente, la configuración actual del sistema de partidos también tiene implicancias respecto a las características que ha ido adquiriendo el Poder Ejecutivo. Además de la creciente personalización de las campañas presidenciales, pueden verificarse dos tendencias relevantes. Por un lado, los equipos programáticos y técnicos de las candidaturas presidenciales (y de los presidentes electos), no poseen un claro anclaje en las estructuras partidarias que sostienen a la candidatura. Por el contrario, los candidatos presidenciales han optado, en las últimas campañas, por construir equipos programáticos propios y relativamente autónomos de los partidos. Mientras tanto, los Presidentes electos han optado progresivamente por la conformación de gabinetes de “independientes”. La influencia de figuras de Expansiva en el primer gabinete de la Presidente Michelle Bachelet, así como la nominación de Ministros independientes y sin trayectoria política previa en el caso del gobierno del Presidente Sebastián Piñera, refleja esta tendencia. Nuevamente, esta tendencia coincide con la debilidad programática de los partidos, al tiempo que tiende, inter-temporalmente, a incrementarla. Por otro lado, los gabinetes presidenciales, más que los partidos políticos, han devenido en el “semillero” privilegiado para futuras candidaturas del oficialismo. Y en términos generales, la capacidad de empatía de los Ministros con el ciudadano promedio, medida de acuerdo a la popularidad en las encuestas, ha devenido progresivamente en el mecanismo de selección de candidatos presidenciales. Nuevamente, la acción de los partidos a este respecto se ha vuelto cada vez más marginal. Escenarios Prospectivos: La naturaleza del dilema que hoy enfrenta Chile. Si bien tendemos a pensar a Chile como un caso excepcional a nivel regional, en función de la institucionalización de su sistema de partidos, cabe señalar que históricamente se trata de un país que ha vivido instancias de movilización populista significativas (considérese por ejemplo los períodos presidenciales de Arturo Allesandri Palma y Carlos Ibáñez del Campo). Por su parte, también cabe señalar que se trata de un caso en que el desplazamiento de partidos establecidos por nuevos referentes es relativamente común. Considérese en este sentido que los dos partidos con mayor representación parlamentaria en los últimos años (el PDCristiano y la UDI) constituyen partidos relativamente nuevos, los que presentaron en sus primeros años de vida, patrones de crecimiento electoral explosivos (especialmente el PDC). Tal vez, la fortaleza histórica del sistema radique en su capacidad de acomodar cambio y continuidad de manera virtuosa. El problema que hoy enfrenta el sistema de partidos es justamente su aparente incapacidad de producir una “apertura”, sin correr riesgo de des-institucionalizarse. En este sentido, de mantenerse la configuración actual del sistema, dos escenarios resultan posibles. Primero, es posible pensar en un escenario de desborde institucional. La probabilidad de este escenario aumentaría en contextos de crisis económica, lo que permitiría a los movimientos sociales anti-sistema ampliar su


convocatoria y desarrollar institucionalidad formal.

acciones

directas

que

terminen

jaqueando

la

Segundo, resulta mucho más probable un escenario de continuidad, en el que la democracia chilena se consolide como una de muy baja intensidad. En este escenario, es dable esperar que se asista a niveles de apatía y desconexión entre el sistema político y la ciudadanía, sin que necesariamente se asista a una crisis institucional abierta. No obstante, más allá de umbrales “razonables” de apatía y desconexión, los que pueden ya haberse cruzado, no se trata de un equilibrio estable, en tanto genera una estructura de oportunidad cada vez más favorable a la irrupción de outsiders y figuras anti-sistema. En este contexto, la calidad de la democracia y la gobernabilidad del país también se encuentra seriamente amenazadas. Un desenlace posible bajo este escenario, a todas luces compatible con el sistema de gobierno y el marco constitucional chileno es el siguiente: la elección de una figura presidencial independiente, y simultáneamente, de un congreso partidario. Lo primero es posible en tanto la elección presidencial se decide en base a un sistema electoral de primera mayoría con doble vuelta. Lo segundo también es posible, en virtud del anclaje que el sistema electoral binominal asegura a los partidos actuales y a sus incumbentes. De producirse este escenario, podría asistirse a una crisis de gobernabilidad en virtud del enfrentamiento de un presidente que es institucionalmente muy fuerte, pero que no posee conexión ni vínculos con el Poder Legislativo. De forma aparentemente paradójica, un escenario de reforma institucional masiva también incrementa el riesgo de des-institucionalización y colapso del sistema de partidos políticos actual. Si los escenarios delineados arriba para una hipótesis de continuidad tienen similitudes con los casos de Venezuela (en los 1990s) y Ecuador (a finales de los 1990s y principios de los 2000s), el escenario de colapso del sistema de partidos post-reforma institucional presenta semejanzas con lo ocurrido en Colombia, Perú y Bolivia a partir de las reformas constitucionales aprobadas en cada uno de esos países en 1991, 1993 y 1994. En este sentido, cabe reseñar las lecciones que deja el proceso de reformas institucionales observado en la región andina durante los años 1990s: “el proceso de regionalización política iniciado en Perú en 1988, la política de descentralización y el cambio del sistema electoral en Venezuela hecho efectivo en las elecciones de 1989; el proceso de descentralización iniciado en la primera mitad de los años ochenta e impulsado con la Constitución de 1991 en Colombia, Constitución que contuvo normas que buscaban abrir el sistema político y atenuar el peso de los partidos tradicionales; la ley de participación popular, y diversas reformas constitucionales y del sistema electoral de mediados de la década de los años noventa en Bolivia, que buscaron también ampliar un sistema percibido como cerrado; finalmente, diversas reformas que llevaron al progresivo reconocimiento de derechos para la población indígena y espacios para la participación de sus organizaciones en Ecuador, que culminan en la Constitución de 1998, así como diversas reformas electorales (1994, 1997, y la nueva Constitución de 1998), que buscaban también darle mayores opciones a los electores más allá de los partidos tradicionales” (pp. 32) […] El reformismo institucional ciertamente no resolvió los problemas que ofreció remediar, y tuvo muchas consecuencias no intencionales negativas; pero éstas también abrieron de manera efectiva el sistema político, y fortalecieron nuevos actores sociales y políticos previamente relegados” (Tanaka 2005, pp.54).


En definitiva, la experiencia de la región andina refleja en buena medida, las tensiones que hoy enfrenta el sistema de partidos y la democracia chilena. El dilema consiste en procesar cambios a nivel del sistema que aumenten progresivamente la calidad de la política partidaria y la representación (y así la legitimidad y el arraigo social de los actores políticos), sin des-institucionalizar rápidamente el sistema; pero, al mismo tiempo, permitiendo la incorporación de nuevos actores con vocación de representación de sectores sociales que se sienten alejados del sistema político y frustrados con las promesas incumplidas de la democracia chilena. La propuesta de reforma que se presenta a continuación tiene como objetivo intentar manejar esta tensión entre cambio y continuidad, asegurando, al mismo tiempo, la incorporación de innovaciones institucionales que permitan aumentar la calidad de la representación política en el país a corto plazo. La próxima sección identifica los objetivos buscados a través de la propuesta de reforma. Mientras tanto, la sección subsiguiente articula los distintos componentes institucionales que se propone incorporar a una nueva ley de partidos políticos. Al cerrar el trabajo se ofrece un breve comentario respecto a otras reformas posibles, y sus impactos esperados. Objetivos Buscados: El Modelo de Gobierno de Partido Responsable y el caso de Chile. La presencia de vínculos programáticos entre el electorado y los partidos políticos supone, en el marco de una democracia electoral, la provisión de canales efectivos para la representación política. El “modelo de gobierno de partido responsable” (MGPR) provee una aproximación teórica capaz de identificar las principales características del tipo de vínculo programático (Adams 2000; Kitschelt et al 2010). En la primera parte de esta sección, proveemos una síntesis de dicho modelo y de su funcionamiento en el marco de un régimen democrático.13 En base a esta descripción, se identifican luego una serie de objetivos a lograr mediante la propuesta de reforma a la ley de partidos. El Modelo de Gobierno de Partido Responsable. De acuerdo al MGPR, los votantes tienen preferencias cristalizadas respecto a políticas públicas (por ej., los votantes prefieren más o menos niveles de intervención estatal en la esfera económica). Al mismo tiempo, los partidos políticos compiten electoralmente ofreciendo distintas plataformas programáticas, también relativas a su visión respecto al tipo de política pública que resulta adecuada para la sociedad. Los partidos no solo compiten electoralmente en función de dichas plataformas, sino que cuando gobiernan, implementan políticas públicas consistentes con su plataforma electoral. Y en aquellos casos en que no lo hacen, y deciden traicionar su promesa de campaña, corren riesgo de ser castigados en la próxima ronda electoral. Si bien se trata de un modelo teórico, es posible derivar del MGPR una serie de implicancias útiles para nuestro análisis. Cuando la relación entre partidos y votantes 13

Para una discusión más amplia del concepto véase International-IDEA (2011).


se aproxima a un escenario de MGPR, los votantes de distintos partidos poseen preferencias programáticas discernibles y alineadas con sus preferencias de política pública, mientras que los partidos compiten y gobiernan intentando transformar las preferencias de sus votantes en decisiones de política pública. En este tipo de escenario, los partidos políticos pueden convertirse en agentes privilegiados para la concreción de la ciudadanía política en el contexto de una democracia electoral. Y al cumplir esta función de representación, los partidos podrían legitimarse y perdurar en el sistema. No obstante, como se argumento más arriba, también es posible lograr estabilidad y adhesión electoral mediante la estructuración de otros tipos de vínculo con la ciudadanía (carismáticos, personalistas, clientelares, basados en la identificación partidaria). Dichos vínculos, no obstante, no constituirían vehículos eficientes para el ejercicio de la ciudadanía política por vía electoral. Por el contrario redundan en efectos no deseables, varios de los cuales están presentes hoy en el caso de Chile. De acuerdo al análisis recientemente realizado por IDEA-Internacional (2011), la presencia de sistemas de partido que se aproximan al ideal del MGPR se asocia a una serie de resultados normativamente deseables. Por un lado, el estudio de IDEAInternacional (realizado en base a una amplia muestra de casos y con cobertura en todas las regiones del globo) señala que mayores niveles de MGPR se asocian a menores niveles de voto inválido, a mayores niveles de confianza en los partidos y en el congreso, y a la presencia de instituciones partidarias más arraigadas y estables en el largo plazo. Por su parte, el mismo estudio señala que los casos en que se observan mayores niveles de MGPR son también aquellos en que la calidad de las políticas públicas tiende a ser mejor, al menos en términos de los indicadores de efectividad, accountability, inclusividad, y capacidad regulatoria desarrollados por el Banco Mundial. También se reporta una correlación entre mayores niveles de MPGR y menores niveles de corrupción (IDEA-Internacional 2011). Más allá de su asociación con resultados normativamente valorados, en equilibrio, el MPGR posee también ventajas desde el punto de vista de los líderes partidarios. En este sentido, en el mediano y largo plazo, los partidos que estructuran vínculos programáticos con los votantes poseen también incentivos claros respecto a su mecánica de funcionamiento interno. Los partidos programáticos se caracterizan por sus niveles internos de coherencia ideológica y dichos niveles son altos, cuando la organización partidaria instrumenta mecanismos de formación y selección de liderazgos, así como incentivos de carrera al interior del partido que retroalimentan dicha coherencia. Por su parte, una vez que el partido presenta grados razonables de coherencia programática interna, resulta más factible “alinear” al partido en su actividad legislativa y de campaña electoral. Al mismo tiempo, si el partido desarrolla un perfil programático y lo sostiene en el tiempo y a través de las distintas arenas en las que opera, el partido desarrolla una “marca propia” que opera como “certificado de garantía” ante los votantes. En este sentido, los candidatos del partido no deben legitimarse individualmente ante la ciudadanía, sino que poseen una plataforma común, estructurada en torno a las preferencias programáticas que el partido intenta cristalizar en políticas públicas, que


facilita su trabajo de campaña y relacionamiento con distintos sectores de la ciudadanía. Por su parte, cuando el partido desarrolla una identidad y marca colectiva, el partido como institución se vuelve más central, restringiendo el peso y el poder de figuras individuales, con acceso a bienes o características individuales especialmente potentes al momento de movilizar votantes. En este sentido, los partidos programáticos desarrollan estructuras organizacionales más densas, más descentralizadas y relativamente más abiertas, que aquellos partidos cuya persistencia depende de liderazgos individuales o del flujo de recursos materiales. A este último respecto, los partidos programáticos se estructuran más en torno a bienes simbólicos (preferencias programáticas de sus líderes, militantes y adherentes; “marca” partidaria desarrollada a lo largo del tiempo) y menos en torno a bienes materiales. Esto redunda, en el mediano y largo plazo en una mayor capacidad de realizar campañas electorales exitosas pero menos costosas. Al contraponer las características del modelo de MPGR y el funcionamiento de los partidos bajo dicho modelo, con la descripción ofrecida más arriba respecto a las características actuales del sistema de partidos chileno, resulta evidente una fuerte disociación entre ambos. La próxima sección identifica una serie de objetivos que deben alcanzarse en el caso de Chile, para intentar aproximarse a una lógica más cercana al modelo de MPGR. Chile: objetivos para aproximarse a una más plena realización del ideal de MPGR. Esta sección elabora la serie de objetivos que inspira la propuesta de reforma a la ley de partidos que se presenta más abajo. Dichos objetivos pueden clasificarse en torno a tres ámbitos: a) el funcionamiento interno de los partidos, b) el comportamiento de los partidos en la arena legislativa, y c) la vinculación de los partidos con la sociedad civil y la ciudadanía. Obviamente, estos tres ámbitos se encuentran fuertemente vinculados, articulando en conjunto, el siguiente objetivo general: volver a constituir a los partidos como referentes programáticos en términos de su vida interna, su actividad proselitista, y su participación en el proceso de formulación de políticas públicas. La propuesta que se presenta más abajo busca lograr este objetivo general condicionando el financiamiento público a los partidos a la consecución de una serie de actividades relativas a cada uno de los tres ámbitos identificados aquí. Objetivos buscados respecto al funcionamiento interno de los partidos:  Lograr un funcionamiento orgánico permanente y descentralizado de las instituciones partidarias, intentando que dicho funcionamiento no dependa de la capacidad de financiamiento privado de cada partido, ni de mecenazgos individuales.  “Abrir” y transparentar el funcionamiento interno de los partidos, así como sus procesos de gobierno interno y de selección de candidaturas.


 Colocar la discusión programática como referente fundamental para la vida interna y las decisiones estratégicas del partido. Objetivos buscados respecto al desempeño legislativo de los partidos:  Generar incentivos que refuercen el trabajo de las bancadas partidarias como representación colectiva del partido en el Congreso, intentando incrementar la capacidad del partido de proponer proyectos de ley e intentando aumentar sus niveles de disciplina parlamentaria.  Limitar o compensar el carácter primordialmente personal y territorial que hoy posee la representación parlamentaria. Objetivos buscados respecto a la relación entre partidos y ciudadanía:  Aumentar los niveles de vinculación programática entre votantes y partidos, intentando por esta vía aumentar la legitimidad social del sistema de partidos.  Facilitar la incorporación de minorías a la política (minorías étnicas, mujeres, jóvenes, liderazgos regionales y locales).  Abrir el sistema, reduciendo los costos de entrada al sistema para partidos nuevos, sin necesariamente “condenar” a los partidos establecidos.  Nivelar la cancha entre partidos que hoy acceden muy diferencialmente a recursos donados por el mundo privado vía prohibición de donaciones de personas jurídicas.  Limitar y canalizar el gasto electoral a actividades centradas en la difusión de los compromisos programáticos de cada partido y de sus candidatos. La próxima sección presenta una serie de propuestas que podrían inspirar la redacción de una nueva ley de partidos políticos, buscando la consecución integral de estos diez objetivos.

Propuestas para una nueva Ley de Partidos Políticos En esta sección se propone impulsar la redacción de una nueva ley de partidos políticos, vinculando un esquema de financiamiento público a la actividad partidaria, a la reforma interna de los partidos. En este sentido, se entiende a los partidos políticos como un bien público fundamental de una democracia de calidad, subsidiando su funcionamiento y organización. No obstante, el subsidio es condicionado, y se otorga proporcionalmente a aquellos partidos cuyo funcionamiento y organización interna garanticen mínimamente la obtención de mayores niveles de representación programática, apertura hacia la sociedad (y especialmente hacia grupos minoritarios) y democracia y pluralismo interno. Se propone en este sentido un componente de


financiamiento permanente a los partidos, complementando y mejorando además, el actual subsidio electoral. También resulta preciso reducir los costos de entrada al sistema de partidos políticos nuevos, intentando inhibir por su parte, la irrupción de candidaturas independientes y personalistas. Se argumentará que este balance puede lograrse mediante la limitación del financiamiento público a partidos políticos legalmente constituidos y a las campañas electorales desarrolladas por candidatos con afiliación partidaria. Al mismo tiempo, se propone establecer un “seed fund” para formación de nuevos partidos y una serie de medidas transitorias, que contribuyan a “nivelar la cancha” durante las primeras etapas de implementación del nuevo sistema. Junto a esta propuesta, también se identifican y proponen una serie de elementos adicionales, los que resultan capitales para potenciar la consecución de los objetivos planteados arriba. La experiencia comparada y el caso de Chile. Antes de plantear los detalles del sistema que se propone, conviene brevemente revisar la experiencia comparada respecto al financiamiento de la política. Como se observa en la Tabla 2, los países latinoamericanos otorgan en general subsidios a la actividad política. No obstante, en la mayoría de los casos se trata de subsidios a la actividad electoral. También es posible observar que predominan los sistemas de financiamiento no condicionados, junto con aquellos en que el contralor estatal respecto al uso y rendición de los recursos es débil. El sistema chileno actual posee una configuración similar, otorgando sólo subsidios electorales y contando, como se argumentó más arriba, con débiles mecanismos de supervisión y coerción. En este contexto, los casos de México y de Colombia son los únicos en la región que presentan una legislación claramente más avanzada, otorgando subsidios al funcionamiento organizacional de los partidos y condicionando la entrega de dichos subsidios al logro de metas y criterios específicos. Esto es particularmente claro en el caso de la Ley 1475, aprobada en Colombia durante el 2011 (se incluye el articulado relevante en el Anexo Documental II), en la que también se establecen una serie de sanciones respecto al incumplimiento de las disposiciones correspondientes al financiamiento de la política y la rendición de gastos electorales y corporativos. La experiencia comparada también indica la debilidad de los think tanks y fundaciones partidarias en América Latina (Garcé 2009). En este sentido, son pocos los casos en que encontramos sistemas de partidos institucionalizados, ligados además, a la presencia de fundaciones partidarias. Si bien internacionalmente se reconoce al caso de Chile como una excepción positiva en términos regionales (Garcé 2009), cabe señalar que la atribución de dicha excepcionalidad radica en dos malos entendidos. Por un lado, el “premio a la estabilidad” reseñado al comienzo de este trabajo. Por otro, la comparativamente muy desarrollada capacidad técnica y de formulación de políticas públicas que poseen los partidos políticos chilenos. No obstante, este no es el resultado de un trabajo programático y de formación de cuadros al interior de los partidos, sino más bien, de los vasos comunicantes y la convergencia que existe en


Chile entre las élites técnicas y políticas. Finalmente, podría argumentarse que a excepción de Libertad y Desarrollo y la Fundación Jaime Guzmán, ambos vinculados a la UDI, los think tanks y fundaciones partidarias han cedido espacio a centros de pensamiento o bien relativamente transversales (por ejemplo, Expansiva o el propio Centro de Estudios Públicos) o asociados a liderazgos políticos particulares (Fundación Progresa, Chile 21, Fundación Futuro, etc.).14 Volviendo al plano comparativo, y siguiendo a Baier y Bakvis (2001) es posible clasificar a los think tanks en términos del grado de autonomía que estos poseen respecto a los partidos políticos. En este sentido, el caso de Canadá destaca por la amplia autonomía que los think tanks poseen respecto a los partidos políticos. Mientras tanto, los casos de Alemania y España destacan por la creación de fundaciones fuertemente asociadas, en términos formales, con los partidos políticos. Este es el modelo que creemos necesario impulsar en el caso de Chile, con el objetivo de fortalecer a los partidos políticos como organizaciones colectivas de carácter programático. Tal como señala Garce (2009), las fundaciones alemanas son especialmente potentes en términos de su actividad programática, de formación y provisión de cuadros de gobierno, y de cooperación internacional. También destacan por su temprano desarrollo (la Friedrich Ebert Stiftung, asociada al Partido Social Demócrata data de 1925, mientras que la Konrad Adenauer Stiftung asociada a la Democracia Cristiana y la Hanss-Seidel-Stiftung asociada a la Unión Social Cristiana fueron creadas respectivamente en 1964 y 1967). Las fundaciones españolas FAES (http://www.fundacionfaes.org/en/home ) e IDEAS (http://www.fundacionideas.es/), asociadas al Partido Popular y al PSOE respectivamente, constituyen también ejemplos paradigmáticos, aunque de más reciente creación. Si bien poseen perfiles y especializaciones diferentes, ambas fundaciones españolas han desarrollado líneas de trabajo sumamente relevantes para el funcionamiento de los partidos a los que apoyan. Tabla 2. Legislación comparada sobre financiamiento a la política en América Latina. País Argentina

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Esquema de financiamiento El pago de subsidios se condiciona a la presentación de cuentas de campaña o de actividades que den cuenta del funcionamiento permanente del partido según sea la actividad subvencionada.

Sobre las características específicas de los think tanks chilenos actuales véase Cociña y Toro (2009).


País

Esquema de financiamiento

Bolivia

No existe subsidio a la actividad partidaria. Hasta 2005 existían subsidios, hasta tanto existieron subsidios con dinero destinado a los partidos para la elaboración y difusión de sus programas partidarios. Por lo general no existía un control estricto respecto a la asignación real de los recursos, y la entrega futura de partidos no estaba condicionada al uso y rendición adecuados de las partidas previas.

Brasil

Existe un subsidio público a los partidos. Los recursos deben ser aplicados a encuestas y formación (20% como mínimo) y también pueden ser destinados a costos de mantenimiento del partido (20% como máximo), propaganda política y campañas electorales. Las violaciones a la ley pueden implicar multas o eventualmente la retención de los subsidios futuros.

Chile

Subsidio a las campañas electorales, otorgado retrospectivamente en razón de los votos obtenidos. Condicionado a la rendición pública de los gastos de campaña realizados.

Colombia

Colombia es el único país de la región que incluye, como criterio para repartir subsidios electorales, la incorporación de cuotas para minorías electas (mujeres, jóvenes, e indígenas). Un 15% del fondo (5% por tipo de minoría) se reparte entre los partidos que tengan minorías entre sus candidatos electos, en proporción con la cantidad de representantes de cada minoría elegidas en total. La nueva ley de partidos políticos también incluye financiamiento público que debe ser destinado explícitamente a la creación y funcionamiento de think tanks partidarios. Sistemas similares se aplican en: Bosnia, Croacia, Etiopía, Francia, Haití, Italia, Kenya, Corea del Sur, Mali, Niger, Papua Nueva Guinea, Portugal, Rumania y Servia.

Costa Rica

Subsidio a las campañas electorales, aunque habilita su uso para financiamiento permanente de los partidos. Para recibir el subsidio hay que presentar los gastos ante el tribunal electoral.

Ecuador

Subsidio a las campañas electorales y al funcionamiento permanente de los partidos. Ambos tipos de subsidio no se encuentran condicionados.

El Salvador

Subsidio a las campañas electorales.


País

Esquema de financiamiento

Guatemala

Subsidio al funcionamiento permanente de los partidos, sin condicionamientos ni contralor.

Honduras

Subsidio a las campañas electorales.

Nicaragua

Subsidio a las campañas electorales.

México

Financiamiento específico para realización de actividades de formación, eleaboración de programas y difusión de los mismos, a cargo del Instituto Federal Electoral, quien lo administra y supervisa.

Paraguay

Subsidio a las campañas electorales y al funcionamiento permanente de los partidos. Ambos tipos de subsidio no se encuentran condicionados.

Uruguay

ubsidio a las campañas electorales y al funcionamiento permanente de los partidos. Ambos tipos de subsidio no se encuentran condicionados, a excepción de la introducción de topes al gasto electoral y la necesidad de registrar contablemente los gastos de campaña.

Venezuela

No existe subsidio a la actividad partidaria.

Fuente: Elaboración propia en base a http://www.idea.int/parties/finance/ El caso de FAES destaca, muy particularmente, por su impacto en la formulación de proyectos de ley que luego terminan siendo impulsados por la bancada del PP. También en términos de asesoría parlamentaria, FAES marca la línea del partido en términos reactivos, otorgando a sus legisladores una opinión técnica, en línea con los compromisos programáticos del PP, acerca de los proyectos de ley bajo consideración en el parlamento. En el caso de la Fundación IDEAS, el trabajo de asesoría programática se orienta a la identificación y discusión técnica de problemáticas que resultan de particular interés para el PSOE. En este sentido, el trabajo de la fundación es más independiente de la contingencia parlamentaria, pero también ofrece pautas de acción y apoya el accionar de los legisladores en cuanto a la discusión de proyectos de ley particulares. Ambas fundaciones españolas desarrollan también un fuerte trabajo de formación y preparación de cuadros partidarios, en el que socializan y preparan a las nuevas generaciones para la acción política. Los líderes actuales de cada partido apoyan y participan de este proceso. Al mismo tiempo, para obtener el aval del partido, cada candidato debe haber pasado por la escuela de formación de cuadros. Además de socializar a los nuevos integrantes en la doctrina e historia del partido, y de promover un debate colectivo entre los miembros del partido sobre los compromisos programáticos y la situación estratégica del partido, éstas escuelas de cuadros


preparan a los candidatos en otros ámbitos (por ejemplo: régimen constitucional y legal, herramientas para la gestión local, práctica parlamentaria, técnicas de marketing político y campaña electoral, etc.). Propuesta: Elementos a integrar en una nueva ley de partidos políticos. Esta sección elabora una serie de elementos que podrían ser incorporados a una nueva ley de partidos políticos. Dichos elementos se estructuran en torno a tres mecanismos de financiamiento condicionado: a) basal, b) de campaña electoral, y c) para nuevos partidos. En cada caso, se identifican los criterios base de asignación, así como las condiciones que los partidos deben cumplir para obtener el financiamiento. Por otra parte, cuando resulta apropiado, se identifican las actividades y proporciones relativas que pueden ser financiadas mediante cada uno de los tres mecanismos. Luego de presentar los tres mecanismos, se identifican una serie de elementos adicionales que podrían catalizar el logro de los objetivos planteados, de combinarse con los elementos centrales de la propuesta. Financiamiento basal para el funcionamiento permanente de los partidos. El financiamiento basal constituye el elemento central de cara a lograr una transformación en el funcionamiento interno de los partidos políticos chilenos, intentando además, dotar de mayor centralidad a los partidos en la arena legislativa y en la relación con sus votantes. Criterios mínimos de asignación: Todos los partidos oficialmente inscriptos reciben este fondo, de modo proporcional a su performance electoral en las elecciones a Diputados, Senadores y Concejales en la elección previa al período de asignación. La asignación es por cuatro años, pero debe ser rendida, auditada, y condicionada en forma anual. Podría incorporarse una cláusula transitoria, con el fin de nivelar la cancha entre partidos, en que todos los partidos reciban un monto equivalente durante uno o dos períodos de financiamiento.


Condiciones para recibir la asignación: Cada partido deberá publicitar (a través de su página web oficial) y actualizar anualmente:15 1. El número actualizado de sus afiliados. 2. Los estatutos partidarios. 3. Un organigrama detallado de la institucionalidad partidaria, incluyendo las competencias de todos los órganos oficiales del partido, así como los criterios de selección de sus miembros. 4. Monto de las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de sus afiliados, así como una cuenta actualizada de dichas cotizaciones. 5. Monto de las donaciones que reciban por parte de personas físicas, las que deben ser debidamente identificadas y listadas junto al monto de la donación. 6. Monto y rendición detallada del subsidio público permanente que reciban. 7. Balance anual. 8. Organizaciones de la sociedad civil o privadas y entidades con las que el partido tenga relaciones orgánicas. 9. Mecanismos de afiliación al partido públicos, transparentes y universales. 10. Al menos una sede en cada una de las regiones del país. 11. Un mínimo de 3 proyectos de ley presentados por la bancada partidaria al año. 12. El monto anual asignado al partido podrá reducirse en un 5% (acumulable), por cada irregularidad detectada en la rendición anual. 13. El monto quinquenal asignado al partido podrá reducirse en un 5% (acumulable), por cada irregularidad detectada en las rendiciones de gasto de campaña de sus candidatos. Actividades y proporciones relativas: 1. Hasta un máximo de 10% de los montos asignados anualmente al partido pueden ser utilizados para gastos de funcionamiento. 2. Un mínimo del 20% de los montos asignados anualmente al partido deben ser utilizados para financiar el funcionamiento de la bancada parlamentaria, incluyendo los gastos en que debe incurrirse para la asesoría parlamentaria. 3. Un mínimo del 15% de los montos asignados anualmente al partido deben ser utilizados para financiar el funcionamiento de una oficina de asesoría para el gobierno municipal. 4. Un mínimo del 45% debe asignarse al funcionamiento de una Fundación del partido. Dicha Fundación será la encargada de realizar el trabajo programático del partido, así como la formación de cuadros. La Fundación deberá contar con al menos tres de las siguientes secciones, las que deberán contar con un staff permanente y realizar

15

Los puntos 1-8 retoman, en gran parte, la propuesta de reforma realizada por el Consorcio CEP-CIEPLAN, redactada por Lucas Sierra y Francisco Javier Díaz.


al menos cinco actividades al año: Jóvenes, Género, Minorías étnicas, Asuntos regionales y locales. 5. Existirá un fondo adicional, del 10% del financiamiento anual, al que puede optarse para la realización de actividades conjuntas de las que participen al menos otras dos fundaciones partidarias.

Financiamiento de campañas electorales. El financiamiento de campañas electorales busca corregir los problemas del esquema de financiamiento actual, en pos de una mayor transparencia, y de una mayor centralidad de los partidos (vs. los candidatos) como receptores de fondos públicos y privados. También se colocan incentivos con el propósito de aumentar la incorporación de minorías a la política nacional. El mecanismo propuesto coloca incentivos individuales (a nivel de cada partido) y sistémicos para aumentar la participación de minorías en política. Los criterios y categorías de asignación pueden variar, en la medida en que las cuotas dejen de ser necesarias o relevantes (o en la medida en que se requiera incluir otras categorías). Criterios mínimos, modalidad de asignación, y condiciones para recibir la asignación: 1. El financiamiento debe otorgarse a los partidos, no a las candidaturas individualmente. También se excluyen de este financiamiento las candidaturas independientes. 2. El financiamiento se otorga luego de cada elección, en función del porcentaje de concejales, diputados y senadores electos por el partido, contra rendición ajustada a derecho de los gastos de cada campaña electoral. 3. Los siguientes rubros no se incluyen en los gastos de campaña a financiar: a. Publicidad móvil en vía pública (palomas y posters) b. Pintura c. “Regalos” y “Donaciones”, en sus múltiples variantes. 4. Toda publicidad y comunicación del candidato debe incluir el símbolo del partido que apoya la candidatura, el nombre del partido, y la página web del candidato. 5. La página web del candidato/a debe estar expresamente vinculada a la página web de su partido, y debe incluir, en el homepage, una síntesis (máximo 400 palabras) de la propuesta y compromisos programáticos del candidato/a para su comuna, distrito, o circunscripción. 6. Al finalizar la campaña, el partido debe auditar y enviar al SERVEL la declaración de gastos de sus candidatos/as, con el objetivo de solicitar el reembolso. Bonos por inclusión de minorías:


1. Al finalizar cada proceso electoral, se propone distribuir un bono por inclusión de minorías entre todos los partidos con candidatos que resulten electos en dicho proceso. Los criterios de reparto del bono podrían ser los siguientes: a. Considerando el total de recursos asignados para reembolso de gastos de campaña electoral como base 100, se calculará la proporción de candidatos que resulten electos por primera vez y que cumplan con alguna de las cuatro condiciones que se describen a continuación: mujeres, jóvenes (aquellos que tengan hasta un tope de cinco años más que la edad legal para postular al cargo en el que resulten electos), pertenecientes a minoría étnica, y locales (con domicilio registrado en la municipalidad, distrito, o circunscripción al menos 4 años antes de la fecha de la elección). b. Cada partido accederá a un bono estrictamente proporcional al porcentaje de candidatos de minoría que posea electos, dentro del total de aquellos que cumplen con las condiciones descritas en a. Por ejemplo, si de un total de 120 diputados, 40 cumplen con los criterios de minoría, y 10 de ellos fueron elegidos por el partido X, dicho partido obtendrá un bono del 7.5% del total (considerando todos los partidos) de recursos asignados para reembolso de gastos de campaña. Por el contrario, si el partido eligió solo 1 de los 40 diputados que cumplen con los criterios de minoría, obtendría un 0.75% del total de recursos asignados para reembolso de gastos de campaña. c. Los recursos generados mediante el bono se adicionarán al monto de financiamiento basal que recibe el partido, en términos anualizados y por la duración del período para el que fue elegido cada uno de los cargos de minoría. Financiamiento para la inscripción y puesta en marcha de nuevos partidos. El proceso de inscripción de nuevos partidos resulta costoso, particularmente en virtud de la necesidad de redactar los estatutos del partido, y en especial, de presentar 10.000 adhesiones, certificadas ante notario. El mecanismos de financiamiento para la inscripción de los nuevos partidos busca reducir los costos de entrada a nuevas fuerzas, proporcionando financiamiento para cubrir estos gastos. Criterios mínimos, modalidad de asignación, y condiciones para recibir la asignación: 1. Una vez que el partido se encuentre oficialmente inscrito, podrá presentar una rendición detallada de los gastos en que incurrió para procesar la inscripción. Dichos gastos serán reembolsados, junto con el pago de la primera cuota anual de financiamiento basal. 2. Previo a su participación electoral, los nuevos partidos accederán a un monto de financiamiento basal equivalente al que reciba el partido electoralmente más pequeño, entre aquellos que participaron en la elección previa.


Elementos Complementarios. Esta sección identifica una serie de elementos complementarios, que podrían ser propuestos en conjunto con la nueva propuesta de financiamiento público a los partidos políticos. Se trata de elementos institucionales que introducirían incentivos adicionales para el logro de los objetivos buscados. Estos elementos complementarios dicen relación al sistema de financiamiento privado a la política, al monitoreo y auditoría del financiamiento de la política, al rol del Congreso en el proceso de formulación de políticas públicas, y a los requisitos para la inscripción de nuevos partidos. Disposiciones adicionales sobre el financiamiento de campañas: 1. Debiera establecerse un nuevo sistema de financiamiento privado a las campañas y los partidos, centrado en dos criterios esenciales: toda donación debe ser pública, y toda donación, cuyo tope debe ser fijado oportunamente, solo podrá ser realizada por personas físicas. El primer criterio contribuye a transparentar la relación entre cada partido a intereses privados, de forma que el sistema actual de donaciones reservadas no permite. El segundo criterio es consistente con la posición normativa respecto a las características de la democracia, como un sistema en el que el voto de todo ciudadano tiene idealmente igual peso y valor. 2. Debiera reducirse los topes máximos de gasto electoral por campaña electoral, con el objetivo de contribuir a reducir la influencia del dinero en la política. También podría des-estimularse la publicidad en “terreno”. 3. Debiera regularse el gasto “distrital” en períodos no electorales, estableciendo mecanismos para su monitoreo permanente. Disposiciones adicionales sobre la regulación del financiamiento a la política: 4. Debiera establecerse un nuevo sistema de sanciones a la infracción de la ley de financiamiento de la política. Dichas sanciones, en el caso del financiamiento de campañas electorales, tendrían que incluir, como sanción máxima, la pérdida del cargo logrado mediante la elección en cuestión y la inhabilidad temporaria para ocupar cargos públicos. 5. Si bien el SERVEL fue modificado en 2011 (Ley xxxx) y si bien las modificaciones introducidas contribuyen a modernizar el servicio y su funcionamiento interno, es necesario dotar al SERVEL actual de mayor presupuesto y capacidad técnica para realizar un monitoreo y contralor efectivo de los mecanismos de financiamiento de la política. Eventualmente, podría también argumentarse que la Contraloría General de la República debiera asumir la auditoría de dicho financiamiento, especialmente en lo referente al financiamiento público. Disposiciones adicionales sobre el trabajo parlamentario:


6. Podría establecerse un mecanismo a través del cuál las bancadas partidarias en el Congreso puedan asignar “urgencia” a los proyecto de ley. Este es un mecanismo que busca tres objetivos: a) balancear, aunque marginalmente, el extremo presidencialismo hoy vigente en la Constitución chilena; b) otorgar incentivos para que los partidos actúen colectivamente, en la arena parlamentaria, en función de sus prioridades y compromisos programáticos; c) buscar, mediante a y b, una revalorización social del trabajo parlamentario en los ámbitos político y social, mediante la introducción de un mecanismo institucional que permite a los partidos asumir un rol más proactivo respecto a la formulación de políticas públicas. Disposiciones adicionales sobre la creación de nuevos partidos: 7. Podría modificarse el actual sistema de inscripción de nuevos partidos, el que resulta sumamente oneroso y complejo. Si bien deben establecerse una serie de criterios mínimos que garanticen la seriedad del proyecto partidario, podría en este sentido pensarse en una reducción de los costos de entrada de nuevas fuerzas políticas al sistema.

Corolario. Dada su configuración actual, sin mediar reformas institucionales que alteren sus lógicas de funcionamiento, el sistema de partidos chileno seguirá “congelado”, incrementando exponencialmente las chances de dos escenarios alternativos, pero no incompatibles como secuencia: una “muerte lenta” que termine consolidando una democracia de muy baja intensidad, o la irrupción de fuerzas o candidaturas antipartido. En tanto son los insiders quienes tienen la capacidad institucional de reformar el sistema, es muy probable que el mismo permanezca congelado. Alternativamente, de ceder ante la presión social, es posible se procese una secuencia de reformas parciales y desarticuladas. En este caso, el sistema de partidos chileno probablemente resulte víctima de “efectos no buscados”. También es posible transitar por un período de creciente des-institucionalización. Las reformas al sistema de inscripción y registro electoral, y la instauración de un sistema de primarias actualmente en trámite ejemplifican esta lógica. El sistema de inscripción automática y voto voluntario muy probablemente no genere incrementos significativos en la masa de votantes (y la legitimidad del sistema). Sin embargo, muy probablemente terminará estratificando socioeconómicamente el voto e introduciendo incentivos para el “acarreo” electoral. El sistema de elecciones primarias, predicado en base a un diagnóstico erróneo respecto al poder actual de las cúpulas partidarias, terminará fortaleciendo liderazgos independientes y anti-partido. A nivel local, muy probablemente favorecerá a los caudillos electorales que poseen aparatos territoriales bien estructurados, contribuyendo así a “ahogar” aún más “el tiraje de la chimenea” que se pretendía incrementar.


En este contexto, resulta recomendable acometer un programa de reformas coordinado, intentando pautar características deseables para un sistema de partidos renovado. Dicho programa debe proveer un piso de garantías a los actores actuales, pero al mismo tiempo, debe instituir, progresivamente, incentivos para una transformación de los partidos políticos actuales y el surgimiento de nuevas fuerzas que contribuyan a mejorar progresivamente la calidad de la representación política en el país. La propuesta de reforma al sistema de financiamiento de los partidos políticos elaborada en este documento pretende aportar, como primer paso, a esta lógica. Tres reformas adicionales, secuenciadas progresivamente, debieran también acometerse en el mediano plazo. En primer lugar, debería avanzarse hacia un proceso de descentralización (por ejemplo, la elección popular de los GORE y CORE) que permita una mayor representatividad a nivel regional, aumentando además la legitimidad y los incentivos que los partidos poseen de articularse y funcionar a ese nivel, debiendo coordinar además con alcaldes que actualmente funcionan con lógicas personalistas. En segundo lugar, debería instrumentarse una reforma del sistema electoral binominal, aumentando la proporcionalidad del sistema. Si bien el sistema electoral binominal asegura la estabilidad del sistema a nivel del Congreso, no inhibe su posible desborde social (e.g. outsider presidencial con congreso elegido vía binominal). En este sentido, tanto un sistema mixto (Altman 2006), como un sistema de representación proporcional articulado sobre la base de distritos territorialmente más amplios y diversos como el propuesto originalmente por la “Comisión Boeninger” (De la Fuente 2012) constituyen opciones válidas. Ir hacia un sistema mayoritario (winner take all), por su parte, contribuiría a incrementar aún más la extrema territorialización y personalización del sistema de representación que ya se observa en el país. Finalmente, debería progresivamente avanzarse hacia un sistema menos presidencialista, o llanamente parlamentarista. En principio, la eliminación de los quorums supra-mayoritarios para la reforma de las Leyes Constitucionales resulta fundamental para alinear los outputs de política pública con la conformación política del Congreso. Esto es necesario en tanto, desde la perspectiva de fortalecer la representación política y accountability, así como la legitimidad del congreso y del sistema político en general.


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ANEXO DOCUMENTAL 1 EXTRACTOS RELEVANTES DE ENTREVISTAS A LÍDERES PARTIDARIOS (2011), REALIZADAS POR FERNANDO ROSENBLATT.16 UN COMPENDIO MÁS EXHAUSTIVO PUEDE CONSULTARSE EN: Luna y Rosenblatt (2011).

16 R: …Es evidente que los partidos políticos han perdido paulatinamente su carácter de partidos fundamentalmente de carácter ideológico. Eso…tiene que ver con el hecho de que hoy día las opciones que definen las propuestas para lograr el desarrollo nacional, el desarrollo social, el desarrollo integral de un país no tienen esa connotación ideológicamente tan excluyente que sí tuvieron hace 40-50 años atrás. Entonces, eso obviamente que cambia la naturaleza de los partidos políticos y en alguna medida al no haber una confrontación entre ideologías muchas veces casi excluyente. Esto se manifiesta en la política con algo que no resulta siempre ideal para el funcionamiento de los partidos, cual es que de una forma u otra, aquel que obtiene más respaldo es aquel que aparece con mejores condiciones de hacer funcionar un sistema que en lo sustancial no cambia. P: ¿Hay demasiados consensos y eso nubla las diferencias entre los partidos? R: Indudablemente que sí pero por otra parte un país como el nuestro, que tuvo un golpe militar y que produjo una división muy fuerte en el país entre sectores que parecían irreconciliables, obviamente que en los consensos encuentra una forma de reconstituir la vida ciudadana y también la bases para un ordenamiento democrático. Entonces los consensos son parte importante de lo que un país tiene que intentar lograr. O sea, pensar que los consensos inhiben las mejores condiciones de desarrollo de un país me parece un error. Yo creo que Chile tiene hoy un consenso básico que ojalá pudiera ser debidamente medido, valorado por toda la ciudadanía y, simultáneamente, tener claridad para ver cuáles son las diferencias que existen respecto de sensibilidades distintas respecto de lo que puede ser una estrategia de desarrollo del país. En ese sentido, yo creo que hoy día lamentablemente priman muchas veces las variables de carácter económico en la generación de ciertos objetivos deseables como mayor estabilidad del país, condiciones atractivas para el inversionista nacional, para el inversionista extranjero, respeto al funcionamiento de una economía de mercado…hay un concepto del rol subsidiario que aparece siempre en conflicto con la idea de que ciertas áreas de desarrollo estratégico del país debieran ser controladas por el Estado. En fin, yo creo que ahí hay una discusión de fondo que inevitablemente no logra distinguir nítidamente el rol que juegan en este ámbito los distintos partidos políticos…hay áreas donde este consenso, entre comillas, tiene ventajas pero tiene también tremendas desventajas. Entonces, yo creo que los partidos políticos en eso han perdido fuerza, han perdido capacidad para modificar algunas condiciones del sistema vigente. Por otro lado, en Chile existe una norma 16

Estas entrevistas se realizaron en el marco de un proyecto encargado por el Consorcio CEPCIEPLAN, liderado por Lucas Sierra y Francisco Díaz. Agradezco a ambos la posibilidad de reproducir este extracto aquí.


constitucional que señala que los parlamentarios no pueden presentar proyectos de ley que afecten el presupuesto de la nación, a menos que cuenten con el patrocinio del Ejecutivo. Eso, que muchos ven como algo muy sano, y de hecho es muy sano en muchos aspectos, simultáneamente constituye una debilidad del trabajo parlamentario y en consecuencia del trabajo de los partidos políticos. DC

4 Yo creo francamente que los partidos han ido en absoluta declinación en Chile. En los años 90 los partidos políticos tenían una fuerte influencia y sobre todo participación en el debate de ideas, en la discusión programática, se elaboraban documentos, había revistas, influían la posición de los partidos en la agenda. Así es como nosotros sacamos tres acuerdos básicos de la transición chilena, que fue lo que nosotros denominamos la “democracia de los acuerdos”…Entonces los partidos tenían en esa época un rol súper importante en términos programáticos, influían, era un debate de ideas, había conceptos. Se debatían ideas, conceptos, qué tipo de democracia queremos…Yo diría que eso entró en franca declinación. Los partidos empezaron a perder ese rol de conductores de la opinión pública en materias ideológicas. Creo que se distanciaron de la ciudadanía en términos de caer más bien en debates “intrascendentes” desde el punto de vista de la opinión pública…Tengo la impresión que los partidos políticos en Chile están extraordinariamente atrasados en su proceso de institucionalización. Son partidos poco institucionalizados, con muy poca participación ciudadana. Las autoridades no se eligen a través de procedimientos, a pesar que hay elecciones directas de las autoridades…los partidos políticos no aparecen hoy día representando opiniones programáticas que generen debates. Hay carencias de propuestas, más bien esto se ha llevado al ámbito parlamentario, más que a posiciones de partidos, yo dirigía gobierno versus oposición, pero los partidos están en franca, franca declinación. No se han modernizado, no veo en los partidos escuelas formadoras de jóvenes, creo que realmente los partidos políticos están en una crisis muy grave. Yo creo mucho en los partidos pero siento que los partidos no han logrado tener la relevancia, importancia para ser influyentes en el curso de las acciones políticas. RN 15 R: Yo lo encuentro bien amateur todavía. Lo que pasa es que comparado con el resto de Latinoamérica quizás sea un poquito más ordenado y se sobrevive a la primera elección… Creo que tendrían que estar dotados de una estructura mucho más potente, deberían ser más transparentes desde el punto de vista de sus elecciones internas, padrones, todo el tema de la generación de las autoridades…El acarreo permanente, muchas veces te aparece un tipo votando en cuatro partes distintas. Si nosotros hubiéramos cuestionado las elecciones, no tenía mucho sentido. Pero hay un tema ahí electoral que no está bien organizado. Creo que los partidos juegan sí un rol importante en la política chilena, que son esenciales, sí, yo creo que hay que


potenciarlos, de todas maneras pero todavía tienen un grado de ser amateurs y no tan profesionales que yo creo que hay que dotarlos de mayor participación, que sean más abiertos. P: ¿Por qué crees que eso no se ha logrado? R: Lo primero que veo como necesario y urgente es el rol que juegan los dirigentes de los partidos. Creo que el rol de los dirigentes de los partidos es muy elitista…de no ceder espacios, de no abrir las puertas al resto, de no permitir que se incorporen nuevos personajes. Al final se transforman en máquinas de poder donde las tratan unos pocos mantenerlo lo más amarrado posible porque de ahí se generan los puestos de trabajo, el empleo, el gobierno mismo, influencias, etc. Yo no creo, como se ha dicho en otros lados, que los partidos políticos estén siendo utilizados para influenciar en intereses particulares…yo creo que [XXXX] se hace de un partido con el ánimo de llegar al poder, mantener sus propuestas, sus ideas, sus amigos, su gente y tener cuotas de poder. ¿Por qué eso se produce? Principalmente porque no hay un sistema participativo de generar nuevos liderazgos. No se ha hecho un esfuerzo de buscar gente nueva. No se ha hecho el esfuerzo de ir a las universidades. No se ha hecho un esfuerzo de formar jóvenes. Alianza 36 R: Yo creo que lo que funciona mejor en el PPD es su análisis y su capacidad de percibir los cambios de la sociedad, es un partido mucho menos rígido que los otros, en su estructura de pensamiento, en su relación social porque además es un partido más reciente y eso es lo que funciona mejor en el PPD. P: Y ¿qué cosas funcionan peor en el PPD? R: Lo que funciona peor es que de esta precariedad, que todos tienen, el PPD es el más precario de todos. Es un partido que no tiene ninguna propiedad…es un partido que existe sólo porque hay algunas personas que tienen el ánimo de que siga existiendo. Pero su solidez institucional y patrimonial es nula. PPD 38 Lo que funciona peor son sus juegos tendenciales que no tienen nada que ver con definiciones de carácter político y el enorme poder que en el fondo tienen las tendencias, que determinan mucho del curso del PS. Hay una estructura, un estatuto del PS que está obsoleto; instituciones internas que están obsoletas, como el Tribunal Supremo. Está obsoleta la manera en cómo se es militante en el PS. Yo soy de la idea que volvamos, aunque sea un poco conservador, a un sistema donde los militantes tengan, como en las sociedades anónimas, acciones A, acciones B y acciones C. Vale decir, los de A pueden elegir las más altas autoridades y los de C pueden elegir las autoridades comunales. Eso existía en el PS con bastante éxito. Hoy una persona que


va pasando por la calle firma una ficha y es socialista. No es socialista porque crea realmente que es posible una sociedad de carácter socialista. ¿Qué es lo que mejor funciona? Funciona su sentido de pertenencia. Hay todavía en el PS un sentido de pertenencia. El sentido de pertenecer al partido de Allende es mucho más poderoso que pertenecer a otro partido: por la mística, por lo que significa pertenecer a la UP, por los héroes, por los mártires, porque intentó una revolución en Chile; el sentido de pertenencia es lo que funciona mejor. Eso hace que los enormes defectos que hoy día tiene disminuyan un poco. Pero, disminuyen un poco en medio de una crisis general del sistema…El sistema político…está socavando la democracia. Mientras eso se ha perseguido, no sólo teóricamente sino en la práctica, y el mundo conservador de derecha mantenga una estructura constitucional e institucional marcada por el autoritarismo, lo que están promoviendo es…la destrucción del sistema democrático. Eso hace que en Chile puede producirse un fenómeno similar a lo que ocurrió en Venezuela, en vez de tener un milico de izquierda podemos tener un milico de derecha, nacido con un enorme prestigio y legitimidad social. PS 52 …la militancia partidaria es cada vez menor pero, una cosa más todavía, es menos activa. Antes la militancia era una militancia mucho más activa, mucho más presente…Hoy día, este concepto más individual que cala la sociedad en todas partes hace que la sociedad sea menos participativa. La gente hoy día está menos preocupada, estás más preocupada por sus temas, yo creo que hay menos vocación por comprometerse por la cosa pública y los partidos políticos sufren ese tema. Es culpa también de los partidos políticos que no han sido capaces de estructurarse y reformarse. Ahora hay un proceso revolucionario, todas estas redes sociales hacen que nuevamente el tema partidario sea mucho más débil. Las redes sociales empiezan a adquirir mucho más fuerza de formación de opinión, de compromiso. DC 56 R: Muy distante. Lamentablemente siento que los líderes partidarios hoy día en Chile descansan, nuevamente, mucho en el sistema electoral…que de alguna forma subsidia el rol de los partidos porque no los obliga a salir a ganarse el apoyo de la base y por tanto eso genera un incentivo a la mayor distancia. P: ¿Existen instancias de participación de base/militancia que funcionen regularmente, más allá de las elecciones nacionales o municipales? R: Muy baja, muy baja. Más bien se crean instancias de parlamentarios, del diputado, alcalde, concejal, que en su comuna lo hace por beneficio personal más que por una institucionalización del partido. RN


50 R: Deben ser 2 mil personas. P: ¿Con una distribución homogénea a lo largo del territorio chileno? R: No, para nada, hay mejores regiones que funciona mejor que en otras, es muy variado de región en región. P: ¿Y qué es lo explica que funcione mejor en una región que en otra? R: Ciertos activos de personas que hay y la presencia de algunos parlamentarios que son activos en el partido. O sea en algunos lugares nosotros tenemos parlamentarios que mueven mucho al partido, en otros lados tenemos parlamentarios que no mueven nada al partido, y en otros lados no tenemos parlamentarios. P: Me interesan especialmente los parlamentarios que no mueven al partido, ¿no son la estructura fundacional del PPD, o no tiene nada que ver con eso? R: No tiene nada que ver con eso. Tiene que ver con el estilo de trabajo que ellos tengan. Hay gente que es mucho más orientada al trabajo político, que se mete en los problemas políticos de la región. Hay gente que tiene una estructura de trabajo más clientelar. Es muy variado no hay una matriz única. PPD R: [¿Quiénes nominan?] No son los partidos… P: Pero entonces, ¿quiénes son los que nominan? R: Los nominados P: Pero esos “nominados”, ¿cómo llegaron a serlo? R: Es que ya llegaron. Al final no es el partido. Si tú me preguntas a mí…¿cuántos candidatos contribuye a elegir? Uno, dos. Uno por el cupo y algún otro porque puede poner condiciones institucionales que uno cumplió y el otro no cumplió. Pero siempre hay amenazas: “Si no soy candidato, me voy del partido”. Te lo doy firmado. P: Entonces, la hipótesis de que los partidos tienen mucho poder de nominación, ¿no corre? R: Son los nominados los que tienen más influencia que los nominadores. El margen de juego que tienen es… P: ¿Y qué capacidad tienen los partidos de mantener esa influencia, una vez que un eventual candidato logra ser nominado y es elegido? R: Casi ninguno. Pregúntale a [XXX] ¿cuántos diputados no llevó a la reelección? O a [YYY], o a [ZZZ], si hay alguno en estos años que no llevó a la reelección. O ¿cuántos no llevó a la reelección queriendo él ir a la reelección? Te vas a dar cuenta que son casos excepcionalísimos. Debe haber tres casos en toda la política chilena en 20 años. PPD


79 P: Una de las teorías más asentadas en la bibliografía sobre Chile, es que el poder de nominación de candidatos al congreso otorga mucha influencia a las dirigencias de los partidos chilenos. ¿Qué opina respecto a esta hipótesis? R: Sí, pero después se independizan así que es un poder bien relativo. Tienes un minuto de gloria, que es el de la nominación. P: ¿Después no hay forma de controlarlos, ni siquiera con la amenaza de no volver a nominarlos? R: No, nooooo. P: ¿Por qué? ¿Ya los necesitas tú a ellos? R: Claro, se arma una situación de equilibrio. PS 75 R: Respecto a eso te voy a decir que tengo la sensación y la impresión de que la línea de crecimiento político, desde una persona común y corriente a ser parlamentario destacado, lamentablemente hoy a diferencia de antes no pasa por el escalafón de ascenso interno de un partido. No pasa necesariamente por ahí, no estoy diciendo que no se pueda hacer por ahí. Pero, imagino yo que hace 15 años el ser presidente de la comuna, para después ser presidente del distrito del partido y después ser presidente de la región y después ser concejal y después ser alcalde y después ser elegido diputado y eventualmente senador era una línea que antiguamente era más relevante. Hoy día tengo la impresión que las cosas no van por ahí, los partidos más bien tienden a buscar candidatos…fuera de sus tiendas y no se privilegian los años de permanencia en el trabajo interno del partido a la hora de elegir un candidato. Un candidato externo al partido, que ha trabajado empresarialmente o deportivamente o que se ha hecho conocido, basta que firme la ficha… P: O sea que si alguien quiere ser candidato o líder político tiene que estar echado a la suerte de que alguien del partido vaya y lo busque. R: No, no, él puede perfectamente hacer acciones políticas para serlo, para incentivar eso. Pero, insisto, no necesariamente la vida interna del partido es la más productiva. P: ¿Cuáles son los mecanismos que existen hoy día en RN para hacer una carrera política? R: Yo creo que el más directo es una elección popular directa a través de una concejalía, esa es la forma de partir de mucha gente.


P: Y ¿cómo se llega a ser candidato a concejal? R: Siempre se forman comisiones electorales que deciden quiénes son los candidatos donde pesa mucho más la visión que la sociedad tenga o que la comuna tenga más que ningún otro aspecto. P: ¿Considera que el partido favorece la competencia entre los líderes actuales y personas con potencial de liderazgo e interés de participar pero sin cargos formales en el partido? R: No, no. P: ¿Por qué? R: El partido tiene como una suerte de proteccionismo a los liderazgos y es negativo. O sea, yo sé que si yo quiero ser parlamentario probablemente va a ser difícil que alguien quiera ir a disputarme mi comuna y no me gusta eso. Creo que uno siempre debería sentir que el cupo está disponible para otro candidato. La competencia interna ayuda y aquí lamentablemente hay un proteccionismo excesivo, en todos los candidatos, en todos los incumbentes. RN 78 R: Hoy el partido no juega a nada en ese tipo de cosas. No es un partido que esté con claridad sobre cómo mover liderazgo y generar espacios para que se proyecten. Las cosas van ocurriendo. Es lo que te decía, los comunales funcionan autárquicamente. Si tú eres un líder local potente, incontestable nadie te va a sacar de la candidatura a alcalde o a concejal. A diputado es más fácil que te saquen por el sistema. No hay partido planificando, organizando el despliegue de sus potenciales líderes para que compitan y luego poner al que tenga más respaldo…no es una mirada partidaria. El partido te puede joder para el armado de las listas. Pero si tú tuviste tu base, tu sustentación político-electoral desde la base, ese es un elemento que puede morigerar la decisión de la oligarquía. P: Una de las teorías más asentadas en la bibliografía sobre Chile, es que el poder de nominación de candidatos al congreso otorga mucha influencia a las dirigencias de los partidos chilenos. ¿Qué opinas respecto a esta hipótesis? R: Hoy es total, ese es el corazón del poder hoy de las cúpulas partidarias en la nominación a los candidatos parlamentarios. Tú puedes ser candidato independiente, ir por fuera y ganar la municipal y ser alcalde pero es difícil ir por fuera y ganar una senatorial, parlamentaria. P: ¿Y qué capacidad tienen los partidos de mantener esa influencia, una vez que un eventual candidato logra ser nominado y es elegido?


R: Es más relativo, siempre tiene la siguiente negociación pero ya es más difícil sacar un legislador. PS 97 P: ¿Cuáles son los mecanismos de financiamiento del partido? En este sentido, ¿qué estructura poseen para captar recursos? Y ¿existen mecanismos institucionalizados de reparto de los fondos? ¿Cómo se reparten los recursos? R: Muy débiles, muy débiles. No creo que la plata haga todo pero sí ayuda…Por eso creo que el financiamiento de los partidos es un elemento muy importante para el fortalecimiento de la actividad de los partidos políticos. P: En términos más precisos, pensando en la campaña, ¿cómo se decide distribuir los recursos entre los candidatos? ¿Quién determina a qué candidatos se apoyaba más fuertemente con recursos de partido? ¿De qué depende dicho apoyo? ¿O cada candidato corre por su cuenta? R: Cada candidato, por supuesto, tiene que preocuparse de su financiamiento. Existe un financiamiento a través de la ley que algo funciona. Pero a su vez el partido también logra un financiamiento a través de la ley y también a través de donaciones. Entonces se hace una distribución fundamentalmente en elementos de campaña: cartelería, papelería, ese tipo de cosas. Pero yo te diría que parte importante tiene que buscarlo el propio candidato. DC 94 R: El partido se financia de acuerdo a los aportes de algunas empresas, que cada vez son menos. La plantilla del partido debe costar 20-25 millones de pesos, para el funcionamiento habitual, los gastos corrientes como agua, luz, la sede central y algunas regionales, etc. [De los aportes que recibimos] falta una diferencia. Para nosotros fue clave el financiamiento de las municipales y de las parlamentarias… P: Después, ¿cada candidato se busca su plata? R: Cada candidato se busca su plata, el partido te da una base. Cuando llegué a ser [XXXX] pusimos el paquete básico de ayuda…tantos metros cuadrados de PVC, tantos metros cuadrados de papelería…plano para todos. Después hay una segunda categoría, que no se sabe mucho, y a los que están mejor evaluados se dice “démosle un poquito más de ayuda”. Así funcionó, y es bastante serio y bastante ordenado. [Después] se prostituyó un poquito el sistema. Se les dio a todos pero…[había] preferidos… P: ¿Qué porcentaje es lo que pone el partido y qué porcentaje es lo que pone cada candidato?


R: El aporte del partido debe ser de unos 10 millones de pesos en ayuda, de una campaña de 150 o de 100, y el resto es el aporte institucional por los votos y el resto tus ahorros o lo que sea. P: ¿Cuáles son los mecanismos que tienen para buscárselo, más allá del ahorro y la plata propia? R: ¿Cómo financió yo la campaña? No tengo grandes empresarios que me cuiden, amistades…son tipos que te aportan de 2 o de 3, pero no están buscando un objetivo, además porque saben que el diputado no puede influir. RN 112 …es un negocio redondo ser díscolo. Los diputados se dan cuenta que la categoría díscolo te permite figuración y por lo tanto te permite fama y te permite votos…si eres de oposición, sacándole la mugre al gobierno, que es más simple, si eres de gobierno lógicamente el díscolo rinde mucho más que el ordenado y el disciplinado. El disciplinado no hace noticia…Hay un tema de oportunismo, de darse cuenta que es un negocio. Desde el punto de vista del fondo, se produce muchas veces porque es una respuesta a cómo funcionan las coaliciones y a cómo funcionan los partidos, que no le dan espacio a que las personas hagan algo distinto o piensen y planteen algo distinto que remueva el piso. RN

26 R: …como toda virtud tiene su defecto, pero en lo que es virtuoso de la UDI, yo creo que es un partido bastante hegemónico, de una raíz profesional universitaria que le dio un sello, que le dio una marca a la UDI. Un partido que privilegia una cosa más unitaria…La antítesis no es democrático porque es un error. Porque no se puede construir un partido y que tenga una envergadura si es que tú no tienes los canales de participación. Pero es un partido con hegemonía, con sello, con formación profesional, con unidad interna. Es un partido donde no hay fracciones en conflicto. Durante mucho tiempo nos hacían bromas de que éramos el último partido leninista que quedaba en el mundo porque éramos todos iguales y todos pensábamos igual. Eso se ha ido relajando un poco pero es un partido con sello. Es un partido bastante doctrinario, bastante homogéneo y con una situación de tener un perfil muy marcado. Eso es lo virtuoso, lo que se genera también como defecto es que tiende a ser un partido más bien controlado por un grupo, generacionalmente, básicamente en sus fundadores. P: Hay una tensión generacional entonces.


R: Se ha ido desarrollando muy fuerte en lo generacional. Tenemos la bancada más joven del parlamento pero la conducción misma de la UDI ha estado marcada por una presencia generacional, todavía, de los fundadores bastante importante. P: ¿Hay una tensión generacional entre los coroneles fundadores y…? R: Claramente se nos ha producido, sí se nos ha producido, hemos tenido dos procesos electorales para elegir lista y ahí quizás…[se] ha ido marcando el tema generacional un poco más, eso es cierto. Ahora, hay una preocupación inmediata de poder generar una mayor integración hoy día y que no se nos marque un cuento generacional porque nadie lo quiere. P: Es interesante, porque generalmente los cortes generacionales, en una organización cualquiera…generalmente se dan porque la organización no es capaz de generar respuestas o mecanismos para nuevas generaciones y así se va osificando una organización. Sin embargo, en el caso de la UDI, al tener la bancada más joven, no se explicaría mucho por qué entonces, al mismo, surge el clivaje generacional. R: Sí, se nos da más en la conducción interna no en los espacios. P: Entonces podríamos decir que los jóvenes tienen la capacidad de llegar a ser diputados o hasta senadores sin embargo no tienen la capacidad… R: …[de estar] en la conducción interna del partido. Precisamente por esta idea de este partido que es más homogéneo, que busca mantener convicciones, que tuvo un líder muy fuerte como fue Jaime Guzmán, es un partido fundacional. Entonces, [quienes] participaron en esa etapa fundacional han tenido, naturalmente, un cierto peso de conducción que ha sido súper marcado. Esa es la verdad…Hoy día uno de los temas que nosotros conversamos internamente y que es parte del debate interno, esto no se ha dado en conflicto [pero] se ha dado en elecciones internas [aunque] no [ha sido] traumático…tenemos que [lograr] no sólo integrar la directiva y que [haya gente joven] sino que la conducción definitiva corresponda ya a una generación más joven. UDI 53 R: ¿Sabes lo que pasa? Es que tiene que ver con este mismo fenómeno del no financiamiento de los partidos políticos lamentablemente está muy entregado a los recursos monetarios para que [los partidos] estén presentes. Entonces, donde tienes un parlamentario, un alcalde, un concejal activos, moviéndose, hay mucha vida partidaria, donde no es así la verdad que son excepciones en que ese líder local mueve al partido, lo reúne. P: Entonces…el partido muere porque no tiene parlamentarios… R: Lamentablemente es así.


DC 54 Falta de carga doctrinal, o sea falta de educación política. Exceso de planes individuales, siempre presente en todos los partidos, no sólo acá. Aquí, dentro de todo, expresado de manera más educada porque en la izquierda es dramático, sacan las cuchillas al tiro. En tercer término, falta de dinero para el trabajo político. Lo que obliga a que haya un giro continuo contra la buena voluntad de un grupo chico, que termina agotándose. Entonces, de repente uno se siente inclinado a botar la esponja. RN 57 Nunca me había planteado eso, lo único que te puedo decir es que los militantes verdaderos de todos los partidos en Chile no son ni el 10% de los inscritos en cada partido. RN 59 Creo que es escasa…que es más bien paternalista y de hecho muchas veces también es clientelar. No creo que sea muy distinto que en el resto de los partidos. Esas personas son muy dependientes del diputado, del senador, son muy dependientes de los parlamentarios más que de los alcaldes, que a veces suelen ser los más paternalistas y los más clientelares de todos…suelen ser más dependientes de ese poder político que está en el parlamento. UDI

63 R: Yo creo que nuestro personaje más vinculador y frecuente es el caudillo. El caudillo es una persona de atención preferente a una base la cultiva, la cuida, la protege es un patrón de fundo, siempre es el pastor que guía a sus ovejas. Para ser así hay una condición previa: la independencia económica, o sea la política está dependiendo mucho de que haya personas que tengan la posibilidad de mantenerse por sí misma más allá de la política. P: ¿Cómo se conectan estos caudillos que son a nivel local con los distintos puntos hasta llegar a los líderes? R: Es que no hay tantos intermediarios porque además se repite. Por ejemplo, el senador [XXXX], cuando era diputado yo lo acompañé a dar una jornada donde él era diputado y pregunté cuál es la casa de [XXXX] y me respondieron “todas son de él”. Eso era en una comuna pequeña…un diputado que atiende una clientela enorme puede atender una región completa. No es que él sea un caudillo de una base, no, él a su vez está coordinado con una red de caudillos hacia abajo. Funciona en el sistema ese, de


clientelismo muy frecuente. Por sobre esa capa hay personas que tienen prestigio no por ser de dominio territorial sino porque tienen prestancia pública…Entonces, ¿quiénes pueden dirigir caudillos? personas que están por sobre la lógica del caudillo. P: ¿Estos caudillos basados bajo una lógica clientelar qué es lo que ofrecen? R: Es que por eso es tan fuerte el senado, ahora estamos en la oposición pero cuando estábamos en el gobierno era igual. Tú tienes que sacar las leyes como gobierno y el senador, para aprobar una ley, te propone: “oye, sí, pero yo tengo un problema que me falta un puente en tal lugar” entonces siempre ocurrirá que el gobierno ayudará a los parlamentarios para que puedan responder a las demandas de su comunidad porque frecuentemente llegan a acuerdos con él…El operador es un agente capaz de negociar cosas. Lo que provocó la crisis de [PARTIDO] fue que el operador [se quedó con el partido]…o sea se eliminó la capa que le daba sentido de bien común y quedó la pura estructura sin alma…Por ejemplo, en las juntas todo el tiempo hay negociación, pero hay dos momentos en la Junta en que hablan los pro hombres y ahí la gente va a escuchar hay un prestigio de la política de esa capa, pero cuando esa capa se debilitó muchísimo los partidos se quedaron solamente con la técnica en el desnudo uso clientelar y sin ninguna poesía. P: ¿Hoy en día cuál es la situación de [PARTIDO]? R: Hoy en día es un cambio muy fuerte, es un cambio de época, un cambio de una manera muy especial. Tienes que pensar que todo este sistema estaba enchufado, todos los hilos estaban enchufados a la moneda, el sistema de comunicaciones de la Concertación estaba enchufado a la moneda, el de decisiones políticas, el de producción de ideas. Entonces ahora, a nadie le pasó nada físicamente, pero la primera sensación de la Concertación al abandonar el poder era que los cables no estaban funcionando, se desconectó el punto central. Este punto central mantenía unido a un conjunto de caudillos con el que entramos al poder hace 20 años; desconectado el enfermo terminal de la estructura central se murió [PARTIDO]. Se murió políticamente porque ya no tenían a quien recurrir, ya no les entregaban nada. Había prestigiosos hombres que mantenían sus medallas de lucha contra la dictadura pero ya no estaban conectados a nada vivo, todo eso murió. Pero había estructuras de remplazo, gente con fuerte presencia de trabajo partidario, son una generación de refresco pero sin glamour. Concertación 72 El partido tiene el 100% de la determinación de las candidaturas pero cada día menos porque cada día más el partido elige gente que tiene posibilidades de ganar y la gente que tiene posibilidades de ganar es la gente que marca en las encuestas. Entonces, al final, ¿quién decide? La gente. ¡Y eso es maravilloso! Ahora, de nuevo, ahí está donde un partido toma una decisión seria, responsable de decir: “¿sabe qué más? Este puede ganar con mayores probabilidades pero no comparte todos los principios que nosotros


queremos resaltar y si no lo hace hay que tomar una decisión. Ahí está la gracia de ver qué es lo que hace el partido. RN 73 [Para ser nominado]…se te tiene que dar la coyuntura, tener capacidad de trabajo, tener las lucas porque levantar lucas para la campaña no es fácil. El partido me dio la candidatura a mí porque no tenían candidato para ese distrito…porque “llegó un pelotas que renuncia a su pega para trabajar con nosotros y que tiene de donde juntar las lucas y si pierde que se vaya a la cueva, problema de él”. En el fondo hay que generarse las oportunidades, buscar uno jugársela por ese lugar y ahí armar uno la manera de ganar. RN 77 R: El único método es trabajando con los líderes establecidos o habiendo conseguido dirigir una organización social importante, o sea tener una presencia pública reconocida o el trabajo interno con líderes. P: ¿Cuáles son los mecanismos que existen hoy día en la DC para hacer una carrera política? Hay una generación muy marcada por la dictadura, por la transición, entonces los que hoy en día los de 30-35 años son opacados por esa épica, entonces cómo se pasa a ser candidato teniendo a esa gente con una épica tan importante, ¿es así o no? R: No, es que los partidos se desintegran porque no quieren renovarse. Pregúntale a los [XXXXX]…si alguien quiere entrar en el [PARTIDO Y] se va a encontrar con un montón de barreras. Inscribirse en la DC era muy difícil, si eres calificado peor porque eres una amenaza entonces no te dejan entrar… P: Una de las teorías más asentadas en la bibliografía sobre Chile, es que el poder de nominación de candidatos al congreso otorga mucha influencia a las dirigencias de los partidos chilenos. ¿Qué opinas respecto a esta hipótesis? R: Si, es así, cuando ya estás en el puesto sacarlo es muy difícil…Los nuevos cupos, nosotros dejamos muchos campos sin sembrar, perdimos muchos municipios, tenemos que llegar a obtener esos municipios con nuevos dirigentes entonces ahí suben y llegarán más allá de lo que cualquiera de nosotros puede esperar, porque su historia depende de él no depende de otro. La decisión, que no sé si es una decisión tan consciente, de abrir la competencia en el interior de los partidos va a impactar en los parlamentarios. No todos van a sobrevivir a ese impacto. Pero las grandes reformas partidarias son como un proceso de pintura de secado rápido, o sea, por un momento se va a desestabilizar la base de poder interna pero luego se va a reconstituir con nuevos y esos nuevos volverán a establecer una solidificación de la base. DC


90 P: ¿Considera que el partido favorece la competencia entre los líderes actuales y personas con potencial de liderazgo e interés de participar pero sin cargos formales en el partido? R: No P: ¿Por qué? R: Porque no les conviene a los líderes actuales. P: Ok, esto es una condición propia de la política, nadie regala poder. Dejemos esto de lado, ¿no están dados los mecanismos para poder competir? R: No, no hay un mecanismo de resolución de conflictos así. De hecho, más bien lo que sabe el que quiere ir de candidato es que el incumbente tiene que haber dicho algo que facilite la salida del incumbente, que no vaya a la reelección, que quiera ser senador o que quiera cambiarse de distrito. Entonces ahí se da la posibilidad que haya un grupo de personas. P: [El partido], ¿no tiene nada que decir sobre eso, previo al pronunciamiento del incumbente? R: Debería completamente, porque debería evaluar la gestión y el potencial de reelección de los diputados…Ninguna comisión electoral va a hacer una encuesta para medir a [XXXXXX] contra otra persona…La lógica es que quien está mantiene, a menos que él quiera decir otra cosa distinta… Alianza

95 P: En términos más precisos, pensando en la campaña, ¿cómo se decide distribuir los recursos entre los candidatos? R: De forma totalmente arbitraria. El partido y la directiva del partido distribuyen los recursos en los candidatos que para ellos son privilegiados. P: ¿Hay algún criterio? R: Ninguno. P: Cada uno de ustedes está por la suya…


R: Exactamente, es absolutamente arbitraria de la directiva de turno. Podría considerar que la candidatura A es emblemática, la B es simbólica y por tanto a la A le da el 80% y a la otra el 20%. P: Pero, ¿no utilizan encuestas? R: Sí, pero no necesariamente la encuesta es lo que determine el financiamiento. No necesariamente, porque un candidato puede estar muy bien en la encuesta y probablemente no necesita recursos. Hay un grado importante de arbitrariedad. RN 96 El partido apoya con un 20, el 80 viene de lo que pueda conseguir uno. Además está la forma de apoyar que es si este gallo es bueno y le voy a dar. Y la otra es por afinidad. Se usan las dos. Si el gallo es bueno y además le cae bien a la directiva, va a tener más recursos que el gallo que es malo y además no le cae bien a la directiva, siempre están combinadas esas dos variables. RN 98 P: En términos más precisos ¿cómo se distribuyen los recursos entre los candidatos? R: Pésima P: ¿Quién determinó a qué candidatos se apoyaba más fuertemente con recursos de partido? R: Tres personas. De la manera más arbitraria y abusiva del mundo. P: ¿De qué depende dicho apoyo? R: De los amigos. PS 100 R: Básicamente hoy día el PPD funciona con las contribuciones de los parlamentarios. Nos sacan a todos lucas, a los 18 diputados y a los 4 senadores. Además, hay aportes de distintos militantes sobre todo aquellos que tienen mejor situación que ponen y eso es lo que hay. P: En términos más precisos, pensando en la campaña, ¿cómo se decide distribuir los recursos entre los candidatos? ¿Quién determina a qué candidatos se apoyaba más fuertemente con recursos de partido?


R: En las campañas hoy día hay un fondo de financiamiento estatal y eso es lo medular que tenemos… P: ¿Esa es una decisión estratégica o no? [el reparto de fondos] R: De los amigos del partido. P: ¿No hay una decisión estratégica…? R: Bueno, sí, es estratégica pero en función de los intereses personales del grupo…al final terminan apoyando a los huevones del grupo. PPD

129 R: Los límites son de mentira, hay opacidad en el financiamiento privado, los aportes son insuficientes. P: ¿Cómo cree que podrían solucionarse esos problemas? R: Más control, más control en terreno. La campaña necesita de una fiscalización en terreno permanente del SERVEL. P: ¿Qué opina del financiamiento público de los partidos? R: Es necesario, además los partidos debiesen tener un control externo, una superintendencia de partidos que audite los partidos económicamente y que cautele que los mecanismos básicos de rendición de cuentas existan a cambio de financiar su funcionamiento regular y, sobre todo, financiar centros de estudio. PS


ANEXO DOCUMENTAL 2 ARTÍCULOS 16-26 DE LA LEY 1475 APROBADA POR EL CONGRESO COLOMBIANO EN 2011

TÍTULO II. DE LA FINANCIACIÓN POLÍTICA. CAPÍTULO 1. DE LA FINANCIACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS. ARTÍCULO 16. FUENTES DE FINANCIACIÓN DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS. Los partidos y movimientos políticos podrán acudir a las siguientes fuentes para la financiación de su funcionamiento y de sus actividades: 1. Las cuotas de sus afiliados, de conformidad con sus estatutos. 2. Las contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o en especie, de sus afiliados y/o de particulares. 3. Los créditos obtenidos en entidades financieras legalmente autorizadas. 4. Los ingresos originados en actos públicos, publicaciones y/o cualquier otra actividad lucrativa del partido o movimiento, los rendimientos procedentes de la gestión de su propio patrimonio y los que se obtengan de las actividades que puedan realizar en relación con sus fines específicos. 5. Los rendimientos financieros de inversiones temporales que realicen con sus recursos propios. 6. Las herencias o legados que reciban, y 7. La financiación estatal, en el caso de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica. PARÁGRAFO. De conformidad con el artículo 125-4 del Estatuto Tributario, las donaciones a que se refiere el numeral 2 de esta disposición podrán ser deducidas hasta en un 30% de la renta líquida del donante, determinada antes de restar el valor de la donación, siempre que cumplan los requisitos y modalidades previstos en los artículos 125 y s.s. del mencionado Estatuto. ARTÍCULO 17. DE LA FINANCIACIÓN ESTATAL DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS. El Estado concurrirá a la financiación del funcionamiento permanente de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, por conducto del Fondo Nacional de Financiación Política, de conformidad con las siguientes reglas de distribución de la correspondiente apropiación presupuestal: 1. El diez por ciento (10%) se distribuirá por partes iguales entre todos los partidos o movimientos políticos con personería jurídica. 2. El quince por ciento (15%) se distribuirá por partes iguales entre los partidos o movimientos políticos que hayan obtenido el 3% o más del total de votos


emitidos válidamente en el territorio nacional en la última elección de Senado de la República o de Cámara de Representantes. 3. El cuarenta por ciento (40%) se distribuirá por partes iguales entre todos los partidos o movimientos en proporción al número de curules obtenidas en la última elección del Congreso de la República. 4. El quince por ciento (15%) se distribuirá por partes iguales entre todos los partidos o movimientos políticos en proporción al número de curules obtenidas en la última elección de Concejos Municipales. 5. El diez por ciento (10%), se distribuirá por partes iguales entre todos los partidos o movimientos políticos en proporción al número de curules obtenidas en la última elección de Asambleas Departamentales. 6. El cinco por ciento (5%), se distribuirá por partes iguales entre todos los partidos o movimientos políticos en proporción al número de mujeres elegidas en las corporaciones públicas. 7. El cinco por ciento (5%), se distribuirá por partes iguales entre todos los partidos o movimientos políticos en proporción al número de jóvenes elegidos en las corporaciones públicas. PARÁGRAFO. Se denominarán jóvenes aquellas personas entre los 18 y los 26 años de edad sin perjuicio de los requisitos establecidos por la ley de juventud para aspirar a cargos en las corporaciones públicas. PARÁGRAFO TRANSITORIO. Mientras se realiza la jornada electoral para corporaciones públicas de 2014, el quince por ciento (15%) se distribuirá por partes iguales entre los partidos o movimientos políticos que hayan obtenido el dos (2%) por ciento o más del total de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en la última elección de Senado o de Cámara de Representantes. ARTÍCULO 18. DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos provenientes de la financiación estatal se destinarán a financiar las actividades que realicen para el cumplimiento de sus fines y el logro de sus propósitos y, en particular, para las siguientes finalidades, de conformidad con sus planes, programas y proyectos: 1. Para el funcionamiento de sus estructuras regionales, locales y sectoriales. 2. Para la inclusión efectiva de mujeres, jóvenes y minorías étnicas en el proceso político. 3. Para el funcionamiento de los centros y fundaciones de estudio, investigación y capacitación. 4. Para dar apoyo y asistencia a sus bancadas. 5. Para cursos de formación y capacitación política y electoral. 6. Para la divulgación de sus programas y propuestas políticas. 7. Para el ejercicio de mecanismos de democracia interna previstos en sus estatutos. En todo caso, para las actividades de sus centros de pensamiento, la realización de cursos de formación y capacitación política y electoral, y para la inclusión efectiva de jóvenes, mujeres y minorías étnicas en el proceso político, los partidos y movimientos destinarán en sus presupuestos anuales una suma no


inferior al quince por ciento (15%) de los aportes estatales que le correspondieren. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica están obligados a debatir y a aprobar democráticamente sus presupuestos, y a ofrecer completa información pública sobre las decisiones adoptadas en esta materia, de conformidad con la reglamentación que expida el Consejo Nacional Electoral. ARTÍCULO 19. RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS. Dentro de los primeros cuatro (4) meses de cada año los partidos y movimientos políticos con personería jurídica presentarán ante el Consejo Nacional Electoral declaración de patrimonio, ingresos y gastos, utilizando para ello el formato que para tal efecto disponga esta entidad. CAPÍTULO II. DE LA FINANCIACIÓN DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES. ARTÍCULO 20. FUENTES DE FINANCIACIÓN. Los candidatos de los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos inscritos a cargos o corporaciones de elección popular, podrán acudir a las siguientes fuentes para la financiación de sus campañas electorales: 1. Los recursos propios de origen privado que los partidos y movimientos políticos destinen para el financiamiento de las campañas en las que participen. 2. Los créditos o aportes que provengan del patrimonio de los candidatos, de sus cónyuges o de sus compañeros permanentes, o de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad. 3. Las contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o en especie, que realicen los particulares. 4. Los créditos obtenidos en entidades financieras legalmente autorizadas. 5. Los ingresos originados en actos públicos, publicaciones y/o cualquier otra actividad lucrativa del partido o movimiento. 6. La financiación estatal, de acuerdo con las reglas previstas en esta ley. ARTÍCULO 21. DE LA FINANCIACIÓN ESTATAL PARA LAS CAMPAÑAS ELECTORALES. Los partidos y movimientos políticos y grupos de ciudadanos que inscriban candidatos, tendrán derecho a financiación estatal de las correspondientes campañas electorales, mediante el sistema de reposición de gastos por votos válidos obtenidos, siempre que obtengan el siguiente porcentaje de votación: En las elecciones para corporaciones públicas tendrán derecho a financiación estatal, cuando la lista obtenga el cincuenta (50%) o más del umbral determinado para la respectiva corporación. En las elecciones para gobernadores y alcaldes, cuando el candidato obtenga el cuatro por ciento (4%) o más del total de votos válidos depositados en la respectiva elección.


La financiación estatal de las campañas electorales incluirá los gastos realizados por los partidos y movimientos políticos y/o los candidatos. PARÁGRAFO. El valor de reposición por voto válido obtenido por cada candidato o lista será incrementado anualmente por el Consejo Nacional Electoral teniendo en cuenta los costos reales de las campañas en cada circunscripción. Para efectos del cumplimiento de esta disposición, el Consejo Nacional Electoral con el apoyo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, deberá realizar periódicamente los estudios que correspondan. ARTÍCULO 22. DE LOS ANTICIPOS. Los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos, podrán solicitar en forma justificada al Consejo Nacional Electoral hasta un ochenta por ciento (80%) de anticipo de la financiación Estatal de las consultas o de las campañas electorales en las que participen. El Consejo Nacional Electoral autorizará el anticipo teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal, y calculará su cuantía a partir del valor de la financiación estatal recibida por el solicitante en la campaña anterior para el mismo cargo o corporación, en la respectiva circunscripción, actualizado con base en el índice de precios del consumidor. Si el partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos no hubiere participado en la elección anterior, dicho anticipo se calculará teniendo en cuenta el menor valor de reposición pagado para el respectivo cargo o lista en la elección anterior. Los anticipos a que se refiere esta disposición podrán ser girados hasta por el monto garantizado, dentro de los cinco días siguientes a la inscripción del candidato o lista, previa aprobación y aceptación de la póliza o garantía correspondiente. El valor del anticipo se deducirá de la financiación que le correspondiere al partido o movimiento político o grupo significativo de ciudadanos por concepto de reposición de gastos de la campaña. Si no se obtuviere derecho a financiación estatal, el beneficiario del anticipo deberá devolverlo en su totalidad dentro de los tres meses siguientes a la declaratoria de la elección, a cuyo vencimiento se hará efectiva la correspondiente póliza o garantía, excepto en el caso de las campañas presidenciales en las que no habrá lugar a la devolución del monto recibido por concepto de anticipo, siempre que hubiere sido gastado de conformidad con la ley. En estos casos, el partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos, podrá financiar los gastos pendientes de pago mediante financiación privada dentro de los montos señalados para la correspondiente elección, previa autorización del Consejo Nacional Electoral. Si el valor del anticipo fuere superior al valor de la financiación que le correspondiere partido movimiento político o grupo significativo de ciudadanos, este deberá pagar la diferencia dentro de los tres meses siguientes a la declaratoria de la elección, a cuyo vencimiento se hará efectiva la respectiva póliza o garantía.


ARTÍCULO 23. LÍMITES A LA FINANCIACIÓN PRIVADA. Ningún partido, movimiento, grupo significativo de ciudadanos, candidato o campaña, podrá obtener créditos ni recaudar recursos originados en fuentes de financiación privada, por más del valor total de gastos que se pueden realizar en la respectiva campaña. Tampoco podrá recaudar contribuciones y donaciones individuales superiores al 10% de dicho valor total. La financiación originada en recursos propios, del cónyuge, compañero permanente o parientes en el grado que autoriza la ley, no estará sometida a los límites individuales a que se refiere esta disposición pero en ningún caso la sumatoria de tales aportes o créditos podrá ser superior al monto total de gastos de la campaña. El valor de los créditos de cualquier origen tampoco estará sometido a límites individuales. Con posterioridad a las campañas y previa autorización del Consejo Nacional Electoral, las obligaciones pendientes de pago se podrán cancelar con la condonación parcial de créditos o con recursos originados en fuentes de financiación privada y dentro de los límites individuales señalados en esta disposición, pero tales condonaciones, aportes o contribuciones no tendrán el carácter de donaciones ni los beneficios tributarios reconocidos en la ley para este tipo de donaciones. ARTÍCULO 24. LÍMITES AL MONTO DE GASTOS. Los límites de gastos de las campañas electorales a los distintos cargos y corporaciones de elección popular serán fijados por el Consejo Nacional Electoral en el mes de enero de cada año, teniendo en cuenta los costos reales de las campañas, el correspondiente censo electoral y la apropiación presupuestal para la financiación estatal de las mismas. Para efectos del cumplimiento de esta disposición, el Consejo Nacional Electoral con el apoyo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, deberá realizar periódicamente los estudios que correspondan con el objeto de garantizar que los límites al monto de gastos fijados reflejen el valor real de las campañas electorales. El monto máximo de gastos se fijará por cada candidato a cargo uninominal o por lista de candidatos a corporaciones de elección popular. En el caso de listas con voto preferente el monto máximo de gastos por cada uno de los integrantes de la lista será el resultado de dividir el monto máximo de gastos de la lista por el número de candidatos inscritos. El Consejo Nacional Electoral señalará, adicionalmente, el monto máximo que cada partido o movimiento con personería jurídica puede invertir en la campaña electoral institucional a favor de sus candidatos o listas. PARÁGRAFO TRANSITORIO. Dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley, el Consejo Nacional Electoral y el Ministerio de Hacienda realizarán el estudio base para la actualización de los costos reales de las campañas. ARTÍCULO 25. ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y PRESENTACIÓN DE INFORMES. Los recursos de las campañas electorales cuyo monto máximo de


gastos sea superior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales originados en fuentes de financiación privada serán administrados por los gerentes de campaña designados por los candidatos a los cargos uninominales y a las corporaciones públicas cuando se trate de listas con voto preferente. En los casos de listas cerradas el gerente será designado de común acuerdo por los candidatos o, en su defecto, por el partido, movimiento o comité promotor del grupo significativo de ciudadanos. Los recursos en dinero se recibirán y administrarán a través de una cuenta única que el gerente de campaña abrirá en una entidad financiera legalmente autorizada, quien podrá igualmente, bajo su responsabilidad, abrir las subcuentas que considere necesarias para la descentralización de la campaña. Estas cuentas estarán exentas del impuesto a las transacciones bancarias. La Superintendencia Financiera establecerá un régimen especial de control y vigilancia que garantice la transparencia en el manejo de dichas cuentas. El partido o movimiento político con personería jurídica podrá adoptar reglas especiales para la financiación y administración de las campañas, la designación de los gerentes de campaña, y demás aspectos que consideren necesarios para garantizar la transparencia, la moralidad y la igualdad. Dicha reglamentación deberá ser registrada ante el Consejo Nacional Electoral para efectos de la vigilancia y control que le corresponde. El Consejo Nacional Electoral reglamentará el procedimiento para la presentación de informes de ingresos y gastos de las campañas, en el que establecerá las obligaciones y responsabilidades individuales de los partidos, movimientos, candidatos o gerentes, el cual permitirá reconocer la financiación estatal total o parcialmente de acuerdo con los informes presentados. El procedimiento establecido deberá permitir determinar la responsabilidad que corresponde a cada uno de los obligados a presentar los informes, en caso de incumplimiento de sus obligaciones individuales. Los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos presentarán ante el Consejo Nacional Electoral los informes consolidados de ingresos y gastos de las campañas electorales en las que hubiere participado dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la votación. Los gerentes de campaña y candidatos deberán presentar ante el respectivo partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos los informes individuales de ingresos y gastos de sus campañas dentro del mes siguiente a la fecha de la votación. PARÁGRAFO 1o. Los informes que corresponde presentar a los partidos y movimientos políticos ante el Consejo Nacional Electoral se elaborarán con base en los informes parciales que les presenten los gerentes y/o candidatos, de conformidad con la reglamentación a que se refiere el artículo anterior. Dichos informes incluirán el manejo dado a los anticipos y los demás gastos realizados con cargo a los recursos propios. PARÁGRAFO 2o. Los partidos políticos, movimientos o grupos significativos de ciudadanos, designarán un grupo de auditores, garantizando el cubrimiento de


las diferentes jurisdicciones, que se encargarán de certificar, durante la campaña, que las normas dispuestas en el presente artículo se cumplan. ARTÍCULO 26. PÉRDIDA DEL CARGO POR VIOLACIÓN DE LOS LÍMITES AL MONTO DE GASTOS. La violación de los límites al monto de gastos de las campañas electorales, se sancionará con la pérdida del cargo, así: 1. En el caso de candidatos elegidos a corporaciones públicas se seguirá el procedimiento de pérdida de investidura definido en la Constitución y la ley. 2. En el caso de alcaldes y gobernadores, la pérdida del cargo será decidida por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de acuerdo con el procedimiento para declarar la nulidad de la elección. En este caso el término de caducidad se contará a partir de la ejecutoria del acto administrativo por medio del cual el Consejo Nacional Electoral determinó la violación de los límites al monto de gastos. Una vez establecida la violación de los límites al monto de gastos, el Consejo Nacional Electoral presentará ante la autoridad competente la correspondiente solicitud de pérdida del cargo.


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