Revista Institucional - Mayo 2021

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Gestión - Tributaria

Como se desprende del párrafo anterior, aquellos contribuyentes que al 31 de diciembre del 2019 tuvieran la calidad de principales contribuyentes nacionales, principales contribuyentes de la Intendencia Lima o principales contribuyentes de las intendencias regionales u oficinas zonales y sus ingresos anuales en el 2018 fueron iguales o mayores a 300 UIT están obligados a efectuar el uso del SEE-OSE a partir de enero del 2022. En el caso en consulta la empresa Lima SAC al 31 del 2019 ostenta la calidad de principal contribuyente; no obstante, en la consulta no se nos advierte los ingresos del ejercicio 2018, por lo que si los ingresos en ese ejercicio fueran iguales o mayores a 300 UIT no estaría en la obligación del uso del SEE-OSE desde el 1 de julio 2020 sino a partir de enero 2022. ----Nota: * Abogado por la Universidad Nacional Federico Villareal. Ex servidora publica de la Sunat y del Minre. Miembro del staff de asesores tributarios de la revista Actualidad Empresarial.

Fuente: Actualidad Empresarial segunda quincena de mayo 2021

Puntos clave para entender los efectos de contratar una entidad prestadora de salud (EPS) a favor de los trabajadores (Parte I) Autor: Fernando W. Effio Pereda (*)

RESUMEN

Las entidades empleadoras que otorguen cobertura de salud a sus trabajadores en actividad, mediante servicios propios o a través de planes o programas de salud contratados con las EPS, gozarán de un crédito respecto de las aportaciones correspondientes a los afiliados regulares en actividad. Para ello, y a efecto de gozar de dicho crédito, las entidades empleadoras que no cuenten con servicios propios de salud deberán contratar el plan y la EPS, elegidos por mayoría absoluta de sus trabajadores mediante votación universal. En este informe se ha analizado el procedimiento para el cálculo del referido crédito.

1. Cuestiones previas El artículo 2 de la Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud1, establece que el Seguro Social de Salud otorga cobertura a sus asegurados brindándoles prestaciones de prevención, promoción, recuperación y subsidios

para el cuidado de su salud y bienestar social, trabajo y enfermedades profesionales a través del Essalud, y se complementa con los planes y programas de salud brindados por las entidades prestadoras de salud (EPS) debidamente acreditadas, financiando las prestaciones mediante los aportes y

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