Revista Institucional - Octubre 2020

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Gestión Laboral

Incrementos en los beneficios del régimen de la construcción civil RESUMEN

Autores: Ruth Jaqueline Lara Arnao

El último convenio colectivo contenido en el Acta Final de la Negociación Colectiva del Sector de Construcción Civil 2020-2021, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 1 de octubre de 2020, a través de la Resolución Ministerial Nº 224-2020-TR, genera incrementos en algunos beneficios de este régimen laboral, los cuales detallaremos en el presente informe. Cabe mencionar que el 3 de octubre fueron publicadas las Resoluciones Jefaturales N° 179-2020-INEI y N° 180-2020-INEI, que sirven a las empresas para calcular los reintegros correspondientes desde el 1 de junio hasta la fecha en que pagaron con la nueva tabla salarial.

INTRODUCCIÓN En el presente año, a pesar de las restricciones establecidas por el Ejecutivo por motivo del COVID-19, los representantes de la Cámara Peruana de Construcción (en adelante, Capeco) y los miembros de la Comisión Negociadora de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (en adelante, FTCCP) han podido llegar a un consenso gracias al uso de las tecnologías de la comunicación e información, y por primera vez se han reunido de forma virtual para desarrollar el nuevo Convenio Colectivo 2020-2021, conforme lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1499, el cual estableció medidas para la facilitación de las comunicaciones y gestiones propias de las relaciones individuales y colectivas de trabajo. Como es común a través de los años, el convenio establece incrementos en los jornales básicos de los operarios, oficiales y peones, generándose con ello el incremento en otros beneficios que forman parte de su pago habitual. Asimismo, señala otras disposiciones relacionadas al contexto del COVID-19 como facilidades sindicales y útiles de aseo específicos que deberán entregarse durante la presente emergencia sanitaria. En las siguientes líneas se verifica la incidencia que genera en estos beneficios. I. INCREMENTO DE JORNALES Los nuevos incrementos remunerativos a los jornales básicos de las categorías de operario, oficial y peón son aplicables por un año desde el 1 de junio de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021.

Partiendo de estos incrementos, el nuevo jornal diario aplicable a los trabajadores de construcción civil sería el siguiente:

II. INCIDENCIAS EN LOS BENEFICIOS Los incrementos establecidos generan también el aumento de los siguientes beneficios aplicables al régimen de la construcción civil: 1. Descanso semanal obligatorio y feriados: los trabajadores de construcción civil reciben una remuneración diaria por los días de descanso semanal obligatorio, la cual se abona en forma directamente proporcional al número de días efectivamente laborados. Asimismo, tienen derecho a descansar los mismos días feriados establecidos en el régimen laboral general. No obstante, tienen un feriado adicional que corresponde al 25 de octubre, por el Día de los Trabajadores de Construcción Civil. 2. Asignación especial por trabajo en día feriado: esta asignación es equivalente al 10 % de la bonifica-ción única de construcción (BUC) y al 10 % de la bonificación por alta especialización (BAE), según corresponda. 3. Horas extras: en el pago de las horas en sobre-tiempo se tiene en cuenta las siguientes pautas:

OCTUBRE 2020 | REVISTA INSTITUCIONAL | 36


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